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Page 1: Respuesta de CARE frente a represa Pakitzapango

CARE responde a declaraciones del Ministro de Energía y Minas

La Central Asháninka del Rio Ene (CARE) expresa su preocupación y alerta a la opinión pública y

medios de comunicación en general sobre las recientes declaraciones emitidas por el Ministerio de

Energía y Minas en dónde ratifica la necesidad de un Acuerdo Energético Perú-Brasil, aduciendo

“seguridad energética” y compensación “económica y socialmente, incluso con algunas ventajas” en

el caso del desplazamiento de diversas comunidades indígenas.

Las empresas brasileñas han priorizado proyectos en la Amazonía como Pakitzapango, Tambo 40 y

Tambo 60, éstas en la provincia de Satipo, Región Junín. Dichos proyectos se superponen sobre el

territorio indígena Asháninka de la cuenca del Rio Tambo y Ene, comunidades que conforman la

zona de amortiguamiento de la Reserva comunal asháninka y el parque Otishi.

La Presidente de la CARE, Ruth Buendía Mestoquiari señala que estos proyectos, además de afectar

el medio ambiente de la zona, ocasionarían el desplazamiento de miles de indígenas, comunidades

que durante la guerra, la época de violencia social, sufrieron des desplazamientos forzados.

“Nosotros los asháninkas seguimos aún con las heridas abiertas de ésa terrible época, ahora

estamos repoblando nuestros territorios y al escuchar sobre estos proyectos sentimos inseguridad y

nos preguntamos a dónde pretenden trasladarnos, ¿en qué otro lugar hay un río para pescar y

nuestras chacras en donde podamos vivir, cómo se puede compensar eso?”.

Recordemos además que el Acuerdo Energético ya ha tenido cuestionamientos, entre otros temas,

porque se postergaba la soberanía energética, ya que la vigencia del acuerdo se extendía hacia los

50 años. En el caso de la concesión temporal sobre el proyecto Tambo 40, la Central Asháninka del

Río Ene (CARE) y el SERNANP han requerido la Nulidad de la concesión, ya que el MINEM habría

otorgado dicha concesión (en noviembre del 2010) sin contar con la Opinión Técnica previa

vinculante que debió emitir el SERNANP, sobre todo si tenemos en cuenta que es una concesión

ubicada sobre áreas naturales protegidas. Por tal razón, la CARE se reunió la semana pasada con el

Director de Concesiones Eléctricas del MINEM, quien indicó que próximamente se estará

resolviendo este pedido.

Hace dos días el poder ejecutivo presentó un proyecto de Ley (00391/2011-PE) para la aprobación

del acuerdo energético, al respecto, esperamos que se realice la revisión y debate

necesario invitando la participación de la sociedad civil, ya que se están comprometiendo nuestros

recursos naturales y la soberanía energética.

Finalmente, la Central Asháninka del Río Ene recuerda que, además del Convenio 169 de la OIT con

la reciente Ley de Consulta aprobada, tenemos a nivel internacional la Sentencia de la Corte

Interamericana de Derechos Humanos, sobre el caso Saramaka, la cual establece que cuando

proyectos de desarrollo o inversión a gran escala pudieran afectar la integridad de las tierras y

recursos naturales de un pueblo indígena el estado tiene el deber no sólo de consultar sino también

de obtener su consentimiento libre, previo e informado, de acuerdo con sus costumbres y

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tradiciones. Esta sentencia es vinculante a todos los países miembros de la CIDH, como es el Perú.


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