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Page 1: Recursos Naturales y el Ejercicio de la Soberanía Informe

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA LA EDUCACIÓN UNIVERSITARIA, CIENCIA Y TECNOLOGÍA

INSTITUTO UNIVERSITARIO DE TECNOLOGÍA DEL ESTADO BOLÍVAR

PROGRAMA NACIONAL DE FORMACIÓN EN INFORMÁTICA

TRAYECTO INICIAL

PROYECTO NACIONAL Y

NUEVA CIUDADANÍAUNIDAD II SOBERANÍA, TERRITORIO Y PETRÓLEO

LOS RECURSOS NATURALES Y EL EJERCICIO DE LA SOBERANÍA

FACILITADORA GRUPO N° 11 SECCION: M1

MSc Carmen Diaz PARTICIPANTES: C.I.

CIUDAD BOLÍVAR, 08 DE JULIO DE 2016

Carlos Macallums V-20.263.855

Josué Gudiño V-18.623.340

Rossana García V-24.193.501

Carlos Molina V-25.394.075

José Moreno V-26.604.672

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1.- ¿Qué son los recursos naturales?

Se denominan recursos naturales a aquellos bienes materiales y servicios que proporciona la naturaleza sin alteración por parte del ser humano; y que son valiosos para las sociedades humanas por contribuir a su bienestar y desarrollo de manera directa (materias primas, minerales, alimentos) o indirecta (servicios ecológicos). Se producen de forma natural, lo que significa que los humanos no pueden hacer recursos naturales, pero si modificarlos para su beneficio.

2.- Tipos de recursos naturales:

Los recursos naturales que proporciona el medio ambiente se clasifican en 3 tipos diferentes:

Recursos continuos o inagotables: Se corresponde con aquellas fuentes de energía que son inagotables y que no son afectadas por la actividad humana.

Ejemplo: El aire y la luz solar.

Recursos renovables: Son los recursos que pueden regenerarse mediante procesos naturales, de manera que, aunque sean utilizados pueden seguir existiendo siempre que no se sobrepase su capacidad de regeneración.

Ejemplo: El agua, la flora, la fauna, el aire, el paisaje, los suelos.

Recursos no renovables o irrenovables: Son aquellos cuyos procesos de formación tarda miles de millones de años, podemos decir que son finitos y su explotación conduce al agotamiento.

Ejemplo: minerales como el hierro, el petróleo, el carbón y el oro.

3.- Derecho y deber respecto al ambiente:

Artículo 127 (Constitución de la República Bolivariana de Venezuela):

Es un derecho y un deber de cada generación proteger y mantener el ambiente en beneficio de sí misma y del mundo futuro. Toda persona tiene derecho individual y colectivamente a disfrutar de una vida y de un ambiente seguro, sano y ecológicamente equilibrado.

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4.- ¿Cómo debe ser el ambiente donde vivimos?

Artículo 127 (Constitución de la República Bolivariana de Venezuela):

Toda persona tiene derecho individual y colectivamente a disfrutar de una vida y de un ambiente seguro, sano y ecológicamente equilibrado.

5.-Obligación fundamental del Estado venezolano:

Artículo 127 (Constitución de la República Bolivariana de Venezuela):

Es una obligación fundamental del Estado, con la activa participación de la sociedad, garantizar que la población se desenvuelva en un ambiente libre de contaminación, en donde el aire, el agua, los suelos, las costas, el clima, la capa de ozono, las especies vivas, sean especialmente protegidos, de conformidad con la ley.

6.- ¿Cuál política desarrollará el Estado?

Artículo 128 (Constitución de la República Bolivariana de Venezuela):

El Estado desarrollará una política de ordenación del territorio atendiendo a las realidades ecológicas, geográficas, poblacionales, sociales, culturales, económicas, políticas, de acuerdo con las premisas del desarrollo sustentable, que incluya la información, consulta y participación ciudadana. Una ley orgánica desarrollará los principios y criterios para este ordenamiento.

7.- Pasos previos para las actividades susceptibles de generar daños a los ecosistemas:

Artículo 129 (Constitución de la República Bolivariana de Venezuela):

Todas las actividades susceptibles de generar daños a los ecosistemas deben ser previamente acompañadas de estudios de impacto ambiental y socio cultural.

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8.- ¿Qué se impedirá?

Artículo 129 (Constitución de la República Bolivariana de Venezuela):

El Estado impedirá la entrada al país de desechos tóxicos y peligrosos, así como la fabricación y uso de armas nucleares, químicas y biológicas. Una ley especial regulará el uso, manejo, transporte y almacenamiento de las sustancias tóxicas y peligrosas.

9.- Obligación de los contratos:

Artículo 129 (Constitución de la República Bolivariana de Venezuela):

En los contratos que la República celebre con personas naturales o jurídicas, nacionales o extranjeras, o en los permisos que se otorguen, que involucren los recursos naturales, se considerará incluida aun cuando no estuviera expresa, la obligación de conservar el equilibrio ecológico, de permitir el acceso a la tecnología y la transferencia de la misma en condiciones mutuamente convenidas y de restablecer el ambiente a su estado natural si éste resultara alterado, en los términos que fije la ley.

10.- Aspectos positivos y aspectos negativos del Arco Minero del Orinoco:

EN PRO ( + ) EN CONTRA ( - )

Busca:

-Cambiar el modelo rentista.

-Obtener materias primas.

-Fabricar productos terminados y obtener divisas provenientes de fuentes alternas a la exportación del petróleo.

-Consume más naturaleza de la que sus ecosistemas son capaces de regenerar, por lo que nos encontramos en situación de “déficit ecológico”.

-Hace que prevalezca un sistema económico metafísico que pretende explicarse a sí mismo a partir del dinero. De esta manera se invisibilizan otros valores esenciales para la vida (ecológicos, culturales, afectivos).

-Produce daños ambientales irreversibles que podrían afectar la productividad ecológica y por ende comprometer aún más las condiciones generales de la vida.


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