MUNICIPALIDAD DE SAN ISIDRO
A: DIRECCION GENERAL DE DESPACHO Y LEGISLACIÓN
DE: SECRETARIA DE HACIENDA
. -'.•
La exposición de motivos y proyecto de ordenanza que seguidamente se adjuntan, versan
sobre la necesidad de efectuar adecuaciones por razones técnicas, económicas y financieras en la
formulación del Presupuesto General de Gastos y Cálculo de Recursos correspondientes al
Ejercicio 2014, de acuerdo a los fundamentos que a continuación se mencionan.-
Inicialmente resulta importante destacar que durante el corriente año se han observado
acontecimientos que tuvieron impacto en las finanzas públicas municipales, tanto en los aspectos
relacionados con el Gasto Público como en aquellos vinculados al Cálculo de Recursos. Estos
acontecimientos se encuentran relacionados con el contexto actual de la economía general y
particular de los Municipios que se encuentran dentro de la Provincia de Buenos Aires.-
El incremento general en los nivcles de precios sufridos por la Administración
(combustibles, servicios, insumos en general, etc.), ha provocado un aumento nominal en los
recursos que necesita el Municipio para su normal desenvolvimiento. Es importante destacar que
debe procurarse no perder capacidad financiera, debido a que ello supondría poner en riesgo las
funciones esenciales del estado Municipal. Asimismo, como consecuencia de la inflación real
observada, se han homologado incrementos en las grillas salariales de los distintos convenios
colectivos de trabajo que agrupan a todas las actividades económicas.-
En lo que respecta a la obtención de recursos, surge que se han presentado diversas
situaciones incluidas dentro de los supuestos de la ley Orgánica de las Municipalidades, que
permiten introducir ampliaciones presupuestarias. Específicamente se hace referencia a un
incremento en la coparticipación recibida y a los aumentos de tasas realizados durante este año.-
Habida cuenta de todo lo anteriormente señalado, y dado que el presente es un tema quc
requiere autorización del Honorable Concejo Deliberante según lo normado en la Ley Orgánica de
las Municipalidades en su artículo 120, se adjunta la correspondiente Exposición de Motivos y el
Proyecto de Ordenanza a efectos de que sea sometida a la previa consideración del Señor
Intendente Municipal y posterionnente se remitan las actuaciones al Honorable Concejo
Deliberante, en caso de que así lo estime corresponder.-
San Isidro, 28 de Octubre de 2014.-
<,
-... M ~ ;
'..':' ~"" . ..:••••
EX POSICiÓN DE MOTIVOS
El proyecto que se adjunta trata sobre la necesidad de efectuar una modificación
presupuestaria, en virtud de los diversos fenómenos observados durante el presente Ejercicio y que
implican un efecto directo, tanto en el Cálculo de Recursos como así también en el Presupuesto
General de Gastos para el Ejercicio 2014. Cabe señalar que las causales señaladas a continuación,
encuadran dentro de los supuestos establecidos por la Ley Orgánica de las Municipalidades.-
Se desarrollan a continuación los principales antecedentes que motivan una ampliación del
presupuesto respecto de la formulación original realizada para el Ejercicio 2014.-
1. CÁLCULO\ RECURSOS
!*1.1) Mavor Ca tici ación Lev 10559
,/
El Sistema Tributario Nacional Argentino contempla un esquema de Coparticipación de
Recursos provenientes de tributos administrados por el Gobierno Nacional que son girados a cada
Provincia. Posteriormente las Provincias copartieipan a su vez a los distintos Municipios recursos
tributarios conforme a las normas que cada una de ellas establecen. En este marco resulta oportuno
destacar que la recaudación tributaria a nivel nacional de septiembre de 2014 alcanzó los S 98.719
millones con un aumento de 37,48% en términos interanuales, debido a los mayores incrementos de
1.V.A., Ganancias, Seguridad Social y derechos de comercio exterior.
Concepto Sep. '14 Ene-Sep '14
Ganancias 21,823.1 192,226.5
Ganancias DGI 20,435.9 180.221.4
Ganancias DGA 1,387.2 12.005.2
¡VA 29,726.0 241,772.3
IVADGI 20,455.2 166,130.6
Devoluciones (-) 230.0 2,927.8
IVA DGA 9.500.8 78,569.6
Reintegros (-) 1,250.0 7.905.3
Internos Coparticipados 1.909.8 15.507.7
Ganancia Mínima Presunta 222.8 1.675.4
Otros coparticipados 137.8 1,086.1
Derechos de Exportación 5,855.7 67,001.3
Derechos de Importación y Otros 2,788.5 22.287.6
Combustibles Ley 23.966 • Naftas 1,903.0 13,314.7
Combustibles Ley 23.966 • Otros 825.5 4,874.3
Otros s/combustibles (2) 1,568.0 10.106.8
Bienes Personales 486.6 11,044.4
Créditos y Débitos en Cta. Cte. 6.731.8 55,335.9
Otros impuestos (3) 1.264.0 6.900.7
Aportes Personales 10,137.4 87.736.5
Contribuciones Patronales 14,455.8 128.010.8
2
Otros ingresos Seguridad Social (4) 905.1 7,251.2
Otros SIPA (.) 771,9 3,585.9
'!>ubtotal DGI 54,258.1 453,222.2
J;ubtotal DGA (5) 19,734.6 182,006.3
)Total DGI-DGA 73,992.6 635,228.5
Sistema Seguridad Social 24,726.4 219,412.6
Total recursos tributarios 98,719.0 854,641.0
Clasificación presupuestaria
Administración Nacional
Contribuciones Seguridad Social
~rovincias
No Presupuestarios
98,719.0
45,239.0
23,585.6
25,779.8
4.114.6
854,641.0
392,783.7
210,515.0
220,268.6
31,073.7
Por lo expuesto, podemos resaltar que el desempeño recaudatorio permitió alcanzar el mejor
septiembre del ciclo histórico, por encima de los $ 71.805 millones de septiembre 2013 y los $ 57.375
millones de 2012.
Podemos apreciar que durante septiembre se destacó el incremento dell.V.A, que alcanzó los $
29.726 millones, con un incremento interanual del 34,54% y que también contribuyó el desempeño del
Impuesto a las Ganancias que recaudó $ 21.823 millones con un incremento del 55,0 I% respecto a
septiembre de 2013, debido a los mayores pagos de retenciones y percepciones, y al crecimiento de
ganancias de las sociedades.
Cabe mencionar que el titular de la AFIP, Ricardo Echegaray, resaltó que "el acumulado de los
primeros nueve meses del año permitió una recaudación de S 854.641 millones, lo que significa un
crecimiento del 34,61% superior a lo obtenido en el mismo período de 2013".
Por su parte, la Ministra de Economía de la Provincia dc Buenos Aires, Lic. Silvina Batakis,
anunció que las transferencias diarias y automáticas a los 135 Municipios, en concepto de
Coparticipación, Fondo Solidario Provincial y Fondo de Financiamiento Educativo, alcanzaron los S
19.609 millones en los primeros nueve meses del año (Enero - Septiembre). Destacando que lo el
Fondo Solidario proveniente de la soja fue a Septiembre de $ 781.673.806,80.- destinando a nuestro
partido la suma de $ 16.681.467,86.-
3
,..."~~...•.-,(. ~."l/v •.•••••. / ,S ~"4(\ .:'\- ~,~,
Se exponen los datos publicados por el Ministerio de Economía de la Provincia de Buenos AIres,
Subsecretaría de Coordinación Económica:
j ,.$ ro"'):JI••1M Hi 3;l3: 13'111#~j3 ;{.a13;¡ ,13 ,q:I;1 ¥fJ" t I
Fdo. deFinanciamientoEducativo (F.F.E.)
6%
Fdo. ProvincialSolidario (F.P.S.)
4% Fdo. Municipal deInclusión Social
(F.M.I.S.)3~
Descentraliz.Tributaria
3%
~
Juegos deAzar2""
Fondo Prog.
Fdo. Fon. Recursos Sociales y San.Municipales Amb.
2'.(F.F.R.M.)5%
Total de Transferencias: $ 19.609.724.542
TRANSFERENCIAS DEFONDOS
ACUMULADO ENERO - SEPTIEMBRE 2014
315.610.842,06
5.330.583,27
7.674.763,24
4.588.278.07
3.972.159.54
19.924.975,50
11.227.463,3\
16.681.467.86
23.244.927,19
408.255.460,04
\4.789.151.262.10
639.389.379,90
326.749.871.66
287.0 \8.523,22
105.889.168.91
912.676.714,16
677.946.063,58
781.673.806.80
1.089.229.75\,34
19.609.724.541,68
Cabe señalar que la Contaduría General de la Provincia de Buenos Aires ha informado al
Municipio de San Isidro, con fecha 10 de octubre de 2014, que el estado de la Coparticipación
Impositiva de esta comuna, acumulado al 30 de septiembre de 2014, ha sido de $ 408,255.460,04,-
Por lo expuesto precedentemente, de la comparación entre la Coparticipación estimada
oportunamente para el corriente ejercicio con lo percibido por este concepto en forma acumulada al 30
de septiembre de 2014 surge un incremento en la proyección de los fondos coparticipables de S
113,600,000.-
Considerando igual criterio que para la Coparticipación Ley 10.559, se ha incrementado el
Fondo de Fortalecimiento de Recursos Municipales en $ 3.900.000.- y el Fondo Municipal de Inclusión
Social se incrementa en $ 2.700.000.-
4
1.2) Ajustes Técnicos de Tasas Municipales:
1.2.1) Tasa por Alumbrado, Limpieza, Conservación v Reconstrucción de la Vía Pública
Es importante considerar que la Ordenanza Impositiva Anual N° 8741/2013, en su
artículo 44°, faculta al Departamento Ejecutivo a realizar ajustes en las tasas, patentes y/o
contribuciones establecidas en dicha norma durante el corriente Ejercicio.-
Por otro lado, cabe hacer especial mención al hecho de que el escenario inllacionario que
atraviesa el país afecta sobremanera las finanzas públicas municipales ya que se evidencian
incrementos en los bienes, útiles y retribución de servicios que debe adquirir y/o contratar la
Municipalidad para su normal desenvolvimiento. Por este motivo, se ha estimado necesario
ajustar la Tasa por Alumbrado, Limpieza, Conservación y Reconstrucción de la Vía Pública.
Corresponde señalar que se han registrado a lo largo del corriente año incrementos establecidos
en los Decretos 3513/2013,580/2014,1 I 12/2014 Y 1814/2014 Yque la suma de los mismos se
encuentra por debajo del total autorizado.
A efectos de evaluar el incremento en el monto percibido de la Tasa por Alumbrado,
Limpieza, Conservación y Reconstrucción de la Vía Pública a Septiembre de 2014 y su
comparación con lo estimado para el Ejercicio 2014 ($ 472.200.000,00).-, surge un incremento
en la proyección de la recaudación de esta Tasa de $ I39.600.000,00.-
1.2.2) Tasa por Inspección de Comercios e Industrias
Corresponde hacer mención que a partir de los cambios ya establecidos para la
determinación de la Tasa por Inspección de Comercios e Industrias reglamentados en el Capítulo
IV de la Ordenanza Fiscal e Impositiva, mediante la cual se incorporó una nueva categoría de
contribuyentes cuya base imponible considera los Ingresos I3rutos devengados por la actividad,
sobre los cuales los contribuyentes deberán tributar cuando así corresponda, se amplia la base del
cálculo para esta tasa.
Cabe señalar que el Inciso e) del Artículo 8° de la Ordenanza Impositiva Anual N°
8741/2013 faculta al Poder Ejecutivo a fijar montos máximos para cada rubro de la Tasa por
Inspección de Comercios e Industrias como consecuencia de la adecuación al nuevo sistema de
cálculo y cuantifieación por ingresos.
Como consecuencia de lo mencionado precedentemente, corresponde evaluar el
incremento producido en el monto percibido de la Tasa por Inspección de Comercios e Industrias
a Septiembre de 2014 Y su comparación con lo estimado para el Ejercicio 2014
($ 279.700.000,00).-, por lo cual surge un incremento en la proyección de la recaudación de esta
Tasa de $121.800.000,00.-
5
1.2.3) Restd de Tasas v Otras Cuentas
El incremento se basa en las proyecciones efectuadas de acuerdo a lo ingresado al mes de
Setiembre 2014, y tenicndo en cuenta lo autorizado y aprobado por el Decreto 1770/2014.-
2. PRESUPUESTO GENERAL DE GASTOS
A efectos de analizar este punto cabe mencionar que a nadie escapan los aumentos en el índice
de precios, producto del fenómeno inflacionario que se viene desarrollando en la Argentina, lo cual
incide en los costos de los servicios que presta la Municipalidad, bastando con acceder a las estadísticas
difundidas por el Instituto Nacional de Estadísticas y Censos (INDEC) para verificar la magnitud de lo
señalado. Es necesario exponer en la presente los índices de precios al consumidor GBA publicados por
el INDEC, los que serán de gran importancia al momento de determinar la ampliación presupuestaria
para la evolución de los Gastos durante el Ejercicio 2014.
Por su parte, es necesario destacar que el índice de inflación que elaboran las consultoras
privadas y difunde en forma mensual la oposición en el Congreso fue del más del doble que la publicada
por el INDEC.
La Evolución del Índice de Precios al Consumidor por Nivel General para los bienes, según el
Congreso fue la siguiente:
rJPC'!\..AJngresoÍndices de Precios al Consumidor difundidos por el Congreso Nacional
Mes I Mensual Ilnteranual2013
Enero 2,61% 26,20%
Febrero 1,14% 25,39%
Marzo 1,50% 24,46%
Abril 1,43% 23,54%
Mavo 1,63% 23,32%
Junio 2,19% 24%
Julio 2,63% 25,01%
Aoosto 2,14% 25,27%
Seotiembre 2,12% 25,52%
Octubre 2,11% 26,01%
Noviembre 2,38% 26,70%
Diciembre 3,30% 28,27%
2014
Enero 4,62% 30,78%
Febrero 4,31% 34,88%
Marzo 3,42% 37,43%
Abril 2,59% 39%
Mavo 2,28% 39,90%
Junio 2,20% 3991%
Julio 2,47% 39,71%
Aqosto 2,65% 4038%
Fuente: Índice de Precios al Consumidor
Elaborado por consultonls privadas
6
2.1 Gasto e
A Nivel Nacional, el Índice de Salarios estima la evolución de los salarios pagados en la
economia, aislando al indicador de variaciones relacionadas con conceptos tales como cantidad de horas
trabajadas, ausentismo, premios por productividad, y todo otro concepto asociado al desempeño o las
caracteristicas de individuos concretos.
Para la elaboración de este Índice se realizan estimaciones tomando en cuenta tres sectores: el
sector privado registrado, el privado no registrado y el sector público.
Asimismo, a partir de la promulgación del Decreto N° 762/02, que fijó la actualización de los
contratos contemplados en dicho marco legal en términos de un Coeficiente de Variación Salarial que
debería elaborar el Instituto Nacional de Estadística y Censos, se inició la serie, utilizada hasta el 31 de
marzo de 2004 con valor legal. Actualmente continúa publicándose para permitir la actualización de los
valores de los contratos en los que las partcs decidieron utilizar el Coeficiente a tales efectos.
Índice de Salarios y Coeficiente de Variaeión Salarial,
Valores al último día de cada mes. Base cuarto trimestre 2001 = 100
Sector privado Nivel general
Período Sector públicoIndice VariaciónRegistrado No registrado
mensual (%)
Ene-13 118.46 122.43 111.14 117.21 0.62
Feb-13 119.39 123.88 111.32 118.03 0.70
Mar-13 120.97 126.84 117.52 121.07 2.58
Abr-13 122.96 130.84 120.49 123.67 2.15
May-13 128.98 132.56 123.85 128.24 3.69
Jun-13 132.43 134.93 125.07 130.91 2.08
Jul-13 135.81 137.40 127.68 133.93 2.31
A90-13 138.38 138.75 130.94 136.47 1.90
Sep-13 140.71 142.11 135.91 139.68 2.35
Oct-13 142.50 145.42 136.90 141.52 1.32
Nov-13 145.71 153.36 137.69 144.91 2.39
Dic-13 147.14 155.35 139.84 146.63 1.19
Ene~14 148.88 159.30 143.16 149.17 1.73
Feb-14 151.17 162.77 147.98 152.34 2.12
Mar-14 153.69 170.41 154.34 156.76 2.91
Abr-14 163.76 175.84 158.73 164.52 4.95
May-14 167.58 187.45 162.51 169.68 3.14
Jun-14 171.12 194.39 169.67 174.77 3.00
Jul-14 178.19 200.87 173.05 180.76 3.43
AQo-14 182.03 ]Q8.73 181.88 184.89 2.28
Fuente: INDEC.
7
El Índice de Salarios mostró un crecimiento del 2,28%
"" \••• {. 1. •;.; o
,. 1>t':, ~,.~'" ./'en el mes de agosto de 2014 respecto de
julio, habiendo sido la variación experimentada por el indicador del 84,89% respecto del período base
(abril de 2012 = lOO). Mientras el sector privado registrado tuvo un incremento del 2,15%, el
sector privado no registrado disminuyó el 1,07% Yel sector público aumentó el 5, I% entre los meses
de julio y agosto de 2014.
Respecto del período base (abril de 2012=100), en el sector privado registrado se verificó un incremento
del 82.03%, en el no registrado una suba del 98,73% y el sector público aumentó un 81,88%.
En lo que a la Comuna respecta, el Departamento Ejecutivo ha procurado siempre, en la medida
de lo posible, mantener actualizado el poder adquisitivo de los salarios de los agentes del Municipio. De
la evolución observada en los precios de los bienes de primera necesidad, surge que se han producido
importantes incrementos en la mayoría de los rubros y que dichos aumentos resultan ser de público y
notorio conocimiento, lo que ha hecho necesario procurar establecer una recomposición salarial, a
efectos de mitigar el impacto que la inflación produce en las economías de las familias del personal
municípal durante el corriente Ejercicio se realizó una recomposición salarial en dos etapas.
Se otorgó ,un incremento sobre los sueldos básicos y sobre la Bonificación Remunerativa no
Bonificable, equivalente al 16% sobre ambos rubros, a partir de Abríl de 2014.- Asimismo en una
segunda etapa se otorga un incremento salarial sobre los sueldos básicos y sobre la Bonificación
Remunerativa no Bonificable, (cálculo que se efectúa sobre los haberes del mes de Marzo 2014)
equivalente al 16% sobre ambos rubros, a partir del mes de Agosto.- Asimismo se otorgó un aumento en
la bonificación por presentismo para todo el personal comprendido entre la categoría seis a catorce,
pasando a ser de $330 a $600.-
El mismo criterio se aplicó en cuanto a las pautas y fechas mencionadas al personal de Planta
Temporaria y Mensualizados. Además se incorporaron los aumentos definidos en las paritarias de los
empleados de la Provincia de Buenos Aires que revisten en la Carrera Médica Hospitalaria y Docentes.-
2.2 Bienes de Consumo
Cabe destacar que la devaluación y la evolución del tipo de cambio, generaron un efecto
derrame, las grandes empresas (formadoras de precios) comenzaron a trasladar a sus proveedores los
efectos de la variación del tipo de cambio, generando un escenario variable.
A medida que sube el valor del dólar en el mercado paralelo, indefectiblemente terminan
aumentando los costos en todos los rubros de la economía, estableciendo como motivos de estos
aumentos, la compleja realidad financicra de nuestro país, la restricción en la compra de dólares, las
expectativas e incertidumbres y los efectos del dólar "blue" como parámetro en la determinación de los
precios. Por lo expuesto, podemos destacar el cuadro comparatívo de tipos de eambio, publicado en el
artículo realizado por el Lic. Carlos Abi Ganem('), del centro de estudios Federalismo y libertad, de
feeha 17 de Marzo de 2014.
8
¡ Dólar Oficial vs Blue
14.0000
12.0000
10.0000
8.0000
6.0000
4.0000
2.0000
--Blue
--Oficial
0.0000
1/3/2011
NotiJ: Oil1:l5 en pesos.
1/3/2012
Fuente: BCRAy la Na:iÓtl
1/3/2013 1/3/2014
(.) Lic. en Economía de la Universidad Nacional de Tucumán y Máster en Finanzas de la Universidad de San Andrés.
Progresión de Dólar Blue, de Abril a Octubre 2014.
Tipo de cambio
16.11-
14.68- . .. .
13.25~
11.82 ¡
Fuente: www.ambito.com
26;08 2VIOFecha
La evolución de la inflación real observada ha incidido notoriamente sobre los bienes de
consumo en general, siendo los de Salud Pública los que habitualmente tienen una demanda altamente
inelástica con respecto al precio. De esta forma se han evidenciado incrementos importantes en el precio
de los medicamentos, material descartable e insumas de laboratorio, que habitualmente se adquieren
para hacer frente a las necesidades que en los distintos centros municipales de Salud Pública se
presentan.-
9
Undest para~,b:~:~~~~,.,.•..Aspirlnl<as x98comp. $17.87 (293") $23l1
Baycr
Rlvotli12mgx30camp_ $ 55.47 (24.7%) $ 69.17 $ 69,17
lnvcsti
Amcx:ldc11500 mg.21 comp. $46.13 (29',) $59.61 $ 54,90
ROC!U1D1LTS
-_._---_._ ..._ ..__ .__._-.-_.__ .......__ .-Duscaplna Comp. N x 20com p. $ 21.1'/ (275%) $ 27,76 $27,76
Bochrmgcr
B'llOhcp;ll X!Ocom p.Bagó
Qurn Plus x20comp.
Bcmabó
Ibuplrac400x lOoomp.Pfhcr
Mlgrnl ccmpuesto x 20colll p.MoutpcDicr
$2167
$37.77
$10.30
550.63
(37,8%)
(39.8"')
(13.4%)
(235%)
S29.86
$52.80
SU6B
$ 6253
521,67
$49,44
512,10
$ 62,30
•lO QUEMENOS IPe lOQUE MASSUBIÓ FEBRERO 2014 SUBiÓ
% % %
AlojamIentoy excursiones -0,1 tlivel general 3,,1 Pradomedldnales +12,4
Educadón formal 0,0 Al.médica y gasto salud 6,0 Textilespara el hogar +10,3
Alquilervivienda +0,4 EQuip.y manl. del hogar 4,8 Con!.y reparac. indumenl. +10,3
Transpone y turismo +0,4 Otros bienes y servo 4,1 Té +9,7
Ropa exterior +0,6 Alimentosy bebidas 4,0 Adqulslc.vehículos +9,6
5isl. salud y servicios aux. +0,7 Transporte y comunicac. 3,9 Cigarrillosy accescrlos +8A
Clubes. parqup_,.enlret +0.7 Esparcimiento 2,0 Artículosde Iihrerla +8,3
Telélono +0,8 Educación 1,5 Ubras +7,3
Bebidas gaseosas +0,8 Indumen~1ria 1,4 Correo +6,6
G.1lzadode vestir +0.9 Vivienday scrvclos básicos 1,3 Ropa Interior +6,5
f~tr.II)(C
2.3. Servicios No Personalcs
El prccio de los servicios también ha sufrido importantes aumentos durante el corriente ejercicio.
Es importante destacar que adicionalmente a los incrementos ocasio'nados por los niveles de inflación; la
mayoría de estos servicios rcquieren la utilización de mano de obra intcnsiva y se desarrollan con
personal incluido en los distintos Convenios Colectivos de Trabajo. Sobre este último aspecto, es
oportuno destacar que los aumcntos obtenidos por los diferentes gremios, superan en muchas ocasiones
a las estimaciones oficiales y privadas respecto de la evolución de la inflación de los distintos bienes.
10
"
) l~'"'~¡
Podemos cit r como ejemplo, el caso del gremio de los camioneros en donde el Ministerio d,ed
trabajo, empleo y seguridad social de la Nación, expone que: "Se acordó finalmente l/na sl/ba de
33% ". El gremio de los camioneros acordó finalmente una suba de 33%, en tres tramos, con las
cámaras patronales del sector. Como resultado de la reunión entre los lideres sindicales del rubro y
representantes de la Federación Argentina de Entidades Empresarias del Autotransporte de Cargas
(Fadeeac) se encaminó la negociación. la suba de los Camioneros se divide en 18% en julio. 8% en
noviembre y 7% en marzo de 2015. Además, se pagaría un adicional de 3. 000 pesos.
De la misma manera, el mismo Ministerio publico el ranking de porcentaje de al/mento. la
tabla quedó de la siguiente manera: Químicos (37 por ciento); Producción de Alimentos (35 por
ciento); Sanidad (34); Camioneros y /llaestranza (33); Calzado y Pasteleros (32); Gráficos.
1ndumentaria y Transporte de Pasajeros (31); Carne, Entidades Deportivas y Civiles, Metalúrgicos,
Plásticos y Textiles (30); Bancarios y Construcción (29); Administración Pública (28), y Comercio (27
por ciento). "
Otros de los parámetros que podemos resaltar, es la evolución de precio del combustible en el
partido, en donde logramos apreciar el aumento del mismo, en sus diferentes derivados.
Secretaria de Energla
Consulta de precios al público 0112014. 09{2014
Boca dePrecio final
Localidad Derivado exoendio Dirección Bandera ene-14 5eo-14 VAR
RUTA 9
SAN OPESSA PANAMERICANA
ISIDRO Gas Gil Grado 2 BANCALARI KM 23,5 YPF 8.28 11.4 37.68%
RUTA 9
SAN OPESSA PANAMERICANA
ISIDRO Gas 011 Grado 3 BANCALARI KM 23,5 YPF 9.91 12.2 23.10%
RUTA 9
SAN Nafta "premium" OPESSA PANAMERICANA
ISIDRO de más de 95 Ron BANCALARI KM 23,5 YPF 10.49 14.11 34.51%
RUTA 9
SAN Nafta "súper" entre OPESSA PANAMERICANA
ISIDRO 92 v 95 Ron BANCALARI KM 23.5 YPF 9.47 13.01 37.37%
Fuente: Ministerio de Planificación Federal, lov. Pública y Servicios.
_ La Municipalidad de San Isidro ha logrado no solo conservar, sino también en algunos casos,
ampliar la estructura de servicios que brinda a la Comunidad, en materia de Seguridad, Salud Pública,
Obras Pública, Educación, Cultura y Deportes, entre otros. En particular se ha evidenciado el
incremento en las inversiones realizadas en materia de seguridad, tendientes a la instalación de
tecnología necesaria para combatir la inseguridad, a través de la instalación de cámaras de video en la
vía publica, ampliación de la sala de monitoreo, incorporación de nuevos móviles en el patrullaje local,
contratación de una mayor cantidad de horas de policía adicional y nuevos proyectos, como la Escuela
de Policía de Prevención Local (con el objetivo de lograr una policía local eficiente y rápida) focalizada
en el cuidado ciudadano y la prevención del delito, entre otras.-
11
lo anteriormente expuesto, los bienes de uso también han sufrido incrementosDe acuerdo
. '2.4 BIenes de so
fundamentados específicamente con el avance de los niveles de inflación real que se evidencian en la
actualidad. Dicha situación se manifiesta cada vez que se realiza un nuevo llamado a licitación y se
comparan los valores cotizados en relación con aquellos abonados en años anteriores.
las dos inflaciones » (¡frasen %
• IPCNU (INDEC) • IPe Congreso
'"-----------------------
"
"
ENE FEB MAR ABR MA Y JUN JUl AGO
F••••• I.INCi:C .CCof~F.ESO CtJ.UI
18,2%Es la inflación acumulada en el añosegún eIINDEC.
27,4%E5la inflación acumulada en el año5egún las consultoras privadas.
La marcha de los preciosVariaciones menslIAI6 en porcentajes. de los ¡ndlces que sedetallan
IPCrNDEC
3.7"\
oENE14 FEB MAR AUR
l4
MAY
l3
¡UN
l4
JUL AG014
12
2.5 Transfer ncias
El rubro "Transferencias" se ha visto sustancialmente modificado como consecuencia del
incremento en los subsidios y ayuda a indigentes que otorga la Municipalidad para las distintas
entidades de bien público que desarrollan actividades en pos del bien común y población en general
dentro de nuestra Comuna.-
Todos estos aspectos desarrollados precedentemente, tanto aquellos que corresponden a la
evolución del Cálculo de Recursos como los vinculados con el Presupuesto General de Gastos,
evidencian la necesidad de efectuar una modificación presupuestaria para el presente Ejercicio 2014,
con la finalidad de procurar mantener un sano equilibrio de las finanzas municipales.-
Habida cuenta de todo lo expuesto, se eleva a juicio del Honorable Concejo Deliberante de la
Municipalidad de San Isidro, el Proyecto de Ordenanza que a continuación se transcribe.-
13
:-,¡" ..,••.L\:)
,L, ,r ik i
MUNICIPALIDAD DE SAN ISIDRO
PROYECTO DE ORDENANZA
ARTÍ CULO 1°: Autorizase al Departamento Ejecutivo a efectuar la modificación
presupuestaria para el ejercicio 2014 que a continuación se detalla, de acuerdo con lo estipulado por
la Ley Orgánica de las Municipalidades.-
ARTÍ CULO 2°: Establécese para cl Cálculo de Recursos correspondiente al Ejercicio
2014, un incremento de pesos cuatrocientos quince millones cuatrocientos cincuenta mil con
00/100 (S415.450.000,00.-), que serán asignados de acuerdo a lo establecido en el artículo
siguiente.-
ARTÍCULO 3°: Increméntese las partidas del Cálculo de Recursos de acuerdo al detalle
que continuación se detalla:
-Coparticipación Ley N° 10559, pesos ciento trece millones seiscientos mil con 00/100
($113.600.000,00).-
-Convenio Descentralización Ingresos Brutos, pesos un millón ochocientos mil 001100
($1.800.000,00).-
-Fondo Fortalecimiento Recursos Municipales, pesos tres millones novecientos mil con
00/100 ($3.900.000,00).-
-Fondo Municipal de Inclusión Social, pesos dos millones setecientos mil con 001100
($2.700.000,00).-
-Canon EDENOR S.A., pesos un millón ochocientos mil con 001100 ($1.800.000, 00).-
-Participación Prode, Bingos y Casinos, pesos quinientos mil con 001100 (500.000,00).-
- Impuesto Automotor Ley 130 IO Ingresos de Ejercicios Anteriores, pesos un millón
novecientos mil con 001100 ($1.900.000,00).-
- A.B.L. Ingresos del Ejercicio, pesos ciento treinta y nueve millones seiscientos mil con
001100 ($139.600.000,00).-
-A.B.L. Ingresos de Ejercicios Anteriores, pesos cuatro millones novecientos mil con
001100 ($4.900.000,00).-
-Habilitación de Comercios e Industrias, pesos quinientos mil con 001100 (500.000,00).-
14
-Come cio e Industria Ingresos del Ejercicio, pesos ciento veintiún millones ochocientos mil,
con 00/100 ($121.800.000,00).-
-Comercio e Industria Ingresos de Ejercicios Anteriores, pesos dos millones doscientos mil
con 00/100 (2.200.000,00).-
-Tasa por Servicios Asistenciales, pesos tres millones con 00/100 (3.000.000,00).-
-Tasa por Servicios Varios, pesos cinco millones setecientos mil con 00/100
($5.700.000,00).-
-Tasa por Fondeaderos de Embarcaciones, pesos ciento cincuenta mil con 00/1 00
($150.000,00).-
-Tasa Vial, pesos tres millones seiscientos mil con 00/1 00 ($3.600.000,00).-
-Tasa Ecológica, pesos ochocientos mil con 00/1 00 ($800.000,00).-
-Publicidad y Propaganda Ingresos del Ejercicio, pesos un millón setecientos mil con
00/100 ($1.700.000,00).-
-Derecho de Uso de Playas y Riberas, pesos ciento cincuenta mil con 00/100
($150.000,00).-
-Ocupación y Uso de Espacios Públicos, pesos setecientos mil con 00/100 ($700.000,00).-
-Cementerio, pesos doscientos cincuenta mil con 00/1 00 ($250.000,00).-
-Patentamiento de Motovehiculos Ingresos del Ejcrcicio, pesos quinientos mil con 00/1 00
($500.000,00).-
-Patentamiento de Motovehiculos Ingresos de Ejercicios Anteriorcs, pesos quinientos mil
con 00/100 ($500.000,00).-
-Derechos de Construcción Ingresos del Ejercicio, pesos setecientos cincuenta mil con
00/100 ($750.000,00).-
-Derecho de Construcción Adicional CAP. IX Art. 24, pesos cuatrocientos cincuenta mil
con 00/100 ($450.000,00).-
- Derechos de Oficina, pesos dos millones con 00/1 00 ($2.000.000,00).-
ARTÍ CULO 4": Establécese para el Presupuesto de Gastos del Ejercicio 2014 un
incremento de pesos cuatrocientos quince millones cuatrocientos cincuenta mil con 00/1 00
(S415.450.000,00.-), que serán destinados en los correspondientes incisos, de acuerdo a lo
establecido por los artículos 5" al 10" de la presente Ordenanza.-
15
).~~".y 't.I.
.; r.í.LIO
\'!. .lG, o,
ARTÍCULO 5°; Incrcméntese en pesos ciento diez millones setecientos ochenta y cuatro
mil con 00/100 ($110.784,000.00.-), las partidas correspondientes al inciso I "Gastos en Personal",
para atender los incrementos otorgados en materia salarial, de acuerdo al siguiente detalle:
-Jurisdicción 1, Secretaria de Gobierno, Privada y Producción, pesos catorce millones
doscientos cuarenta y seis mil trescientos con 00/100 ($14.246.300,00.),
-Jurisdicción 2, Secretaria de Inspecciones, Registros Urbanos, Tránsito y Seguridad, pesos
dieciocho millones ochocientos ochenta y cinco mil cien con 00/100: ($ I8.885. I00,00.-),
-Jurisdicción 3, Secretaria de Integración y Desarrollo Social, pesos dieciocho millones
seiscientos setenta y ocho mil novecientos con 00/100 ($18.678.900,00.-),
-Jurisdicción 4, Secretaria de Obras Públicas, pesos cinco millones cuatrocientos ochenta y
cuatro mil doscientos con 00/100 ($5.484.200,00.-),
-Jurisdicción 5, Secretaria de Servicios Públicos, pesos catorce millones doscientos cuarenta
y seis mil trescientos con 00/100 ($ I4.246.300,00.-),
-Jurisdicción 6, Secretaria de Salud Pública, pesos treinta y tres millones novecientos
veinticinco mil doscientos con 00/1 00 ($33.925.200,00.-),
Honorable Concejo Deliberante, pesos cinco millones trescientos dieciocho mil con
00/1 00 ($5.3 I8.000,00).-
ARTÍCULO 6°; Increméntese en pesos sesenta millones ciento cuarenta y cinco mil con
00/100 ($60.145.000,00.-), las partidas correspondientes al inciso 2 "Bienes de Consumo", para
atender las necesidades de las distintas Jurisdicciones, de acuerdo al siguiente detalle:
-Jurisdicción 1, Secretaria de Gobierno, Privada y Producción, pesos seis millones
doscientos mil novecientos con 00/100 ($6.200.900,00.),
-Jurisdicción 2, Secretaria de Inspecciones, Registros Urbanos, Tránsito y Seguridad, pesos
doce millones ciento setenta y tres mil cien con 00/1 00: ($ I2. I73.1 00,00.-),
-Jurisdicción 3, Secretaria ele Integración y Desarrollo Social, pesos dos millones
cuatrocientos sesenta y cinco mil ochocientos con 00/100 ($2.465.800,00.-),
-Jurisdicción 4, Secretaria de Obras Públicas, pesos dos millones seiscientos veintiún mil
ochocientos con 00/100 ($2.621.800,00.-),
-Jurisdicción 5, Secretaria de Servicios Públicos. pesos once millones noventa y un mil
novecientos con 00/1 00 ($ 11.091.900,00.-).
-Jurisdicción 6, Secretaria de Salud Pública, pesos veinticinco millones quinientos noventa
y un mil quinientos con 00/100 ($25.591.500,00.-),
16
)ARTÍCULO 7°: Increméntese en pesos ciento setenta y seis millones doscientos ochenta y
un mil con 00/100 ($176.281.000,00.-), las partidas correspondientes al inciso 3 "Servicios No
Personales", para atender las necesidades de las distintas Jurisdicciones, de acuerdo al siguiente
detalle:
-Jurisdicción 1, Secretaria de Gobierno, Privada y Producción, pesos veintiocho millones
quinientos cuarenta y cuatro mil trescientos con 00/100 ($28.544.300,00-),
-Jurisdicción 2, Secretaria de Inspecciones, Registros Urbanos, Tránsito y Seguridad, pesos
siete millones cuatrocientos setenta y cinco mil cuatrocientos con 00/100: ($7.475.400,00.-),
-Jurisdicción 3, Secretaria de Integración y Desarrollo Social, pesos diez millones
novecientos sesenta y cinco mil ochocientos con 00/100 ($10.965.800,00.-),
-Jurisdicción 4, Secretaria de Obras Públicas, pesos seis millones seiscientos sesenta y
nueve miQ\i::~on 00/100 ($~------ ~
-Jurisdicción 5 Secretaria de Servicios Públicos, pesos ciento doce millones setecientos
noventa y tres mil novecientos con 00/100 ($112.793.900,00.-),
-Jurisdicción 6 Secretaria de Salud Pública, pesos nueve millones treinta y dos mil
seiscientos con 00/100 ($9.032.600,00.-),
-Honorable Concejo Deliberante, pesos ochocientos mil con 00/100 ($800.000,00.-)
ARTÍ CULO 8°: lncreméntese en pesos cuarenta y tres millones trescientos sesenta y
cuatro mil con 00/100 ($43.364.000,00.-), las partidas correspondientes al inciso 4 "Bienes de
Uso", para atender las necesidades de las distintas Jurisdicciones, de acuerdo al siguiente detalle:
-Jurisdicción 1, Secretaria de Gobierno, Privada y Producción, pesos tres millones
cuatrocientos noventa y dos mil cien con 00/100 ($3.492.100,00.-),
-Jurisdicción 2, Secretaria de Inspecciones, Registros Urbanos, Tránsito y Seguridad, pesos
cuatro millones nueve mil novecientos con 00/1 00: ($4.009.900,00.-),
-Jurisdicción 3, Secretaria de Integración y Desarrollo Social, pesos dos millones tres mil
trescientos con 00/100 ($2.003.300,00.-),
-Jurisdicción 4, Secretaria de Obras Públicas, pesos veinticinco millones sesenta y dos mil
cuatrocientos con 00/1 00 ($25.062.400,00.-),
-Jurisdicción 5, Secretaria de Servicios Públicos, pesos cinco millones quinientos treinta mil
novecientos con 00/1 00 ($5.530.900,00.-),
-Jurisdicción 6, Secretaria de Salud Pública, pesos tres millones doscientos sesenta y cinco
mil cuatrocientos con 00/100 ($3.265.400,00.-),
17
)ARTÍCULO 9°: Increméntese en pesos veinticuatro millones ochocientos setenta y seis mil
con 00/100 ($24.876.000,00.-), las partidas correspondientes al inciso 5 "Transferencias", para
atender las necesidades de la siguiente Jurisdicción, de acuerdo al siguiente detalle:
-Jurisdicción 3, Secretaria de Integración y Desarrollo Social, pesos veintidos millones
novecientos cuarenta y cinco mil novecientos con 001100 ($22.945.900,00.-),
-Jurisdicción 6, Secretaria de Salud Pública, pesos un millón novecientos treinta mil cien
con 001100 ($1.930.100,00.-),
ARTICULO 10°: Facultase al Departamento Ejecutivo, a efectuar las asignaciones
puntuales en las distintas partidas, de acuerdo a lo establecido en los artículos 2° a 9° de la presente
Ordenanza, como así también a realizar transferencias de créditos presupuestarios previstas en el
artículo 40 de la Ordenanza 8744/13 "Presupuesto General de Gastos y Cálculo de Recursos
Ejercicio 2014".-
ARTICULO 11°: De forma.-
18
•
)
BOLETIN ESPECIAL
ORDENANZA FISCAL ANUAL 2014
ORDENANZA 8740
EXPEDIENTE 14363/2013
ISIDRO
Municipalidad de San Isidro
ORDENANZA FISCAL AÑO 2014
TITULO IDISPOSICIONES GENERALES
CAPITULO UNICO
OBJETO Y AMBITO DE APLlCACION
ARTICULO 1°._ Esta Ordenanza Fiscal regirá en el Partido de San Isidro, para ladeterminación, interpretación, liquidación, fiscalización, pago, exenciones, eximiciones,aplicación de multas, recargos, indexación e intereses de las obligaciones fiscales (tasas,contribuciones, patentes, permisos, retribuciones de servicios y derechos), que se regulanen el Titulo 1I de esta Ordenanza, en las Ordenanzas Impositivas anuales y en lasOrdenanzas sobre materia tributaria que se dicten en el futuro.Son tributos municipales las prestaciones pecuniarias que el Municipio, en ejercicio de supoder de imperio, puede exigir con el objeto de obtener recursos para el cumplimiento desus lines.
La ~unicipalidad debe establecer los recursos tributarios observando el alcance y contenidoque les fije la Constitución Provincial y la Ley Orgánica para las Municipalidades. Deberespetar los principios constitucionales de la tributación y la armonización con el régimenimpositivo provincial y federal. .
Para los casos en que las situaciones planteadas no se puedan resolver por lasdisposiciones pertinentes de esta Ordenanza, serán de aplicación supletoria lasdisposiciones análogas que rigen la tributación municipal, provincial, nacional ysubsidiariamente, los principios generales del derecho.
VIGENCIA
ARTICULO 2°._Esta Ordenanza rige a partir del 1° de enero de 2014.
NORMA Y AUTORIDAD DE APLlCACION
ARTICULO 3°._ Los tributos que establezca la Municipalidad, se reglran por lasdisposiciones de esta Ordenanza Fiscal. Ningún tributo puede ser exigido sino en virtud de lapresente u otra Ordenanza de indole tributaria que necesariamente deberá:a) Definir el hecho imponible de la obligación tributaria;b) Establecer el sujeto pasivo;c) Fijar la base imponible, la alicuota o el monto del tributo;d) Establecer incentivos, exenciones, reducciones, deducciones y otros beneficios;e) Tipificar las infracciones fiscales y establecer las respectivas sanciones fiscales;D Establecer los procedimientos administrativos necesarios para la verificación,
fiscalización, determinación y recaudación de la obligación tributaria.
El Departamento Ejecutivo, a través de la Dirección General de Rentas o quien haga susveces, será la autoridad de aplicación de esta Ordenanza Fiscal, y a ese fin podráreglamentaria y establecer la estructura administrativa que estime pertinente.
INTERPRETACION
ARTICULO 4'._ Corresponderá al Departamento Ejecutivo interpretar y determinar losalcances de esta Ordenanza Fiscal, de las Ordenanzas Impositivas anuales y de toda otra
3
Municipalidad de San Isidro
TITULO 11
DISPOSICIONES ESPECIALES
CAPITULO I
- TASA POR ALUMBRADO, LIMPIEZA Y SERVICIOS GENERALES
HECHO IMPONIBLE
ARTICULO 53°.- La tasa que trata este Capitulo corresponde a la prestación de los serviciosmunicipales que se especifican a continuación:
Servicio de Alumbrado, que comprende tanto la iluminación común como la especialde la via pública y se considera existente alrededor de cada foco de luz hasta un radio nomayor de cien (100) metros del mismo, medidos en línea recta hacia todos los rumbos,depreciando el ancho de la o las calles que pudieran interponerse en estas mediciones.
Servicio de Limpieza, que. comprende la recolección domiciliaria de residuos odesperdicios domésticos del tipo y volumen común y la higienización y/o barrido de calles.
Servicios Generales, que comprende el mantenimiento, ornato y reparación deplazas y paseos públicos, mobiliario urbano, forestación y conservación de los espaciosverdes asi como la prestación de programas en deportes, cultura y recreación.
La tasa deberá abonarse estén o no ocupados los inmuebles, edificados o no, ubicados enlas zonas del Partido, en las que el servicio se preste total o parcialmente, diaria operiódicamente, entreguen o no los ocupantes de las fincas los residuos domiciliarios a losencargados de su recolección.
BASE IMPONIBLE
ARTICULO 54°.- La valuación fiscal que se determine en la Ordenanza Impositiva.-
CATEGORIAS
ARTICULO 55°.- Los inmuebles comprendidos por esta tasa, se clasificarán de acuerdoa las siguientes categorías:
CATEGORIA I : Baldios o terrenos no edificados.-
CATEGORíA 11 : Inmuebles (conjunto de edificios y su correspondiente terreno) destinadosa vivíenda particular o actividades sociales, educacionales, culturales,gremiales, mutuales, clubes, y de fomento.-
CATEGORIA 111: Terrenos y/o edificios y/o locales con destino comercial y/u oficinas,tengan o no vivienda.
CATEGORIA IV : Terrenos y/o edificios y/o locales con destino industrial.CATEGORIA V :Inmuebles pertenecientes a Cultos reconocidos inscriptos en el
Ministerio de Relaciones Exteriores, Ceremonial y Culto, siempre que enellos se realicen actividades propias de los fines de la institución enforma absolutamente gratuita y de participación pública e irrestricta.
CATEGORIA VI : Cocheras independientes de una unidad funcional principal.-
CATEGORIA VII : Bauleras independientes de una unidad funcional principal.
18
¡. L l I {'
,J 2.3'f. N
o.. _ .~_,¿-.""
,
Municipalidad de San Isidro
CATEGORIA IX : Terrazas aprobadas como unidad complementaria en inmueblessometidos a Propiedad Horizontal.-
CATEGORIA X : Terrenos con edificaciones no categorizadas.-Se consideran dentro de esta categoria a las edificaciones existentesque no cuentan con planos aprobados.Se exceptúa el inmueble que por sus características constructivas sea detipo precario, destinada a vivienda exclusivamente, con una superficie nomayor a los 90 metros cuadrados y cuyo titular no posea otra propiedadinmueble, el que quedará encuadrado en la Categoría II (vivienda).
CATEGORIA XI : Inmuebles cuyas construcciones en su totalidad o parcialmente serealizaron contraviniendo órdenes de paralización o fueron objeto deorden de demolición.
Todo cambio de categoría solicitado, tendrá efectos impositivos a partir de la fecha de'aprobación del plano de construcción y/o modificación del mismo por cambio de destino,excepto en el caso de la categoría V para la cual se tomará la fecha de solicitud ypresentación de documentación ante esta Administración, por parte de los ínteresados.-
En el caso que un inmueble se encuadre en más de una categoría se tomará comobase imponible la de mayor nivel tributario.-
En los casos de divísión de lotes para la construcción de viviendas agrupadas u otrosusos de división en propiedad horizontal -Ley 13512-, en los que a cada unidad lecorresponda una porcíón de superficie tierra propia, constituyendo lotes de terrenoperfectamente diferenciados, se asignará a cada unidad funcional la categoria I (baldío)hasta tanto se incorpore la mejora conforme lo establecido en el arto61'._
En el caso de inmuebles pertenecientes a entidades sin fines de lucro que destinenparte del predio a una actividad comercial de un tercero, a pedido de parte, el DepartamentoEjecutivo podrá considerar el desdoblámiento de la cuenta principal, prorrateando lassuperficíes de acuerdo a la ocupación de cada una, asignando las bases imponibles y lasrespectivas alícuotas por categoria, según los destinos de cada una de ellas.-
ARTICULO 56'._ El baldío que se englobe con un lote que cuente con edificación pasará aformar parte del conjunto edificado, con la categoría correspondiente a éste, debiéndoseaplicar la alícuota pertinente sobre la sumatoría de las valuaciones de los bienes quecompongan el conjunto.
A petición del titular, las unidades complementarías que asi estén consideradas enlos planos de subdivisión, podrán ser englobadas con la unidad funcional que el mismoposeyere; procediendo al englobamíento, la valuación resultante será equivalente a lasumatoria de las valuaciones de las unidades que compongan el conjunto.
CONTRIBUYENTES:
ARTICULO 57'.- La obligación del pago de esta tasa estará a cargo de los titulares dedominio, los poseedores a titulo de dueño o los usufructuarios de los inmuebles.
EXENCIONES. DESGRAVACIONES
ARTICULO 5S'.-Podrán ser sujetos de desgravación los contribuyentes mencionados en elarticulo 57' respecto de los inmuebles, siempre y cuando ambos se hallen comprendidos
19
Municipalidad de San Isidro
en las siguientes causales; debiendo requerirse anualmente el beneficio en las condicionesque se establezcan:
1).- DESAFECT ACION POR FALTA DE PRESTACION DEL SERVICIOCuando no se prestara el servicio de limpieza o el de alumbrado, la tasa será reducida en eltreinta y cinco por ciento (35 % ) por cada uno, a partir del año en que se solicite ladesgravación. En caso que la Comuna pueda comprobar la inexistencia de los servicios enaños anleriores, a solicitud de parte, podrán considerarse los períodos no prescriptos.
2).- REDUCCION DE TASA EN TERRENOS BALDIOS:
Las tasas de aquellos baldios que ofrezcan una de las variantes que se especifican acontinuación, tendrán una reducción del veinticinco por ciento (25 % ) :
a).- Con cerco (de alambre tejido, como mínimo), vereda, higienizado y parquizadoo forestado.
b).- Instalaciones y usos autorizados por Ordenanza N° 5239 referente a utilizacióntransitoria de terrenos baldios con usos comerciales.
c).- Obra en construcción con planos aprobados y que la misma tenga un desarrollonormal y que no se encuentre declarada como "Obra Paralizada" segúnart. 2.5.2.8. del Cód. de Edificación vigente.-
Si de la inspección técnica efectuada, se comprobare que se cumplen los requisitosexigidos, el descuento sólo operará a partir de la cuota cuyo vencimiento resulte serinmediato posterior al de la fecha de presentación de la solicitud.-
3).- REDUCCION DE LA TASA A JUBILADOS Y PENSIONADOS:
Aj.- Los jubilados y pensionados estarán exentos del CINCUENTA POR CIENTO (50%) delmonto anual que, en concepto de la tasa de que trata el presente Capítulo, lescorresponda abonar por la vivienda que ocuparen en el Partido en condición de titularesde dominio, usufructuarios o poseedores a titulo de dueño, siempre que el bienestuviere destinado, en forma exclusiva, a casa-habitación del interesado y éste noposeyera otra propiedad inmueble.La obtención del beneficio enunciado en el párrafo anterior, estará condicionada aicumplimiento de los siguientes requisitos:
1. El beneficiario y/o núcleo familiar a su cargo -esposo/a, concubina/a, padres, hermanosmayores de 60 años, hijos y nietos menores de edad, e hijos o nietos discapacitados sinimportar su edad- deberá contar, al momento de presentar su solicitud, con un ingresoproveniente de jubilación/es y/ o pensión/es argentina/s y/o extranjera/s cuyo monto total, noexceda del que corresponda a dos (2) veces la jubilación minima vigente en la Provincia deBuenos Aires o Nación (importe neto), tomándose la de mayor monto.2. El lote en que se asiente la vivienda deberá contar como máximo, con quinientos
metros cuadrados (500 m') de superficie tierra;3. La superficie construida no excederá los ciento cincuenta metros cuadrados (150 m');4. La propiedad en orden a la cual se gestionare el beneficio deberá estar destinada en
su totalidad, exclusivamente a casa-habitación del solicitante y familiares a su cargo,según lo establecido en el inc. 5) siguiente.-
5. El beneficio alcanzará a aquellas propiedades respecto de las cuales el jubilado opensionado sea condómino, ca-usufructuario ° ca-poseedor a titulo de dueño,exclusivamente cuando tales derechos fueran compartidos por el interesado con:
a).- su cónyuge o pareja conviviente;b).- su/s hijo/s y/o padres;
20
Municipalidad de San Isidro
c).: su hermano o hermanos convivientes o no convivientes, en elinmueble respecto del cual se solicita el beneficio, siempre que losingresos acumulados de los convivientes no superen el limiteprevisto en el inciso 3A - 1) de este articulo.
El beneficio corresponderá también cuando el titular de dominio sea el cónyuge oconcubina/a de quien perciba la jubilación y/o pensión.
B).- Cuando el jubilado o pensionado posea un inmueble sin subdividir con más de unaunidad de vivienda y que se encuentre ocupada por descendientes directos (hijo o hija) con. o sin sus respectivos grupos familiares, siempre que cumplan los requisitosenunciados precedentemente, estarán exentos del pago del VEINTICINCO PORCIENTO ( 25 % ) de la tasa en cuestión.-
C).- Los jubilados y pensionados mayores de 70 años, y los jubilados por invalidez, quecumplan los requisitos enunciados en el inc. A) precedente, estarán exentos del pagodel CIEN POR CIENTO (100%). En caso de fallecimiento del titular, se hará extensivoeste mismo beneficio al cónyuge supérstite.-
0).- Asimismo en casos debidamente justificados, ei Departamento Ejecutivo podráconceder la exención de la tasa en hasta un cien por ciento (100%) cuando secompruebe, que se configura el concepto descripto en los items anteriores, aún en elcaso que alguno de los requisitos no se ajustara estrictamente a lo establecido, previoinforme socio ambiental, o declaración jurada que la autoridad competente le provea alefecto, con un informe de la situación, y siempre y cuando lo soliciten en el transcursodel ejercicio correspondiente hasta el 30 de septiembre.-
E).- En todos los casos mencionados, el Departamento Ejecutivo podrá conceder elbeneficio aún cuando existiera deuda a cargo del peticionante al momento de presentarla solicitud. A los fines de la cancelación de la deuda existente, el DepartamentoEjecutivo podrá otorgar las facilidades que establece el artículo N° 37 y en el máximode cuotas que en él se menciona.
4).- REDUCCION (y/o EXENCION) DE LA TASA A DISCAPACITADOS:
A).- Las personas que posean una discapacidad permanente acreditada por certificadoemanado por un organismo público, y/o quienes ejerzan su representación legal(debidamente acreditada), estarán exentos del CI~ICUENTA POR CIENTO (50%) del montoanual que, en concepto de la tasa de que trata el presente Capitulo, les corresponda abonarpor la vivienda que ocuparen en el Partido en condición de titulares de dominio,usufructuarios o poseedores a título de dueño, siempre que el bien estuviere destinado, enforma exclusiva, a casa-habitación del interesado y éste no poseyera otra propiedadinmueble.
La obtención del beneficio enunciado en el párrafo anterior, estará condicionadaal cumplimiento de los siguientes requisitos:
1. El beneficiario y su núcleo familiar deberá contar con un ingreso mensual (salario/s y/ojubilación/es y/o pensión/es argentina/s o extranjera/s) que en conjunto, no exceda endos (2) veces el monto correspondiente a la jubilación minima vigente en la Provincia deBuenos Aires, o Nación (importe neto), tomándose la de mayor monto.
2. El lote en que se asiente la vivienda deberá contar como máximo, con quinientosmetros cuadrados (500 m') de superficie de tierra;
3. La superficie construida no excederá los ciento cincuenta metros cuadrados (150 m');
21
-'
e).- Las personas discapacitadas que superen los setenta (70) aiios de edad, que cumplanlos requisitos enunciados en el inc. 4) - A) precedente, estarán exentos del pago delCIEN POR CIENTO (100%).-
a).- su cónyuge o pareja conviviente;b).- su/s hijo/s y/o padres;c).- su hermano o hermanos convivientes o no convivientes en el
inmueble respecto del cual se solicita el beneficio, siempre quelos ingresos acumulados de los convivientes no superen el limiteprevisto en el inciso 4) A - 1) de este articulo.
4. La propiedad en orden a la cual se gestionare el beneficio deberá estar destinada ensu totalidad, exclusivamente, a casa-habitación del solicitante y grupo familiar, según loestablecido en el inc. 5) siguiente:
5. El beneficio alcanzará a aquellas propiedades respecto de las cuales el discapacitadoy/o representante legal sean condóminos. co-usufructuarios o ca-poseedores a titulo dedueño, exclusivamente cuando tales derechos fueran compartidos por el interesado con:
. .
D).- Asimismo en casos debidamente justificados, el Departamento Ejecutivo podráconceder la exención de la tasa en hasta un cien por ciento (100%) cuando secompruebe, que se configura el concepto descripto en los items anteriores, aún en elcaso que alguno de los requisitos no se ajustara estrictamente a lo establecido. previoinforme socio ambiental, o declaración jurada que la autoridad competente le provea alefecto, con un informe de la situación, y siempre y cuando lo soliciten en el transcursodel ejercicio correspondiente hasta el 30 de septiembre.-
1I1unicipaliclad de San Isidro
B).- Las personas que cuenten con una discapacidad permanente acreditada por certificadoemanado por un organismo público, y que posea un inmueble sin subdividir con más deuna unidad de vivienda y que se encuentre ocupada por descendientes directos (hijo ohija) con o sin sus respectivos grupos familiares, siempre que cumplan los requisitosenunciados precedentemente, estarán exentos del pago del VEINTICINCO PORCIENTO (25 'lo) de la tasa en cuestión.-
E).- En todos los casos mencionados, el Departamento Ejecutivo podrá conceder elbeneficio aún cuando existiera deuda a cargo del peticionante al momento depresentar la solicitud. A los fines de la cancelación de la deuda existente, elDepartamento Ejecutivo podrá otorgar las facilidades que establece el articulo N°37 yen el máximo de cuotas que en él se menciona.
5}.- PERSONAS DE ESCASOS RECURSOS:
El Departamento Ejecutivo podrá desgravar en hasta un CIENTO POR CIENTO(100%) a las personas de escasos recursos responsables de esta tasa, que lo solicitenen el transcurso del ejercicio correspondiente hasta el 30 de setiembre, y que cumplancon los siguientes requisitos:
a).- Oue sus ingresos mensuales, incluidos los del grupo familiar conviviente,no excedan de un salario minimo.
b).- Que se trate de única propiedad, habitada por el solicitante no alquilada totalo parcialmente.
c).- Que el inmueble se encuentre destinado a vivienda exclusivamente y no sedesarrollen en él actividades comerciales o industriales.
d).- Que la superficie construida no supere los 90 m'.e).- Que la superficie de terreno no supere los 300 m'.0.- No obstante las limitaciones establecidas, el Departamento Ejecuti'lo podrá
conceder exención en casos debidamente justificados cuando se
22
7) ,- ESTARÁN EXENTOS DEL PAGO DE ESTA TASA:
6).- EXENCION A EX-COMBATIENTES DE MALVINAS:
C- Los inmuebles pertenecientes a los BOMBEROS VOLUNTARIOS Y CRUZROJA, en [os cuales se desarrolle la actividad especifica de la institución.
compruebe previo informe socio ambiental. o declar<lción jurada que laautoridad competente le provea al efecto, con '-le informe de la situación,que en dicho periedo fiscal el contribuyente se encuentra realmenteimposibilitado de hacer efectiva la tasa correspondiente.
B- Los inmuebles donda se hc:[le emplazado un templo religioso y susadyacencias (excluidos colegios arance[ados y / o actividades comerciales),asi como [os predios destinados unicamente a la formación de religiosos,siempre que se trate, de cultos reconocidos por e[ Ministerio de Re[acionesExteriores y Culto, El Departamento Ejecutivo podrá incluir en este beneficio aaquellos inmuebles que, aunque no se encuentren compartiendo el prediocon" un templo, constituyan espacios físicos indispensables para laprosecución de los fines del culto.Cuando además del templo se desarrolle alguna de las actividadesexpresamente excluidas precedentemente, el Departamento Ejecutivodeterminará el porcentaje a eximir de [a tasa.
A- Los establecimientos educacionales privados, siempre que cumplan [osrequisitos de la Ordenanza N° 6035/84.- En [os casos que compartan elinmueble con alguna actividad comercial, se proporcionalizará la exención enfunción a los metros cuadrados de tierra y construidos destinados a la parteeducacional, debiendo tricutar por la restante,-
a).- Eximese del pago de esta tasa a todo soldado conscripto, voluntario, civilveterano de guerra, oficial y sub-oficial que acrediten su efectivaparticipación en el teatro de operaciones durante la Guerra de las Malvinas,asi como a los herederos directos del personal mencionado que hubierefallecido a consecuencia de la contienda (cónyuge supérstite,descendiente menor de edad y/o incapacitado o ascendiente porconsanguinidad en primer grado).
b).- La eximición sólo operará para aquéllos que posean una unica propiedadinmueble, la que debe ha!larse categorizada como vivienda y ser destinadapara casa-habitación de los beneficiarios, siempre que el lote en que seasiente la misma cuente como máximo con 500 m' (quinienlos metroscuadrados) y la superficie construida no exceda los 200 m' (doscientosmetros cuadrados). Si las dimensiones del inmueble superaran lassuperficies indicadas la exención operará sólo sobre estas medidas ytributará por el excedente.No obstante estas limitaciones, el Departamento Ejecutivo podrá concederexención en casos debidamente justificados.
)
Disposiciones generales: La petición y/o renovación de los beneficios a que se refieren losincisos 3) a 6) y 7-B) precedentes, deberá ser efectuada anualmente por e[ interesado,mediante la suscripción y presentación de la Declaración Jurada, que al efecto proporcionaráel organismo correspondiente, o por nota.- Las instituciones alcanzadas por la exenciónotorgada en e[ ítem 7-C deberán presentar una unica DDJJ con la ubicación de ellloslocal/es que cumplan los requisitos establecidos, obligándose a informar cualquier trasladofuturo,
Jl,,1unicÍpalidad de San Isidro
El descuento sólo operar6 sobre las cuotas impagas del ejercicio, considerándosefirmes los pagos efectuados, excepto los contemplados en los incisos 1) Y 2)precedentes,
Podrán considerarse inclu:dos en este beneficio los años intermedios entre dossolicitudes, aCmcuando en ellos se haya omitido efectuar el pedido formal, siempre ycuando la nueva encuesta socio ambiental o inspección técnica en el caso del inciso 7) -B), permita demostrar que la situación no ha variado desde la última anterior.-
La comprobación de falsedad u omisión en los datos aportados por el contribuyente,dará lugar a la aplicación de multas por defraudación (art, 46 inciso c) sin perjuicio delreclamo del p3g0 de las diferencias Iio ingresadas,- Para el caso de los incisos 3) a 6), siel Departamento Ejecutivo verificara que el nivel económico con el cual desarrolla su vidael solicitante, no condice con los ingresos que declara, deberá denegar o cancelar elbeneficio si éste hubiere sido otorgado,-
Cuando el trámite de exención haya sido iniciado en término, y resulte denegado,las cuotas adeudadas correspondientes al periodo solicitado, serán reclamadas al valor dela fecha de presentación de la solicitud,- '
OPORTUNIDAD DE PAGO
ARTICULO 590.- Esta tasa de carácter anual, deberá abonarse en cuotas bimestrales, conlos vencimientos que establezca el Calendario Impositivo Anual.
CONTRALOR
ARTICULO 60°,- Las valuaciones que de conformidad con el Articulo 54° hubieien sidodeterminadas para cada a1io, podrán ser corregidas ante cualquier error u omisión, orevalorización ele la tierra donde se halle emplazada la propiedad, o por modificacionesmateriales propias de los bienes que signifiquen aumento o disminución de su valor(subdivisiones, englobarnientos, ampliaciones, demoliciones etc,),-
Cuando la nueva valuación resulte de un error u omisión surtirá efecto desde el,oornento ele producirse el mismo. Las adecuaciones del valor de la tierra siempre tendránvigencia desde el periodo fiscal en curso. Cuando las modificaciones del valor no resultarendel normal desarrollo urbano, sino que respondi8ren a obras, hechos, o circunstanciasparticulares de la zona, la autoridad de aplicación, determinará la fecha exacta a partir de lacual se incorporara al sistema.-
Las diferencias emergentes y sus accesorios deberán ser abonados dentro de losquince (15) dias de notificada la liquidación correspondiente.
ARTICULO 61°._ Las mejoras que se inlroduzcan en inmuebles, se incorporarán a los finesdel cobro de la tasa ~na vez obtenido el certif:cado de inspección final. La autoridad de<Jplicación podrá incorporarla a los doce (12) meses de la fecha del Permiso deCor;strucción, () cuando se encontraren en condiciones de ser habitados total oparcialmente, quedando el Municipio facultado para ejercer las verificacionescorrespondientes. -
Para el caso de ias demoliciones, la autoridad de aplicación podrá incorporarlas alos seis (6) meses de la fecha de aprobación de los planos respectivos.-
En caso de construcciones que puedan habilitarse por etapas o parcialmente,incluidas las realizadas en propiedad horizontal, la autoridad de aplicación determinará laproporción-imponible para el cobro de las tasas correspondientes,
24
MUlúcipalidad de San Isidro
A solicitud del interesado, en caso de Propiedad Horizontal, se podrán incorporarlas unidades aún no realizadas, que se encuentren aprobadas en el respectivo plano de
P.H.-
Para las construcciones y/o actividades especiales que por su característica no seadecuen al sistema general de valuación, el Departamento Ejecutivo podrá "ad-referendum"del Honorable Concejo Deliberante reglamentar la metodologia a aplicar para incorporar las
mejoras.
Las mejoras introducidas sin la correspondiente autorización municipa:, deberán serincorporadas a los efectos impositivos, sin que ello implique obligatoriedad de reconocer laviabilidad de la autorización de la subsistencia de tales mejoras, ni que el propietario puedaalegar por ello, derechos adquiridos. .
ARTICULO 62°.- Las modificaciones de la valuación podrán ser reclamadas hasta los quince(15) dias hábiles siguientes al de ia fecha de notificación. Vencido este plazo, laMunicipalidad no estará obligada a atender reclamos de estas modificaciones con carácterretroactivo ni a hacer lugar a repetición por pagos efecluados en demasia, salvo los que se.produjeran con posterioridad al reclamo y hasta la fecha de la real modificación.
Los reclamos deberán fundarse en observaciones sobre dimensiones, valor delterreno, superficie construida y lodo otro antecedente que el peticionante estime aclaratorio,y serán atendidos por el Departamento Ejecutivo de conformídad con lo establecido en losartículos 27° a 29° de la presente Ordenanza.
25
)lVIunicÍpaJjdad de San Isidro
CAPITULO IV
TASA POR INSPECCION DE COMERCIOS E INDUSTRIAS
HECHO IMPONIBLE
ARTICULO 79°.- Por los servicios de inspección y control destinados a preservar laseguridad, salubridad e higiene, asi como la continuidad de las condiciones de habitabilidada que se refiere el Capitulo 111, de los comercios, industrias, servicies y actividadesasimilables a tales, aún cuando se tratare de servicios públicos, que se desarrollen enlocales, establecimientos u oficinas, y por los servicios destinados a verificar elmantenimiento de las condiciones en base a las cuales se otorgara el permiso delocalización, se abonará la tasa que al efecto se establezca.
BASES IMPONIBLES
ARTicULO 80°.- Para la determinación y cuantificación de esta Tasa se considerarán lassiguientes bases imponibles y categorias para comercios, servicios, industrias y actividadessujetas a habilitación municipal y/o provincial, estas últimas con permiso de localización:
1) BASES IMPONIBLES FIJAS
Bases Imponibles Fijas contempladas para la presente categoría:
1a).- SUPERFICIE: Se considerará la superficie cubierta, semicubierta o libre destinadaa la actividad. No se computarán los m2 de superficie destinada a playas deestacionamiento públicas, irrestrictas y gratuitas, que excedan los módulos obligatoriosdeterminados para la actividad de que se trate con la condición de que tal circunstanciase halle expresamente indicada en lugar y forma visible. No se incluye en la excepciónprecedente a aquéllas que pertenezcan a Supermercados, Paseos de Compras(Shoppings) o los casos en que el estacionamiento sea compartido por más de un localo negocio.Cuando la superficie resultare inferior a cien (100) metros, a los efectos del cálculo seconsiderará el número resultante de adicionar a dicha superficie, la tercera parte de ladiferencia entre la superficie real y cien.Cuando se tr;ellede locales ubicados en Paseos de Compras, de más de 10.0COm2, lasuperficie propia de cada local se ajustará por aplicación del coeficiente resultante dedividir la superficie económica total del Paseo de Compras, por la sumatoria de lasuperficie de los locales. Los entrepisos y sótanos se computarán como superficie dellocal pero no se le aplicará el coeficiente de incremento mencionado.
1b) PERSONAL: Se considerará a los titulares de la habilitación (personas fisicas y/ojuridicas), más el número de personas afectadas a la actividad, que sedesempeñaban al 30 de junio del año inmediato anterior al que se trata.-No comprende los choferes de remises y/o taximetros,-
Para el caso de establecimientos educacionales privados (colegios, escuelasdiferenciales, guarderías o jardines de infantes - no inscriptos en D.l.P.R.E.G.E.P. -), elpersonal docente resultará del coeficiente de dividir el tolal de horas-clase-cátedradesempeflados semanalmente por cuarenta (40).-
En el caso de aquellas actividades que por sus características el personal cumpla horariossemanales inferiores a las veinte (20) horas, la determinación del número imponible result;¡rádel coeficiente que surja de dividir el lotal de horas semanales desempeñadas, por cuarenta(40).-
32
NIunicipalidad de San Isidro
AÑO DE INICIACION:
Se computará el personal a la fecha de iniciación de actividades:
Si inicia actividades hasta el 30 de junio, el titular presentará Declaración Jurada anual,informando el personal computable al 30 de junio del año de iniciación;
Ii
Para el caso de inici<Jciónde actividades en el transcurso del año fiscal, la base imponibleestará constituida por la cantidad de personas que desarrollen <Jctividades de acuerdo alrégimen que seguidamente se establece:En el caso de iniciación de actividades en el transcurso del año fiscal y/o para lastransferencias, la base imponible constituida por la cantidad de personas que desarrollenactividades se considerará:
Si inicia actividades a partir del 1 de julio; la Declaración Jurada deberá cumplimentarse enoportunidad de efectuar el pago de los derechos de habilitación.-
En caso de transferencia y/o cambio de local en Paseos de Compras (Shoppings) o GaleríasComerciales, se computará el personal declarado al momento de presentarse la solicitud.
SEGUNDO AÑO DE ACTIVIDAD:
El personal computable al 30 de junio del año inmediato anterior.En caso de haber iniciado actividades en fecha posterior a la mencionada, se considerará elpersonal a la fecha de iniciación de actividades. Para el caso de transferencia y/o cambio delocal en Paseos de Compras (Shoppings) o Galerias Comerciales presentada conposterioridad al 30 de Junio del año inmediato anterior, se computará el personal declaradoal momento de presentarse la solicitud.
TERCER AÑO DE ACTIVIDAD Y POSTERIORES:
El personal computable al 30 de junio del año inmediato anterior.
1~) UBICACION: En los casos en que las actividades comprendan diversos rubros dedistinto valor y/o se encuadren en intersecciones de calles de distinto valor zonal, setomarán como bases imponibles las de mayor nivel tributario.
1d) COEFICIENTES: Los que se determinen en la Ordenanza Impositiva vigente para cadauno de los rubros en la categoria de Bases Fijas
1e) CATEGORíAS PARA BASES IMPONIBLES FIJASDe acuerdo a las Bases Fijas determinadas precedentemente, se crean las sig~ientescategorias:
1e1).- Se establecen nueve (9) categorías de UBICACION de acuerdo al detalle que comoANEXO I forma parte del presente.
1e2).- Se establecen nueve (9) categorias de RUBRO de acuerdo al detalle meramenteenunciativo - que como ANEXO 11forma parte del presente.
2) BASES IMPONIBLES POR INGRESOS BRUTOS DEVENGADOS
Se establecen dos (2) categorías de acuerdo al monto de los INGRESOS BRUTOSDEVENGADOS CUATRIMESTRALES, contemplados en el punto 2.c) del presente Articulo yalicuotas directas, según la Ordenanza Impositiva vigente, Anexo 11;
2a) CATEGORIA "A"; Contribuyentes con Declaraciones Juradas menores al montoestablecido en el Articulo 8 ine. C) ANEXO II de la Ordenanza Impositiva, por cuatrimestre,
33
Mwúcipalidad de San Isidro
con coeficientes directos sobre las Bases Fijas, según lo determinado en la OrdenanzaImpositiva vigente.
2b) CATEGORIA "B", Contribuyentes con Declaraciones Juradas mayores o iguales almonto establecido en el .A.rticulo 8 inc. C) ANEXO 11 de la Ordenanza Impositiva, porcuatrimestre, con Alícuotas Directas sobre los montos declarados según lo determinado enla Ordenanza Impositiva vigente.Para aplicar las Alicuotas Directas sobre los montos declarados cuatrimestrales, normadosen el punto 3) de este Articulo, el total declarado en cada habilitación comercial, se repartiráen cuatro partes iguales.-
2c) INGRESOS BRUTOS DEVENGADOS:
SE CONSIDERA INGRESO BRUTO DEVENGADO:
1) El valor o monto total -en valores monetarios, en especies o servicios-, devengados enconcepto de ventas de bienes, o de retribuciones obtenidas por los servicios prestados enforma directa o por medio de terceros y/o mecanismos automáticos, computarizados,interconectados, o de cualquier otra forma.
2) Los intereses obtenidos por préstamo de dinero o plazos de financiación,
3) El ingreso por las operaciones realizadas, o cualquier otro ingreso percibido que permitaen forma regular, el sustento de la actividad habilitada, en el partido de San Isidro.
Se entenderá que los ingresos se han devengado salvo las excepciones previstas en lapresente Ordenanza:
1. En el caso de venta de bienes inmuebles, desde el momento de la firma del boleto,de la posesión o escrituración, el que fuere anterior.
2. En el caso de venta de otros bienes, desde el momento de la facturación, o de laentrega del bien o acto equivalente, el que fuere anterior.
3. En los casos de trabajos sobre inmuebles de terceros, en el momento de laaceptación del certificado de obra, parcial o total, o en el de la percepción total oparcial del precio o en el de la facturación, el que fuere anterior.
4. En el caso de prestaciones de servicios y de locaciones de obra y servicios,excepto las comprendidas en el inciso anterior, desde el momento en que se factureo termine, total o parcialmente la ejecución o prestación pactada,. el que fueraanterior, salvo que las mismas se efectuaran sobre bienes o mediante su entrega,en cuyo caso el gravamen se devengará desde el momento de la entrega de talesbienes.
5. En el caso de intereses, desde el momento en que se generan y en proporción altiempo transcurrido hasta cada periodo de pago del tributo.
6. En el caso de recupero total o parcial de créditos deducidos con anterioridad comoincobrables, en el momento en que se verifique el recupero.
7. En los demás, desde el momento en que se genera el derecho a lacontraprestación.
8. En el caso de provisión de energia eléctrica, agua o gas, o prestaciones deservicios cloacales, de desagLies o de telecomunicaciones, desde el momento enque se produzca el vencimiento del plazo fijado para su pago o desde su percepcióntotal o parcial, el que fuera anterior.
2.c.1) EXCLUSIONES:
34
Múnicipalidad de San Isidro
A los efectos de la determinación del ingreso bruto devengado deberán considerarse comeexclusiones de la base imponible establecida las que a continuación se detallan:
1. Los importes correspondientes a impuestos internos, impuestos al valor agregad:(débito fiscal) e impuestos para los fondos nacionales de autopista, tecnológico dEtabaco y de los combustibles.
Esta deducción sólo podrá ser efectuada por los contribuyentes de derecho de Ic;gravámenes citados, en tanto se encuentren inscriptos como tales. El importe,computar será el del débito fiscal o del monto liquidado, según se trate del impues':al valor agregado o de los restantes gravámenes, respectivamente y en todosIcscasos en la medida en que correspondan a las operaciones de la actividad sujeta,impuestos realizadas en el periodo fiscal que se liquida.
2. Los importes que constituyen reintegro de capital en los casos de depósitcpréstamos, créditos, descuentos y adelantos y toda otra operación de tipo financieroasi como sus renovaciones, repeticiones, prórrogas, esperas u otras facilidade;cualquiera sea la modalidad o forma de instrumentación adoptada.
3. Los reintegros que perciban los comisionistas, consignatarios y similarescorrespondientes a gastos efectuados por cuenta de terceros, en las operacionesd,intermediación en que actúen.Tratándose de concesionarios o agentes oficiales de ventas lo dispuesto en ,párrafo anterior, sólo será de aplicación a los del Estado en materia de juegosd,azar, carreras de cabal!os, agencias hipicas y similares.
4. Los subsidios y subvenciones que otorgue el Estado (nacional y provincial) y 1,;Municipalidades.
5. Las sumas percibidas por los exportadores de bienes y servicios en conceptod,reintegros o reembolsos acordados por la Nación.
6. Los ingresos correspondientes a ventas de bienes de uso.7. Los importes que correspóndan al productor asociado por la entrega de s,
producción en las cooperativas que comercialicen producción agricola únicamente.:el retorno respectivo. La norma precedente no es de aplicación para las cooperativ,so secciones que actúen como consignatarias de hacienda.
8. En las cooperativas de grado superior, los importes que correspondan a 1"cooperativas agricolas asociadas de grado inferior, por la entrega de su produccíécagrícola y el retorno respectivo.
9. Los importes abonados a otras entidades prestatarias de servicios públicos, en,caso de cooperativas o secciones de provisión de los mismos servicios, excluid:stransporte y comunicaciones.
10. La parte de las prima~ de seguros destinadas a reserva matemática y de riesgoE"concurso, reaseguros pasivos y siniestros y otras obligaciones con 'asegurados~.'obtengan las compañias de seguros o reaseguros y de capitalización y ahorro.
11. Cuando la habilitación comercial en el partido de San Isidro comprenda, co~:actividad principal o secundaria a las exportaciones de Bienes y Servicios~:financieros a terceros paises, cuya utilización y explotación efectiva se lleve a c,::en el exterior, la parte de los Ingresos Brutos devengados por las exportacicc;squedarán excluidas de la Base Imponible, y de no existir otra base de ingrese:verificables, para determinar el monto de la Tasa por Inspección de Comercies'Industrias, se aplicará la base fija establecida como Categoria A, o lo dispueslJE'el Articulo 8° Inc. D) punto 4) de la Ordenanza Impositiva vigente; el que res;:,mayor.
12. Cuando la habilitación comercial en el partido de San Isidro, se reliera en fo'-,exclusiva al rubro exportaciones de Bienes y Servicios no financieros, a terc,'::paises cuya utilización y explotación efectiva se lleve a cabo en el exterior y, de.:existir otra base de ingresos verificables, para determinar el monto de la Tas, e:'
35
Inspección de Comercios e Industrias, el monto de Ingresos por exporlaciones, "excluira totalmente de la base imponible, siendo el importe minimo mensual de "Tasa por Inspección Comercios e Industrias la base fija establecida como Calegar,A, o lo dispuesto en el Artículo 8° Inc. D) punto 4) de la Ordenanza Imposiliv,vigente; el que resulte mayor.
2.0.2) DEDUCCIONES
A los efectos de la determinación del ingreso brulo devengado, deberán considerarso cm:deducciones de la base imponible establecida en el articulo 80° Inc.2.c), las que,continuación se detallan:
1. Las sumas correspondientes a devoluciones, bonificaciones y deseuen::,efectivamente acordados por épocas de pago, volumen de venta y otros cOlleept:,similares, generalmente admitidos según los usos y costumbres ccrrespondiellles,periodo fiscal que se liquida.
2. El importe de los créditos incobrables producidos en el transcurso del periodo fisc,que se liquida y que haya debido computarse como ingreso gravado ell cualqus'periodo fiscal. Esta deducción no será precedente cuando la liquidación se ofee::'por el método de lo percibido. Constituyen indices justificativos de la incobrabiHe,:cualquiera de los siguientes:
Ja cesión de pagos, real y manifiesta, la quiebra, el concurso preventivodesaparición del deudor, la prescripción, la iniciación de cobro compulsivo.
En caso de posterior recupero, total o parcial, de los créditos deducidos pores"concepto, se considerara que ello es un ingmso gravado imputable al periodofis:,en el que el hecho OCUlTe.
3. Los importes correspondientes a envases y mercaderias devueltas por:comprador! siempre que no se trate de actos de retroventas o retrocesión.
2,0.3) BASES ESPECIALES
Las bases que se detallan estaran constituidas por:
A) Por diferencia en los precios de compra venta en:
10 Comerciaiización' de billetes de loteria y juegos de azar autorizados, euanc::'valores de compra y venta seim fijados por el f,stado.
20 Comercialización mayorista y minorista de tabaco, cigarros y cigarrillos.
3° Comercialización de productos agrlcolas gunaderos efectuada por cuenta:.:::por los acopiadores de esos productos:
4o La actividad constante en la compra venta de divisas desarrollada: :':.responsables autorizados por BCRA.
B) Por la diferencia que resulte entre el tolal de la suma de haber de la cue-:;::resultado y los intereses y actualizaciones pasivas, ajustadus en función:,:.exigibilidad en el periodo fiscal que se trate para las actividades de las en::;:;¡financieras comprendidas en la ley 21526 y sus modificatorius.Se consideraran los importes devengados con relación al tiempo en cada:,' :::transcurrido.
36
~ :"-'
l\!Iunicipalidad de San Isidro
Asimismo se computarán como intereses acreedores y deudores respectivamente,las compensacion8s establecidas en el articulo 3° de la Ley Naciollill 21572 y losrecargos determinados de acuerdo con el artículo 2° inc a) del citado texto legal.
C) Por las remuneraciones de los servicios o beneficios que obtengan las compañiasde seguro y reaseguro y capitalización y ahorro. Se computarán especialmente ental carácter:
1) La parte sobre las primas, cuotas o aportes que afecte a gastos generales, deadministración, pago de dividendos, distribución de utilidades y otras obligaciones acargo de la institución.
2) Las sumas ingresadas por locaciones de bienes inmuebles y la venta de valoresmobiliarios no exentos de gravamen, así como los provenientes de cualquier otrainversión de sus reservas.
D) Por la diferencia entre los ingresos del periodo fiscal y los importes que lestransfieran en el mismo a sus comitentes para las operaciones efactuadas porcomisionistas, consignatarios, mandatarios, corredores, representantes y/o cualquierotro tipo de intermediarios en operaciones de naturaleza análoga, con excepción delas operaciones de compra venta, que por su cuenta efectúen tales intermediarios ylas operaciones que realicen los concesionarios o agentes oficiales de venta.
E) Por el monto de los intereses y ajustes por desvalorización monetaria para lasoperaciones da préstamo de dinero realizadas por personas físicas o juridicas queno sean las contempladas en la Ley N° 21526 Y sus modificatorias. Cuando en losdocumentos referidos a dichas operaciones no se mencione el tipo de interés, o sefije uno inferior al establecido por el Banco de la Provincia de Buenos Aires parasimilares operaciones, se computará este último a los fines de la determinación de labase imponible.
F) Por la diferencia entre el precio de venta y el monto que se le hubiere atribuido enoportunidad de su recepción, para las operaciones de comercialización de bienesusados recibidos como parte de pago de unidades nuevas.
G) Por los ingresos provenientes de los servicios de agencia, las bonificaciones porvolumen y los montos provenientes de servicios propios y productos que facturenpara las actividades de las agencias de publicidad. .
Cuando la actividad consista en la simple intermediación, los ingresos provenientesde las comisiones recibirán el tratilmiento previsto en el inciso d).
H) Por la valuación de la cosa entregada, la locación, el interés o el servicio prestadoaplicando los precios, la tasa de interés, el valor locativo, u otros valores oficialescorrientes en plaza a la fecha de generarse el devengamiento para las operacionesen que el precio se haya pactado en especie.
1) Por la suma total de las cuolas o pagos que vencieran en cada periodo en lasoperaciones de venta de inmuebles en cuotas por plazos superiores a doce (12)meses.
J) .Por los ingresos brutos percibidos en el período para las actividades de loscontribuyentes que no tengan obligaciones legales de llevar libros y formularbalances en forma comercial.
3) CATEGORIZACIONES:
37
J
Nlunicipalidad de 8an Isidro
El Departamento Ejecutivo podrá modificar, crear, aumentar o disminuir lacategorización de zona, rubros y categorias de ingresos, indicadas en los Anexos 1
y 11 de los Capitulas 111 y IV de la Ordenanza Fiscal vigente cuando lo considereconveniente, como producto de revalorizaciones, modificaciones por evolucióneconómica comercial o mejoras que apunten a un mayor desarrollo urbano y/oevidencien ulla mayor e,teriorización de la capacidad contributiva del obligado alpago
4) FISCALlZACION:
Podrán dictarse en especial las normas obligatorias con relación a promedios,coeficientes y demás indices que sirvan de base para estimar de oficio la materiaimponible, inscripción y encuadramiento de responsables, forma de presentación deDeclaraciones Juradas, deberes ante los requerimientos tendientes a realizar unaverificación y. cualquier otra medida que sea conveniente pma facilitar la fiscalizacióny/o determinación de la Tasa.
CONTRIBUYENTES Y DEMAS RESPONSABLES
.6.RTICULO 81°._ Están obligados por las disposiciones de este Capitulo, los titulares de loscomercios, industrias y servicios alcanzados por la tasa, conforme a las prescripcianes delos artículos 11° a 13° de este instrumento legal, incluidos el Estado Nacional, Provincial ylas empresas o Entidades de propiedad o con participación estatal. Ningún contribuyente seconsiderará exento de esta obligación fiscal, salvo los expresamente consignados en elarticulo 85° esta Ordenanza.-
Son contribuyentes de este tributo las personas fisicas o juridicas y las sucesiones indivisasque ejerzan las actividades señaladas en el artículo 79° del presente Capítulo.
DETERMINACION DE LAS OBLIGACIONES
ARTICULO 82°._ Cuando un mismo contribuyente desarrolle dos o más actividades, lasmismas serán sometidas al tratamiento fiscal de mayor cuantia. Igualmente para el caso deactividades anexas.
Las 2ctividades o rubros complementarios de una actividad principal, estarán sujetos a laalícuota que para aquélla, contemple la Ordenanza Impositiva.
DE LA JURISDICCIONAL1DAD DEL TRIBUTO:
En el caso de contribuyentes que realicen actividades en distintas jurisdicciones,encontrándose comprendidas dentro de la ley de Convenio Multilateral, la distribución delmonto imponible será con arreglo al artículo 2°; y de lo convenido en los Articulas 6° a 130de dicho Convenio, debiendo el contribuyente declarar las ventas y/o servicios según loestablecido en el artículo 35° de la citada norma:
Para el caso del art. 2° del Convenio Multilateral, el cincuenta por ciento (50%) enproporción a los gastos efectivamente soportados en cada jurisdicción municipal dondeconste local habilitado y el cincuenta por ciento (50%) restante en proporción a los ingresosbrutos provenientes de cada jurisdicción municipal, donde conste local habilitado,operaciones realizadas por intermedio de sucursales, agencias u otros establecimientospermanentes similares.
Cuando existan dos o más locales habilitados en la Jurisdicción de San Isidro y los IngresosBrutos Devengados provengan de lino o varios establecimientos locales, la distribución dela base se efectuará siguiendo el siguiente criterio:
38
r.,..,. D....1) ".....'"'to ~¡.
~ "'-¡:'C.LI[,
, o ,,31h
\-
l I c.... "
'o..
Sobre el total de la base imponible determinada para la Jurisdicción de San Isidro, ladistribución del monto imponible adoptará el mismo procedimiento que el establecido en elartículo 2°; 6° a 13° del Convenio Multilateral. Cuando esto no fuere posible, la baseimponible de Ingresos brutos determinada para la Jurisdicción de San Isidro, se distribuiráentre todos los locales habilitados en forma proporcional a la superficie y personal afectadosa la actividad de cada uno de ellos.
Se aclara expresamente que los titulares deben tributar por cada una de las habilitacionesque posean en el partido, para lo cual se determinará la Tasa según lo establecido en laOrdenanza Impositiva vigente, arto8°.
Los denominados cajeros automáticos, habilitados dentro de la jurisdicción pero fuera delas sucursales, agencias o casas centrales de las entídades bancarias autorizadas, a loscuales no pueda asignárseles montos de Ingresos Brutos Devengados, tributarán según losminimos establecidos para la categoria de rubro y la escala prevista en la OrdenanzaImpositiva vigente.
Los contribuyentes que al inicio de su actividad no pudieran determinar el monto de losingresos, abonarán el importe de la tasa contemplada en la Ordenanza Impositiva articulo8° a) y b) más el incremento que indique la categoria porcentual mínima.
CONTRALOR
ARTICULO 83°.-a) Cada responsable deberá presentar una Declaración Jurada informando los IngresosBrutos Devengados en forma cuatrimestral, la que se ajustará a las formas y medios quedisponga el Departamento Ejecutívo o toda otra información de interés fiscal para ladeterminación de este tributo.
La tasa podrá también ser determinada de oficio por el Municipio sobre la base deJl,tecedentes tales como: zona de ubicación de la actividad, rubro, personal afectado,superficie, Declaraciones Juradas anteriores 1I otros elementos de juicio idóneos, de acuerdoa lo normado en el articulo 25° de esta Ordenanza Fiscal.
b) Cuando se omitiera presentar la Declarilción Jurada mencionada anteriormente, laautoridad de aplicación podrá utilizar como base el monto declarado o determinado de oficiopara el cuatrimestre anterior al que se trate, o la que se determine de oficio sobre basepresunta, quedando a cargo del responsable tributario, de la presentación de prueba encontrario, en los términos establecidos en los articulas 25° y 29° de la Ordenanza Fiscal.
c) Sin perjuicio de lo señalado precedentemente, cuando se omita la presentación de lasDeclaraciones Juradas anuales o se verifiquen discrepancias en los datos consignados porlos responsables tributarios en las mismas, que afecten las bases imponibles previstas en elpresente artículo, se aplicarán las sanciones y multas dispuestas en el artículo 46 incisos b),c) y/o e) de la presente Ordenanza.
Cuando las actividades comprendidas en los hechos imponibles del presente gravamen seiniciaren con posterioridad al primer mes, o cesaren con anterioridad al segundo mes de unbimestre fiscal, se procederá a proporcionalizar la cuota respectiva en forma mensual.A tales efectos las fracciones de mes serán consideradas enteras.
TASAS
ARTICULO 84°._ La Ordenanza Impositiva Anual fijará la tasa a abonar de acuerdo a lasuperficie económica, la ubicación (Anexo I de este Capitulo), la categoria de rubro (Anexo
39
)ti. cl~.VI..~....•
-Municipalidad de San Isidro
J
I1de este Capítulo), la cantidad de personal declarado, y/o la Categorla de Ingresos BrutosDevengados Cuatrimestrales, Anexo II de la Ordenanza Impositiva vigente, en un todo deacuerdo con lo establecido en el articulo 8' de esta última Ordenanza y el Articulo 80' deesta Ordenanza Fiscal.
El Articulo 8' de la Ordenanza Impositiva entró en vigencia a partir dél1' de Enero de 2013,tomando como Bases Imponibles para la determinación del tributo, para el primercuatrimestre del año 2014, las consideradas Bases Imponibles Fijas, y/o las BasesImponibles por Ingresos Brutos devengados que surjan de las DD.JJ, del cuatrimestreMayo- Agosto del 2013 o su determinación de oficio.Para la determinación del tributo del segundo cuatrimestre del período fiscal 2014, seutilizarán las Bases Fijas, y/o las Bases d~ Ingresos Brutos devengados que surjan de lasDD.JJ. del tercer cuatrimestre 2013 y así sucesivamente.
EXENTOS
ARTICULO 85',. Estarán exentos del pago de esta tasa:
1).- Los colegios primarios, secundarios y terciarios, las escuelas diferenciales ylos establecimientos de educación inicial inscriptos y acreditados enD.l.P.R.E.G.E.P. (Ex D.l.E.G.E.P.).
2).- Las actividades propias de martilleros y corredores públicos colegiados,excepto cuando estuvieran organizados en forma de empresas. Seentenderá que la actividad de los MARTILLEROS colegiados asumecarácter de organización empresarial cuando se dieran conjunta oseparadamente las siguientes circunstancias:
a) Cuando se encontraran constituidas en forma de sociedad comercial.
b) Cuando tuvieran una o más sucursales dentro o fuera del partido,cualquiera fuera el lugar donde se encuentra la casa central de laorganización.
c) Cuando estuvieran constituidas como consultores integrales que agrupena dos o más profesionales de la misma o distinta profesión repartan o noutilidades entre si.
OPORTUNIDAD DE PAGO
ARTICULO 86'._ El pago de la tasa anual deberá efectuarse en seis (6) cuotas bimestralesadelantadas, en las fechas fijadas en el Calendario Impositivo, quedando el DepartamentoEjecutivo facultado a fraccionarlo en periodos menores. El Departamento Ejecutivo podrá encasos especialmente determinados, redistribuir las cuotas dentro del año fiscal en curso, entanto la totalidad de los importes abonados por los contribuyentes designados, no supere elmonto total anual calculado para cada uno de ellos. La falta de pago de todas o algunas delas cuotas implica incumplimiento total o parcial de la tasa destinada a garantizar laseguridad e higiene de la población, quedando suspendida la autorización defuncionamiento, según lo dispuesto en el articulo 78' de la presente Ordenanza.
TRANSFERENCIAS
40
)
~-------------------------~.~"!!"""-..:";-o,. ~.•.""'t~ ' '1,'"'::- f-Cl\(\ .. ,
~~"39 ,,'.,' l}
.,•.. ..•. -."'..,,,
JV!unicipaJjdad de San Isidro
ARTICULO 87°._ Cuando se produjere transferencia de un fondo de comercio que impliqueuna continuidad del rubro explotado, el adquirente será solidariamente responsable con eltransmitente del pago de las sumas que se adeudaren a la Comuna, no pudiéndoseconcretar la misma hasta tanto no se cumpla con lo dispuesto en la Ley 11867 articulos l' a5', en lo referente a la regularización tributaria,
FACULTADES DE REGLAMENTACION
ARTICULO 880._ Facúltase al Departamento Ejecutivo a impartir normas generalesobligatorias para los contribuyentes y demás responsables, a fin de reglamentar la situaciónde los obligados frente a la administración municipal. Facúltase al Departamento Ejecutivoademás a la apertura y categorización de nuevos rubros durante el ejercicio fiscal en curso,que no estén contemplados en el anexo 11, Capítulos 111 y IV, de la presente Ordenanza, deacuerdo a las nuevas necesidades que pudieren surgir al momento de la solicitud de la/shabilitación/es.-Podrán dictarse en especial las normas obligatorias con relación a promedios, coeficientes ydemás indices que sirvan de base para estimar de oficio la materia imponible, inscripción yencuadramiento de responsables, forma de presentación de Declaraciones Juradas, deberesante los requerimientos tendientes a realizar una verificación y cualquier otra medida quesea conveniente para facilitar la fiscalización y/o detenminación de gravámenes.-
4\
MUNICIPALIDAD DE SAN ISIDRODIRECCIÓN GENERAL DE RENTAS
A CONTADURíA GRAL.:
REF. INCREMENTO DE TASAS AÑO 2014 (se adjuntan decretos yresoluciones mencionadas):
• ALUMBRADO, LIMPIEZA Y SERVICIOS GENERALES:
CUOTA 1era. (ene-feb) : 2 % decreto nO 3.513-2013CUOTA 2da. (mar-abr): 12,9 % decreto nO 580-2014CUOTA 3ra. (may-jun): 4,6 % decreto nO 1.112-2014CUOTA 4ta. Uul-ago): 2,9 % - (acumulado anual 18,24%)Además, se modificaron los topes, con lo cual, el incremento de estacuota respecto a la anterior resultó de un 3,85 % decreto nO 1814-2014CUOTA 5ta. (sep-oct): sin incremento
• TASA POR INSPECCiÓN DE COMERCIOS E INDUSTRIAS
Los valores de cada cuota surgen de las Declaraciones Juradas de loscontribuyentes. Aparte y de acuerdo al arto 8 inciso e) de la OrdenanzaImpositiva se establecen topes de incremento entre cada cuotadiferenciales para cada categoria .-(Resoluciones S.G.G.y A nOs 07 -10 -16 - Y 19/2014)
~lmesdeagos~2014)
• A partir del 1° de enero de 2014 se incrementó en un 20% laTASA VIAL MUNICIPAL. Decreto nO 3.513-2014
• A partir del 1° de julio de 2014 las siguientes Tasas, Derechos yPatentes se incrementaron en un 15%: decreto nO 1.770-2014
SERVICIOS ESPECIALES DE LIMPIEZA E HIGIENETASA POR HABILITACiÓN DE COMERCIOS E INDUSTRIASDERECHOS DE PUBLICIDADDERECHOS POR VENTA AMBULANTE Y ABASTECEDORESALIMENTICIOSDERECHOS DE OFICINAUSO DE PLAYAS y RIBERASDERECHOS DE OCUPACiÓN O USO DE ESPACIOS PÚBLICOSDERECHOS A LOS ESPECTÁCULOS PÚBLICOSPATENTE DE MOTOVEHicULOCONTROL DE MARCAS Y SEÑALESTASA POR SERVICIOS ASISTENCIALESTASA POR SERVICIOS VARIOSDERECHOS DE FONDEADEROTASA POR COMERCIALIZACiÓN DE ENVASES NO RETORNABLES yAFINES
• A partir del 1° de julio de 2014 las siguientes Tasas, Derechos yPatentes se incrementaron en un 5%: decreto nO1.770-2014
DERECHOS DE CONSTRUCCiÓNDERECHOS DE CEMENTERIO
DIRECCiÓN GRAL. DE RENTAS - 20-08-2014
\\lsidro\rentas\A CONTADURIA GRAL.doc. Pág.
Rcl" Expteo W 14364-2013
San Isidro, 23 de Diciembre de 2013
ANO 2013LIBRO DE DECRETOS
. )
DECRETO NUMERO: 3 5 1 3J':j.
VISTO, que la Ordenanza Impositiva Anual para
el ejercicio 2014 (nO8741) en su artículo 440
dispone un incremeuto en los montos de las Ta-
sas, Derechos y Patentes vigentes a que hace referencia dicha norma durante el ejercicio
MlInicipalidad de San IsicJrn
mencionado en hasta un máximo de veinte por ciento (20%), autorizando al Departamento. .~.
Ejecutivo a determinar las fechas y los porcentajes en que resultará obligatorio su pago du-
rante el mencionado ejercicio fiscal; y
Considerando:
QUE el Capítulo XIX - TASA VIAL MUNICI-
PAL - de la mencionada norma legal fija, en los ítems 1,2 Y3 del inciso a) y el conespon-
diente inciso b) del artículo 40, los valores que deberán abonar los usuarios consumidores de
combustibles líquidos y/u otros derivados de hidrocarburos en todas sus formas a los deno-
minados agentes de percepción habilitados en el Partido, por cada litTOo fracción de nafta o
gasoil y OtTOScombustibles líquidos de características similares, así como por cada metro
cúbico o fracción de Gas natnral comprimido;
QUE el artículo 410 autoriza al Departamento
Ejecntivo a detenninar por vía reglamentaria la fecha en que comenzará a aplicarse la Tasa;
QUE es intención de esta administración que su
vigencia se establezca a partir del mes de enero de 2014;
QUE el hecho imponible se refiere al servicio de
mantenimiento, conservación, señalización, modificación y/o mejoramiento de lodo el traza-
do que integra la red vial municipal;
QUE respecto a la misma Ordenanza Impositiva,
debe considerarse la próxima emisión de la Tasa por Alumbrado, Limpieza y Servicios Ge-
nerales, para los meses de enero/febrero 2014;
QUE para ambos casos, tomando en cnenta la
aceleración que se ha producido en el último trimestre del corriente año respecto de los pre-
cios relativos de insumas, y gastos en personal, y su incidencia directa en el costo de los
servicios, se hace neceSaIlO producir un ajuste más allá de los valores con los cuales se ha
aprobado la Ordenanza mencionada;
QUE no se trata de imponer a los contribuyentes
incrementos de magnitud que imposibiliten el cumplimiento en término de sus obligaciones
fiscales, o disminuyan su calidad de vida, sino'de equiparar los ingresos con los gastos que
Rel: E'l,le. W 14364-2013
.,•,
,\luuiciplllidad d(' San Isidl'o
111 ...
demanda la prestación de los serVIcIOs que con las tasas genuinas municipales se han de
brindar;
POR ello, en ejercicio de las atribuciones que le son propias
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO.•~.
de c r e t a:
ARTICULO 1°._Increméntase la TASA VIAL MUNICIPAL detenninada por la Ordenanza
*************** Impositiva nO8741 en el porcentaje máximo establecido en el artículo 44
de la misma (20%), quedando los valores de los ítems 1, 2, Y 3 del inciso a), así como el
inciso b), conforme ANEXO l que se acompaña al presente:
ARTICULO 2°._ Increméntase la Tasa por Alumbrado, Limpieza y Servicios Generales
L *************** detenninada por Ordenanza Impositiva N° 8741 en un 2% (dos por cien-
lo), incluyendo los mínimos por categoría quedando el Capítulo I de la mencionada Orde-
nanza, de acuerdo al ANEXO II agregado al presente.-
ARTICULO 3°._ Mantiénese la vigencia de los articulas 2° y 3° del Decreto N° 2 del día 2
************* de enero del 2013.-
--
ARTICULO 5°._ Regístrese. Comuníquese y publíquese.-
ARTICULO 4°._ Las disposiciones de los altículos precedentes t
************* l° de Enero de 2014.-
IlrsPAOIO,UGISUCION
ene
UAN.lOSEMI nASECAET DAMUf~JCIPAUDAD 51"I'J ISIDR
,/
•,
Municipalidad de San hidro
~~~~::'~~~.•..":'~" ..,.: . '..
.... '.
DECRETO NUMERO: S 8 O,:~:_:. -'o'
AÑO 2014 1033LlBRO DE DECRETOS I L.~::::..::.:f;-..-¡ó';;'>...
-1'.'-[7 ") {'v' ••// \ ,l.« ..l:'i~.F-CL/0 -11••..
Rel: Expte. N" 14.364/2013 -Alcance 1-( ~ __ ._- : ~' I , :3 ,.~1 N"Y CJ
á'Q~;"':-' - o'"~\.; ':"I1.~X ".~. FOLlOI1)
SAN ISIDRO, 27 de febrero de 20~ .....JA;. J)',-J
'~~'<,.'-'.:- !l
:...~~./l' VISTO, que la Ordenanza Impositiva N° 8741 en
su artícula:.-4!l:.,gIsíi&neun incremento en los montos de la Tasa por Alumbrado, Limpieza y
Servicios Generales, vigentes a que hace referencia dicha norma durante el ejercicio
mencionado, autorizando al Departamento Ejecutivo a determinar las fechas y los
porcentajes;
Considerando:
QUE se mantiene la vigencia los articulos 2° y 30
del Decreto N° 2/2013, el incremento dispuesto tendrá vigencia a partir del 1ero. de marzo
de2014;
POR ello, en ejercicio de las atribuciones que le son propias
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO
de c r e t a:
ARTICULO 1°._ Increméntase la Tasa por Alumbrado, Limpieza y Servicios Generales in
************** cluida en la Ordenanza Impositiva n° 8741, en un doce coma nueve por
ciento (12,9%) respecto de la primera cuota del corriente al1o, incluyendo los mínimos por
categoría, quedando el Capítulo I de la mencionada nomla legal, de acuerdo al ANEXO I
agregado al presente.-
ARTICULO 2°._ Mautiénese la vigencia de los artículos 2° y 3° del Decreto N° 2 del día 2
************* de enero del 2013.-
ARTICULO 3°._ Las disposiciones de los artículos precedentes tendrán vigencia a partir del
************* 1°de marzo de 2014.-
ARTICULO 4°._Regístrese. Comuníquese y publíquese.-
DESPACIIO,UCISLACION
msI
Cdor .. JUAN JOS E MILEn ASECRETARIO DE HACIENDA
MUNICIPALIDAD DE SAN 151["80
*************
,. AÑO 2014LIBRO DE DECRETOS
Municipalidad de San hilll'O
SAN ISlDRO, 24 de abril de 2014
DECRETO NUMERO: 11112>-.~. VISTO lo actuado en el presente cuerpo./~"
instrumenta1)fb'l .,~,Consideran1°) ~
%iJ. _ QUE de acuerdo a lo informado por la Dirección
General de?ntas,. á fojas 25, se solicita efectuar un incremento a la Tasa por Alumbrado,
Limpieza y"Servicios Generales, a partir del próximo mes de mayo de 2014, para h'atar de
hacer frente al pago de los costos de los servicios, insumos y la actualización de haberes del
personal en atención a los últimos índices de inflación;
QUE asimismo, se ha determinado, a solicil1ld de
la Secretaría de Hacienda, 1m redondeo en los centavos resultantes del cálculo de ambos
vencimientos (neto y con descuento), de modo que con su aplicación no se exceda el
porcentaje de aumento dispuesto;
QUE el motivo de dicha propuesta, es la
dificultad que se genera en las cajas de recaudación por la falta de circulación de monedas;
QUE el DepaJtamento Ejecutivo fue autorizado a
detenninar fechas y porcentajes de aplicación del incremento dispuesto para el con'iente año,
por el mtículo 44Q de la Ordenanza Impositiva vigente;
QUE por lo expuesto, cOlTesponde el dictado del
acto administrati 1'0 pertinente;
I'OR ello, en ejercicio de las atribuciones que le son propias,
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISlDRO
decreta:
ARTICULO 1°._ lncreméntase la Tasa por Alumbrado, Limpieza y Servicios Generales
incluida en la .ordenaJlza Impositiva nO8741, en un cuatro coma seis por
ciento (4,6%), respecto de la segwula cuota del cOlTÍente año, incluyendo los mínimos por
categoría, quedando el Capítulo 1 de la mencionada nonlla legal, de acuerdo al Anexo I que
pasa a formar parte del presente.-
ARTICULO 2°._ I'v!antiénese la vigencia de los artículos 2° y 3° del Decreto n° 2/2013.-
Municipalidad de San Isidro
ANU LUl4
LIBRO DE DECRETOS
Iter.: Expte.W 14364-R-2013-i\lcunce L-
~,...•....•.•I';I';I/¡J o,'",...:v "....•.. ") .
(. 00 ._._~;",<:o fel!(\ "o'ro-~ \., /5 .! I~' /:t;'~f,:;:'N' <..; - fi\,' -... v
__ ~, ._1_ - '\:••".\ 0.
-' ~ ~~~ .•..
I ~,zf j!----------
¡".
ARTICUL~l;'7,~~ Déjase establecido que el incremento que hace mención el artículo
*********;¡;",';~;¡,:~\ plimero, se aplicará a pal1ir del 1° de mayo del coniente año,-o 'Ul\',~\ ~ n1 1I~,,_ I 'f) !\'tlf :?-!I
ARTICUL6'4~1 EslablÚcese un redondeo en menos, en los centavos de los valoresl.,
*********",~Jf" resnltantes del cálculo de las cuotas a emitirse a partir de la cuota tercera..;:/
(A Y 13) 2<ff4, el que se efeetuará tanto en el importe a percibir en el vencimiento neto, como
en el anticipado (con descuento), de la siguiente manera: cuando los centavos del monlo de
la cuota sean entre O1 Y49, se percibirá el valor en pesos sin centavos; cnando sean entre 50
y 99, se emitirá el valor en pesos con cincuenta centavos.-
ARTICULO 5°,_ Regístrese, Comuníquese y publíquese.-
I)ESI'¡\OIO,U:CISLACION
AL
1 1)':
, l' (';' .r
~COO~~ILETTASECRETARIODE~eAMUNICIPALIDAD SAN ISIDRO
I "
'1'"\ ~ ~,
, e
Municipalidad de San Isidru
DECRETO NUMERO: 1 7 7 O
~.........•..- • p o .•. .":,,~ '\;,.•.. 1--.
o:: ¡:CLlO ~\
AÑO 2014 ," 50 3f.2LIBRO DE DECRETOS .. !_+~~I. ;_:.'
. : 1.1'1(/:,.1,-' ~,.' -' (} ,Rcf. Exple. N° 14.3G4-R-2013 -A1callbc.h..._~. ~_'_ ~' ... ....,
\ -:;.. !()7 i
SAN ISIDRO, 30 dejuuio de 2614. \,:~/
VISTO la Ordenanza Impositiva N° l:741 que eH su
artículo 44, dispone un aumento del 20% en los montos de las Tasas, Derechos y Patent~s para el
año 2014, autorizando al Departamento Ejecutivo a determinar las fechas y los porcentaj~s en que
resultará obligatorio su pago durante el transcurso del mencionado ejcrcicio liscal;
Considerando:
QUE se propone en esta oportunidad no utilizar el
máximo incremento permitido, apelando a la posibilidad de realizar economias en todas las firca:;
administrativas, conservando un sano equilibrio de las finanzas públicas municipales con 1 espl:cto a
los nccesarios egresos;
QUE se aplicará sobl e los Capitulos: U - Servi,;io:;
especiales de Limpieza e Higiene; 1II- Tasa por Habilitación de Comercios e Industrias; V-Derecho:;
':~"':""d: Publicidad; VI - Derechos por Venta Ambulante y Abastecedores Alimenticios; VIU- Derecho:;'.:=....,:. dc Oficina; IX- Derechos de Construcción; X - Uso de Playas y Riberas; Xl- Derechos por Ocupacióu \l:-;:'-"~':' '~'. \, \
;',,:>:.¡ U$o.d'eEspacios Públicos; XlI- Derecho a 105 Espectáculos Públicos; XIII- Patente de Motovehículos ...:;,.~;u::,.." .-/ ..:/
__: ..__-.-XIV;/- Control de Marcas y Señales; XV- Derechos de Cementerio; XVI - Tasa por SClvicio:;, ....\ /'c'
~.:::,.~L"'~istenciales; XVII - Tasa por Servicios Varios; XVIll - Derechos de Fondeadero y XX- T~sa por
Comercialización de Envases no retomables y afines;
QUE el incremento será de hasta un qUllIce llor
ciento (15%) cn los Capítulos mencionados con excepción de los Capítulos IX y XV, sobrc los cU<lle:;
sc aplicará un incremcnto de hasta el cinco por ciento (5%) quedando los valorcs según el ANEXO J
que acompañará el acto administrativo;
QUE regirá a partir del 1° de Julio de 2014 pare
todas las Tasas, Derechos y Patentes mencionados, en los porccntajes detallados;
POR ello, en ejercicio de las atribuciones que le son propias
EL INTENDENTE MUNICllJAL DE SAN ISIDRO
d e c l' e t a:
ARTICULO 1°._ Increméntase los montos de las Tasas, Derechos y Patentes para d mio
U* •• **•• ***. 2014, quedando los Capitulos referenciados de la Ordenanza Impositivi'. vigente
(8741), de acuerdo al Anexo 1que pasa a formar parte del presente.-
ARTICULO 2°._ El incremento será de hasta un qUlllce por ciento (15%) en los Capitulos
••".u.u ••*. mencionados, con excepción de los Capítulos IX y XV, sobre los cuales se aplicmfiun incremento de hasta el cinco por ciento (5%), quedando los valores según el Anexo 1, que pasa
" .
MuniciJlalidad de San Isidro
a fOl1narpaIte del presente.-
¡;¡ O.
f ":'-" "" ~ .' .•
r •••• 1')!. <:" f- t,. 1.-" •.\
AÑO 2014 ~'~ 51 JmLIBRO DE DECRETOS ?;,~~'_:...Rcf. Exple. N" 14.364.R-1013 _A1caI/IC"~'-'+I'~;:~'~;...~:;7~~.
( I /.-, {"fJuC' ~.),_..t .'.;:jC~ C~!, ~ /'..... .../'
, -
IARTICULO 3° Las disposiciones de los artÍCulos precedentes tendrán vigencia a partir del
************* l° de julio de 2014.-
ARTICULO 4° Regístrese. Comuníquese y publíquese.-
Dr.sPACJlO
l'
U:G1SLACION
IllS
"~ '- .. ,
jJr.'31).;il ..\¡:,.~ l.'; \,:1
'l.nr-:I.II);:l' r-: ttn" ji. ;Ii.:"¡;
. ,
l\lnllicipalidad dc San Isidro
AÑO 2014LIBRO DE DECRETOS
Rd',: Exple Nro, 14,364-2013 -Alcance 1.-
SAN ISIDRO, 2 de julio de 2014
DECRETO NUMERO: 1814
VISTO YConsiderando:
QUE por razones presupuestarias resulta necesa-
rio hacer uso de las facultades que otorgan al Departamento Ejecutivo el artículo 44° de la
Ordenanza Impositiva vigente nÓ 8741, Yel artículo 5° de la Ordenanza n° 8373 (Revalúo);
Por ello, en ejercicio de las facultades que le son propias,
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO
decreta:
ARTICULO 1°._ Increméntase la Tasa por Alumbrado, Limpieza y Servicios Generales
************** incluidos los minimos por categorías, hasta llegar a un acumulado annal de
18,24%, quedando el Capítulo I de la Ordenanza Impositiva n° 8741 de acuerdo al ANEXO
I que forma patie integrante del presente.-
¡ ,
. AKrICULO 2°._ Modifícase los topes vigentes establecidos por los arlÍculos 1° del Decreto..'''- _- ************* n0 1416/2010 y 2° del Decreto n° 2/2013, reemplazando ambos arlículos
por el que sigue:
"El monto imponible resultará de dividir por 1.06 la valuación determinada por la Ordenan-
za Impositiva n° 8741, siempre que ésta no resulte -respecto a la valuación vigente hasta el
3 1 de agosto de 2008- mayor a los porcentlÜCs que para cada uno de los casos se detallan a
conli nuación:
VIVIENDA UNIFAMILIAR:
(Porcentual de dominio igual a 1.000)
(de 35'Yo segÍln Decreto N° 141612010)
A) 1._Con Supe/jieie tierra Mayor a 800m2 el tope será de 41.1 'X,
A) 2.- Con Supe/jicie CO/lstl'llidaMayor a 500m2 el tope será de 41.\ %
A) 3.- Con Supe/jieie tierra May!!r a 600m2 y hasta 800m2 el tope será 40. '.'y.,
A) 4.- Con Supe/.1icie Cons/l'lIida Mayor a 300m2 y has/a 500m2 e/tope será de 40.\ %
A) 5.- Con Supe/.1ieie tierra mayor a 500m2 y has/a 6001112e/tope será de 39.1%
A) 6.- Con Supe/.1ieie Cons/l'lIida Mayor a 100m2 y has/a 300m2 e/tope será de 39.1 %
A) 7.- "''!resto no incluido en/os ítellls allleriores mantiene el tope anterior de 35%
111
------------------------------- ---_._-~--_. -
•AÑO 2014
LIBRO DE DECRETOS
Ref.: Exple Nro. 14.36'1-2013 -AIe",¡ce 1.-
IVlunicip:tlill:td de S:III Isidro
VIvmNDA EN PH:
(Porcentual de dominio menor a 1.000)
(de 40'1., según Decreto N° 141612010)
B) 1.- COIISupe/jleie Tierra Mayor a 800m2 el tope será de 46.1 'Yo,
B) 2.- COIISupe/.fieie Cil/lstl'/(ida Mayor a 5001112el tope será de 46.1 %
B) 3.- CO/1Supe/fieie Tierra Mayor a 6001112y hasta 8001112el lope será 45.1 %
B) 4.- COIISupe/jieie Conslruida Mayor a 3001112y hasta 5001112el lope será de 45.1 %
8) 5.- COIISupe/fieie Tierra Mayor a 500m2 y hasla 600/;'2 el tope será de 44.1 %
B) 6.- Con Supe/ficie COllslruida Mayor a 1001112y hasla 3001112el tope será 44.1 'YolJ) 7.- El res lo 110incluido en los {Iems anleriores manliene lope anterior de 40%
COMERCIO:
(mantiene los topes dispuestos por Decreto N° 212013)
COIISUPERFICIE DE TIERRA INFEIUOR a 5.000m2':~:'-.....!L. Y'r;.onIUST menor a 360 (seglÍn AN1'-~,(OI al~'''''-'..,.. "\\,.. '
:'~\ C¡lPl{ULO I-Orel. Im/7osiliva) el lope eonlimía siendo:'.,:J; j; ... ;:
J/ COJlSUPERFICIE DE 7'lH/WA INFEIUOR a 5.000t1l2..--~ ./
'!..!_ .....Y.é~1IIUST igualo maFor a 360 (.\'eglÍnANEXO I al••....•.•.•,-..
CAI'Í'l'ULO I-Orel. IlIIpositiva) el lope eonlimía sielldo
COIISUPE/WICIE DE l1ERRA MAYOR O IGUAL a
5.000m2 el tope colllimía sielldo
COCHERA
(de 62% según Decreto N° 141612010)
el nuevo tope será
BALDÍO
Con superficie lieITa menor o igual a 1.000m2
(de 40% segíll1 Decreto N° 2/2013)
el nuevo tope será
Con superficie lielTa mayor a 1.000m2 y menor
a 5.0001112
(de 73% segÍln Decreto N° 212013)
el nuevo tope será
40%
100 %
61l,1 %
44.1 'Yo,
79.1 %
///
l\Iullicipalldlld de San Isidro
•AÑO 2014
LIBRO DE DECRETOS
ReL Exple Nro. 14.364-2013 -Alcance 1.-
Con superficie tierra mayor o igual a 5000m2
(de lOOu;., según Dec.-eto N" 212013)
el nnevo tope será
CULTO
(mantiene los topes dispuestos por Decreto N"1416120 IO)
INDIVIDUAL - el tope continúa siendo
I'H - el tope continúa siendo
INDUSTRIA
Con superficie de tierra hasta 5.000m2
(de 62 'X, según Decreto N" 2/2013)
el nuevo tope será
'~~::,~;<;;QIlsuperficie de tierra mayor a 5.000 m.2~"'- .:.-: •..;..•.. ".'~ (de' 100 'X, según Decreto N" 2/2013)~~~' \ .
;;:. ,. el ¡ÚltvO tope será"';.'- /
.'
~ . .'::-."."
EDIFICACIONES NO CATEGOlUZADAS
Con superficie de tieITa hasta 5.000m2
(de 62'X, según Decreto N" 212013)
El nuevo tope será
Con superficie de tierra mayor a 5.000 m.2
(de 100'X, según Decreto N"212013)
el nuevo tope será
TERRAZAS
el tope continúa siendo el dispuesto por Decreto N" 212013
CONSTlWCCIONES INAI'ROI'JADAS(Categoría nueva) el tope es
106.1 'Yo
35%
40%
66,1 %
106,1 %
66,1 %
106,1 %
62 %
68,1 %
ARTICULO 3°._ Mantiénese las excepciones a la aplicación del revalúo dispuestas por los
************* artículos 3° del decreto nO 1976/2008 y 1° del decreto nO2455/2009, respec-
to de las ubicaciones catastrales mencionadas en los mismos.-
11/
/
Re(: Exple Nro. 14.364.2013 .Alca.J;:G.L:...
AÑO 2014LIBRO DE DECRETOS) -....
, . \) CE ,:'.-t;-'\
';'0 L\o "J~l \
r\),: )-~~ ._...~" o .•.~
.•..• .-:.,........_-~~ fCL10
i} w4..<i'.f.\~,
,<¡
ARTICULO 4°._ El incremento y las modificaciones tendrán vigencia a partir del mes de"'-,:""'"
l\lunlclpnlidnd de San isidro
••
************* julio de 2014,-
ARTICULO 5°._Regístrese. Comuníquese y publíquese.-
Uf. GUS .~\to1-'OStilINrENDE~[j ~MUNICIPAl.
ms
OV;PAt:lIO,.Lf.{;lsl.ActnN
~f: ......•.•••••.•.•
_ ..__ ._-------------------------
I"~'"1 ... _ ..
"
1\llIuicilmlidad lIe San Isidro
~
'- '"'~_ ,} FOLIO '(c
ANO 2014 . t }3+~ 4 _LIBRO DE RESOLUCIONE~V'I . "~I:"";'T" J :;,.
SECRETARIA GENERAL DE GOBIERNO y,-ADM,IN STJti<\fJON "
(RENTAS) ( i\_.'ó - " T 11"3, ,i "~..:..:.~./
Rcf.: Exple. N" 3654-D-2014,.
, SAN ISIDRO, 31 de Marzo de 2014
RESOLUCION SGG, y A, N°: 7
VISTO la Ordenanzas Fiscal N° :1740 e
Impositiva N° 8741 vigentes; y
Considerando:
QUE el Capítulo IV de ambas, se refiere a las
bases para la emisión de la Tasa por Inspección de Comercios e InduSlJias para el corriente
año;
QUE de acuerdo a lo dispuesto por el Artículo
83°, inc, a) y b) de la Ordenanza Fiscal mencionada, se establece la obligatoriedad por parte
de los conlJibuyentes de la mencionada Tasa, de presentar una Declaración JllI'ada
Trimestral (que se ajustará a las fomlas que disponga el Departamento Ejecutivo);
QUE dichas Declaraciones juradas
Cuatrirr¡esqales son la base para la determinación del monto de las cuotas de la Tasa por~I~~.._~.
InspecciO~~d1:~omercios e InduslJ'ias, tal como lo define el Capitulo IV, Artículo 8° inc, A),\~nB) y q;üe la ,Ü¡'denanza Impositiva vigente;
'/'.0/J- ,.{,;;l QUE de la aplicación de las n0l111aS)\ ".:-;;:/
especifiéíidas se pueden producir diferencias impOltantes respecto a lo que se abonaba para
la cuota inmediata anterior;
QUE de la aplicación de las normas esp;~citicas
se pueden producir diferencias importantes respecto a lo que se abonaba para la cuota
inmediata anterior;
QUE el Artículo 8°, inciso E), Montos Máximos
establece "Como consecuenCIa de la adecnación de las presentes Ordenanzas Fiscal e
Impositiva al nuevo sistema de cálculo y cuantificación por ingresos para la Tasa
contemplada en el presente Capítulo, se faculta al Departamento Ejecutivo a fijar montos
máximos por cada rubro, tomando como parámetros de comparación las cuotas vencidas eH
el bimestre inmediato anterior al que se trate, o el resultado de la aplicación de las alícuotas
sobre los montos declarados y/o las distintas categorías de I1Ibrode los contlibuyentes";
•..
Municipalidad de San Isidro
11...
....p u,,". '•. ,(,"" i:t...,.•.••••• 1
AÑO 2014 ';.1 ",LIt' 'l'~'LIBRO DE RESOLUCIONES ,....,¡..i .,5:3 ,
SECRETARIA GENERAL DE GOBIERNO Y tDMINt~!R~CI~D"D??(RENTAS). __-t-. ",,,.W'),,
~
~¡FOLIO~'
~ Ú g1. f O
N? ....•.•.•.
'-----ReC: Ex!,lc. W 3654-D-2014.-
QUE para la emisión de las cuotas pfllTlera y
segunda del cOlTiente ha sido necesario establecer los topes de incremento en relaci ón a las
cuotas inmediatas anteriores a cada una, a fin de morigerar el impacto que la directa
aplicación de la Ordenanza podría prodúcir, omitiéndose. el dictado de la cOlTespondiellte
resolución que lo ordene;
POR ello, en ejercicio de las facultades que le coufiere el Decreto N° 619/2012;
EL SECRETARIO GENERAL DE GOBIERNO Y ADMINISTRACION
DE LA MUNICIPALIDAD DE SAN ISIDRO
resuelve:
ARTICULO 1°._Déjase establecido que para las cuotas Ira. y 2da. de 2014 de la Tasa por
************"* Inspeccióu de Comercios e Industrias, se han establecido los tope:; que se
detallan a continuación:
1) Categoría de Rubros 8 y 9 Y Categoría de Zona 9: Se Continuó emitiendo la~;cuotas
1 A onto total que resulta del cálculo, SIN TOPES, tal como se venía realizando a"'&
Ba11ir 'ii¡, 'ercici02013.-
2) &to lIbros de la Categoría B (no incluidos en el punto auterior): realizado el~ / ",o/;cátCuffif'se ha emitido cada cuota con uu tope del 50% respecto al valor de la cuotal\~.';.;7.iií"t~diata anterior.-
3) Las cuentas dadas de alta en fecha posterior al período Mayo - Agosto 2013, se
detenllinan por la base fija (Categoría A) independientemente de la Categoría de
rubro en que se encuentren.-
ARTICULO 2°._ Regístrese. Comuníquese y publíquese.-
U¡,:sI'AClIO _
Lt:<;¡s~
CDOR. JUAN JOSE MILEnASECRETARIO DE HAClEr.10AMUi'JlCIPAll(\AD S.••••I'IISICRO
o. RAGOZA'~ Dir~clor 1 General de Renlils
I _~ alidad Dé San I,irl".
se ,;;'7/1m. MAI11I I v1\Z6:~;>o~SUBSECI' T 'AIO GENmiJ.
DE "OBIERNO\1"711 AD DE SAN '31( .",)
~\
RESOLUClON'SGGyA NRO: 10
~~.~),,) \\instrumental~ y'" / jj
""-_ ..... _. ./1
Con siderand.'l~,:;:::>"
Rer: Exple. N" 3654-D-20H-
J\lulIidpalitlad de San Isidm
~::::-. ..,.VI..""., .
AÑO 2014 20LIBRO DE RESOLUCIONESJ/\ . '" • ,
SECRETARIA GENERAL DE GOBIERNO Y APMII'JI~PZACIQN,.~ o ••,,":~
(RENTAS) <'-'-1~. -'.----.-' 1", t L~O
, 11.\tl-LIt> ' '\.. ,• -<;...... ••...•. , ..4t
¡;~;¡)k ,<~. -. _' -'...:; ,- ".\ .-C{ f0U' ';.':"
~\l ~ i:)SAN ISIDRO, 20 de mayo de 20'14 ..../
t~l~""••..•••••..•..,r:'"
VISTO lo actuado en el presente cuerpo
I
QUE debe emitirse la Tercera Cuota (A y B) del
corriente año de la Tasa por Inspección de Comercios e Industrias;
QUE de acuerdo a lo dispuesto por la Ordenanza
Fiscal vigcnte (n" 8740), Jos contribuyentes de la mencionada tasa se encuentran obligados a
presentar una Dcclaración Jurada Cuatrimestral de Ingresos Devengados;
QUE dicha Declaración Jurada es la base para la
determinación del monlo de las cuotas de la Tasa por Inspección de Comercios e Industl"ias
tal como lo define el Capítulo IV, Artículo So, incisos A), B) Y C) de la Ordenanza
Impositi va vigente;
QUE de la aplicación de las normas
especificadas se pucdt:n producir diferencias importantes respecto de lo que se abonaba para
ia cuota inmediata auterior, por lo euaf, y para evitar el impacto que se produciría en su
aplicación directa, el Departamento Ejecntivo ha dispuesto topes máximos en cada emisión;
QUE por otra parte, hay contribuyentes que
incumplen COII su deber formal de presentar las mencionadas DDJJ, para los cuales, la
autoridad <Icaplicación puede determinar de oficio el monto a emitir;
POlt ello, en ejercicio de las facultades que le confiere el Decreto N°
619/2012;
EL SECRETARIO GENEIZAL DE GOBIERNO Y ADMINISTRACIONDE LA MUNICIPALIDAD DE SAN ISIDRO
resuelve:
ARTICULO 1".- Mantiéncse la categorización y los montos determinados de oficio en el
*********"*"""''' artkulo 1° de la Resolución SGGyA n° 1/2013, por falta de presentación
de DDJJ, en todas las C¡¡tcgorías de rubro y zonas incluidas en el mencionado artículo, ¡¡si
como la vigencia en todas sus parles del articulo 3° de la misma disposición.-
)
Munidp:llilllld ele S¡lIl hidrlt
,,~o.. "", .AÑO 2014 i.._._....~.~::;;2f . ". '\.
LIBRO DE RESOLUCIONES)"'-¡-:--;{l, ,i': "':; ~SECRETARIA GENERAL DE GOBIE,!~NO '; AD~qy{S~~CJ~N!5 /
(RENTA0) ..---t--.-. I -~_._~I ,I .
\
Rer.: Expte. N" 3654-0-2014.-
,'.;'.
,". o',
"'.-;'\',.
ARTICUUJ, 21.. "\oéjase l:stahlecido que, para la cuota 3° (A Y B) de 2014 de la Tasa por,c; , H
*********,~¡,!'*,Y InspecóótI de Comercios e Industrias se han establecido topes, que se• .:.~~_;i
detallan a cOlllíriílaciótI:.•.•..-
A.-Categoría de IUI1lOS8 y 9 YCategoría de Zona 9: Se emitirá la tercera (3m.) cuota (A y
13)por el lIIonto total que: resulta del cálculo, SIN TOPES, tal como se viene realizando a
pa¡tir del ejercicio 2013;
H.-Resto de los mblO:; de la Categoría O (no incluidos en el punto anterior): Realizado el
cálculo en base a la Dedaración Jurada, se emitirá la tercera (3ra.) cuota (A y 13), con un
tope del 50%. respecto al valor de la cuota inmediata anterior;
C.-Las cuentas dadas de alta en fecha posterior al mes de diciembre de 2013, se
determinarán pOI" la base lija (Categoría A) independientemente de la Categoría de Rubro en
que se encuentren.-
ARTICULO 3°.- Déjase estabh;;cido que, en los casos que se haya presentado Declaración
********"***"'* Jurada para el período Setiembre/Diciembre 2013 y el monto declarado
fuera cero (O), se tomariÍ la última Declaración Jurada anterior presentada a los efectos del
cálculo de la tasa por el peliodo Mayo-Agosto 2014, o se detenninará de ollcio de acuerdo al
aJtículo 1° dc la !~esollleiún SGGyA nO 1/2013, con los topes eslablecidos en la presente.-
ARTICULO 4".- Regístrese. Comuníquese y publíquese.-
llF.sPAClIO
-----~---_.•._._- ---
LEGISLAClON
AL
y
I
J\luuiri(lalidlld de San Isidro
,..;~.•.1<>" ,,~\
AÑO 2014 ',', , ,',:.. -<lb el 'C' "LIBRO DE RESOLUCIO~ES!~ /," ,o', ,e, ~ 5(:,
SECRETARIA GENERAL DE GOBIERNC(V AbMrl\llStR!L\Cf9~l~
(RENTAS) -------¡--'-,. ---'':/;~~':',;:::.\\~ \'~' :'j...• IV '
\( <"""",/' ••.••.._-.- ..~
RoL EXpl", W 3654.D.2014,.
RESOLUCION SGGyA NRO: 16
instrumental; y
Considerando:
SAN ISIDRO, 17 de junio de 2014
~ ••j~
VISTO lo actuado cn el presente cuerpo
QUE eu la misma se ha determinado, a solicitud
QUE se ha emitido la Resolución SG<JyA n°
10/2014, reglamentando la emisión de la tercera cuota del con;entc año de la Tasa 1I(lr
Inspección de Comercios e IndustIias;
, ~-'~:::-,
d~'já 'Seáétaría de Hacienda, un redondeo en los centavos resultantes del cálculo de- amhos
~~neimii:lltds (neto y con descuento), de 1I10do que con su aplical:ión no se excedan los topes:L.-- J"- •.Jdeteónill,ados en la mencionada resolución;:~::~~"-:"~~~;:"~~",,,,, QUE tal rcdondeo tiene conH' f ualidall
disminuir la dificultad que se genera en las cajas de recaudación por la falla de circulación
de monedas;
POR ello, en ejercicio de las facultades que le confiere el Deueto NU
619/2012;
EL SECRETARIO GENERAL DE GOI3IERNO y ADMINISTRACION
DE LA MUNICIPALIDAD DE SAN ISIDRO
resuelve:
ARTICULO 1°,_ Déjase establecido que, la cuota tercera (A y B) 2014 de la '1asa P'II'
*********l~**** Inspección de Comercios e Industrias, ha sido emitida efectuando un
redondeo en menos, en los centavos de los valores resultantes del cálculo de la mencionada
cuota, y que tal procedimiento se continnará realizando en las futlll'a~ en isiones,
disponiendo por la presente qne dicho redondeo se efectuará tanto en el importe a pel cihir t'Il
el vencimiento neto, como en el anticipado (con descuento) de la siguicnte mancra: cuando
los centavos del monto de la cuota sean entre O1 Y 49, se percibirá el valor en p,:sos sin
centavos; cnando sean entre 50 y 99, se emitirá el valor en pesos con cincuenta centavos,-
1,,',
. '
'",
Municipali{!ad de San Isidro
.i"';~~_ l~'" .a.•,' ••ANO 2014 I ..../.33 • <.'1
LIBRO DE RESOLUCIONES---f-'l~7;". '/~ . rc.~SECRETARIA GENERAL DE GOBIERNO Y./XDMI~I~~~~_~(qN;?
(RENTAS) "-.- _..,.. , r\-.....~...,.-'-, .;~.' "'\ \. \~. ..••.¡,.:¡'
\~}.t-r'.~7... ", ."'. .'/~...._'
ReL Expte. W 3654-D-2014,-
ARTICULO 2°._ Regístrese. Comuníquese y publíquese.-
DESPAl.lI0
y
U:GlSLACION
AL
C-==.-' ..." CDORJUAÑ:lbb~ETTA
SECRETARIO DE HAC1E!'IOA:j MUI>J1CIPALlDADSAN ISIDRO.-,.'
. /.->
---- SECRETARIA GEI'JERAI t FGOalERNO y ¡\OfvlIHISTFi¡;,; 11.111
\
l''''',,'. ...
" ,
£"< '¡ .~.
l\lulIicipalitlall tic San Isidro
AÑO 201'¡
LIBRO DE RESOLUCIOSECRETARIA GENERAL DE GOBIERNO
(RENTAS)
ReL EXilIe,W 3654.D.2014,.
SAN ISIDRO, 14 dejulio de 2014
RESOLUCION SGGyA NRO: 19
VISTO lo actuado en el presente cuerpo
instrumental; y
Considerando:
QUE debe emitirse la 4° Cuota A y B del
con;ente año de la Tasa por Inspección de Comercios e Industrias;
QUE de acuerdo a lo establecido en la
Ordenanza Fiscal vigente (nO8740), los contribuyentes de la mencionada Tasa se encuentran
obligados a presentar una Declaración Jurada cuatrimestral de ingresos devengados
(Capítulo IV, Artículo 8°, inc. A), B) YC) de la Ordenanza Impositiva vigente;
:==--,:-~ QUE la base para la determinación del monto de
la 4° cu01~,¡"'~(~l~~T,\asa por Inspección de Comercios e Industrias a emitir, son los ingrcsos
declarad6s~'~del ,¡j¿,i-íodosetiembre/diciembre 2013, habiendo vencido el plazo para su,'1 r .5/t!~s /- .
presenta&óP'e.~l,'tébrero del cOlriente año;/' -'\ ';'/}",',' ~t-;; QUE para evitar el impacto de su aplicación
directa, el Departamento Ejecutivo ha dispuesto topes máximos de incremento en cada
emisión respecto a la anterior;
QUE, por otra parte, hay contribuyentes que
incumplen con su deber formal de presentar las mencionadas Declaraciones Juradas, para los
cuales, la autOl;dad de aplicación puede detenninar de oficio el monto a emitir;
QUE resulta necesario fijar el vencimiento para
la presentación de la nueva Declaración Jurada de ingresos devengados durante los meses
enero-febrero-marzo y abril 2014, base para la emisión de las cuotas 5° y 6° del con;ente
año;
POR ello, en ejercicio de las facultades que le confiere el Decreto N°
619/2012;
,1:",, . .
'. ."
MuniciplIlitJlItl de San hidro
..: .•..9 - O.•..r',1 • ",'O 1
AÑO 2014 jM__-,..~-i< .C;L'O'. ,-;--- I 3 9 ~G\ ,LIBRO DE RESOLUCIONE ) í ¡;, l ,"- ••.';;, ,.
SECRETARIA GENERAL DE GOBIERNO ~~TI .~l"~'f,. • o
(RENTAS) - ,1>,OOés -.~'.. '-1z-.
FOLIO '0
18 ~r.rJ •••••••••••
RcC: Exptc. W 3654,1),2014.-
EL SECRETARIO GENERAL DE GOBIERNO Y ADMINISTRACION
DE LA MUNICIPALIDAD DE SAN ISIDRO
resuelve:
ARTICULO 1°._ Mantiénese la categorización y los montos determinados de oficio en el
************** artículo 1° de la Resolución SGGyA n° 1/2013, por falta de presentación
de Declaraciones Juradas en todas las categorías de mbro y zonas incluidas en el
meucionado artículo, así como la vigencia en todas sus partes del AItículo 3° de la misma
resolución,-
ARTICULO 2°,_ Establécese para la cuota 4° (A Y B) 2014 de la Tasa por Inspección de
*******~'!'..:t.~,~ Comercios e Industrias, los topes que se detallan a continuación, conMelA f;.:(¡.':~,.
respecto 1ÍfaCl1ota'anterior:~;~¡) j.: ¡.~~>.Yl C'.)".,) I "...
A).- Cat~ri('¿fRubros 8 y 9 Y Categoría de Zona 9: Se emitirá la CUaIta (4°) cuota (A y\CO~
B) por e~6iíto total que resulta del cálculo, SIN TOPES, tal como se viven realizando a
partir del ejercicio 2013;
B).- Resto de los mbros de la Categoría B (no incluidos en el punto anterior): realizando el
cálculo en base a la DD.JJ presentada, se emitirá la cum1a (4°) cuota (A y B), con un tope
del 50% respecto al valor de la cuota inmediata anterior;
C).- Las cuentas dadas de alta en fecha posterior al mes de diciembre de 2013, se
detenninarán por la base fija (Categoría A), independientemente de la Categoría de Rubro en
que se encuentren.-
ARTICULO 3°._ Establécese que en los casos en que se haya presentado Declaración Jurada
************* para el período Setiembre/Diciembre 2013 y el monto declarado fuera cero
(O), se tomará la última Declaración Jurada anterior presentada a los efectos del cálculo de la
tasa por el período Mayo-Agosto 2014, o se detenninará de oficio de acuerdo al artículo 10
de la Resolución SGGyA n° 1/2013, con los topes establecidos en la presente.-
,
I.'~ ~..
1. . -
Muniripalitlad de San Isidro
AÑO 2014LIBRO DE RESOLUCION
SECRETARIA GENERAL DE GOBIERNO' A(RENTAS)
RcL Exptc, N" 3654-D-2014.-
ARTICULO 4°,_ Establécese como fecha para el vencimiento de la presentación de la
************** Declaración Jurada de los ingresos devengados por el cuatrimestre
enero/abril 2014 - base para la emisión de la cuota 5° 2014, el día 8 de agosto del cOITiente
año,-
ARTICULO 5°,_ Regístrese, Comuníquese y publíqnese,-
nI!:SI'A<..11O
vI,Jo:GISI,ACION
AL
;;~~::'-':,--.....•\ l.
CECILIA ZARAGOZADirecl en asMUIHS)'p Ij(bd DI' '),111 I$irlro-,--
Cdor, JUAN JOS - MILETTASECRETARIO DE CIENDA
o
-_._----_._-------------------- ~-
Página 1 de 2
08.10.2014 Buenos Aire". _"fl':(:fllillil
Consultora privada pronostica una inflación del 41,2% anual para 2014o~\..
"",~ "1.••
~, ". 1'"'" I ".""" I ". I .".,."",I',,~.,'..I-=:J M'r., "" I ,. ....I " ;.~ I ~--------------~ •••- ti' • -- :
" Uf~ .~"'--
" ~:
ECO~OMIA
Consultora privada pronostica unainflación del 41,2% anual para 201426.06-20l<1 Segun el economista de Ferreres & Asociados, Fausto Spotorno, la variable "más peligrosa" es la
inversión de "mala calidad" y la falta de productividad
La (Gl de Caló ('Juge una definIción por GananCIas
RClciba oQtieillll. 1'0 l'>Uo-mall
El Gob'emo dIce que no devaluara
pero el mercadO no cree decalogo de
precauciones de ahomslas y empresas
El CódlOo Ci~il establecerf¡ nuevas
pautas "anl,embargo' y sumaré
bener,oanos en bienes de lam,lia
Monotnbut,slas AFIP los OblIgará a
cambia. Sus facturas en 2015
El Gobierno p.omE'li6 a la UIA medidas para
fomemar las e~porta(iones
EI economista del estudio Orlando Ferreres & Asociados, Fausto Spotorno, aseguró este
jueves que la inflación llegará 03141,2%anual para fin de2014, mientras la capacidad
de crecimiento de la Argentina Mestáestancada".
En declaraciones a radio El Mundo. consideró que la variable8más peligrosa8 es la inversión de
ftmala calidad" y la falta de productividad del país.
http://www.iprofcsional.com/notas/190259-Consultora-pri vada-pronostica-una-inflacin-d... 08/1012014
Consultora privadalPronostica una inflación del 41,2% anual para 2014
WDurante los últimos tres meses estamos viendo caldas importantes en la producción industrial",
sostuvo el economista y precisó que durante mayo fue de 7,4 por ciento.
~la actividad económica está entrando en recesión, pero esto no tiene nada que ver con la
deuda~. seí'laló el economista al desetimar que el conflicto con los "buitre" haya tenido ya un
impacto negativo.
$potorno manifestó que el conflicto con los -holdouts- tiene solución y consideró que -lo mejor"
que puede hacer el Gobierno es tratar de resolver el tema y seguir avanzando., porque entrar en
un escenario de default tecnico "generaría una situación mucho más compleja",
Reciba oQt,ein en su lJ'-mail
Últimas Noticias
X CO'1la r"rr" nn el DJ~de I~ M"d'l!.
Sumsurv,J Illrll[l ,'''''r..a"'p"i1Bi>i,"~ suhne" pa", el ~oga'
0'I.41hs MMIl(HING 09.4f.1hs ACTUAliDAD
?0!01t'1I por Io~ d61¡¡,OJS
Clp.lamch aCusó a
eerealeras de .~"rjud't3ral pa,s"
El Gob •••rno ~tl d(,Srnl'11l'"
a si m,smo' la fabnca de
aVlOl1tlSesl¡¡'all't~9alas
cifras de EOOtlQmia
Con la mora en el 0. ••de
la Madre, Samsunglanzo
una campa"''' para su
linea para el hogar
la AFIP rf<TU~OotrlU
35000 bolsas do¡azucar
de dudoso oogen
la CGT de Caló e~'lItl una definición por Ganancias
Más temas en Facebook
C"p.,".'n: ~.'C' 1••~11Il,¡,n(1'1",,,mc . (o.rF,;r"",",:,,> ~>,,:.
-,.,'1:,'; Y. ~1~~.(,~"'''r".'~'.'.•,1'1c.~
El Gobierno prorne\ló a la UIA medidas para fomenlar
ras e~portacione5
¡Profesional en Tw¡Uer
Tweets por @íProfesional
~
...s •••••,_,.0.
http://www oiprofesionalocom/notas/ l 9025 9-Consul tora- pri vada -pronosti ca- una- inflacin -dooo 08/10/2014
Fin de año agitado I La inflación "blue" proyectada ya supera el 40%
~l;i;;l.cld,¡~'U~C()mt"lIl.ld,IS ;\\.\~ \'()[,ld;l~
Más leidas en EconomiaL ('FK 11"('no la \Udl;, <1" 1'o\l.f(,II".\ la'\fscntin;,
2. Ahr':n slIm,lrio r"llIfa ~lal"l') v I:ritnd('SJfb: "S,) .;~.di' (jtu'. hahl,l t"I'''''"
:1. Vall'¡Ii. snkl.1d¡1 dd lllun,'l" (,'I,Jl Ul1¡\(amili,¡mililank
-l. OrLm<!o I'err('n'~: "I'am '-1m:Cri.'ilin:l 1);I.\"iIt¡,nido qtl.' sacar ¡} híbr~~;l. dd>t: ,:;;I;,f lllUYm.ni('sa~
,). ,\b,.,.]vj'>T'm a I",min~" Cl',11l0 t~n!iJ(:1111.•:1dd ~h'f..\:l(~lnj(~
6. l~\ !\ ..rgl:lllína ll' pidj(, ¡}~hl;.'llcia till,lI11:itl"aaBr,livi¡1
7. I...J fl'S¡lU\:,'¡,1 dc (iril>;';;¡a CJi,nl1;l: onknó"Jh~l a r<l~1r'!1l NUl""" York
H ¡¡ihm laSb rnfuiuJ;)s J los plM1h fij(¡~pi\rl\frenar b escalada dd ¿{,lar hlut'
'1 ¡:ill u,' ilño a,dtadrJ I [.1 intbd,'m -hhw"pfIJy~d;lda y¡l ~llrx'r<ld .ln"(,
10. I[ileh del di~IJ;\I~ll~criollo
Especial&s
.- J
- '-El bloo ch!1Contlldor LoCane
Impuestos, finanzas y otros temas.
~Archivo de los mejores reportajes
Publicado en edición impresa de PESE A LA RECESION
Fin de año agitado I La inflación "blue"proyectada ya supera el 40%En las últimas semanas, las expectativas de aumentos subieron un escalón.Conflictos en puerta: empresas en alerta por pedidos de bonos navideñosde los sindicatos., .'1 ~ ••' ::
Página 2 de 5 J~&.•'j.
e, =) ~.¡,
0,
-:../
,
El año entra en su último trimestre yse esperan definiciones desdeEconomía y el Banco Central sobre lasenda que transitarán tasas y tipO decambio con un doble desafío:moderar fa recesión y evitar unaespiratización de precios queempiezan a subir por enCIma del40%. Los gremios, por lo bajo, yaempiezan a pedir sumas fijas a fin deaño para compensar la caída, conempresas en alarma por caída de laactividad. El Gobierno, en tanto,mantendrá el financiamiento con laemisión. "No se puede recortar eldéficit fiscal", reconocieron, en laantesala del fin de año y el 2015electoral, y ponen un signo depregunta sobre la inflación de fin deaño como determinante del climasociaL
DILEMA. KiciJlof y CFK, ••nlflla recfJ1Iión sin qUD 1'o"In",n lo<¿¡>fE'(;'(l5.1F.'!( C(¡'l(~.P .~"
http://www.perfil.com/economia/Supera-el-40-la-int1acion-anual-y-agita-el-fin-del-20 14-... 08/10/2014
Página 3 de 5 :;."
~4~~):O'
\ ~.•._ o..--..... ,1"-. -:,..,.r"
ti •••la '"novia de'"
Relato del Presente
El (';.,hicrIlo imagina \111b1ll1'1 jlill'¡)lil~hillt'kl,\,~,k Soru~.\~1<1rtíll('~
El dólar alwrro uo 1Je~¡J<J :l0l.~
Trabajo.\' ¡¡Ohl""¡.<l
Cc,uknido reiaciolladuLas expectativas de aumentos deprecios, en tanto. se recalentaronpara el final del año. según laUniversidad Di Tella. que detalla qlJede estar estables en el 30% saltaronal 35% en septiembre para lospróximos 12 meses. Las medicionesdellndec ~ue entrarona fin de Astrocoachseptiembre en la última etapa de revisión del Fondo Monetario Internacional- dejan una suba Ac••I",.,clón
de precios del 30% para el.año mientras que las cifras privadas volvieron a despegarse. a mas ~. .del 40%. Y en la recta final del al"lo estacionalmente la inflación se recalienta, lo que deja •expectativas de hasta 43%. l • ~r----¡Para evitar subas extraordInarias, el Gobierno volverá a renovar acuerdos como Precios /"Cuidados, pero el aumento es inevitable y rondará el 5%, que se suma también al aumento de " \las tarifas de telefonra celular en octubre. 1. .~Hasta septiembre, según datos dellsepci. los precios de la canasta de alimentos aumentaron' - . -..3,16% en el mes (con aumentos más agudos en carnicerfa y verdulería) y 40,83% en lo últimos Te lo Juro por LoUls VUlttondoce meses. En ese contexto, los salarios siguieron por debajo de la inflación. 10 que lleva a AHnr••~o 'dO rn,d~"ct.~l
algunos gremios a comenzar a plantearse el reclamo de una suba fija mientras que entre losgremios estatales apuntan a la reapertura de paritarias. Las empresas, por su parte,argumentan pérdida de rentabilidad y aseguran que no habra plus de fin de aMo, con lo quepodría haber conflictos gremiales en puerta.La calda de poder adquisitIvo golpea el consumo, que el Gobierno intentó reactivar con planescomo el Ahora 12 de cuotas para evitar mayores caldas de actividad. En los primeros ochomeses, segun la consultora de Orlando Ferreres, la actividad acumula una baja del 1.6%.Segun la consultora Managemenl & Fil, "este año sostener el modelo a base del consumo esmuy dificil. el motor perdió mucha potenc¡a~.Freno o impulso. En el medio, el Banco Central debutó con un piso a las tasas de plazos fijospara captar pesos y mejorar las condiciones de ahorro en moneda local para desarticular laavidez por el dólar, De la misma forma, podra ~usar las herramientas que le dio la CartaOrganica para poner en marcha una lasa fragmentada para producci6n~. seMaló el economistade la Gran Makro, Aguslin O'Attellis.Los trabajadores estatales y docentes mantienen el reclamo de reapertura de paritarias. LaeTA de Pablo Micheli, en tanto. postergó las medidas de fuerza previstas para octubre ydecidió convocar a una jornada de protesta el20 en noviembre. ~El pedido de reapertura deparitarias se está generalizando entre los gremios que quedaron mas retrasados en susaumenlosR• sostuvo el secretario adjunto José Rigane. Desde el sindicalismo oficialista, elsecretario general del Suteba. Roberto Baradel, también habló de "reapertura'" esta semana y.en off, los dirigentes de las dos centrales más cercanas al Gobierno ya están planteando laposibilidad de negociar un bono. El martes. en el plenario de la CGT de Hugo Moyana, ~sedeberla definir un paro general", segun el titular de la Fraternidad, Ornar Maturano. aunque su'posición no es compartida por todos gremios. EFE-XSiga leyendo agui. Prin,,"r FMltvall!ll •••m~c,onal (loo Hisloneu
Te puede interesar
Fin de año agitado I La inflación "blue" proyectada ya supera el 40%
, .""...>: ••• ":~
~il'"~t~._.¡ •.;S<~~!,-,,'~•••••••••• ,... . .1
Encuesta: Sergio Massaretiene fa mayoria delVOlO opositor
Brasil elige entre el fin de Tours exclusivos paraciclo o la con1Jnuidad mujeres, nueva tendencia
en viajes
""""". J:: 1"'
'" SAN ISIDRO~.
Web Filter
ThJs web page 15blocked beeause it violales network policy.Si tene preguntas comuniques!! con Q¡'''''"~''''!l G~dl "", IntQm){;!i01
Host: www.facebook.com
URL: http://www.facebook.com/pluginS/likebox.
Comentarios
Comentá en Perfil.com
Para comentar debes estar logueado,ingresa a través de.
http://www.pertil.com/economialSupera-el-40-la-intlacion-anual-y-agi ta-el- fin-del-20 14-... 08/10/20 14
~." ..".~-
Enviar COI'.
Mu.,duInsólIto So,-,,,t~•.•o a, ónPon J.~
La inflación estimada por consultoras privadas alcanzará cerca de los 40 puntos a fines ... Página I de 3
T'Ven ""'ID ClasIficados Canales Educacionales UNO Sustenlilble San Rafael Cartas del lector Fund3Clon Uno M~Clics AgfoClave Suscllpciones
ECOllor'lla
,.)
En detalle. las tasas de interésque rigen para los plazos fliosdesde este miércoles
Un gigante de los mediosanunció su plan para 2020 que
Incluye una severa reducción con
1500 despidos
El palentamiento de motos cayó22,6% en septiembre
La inflación estimada por consultoras privadasalcanzará cerca de los 40 puntos a fines de 2014Segun;) info¡n1<iClón ql"J(: rescatan del lNOEC. los Ingreses O'el 25% de hogares más pobro:-s
creCieron a razon del 29% entre el 200-1 y el 201 J mIentras que en 2014 sólo lo hiCIeron 23-X.•
n ,"
j
,1,~
'." .,
r '(
,Si fueran mis alumnos no pasan niel pnmer parcial'r-'<9 Sl,lbe el dóla, ofiCia: y cae el
- " 'ialor lJe! blue por ti:::T:O'¿l, operalwos-r. ..Un Q!cante de lo~ rnr.\. ~
'J I!',:,~ "'., ar-unc,o su plan p,~'",'2 LOiSit~;r;~~'r¡lJf' ,n¡;luy' un. "v~;r~Bl!.iElJl«i r~l ,'':.:'01'o 1~
cesD'do,>
AHORA 19 oC
Por Laura Zullán
zu Ilan, [email protected],ar
HOY MIEoRCOLESSol ~ algunas " ..lb" <:.
MIli 14 ec Ma •• 28 ~C
la inflación junto con el proceso de estancamiento económico que atraviesa el pais son dos de los
problemas que alectan hoy el bolsillo de los sectores con menos recursos de Argentina. Así lo determina un
informe de la consultora Idesa (Instituto para el Desarrollo Socia! ArgentinO) basado en datos dellNDEC
sobre la distribución del ingreso en el segundO trimestre del 2014
"la detención del proceso de mejora en la distribución del ingreso está asociada al contexto de recesión en
la actividad económica y a la aceleración de la inflación. Mientras que hasta el año 2013 los ingresos de las
lamilias creCÍan a un ritmo superior al de los precios. el último año el proceso se reviene ya que ahora es la
inflación la que supera el aumento de los ingresos., explican los economistas en el informe.
JUEVESllUV!<:lS y IjOYiZnaS en 1<1mai'ianaM,n 07"C Ma>:: 18 oC
http://\\'\V\V.diariouno.com.ar/econom ia/La- i11tlac iOI1-estimada-por-col1sul toras- pri vadas-a... 081 I0120 14
\
La inflación estimada por consultoras privadas alcanzará cerca de los 40 puntos a fines ... Página 2 de 3
Segun la información que rescalan del JNDEC, Jos ingresos del 25% de hogares más pobres crecieron a
razón del 29% enlre el 2004 y el 2013, mientras que en 2014 s610lo hicieron 23%. En tanto la innación
estimada por consultoras privadas alcanzará cerca de los 40 puntos a fines de este ano, en el inlorme está
contemplada a un 37%.
"Estos datos muestran que hasta el ano pasado los ingresos de las familias crecían a un ritmo superior al de
los precios, especialmente entre los hogares más pobres. Pero en el año 2014 estas tendencias se
revierten. El aumento nominal en los ingresos de las familias no llega a compensar el ritmo de crecimiento
de los precios y los hogares más pobres son tos que más pierden, Es decir, la aceleración de la inflación
aparece claramente asociada a una distribución más regresiva del ingreso", explican.
VIERNESSOlMin-08 "C Max 21~C
En tanto, los economistas dellERAL (Instituto de Estudios sobre la Realidad Argentina y Latinoamericana),
que depende de la Fundación Mediterránea, también plantean que "pese a la magnitud del problema, llama
la atención el escaso debate politico respedo de las medidas concretas que se requieren para terminar con
la inflación",
Proponen que para avanzar en esa dirección no sólo debe reducirse el ritmo de emisión monetaria (oferta)
sino también lograr que la gente aspire a mantener los pesos en su poder (demanda).
Agregan que para frenar el ritmo de emisión se requiere resolver el déficit fiscal, tarea que corresponde al
gasto publico, dada la presión tributaria récord. -Entre loS fadores que impulsarán la demanda de pesos se
tiene: restaurar la independencia del Banco Central, la credibilidad en las estadisticas oficiales, que el peso
compita libremente contra otras monedas y mantener bajas las expedativas de inflación. En la Argentina, el
instrumento más usadO para anclar las expedativas de inflación es la fijación del tipo de cambio. Pero la
experiencia ha sido muy negativa. por lo que parece recomendable avanzar hacia un esquema de metas de
inflación", apuntan desde la Fundación Mediterránea
~ 25% crecieron los ingresos de los sectores medios en el primer semestre del 2014 segun datos oficiales
del INDEC. Entre 2004 y 2013 el alza fue del 29%.
~ 37% es la inflación anual estimada por Idesa en su informe. Está 14 puntos arriba del crecimiento de los
ingresos de los hogares más pobres
~ HComo este año hemos tenido menos problemas climáticos, esperamos que las cosechas sean
mejores" (Daniel González, gerente de la fundación ProMendOza).
~ "Hay una fuerte relación entre el precio y la cantidad de dinero cuando se emite mucho para financiar las
cuentas' (Jorge Cay, economista delIERAl).
~"EI dólar viene siguiendo de atrás a la inflación, que anualizada ya es del 40%; por eso Argentina se
vuelve cara" (Tomás Bulat. economista y periodista).
TwHd
DEJA TU COMENTARIO
ENCl'ES'1 AS
¿Estás de acuerdo con la reforma delCódigo Civil?
Si
No
!Votad
1/n Rl'l~••I!,i:Jo$
las cargadas de la esposa de Colazoa los hinchas de River
ID las ClltCO actitudes de I;:¡snluJ€"res Que rn¡!ls exol~11~1los hombrBs
http://www.diariouno.col11.ar/econom ia/La- inflac ion-esti mada- por -consu Itoras- pri vadas-a... 08/1 0120 14
Sus~ril>in'cI.:. LoginT 22° H 78%Buenos Aires
¡
clual,zado h3ce- 1 mln I M,!rOOles 8, 10.2014
FCONOMi,AÚLTIMAS NO'neIAS
GEn"., M.iS LEIDAS
Por Liliana Franco.-
Argentina es el cuarto país con másinflación del mundoPor: Liliana Franco
RANKING DE INFLACiÓN MUNDIAL
1. CapllanlChadvierte a CCfealerasantes de
reunión: "Se usaran todas las herramientas.'
2. Por pesimismo en economia. bajan bolsas de
Europa
3. VeneZUi!lay Argentina lideran el ranking de
InflaclOnmundial
4. 'la competitividad, por Olrocamino.
5. VOlviÓa caer el "blua" por coolroles' S 14,70
Venezuela 40,7 50.7 36,0
Sudén 36,5 20.4 14,3
Irán 35,2 23.0 22.0
Argentina 26.3 • 35,0 ••
Bielorrusia 16,3 16,7 15.6
Ghana 11,7 13.0 11.1
Argentina 10,6 ••
Accidente actriz bancosnicicleta blue cotizacióncuevas dólar FakiorJiinformal Lawrencc oficialprecio Universidad CatólicaVídeo
Inflación mformada por 01Congreso NaCIonalInflación oficial dollNDEC con la vieja metodologia
-Inflación estimada por consulloras privadas
Fuente: ámbl'o com en base a datos del WEO abril 2014
Con una suba de precios en el 2013 del 28,3%. lomando en cuenta el "indice Congreso" que informan
oposrtores en el Congreso Nacional, esta cifra ubica a la Argentina en el cuarta posición del ranking de
países en el mundo con ta más atta inflación, El primer lugar lo detenta Venezuela con 40,7% seguido por
Sudan 36,5%, ¡ran (35,2%) y el quinto lugar esia Belarús con 18,3%.
El informe que elabora el Fondo Monetario Internacional analiza la economia de más de 185 países que en
su gran mayoria muesiran cifras de inflaCión de un dígito. Uzbekistan con 11,3%, Ghana 11,7% son
algunas de las pocas excepciones con dos dígilOS, Según el propiO informe Argentina marcó 10,6%, pero
eso de debe a que el Fondo usó los datos del Gobierno previo a la nueva mediclón de Inflación.
Por los efectos ele la dellaluaoón, subas de tanfas y el aumento del costo de vla los pronóstiCOs pnvados
para este año estiman una mflación anualizada superior al 40% y lo mas moderados hablan de un 35%
partiendo de la base que el Gobierno contenga el gaslo público, entre otras medidas. De cumplirse estas
VAtIciniOSArgentina podria quedar en segundo lugar detrás de Venezuela este a~o El FMI estima que el
pais caribeño alcanzara una inflaci6n del 50,7%, Por su parte, tanto Sudan como Iran. según el Fondo,
reducirán este afio su mflación a 20.4% y 23% respectlvamenle
En su tradicional Panorama Económico Mundial dado a conor...erayer en Washington el organismo
señala que la Inflación para Argentina del 2013 fue del 10,6% en lunción de los resullados que arrojaba
el antenor calculo oficia! dellNOEC referido al índice de precIos.
En esk. ocasi6n el organismo no Incluye ninguna proyeccion ni para el año en curso ni para 2015 en base al
nuevo ¡PCNU. Aqui el Fondo y, como viene ocurnendo hace llanos años el dalO es acompañado de un pie
de pagina. Se aclaró que la infonnao6n correspondiente al año pasado es la oncíal del pais dellNOEC Sin
embargo, tamblen recuerda qUf: a partir de enero pasado, la suoa de los precios al consumidor es reflejada
por el nuevo ¡PCNu, es decir el indice de precios a n¡vel nacional
El fMI menciona que este índice difiere sustancialmente del antenor que se circunscribe a medir la inflaCIÓn
del Gran Buenos Aires Pero no s6ro por la diferencia geografica lamblen por las disparidades en la
compoSición. muestree y metodologia, el nueve IPCNu no puede ser comparado por su antecesor Por esta
"ruptura astructural"en la información, se aclara, el Fondo se abstuvo de hacer proyecciones
~.s¡mismo, el organismo internacional puntualizó que este nueve indice se empezó a confeccionar despuós
de una declaración de censura del Fondo (el 1° de febrero de 2013) y en respuesta a !.assolicitudes
http://www.ambito.comlnoticia.asp?id=736140 08/10/2014
c fcentro de l'1vestlgaclonen finanzas
Director
Gwclo S<mdlen~gsandlens@uldledu
Investigador Principal
Marlln González Rozada
flllo.:dda@utdledu
Anatistas
Pilar Do Campopdocampo@uldl mju
Ferndndo Fr/~IJedo
HreljedO@uldl edu
Manano SOSél
Almirante Saenz VallerHe 1010
(C14288JJ) BIJtJOos A"e5
Tel (54 11) 5169 7300
F-ax {5411)51697347
lT7T}¡ UNIVERSIDAD'ULJJ TORCUATO DI TELLA
ENCUESTA DEEXPECTATIVASDE INFLACiÓN
LAS EXPECTATIVAS DE INFLACIÓN SUBEN
Y ALCANZAN EL MÁXIMO HISTÓRICO DE
35% EN SEPTIEMBRE
En la mediana de las respuestas, la inflación esperada a
nivel nacional sube 5 puntos porcentuales y alcanza el
registro histórico de 35% en septiembre. De acuerdo al
promedio, la inflación aumenta 4,1 puntos porcentuales
(p.p.) respecto a agosto, ubicándose en 41,1%.
En Gran Buenos Aires y en Capital Federal, las
expectativas alcanzan sus respectivos máximos históricos
de 40% y 35%, de acuerdo a la mediana. En el Interiordel País, las expectativas caen 5 p.p. Y se ubican en
30%. La inflación esperada en promedio es de 43,8% en
el Gran Buenos Aires (nuevo máximo histórico), 38,4%
en el Interior del País y 37,3% en la Capital Federal.
En la mediana, las expectativas alcanzan la marca
histórica de 35% para los sectores de ingresos altos y semantienen en 30% para los sectores de ingresos bajos.
La inflación esperada en promedio por los sectores de
ingresos altos sube 2,7 p.p. Y alcanza un nuevo máximo
histórico (39,4%); para los sectores de ingresos bajos
sube 1,3 p.p. Y se ubica en 39,6%.
45 r • 'Mediana
Expectativas de Inflación Próximos 12 MesesNAOONAL
-Promedio
9tpU.rnI:n .2014MldI..-: 35%Promedlo:41,1%
35
25
15
10
5
o~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~#~&~~#~~~~#~#~~~~~~#~#~~~~,~~~~#~¥~~~#~¥~~~~~~~~~~~~¥~~.
El - Inl, r~lP I 1
Resultados de septiembre 2014
De acuerdo a la mediana, la inflación esperada a nivel nacional sube a 35%
máximo histórico de la serie.
Las expectativas de inflación a nivel nacional aumentan 5 puntos porcentuales respecto al pasado
mes de agosto, y alcanzan el máximo histórico de 35%por segunda vez desde que se computa el
índice. Da esta forma, la inflación esperada por la gente se ubica en el mismo nivel que en el
pasado mes de febrero. luego de haberse mantenido invariante en 30%durante seis meses.
De acuerdo al promedio de las respuestas, las expectativas de inflación a nivel nacional presentan
una fuerte suba de 4,1 p.p. en relación al mes anterior y se sitúan en 41,1% solo 0,2 p.p. por
debajo del máximo histórico de febrero pasado. ESel décimo mes consecutivo que las expectativas
en promedio se mantienen por encima del 35% y es el segundomes en lo que va de 2014
(medicionesde febrero y la actual) que rompen la barrera del 40%
E3desvío estándar' sube 2,3 p.p. con respecto al mes anterior, situándose en 24,7%
25%
15%
Expectativas de Inflación - Distribución Porcentual por Rango deRespuestasNAaONAl. 100%
90%
10%
50%
5 10 15 20 25 30 35 40 45 50 55 60 65 70 75
30%
20%
10%
u~ 0%80 85 90 95 100
5I:Ip-14 -Y. acumulado Sep-14 (eje der.) I
1 Desvlo Estándar: ~dida de cuán alej adas se encuentran las observaciones de la media de la distribución (en promedio).
El - Informe I 2
En la desagregación regional, las expectativas suben en el Gran Buenos Aires yen la Capital Federal, pero baj an en el Interior del Pais.
siguiente tabla sintetiza los resultados de la Encuesta de Expectativas de Inflación
correspondientes a septiembre de 2014 para el total nacional y considerando individualmenteCapital Federal, Gran BuenosAires e Interior del Pais
Bcped:atlVas de Inflación A'6xlmos 12 M
Nacional capital GBA Interior
Mediana 35 35 40 30
R"omeclío 41.1 37.3 43.8 38.4
DesvJo Est. 24.7 21.5 27.6 24.2
Min. O O O O
Max. 100 100 100 100
0:>5. 976 209 234 533
Teniendo en cuenta la mediana, en el Gran BuenosAires se registra el mayor incremento de las tres
regiones, con una fuerte suba de 10 p.p. respecto a agosto. Sl alcanza, en dicha región, la marca
histórica de 40%de inflación esperada para los próximos doce meses. De igual modo, en la Capital
Federal se registra un incremento de 5 p.p. Y las expectativas se encuentran en el máximo histórico
de 35% para dicha región. En el interior del Pais, en cambio, las expectativas bajan 5 p.p. Y se
si t úan en 30%
O:msiderando el promedio, las expectativas de inflación aumentan 7,4 p.p. en el Gran BuenosAires
respecto a agosto y se ubican en 43,8% Este registro marca un nuevo máximo histórico para dicha
región y es la más alta de las tres regiones para la presente medición. En la Capital Federal, las
expectativas suben 3,5 p.p. Y se sitúan en 37,3% En cambio, en el Interior del Pais las expectativas
caen 1,2 p.p.; sin embargo, permanecen altasen 38,4%
Expectativas de Inflación Próximos 12 MesesPromedios Regionales
~o 701~ I SCptiembre 2014
NaciOflal
Capital
Interlor
o 5
El - InrOrnle I 3
De acuerdo al promedio de respuestas, las expectativas de inflación suben
independientemente del poder adquisitivo.
/ De acuerdo a la mediana. la inflación esperada sube 5 p.p. para los sectores de ingresos altos,
ubicándose en 35% y se mantiene invariante en 30%para los sectores de ingresos bajos
Qlnsiderando ei promedio de respuestas, las expectativas de los sectores de mayores ingresos
suben 2.7 p.p. Y llegan a una nueva marca histórica de 39,4% Para los sectores de menores
in9resosse registra una suba de 1,3 p.p. Yse ubican en 39,6%
Expectativas de Inflación por Nivel EducativoNacional - y Promedios por Grupo
Septiembre 2014
44
40
36
32
28
24
20
'6
12
•4
o
39.6 39,4
-- --35•. -
30... ~
~ - ~Secundario o Inferior Terciario I Universitario
El Inf rr1W
IONARIO ENCUESTA DE EXPECTATIVAS DE INFLACIDN
dhO 10" jI:: Ur dI) Ila la kl11! al dedo t -1 o taJ
os ,el subdn en uS WOX nlO!'.-j ce n eses?
POR CIENTO
PR ¡;1~1" PREGUNTA
_N JbTADlJ DICE NO SABER PREGUNTAR
NO SABE
1J
() nrave ::,obre cada peso espera ud que er> promedl los D eClQS uban ¥ le
E NTAVOS SOBRE CADA PESO
Cronograma de DifusiónInforme de Prensa 2014
16 de octubre18 de noviembre18 de diciembre
~NOSABE~
El - Informe I 5
~UCEMA
lnnación en la Canasta del Profesional Ejecutivo en Agosto de 2014Universidad del CEMA - Centro de Economía Aplicada, Septiembre 9,2014
La inflación anual en la ePE continúa ascendiendo y alcanzó un nuevo máximo de 38,5% en agosto de2014. La tasa de variación mensual fue de 2.65% mientras que en el mismo mes de 2013 se ubicó en1,64%. La inflación anual de la ePE es la mayor registrada en la serie histórica anual que comienza en2009.
Luego de la fuerte devaluación de enero. el dólar oficial aumentó un 27,2% en los primeros 8 meses de2014. en tanto que la ePE lo hizo en 27,0%. Esto significa que, medida por la ePE, la devaluación de cneroya fue absorbida por completo por los aumentos de precios.
Inflación Anual CPE en %
40%
38,5
35%
30%
25%
La erE evalúa el costo de una canasta de consumo representativa para el grupo familiar de un profesionalejecutivo, residente en el área metropolitana del Gran Buenos Aires, cuyo nivel mensual de gasto llegó a$47.994 en agosto de 2014. El relevamiento de la ePE comienza en marzo de 2008 con un valor de gasto
familiar de $11.787.
~UCEMA
Canasta del Profesional Ejecutivo. Agosto 2014. Variaciones mensuales y anuales.
Nivel general
Alimentos y bebidas
Indumentaria
Vivienda y servicios básicos
Equipamiento y mantenimiento del hogar
Atención médica y gastos para la salud
Transporte y comunicaciones
Esparcimiento
Educación
Otros bienes y servicios
Agosto \s.
Julio
2,65%
1.82%-2,71%
8,54%
1,03%
0,95%
0,83%
4,86%
3,30%
1,03%
Agosto
2014/2013
38,5%
35,5%
43,6%
49,4%
35,3%
34,5%
45,1%
38.6%30,4%
28,0%
Todos los capítulos de la ePE muestran una variación positiva en el mes de agosto con excepción deindumentaria que, por el efecto del cambio de temporada, es de esperarse registre una variación menor queel resto. El capítulo que más aumentó, tanto en el mes (8,54%) como en el año (49,4%), es vivienda yservicios básicos, impulsado por la quita de subsidios. Los aumentos en los capítulos de esparcimiento y
educación también fueron importantes, 4,86% y 3,30% respectivamente. La in nación en alimentos ybebidas se mantienc cstable en 1,82%. Los bienes y servicios asociados a la salud muestran un alza inferioral 1% Y se observa que, al igual que educación en los últimos doce meses, aumentaron menos que elpromedio. Esto podría cambiar pronto si se autorizan nuevos aumentos en la medicina prcpaga luego de lamarcha atrás con el cobro de copagos. Por último, el capítulo de transporte y comunicacioncs marcó un alzade solamente 0,83%; sin embargo la inflación anual en el rubro se ubica por encima del 45%.
Evolución Mensual de los Principales Capítulos de la CPE
Ni\€1 General y Capitulos Agosto Julio Junio Mayo Abril
2014 2014 2014 2014 2014
Nivel general 2,65 3,02 1,95 1,86 2,65
Alimentos y bebidas 1,82 1.92 1,27 1,87 1,10
Indumentaria -2,71 3,41 3,66 3.37 7,03
Vivienda y serJicios básicos 8,54 0,92 5,27 1,93 6,20
Equipamiento y mantenimiento del hogar 1,03 1.75 1,14 4,12 2,91
Atención médica y gastos para la salud 0,95 3,11 5,79 1,70 1,63
Transporte y comunicaciones 0,83 2,95 1,67 1,97 1,41
Esparcimiento 4,86 7,90 -0,72 0,12 1.23
Educación 3,30 0,12 0.26 0,45 4,14
Otros bienes v servicios 1,03 6,01 2,19 3,06 1,28
2
~UCEMA
lO••••••••
'1-_lJO
) 5 '" - -
Variaciones ('lo) Y Niveles de la CPE
Variaciones Variaciones AcumuladoNivel
Mensuales Anuales Anual
marzo 2008 - - - 100,0
abril 1,8 - - 101,8
mayo 1,8 - - 103,7
junio 2,1 - - 105,9
julio 2,3 - - 108,3
agosto 1,2 - - 109,6
septiembre 1,0 - - 110,7
octubre 1,9 - - 112,7
noviembre 1,3 - - 114,1
diciembre 0,7 - - 114,9
enero 2009 2,7 - 2,7 118,0
febrero 0,7 - 3,4 118,8
marzo 1,5 20,6 4,9 120,6
abril 1,5 20,3 6,6 122,5
mayo 0,6 18,9 7,2 123,2
junio 1,0 17,6 8,3 124,5
julio 0,7 15,8 9,1 125,4
agosto 1,8 16,5 11,1 127,6
septiembre 1,5 17,0 12,7 129,5
octubre 1,7 16,8 14,6 131,7
noviembre 1,0 16,6 15,8 133,0
diciembre 2,5 18,7 18,7 136,4
enero 2010 2,9 19,0 2,9 140,4
febrero 1,7 20,1 4,6 142,7
marzo 2,0 20,7 6,7 145,6
abril 2,1 21,3 8,9 148,5
mayo 0,5 21,2 9,5 149,3
junio 0,7 20,9 10,3 150,4
julio 2,0 22,4 12,5 153,5
agosto 2,1 22,8 14,9 156,7
septiembre 1,4 22,7 16,5 158,9
octubre 2,2 23,3 19,0 162,4
noviembre 1,1 23,4 20,3 164,1
diciembre 1,5 22,1 22,1 166,6
3
c•.."'o lOe......-. ••••••.•••••
~UCEMA
Variaciones ('lo) Y Niveles de la CPE
Variaciones Variaciones AcumuladoNivel
Mensuales Anuales Anual
enero 2011 3,7 23,1 3,7 172,8
febrero 0,5 21,7 4,3 173,8
marzo 1,5 21,2 5,9 176,4
abril 2,6 21,8 8,6 181,0
mayo 1,2 22,7 10,0 183,2
junio 0,8 22,7 10,8 184,6
julio 1,9 22,6 12,9 188,2
agosto 1,9 22,4 15,1 191,8
septiembre 1,3 22,2 16,6 194,2
octubre 1,6 21,5 18,5 197,4
noviembre 1,1 21,6 19,8 199,6
diciembre 1,5 21,6 21,6 202,7
enero 2012 3,3 21,1 3,3 209,3
febrero 2,0 22,9 5,4 213,5
marzo 1,8 23,3 7,3 217,4
abril 2,1 22,7 9,6 222,1
mayo 0,9 22,3 10,6 224,1
junio 0,9 22,5 11,5 226,0
julio 2,5 23,1 14,3 231,7
agosto 1,6 22,8 16,2 235,5
septiembre 1,3 22,8 17,7 238,5
octubre 2,2 23,5 20,3 243,7
noviembre 2,1 24,6 22,8 248,8
diciembre 2,1 25,3 25,3 253,9
enero 2013 2,9 24,8 2,9 261,2
febrero 1,5 24,2 4,4 265,2
marzo 1,6 23,9 6,1 269,5
abril 1,4 23,1 7,6 273,3
mayo 1,9 24,3 9,7 278,6
junio 1,5 25,1 11,3 282,7
julio 2,1 24,6 13,7 288,7
agosto 1,9 24,9 15,8 294,1
septiembre 2,0 25,7 18,1 299,8
octubre 1,9 25,3 20,3 305,4
noviembre 2,2 25,4 22,9 312,0
diciembre 2,8 26,3 26,3 320,7
enero 2014 5,5 29,6 5,5 338,5
febrero 4,2 33,1 10,0 352,8
marzo 2,4 34,0 12,6 361,2
abril 2,6 35,7 15,6 370,8
mayo 1,9 35,5 17,8 377,7
junio 2,0 36,2 20,1 385,0
julio 3,0 37,4 23,7 396,7
aqosto 2,7 38,5 27,0 407,2
4
ceaca<1,rc •••• __ •••• 1C6CI&
~UCEMA
Aspectos Técnicos
Para la confección de la ePE se releva semanalmente algo más de 3000 precios, con una alta concentraciónen productos de consumo habitual para una familia profesional de clase media, incluyendo primerasmarcas, colegios privados, turismo, autos, electrónica, etc. Además se efectúan relevamientos en negociosespecíficos localizados en barrios de ingresos relativamente altos. La metodología puede ser consultada en
la página web del CEA.
Para mayor información contactarse con Mónica Maciel del Centro de Economía Aplicada al (011) 6314-
3000.
Alejandro Miguel RodríguezDirector del Departamento de EconomíaInvestigador del Centro de Economía Aplicadawww.ucema.edu.ar/cea
Carlos Alfredo RodríguezRector de UCEMA
Director del Centro de Economía Aplicadawww.ucema.edu.ar/cea
5
INFORM't EMANAL ECOLATINA W 980
•••••••• CONGUI...TOHl\ EN L:CONOM'A v LMPI-U:.SA::3
Inflación en la Argentina: sus causas yconsecuencias
Luego de un primer trimestre de fuertes aumentos la inflación tendió a estabilizarse, pero enun nivel muy alto. Ni la recesión, ni la calma cambiaria fueron suficientes frente a la inercia
inflacionaria en el segundo trimestre.
La inflación está estabilizada pero en niveles nocivos para el correcto funcionamientoeconómico: la necesidad de contener el proceso se vuelve prioritaria. No sólo dificulta latoma de decisiones de los agentes y genera mecanismos defensivos, sino que atacadirectamente el bolsillo de los trabajadores.
En este sentido, al ser los alimentos uno de los capítulos que lidera la escalada de losprecios, el proceso inflacionario no sólo tiene un impacto recesivo sino también regresivo.De hecho, afecta en mayor medida a los sectores más vulnerables, puesto que estosdedican una mayor parte de su ingreso a la compra de bienes esenciales, generandopobreza.
Recordemos que a mediados de 2013 la economía argentina comenzó a transitar unproceso de aceleración inflacionaria que aún persiste. Traccionada especialmente por laevolución de los precios de los alimentos, la inflación escaló mes a mes hasta posicionarseen valores preocupantes.
El año pasado no sólo culminó con una inflación elevada (27% anual) sino con un atrasosignificativo de precios relativos. Tras muchos años de utilizar las tarifas y el tipo decambio como anclas nominales (principales herramientas antiinflacionarias) ya no habíamargen para profundizar ese camino: su insostenibilidad era una amenaza latente.
A comienzos de este año los temores se convirtieron en realidad: ahogado en el frentecambiario y fiscal el Ejecutivo devaluó y ajustó al alza las tarifas. Esto generó un shockinflacionario que hizo que la variación interanual supere el umbral del 30% La., impulsadaprincipalmente por el precio de los alimentos (este rubro trepó por sobre el 40% La.).
Tras el shock, la inflación se estabilizó en niveles más acotados pero aún elevados eincompatibles con el correcto funcionamiento de la economía. Pese a la estabilidad deltipo de cambio ofícial, un ajuste más moderado de tarifas y un consumo en claracontracción (según el INDEC argentina entró en recesión en el primer trimestre), lainflación entre abril y junio promedió un alza superior al 2% mensual, acumulando casi21% en el semestre.
En este marco surgen nuevas preguntas: ¿cuáles son los factores que llevan al procesoinflacionario a sostenerse en valores elevados pese a profundizarse la recesión?, ¿cómoevolucionará la suba de precios en lo que resta del año? Y, más importante aún, ¿cuál es
000
::.
Latin Eco S.A.l,ul,)"I',- ,ji yrllll )61 PISu.~
..J Jel '\u' únlJn 'd .1. B...•~n0:'> Aire::.
154 1115353 7200Inf()r<j"ecolatH)21 (en1
WW','f.ecol,1tlnd ro r
CONGULTQI-VI. eN CCOl',¡Otv',,1'I. v CMPAEGAQ
••••••••E SEMANAL ECOLATINA N" 980
el impacto social de la aceleración de la inflación teniendo en cuenta la brusca escaladade los precios de los alimentos?
Aceleración y estabilización: la dinámica del primer semestre
A falta de un plan integral para contener el aumento de precios, el Ejecutivo apeló a laestabilidad de las tarifas y el poco movimiento del tipo de cambio como únicasherramientas para contener la inflación. En enero esta estrategia no sólo dejó de serviable sino que puso en evidencia que los desequilibrios se pagan caro.
A fin del primer mes del año, presionado por la continua caída de reservas, se decidiósubir el valor del dólar 16% en sólo dos días. Este aumento en uno de los precios relativosmás importantes de la economía repercutió directamente en el valor de los bienes yservicios transablesW: en el primer trimestre aumentaron casi 15%, explicando 9 p.p.del aumento en el ¡pe Ecolatina (que a marzo acumulaba un incremento de 13%).
Pero este no fue el único factor dinamizador de la inflación en el primer trimestre del año.Las tarifas de los servicios públicos salieron de la quietud que los caracterizó en añosanteriores, comenzando un proceso de ajuste significativo que continuará a lo largo delaño. De hecho, los bienes y servicios regulados treparon 19% en los tres primeros mesesdel año, explicando casi 2 p.p. del aumento en el nivel general de precios.
Así, la economía argentina perdió en poco tiempo sus dos anclas nominales (tarifas y tipode cambio), generando más de 10 p.p. de inflación en el primer trimestre, 80% del alzaregistrada. De hecho, el salto cambiario y el alza en los precios de bienes y serviciosregulados llevaron la inflación interanual a rozar el 40% y convirtieron al primer trimestrede 2014 en el de mayor aumento de los últimos 23 años.
--'--'6 Jada JTrlmestre IIYrlmestre ISemestre. v•••••••..•naaanu 2014 2014 2014
¡PC Ecolatina 13,2% 6,8% 20,9%
IPe Bs VS~rv. No transables o 8.2% O •. 0% O 12.6%
IPe 5s y Servo Transables O 14,5% O 7.0% O 22.6%
IPe Bs y Servo Regulados O 19,0% O 12,6% O 34,0%....................................... _ .......... _ ........... ......................................•..•.• ....•• ......................... ................. _ ........•.•.. ..............
Tipo de Cambio Oficial O 22,9% O 1,5% O 24,8%
Salarios Formales. O 5,8% O 10,9% O 17,4%
Fuente: ,pe Eco/atina y BeRA • Por falto de datos 10 variación de junio fue estimado
El alza del segundo trimestre (casi 7%) trajo algo de tranquilidad ya que no se repitió elshock de comienzos del año. Sin embargo, la variación interanual se mantuvo en un rangomuy elevado (rozando 40%) y la inflación mensual no bajó del 2%.
Si bien parecen valores acotados al compararlos con el comienzo del año (la variaciónmensual promedio del segundo trimestre fue de 2,2%, contra el 4,2% de enero-marzo),a lo largo de doce meses implicarían aumentos cercanos a 30%. Una inflación de esta
........latin Eco S.A.\. di I{¡~Pdk'.J' lJI! 9ü 1 Plsu-lIlJ'Jdd Autol10ma de BUenl)S Alre~
[54 JI 5353 nool'll'1'(l'Cr,l?ltl')'~ Cr""'m
....I'.~"" ,1.11'.; "
-,...
lb01~ 9{9a ! b! [9/ h[! <;lb! b~980P¡", )$ ¿,pe.:, 11 de ffI/lO rie ')014
7
••••••••
magnitud es incompatible con el buen funcionamiento de la economia (se acortan loscontratos nominales, fuerza algún tipo de indexación, profundiza el cortoplacismo, quita
previsibilidad) .
Vale destacar que los factores propulsores de los precios en los últimos tres meses no sonexactamente los mismos a los del primer trimestre: si bien los bienes y servicios reguladossiguen impulsando la inflación, el Dólar volvió a operar como ancla inflacionaria (perdiendo
en el camino buena parte de la competitividad ganada).
En este marco cabe preguntarse por qué la inflación se estabilizó en valores tan elevados,ya que no existieron presiones por el lado del tipo de cambio y la economía argentina
transita un camino recesivo que le quita dinamismo a la demanda, ¿cómo se explicaentonces que el segundo trimestre de 2014 haya sido el de mayor aumento en los últimos
12 arios?
Si bien los precios de los servicios regulados explican parte del dinamismo, la razón másrelevante se deriva de la elevada inercia. Un proceso inflacionario que, como el argentino,lleva más de 7 años tiene "vida propia". Más allá de las aceleraciones y desaceleracionespuntuales (producto de shocks) hay un ajuste sistemático al alza en la formación de
precios producto de elevadas expectativas de inflación.
En otras palabras, en Argentina hay inflación hoy porque la hubo ayer. ¿Qué sucedecuando existe un shock que acelera el proceso como a principios de año? Se corre el riesgode que también se eleve el piso del ajuste inercial de los precios (por caso, supere el 2%
mensual).
La "buena" noticia es que la fuerza con la cual el aumento se transferirá a lo largo deltiempo depende de varios factores, entre ellos el nivel de actividad. En un marco recesivoes probable que el ajuste inercial de los precios no se acelere significativamente.
Si a esto le sumamos que no esperamos un nuevo shock de tarifas y tipo de cambio(prevemos un mayor deslizamiento pero no un salto como a comienzos del año), no habriauna nueva aceleración de la inflación en 2014. De hecho, al compararse el segundosemestre con la aceleración de la segunda mitad de 2013, esperamos que la inflacióncierre el corriente año en torno de 37% (10 p.p. por encima del año pasado).
Al analizar el primer semestre de 2014 en su conjunto observamos un cambio en losprecios relativos: los transables crecieron por encima de los no transables, los salariospor debajo de los precios, el tipo de cambio por encima de la inflación y los serviciosregulados recuperaron parte del terreno perdido en los alias anteriores.Lamentablemente, la reducción del atraso cambiario y tarifario se dio a costa de una
significativa aceleración de la inflación.
Cabe destacar que, si bien los trabajadores perdieron poder de compra, este cambio enprecios relativos implicó un aumento del salario en términos de servicios no transables y
una pérdida de poder de com pra de bienes transables y servicios públicos.
::....LcHm Eco S.A.~ 1!¡,)~t)lllt""tJrJnI9úl PI'.,ú'¡
J'1 1 ~IJt In( m(J -H; E3L~no~A!r(~...•
154 1115'53 720011110 1] ecol~n¡'n.""('r,www ~"'('(J1,1!n~1 tl
lbChWl 9 {9a ! b! [ 9/ h [1 Qb! b.:>.980hIHn •..•.Arps 1/ rlpluf¡()nA ?n14
••••••••
•
•
/Por último, es importante mencionar que los alimentos lideraron la aceleración en lainflación. Este capitulo trepó casi 23% en el primer semestre y acumula a junio un alzainteranual superior al 45% i.a. Esto es de vital importancia para el frente social.
El mayor incremento de los bienes esenciales le imprime al fenómeno inflacionario
regresividad. Al destinar buena parte de sus ingresos a la com pra de alimentos y bebidas,los sectores más vulnerables son los más perjudicados por el fenomenal incremento delcapitulo. Por caso, la eBA y la eBT acumularon en la primera mitad del año subas cercanasal 25%, ubicándose 4 p.p. por encima del alza del Nivel General de precios.
En caso de necesitar el informe ISE 980 completo de Ecolatina, por favor contactarse con Soledad
Gallelti, 15.5051.0112/ msoledadgalletli@'amail.com
::-...Latln Eco S,A.LdrlQ flpll(>IJllrlI461 Plsü.1
"1Id Id .'\utonún I d{' Buenos Aires
15411) 53531200inl') o"ecolat Ina.,-(lnlV."WW.! <:"01,11 na --:om
\
) •••••••• EcoLATINA
E'oc:o~QJ
E'"--2c:-
Buenos Aires, 29 de agosto de 2014
PANORAMA"Sin mejoría en 2014, resta saber qué camino elige el EjecutIvo en 2015"
Transcurrido un mes del incumplimiento de pagos de la deuda pública se diluye la posibilidad de
una solución rapida al conflicto con los fondos buitres. Esto implica mayores costos para la
economía, que en agosto se manifestaron vía crecientes presiones cambiarias. La suerte de este
año está echada pero persisten las dudas para 2015: si el Ejecutivo no reabre el financiamiento
externo o consigue dólares por otro lado, las expectativas de devaluación van a potenciarse.
ACTIVIDAD
Es probable que la recesión se agudice en el segundo semestre por diversas causas: los
niveles de incertidumbre y el riesgo cambiaría serán los principales factores de la contracción
de la actividad en el segundo semestre. Es poco probable que las políticas implementadas por
el Ejecutivo (expansión fiscal y planes sectoriales) alcancen para apuntalar la actividad, ya que
no atacan los problemas de fondo existentes en la economía argentina.
PRECIOS
La inflación mensual no baja de 2%: con el aumento de julio ya son once meses consecutivos
en los cuales la variación no perfora este valor. La recesión no parece afectar de forma clara la
evolución de los precios ya que diversas variables disocian la inflación del nivel de actividad.
Dado que la inflación está asociada a la suba de costos, el Ejecutivo intentará reforzar el control
de precios, la Ley de abastecimiento es una muestra del camino que se busca transitar.
FISCAL
La dinámica que las erogaciones en el arranque del año y los recientes anuncios oficiales
muestran que la moderación fiscal quedó en el pasado. El impacto del aumento del gasto público
sobre la demanda agregada es acotado por la elevada incertidumbre que genera esta política:
el creciente financiamiento con emisión exacerba riesgos cambiarlos/inflacionarios existentes.
SECTOR EXTERNO
Desde la implementación del cepo cambiarío, el saldo de balanza comercial se ha transformado
en la única fuente de divisas, con las exportaciones de soja ganando peso sobre el total. El "vivir
con lo nuestro" implica caída de las importaciones, contracción de la actividad y del empleo, y
pérdida de reservas. Pero lo más peligroso es la creciente incertidumbre cambiaria.
POlITICA MONETARIA Y CAMBIARlA
En un contexto de crecientes presiones cambiarias (caída de reservas y fuerte suba del dólar
paralelo) el BCRA convalidó un salto del dólar oficíal a fines de agosto. Si bien la inflación obliga
a descongelar el tipo de cambio, la suba respondió a las turbulencias externas (holdouts) e
internas (inconsistencias de política). El problema del Central es que tiene pocas herramientas
para contener el dólar, cuidar las reservas, acotar la emisión y mantener las tasas bajas.
(54-tI) 5353-7200 www.ecolatrna.com eyf(cC'ec:ol,lt rna. (om
Nota: las variaciones estan calculadas en base a valores sin redondear.
Fuente: UCA - TNS Gallup
'" ~~~,:'"
11íNDICE GENERAL DE EXPECTATIVAS ECONÓMICAS/ JULIO 2014
MEJORAN LAS EXPECTATIVAS ECONÓMICAS EN JUNIO
El INDICE GENERAL DE EXPECTATIVAS ECONOMICAS es una publicación de la Escuela de
Economia de la Universidad Católica Argentina y TNS Gallup que tiene por objetivo aportar
elementos para un mayor conocimiento de la realidad económica de nuestro pais. El conteni-
do de este informe es responsabilidad de sus autores y no compromete a la Universidad Cató-
lica Argentina. Se autoriza su reproducción citando la fuente.
Cuadro 1:
EVOLUCiÓN DEL íNDICE GENERAL DE EXPECTATIVAS ECONÓMICAS(ÚLTIMOS 12 MESES)
El índice General de Expectativas Económicas (lGEE)registró una mejora en la medi-ción de Junio, pero continúa por debajo del nivel del año pasado. El estudio tambiénmuestra que la amplia mayoría de la población considera que los precios han subidomucho durante el último año.
fACUlTAD DE CIENCIAS ECONOMl(AS~ueAESCUElA DE ECONOMlA ~
El índice General de Expectativas Económicas (IGEE) obtuvo 89 puntos en la medición
de Junio, que representan una suba del 2,5% con respecto al mes anterior y una
contracción del 10,6% en relación al mismo período del año pasado. Esta variación
positiva respecto a Mayo se manifiesta principalmente debido a una mejora en la
percepción sobre el momento para la compra de bienes durables.
Estos resultados surgen de una encuesta de alcance nacional que la Escuela de
Economía de la Universidad Católica Argentina V TNS Gallup Argentina realizan
mensualmente con el objetivo de registrar la opinión de la población acerca de la
situación económica actual y futura, así como su percepción sobre el empleo, el
ingreso familiar y la capacidad de compra. En esta nueva medición, se entrevistaron
1004 personas en 26 localidades de todo el país, entre el 20 y el 27 de Junio de 2014.
El proceso de selección de la muestra es probabilístico polietapico, de acuerdo con las
cuotas de sexo y edad establecidas en el Censo Nacional de Población. Los resultados
del estudio son representativos de la población adulta argentina.
Cuadro 2:
RESULTADOS DESAGREGADOS POR PREGUNTA
SITUACiÓN ECONÓMICA. El 11% de los argentinos considera QU~~la_ .~
situación económica actual del país es muy o bastante buena, mien-tras que el 33% piensa que no es ni buena ni mala y un 53% opina
que es bastante mala o muy mofa. las opiniones negativas prevale-
cen en todos los segmentos, aunque se destacan particularmente en
los sectores medios (58%) y los habitantes del Interior del país (56%).
En cuanto a las perspectivas para los próximos seis meses, el 17% de
los entrevistados considera que la situación económica mejorará, entanto que un 41% opina que permanecerá igual y un 34% que empeo-rará. las opiniones negativas crecen en los sectores medios (40%) y
entre los habitantes de Capital Federal (42%).
Al analizar las respuestas en los distintos segmentos sociodemográfi-
cos, la idea de que tos precios aumentaron mucho en el último año
crece fuertemente entre los menores de 35 años (81% vs 72% entre
los mayores de 50 años) y en el interior del país (81% vs 66% en GBA
y 63% en Capital Federal).
INGRESOY COMPRA. A la hora de estimar el ingreso del hogar para
los próximos seis meses, el 14% de los argentinos sostiene que au-mentará, mientras que el 58% considera que éste será igual que el
actual y un 22% que disminuirá. las visiones intermedias predominan
en todos los segmentos poblacionales. En cuanto al momento para la
compra de bienes durables, el 15% de los entrevistados opina que es
un buen o muy buen momento, el 33% opina que no es ni un buen niun mal momento y otro 47% considera que es un mal a muy malmomento, Las visiones pesimistas crecen en los sectores medios y
bajos (47% vs 36% en los altos) y en el interior del país (50% vs. 40%
en el GBA y 38% en Capital Federal).
PERCEPCiÓN SOBRE LA EVOLUCiÓN DE LOS PRECIOS
EMPLEO. El 13% de los argentinos considera que hay muchos o bas-tantes puestos de trabajo disponibles actualmente, mientras que un
25% opina que no hoy ni muchos ni pocos y el 58%, asegura que haypocos o muy pocos. las opiniones negativas son mayoritarias en to-
dos los segmentos sociodemográficos, especialmente entre los habi-
tantes del Interior del país (63% vs 50% del GBA y 48% de Capital
Federal). En 10 que respecta a las perspectivas del empleo para los
próximos seis meses, el 13% de los entrevistados estima que el em-
pleo crecerá, mientras que el 48% opina que habrá la misma cantidadde puestos de trabajo disponibles que hasta ahora y un 30% conside-
ra que habrá menos. Predominan las opiniones intermedias en todos
los segmentos.
El 76% de los entrevistados considera que los precios aumentaron
mucho en los últimos 12 meses, mientras que un 18% cree que au-mentaron algo, el 3% que se mantuvieron igual y, por el contrario, el
1%opina que disminuyeron algo." • g ~~~~o ~~~~~9 9 " i " ¡ " •" • " • f ~~ ~ • " 6 f f f ~", , , ~ • ,
00o o o o o o
~o
" o " o f • f f • " • " • " o " o f • f~ • ~ • ~ ~ ~ • " •
"
'00
'"
'"
'"
'00
Gráfico 3:
COMPRA DE BIENES DURABLES
Gráfico 1:
INDICE GENERAL DE EXPECTATIVAS ECONÓMICAS
¿Cómo piensa que evolucionaron los precios en los ultimas
12 meses? (%)
Gráfico 2:
SITUACiÓN ECONÓMICA ACTUAL Y PERSPECTIVAS A CORTO
PLAZO
El análisis de la tendencia revela que la percepción de aumento de los
precios se incrementa considerablemente respecto de las últimas
mediciones y se ubica en los niveles del período 2008.2010. No obs-
tante, en todas las mediciones realizadas desde el año 2007, la amplia
mayoría de la población considera que los incrementos de los precios
fueron muy altos.
Fuente: UCA - TNS Gallup
DEL fNDlCE GENERAL DE EXPECTATIVAS ECONÓMICAS
12 MESES
JUN 12 meses JUN MIN MAX "VAR % VAR2013 2014 mensual anual
iNCICE GRAL. DE99 ~89 85 108 2,5% -10,6%
EXPECTATIVAS
SITUACiÓN ACTUAL 110 ~96 93 121 2,5% -13,1%
S1TUAClÓN FUTURA • •78 7S 72 85 1,3% -3,2%
COMPRA 119 ~101 90 129 4% -15,2%
~.'(.~ r(.\.~.'-'" b;'
EVOLUCiÓN DE LOS fNDICES ÚLTIMOS 12 MESES
El subíndice de Situación Actual obtuvo 96 pun-
tos, que representan una suba del 2,5% con
respecto al mes anterior, pero una baja del
13,1% en relación al mismo periodo del año
pasado.
Por su parte, el subíndice de Situación Futura,
con 7S puntos, presenta una mejora del 1,3%
respecto del mes anterior y una contracción del
3,2% en relación a junio de 2013.
Por último, el subíndice de Compra, con 101
puntos, experimentó un incremento del 4% en
relación a la medición del mes anterior, pero
una baja del 15,2% respecto del mismo periodo
del 2013.
Cuadro 4:
RESULTADOS DE LAS PREGUNTAS DEL fNDICE GENERAL DE EXPECTATIVAS ECONÓMICAS - ÚLTIMOS 12 MESES
JUN JUL AGO SEP OCT NOV ole ENE FEB MAR ABR MAY JUN2013 2013 2013 2013 2013 2013 2013 2014 2014 2014 2014 2014 2014
~. ..."10 12 11
30 30 33
s. ss 53
4 3 3
100 100 100
17 17
_ 41 --t-~1__34 I 34
8 8
100 100
N5¡NC
TOTAL
..
Será mayor que ahora
Será igual
Será menor
Habrá más puestos
Será igual que ahora
Habrá menos puestos
~¡NC
TOTAL
14
58
22.-100
,. !54 I
23 r7
100
_14_ 13_1_13_
47 45 r 48
29 1 35 30
10 I 7 ¡ laT 1~ 100------------¡¡;0
100lOO100 ! 100
I l. I 13 1~__ 11_
~52 I 47 42 49
26 34 35 32
]- -t- '- -"---
6 I 6 10 7
2~~ __ 19_ I 18__ ~7 ~3 1_ 15 150 57 T~ 49 551 SS
1?_-.-!~ 25 26 _ ~ 22 T8 6 5 7 6 9
100 100 100 100 100 100
.' .
1~_13
24 25
58 58
1~:h~:126 23
43 43
21 ~23
10 11
100 100
24
SS
15
7
100
22
45
19
1;,100
19
48
25
8
100
> • •
. .. . ..
. ,.16 18
4~_~~_
30 23
• 9
100 100
14 t 17 19 24
6~ ~8__ 5!-_~ -+
18T 18 19 _ 13
41- 7 6 9
100T 100 100 100
.~... : .,
.. > •
Buen momento 22 24
Ni buen ni mal momento __ ~6 37
Mal momento _ 36_ 33
N5¡NC _ S 6
TOT~ _ _ 1~~__ 109--.J_
26 31 2S
38 35 33
32 29 35
4 S 7
10~__ 100~_'00
23
38
30
8
100
25
32
3.
•100
27
37
32
S
100
12 12 15 14
27 31 32 28
S6__ S1__ ~~-2_1S 6 8 7
100 100 100 100
15
33
47
S
lOO
~: ueA - TNS G,¡lluj)
!'!.2!1' lo. 't!lulfodo. put!dt!n tlGllUmOf 100 P[)f ft!dondt!o
fACUllADOE. (I[N(IAS ECONOMl(AS~UCAESCUHA Df. [CONQMlA ~
o,...•...-.•"
Junio 2013 ~. . .,' 99 110 78 119
EVOLUCiÓN HISTÓRICA DEL IGEE
ASPEaos METODOLÓGICOS
El ,"dice General de bpedativas Económicas se construye a partir de 6preguntas con alternativas precodlflcadas. Cada pregunta tiene 5 catego--rfas de respuesta (RI a RS), entre las que se Induye una respuesta neutra(Fa) y la opción "no sabe/no contesta" (NS/NC) (1).
PI: ¿Cómo describirla a la situación econ6mlca argentina actual?P2: ¿Cómo cree que será la situación económIca argentina en los próximos 6meses?P3:-tCómo describirla a la situación del empleo en la Argentina?P4: ¿Cómo será la 51tuadón del empleo en la ArgentIna en los próximos 6me-~s?PS: Pensando en el Ingreso total de 5Uhogar, ¿cÓmocree que evolucionará enlos próximos 6 meses?P6: Pensando en el costo general de los bienes hoy en día y en la situaciónfinanciera. (diría que es un buen momento o un mal momento para compli1lrproductos tomo electrod~tlcos. Iavarropas, heladeras. televIsores, etc.?
Para cada pregunta Je{1, 2, 3, 4, 5, 6) se calcula el valorVI= Ru+% Rlj-X ~-R5j+ 100,
donde R¡Jes el porcentaje de respuestas correspondiente a la categorfale(l,2,4,5) de la pregunta j (nótese que se descartan la respuesta neutra, i= 3, Yla opción NS/NC).
(1) ESCALAS:Pregunta 1: Muy Buena; Bastante Buena; NI buena ni mala (Intermedia);Bastante Mala; Muy Mala; NS/NC.Presunta 2: Mucho mejor que la actual; Algo mejor; NI mejor ni peor (algoparecida); Algopeor; Mucho peor; NS/NC.Pregunta 3: Haymuchos puestos de trabajo disponibles; Hay bastantes; No haymu!;hos pero tampoco pocos (algo intermedio); Hay pocos; Hay muy pocos;NS.ANC.Pregunta 4: Habrá muchos más puestos de trabajo disponibles que ahora;Habrá más; Habrá la mIsma cantidad (ni más nI menos que ahora); Habrámenos; Habrá muchos menos; NS/NC,Pregunta S: Será mucho mayor que actualmente; Será algo mayor; Será igual;Será algo menor; Será mucho menor; NS/NC.Pregunta 6: Muy buen momento para comprar este tIpo de productos; Bueno;NIbueno n1malo; Malo; Muymalo; NS/NC.
Instrumento: entrevistas personales. M~todo de muestreo: proba-bilfstlco polietápico. Cobertura: nacional. Población: 18 y más años.
En base a los seis valores anteriores se calculan tres subíndices:Situación Actual =}liVI + % V)Situación Futura:z ~ VI+ ~ V. + XVsCompra -V6
Ponderando los tres subíndices anteriores se obtiene el rndlce General deExpectativas Económicas:IGEE.0.4 x Sltuad6n Actual + 0.3 x SituaciÓn Futura + 0.3 x Compra
Para su publicación, los Endlces se normalizan de manera que tomen elvalor 100 en febrero de 2004. Por lo tanto, llamando t al mes corriente yOal mes base, se obtiene:
PRESEN~ = (Situación Actual, / Situación Actualo) le100FUTURO,= (Situación Futura,/ Situación Futurao) le100COMPRA,;= (Compra,/ Comprao) x 100
En 2004 -año en que comenzaron las mediciones- ellGEE prome-
dió 95 puntos. Al año siguiente, el fndice experimentó una suba
del 4%, promediando de 98 puntos. En 2006 tuvo lugar una signl.
ficativa mejora de las expectativas (+11%), y el IGEE terminó el
año con un promedio de 110 puntos. El año 2007 estuvo marcado
por una persistente tendencia a la baja, aunque luego de una
recuperación motivada por las elecciones presidenciales, el lndice
terminó el ano con una calda de s610 un 2% y 108 puntos de
promedio. En 2008 las expectativas se vieron fuertemente afecta-
das por el conflicto del campo y el estallido de la crisis financiera
internacional, por lo que ellGEE registró una calda del 11% y unpromedio de 96 puntos. El fndice continuó con esta tendencia a la
baja en 2009 ~ai'io en el que alcanz6 su mlnlmo histórico de 76
puntos- terminando con una variación anual negativa de 15% y un
promedio de 82 puntos. En 2010 el IGEE revirtió la tendencia
observada en los dos años anteriores y alcanzó un promedio de
95 puntos, con una mejora del 16% respecto a 2009. En 2011, elIGEE exhibió un promedio de 115 puntos, lo que represent6 una
mejora del 22% con respecto al año anterior. En el 2012 el IGEEalcanzó un promedio de 105 puntos, representando un deterioro
del 9% respecto al 2011. En 2013, el IGEE promedió 102 puntos,que representan una variación del 2% con respecto al promedio
de 2012. En lo que va de 2014 ellGEE promedia 89 puntos, que
representa un descenso de 10% en relación al promedio de 2013.
130
134 I134 l
139138134133---j124lii;---i120 1
118 I
-1
121125129121
--1~
121
114
121118112119119
127--129----1
131 I
127127
1
83
78
80
80
7981827983
7976
80
8185
--'-- 8482
80
114
113121117111111
r117112
116113114120120113117111
-¡-106
81 85 72 9080 81--~--7¡--+-90--
79 82 r 71 9084 ' 88 T 74 ~ 93--81 -¡ 86 71 ~ ---g¡¡85 92 74 - - -93 -86 92 76 r--~
82 85 71 96'87 95 72 101
:~-_.--.:--~:~---"~::~:
102103
108104102101
104
101
I 102
ROO100104104---101lOS
98
95
102009Agosto 2009Septiembre 2009Octubre 2009NovIembre 2009
Diciembre 2009Enero 2010Febrero 2010MiHzo 2010
Abril 2010Mayo 2010. . ,
Julio 2011 115 132 91
Agosto 2011 --=:121__ 1 144 1- 94
Septiembre 2q].1-r
118 136 92Octubre 2011 123 146 94
Noviembre 2011 119 139 91Diciembre 2011 r 117 135 90Enero 2012 1-116 135 90Febrero 2012 110 128 87Marzo 2012 109 125 85Abril 2012 109 127 r 86Mayo 2012 105 121 82
Julio 2012
Agosto 2012Septiembre 2012
Octubre 2012Noviembre 2012Diciembre 2012Enero 2013Febrero 2013Marzo 2013Abril2013Mayo 2013
Julio 2010 106 80
Agosto 2010 +- 113 83Septiembre 2010 100 109 80Octubre 2010 -,....------95 103 78
Noviembre 2010- r 1O-6-~1--1-18- 87
Diciembre 2010 t 103 I --115 84----Enero 2011 108 I 120 86Febrero 2011 110 ¡ 121 88Marzo 2011 116 --r 133 I 91
Abril 2011 110 123 I 89Mayo 2011 114 131 -r 91
Julio 2013Agosto 2013Septiembre 2013Octubre 2013Noviembre 2013D" b 2013
~AClJLTAD[x CllI~(IM tCONOMICAS~UCAESCULLA DE ECONO"'IlA ~
IClem re
I-
Enero 2014 98 107 74 123
Febrero 2014 86-
101-
72 I 90Marzo 2014
- ~85 96
-72 92
iI
Abril 2014 90 99 75 I 102--L-.-
Mayo 2014 87 93 74 I 97 i
, ,
•
--:k' "Trimestral
Indice de Precios al Consumidor
Apertura por capitulos
Base IV 13 = 100Series Anual
Mensual
! '.: '- \;. \
,,-'6-:t
114 109.91 111.19 105.61 105.14 112.03 11186 11239
11.14 116.65 11643 11395 111.78 119.74 117.98 12027
•Dic.13 102.78 104.06 101.97 101.57 102.89 101.11 102.91
Ene.14 106.53 107.46 102.76 103.81 107.29 107.11 108.47
Feb.14 110.17 111.73 104.24 105.17 112.43 113.51 112.66
Mar-14 113.03 114.37 1'09.82 106.45 116.37 114.96 11603
Abr.14 115.05 115.61 11255 109.77 118.38 116.06 118.68
May-14 116.70 116.37 .~ 11401 110.96 119.86 117.12 120.62
Jun.14 11821 117.31 11529 114.60 120.99 120.76 121 50
Jul.14 119.90 118.40 11619 115.29 122.67 121.70 12465
Ago-14 121.50 119.80 117.17 118.62 12428 122.34 12598
Variación
men/trim
108.63 104.97 109.34
114.37 114.32 118.60 8.5%
102.16 100.23 101.95
107.09 101.81 105.50 3.6%
109.21 103.35 109.83 3.4%
109.59 '09.76 112.69 2.6%
111.67 112.30 114.11 1.8%
'14.67 114.58 120.38 1.4%
116.76 116.07 121.30 1.3%
120.35 '17.79 122.65 1.4%
121.20 120.28 125.85 1.3%
--o Amptlar--
I 01-01-2014.08:481 Gacetillas
PRESUPUESTOLEY 14552
,:r.B'.'11114"',lil!jrEQUIDAD VTEI
BA
JLJ~ves, 21 d':' (;
La Provincia aumentó un 41,4% las transferencias de fondos a los Municipios
La !>'\rUstrade EcQollOfria.5 •••..,01Balakls. deSfacó que, en junio, bs transferencias de
fondos a los !>\JrIil;'Pios luvoeron Ur'lncren-ento inter<lnual dol" 1.4% alcanzando los S
2.340 m1lones. lo cual representa 685 mllones da pesos nlTS qut'l b dlSlflbUldo durante
ellrisrm mes del 2013
I Noticias---------------- -- ----
Dirección General de
klminlslraClón
Dirección Pro~ncial de EstudIoS y
Pro~cciones Económicas
Dirección Provincial de Asuntos
Jurídicos
Subsecretaria de Coordinación con
Estados
yOrganlsmos de Crédito
Internacionales
...•ARfAS CE GESTIÓN
Subsecretaria de Hacienda
Subsecretaria de Coordinación
Económica
Noteias
La Mnistra de Econorria, SUlI1a Batakls, deslacó que. llI1 juno,l.1s transfOfeOClas de fondos a los M.lnic{lios tuvieron un InCramental'11eranual del 41,4% ak:aozarldo los $ 2.340 mllones, lo cual represanta 685 rrilones de pesos mis quo lo dlSlflbui<lo durante 01
rnsrm rres del 2013
Sintesis de Prensa
Economía en 105 t..\:ldios
Documenlos
Videos
Audios
Cuadernos de Econom ia
COntacto
DESTACADOS
Estadisbca
Unidad de Enlace con el
Consejo Federal de In...ersiones
Tribunal Fiscal de Pf¡elación
libro MniSlrOS con Historia
Regislro do la Propiedad
Consejo Provincial de
Coordinación Presupuestaria y
Fiscal M•.micipal
Dirección PrOYlnCia! de
Presupueslo
Deuda yCrédlto Público
Boletin Informat\()
Las C~ras surgen dcl nlorrm elaborado por la Subsecretaria de CoordlflaelÓn Economea, donde la,mocn destaca que en el prlfTef
sarreSlre del 800, Las transferenclllS da fondos dL8l'IllS y aulom'lIlCas a los t35 rrumciPIOs - CopartlClpaclÓl't, ForKIO SalKl¡¡riQ
~ovlOCllll y Fondo Fnanciarnonto Edl,JCat••••o -, se ncrcrrcnlaron un 36.3% en rolac06n al rnsrm poeriododel afio anlerlOr. y quc alncki" el reslO <le los UICUfSOS.DescentrallZación AdmnlSlral ••••a Trlbutana, Juegos de Azar y otros Fondos -eltot,,1 transfen:lO
ak:anzOla suma de S 12.455 rnlones.
la Wutar da la carlera ecOtlÓmca destacO que .entre 2007 y 2013 las transferencias de recursos a los Il1JnIClploSaurrenlarOfl un430%. Este fuerto ncrerrcnto relleja la delerllllla<:ión y vocación del gobierno de Daruel SCd de generar opanunidades I
IequllalNamente en lodo el terfdollO' bonaerense a traves de Ll mepra de Ll cap3Cidad Inanciera de los Il1Jniclplos. y agregO que.eslo consll1Uye uno de los piLlres hllldarrenla!es para poder p1anillcar pellICas p\Jbljcas do klfgo pIal:o que pem1lan generar las
<:ondclOrl6s ntlCesarlllS para esta nueva etapa que se voene, que es la del desarrolo'.
I 8 n/arma larrtllén sel\ala que las transfOfan<:laS realIZadas a través del <:Of1JUfl10da fOfldoS creados duranle la gestión del
Gobernador Sed (el Fondo de Forlalecmenlo de Recursos "Lnicipales, 01FOfldo MIIlIC4>a1de nc~sión Social. el Foodo SolldanoProv.,ci(ll y el Fondo de Financiemenlo EdllCalFl/o) aportaron a los 135 rn.lIlicipios. durante los prirneros 6 <reses del al'lo. un 22% rrAS
do rocurllos genuinos por enclfm de las transfcroncltls tradICionales (Copar\ll;;ipación, DescentrakZaclOn Admnistralrva Tnbutana,
Ju090S de Azar y Fondo para el FortaleclfT18f1tode ~ograrrns Sociales y 5aneanlelllO ArrtJientall. conllibuyendo de eSla IllIInera a la
consollda<:lÓfl de las lnanzas Il1JnlCflales.
DatosDE LA PROVINClJDE BUENOS AIRE'
BA
Acuerdo con E
Banco Interamerjfde Desarrolle
BA
AlícuotaINGRESOS BRUIMPOSITIVA 2C
BAU:;iO INTERNO I SERVICIOS AL
PERSO~AL
S~F<"''llsa de Ayuda I'lform\llCaAplicacIOnes WOI'rrélicas
ServICios al f'efsonal
1
Seg•••.idad a I'tgi&ne LaOOral
GuOlde Con\a<;los
--------"
Censo2010AJ'w dd Bic","t~fW'io
I\CCESOS JU.PfOOS
Gobernación
Ministerios
EJCartografia Digital CNPH
de la Pro\ilnCla de Buenm
E'JResultados DefiOlti\()s CNI
de la PrOVlnCfa de 8ueno~
Ofganismos
Entes Aularquicos
Invierta IBuenos Aires
Concursos:Cobertura Imema de Gasgos JI
'----
El Nuevo Impuesto
EnriQuecimIento Gr3
Evolución de losPrincipales Cultive
de la Provincia de Buen<
httpJ~.ec.g ba.gov,ar/prensalnoticia.php?idnoticia=31726 1/3
.1
.....•••..0fl' "l
-t,':\
~)'t:O
n;CIO
Mler(ol~s g de ex
Ministerio de Economia:: Buenos Aires La PrOl.1ncia
Batakis: "En septiembre las transferencias de fondos a municipios aumentaron 46,4%"
01-10.2014 " lS:28 IGacetillas
La Mnistra de Econom\l S,l.iina 8atal<is. encabezó la apertura de la segunda reunióndel Consejo Rovncllll De Coordinación RC$uPlJestaria y FIScal M.micipal y en ese
muco anuoció que "Iils transferencias de fondos a los rrunlCipios durante el rms descptlcntlre alcanxaronlos $2610 mIones de pesos, lo Que reprosenta un increrronlo
Iflteranual del ,j6,4%",
La Mn~tra de Econonla S4vlfla Batalos. encal>eLÓ la avertura de la segunda relJnión del Consejo Rovncial De CoordlflaciOn
Resupuostana y Frscal tAmic:lpal y en ese rmrco anunció QVO"las transferoncias de fondos a los m.moclpios durante el n"l:!Sde
seplierrtlre alcanzaron los $2610 mlones de pesos, lo que representa un increrreoto intt!1anual delol6.4%".
(~ticiaS
COB.DANIELSCIOLl
AREAS ESTl6N
Su cretaría de Hacienda
Dirección General de
Adminlslrac<6n
SínteSIS de PIensa
Subsecretaria de Coordinación
con EstadosyOrganismos de Crédito
Internacionales
Subsecretaría de Coordinación
Económica
Dirección PrOl,1ncial de Asuntos
Juridicos
PRFNSA
Notclas
Dirección Pro,,;ncial de Estudios y
Proyecciones Económicas
INICIO ./"'UT~ ul.OES O~IGRNM Pl([l~Sh SITIOS DE"INTERf:S I COlmoO 1 t:tlGUSH l!a
,
811012014
Economía en los Medios
Documentos
Videos
AiJdios
Cuadernos de Economía
Contacto
DESTACADOS
Estadistica
Unidad de Enlace con el
Consejo Federal de In"""!'Siones
Tribunal Fiscal de JI{lelación
libro ""nislros con Historia
Registro de la Propiedad
Consejo ProVIncial de
Coordinación Presupueslaria y
Fiscal Mmicipal
Dirección PrO'olnCÍal de
Presupuesto
Deuda yCrédilo Publico
Boletin InlormiltillO
Durante el encuentro. la t,lular de la cartera e<:ooOrnCarealZó un repaso de las rrodidas fTlllelTCnladas en la gestión de DanoelScoo.
en rmleria de descentrailacl6n de recursos hacia bs rnlricipoos. destacanOo que "a pesar de que Buenos Ates es la unrca
;.msdicción subn<lcíCUl<11que afio il al'lo pierde partocipación en la renta ledt!1al "'S nuevos fonoos creados durante la gesliOn del
Gobernador &I0Il aportaron 21% Il'(lS de recursos a los tradociona~s".
Bat~1os cOflCluyó resaKando que 'si tilrrtlién obsarvam;lS las transfereocl1ls de fondos para bs 135 rnlnoc:iplOSen los prmeros
nueve rroses del afio se regrstra un aurmnlo del 33% respecto al ao'loanlllrlor.lffl)Ulsada por las transfe-rencias de coparticipación
qvc alJrT'Cntaron34.8%".
DJrante et Conseto Rovincial de Coordinación Resupueslaria y Frscal M"n.iCipallantJién se at>ordaron temas relacionados con el
I Sisterro d<:lCuenta Ú'1ica. y se avanzó en cuestiones relacionadas con la coordinación lribularl3 entre los niveles de gobierno. Sobreeste term, el Subse<:retaoio de Coordlfl1lCOOEt:on6rrica, A9usti"l L6dola. mandestó que .~1 coordinilción tributaria de los d~erenles
niveles da gobierno torrro parta del F\ln ROVIflC~ll de Desarrolb con Equidad Temtooal y hay que avanzar en la (:oordlflaClOn para
fortalecer el mayor espacio liscallogrado en los Ú~lrmS al'lOs".
Participaron de la reunión el Tesorero General de la Rovincia. Arrilcar Zllfrialegu~ el Subse<:retario de Coordirnoción EcOOÓni(:a
Agustrt lodola, la Subsecretaria da Coordr'lllción con Estados y Organisrr05 de O"édrto hlarnacoona~s, Kanna Angelelti, elSublesororo General de la Ptovncia de Buenos Aires. fq,lxm Tclochea y el Secretario General. Raúl Conti y represenlantes de 22
m,¡nicipios.
DatosDE LA PROVINCIADE aUENOS AIRe
EA
Acuerdo con eBanco lnterameric
de Desarrollo
EA
Alícuota:INGRESOS BRU.IMPOSITIVA 20
EAuso '''1£1(''0 l StRVIC10S Al
PERSOhAlS~F£MIsa de Ayuda ¡'forrT'ática
APIic~.Cion(:S¡,lonmtocas ~ServoclOSal PerSOlla!Seguridad e I-ig¡ene Laboral
Guía de Contactos
Censo2010
ACCESOS RAPlOOS
Gobernación
MinisteriQS
l!I Cartogralia D'gltal CNPH)
de la ProvinCia de Buenos
El Resultados De~n,tivos CNF
de la PrOVincia de Buenos
Secretarias
Or9anl\<mos
."-'-'-''''-0-''''''-.-. o->->--~--~'l<s \<Aularquicos
Invierta IBuenos Aires
Concursos:COOertura lnlerrla óe Cargos Je
El Nuevo Impuesto
EnriQueclm!ento Gral
L
EvoluCión de lasPrincipales CllltlVO
de la ProvinCia de Bueno
httpJJw.t.w,ec.9ba,90v.ar/prensalnoticia.php?idnoticia=32804 1/3
TRANSFERENCIAS
DEFONDOS
ACUMULADO
ENERO.
SEPTIEMBRE
2014
ADOLFO
AlSINA
60.650,309
1,465,611
231,050
115.419
3.838,487
3.205.644
4,466.931
79,795,432
ADOLFO
GONZALES
CHAVES
39.728.096
957,817
161,878
81.535
2,511,854
2,099.810
2,925,998
54,149,614
ALBERTI
21,670,543
499,680
113,085
72,005
1.356.564
'.145,386
1,596,047
30,484,627
ALMIRANTE
BROWN
320.946,768
6.662,122
12,138,013
7,479.802
20.229,143
16,963.496
23,637,922
441,156,226
ARRECIFES
55.218.775
1,321,137
415,029
196,954
3,479.244
2,918,457
4,066,749
73,396,386
AVELLANEDA
209,094,937
4,097.395
5.902.536
5.216,757
13,159,637
11,051,618
15.399.966
281,545,942
AYACUCHO
74,398,304
1,785,012
268,649
137,656
4,696,831
3,932.288
5,479,479
100,234,479
AZUL
116,235.334
2.828,708
1.000.834
442,617
7,35U27
6,143.565
8,560,800
157,205,866
BAHIA
BLANCA
208,794,717
4,045,041
3,732,676
2,043,661
13,172,999
11,035,750
15,377.856
213,425,054
BALCARCE
75,192,482
1,840,586
766,626
296,490
4,752,823
3,974,264
5,537,970
105,664,175
BARADERO
42,739,168
1,066,111
516,633
222,367
2,711,186
2,258,959
3,147,765
57,979,907
BENITO
JUAREZ
73,982,729
1,744,949
208,662
137,656
4,656,131
3,910,323
5,448,871
98,543,349
BERAZATEGUI
231,465,007
4,694,909
6,659,978
2,825,484
14,584,678
12,233,978
17,047,535
308,082,001
BERISSO
107,449,100
2,657,136
1,770.904
510,400
6.777,415
5,679,173
7,913,690
138,017,156
BOLIVAR
79,632,185
1,886,138
421,630
231,897
5.010,961
4,208,922
5,864,958
104,831,621
BRAGADO
82,332,684
1,933,666
404,122
280,606
5,169,153
4.351,656
6,063.851
107,639,394
BRANDSEN
29.369,775
724,647
420,195
102,649
1,852,681
1.552.325
2,163.100
40,158,253
CAMPANA
108,750,545
2,658,854
1,863,611
640,629
6,844,607
5,747,960
8,009.542
141,076,763
CAÑUELAS
49,040,825
1.230,367
847,566
351,552
3,095,947
2,592,030
3,611.886
65,816,546
CAPITAN
SARMIENTO
20,611,639
472,826
210,672
98,471
1.284,848
1,089,418
1,518,058
28,046,701
CARLOS
CASARES
60,128.252
1.448,746
290,176
150,363
3,797,451
3,178,051
4,428,481
80,119,303
CARLOS
TEJEDOR
44,444,357
1,055,122
181.109
78,358
2,800,266
2,349,086
3,273,352
60,447,091
CARMEN
DEARECO
15.368,885
373,825
156,425
99,536
968,884
812,315
1,131,926
22,545,863
CASTELU
28,296,082
674,177
186,849
56,121
1,783,330
1,495,576
2,084,022
37,187,616
CHACABUCO
126,204,701
3,018,358
551,076
330,374
7.958,784
6,670,492
9,295,051
164,972,992
CHASCOMUS
87.013,450
2,065,491
404,409
247,781
5,475,372
4,599.056
6,406,592
113,073,070
CHIVILCOY
111,915,423
2,097,580
588,101
435,204
7.049.233
5.915.238
8,242,637
144,185,846
COLON
60,682,845
1,442,683
367,671
168,364
3,821,333
3,207,364
4,469.327
79,499,329
CORONEL
DORREGO
65,261.566
1,532,482
231,337
106,948
4,104,079
3,449,370
4.806,554
83,604,765
CORONEL
PRINGLES
67,403,035
1.601.441
429,093
155,657
4,245,065
3,562.556
4.964.274
88,587,521
CORONEL
ROSALES
60.718,339
1,452,238
383,457
421,439
3,823,228
3,209,240
4,471,942
76,079,029
CORONEL
SUAREZ
115.068,470
2,749.259
488.505
259,428
7,262,502
6,081.891
8,474,662
148,066,272
DAIREAUX
61,340,962
1,426,687
260,900
114.360
3,846,318
3,242,148
4,517,798
81,891,277
DOLORES
67,839,315
1,554,519
441,721
183,188
4,239,059
3,585,616
4,996,405
86,109,264
ENSENADA
37.378,100
934,736
1.199,737
2,347,944
1,975,602
2,752,918
49,973,465
ESCOBAR
114,170,769
3,044,316
4,988,956
1,447,505
7,219,061
6,034,444
8,408,746
160,813,974
ESTEBAN
ECHEVERRIA
212,168,123
5,428,409
6,277,382
2,879,761
11,214,050
15,626,310
255,516,462
EXALTACION
DELACRUZ
53,258,691
1.281,837
467,553
202,248
3,352,668
1.144,097
2.814,963
3,922,534
68,870,082
EZEIZA
102,252.192
2.633,888
3,687,901
1,182,444
5,404,493
7,530,935
124,216,010
FLORENCIO
VARELA
315,482,176
6.578,048
11.496,814
3,196,580
19,829,490
28,132,570
16,674,667
23,235,451
426,842,197
FLORENTINO
AMEGHINO
29,350,549
689,302
99.882
60,357
1,844,427
244,411
1,551,309
2,161,684
38,847,818
GENERAL
ALVARADO
50,450,231
931,516
589,823
267,900
3,185,033
1,443,290
2,668,523
3,715,669
68,444,506
GENERAL
ALVEAR
39.368,720
916,333
165,323
75,181
2,470,960
404,543
2,080,815
2,899,529
51,836,196
GENERAL
ARENALES
45,488,471
1.011,088
206,079
100.595
2,626,897
504,274
2,404,272
3,350,252
60,557,790
GENERAL
BELGRANO
46,856,467
1.123,561
189,719
117,537
2,957,032
464,241
2,476.577
3,451,007
61,048,599
GENERAL
GUIDO
15,584,807
379,222
33,007
19,060
987,694
80.768
823,727
1.147,829
22,162,956
GENERAL
LAMADRID
53,032,417
1,273,928
113,372
73,064
3,351,556
277,421
2,803,004
3,905,866
69,810,418
GENERAL
LAS
HERAS
24,243,855
599,058
209,236
100,595
1,535,653
511.999
1,281,397
1,785,573
31,748,480
GENERAL
LAVALLE
19,530,552
474,250
59,126
25,413
1,236,069
144,680
1,032,276
1,438,437
25,444,016
GENERAL
MADARIAGA
52,744,029
1.211,611
303,666
133,420
3,292,991
743,066
2,767,761
3,884,629
68,293,580
GENERAL
PAZ
44,596,685
1,065,462
176,803
76,240
2.812,982
432,636
2.357,137
3,284,572
56,882,200
GENERAL
PINTO
50,460,584
1,173,547
172,211
76,240
3.165,728
421,399
2,667,070
3,716,452
66,289,395
...~GENERALPUEYRREDON
334,014,462
5,555,322
9,473,046
4,195,329
21,053,837
23,180,435
17,654,183
24,600,364
456,853,283
",(;
~,~
\:-SUBSECRETARIA
DECOORDINACiÓN
ECONÓMICADlrecclón
Provincial
dI!CoordlnóIClón
Municipal
-....
...""
'J,-~f ,",
TRANSFERENCIAS
DEFONDOS
ACUMULADO
ENERO.
SEPTIEMBRE
2014
(EnpeSOSj
GENERAL
RODR1GUEZ
GENERAL
SAN
MARTIN
GENERAL¥lAMONTE
GENERALVlLlEGAS
GUAMINI
HIPOLITO
YRIGOYEN
HURLlNGHAM
ITUZAINGO
JOSEC.PAZ
JUNIN
LACOSTA
LAMATANZA
LAPLATA
LANUS
LAPRIOA
LASFLORES
LEANORO
N.ALEM
LEZAMA
L1NCOLN
LOBERIA
LOBOS
LOMASDEZAMORA
LUJAN
MAGDALENA
MAIPU
MALVINAS
ARGENTINAS
MAR
CHIQUITA
MARCOSPAZ.
MERCEDES
MERLO
MONTE
MONTEHERMOSO
MORENO
MORON
NAVARRO
NECOCHEA
NUEVEDEJULIO
OLAVARRIA
PATAGONES
PEHUAJO
PELLEGRINI
PERGAMINO
PILA
PILAR
PINAMAR
PRESIDENTE
PERON
PUAN
PUNTAINDIO
QUILMES
RAMALLO
RAUCH
RIVAOAVIA
ROJAS
•••••••••••
46,727,295
1,489,631
1,276.261
1,691,113
259,738
3,070,490
4,138,134
2,575,458
3.588,793
66,818,913
264.897.363
4,062,600
5,198,453
7,582,742
16.643.937
18.554,683
14,001.030
19,509,850
350,450,857
48,782,015
4,920,029
1,167,382
267,214
122,831
3,077,052
653,870
2,578,351
3,592,824
65,161,510
117.125,641
14,929,305
2,698,638
489,080
209,661
7,328,532
1,196,172
6,190,622
8,626,373
158,794,624
49,857,186
4,051,130
1.173,848
106,484
80,476
3,137,723
260,565
2,635,178
3,672,010
64,914,600
28,662,853
3,064,258
688,768
104,188
64,592
1,810,473
254,946
1,514,961
2,111,035
38,216,015
118,492,159
1,169.221
2,366,796
2,799,519
1,466,318
7,481,318
6,850,531
6,262,849
8,727,018
155,615,793
82,144,862
1,355,515
2,065,313
2,466,933
1,334,215
5,184,627
6,041,451
4,341,729
6,050,017
110,986,661
207,491,793
1,281,872
5,387,007
7,286,539
1,124,355
13,115,183
17,830,017
10,966,884
15,281,894
219,765,604
59,007,234
7,023,982
1,454,001
1.618,210
612,039
3,722,593
3,959,742
3,118,800
4,345,917
84,862,519
204,460,017
1,987,967
1,997,526
1,018,916
472,266
12,873,531
2,493,275
10,606,641
15.058,602
251,168,140
1,191,394.609
6,727,163
24,512,194
29,647,583
75.162,013
72,547,280
62,970,634
87,746,943
1,552,728,639
423,552,421
13,098,502
8,477,191
11,004,290
4,622,451
26,701,300
26,927,370
22,386,671
31,194,890
561,965,087
271.141,343
3.906,806
5,352,029
7,989,446
8.990,549
17,082.032
19,550,086
14,331,053
19,969,721
368,315,068
46.593.221
3.852,601
1,113.143
145,231
68,626
2,940.264
355,380
2,462.663
3,431.618
60,962,967
40,658,334
5,479.965
973.944
261,474
162,010
2,561.812
639,824
2,148,977
2,994,510
55,880,849
51,198,562
4.074,380
1.178,769
307,110
114,360
3,202,070
751,494
2,706,076
3,770.805
61,303,626
18,603,273
1,611,256
428.242
109,067
38.120
1,164,537
266.886
983,267
1,370,141
24,514,189
94,421,336
10,957,048
2,257,893
548,205
283,783
5,954,017
1.341,452
4,990,596
6.954,187
121,108,517
55,589,461
10,761.022
1,309,613
177,377
118,596
3,495,138
434,041
2,938,155
4,094,197
18,917,599
25,199,234
3,507,942
620,797
460.665
244,604
1,588.216
1,127,241
1,331,893
1,855,938
35,936,531
349,912,800
5,067,304
7,190,246
13,276.616
9,012,417
22,054,521
32,487,725
18,494,482
25,771,286
483,267,391
119,098,514
4,224,772
2.270,429
1,470,109
720,046
7,495,469
3,591,339
6,294,897
8,771,677
153,943,254
39,831,621
2.970,580
952,750
295,055
49,217
2,507,781
721,996
2,105,282
2,933,622
52,367,910
46,684,913
2,895,293
1.115,166
139,491
68,628
2,945,441
341,333
2,467,509
3.438,371
60,096,344
513.468,983
1.674,051
10.081,110
8,330,139
1,368,169
32,440,226
20,383,752
27,139.171
37,617,298
652,702,898
67,848,189
3,891,970
1,599,891
236,503
144,009
4,265,580
578.721
3,586.085
4,997.058
81,148,006
70,141,986
1,390,047
1,792,894
1,160,703
367,435
4,452,260
2,640.227
3,707,322
5,165,999
91,018,873
87,471,914
3,533,590
2,114,941
976,150
428,851
5,515,410
2,388,628
4,623,288
6,442,358
113,495,129
512,098,028
2,148,890
10,558,916
13,241.313
2,526,049
32,495,913
32,401,338
27,066,709
37,716,326
610,853,482
18,819,194
4,620,575
470,755
307,397
142.950
1,192,025
752,197
994,679
1,386,044
28,685,816
27,475.285
244,117
480,401
65,727
44,473
1.734,909
160,634
1,452,193
2,023,570
33,681,515
268,159,850
2,185,623
5,699,101
10,731,623
1,593.885
16,913,630
26.260,156
14,173,467
19,150,132
365,461,468
193,110,418
4,148,471
3,702,194
4,852,622
2,453,643
12,186,807
11.874,310
10,241,647
14,271,306
251,501,419
30,964,045
3,095,200
751,573
237,938
115,419
1,955,613
582,232
1,636,590
2,280,520
41,619,131
124,153,446
8,266,183
1,259,139
1.333.488
630,041
7,822,310
3,263,030
6,562,074
9,143,916
162,434,346
57,590,434
10,106,659
1,398,837
615,655
322,962
3,636,434
1,506,500
3,043.916
4,241,569
82,462,964
159,339,795
11.084,666
3,030,101
1,431,648
757,108
10,061,080
3,503,221
8,421,832
11,735,472
209,365,534
113,388,423
6,146,743
2,730.971
530,691
204,366
7,154,911
1,298,610
5,993,093
8,351.125
145,198,999
98,957,169
8.970,300
2,379.037
595,850
210,017
6,244,600
1,458,039
5,230,336
1,288,253
131,393,602
19,793,799
2,317,223
471,460
11,181
40,238
1,247.990
174,178
1,046.191
1,451,824
26,620,084
61,129,436
12,844,016
1,303,380
1,378,263
108.399
4,225,624
3,312,593
3,548,095
4,944,122
99,453,929
24,110,753
3,515,345
567,969
34,155
24,355
1,517,405
83.511
1,274,362
1.775,770
32,903,891
281,091,464
3,832,274
5,584,817
6,999.521
1,054,183
17,669,838
17,127,746
14,856,963
20,702,556
368,919,381
48,858.919
1,343,319
518,104
301,656
174,117
3,080,609
738,150
2,582,415
3,598,488
61,196,311
64,567.955
411,441
1,718,672
2,131,427
649,343
4,086.299
5.230,259
3,412,109
4,755,467
86,969,573
74,671,903
4,095,356
1,181,595
118,826
106,948
4,714,724
290,765
3.946,749
5,499,630
95,226,496
28,894,071
2,707,005
638.146
120,548
66,710
1,692,565
294,979
1,421,473
1,980,763
35,816,260
326,503,052
5,314,207
6,131,213
12.307.928
5,507,391
20,586,336
30,117,358
17,257.171
24,047,144
448,311,800
36,054,471
3,554.156
718.989
470,423
223,426
2,290,396
U51.120
1,905.642
2,655,433
49,024,056
..•~
.••..•
44,981,203
4,444,424
1,072,153
163,888
102,713
2.636,409
401,031
2,311,460
3.312,891
59,692,112.<,",a\''''''f.4
61,022,996
7.740,593
1,464,989
199,191
116,478
3,852,574
487,418
3,225,342
4,494.379
82,603,960•~
e44,308,297
9,687,829
1,065.661
280,704
158,834
2,795.845
686,880
2,341.894
3.263,331
64,589,411
~~
-s:,..
ia:N~
0,
SU8SECRETARIA
DECOORDINACiÓN
ECONÓMICADirecclón
Provincial
deCoordInación
Municipal
"i":).•;
"Q
.'"•
.•bOl"•
..z:....~..
•..,."-
.•..
11111
TRANSFERENCIASDEFONDOS
ACUMULADOENERO.SEPTIEMBRE2014
(Ellpesos)
••
1,633,776
2,276,599
41,461,171
3,949,485
5,503,441
93,736,704
2,355,808
3,282,720
60,958,555
1.529.266
2,130,969
36,564,094
1,922,448
2,678,651
53,642,089
3,247,542
4,525,314
80,037,843
1,773,461
2,471,243
45,714,847
1,994.518
2,779,278
50,839,234
6,171.237
8,599,360
162,146,305
16,681,468
23,244,927
408,255,460
11,470,908
15,984,230
284,974,843
4,560,207
6,354,457
117,165,891
5,558,561
7,745.621
137,367,194
2,930,495
4,083,522
73,724,038
1,361,831
1,897.655
33,638,361
8,467,024
11,826,313
214,925,869
2,661.833
3,709,154
66,700,969
11,791.159
16,430,487
311,385,056
568,901
792,741
13,677,590
3.098,476
4.317,598
73,719,367
5.582,792
7,779,389
139,890,399
4,984,421
6,945,582
129,655,227
8,693,855
12,114,523
222,324,429
1,196,429
1,667,174
29,569,715
3.244,180
4,520,631
85,230,906
12,338,722
17,193,492
300,084,163
3,847,007
5,360,645
90,708,646
4,839,421
6,743,530
117,675,021
4,367,759
6,086,289
114,019,426
415,780
430,529
1,188,344
250,030
1,179.214
947,445
638,419
268,290
8,076,806
11,227,463
14,377,418
5,590.555
2,798,789
2,970,860
271,802
3,456,873
427,720
18.886,383
80,768
292,170
1,363,224
2,052,211
12,210,024
146,085
1,271,921
6,541.511
1,078.780
1,555,663
6,688.298
1.949,486
4,715,983
2,811,002
1,826,694
2,306,251
3,882,618
2,119,876
2.388,894
7,362,693
19,924,976
13,676,695
5,443,323
6,633,031
3,507,170
1,633,637
10,095,497
3,160.254
14,089,533
678,261
3,693,583
6,670,167
5,950,501
10,391,546
1,436.261
3,868,181
14.733,422
4.574,181
5.770,966
5,214,237
987,946
400,261
403,438
68,828
839,701
62,475
11,648
85,770
291,195
387,554
2,872,839
59,298
242,486
2,773,010
214,955
209,661
774,050
84,711
140,833
217,073
58,239
221,308
155,657
156,716
57,180
1.075,563
3,972,160
169,915
175,942
485,635
102,179
481,904
387,188
260,900
109,641
3,300,713
4,588,278
5,875.556
2,284,667
1,143,769
1,214.088
111,076
1.412,705
174,794
7.718,215
33,007
119,400
557,103
838,668
4,989,817
59,700
519,790
2,673,290
440,860
635,746
2,733,277
740,827
1,780.545
1,073,471
691.840
908,617
1,488.050
814,706
913,442
2,345,178
7,674,763
4.316,353
2.164,643
2.554,236
1,430,416
632,305
2,973,193
1,170,255
13,085,752
255,908
935,598
2,540,147
1,783,373
3,280,665
555.547
1,474,571
5,637,669
1,356,291
2,211,324
1,670,497
3,279,273
2,316,281
4.972.958
1,041,382
7,571,058
3,961,023
3,925.901
4,591,993
8,455,884
5,330.583
2,245.846
3,501,663
5,365,792
1,739,521
1.895,568
15,261,352
4.972.987
6,296,574
492,812
2,554,057
9,480,784
12,408,415
3,284,741
1,812,948
8,709,731
4,746,293
1,051,118
4,147,597
3,847.679
30,910,804
74,723,665
44,571,544
28,933.495
36,372,438
61,443.007
33,553.626
37,735,998
116,758,870
315,610,842
217,027,838
68,278,429
105,167,133
55,444,528
25,765,659
160,573,210
50,361,496
223,086,953
10,763,543
58,622,716
105,625.597
94,304.502
154,486,420
22,636,274
61,379,414
233,446.754
72,784.808
91,561,114
82,637,340
CONSOUDAOO1311MUNICIPIOS
I14,789.151.262
639,389,3&0
326,74t,.121
~2$1,018,1123
105,889,169'
912.676,1141
671.946.0a4
781,&13,807
1,l)89,229.761
~\"19.60s.124,542
ROQUEPEREZ
SAAVEDRA
SALADILLO
SALLlQUELO
SALTO
SANANDRESDEGILES
SANANTONIODEARECO
SANCAYETANO
SANFERNANDO
SANISIDRO
SANMIGUEL
SANNlCOlAS
SANPEDRO
SANVICENTE
SUIPACHA
TANDIL
TAPALQUE
TIGRE
TORDILLO
TORNQU1ST
TRENQUELAUQUEN
TRESARROYOS
TRESDEFEBRERO
TRESLOMAS
VEINTICINCODEMAYO
VICENTELOPEZ
VILLAGESELL
VILLARINO
ZARAT'
SUBSECRETARiA
DECOORDINACiÓNECONÓMICADlrecclón
ProvlnC~1deCoordinación
Municipal
Juegos de Azar2""
Fondo Prog.Sociales y San.
Amb.211¡t
~Descentraliz ..__--- Tributaria
....- 3~IO
Fdo. Fort. RecursosMunicipales(F.F.R.M.)
5""
Fdo. ProvincialSolidario (F.P.S.)
4% Fdo. Municipal deInclusión Social
(F.M.I.S.)3%
Fdo. deFinanciamientoEducativo (F.F.E.)
6%
)
Total de Transferencias: $ 19.609.724.542
http://www.ec.gba.gov.ar/areas/Sub_Politica_Coord _Eco/CoordMunicipal/municipios/G... 31/10/20 14
TRANSFERENCIAS
DEFDNDOS
MESDESEPTIEMBRE2014
(E"P<'IKn)
•...•..•...•...•..•...••..•.-
.'.,
...,..,
".
"..
,..,
Munlelpio
ADOLFO
ALSINA
7,'115,248
283,324
583,090
27,609
13,602
928,656
137,320
256,674
537,008
10,182,731
ADOLFO
GONZAlES
CHAVE$
4,857.250
266,264
361,914
19,484
9.609
608.302
96.209
168,131
351,759
6,758,922
ALBERTI
2.649,491
161,843
208,680
13,611
6,486
331,612
67,210
91,710
191,875
3,724,717
ALMIRANTE
BROWN
39,239.701
359,305
2,573.435
1.460,923
887,217
4,914,221
7,213.977
1.358.258
2.641,717
60,$48,755
ARRECIFES
6,750.932
2SS,886
534,935
49,953
23.211
845,459
246,664
233,879
468,899
9,439,618
AVELLANEDA
25,564,435
335,893
1,662,006
710,425
639.460
3.201.566
3,508,OSO
884,897
1,851,362
38,358,115
AYACUCHO
9.096.110
516.661
716.615
32.334
16.223
1,139,160
159,666
314,856
658.735
12,652,761
AZUL
14,211,203
806,272
1,126,048
120,400
52,162
1,779,754
594.825
491.912
1.029,167
20,211,802
BAHIA
BLANCA
25,527,729
572.594
1,623,165
449,262
240,844
3,196,990
2.216,439
863,627
1,846.104
36,561,354
BALCARCE
9,193,206
641,339
733,061
92,271
34,941
1,151.320
455,629
318,217
665,767
13,285,753
BARADERO
5,225,390
271.381
418,473
62J82
26,206
654,407
307,050
180,874
378,420
7,624,383
BENITO
JUAREZ
9,045,301
387,656
711,050
25,114
16.223
1,132,797
124,014
313,097
655.056
12,410,318
BERAZATEGUl
28,299,452
222,168
1,892,367
801,590
347,724
3,544,109
3,958,220
979,568
2.049.430
42,09-4,629
BERISSO
13,136.978
91,986
1,072.329
213.145
56,867
1,645,222
1,052.500
454.128
951,373
18,676,147
BOLIVAR
9,736,017
413,035
768,519
SO,747
27,329
1,219,299
250,587
337,006
705,077
13,501,617
BRAGADO
10.066,186
394,669
796,520
46,640
33,069
1,260,648
240,182
346,435
728.988
13,917,351
BRANDSEN
3.590,817
167,956
292,265
SO,574
11,579
449,699
249,734
124,294
260,045
6,196,963
CAMPANA
13,296.095
155,186
1,080,778
224,303
75,498
1,665.149
1,107.599
460.236
962,896
19,027,143
CAÑUELAS
5,995.846
227.397
495,421
102,012
41,430
750,896
503,733
207,542
434,216
8,168,493
CAPITAN
SARMIENTO
2,520,027
195,223
201,758
25,356
11.605
315,598
125,208
87,229
182,499
3,664,504
CARLOS
CASARES
7,351.420
437,287
580,812
34,925
17.720
920,662
172,460
254,465
532,386
10,302,138
CARLOS
TEJEDOR
5,433,871
314,122
427,510
21.798
9,234
680,516
107,638
188,090
393,518
7,516,297
CARMEN
DEARECO
1,879.036
171,059
150,944
18,821
11.730
235,323
92.966
65,042
136,079
2,181,006
CASTELU
3,459,545
116,615
272,928
22,489
6,614
433,259
111.050
119.150
250,538
4,792,188
CHACABUCO
15,430,081
452,542
1,216,283
66,327
38,934
1,932,401
327,520
534,103
1,117,438
21,117,629
CHASCOMUS
10,638,457
356,527
841.643
48,674
29.201
1,332,319
240,352
368,244
770,432
14,625,859
CHMLCOY
13,683,041
416,251
651,393
70,783
51.289
1,713,609
349,526
473,630
990.918
18,600,440
COLON
7,419,226
273,009
585,832
44,253
19.842
929,154
218.517
256,812
537,296
10,283,9-42
CORONEL
DORREGO
7,979.031
216,869
626,830
27,844
12,604
999,262
137,490
276,169
577.837
10,853,976
CORONEL
PRINGLES
8,240,852
214,913
649.627
51.645
16.344
1,032.051
255.022
265,252
596,798
11,404,7G4
CORONEL
ROSALES
7,423.566
58,706
590,237
46.153
49,666
929.697
227,900
256,962
537.610
10,120,491
CORONEL
SUAREZ
14,068,540
411,468
1,105,301
58,796
30,573
1,761,887
290,333
486,974
1.018,836
19,232,708
DAlREAUX
7,499,689
310,187
590,673
31,402
13,477
939.231
155,060
259,597
543,123
10,342,439
DOLORES
6.294.193
118,074
654,240
53,165
21,589
1,036.131
262,528
287,096
600,661
11,330,219
ENSENADA
4,569,934
40.991
383,825
144,400
572.320
713,039
158,185
330,952
6,913,646
ESCOBAR
13,958,765
297,778
1,207,143
600,467
170,587
1,748,142
2,965,083
483,175
1,010,887
22,«2,00
ESTEBAN
ECHEVERR1A
25,940,170
180,730
2,178,228
755,541
352,984
897,903
1,878,573
32,184,129
EXALTACtON
DELACRUZ
6,511,532
176,656
521,689
56,274
23,835
815,478
277,881
225,393
471,561
9,080,298
EZEIZA
12,501,592
130,260
1,062,619
443,873
152,595
432,735
905.358
15,649,033
FLORENCIO
VARELA
38,571,587
255,766
2,679,882
1,383,749
398,514
4,830,550
6,832,894
1,335,132
2.793.333
59,081,401
FLORENTINO
AMEGHINO
3,588,467
187,344
282,836
12,022
7,113
449,405
59,363
124,212
259,675
4,970,631
GENERAL
ALVARADO
6,168,163
200,429
317,233
70,991
31.572
772,476
350,549
213,507
446,695
8,511,614
GENERAL
ALVEAR
4,813,312
220,039
378,692
19,898
6.800
602,800
98,256
166,610
348,577
6,661,2-44
GENERAL
ARENALES
5,561.527
230,271
437,046
24,804
11,855
696,503
122,479
192,509
402,763
7,619,151
GENERAL
BELGRANO
5.128.181
169.278
451,850
22,834
13,852
717,449
112,756
198,298
414,875
1,829,914
GENERAL
GUIDO
1,905,435
162,413
149.662
3,973
2,246
238,629
19,617
65,955
137,990
2,685,921
GENERAL
LAMADRID
6,483,867
330.644
509,195
13,645
8,610
812,013
67,380
224,435
469,558
8,919,649
GENERAL
LASHERAS
2,964,110
102,606
237,141
25,184
11.855
371,213
124,355
102,601
214,659
4,153,125
GENERAL.LAVAL.LE
2,387,851
86,085
188,288
7,116
2,995
299,045
35,140
82,654
172,927
3,262,101
GENERAL
MADAR1AGA
6,448,608
174,559
512,221
36,549
15,723
807,596
180,477
223,215
467,005
8,866,955
GENERAL
PAZ
5,452,495
138,329
429,652
21.280
8,985
682,848
105,079
188.735
394,867
7,422,210
GENERAL
PINTO
6,169,429
255.910
484,885
20,727
8,985
772,634
102,350
213.551
446,787
8,415,258
GENERALPUEYRREDON
40,837,367
1,300.670
1,474,070
1,140.169
494,417
5,114.309
5.630,109
1,413,561
2,957,421
60,362,11"
GENERAL
RODRIGUEZ
5,957,513
106.718
521,022
203,541
29,955
746.095
1,005,078
206,216
431,440
9,207,577
GENERAL
SANMARTIN
32,386,970
426,653
2,120,467
912.654
4,056,013
4.506,646
1.121,055
2,345,44Q
"1,816,904
GENERAL
VIAMONTE
5,964,203
287,305
469,672
32,162
14,476
746,933
158,613
206,447
431,924
8,311,935
GENERAL
VILlEGAS
14,320,054
638,578
1.129,933
58.865
24,708
1,793,386
290,674
495,680
1,037,050
19,988,929
....,••1~.y~
GUAMINI
6,095,656
248,13.4
478,192
12,816
9,484
763,395
83,286
210,997
441,444
8,323,405
~.
HIPOUTO
YR1GOYEN
3,504.387
196.661
275.872
12,540
7,612
438,875
61,922
121,302
253,786
",872,951
.,•
..J)r•
MINlSTEJ~IODEECONOMIA.SUBSECRETARIADECOORDINACiÓNECONÓMICADlr«:o:;l6nProvincialdeCoordltlac:i6nMuno:ipal
,
",-e
c""
'j",,--,,?
TRANSFERENCIAS
DEFONDOS
MESOESEPTIEMBRE2014
¡Enp"'''''!
'&51M'!:
•••
HURUNGHAM
14,487,128
118.009
945.654
336.955
170,804
1,814.309
1,663,872
501,463
1,049,150
21,087,344
ITUZAlNGO
10,043.222
142,783
824,451
297,159
170,155
1,257,773
1,467,359
347,640
727,324
15,217,867
JOSEC.PAZ.
25,368,431
100,796
2,133,413
877,003
127,098
3.177.040
4,330,604
878,113
1,837,168
3S,8Ze,SSS
JUNIN
7.214,362
405,122
584,258
194,761
72,128
903,498
961,750
249,721
522.460
11,108,066
LACOSTA
24,997,759
168.830
831,238
122.636
55,656
3.130.618
605,572
865,282
1,810.324
32,587,914
LAMATANZA
145,662,709
830.568
9,923,542
3,568,363
18.242.209
17,620,425
5,042,026
10,548,a13
211,438,85-4
LAPLATA
51.7&4,507
1,430,498
3,435,883
1,324.469
396.554
6,465.282
6,540,172
1,792.489
3.750.205
7&,940,061
LANUS
33.150,373
410,926
2,151,033
961,604
1.083,221
4,151.619
4,746,363
1,147,480
2,400,732
50,206,361
lAPRIOA
5,696,596
206.755
447,926
17,480
6,111
713,419
66,315
197,184
412,544
7,786,330
LASFLORES
4,970,963
293.029
394,517
31.471
19,093
622,546
155,402
172,067
359,996
7,019,10.4
LEANDRO
N.ALEM
6,259,656
226,509
493,844
36.964
13,477
763.934
162,524
2'6,674
453,321
8,668,903
LEZAMA
2,274,480
100,981
178,684
13,127
4,492
284,847
64,622
76,730
164,716
3,164,879
L1NCOLN
11,544,173
695,162
910,956
65,982
33,444
1,445,748
325,615
399,594
636,022
15,256,893
LOBERIA
6,796,497
702,643
535,864
21,349
13,976
651,166
105,421
235,257
492,199
9,754,371
LOBOS
3,080,917
222,056
250,257
55,445
28,826
385,842
273,787
106,644
223.118
4,626,892
LOMASDEZAMORA
42,781,155
548,260
2,881,792
1.597,964
1,126,371
5,357,739
7,890,682
1,480,844
3,098,187
66,762,994
LUJAN
14,561,262
31',454
924,625
176,941
84,657
1,623,594
873,729
504.029
1,054,519
20,315,010
MAGDALENA
4,869,907
174,036
387,571
35,513
5,718
609.887
175,360
168,569
352,676
6,179,236
MAIPU
5,707,806
153,306
449,307
16,789
8,111
714.823
62,904
197,572
413,356
7,743,974
MALVINAS
ARGENTINAS
62.777,916
231.121
4,021,067
1.002,610
156,561
7,862.052
4,950,846
2.173.019
<4,546,342
87,723,653
MARCHIQUITA
8,295,276
188.190
654,923
28,485
16,971
1,038,867
140,561
287,136
600,739
11,251,131
MARCOS
PAZ
6,575,723
83.763
702,558
139,701
43,302
1.073.989
689,840
296,843
621.049
12,226,169
MERCEDES
10,694,520
236,676
654,373
117.469
50,540
1,339.339
580,155
370,184
714,491
16,011,166
MERLO
62,610,300
270,805
4,119,423
Ui93,715
290,313
7,841.061
1,869,700
2,161,217
4,534,203
91,296,738
MONTE
2,300,679
354,227
186,416
36.998
16,847
288,153
182,695
79,643
166,628
3,612,485
MONTEHERMOSO
3,359,192
10,945
167,501
7,911
5,241
420,692
39,064
116,276
243,271
4,370,093
MORENO
32.785,849
222,475
2,276,936
1,291,651
192,696
4,105,967
6,378,118
1,134,862
2,374,333
60,782,886
MORaN
23,690,823
433,582
1,505,210
584,058
279,586
2,966,943
2,684,056
620.043
1,715,676
34,819,918
NAVARRO
3,765,736
174,722
301,230
28,638
13,602
474,110
141.414
131.041
274,161
5,324,654
NECOCHEA
15,179,290
566,782
509,699
160,498
14,250
1,900,993
792,53\
525,.122
1.099,276
20,8011,740
NUEVEDEJULIO
7,041,141
564,940
560,979
74,100
38,061
681,604
365,902
243,725
509,915
10,280,567
OLAVARRIA
19,481,255
729,733
1,214,676
172,312
89,225
2,439,754
850,871
674,332
1,410,822
27,062,980
PATAGONES
13,863,133
314,134
1.098,957
63,874
24,084
1,736,163
315,409
479,864
1,003,960
18,899,579
PEHUAJO
12,098,734
518.691
956,905
71,716
31,621
1,515,197
354,131
416,790
676,183
16,842,170
PEUEGRINI
2,420,036
136,798
190,437
8,567
4,742
303,076
42,305
63,768
175,258
3,366,986
PERGAMINO
6,207,401
580,452
526,085
165,867
83,484
1.027,662
819,142
284.094
594,375
12,290,783
PILA
2,947,837
234,065
231.517
4,111
2,870
369,175
20,299
102,037
213,481
4,125,392
PILAR
34,366,901
355,233
2,281,461
842,457
128,258
4,303,972
4.160,020
1,189,589
2,486,632
60,116,723
PINAMAR
5,973,605
55,009
203,251
36,307
20,590
748.110
179,283
206,773
432,605
7,1155,635
PRESIDENTE
PERON
7,894,229
28,330
686,453
257,259
63,886
988,641
1,270,336
273,254
571,696
12,054,0115
PUAN
9,129,561
216,981
715,064
14,302
12,604
1,143,349
70,622
316,014
661,158
12,279,655
PUNTAINDIO
3,288,132
123,686
260,108
14,509
7,662
411,792
71.645
113,817
238,124
4,529,675
QUILMES
39,919,025
468,530
2,702,709
1.481,374
680,344
4,999,297
7,314,963
1.381,773
2,890,914
61,858,928
"MALLO
4,408,104
214,371
280,014
56,620
26,331
552,053
279,586
152.584
319,232
6,2118,901
RAUCH
5.499,507
237.452
432,687
19,725
12,105
668,736
97,403
190,362
398,271
7,676,247
RIVADAVlA
7,460,814
471.207
588,719
23,974
13,727
934,362
118,385
258,251
540,308
1M09,807
ROJAS
5,417,236
626,835
426,697
33,785
'8,718
678,433
166,831
167,514
392,313
1,950,363
ROQUEPEREZ
3,719,227
151,826
296,630
20,451
9,963
473,295
100,985
130,816
273,689
5,239,102
SAAVEDRA
9,135,890
128,049
716,041
21,176
16,597
1,144,142
104,568
316,233
661,616
12,244,312
SALADILLO
5,449,421
269,628
432,408
58,451
25,582
662,463
288,627
188,628
394,644
1,790,053
SAlUQUELO
3,537,471
81,610
277.569
12.298
6,663
443,019
60,728
122,448
256,182
4,7911,213
SALTO
4,446,979
653,959
357,748
58.002
26,081
556,922
286,410
153,929
322,048
6,862,078
SANANDRESDEGILES
1,512,165
241.627
594,591
46,602
18,344
940.793
230,117
260,029
544,027
10,388,295
SANANTONIO
DEARECO
4,102,345
247,333
326,007
31,402
18,469
513,761
155,060
142,000
297,089
5,1133,466
SANCAYETANO
4,613,691
238,409
362,224
'3,196
6,739
577,800
65,163
159,700
334,121
6,371,042
",:1'c..
.'.SANFERNANDO
14,275,212
548,456
942,708
397,272
121,163
1,787,770
1,961,711
494,128
1,033,603
21,582,222
-'¿
SANISIDRO
38,587,316
520,417
3,075,634
552,242
446,037
4,832,520
2,726,946
1,335,676
2.794,472
5<l,1I73,2S4
~~~
SANMIGUEL
26,534,330
213.473
1,731.996
707,178
3,323.052
3,492,015
918,470
1,921,601
38,1142,115
:.Df'
nSANNICOLAS
10,548,602
252,976
866,269
274,981
116,429
1,321,064
1,357,845
365,133
763,924
15,1161,223
",,"
oO'.
"IINISTERIODEECONOMIA.SUBSECRETARIADECOORDINACiÓNECONÓMICAo;'u«:l6nP,o"lncla!d••Coord,nac:l6f>MUnHolp.ol
Q'
{'!J,'
.".<,
n!;"
""".0"
~--..
••
TRANSFERENCIAS
DEFONDOS
MESDESEPnEMBRE
2014
8S1,808.156,140
;;r,U,ooo.9&7
1,373
10,108
34,317
"5,673
32",362
6,988
26,5n
3004,170
25,332
2U08
91,221
(Enpe~)
18,11/1,707
9,955,718
4,323,118
27,3:51,314
8,487,569
45,'75,107
1,800,177
11,433,749
18,135,792
16,1'2,232
30,365,653
3,775,7:14
10,733,495
40,115,805
11,907,316
15,398,602
15,4112,312
P'¡@+
S.&
931,168
"90,915
226,133
1,"21,743
«5,909
1,975,250
95,302
519,055
935,227
"',988
1,456,391
200.425
543,464
2,066,9n
6401•.•••9
610.696
731,685
.•••5.071
234,643
109,041
679,552
213,132
9«,112
45,552
246,093
.•••7,011
399,100
696,112
95,797
259,760
987,955
306,028
367,490
349.724
679,n5
721.568
66.018
639,612
103,685
".587,162
19.617
70,963
331,103
496,«5
2.965,595
35,461
306,927
1,568,615
262,016
371,643
1,624,467
1,610,261
646.9"7
3~,515
2,"58.639
n1,117
3."15,627
164,606
697.610
1,617,301
1..•••3.957
2,518,557
346,599
939.820
3,574,"53
1.114,455
1."01,951
1.265.313
•137,663
47,170
146,127
47,545
13,369
8,111
170,032
96,958
21,038
7,363
928,959
3,973
14.371
67,053
100,942
600,571
7,165
62,562
321,755
53,062
76,516
326,975
1,028.259
572,831
249,018
9904,352
463,459
8,316,109
103,674
355,993
1,018,448
717,266
1,306,010
218,105
595,558
2.264,594
556.026
895,512
669,388
428,340
114,366
105,246
1,036,371
284,352
532,557
50,404
150,205
711,300
621,974
371,442
97,569
490,438
465,340
43,178
229,407
328.105
12.857,919
6,718,777
3,150.170
19,632,055
6,157,314
27,275,131
1,315.976
7,167,350
12,914,032
11,529.888
20,110,493
2,767,564
7,504,390
28,541,745
8.898.640
11,194,475
10,103,434
CONSOLIDADO
136MUNICtP10S
'
SANPEDRO
SANVICENTE
SUIPACHA
TANDIL
TAPAlQUE
nG"
TORDILLO
TORNQUl5T
TRENQUE
LAUQUEN
TRES
ARROYOS
TRES
DEFEBRERO
TRE5LOMAS
VEINTICINCO
DEMAYO
VICENTE
lOPEZ
VILLA
GESEU.
VlUARINO
lAAATE
--,
MINISTERIO
DEECONOMlA.
SUBSECRETARIA
OECooROINACIÓN
ECONÓMICADhecclón
PrO\lInc:laIdeCoordinación
Munlcl~1
Transferencias
aMunicipios
Entre2007
Y2014,lastransferencias
amunicipiosse
habrán
incrementadoun570%
Consolidado135Municipios
(enmilesdepesos)
TOTAL
COPARTICIPACiÓN
FONDOFINANC.EDUCATIVO(AfectadoaEducación)
FONDOSOLIDARIO
PROVINCIAL(AfectadoaInfraesl.)
DESCENTRALIZACiÓNTRIBUTARIA
FONDOFPSySA
(AfectadoaPlanesSociales)
FONDOFPSySA(AfectadoaTratamientodeResiduos)
FONDOFORT.RECURSOSMUNICIPALES
FONDOMUNICIPALDEINCLUSIONSOCIAL
JUEGOSDEAZAR
PresuPllestO
:1,2014
,
25.535.204
19.056.867
1.446.354
856.136
882.727
477.142
184.232
1.250.087
928.282
453.376
""!:f'
,
.;:
35.110.691
26.039.140
2.212.667
1.384.440
1.130.712
610.468
222.388
1.721.381
1.277.909
511.585
Varo%
37,5%
36.6%
53,0%
61,7%
28,1%
27,9%
20,7%
37,7%
37,7%
12,8%
Nación distribuyó un 40 por ciento más de recursos a las provincias - Télam - Agencia ... Página 1 de 1
1 OCT13:07 HS
élammconomia (/economía)>>
agro (/temas/1gB-agro/)
inversiones (Jtemas/14-inversionesl)
industria (/lemas/155-induslria/)
empresas (/temas/219-empresasl)
mercados (/temasJ221-mercadosl)
internacional (/temasJ222.intemadonall)
provincias (ltemasJ21 O-provincias/)
consumo (/temas/150-consumol)
Precios Cuidados (/temas/186-precios-cuidadosl)
YPF (ltemas/169-ypf0
ministerios (/temast224-ministeriosl)
Club de París (/temas/225-club-de-par-sI)
fondos buitre (/temasJl 9.fondos-buitre/)
IMPUESTOS
Nación distribuyó un 40 por ciento más de recursos a las provincias08052014
Elgobierno nadonal repartió en el primer ruatrimestre más de recursos copartidpables que en el mismo periodo de 2013,destacó un análisis privado. en base a los datos difundidos por el Ministerio de Economía
En el trabajo realizado por la consultora Economla & Regiones se remarcó Que "en lo Que ..••a de 2014 se acumula una suba de 38,8 por ciento" en el dinero
coparticipado a las pro ..••incias. "alcanzando los 84.375 millones de pesos, lo Que significó casi 23.600 millones más Que el al'lo pasado",
Por su parte. el Fondo Federal Solidario, que distribuye parte de la recaudado por las retenciones a las exportaciones de soja, acumuló 4.900 millones de
pesos en el cuatrimestre, con lo cual creció 77,5 por ciento en comparación con el periodo enero-abril de 2013.
Asr, el total de transferencias automáticas se ele ..••ó a 89.300 millones de pesos, con un crecimiento de 39,4 por ciento, es decir, 25.700 millones más Que un
ano atrás.
"Durante abril, las transferencias automáticas presentaron una buena performance, incluso acelerándose en el margen: la tasa de crecimiento observada fue
de 38,5 por ciento. 4 puntos por arriba del registro de marzo pasado", destacó el ana lisis.
El monto ingresado se ubicó en 20.845 millones de pesos. casi 5.800 millones por arriba del mismo perrodo de 2013, y unos 1.200 millones por arriba de lo
percibida el mes pasado. .
la jurisdicción más beneficiada resultó la ciudad de Buenos Aires, cuyos ingresos treparon 45,4 por ciento interanual; seguida por Chaco, con 43,7; Santiago
del Estero y San Juan, con 43,6; Catamarca, Corrientes, Formosa y Tucumán, con 43,5.
El menor crecimiento lo registró Chubut, con 42,4 por ciento interanual.
Por su parte, "las transferencias del Fondo Sajera presentaron una marcada aceleración durante abril, impulsadas por el inicio de las liquidaciones de soja
correspondientes a la campal'la 201312014", sel'laló el informe.
De esta manera, remarcó que "el registro de abril presentó un nue ..••o máximo para la serie al totalizar 3.355 millones de pesos, casi duplicando el récord
anterior de abril de 2013, de 1.824 millones",
En términos porcentuales, marcó una expansión de 84 por ciento interanual, y de 443 respecto de [o ingresado en marzo.
Contacto (/institucional1contacto)
Eng lish (htlp :lIengH sh. telam.com.ar/)Portug ués (http://portugues. telam. com. ar/)
Versión accesible (/accesible)
Version móvil (/movil)
Agenda (/agenda)
Radio (/multimedia/audios)
RSS (/rss)
http://www.telam.com.ar/notas/201405/62301-gobiemo-nacional-recursos-provincias.htm I 31/10/2014
SAN ISIDRO: Avanzan las obras en elservorio de Boulogne
SAN [SIDRO: Avanzan las obras en el reservorio de Boulogne
SAN ISIDRO: Avanzan las obras en el reservorio de Boulogne I CONtinta NORTE
17/10/20 13.- Está ubicado en Bomberos Voluntarios y Lamadrid, ex Parque Arenaza. El intendente,Gustavo Posse, recorrió el predio.
El intendente de San Isidro, Gustavo Posse, recorrió el reservorio ubicado en el ex Parque Arenaza, enBomberos Voluntarios y Lamadrid, Boulogne. El Municipio realiza allí trabajos para que esta lagunaseca capte 14 millones de litros de agua.
Por la gran cantidad de agua que almacena, Posse definió a este reservorio como "una obra deexcelencia" para el barrio Santa Rita y el sector conocido como triángulo de Santa Rita, delimitadopor Lamadrid, Carlos Tejedor, Gascón, Vergara y Godoy Cruz. Allí viven unos 25 mil frentistas.
En algunos sectores, la profundidad del reservorio es de 3.5 metros; la superficie está preparada paracaptar 14 millones de litros de agua. El objetivo es la prevención de inundaciones en el marco del plan
http://contintanorte.com.ar/20 13/1O/l5/san-isidro-avanzan-Ias-obras-en-el-reservorio-de-... 31/1 0/20 14
SAN [SIDRO: Avanzan las obras en el reservorio de Boulogne I CONtinta NORTE Página 2 de 2 " ii7"~:;.•:..;t- '1-
• \0.,.. te.\. .
de obras pluviales que lleva adelante el Municipio, "ya que desde el gobierno de la Provincia de ;i, l\.\j)l- ¿=Buenos Aires, responsables de ejecutar estas obras, no hay respuestas", aclaró el secretario de Obras -¡.,
Públicas, Federico García.";, -~./
~1" J
")/. García dijo que los trabajos apuntan a mejorar este reservorio natural para captar todos los excedentes
pluviales que vienen de la zona de Villa Adelina oeste y se acumulan en Lamadrid y avenida AvelinaRolón (Boulogne).
"El reservorio está conectado al desagüe Pavón Medio, que tiene un diámetro de 1.80 metros, y correpor la calle Bomberos Voluntarios. Por ahí se evacúa el agua que se junta en el reservorio", detalló elfuncionario.
Sobre el funcionamiento de los reservorios, GarCÍa explicó: "Estas lagunas secas reciben el agua quese desborda cuando se satura un conducto pluvial. En cuanto se libera el conducto, el reservorio sevacía a través de ese mismo desagüe pluvial, manteniéndose seco en días sin lluvia
http://contintanorte.com.ar/20 13/10/15/san-isidro-avanzan-Ias-obras-en-el-reservorio-de-... 31/1 0/2014
La Noticia \Veb - Noticias on line las 24 horas, con información de los municipios de B...
24 de Octubre de 2014
_Obras hidráulicas en San Isidro: finalizan una .viador'. \. )-..! - _./ .omentarios Comentar o Votos Votar/ I
oEl intendente Gustavo Posse inauguró el desagüe Larumbe en Martínez, que se realizó
completamente con fondos municipales y que beneficiará a 60 mil residentes.
El intendente de San Isidro, Gustavo Posse, inauguró las obras del Aliviador Larumbe. que el Municipio
realizó en Martinez, construido totalmente con fondos municipales, y que beneficiará a más de 60 mil
residentes.
"Nuestra política anticipatoria, para adecuarnos al nuevo régimen de lluvias. demostró buenos resultados.
Las tareas de entubamiento empezaron antes del temporal del 2 de abril de 2013, por eso esta zona de
San Isidro no luvo las consecuencias graves que sufrieron La Plata o sectores del Gran Buenos Aires",
comparó el intendente.
El conducto pasa debajo de la plaza 9 de Julio, en Monseñor Larumbe y Necochea, y completa los
desagües en esa zona, una de las más antiguas de la localidad.
El secretario de Obras Públicas, Federico Garcia, aclaró que la construcción de este desagüe le
http://www.lanoticiaweb.com.ar/noticia/357 40/0bras-hidraulicas-en-san-isidro- finalizan-un 31110120 14
La Noticia Web - Noticias on line las 24 horas, con información de los municipios de B... Página 2 de 2
", '¿~r ondia a la Dirección de Saneamiento y Obras Hidráulicas de la provincia de Buenos Aires pero,
" a'ote la' Ita de soluciones, San Isidro empezó los trabajos con fondos municipales,'l_~ '
,.1, \.~¿, \ ~. ,El fyilci, ario detalló que el conducto, que nace en la intersección de las calles Larumbe y Fleming, se
}.ealiz,9) or tramos y en varias etapas, Los caños utilizados tienen 1,20 metros de diámetro, medida que se
, ,,' ca,lc ' o para que drene el agua de 25 hectáreas aproximadamente,
Sobre los beneficios de este proyecto para los vecinos, Garcia señaló: "En el centro de Martinez habia un
problema serio cuando se acumulaba agua de lluvia porque, con el oleaje que generaban los autos,
entraba en las casas, Con esta obra, va a solucionarse el problema en la zona más afectada, sobre la calle
Larumbe",
El presidente del Concejo Deliberante, Carlos Castellano, agregó: "Luego de terminar con estas obras
subterráneas, que no se ven, podemos trabajar en embellecer la ciudad con espacios urbanos que tíen'en
que ver con la recreación, el deporte, el tránsito, la seguridad, la educación y la salud",
Este desagüe se complementa con los conductos existentes como el de Dardo Rocha, el Aliviador Paraná,
el Fleming Oeste, y Tres Sargentos, Además de las estaciones de bombeo y de los reservorios -lagunas
secas adonde drena el agua cuando llueve intensamente y después se vuelven a vaciar- que seconstruyeron en predios como el Hipódromo, el Jockey Club, campos de deportes y terrenos de empresas,
http://www.lanoticiaweb.com.ar/noticia/35740/obras-hidraulicas-en-san-isidro- finalizan-un 31/1 0/2014
21/812014 Página/12:: Ultimas Noticias:: El PRO yUNEN aprobaron la afll)liaci6n del Presupuesto porteño
PáginaI12~ I ~ Jue~s. 26 de junio de 20 14 IHoy ~ INGRESARI REGISTRARSE @ EDICIONESANTERIORES Q. BUSQUEOAAVANZADA
lA..TMA,S NOTOAS EDIClON¡~F'RESA D SlJA,.,E':US'JlOS D TAPAS FIERRO FumaENvrllO
18:33, CIUDADDEBUENOSAIRES
El PRO YUNEN aprobaron laa pliación del Presupuesto8' teñoe trata de un paquete de leyes económicas, que contemplan una
ampliación de partidas para saldar los aumentos salariales de los
empleados municipales, la emisión de una deuda pública por 890 millones
de dólares y un tope del 30 por ciento a la suba del ABL en 2015, que una
norma anterior fijaba en el 40 por ciento.
En primer ténnino, los legisladores aprobaron con 38 \Otos poslti\Os, 4
negath.os y 15 abstenciones el proyecto del jefe de Gobiemo de la Ciudad,
Mauricio Macri, para ampliar en 9671 millones de pesos el Presupuesto
2014, establecido en 59.500 millones de pesos. De ese 10tal, mas de 3600
millones serán destinados al pago de las subas salariales establecidas en
paritarias.
La iniciativa también plantea la necesidad de contar con una -previsión
presupuestaria para la compra de equipamiento y bienes necesarios para dar
inicio a la prestación del semcio de recolección de residuos en el marco de
la licitación pública nacional e intemacionar y fija, para ello, un monto de
1312 millones de pesos.
SUBNOTAS
» Martln Farrell acumula rechazos.por unanimidad"
MIS RECORTES: O [0%]
UL Tlf>.1t..5NO! IGlAS .NDI'.:;!:
TAL COMOESTABA ESTABLECIDO 12:30la Argentina pagó a los bonistasQue ingresaron en el canje. para evitarel "defaull técnico.
"AMENAZA AL SISTEMA GLOBAL" 19:50Griesa conl.()c6 a una audienciapara manana
CONFLICTOCONLOS BUITRES 09:56"No alectan las negociacionescon el Club de Parls"
EL CASOMALVINASANTE LA ONU 14,33"No permiliremos la elq:loliaciónde los recursos naturales"
A 12 AÑOSDELA MASACREDE. 11:25AVELLANEDAVanina Kosteki:"la impunidad siguevigente-
CIUDADDEBUENOSAIRES 18:33El PRO yUNEN aprobaron laampliación del Presupuesto porter'to
EL NUEVOMAPA 17:59El plenario nacional del pJ sereunirá en julio
PROVINCIADEBUENOSAIRES 14:25La Policia Comunal pasó arevisión
El diputado Jorge Taiana justificó el rechazo del bloque del Frente para la
Victoria a la emisión de deuda en que "la historia de esta Ciudad marca que
los préstamos anteriores han tenido un patrón común de tasas muy
elevadas. Este es un momento en donde tomar deuda no parece razonable
ni oportuno y donde además el destino de los mismos préstamos es incierto
y, en general, distinto para el que fueron tomados".
Por su parte, el legislador José Cruz CampagnoH, de Nue'o-QEncuentro-FPV,
ad\lirtió que hubo un avance sostenido del endeudamiento y en muchos
casos no esta claro cuál fue el destino: y en los casos donde esta claro el
des lino, se utilizó para obras que bien se podrfan haber hecho en pesos-o
Además, agregó que -en definitiva hay un endeudamiento estructural para
obras que se pueden hacer en pesos y va confiscando a futuro las finanzas
de la Ciudad. A este ritmo en 10 015 ar'tos la Ciudad tendría todo su
presupuesto equivalente a una deuda en dólares. Por el contrario, el gobierno
nacional asumió el des endeudamiento como política de Estado".
Convartir:
CONFLICTOBILATERAL 19:50Entre Rlos solicitó nuevasacciones por el connicto del RioUruguay
PARITARIAS 11:04Camioneros consiguió unaumento y suspendl610s paros
EL 75 PORCIENTODELAS 18:03REGALlAS PETROLERASSERANINVERTIDASENEDUCACIONBrasil uni~rsaliza la educacióninfantil, primaria ysecundarla
"UCRANIADEBECESAREL FUEGO' 15:33los separatistas aceptaron eldiálogo con Kiell
AY. KUN... 11:44I>{¡üero, afuera contra Suiza
Argelia eliminó a Rusia y jugará 17:10en octa\Qs con Alemania
Bélgica. puntero de su grupo. 17:04enfrentará a EEUU
}'\Jemania rabricó su liderazgo 15:03
Para Portugal no hubo milagro 15:00
LA OTRA.MORDIDA 10:51La FIFAdejó sin mundial a luisSuárez
ESCRIBEN HOYAna Ruth Najles Bruce SiJverstem Errc
Nepomuceno Esteban ktis Gloria
Lenardón Guyle Gaufey Jose Totah
Juan Barberis Juan Carlos M:llllla
Julia González lola Sasturam lucas
Garólalo Luis Paz. Manano Verrrna
Mario Wainfeld Mano Yannoulas
Oscar R. GonzálezyGuillermo F.
Torremare Por Guyle Gaufey
Santiago Rial Ungaro
ULTIMASNOTICIAS EDICIONIMPRES" SUPLEI.IE~¡rOS BUSQUEDA PUBLICIDAD INSTITUCIONAL COPl:i.EO ORSS
!iIOe$de $U m6vil acceda a través de hltp1Im.pagina12.com.ar
e 2000-2014 www.pagina12,comar 1Rcpubllca Argtlnllna r PolliCade privac,dad 1Todos los Derechos Reservados
Silu desarrol<ldo con software hbrli ~.
http://YMw.pagina12.com.ar ¡di ari o/ul timasl2O- 24~ 2014-Q6.. 26.htrrl 111
lanacion.com I Pomica I Debate por el presupuesto
Inmensa arrp/lación presupuestaria: 160 mil mllones de pesos más para subsidios ygastos -lanacion.com21/812014
lanacion.com
ro (;7 ¿".~.~ .,. (. \'J. ¿:., 1'iJ:J
Viernes 01 de agosto de 201 '\. 13,04\~;;':'"
Inmensa ampliación presupuestaria: 160 mil millones de pesos más
para subsidios y gastos
El Gobierno lo dispuso rrediante un decreto firmado por la presidenta
El Gobierno dispuso hoy una ampliación del presupuesto por casi
160.000 millones de pesos para atender cubrir subsidios en el
transporte ferroviario, colectivos y Aerolineas Argentinas y para el área
energética, que se financiarán en su mayoria a través de colocación de deuda.
Así se dispuso, a través del Decreto de Necesidad y Urgencia (ONU)
1246/2014, publicado hoy en el Boletin Oficial, con la firma de la presidenta
Cristina Kirchner, del jefe de Gabinete, Jorge Capitanich, y de todos los
ministros nacionales.
El ONU autoriza modificaciones presupuestarias por más de 158,5 mil millones
de pesos, especialrrente para los programas a cargo de los ministerios de Planificación, Economia, Trabajo e Interior y
Transporte. las obligaciones a cargo del Tesoro y los servicios de deuda, que se financiarán en parte con recursos
propios de los organismos, producto de créditos excedente, pero fundamentalmente con la colocación de 150,6 mil
millones de pesos de deuda.
De acuerdo con el anexo -de 171 páginas- que acompaña al ONU, se autoriza la colocación de deuda por
150.622.170.540 pesos, de la cual 104.059.991.113 pesos será en moneda nacional y el equivalente a 46.562.179.427
pesos en moneda extranjera.
En cuanto a las partidas presupuestarias, el área que más recibirá será el Ministerio de Planificación, con una cifra
superior a los 47,3 mil millones de pesos, que serán financiados con alrededor de 2.500 millones de recursos propios,
para atender áreas como energia eléctrica (37 mil millones), infraestructura vial y habitacional, politica de hidrocarburos,
redes de alta tensión y saneamiento.
Economla recibirá casi 14,5 mil millones de pesos, la mayoria para atender el programa de estímulo a la inyección de
gas natural (12,4 mil millones de pesos), en tanto que Trabajo percibirá casi 12 mil millones de pesos para atender el
régirren de reparto y las asignaciones familiares de de (trabajadores) activos.
El Ministerio del Interior y Transoortetendrá partidas por más de 11 mil millones de pesos, que será destinadas
principalrrente a los programas de transporte automotor, ferroviario y aerocorrercial.
Para alender las obligaciones a cargo del Tesoro se destinarán casi 99,5 mil millones de pesos, de los cuales casi 60 mil
millones son para asistencia financiera a las provincias y casi 34 mil millones para la asistencia de empresas públicas y
entes binacionales.
Foto: Archivo / Santiago Filipuzzi / LA
NACION
El pago de servicios de la deuda pública tendrá casi 6.600 millones de pesos,
en tanto que el Ministerio de Desarrollo Social recibirá más de 3.700 millones
para atender fundarrentalrrente el pago de pensiones no contributivas.
El Ministerio de Salud tendrá partidas por poco más de 2.100 millones de pesos,
en donde se destaca la atención médica para pensiones no contributivas (1.300
millones), reforma del sector salud (354,5 millones) y la atención sanitaria (325
millones).
El Poder Legislativo tendrá partidas por casi 5,7 millones de pesos y el judicial
por poco más de 881 millones de pesos, en tanto que Presidencia recibirá poco
más de 1,1 millón de pesos.
La Secretaría General de la Presidencia tendrá partidas por 89,3 millones; la de Cultura por 14 millones, el Ministerio de
Industria por 168 millones; el de Agricultura por 186 millones y el de Turismo por casi seis millones de pesos.(DyN) IJ
http://VMw.lanacion.com.ar/1714917 -i nmensa- arrpl iadon- presupuestari a-160-rri I-mi 11enes-de- pesos- mas-para-subsidi 05- y-g astos 1/1
•-\I~~
GRILLA
DESUELDOS
DOCENTESAL01~3-2014
Página1de2
\. "----
301
MAESTRA
2054,80
302
DIRECTORA
DE1ERA
3922,80
303
VICEDIRECTORA
DE1ERA
3362,40
304
SECRETARIA
3063,52
305
PRECEPTORA
1868,00
307
DIRECTORA
DE2DA
3362,40
309
DIRECTORA
1RA.EDUC.PRIMARIA
4408,48
310
VICEDIRECTORA
1RA.EDUC.PRIMARIA
3792,04
308
HORASCATEDRAS
TERCIARIO
155,67
311
MODULOSEDUC.SECUNDARIA
186,80
313
MODULOSTERCIARIOS
233,50
314
HS.CATEDRAINGLES/INCIAUED.PRIMARIA
155,67
315
MODULOSEDUC.SECUNDARIA
186,80
316
HORASCATEDRAS-PROF.TALLERES
155,67
317
MODULOSCOORDINACION
TALLERES
186,80
318
DIRECTORA
1RA.ESC.SECUNDARIA
5043,60
319
SECRETARIA
ESCUELASECUNDARIA
3362,40
320
DIRECTOR
INSTITUCIONAL
5604,63
321
VICEDIRECTOR
TERCIARIO
5043,60
322
SECRETARIO
TERCIARIO
3362,40
323
PROSECRETARIO
TERCIARIO
2802,00
324
REGENTEINSTITUTO
TERCIARIO
4034,88
325
JEFEDEAREATERCIARIO
3810,72
326
JEFEDEMEDIOS-APOYOTECYPED.TERCIJ
2914,82
327
BIBLlOTICARIO
2241,60
328
VICEDIRECTOR
ESCSECUNDARIA
4483,94
ICATEGORIA
IDESCRIPCION
ISUELDOS
. '.
•
INRO.CONCEP!BONIFICACIONES
IPROP.X
CARGO
1lpROPX.HS/MODULOS
A0791
BONIFICACION
JARDIN
840,6045%SDOPRECEPTOR
A0795
BONIFICACION
GABINETE
990,0453%SDOPRECEPTOR
A0785
BONIFICACION
PRECEPTORMALVARG
765,8841%SDOPRECEPTOR
A0798
BONIFICACION
ERIPLA
CONTINUA
373,6020%SDOPRECEPTOR
A0788
BONIFICACION
E.G.B.
840,6045%SDOPRECEPTOR
A0797
BONIFICACION
DIRECTORAS-MAL.ARG.
100,00CONTINUA
A0794
BONIFICACION
DOC.DIFERENCIADA
1064,7657%SDOPRECEPTOR
I
CAT,311-315-317-33,80
A0776
BONIFICACION
REM.DOCENTECONTINUA
338,00HASTADOSCARGOS
CAT.308-314-316=28,11
CAT.313=42,25
A0774
BONIFICACION
NOBONIFICABLE
A0793
BONIFICACION
NOREMUNERATIVA
A0792
IBONIF.REMUNERATIVA
MAESTRA
Página2de2
I.,00
140,00
250,00iALTAAL01-03-2014
j
\
CAT.311-315-317-91,60
A0778
BONIFICACION
REMUN.NO
BONIFICABLE
916,00HASTADOSCARGOS
pCAT.308-314-316=76,30
CAT.313=114,60
CAT.308-314-316-15,57
A0799
BONIF.REM.10%SDO.PRECEPTOR
1868,00APARTIR
1-3-14
El
CAT.311-315-317=18,68
CAT313=23,35
CAT.316-317-11,15
A0780
BONIFICACION
REMUN.NO
BONIFICABLE
111,50TOPE
SIGUE
•CAT,308-314-315=9,30
....
CAT.313=13,94
A0790
A0888
GARANTIA
SALARIAL
BONIFICACIO
E$PANTIGÜEDAD
100,00TOPE
SIGUE
CutfJl.t•...
ll'''-l.>-CAT,308-314-315-311-'8,33
%DE¡\NTSALEPORtlOD
776
J
•
•
••
BONIFREM03/20DIRECTORA
483,00APARTIR
1-3-14
CONTINUA
BONIFREM03/20VICEDIRECTORA
414,00APARTIR
1-3-14
CONTINUA
BONIFREM03/20DIRECTORASECoMALVINAS
552,00APARTIR
1-3-14
CONTINUA
A0789
BONIFREM03/20DIRECTORAPRIM.MALVINAS
542,00APARTIR
1-3-14
CONTINUA
BONIFREM03120VICEDIRECTORAPRIM.MALVINAS
466,90APARTIR
1-3-14
CONTINUA
BONIF.REM.SECoyPROSECRETARIO
120,00APARTIR
1-3-14
CONTINUA
BONIF.REM.NOBONDIRECyVICE
230,00APARTIR
1-3-14
CONTlNUA
.,
GRILLADESUELDOSDOCENTESAL01-08-2014
rCl!::JlIICl1u•••...•
\
ICATEGORIA
IDESCRIPCION
¡SUELDOS
301
MAESTRA
2285,80
302
DIRECTORA
DE1ERA
4363,80
303
VICEDIRECTORA
DE1ERA
3740,40
304
SECRETARIA
3407,92
305
PRECEPTORA
2078,00
307
DIRECTORADE2DA
3740,40
309
DIRECTORA
1RA.EDUC.PRIMARIA
4904,08
310
VICEDIRECTORA
1RA.EDUC.PRIMARIA
4218,34
308
HORASCATEDRAS
173,17
311
MODULOSEDUC.SECUNDARIA
207,80
313
MODULOSTERCIARIOS
259,75
314
HS.CATEDRAINGLES/INCIAUED.PRIMARIA
173,17
315
MODULOSEDUC.SECUNDARIA
207,80
316
HORASCATEDRAS-PROF.TALLERES
173,17
317
MODULOSCOORDINACION
TALLERES
'207,80
318
DIRECTORA
1RA.ESC.SECUNDARIA
5610,60
319
SECRETARIA
ESCUELASECUNDARIA
3740,40
320
DIRECTORINSTITUCIONAL
6234,00
321
VICEDIRECTOR
TERCIARIO
5611,00
322
SECRETARIO
TERCIARIO
3740,40
323
PROSECRETARIO
TERCIARIO
3117,00
324
REGENTEINSTITUTO
TERCIARIO
4488,48
325
JEFEDEAREATERCIARIO
4239,12
326
JEFEDEMEDIOS-APOYOTECYPED.TERCI
3241,68
327
BIBLlOTICARIO
2493,60
328
VICEDIRECTOR
ESCSECUNDARIA
4987,20
'.
NRO,CONCEP
BONIFICACIONES
PROP,X
CARGO
•PROPX.HS/MODULOS
•
•A0791
BONIFICACION
JARDIN
976,6647%SDOPRECEPTOR
A0795
BONIFICACION
GABINETE
1122,1254%SDOPRECEPTOR
A0785
BONIFICACION
PRECEPTOR
MALVARG
997,4448%SDOPRECEPTOR
A0798
BONIFICACION
ERIPLA
CONTINUA
415,6020%SDOPRECEPTOR
A0788
BONIFICACION
E.G.B.
976,6647%SDOPRECEPTOR
A0797
BONIFICACION
DIRECTORAS-MAL.ARG.
100,00CONTINUA
A0794
BONIFICACION
DOC.DIFERENCIADA
1205,2458%SDOPRECEPTOR
•CAT,311-315-317-33,80
A0776
BONIFICACION
REM.DOCENTE
CONTINUA
338,00HASTADOSCARGOS
CAT.308-314-316=28,17
CAT.313=42,25
CAT.311-315-317-107,60
A0778
BONIFICACION
REMUN.NO
BONIFICABLE
1076,00HASTADOSCARGOS
CAT.308-314-316=89,67
"CAT.313=134,50
A0792
BONIFICACION
NOBONIFICABLE
BONIFICACION
NOREMUNERATIVA
IBONIF.REMUNERATIVA
MAESTRA
Página2de4
0,00CONTINUA
140,00BAJA
1,8,14
____
3_9_o~,oco-IMODIFICA1,8,14
CAT.316-317-11,15
A0780
BONIFICACION
REMUN.NO
BONIFICABLE
111,50TOPE
SIGUE
CAT,308-314-315=9,30
CAT.313=13,94
A0790
A0888
GARANTIA
SALARIAL
BQNIFICACIO
ESPANTIGÜEDAD
100,00TOPE
SIGUE
%DEANTSALEPOR
COD776
CAT,308-314-315-311-8,33
CAT.308-314-316-17,32
A0799
BONIF.REM.10%SDO.PRECEPTOR
2078,00APARTIR
1-814
CAT.311-315-317=20,78
-CAT313-25,98
A0789
BONIF
REM3/20CAT302
630,00APARTIR
1-8-14
CONTINUA
BONIF
REM03/20CAT303
540,00APARTIR
1-8-14
CONTINUA
BONIF
REM03/20CAT.318
720,00APARTIR
1-8-14
CONTINUA
BONIF
REM03/20CAT309
708,00APARTIR
1-8-14
CONTINUA
BONIF
REM03/20CAT310
609,00APARTIR
1-8-14
CONTINUA
BONIF.REM.03/20CAT304
295,00APARTIR
1-8-14
CONTINUA
BONIF.REM.03/20CAT320
900,00APARTIR
1-8-14
CONTINUA
BONIF.REM,03/20CAT319
324,00APARTIR
1-8-14
CONTINUA
BONIF.REM.03/20CAT322
324,00APARTIR
1-8-14
CONTINUA
BONIF,REM,03/20CAT323
270,00APARTIR
1-8-14
CONTINUA
BONIF.REM.03/20CAT324
648,00APARTIR
1-8-14
CONTINUA
BONIF.REM03/20CAT328
720,00APARTIR
1-8-14
CONTINUA
•
•
DEPARTAMENTO
DELIQUIDACIONES
I
..U
EA
01-1m0IRÉClOAA
MI
-'tiiftót
E-¡IONA.DM\NIS~k
g?RECCIO
G,:,~ERAt.DEPE
.&.
•
~{AUO':::\~C~";..:.t,
.''"~\
f,DELAIDA
BDeRIVAS
7.
l"j
)IAECTORADEADMINISTRACION
-r-~
~DEPERSONAL.
.O
O'f(~DIRECCJONGFlALPERSONAl.
Y~t
i":1
..•...
••l!".o'
A continuación se detalla nueva escala salarial para el personal de carrera médica.-'~.:
SUELDOS CARRERA MEDICA AL 01/08/2014
ANTIGÜEDADBONIF. COMPEN.
PROF.A0749
SUELDO
A0100¡FUNCION
•
231 PROFESIONAL GRADO AGREGAD.24HS 3265,77 1306,31232 PROFESIONAL GRADO AGREGAD.36HS 4898,66 1959,46 5 A 10 AÑOS233 PROFESIONAL GRADO AGREGAD 48HS 6531,54 2612,62
221 PROFESIONAL GRADO HOSP C 24 HS 3471,31 1388,52222 PROFESIONAL GRADO HOSP C 36 HS 5206,96 2082,78 10 A 15 AÑOS223 PROFESIONAL GRADO HOSP C 48HS 6942,62 2777,05
.......
ALTA 1/8/14
..,
258 IBONIF. REMUNERATIXAI CONTINUA
30 IBONIF. REMUNERATIVAI CONTINUA
659,77
1831,22
DECRETO NRO 203/04
• •
DECRETO 1823/05
DIRECTOR EJECUTIVO
PARA DR. EJECUTIVOS
LLEVAN BONIFICACIONES:
DIRECTORDIREC.ASOCIADO
A-0776 -A0777- A0765 .A0766
DEPARTAMENTO DE HABERES, 02 DE SEPTIEMBRE DE 2014
COD.A0766 ASISTENTES 2581,41 BONIF. REMUNERATIVA MOFIFICACOD.A0766 AGREGADOS 1940,87 BONIF. REMUNERATIVA MODIFICACOD.A0766 HOSP C 1300,32 BONIF. REMUNERATIVA MODIFICACOD.A0766 HOSP B 980,D3 BONIF. REMUNERATIVA MODIFICACOD.A0766 HOSP A 659.77 BONIF. REMUNERATIVA MODIFICA
241 PROFESIONAL GRADO ASISTENTE 24 HS 3083,07 1233,23242 PROFESIONAL GRADO ASISTENTE 36 HS 4624,61 1849,84 o A 5 AÑOS243 PROFESIONAL GRADO ASISTENTE 48 HS 6166,14 2466,46
COD A0767 ASISTENTES 1208,85 BONIF. REMUNERATIVA MODIFICACODA0767 AGREGADOS 1822,54 BONIF. REMUNERATIVA MODIFICACOD A0767 HOSP C 2417,67' BONIF. REMUNERATIVA MODIFICACOD A0767 HOSP B 3031,39 BONIF. REMUNERATIVA MODIFICACOD A0767 HOSPA 3626.52 BONIF. REMUNERATIVA MODIFICA
COD.A0765 •. 21\ HORAS 162,98 BONIF. REMUNERATIVA CONTINUACOD.A0765 36 HORAS 245,13 BONIF. REMUNERATIVA CONTINUACOD.A0765 48 HORAS 325,95 BONIF. REMUNERATIVA CONTINUA I
.211 PROFESIONAL GRADO \-\OSP B 24 HS 3654,01 1461,60212 PROFESIONAL GRADO HOSP B 36 HS 5481,01 2192,40 15 A 20 AÑOS213 PROFESIONAL GRADO HOSP B 48 HS 7308,02 I 2923,21
I CODo A0776 I
ICODo A0759 1
I 201 \ PROFESIONAL GRADO \-\OSP A 24 \-\S l 3859,55 l 1543,82 1 \2Cl2 ?ROFES\ONI\L GRMJO \-lOS? 1\:>6 \-IS 51~"'.:>2 2:>15,1:> ~Il.s 'l.\l Il.i'las203 I PROFESIONAL GRADO \-\OSP A 48 \-\S 7719,10 I 3087,64
DECRETO
I
-ANOS GRADO --- /." CLASE COEFIC. % R.HORARIO SUELDOOA5 M.ASISTENíE:"'~ 01 6,75 24 24 HORAS $3.083,07OA5 M.ASISTENTE. 02 6,75 34 34 HORAS $4.367,68OA5 M.ASISTENTE. 03 6,75 36 36 HORAS $4.624,61 'OA5 M.ASISTENTE. 04 6,75 44 44 HORAS $5.652,30OA5 M.ASISTENTE. 05 6,75 48 48 HORAS $6.166,14
5Al0 M.AGREGADO 11 7,15 24 24 HORAS $3.265,775Al0 M. AGREGADO 12 7,15 34 34 HORAS $4.626,515Al0 M.AGREGADO 13 7,15 36 36 HORAS $4.898,665Al0 M.AGREGADD 14 7,15 44 44 HORAS $5.987,255Al0 M.AGREGADO 15 7,15 48 48 HORAS $6.531,54
10A15 M.HOSP. "C" 21 760 24 24 HORAS $3.471,3110A15 M.HOSP.• C. 22 7,60 34 34 HORAS $4.917,6910A15 M.HOSP. "C" 23 7,60 36 36 HORAS $5.206,9610A15 M.HOSP. "C. 24 7,60 44 44 HORAS $6.364,0710A15 M.HOSP. "C" 25 7,60 48 48 HORAS $6.942,62
15A20 M.HOSP."S" 31 8,00 24 24 HORAS $3.654,0115A20 M.HOSP."S" 32 8,00 34 34 HORAS $5.176,5115A20 M.HOSP."S" 33 8,00 36 36 HORAS $5.481,0115A20 M.HOSP."S" 34 8,00 44 44 HORAS $6.699,0215A20 M.HOSP."S" 35 8,00 48 48 HORAS $7.308,02
MAS DE 20 M.HOSP."A" 41 8,45 24 24 HORAS $3.859,55MAS DE 20 M.HOSP."A" 42 8,45 34 34 HORAS $5.467,69MAS DE 20 M.HOSP."A" 43 8,45 36 36 HORAS $5.789,32MAS DE 20 M.HOSP."A" 44 8,45 44 44 HORAS $7.075,84MAS DE 20 M.HOSP."A" 45 8,45 48 48 HORAS $7.719,10
DIRECTOR EJECUTIVO $7.719,10
-- -~~.ESCALA SALA~II\L:i 471 AGOSTO/14VALOR SASE $ 1.993~? I.CjTEi3\;6 30 HS)
~~,~ ~ \, $ 1.903,13' .•(Basico cal. 16 en3011or. afco ,IClei)le)"'Regimen horario
. ~'1:.¡.~.1 /1
LEY 10.471.BONIFICACIONESSONIFICACIONES
concepto importes131- $ 258,00/
Acto vigente desdeadministrativo
DEC.203/04 S.REMUNERATI reb-04 M4,lnc.1
, "
151- $ 30,00 / DEC.1823/05 S.REMUNERATI ag0-05
081-
082-
mar-D9mar-D9mar-D9mar-D9 ART.3
mar-D9
ag0-14 'l<..
" -)~¡
'"
, ,•..~
, "l'.
mar-De artAmar-Demar-Demar-Demar-De
mar-De art.3mar-Demar-Demar-Demar-De
$ 162,98 24 HS.I DEC.2188/08 S.REMUNERATI$ 230,5534 HS. / DEC.2188/08 S.REMUNERATI$ 245,13 36 HS.V DEC.2188108 S.REMUNERATI$ 299,45 44 HS. DEC.2188108 S.REMUNERATI$ 325,95 48 HS.¡ DEC.2188108 S.REMUNERATI
~\ $ 2.581,41 Méd.Asisl DEC.2168108 S.REMUNERATI$ 1.940,87 Méd, Agreg. DEC.2188108 S.REMUNERAn$ 1.300,32 Méd. Hosp.C DEC.2188108 S.REMUNERATI$ 980,03 Méd. Hosp.S DEC.2168108 S.REMUNERATI$ 659,77 Méd. Hosp.A DEC.2188108 S.REMUNERATI$ 659,77 DIRECTOR EJECUTIVO'
98\ $1.208,85 Méd.Asisl DEC.1427/09 B.REMUNERATI$ 1.822,54' 't1o!d,Agreg, DEC.1427/09 S.REMUNERATI$ 2.417,67 Méd, Hosp.C DEC,1427/09 S.REMUNERATI$ 3.031,39 Méd. Hosp.S DEC.1427/09 S.REMUNERAn$ 3.626,52 Méd. Hosp.A DEC.1427/09 S.REMUNERAn$ 1.831,22 PARA DIRECTORES EJECUTIVO~ I
DIRECTOR EJECUTIVO, SOLO TIENE SONIFICACIÓN CONCEPTO 082DIRECTOR Y DIRECTOR ASOCIADO, LE CORRESPONDE SONIFICACIÓN 131-081- 082-47'
A PARTIR DEL 1/12/2013, SE HACEN 10 PUNTOS POCENTUALES REMUNERATIVOS DE LA SONIFICACIÓN DEPLANTA Y GUARDIA
laONIFICACION POR PLANTA% NO REMUN % REMUN
I 30%1 10"/01
I '1/'J,I{
r,r __, ,l';l~ '. ~
" , " ,
-- ! ' '.~ I •.•'( . ( , , . ,. /
l
• • .'
. dONI~ICACI~~PORGUARDI:J,)- // Lunes a Viernes (Guardia)4lGuardias MenSdáles en dias laborales
60% 10%5tsuardiaS"fffensuares en dias laborales75% 10%41Guardias Mensuales 3 en ds laborales v 1 no laborable 65% 10%4/Guardias Mensuales 2 en ds laborales v 2 no laborable 70% 10%51Guardias Mensuales 4 en ds laborales v 1 no laborable 80% 10%
Sabados DominQos feriados Ylo no laborables (Guardia)5 Guardias Mensuales en dias no laborales
100% 10%4 GuardIas Mensuales en dias no laborales80% 10%4 Guardias Mensuales 3 en ds no laborales v 1 laborable 75% 10%5 Guardias Mensuales 3 en ds laborales V2 no laborable 85% 10%5 Guardias Mensuales 1 en ds laborales v 4 no laborable 95% 10%5 Guardias Mensuales 2 en ds laborales v 3 no laborable 90% 10%
r•
l.'"....'~..\'!•....,'..,
PERSONAL PROFESIONAL QUE SE OESEMPE EN EN EL SIES70% 10%
I
..,
Municipalidad de San Isidro
,
1,',
. .. -
"'"'" ~.-;, ~'"'f:#",':t~~ ., ,
DECRETO NUMERO: 1 3 O 7
básica familiar; y
Ref. ExAOO ;24)121114,-LIBRO DE DECRETOS
SAN ISIDRO, 16 de may~e 2014 I
VISTO la evolución del costo de la canasta
QUE, la evolución observada en los precios de
Considerando:===--lDl.:~
'l QUE, el Departamento Ejecutivo ha procurado
;-~ ¡Cn) re, mantener actualizado el poder adquisitivo de los salarios de los Agentes de la
~/C9. mna;JIÑ\'._~----
los bienes de primera necesidad surge que se han producido importantes incrementos en la
mayoria de los rubros y que dichos aumentos resultan ser de público y notorio conocimiento;
QUE, todo ello ha hecho necesario procurar
establecer una recomposición salarial, a efectos de mitigar el impacto que la inflación
produce en las economías de las familias del personal Municipal;
QUE, para lograr una equiparación adecuada y
progresiva, las modificaciones salariales se realizan en dos etapas, incremento ~alarial, a
partir del mes de abril y luego a partir del mes de agosto del corriente año;
QUE, en la primera etapa, se otorga un
incremento sobre los sueldos básicos y sobre la Bonilicación Especial Remunerativa no
Bonilicable, equivalente al 16% sobre ambos rubros, a partir del mes de abril de 2014;
QUE, en una segunda etapa, se otorga un
incremento salarial sobre los sueldos básicos y sobre la I30nificación Especial Remunerativa
no I3onilicable, (cálculo que se efectúa sobre los haberes del mes de marzo de 2014)
equivalente al 16% sobre ambos rubros, a partir del mes de agosto de 2014;
QUE, en concordancia con las medidas indicadas
para el personal de la planta estable, se deberá aplicar similar criterio de incremento salarial,
en cuanto a pautas y fechas mencionadas, al personal comprendido en el artículo 24° inciso
a) apartado 4)-, como así también en forma proporcional a los que fueron designados
oportunamente conforme el inciso a) apartados 2 y 3) -del mismo artículo, todos en carúclcr
de "Planta temporaria- Personal mensualizado" de la Ordenanza 8744; Presupuesto General
de Gastos;
--~¡O i~-~--------- ,__
Municipalidad de Sllll Isidro
AÑO 2014LIBRO DE DECRETOS
Re( Expte. 213-D 2014.-
QUE, asimismo y con el propósito dc cstimular
la permanencia en el servicio del personal, se hace necesario incrementar el valor módulo de
la Bonificación por presentismo, a 600 módulos;
QUE, las citadas medidas ameritan la
modificación de determinados artículos del Presupuesto General de Gastos vigente para el
presente ejercicio, Ordenanza 8744;
QUE, asimismo en virtud de la nota presentada
por el Honorable Concejo Deliberante, obrante a fojas 17, donde se expresa la necesidad de
este órgano deliberativo de incluir en la presente recomposición salarial al personal
mensualizado de dicho Cuerpo, se deberá proceder a la modificación del artículo 34° y 350
de la Ordenanza 8744,según lo detallado;
Que deberá realizarse el respectivo acto
administrativo ad referéndum del Honorable Concejo Deliberante;
POR ello en ejercicio de las facultades que le son propias,
EL INTENDENTE MUNICIAL DE SAN ISIDRO
decreta
ARTICULO 1°._ Modilicase a partir del 1° de abril de 2014 el artículo 6° de la Ordenanza
***************8744, quedando establecido los sueldos básicos en la cantidad de módulos
que a continuación se detallan:
NIVELES AGRUPAMIENTOS CLASESCAT. CfREG. HORARIO 2 - 3 - 4- 5 - 6- 7 -
35 HS 40 hs 48HS JERARQUICO PROF TECNICO ADMINISTRATIVO OBRERO SERVICIOS
15 9.788 U-DIRECTOR
14 7.034 111 - SUBDIRECTOR
13 5.183 IV - JEFE DE OEPTO I I
12 3.565 4.888 4.888 11 I 1111 3.334 4.572 4.572 111 11 111
10 3.000 4.113 4.113 IV 111 X IV I I VI
9 2.842 3.898 3.898 V IV XI V 11 11 VII8 2.714 3.722 3.722 VI V XII VI 111 111 VIII7 2.638 3.015 3.618 VII VI XIII VII IV IV IX6 2.445 2.794 3.352 VII XIV VIII V V X
ARTICULO 2°._ Modilicase a partir del l° de abril de 2014 el artículo 20° -Bonificación
*************** Especial Remunerativa no Bonificable - de la citada Ordenanza,
quedando establecído la misma de acuerdo al siguiente detalle:
Ref. Explc. 213-02014.-l"'..',
. ,'. .
'1 ,.", ••-
, .
Municipalidad de San hidro
AÑO 2014LIBRO DE DECRETOS
/
CATEGORIA MODULOS PARA 35 MODULOS PARA 40 MODULOS PARA 48/ 6 1297 1482 674
V 7 1182 1351 4968 1163 491 4919 1124 425 42510 1061 335 33511 947 161 16112 871 56 56
ARTICULO 3°._ Modif1case a partir del 1° de abril de 2014, el artículo 22°
**************** "Bonificación por presentismo" de la Ordenanza 8744, en lo referente a
los módulos quedando establecido los mismos en 600 mensuales y manteniéndose en
vigencia el resto de los términos del citado artículo.-
ARTICULO 4°._ Modificase a partir del 1° de agosto de 2014 el artículo 6° de la citada
***************Ordenanza , quedando establecido los sueldos básícos en la cantidad de
módulos que a continuación se detallan:
NIVELES AGRUPAMIENTOS-CLASESCAT. C/REG.HORARIO 2- 3 - 4- 5 - 6 - 7 -
35HS 40 hs 46 HS JERARQUICO PROF TECNICO ADMINISTRATIVO OBRERO SERVICIOS15 11138 U-DIRECTOR
14 8004 111-SUBDIRECTOR
13 5896 IV. JEFE DE DEPTO I I
12 4057 5562 5562 11 I 1111 3794 5203 5203 111 11 11110 3414 4680 4680 IV 111 X IV I I VI9 3234 4436 4436 V IV XI V 11 11 VII8 3088 4235 4235 VI V XII VI 111 111 VIII7 3002 3431 4117 VII VI XIII VII IV IV IX6 2782 3179 3814 VII XIV VIII V V X
ARTICULO 5°._ Modil1case a partir del 1° de agosto de 2014 el artículo 20° _
"
*************** Bonificación Especial Remunerativa no Bonilicable - de la citada
Ordenanza, quedando establecido la misma de acuerdo al siguiente detalle:
;\lunicip"lililld de San Isidro
AÑO 2014 t J:::;-~-p2297LIBRO DE DECRETOS. .-/ "[jikL-)Re!. Exptc.213-1) 201,1.- ( _--- _.'--'l---
CATEGORIA MODULOSPARA 35 MODULOSPARA 40 MODULOSPARA 486 1476 1686 7677 1345 1537 5648 1326 559 5599 1279 484 48410 1207 381 38111 1078 183 18312 991 64 64
ARTICULO 6°._ Modifícasc cl artículo 24° inciso a) l'crsonalmcnsualizado- apartado 4),cn
**************
manera:
lo rcfcrcntc a la tabla dc rctribucioncs, la cual queda lijada dc la siguiente
A PARTIR DEL 1° DE ABRIL DE 2014,-
Agrupamiento Superior
Categoria Regimen Clase A Clase B Clase C Clase Dhorario
2502 35 hs 28944,48 29144,48 29244,48 29444,48
Agrupamiento Jerárquico
Categorí Reg.Clase A Clase B Clase C Clase D
a horario
1304 35 hs 6115.94 6315.94 6415.94 6615.94
1305 35 hs 7308.03 7508.03 7608.03 7808.031306 35 hs 8500.12 8700.12 8800,12 9000.121401 35 hs 7034 7234 7334 75341402 35 hs 8651.82 8851.82 8951.82 9151.821403 35 hs 10269.64 10469.64 10569.64 10769.641404 35 hs 8300.12 8500.12 8600.12 8800.12
1405 35 hs 9917.94 10117,94 10217.94 10417.94
1406 35 hs 11535.76 11735.76 11835.76 12035.76
1501 35 hs 9788 9988 10088 10288
1502 35 hs 12039.24 12239.24 12339.24 12539.24
1503 35 hs 14290.48 14490.48 14590.48 14790.48
1504 35 hs 11549.84 11749.84 11849.84 12049.84
1505 35 hs 13801.08 14001.08 14.101.08 14301.08
1506 35 hs 16052.32 16252.32 16352.32 16552.32
1601 35 hs 17106 17306 17406 17606
1602 35 hs 21040.38 21240.38 21340.38 21540.38
1603 35 hs 24974.76 25174.76 25274.76 25474.76
1604 35 hs 20185.08 20385.08 20485.08 20685.08
1605 35 hs 24119.46 24319.46 24419.46 24619.46
1606 35 hs 28053.84 28253.84 28353.84 28553.84
1607 35 hs 21885.08 22085.08 22185.08 22385.08
l\llIlIidpalid:HI clt'San hidm
"
AÑO 2014
LIBRO DE DECRETOSRel: Expie. 213 - [) 2014.-
I1
Agrupamiento administrativo
CategoriaReg.
Clase A Clase B Clase C Clase Ohorario
601 35 hs 3742 3942 4042 4242
701 35 hs 3820 4020 4120 4320
801 35 hs 3877 4077 4177 4377
810 48 hs 4691.2 4891.2 4991.2 5191.2
812 35 hs 4827 5027 5127 5327
813 35 hs 4277 4477 4577 4777
814 35 hs 4497 4697 4797 4997
901 35 hs 3966 4166 4266 4466
1001 35 hs 4061 4261 4361 4561
1010 35 hs 5261 5461 5561 5761
1101 35 hs 4281 4481 4581 4781
1201 35 hs 4436 4636 4736 4936
1301 35 hs 5183 5383 5483 5683
1302 35 hs 6375.09 6575.09 6675.09 6875.09
1303 35 hs 7567.18 7767.18 7867.18 8067.18
Aarupamiento Técnico
CategoriaReg.
Clase A Clase B Clase C Clase Ohorario
801 35 hs 3877 4077 4177 4377
802 40 hs 5515.7 5715.7
806 35 hs 3877 4077
807 27 hs 4936.8 5136.8
808 27 hs 4419.8 4619.8
809 27 hs 5109.8 5309.8
811 48 hs 4944 5144 5344 5544
815 35 hs 5077 5277 5377 5577
816 40 hs 6446.7 6546.7
817 40 hs 7191.1
841 40 hs 6460.1
906 27 hs 4834.4
907 27 hs 5304.4 5504.4
908 27 hs 5351.4 5551.4
909 27 hs 5524.4 5724.4
1002 40 hs 6187.55
1004 40 hs 6683.55
1005 35 hs 5051 5251 5351
1006 27 hs 5161
1007 27 hs 5678
1009 27 hs 5851
1011 27 hs 5536
1014 40 hs 7010.5
1015 40 hs 7506.15
1202 35 hs 6218.5 6418.5 6518.5 6718.5
1204 40 hs 8132.4
1205 40 hs 9109.5
1241 40 hs 7154.8
1206 40 hs 8132.40
-------
AÑO 2014LIBRO DE DECRETOSI{c.:f. Explr. 213 - [) 201<-l.-
---i\lullicipalid~'({J de Sau Isidro
-....
Aoruoamiento obrero
CategoriaReg.
Clase A Clase B Clase C Clase Dhorario
601 35 hs 3742 3942
701 35 hs 3820 4020
801 35 hs 3877 4077
901 35 hs 3966 4166
903 35 hs 3966 4166
1001 35 hs 4061 4261
1101 35 hs 4281 4481
1201 35 hs 4436 4636
I Aoruoamiento servicio
CategoriaReg.
Clase A Clase B Clase C Clase Dhorario
601 35 hs 3742 3942 4042
602 48 hs 4026 4226
603 48 hs 4448 4648 4748 4948
604 48 hs 4026 4226 4326
605 48 hs 4026 4226 4326
606 35 hs 4212 4412
702 48 hs 4114 4314 4414
703 35 hs 3820 4020
704 35 hs 3820 4020
705 35 hs 4040 4240
706 48 hs 4448 4648
801 35 hs 3877 4077
803 35 hs 3877 4077 4177 4377
805 35 hs 3877 4077 4177 4377
901 35 hs 3966 41666
902 40 hs 4761.76 4961.76 5061.76 5261.76
904 35 hs 3966 4166 4266 4466
905 35 hs 3966 4166 4266 4466
1001 35 hs 4061 4261 4361 4561
1012 35 hs 5561 5761 5861 6061
1013 35 hs 6361 5661 6661 6861
1101 35 hs 4281 4481 4581 4781
1201 35 hs 4436 4636 4736 4936
A PARTIR DEL 1" DE AGOSTO DE 2014.-
f¡" 2299---_ ..- ..;;->.-------• /" 1,
\," ..lA/. "( .1. --_ ..---_._- --- .
Agrupamiento Superior
Categoria Régimen Clase A Clase B Clase C Clase D
horario
2502 35 hs 3297.60 20910.20 20960.20 21040.20
:\Iunicipalidad de San Isidro
AÑO 2014LIBRO DE DECRETOSRcI:Explc.213-D 2014.-
Agrupamiento Jerárquico
CategoriaReg.
Clase A Clase B Clase C Clase Dhorario
1304 35 hs 6959.64 7159.64 7259.64 7459.64
1305 35 hs 8316.18 8516.18 8816.18 8816.18
1306 35 hs 9672.72 9872.72 9972.72 10172.72
1401 35 hs 8004 8204 8304 8504
1402 35 hs 9844.92 10044.92 10144.92 10344.92
1403 35 hs 11685.84 11885.84 1985.84 12185.84
1404 35 hs 9444.72 9644.72 9744.72 9944.72
1405 35 hs 11285.64 11485.64 11585.64 11785.64
1406 35 hs 13126.56 13326.56 13426.56 13626.56
1501 35 hs 11138 11338 11438 11638
1502 35 hs 13699.74 13899.74 13999.74 14199.74
1503 35 hs 16261.48 16461.48 16561.48 16761.48
1504 35 hs 13142.84 13342.84 13442.84 13642.84
1505 35 hs 15704.58 15904.58 16004.58 16204.58
1506 35 hs 18266.32 18466.32 18566.32 18766.32
1601 35 hs 19464 19664 19764 19964
1602 35 hs 23940.72 24140.72 24240.72 24440.72
1603 35 hs 28417.44 28617.44 28717.44 28917.44
1604 35 hs 22967.52 23167.52 23267.52 23467.52
1605 35 hs 27444.24 27644.24 27744.24 27944.24
1606 35 hs 31920.96 32120.96 32220.96 32420.96
1607 35 hs 24667.52 24867.52 24967.52 25167.52
Agrupamiento administrativo
CategoriaReg. Clase A Clase B Clase C Clase Dhorario
601 35 hs 4258 4458 4558 4758
701 35 hs 4347 4547 4647 4847
801 35 hs 4414 4614 4714 4914
810 48 hs 5340.4 5540.4 5640.4 5840.4
812 35 hs 5364 5564 5664 5864
813 35 hs 4814 5014 5114 5314
814 35 hs 5034 5234 5334 5534
901 35 hs 4513 4713 4813 5013
1001 35 hs 4621 4821 4921 5121
1010 35 hs 5986.6 6186.6 6286.6 6486.6
1101 35 hs 4872 5072 5172 5372
1201 35 hs 5048 5248 5348 5548
1301 35 hs 5898 6098 6198 6398
1302 35 hs 7254.54 7454.54 7554.54 7754.54
1303 35 hs 8611.08 8811.08 8911.08 9111.08
---~----
AÑO 2014LIBRO DE DECRETOSRol". Expto. 213 -lJ 2014.-
Agrupamiento Técnico
CategoriaReg.
Clase A Clase B Clase C Clase Dhorario
801 35 hs 4414 4614 4714 4914802 40 hs 6276.25 6476.25
806 35 hs 4414 4614
807 27 hs 5548.6 5748.6
808 27 hs 5031.6 5231.6
809 27 hs 5721.6 5921.6
811 48 hs 5626 5826 5926 6126
815 35 hs 5614 5814 5914 6114
816 40 hs 7308.25
817 40 hs 8155.25
841 40 hs 7326_25
906 27 hs 5459.8
907 27 hs 5994.8
908 27 hs 5976.8 6176.8
909 27 hs 6149.8 6349.8
1002 40 hs 6999
1004 40 hs 7564
1005 35 hs 5747.62 5947.62 6047.62
1006 27 hs 5803.8
1007 27 hs 6320.8
1009 27 hs 6493.8
1011 27 hs 6230.8
1014 40 hs 7935
1015 40 hs 8500
1202 35 hs 7076.5 7276.5 7376.5 7576.5
1204 40 hs 9185.1
1205 40 hs 10297.5
1241 40 hs 8072.7
1206 40 hs 9185.1
Agrupamiento obrero
CategoriaReg.
Clase A Clase B Clase C Clase Dhorario
601 35 hs 4258 4458
701 35 hs 4347 4547
801 35 hs 4414 4614
901 35 hs 4513 4713
903 35 hs 4513 4713
1001 35 hs 4621 4821
1101 35 hs 4872 5072
1201 35 hs 5048 5248
Agrupamiento servicio
CategoriaReg.
Clase A Clase B Clase C Clase Dhorario
601 35 hs 4258 4458 4558
602 48 hs 4581 4781
603 48 hs 5061 5261 5361 5561
604 48 hs 4581 4781 4881
605 48 hs 4581 4781 4881
606 35 hs 4728 4928
702 48 hs 4681 4881 4981
703 35 hs 4347 4547
•
Ref. Expte. 21.J-1J 2014.-
704 35 hs 4347 4547
705 35 hs 4567 4767
706 48 hs 5061 5261
801 35 hs 4414 4614
803 35 hs 4414 4614 4714 4914
805 35 hs 4414 4614 4714 4914
901 35 hs 4513 4713
902 40 hs 5418.52 5618.52 5718.52 5918.52904 35 hs 4513 4713 4813 5013
905 35 hs 4513 4713 4813 5013
1001 35 hs 4621 4821 4921 5121
1012 35 hs 6245.2 6445.2 6545.2 6745.2
1013 35 hs 7045.2 7245.2 7345.5 7545.2
1101 35 hs 4872 5072 5172 5372
1201 35 hs 5048 5248 5548 5548
ARTICULO 7" .- Modil1quesc a partir dcl 1" de abril y luego a partir dcl 1" dc agosto del
*************** eorricnte año, el artículo 34" (Régimcn de Remuneraciones) del Capitulo
II (Planta Temporaria) del Título III (Honorablc Conccjo Dclibcrantc), Presupucsto Gcncral
de Gastos Ejercicio 20 I4, el quc qucdará rcdactado dc la siguicnte mancra:
"ARTICULO 34".- Régimcn de Remuneraciones:
Establéccse para la dcterminación de las rcmuneraciones dc! pcrsonal mcnsualizado, la
cantidad de módulos quc a continuación se dctalla:
a) Pel'sonal Político (AI,ticulo 2°, Ley N° 11757)
CATEGORIA Abril Agosto
Categoría 65 - Secretario de Btoque 3900 4438
Categoria 66Secretario Privado 4430 5042
Categoria 72 Auxiliar de Bloque 3480 3960
Categoría 64 Auxiliar de Bloque) 3190 3630
Categoría 70 Asesor Legislativo 9027 10272
Categoria 78 Asesor Legislativo 13813 15718
Categoría 80 Asesor Legislativo 7250 8250
Categoría 71 Asesor Legislativo 11426 13002
Categoría. 67 Asesor Legislativo 5697 6483
Categoría 68 Asesor Legislativo 4611 5247
b) Resto del Personal
1M Ex¡!¡!Ñ(!)l2QJ>11l1l4.-
LIBRO DE DECRETOS
CATEGORIA Abril Agosto
Categoria.77 Recepcionista 3900 4438
Categoría. 62 Auxiliar de Administración 4553 5181
Categoria 63 Auxiliar de Administración 4335 4933
Categoria 73 Auxiliar de Administración 4270 4860
Categoria. 75 Auxiliar de Administración 3277 3729
Categoria 76 Auxiliar de Servicio 2987 3399
Establéccsc para cl personalmcnsualizado cuyo haber básico no supere los 4450 módulos cn
clmes dc abril una Bonificación Extraordinaria No Bonilicablc dc 945 módulos y a partir de
agosto a los quc no supcrc los 5100 módulos, un bonificación dc 1075 módulos.-"
ARTICULO 8°._ Incorpórcsc cn los alcances del artículo 35° dc la Ordcnanza Gcncral de
* * * * * * * * * * * * * Presupuesto el artículo 24° inciso a) apartado 2) e inciso j) dcl Honorablc
Concejo Deliberantc.-
ARTICULO 9° Los gastos quc dcmande cl cumplimicnto de lo dispucsto en los Artículos
* * * * * * * * * * * * * antcriores sc atcnderán con los fondos dc la partida corrcspondicntc dcl
presupucsto dc gastos vigcntcs para cl Ejcrcicio 2014 dc la Ordcnanza 8744.-
ARTICULO 10°._ El prcscntc dccrcto sc dicta Ad - Rclercndul11 del Honorablc Concejo
************** Dcliberantc.-
ARTICULO 11°.- Rcgístrcse. Comuníquesc y publiquesc.-
1l~:'sPA('1I0
L[(;IS1AClo."~
EC
Dr. RI , 'DOJ. M. RIVASSECRETARIO
SECI~ETARIA GENERAL DEG03\E.RIJO y ADMif-llSTRACIGN
MUNICIPALIDAD DE SAN ISIDRO
Rer.: Expte. nO 11140-2014.-
EXPOSICION DE MOTIVOS
El proyecto que se adjunta trata sobre la necesidad de efectuar una
modificación presupuestaria, en virtud de los diversos fenómenos observados durante el presente
Ejercicio y que implican un efecto directo, tanto en el Cálculo de Recursos como así también en el
Presupuesto General de Gastos para el Ejercicio 2014. Cabe señalar que las causales señaladas a
continuación, encuadran dentro de los supuestos establecidos por la Ley Orgánica de las
Municipalidades.-
Se desarrollan a continuación los principales antecedentes que motivan una
ampliación del presupuesto respecto de la formulación original realizada para el Ejercicio 2014.-
l. CÁLCULO DE RECURSOS
1.1) Mayor Coparticipación Ley 10559
El Sistema Tributario Nacional Argentino contempla un esquema de
Coparticipación de Recursos provenientes de tributos administrados por el Gobierno Nacional que
son girados a cada Provincia. Posteriormente las Provincias coparticipan a su vez a los distintos
Municipios recursos tributarios conforme a las normas que cada una de ellas establecen. En este
marco resulta oportuno destacar que la recaudación tributaria a nivel nacional de septiembre de 2014
alcanzó los $ 98.719.000.000 con un aumento de 37,48% en términos interanuales, debido a los
mayores incrementos de l.V.A., Ganancias, Seguridad Social y derechos de comercio exterior.
MUNICIPALIDAD DE SAN ISIDRORcC: Exptc. nO 11140-2014.-
Concepto Sep. '14 Ene-Sep '14
Ganancias 21,823.1 192,226.5
Ganancias DGI 20,435.9 180,221.4
Ganancias DGA 1,387.2 12,005.2
IVA 29,726.0 241,772.3
IVADGI 20,455.2 166,130.6
Devoluciones (-) 230.0 2,927.8
IVA DGA 9,500.8 78,569.6
Reintegros (-) 1,250.0 7,905.3
Internos Coparticipados 1,909.8 15,507.7
Ganancia Mínima Presunta 222.8 1,675.4
Otros coparticipados 137.8 1,086.1
Derechos de Exportación 5,855.7 67,001.3
Derechos de Importación y Otros 2,788.5 22,287.6
Combustibles Ley 23.966 - Naftas 1,903.0 13,314.7
Combustibles Ley 23.966 - Otros 8255 4,874.3
Otros s/combustibles (2) 1,568.0 10,106.8
Bienes Personales 486.6 11,044.4
Créditos y Débitos en Cta. Cte, 6,731.8 55,335.9
Otros impuestos (3) 1,264.0 6,900.7
Aportes Personales 10,137.4 87,736.5
Contribuciones Patronales 14,455.8 128,010.8
Otros ingresos Seguridad Social (4) 905.1 7,251.2
Otros SIPA (-) 771.9 3,585.9
Subtotal DGI 54,258.1 453,222.2
Subtotal DGA (5) 19,734.6 182,006.3
Total DGI-DGA 73,992.6 635,228.5
Sistema Seguridad Social 24,726.4 219,412.6
Total recursos tributarios 98,719.0 854,641.0
Clasificación presupuestaria 98,719.0 854,641.0
Administración Nacional 45,239.0 392,783.7
Contribuciones Seguridad Social 23,585.6 210,515.0
Provincias 25,779.8 220,268.6
No Presupuestarios 4,114.6 31,073.7
Por lo expuesto, podemos resaltar que el desempeño recaudatorio permitió
alcanzar el mejor septiembre del ciclo histórico, por encima de los $ 71.805.000.000 de septiembre
2013 y los $ 57.375.000.000 de 2012.
Podemos apreciar que durante septiembre se destacó el incremento del
LV.A, que alcanzó los $ 29.726.000.000, con un incremento interanual del 34,54% y que también
contribuyó el desempeño del Impuesto a las Ganancias que recaudó $ 21.823.000.000 con un
incremento del 55,0 l% respecto a septiembre de 2013, debido a los mayores pagos de retenciones y
percepciones, y al crecimiento de ganancias de las sociedades.
MUNICIPALIDAD DE SAN ISIDRO Ref.: Exple. n° 1I 140-2014.-
~
Cabe mencionar que el titular de la AFIP, Ricardo Echegaray, resaltó que "el
a S' ado de los primeros nueve meses del año permitió una recaudación de $ 854,641,000,000, lo<f!'
ql,le ign'fica un crecimiento del 34,6/% superior a lo obtenido en el mismo periodo de 2013".I ,.J'J í ) '"j} Por su parte, la Ministra de Economia de la Provincia de Buenos Aires, Lic.
S~Batakis, anunció que las transferencias diarias y automáticas a los 135 Municipios, en
c~to de Coparticipación, Fondo Solidario Provincial y Fondo de Financiamiento Educativo,
alcanzaron los $ 19.609.000.000 en los primeros nueve meses del año (Enero - Septiembre).
Destacando que lo del Fondo Solidario proveniente de la soja fue a Septiembre de $
781.673.806,80.- destinando a nuestro partido la suma de $ 16.681.467,86.-
Se exponen los datos publicados por el Ministerio de Economía de la
Provincia de Buenos Aires, Subsecretaría de Coordinación Económica:
".)MI.)j,¡liJ:~iª3dª:M4t.ª~Iªs."ªa,13XI:i#'ltln
Fdo.de
An••nc~rnJ.rcoEdueotlvo (F.F.E.)
6'0
Feto. Provine~Solldar1o (F.P.5.)
4"1. fdo. Municipal deInclusión Socllll
(F.••.•••. )3'J,
Fdo. Fort. ReeUTSOSMunicipales(F.F.R. ••. )
•••
3'J,
ondoProg.Soci.Jil••. y san.
Amb.2':lo
Total de Transferencias: $ 19.609.724.542
3
MUNICIPALIDAD DE SAN ISIDRO Rcr.: Expte. nO 11140-2014.-
CONSOLIDADO 135 MUNICIPIOSSAN ISIDRO
Acumulado ENERO - SEPTIEMBRE 2014
TRANSFERENCIAS DEFONDOSA~JLADO ENERO - SEPTIEMBRE 2014'1( ,O"(\ '1 • - ••,¡,
•.:''C,.)~articipación
. Bruta-' -'-'--------
Drrs';en-tralización
h_-',~J~F.F~P~
.. f.S.A. (Tratamiento deResiduos)
Fdo. Fort. Rec. Municip.Fdo. Inclus. Social
Fondo Solidario Provincial
Fondo de Financ. Educativo
Total
315.610.842,06
5.330.583,27
7.674.763,24
4.588.278,07
3.972. I59,54
19.924.975,50
11.227.463,3 I
16.681.467.86
23.244.927.19
408.255.460,04
14.789.151.262.10
639.389.379.90
326.749.871.66
287.018.523.22
105.889.168,91
912.676.714.16
677.946.063,58
781.673.806,80
1.089.229.75 J ,34
19.609.724.541,68
Cabe señalar que la Contaduría General de la Provincia de Buenos Aires ha
informado al Municipio de San Isidro, con fecha 10 de octubre de 2014, que el estado de la
Coparticipación Impositiva de esta comuna, acumulado al 30 de septiembre de 2014, ha sido de S
408.255.460,04.-
Por lo expuesto precedentemente, de la comparación entre la
Coparticipación estimada oportunamente para el corriente ejercicio con lo percibido por este
concepto en forma acumulada al 30 de septiembre de 2014 surge un incremento en la proyección de
los fondos coparticipables de $ 113.600.000.-
Considerando igual criterio que para la Coparticipación Ley 10.559, se ha
incrementado el Fondo de Fortalecimiento de Recursos Municipales en $ 3.900.000.- Y el Fondo
Municipal de Inclusión Social se incrementa en $ 2.700.000.-
1.2) Ajustes Técnicos de Tasas Municipales:
1.2.1) Tasa por Alumbrado, Limpieza v Servicios Generales
Es importante considerar que la Ordenanza Impositiva Anual N° 8741, en su
artículo 44°, faculta al Departamento Ejecutivo a realizar ajustes en las tasas, patentes y/o
contribuciones establecidas en dicha norma durante el corriente Ejercicio.-
4
Rcr.: Exptc. nO 11140-2014.-
Por otro lado, cabe hacer especial mención al hecho de que el escenario
inflacionario que atraviesa el país afecta sobremanera las finanzas públicas municipales ya
que se evidencian incrementos en los bienes, útiles y retribución de servicios que debe
adquirir y/o contratar la Municipalidad para su normal desenvolvimiento. Por este motivo, se
ha estimado necesario ajustar la Tasa por Alumbrado, Limpieza, y Servicios Generales.
Corresponde señalar que se han registrado a lo largo del corriente año incrementos
establecidos en los Decretos 3513/2013, 580/2014, 1112/2014 Y 1814/2014 Yque la suma de
los mismos se encuentra por debajo del total autorizado.
A efectos de evaluar el incremento en el monto percibido de la Tasa por
Alumbrado, Limpieza y Servicios Generales a Septiembre de 2014 Y su comparación con lo
estimado para el Ejercicio 2014 ($ 472.200.000,00).-, surge un incremento en la proyección
de la recaudación de esta Tasa de $ 139.600.000,00.-
1.2.2) Tasa por Inspección de Comercios e Industrias
Corresponde hacer mención que a partir de los cambios ya establecidos para la
determinación de la Tasa por Inspección de Comercios e Industrias reglamentados en el
Capítulo IV de la Ordenanza Fiscal e Impositiva, mediante la cual se incorporó una nueva
categoría de contribuyentes cuya base imponible considera los Ingresos Brutos devengados
por la actividad, sobre los cuales los contribuyentes deberán tríbutar cuando así corresponda,
se amplia la base del cálculo para esta tasa.
Cabe señalar que el Inciso e) del Artículo 80 de la Ordenanza Impositiva
Anual N° 8741 faculta al Poder Ejecutivo a fijar montos máximos para cada rubro de la Tasa
por Inspección de Comercios e Industrias como consecuencia de la adecuación al nuevo
sistema de cálculo y cuantificación por ingresos.
Como consecuencia de lo mencionado precedentemente, corresponde
evaluar el incremento producido en el monto percibido de la Tasa por Inspección de
Comercios e Industrias a Septiembre de 2014 Y su comparación con lo estimado para el
Ejercicio 2014 ($ 279.700.000,00).-, por lo cual surge un incremento en la proyección de la
recaudación de esta Tasa de $ 121.800.000,00.-
5
Rer.: [xpte. nO 11140-2014.-
1.2.3) Resto de Tasas y Otras Cuentas
El incremento se basa en las proyeccIOnes efectuadas de acuerdo a lo
ingresado al mes dc Setiembre 2014, y teniendo en cuenta lo autorizado y aprobado por el Decreto
1770/2014.-
2. PRESUPUESTO GENERAL DE GASTOS
A efectos de analizar este punto cabe mencionar que a nadie escapa los
aumentos en el índice de precios, producto del fenómeno inflacionario que se viene desarrollando en
la Argentina, lo cual incide en los costos de los servicios que presta la Municipalidad, bastando con
acceder a las estadísticas difundidas por el Instituto Nacional de Estadísticas y Censos (lNDEC)
para verificar la magnitud de lo señalado. Es necesario exponer en la presente los índices de precios
al consumidor GBA publicados por el INDEC, los que serán de gran importancia al momento de
determinar la ampliación presupuestaria para la evolución de los Gastos durante el Ejercicio 2014.
Por su parte, es necesario destacar que el índice de inflación que elaboran las
consultoras privadas y difunde en forma mensual la oposición en el Congreso fue de más del doble
que la publicada por el INDEC.
La Evolución del Índice de Precios al Consumidor por Nivel General para
los bíenes, según el Congreso fue la siguiente:
rJPC,(\..AIngreso
índices de Precios al Consumidor difundidos por el Congreso Nacional
Mes I Mensual Ilnteranual
2013
Enero 2,61% 26,20%
Febrero 1,14% 25,39%
Marzo 1,50% 24,46%
Abril 1,43% 23,54%
Mavo 1,63% 23,32%
Junio 2,19% 24%
Julio 2,63% 25,01%
Aoosto 2,14% 25,27%
Seotiembre 2,12% 25,52%
Octubre 2,11% 26,01%
Noviembre 2,38% 26,70%
Diciembre 3,30% 28,27%
2014
Enero 4,62% 30,78%
Febrero 4,31% 34,88%
Marzo 3,42% 37,43%
Abril 2,59% 39%
Mavo 2,28% 39,90%
Junio 2,20% 39,91%
Julio 2,47% 39,71%
Aoosto 2,65% 40,38%
ó
Ref.: Expte. n' 11140-2014.-
Fuente: índice de Precios al Consumidor
Elaborado por consultoras privadas
2.1 Gasto en Personal
A Nivel Nacional, el Índice de Salarios estima la evolución de los salarios pagados en la
economía, aíslando al indicador de variaciones relacionadas con conceptos tales como cantidad de
horas trabajadas, ausentismo, premios por productividad, y todo otro concepto asociado al
desempeño o las características de individuos concretos.
Para la elaboración de este Índice se realizan estimaciones tomando en
cuenta tres sectores: el sector privado registrado, el privado no regístrado y el sector público.
Asimismo, a partir de la promulgación del Decreto N° 762/02, que fijó la
actualización de los contratos contemplados en dicho marco legal en términos de un Coeficiente de
Variación Salarial que debería elaborar el Instituto Nacional de Estadística y Censos, se inició la
serie, utilizada hasta el 31 de marzo de 2004 con valor legal. Actualmente continúa publicándose
para permitir la actualización de los valores de los contratos en los que las partes decidieron utilizar
el Coeficiente a tales efectos.
Índice de Salarios y Coeficiente de Variación Salarial,
Valores al último día dc cada mes. Base cuarto trimestre 200 I = 100
Sedor privado Nivel general
Periodo Sedor públicofndice VariaciónRegistrado No registrado
mensual (%)
Ene-13 118.46 122.43 111.14 117.21 0.62
Feb-13 119.39 123.88 111.32 118.03 0.70
Mar-13 120.97 126.84 117.52 121.07 2.58
Abr-13 122.96 130.84 120.49 123.67 2.15
May-13 128.98 132.58 123.85 128.24 3.69
Jun-13 132.43 134.93 125.07 130.91 2.08
Jul-13 135.81 137.40 127.68 133.93 2.31
Ago-13 138.38 138.75 130.84 136.47 1.90
Sep-13 140.71 142.11 135.91 139.68 2.35
Oet.13 142.50 145.42 136.90 141.52 1.32
Nov-13 145.71 153.36 137.69 144.91 2.39
Dic-13 147.14 155.35 139.84 146.63 1.19
Ene-14 148.88 159.30 143.16 149.17 1.73
Feb-14 151.17 162.77 147.98 152.34 2.12
Mar-14 153.69 170.41 154.34 158.76 2.91
Abr-14 163.76 175.84 158.73 184.52 4.95
May-14 167.58 187.45 162.51 169.68 3.14
Jun-14 171.12 184.39 169.67 174.77 3.00
Jul-14 178.19 200.87 173.05 180.76 3.43
Ago-14 182.03 198.73 181.88 184.89 2.28
7
lOAD DE SAN ISIDRORcr.: Exptc. nO 11140-2014.-
El Índice de Salarios mostró un crecimiento del 2,28% en el mes de agosto
de 2014 respecto de julio, habiendo sido la variación experimentada por el indicador del 84,89%
respecto del período base (abril de 2012 = 100). Mientras el sector privado registrado tuvo
un incremento del 2,15%, el sector privado no registrado disminuyó el 1,07% Yel sector público
aumentó el 5,1% entre los meses de julio y agosto de 2014.
Respecto del periodo base (abril de 2012=100), en el sector privado registrado se verificó un
incremento del 82,03%, en el no registrado una suba del 98,73% Yel sector público aumentó un
81,88%.
En lo que a la Comuna respecta, el Departamento Ejecutivo ha procurado
siempre, en la medida de lo posible, mantener actualizado el poder adquisitivo de los salarios de los
agentes del Municipio. De la evolución observada en los precios de los bienes de primera necesidad,
surge que se han producido importantes incrementos en la mayoría de los rubros y que dichos
aumentos resultan ser de público y notorio conocimiento, lo que ha hecho necesario procurar
establecer una recomposición salarial, a efectos de mitigar el impacto que la inflación produce en las
economías de las familias del personal municipal durante el corriente Ejercicio se realizó una
recomposición salarial en dos etapas.
Se otorgó un incremento sobre los sueldos básicos y sobre la Bonificación
Remunerativa no Bonificable, equivalente al 16% sobre ambos rubros, a partir de Abril de 2014.-
Asimismo en una segunda etapa se otorga un incremento salarial sobre los sueldos básicos y sobre la
Bonificación Remunerativa no Bonificable, (cálculo que se efectúa sobre los haberes del mes de
Marzo 2014) equivalente al 16% sobre ambos rubros, a partir del mes de Agosto.- Asimismo se
otorgó un aumento en la bonificación por presentismo para todo el personal comprendido entre la
categoría seis a catorce, pasando a ser de $330 a $600.-
El mismo criterio se aplicó en cuanto a las pautas y fechas mencionadas al
personal de Planta Tempomria y Mensualizados. Además se incorporaron los aumentos definidos en
las paritarias de los empleados de la Provincia de Buenos Aires que revisten en la Carrera Médica
Hospitalaria y Docentes.-
2.2 Bienes de Consumo
8
Ref.: Expte. n" 11140-2014.-'(
6",
MUNI'~. IDADDESAN ISIDROm,i;. Cabe destacar que la devaluación y la evolución del tipo de cambio,
,era-ro-n-u-n-efecto derrame, las grandes empresas (formadoras de precios) comenzaron a trasladar
~us proveedores los efectos de la variación del tipo de cambio, generando un escenario variable.
A medida quc sube el valor dcl dólar en el mcrcado paralelo,
indefectiblcmente terminan aumentando los costos en todos los rubros de la economía, estableciendo
como motivos de estos aumentos, la compleja realidad financiera de nuestro país, la restricción en
la compra de dólares, las expcctativas e inccrtidumbres y los efectos del dólar "blue" como
parámetro en la determinación de los precios. Por lo expucsto, podcmos destacar el cuadro
comparativo de tipos de cambio, publicado en el artículo realizado por el Lic. Carlos Abi Ganem('),
del centro de estudios Federalismo y libertad, de fecha 17 de Marzo de 2014.
Dólar Oficial vs Blue
14.0000
12.0c00
10.0000
8.0000
6.0000
4.0000
2.0000
0.0000
1/3/2011
Nota: Du:n en pesos.
1/3/2012
Fuente: BCRAyII Nlden
1/3/2013 1/3/2014
-Blue
-OfiCial
(.J Uc. en Ecanamla de la Universidad Nacional de Tucumón y Máster en Finanzas de la Universidad de San Andrés.
Progresión de Dólar Blue, de Abril a Octubre 2014.
Tipo de cambio
t6.11
I14.6el .
13251
Fuente: www.ombito.com
2600
9
22'10Fecha
La evolución de la inllación real observada ha incidido notoriamente sobre
;Ip~ '"'( " ..~¡ \.
-("rp'<.'2,-,AlloAO DE SAN ISIDROI
7Rer.: Expte. nO 1114U-2014.-
los bienes de consumo en general, siendo los de Salud Pública los que habitualmente tienen una
demanda altamente inelástica con respecto al precio. De esta fomla se han evidenciado incrementos
importantes en el precio de los medicamentos, material descal1able e insumos de laboratorio, que
habitualmente se adquieren para hacer frente a las necesidades que en los distintos centros
municipales de Salud Pública se presentan.-
Un desvelo para el bolsillo
Die-13. (Voria::lón). Feb-14 ~
Asplrtnc::tJS x98comp.B~~r
S 17.87 (293 ) S23J1
Rt••.otriI2mgx30cornp.lnftt.tI
S 55.47 (24.7 ) S 69.17 $6U7
Arnoxtdal SOOmg.21comp.
RoelnD1C1's
Buscaplna Comp. N x 20com p.
B<M!:hriDger
S 46.13
S2l.n (275")
559.61
S 27.76
$$4,90
$27,76
-_ __ -..-- --- ._._ _._._._-_._-_ ---_ __ ._.._ ..-.--- .•.........._ ..- .._ -.Bagohcp.lt x 10 comp.
BagóS2l67 S 29.86 $21,67
Qura Plusx20comp_Bemabó
S37.n (39.ll'~) S 52.80 $48,44
Ibuplrac400x lOcomp.Pfbl!r
S 10.30 (13.4%) SIl68 $12,10
$62,30S 62.53550.63MIRral cornp~csto X20COln p.MontpeDicr-----
f'u;:nl<f.Smdk:JotoArs~nnood~ FannaCfutró5 y E!t:q f'NC05-SAFYBi'nb~a K.1JrCd y Alf1b~,"
•LO QUEMENOS IPe LO QUEMASSUBiÓ FEBRERO 2014 SUBiÓ
'!lo 'lIo 'lIo
Alojamiento y excursiones -0,1 Nivel general 3,4 Prad. medicinales +12,4
Educación fonnal 0,0 Al médica y gasto salud 6,0 Textiles para el hogar +10,3
A1Quller vivienda .0,4 EQUip.Y mant. del hogar 4,8 Conf. y reparac. indument. +10,3
Transporte y tunsmo .0,4 Otros bienes y servo 4,1 Té +9,7
Ropa extenlJ( +0,6 Alimentos y bebidas 4,0 AdQuisic. vehículos +9,6
51st. salud y servicios aux. +0,7 Transporte y comunicac. 3,9 Cigarrillos y accesorios +8A
Clubes, p.1rQuP$.enllAt. +0,7 Esp.1fcimlento 2,0 Articulns de librería +8,3
Teléfono +0,8 EducaCión 1,5 Ubros +7,3
~bidas gasoosas +0,8 Indumentaria 1,4 Correo +6,6
C.,lzado de vestir +0,9 Vivienda y servicios básicos 1,3 Ropa Intenor +6,5
f __ ~N'IlC
10
Ref.: [xpte. n" 11140-2014.-
'/ 2.3. Servicios No Personales
El precio de los servicios también ha sufrido importantes aumentos durante el corriente
ejercicio. Es importante destacar que adicionalmente a los incrementos ocasionados por los niveles
de inflación; la mayoría de estos servicios requieren la utilización de mano de obra intensiva y se
desarrollan con personal incluido en los distintos Convenios Colectivos de Trabajo. Sobre este
último aspecto, es oportuno destacar que los aumentos obtenidos por los diferentes gremios, superan
en muchas ocasiones a las estimaciones oficiales y privadas respecto de la evolución de la inflación
de los distintos bienes.
Podemos citar como ejemplo, el caso del gremio de los camioneros en donde
el Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social de la Nación, expone que: "Se acorcló
finalmente IIna silba de 33%". El gremio de los camioneros acordó finalmente una suba de 33%,
en tres tramos, con las cámaras patronales del sector. Como resultado de la reunión entre los
líderes sindicales del rubro y representantes de la Federación Argentina de Entidades Empresarias
del Autotransporte de Cargas (Fadeeac) se encaminó la negociación, la suba de los Camioneros se
divide en 18% enjulio, 8% en noviembre y 7% en marzo de 2015. Además, se pagaría un adicíonal
de 3.000 pesos.
De la misma manera, el mismo Ministerio publico el ranking de porcentaje
de alimento, la tabla quedó de la siguiente manera: Químicos (37%); Producción de Alimentos
(35%); Sanidad (3-1%); Camioneros y Maestranza (33%); Calzado y Pasteleros (32%); Gráficos,
Indumentaria y Transporte de Pasajeros (31%); Carne, Entidades Deportivas y Civiles,
Metalúrgicos, Plásticos y Textiles (30%); Bancarios y Construcción (29%); Adminístración Pública
(28%), y Comercio (27%). "
Otros de los parámetros que podemos resaltar, es la evolución de precio dcl
combustible en el partido, en donde logramos apreciar el aumento del mismo, en sus diferentes
derivados.
Secretaria de Energla
Consulta de precios al público 0112014 - 0912014
Boca dePrecio final
Localidad Derivado 8xDendlo Dirección Bandera 8"",14 •••••..14 VAR
RUTA 9
SAN OPESSA PANAMERICANA
ISIDRO Gas DiI Grado 2 BANCALARt KM 23.5 YPF 8.28 11.4 37.68%
RUTA 9
SAN OPESSA PANAMERICANA
ISIDRO Gas Oíl Grado 3 BANCALARI KM 23,5 YPF 9.91 12.2 23.10%
RUTA 9SAN Nafta "premium" OPESSA PANAMERICANA
ISIDRO de más de 95 Ron BANCALARI KM 23,5 YPF 10.49 14.11 34.51%
RUTA 9
SAN Nafta "súper" entre OPESSA PANAMERICANA
ISIDRO 92v95 Ron BANCALARI KM 23,5 YPF 9.47 13.01 37.37%
Fuente: Ministerio de Planificación Federal, Inv. Püblica y Servicios.
I l
Ref.: Expte. nO I ¡140-2014.-
- La Municipalidad de San Isidro ha logrado no solo conservar, sino también en algunos
casos, ampliar la estructura de servicios que brinda a la Comunidad, en materia de Seguridad, Salud
Pública, Obras Públicas, Educación, Cultura y Deportes, entre otros. En particular se ha evidenciado
el incremento en las inversiones realizadas en materia de seguridad, tendientes a la instalación de
tecnología necesaria para combatir la inseguridad, a través de la instalación de cámaras de video en
la vía publica, ampliación de la sala de monitoreo, incorporación de nuevos móviles en el patrullaje
local, contratación de una mayor cantidad de horas de policía adicional y nuevos proyectos, como la
Escuela de Policía de Prevención Local (con el objetivo de lograr una policía local eficiente y
rápida) focal izada en el cuidado ciudadano y la prevención del delito, entre otras.-
2.4 Bienes de Uso
De acuerdo a lo anteriormente expuesto, los bienes de uso también han sufrido incrementos
fundamentados específicamente con el avance de los niveles de inflación real que se evidencian en
la actualidad. Dicha situación se manifiesta cada vez que se realiza un nuevo llamado a licitación y
se comparan los valores cotizados en relación con aquellos abonados en años anteriores.
Las dos inflaciones
• IPCNU ONDEe) • IPe Congreso
,0----------
.0
2,65-2,47
I-(ilti -ENE FEB MAR ABR MA Y JUN JUl AGO
f •••• a.INCo£C .CCIff'USO
182%Es la inflación acumulada en el año• egún eIINDEC.
27,4%Es la inflación acumulada en el ano'!>egun las consultoras privadas .
12
AD DE SAN ISIDRORcf.: Exptc. na 11140-2014.-
La marcha de los preciosVartadc.nes r1"IC!'n5Uales.t't\ porct'tltajes. de los fndlces que Sil"detallan
IPCINDEC
3.7%
t4 t3 t4 ~
IUl AG014¡UNFEEJ MAR ABR MAY
0 _
ENEl4
2.5 Transferencias
El rubro "Transferencias" se ha visto sustancialmente modificado como consecuencia del
incremento en los subsidios y ayuda a indigentes que otorga la Municipalidad para las distintas
entidades de bien público que desarrollan actividades en pos del bien común y población en general
dentro de nuestra Comuna.-
Todos estos aspectos desarrollados precedentemente, tanto aquellos quc
corresponden a la evolución del Cálculo de Recursos como los vinculados con el Presupuesto
General de Gastos, evidencian la necesidad de efectuar una modificación presupuestaria para el
presente Ejercicio 2014, con la finalidad de procurar mantener un sano equilibrio de las finanzas
municipales.-
13
Ref.: Expte. n° 11140-2014.-
Habida cuenta de todo lo expuesto, se eleva a juicio del Honorable Concejo
Deliberante, el Proyecto de Ordenanza que a continuación se transcribe.
DESPACHOV
LEGISLACION
AL
14
MU~PALlDAD DE SAN ISIDRO
~\)-----~7j ---O'
f
Rcf.: Exptc. nO 1114()-2014.-
PROYECTO DE ORDENANZA
ARTÍCULO 1°._ Autorizase al Departamento Ejecutivo a efectuar la modificación
*************** presupuestaria para el ejercicio 2014 que a continuación se detalla, de acuerdo
con lo estipulado por la Ley Orgánica de las Municipalidades.-
ARTÍCULO 2°._ Establécese para el Cálculo de Recursos correspondiente al Ejercicio 2014, un
************** incremento de pesos cuatrocientos quince millones cuatrocientos cincuenta mil
con 00/100 ($ 415.450.000,00.-), que serán asignados de acuerdo a lo establecido en el artículo
siguiente.-
ARTÍCULO 3°._ Increméntase las partidas del Cálculo de Recursos de acuerdo al siguiente detalle:
-Coparticipación Ley N° 10559, pesos ciento trece millones seiscientos mil con 00/1 00 ($
113.600.000,00).-
-Convenio Descentralización Ingresos Brutos, pesos un millón ochocientos mil 00/100 ($
1.800.000,00).-
-Fondo Fortalecimiento Recursos Municipales, pesos tres millones novecientos mil con 00/100 ($
3.900.000,00).-
-Fondo Municipal de Inclusión Social, pesos dos millones setecientos mil con 00/1 00 ($
2.700.000,00).-
-Canon EDENOR S.A., pesos un millón ochocientos mil con 00/100 ($1.800.000, 00).-
-Participación Prode, Bingos y Casinos, pesos quinientos mil con 00/100 ($ 500.000,00).-
-Impuesto Automotor Ley 13010 Ingresos de Ejercicios Anteriores, pesos un millón novecientos mil
con 00/1 00 ($ 1.900.000,00).-
-A.B.L. Ingresos del Ejercicio, pesos ciento treinta y nueve millones seiscientos mil con 00/1 00 ($
139.600.000,00).-
15
Rer.: E'ple. n' 11140-2014.-
•••••••• •c,,~~~. ,,"'-1/(<'~
~\\
o;.'
/B.L. Ingresos de Ejercicios Anteriores, pesos cuatro millones novecientos mil con 001! 00 ($
4.900.000,00).-
-Habilitación de Comercios e Industrias, pesos quinientos mil con 00/100 ($ 500.000,00).-
-Comercios e Industrias Ingresos del Ejercicio, pesos ciento veintiún millones ochocientos mil con
00/100 ($ 121.800.000,00).-
-Comercios e Industrias Ingresos de Ejercicios Anteriores. pesos dos millones doscientos mil con
001! 00 ($ 2.200.000,00).-
-Tasa por Servicios Asistenciales, pesos tres millones con 001! 00 ($ 3.000.000,00).-
-Tasa por Servicios Varios, pesos cinco millones setecientos mil con 00/100 ($ 5.700.000,00).-
-Tasa por Fondeaderos de Embarcaciones, pesos ciento cincuenta mil con 00/100 ($ 150.000,00).-
-Tasa Vial, pesos tres millones seiscientos mil con 00/100 ($ 3.600.000,00).-
-Tasa Ecológica, pesos ochocientos mil con 00/100 ($ 800.000,00).-
-Publicidad y Propaganda Ingresos del Ejercicio, pesos un millón setecientos mil con 00/100 ($
1.700.000,00).-
-Derecho de Uso de Playas y Riberas, pesos ciento cincuenta mil con 001! 00 ($ 150.000,00).-
-Ocupación y Uso de Espacios Públicos, pesos setecientos mil con 001! 00 ($700.000,00).-
-Cementerio, pesos doscientos cincuenta mil con 001! 00 ($250.000,00).-
-Patentamiento de Motovehiculos Ingresos del Ejercicio, pesos quinientos mil con 00/100 ($
500.000,00).-
-Patentamiento de Motovehiculos Ingresos de Ejercicios Anteriores, pesos quinientos mil con
00/100 ($ 500.000,00).-
-Derechos de Construcción Ingresos del Ejercicio, pesos setecientos cincuenta mil con 00/100 ($
750.000.00).-
-Derecho de Construcción Adicional CAP. IX Art. 24, pesos cuatrocientos cincuenta mil con 001! 00
($ 450.000,00).-
-Derechos de Oficina, pesos dos millones con 00/100 ($ 2.000.000,00).-
16
Ref.: Expte. nO 11140-2014.-L1DAD DE SAN ISIDRO
Establécese para el Presupuesto de Gastos del Ejercicio 2014 un incremento
•• 0••• 0.0.000 de pesos cuatrocientos quince millones cuatrocientos cincuenta mil con 00/100 ($
4 I5.450.000,00.-), que serán destinados en los correspondientes incisos, de acuerdo a lo establecido
por los artículos 5° al 10° de la presente Ordenanza.-
ARTÍCULO 5°._ Increméntase en pesos ciento diez millones setecientos ochenta y cuatro mil con
.000.000.00.0 001100 ($110.784,000.00.-), las partidas correspondientes al inciso 1 "Gastos en
Personal", para atender los incrementos otorgados en materia salarial, de acuerdo al siguiente
detalle:
-Jurisdicción 1, Secretaria de Gobierno, Privada y Producción, pesos catorce millones doscientos
cuarenta y seis mil trescientos con 00/100 ($14.246.300,00.),
-Jurisdicción 2, Secretaria de Inspecciones, Registros Urbanos, Tránsito y Seguridad, pesos
dieciocho millones ochocientos ochenta y cinco mil cien con 001100: ($ I8.885. I00,00.-),
-Jurisdicción 3, Secretaria de Integración y Desarrollo Social, pesos dieciocho millones seiscientos
setenta y ocho mil novecientos con 00/100 ($ 18.678.900,00.-),
-Jurisdicción 4, Secretaria de Obras Públicas, pesos cinco millones cuatrocientos ochenta y cuatro
mil doscientos con 001100 ($ 5.484.200,00.-),
-Jurisdicción 5, Secretaria de Servicios Públicos, pesos catorce millones doscientos cuarenta y seis
mil trescientos con 001100 ($ 14.246.300,00.-),
-Jurisdicción 6, Secretaria de Salud Pública, pesos treinta y tres millones novecientos veinticinco mil
doscientos con 001100 ($ 33.925.200,00.-),
-Honorable Concejo Deliberante, pesos cinco millones trescientos dieciocho mil con 001100 ($
5.318.000,00).-
ARTÍCULO 6°._ Increméntase en pesos sesenta millones ciento cuarenta y cinco mil con 00/100
************* ($ 60.145.000,00.-), las partidas correspondientes al inciso 2 "Bienes de
Consumo", para atender las necesidades de las distintas Jurisdicciones, de acuerdo al siguiente
detalle:
-Jurisdicción 1, Secretaria de Gobierno, Privada y Producción, pesos seis millones doscientos mil
novecientos con 001100 ($ 6.200.900,00.),
17
Rcr.: E'ptc. n" 11140-2014.-
1(&
MU r~\PALIDAD DE SAN ISIDRO
01o,JI.
IJ . d' . . 2 S . di' R' U b T"_ uns Icclon • ecretana e nspecclOnes, eglstros ranos, ransIto y Seguridad, pesos doce
millones ciento setenta y tres mil cien con 00/100: ($ 12.173.100.00.-),
-Jurisdicción 3. Secrctaria de Integración y Desarrollo Social, pesos dos millones cuatrocientos
sesenta y cinco mil ochocientos con 00/100 ($ 2.465.800,00.-).
-Jurisdicción 4, Secretaria de Obras Públicas. pesos dos millones seiscientos vcintiún mil
ochocientos con 00/1 00 ($ 2.621.800,00.-).
-Jurisdicción 5. Secretaria de Servicios Públicos. pesos once millones noventa y un mil novecientos
con 00/100 ($ 11.091.900.00.-),
-Jurisdicción 6. Secretaria de Salud Pública, pesos veinticinco millones quinientos noventa y un mil
quinientos con 00/100 ($ 25.591.500,00.-).-
ARTÍCULO 7°._ Increméntase en pesos ciento setenta y seis millones doscientos ochenta y un
************* mil con 00/100 ($ 176.281.000,00.-), las partidas correspondientes al inciso 3
"Servicios No Personales", para atender las necesidades de las distintas Jurisdicciones. de acuerdo al
siguiente detalle:
-Jurisdicción 1, Secretaria de Gobierno, Privada y Producción, pesos veintiocho millones quinientos
cuarenta y cuatro mil trescientos con 00/100 ($ 28.544.300.00-).
-Jurisdicción 2, Secretaria de Inspecciones, Registros Urbanos. Tránsito y Seguridad. pesos siete
millones cuatrocientos setenta y cinco mil cuatrocientos con 00/100: ($ 7.475.400.00.-).
-Jurisdicción 3. Secretaria de Integración y Desarrollo Social, pesos diez millones novecientos
sesenta y cinco mil ochocientos con 00/1 00 ($ 10.965.800.00.-).
-Jurisdicción 4, Secretaria de Obras Públicas. pesos seis millones seiscientos sesenta y nueve mil
con 00/100 ($ 6.669.000.00.-).
-Jurisdicción 5 Secretaria de Servicios Públicos. pesos ciento doce millones setecientos noventa y
tres mil novecientos con 001100 ($ 112.793.900.00.-).
-Jurisdicción 6 Secretaria de Salud Pública, pesos nueve millones treinta y dos mil seiscientos con
00/1 00 ($ 9.032.600,00.-).
-Honorable Concejo Deliberante, pesos ochocientos mil con 00/100 ($ 800.000,00.-).-
18
19 I
Rel:: Expte. nO 11140-2014.-
ARTÍCULO 8°._ Increméntase en pesos cuarenta y tres millones trescientos sesenta y cuatro
************** mil con 00/100 ($ 43.364.000,00.-), las partidas correspondientes al inciso 4
"Bienes de Uso", para atender las necesidades de las distintas Jurisdicciones, de acuerdo al siguiente
detalle:
-Jurisdicción 1, Secretaria de Gobierno, Privada y Producción, pesos tres millones cuatrocientos
noventa y dos mil cien con 00/100 ($ 3.492.100,00.-),
-Jurisdiccióri 2, Secretaria de Inspecciones, Registros Urbanos, Tránsito y Seguridad, pesos cuatro
millones nueve mil novecientos con 00/100: ($ 4.009.900,00.-),
-Jurisdicción 3, Secretaria de Integración y Desarrollo Social, pesos dos millones tres mil trescientos
con 00/1 00 ($ 2.003.300,00.-),
-Jurisdicción 4, Secretaria de Obras Públicas, pesos veinticinco millones sesenta y dos mil
cuatrocientos con 00/100 ($ 25.062.400,00.-),
-Jurisdicción 5, Secretaria de Servicios Públicos, pesos CInCOmillones quinientos treinta mil
novecientos con 00/100 ($ 5.530.900,00.-),
-Jurisdicción 6, Secretaria de Salud Pública, pesos tres millones doscientos sesenta y cinco mil
cuatrocientos con 00/100 ($ 3.265.400,00.-).-
ARTÍCULO 9°._ Increméntase en pesos veinticuatro millones ochocientos setenta y seis mil con
************** 00/100 ($ 24.876.000,00.-), las partidas correspondientes al inciso 5
"Transferencias", para atender las necesidades de la siguiente Jurisdicción, de acuerdo al detalle que
se acompaña:
-Jurisdicción 3, Secretaria de Integración y Desarrollo Social, pesos veintidós millones novecientos
cuarenta y cinco mil novecientos con 00/100 ($ 22.945.900,00.-),
-Jurisdicción 6, Secretaria de Salud Pública, pesos un millón novecientos treinta mil cien con 00/1 00
($ 1.930. I00,00.-).-
ARTICULO 10°.- Facúltase al Departamento Ejecutivo, a efectuar las asignaciones puntuales en las
*************** distintas partidas, de acuerdo a lo establecido en los artículos 2° a 9° de la
presente Ordenanza, como asi también a realizar transferencias de créditos presupuestarios previstas
en el artículo 40 de la Ordenanza 8744 "Presupuesto General de Gastos y Cálculo de Recursos
Ejercicio 2014".-
19
L1DADDE SAN ISIDRO
DESPACHO
•LEGISUelON
AL
Ref.: Exple. nO 11140-2014.-
20
~NICIPALlDAD DE SAN ISIDRO
1Il~~'l!!!Jo,::VI
o/
~
Ref.: Expte. N' 11140-2014.-
SAN ISIDRO, 31 de octubre de 2014
IMENSAJE Nro. 203 ISeñorPresidente delHONORABLE CONCEJO DELIBERANTEOr. Carlos CASTELLANOSID.
Tengo el agrado de dirigirme a Usted, a los
efectos de remitirle el expediente N° 11140-2014 - Ampliación Presupuestaria año 2014-,
para su tratamiento y consideración.
Sin otro particular, saludo a Usted con mi mayor
consideración.
DESPACitOV
L£GIS1.ACIO~
AL
Or. GU. AVO POSSEINTENDEN E MUNICIPAL