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    Martes 15 de abril de 2014

    521039Ao XXXI - N 12820

    AO DE LA PROMOCIN DE LA INDUSTRIA RESPONSABLE Y DEL COMPROMISO CLIMTICO

    PODER EJECUTIVO

    PRESIDENCIA DEL CONSEJO DE MINISTROS

    D.S. N 028-2014-PCM.- Decreto Supremo que declarael Estado de Emergencia en el distrito de Ubinas, de laprovincia General Snchez Cerro, del departamento deMoquegua y el distrito de San Juan de Tarucani, de laprovincia de Arequipa, del departamento de Arequipa.

    521040R.S. N 131-2014-PCM.- Autorizan viaje de Ministro delAmbiente, a EE.UU, en comisin de servicios, y encargansu Despacho a la Ministra de Trabajo 521041R.M. N 075-2014-PCM.- Designan representantes de laPresidencia del Consejo de Ministros y Secretario Tcnicode la Comisin Multisectorial creada mediante ResolucinSuprema N 119-2014-PCM 521042R.M. N 076-2014-PCM.- Aprueban Estatuto del Consejode Condecoracin Medalla al Defensor de la Democracia

    521042Res. N 024-2014-PCM/SD.- Disponen el inicio de laPrimera Etapa del Plan de Supervisin y Evaluacinde las Competencias Sectoriales Transferidas a losGobiernos Regionales y Locales, con Enfoque de GestinDescentralizada de Servicios Pblicos, correspondienteal ao 2014 521045

    AMBIENTE

    R.M. N 106-2014-MINAM.- Autorizan viaje de profesional

    del Ministerio a los EE.UU., en comisin de servicios521046

    DEFENSA

    RR.MM. Ns. 260, 261, 262 y 263-2014-DE/SG.- Autorizaningreso al territorio nacional de personal militar de Chile,Brasil, Ecuador, Paraguay y los EE.UU. 521047

    DESARROLLO E INCLUSION SOCIAL

    Res. N 1036-2014-MIDIS/PNAEQW.- Dan porconcluidas designaciones de gerentes pblicos endiversos cargos del Programa Nacional de AlimentacinEscolar Qali Warma 521049

    JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS

    R.M. N 0139-2014-JUS.- Aprueban Manual de IdentidadCorporativa del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos

    521050

    RELACIONES EXTERIORES

    R.M. N 0225-RE/2014.- Autorizan viaje de funcionariodiplomtico a la Repblica Argentina, en comisin deservicios 521051

    TRABAJO Y PROMOCION DEL EMPLEO

    R.M. N 067-2014-TR.- Designan representante delMinisterio ante el Consejo Directivo del Fondo Nacionalde Capacitacin Laboral y de Promocin del Empleo -FONDOEMPLEO 521051

    TRANSPORTES Y

    COMUNICACIONES

    R.M. N 178-2014-MTC/02.- Autorizan viajes de inspeccintcnica de vigilancia de Inspectores de la DireccinGeneral de Aeronutica Civil a Ecuador, EE.UU., Brasil yEspaa 521052

    VIVIENDA

    D.S. N 004-2014-VIVIENDA.- Amplan plazo establecidoen la nica Disposicin Complementaria Transitoria delReglamento de la Ley N 30045, Ley de Modernizacinde los Servicios de Saneamiento, aprobado por DecretoSupremo N 015-2013-VIVIENDA, ampliado por DecretoSupremo N 001-2014-VIVIENDA 521054

    ORGANISMOS EJECUTORES

    SEGURO INTEGRAL DE SALUD

    R.J. N 093-2014/SIS.- Aprueban Transferencia de laUnidad Ejecutora Fondo Intangible Solidario de Salud -FISSAL para las Unidades Ejecutoras correspondiente alpago prospectivo por convenio y pago por produccin delos meses de noviembre y diciembre de 2013 y enero de2014 521055

    ORGANISMOS TECNICOS ESPECIALIZADOS

    INSTITUTO GEOLOGICO MINERO

    Y METALURGICO

    R.D. N 004-2014-INGEMMET/SG-OAJ.- Disponen lapublicacin de concesiones mineras cuyos ttulos fueronaprobados en el mes de marzo del ao 2014 521056

    Sumario

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    El PeruanoMartes 15 de abril de 2014521040

    INSTITUTO NACIONAL DE

    ESTADISTICA E INFORMATICA

    R.J. N 103-2014-INEI.- Autorizan la ejecucin de laEncuesta Mensual de Informacin Bsica para el ndicede Precios al Por Mayor, a nivel nacional 521056R.J. N 104-2014-INEI.- Autorizan la ejecucin de laEncuesta Mensual de Informacin Bsica para el ndicede Precios de Maquinaria y Equipo 521057R.J. N 105-2014-INEI.- Autorizan la ejecucin de laEncuesta Mensual de Informacin Bsica para el ndicede Precios de Materiales de Construccin 521057

    SERVICIO NACIONAL DE AREAS NATURALES

    PROTEGIDAS POR EL ESTADO

    Res. N 57-2014-SERNANP.- Aprueban requisitos

    mnimos de solicitud de compatibilidad de propuesta deactividad superpuesta a un rea Natural Protegida deadministracin nacional y/o Zonas de Amortiguamiento, orea de Conservacin Regional 521058

    SUPERINTENDENCIA DEL

    MERCADO DE VALORES

    Res. N 043-2014-SMV/02.- Modifican el Reglamentode Organizacin y Funciones y el organigrama de laSuperintendencia del Mercado de Valores, as como elReglamento del Registro Pblico del Mercado de Valores

    521061

    ORGANOS AUTONOMOS

    MINISTERIO PUBLICO

    RR. Ns. 1289 y 1290-2014-MP-FN.- Designan a fiscalessuperiores especializados en Delitos de Corrupcin deFuncionarios como Fiscales Superiores Coordinadoresen los Delitos materia de su competencia, en los DistritosJudiciales del Santa y Ancash 521065

    RR. Ns. 1291, 1292, 1293, 1295, 1296, 1297, 1298, 1299,1300, 1301, 1302, 1303, 1304, 1305, 1306, 1307, 1308 y1309-2014-MP-FN.- Aceptan renuncia, dejan sin efectonombramientos, dan por concluidas designaciones ynombramientos, nombran y designan fiscales en diversosDistritos Judiciales 521066Res. N 1294-2014-MP-FN.- Disponen que la PrimeraFiscala Superior Penal de San Martn conozca tambinlos recursos de queja y apelaciones que se inicien bajoel Nuevo Cdigo Procesal Penal, con competencia en lasprovincias de Moyobamba y Rioja 521072Res. N 1310-2014-MP-FN.- Incorporan integrante a laComisin Tcnica de Trabajo conformada mediante laRes. N 1260-2014-MP-FN y conceden licencia a diversosfiscales y funcionarios 521072

    GOBIERNOS

    LOCALES

    MUNICIPALIDAD

    DE ATE

    D.A. N 010.- Modifican la Ordenanza N 332-MDA queaprob fechas de vencimiento para el pago de obligacionestributarias del ejercicio 2014 521073D.A. N 011.- Prorrogan la vigencia de la Ordenanza N334-MDA que estableci beneficio de condonacin dedeudas tributarias y no tributarias 521073

    PROVINCIAS

    MUNICIPALIDAD PROVINCIAL

    DE CAJAMARCA

    Acuerdo N 017-2014-CMPC.- Aprueban la inscripcinde bienes inmuebles en los Registros Pblicos, a favor dela Municipalidad Provincial de Cajamarca 521074

    PODER EJECUTIVO

    PRESIDENCIA DEL

    CONSEJO DE MINISTROS

    Decreto Supremo que declara elEstado de Emergencia en el distritode Ubinas, de la provincia GeneralSnchez Cerro, del departamento deMoquegua y el distrito de San Juan deTarucani, de la provincia de Arequipa,del departamento de Arequip a

    DECRETO SUPREMON 028-2014-PCM

    EL PRESIDENTE DE LA REPBLICA

    CONSIDERANDO:

    Que, el Presidente del Gobierno Regional deMoquegua, mediante Oficio N 213-2014-P/PG.MQde fecha 09 de abril de 2014, solicita la Declaratoriade Estado de Emergencia por Peligro Inminente en eldistrito de Ubinas, provincia de General Snchez Cerro,departamento de Moquegua, a fin de que proceda con

    la evaluacin y reasentamiento poblacional de manerainmediata, sustentado en el Informe Tcnico N A6641Evaluacin de Peligros Geolgicos en el Valle de Ubinas- Moquegua, elaborado por el INGEMMET;

    Que, el Presidente del Gobierno Regional de Arequipa,mediante Oficio N 240-2014-GRA/PR de fecha 10 de abrilde 2014, solicita la Declaratoria de Estado de Emergenciaen el distrito de San Juan de Tarucani, de la provincia de

    Arequipa, del departamento de Arequipa, por la ocurrenciade la actividad volcnica del Ubinas;Que, la Direccin de Respuesta del Instituto Nacional

    de Defensa Civil INDECI, con el Informe TcnicoN 00019 -2014-INDECI/11.0 de fecha 11 de abril de2014, teniendo en consideracin lo solicitado por losPresidentes del Gobierno Regional de Moquegua yGobierno Regional de Arequipa y el sustento contenidoen el Informe Tcnico A6641 emitido por el INGEMMET,los Comunicados Oficiales N 01, 02, 03 y 04 del ComitCientfico de Monitoreo Permanente del Volcn Ubinas y elReporte N 066-10/01/2014/COEN-INDECI/17:00 HORAS(Reporte N 70), elaborado por el Centro de Operacionesde Emergencia Nacional - COEN del INDECI, concluyeque se encuentran en peligro inminente los pobladoresdel distrito de Ubinas, de la provincia General SnchezCerro, del departamento de Moquegua y del distrito deSan Juan Tarucani, de la provincia y departamento de

    Arequipa, por el cambio de comportamiento del VolcnUbinas ante la emisin de fumarolas de vapor a fumarolasde cenizas y exposicin de material piroclstico, y quea la fecha amenaza no slo a dicha poblacin humana,sino a toda la poblacin de auqunidos (llamas, alpacasy vicuas) que se constituye en la principal fuente deingresos de los residentes del distrito de San Juan de

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    El PeruanoMartes 15 de abril de 2014 521041

    Tarucani; afectndose los pastos y la fuente de aguapor los productos piroclsticos; por lo que emite opininfavorable para la aprobacin de la Declaratoria de Estadode Emergencia del distrito de Ubinas, provincia de General

    Snchez Cerro, departamento de Moquegua y en el distritode San Juan de Tarucani, provincia y departamento deArequipa, por el plazo de sesenta (60) das calendario,ante el Muy Alto Riesgo existente y peligro inminente endichas zonas;

    Que, la magnitud de la situacin descrita demandala adopcin de medidas inmediatas que permitan, a losGobiernos Regionales de Moquegua y Arequipa, lasMunicipalidades Provinciales de General Snchez Cerroy Arequipa, as como las Municipalidades Distritales deUbinas y San Juan de Tarucani, segn corresponda, conla coordinacin del Instituto Nacional de Defensa Civil- INDECI, y la participacin del Ministerio de Vivienda,Construccin y Saneamiento, el Ministerio de Transportesy Comunicaciones, el Ministerio de Agricultura y Riego,el Ministerio de Salud y el Ministerio de la Mujer yPoblaciones Vulnerables y dems instituciones pblicasy privadas involucradas, en cuanto les corresponda, aejecutar acciones inmediatas y necesarias de reducciny minimizacin del muy alto riesgo existente en cuantocorresponda; por lo que se cuenta con la opinin favorablede la Secretara de Gestin del Riesgo de Desastres dela Presidencia del Consejo de Ministros emitido con elMemorndum N 112-2014-PCM/SGRD, considerandoque corresponde declarar el Estado de Emergencia;

    Que, el numeral 68.1 del artculo 68 del Reglamentode la Ley N 29664, Ley que crea el Sistema Nacional deGestin del Riesgo de Desastres, aprobado por DecretoSupremo N 048-2011-PCM, seala que la solicitud deDeclaratoria del Estado de Emergencia, es presentadapor el respectivo Gobierno Regional al INDECI con ladebida sustentacin, adjuntando el informe de Estimacindel Riesgo o el Informe EDAN, as como la opinintcnica de los Sectores involucrados, en los casos en quecorresponda;

    De conformidad con el inciso 1 del artculo 137 de laConstitucin Poltica del Per, con la Ley N 29158, Ley

    Orgnica del Poder Ejecutivo, as como con el artculo68 del Reglamento de la Ley N 29664, Ley que crea elSistema Nacional de Gestin del Riesgo de Desastres,aprobado por Decreto Supremo N 048-2011-PCM, queregula el procedimiento de la Declaratoria de Estado deEmergencia;

    Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros, ycon cargo a dar cuenta al Congreso de la Repblica;

    DECRETA:

    Artculo 1.- Declaratoria de Estado de Emergenc iaDeclrese en Estado de Emergencia, por el plazo de

    sesenta (60) das calendario, en el distrito de Ubinas, enla provincia de General Snchez Cerro, del departamentode Moquegua y en el distrito de San Juan de Tarucani,de la provincia y departamento de Arequipa, por peligroinminente, para la ejecucin de medidas de excepcininmediatas y necesariasde reduccin y minimizacin delmuy alto riesgo existente,en cuanto corresponda.

    Artculo 2.- Acciones a ejecutarLos Gobiernos Regionales de Moquegua y Arequipa,

    las Municipalidades provinciales de General SnchezCerro y Arequipa, las Municipalidades distritales de Ubinasy San Juan de Tarucani, en coordinacin con el InstitutoNacional de Defensa Civil - INDECI, y la participacin delMinisterio de Vivienda, Construccin y Saneamiento, elMinisterio de Transportes y Comunicaciones, el Ministeriode Agricultura y Riego, el Ministerio de Salud y elMinisterio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, y demsinstituciones pblicas y privadas involucradas, dentro desus competencias,ejecutarn las medidas de excepcininmediatas y necesarias de reduccin y minimizacindel muy alto riesgo existente, en cuanto corresponda;acciones que pueden ser modificadas de acuerdo a lasnecesidades y elementos de seguridad que se vayan

    presentando durante su ejecucin, sustentadas en losestudios tcnicos de las entidades competentes.

    Artculo 3.- Responsabilidad de lascoordinaciones

    El Instituto Nacional de Defensa Civil INDECI, serresponsable de realizar las coordinaciones necesarias

    entre los Gobiernos Regionales de Moquegua y Arequipa,las Municipalidades Provinciales de General SnchezCerro y Arequipa, Distritales de Ubinas y San Juan deTarucani, as como con los Sectores, Instituciones y

    Organismos del Gobierno Nacional que deben ejecutarlas acciones de reduccin y minimizacin del muy altoriesgo existente, en cuanto corresponda, con la finalidadque estas se cumplan dentro del plazo de vigencia dela Declaratoria de Estado de Emergencia, debiendomantener informada a la Secretara de Gestin del Riesgode Desastres de la Presidencia del Consejo de Ministrosdel avance de las mismas.

    Ar tcu lo 4.- RefrendoEl presente Decreto Supremo ser refrendado por el

    Presidente del Consejo de Ministros, por el Ministro deVivienda, Construccin y Saneamiento, por el Ministrode Transportes y Comunicaciones, por el Ministro deAgricultura y Riego; por la Ministra de Salud y por laMinistra de la Mujer y Poblaciones Vulnerables.

    Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los catorcedas del mes de abril del ao dos mil catorce.

    OLLANTA HUMALA TASSOPresidente Constitucional de la Repblica

    REN CORNEJO DAZPresidente del Consejo de Ministros

    MILTON VON HESSE LA SERNAMinistro de Vivienda, Construccin y Saneamiento

    CARLOS PAREDES RODRGUEZMinistro de Transportes y Comunicaciones

    JUAN MANUEL BENITES RAMOSMinistro de Agricultura y Riego

    MIDORI DE HABICH ROSPIGLIOSIMinistra de Salud

    CARMEN OMONTE DURANDMinistra de la Mujer y Poblaciones Vulnerables

    1073868-1

    Autorizan viaje de Ministro delAmbiente, a EE.UU., en comisin deservicios, y encargan su Despacho a laMin istr a de Trabajo

    RESOLUCIN SUPREMAN 131-2014-PCM

    Lima, 14 de abril de 2014

    CONSIDERANDO:

    Que, el seor Manuel Gerardo Pedro Pulgar-VidalOtlora, Ministro de Estado en el Despacho del Ambiente,deber asistir al congreso Gobernar el Cambio Climtico:Nuevas ideas y liderazgo Latinoamericano mientras Perse prepara para ser anfitrin de las negociaciones declima de las Naciones Unidas de 2014, evento que serealizar los das 16 y 17 de abril de 2014, en la ciudad deProvidence Estados Unidos de Amrica;

    Que, el evento cuenta con el apoyo de la Oficinade la Presidenta, el Centro de Estudios de AmricaLatina y el Caribe (CLACS), el Centro de Estudios deMedioambiente (CES), y el Instituto Watson de EstudiosInternacionales de Brown University. La reunin seenfocar especialmente en el rol de Per como anfitrinde la Vigsima Conferencia de las Partes (COP20)para el CNMUCC en diciembre de 2014 en Lima, Per.Asimismo, este evento tambin se enfocar en cmo el

    grupo relativamente nuevo de pases latinoamericanosconocido como la Alianza Independiente de AmricaLatina y el Caribe (AILAC), que incluye Per, Chile,Colombia, Costa Rica, Guatemala y Panam, estcreando una rebelin del medio al exigir accinambiciosa respecto al clima de todos los pases y unacuerdo vinculante sobre el clima para el ao 2015;

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    El PeruanoMartes 15 de abril de 2014521042

    Que, en tal sentido, resulta de inters nacional laasistencia y participacin del Ministro del Ambiente enel mencionado evento, cuyos pasajes sern asumidospor los organizadores del evento y los viticos sern

    financiados con cargo al Proyecto N 00087130 Apoyoa la generacin de capacidades para la organizacin dela Vigsima Conferencia de las Partes de la ConvencinMarco de las Naciones Unidas sobre el Cambio Climtico COP20 y la Dcima Reunin de las Partes del Protocolode Kyoto CMP10, sus actividades y eventos conexos,por el cual se transfirieron recursos del Ministerio delAmbiente al Programa de las Naciones Unidas para elDesarrollo PNUD;

    De conformidad con lo dispuesto en el artculo 127de la Constitucin Poltica del Per; la Ley N 29158, LeyOrgnica del Poder Ejecutivo; la Ley N 30114, Ley dePresupuesto del Sector Pblico para el Ao Fiscal 2014;la Ley N 27619, Ley que regula la autorizacin de viajesal exterior de los servidores y funcionarios pblicos; y suReglamento, aprobado por Decreto Supremo N 047-2002-PCM y sus normas modificatorias;

    SE RESUELVE:

    Ar tculo 1.- Autorizar el viaje al exterior del seorabogado MANUEL GERARDO PEDRO PULGAR-VIDALOTLORA, Ministro de Estado en el Despacho delAmbiente, a la ciudad de Providence Estados Unidosde Amrica, del 15 al 17 de abril de 2014, para los finesexpuestos en la parte considerativa de la presenteResolucin Suprema.

    Ar tculo 2.- Los gastos por concepto de viticosque irrogue el cumplimiento de la presente ResolucinSuprema sern cubiertos con los recursos transferidosdel Ministerio del Ambiente al Programa de las NacionesUnidas para el Desarrollo (PNUD), en el marco del ProyectoN 00087130 Apoyo a la generacin de capacidades parala organizacin de la Vigsima Conferencia de las Partesde la Convencin Marco de las Naciones Unidas sobre elCambio Climtico COP20 y la Dcima Reunin de lasPartes del Protocolo de Kyoto CMP10, sus actividades y

    eventos conexos, de acuerdo al siguiente detalle:Viticos US$ 278.00

    Ar tculo 3.- La presente resolucin no da derechoa exoneracin o liberacin de impuestos de aduana decualquier clase o denominacin.

    Ar tculo 4.- Encargar la Cartera del Ministeriodel Ambiente a la seora Ana Ethel del Rosario JaraVelsquez, Ministra de Estado en el Despacho de Trabajoy Promocin del Empleo, a partir del 15 de abril de 2014 yen tanto dure la ausencia del Titular.

    Ar tculo 5.-La presente Resolucin Suprema serrefrendada por el Presidente del Consejo de Ministros yel Ministro de Estado en el Despacho del Ministerio delAmbiente.

    Regstrese, comunquese y publquese.

    OLLANTA HUMALA TASSOPresidente Constitucional de la Repblica

    REN CORNEJO DAZPresidente del Consejo de Ministros

    MANUEL PULGAR-VIDAL OTALORAMinistro del Ambiente

    1073869-1

    Designan representantes de laPresidencia del Consejo de Ministrosy Secretario Tcnico de la ComisinMultisectorial creada medianteResolucin Suprema N 119-2014-PCM

    RESOLUCIN MINISTERIALN 075-2014-PCM

    Lima, 11 de abril de 2014

    VISTOS; los Memoranda N 0261-2014-PCM/ONDSy N 0262-2014-PCM/ONDS, remitidos por la OficinaNacional de Dilogo y Sostenibilidad de la Presidencia delConsejo de Ministros; y,

    CONSIDERANDO:

    Que, mediante Resolucin Suprema N 119-2014-PCM, del 31 de marzo de 2014, se crea la ComisinMultisectorial, de naturaleza temporal, adscrita a laPresidencia del Consejo de Ministros, denominadaDesarrollo de las Cuencas del Pastaza, Tigre, Corrientesy Maran, del departamento de Loreto;

    Que, el artculo 3 de la citada Resolucin Supremaestablece que la Comisin Multisectorial estar integrada,entre otros, por un representante de la Presidencia delConsejo de Ministros, quien la presidir;

    Que, por otro lado, el artculo 4 de la normaacotada precisa que los integrantes de la ComisinMultisectorial debern contar con un representantetitular y otro alterno, designados mediante resolucindel titular de la entidad a la que pertenecen, dentro

    del plazo de diez (10) das hbiles, contados a partirdel da siguiente de la publicacin de la ResolucinSuprema N 119-2014-PCM;

    Que, asimismo, el artculo 5 de la precitada Resolucinseala que la Comisin Multisectorial contar con unaSecretara Tcnica, la cual recaer en un representantede la Oficina Nacional de Dilogo y Sostenibilidad de laPresidencia del Consejo de Ministros;

    Que, en razn a lo expuesto, resulta pertinentedesignar a los representantes, titular y alterno, de laPresidencia del Consejo de Ministros ante la ComisinMultisectorial creada mediante Resolucin Suprema N119-2014-PCM; as como al Secretario Tcnico de laComisin Multisectorial antes mencionada; y,

    De conformidad con lo dispuesto en la Ley N 29158,Ley Orgnica del Poder Ejecutivo; y, el Reglamento deOrganizacin y Funciones de la Presidencia del Consejode Ministros, aprobado por Decreto Supremo N 063-2007-PCM; y, sus modificatorias;

    SE RESUELVE:

    Artculo 1.- Designar a la seora Araccelli PamelaMaldonado Garca y al seor Jos Demetrio ReteguiBardales como representantes, titular y alterno,respectivamente, de la Presidencia del Consejo deMinistros, ante la Comisin Multisectorial, de naturalezatemporal, denominada Desarrollo de las Cuencas delPastaza, Tigre, Corrientes y Maran, del departamentode Loreto.

    Artculo 2.-Designar al seor Amrico Javier ArocaMedina, representante de la Oficina Nacional de Dilogo ySostenibilidad de la Presidencia del Consejo de Ministros,como Secretario Tcnico de la Comisin Multisectorialcreada mediante Resolucin Suprema N 119-2014-

    PCM.Artculo 3.-Remitir una copia de la presente Resolucina la Secretaria de Coordinacin de la Presidencia delConsejo de Ministros.

    Regstrese y comunquese.

    REN CORNEJO DAZPresidente del Consejo de Ministros

    1073515-1

    Aprueban Estatuto del Consejo deCondecoracin Medall a al Defensor dela Democr acia

    RESOLUCIN MINISTERIAL

    N 076-2014-PCMLima, 14 de abril de 2014

    VISTO; El Acta de fecha 04 de abril del ao 2014, delConsejo de Condecoracin Medalla al Defensor de laDemocracia

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    El PeruanoMartes 15 de abril de 2014 521043

    CONSIDERANDO:

    Que, por medio del artculo 1 de la Ley N 29031,modificado por la Ley N 29960, se instituye el 22 de

    abril y el 12 de setiembre de cada ao como Das delos Defensores de la Democracia, en homenaje a losmiembros de las Fuerzas Armadas, Polica Nacional delPer, comits de autodefensa y ciudadanos que fallecieron,quedaron heridos o discapacitados como resultado de lalucha contra el terrorismo; y a todos aquellos que en lalucha contrasubversiva prestaron eminentes servicios a laNacin;

    Que, mediante el artculo 4 de la Ley N 29031, se crela Condecoracin Medalla al Defensor de la Democracia,la que se conceder mediante resolucin suprema, en laque constar el nombre de los ciudadanos que hayandestacado en la lucha contra el terrorismo; quienes serndesignados de acuerdo a los requisitos y procedimientosque se determinen en el correspondiente estatuto, el queser aprobado por el Consejo de la Condecoracin;

    Que, el Consejo de la Condecoracin Medalla alDefensor de la Democracia, conformado por el Presidentedel Consejo de Ministros, quien lo preside; la Ministra deRelaciones Exteriores; el Ministro de Defensa; el Ministrodel Interior; y, el Ministro de Justicia y Derechos Humanos;acord aprobar su Estatuto, debiendo formalizarse atravs de la expedicin de la correspondiente resolucinministerial;

    Que, corresponde dar cumplimiento a lo acordado,para lo cual resulta necesario expedir el correspondienteacto administrativo;

    De conformidad con la Ley N 29158, Ley Orgnicadel Poder Ejecutivo, y el Reglamento de Organizacin yFunciones de la Presidencia del Consejo de Ministros,aprobado por Decreto Supremo N 063-2007-PCM y susmodificatorias;

    SE RESUELVE:

    Ar tcu lo 1.- Aprobar el Estatuto del Consejo deCondecoracin Medalla al Defensor de la Democracia

    que consta de 23 artculos, que como anexo forma parteintegrante de la presente resolucin ministerial.Artculo 2.-La presente Resolucin Ministerial entrar

    en vigencia a partir del da siguiente de su publicacin enel Diario Oficial El Peruano.

    Regstrese, comunquese y publquese.

    REN CORNEJO DAZPresidente del Consejo de Ministros

    ESTATUTO DEL CONSEJO DE LA CONDECORACIN MEDALLA AL DEFENSOR DE LA DEMOCRACIA

    CAPTULO I

    DISPOSICIONES GENERALES

    Artcu lo 1.- OBJETOLa Condecoracin Medalla al Defensor de la

    Democracia, creada por el artculo 4 de la Ley N 29031,se instituye para rendir homenaje a:

    1. Los miembros de las Fuerzas Armadas, PolicaNacional del Per, Comits de Autodefensa y ciudadanosque fallecieron, quedaron heridos o discapacitados en lalucha contra el terrorismo;

    2. Todas aquellas personas naturales que durante lalucha contrasubversiva prestaron eminentes servicios ala Nacin, con el fin de preservar y fortalecer el sistemademocrtico y el Estado de Derecho.

    Ar tcu lo 2.- GRADOS DE LA CONDECORACINLa Condecoracin Medalla al Defensor de la

    Democracia se otorga a los miembros de las FuerzasArmadas, Polica Nacional del Per, Comits de

    Autodefensa y ciudadanos que fallecieron, quedaronheridos o discapacitados como resultado de la luchacontra el terrorismo; y a todos aquellos que en la luchacontrasubversiva prestaron eminentes servicios a laNacin

    La Condecoracin Medalla al Defensor de laDemocracia se concede en los siguientes grados:

    1. Gran Cruz. Esta condecoracin es otorgada aquienes participaron directamente en la captura dealtos mandos terroristas, demostrando valor y sacrificiosuperiores al cumplimiento del deber que implicaron

    graves riesgos para sus vidas.2. Gran Oficial. Esta condecoracin es otorgada aquienes participaron en la planificacin de la captura dealtos mandos terroristas, demostrando valor y sacrificiosuperiores al cumplimiento del deber que implicaronriesgos para sus vidas.

    3. Comendador. Esta condecoracin es otorgadaa quienes participaron directamente en actos deenfrentamiento contra subversivos que permitieron laspreservacin, fortalecimiento o restitucin del sistemademocrtico y el Estado de Derecho a nivel regionalo nacional, demostrando valor y sacrificio superiores alcumplimiento del deber que implicaron riesgos para susvidas.

    4. Oficial. Esta condecoracin es otorgada aquienes participaron en la planificacin de los actos deenfrentamiento contra subversivos que permitieron lapreservacin, fortalecimiento o restitucin del sistemademocrtica y del Estado de Derecho a nivel regionalo nacional, demostrando valor y sacrificio superiores alcumplimiento del deber que implicaron riesgos para susvidas.

    5. Caballero. Esta condecoracin es otorgada aquienes participaron de manera directa en zonas deconflicto terroristas realizando labores de apoyo logsticoo armado en defensa de la poblacin y de la democracia,demostrando valor y sacrificio superiores al cumplimentodel deber que implicaron riesgos para sus vidas.

    El otorgamiento de la Condecoracin en el gradorespectivo se determina de acuerdo a la valoracin queefecte el Consejo.

    Ar tcu lo 3.- INSIGNIASLas insignias de la Medalla al Defensor de la

    Democracia estn enchapadas en oro, con un espesorde 1 mm y, segn el grado conferido que se consigna acontinuacin y en el anexo de la presente norma, tienen

    las siguientes caractersticas:1. Gran Cruz. La insignia consistir adems de la

    medalla correspondiente a la de Gran Oficial, de unabanda de color rojo llevada en forma transversal sobre elhombro derecho de cuyo extremo pender una insignia deComendador.

    2. Gran Oficial. La insignia ser la misma que lasanteriormente descritas, pero con 80 milmetros dedimetro.

    3. Comendador. La insignia ser la misma que la deOficial, pero de 60 milmetros de dimetro y pendiente delcuello por medio de una cinta de color rojo.

    4. Oficial. La insignia ser la misma que la deCaballero, agregando a la cinta roja, una roseta del mismocolor de 30 milmetros de dimetro.

    5. Caballero.Est conformada por una medalla de formaconvexa y de 40 milmetros de dimetro, representando unsol de oro. En el centro de los rayos solares habr un discoadornado por un ribete labrado en cuyo ncleo se encuentra,en dorado y alto relieve, el Escudo de armas, rodeado en laparte superior de un crculo en esmalte rojo con la inscripcinen letras doradas de Defensor de la Democracia y enparte inferior la inscripcin Per sobre esmalte blanco. Lacondecoracin pender de una cinta color roja.

    Ar tcu lo 4.- CONDECORACIN Y DIPLOMALa Condecoracin se conceder por Resolucin

    Suprema expresando el mrito que la motiva y se otorgaracompaada de un diploma firmado por el Presidentede la Repblica, quien ser el Gran Maestre de laCondecoracin Medalla al Defensor de la Democraciay refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros,que ejercer el cargo de Canciller de la misma.

    Ar tcu lo 5.- DIPLOMA DE CONDECORACINEl diploma de condecoracin tendr el texto

    siguiente:El Presidente de la Repblica del Per,Gran Maestre de la Condecoracin Medalla al

    Defensor de la Democracia,expide el presente diploma, refrendado por el

    Presidente del Consejo de Ministros; por cuanto,

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    El PeruanoMartes 15 de abril de 2014521044

    mediante Resolucin Suprema N ____ de fecha ______se ha conferido a ______, por sus mritos y servicios ala Nacin, la Condecoracin Medalla al Defensor de laDemocracia en el grado de _____; de conformidad con lo

    dispuesto en la Ley N 29031,En Lima, a los ___ das del mes de ___ del ao ____.Firmado:Presidente del Consejo de Ministros,Canciller de la Condecoracin Medalla al Defensor de

    la Democracia

    Ar tcu lo 6.- DESIGNACIN DEL DALa Condecoracin se otorga el 22 de abril o el 12 de

    setiembre de cada ao, fechas instituidas por la Ley N29031 como Das de los Defensores de la Democracia.

    El Consejo puede por motivos excepcionales proponerel otorgamiento de la Condecoracin en otra fecha.

    CAPTULO II

    CONSEJO DE LA CONDECORACIN

    Artculo 7.- CONFORMACIN DEL CONSEJODe conformidad con el artculo 3 de la Ley N 29031,

    el Consejo de la Condecoracin Medalla al Defensor dela Democracia est conformado por:

    1. El Presidente del Consejo de Ministros, quien lapreside;

    2. El Ministro de Relaciones Exteriores;3. El Ministro de Defensa;4. El Ministro del Interior;5. El Ministro de Justicia y Derechos Humanos.

    Ar tculo 8.- FUNCIONES DEL CONSEJOSon funciones del Consejo:

    1. Admitir o rechazar las solicitudes de otorgamientode la Condecoracin o su promocin en grado.

    2. Evaluar y recomendar el otorgamiento, el retiro, lasuspensin o la prdida de la Condecoracin segn los

    requisitos o causales previstas en el Estatuto.3. Cumplir y hacer cumplir las disposicionesestablecidas en el Estatuto.

    Ar tculo 9.- ATRIBUCIONES DEL SECRETARIODEL CONSEJO

    El Secretario General de la Presidencia del Consejode Ministros acta en calidad de Secretario del Consejo.

    Al Secretario del Consejo le corresponde las siguientesatribuciones:

    1. Llevar el Registro General, en el que se anotan losnombres de todos los agraciados, su antigedad y losmotivos por los cuales les fue otorgada la Condecoracin,as como los casos en los cuales se haya procedido alretiro, por suspensin o prdida de la misma, as como losmotivos que lo generaron.

    2. Llevar el Libro de Actas de las sesiones del Consejo;3. Disponer la confeccin de las medallas.4. Otras funciones que le sean asignadas por el

    Consejo.

    Ar tculo 10.- REUNIONES DEL CONSEJOEl Consejo se reunir cuando sea convocado por el

    Presidente del mismo, siendo necesaria la concurrencia detres de sus miembros para formar qurum. Los acuerdosque adopte el Consejo slo sern vlidos cuando se dentres votos a favor.

    Ar tculo 11.- COMIT EVALUADOREl Consejo de la Condecoracin tiene un Comit

    Evaluador conformado por un representante de cadauno los Ministerios mencionados en el artculo 7 delEstatuto, el que est presidido por el representante de laPresidencia del Consejo de Ministros.

    Corresponde a este Comit efectuar la evaluacintcnica de las solicitudes y expedientes presentados, y

    proyectar los documentos que correspondan para suadmisin, rechazo o recomendacin de otorgamiento dela Medalla al Defensor de la Democracia.

    El Presidente del Comit Evaluador convoca a susmiembros, con la regularidad que sea necesaria, parael cumplimiento de las atribuciones asignadas por elEstatuto.

    CAPTULO III

    PROCEDIMIENTO PARA LA CONCESIN DELA MEDALLA

    Artculo 12.- REQUISITOS DE CALIFICACINSon requisitos para calificar como Defensor de la

    Democracia los siguientes:

    Requisitos para el personal de las FuerasArmadas y Polica Nacional del Per :

    a) Haber participado en las operaciones antiterroristasorganizado por su Institucin, ya sea Fuerzas Armadas oPolica Nacional del Per.

    b) Haber fallecido, quedado herido o discapacitadocomo consecuencia de la lucha contra el terrorismo, loque deber ser acreditado a travs del rea de Incentivosde la Direccin Ejecutiva de Personal de la PNP.

    c) Ser propuesto ante el Consejo de la Condecoracinpor su Institucin a travs del Sector respectivo, Ministeriode Defensa o Ministerio del Interior.

    Requisitos para los Ciudadanos y Comits deAutodefensa:

    a) Haber sido participante en acciones conmemoradasen la lucha contra el terrorismo.

    b) Haber fallecido, quedado herido o discapacitadocomo consecuencia de la lucha contra el terrorismo, loque deber ser debidamente acreditad a travs de ladocumentacin correspondiente.

    c) Ser propuesto por los Comits de Autodefensa o laComunidad a la que perteneca.

    Requisitos para los Personajes que prestaroneminentes servicios a la Nacin durante la luchacontra el terrorismo:

    a) Haber participado desde un puesto en laAdministracin Pblica durante la lucha contra el

    terrorismo.b) Haber promovido medidas atribuidas a sucompetencia en la lucha contra el terrorismo.

    c) Ser propuesto por votacin o mayora simple delCongreso de la Repblica.

    Artculo 13.- PRESENTACIN DE LA SOLICITUDEl procedimiento para el otorgamiento de la

    Medalla al Defensor de la Democracia se inicia conla presentacin de la solicitud, dirigida al Consejo de laCondecoracin.

    Posee legitimidad para presentar la solicitud cualquierpersona natural o jurdica que desee destacar la laborencomiable de la persona a quien presente comocandidato o candidata para la Condecoracin.

    La solicitud puede ser presentada en las oficinas derecepcin documental de cualquiera de los Ministeriosmencionados en el artculo 7 del Estatuto, las que lotrasladan a la Secretara General de la Presidencia delConsejo de Ministros, de acuerdo a la regla contenida enel numeral 130.1. del artculo 130 de la Ley N 27444,Ley del Procedimiento Administrativo General.

    La solicitud es remitida al Comit Evaluador para suevaluacin y procesamiento.

    Artculo 14.- EVALUACIN DE LA SOLICITUDEl Comit Evaluador verifica que las solicitudes que le

    derive el Consejo cumplan con los requisitos establecidosen el artculo 1 de la Ley N 29031 y en el presenteestatuto.

    Dentro de los treinta (30) das hbiles de haberlesido remitida la solicitud, el Comit emite un informe,proponiendo al Consejo la admisin y calificacin delcandidato, o el rechazo de la solicitud.

    Artculo 15.- EVALUACIN DE LOS CANDIDATOSCALIFICADOS

    Recibido el informe del Comit Evaluadorcorrespondiente, el Consejo evala cada expedientedentro de los diez (10) das hbiles siguientes.

    El Consejo emite un informe con el proyecto deResolucin Suprema para la decisin que corresponda alPresidente de la Repblica, el cual se canaliza a travsde la Presidencia del Consejo de Ministros. En los casos

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    El PeruanoMartes 15 de abril de 2014 521045

    que corresponda, el Consejo da respuesta motivada alsolicitante, explicando las razones del rechazo.

    Artculo 16.- CONDECORACIN A PROPUESTA

    DEL CONSEJOLa Condecoracin se concede en razn de la propuestaformulada por el Consejo, para lo cual debe apreciar si elsolicitante ha prestado una encomiable labor dentro delos actos previstos por el artculo 1 de la Ley N 29031,el artculo 1 de su Reglamento, aprobado por DecretoSupremo N 026-201-PCM y en el artculo 2 del Estatuto.

    Artculo 17.- CEREMONIA DE CONDECORACINEl Consejo de Condecoracin programa la Ceremonia

    de entrega de las Medallas en las oportunidades previstasen el artculo 6 del Estatuto.

    En caso el agraciado o la agraciada hayan fallecido,la Medalla se entrega a los herederos reconocidos segnla ley.

    Artculo 18.- PROPUESTA DE PROMOCIN ENGRADO DE LA MEDALLA

    La propuesta de promocin en grado de la Medallaal Defensor de la Democracia debe efectuarse porel Presidente del Consejo de Ministros, el Ministro deRelaciones Exteriores, el Ministro de Defensa, el Ministrodel Interior y el Ministro de Justicia y Derechos Humanoshasta el 31 de diciembre de cada ao.

    Artculo 19.- USO DE INSIGNIAS EN CEREMONIASOFICIALES

    El agraciado con una Medalla al Defensor de laDemocracia tiene derecho al uso de las insignias encualquier ceremonia oficial.

    CAPTULO IV

    IMPEDIMENTOS, SUSPENSIN, PRDIDA YDEVOLUCIN DE LA CONDECORACIN

    Artculo 20.- DE LOS IMPEDIMENTOS

    Los impedimentos para el otorgamiento de laCondecoracin Medalla al Defensor de la Democraciason:

    1. Haber sido condenado por la comisin dolosade Delitos Contra la Seguridad Pblica, Delitos Contrala Tranquilidad Pblica, Delitos Contra la Humanidad,Delitos Contra el Estado y la Defensa Nacional, DelitosContra los Poderes del Estado y el Orden Constitucional,Delitos Contra la Voluntad Popular o Delitos Contra laAdministracin Pblica, mediante sentencia consentida oejecutoriada expedida por juez competente;

    2. Haber sido condenado por la comisin dolosade Delitos Contra la Defensa Nacional, Delitos Contrael Derecho Internacional Humanitario, Delitos contra elServicio de Seguridad, o Delitos Cometidos en el Ejerciciodel Mando o Autoridad, mediante sentencia consentida oejecutoriada expedida por la justicia penal militar;

    3. Haber sido condenado por la comisin dolosa deCrmenes de Guerra, Crmenes de Lesa Humanidad oDelito de Genocidio por la justicia penal internacional ojusticia nacional o extranjera.

    4. En el caso del personal perteneciente a las FuerzasArmadas y de la Polica Nacional del Per tambinconstituyen causales de impedimento:

    a. Haber sido sancionado disciplinariamente por lacomisin de una infraccin muy grave que atente contralos derechos humanos o la democracia a travs deuna resolucin que constituye acto firme o agota la vaadministrativa.

    b. Encontrarse involucrado en actos pblicos queobserven conductas contrarias a los derechos humanos oa la democracia y, en consecuencia, a la disciplina, tica ybuena administracin de la Institucin.

    Artculo 21.- SUSPENSIN DE LA

    CONDECORACIN CONCEDIDAEl Consejo de la Condecoracin dispone lasuspensin del uso o tenencia de la Medalla al Defensorde la Democracia, en caso el agraciado se encuentrecomprendido en un procesal penal abierto, por algunade las causales previstas en los numerales 1. al 3. delartculo 20 del Estatuto.

    En el caso de aquellos agraciados que incurran en lascausales de sancin disciplinaria sealadas en el numeral4 del artculo 20 del Estatuto, el Consejo dispone lasuspensin del uso o tenencia de la Medalla al Defensor

    de la Democracia por el perodo que dure la sancin.Ar tculo 22.- PRDIDA DE LA CONDECORACIN

    CONCEDIDALos agraciados que con posterioridad a recibirla

    sean condenados por los delitos comprendidos en losnumerales 1. al 3. del artculo 20 del Estatuto, pierdenla Condecoracin. Con la emisin de la ResolucinSuprema de prdida de la Condecoracin, el agraciadodebe devolver la Medalla recibida al Consejo.

    Ar tculo 23.- DEVOLUCIN DE LA JOYA YDIPLOMA

    Las personas que pierdan la Condecoracin concedidapor las causales indicadas en los artculos 21 y 22,se encuentran en la obligacin de devolver la joya y eldiploma al Secretario del Consejo, dentro de un plazo deocho (8) das hbiles de haber sido notificados.

    En caso contrario, se pone en conocimiento de laProcuradura Pblica de la Presidencia del Consejo deMinistros, para que proceda conforme a sus atribuciones,y se haga de conocimiento pblico la prdida de laCondecoracin.

    1073867-1

    Disponen el i ni cio de la Pri mera Etapadel Plan d e Supervisin y Evalu acinde las Competencias SectorialesTransferi das a los Gobiernos Regionalesy Locales, con Enfoque de GestinDescent rali zada de Serv ici os Pbli cos ,correspondiente al ao 2014

    RESOLUCIN DE SECRETARA DEDESCENTRALIZACIN

    N 024-2014-PCM/SD

    Lima, 1 de abril de 2014

    VISTO:

    El Informe N 023-2014-PCM/SD-OTME, de laOficina de Transferencia, Monitoreo y Evaluacin deCompetencias de la Secretara de Descentralizacin de laPresidencia del Consejo de Ministros; y,

    CONSIDERANDO:

    Que, el artculo 188 de la Constitucin Poltica delPer establece que la descentralizacin es una formade organizacin democrtica y constituye una polticapermanente de Estado, de carcter obligatorio, que tienecomo objetivo fundamental el desarrollo integral del pas y,que el proceso de descentralizacin se realiza por etapas,en forma progresiva y ordenada, conforme a criterios quepermitan una adecuada asignacin de competencias ytransferencia de recursos del gobierno nacional hacia losgobiernos regionales y locales;

    Que, de conformidad a lo dispuesto en la SegundaDisposicin Transitoria de la Ley N 27783, Ley de Basesde la Descentralizacin; y, los numerales 39.2 y 41.8 delos artculos 39 y 41 del Reglamento de Organizaciny Funciones de la Presidencia del Consejo de Ministros,respectivamente, aprobado por el Decreto Supremo N063-2007-PCM y sus modificatorias; la Secretara deDescentralizacin tiene la funcin de conducir, ejecutar,monitorear y evaluar la transferencia de competencias yrecursos del gobierno nacional a los gobiernos regionalesy locales;

    Que, en el marco de las normas descritas, se aprob

    el Plan de Supervisin y Evaluacin de las CompetenciasSectoriales transferidas a los Gobiernos Regionales y Locales,con enfoque de Gestin Descentralizada de ServiciosPblicos, mediante Resolucin Ministerial N 335-2012-PCM,para ser ejecutado por la Secretara de Descentralizacin dela Presidencia del Consejo de Ministros, en su condicin dergano de lnea conductor del proceso de descentralizacin;

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    El PeruanoMartes 15 de abril de 2014521046

    Que, en el ao 2013, se ejecut la primera y segundaetapa del Plan antes referido, evalundose las funcionestransferidas a los gobiernos regionales asociadas a losservicios pblicos de: Educacin Inicial (Nios y Nias de

    3 a 5 aos), Atencin Primaria de la Salud (DesnutricinCrnica Infantil), Formalizacin y Titulacin de Tierras deComunidades Campesinas y Nativas y de la PropiedadAgraria, Aprovechamiento sostenible de recursosforestales y Formalizacin de la pequea minera y mineraartesanal, en veinticinco (25) gobiernos regionales,emplendose el enfoque de gestin descentralizada en laevaluacin realizada;

    Que, de acuerdo a la metodologa establecida en elPlan, los resultados de dicha evaluacin han sido puestosa consideracin de las Comisiones Intergubernamentales,conformadas al amparo del Decreto Supremo N 047-2009-PCM, a fin de que se determinen e implementenlas Acciones de Mejora Continua de los servicios pblicosevaluados, en beneficio de la poblacin; cumpliendo,de esta manera, con los objetivos del proceso dedescentralizacin y la gestin descentralizada de losservicios pblicos;

    Que, atendiendo al informe de Vistos y de conformidada lo dispuesto en el punto 3 de la Resolucin MinisterialN 335-2012-PCM, la Secretara de Descentralizacin haconsiderado realizar, en el ao 2014, la evaluacin decinco (05) nuevos servicios pblicos: Educacin Primaria;Promocin del Empleo e Igualdad de Oportunidades;Fomento y Desarrollo de la Pequea y Microempresa;Atencin Primaria de la Salud Salud Materno Neonatal; y,Desarrollo Integral de la Familia, asociados a las funcionesde los artculos 47, 48, 49 y 60 de la Ley Orgnica deGobiernos Regionales, Ley N 27867, teniendo en cuentala importancia de los mismos, conforme se describe en elinforme aludido;

    Que, la evaluacin de los nuevos servicios pblicosse realizar en dos etapas; la primera, entre los meses deabril y julio del ao en curso, en diez (10) departamentos(Ancash, Cajamarca, Piura, Hunuco, Pasco, Ayacucho,Tacna, Cusco, Loreto y Madre de Dios); y, la segunda,entre los meses de setiembre y noviembre del ao en

    curso, en 14 departamentos (Tumbes, Lambayeque,La Libertad, Junn, Huancavelica, Lima, Ica, Arequipa,Moquegua, Apurmac, Puno, Amazonas, Ucayali y SanMartn) y la Provincia Constitucional del Callao;

    De conformidad a lo dispuesto en la ResolucinMinisterial N 335-2012-PCM, que aprueba el Plande Supervisin y Evaluacin de las CompetenciasSectoriales transferidas a los Gobiernos Regionalesy Locales, con enfoque de Gestin Descentralizadade Servicios Pblicos; y, en uso de las atribucionescontenidas en el Decreto Supremo N 063-2007-PCM ysus modificatorias;

    SE RESUELVE:

    Ar tculo 1.- Inicio de la Primera Etapa del Plande Supervisin y Evaluacin de las CompetenciasSectoriales Transferidas a los Gobiernos Regionales yLocales, con Enfoque de Gestin Descentralizada deServicios Pblicos, correspondiente al ao 2014

    Disponer el inicio de la Primera Etapa del Plande Supervisin y Evaluacin de las CompetenciasSectoriales Transferidas a los Gobiernos Regionalesy Locales, con Enfoque de Gestin Descentralizada deServicios Pblicos, aprobado por Resolucin MinisterialN 335-2012-PCM, a ejecutarse entre los meses deabril y julio del ao en curso, a travs de la Oficina deTransferencia, Monitoreo y Evaluacin de Competenciasde la Secretara de Descentralizacin, conforme al Plande Trabajo que se apruebe por Resolucin de Secretarade Descentralizacin.

    Ar tculo 2.- Inco rporacin de nuevos serviciospblicos en el Plan

    Incorprese al proceso de evaluacin a desarrollarseen el ao 2014, los servicios pblicos de: EducacinPrimaria; Promocin del Empleo e Igualdad de

    Oportunidades; Fomento y Desarrollo de la Pequeay Microempresa; Atencin Primaria de la Salud SaludMaterno Neonatal; y, Desarrollo Integral de la Familia,asociados a las funciones de los artculos 47, 48, 49y 60 de la Ley Orgnica de Gobiernos Regionales, LeyN 27867, los cuales se adicionan a los servicios pblicosevaluados el ao 2013.

    Artculo 3.- Partic ipacin de la Sociedad Civ il en laejecucin de la Primera Etapa del Plan de Supervisiny Evaluacin, correspondiente al ao 2014

    Precsese la participacin de la sociedad civil en la

    ejecucin de la Primera Etapa del Plan de Supervisiny Evaluacin, correspondiente al ao 2014, aplicndosela misma metodologa utilizada por la Oficina deTransferencia, Monitoreo y Evaluacin de Competenciasde la Secretara de Descentralizacin, en la evaluacin delos servicios pblicos realizada el ao 2013.

    Artculo 4.- Pub licacinLa presente resolucin ser publicada en el diario

    oficial El Peruano y en la pgina web de la Presidencia delConsejo de Ministros www.pcm.gob.pe .

    Regstrese, comunquese y publquese.

    MARIANA ESTHER MENDOZA FISCALINISecretaria de Descentralizacin (e)Presidencia del Consejo de Ministros

    1073516-1

    AMBIENTE

    Autorizan viaje de profesional delMinisterio a los EE.UU., en comisinde servicios

    RESOLUCIN MINISTERIALN 106-2014-MINAM

    Lima, 14 de abril de 2014

    Visto; el Memorando N 006-2014-MINAM/COP20/DNde 14 de abril de 2014, del Director Nacional - Project ID00087130; la Ficha de Solicitud Autorizacin de Viaje; y

    dems antecedentes; y,

    CONSIDERANDO:

    Que, mediante comunicacin de 20 de diciembre de2013, el Instituto Watson de Estudios Internacionales deBrown University cursa invitacin al Ministerio del Ambientepara participar en el congreso: Gobernar el CambioClimtico: Nuevas ideas y liderazgo Latinoamericanomientras Per se prepara para ser anfitrin de lasnegociaciones de clima de las Naciones Unidas de 2014,evento que se realizar los das 16 y 17 de abril de 2014,en la ciudad de Providence - Estados Unidos de Amrica;

    Que, el evento cuenta con el apoyo de la Oficina de laPresidenta, el Centro de Estudios de Amrica Latina y elCaribe (CLACS), el Centro de Estudios de Medioambiente(CES), y el Instituto Watson de Estudios Internacionales deBrown University. La reunin se enfocar especialmente

    en el rol de Per como anfi

    trin de la Vigsima Conferenciade las Partes (COP20) para el CNMUCC en diciembre de2014 en Lima, Per. Asimismo, este evento tambin seenfocar en cmo el grupo relativamente nuevo de paseslatinoamericanos conocido como la Alianza Independientede Amrica Latina y el Caribe (AILAC), que incluye Per,Chile, Colombia, Costa Rica, Guatemala y Panam,est creando una rebelin del medio al exigir accinambiciosa respecto al clima de todos los pases y unacuerdo vinculante sobre el clima para el ao 2015;

    Que, mediante Resolucin Legislativa N 26185, elPer aprob la Convencin Marco de las Naciones Unidassobre el Cambio Climtico (CMNUCC). Asimismo, deacuerdo a la decisin adoptada en el marco de la ReuninIntersesional de la COP19, la Vigsima Conferencia delas Partes de la Convencin Marco de las NacionesUnidas sobre el Cambio Climtico - COP20 y la DcimaReunin de las Partes del Protocolo de Kyoto - CMP10se llevarn a cabo en la ciudad de Lima el presente ao,

    eventos cuya realizacin fueron declarados de intersnacional mediante el Decreto Supremo N 007-2013-MINAM;

    Que, en virtud de lo dispuesto en la Dcimo StimaDisposicin Complementaria Final de la Ley N 30114,Ley de Presupuesto del Sector Pblico para el Ao2014 se subscribi el Proyecto N 00087130 Apoyo a

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    El PeruanoMartes 15 de abril de 2014 521047

    la generacin de capacidades para la organizacin dela Vigsima Conferencia de las Partes de la ConvencinMarco de las Naciones Unidas sobre el Cambio Climtico- COP20 y la Dcima Reunin de las Partes del Protocolo

    de Kyoto - CMP10, sus actividades y eventos conexos,por el cual se transfirieron recursos del Ministerio delAmbiente al Programa de las Naciones Unidas para elDesarrollo -PNUD;

    Que, mediante Resolucin Ministerial N 264-2013-MINAM se conformaron equipos de trabajo para larealizacin de los eventos antes mencionados, entreellos, el Equipo de Trabajo sobre aspectos de imagen ycomunicacin, cuya responsable es la seora VanessaCecilia Morales Tremolada, Especialista en ComunicacinInterna del rea de Comunicaciones e Imagen Institucional,dependiente de la Secretara General del Ministerio delAmbiente - MINAM;

    Que, el artculo 10, numeral 10.1, inciso a), de la LeyN 30114, Ley de Presupuesto del Sector Pblico parael Ao 2014, prohbe los viajes al exterior de servidoreso funcionarios pblicos y representantes del Estado concargo a recursos pblicos, exceptundose los viajes quese efecten en el marco de la negociacin de acuerdoscomerciales o tratados comerciales y ambientales,negociaciones econmicas y financieras y las accionesde promocin de importancia para el Per;

    Que, en tal sentido, la asistencia y participacin de laseora Vanessa Cecilia Morales Tremolada, Especialistaen Comunicacin Interna del rea de Comunicacionese Imagen Institucional, dependiente de la SecretaraGeneral del Ministerio del Ambiente - MINAM, en elmencionado evento, se encuentra subsumida en laexcepcin establecida por el artculo 10, numeral 10.1,inciso a), de la Ley N 30114, en razn a que el viaje seefectuar en el marco de la organizacin de la VigsimaConferencia de las Partes de la Convencin Marco de lasNaciones Unidas sobre el Cambio Climtico - COP20 y laDcima Reunin de las Partes del Protocolo de Kyoto -CMP10, por tanto, es de especial inters para el Ministeriodel Ambiente;

    Que, en consecuencia, resulta conveniente autorizar

    el viaje de la mencionada profesional, cuyos pasajessern asumidos por los organizadores del evento y losviticos sern financiados con los recursos transferidosal Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo(PNUD);

    Con el visado de la Secretara General y la Oficina deAsesora Jurdica;

    De conformidad con la Ley N 30114, Ley de Presupuestodel Sector Pblico para el Ao 2014; la Ley N 27619, Ley queregula la autorizacin de viajes al exterior de los servidoresy funcionarios pblicos; el Decreto Legislativo N 1013, Leyde Creacin, Organizacin y Funciones del Ministerio delAmbiente; su Reglamento de Organizacin y Funciones,aprobado por Decreto Supremo N 007-2008-MINAM; y, elDecreto Supremo N 047-2002-PCM, Reglamento de la LeyN 27619 y sus modificatorias;

    SE RESUELVE:

    Ar tcu lo 1.- Autorizar, por excepcin, el viaje alexterior de la seora VANESSA CECILIA MORALESTREMOLADA, Especialista en Comunicacin Internadel rea de Comunicaciones e Imagen Institucional,prestadora de servicios CAS, dependiente de la SecretaraGeneral del Ministerio del Ambiente - MINAM, a la ciudadde Providence - Estados Unidos de Amrica, del 15 al17 de abril de 2014, para los fines expuestos en la parteconsiderativa de la presente resolucin.

    Ar tcu lo 2.- Los gastos por concepto de viticosque irrogue el cumplimiento de la presente ResolucinMinisterial sern cubiertos con los recursos transferidosdel Ministerio del Ambiente al Programa de las NacionesUnidas para el Desarrollo (PNUD), en el marco del ProyectoN 00087130 Apoyo a la generacin de capacidades parala organizacin de la Vigsima Conferencia de las Partesde la Convencin Marco de las Naciones Unidas sobre elCambio Climtico - COP20 y la Dcima Reunin de las

    Partes del Protocolo de Kyoto - CMP10, sus actividades yeventos conexos, de acuerdo al siguiente detalle:

    Viticos US$ 278.00

    Art culo 3.- Disponer que dentro de los quince (15) dascalendario siguientes a la realizacin del viaje, la profesional

    cuyo viaje se autoriza mediante el artculo 1 de la presenteresolucin, deber presentar un Informe detallado sobre elresultado del evento y las acciones que se deriven a favordel Ministerio del Ambiente, as como entregar un ejemplar

    de los materiales de trabajo obtenidos.Ar tcu lo 4.- La presente autorizacin no otorgaderecho a exoneracin o liberacin de impuestos deaduana de cualquier clase o denominacin.

    Ar tcu lo 5.- Disponer la publicacin de la presenteresolucin en el Diario Oficial El Peruano y en el Portal deTransparencia del Ministerio del Ambiente.

    Regstrese, comunquese y publquese.

    MANUEL PULGAR-VIDAL OTLORAMinistro del Ambiente

    1073865-1

    DEFENSA

    Autori zan in greso al t err it orio nacionalde personal militar de Chile, Brasil,Ecuador, Paraguay y los EE.UU.

    RESOLUCIN MINISTERIALN 260-2014-DE/SG

    Lima, 12 de abril de 2014

    CONSIDERANDO:

    Que, con Facsmiles (DSD) Nros. 986, 217, 236, 258 y289 del 17 de diciembre de 2013, 21, 27 de marzo, 2 y 10de abril de 2014 respectivamente, el Director de Seguridady Defensa del Ministerio de Relaciones Exteriores, solicitase expida la autorizacin para el ingreso de personalmilitar de la Repblica de Chile, Repblica Federativa del

    Brasil, Repblica de Ecuador, Repblica del Paraguay yEstados Unidos de Amrica, sin armas de guerra;Que, con Oficio G. 500- 1478 del 10 de abril de 2014,

    el Secretario del Comandante General de la Marina porencargo del Comandante General de la Marina, emiteopinin favorable para el ingreso al pas del personalmilitar de la Repblica de Chile, Repblica Federativa delBrasil, Repblica de Ecuador, Repblica del Paraguay yEstados Unidos de Amrica;

    Que, el referido personal militar ingresar a territoriode la Repblica, del 15 al 24 de abril de 2014, a fin departicipar en el Primer Simposio Internacional de Oficialesde la Nueva Generacin de las Marinas de Amrica,organizado por la Marina de Guerra del Per;

    Que, el artculo 5 de la Ley N 27856, Ley de Requisitospara la Autorizacin y consentimiento para el ingreso detropas extranjeras en el territorio de la Repblica, modificadopor el artculo nico de la Ley N 28899, establece que el

    ingreso de personal militar extranjero sin armas de guerrapara realizar actividades relacionadas a las medidas defomento de la confianza, actividades de asistencia cvica,de planeamiento de futuros ejercicios militares, acadmicas,de instruccin o entrenamiento con personal de las FuerzasArmadas Peruanas o para realizar visitas de coordinacino protocolares con autoridades militares y/o del EstadoPeruano es autorizado por el Ministro de Defensa medianteResolucin Ministerial, con conocimiento del Presidente delConsejo de Ministros, quien da cuenta al Congreso de laRepblica por escrito en un plazo de veinticuatro (24) horastras la expedicin de la resolucin, bajo responsabilidad. LaResolucin Ministerial de autorizacin debe especificar losmotivos, la relacin del personal militar, la relacin de equipostransentes y el tiempo de permanencia en el territorioperuano. En los casos en que corresponda se solicitaropinin previa del Ministerio de Relaciones Exteriores; y,

    Estando a lo opinado por la Marina de Guerra delPer; y de conformidad con la Ley N 27856, modificada

    por la Ley N 28899;SE RESUELVE:

    Ar tculo 1.- Autorizar el ingreso al territorio dela Repblica, sin armas de guerra, al personal militardetallado a continuacin, a fin que participen en el

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    10/36

    El PeruanoMartes 15 de abril de 2014521048

    Primer Simposio Internacional de Oficiales de la NuevaGeneracin de las Marinas de Amrica, organizado por laMarina de Guerra del Per.

    REPBLICA DE CHILEDel 15 al 24 de abril d e 2014

    1. Teniente Primero Francisco ABARCA Mackay2. Teniente Primero Oscar ARRIAGADA Araya

    REPBLICA FEDERATIVA DEL BRASILDel 15 al 24 de abril d e 2014

    1. Capitn Teniente Georgia Rita Macieira RAMOS Nizer2. Capitn Teniente Rodrigo Tiellet OLIVEIRA Branco de

    Miranda

    REPBLICA DE ECUADORDel 15 al 24 de abril d e 2014

    1. Teniente de Navo SU Juan PAZMINO Mayorga2. Teniente de Navo GC Edwin AGUILAR Crdenas

    REPBLICA DEL PARAGUAYDel 16 al 23 de abril d e 2014

    1. Teniente de Fragata Christian Ariel SOSA Villalba2. Teniente de Fragata Cristian Alejo BARRETO Romero

    ESTADOS UNIDOS DE AMRICADel 16 al 23 de abril d e 2014

    1. Capitn de Corbeta Von FERNANDES2. Teniente Primero Stephen RITTERMAN

    Ar tcu lo 2.- Poner en conocimiento del Presidentedel Consejo de Ministros la presente resolucin, a fin qued cuenta al Congreso de la Repblica en el plazo a quese contrae el artculo 5 de la Ley N 27856, modificadapor Ley N 28899.

    Regstrese, comunquese y publquese.PEDRO CATERIANO BELLIDOMinistro de Defensa

    1073613-1

    RESOLUCIN MINISTERIALN 261-2014-DE/SG

    Lima, 12 de abril de 2014

    CONSIDERANDO:

    Que, con Facsmil (DSD) N 289 del 10 de abril de2014, el Director de Seguridad y Defensa del Ministerio deRelaciones Exteriores, solicita se expida la autorizacinpara el ingreso de personal militar de la Repblica deEcuador, sin armas de guerra;

    Que, con Oficio G. 500- 1257 del 27 de marzo de2014, el Secretario del Comandante General de la Marinapor encargo del Comandante General de la Marina, emiteopinin favorable para el ingreso al pas del personalmilitar de la Repblica de Ecuador;

    Que, el referido personal militar ingresar a territorio de laRepblica, del 15 al 18 de abril de 2014, a fin de participar enla XI Reunin Bilateral entre los Capitanes de Puerto Zorritosy Puerto Bolvar, a realizarse en la ciudad de Zorritos;

    Que, el artculo 5 de la Ley N 27856, Ley de Requisitospara la Autorizacin y consentimiento para el ingresode tropas extranjeras en el territorio de la Repblica,modificado por el artculo nico de la Ley N 28899,establece que el ingreso de personal militar extranjero sinarmas de guerra para realizar actividades relacionadas alas medidas de fomento de la confianza, actividades deasistencia cvica, de planeamiento de futuros ejerciciosmilitares, acadmicas, de instruccin o entrenamiento con

    personal de las Fuerzas Armadas Peruanas o para realizarvisitas de coordinacin o protocolares con autoridadesmilitares y/o del Estado Peruano es autorizado por elMinistro de Defensa mediante Resolucin Ministerial, conconocimiento del Presidente del Consejo de Ministros,quien da cuenta al Congreso de la Repblica por escritoen un plazo de veinticuatro (24) horas tras la expedicin

    de la resolucin, bajo responsabilidad. La ResolucinMinisterial de autorizacin debe especificar los motivos,la relacin del personal militar, la relacin de equipostransentes y el tiempo de permanencia en el territorio

    peruano. En los casos en que corresponda se solicitaropinin previa del Ministerio de Relaciones Exteriores; y,Estando a lo opinado por la Marina de Guerra del

    Per; y de conformidad con la Ley N 27856, modificadapor la Ley N 28899;

    SE RESUELVE:

    Artculo 1.- Autorizar el ingreso al territorio de laRepblica, sin armas de guerra, al personal militar de laRepblica del Ecuador detallado a continuacin, del 15 al18 de abril de 2014, a fin que participen en la XI ReuninBilateral entre los Capitanes de Puerto Zorritos y PuertoBolvar, a realizarse en la ciudad de Zorritos.

    1. Capitn de Fragata Xavier POZO Mio2. Capitn de Corbeta Freddy LLERENA Villa

    Artculo 2.- Poner en conocimiento del Presidentedel Consejo de Ministros la presente resolucin, a fin qued cuenta al Congreso de la Repblica en el plazo a quese contrae el artculo 5 de la Ley N 27856, modificadapor Ley N 28899.

    Regstrese, comunquese y publquese.

    PEDRO CATERIANO BELLIDOMinistro de Defensa

    1073613-2

    RESOLUCIN MINISTERIALN 262-2014-DE/SG

    Lima, 12 de abril de 2014

    CONSIDERANDO:

    Que, con Facsmil (DSD) N 251 del 2 de abril de2014, el Director de Seguridad y Defensa del Ministerio deRelaciones Exteriores, solicita se expida la autorizacinpara el ingreso de personal militar de los Estados Unidosde Amrica, sin armas de guerra;

    Que, con Oficio N 781-2014-MINDEF/VPD/B/01.a del11 de abril de 2014, el Director General (e) de RelacionesInternacionales de este Ministerio, emite opinin favorablepara el ingreso al pas del personal militar de los EstadosUnidos de Amrica;

    Que, el referido personal militar ingresar a territoriode la Repblica, del 17 al 25 de abril de 2014, a fin departicipar en una visita oficial al Per;

    Que, el artculo 5 de la Ley N 27856, Ley de Requisitospara la Autorizacin y consentimiento para el ingreso detropas extranjeras en el territorio de la Repblica, modificadopor el artculo nico de la Ley N 28899, establece que el

    ingreso de personal militar extranjero sin armas de guerrapara realizar actividades relacionadas a las medidas defomento de la confianza, actividades de asistencia cvica,de planeamiento de futuros ejercicios militares, acadmicas,de instruccin o entrenamiento con personal de las FuerzasArmadas Peruanas o para realizar visitas de coordinacino protocolares con autoridades militares y/o del EstadoPeruano es autorizado por el Ministro de Defensa medianteResolucin Ministerial, con conocimiento del Presidente delConsejo de Ministros, quien da cuenta al Congreso de laRepblica por escrito en un plazo de veinticuatro (24) horastras la expedicin de la resolucin, bajo responsabilidad. LaResolucin Ministerial de autorizacin debe especificar losmotivos, la relacin del personal militar, la relacin de equipostransentes y el tiempo de permanencia en el territorioperuano. En los casos en que corresponda se solicitaropinin previa del Ministerio de Relaciones Exteriores; y,

    Estando a lo opinado por la Direccin General deRelaciones Internacionales de este Ministerio; y de

    conformidad con la Ley N 27856, modificada por la LeyN 28899;

    SE RESUELVE:

    Artculo 1.- Autorizar el ingreso al territorio de laRepblica, sin armas de guerra, al personal militar de los

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    El PeruanoMartes 15 de abril de 2014 521049

    Estados Unidos de Amrica detallado a continuacin, del17 al 25 de abril de 2014, a fin que participen en una visitaoficial al Per.

    1. General USMC John F. KELLY2. Coronel USMC James WELLONS3. Mayor USA Matthew KOPP4. Capitn USAF Tyler Mc SPADDEN5. Oficial Tcnico Jefe USA James ADAMS6. Tcnico Jefe Superior William B. ZAISER7. Tcnico de Segunda USA Kirk WATSON

    Artculo 2.- Poner en conocimiento del Presidentedel Consejo de Ministros la presente resolucin, a fin qued cuenta al Congreso de la Repblica en el plazo a quese contrae el artculo 5 de la Ley N 27856, modificadapor Ley N 28899.

    Regstrese, comunquese y publquese.

    PEDRO CATERIANO BELLIDOMinistro de Defensa

    1073613-3

    RESOLUCIN MINISTERIALN 263-2014-DE/SG

    Lima, 12 de abril de 2014

    CONSIDERANDO:

    Que, con Facsmil (DSD) N 269 del 8 de abril de2014, el Director de Seguridad y Defensa del Ministerio deRelaciones Exteriores, solicita se expida la autorizacinpara el ingreso de personal militar de los Estados Unidosde Amrica, sin armas de guerra;

    Que, con Oficio N 869 CCFFAA/D-7/DEE del 4 de abrilde 2014, el Secretario General del Comando Conjunto delas Fuerzas Armadas por encargo del Jefe del ComandoConjunto de las Fuerzas Armadas, emite opinin favorablepara el ingreso al pas del personal militar de los EstadosUnidos de Amrica;

    Que, el referido personal militar ingresar a territoriode la Repblica, del 15 de abril al 1 de julio de 2014, afin de proveer apoyo de entrenamiento a las FuerzasEspeciales;

    Que, el artculo 5 de la Ley N 27856, Ley deRequisitos para la Autorizacin y consentimiento parael ingreso de tropas extranjeras en el territorio de laRepblica, modificado por el artculo nico de la LeyN 28899, establece que el ingreso de personal militarextranjero sin armas de guerra para realizar actividadesrelacionadas a las medidas de fomento de la confianza,actividades de asistencia cvica, de planeamiento defuturos ejercicios militares, acadmicas, de instruccin

    o entrenamiento con personal de las Fuerzas ArmadasPeruanas o para realizar visitas de coordinacin oprotocolares con autoridades militares y/o del EstadoPeruano es autorizado por el Ministro de Defensamediante Resolucin Ministerial, con conocimiento delPresidente del Consejo de Ministros, quien da cuentaal Congreso de la Repblica por escrito en un plazo deveinticuatro (24) horas tras la expedicin de la resolucin,bajo responsabilidad. La Resolucin Ministerial deautorizacin debe especificar los motivos, la relacin delpersonal militar, la relacin de equipos transentes y eltiempo de permanencia en el territorio peruano. En loscasos en que corresponda se solicitar opinin previadel Ministerio de Relaciones Exteriores; y,

    Estando a lo opinado por el Comando Conjunto de lasFuerzas Armadas del Per; y de conformidad con la LeyN 27856, modificada por la Ley N 28899;

    SE RESUELVE:Artculo 1.- Autorizar el ingreso al territorio de la

    Repblica, sin armas de guerra, al Tcnico de PrimeraEdwin PEREZ de los Estados Unidos de Amrica, del 15de abril al 1 de julio de 2014, a fin que provea apoyo deentrenamiento a las Fuerzas Especiales.

    Ar tculo 2.- Poner en conocimiento del Presidentedel Consejo de Ministros la presente resolucin, a fin qued cuenta al Congreso de la Repblica en el plazo a quese contrae el artculo 5 de la Ley N 27856, modificada

    por Ley N 28899.Regstrese, comunquese y publquese.

    PEDRO CATERIANO BELLIDOMinistro de Defensa

    1073613-4

    DESARROLLO E

    INCLUSION SOCIAL

    Dan por concluidas designaciones degerentes pblicos en diversos cargos

    del Programa Nacional de Alim entacinEscolar Qali Warma

    RESOLUCIN DE DIRECCIN EJECUTIVAN 1036-2014-MIDIS/PNAEQW

    Lima, 14 de abril de 2014

    VISTOS:

    El Informe N 1153-2014-MIDIS/PNAEQW-UAJremitido por el Jefe de la Unidad de Asesora Jurdica;y,

    CONSIDERANDO:

    Que, mediante Decreto Supremo N 008-2012-MIDIS se cre el Programa Nacional de AlimentacinEscolar Qali Warma, con el propsito de brindar unservicio alimentario de calidad, adecuado a los hbitosde consumo locales, cogestionado con la comunidad,sostenible y saludable, para nias y nios del nivel deeducacin inicial a partir de los 3 (tres) aos de edad ydel nivel de educacin primar ia de la Educacin Bsicaen instituciones educativas pblicas;

    Que, mediante Resolucin Ministerial N 174-2012-MIDIS se aprob el Manual de Operacionesdel Programa Nacional de Alimentacin EscolarQali Warma, en el cual se describe la organizaciny funciones generales del Programa, las funcionesespecficas de las unidades que la integran,contemplando los cargos, entre otros, de Jefe de laUnidad de Administracin;

    Que, mediante Decreto Legislativo N 1024 se creay regula el Cuerpo de Gerentes Pblicos, conformadopor profesionales altamente capaces, seleccionadosen procesos competitivos y transparentes, para serdestinados a las entidades del Gobierno Nacional,Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales que lorequieran a la Autoridad Nacional del Servicio Civil;

    Que, mediante Resolucin de Presidencia EjecutivaN 040-2013-SERVIR-PE de fecha 25 de febrero de2013 la Autoridad Nacional del Servicio Civil asign algerente pblico Jos Baltazar Crdenas Cceres en elcargo de Coordinador Tcnico del Programa Nacionalde Alimentacin Escolar Qali Warma, en atencin alConvenio de Asignacin suscrito entre el Ministerio deDesarrollo e Inclusin Social (Programa Nacional deAlimentacin Escolar Qali Warma), SERVIR y el gerentepblico;

    Que, mediante Resolucin de Presidencia EjecutivaN 071-2013-SERVIR-PE de fecha 09 de abril de2013 la Autoridad Nacional del Servicio Civil asign al

    gerente pblico Jim Orlando Carrera Yalan en el cargode Jefe de la Unidad de Planificacin y Presupuesto delPrograma Nacional de Alimentacin Escolar Qali Warma,en atencin al Convenio de Asignacin suscrito entre elMinisterio de Desarrollo e Inclusin Social (ProgramaNacional de Alimentacin Escolar Qali Warma), SERVIRy el gerente pblico;

  • 5/27/2018 Normas Legales 15-04-2014 [TodoDocumentos.info]

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    El PeruanoMartes 15 de abril de 2014521050

    Que, mediante Resolucin de Presidencia EjecutivaN 186-2013-SERVIR-PE de fecha 31 de octubre de2013 la Autoridad Nacional del Servicio Civil asign algerente pblico Alberto Gonzalo Zambrano Gastiaburu

    en el cargo de Jefe de la Unidad de Administracin delPrograma Nacional de Alimentacin Escolar Qali Warma,en atencin al Convenio de asignacin suscrito entre elMinisterio de Desarrollo e Inclusin Social (ProgramaNacional de Alimentacin Escolar Qali Warma), SERVIRy el gerente pblico;

    Que, en atencin a lo dispuesto en el Convenio Marcopara la Asignacin de Gerentes Pblicos celebradoentre el MIDIS y SERVIR y, de acuerdo a lo indicadoen el Informe N 049-2013-MIDIS/SG-OGAJ, medianteResolucin de Direccin Ejecutiva N 151-2013-MIDIS/PNAEQW se design, con eficacia anticipada al 06de marzo de 2013 al gerente pblico Jos BaltazarCrdenas Cceres en el cargo de Coordinador Tcnicodel Programa Nacional de Alimentacin Escolar QaliWarma; mediante Resolucin de Direccin EjecutivaN 168-2013-MIDIS/PNAEQW se design, con eficaciaanticipada al 16 de abril de 2013 al gerente pblico Jim

    Orlando Carrera Yalan en el cargo de Jefe de la Unidadde Planificacin y Presupuesto del Programa Nacionalde Alimentacin Escolar Qali Warma; y medianteResolucin de Direccin Ejecutiva N 1557-2013-MIDIS/PNAEQW se design, con eficacia anticipadaal 16 de noviembre de 2013 al gerente pblico AlbertoGonzalo Zambrano Gastiaburu en el cargo de Jefe dela Unidad de Administracin del Programa Nacional deAlimentacin Escolar Qali Warma;

    Que, atendiendo a las coordinaciones realizadasentre el MIDIS, QALI WARMA, SERVIR y los gerentespblicos previamente mencionados, y expresadala voluntad de las partes y por mutuo acuerdo, seacord dar por concluida la asignacin de los gerentespblicos Jos Baltazar Crdenas Cceres en el cargode Coordinador Tcnico, Jim Orlando Carrera Yalanen el cargo de Jefe de la Unidad de Planificacin yPresupuesto, y Alberto Gonzalo Zambrano Gastiaburuen el cargo de Jefe de la Unidad de Administracindel Programa Nacional de Alimentacin Escolar QaliWarma; razn por la cual, corresponde dar por concluidasus designaciones;

    Con la visacin de la Unidad de Asesora Jurdica;De conformidad con lo dispuesto en el Decreto

    Legislativo N 1024, el Decreto Supremo N 008-2012-MIDIS y la Resolucin Ministerial N 174-2012-MIDIS;

    SE RESUELVE:

    Ar tculo 1.- Dar por concluida la designacin delgerente pblico Jos Baltazar Crdenas Cceres en elcargo de Coordinador Tcnico del Programa Nacional deAlimentacin Escolar Qali Warma, dndole las graciaspor los servicios prestados.

    Ar tcu lo 2.- Dar por concluida la designacin del

    gerente pblico Jim Orlando Carrera Yalan en el cargode Jefe de la Unidad de Planificacin y Presupuestodel Programa Nacional de Alimentacin EscolarQali Warma, dndole las gracias por los serviciosprestados.

    Ar tcu lo 3.- Dar por concluida la designacin delgerente pblico Alberto Gonzalo Zambrano Gastiaburuen el cargo de Jefe de la Unidad de Administracindel Programa Nacional de Alimentacin EscolarQali Warma, dndole las gracias por los serviciosprestados.

    Ar tculo 4.- Publicar la presente Resolucin en elDiario Oficial El Peruano y en el Portal Institucional delPrograma Nacional de Alimentacin Escolar Qali Warma(www.qaliwarma.gob.pe).

    Regstrese, comunquese y publquese.

    PERCY LUIS MINAYA LENDirector EjecutivoPrograma Nacional de Alimentacin EscolarQali Warma

    1073759-1

    JUSTICIA Y DERECHOS

    HUMANOSAprueban Manual de IdentidadCorporativa del Ministerio de Justiciay Derechos Hum anos

    RESOLUCIN MINISTERIALN 0139-2014-JUS

    Lima, 14 de abril de 2014

    VISTOS, el Oficio N. 070-2014-JUS/OGIC, de laOficina General de Imagen y Comunicaciones; el OficioN. 350-2014-JUS/SG, de la Secretaria General, y losInformes N.s 347 y 370-2014-JUS/OGAJ de la OficinaGeneral de Asesora Jurdica, y;

    CONSIDERANDO:

    Que, la Ley N. 29809, Ley de Organizacin yFunciones del Ministerio de Justicia y Derechos Humanosdefine la naturaleza jurdica del Ministerio de Justica yDerechos Humanos y regula su mbito de competencia,funciones, organizacin y estructura orgnica bsica;

    Que, el artculo 61 del Reglamento de Organizacin yFunciones del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos,aprobado mediante Decreto Supremo N. 011-2012-JUS,dispone que la Oficina General de Imagen y Comunicacioneses el rgano de administracin interna encargado de coordinary ejecutar actividades de prensa, imagen y comunicacininstitucional del Ministerio en los mbitos interno y externo;

    Que, dicha unidad orgnica mediante Oficio N. 070-2014-JUS/OGIC, remite a la Oficina General de AsesoraJurdica el proyecto de Manual de Identidad Corporativadel Ministerio de Justicia y Derechos Humanos para eltrmite respectivo;

    Que, asimismo mediante Oficio N. 350-2014-JUS/

    SG, se deriva al Ministro de Justicia y Derechos Humanosel proyecto del citado Manual, para la aprobacin delDespacho Ministerial;

    Que, mediante Decreto Supremo N. 009-2009-MINAM, se aprobaron las medidas de Ecoeficiencia parael Sector Pblico que tienen como efecto el ahorro en elGasto Pblico, norma que est vinculada, entre otros, aluso eficiente de los recursos materiales en las entidadespblicos y la correspondiente implementacin de medidasde austeridad en el referido rubro;

    Que, mediante Resolucin de Secretara General delMinisterio de Justicia y Derechos Humanos, se aprob laDirectiva N. 02-2013-JUS/OGA, denominada Directivasobre Medidas de Ecoeficiencia en el Ministerio de Justiciay Derechos Humanos;

    Que, el literal h) del artculo 11 del Reglamento deOrganizacin y Funciones del Ministerio de Justicia yDerechos Humanos, establece que entre las funciones

    del Ministro se encuentra la de aprobar los documentosde gestin institucional de su competencia;De conformidad con lo dispuesto en la Ley N. 29158,

    Ley Orgnica del Poder Ejecutivo; la Ley N. 29809, Leyde Organizacin y Funciones del Ministerio de Justicia yDerechos Humanos y el Reglamento de Organizacin yFunciones del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos,aprobado por el Decreto Supremo N. 011-2012-JUS;

    SE RESUELVE:

    Art culo 1.- Aprobar el Manual de Identidad Corporativadel Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, que comoAnexo forma parte integrante de la presente Resolucin.

    Artculo 2.- Pub licacinDisponer que la presente Resolucin Ministerial y

    el Manual de Identidad Corporativa se publiquen en elPortal Institucional del Ministerio de Justicia y DerechosHumanos (www.minjus.gob.pe).

    Regstrese, comunquese y publquese.

    DANIEL FIGALLO RIVADENEYRAMinistro de Justicia y Derechos Humanos

    1073453-1

  • 5/27/2018 Normas Legales 15-04-2014 [TodoDocumentos.info]

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    El PeruanoMartes 15 de abril de 2014 521051

    RELACIONES EXTERIORES

    Autorizan viaje de funcionariodiplomtico a la Repblica Argentina,en comisin de servicios

    RESOLUCIN MINISTERIALN 0225-RE/2014

    Lima, 14 de abril de 2014

    CONSIDERANDO:

    Que, la II Reunin Presencial del Grupo de Trabajosobre Ciudadana Suramericana (GTCS) de la Unin deNaciones Suramericanas (UNASUR) se llevar a cabo enla ciudad de Buenos Aires, Repblica Argentina, del 15 al16 de abril de 2014;

    Que, la referida reunin tiene como objetivo debatir

    el segundo borrador del Informe Conceptual sobreCiudadana Suramericana que la Presidencia ProTempore (PPT) e labor en base a los comentarios queremitieron las delegaciones de los pases miembros;

    Teniendo en cuenta la Hoja de Trmite (GAC) N 1980,del Despacho Viceministerial, de 10 de abril de 2014;y los Memoranda (DGC) N DGC0307/2014, de laDireccin General de Comunidades Peruanas enel Exterior y Asuntos Consulares, de 9 de abril de2014; y (OPR) N OPR0134/2014, de la Oficina deProgramacin y Presupuesto, de 11 de abril de 2014,que otorga certificacin de crdito presupuestario alpresente viaje;

    De conformidad con la Ley N 27619, Ley que regulala autorizacin de viajes al exterior de servidores yfuncionarios pblicos, modificada por la Ley N 28807 ysu Reglamento aprobado por el Decreto Supremo N 047-2002-PCM y sus modificatorias; la Ley N 28091, Ley del

    Servicio Diplomtico de la Repblica, su Reglamento ymodificatorias; la Ley N 29357, Ley de Organizacin yFunciones del Ministerio de Relaciones Exteriores y suReglamento; y el numeral 10.1 del artculo 10 de la LeyN 30114, Ley de Presupuesto del Sector Pblico para elAo Fiscal 2014;

    SE RESUELVE:

    Ar tc ul o 1.- Autorizar el viaje, en comisin deservicios, del Ministro en el Servicio Diplomtico de laRepblica Carlos Manuel Vallejo Martell, Subdirectorde Poltica Migratoria, de la Direccin de Protecciny Asistencia al Nacional, de la Direccin Generalde Comunidades Peruanas en el Exterior y AsuntosConsulares, a la ciudad de Buenos Aires, RepblicaArgentina, del 15 al 16 de abril de 2014, por las razonesexpuestas en la parte considerativa de la presente

    resolucin.Ar tc ul o 2.-Los gastos que irrogue el cumplimiento

    de la presente comisin de servicios sern cubiertospor el pliego presupuestal del Ministerio de RelacionesExteriores, Meta 0053774: Negociacin de AcuerdosMigratorios, debiendo rendir cuenta documentada enun plazo no mayor de quince (15) das calendario, altrmino del referido viaje, de acuerdo con el siguientedetalle:

    Nombres y Apellidos

    PasajeAreoClase

    EconmicaUS$

    Viticospor da

    US$

    N dedas

    TotalViticos

    US$

    Carlos Manuel Vallejo Martell 1,178.00 370.00 2 + 1 1,110.00

    Artculo 3.- Dentro de los quince (15) dascalendario, posteriores a su retorno al pas, el citadofuncionario diplomtico presentar a la Ministra deRelaciones Exteriores, un informe detallado sobre lasacciones realizadas y los resultados obtenidos en el viajeautorizado.

    Ar tculo 4.- La presente Resolucin Ministerial nolibera ni exonera del pago de impuestos o de derechosaduaneros, cualquiera sea su clase o denominacin.

    Regstrese, comunquese y publquese.

    EDA RIVAS FRANCHINIMinistra de Relaciones Exteriores

    1073866-1

    TRABAJO Y PROMOCION

    DEL EMPLEO

    Designan representante del Ministerioante el Consejo Directivo del FondoNacional de Capacitacin Laboral

    y de Promocin del Empleo -FONDOEMPLEO

    RESOLUCIN MINISTERIALN 067-2014-TR

    Lima, 14 de abril de 2014

    CONSIDERANDO:

    Que, mediante el artculo 3 del Decreto Legislativo N892, modificado por la Ley N 28756, se crea el FondoNacional de Capacitacin Laboral y de Promocin delEmpleo - FONDOEMPLEO, como una persona jurdica dederecho privado con autonoma administrativa, econmicay financiera, el cual ser administrado por un consejoDirectivo;

    Que, el artculo 10 del Decreto Supremo N 009-98-

    TR, modificado por los Decretos Supremos Ns. 002-2005-TR y 017-2011-TR, Reglamento para la aplicacindel derecho de los trabajadores de la actividad privadaa participar en las utilidades que generen las empresasdonde prestan servicios, prescribe que el Fondo Nacionalde Capacitacin Laboral y de Promocin del Empleo- FONDOEMPLEO ser administrado por un consejodirectivo, con jurisdiccin en todo el pas, el cual estarintegrado, entre otros, por dos representantes delMinisterio de Trabajo y Promocin del Empleo, uno de loscuales lo presidir y tendr el voto dirimente;

    Que, en consideracin a lo expuesto, medianteResolucin Ministerial N 105-2012-TR se designa alfuncionario a cargo de la Direccin General de Promocindel Empleo, como segundo representante del Ministeriode Trabajo y Promocin del Empleo, ante el ConsejoDirectivo del Fondo Nacional de Capacitacin Laboral yde Promocin del Empleo - FONDOEMPLEO;

    Que, por corresponder al servicio, resulta necesariodesignar al nuevo representante del Ministerio de Trabajoy Promocin del Empleo, ante el Consejo Directivo delFondo Nacional de Capacitacin Laboral y de Promocindel Empleo - FONDOEMPLEO;

    Con las visaciones del Viceministro de Promocin delEmpleo y Capacitacin Laboral y del Jefe de la OficinaGeneral de Asesora Jurdica; y,

    De conformidad con lo dispuesto por el artculo 4 dela Ley N 27594, Ley que regula la participacin del PoderEjecutivo en el nombramiento y designacin de funcionariospblicos; el numeral 8) del artculo 25 de la Ley N 29158,Ley Orgnica del Poder Ejecutivo y el Decreto SupremoN 009-98-TR, modificado por los Decretos SupremosNs. 002-2005-TR y 017-2011-TR, Reglamento para laaplicacin del derecho de los trabajadores de la actividadprivada a participar en las utilidades que generen lasempresas donde prestan servicios;

    SE RESUELVE:Ar tculo 1.- Designar, a partir de fecha, al seor

    FERNANDO OSCAR CASTILLO GONZALES, Asesor delGabinete de Asesores del Despacho Ministerial, comorepresentante del Ministerio de Trabajo y Promocin delEmpleo, ante el Consejo Directivo del Fondo Nacional

  • 5/27/2018 Normas Legales 15-04-2014 [TodoDocumentos.info]

    14/36

    El PeruanoMartes 15 de abril de 2014521052

    de Capacitacin Laboral y de Promocin del Empleo -FONDOEMPLEO.

    Ar tcu lo 2.- Dejar sin efecto la Resolucin MinisterialN 105-2012-TR.

    Regstrese, comunquese y publquese.

    ANA JARA VELSQUEZMinistra de Trabajo y Promocin del Empleo

    1073794-1

    TRANSPORTES Y

    COMUNICACIONES

    Autori zan viajes de inspeccin tcnicade vigilancia de Inspectores de laDir eccin General de Aeronuti ca Civi la Ecuador, EE.UU., Brasil y Espaa

    RESOLUCIN MINISTERIALN 178-2014-MTC/02

    Lima, 11 de abril de 2014

    VISTOS:

    Informe No. 137-2014-MTC/12.04, emitido por laDireccin General de Aeronutica Civil y el InformeNo. 074-2014-MTC/12.04, emitido por la Direccinde Seguridad Aeronutica de la Direccin General deAeronutica Civil, y;

    CONSIDERANDO:

    Que, la Ley No. 27619, en concordancia con su normareglamentaria aprobada por Decreto Supremo No. 047-2002-PCM, regula la autorizacin de viajes al exterior deservidores, funcionarios pblicos o representantes delEstado;

    Que, el numeral 10.1 del artculo 10 de la Ley No.30114, Ley del Presupuesto del Sector Pblico para elAo Fiscal 2014, establece que quedan prohibidos losviajes al exterior de servidores o funcionarios pblicosy representantes del Estado con cargo a recursospblicos, salvo entre otros casos, los viajes que realicenlos Inspectores de la Direccin General de AeronuticaCivil del Ministerio de Transportes y Comunicaciones paralas acciones de inspeccin y vigilancia de actividadesde aeronutica civil, los cuales se autorizan medianteresolucin del titular de la entidad;

    Que, conforme a lo dispuesto en el artculo 4 de laLey No. 27261, Ley de Aeronutica Civil del Per, es unobjetivo permanente del Estado en materia de AeronuticaCivil, asegurar el desarrollo de las operacionesaerocomerciales en un marco de leal competencia y conestricta observancia de las normas tcnicas vigentes;

    Que, el numeral 8.2 del artculo 8 de la citada Ley,establece que la Autoridad Aeronutica Civil es ejercidapor la Direccin General de Aeronutica Civil, comodependencia especializada del Ministerio de Transportesy Comunicaciones;

    Que, la Direccin General de Aeronutica Civil debeefectuar la supervisin permanente de las operacionesareas de los explotadores bajo su control, a fin degarantizar que se mantienen las normas requeridas enlas operaciones para ofrecer al pblico, un servicio detransporte areo comercial seguro y fiable;

    Que, la Ley No. 28404, Ley de Seguridad de laAviacin Civil, establece que la Direccin General de

    Aeronutica Civil est facultada para regular todo lorelacionado a la seguridad de la aviacin y es responsablede la elaboracin, puesta en ejecucin, vigilancia ycumplimiento del Programa Nacional de Seguridad de laAviacin Civil;

    Que, el Reglamento de la Ley de Aeronutica Civil,aprobado por Decreto Supremo No. 050-2001-MTC, en

    su artculo 14 establece que los inspectores debidamenteidentificados a que se refiere la Ley, son competentessegn su especialidad, para verificar las capacidadesexigidas a los titulares de las autorizaciones para realizar

    actividades de aeronutica civil;Que, la seguridad y eficiencia de las operacionesareas, se verifica, entre otras formas, a travs deinspecciones tcnicas a las estaciones de los explotadoresareos ubicados en el extranjero;

    Que, por lo expuesto, resulta necesario autorizar losviajes de los Inspectores de la Direccin de SeguridadAeronutica de la Direccin General de Aeronutica Civilacreditados en el Informe No. 137-2014-MTC/12.04 paraque, en cumplimiento de las funciones que le asigna laLey No. 27261 y su Reglamento, puedan realizar lasinspecciones tcnicas de vigilancia a que se contraen lasrdenes de Inspeccin No. 833-2014-MTC/12.04, No.834-2014.-MTC/12.04, 835-2014-MTC/12.04, No. 836-2014-MTC/12.04, No. 837-2014-MTC/12.04 y No. 838-2014-MTC/12.04;

    Que, los gastos por concepto de viticos, sern concargo al presupuesto del Ministerio de Transportes yComunicaciones, habiendo emitido la Oficina General dePlaneamiento y Presupuesto las Certificaciones de CrditoPresupuestario No. 0000001442, No. 0000001443, No.0000001453, No. 0000001447, No. 0000001448 y No.0000001450, de conformidad con lo establecido en elartculo 77 de la Ley No. 28411 - Ley General del SistemaNacional de Presupuesto;

    De conformidad con la Ley No. 30114, la Ley No. 27619y el Decreto Supremo No. 047-2002-PCM, y;

    SE RESUELVE:

    Artculo 1.- Autorizar los viajes de inspeccin tcnicade vigilancia de los inspectores de la Direccin General deAeronutica Civil, de acuerdo con el detalle consignadoen el anexo que forma parte integrante de la presenteresolucin, sustentado en los Informes No. 137-2014-

    MTC/12.04, y No. 074-2014-MTC/12.04:- Seor Ral Fernando Mendives Rodrguez, del 15

    al 18 de abril de 2014 a la ciudad de Quito, Repblica delEcuador.

    - Seor Lucio Chicoma Fernndez, del 22 al 25 de abrilde 2014 a la ciudad de San Francisco, Estados Unidos deAmrica.

    - Seor Daniel Moiss Crdova Huamn, del 20 al 23de mayo de 2014 a la ciudad de Foz de Iguaz, RepblicaFederativa del Brasil.

    - Seor Alejandro Alberto Alva Panduro, del 26 al 30 demayo de 2014, a la ciudad de Madrid, Reino de Espaa.

    - Seor Miguel Encarnacin Gonzales Saldarriaga, del17 al 20 de junio de 2014, a la ciudad de Miami, EstadosUnidos de Amrica.

    - Seor Eugenio Neyra Luza, del 24 al 28 de junio de2014, a la ciudad de Miami, Estados Unidos de Amrica.

    Artculo 2.- Los gastos que demanden losviajes autorizados precedentemente, sern concargo al presupuesto del Ministerio de Transportes yComunicaciones, de acuerdo con el anexo que formaparte integrante de la presente resolucin.

    Artculo 3.- Conforme a lo dispuesto por el artculo 10del Decreto Supremo No. 047-2002-PCM, los inspectoresmencionados e


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