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  • Martes 9 de setiembre de 2014

    532111Ao XXXI - N 12981

    AO DE LA PROMOCIN DE LA INDUSTRIA RESPONSABLE Y DEL COMPROMISO CLIMTICO

    PODER EJECUTIVO

    AGRICULTURA

    Y RIEGO

    R.J. N 00257/2014-INIA.- Establecen normas complementarias para la aplicacin del Reglamento de Organizacin y Funciones del Instituto Nacional de Innovacin Agraria - INIA, aprobado mediante D.S. N 010-2014-MINAGRI 532112

    ECONOMIA Y FINANZAS

    D.S. N 260-2014-EF.- Aprueba monto de la valorizacin ajustada por puesto de responsabilidad jefatural de departamento o servicio y por puesto de responsabilidad jefatural en establecimientos de salud I-3, I-4, microrredes o redes 532115

    EDUCACION

    R.M. N 423-2014-MINEDU.- Aprueban relacin defi nitiva de profesores que superaron el procedimiento excepcional de evaluacin previsto en la la Dcima Primera Disposicin Complementaria Transitoria del Reglamento de la Ley de Reforma Magisterial 532117

    INTERIOR

    R.S. N 153-2014-IN.- Autorizan viaje de Asesores del Gabinete de Asesores de la Alta Direccin del Ministerio a Argentina, en comisin de servicios 532118R.S. N 154-2014-IN.- Autorizan viaje de funcionarios de la SUCAMEC a El Salvador, en comisin de servicios

    532119

    PRODUCE

    R.M. N 297-2014-PRODUCE.- Aceptan renuncia de Director General de la Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto del Ministerio de la Produccin 532120R.M. N 298-2014-PRODUCE.- Designan Directora General de la Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto del Ministerio de la Produccin 532120R.M. N 299-2014-PRODUCE.- Designan Asesor II del Despacho de la Secretara General del Ministerio de la Produccin 532121Fe de Erratas R.D. N DEC-222-2014 532121

    VIVIENDA

    R.M. N 306-2014-VIVIENDA.- Designan Director General de la Direccin General de Programas y Proyectos en Construccin y Saneamiento del Ministerio 532121

    ORGANISMOS EJECUTORES

    BIBLIOTECA NACIONAL DEL PER

    R.D. N160-2014-BNP.- Designan Director General del Centro de Investigaciones y Desarrollo Bibliotecolgico de la Biblioteca Nacional del Per 532121

    ORGANISMOS TECNICOS ESPECIALIZADOS

    AUTORIDAD NACIONAL DEL SERVICIO CIVIL

    Res. N 175-2014-SERVIR-PE.- Disponen publicar en el Portal de SERVIR el proyecto de directiva que aprueba las Familias de puestos y roles aplicables al rgimen del servicio civil, y su exposicin de motivos 532122

    PODER JUDICIAL

    CORTES SUPERIORES DE JUSTICIA

    Res. Adm. N 262-2014-P-CSJLI-PJ.- Autorizan la publicacin de la Res. Adm. N 047-2014-J-ODECMA-CSJLI/PJ mediante la cual se modifi ca el Rol del Programa de Quejas Verbales Itinerantes de la ODECMA Lima 532123

    ORGANOS AUTONOMOS

    MINISTERIO PUBLICO

    RR. Ns. 3637, 3647 y 3648-2014-MP-FN.- Nombran, destacan, designan y dan por concluida designacin de fi scales en los Distritos Judiciales de Lima Norte y Huaura

    532124

    SUPERINTENDENCIA DE BANCA,

    SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS

    DE FONDOS DE PENSIONES

    Res. N 5706-2014.- Autorizan a Financiera Uno S.A. la apertura de ofi cina especial y rectifi cacin de direccin de ofi cina especial Oechsle Pucallpa, ubicadas en los departamentos de Lima y Ucayali 532125

    Sumario

  • El PeruanoMartes 9 de setiembre de 2014532112

    PODER EJECUTIVO

    AGRICULTURA Y RIEGO

    Establecen normas complementarias para la aplicacin del Reglamento de Organizacin y Funciones del Instituto Nacional de Innovacin Agraria - INIA, aprobado mediante D.S. N 010-2014-MINAGRI

    RESOLUCIN JEFATURALN 00257/2014-INIA

    Lima, 5 de setiembre de 2014

    CONSIDERANDO:

    Que, la ley N 27658, Ley Marco de Modernizacin de la Gestin del Estado, declara al Estado Peruano en proceso de modernizacin en sus diferentes instancias, dependencias, entidades, organizaciones y procedimientos, con la fi nalidad de mejorar la gestin pblica y construir un estado Democrtico descentralizado y al servicio del ciudadano;

    Que, el numeral 62.3 del artculo 62 de la Ley N 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, establece que cada entidad es competente para realizar tareas materiales internas necesarias para el efi ciente cumplimiento de su misin y objetivos;

    Que, mediante Decreto Legislativo N 997, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organizacin y Funciones del Ministerio de Agricultura en su Tercera Disposicin Complementaria Final modifi ca la denominacin del Instituto Nacional de Investigacin Agraria por la de Instituto Nacional de Innovacin Agraria. El Instituto Nacional de Innovacin Agraria, tiene a su cargo disear y ejecutar la estrategia nacional de innovacin agraria;

    Que, mediante el Decreto Legislativo N 1060, Decreto Legislativo que regula el Sistema Nacional de Innovacin Agraria, en el artculo 4 establece que El Instituto Nacional de Innovacin Agraria- INIA., como autoridad nacional en innovacin tecnolgica agraria, es el ente Rector del Sistema Nacional de Innovacin Agraria;

    Que, mediante Decreto Supremo N 010-2014-MINAGRI, publicado en el Diario Ofi cial El Peruano con fecha 07 de agosto de 2014, se ha aprobado el Reglamento de Organizacin y Funciones del Instituto Nacional de Innovacin Agraria, establecindose en su nica Disposicin Complementaria Final que el Instituto Nacional de Innovacin Agraria- INIA, presentar sus instrumentos de gestin en base a la nueva estructura orgnica aprobada, conforme a la Ley N 30057, Ley del Servicio Civil; su Reglamento General aprobado por Decreto Supremo N 040-2014-PCM, y a las directivas para la elaboracin del Cuadro de Puestos de la Entidad- CPE por las entidades, expedidas por la Autoridad Nacional del Servicio Civil (Servir), donde se expedirn las normas complementarias necesarias para la adecuada aplicacin del referido Reglamento de Organizacin y Funciones, que complemente lo dispuesto mediante la Resolucin Jefatural N 256- 2014-INIA.

    Que, mediante la Resolucin de Presidencia Ejecutiva N152-2014-SERVIR/PE, se aprueba la Directiva N 001-2014-SERVIR/GPGSC Reglas de aplicacin progresiva para la aprobacin del Cuadro de Puestos de las Entidades, estableciendo en el punto 4.4 que las entidades que hasta el 13 de junio 2014 hubieren iniciado el trmite de aprobacin de modifi cacin total o parcial de su Reglamento de Organizacin y funciones ROF ante la Secretara de Gestin Pblica de la Presidencia del Consejo de Ministros, debern tramitar en un plazo mximo de tres (03) meses, contados a partir de la entrada

    en vigencia del ROF, la aprobacin de un CAP Provisional con base en el proyecto de CAP incluido en el informe sustentatorio del ROF.

    Que, atendiendo a la necesidad, de continuar con la ptima gestin institucional del INIA, en el marco de la adecuada aplicacin del mencionado Reglamento de Organizacin y Funciones, es necesario establecer el equipamiento de los rganos y unidades orgnicas existentes en la actual estructura orgnica del INIA, que permita viabilizar el adecuado funcionamiento de la nueva estructura organizacional considerada en el citado Reglamento aprobado por el Decreto Supremo N 010-2014-MINAGRI;

    Que, asimismo, resulta necesario establecer en el marco del proceso de aplicacin del referido Decreto Supremo, un nivel inicial de encargatura de funciones de los rganos y unidades del INIA, que coadyuve a la adecuada gestin institucional de la entidad, y que permita, a su vez, el cumplimiento de objetivos y fi nalidades previamente comprometidos y el servicio oportuno y efi ciente a los ciudadanos.

    De conformidad con lo dispuesto en la Ley N 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General; el Decreto Legislativo N 997, Decreto Legislativo en su Tercera Disposicin Complementaria Final modifi ca la denominacin del Instituto Nacional de Investigacin Agraria por la de Instituto Nacional de Innovacin Agraria; el Decreto Legislativo N 1060 y su Reglamento de Organizacin y Funciones aprobado por el Decreto Supremo N 010-2014-MINAGRI;

    SE RESUELVE:

    Artculo 1.- Inicio del proceso de aplicacin del ROF del INIA

    Declarar, a partir de la fecha, el inicio del proceso de implementacin de la aplicacin del Reglamento de Organizacin y Funciones del INIA, aprobado por el Decreto Supremo N 010-2014-MINAGRI, en el marco de la R.J. N 256-2014-INIA.

    Artculo 2.- Equiparacin de rganos y unidades orgnicas del INIA

    Equiparar, a partir de la fecha y en forma transitoria, los rganos y unidades orgnicas existentes en la actual estructura orgnica del INIA, que permita viabilizar el adecuado funcionamiento de la nueva estructura organizacional considerada en el citado Reglamento aprobado por el Decreto Supremo N 010-2014-MINAGRI, conforme a continuacin se detalla:

    RGANOS Y UNIDADES ORGNICAS EXISTENTES

    RGANOS Y UNIDADES ORGNICAS ROF APROBADO

    POR D.S. N 010-2014-MINAGRI

    RGANOS DE ALTA DIRECCIN

    RGANOS DE ALTA DIRECCIN

    Secretara GeneralSecretara GeneralUnidad de Imagen InstitucionalUnidad de Trmite Documentario

    RGANO DE CONTROL INSTITUCIONAL

    RGANO DE CONTROL INSTITUCIONAL

    rgano de Control Institucional

    rgano de Control Institucional

    RGANOS DE ASESORAMIENTO

    RGANOS DE ASESORAMIENTO

    Ofi cina General de Planifi cacin

    Ofi cina de Planeamiento y Presupuesto

    Ofi cina de Planeamiento Unidad de Planeamiento y RacionalizacinOfi cina de Presupuesto Unidad de PresupuestoOfi cina de Proyectos e Inversiones

    Unidad de Proyectos e Inversiones

  • El PeruanoMartes 9 de setiembre de 2014 532113

    RGANOS Y UNIDADES ORGNICAS EXISTENTES

    RGANOS Y UNIDADES ORGNICAS ROF APROBADO

    POR D.S. N 010-2014-MINAGRI

    Ofi cina de Cooperacin Tcnica Financiera

    Unidad de Cooperacin Tcnica y Financiera

    Ofi cina de Asesora Jurdica Ofi cina de Asesora JurdicaRGANOS DE APOYO RGANOS DE APOYO Ofi cina General de Administracin Ofi cina de Administracin

    Ofi cina de Recursos Humanos Unidad de Recursos HumanosOfi cina de Contabilidad Unidad de ContabilidadOfi cina de Tesorera Unidad de Tesorera

    Ofi cina de LogsticaUnidad de AbastecimientoUnidad de PatrimonioUnidad de Informtica

    Ofi cina de Informacin TecnolgicaOfi cina de Servicio de Informacin TecnolgicaOfi cina de Desarrollo de Tecnologa de informacinOfi cina de Soporte Tecnolgico

    RGANOS DE LNEA RGANOS DE LNEADireccin de Investigacin Agraria

    Direccin de Desarrollo Tecnolgico Agrario

    Sub Direccin de cultivos Sub Direccin de Productos Agrarios

    RGANOS Y UNIDADES ORGNICAS EXISTENTES

    RGANOS Y UNIDADES ORGNICAS ROF APROBADO

    POR D.S. N 010-2014-MINAGRI

    Sub Direccin de investigacin en crianzas

    Sub Direccin de Investigacin y de Estudios Especiales

    Sub Direccin de investigacin forestalSub Direccin de Recursos Genticos y Biotecnologa Direccin de Extensin AgrariaSub Direccin de Proyeccin TecnolgicaSub Direccin de Apoyo Tecnolgico Agrario

    Direccin de Recursos Genticos y BiotecnologaSub Direccin de Recursos GenticosSub Direccin de BiotecnologaDireccin de Gestin de la Innovacin AgrariaSub Direccin de Regulacin de la Innovacin AgrariaSub Direccin de Promocin de la Innovacin AgrariaDireccin de Supervisin y Monitoreo en las Estaciones Experimentales AgrariasSub Direccin de Supervisin y Monitoreo

  • El PeruanoMartes 9 de setiembre de 2014532114

    Artculo 3 Dar por concluida designacionesDar por concluida, a partir de la fecha, la designacin de

    los directivos de los rganos y unidades orgnicas, segn cada caso, comprendidos en la estructura organizacional del Instituto Nacional de Investigacin y Extensin Agraria INIEA, actualmente Instituto Nacional de Innovacin Agraria- INIA, conferidas mediante las Resoluciones Jefaturales respectivas, dndosele las gracias por los servicios prestados, conforme a continuacin se detalla.

    RGANO Y UNIDAD ORGNICA DIRECTIVO

    RGANO DE APOYO

    Ofi cina de Informacin Tecnolgica

    Ing Berdardino Felix Lpez Lpez RJ N 148-2011-INIA

    RGANOS DE LNEA

    Direccin de Investigacin Agraria

    Ing Juan Alvaro Loayza Valdivia R.J. N 00176-2014-INIA

    Sub Direccin de Cultivos Ing. Elsa Valladares de Lpez R.J. N 00232/2014-INIA

    Sub Direccin de Investigacin en Crianzas

    Ing. Csar Mauro Osorio Zavala R.J. N 00232/2014-INIA

    Sub Direccin de Investigacin Forestal

    Dra. Celestina Cruz Flores de Castaeda R.J. N 00232/2014-INIA

    Sub Direccin de Recursos Genticos y Biotecnologa

    Ing.Quim. Fedy Quispe Jacobo R.J. N 00232/2014-INIA

    Direccin de Extensin Agraria Ing. Jess Francisco Caldas Cueva R.J. 00177-2014-INIA

    Sub Direccin de Proyeccin Tecnolgica

    Ing. Luis Fernando Navarrete Guzmn Ofi cio N 1091-2014-INIA-DEA

    Sub Direccin de Apoyo Tecnolgico Agrario

    Ing. Danny Omar Gabino Nez Ofi cio N 1071-2014-INIA- DEA

    Artculo 4.- Encargatura de funciones y acciones Encargar, a partir de la fecha, y en tanto se designe al

    titular respectivo, las funciones de los rganos y unidades orgnicas del INIA, segn cada caso para la adecuada aplicacin del Reglamento de Organizacin y Funciones del INIA, aprobado por el Decreto Supremo N 010-2014-MINAGRI.

    RGANO Y/O UNIDAD ORGNICA ENCARGADO

    RGANOS DE ALTA DIRECCIN

    Unidad de Imagen Institucional Sr. Walter Risi Carbone

    Unidad de Trmite Documentario Lic. Alaide Rodrguez Rucoba

    RGANOS DE APOYO

    Unidad de Abastecimiento Sr. Juan Wilson Mendo Snchez

    Unidad de Patrimonio Sr. Juan Wilson Mendo Snchez

    Unidad de Informtica Ing. Bernardino Flix Lpez Lpez

    RGANOS DE LNEA

    Direccin de Desarrollo Tecnolgico Agrario

    Ing. Jess Francisco Caldas Cueva

    Sub Direccin de Productos Agrarios Ing. Danny Omar Gabino Nez

    RGANO Y/O UNIDAD ORGNICA ENCARGADO

    Sub Direccin de Investigacin y de EstudiosEspeciales

    Ing. Elsa Valladares de Lpez

    Direccin de Recursos Genticos y Biotecnologa

    Dra. Rosa Anglica Snchez Daz

    Sub Direccin de Recursos Genticos Ing. Manuel Sigueas Saavedra

    Sub Direccin de Biotecnologa Ing. Jorge Alcntara Delgado

    Direccin de Gestin de la Innovacin Agraria Ing. Juan lvaro Loayza Valdivia

    Sub Direccin de Regulacin de la Innovacin Agraria Ing. Lucia Pajuelo Cubillas

    Sub Direccin de Promocin de la innovacin Agraria

    Ing. Luis Fernando Navarrete Guzmn

    Direccin de Supervisin y Monitoreo en las Estaciones Experimentales

    Ing. Jorge Falconi Castro

    Sub Direccin de Supervisin y Monitoreo Ing. Jorge Falconi Castro

    Artculo 5.- Disposiciones para la adecuada aplicacin del ROF del INIA

    Disponer que los rganos y unidades orgnicas del INIA, debern ejecutar bajo responsabilidad funcional, las acciones que correspondan y resulten necesarias para la adecuada implementacin del Reglamento de Organizacin y Funciones del INIA, en el marco de sus respectivas competencias y funciones y el uso adecuado de las nuevas siglas de los rganos y unidades orgnicas del INIA

    SIGLAS DE LOS RGANOS Y UNIDADES ORGNICAS DEL INSTITUTO NACIONAL DE

    INNOVACIN AGRARIA INIAJ : JefaturaSG : Secretaria GeneralUII : Unidad de Imagen InstitucionalUTD . Unidad de Trmite DocumentarioOCI : rgano de Control InstitucionalOPP : Ofi cina de Planeamiento y PresupuestoUPR : Unidad de Planeamiento y

    RacionalizacinUPRE : Unidad de PresupuestoUPI : Unidad de Proyectos e InversionesUCTF : Unidad de Cooperacin Tcnica y

    FinancieraOAJ : Ofi cina de Asesora JurdicaOA : Ofi cina de AdministracinURH : Unidad de Recursos HumanosUA : Unidad de AbastecimientoUP : Unidad de PatrimonioUT : Unidad de TesoreraUI : Unidad de InformticaDDTA : Direccin de Desarrollo Tecnolgico

    AgrarioSDPA : Sub Direccin de Productos AgrariosSDIEE : Sub Direccin de Investigacin y de

    Estudios EspecialesDRGB : Direccin de Recursos Genticos y

    BiotecnologaSDRG : Sub Direccin de Recursos GenticosSDB : Sub Direccin de BiotecnologaDGIA : Direccin de Gestin de la Innovacin

    AgrariaSDRIA : Sub Direccin de Regulacin de la

    Innovacin AgrariaSDPIA : Sub Direccin de Promocin de la

    Innovacin Agraria

  • El PeruanoMartes 9 de setiembre de 2014 532115

    DSYMEEA : Direccin de Supervisin y Monitoreo en las Estaciones Experimentales Agrarias

    SDSYM : Sub Direccin de Supervisin y Monitoreo

    Artculo 6.- PublicacinDisponer que la unidad orgnica competente proceda

    a la publicacin de la presente Resolucin Jefatural en el diario ofi cial El Peruano y en el Portal Institucional del INIA (www.inia.gob.pe).

    Regstrese y comunquese y publquese,

    ROBERTO FACUNDO SANTOS GUEUDETJefe

    1134308-1

    ECONOMIA Y FINANZAS

    Aprueba monto de la valorizacin ajustada por puesto de responsabilidad jefatural de departamento o servicio y por puesto de responsabilidad jefatural en establecimientos de salud I-3, I-4, microrredes o redes

    DECRETO SUPREMON 260-2014-EF

    EL PRESIDENTE DE LA REPBLICA

    CONSIDERANDO:

    Que, el Decreto Legislativo N 1161 aprueba la Ley de Organizacin y Funciones del Ministerio

    de Salud y seala que ste es competente en la salud de las personas, aseguramiento en salud, epidemias y emergencias sanitarias, salud ambiental e inocuidad alimentaria, inteligencia sanitaria, productos farmacuticos y sanitarios, dispositivos mdicos y establecimientos farmacuticos, recursos humanos en salud, infraestructura y equipamiento en salud e investigacin y tecnologas en salud; asimismo, establece como sus funciones rectoras, entre otras, formular, planear, dirigir, coordinar, ejecutar, supervisar y evaluar la poltica nacional y sectorial de promocin de la salud, prevencin de enfermedades, recuperacin y rehabilitacin en salud, bajo su competencia, aplicable a todos los niveles de gobierno, y dictar normas y lineamientos tcnicos para la adecuada ejecucin y supervisin de las polticas nacionales y sectoriales, la gestin de los recursos del sector; as como para el otorgamiento y reconocimiento de derechos, fi scalizacin, sancin y ejecucin coactiva en las materias de su competencia;

    Que, el Decreto Legislativo N 1153 regula la poltica integral de compensaciones y entregas econmicas del personal de la salud al servicio del Estado, con la finalidad de que el Estado alcance mayores niveles de equidad, eficacia, eficiencia, y preste efectivamente servicios de calidad en materia de salud al ciudadano, a travs de una poltica integral de compensaciones y entregas econmicas que promueva el desarrollo del personal de la salud al servicio del Estado; para tal fin, en su artculo 3 numeral 3.2 seala que el personal de la salud est compuesto por los profesionales de la salud y personal tcnico y auxiliar asistencial de la salud;

    Que, el artculo 8 del referido Decreto Legislativo seala que la compensacin econmica que se otorga al personal de la salud es anual y est compuesta de las valorizaciones principal, ajustada y priorizada; siendo la valorizacin ajustada otorgada al puesto, que sea ocupado por personal de la salud en razn de la entidad;

    REQUISITOS PARA PUBLICACIN DE DECLARACIONES JURADAS

    Se comunica a los organismos pblicos que, para efecto de la publicacin en la Separata Especial de Declaraciones Juradas de Funcionarios y Servidores Pblicos del Estado, se deber tomar en cuenta lo siguiente:

    1. La solicitud de publicacin se efectuar mediante ofi cio dirigido al Director del Diario Ofi cial El Peruano y las declaraciones juradas debern entregarse en copias autenticadas o refrendadas por un funcionario de la entidad solicitante.

    2. La publicacin se realizar de acuerdo al orden de recepcin del material y la disponibilidad de espacio en la Separata de Declaraciones Juradas.

    3. La documentacin a publicar se enviar adems en archivo electrnico (diskette o cd) y/o al correo electrnico: [email protected], precisando en la solicitud que el contenido de la versin electrnica es idntico al del material impreso que se adjunta; de no existir esta identidad el cliente asumir la responsabilidad del texto publicado y del costo de la nueva publicacin o de la Fe de Erratas a publicarse.

    4. Las declaraciones juradas debern trabajarse en Excel, presentado en dos columnas, una lnea por celda.

    5. La informacin se guardar en una sola hoja de clculo, colocndose una declaracin jurada debajo de otra.

    LA DIRECCIN

  • El PeruanoMartes 9 de setiembre de 2014532116

    Que, el literal a) del numeral 8.2 del artculo 8 del Decreto Legislativo N 1153 establece la valorizacin ajustada por bonificacin por Puesto de Responsabilidad Jefatural de Departamento o Servicio, la cual se asigna al puesto que no sea ocupado por personal de la salud de confianza, por responsabilidad jefatural de departamento o servicio, en establecimientos de salud del II y III nivel de atencin del Ministerio de Salud, o el establecimiento que haga sus veces en los Gobiernos Regionales o en las otras entidades comprendidas en el mbito de aplicacin del presente Decreto Legislativo, que se diferencia de acuerdo al puesto asignado; asimismo, dispone que en caso se produzca el cese en el puesto o el traslado del personal de la salud a puesto distinto, se dejar de percibir la referida bonificacin, debiendo adecuarse a los beneficios que le pudiera corresponder al puesto de destino;

    Que, el literal b) del numeral 8.2 del artculo 8 del Decreto Legislativo N 1153 establece la valorizacin ajustada por bonifi cacin por Puesto de Responsabilidad Jefatural en Establecimientos de Salud I-3, I-4, Microrredes o Redes, la cual se asigna al puesto, que no sea ocupado por personal de la salud de confi anza, que se ocupa por responsabilidad jefatural en establecimientos de salud del nivel de atencin I-3 y I-4, microrredes o redes, del Ministerio de Salud o Gobiernos Regionales, o el establecimiento que haga sus veces en las otras entidades comprendidas en el mbito de aplicacin del presente Decreto Legislativo, que se diferencia de acuerdo al puesto asignado; asimismo, dispone que en caso se produzca el cese en el puesto o el traslado del personal de la salud a puesto distinto, se dejar de percibir la referida bonifi cacin, debiendo adecuarse a los benefi cios que le pudiera corresponder al puesto de destino;

    Que, de igual forma, en los literales a) y b) del numeral 8.2 del artculo 8 del citado Decreto Legislativo se establece que para la asignacin al puesto de responsabilidad jefatural de departamento o servicio y al puesto de responsabilidad jefatural en establecimientos de salud I-3, I-4, microrredes o redes, se debe cumplir adicionalmente con un perfi l previamente determinado y est sujeta a evaluacin peridica; asimismo, que dicha entrega econmica se regula de acuerdo a lo establecido en el numeral 3 del literal a) de la Primera Disposicin Complementaria Transitoria, norma que dispone, entre otros, que las entregas econmicas referidas en los literales a) y b) del numeral 8.2 se regulan mediante decreto supremo refrendado por el ministro de Economa y Finanzas y el ministro de Salud, a propuesta de este ltimo, como parte de la implementacin de la tercera etapa de la poltica integral del personal de la salud al servicio del Estado;

    Que, el numeral 8.6 del artculo 8 del Decreto Legislativo N 1153 establece que la determinacin de la valorizacin que comprende la estructura de la compensacin econmica a que se refi eren, entre otros, el numeral 8.2 del referido artculo 8, se aprueban mediante Decreto Supremo refrendado por el ministro de Economa y Finanzas y por el ministro de Salud, a propuesta de este ltimo;

    Que, asimismo, el numeral 1 de la Cuarta Disposicin Transitoria del Texto nico Ordenado de la Ley N 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado mediante Decreto Supremo N 304-2012-EF, dispone que las escalas remunerativas y benefi cios de toda ndole, as como los reajustes de las remuneraciones y bonifi caciones que fueran necesarios durante el ao fi scal para los pliegos presupuestarios comprendidos dentro de los alcances de la citada Ley, se aprueban mediante decreto supremo refrendado por el ministro de Economa y Finanzas, a propuesta del Titular del Sector; siendo nula toda disposicin en contrario, bajo responsabilidad;

    Que, el artculo 8 de la Ley N 30175, Ley para el fi nanciamiento de actividades en materia de salud, educacin, trabajo y otros en el Presupuesto del Sector Pblico para el Ao Fiscal 2014 y dicta otras disposiciones,

    establece que a efectos de implementar las acciones previstas en el referido Decreto Legislativo N 1153, las entidades comprendidas en el mbito de aplicacin del citado Decreto Legislativo quedan exoneradas de las restricciones previstas en el artculo 6 de la Ley N 30114, Ley de Presupuesto del Sector Pblico para el Ao Fiscal 2014;

    Que, mediante el Decreto Supremo N 014-2014-SA el Ministerio de Salud aprob los perfi les de los puestos y las condiciones para la asignacin de las bonifi caciones por puesto de responsabilidad jefatural del departamento o servicio en establecimientos de salud de II y III nivel de atencin, en establecimientos de salud I-3, I-4, microrredes o redes, y las condiciones para la entrega de la valorizacin priorizada por atencin en servicios crticos, a los que se refi ere el Decreto Legislativo N 1153;

    Que, el Ministerio de Salud, mediante los Ofi cios Ns. 2322 y 2561-2014-SG/MINSA, ha remitido el proyecto de Decreto Supremo que aprueba el monto de la Valorizacin Ajustada por las Bonifi caciones por Puesto de Responsabilidad Jefatural de Departamento o Servicio, Establecimientos I-3, I-4, Microrredes o Redes, para el Personal de la Salud a que se refi ere el Decreto Legislativo N 1153;

    De conformidad con lo dispuesto en la Ley N 30175, la Ley para el fi nanciamiento de actividades en materia de salud, educacin, trabajo y otros en el Presupuesto del Sector Pblico para el Ao Fiscal 2014 y dicta otras disposiciones; en el Decreto Legislativo N 1153, que regula la Poltica Integral de Compensaciones y Entregas Econmicas del Personal de la Salud al Servicio del Estado y su modifi catoria, y el Texto nico Ordenado de la Ley N 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado mediante Decreto Supremo N 304-2012-EF.

    DECRETA:

    Artculo 1.- Aprobacin de las valorizaciones ajustadas por puesto de responsabilidad jefatural de departamento o servicio y por puesto de responsabilidad jefatural en establecimientos de salud I-3, I-4, microrredes o redes.

    Aprubase el monto mensual de las valorizaciones ajustadas por puesto de responsabilidad jefatural de departamento o servicio y por puesto de responsabilidad jefatural en establecimientos de salud I-3, I-4, microrredes o redes, conforme a lo dispuesto en la Primera Disposicin Complementaria Transitoria del Decreto Legislativo N 1153, que regula la Poltica Integral de Compensaciones y Entregas Econmicas del Personal de la Salud al Servicio del Estado, de acuerdo al siguiente detalle:

    a) Valorizacin ajustada por Bonifi cacin por Puesto de Responsabilidad Jefatural de Departamento o Servicio

    Personal de la Salud MontoS/.Personal de Salud en Puesto de Responsabilidad Jefatural de Departamento 800.00Personal de Salud en Puesto de Responsabilidad Jefatural de Servicio 400.00

    b) Valorizacin Ajustada para la Bonifi cacin por Puesto de Responsabilidad Jefatural en Establecimientos de Salud I-3, I-4, Microrredes o Redes

    Personal de la Salud MontoS/.Personal de Salud en Puesto de Responsabilidad Jefatural en Establecimientos de Salud I-3, I-4 400.00

  • El PeruanoMartes 9 de setiembre de 2014 532117

    Personal de la Salud MontoS/.Personal de Salud en Puesto de Responsabilidad Jefatural en Microrredes 800.00

    Personal de Salud en Puesto de Responsabilidad Jefatural en Redes 1200.00

    Artculo 2.- FinanciamientoLo dispuesto en el presente Decreto Supremo se

    fi nancia con los recursos asignados en el presupuesto institucional de cada una de las entidades pblicas sealadas en el numeral 3.1 del artculo 3 del Decreto Legislativo N 1153.

    Artculo 3.- Registro en el Aplicativo InformticoPara el otorgamiento de las valorizaciones establecidas

    en la presente norma se deber tener en cuenta que stas se encuentren registradas previamente en el Aplicativo Informtico para el Registro Centralizado de Planillas y de Datos de los Recursos Humanos del Sector Pblico a cargo de la Direccin General de Gestin de Recursos Pblicos del Ministerio de Economa y Finanzas.

    Artculo 4.- Otorgamiento de las valorizaciones ajustadas por puesto de responsabilidad jefatural de departamento o servicio y por puesto de responsabilidad jefatural en establecimientos de salud I-3, I-4, microrredes o redes

    4.1 El otorgamiento de las valorizaciones ajustadas por puesto de responsabilidad jefatural de departamento o servicio y por puesto de responsabilidad jefatural en establecimientos de salud I-3, I-4, microrredes o redes, se otorga al puesto, que sea ocupado por personal de la salud.

    4.2 Para el otorgamiento de la valorizaciones ajustas por puesto de responsabilidad jefatural de departamento o servicio y por puesto de responsabilidad jefatural en establecimientos de salud I-3, I-4, microrredes o redes, el personal de salud debe cumplir con los criterios establecidos en el Decreto Supremo N 014-2014-SA.

    4.3 Corresponde al jefe de la unidad ejecutora o quien haga sus veces en las entidades comprendidas en el mbito de aplicacin del Decreto Legislativo 1153 garantizar el cumplimiento de lo establecido en el presente Decreto Supremo.

    Artculo 5.- VigenciaEl presente Decreto Supremo entra en vigencia al

    da siguiente de su publicacin en el Diario Ofi cial El Peruano.

    Artculo 6.- PublicacinPublcase el presente Decreto Supremo en los portales

    institucionales del Ministerio de Economa y Finanzas (www.mef.gob.pe) y del Ministerio de Salud (www.minsa.gob.pe), en la misma fecha de publicacin de la presente norma en el Diario Ofi cial El Peruano.

    Artculo 7.- RefrendoEl presente Decreto Supremo es refrendado por el

    ministro de Economa y Finanzas y por la Ministra de Salud.

    Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los ocho das del mes de setiembre del ao dos mil catorce.

    OLLANTA HUMALA TASSOPresidente Constitucional de la Repblica

    LUIS MIGUEL CASTILLA RUBIOMinistro de Economa y Finanzas

    MIDORI DE HABICH ROSPIGLIOSIMinistra de Salud

    1134722-1

    EDUCACION

    Aprueban relacin definitiva deprofesores que superaron el proce-dimiento excepcional de evaluacin previsto en la Dcima Primera Disposicin Complementaria Transi-toria del Reglamento de la Ley de Reforma Magisterial

    RESOLUCIN MINISTERIALN 423-2014-MINEDU

    Lima, 8 de setiembre de 2014

    CONSIDERANDO:

    Que, la Dcima Primera Disposicin Complementaria Transitoria del Reglamento de la Ley N 29944, Ley de Reforma Magisterial, aprobado por el Decreto Supremo N 004-2013-ED, modifi cado por el Decreto Supremo N 003-2014-MINEDU, establece que los profesores que vienen ejerciendo funciones de directivos en instituciones educativas pblicas de gestin directa o en instituciones educativas pblicas de gestin privada por convenio, de Educacin Bsica o Tcnico Productiva, en virtud de resoluciones emitidas por las instancias de gestin educativa descentralizadas, en el marco de las normas derogadas por la Dcima Sexta Disposicin Complementaria, Transitoria y Final de la Ley, sern evaluados, excepcionalmente, en las habilidades requeridas para el desempeo en el cargo, a fi n de asignarles la plaza de director o subdirector por un periodo de tres aos, conforme a la normatividad vigente. Los requisitos, procedimientos e instrumentos especfi cos que se utilizarn en la referida evaluacin excepcional son aprobados por el Ministerio de Educacin, mediante resolucin ministerial;

    Que, la referida Disposicin Complementaria Transitoria, dispone que se declararn vacantes, entre otras, las plazas ocupadas por los profesores que no aprobaron la evaluacin excepcional, las de aquellos que fueron retirados del procedimiento de evaluacin y las plazas de los profesores que no se presenten a la evaluacin excepcional; incorporndose las mismas en la primera convocatoria del concurso pblico para acceso a cargos de director y subdirector de instituciones educativas a que se refi ere la Quinta Disposicin Complementaria, Transitoria y Final de la Ley;

    Que, mediante Resolucin Ministerial N 204-2014-MINEDU, de fecha 21 de mayo de 2014, se aprueba la Norma Tcnica denominada Normas para la Evaluacin Excepcional prevista en la Dcima Primera Disposicin Complementaria Transitoria del Reglamento de la Ley de Reforma Magisterial, la cual contiene disposiciones para la organizacin, implementacin y ejecucin de la referida evaluacin excepcional; as como sus etapas, instrumentos de evaluacin y acciones que involucran a las diversas instancias de gestin educativa descentralizada en el marco de dicha evaluacin;

    Que, conforme a lo dispuesto en el numeral 6.7.1 de la referida Norma Tcnica, corresponde al Ministerio de Educacin aprobar la relacin defi nitiva de profesores que superaron el procedimiento de evaluacin excepcional; as como declarar vacantes las plazas ocupadas por los profesores que se encuentren comprendidos en alguno de los supuestos descritos en la Dcima Primera Disposicin Complementaria Transitoria del Reglamento de la Ley N 29944;

    Que, mediante Ofi cio N 6494-2014-MINEDU/PP, la Procuradura Pblica del Ministerio de Educacin remite a la Direccin General de Desarrollo Docente, una relacin consolidada de noventa y un (91) profesores, cuyas plazas cuentan con medida cautelar vigente, respecto al procedimiento excepcional de

  • El PeruanoMartes 9 de setiembre de 2014532118

    evaluacin previsto en la Dcima Primera Disposicin Complementaria Transitoria del Reglamento de la Ley de Reforma Magisterial;

    Que, a travs del Ofi cio 375-2014-MINEDU/VMGP-DIGEDD, el Director General de la Direccin General de Desarrollo Docente remiti al Viceministro de Gestin Pedaggica el Informe N 298-2014-MINEDU/VMGP-DIGEDD-DIED, elaborado por la Direccin de Evaluacin Docente, el cual sustenta la necesidad de aprobar la relacin defi nitiva de los profesores que superaron el procedimiento de evaluacin excepcional; declarar vacantes las plazas ocupadas por profesores que no aprobaron el procedimiento excepcional de evaluacin, que fueron retirados de ste o que no se presentaron a la referida evaluacin excepcional; y suspender el procedimiento de evaluacin para las plazas de los profesores con medida cautelar vigente;

    De conformidad con el Decreto Ley N 25762, Ley Orgnica del Ministerio de Educacin, modifi cado por la Ley N 26510; el Reglamento de la Ley de Reforma Magisterial, aprobado por el Decreto Supremo N 004-2013-ED y su modifi catoria; el Reglamento de Organizacin y Funciones del Ministerio de Educacin, aprobado por Decreto Supremo N 006-2012-ED; y las Normas para la Evaluacin Excepcional prevista en la Dcima Primera Disposicin Complementaria Transitoria del Reglamento de la Ley de Reforma Magisterial, aprobadas por Resolucin Ministerial N 204-2014-MINEDU;

    SE RESUELVE:

    Artculo 1.- Aprobar la relacin defi nitiva de profesores que superaron el procedimiento excepcional de evaluacin previsto en la Dcima Primera Disposicin Complementaria Transitoria del Reglamento de la Ley de Reforma Magisterial, la misma que como Anexo 1 forma parte integrante de la presente resolucin.

    Artculo 2.- Declarar vacantes las plazas ocupadas por los profesores que no aprobaron el procedimiento excepcional de evaluacin, fueron retirados o no se presentaron a la citada evaluacin; las cuales forman parte integrante de la presente resolucin como Anexo 2.

    Artculo 3.- Suspender el procedimiento de evaluacin excepcional respecto de los profesores y plazas indicadas en el Anexo 3 que forma parte integrante de la presente resolucin, mientras cuenten con medida cautelar vigente.

    Artculo 4.- Disponer que la Ofi cina de Apoyo a la Administracin de la Educacin publique la presente Resolucin Ministerial y sus Anexos, en el Sistema de Informacin Jurdica de Educacin SIJE, ubicado en el Portal Institucional del Ministerio de Educacin (www.minedu.gob.pe/).

    Regstrese, comunquese y publquese.

    JAIME SAAVEDRA CHANDUVMinistro de Educacin

    1134721-1

    INTERIOR

    Autorizan viaje de Asesores del Gabinete de Asesores de la Alta Direccin del Ministerio a Argentina, en comisin de servicios

    RESOLUCIN SUPREMAN 153-2014-IN

    Lima, 8 de setiembre de 2014

    VISTA; la Carta de fecha 11 de agosto de 2014 del Ministerio de Seguridad de la Repblica Argentina; y,

    CONSIDERANDO:

    Que, mediante la Carta de fecha 11 de agosto de 2014, el Ministerio de Seguridad de la Repblica Argentina hizo extensiva la invitacin al Ministerio del Interior del Per a fi n de que participe en la Primera Ronda de Encuentros Tcnicos de los Grupos de Trabajo y Foros Especializados, que se realizar del 10 al 12 de setiembre de 2014, en la Ciudad Autnoma de Buenos Aires, Repblica Argentina;

    Que, la citada invitacin se realiz en virtud a la Presidencia Pro Tmpore que actualmente viene ejerciendo la Repblica Argentina, siendo que el evento sealado as como la Segunda Ronda de Encuentros Tcnicos de los Grupos de Trabajo y Foros Especializados a realizarse del 11 al 13 de noviembre de 2014, son encuentros preparatorios de la XXXV Reunin de Ministros del Interior y Seguridad del MERCOSUR y Estados Asociados que se realizar el 14 de noviembre de 2014;

    Que, resulta necesaria la participacin de los representantes del Ministerio del Interior en la Primera Ronda de Encuentros Tcnicos de los Grupos de Trabajo y Foros Especializados, toda vez que ello permitir compartir conocimientos y experiencias que sern utilizados en la XXXV Reunin de Ministros del Interior y Seguridad del MERCOSUR, los mismos que redundarn en benefi cio del mbito de competencia del Sector Interior y del pas, debiendo sealar que los gastos por concepto de pasajes areos en clase econmica (incluyendo la tarifa nica de uso de aeropuerto) y viticos correspondientes, sern asumidos con cargo a la Unidad Ejecutora 001: Ofi cina General de Administracin del Pliego 007: Ministerio del Interior;

    Que, segn lo establecido en el artculo 2 del Decreto Supremo N 047-2002-PCM, que aprueba las normas reglamentarias sobre autorizacin de viajes al exterior de servidores y funcionarios pblicos, la resolucin de autorizacin de viajes al exterior de la Repblica que resulten estrictamente necesarios, ser debidamente sustentada en el inters nacional o en el inters especfi co de la institucin y deber indicar expresamente el motivo del viaje, el nmero de das de duracin del viaje, el monto de los gastos de desplazamiento, viticos y el impuesto por tarifa nica de uso de aeropuerto;

    Que, conforme al penltimo prrafo del numeral 10.1 del artculo 10 de la Ley N 30114, Ley de Presupuesto del Sector Pblico para el Ao Fiscal 2014, las excepciones a la prohibicin de viajes al exterior de servidores o funcionarios pblicos y representantes del Estado con cargo a recursos pblicos, dispuesta por el referido numeral, deben canalizarse a travs de la Presidencia del Consejo de Ministros y se autorizan mediante Resolucin Suprema refrendada por la Presidenta del Consejo de Ministros, la misma que es publicada en el Diario Ofi cial El Peruano;

    De conformidad con la Ley N 27619, Ley que Regula la Autorizacin de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Pblicos; el Decreto Supremo N 047-2002-PCM, mediante el cual se aprobaron las normas reglamentarias sobre autorizacin de viajes al exterior de servidores y funcionarios pblicos; la Ley N 29158, Ley Orgnica del Poder Ejecutivo; la Ley N 30114, Ley de Presupuesto del Sector Pblico para el Ao Fiscal 2014; el Decreto Legislativo N 1135, Ley de Organizacin y Funciones del Ministerio del Interior; el Reglamento de Organizacin y Funciones del Ministerio del Interior, aprobado mediante Decreto Supremo N 010-2013-IN;

    SE RESUELVE:

    Artculo 1.- Autorizar el viaje al exterior en comisin de servicios, del seor Jaime Florencio Reyes Miranda y del seor Omar Mauricio Mndez Irigoyen, Asesores del Gabinete de Asesores de la Alta Direccin del Ministerio del Interior, a partir del 9 al 13 de setiembre de 2014, para que participen en la Primera Ronda de Encuentros Tcnicos de los Grupos de Trabajo y Foros

  • El PeruanoMartes 9 de setiembre de 2014 532119Especializados, a realizarse en la Ciudad Autnoma de Buenos Aires, Repblica Argentina.

    Artculo 2.- Los gastos por concepto de pasajes areos en clase econmica y viticos correspondientes, que demande el viaje autorizado en el artculo precedente, sern cubiertos con cargo a la Unidad Ejecutora 001: Direccin General de Administracin del Pliego 007: Ministerio del Interior, de acuerdo al siguiente detalle:

    Importe Das Pers. T/C Total S/.Viticos US$ 370.00 4 X 2 = US$ 2,960.00 2.86 8,465.60Pasajes areos US$ 1,015.34 X 2 = US$ 2,030.68 2.86 5,807.74

    14,273.34

    Artculo 3.- Dentro de los quince (15) das calendario siguientes de efectuado el viaje, el personal designado deber presentar ante el Titular del Sector un informe detallado, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos; as como la rendicin de cuentas documentada por los viticos asignados.

    Artculo 4.- La presente Resolucin Suprema no dar derecho a exoneraciones o liberacin del pago de impuestos o derechos aduaneros, cualquiera sea su clase o denominacin.

    Artculo 5.- La presente Resolucin Suprema ser refrendada por la Presidenta del Consejo de Ministros y por el Ministro del Interior.

    Regstrese, comunquese y publquese.

    OLLANTA HUMALA TASSOPresidente Constitucional de la Repblica

    ANA JARA VELSQUEZPresidenta del Consejo de Ministros

    DANIEL URRESTI ELERAMinistro del Interior

    1134722-2

    Autorizan viaje de funcionarios de la SUCAMEC a El Salvador, en comisin de servicios

    RESOLUCIN SUPREMAN 154-2014-IN

    Lima, 8 de setiembre de 2014

    VISTOS; el OF.RE (DGM-DSD) N 2-10-C/689 del 21 de agosto de 2014, de la Direccin de Seguridad y Defensa del Ministerio de Relaciones Exteriores; y, el Ofi cio N 0562-2014-SUCAMEC-SN de fecha 01 de setiembre de 2014, de la Superintendencia Nacional de Control de Servicios de Seguridad, Armas, Municiones y Explosivos de Uso Civil - SUCAMEC; y,

    CONSIDERANDO:

    Que, mediante OF.RE (DGM-DSD) N 2-10-C/689 del 21 de agosto de 2014, la Direccin de Seguridad y Defensa del Ministerio de Relaciones Exteriores comunica a la Superintendencia Nacional de Control de Servicios de Seguridad, Armas, Municiones y Explosivos de Uso Civil - SUCAMEC, la confi rmacin por parte de la Presidencia de Pro Tempore de la Comunidad de Estados Latinoamericanos y del Caribe (CELAC) y el Ministerio de Relaciones Exteriores de El Salvador de la realizacin de la Reunin del Grupo de Trabajo de la CELAC sobre el Trfi co Ilcito de Armas Pequeas y Ligeras en Amrica Latina y El Caribe, a celebrarse en la ciudad de San Salvador, Repblica de El Salvador, los das 11 y 12 de setiembre de 2014, la cual fue objeto de diversas postergaciones;

    Que, mediante Memorando N 089-2014-SUCAMEC-GP de fecha 4 de agosto de 2014, la Gerencia de Polticas

    de SUCAMEC sustenta la necesidad y conveniencia de la participacin de representantes de la SUCAMEC en la reunin sealada en el considerando anterior, toda vez que los temas a tratarse en la misma son directamente de competencia de SUCAMEC y su participacin permitir fortalecer sus relaciones, ampliar sus redes a nivel regional y contribuir de manera efectiva en los esfuerzos por mejorar los mecanismos de aplicacin de los instrumentos internacionales sobre control de armas y municiones en nuestro pas;

    Que, en base a las consideraciones sealadas, mediante Ofi cio N 0527-2014-SUCAMEC-SN de fecha 15 de agosto de 2014, la SUCAMEC ha considerado la participacin de los seores Derik Roberto Latorre Boza, Superintendente Nacional de SUCAMEC, y Vctor Manuel Quinteros Marquina, Gerente de Polticas de SUCAMEC, participen en la reunin sealada anteriormente;

    Que, la SUCAMEC, como Organismo Tcnico Especializado adscrito al Ministerio del Interior, tiene por funcin controlar, administrar, supervisar, fi scalizar, normar y sancionar las actividades en el mbito de los servicios de seguridad privada, fabricacin y comercio de armas, municiones y conexos, explosivos y productos pirotcnicos de uso civil, de conformidad con la Constitucin Poltica del Per, los tratados internacionales y la legislacin nacional vigente;

    Que, por lo antes sealado resulta conveniente autorizar el viaje al exterior del pas de los funcionarios sealados, debiendo indicarse que los gastos por concepto de pasajes areos y viticos que irrogue el citado viaje sern asumidos por la Unidad Ejecutora 001: Superintendencia Nacional de Servicios de Seguridad, Armas, Municiones y Explosivos de Uso Civil - SUCAMEC del Pliego Presupuestal 072: Superintendencia Nacional de Servicios de Seguridad, Armas, Municiones y Explosivos de Uso Civil - SUCAMEC, del Sector 07: Ministerio del Interior;

    Que, segn lo establecido en el artculo 2 del Decreto Supremo N 047-2002-PCM, que aprueba las normas reglamentarias sobre autorizacin de viajes al exterior de servidores y funcionarios pblicos, la resolucin de autorizacin de viajes al exterior de la Repblica estrictamente necesarios, ser debidamente sustentada en el inters nacional o en el inters especfi co de la institucin y deber indicar expresamente el motivo del viaje, el nmero de das de duracin del viaje, el monto de los gastos de desplazamiento, viticos y el impuesto por tarifa nica de uso de aeropuerto;

    Que, conforme al penltimo prrafo del numeral 10.1 del artculo 10 de la Ley N 30114, Ley de Presupuesto del Sector Pblico para el Ao Fiscal 2014, las excepciones a la prohibicin de viajes al exterior de servidores o funcionarios pblicos y representantes del Estado con cargo a recursos pblicos, dispuesta por el referido numeral, deben canalizarse a travs de la Presidencia del Consejo de Ministros y se autoriza mediante Resolucin Suprema refrendada por la Presidenta del Consejo de Ministros, la misma que es publicada en el diario ofi cial El Peruano;

    De conformidad con la Ley N 27619, Ley que Regula la Autorizacin de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Pblicos; el Decreto Supremo N 047-2002-PCM, mediante el cual se aprobaron las normas reglamentarias sobre la autorizacin de viajes al exterior de servidores y funcionarios pblicos; la Ley N 29158, Ley Orgnica del Poder Ejecutivo; la Ley N 30114, Ley de Presupuesto del Sector Pblico para el Ao Fiscal 2014; el Decreto Legislativo N 1135, Ley de Organizacin y Funciones del Ministerio del Interior; el Reglamento de Organizacin y Funciones del Ministerio del Interior, aprobado mediante Decreto Supremo N 010-2013-IN; y, el Decreto Legislativo N 1127, Decreto Legislativo que crea la Superintendencia Nacional de Control de Servicios de Seguridad, Armas, Municiones y Explosivos de uso Civil - SUCAMEC;

    SE RESUELVE:

    Artculo 1.- Autorizar el viaje al exterior del pas en comisin de servicios del seor Derik Roberto Latorre

  • El PeruanoMartes 9 de setiembre de 2014532120

    Boza, Superintendente Nacional, y del seor Vctor Manuel Quinteros Marquina, Gerente de Polticas, funcionarios de la Superintendencia Nacional de Control de Servicios de Seguridad, Armas, Municiones y Explosivos de Uso Civil - SUCAMEC, a la ciudad de San Salvador, Repblica de El Salvador, del 10 al 13 de setiembre de 2014, para los fi nes expuestos en la parte considerativa de la presente Resolucin.

    Artculo 2.- Los gastos por concepto de viticos y pasajes areos, incluyendo la tarifa nica de uso de aeropuerto que ocasione el viaje a que se hace referencia en el artculo precedente se efectuarn con cargo a la Unidad Ejecutora 001: Superintendencia Nacional de Servicios de Seguridad, Armas, Municiones y Explosivos de Uso Civil - SUCAMEC del Pliego 072: Superintendencia Nacional de Servicios de Seguridad, Armas, Municiones y Explosivos de Uso Civil - SUCAMEC, del Sector 07: Ministerio del Interior, de acuerdo al siguiente detalle:

    Comisionado Fecha Pasaje areo Viticos por 3 dasDerik Roberto Latorre

    BozaDel 10-09-2014 al

    13-09-2014 S/. 3,824.93 S/. 2,678.13

    Vctor Manuel Quinteros Marquina

    Del 10-09-2014 al 13-09-2014 S/. 3,824.93 S/. 2,678.13

    Artculo 3.- Dentro de los quince (15) das calendario de efectuado el viaje, los funcionarios a que se refi ere el artculo 1 de la presente Resolucin debern presentar un informe detallado, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos, as como la rendicin de cuentas debidamente documentada por los viticos asignados.

    Artculo 4.- La presente Resolucin no dar derecho a exoneracin ni liberacin de impuestos o derechos aduaneros de ninguna clase o denominacin.

    Artculo 5.- La presente Resolucin Suprema ser refrendada por la Presidenta del Consejo de Ministros y el Ministro del Interior.

    Regstrese, comunquese y publquese.

    OLLANTA HUMALA TASSOPresidente Constitucional de la Repblica

    ANA JARA VELSQUEZPresidenta del Consejo de Ministros

    DANIEL URRESTI ELERAMinistro del Interior

    1134722-3

    PRODUCE

    Aceptan renuncia de Director General de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto del Ministerio de la Produccin

    RESOLUCIN MINISTERIALN 297-2014-PRODUCE

    Lima, 8 de setiembre de 2014

    CONSIDERANDO:

    Que, mediante Resolucin Ministerial N 049-2014-PRODUCE de fecha 04 de marzo de 2014, se design al seor JUAN PABLO CONDORI LUNA, en el cargo de Director General de la Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto del Ministerio de la Produccin;

    Que, el citado funcionario ha presentado renuncia al cargo que viene desempeando;

    Con la visacin de la Secretara General y la Ofi cina General de Asesora Jurdica; y,

    De conformidad con lo dispuesto por la Ley N 29158 - Ley Orgnica del Poder Ejecutivo; la Ley N 27594 - Ley que regula la participacin del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designacin de funcionarios pblicos; el Decreto Legislativo N 1047 - Ley de Organizacin y Funciones del Ministerio de la Produccin; y, la Resolucin Ministerial N 343-2012-PRODUCE que aprueba el Reglamento de Organizacin y Funciones del Ministerio de la Produccin;

    SE RESUELVE:

    Artculo nico.- Aceptar la renuncia presentada por el seor JUAN PABLO CONDORI LUNA, en el cargo de Director General de la Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto del Ministerio de la Produccin; dndole las gracias por los servicios prestados.

    Regstrese, comunquese y publquese.

    PIERO EDUARDO GHEZZI SOLSMinistro de la Produccin

    1134713-1

    Designan Directora General de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto del Ministerio de la Produccin

    RESOLUCIN MINISTERIALN 298-2014-PRODUCE

    Lima, 8 de setiembre de 2014

    CONSIDERANDO:

    Que, se encuentra vacante el cargo de Director General de la Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto del Ministerio de la Produccin;

    Que, en ese sentido, es necesario designar al funcionario que desempear dicho cargo;

    Que, conforme lo establece el numeral 5 del artculo 25 de la Ley N 29158, Ley Orgnica del Poder Ejecutivo, concordado con el inciso j) del artculo 7 del Reglamento de Organizacin y Funciones del Ministerio de la Produccin, corresponde al Ministro de Estado designar y remover a los titulares que desempean cargos de confi anza del Ministerio;

    Con la visacin de la Secretara General y la Ofi cina General de Asesora Jurdica; y,

    De conformidad con lo dispuesto por la Ley N 29158 - Ley Orgnica del Poder Ejecutivo; la Ley N 27594 - Ley que regula la participacin del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designacin de funcionarios pblicos; el Decreto Legislativo N 1047 - Ley de Organizacin y Funciones del Ministerio de la Produccin; y, la Resolucin Ministerial N 343-2012- PRODUCE que aprueba el Reglamento de Organizacin y Funciones del Ministerio de la Produccin;

    SE RESUELVE:

    Artculo nico.- Designar a partir de la fecha a la seora RAYDA RUTH JERNIMO ZACARAS, en el cargo de Directora General de la Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto del Ministerio de la Produccin.

    Regstrese, comunquese y publquese.

    PIERO EDUARDO GHEZZI SOLSMinistro de la Produccin

    1134713-2

  • El PeruanoMartes 9 de setiembre de 2014 532121

    Designan Asesor II del Despacho de la Secretara General del Ministerio de la Produccin

    RESOLUCIN MINISTERIALN 299-2014-PRODUCE

    Lima, 8 de setiembre de 2014

    CONSIDERANDO:Que, se encuentra vacante el cargo de Asesor II del

    Despacho de la Secretara General del Ministerio de la Produccin;

    Que, en consecuencia es necesario designar al funcionario que desempear dicho cargo;

    Con la visacin de la Secretara General, y de las Ofi cinas Generales de Recursos Humanos y de Asesora Jurdica; y,

    De conformidad con lo dispuesto en la Ley N 29158 - Ley Orgnica del Poder Ejecutivo, la Ley N 27594 - Ley que regula la participacin del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designacin de funcionarios pblicos; y, el Decreto Legislativo N 1047 - Ley de Organizacin y Funciones del Ministerio de la Produccin;

    SE RESUELVE:Artculo nico.- Designar a partir de la fecha, al seor

    JUAN PABLO CONDORI LUNA, en el cargo de Asesor II del Despacho de la Secretara General del Ministerio de la Produccin, cargo considerado de confi anza.

    Regstrese, comunquese y publquese.PIERO EDUARDO GHEZZI SOLSMinistro de la Produccin1134713-3

    FE DE ERRATAS

    RESOLUCIN DIRECTORALN DEC-222-2014

    Mediante Ofi cio N DEC-300-282-2014-PRODUCE/IMP, el Instituto del Mar del Per solicita se publique Fe de Erratas de la Resolucin Directoral N DEC-222-2014, publicada en la edicin del da 2 de setiembre de 2014.

    - En el sexto considerando:

    DICE:

    ., para atender la participacin del Ing. Marceliano Buenaventura Segura Zamudio en el precitado curso internacional, segn el siguiente detalle: Viticos ($ 440.00 x 06 das) = US $2,640.00 (dos mil seiscientos cuarenta y 00/100 dlares).

    DEBE DECIR:

    ., para atender la participacin del Ing. Marceliano Buenaventura Segura Zamudio en el precitado curso internacional, segn el siguiente detalle: Viticos ($ 540.00 x 06 das) = US $ 3,240.00 (tres mil doscientos cuarenta y 00/100 dlares).

    1134648-1

    VIVIENDA

    Designan Director General de la Direccin General de Programas y Proyectos en Construccin y Saneamiento del Ministerio

    RESOLUCIN MINISTERIALN 306-2014-VIVIENDA

    Lima, 4 de setiembre de 2014

    CONSIDERANDO:

    Que, el Reglamento de Organizacin y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construccin y Saneamiento, aprobado por Decreto Supremo N 010-2014-VIVIENDA, establece una nueva estructura orgnica del Ministerio, que comprende entre otros rganos de lnea, a la Direccin General de Programas y Proyectos en Construccin y Saneamiento; siendo necesario designar al funcionario que desempear el citado cargo;

    De conformidad con lo dispuesto en la Ley N 29158, Ley Orgnica del Poder Ejecutivo; la Ley N 27594, Ley que regula la participacin del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designacin de funcionarios pblicos; la Ley N 30156, Ley de Organizacin y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construccin y Saneamiento, y su Reglamento de Organizacin y Funciones aprobado por Decreto Supremo N 010-2014-VIVIENDA;

    SE RESUELVE:

    Artculo nico.- Designar al seor Johnny Analberto Marchn Pea como Director General de la Direccin General de Programas y Proyectos en Construccin y Saneamiento del Ministerio de Vivienda, Construccin y Saneamiento.

    Regstrese, comunquese y publquese.

    MILTON VON HESSE LA SERNAMinistro de Vivienda, Construccin y Saneamiento

    1134570-1

    ORGANISMOS EJECUTORES

    BIBLIOTECA NACIONAL

    DEL PER

    Designan Director General del Centro de Investigaciones y Desarrollo Bibliotecolgico de la Biblioteca Nacional del Per

    RESOLUCIN DIRECTORAL NACIONALN 160-2014-BNP

    Lima, 8 de setiembre de 2014

    EL DIRECTOR NACIONAL DE LA BIBLIOTECA NACIONAL DEL PER,

    VISTOS, el Memorando N 251-2014-BNP/DN, de fecha 03 de setiembre de 2014, emitido por la Direccin Nacional de la Biblioteca Nacional del Per; el Informe N 566-2014-BNP/OAL, de fecha 04 de setiembre de 2014, emitido por la Direccin General de la Ofi cina de Asesora Legal, y;

    CONSIDERANDO:

    Que, la Biblioteca Nacional del Per es un Organismo Pblico Ejecutor conforme a lo establecido en el Decreto Supremo N 034-2008-PCM, ratifi cado Decreto Supremo N 048-2010-PCM y Decreto Supremo N 058-2011-PCM, por el cual se aprob la califi cacin de los Organismos Pblicos de acuerdo a lo dispuesto por la Ley N 29158, Ley Orgnica del Poder Ejecutivo;

    Que, la Biblioteca Nacional del Per se encuentra adscrita al Ministerio de Cultura en concordancia con el Artculo 11 de la Ley N 29565 Ley de Creacin del Ministerio de Cultura y con lo dispuesto por el inciso

  • El PeruanoMartes 9 de setiembre de 2014532122

    a) del Artculo nico de la disposicin Complementaria Final del Decreto Supremo N 001-2010-MC, que aprueba fusiones de entidades u rganos en el Ministerio de Cultura;

    Que, de acuerdo a lo indicado en el artculo 4 del Reglamento de Organizacin y Funciones de la Biblioteca Nacional del Per y del Sistema Nacional de Bibliotecas (MOF), aprobado por Decreto Supremo N 024-2002-ED; la Biblioteca Nacional del Per tiene autonoma tcnica, administrativa y econmica las cuales la facultan a organizarse internamente, determinar y reglamentar los servicios pblicos de su responsabilidad;

    Que, mediante la Resolucin Directoral Nacional N 159-2014-BNP, de fecha 01 de setiembre de 2014, se dispone encargar en adicin a sus funciones, a la seora Martha Alicia Uriarte Azabache, la Direccin General del Centro de Investigaciones y Desarrollo Bibliotecolgico de la Biblioteca Nacional de Per;

    Que, mediante Memorando N 251-2014-BNP/DN, de fecha 03 de setiembre de 2014, se dispone designar al seor David De Pirola Martnez, como Director General del Centro de Investigaciones y Desarrollo Bibliotecolgico de la Biblioteca Nacional de Per y dejar sin efecto la encargatura de la seora Martha Alicia Uriarte Azabache sealada en el prrafo precedente;

    Que, el artculo 12 del Reglamento de Organizacin y Funciones de la Biblioteca Nacional del Per y del Sistema Nacional de Bibliotecas (ROF) aprobado por Decreto Supremo N 024-2002-ED, seala que la Biblioteca Nacional del Per est representada por la Direccin Nacional, mxima autoridad administrativa, y corresponde acatar sus disposiciones;

    Que, asimismo se encuentra facultada a asignar las funciones que debe desempear cada servidor de su entidad, segn el nivel de carrera; grupo ocupacional y especialidad alcanzada, pudiendo realizar el desplazamiento del servidor, en sus distintas modalidades entre las que se encuentra el cargo para desempear diferentes funciones dentro de la entidad, mediante la correspondiente Resolucin del Titular;

    Que, segn el Manual Normativo de Personal N 002-92-DNP Desplazamiento de Personal, aprobado por Resolucin Directoral N 013-90-INAP-DNP, la designacin consiste en el desempeo de un cargo de responsabilidad directa o de confi anza por decisin de la autoridad competente en la misma o diferente entidad, con los derechos y limitaciones que las leyes establecen, siento esta de carcter temporal, requiere plaza vacante y no conlleva estabilidad laboral y se formaliza con resolucin;

    Que, todas las resoluciones de designacin o de nombramiento de funcionarios encargados surten efectos a partir del da de su publicacin en el diario ofi cial El Peruano, salvo disposicin en contrario de que postergue su vigencia, de conformidad con lo establecido en el artculo 6 de Ley que regula la participacin del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designacin de funcionarios pblicos Ley N 27594;

    Que, mediante el Informe N 566-2014-BNP/OAL, de fecha 03 de setiembre de 2014, la Ofi cina de Asesora Legal opina que procede dejar sin efecto la encargatura de la seora Martha Alicia Uriarte Azabache como Directora General de la Direccin General del Centro de Investigaciones y Desarrollo Bibliotecolgico de la Biblioteca Nacional del Per, establecida mediante Resolucin Directoral Nacional N 159-2014-BNP, y que corresponde designar en el referido cargo al seor David De Pirola Martnez;

    De conformidad con la Ley N 27594 Ley que regula la participacin del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designacin de Funcionarios Pblicos; el Decreto Legislativo N 276 Ley de Bases de la Carrera Administrativa y Remuneraciones del Sector Pblico y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N 005-90-PCM; el Reglamento de Organizacin y Funciones de la Biblioteca Nacional del Per y del Sistema Nacional de Bibliotecas, aprobado por Decreto Supremo N 024-2002-ED, y dems normas pertinentes;

    SE RESUELVE:

    Artculo Primero.- DEJAR SIN EFECTO la encargatura de la seora Martha Alicia Uriarte Azabache como Directora General del Centro de Investigaciones y Desarrollo Bibliotecolgico de la Biblioteca Nacional del Per, establecida mediante la Resolucin Directora Nacional N 159-2014-BNP, de fecha 01 de setiembre de 2014.

    Artculo Segundo.- DESIGNAR al seor David De Pirola Martnez como Director General del Centro de Investigaciones y Desarrollo Bibliotecolgico de la Biblioteca Nacional del Per, a partir de la publicacin del acto resolutivo que corresponde, en el Diario Ofi cinal El Peruano.

    Artculo Tercero.- DISPONER que la presente resolucin surta efectos a partir de la publicacin en el Diario Ofi cial El Peruano.

    Artculo Cuarto.- PUBLICAR la presente Resolucin en el Diario Ofi cial El Peruano y en la pgina Web Institucional: (http:// www.bnp.gob.pe).

    Artculo Quinto.- NOTIFICAR, la presente Resolucin a los interesados y a las instancias para los fi nes pertinentes.

    Regstrese, comunquese y cmplase.

    RAMON ELAS MUJICA PINILLADirector Nacional

    1134575-1

    ORGANISMOS TECNICOS

    ESPECIALIZADOS

    AUTORIDAD NACIONAL

    DEL SERVICIO CIVIL

    Disponen publicar en el Portal de SERVIR el proyecto de directiva que aprueba las Familias de puestos y roles aplicables al rgimen del servicio civil, y su exposicin de motivos

    RESOLUCIN DE PRESIDENCIA EJECUTIVAN 175-2014-SERVIR-PE

    Lima, 8 de setiembre de 2014

    Visto, el Informe Tcnico N 562-2014-SERVIR/GPGSC, de la Gerencia de Polticas de Gestin de Servicio Civil de la Autoridad Nacional del Servicio Civil - SERVIR;

    CONSIDERANDO:

    Que, mediante Decreto Legislativo N 1023, se cre la Autoridad Nacional del Servicio Civil - SERVIR, como Organismo Tcnico Especializado, rector del Sistema Administrativo de Gestin de Recursos Humanos, que comprende el conjunto de normas, principios, recursos, mtodos, procedimientos y tcnicas utilizados por las entidades del sector pblico en la gestin de los recursos humanos;

    Que, mediante la Ley N 30057, Ley del Servicio Civil, se aprob un nuevo rgimen del Servicio Civil, con la fi nalidad que las entidades pblicas del Estado alcancen mayores niveles de efi cacia y efi ciencia y presten efectivamente servicios de calidad a la ciudadana, as

  • El PeruanoMartes 9 de setiembre de 2014 532123como para promover el desarrollo de las personas que lo integran;

    Que, el artculo 7 del Reglamento General de la Ley del Servicio Civil aprobado por Decreto Supremo N 040-2014-PCM, establece que Las familias de puestos tienen por fi nalidad organizar el Servicio Civil, orientar el fortalecimiento y mejora de las capacidades de los servidores civiles, as como tambin servir de base para la capacitacin, evaluacin y valorizacin de los puestos;

    Que, el artculo 8 del Reglamento General de la Ley del Servicio Civil establece que Los roles de las familias de puestos se determinan mediante Resolucin de Presidencia Ejecutiva previo acuerdo del Consejo Directivo de SERVIR. SERVIR aprobar directivas sobre las familias de puestos y roles aplicables al servicio civil;

    Que, el numeral 1 del artculo 14 del Reglamento que establece disposiciones relativas a la publicidad, publicacin de proyectos normativos y difusin de normas legales de carcter general, aprobado por Decreto Supremo N 001-2009-JUS, seala que, Sin perjuicio de lo establecido en el artculo 2, las entidades pblicas dispondrn la publicacin de los proyectos de normas de carcter general que sean de su competencia en el Diario Ofi cial El Peruano, en sus Portales Electrnicos o mediante cualquier otro medio, en un plazo no menor de treinta (30) das antes de la fecha prevista para su entrada en vigencia, salvo casos excepcionales. Dichas entidades permitirn que las personas interesadas formulen comentarios sobre las medidas propuestas;

    Que, mediante documento de visto, la Gerencia de Polticas de Gestin del Servicio Civil propone el proyecto de directiva que aprueba las Familias de puestos y roles aplicables al rgimen del servicio civil; por lo que resulta necesario disponer su publicacin, as como su exposicin de motivos y el plazo para la recepcin de comentarios que las personas interesadas formulen sobre el particular;

    Con el visto de Gerencia General, Gerencia de Polticas de Gestin del Servicio Civil y la Ofi cina de Asesora Jurdica; y,

    De conformidad con el literal o) del artculo 10 del Reglamento de Organizacin y Funciones de la Autoridad Nacional del Servicio Civil, aprobado mediante Decreto Supremo N 062-2008-PCM y modifi catorias;

    SE RESUELVE:

    Artculo 1.- Disponer, a partir de la fecha, la publicacin en el Portal Institucional de la Autoridad Nacional del Servicio Civil- SERVIR (www.servir.gob.pe) del proyecto de directiva que aprueba las Familias de puestos y roles aplicables al rgimen del servicio civil; y su exposicin de motivos, a fi n que las personas interesadas formulen comentarios sobre dicha propuesta.

    Artculo 2.- Los comentarios que las personas interesadas consideren pertinente alcanzar, debern remitirse a la Gerencia de Polticas de Gestin del Servicio Civil, al siguiente correo electrnico: [email protected] y sern recibidos durante los veinte (20) das calendario siguientes a la fecha de publicacin a que alude el artculo 1 de la presente Resolucin.

    Artculo 3.- Remitir copia de la presente Resolucin a la Presidencia del Consejo de Ministros, para los fi nes correspondientes.

    Artculo 4.- Disponer la publicacin de la presente Resolucin en el Diario Ofi cial El Peruano y en el Portal Institucional de SERVIR (www.servir.gob.pe).

    Regstrese, comunquese y publquese.

    JUAN CARLOS CORTS CARCELNPresidente Ejecutivo

    1134577-1

    PODER JUDICIAL

    CORTES SUPERIORES

    DE JUSTICIA

    Autorizan la publicacin de la Res. Adm. N 047-2014-J-ODECMA-CSJLI/PJ mediante la cual se modifica el Rol del Programa de Quejas Verbales Itinerantes de la ODECMA Lima

    CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE LIMA

    RESOLUCIN ADMINISTRATIVAN 262-2014-P-CSJLI-PJ

    Lima, 4 de setiembre del 2014

    VISTO:

    El Ofi cio N 489-2014-J-ODECMA-CSJLI/PJ; y,

    CONSIDERANDO:Que, mediante el ofi cio de visto, el Jefe de la Ofi cina

    Desconcentrada de Control de la Magistratura-ODECMA-remite al despacho de la Presidencia la Resolucin Administrativa N 047-2014-J-ODECMA-CSJLI/PJ, que modifi ca el Rol del Programa de Quejas Verbales Itinerantes de la ODECMA de la Corte Superior de Justicia de Lima.

    Que, por Resolucin Administrativa N 038-2014-J-ODECMA-CSJLI/PJ, de fecha 16 de julio del dos mil catorce, se modifi ca el Rol del Programa de Quejas Verbales Itinerantes de la ODECMA Lima, aprobado por Resolucin Administrativa N 021-2014-J-ODECMA-CSJLI/PJ de fecha nueve de mayo de dos mil catorce, para el presente ao judicial.

    Que, acorde al artculo 90.4 del Texto nico Ordenado de la Ley Orgnica del Poder Judicial, es atribucin del Presidente de la Corte Superior de Justicia cautelar la pronta administracin de justicia, as como el cumplimiento de las obligaciones de los Magistrados del Distrito Judicial.

    Que, bajo tales consideraciones, la reprogramacin del Programa de Quejas Verbales indicado resulta de vital importancia para la direccin de la poltica interna del distrito judicial, con el objeto de brindar un efi ciente servicio de administracin de justicia en benefi cio de los justiciables; resultando necesario la publicacin del mencionado documento.

    Que, por las razones expuestas y en uso de las facultades conferidas en los incisos 3 y 9 del artculo 90 del Texto nico Ordenado de la Ley Orgnica del Poder Judicial;

    SE RESUELVE:

    Artculo Primero.- AUTORIZAR la publicacin de la Resolucin Administrativa N 047-2014-J-ODECMA-CSJLI/PJ, de fecha 02 de setiembre del 2014, en el Diario Ofi cial El Peruano, la misma que forma parte integrante de la presente resolucin.

    Regstrese, publquese, cmplase y archvese.

    IVAN ALBERTO SEQUEIROS VARGASPresidente

    Corte Superior de Justicia de Lima

    Ofi cina Desconcentrada de Control de la Magistratura

    Jefatura

    RESOLUCIN ADMINISTRATIVAN 047-2014-J-ODECMA-CSJLI/PJ

    Lima, dos de setiembre dos mil catorce.

  • El PeruanoMartes 9 de setiembre de 2014532124

    VISTA:

    La Resolucin Administrativa N 038-2014-J-ODECMA-CSJLI/PJ, su modifi catoria mediante Resolucin Administrativa N 042-2014-J-ODECMA-CSJLI/PJ, Resolucin Administrativa N 274-2014-CE-PJ y el Ofi cio S/N-2014-AMSV-ODECMA-CSJLI; y,

    CONSIDERANDO:

    Primero.- Mediante Resolucin Administrativa vista se ampli la competencia territorial del distrito judicial de Lima Sur, incorporando el distrito de Chorrillos a su jurisdiccin, modifi cndose la competencia territorial de la Corte Superior de Justicia de Lima desde el primero de setiembre del presente ao.

    Segundo.- Conforme a lo propuesto por la Unidad de Defensora del Usuario Judicial, as como sealado por la resolucin en mencin, habindose establecido un rol de Quejas Verbales Itinerantes para el presente ao, donde se encuentran incluidos rganos jurisdiccionales que, conforme a lo dispuesto por Consejo Ejecutivo Nacional, han dejado de pertenecer a la competencia territorial de esta Corte Superior de Justicia, se amerita modifi car la misma, incluyendo a rganos jurisdiccionales de este Distrito Judicial.

    Por tales consideraciones, en mrito a las facultades previstas y otorgadas por el inciso 1) del artculo 13 del nuevo Reglamento de Organizacin y Funciones de la Ofi cina de Control de la Magistratura;

    SE RESUELVE:

    Artculo Primero.- Modifi car el Rol del Programa de Quejas Verbales Itinerantes de la ODECMA Lima aprobado por Resolucin Administrativa N 038-2014-J-ODECMA-CSJLI/PJ de fecha diecisis de julio de dos mil catorce, respecto a la asignacin en la sede de los Juzgados de Paz Letrado de Chorrillos conforme al siguiente cuadro:

    N MAGISTRADO DIAS HORA SEDES JUDICIALES

    1 Elsa Romero Mndez Mircoles 8am - 1pmJuzgados de Paz

    Letrado de Barranco y Mirafl ores

    Artculo Segundo.- Dejar subsistente los dems trminos contenidos en la Resolucin Administrativa N 38-2014-J-ODECMA-CSJLI/PJ de fecha diecisis de julio de dos mil catorce, que no se opongan a lo antes sealado.

    Artculo Tercero.- ENCARGAR a la Coordinadora Administrativa de ODECMA las gestiones administrativas y logsticas necesarias para la instalacin del mdulo de quejas verbales itinerantes en los Juzgados de Paz Letrado del Barranco y Mirafl ores, en la brevedad posible.

    Artculo Cuarto.- PONER la presente resolucin en conocimiento del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, de la Jefatura Suprema de la Ofi cina de Control de la Magistratura, Presidencia del Consejo Ejecutivo Distrital, Presidencia de la Corte Superior de Justicia de Lima, Unidades Desconcentradas y Magistrados de la ODECMA; ofi cindose para su publicacin en el Diario Ofi cial El Peruano.

    Publquese, regstrese, comunquese y cmplase.

    JORGE ANTONIO PLASENCIA CRUZJefe de la Ofi cina Desconcentrada de Control de la Magistratura ODECMA

    1134547-1

    ORGANOS AUTONOMOS

    MINISTERIO PUBLICO

    Nombran, destacan, designan y dan por concluida designacin de fiscales en los Distritos Judiciales de Lima Norte y Huaura

    RESOLUCIN DE LA FISCALA DE LA NACINN 3637-2014-MP-FN

    Lima, 5 de setiembre del 2014

    VISTO Y CONSIDERANDO:

    El Ministerio Pblico, como organismo constitucionalmente autnomo del Estado, defensor de la legalidad y de los derechos ciudadanos, dentro de la poltica Institucional de incentivo a los servidores que integran esta institucin, por su esmerado trabajo de apoyo a la funcin fi scal;

    Estando a lo expuesto y con la fi nalidad de brindar un servicio ms efi ciente y una pronta respuesta a los justiciables en la resolucin de sus casos se deben adoptar medidas que vayan orientadas a promover la descarga procesal, por ello es necesario designar un equipo de fi scales transitorios hasta el 31 de diciembre de 2014, para el cumplimiento de tal disposicin a efectos de lograr una efi caz reduccin de la carga procesal existente;

    Que, por necesidad de servicio y estando a las facultades concedidas por el artculo 64 del Decreto Legislativo N 052, Ley Orgnica del Ministerio Pblico;

    SE RESUELVE:

    Artculo Primero.- NOMBRAR como Fiscales Adjuntos Provinciales Provisionales Transitorios del Distrito Judicial de Lima Norte, destacndolos a Presidencia de Junta de Fiscales Superiores del Distrito Judicial de Lima Norte, a los siguientes:

    KELLY ERNESTINA BARRERA YABAR, con reserva de su plaza de origen.

    MARA DEL ROSARIO SILVA GUTIRREZ, con reserva de su plaza de origen.

    JESSICA MARLENE ESPINOZA CRAVERO, con reserva de su plaza de origen.

    Artculo Segundo.- Facultar a la Presidencia de Junta de Fiscales Superiores del Distrito Judicial de Lima Norte, para que adopte las medidas pertinentes para el debido cumplimiento de lo dispuesto en la resolucin.

    Artculo Tercero.- Hacer de conocimiento la presente resolucin, a la Presidencia de Junta de Fiscales Superiores del Distrito Judicial de Lima Norte, Gerencia General, Gerencia Central de Potencial Humano, Ofi cina de Registro y Evaluacin de Fiscales, y a los interesados.

    Regstrese, comunquese y publquese.

    CARLOS AMRICO RAMOS HEREDIAFiscal de la Nacin1134569-1

    RESOLUCIN DE LA FISCALA DE LA NACINN 3647-2014-MP-FN

    Lima, 8 de setiembre del 2014

    VISTO Y CONSIDERANDO:

    El Ofi cio N 4732-2014-MP-PJFS-HUAURA de fecha 02 de setiembre de 2014, cursado por el Presidente de la Junta de Fiscales del Distrito Judicial de Huaura;

    Considerando que se encuentran vacantes las plazas de Fiscales Adjuntos Provinciales Penales Corporativos

  • El PeruanoMartes 9 de setiembre de 2014 532125de Huaura, Distrito Judicial de Huaura, al haberse promovido a los doctores Fernando Nilo Ayala Borja y Alfredo Benavides Corbetta, al cargo superior inmediato, mediante Resoluciones de la Fiscala de la Nacin Ns. 3085-2014-MP-FN y 3550-2014-MP-FN de fechas 6 y 28 de agosto del presente ao, respectivamente;

    Estando a la estricta necesidad de servicio y en uso de las atribuciones conferidas por el artculo 64 del Decreto Legislativo N 052, Ley Orgnica del Ministerio Pblico;

    SE RESUELVE:

    Artculo Primero.- NOMBRAR a como Fiscales Adjuntos Provinciales Provisionales del Distrito Judicial de Huaura, designndolos en el despacho de la Fiscala Provincial Penal Corporativa de Huaura, a los siguientes

    ELIZABETH ROCA GONZLES, con reserva de su plaza de origen.

    ORLANDO GREGORIO ENCISO CCOPA, con reserva de su plaza de origen.

    Artculo Segundo.- Hacer de conocimiento la presente resolucin, a la Presidencia de Junta de Fiscales Superiores del Distrito Judicial de Huaura, Gerencia General, Gerencia Central de Potencial Humano, Ofi cina de Registro y Evaluacin de Fiscales y a los interesados.

    Regstrese, comunquese y publquese.

    CARLOS AMRICO RAMOS HEREDIAFiscal de la Nacin

    1134569-2

    RESOLUCIN DE LA FISCALA DE LA NACINN 3648-2014-MP-FN

    Lima, 8 de setiembre del 2014

    VISTO Y CONSIDERANDO:

    El Ministerio Pblico, como organismo constitucionalmente autnomo del Estado, defensor de la legalidad y de los derechos ciudadanos, dentro de la poltica Institucional de incentivo a los integrantes de la Institucin, por su esmerado trabajo en la funcin fi scal;

    Estando a lo expuesto y con la fi nalidad de brindar un servicio ms efi ciente y una pronta respuesta a los justiciables en la resolucin de sus casos se deben adoptar medidas que vayan orientadas a promover la descarga procesal, por ello es necesario designar un equipo de fi scales transitorios hasta el 31 de diciembre de 2014, para el cumplimiento de tal disposicin a efectos de lograr una efi caz reduccin de la carga procesal existente;

    Que, por necesidad de servicio y estando a las facultades concedidas por el artculo 64 del Decreto Legislativo N 052, Ley Orgnica del Ministerio Pblico;

    SE RESUELVE:

    Artculo Primero.- Dar por concluida la designacin del doctor BEDER SAL DVILA ASENJO, como Fiscal Adjunto Provincial Titular Penal de Lima Norte, Distrito Judicial Lima Norte, en el Despacho de la Novena Fiscala Provincial Penal de Lima Norte, materia de la Resolucin de la Fiscala de la Nacin N 126-2013-MP-FN de fecha 15 de enero de 2013.

    Artculo Segundo.- NOMBRAR al doctor BEDER SAL DVILA ASENJO, como Fiscal Provincial Provisional Transitorio del Distrito Judicial de Lima Norte, destacndolo a la Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Judicial de Lima Norte, con retencin de su cargo de carrera.

    Artculo Tercero.- Facultar a la Presidencia de Junta de la Fiscales Superiores del Distrito Judicial de Lima Norte, para que adopte las medidas pertinentes para el debido cumplimiento de lo dispuesto en la resolucin.

    Artculo Cuarto.- Hacer de conocimiento la presente resolucin, a la Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Judicial de Lima Norte, Gerencia

    General, Gerencia Central de Potencial Humano, Ofi cina de Registro y Evaluacin de Fiscales, y al interesado.

    Regstrese, comunquese y publquese.

    CARLOS AMRICO RAMOS HEREDIAFiscal de la Nacin

    1134569-3

    SUPERINTENDENCIA

    DE BANCA, SEGUROS Y

    ADMINISTRADORAS PRIVADAS

    DE FONDOS DE PENSIONES

    Autorizan a Financiera Uno S.A. la apertura de oficina especial y rectificacin de direccin de oficina especial Oechsle Pucallpa, ubicadas en los departamentos de Lima y Ucayali

    RESOLUCIN SBS N 5706-2014

    Lima, 27 de agosto de 2014

    LA INTENDENTE GENERAL DE BANCA

    VISTA:

    La solicitud presentada por Financiera Uno S.A. para que esta Superintendencia autorice la apertura de una ofi cina especial y la rectifi cacin de una direccin de una ofi cina especial, segn se indica en la parte resolutiva; y,

    CONSIDERANDO:

    Que, la referida Financiera ha presentado la documentacin pertinente que sustenta el pedido formulado;

    Estando a lo opinado por el Departamento de Supervisin Bancaria D; y,

    De conformidad con lo dispuesto por el artculo 30 de la Ley N 26702 Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgnica de la Superintendencia de Banca y Seguros, y la Resolucin N 6285-2013; y, en uso de las facultades delegadas mediante la Resolucin SBS N 12883-2009 y la Resolucin Administrativa SBS N 240-2013;

    RESUELVE:

    Artculo Primero.- Autorizar a Financiera Uno S.A., la apertura de una ofi cina especial, segn se indica:

    Ofi cina Especial Vea Milenia, situada en Av. Paseo de la Repblica N 3440, distrito de San Isidro, provincia y departamento de Lima.

    Artculo Segundo.- Modifi car la direccin de la ofi cina especial Oechsle Pucallpa, aprobada mediante la Resolucin SBS N 4221-2014, segn se indica:

    Ofi cina Especial Oechsle Pucallpa, Dice: Av. Centenario 365, distrito de Coronel Portillo, provincia Pucallpa y departamento Ucayali. Debe decir: Av. Centenario 365, distrito de Yarinacocha, provincia de Coronel Portillo y departamento de Ucayali.

    Regstrese, comunquese y publquese.

    PATRICIA SALAS CORTESIntendente General de Banca

    1134289-1

  • El PeruanoMartes 9 de setiembre de 2014532126


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