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Colombia entrega lo más preciado: sus niños y niñas. A propósito del debate sobre adopciones.
Ángela María Robledo Gómez
Contenido
Una reflexión previa. ............................................................................................... 2
1. Colombia en adopciones internacionales, una política deliberada e ilegal ....... 2
2. La adopción en Colombia ¿una práctica colonial? ......................................... 12
3. ¿Las casas de adopciones están bajo la urna de cristal? ............................... 17
Conclusiones y compromisos del debate .............................................................. 23
2
Una reflexión previa.
Vale la pena señalar que las adopciones en el mundo entero se han convertido
en una cuestión que despierta múltiples sensibilidades y enormes debates, por
ello algunos especialistas señalan que hoy en día no se trata de un hecho
exclusivamente jurídico, sino de procesos con profundas motivaciones éticas,
sociales y hasta políticas. En esta medida la adopción, a diferencia de lo que
ocurría con legislaciones previas a la Convención Internacional de los Derechos
del Niño en 1989, dejó de estar más orientada a garantizar los derechos de los
adoptantes, para privilegiar como principio rector el interés superior de niñ@s.
1. Colombia en adopciones internacionales: una política
deliberada e ilegal
¿Qué ha ocurrido en Colombia?
Las irregularidades que se pusieron en evidencia recientemente con las
denuncias en los procesos de adopción confirman que en el país no se les
permite a muchas familias pobres conservar a sus hijos, ni tampoco a muchas
familias colombianas tener prioridad para adoptar, como lo establece la
Convención de La Haya y ley 1098 de Infancia y Adolescencia (art 71) . Por
estas y muchas más razones la Procuraduría General de la Nación, inició un
proceso de vigilancia superior al Instituto Colombiano de Bienestar Familiar
(ICBF) y a las cinco (5) instituciones autorizadas para adelantar el Programa
de adopciones ubicadas en Bogotá, con el propósito de verificar el
cumplimiento de las obligaciones constitucionales y legales en relación con la
organización del Programa de Adopción a nivel nacional e internacional
(http://www.caracol.com.co/noticias/judicial/procuraduria-inicia-vigilancia-al-
programa-de- eadopcion-del icbf/20120416/nota/1670774.aspx)
Vale la pena recordar que nuestro país es reconocido por el alto número de
niñas y niños que entrega en adopción a familias en el extranjero….. Los datos
confirman de manera elocuente esta afirmación como se verá más adelante. Y
de quien hoy vamos a saber cuáles han sido los hallazgos y cuáles las
recomendaciones.
Ya es hora que el país en un debate abierto y público reflexione y conozca la
verdadera situación del Programa de adopciones en Colombia, el que debe
desarrollarse, como lo ordena la Constitución y el Código de Infancia y
3
Adolescencia, bajo “la suprema vigilancia del Estado” (art. 61) en cabeza del
ICBF como autoridad central en materia de adopciones (art. 62), desde el
principio del interés superior de la niñez. Tenemos muchas preguntas y hoy
queremos respuestas concretas: ¿Por qué se recurre a la adopción
internacional con preferencia, como vamos a ver en las cifras, a sabiendas que
solo se debe acudir a ellas cuando “no se puede encontrar una familia
adecuada en el país de origen”, (Convenio de la Haya y art. 71 del Código de
Infancia y Adolescencia)?
¿Por qué Colombia es uno de los tres países de América Latina que más ha
dado niños y niñas en adopción internacional durante los últimos 30 años?
¿Por qué las instituciones autorizadas para desarrollar el Programa, en
especial las Casas de adopción (IAPAS) cuentan con todos los dispositivos
para tal propósito, tales como: tienen los niños y niñas en protección, reciben
las solicitudes y seleccionan las familias, además manejan las donaciones con
total “autonomía” contradiciendo las recomendaciones de la Convención de La
Haya en la Comisión Especial que se llevo a cabo en el 2010, en la cual señala
que debe existir Procedimientos transparentes e independientes para
declarar la adoptabilidad y tomar decisiones respecto a la colocación de un
niño en adopción y no completamente concentrados como lo tiene Colombia.
¿Ha dejado el ICBF de ser la autoridad central del Programa, en la medida en
que ha entregado funciones y total autonomía a las ocho (8) casas de
adopción que operan en nuestro país?
¿El programa de adopciones protege el interés superior del niño, o por el
contrario protege y promociona otros intereses?
Veamos…
¿Cómo esta Colombia en las adopciones internacionales en el plano
internacional y mundial?
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Cuadro 1.
Los siete principales países emisores entre 1980 y 2010
Fuente: Datos estadísticos de la Comisión Especial de La Haya de 2010 y en estimaciones basadas en datos provenientes de los países receptores sobre el origen de los niños y niñas adoptados internacionalmente. Tomado de Selman, Peter (2012), “Tendencias Globales en adopción internacional: ¿En el “interés superior del Niño”?”, Scripta Nova, Revista electrónica de Geografía y Ciencias Sociales, Universidad de Barcelona, 15 de marzo de 2012.1
“¿Por qué países más pobres que Colombia no entregan a sus hijos en
adopción?"
Durante los últimos 30 años somos uno de los 7 países del mundo que más niños
y niñas hemos dado en adopción internacional.
¿Lo sabíamos?
Colombia está dentro de los siete principales países emisores entre 1980 a 2010
junto con Corea, China, India, Rusia, Etiopia, Vietnam y Guatemala. Cuadros
basados en los datos estadísticos de la Comisión Especial de la Haya de 2010 y
en estimaciones basadas en datos provenientes de los países receptores sobre el
origen de los niños y niñas adoptados internacionalmente.
A pesar de que hay tendencias globales en la adopción internacional 2001 – 2009
de disminución para el 2010, luego de un aumento constante desde la década de
los 90, como lo muestra la figura el cuadro 2.
1 Agradecemos la entrevista personal con el profesor Peter Selman, sociólogo de la Universidad
de Newcastle, el 12 de julio de 2012, quien nos brindó información valiosa para este debate. El
documento citado se encuentra disponible en: http://www.ub.edu/geocrit/sn/sn-395/sn-395-21.htm
1980-89 1998 2004 2010
Corea China China China
India Rusia Rusia Etiopía
Colombia Vietnam Guatemala Rusia
Brasil Corea Corea Haití
Sri Lanka Colombia Ucrania Colombia
Chile Guatemala Colombia Vietnam
5
El país que más ha participado en la adopción internacional es Corea con un total
de 160.000 niños y niñas entre 1953 a 2010.
Pero detengámonos en las cifras:
Cuadro 2.
Nueve países emisores de más de 10.000 niños y niñas en adopción internacional: 2003-2010 (en negrita los años con mayores cifras)
Año China Rusia Guatemala Etiopía
Corea del Sur
Colombia Ucrania Haití Vietnam
2003 11.229 7.743 2.677 854 2.287 1.750 2.049 1.055 936
2004 13.407 9.417 3.424 1.527 2.258 1.741 2.021 1.159 491
2006 10.745 6.776 4.232 2.172 1.899 1.639 1.046 1.096 1.370
2008 5.972 4.140 4.186 3.896 1.250 1.617 1.577 1.368 1.739
2009 5.085 4.033 799 4.596 1.125 1.413 1.516 1.238 1.506
2010 5.471 3.387 58 4.396 1.013 1.798 1.093 2.601 1.242
2003-10 75.149 47.856 24.099 22.221 13.197 13.059 12.903 10.258 10.177
El caso de Guatemala, es muy particular e interesante, dado que las adopciones
que eran en su mayoría para Estados Unidos fueron suspendidas en el año 2009,
después de que se revelará que los niños y niñas guatemaltecos eran vendidos en
gran escala, incluso se denunciaba, que algunos niños eran robados a sus
padres.(http://www.rnw.nl/espanol/article/guatemala-reabre-adopci%C3%B3n-de-
ni%C3%B1os-al-extranjero). Hechos que motivaron decisiones trascendentales en
el Congreso Guatemalteco, como fue la ley de adopciones (77 de 2007) y su
reciente decreto reglamentario 82 de 2010, el cual obliga al gobierno nacional a
preferir y promover las adopciones nacionales
Colombia en cifras está muy cerca con Corea del Sur y, Colombia supera a
Ucrania, Haití y Vietnam en enviar niños y niñas en adopción internacional. De
hecho, durante este periodo 2003 a 2010, Haití solamente nos supera en número
de adopciones internacionales como consecuencia de los niños y niñas que
quedaron afectados por el terremoto.
Es importante señalar en el caso de Corea, que es el país emisor de niños y
niñas más grande desde 1950 con 165.000 adopciones, “anunció planes para
poner fin a su programa de adopción internacional en 2012”, esta propuesta ha
sido especialmente impulsada por personas quienes fueron adoptadas y las
madres de nacimiento. En el 2007, por primera vez en muchos años en Corea,
hay más adopciones nacionales que internacionales, como igualmente está
6
ocurriendo en la India, cuyas adopciones nacionales ahora son más numerosas.
(Selman, 2012).
En Corea ya ha habido reuniones gigantescas de coreanos y coreanas que fueron
adoptados y regresaron para reencontrarse con sus familias de origen, quienes
recomiendan y exigen el cambio de legislación para que se privilegien a las
familias nacionales.
¿Qué tenemos que aprender de estas experiencias y de la tendencia mundial
frente al tema de las adopciones internacionales?
¿Es por el interés superior del niño o niña que tenemos un número tan alto de
adopciones internacionales?
Ahora miremos ¿cuáles son las cifras para América Latina?
En el 2008 solo 3 países Guatemala, Colombia y Haití se encontraban entre los
primeros doce países emisores de niños y niñas en adopción internacional y en el
2009-2010, solo Colombia y Haití.
Grafica 1.
0
500
1.000
1.500
2.000
2.500
3.000
3.500
4.000
4.500
2003 2004 2006 2008 2009 2010
Tres países latinoamericanos emisores de niños y niñas en adopción internacional: 2003-2010
Guatemala Colombia Haití
7
Colombia se ha mantenido como país de origen en un nivel constante con un
mayor número de adopciones internacionales en el 2010. Un país como Brasil solo
cuenta con 400 a 500 adopciones al año. La mayoría de ellos son niños y niñas
mayores de 7 años o con necesidades especiales. Perú, en 2010 tuvo 169 niños y
niñas entregados en adopción internacional; México 119 y el Salvador entrego
menos de 100. (Selman, 2012)
Cuadro 3.
Adopciones internacionales en América Latina
Año Guatemala Colombia Haití
2003 2.677 1.750 1.055
2004 3.424 1.741 1.159
2006 4.232 1.639 1.096
2008 4.186 1.617 1.368
2009 799 1.413 1.238
2010 58 1.798 2.601
2003-10 24.099 13.059 10.258
Fuente: Selman, 2012, Op. cit.
Nos seguimos preguntando:
¿Por qué países más pobres no entregan sus hijos y Colombia si?
Muchos sostienen que la tendencia mundial de disminución de adopciones
internacionales se debe no a las legislaciones de los países de origen, sino a
reacciones a los países receptores por los fraudes y la corrupción en los trámites
de adopciones, por tráfico infantil, o por la falta de garantías para su desarrollo.
Creemos que es ya hora para que revisemos las razones que tenemos para enviar
a nuestros niños y niñas en adopción al exterior, ¿realmente es eso lo que
queremos para ellos y ellas?, o más bien, es un problema que emerge de manera
esporádica en el ámbito público y no se ha abordado profundamente para buscar
erradicar las verdaderas causas del abandono de la niñez y las condiciones de
pobreza y miseria en la que viven millones de familias en el país. Lo cual se ve
agravado por una institucionalidad, que en ocasiones, se presta para adelantar
procesos amañados que violan principios éticos, incurren en francas
irregularidades al debido proceso, pasando por encima de los derechos
fundamentales y del interés superior de la niñez.
8
Las cifras confirman que Colombia entrega lo más preciado: sus niños y niñas. De
39.723 niños y niñas dados en adopción (1997-2011), casi el 60% (23.528) se
entregaron a familias extranjeras.
Veamos las gráficas.
Gráfica 2.
Peso de adopciones extranjeras en los 7 países que más exportan niñ@s-2010.
Fuente: Comisión Especial de La Haya de 2010 en Selman, 2012
Si se comparan las adopciones internacionales y nacionales de niños y niñas
colombianos/as se puede inferir que hay una política clara, en los últimos 10 años,
por parte del ICBF y de las casas de adopción para entregar niños y niñas en el
exterior. ¿Qué intereses se esconden?
0,0000%
0,0050%
0,0100%
0,0150%
0,0200%
0,0250%
0,0300%En proporción con la población, Colombia es el
tercer país del mundo que más “exporta” niñ@s
9
Gráfica 3.
Adopciones internacionales y nacionales de colombianos, 2001/2011
Fuente: ICBF, 2012
De acuerdo con las cifras suministradas por el ICBF, se evidencia que las
adopciones nacionales en los últimos 10 años han decrecido (-13%) y las
internacionales han aumentado (16%). A su vez, se nota claramente que las
adopciones nacionales en ese mismo periodo fue de 28.626 niños y niñas, de los
cuales casi el 60% (16.830) se entregaron a familias extranjeras y sólo el 41%
(11.796) a familias nacionales. Es decir, durante este período ha habido una clara
tendencia a privilegiar la adopción internacional que la nacional.
1219
982 10661175
1060
1066
1419
734
1696
1902
1600
1998
1647
0
250
500
750
1000
1250
1500
1750
2000
2250
2001 2002 2003 2004 2005 2006 2007 2008 2009 2010 2011
Nacionales
Internacionales
10
Gráfica 4a.
Crecimiento adopciones internacionales y nacionales de colombianos/as, 2001-2011
Fuente: ICBF, 2012.
Si se analiza el porcentaje de adopciones internacionales y nacionales por cada
casa de adopción los resultados siguen confirmando nuestra hipótesis: la entrega
de niños en el exterior quizás tiene un fuerte interés por parte de las casas de
adopción. Sigamos viendo datos para evitar cualquier discusión parcializada.
Gráfica 4b.
Adopciones IAPAS 1995-2010
Fuente: ICBF
12191066
1419
1647
0
250
500
750
1000
1250
1500
1750
2000
2250
2001 2002 2003 2004 2005 2006 2007 2008 2009 2010 2011
Nacionales
Internacionales+ 16%
- 13%
Internacionales
Nacionales
El 60% de las adopciones en los
últimos 10 años son a familias
extranjeras
IAPASAdopciones
Nacionales
Adopciones
Extranjeras
% A. extranjeras vs
totalTotal Paises Receptores
Pisingos 252 2426 91% 2678 USA, Suecia, Francia
Fana 405 1935 83% 2340 USA, Francia
Cran 219 1174 84% 1393 USA, Holanda
Casa de María y el Niño (Medellín) 66 1109 94% 1175 USA, Italia y Suecia
Casa de la Madre y el Niño (Btá) 245 945 79% 1190 Italia, Francia
Chiquitines 95 893 90% 988 USA, Francia
Ayúdame 65 852 93% 917 USA, Dinamarca, Holanda
Casita de Nicolas 227 490 68% 717 USA
Total 1574 9824 86% 11398
Adopciones IAPAS 1995-2012
11
El grave problema es que esta práctica es ilegal dado que contraviene lo
establecido en la Convención de La Haya2 sobre adopciones, la Constitución de
1991 y el Código de Infancia y Adolescencia (art.71), normatividad internacional y
nacional en la cual se ordena dar prioridad a las familias nacionales frente a las
extranjeras. Llama la atención el crecimiento de las adopciones internacionales en
el 2010 y coincide con la suspensión de las adopciones de Guatemala. Pareciera
ser que Colombia entra a suplir las necesidades de adopción internacional dejadas
por Guatemala y otros países en el ámbito internacional.
Si se revisa la lista de espera de familias tanto nacionales como extranjeras que
han presentado solicitudes para adoptar, se evidencia la asimetría de las mismas..
A diario se conocen muchos casos de familias nacionales que queriendo adoptar
un niño o niña encuentran tantas dificultades que desisten por la cantidad de
obstáculos y barreras que encuentran en el proceso. Y así poder argumentar que
las familias nacionales no tienen interés en adoptar, pareciera que ese
efectivamente es el propósito. Las familias colombianas terminan desistiendo para
evitar humillaciones, papeleos y discriminaciones.
La siguiente tabla, suministrada por el ICBF ilustra la anterior tesis.
2 Convenio relativo a la Protección del Niño y a la Cooperación en materia de Adopción Internacional. La Haya mayo 1993. Convenio ratificado por Colombia.
12
Gráfica 5.
Lista de espera de familias a adoptar
Fuente: ICBF 2012
Niños y niñas con necesidades especiales dados en adopción del 2002 al
2011.
Una de las razones que se argumentan a la hora de privilegiar las familias
extranjeras, se dice, es que las familias colombianas difícilmente acogen en sus
hogares a niños y niñas con necesidades especiales, pero las cifras dan cuenta
que en el periodo comprendido entre el 2002 al 2011 un 23%, o sea 6.342 niños y
niñas dados en adopción tenían estas limitaciones, de un total de 25.988 niños y
niñas.
2. La adopción en Colombia ¿una práctica colonial?
Podríamos plantear que una de las razones por las cuales se prefiere a las
familias extranjeras frente a las nacionales para entregar los niños en adopción,
tiene que ver con la profunda desconfianza que las élites colombianas y los
funcionarios han mostrado de tiempo atrás hacia las capacidades que tienen las
familias, en especial las más pobres para criar y educar a sus hijos.
225
2859
0
500
1000
1500
2000
2500
3000
3500
Residentes en Colombia Residentes en el extranjero
¡12 veces
más!
13
La investigación adelantada por Javier Sáenz, Oscar Saldarriaga y Armando
Ospina (1997) “Mirar la Infancia: pedagogía, moral y modernidad, 1903-1946”,
plantea que en el proyecto de modernización en Colombia a principios del siglo
XX, tuvo como punto de referencia el desarrollo de las disciplinas científicas de
países como EEUU y Europa. Para los pedagogos activos de la época “… la
clave del progreso de la nación residía en la apropiación de saberes, instituciones
y técnicas de estos países” (Sáenz, Saldarriaga y Ospina, p.10).
Pedagogos reformistas como Miguel Jiménez López, Rafael Bernal Jiménez,
Gabriel Anzola Gómez, partían de la imagen pesimista de la raza y desconfianza
en el individuo en especial en los pobres, las mujeres y los niños, “…las
consideraban afectadas por profundas y gravísimas patologías físicas, mentales,
morales y sociales y, por lo tanto, privilegiaron opciones de las reformas
educativas de carácter remedial o “defensivo”” (p. 11). Para estos pedagogos, de
la defectuosa conformación de la raza se derivaban los males intelectuales,
morales y sociales del país. Por lo tanto un proyecto de modernización en
Colombia exigía intervenir en la “degeneración de la raza” a través de políticas y
programas de emergencia para vigorizar biológica y fisiológicamente al pueblo
colombiano. Estos proyectos se dirigieron fundamentalmente a los pobres, a la
infancia, a las familias y a la escuela.
Los intelectuales reformistas consideraban que la infancia en Colombia, etapa de
especial fragilidad y vulnerabilidad al medio, estaba plagada de de peligros y
enfermedades que los afectaba especialmente, también de malos ejemplos
físicos, morales, intelectuales y sociales. Las familias del pueblo mostraban
procesos de desintegración y los padres no eran modelos dignos de ser imitados.
La imagen de estas familias, se reiteraba al referirse a las familias pobres como
conformadas por: “…padres viciosos, vagos, violentos y promiscuos y que
explotaban a sus hijos” (Saenz, Saldarriaga y Ospina, p. 33).
Se sospechaba de la capacidad de estas familias para formar moralmente a sus
infantes. Esta desconfianza había estado presente frente a indígenas y negros,
ahora se extiende a las familias y los niños en general. Es sobre la desconfianza
en el pueblo, la desconfianza en el individuo y la desconfianza en la niñez, sobre
la cual se desarrolla toda una tarea que podríamos llamar de ortopedia social,
para convertir a la niñez y la juventud en los motores del proyecto de la
modernidad en Colombia. “La riqueza de un país no consiste en sus bancos, ni en
sus ferrocarriles, ni en la potencia de sus industrias, sino que reside, única y
exclusivamente en las características del pequeño ciudadano” ((Vasco, 1956) “El
breviario de la madre”, Medellín, Editorial Bedout). En palabras de Alberto
Martínez “…cuando los pobres son encerrados-y con mayor razón si se trata de
14
niños pobres- aparecen nuevas formas de tratamiento que hacen de los niños su
epicentro y el objeto no tanto del saber como de disciplina y el encauzamiento” (p.
6).
Estos argumentos eran presentados por los pedagogos y políticos de principios
del siglo XX, pero lo que vemos hoy, nos permitiría afirmar que esta desconfianza
aún está presente y que en estas condiciones la adopción en Colombia se ha
convertido en una práctica más de colonización, la cual puede tomar una
apariencia más sutil, dado que los argumentos que la justifican se cubren con
“ropaje jurídico” y el interés superior del niño.
Familias colombianas en pobreza
En Colombia, según Planeación Nacional, una de cada tres personas en Colombia
es pobre (30,7%). Es decir, al menos 14 millones de personas son pobres. De los
trece millones de hogares que hay en Colombia 4 millones son pobres, si
suponemos, como lo hace el DANE, que en promedio por hogar en Colombia hay
3,6 personas. Es decir uno de cada tres hogares en Colombia es pobre.
Como se ha demostrado en muchos países, la mejor política para evitar el
abandono y las adopciones es una política fuerte de apoyo y trabajo con las
familias.
Es fundamental recordar que la adopción es sólo una las posibilidades entre las
siete (7) propuestas en el ley 1098 de 2006, como medida de restablecimiento de
derechos (art.53) y está relacionada con la tercera que establece la ubicación
“inmediata” en medio familiar. Del mismo modo el art.56 es taxativo, en privilegiar
la “ubicación” en la familia de origen o extensa.
Ya desde 1960 en encuentros realizados en Suiza, en 1978 en Ginebra se
recomendaba, como hoy lo hacen los mismos adultos coreanos que fueron dados
en adopción internacional, que “la elección de los adoptantes, debe recaer en
una pareja del país del niño” (p. 222).
De esta manera, la Convención de La Haya de 1993 y el Código de Infancia y
adolescencia de 2006, las recogen y señalan:
1. Prioridad, lograr que los niñ@s permanezca en su familia natural.
2. Agotadas todas las posibilidades en país de origen, la adopción internacional
debe abrirse como una posibilidad. “La adopción entre países constituye una
nueva fenomenología que prácticamente ha desbordado el marco legal existente,
siendo cada día mayor las lagunas y colisiones” (p.223). No sólo se presentan
15
dificultades de orden normativo sino sociocultural, siendo éstas últimas las más
importantes.
¿Qué pasa entonces en Colombia?, no solamente estamos incumpliendo la
normatividad nacional e internacional, a la jurisprudencia de la Corte, sino y
fundamentalmente le estamos incumpliendo a los niños y niñas colombianos.
La Corte Constitucional en Sentencia 572 de 2009, resalta el papel del Estado
en la protección de los niños y las niñas, así:
“…La familia, en tanto que núcleo fundamental de la sociedad, debe ser protegida
de manera integral por el Estado”, en consecuencia e independientemente de la
definición de familia que tengamos, continua la Corte, “…las autoridades públicas,
en tanto que se está ante un derecho fundamental, deben abstenerse de adoptar
medidas administrativas o judiciales que, en el práctica, impliquen violar la unidad
familiar, so pretexto, por ejemplo, de amparar los derechos fundamental de
alguno de sus integrantes”. En consecuencia “la acción estatal no puede
encaminarse exclusivamente hacia la implementación de medidas de
restablecimiento de derechos (ubicación del menor en centro de emergencia,
hogares de paso, adopción, etc.), en tanto que mecanismos legítimos y necesarios
dirigidos a proteger los derechos de los niños frente a peligros o amenazas
verdaderamente reales contra sus derechos fundamentales, sino que igualmente,
y de manera prioritaria, debe encausar su accionar, presupuestal y burocrático,
hacia la puesta en marcha de medidas que, como se ha señalado, les faciliten a
los padres poder cumplir con sus deberes constitucionales y legales (….) y al
mismo tiempo, suplir las necesidades económicas del núcleo familiar” (el
subrayado y resaltado es nuestro).
Considero que estamos haciendo la tarea “más fácil”, entregar los niños en
adopción internacional. No hemos asumido la mayor responsabilidad que tiene el
Estado de contar con un Sistema de Protección integral de la niñez y la familia,
fortalecido y un Sistema de Bienestar Familiar en funcionamiento.
Colombia no cuenta con una Política Pública para las familias, a través de la cual,
entre muchas otras cosas, puede fortalecer la adopción de las familias nacionales.
Pero principalmente debe dársele cumplimiento a la prioridad de garantizar
mantener al niño o niña en las familias de origen o la prelación de las solicitudes
presentadas por familias colombianas y solo acudir a la adopción internacional
cuando “no se puede encontrar una familia adecuada en el país de origen”
(art.71 de la ley 1098 de 2006). La adopción se ha convertido es en un castigo a la
pobreza.
¿Dónde quedan los derechos que tienen las familias?
16
Y dónde las políticas públicas y las instituciones que promuevan y trabajen por la
unidad familiar?
Los aprendizajes de Guatemala pueden ser un referente importante para nosotros.
En este país se tomo la decisión de reconocer el alto número de adopciones
irregulares, se volvió “un negocio rentable, que convirtió a nuestros niños en
mercancías de exportación, desvirtuando así el verdadero espíritu de una
institución… como es la adopción” (Presentación de la ley de adopciones decreto
77 de 2007). Ley en la cual expresamente se establece que “la situación de
pobreza o extrema pobreza de los padres no constituye motivo suficiente
para dar en adopción a un niño” (art.6)
Además la Corte Constitucional señala en la sentencia T - 887 de 2009 acerca
del respeto del debido proceso para garantizar los derechos de las familias:
“(…) existe, en principio, una presunción a favor de mantener el vínculo
recíproco entre los padres biológicos y sus hijos o hijas. Esta presunción
también es respaldada por los tratados internacionales sobre derechos humanos.”
(…) la presunción a favor de la familia biológica solo puede ser desvirtuada por
medio de argumentos poderosos, relacionados con la ineptitud de la familia
biológica para asegurar el bienestar del niño o de la niñas; (…) y únicamente
cuando (…) se tienen en cuenta los trámites previstos en la legislación bajo
estricto respeto de las garantía del debido proceso y observancia de los
derechos constitucionales fundamentales de las personas involucradas.”
(Resaltado y subrayado nuestro).
Principios que al parecer y atendiendo las denuncias que se han realizado
públicamente, se han vulnerado en algunos casos en nuestro país y, éstos
presupuestos y su cumplimiento, son los soportes fundamentales antes de
pensarse en la adopción internacional.
A propósito de nuestra pregunta, vale la pena recordar los planteamientos del
profesor Emilio García Méndez, cuando señala que: la vida de niñ@s en especial
los más pobres, terminará resolviéndose en términos jurídicos, y en muchos casos
criminalizándose, acentuándose la concepción de la infancia como una etapa de
protección, vigilancia y castigo.
Hoy en nuestro país, coexisten al menos dos condiciones de niñez: niños y niñas
que pueden gracias a sus condiciones materiales, sociales, psicológicas ejercer
una ciudadanía cultural, social y aquellos considerados aún “menores” cuya
ciudadanía está tutelada, bajo sospecha y constantemente intervenida desde la
violencia y las distintas formas de exclusión, defensores y jueces.
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Desde temprana jurisprudencia la Corte Constitucional ha entendido que:
“la familia no puede ser desvertebrada en su unidad ni por la sociedad ni por el
Estado, sin justa causa fundada en graves motivos de orden público y en atención
al bien común y sin el consentimiento de las personas que la integran, caso en el
cual dicho consenso debe ser conforme al derecho” (en sentencia 572 de 2009).
El Consejo de Estado, en sentencia del 2 de septiembre de 2009, al momento
de determinar la existencia de perjuicios morales, indicó lo siguiente:
“la familia no sólo se constituye por vínculos jurídicos o de consanguinidad, sino
que puede tener un sustrato natural o social, a partir de la constatación de una
serie de relaciones de afecto, de convivencia, de amor, de apoyo y solidaridad,
que son configurativas de un núcleo en el que rigen los principios de igualdad de
derechos y deberes para una pareja, y el respeto recíproco de los derechos y
libertades de todos los integrantes. En esta perspectiva, es posible hacer una
referencia a las acepciones de “padres (papá o mamá) de crianza, “hijos de
crianza”, e inclusive de “abuelos de crianza”, toda vez que en muchos eventos las
relacione de solidaridad, afecto y apoyo son más fuertes con quien no se tiene
vínculo de consanguinidad, sin que esto suponga la inexistencia de los lazos
familiares, como quiera que la familia no se configura sólo a partir de un nombre y
un apellido, y menos de la constatación de un parámetro o código genético, sino
que el concepto se fundamenta, se itera, en ese conjunto de relaciones e
interacciones humanas que se desarrollan con el día a día, y que se refieren a ese
lugar metafísico que tiene como ingredientes principales el amor, el afecto, la
solidaridad y la protección de sus miembros entre sí, e indudablemente también a
factores sociológicos y culturales”.
3. ¿Las casas de adopciones están bajo la urna de cristal?
Todos los dispositivos jurídicos y administrativos se encuentran al servicio de las
casas de adopciones.
Resalto, como primer punto de este capítulo que hay un fácil acceso, por internet,
a la información publicitaria de las casas de adopciones y de los tramites y pasos
para adoptar niños en Colombia desde el extranjero. Hay toda una estrategia
comercial muy sólida para publicitar la adopción de niños y niñas colombianas
sobre todo en el exterior, los cuales muchas veces incluyen los sitios de
alojamiento, el transporte (taxis), los guías turísticos para el tiempo de estadía en
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el país, en fin preparan todo el paquete para el trámite correspondiente de la
adopción.
Por eso nos preguntarnos, ¿Quiénes más se lucran con la adopción
internacional?
Este hecho contrasta de manera sobresaliente con el hermetismo casi total de la
información financiera de las casas de adopción. Hace más de un año estamos
pidiendo los ingresos, cuantía de donaciones, egresos y rendimientos de cada
casa de adopción en Colombia, a su vez hemos pedido el destino de los ingresos
y donaciones de las casas de adopciones. No nos ha llegado esa información. La
hemos buscado por diferentes medios legales y ha sido imposible obtenerla. Esta
información se constituye en objeto de un derecho y en consecuencia debe ser
suministrada a cualquier ciudadano o ciudadana colombiana, en la medida que las
casas de adopción (IAPAS) manejan recursos públicos. Recursos públicos
destinados a garantizar los derechos más sagrados de Colombia, los derechos de
los niños, niñas especialmente.
Claramente las casas de adopción no están en la urna de cristal.
El primer pantallazo de las principales páginas web de adopciones desde el
extranjero de niños o niñas colombianas son los siguientes. Basta buscar en
google y con dos clics ya se tiene toda la información disponible.
http://directory.adoption.com/international/Colombia.html
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http://www.conexioncolombia.com/como-adoptar-un-nino-en-colombia
http://adoption.state.gov/country_information/country_specific_info.php?country-select=colombia
Se pueden revisar también los siguientes links:
http://www.conexioncolombia.com/como-adoptar-un-nino-en-colombia
http://www.rainbowkids.com/countries/CountryGuideLines.aspx?id=63
http://www.theadoptionguide.com/options/adoption-from-colombia
http://adoptiva.foroactivo.info/t417-para-los-que-pensabamos-que-la-adopcion-en-
colombia-ofrecia-garantias
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http://dartnell-
orozco.com/CASAS%20DE%20ADOPCION%20DIRECCIONES%20Y%20CONTACTOS.html
http://adopciones.espacioblog.com/post/2006/09/10/adoptar-colombia
http://asatlas.org/
Veamos, como segundo punto de este capítulo, cuál es el trámite de adopciones
en Colombia. El siguiente esquema resume como todas las funciones de la
adopción están concentradas en las llamadas IAPAS (Instituciones Autorizadas
por el ICBF para desarrollar programas de Adopciones en Colombia) –conocidas
como casas de adopción- y se pueden asimilar a un modelo de integración
vertical o financiera análogo al del sistema de salud que tanto daño ha hecho en
este país.
Gráfica 6.
Modelo de adopciones Colombia: Un negocio redondo y centralizado en las IAPAS
Construcción propia
La Convención de La Haya señala que el proceso de adopción se debe adelantar
de manera independiente y transparente. Pues bien, en nuestro país todo se
encuentra concentrado y contralado directamente en la casas de adopción así:
cuentan con los niños y niñas bajo su protección, las solicitudes de adopción les
llega directamente, del mismo modo, realizan el proceso de selección de las
familias dado que cuentan con los Comité de adopciones, y mediante un defensor
de familia, asignado por el ICBF, definen la adopción de los niños y niñas. Todas
estas instancias están bajo la dirección de las casas de adopción como lo expresa
la siguiente comunicación (mayo 2012) que recibimos de un profesional que
trabajo en una de las IAPAS.
PROTECCION: Iapas
SELECCIÓN DE FAMILIAS : Comité
de adopciones
DECISIÓN: Defensor de
Familia
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Este modelo es completamente contrario al que se aplica hoy en Guatemala, allí
todas las instancias son independientes, son revisadas y supervisadas y cada
faceta tiene como responsable una institución no controlable por las casas de
adopción. Se garantiza transparencia y rendición de cuentas. Se asume la
adopción como un derecho y no como un negocio de integración financiera.
Gráfica 7.
Modelo de adopciones en Guatemala: Transparente e independiente
Construcción propia
Bajo el modelo de adopción guatemalteco la protección está a cargo de entidades
privadas que tienen exclusivamente esa función. Por otra parte, existen los jueces
de niños, niñas y adolescentes que dictan las sentencias de adoptabilidad de
acuerdo con la situación de ellos y ellas. Luego, el Consejo Nacional de
Adopciones, que es el organismo rector sobre adopciones en Guatemala,
desarrolla el proceso administrativo de la adopción, el cual recibe las solicitudes
de las familias interesadas, las estudia y cuenta con el Comité de adopciones para
seleccionar la familia más indicada para cada niño o niña. Y finalmente, en otra
instancia hay un juez de familia que revisa todo el procedimiento y, si todo se
encuentra en regla, hace la homologación del proceso. De esta manera no se
concentran las decisiones, es difícil coptar el proceso y realmente se da
cumplimiento al principio de garantizar el interés superior del niño o niña.
¿Por qué no asumir este modelo que ha sido eficiente y transparente?
Las entrevistas publicadas en diversos medios de comunicación confirman el
modelo antes expuesto.
3. Selección de
familia: Consejo Nal. Adopciones
(Comité)
1. Protección: Entidades privadas
2. Decisión: Jueces de
NNA
4. Revisión: jueces de
familiaDictan sentencias de adoptabilidad
Verifica procedimiento y
homologa adopción
Proceso administrativo de
adopciones
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Sobre el particular, nos preguntamos ¿qué traducen las respuestas del director del
ICBF: (Cfr. http://www.semana.com/nacion/icbf-esta-amenazado/175883-3.aspx )
“SEMANA: ¿Qué está pasando con las adopciones de niños en
Colombia?
D.M.: Esta es una buena oportunidad para que el país piense y defienda la
adopción como una medida importante que permite reconstruir la vida y los
derechos de los niños, lo que no significa que no podamos perfeccionar
nuestros procedimientos o procesos. Por ejemplo, debemos adoptar lo
aprobado en convenciones internacionales, como la de La Haya, o la
relación que tiene el ICBF con las entidades particulares de adopción.”
¿Siendo la Convención de La Haya una obligación internacional para garantizar
los derechos de las niñas y los niños dentro del Programa de Adopciones, por qué
no se han adoptado? ¿Dónde queda el principio de prevalencia de los
derechos de los niños y niñas que el ICBF tiene la obligación no solo de
exigir sino de cumplir?
“SEMANA: ¿Qué opina de que algunas casas privadas de adopción
pidan donaciones?
D.M.: No estamos cuestionando el papel ni la labor que realizan las casas
privadas, pero nos preocupa el manejo de esas donaciones. Los
servicios legales de una adopción son públicos, pero la convención de La
Haya recomienda que las donaciones vayan a un fondo común. Eso sería lo
ideal, que todo vaya a una sola cuenta, administrada o supervisada por el
ICBF, y de la cual se financie a las casas privadas de adopción.” (Resaltado
nuestro)
Nos preguntamos, ¿por qué no lo hace, si el ICBF es la autoridad central
sobre el tema?
A nosotros, éste Congreso, la sociedad colombiana, la opinión pública también
nos preocupa que el tema no se discuta, no se revise, no haga parte de los
debates nacionales, cuando lo que está en “juego” es la vida de seres humanos, y
nada más y nada menos que las decisiones sobre la vida de los niños y niñas
colombianos?
¿Qué intereses se mueven allí? ¿Qué intereses hay para que Colombia sea de los
siete países en el mundo que más entrega niños y niñas en adopción
internacional?
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En la Investigación conjunta sobre Adopciones Internacionales (Adelantada por:
DNI. Defensa de los Niños-Internacional; Terre des Hommes; Servicio Social
Internacional) señala que algunos países prohíben expresamente a las agencias
de adopción obtener beneficios, dado que se mencionan honorarios elevados para
algunos agentes, en especial los abogados.
Suiza dice: los niños cuestan 20.000 dólares.
Alemania: las sumas entregadas están entre 15.000 y 40.000 dólares.
Canadá: sumas exigidas para sobornos destinados a responsables oficiales en
otros países, entre 15.000 y 20.000 dólares.
Conclusiones y compromisos del debate
1. Es prioritario la revisión y ajuste al Programa de Adopciones en
Colombia teniendo en cuenta las recomendaciones de la Comisión
Especial de la Convención de La Haya – 20103 para proteger a los niños
y niñas y a sus familias contra los riesgos de adopciones internacionales.
2. Del mismo modo la Convención sobre los Derechos del Niño, en el 54 °
periodo de sesiones (mayo - junio 2010) al examinar el Informe presentado
por Colombia, expresamente sobre adopciones dijo:
“Al Comité le preocupa que el Instituto Colombiano de Bienestar
Familiar no administre oficialmente todas las adopciones
internacionales. Además, el Comité está preocupado por la práctica de las
casas de adopción privadas para mujeres embarazadas, que puede influir
en el consentimiento informado de estas mujeres para dar en adopción y
fomentar la venta de niños para la adopción.” (el subrayado en nuestro)
Y el Comité le reitera al Estado Colombiano que: “…garantice que la
gestión de todas las adopciones nacionales e internacionales esté a cargo
del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar, que ha sido declarado la
autoridad competente de conformidad con el artículo 21 de la Convención”
3 Fuente:http://www.hcch.net/index_es.php?act=text.display&tid=45 tomado el 8 de agosto de 2012
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Igualmente, el Comité recomienda que el “…Estado parte prohíba la
adopción mediada por las casas de adopción privadas para mujeres
embarazadas donde pueden venderse niños con fines de adopción.”
3. Que el ICBF se comprometa a que los niños y niñas colombianos se
queden en Colombia, en cumplimiento de las normas nacionales e
internacionales.
4. Que el ICBF realice una auditoría a las Casas de Adopción y a sus
instituciones paralelas y, cruce la información recibida por concepto de
donaciones que han entregado las familias adoptantes.
La Comisión Especial de la Convención de La Haya (2010) llama la atención
principalmente sobre los elementos fundamentales en todo sistema
adecuadamente regulado de adopciones internacionales y que consideramos
debe ser revisado de manera URGENTE en el caso colombiano.
1. Procedimientos transparentes e independientes para declarar la
adoptabilidad y tomar decisiones respecto a la colocación de un niño
en adopción.
En Colombia, como lo dijimos al comienzo de este debate, las casas de
adopción cuentan con todos los dispositivos para manejar discrecionalmente
las solicitudes de las familias, los niños y niñas que tienen bajo su protección,
la selección de las familias y asignan en adopción los niños y niñas con
defensores de familia que están asignados específicamente para ellas.
¿QUE TRANSPARENCIA E INDEPENDENCIA EXISTE COMO ESTA
ESTABLECIDO?
Se ha delegado en las 8 casa de adopción toda la responsabilidad frente al
tema.
2. Respeto estricto de los requisitos para otorgar un consentimiento libre
e informado a la adopción.
En las denuncias que se han presentado a los medios de comunicación dan
cuenta de presuntas irregularidades al lograr el consentimiento libre e
informado. En la medida que en la mayoría de los casos se trata de las familias
en mayores condiciones de vulnerabilidad y pobreza, con poco o nada de
posibilidades de educación o analfabetas en otros casos, quienes muchas
veces no conocen sus derechos frente a las consecuencias que implica la
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adopción y en difícilmente tienen la capacidad de exigir el cumplimiento del
debido proceso en relación con los derechos que tienen las familias.
Caso: Gemelas que fueron entregadas en adopción sin autorización de
padres.http://www.eltiempo.com/archivo/documento/CMS-11242402
Las dos niñas son hijas de una pareja de desplazados de Bolívar. Los tiene
una pareja de españoles. Gemelas fueron entregadas en adopción sin
autorización de padres
En el caso colombiano no se cumple dado que todo está concentrado en las
casas de adopción. Como lo manifiesta el mismo director del ICBF:
3. Tasas y gastos regulados, razonables y transparentes:
4. Conocimiento de la opinión pública de estos temas.
En nuestro país solo se pone en la agenda pública cuando se reciben las
denuncias de los mismos niños o niñas que fueron adoptados y, que ya
siendo adultos, quieren conocer realmente cual fue su pasado y porque
fueron dados en adopción.
Para ello se cuenta con:
1. Guía de buenas prácticas No.1 “La puesta en práctica y el funcionamiento
del Convenio de la Haya de 1993 sobre adopción internacional”
2. Guía de buenas prácticas No.2 “acreditación y organismos acreditados para
la adopción: Principios generales y Guía de buenas prácticas, borrador que
fue comentado en la Comisión Especial de 2010
3. La aplicación de las salvaguardas del convenio.
Algunas otras recomendaciones:
5. Preparación específica a los futuros padres adoptivos sobre la cultura y el
idioma que manejan los niños y niñas.
6. Se recomienda imperiosamente proporcionar información a los jueces y
otras autoridades o personas que ejerzan funciones previstas en el
Convenio.
7. Cumplimiento de los informes posteriores a la adopción.