Bélgica retira a última hora la eutanasia a un violador y asesino Van Den Bleeken había solicitado poner fin a sus días al considerarse incurable Los médicos deciden finalmente que el preso ingrese en un psiquiátrico EL PERIÓDICO / BRUSELAS
MIÉRCOLES, 7 DE ENERO DEL 2015
AP / HERMAN RICOUR
Frank Van Den Bleeken, durante una comparecencia en un juzgado de Bruselas en noviembre del 2013.
Frank Van Den Bleeken, un ciudadano belga que se halla en prisión desde
hace casi 30 años por variosdelitos de violación y un asesinato, no será
sometido finalmente a laeutanasia que había solicitado y que estaba previsto
que se le aplicara el día 11 en la cárcel de Brujas, según informó ayer el Gobierno
federal. El ministro de Justicia, Koen Geens, alegó que esa había sido la decisión
definitiva de los médicos y apeló al «secreto profesional» para no revelar el
motivo esgrimido. Bélgica es desde el 2002 uno de los pocos países del mundo
que permiten la asistencia activa para poner final a la vida en casos de
«constante e insoportable sufrimiento físico o psicológico».
Con anterioridad, el hombre, de 51 años, se había dirigido a los jueces para
obtener la autorización de la eutanasia y en septiembre había cerrado un
acuerdo con el ministerio. Un dictamen psiquiátrico adujo que no había
ninguna esperanza de que su enfermedad terminara.
Sin embargo, Geens anunció ayer que el preso será transferido a un psiquiátrico
en Gante y que, más adelante, podría acabar en un centro en Holanda
especializado en estancias de larga duración. El Gobierno belga, añadió, no tiene
poder para autorizar o prohibir la eutanasia individual, «una decisión que
depende solo de la profesión médica».
Van Den Bleeken es tratado desde hace años por psiquiatras, que coinciden en
afirmar que está enfermo psíquicamente y sufre en prisión. El preso es también
consciente de que, sin una terapia adaptada a sus necesidades, continuará
siendo un riesgo para la sociedad. De hecho, considerándose incurable, lo
primero que había solicitado era el ingreso en una institución especializada
holandesa, pero el traslado se denegó.
DEBATE SOCIAL
El caso había suscitado un debate sobre la incapacidad de Bélgica para
proporcionar cuidados adecuados a este tipo de presos. El ministro dijo que el
objetivo del internamiento de Van Den Bleeken en el psiquiátrico de Gante es
que se observe allí al preso para desarrollar una terapia adaptada a sus
necesidades y que, dentro de este marco, existen también contactos con la
Secretaría de Estado de Justicia de Holanda. También anunció que presentará
en breve un plan para desarrollar en Bélgica «capacidades concretas de
acogida» de este tipo de enfermos. Incluso los movimientos favorables a la
eutanasia habían denunciado el caso como una perversión de la ley. «Sería una
especie de pena de muerte encubierta, amparada en la falta de inversión del
Estado en la atención adecuada», criticó el presidente de la Liga Belga de
Derechos Humanos, Alexis Deswaef.
¿Debe permitirse la eutanasia y el suicidio asistido? El reciente suicidio asistido de Brittany Maynard puso de nuevo en el tapete la discusión sobre la legalidad de la eutanasia como remedio final para pacientes en sufrimiento
ESCRITOR INVITADO 26 NOVIEMBRE, 2014 A LAS 10:22
¿Debe permitirse la eutanasia y el suicidio asistido? El reciente suicidio asistido de Brittany Maynard puso de nuevo en el tapete la discusión sobre la legalidad de la eutanasia como remedio final para pacientes en sufrimiento
ESCRITOR INVITADO 26 NOVIEMBRE, 2014 A LAS 10:22
Todos tenemos derecho a una muerte tranquila
Por Matthew Hayes
Durante los últimos años de su vida, mi abuela no quería seguir viviendo.
Sufría de una avanzada enfermedad cardíaca e insuficiencia renal. Luego
de batallar contra una infección bacteriana adquirida en la cirugía, quedó
débil y confundida; una sombra de la mujer que solía ser. No podía cuidar
de sí misma. Abandonar la casa se convirtió en algo peligroso. Ser la
anfitriona de las cenas de los domingos, una tradición de casi 50 años, se
convirtió en demasiado trabajo. Perdió todas las cosas que le hicieron la
vida agradable. Y ella ya no quería vivir.
Hablé seguido con ella acerca de su deseo de morir. La vida ya no valía la
pena sin autonomía, me dijo. Quería morir feliz y con algo de dignidad.
Pero vivíamos en el Estado de Nueva York, donde el suicidio asistido por
un médico no es una opción. No podía terminar con su vida por sus
propios medios, entonces, en lugar de eso, sufrió.
Un golpe que la paralizó. Una pérdida masiva de sangre después de un
angiograma. Diálisis. Hospitalización constante. Maltrato del personal.
Mes tras mes se hundía cada vez más en la desesperación.
En la mañana del 21 de mayo de 2011 recibimos una llamada del hospital.
El final estaba cerca. Cuando llegamos estaba acostada en la cama del
hospital, inconsciente, con la cara apretada de dolor. Estaba rodeada de
su familia y amigos, pero no podía decir adiós. La muerte se la llevó
lentamente, de manera agonizante, hasta que finalmente dejó escapar su
último aliento. Tras casi dos años, su sufrimiento finalmente había
acabado.
Esta historia no es única. Es la historia de un sinnúmero de pacientes con
enfermedades terminales que quieren acabar con su vida dignamente.
¿Por qué debemos obligar a la gente a soportar tamaño dolor físico y
emocional? ¿Hay alguna manera mejor?
En 1997, en el Estado de Oregon se aprobó la Ley de Muerte Digna, que
permitió a los pacientes con enfermedades terminales dar fin a sus vidas
mediante el uso de medicamentos letales vendidos bajo prescripción
médica. Una vez recibidos, los individuos deciden cuándo tomarlos, si lo
desean.
Desde entonces, 1.173 pacientes han elegido participar en el programa. De
ellos, el 65% ha optado por morir. Hoy, en cuatro Estados de Estados
Unidos y en tres países del mundo —Países Bajos, Bélgica y
Luxemburgo— es legal el suicidio asistido. Si bien es un gran comienzo,
no es suficiente. Los médicos de todo el mundo deberían poder ofrecer la
eutanasia a los pacientes con enfermedades terminales.
Esto no quiere decir que la muerte asistida no debe ser regulada. Las leyes
deben ser bien delimitadas y específicas. Los sistemas regulatorios deben
estar en su lugar para frustrar la eutanasia involuntaria y evaluar las
enfermedades psiquiátricas. Las prácticas y medicaciones deben ser
actualizadas de manera rutinaria para reflejar los nuevos avances y
conocimientos.
A pesar de estos esfuerzos, debemos recordar que no todo sistema es
infalible y que siempre habrá consecuencias indeseadas. Sin embargo,
estos riesgos por sí solos no garantizan inacción. Si lo hicieran, no
tendríamos Gobiernos, sistemas jurídicos y ningún tipo de seguro médico.
No es la existencia del riesgo, sino cómo respondemos ante él, lo que
determina nuestros resultados. Al reconocer el riesgo y dejar que este guíe
la formulación de nuestras políticas podemos proteger mejor a los
pacientes, sus familias y médicos.
El juez de la Corte Suprema de Justicia de Estados Unidos William J.
Brennan dijo: “Un vil final sumido en la decadencia es aborrecible. Ahora
bien, una muerte tranquila y orgullosa, con la integridad corporal intacta,
es una cuestión de extrema confianza en sí mismo”.
En un mundo perfecto, el cuidado médico al final de la vida no implicaría
sufrimiento. Los individuos vivirían hasta el final de sus días felices y
satisfechos. Pero ese no es el mundo en el que vivimos.
Los individuos, como mi abuela, sufren terribles destinos, la angustia de
sus familias y de ellos mismos. Si bien debemos luchar para
conseguir este nivel de cuidado, a nadie se le debería negar el derecho a
una muerte tranquila y orgullosa.
Matthew Hayes es un investigador de políticas en Portland, Oregon, Estados Unidos.
Síguelo en Twitter: @mattayes.
Traducido por Guido Burdman.
El suicidio asistido da poder al médico, no al individuo
Por Derek Miedema
La elección de Brittany Maynard de matarse impulsó titulares sobre el
suicidio asistido en toda América del Norte. Es una horrible tragedia que
una bella, atractiva y activa mujer de 29 años enfrente la muerte. Su
marido, de repente un viudo, está de duelo por su enfermedad y muerte.
La elección de Maynard fue presentada al público a través de videos con
música y fotografías que retrataban su decisión como liberadora y
digna. Aunque podamos empatizar con tan difícil situación, detrás de la
conmovedora defensa del suicidio asistido existen preguntas
más profundas. ¿Podemos afirmar que alguien puede estar mejor muerto?
Si es así, ¿quién determina cuando la persona alcanza ese punto?
A nadie le gusta pensar en vivir una vida con capacidad reducida. Pero
sugerir que con una cierta calidad de vida no vale la pena ser vivida atenta
contra quienes podrían estar experimentando una vida así.
Las personas con discapacidades están acostumbradas a escuchar
argumentos como “es mejor estar muerto”, “prefiero estar muerto antes
que en una silla de ruedas” o “prefiero morir antes de que otra persona me
higienice”. Quizás incluso “prefiero morir a necesitar asistencia
mecánica para respirar”.
Es una vergüenza cuando alguien cree eso de sí mismo. Es aún más
tenebroso cuando alguien decide que otra persona “estaría mejor
muerta” basándose en su situación. El suicidio asistido requiere que
un médico considere que usted “estará mejor muerto”. Considere el caso
de un médico belga que mató a una persona transexual que no podía
soportar vivir con el resultado de un mala praxis en una operación de
cambio de sexo; o a los hermanos mellizos sordos que optaron por un
suicidio asistido porque no pudieron tolerar el diagnóstico de que
también se estaban quedando ciegos.
Los holandeses ahora están matando niños con el consentimiento de los
padres. En ese país se ha autorizado la eutanasia a pacientes con
Alzheimer que ya no son capaces de tomar decisiones.
Esta creencia de que algunos humanos están mejor muertos es parte de la
razón por la cual una vez que se legalice la opción de matar (eutanasia)
o colaborar en el suicidio (suicidio asistido), siempre existirá presión
para abarcar una mayor cantidad de casos.
En Holanda, la expansión de la eutanasia es impactante. En 2012,
comenzaron a utilizarse unidades móviles de eutanasia para que los
médicos pudieran practicar eutanasias en las casas de pacientes cuyos
propios médicos se habían negado. Los holandeses mataron
recientemente a una mujer que estaba padeciendo un “intolerable
sufrimiento” porque se iba a quedar ciega.
El Parlamento belga ha legalizado que un niño pueda optar por la
eutanasia si sus padres están de acuerdo, y luego de que un psicólogo haya
verificado que el niño supiese lo que estaba sucediendo.
El caso de Maynard representa la elección personal de una paciente. Pero
estas decisiones no son inmunes a influencias externas. En el Estado de
Washington, en EE.UU., donde el suicidio asistido es legal, pero no la
eutanasia, lectores de un diario contestaron a través de cartas a un
artículo de esa publicación que discutía acerca de cuánto hay que pagar en
servicios de salud durante la tercera edad, y sugerían a la eutanasia como
una solución. ¿Podría haberse hecho una sugerencia así en un lugar sin
antecedentes de suicido asistido legal?
Pareciera que hay una gran brecha entre los videos de Maynard y esa
actitud, pero solo lo que se requiere es la aceptación de que la muerte es
una solución compasiva y buena al sufrimiento.
Una cosa es que alguien como Brittany Maynard lo crea así, y algo muy
distinto es que un médico crea lo mismo. No hay que olvidar que donde el
suicidio asistido es legal, los médicos, y no los pacientes, tienen la
decisión final acerca de quiénes mueren de esta manera. Esto no
empodera a los individuos sufrientes, empodera a los médicos.
Imagine por un momento que le han diagnosticado cáncer. ¿Cómo
se sentiría si su doctor sugiriese, como una alternativa a la quimioterapia,
que podrías simplemente matarte? El médico estaría afirmando, con o sin
intención, que estarías mejor muerto porque te habrías evitado el
sufrimiento, y además habrías logrado que el sistema de salud ahorre
mucho dinero.
¿Es esto lo que queremos para nuestros abuelos o padres a medida que
envejecen? ¿Queremos que nuestros hijos crezcan en una sociedad que
vea a la gente de esta manera?
Estoy seguro de que esto no es lo que Brittany Maynard quería. Es, sin
embargo, la verdad que hay detrás del cambio por el cual ella abogaba.
Cuando la sociedad define que un número creciente de personas están
mejor muertas, y esas personas están de acuerdo, otorgándole a los
médicos el derecho a ayudarlas a suicidarse, hacen de nuestra sociedad un
lugar tóxico para los más vulnerables entre nosotros.
Derek Miedema es investigador en el Instituto del Matrimonio y la Familiade Canadá.
Traducido por Adam Dubove.
http://es.panampost.com/editor/2014/11/26/debe-permitirse-la-eutanasia-y-el-suicidio-asistido/
"Así como los derechos que no se conocen no se ejercen, los derechos que no se reclaman se pierden"
VIERNES, 2 DE ENERO DE 2015 FLORENTINO ROGERO
Segunda entrega la entrevista concedida en exclusiva por el Dr. Luis
Montes a Diario Progresista, en la que el médico que fue objeto de
falsas acusaciones por parte de la Comunidad de Madrid y el Partido
popular analiza con cierto detalle los derechos del paciente en
relación con el final de la vida. El primer reconocimiento de derechos sanitarios en nuestro país vino de la mano de la Ley General de Sanidad, Ley 14/1986 de 23 de abril que representó un paso decisivo para desarrollar el Sistema Sanitario a nivel nacional y de acuerdo con la Constitución Española, la protección de la salud como un derecho para todos los ciudadanos.
El artículo 1.1 de la Ley General de Sanidad establece que su objeto es la
regulación general de todas las acciones que permitan hacer efectivo el derecho
a la protección de la salud reconocido en el artículo 43 y concordantes de la
Constitución.
Posteriormente, en enero de 2000 nuestro país suscribió el denominado
Convenio de Oviedo que dio lugar a la conocida como Ley de Autonomía del
paciente, Ley 41/2002, de 14 noviembre que configura la situación actual de los
derechos del paciente en nuestro país. Dicha legislación de ámbito estatal se
complementa por las distintas leyes de ámbito autonómico que desarrollan esta
materia.
Continuamos nuestra entrevista con el Dr. Montes para analizar con cierto
detalle los derechos del paciente en relación con el final de la vida.
Diario Progresista.- En este contexto legal ¿Qué es exactamente el
Consentimiento Informado?
Dr. Luis Montes.- El consentimiento informado es el requisito
imprescindible, la condición sine qua non, para que pueda realizarse cualquier
actuación en el ámbito sanitario. Lo establecía ya la LGS y luego, el Convenio de
Oviedo que dio lugar a nuestra Ley Básica de Autonomía del Paciente. Es la
esencia, la piedra angular del cambio de paradigma en las relaciones médico-
paciente. Ahora es el paciente quien consiente o rechaza, quien toma las
decisiones que le afectan. El médico tiene la misión importantísima de explicar
adecuada y verazmente la situación y plantear alternativas. Con esta
información, el paciente es quien toma sus decisiones y el médico tiene la
obligación de respetarlas por más que no las comparta, porque la moral del
profesional no está por encima de la del paciente.
Esta es la previsión legal, otra cosa es que la profesión médica en su conjunto
haya interiorizado este cambio de paradigma. De hecho, en muchas ocasiones,
el documento de consentimiento que debería ser la garantía de que se han hecho
las cosas bien en cuanto a la información, termina por ser un trámite
burocrático que el paciente interpreta como una salvaguarda para el médico en
lugar de la garantía de que es él quien controla su proceso de salud.
dP.- ¿Qué papel juega la información en la correcta aplicación de este
derecho?
LM.- Como es fácil comprender, la información es absolutamente básica para
que el consentimiento sea verdaderamente libre. Si no hay información o es
incorrecta el paciente puede tomar una decisión que no habría tomado de estar
informado verazmente. Pondré dos ejemplos: si a una persona se le dice que
tiene una "ulcerita" en el estómago y que tiene que operarse, cuando en realidad
tiene un cáncer, puede muy bien decidir que no se opera y marcharse a su casa
con los papeles para la cirugía y no volver al médico porque sabe que hoy en día
las úlceras se curan con medicinas. La desinformación le llevará a rechazar un
tratamiento que podía haberle salvado la vida. El caso contrario es mucho más
frecuente aún: cuando a un paciente se le oculta que la quimioterapia que se le
ofrece no tiene ninguna posibilidad de curar su cáncer porque está en una fase
avanzada e incurable, acepta pasar por esa quimio porque cree que tiene
posibilidades de curación. Hay estudios que muestran cómo más de la mitad de
enfermos que mueren durante la quimioterapia ignoraban que era sólo
paliativa, que no tenía posibilidad ni intención curativa. Lo que no podremos
saber nunca es cuántos de ellos habrían rechazado esa quimioterapia, y lo que
lleva consigo, de haber sabido la verdad.
La realidad es que la información médica es la más importante asignatura
pendiente de los médicos. Es complicada y uno se enfrenta a ella sin formación
específica. Los médicos no están preparados en general para trasmitir malas
noticias. Por eso suelen aceptar sin rechistar la petición de la familia de que se le
oculte al enfermo; lo que se llama "conspiración de silencio" entre familia y
médico.
dP.- ¿Puede el paciente renunciar a iniciar un tratamiento, o suspenderlo una
vez iniciado, aunque ello conduzca a la muerte?
LM.- Desde luego. El consentimiento es reversible y puede retirarse en
cualquier momento, incluso una vez iniciado el procedimiento. Respecto a las
consecuencias de retirar o no dar inicialmente el consentimiento, la ley no
establece ninguna condición. Cuando Inmaculada Echeverría pidió que se le
retirase el respirador, la Junta de Andalucía se aseguró legalmente de que
estaba en su derecho y procedió a retirarlo y a permitir la muerte de
Inmaculada. Este es un claro contrasentido de nuestra legislación: es
moralmente aceptado, incluso por la deontología médica oficial, no hacer o
dejar de hacer algo que mantiene la vida pero no se puede pedir que se le ponga
fin… No es fácil entenderlo.
dP.- ¿Está el ejercicio de este derecho de renuncia al tratamiento supeditado al
tipo de enfermedad o a la fase en la que esta se encuentre o al criterio médico?
LM.- No; ya digo que no hay condiciones y añado que no se necesita dar
ninguna explicación. Se retira o niega el consentimiento en ejercicio de la
autonomía personal y ese derecho no requiere ser argumentado de ningún
modo. La única excepción al derecho a rechazar un tratamiento es la garantía
del bien común. Si uno tiene una enfermedad contagiosa que supone un riesgo
de salud pública no puede negarse a un tratamiento; así lo dice la ley aunque en
mi opinión, no sería descabellado pensar que en realidad la única restricción de
libertad para el enfermo que estaría sustentada jurídicamente sería su
aislamiento para evitar el contagio. No sé qué diría un tribunal ante un "caso
difícil" como ése. En todo caso, la LBAP establece esa limitación al
consentimiento que valora más el derecho general, el bien común, que el
derecho particular. dP.- Cuando el enfermo pierde la capacidad de decisión, bien porque entra en la fase terminal de su enfermedad o bien porque esta cursa asociada a la demencia, ¿qué papel deben jugar los familiares del enfermo y qué papel debe jugar el médico?
LM.- Pues el consentimiento del paciente es tan capital en la práctica médica
que las leyes han previsto y garantizado que el paciente siempre tenga voz y
pueda decidir. Cuando tiene capacidad para hacerlo, que es la mayoría de casos,
directa y personalmente. Cuando no tiene capacidad, bien mediante las
previsiones previas en lo que se conoce como testamento vital, o bien
mediante el consentimiento por representación. La LBAP establece que en caso
de incapacidad el consentimiento corresponde a las "personas vinculadas al
paciente por razones familiares o de hecho" si no es que existe un representante
legal, bien por disposición judicial en caso de haberse declarado judicialmente la
incapacidad o por nombramiento directo del paciente en su testamento vital. Lo
que en ningún caso prevé la ley es que las decisiones las tome el médico si existe
alguien del entorno del paciente. El médico sólo puede actuar según su criterio,
cuando no hay posibilidad de obtener consentimiento, existe riesgo vital y sólo
está facultado para realizar aquellas actuaciones imprescindibles para el
mantenimiento de la vida y debe retirarlas si, cuando sea posible el
consentimiento directo o representado, no se otorga éste.
dP.- En el caso de pérdida de la capacidad de decisión del paciente. ¿Pueden
los familiares tomar una decisión vinculante para el médico respecto de la
supresión o no iniciación de un tratamiento?
LM.- Pues la verdad es que el consentimiento por representación no está bien
regulado en nuestro país. La LBAP deja la representación en manos de la
familia, así en conjunto, y muchas veces no hay acuerdo entre los familiares. En
ausencia de acuerdo, el médico percibe más seguridad jurídica si hace caso al
pariente "conservacionista" y se decantará por hacer cosas y más cosas para
mantenerlo vivo. Pero es que en las leyes autonómicas, la representación
cuando el paciente no ha nombrado representante, está resuelta de manera
diferente en cada Comunidad; en algunas hay una prelación entre los familiares
a favor del cónyuge o pareja y, sucesivamente, de los familiares de grado más
próximo y dentro del mismo grado, al de más edad y en algunas, concretamente
en Galicia y Aragón, después del cónyuge o pareja de hecho, no es el hijo de más
edad sino quien lo haya cuidado porque se entiende que el cuidador está más al
tanto de los deseos del paciente.
Y para contestar concretamente la pregunta: sí, efectivamente, los
representantes están facultados por la ley para tomar decisiones tan vinculantes
para el médico como las del propio paciente. Si se diera el caso de que, a juicio
del médico, la decisión adoptada por los representantes no fuera en interés del
enfermo, tendría que ponerlo en consideración del juez y éste, salvo evidencia
de que la voluntad del paciente fuera diferente, tiene que hacer cumplir la ley
que prohíbe actuar sin consentimiento.
dP.- La retirada de tratamientos en la fase agónica del enfermo terminal, por
ejemplo la insulina en enfermos con diabetes o la heparina en enfermos
afectados de trombosis venosa, u otros, ¿es paliativa, es eutanásica o bien es
una decisión que evita el encarnizamiento terapéutico y representa el ejercicio
de un derecho que debemos exigir?
LM.- Es sobre todo una acción de sentido común. Me explicaré: en situación de
agonía o preagonía, cualquier fármaco o medida terapéutica cuya finalidad no
sea proporcionar confort al paciente, es absurda. No hay ninguna indicación
médica para seguir administrando medidas como las que nombra, que sirven
para evitar problemas de salud, ya que el paciente está literalmente muriéndose
y no hay ya salud que preservar. Retirar esas medidas no es hacer eutanasia; es
limitación del esfuerzo terapéutico, que es una acción médica correcta y
exigible. Lo contrario, mantener medidas que no pueden revertir la situación, es
el encarnizamiento, que prolonga sin sentido una etapa de sufrimiento y que,
además, consume recursos innecesariamente.
dP.- ¿En el caso de las denominadas medidas de sostén vital, tales como
respirador mecánico, alimentación forzada mediante sonda nasogástrica,
hidratación por sueros etc, tiene el enfermo o sus familiares, en caso de
pérdida de la capacidad de decisión de este, la última palabra?
LM.- Mire, algunos médicos tienen tendencia a convertir los debates éticos en
asuntos técnicos para así apropiarse de las decisiones que no les competen. Un
ejemplo típico es la renuncia a la alimentación artificial. Dicen esos médicos que
en efecto, el paciente tiene derecho legal a renunciar a tratamientos pero (aquí
lo convierte en asunto técnico de su competencia) la alimentación no es un
tratamiento sino un cuidado básico como el aseo y que los cuidados básicos no
son renunciables. Pues bien, la realidad es que ni siquiera hay que entrar a
discutir si es tratamiento o cuidado porque la ley es muy clara estableciendo que
"toda actuación en el ámbito de la salud de un paciente necesita el
consentimiento libre y voluntario del afectado". Ninguna distinción entre
tratamiento, cuidado o método diagnóstico: toda actuación; incluso permanecer
ingresado en un centro.
Me reitero: una actuación médica, cualquier actuación, no sólo tratamientos,
requiere el previo consentimiento del enfermo si está capaz y consciente (lo que
en estas fases finales no es frecuente) o de sus representantes, generalmente los
familiares. La ley prohíbe actuar sin consentimiento directo o representado
cuando no es posible el directo.
Otra cosa es, y es importante aclararlo a las personas no familiarizadas con el
tema, que muy frecuentemente, el médico "fundamentalista" ejerce una presión
indecente sobre los familiares y llega incluso a la amenaza y coacción: "¿es que
quiere matarlo de hambre y sed? Mi ética profesional no me lo permite. Si
insisten en matarlo les denunciaré al juez…" Ante estas presiones la familia
termina cediendo y firmando un consentimiento que es todo menos libre y
voluntario. Los derechos, como recordaba usted al principio, hay que pelearlos.
dP.- ¿La exigencia del paciente o sus familiares de limitar el esfuerzo
terapéutico conlleva el abandono del paciente a un final sin cuidados médicos?
LM.- No, claro que no. La limitación del esfuerzo terapéutico no es el abandono
terapéutico. La limitación supone la retirada o no inicio de medidas cuya única
pretensión es mantener una vida sin posibilidades razonables de recuperación.
E insisto: sin posibilidades razonables; que algunos creen en los milagros pero
no hay argumento para mantener tratamientos sin más opción que el milagro.
Por el contrario, el abandono terapéutico constituye un delito de lesiones por
omisión y es una práctica incompatible con la deontología médica a la que tanto
se recurre en ocasiones para oponerse al derecho del paciente. El alivio del
sufrimiento es una obligación no sólo ética, también legal, de cualquier médico.
La primera y máxima obligación en esta fase final pero incluso en general. Toda
actuación médica debe ir encaminada a aliviar el sufrimiento y a eliminarlo si es
posible, como ocurre en situaciones de terminalidad.
dP.- ¿Qué es el Testamento Vital y de qué modo contribuye a hacer prevalecer
la decisión del paciente en situaciones de enfermedad terminal?
LM.- Lo que coloquialmente se conoce como Testamento Vital recibe varias
denominaciones según Comunidades Autónomas, la LBAP lo denomina
Instrucciones Previas pero en algunos sitios se denomina Voluntades
Anticipadas. Se denomine como se denomine, el TV es el instrumento previsto
por la ley para que toda persona pueda seguir ejerciendo su autonomía de
decisión incluso cuando ya no se tiene capacidad de decidir. Cuando uno goza
de esa capacidad deja por escrito las medidas y cuidados que desea y, muy
importante, los que no desea, para cuando no sea capaz de expresar su voluntad.
También sobre el destino que quiere para sur órganos y cuerpo una vez
fallecido.
Me parece importante resaltar que es un instrumento muy valioso pero no el
único instrumento. En ausencia de TV, la decisión está a cargo de los
representantes, generalmente la familia.
dP.- ¿Es fácilmente accesible el ejercicio de este derecho?
LM.- Pues, sinceramente, no demasiado. En general diría que hay más
salvaguardas legales para otorgar un TV válido que para el testamento
económico que vale con un documento escrito de propia mano sin necesidad de
testigos siquiera. Para decir que no queremos encarnizamiento se requieren más
cautelas.
Hay variaciones autonómicas pero en general existen tres formas de otorgar
(hacer) el TV: ante testigos, ante un notario o ante el encargado del
correspondiente registro autonómico.
Respecto a la facilidad o dificultad para hacerlo hay muchas diferencias
geográficas. Incluso con gobiernos del mismo partido, el PP, es más difícil
hacerlo en Madrid que en La Comunidad Valenciana o en Castilla y León.
Mi consejo es que quien esté interesado en el TV, entre en nuestra página web
(www.eutanasia.ws) y encontrará en la columna de la izquierda una pestaña de
Testamento Vital que le lleva a la información detallada por autonomías.
dP.- ¿En qué medida el Testamento Vital obliga al médico o a las instituciones
hospitalarias?
LM.- La LBAP es clara en este sentido y el médico y la institución están
obligados a cumplir cualquier disposición que no sea contraria al ordenamiento
jurídico, a la «lex artis», o cuando la situación no se corresponda con el
supuesto de hecho que el interesado haya previsto en el momento de
manifestarlas. El problema está en la supeditación a la "lex artis" porque esta no
la definen los médicos en su conjunto sino unas instituciones, los Colegios de
Médicos, que tienen poca o nula representación real. Cuando una familia se
encuentra con un médico que se remite a la "lex artis" para negarse a cumplir
con una disposición del testamento vital o, en su ausencia, una decisión por
representación, mi consejo es que se pongan en contacto inmediato con nuestra
Asociación para contrastar el caso. En nuestro teléfono 91 369 17 46 les daremos
la información pertinente.
Una cosa más: se puede y se debe, si esa es la voluntad de la persona, dejar
dicho que "si para cuando sea la ocasión de aplicar estas instrucciones existe
una ley que regule la eutanasia, quiero que se me aplique". Aunque en el
momento de redactar el TV la eutanasia no sea legal y por tanto no se esté
obligado a cumplir esa disposición, se evita tener que reformar el TV el día que
se apruebe una ley de eutanasia en España.
dP.- ¿Quién vela por el correcto cumplimento de lo establecido en el
Testamento Vital del paciente?
LM.- Si se ha nombrado uno, el representante es quien vela porque se cumpla la
voluntad del enfermo. Tiene además la potestad de decidir en su nombre
cuando la situación de hecho no está prevista en el TV y así se salva esa reserva
que he comentado respecto a la obligación de cumplirlo.
Si no hay representante nombrado, lo que no es aconsejable en absoluto, es la
familia, bien en su conjunto, bien según el orden de prelación cuando está
previsto por la ley autonómica.
dP.- ¿Se facilita desde las Administraciones Públicas la información necesaria
para que la ciudadanía conozca su derecho a otorgar Testamento Vital?
LM.- Pues con toda rotundidad hay que decir que no. La Administración suele
incumplir su obligación legal de informar a la población sobre sus derechos y
este caso no es una excepción. En algunas Comunidades parece que sea algo
clandestino. Hasta hace poco, si usted escribía "testamento vital", que es como
lo conoce todo el mundo, en el buscador de la página web de la Consejería de
Sanidad de Madrid por ejemplo, le respondía que no había resultados de la
búsqueda.
Da la impresión de que se introdujo el TV en nuestra legislación por imperativo
europeo pero no ha habido una clara decisión política de convertirlo en una
herramienta de decisión que pudiera haber sacado a miles de personas en
situaciones de incapacidad de tratamientos e internamientos que no deseaban.
Por otra parte, manteniéndolo casi en secreto, se consigue que sea sólo una
minoría quien lo otorga y así pueden afirmar que la gente no estamos interesado
en estos temas.
Antes le remitía a nuestra página web para obtener información detallada por
Comunidad sobre el TV; le propongo que intente hacer eso mismo en la página
del Ministerio de Sanidad… será un esfuerzo inútil.
dP.- ¿Qué papel juega la objeción de conciencia del médico, en relación a lo
establecido por el ciudadano en su Testamento Vital?
LM.- Lo primero que tengo que decir es que la objeción de conciencia no está
reconocida en nuestra Constitución como un derecho salvo en el caso del
servicio militar. Digo yo que si los constituyentes hubieran querido extender el
derecho a otras situaciones, habrían tenido muy fácil expresarlo del mismo
modo. Algunos quieren deducir ese presunto derecho a incumplir las leyes por
razones de conciencia del artículo 10 de la CE que protege "el libre desarrollo de
la personalidad" y pretenden no sólo que es un derecho sino un derecho
fundamental. Lo cierto es que las sentencias sobre objeción de conciencia de
profesores, centros y padres de alumnos sobre la asignatura de Educación para
la Ciudadanía o de funcionarios judiciales, incluso jueces, negándose a celebrar
matrimonios entre personas del mismo sexo han sido denegatorias de tal
derecho.
En el caso de los médicos, hasta la regulación actual del aborto, no había
ninguna previsión sobre la objeción de conciencia y la situación era, si se me
permite la expresión, de "barra libre". Está claro que si a uno se le permite
negarse a una de sus actividades profesionales sin ninguna penalización, la
consecuencia es la desatención de dicha obligación. Hay que recordar que la
objeción al servicio militar obligaba a una prestación sustitutoria que era más
larga que la mili y que había que pasa por un tribunal que determinaba si la
objeción era seria u oportunista. Algunos tienen muy poca memoria.
Pues, dicho esto, el cumplimiento de las disposiciones del TV no tiene prevista
en la Ley Básica de Autonomía la negativa por objeción de conciencia. Entre
otras razones porque las disposiciones no pueden ser contrarias a la ley ni a la
"lex artis". Sin embargo, algunas CCAA como Madrid reconocen tal presunto
derecho si bien obliga al centro a organizar la asistencia para que otro aplique
esas disposiciones. Lo que no aclara la ley madrileña es qué pasa si uno vive en
un pueblo, quiere morir en su casa y el único médico del pueblo se declara
objetor a suspender la alimentación o a sedar al enfermo porque cree en la
sacralidad de la vida.
dP.- ¿Cómo deben actuar el paciente o sus familiares en el caso de que el
médico o la institución hospitalaria intenten imponer su criterio por encima
del criterio del paciente o de sus familiares?
LM.- En general los problemas se plantean con los familiares, aunque todavía
recientemente se ha dado un caso en Guadalajara en que ha hecho falta el auto
de un juez obligando al médico a cumplir la voluntad de un paciente consciente
y con plena capacidad que rechazaba las transfusiones de sangre. Cuando un
médico actúa como he comentado antes, en plan despótico como si su criterio
pudiera imponerse al del paciente o sus representantes, lo primero que debe
hacer una familia es asesorarse de cuáles son sus derechos. Le remito
nuevamente a nuestra Asociación. Una vez confirmado su derecho, lo que suele
ser la regla, hay que mostrarse firme con ese profesional, pedir el cambio de
médico al jefe de la unidad asistencial o al propio director del centro. Presentar
una queja en el Servicio de Atención al Usuario o incluso acudir al juzgado de
guardia. Nuestra experiencia acumulada es que cuando un médico
fundamentalista se encuentra con una clara determinación familiar conocedora
de sus derechos, suele recular y pasarle la papeleta a otro colega. Por eso
dedicamos una gran parte de nuestra actividad a la pedagogía de derechos entre
la ciudadanía. El conocimiento es poder.
dP.- ¿Son infrecuentes estas situaciones?
LM.- No, en absoluto infrecuentes. Es cierto que si se diera en un caso de cada
mil ya sería demasiado porque son situaciones inexcusables pero es que se dan
con bastante frecuencia; no en la mayoría de los casos porque en general los
médicos son gente razonable que no tienen interés en ponérselo crudo a un
moribundo o a su familia. Lo que pasa es que una minoría de médicos, esos que
llamo "fundamentalistas", son capaces de hacer mucho daño.
Le diré una cosa: en la última encuesta del CIS sobre la asistencia al final de la
vida, el 52% de los encuestados manifestaba haber asistido en su entorno
cercano al menos a una muerte entre sufrimiento inaceptable. Es evidente que,
de haber conocido sus derechos, la cifra podría haber sido infinitamente menor.
A mi juicio, que en la España del siglo XXI, la mitad de las muertes sean malas
muertes es inaceptable. En la Asociación Federal Derecho a Morir Dignamente
trabajamos cada día por cambiar esa situación. Y lo hacemos con nuestros
propios recursos, las cuotas de nuestros asociados. No tenemos ninguna
subvención ni ayuda oficial a pesar de que, como le digo, una buena parte de
nuestra actividad se dedica a suplir la información y pedagogía de los derechos,
cosa que deberían hacer las Administraciones Públicas.
Nuevamente, muchas gracias doctor por la claridad de sus respuestas y
abusando de nuevo de su buena disposición para responder a nuestras
preguntas, continuaremos reflexionando con usted acerca de los cuidados
paliativos.
http://www.diarioprogresista.es/asi-como-los-derechos-que-no-se-conocen-
no-se-ejercen-59284.htm