boletín oficial - sibom

310
Municipio de Magdalena Boletín Oficial Edición Nº4 22/10/2018

Upload: khangminh22

Post on 14-Mar-2023

1 views

Category:

Documents


0 download

TRANSCRIPT

Municipio de Magdalena

Boletín OficialEdición Nº422/10/2018

Tabla de Contenidos

Tabla de Contenidos 2AUTORIDADES 3ORDENANZAS 4

DECRETOS DE 16

Municipio de Magdalena Boletin Oficial Municipal Pag. 2

AUTORIDADESINTENDENTE

Lic. Gonzalo PelusoSECRETARIO DE GOBIERNO

Prof Rodolfo TataSECRETARIO DE HACIENDA

Cdor. Andrés Luciano GarcíaSUBSECRETARIO DE OBRAS Y SERVICIOS PúBLICOS

Ing. Omar De GregorioDIRECTOR DE CULTURA Y PRENSA

Prof. Sergio Antonio KendziuraDIRECTOR DE EDUCACIóN, DESARROLLO SOCIAL Y FAMILIA

Prof. Daniela PelusoDIRECTOR DE OBRAS Y SERVICIOS PúBLICOS

Andrés CastelliDIRECTOR DE PRODUCCIóN Y TURISMO

Med. Vet. Néstor FernándezDIRECTOR DE DEPORTES

Lic. Alejandro Alberto GutierrezDIRECTOR DE SALUD

Dr. Julio RomeroDIRECTOR DE HOSPITAL MUNICIPAL

Dr. Pablo CortésDIRECTOR ADMINISTRATIVO DE SALUD

Víctor ZapiolaSUBDIRECTOR DE RENTAS

Cdor. Carlos MarteganiSUBDIRECTOR DE ASESORíA LETRADA

Dra. Ana María VigoritoDELEGADO DE HIPóLITO VIEYTES Y CAMINOS RURALES

Gustavo LabarereDELEGADO DE EMPALME Y ATALAYA

Andrés BaccariniDELEGADO MUNICIPAL BALNEARIOS DE MAGDALENA Y ATALAYA

Mario TebaldiDELEGADO DE BARTOLOMé BAVIO

Walter CastagnasoOFICINA DE PERSONAL

Ing. Guillermo LaresCOMPRAS

Analía Graciela DíazTESORERO

Cdor. Sebastián MayoraCONTADURíA

Cdra Myriam Eleuterio

Municipio de Magdalena Boletin Oficial Municipal Pag. 3

ORDENANZAS

Ordenanza Nº 3514/18

Magdalena, 04/07/2018

V I S T O

Las actuaciones obrantes en el Expediente letra I nº 1054/18, referidas al Convenio Específico de Cooperación suscripto entre laMunicipalidad de Magdalena y la Secretaría de Provincias y Municipios del Ministerio del Interior, Obras Públicas y Vivienda de la Nación, y

C O N S I D E R A N D O

Que, el Decreto nº 174/2018 establece que la Subsecretaria de Relaciones Municipales dependiente de la Secretaria de Provincias yMunicipios, promueve y difunde proyectos y programas orientados a la mejora de la calidad de los servicios comunitarios y al desarrolloeconómico – social de las regiones.

Que, dicha norma establece que la mencionada Subsecretaria interviene en la suscripción de convenios con gobiernos locales, teniendoentre sus objetivos coordinar la implementación de proyectos referidos al mejoramiento de la capacidad de gestión, la modernización desus sistemas administrativos y de gestión y el fortalecimiento de la capacidad de gerenciamiento de las políticas públicas de gobiernosmunicipales.

Que, el objetivo general del presente convenio consiste en brindar al Gobierno Local asistencia para su modernización con la transferenciade fondos para que adquiera el equipamiento que se adjunta en el Anexo I (fs. 8).

Por ello

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE, en uso de sus atribuciones sanciona la siguiente:

ORDENANZA

Artículo 1º: Convalídese la firma del Sr. Intendente Municipal en el Convenio Específico de Cooperación celebrado entre la Municipalidad deMagdalena y la Secretaria de Provincias y Municipios del Ministerio del Interior, Obras Públicas y Vivienda de la Nación.

Artículo 2º: Comuníquese, regístrese, Archívese.-

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE MAGDALENA EL DÍA 04 DE JULIO DE 2018.

Registrada bajo el nº 3514/18.

Firmado:

Raúl Gómez Secretario HCD

Jorge Richero Presidente HCD

Ordenanza Nº 3515/18

Magdalena, 04/07/2018

V I S T O

La Ordenanza Nº 3493/18 la cual crea el Boleto Educativo Gratuito en el ámbito del Partido de Magdalena, y

C O N S I D E R A N D O

Que en su Artículo 1º menciona que será utilizado para los jóvenes que desarrollen sus estudios en la Ciudad de La Plata. Por ello

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE en uso de sus atribuciones, sanciona la siguiente:

ORDENANZA

ARTÍCULO 1º: Modificase el Artículo 1º de la Ordenanza Nº 3493/18 el cual quedara redactado de la siguiente manera:

Artículo 1º: Crease el Boleto Educativo Gratuito para ser utilizado por los jóvenes que desarrollen sus estudios superiores en el ámbito delDistrito de Magdalena y la Ciudad de La Plata.

Municipio de Magdalena Boletin Oficial Municipal Pag. 4

ARTÍCULO 2º: Comuníquese, regístrese, Archívese.-

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE MAGDALENA EL DÍA 04 DE JULIO DE 2018.

Registrada bajo el nº 3515/18.-

Firmado:

Raúl Gómez Secretario HCD

Jorge Richero Presidente HCD

Ordenanza Nº 3516/18

Magdalena, 04/07/2018

V I S T O

La necesidad de proteger y garantizar los derechos de los consumidores de los vecinos del Partido de Magdalena, frente a las posibilidadesde prácticas comerciales abusiva, y las atribuciones conferidas a las Municipalidades por el artículo 81º de la Ley 13.133, y por el artículo107º del Decreto Ley 6769/58 y sus modificatorias.

C O N S I D E R A N D O

Que, el Artículo 42º de la Constitución Nacional consigna que: “Los consumidores y usuarios de bienes y servicios tienen derecho, enrelación de consumo, a la protección de su salud, seguridad e intereses económicos: a una información adecuada y veraz; a la libertad deelección, y a condiciones de trato equitativo y digno”.

Que, el artículo constitucional de referencia agrega además que: “Las Autoridades proveerán a la protección de esos derechos, a laeducación para el consumo, a la defensa de la competencia contra toda forma de distorsión de los mercados, al control de los monopoliosnaturales y legales, al de la calidad y eficiencia de los servicios públicos y, a la constitución de asociaciones de consumidores y deusuarios”.

Que, la Ley 24.240 de Defensa del Consumidor, establece normas de protección y defensa de los consumidores.

Que, en el Artículo 60º de la Ley de referencia, se otorga competencias a los Municipios para la formulación de planes generales deeducación para el consumo y su difusión pública y para la “implementación de programas destinados a aquellos consumidores y usuariosque se encuentren en situación desventajosa, tanto en zonas rurales como urbanas”.

Que resulta necesario la creación de la Oficina Municipal de información al Consumidor (OMIC), en virtud de la sanción de la Ley NacionalNº 24.240 de Defensa del Consumidores y Ley Provincial Nº 13.133 que establece las bases para la defensa del consumidor.

Que la Ley 13.133, ha instrumentado el “Código Provincial de los Derechos de los Consumidores y Usuarios” en consonancia con la políticanacional de descentralización operada por el artículo 41ª de la Ley Nacional 24.240 cuando expresara que”…Las provincias, en ejercicio desus atribuciones, podrán delegar sus funciones en organismos de sus dependencias o en los gobiernos municipales….”.

Que la delegación de competencias provinciales asignadas a favor de las municipalidades, a los fines de ejercer las funciones emergentesde la Ley 13.133, en forma concurrente, en modo alguno permite mutar la naturaleza y titularidad de la materia asignada a la Provincia porla Constitución Provincial, desde que el artículo 38 establece en forma puntual que “….La Provincia proveerá a la educación para elconsumo, al establecimiento de procedimientos eficaces para la prevención y resolución de conflictos y promoverá la constitución deasociaciones de usuarios y consumidores…”.

Que en este contexto, resultar menester implementar las estructuras administrativas necesarias a los fines de aplicar, en el ámbitocomunal, los procedimientos y las sanciones previstas en el Ley 13.133.

Que a tal efecto el legislador provincial ha discriminado en forma taxativa la instrumentación singular de dos estructuras independientesencargadas de sustanciar la etapa del procedimiento de instrucción, y la etapa resolutiva, cada una de las cuales con un funcionario a cargo(art. 81 inc. b de la Ley 13.133).

Que las estructuras a implementarse responderán, en su conformación, a las diversas necesidades que motivan las particularescaracterísticas que inspiran cada una de las etapas, que por delegación, se han conferido a la municipalidad.

Que bajo este punto de vista, y siguiendo estrictas pautas de eficacia y eficiencia administrativa, resulta menester asignar elfuncionamiento de sendas estructuras a, a las áreas municipales, que conforme la competencia asignada en razón de la materia,coadyuven al mejor funcionamiento de aquellas.

Que puntualmente el organismo encargado de aplicar los procedimientos sumariales de recepción, comprobación, verificación,

Municipio de Magdalena Boletin Oficial Municipal Pag. 5

determinación, sustanciación, de faltas o denuncias de infracciones a la Ley, conjuntamente con la instancia conciliadora o solutoria delconflicto, deberá contar con pautas de tratamiento agiles y componedoras, cuyo ámbito de gestión competencial, corresponderá asignarseal Departamento Ejecutivo.

Por ello

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE, en uso de sus atribuciones sanciona la siguiente:

ORDENANZA

ARTÍCULO 1º: Crease en el ámbito del Departamento Ejecutivo Municipal la Oficina Municipal de Información a los Consumidores (O.M.I.C),como estructura administrativa a los efectos de aplicar los procedimientos previstos por la Ley Provincial Nº 13133.

ARTÍCULO 2º: La O.M.I.C. tendrá como función:

a) Prestar asesoramiento y evacuar consultas a consumidores y usuarios.

b) Brindar información, orientación y educación al consumidor.

c) Fomentar y facilitar la creación y actuación de asociaciones locales de consumidores.

d) Efectuar controles sobre productos y servicios, en la medida que sean compatibles con el régimen de competencias municipal.

e) Recibir denuncias de los consumidores y usuarios.

f) Fijar y celebrar conciliaciones entre el denunciante y la empresa denunciada.

g) Elevar las actuaciones al Organismo que el Departamento Ejecutivo Municipal designe a esos efectos.

h) En los casos en que no exista conciliación, dictar el auto de imputación correspondiente.

i) Una vez contestado el traslado de la imputación o vencido el plazo para hacerlo elevar las actuaciones al Juzgado de Faltas.

j) Propiciar y aconsejar la creación normativa protectora de los consumidores en el ámbito de competencia municipal teniendo encuenta la problemática local o regional.

k) Colaborar con el gobierno municipal y/o Provincial en la difusión de las campañas de educación y orientación al consumidor.

l) Impulsar y participar activamente en campañas de información, difusión y educación para el consumo. all.

m) Asistir al Juzgado de Faltas en todo lo que este a su alcance.

n) Representar al municipio ante la COPRODEC.

o) Designar un cuerpo de inspectores del área a los efectos de ejercer funciones relacionadas con la defensa y protección de losconsumidores y usuarios, como así también disponer lo necesario para la capacitación y perfeccionamiento del personal y del cuerpo.

p) Constatar a través de su cuerpo de Inspectores el cumplimiento de la Ley 24.240 de Defensa del Consumidor, y evitar eventualesinfracciones a la misma

ARTÍCULO 3º: Facúltese al Departamento Ejecutivo a celebrar convenios para la puesta en funcionamiento de la OMIC, con la DirecciónProvincial de Comercio de la Provincia de Buenos Aires.

ARTÍCULO 4º: La Oficina Municipal de Defensa del Consumidor (OMIC) se regirá en todo aquello que no estuviere específicamente regladoen el artículo anterior, por el procedimiento establecido en la Ley Provincial nº 13.133, la Ley Nacional nº 24.240 y subsidiariamente laOrdenanza General nº 267.

ARTÍCULO 5º: Serán atribuciones del Juzgado de Faltas de la Municipalidad de Magdalena:

a. Homologar, cuando si corresponda, los acuerdos conciliatorios celebrados ante la Oficina Municipal de Defensa del Consumidor.

b. Producir la prueba ofrecida por el presunto infractor siempre que existieren hechos controvertidos y que no resultemanifiestamente inconducente.

c. Instar la actuación de oficio para la comprobación o constatación de presuntas infracciones a la Ley Nacional 24.240, normascomplementarias y a la Ley Provincial 13.133.

d. De oficio o a petición de la Oficina Municipal de Defensa del Consumidor, ejercer las funciones y atribuciones establecidas por elArt. 71º de la Ley 13.133, pudiendo a tal efecto: disponer medidas técnicas, admitir pruebas, dictar medidas de no innovar o para mejorproveer, solicitar el auxilio de la fuerza pública al disponer la realización de inspecciones y pericias vinculadas con la aplicación de la ley ycuando disponga de oficio o a requerimiento de parte de audiencias a las que deban concurrir los denunciantes, damnificados, presuntosinfractores, testigos y peritos.

Municipio de Magdalena Boletin Oficial Municipal Pag. 6

e. Resolver en cada caso sobre la procedencia de la aplicación de sanciones conforme lo establecido en el Artículo 73º yconcordantes de la ley 13.133.

f. Dictar todas las resoluciones y adoptar todas las medidas que sean necesarias a los efectos del mejor cumplimiento de susfunciones.

g. Confeccionar anualmente estadísticas que comprenderán las resoluciones condenatorias contra proveedores de productos yservicios, los casos de negativa a celebrar acuerdos conciliatorios, y los incumplimientos de los acuerdos celebrados en el marco de la ley13.133.

h. Requerir la colaboración, asesoramiento o intervención de los Departamentos Municipales y/o de cualquier Secretaria o reparticióndel municipio.

i. Velar por el decoro, respeto y buen trato hacia los consumidores y usuarios que acudan ante los organismos municipalescompetentes a asesorarse o efectuar reclamos.

j. Adoptar las medidas necesarias para mantener el orden, la disciplina, la asistencia y el buen comportamiento del personal a sucargo.

ARTÍCULO 6º: Créase en el ámbito del Juzgado de Faltas de la Municipalidad de Magdalena, la Secretaria de Defensa del Consumidor, a finde poder dar un tratamiento especializado a las cuestiones derivadas de la aplicación de la presente.

ARTÍCULO 7º: Crease la cuenta especial “Fondo Oficina Municipal de Información al Consumidor”, la que se integrara con los recursosprovenientes de las sanciones aplicadas por infracciones a la presente Ordenanza y la Ley Provincial 13.133 y distribuido en la formaestablecida por el Artículo 75º de la Ley Provincial 13.133.

ARTÍCULO 8º: El Departamento Ejecutivo queda autorizado a reglamentar el funcionamiento del O.M.I.C. y todo otro aspecto no previsto enla presente.

ARTÍCULO 9º: Comuníquese, regístrese, archívese.

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE MAGDALENA EL DÍA 04 DE JULIO DE 2018.

Registrada bajo el nº 3516/18.-

Firmado:

Raúl Gómez Secretario HCD

Jorge Richero Presidente HCD

Ordenanza Nº 3517/18

Magdalena, 04/07/2018

V I S T O

El Expediente letra D nº 936/18, en el cual obra Decreto Nº 777/18 de fecha 18 de Mayo del 2018 y el Decreto Nº 995/18 de fecha 21 deJunio de 2018, referido a Incremento Salarial del Sueldo Básico a partir del 1/05/18 a los Agentes Municipales, y

C O N S I D E R A N D O

Que el mismo fue dictado Ad – Referéndum del Honorable Concejo Deliberante. Por ello

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE, en uso de sus atribuciones sanciona la siguiente:

ORDENANZA

ARTÍCULO 1º: Convalídese la firma del Decreto Nº 777/18 y el Decreto Nº 995/18 referido a Incremento Salarial para el Personal Municipala partir del 01/05/18, cuyas actuaciones obran en el Expediente letra D nº 936/18.-

ARTÍCULO 2º: Comuníquese, regístrese, Archívese.-

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE MAGDALENA EL DÍA 04 DE JULIO DE 2018.

Municipio de Magdalena Boletin Oficial Municipal Pag. 7

Registrada bajo el nº 3517/18.

Firmado:

Raúl Gómez Secretario HCD

Jorge Richero Presidente HCD

Ordenanza Nº 3518/18

Magdalena, 18/07/2018

V I S T O:

Las actuaciones obrantes en el Decreto nº 872, referidas a la declaración como Interés Municipal, Cultural y Educativo, el libro “Enigmas dela Historia del Partido de Magdalena”, los casos de la reducción Tubichamini y la Guardia de Atalaya- del autor Ezequiel Casamiquela, y;

C O N S I D E R A N D O:

Que el mismo fue dictado Ad – Referéndum del Honorable Concejo Deliberante. Por ello

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE, en uso de sus atribuciones sanciona la siguiente:

ORDENANZA

ARTÍCULO 1º: Convalídese el Decreto Nº 872/18 de fecha 01-12-17 referido al Libro “Enigmas de la Historia del Partido de Magdalena”. Loscasos de la reducción Tubichamini y la Guardia de Atalaya- del autor Ezequiel Casamiquela.-

ARTÍCULO 2º: Comuníquese, regístrese, Archívese.-

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE MAGDALENA EL DÍA 18 DE JULIO DE 2018.

Registrada bajo el nº 3518/18.

Firmado:

Raúl Gómez Secretario HCD

Jorge Richero Presidente HCD

Ordenanza Nº 3519/18

Magdalena, 18/07/2018

VISTO:

La nota presentada por el Sr. Presidente de la Asociación de Taxis de Magdalena, y;

CONSIDERANDO:

Que el día 16 de Julio de 2018 se reúne la comisión de Hacienda del HCD con los representantes de dicha asociación.

Que en virtud del aumento de costos de los insumos y ante la inquietud de los propietarios de taxis, surge la necesidad de actualización dela tarifa, por la cual este Cuerpo entiende como adecuado aumentar el valor de la ficha, de $ 1,72 a $ 1,90 quedando establecido el valor dela bajada de bandera en $ 30,40 (el valor correspondiente a 16 fichas).

Por ello

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE, en uso de sus atribuciones sanciona la siguiente:

ORDENANZA

ORDENANZA

ARTICULO 1º: Modificase a partir del 01 de Agosto de 2018 el artículo 1º de la Ordenanza Nº 2467/07 estableciéndose el valor de la fichaen la suma de $ 1,90 (un peso con noventa centavos) y la bajada de bandera en $ 30,40 (treinta con cuarenta centavos).

ARTICULO 2º: Comuníquese, regístrese, archívese.

Municipio de Magdalena Boletin Oficial Municipal Pag. 8

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE MAGDALENA EL DÍA 18 DE JULIO DE 2018.

Registrada bajo el Nº 3519/18.-

Firmado:

Raúl Gómez Secretario HCD

Jorge Richero Presidente HCD

Ordenanza Nº 3520/18

Magdalena, 18/07/2018

V I S T O:

Las actuaciones obrantes en el expediente letra A nº 1322/18 referente a autorización rifa Asociación Bomberos Voluntarios de BartoloméBavio, y;

C O N S I D E R A N D O:

Que se ha dictado el decreto 1087 de fecha 12 de julio de 2018 autorizando la circulación de la rifa. Que el mismo es Ad – Referéndum delHonorable Concejo Deliberante.

Por ello:

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE, en uso de sus atribuciones sanciona la siguiente:

ORDENANZA

ARTÍCULO 1º: Convalídese la firma del Decreto Nº 1087/18 de fecha 12-07-18 referente a Autorización de rifa a la Asociación BomberosVoluntarios de Bartolomé Bavio, cuya copia obra a fs. 11 del expediente letra A nº 1322/18.-

ARTÍCULO 2º: Comuníquese, regístrese, Archívese.-

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE MAGDALENA EL DÍA 18 DE JULIO DE 2018.

Registrada bajo el nº 3520/18.

Firmado:

Raúl Gómez Secretario HCD

Jorge Richero Presidente HCD

Ordenanza Nº 3521/18

Magdalena, 18/07/2018

V I S T O:

La Ordenanza nº 2771/10 que legisla sobre la facultad de la Municipalidad de reglamentar la emisión y circulación de rifas y bonoscontribución en el ámbito de nuestro distrito, y;

C O N S I D E R A N D O:

Que durante el tiempo transcurrido desde su sanción a la fecha el contexto socio-económica del país es distinto haciendo necesaria laadecuación de la ordenanza a esa realidad,

Municipio de Magdalena Boletin Oficial Municipal Pag. 9

Que para ello se debe modificar los valores citados en el artículo nº 3 de la misma. Por ello:

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE, en uso de sus atribuciones sanciona la siguiente:

ORDENANZA

ARTÍCULO 1º: Modificar el texto del artículo 3º de la Ordenanza nº 2771/10 cambiando la cifra expresada en números y letras de pesostrescientos mil ($ 300.000.-) por la cifra expresada en números y letras de Pesos Dos Millones ($ 2.000.000.-) agregando a continuación eltexto “como total recaudado por la venta de los billetes” y quitando de su enunciado el texto de Un Mil (1000) números y de una (1) solaserie”.

Quedando entonces el texto del Artículo 3º de la siguiente manera:

ARTICULO 3º: Facúltase al Departamento Ejecutivo para determinar de acuerdo a lo peticionado por cada Entidad la suma total por la quehabrán de emitirse los billetes hasta un máximo de Pesos Dos Millones ($ 2.000.000.-) como total recaudado por la venta de los billetes,quedando a consideración del Departamento Ejecutivo las solicitudes que pretenda exceder el marco de esta normativa, ad-referendum delHonorable Concejo Deliberante.

ARTÍCULO 2º: Comuníquese, regístrese, Archívese.-

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE MAGDALENA EL DÍA 18 DE JULIO DE 2018.

Registrada bajo el nº 3521/18.

Firmado:

Raúl Gómez Secretario HCD

Jorge Richero Presidente HCD

Ordenanza Nº 3522/18

Magdalena, 18/07/2018

V I S T O:

Las actuaciones del Expediente letra D nº 1222/18 referente a la suscripción del convenio Acuerdo Marco de Cooperación y Asistencia Legaly Técnica entre la Secretaria Legal y Técnica de la Provincia de Buenos Aires y Acta Complementaria nº 1 y la Municipalidad de Magdalena,y;

C O N S I D E R A N D O:

Que la Secretaria Legal y Técnica aprobó el Programa de Cooperación y Asistencia Legal y Técnica a los Municipios de la Provincia deBuenos Aires, cuyo objetivo principal es desarrollar las acciones y herramientas de cooperación necesarias para optimizar la capacidad degestión y funcionamiento de la actividad administrativa de los municipios, en lo concerniente a los aspectos técnicos-legales de suorganización.

Que la Secretaria brindara al Municipio un Servicio tecnológico a través del Sistema SIBOM y los conocimientos técnicos que a él sevinculen, permitiendo la elaboración y publicación de documentos digitales, vía web, en formato de boletín.

Por ello

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE, en uso de sus atribuciones sanciona la siguiente:

ORDENANZA

ARTÍCULO 1º: Autorícese la firma del Señor Intendente Municipal en el convenio de Acuerdo Marco de Cooperación y Asistencia Legal yTécnica entre la Secretaria Legal y Técnica de la Provincia de Buenos Aires y Acta Complementaria nº 1 y la Municipalidad de Magdalena,obrante a fs. 10/18 del expediente ut-supra mencionado.-

ARTÍCULO 2º: Comuníquese, regístrese, Archívese.-

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE MAGDALENA EL DÍA 18 DE JULIO DE 2018.

Municipio de Magdalena Boletin Oficial Municipal Pag. 10

Registrada bajo el nº 3522/18.

Firmado:

Raúl Gómez Secretario HCD

Jorge Richero Presidente HCD

Ordenanza Nº 3523/18

Magdalena, 01/08/2018

V I S T O

Las nuevas tecnologías y en especial, las redes sociales han revolucionado el mundo de la comunicación, generando nuevas formas derelacionarse socialmente, que niños y jóvenes tienen mayores posibilidades de acceso a la información, y

C O N S I D E R A N D O

Que el “grooming” es un nuevo flagelo relativo a la seguridad de los menores en internet, consistente en la ejecución de accionesdeliberadas por parte de un adulto con el fin de establecer lazos de confianza con un niño en internet para obtener una satisfacción sexual,mediante imágenes eróticas o pornográficas del menor o incluso como preparación de un encuentro sexual.

Que utilizan estrategias y mecanismos de seducción buscando el intercambio de imágenes comprometedoras de contenido sexual queincluso luego podrían ser utilizadas para extorsionar a las víctimas con la amenaza de su exhibición a familiares y amigos.

Que el objetivo de estas acciones es uno solo, mantener un encuentro real con el menor para abusar sexualmente del mismo.

Que este delito ha sido reconocido mundialmente y recientemente por nuestro país a través de la ley nacional Nº 26.904 sancionada el 13de Noviembre de 2013, incorporándose así al Código Penal Argentino en el artículo 131.

Que las consecuencias psicológicas del hostigamiento y abuso sexual de los menores alcanzan a todo su entorno, habiéndose registradocasos extremos de suicidios.

Que la sociedad entera, padres, instituciones educativas, ONG, medios de comunicación y esencialmente el Estado debemos tomarconciencia de este flagelo, promoviendo campañas de difusión al efecto de proteger a los menores en riesgo.

Que textualmente la ley nacional 26.904 establece: “Incorporase como articulo 131 del Código Penal el siguiente: Sera penado con prisiónde 6 (seis) meses a 4 (cuatro) años el que, por medio de comunicaciones electrónicas, telecomunicaciones o cualquier otra tecnología detransmisión de datos, contactare una persona menor de edad, con el propósito de cometer cualquier delito contra la integridad sexual de lamisma”.

Por ello

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE, en uso de sus atribuciones sanciona la siguiente:

ORDENANZA

ARTÍCULO 1º: Créase el “Programa de Concientización, Prevención e Información sobre las problemáticas de Grooming y Ciberbullying enel Distrito de Magdalena”.

ARTÍCULO 2º: El objetivo del programa será brindar a la sociedad las herramientas necesarias para prevenir y combatir dichasproblemáticas generadas a través de las nuevas tecnologías de la comunicación e información por adultos que realizan accionesdeliberadas, con el objetivo de establecer lazos de amistad con un niño o niña por internet, a fin de obtener una satisfacción sexualmediante imágenes eróticas o pornográficas del menor y posibilitando así, un posible encuentro sexual con el mismo.

ARTÍCULO 3º: A los efectos de cumplimentar esta Ordenanza el Departamento Ejecutivo llevara a cabo las siguientes acciones:

a. Realizar una amplia campaña de concientización, difusión e información pública gráfica, a través de los medios de comunicación, dela página web municipal y en los colegios del distrito, señalando los riesgos del goorming y el ciberbullying, y los instrumentos clavespara combatirlos.

b. Brindar asesoramiento legal, capacitación y formación permanente articulando con los establecimientos educativos públicos yprivados y las diferentes organizaciones de la comunidad para el aprendizaje de la utilización de las nuevas tecnologías y medios decomunicación dirigido a padres, docentes, niñas, niños, adolescentes y adultos con contenidos específicos sobre Ciberbullying yGrooming con la finalidad de promover un uso responsable de las mismas.

Municipio de Magdalena Boletin Oficial Municipal Pag. 11

ARTÍCULO 4º: Las dependencias públicas que posean acceso a internet deberán contar con cartelería de advertencia correspondiente y confiltros de contenido, para evitar de esta manera situaciones peligrosas.

ARTÍCULO 5º: Los comercios que brinden acceso público a internet – locutorios, cibercafés, etc, - deberán contar con cartelería deadvertencia sobre el ciberacoso y de difusión del artículo 131 del Código Penal.

ARTÍCULO 6º: La autoridad de aplicación de este programa será la Dirección de Educación, Desarrollo Humano y Familia, en coordinacióncon diferentes áreas gubernamentales de las cuales requiera ayuda.

ARTÍCULO 7º: Comuníquese, regístrese, Archívese.-

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE MAGDALENA EL DÍA 01 DE AGOSTO DE 2018.

Registrada bajo el nº 3523/18.-

Firmado:

Raúl Gómez - Secretario HCD

Jorge Richero - Presidente HCD

Ordenanza Nº 3524/18

Magdalena, 01/08/2018

V I S T O

La necesidad de garantizar los alcances y la puesta en funcionamiento de la Ley Nacional 26.892 en el Distrito de Magdalena en resguardode la integridad física de nuestros chicos, y

C O N S I D E R A N D O

Que el Bullying o acoso físico o psicológico al que someten, de forma continuada, a un alumno sus compañeros es una problemática enascenso.

Que nuestra comunidad no es ajena a los devenires causados por el bullying.

Que es necesario orientar la educación hacia criterios que eviten las discriminación, fomenten la cultura de la paz y la ausencia de maltratofísico o psicológico; como asi también impulsar estrategias y acciones que fortalezcan a las instituciones educativas y sus equiposdocentes, para la prevención y abordaje de situaciones de violencia en las mismas.

Que es apremiante desarrollar investigaciones cualitativas y cuantitativas sobre la convivencia en las instituciones educativas y elrelevamiento de prácticas significativas en relación con la problemática para la prevención y el tratamiento de la misma.

Que existe un marco legal que tipifica este accionar y lo regula, estableciendo los lineamientos sobre las sanciones a aplicar en casos detransgresión de las normas.

Por ello

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE, en uso de sus atribuciones sanciona la siguiente:

ORDENANZA

ARTÍCULO 1º: Adhiérase en todo el Distrito de Magdalena a la Ley Nacional 26.892 “Promoción de la Convivencia y el Abordaje de laConflictividad Social en las Instituciones Educativas”.

ARTÍCULO 2º: Crease el “Programa de abordaje y concientización sobre la problemática del Bullying”.

ARTÍCULO 3º: El siguiente Programa tendrá como fin crear una estadística sobre la problemática en los establecimientos educativos deldistrito y brindar a la sociedad herramientas para prevenirla y combatirla.

ARTÍCULO 4º: El Departamento Ejecutivo arbitrara los medios para:

a. Brindar charlas informativas, preventivas y de promoción de la ley 26.892 tanto en establecimientos escolares como en otrosespacios considerados necesarios.

b. Publicar información gráfica sobre el Bullying en la página municipal y en medios gráficos locales.c. Hacer el test de Evaluación Breve de Acoso Escolar en todos los colegios del Distrito de Magdalena.

ARTÍCULO 5º: El área encargada de realizar los test evaluativos deberá:

a. Informar de los resultados a las autoridades educativas, para que las mismas puedan solicitar ayuda a las áreas correspondientes.b. Recabar datos para genera estadísticas sobre la evolución o involución de la problemática y asi generar políticas futuras.

Municipio de Magdalena Boletin Oficial Municipal Pag. 12

ARTÍCULO 6º: Remítase copia de esta Ordenanza a la Jefatura Distrital Magdalena y a las autoridades competentes de Sede de Inspectoresa fines de que éste informe a los establecimientos educativos del distrito sobre la misma y sus disposiciones.

ARTÍCULO 7º: Comuníquese, regístrese, Archívese.-

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE MAGDALENA EL DÍA 01 DE AGOSTO DE 2018.

Registrada bajo el nº 3524/18.-

Firmado:

Raúl Gómez - Secretario HCD

Jorge Richero - Presidente HCD

Ordenanza Nº 3525/18

Magdalena, 01/08/2018

V I S T O

El Decreto Nº 1164/18 dictado por el Departamento Ejecutivo con fecha 20 de Julio ppdo, referido a convalidación Contrato de Comodatosuscripto con la firma OCSA S.A, y

C O N S I D E R A N D O

Que el citado decreto fue dictado Ad – Referéndum del Honorable Concejo Deliberante.

Por ello

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE, en uso de sus atribuciones sanciona la siguiente:

ORDENANZA

ARTÍCULO 1º: Convalídese el Decreto Nº 1164/18 dictado por el Departamento Ejecutivo con fecha 20 de Julio del 2018, referente aContrato de Comodato suscripto con la firma OCSA S.A.-

ARTÍCULO 2º: Comuníquese, regístrese, Archívese.-

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE MAGDALENA EL DÍA 01 DE AGOSTO DE 2018.

Registrada bajo el nº 3525/18.-

Firmado:

Raúl Gómez - Secretario HCD

Jorge Richero - Presidente HCD

ANEXOS

Ordenanza Nº 3526/18

Magdalena, 01/08/2018

V I S T O

Las actuaciones del Expediente letra I nº 1386/18 referente al Convenio suscripto por el Sr. Intendente Municipal con el Ministerio deInfraestructura y Servicios Públicos de la Provincia de Buenos Aires, relacionado a coordinar acciones conducentes a canalizar un subsidiopara materializar obras de infraestructura de jurisdicción Municipal, y

C O N S I D E R A N D O

Que la Provincia de Buenos Aires a través del Ministerio otorgara al Municipio en concepto de subsidio, hasta la suma de PESOS QUINCEMILLONES CUATROCIENTOS MIL ($15.400.000) destinado a financiar la ejecución de la obra “Pavimentacion de calles urbanas en lalocalidad de Magdalena y Bartolomé Bavio del Partido de Magdalena” de jurisdicción Municipal.

Por ello

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE, en uso de sus atribuciones sanciona la siguiente:

ORDENANZA

ARTÍCULO 1º: Convalídese la firma del Sr. Intendente Municipal de Magdalena Lic. Gonzalo Peluso en el Convenio celebrado con el

Municipio de Magdalena Boletin Oficial Municipal Pag. 13

Ministerio de Infraestructura y Servicios Públicos de la Provincia de Buenos Aires, referido a la canalización de un subsidio por parte delMinisterio para materializar obras de infraestructura de jurisdicción Municipal cuya copia obra a fs. 2/4 del expte letra I nº 1386/18.-

ARTÍCULO 2º: Comuníquese, regístrese, Archívese.-

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE MAGDALENA EL DÍA 01 DE AGOSTO DE 2018.

Registrada bajo el nº 3526/18.-

Firmado:

Raúl Gómez - Secretario HCD

Jorge Richero - Presidente HCD

ANEXOS

Ordenanza Nº 3527/18

Magdalena, 01/08/2018

V I S T O

La Carta de Intención para el manejo sustentable de la Reserva de Biosfera firmada por los municipios de Magdalena y Punta Indio.

C O N S I D E R A N D O

Que la Alianza del Pastizal, reuniendo las voluntades de un amplio espectro de actores de la región de los pastizales (campos y pampas) deuna extensa región de Uruguay, la Argentina, el sur del Brasil y el sur del Paraguay, propone señalar con sello propio a carnes cuyoproceso de producción contribuye a la conservación de los pastizales naturales y su biodiversidad.

Que la estrategia del Programa de Implementación de Carnes del Pastizal consiste en mejorar la política y gestión productiva y comercialde la actividad ganadera basada en pastizales naturales.

Que el sello de Carnes del Pastizal, asociado al logo de la Alianza del Pastizal, permitirá a los consumidores identificar y preferir unproducto amigable con los pastizales, que resulta soporte para importantes superficies de campos naturales en su sitio de origen, donde sepreservan especies típicas de los campos nativos, y aun especies silvestres de plantas y animales cuya supervivencia está amenazada deextinción.

Que los productos distinguidos con el sello de Carnes del Pastizal propenderán también a la mitigación de la emisión de gases de efectoinvernadero (responsable del Cambio Climático Global), proveerán al bienestar de los animales durante su período de vida en los campos,favorecerán la permanencia y arraigo de las familias rurales asociadas a los sistemas pecuarios tradicionales y garantizaran condicionesde sanidad e inocuidad de agro – alimentos para el consumidor.

Que estas iniciativas entre los municipios de Magdalena y Punta Indio, a través del comité de gestión del PCS, en el marco de las reunionesparticipativas del desarrollo del Plan de Manejo, tienen como objetivo cumplir con las premisas del programa MAB de la UNESCO.

Que la intensión de este acuerdo es promover la producción natural y amigable con el ambiente.

Que instrumentar mecanismos de promoción y gestión del área en las funciones de conservación, desarrollo y logística previstas por elMarco Estatutario de las Reservas de Biosfera, con la participación de los actores sociales e instituciones involucradas en ella, tanto en suszonas núcleos como de amortiguación y transición, beneficiara a la sustentabilidad del PCS.

Por ello

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE, en uso de sus atribuciones sanciona la siguiente:

ORDENANZA

ARTÍCULO 1º: Declárese de Interés Municipal la Carta de Intención para el manejo sustentable de la Reserva de Biosfera Parque Costerodel Sur.

ARTÍCULO 2º: Incorpórese como anexo I de la presente a la Carta de Intención que se adjunta.

ARTÍCULO 3º: Enviar copia de la presente al Comité de Gestión del Parque Costero del Sur.

ARTÍCULO 4º: Comuníquese, regístrese, Archívese.-

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE MAGDALENA EL DÍA 01 DE AGOSTO DE 2018.

Registrada bajo el nº 3527/18.-

Firmado:

Raúl Gómez - Secretario HCD

Municipio de Magdalena Boletin Oficial Municipal Pag. 14

Jorge Richero - Presidente HCD

ANEXOS

Ordenanza Nº 3528/18

Magdalena, 15/08/2018

V I S T O

El Decreto Nº 756/17 dictado por el Departamento Ejecutivo con fecha 11 de Octubre de 2017, referido a Convalidación Contrato suscriptocon la Empresa MAGNAVERUM S.A, y,

C O N S I D E R A N D O

Que el citado Decreto fue dictado Ad – Referéndum del Honorable Concejo Deliberante.

Por ello

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE, en uso de sus atribuciones sanciona la siguiente:

ORDENANZA

ARTÍCULO 1º: Convalídese el Decreto Nº 756/17 dictado por el Departamento Ejecutivo con fecha 11 de Octubre de 2017, referente aContrato suscripto con la Empresa MAGNAVERUM S.A representada por el Sr. Gastón Carlos Cuneo, desde el 01/10/17 al 01/10/18, cuyasactuaciones obran en el expte letra D nº 1289/17.

ARTÍCULO 2º: Comuníquese, regístrese, Archívese.-

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE MAGDALENA EL DÍA 15 DE AGOSTO DE 2018.

Registrada bajo el nº 3528/18.-

Firmado:

Raúl Gómez - Secretario HCD

Jorge Richero - Presidente HCD

ANEXOS

Ordenanza Nº 3529/18

Magdalena, 15/08/2018

V I S T O

Las actuaciones obrantes en el Expediente letra I nº 1476/18, referidas al Convenio de Cooperación suscripto entre la Municipalidad deMagdalena y el Registro Provincial de las Personas y,

C O N S I D E R A N D O

Que el objeto de dicho Convenio de Cooperación es colaborar en áreas de mutuo interés, fundamentalmente con el fin de lograr, medianteel trabajo conjunto y coordinado, un mejoramiento del servicio público que brinda el Registro Provincial de las Personas que redunde en elacercamiento a todos los ciudadanos de la Municipalidad.

Que el mismo tendrá una vigencia de cinco (5) años a partir de la suscripción.

Por ello

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE, en uso de sus atribuciones sanciona la siguiente:

ORDENANZA

ARTÍCULO 1º: Convalídese la firma del Sr. Intendente Municipal en el Convenio de Cooperación celebrado entre la Municipalidad deMagdalena y la Dirección Provincial del Registro de las Personas, obrante a fs. 2/4 del expte citado.

ARTÍCULO 2º: Comuníquese, regístrese, Archívese.-

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE MAGDALENA EL DÍA 15 DE AGOSTO DE 2018.

Registrada bajo el nº 3529/18.-

Municipio de Magdalena Boletin Oficial Municipal Pag. 15

Firmado:

Raúl Gómez - Secretario HCD

Jorge Richero - Presidente HCD

ANEXOS

DECRETOS DE

Decreto Nº 1026/18

Magdalena, 02/07/2018

Visto

Las actuaciones obrantes en el Expte. Letra D nº 1.401/17, referente al Servicio de Recolección de residuos domiciliarios en la localidad deMagdalena, Atalaya, Balnearios y alrededores, y

Considerando

Que, a tal fin ha sido suscripto con fecha 25 de OCTUBRE del año 2.017, Prorroga de contrato con la Firma COOPERATIVA DE TRABAJO LOSTOLDOS LTDA., siendo su representante el Sr. NADAL MARTIN F – D.N.I. 20.507.561, a partir del 01 de OCTUBRE del 2017 por el término de1 (un) año, por un monto mensual de PESOS TRESCIENTOS VEINTIUN MIL TRESCIENTOS NOVENTA Y CINCO ($ 321.395,00) en períodoINVERNAL y TRESCIENTOS TREINTA Y SEIS MIL SETECIENTOS NOVENTA Y CINCO ($ 336.795,00) en período ESTIVAL.-

Que, ha sido emitido Certificado 09/12, correspondiente al mes de JUNIO de 2018 , debiéndose proceder a su liquidación respectiva.-

POR ELLO:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE MAGDALENA, en uso de sus atribuciones,

DECRETA

ARTICULO 1º: LIBRESE Orden de Pago a la COOPERATIVA DE TRABAJO LOS TOLDOS LTDA., siendo su representante el Sr. NADALMARTIN F – D.N.I. 20.507.561, por un monto de PESOS TRESCIENTOS VEINTIUN MIL TRESCIENTOS NOVENTA Y CINCO ($ 321.395,00) deacuerdo a los considerandos de la presente.-

ARTICULO 2º: Las erogaciones que demanden el cumplimiento de lo determinado precedentemente, serán afectadas a la Jurisdicción5.000 - Partida 3.3.9.0 “Otros Servicios de Mantenimiento, reparación y limpieza” – Programa 20.02 del Presupuesto de gastos vigente,Fuente de Financiamiento 110.-

ARTICULO 3º: El presente Decreto será refrendado por el Sr. Secretario de Hacienda, Cdor. ANDRES L. GARCIA.-

ARTICULO 4º: Comuníquese a quiénes corresponda, tomen nota las Oficinas pertinentes, dése al Registro Municipal y archívese.-

Fdo.

Lic. GONZALO PELUSO

Intendente Municipal

Fdo.

Cdor. ANDRES LUCIANO GARCIA

Secretario de Hacienda

Decreto Nº 1027/18

Magdalena, 02/07/2018

Visto

Municipio de Magdalena Boletin Oficial Municipal Pag. 16

El Expte. Letra S nº 55/18, mediante el cual se tramita el Servicio de Mantenimiento en vía pública, corte de pasto, limpieza,desmalezamiento, acondicionamiento de veredas, limpieza de zanjas en Ejido Urbano de la localidad de Magdalena, Atalaya, Bavio yBalnearios municipales, y

Considerando

Que, el día 01 de FEBRERO del corriente año ha sido suscripto contrato con la COOPERATIVA LOS TOLDOS LTDA con su representante Sr.JARA JORGE GASTON. D.N.I. 25.476.212, por el período comprendido entre el 01 de ENERO al 30 de JUNIO de 2018 por un montomensual de pesos doscientos cincuenta y seis mil setecientos.-

Que, ha sido emitido el Certificado N°6 correspondiente al mes de JUNIO del año 2018, debiéndose proceder a su liquidaciónrespectiva.-

POR ELLO:

El Intendente Municipal de Magdalena, en uso de sus atribuciones que le son propias

DECRETA

ARTICULO 1º: LIBRESE Orden de Pago a la COOPERATIVA LOS TOLDOS LTDA con su representante Sr. JARA JORGE GASTON. D.N.I.25.476.212, por un monto de PESOS DOSCIENTOS CINCUENTA Y SEIS MIL SETECIENTOS ($256.700), en virtud de las causales expuestas enel exordio de la presente.-

ARTICULO 2º: Las erogaciones que demanden el cumplimiento de lo determinado precedentemente, serán afectadas a la Jurisdicción5.000 - Partida 3.3.9.0 “Otros Servicios de Mantenimiento, reparación y limpieza” – Programa 20.01 del Presupuesto de gastos vigente,Fuente de Financiamiento 110.-

ARTICULO 3º: El presente Decreto será refrendado por el Sr. Secretario de Hacienda, Cdor. ANDRES LUCIANO GARCIA.-

ARTICULO 4º: Comuníquese a quienes corresponda, tomen nota las Oficinas pertinentes, dése al Registro Municipal y archívese.

Fdo.

Lic. GONZALO PELUSO

Intendente Municipal

Fdo.

Cdor. ANDRES LUCIANO GARCIA

Secretario de Hacienda

Decreto Nº 1028/18

Magdalena, 02/07/2018

Visto

El Expte. Letra S nº 57/18, mediante el cual se tramita el Servicio de Limpieza, reacondicionamiento y conservación de la Vía Pública,parquización de veredas, plazas, pinturas de cordones y toda tarea a fin en distintas zonas de las localidades de Magdalena y BartoloméBavio, y

Considerando

Que, el día 30 de Enero del corriente año ha sido suscripto contrato con la COOPERATIVA LOS TOLDOS LTDA con su representante Sr.JARA JORGE GASTON . D.N.I. 25.476.212, por el período comprendido entre el 01 de ENERO al 30 de JUNIO de 2018.-

Que, ha sido emitido el Certificado correspondiente al mes de JUNIO del año 2018, debiéndose proceder a su liquidación respectiva.-

POR ELLO:

El Intendente Municipal de Magdalena, en uso de sus atribuciones que le son propias

DECRETA

ARTICULO 1º: LIBRESE Orden de Pago a la COOPERATIVA LOS TOLDOS LTDA con su representante Sr. JARA JORGE GASTON . D.N.I.25.476.212, por un monto de PESOS CIENTO OCHO MIL NOVECIENTOS ($ 108.900), en virtud de las causales expuestas en el exordio de lapresente.-

Municipio de Magdalena Boletin Oficial Municipal Pag. 17

ARTICULO 2º: Las erogaciones que demanden el cumplimiento de lo determinado precedentemente, serán afectadas a la Jurisdicción5.000 - Partida 3.3.9.0 “Otros Servicios de Mantenimiento, reparación y limpieza” – Programa 20.01 del Presupuesto de gastos vigente,Fuente de Financiamiento 110.-

ARTICULO 3º: El presente Decreto será refrendada por el Sr. Secretario de Hacienda, Cdor. ANDRES GARCIA.-

ARTICULO 4º: Comuníquese a quienes corresponda, tomen nota las Oficinas pertinentes, dése al Registro Municipal y archívese.

Fdo.

Lic. GONZALO PELUSO

Intendente Municipal

Fdo.

Cdor. ANDRES LUCIANO GARCIA

Secretario de Hacienda

Decreto Nº 1029/18

Magdalena, 02/07/2018

Visto

La nota presentada por la Dirección de Cultura y Prensa, obrante a fs. 1 del Expte. Letra D Nº 1218/18, mediante la cual solicita seaDeclarado de Interés Municipal todas las acciones en relación a la “VIII FERIA DE CIENCIAS Y TECNOLOGIA DISTRITAL”, que se llevara acabo el día 05 de Julio del corriente, en Paraje El Pino, E.E.S. Nº 4, E.P.Nº14 Jardín Nº 906.-

Considerando

Para la realización de este evento se ha solicitado, traslado, publicidad y gastos que demande la organización.-

Por ello

EL INTENDENTE MUNICIPAL de MAGDALENA en uso de sus atribuciones

D E C R E T A

ARTICULO 1º: Declárese de INTERES MUNICIPAL todas las acciones en relación a la “VIII FERIA DE CIENCIAS Y TECNOLOGIA DISTRITAL”,que se llevara a cabo el día 05 de Julio del corriente, en Paraje El Pino, E.E.S. Nº 4, E.P. Nº 14 Jardín Nº 906.-

ARTÍCULO 2º: En virtud de lo establecido en el art. anterior, los gastos a cargo del Municipio serán tomados de la Partida correspondiente.-

ARTICULO 3º: El presente Decreto será refrendado por el Sr. Secretario de Gobierno D. Rodolfo S. TATA.-

ARTICULO 4º: Comuníquese, tomen nota las Oficinas pertinentes, dese al Registro Municipal y Archívese.-

Fdo.

Lic. GONZALO PELUSO

Intendente Municipal

Fdo.

Dn. RODOLFO SALOMON TATA

Secretario de Gobierno

Decreto Nº 1030/18

Magdalena, 02/07/2018

Municipio de Magdalena Boletin Oficial Municipal Pag. 18

Visto

Las actuaciones del Expediente Letra D, Número 1022/18 mediante las cuales CESAR ALFREDO DORAO - CUIT 20-11626979-2, solicitahabilitación Municipal del comercio cuya actividad es AUTOSERVICIO DE COMESTIBLES, ubicado en calle INT. MARIANI ESQ. LAVALLE de laCiudad de Magdalena y,

Considerando

Las intervenciones e informes al respecto de las distintas dependencias municipales que aconsejan hacer lugar a lo solicitado, en virtudde haberse cumplimentado los requisitos establecidos en la normativa vigente.

Por todo ello

el INTENDENTE MUNICIPAL DE MAGDALENA, en uso de sus atribuciones

DECRETA

Artículo 1º: Autorizar y registrar a partir de la fecha por los motivos expuestos en el exordio, la Habilitación municipal del comercio cuyaactividad es AUTOSERVICIO DE COMESTIBLES (Código de actividad 62-100-06), propiedad de CESAR ALFREDO DORAO - CUIT 20-11626979-2, Legajo Municipal Nº 62775 sito en el inmueble designado catastralmente como: Circunscripción I, Sección C, Manzana 227,Parcela 2f y Partida Inmobiliaria Nº 10.628 ubicado en calle INT. MARIANI ESQ. LAVALLE de la Ciudad de Magdalena.

Artículo 2º: El presente Decreto será refrendado por el Secretario de Gobierno de la Municipalidad de Magdalena

Artículo 3º: Comuníquese a quienes corresponda, tomen nota las Oficinas pertinentes dese al Registro Municipal y Archívese.

Fdo.

Lic. GONZALO PELUSO

Intendente Municipal

Fdo.

Dn. RODOLFO SALOMON TATA

Secretario de Gobierno

Decreto Nº 1031/18

Magdalena, 02/07/2018

Visto

Las actuaciones del expediente Letra A, Número 956/18 mediante las cuales GONZALO EMANUEL ARALDI STOERMANN - CUIT 20-36944210-5 solicita la habilitación de carácter provisorio del establecimiento comercial cuya actividad es CAFETERÍA – SANDWICHERÍA– VENTA DE COMIDAS PARA LLEVAR, ubicado en calle LAS HERAS 370 de la Ciudad de Magdalena; y

Considerando

Las intervenciones e informes al respecto de las distintas dependencias municipales que aconsejan hacer lugar a dicha habilitación enforma provisoria, conforme lo establece en el Capítulo III, artículo 93º de la Ordenanza Fiscal e Impositiva –parte especial- del Municipio,que fuera modificado por la Ordenanza 2136/04, mediante la cual se requiere la presentación de Plano de Obra Visado del inmuebleidentificado catastralmente con los números de partida inmobiliaria 25.197 sede de la actividad por la que solicita habilitación.

Que la misma debe ser otorgada por el término de doce meses a partir del presente acto administrativo, venciendo en consecuencia eldía 2 de julio de 2019.

Que transcurrido dicho plazo deberá cumplimentarse el requisito previsto en los incisos A y B del artículo 89 de la norma citadaprecedentemente, a fin de otorgar la habilitación de carácter definitivo, debiendo el Municipio, en caso contrario, proceder a la clausuradel establecimiento.

Por todo ello,

el INTENDENTE MUNICIPAL DE MAGDALENA, en uso de sus atribuciones

Municipio de Magdalena Boletin Oficial Municipal Pag. 19

DECRETA

Artículo 1º: Autorizar y registrar a partir de la fecha, por los motivos expuestos en el exordio la habilitación de carácter provisorio delestablecimiento comercial cuya actividad es CAFETERIA (Código de actividad 63-100-04) - SANDWICHERIA (Código de actividad 63-100-10) - VENTA DE COMIDAS PARA LLEVAR (Código de actividad 62-100-20) propiedad de GONZALO EMANUEL ARALDI STOERMANN - CUIT20-36944210-5, Legajo Municipal Nº 62776 sito en el inmueble designado catastralmente como: Circunscripción I; Sección A, Manzana 97,Parcela 11, Partida Inmobiliaria Nº 25.197 ubicado en calle LAS HERAS 370 de la Ciudad de Magdalena. El vencimiento de la presenteHabilitación Provisoria se producirá el día 2 de julio de 2019 debiendo en esa oportunidad verificarse el cumplimiento de los requisitosestablecidos en el Capítulo III, Art. 92 Inc. a) y b) de la Ordenanza Fiscal –Parte Especial- del Municipio. En tal caso corresponderá el ActoAdministrativo de Habilitación Definitiva. En caso contrario se procederá a la clausura del establecimiento conforme lo establece el Art. 93(último apartado) de la norma citada precedentemente.

Artículo 2º:El presente Decreto será refrendado por el Señor Secretario de Gobierno de la Municipalidad de Magdalena.

Artículo 3º: Comuníquese a quienes corresponda, tomen nota las oficinas pertinentes, dese al registro municipal y archívese.

Fdo.

Lic. GONZALO PELUSO

Intendente Municipal

Fdo.

Dn. RODOLFO SALOMON TATA

Secretario de Gobierno

Decreto Nº 1032/18

Magdalena, 02/07/2018

Visto

Las actuaciones del expediente Letra F, Número 1211/18 mediante las cuales ANIBAL JOSE FERRARI - CUIT 20-13385226-4 solicita lahabilitación de un TRANSPORTE DE SUSTANCIAS ALIMENTICIAS, cuya identificación es Marca: PEUGEOT; Modelo: PARTNER 1.4 CONFORT;Patente: NEF 268 ; y

Considerando

Las intervenciones e informes al respecto que aconsejan hacer lugar a lo solicitado, en virtud de haberse cumplimentado los requisitosestablecidos en la normativa vigente.

Por todo ello

el INTENDENTE MUNICIPAL DE MAGDALENA, en uso de sus atribuciones

DECRETA

Artículo 1º: Autorizar y registrar a partir de la fecha, como Transporte de Sustancias Alimenticias (QUESOS) al vehículo propiedad deANIBAL JOSE FERRARI - CUIT 20-13385226-4 , cuya identificación es Marca: PEUGEOT; Modelo: PARTNER 1.4 CONFORT; Patente: NEF 268,Año: 2013, Nº de Chasis: 8AEGCKFSGE520766, Nº de Motor: 19DBSW0021527.

Artículo 2º: La presente tendrá validez hasta el 2 de julio de 2019

Artículo 3º: El presente Decreto será refrendado por el Señor Secretario de Gobierno de la Municipalidad de Magdalena

Artículo 4º: Comuníquese a quienes corresponda, tomen nota las oficinas pertinentes, dese al registro municipal y archívese.

Fdo.

Lic. GONZALO PELUSO

Intendente Municipal

Fdo.

Dn. RODOLFO SALOMON TATA

Secretario de Gobierno

Municipio de Magdalena Boletin Oficial Municipal Pag. 20

Decreto Nº 1033/18

Magdalena, 02/07/2018

Visto

El Expte. Letra P Nº 1120/18 mediante el cual la Sra. PORREZ Elena solicita ayuda económica para abonar el suministro de luz, y

Considerando

Que a fs.1 se encuentra nota de pedido para abonar el pago de luz por parte de la Sra. PORREZ Elena.

Que a fs. 2 se encuentra la factura de la Empresa Edelap donde consta la deuda que posee.

Que a fs.3 se corrobora la situación socio-económica del solicitante.

Que el servicio de luz es indispensable para la Sra. PORREZ Elena.

Por ello,

EL Sr. INTENDENTE MUNICIPAL en uso de sus atribuciones

DECRETA

ARTICULO 1º: ABONESE a la Empresa EDELAP la suma de PESOS UN MIL CINCUENTA Y OCHO CON NOVENTA Y NUEVE CTVS ($1.058,99) enconcepto de pago de luz de la Sra. PORREZ Elena de acuerdo al considerando.

ARTÍCULO 2º: Para tal gasto será afectada la partida 5.1.4.0 Ayuda Sociales a Personas. Jurisdicción 7000 .Apertura Programática24.04.00 .Fuente de financiamiento 110 Tesoro Municipal.

ARTICULO 3º: El solicitante deberá presentar el comprobante dentro de los 30 días recibido el beneficio.

ARTICULO 4 º: El presente Decreto será refrendado por el Secretario de Hacienda.

ARTICULO 5º: Comuníquese a quienes corresponda y archívese

Fdo.

Lic. GONZALO PELUSO

Intendente Municipal

Fdo.

Cdor. ANDRES LUCIANO GARCIA

Secretario de Hacienda

Decreto Nº 1034/18

Magdalena, 02/07/2018

Visto

Las actuaciones del expte letra D Nº 379/18 y el Decreto Reglamentario de Becas Nº 371/15,

Considerando

Que mediante Decreto nº 371/17 en tal sentido se le otorgo una beca deportiva al Sr. LUDUEÑA GERMAN, por un monto de PESOS TRESMIL QUINIENTOS ($ 3.500) mensuales, a partir del 1 de MARZO y hasta el 31 de DICIEMBRE de 2018,

Que ha sido confeccionado el Certificado correspondientes al MES DE JUNIO para proceder a su liquidación,

Que existe saldo disponible,

EL INTENDENTE MUNICIPAL de MAGDALENA en uso de sus atribuciones

D E C R E T A

ARTICULO 1º: LIBRESE ORDEN DE PAGO a nombre del Sr. LUDUEÑA GERMAN, DNI: 27.228.661, por la suma de PESOS TRES MILQUINIENTOS ($3.500’) de acuerdo a los considerandos del presente (Mes de JUNIO/ 18).-

ARTÍCULO 2º: La erogación que se determina en el Art. 1º deberá ser tomada de la Jurisdicción 1110111000, Programa 28-11, Escuela

Municipio de Magdalena Boletin Oficial Municipal Pag. 21

Municipal de Deportes, Partida 5.1.3.0, Becas, FF 110 del Presupuesto de Gastos Vigente.-

ARTÍCULO 3º: El presente Decreto será refrendado por el Sr. Secretario de Gobierno de la Municipalidad de Magdalena.-

ARTICULO 4º: Comuníquese, tomen nota las Oficinas pertinentes, dese al Registro Municipal y Archívese.-

Fdo.

Lic. GONZALO PELUSO

Intendente Municipal

Fdo.

Dn. RODOLFO SALOMON TATA

Secretario de Gobierno

Decreto Nº 1035/18

Magdalena, 02/07/2018

Visto

Las actuaciones del expte letra D Nº 2126/17 y el Decreto Reglamentario de Becas Nº 371/15,

Considerando

Que mediante Decreto nº 371/17 en tal sentido se le otorgo una beca deportiva al Sr. CRISTIAN REINALDO CARBALLO, por un monto dePESOS SEIS MIL QUINIENTOS ($ 6.500) mensuales, a partir del 1 de Enero y hasta el 31 de DICIEMBRE de 2018,

Que ha sido confeccionado el Certificado correspondientes al MES DE JUNIO para proceder a su liquidación,

Que existe saldo disponible,

EL INTENDENTE MUNICIPAL de MAGDALENA en uso de sus atribuciones

D E C R E T A

ARTICULO 1º: LIBRESE ORDEN DE PAGO a nombre del Sr. CRISTIAN REINALDO CARBALLO, DNI: 13.770.126, por la suma de PESOS SEIS MILQUINIENTOS ($6.500’) de acuerdo a los considerandos del presente (Mes de JUNIO/ 18).-

ARTÍCULO 2º: La erogación que se determina en el Art. 1º deberá ser tomada de la Jurisdicción 1110111000, Programa 28-11, EscuelaMunicipal de Deportes, Partida 5.1.3.0, Becas, FF 110 del Presupuesto de Gastos Vigente.-

ARTÍCULO 3º: El presente Decreto será refrendado por el Sr. Secretario de Gobierno de la Municipalidad de Magdalena.-

ARTICULO 4º: Comuníquese, tomen nota las Oficinas pertinentes, dese al Registro Municipal y Archívese.-

Fdo.

Lic. GONZALO PELUSO

Intendente Municipal

Fdo.

Dn. RODOLFO SALOMON TATA

Secretario de Gobierno

Decreto Nº 1036/18

Magdalena, 02/07/2018

Municipio de Magdalena Boletin Oficial Municipal Pag. 22

Visto

Las actuaciones del expte letra D Nº 2127/17 y el Decreto Reglamentario de Becas Nº 371/15,

Considerando

Que mediante Contrato de Beca (fs. 15), se le otorgo una beca deportiva al Sr. CATERBETTI FRANCO, por un monto de PESOS SEIS MILQUINIENTOS ($6.500) mensuales, a partir del 1 de Enero y hasta el 31 de Diciembre de 2018,

Que ha sido confeccionado el Certificado correspondiente al mes de JUNIO/18 para proceder a su liquidación,

Que NO existe partida presupuestaria,

EL INTENDENTE MUNICIPAL de MAGDALENA en uso de sus atribuciones

D E C R E T A

ARTICULO 1º: LIBRESE ORDEN DE PAGO POR INSISTENCIA a nombre del Sr. CATERBETTI FRANCO, DNI: 23.669.232, por la suma de PESOSSEIS MIL QUINIENTOS ($ 6.500) de acuerdo a los considerandos de la presente (Mes de junio/18).-

ARTÍCULO 2º: La erogación que se determina en el Art. 1º deberá ser tomada de la Jurisdicción 11000, Programa 28-11, BECAS, Partida5.1.3.0, Becas, FF 110 del Presupuesto de Gastos Vigente.-

ARTÍCULO 3º: El presente Decreto será refrendado por el Sr. Secretario de Gobierno de la Municipalidad de Magdalena.-

ARTICULO 4º: Comuníquese, tomen nota las Oficinas pertinentes, dese al Registro Municipal y Archívese.-

Fdo.

Lic. GONZALO PELUSO

Intendente Municipal

Fdo.

Dn. RODOLFO SALOMON TATA

Secretario de Gobierno

Decreto Nº 1037/18

Magdalena, 02/07/2018

Visto

El Expte J 1205/18, Baja por fallecimiento del Agente Oscar Guillermo LOPEZ Leg Nro 1115, y

Considerando

Que de acuerdo a lo informado por la Oficina de Liquidaciones a fs. 4, respecto de la Ley 10430 Art 29, que determina …” en caso defallecimiento del Agente, el CÓNYUGUE o a falta de este. Los descendientes o, a falta de estos los ascendentes, y si el agente fuera soltero,viudo o separado de hecho o legalmente, la persona que hubiere convivido con él públicamente en aparente matrimonio durante DOS (2)años y lo pruebe fehacientemente….”.

Que, El Decreto 1021/18, autoriza a la Contaduría Municipal a implementar la erogación del Subsidio establecido por el Artículo 76 de la Ley14656 y Art 29 de la Ley 10430, a derecho habiente fehacientemente acreditado y se deberá proceder a la liquidación de 68 (SESENTA YOCHO) días de licencias no gozadas a fs. 4, mediante ORDEN DE PAGO.

Que se adjunta a fs. 6, el Acta de Matrimonio del Agente, donde consta que estuvo casado con la Sra Silvana Beatriz GUTIERREZ, DNI14.784.305.

Que, deberá abonarse al Conyugue el monto informado por la Oficina de Liquidaciones de PESOS CIENTO VEINTIDOS MIL SETECIENTOSQUINCE CON SETENTA Y NUEVE CENTAVOS ($ 122.715,79.-)

Que lo solicitado cuenta con el aval del Sr. Secretario de Gobierno,

Municipio de Magdalena Boletin Oficial Municipal Pag. 23

POR ELLO

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE MAGDALENA, en uso de sus atribuciones

D E C R E T A

ARTICULO 1º: LIBRESE ORDEN DE PAGO POR INSISTENCIA por los motivos citados Ut-Supra, en concepto de lo expresado en el Artículo 76de la Ley 14656 y Art 29 de la Ley 10430,29 de la Ley 10430, a favor dela Sra Silvana Beatriz GUTIERREZ, DNI 14.784.305, la suma dePESOS CIENTO VEINTIDOS MIL SETECIENTOS QUINCE CON SETENTA Y NUEVE CENTAVOS ($ 122.715,79.-)

ARTÍCULO 2º: La erogación que demande el cumplimiento de lo determinado en el Art. 1º, será con afectación a la Partida 1.5.0.0.,ASISTENCIA SOCIAL AL PERSONAL, Jurisdicción 9000 Programa: 01, FF 110 del Presupuesto General de Gastos vigente.

ARTÍCULO 3º: El presente Decreto será refrendado por el Sr. Secretario de Hacienda, Cdr. Andrés García.-

ARTICULO 4º: Comuníquese a quienes corresponda, tomen nota las Oficinas pertinentes, dése al Registro Municipal y Archívese.-

Fdo.

Lic. GONZALO PELUSO

Intendente Municipal

Fdo.

Cdor. ANDRES LUCIANO GARCIA

Secretario de Hacienda

Decreto Nº 1038/18

Magdalena, 02/07/2018

Visto

El Expte. Letra C nº 1157/17, mediante el cual se tramita la MANO DE OBRA, MATERIALES Y EQUIPOS PARA LA CONSTRUCCION DELJARDIN DE INFANTES Nº 912 DEL PARAJE STARACCE, PARTIDO DE MAGDALENA, y

Considerando

Que, el día 3 de OCTUBRE del año 2017 ha sido suscripto contrato con la Firma del Sr JORGE AGUIRRE – DNI. 18.228.314, por un montototal de PESOS DOS MILLONES DOSCIENTOS CUARENTA Y OCHO MIL ($2.248.000,00).-

Que, ha sido emitido el Certificado de Obra nº 08 por un monto de PESOS CIENTO CUARENTA Y UN MIL ($ 141.000).-

Que, el presente certificado se afianza mediante Póliza Nº 159427 de Garantía de Fondos de Reparo de Sancor Seguros.-

POR ELLO:

El Intendente Municipal de Magdalena, en uso de sus atribuciones que le son propias

DECRETA

ARTICULO 1º: Líbrese Orden de Pago a la Firma del Sr. JORGE ALBERTO AGUIRRE DNI Nº 18.228.314, por un monto de PESOS CIENTOCUARENTA Y UN MIL ($ 141.000), en virtud de las causales expuestas en el exordio de la presente.-

ARTICULO 2º: Las erogaciones que se determinen del Artículo anterior, serán tomadas de la Jurisdicción: 1.000 - Partida 5.3.7.0, "TRANSFERENCIA A ENTES DE GOBIERNOS PROVINCIALES" - PROGRAMA 01 - FUENTE FINANCIAMIENTO: 132, del Presupuesto de Gastosvigente.-

ARTICULO 3º: El presente Decreto será refrendada por el Secretario de Hacienda, Cdr. Andrés Luciano García.-

ARTICULO 4º: Comuníquese a quienes corresponda, tomen nota las Oficinas pertinentes, dése al Registro Municipal y archívese.-

Fdo.

Lic. GONZALO PELUSO

Intendente Municipal

Fdo.

Municipio de Magdalena Boletin Oficial Municipal Pag. 24

Cdor. ANDRES LUCIANO GARCIA

Secretario de Hacienda

Decreto Nº 1039/18

Magdalena, 02/07/2018

Visto

Las actuaciones obrantes en el Expediente Letra D Nº 657/18, referente al Llamado a Concurso de Precios para la ADJUDICACION DE LAINDUMENTARIA PARA EL PERSONAL DEL HOSPITAL MUNICIPAL, LAS UNIDADES SANITARIAS Y EL HOGAR DE ANCIANOS DE LAMUNICIPALIDAD DE MAGDALENA, PROVINCIA DE BUENOS AIRES”.-

Que, existe saldo disponible en la respectiva partida del Presupuesto de Gastos, por ello;

Considerando

Que, el Acto de Apertura contó con la participación de tres (3) Empresas/Firmas del ramo: Gonzalez Santiago, Calvo Fernando y VentasVarela S.A., cuya documentación presentada en el Acto de Apertura reúne apropiadamente la totalidad de las exigencias del Pliego deBases y Condiciones.

Que, visto el informe emanado por el Sr. Director de Hospital a Fs. 86 donde considera que resulta conveniente a los intereses municipalesla Oferta presentada.

Que, visto el informe emanado por el Sr. Secretario de Hacienda Municipal a Fs. 86v, avalando parcialmente dicha Adjudicación.

Que, existiendo saldo favorable en la respectiva Partida Presupuestaria;

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE MAGDALENA, en uso de sus atribuciones,

D E C R E T A

ARTICULO 1º: ADJUDICASE a la Empresa/Firma CALVO FERNANDO (CUIT Nº 20-07786086-0) , por una suma total de PESOS CIENTOCATORCE MIL QUINIENTOS SESENTA CON 00/100 ($ 114.560,00) la ADJUDICACION DE LA INDUMENTARIA PARA EL PERSONAL DELHOSPITAL MUNICIPAL, LAS UNIDADES SANITARIAS Y EL HOGAR DE ANCIANOS DE LA MUNICIPALIDAD DE MAGDALENA, PROVINCIA DEBUENOS AIRES”, en un todo de acuerdo a la documentación que sirvió de base para el llamado a Concurso de Precios Nº 12/18.-

ARTICULO 2º.- AFÉCTESE las erogaciones que se produzcan como consecuencia de la aplicación del Artículo Primero en la Jurisdicción4.000, Programa 17 Partida 2.2.2.0 “Prendas de Vestir” con Fuente de Financiamiento 110 de Origen Municipal del Presupuesto de Gastospara el Ejercicio 2018.-

ARTICULO 3º: El presente Decreto será refrendado por el Señor Secretario de Hacienda Cr. Andrés L. García.-

ARTICULO 4º: Comuníquese a quienes corresponda, dése al Registro Municipal y archívese.-

Fdo.

Lic. GONZALO PELUSO

Intendente Municipal

Fdo.

Cdor. ANDRES LUCIANO GARCIA

Secretario de Hacienda

Decreto Nº 1040/18

Magdalena, 02/07/2018

Municipio de Magdalena Boletin Oficial Municipal Pag. 25

Visto

El artículo 14º de la Ordenanza Nº 3464/17, de Presupuesto General para el Ejercicio 2018, sancionada con fecha 27/12/17 y promulgadamediante el Decreto Nº 942/17 del 29 de Diciembre de 2017; y

Considerando

Que el mencionado artículo faculta al Departamento Ejecutivo a disponer transferencias de créditos presupuestarios para reforzarconceptos preexistentes o crear nuevos, entre los conceptos de una Jurisdicción, Programa, Actividad Programática ó Proyecto distintos,correspondientes al Presupuesto de Gastos del presente Ejercicio;

Que se cree conveniente, con el fin de lograr una mayor prolijidad en la ejecución del Presupuesto dotar de crédito adicional a las Partidasque representan excedidas o con créditos insuficientes;

Que el citado artículo permite financiar las creaciones, ampliaciones o modificaciones de partidas del Presupuesto de Gastos mediantetransferencias de economías existentes en las restantes partidas de libre afectación;

Que es necesario efectuar las adecuaciones y correcciones pertinentes, las cuales tienen un fin exclusivamente de regularizaciónpresupuestaria, no implicando ello modificación alguna en el monto total del Presupuesto.

Por ello;

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE MAGDALENA en uso de sus atribuciones sanciona el siguiente:

DECRETO

ARTICULO 1º: Transfiéranse a las Partidas Presupuestarias correspondientes al DEPARTAMENTO EJECUTIVO (1110100000) créditos porun monto total de PESOS TRESCIENTOS CINCUENTA Y TRES MIL CON 00/100 ( $ 353.000,00), de acuerdo al detalle de Jurisdicciones,Programas, Partidas y montos obrantes en la planilla de RAFAM adjunta, la que forma parte indivisible del presente.

ARTICULO 2º: Los créditos transferidos y asignados de acuerdo al artículo precedente, serán tomados de las Partidas correspondientes alDEPARTAMENTO EJECUTIVO (1110100000) por PESOS TRESCIENTOS CINCUENTA Y TRES MIL MIL CON 00/100 ( $ 353.000,00), conforme aldetalle de Jurisdicciones, Programas, Partidas y montos que se señalan en la planilla citada en el artículo anterior.

ARTICULO 3º: El presente Decreto será refrendado por el Señor Secretario de Hacienda de la Municipalidad de Magdalena.

ARTICULO 4º: Comuníquese al Honorable Concejo Deliberante dentro de los diez días contados a partir de la fecha, en cumplimiento delartículo 14º, inciso d) de la Ordenanza Nº 3464/17.-

ARTICULO 5º: Comuníquese, tomen nota las oficinas correspondientes, dése al Registro Municipal y archívese.-

Fdo.

Lic. GONZALO PELUSO

Intendente Municipal

Fdo.

Cdor. ANDRES LUCIANO GARCIA

Secretario de Hacienda

ANEXOS

Decreto Nº 1041/18

Magdalena, 02/07/2018

Visto

Las actuaciones iniciadas mediante Expte. Letra J Nº 1158/18, y;

Considerando

Que, es necesario contar con Personal MENSUALIZADO ADMINISTRATIVO de 30 hs para que realice tareas en el Control Urbano.

Que, es propuesta para cumplir con tales funciones el Sr. MENDEZ JUAN JOSE DNI 14.080.041 legajo 1289.

Municipio de Magdalena Boletin Oficial Municipal Pag. 26

Que existen vacantes para cubrir dicho cargo.

Que, el Sr. Secretario de Gobierno convalida la solicitud UT supra mencionada.

POR ELLO

El Intendente Municipal de Magdalena, en uso de sus atribuciones que le son propias

D E C R E T A

ARTICULO 1º: DESIGNASE a partir del día 2 de Julio de 2018, como Personal MENSUALIZADO DE ADMINISTRATIVO, Régimen 30 hssemanales, al Sr MENDEZ JUAN JOSE legajo 1289, en virtud de las causales expuestas en el exordio de la presente.

ARTICULO2º.- La erogación que demande el cumplimiento de lo determinado en el Art. 1º, será con afectación a la Partida 1.2.1.2.PERSONAL MENSUALIZADO, Jurisd. 9000, Prog. 25, Proyecto15, FF 110 del Presupuesto de Gastos Vigente.-

ARTICULO 3º: El presente Decreto será refrendado por el Sr. Secretario de Gobierno, Sr. Rodolfo Tata.

ARTICULO 4º: Comuníquese a quienes corresponda, tomen nota las Oficinas pertinentes, dése al Registro Municipal y archívese.

Fdo.

Lic. GONZALO PELUSO

Intendente Municipal

Fdo.

Dn. RODOLFO SALOMON TATA

Secretario de Gobierno

Decreto Nº 1042/18

Magdalena, 02/07/2018

Visto

El Decreto nº 685/18 de fecha 2 de Mayo del 23018 mediante el cual se instrumenta la entrega de Becas para Estudiantes Terciarios y/oUniversitarios domiciliados dentro del Partido de Magdalena, y

Que mediante exptes letra D Nº 695/18, 694/18, 696/18, 688/18 y 778/18 la Sra Directora de Educación, Desarrollo Humano y Flia informaque los beneficiarios de Becas presentaron la documentación correspondiente de acuerdo exigencias de la Ordenanza , y

Considerando

Que deben librarse las Ordenes de Pago correspondientes a Junio 2018 a favor de cada uno de los Estudiantes y en el caso de ser menoresa favor de padre y/o madre según determinen,

Que existe saldo disponible en la Partida correspondiente,

Por ello,

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE MAGDALENA, en uso de sus atribuciones ,

D E C R E T A

ARTICULO 1º: Líbrese Orden de Pago por la suma de PESOS MIL OCHOCIENTOS TREINTA Y SIETE CON DIECINUEVE ($ 1.837,19) mensuales,a los alumnos que cursan de 1 a 4 días semanales y PESOS DOS MIL DOSCIENTOS CUATRO CON SESENTA Y TRES ($ 2.204,63) a los quecursan de 5 a 6 días semanales, cada una en concepto de BECA, por el mes de JUNIO/18, a los Estudiantes que se detallan a continuación:

APELLIDO Y NOMBRE DNI CURSADAS IMPORTE

Albornoz Candela 41998902 No informa 1,837.19

Aquino Maria de las Mercedes 42410269 5 dias 2,204.63

Municipio de Magdalena Boletin Oficial Municipal Pag. 27

Asprea Emiliano 40548780 4 dias 1,837.19

Bayle Silvina Noemi 41998964 5 dias 2,204.63

Bianchi Valentina 41998928 5 días 2,204.63

Buceta Camila Emilce 38510624 5 días 2,204.63

Calderon Jesabel 41101110 5 dias 2,204.63

Carballo Rocio 34928782 5 dias 2,204.63

Casco Macarena 40509626 5 dias 2,204.63

Catuch Roxana Elizabeth 36944024 3 dias 1,837.19

Cejas Julian Ezequiel 40548774 No acredita 1,837.19

Chiavone Julieta 40768608 No acredita 1,837.19

Coman Giselle Alejandra 40979911 5 días 2,204.63

Crespo Agustina Constanza 41714708 4 días 1,837.19

Diprinzio Joaquin 41857791 5 dias 2,204.63

Dominguez Nicole 42293909 5 dias 2,204.63

Dorao Mariana Lorena 39099500 No acredita 1,837.19

Dutria Luciano 41998901 5 dias 2,204.63

Echarri Aldana Belen 42293976 5 dias 2,204.63

Elias Aixa 40548748 No acredita 1,837.19

Municipio de Magdalena Boletin Oficial Municipal Pag. 28

Eyroa Rocio Belen 378880816 5 dias 2,204.63

Fernandez Lorena Itati 39194083 5 dias 2,204.63

Frattini Josefina 42293943 5 días 2,204.63

Garcia Antonella 41998919 5 dias 2,204.63

Garcia Maria Martina 39878712 4 días 1,837.19

Gubia Celina 40979940 4 días 1,837.19

Hermida Leandro Julian 40548890 5 días 2,204.63

Jaimerena Alejandra 41448948 5 dias 2,204.63

Landa Juliana 41998944 No acredita 1,837.19

Latorre Luciano 41998986 6 dias 2,204.63

Llanos Nahuel Valentin 40548892 4 días 1,837.19

Lopez Carolina 39878776 5 días 2,204.63

Lopez Luciano 42293941 4 días 1,837.19

Mallea Miryan 36944093 5 días 2,204.63

Marino Juan Pablo 29371892 5 días 2,204.63

Mathieu Etchevest Josefina 40548893 6 días 2,204.63

Mathieu Etchevest Valentin 42293934 5 dias 2,204.63

Miño Daira 42776825 No informa 1,837.19

Municipio de Magdalena Boletin Oficial Municipal Pag. 29

Molina Maria Laura 29179366 5 dias 2,204.63

Molina Micaela Magali 40302665 6 dias 2,204.63

Monge Comparin JosefinaAbigail 42293946 5 DÍAS

2,204.63

Monroy Ernesto Ademar 41857793 5 días 2,204.63

Muller Giuliana 37880814 3 días 1,837.19

Palacios Brenda 41101119 5 dias 2,204.63

Palacios Micaela 36943893 4 dias 1,837.63

Perez Malena Soledad 41448912 5 días 2,204.63

Puchuri Maria Candela 41998997 5 días 2,204.63

Rigo Nicolas 41448923 6 dias 2,204.63

Rimoldi Maria Julia 41857797 5 días 2,204.63

Rodriguez Daniela Ailen 39801453 No acredita 1,837.19

Rodriguez Vitoria Cadelaria 38512537 5 dias 2,204.63

Romano Flavia 41857779 5 dias 2,204.63

Sanchez Ferradas Valentina 41998954 5 dias 2,204.63

Sanchez Karen Micaela 42293978 5 dias 2,204.63

Saratti Candela 41857782 6 días 2,204.63

Terechovich Agustin 41998933 5 días 2,204.63

Municipio de Magdalena Boletin Oficial Municipal Pag. 30

Torrez Miguel Maximiliano 34404200 5 dias

2,204.63

Vega Agustina 42293945 5 dias 2,204.63

Aprea Camila 41449000 5 días 2,204.63

Barrios Maria Laura 36944058 2 dias 1,837.19

Bejar Martina 42293904 5 dias 2,204.63

Brankevich Maite 41799218 No acredita 1,837.19

Cerletti Valentina 41998969 4 días 1,837.19

Formigo Lucila 41857764 5 dias 2,204.63

Merlo Maria Luz 41998931 5 dias 2,204.63

Molina Maria Fernanda 28572465 3 dias 1,837.19

Nuñez Vega Florencia 39878795 No acredita 1,837.19

Ostheguy Fatima 41998972 5 dias 2,204.63

Pitto Agustina 42568205 no acredita 1,837.19

Toribio Sofia 42294312 5 dias 2,204.63

Valverde Nazareno Angel 41998947 3 días 1,837.19

Villena Micaela 39878739 No acredita 1,837.19

ARTICULO 2º: En los casos que el adjudicatario de la Beca es menor de 18 años, se les hará efectivo el pago a los progenitores, hasta tantoel mismo cumpla su mayoría de edad según el siguiente detalle:

APELLIDO Y NOMBRE DNI RESPONSABLE ADULTO

Municipio de Magdalena Boletin Oficial Municipal Pag. 31

Sanchez Karen Micaela 42293978 Sanchez Celeste DNI 39280652

ARTICULO 2º: La erogación que se determinen del cumplimiento del art. Anterior deberá ser tomada de la Partida 5.1.3.0. BECAS,Jurisdicción 1.000, Programa 01, FF 132 del Presupuesto de Gastos Vigente.-

ARTICULO 3º: El presente Decreto será refrendado por el Sr. Secretario de Gobierno de la Municipalidad de Magdalena.-

ARTICULO 4º: Comuníquese, tomen nota las Oficinas pertinentes, dése al Registro Municipal y archívese.-

Fdo.

Lic. GONZALO PELUSO

Intendente Municipal

Fdo.

Dn. RODOLFO SALOMON TATA

Secretario de Gobierno

Decreto Nº 1043/18

Magdalena, 02/07/2018

Visto

El Decreto nº 685/18 de fecha 2 de Mayo del 23018 mediante el cual se instrumenta la entrega de Becas para Estudiantes Terciarios y/oUniversitarios domiciliados dentro del Partido de Magdalena, y

Que mediante exptes letra D Nº 695/18, 694/18, 696/18, 688/18 y 778/18 la Sra Directora de Educación, Desarrollo Humano y Flia informaque los beneficiarios de Becas presentaron la documentación correspondiente de acuerdo exigencias de la Ordenanza , y

Considerando

Que mediante Ordenanza nº 3360/16 se convalida la firma del Convenio con el Banco de la Pcia de Bs As por el cual se contrata el serviciode pago de los Beneficios a los becarios por medio de la acreditación en cuentas bancarias

Que deben librarse las Ordenes de Pago correspondientes al mes de junio de 2018 a favor de cada uno de los Estudiantes y en el caso deser menores a favor de padre y/o madre según determinen,

Que debe librarse la Orden de Pago a favor del Banco de la Pcia de Bs As el cual acreditará los fondos en las cuentas que el Municipiodeterminare Que existe saldo disponible en la Partida correspondiente,

Por ello,

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE MAGDALENA, en uso de sus atribuciones ,

D E C R E T A

ARTICULO 1º: Líbrese Orden de Pago por la suma de PESOS DOSCIENTOS OCHENTA Y OCHO MIL CUATROCIENTOS TREINTA Y OCHO CON 96CENTAVOS ($ 288.438,96) a favor del Banco de la Provincia de Buenos Aires correspondiente al periodo JUNIO/2018 en concepto de Becapara estudiantes del nivel terciario y/o Universitario domiciliados en el Partido de Magdalena, a razón de PESOS MIL OCHOCIENTOSTREINTA Y SIETE CON DIECINUEVE ($1.837,19) a aquellos estudiantes que cursan de 1 a 4 días por semana y PESOS DOS MIL DOSCIENTOSCUATRO CON SESENTA Y TRES ($ 2.204,63) a los que cursan de 5 a 6 dias por semana sujetas a las condiciones establecidas en la citadanorma legal.-

ARTÍCULO 2º: Autorícese al Banco de la Pcia de Buenos Aires a acreditar el beneficio de la beca en la cuenta particular de cada uno de losestudiantes, de acuerdo al siguiente detalle:

N.TESORERIA APELLIDO Y NOMBRE D.N.IDIAS DE

CURSADA IMPORTE

4 Albornoz Micaela 39,280,687 4 dias 1,837.19

Municipio de Magdalena Boletin Oficial Municipal Pag. 32

7 Apaolaza Juana María 37,880,939 no informa 1,837.19

9 Aquino Perrone Agustina 38,510,737 5 días 2,204.63

12 Arcuri Joaquin 38,510,694 4 dias 1,837.19

13 Baccarini Martina 39,280,783 4 días 1,837.19

15 Bacigaluppe Marta Abigail 37,303,543 4 días 1,837.19

16 Ballina Julieta 39,878,705 5 dias 2,204.63

21 Barraza Flavia 39,962,624 4 días 1,837.19

22 Barraza Mariana Soledad 38,917,414 5 días 2,204.63

24 Barri Lucila Anahi 37,054,555 4 días 1,837.19

254 Bernal Hector 28,662,417 no informa 1,837.19

343 Bernardi Luayza Mario 37,880,966 4 días 1,837.19

342 Bernardi Luayza Ana Rocio 39,878,649 5 días 2,204.63

27 Bevilacqua Camila 37,880,881 3 días 1,837.19

30 Bigres Araceli 35,408,792 5 dias 2,204.63

31 Bigres Eliana 36,944,160 3 días 1,837.19

344 Bonaventura Sofía Andrea 35,639,787 5 dias 2,204.63

35 Borgogno Delfina 39,878,733 5 días 2,204.63

259 Carnevale Dana 41,737,588 3 DÍAS 1,837.19

260 Casas Joaquin 36,943,820 3 días 1,837.19

Municipio de Magdalena Boletin Oficial Municipal Pag. 33

347 Castilla Leila Solange 39,432,552 3 días 1,837.19

262 Castillo Malena 40,979,950 4 días 1,837.19

41 Castillo Mauricio Martin 39,441,938 5 dias 2,204.63

263 Chiappesoni Carla 40,979,990 3 días 1,837.19

42Chiappesoni Montes de OcaAgustina 39,878,787 6 días

2,204.63

43 Cicchetti Andres 39,280,779 5 días 2,204.63

264 Cortés Pilar 41,207,448 no acredita 1,837.19

52 Cruz Nostro Eliana Elizabeth 36,297,164 4 días 1,837.19

54 Curcio Tomas 39,878,707 5 días 2,204.63

58 Da Rocha Leticia 36,943,961 4 días 1,837.19

63 Diaz Gorostegui Juliana 38,510,796 5 días 2,204.63

66 Dorado Julieta 36,943,964 5 días 2,204.63

71 Etchevest Daiana 38,512,574 5días

2,204.63

73 Fernandez Felipe 38,512,569 5 DÍAS 2,204.63

74 Fernandez Fernando 35,590,982 4 días 1,837.19

76 Fernandez Leonel 34,028,989 No acredita 1,837.19

269 Fernandez Matias Ezequiel 40,548,818 4 dias 1,837.19

77 Ferreira Santiago Ariel 38,847,608 no acredita 1,837.19

Municipio de Magdalena Boletin Oficial Municipal Pag. 34

81 Frattini Martina 40,548,898 4 días 1,837.19

83 Frattini Milena 39,280,793 No acredita 1,837.19

84 Frattini Orianna 39,280,794 4 dias 1,837.19

86 Garay Ginet 39,280,660 5 días 2,204.63

273 García Bernal Ma. Belén 31,531,715 5 días 2,204.63

274 Garcilazo Yanina 38,263,057 5 dias 2,204.63

88 Gimenez Eduardo 40,129,624 no acredita 1,837.19

89 Gimenez Nestor 40,605.42 no acredita 1,837.19

90 Girardengo Aldana 36,943,839 3 días 1,837.19

351 Girardengo Barbara 36,943,813 3 días 1,837.19

91 Gogenola Juliana 38,512,512 no acredita 1,837.19

92 Gogenola Nicolás 38,512,594 no acredita 1,837.19

94 Gómez Claudia Patricia 39,878,765 5 días 2,204.63

97 Gomez Maria Candela 37,881,000 5 días 2,204.63

277 Gomez Rocio Agustina 39,878,718 3 días 1,837.19

278 Gonzalez Cecilia 40,421,167 5 dias 2,204.63

102 Guarella Mayra 40,548,079 5 días 2,204.63

103 Guevara Luciana Ayelén 36,944,268 4 díasa 1,837.19

Municipio de Magdalena Boletin Oficial Municipal Pag. 35

279 Haedo Terra Casandra 41,448,955 4 días 1,837.19

353 Hanley Federico 36,944,025 3 dias 1,837.19

109 Hermida Martina 39,878,666 5 días 2,204.63

280 Hidalgo Ornela 40,548,759 5 días 2,204.63

354 Ibarra Olmos Juan Manuel 40,548,753 4 días 1,837.19

282 Lagarde Maitena Patricia 40,979,918 5 días 2,204.63

116 Lamor Agustín Emilio 38,510,671 no informa 1,837.19

119 Landa Camila 39,280,777 no acredita 1,837.19

284 Lapeire Brenda Magali 40,548,844 3 días 1,837.19

129 Lloyd Evelyn 40,742,932 5 dias 2,204.63

287 Lopez Bolano Josefina 40,548,703 3 días 1,837.19

130 Luque Ricardo 36,944,026 4 días 1,837.19

132 Maciel Ferradas Cecilia 39,280,765 5 dias 2,204.63

133 Maldonado Nestor Nahuel 36,943,971 5 dias 2,204.63

355 Mallea Eliana 34,778,823 No acredita 1,837.19

135 Mallea Laura 39,280,697 4 dias 1,837.19

293 Maluendes Facundo 40,979,907 5 días 2,204.63

357 Margueliche Julian 37,880,825 3 dias 1,837.19

Municipio de Magdalena Boletin Oficial Municipal Pag. 36

295 Marinangeli Diaz Ma. Belén 39,878,745 4 días 1,837.19

139 Marinangeli Antonela 40,540,734 4 días 1,837.19

296 Marquez Ruiz Rocio 40,979,929 4 días 1,837.19

140 Mayora Carolina Beatriz 39,280,733 5 días 2,204.63

143 Mendoza Joaquin 37,880,913 No acredita 1,837.19

144 Mendoza Lautaro Ezequiel 39,280,761 6 días 2,204.63

145 Mendoza Martín Alejandro 39,280,762 6 días 2,204.63

148 Merlo Juan Cruz 38,510,651 3 días 1,837.19

149 Messina Maria Belén 39,878,652 4 días 1,837.19

151 Mingari Juan Ignacio 39,484,708 5 días 2,204.63

152 Mingari Matías Nicolas 38,017,628 5 días 2,204.63

299 Molina Rodrigo Nahuel 40,548,877 6 dias 2,204.63

155 Molina Sol Guadalupe 39,348,711 5 días 2,204.63

300 Monroy Tiziana 41,448,989 5 días 2,204.63

158Montes de Oca A. MariaValentina 39,280,795 4 días

1,837.19

157 Montes de Oca Maria Alejandra 33,867,137 no acredita 1,837.19

162 Musa Juan Ignacio 39,878,695 5 días 2,204.63

164 Ocampo Botana Ma. Sol 39,280,662 no acredita 1,837.19

Municipio de Magdalena Boletin Oficial Municipal Pag. 37

308 Ocampo Daiana 39,878,782 no acredita 1,837.19

176 Ojeda Malena Luján 40,548,889 4 días 1,837.19

167 Olazar Oriana 39,878,752 no acredita 1,837.19

310 Ortíz Bustos Micaela 39,280,654 5 días 2,204.63

173 Ortiz Bustos Romina 34,778,848 5 dias 2,204.63

311 Ortiz Jimena Andrea 40,979,964 3 días 1,837.19

174 Ortíz Ma. Noelia 40,302,618 5 días 2,204.63

312 Ortiz Yanina Adriana 40,979,963 4 días 1,837.19

178 Ostheguy Camila 39,280,707 4 días 1,837.19

179 Pardo Jonathan Ezequiel 38,841,508 5 dias

2,204.63

181 Pastor Matías Andrés 38,510,735 4 días 1,837.19

361 Perazzo Florencia 36,943,849 5 días 2,204.63

183 Perazzo Llanos Julian 39,406,866 no acredita 1,837.19

184 Perrone Tamara Soledad 39,596,321 3 dias 1,837.19

186 Piñeyro EriKa 39,878,786 5 días 2,204.63

315 Ponce Bucedi Agostina 40,302,700 5 días 2,204.63

188 Ramirez Melody 40,548,710 4 DÍAS 1,837.19

189 Remorini Rocío Belén 37,880,977 3 días 1,837.19

Municipio de Magdalena Boletin Oficial Municipal Pag. 38

317 Rizzo Ma.Josefina 40,548,785 2 días 1,837.19

195 Rodriguez Pedro Maximiliano 36,971,286 5 días 2,204.63

196 Rodriguez Vidal Kevin 40,548,806 No acredita 1,837.19

198 Romano Villarreal Agustina 38,952,017 5 días 2,204.63

199 Romero Florencia 39,280,791 5 días 2,204.63

364 Romero Tidoni Santiago 39,280,746 3 días 1,837.19

320 Romero Yacovelli Valentina 41,448,946 5 días 2,204.63

206 Saavedra Sabrina Noemí 36,670,030 5 días 2,204.63

207 Saavedra Virginia Ayelèn 39,280,606 5 días 2,204.63

209 Sagastume Sofía Belén 40,548,757 5 dias 2,204.63

210 Sala Paula Ernestina 38,952,020 5 dias 2,204.63

211 Salado Lucía 36,943,930 no acredita 1,837.19

212 Sanchez Marianela 39,280,686 no acredita 1,837.19

215 Santiago Juan Francisco 39,910,020 no acredita 1,837.19

321 Savino Facundo Omar 43,778,262 no acredita 1,837.19

322 Seambelar Catalina 41,448,943 6 días 2,204.63

217 Silva Lucila 39,878,796 5 días 2,204.63

325 Terechovich Micaela 36,944,167 2 días 1,837.19

Municipio de Magdalena Boletin Oficial Municipal Pag. 39

223 Torrez Marlon Noel 39,280,623 2 días 1,837.19

328 Torrico Jaquelina 40,811,120 5 dias 2,204.63

226 Toscano Matías 40,548,719 5 días 2,204.63

227 Ucero Miriam 39,964,286 3 días 1,837.19

365 Vargas Melina Cecilia 39,748,268 2 días 1,837.19

230 Vargas Usqueda Angel 35,993,331 5 días 2,204.63

331 Vega Brenda 39,878,642 No acredita 1,837.19

366 Vega Francisco 40,548,769 5 días 2,204.63

333 Vela Emilia 40,548,813 5 días 2,204.63

231 Vicente Lucía Florencia 39,878,608 5 días 2,204.63

234 Villa Lorenzo 39,335,758 5 DÍAS 2,204.63

235 Villa Ma. Ignacia 40,424,565 5 días 2,204.63

367 Villarreal Federico 36,476,397 no acredita 1,837.19

240 Zuazquita Oggero Aldana Nahir 36,884,184 5 días 2,204.63

208 Sagastume Maria Eugenia 38,510,602 2 días 1,837.19

170 Orellana Aldana Aylen 39,597,991 6 dias 2,204.63

Total 288,438.96

ARTICULO 3º: La erogación que se determinen del cumplimiento del art. anterior deberán ser tomadas de la Partida 5.1.3.0. BECAS,Jurisdicción 1.000, Programa 01, FF 132 del Presupuesto de Gastos Vigente.-

ARTICULO 4º: El presente Decreto será refrendado por el Sr. Secretario de Gobierno de la Municipalidad de Magdalena.-

ARTICULO 5º: Comuníquese, tomen nota las Oficinas pertinentes, dese al Registro Municipal y archívese.-

Municipio de Magdalena Boletin Oficial Municipal Pag. 40

Fdo.

Lic. GONZALO PELUSO

Intendente Municipal

Fdo.

Dn. RODOLFO SALOMON TATA

Secretario de Gobierno

Decreto Nº 1044/18

Magdalena, 02/07/2018

Visto

Las actuaciones del expte letra E Nº 1214/18 mediante las cuales la Cra. Miriam Eleuterio presenta su renuncia al cargo deContador Municipal, y

Considerando

Que la misma es aceptada mediante Decreto nº 1070/18,

Las disposiciones del art. 185º de la Ley Orgánica Municipal y 4º del Reglamento de Contabilidad para la ocupación del cargo,

La necesidad y obligación del nombramiento de un profesional para la ocupación del mismo,

Que se designa a cargo de la Contaduría Municipal al Cr. Héctor Luciano Etchevest Legajo Nro: 1354, DNI Nº 29.403.326.

Que lo expuesto cuenta con el aval del Sr. Secretario de Hacienda autorizando se dicte el acto administrativo pertinente,

P O R E L L O

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE MAGDALENA, en uso de sus atribuciones que le son propias

D E C R E T A

ARTICULO 1º: DESIGNESE a partir del día 02 de Julio del 2018 a cargo de la Contaduría Municipal al Cr. Héctor Luciano Etchevest LegajoNro: 1354 DNI Nº 29.403.326.-

ARTICULO 2º.- AUTORICESE al Departamento Liquidaciones a liquidar la diferencia de haberes que corresponda a los reemplazosdeterminados precedentemente..-

ARTICULO 3º: El presente Decreto, será refrendado por el Sr. Secretario de Hacienda, Cr. Andrés Garcia.-

ARTICULO 4º: COMUNÍQUESE al Honorable Tribunal de Cuentas de la Prov. de Buenos Aires.-

ARTICULO 5º: COMUNÍQUESE a quienes corresponda, tomen nota las Oficinas pertinentes, dése al Registro Municipal y Archívese

Fdo.

Lic. GONZALO PELUSO

Intendente Municipal

Fdo.

Cdor. ANDRES LUCIANO GARCIA

Secretario de Hacienda

Decreto Nº 1045/18

Magdalena, 02/07/2018

Visto

Las actuaciones obrantes en el Expte. Letra D Nº 1.928/17, por el cual se tramita Prórroga del Contrato de Servicio de Barrido de

Municipio de Magdalena Boletin Oficial Municipal Pag. 41

laterales de Cordones Cuneta en la localidad de Magdalena, y

Considerando

Que, con fecha 11 de DICIEMBRE del año 2017 se ha suscripto contrato con la Firma del Sr. JOSE RICARDO CHIODI DNI. 14.248.673, por unmonto mensual de Pesos DOS MILLONES CINCUENTA Y TRES MIL DOSCIENTOS SETENTA Y CINCO) ($ 2.053.275), a partir del 21 deOCTUBRE de 2017 por el término de 1 (UN) año.-

Que, han sido emitidos Certificado correspondiente al mes de JUNIO de 2018, debiéndose proceder a su liquidación pertinente.-

POR ELLO

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE MAGDALENA, en uso de sus atribuciones,

DECRETA

ARTICULO 1º: LIBRESE Orden de Pago a la firma JOSE RICARDO CHIODI D.N.I. 14.248.673, por un monto de PESOS CIENTO SETENTA Y UNMIL CIENTO SEIS CON TRAINTA Y DOS CENTAVOS ($ 171.106,32), en el marco de los considerandos de la presente.-

ARTICULO 2º: Las erogaciones que se determinen del Artículo Primero, serán tomadas de la Jurisdicción: 5.000 – Programa 20-02 –Partida 3.3.9.0. – Otros Servicios de Mantenimiento, Reparación y Limpieza – Fuente de Financiamiento: 110, del Presupuesto de Gastospertinente.-

ARTICULO 3º: El presente Decreto será refrendado por el Secretario de Hacienda, Cdor. ANDRES LUCIANO GARCIA.-

ARTICULO 4º: Comuníquese a quiénes corresponda, dése las actuaciones al Registro Municipal y archívese.-

Fdo.

Lic. GONZALO PELUSO

Intendente Municipal

Fdo.

Cdor. ANDRES LUCIANO GARCIA

Secretario de Hacienda

Decreto Nº 1046/18

Magdalena, 02/07/2018

Visto

Las actuaciones obrantes en el Expte. Letra D Nº 1.916/17, por el cual se tramita la contratación del servicio de Recolección de Residuosdomiciliarios en la localidad de Bartolomé Bavio, Los Naranjos y el Pino, y

Considerando

Que, en tal sentido con fecha 11 de DICIEMBRE de 2.016 se ha suscripto contrato con la Firma del Sr. JOSE RICARDO CHIODI D.N.I.14.248.673, por un monto mensual de Pesos OCHENTA Y SEIS MIL CUATROCIENTOS CINCUENTA Y CINCO ($ 86.455,00), a partir del 21 deOCTUBRE de 2017, y por el término de 1 (un) año.-

Que, ha sido emitido Certificado correspondiente al Mes de JUNIO 2018, debiéndose proceder a su liquidación pertinente.-

POR ELLO

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE MAGDALENA, en uso de sus atribuciones,

Municipio de Magdalena Boletin Oficial Municipal Pag. 42

DECRETA

ARTICULO 1º: LIBRESE Orden de Pago a la firma JOSE RICARDO CHIODI D.N.I. 14.248.673, por un monto de PESOS OCHENTA Y SEIS MILCUATROCIENTOS CINCUENTA Y CINCO ($86.455,00), en el marco de los considerandos de la presente.-

ARTICULO 2º: Las erogaciones que se determinen del Artículo Primero, serán tomadas de la Jurisdicción: 5.000 – Programa 20-02 –Partida 3.3.9.0. – Otros Servicios de Mantenimiento, Reparación y Limpieza – Fuente de Financiamiento: 110, del Presupuesto de Gastospertinente.-

ARTICULO 3º: El presente Decreto será refrendado por el Secretario de Hacienda, Cdor. ANDRES L. GARCIA.-

ARTICULO 4º: Comuníquese a quiénes corresponda, dése las actuaciones al Registro Municipal y archívese.-

Fdo.

Lic. GONZALO PELUSO

Intendente Municipal

Fdo.

Cdor. ANDRES LUCIANO GARCIA

Secretario de Hacienda

Decreto Nº 1047/18

Magdalena, 02/07/2018

Visto

El Expte. Letra S nº 2143/17 – ANEXO 1, mediante el cual se tramita la MANO DE OBRA MATERIALES Y EQUIPOS PARA LA TERMINACION DELA REMODELACION Y RESTAURACION DEL CLUB 22 DE JULIO DE LA LOCALIDAD DE MAGDALENA, y

Considerando

Que, el día 09 de MARZO del corriente año ha sido suscripto contrato con la Firma KUBIKA TITACEC S.A representada por el Sr. Cecotti,Juan Pablo, DNI 22.851.766 por un monto total de PESOS DOS MILLONES OCHOCIENTOS NOVENTA Y SEIS MIL OCHOCIENTOS CINCUENTA(2.896.850,00).-

Que, ha sido emitido el Certificado Nº 03 por un monto de PESOS QUINIENTOS CINCUENTA Y TRES MIL ($ 553.000).-

Que, debe procederse al descuento de Anticipo Financiero por un monto de Pesos CINCUENTA Y CINCO MIL TRESCIENTOS ($ 55.300).-

Que, el presente Certificado ha sido afianzado por Póliza de Caución nº 835.216 de SUSTITUCION DE FONDO DE REPARO, por un montode PESOS CIENTO DOS MIL QUINIENTOS VEINTE ($102.520).-

POR ELLO

El Intendente Municipal de Magdalena, en uso de sus atribuciones que le son propias

DECRETA

ARTICULO 1º: Líbrese Orden de Pago a la Firma KUBIKA TITACEC S.A representada por el Sr. Cecotti, Juan Pablo, DNI 22.851.766, por unmonto de PESOS CUATROCIENTOS NOVENTA Y SIETE MIL SETECIENTOS ($497.700), en virtud de las causales expuestas en el exordio de lapresente.-

ARTICULO 2º: Las erogaciones que se determinen del Artículo anterior, serán tomadas de la Jurisdicción: 5.000 - Partida 4.2.1.0,"CONSTRUCCION EN BIENES DE DOMINIO PRIVADO" - PROGRAMA 23 - PROYECTO 56, FUENTE FINANCIAMIENTO: 132, del Presupuesto deGastos vigente.-

ARTICULO 3º: El presente Decreto será refrendado por el Sr. Secretario de Hacienda, Cdor. ANDRES LUCIANO GARCIA.-

ARTICULO 4º: Comuníquese a quienes corresponda, tomen nota las Oficinas pertinentes, dése al Registro Municipal y archívese.

Fdo.

Lic. GONZALO PELUSO

Municipio de Magdalena Boletin Oficial Municipal Pag. 43

Intendente Municipal

Fdo.

Cdor. ANDRES LUCIANO GARCIA

Secretario de Hacienda

Decreto Nº 1048/18

Magdalena, 02/07/2018

Visto

Las actuaciones iniciadas mediante Expte. Letra “E” Nº 1214/18, y;

Considerando

Que, mediante las mismas la Agente Municipal Cdra. Miriam Eleuterio, leg. Nº 1146, solicita licencia “CON RESERVA DE CARGO”PROFESIONAL IV C”, SIN GOCE DE HABERES por un (1) año a partir del 02 de julio del corriente hasta el 01 de julio de 2019, de acuerdo a loestablecido en el art. 9 de la Ley 14.656 que regula el régimen del empleo municipal.

Que, el Sr. Secretario de Gobierno convalida la solicitud Ut Supra mencionada.

POR ELLO

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE MAGDALENA En uso de sus atribuciones

DECRETA

ARTICULO 1º.-: Otorgar la licencia solicitada “CON RESERVA DE CARGO” PROFESIONAL IV C”, SIN GOCE DE HABERES por un (1) año a partirdel 02 de julio del corriente hasta el 01 de julio de 2019 a la agente municipal Cdra. Miriam Eleuterio, leg. Nº 1146.

ARTICULO 2º.-: El presente Decreto será refrendada por el Sr. Secretario de Gobierno, Sr. Rodolfo Tata.

ARTICULO 3º.-: Comuníquese a quienes corresponda, tomen notas las Oficinas pertinentes, dese Registro Municipal y archívese.

Fdo.

Lic. GONZALO PELUSO

Intendente Municipal

Fdo.

Dn. RODOLFO SALOMON TATA

Secretario de Gobierno

Decreto Nº 1049/18

Magdalena, 03/07/2018

Visto

El expte letra D Nº 640/18 mediante el cual se tramita la contratación de un profesor para la implementación del Proyecto “TalleresMunicipales” y;

Considerando

Que se ha firmado el correspondiente contrato

Municipio de Magdalena Boletin Oficial Municipal Pag. 44

HEREÑU ELISEO, DNI: 10.716.322 con domicilio en Viedma 1661, de la Localidad de Magdalena, llevara a cabo el taller de DANZASFOLKLORICAS, 10 HORAS (DIEZ) semanales, a dictarse en El Pino, Magdalena y Vieytes, por un monto de PESOS NUEVE MIL SEISCIENTOS ($9.600) mensuales.-

Que el periodo de práctica de dichos talleres a partir del 01 de Mayo al 30 de Noviembre de 2018.

Que se han emitido los certificados de Capacitación correspondientes al mes de JUNIO,

Que existe saldo disponible en la Partida correspondiente,

Por ello,

EL INTENDENTE MUNICIPAL de MAGDALENA en uso de sus atribuciones

DECRETA

ARTICULO 1º: Líbrese Orden de Pago en concepto las clases Dictadas en el mes de JUNIO 2018, al profesor: HEREÑU ELISEO, DNI:10.716.322 POR UN MONTO DE PESOS NUEVE MIL SEISCIENTOS ($ 9.600))mensuales;

ARTÍCULO 2º: La erogación que demande el cumplimiento del Artículo 1º, deberá ser tomada de la Partida 5.1.3.0. BECAS, Jurisdicción3000, Programa 30, F.F. 110 del Presupuesto de Gastos Vigente.-

ARTICULO 3º: El presente Decreto será refrendado por el Sr. Secretario de Gobierno de la Municipalidad de Magdalena.

ARTICULO 4º.- Comuníquese, tomen nota las Oficinas pertinentes, dese al Registro Municipal y Archívese.-

Fdo.

Lic. GONZALO PELUSO

Intendente Municipal

Fdo.

Dn. RODOLFO SALOMON TATA

Secretario de Gobierno

Decreto Nº 1050/18

Magdalena, 03/07/2018

Visto

El expte letra D Nº 842/18 mediante el cual se tramita la contratación de un profesor para la implementación del Proyecto “TalleresMunicipales” y;

Considerando

Que se ha firmado el correspondiente contrato

CRUZ JONATAN, DNI: 34.333.171 con domicilio en Catamarca 234, de la Localidad de Bahia Blanca, llevara a cabo el taller de GUITARRA, 2HORAS (DOS) semanales, a dictarse en B.Bavio, por un monto de PESOS UN MIL OCHOCIENTOS ($ 1.800) mensuales.-

Que el periodo de práctica de dichos talleres a partir del 01 de Mayo al 30 de Noviembre de 2018.

Que se han emitido los certificados de Capacitación correspondientes al mes de JUNIO,

Que existe saldo disponible en la Partida correspondiente,

Por ello

EL INTENDENTE MUNICIPAL de MAGDALENA en uso de sus atribuciones

DECRETA

ARTICULO 1º: Líbrese Orden de Pago en concepto las clases Dictadas en el mes de JUNIO 2018, al profesor: CRUZ JONATAN, DNI:34.333.171 POR UN MONTO DE PESOS UN MIL OCHOCIENTOS ($ 1.800) mensuales;

ARTÍCULO 2º: La erogación que demande el cumplimiento del Artículo 1º, deberá ser tomada de la Partida 5.1.3.0. BECAS, Jurisdicción3000, Programa 30, F.F. 110 del Presupuesto de Gastos Vigente.-

Municipio de Magdalena Boletin Oficial Municipal Pag. 45

ARTICULO 3º: El presente Decreto será refrendado por el Sr. Secretario de Gobierno de la Municipalidad de Magdalena.

ARTICULO 4º.- Comuníquese, tomen nota las Oficinas pertinentes, dese al Registro Municipal y Archívese

Fdo.

Lic. GONZALO PELUSO

Intendente Municipal

Fdo.

Dn. RODOLFO SALOMON TATA

Secretario de Gobierno

Decreto Nº 1051/18

Magdalena, 03/07/2018

Visto

Los exptes letras D Nº 642/18; 620/18; 739/18; 774 /18; 753/18; 752/18; 924/18 y 2363/17 mediante los cuales se tramita la contrataciónde diferentes profesores para la implementación del Proyecto “Talleres Municipales” y;

Considerando

Que se ha firmado el correspondiente contrato con los siguientes profesores:

HERRERA VICTORIANA, DNI: 13.834.302 con domicilio en San Julián e/ Reconquista y San Martín, de la Localidad de B. Bavio, llevara a caboel taller de MANUALIDADES, 4 (horas) semanales, a dictarse en B. Bavio, por un monto de PESOS TRES MIL TRESCIENTOS SESENTA ($3.360) mensuales.-

MERCURI BUSQUED María Andrea, DNI: 36.683.090, con domicilio en la calle Dr. Pepe s/n de Bartolomé Bavio, llevara a cabo el taller dePLASTICA, a dictarse 4 horas semanales en Bartolomé Bavio, por un monto mensual de PESOS TRES MIL OCHOCIENTOS CUARENTA ($3.840) mensuales,

GALEAZZI, CELESTE DNI 33.244.879, con domicilio en calle Brenan y Las carretas de la localidad de Magdalena, llevara a cabo el taller dePLASTICA, a dictarse 9 horas semanales, por un monto de PESOS SIETE MIL QUINIENTOS SESENTA ($ 7.560) mensuales,

CASTELLI CECILIA, DNI: 26.566.606, con domicilio en la calle Goenaga esq. Gattini de Payro, llevara a cabo el taller Municipal de DANZASAFOLKLORICAS 8 horas semanales, por un monto de PESOS SIETE MIL SEISCIENTOS OCHENTA ( $7.680) mensuales,

PEREYRA ORTIZ DELVIE , DNI: 25.632.328, con domicilio en la calle La Patria 718. de Magdalena, llevara a cabo el taller Municipal deMUSICA a dictarse en Magdalena 2 horas semanales, por un monto de PESOS UN MIL NOVECIENTOS VEIN TE ( $1.920) mensuales

MORETE MARIA ELENA, DNI: 27.509.153, con domicilio en la calle 61 Nº 913 de La Plata, llevara a cabo el taller Municipal de TEATRO adictarse en Magdalena 4 horas semanales, por un monto de PESOS TRES MIL OCHOCIENTOS CUARENTA ( $3.840) mensuales

AGUERO JORGE, DNI: 17.367.382, con domicilio en la calle 11 de Septiembre de Magdalena, llevara a cabo el taller Municipal de TANGO adictarse en Magdalena 2 horas semanales, por un monto de PESOS UN MIL NOVECIENTOS VEINTE ( $1920) mensuales

DIAZ CUELLO AGUSTIN, DNI: 39.878.606, con domicilio en la calle San Martin Nº 2074 de Magdalena, llevara a cabo el taller Municipal deFOLKLORE a dictarse en Magdalena 4 horas semanales, por un monto de PESOS DOS MIL ( $2000) mensuales

Que el periodo de práctica de dichos talleres a partir del 01 de Mayo al 30 de Noviembre de 2018.

Que se han emitido los certificados de Capacitación correspondientes al mes de JUNIO,

Que existe saldo disponible en la Partida correspondiente,

Por ello,

EL INTENDENTE MUNICIPAL de MAGDALENA en uso de sus atribuciones

D E C R E T A

Municipio de Magdalena Boletin Oficial Municipal Pag. 46

ARTICULO 1º: Líbrese Orden de Pago en concepto las clases Dictadas en el mes de JUNIO 2018, a los profesores: HERRERA VICTORIANA,DNI: 13.834.302, POR UN MONTO DE PESOS TRES MIL TRESCIENTOS SESENTA ($ 3.360))mensuales; MERCURI BUSQUED María Andrea,DNI: 36.683.090, por un monto mensual de PESOS TRES MIL OCHOCIENTOS CUARENTA ($3.840)mensuales; GALEAZZI CELESTE DNI Nº33.244.879 por un monto de PESOS SIETE MIL QUINIENTOS SESENTA ($ 7.560) mensuales; CASTELLI CECILIA, DNI: 26.566.606 por unmonto de PESOS. SIETE MIL SEISCIENTOS OCHENTA ($7.680) mensuales, PEREYRA ORTIZ DELVIE, DNI: 25.632.328 por un monto de PESOSUN MIL NOVECIENTOS VEIN TE ($1.920) mensuales, MORETE MARIA ELENA, DNI: 27.509.153, por un monto de PESOS TRES MILOCHOCIENTOS CUARENTA ($3.840) mensuales, AGUERO JORGE, DNI: 17.367.382, por un monto de PESOS UN MIL NOVECIENTOS VEINTE($1920) mensuales, DIAZ CUELLO AGUSTIN , DNI: 39.878.606 por un monto de PESOS DOS MIL ( $2000) mensuales

ARTÍCULO 2º: La erogación que demande el cumplimiento del Artículo 1º, deberá ser tomada de la Partida 5.1.3.0. BECAS, Jurisdicción3000, Programa 30, F.F. 110 del Presupuesto de Gastos Vigente.-

ARTICULO 3º: El presente Decreto será refrendado por el Sr. Secretario de Gobierno de la Municipalidad de Magdalena.

ARTICULO 4º.- Comuníquese, tomen nota las Oficinas pertinentes, dese al Registro Municipal y Archívese.-

Fdo.

Lic. GONZALO PELUSO

Intendente Municipal

Fdo.

Dn. RODOLFO SALOMON TATA

Secretario de Gobierno

Decreto Nº 1052/18

Magdalena, 03/07/2018

Visto

El Expte. Letra C nº 733/16, mediante el cual se tramita la MANO DE OBRA, MATERIALES Y EQUIPOS PARA LA CONSTRUCCION DEUN PLAYON MULTIDEPORTES EN EL PREDIO DEL CLUB SOCIAL Y DEPORTIVO ATALAYA DE LA LOCALIDAD DE ATALAYA, PARTIDO DEMAGDALENA, y

Considerando

Que, el día 23 de ENERO del año 2018 ha sido suscripto contrato con la Firma del Sr JORGE AGUIRRE – DNI. 18.228.314, por un monto totalde PESOS QUINIENTOS TREINTA Y OCHO MIL DOSCIENTOS CUARENTA Y OCHO ($538.248,00).

Que, ha sido emitido el Certificado de Obra nº 03 por un monto de PESOS CUARENTA Y DOS MIL ($ 42.000,00).-

Que, el presente certificado se afianza mediante Póliza Nº 164936 de Garantía de Fondos de Reparo de Sancor Seguros.-

POR ELLO:

El Intendente Municipal de Magdalena, en uso de sus atribuciones que le son propias

DECRETA

ARTICULO 1º: Líbrese Orden de Pago a la Firma del Sr JORGE ALBERTO AGUIRRE DNI Nº 18.228.314, por un monto de PESOS CUARENTA YDOS MIL ($ 42.000,00), en virtud de las causales expuestas en el exordio de la presente.-

ARTICULO 2º: Las erogaciones que se determinen del Artículo anterior, serán tomadas de la Jurisdicción: 1.000 - Partida 5.3.7.0, "TRANSFERENCIA A ENTES DE GOBIERNOS PROVINCIALES" - PROGRAMA 01 - FUENTE FINANCIAMIENTO: 132, del Presupuesto de Gastosvigente.-

ARTICULO 3º: El presente Decreto será refrendada por el Secretario de Hacienda, Cdr. Andres Luciano Garcia.-

ARTICULO 4º: Comuníquese a quienes corresponda, tomen nota las Oficinas pertinentes, dése al Registro Municipal y archívese.-

Fdo.

Lic. GONZALO PELUSO

Intendente Municipal

Municipio de Magdalena Boletin Oficial Municipal Pag. 47

Fdo.

Cdor. ANDRES LUCIANO GARCIA

Secretario de Hacienda

Decreto Nº 1053/18

Magdalena, 04/07/2018

Visto

Las actuaciones obrantes en Expte Letra I nº 556/18, referente a la mano de obra con provisión de equipos para EJECUCION DE 900 M2 DEBACHEO EN CARPETA ASFALTICA de la Localidad de Magdalena, y

Considerando

Que, el día 08 de JUNIO del año Dos Mil Dieciocho ha sido suscripto contrato con la firma SOLIDUM CONSTRUCTIONE S.A – DE CIBRAROMARIA CANDELARIA DNI Nº 27.824.880, por un monto total de PESOS UN MILLON DOSCIENTOS TREINTA Y SEIS MIL ($ 1.236.000,00).-

Que, ha sido emitido el Certificado de Obra por el monto total del contrato, debiéndose proceder a su liquidación respectiva.-

Que, el presente Certificado se afianza mediante Póliza de Caución Nº 307963 en concepto de Garantía Sustitución Fondo de Reparo,emitida por Federación Patronal. -

POR ELLO:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE MAGDALENA, en uso de sus atribuciones,

DECRETA

ARTICULO 1º: Líbrese Orden de Pago a la Firma SOLIDUM CONSTRUCTIONE S.A – DE CIBRARO MARIA CANDELARIA DNI Nº 27.824.880, porla suma de PESOS UN MILLON DOSCIENTOS TREINTA Y SEIS MIL ($ 1.236.000,00), de acuerdo a los considerandos de la presente.-

ARTICULO 2º: Las erogaciones que se determinen del Artículo anterior tomadas de Jurisdicción: 5.000 – Partida 4.2.2.0. CONSTRUCCIONESEN BIENES DE DOMINIO PUBLICO - Programa 23 - Fuente de Financiamiento 132 - del Presupuesto de Gastos vigente.-

ARTICULO 3º: El presente Decreto será refrendado por el Secretario de Hacienda, Cdor. ANDRES GARCIA.-

ARTICULO 4º: Comuníquese a quiénes corresponda, tomen nota las Oficinas pertinentes, dése al Registro Municipal y archívese.-

Fdo.

Lic. GONZALO PELUSO

Intendente Municipal

Fdo.

Cdor. ANDRES LUCIANO GARCIA

Secretario de Hacienda

Municipio de Magdalena Boletin Oficial Municipal Pag. 48

Decreto Nº 1054/18

Magdalena, 04/07/2018

Visto

La demanda de gas envasado por parte de familias de escasos recursos económicos de nuestro distrito y

Considerando

Que familias de nuestro distrito demandan ante la Direccion de Educación, Desarrollo Humano y Familia gas envasado.

Que son familias de escasos recursos económicos, que se le dificulta la adquisición de la garrafa de gas.

Que la situación Socioeconómica de cada familia es corroborada por el Equipo Tecnico de la Direccion de Educ. Desarrollo Humano yFamilia.

Que se hace entrega de una carga de gas x 10 kg a familias, que demandan en forma mensualmente a la Direccion de Educación, Desarrollo Humano y Familia, paliando mininamente dicha necesidad, permitiéndole de esta manera solucionar el problema de cocinar ycalefaccionarse.

Que se hace necesario realizar el acto administrativo correspondiente.

Por ello

El Sr. Intendente Municipal en uso de sus atribuciones

DECRETA

Articulo 1º: Otórguese un subsidio en especies el cual se materializa, en la entrega de una carga de gas x 10 Kg. a las familias que sedetallan en el anexo I que forma parte del presente Decreto durante el mes de JUNIO de acuerdo al considerando.

Articulo 2º.La Direccion de Educ. Desarrollo Humano y familia- presentara los comprobante de la entrega del gas envasado.

Articulo 3º: El presente Decreto será refrendado por el Secretario de Hacienda.

Articulo 4º: Comuníquese registrase y, archives.

Fdo.

Lic. GONZALO PELUSO

Intendente Municipal

Fdo.

Cdor. ANDRES LUCIANO GARCIA

Secretario de Hacienda

ANEXOS

Decreto Nº 1055/18

Magdalena, 04/07/2018

Visto

El Expte, T 1273/18, la carpeta médica presentada por el TESORERO MUNICIPAL Cdr: Sebastian Mayora legajo nº 2183 y,

Considerando

Que, la misma será por un lapso de 4 (CUATRO) días partir del 21/06/2018 y hasta el 24/06/2018 inclusive.

Que, consecuentemente deberá designarse reemplazante “A Cargo” durante el período Ut Supra mencionado.

Que, el Sr. Intendente determina que el citado reemplazo sea efectivizado por la Agente Municipal Verónica Silvina Otamendi, leg 1095.

P O R E L L O

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE MAGDALENA, en uso de sus facultades que le son propias

D E C R E T A

Municipio de Magdalena Boletin Oficial Municipal Pag. 49

ARTICULO 1º: DESIGNESE “A CARGO” de la TESORERIA MUNICIPAL durante el período 21/06/2018 y hasta el 24/06/2018 inclusive, a laAgente Municipal, Srta Verónica Silvina Otamendi, leg 1095 , en virtud de lo expuesto en el exordio de la presente.

ARTICULO 2º: El presente Decreto será refrendado por el Secretario de Gobierno Sr RODOLFO TATA.

ARTICULO 3º: Comuníquese a quienes corresponda, tomen nota las Oficinas pertinentes, dése al Registro Municipal y archívese.

Fdo.

Lic. GONZALO PELUSO

Intendente Municipal

Fdo.

Dn. RODOLFO SALOMON TATA

Secretario de Gobierno

Decreto Nº 1056/18

Magdalena, 04/07/2018

Visto

Las actuaciones obrantes en el Expediente Letra S Nº 995/18 , referente al Llamado a Concurso de Precios para la RENOVACION DE LOS“JUEGOS INFANTILES PARA LOS DIFERENTES JARDINES DE INFANTES DEL PARTIDO DE MAGDALENA, PROVINCIA DE BUENOS AIRES”.-

Que, existe saldo disponible en la respectiva partida del Presupuesto de Gastos, por ello;

Considerando

Que, el Acto de Apertura contó con la participación de cuatro (04) Empresas/Firmas del ramo: Quiroga Graciela, Green Juegos S.R.L.,Tunin y Crucijuegos S.R.L., cuya documentación presentada en el Acto de Apertura reúne apropiadamente la totalidad de las exigencias delPliego de Bases y Condiciones.

En el caso de la firma Crucijuegos SRL fue observada su cotización, y en el caso de la Firma Tunin la misma fue recepcionada conposterioridad al día del Acto.

Que, visto el informe emanado por el Sr. Sub Director de Gobierno a Fs. 160 donde considera que resulta conveniente a los interesesmunicipales la Oferta presentada por la Firma Green Juegos S.R.L. los Ítem 1 (Calesita), y 3 (Mangrullo); y a la Firma Graciela Quiroga losÍtems 2 (Panel Ta-Te-Ti), Ítem 4 (Sube y Baja), Ítem 5 (Pórtico de Hamacas) e Ítem 6 (Resortes).

Que, visto el informe emanado por el Sr. Secretario de Hacienda Municipal a Fs. 158v, avalando dicha Adjudicación.

Que, existiendo saldo favorable en la respectiva Partida Presupuestaria;

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE MAGDALENA, en uso de sus atribuciones,

D E C R E T A

ARTICULO 1º: ADJUDICASE la RENOVACION DE LOS “JUEGOS INFANTILES PARA LOS DIFERENTES JARDINES DE INFANTES DEL PARTIDODE MAGDALENA, PROVINCIA DE BUENOS AIRES” a las siguientes Firmas:

a la Empresa GREEN JUEGOS S.R.L. (CUIT Nº 30-71535355-1), por una suma total de PESOS CIENTO CUARENTA MIL NOVECIENTOSCON 00/100 ($ 140.900,00) los Ítems 1 y 3.-a la Empresa QUIROGA GRACIELA (ABC JUEGOS) (CUIT Nº 27-22337150-2), por una suma total de PESOS CIENTO TREINTA Y DOSMIL QUINIENTOS CON 00/100 ($ 132.500,00) los Ítems 2, 4, 5, y 6.-

en un todo de acuerdo a la documentación que sirvió de base para el llamado a Concurso de Precios Nº 13/18.-

ARTICULO 2º.- AFÉCTESE las erogaciones que se produzcan como consecuencia de la aplicación del Artículo Primero en la Jurisdicción1.000, Programa 01 Partida 5.3.7.0 “Transferencias a Entes de Gobiernos Provinciales” con Fuente de Financiamiento 132 de OrigenMunicipal del Presupuesto de Gastos para el Ejercicio 2018.-

ARTICULO 3º: El presente Decreto será refrendado por el Señor Secretario de Hacienda Cr. Andrés L. García.-

ARTICULO 4º: Comuníquese a quienes corresponda, dése al Registro Municipal y archívese.-

Municipio de Magdalena Boletin Oficial Municipal Pag. 50

Fdo.

Lic. GONZALO PELUSO

Intendente Municipal

Fdo.

Cdor. ANDRES LUCIANO GARCIA

Secretario de Hacienda

Decreto Nº 1057/18

Magdalena, 04/07/2018

Visto

Las actuaciones del expediente Letra G, Número 1276/18 mediante las cuales PABLO NICOLAS GOMEZ MACIEL – CUIT 20-32862740-0solicita la habilitación de un TRANSPORTE DE REMOLQUE DE AUTOMOTORES, cuya identificación es Marca: IVECO; Modelo: DAILY 55C16PASO 3750; Patente: PDE 362; y

Considerando

Las intervenciones e informes al respecto que aconsejan hacer lugar a lo solicitado, en virtud de haberse cumplimentado los requisitosestablecidos en la normativa vigente.

Por todo ello

El INTENDENTE MUNICIPAL DE MAGDALENA, en uso de sus atribuciones

DECRETA

Artículo 1º: Autorizar y registrar a partir de la fecha, como TRANSPORTE DE REMOLQUE DE AUTOMOTORES al vehículo propiedad dePABLO NICOLAS GOMEZ MACIEL – CUIT 20-32862740-0 , cuya identificación es Marca: IVECO; Modelo: DAILY 55C16 PASO 3750; Patente:PDE 362; Motor 7234513, Chasis: 93ZC53B018345404, Año de fabricación 2015.

Artículo 2º: El presente Decreto será refrendado por el Señor Secretario de Gobierno de la Municipalidad de Magdalena.

Artículo 3º: Comuníquese a quienes corresponda, tomen nota las oficinas pertinentes, dese al registro municipal y archívese.

Fdo.

Lic. GONZALO PELUSO

Intendente Municipal

Fdo.

Dn. RODOLFO SALOMON TATA

Secretario de Gobierno

Decreto Nº 1058/18

Magdalena, 04/07/2018

Visto

Las actuaciones del Expediente Letra G, Número 1106/18 mediante las cuales YESICA SOLEDAD GOMEZ - CUIT 27-35408832-6 , solicitahabilitación Municipal del comercio cuya actividad es ELABORACION Y VENTA DE SANDWICHES DE MIGA, ubicado en calle LAVALLE 1346 dela Ciudad de Magdalena y,

Considerando

Las intervenciones e informes al respecto de las distintas dependencias municipales que aconsejan hacer lugar a lo solicitado, en virtud dehaberse cumplimentado los requisitos establecidos en la normativa vigente.

Por todo ello

Municipio de Magdalena Boletin Oficial Municipal Pag. 51

El INTENDENTE MUNICIPAL DE MAGDALENA, en uso de sus atribuciones

DECRETA

Artículo 1º: Autorizar y registrar a partir de la fecha por los motivos expuestos en el exordio, la Habilitación municipal del comercio cuyaactividad es ELABORACION Y VENTA DE SANDWICHES DE MIGA (Código de actividad 31-000-20), propiedad de YESICA SOLEDAD GOMEZ -CUIT 27-35408832-6, Legajo Municipal Nº 62777 sito en el inmueble designado catastralmente como: Circunscripción I, Sección C,Manzana 254, Parcela 2 y Partida Inmobiliaria Nº 17.898 ubicado en calle LAVALLE 1346 de la Ciudad de Magdalena.

Artículo 2º: El presente Decreto será refrendado por el Secretario de Gobierno de la Municipalidad de Magdalena

Artículo 3º: Comuníquese a quienes corresponda, tomen nota las Oficinas pertinentes dese al Registro Municipal y Archívese.

Fdo.

Lic. GONZALO PELUSO

Intendente Municipal

Fdo.

Dn. RODOLFO SALOMON TATA

Secretario de Gobierno

Decreto Nº 1059/18

Magdalena, 04/07/2018

Visto

Las actuaciones del Expediente Letra E, Número 382/18 mediante las cuales OLGA ANGELICA ELETA - CUIT 27-10716362-5 , solicitahabilitación Municipal del comercio cuya actividad es DESPACHO DE PAN – VENTA DE PRODUCTOS DE CONFITERIA, ubicado en calle JUNINESQ. 11 DE SEPTIEMBRE de la Ciudad de Magdalena y,

Considerando

Las intervenciones e informes al respecto de las distintas dependencias municipales que aconsejan hacer lugar a lo solicitado, en virtudde haberse cumplimentado los requisitos establecidos en la normativa vigente.

Por todo ello

el INTENDENTE MUNICIPAL DE MAGDALENA, en uso de sus atribuciones

DECRETA

Artículo 1º: Autorizar y registrar a partir de la fecha por los motivos expuestos en el exordio, la Habilitación municipal del comercio cuyaactividad es DESPACHO DE PAN (Código de Actividad 62-100-08) – VENTA DE PRODUCTOS DE CONFITERIA (Código de actividad 62-100-05), propiedad de OLGA ANGELICA ELETA - CUIT 27-10716362-5, Legajo Municipal Nº 62778 sito en el inmueble designadocatastralmente como: Circunscripción I, Sección B, Manzana 122, Parcela 7 y Partida Inmobiliaria Nº 24.959 ubicado en calle JUNIN ESQ. 11DE SEPTIEMBRE de la Ciudad de Magdalena.

Artículo 2º: El presente Decreto será refrendado por el Secretario de Gobierno de la Municipalidad de Magdalena

Artículo 3º: Comuníquese a quienes corresponda, tomen nota las Oficinas pertinentes dese al Registro Municipal y Archívese.

Fdo.

Lic. GONZALO PELUSO

Intendente Municipal

Fdo.

Dn. RODOLFO SALOMON TATA

Municipio de Magdalena Boletin Oficial Municipal Pag. 52

Secretario de Gobierno

Decreto Nº 1060/18

Magdalena, 05/07/2018

Visto

El Expte. Letra L Nº 1201/18 mediante el cual la Sra. LUCIAGUE Guadalupe, solicita ayuda económica para abonar el suministro de luz, y

Considerando

Que a fs.1 se encuentra nota de pedido para abonar el pago de luz por parte de la Sra. LUCIAGUE Guadalupe.

Que a fs. 2 se encuentra la factura de la Empresa Edelap donde consta la deuda que pose

Que a fs.3 se corrobora la situación socio-económica del solicitante.

Que el servicio de luz es indispensable para la Sra. LUCIAGUE Guadalupe.

Por ello,

EL Sr. INTENDENTE MUNICIPAL en uso de sus atribuciones

DECRETA

ARTICULO 1º: ABONESE a la Empresa EDELAP la suma de PESOS OCHOCIENTOS SESENTA CON SETENTA Y SIETE CTVS ($860,77) enconcepto de pago de luz de la Sra. LUCIAGUE Guadalupe de acuerdo al considerando.

ARTÍCULO 2º: Para tal gasto será afectada la partida 5.1.4.0 Ayuda Sociales a Personas. Jurisdicción 7000 .Apertura Programática24.04.00 .Fuente de financiamiento 110 Tesoro Municipal.

ARTICULO 3º: El solicitante deberá presentar el comprobante dentro de los 30 días recibido el beneficio.

ARTICULO 4 º: El presente Decreto será refrendado por el Secretario de Hacienda.

ARTICULO 5º: Comuníquese a quienes corresponda y archívese

Fdo.

Lic. GONZALO PELUSO

Intendente Municipal

Fdo.

Cdor. ANDRES LUCIANO GARCIA

Secretario de Hacienda

Decreto Nº 1061/18

Magdalena, 05/07/2018

Visto

El Expte P.1208/18Passini Angela , Sequeira Aurora 1229/18 Marone Alejandra 1187/18 ,Guerrero Giovana Expte L.G Nº 1133/18familias de nuestro distrito, mediante el cual solicita materiales de construcción para mejorar sus vivienda y

Considerando

Que as fs. 1 obran notas de solicitud por parte de las familias

Que a fs. 2, 3, c obran presupuesto d e los materiales que solicita.

Que a fs.4, obra informe social que corrobora la situación socioeconómica de la familia.

Que la entrega de los materiales permitirá mejorar la calidad de vida de estas familias y condiciones habitacionales.

Que se hace necesario realizar el acto administrativo correspondiente.

Municipio de Magdalena Boletin Oficial Municipal Pag. 53

Por ello

El Sr. Intendente Municipal de Magdalena, en uso de sus atribuciones

DECRETA

Articulo 1º: Otórguese un subsidio de materiales de construcción, en especies, que se detallan en el anexo I que forma parte delpresente, a favor de las familias Y /o personas que se indica, en concepto de entrega de materiales de construcción para mejorar susviviendas de acuerdo al considerando.

Articulo 2º Para tal erogación será afectada la partida 5.1.4 ayuda a personas sociales correspondiente a la jurisdicción 7000 Programa24-05- FF 132.

Articulo 3ª. El presente Decreto será refrendado por el Secretario de Hacienda.

Articulo 4ª Comuníquese a quienes corresponda y dese al Registro Municipal.

Fdo.

Lic. GONZALO PELUSO

Intendente Municipal

Fdo.

Cdor. ANDRES LUCIANO GARCIA

Secretario de Hacienda

ANEXOS

Decreto Nº 1062/18

Magdalena, 05/07/2018

Visto

El Expte. Letra D nº 641/17, mediante el cual se tramita el alquiler del Predio de Disposición final de residuos no tradicionales en lalocalidad de Bartolomé Bavio, y

Considerando

Que, el día 01 de JULIO del año 2017 ha sido suscripto contrato con la Firma del Sr. MARCO ANTONIO CHIODI – D.N.I. 28.273.698, y la Sra.VERONICA SOLEDAD CHIODI – D.N.I. nº 26.351.468, en representación de los Sres. Rogelio Chiodi y José Ricardo Chiodi, por un montototal de $ 7.007 (PRIMER AÑO) – $ 8.410 (SEGUNDO AÑO) y $ 9.250 (TERCER AÑO), con vencimiento el día 31 de MARZO DE 2020.-

Que, mediante Ordenanza nº 3.407/17, se Autoriza al Sr. Intendente Municipal a suscribir dicho contrato.-

Que, ha sido suscripta la Certificación correspondiente al mes de JUNIO del corriente año a la firma VERONICA SOLEDAD CHIODI.-

POR ELLO

El Intendente Municipal de Magdalena, en uso de sus atribuciones que le son propias

DECRETA

ARTICULO 1º: LIBRESE Orden de Pago a la Sra. VERONICA SOLEDAD CHIODI – D.N.I.nº 26.351.468, por un monto de PESOS CUATRO MILDOSCIENTOS CINCO ($4.205,00), en virtud de las causales expuestas en el exordio de la presente.-

ARTICULO 2º: El presente Decreto será refrendado por el Sr. Secretario de Hacienda, Cdor. ANDRES LUCIANO GARCIA.-

ARTICULO 3º: Comuníquese a quienes corresponda, tomen nota las Oficinas pertinentes, dése al Registro Municipal y archívese.-

Fdo.

Lic. GONZALO PELUSO

Intendente Municipal

Fdo.

Cdor. ANDRES LUCIANO GARCIA

Secretario de Hacienda

Municipio de Magdalena Boletin Oficial Municipal Pag. 54

Decreto Nº 1063/18

Magdalena, 05/07/2018

Visto

Las actuaciones del Expediente Letra F, Número 1234/18 mediante las cuales GISELA FERRARI, DNI 33.613.428, en representación deLACTEOS FERRARI DE ADRIAN FERRARI Y GISELA FERRARI SOCIEDADES LEY 19550 CAPÍTULO I SECCIÓN IV - CUIT 30-71538517-8, solicita habilitación Municipal del comercio cuya actividad es ELABORACION DE PRODUCTOS LACTEOS, ubicado enCAMINO VECINAL Nº 10 de la localidad de Bartolomé Bavio y,

Considerando

Las intervenciones e informes al respecto de las distintas dependencias municipales que aconsejan hacer lugar a lo solicitado, en virtudde haberse cumplimentado los requisitos establecidos en la normativa vigente.

Por todo ello

El INTENDENTE MUNICIPAL DE MAGDALENA, en uso de sus atribuciones

DECRETA

Artículo 1º: Autorizar y registrar a partir de la fecha por los motivos expuestos en el exordio, la Habilitación municipal del comercio cuyaactividad es ELABORACION DE PRODUCTOS LACTEOS (Código de actividad 31-000-10), propiedad de LACTEOS FERRARI DE ADRIANFERRARI Y GISELA FERRARI SOCIEDADES LEY 19550 CAPÍTULO I SECCIÓN IV - CUIT 30-71538517-8, Legajo Municipal Nº 62779 sito en elinmueble designado catastralmente como: Circunscripción VI, Sección Rural, Parcela 2.234c y Partida Inmobiliaria Nº 27.989 ubicado enCAMINO VECINAL Nº 10 de la localidad de Bartolomé Bavio.

Artículo 2º: El presente Decreto será refrendado por el Secretario de Gobierno de la Municipalidad de Magdalena

Artículo 3º: Comuníquese a quienes corresponda, tomen nota las Oficinas pertinentes dese al Registro Municipal y Archívese.

Fdo.

Lic. GONZALO PELUSO

Intendente Municipal

Fdo.

Dn. RODOLFO SALOMON TATA

Secretario de Gobierno

Decreto Nº 1064/18

Magdalena, 05/07/2018

Visto

el expediente 4070-16/07 interno letra “I” Nº 241/17, la Ordenanza Nº 3419/17 y el Decreto Nº 521/17 referente al préstamo contraído porel Municipio con el Banco de la Provincia de Buenos Aires; y

Municipio de Magdalena Boletin Oficial Municipal Pag. 55

Considerando

que de acuerdo a la cláusula segunda de la Ordenanza consignada “ut-supra” las condiciones generales del préstamo son fijadas con unplazo de reembolso de 48 (cuarenta y ocho) meses, con 6 (seis) meses de gracia para la amortización del capital;

que con fecha 22/06/2018 el Banco de la Provincia de Buenos Aires debitó en la cuenta corriente Nº 50421/2 el importe de $ 259.890,41 enconcepto de intereses y $ 428.571,42 en concepto de capital correspondiente a la cuota Nº 7 del préstamo 330-10706807, de acuerdo conlo notificado por la entidad acreedora;

que del monto mencionado corresponde efectuar la siguiente desagregación:

Cuota Nº 07

Amortización $ 428.571,42

Intereses $ 259.890,41

que en virtud de lo señalado precedentemente es menester efectuar los trámites administrativo-contables que le otorguen el marco legalpertinente a la mencionada liquidación;

Por todo ello,

El INTENDENTE MUNICIPAL DE MAGDALENA, en uso de sus atribuciones

DECRETA

ARTICULO 1º: Líbrese Orden de Pago a favor del Banco de la Provincia de Buenos Aires (5019) por $ 259.890,41 (PESOS DOSCIENTOSCINCUENTA Y NUEVE MIL OCHOCIENTOS NOVENTA CON 41/100) por las razones expuestas en el exordio. Las erogaciones serán tomadasde las Partidas 7163 INTERESES DE LA DEUDA A LARGO PLAZO “Préstamo Maquinaria BP”, correspondiente a la Jurisdicción 1110108000Secretaría de Hacienda, Programa 92 Intereses y Gastos de la Deuda del Presupuesto de Gastos vigente.

ARTICULO 2º: Líbrese Orden de Pago a favor del Banco de la Provincia de Buenos Aires (5019) por $ 428.571,42 (PESOS CUATROCIENTOSVEINTIOCHO MIL QUINIENTOS SETENTA Y UNO CON 42/100) por las razones expuestas en el exordio. Las erogaciones serán tomadas de lasPartidas 7173 AMORTIZACIÓN DE LA DEUDA A LARGO PLAZO “Préstamo Maquinaria BP”, correspondiente a la Jurisdicción 1110108000Secretaría de Hacienda, Programa 93 Deuda Consolidada del Presupuesto de Gastos vigente.

ARTICULO 3º: El presente Decreto será refrendado por el Sr. Secretario de Hacienda de la Municipalidad de Magdalena.

ARTICULO 4º: Comuníquese, tomen nota las Oficinas pertinentes, dése al Registro Municipal y archívese.

Fdo.

Lic. GONZALO PELUSO

Intendente Municipal

Fdo.

Cdor. ANDRES LUCIANO GARCIA

Secretario de Hacienda

Decreto Nº 1065/18

Magdalena, 06/08/2018

Visto

Las actuaciones obrantes en el Expediente Letra S Nº 890/18 , referente al Llamado a Concurso de Precios para la PROVISION DEREFUGIOS PARA LAS LOCALIDADES DEL PARTIDO DE MAGDALENA, PROVINCIA DE BUENOS AIRES”.-

Que, existe saldo disponible en la respectiva partida del Presupuesto de Gastos, por ello;

Considerando

Que, el Acto de Apertura contó con la participación de DOS (02) Empresas/Firmas del ramo: Flamini Pablo y Quiroga Graciela, cuyadocumentación presentada en el Acto de Apertura reúne apropiadamente la totalidad de las exigencias del Pliego de Bases y Condiciones.

Municipio de Magdalena Boletin Oficial Municipal Pag. 56

Que, visto el informe emanado por el Sr. Sub Director de Gobierno a Fs. 70 donde considera que resulta conveniente a los interesesmunicipales la Oferta presentada por la firma Flamini Pablo.

Que, visto el informe emanado por el Sr. Secretario de Hacienda Municipal a Fs. 71v, avalando parcialmente dicha Adjudicación.

Que, existiendo saldo favorable en la respectiva Partida Presupuestaria;

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE MAGDALENA, en uso de sus atribuciones,

D E C R E T A

ARTICULO 1º: ADJUDICASE a la Empresa/Firma FLAMINI PABLO (CUIT Nº 20-27550095-0) , por una suma total de PESOSCUATROCIENTOS NOVENTA Y SEIS MIL SETENTA Y DOS CON 00/100 ($ 496.072,00) para la PROVISION DE REFUGIOS PARA LASLOCALIDADES DEL PARTIDO DE MAGDALENA, PROVINCIA DE BUENOS AIRES”, en un todo de acuerdo a la documentación que sirvió debase para el llamado a Concurso de Precios Nº 14/18.-

ARTICULO 2º.- AFÉCTESE las erogaciones que se produzcan como consecuencia de la aplicación del Artículo Primero en la Jurisdicción5.000, Programa 20/01 Partida 4.2.2.0 “Construcciones en Bienes de Dominio Publico” con Fuente de Financiamiento 110 de OrigenMunicipal del Presupuesto de Gastos para el Ejercicio 2018.-

ARTICULO 3º: El presente Decreto será refrendado por el Señor Secretario de Hacienda Cr. Andrés L. García.-

ARTICULO 4º: Comuníquese a quienes corresponda, dése al Registro Municipal y archívese.-

Fdo.

Lic. GONZALO PELUSO

Intendente Municipal

Fdo.

Cdor. ANDRES LUCIANO GARCIA

Secretario de Hacienda

Decreto Nº 1066/18

Magdalena, 06/07/2018

Visto

El expte letra D Nº 66/16; referido a Contrato de Tenencia Precaria de un lote de terreno entre la Municipalidad de Magdalena y la Sra. DIMAURO GISELA NOEMI, y

Considerando

Que a fs. 22 de las citadas actuaciones obra copia del Contrato,

Que se debe efectivizar el Acto Administrativo de Convalidación del mismo,

Por ello

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE MAGDALENA, en uso de sus atribuciones ,

D E C R E T A

ARTICULO 1º: Convalidase la firma del Contrato de Tenencia Precaria entre la Municipalidad de Magdalena y la Sra. DI MAURO GISELANOEMI DNI nº 32.599.945 a quien se le entrega un terreno ubicado en la localidad de Magdalena designado catastralmente como; CIRC, I;SECC; G; Chacra 110; Lote E, Parcela 11, de acuerdo a una subdivisión interna, según Ordenanza Nº 3277/16.-

ARTICULO 2º: El presente Decreto será refrendado por el Sr. Secretario de Gobierno D. Rodolfo Tata.-

ARTICULO 3º: Comuníquese, tomen nota las Oficinas pertinentes, dése al Registro Municipal y archivese

Municipio de Magdalena Boletin Oficial Municipal Pag. 57

Fdo.

Lic. GONZALO PELUSO

Intendente Municipal

Fdo.

Dn. RODOLFO SALOMON TATA

Secretario de Gobierno

Decreto Nº 1067/18

Magdalena, 06/07/2018

Visto

La Ordenanza Nº 3514/17 sancionada por el Honorable Concejo Deliberante con fecha 4 de Julio del 2018

Considerando

Que dicha ordenanza es referida a Convalidación firma Sr. Intendente Municipal en el Convenio Especifico de Cooperación celebrado entrela Municipalidad de Magdalena y la Secretaria de Provincias y Municipios del Ministerio del Interior, Obras Públicas y Vivienda de la Nación,

Por ello,

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE MAGDALENA, en uso de sus atribuciones ,

D E C R E T A

ARTICULO 1º: PROMULGASE, la Ordenanza Nº 3514/18 sancionada por el Honorable Concejo Deliberante con fecha 04 de Julio del 2018 referida a Convalidación firma del Sr. Intendente Municipal en el Convenio Especifico de Cooperación celebrado entre la Municipalidad deMagdalena y la Secretaria de Provincias y Municipios del Ministerio del Interior, obras Públicas y Vivienda de la Nación.-

ARTICULO 2º: El presente Decreto será refrendado por el Sr. Secretario de Gobierno de la Municipalidad de Magdalena.-

ARTICULO 3º: Comuníquese, tomen nota las Oficinas pertinentes, dése al Registro Municipal y archívese.-

Fdo.

Lic. GONZALO PELUSO

Intendente Municipal

Fdo.

Dn. RODOLFO SALOMON TATA

Secretario de Gobierno

Decreto Nº 1068/18

Magdalena, 06/07/2018

Visto

La Ordenanza Nº 3515/18 sancionada por el Honorable Concejo Deliberante con fecha 04 de JULIO del 2018,

Considerando

Que dicha ordenanza es referida a la Modificación del art 1º de la Ordenanza Nº 3493/18 – Creación del Boleto Educativo Gratuito-

Por ello,

Municipio de Magdalena Boletin Oficial Municipal Pag. 58

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE MAGDALENA, en uso de sus atribuciones ,

D E C R E T A

ARTICULO 1º: PROMULGASE, la Ordenanza Nº 3515/18 sancionada por el Honorable Concejo Deliberante con fecha 04 de Julio del 2018, referida a la Modificación del art 1º de la Ordenanza 3493/18, el cual quedara redactado: “crease el Boleto Educativo Gratuito para serutilizado por los jóvenes que desarrollan sus estudios superiores en el ámbito del Distrito de Magdalena y la Ciudad de la Plata”.-

ARTICULO 2º: El presente Decreto será refrendado por el Sr. Secretario de Gobierno de la Municipalidad de Magdalena.-

ARTICULO 3º: Comuníquese, tomen nota las Oficinas pertinentes, dése al Registro Municipal y archívese.-

Fdo.

Lic. GONZALO PELUSO

Intendente Municipal

Fdo.

Dn. RODOLFO SALOMON TATA

Secretario de Gobierno

Decreto Nº 1069/18

Magdalena, 06/07/2018

Visto

La Ordenanza Nº 3517/17 sancionada por el Honorable Concejo Deliberante con fecha 4 de Julio del 2018

Considerando

Que dicha ordenanza es referida a Convalidación firma Decretos nº 777/18 y 995/18 referidos a Incremento Salarial para el Personal apartir del 01/05/18,

Por ello,

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE MAGDALENA, en uso de sus atribuciones ,

D E C R E T A

ARTICULO 1º: PROMULGASE, la Ordenanza Nº 3517/18 sancionada por el Honorable Concejo Deliberante con fecha 04 de Julio del 2018 referida a Convalidación firma Decretos nº 777/18 y 995/18 referidos a Incremento Salarial para el personal Municipal a partir del01/05/18.-

ARTICULO 2º: El presente Decreto será refrendado por el Sr. Secretario de Hacienda de la Municipalidad de Magdalena.-

ARTICULO 3º: Comuníquese, tomen nota las Oficinas pertinentes, dése al Registro Municipal y archívese.-

Fdo.

Lic. GONZALO PELUSO

Intendente Municipal

Fdo.

Cdor. ANDRES LUCIANO GARCIA

Secretario de Hacienda

Decreto Nº 1070/18

Municipio de Magdalena Boletin Oficial Municipal Pag. 59

Magdalena, 06/07/2018

Visto

Las actuaciones del Expte letra E nº 1214/18 mediante las cuales la Agente Cra. Myriam Eleuterio Leg. Nº 1146, presenta su renuncia alcargo de Contadora Municipal a partir del día 02 de julio de 2018.

Considerando

Que, ante la renuncia de la Agente Cra. Myriam Eleuterio Leg. Nº 1146 al cargo de Contadora Municipal , a fs. 1

Que debe procederse al dictado del acto administrativo de aceptación de la misma.

Que, el Departamento Liquidaciones deberá proceder a erogar el pago de haberes del mes de julio del año 2018, de SAC proporcional y 14(CATORCE) días de vacaciones no gozadas del año 2018.

Que, el Sr. Secretario de Gobierno, convalida la solicitud ut supra mencionada.

POR ELLO

El Intendente Municipal de Magdalena, en uso de sus atribuciones que le son propias.

D E C R E T A

ARTICULO 1º: ACEPTASE LA RENUNCIA AL CARGO DE CONTADORA MUNICIPAL a partir del día 02 de julio del año 2018 presentada por laAgente Cra. Myriam Eleuterio Leg. Nº 1146, en virtud de las causales expuestas en el exordio del presente.

ARTÍCULO 2º: AUTORICESE al Departamento Liquidaciones a proceder a erogar el pago de haberes del mes de julio del año 2018, de SACproporcional y 14 (CATORCE) días de vacaciones no gozadas del año 2018.

ARTÍCULO 3º: El presente Decreto será refrendado por el Sr. Secretario de Gobierno Rodolfo Tata.

ARTÍCULO 4º. Comuníquese a quienes corresponda, tomen nota las Oficinas pertinentes, dése al Registro Municipal y archívese.-

Fdo.

Lic. GONZALO PELUSO

Intendente Municipal

Fdo.

Dn. RODOLFO SALOMON TATA

Secretario de Gobierno

Decreto Nº 1071/18

Magdalena, 06/07/2018

Visto

Los Exptes Letra O Nº 1282/18 Orona Mario Eduardo, Letra A N° 1284/18 Álvarez Marcelo, Letra H Nº 1285/18 Haedo José, Letra G N°1274/18 Gegena Rubén, familias de nuestro distrito, mediante el cual solicitan materiales de construcción para mejorar sus viviendas y

Considerando

Que a fs. 1 obran notas de solicitud por parte de las familias.

Que a fs. 2 obran presupuestos de los materiales que solicitan.

Que a fs. 3, obra informe social que corrobora la situación socioeconómica de la familia.

Que la entrega de los materiales permitirá mejorar la calidad de vida de estas familias y sus condiciones habitacionales.

Que se hace necesario realizar el acto administrativo correspondiente.

Por ello,

El Sr. Intendente Municipal de Magdalena, en uso de sus atribuciones

DECRETA

Municipio de Magdalena Boletin Oficial Municipal Pag. 60

Articulo 1º: Otórguese un subsidio de materiales de construcción, en especies, que se detallan en el anexo I que forma parte del presente, afavor de las familias y /o personas que se indica, en concepto de entrega de materiales de construcción para mejorar sus viviendas deacuerdo al considerando.

Articulo 2º Para tal erogación será afectada la partida 5.1.4 ayuda sociales a personas correspondiente a la jurisdicción 7000 Programa24-05- FF 132.

Articulo 3ª. El presente Decreto será refrendado por el Secretario de Hacienda.

Articulo 4ª Comuníquese a quienes corresponda y dese al Registro Municipal.

Fdo.

Lic. GONZALO PELUSO

Intendente Municipal

Fdo.

Cdor. ANDRES LUCIANO GARCIA

Secretario de Hacienda

ANEXOS

Decreto Nº 1072/18

Magdalena, 06/07/2018

Visto

Las actuaciones del Expte letra H nº 1293/18 mediante las cuales la Agente HOLGUIN Marcela DNI Nº20.969.149 Leg. Nº 1369, presenta surenuncia a partir del día 02 de julio de 2018.

Considerando

Que, ante la renuncia de la Agente HOLGUIN Marcela, a fs. 1

Que debe procederse al dictado del acto administrativo de aceptación de la misma.

Que, el Departamento Liquidaciones deberá proceder a erogar el pago de SAC proporcional y 7 días de vacaciones no gozadas del año2018.

Que, el Sr. Secretario de Gobierno, convalida la solicitud ut supra mencionada.

POR ELLO

El Intendente Municipal de Magdalena, en uso de sus atribuciones que le son propias.

D E C R E T A

ARTICULO 1º: ACEPTASE la RENUNCIA a partir del día 02 de julio del año 2018 presentada por la Agente HOLGUIN Marcela DNINº20.969.149 Leg. Nº 1369 en virtud de las causales expuestas en el exordio del presente.

ARTÍCULO 2º: AUTORICESE al Departamento de Liquidaciones a erogar el pago de SAC proporcional y 7 días de vacaciones no gozadas delaño 2018.

ARTÍCULO 2º: El presente Decreto será refrendado por el Sr. Secretario de Gobierno Rodolfo Tata.

ARTÍCULO 3º. Comuníquese a quienes corresponda, tomen nota las Oficinas pertinentes, dése al Registro Municipal y archívese.-

Fdo.

Lic. GONZALO PELUSO

Intendente Municipal

Fdo.

Dn. RODOLFO SALOMON TATA

Secretario de Gobierno

Municipio de Magdalena Boletin Oficial Municipal Pag. 61

Decreto Nº 1073/18

Magdalena, 10/07/2018

Visto

La solicitud efectuada por Arregui Ana Laura

Que tramita por expediente letra A 1292/18

Referida a la escrituración del bien inmueble a través de la Ley 10830.

Considerando

Que la regularización dominial mencionada se caracteriza por su carácter de interés social, derivado de la situación socio económico dela familia afectada

Que en tal virtud, se halla encuadrada en las previsiones de la Ley 10830, artículos 2º y 4º.inciso d)

Por ello

en uso de las atribuciones que le son propias, El Intendente Municipal de Magdalena,

DECRETA

Articulo 1º.- Declares de interés social, la regularización dominial del inmueble designado catastralmente como: CIRC: I Secc: B ,Maz 164Parc 4B Part. Inmobiliaria 24450 ubicado en la localidad de Magdalena, partido del mismo nombre.

Artículo 2º Requiérase la intervención de la Escribanía General de Gobierno de la Pcia de Buenos Aires, a los fines del otorgamiento de losactos notariales correspondientes a favor de Arregui Ana Laura DNI; 17367345, conforme con lo previsto por los articulo 2º y 4º incisod) de la Ley 10830.

Articulo 3º El presente Decreto será refrenado por el Secretario de Gobierno.

Articulo 4º Comuníquese, tomen nota las oficinas pertinentes, dese al Registro Municipal y archívese.

Fdo.

Lic. GONZALO PELUSO

Intendente Municipal

Fdo.

Dn. RODOLFO SALOMON TATA

Secretario de Gobierno

Decreto Nº 1074/18

Magdalena, 10/07/2018

Visto

El expte letra D Nº 1184/18 ; referido a la firma de CONTRATO DE OBRA celebrado entre la Municipalidad de Magdalena y la Lic. PAULAANDREA RAMIREZ., y;

Considerando

Que el plazo de Vigencia del Convenio es de CINCO(5) meses, contados desde el 05/07/18,

Que se debe efectivizar el acto administrativo de convalidación del mismo,

Por ello

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE MAGDALENA, en uso de sus atribuciones ,

D E C R E T A

ARTÍCULO 1º: Convalidase la firma del CONTRATO DE OBRA celebrado entre la Municipalidad de Magdalena y la Lic. PAULA ANDREARAMIREZ DNI nº 94.410.670, .quien realizará informe y puesta en ejecución de un Plan de Manejo de la Reserva Natural de Biosfera

Municipio de Magdalena Boletin Oficial Municipal Pag. 62

Parque Costero del Sur, por el término de cinco meses a partir del 05/07/18.-

ARTÍCULO 2º: El presente Decreto será refrendado por el Sr. Secretario de Gobierno D. RODOLFO TATA.-

ARTICULO 3º: Comuníquese, tomen nota las Oficinas pertinentes, dése al Registro Municipal y archivese.-

Fdo.

Lic. GONZALO PELUSO

Intendente Municipal

Fdo.

Dn. RODOLFO SALOMON TATA

Secretario de Gobierno

Decreto Nº 1075/18

Magdalena, 10/07/2018

Visto

La liquidación de Haberes del personal correspondientes al mes de junio del presente año, y

Considerando

Que por omisión en la carga de las tareas extraordinarias realizadas durante el mes de mayo por la Agente RENDO Estela leg. 1359, en laliquidación de haberes del mes de junio del corriente año,

Que deberá abonarse, el monto adeudado en la liquidación de haberes del mes de junio a la Agente RENDO Estela leg. 1359 por un montode PESOS CATORCE MIL SETECIENTOS SESENTA CON 00/100($ 14.760,00).

Que lo solicitado cuenta con el aval del Sr. Secretario de Hacienda,

POR ELLO

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE MAGDALENA, en uso de sus atribuciones

R E S U E L V E

ARTICULO 1º: LIBRESE ORDEN DE PAGO POR INSISTENCIA por los motivos citados Ut-Supra, en concepto de TAREAS EXTRAORDINARIAStrabajadas durante el mes de MAYO de 2018, por la suma de PESOS CATORCE MIL SETECIENTOS SESENTA CON 00/100($ 14.760,00) afavor de la Agente RENDO Estela leg. 1359.-

ARTÍCULO 2º: La erogación que demande el cumplimiento de lo determinado en el Art. 1º, será con afectación a la Partida 1.3.1.1 – HORASEXTRAS, JURIDICCION 4.000 PROG. 17 del Presupuesto de Gastos vigente.

ARTÍCULO 3º: La presente Resolución será refrendada por el Sr. Secretario de Hacienda, Cr. Andrés García.-

ARTICULO 4º: Comuníquese a quienes corresponda, tomen nota las Oficinas pertinentes, dése al Registro Municipal y Archívese.-

Fdo.

Lic. GONZALO PELUSO

Intendente Municipal

Fdo.

Cdor. ANDRES LUCIANO GARCIA

Secretario de Hacienda

Decreto Nº 1076/18

Magdalena, 10/07/2018

Visto

Las actuaciones obrantes en el Expte. Letra I Nº 279/18 referentes a la mano de obra con provisión de materiales para realizar la

Municipio de Magdalena Boletin Oficial Municipal Pag. 63

CONSTRUCCION DE UNA RAMPA DE ACCESO AL INSTITUTO DE FORMACION DOCENTE Nº58 Y LA REPARACION DE 2 AULAS, y

Considerando

Que, en tal sentido con fecha 07 de JUNIO de 2.018 ha sido suscripto contrato con la Firma MARIO OSCAR PONCE - DNI. Nº 12.238.234, porun monto total de Pesos SESENTA Y OCHO MIL OCHOCIENTOS ($ 68.800,00).-

Que, ha sido emitido el Certificado de Obra por un monto total de PESOS SESENTA Y OCHO MIL OCHOCIENTOS ($68.800), debiéndoseproceder a su liquidación.-

POR ELLO

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE MAGDALENA, en uso de sus atribuciones,

DECRETA

ARTICULO 1º: LIBRESE Orden de Pago a la Firma del Sr. MARIO OSCAR PONCE - DNI. Nº 12.238.234, por un monto de Pesos SESENTA YOCHO MIL OCHOCIENTOS ($ 68.800,00) de acuerdo a los considerandos de la presente.-

ARTICULO 2º: Las erogaciones que se determinen del artículo Primero, serán tomadas de la Jurisdicción 1.000 - Partida 5.3.7.0.“TRANSFERENCIA A ENTES DEL GOBIERNO PROVINCIAL” – PROGRAMA 01, con Fuente de Financiamiento 132, del Presupuesto de Gastosvigente para el presente Ejercicio.-

ARTICULO 3º: Efectúese la deducción del 5 % de la Certificación en Concepto de Garantía de Obra, por un monto de Pesos TRES MILCUATROCIENTOS CUARENTA ($3.440). La misma deberá ser afectada a la Partida CUENTA DE TERCEROS DEPOSITOS EN GARANTIA.-

ARTICULO 4º: El presente decreto será refrendado por el Sr. Secretario de Hacienda Cdor. ANDRES GARCIA.-

ARTICULO 5º: Comuníquese a quiénes corresponda, dése las actuaciones Registro Municipal y archívese.-

Fdo.

Lic. GONZALO PELUSO

Intendente Municipal

Fdo.

Cdor. ANDRES LUCIANO GARCIA

Secretario de Hacienda

Decreto Nº 1077/18

Magdalena, 10/07/2018

Visto

Las actuaciones obrantes en Expte Letra S nº 1870/17, referente a la mano de obra con provisión de materiales para realizarREFACCIONES EN SALA DE CENTRO MONITOREO de la localidad de Magdalena a la firma MARIO OSCAR PONCE – DNI Nº 12.238.234 y,

Considerando

Que, han sido suscriptas Acta de Recepción Provisoria y Definitiva, obrantes a fs. 52 y 53 respectivamente,

Que, de acuerdo al informe de Contaduría Municipal obrante a fs. 55, se ha constatado el ingreso de $ 1.585 (PESOS MIL QUINIENTOSOCHENTA Y CINCO).-

Que se deben realizar las tramitaciones pertinentes para la devolución del monto correspondiente,

POR ELLO:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE MAGDALENA, en uso de sus atribuciones,

DECRETA

Municipio de Magdalena Boletin Oficial Municipal Pag. 64

ARTICULO 1º: Líbrese Orden de Pago a la Firma MARIO OSCAR PONCE D.N.I. 12.238.234, por la suma de PESOS MIL QUINIENTOS OCHENTAY CINCO ($1.585), de acuerdo a los considerandos de la presente.-

ARTICULO 2º: Las erogaciones que se determinen del Artículo Primero, serán imputados a la Cuenta 7.1.0.0.1. Depósito de Garantías.-

ARTICULO 3º: El presente Decreto será refrendado por el Secretario de Hacienda, Cdor. ANDRES GARCIA.-

ARTICULO 4º: Comuníquese a quiénes corresponda, tomen nota las Oficinas pertinentes, dése al Registro Municipal y archívese.-

Fdo.

Lic. GONZALO PELUSO

Intendente Municipal

Fdo.

Cdor. ANDRES LUCIANO GARCIA

Secretario de Hacienda

Decreto Nº 1078/18

Magdalena, 10/07/2018

Visto

El expte letra S Nº 933/18 referente a Nomina de Mayores Contribuyentes,

El Decreto Nº 690/18 dictado por el Honorable Concejo Deliberante mediante el cual se aprueba el Listado de Mayores Contribuyentes,propuestos por los distintos grupos políticos representados por ese Honorable Cuerpo; y

Considerando

Los alcances del Art. 94 de la L.O.M.

Que corresponde al Departamento Ejecutivo designar los Mayores Contribuyentes Titulares y Suplentes de acuerdo a la elección de losBloques Políticos y la facultad conferida por el Art. de la L.O.M. citado,

Por ello,

EL INTENDENTE MUNICIPAL de MAGDALENA en uso de sus atribuciones

D E C R E T A

ARTÍCULO 1º: Designase para integrar la nómina de MAYORES CONTRIBUYENTES a las siguientes personas:

BLOQUE PARTIDO JUSTICIALISTA:

TITULARES SUPLENTES

1. REINOSO Florencia 1) VIÑA, Diego Ignacio2. LEGUIZAMON, Raquel 2) MORAL, Máximo

BLOQUE UNIDAD CIUDADANA:

TITULARES SUPLENTES

1) CASTILGLIA, Elsa 1) FAVALORO, Alberto Raúl

2) ROSSI, Beatriz 2) VARELA, Susana

BLOQUE CAMBIEMOS-UCR

Municipio de Magdalena Boletin Oficial Municipal Pag. 65

TITULARES SUPLENTES

1) IMBE, Maria Argentina 1) GATTARI, Miriam

2) MOSCARDINI Viviana 2) MIGUENS, Beatriz

3) ECHEVERRIA Julio 3) ORTIZ, Florentino Oscar

4)ROMANO Hugo L. 4) DELOVO, Maria Teresa

5) ROCCA, Eduardo 5) ROMANO, Hugo A.

6) MARGUELICHE, Elvira 6) RUTTI , Humberto

BLOQUE FRENTE RENOVADOR-UN PAIS;

TITULARES SUPLENTES

1) ORTIZ, Oscar 1) ORONA, Carlos

2) DELNERO, Matías 2) PANIZO, Beatriz

ARTÍCULO 2º: El presente Decreto será refrendado por el Sr. Secretario de Gobierno D. RODOLFO TATA.-

ARTICULO 3º: Comuníquese, tomen nota las Oficinas pertinentes, dese al Registro Municipal y Archívese.-

Fdo.

Lic. GONZALO PELUSO

Intendente Municipal

Fdo.

Dn. RODOLFO SALOMON TATA

Secretario de Gobierno

Decreto Nº 1079/18

Magdalena, 10/07/2018

Visto

La participación en el Campeonato Mundial de Taekwon-Do de la Competidora GUADALUPE ZABALETA y la importancia de dicho evento, y;

Considerando

Que es necesario se declare de Interés Municipal, al “Campeonato Mundial de Taekwon-Do ITF Argentino 2018 ”, a realizarse en el prediode Tecnopolis, el que se llevara a cabo entre los días 31 de Julio y 5 de Agosto próximo, representando a la Republica Argentina laCompetidora de Magdalena GUADALUPE ZABALETA, la que ha sido clasificada en el 3º Puesto en la categoría de Forma Adulto Femenino IDAN.-

Que vale destacar además que dicho evento es uno de los mas importantes del mundo de las artes marciales, el cual se divide en cuatrofacetas deportivas: Lucha libre, Formas, Rotura de Poder y Técnica Especial.

Por ello

EL INTENDENTE MUNICIPAL de MAGDALENA en uso de sus atribuciones

D E C R E T A

ARTICULO 1º: Declárese de INTERES MUNICIPAL, la participación de la Competidora GUADALUPE ZABALETA en el “Campeonato Mundial deTaekwon-Do ITF Argentino 2018” a realizarse en Tecnopolis, entre los días 31 de Julio y 5 de Agosto próximo.-

Municipio de Magdalena Boletin Oficial Municipal Pag. 66

ARTICULO 2º: El presente Decreto será refrendado por el Sr. Secretario de Gobierno D. Rodolfo S. TATA.-

ARTICULO 3º: Comuníquese, tomen nota las Oficinas pertinentes, dese al Registro Municipal y Archívese.-

Fdo.

Lic. GONZALO PELUSO

Intendente Municipal

Fdo.

Dn. RODOLFO SALOMON TATA

Secretario de Gobierno

Decreto Nº 1080/18

Magdalena, 10/07/2018

Visto

Las actuaciones del Expte letra D nº 1308/18 mediante las cuales la Agente Dra. Fernanda Ribero Leg. Nº 2365, presenta su renuncia alcargo de Jefatura de Guardia de los días sábado a partir del día 01 de julio de 2018.

Considerando

Que, ante la renuncia de la Agente Dra. Fernanda Ribero Leg. Nº 2365, a fs. 1

Que debe procederse al dictado del acto administrativo de aceptación de la misma.

Que, se deberá notificar al Departamento Liquidaciones.

Que, el Sr. Secretario de Gobierno, convalida la solicitud ut supra mencionada.

POR ELLO

El Intendente Municipal de Magdalena, en uso de sus atribuciones que le son propias.

D E C R E T A

ARTICULO 1º: ACEPTASE la RENUNCIA AL CARGO DE JEFA DE GUARDIA DE LOS DIAS SABADO a partir del día 01 de julio del año 2018presentada por la Agente Dra. Fernanda Ribero Leg. Nº 2365, en virtud de las causales expuestas en el exordio del presente.

ARTÍCULO 2º: El presente Decreto será refrendado por el Sr. Secretario de Gobierno Rodolfo Tata.

ARTÍCULO 3º. Comuníquese a quienes corresponda, tomen nota las Oficinas pertinentes, dése al Registro Municipal y archívese.-

Fdo.

Lic. GONZALO PELUSO

Intendente Municipal

Fdo.

Dn. RODOLFO SALOMON TATA

Secretario de Gobierno

Municipio de Magdalena Boletin Oficial Municipal Pag. 67

Decreto Nº 1081/18

Magdalena, 11/07/2018

Visto

El vencimiento de la las designaciones como personal temporario Mensualizado que revistan en las distintas Jurisdicciones y Programas, y;

Considerando

Que, existe la necesidad de seguir contando con el citado personal, para el presente año, en las distintas áreas.

Que, el Sr. Secretario de Gobierno autoriza pertinente la renovación de las mismas para el período 01/07/2018 y hasta el 31/07/2018, delpersonal que se detalla en el anexo.

Que se autoriza la renovación con carácter de insistencia las partidas por no contar con vacante presupuestaria para el período01/07/2018 y hasta el 31/07/2018, del personal que se detalla en el anexo.

Que, lo solicitado cuenta con el aval del Sr. Secretario de Gobierno, autorizando que se dicte el acto administrativo pertinente.

POR ELLO

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE MAGDALENA, en uso de sus atribuciones que le son propias

D E C R E T A

ARTICULO 1º: RENUÉVESE a partir del 01 de JULIO y hasta el día 31 de JULIO del presente año, al PERSONAL TEMPORARIOMENSUALIZADO, que se detalla en el Anexo I, que forma parte indivisible del presente.

ARTICULO 2º: RENUÉVESE CON CARÁCTER DE INSISTENCIA a partir del 01 de JULIO y hasta el día 31 de JULIO del presente año, alPERSONAL TEMPORARIO MENSUALIZADO, que se detalla en el Anexo I, que forma parte indivisible del presente.

ARTÍCULO 3º: El DECRETO de renovación de la planta temporaria mensualizada podrá ser RESCINDIDO antes de su vencimiento o bien pordecisión del ejecutivo y/o cuando el trabajador dejase de cumplir las OBLIGACIONES del Art. 103 o incurriera en las PROHIBICIONES Y/OFALTAS de los Arts. 104, 106,107 y 108 de la Ley 14656.

ARTICULO 4º. La erogación que demande el cumplimiento de lo determinado en los Artículos precedentes, será con afectación de laPartida 1.2.1.2 -PERSONAL MENSUALIZADO – de las Jurisdicciones y Programas correspondientes del Presupuesto de Gastos vigente.

ARTICULO 5º: El presente Decreto será refrendado por el Sr. Secretario de Gobierno, Sr. Rodolfo Tata.

ARTICULO 6º: Comuníquese a quienes corresponda, tomen nota las Oficinas pertinentes, dése al Registro Municipal y archívese.-

Fdo.

Lic. GONZALO PELUSO

Intendente Municipal

Fdo.

Dn. RODOLFO SALOMON TATA

Secretario de Gobierno

ANEXOS

Decreto Nº 1082/18

Magdalena, 12/07/2018

Visto

El artículo 14º de la Ordenanza Nº 3464/17, de Presupuesto General para el Ejercicio 2018, sancionada con fecha 27/12/17 y promulgadamediante el Decreto Nº 942/17 del 29 de Diciembre de 2017; y

Considerando

Que el mencionado artículo faculta al Departamento Ejecutivo a disponer transferencias de créditos presupuestarios para reforzarconceptos preexistentes o crear nuevos, entre los conceptos de una Jurisdicción, Programa, Actividad Programática ó Proyecto distintos,correspondientes al Presupuesto de Gastos del presente Ejercicio;

Municipio de Magdalena Boletin Oficial Municipal Pag. 68

Que se cree conveniente, con el fin de lograr una mayor prolijidad en la ejecución del Presupuesto dotar de crédito adicional a las Partidasque representan excedidas o con créditos insuficientes;

Que el citado artículo permite financiar las creaciones, ampliaciones o modificaciones de partidas del Presupuesto de Gastos mediantetransferencias de economías existentes en las restantes partidas de libre afectación;

Que es necesario efectuar las adecuaciones y correcciones pertinentes, las cuales tienen un fin exclusivamente de regularizaciónpresupuestaria, no implicando ello modificación alguna en el monto total del Presupuesto.

Por ello;

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE MAGDALENA en uso de sus atribuciones sanciona el siguiente:

DECRETO

ARTICULO 1º: Transfiéranse a las Partidas Presupuestarias correspondientes al DEPARTAMENTO EJECUTIVO (1110100000) créditos porun monto total de PESOS CIENTO SESENTA Y CINCO MIL CON 00/100 ( $ 165.000,00), de acuerdo al detalle de Jurisdicciones, Programas,Partidas y montos obrantes en la planilla de RAFAM adjunta, la que forma parte indivisible del presente.

ARTICULO 2º: Los créditos transferidos y asignados de acuerdo al artículo precedente, serán tomados de las Partidas correspondientes alDEPARTAMENTO EJECUTIVO (1110100000) por PESOS CIENTO SESENTA Y CINCO MIL CON 00/100 ( $ 165.000,00), conforme al detalle deJurisdicciones, Programas, Partidas y montos que se señalan en la planilla citada en el artículo anterior.

ARTICULO 3º: El presente Decreto será refrendado por el Señor Secretario de Hacienda de la Municipalidad de Magdalena.

ARTICULO 4º: Comuníquese al Honorable Concejo Deliberante dentro de los diez días contados a partir de la fecha, en cumplimiento delartículo 14º, inciso d) de la Ordenanza Nº 3464/17.-

ARTICULO 5º: Comuníquese, tomen nota las oficinas correspondientes, dése al Registro Municipal y archívese.-

Fdo.

Lic. GONZALO PELUSO

Intendente Municipal

Fdo.

Cdor. ANDRES LUCIANO GARCIA

Secretario de Hacienda

ANEXOS

Decreto Nº 1083/18

Magdalena, 12/07/2018

Visto

Las actuaciones del Expediente Letra T, Número 1331/18 mediante las cuales CAMILA TATA - CUIT 27-32213875-5 solicita la Habilitacióndel Vehículo Marca: CHEVROLET; Modelo: PRISMA JOY 4P 1.4 N LS MT; Patente: AC 828 OK de su propiedad para afectarlo al Servicio deTaxi, Licencia Nº 53, en el Partido de Magdalena,

Que a su vez solicita la baja en el servicio de Taxi del vehículo Marca: VOLKSWAGEN; Modelo: VOYAGE 1.6GP; Patente: NJA 121 que fuerahabilitado por Resolución de fecha 27 de noviembre de 2013.

Considerando

Que de la documentación que se adjunta surge que se han cumplimentado los requisitos pertinente

Que de acuerdo a lo establecido en el Art. 20 de la Ordenanza 2467/07, la habilitación del vehículo será otorgada por el término de 5(Cinco) años, pudiendo ser renovada en tanto reúna las condiciones exigidas para ello.

Por ello

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE MAGDALENA, en uso de sus atribuciones,

DECRETA

Municipio de Magdalena Boletin Oficial Municipal Pag. 69

Artículo 1º: Autorizar y registrar a partir de la fecha la Baja del Servicio de Taxi al vehículo Marca: VOLKSWAGEN; Modelo: VOYAGE 1.6GP;Patente: NJA 121; Año de fabricación: 2013; Motor: CFZM69898, Chasis: 9BWDB05U9ET073385, afectado a la Licencia de Taxi Nº 53,propiedad de CAMILA TATA - CUIT 27-32213875-5.

Artículo 2º: Autorizar y registrar a partir de la fecha la habilitación en su reemplazo del vehículo Marca: CHEVROLET; Modelo: PRISMA JOY4P 1.4 N LS MT; Patente: AC 828 OK; Año: 2018; Motor: GFK125486; Chasis: 9BGKL69T0JG391337, de la misma propietaria.

Artículo 3º: El presente Decreto será refrendado por el Secretario de Gobierno de la Municipalidad de Magdalena.

Artículo 4º: La presente Habilitación tendrá validez por el término de 5 (Cinco) años, venciendo en consecuencia el día 12 de julio de 2023

Artículo 5º: Comuníquese a quienes corresponda, tomen nota las Oficinas pertinentes, dese al Registro Municipal y Archívese.

Fdo.

Lic. GONZALO PELUSO

Intendente Municipal

Fdo.

Cdor. ANDRES LUCIANO GARCIA

Secretario de Hacienda

Decreto Nº 1084/18

Magdalena, 12/07/2018

Visto

El Decreto Nº 349/14 sobre pago de PRESENTISMO establecido a partir del 1º de Abril del 2014, y;

Considerando

Que, es intención del presente Departamento Ejecutivo que todo el personal cumpla con las normas laborales de asistencia.

Que, lo solicitado cuenta con el pertinente aval del Sr. Secretario de Gobierno.

P O R E L L O

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE MAGDALENA, en uso de sus facultades que le son propias

D E C R E T A

ARTÍCULO 1º: AUTORICESE al Departamento de Liquidaciones a DESCONTAR en los haberes correspondientes al mes de julio de 2018, elPresentismo del mes de junio, de los agentes que a continuación se detallan:

LEGAJO APELLIDO NOMBRE

1012 ROMANO LEONARDO

1086 MACHADO CARINA

ARTICULO 2º: El presente Decreto será refrendada por el Sr. Secretario de Gobierno.-

ARTICULO 3º: Comuníquese a quienes corresponda, tomen nota las Oficinas pertinentes, dése al Registro Municipal y Archívese.

Fdo.

Lic. GONZALO PELUSO

Intendente Municipal

Municipio de Magdalena Boletin Oficial Municipal Pag. 70

Fdo.

Dn. RODOLFO SALOMON TATA

Secretario de Gobierno

Decreto Nº 1085/18

Magdalena, 12/07/2018

Visto

La liquidación de Haberes del personal correspondientes al mes de junio del presente año, y

Considerando

Que por omisión en la carga de las horas extras realizadas durante el mes de mayo a los Agentes:

TRINIDAD SEBASTIAN legajo 1100, MACHADO ANALIA legajo 1143, FARIAS DAVID legajo 1131, DAVIS MARTIN legajo 1253, RAMPAZZOWaldemar legajo 1047, BUCETA FERNANDO legajo 1347, CASTAGNASO ANTONIO legajo 1345, PAGOLA LEONARDO legajo 2326,

Que deberán abonarse, las horas adeudadas en la liquidación de haberes del mes de mayo a los agentes: TRINIDAD SEBASTIAN legajo 1100el total de 40 hs hábiles que hacen un monto de $ 1.650,00 (pesos un mil seiscientos cincuenta)

MACHADO ANALIA legajo 1143 el total de 80 horas hábiles que hacen un monto total de $ 3.215(pesos tres mil doscientos quince)

FARIAS DAVID legajo 1131 el total de 48 horas hábiles que hacen un monto total de $ 1.750 (pesos un mil setecientos cincuenta)

DAVID MARTIN legajo 1253 el total de 52 horas hábiles que hacen un monto total de $ 1.633(pesos un mil seiscientos treinta y tres)

RAMPAZZO Waldemar legajo 1047 el total de 96 horas hábiles y 24 hs inhábiles que hacen un monto total de $ 5.460(pesos cinco milcuatrocientos sesenta)

BUCETA FERNANDO legajo 1347 el total de 80 horas hábiles y 100 hs inhábiles que hacen un monto total de $ 5.973(pesos cinco milnovecientos setenta y tres)

CASTAGNASO ANTONIO legajo 1345 el total de 48 horas hábiles que hacen un monto total de $ 1.306(pesos un mil trescientos seis)

PAGOLA LEONARDO legajo 2326 el total de 176 que hacen un monto total de $ 12.707(pesos doce mil setecientos siete)

Que lo solicitado cuenta con el aval del Sr. Secretario de Hacienda,

POR ELLO

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE MAGDALENA, en uso de sus atribuciones

D E C R E T A

ARTICULO 1º: LIBRESE ORDEN DE PAGO por los motivos citados Ut-Supra, en concepto de HORAS EXTRAS trabajadas durante el mes deMAYO de 2018, por la suma de PESOS UN MIL SEISCIENTOS CINCUENTA CON 00/100 ($ 1.650,00) a TRINIDAD , Sebastián Leg. Nº 1100;PESOS TRES MIL DOSCIENTOS QUINCE CON 23/100 ($ 3.215,00) a MACHADO, Analia Leg. Nº 1143; PESOS UN MIL SETECIENTOSCINCUENTA CON 00/100 ($ 1.750,00) a FARIAS, David leg. Nº 1131; PESOS UN MIL SEISCINETOS TREINTA Y TRES CON 00/100 ($ 1.633,00)a DAVID , Martin Leg. Nº 1253, PESOS CINCO MIL CUATROCIENTOS SESENTA CON 00/100 ($ 5.460,00) a RAMPAZZO, Waldemar Leg. Nº1047; PESOS CINCO MIL NOVECIENTOS SETENTA Y TRES CON 00/100 ($ 5.973,00) a BUCETA , Fernando Leg. Nº 1347; PESOS UN MILTRESCIENTOS SEISE CON 00/100 ($ 1.306,00) a CASTAGNASO, Antonio Leg. Nº 1345; PESOS DOCE MIL SETECIENTOS SIETE CON 00/100($ 12.707,00) a PAGOLA, Leonardo leg. Nº 2326. -

ARTÍCULO 2º: La erogación que demande el cumplimiento de lo determinado en el Art. 1º, será con afectación a la Partida 1.3.1.1 – HORASEXTRAS, JURIDICCION Y PROGRAMAS A DETALLAR A CONTINUACION:

Legajo Apellido y Nombre Jurisdicción Programa F.F.

1100 TRINIDAD SEBASTIAN 6000 01 – 00 110

1143 MACHADO ANALIA 6000 01 – 00 110

1131 FARIAS DAVID 6000 01 – 00 110

1253 DAVID MARTIN 6000 01 – 00 110

Municipio de Magdalena Boletin Oficial Municipal Pag. 71

1047 RAMPAZZO WALDEMAR 6000 01 – 00 110

1347 BUCETA FERNANDO 6000 01 – 00 110

1345 CASTAGNASO ANTONIO 5000 20 – 01 110

2326 PAGOLA LEONARDO 5000 20 – 01 110

ARTÍCULO 3º: EL presente Decreto será refrendado por el Sr. Secretario de Hacienda, Cr. Andrés García.-

ARTICULO 4º: Comuníquese a quienes corresponda, tomen nota las Oficinas pertinentes, dése al Registro Municipal y Archívese.-

Fdo.

Lic. GONZALO PELUSO

Intendente Municipal

Fdo.

Cdor. ANDRES LUCIANO GARCIA

Secretario de Hacienda

Decreto Nº 1086/18

Magdalena, 12/07/2018

Visto

El Decreto nº 701 de fecha 03 de Mayo del 2018 dictado por el Departamento Ejecutivo mediante el cual se convalida el Acta Convenio y losProfesionales Anestesiólogos que ejercen su actividad en el Distrito I del Colegio de Médicos de la Pcia de Buenos Aires,

Considerando

Que el mismo fue realizado con el fin de no entorpecer el pago de los Profesionales anestesiólogos teniendo en cuenta que las actuacionesse encontraban en el Honorable Concejo Deliberante, y

ATENTO:

Que el Departamento Deliberativo sancionada al mismo tiempo la Ordenanza nº 3500/18 promulgada por Decreto nº 825/18, autorizandola firma de la citada Acta Convenio,

Por ello

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE MAGDALENA, en uso de sus atribuciones ,

D E C R E T A

ARTICULO 1º: Déjese sin efecto en todos sus términos el Decreto nº 701 de fecha 03 de Mayo del 2018, estando en vigencia la Ordenanza nº3500/18 referida al mismo tema.-

ARTICULO 2º: El presente Decreto será refrendado por el Sr. Secretario de Hacienda.-

ARTICULO 3º: Comuníquese, tomen nota las Oficinas pertinentes, dése al Registro Municipal y archivese.-

Fdo.

Lic. GONZALO PELUSO

Intendente Municipal

Fdo.

Cdor. ANDRES LUCIANO GARCIA

Municipio de Magdalena Boletin Oficial Municipal Pag. 72

Secretario de Hacienda

Decreto Nº 1087/18

Magdalena, 12/07/2018

Visto

La nota presentada por la ASOCIACION DE BOMBEROS VOLUNTARIOS DE BARTOLOME BAVIO obrante a fs. 1 del expte letra A Nº 1322/18,en la cual solicitan autorización para poner en circulación dentro del Partido de Magdalena, UNA RIFA, y

Considerando

Que de acuerdo al informe de la Dirección de Asesoría Letrada se cumplimentaron los requisitos legales exigidos, por la Ordenanza Nº2771/10, a excepción del art. 3º por exceder como suma total la emisión de billetes,

Por ello,

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE MAGDALENA, en uso de sus atribuciones,

D E C R E T A

ARTÍCULO 1º: AUTORIZASE –AD- REFERENDUM- del Honorable Concejo Deliberante a la ASOCIACION DE BOMBEROS VOLUNTARIOS DEBARTOLOME BAVIO, a poner en circulación dentro del Partido de Magdalena, una rifa de 500 boletas (con dos números en cada boleta ) arazón de $900 (PESOS NOVECIENTOS) cada boleta, en tres cuotas, a sortearse por la Lotería Nocturna de la Pcia de Buenos Aires el día 22de Diciembre del 2018 y los premios son los siguientes:

1º.- PREMIO: $ 100.000. (PESOS CIEN MIL).

2º.- PREMIO: $ 50.000 (PESOS CIENCUENTA MIL).

3º.- PREMIO: $25.000 (PESOS VEINTICINCO MIL).

4º.- PREMIO: $ 10.000 (PESOS DIEZ MIL).

ARTÍCULO 2º: La entidad deberá depositar en una Entidad Bancaria Oficial el 25% de lo recaudado a fín de garantizar la existencia de lospremios a entregar.-

ARTICULO 3º: La Asociación de Bomberos deberá publicar en un diario de amplia difusión en la zona, los números favorecidos con losnombres de los poseedores, debiendo remitir la publicación a la Comuna.-

ARTÍCULO 4º: El presente Decreto será refrendado por el Sr. Secretario de Gobierno de la Municipalidad de Magdalena.-

ARTÍCULO 5º: Comuníquese, tomen nota las Oficinas pertinentes, dése al registro Municipal y archívese.-

Fdo.

Lic. GONZALO PELUSO

Intendente Municipal

Fdo.

Dn. RODOLFO SALOMON TATA

Secretario de Gobierno

Decreto Nº 1088/18

Magdalena, 12/07/2018

Visto

Los Exptes Letra B Nº 1326/18 Barbuto Mayra, Letra C N° 1324/18 Córdoba Nicolás, Letra F Nº 1301/18 Ferreyra Elizabeth, familias de

Municipio de Magdalena Boletin Oficial Municipal Pag. 73

nuestro distrito, mediante el cual solicitan materiales de construcción para mejorar sus viviendas y

Considerando

Que a fs. 1 obran notas de solicitud por parte de las familias.

Que a fs. 2 y 3 obran presupuestos de los materiales que solicitan.

Que a fs. 2, 3 y 4 obra informe social que corrobora la situación socioeconómica de la familia.

Que la entrega de los materiales permitirá mejorar la calidad de vida de estas familias y sus condiciones habitacionales.

Que se hace necesario realizar el acto administrativo correspondiente.

Por ello,

El Sr. Intendente Municipal de Magdalena, en uso de sus atribuciones

DECRETA

Articulo 1º: Otórguese un subsidio de materiales de construcción, en especies, que se detallan en el anexo I que forma parte del presente,a favor de las familias y /o personas que se indica, en concepto de entrega de materiales de construcción para mejorar sus viviendas deacuerdo al considerando.

Articulo 2º Para tal erogación será afectada la partida 5.1.4 ayuda sociales a personas correspondiente a la jurisdicción 7000 Programa24-05- FF 132.

Articulo 3ª. El presente Decreto será refrendado por el Secretario de Hacienda.

Articulo 4ª Comuníquese a quienes corresponda y dese al Registro Municipal.

Fdo.

Lic. GONZALO PELUSO

Intendente Municipal

Fdo.

Cdor. ANDRES LUCIANO GARCIA

Secretario de Hacienda

ANEXOS

Decreto Nº 1089/18

Magdalena, 12/07/2018

Visto

Las actuaciones del Expediente Letra “A” Nº 1300/2018, mediante las cuales la Sra. ARREDONDO, JENNIFER DAIANA – CUIT: 27-39981881-3, domiciliada en calle 5 entre 112 y 114 de la localidad de Punta Lara, Provincia de Buenos Aires; en carácter de titular delMOTO-VEHÍCULO -Tipo Motocicleta - identificado con el Nº de Dominio 396 LNY - Marca Bajaj - Modelo Rouser 200 – Año 2016 - MotorMarca Bajaj Nº JLZCFG70425 , Cuadro Marca Bajaj Nº 8CVA36FZ9GA008061, Cilindrada 199 c.c., solicita la baja del mismo en el Municipiode Magdalena, con motivo de transferencia y cambio de radicación a la localidad de Punta Lara, Partido de Ensenada, provincia de BuenosAires a partir del 04 de julio del 2018.

Considerando

Que se ha cumplimentado la presentación de la documentación pertinente y el pago de los tributos municipales previstos en el Capítulo XIIde la Ordenanza Fiscal e Impositiva del Municipio, hasta el año 2017 inclusive.

Que en consecuencia resulta procedente acceder a lo solicitado.

Por lo expuesto

el INTENDENTE MUNICIPAL DE MAGDALENA, en uso de sus atribuciones.

D E C R E T A

Municipio de Magdalena Boletin Oficial Municipal Pag. 74

ARTICULO 1º: Autorizar y registrar a partir de la fecha, en virtud de las razones expresadas en el exordio, la BAJA en los registros de laMunicipalidad de Magdalena del MOTO-VEHÍCULO -Tipo Motocicleta - identificado con el Dominio 396 LNY - Marca Bajaj - Modelo Rouser200 - Año 2016 - Motor Marca Bajaj Nº JLZCFG70425, Cuadro Marca Bajaj Nº 8CVA36FZ9GA008061, Cilindrada 199 c.c., con motivo decambio de radicación a la localidad de Punta Lara, partido de Ensenada provincia de Buenos Aires el día 04 de Julio del 2018.

ARTÍCULO 2: El presente decreto será refrendado por el Sr. Secretario de Hacienda de la Municipalidad de Magdalena.

ARTICULO 3º: Comuníquese a quienes corresponda, tomen nota las Oficinas pertinentes, dése al Registro Municipal y archívese.-

Fdo.

Lic. GONZALO PELUSO

Intendente Municipal

Fdo.

Cdor. ANDRES LUCIANO GARCIA

Secretario de Hacienda

Decreto Nº 1090/18

Magdalena, 13/07/2018

Visto

El Expte. Letra I Nº 510/17, mediante el cual se tramita la Construcción de un puente en Camino Blanco sobre el arroyo Buriñigo, en laLocalidad de Atalaya, Partido de Magdalena, y

Considerando

Que, el día 15 de AGOSTO del año Dos Mil Diecisiete ha sido suscripto contrato con la Empresa G y C CONSTRUCCIONES , Representada porel Sr. JUAN JOSE GARRIZ – D.N.I. 12.141.242, por un monto total de PESOS ONCE MILLONES NOVECIENTOS NOVENTA Y DOS MIL DIECISEISCON NOVENTA Y NUEVE CENTAVOS ($ 11.992.016,99).-

Que, ha sido emitido el Certificado de Obra nº 06 por un monto de PESOS NOVECIENTOS DIECINUEVE MIL TRESCIENTOS OCHENTA Y DOSCON CINCUENTA Y DOS CENTAVOS ($ 919.382,52).

Que, el presente certificado se afianza mediante Póliza de Caución Nº432.587 de Garantía de Sustitución de Fondo de Reparo emitida porAfianzadora Latinoamericana Cía. De Seguros S.A. por $599.601,00.-

POR ELLO:

El Intendente Municipal de Magdalena, en uso de sus atribuciones que le son propias

DECRETA

ARTICULO 1º: Líbrese Orden de Pago a la Firma la Empresa G y C CONSTRUCCIONES, Representada por el Sr. JUAN JOSE GARRIZ – D.N.I.12.141.242, por un monto de PESOS NOVECIENTOS DIECINUEVE MIL TRESCIENTOS OCHENTA Y DOS CON CINCUENTA Y DOS CENTAVOS ($919.382,52), en virtud de las causales expuestas en el exordio de la presente.-

ARTICULO 2º: Las erogaciones que se determinen del Artículo anterior, serán tomadas de la Jurisdicción: 5.000 - Partida 4.2.2.0, "CONSTRUCCION EN BIENES DE DOMINIO PUBLICO" - PROGRAMA 23 - PROYECTO 81, FUENTE FINANCIAMIENTO: 132, del Presupuesto deGastos vigente.-

ARTICULO 3º: El presente decreto será refrendado por el Sr. Secretario de Hacienda, Cdor. ANDRES LUCIANO GARCIA.-

ARTICULO 4º: Comuníquese a quienes corresponda, tomen nota las Oficinas pertinentes, dése al Registro Municipal y archívese.

Fdo.

Lic. GONZALO PELUSO

Intendente Municipal

Fdo.

Cdor. ANDRES LUCIANO GARCIA

Secretario de Hacienda

Municipio de Magdalena Boletin Oficial Municipal Pag. 75

Decreto Nº 1091/18

Magdalena, 13/07/2018

Visto

Las actuaciones del expediente Letra V Número 1318/18 mediante las cuales NATALIA KARINA VAZQUEZ - CUIT 27-25356414-3 ,Legajo Municipal Nº 62528, solicita la BAJA del comercio habilitado con el rubro AGENCIA DE REMISES, mediante Resolución de fecha 11de Junio de 2015 ubicado en calle LAVALLE 1346 de la Ciudad de Magdalena, en virtud de haber cesado sus actividades el día 30 de juniode 2018.

Que en el mismo Expediente se solicita la baja de los automotores habilitados y afectados a dicha Agencia de Remises Marca: CHEVROLET,Modelo: CLASSIC 4PTAS LS 1.4N, Patente JCI 995 - Marca: CHEVROLET, Modelo: PRISMA JOY 4P NLSMT, Patente AA851TZ y,

Considerando

Que de la documentación que se adjunta surge que se han cumplimentado los requisitos pertinentes.

Por ello

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE MAGDALENA, en uso de sus atribuciones,

DECRETA

Artículo 1º: Autorizar y registrar a partir de la fecha, la baja municipal de comercio cuya actividad es AGENCIA DE REMISES (Código deactividad 71-100-01), propiedad de NATALIA KARINA VAZQUEZ - CUIT 27-25356414-3, Legajo Municipal Nº 62528 sito en el inmuebledesignado catastralmente como: Circunscripción I, Sección C, Manzana 254; Parcela 2, y Partida Inmobiliaria Nº 17.898 ubicado en calleLAVALLE 1346 de la Ciudad de Magdalena, en virtud de haber cesado sus actividades el día 30 de junio de 2018.

Artículo 2º: Autorizar y registrar a partir de la fecha la Baja del Servicio de Remises al vehículo Marca: CHEVROLET, Modelo: CLASSIC4PTAS LS 1.4N, Patente JCI 995, Año 2010, Motor Nº T85053987, Chasis 8AGSS19Y0BR136690, propiedad de FABIANA BELEN CURCIO -CUIL 27-33928066-0, habilitado como automotor Nº 01 afectado a la misma Agencia de Remises.

Artículo 3º: Autorizar y registrar a partir de la fecha la Baja del Servicio de Remises al vehículo Marca: CHEVROLET, Modelo: PRISMA JOY4P NLSMT, Patente AA851TZ, Año 2017, Motor Nº GFK016445, Chasis 9BGKL69TOHG170573, propiedad de NATALIA KARINA VAZQUEZ -CUIT 27-25356414-3, habilitado como automotor Nº 02 afectado a la misma Agencia de Remises.

Artículo 4º: El presente Decreto será refrendado por el Señor Secretario de Gobierno de la Municipalidad de Magdalena.

Artículo 5º: Comuníquese a quienes corresponda, tomen nota las oficinas pertinentes, dese al registro municipal y archívese.

Fdo.

Lic. GONZALO PELUSO

Intendente Municipal

Fdo.

Cdor. RODOLFO SALOMON TATA

Secretario de Gobierno

Decreto Nº 1092/18

Magdalena, 13/07/2018

Visto

Las actuaciones del expediente Letra G Número 1309/18 mediante las cuales VALERIA FLAVIA GOMEZ – CUIT 27-36748190-6 , LegajoMunicipal Nº 62542, solicita la Anexión del Rubro VENTA DE PLANTAS Y ESPECIES FLORALES – VENTA DE ARTÍCULOS DE JARDINERÍA alcomercio habilitado con el rubro VENTA DE INDUMENTARIA – JUGUETERIA - LENCERIA, mediante Resolución de fecha 10 de Septiembre de2015, ubicado en calle RIVADAVIA 437 de la Ciudad de Magdalena, y

Considerando

Las intervenciones e informes al respecto de las distintas dependencias municipales que aconsejan hacer lugar a lo solicitado, en virtudde haberse cumplimentado los requisitos establecidos en la normativa vigente.

Por todo ello

Municipio de Magdalena Boletin Oficial Municipal Pag. 76

el INTENDENTE MUNICIPAL DE MAGDALENA, en uso de sus atribuciones

DECRETA

Artículo 1º: Autorizar y registrar a partir de la fecha, la Anexión de los rubros VENTA DE PLANTAS Y ESPECIES FLORALES (Código deactividad 62-900-35) – VENTA DE ARTICULOS DE JARDINERIA (código de actividad 62-900-11), al comercio cuya actividad es VENTA DEINDUMENTARIA (Código de actividad 62-200-02 ) - JUGUETERIA (Código de actividad 62-300-09) - LENCERIA (Código de actividad 62-200-05), propiedad de VALERIA FLAVIA GOMEZ – CUIT 27-36748190-6, Legajo Municipal Nº 62542 sito en el inmueble designadocatastralmente como: Circunscripción I; Sección B, Manzana 185, Parcela 6; Partida Inmobiliaria Nº 3.548 ubicado en calle RIVADAVIA 437de la Ciudad de Magdalena.

Artículo 2º: La presente Resolución será refrendada por el Señor Secretario de Gobierno de la Municipalidad de Magdalena.

Artículo 3º: Comuníquese a quienes corresponda, tomen nota las oficinas pertinentes, dese al registro municipal y archívese

Fdo.

Lic. GONZALO PELUSO

Intendente Municipal

Fdo.

Cdor. RODOLFO SALOMON TATA

Secretario de Gobierno

Decreto Nº 1093/18

Magdalena, 13/07/2018

Visto

Las actuaciones del expediente Letra G Número 1309/18 mediante las cuales DELFOR ROQUE OMAR – CUIT 20-05216964-60 , LegajoMunicipal Nº 61336, solicita la Anexión del Rubro VENTA DE ARTICULOS DE ELECTRICIDAD al comercio habilitado con el rubro VENTA DEBATERIAS – REPARACION, mediante Resolución de fecha 23 de Junio de 1993 , ubicado en calle TAPALQUE 727 de la Ciudad de Magdalena,y

Considerando

Las intervenciones e informes al respecto de las distintas dependencias municipales que aconsejan hacer lugar a lo solicitado, en virtudde haberse cumplimentado los requisitos establecidos en la normativa vigente.

Por todo ello

el INTENDENTE MUNICIPAL DE MAGDALENA, en uso de sus atribuciones

DECRETA

Artículo 1º: Autorizar y registrar a partir de la fecha, la Anexión del rubro VENTA DE ARTICULOS DE ELECTRICIDAD (Código de actividad 62-900-20), al comercio cuya actividad es VENTA DE BATERIAS – REPARACION (Código de actividad 62-900-18 ), propiedad de DELFOR ROQUEOMAR – CUIT 20-05216964-60, Legajo Municipal Nº 61336 sito en el inmueble designado catastralmente como: Circunscripción I; SecciónB, Manzana 164, Parcela 7; Partida Inmobiliaria Nº 26269 ubicado en calle TAPALQUE 727 de la Ciudad de Magdalena.

Artículo 2º: La presente Resolución será refrendada por el Señor Secretario de Gobierno de la Municipalidad de Magdalena.

Artículo 3º: Comuníquese a quienes corresponda, tomen nota las oficinas pertinentes, dese al registro municipal y archívese.

Fdo.

Lic. GONZALO PELUSO

Intendente Municipal

Fdo.

Municipio de Magdalena Boletin Oficial Municipal Pag. 77

Cdor. RODOLFO SALOMON TATA

Secretario de Gobierno

Decreto Nº 1094/18

Magdalena, 13/07/2018

Visto

Las actuaciones del Expediente Letra S, Número 669/18 mediante las cuales SAAVEDRA FIORELLA YANINA - CUIT 27-38089936-7, solicitahabilitación Municipal del comercio cuya actividad es PELUQUERIA, ubicado en Rivadavia Nº 1127 de la localidad de Magdalena y,

Considerando

Las intervenciones e informes al respecto de las distintas dependencias municipales que aconsejan hacer lugar a lo solicitado, en virtudde haberse cumplimentado los requisitos establecidos en la normativa vigente.

Por todo ello

el INTENDENTE MUNICIPAL DE MAGDALENA, en uso de sus atribuciones

DECRETA

Artículo 1º: Autorizar y registrar a partir de la fecha por los motivos expuestos en el exordio, la Habilitación municipal del comercio cuyaactividad es PELUQUERIA (Código de actividad 8530011), propiedad de SAAVEDRA FIORELLA YANINA - CUIT 27-38089936-7, LegajoMunicipal Nº 62780 sito en el inmueble designado catastralmente como: Circunscripción I, Sección b, Manzana 192, Parcela 7 s y PartidaInmobiliaria Nº 2985 ubicado en Rivadavia Nº 1127 de la localidad de Magdalena.

Artículo 2º: El presente Decreto será refrendado por el Secretario de Gobierno de la Municipalidad de Magdalena

Artículo 3º: Comuníquese a quienes corresponda, tomen nota las Oficinas pertinentes dese al Registro Municipal y Archívese.

Fdo.

Lic. GONZALO PELUSO

Intendente Municipal

Fdo.

Cdor. RODOLFO SALOMON TATA

Secretario de Gobierno

Decreto Nº 1095/18

Magdalena, 13/07/2018

Visto

Las actuaciones del Expediente Letra D, Número 680/18 mediante las cuales DELÍA MONICA LILIANA - CUIT 27-24512316-2, solicitahabilitación Municipal del comercio cuya actividad es VETERINARIA, ubicado en Montevideo Nº 476 de la localidad de Bartolomé Bavio y,

Considerando

Las intervenciones e informes al respecto de las distintas dependencias municipales que aconsejan hacer lugar a lo solicitado, en virtudde haberse cumplimentado los requisitos establecidos en la normativa vigente.

Por todo ello

el INTENDENTE MUNICIPAL DE MAGDALENA, en uso de sus atribuciones

DECRETA

Artículo 1º: Autorizar y registrar a partir de la fecha por los motivos expuestos en el exordio, la Habilitación municipal del comercio cuyaactividad es VETERINARIA (Código de actividad 62-900-12), propiedad de DELÍA MONICA LILIANA - CUIT 27-24512316-2, Legajo MunicipalNº 62099 sito en el inmueble designado catastralmente como: Circunscripción VI, Sección A, Manzana 54, Parcela 23 y Partida InmobiliariaNº 4389 ubicado en Montevideo Nº 476 de la localidad de Bartolomé Bavio.

Municipio de Magdalena Boletin Oficial Municipal Pag. 78

Artículo 2º: El presente Decreto será refrendado por el Secretario de Gobierno de la Municipalidad de Magdalena

Artículo 3º: Comuníquese a quienes corresponda, tomen nota las Oficinas pertinentes dese al Registro Municipal y Archívese.

Fdo.

Lic. GONZALO PELUSO

Intendente Municipal

Fdo.

Cdor. RODOLFO SALOMON TATA

Secretario de Gobierno

Decreto Nº 1096/18

Magdalena, 13/07/2018

Visto

El Expte. Letra F Nº 1338/18 mediante el cual la Sra. Farías Gabriela solicita ayuda económica para abonar el suministro de luz, y

Considerando

Que a fs.1 se encuentra nota de pedido para abonar el pago de luz por parte de la Sra. Farías Gabriela

Que a fs. 2 se encuentran las facturas de la Empresa Edelap donde consta la deuda que posee.

Que a fs.3 se corrobora la situación socio-económica del solicitante.

Que el servicio de luz es indispensable para la Sra. Farías Gabriela.

Por ello,

EL Sr. INTENDENTE MUNICIPAL en uso de sus atribuciones

DECRETA

ARTICULO 1º:ABONESE a la Empresa EDELAP la suma de PESOS NOVECIENTOS TREINTA con OCHENTA Y CINCO CTVS ($930,85) enconcepto de pago de luz de la Sra. Farias Gabriela de acuerdo al considerando.

ARTÍCULO 2º: Para tal gasto será afectada la partida 5.1.4.0 Ayuda Sociales a Personas. Jurisdicción 7000 .Apertura Programática24.04.00 .Fuente de financiamiento 110 Tesoro Municipal.

ARTICULO 3º: El solicitante deberá presentar el comprobante dentro de los 30 días recibido el beneficio.

ARTICULO 4 º: El presente Decreto será refrendado por el Secretario de Hacienda.

ARTICULO 5º: Comuníquese a quienes corresponda y archívese

Fdo.

Lic. GONZALO PELUSO

Intendente Municipal

Fdo.

Cdor. ANDRES LUCIANO GARCIA

Secretario de Hacienda

Decreto Nº 1097/18

Municipio de Magdalena Boletin Oficial Municipal Pag. 79

Magdalena, 16/07/2018

Visto

La solicitud de licencia por vacaciones presentada por la SUBDIRECTORA DE ASESORIA LETRADA, Dra. VIGORITO ANA MARIA, Legajo Nº741; y,La solicitud de licencia por vacaciones presentada por la SUBDIRECTORA DE ASESORIA LETRADA, Dra. VIGORITO ANA MARIA, LegajoNº 741; y,

Considerando

Que, la misma será por un lapso de 7 (SIETE) días partir del 16/07/2018 y hasta el 22/07/2018 inclusive.

Que, consecuentemente deberá designarse reemplazante “A Cargo” durante el período Ut Supra mencionado.

Que, el Sr. Secretario de Gobierno determina que el citado reemplazo sea efectivizado por la Dra REYNOSO MARIA ROSA, Legajo Nº 972.

Que, Departamento Liquidaciones deberá implementar el pago de las diferencias de haberes que correspondan durante el períodoindicado.

P O R E L L O

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE MAGDALENA, en uso de sus facultades que le son propias

D E C R E T A

ARTICULO 1º: DESIGNESE “A CARGO” de la SUBDIRECCION DE ASESORIA LETRADA durante el período 16/07/2018 y hasta el 22/02/2018inclusive, a la Dra MARIA ROSA REYNOSO leg Nº 972, en virtud de lo expuesto en el exordio de la presente.

ARTICULO 2º: AUTORICESE a Departamento Liquidaciones a liquidar la diferencia de haberes que corresponda al reemplazo determinadoprecedentemente.

ARTICULO 3º: El presente Decreto será refrendado por el Sr. Secretario de Gobierno, Sr. Rodolfo Tata.

ARTICULO 4º: Comuníquese a quienes corresponda, tomen nota las Oficinas pertinentes, dése al Registro Municipal y archívese.

Fdo.

Lic. GONZALO PELUSO

Intendente Municipal

Fdo.

Cdor. RODOLFO SALOMON TATA

Secretario de Gobierno

Decreto Nº 1098/18

Magdalena, 16/07/2018

Visto

Las actuaciones del Expediente Letra “T” Nº 1341/2018, mediante las cuales el Sr. TELLERIA NAHUEL PABLO – CUIT: 23-32576945-9, domiciliado en calle Ramírez de Velazco Nº 206 – Piso 5, Dpto. 16 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (C.P 1414), Provincia de CapitalFederal; en carácter de titular actual del MOTO-VEHÍCULO -Tipo Motocicleta - identificado con el Nº de Dominio 392 LNY - Marca Honda -Modelo XR 150 L – Año 2016 - Motor Marca Honda Nº KD07E-2182687, Cuadro Marca Honda Nº 8CHKD0900GL010361, Cilindrada 149 c.c.,solicita la baja del mismo en el Municipio de Magdalena, con motivo de transferencia y cambio de radicación a la Ciudad Autónoma deBuenos Aires, Provincia de Capital Federal a partir del día 5 de Junio de 2018.

Considerando

Que se ha cumplimentado la presentación de la documentación pertinente y el pago de los tributos municipales previstos en el Capítulo XIIde la Ordenanza Fiscal e Impositiva del Municipio, hasta el año 2017 inclusive.

Que en consecuencia resulta procedente acceder a lo solicitado.

Por lo expuesto

Municipio de Magdalena Boletin Oficial Municipal Pag. 80

el INTENDENTE MUNICIPAL DE MAGDALENA, en uso de sus atribuciones.

D E C R E T A

ARTICULO 1º: Autorizar y registrar a partir de la fecha, en virtud de las razones expresadas en el exordio, la BAJA en los registros de laMunicipalidad de Magdalena del MOTO-VEHÍCULO -Tipo Motocicleta - identificado con el Dominio 392 LNY - Marca Honda - Modelo XR 150L – Año 2016 - Motor Marca Honda Nº KD07E-2182687, Cuadro Marca Honda Nº 8CHKD0900GL010361, Cilindrada 149 c.c., con motivo decambio de transferencia y cambio de radicación a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, Provincia de Capital Federal el día 5 de Junio de2018.

ARTÍCULO 2: El presente decreto será refrendado por el Sr. Secretario de Hacienda de la Municipalidad de Magdalena.

ARTICULO 3º: Comuníquese a quienes corresponda, tomen nota las Oficinas pertinentes, dése al Registro Municipal y archívese.-

Fdo.

Lic. GONZALO PELUSO

Intendente Municipal

Fdo.

Cdor. ANDRES LUCIANO GARCIA

Secretario de Hacienda

Decreto Nº 1099/18

Magdalena, 16/07/2018

Visto

El expte letra J Nº 1117/18; referido a la firma de un CONTRATO DE PRESTACION DE SERVICIOS de GPS , firmado el día 12/07/2018celebrados entre la Municipalidad de Magdalena y la firma NOVIT S.A. a fs., 11/12 , y,

Considerando

Que mediante el presente Contrato la Empresa Novit S.A. tiene por objeto la prestación del Servicio de Rastreo, Localización yPosicionamiento de Vehículos, realizándose mediante un SISTEMA DE POSICIONAMIENTO VEHICULAR llamado SPV.-

Que, la Prestadora instalara el SPV en los vehículos por medio de su equipo técnico con los dispositivos, prestando el Usuario su plenaconformidad.

Que se debe efectivizar el Acto Administrativo de convalidación del mismo,

Por ello

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE MAGDALENA, en uso de sus atribuciones ,

D E C R E T A

ARTICULO 1º: Convalidase la firma del CONTRATO , firmado el día 12/07/2018 celebrados entre la Municipalidad de Magdalena y la firmaNOVIT S.A.

ARTÍCULO 2º: El presente Decreto será refrendado por el Sr. Secretario de Gobierno D. Rodolfo TATA.-

ARTICULO 3º: Comuníquese, tomen nota las Oficinas pertinentes, dése al Registro Municipal y archivese.-

Fdo.

Lic. GONZALO PELUSO

Intendente Municipal

Fdo.

Cdor. RODOLFO SALOMON TATA

Secretario de Gobierno

Decreto Nº 1100/18

Municipio de Magdalena Boletin Oficial Municipal Pag. 81

Magdalena, 16/07/2018

Visto

Las actuaciones obrantes en el Expte. Letra I Nº 1820/17, referentes a la contratación de un Profesional para efectuar la fiscalización, proyectos y/o control de las Obras que se están desarrollando y se desarrollarán a futuro en el partido de Magdalena, y

Considerando

Que, a tal efecto con fecha 09 de Marzo del corriente año, se ha suscripto contrato con la Ing. Civil JULIA MAZZONI, DNI. 30.827.415,MATRICULA 53922, por un monto mensual de PESOS TREINTA Y SIETE MIL ($ 37.000), por el periodo comprendido del 01 de Enero al 15 deOctubre del corriente.-

Que, la función a cumplimentar es la siguiente:

Cálculo, proyecto y certificación de Obras de Hormigón armado y pretensazo.

Cálculo, proyecto y certificación de Obras Civiles en proyectos Hidráulicos.

Cálculo, proyecto y certificación de Obras en Puentes, alcantarillas, conductos.

Cálculo, proyecto y certificación de Calles en Hormigón y Asfalto.

Cálculo, proyecto y certificación en Obras de edificios y viviendas.

Cálculo, proyecto y certificación en Obras de Escuelas y Jardines de infantes.

Cálculo, proyecto y certificación de Obras de Gimnasios y Playones deportivos.-

Que, ha sido emitido el Certificado correspondiente al período comprendido entre los días 01 al 30 de Junio de 2018, de acuerdo a lascondiciones estipuladas en el mismo.-

POR ELLO:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE MAGDALENA, en uso de sus atribuciones

DECRETA

Articulo 1º: Líbrese Orden de Pago a la Ing. MAZZONI JULIA, DNI. 30.827.415, por un valor de Pesos TREINTA Y SIETE MIL ($ 37.000), deacuerdo a los considerandos de la presente.-

Articulo 2º: La erogación que se determinen del Articulo anterior serán tomadas de la JURISDICCION: 5.000 - Programa 01.00 – Partida3.4.9.0. OTROS SERVICIOS TECNICOS Y PROFESIONALES – FUENTE FINANCIAMIENTO: 110, del Presupuesto de Gastos vigente.-

Articulo 3º: El presente Decreto será refrendado por el Secretario de Hacienda, Cdor. ANDRES L. GARCIA.-

Articulo 4º: Comuníquese a quienes corresponda, tomen nota las Oficinas pertinentes, dése al Registro Municipal y Archívese.-

Fdo.

Lic. GONZALO PELUSO

Intendente Municipal

Fdo.

Cdor. ANDRES LUCIANO GARCIA

Secretario de Hacienda

Decreto Nº 1101/18

Magdalena, 16/07/2018

Visto

Las actuaciones obrantes en el Expte. Letra I Nº 1820/17, referente a la contratación de un Profesional para efectuar la fiscalización,

Municipio de Magdalena Boletin Oficial Municipal Pag. 82

proyectos y/o control de las Obras que se están desarrollando y se desarrollarán a futuro en el partido de Magdalena, y

Considerando

Que, a tal efecto con fecha 09 de Marzo del corriente año, se ha suscripto contrato el Ing. Civil PERNICE CLAUDIO FABIO, DNI. 14.770.315,MATRICULA 43568, por un monto mensual de PESOS TREINTA Y DOS MIL ($ 32.000), por el Período del 01 de Enero al 15 de Octubre delcorriente año.

Que, la función a cumplimentar es la siguiente:

Cálculo, proyecto y certificación de Obras de Hormigón armado y pretensazo.

Cálculo, proyecto y certificación de Obras Civiles en proyectos Hidráulicos.

Cálculo, proyecto y certificación de Obras en Puentes, alcantarillas, conductos.

Cálculo, proyecto y certificación de Calles en Hormigón y Asfalto.

Cálculo, proyecto y certificación en Obras de edificios y viviendas.

Cálculo, proyecto y certificación en Obras de Escuelas y Jardines de infantes.

Cálculo, proyecto y certificación de Obras de Gimnasios y Playones deportivos.-

Que, ha sido emitido el Certificado correspondiente al período comprendido del 01 al 30 de JUNIO del 2018, de acuerdo a las condicionesestipuladas en el mismo.-

POR ELLO:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE MAGDALENA, en uso de sus atribuciones

DECRETA

Articulo 1º: Líbrese Orden de Pago a la Ing. PERNICE CLAUDIO FABIO, DNI. 14.770.315, por un valor de PESOS TREINTA Y DOS MIL ($32.000), de acuerdo a los considerandos de la presente.-

Articulo 2º: La erogación que se determinen del Artículo anterior serán tomadas de la JURISDICCION: 5.000 - Programa 01.00 – Partida3.4.9.0. OTROS SERVICIOS TECNICOS Y PROFESIONALES – FUENTE FINANCIAMIENTO: 110, del Presupuesto de Gastos vigente.-

Articulo 3º: El presente Decreto será refrendado por el Secretario de Hacienda, Cdor. ANDRES L. GARCIA.-

Articulo 4º: Comuníquese a quienes corresponda, tomen nota las Oficinas pertinentes, dése al Registro Municipal y Archívese.-

Fdo.

Lic. GONZALO PELUSO

Intendente Municipal

Fdo.

Cdor. ANDRES LUCIANO GARCIA

Secretario de Hacienda

Decreto Nº 1102/18

Municipio de Magdalena Boletin Oficial Municipal Pag. 83

Magdalena, 16/07/2018

Visto

Las actuaciones del expte letra S Nº 1157/18 y el Decreto Reglamentario de Becas Nº 371/15,

Considerando

Que la joven deportista GUADALUPE ZABALETA ha sido seleccionada para participar en el CAMPEONATO MUNDIAL DE TAEKWON-DOARGENTINA 2018, que se desarrollará entre los días 31 de Julio y 5 de Agosto en el predio de Tecnopolis, siendo uno de los eventos masimportantes del mundo de las artes marciales,

Que por Decreto nº 1079/18 se declara de Interés Municipal la participación de la competidora en dicho campeonato,

Que por decisión del Departamento Ejecutivo se ha decidido otorgar una Beca deportiva ala Joven a fin de solventar los gastos ocasionadospor tal participación,

Que no existe saldo disponible en la partida correspondiente según informe de fs. 8 de la Contaduría Municipal,

Por ello,

EL INTENDENTE MUNICIPAL de MAGDALENA en uso de sus atribuciones

D E C R E T A

ARTICULO 1º: LIBRESE ORDEN DE PAGO –CON CARÁCTER DE INSISTENCIA- a nombre de la Srta. GUADALUPE ZABALETA DNI 42.568.265en concepto de Beca Deportiva por la suma de PESOS QUINCE MIL ($15.000’) , y para ser afectados afrontar gastos por su participaciónen el Campeonato Mundial de Taekwon-do Argentina 2018.-

ARTICULO 2º.- Teniendo en cuenta que la Becaria es menor de edad, el pago se le hará efectivo a su Sra. madre VIVIANA ISABEL ROMERODNI 21.772.354, quien deberá presentar la rendición de gastos correspondientes.-

ARTÍCULO 3º: La erogación que se determina en el Art. 1º deberá ser tomada de la Jurisdicción 1110111000, Programa 28-11, EscuelaMunicipal de Deportes, Partida 5.1.3.0, Becas, FF 110 del Presupuesto de Gastos Vigente.-

ARTÍCULO 4º: El presente Decreto será refrendado por el Sr. Secretario de Hacienda de la Municipalidad de Magdalena.-

ARTICULO 5º: Comuníquese, tomen nota las Oficinas pertinentes, dese al Registro Municipal y Archívese.-

Fdo.

Lic. GONZALO PELUSO

Intendente Municipal

Fdo.

Cdor. ANDRES LUCIANO GARCIA

Secretario de Hacienda

Decreto Nº 1103/18

Magdalena, 16/07/2018

Visto

El Expte. Letra S Nº 1339/18 mediante el cual la Sra. Sequeira Aurora solicita ayuda económica para abonar el suministro de luz, y

Considerando

Que a fs.1 se encuentra nota de pedido para abonar el pago de luz por parte de la Sra. Sequeira Aurora

Que a fs. 3 se encuentran la factura de la Empresa Edelap donde consta la deuda que posee.

Que a fs.2 se corrobora la situación socio-económica de la solicitante.

Que el servicio de luz es indispensable para la Sra. Sequeira Aurora.

Por ello,

Municipio de Magdalena Boletin Oficial Municipal Pag. 84

EL Sr. INTENDENTE MUNICIPAL en uso de sus atribuciones

DECRETA

ARTICULO 1º: ABONESE a la Empresa EDELAP la suma de PESOS Ochocientos Ochenta y Tres con setenta ($883,70) en concepto de pagode luz de la Sra. Sequeira Aurora de acuerdo al considerando.

ARTÍCULO 2º: Para tal gasto será afectada la partida 5.1.4.0 Ayuda Sociales a Personas. Jurisdicción 7000 .Apertura Programática24.04.00 .Fuente de financiamiento 110 Tesoro Municipal.

ARTICULO 3º: El solicitante deberá presentar el comprobante dentro de los 30 días recibido el beneficio.

ARTICULO 4 º: El presente Decreto será refrendado por el Secretario de Hacienda.

ARTICULO 5º: Comuníquese a quienes corresponda y archívese

Fdo.

Lic. GONZALO PELUSO

Intendente Municipal

Fdo.

Cdor. ANDRES LUCIANO GARCIA

Secretario de Hacienda

Decreto Nº 1104/18

Magdalena, 17/07/2018

Visto

El artículo 14º de la Ordenanza Nº 3464/17, de Presupuesto General para el Ejercicio 2018, sancionada con fecha 27/12/17 y promulgadamediante el Decreto Nº 942/17 del 29 de Diciembre de 2017; y

Considerando

Que el mencionado artículo faculta al Departamento Ejecutivo a disponer transferencias de créditos presupuestarios para reforzarconceptos preexistentes o crear nuevos, entre los conceptos de una Jurisdicción, Programa, Actividad Programática ó Proyecto distintos,correspondientes al Presupuesto de Gastos del presente Ejercicio;

Que se cree conveniente, con el fin de lograr una mayor prolijidad en la ejecución del Presupuesto dotar de crédito adicional a las Partidasque representan excedidas o con créditos insuficientes;

Que el citado artículo permite financiar las creaciones, ampliaciones o modificaciones de partidas del Presupuesto de Gastos mediantetransferencias de economías existentes en las restantes partidas de libre afectación;

Que es necesario efectuar las adecuaciones y correcciones pertinentes, las cuales tienen un fin exclusivamente de regularizaciónpresupuestaria, no implicando ello modificación alguna en el monto total del Presupuesto.

Por ello;

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE MAGDALENA en uso de sus atribuciones sanciona el siguiente:

DECRETO

ARTICULO 1º: Transfiéranse a las Partidas Presupuestarias correspondientes al DEPARTAMENTO EJECUTIVO (1110100000) créditos porun monto total de PESOS NOVECIENTOS MIL CON 00/100 ( $ 900.000,00), de acuerdo al detalle de Jurisdicciones, Programas, Partidas ymontos obrantes en la planilla de RAFAM adjunta, la que forma parte indivisible del presente.

ARTICULO 2º: Los créditos transferidos y asignados de acuerdo al artículo precedente, serán tomados de las Partidas correspondientes alDEPARTAMENTO EJECUTIVO (1110100000) por PESOS NOVECIENTOS MIL CON 00/100 ( $ 900.000,00), conforme al detalle deJurisdicciones, Programas, Partidas y montos que se señalan en la planilla citada en el artículo anterior.

Municipio de Magdalena Boletin Oficial Municipal Pag. 85

ARTICULO 3º: El presente Decreto será refrendado por el Señor Secretario de Hacienda de la Municipalidad de Magdalena.

ARTICULO 4º: Comuníquese al Honorable Concejo Deliberante dentro de los diez días contados a partir de la fecha, en cumplimiento delartículo 14º, inciso d) de la Ordenanza Nº 3464/17.-

ARTICULO 5º: Comuníquese, tomen nota las oficinas correspondientes, dése al Registro Municipal y archívese.-

Fdo.

Lic. GONZALO PELUSO

Intendente Municipal

Fdo.

Cdor. ANDRES LUCIANO GARCIA

Secretario de Hacienda

ANEXOS

Decreto Nº 1105/18

Magdalena, 17/07/2018

Visto

Que, por razones de servicio se debió autorizar durante el mes de JUNIO 2018 al Personal Municipal, la realización de HorasExtraordinarias; y,

Considerando

Que las mismas fueron supervisadas por los respectivos Directores de cada área y por el Secretario de Hacienda.

P O R E L L O

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE MAGDALENA, en uso de sus facultades que le son propias

D E C R E T A

ARTICULO 1ro.: AUTORICESE al Departamento Liquidaciones a implementar el pago de las Horas Extraordinarias, realizadas por elPersonal Municipal durante el mes de JUNIO del año 2018.

ARTICULO 2do.: El presente DECRETO, será refrendado por el Sr. Secretario de Hacienda Cr. Andrés Garcia.-

ARTICULO 3ro.: Comuníquese a quienes corresponda, tomen nota las Oficinas pertinentes, dése al Registro Municipal y Archívese.

Fdo.

Lic. GONZALO PELUSO

Intendente Municipal

Fdo.

Cdor. ANDRES LUCIANO GARCIA

Secretario de Hacienda

ANEXOS

Decreto Nº 1106/18

Magdalena, 17/07/2018

Visto

Que, por razones de servicio se debió autorizar durante el mes de JUNIO al personal Municipal del Área de Salud (Hospital, Unidades

Municipio de Magdalena Boletin Oficial Municipal Pag. 86

Sanitarias y Asilo), la realización de Horas Extraordinarias; y,

Considerando

Que las mismas fueron supervisadas por los respectivos Directores de cada área y por el Secretario de Hacienda.

P O R E L L O

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE MAGDALENA, en uso de sus facultades que le son propias

D E C R T A

ARTICULO 1ro.: AUTORICESE al Departamento Liquidaciones a implementar el pago de las Horas Extraordinarias, realizadas por elPersonal Municipal (del Área de Salud (Hospital, Unidades Sanitarias y Asilo) durante el mes de JUNIO del año 2018.

ARTICULO 2do.: El presente DECRETO, será refrendado por el Sr. Secretario de Hacienda Cr. Andrés García.-

ARTICULO 3ro.: Comuníquese a quienes corresponda, tomen nota las Oficinas pertinentes, dése al Registro Municipal y Archívese.

Fdo.

Lic. GONZALO PELUSO

Intendente Municipal

Fdo.

Cdor. ANDRES LUCIANO GARCIA

Secretario de Hacienda

ANEXOS

Decreto Nº 1107/18

Magdalena, 17/07/2018

Visto

La solicitud de licencia por vacaciones presentada por la Agente Mónica González Legajo Nro: 4241;

Considerando

Que, la misma será por un lapso de 14 (CATORCE) días partir del 16/07/2018 y hasta el 29/02/2017 inclusive.

Que es necesario designar un responsable que efectúe las tareas administrativas y sea responsable de la caja de Cementerio de Magdalena.

Que, consecuentemente deberá designarse reemplazante “A Cargo” durante el período Ut Supra mencionado.

Que ha sido designado en esas tareas al Sr. GUSTAVO DANIEL CEPEDA leg 740.

Que, en virtud de lo expuesto precedentemente, se deberá erogar la BONIFICACIÓN POR FALLO DE CAJA determinada por la legislaciónlaboral vigente, a la agente Ut Supra mencionada.

Que, lo expresado cuenta con la pertinente autorización del Sr Secretario de Hacienda.

P O R E L L O

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE MAGDALENA, en uso de sus facultades que le son propias

D E C R E T O

ARTICULO 1ro.: DESIGNESE A CARGO de las tareas administrativas y sea responsable de la caja de Cementerio de Magdalena al Sr.GUSTAVO DANIEL CEPEDA leg 740 en el periodo comprendido entre los días 16 de julio y el 29 de julio inclusive .

ARTICULO 2do.: AUTORICESE al departamento de Liquidaciones a liquidar los haberes que correspondan en concepto de BONIFICACIÓNPOR FALLO DE CAJA, al Sr. GUSTAVO DANIEL CEPEDA leg 740, en el periodo comprendido entre los días 16 de julio al 29 de julio delcorriente año, en virtud de lo expuesto en el exordio de la presente.

ARTICULO 3do.: El presente Decreto será refrendado por el Secretario de Hacienda, Cr. ANDRÉS GARCÍA.

ARTICULO 4ro.: Comuníquese a quienes corresponda, tomen nota las Oficinas pertinentes, dése al Registro Municipal y Archívese.-

Municipio de Magdalena Boletin Oficial Municipal Pag. 87

Fdo.

Lic. GONZALO PELUSO

Intendente Municipal

Fdo.

Cdor. ANDRES LUCIANO GARCIA

Secretario de Hacienda

Decreto Nº 1108/18

Magdalena, 17/07/2018

Visto

El expte letra D Nº 488/18; y

Considerando

Que la solicitud por parte de la EP Nº12, a fin que desde el Municipio se colabore con la entrega de pizarras, para dicha Institución.

Que mediante Ordenanza nº 3435/17 se crea en el ámbito de la Municipalidad de Magdalena el “Consejo Municipal de Educación” teniendoel mismo como objetivo contribuir al fortalecimiento de las instituciones educativas viabilizando necesidades y demandas,

Que según informe de la Contaduría Municipal existe saldo y partida presupuestaria para realizar tal erogación,

Que según lo establecido en el art. 2º de la Ley 26.075 respecto al destino de los fondos provenientes del Fondo de FinanciamientoEducativo, avalan lo expuesto ut-supra

Que el Sr. Intendente Municipal, a fs 9, observando la existencia de partida y saldo y las innumerables solicitudes de distintas InstitucionesEscolares, aprueba una compra mayor de PIZARRAS cuarenta (40) en total, a los fines de ser distribuidas en otros colegios.-

Por ello,

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE MAGDALENA, en uso de sus atribuciones ,

D E C R E T A

ARTICULO 1º: AUTORICESE a la Oficina de Compras con destino a las distintas entidades educativas cuarentas (40) pizarras, segúnactuaciones obrantes en el expte citado ut-supra.-

ARTICULO 2º.- La erogación que se determina en el Art. lº deberá ser tomada de la Partida 5.3.7.0. -Transferencias a entes de GobiernosProvinciales- Jurisdicción 1000- Programa 01, FF 132 respectivamente, del Presupuesto de Gastos Vigente.-

ARTICULO 3º: El presente Decreto será refrendado por el Sr. Secretario de Hacienda a de la Municipalidad de Magdalena.-

ARTICULO 4º: Comuníquese, tomen nota las Oficinas pertinentes, dése al Registro Municipal y archivese.-

Fdo.

Lic. GONZALO PELUSO

Intendente Municipal

Fdo.

Cdor. ANDRES LUCIANO GARCIA

Secretario de Hacienda

Municipio de Magdalena Boletin Oficial Municipal Pag. 88

Decreto Nº 1109/18

Magdalena, 17/07/2018

Visto

El Expediente Letra I Nº 509/17, la Ordenanza 3382/17 a través de la cual se autoriza la firma del Convenio con el Ministerio deInfraestructura y Servicios Públicos de la Pcia de Bs As., el Decreto de Promulgación Nº 267/17, la Resolución Ministerial MIySP Nº 468 yME Nº 85, y;

Considerando

Que mediante la firma del Convenio el Ministerio otorgará a la Municipalidad de Magdalena en concepto de subsidio la suma de$14.166.266,07 destinado a financiar la obra “Puente en Camino Blanco y Arroyo Buriñigo” en el Partido de Magdalena;

Que la Tesorería Municipal certifica un ingreso de $ 4.781.191,11 correspondiente a dicho fondo y efectuado mediante transferenciabancaria el día 03/07/2018;

Que los fondos ingresados corresponden a avance de obra de acuerdo a lo establecido por el artículo 3º del Convenio;

Que la Subsecretaría de Infraestructura Hidráulica del Ministerio de Infraestructura y Servicios Públicos y el Honorable Tribunal deCuentas verificarán el destino de los fondos ingresados conforme a lo establecido en el artículo 15 y 17 del Reglamento para elotorgamiento de subsidios aprobado como anexo único del Decreto Nº 467/07 y modificatorios;

Que el artículo 119º último párrafo de la L.O.M. permite al Departamento Ejecutivo “practicar directamente las ampliacionespresupuestarias que se financien con recursos afectados según sean efectivamente autorizados o realizados”;

Que a los efectos de mejor proveer y para una normal gestión presupuestaria y contable es menester realizar las ampliaciones en elCálculo de Recursos y Presupuesto de Gastos vigente para el corriente ejercicio;

Por todo ello

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE MAGDALENA, en uso de sus atribuciones

DECRETA

ARTICULO 1º: Amplíase el Cálculo de Recursos del Ejercicio 2017 en PESOS CUATRO MILLONES SETECIENTOS OCHENTA Y UN MIL CIENTONOVENTA Y CUATRO CON 11/100 ($ 4.781.194,11) en el Rubro 2250116 “Convenio Puente Atalaya”, de origen provincial, afectado (Codigo22).

ARTICULO 2º: Amplíase el Presupuesto de Gastos del Ejercicio 2018 en las Partidas Presupuestarias correspondientes al DEPARTAMENTO EJECUTIVO (1110100000) por un monto total de PESOS CUATRO MILLONES SETECIENTOS OCHENTA Y UN MIL CIENTONOVENTA Y CUATRO CON 11/100 ($ 4.781.194,11 ), de acuerdo al detalle de Jurisdicciones, Programas, Partidas y montos obrantes en laplanilla de RAFAM adjunta, la que forma parte indivisible del presente.

ARTICULO 3º: Autorízase el ingreso a la Tesorería Municipal de PESOS CUATRO MILLONES SETECIENTOS OCHENTA Y UN MIL CIENTONOVENTA Y CUATRO CON 11/100 ($ 4.781.194,11 ) correspondiente a la transferencia mencionada en el exordio del presente.

ARTICULO 4º: El presente Decreto será refrendado por el Señor Secretario de Hacienda de la Muncipalidad de Magdalena.

ARTICULO 5º: Comuníquese, tomen nota las oficinas pertinentes, dése al Registro Municipal y archívese.

Fdo.

Lic. GONZALO PELUSO

Intendente Municipal

Fdo.

Cdor. ANDRES LUCIANO GARCIA

Secretario de Hacienda

ANEXOS

Municipio de Magdalena Boletin Oficial Municipal Pag. 89

Decreto Nº 1110/18

Magdalena, 17/07/2018

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE MAGDALENA, en uso de sus atribuciones que le son propias

D E C R E T A

ARTICULO 1º: CESE en las funciones del cargo en la DIRECCIÓN DE MODERNIZACIÓN, DESARROLLO ESTRATÉGICO Y MEDIO AMBIENTE apartir del día 11 de Julio del año 2018 al Sr. CARRIZO CARLOS ALBERTO (con D.N.I. Nº 18.432.257) Leg. Nº 1393, en virtud de las causalesexpuestas en el exordio de la presente.

ARTÍCULO 2º: AUTORICESE al Departamento de Liquidaciones a erogar el pago del SAC proporcional.

ARTÍCULO 3º: El presente Decreto será refrendado por el Sr. Secretario de Gobierno Sr. Rodolfo Tata.-

ARTICULO 4º: Comuníquese a quienes corresponda, tomen nota las Oficinas pertinentes, dése al Registro Municipal y archívese.

Fdo.

Lic. GONZALO PELUSO

Intendente Municipal

Fdo.

Cdor. RODOLFO SALOMON TATA

Secretario de Gobierno

Decreto Nº 1111/18

Magdalena, 18/07/2018

Visto

Las actuaciones obrantes en Expte Letra D nº 1482/17, referente a la mano de obra con provisión de materiales para realizarREFACCIONES EN SALA DE CENTRO CULTURAL de la localidad de Magdalena a la firma MARIO OSCAR PONCE – DNI Nº 12.238.234 y,

Considerando

Que, han sido suscriptas Acta de Recepción Provisoria y Definitiva, obrantes a fs. 34 y 35 respectivamente,

Que, de acuerdo al informe de Contaduría Municipal obrante a fs. 37, se ha constatado el ingreso de $ 2.315 (PESOS DOS MILTRESCIENTOS QUINCE).-

Que se deben realizar las tramitaciones pertinentes para la devolución del monto correspondiente,

POR ELLO:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE MAGDALENA, en uso de sus atribuciones,

DECRETA

ARTICULO 1º: Líbrese Orden de Pago a la Firma MARIO OSCAR PONCE D.N.I. 12.238.234, por la suma de PESOS DOS MIL TRESCIENTOSQUINCE ($2.315), de acuerdo a los considerandos de la presente.-

ARTICULO 2º: Las erogaciones que se determinen del Artículo Primero, serán imputados a la Cuenta 7.1.0.0.1. Depósito de Garantías.-

ARTICULO 3º: El presente Decreto será refrendado por el Secretario de Hacienda, Cdor. ANDRES GARCIA.-

ARTICULO 4º: Comuníquese a quiénes corresponda, tomen nota las Oficinas pertinentes, dése al Registro Municipal y archívese.-

Fdo.

Lic. GONZALO PELUSO

Intendente Municipal

Fdo.

Municipio de Magdalena Boletin Oficial Municipal Pag. 90

Cdor. ANDRES LUCIANO GARCIA

Secretario de Hacienda

Decreto Nº 1112/18

Magdalena, 18/07/2018

Visto

El Contrato de Comodato celebrado entre la Sociedad Rural de Magdalena COMODANTE y este Municipio: COMODATARIO, obrante a fs. 2/4del Expte. letra I Nº 2092/16, mediante el cual el Comodante entregó al Comodatario un espacio físico destinado al funcionamiento de laOficina Municipal de Expedición de Guías, Marcas y Señales, la Ordenanza de Convalidación Nº 3346/16, y;

Considerando

Que la Cláusula Décima Segunda del Convenio establece que el Comodante abonará mensualmente en concepto de viáticos a la AgenteMunicipal designada a cargo de la Oficina citada, ubicada en el predio de esa Entidad Rural un importe de $2.200 mensuales,

Que a fs.27 consta la designación de la Sra Alejandra Ocampo Leg 2134 a cargo de la Oficina citada, ubicada en el predio de esa EntidadRural,

Que debe procederse a realizar el pago correspondiente al mes de Mayo de 2018 por un importe de $ 2.200.- respectivamente,

Por ello,

EL INTENDENTE MUNICIPAL de MAGDALENA en uso de sus atribuciones

DECRETA

ARTICULO 1º: Librar Orden de Pago por la suma de PESOS DOS MIL DOSCIENTOS ($ 2.200) en concepto de Viáticos correspondiente almes de MAYO 2018 por los motivos expuestos en el exordio, a la Encargada de la Oficina Municipal de Expedición de Guías, Marcas ySeñales, Sra. ALEJANDRA OCAMPO Leg 2134.-

ARTICULO 2º: La erogación que demande el cumplimiento del Artículo 1º, deberá ser tomada de la Partida 3.7.2.0.. VIATICOS, Jurisdicción1110108000 Secretaría de Hacienda, Programa 01-00 Administración y Coordinación Central, F.F. 140 del Presupuesto de Gastos Vigente.-

ARTICULO 3º: El presente Decreto será refrendado por el Sr. Secretario de Hacienda de la Municipalidad de Magdalena.

ARTICULO 4º: Comuníquese, tomen nota las Oficinas pertinentes, dese al Registro Municipal y Archívese.-

Fdo.

Lic. GONZALO PELUSO

Intendente Municipal

Fdo.

Cdor. ANDRES LUCIANO GARCIA

Secretario de Hacienda

Decreto Nº 1113/18

Magdalena, 18/07/2018

Visto

Las actuaciones obrantes en el Expediente Letra D Nº 1288/18 , referente a la Construcción de cordón cuneta y sectores deestacionamiento en Avenida Mitre entre Dr Pepe y San Julian en la Localidad de Bartolomé Bavio Partido de Magdalena, y

Considerando

Que el monto Presupuestado para el Ejercicio 2018 es de $302.170,00.-

Municipio de Magdalena Boletin Oficial Municipal Pag. 91

Que el Art. 156º inc. 11º de la Ley Orgánica Municipal prevé la contratación de servicios producido por Talleres, protegidos y toda otrainstancia protegida de producción debidamente habilitada, registrada y supervisada por el Ministerio de Acción Social o aquel que haga susveces en forma directa como el Caso que nos ocupa,

Que, es decisión del Departamento Ejecutivo adjudicar la obra a la COOPERATIVA DE TRABAJO LOS TOLDOS LTDA,

Que existe saldo disponible en la respectiva partida del Presupuesto de Gastos,

Por ello;

EL INTENDENTE MUNICIPAL de MAGDALENA en uso de sus facultades

DECRETA

ARTICULO 1º: ADJUDICASE la CONTRATACION DE MANO DE OBRA para la Construcción de cordón cuneta y sectores de estacionamiento enAvenida Mitre entre Dr Pepe y San Julian en la Localidad de Bartolomé Bavio Partido de Magdalena, a la COOPERATIVA DE TRABAJO LOSTOLDOS LTDA, representada por el Sr JARA JORGE GASTON, en la suma de PESOS TRESCIENTOS DOS MIL CIENTO SETENTA ($ 302.170),según actuaciones obrantes en el Expte letra D nº 1288/18.-

ARTICULO 2º.- AFÉCTESE las erogaciones que se produzcan como consecuencia de la aplicación del Artículo Primero en la Jurisdicción5.000, Programa 23 Actividad 75 Partida 4.2.2.0 “CONSTRUCCIONES EN BIENES DE DOMINIO PUBLICO” con Fuente de Financiamiento 132de Origen Provincial del Presupuesto de Gastos para el Ejercicio 2018.-

ARTICULO 3º: El presente Decreto será refrendado por el Señor Secretario de Hacienda Cr. Andrés L. García.-

ARTICULO 4º: Comuníquese a quienes corresponda, dése al Registro Municipal y archívese.-

Fdo.

Lic. GONZALO PELUSO

Intendente Municipal

Fdo.

Cdor. ANDRES LUCIANO GARCIA

Secretario de Hacienda

Decreto Nº 1114/18

Magdalena, 18/07/2018

Visto

Las actuaciones del expte letra “J”, Nº 1059/18; y,

Considerando

Que es intención del presente Depto. Ejecutivo que todo el personal cumpla con las normas laborales.

Que en las mismas el Director a cargo de Control Urbano y Seguridad Ciudadana Sr. Gastón López, informa sobre INCUMPLIMIENTO DELHORARIO de la agente municipal MACHADO CARINA (leg.1086), quien en reiteradas oportunidades ingreso con posterioridad al horarioestipulado.

Que, de acuerdo la ley 14656 arts. 103 inc. A hace plausible al personal de la siguiente sanción: LLAMADO DE ATENCION.

Que lo solicitado cuenta con la pertinente autorización del Sr. Secretario de Gobierno.

P O R T O D O E L L O

El SR. INTENDENTE MUNICIPAL DE MAGDALENA, en uso de sus atribuciones que les son propias

D E C R E T A

ARTÍCULO 1º: SANCIONESE con una medida correctiva : LLAMADO DE ATENCION a la agente municipal MACHADO CARINA (leg.1086), porlos motivos citados UT-supra.-

ARTICULO 2º: El presente será notificar a la Agente por medio de la Oficina de Personal.-

ARTICULO 3º: El presente Decreto será refrendado por el Sr. Secretario de Gobierno Sr. Rodolfo Tata.

Municipio de Magdalena Boletin Oficial Municipal Pag. 92

ARTICULO 4º: Comuníquese a quienes corresponda, tomen nota las Oficinas pertinentes, dése al registro Municipal y archívese.

Fdo.

Lic. GONZALO PELUSO

Intendente Municipal

Fdo.

Cdor. RODOLFO SALOMON TATA

Secretario de Gobierno

Decreto Nº 1115/18

Magdalena, 18/07/2018

Visto

El Expte Letra M Nº 1351/18 Mila Lorena, Letra M Nº 1357/18 Montes de Oca Maria de los Angeles , Letra G N° 1356/18 Gomez MariaEugenia , familia de nuestro distrito, mediante el cual solicitan materiales de construcción para mejorar sus viviendas y

Considerando

Que a fs. 1 obran notas de solicitud por parte de las familias.

Que a fs. 2, 3 obran presupuestos de los materiales que solicita.

Que a fs. 4, obra informe social que corrobora la situación socioeconómica de la familia

Que la entrega de los materiales permitirá mejorar la calidad de vida de estas familias y sus condiciones habitacionales.

Que se hace necesario realizar el acto administrativo correspondiente.

Por ello,

El Sr. Intendente Municipal de Magdalena, en uso de sus atribuciones

DECRETA

Articulo 1º: Otórguese un subsidio de materiales de construcción, en especies, que se detallan en el anexo I que forma parte del presente,a favor de las familias y /o personas que se indica, en concepto de entrega de materiales de construcción para mejorar sus viviendas deacuerdo al considerando.

Articulo 2º Para tal erogación será afectada la partida 5.1.4 ayuda sociales a personas correspondiente a la jurisdicción 7000 Programa24-05- FF 132.

Articulo 3ª. El presente Decreto será refrendado por el Secretario de Hacienda.

Articulo 4ª Comuníquese a quienes corresponda y dese al Registro Municipal.

Fdo.

Lic. GONZALO PELUSO

Intendente Municipal

Fdo.

Cdor. ANDRES LUCIANO GARCIA

Secretario de Hacienda

ANEXOS

Decreto Nº 1116/18

Magdalena, 18/07/2018

Visto

Municipio de Magdalena Boletin Oficial Municipal Pag. 93

Las actuaciones iniciadas mediante Expte. Letra D Nº 252/18, y

Considerando

Que en las mismas el Sr Delegado Municipal de Bme. Bavio, informa sobre las tareas convenidas con el Agente JOSE MARIA ARAMBURULeg. Nº 468, a efectivizar en horario Extra Laboral durante el mes de junio del año 2018, afectado a tareas Operario de motoniveladora,cumpliendo horario de 13 a 18 hs, a partir del mes de mayo, junio, julio y agosto, afectado a la Delegación de Caminos Rurales y libredisponibilidad los días sábados y domingos, por el monto de PESOS CINCO MIL QUINIENTOS CON 00/100 ($ 5.500-)

Que, la Ordenanza Nro 3345/16, Decreto 722/16 (Convalidación Dec 642/16 , contempla la realización de tareas en la modalidadJORNADAS DE EXTENSIÓN EXTRA LABORAL.

Que, el referido agente cuenta con la certificación del Sr Jefe de Personal avalando la pertinente liquidación de haberes por el montoindicado.

POR ELLO

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE MAGDALENA, en uso de sus atribuciones que le son propias

D E C R E T A

ARTICULO 1°: AUTORICESE al Departamento de Liquidaciones a liquidar los haberes correspondientes al mes de junio del presente año alSr JOSE MARIA ARAMBURU Leg. Nº 468 por la suma de PESOS CINCO MIL QUINIENTOS CON 00/100 ($ 5.500), en virtud de lo expuesto enel exordio de la presente.

ARTICULO 2°: La erogación que demande el cumplimiento de lo determinado en el Art. Precedente será con afectación a la Partida 1.3.1.2 -Jurisdicción 5000- Programa 21 EXTENSIÓN EXTRA LABORAL DE TAREAS – del Presupuesto de Gastos Vigente.

ARTICULO 3°: El presente Decreto, será refrendado por el Secretario de Hacienda Cdr. Andrés García.-

ARTICULO 4°: Comuníquese a quienes corresponda, tomen nota las Oficinas pertinentes, dése al Registro Municipal y Archívese.

Fdo.

Lic. GONZALO PELUSO

Intendente Municipal

Fdo.

Cdor. ANDRES LUCIANO GARCIA

Secretario de Hacienda

Decreto Nº 1117/18

Magdalena, 18/08/2018

Visto

Las actuaciones iniciadas mediante Expte. Letra S, Nº 362/18.

Considerando

Que en las mismas el Sr. Director de Control Urbano y Seguridad Ciudadana A Cargo, informa sobre las tareas convenidas con la Sra.Carina Nancy Machado David, Leg. Nº 1086, a efectivizar en horario Extra Laboral durante el mes de junio del año 2018, afectado a Dictadode Curso de Seguridad Vial a instancias de la Agencia Nacional de Seguridad Vial, y en el marco de la futura emisión de la LicenciaNacional de Conducir, por el monto de PESOS MIL DOSICENTOS CON 00/100 ($ 1.200,00.-)

Que, la Ordenanza Nro 3345/16, Decreto 722/16 (Convalidación Dec 642/16 , contempla la realización de tareas en la modalidadJORNADAS DE EXTENSIÓN EXTRA LABORAL.

Que, el referido agente cuenta con la certificación del Sr. Director de Control Urbano y Seguridad Ciudadana, avalando la pertinenteliquidación de haberes por el monto indicado.

POR ELLO

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE MAGDALENA, en uso de sus atribuciones que le son propias.

D E C R E T A

ARTICULO 1°: AUTORICESE al Departamento de Liquidaciones a liquidar los haberes del mes de julio del presente año correspondientes ala Sra. Carina Nancy Machado David, Leg. Nº 1086, por la suma de PESOS MIL DOSCIENTOS CON 00/100 ($ 1.200,00.-) , en virtud de loexpuesto en el exordio de la presente.

Municipio de Magdalena Boletin Oficial Municipal Pag. 94

ARTICULO 2°: La erogación que demande el cumplimiento de lo determinado en el Art. Precedente será con afectación a la Partida 1.3.1.2 -Jurisdicción 9000- Programa 25- Proyecto14 – EXTENSIÓN EXTRA LABORAL DE TAREAS – del Presupuesto de Gastos Vigente.

ARTICULO 3°: El presente Decreto, será refrendado por el Secretario de Hacienda, Cdr. Andrés García.

ARTICULO 4°: Comuníquese a quienes corresponda, tomen nota las Oficinas pertinentes, dése al Registro Municipal y Archívese.

Fdo.

Lic. GONZALO PELUSO

Intendente Municipal

Fdo.

Cdor. ANDRES LUCIANO GARCIA

Secretario de Hacienda

Decreto Nº 1118/18

Magdalena, 18/08/2018

Visto

Las actuaciones iniciadas mediante Expte. Letra D, Nº 363/18,

Considerando

Que en las mismas el Director de Control Urbano y Seguridad Ciudadana “A CARGO” Gaston LOPEZ, informa sobre las tareas convenidascon la Sra. VIVIANA C. PANDOLFI, Leg. Nº 1202, a efectivizar en horario Extra Laboral durante el mes de junio del año 2018, afectado aDictado de Curso de Seguridad Vial a instancias de la Agencia Nacional de Seguridad Vial, y en el marco de la futura emisión de la LicenciaNacional de Conducir, por el monto de PESOS MIL DOSCIENTOS CON 00/100 ($ 1.200,00.-)

Que, la (Ordenanza Nro 3345/16, Decreto 722/16 (Convalidación Dec 642/16), contempla la realización de tareas en la modalidadJORNADAS DE EXTENSIÓN EXTRA LABORAL.

Que, el referido agente cuenta con la certificación del Sr. Director de Control Urbano y Seguridad Ciudadana “A CARGO”, avalando lapertinente liquidación de haberes por el monto indicado.

POR ELLO

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE MAGDALENA, en uso de sus atribuciones que le son propias.

D E C R E T A

ARTICULO 1°: AUTORICESE al Departamento de Liquidaciones a liquidar los haberes correspondientes a la Sra. VIVIANA CLAUDIAPANDOLFI, Leg. Nº 1202, por la suma de PESOS MIL DOSCIENTOS CON 00/100 ($ 1.200,00) para el mes de julio del año 2018, en virtud delo expuesto en el exordio de la presente.

ARTICULO 2°: La erogación que demande el cumplimiento de lo determinado en el Art. Precedente será con afectación a la Partida 1.3.1.2 -Jurisdicción 9000- Programa 25- Proyecto14 – EXTENSIÓN EXTRA LABORAL DE TAREAS – del Presupuesto de Gastos Vigente.

ARTICULO 3°: el presente Decreto, será refrendado por el Secretario de Hacienda, Cdr. Andrés García.

ARTICULO 4°: Comuníquese a quienes corresponda, tomen nota las Oficinas pertinentes, dése al Registro Municipal y Archívese.

Fdo.

Lic. GONZALO PELUSO

Intendente Municipal

Fdo.

Cdor. ANDRES LUCIANO GARCIA

Secretario de Hacienda

Municipio de Magdalena Boletin Oficial Municipal Pag. 95

Decreto Nº 1119/18

Magdalena, 18/07/2018

Visto

Las actuaciones iniciadas mediante Expte. Letra S, Nº 241/18, y;

Considerando

Que en las mismas el Sr. Director de Servicios Públicos informa sobre las tareas convenidas con la Arq VIVIANA MARIANO, Legajo Nº1239, afectada a realizar tareas de Dirección de Obra de Jardín de Infantes Nro 910 Paraje La Clelia, Jardin de Infantes Nro 12 ParajeStarache, por los meses de Enero a Junio inclusive del presente año, por el monto de PESOS TRES MIL TRESCIENTOS CINCUENTA CON00/CVOS ($ 3.350,00.-)

Que, la Ordenanza Nro 3345/16, Decreto 722 (Convalidación Dec 642/16) contempla la realización de tareas en la modalidad JORNADAS DEEXTENSIÓN EXTRA LABORAL.

Que, el referido Agente cuenta con la certificación del Sr. Subsecretario de Gobierno Obras y Servicios Públicos avalando la pertinenteliquidación de haberes por el monto indicado, como asimismo con la correspondiente autorización.

POR ELLO

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE MAGDALENA, en uso de sus atribuciones que le son propias.

D E C R E T A

ARTICULO 1°: AUTORICESE POR INSISTENCIA al Departamento de Liquidaciones a liquidar los haberes correspondientes a la Arq VIVIANAMARIANO, Legajo Nº 1239, por la suma de PESOS TRES MIL TRESCIENTOS CINCUENTA CON 00/CVOS ($ 3.350,00.-) para el mes de julio delaño 2018, en virtud de lo expuesto en el exordio de la presente.

ARTICULO 2°: La erogación que demande el cumplimiento de lo determinado en el Art. Precedente será con afectación a la Partida 1.3.1.2– EXTENSIÓN EXTRA LABORAL DE TAREAS – Jurisdicción 5000, programa 01, del Presupuesto de Gastos Vigente.

ARTICULO 3°: El presente Decreto, será refrendado por el Secretario de Hacienda, Cdr. Andrés García.

ARTICULO 4°: Comuníquese a quienes corresponda, tomen nota las Oficinas pertinentes, dése al Registro Municipal y Archívese.

Fdo.

Lic. GONZALO PELUSO

Intendente Municipal

Fdo.

Cdor. ANDRES LUCIANO GARCIA

Secretario de Hacienda

Decreto Nº 1120/18

Magdalena, 18/07/2018

Visto

Las actuaciones iniciadas mediante Expte. Letra S, Nº 239/18, y;

Considerando

Que en las mismas el Sr. Director de Obras Publicas informa sobre las tareas convenidas con el Sr ABEL TURCATTI, Legajo Nº 1309,efectivizada en horario Extra Laboral durante el mes de junio del año 2018, para realizar tareas visado de Plano de Obras Particulares porlos mes de junio, por el monto de PESOS CUATRO MIL ($ 4.000,00.-)

Que, la Ordenanza Nro 3345/16, Decreto 722 (Convalidación Dec 642/16),

contempla la realización de tareas en la modalidad JORNADAS DE EXTENSIÓN EXTRA LABORAL.

Que, el referido Agente cuenta con la certificación del Sr. Subsecretario de Gobierno Obras y Servicios Públicos avalando la pertinente

Municipio de Magdalena Boletin Oficial Municipal Pag. 96

liquidación de haberes por el monto indicado, como asimismo con la correspondiente autorización.

Que, lo solicitado cuenta con el aval del Sr. Secretario de Hacienda, autorizando que se dicte el acto administrativo pertinente.

POR ELLO

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE MAGDALENA, en uso de sus atribuciones que le son propias

D E C R E T A

ARTICULO 1°: AUTORICESE POR INSISTENCIA al Departamento de Liquidaciones a liquidar los haberes del mes de julio del presente añocorrespondientes al Sr. ABEL TURCATTI, Legajo Nº 1309, por la suma de PESOS CUATRO MIL ($ 4.000,00.-), en virtud de lo expuesto en elexordio de la presente.

ARTICULO 2°: La erogación que demande el cumplimiento de lo determinado en el Art. Precedente será con afectación a la Partida 1.3.1.2–EXTENSIÓN EXTRA LABORAL DE TAREAS – Jurisdicción 5000, programa 01, del Presupuesto de Gastos Vigente.

ARTICULO 3°: El presente Decreto, será refrendado por el Secretario de Hacienda, Cdr. Andrés García.

ARTICULO 4°: Comuníquese a quienes corresponda, tomen nota las Oficinas pertinentes, dése al Registro Municipal y Archívese.

Fdo.

Lic. GONZALO PELUSO

Intendente Municipal

Fdo.

Cdor. ANDRES LUCIANO GARCIA

Secretario de Hacienda

Decreto Nº 1121/18

Magdalena, 18/07/2018

Visto

Las actuaciones iniciadas mediante Expte. Letra S, Nº 240/18, y;

Considerando

Que en las mismas el Sr. Director de Obras Publicas informa sobre las tareas convenidas con el Sr. DANIEL TIDONI, Legajo Nº 1094,efectivizada en horario Extra Laboral durante el mes de junio del año 2018, para realizar Trabajos topográficos de nivelación y replanteo deobras, marcación de calles y lotes municipales con afectación al cordón cuneta con personal a cargo, y responsable municipal en la cargade datos para el Registro Provincial de Villas y/o asentamientos precarios, por los meses de Enero a Junio inclusive del presente año., porel monto de PESOS CINCO MIL CON 00/100 ($ 5.000.-)

Que, la Ordenanza Nro 3345/16, Decreto 722/16 (Convalidación Dec 642/16), contempla la realización de tareas en la modalidadJORNADAS DE EXTENSIÓN EXTRA LABORAL.

Que, la referida Agente cuenta con la certificación del Sr. Sr. Subsecretario de Gobierno Obras y Servicios Públicos la pertinente liquidaciónde haberes por el monto indicado, como asimismo con la correspondiente autorización.

Que, lo solicitado cuenta con el aval del Sr. Secretario de Hacienda, autorizando que se dicte el acto administrativo pertinente

POR ELLO

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE MAGDALENA, en uso de sus atribuciones que le son propias

D E C R E TA

ARTICULO 1°: AUTORICESE al Departamento de Liquidaciones a liquidar los haberes correspondientes al Sr. TIDONI DANIEL, Legajo Nº1094, por la suma de PESOS CINCO MIL CON 00/100 ($ 5.000.-) para el mes de julio del presente año, en virtud de lo expuesto en el exordiode la presente.

ARTICULO 2°: La erogación que demande el cumplimiento de lo determinado en el Art. Precedente será con afectación a la Partida 1.3.1.2–EXTENSIÓN EXTRA LABORAL DE TAREAS – Jurisdicción 8000, programa 01, del Presupuesto de Gastos Vigente.

ARTICULO 3°: El presente Decreto, será refrendado por el Secretario de Hacienda, Sr. Rodolfo Tata.

ARTICULO 4°: Comuníquese a quienes corresponda, tomen nota las Oficinas pertinentes, dése al Registro Municipal y Archívese.

Municipio de Magdalena Boletin Oficial Municipal Pag. 97

Fdo.

Lic. GONZALO PELUSO

Intendente Municipal

Fdo.

Cdor. RODOLFO SALOMON TATA

Secretario de Gobierno

Decreto Nº 1122/18

Magdalena, 18/07/2018

Visto

Las actuaciones iniciadas mediante Expte. Letra D, Nº 325/18.

Considerando

Que en las mismas el Sr. Director del Hospital, informa sobre las tareas convenidas con el Agente Leguizamon José, Leg. Nº 2364, aefectivizar en horario Extra Laboral durante el mes de junio del año 2018, afectado a: Administrativo en el cuartel de BomberosVoluntarios de Magdalena, por el monto de PESOS TRES MIL QUINIENTOS CON 00/100 ($ 3.500,00.-)

Que, la Ordenanza Nro 3345/16, Decreto 722 (Convalidación Dec 642/16), contempla la realización de tareas en la modalidad JORNADASDE EXTENSIÓN EXTRA LABORAL.

Que, el referido agente cuenta con la certificación del Sr. Director del Hospital, avalando la pertinente liquidación de haberes por el montoindicado.

POR ELLO

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE MAGDALENA , en uso de sus atribuciones que le son propias

D E C R E T A

ARTICULO 1°: AUTORICESE al Departamento de Liquidaciones a liquidar los haberes del mes de julio del presente año correspondientes alSr. Agente José Leguizamon, Leg. Nº 2364, por la suma de PESOS TRES MIL QUINIENTOS CON 00/100 ($ 3.500,00.-), en virtud de loexpuesto en el exordio de la presente.

ARTICULO 2°: La erogación que demande el cumplimiento de lo determinado en el Art. Precedente será con afectación a la Partida 1.3.1.2– Finalidad 4000- Programa 19–EXTENSIÓN EXTRA LABORAL DE TAREAS – del Presupuesto de Gastos Vigente.

ARTICULO 3°: El presente Decreto, será refrendado por el Secretario de Hacienda, Sr. Cdr. Andrés García.

ARTICULO 4°: Comuníquese a quienes corresponda, tomen nota las Oficinas pertinentes, dése al Registro Municipal y Archívese.

Fdo.

Lic. GONZALO PELUSO

Intendente Municipal

Fdo.

Cdor. ANDRES LUCIANO GARCIA

Secretario de Hacienda

Municipio de Magdalena Boletin Oficial Municipal Pag. 98

Decreto Nº 1123/18

Magdalena, 18/07/2018

Visto

Las actuaciones iniciadas mediante Expte. Letra S, Nº 295/18.

Considerando

Que en las mismas la Subdirectora de Asesoría Letrada, informa sobre las tareas convenidas con el Agente Reynoso María Rosa, Leg. Nº972, a efectivizar en horario Extra Laboral durante junio de 2018, por extensión laboral en el horario de 13 a 15 hs en la Asesoría Letradapor el monto de PESOS TRES MIL QUINIENTOS ($ 3.500,00.-).

Que, la Ordenanza Nro 3345/16, Decreto 722 (Convalidación Dec 642/16), contemplan la realización de tareas en la modalidad JORNADASDE EXTENSIÓN EXTRA LABORAL.

Que, el referido agente cuenta con la certificación de la Sra. Subdirectora de Asesoría Letrada, avalando la pertinente liquidación dehaberes por el monto indicado.

Que, lo solicitado cuenta con el aval del Sr. Secretario de Hacienda, autorizando que se dicte el acto administrativo pertinente.

POR ELLO

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE MAGDALENA, en uso de sus atribuciones que le son propias

D E C R E T A

ARTICULO 1°: AUTORICESE al Departamento de Liquidaciones a liquidar los haberes del mes de junio del presente año correspondientes alAgente Reynoso Maria Rosa, Leg. Nº 972, por la suma de PESOS TRES MIL QUINIENTOS ($ 3.500,00.-), en virtud de lo expuesto en el exordiode la presente.

ARTICULO 2°: La erogación que demande el cumplimiento de lo determinado en el Art. Precedente será con afectación a la Partida 1.3.1.2Jurisdicción 9000 Programa 01- EXTENSIÓN EXTRA LABORAL DE TAREAS – del Presupuesto de Gastos Vigente.

ARTICULO 3°: El presente Decreto, será refrendado por el Secretario de Hacienda, Cdr. Andrés García.

ARTICULO 4°: Comuníquese a quienes corresponda, tomen nota las Oficinas pertinentes, dése al Registro Municipal y Archívese.

Fdo.

Lic. GONZALO PELUSO

Intendente Municipal

Fdo.

Cdor. ANDRES LUCIANO GARCIA

Secretario de Hacienda

Decreto Nº 1124/18

Magdalena, 18/07/2018

Visto

Las actuaciones iniciadas mediante Expte. J Nº 298/18 y;

Considerando

Que en las mismas la Sra. Jefa de Compras informa sobre las tareas convenidas con el Sr. BORJA WALTER, Legajo Nº 1099, efectivizadasen horario Extra Laboral durante el mes de junio del año 2018 afectado a la realización de tareas en la modalidad JORNADAS DEEXTENSIÓN EXTRALABORAL, por el monto de PESOS TRES MIL QUINIENTOS CON 00/100 ($ 3.500,00.-)

Que, la Ordenanza Nro 3345/16, Decreto 722 (Convalidación Dec 642/16), contempla la realización de tareas en la modalidad JORNADASDE EXTENSIÓN EXTRA LABORAL.

Municipio de Magdalena Boletin Oficial Municipal Pag. 99

Que, lo solicitado cuenta con el aval del Sr. Secretario de Hacienda, autorizando que se dicte el acto administrativo pertinente.

POR ELLO

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE MAGDALENA, en uso de sus atribuciones que le son propias,

D E C R E T A

ARTICULO 1°: AUTORICESE al Departamento de Liquidaciones a liquidar los haberes correspondientes en el mes de julio del presente añoal Sr BORJA WALTER Legajo Nº 1099, por la suma de PESOS TRES MIL QUINIENTOS CON 00/100.- ($ 3.500,00.-), en virtud de lo expuesto enel exordio de la presente.

ARTICULO 2°: La erogación que demande el cumplimiento de lo determinado en el Art. Precedente será con afectación a la Partida 1.3.1.2 –EXTENSIÓN EXTRA LABORAL DE TAREAS – Jurisdicción 8000, Programa 01, del Presupuesto de Gastos Vigente.

ARTICULO 3°: El presente decreto, será refrendado por el Secretario de Hacienda, Cdr. Andrés García.

ARTICULO 4°: Comuníquese a quienes corresponda, tomen nota las Oficinas pertinentes, dése al Registro Municipal y Archívese.

Fdo.

Lic. GONZALO PELUSO

Intendente Municipal

Fdo.

Cdor. ANDRES LUCIANO GARCIA

Secretario de Hacienda

Decreto Nº 1125/18

Magdalena, 18/07/2018

Visto

Las actuaciones iniciadas mediante Expte. Letra D Nº 292/18.

Considerando

Que en las mismas el Sr. Director de Deportes , informa sobre las tareas convenidas con el Sr. SANIRATO LUCAS, Leg. Nº 4405, a efectivizaren horario Extra Laboral durante junio del presente año, como Coordinación y gestión de actividades de la escuela municipal de deportes,responsable de la etapa municipal, regional y provincial juegos bonaerenses 2018, organización y supervisión de actividades especiales adesarrollarse los Sábados y Domingos en el predio del CRIM, HASTA EL 31/12/2018, por el monto de PESOS TRES MIL QUINIENTOS CON00/100.- ($ 3.500.-)

Que, la Ordenanza Nro 3345/16, Decreto 722/16 (Convalidación Dec 642/16 contempla la realización de tareas en la modalidad JORNADASDE EXTENSIÓN EXTRA LABORAL.

Que, el referido agente cuenta con la certificación del Sr. Director de Deportes, avalando la pertinente liquidación de haberes por el montoindicado.

Que, lo solicitado cuenta con el aval del Sr. Secretario de Hacienda, autorizando que se dicte el acto administrativo pertinente.

POR ELLO

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE MAGDALENA, en uso de sus atribuciones

D E C R E T A

ARTICULO 1°: AUTORICESE POR INSISTENCIA al Departamento de Liquidaciones a liquidar los haberes del mes de julio del presente añocorrespondiente al Sr. SANIRATO LUCAS, Leg. Nº 4405, por la suma de PESOS TRES MIL QUINIENTOS CON 00/100.- ($ 3.500.-), en virtud delo expuesto en el exordio de la presente.

ARTICULO 2°: La erogación que demande el cumplimiento de lo determinado en el Art. Precedente será con afectación a la Partida 1.3.1.2Jurisdicción 11000 Programa 28 –Proyecto 11 FF 132 EXTENSIÓN EXTRA LABORAL DE TAREAS – del Presupuesto de Gastos Vigente.

ARTICULO 3°: El presente Decreto, será refrendado por el Secretario de Hacienda, Cdr. Andrés García.

ARTICULO 4°: Comuníquese a quienes corresponda, tomen nota las Oficinas pertinentes, dése al Registro Municipal y Archívese.

Municipio de Magdalena Boletin Oficial Municipal Pag. 100

Fdo.

Lic. GONZALO PELUSO

Intendente Municipal

Fdo.

Cdor. ANDRES LUCIANO GARCIA

Secretario de Hacienda

Decreto Nº 1126/18

Magdalena, 18/07/2018

Visto

Las actuaciones iniciadas mediante Expte. S Nº 291/18 y;

Considerando

Que en las mismas el Sr. Secretario de Gobierno informa sobre las tareas convenidas con la Sra. Sianca Cristina, Legajo Nº 586,efectivizadas en horario Extra Laboral durante el mes de junio del año en 2018 afectado a la realización de tareas de Impresión de hojasrubricadas por el HTC, decretos del año en curso. Resoluciones en hojas rubricadas por el HTC. Impresión y Registro, por el monto dePESOS TRES MIL ($ 3.000.-).

Que, la Ordenanza Nro 3345/16, Decreto 722 (Convalidación Dec 642/16),

contempla la realización de tareas en la modalidad JORNADAS DE EXTENSIÓN EXTRA LABORAL.

Que, lo solicitado cuenta con el aval del Secretario de Hacienda, autorizando que se dicte el acto administrativo pertinente.

POR ELLO

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE MAGDALENA, en uso de sus atribuciones que le son propias,

D E C R E T A

ARTICULO 1°: AUTORICESE al Departamento de Liquidaciones a liquidar los haberes correspondientes a la Sra. Sianca Cristina, Legajo Nº586, por la suma de PESOS TRES MIL ($ 3.000.-) para el mes de julio del presente año, en virtud de lo expuesto en el exordio de lapresente.

ARTICULO 2°: La erogación que demande el cumplimiento de lo determinado en el Art. Precedente será con afectación a la Partida 1.3.1.2 –EXTENSIÓN EXTRA LABORAL DE TAREAS – Jurisdicción 9000, Programa 01, FF 110, del Presupuesto de Gastos Vigente.

ARTICULO 3°: El presente Decreto, será refrendado por el Secretario de Hacienda, Cdr. Andrés García.

ARTICULO 4°: Comuníquese a quienes corresponda, tomen nota las Oficinas pertinentes, dése al Registro Municipal y Archívese

Fdo.

Lic. GONZALO PELUSO

Intendente Municipal

Fdo.

Cdor. ANDRES LUCIANO GARCIA

Secretario de Hacienda

Decreto Nº 1127/18

Magdalena, 18/07/2018

Visto

Municipio de Magdalena Boletin Oficial Municipal Pag. 101

Las actuaciones iniciadas mediante Expte. Letra S Nº 338/18, y;

Considerando

Que en las mismas el Sr. Secretario de Hacienda informa sobre las tareas convenidas con la Sra SILVIA SACCONE, Legajo Nº 1225,efectivizada en horario Extra Laboral durante el mes de junio del año 2018, afectada a realizar Inumerables tareas inherentes a laliquidación de haberes, sumado a las tareas normales y habituales propias del Area. Realiza dichas tareas excediendo diariamente sujornada laboral, por el monto de PESOS MIL QUINIENTOS CON 00/100 ($ 1.500,00.-)

Que, la Ordenanza Nro 3345/16, Decreto 722/16 (Convalidación Dec 642/16), contempla la realización de tareas en la modalidadJORNADAS DE EXTENSIÓN EXTRA LABORAL.

Que, el referida Agente cuenta con la certificación del Sr. Secretario de Hacienda, avalando la pertinente liquidación de haberes por elmonto indicado, como asimismo con la correspondiente autorización.

POR ELLO

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE MAGDALENA, en uso de sus atribuciones que le son propias.

D E C R E T A

ARTICULO 1°: AUTORICESE al Departamento de Liquidaciones a liquidar los haberes del mes de julio del presente año, correspondientes ala Sra SILVIA SACCONE, Legajo Nº 1225, por la suma de PESOS MIL QUINIENTOS CON 00/100 ($ 1.500,00.-), en virtud de lo expuesto en elexordio de la presente.

ARTICULO 2°: La erogación que demande el cumplimiento de lo determinado en el Art. Precedente será con afectación a la Partida 1.3.1.2– EXTENSIÓN EXTRA LABORAL DE TAREAS – Jurisdicción 8000, programa 01, del Presupuesto de Gastos Vigente.

ARTICULO 3°: El presente Decreto, será refrendado por el Sr. Secretario de Hacienda, Cdr. Andrés García.

ARTICULO 4°: Comuníquese a quienes corresponda, tomen nota las Oficinas pertinentes, dése al Registro Municipal y Archívese.

Fdo.

Lic. GONZALO PELUSO

Intendente Municipal

Fdo.

Cdor. ANDRES LUCIANO GARCIA

Secretario de Hacienda

Decreto Nº 1128/18

Magdalena, 18/07/2018

Visto

Las actuaciones iniciadas mediante Expte. Letra J, N° 255/18, y;

Considerando

Que en las mismas el Sr. Jefe de Personal informa sobre las tareas convenidas con la Agente Municipal MARQUEZ ADRIANA legajo 1327, aefectivizar en horario Extra Laboral, afectado a tareas extraordinarias durante el mes de mayo del 2018, por el monto de pesos $ 3.500(TRES MIL QUINIENTOS CON 00/100).

Que, la Ordenanza Nro 3345/16, Decreto 722/16 (Convalidación Dec 642/16 , contempla la realización de tareas en la modalidadJORNADAS DE EXTENSIÓN EXTRA LABORAL.

Que, el referido Agente cuenta con la certificación del Sr. Jefe de Personal, avalando la pertinente liquidación de haberes por el montoindicado.

Municipio de Magdalena Boletin Oficial Municipal Pag. 102

POR ELLO

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE MAGDALENA , en uso de sus atribuciones que le son propias

D E C R E T A

ARTICULO 1°: AUTORICESE al Departamento de Liquidaciones a liquidar los haberes correspondientes a la agente MARQUEZ ADRIANA, porla suma de PESOS 3.500,00 (TRES MIL QUINIENTOS CON 00/100) para el mes de julio del año 2018, en virtud de lo expuesto en el exordiode la presente.

ARTICULO 2°: La erogación que demande el cumplimiento de lo determinado en el Art. Precedente será con afectación a la Partida 1.3.1.2 Jurisdicción 9000 Programa 01 del Presupuesto de Gastos Vigente.

ARTICULO 3°: El presente Decreto, será refrendado por el Secretario de Hacienda, Cdr. Andrés García.

ARTICULO 4°: Comuníquese a quienes corresponda, tomen nota las Oficinas pertinentes, dése al Registro Municipal y Archívese.

Fdo.

Lic. GONZALO PELUSO

Intendente Municipal

Fdo.

Cdor. ANDRES LUCIANO GARCIA

Secretario de Hacienda

Decreto Nº 1129/18

Magdalena, 18/07/2018

Visto

Las actuaciones iniciadas mediante Expte. Letra D, N°322 /18, y;

Considerando

Que en las mismas el Sr. Director del Hospital de Magdalena informa sobre las tareas convenidas con la Agente Municipal NOVAS MARTINlegajo 2399, a efectivizar en horario Extra Laboral, afectado a tareas extraordinarias durante el mes de junio del 2018, por el monto depesos $ 6.000 (PESOS SEIS MIL CON 00/100).

Que, la Ordenanza Nro 3345/16, Decreto 722/16 (Convalidación Dec 642/16, contempla la realización de tareas en la modalidad JORNADASDE EXTENSIÓN EXTRA LABORAL.

Que, el referido Agente cuenta con la certificación de la Sr. Director del Hospital Municipal, avalando la pertinente liquidación de haberespor el monto indicado.

POR ELLO

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE MAGDALENA, en uso de sus atribuciones que le son propias

D E C R E T A

ARTICULO 1°: AUTORICESE al Departamento de Liquidaciones a liquidar los haberes correspondientes al agente NOVAS MARTIN, por lasuma de $ 6.000,00 (PESOS SEIS MIL CON 00/100) para el mes de julio del año 2018, en virtud de lo expuesto en el exordio de la presente.

ARTICULO 2°: La erogación que demande el cumplimiento de lo determinado en el Art. Precedente será con afectación a la Partida 1.3.1.2EXTENSION EXTRALABORAL, Jurisdicción 4000, Progr. 17 del Presupuesto de Gastos Vigente.

ARTICULO 3°: El presente Decreto, será refrendado por el Secretario de la Secretaria de Hacienda, Cdr. Andrés García.

ARTICULO 4°: Comuníquese a quienes corresponda, tomen nota las Oficinas pertinentes, dése al Registro Municipal y Archívese.

Fdo.

Municipio de Magdalena Boletin Oficial Municipal Pag. 103

Lic. GONZALO PELUSO

Intendente Municipal

Fdo.

Cdor. ANDRES LUCIANO GARCIA

Secretario de Hacienda

Decreto Nº 1130/18

Magdalena, 18/07/2018

Visto

Las actuaciones iniciadas mediante Expte. Letra D, N° 539/18, y;

Considerando

Que en las mismas el Sr. Jefe de Personal informa sobre las tareas convenidas con la Agente Municipal NOVAS MARTIN legajo 2399, aefectivizar en horario Extra Laboral, afectado a tareas extraordinarias durante el mes de junio del 2018, por el monto de pesos $ 2.500(DOS MIL QUINIENTOS CON 00/100).

Que, la Ordenanza Nro 3345/16, Decreto 722/16 (Convalidación Dec 642/16 , contempla la realización de tareas en la modalidadJORNADAS DE EXTENSIÓN EXTRA LABORAL.

Que, el referido Agente cuenta con la certificación de la Sr. Director del de Cultura, avalando la pertinente liquidación de haberes por elmonto indicado.

POR ELLO

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE MAGDALENA , en uso de sus atribuciones que le son propias

DECRETA

ARTICULO 1°: AUTORICESE al Departamento de Liquidaciones a liquidar los haberes correspondientes al agente NOVAS MARTIN, por lasuma de $ 2.500,00 (PESOS DOS MIL QUINIENTOS CON 00/100) para el mes de julio del año 2018, en virtud de lo expuesto en el exordio dela presente.

ARTICULO 2°: La erogación que demande el cumplimiento de lo determinado en el Art. Precedente será con afectación a la Partida 1.3.1.2 Jurisdicción 4000 Progr. 17 del Presupuesto de Gastos Vigente.

ARTICULO 3°: El presente Decreto, será refrendada por el Sr. Secretario de Hacienda, Cdr. Andrés García.

ARTICULO 4°: Comuníquese a quienes corresponda, tomen nota las Oficinas pertinentes, dése al Registro Municipal y Archívese.

Fdo.

Lic. GONZALO PELUSO

Intendente Municipal

Fdo.

Cdor. ANDRES LUCIANO GARCIA

Secretario de Hacienda

Decreto Nº 1131/18

Magdalena, 18/07/2018

Municipio de Magdalena Boletin Oficial Municipal Pag. 104

Visto

Las actuaciones iniciadas mediante Expte. Letra D Nº 217/18, y;

Considerando

Que en las mismas la Sra. Cra. Municipal informa sobre las tareas convenidas con la Sra SANCHEZ MARIA CECILIA, Legajo Nº 1138 ,efectivizada en horario Extra Laboral durante el mes de junio del año 2018, afectada a realizar Castraciones de caninos y felinos para losvecinos de escasos recursos del Partido, por cada castración un valor de $ 400 y un máximo de 24 castraciones, ($ 9.600,00.-)

Que, la Ordenanza Nro 3345/16, Decreto 722/16 (Convalidación Dec 642/16), contempla la realización de tareas en la modalidadJORNADAS DE EXTENSIÓN EXTRA LABORAL.

Que, el referida Agente cuenta con la certificación del Sr. Director de Producción, avalando la pertinente liquidación de haberes por elmonto indicado, como asimismo con la correspondiente autorización.

Que, lo solicitado cuenta con el aval del Sr. Secretario de Hacienda, autorizando que se dicte el acto administrativo pertinente

POR ELLO

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE MAGDALENA, en uso de sus atribuciones que le son propias.

D E C R E T A

ARTICULO 1°: AUTORICESE POR INSISTENCIA al Departamento de Liquidaciones a liquidar los haberes correspondientes a la Sra SANCHEZMARIA CECILIA, Legajo Nº 1138, por la suma de PESOS NUEVE MIL SEISCIENTOSCON 00/100 CVOS ($ 9.600,00.-), en virtud de lo expuestoen el exordio de la presente.

ARTICULO 2°: La erogación que demande el cumplimiento de lo determinado en el Art. Precedente será con afectación a la Partida 1.3.1.2–EXTENSIÓN EXTRA LABORAL DE TAREAS – Jurisdicción 9000, programa 25, Proyecto 15 del Presupuesto de Gastos Vigente.

ARTICULO 3°: El presente Decreto, será refrendada por el Secretario de Hacienda, Cdr. Andrés García.

ARTICULO 4°: Comuníquese a quienes corresponda, tomen nota las Oficinas pertinentes, dése al Registro Municipal y Archívese.

Fdo.

Lic. GONZALO PELUSO

Intendente Municipal

Fdo.

Cdor. ANDRES LUCIANO GARCIA

Secretario de Hacienda

Decreto Nº 1132/18

Magdalena, 18/08/2018

Visto

Las actuaciones iniciadas mediante Expte. Letra D Nº 297/18, y;

Considerando

Que en las mismas el Sr. Director de Cultura informa sobre las tareas convenidas con la Sra ORTEGA MONICA, Legajo Nº 536, efectivizadaen horario Extra Laboral durante el mes de junio del año 2018, afectada a realizar Funciones Administrativas en la Dirección de Cultura yPrensa, asimismo como Encargado del Centro Cultural Municipal. Organización de muestras artísticas en la Sala de ExposicionesTemporales, Museo Histórico Regional, Coordinación y armado de actos protocolares y locución en el Teatro Español y actos oficiales,visitas guiadas por el circuito histórico de Magdalena.

Que, la Ordenanza Nro 3345/16, Decreto 722/16 (Convalidación Dec 642/16), contempla la realización de tareas en la modalidadJORNADAS DE EXTENSIÓN EXTRA LABORAL.

Que, el referida Agente cuenta con la certificación del Sr. Director de Cultura y Prensa Municipal, avalando la pertinente liquidación dehaberes por el monto indicado, como asimismo con la correspondiente autorización.

Que, lo solicitado cuenta con el aval del Sr. Secretario de Hacienda, autorizando que se dicte el acto administrativo pertinente

Municipio de Magdalena Boletin Oficial Municipal Pag. 105

POR ELLO

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE MAGDALENA, en uso de sus atribuciones que le son propias.

D E C R E T A

ARTICULO 1°: AUTORICESE POR INSISTENCIA al Departamento de Liquidaciones a liquidar los haberes correspondientes a la Sra ORTEGAMONICA, Legajo Nº 536, por la suma de PESOS SEIS MIL 00/100 CVOS ($ 6.100,00.-), en virtud de lo expuesto en el exordio de la presente.

ARTICULO 2°: La erogación que demande el cumplimiento de lo determinado en el Art. Precedente será con afectación a la Partida 1.3.1.2–EXTENSIÓN EXTRA LABORAL DE TAREAS – Jurisdicción 3000, programa 01, del Presupuesto de Gastos Vigente.

ARTICULO 3°: El presente Decreto, será refrendado por el Secretario de Hacienda, Cdr. Andrés García.

ARTICULO 4°: Comuníquese a quienes corresponda, tomen nota las Oficinas pertinentes, dése al Registro Municipal y Archívese

Fdo.

Lic. GONZALO PELUSO

Intendente Municipal

Fdo.

Cdor. ANDRES LUCIANO GARCIA

Secretario de Hacienda

Decreto Nº 1133/18

Magdalena, 18/07/2018

Visto

Las actuaciones iniciadas mediante Expte. Letra D, N° 323/18, y;

Considerando

Que en las mismas el Sr. Director del Hospital informa sobre las tareas convenidas con la Agente Municipal FLORES MARIA CRISTINAlegajo 2287, a efectivizar en horario Extra Laboral, afectado a tareas extraordinarias durante el mes de junio del 2018, por el monto dePESOS CINCO MIL CON 00/100 ($ 5.000,00).

Que, la Ordenanza Nro 3345/16, Decreto 722/16 (Convalidación Dec 642/16 , contempla la realización de tareas en la modalidadJORNADAS DE EXTENSIÓN EXTRA LABORAL.

Que, el referido Agente cuenta con la certificación del Sr. Director del Hospital de Magdalena, avalando la pertinente liquidación de haberespor el monto indicado.

POR ELLO

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE MAGDALENA , en uso de sus atribuciones que le son propias

D E C R E T A

ARTICULO 1°: AUTORICESE POR INSISTENCIA al Departamento de Liquidaciones a liquidar los haberes correspondientes a la AgenteFLORES MARIA CRISTINA, por la suma de PESOS CINCO MIL CON 00/100 ($ 5.000,00) para el mes de julio del año 2018, en virtud de loexpuesto en el exordio de la presente.

ARTICULO 2°: La erogación que demande el cumplimiento de lo determinado en el Art. Precedente será con afectación a la Partida 1.3.1.2 Jurisdicción 4000 Programa 18 del Presupuesto de Gastos Vigente.

ARTICULO 3°: El presente Decreto, será refrendado por el Sr. Secretario de Hacienda, Cdr. Andrés García.

ARTICULO 4°: Comuníquese a quienes corresponda, tomen nota las Oficinas pertinentes, dése al Registro Municipal y Archívese.

Fdo.

Lic. GONZALO PELUSO

Municipio de Magdalena Boletin Oficial Municipal Pag. 106

Intendente Municipal

Fdo.

Cdor. ANDRES LUCIANO GARCIA

Secretario de Hacienda

Decreto Nº 1134/18

Magdalena, 18/07/2018

Visto

Las actuaciones iniciadas mediante Expte. Letra D, Nº 173/18, y;

Considerando

Que en las mismas el Sr. Delegado de Vieytes informa sobre las tareas convenidas con el Sr DORAO GUSTAVO, Legajo Nº 1386,efectivizada en horario Extra Laboral durante el mes de junio del año 2018, afectada a realizar Rastreo y levantamiento de caminos ruraleslos días Lunes a Sábado de 7 a 18 durante los meses de mayo, junio, julio y agosto, por el monto de PESOS CUATRO MIL QUINIENTOS CON00/100 ($ 4.500,00.-)

Que, la Ordenanza Nro 3345/16, Decreto 722/16 (Convalidación Dec 642/16 contempla la realización de tareas en la modalidadJORNADAS DE EXTENSIÓN EXTRA LABORAL.

Que, el referido Agente cuenta con la certificación del Sr Delegado de Vieytes avalando la pertinente liquidación de haberes por el montoindicado, como asimismo con la correspondiente autorización.

POR ELLO

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE MAGDALENA, en uso de sus atribuciones que le son propias

D E C R E T A

ARTICULO 1°: AUTORICESE al Departamento de Liquidaciones a liquidar los haberes correspondientes al Sr GUSTAVO DORAO, Legajo Nº1386, por la suma de PESOS CUATRO MIL QUINIENTOS CON 00/100 ($ 4.500,00.-) para el mes de junio del presente año, en virtud de loexpuesto en el exordio de la presente.

ARTICULO 2°: La erogación que demande el cumplimiento de lo determinado en el Art. Precedente será con afectación a la Partida 1.3.1.2–EXTENSIÓN EXTRA LABORAL DE TAREAS – Jurisdicción 5000, programa 21, del Presupuesto de Gastos Vigente.

ARTICULO 3°: El presente Decreto, será refrendado por el Secretario de Hacienda, Cdr. Andrés García.

ARTICULO 4°: Comuníquese a quienes corresponda, tomen nota las Oficinas pertinentes, dése al Registro Municipal y Archívese.

Fdo.

Lic. GONZALO PELUSO

Intendente Municipal

Fdo.

Cdor. ANDRES LUCIANO GARCIA

Secretario de Hacienda

Decreto Nº 1135/18

Magdalena, 18/07/2018

Visto

Las actuaciones iniciadas mediante Expte. Letra D, Nº 172/18, y;

Municipio de Magdalena Boletin Oficial Municipal Pag. 107

Considerando

Que en las mismas el Sr. Delegado de Vieytes informa sobre las tareas convenidas con el Sr FERREYRA DIEGO, Legajo Nº 1162,efectivizada en horario Extra Laboral durante el mes de junio del año 2018, afectada a realizar Rastreo y levantamiento de caminos ruraleslos días Lunes a Sábado de 7 a 18 durante los meses de mayo, junio, julio y agosto, por el monto de PESOS CUATRO MIL QUINIENTOS CON00/100 ($ 4.500,00.-)

Que, la Ordenanza Nro 3345/16, Decreto 722/16 (Convalidación Dec 642/16 contempla la realización de tareas en la modalidadJORNADAS DE EXTENSIÓN EXTRA LABORAL.

Que, el referido Agente cuenta con la certificación del Sr Delegado de Vieytes avalando la pertinente liquidación de haberes por el montoindicado, como asimismo con la correspondiente autorización.

POR ELLO

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE MAGDALENA, en uso de sus atribuciones que le son propias

D E C R E T A

ARTICULO 1°: AUTORICESE POR INSISTENCIA al Departamento de Liquidaciones a liquidar los haberes correspondientes al Sr FERREYRADIEGO, Legajo Nº 1162, por la suma de PESOS CUATRO MIL QUINIENTOS CON 00/100 ($ 4.500,00.-) para el mes de julio del presente año,en virtud de lo expuesto en el exordio de la presente.

ARTICULO 2°: La erogación que demande el cumplimiento de lo determinado en el Art. Precedente será con afectación a la Partida 1.3.1.2–EXTENSIÓN EXTRA LABORAL DE TAREAS – Jurisdicción 6000, programa 01, del Presupuesto de Gastos Vigente.

ARTICULO 3°: El presente Decreto, será refrendado por el Secretario de Hacienda, Cdr. Andrés García.

ARTICULO 4°: Comuníquese a quienes corresponda, tomen nota las Oficinas pertinentes, dése al Registro Municipal y Archívese.

Fdo.

Lic. GONZALO PELUSO

Intendente Municipal

Fdo.

Cdor. ANDRES LUCIANO GARCIA

Secretario de Hacienda

Decreto Nº 1136/18

Magdalena, 18/07/2018

Visto

Las actuaciones iniciadas mediante Expte. Letra D, Nº 171/18, y;

Considerando

Que en las mismas el Sr. Delegado de Vieytes informa sobre las tareas convenidas con el Sr RAMOS HECTOR, Legajo Nº 1227, efectivizadaen horario Extra Laboral durante el mes de junio del año 2018, afectada a realizar Rastreo y levantamiento de caminos rurales los díasLunes a Sábado de 7 a 18 durante los meses de mayo, junio, julio y agosto, por el monto de PESOS CUATRO MIL QUINIENTOS CON 00/100($ 4.500,00.-)

Que, la Ordenanza Nro 3345/16, Decreto 722/16 (Convalidación Dec 642/16 contempla la realización de tareas en la modalidadJORNADAS DE EXTENSIÓN EXTRA LABORAL.

Que, el referido Agente cuenta con la certificación del Sr Delegado de Vieytes avalando la pertinente liquidación de haberes por el montoindicado, como asimismo con la correspondiente autorización.

POR ELLO

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE MAGDALENA, en uso de sus atribuciones que le son propias

D E C R E T A

Municipio de Magdalena Boletin Oficial Municipal Pag. 108

ARTICULO 1°: AUTORICESE POR INSISTENCIA al Departamento de Liquidaciones a liquidar los haberes correspondientes al Sr RAMOSHECTOR, Legajo Nº 1227, por la suma de PESOS CUATRO MIL QUINIENTOS CON 00/100 ($ 4.500,00.-) para el mes de julio del presenteaño, en virtud de lo expuesto en el exordio de la presente.

ARTICULO 2°: La erogación que demande el cumplimiento de lo determinado en el Art. Precedente será con afectación a la Partida 1.3.1.2–EXTENSIÓN EXTRA LABORAL DE TAREAS – Jurisdicción 6000, programa 01, del Presupuesto de Gastos Vigente.

ARTICULO 3°: El presente Decreto, será refrendado por el Secretario de Hacienda, Cdr. Andrés García.

ARTICULO 4°: Comuníquese a quienes corresponda, tomen nota las Oficinas pertinentes, dése al Registro Municipal y Archívese.

Fdo.

Lic. GONZALO PELUSO

Intendente Municipal

Fdo.

Cdor. ANDRES LUCIANO GARCIA

Secretario de Hacienda

Decreto Nº 1137/18

Magdalena, 18/07/2018

Visto

Las actuaciones iniciadas mediante Expte. Letra D, Nº 170/18, y;

Considerando

Que en las mismas el Sr. Delegado de Vieytes, informa sobre las tareas convenidas con el Sr MUSCAGORRY DANIEL, Legajo Nº 1340,efectivizada en horario Extra Laboral durante el mes de junio del año 2018, afectada a realizar Disquiar los caminos rurales ymantenimiento de pasto en predio Estación de Ferrocarril Arditi y Payro en Ruta 54 desde Ruta 11 a Ruta 36 los días Lunes a Sábado de 7 a18, durante los meses de mayo, junio, julio y agosto, por el monto de PESOS CUATRO MIL QUINIENTOS CON 00/100 ($ 4.500,00.-).

Que, la Ordenanza Nro 3345/16, Decreto 722/16 (Convalidación Dec 642/16 contempla la realización de tareas en la modalidadJORNADAS DE EXTENSIÓN EXTRA LABORAL.

Que, el referido Agente cuenta con la certificación del Sr Delegado de Vieytes avalando la pertinente liquidación de haberes por el montoindicado, como asimismo con la correspondiente autorización.

POR ELLO

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE MAGDALENA, en uso de sus atribuciones que le son propias

D E C R E T A

ARTICULO 1°: AUTORICESE POR INSISTENCIA al Departamento de Liquidaciones a liquidar los haberes correspondientes al SrMUSCAGORRY DANIEL, Legajo Nº 1340, por la suma de PESOS CUATRO MIL QUINIENTOS CON 00/100 ($ 4.500,00.-) para el mes de juliodel presente año, en virtud de lo expuesto en el exordio de la presente.

ARTICULO 2°: La erogación que demande el cumplimiento de lo determinado en el Art. Precedente será con afectación a la Partida 1.3.1.2–EXTENSIÓN EXTRA LABORAL DE TAREAS – Jurisdicción 6000, programa 01, del Presupuesto de Gastos Vigente.

ARTICULO 3°: El presente Decreto, será refrendado por el Secretario de Hacienda, Cdr. Andrés García.

ARTICULO 4°: Comuníquese a quienes corresponda, tomen nota las Oficinas pertinentes, dése al Registro Municipal y Archívese.

Fdo.

Lic. GONZALO PELUSO

Intendente Municipal

Fdo.

Cdor. ANDRES LUCIANO GARCIA

Municipio de Magdalena Boletin Oficial Municipal Pag. 109

Secretario de Hacienda

Decreto Nº 1138/18

Magdalena, 18/07/2018

Visto

Las actuaciones iniciadas mediante Expte. Letra D, Nº 169/18, y;

Considerando

Que en las mismas el Sr. Delegado de Vieytes informa sobre las tareas convenidas con el Sr SOSA JOSE, Legajo Nº 1360, efectivizada enhorario Extra Laboral durante el mes de junio del año 2018, afectada a realizar Rastreo y levantamiento de caminos rurales los días Lunesa Sabado de 7 a 18, durante los meses de mayo, junio, julio y agosto, por el monto de PESOS CUATRO MIL QUINIENTOS CON 00/100 ($4.500,00.-)

Que, la Ordenanza Nro 3345/16, Decreto 722/16 (Convalidación Dec 642/16 contempla la realización de tareas en la modalidadJORNADAS DE EXTENSIÓN EXTRA LABORAL.

Que, el referido Agente cuenta con la certificación del Sr Delegado de Vieytes avalando la pertinente liquidación de haberes por el montoindicado, como asimismo con la correspondiente autorización.

POR ELLO

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE MAGDALENA, en uso de sus atribuciones que le son propias

D E C R E T A

ARTICULO 1°: AUTORICESE al Departamento de Liquidaciones a liquidar los haberes correspondientes al Sr SOSA JOSE, Legajo Nº 1360,por la suma de PESOS CUATRO MIL QUINIENTOS CON 00/100 ($ 4.500,00.-) para el mes de julio del presente año, en virtud de lo expuestoen el exordio de la presente.

ARTICULO 2°: La erogación que demande el cumplimiento de lo determinado en el Art. Precedente será con afectación a la Partida 1.3.1.2–EXTENSIÓN EXTRA LABORAL DE TAREAS – Jurisdicción 5000, programa 21, del Presupuesto de Gastos Vigente.

ARTICULO 3°: El presente Decreto, será refrendado por el Secretario de Hacienda, Cdr. Andrés García.

ARTICULO 4°: Comuníquese a quienes corresponda, tomen nota las Oficinas pertinentes, dése al Registro Municipal y Archívese.

Fdo.

Lic. GONZALO PELUSO

Intendente Municipal

Fdo.

Cdor. ANDRES LUCIANO GARCIA

Secretario de Hacienda

Decreto Nº 1139/18

Magdalena, 18/07/2018

Visto

Las actuaciones iniciadas mediante Expte. Letra D, Nº 357/18, y;

Considerando

Que en las mismas el Sr. Director de Obras y Servicios Públicos informa sobre las tareas convenidas con el Sr JORGE MENDEZ, Legajo Nº1268, efectivizada en horario Extra Laboral durante el mes de junio del año 2018, afectada a realizar: Construcción de vestuarios ymantenimiento en general, por el monto de PESOS DIEZ MIL SETECIENTOS CON 00/100 ($ 10.700.-)

Que, la Ordenanza Nro 3345/16, Decreto 722/16 (Convalidación Dec 642/16 contempla la realización de tareas en la modalidadJORNADAS DE EXTENSIÓN EXTRA LABORAL.

Municipio de Magdalena Boletin Oficial Municipal Pag. 110

Que, el referido Agente cuenta con la certificación del Sr Director de Obras y Servicios Públicos avalando la pertinente liquidación dehaberes por el monto indicado, como asimismo con la correspondiente autorización.

POR ELLO

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE MAGDALENA, en uso de sus atribuciones que le son propias

D E C R E T A

ARTICULO 1°: AUTORICESE POR INSISTENCIA al Departamento de Liquidaciones a liquidar los haberes correspondientes al Sr JORGEMENDEZ, Legajo Nº 1268, por la suma de PESOS DIEZ MIL SETECIENTOS CON 00/100 ($ 10.700.-) para el mes de julio del presente año, envirtud de lo expuesto en el exordio de la presente.

ARTICULO 2°: La erogación que demande el cumplimiento de lo determinado en el Art. Precedente será con afectación a la Partida 1.3.1.2–EXTENSIÓN EXTRA LABORAL DE TAREAS – Jurisdicción 5000, programa 20, proyecto 1, del Presupuesto de Gastos Vigente.

ARTICULO 3°: El presente Decreto, será refrendado por el Secretario de Hacienda, Cdr. Andres García.

ARTICULO 4°: Comuníquese a quienes corresponda, tomen nota las Oficinas pertinentes, dése al Registro Municipal y Archívese.

Fdo.

Lic. GONZALO PELUSO

Intendente Municipal

Fdo.

Cdor. ANDRES LUCIANO GARCIA

Secretario de Hacienda

Decreto Nº 1140/18

Magdalena, 18/07/2018

Visto

Las actuaciones iniciadas mediante Expte. Letra D, Nº 31/18, y;

Considerando

Que en las mismas el Sr. Director de Obras y Servicios Públicos informa sobre las tareas convenidas con el Sr JULIO FORMIGO, Legajo Nº1198, efectivizada en horario Extra Laboral durante el mes de junio del año 2018, tarea de cordón y diferentes necesidades en estadependencia, por el monto de PESOS OCHO MIL CON 00/100 ($ 8.000,00.-)

Que, la Ordenanza Nro 3345/16, Decreto 722/16 (Convalidación Dec 642/16 contempla la realización de tareas en la modalidadJORNADAS DE EXTENSIÓN EXTRA LABORAL.

Que, el referido Agente cuenta con la certificación del Sr Director de Obras y Servicios Públicos avalando la pertinente liquidación dehaberes por el monto indicado, como asimismo con la correspondiente autorización.

POR ELLO

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE MAGDALENA, en uso de sus atribuciones que le son propias

D E C R E T A

ARTICULO 1°: AUTORICESE POR INSISTENCIA al Departamento de Liquidaciones a liquidar los haberes correspondientes al Sr JULIOFORMIGO, Legajo Nº 1198, por la suma de PESOS OCHO MIL CON 00/100 ($ 8.000,00.-) para el mes de julio del presente año, en virtud delo expuesto en el exordio de la presente.

ARTICULO 2°: La erogación que demande el cumplimiento de lo determinado en el Art. Precedente será con afectación a la Partida 1.3.1.2–EXTENSIÓN EXTRA LABORAL DE TAREAS – Jurisdicción 6000, programa 01, del Presupuesto de Gastos Vigente.

ARTICULO 3°: El presente Decreto, será refrendado por el Secretario de Hacienda, Cdr. Andrés García.

Municipio de Magdalena Boletin Oficial Municipal Pag. 111

ARTICULO 4°: Comuníquese a quienes corresponda, tomen nota las Oficinas pertinentes, dése al Registro Municipal y Archívese.

Fdo.

Lic. GONZALO PELUSO

Intendente Municipal

Fdo.

Cdor. ANDRES LUCIANO GARCIA

Secretario de Hacienda

Decreto Nº 1141/18

Magdalena, 18/07/2018

Visto

Las actuaciones iniciadas mediante Expte. Letra D, Nº 358/18, y;

Considerando

Que en las mismas el Sr. Sr. Director de Obras y Servicios Públicos informa sobre las tareas convenidas con el Sr OSCAR GABRIELBLANCO, Legajo Nº 1203, efectivizada en horario Extra Laboral durante el mes de junio del año 2018, afectada a realizar: Planta dehormigón mixer, cordon cuneta, por el monto de PESOS SIETE MIL CINCUENTA CON 00/100 ($ 7.050,00.-).

Que, la Ordenanza Nro 3345/16, Decreto 722/16 (Convalidación Dec 642/16 contempla la realización de tareas en la modalidadJORNADAS DE EXTENSIÓN EXTRA LABORAL.

Que, el referido Agente cuenta con la certificación del Sr Director de Obras y Servicios Públicos avalando la pertinente liquidación dehaberes por el monto indicado, como asimismo con la correspondiente autorización.

POR ELLO

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE MAGDALENA, en uso de sus atribuciones que le son propias

D E C R E T A

ARTICULO 1°: AUTORICESE POR INSISTENCIA al Departamento de Liquidaciones a liquidar los haberes correspondientes al Sr OSCARGABRIEL BLANCO, Legajo Nº 1203, por la suma de PESOS SIETE MIL CINCUENTA CON 00/100 ($ 7.050,00.-), para el mes de julio delpresente año, en virtud de lo expuesto en el exordio de la presente.

ARTICULO 2°: La erogación que demande el cumplimiento de lo determinado en el Art. Precedente será con afectación a la Partida 1.3.1.2–EXTENSIÓN EXTRA LABORAL DE TAREAS – Jurisdicción 5000, programa 20, proyecto 01, del Presupuesto de Gastos Vigente.

ARTICULO 3°: El presente Decreto, será refrendado por el Secretario de Hacienda, Cdr. Andrés García.

ARTICULO 4°: Comuníquese a quienes corresponda, tomen nota las Oficinas pertinentes, dése al Registro Municipal y Archívese.

Fdo.

Lic. GONZALO PELUSO

Intendente Municipal

Fdo.

Cdor. ANDRES LUCIANO GARCIA

Secretario de Hacienda

Decreto Nº 1142/18

Magdalena, 18/08/2018

Visto

Las actuaciones iniciadas mediante Expte. Letra D, Nº 32/18, y;

Municipio de Magdalena Boletin Oficial Municipal Pag. 112

Considerando

Que en las mismas el Sr. Director de Obras y Servicios Públicos informa sobre las tareas convenidas con el Sr CEPEDA DANIEL, Legajo Nº740, efectivizada en horario Extra Laboral durante el mes de junio del año 2018, afectada a realizar Coordinación y relevamiento de tareasde los empleados de la Delegación Magdalena y la Dirección de Servicios públicos que trabajan en dicha Delegación, por el monto dePESOS DOS MIL QUINIENTOS CON 00/100 ($ 2.500,00.-)

Que, la Ordenanza Nro 3345/16, Decreto 722/16 (Convalidación Dec 642/16 contempla la realización de tareas en la modalidadJORNADAS DE EXTENSIÓN EXTRA LABORAL.

Que, el referido Agente cuenta con la certificación del Sr. Director de Obras y Servicios Públicos avalando la pertinente liquidación dehaberes por el monto indicado, como asimismo con la correspondiente autorización.

POR ELLO

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE MAGDALENA, en uso de sus atribuciones que le son propias

D E C R E T A

ARTICULO 1°: AUTORICESE al Departamento de Liquidaciones a liquidar los haberes correspondientes al Sr CEPEDA DANIEL, Legajo Nº740, por la suma de PESOS DOS MIL QUINIENTOS CON 00/100 ($ 2.500,00.-) para el mes de julio del presente año, en virtud de lo expuestoen el exordio de la presente.

ARTICULO 2°: La erogación que demande el cumplimiento de lo determinado en el Art. Precedente será con afectación a la Partida 1.3.1.2–EXTENSIÓN EXTRA LABORAL DE TAREAS – Jurisdicción 5000, programa 01, del Presupuesto de Gastos Vigente.

ARTICULO 3°: El presente Decreto, será refrendado por el Secretario de Hacienda, Cdr. Andrés García.

ARTICULO 4°: Comuníquese a quienes corresponda, tomen nota las Oficinas pertinentes, dése al Registro Municipal y Archívese.

Fdo.

Lic. GONZALO PELUSO

Intendente Municipal

Fdo.

Cdor. ANDRES LUCIANO GARCIA

Secretario de Hacienda

Decreto Nº 1143/18

Magdalena, 18/07/2018

Visto

Las actuaciones iniciadas mediante Expte. Letra D, N° 540/18, y;

Considerando

Que en las mismas el Sr. Director de Cultura informa sobre las tareas convenidas con la Agente Municipal SOLANGE ABADIN legajo 1159, aefectivizar en horario Extra Laboral, afectado a tareas extraordinarias durante el mes de junio del 2018, por el monto de pesos $ 6.500,00(PESOS SEIS MIL QUINIENTOS CON 00/100).

Que, la Ordenanza Nro 3345/16, Decreto 722/16 (Convalidación Dec 642/16, contempla la realización de tareas en la modalidadJORNADAS DE EXTENSIÓN EXTRA LABORAL.

Que, el referido Agente cuenta con la certificación del Sr. Director de Cultura, avalando la pertinente liquidación de haberes por el montoindicado.

POR ELLO

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE MAGDALENA , en uso de sus atribuciones que le son propias

DECRETA

ARTICULO 1°: AUTORICESE al Departamento de Liquidaciones a liquidar los haberes correspondientes a la agente SOLANGE ABADIN, por

Municipio de Magdalena Boletin Oficial Municipal Pag. 113

la suma de $ 6.500,00 (PESOS SEIS MIL QUINIENTOS CON 00/100) para el mes de julio del año 2018, en virtud de lo expuesto en el exordiode la presente.

ARTICULO 2°: La erogación que demande el cumplimiento de lo determinado en el Art. Precedente será con afectación a la Partida 1.3.1.2 Jurisdicción 3000 Programa 30 del Presupuesto de Gastos Vigente.

ARTICULO 3°: El presente Decreto, será refrendado por el Sr. Secretario de Hacienda, Cdr. Andrés García.

ARTICULO 4°: Comuníquese a quienes corresponda, tomen nota las Oficinas pertinentes, dése al Registro Municipal y Archívese.

Fdo.

Lic. GONZALO PELUSO

Intendente Municipal

Fdo.

Cdor. ANDRES LUCIANO GARCIA

Secretario de Hacienda

Decreto Nº 1144/18

Magdalena, 18/07/2018

Visto

Las actuaciones iniciadas mediante Expte. Letra S N° 740/18, y;

Considerando

Que en las mismas el Sr Secretario de Gobierno, informa sobre las tareas convenidas con el Sr CALONI NICOLAS Leg. Nº 1220, aefectivizar en horario Extra Laboral durante el mes de junio del año 2018, afectado a tareas de Administración del Sistema BAPROCOPRES, para carga de combustible y lubricantes de los vehículos municipales, control diario de la carga en la propia estación de servicio,control de saldos, remitos y facturación individual y remisión a Contaduría. Responsable del C.O.M (Centro de Operaciones Municipal), por elmonto de PESOS DIEZ MIL ($ 10.000,00)

Que, la Ordenanza Nro 3345/16, Decreto 722 (Convalidación Dec 642/16), contemplan la realización de tareas en la modalidad JORNADASDE EXTENSIÓN EXTRA LABORAL.

Que, el referido Agente cuenta con la certificación del Sr Secretario de Gobierno, avalando la pertinente liquidación de haberes por el montoindicado.

Que no existe saldo disponible,

POR ELLO

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE MAGDALENA, en uso de sus atribuciones que le son propias

D E C R E T A

ARTICULO 1°: AUTORICESE POR INSISTENCIA al Departamento de Liquidaciones a liquidar los haberes correspondientes al Sr CALONINICOLAS Leg. Nº 1220, por la suma de PESOS DIEZ MIL ($ 10.000,00) para el mes de julio del presente año, en virtud de lo expuesto en elexordio de la presente.

ARTICULO 2°: La erogación que demande el cumplimiento de lo determinado en el Art. Precedente será con afectación a la Partida 1.3.1.2–EXTENSIÓN EXTRALABORAL DE TAREAS – Jurisdicción 9000, Programa 25, Proyecto15, del Presupuesto de Gastos Vigente.

ARTICULO 3°: El presente Decreto, será refrendado por el Secretario de Hacienda, Cdr. Andrés García.

ARTICULO 4°: Comuníquese a quienes corresponda, tomen nota las Oficinas pertinentes, dése al Registro Municipal y Archívese.

Fdo.

Lic. GONZALO PELUSO

Intendente Municipal

Municipio de Magdalena Boletin Oficial Municipal Pag. 114

Fdo.

Cdor. ANDRES LUCIANO GARCIA

Secretario de Hacienda

Decreto Nº 1145/18

Magdalena, 18/07/2018

Visto

Las actuaciones iniciadas mediante Expte. Letra D, Nº 962/18, y;

Considerando

Que en las mismas el Sr. Secretario de Gobierno informa sobre las tareas convenidas con el Sr LOPEZ EDUARDO, Legajo Nº 810,efectivizada en horario Extra Laboral durante el mes de junio del año 2018, afectada a realizar Coordinación de Inspecciones comerciales,realización de inspecciones habilitaciones (Acta Final) y capacitación de inspectores en el Área Comercial respecto a habilitaciones,traslado de domicilio comercial, anexión de rubro, constatación de contravenciones, en horario de mañana y tarde, por el monto de PESOSTRES MIL QUINIENTOS CON 00/100 ($ 3.000,00.-)

Que, la Ordenanza Nro 3345/16, Decreto 722/16 (Convalidación Dec 642/16 contempla la realización de tareas en la modalidadJORNADAS DE EXTENSIÓN EXTRA LABORAL.

Que, el referido Agente cuenta con la certificación del Sr Secretario de Gobierno avalando la pertinente liquidación de haberes por el montoindicado, como asimismo con la correspondiente autorización.

POR ELLO

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE MAGDALENA, en uso de sus atribuciones que le son propias

D E C R E T A

ARTICULO 1°: AUTORICESE POR INSISTENCIA al Departamento de Liquidaciones a liquidar los haberes correspondientes al Sr LOPEZEDUARDO, Legajo Nº 810, por la suma de PESOS TRES MIL CON 00/100 ($ 3.000,00.-) para el mes de julio del presente año, en virtud de loexpuesto en el exordio de la presente.

ARTICULO 2°: La erogación que demande el cumplimiento de lo determinado en el Art. Precedente será con afectación a la Partida 1.3.1.2–EXTENSIÓN EXTRA LABORAL DE TAREAS – Jurisdicción 9000, programa 25, Proyecto 15 del Presupuesto de Gastos Vigente.

ARTICULO 3°: El presente Decreto, será refrendado por el Secretario de Hacienda, Cdr. Andrés García.

ARTICULO 4°: Comuníquese a quienes corresponda, tomen nota las Oficinas pertinentes, dése al Registro Municipal y Archívese.

Fdo.

Lic. GONZALO PELUSO

Intendente Municipal

Fdo.

Cdor. ANDRES LUCIANO GARCIA

Secretario de Hacienda

Decreto Nº 1146/18

Magdalena, 18/07/2018

Visto

Las actuaciones iniciadas mediante Expte. Letra D Nº 1111/18, y

Considerando

Municipio de Magdalena Boletin Oficial Municipal Pag. 115

Que en las mismas el Sr Subdirector de Rentas, informa sobre las tareas convenidas con el Agente RICARDO ALFREDO PIPPI Leg. Nº 814, a efectivizar en horario Extra Laboral durante el mes de junio del año 2018, afectado a tareas, Reparación y reemplazo de lonatransparente de laterales del natatorio. por el monto de PESOS NUEVE MIL CON 00/100 ($ 9.000-)

Que, la Ordenanza Nro 3345/16, Decreto 722/16 (Convalidación Dec 642/16 , contempla la realización de tareas en la modalidadJORNADAS DE EXTENSIÓN EXTRA LABORAL.

Que, el referido agente cuenta con la certificación del Sr Jefe de Personal avalando la pertinente liquidación de haberes por el montoindicado.

POR ELLO

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE MAGDALENA, en uso de sus atribuciones que le son propias

D E C R E T A

ARTICULO 1°: AUTORICESE al Departamento de Liquidaciones a liquidar los haberes correspondientes al mes de julio del presente año alSr RICARDO PIPPI Leg. Nº 814 por la suma de PESOS NUEVE MIL CON 00/100 ($ 9.000), en virtud de lo expuesto en el exordio de lapresente.

ARTICULO 2°: La erogación que demande el cumplimiento de lo determinado en el Art. Precedente será con afectación a la Partida 1.3.1.2 -Jurisdicción 8000- Programa 01 EXTENSIÓN EXTRA LABORAL DE TAREAS – del Presupuesto de Gastos Vigente.

ARTICULO 3°: El presente Decreto, será refrendado por el Secretario de Hacienda Cdr. Andrés García.-

ARTICULO 4°: Comuníquese a quienes corresponda, tomen nota las Oficinas pertinentes, dése al Registro Municipal y Archívese.

Fdo.

Lic. GONZALO PELUSO

Intendente Municipal

Fdo.

Cdor. ANDRES LUCIANO GARCIA

Secretario de Hacienda

Decreto Nº 1147/18

Magdalena, 18/07/2018

Visto

Las actuaciones iniciadas mediante Expte. “S” Nº 1280/18 y;

Considerando

Que en las mismas el Sr. Subdirector de Rentas informa sobre las tareas convenidas con la Sra. Dutria Patricia, Legajo Nº 2332,Separación, Abrochado y clasificación por código postal de las cuotas 04, 05 y 06 del año 2018, correspondiente a la Tasa de ServiciosGenerales Urbanos, por el monto de PESOS DOS MIL CIENTO SESENTA CON 00/CVOS.($ 2.160,00.-)

Que, el Decreto 642/16 (ad referéndum), contempla la realización de tareas en la modalidad JORNADAS DE EXTENSIÓN EXTRA LABORAL.

Que, lo solicitado cuenta con el aval del Sr. Secretario de Hacienda, autorizando que se dicte el acto administrativo pertinente.

POR ELLO

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE MAGDALENA, en uso de sus atribuciones que le son propias,

D E C R E T A

ARTICULO 1°: AUTORICESE al Departamento de Liquidaciones a liquidar los haberes correspondientes a la Sra DUTRIA PATRICIA Legajo Nº2332, por la suma de PESOS DOS MIL CIENTO SESENTA CON 00/CVOS.-($ 2.160,00.-) para el mes de julio del año en curso, en virtud de loexpuesto en el exordio de la presente.

ARTICULO 2°: La erogación que demande el cumplimiento de lo determinado en el Art. precedente será con afectación a la Partida 1.3.1.2

Municipio de Magdalena Boletin Oficial Municipal Pag. 116

–EXTENSIÓN EXTRA LABORAL DE TAREAS – Jurisdicción 8000, Programa 01, del Presupuesto de Gastos Vigente.

ARTICULO 3°: El presente Decreto, será refrendado por el Sr. Secretario de Hacienda, Cr. Andrés García.

ARTICULO 4°: Comuníquese a quienes corresponda, tomen nota las Oficinas pertinentes, dése al Registro Municipal y Archívese.

Fdo.

Lic. GONZALO PELUSO

Intendente Municipal

Fdo.

Cdor. ANDRES LUCIANO GARCIA

Secretario de Hacienda

Decreto Nº 1148/18

Magdalena, 18/07/2018

Visto

Las actuaciones iniciadas mediante Expte. Letra D Nº 1289/18, y

Considerando

Que en las mismas el Sr Delegado Municipal de Bme. Bavio, Walter Castagnasso informa sobre las tareas convenidas con el Agente LuisLezica Leg. Nº 1241, a efectivizar en horario Extra Laboral durante el mes de junio, afectado Demolición del edificio de la DelegaciónMunicipal, por el monto de PESOS SEIS MIL DOSCIENTOS CINCUENTA CON 00/CVOS ($ 6.250-)

Que, la Ordenanza Nro 3345/16, Decreto 722/16 (Convalidación Dec 642/16), contempla la realización de tareas en la modalidadJORNADAS DE EXTENSIÓN EXTRA LABORAL.

Que, el referido agente cuenta con la certificación del Sr Delegado Municipal de Bme. Bavio, Walter Castagnasso, avalando la pertinenteliquidación de haberes por el monto indicado.

POR ELLO

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE MAGDALENA, en uso de sus atribuciones que le son propias

D E C R E T A

ARTICULO 1°: AUTORICESE POR INSISTENCIA al Departamento de Liquidaciones a liquidar los haberes correspondientes al Sr Luis Lezica Leg. Nº 1241 por la suma de PESOS SEIS MIL DOSCIENTOS CINCUENTA CON 00/CVOS ($ 6.250-) para el mes de julio del año 2018, en virtudde lo expuesto en el exordio de la presente.

ARTICULO 2°: La erogación que demande el cumplimiento de lo determinado en el Art. Precedente será con afectación a la Partida 1.3.1.2 -Jurisdicción 6000- Programa 01 EXTENSIÓN EXTRA LABORAL DE TAREAS – del Presupuesto de Gastos Vigente.

ARTICULO 3°: El presente Decreto, será refrendada por el Sr. Secretario de Hacienda Cdr. Andrés García.-

ARTICULO 4°: Comuníquese a quienes corresponda, tomen nota las Oficinas pertinentes, dése al Registro Municipal y Archívese.

Fdo.

Lic. GONZALO PELUSO

Intendente Municipal

Fdo.

Cdor. ANDRES LUCIANO GARCIA

Secretario de Hacienda

Municipio de Magdalena Boletin Oficial Municipal Pag. 117

Decreto Nº 1149/18

Magdalena, 18/07/2018

Visto

Las actuaciones iniciadas mediante Expte. Letra D Nº 1327/18, y

Considerando

Que en las mismas el Sr Delegado Municipal de Bme. Bavio, Walter Castagnasso informa sobre las tareas convenidas con el Agente Albaristo Gonzalez Leg. Nº 1382, a efectivizar en horario Extra Laboral durante el mes de junio, afectado Demolición del edificio de laDelegación Municipal, por el monto de PESOS SEIS MIL DOSCIENTOS CINCUENTA CON 00/CVOS ($ 6.250-)

Que, la Ordenanza Nro 3345/16, Decreto 722/16 (Convalidación Dec 642/16), contempla la realización de tareas en la modalidadJORNADAS DE EXTENSIÓN EXTRA LABORAL.

Que, el referido agente cuenta con la certificación del Sr Delegado Municipal de Bme. Bavio, Walter Castagnasso, avalando la pertinenteliquidación de haberes por el monto indicado.

POR ELLO

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE MAGDALENA, en uso de sus atribuciones que le son propias

D E C R E T A

ARTICULO 1°: AUTORICESE POR INSISTENCIA al Departamento de Liquidaciones a liquidar los haberes correspondientes al Sr AlbaristoGonzalez Leg. Nº 1382 por la suma de PESOS SEIS MIL DOSCIENTOS CINCUENTA CON 00/CVOS ($ 6.250-) para el mes de julio del año 2018,en virtud de lo expuesto en el exordio de la presente.

ARTICULO 2°: La erogación que demande el cumplimiento de lo determinado en el Art. Precedente será con afectación a la Partida 1.3.1.2 -Jurisdicción 6000- Programa 01 EXTENSIÓN EXTRA LABORAL DE TAREAS – del Presupuesto de Gastos Vigente.

ARTICULO 3°: El presente Decreto, será refrendada por el Sr. Secretario de Hacienda Cdr. Andrés García.-

ARTICULO 4°: Comuníquese a quienes corresponda, tomen nota las Oficinas pertinentes, dése al Registro Municipal y Archívese.

Fdo.

Lic. GONZALO PELUSO

Intendente Municipal

Fdo.

Cdor. ANDRES LUCIANO GARCIA

Secretario de Hacienda

Decreto Nº 1150/18

Magdalena, 18/07/2018

Visto

Las actuaciones iniciadas mediante Expte. Letra D Nº 1328/18, y

Considerando

Que en las mismas el Sr Delegado Municipal de Bme. Bavio, Walter Castagnasso informa sobre las tareas convenidas con el Agente Eustaquio Lugo Leg. Nº 4545, a efectivizar en horario Extra Laboral durante el mes de junio, afectado Demolición del edificio de laDelegación Municipal, por el monto de PESOS SEIS MIL DOSCIENTOS CINCUENTA CON 00/CVOS ($ 6.250-)

Que, la Ordenanza Nro 3345/16, Decreto 722/16 (Convalidación Dec 642/16), contempla la realización de tareas en la modalidadJORNADAS DE EXTENSIÓN EXTRA LABORAL.

Que, el referido agente cuenta con la certificación del Sr Delegado Municipal de Bme. Bavio, Walter Castagnasso, avalando la pertinenteliquidación de haberes por el monto indicado.

Municipio de Magdalena Boletin Oficial Municipal Pag. 118

POR ELLO

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE MAGDALENA, en uso de sus atribuciones que le son propias

D E C R E T A

ARTICULO 1°: AUTORICESE POR INSISTENCIA al Departamento de Liquidaciones a liquidar los haberes correspondientes al Sr EustaquioLugo Leg. Nº 4545 por la suma de PESOS SEIS MIL DOSCIENTOS CINCUENTA CON 00/CVOS ($ 6.250-) para el mes de julio del año 2018, envirtud de lo expuesto en el exordio de la presente.

ARTICULO 2°: La erogación que demande el cumplimiento de lo determinado en el Art. Precedente será con afectación a la Partida 1.3.1.2 -Jurisdicción 6000- Programa 01 EXTENSIÓN EXTRA LABORAL DE TAREAS – del Presupuesto de Gastos Vigente.

ARTICULO 3°: El presente Decreto, será refrendada por el Sr. Secretario de Hacienda Cdr. Andrés García.-

ARTICULO 4°: Comuníquese a quienes corresponda, tomen nota las Oficinas pertinentes, dése al Registro Municipal y Archívese.

Fdo.

Lic. GONZALO PELUSO

Intendente Municipal

Fdo.

Cdor. ANDRES LUCIANO GARCIA

Secretario de Hacienda

Decreto Nº 1151/18

Magdalena, 18/08/2018

Visto

Las actuaciones iniciadas mediante Expte. Letra D Nº 1329/18, y

Considerando

Que en las mismas el Sr Delegado Municipal de Bme. Bavio, Walter Castagnasso informa sobre las tareas convenidas con el Agente ErikTellechea Leg. Nº 1388, a efectivizar en horario Extra Laboral durante el mes de junio, afectado Demolición del edificio de la DelegaciónMunicipal, por el monto de PESOS SEIS MIL DOSCIENTOS CINCUENTA CON 00/CVOS ($ 6.250-)

Que, la Ordenanza Nro 3345/16, Decreto 722/16 (Convalidación Dec 642/16), contempla la realización de tareas en la modalidadJORNADAS DE EXTENSIÓN EXTRA LABORAL.

Que, el referido agente cuenta con la certificación del Sr Delegado Municipal de Bme. Bavio, Walter Castagnasso, avalando la pertinenteliquidación de haberes por el monto indicado.

POR ELLO

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE MAGDALENA, en uso de sus atribuciones que le son propias

D E C R E T A

ARTICULO 1°: AUTORICESE POR INSISTENCIA al Departamento de Liquidaciones a liquidar los haberes correspondientes al Sr ErikTellechea Leg. Nº 1388 por la suma de PESOS SEIS MIL DOSCIENTOS CINCUENTA CON 00/CVOS ($ 6.250-) para el mes de julio del año2018, en virtud de lo expuesto en el exordio de la presente.

ARTICULO 2°: La erogación que demande el cumplimiento de lo determinado en el Art. Precedente será con afectación a la Partida 1.3.1.2 -Jurisdicción 6000- Programa 01 EXTENSIÓN EXTRA LABORAL DE TAREAS – del Presupuesto de Gastos Vigente.

ARTICULO 3°: El presente Decreto, será refrendada por el Sr. Secretario de Hacienda Cdr. Andrés García.-

ARTICULO 4°: Comuníquese a quienes corresponda, tomen nota las Oficinas pertinentes, dése al Registro Municipal y Archívese.

Fdo.

Municipio de Magdalena Boletin Oficial Municipal Pag. 119

Lic. GONZALO PELUSO

Intendente Municipal

Fdo.

Cdor. ANDRES LUCIANO GARCIA

Secretario de Hacienda

Decreto Nº 1152/18

Magdalena, 18/07/2018

Visto

Las actuaciones iniciadas mediante Expte. “D” Nº 461/18 y;

Considerando

Que en las mismas el Sr. Subdirector de Rentas informa sobre las tareas convenidas con la Sra. Dutria Patricia, Legajo Nº 2332, Repartode recibos en la ciudad de Magdalena de las cuotas 04, 05 y 06/2018 de la Tasa de Servicios Generales Urbanos; dicha labor se efectuóentre los días 02/07/2018 y 16/07/2018 inclusive, por el monto de PESOS TRECE MIL QUINIENTOS QUINCE CON 00/CVOS.($ 13.515,00.-)

Que, el Decreto 642/16 (ad referéndum), contempla la realización de tareas en la modalidad JORNADAS DE EXTENSIÓN EXTRA LABORAL.

Que, lo solicitado cuenta con el aval del Sr. Secretario de Hacienda, autorizando que se dicte el acto administrativo pertinente.

POR ELLO

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE MAGDALENA, en uso de sus atribuciones que le son propias,

D E C R E T A

ARTICULO 1°: AUTORICESE al Departamento de Liquidaciones a liquidar los haberes correspondientes a la Sra DUTRIA PATRICIA Legajo Nº2332, por la suma de PESOS TRECE MIL QUINIENTOS QUINCE CON 00/CVOS.($ 13.515,00.-) para el mes de julio del año en curso, en virtudde lo expuesto en el exordio de la presente.

ARTICULO 2°: La erogación que demande el cumplimiento de lo determinado en el Art. precedente será con afectación a la Partida 1.3.1.2 –EXTENSIÓN EXTRA LABORAL DE TAREAS – Jurisdicción 8000, Programa 01, del Presupuesto de Gastos Vigente.

ARTICULO 3°: El presente Decreto, será refrendado por el Sr. Secretario de Hacienda, Cr. Andrés García.

ARTICULO 4°: Comuníquese a quienes corresponda, tomen nota las Oficinas pertinentes, dése al Registro Municipal y Archívese.

Fdo.

Lic. GONZALO PELUSO

Intendente Municipal

Fdo.

Cdor. ANDRES LUCIANO GARCIA

Secretario de Hacienda

Decreto Nº 1153/18

Magdalena, 18/07/2018

Visto

Las actuaciones iniciadas mediante Expte. “D” Nº 461/18 y;

Considerando

Que en las mismas el Sr. Subdirector de Rentas informa sobre las tareas convenidas con el Sr. Ondarcuhu Horacio, Legajo Nº 840, Repartode recibos en la ciudad de Magdalena, Paraje el Pino y Barrio Los Naranjos de las cuotas 04, 05 y 06 de la Tasa de Servicios GeneralesUrbanos dicha labor se efectuó los días 02/07/2018 al 16/07/2018 inclusive, por el monto de PESOS VEINTIOCHO MIL TRESCIENTOSTREINTA Y CUATRO CON 00/CVOS.($ 28.334,00.-)

Que, el Decreto 642/16 (ad referéndum), contempla la realización de tareas en la modalidad JORNADAS DE EXTENSIÓN EXTRA LABORAL.

Municipio de Magdalena Boletin Oficial Municipal Pag. 120

Que, lo solicitado cuenta con el aval del Sr. Secretario de Hacienda, autorizando que se dicte el acto administrativo pertinente.

POR ELLO

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE MAGDALENA, en uso de sus atribuciones que le son propias,

D E C R E T A

ARTICULO 1°: AUTORICESE al Departamento de Liquidaciones a liquidar los haberes correspondientes al Sr. Ondarcuhu Horacio, Legajo Nº840, por la suma de PESOS VEINTIOCHO MIL TRESCIENTOS TREINTA Y CUATRO CON 00/CVOS.($ 28.334,00.-) para el mes de julio del año encurso, en virtud de lo expuesto en el exordio de la presente.

ARTICULO 2°: La erogación que demande el cumplimiento de lo determinado en el Art. precedente será con afectación a la Partida 1.3.1.2 –EXTENSIÓN EXTRA LABORAL DE TAREAS – Jurisdicción 9000, Programa 01, del Presupuesto de Gastos Vigente.

ARTICULO 3°: El presente Decreto, será refrendado por el Sr. Secretario de Hacienda, Cr. Andrés García.

ARTICULO 4°: Comuníquese a quienes corresponda, tomen nota las Oficinas pertinentes, dése al Registro Municipal y Archívese.

Fdo.

Lic. GONZALO PELUSO

Intendente Municipal

Fdo.

Cdor. ANDRES LUCIANO GARCIA

Secretario de Hacienda

Decreto Nº 1154/18

Magdalena, 18/07/2018

Visto

El Expte letra R Nº1350/18 mediante el cual el Sr. Roberedo Sergio solicita traslado desde la localidad de Atalaya al cementerio deMagdalena y ataúd, de quien fuere en vida su abuela Quintana Blanca Nieves y

Considerando

Que a fs 1. obra nota de solicitud de pedido por parte del nieto de la señora fallecida.

Que a fs. 5 obra presupuesto de la Empresa Delovo Hnos, que realizara el traslado.

Que a fs. 2 obra informe social-económico donde se corrobora la situación de la familia.

Que dicha ayuda permitirá brindar una sepultura digna.

Que se hace necesario realizar el acto administrativo correspondiente.

Por ello,

El Sr. Intendente Municipal en uso de sus atribuciones

DECRETA

Articulo 1º: Otórguese un Subsidio, el que se efectivizara en el traslado del cuerpo de quien fuera en vida Quintana Banca NievesD.N.I:3.134.945 desde la localidad de Atalaya al cementerio de Magdalena y ataúd de acuerdo al considerando.

Articulo 2º Para tal erogación será afectad la partida correspondiente.

Articulo 3º El presente Decreto será refrendado por el Secretario de Hacienda.

Articulo4º Comuníquese a quienes corresponda y dese al registro Municipal y archivase.

Fdo.

Lic. GONZALO PELUSO

Municipio de Magdalena Boletin Oficial Municipal Pag. 121

Intendente Municipal

Fdo.

Cdor. ANDRES LUCIANO GARCIA

Secretario de Hacienda

Decreto Nº 1155/18

Magdalena, 18/07/2018

Visto

Las actuaciones del Expte letra C Nº1363/18, mediante las cuales la agente CARBALLO Carolina Antonia Leg: 1257, presenta su renuncia afs. 1 como empleada mensualizada administrativa Régimen 30 hs semanales a partir del 15 de julio de 2018.

Considerando

Que, el Sr. Secretario de Gobierno considera que no corresponde aceptar la renuncia por no haber remitido el telegrama correspondiente.

Que debe procederse al dictado del acto administrativo de Baja revocando su contratación como empleada mensualizada administrativaRégimen 30 hs semanales.

Que, el Departamento Liquidaciones deberá proceder a erogar el pago del SAC proporcional y 8 días de licencias no gozadas del año 2018.

Que, el Sr. Secretario de Gobierno, convalida la solicitud ut supra mencionada.

POR ELLO

El Intendente Municipal de Magdalena, en uso de sus atribuciones que le son propias.

D E C R E T A

ARTICULO 1º: CESE Y BAJA a partir del día 15 de julio del año 2018 de la Sta. CARBALLO Carolina Antonia Leg: 1257 en virtud de lascausales expuestas en el exordio del presente.

ARTÍCULO 2º: AUTORICESE al Departamento de Liquidaciones a erogar el pago del SAC proporcional y 8 días de licencias no gozadas delaño 2018.

ARTÍCULO 2º: El presente Decreto será refrendado por el Sr. Secretario de Gobierno, Rodolfo Tata.

ARTÍCULO 3º. Comuníquese a quienes corresponda, tomen nota las Oficinas pertinentes, dése al Registro Municipal y archívese.-

Fdo.

Lic. GONZALO PELUSO

Intendente Municipal

Fdo.

Dn. RODOLFO SALOMON TATA

Secretario de Gobierno

Decreto Nº 1156/18

Magdalena, 18/07/2018

Visto

Las actuaciones del expediente letra “D” Nº 1320/2018, mediante las cuales el Director de Obras y Servicios Públicos, en representación de“CRIADERO DE VIÑA” solicita el reintegro del valor abonado en fecha 21 de Junio de 2018 del año 2018 del valor abonado en concepto deTasa por Servicios Especiales de Limpieza e Higiene-Desagote de Pozos, legislado en el Capítulo II – Artículo 6º - Inciso e) de la OrdenanzaImpositiva Nº 3456/2017 vigente para el ejercicio 2018, mediante recibo Nº 009/001800005253 por el Municipio; y

Considerando

Que dicha petición se eleva en virtud de no haberse efectivizado la prestación del servicio, lo que queda corroborado con el informe de la

Municipio de Magdalena Boletin Oficial Municipal Pag. 122

Dirección de Obras y Servicios Públicos de la Comuna, obrante a fs. 1 de las presentes actuaciones.

Que el ingreso de la suma de $265,00 (pesos doscientos sesenta y cinco), cuyo comprobante se adjunta a fs. 3 del presente expediente, haverificado y acreditado en por la Tesorería Municipal.

Que en consecuencia resulta procedente el reclamo elevado por los interesados.

Por lo expuesto

el INTENDENTE MUNICIPAL DE MAGDALENA, en uso de sus atribuciones.

D E C R E T A

ARTICULO 1º: Reintégrese, por los motivos expresados en el exordio a “CRIADERO DE VIÑA” la suma de $265,00 (pesos doscientossesenta y cinco), abonado en fecha 21/06/2018 en concepto de Tasa por Servicios Especiales de Limpieza e Higiene (Desagote de Pozos),legislado en el Capítulo II – Artículo 6º - Inciso e) de la Ordenanza Impositiva Nº 3456/2017 para el ejercicio 2018, mediante recibo Nº009/001800005253.-

ARTÍCULO 2: Líbrese Orden de Devolución a favor del contribuyente y por el importe consignado en el artículo precedente. El mismo serátomado con cargo a la Partida correspondiente al Cálculo de Recursos del Municipio “Tasa por Servicios Especiales de Limpieza e Higiene”;C.I: 1210200.-

ARTICULO 3º: El presente Decreto será refrendado por Sr. Secretario de Hacienda de la Municipalidad de Magdalena.-

ARTÍCULO 4º: Comuníquese a quienes corresponda, tomen nota las Oficina pertinentes, dése al Registro Municipal y archívese.-

Fdo.

Lic. GONZALO PELUSO

Intendente Municipal

Fdo.

Cdor. ANDRES LUCIANO GARCIA

Secretario de Hacienda

Decreto Nº 1157/18

Magdalena, 19/07/2018

Visto

La Ordenanza Nº 3520/18 sancionada por el Honorable Concejo Deliberante con fecha 18 de Julio del 2018,

Considerando

Que dicha ordenanza es referida a la Convalidación firma del Decreto nº 1087/18 de fecha 12 de Julio referente a Autorización rifa a laAsociación Bomberos Voluntarios de Bartolomé Bavio,

Por ello,

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE MAGDALENA, en uso de sus atribuciones ,

D E C R E T A

ARTICULO 1º: Promúlguese la Ordenanza Nº 3520/18 sancionada por el Honorable Concejo Deliberante con fecha 12 de Julio , referida aAutorización rifa Asociación Bomberos Voluntarios de Bartolomé Bavio.-

ARTICULO 2º: El presente Decreto será refrendado por el Sr. Secretario de Gobierno de la Municipalidad de Magdalena.-

ARTICULO 3º: Comuníquese, tomen nota las Oficinas pertinentes, dése al Registro Municipal y archívese.-

Fdo.

Lic. GONZALO PELUSO

Intendente Municipal

Municipio de Magdalena Boletin Oficial Municipal Pag. 123

Fdo.

Dn. RODOLFO SALOMON TATA

Secretario de Gobierno

Decreto Nº 1158/18

Magdalena, 19/07/2018

Visto

La Ordenanza Nº 3521/18 sancionada por el Honorable Concejo Deliberante con fecha 18 de Julio del 2018,

Considerando

Que dicha ordenanza es referida a la Modificación del texto del art. 3º de la Ordenanza nº 2771/10 (emisión y circulación de rifas y bonoscontribución),

Por ello,

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE MAGDALENA, en uso de sus atribuciones ,

D E C R E T A

ARTICULO 1º: Promúlguese la Ordenanza Nº 3521/18 sancionada por el Honorable Concejo Deliberante con fecha 18 de Julio, referida aModificación del texto del artículo 3º de la Ordenanza nº 2771/10 cambiando la cifra expresada en números y letras de pesos trescientosmil ($ 300.000), por la cifra expresada en números y letras de Pesos Dos Millones ($ 2.000.000) como total recaudado por la venta de losbilletes.-

ARTICULO 2º: El presente Decreto será refrendado por el Sr. Secretario de Gobierno de la Municipalidad de Magdalena.-

ARTICULO 3º: Comuníquese, tomen nota las Oficinas pertinentes, dése al Registro Municipal y archívese.-

Fdo.

Lic. GONZALO PELUSO

Intendente Municipal

Fdo.

Dn. RODOLFO SALOMON TATA

Secretario de Gobierno

Decreto Nº 1159/18

Magdalena, 19/07/2018

Visto

La Ordenanza Nº 3519/18 sancionada por el Honorable Concejo Deliberante con fecha 18 de Julio de 2018,

Considerando

Que dicha ordenanza es referida a Modificación a partir del 01 de Agosto del corriente el Art. lº de la Ord.2467/07 y,

Por ello,

Municipio de Magdalena Boletin Oficial Municipal Pag. 124

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE MAGDALENA, en uso de sus atribuciones ,

D E C R E T A

ARTICULO 1º: PROMULGASE, la Ordenanza Nº 3519/18 sancionada por el Honorable Concejo Deliberante con fecha 18 de Julio del 2018, referida a Autorización a partir del 01 de Agosto del corriente año, el artículo 1º de la Ord.. Nº 2467/07 estableciendo el valor de la ficha en$ 1,90 (un peso con noventa centavos), y la bajada de bandera $ 30.40 (pesos treinta con cuarenta centavos).-

ARTICULO 2º: El presente Decreto será refrendado por el Sr. Secretario de Gobierno de la Municipalidad de Magdalena.-

ARTICULO 3º: Comuníquese, tomen nota las Oficinas pertinentes, dése al Registro Municipal y archívese.-

Fdo.

Lic. GONZALO PELUSO

Intendente Municipal

Fdo.

Dn. RODOLFO SALOMON TATA

Secretario de Gobierno

Decreto Nº 1160/18

Magdalena, 19/07/2018

Visto

La Ordenanza Nº 3522/18 sancionada por el Honorable Concejo Deliberante con fecha 18 de Julio del 2018,

Considerando

Que dicha ordenanza es referida a Autorización firma del Sr Intendente Municipal en el Convenio Acuerdo Marco de Cooperación yAsistencia Legal y Técnica entre la Secretaria Legal y Técnica de la Provincia de Bs. As. y Acta Complementaria Nº 1 y la Municipalidad deMagdalena,

Por ello,

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE MAGDALENA, en uso de sus atribuciones ,

D E C R E T A

ARTICULO 1º: PROMULGASE, la Ordenanza Nº 3522/18 sancionada por el Honorable Concejo Deliberante con fecha 18 de Julio del 2018, referida a la Autorización firma del Sr Intendente Municipal en el Convenio Acuerdo Marco de Cooperación y Asistencia Legal y Técnicaentre la Secretaria Legal y Técnica de la Provincia de Bs. As. y Acta Complementaria Nº 1 y la Municipalidad de Magdalena, cuya copia obraa fs. 10/18 del expediente letra D nº 1222/18.-

ARTICULO 2º: El presente Decreto será refrendado por el Sr. Secretario de Gobierno de la Municipalidad de Magdalena.-

ARTICULO 3º: Comuníquese, tomen nota las Oficinas pertinentes, dése al Registro Municipal y archívese.-

Fdo.

Lic. GONZALO PELUSO

Intendente Municipal

Fdo.

Dn. RODOLFO SALOMON TATA

Municipio de Magdalena Boletin Oficial Municipal Pag. 125

Secretario de Gobierno

Decreto Nº 1161/18

Magdalena, 19/07/2018

Visto

El artículo 14º de la Ordenanza Nº 3464/17, de Presupuesto General para el Ejercicio 2018, sancionada con fecha 27/12/17 y promulgadamediante el Decreto Nº 942/17 del 29 de Diciembre de 2017; y

Considerando

Que el mencionado artículo faculta al Departamento Ejecutivo a disponer transferencias de créditos presupuestarios para reforzarconceptos preexistentes o crear nuevos, entre los conceptos de una Jurisdicción, Programa, Actividad Programática ó Proyecto distintos,correspondientes al Presupuesto de Gastos del presente Ejercicio;

Que se cree conveniente, con el fin de lograr una mayor prolijidad en la ejecución del Presupuesto dotar de crédito adicional a las Partidasque representan excedidas o con créditos insuficientes;

Que el citado artículo permite financiar las creaciones, ampliaciones o modificaciones de partidas del Presupuesto de Gastos mediantetransferencias de economías existentes en las restantes partidas de libre afectación;

Que es necesario efectuar las adecuaciones y correcciones pertinentes, las cuales tienen un fin exclusivamente de regularizaciónpresupuestaria, no implicando ello modificación alguna en el monto total del Presupuesto.

Por ello;

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE MAGDALENA en uso de sus atribuciones sanciona el siguiente:

DECRETO

ARTICULO 1º: Transfiéranse a las Partidas Presupuestarias correspondientes al DEPARTAMENTO EJECUTIVO (1110100000) créditos porun monto total de PESOS DOSCIENTOS CUARTENTA Y SEIS MIL QUINIENTOS CON 00/100 ( $ 246.500,00), de acuerdo al detalle deJurisdicciones, Programas, Partidas y montos obrantes en la planilla de RAFAM adjunta, la que forma parte indivisible del presente.

ARTICULO 2º: Los créditos transferidos y asignados de acuerdo al artículo precedente, serán tomados de las Partidas correspondientes alDEPARTAMENTO EJECUTIVO (1110100000) por PESOS DOSCIENTOS CUARTENTA Y SEIS MIL QUINIENTOS CON 00/100 ( $ 246.500,00),conforme al detalle de Jurisdicciones, Programas, Partidas y montos que se señalan en la planilla citada en el artículo anterior.

ARTICULO 3º: El presente Decreto será refrendado por el Señor Secretario de Hacienda de la Municipalidad de Magdalena.

ARTICULO 4º: Comuníquese al Honorable Concejo Deliberante dentro de los diez días contados a partir de la fecha, en cumplimiento delartículo 14º, inciso d) de la Ordenanza Nº 3464/17.-

ARTICULO 5º: Comuníquese, tomen nota las oficinas correspondientes, dése al Registro Municipal y archívese.-

Fdo.

Lic. GONZALO PELUSO

Intendente Municipal

Fdo.

Cdor. ANDRES LUCIANO GARCIA

Secretario de Hacienda

ANEXOS

Municipio de Magdalena Boletin Oficial Municipal Pag. 126

Decreto Nº 1162/18

Magdalena, 19/07/2018

Visto

La Ordenanza Nº 3518/18 sancionada por el Honorable Concejo Deliberante con fecha 18 de Julio del 2018,

Considerando

Que dicha ordenanza es referida a Convalidación firma del Decreto nº 872/17,

Por ello

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE MAGDALENA, en uso de sus atribuciones ,

D E C R E T A

ARTICULO 1º: PROMULGASE, la Ordenanza Nº 3518/18 sancionada por el Honorable Concejo Deliberante con fecha 18 de Julio del 2018, referida a la Convalidación del Decreto nº 872/17 , dictado por el Departamento Ejecutivo, referido al Libro “Enigmas de la Historia delPartido de Magdalena”.-

ARTICULO 2º: El presente Decreto será refrendado por el Sr. Secretario de Gobierno de la Municipalidad de Magdalena.-

ARTICULO 3º: Comuníquese, tomen nota las Oficinas pertinentes, dése al Registro Municipal y archívese.-

Fdo.

Lic. GONZALO PELUSO

Intendente Municipal

Fdo.

Dn. RODOLFO SALOMON TATA

Secretario de Gobierno

Decreto Nº 1163/18

Magdalena, 20/07/2018

Visto

Las actuaciones del Expediente Letra “S” Nº 1378/2018, mediante las cuales el Sr. SOSA SERGIO ALFREDO – CUIT: 20-31487681-5, domiciliado en calle Güemes Nº 1058 – Partido de Coronel Rosales – Localidad de Punta Alta (C.P: 8109) de la Provincia de Buenos Aires;en carácter de titular actual del MOTO-VEHÍCULO -Tipo Motocicleta - identificado con el Nº de Dominio 519 ISF - Marca Jawa - Modelo DD300 E – Año 2011 - Motor Marca Jawa Nº DD257MN11700080, Cuadro Marca Jawa Nº LFUE4PLA0B000056, Cilindrada 270 c.c., solicita labaja del mismo en el Municipio de Magdalena, con motivo de transferencia y cambio de radicación a la localidad de Punta Alta, Partido deCoronel Rosales, Provincia de Buenos Aires a partir del día 11 de Mayo de 2016.

Considerando

Que se ha cumplimentado la presentación de la documentación pertinente y el pago de los tributos municipales previstos en el Capítulo XIIde la Ordenanza Fiscal e Impositiva del Municipio, hasta el año 2015 inclusive.

Que en consecuencia resulta procedente acceder a lo solicitado.

Por lo expuesto,

el INTENDENTE MUNICIPAL DE MAGDALENA, en uso de sus atribuciones.

D E C R E T A

ARTICULO 1º: Autorizar y registrar a partir de la fecha, en virtud de las razones expresadas en el exordio, la BAJA en los registros de laMunicipalidad de Magdalena del MOTO-VEHÍCULO -Tipo Motocicleta - identificado con el Dominio 519 ISF - Marca Jawa - Modelo DD 300 E– Año 2011 - Motor Marca Jawa Nº DD257MN11700080, Cuadro Marca Jawa Nº LFUE4PLA0B000056, Cilindrada 270 c.c., con motivo decambio de transferencia y cambio de radicación a la localidad de Punta Alta, Partido de Coronel Rosales, Provincia de Buenos Aires a partirdel día 11 de Mayo de 2016.

Municipio de Magdalena Boletin Oficial Municipal Pag. 127

ARTÍCULO 2: El presente decreto será refrendado por el Sr. Secretario de Hacienda de la Municipalidad de Magdalena.

ARTICULO 3º: Comuníquese a quienes corresponda, tomen nota las Oficinas pertinentes, dése al Registro Municipal y archívese.-

Fdo.

Lic. GONZALO PELUSO

Intendente Municipal

Fdo.

Cdor. ANDRES LUCIANO GARCIA

Secretario de Hacienda

Decreto Nº 1164/18

Magdalena, 20/07/2018

Visto

El expte letra I Nº 1347/18; referido al Contrato de Comodato entre la Municipalidad de Magdalena y la Empresa Ocsa S.A., representadapor el Sr. Claudio Lenizar Courdec DNI: 14.463.918, y

Considerando

Que por el presente Contrato de Comodato la Municipalidad cede en uso a la Empresa Ocsa S.A., un inmueble ubicado en Magdalena, cuyanomenclatura catastral es: Circ: I, Sec: G, Chacra: 119, Mz:119 A Partida Nº 19509.-

Que el objeto del presente será solo el de destinarse a la instalación del Obrador de la Obra, “desagues cloacales en Magdalena”, licitadaoportunamente por el Ministerio de Infraestructura de la Pcia. de Bs. As.

Que se ha suscripto contrato de comodato por un plazo de Vigencia de doce ((12) a partir de la firma del presente.-

Que se debe efectivizar el Acto Administrativo de convalidación del mismo obrante a fs. 8 y 8vta, Ad-Referéndum del Honorable ConcejoDeliberante,

Por ello

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE MAGDALENA, en uso de sus atribuciones ,

D E C R E T A

ARTICULO 1º: Convalidase Ad- Referéndum- del Honorable Concejo Deliberante la firma del Contrato de Comodato suscripto entre laMunicipalidad de Magdalena y el Sr. Claudio Lenizar Courdec DNI: 14.463.918 representante de la Empresa Ocsa S.A, referido al uso delespacio del inmueble perteneciente a la Municipalidad de Magdalena, destinado a la instalación del Obrador de la Obra, “desaguescloacales en Magdalena”, licitada oportunamente por el Ministerio de Infraestructura de la Pcia. de Bs. As.-

ARTICULO 2º: El presente Decreto será refrendado por el Sr. Secretario de Gobierno D. Rodolfo Tata.-

ARTICULO 3º: Comuníquese, tomen nota las Oficinas pertinentes, dése al Registro Municipal y archivese.-

Fdo.

Lic. GONZALO PELUSO

Intendente Municipal

Fdo.

Dn. RODOLFO SALOMON TATA

Secretario de Gobierno

Decreto Nº 1165/18

Magdalena, 20/07/2018

Municipio de Magdalena Boletin Oficial Municipal Pag. 128

Visto

Las actuaciones iniciadas mediante Expte. Letra S Nº 954/18, y;

Considerando

Que, es necesario contar con Personal MENSUALIZADO TECNICO de 48 hs para que realice tareas en el AREA DE OBRAS Y SERVICIOSPUBLICOS.

Que, es propuesto para cumplir con tales funciones al Sr. BOZZOLO FERNANDO OSCAR DNI 25.224.396 legajo 1400.

Que no existen vacantes para cubrir dicho cargo.

Que, el Sr. Secretario de Gobierno convalida la solicitud UT supra mencionada.

POR ELLO

El Intendente Municipal de Magdalena, en uso de sus atribuciones que le son propias

D E C R E T A

ARTICULO 1º: DESIGNASE POR INSISTENCIA a partir del día 23 de Julio de 2018, como Personal MENSUALIZADO TECNICO, Régimen 48 hssemanales, al Sr. BOZZOLO FERNANDO OSCAR con legajo Nº 1400, en virtud de las causales expuestas en el exordio de la presente.

ARTICULO2º.- La erogación que demande el cumplimiento de lo determinado en el Art. 1º, será con afectación a la Partida 1.2.1.2.PERSONAL MENSUALIZADO, Jurisd. 5000, Prog. 20, FF 110, del Presupuesto de Gastos Vigente.-

ARTICULO 3º: El presente Decreto será refrendado por el Sr. Secretario de Gobierno, Sr. Rodolfo Tata.

ARTICULO 4º: Comuníquese a quienes corresponda, tomen nota las Oficinas pertinentes, dése al Registro Municipal y archívese.

Fdo.

Lic. GONZALO PELUSO

Intendente Municipal

Fdo.

Dn. RODOLFO SALOMON TATA

Secretario de Gobierno

Decreto Nº 1166/18

Magdalena, 20/07/2018

Visto

Las actuaciones obrantes en el Expediente Letra S Nº 1160/18 , referente al Llamado a Licitación Privada para adjudicar la obra “MANO DEOBRA, EJECUCIÓN PARCIAL DE BACHEOS PROFUNDOS EN 185 M2 Y BACHEOS SUPERFICIALES EN 45 M2 EN CALLE 9 DE JULIO”;

Considerando

Que, a fs 3 figura el informe técnico sobre el deterioro de la Calle 9 de Julio entre Chacabuco y Goenaga;

Que las empresas del ramo SOLIDUM S.A. Y CENTRAL CIMIENTOS S.A., presentaron presupuesto para realizar la tarea de bacheo;

Que, visto el informe emanado por el Sr. Sub Secretario de Gobierno, Obras y Servicios Públicos a Fs. 1 donde sugiere la ejecución detrabajo mixto con la empresa SOLIDUM S.A. para la ejecución de 185 m2 de bacheo profundo y 45 m2 de bacheo superficial, detallando lostrabajos a realizar;

Que, la contratación se encuadra dentro de lo normado por el Art 133 de la LOM;

Que, existe saldo favorable en la respectiva Partida Presupuestaria;

EL INTENDENTE MUNICIPAL de MAGDALENA en uso de sus facultades

Municipio de Magdalena Boletin Oficial Municipal Pag. 129

DECRETA

ARTICULO 1º: ADJUDICASE la obra “MANO DE OBRA EJECUCIÓN PARCIAL DE BACHEOS PROFUNDOS EN 185 M2 Y BACHEOSSUPERFICIALES EN 45 M2 EN CALLE 9 DE JULIO” a la Firma SOLIDUM S.A., por un monto de PESOS CIENTO NOVENTA MIL con 00/100ctvos ($ 190.000,00).

ARTICULO 2º: AFÉCTESE las erogaciones que se produzcan como consecuencia de la aplicación del Artículo Primero en la Jurisdicción5.000, Programa 23.75 Partida 4.2.2.0. “CONSTRUCCIONES EN BS DE DOMINIO PUBLICO” con Fuente de Financiamiento 132 de OrigenProvincial del Presupuesto de Gastos para el Ejercicio 2018.-

ARTICULO 3º: El presente Decreto será refrendado por el Señor Secretario de Hacienda Cr. Andrés L. García.-

ARTICULO 4º: Comuníquese a quienes corresponda, dése al Registro Municipal y archívese.-

Fdo.

Lic. GONZALO PELUSO

Intendente Municipal

Fdo.

Cdor. ANDRES LUCIANO GARCIA

Secretario de Hacienda

Decreto Nº 1167/18

Magdalena, 23/07/2018

Visto

El expte letra D Nº 1028/18; referido a la firma del Convenio de Concurrencia Profesional AD-HONOREN entre la Municipalidad deMagdalena y la Lic. WERNICKE DAIANA (PSICOLOGIA), y

Considerando

Que el plazo de Vigencia del Contrato es de seis (6) meses, desde el 01/06/18 al 31/12/18.

Que se debe efectivizar el Acto Administrativo de convalidación del mismo,

Por ello

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE MAGDALENA, en uso de sus atribuciones ,

D E C R E T A

ARTÍCULO 1º: Convalidase la firma Convenio de Concurrencia Profesional AD-HONOREN- entre la Municipalidad de Magdalena y la Lic.WERNICKE DAIANA DNI: 36.944.124 M:P: Nº 55.312 quien se desempeñara en el Servicio de PSICOLOGIA en Hospital y/o UnidadesSanitarias.-

ARTICULO 2º: La erogación que demande el cumplimiento de lo determinado en el art. 1º será con afectación a la Jurisdicción, Programa,Actividad y Partida correspondiente del Presupuesto de Gastos Vigente.-

ARTÍCULO 3º: El presente Decreto será refrendado por el Sr. Secretario de Gobierno D. Rodolfo TATA.-

ARTICULO 4º: Comuníquese, tomen nota las Oficinas pertinentes, dése al Registro Municipal y archivese.-

Fdo.

Lic. GONZALO PELUSO

Intendente Municipal

Fdo.

Dn. RODOLFO SALOMON TATA

Secretario de Gobierno

Municipio de Magdalena Boletin Oficial Municipal Pag. 130

Decreto Nº 1168/18

Magdalena, 23/07/2018

Visto

Que el expte S Nº 1360/18 mediante el cual la SOCIEDAD ITALIANA DE SOCORROS MUTUOS DE ATALAYA solicita se le exima del pago dela siguiente Tasa Municipal:

TASA POR SERVICIOS GENERALES URBANOS y CONTRIBUCION PARA EL CONTROL DE LA VIA PUBLICA correspondientes al año 2018, por elbien de su propiedad designado catastralmente como: Circ. I; Parcela: 6;Maza, 9b; Partidas: 4.551, con Dominio Inscripto en el folio nº14.183 Año l.886 del Partido de Magdalena, y.

Considerando

Que efectuados los informes del Registro de Entidades de Bien Público, de las Oficinas de Catastro, Asesoría Letrada desprende que seencuentra comprendida dentro de la Reglamentación Vigente, Ordenanza nº 3448/17,,

Por ello

EL INTENDENTE MUNICIPAL de MAGDALENA en uso de sus atribuciones ,

D E C R E T A

ARTICULO 1º.-HACER LUGAR, a la solicitud interpuesta por la SOCIEDAD ITALIANA DE SOCORROS MUTUOS DE ATALAYA de esta ciudad,en virtud de las causales expuestas en el exordio de la presente, eximiéndolo del pago por el año 2.018 de las TASA POR SERVICIOSGENERALES URBANOS Y CONTRIBUCION PARA EL CONTROL DE LA VIA PUBLICA, por la partida designada catastralmente como: 4.551.-

ARTICULO 2º.- El presente Decreto será refrendado por el Sr. Secretario de Hacienda de la Municipalidad de Magdalena.-

ARTICULO 3º.- Comuníquese a quienes corresponda, tomen nota las Oficinas pertinentes, dese al Registro Municipal y Archívese.-

Fdo.

Lic. GONZALO PELUSO

Intendente Municipal

Fdo.

Cdor. ANDRES LUCIANO GARCIA

Secretario de Hacienda

Decreto Nº 1169/18

Magdalena, 23/07/2018

Visto

El Expte. Letra D nº 2027/16, mediante el cual la COOPERATIVA DE TRABAJOS LOS TOLDOS LTDA realiza la TERMINACION DE 5 VIVIENDASEN EL BARRIO JOSE HERNANDEZ - MAGDALENA, y

Considerando

Que, a fs 145 se presenta por parte de la cooperativa nota de solicitud de ampliación del plazo de obra fundamentando dicho pedido por laslluvias caídas, siendo el mismo de 30 días.-

Que, la Oficina Técnica informa que las razones a las que hace referencia la empresa tienen plena validez con lo que sucedió en eltranscurso desde el inicio de su ejecución hasta la fecha, coincidiendo en que 30 días es un plazo aceptable para que la obra se culmine ensu totalidad.-

Municipio de Magdalena Boletin Oficial Municipal Pag. 131

Que, dicho pedido se analiza considerando viable la ampliación.-

POR ELLO:

El Intendente Municipal de Magdalena, en uso de sus atribuciones que le son propias

DECRETA

ARTICULO 1º AUTORIZASE la Ampliación del Plazo de Obra por el término de 30 (TREINTA) días corridos a partir del día 02 de JULIO del año2018, según los considerandos ut supra citados.-

ARTICULO 2º: El presente Decreto será refrendado por el Secretario de Gobierno, Sr. RODOLFO TATA.-

ARTICULO 3º: Comuníquese a quienes corresponda, tomen nota las Oficinas pertinentes, dése al Registro Municipal y archívese.

Fdo.

Lic. GONZALO PELUSO

Intendente Municipal

Fdo.

Dn. RODOLFO SALOMON TATA

Secretario de Gobierno

Decreto Nº 1170/18

Magdalena, 23/07/2018

Visto

La necesidad de contar con el Registro del Dominio magdalena.gob.ar, y;

Considerando

Que la renovación del registro de dominio se debe hacer a través de NIC.AR y este registro debe ser abonado por medio electrónico.

POR ELLO:

EL INTENDENTE MUNICIPAL de MAGDALENA en uso de sus atribuciones

D E C R E T A

ARTICULO 1º: Líbrese Orden de Pago a favor del Sr. Tesorero Municipal SEBASTIAN MAYORA, la suma de $ 110,00 (Pesos Ciento Diez) porlas causas determinadas en el exordio del presente.-

ARTICULO 2º: El gasto determinado en el artículo precedente será tomado de la Jurisdicción 1110900000 Secretaria de Gobierno,Programa 01 Administración y Coordinación Central del Presupuesto de Gastos Vigente, Partida 3.8.3.0. “Derechos y Tasas” con Fuente definanciamiento 110.-

ARTICULO 3º: El presente Decreto será refrendado por el Sr. Secretario de Gobierno D. Rodolfo S. TATA.-

ARTICULO 4º: Comuníquese, tomen nota las Oficinas pertinentes, dese al Registro Municipal y Archívese.-

Fdo.

Lic. GONZALO PELUSO

Intendente Municipal

Fdo.

Dn. RODOLFO SALOMON TATA

Secretario de Gobierno

Municipio de Magdalena Boletin Oficial Municipal Pag. 132

Decreto Nº 1171/18

Magdalena, 24/07/2018

Visto

Visto el Expediente Letra A Nº 131/18 referente al “TALLER DE SEGURIDAD VIAL” , dictado por ACA (Automóvil Club Argentino), arealizarse el día 24 de agosto próximo en la ciudad de Magdalena, es necesario que sea declarado de Interés Municipal todas las accionesen relación al mismo, y,

Considerando

Que se considera pertinente la realización de dicha Capacitación para la formación de formadores en Seguridad Vial, brindando un aportepara la reducción de la siniestralidad en la vía publica.

Que dicho Taller tendrá como objetivo primordial el de cubrir un enfoque general de la situación vial relacionada con la Legislación yNormas de Transito vigentes, recomponer el estado de conciencia de la vía publica como espacio publico propio pero compartido, así comotambién motivar la solidaridad para el mejor ordenamiento del transito.-

Que se ha solicitado el aporte de los gastos que demande la capacitación.-

EL INTENDENTE MUNICIPAL de MAGDALENA en uso de sus atribuciones

D E C R E T A

ARTICULO 1º: Declárese de INTERES MUNICIPAL todas las acciones en relación al “TALLER DE SEGURIDAD VIAL”, dictado por ACA(Automóvil Club Argentino), a realizarse el día 24 de agosto próximo en la ciudad de Magdalena.-

ARTÍCULO 2º: En virtud de lo establecido en el art. anterior, los gastos a cargo del Municipio serán tomados de la Partida correspondiente.-

ARTICULO 3º: El presente Decreto será refrendado por el Sr. Secretario de Gobierno D. Rodolfo S. TATA.-

ARTICULO 4º: Comuníquese, tomen nota las Oficinas pertinentes, dese al Registro Municipal y Archívese.-

Fdo.

Lic. GONZALO PELUSO

Intendente Municipal

Fdo.

Dn. RODOLFO SALOMON TATA

Secretario de Gobierno

Decreto Nº 1172/18

Magdalena, 25/07/2018

Visto

El expediente letra “S” Nº 1393/2018, la Ley Orgánica de las Municipalidades, el Reglamento de Contabilidad y las Disposiciones deAdministración de los Recursos Financieros y Reales para los Municipios de la Provincia de Buenos Aires establecidas por el DecretoProvincial 2980/00; y

Considerando

Que el artículo 172º de la L.O.M., artículo 94º del Reglamento de Contabilidad y artículo 48º del Decreto 2980 establece la forma decontabilizar las sumas que transitoriamente pasen por la Municipalidad y el tratamiento que debe darse a las Cuentas de Terceros;

Que el día 24 de Abril de 2017, por instrucción de la Tesorería Municipal, fueron ingresados a “Cuenta de Terceros” (Otros Fondos deTerceros – Código de Ingreso Contable Nº 71999) la suma de $2.865,57 (pesos dos mil ochocientos sesenta y cinco con cincuenta y sietecentavos) mediante el Recibo Nº 009/001700013510.

Que el importe mencionado en el apartado anterior fue imputado a dicha cuenta por tratarse de un depósito realizado en la CuentaCorriente Municipal (6970-50011/1) el día 25/11/2016, sobre el que no se contaba con datos suficientes para determinar su correctaimputación.

Municipio de Magdalena Boletin Oficial Municipal Pag. 133

Depositante Importe Fecha

RECAUDACIÓNAUTOMÁTICA (CR)

$ 2.865,57 25/11/2016

Que posteriormente se logró reunir la documentación adicional que posibilitó determinar que el ingreso en cuestión correspondería alsiguiente detalle:

Que en consecuencia se deben efectuar las adecuaciones contables pertinentes que reflejen la correspondiente transferencia de fondos yla correcta imputación contable del ingreso de los recursos.

Por ello,

El Intendente Municipal de Magdalena, en uso de sus atribuciones

D E C R E T A

ARTÍCULO 1°: Líbrese orden de pago extrapresupuestaria a favor de la Tesorería Municipal por $2.865,57 (PESOS DOS MIL OCHOCIENTOSSESENTA Y CINCO CON CINCUENTA Y SIETE CENTAVOS) con cargo a la Cuenta de Terceros “OTROS FONDOS DE TERCEROS” (Cód. 71999).

ARTÍCULO 2°: Autorícese a la Tesorería Municipal y a la Subdirección de Cómputos a efectuar los ajustes e imputaciones pertinentes y elIngreso al Cálculo de Recursos de los valores percibidos en virtud de la Recaudación Automática (CR) correspondiente al día 25/11/2016.

ARTÍCULO 3°: El presente Decreto será refrendada por el Señor Secretario de Hacienda de la Municipalidad de Magdalena.

ARTÍCULO 4°: Comuníquese, tomen nota las oficinas pertinentes, dése al Registro Municipal y archívese.-

Fdo.

Lic. GONZALO PELUSO

Intendente Municipal

Fdo.

Cdor. ANDRES LUCIANO GARCIA

Secretario de Hacienda

Decreto Nº 1173/18

Magdalena, 25/07/2018

Visto

Las actuaciones obrantes en el Expediente Letra S Nº 1220/18 , referente al Llamado a Licitación Privada para adjudicar la “ADQUISICIÓNDE LA MANO DE OBRA Y EQUIPOS PARA BACHEO EN CARPETAS ASFÁLTICAS DE LA LOCALIDAD DE MAGDALENA, PARTIDO DEMAGDALENA, PROVINCIA DE BUENOS AIRES”.

Considerando

Que, existe saldo disponible en la respectiva partida del Presupuesto de Gastos,

por ello;

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE MAGDALENA, en uso de sus atribuciones,

D E C R E T A

Municipio de Magdalena Boletin Oficial Municipal Pag. 134

ARTICULO 1º.- LLAMASE a LICITACIÓN PRIVADA Nº 14/18, para adjudicar la “ADQUISICIÓN DE LA MANO DE OBRA Y EQUIPOS PARABACHEO EN CARPETAS ASFÁLTICAS DE LA LOCALIDAD DE MAGDALENA, PARTIDO DE MAGDALENA, PROVINCIA DE BUENOS AIRES”.-

ARTICULO 2º.- AFÉCTESE las erogaciones que se produzcan como consecuencia de la aplicación del Artículo Primero en la Jurisdicción5.000, Programa 23/75 Partida 4.2.2.0 “Construcciones de Bienes de Dominio Publico” con Fuente de Financiamiento 132 de OrigenProvincial del Presupuesto de Gastos para el Ejercicio 2018.-

ARTICULO 3º.- ESTIPÚLESE un PRESUPUESTO OFICIAL total de PESOS UN MILLON DOSCIENTOS MIL CON 00/100 CVOS ($ 1.200.000,00.-)

ARTICULO 4º.- ESTIPÚLESE que la GARANTÍA DE PROPUESTA que será por un importe de PESOS DOCE MIL CON 00/100 CVOS ($12.000,00.-).

ARTICULO 5º.- DETERMINASE el PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES que será por un importe de PESOS MIL DOSCIENTOS CON 00/100 CVOS($ 1.200,00.-).

ARTICULO 6º.- DETERMINASE que el día Agosto 07 del año 2018, a la hora 11,00 se llevará a cabo el Acto de Apertura de las ofertaspresentadas.-

ARTICULO 7°.- El presente Decreto será refrendado por el Sr. Secretario de Hacienda Cr. Andrés García.-

ARTICULO 8°.- Comuníquese a quienes corresponda, dése al Registro Municipal y archívese.-

Fdo.

Lic. GONZALO PELUSO

Intendente Municipal

Fdo.

Cdor. ANDRES LUCIANO GARCIA

Secretario de Hacienda

Decreto Nº 1174/18

Magdalena, 25/07/2018

Visto

El expte letra D Nº 03/18; referido a la firma de los Contratos de Locacion de Obra celebrado entre la Municipalidad de Magdalena y lasProfesionales: LUCERO Maria Soledad, DNI: 35.408.710; CONTENTI Cintia Noelia, DNI: 31.123.104, GUTIERREZ Maria, DNI: 35.590.980,GUIDOBONO Jonathan DNI: 36.476.317, GUBIA Evelyn DNI: 36.944.032, FAGUNDEZ Nicolás DNI: 34.530.101, y,

Considerando

Que el plazo de vigencia de los Contratos se establece desde el 1º de Julio de 2018 al 31 de Diciembre de 2018,

Que se debe efectivizar el Acto Administrativo de convalidación del mismo,

Por ello

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE MAGDALENA, en uso de sus atribuciones

D E C R E T A

ARTICULO 1º: Convalidase la firma de los Contratos de Locacion de Obra celebrado entre la Municipalidad de Magdalena y lasProfesionales: LUCERO Maria Soledad, DNI: 35.408.710; CONTENTI Cintia Noelia, DNI: 31.123.104, GUTIERREZ Maria, DNI: 35.590.980,GUIDOBONO Jonathan DNI: 36.476.317, GUBIA Evelyn DNI: 36.944.032, FAGUNDEZ Nicolás DNI: 34.530.101, quienes integraran el EquipoInterdisciplinario del Programa Envión.-

ARTÍCULO 2º: La erogación que demande el cumplimiento de lo determinado en el art. 1º será con afectación a la Jurisdicción, Programa,Actividad y Partida correspondiente del Presupuesto de Gastos Vigente.-

ARTÍCULO 3º: El presente Decreto será refrendado por el Sr. Secretario de Gobierno de la Municipalidad de Magdalena.-

Municipio de Magdalena Boletin Oficial Municipal Pag. 135

ARTICULO 4º: Comuníquese, tomen nota las Oficinas pertinentes, dése al Registro Municipal y archivese.-

Fdo.

Lic. GONZALO PELUSO

Intendente Municipal

Fdo.

Dn. RODOLFO SALOMON TATA

Secretario de Gobierno

Decreto Nº 1175/18

Magdalena, 25/07/2018

Visto

El Expte letra D Nº 1344/18 mediante el cual el Sr. Director de Cultura y Prensa D. SERGIO KENDZIURA solicita la contratación del ArtistaSr. LORIENCE EMANUEL PABLO, DNI: 27.099.392, denominación artística “PAYASO MANOTAS”, quien actuará en el Partido de Magdalenaen oportunidad del receso escolar invernal 2018, y;

Considerando

La intervención e informes de la Oficina de Contaduría,

Que a fs. 18/19 obra Contrato de Actuación con el artista el que debe ser convalidado,

Por ello

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE MAGDALENA, en uso de sus atribuciones ,

D E C R E T A

ARTÍCULO 1º: CONVALIDASE el CONTRATO DE ACTUACION celebrado entre la Municipalidad de Magdalena y el Artista Sr. LORIENCEEMANUEL PABLO, DNI: 27.099.392, denominación artística “PAYASO MANOTAS”, quien actuará en el Partido de Magdalena en oportunidaddel receso escolar invernal 2018.-

ARTICULO 2º: La erogación que demande el cumplimiento de lo determinado en el art. 1º será con afectación a la Jurisdicción, Programa,Actividad y Partida correspondiente del Presupuesto de Gastos Vigente.-

ARTICULO 3º: El presente Decreto será refrendado por el Sr. Secretario de Gobierno D. Rodolfo Tata.-

ARTICULO 4º: Comuníquese, tomen nota las Oficinas pertinentes, dése al Registro Municipal y archivese.-

Fdo.

Lic. GONZALO PELUSO

Intendente Municipal

Fdo.

Dn. RODOLFO SALOMON TATA

Secretario de Gobierno

Decreto Nº 1176/18

Magdalena, 25/07/2018

Visto

Las actuaciones del Expediente Letra P, Número 1336/18 mediante las cuales POZZI PABLO ALEJANDRO – CUIT: 20-23343726-4 , solicita

Municipio de Magdalena Boletin Oficial Municipal Pag. 136

habilitación Municipal del comercio cuya actividad es AGENCIA DE REMISSES ubicado en calle HIPOLITO YRIGOYEN 664 de la Ciudad deMagdalena y,

Considerando

Las intervenciones e informes al respecto de las distintas dependencias municipales que aconsejan hacer lugar a lo solicitado, en virtudde haberse cumplimentado los requisitos establecidos en la normativa vigente.

Por todo ello,

el INTENDENTE MUNICIPAL DE MAGDALENA, en uso de sus atribuciones

DECRETA

Artículo 1º: Autorizar y registrar a partir de la fecha por los motivos expuestos en el exordio, la Habilitación municipal del comercio cuyaactividad es AGENCIA DE REMISSES (Código de actividad 71-100-01), propiedad de POZZI PABLO ALEJANDRO – CUIT: 20-23343726-4,Legajo Municipal Nº 62781 sito en el inmueble designado catastralmente como: Circunscripción I, Sección B, Manzana 150 , Parcela 3 yPartida Inmobiliaria Nº 26.288 ubicado en calle HIPOLITO YRIGOYEN 664 de la Ciudad de Magdalena.

Artículo 2º: El presente Decreto será refrendado por el Secretario de Gobierno de la Municipalidad de Magdalena

Artículo 3º: Comuníquese a quienes corresponda, tomen nota las Oficinas pertinentes dese al Registro Municipal y Archívese.

Fdo.

Lic. GONZALO PELUSO

Intendente Municipal

Fdo.

Dn. RODOLFO SALOMON TATA

Secretario de Gobierno

Decreto Nº 1177/18

Magdalena, 25/07/2018

Visto

Las actuaciones del Expediente Letra P, Número 1335/18 mediante las cuales POZZI PABLO ALEJANDRO – CUIT: 20-23343726-4 solicita lahabilitación del vehículo Marca: PEUGEOT, Modelo: PARTNER PATAGONIA HDI, Patente AC314IQ de su propiedad, para ser afectado alServicio de Remisse en la Agencia de su propiedad, y

Considerando

Que de la documentación que se adjunta surge que se han cumplimentado los requisitos exigidos por la normativa vigente.

Por ello,

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE MAGDALENA, en uso de sus atribuciones,

DECRETA

Artículo 1º: Autorizar y registrar a partir de la fecha la Habilitacion en el Servicio de Remisses del vehículo Marca: PEUGEOT, Modelo:PARTNER PATAGONIA HDI, Patente AC314IQ, Año 2017, Motor Nº 10JBGR0006384, Chasis 8ADGJ9HPAJG525911, propiedad de POZZIPABLO ALEJANDRO – CUIT: 20-23343726-4.

Artículo 2º: El mencionado vehiculo sera habilitado como automotor Nº 02 para ser afectado a la Agencia de Remisses ubicada en calleHIPOLITO YRIGOYEN 664 de la Ciudad de Magdalena Legajo Municipal Nº 62781 propiedad de POZZI PABLO ALEJANDRO – CUIT: 20-23343726-4.

Artículo 3º: El presente Decreto será refrendado por el Secretario de Gobierno de la Municipalidad de Magdalena.

Artículo 4º: Comuníquese a quienes corresponda, tomen nota las Oficinas pertinentes, dése al Registro Municipal y Archívese.

Municipio de Magdalena Boletin Oficial Municipal Pag. 137

Fdo.

Lic. GONZALO PELUSO

Intendente Municipal

Fdo.

Dn. RODOLFO SALOMON TATA

Secretario de Gobierno

Decreto Nº 1178/18

Magdalena, 25/07/2018

Visto

Las actuaciones del Expediente Letra P, Número 1337/18 mediante las cuales POZZI PABLO ALEJANDRO – CUIT: 20-23343726-4 solicita lahabilitación del vehículo Marca: PEUGEOT, Modelo: LD 408 FELINE HDI, Patente LPF 080 de su propiedad, para ser afectado al Servicio deRemisse en la Agencia de su propiedad, y

Considerando

Que de la documentación que se adjunta surge que se han cumplimentado los requisitos exigidos por la normativa vigente.

Por ello

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE MAGDALENA, en uso de sus atribuciones,

DECRETA

Artículo 1º: Autorizar y registrar a partir de la fecha la Habilitacion en el Servicio de Remisses del vehículo Marca: PEUGEOT, Modelo: LD408 FELINE HDI, Patente LPF 080, Año 2012, Motor Nº 10JBD20003167, Chasis 8AD4D9HGCD6028015, propiedad de POZZI PABLOALEJANDRO – CUIT: 20-23343726-4.

Artículo 2º: El mencionado vehiculo sera habilitado como automotor Nº 02 para ser afectado a la Agencia de Remisses ubicada en calleHIPOLITO YRIGOYEN 664 de la Ciudad de Magdalena Legajo Municipal Nº 62781 propiedad de POZZI PABLO ALEJANDRO – CUIT: 20-23343726-4.

Artículo 3º: El presente Decreto será refrendado por el Secretario de Gobierno de la Municipalidad de Magdalena.

Artículo 4º: Comuníquese a quienes corresponda, tomen nota las Oficinas pertinentes, dése al Registro Municipal y Archívese.

Fdo.

Lic. GONZALO PELUSO

Intendente Municipal

Fdo.

Dn. RODOLFO SALOMON TATA

Secretario de Gobierno

Decreto Nº 1179/18

Magdalena, 25/07/2018

Visto

El artículo 14º de la Ordenanza Nº 3464/17, de Presupuesto General para el Ejercicio 2018, sancionada con fecha 27/12/17 y promulgadamediante el Decreto Nº 942/17 del 29 de Diciembre de 2017; y

Municipio de Magdalena Boletin Oficial Municipal Pag. 138

Considerando

Que el mencionado artículo faculta al Departamento Ejecutivo a disponer transferencias de créditos presupuestarios para reforzarconceptos preexistentes o crear nuevos, entre los conceptos de una Jurisdicción, Programa, Actividad Programática ó Proyecto distintos,correspondientes al Presupuesto de Gastos del presente Ejercicio;

Que se cree conveniente, con el fin de lograr una mayor prolijidad en la ejecución del Presupuesto dotar de crédito adicional a las Partidasque representan excedidas o con créditos insuficientes;

Que el citado artículo permite financiar las creaciones, ampliaciones o modificaciones de partidas del Presupuesto de Gastos mediantetransferencias de economías existentes en las restantes partidas de libre afectación;

Que es necesario efectuar las adecuaciones y correcciones pertinentes, las cuales tienen un fin exclusivamente de regularizaciónpresupuestaria, no implicando ello modificación alguna en el monto total del Presupuesto.

Por ello;

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE MAGDALENA en uso de sus atribuciones sanciona el siguiente:

DECRETO

ARTICULO 1º: Transfiéranse a las Partidas Presupuestarias correspondientes al DEPARTAMENTO EJECUTIVO (1110100000) créditos porun monto total de PESOS DOS MILLONES CUATROCIENTOS CINCUENTA Y NUEVE MIL CON 00/100 ( $ 2.459.000,00), de acuerdo al detalle deJurisdicciones, Programas, Partidas y montos obrantes en la planilla de RAFAM adjunta, la que forma parte indivisible del presente.

ARTICULO 2º: Los créditos transferidos y asignados de acuerdo al artículo precedente, serán tomados de las Partidas correspondientes alDEPARTAMENTO EJECUTIVO (1110100000) por PESOS DOS MILLONES CUATROCIENTOS CINCUENTA Y NUEVE MIL CON 00/100 ( $2.459.000,00), conforme al detalle de Jurisdicciones, Programas, Partidas y montos que se señalan en la planilla citada en el artículoanterior.

ARTICULO 3º: El presente Decreto será refrendado por el Señor Secretario de Hacienda de la Municipalidad de Magdalena.

ARTICULO 4º: Comuníquese al Honorable Concejo Deliberante dentro de los diez días contados a partir de la fecha, en cumplimiento delartículo 14º, inciso d) de la Ordenanza Nº 3464/17.-

ARTICULO 5º: Comuníquese, tomen nota las oficinas correspondientes, dése al Registro Municipal y archívese.-

Fdo.

Lic. GONZALO PELUSO

Intendente Municipal

Fdo.

Cdor. ANDRES LUCIANO GARCIA

Secretario de Hacienda

ANEXOS

Decreto Nº 1180/18

Magdalena, 26/07/2018

Visto

Las actuaciones del expte letra J Nº 1369/18 mediante las cuales se tramitan los traslados de personal de las diferentes jurisdicciones anuevos destinos, y;

Considerando

Que, es necesario contar con personal en las distintas jurisdicciones,

Que, la presente cuenta con el aval del Sr. Secretario de Gobierno, autorizando lo solicitado.

P O R E L L O

Municipio de Magdalena Boletin Oficial Municipal Pag. 139

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE MAGDALENA, en uso de sus facultades que le son propias

D E C R E T A

ARTICULO 1ro.: TRASLÁDESE POR INSISTENCIA a partir del 01 de agosto de 2018 a los siguientes Agentes Municipales, a prestarfunciones en el Centro Operativo de Monitoreo COM en virtud de lo expuesto en el exordio de la presente, manteniendo las mismascondiciones laborales y el régimen horario. La erogación que demande el cumplimiento de lo determinado en los Artículos precedentes,será con afectación de la Jurisdicción 9000 Partida 1-1-1-2 PERSONAL JERARQUICO Y PERSONAL DE SERVICIOS SEGÚN CORRESPONDA,Programa 25, FF 110.

Legajo AGENTE DE JURISDICCION A JURISDICCION

808 FERNANDEZ ELBA SONIA HOSPITAL (4000-17) JEFE DEDEPARTAMENTO

COM (9000-25-15)

2371 PIÑEYRO EUGENIA HOSPITAL (4000-17) (CAT IV C) COM (9000-25-15

ARTICULO 2do: TRASLÁDESE POR INSISTENCIA a partir del 01 de agosto de 2018 al siguiente Agente Municipal, a prestar funciones en laOficina de Personal de la Municipal de Magdalena, en virtud de lo expuesto en el exordio de la presente, manteniendo las mismascondiciones laborales y el régimen horario. La erogación que demande el cumplimiento de lo determinado en los Artículos precedentes,será con afectación de la Jurisdicción 7000, Partida 1-2-1-2 PERSONAL ADMINISTRATIVO, Programa 24, FF 110.

Legajo AGENTE DE JURISDICCION A JURISDICCION

2344 REBAGLIATI GISELA HOSPITAL (4000-17) (CAT IV B) PERSONAL (9000-01)

ARTICULO 3ro: TRASLÁDESE POR INSISTENCIA a partir del 01 de agosto de 2018 al siguiente Agente Municipal, a prestar funciones en Unidad de Desarrollo Infantil UDI, en virtud de lo expuesto en el exordio de la presente, manteniendo las mismas condiciones laborales y elrégimen horario. La erogación que demande el cumplimiento de lo determinado en los Artículos precedentes, será con afectación de laJurisdicción 7000, Partida 1-2-1-2 PERSONAL MENSUALIZADO, Programa 24 FF 110.

Legajo AGENTE DE JURISDICCION A JURISDICCION

2452 CASTRO MARIANELA PERSONAL MENSUALIZADO (9000-01) UDI (7000-24-15)

ARTICULO 4to: TRASLÁDESE a partir del 01 de agosto de 2018 al siguiente Agente Municipal, a prestar funciones en la Oficina deProducción de la Municipal de Magdalena, en virtud de lo expuesto en el exordio de la presente, manteniendo las mismas condicioneslaborales y el régimen horario. La erogación que demande el cumplimiento de lo determinado en los Artículos precedentes, será conafectación de la Jurisdicción 9000, Partida 1-1-1-5 PERSONAL ADMINISTRATIVO, Programa 26, FF 110.

Legajo AGENTE DE JURISDICCION A JURISDICCION

1197 MATHIEU PATRICIA CULTURA (4000-17) (CAT IV D) PRODUCCION (9000-26-07)

ARTICULO 5to.: La presente Resolución será refrendada por el Sr. Secretario de Gobierno, Rodolfo Tata.

ARTICULO 6to.: Comuníquese a quienes corresponda, tomen nota las Oficinas pertinentes, dése al Registro Municipal y Archívese.-

Fdo.

Lic. GONZALO PELUSO

Intendente Municipal

Municipio de Magdalena Boletin Oficial Municipal Pag. 140

Fdo.

Dn. RODOLFO SALOMON TATA

Secretario de Gobierno

Decreto Nº 1181/18

Magdalena, 26/07/2018

Visto

Las actuaciones iniciadas en el expediente letra D nº 979/18, y;

Considerando

Que, es necesario contar con Personal Jornalizado de 30 jornales como Instructor Deportivo en la Escuela Municipal de Deportes.

Que, es propuesta para tal tarea el Sr HECTOR EDUARDO PEREYRA, con D.N.I. Nº 26.080.570, con leg. Nº 4503.

Que, lo solicitado cuenta con el aval del Sr. Secretario de Gobierno, autorizando que se dicte el acto administrativo pertinente.

P O R T O D O E L L O

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE MAGDALENA, en uso de sus atribuciones que le son propias

D E C R E T A

ARTICULO 1ºDESIGNESE a partir de la fecha 23 de Julio del presente año, como Personal Jornalizado al Sr. HECTOR EDUARDO PEREYRA,con D.N.I. Nº 26.080.570, con leg. Nº 4503, bajo un régimen de 30 jornales.

ARTICULO 2º: La erogación que demande el cumplimiento de lo determinado en el Art.1º, será con afectación a la Partida 1.2.1.3 –PERSONAL JORNALIZADO, Jurisd. 11000, Prog. 28, Proyecto: 11, FF 110, del Presupuesto General de Gastos vigente

ARTICULO 3º: El presente Decreto será refrendado por el Sr. Secretario de Gobierno Sr. Rodolfo Tata.

ARTICULO 4º: Comuníquese a quienes corresponda, tomen nota las Oficinas pertinentes, dése al Registro Municipal y Archívese.

Fdo.

Lic. GONZALO PELUSO

Intendente Municipal

Fdo.

Dn. RODOLFO SALOMON TATA

Secretario de Gobierno

Decreto Nº 1182/18

Magdalena, 26/07/2018

Visto

Las actuaciones obrantes en el Expediente Letra S Nº 1235/18 , referente al Llamado a Concurso de Precios para la CONTRATACION DELSERVICIO DE CONTROL SATELITAL PARA VEHICULOS MUNICIPALES, DEL PARTIDO DE MAGDALENA, PROVINCIA DE BUENOS AIRES”.-

Considerando

Que, existe saldo disponible en la respectiva partida del Presupuesto de Gastos, por ello;

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE MAGDALENA, en uso de sus atribuciones,

D E C R E T A

Municipio de Magdalena Boletin Oficial Municipal Pag. 141

ARTICULO 1º.- LLAMASE a CONCURSO DE PRECIOS Nº 15/18, para la CONTRATACION DEL SERVICIO DE CONTROL SATELITAL PARAVEHICULOS MUNICIPALES, DEL PARTIDO DE MAGDALENA, PROVINCIA DE BUENOS AIRES”.-

ARTICULO 2º.- AFÉCTESE las erogaciones que se produzcan como consecuencia de la aplicación del Artículo Primero en la Jurisdicción9.000, Programa 01 Partida 3.9.3.0 “Servicio De Vigilancia” con Fuente de Financiamiento 110 de Origen Municipal del Presupuesto deGastos para el Ejercicio 2018.-

ARTICULO 3º.- ESTIPÚLESE un PRESUPUESTO OFICIAL total de PESOS DOSCIENTOS SIETE MIL 00/100 CVOS ($ 207.000,00.-)

ARTICULO 4º.- ESTIPÚLESE que la GARANTÍA DE PROPUESTA que será por un importe de PESOS DOS MIL SETENTA CON 00/100 CVOS ($2.070,00.-).

ARTICULO 5º.- DETERMINASE en SIN COSTO el valor del Pliego de Bases y Condiciones .-

ARTICULO 6º.- DETERMINASE que el día Julio 27 de 2018, a la hora 09,00 se llevará a cabo el Acto de Apertura de las ofertaspresentadas.-

ARTICULO 7°.- El presente Decreto será refrendado por el Sr. Secretaria de Hacienda, Cr. Andrés Garcia.-

ARTICULO 8°.- Comuníquese a quienes corresponda, dése al Registro Municipal y archívese.-

Fdo.

Lic. GONZALO PELUSO

Intendente Municipal

Fdo.

Cdor. ANDRES LUCIANO GARCIA

Secretario de Hacienda

Decreto Nº 1183/18

Magdalena, 26/07/2018

Visto

El Expte D 2045/17, Médicos de reemplazos, Dra VEGA ISABEL MERCEDES MP 11160, DNI 31.267.260 y

Considerando

Que la profesional firmo un Convenio de Concurrencia Transitorio donde acepta la tarea de médico en la especialidad CLINICA MEDICA, conatención en el Hospital Santa María Magdalena.

Que el convenio se celebra con carácter excepcional para dar solución a una situación temporaria de carencia de Profesionales.

Que el convenio tiene vigencia a partir de las 20 hs del día domingo 15 de julio del corriente año, operando su finalización de pleno derechoy sin necesidad de comunicación alguna a las 20 hs del día lunes 16 de julio de 2018 y desde las 20 hs del día lunes 16 de julio operandohasta su finalización de pleno derecho y sin necesidad de comunicación alguna a las 20 horas del día martes 17 de julio de 2018.

Que el monto de la prestación relacionada con su especialidad es de PESOS DOCE MIL QUINIENTOS CON 00/100 ($ 12.500), siendo la mismacertificada por el Director del Hospital Dr. Pablo CORTES.

Que lo solicitado cuenta con el aval del Sr. Secretario de Hacienda,

POR ELLO

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE MAGDALENA, en uso de sus atribuciones

D E C R E T A

ARTICULO 1º: LIBRESE ORDEN DE PAGO por los motivos citados Ut-Supra, en concepto de lo expresado en el Convenio de Concurrencia

Municipio de Magdalena Boletin Oficial Municipal Pag. 142

Transitorio, a favor de la Dra VEGA ISABEL MERCEDES, MP 11160, DNI 31.267.260, la suma de PESOS DOCE MIL QUINIENTOS CON 00/100 ($12.500).

ARTÍCULO 2º: La erogación que demande el cumplimiento de lo determinado en el Art. 1º, será con afectación a la Partida 3.4.2.0.,MEDICOS Y SANITARIOS, Jurisdicción 4000 Programa: 17, FF 110 del Presupuesto General de Gastos vigente.

ARTÍCULO 3º: El presente Decreto será refrendado por el Sr. Secretario de Hacienda, Cdr. Andrés García.-

ARTICULO 4º: Comuníquese a quienes corresponda, tomen nota las Oficinas pertinentes, dése al Registro Municipal y Archívese.-

Fdo.

Lic. GONZALO PELUSO

Intendente Municipal

Fdo.

Cdor. ANDRES LUCIANO GARCIA

Secretario de Hacienda

Decreto Nº 1184/18

Magdalena, 26/07/2018

Visto

Los Exptes Letra M Nº 1381/18 Mendoza Marcela, Letra E N° 1385/18 Echave Analia, Letra M Nº 1382/18 Maturana Mirta, Letra B N°1394/18 Bustos Maria, Letra A N° 1400/18 Arce Fernanda, Letra D N° 1379/18 Diaz Luis, Letra C N° 1368/18 Cañete Romina, familias de nuestro distrito, mediante el cual solicitan materiales de construcción para mejorar sus viviendas y

Considerando

Que a fs. 2 obran presupuestos de los materiales que solicitan.

Que a fs. 3, obra informe social que corrobora la situación socioeconómica de la familia.

Que la entrega de los materiales permitirá mejorar la calidad de vida de estas familias y sus condiciones habitacionales.

Que se hace necesario realizar el acto administrativo correspondiente.

Por ello,

El Sr. Intendente Municipal de Magdalena, en uso de sus atribuciones

DECRETA

Articulo 1º: Otórguese un subsidio de materiales de construcción, en especies, que se detallan en el anexo I que forma parte del presente,a favor de las familias y /o personas que se indica, en concepto de entrega de materiales de construcción para mejorar sus viviendas deacuerdo al considerando.

Articulo 2º Para tal erogación será afectada la partida 5.1.4 ayuda sociales a personas correspondiente a la jurisdicción 7000 Programa24-05- FF 132.

Articulo 3ª. El presente Decreto será refrendado por el Secretario de Hacienda.

Articulo 4ª Comuníquese a quienes corresponda y dese al Registro Municipal.

Fdo.

Lic. GONZALO PELUSO

Intendente Municipal

Fdo.

Cdor. ANDRES LUCIANO GARCIA

Secretario de Hacienda

Municipio de Magdalena Boletin Oficial Municipal Pag. 143

ANEXOS

Decreto Nº 1185/18

Magdalena, 27/07/2018

Visto

El Expte. Letra P Nº 1388/18 mediante el cual la Sra. Porrez Elena, solicita ayuda económica para abonar el suministro de luz, y

Considerando

Que a fs.1 se encuentra nota de pedido para abonar el pago de luz por parte de la Sra. Porrez Elena.

Que a fs. 2 se encuentra la factura de la Empresa Edelap donde consta la deuda que posee.

Que a fs.3 se corrobora la situación socio-económica del solicitant

Que el servicio de luz es indispensable para la Sra. Porrez Elena.

Por ello,

EL Sr. INTENDENTE MUNICIPAL en uso de sus atribuciones

DECRETA

ARTICULO 1º: ABONESE a la Empresa EDELAP la suma de PESOS MIL NOVENTA Y TRES CON CINCUENTA Y CINCO CTVS ($1093.55) enconcepto de pago de luz de la Sra. Porrez Elena de acuerdo al considerando.

ARTÍCULO 2º: Para tal gasto será afectada la partida 5.1.4.0 Ayuda Sociales a Personas. Jurisdicción 7000 .Apertura Programática24.04.00 .Fuente de financiamiento 110 Tesoro Municipal.

ARTICULO 3º: El solicitante deberá presentar el comprobante dentro de los 30 días recibido el beneficio.

ARTICULO 4 º: El presente Decreto será refrendado por el Secretario de Hacienda.

ARTICULO 5º: Comuníquese a quienes corresponda y archívese

Fdo.

Lic. GONZALO PELUSO

Intendente Municipal

Fdo.

Cdor. ANDRES LUCIANO GARCIA

Secretario de Hacienda

Decreto Nº 1186/18

Magdalena, 26/07/2018

Visto

El Expte. Letra I nº 556/18 mediante el cual la EMPRESA SOLIDUM CONSTRUCTIONE S.A. realiza la MANO DE OBRA con provisión de equipospara la ejecución de 900 M2 de Bacheo en carpeta asfáltica en la Localidad de Magdalena, y

Municipio de Magdalena Boletin Oficial Municipal Pag. 144

Considerando

Que, el día 08 de JUNIO del año 2.018, ha sido suscripto contrato con la Firma SOLIDUM CONSTRUCTIONE S.A., representada por la Sra.MARIA CANDELARIA CIBRARO – D.N.I. 27.824.880, por un monto de PESOS UN MILLON DOSCIENTOS TREINTA Y SEIS MIL ($ 1.236.000).-

Que, según nota a fs. (184) de Inspectora de obra, Ing. Civil Julia Mazzoni solicita realizar una ampliación de obra del 38.88% de obra.-

Que, es decisión del Departamento Ejecutivo hacer uso de dicha Ampliación, en el marco del Presupuesto por la Firma Contratista(fs.183) por un monto de PESOS CUATROCIENTOS OCHENTA MIL SEISCIENTOS SESENTA Y SIETE (480.667),

Que, lo solicitado se encuentra previsto en el Art. 146º de la Ley Orgánica Municipal,

POR ELLO:

El Intendente Municipal de Magdalena, en uso de sus atribuciones que le son propias

D E C R E T A

ARTICULO 1º: AUTORIZASE la Ampliación de Obra tramitada mediante expte 556/18 a la Firma SOLIDUM CONSTRUCTIONE S.A por unmonto de PESOS CUATROCIENTOS OCHENTA MIL SEISCIENTOS SESENTA Y SIETE (480.667), según los considerandos ut-supra citados.-

ARTICULO 2º: El presente Decreto será refrendado por el Sr. Secretario de Gobierno, Sr. RODOLFO TATA.-

ARTICULO 3º: Comuníquese a quienes corresponda, tomen nota las Oficinas pertinentes, dése al Registro Municipal y archívese.

Fdo.

Lic. GONZALO PELUSO

Intendente Municipal

Fdo.

Dn. RODOLFO SALOMON TATA

Secretario de Gobierno

Decreto Nº 1187/18

Magdalena, 26/07/2018

Visto

El Expediente Letra S Nº 404/17 y la Ley Provincial Nº 14.879, a través de la cual se creó el “Fondo para Infraestructura Municipal” para elejercicio 2017, el Decreto Pcial Reglamentario Nº 93/17 ;

Considerando

Que la norma legal citada en su artículo 47º crea el Fondo para Infraestructura Municipal para el ejercicio 2017;

Que la suma asignada al Municipio de Magdalena asciende a $ 23.536.577,00 para el Ejercicio 2017;

Que a través del artículo 1º del Decreto Provincial Nº 93/17 del Ministerio de Economía se reglamenta el uso de los recursos del citadofondo, fijando de esa manera la afectación especifica de los mismos;

Que el artículo 119º último párrafo de la L.O.M. permite al Departamento Ejecutivo “practicar directamente las ampliacionespresupuestarias que se financien con recursos afectados según sean efectivamente autorizados o realizados”;

Que a Fs. 18 consta la ampliación preupuestaria del fondo autorizado correspondiente al ejercicio 2017 por un importe de $23.536.577correspondiendo a un total ingresado de $13.310.096,46 según consta en el detalle de ingresos presupuestarios a fs 20;

Que a Fs. 38 consta la ampliación presupuestaria correspondiente al importe ingresado el día 14/05/18;

Que a Fs. 39 consta la certificación de la Tesorería Municipal de un ingreso correspondiente a dicho fondo por la suma de $ 1.276.254,98 através de transferencia bancaria del día 10/05/18 ;

Que a Fs.40 la Secretaría de Hacienda indica la asignación de fondos correspondiente;

Que a los efectos de mejor proveer y para una normal gestión presupuestaria y contable es menester realizar las ampliaciones en elCálculo de Recursos y Presupuesto de Gastos vigente para el corriente ejercicio;

Municipio de Magdalena Boletin Oficial Municipal Pag. 145

Por todo ello

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE MAGDALENA, en uso de sus atribuciones

DECRETA

ARTICULO 1º: Amplíase el Cálculo de Recursos del Ejercicio 2018 en PESOS UN MILLON DOSCIENTOS SETENTA Y SEIS MIL DOSCIENTOSCINCUENTA Y CUATRO CON 98/100 ($ 1.276.254,98) en el Rubro 1141400 “Fondo para Infraestructura Municipal”, de origen provincial,afectado (Codigo 22).

ARTICULO 2º: Amplíase el Presupuesto de Gastos del Ejercicio 2018 en las Partidas Presupuestarias correspondientes al DEPARTAMENTO EJECUTIVO (1110100000) por un monto total de PESOS UN MILLON DOSCIENTOS SETENTA Y SEIS MIL DOSCIENTOSCINCUENTA Y CUATRO CON 98/100 ($ 1.276.254,98), de acuerdo al detalle de Jurisdicciones, Programas, Partidas y montos obrantes en laplanilla de RAFAM adjunta, la que forma parte indivisible del presente.

ARTICULO 3º: Autorízase a la Tesorería Municipal a efectuar el ingreso a las arcas municipales de los depósitos efectivamente realizados.

ARTICULO 4º: El presente Decreto será refrendado por el Señor Secretario de Hacienda de la Muncipalidad de Magdalena.

ARTICULO 5º: Comuníquese, tomen nota las oficinas pertinentes, dése al Registro Municipal y archívese.

Fdo.

Lic. GONZALO PELUSO

Intendente Municipal

Fdo.

Cdor. ANDRES LUCIANO GARCIA

Secretario de Hacienda

ANEXOS

Decreto Nº 1188/18

Magdalena, 27/07/2018

Visto

Las actuaciones obrantes en el Expediente Letra S Nº 1235/18 , referente al Llamado a Concurso de Precios para la CONTRATACION DELSERVICIO DE CONTROL SATELITAL PARA VEHÍCULOS MUNICIPALES, DEL PARTIDO DE MAGDALENA, PROVINCIA DE BUENOS AIRES”.-

Que, existe saldo disponible en la respectiva partida del Presupuesto de Gastos, por ello;

Considerando

Que, el Acto de Apertura contó con la participación de una sola (01) Empresas/Firmas del ramo: NOVIT S.A., cuya documentaciónpresentada en el Acto de Apertura reúne apropiadamente la totalidad de las exigencias del Pliego de Bases y Condiciones.

Que, visto el informe emanado por el Sr. Secretario de Hacienda Municipal a Fs. 68v donde considera que resulta conveniente a losintereses municipales la Oferta presentada por la firma mencionada.

Que, existiendo saldo favorable en la respectiva Partida Presupuestaria;

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE MAGDALENA, en uso de sus atribuciones,

D E C R E T A

ARTICULO 1º: ADJUDICASE a la Empresa/Firma NOVIT S.A. (CUIT Nº 30-70731065-7), por una suma total de PESOS DOSCIENTOS SIETEMIL CON 00/100 ($ 207.000,00) para la CONTRATACION DEL SERVICIO DE CONTROL SATELITAL PARA VEHÍCULOS MUNICIPALES, DELPARTIDO DE MAGDALENA, PROVINCIA DE BUENOS AIRES, en un todo de acuerdo a la documentación que sirvió de base para el llamado aConcurso de Precios Nº 15/18.-

Municipio de Magdalena Boletin Oficial Municipal Pag. 146

RTICULO 2º.- AFÉCTESE las erogaciones que se produzcan como consecuencia de la aplicación del Artículo Primero en la Jurisdicción9.000, Programa 01 Partida 3.9.3.0 “Servicio de Vigilancia” con Fuente de Financiamiento 110 de Origen Municipal del Presupuesto deGastos para el Ejercicio 2018.-

ARTICULO 3º: El presente Decreto será refrendado por el Señor Secretario de Hacienda Cr. Andrés L. García.-

ARTICULO 4º: Comuníquese a quienes corresponda, dése al Registro Municipal y archívese.-

Fdo.

Lic. GONZALO PELUSO

Intendente Municipal

Fdo.

Cdor. ANDRES LUCIANO GARCIA

Secretario de Hacienda

Decreto Nº 1189/18

Magdalena, 30/07/2018

Visto

Las actuaciones del Expediente Letra “V” Nº 1408/2018, mediante las cuales el Sr. VEGA GARRIDO LUCAS EZEQUIEL – CUIT: 20-41235792-3, domiciliado en calle Rincón Nº 4919 – Localidad de La Tablada (C.P: 1766) de la Provincia de Buenos Aires; en carácter detitular actual del MOTO-VEHÍCULO -Tipo Motocicleta - identificado con el Nº de Dominio 139 KOM - Marca Honda - Modelo CBX 250 – Año2014 - Motor Marca Honda Nº MC35E-E330030, Cuadro Marca Honda Nº 8CHMC3500EP005510, Cilindrada 249 c.c., solicita la baja delmismo en el Municipio de Magdalena, con motivo de transferencia y cambio de radicación a la localidad de La Tablada, Provincia de BuenosAires a partir del día 24 de Julio de 2018.

Considerando

Que se ha cumplimentado la presentación de la documentación pertinente y el pago de los tributos municipales previstos en el Capítulo XIIde la Ordenanza Fiscal e Impositiva del Municipio, hasta el año 2017 inclusive.

Que en consecuencia resulta procedente acceder a lo solicitado.

Por lo expuesto,

el INTENDENTE MUNICIPAL DE MAGDALENA, en uso de sus atribuciones.

D E C R E T A

ARTICULO 1º: Autorizar y registrar a partir de la fecha, en virtud de las razones expresadas en el exordio, la BAJA en los registros de laMunicipalidad de Magdalena del MOTO-VEHÍCULO -Tipo Motocicleta - identificado con el Dominio 139 KOM - Marca Honda - Modelo CBX250 – Año 2014 - Motor Marca Honda Nº MC35E-E330030, Cuadro Marca Honda Nº 8CHMC3500EP005510, Cilindrada 249 c.c., con motivode cambio de transferencia y cambio de radicación a la localidad de La Tablada, Provincia de Buenos Aires a partir del día 24 de Julio de2018.

ARTÍCULO 2: El presente decreto será refrendado por el Sr. Secretario de Hacienda de la Municipalidad de Magdalena.

ARTICULO 3º: Comuníquese a quienes corresponda, tomen nota las Oficinas pertinentes, dése al Registro Municipal y archívese.-

Fdo.

Lic. GONZALO PELUSO

Intendente Municipal

Fdo.

Cdor. ANDRES LUCIANO GARCIA

Municipio de Magdalena Boletin Oficial Municipal Pag. 147

Secretario de Hacienda

Decreto Nº 1190/18

Magdalena, 30/07/2018

Visto

Las actuaciones iniciadas mediante Expte. Letra J Nº 1404/18, y;

Considerando

Que, es necesario contar con Personal MENSUALIZADO OBRERO de 30 hs para que realice tareas en la DELEGACION DE MAGDALENA.

Que, es propuesto para cumplir con tales funciones el Sr. FERNANDO MILA DNI 34.044.401 legajo 1344.

Que existen vacantes para cubrir dicho cargo.

Que, el Sr. Secretario de Gobierno convalida la solicitud UT supra mencionada.

POR ELLO

El Intendente Municipal de Magdalena, en uso de sus atribuciones que le son propias

D E C R E T A

ARTICULO 1º: DESIGNASE a partir del día 23 de Julio de 2018, como Personal MENSUALIZADO OBRERO, Régimen 30 hs semanales, al Sr.FERNANDO MILA legajo 1344, en virtud de las causales expuestas en el exordio de la presente.

ARTICULO2º.- La erogación que demande el cumplimiento de lo determinado en el Art. 1º, será con afectación a la Partida 1.2.1.2.PERSONAL MENSUALIZADO, Jurisd. 6000, Prog. 01, FF 110, del Presupuesto de Gastos Vigente.-

ARTICULO 3º: El presente Decreto será refrendado por el Sr. Secretario de Gobierno, Sr. Rodolfo Tata.

ARTICULO 4º: Comuníquese a quienes corresponda, tomen nota las Oficinas pertinentes, dése al Registro Municipal y archívese.

Fdo.

Lic. GONZALO PELUSO

Intendente Municipal

Fdo.

Dn. RODOLFO SALOMON TATA

Secretario de Gobierno

Decreto Nº 1191/18

Magdalena, 30/07/2018

Visto

La Resolución emanada del Ministerio de Gobierno de la Provincia de Buenos Aires, en la cual se establecen los feriados en varios partidosy localidades; y,

Considerando

Que, en las misma se declarara día NO LABORABLE para la Administración Pública Municipal de la localidad de B. Bavio el día 14 de Agostodel presente año, con motivo de celebrarse las Fiestas relativas a la Fundación de la localidad citada.

POR ELLO

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE MAGDALENA, en uso de sus atribuciones que les son propias

DECRETA

ARTICULO 1º: Declarar día NO LABORABLE para la Administración Pública Municipal en la localidad de B. Bavio, el día 14 de Agosto delaño en curso, con motivo de celebrarse las Festividades de Fundación de la localidad.

Municipio de Magdalena Boletin Oficial Municipal Pag. 148

ARTICULO 2º: Se deberán prever las guardias en los Centros Asistenciales correspondientes

ARTICULO 3º: El presente DECRETO será refrendado por el Sr. Secretario de Gobierno, Sr. Rodolfo Tata.

ARTICULO 4º: Comuníquese a quienes corresponda, tomen nota las oficinas pertinentes, dése al registro Municipal y archívese.

Fdo.

Lic. GONZALO PELUSO

Intendente Municipal

Fdo.

Dn. RODOLFO SALOMON TATA

Secretario de Gobierno

Decreto Nº 1192/18

Magdalena, 30/07/2018

Visto

La Resolución emanada del Ministerio de Gobierno de la Provincia de Buenos Aires, y;

Considerando

Que, en las misma se declara día NO LABORABLE para la Administración Pública Municipal de la localidad de Atalaya el día 30 de agostodel presente año, con motivo de celebrarse las Fiestas Patronales de la localidad citada.

POR ELLO

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE MAGDALENA, en uso de sus atribuciones que les son propias

DECRETA

ARTICULO 1º: Declarar día NO LABORABLE para la Administración Pública Municipal en la localidad de Atalaya, el día Lunes 30 de agostodel año en curso, con motivo de celebrarse las Festividades Patronales de la localidad.

ARTICULO 2º: Se deberán prever las guardias en los Centros Asistenciales correspondientes.

ARTICULO 3º: El presente DECRETO será refrendado por el Sr. Secretario de Gobierno, Sr. Rodolfo Tata.

ARTICULO 4º: Comuníquese a quien corresponda, tomen nota las oficinas pertinentes, dése al registro Municipal y archívese.

Fdo.

Lic. GONZALO PELUSO

Intendente Municipal

Fdo.

Dn. RODOLFO SALOMON TATA

Secretario de Gobierno

Decreto Nº 1193/18

Magdalena, 30/07/2018

Visto

El Expte. Letra S nº 1310/18, mediante el cual se tramita la contratación de una Empresa para realizar el servicio de mantenimiento decorte de pasto y limpieza de zanjas en el ejido urbano de las localidades de Magdalena, Atalaya, Bavio, desarrollando dichas tareas enzonas de acceso a empalme Magdalena, plazas y espacios verdes, terminal de ómnibus, mantenimiento de zanjas, canales y desmalezadoen balnearios de Magdalena, Atalaya y localidades de Vieytes, Arditi y Los Naranjos, y

Considerando

Que, el día 24 de JULIO del corriente año ha sido suscripto contrato con la Firma COOPRATIVA DE TRABAJO LOS TOLDOS LTDA,representada por el Sr. JARA JORGE GASTON – D.N.I. 25.476.212, por un monto mensual de PESOS DOSCIENTOS OCHENTA MILSEISCIENTOS SESENTA Y CINCO ($ 280.665).-

Que, deben efectuarse los trámites administrativos tendientes a la Convalidación del mismo.-

Municipio de Magdalena Boletin Oficial Municipal Pag. 149

POR ELLO:

El Intendente Municipal de Magdalena, en uso de sus atribuciones que le son propias

DECRETA

ARTICULO 1º: CONVALIDASE en la fecha el Contrato suscripto entre este Municipio y la Firma COOPERATIVA DE TRABAJO LOS TOLOS LTDA,representada por el Sr. JARA JORGE GASTON – D.N.I. 25.476.212, en virtud de las causales expuestas en el exordio de la presente.-

ARTICULO 2º: El presente Decreto será refrendado por el Secretario de Hacienda, Cdor Andres Luciano Garcia.-

ARTICULO 3º: Comuníquese a quienes corresponda, tomen nota las Oficinas pertinentes, dése al Registro Municipal y archívese.-

Fdo.

Lic. GONZALO PELUSO

Intendente Municipal

Fdo.

Cdor. ANDRES LUCIANO GARCIA

Secretario de Hacienda

Decreto Nº 1194/18

Magdalena, 30/07/2018

Visto

El Expte. Letra S nº 1311/18, mediante el cual se tramita la contratación de una Empresa para realizar el servicio de limpieza,reacondicionamiento y conservación de la vía pública, parquización de veredas, plazas, pinturas de cordones y toda tarea afín al tema endistintas zonas de las localidades de Magdalena y Bartolomé Bavio, y

Considerando

Que, el día 24 de JULIO del corriente año ha sido suscripto contrato con la Firma COOPRATIVA DE TRABAJO LOS TOLDOS LTDA,representada por el Sr. JARA JORGE GASTON – D.N.I. 25.476.212, del 01 de Julio al 31 de Diciembre del corriente por un monto mensualde PESOS CIENTO VEINTE MIL DOSCIENTOS OCHENTA Y CINCO ($ 120.285).-

Que, deben efectuarse los trámites administrativos tendientes a la Convalidación del mismo.-

POR ELLO:

El Intendente Municipal de Magdalena, en uso de sus atribuciones que le son propias

DECRETA

ARTICULO 1º: CONVALIDASE en la fecha el Contrato suscripto entre este Municipio y la Firma COOPERATIVA DE TRABAJO LOS TOLOS LTDA,representada por el Sr. JARA JORGE GASTON – D.N.I. 25.476.212, en virtud de las causales expuestas en el exordio de la presente.-

ARTICULO 2º: El presente Decreto será refrendado por el Secretario de Hacienda, Cdor Andres Luciano Garcia.-

ARTICULO 3º: Comuníquese a quienes corresponda, tomen nota las Oficinas pertinentes, dése al Registro Municipal y archívese.-

Fdo.

Lic. GONZALO PELUSO

Intendente Municipal

Fdo.

Cdor. ANDRES LUCIANO GARCIA

Secretario de Hacienda

Decreto Nº 1195/18

Magdalena, 30/07/2018

Visto

Municipio de Magdalena Boletin Oficial Municipal Pag. 150

Las actuaciones obrantes en el Expediente Letra S Nº 1272/18 , referente al Llamado a Licitación Privada para adjudicar la “ADQUISICIÓNDE UN (1) EQUIPO EMPAQUETADOR DE RAMAS PARA LA MUNICIPALIDAD DE MAGDALENA, PARTIDO DE MAGDALENA, PROVINCIA DEBUENOS AIRES”.

Que, existe saldo disponible en la respectiva partida del Presupuesto de Gastos, por ello;

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE MAGDALENA, en uso de sus atribuciones,

DECRETA

ARTICULO 1º.- LLAMASE a LICITACIÓN PRIVADA Nº 15/18, para adjudicar la “ADQUISICIÓN DE UN (1) EQUIPO EMPAQUETADOR DE RAMASPARA LA MUNICIPALIDAD DE MAGDALENA, PARTIDO DE MAGDALENA, PROVINCIA DE BUENOS AIRES”.-

ARTICULO 2º.- AFÉCTESE las erogaciones que se produzcan como consecuencia de la aplicación del Artículo Primero en la Jurisdicción5.000, Programa 20/01 Partida 4.3.1.0 “Maquinarias y Equipos de Producción” con Fuente de Financiamiento 110 de Origen Municipal delPresupuesto de Gastos para el Ejercicio 2018.-

ARTICULO 3º.- ESTIPÚLESE un PRESUPUESTO OFICIAL total de PESOS UN MILLON CUATROCIENTOS MIL CON 00/100 CVOS ($1.400.000,00.-)

ARTICULO 4º.- ESTIPÚLESE que la GARANTÍA DE PROPUESTA que será por un importe de PESOS CATORCE MIL CON 00/100 CVOS ($14.000,00.-).

ARTICULO 5º.- DETERMINASE el PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES que será por un importe de PESOS MIL CUATROCIENTOS CON 00/100CVOS ($ 1.400,00.-).

ARTICULO 6º.- DETERMINASE que el día Agosto 08 del año 2018, a la hora 10,00 se llevará a cabo el Acto de Apertura de las ofertaspresentadas.-

ARTICULO 7°.- El presente Decreto será refrendado por el Sr. Secretario de Hacienda Cr. Andrés García.-

ARTICULO 8°.- Comuníquese a quienes corresponda, dése al Registro Municipal y archívese.-

Fdo.

Lic. GONZALO PELUSO

Intendente Municipal

Fdo.

Cdor. ANDRES LUCIANO GARCIA

Secretario de Hacienda

Decreto Nº 1196/18

Magdalena, 30/07/2018

Visto

Los exptes letra D Nº 1093/18; 1099/18;1101/18 y 1104/18 referidos a la firma del Contrato de Locacion de Servicios entre laMunicipalidad de Magdalena y los Profesionales Dres CORRALES NICOLAS, LAVAGGI CAROLINA, LIC.MONROY ANDREA Y ROSSI YAMILA y

Considerando

Que el plazo de Vigencia del Contrato es de seis (6) meses calendario, desde el 01/07/18 al 31/12/18.

Que se debe efectivizar el Acto Administrativo de convalidación del mismo,

Por ello

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE MAGDALENA, en uso de sus atribuciones ,

DECRETA

ARTICULO 1º: Convalidase la firma de los contratos de Locacion de Servicios entre la Municipalidad de Magdalena y los profesionalesDres. CORRALES NICOLAS DNI nº 29.684.559; LAVAGGI CAROLINA DNI nº 21.446.082; Lic.ANDREA MONROY DNI Nº 34.404.011 yLic.YAMILA ROSSI DNI Nº 31.563.482, quienes se desempeñarán en el Hospital Santa Maria Magdalena.-

ARTÍCULO 2º: La erogación que demande el cumplimiento de lo determinado en el art. 1º será con afectación a la Jurisdicción, Programa,Actividad y Partida correspondiente del Presupuesto de Gastos Vigente.-

ARTÍCULO 3º: El presente Decreto será refrendado por el Sr. Secretario de Gobierno D. Rodolfo TATA.-

Municipio de Magdalena Boletin Oficial Municipal Pag. 151

ARTICULO 4º: Comuníquese, tomen nota las Oficinas pertinentes, dése al Registro Municipal y archivese.-

Fdo.

Lic. GONZALO PELUSO

Intendente Municipal

Fdo.

Dn. RODOLFO SALOMON TATA

Secretario de Gobierno

Decreto Nº 1197/18

Magdalena, 31/07/2018

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE MAGDALENA, en uso de sus atribuciones que le son propias

DECRETA

ARTICULO 1º: CESE en las funciones del cargo como JEFE DE PERSONAL a partir del día 31 de Julio del año 2018 al Sr. VICTOR ZAPIOLA(con D.N.I. Nº 23.366.075) Leg. Nº 1330, en virtud de las causales expuestas en el exordio de la presente.

ARTÍCULO 2º El presente Decreto será refrendado por el Sr. Secretario de Gobierno Sr. Rodolfo Tata.-

ARTICULO 3º: Comuníquese a quienes corresponda, tomen nota las Oficinas pertinentes, dése al Registro Municipal y archívese.

Fdo.

Lic. GONZALO PELUSO

Intendente Municipal

Fdo.

Dn. RODOLFO SALOMON TATA

Secretario de Gobierno

Decreto Nº 1198/18

Magdalena, 31/07/2018

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE MAGDALENA, en uso de sus atribuciones que le son propias

D E C R E T A

ARTICULO 1º: CESE en las funciones del cargo como SUB SECRETARIO GOB. OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS a partir del día 31 de Julio delaño 2018 al Sr. GUILLERMO LARES (con D.N.I. Nº 14.832.080) Leg. Nº 1383, en virtud de las causales expuestas en el exordio de lapresente.

ARTÍCULO 2º El presente Decreto será refrendado por el Sr. Secretario de Gobierno Sr. Rodolfo Tata.-

ARTICULO 3º: Comuníquese a quienes corresponda, tomen nota las Oficinas pertinentes, dése al Registro Municipal y archívese.

Fdo.

Lic. GONZALO PELUSO

Intendente Municipal

Fdo.

Dn. RODOLFO SALOMON TATA

Secretario de Gobierno

Decreto Nº 1199/18

Magdalena, 31/07/2018

Visto

Municipio de Magdalena Boletin Oficial Municipal Pag. 152

La necesidad de cubrir el Cargo de Director Administración de Salud; y,

Considerando

Que, es designado para ser nombrado para ocupar dicho cargo el Sr. VICTOR RAÚL ZAPIOLA Leg. Nº 1330.

Que, lo solicitado cuenta con el aval del Secretario de Gobierno, Sr. Rodolfo Tata, autorizando que se dicte el acto administrativo pertinente.

POR ELLO

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE MAGDALENA, en uso de sus atribuciones que le son propias

D E C R E T A

ARTICULO 1º: DESÍGNESE a partir del 01 Agosto del presente año, al Sr. VICTOR RAÚL ZAPIOLA Leg. Nº 1330, para pasar a revistarcategoría de DIRECTOR ADMINISTRADOR DE SALUD, en virtud de las causales expuestas en el exordio del presente.

ARTICULO 2º: La erogación que demande el cumplimiento de lo determinado en el Art.1º, será con afectación a la Partida, Finalidad yPrograma correspondiente del Presupuesto General de Gastos vigente.

ARTÍCULO 3º: El presente Decreto será refrendado por el Secretario de Gobierno, Sr. Rodolfo Tata.

ARTICULO 4º: Comuníquese a quienes corresponda, tomen nota las Oficinas pertinentes, dése al Registro Municipal y Archívese.

Fdo.

Lic. GONZALO PELUSO

Intendente Municipal

Fdo.

Dn. RODOLFO SALOMON TATA

Secretario de Gobierno

Decreto Nº 1200/18

Magdalena, 31/07/2018

Visto

La necesidad de cubrir el Cargo de Jefe de Personal; y,

Considerando

Que, es designado para ser nombrado para ocupar dicho cargo el Sr. GUILLERMO JAVIER LARES Leg. Nº 1383.

Que, lo solicitado cuenta con el aval del Secretario de Gobierno, Sr. Rodolfo Tata, autorizando que se dicte el acto administrativo pertinente.

POR ELLO

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE MAGDALENA, en uso de sus atribuciones que le son propias

D E C R E T A

ARTICULO 1º: DESÍGNESE a partir del 01 Agosto del presente año, al Sr. GUILLERMO JAVIER LARES Leg. Nº 1383, para pasar a revistarcategoría de JEFE DE PERSONAL, en virtud de las causales expuestas en el exordio del presente.

ARTICULO 2º: La erogación que demande el cumplimiento de lo determinado en el Art.1º, será con afectación a la Partida, Finalidad yPrograma correspondiente del Presupuesto General de Gastos vigente.

ARTÍCULO 3º: El presente Decreto será refrendado por el Secretario de Gobierno, Sr. Rodolfo Tata.

ARTICULO 4º: Comuníquese a quienes corresponda, tomen nota las Oficinas pertinentes, dése al Registro Municipal y Archívese.

Fdo.

Lic. GONZALO PELUSO

Intendente Municipal

Fdo.

Dn. RODOLFO SALOMON TATA

Secretario de Gobierno

Municipio de Magdalena Boletin Oficial Municipal Pag. 153

Decreto Nº 1201/18

Magdalena, 31/07/2018

Visto

La necesidad de cubrir el Cargo de Subsecretario de Gobierno, Obras y Servicios Públicos; y,

Considerando

Que, es designado para ser nombrado para ocupar dicho cargo el Sr. DE GREGORIO OSCAR OMAR leg Nº 756.

Que, lo solicitado cuenta con el aval del Secretario de Gobierno, Sr. Rodolfo Tata, autorizando que se dicte el acto administrativo pertinente.

El Intendente Municipal en uso de sus facultades, que le son propias

DECRETA

Artículo 1º: Desígnese a partir del día 1 de Agosto de 2018 como subsecretario de Gobierno, Obras y Servicios Públicos al Sr De GregorioOscar Omar leg Nº 756.-

ARTICULO 3º: El presente Decreto será refrendado por el Sr. Secretario de Gobierno, Rodolfo Tata.

ARTICULO 4º: Comuníquese a quienes corresponda, tomen nota las Oficinas pertinentes, dése al Registro Municipal y Archívese.

Fdo.

Lic. GONZALO PELUSO

Intendente Municipal

Fdo.

Dn. RODOLFO SALOMON TATA

Secretario de Gobierno

Decreto Nº 1202/18

Magdalena, 31/07/2018

Visto

La solicitud efectuada por la Sra. Stele Sandra

Que tramita por expediente 1295/18

Referida a la escrituración del bien inmueble a través de la Ley 10830.

Considerando

Que la regularización dominial mencionada se caracteriza por su carácter de interés social, derivado de la situación socio económico dela familia afectada,

Que en tal virtud, se halla encuadrada en las previsiones de la Ley 10830, artículos 2º y 4º.inciso d)

Por ello, en uso de las atribuciones que le son propias,

El Intendente Municipal de Magdalena,

DECRETA

Articulo 1º: Declares de interés social, la regularización dominial del inmueble designado catastralmente como: CIRC: VI Secc: A Maz .16Parc.11 Partida 28678 ubicado en la localidad de Magdalena, partido del mismo nombre.

Artículo 2º: Requiérase la intervención de la Escribanía General de Gobierno de la Pcia de Buenos Aires, a los fines del otorgamiento de losactos notariales correspondientes a favor de Sandra Viviana Stele DNI: 17.816.401, conforme con lo previsto por los articulo 2º y 4ºinciso d) de la Ley 10830.

Articulo 3º: El presente Decreto será refrenado por el Secretario de Gobierno.

Articulo 4º:Comuníquese, tomen nota las oficinas pertinentes, dese al Registro Municipal y archívese.

Fdo.

Municipio de Magdalena Boletin Oficial Municipal Pag. 154

Lic. GONZALO PELUSO

Intendente Municipal

Fdo.

Dn. RODOLFO SALOMON TATA

Secretario de Gobierno

Decreto Nº 1203/18

Magdalena, 31/07/2018

Visto

El Expte. Letra S nº 2143/17 – ANEXO 1, mediante el cual se tramita la MANO DE OBRA MATERIALES Y EQUIPOS PARA LA TERMINACION DELA REMODELACION Y RESTAURACION DEL CLUB 22 DE JULIO DE LA LOCALIDAD DE MAGDALENA, y

Considerando

Que, el día 09 de MARZO del corriente año ha sido suscripto contrato con la Firma KUBIKA TITACEC S.A representada por el Sr. Cecotti,Juan Pablo, DNI 22.851.766 por un monto total de PESOS DOS MILLONES OCHOCIENTOS NOVENTA Y SEIS MIL OCHOCIENTOS CINCUENTA(2.896.850,00).-

Que, ha sido emitido el Certificado Nº 04 por un monto de PESOS CIENTO OCHENTA Y TRES MIL QUINIENTOS ($ 183.500).-

Que, debe procederse al descuento de Anticipo Financiero por un monto de Pesos DIECIOCHO MIL TRESCIENTOS CINCUENTA ($ 18.350).-

Que, el presente Certificado ha sido afianzado por Póliza de Caución nº 835.216 de SUSTITUCION DE FONDO DE REPARO, por un montode PESOS CIENTO DOS MIL QUINIENTOS VEINTE ($102.520).-

POR ELLO

El Intendente Municipal de Magdalena, en uso de sus atribuciones que le son propias

DECRETA

ARTICULO 1º: Líbrese Orden de Pago a la Firma KUBIKA TITACEC S.A representada por el Sr. Cecotti, Juan Pablo, DNI 22.851.766, por unmonto de PESOS CIENTO SESENTA Y CINCO MIL CIENTO CINCUENTA ($165.150), en virtud de las causales expuestas en el exordio de lapresente.-

ARTICULO 2º: Las erogaciones que se determinen del Artículo anterior, serán tomadas de la Jurisdicción: 5.000 - Partida 4.2.1.0, "CONSTRUCCION EN BIENES DE DOMINIO PRIVADO" - PROGRAMA 23 - PROYECTO 56, FUENTE FINANCIAMIENTO: 132, del Presupuesto deGastos vigente.-

ARTICULO 3º: El presente Decreto será refrendado por el Sr. Secretario de Hacienda, Cdor. ANDRES LUCIANO GARCIA.-

ARTICULO 4º: Comuníquese a quienes corresponda, tomen nota las Oficinas pertinentes, dése al Registro Municipal y archívese.

Fdo.

Lic. GONZALO PELUSO

Intendente Municipal

Fdo.

Cdor. ANDRES LUCIANO GARCIA

Secretario de Hacienda

Decreto Nº 1204/18

Magdalena, 31/07/2018

Visto

Visto el Expediente Letra D Nº 1406/18 referente a la Inauguración del Edificio del Jardin nº 910 del Paraje “La Clelia” a realizarse el día 3 de agosto próximo , solicitando que sea declarado de Interés Municipal todas las acciones en relación al mismo, y,

Considerando

Que hay que tener en cuenta que es la Primera Vez que se realiza este tipo de obra por Administración Municipal siendo uno de los

Municipio de Magdalena Boletin Oficial Municipal Pag. 155

objetivos fundamentales contribuir al crecimiento educativo de la región,

EL INTENDENTE MUNICIPAL de MAGDALENA en uso de sus atribuciones

D E C R E T A

ARTICULO 1º: Declárese de INTERES MUNICIPAL todas las acciones en relación a la “INAUGURACION DEL EDIFICIO DEL JARDIN Nº910”Paraje La Clelia, a realizarse el día 3 de agosto próximo en el citado Paraje.-

ARTÍCULO 2º: En virtud de lo establecido en el art. anterior, los gastos a cargo del Municipio serán tomados de la Partida correspondiente.-

ARTICULO 3º: El presente Decreto será refrendado por el Sr. Secretario de Gobierno D. Rodolfo S. TATA.-

ARTICULO 4º: Comuníquese, tomen nota las Oficinas pertinentes, dese al Registro Municipal y Archívese.-

Fdo.

Lic. GONZALO PELUSO

Intendente Municipal

Fdo.

Dn. RODOLFO SALOMON TATA

Secretario de Gobierno

Decreto Nº 1205/18

Magdalena, 31/07/2018

Visto

Las actuaciones del expediente Letra R Número 1352/18 mediante las cuales MARÍA VERÓNICA REMORINI Y CARLOS ALBERTOBAROUILLE SOCIEDAD LEY 19550 CAP. I SECC. IV – C.U.I.T: 30-71563126-8 solicita el cambio de titularidad a favor de CARLOS ALBERTOBAROUILLE – CUIT 20-30834952-8 a partir del día 1º de Julio de 2018, del comercio habilitado por Legajo 62292 de fecha 17 de agosto de2017 cuya actividad es TALLER GRAFICO Y DE DISEÑO , ubicado en ADORINO MARIANI 820 de la ciudad de Magdalena y,

Considerando

Las intervenciones e informes al respecto de las distintas dependencias municipales que aconsejan hacer lugar a lo solicitado, en virtudde haberse cumplimentado los requisitos establecidos en la normativa vigente.

Por todo ello

El INTENDENTE MUNICIPAL DE MAGDALENA, en uso de sus atribuciones

DECRETA

Artículo 1º: Autorizar y registrar a partir del 1 de julio de 2018, el cambio de titularidad del comercio habilitado a nombre de MARÍAVERÓNICA REMORINI Y CARLOS ALBERTO BAROUILLE SOCIEDAD LEY 19550 CAP. I SECC. IV – C.U.I.T: 30-71563126-8 , Legajo MunicipalNº 62292 a favor de CARLOS ALBERTO BAROUILLE – CUIT 20-30834952-8 , cuya actividad es TALLER GRAFICO Y DE DISEÑO (Código deactividad 34-000-02), sito en el inmueble designado catastralmente como: Circunscripción I; Sección B, Manzana 187, Parcela 3e, PartidaInmobiliaria Nº 4220, ubicado en calle ADORINO MARIANI 820 de la ciudad de Magdalena.

Artículo 2º: La presente Resolución será refrendada por el Señor Secretario de Gobierno de la Municipalidad de Magdalena.

Artículo 3º Comuníquese a quienes corresponda, tomen nota las oficinas pertinentes, dese al registro municipal y archívese.

Fdo.

Lic. GONZALO PELUSO

Intendente Municipal

Fdo.

Dn. RODOLFO SALOMON TATA

Secretario de Gobierno

Decreto Nº 1206/18

Magdalena, 31/07/2018

Municipio de Magdalena Boletin Oficial Municipal Pag. 156

Visto

La nota presentada por la Dirección de Cultura y Prensa, obrante a fs. 1 del Expte. Letra D Nº 1420/18, mediante la cual solicita seaDeclarado de Interés Municipal todas las acciones en relación al “ 117º ANIVERSARIO DE BARTOLOME BAVIO”, que se llevara a cabo eldía 20 de Agosto del corriente en la localidad de Bavio,

Para la realización de este evento se requiere la contratación de Servicio de sonido, Iluminación, Publicidad, Espectáculo artistico ycatering,

Por ello

EL INTENDENTE MUNICIPAL de MAGDALENA en uso de sus atribuciones

DECRETA

ARTICULO 1º: Declárese de INTERES MUNICIPAL todas las acciones en relación a al “117º ANIVERSARIO DE BARTOLOME BAVIO”, a llevarsea cabo el día 20 de Agosto en la localidad de Bavio.-

ARTÍCULO 2º: En virtud de lo establecido en el art. anterior, los gastos a cargo del Municipio serán tomados de la Partida correspondiente.-

ARTICULO 3º: El presente Decreto será refrendado por el Sr. Secretario de Gobierno D. Rodolfo S. TATA.-

ARTICULO 4º: Comuníquese, tomen nota las Oficinas pertinentes, dese al Registro Municipal y Archívese.-

Fdo.

Lic. GONZALO PELUSO

Intendente Municipal

Fdo.

Dn. RODOLFO SALOMON TATA

Secretario de Gobierno

Decreto Nº 1207/18

Magdalena, 31/07/2018

Visto

La nota presentada por la Dirección de Cultura y Prensa, obrante a fs. 1 del Expte. Letra D Nº 1419/18, mediante la cual solicita seaDeclarado de Interés Municipal todas las acciones en relación al “DIA DEL NIÑO 2018”, que se llevara a cabo durante el mes de Agostodel corriente en el Partido de Magdalena,

Para la realización de este evento se requiere la contratación de Servicio de sonido, Iluminación, Publicidad, Espectáculo artístico ycatering,

Por ello

EL INTENDENTE MUNICIPAL de MAGDALENA en uso de sus atribuciones

DECRETA

ARTICULO 1º: Declárese de INTERES MUNICIPAL todas las acciones en relación a al “DIA DEL NIÑO 2018”, a llevarse a cabo durante el mesde Agosto en el Partido de Magdalena.-

ARTÍCULO 2º: En virtud de lo establecido en el art. anterior, los gastos a cargo del Municipio serán tomados de la Partida correspondiente.-

ARTICULO 3º: El presente Decreto será refrendado por el Sr. Secretario de Gobierno D. Rodolfo S. TATA.-

ARTICULO 4º: Comuníquese, tomen nota las Oficinas pertinentes, dese al Registro Municipal y Archívese.-

Fdo.

Lic. GONZALO PELUSO

Intendente Municipal

Fdo.

Dn. RODOLFO SALOMON TATA

Secretario de Gobierno

Municipio de Magdalena Boletin Oficial Municipal Pag. 157

Decreto Nº 1208/18

Magdalena, 31/07/2018

Visto

La nota presentada por la Dirección de Cultura y Prensa, obrante a fs. 1 del Expte. Letra D Nº 1418/18, mediante la cual solicita seaDeclarado de Interés Municipal todas las acciones en relación al evento “RURAL BIKE MAGDALENA”, que se llevara a cabo el día 05 deAgosto próximo en nuestra ciudad, el que congregara a mas de 300 competidores que estarán visitando Magdalena,

Que la misma será coordinada por competidores locales, teniendo como punto de concentración largada y llegada el espacio del Parque dela Memoria,

Que esta actividad es propicia para potenciar y desarrollar la actividad turística del Distrito,

Por ello

EL INTENDENTE MUNICIPAL de MAGDALENA en uso de sus atribuciones

DECRETA

ARTICULO 1º: Declárese de INTERES MUNICIPAL todas las acciones en relación al EVENTO “RURAL BIKE MAGDALENA”, que se llevara acabo el día 05 de Agosto del corriente, en nuestra localidad.-

ARTÍCULO 2º: En virtud de lo establecido en el art. anterior, los gastos a cargo del Municipio serán tomados de la Partida correspondiente.-

ARTICULO 3º: El presente Decreto será refrendado por el Sr. Secretario de Gobierno D. Rodolfo S. TATA.-

ARTICULO 4º: Comuníquese, tomen nota las Oficinas pertinentes, dese al Registro Municipal y Archívese.-

Fdo.

Lic. GONZALO PELUSO

Intendente Municipal

Fdo.

Dn. RODOLFO SALOMON TATA

Secretario de Gobierno

Decreto Nº 1209/18

Magdalena, 01/08/2018

Visto

El Expte. Letra D nº 641/17, mediante el cual se tramita el alquiler del Predio de Disposición final de residuos no tradicionales en lalocalidad de Bartolomé Bavio, y

Considerando

Que, el día 01 de JULIO del año 2017 ha sido suscripto contrato con la Firma del Sr. MARCO ANTONIO CHIODI – D.N.I. 28.273.698, y la Sra.VERONICA SOLEDAD CHIODI – D.N.I. nº 26.351.468, en representación de los Sres. Rogelio Chiodi y José Ricardo Chiodi, por un monto totalde $ 7.007 (PRIMER AÑO) – $ 8.410 (SEGUNDO AÑO) y $ 9.250 (TERCER AÑO), con vencimiento el día 31 de MARZO DE 2020.-

Que, mediante Ordenanza nº 3.407/17, se Autoriza al Sr. Intendente Municipal a suscribir dicho contrato.-

Que, ha sido suscripta la Certificación correspondiente al mes de JULIO del corriente año a la firma VERONICA SOLEDAD CHIODI.-

POR ELLO

El Intendente Municipal de Magdalena, en uso de sus atribuciones que le son propias

DECRETA

ARTICULO 1º: LIBRESE Orden de Pago a la Sra. VERONICA SOLEDAD CHIODI – D.N.I. nº 26.351.468, por un monto de PESOS CUATRO MIL

Municipio de Magdalena Boletin Oficial Municipal Pag. 158

DOSCIENTOS CINCO ($4.205,00), en virtud de las causales expuestas en el exordio de la presente.-

ARTICULO 2º: El presente Decreto será refrendado por el Sr. Secretario de Hacienda, Cdor. ANDRES LUCIANO GARCIA.-

ARTICULO 3º: Comuníquese a quienes corresponda, tomen nota las Oficinas pertinentes, dése al Registro Municipal y archívese.-

Fdo.

Lic. GONZALO PELUSO

Intendente Municipal

Fdo.

Cdor. ANDRES LUCIANO GARCIA

Secretario de Hacienda

Decreto Nº 1210/18

Magdalena, 01/08/2018

Visto

El Expte. Letra S nº 1310/18, mediante el cual se tramita el Servicio de Mantenimiento en vía pública, corte de pasto, limpieza,desmalezamiento, acondicionamiento de veredas, limpieza de zanjas en Ejido Urbano de la localidad de Magdalena, Atalaya, Bavio yBalnearios municipales, y

Considerando

Que, el día 24 de JULIO del corriente año ha sido suscripto contrato con la COOPERATIVA LOS TOLDOS LTDA con su representante Sr. JARAJORGE GASTON. D.N.I. 25.476.212, por el período comprendido entre el 01 de JULIO al 31 de DICIEMBRE de 2018 por un monto mensual depesos doscientos ochenta mil seiscientos sesenta y cinco.-

Que, ha sido emitido el Certificado correspondiente al mes de JULIO del año 2018, debiéndose proceder a su liquidación respectiva.-

POR ELLO:

El Intendente Municipal de Magdalena, en uso de sus atribuciones que le son propias

DECRETA

ARTICULO 1º: LIBRESE Orden de Pago a la COOPERATIVA LOS TOLDOS LTDA con su representante Sr. JARA JORGE GASTON. D.N.I.25.476.212, por un monto de PESOS DOSCIENTOS OCHENTA MIL SEISCIENTOS SESENTA Y CICO ($280.665), en virtud de las causalesexpuestas en el exordio de la presente.-

ARTICULO 2º: Las erogaciones que demanden el cumplimiento de lo determinado precedentemente, serán afectadas a la Jurisdicción5.000 - Partida 3.3.9.0 “Otros Servicios de Mantenimiento, reparación y limpieza” – Programa 20.01 del Presupuesto de gastos vigente,Fuente de Financiamiento 110.-

ARTICULO 3º: El presente Decreto será refrendado por el Sr. Secretario de Hacienda, Cdor. ANDRES LUCIANO GARCIA.-

ARTICULO 4º: Comuníquese a quienes corresponda, tomen nota las Oficinas pertinentes, dése al Registro Municipal y archívese.

Fdo.

Lic. GONZALO PELUSO

Intendente Municipal

Fdo.

Cdor. ANDRES LUCIANO GARCIA

Secretario de Hacienda

Municipio de Magdalena Boletin Oficial Municipal Pag. 159

Decreto Nº 1211/18

Magdalena, 01/08/2018

Visto

El Expte. Letra S nº 1311/18, mediante el cual se tramita el Servicio de Limpieza, reacondicionamiento y conservación de la Vía Pública,parquización de veredas, plazas, pinturas de cordones y toda tarea a fin en distintas zonas de las localidades de Magdalena y BartoloméBavio, y

Considerando

Que, el día 24 de Julio del corriente año ha sido suscripto contrato con la COOPERATIVA LOS TOLDOS LTDA con su representante Sr. JARAJORGE GASTON . D.N.I. 25.476.212, por el período comprendido entre el 01 de JULIO al 31 de DICIEMBRE de 2018.-

Que, ha sido emitido el Certificado correspondiente al mes de JULIO del año 2018, debiéndose proceder a su liquidación respectiva.-

POR ELLO:

El Intendente Municipal de Magdalena, en uso de sus atribuciones que le son propias

DECRETA

ARTICULO 1º: LIBRESE Orden de Pago a la COOPERATIVA LOS TOLDOS LTDA con su representante Sr. JARA JORGE GASTON . D.N.I.25.476.212, por un monto de PESOS CIENTO VEINTE MIL DOSCIENTOS OCHENTA Y CINCO ($ 120.285), en virtud de las causales expuestasen el exordio de la presente.-

ARTICULO 2º: Las erogaciones que demanden el cumplimiento de lo determinado precedentemente, serán afectadas a la Jurisdicción5.000 - Partida 3.3.9.0 “Otros Servicios de Mantenimiento, reparación y limpieza” – Programa 20.01 del Presupuesto de gastos vigente,Fuente de Financiamiento 110.-

ARTICULO 3º: El presente Decreto será refrendada por el Sr. Secretario de Hacienda, Cdor. ANDRES GARCIA.-

Fdo.

Lic. GONZALO PELUSO

Intendente Municipal

Fdo.

Cdor. ANDRES LUCIANO GARCIA

Secretario de Hacienda

ARTICULO 4º: Comuníquese a quienes corresponda, tomen nota las Oficinas ----------------------pertinentes, dése al Registro Municipal y archívese.

Decreto Nº 1212/18

Magdalena, 01/08/2018

Visto

Las actuaciones obrantes en el Expte. Letra D nº 1.401/17, referente al Servicio de Recolección de residuos domiciliarios en la localidad deMagdalena, Atalaya, Balnearios y alrededores, y

Considerando

Que, a tal fin ha sido suscripto con fecha 25 de OCTUBRE del año 2.017, Prorroga de contrato con la Firma COOPERATIVA DE TRABAJO LOSTOLDOS LTDA., siendo su representante el Sr. NADAL MARTIN F – D.N.I. 20.507.561, a partir del 01 de OCTUBRE del 2017 por el término de1 (un) año, por un monto mensual de PESOS TRESCIENTOS VEINTIUN MIL TRESCIENTOS NOVENTA Y CINCO ($ 321.395,00) en períodoINVERNAL y TRESCIENTOS TREINTA Y SEIS MIL SETECIENTOS NOVENTA Y CINCO ($ 336.795,00) en período ESTIVAL.-

Que, ha sido emitido Certificado 10/12, correspondiente al mes de JULIO de 2018, debiéndose proceder a su liquidación respectiva.-

POR ELLO:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE MAGDALENA, en uso de sus atribuciones,

Municipio de Magdalena Boletin Oficial Municipal Pag. 160

DECRETA

ARTICULO 1º: LIBRESE Orden de Pago a la COOPERATIVA DE TRABAJO LOS TOLDOS LTDA., siendo su representante el Sr. NADALMARTIN F – D.N.I. 20.507.561, por un monto de PESOS TRESCIENTOS VEINTIUN MIL TRESCIENTOS NOVENTA Y CINCO ($ 321.395,00) deacuerdo a los considerandos de la presente.-

ARTICULO 2º: Las erogaciones que demanden el cumplimiento de lo determinado precedentemente, serán afectadas a la Jurisdicción5.000 - Partida 3.3.9.0 “Otros Servicios de Mantenimiento, reparación y limpieza” – Programa 20.02 del Presupuesto de gastos vigente,Fuente de Financiamiento 110.-

ARTICULO 3º: El presente Decreto será refrendado por el Sr. Secretario de Hacienda, Cdor. ANDRES L. GARCIA.-

ARTICULO 4º: Comuníquese a quiénes corresponda, tomen nota las Oficinas pertinentes, dése al Registro Municipal y archívese.-

Fdo.

Lic. GONZALO PELUSO

Intendente Municipal

Fdo.

Cdor. ANDRES LUCIANO GARCIA

Secretario de Hacienda

Decreto Nº 1213/18

Magdalena, 01/08/2018

Visto

Las actuaciones obrantes en el Expte. Letra D Nº 1.916/17, por el cual se tramita la contratación del servicio de Recolección deResiduos domiciliarios en la localidad de Bartolomé Bavio, Los Naranjos y el Pino, y

Considerando

Que, en tal sentido con fecha 11 de DICIEMBRE de 2.016 se ha suscripto contrato con la Firma del Sr. JOSE RICARDO CHIODI D.N.I.14.248.673, por un monto mensual de Pesos OCHENTA Y SEIS MIL CUATROCIENTOS CINCUENTA Y CINCO ($ 86.455,00), a partir del 21 deOCTUBRE de 2017, y por el término de 1 (un) año.-

Que, ha sido emitido Certificado correspondiente al Mes de JULIO 2018, debiéndose proceder a su liquidación pertinente.-

POR ELLO

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE MAGDALENA, en uso de sus atribuciones,

DECRETA

ARTICULO 1º: LIBRESE Orden de Pago a la firma JOSE RICARDO CHIODI D.N.I. 14.248.673, por un monto de PESOS OCHENTA Y SEIS MILCUATROCIENTOS CINCUENTA Y CINCO ($86.455,00), en el marco de los considerandos de la presente.-

ARTICULO 2º: Las erogaciones que se determinen del Artículo Primero, serán tomadas de la Jurisdicción: 5.000 – Programa 20-02 –Partida 3.3.9.0. – Otros Servicios de Mantenimiento, Reparación y Limpieza – Fuente de Financiamiento: 110, del Presupuesto de Gastospertinente.-

ARTICULO 3º: El presente Decreto será refrendado por el Secretario de Hacienda, Cdor. ANDRES L. GARCIA.-

ARTICULO 4º: Comuníquese a quiénes corresponda, dése las actuaciones al Registro Municipal y archívese.-

Fdo.

Lic. GONZALO PELUSO

Intendente Municipal

Fdo.

Cdor. ANDRES LUCIANO GARCIA

Municipio de Magdalena Boletin Oficial Municipal Pag. 161

Secretario de Hacienda

Decreto Nº 1214/18

Magdalena, 01/08/2018

Visto

Las actuaciones obrantes en el Expte. Letra D Nº 1.928/17, por el cual se tramita Prórroga del Contrato de Servicio de Barrido delaterales de Cordones Cuneta en la localidad de Magdalena, y

Considerando

Que, con fecha 11 de DICIEMBRE del año 2017 se ha suscripto contrato con la Firma del Sr. JOSE RICARDO CHIODI DNI. 14.248.673, por unmonto mensual de Pesos DOS MILLONES CINCUENTA Y TRES MIL DOSCIENTOS SETENTA Y CINCO) ($ 2.053.275), a partir del 21 deOCTUBRE de 2017 por el término de 1 (UN) año.-

Que, han sido emitidos Certificado correspondiente al mes de JULIO de 2018, debiéndose proceder a su liquidación pertinente.-

POR ELLO

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE MAGDALENA, en uso de sus atribuciones,

DECRETA

ARTICULO 1º: LIBRESE Orden de Pago a la firma JOSE RICARDO CHIODI D.N.I. 14.248.673, por un monto de PESOS CIENTO SETENTA Y UNMIL CIENTO SEIS CON TRAINTA Y DOS CENTAVOS ($ 171.106,32), en el marco de los considerandos de la presente.-

ARTICULO 2º: Las erogaciones que se determinen del Artículo Primero, serán tomadas de la Jurisdicción: 5.000 – Programa 20-02 –Partida 3.3.9.0. – Otros Servicios de Mantenimiento, Reparación y Limpieza – Fuente de Financiamiento: 110, del Presupuesto de Gastospertinente.-

ARTICULO 3º: El presente Decreto será refrendado por el Secretario de Hacienda, Cdor. ANDRES LUCIANO GARCIA.-

ARTICULO 4º: Comuníquese a quiénes corresponda, dése las actuaciones al Registro Municipal y archívese.-

Fdo.

Lic. GONZALO PELUSO

Intendente Municipal

Fdo.

Cdor. ANDRES LUCIANO GARCIA

Secretario de Hacienda

Decreto Nº 1215/18

Magdalena, 01/08/2018

Visto

Los exptes letras D Nº 642/18; 620/18; 739/18; 774 /18; 753/18; 752/18; 924/18 y 2363/17; 988/18; 640/18 y 842/18, mediante los cuales se tramita la contratación de diferentes profesores para la implementación del Proyecto “Talleres Municipales” y;

Considerando

Que se ha firmado el correspondiente contrato con los siguientes profesores:

HERRERA VICTORIANA, DNI: 13.834.302 con domicilio en San Julián e/ Reconquista y San Martín, de la Localidad de B. Bavio, llevara a caboel taller de MANUALIDADES, 4 (horas) semanales, a dictarse en B. Bavio, por un monto de PESOS TRES MIL TRESCIENTOS SESENTA ($

Municipio de Magdalena Boletin Oficial Municipal Pag. 162

3.360) mensuales.-

MERCURI BUSQUED María Andrea, DNI: 36.683.090, con domicilio en la calle Dr. Pepe s/n de Bartolomé Bavio, llevara a cabo el taller dePLASTICA, a dictarse 4 horas semanales en Bartolomé Bavio, por un monto mensual de PESOS TRES MIL OCHOCIENTOS CUARENTA ($3.840) mensuales,

GALEAZZI, CELESTE DNI 33.244.879, con domicilio en calle Brenan y Las carretas de la localidad de Magdalena, llevara a cabo el taller dePLASTICA, a dictarse 9 horas semanales, por un monto de PESOS SIETE MIL QUINIENTOS SESENTA ($ 7.560) mensuales,

CASTELLI CECILIA, DNI: 26.566.606, con domicilio en la calle Goenaga esq. Gattini de Payro, llevara a cabo el taller Municipal de DANZASAFOLKLORICAS 8 horas semanales, por un monto de PESOS SIETE MIL SEISCIENTOS OCHENTA ( $7.680) mensuales,

PEREYRA ORTIZ DELVIE , DNI: 25.632.328, con domicilio en la calle La Patria 718. de Magdalena, llevara a cabo el taller Municipal deMUSICA a dictarse en Magdalena 2 horas semanales, por un monto de PESOS UN MIL NOVECIENTOS VEIN TE ( $1.920) mensuales

MORETE MARIA ELENA, DNI: 27.509.153, con domicilio en la calle 61 Nº 913 de La Plata, llevara a cabo el taller Municipal de TEATRO adictarse en Magdalena 4 horas semanales, por un monto de PESOS TRES MIL OCHOCIENTOS CUARENTA ( $3.840) mensuales

AGUERO JORGE, DNI: 17.367.382, con domicilio en la calle 11 de Septiembre de Magdalena, llevara a cabo el taller Municipal de TANGO adictarse en Magdalena 2 horas semanales, por un monto de PESOS UN MIL NOVECIENTOS VEINTE ( $1920) mensuales

DIAZ CUELLO AGUSTIN, DNI: 39.878.606, con domicilio en la calle San Martin Nº 2074 de Magdalena, llevara a cabo el taller Municipal deFOLKLORE a dictarse en Magdalena 4 horas semanales, por un monto de PESOS DOS MIL ( $2000) mensuales

ALTAMIRANO CAROLINA MATILDE, DNI: 35.502.717, con domicilio en la calle Presidente Perón nº 611 de Magdalena, llevara a cabo eltaller de TEATRO a dictarse 4 horas semanales en Magdalena, por un monto mensual de PESOS TRES MIL OCHOCIENTOS CUARENTA ($3.840) mensuales

HEREÑU, Eliseo Alfredo DNI: 10.716.322, con domicilio en Viedma Nº 1661 de la localidad de Magdalena, llevara a cabo el taller deDANZAS FOLKLORICAS 10 (DIEZ) horas semanales, es por un monto de PESOS NUEVE MIL SEISCIENTOS ($ 9.600) mensuales.-

CRUZ JONATAN, DNI: 34.333.171 con domicilio en Catamarca 234, de la Localidad de Bahia Blanca, llevara a cabo el taller de GUITARRA, 2HORAS (DOS) semanales, a dictarse en B.Bavio, por un monto de PESOS UN MIL OCHOCIENTOS ($ 1.800) mensuales.-

Que el periodo de práctica de dichos talleres a partir del 01 de Mayo al 30 de Noviembre de 2018.

Que se han emitido los certificados de Capacitación correspondientes al mes de JULIO,

Que existe saldo disponible en la Partida correspondiente,

Por ello,

EL INTENDENTE MUNICIPAL de MAGDALENA en uso de sus atribuciones

D E C R E T A

ARTICULO 1º: Líbrese Orden de Pago en concepto las clases Dictadas en el mes de JULIO 2018, a los profesores: HERRERA VICTORIANA,DNI: 13.834.302, POR UN MONTO DE PESOS TRES MIL TRESCIENTOS SESENTA ($ 3.360))mensuales; MERCURI BUSQUED María Andrea,DNI: 36.683.090, por un monto mensual de PESOS TRES MIL OCHOCIENTOS CUARENTA ($3.840)mensuales; GALEAZZI CELESTE DNI Nº33.244.879 por un monto de PESOS SIETE MIL QUINIENTOS SESENTA ($ 7.560) mensuales; CASTELLI CECILIA, DNI: 26.566.606 por unmonto de PESOS. SIETE MIL SEISCIENTOS OCHENTA ($7.680) mensuales, PEREYRA ORTIZ DELVIE, DNI: 25.632.328 por un monto de PESOSUN MIL NOVECIENTOS VEINTE ($1.920) mensuales, MORETE MARIA ELENA, DNI: 27.509.153, por un monto de PESOS TRES MILOCHOCIENTOS CUARENTA ($3.840) mensuales, AGUERO JORGE, DNI: 17.367.382, por un monto de PESOS UN MIL NOVECIENTOS VEINTE($1920) mensuales, DIAZ CUELLO AGUSTIN , DNI: 39.878.606 por un monto de PESOS DOS MIL ($2000) mensuales, ALTAMIRANO CAROLINAMATILDE, DNI: 35.502.717, por un monto de PESOS TRES MIL OCHOCIENTOS CUARENTA ($3.840) mensuales, HEREÑU ELISEO ALFREDO,DNI: 10.716.322, por un monto de PESOS NUEVE MIL SEISCIENTOS ($9.600) mensuales, CRUZ JONATAN JAVIER, DNI: 34.333.171, por unmonto de PESOS UN MIL OCHOCIENTOS (1.800) mensuales.-

ARTÍCULO 2º: La erogación que demande el cumplimiento del Artículo 1º, deberá ser tomada de la Partida 5.1.3.0. BECAS, Jurisdicción3000, Programa 30, F.F. 110 del Presupuesto de Gastos Vigente.-

ARTICULO 3º: El presente Decreto será refrendado por el Sr. Secretario de Gobierno de la Municipalidad de Magdalena.

ARTICULO 4º.- Comuníquese, tomen nota las Oficinas pertinentes, dese al Registro Municipal y Archívese.-

Fdo.

Lic. GONZALO PELUSO

Intendente Municipal

Fdo.

Dn. RODOLFO SALOMON TATA

Municipio de Magdalena Boletin Oficial Municipal Pag. 163

Secretario de Gobierno

Decreto Nº 1216/18

Magdalena, 01/08/2018

Visto

Las actuaciones del expte letra D Nº 2126/17 y el Decreto Reglamentario de Becas Nº 371/15,

Considerando

Que mediante Decreto nº 371/17 en tal sentido se le otorgo una beca deportiva al Sr. CRISTIAN REINALDO CARBALLO, por un monto dePESOS SEIS MIL QUINIENTOS ($ 6.500) mensuales, a partir del 1 de Enero y hasta el 31 de DICIEMBRE de 2018,

Que ha sido confeccionado el Certificado correspondientes al MES DE JULIO para proceder a su liquidación,

Que existe saldo disponible,

EL INTENDENTE MUNICIPAL de MAGDALENA en uso de sus atribuciones

D E C R E T A

ARTICULO 1º: LIBRESE ORDEN DE PAGO a nombre del Sr. CRISTIAN REINALDO CARBALLO, DNI: 13.770.126, por la suma de PESOS SEIS MILQUINIENTOS ($6.500’) de acuerdo a los considerandos del presente (Mes de JULIO/ 18).-

ARTÍCULO 2º: La erogación que se determina en el Art. 1º deberá ser tomada de la Jurisdicción 1110111000, Programa 28-11, EscuelaMunicipal de Deportes, Partida 5.1.3.0, Becas, FF 110 del Presupuesto de Gastos Vigente.-

ARTÍCULO 3º: El presente Decreto será refrendado por el Sr. Secretario de Gobierno de la Municipalidad de Magdalena.-

ARTICULO 4º: Comuníquese, tomen nota las Oficinas pertinentes, dese al Registro Municipal y Archívese.-

Fdo.

Lic. GONZALO PELUSO

Intendente Municipal

Fdo.

Dn. RODOLFO SALOMON TATA

Secretario de Gobierno

Decreto Nº 1217/18

Magdalena, 01/08/2018

Visto

Las actuaciones del expte letra D Nº 379/18 y el Decreto Reglamentario de Becas Nº 371/15,

Considerando

Que mediante Decreto nº 371/17 en tal sentido se le otorgo una beca deportiva al Sr. LUDUEÑA GERMAN, por un monto de PESOS TRESMIL QUINIENTOS ($ 3.500) mensuales, a partir del 1 de MARZO y hasta el 31 de DICIEMBRE de 2018,

Que ha sido confeccionado el Certificado correspondientes al MES DE JULIO para proceder a su liquidación,

Que existe saldo disponible,

Municipio de Magdalena Boletin Oficial Municipal Pag. 164

EL INTENDENTE MUNICIPAL de MAGDALENA en uso de sus atribuciones

D E C R E T A

ARTICULO 1º: LIBRESE ORDEN DE PAGO a nombre del Sr. LUDUEÑA GERMAN, DNI: 27.228.661, por la suma de PESOS TRES MILQUINIENTOS ($3.500’) de acuerdo a los considerandos del presente (Mes de JULIO/ 18).-

ARTÍCULO 2º: La erogación que se determina en el Art. 1º deberá ser tomada de la Jurisdicción 1110111000, Programa 28-11, EscuelaMunicipal de Deportes, Partida 5.1.3.0, Becas, FF 110 del Presupuesto de Gastos Vigente.-

ARTÍCULO 3º: El presente Decreto será refrendado por el Sr. Secretario de Gobierno de la Municipalidad de Magdalena.-

ARTICULO 4º: Comuníquese, tomen nota las Oficinas pertinentes, dese al Registro Municipal y Archívese.-

Fdo.

Lic. GONZALO PELUSO

Intendente Municipal

Fdo.

Dn. RODOLFO SALOMON TATA

Secretario de Gobierno

Decreto Nº 1218/18

Magdalena, 01/08/2018

Visto

El expediente letra D 1398/18, y;

Considerando

Que es intención del presente Depto. Ejecutivo que todo el personal cumpla con las normas laborales de asistencia.

Que, el no cumplimiento de las obligaciones de diligencia laboral de un agente municipal, hace pasible al personal de las siguientessanciones: llamado de atención y descuento del día correspondiente.

Que en las mismas el Sr. Andrés Castelli, Director de obras y Servicios Públicos informa sobre la conducta de la agente municipal PEREZJORGE (leg. 1154), quien se retiró de su lugar de trabajo injustificadamente (13.15 hs), antes del horario de finalización (15.00 hs) el día 16 Y20 de Julio del presente año.

Que, lo solicitado cuenta con la pertinente autorización del Sr. Secretario de Gobierno.

P O R T O D O E L L O

El SR. INTENDENTE MUNICIPAL DE MAGDALENA, en uso de sus atribuciones que les son propias

D E C R E T A

ARTICULO 1º: SANCIONESE con una medida correctiva: LLAMADO DE ATENCION al agente municipal, en virtud de las causales expuestas en elexordio del presente.

ARTÍCULO 2º: AUTORICESE al Departamento de Liquidaciones a DESCONTAR de los haberes correspondientes al mes de agosto porretirarse injustificadamente sin aviso previo y/o justificación posterior correspondiente, de su lugar de trabajo al Agente:

Leg. Nº Agente Municipal horas de DESCUENTO Fecha

1154 PEREZ JORGE3.30 HS

(TRES y TREINTA) HS16 y 20 de julio de 2018.

Municipio de Magdalena Boletin Oficial Municipal Pag. 165

ARTICULO 3º: La presente sanción se cumplirá a partir del día siguiente a la notificación de la misma, dejándose testimonio de la presenteen el Legajo Personal del agente citado.

ARTÍCULO 4º: AUTORICESE al Departamento de Liquidaciones a DESCONTAR las horas no trabajadas por el Agente mencionado en elArtículo 2., de los haberes correspondientes al mes de agosto de 2018,

ARTICULO 5º: El presente será notificado al Agente por medio de la Oficina de Personal.

ARTICULO 6º: La presente Resolución será refrendada por el Sr Secretario de Gobierno.

ARTICULO 7º: Comuníquese a quienes corresponda, tomen nota las Oficinas pertinentes, dése al registro Municipal y archívese.

Fdo.

Lic. GONZALO PELUSO

Intendente Municipal

Fdo.

Dn. RODOLFO SALOMON TATA

Secretario de Gobierno

Decreto Nº 1219/18

Magdalena, 01/08/2018

Visto

Las actuaciones iniciadas mediante Expte. Letra J Nº 1402/18, y;

Considerando

Que, es necesario contar con Personal MENSUALIZADO TECNICO de 30 hs para que realice tareas en el AREA DE OBRAS Y SERVICIOSPUBLICOS PUBLICOS.

Que, es propuesto para cumplir con tales funciones al Sr. BIANCHI MATIAS EZEQUIEL DNI 36.571.591 legajo 2505.

Que no existen vacantes para cubrir dicho cargo.

Que, el Sr. Secretario de Gobierno convalida la solicitud UT supra mencionada.

POR ELLO

El Intendente Municipal de Magdalena, en uso de sus atribuciones que le son propias

D E C R E T A

ARTICULO 1º: DESIGNASE POR INSISTENCIA a partir del día 01 de Agosto de 2018, como Personal MENSUALIZADO TECNICO, Régimen 30hs semanales, al Sr. BIANCHI MATIAS EZEQUIEL DNI 36.571.591 legajo 2505, en virtud de las causales expuestas en el exordio de lapresente.

ARTICULO2º.- La erogación que demande el cumplimiento de lo determinado en el Art. 1º, será con afectación a la Partida 1.2.1.2.PERSONAL MENSUALIZADO, Jurisd. 5000, Prog. 20, FF 110, del Presupuesto de Gastos Vigente.-

ARTICULO 3º: El presente Decreto será refrendado por el Sr. Secretario de Gobierno, Sr. Rodolfo Tata.

ARTICULO 4º: Comuníquese a quienes corresponda, tomen nota las Oficinas pertinentes, dése al Registro Municipal y archívese

Fdo.

Lic. GONZALO PELUSO

Intendente Municipal

Fdo.

Dn. RODOLFO SALOMON TATA

Secretario de Gobierno

Municipio de Magdalena Boletin Oficial Municipal Pag. 166

Decreto Nº 1220/18

Magdalena, 01/08/2018

Visto

Las actuaciones del expte letra D Nº 2127/17 y el Decreto Reglamentario de Becas Nº 371/15,

Considerando

Que mediante Contrato de Beca (fs. 15), se le otorgo una beca deportiva al Sr. CATERBETTI FRANCO, por un monto de PESOS SEIS MILQUINIENTOS ($6.500) mensuales, a partir del 1 de Enero y hasta el 31 de Diciembre de 2018,

Que ha sido confeccionado el Certificado correspondiente al mes de JULIO/18 para proceder a su liquidación,

Que NO existe partida presupuestaria,

EL INTENDENTE MUNICIPAL de MAGDALENA en uso de sus atribuciones

D E C R E T A

ARTICULO 1º: LIBRESE ORDEN DE PAGO POR INSISTENCIA a nombre del Sr. CATERBETTI FRANCO, DNI: 23.669.232, por la suma de PESOSSEIS MIL QUINIENTOS ($ 6.500) de acuerdo a los considerandos de la presente (Mes de junio/18).-

ARTÍCULO 2º: La erogación que se determina en el Art. 1º deberá ser tomada de la Jurisdicción 11000, Programa 28-11, BECAS, Partida5.1.3.0, Becas, FF 110 del Presupuesto de Gastos Vigente.-

ARTÍCULO 3º: El presente Decreto será refrendado por el Sr. Secretario de Gobierno de la Municipalidad de Magdalena.-

ARTICULO 4º: Comuníquese, tomen nota las Oficinas pertinentes, dese al Registro Municipal y Archívese.-

Fdo.

Lic. GONZALO PELUSO

Intendente Municipal

Fdo.

Dn. RODOLFO SALOMON TATA

Secretario de Gobierno

Decreto Nº 1221/18

Magdalena, 01/08/2018

Visto

El Decreto nº 862/14,

Que resulta imprescindible a tal fin procurar no perder la relación de los valores de las guardias a los que se abonan en el sistema desalud provincial;

Que debemos resolver con la mayor dinámica y flexibilidad posible la cuestión salarial en el ámbito de la prestación de servicios deguardia del sistema de salu

Que dicho objeto se alcanzará aplicando los valores contenidos en el presente decreto;

Que por lo tanto la bonificación destinada a tal objeto deberá tener la finalidad de ser un plus para alcanzar el valor de la guardia a nivelprovincial; y

Considerando

Que resulta necesario disponer la derogación del Decreto 862/14;

Por ello

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE MAGDALENA, en uso de sus atribuciones ,

D E C R E T A

Municipio de Magdalena Boletin Oficial Municipal Pag. 167

ARTICULO 1º: Establécese -ad referéndum- del Honorable Concejo Deliberante, para el Personal comprendido en la “Carrera ProfesionalHospitalaria Municipal” instaurada por la Ordenanza Municipal Nº 753/90 y sus modificatorias, que desarrolle su actividad en formapermanente o temporaria dentro del régimen de “Guardia”, y cuya prestación efectiva la cumpla a través de guardias continuas de 24 horasininterrumpidas, una “Bonificación por guardia de 24 horas ininterrumpidas” calculada sobre la suma de los conceptos “Básico Categoría” y“Bonificación Remunerativa No Bonificable” para cada una de las categorías de los Médicos de Planta y sobre el concepto “Básico Especial”para los Médicos Contratados según el siguiente detalle:

a. equivalente al 15% (quince por ciento) los días Lunes, Martes, Miércoles, Jueves y Viernes.-b. equivalente al 18% (dieciocho por ciento) los días Sábado.-c. equivalente al 21% (veintiún por ciento) los días Domingo, feriado, o día declarado ”no laborable”.-

A los efectos de determinar el hecho generador del beneficio de la bonificación fijada en los puntos b) y c), establécese que al menos elsetenta y cinco por ciento (75 %) del total del tiempo que demande el cumplimiento efectivo de cada “Guardia” deberá transcurrir dentro deldía Sábado, Domingo, feriado, o día declarado ”no laborable.

ARTICULO 2º: La bonificación prevista en el presente Decreto sólo podrá liquidarse previa certificación de las autoridades del HospitalSanta María Magdalena, y regirá para cada uno de los siguientes servicios: Pediatría, Cirugía, Clínica Médica, Ginecología, Obstetricia,Bioquímica y Guardia en Unidad Sanitaria de Bartolomé Bavio.-

Podrá exclusivamente certificarse, en forma adicional a lo anterior, media guardia por día en el servicio de Clínica Médica del Hospital,siempre que la misma sea cumplida como refuerzo efectivo de guardia de dicho servicio, en una prestación ininterrumpida de 12 horas, enel horario de 8 a 20 horas.-

ARTICULO 3º: La bonificación prevista en el presente Decreto tendrá vigencia a partir del 1º de Julio del corriente año, y se liquidará en loshaberes del mes siguiente al del efectivo cumplimiento de la guardia.-

ARTÍCULO 4º: Derógase el Decreto 862/14.-

ARTÍCULO 5º: El presente decreto será refrendado por el Sr. Secretario de Gobierno.-

ARTÍCULO 6º: Comuníquese, tomen nota las Oficinas pertinentes, dése al Registro Municipal y archívese.-

Fdo.

Lic. GONZALO PELUSO

Intendente Municipal

Fdo.

Dn. RODOLFO SALOMON TATA

Secretario de Gobierno

Decreto Nº 1222/18

Magdalena, 02/08/2018

Visto

El Decreto Nº 213/16 mediante el cual se designan Agentes Inventariadores de Primer Orden y sus Áreas de custodia,

Considerando

Que a fs. 50 del expte letra C Nº 431/16, la División de Patrimonio ha solicitado la modificación e incorporación de algunos AgentesInventariadores, teniendo en cuenta que las dependencias Municipales y dichos Agentes han dejado de cumplir por distintas razones.-

Por ello,

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE MAGDALENA, en uso de sus atribuciones ,

D E C R E T A

ARTICULO 1º: Dése de Baja del Registro Patrimonial del área de PERSONAL al Agente. VICTOR ZAPIOLA legajo Nº 1330, designando en sureemplazo al Agente LARES GUILLERMO Legajo Nº 1383, obrante a fs. 52, del expte ut- supra mencionado.--

ARTICULO 2º: Modificase el Anexo I del Decreto Nº 213/16 en lo atinente en la designación de los titulares de los registros patrimoniales dela Municipalidad de Magdalena y sus dependencias

ARTÍCULO 3º: El presente Decreto será refrendado por el Sr. Secretario de Gobierno de la Municipalidad de Magdalena.-

ARTICULO 4º: Comuníquese, tomen nota las Oficinas pertinentes, dése al Registro Municipal y archívese.-

Municipio de Magdalena Boletin Oficial Municipal Pag. 168

Fdo.

Lic. GONZALO PELUSO

Intendente Municipal

Fdo.

Dn. RODOLFO SALOMON TATA

Secretario de Gobierno

Decreto Nº 1223/18

Magdalena, 02/08/2018

Visto

Las actuaciones del expte letra R nº 1444/18 mediante el cual el Sr RAMIREZ MARCELO FABIAN DNI 18.212.298, domiciliado enel Partido de Magdalena y titular del dominio GMG136, solicita la exención del pago del Impuesto a los Automotores transferidos a losMunicipios por Ley 13010; y

Considerando

Que se trata de un vehículo modelo año 2007, comprendido en la mencionada transferencia,

Que el mismo está destinado al traslado de la titular del dominio, ya que padece una discapacidad parcial permanente según consta en elcertificado extendido por el Ministerio de Salud de la Provincia de Buenos Aires,

Que se cumplen las condiciones establecidas en el Código Fiscal de dicha jurisdicción provincial (Ley Nº 10397), Artículo 220 (texto segúnley 13450

Que de acuerdo a lo normado por el articulo 55º de la Ley 13850 (texto actualizado con las modificaciones introducidas por la Ley 14059)-a partir del mes de Enero de 2009 los Municipios a los que se les hubiese transferido y asignado el impuesto a los Automotores deconformidad a lo previsto en el Art. III de la Ley nº 13010 y concordantes posteriores, deberán resolver las solicitudes de exención deltributo presentadas por los contribuyentes respecto de los vehículos comprendidos en dicha transferencia,

Por lo expuesto

INTENDENTE MUNICIPAL de MAGDALENA en uso de sus atribuciones

D E C R E T A

ARTICULO 1º.- Otórguese por las razones expresadas en el exordio, la exención del pago del impuesto a los automotores transferidos alMunicipio por Ley 13010 al Sr RAMIREZ MARCELO FABIAN DNI Nº 18.212.298, domiciliado en el Partido de Magdalena y titular delautomotor dominio GMG136 durante el tiempo en que el mismo sea utilizado para el transporte de su hijo, que padece una discapacidadtotal permanente según consta en el certificado extendido por el Ministerio de Salud de la Provincia de Buenos Aires.- El beneficio tendrávalidez a partir de la fecha de titularidad del vehiculo obrante en el titulo.-

ARTICULO 2º.- Dejase expresamente establecido que el titular de dicho dominio tiene la obligación de comunicar a este Municipio cualquiercambio en las condiciones indicadas (transferencia del vehiculo afectado, denuncia de venta, baja por robo o destrucción total o cualquierotra causal etc) dentro de los 10 días hábiles de dicho acontecimiento.- Caso contrario, será responsable del pago del impuesto que sedevengue desde el momento en que dicho vehiculo sea desafectado de los fines que motivan la sanción de la presente.-

ARTICULO 3º.- La presente Resolución será refrendada por el Sr. Secretario de Hacienda de la Municipalidad de Magdalena. Cr AndrésGarcía.-

ARTICULO 4º.- Comuníquese a quienes corresponda, tomen nota las Oficinas pertinentes, dese al Registro Municipal y Archívese.-

Fdo.

Lic. GONZALO PELUSO

Intendente Municipal

Fdo.

Cdor. ANDRES LUCIANO GARCIA

Secretario de Hacienda

Municipio de Magdalena Boletin Oficial Municipal Pag. 169

Decreto Nº 1224/18

Magdalena, 02/08/2018

Visto

Los exptes letra D Nº 1240/18; 1247/18; 1267/18; 1277/18; 1325/18; 1353/18; 1245/18; 1238/18; referidos a la firma del Convenio deConcurrencia Profesional celebrado entre la Municipalidad de Magdalena y los profesionales Dres. VAYO JAVIER, BINOTTO MA. VICTORIA,FABREGA FERNANDO, VILLARRUBIA JESICA, ROMANO CANDELA, MEJIAS CONSUELO. MARTINEZ CRISTIAN y AVONDET LUCAS, y;

Considerando

Que el plazo de Vigencia del Convenio es de Seis (6) meses, desde el 01/07/18 al 31/12/18

Que se debe efectivizar el Acto Administrativo de convalidación del mismo,

Por ello

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE MAGDALENA, en uso de sus atribuciones ,

D E C R E T A

ARTICULO 1º: Convalidase la firma de los Convenios de Concurrencia Profesional celebrado entre la Municipalidad de Magdalena y losDres. VAYO JAVIER, DNI: 32.172.474 , BINOTTO MA. VICTORIA, DNI: 33.480.563, FABREGA FERNANDO, DNI: 25.224.187, VILLARRUBIAJESICA, DNI: 33.307.098, ROMANO CANDELA, DNI: 34.990.855, MEJIAS CONSUELO, DNI: 36.110.599, MARTINEZ CRISTIAN, DNI:32.449.441 y AVONDET LUCAS, DNI: 31.076.426, quienes se desempeñaran en el Hospital Santa Maria Magdalena.-

ARTÍCULO 2º: La erogación que demande el cumplimiento de lo determinado en el art. 1º será con afectación a la Jurisdicción, Programa,Actividad y Partida correspondiente del Presupuesto de Gastos Vigente.-

ARTÍCULO 3º: El presente Decreto será refrendado por el Sr. Secretario de Gobierno D. Rodolfo TATA.-

ARTICULO 4º: Comuníquese, tomen nota las Oficinas pertinentes, dése al Registro Municipal y archivese.-

Fdo.

Lic. GONZALO PELUSO

Intendente Municipal

Fdo.

Dn. RODOLFO SALOMON TATA

Secretario de Gobierno

Decreto Nº 1225/18

Magdalena, 02/08/2018

Visto

El expte letra D Nº 1090/18; referido a la firma del Contrato de Locacion de Servicios entre la Municipalidad de Magdalena y la Dra.BASSO GISELLE EDITH, y,

Considerando

Que el plazo de Vigencia del Contrato es de seis (6) meses, desde el 01/07/18 al 31/12/18.

Que se debe efectivizar el Acto Administrativo de convalidación del mismo,

Por ello

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE MAGDALENA, en uso de sus atribuciones ,

D E C R E T A

ARTICULO 1º: Convalidase la firma del contrato de Locacion de Servicios entre la Municipalidad de Magdalena y la Dra. BASSO GISELLEEDITH, DNI: 30.881.085, quien se desempeñará como Médico Clínico en el Hospital Santa Maria Magdalena.-

Municipio de Magdalena Boletin Oficial Municipal Pag. 170

ARTICULO 2º: La erogación que demande el cumplimiento de lo determinado en el art. 1º será con afectación a la Jurisdicción, Programa,Actividad y Partida correspondiente del Presupuesto de Gastos Vigente.-

ARTICULO 3º: El presente Decreto será refrendado por el Sr. Secretario de Gobierno D. Rodolfo S. TATA.-

ARTICULO 4º: Comuníquese, tomen nota las Oficinas pertinentes, dése al Registro Municipal y archivese.-

Fdo.

Lic. GONZALO PELUSO

Intendente Municipal

Fdo.

Dn. RODOLFO SALOMON TATA

Secretario de Gobierno

Decreto Nº 1226/18

Magdalena, 02/08/2018

Visto

La demanda de gas envasado por parte de familias de escasos recursos económicos de nuestro distrito y

Considerando

Que familias de nuestro distrito demandan ante la Dirección de Educación, Desarrollo Humano y Familia gas envasado.

Que son familias de escasos recursos económicos, que se le dificulta la adquisición de la garrafa de gas

Que la situación Socioeconómica de cada familia es corroborada por el Equipo Técnico de la Dirección de Educ. Desarrollo Humano yFamilia.

Que se hace entrega de una carga de gas x 10 kg a familias, que demandan en forma mensualmente a la Direccion de Educación, Desarrollo Humano y Familia, paliando mininamente dicha necesidad, permitiéndole de esta manera solucionar el problema de cocinar ycalefaccionarse.

Que se hace necesario realizar el acto administrativo correspondiente.

Por ello

El Sr. Intendente Municipal en uso de sus atribuciones

DECRETA

Articulo 1º: Otórguese un subsidio en especies el cual se materializa, en la entrega de una carga de gas x 10 Kg. a las familias que sedetallan en el anexo I que forma parte del presente Decreto durante el mes de Julio de acuerdo al considerando.

Articulo 2º.La Dirección de Educ. Desarrollo Humano y familia- presentara los comprobantes de la entrega del gas envasado.

Articulo 3º: El presente Decreto será refrendado por el Secretario de Hacienda.

Articulo 4º: Comuníquese registrase y, archives.

Fdo.

Lic. GONZALO PELUSO

Intendente Municipal

Fdo.

Cdor. ANDRES LUCIANO GARCIA

Secretario de Hacienda

Municipio de Magdalena Boletin Oficial Municipal Pag. 171

Decreto Nº 1227/18

Magdalena, 02/08/2018

Visto

El expte letra D Nº 1095/18; referido a la firma del Contrato de Locacion de Servicios entre la Municipalidad de Magdalena y la Dra. FAZIOKARINA, y,

Considerando

Que el plazo de Vigencia del Contrato es de seis (6) meses, desde el 01/07/18 al 31/12/18.

Que se debe efectivizar el Acto Administrativo de convalidación del mismo,

Por ello

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE MAGDALENA, en uso de sus atribuciones ,

D E C R E T A

ARTICULO 1º: Convalidase la firma del contrato de Locacion de Servicios entre la Municipalidad de Magdalena y la Dra. FAZIO KARINA,DNI: 21.430.726, quien se desempeñará en el Hospital Santa Maria Magdalena.-

ARTICULO 2º: La erogación que demande el cumplimiento de lo determinado en el art. 1º será con afectación a la Jurisdicción, Programa,Actividad y Partida correspondiente del Presupuesto de Gastos Vigente.-

ARTICULO 3º: El presente Decreto será refrendado por el Sr. Secretario de Gobierno D. Rodolfo S. TATA.-

ARTICULO 4º: Comuníquese, tomen nota las Oficinas pertinentes, dése al Registro Municipal y archivese.-

Fdo.

Lic. GONZALO PELUSO

Intendente Municipal

Fdo.

Dn. RODOLFO SALOMON TATA

Secretario de Gobierno

Decreto Nº 1228/18

Magdalena, 02/08/2018

Visto

El expte letra D Nº 1266/18; referidos a la firma del Convenio de Concurrencia Profesional celebrado entre la Municipalidad de Magdalena yla profesional Dra. VALENTE BARBARA IRENE, y;

Considerando

Que el plazo de Vigencia del Convenio es de Seis (6) meses, desde el 01/07/18 al 31/12/18.

Que se debe efectivizar el Acto Administrativo de convalidación del mismo,

Por ello

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE MAGDALENA, en uso de sus atribuciones ,

D E C R E T A

ARTICULO 1º: Convalidase la firma del Convenio de Concurrencia Profesional celebrado entre la Municipalidad de Magdalena y la Dra.VALENTE BARBARA IRENE, DNI: 31.751.294, quien se desempeñara en el Hospital Santa Maria Magdalena.-

ARTÍCULO 2º: La erogación que demande el cumplimiento de lo determinado en el art. 1º será con afectación a la Jurisdicción, Programa,Actividad y Partida correspondiente del Presupuesto de Gastos Vigente.-

Municipio de Magdalena Boletin Oficial Municipal Pag. 172

ARTÍCULO 3º: El presente Decreto será refrendado por el Sr. Secretario de Gobierno D. Rodolfo TATA.-

ARTICULO 4º: Comuníquese, tomen nota las Oficinas pertinentes, dése al Registro Municipal y archivese.-

Fdo.

Lic. GONZALO PELUSO

Intendente Municipal

Fdo.

Dn. RODOLFO SALOMON TATA

Secretario de Gobierno

Decreto Nº 1229/18

Magdalena, 02/08/2018

Visto

El expte letra D Nº 1008/18; referido a Contrato de Tenencia Precaria de un lote de terreno entre la Municipalidad de Magdalena y la Sra.DE NARDO LORENA, y

Considerando

Que a fs. 15 Y 15 vlta, de las citadas actuaciones obra copia del Contrato,

Que se debe efectivizar el Acto Administrativo de Convalidación del mismo,

Por ello

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE MAGDALENA, en uso de sus atribuciones ,

D E C R E T A

ARTICULO 1º: Convalidase la firma del Contrato de Tenencia Precaria entre la Municipalidad de Magdalena y la Sra. DE NARDO LORENA DNI Nº 25.690.610 , a quien se le entrega un terreno ubicado en la localidad de Magdalena designado catastralmente como; CIRC, II; SECC;C; MZ 52 17; Parcela 7 b, Lote 7d, según Ordenanza Nº 3511/18.-

ARTICULO 2º: El presente Decreto será refrendado por el Sr. Secretario de Gobierno D. Rodolfo Tata.-

ARTICULO 3º: Comuníquese, tomen nota las Oficinas pertinentes, dése al Registro Municipal y archivese.-

Fdo.

Lic. GONZALO PELUSO

Intendente Municipal

Fdo.

Dn. RODOLFO SALOMON TATA

Secretario de Gobierno

Decreto Nº 1230/18

Magdalena, 02/08/2018

Visto

El expte letra D Nº 999/18; referido a Contrato de Tenencia Precaria de un lote de terreno entre la Municipalidad de Magdalena y la Sra.FERRERA DORA, y

Considerando

Que a fs. 15 Y 15 vlta, de las citadas actuaciones obra copia del Contrato,

Municipio de Magdalena Boletin Oficial Municipal Pag. 173

Que se debe efectivizar el Acto Administrativo de Convalidación del mismo,

Por ello

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE MAGDALENA, en uso de sus atribuciones ,

D E C R E T A

ARTICULO 1º: Convalidase la firma del Contrato de Tenencia Precaria entre la Municipalidad de Magdalena y la Sra. FERRERA DORA DNINº 14.677.993 , a quien se le entrega un terreno ubicado en la localidad de Magdalena designado catastralmente como; CIRC, II; SECC; C; MZ52; Parcela 7 b, Lote 7c, según Ordenanza Nº 3512/18.-

ARTICULO 2º: El presente Decreto será refrendado por el Sr. Secretario de Gobierno D. Rodolfo Tata.-

ARTICULO 3º: Comuníquese, tomen nota las Oficinas pertinentes, dése al Registro Municipal y archivese.-

Fdo.

Lic. GONZALO PELUSO

Intendente Municipal

Fdo.

Dn. RODOLFO SALOMON TATA

Secretario de Gobierno

Decreto Nº 1231/18

Magdalena, 02/08/2018

Visto

El expte letra D Nº 784/18; referido a la firma del Contrato de Provisión de Oxigeno liquido celebrado entre la Municipalidad deMagdalena y la Empresa Oxxigeno S.A. y;

Considerando

Que el plazo de Vigencia del Convenio es de Seis (6) meses, desde el 01/07/18 al 31/12/18.-

Que se debe efectivizar el Acto Administrativo de convalidación del mismo,

Por ello

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE MAGDALENA, en uso de sus atribuciones ,

D E C R E T A

ARTÍCULO 1º: Convalidase la firma del Contrato de Provisión de oxigeno líquido celebrado entre la Municipalidad de Magdalena y laEmpresa Oxxigeno S.A, representada por la Sra. Panisello Claudia Alejandra, DNI: 18.299.574.-

ARTÍCULO 2º: La erogación que demande el cumplimiento de lo determinado en el art. 1º será con afectación a la Jurisdicción, Programa,Actividad y Partida correspondiente del Presupuesto de Gastos Vigente.-

ARTICULO 3º: El presente Decreto será refrendado por el Sr. Secretario de Hacienda, Cr. Andrés García.-

ARTICULO 4º: Comuníquese, tomen nota las Oficinas pertinentes, dése al Registro Municipal y archivese.-

Fdo.

Lic. GONZALO PELUSO

Intendente Municipal

Fdo.

Municipio de Magdalena Boletin Oficial Municipal Pag. 174

Cdor. ANDRES LUCIANO GARCIA

Secretario de Hacienda

Decreto Nº 1232/18

Magdalena, 02/08/2018

Visto

La nota presentada por la Dirección del Hospital, obrante a fs. 1 del Expte. Letra D Nº 1446/18, mediante la cual solicita sea Declarado deInterés Municipal todas las acciones en relación a la “COLECTA DE SANGRE”, que se llevara a cabo el día 28 de Agosto del corriente en elHospital Municipal Santa Maria Magdalena, y

Considerando

Que dicho evento se realizara en forma conjunta con alumnos del 6º grado de la Escuela Primaria Nº 12, en un proyecto de articulacióninterinstitucional que tiene como objetivo el acercamiento de los chicos a la Hemodonacion, entendiendo la misma como fundamental parasalvar vidas.

Que además, cabe destacar que la donación de sangre resulta fundamental en vistas de la incrementacion de pacientes que se realizantransfusiones en nuestro Hospital y para contribuir al Banco de Sangre de la ciudad de la Plata, que es la que nos provee de la misma encaso de necesidad.

Para la realización de este evento se requiere, folleteria y promoción.-

Por ello

EL INTENDENTE MUNICIPAL de MAGDALENA en uso de sus atribuciones

D E C R E T A

ARTICULO 1º: Declárese de INTERES MUNICIPAL todas las acciones en relación a a la “COLECTA DE SANGRE”, a llevarse a cabo el día 28 deAgosto en el Hospital Municipal Santa Maria Magdalena.-

ARTÍCULO 2º: En virtud de lo establecido en el art. anterior, los gastos a cargo del Municipio serán tomados de la Partida correspondiente.-

ARTICULO 3º: El presente Decreto será refrendado por el Sr. Secretario de Gobierno D. Rodolfo S. TATA.-

ARTICULO 4º: Comuníquese, tomen nota las Oficinas pertinentes, dese al Registro Municipal y Archívese.

Fdo.

Lic. GONZALO PELUSO

Intendente Municipal

Fdo.

Dn. RODOLFO SALOMON TATA

Secretario de Gobierno

-

Decreto Nº 1233/18

Magdalena, 02/08/2018

Visto

La Ordenanza Nº 3526/18 sancionada por el Honorable Concejo Deliberante con fecha 01 de AGOSTO del 2018,

Considerando

Municipio de Magdalena Boletin Oficial Municipal Pag. 175

Que dicha Ordenanza se refiere al Convenio suscripto por el Sr. Intendente Municipal con el Ministerio de Infraestructura y ServiciosPúblicos de la Provincia de Bs. As. relacionado a coordinar acciones conducentes a canalizar un subsidio para materializar obras deinfraestructura de jurisdicción municipal

Por ello,

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE MAGDALENA, en uso de sus atribuciones ,

D E C R E T A

ARTICULO 1º: PROMULGASE, la Ordenanza Nº 3526/18 sancionada por el Honorable Concejo Deliberante con fecha 01 de Agosto de 2018,referida al Convenio suscripto por el Sr. Intendente Municipal con el Ministerio de Infraestructura y Servicios Públicos de la Provincia de Bs.As. relacionado a coordinar acciones conducentes a canalizar un subsidio para materializar obras de infraestructura de jurisdicciónmunicipal, cuya copia obra a fs 2/4 del letra I Nº 1386/18.-

ARTICULO 2º: El presente Decreto será refrendado por el Sr. Secretario de Hacienda de la Municipalidad de Magdalena.-

ARTICULO 3º: Comuníquese, tomen nota las Oficinas pertinentes, dése al Registro Municipal y archívese.-

Fdo.

Lic. GONZALO PELUSO

Intendente Municipal

Fdo.

Cdor. ANDRES LUCIANO GARCIA

Secretario de Hacienda

Decreto Nº 1234/18

Magdalena, 02/08/2018

Visto

La Ordenanza Nº 3523/18 sancionada por el Honorable Concejo Deliberante con fecha 01 de AGOSTO del 2018,

Considerando

Que dicha ordenanza es referida a la creación del “Programa de Concientizacion, Prevención e Información sobre Problemáticas deGrooming y Ciberbulling en el Distrito de Magdalena”,y,

Por ello,

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE MAGDALENA, en uso de sus atribuciones ,

D E C R E T A

ARTICULO 1º: PROMULGASE, la Ordenanza Nº 3523/18 sancionada por el Honorable Concejo Deliberante con fecha 01 de AGOSTO del2018, referida a la creación del “Programa de Concientizacion, Prevención e Información sobre Problemáticas de Grooming y Ciberbullingen el Distrito de Magdalena”.-

ARTICULO 2º: El presente Decreto será refrendado por el Sr. Secretario de Gobierno de la Municipalidad de Magdalena.-

ARTICULO 3º: Comuníquese, tomen nota las Oficinas pertinentes, dése al Registro Municipal y archívese.-

Fdo.

Lic. GONZALO PELUSO

Intendente Municipal

Fdo.

Municipio de Magdalena Boletin Oficial Municipal Pag. 176

Dn. RODOLFO SALOMON TATA

Secretario de Gobierno

Decreto Nº 1235/18

Magdalena, 02/08/2018

Visto

La Ordenanza Nº 3524/18 sancionada por el Honorable Concejo Deliberante con fecha 01 de AGOSTO del 2018,

Considerando

Que dicha Ordenanza es referida a la adhesión en todo el Distrito de Magdalena a la Ley Nacional 26.892 “Promoción de la Convivencia y elAbordaje de la Conflictividad Social en la Instituciones Educativas”, y,

Por ello,

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE MAGDALENA, en uso de sus atribuciones ,

D E C R E T A

ARTICULO 1º: PROMULGASE, la Ordenanza Nº 3524/18 sancionada por el Honorable Concejo Deliberante con fecha 01 de AGOSTO del2018, referida a la adhesión en todo el Distrito de Magdalena a la Ley Nacional 26.892 “Promoción de la Convivencia y el Abordaje de laConflictividad Social en la Instituciones Educativas”.-

ARTICULO 2º: El presente Decreto será refrendado por el Sr. Secretario de Gobierno de la Municipalidad de Magdalena.-

ARTICULO 3º: Comuníquese, tomen nota las Oficinas pertinentes, dése al Registro Municipal y archívese.-

Fdo.

Lic. GONZALO PELUSO

Intendente Municipal

Fdo.

Dn. RODOLFO SALOMON TATA

Secretario de Gobierno

Decreto Nº 1236/18

Magdalena, 02/08/2018

Visto

La Ordenanza Nº 3525/18 sancionada por el Honorable Concejo Deliberante con fecha 01 de AGOSTO del 2018,

Considerando

Que dicha ordenanza es referida a Convalidación firma del Decreto nº 1164/18,

Por ello,

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE MAGDALENA, en uso de sus atribuciones ,

D E C R E T A

ARTICULO 1º: PROMULGASE, la Ordenanza Nº 3525/18 sancionada por el Honorable Concejo Deliberante con fecha 01 de AGOSTO del2018, referida a la Convalidación del Decreto nº 1164/18 , dictado por el Departamento Ejecutivo, referido al Contrato de Comodatosuscripto con la firma OCSA S.A..-

ARTICULO 2º: El presente Decreto será refrendado por el Sr. Secretario de Gobierno de la Municipalidad de Magdalena.-

ARTICULO 3º: Comuníquese, tomen nota las Oficinas pertinentes, dése al Registro Municipal y archívese.-

Fdo.

Municipio de Magdalena Boletin Oficial Municipal Pag. 177

Lic. GONZALO PELUSO

Intendente Municipal

Fdo.

Dn. RODOLFO SALOMON TATA

Secretario de Gobierno

Decreto Nº 1237/18

Magdalena, 02/08/2018

Visto

La Ordenanza Nº 3527/18 sancionada por el Honorable Concejo Deliberante con fecha 01 de AGOSTO del 2018

Considerando

Que dicha ordenanza es referida a Declarar de Interés Municipal la Carta de Intención para el manejo sustentable de la Reserva de BiosferaParque Costero del Sur, y,

Por ello,

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE MAGDALENA, en uso de sus atribuciones ,

D E C R E T A

ARTICULO 1º: PROMULGASE, la Ordenanza Nº 3527/18 sancionada por el Honorable Concejo Deliberante con fecha 01 de Agosto del 2018 referida a Declarar de Interés Municipal la Carta de Intención para el manejo sustentable de la Reserva de Biosfera Parque Costero delSur.-

ARTICULO 2º: El presente Decreto será refrendado por el Sr. Secretario de Gobierno de la Municipalidad de Magdalena.-

ARTICULO 3º: Comuníquese, tomen nota las Oficinas pertinentes, dése al Registro Municipal y archívese.-

Fdo.

Lic. GONZALO PELUSO

Intendente Municipal

Fdo.

Dn. RODOLFO SALOMON TATA

Secretario de Gobierno

Decreto Nº 1238/18

Magdalena, 02/08/2018

Visto

El vencimiento de las designaciones como del PERSONAL MENSUALIZADO de los Agentes Municipales, que revistan en las distintasJurisdicciones y Programas, y;

Considerando

Que, existe la necesidad de seguir contando con el citado personal, para el presente año, en las distintas áreas.

Que, el Sr. Secretario de Gobierno autoriza pertinente la renovación de las mismas para el período 01/08/2018 y hasta el 31/08/2018, delpersonal que se detalla en el Anexo 1.

Municipio de Magdalena Boletin Oficial Municipal Pag. 178

Que se autoriza la renovación con carácter de insistencia las partidas por no contar con vacante presupuestaria para el período01/08/2018 y hasta el 31/08/2018, del personal que se detalla en el anexo.

Que, lo solicitado cuenta con el aval del Sr. Secretario de Gobierno, autorizando que se dicte el acto administrativo pertinente.

POR ELLO

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE MAGDALENA, en uso de sus atribuciones que le son propias

D E C R E T A

ARTICULO 1º: RENUÉVESE CON CARÁCTER DE INSISTENCIA a partir del 01 de AGOSTO y hasta el día 31 de AGOSTO del presente año, alPERSONAL TEMPORARIO MENSUALIZADO, que se detalla en el Anexo 1, que forma parte indivisible del presente.

ARTICULO 2º: El DECRETO de renovación de la planta temporaria mensualizada podrá ser RESCINDIDO antes de su vencimiento o bien pordecisión del ejecutivo y/o cuando el trabajador dejase de cumplir las OBLIGACIONES del Art. 103 o incurriera en las PROHIBICIONES Y/OFALTAS de los Arts. 104, 106,107 y 108 de la Ley 14656.

ARTÍCULO 3º: La erogación que demande el cumplimiento de lo determinado en los Artículos precedentes, será con afectación de laPartida 1.2.1.2 -PERSONAL MENSUALIZADO – de las Jurisdicciones y Programas correspondientes del Presupuesto de Gastos vigente.

ARTICULO 4º. El presente Decreto será refrendado por el Sr. Secretario de Gobierno, Sr. Rodolfo Tata.

ARTICULO 5º: Comuníquese a quienes corresponda, tomen nota las Oficinas pertinentes, dése al Registro Municipal y archívese.-

Fdo.

Lic. GONZALO PELUSO

Intendente Municipal

Fdo.

Dn. RODOLFO SALOMON TATA

Secretario de Gobierno

ANEXOS

Decreto Nº 1239/18

Magdalena, 03/08/2018

Visto

Que con fecha13 de Marzo y 30 de Julio del corriente año La Sra.Gaimetea Patricia Y Moraño Andrea solicitan ataúdes para quien fueraen vida Gaimetea Mario y Liria Moraño y Que con fecha13 de Marzo y 30 de Julio del corriente año La Sra.Gaimetea Patricia Y MorañoAndrea solicitan ataúdes para quien fuera en vida Gaimetea Mario y Liria Moraño y

Considerando

Que la familia del fallecido no cuenta con recursos económicos que pueda solventar el gasto que demande el servicio de sepelio.

Que dicha situación socio económico se corrobora mediante informe socio-ambiental emanado de la Direccion de Educación DesarrolloHumnao Y familia.

Que los ataúdes otorgado, está destinado a las situaciones sociales, el cual se encuentra en deposito del cementerio.

Que dicha ayuda permitirá brindar una sepultura digna.

Que se hace necesario realizar el acto administrativo correspondiente.

Por ello,

El Sr. Intendente Municipal en uso de sus atribuciones

DECRETA

Articulo 1º: Otórguese un Subsidio, el que se efectivizara- mediante la entrega de un ataúd a quienes fueran en vida Gaimetea Mario yLiria Moraño de acuerdo al considerando.

Articulo 2ª: La Direccion de Educación Desarrollo Humano Y Familia presentara constancia de entrega de Ataúd.

Municipio de Magdalena Boletin Oficial Municipal Pag. 179

Articulo 3º El presente Decreto será refrendado por el Secretario de Hacienda.

Articulo: 4º Comuníquese a quienes corresponda y dese al registro Municipal y archivase.

Fdo.

Lic. GONZALO PELUSO

Intendente Municipal

Fdo.

Cdor. ANDRES LUCIANO GARCIA

Secretario de Hacienda

Decreto Nº 1240/18

Magdalena, 03/08/2018

Visto

El Expte. Letra S nº 1183/18, mediante el cual se tramita el transporte Magdalena – Atalaya, y

Considerando

Que, el día 26 de JULIO del corriente año ha sido suscripto contrato con la Firma del Sr. GUILLERMO MARTIN ROJAS – D.N.I. 21.595.130, porel término de 3 (tres) meses, del 1 de JULIO al 30 de SEPTIEMBRE de 2.018.-

Que, dado la condición de servicio público es necesaria la intervención del Honorable Concejo Deliberante, según Art. 53 de la L.O.M..-

Que, deben efectuarse los trámites administrativos tendientes a la convalidación del mismo.-

POR ELLO

El Intendente Municipal de Magdalena, en uso de sus atribuciones que le son propias

D E C R E T A

ARTICULO 1º: CONVALIDASE “AD REFERENDUM” del Honorable Concejo Deliberante el Contrato suscripto con Firma del Sr. GUILLERMOMARTIN ROJAS – D.N.I. 21.595.130, en virtud de las causales expuestas en el exordio de la presente.-

ARTICULO 2º: El presente Decreto será refrendado por el Sr. Secretario de Hacienda, Cdor. ANDRES LUCIANO GARCIA.-

ARTICULO 3º: Comuníquese a quienes corresponda, tomen nota las Oficinas pertinentes, dése al Registro Municipal y archívese.

Fdo.

Lic. GONZALO PELUSO

Intendente Municipal

Fdo.

Cdor. ANDRES LUCIANO GARCIA

Secretario de Hacienda

Decreto Nº 1241/18

Magdalena, 03/08/2018

Visto

Las actuaciones iniciadas mediante Expte. Letra C Nº 1450/18, correspondiente a la solicitud del Delegado Municipal de ATALAYA deautorizar la Baja de una Maquinaria Municipal perteneciente a su dependencia, y

Considerando

El informe de fs. 2 del Delegado Municipal de ATALAYA informa que ha quedado fuera de servicio por encontrarse en estado de abandono y

Municipio de Magdalena Boletin Oficial Municipal Pag. 180

deterioro el vehículo: MOTONIVELADORA “ASTARSA” 120-125 HP – Reg. Int. MN.10 – Nº de Inventario 1597 – Modelo 1978 , a los efectos de poder dar continuidad a la baja solicitada,

POR ELLO:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE MAGDALENA, en uso de sus atribuciones

R E S U E L V E

ARTICULO 1: Autorizase a la Oficina pertinente a efectuar los trámites necesarios para dar de baja a la Maquinaria mencionada en losconsiderando y proceder a realizar las tramitaciones correspondientes.

ARTICULO 2: El Presente Decreto será refrendada por el Sr. Secretario de Gobierno de la Municipalidad de Magdalena.

ARTICULO 3: Comuníquese a quien corresponda, tomen nota las oficinas pertinentes, dese al Registro Municipal y archívese.

Fdo.

Lic. GONZALO PELUSO

Intendente Municipal

Fdo.

Dn. RODOLFO SALOMON TATA

Secretario de Gobierno

Decreto Nº 1242/18

Magdalena, 03/08/2018

Visto

El expediente letra D 1398/18, y;

Considerando

Que es intención del presente Depto. Ejecutivo que todo el personal cumpla con las normas laborales de asistencia.

Que, el no cumplimiento de las obligaciones de diligencia laboral de un agente municipal, hace pasible al personal de las siguientessanciones: llamado de atención y descuento del día correspondiente.

Que en las mismas el Sr. Andrés Castelli, Director de obras y Servicios Públicos informa sobre la conducta de la agente municipal PEREZJORGE (leg. 1154), quien se retiró de su lugar de trabajo injustificadamente (13.15 hs), antes del horario de finalización (15.00 hs) el día 16 Y20 de Julio del presente año.

Que, lo solicitado cuenta con la pertinente autorización del Sr. Secretario de Gobierno.

P O R T O D O E L L O

El SR. INTENDENTE MUNICIPAL DE MAGDALENA, en uso de sus atribuciones que les son propias

D E C R E T A

ARTÍCULO 1º: SANCIONESE con una medida correctiva: LLAMADO DE ATENCION al agente municipal, en virtud de las causales expuestas en elexordio del presente.

ARTÍCULO 2º: AUTORICESE al Departamento de Liquidaciones a DESCONTAR de los haberes correspondientes al mes de agosto porretirarse injustificadamente sin aviso previo y/o justificación posterior correspondiente, de su lugar de trabajo al Agente:

Leg. Nº Agente Municipal horas de DESCUENTO Fecha

1154 PEREZ JORGE3.30 HS

(TRES y TREINTA) HS16 y 20 de julio de 2018.

ARTICULO 3º: La presente sanción se cumplirá a partir del día siguiente a la notificación de la misma, dejándose testimonio de la presente

Municipio de Magdalena Boletin Oficial Municipal Pag. 181

en el Legajo Personal del agente citado.

ARTÍCULO 4º: AUTORICESE al Departamento de Liquidaciones a DESCONTAR las horas no trabajadas por el Agente mencionado en elArtículo 2., de los haberes correspondientes al mes de agosto de 2018,

ARTICULO 5º: El presente será notificado al Agente por medio de la Oficina de Personal.

ARTICULO 6º: La presente Resolución será refrendada por el Sr Secretario de Gobierno.

ARTICULO 7º: Comuníquese a quienes corresponda, tomen nota las Oficinas pertinentes, dése al registro Municipal y archívese.

Fdo.

Lic. GONZALO PELUSO

Intendente Municipal

Fdo.

Dn. RODOLFO SALOMON TATA

Secretario de Gobierno

Decreto Nº 1243/18

Magdalena, 03/08/2018

Visto

el expediente 4070-16/07 interno letra “I” Nº 241/17, la Ordenanza Nº 3419/17 y el Decreto Nº 521/17 referente al préstamo contraído porel Municipio con el Banco de la Provincia de Buenos Aires; y

Considerando

que de acuerdo a la cláusula segunda de la Ordenanza consignada “ut-supra” las condiciones generales del préstamo son fijadas con unplazo de reembolso de 48 (cuarenta y ocho) meses, con 6 (seis) meses de gracia para la amortización del capital;

que con fecha 23/07/2018 el Banco de la Provincia de Buenos Aires debitó en la cuenta corriente Nº 50421/2 el importe de $ 245.518,59 enconcepto de intereses y $ 428.571,42 en concepto de capital correspondiente a la cuota Nº 8 del préstamo 330-10706807, de acuerdo conlo notificado por la entidad acreedora;

que del monto mencionado corresponde efectuar la siguiente desagregación:

Cuota Nº 08

Amortización $ 428.571,42

Intereses $ 245.518,59

que en virtud de lo señalado precedentemente es menester efectuar los trámites administrativo-contables que le otorguen el marco legalpertinente a la mencionada liquidación;

Por todo ello,

El INTENDENTE MUNICIPAL DE MAGDALENA, en uso de sus atribuciones

DECRETA

ARTICULO 1º: Líbrese Orden de Pago a favor del Banco de la Provincia de Buenos Aires (5019) por $ 245.518,59 (PESOS DOSCIENTOSCUARENTA Y CINCO MIL QUINICIENTOS DIECIOCHO CON 59/100) por las razones expuestas en el exordio. Las erogaciones serán tomadas delas Partidas 7163 INTERESES DE LA DEUDA A LARGO PLAZO “Préstamo Maquinaria BP”, correspondiente a la Jurisdicción 1110108000Secretaría de Hacienda, Programa 92 Intereses y Gastos de la Deuda del Presupuesto de Gastos vigente.

ARTICULO 2º: Líbrese Orden de Pago a favor del Banco de la Provincia de Buenos Aires (5019) por $ 428.571,42 (PESOS CUATROCIENTOSVEINTIOCHO MIL QUINIENTOS SETENTA Y UNO CON 42/100) por las razones expuestas en el exordio. Las erogaciones serán tomadas de lasPartidas 7173 AMORTIZACIÓN DE LA DEUDA A LARGO PLAZO “Préstamo Maquinaria BP”, correspondiente a la Jurisdicción 1110108000Secretaría de Hacienda, Programa 93 Deuda Consolidada del Presupuesto de Gastos vigente.

ARTICULO 3º: El presente Decreto será refrendado por el Sr. Secretario de Hacienda de la Municipalidad de Magdalena.

Municipio de Magdalena Boletin Oficial Municipal Pag. 182

ARTICULO 4º: Comuníquese, tomen nota las Oficinas pertinentes, dése al Registro Municipal y archívese.

Fdo.

Lic. GONZALO PELUSO

Intendente Municipal

Fdo.

Cdor. ANDRES LUCIANO GARCIA

Secretario de Hacienda

Decreto Nº 1244/18

Magdalena, 03/08/2018

Visto

Las actuaciones iniciadas mediante expediente Letra D nº 1424/18, y

Considerando

Que, mediante las mismas, a Fs. 1, el Agente DR. MARCELO BAUDINO Leg Nº 4367 solicita LICENCIA SIN GOCE DE HABERES, por el términode 3 (TRES) meses, a partir del 01 de Septiembre de 2018, por razones estrictamente personales.

Que lo solicitado se encuentra comprendido en el artículo 96 de la ley 14656 y en el art 60 de la ley 10430.-

Que lo solicitado cuenta con la autorización del Secretario de Gobierno.

P O R E L L O

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE MAGDALENA, en uso de sus facultades que le son propias

D E C R E T A

ARTICULO 1ro.: Otorgar a partir del 01 de Septiembre de 2018 LICENCIA SIN GOCE DE HABERES al Agente municipal DR. MARCELOBAUDINO Leg Nº 4367, por el término de 3 (TRES) MESES en virtud de lo expuesto ut-supra, debiendo reintegrarse a sus tareas el día 01de Diciembre de 2018.-

ARTICULO 2ro.: El presente Decreto será refrendado por el Sr. Secretario de Gobierno, Dn RODOLFO TATA.-

ARTICULO 3to.: Comuníquese a quienes corresponda, tomen nota las Oficinas pertinentes, dése al Registro Municipal y Archívese.-

Fdo.

Lic. GONZALO PELUSO

Intendente Municipal

Fdo.

Dn. RODOLFO SALOMON TATA

Secretario de Gobierno

Decreto Nº 1245/18

Magdalena, 03/08/2018

Visto

La nota presentada por el Sr. Director de Cultura y Prensa, obrante a fs. 2 vlta, del Expte. Letra D Nº 1442/18, mediante la cual solicita sea

Municipio de Magdalena Boletin Oficial Municipal Pag. 183

Declarado de Interés Municipal todas las acciones en relación a la “JORNADA DEL CENTRO CRISTIANO MANANTIALES DE VIDA” arealizarse el día 06 de Octubre del corriente en la localidad de Magdalena.-

Considerando

Que dicha Asociación, con más de 60 años de trayectoria en nuestro país estará realizando un trabajo que abarcara toda la ciudad.

Que tal evento incluirá propaganda previa en los distintos medios de comunicación de la ciudad, y el arribo de 400 personas que recorreránlas calles llevando un mensaje de esperanza a la población.

Que el proyecto incluye actividades recreativas para niños (títeres, payasos, juegos, etc) en los distintos espacios verdes y plazas, así comotambién visita al Hospital Municipal y a las residencias de ancianos, culminando con una reunión masiva.-

Por ello

EL INTENDENTE MUNICIPAL de MAGDALENA en uso de sus atribuciones

D E C R E T A

ARTICULO 1º: Declárese de INTERES MUNICIPAL todas las acciones en relación a la “JORNADA DEL CENTRO CRISTIANO MANANTIALES DEVIDA”, a llevarse a cabo el día 06 de Marzo del corriente en nuestras costas del Río de la Plata.-

ARTÍCULO 2º: El presente Decreto será refrendado por el Sr. Secretario de Gobierno de la Municipalidad de Magdalena.-

ARTICULO 4º: Comuníquese, tomen nota las Oficinas pertinentes, dese al Registro Municipal y Archívese.-

Fdo.

Lic. GONZALO PELUSO

Intendente Municipal

Fdo.

Dn. RODOLFO SALOMON TATA

Secretario de Gobierno

Decreto Nº 1246/18

Magdalena, 03/08/2018

Visto

El expediente letra D 1305/18, y;

Considerando

Que es intención del presente Depto. Ejecutivo que todo el personal cumpla con las normas laborales de asistencia.

Que, el no cumplimiento de las obligaciones de diligencia laboral de un agente municipal, hace pasible al personal de las siguientessanciones: llamado de atención y descuento del día correspondiente.

Que en las mismas el Sr. Andrés Castelli, Director de obras y Servicios Públicos informa sobre la conducta de la agente municipal BONILLONPABLO (leg. 1169), quien no concurrió a su lugar de trabajo el día 06 de julio de 2018 sin aviso.

Que, lo solicitado cuenta con la pertinente autorización del Sr. Secretario de Gobierno.

P O R T O D O E L L O

El SR. INTENDENTE MUNICIPAL DE MAGDALENA, en uso de sus atribuciones que les son propias

D E C R E T A

ARTICULO 1º: SANCIONESE con una medida correctiva: LLAMADO DE ATENCION al agente municipal, en virtud de las causales expuestas en elexordio del presente.

Municipio de Magdalena Boletin Oficial Municipal Pag. 184

ARTÍCULO 2º: AUTORICESE al Departamento de Liquidaciones a DESCONTAR de los haberes correspondientes al mes de agosto porretirarse injustificadamente sin aviso previo y/o justificación posterior correspondiente, de su lugar de trabajo al Agente:

Leg. Nº Agente Municipal horas de DESCUENTO Fecha

1154 PEREZ JORGE3.30 HS

(TRES y TREINTA) HS16 y 20 de julio de 2018.

ARTICULO 3º: La presente sanción se cumplirá a partir del día siguiente a la notificación de la misma, dejándose testimonio de la presenteen el Legajo Personal del agente citado.

ARTÍCULO 4º: AUTORICESE al Departamento de Liquidaciones a DESCONTAR las horas no trabajadas por el Agente mencionado en elArtículo 2., de los haberes correspondientes al mes de agosto de 2018,

ARTICULO 5º: El presente será notificado al Agente por medio de la Oficina de Personal.

ARTICULO 6º: La presente Resolución será refrendada por el Sr Secretario de Gobierno.

ARTICULO 7º: Comuníquese a quienes corresponda, tomen nota las Oficinas pertinentes, dése al registro Municipal y archívese.

Fdo.

Lic. GONZALO PELUSO

Intendente Municipal

Fdo.

Dn. RODOLFO SALOMON TATA

Secretario de Gobierno

Decreto Nº 1247/18

Magdalena, 03/08/2018

Visto

El expediente letra D 1307/18, y;

Considerando

Que es intención del presente Depto. Ejecutivo que todo el personal cumpla con las normas laborales de asistencia.

Que, el no cumplimiento de las obligaciones de diligencia laboral de un agente municipal, hace pasible al personal de las siguientessanciones: llamado de atención y descuento del día correspondiente.

Que en las mismas el Sr. Andrés Castelli, Director de obras y Servicios Públicos informa sobre la conducta de la agente municipal WALASZEKMIGUEL (leg. 2394), quien no concurrió a su lugar de trabajo el día 05 de julio de 2018 sin aviso.

Que, lo solicitado cuenta con la pertinente autorización del Sr. Secretario de Gobierno.

P O R T O D O E L L O

El SR. INTENDENTE MUNICIPAL DE MAGDALENA, en uso de sus atribuciones que les son propias

D E C R E T A

ARTICULO 1º: SANCIONESE con una medida correctiva: LLAMADO DE ATENCION al agente municipal, en virtud de las causales expuestas en elexordio del presente.

ARTÍCULO 2º: AUTORICESE al Departamento de Liquidaciones a DESCONTAR de los haberes correspondientes al mes de agosto por

Municipio de Magdalena Boletin Oficial Municipal Pag. 185

retirarse no concurrir a su lugar de trabajo sin aviso previo y/o justificación posterior correspondiente, de su lugar de trabajo al Agente:

Leg. Nº Agente Municipal Días de DESCUENTO Fecha

2394 WALASZEK MIGUEL 1 (UN) DIA 05 de julio de 2018.

ARTICULO 3º: La presente sanción se cumplirá a partir del día siguiente a la notificación de la misma, dejándose testimonio de la presenteen el Legajo Personal del agente citado.

ARTÍCULO 4º: AUTORICESE al Departamento de Liquidaciones a DESCONTAR el día no trabajado por el Agente mencionado en el Artículo 2.,de los haberes correspondientes al mes de agosto de 2018,

ARTICULO 5º: El presente será notificado al Agente por medio de la Oficina de Personal.

ARTICULO 6º: La presente Resolución será refrendada por el Sr Secretario de Gobierno.

ARTICULO 7º: Comuníquese a quienes corresponda, tomen nota las Oficinas pertinentes, dése al registro Municipal y archívese.

Fdo.

Lic. GONZALO PELUSO

Intendente Municipal

Fdo.

Dn. RODOLFO SALOMON TATA

Secretario de Gobierno

Decreto Nº 1248/18

Magdalena, 03/08/2018

Visto

El expediente letra D 1304/18, y;

Considerando

Que es intención del presente Depto. Ejecutivo que todo el personal cumpla con las normas laborales de asistencia.

Que, el no cumplimiento de las obligaciones de diligencia laboral de un agente municipal, hace pasible al personal de las siguientessanciones: llamado de atención y descuento del día correspondiente.

Que en las mismas el Sr. Andrés Castelli, Director de obras y Servicios Públicos informa sobre la conducta de la agente municipalBALMACEDA WALTER (leg. 1288), quien no concurrió a su lugar de trabajo el día 04 y 18 de julio de 2018 sin aviso.

Que, lo solicitado cuenta con la pertinente autorización del Sr. Secretario de Gobierno.

P O R T O D O E L L O

El SR. INTENDENTE MUNICIPAL DE MAGDALENA, en uso de sus atribuciones que les son propias

D E C R E T A

ARTICULO 1º: SANCIONESE con una medida correctiva: LLAMADO DE ATENCION al agente municipal, en virtud de las causales expuestas en elexordio del presente.

ARTÍCULO 2º: AUTORICESE al Departamento de Liquidaciones a DESCONTAR de los haberes correspondientes al mes de agosto porretirarse no concurrir a su lugar de trabajo sin aviso previo y/o justificación posterior correspondiente, de su lugar de trabajo al Agente:

Municipio de Magdalena Boletin Oficial Municipal Pag. 186

Leg. Nº Agente Municipal Días de DESCUENTO Fecha

1288 BALMACEDA WALTER 2 (DOS) DIAS 04 y 18 de julio de 2018.

ARTICULO 3º: La presente sanción se cumplirá a partir del día siguiente a la notificación de la misma, dejándose testimonio de la presenteen el Legajo Personal del agente citado.

ARTÍCULO 4º: AUTORICESE al Departamento de Liquidaciones a DESCONTAR el día no trabajado por el Agente mencionado en el Artículo 2.,de los haberes correspondientes al mes de agosto de 2018,

ARTICULO 5º: El presente será notificado al Agente por medio de la Oficina de Personal.

ARTICULO 6º: La presente Resolución será refrendada por el Sr Secretario de Gobierno.

ARTICULO 7º: Comuníquese a quienes corresponda, tomen nota las Oficinas pertinentes, dése al registro Municipal y archívese.

Fdo.

Lic. GONZALO PELUSO

Intendente Municipal

Fdo.

Dn. RODOLFO SALOMON TATA

Secretario de Gobierno

Decreto Nº 1249/18

Magdalena, 03/08/2018

Visto

El expediente letra D 1399/18, y;

Considerando

Que es intención del presente Depto. Ejecutivo que todo el personal cumpla con las normas laborales de asistencia.

Que, el no cumplimiento de las obligaciones de diligencia laboral de un agente municipal, hace pasible al personal de las siguientessanciones: llamado de atención y descuento del día correspondiente.

Que en las mismas el Sr. Encargado de Personal Martin Novas informa sobre la conducta de la agente municipal MORETE ANDREA (leg. 2474),quien no concurrió a su lugar de trabajo el día 16 de julio de 2018 sin aviso.

Que, lo solicitado cuenta con la pertinente autorización del Sr. Secretario de Gobierno.

P O R T O D O E L L O

El SR. INTENDENTE MUNICIPAL DE MAGDALENA, en uso de sus atribuciones que les son propias

D E C R E T A

ARTICULO 1º: SANCIONESE con una medida correctiva: LLAMADO DE ATENCION al agente municipal, en virtud de las causales expuestas en elexordio del presente.

ARTÍCULO 2º: AUTORICESE al Departamento de Liquidaciones a DESCONTAR de los haberes correspondientes al mes de agosto por noconcurrir a su lugar de trabajo sin aviso previo y/o justificación posterior correspondiente, de su lugar de trabajo al Agente:

Leg. Nº Agente Municipal Días de DESCUENTO Fecha

Municipio de Magdalena Boletin Oficial Municipal Pag. 187

2474 MORETE ANDREA 1 (UN) DIA 16 de julio de 2018.

ARTICULO 3º: La presente sanción se cumplirá a partir del día siguiente a la notificación de la misma, dejándose testimonio de la presenteen el Legajo Personal del agente citado.

ARTÍCULO 4º: AUTORICESE al Departamento de Liquidaciones a DESCONTAR el día no trabajado por el Agente mencionado en el Artículo 2.,de los haberes correspondientes al mes de agosto de 2018.

ARTICULO 5º: El presente será notificado al Agente por medio de la Oficina de Personal.

ARTICULO 6º: La presente Resolución será refrendada por el Sr Secretario de Gobierno.

ARTICULO 7º: Comuníquese a quienes corresponda, tomen nota las Oficinas pertinentes, dése al registro Municipal y archívese.

Fdo.

Lic. GONZALO PELUSO

Intendente Municipal

Fdo.

Dn. RODOLFO SALOMON TATA

Secretario de Gobierno

Decreto Nº 1250/18

Magdalena, 06/08/2018

Visto

Los exptes letras D Nº 1089/18; 1091/18; 1092/18;1094/18;1096/18;1098/18; 1100/18;1102/18; 1103/18; y 1105/18; referidos a la firmade los Contratos de Locacion de Servicios entre la Municipalidad de Magdalena y los Profesionales Médicos Dres: CARLOS BAROUILLE;JAIRSINHO CALVO PEDRAZA; Lic. VERONICA CATTANEO; MARIA JOSE DARRIBA; OSMAR FERREYRA; GUSTAVO GARMENDIA, MARIA ANGELAMAINARDI, HECTOR OCAMPO; ALEJANDRO REBOLLINI; LIC. ANA VELAZCO AVENTIN; y,

Considerando

Que el plazo de Vigencia de los Contratos es de seis (6) meses, desde el 01/07/18 al 31/12/18.

Que se debe efectivizar el Acto Administrativo de convalidación de los mismos,

Por ello

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE MAGDALENA, en uso de sus atribuciones ,

D E C R E T A

ARTICULO 1º: Convalidase la firma de los contratos de Locacion de Servicios entre la Municipalidad de Magdalena y los Dres CARLOSBAROUILLE DNI: 10.405.681; JAIRSINHO CALVO PEDRAZZA DNI Nº 19008067; Lic. VERONICA CATTANEO DNI Nº 30.119.667; MARIA JOSEDARRIBA DNI Nº 29.031.999; OSMAR ALBERTO FERREYRA DNI Nº 28.933.597; GUSTAVO GARMENDIA DNI Nº 29.703.263; MARIAANGELA MAINARDI DNI Nº 22.130.147; HECTOR F. OCAMPO DNI Nº 20.036.327; ALEJANDRO A. REBOLLINI DNI nº 21.526.116 y ANACAROLINA VELAZCO AVENTIN DNI nº 25.401.501, quienes se desempeñarán en sus distintas especialidades en Unidades Sanitarias y/o enel Hospital Santa Maria Magdalena.-

ARTICULO 2º: La erogación que demande el cumplimiento de lo determinado en el art. 1º será con afectación a la Jurisdicción, Programa,Actividad y Partida correspondiente del Presupuesto de Gastos Vigente.-

Municipio de Magdalena Boletin Oficial Municipal Pag. 188

ARTICULO 3º: El presente Decreto será refrendado por el Sr. Secretario de Gobierno D. Rodolfo S. TATA.-

ARTICULO 4º: Comuníquese, tomen nota las Oficinas pertinentes, dése al Registro Municipal y archivese.-

Fdo.

Lic. GONZALO PELUSO

Intendente Municipal

Fdo.

Dn. RODOLFO SALOMON TATA

Secretario de Gobierno

Decreto Nº 1251/18

Magdalena, 06/08/2018

Visto

Los exptes letra D Nº 1249/18. 1259/18, 1244/18, 1239/18; referidos a la firma del Convenio de Concurrencia Profesional celebrado entrela Municipalidad de Magdalena y los profesionales Dres. ARNOL MAXIMILIANO, RIEDL MARINA, FORESTI FLORENCIA, LLANO LEONARDO ,y;

Considerando

Que el plazo de Vigencia del Convenio es de Seis (6) meses, desde el 01/07/18 al 31/12/18.

Que se debe efectivizar el Acto Administrativo de convalidación del mismo,

Por ello

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE MAGDALENA, en uso de sus atribuciones ,

D E C R E T A

ARTICULO 1º: Convalidase la firma de los Convenios de Concurrencia Profesional celebrado entre la Municipalidad de Magdalena y losDres. ARNOL MAXIMILIANO, DNI: 22.749.377, RIEDL MARINA, DNI: 25.708.736, FORESTI FLORENCIA, DNI: 33.102.516, LLANO LEONARDO,DNI: 25.690.876, quienes se desempeñaran en el Hospital Santa Maria Magdalena.-

ARTÍCULO 2º: La erogación que demande el cumplimiento de lo determinado en el art. 1º será con afectación a la Jurisdicción, Programa,Actividad y Partida correspondiente del Presupuesto de Gastos Vigente.-

ARTÍCULO 3º: El presente Decreto será refrendado por el Sr. Secretario de Gobierno D. Rodolfo TATA.-

ARTICULO 4º: Comuníquese, tomen nota las Oficinas pertinentes, dése al Registro Municipal y archivese.-

Fdo.

Lic. GONZALO PELUSO

Intendente Municipal

Fdo.

Dn. RODOLFO SALOMON TATA

Secretario de Gobierno

Municipio de Magdalena Boletin Oficial Municipal Pag. 189

Decreto Nº 1252/18

Magdalena, 06/08/2018

Visto

El expte letras D Nº 1317/18 mediante el cual se tramita la contratación de un profesor para la implementación de “Los TalleresMunicipales”:

Datos de los Talleres:

NUÑEZ MARIA EVANGELINA, DNI: 26.074.495, con domicilio en la calle LINCOLN nº 136 de CHASCOMUS, llevara a cabo el taller de YOGA, adictarse 2 horas semanales en VIEYTES, por un monto mensual de PESOS UN MIL SEISCIENTOS OCHENTA ( $1.680) mensuales

Considerando

Que el Plazo de dichos talleres es a partir del 01 de Julio hasta el 30 de Noviembre del año 2018,

Que se debe efectivizar el Acto Administrativo de convalidación del mismo,

Por ello,

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE MAGDALENA, en uso de sus atribuciones

D E C R E T A

ARTICULO 1º: CONVALIDASE el Contrato de Becas celebrado entre la Municipalidad de Magdalena y el siguiente profesor: NUÑEZ MARIAEVANGELINA, DNI: 26.074.495.-

ARTICULO 2º: El presente Decreto será refrendado por el Sr. Secretario de Gobierno de la Municipalidad de Magdalena.-

ARTICULO 3º: Comuníquese, tomen nota las Oficinas pertinentes, dése al Registro Municipal y archivese.-

Fdo.

Lic. GONZALO PELUSO

Intendente Municipal

Fdo.

Dn. RODOLFO SALOMON TATA

Secretario de Gobierno

Decreto Nº 1253/18

Magdalena, 06/08/2018

Visto

Las actuaciones del expediente Letra Z Número 1714/16 mediante las cuales CRISTINA ELIZABET ZARDI – CUIT 27-293956925-3,Legajo Municipal Nº 62092, solicita la BAJA del comercio habilitado con el rubro SALON DE BELLEZA, mediante Resolución de fecha 30 deseptiembre de 2008 ubicado en calle MAIPU ESQ. 9 DE JULIO de la Ciudad de Magdalena, en virtud de haber cesado sus actividades el día30 de JUNIO de 2016 y,

Considerando

Que de la documentación que se adjunta surge que se han cumplimentado los requisitos pertinentes. Por ello,

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE MAGDALENA, en uso de sus atribuciones,

DECRETA

Municipio de Magdalena Boletin Oficial Municipal Pag. 190

Artículo 1º: Autorizar y registrar a partir de la fecha, la baja municipal de comercio cuya actividad es SALON DE BELLEZA (Código deactividad 85-300-12) propiedad de CRISTINA ELIZABET ZARDI – CUIT 27-293956925-3, Legajo Municipal Nº 62092 sito en el inmuebledesignado catastralmente como: Circunscripción I, Sección B, Manzana 132, Parcela 9 y Partida Inmobiliaria Nº 10609 ubicado en calleMAIPU ESQ. 9 DE JULIO de la Ciudad de Magdalena, en virtud de haber cesado sus actividades el día 30 de junio de 2016.

Artículo 2º: El presente Decreto será refrendado por el Señor Secretario de Gobierno de la Municipalidad de Magdalena.

Artículo 3º: Comuníquese a quienes corresponda, tomen nota las oficinas pertinentes, dese al registro municipal y archívese.

Fdo.

Lic. GONZALO PELUSO

Intendente Municipal

Fdo.

Dn. RODOLFO SALOMON TATA

Secretario de Gobierno

Decreto Nº 1254/18

Magdalena, 06/08/2018

Visto

Que el expte D Nº 400/15 solicita se le exima del pago de la siguiente Tasa Municipal:

-TASA POR SERVICIOS GENERALES URBANOS correspondientes al año 2018, por el bien de su propiedad designado catastralmente como:

Circ. I; Secc: C; Mza 213: Parc: 3 C ; Partida: 9.215

Considerando

Que efectuados los informes de la Dirección de Educación Desarrollo Humano y Flia, de las Oficinas de Catastro, Asesoría Letrada se desprende que se encuentra comprendida dentro de la Reglamentación Vigente, Ordenanza 2990/12,

Por ello,

EL INTENDENTE MUNICIPAL de MAGDALENA en uso de sus atribuciones ,

D E C R E T A

ARTICULO 1º: HACER LUGAR, a la solicitud interpuesta por la Sra. DI BARTOLOMEO ESTER en virtud de las causales expuestas en elexordio de la presente, eximiéndola del pago por el año 2.018 de las TASA POR SERVICIOS GENERALES URBANOS, por la partida designadacatastralmente como: 9.215.-

ARTÍCULO 2º: El presente Decreto será refrendado por el Sr. Secretario de Hacienda de la Municipalidad de Magdalena.-

ARTICULO 3º: Comuníquese a quienes corresponda, tomen nota las Oficinas pertinentes, dese al Registro Municipal y Archívese.-

Fdo.

Lic. GONZALO PELUSO

Intendente Municipal

Fdo.

Cdor. ANDRES LUCIANO GARCIA

Secretario de Hacienda

Decreto Nº 1255/18

Municipio de Magdalena Boletin Oficial Municipal Pag. 191

Magdalena, 06/08/2018

Visto

Las actuaciones del Expediente Letra “C” Nº 1463/2018, mediante las cuales el Sr. CHAVES TOMAS EZEQUIEL – CUIT: 20-41857653-8, domiciliado en calle 3 e/ 4 y 6 S/N – Localidad Pipinas – Partido Punta Indio (C.P: 1921) de la Provincia de Buenos Aires; en carácter detitular actual del MOTO-VEHÍCULO -Tipo Motocicleta - identificado con el Nº de Dominio 238 KWG - Marca Motomel - Modelo B110 – Año2015 - Motor Marca Motomel Nº E039322, Cuadro Marca Motomel Nº 8ELM15110EB039322, Cilindrada 110 c.c., solicita la baja del mismoen el Municipio de Magdalena, con motivo de transferencia y cambio de radicación a la localidad de Pipinas, Partido de Punta Indio,Provincia de Buenos Aires a partir del día 03 de Agosto de 2018.

Considerando

Que se ha cumplimentado la presentación de la documentación pertinente y el pago de los tributos municipales previstos en el Capítulo XIIde la Ordenanza Fiscal e Impositiva del Municipio, hasta el año 2018 inclusive.

Que en consecuencia resulta procedente acceder a lo solicitado.

Por lo expuesto

el INTENDENTE MUNICIPAL DE MAGDALENA, en uso de sus atribuciones.

D E C R E T A

ARTICULO 1º: Autorizar y registrar a partir de la fecha, en virtud de las razones expresadas en el exordio, la BAJA en los registros de laMunicipalidad de Magdalena del MOTO-VEHÍCULO -Tipo Motocicleta - identificado con el Dominio 238 KWG - Marca Motomel - Modelo B110– Año 2015 - Motor Marca Motomel Nº E039322, Cuadro Marca Motomel Nº 8ELM15110EB039322, Cilindrada 110 c.c., con motivo decambio de transferencia y cambio de radicación a la localidad de Pipinas, Partido de Punta Indio, Provincia de Buenos Aires a partir del día03 de Agosto de 2018.

ARTÍCULO 2: El presente decreto será refrendado por el Sr. Secretario de Hacienda de la Municipalidad de Magdalena.

ARTICULO 3º: Comuníquese a quienes corresponda, tomen nota las Oficinas pertinentes, dése al Registro Municipal y archívese.-

Fdo.

Lic. GONZALO PELUSO

Intendente Municipal

Fdo.

Cdor. ANDRES LUCIANO GARCIA

Secretario de Hacienda

Decreto Nº 1256/18

Magdalena, 07/08/2018

Visto

El expte letra D Nº 1317/18 y mediante el cual se tramita la contratación de un profesor para la implementación del Proyecto “TalleresMunicipales” y;

Considerando

Que se ha firmado el correspondiente contrato el siguientes profesor:

NUÑEZ MARIA EVANGELINA, DNI: 26.074.495 con domicilio en Lincoln Nº 136, de la Localidad de Chascomus, llevara a cabo el taller deYOGA, DOS (2) horas semanales, a dictarse en Vieytes, por un monto de PESOS UN MIL SEISCIENTOS OCHENTA ($ 1.680) mensuales.-

Que el periodo de práctica de dichos talleres a partir del 01 de Julio al 30 de Noviembre de 2018.

Que se han emitido los certificados de Capacitación correspondientes al mes de JULIO,

Que existe saldo disponible en la Partida correspondiente,

Municipio de Magdalena Boletin Oficial Municipal Pag. 192

Por ello,

EL INTENDENTE MUNICIPAL de MAGDALENA en uso de sus atribuciones

D E C R E T A

ARTICULO 1º: Líbrese Orden de Pago en concepto las clases Dictadas en el mes de JULIO 2018, al profesor: NUÑEZ MARIA EVANGELINA,DNI: 26.074.495, POR UN MONTO DE PESOS UN MIL SEISCIENTYOS OCHENTA ($ 1.680) mensuales.-

ARTÍCULO 2º: La erogación que demande el cumplimiento del Artículo 1º, deberá ser tomada de la Partida 5.1.3.0. BECAS, Jurisdicción3000, Programa 30, F.F. 110 del Presupuesto de Gastos Vigente.-

ARTICULO 3º: El presente Decreto será refrendado por el Sr. Secretario de Gobierno de la Municipalidad de Magdalena.

ARTICULO 4º.- Comuníquese, tomen nota las Oficinas pertinentes, dese al Registro Municipal y Archívese.-

Fdo.

Lic. GONZALO PELUSO

Intendente Municipal

Fdo.

Dn. RODOLFO SALOMON TATA

Secretario de Gobierno

Decreto Nº 1257/18

Magdalena, 07/08/2018

Visto

El expte letra D Nº 1097/18; referido a la firma del Contrato de Locacion de Servicios entre la Municipalidad de Magdalena y la Lic.ANABELLA GALIANA y,

Considerando

Que el plazo de Vigencia del Contrato es de seis (6) meses, desde el 01/07/18 al 31/12/18.

Que se debe efectivizar el Acto Administrativo de convalidación del mismo,

Por ello

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE MAGDALENA, en uso de sus atribuciones ,

D E C R E T A

ARTICULO 1º: Convalidase la firma del contrato de Locacion de Servicios entre la Municipalidad de Magdalena y la Lic. ANABELA GALIANA, DNI: 31.998.009,(Terapista ocupacional) quien se desempeñará en el Hospital Santa Maria Magdalena.-

ARTICULO 2º: La erogación que demande el cumplimiento de lo determinado en el art. 1º será con afectación a la Jurisdicción, Programa,Actividad y Partida correspondiente del Presupuesto de Gastos Vigente.-

ARTICULO 3º: El presente Decreto será refrendado por el Sr. Secretario de Gobierno D. Rodolfo S. TATA.-

ARTICULO 4º: Comuníquese, tomen nota las Oficinas pertinentes, dése al Registro Municipal y archivese.-

Fdo.

Lic. GONZALO PELUSO

Intendente Municipal

Fdo.

Municipio de Magdalena Boletin Oficial Municipal Pag. 193

Dn. RODOLFO SALOMON TATA

Secretario de Gobierno

Decreto Nº 1258/18

Magdalena, 07/08/2018

Visto

Las actuaciones obrantes en el Expediente Letra I Nº 1433/18, referente al Llamado a Licitación Pública para adjudicar la“PAVIMENTACION DE CALLES URBANAS EN LA LOCALIDAD DE MAGDALENA, PARTIDO DE MAGDALENA, PCIA. DE BUENOS AIRES ”, y

Considerando

Que, a Fs. 01 el Sr. Intendente Municipal, solicita se llame a Licitación Publica.

Que, no existe saldo disponible en la respectiva partida del Presupuesto de Gastos, por ello;

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE MAGDALENA, en uso de sus atribuciones,

D E C R E T A

ARTICULO 1º.- LLAMASE en CARÁCTER de INSISTENCIA a la LICITACIÓN PUBLICA Nº 02/18, adjudicar la “PAVIMENTACION DE CALLESURBANAS EN LA LOCALIDAD DE MAGDALENA, PARTIDO DE MAGDALENA, PCIA. DE BUENOS AIRES”,” en virtud del exordio de la presente.

ARTICULO 2º.- AFÉCTESE las erogaciones que se produzcan como consecuencia de la aplicación del Artículo Primero en la Jurisdicción5.000, Programa 23/83, Partida 4.2.2.0 “Construcciones en Bienes de Dominio Publico” con Fuente de Financiamiento 132 de OrigenProvincial del Presupuesto de Gastos para el Ejercicio 2018.-

ARTICULO 3º.- ESTIPÚLESE un PRESUPUESTO OFICIAL total de PESOS QUINCE MILLONES CUATROCIENTOS MIL CON 00 /100 CVOS ($15.400.000,00).-

ARTICULO 4º.- ESTIPÚLESE que la GARANTÍA DE PROPUESTA que será por un importe de PESOS CIENTO CINCUENTA Y CUATRO MIL CON00/100 CVOS ($ 154.000,00.-).

ARTICULO 5º.- DETERMINASE el valor del Pliego de Bases y Condiciones que será por un importe de PESOS QUINCE MILCUATROCIENTOS CON 00/100 CVOS ($ 15.400,00.-).

ARTICULO 6º.- DETERMINASE que el día AGOSTO 31 DEL AÑO 2018, a las 10,00 HORAS se llevará a cabo el acto de apertura de las ofertaspresentadas.-

ARTICULO 7º.- El presente Decreto será refrendado por el Sr. Secretario de Hacienda Sr. Andrés García.-

ARTICULO 8º.- Comuníquese a quienes corresponda, dése al Registro Municipal y archívese.-

Fdo.

Lic. GONZALO PELUSO

Intendente Municipal

Fdo.

Cdor. ANDRES LUCIANO GARCIA

Secretario de Hacienda

Decreto Nº 1259/18

Magdalena, 07/08/2018

Visto

Las actuaciones obrantes en el Expediente Letra I Nº 1366/18, referente al Llamado a Licitación Pública para adjudicar la“PAVIMENTACION DE HORMIGON SIMPLE H30 DE CALLES URBANAS EN LA LOCALIDAD DE MAGDALENA, PARTIDO DE MAGDALENA, PCIA.DE BUENOS AIRES”, y

Municipio de Magdalena Boletin Oficial Municipal Pag. 194

Considerando

Que, a Fs. 01 el Sr. Intendente Municipal, solicita se llame a Licitación Publica.

Que, no existe saldo disponible en la respectiva partida del Presupuesto de Gastos, por ellO

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE MAGDALENA, en uso de sus atribuciones,

D E C R E T A

ARTICULO 1º.- LLAMASE en CARÁCTER de INSISTENCIA a la LICITACIÓN PUBLICA Nº 03/18, adjudicar la “PAVIMENTACION DE HORMIGONSIMPLE H30 DE CALLES URBANAS EN LA LOCALIDAD DE MAGDALENA, PARTIDO DE MAGDALENA, PCIA. DE BUENOS AIRES”,” en virtuddel exordio de la presente.

ARTICULO 2º.- AFÉCTESE las erogaciones que se produzcan como consecuencia de la aplicación del Artículo Primero en la Jurisdicción5.000, Programa 23/75, Partida 4.2.2.0 “Construcciones en Bienes de Dominio Publico” con Fuente de Financiamiento 132 de OrigenProvincial del Presupuesto de Gastos para el Ejercicio 2018.-

ARTICULO 3º.- ESTIPÚLESE un PRESUPUESTO OFICIAL total de PESOS TRES MILLONES OCHOCIENTOS CINCUENTA MIL CON 00/100 CVOS($ 3.850.000,00).-

ARTICULO 4º.- ESTIPÚLESE que la GARANTÍA DE PROPUESTA que será por un importe de PESOS TREINTA Y OCHO MIL QUINIENTOS CON00/100 CVOS ($ 38.500,00.-).

ARTICULO 5º.- DETERMINASE el valor del Pliego de Bases y Condiciones que será por un importe de PESOS TRES MIL OCHOCIENTOSCINCUENTA CON 00/100 CVOS ($ 3.850,00.-).

ARTICULO 6º.- DETERMINASE que el día AGOSTO 31 DEL AÑO 2018, a las 12,00 HORAS se llevará a cabo el acto de apertura de las ofertaspresentadas.-

ARTICULO 7º.- El presente Decreto será refrendado por el Sr. Secretario de Hacienda Sr. Andrés García.-

ARTICULO 8º.- Comuníquese a quienes corresponda, dése al Registro Municipal y archívese.-

Fdo.

Lic. GONZALO PELUSO

Intendente Municipal

Fdo.

Cdor. ANDRES LUCIANO GARCIA

Secretario de Hacienda

Decreto Nº 1260/18

Magdalena, 07/08/2018

Visto

Las actuaciones obrantes en el Expediente Letra S Nº 1219/18 , referente al Llamado a Licitación Pública para adjudicar la “PROVISIÓN DEADOQUINES DE HORMIGÓN Y CANALETAS BADÉN PARA LA PAVIMENTACIÓN DEL BALNEARIO, LOCALIDAD DE MAGDALENA, PARTIDO DEMAGDALENA, PCIA. DE BUENOS AIRES”, y

Considerando

Que, a Fs. 01 el Sr. Sub Secretario de Gobierno, solicita se llame a Licitación Publica.

Que, no existe saldo disponible en la respectiva partida del Presupuesto de Gastos, por ello;

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE MAGDALENA, en uso de sus atribuciones,

D E C R E T A

ARTICULO 1º.- LLAMASE en CARÁCTER de INSISTENCIA a la LICITACIÓN PUBLICA Nº 04/18, para adjudicar la “PROVISIÓN DE ADOQUINESDE HORMIGÓN Y CANALETAS BADÉN PARA LA PAVIMENTACIÓN DEL BALNEARIO, LOCALIDAD DE MAGDALENA, PARTIDO DEMAGDALENA, PCIA. DE BUENOS AIRES” en virtud del exordio de la presente.

Municipio de Magdalena Boletin Oficial Municipal Pag. 195

ARTICULO 2º.- AFÉCTESE las erogaciones que se produzcan como consecuencia de la aplicación del Artículo Primero en la Jurisdicción5.000, Programa 23/75, Partida 4.2.2.0 “Construcciones en Bienes de Dominio Publico” con Fuente de Financiamiento 132 de OrigenProvincial del Presupuesto de Gastos para el Ejercicio 2018.-

ARTICULO 3º.- ESTIPÚLESE un PRESUPUESTO OFICIAL total de PESOS TRES MILLONES CIENTO OCHENTA MIL CON 00/100 CVOS ($3.180.000,00).-

ARTICULO 4º.- ESTIPÚLESE que la GARANTÍA DE PROPUESTA que será por un importe de PESOS TREINTA Y UN MIL OCHOCIENTOS CON00/100 CVOS ($ 31.800,00.-).

ARTICULO 5º.- DETERMINASE el valor del Pliego de Bases y Condiciones que será por un importe de PESOS TRES MIL CIENTO OCHENTACON 00/100 CVOS ($ 3.180,00.-).

ARTICULO 6º.- DETERMINASE que el día AGOSTO 31 DEL AÑO 2018, a las 13,00 HORAS se llevará a cabo el acto de apertura de las ofertaspresentadas.-

ARTICULO 7º.- El presente Decreto será refrendado por el Sr. Secretario de Hacienda Sr. Andrés García.-

ARTICULO 8º.- Comuníquese a quienes corresponda, dése al Registro Municipal y archívese.-

Fdo.

Lic. GONZALO PELUSO

Intendente Municipal

Fdo.

Cdor. ANDRES LUCIANO GARCIA

Secretario de Hacienda

Decreto Nº 1261/18

Magdalena, 07/08/2018

Visto

El artículo 14º de la Ordenanza Nº 3464/17, de Presupuesto General para el Ejercicio 2018, sancionada con fecha 27/12/17 y promulgadamediante el Decreto Nº 942/17 del 29 de Diciembre de 2017; y

Considerando

Que el mencionado artículo faculta al Departamento Ejecutivo a disponer transferencias de créditos presupuestarios para reforzarconceptos preexistentes o crear nuevos, entre los conceptos de una Jurisdicción, Programa, Actividad Programática ó Proyecto distintos,correspondientes al Presupuesto de Gastos del presente Ejercicio;

Que se cree conveniente, con el fin de lograr una mayor prolijidad en la ejecución del Presupuesto dotar de crédito adicional a las Partidasque representan excedidas o con créditos insuficientes;

Que el citado artículo permite financiar las creaciones, ampliaciones o modificaciones de partidas del Presupuesto de Gastos mediantetransferencias de economías existentes en las restantes partidas de libre afectación;

Que es necesario efectuar las adecuaciones y correcciones pertinentes, las cuales tienen un fin exclusivamente de regularizaciónpresupuestaria, no implicando ello modificación alguna en el monto total del Presupuesto.

Por ello;

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE MAGDALENA en uso de sus atribuciones sanciona el siguiente:

DECRETO

ARTICULO 1º: Transfiéranse a las Partidas Presupuestarias correspondientes al DEPARTAMENTO EJECUTIVO (1110100000) créditos porun monto total de PESOS DOS MILLONES OCHOCIENTOS SEIS MIL CON 00/100 ( $ 2.806.000,00), de acuerdo al detalle de Jurisdicciones,Programas, Partidas y montos obrantes en la planilla de RAFAM adjunta, la que forma parte indivisible del presente.

ARTICULO 2º: Los créditos transferidos y asignados de acuerdo al artículo precedente, serán tomados de las Partidas correspondientes alDEPARTAMENTO EJECUTIVO (1110100000) por PESOS DOS MILLONES OCHOCIENTOS SEIS MIL CON 00/100 ( $ 2.806.000,00), conforme aldetalle de Jurisdicciones, Programas, Partidas y montos que se señalan en la planilla citada en el artículo anterior.

ARTICULO 3º: El presente Decreto será refrendado por el Señor Secretario de Hacienda de la Municipalidad de Magdalena.

ARTICULO 4º: Comuníquese al Honorable Concejo Deliberante dentro de los diez días contados a partir de la fecha, en cumplimiento delartículo 14º, inciso d) de la Ordenanza Nº 3464/17.-

Municipio de Magdalena Boletin Oficial Municipal Pag. 196

ARTICULO 5º: Comuníquese, tomen nota las oficinas correspondientes, dése al Registro Municipal y archívese.-

Fdo.

Lic. GONZALO PELUSO

Intendente Municipal

Fdo.

Cdor. ANDRES LUCIANO GARCIA

Secretario de Hacienda

ANEXOS

Decreto Nº 1262/18

Magdalena, 07/08/2018

Visto

La Ley Nº 13.010 que dispuso la transferencia a las jurisdicciones municipales de la Provincia de Buenos Aires del Impuesto a losAutomotores a efectos de efectivizar su cobro de acuerdo a su lugar de radicación de los mismos, originalmente para los vehículos de los modelos/años 1977 a 1987, asignando a cada una de ellas las funciones de emisión, distribución, percepción, control y demás labores quedemande la recaudación de dicho tributo, determinando además la cesión del crédito fiscal correspondiente a las deudas que por dichoconcepto registraban los vehículos mencionados.

La adhesión por parte del Municipio de Magdalena a todos los términos de la citada Ley, mediante Ordenanza Nº 2035/2003, sancionadapor el Honorable Concejo Deliberante el 4 de Junio de 2003 y promulgada por Decreto del Poder Ejecutivo N º 127 el día 11 del mismo mes.

La Ley Impositiva de la Provincia de Buenos Aires N º 14.983 para el Ejercicio Fiscal 2018, que en su Título III “Impuesto a losAutomotores”, artículo 44º, dispone que la transferencia en los términos previstos en el capítulo III de la Ley l3.010, alcanza a losvehículos correspondientes a los modelos – año 1990 a 2007, estableciendo textualmente que el monto del gravamen se determinará de lasiguiente manera:

I) Vehículos que no tengan valuación fiscal:

a) Modelos-año 1990 y 1991: el valor establecido, para el vehículo que se trate, en el

artículo 17 de la Ley Nº 13.003.

b) Modelos-año 1992 y 1993: el valor establecido, para el vehículo que se trate, en el

artículo 20 de la Ley Nº 13.297.

c) Modelos-año 1994 y 1995: el valor establecido, para el vehículo que se trate, de acuerdo a los artículos 19 y 21 de la Ley Nº 13.404.

d) Modelos-año 1996 y 1997: el valor establecido, para el vehículo que se trate, de acuerdo a los artículos 19 y 21 de la Ley Nº 13.613.

e) Modelos-año 1998: el valor establecido, para el vehículo que se trate, de acuerdo a los artículos 22 y 24 de la Ley Nº 13.930.

f) Modelos-año 1999: el valor establecido, para el vehículo que se trate, de acuerdo a los artículos 33 y 35 de la Ley Nº 14.044.

g) Modelos-año 2000: el valor establecido, para el vehículo que se trate, de acuerdo a los artículos 37 y 38 de la Ley N° 14.200.

h) Modelos-año 2001: el valor establecido, para el vehículo que se trate, de acuerdo al artículo 39 de la Ley N° 14.333.

i) Modelos-año 2002: el valor establecido, para el vehículo que se trate, de acuerdo al artículo 44 de la Ley N° 14.394.

j) Modelos-año 2003: el valor establecido, para el vehículo que se trate, de acuerdo al artículo 44 de la Ley N° 14.553.

k) Modelos-año 2004: el valor establecido, para el vehículo que se trate, de acuerdo al artículo 44 de la Ley N° 14.653.

l) Modelos-año 2005 y 2006: el valor establecido, para el vehículo que se trate, de acuerdo al artículo 44 de la Ley N° 14.808.

m) Modelos-año 2007: el valor establecido, para el vehículo que se trate, de acuerdo al artículo 44 de la Ley N° 14.880.

II) Vehículos con valuación fiscal:

a) Automóviles, rurales, autoambulancias y autos fúnebres.

Municipio de Magdalena Boletin Oficial Municipal Pag. 197

Base Imponible ($)

Cuota fija($)

Alícuota s/excedente

límite mínimo%

Mayor a Menor o Igual a

0 70.000 - 3,55

70.000 90.000 2485 4,26

90.000 120.000 3337 4,49

120.000 150.000 4684 4,82

150.000 200.000 6131 5,27

200.000 250.000 8767 5,85

250.000 350.000 11691 6,26

350.000 17955 6,37

Esta escala será también aplicable para determinar el impuesto correspondiente a los vehículos comprendidos en el inciso b) del presenteapartado, que por sus características puedan ser clasificados como suntuarios o deportivos, de conformidad con las normas que al efectoestablezca la Autoridad de Aplicación.

b) Camiones, camionetas, pick-ups y jeeps, uno con cinco por ciento………….…..1,5%

c) Vehículos de transporte colectivo de pasajeros, uno con cinco por ciento. ……...1,5%

Considerando

Que resulta menester proceder a la emisión y cobranza del Impuesto sobre los automotores transferidos al Municipio, correspondiente alEjercicio 2018, debiendo fijarse el cronograma de vencimientos pertinente.

Que debe tenerse presente que, conforme a la legislación provincial, a partir del ejercicio 2010 no corresponde la tributación de losvehículos modelos/año 1989 y anteriores, no obstante lo cual se mantiene vigente la deuda que acumulan por los años no prescriptos.

Que en virtud de haberse mantenido en los últimos años sin alteraciones las valuaciones de los vehículos, informadas por la jurisdicciónprovincial en oportunidad de la transferencia al Municipio de cada uno de ellos, y considerando que las mismas han quedadodesactualizadas producto del proceso inflacionario, resulta necesario proceder al ajuste de las mismas, aplicando un porcentaje razonablepara evitar el deterioro de la base contributiva y el consecuente perjuicio para el Municipio.

Que respecto de los endeudamientos de contribuyentes cedidos a los Municipios se reconoce a estos la facultad de cobrarla de acuerdo a los criterios que considere más convenientes en aspectos tales como el establecimiento de facilidades de pago y aplicación de intereses,pudiendo en este último caso cobrar o no los mismos o bien fijarlos conforme a la tasa utilizada por la Dirección de Rentas Provincial uotra distinta.

Que en virtud de lo consignado en el apartado anterior, de lo establecido en el artículo 47º de la ley mencionada precedentemente yteniendo en cuenta que los propietarios de los vehículos transferidos pertenecen por lo general a un sector de contribuyentes con unamenor capacidad contributiva respecto de los titulares de modelos más nuevos, resulta conveniente instrumentar incentivos para facilitarsu percepción y aplicar criterios flexibles atendiendo al objetivo de recuperar las deudas cedidas que registran los mismos, facilitando susposibilidades de regularización y tratando de mantener una adecuada relación entre el monto de las obligaciones exigibles y el valor delos bienes gravados, ubicados en el segmento inferior de la escala por integrar el parque automotor más antiguo y consecuentementemas depreciado.

Que consecuentemente, siguiendo el criterio adoptado por la legislación provincial, se considera procedente autorizar bonificaciones especiales en el Impuesto a los automotores transferidos a la órbita municipal para estimular el ingreso anticipado de cuotas no vencidasy/o por buen cumplimiento de las obligaciones en las emisiones de cuotas.

Municipio de Magdalena Boletin Oficial Municipal Pag. 198

Que por el artículo 146º de la Ley impositiva provincial Nº 14394, correspondiente al año 2013 se creo una “Contribución Especial” arecaudar con el Impuesto a los Automotores, equivalente a un porcentaje de dicho impuesto, que anualmente fijen las leyes impositivas dedicha jurisdicción. De acuerdo a su texto “El porcentaje de la contribución especial que por el presente se crea no podrá ser inferior a unquince por ciento (15%) para los vehículos que tributen de acuerdo con lo establecido en el inc. B del artículo 44º y vehículos de esa mismacategoría comprendidos en el art. 45º de la presente ley, ni inferior a un diez por ciento (10%) para el resto de los vehículos que tributen deconformidad con lo previsto en los incisos a), c), d), e) y f) del art. 44º y vehículos de esa misma categoría comprendidos en el artículo 45ºde la presente”. Lo recaudado por dicha contribución integrará el Fondo Provincial de Vialidad previsto en el artículo 22º del Decreto-Ley7.943/72, con excepción de lo que se recaude por aquellos vehículos transferidos a municipios en los términos del Capítulo III de la Ley13.010. La totalidad de lo recaudado por dicha contribución no será coparticipable ni susceptible de ningún otro tipo de afectación”.

Que para el año 2018 la Ley 14.983 en su artículo 129º fija los porcentajes para la mencionada contribución especial en un quince porciento (15%) y en un diez por ciento (10%) , respectivamente.

Que de acuerdo al cronograma fijado en el artículo 45º-inciso XIX) del Capítulo XXIV -Calendario Fiscal- de la Ordenanza ImpositivaMunicipal vigente para el año 2018 -Nº 3456/2017, se fijaron las siguientes fechas de vencimientos: 1º cuota: 10 y 31 de Julio de 2018; 2ºcuota: 10 y 30 de Septiembre de 2018 y 3º cuota: 12 y 30 de Noviembre de 2018. Téngase presente que conforme a lo establecido en elCapítulo VII de la Ordenanza Fiscal en su artículo 38º, cuando el vencimiento opere en un día no laborable, se considerará prorrogadohasta el primer día hábil siguiente.-

Que de acuerdo a lo informado por la Jefatura de Descentralización Tributaria Municipal, se debieron efectuar modificaciones yadecuaciones en la base de datos remitida por la jurisdicción provincial en relación a los automotores modelo/año 2007con el fin de diferenciar los vehículos que corresponden al Partido de Punta Indio y remitir los mismos a dicho Municipio. Al mismo tiempo seadoptaron recaudos tendientes a dar aviso a un gran número de contribuyentes sobre la necesidad y conveniencia de presentar lasbajas de vehículos emitidas por los Municipios donde se encontraban radicados los mismos con anterioridad, a fin de evitar duplicidaden la tributación y reclamos derivados de dicha situación como ha ocurrido en los ejercicios pasados.

Que las razones enunciadas ameritan la disposición de una prórroga del vencimiento de la primera cuota del tributo, contando para ellocon las facultades otorgadas por el artículo 23º- Capítulo V- de la Ordenanza Fiscal vigente.

Por lo expuesto,

el Intendente Municipal de Magdalena, en uso de sus atribuciones

DECRETA

ARTICULO 1º: Dispónese, en virtud de las causales expresadas en el exordio, la emisión y cobranza del Impuesto a los automotores del Ejercicio 2018 correspondiente a los vehículos de los modelos /años 1990 a 2007, transferidos a la jurisdicción municipal de acuerdo a loestablecido por el artículo 44º de la Ley Impositiva de la Provincia de Buenos Aires/2018 N º14.983, en los términos previstos en elCapítulo III de la Ley Nº 13.010 y modificatorias.

Debe tenerse presente que los vehículos de los modelos/años 1989 y anteriores, administrados por los Municipios, no se encuentransujetos a tributación a partir del ejercicio fiscal 2010, no obstante lo cual se mantiene vigente la deuda que acumulan por los períodos noprescriptos.-

ARTICULO 2º: Liquídase en cada una de las cuotas la “Contribución Especial” creada por artículo 146º de la Ley impositiva provincial Nº14394, fijada para el año en curso, conforme las prescripciones del artículo 129º de la Ley 14.983, en los siguientes porcentajes, calculadossobre el monto del impuesto: quince por ciento (15%) para Camiones, camionetas, pick-ups y jeeps y en un diez por ciento (10%) para elresto de vehículos.-

ARTICULO 3º: Determínase una bonificación especial del 20%, calculada sobre el monto de cada una de las cuotas fijadas para el pago delImpuesto correspondiente al Ejercicio 2018. Dicho beneficio será liquidado en las boletas destinadas al pago de mismas y alcanzará atodos aquellos contribuyentes que al 31 de Mayo del corriente año no registren deuda hasta la 3º cuota del ejercicio fiscal anterior.-

ARTICULO 4º: Establécese, en virtud de las argumentaciones efectuadas, el cronograma de vencimientos de las cuotas del tributo, disponiendo una prórroga respecto de la primera de ellas, conforme al siguiente detalle:

CUOTA 1º VENCIMIENTO 2º VENCIMIENTO

1º cuota: 10/08/2018 31/08/2018

2º cuota: 10/09/2018 30/09/2018

3º cuota: 12/11/2018 30/11/2018

ARTICULO 5º: En razón de las consideraciones expresadas, a los efectos del cálculo del tributo, se aplicará sobre los valores de las valuaciones de los vehículos un incremento del 30%.

ARTICULO 6º: Fíjase el porcentaje de interés del 1,5% para los pagos que se efectúen en el lapso que mediare entre el 1º y 2º vencimientos de cada cuota. Los que se realicen con posterioridad a dichos plazos devengarán un interés del 3% mensual conforme a lasprescripciones del artículo 41º (Capítulo VIII) de la Ordenanza Fiscal vigente.

Respecto de las cuotas vencidas e impagas correspondientes a ejercicios anteriores será aplicable el interés establecido por la normamencionada en el párrafo precedente y complementariamente las disposiciones referidas a regímenes especiales de cancelación y o

Municipio de Magdalena Boletin Oficial Municipal Pag. 199

regularización de deudas que se sancionen.-

ARTICULO 7º: El presente Decreto será refrendado por el Secretario de Hacienda al

de la Municipalidad de Magdalena, Cr. Andrés Luciano García.-

ARTICULO 8º: Comuníquese a quienes corresponda, tomen nota las Oficinas pertinentes, dése al Registro Municipal y archívese.-

Fdo.

Lic. GONZALO PELUSO

Intendente Municipal

Fdo.

Cdor. ANDRES LUCIANO GARCIA

Secretario de Hacienda

Decreto Nº 1263/18

Magdalena, 07/08/2018

Visto

La solicitud de licencia anual presentada por el JEFE DE DPTO. MESA DE ENTRADA MUNICIPAL Sra: Marcela Blanco legajo nº 843 y,

Considerando

Que, la misma será por un lapso de 14 (CATORCE) días partir del 23/07/2018 y hasta el 03/08/2018 inclusive.

Que, consecuentemente deberá designarse reemplazante “A Cargo” durante el período Ut Supra mencionado.

Que, el Sr. Intendente determina que el citado reemplazo sea efectivizado por la Agente Municipal Oscares Analia Vanesa, leg 1317.

P O R E L L O

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE MAGDALENA, en uso de sus facultades que le son propias

D E C R E T A

ARTICULO 1º: DESIGNESE “A CARGO” de MESA DE ENTRADAS MUNICIPAL durante el período 23/07/2018 y hasta el 03/08/2018 inclusive,a la Agente Municipal, Srta Oscares Analia Vanesa, leg 1317 , en virtud de lo expuesto en el exordio de la presente.

ARTICULO 2º: El presente Decreto será refrendado por el Secretario de Gobierno Sr RODOLFO TATA.

ARTICULO 3º: Comuníquese a quienes corresponda, tomen nota las Oficinas pertinentes, dése al Registro Municipal y archívese.

Fdo.

Lic. GONZALO PELUSO

Intendente Municipal

Fdo.

Dn. RODOLFO SALOMON TATA

Secretario de Gobierno

Decreto Nº 1264/18

Magdalena, 07/08/2018

Visto

La solicitud de carpeta medica presentada por la jefa de departamento de la Secretaria de Gobierno Sra. SIANCA MARIA CRISTINA, LegajoNº 586 ; y,

Municipio de Magdalena Boletin Oficial Municipal Pag. 200

Considerando

Que, la misma será por un lapso de 3 (tres) días partir del 01/08/2018 y hasta el 03/08/2018 inclusive.

Que, consecuentemente deberá designarse reemplazante “A Cargo” durante el período Ut Supra mencionado.

Que, el Sr. Secretario de Gobierno determina que el citado reemplazo sea efectivizado por la Sra KENDZIURA NORMA, Legajo Nº 1127.

Que, Departamento Liquidaciones deberá implementar el pago de las diferencias de haberes que correspondan durante el períodoindicado.

P O R E L L O

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE MAGDALENA, en uso de sus facultades que le son propias

D E C R E T A

ARTICULO 1º: DESIGNESE “A CARGO” del departamento de Secretaria de Gobierno durante el período 01/08/2018 y hasta el 03/08/2018inclusive, a la Sra KENDZIURA NORMA leg Nº 1127, en virtud de lo expuesto en el exordio de la presente.

ARTICULO 2º: AUTORICESE a Departamento Liquidaciones a liquidar la diferencia de haberes que corresponda al reemplazo determinadoprecedentemente.

ARTICULO 3º: El presente Decreto será refrendado por el Sr. Secretario de Gobierno, Sr. Rodolfo Tata.

ARTICULO 4º: Comuníquese a quienes corresponda, tomen nota las Oficinas pertinentes, dése al Registro Municipal y archívese.

Fdo.

Lic. GONZALO PELUSO

Intendente Municipal

Fdo.

Dn. RODOLFO SALOMON TATA

Secretario de Gobierno

Decreto Nº 1265/18

Magdalena, 07/08/2018

Visto

El Expte J 1466/18 donde agente municipal Jorge Alberto Pérez solicita el traslado y cambio de régimen de 40 hs a 30 hs semanales.

Considerando

Que, si existe vacante disponible,

Que, se autoriza el cambio de régimen horario

Que, el traslado a Delegación Atalaya lo sea por un periodo perentorio de 3 (tres) meses para su posterior evolución.

Que la presente cuenta con el aval del Sr. Secretario de Gobierno, autorizando lo solicitado.

P O R E L L O

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE MAGDALENA, en uso de sus facultades que le son propias

D E C R E T A

ARTICULO 1ro: MODIFIQUESE a partir del 01 de AGOSTO del presente año el régimen horario de 40 hs a 30 hs semanales al agente PEREZJORGE ALBERTO , legajo 1154, en virtud de lo expuesto en el exordio de la presente, manteniendo las mismas condiciones laborales.

ARTICULO 2ro: TRASLÁDESE a partir del 06 de AGOSTO como personal obrero de la jurisdicción 5000-20-01 (Dirección de Obras yServicios Públicos) a la jurisdicción 6000-01-00 (Delegaciones).

ARTICULO 3ro: La erogación que demande el cumplimiento de lo determinado en el Art.1º, será con afectación a la Partida 1.1.1.7 –PERSONAL OBRERO, Jurisd. 6000, Prog. 01 Actividad 00 del Presupuesto General de Gastos vigente.

ARTICULO 4to: El presente Decreto, será refrendado por el Sr. Secretario de Gobierno, Sr Rodolfo Tata.-

Municipio de Magdalena Boletin Oficial Municipal Pag. 201

ARTICULO 5to: Comuníquese a quienes corresponda, tomen nota las Oficinas pertinentes, dése al Registro Municipal y Archívese.-

Fdo.

Lic. GONZALO PELUSO

Intendente Municipal

Fdo.

Dn. RODOLFO SALOMON TATA

Secretario de Gobierno

Decreto Nº 1266/18

Magdalena, 07/08/2018

Visto

Las actuaciones obrantes en el Expediente Letra D Nº 618/18, referente al Llamado a Licitación Privada para adjudicar la “ADQUISICIÓNDE ARTÍCULOS DE ELECTRICIDAD CON DESTINO AL MANTENIMIENTO DEL ALUMBRADO PUBLICO PARA TODAS LAS LOCALIDADES DELPARTIDO DE MAGDALENA, PROVINCIA DE BUENOS AIRES”, y

Las actuaciones obrantes en el Expediente Letra J Nº 1321/18, referente a la “NOTA DE RECHAZO DE LA ADJUDICACIÓN DE LA EMPRESAALUMBRAR PATAGÓNICA SRL”.-

Considerando

Que, a los efectos de seleccionar un Proveedor para adjudicar dicha adquisición, se procedió a efectuar la LICITACION PRIVADA Nº 11/17cuya apertura de propuestas se efectuó con fecha MAYO 31 del corriente año, el cual en su apertura de ofertas se contó con laparticipación de tres (03) oferentes del ramo, perteneciente a la firma Electricidad Solari SRL, Alumbrar Patagónica SRL y ObrelectricSRL.

Que, por Decreto Municipal 927/18 se adjudico la Licitación Privada 11/18 a la Empresa/Firma Alumbrar Patagónica SRL los Ítems 1, 2,3, 4, 16, 17, 18, 19, 22 y 23, y a las Empresas Obrelectric SRL y Electricidad Solari SRL el resto de los Ítems.

Que, obra Nota de Rechazo de las adjudicaciones mencionadas de la Empresa Alumbrar Patagónica S.R.L. debido a la situación fluctuantede la cotización del Dólar.

Que, por Decreto Municipal 1005/18 se HACE LUGAR A LO SOLICITADO por la Empresa/Firma Alumbrar Patagónica SRL.

Que, a Fs. 14 obra copia de la Garantía de Oferta de la Licitación de marras establecida en la Suma de PESOS NUEVE MIL ($ 9.000,00).

Que, a Fs. 15 la Sra. Sub Directora de Asesoria Letrada sugiere se notifique a la Empresa de la obligación del Art. 11º de las CláusulasGenerales del Pliego de Bases y Condiciones “… ARTÍCULO 11º: OBLIGACION DE LEVANTAR DOCUMENTO DE GARANTIA: El oferente oadjudicatario contrae la Obligación de hacer efectivo el importe del Documento cuando corresponda la ejecución de la Garantía asíconstituida, a sola presentación por la Comuna…”.

Que, visto el informe emanado por el Sr. Secretario de Gobierno Municipal a Fs. 16, donde solicita hacer lugar a lo solicitado por la SubDirección de Asesoria Letrada.

EL INTENDENTE MUNICIPAL de MAGDALENA en uso de sus facultades

DECRETA

ARTICULO 1º.: HAGASE EFECTIVO el importe del Documento por un monto de PESOS NUEVE MIL ( $ 9.000,00) correspondiente a laejecución de la Garantía de Oferta del Art. 11º de las Cláusulas Generales del Pliego de Bases y Condiciones de la Empresa “ALUMBRARPATAGONICA S.R.L.” (CUIT Nº 30-70976642-9), en virtud de los exordios del presente.-

ARTICULO 2º: COMUNIQUESE a la Empresa ALUMBRAR PATAGONICA SRL el presente Decreto.-

ARTICULO 3º: El presente Decreto será refrendado por el Señor Secretario de Gobierno Prof. Rodolfo Tata.-

ARTICULO 4º: Comuníquese a quienes corresponda, dése al Registro Municipal y archívese.-

Fdo.

Lic. GONZALO PELUSO

Municipio de Magdalena Boletin Oficial Municipal Pag. 202

Intendente Municipal

Fdo.

Dn. RODOLFO SALOMON TATA

Secretario de Gobierno

Decreto Nº 1267/18

Magdalena, 07/08/2018

Visto

El Expte. Letra C nº 1157/17, mediante el cual se tramita la MANO DE OBRA, MATERIALES Y EQUIPOS PARA LA CONSTRUCCION DELJARDIN DE INFANTES Nº 912 DEL PARAJE STARACCE, PARTIDO DE MAGDALENA, y

Considerando

Que, el día 3 de OCTUBRE del año 2017 ha sido suscripto contrato con la Firma del Sr JORGE AGUIRRE – DNI. 18.228.314, por un montototal de PESOS DOS MILLONES DOSCIENTOS CUARENTA Y OCHO MIL ($2.248.000,00).-

Que, ha sido emitido el Certificado de Obra nº 09 por un monto de PESOS CIENTO CINCUENTA Y CINCO MIL TRESCIENTOS ($ 155.300).-

Que, el presente certificado se afianza mediante Póliza Nº 159427 de Garantía de Fondos de Reparo de Sancor Seguros.-

POR ELLO:

El Intendente Municipal de Magdalena, en uso de sus atribuciones que le son propias

DECRETA

ARTICULO 1º: Líbrese Orden de Pago a la Firma del Sr. JORGE ALBERTO AGUIRRE DNI Nº 18.228.314, por un monto de PESOS CIENTOCINCUENTA Y CINCO MIL TRESCIENTOS ($ 155.300), en virtud de las causales expuestas en el exordio de la presente.-

ARTICULO 2º: Las erogaciones que se determinen del Artículo anterior, serán tomadas de la Jurisdicción: 1.000 - Partida 5.3.7.0, "TRANSFERENCIA A ENTES DE GOBIERNOS PROVINCIALES" - PROGRAMA 01 - FUENTE FINANCIAMIENTO: 132, del Presupuesto de Gastosvigente.-

ARTICULO 3º: El presente Decreto será refrendada por el Secretario de Hacienda, Cdr. Andrés Luciano García.-

ARTICULO 4º: Comuníquese a quienes corresponda, tomen nota las Oficinas pertinentes, dése al Registro Municipal y archívese.-

Fdo.

Lic. GONZALO PELUSO

Intendente Municipal

Fdo.

Cdor. ANDRES LUCIANO GARCIA

Secretario de Hacienda

Decreto Nº 1268/18

Magdalena, 08/08/2018

Visto

La nota presentada por la ASOCIACION COOPERADORA DEL JARDIN 902 “Dr. Carlos Barouille ”, de Bme. Bavio obrante a fs. 1 del expteletra C Nº 1457/18, en la cual solicitan autorización para poner en circulación dentro del Partido de Magdalena, UNA RIFA, y

Considerando

Que de acuerdo al informe de la Dirección de Asesoría Letrada se cumplimentaron los requisitos legales exigidos, por la ordenanza Nº2771/10, y su Modificación mediante Ordenanza nº 3521/18,

Municipio de Magdalena Boletin Oficial Municipal Pag. 203

Por ello,

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE MAGDALENA, en uso de sus atribuciones,

D E C R E T A

ARTÍCULO 1º: AUTORIZASE a la ASOCIACION COOPERADORA DEL JARDIN 902 “Dr. Carlos Barouille ”, de Bme. Bavio, a poner encirculación dentro del Partido de Magdalena, una rifa de 500 boletas (con dos números en cada boleta) a razón de $100 (PESOS CIEN) cadaboleta, a sortearse por Lotería de la Pcia de Bs. As (Sorteo Nocturno) el dia 01 de Septiembre del 2018 y por los premios :

1º PREMIO: 1 TOBOGAN de 1,45 x 2.30.-

2º PREMIO: 1 CALESITA O HAMACA DOBLE.-

3º PREMIO: 1 ARCO DE FÚTBOL

4º PREMIO: 1 METEGOL

5º PREMIO: PATINES CON CASCO Y RODILLERAS

ARTÍCULO 2º: La entidad deberá depositar en una Entidad Bancaria Oficial el 25% de lo recaudado a fín de garantizar la existencia de lospremios a entregar.-

ARTICULO 3º: La Asociación cooperadora deberá publicar en un diario de amplia difusión en la zona, los números favorecidos con losnombres de los poseedores, debiendo remitir la publicación a la Comuna.-

ARTÍCULO 4º: El presente Decreto será refrendado por el Sr. Secretario de Gobierno de la Municipalidad de Magdalena.-

ARTÍCULO 5º: Comuníquese, tomen nota las Oficinas pertinentes, dése al registro Municipal y archívese.-

Fdo.

Lic. GONZALO PELUSO

Intendente Municipal

Fdo.

Dn. RODOLFO SALOMON TATA

Secretario de Gobierno

Decreto Nº 1269/18

Magdalena, 08/08/2018

Visto

El Expte Letra A Nº 1436/18 Alvarez Marcela, familia de nuestro distrito, mediante el cual solicita materiales de construcción para mejorar su vivienda y

Considerando

Que a fs. 1 obra nota de solicitud por parte de la familia.

Que a fs. 2 obra presupuesto de los materiales que solicita

Que a fs. 3, obra informe social que corrobora la situación socioeconómica de la familia.

Que la entrega de los materiales permitirá arreglar el techo de su vivienda, la cual se vio afectada ante las inclemencias climáticasacaecidas en nuestra localidad.

Que dicha ayuda mejorara la calidad de vida de esta familia y sus condiciones habitacionales.

Que se hace necesario realizar el acto administrativo correspondiente.

Por ello,

El Sr. Intendente Municipal de Magdalena, en uso de sus atribuciones

DECRETA

Municipio de Magdalena Boletin Oficial Municipal Pag. 204

Articulo 1º: Otórguese un subsidio de materiales de construcción, en especies, que se detallan en el anexo I que forma parte del presente,a favor de la familia que se indica, en concepto de entrega de materiales de construcción para mejorar su vivienda de acuerdo alconsiderando.

Articulo 2º Para tal erogación será afectada la partida 5.1.4 ayuda sociales a personas correspondiente a la jurisdicción 7000 Programa24-05- FF 132.

Articulo 3ª. El presente Decreto será refrendado por el Secretario de Hacienda.

Articulo 4ª Comuníquese a quienes corresponda y dese al Registro Municipal.

ANEXO I

EXPTE

BENEFICIARIO DNI MATERIALES OTORGADOS

L. A Nº 1436/18 Álvarez Marcela 21.131.240 3 chapas x 3,50 mts, 3tirantes 2x6x3.65, 4clavaderas 2x2x4, 13 m2machimbre.

Fdo.

Lic. GONZALO PELUSO

Intendente Municipal

Fdo.

Cdor. ANDRES LUCIANO GARCIA

Secretario de Hacienda

Decreto Nº 1270/18

Magdalena, 08/08/2018

Visto

El Expte letra S Nº 1413/18 mediante el cual la Sra. Zulkouski Alicia solicita traslado desde Ensenada al cementerio de Magdalena, dequien fuere en vida su tío Bucetta Vicente y

Considerando

Que a fs 1. obra nota de solicitud de pedido por parte de la sobrina del señor fallecido.

Que a fs. 2 obra presupuesto de la Empresa Delovo Hnos, que realizara el traslado.

Que a fs. 4 obra informe social-económico donde se corrobora la situación de la familia.

Que dicha ayuda permitirá brindar una sepultura digna.

Que se hace necesario realizar el acto administrativo correspondiente.

Por ello,

El Sr. Intendente Municipal en uso de sus atribuciones

DECRETA

Articulo 1º: Otórguese un Subsidio, el que se efectivizara en el traslado del cuerpo de quien fuera en vida Bucetta Vicente D.N.I:5.201.236desde Ensenada al cementerio de Magdalena de acuerdo al considerando.

Articulo 2º Para tal erogación será afectad la partida correspondiente.

Municipio de Magdalena Boletin Oficial Municipal Pag. 205

Articulo 3º El presente Decreto será refrendado por el Secretario de Hacienda.

Articulo4º Comuníquese a quienes corresponda y dese al registro Municipal y archivase

Fdo.

Lic. GONZALO PELUSO

Intendente Municipal

Fdo.

Cdor. ANDRES LUCIANO GARCIA

Secretario de Hacienda

Decreto Nº 1271/18

Magdalena, 08/08/2018

Visto

El Expte. Letra N Nº 1469/18 mediante el cual el Sr. NIEVA, Hector Anibal solicita ayuda económica para abonar el suministro de luz, y

Considerando

Que a fs.1 se encuentra nota de pedido para abonar el pago de luz por parte del Sr. NIEVA Hector Anibal

Que a fs. 2 se encuentra la factura de la Empresa Edelap donde consta la deuda que posee.

Que a fs.3 se corrobora la situación socio-económica del solicitante.

Que el servicio de luz es indispensable para el Sr. NIEVA, Hector Anibal

Por ello,

EL Sr. INTENDENTE MUNICIPAL en uso de sus atribuciones

DECRETA

ARTICULO 1º: ABONESE a la Empresa EDELAP la suma de PESOS MIL NOVECIENTOS CUATRO CON DIECISEIS CTVS ($1.904,16) enconcepto de pago de luz del Sr. NIEVA, Hector Anibal de acuerdo al considerando.

ARTÍCULO 2º: Para tal gasto será afectada la partida 5.1.4.0 Ayuda Sociales a Personas. Jurisdicción 7000 .Apertura Programática24.04.00 .Fuente de financiamiento 110 Tesoro Municipal.

ARTICULO 3º: El solicitante deberá presentar el comprobante dentro de los 30 días recibido el beneficio.

ARTICULO 4 º: El presente Decreto será refrendado por el Secretario de Hacienda.

ARTICULO 5º: Comuníquese a quienes corresponda y archívese

Fdo.

Lic. GONZALO PELUSO

Intendente Municipal

Fdo.

Cdor. ANDRES LUCIANO GARCIA

Secretario de Hacienda

Decreto Nº 1272/18

Magdalena, 08/08/2018

Municipio de Magdalena Boletin Oficial Municipal Pag. 206

Visto

El Expte. Letra M Nº 1456/18 mediante el cual el Sr. MOLINA Oscar Alberto solicita ayuda económica para abonar el suministro de luz, y

Considerando

Que a fs.1 se encuentra nota de pedido para abonar el pago de luz por parte del Sr. MOLINA, Oscar Alberto.

Que a fs. 2 se encuentra la factura de la Empresa Edelap donde consta la deuda que posee.

Que a fs.3 se corrobora la situación socio-económica del solicitante.

Que el servicio de luz es indispensable para el Sr. MOLINA Oscar Alberto.

Por ello,

EL Sr. INTENDENTE MUNICIPAL en uso de sus atribuciones

DECRETA

ARTICULO 1º: ABONESE a la Empresa EDELAP la suma de PESOS DOS MIL CIENTO CINCUENTA CON SETENTA Y NUEVE CTVS ($2150,79)en concepto de pago de luz del Sr. MOLINA, Oscar Alberto de acuerdo al considerando.

ARTÍCULO 2º: Para tal gasto será afectada la partida 5.1.4.0 Ayuda Sociales a Personas. Jurisdicción 7000 .Apertura Programática24.04.00 .Fuente de financiamiento 110 Tesoro Municipal.

ARTICULO 3º: El solicitante deberá presentar el comprobante dentro de los 30 días recibido el beneficio.

ARTICULO 4 º: El presente Decreto será refrendado por el Secretario de Hacienda.

ARTICULO 5º: Comuníquese a quienes corresponda y archívese

Fdo.

Lic. GONZALO PELUSO

Intendente Municipal

Fdo.

Cdor. ANDRES LUCIANO GARCIA

Secretario de Hacienda

Decreto Nº 1273/18

Magdalena, 08/08/2018

Visto

El Expte. Letra D Nº 656/17, mediante el cual se tramita la PAVIMENTACION CON HORMIGON SIMPLE EN CALLES URBANAS, de la Localidadde Magdalena, y

Considerando

Que, el día 21 de JULIO del año Dos Mil Diecisiete ha sido suscripto contrato con la Empresa G y C CONSTRUCCIONES , Representada por elSr. JUAN JOSE GARRIZ – D.N.I. 12.141.242, por un monto total de PESOS ONCE MILLONES OCHOCIENTOS SESENTA Y OCHO MIL QUINIENTOSNOVENTA Y CUATRO CON SETENTA Y TRES CENTAVOS ($ 11.868.594,73).-

Que, ha sido emitido el Certificado de Obra nº 08 por un monto de PESOS CIENTO CUARENTA Y SEIS MIL NOVECIENTOS TREINTA Y CUATROCON CUARENTA Y SIETE CENTAVOS ($ 146.934,47).

Que, el presente certificado se afianza mediante Póliza de Caución Nº429.326 de Garantía de Sustitución de Fondo de Reparo emitida porAfianzadora Latinoamericana Cía. De Seguros S.A. por $593.430,00.

Que, se celebró el convenio con el ministerio de Infraestructura y Servicios Públicos de la Provincia de Buenos Aires conducente a otorgarun subsidio al municipio para materializar esta obra.

Que, hasta que se reciban los fondos correspondientes al subsidio mencionado, la obra se financiará con fondos de libre disponibilidad.-

Que, al no contar con saldo disponible según informe contable, no es posible generar la Orden de Compra correspondiente.-

Municipio de Magdalena Boletin Oficial Municipal Pag. 207

POR ELLO:

El Intendente Municipal de Magdalena, en uso de sus atribuciones que le son propias

DECRETA

ARTICULO 1º: Líbrese en carácter de INSISTENCIA Orden de Pago a la Firma la Empresa G y C CONSTRUCCIONES, Representada por el Sr.JUAN JOSE GARRIZ – D.N.I. 12.141.242, por un monto de PESOS CIENTO CUARENTA Y SEIS MIL NOVECIENTOS TREINTA Y CUATRO CONCUARENTA Y SIETE CENTAVOS ($ 146.934,47)., en virtud de las causales expuestas en el exordio de la presente.-

ARTICULO 2º: Las erogaciones que se determinen del Artículo anterior, serán tomadas de la Jurisdicción: 5.000 - Partida 4.2.2.0, "CONSTRUCCION EN BIENES DE DOMINIO PUBLICO" - PROGRAMA 23 - PROYECTO 75, FUENTE FINANCIAMIENTO: 110, del Presupuesto deGastos vigente.-

ARTICULO 3º: El presente Decreto será refrendada por el Secretario de Hacienda Cdor. ANDRES L. GARCIA.-

ARTICULO 4º: Comuníquese a quienes corresponda, tomen nota las Oficinas pertinentes, dése al Registro Municipal y archívese.

Fdo.

Lic. GONZALO PELUSO

Intendente Municipal

Fdo.

Cdor. ANDRES LUCIANO GARCIA

Secretario de Hacienda

Decreto Nº 1274/18

Magdalena, 08/08/2018

Visto

Los Exptes Letra G Nº 1448/18 Gegena Claudia y letra C Nº 1365/18 Cinkiewicz Lucia, familias de nuestro distrito, mediante el cual solicitan materiales de construcción para mejorar sus viviendas yLos Exptes Letra G Nº 1448/18 Gegena Claudia y letra C Nº 1365/18Cinkiewicz Lucia, familias de nuestro distrito, mediante el cual solicitan materiales de construcción para mejorar sus viviendas y

Considerando

Que a fs. 1 y 2 obran notas de solicitud por parte de las familias.

Que a fs. 2, 3 y 4 obran presupuestos de los materiales que solicitan.

Que a fs. 3 y 5, obra informe social que corrobora la situación socioeconómica de la familia.

Que la entrega de los materiales permitirá mejorar la calidad de vida de estas familias y sus condiciones habitacionales.

Que se hace necesario realizar el acto administrativo correspondiente.

Por ello,

El Sr. Intendente Municipal de Magdalena, en uso de sus atribuciones

DECRETA

Articulo 1º: Otórguese un subsidio de materiales de construcción, en especies, que se detallan en el anexo I que forma parte del presente,a favor de las familias y /o personas que se indica, en concepto de entrega de materiales de construcción para mejorar sus viviendas deacuerdo al considerando.

Articulo 2º Para tal erogación será afectada la partida 5.1.4 ayuda sociales a personas correspondiente a la jurisdicción 7000 Programa24-05- FF 132.

Articulo 3ª. El presente Decreto será refrendado por el Secretario de Hacienda.

Articulo 4ª Comuníquese a quienes corresponda y dese al Registro Municipal.

Municipio de Magdalena Boletin Oficial Municipal Pag. 208

Fdo.

Lic. GONZALO PELUSO

Intendente Municipal

Fdo.

Cdor. ANDRES LUCIANO GARCIA

Secretario de Hacienda

ANEXOS

Decreto Nº 1275/18

Magdalena, 09/08/2018

Visto

Las actuaciones del Expediente Letra “G” Nº 1485/2018, mediante las cuales el Sr. GINI JAVIER RODRIGO – CUIT: 20-22964135-3, domiciliado en calle Brasil Nº 2540 – Localidad Ezpeleta – Partido Quilmes (C.P: 1878) de la Provincia de Buenos Aires; en carácter detitular actual del MOTO-VEHÍCULO -Tipo Motocicleta - identificado con el Nº de Dominio 956 DBE - Marca Yamaha - Modelo YZF-R1 – Año2008 - Motor Marca Yamaha Nº N515E-016275, Cuadro Marca Yamaha Nº JYARN19117A013236, Cilindrada 998 c.c., solicita la baja delmismo en el Municipio de Magdalena, con motivo de transferencia y cambio de radicación a la localidad de Ezpeleta, Partido de Quilmes,Provincia de Buenos Aires a partir del día 03 de Agosto de 2018.

Considerando

Que se ha cumplimentado la presentación de la documentación pertinente y el pago de los tributos municipales previstos en el Capítulo XIIde la Ordenanza Fiscal e Impositiva del Municipio, hasta el año 2018 inclusive.

Que en consecuencia resulta procedente acceder a lo solicitado.

Por lo expuesto

el INTENDENTE MUNICIPAL DE MAGDALENA, en uso de sus atribuciones.

D E C R E T A

ARTICULO 1º: Autorizar y registrar a partir de la fecha, en virtud de las razones expresadas en el exordio, la BAJA en los registros de laMunicipalidad de Magdalena del MOTO-VEHÍCULO -Tipo Motocicleta - identificado con el Dominio 956 DBE - Marca Yamaha - Modelo YZF-R1 – Año 2008 - Motor Marca Yamaha Nº N515E-016275, Cuadro Marca Yamaha Nº JYARN19117A013236, Cilindrada 998 c.c., con motivode cambio de transferencia y cambio de radicación a la localidad de Ezpeleta, Partido de Quilmes, Provincia de Buenos Aires a partir del día03 de Agosto de 2018

ARTÍCULO 2: El presente decreto será refrendado por el Sr. Secretario de Hacienda de la Municipalidad de Magdalena.

ARTICULO 3º: Comuníquese a quienes corresponda, tomen nota las Oficinas pertinentes, dése al Registro Municipal y archívese.-

Fdo.

Lic. GONZALO PELUSO

Intendente Municipal

Fdo.

Cdor. ANDRES LUCIANO GARCIA

Secretario de Hacienda

Municipio de Magdalena Boletin Oficial Municipal Pag. 209

Decreto Nº 1276/18

Magdalena, 09/08/2018

Visto

El Expte. Letra S nº 1160/18, mediante el cual se tramita la contratación de una Empresa para realizar la mano de obra conprovisión de materiales, equipos y transportes necesarios para la ejecución parcial de bacheos profundos en 185m2 y bacheos en 45m2 encalle 9 de Julio en la Localidad de Magdalena, y

Considerando

Que, el día 3 de AGOSTO del corriente año ha sido suscripto contrato con la Firma SOLIDUM CONSTRUCTIONE S.A, representada por la Sra.M. CANDELARIA CIBRARO – DNI. 27.824.880, por un monto de PESOS CIENTO NOVENTA MIL ($ 190.000).-

Que, deben efectuarse los trámites administrativos tendientes a la Convalidación del mismo.-

POR ELLO:

El Intendente Municipal de Magdalena, en uso de sus atribuciones que le son propias

DECRETA

ARTICULO 1º: CONVALIDASE en la fecha el Contrato suscripto entre este Municipio y la Firma SOLIDUM CONSTRUCTIONE S.A, representadapor la Sra. M. CANDELARIA CIBRARO – DNI. 27.824.880, en virtud de las causales expuestas en el exordio de la presente.-

ARTÍCULO 2º: El presente Decreto será refrendado por el Secretario de Hacienda Cdor. ANDRES GARCIA.-

ARTICULO 3º: Comuníquese a quienes corresponda, tomen nota las Oficinas pertinentes, dése al Registro Municipal y archívese.-

Fdo.

Lic. GONZALO PELUSO

Intendente Municipal

Fdo.

Cdor. ANDRES LUCIANO GARCIA

Secretario de Hacienda

Decreto Nº 1277/18

Magdalena, 10/08/2018

Visto

La nota presentada por la Profesora del Instituto Superior de Formación Docente y Técnica nº 58, Sra. Florencia Baliño, obrante a fs. 1 delExpte. Letra D Nº 1453/18, mediante la cual solicitan sea Declarado de Interés Municipal todas las acciones en relación a la “QUINTAJORNADA EDUCATIVA DE REFLEXION Y ANALISIS EN LA EDUCACION SUPERIOR”, cuya temática será “INCLUSION” organizada por elInstituto se realizara desde el 12, 13 y 14 de Septiembre próximo en el Instituto, y

Considerando

Que, dicho evento esta dirigido a estudiantes y docentes del establecimiento educativo y comunidad docente de todos los niveles ymodalidades del distrito,

Por ello

EL INTENDENTE MUNICIPAL de MAGDALENA en uso de sus atribuciones

Municipio de Magdalena Boletin Oficial Municipal Pag. 210

D E C R E T A

ARTICULO 1º: Declárese de INTERES MUNICIPAL todas las acciones en relación a la “QUINTA JORNADA EDUCATIVA DE REFLEXION YANALISIS EN LA EDUCACION SUPERIOR”, cuya temática será “INCLUSION”, organizada por el Instituto Superior de Formación Docente yTécnica nº 58 de Magdalena a realizarse desde los días 12, 13 y 14 de Septiembre próximos en las instalaciones del establecimiento.-.

ARTICULO 2º: El presente Decreto será refrendado por el Sr. Secretario de Gobierno D. Rodolfo S. TATA.-

ARTICULO 3º: Comuníquese, tomen nota las Oficinas pertinentes, dese al Registro Municipal y Archívese.-

Fdo.

Lic. GONZALO PELUSO

Intendente Municipal

Fdo.

Dn. RODOLFO SALOMON TATA

Secretario de Gobierno

Decreto Nº 1278/18

Magdalena, 10/08/2018

Visto

Los exptes letra D Nº 1248/18 Y 1253/18; referidos a la firma del Convenio de Concurrencia Profesional celebrado entrela Municipalidad de Magdalena y los profesionales Dres. GONZALEZ MABEL, ZAPPETTINI EMMANUEL, y;

Considerando

Que el plazo de Vigencia del Convenio es de Seis (6) meses, desde el 01/07/18 al 31/12/18

Que se debe efectivizar el Acto Administrativo de convalidación del mismo,

Por ello

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE MAGDALENA, en uso de sus atribuciones ,

D E C R E T A

ARTICULO 1º: Convalidase la firma de los Convenios de Concurrencia Profesional celebrado entre la Municipalidad de Magdalena y losDres. GONZALEZ MABEL, DNI: 18.485.518, ZAPPETTINI EMMANUEL, DNI29.577.933, quienes se desempeñaran en el Hospital Santa MariaMagdalena.-

ARTÍCULO 2º: La erogación que demande el cumplimiento de lo determinado en el art. 1º será con afectación a la Jurisdicción, Programa,Actividad y Partida correspondiente del Presupuesto de Gastos Vigente.-

ARTÍCULO 3º: El presente Decreto será refrendado por el Sr. Secretario de Gobierno D. Rodolfo TATA.-

ARTICULO 4º: Comuníquese, tomen nota las Oficinas pertinentes, dése al Registro Municipal y archivese.-

Fdo.

Lic. GONZALO PELUSO

Intendente Municipal

Fdo.

Dn. RODOLFO SALOMON TATA

Secretario de Gobierno

Municipio de Magdalena Boletin Oficial Municipal Pag. 211

Decreto Nº 1279/18

Magdalena, 10/08/2018

Visto

La nota presentada por el Sr. Jefe de Control Urbano obrante a fs. 22 del Expte. Letra J Nº 1490/18, mediante la cual solicita seaDeclarado de Interés Municipal todas las acciones en relación a la JORNADA denominada “CIRCULACION DE CUATRICICLOS NUEVASNORMAS PARA LA PROXIMA TEMPORADA DE VERANO”, y;

Considerando

Que la jornada se llevara a cabo el día 13 de Agosto del corriente, en la localidad de Miramar, Partido de Gral Alvarado , del cualparticipara el Sr Nicolas Caloni junto al Agente Abel Barragán integrantes de Control Urbano Municipal en su carácter de Jefe deDepartamento y empleado,

Por ello

EL INTENDENTE MUNICIPAL de MAGDALENA en uso de sus atribuciones

D E C R E T A

ARTICULO 1º: Declárese de INTERES MUNICIPAL todas las acciones en relación a la “JORNADA DENOMINADA CIRCULACION DECUATRICICLOS NUEVAS NORMAS PARA LA PROXIMA TEMPORADA DE VERANO”, a llevarse a cabo el día 13 de Agosto en la localidad deMiramar, Partido de Gral. Alvarado.-

ARTÍCULO 2º: En virtud de lo establecido en el art. anterior, los gastos a cargo del Municipio serán tomados de la Partida correspondiente.-

ARTICULO 3º: El presente Decreto será refrendado por el Sr. Secretario de Gobierno D. Rodolfo S. TATA.-

ARTICULO 4º: Comuníquese, tomen nota las Oficinas pertinentes, dese al Registro Municipal y Archívese.-

Fdo.

Lic. GONZALO PELUSO

Intendente Municipal

Fdo.

Dn. RODOLFO SALOMON TATA

Secretario de Gobierno

Decreto Nº 1280/18

Magdalena, 10/08/2018

Visto

Las actuaciones obrantes en el Expediente Letra S Nº 1220/18 , referente al Llamado a Licitación Privada para adjudicar la “ADQUISICIÓNDE LA MANO DE OBRA Y EQUIPOS PARA BACHEO EN CARPETAS ASFÁLTICAS DE LA LOCALIDAD DE MAGDALENA, PARTIDO DEMAGDALENA, PROVINCIA DE BUENOS AIRES”.

Que, existe saldo disponible en la respectiva partida del Presupuesto de Gastos, por ello;

Considerando

Que, el Acto de Apertura contó con la participación de dos (2) Empresas/Firmas del ramo OCSA S.A. y SOLIDUM CONSTRUCTIONE S.A.,

Municipio de Magdalena Boletin Oficial Municipal Pag. 212

cuya documentación presentada en el Acto de Apertura reúne apropiadamente la totalidad de las exigencias del Pliego de Bases yCondiciones.

Que, visto el informe emanado por el Sr. Sub Director de Gobierno a Fs. 167 donde considera que resulta conveniente a los interesesmunicipales la Oferta presentada.

Que, visto el informe emanado por el Sr. Secretario de Hacienda Municipal a Fs. 167v, avalando dicha Adjudicación.

Que, existiendo saldo favorable en la respectiva Partida Presupuestaria;

EL INTENDENTE MUNICIPAL de MAGDALENA en uso de sus facultades

DECRETA

ARTICULO 1º: ADJUDICASE a la Empresa SOLIDUM CONSTRUCTIONE S.A. (CUIT Nº 30-71407745-3), por una suma total de PESOS UNMILLON DOSCIENTOS CUARENTA Y CUATRO MIL CON 00/100 ($ 1.244.000,00) para adjudicar la “ADQUISICIÓN DE LA MANO DE OBRA YEQUIPOS PARA BACHEO EN CARPETAS ASFÁLTICAS DE LA LOCALIDAD DE MAGDALENA, PARTIDO DE MAGDALENA, PROVINCIA DEBUENOS AIRES”, en un todo de acuerdo a la documentación que sirvió de base para el llamado a LICITACIÓN PRIVADA Nº 14/18.-

ARTICULO 2º.- AFÉCTESE las erogaciones que se produzcan como consecuencia de la aplicación del Artículo Primero en la Jurisdicción5.000, Programa 23/75 Partida 4.2.2.0 “Construcciones de Bienes de Dominio Publico” con Fuente de Financiamiento 132 de OrigenProvincial del Presupuesto de Gastos para el Ejercicio 2018.-

ARTICULO 3º: El presente Decreto será refrendado por el Señor Secretario de Hacienda Cr. Andrés L. García.-

ARTICULO 4º: Comuníquese a quienes corresponda, dése al Registro Municipal y archívese.-

Fdo.

Lic. GONZALO PELUSO

Intendente Municipal

Fdo.

Cdor. ANDRES LUCIANO GARCIA

Secretario de Hacienda

Decreto Nº 1281/18

Magdalena, 10/08/2018

Visto

Las actuaciones obrantes en el Expediente Letra S Nº 1426/18 , referente al Llamado a Concurso de Precios para la ADQUISICIÓN DEMOLDES DE CORDÓN CUNETA QUE SERÁN DESTINADOS A LA CONSTRUCCIÓN DE CORDONES EN LAS LOCALIDADES DEL PARTIDO DEMAGDALENA, PROVINCIA DE BUENOS AIRES”.-

Considerando

Que, existe saldo disponible en la respectiva partida del Presupuesto de Gastos, por ello;

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE MAGDALENA, en uso de sus atribuciones,

D E C R E T A

ARTICULO 1º.- LLAMASE a CONCURSO DE PRECIOS Nº 16/18, para la ADQUISICIÓN DE MOLDES DE CORDÓN CUNETA QUE SERÁNDESTINADOS A LA CONSTRUCCIÓN DE CORDONES EN LAS LOCALIDADES DEL PARTIDO DE MAGDALENA, PROVINCIA DE BUENOS AIRES”.-

ARTICULO 2º.- AFÉCTESE las erogaciones que se produzcan como consecuencia de la aplicación del Artículo Primero en la Jurisdicción5.000, Programa 23/75 Partida 4.2.2.0 “Construcciones en Bienes de Dominio Publico” con Fuente de Financiamiento 132 de OrigenProvincial del Presupuesto de Gastos para el Ejercicio 2018.-

ARTICULO 3º.- ESTIPÚLESE un PRESUPUESTO OFICIAL total de PESOS TRESCIENTOS CINCO MIL CON 00/100 CVOS ($ 305.000,00.-)

ARTICULO 4º.- ESTIPÚLESE que la GARANTÍA DE PROPUESTA que será por un importe de PESOS TRES MIL CINCUENTA CON 00/100 CVOS($ 3.050,00.-).

ARTICULO 5º.- DETERMINASE en SIN COSTO el valor del Pliego de Bases y Condiciones .-

ARTICULO 6º.- DETERMINASE que el día AGOSTO 22 del 2018, a la hora 10,00 se llevará a cabo el Acto de Apertura de las ofertaspresentadas.-

Municipio de Magdalena Boletin Oficial Municipal Pag. 213

ARTICULO 7°.- El presente Decreto será refrendado por el Sr. Secretaria de Hacienda, Cr. Andrés Garcia.-

ARTICULO 8°.- Comuníquese a quienes corresponda, dése al Registro Municipal y archívese.-

Fdo.

Lic. GONZALO PELUSO

Intendente Municipal

Fdo.

Cdor. ANDRES LUCIANO GARCIA

Secretario de Hacienda

Decreto Nº 1282/18

Magdalena, 10/08/2018

Visto

La Ordenanza Municipal Nº 3464/17 mediante la cual se sancionó el Presupuesto General de la Municipalidad de Magdalena para elEjercicio 2018;

El expediente Letra D Nº 936/18 a través del cual el Departamento Ejecutivo propicia una reestructuración salarial;

Considerando

Que el D.E. cree necesario efectuar una adecuación de los salarios del personal municipal en el mes de Agosto del corriente;

Que para ello, ha tomado la decisión de aumentar el sueldo básico mínimo de los agentes municipales en pesos doscientos veintisiete ($227,00) a partir del 01/08/18;

Que asimismo ha decidido aumentar el monto de la Bonificación Especial Remunerativa no Bonificable que forma parte del sueldoconformado municipal en pesos doscientos uno ($ 201,00) a partir del 01/08/18;

Que los mencionados aumentos alcanzarán también con carácter general al personal que reviste en la Carrera Médica HospitalariaMunicipal;

Que por otra parte el D.E. ha tomado la decisión de fijar la Bonificación Especial Remunerativa no Bonificable en pesos dos mil doce ($2.012,00) a partir del 01/08/18 a quienes cumplen un régimen horario de 176 hs. Mensuales o 40 hs semanales y en pesos tres milcuatrocientos setenta y cinco ($ 3.475,00) a partir del 01/08/18 a quienes cumplen un régimen horario de 208 hs. mensuales o 48 hssemanales, con el fín de otorgarle proporcionalidad al sueldo conformado de los mismos con relación al tiempo trabajado;

Que de acuerdo al Artículo 34º “in-fine” de la L.O.M. es potestad del Departamento Ejecutivo propiciar cualquier modificación alPresupuesto una vez que este se encuentra sancionado;

Por todo ello

El Intendente Municipal de Magdalena, en uso de sus atribuciones

DECRETA

ARTICULO 1º: Fíjase AD-REFERENDUM – del Honorable Concejo Deliberante, a partir del 01/08/2018:-en la suma de PESOS DOS MILSEISCIENTOS CATORCE ($ 2.614,00.-) el Sueldo Básico Mínimo para los agentes municipales pertenecientes a la planta permanente de laAdministración Municipal, mayores de 18 años de edad, que cumplan el régimen horario de 30 horas semanales.

-El importe de la Bonificación Especial Remunerativa asignada al personal que revista en la planta permanente municipal cumpliendo unrégimen horario de 176 horas mensuales o 40 horas semanales en la suma de PESOS DOS MIL DOCE 00/100 ($ 2.012,00) mensuales.

-El importe de la Bonificación Especial Remunerativa asignada al personal que revista en la planta permanente municipal cumpliendo unrégimen horario de 208 horas mensuales o 48 horas semanales en la suma de PESOS TRES MIL CUATROCIENTOS SETENTA Y CINCO CON00/100 ($3.475,00) mensuales.

ARTICULO 2º: Fíjase a partir del 01/08/2018 la escala salarial consignada en los Anexos I, II , III, IV, V y VI respectivamente, los cuales forman parte del presente Decreto.

Municipio de Magdalena Boletin Oficial Municipal Pag. 214

ARTÍCULO 3º: Fíjase a partir del 01/08/2018 en la suma de SETENTA Y SIETE CON 00/100 ($ 77,00) el valor del módulo correspondiente ala Carrera Hospitalaria Profesional Municipal.

ARTICULO 4º: Fíjase el importe de la Bonificación Especial Remunerativa no Bonificable, cuyo monto queda establecido a partir del01/08/2018 en la suma de PESOS SEIS MIL TREINTA Y CUATRO CON 00/100 ($ 6.034,00.-).

ARTICULO 5º: Modifícase el importe de la Bonificación Especial Remunerativa no Bonificable asignada mediante Ordenanza Nº 2093/04 alos profesionales que revisten en la planta permanente de la Carrera Hospitalaria Profesional Municipal, cuyo monto queda establecido apartir del 01/08/2018 en la suma de PESOS CINCO MIL OCHOCIENTOS TRES CON 00/100 ($ 5.803,00.-).

ARTÍCULO 6º: Serán también beneficiarios del incremento otorgado en concepto de bonificación, de acuerdo al artículo precedente losprofesionales pertenecientes a la Carrera Hospitalaria Profesional Municipal que revistan en la misma en calidad de “interinos”.

ARTICULO 7º: Fijase a partir del 01/08/2018 el importe de la Bonificación por Refrigerio, en la suma de PESOS CIEN CON 00/100 ($100,00.-).

ARTICULO 8º: Fíjase a partir del 01/08/2018 en concepto de “Gastos de Representación” del xIntendente Municipal la suma de PESOS DOSMIL SEISCIENTOS CATORCE CON 00/100 ($ 2.614,00.-).

ARTICULO 9º: Fijese a partir del 01/08/2018 el incremento del 5% en la Bonificación por Función.

ARTICULO 10º: Los Secretarios de Gobierno, Hacienda, Juez de Faltas, Directores del Departamento Ejecutivo, Delegados del IntendenteMunicipal, Jefe de Personal y Secretario Privado del Intendente Municipal percibirán a partir del 01/08/18, como remuneración mensual yhabitual el sueldo calculado conforme a lo determinado

a) Secretario de Gobierno: El monto equivalente a 6 (seis) veces el sueldo “conformado”.

b) Secretario de Hacienda: El monto equivalente a 6 (seis) veces el sueldo “conformado”.

c) Juez de Faltas: El monto equivalente a 5,1 (cinco con una décima) veces el sueldo “conformado”.

d) Subsecretario de Gobierno, Obras y Servicios Públicos: El monto equivalente a 5,1 (cinco con una décima) veces el sueldo “conformado”.

e) Directores del Departamento Ejecutivo: El monto equivalente a 4,2 (cuatro con dos décimas) veces el sueldo “conformado”.

f) Jefe de Personal: El monto equivalente a 3,5 (tres con cinco décimas) veces el sueldo “conformado”.

g) Delegados de Bavio, Vieytes y Caminos Rurales: El monto equivalente a 4,2 (cuatro con dos décimas) veces el sueldo “conformado”.

h) Delegado de Balnearios: El monto equivalente a 3 (tres) veces el sueldo “conformado”.

i) Delegado de Atalaya y Empalme: El monto equivalente a 3,5 (tres y media) veces el sueldo “conformado”.

j) Secretario Privado del Intendente: El monto equivalente a 3,5 (tres y media) veces el sueldo “conformado”.

El sueldo “conformado” a que hace referencia el presente artículo en los incisos a), b), c), d), e), f) ,g), h), i) y j) será el resultante deconsiderar el Sueldo Básico Mínimo indicado en el artículo primero del presente Decreto al que habrá que adicionarle la Bonificación Especial Remunerativa no Bonificable establecida en el artículo cuarto del presente Decreto, la Bonificación por Refrigerio cuyo valor hasido establecido en el artículo séptimo del presente Decreto y la función reglamentada mediante Decreto 159/18.

ARTÍCULO 11º: En los términos del artículo 121º de la LOM y del artículo 14º de la Ordenanza 3464/17 se realizarán las transferencias delos créditos correspondientes a las distintas Partidas y en los Programas pertinentes que componen el Presupuesto vigente de laJurisdicción 1110100000 DEPARTAMENTO EJECUTIVO y 1110200000 HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE, a los efectos de adecuar loscréditos correspondientes a las distintas partidas que componen el inciso 1.0.0.0 GASTOS EN PERSONAL como consecuencia de laaplicación de lo consignado en los artículos precedentes del presente Proyecto de Ordenanza.

ARTICULO 12º.- El presente Decreto será refrendado por el Sr Secretario de Hacienda Cr ANDRES GARCIA.-

ARTICULO 13º: Comuníquese, regístrese y archívese.-

Fdo.

Lic. GONZALO PELUSO

Intendente Municipal

Fdo.

Cdor. ANDRES LUCIANO GARCIA

Secretario de Hacienda

Municipio de Magdalena Boletin Oficial Municipal Pag. 215

Decreto Nº 1283/18

Magdalena, 17/08/2018

Visto

Las actuaciones del expte letra D Nº 1 4 9 1 /18 mediante las cuales se tramita el traslado de la Agente Municipal López Norma, leg Nro2248 y;

Considerando

Que, es necesario contar con personal capacitado para la Unidad Sanitaria de Atalaya,

Que, la misma ya se desempeña desde el 1 de abril del corriente y que es necesario regularizar su actual jurisdicción.

Que, la presente cuenta con el aval del Sr. Secretario de Gobierno, autorizando lo solicitado.

P O R E L L O

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE MAGDALENA, en uso de sus facultades que le son propias

D E C R E T A

ARTICULO 1ro.: TRASLÁDESE CON RETROACTIVIDAD a partir del 01 de abril de 2018 para regularizar su jurisdicción actual a la AgenteMunicipal López Norma, leg Nro 2248, de la Jurisdicción 4000 – Programa 17, – PERSONAL DE SERVICIO a prestar funciones en laJurisdicción 4000, Programa 16, Proyecto 0 manteniendo las mismas condiciones laborales, en virtud de lo expuesto en el exordio de lapresente, manteniendo las mismas condiciones laborales y el régimen horario.

ARTICULO 2do: La erogación que demande el cumplimiento de lo determinado en los Artículos precedentes, será con afectación de laJurisdicción 4000, Partida 1-1-1-6 PERSONAL DE SERVICIO, Programa 16, FF 110.

ARTICULO 3ro.: El presente Decreto será refrendado por el Sr. Secretario de Gobierno, Rodolfo Tata.

ARTICULO 4to.: Comuníquese a quienes corresponda, tomen nota las Oficinas pertinentes, dése al Registro Municipal y Archívese.-

Fdo.

Lic. GONZALO PELUSO

Intendente Municipal

Fdo.

Dn. RODOLFO SALOMON TATA

Secretario de Gobierno

Decreto Nº 1284/18

Magdalena, 13/08/2018

Visto

La nota presentada por el Sr. Director de Cultura y Prensa , mediante la cual solicita sea Declarado de Interés Municipal todas las accionesen relación a las “VISITAS QUE EFECTUARAN EL Sr. ADMINISTRADOR GENERAL DE VIALIDAD PROVINCIAL ING. MARIANO CAMPOS Y ELSR INTENDENTE MUNICIPAL DEL DISTRITO DE QUILMES SR MARTINIANO MOLINA ” el día 14 de Agosto de 2018, y

Considerando

Que para hacer lugar a lo solicitado se necesita contar con publicidad, y catering entre otros,

Por ello

EL INTENDENTE MUNICIPAL de MAGDALENA en uso de sus atribuciones

D E C R E T A

Municipio de Magdalena Boletin Oficial Municipal Pag. 216

ARTICULO 1º: Declárese de INTERES MUNICIPAL las “VISITAS QUE EFECTUARAN EL SR ADMINISTRADOR GENERAL DE VIALIDADPROVINCIAL ING. MARIANO CAMPOS Y EL SR INTENDENTE MUNICIPAL DEL DISTRITO DE QUILMES D. MARTINIANO MOLINA”, el día 14 deagosto de 2018.-

ARTÍCULO 2º: En virtud de lo establecido en el art. anterior, los gastos a cargo del Municipio serán tomados de la Partida correspondiente.-

ARTICULO 3º: El presente Decreto será refrendado por el Sr. Secretario de Gobierno D. Rodolfo S. TATA .-

ARTICULO 4º: Comuníquese, tomen nota las Oficinas pertinentes, dese al Registro Municipal y Archívese.-

Fdo.

Lic. GONZALO PELUSO

Intendente Municipal

Fdo.

Dn. RODOLFO SALOMON TATA

Secretario de Gobierno

Decreto Nº 1285/18

Magdalena, 13/08/2018

Visto

El artículo 14º de la Ordenanza Nº 3464/17, de Presupuesto General para el Ejercicio 2018, sancionada con fecha 27/12/17 y promulgadamediante el Decreto Nº 942/17 del 29 de Diciembre de 2017; y

Considerando

Que el mencionado artículo faculta al Departamento Ejecutivo a disponer transferencias de créditos presupuestarios para reforzarconceptos preexistentes o crear nuevos, entre los conceptos de una Jurisdicción, Programa, Actividad Programática ó Proyecto distintos,correspondientes al Presupuesto de Gastos del presente Ejercicio;

Que se cree conveniente, con el fin de lograr una mayor prolijidad en la ejecución del Presupuesto dotar de crédito adicional a las Partidasque representan excedidas o con créditos insuficientes;

Que el citado artículo permite financiar las creaciones, ampliaciones o modificaciones de partidas del Presupuesto de Gastos mediantetransferencias de economías existentes en las restantes partidas de libre afectación;

Que es necesario efectuar las adecuaciones y correcciones pertinentes, las cuales tienen un fin exclusivamente de regularizaciónpresupuestaria, no implicando ello modificación alguna en el monto total del Presupuesto.

Por ello;

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE MAGDALENA en uso de sus atribuciones sanciona el siguiente:

DECRETO

ARTICULO 1º: Transfiéranse a las Partidas Presupuestarias correspondientes al DEPARTAMENTO EJECUTIVO (1110100000) créditos porun monto total de PESOS TRESCIENTOS VEINTE MIL CON 00/100 ( $ 320.000,00), de acuerdo al detalle de Jurisdicciones, Programas,Partidas y montos obrantes en la planilla de RAFAM adjunta, la que forma parte indivisible del presente.

ARTICULO 2º: Los créditos transferidos y asignados de acuerdo al artículo precedente, serán tomados de las Partidas correspondientes alDEPARTAMENTO EJECUTIVO (1110100000) por PESOS TRESCIENTOS VEINTE MIL CON 00/100 ( $ 320.000,00), conforme al detalle deJurisdicciones, Programas, Partidas y montos que se señalan en la planilla citada en el artículo anterior.

ARTICULO 3º: El presente Decreto será refrendado por el Señor Secretario de Hacienda de la Municipalidad de Magdalena.

ARTICULO 4º: Comuníquese al Honorable Concejo Deliberante dentro de los diez días contados a partir de la fecha, en cumplimiento del

Municipio de Magdalena Boletin Oficial Municipal Pag. 217

artículo 14º, inciso d) de la Ordenanza Nº 3464/17.-

ARTICULO 5º: Comuníquese, tomen nota las oficinas correspondientes, dése al Registro Municipal y archívese.-

Fdo.

Lic. GONZALO PELUSO

Intendente Municipal

Fdo.

Cdor. ANDRES LUCIANO GARCIA

Secretario de Hacienda

ANEXOS

Decreto Nº 1286/18

Magdalena, 14/08/2018

Visto

El expediente Letra D Nº 1184/1/8 mediante los cuales el Sr. Director de Producción, Turismo y Ambiente solicita la contratación de la Lic.PAULA ANDREA RAMIREZ, a fs. 1, y;

Considerando

Que a Fs. 1 de las actuaciones mencionadas se expresa la necesidad de contratar un Profesional competente cuya tarea se orientara arealizar informes técnicos específicos para la puesta en ejecución de un Plan de Manejo de la Reserva de Biosfera Parque Costero del Sur yrealizar correcciones técnicas de los Informes Periodicos, en el marco de la coordinación general de dicho Plan conducido por laFundacion CEPA, y dirigido por el Arq. Pesci., en reemplazo del Lic. Gustavo Pahn,

Que a fs. 1 el Sr. Director de Producción, Turismo y Ambiente informa que en la Dirección a su cargo no cuenta con personal idóneo otécnico especializado, ni la capacidad técnica necesaria para la realización de las tareas citadas ut –supra, situación que no ha variadohasta el momento.-

Por todo ello,

El INTENDENTE MUNICIPAL DE MAGDALENA, en uso de sus atribuciones

D E C R E T A

ARTICULO 1º: Reconócese por parte del Departamento Ejecutivo Municipal la “INCOMPETENCIA” manifestada por la Dirección deProducción, Turismo y Ambiente , por las causas expresadas en el exordio del presente y documentada en las actuaciones del Expte letraD Nº 1184/18.-

ARTICULO 2º: El presente Decreto será refrendado por el Sr. Secretario de Gobierno de la Municipalidad de Magdalena.-

ARTICULO 3º: Comuníquese, tomen nota las oficinas pertinentes, dese al Registro Municipal y archívese.-

Fdo.

Lic. GONZALO PELUSO

Intendente Municipal

Fdo.

Dn. RODOLFO SALOMON TATA

Secretario de Gobierno

Decreto Nº 1287/18

Magdalena, 14/08/2018

Municipio de Magdalena Boletin Oficial Municipal Pag. 218

Visto

Las actuaciones del Expediente Letra M, Número 1377/18 mediante las cuales NOELIA NOEMI MELGAREJO - CUIT 27-30959257-9, solicita habilitación Municipal del comercio cuya actividad es PESCADERIA – COMIDAS PARA LLEVAR, ubicado en calleLAVALLE Nº 851 de la Ciudad de Magdalena y,

Considerando

Las intervenciones e informes al respecto de las distintas dependencias municipales que aconsejan hacer lugar a lo solicitado, en virtudde haberse cumplimentado los requisitos establecidos en la normativa vigente.

Por todo ello

el INTENDENTE MUNICIPAL DE MAGDALENA, en uso de sus atribuciones

DECRETA

Artículo 1º: Autorizar y registrar a partir de la fecha por los motivos expuestos en el exordio, la Habilitación municipal del comercio cuyaactividad es PESCADERIA (Código de actividad 62-100-03) y COMIDAS PARA LLEVAR (Código de actividad 62-100-20) propiedad de NOELIANOEMI MELGAREJO - CUIT 27-30959257-9, Legajo Municipal Nº 62783 sito en el inmueble designado catastralmente como:Circunscripción I, Sección C, Manzana 229, Parcela 11a y Partida Inmobiliaria Nº 3.977 ubicado en calle LAVALLE Nº 851 de la Ciudad deMagdalena.

Artículo 2º: El presente Decreto será refrendado por el Secretario de Gobierno de la Municipalidad de Magdalena.

Artículo 3º: Comuníquese a quienes corresponda, tomen nota las Oficinas pertinentes dese al Registro Municipal y Archívese.

Fdo.

Lic. GONZALO PELUSO

Intendente Municipal

Fdo.

Dn. RODOLFO SALOMON TATA

Secretario de Gobierno

Decreto Nº 1288/18

Magdalena, 14/08/2018

Visto

Las actuaciones del expediente Letra F Número 1459/18 mediante las cuales FERNANDEZ YANINA ISABEL - CUIT 27-30879901-3 , LegajoMunicipal Nº 62718, solicita la BAJA del comercio habilitado con el rubro PELUQUERIA, mediante Resolución de fecha 27 de Octubre de2017 ubicado en calle PTE. PERON Nº 1009 de la Ciudad de Magdalena, en virtud de haber cesado sus actividades el día 01 de julio de2018; y

Considerando

Que de la documentación que se adjunta surge que se han cumplimentado los requisitos pertinentes.

Por ello

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE MAGDALENA, en uso de sus atribuciones,

DECRETA

Artículo 1º: Autorizar y registrar con retroactividad al 01 de Julio de 2018, la baja municipal de comercio cuya actividad es PELUQUERIA(Código de actividad 85-300-11), propiedad de FERNANDEZ YANINA ISABEL -CUIT 27-30879901-3, Legajo Municipal Nº62718 sito en elinmueble designado catastralmente como: Circunscripción I, Sección C, Manzana 233; Parcela 1m, y Partida Inmobiliaria Nº 3.302, ubicadoen calle PTE. PERON Nº 1009 de la Ciudad de Magdalena, en virtud de haber cesado sus actividades el día 01 de Julio de 2018.

Artículo 2º: El presente Decreto será refrendado por el Señor Secretario de Gobierno de la Municipalidad de Magdalena.

Artículo 3º: Comuníquese a quienes corresponda, tomen nota las oficinas pertinentes, dese al registro municipal y archívese.

Fdo.

Municipio de Magdalena Boletin Oficial Municipal Pag. 219

Lic. GONZALO PELUSO

Intendente Municipal

Fdo.

Dn. RODOLFO SALOMON TATA

Secretario de Gobierno

Decreto Nº 1289/18

Magdalena, 14/08/2018

Visto

El Expte. Letra C Nº 1486/18 mediante el cual la Sra. CONTRERAS, Margarita solicita ayuda económica para abonar el suministro de luz, y

Considerando

Que a fs.1 se encuentra nota de pedido para abonar el pago de luz por parte de la Sra. CONTRERAS Margarita

Que a fs. 2 se encuentra la factura de la Empresa Edelap donde consta la deuda que posee.

Que a fs.3 se corrobora la situación socio-económica del solicitante.

Que el servicio de luz es indispensable para la Sra. CONTRERAS Margarita

Por ello,

EL Sr. INTENDENTE MUNICIPAL en uso de sus atribuciones

DECRETA

ARTICULO 1º: ABONESE a la Empresa EDELAP la suma de PESOS DOS MIL NOVECIENTOS CUARENTA Y SEIS CON CINCUENTA Y SEIS CTVS($2946.56) en concepto de pago de luz de la Sra. CONTRERAS Margarita de acuerdo al considerando.

ARTÍCULO 2º: Para tal gasto será afectada la partida 5.1.4.0 Ayuda Sociales a Personas. Jurisdicción 7000 .Apertura Programática24.04.00 .Fuente de financiamiento 110 Tesoro Municipal.

ARTICULO 3º: El solicitante deberá presentar el comprobante dentro de los 30 días recibido el beneficio.

ARTICULO 4 º: El presente Decreto será refrendado por el Secretario de Hacienda.

ARTICULO 5º: Comuníquese a quienes corresponda y archívese

Fdo.

Lic. GONZALO PELUSO

Intendente Municipal

Fdo.

Cdor. ANDRES LUCIANO GARCIA

Secretario de Hacienda

Decreto Nº 1290/18

Magdalena, 14/08/2018

Visto

La nota presentada por el Sr Presidente Avocación de Abogados de Magdalena , obrante a fs. 1 del Expte. Letra D Nº 1501/18, mediante lacual solicitan sea Declarado de Interés Municipal todas las acciones en relación a la “jornada de Capacitación”, sobre pautas

Municipio de Magdalena Boletin Oficial Municipal Pag. 220

interpretativas acordada SCBA 3886 y Presentaciones y Notificaciones Electrónicas, a llevarse a cabo el dia 15 de Agosto próximo en elCentro Cultural, y

Considerando

Que, dicho jornada es organizada por el Colegio de Abogados de La Plata y en la oportunidad disertará el presidente de la institución Dr.COLLI, quedando la capacitación a cargo de la Consejera y Presidenta área de administración de Justicia Dra. Ana Laura Ramos,

Por ello

EL INTENDENTE MUNICIPAL de MAGDALENA en uso de sus atribuciones

D E C R E T A

ARTICULO 1º: Declárese de INTERES MUNICIPAL todas las acciones en relación a la “JORNADA DE CAPACITACION ”,organizada por elColegio de Abogados de La Plata a realizarse el dia 15 de Agosto próximo en el Centro Cultural de esta Ciudad.-

ARTICULO 2º: El presente Decreto será refrendado por el Sr. Secretario de Gobierno D. Rodolfo S. TATA.-

ARTICULO 3º: Comuníquese, tomen nota las Oficinas pertinentes, dese al Registro Municipal y Archívese.-

Fdo.

Lic. GONZALO PELUSO

Intendente Municipal

Fdo.

Dn. RODOLFO SALOMON TATA

Secretario de Gobierno

Decreto Nº 1291/18

Magdalena, 14/08/2018

Visto

Las actuaciones obrantes en Expte Letra I nº 556/18, referente a la mano de obra con provisión de equipos para EJECUCION DE900 M2 DE BACHEO EN CARPETA ASFALTICA de la Localidad de Magdalena, y

Considerando

Que, el día 08 de JUNIO del año Dos Mil Dieciocho ha sido suscripto contrato con la firma SOLIDUM CONSTRUCTIONE S.A – DE CIBRAROMARIA CANDELARIA DNI Nº 27.824.880, por un monto total de PESOS UN MILLON DOSCIENTOS TREINTA Y SEIS MIL ($ 1.236.000,00).- `

Que, por decreto Nº1186/18 se Autoriza realizar la ampliación de obra, por un monto total de PESOS CUATROCIENTOS OCHENTA MILSEISCIENTOS SESENTA Y SIETE ($480.667).-

Que, ha sido emitido el Certificado de Obra por el monto total, debiéndose proceder a su liquidación respectiva.-

Que, el presente Certificado se afianza mediante Póliza de Caución Nº 307963 en concepto de Garantía Sustitución Fondo de Reparo,emitida por Federación Patronal. -

POR ELLO:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE MAGDALENA, en uso de sus atribuciones,

DECRETA

ARTICULO 1º: Líbrese Orden de Pago a la Firma SOLIDUM CONSTRUCTIONE S.A – DE CIBRARO MARIA CANDELARIA DNI Nº 27.824.880, porla suma de PESOS CUATROCIENTOS OCHENTA MIL SEISCIENTOS SESENTA Y SIETE ($480.667), de acuerdo a los considerandos de lapresente.-

ARTICULO 2º: Las erogaciones que se determinen del Artículo anterior tomadas de Jurisdicción: 5.000 – Partida 4.2.2.0. CONSTRUCCIONES

Municipio de Magdalena Boletin Oficial Municipal Pag. 221

EN BIENES DE DOMINIO PUBLICO - Programa 23 - Fuente de Financiamiento 132 - del Presupuesto de Gastos vigente.-

ARTICULO 3º: El presente Decreto será refrendado por el Secretario de Hacienda, Cdor. ANDRES GARCIA.-

ARTICULO 4º: Comuníquese a quiénes corresponda, tomen nota las Oficinas pertinentes, dése al Registro Municipal y archívese.-

Fdo.

Lic. GONZALO PELUSO

Intendente Municipal

Fdo.

Cdor. ANDRES LUCIANO GARCIA

Secretario de Hacienda

Decreto Nº 1292/18

Magdalena, 14/08/2018

Visto

Las actuaciones iniciadas mediante Expte. Letra D Nº 252/18, y

Considerando

Que en las mismas el Sr Delegado Municipal de Bme. Bavio, informa sobre las tareas convenidas con el Agente JOSE MARIA ARAMBURULeg. Nº 468, a efectivizar en horario Extra Laboral durante el mes de julio del año 2018, afectado a tareas Operario de motoniveladora,cumpliendo horario de 13 a 18 hs, a partir del mes de mayo, junio, julio y agosto, afectado a la Delegación de Caminos Rurales y libredisponibilidad los días sábados y domingos, por el monto de PESOS CINCO MIL QUINIENTOS CON 00/100 ($ 5.500-)

Que, la Ordenanza Nro 3345/16, Decreto 722/16 (Convalidación Dec 642/16 , contempla la realización de tareas en la modalidadJORNADAS DE EXTENSIÓN EXTRA LABORAL.

Que, el referido agente cuenta con la certificación del Sr Jefe de Personal avalando la pertinente liquidación de haberes por el montoindicado.

POR ELLO

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE MAGDALENA, en uso de sus atribuciones que le son propias

D E C R E T A

ARTICULO 1°: AUTORICESE al Departamento de Liquidaciones a liquidar los haberes correspondientes al mes de agosto del presente añoal Sr JOSE MARIA ARAMBURU Leg. Nº 468 por la suma de PESOS CINCO MIL QUINIENTOS CON 00/100 ($ 5.500), en virtud de lo expuestoen el exordio de la presente.

ARTICULO 2°: La erogación que demande el cumplimiento de lo determinado en el Art. Precedente será con afectación a la Partida 1.3.1.2 -Jurisdicción 5000- Programa 21 EXTENSIÓN EXTRA LABORAL DE TAREAS – del Presupuesto de Gastos Vigente.

ARTICULO 3°: El presente Decreto, será refrendado por el Secretario de Hacienda Cdr. Andrés García.-

ARTICULO 4°: Comuníquese a quienes corresponda, tomen nota las Oficinas pertinentes, dése al Registro Municipal y Archívese.

Fdo.

Lic. GONZALO PELUSO

Intendente Municipal

Fdo.

Cdor. ANDRES LUCIANO GARCIA

Secretario de Hacienda

Municipio de Magdalena Boletin Oficial Municipal Pag. 222

Decreto Nº 1293/18

Magdalena, 14/08/2018

Visto

Las actuaciones iniciadas mediante Expte. Letra S, Nº 362/18.

Considerando

Que en las mismas el Sr. Director de Control Urbano y Seguridad Ciudadana A Cargo, informa sobre las tareas convenidas con la Sra.Carina Nancy Machado David, Leg. Nº 1086, a efectivizar en horario Extra Laboral durante el mes de julio del año 2018, afectado a Dictadode Curso de Seguridad Vial a instancias de la Agencia Nacional de Seguridad Vial, y en el marco de la futura emisión de la LicenciaNacional de Conducir, por el monto de PESOS MIL DOSICENTOS CON 00/100 ($ 1.200,00.-)

Que, la Ordenanza Nro 3345/16, Decreto 722/16 (Convalidación Dec 642/16 , contempla la realización de tareas en la modalidadJORNADAS DE EXTENSIÓN EXTRA LABORAL.

Que, el referido agente cuenta con la certificación del Sr. Director de Control Urbano y Seguridad Ciudadana, avalando la pertinenteliquidación de haberes por el monto indicado.

POR ELLO

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE MAGDALENA, en uso de sus atribuciones que le son propias.

D E C R E T A

ARTICULO 1°: AUTORICESE al Departamento de Liquidaciones a liquidar los haberes del mes de agosto del presente año correspondientesa la Sra. Carina Nancy Machado David, Leg. Nº 1086, por la suma de PESOS MIL DOSCIENTOS CON 00/100 ($ 1.200,00.-) , en virtud de loexpuesto en el exordio de la presente.

ARTICULO 2°: La erogación que demande el cumplimiento de lo determinado en el Art. Precedente será con afectación a la Partida 1.3.1.2 -Jurisdicción 9000- Programa 25- Proyecto14 – EXTENSIÓN EXTRA LABORAL DE TAREAS – del Presupuesto de Gastos Vigente.

ARTICULO 3°: El presente Decreto, será refrendado por el Secretario de Hacienda, Cdr. Andrés García.

ARTICULO 4°: Comuníquese a quienes corresponda, tomen nota las Oficinas pertinentes, dése al Registro Municipal y Archívese.

Fdo.

Lic. GONZALO PELUSO

Intendente Municipal

Fdo.

Cdor. ANDRES LUCIANO GARCIA

Secretario de Hacienda

Decreto Nº 1294/18

Magdalena, 14/08/2018

Visto

Las actuaciones iniciadas mediante Expte. Letra D, Nº 363/18,

Considerando

Que en las mismas el Director de Control Urbano y Seguridad Ciudadana “A CARGO” Gaston LOPEZ, informa sobre las tareas convenidascon la Sra. VIVIANA C. PANDOLFI, Leg. Nº 1202, a efectivizar en horario Extra Laboral durante el mes de julio del año 2018, afectado aDictado de Curso de Seguridad Vial a instancias de la Agencia Nacional de Seguridad Vial, y en el marco de la futura emisión de la LicenciaNacional de Conducir, por el monto de PESOS SEISICENTOS CON 00/100 ($ 600,00.-)

Que, la (Ordenanza Nro 3345/16, Decreto 722/16 (Convalidación Dec 642/16), contempla la realización de tareas en la modalidadJORNADAS DE EXTENSIÓN EXTRA LABORAL.

Municipio de Magdalena Boletin Oficial Municipal Pag. 223

Que, el referido agente cuenta con la certificación del Sr. Director de Control Urbano y Seguridad Ciudadana “A CARGO”, avalando lapertinente liquidación de haberes por el monto indicado.

POR ELLO

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE MAGDALENA, en uso de sus atribuciones que le son propias.

D E C R E T A

ARTICULO 1°: AUTORICESE al Departamento de Liquidaciones a liquidar los haberes correspondientes a la Sra. VIVIANA CLAUDIAPANDOLFI, Leg. Nº 1202, por la suma de PESOS SEISICIENTOS0 CON 00/100 ($ 600,00) para el mes de agosto del año 2018, en virtud de loexpuesto en el exordio de la presente.

ARTICULO 2°: La erogación que demande el cumplimiento de lo determinado en el Art. Precedente será con afectación a la Partida 1.3.1.2 -Jurisdicción 9000- Programa 25- Proyecto14 – EXTENSIÓN EXTRA LABORAL DE TAREAS – del Presupuesto de Gastos Vigente.

ARTICULO 3°: el presente Decreto, será refrendado por el Secretario de Hacienda, Cdr. Andrés García.

ARTICULO 4°: Comuníquese a quienes corresponda, tomen nota las Oficinas pertinentes, dése al Registro Municipal y Archívese.

Fdo.

Lic. GONZALO PELUSO

Intendente Municipal

Fdo.

Cdor. ANDRES LUCIANO GARCIA

Secretario de Hacienda

Decreto Nº 1295/18

Magdalena, 14/08/2018

Visto

Las actuaciones iniciadas mediante Expte. Letra S, Nº 241/18, y;

Considerando

Que en las mismas el Sr. Director de Servicios Públicos informa sobre las tareas convenidas con la Arq VIVIANA MARIANO, Legajo Nº1239, afectada a realizar tareas de Dirección de Obra de Jardín de Infantes Nro 910 Paraje La Clelia, Jardin de Infantes Nro 12 ParajeStarache, para el mes de julio del presente año, por el monto de PESOS DOS MIL QUINIENTOS CON 00/CVOS ($ 2.500,00.-)

Que, la Ordenanza Nro 3345/16, Decreto 722 (Convalidación Dec 642/16) contempla la realización de tareas en la modalidad JORNADAS DEEXTENSIÓN EXTRA LABORAL.

Que, el referido Agente cuenta con la certificación del Sr. Subsecretario de Gobierno Obras y Servicios Públicos avalando la pertinenteliquidación de haberes por el monto indicado, como asimismo con la correspondiente autorización.

POR ELLO

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE MAGDALENA, en uso de sus atribuciones que le son propias.

D E C R E T A

ARTICULO 1°: AUTORICESE POR INSISTENCIA al Departamento de Liquidaciones a liquidar los haberes correspondientes a la Arq VIVIANAMARIANO, Legajo Nº 1239, por la suma de PESOS DOS MIL QUINIENTOS CON 00/CVOS ($ 2.500,00.-) para el mes de agosto del año 2018, envirtud de lo expuesto en el exordio de la presente.

ARTICULO 2°: La erogación que demande el cumplimiento de lo determinado en el Art. Precedente será con afectación a la Partida 1.3.1.2– EXTENSIÓN EXTRA LABORAL DE TAREAS – Jurisdicción 5000, programa 20, proyecto 01, del Presupuesto de Gastos Vigente.

ARTICULO 3°: El presente Decreto, será refrendado por el Secretario de Hacienda, Cdr. Andrés García.

ARTICULO 4°: Comuníquese a quienes corresponda, tomen nota las Oficinas pertinentes, dése al Registro Municipal y Archívese.

Fdo.

Municipio de Magdalena Boletin Oficial Municipal Pag. 224

Lic. GONZALO PELUSO

Intendente Municipal

Fdo.

Cdor. ANDRES LUCIANO GARCIA

Secretario de Hacienda

Decreto Nº 1296/18

Magdalena, 14/08/2018

Visto

Las actuaciones iniciadas mediante Expte. Letra S, Nº 239/18, y;

Considerando

Que en las mismas el Sr. Director de Obras Publicas informa sobre las tareas convenidas con el Sr ABEL TURCATTI, Legajo Nº 1309,efectivizada en horario Extra Laboral durante el mes de julio del año 2018, para realizar tareas visado de Plano de Obras Particulares, porel monto de PESOS CUATRO MIL ($ 4.000,00.-)

Que, la Ordenanza Nro 3345/16, Decreto 722 (Convalidación Dec 642/16),

contempla la realización de tareas en la modalidad JORNADAS DE EXTENSIÓN EXTRA LABORAL.

Que, el referido Agente cuenta con la certificación del Sr. Subsecretario de Gobierno Obras y Servicios Públicos avalando la pertinenteliquidación de haberes por el monto indicado, como asimismo con la correspondiente autorización.

Que, lo solicitado cuenta con el aval del Sr. Secretario de Hacienda, autorizando que se dicte el acto administrativo pertinente.

POR ELLO

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE MAGDALENA, en uso de sus atribuciones que le son propias

D E C R E T A

ARTICULO 1°: AUTORICESE POR INSISTENCIA al Departamento de Liquidaciones a liquidar los haberes del mes de agosto del presente añocorrespondientes al Sr. ABEL TURCATTI, Legajo Nº 1309, por la suma de PESOS CUATRO MIL ($ 4.000,00.-), en virtud de lo expuesto en elexordio de la presente.

ARTICULO 2°: La erogación que demande el cumplimiento de lo determinado en el Art. Precedente será con afectación a la Partida 1.3.1.2–EXTENSIÓN EXTRA LABORAL DE TAREAS – Jurisdicción 5000, programa 20, proyecto 01, del Presupuesto de Gastos Vigente.

ARTICULO 3°: El presente Decreto, será refrendado por el Secretario de Hacienda, Cdr. Andrés García.

ARTICULO 4°: Comuníquese a quienes corresponda, tomen nota las Oficinas pertinentes, dése al Registro Municipal y Archívese.

Fdo.

Lic. GONZALO PELUSO

Intendente Municipal

Fdo.

Cdor. ANDRES LUCIANO GARCIA

Secretario de Hacienda

Decreto Nº 1297/18

Magdalena, 14/08/2018

Visto

Las actuaciones iniciadas mediante Expte. Letra S, Nº 240/18, y;

Considerando

Que en las mismas el Sr. Director de Obras Publicas informa sobre las tareas convenidas con el Sr. DANIEL TIDONI, Legajo Nº 1094,efectivizada en horario Extra Laboral durante el mes de julio del año 2018, para realizar Trabajos topográficos de nivelación y replanteo de

Municipio de Magdalena Boletin Oficial Municipal Pag. 225

obras, marcación de calles y lotes municipales con afectación al cordón cuneta con personal a cargo, y responsable municipal en la cargade datos para el Registro Provincial de Villas y/o asentamientos precarios, por los meses de Enero a Junio inclusive del presente año., porel monto de PESOS CINCO MIL CON 00/100 ($ 5.000.-)

Que, la Ordenanza Nro 3345/16, Decreto 722/16 (Convalidación Dec 642/16), contempla la realización de tareas en la modalidadJORNADAS DE EXTENSIÓN EXTRA LABORAL.

Que, la referida Agente cuenta con la certificación del Sr. Sr. Subsecretario de Gobierno Obras y Servicios Públicos la pertinente liquidaciónde haberes por el monto indicado, como asimismo con la correspondiente autorización.

Que, lo solicitado cuenta con el aval del Sr. Secretario de Hacienda, autorizando que se dicte el acto administrativo pertinente

POR ELLO

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE MAGDALENA, en uso de sus atribuciones que le son propias

D E C R E TA

ARTICULO 1°: AUTORICESE al Departamento de Liquidaciones a liquidar los haberes correspondientes al Sr. TIDONI DANIEL, Legajo Nº1094, por la suma de PESOS CINCO MIL CON 00/100 ($ 5.000.-) para el mes de agosto del presente año, en virtud de lo expuesto en elexordio de la presente.

ARTICULO 2°: La erogación que demande el cumplimiento de lo determinado en el Art. Precedente será con afectación a la Partida 1.3.1.2–EXTENSIÓN EXTRA LABORAL DE TAREAS – Jurisdicción 8000, programa 01, del Presupuesto de Gastos Vigente.

ARTICULO 3°: El presente Decreto, será refrendado por el Secretario de Hacienda, Sr. Rodolfo Tata.

ARTICULO 4°: Comuníquese a quienes corresponda, tomen nota las Oficinas pertinentes, dése al Registro Municipal y Archívese.

Fdo.

Lic. GONZALO PELUSO

Intendente Municipal

Fdo.

Cdor. ANDRES LUCIANO GARCIA

Secretario de Hacienda

Decreto Nº 1298/18

Magdalena, 14/08/2018

Visto

Las actuaciones iniciadas mediante Expte. Letra D, Nº 325/18.

Considerando

Que en las mismas el Sr. Director del Hospital, informa sobre las tareas convenidas con el Agente Leguizamon José, Leg. Nº 2364, aefectivizar en horario Extra Laboral durante el mes de julio del año 2018, afectado a: Administrativo en el cuartel de BomberosVoluntarios de Magdalena, por el monto de PESOS TRES MIL QUINIENTOS CON 00/100 ($ 3.500,00.-)

Que, la Ordenanza Nro 3345/16, Decreto 722 (Convalidación Dec 642/16), contempla la realización de tareas en la modalidad JORNADASDE EXTENSIÓN EXTRA LABORAL.

Que, el referido agente cuenta con la certificación del Sr. Director del Hospital, avalando la pertinente liquidación de haberes por el montoindicado.

POR ELLO

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE MAGDALENA , en uso de sus atribuciones que le son propias

D E C R E T A

ARTICULO 1°: AUTORICESE al Departamento de Liquidaciones a liquidar los haberes del mes de agosto del presente año correspondientes

Municipio de Magdalena Boletin Oficial Municipal Pag. 226

al Sr. Agente José Leguizamon, Leg. Nº 2364, por la suma de PESOS TRES MIL QUINIENTOS CON 00/100 ($ 3.500,00.-), en virtud de loexpuesto en el exordio de la presente.

ARTICULO 2°: La erogación que demande el cumplimiento de lo determinado en el Art. Precedente será con afectación a la Partida 1.3.1.2– Finalidad 4000- Programa 19–EXTENSIÓN EXTRA LABORAL DE TAREAS – del Presupuesto de Gastos Vigente.

ARTICULO 3°: El presente Decreto, será refrendado por el Secretario de Hacienda, Sr. Cdr. Andrés García.

ARTICULO 4°: Comuníquese a quienes corresponda, tomen nota las Oficinas pertinentes, dése al Registro Municipal y Archívese.

Fdo.

Lic. GONZALO PELUSO

Intendente Municipal

Fdo.

Cdor. ANDRES LUCIANO GARCIA

Secretario de Hacienda

Decreto Nº 1299/18

Magdalena, 14/08/2018

Visto

Las actuaciones iniciadas mediante Expte. Letra S, Nº 295/18.

Considerando

Que en las mismas la Subdirectora de Asesoría Letrada, informa sobre las tareas convenidas con el Agente Reynoso María Rosa, Leg. Nº972, a efectivizar en horario Extra Laboral durante julio de 2018, por extensión laboral en el horario de 13 a 15 hs en la Asesoría Letradapor el monto de PESOS TRES MIL QUINIENTOS ($ 3.500,00.-).

Que, la Ordenanza Nro 3345/16, Decreto 722 (Convalidación Dec 642/16), contemplan la realización de tareas en la modalidad JORNADASDE EXTENSIÓN EXTRA LABORAL.

Que, el referido agente cuenta con la certificación de la Sra. Subdirectora de Asesoría Letrada, avalando la pertinente liquidación dehaberes por el monto indicado.

Que, lo solicitado cuenta con el aval del Sr. Secretario de Hacienda, autorizando que se dicte el acto administrativo pertinente.

POR ELLO

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE MAGDALENA, en uso de sus atribucionesque le son propias

D E C R E T A

ARTICULO 1°: AUTORICESE al Departamento de Liquidaciones a liquidar los haberes del mes de agosto del presente año correspondientesal Agente Reynoso Maria Rosa, Leg. Nº 972, por la suma de PESOS TRES MIL QUINIENTOS ($ 3.500,00.-), en virtud de lo expuesto en elexordio de la presente.

ARTICULO 2°: La erogación que demande el cumplimiento de lo determinado en el Art. Precedente será con afectación a la Partida 1.3.1.2Jurisdicción 9000 Programa 01- EXTENSIÓN EXTRA LABORAL DE TAREAS – del Presupuesto de Gastos Vigente.

ARTICULO 3°: El presente Decreto, será refrendado por el Secretario de Hacienda, Cdr. Andrés García.

ARTICULO 4°: Comuníquese a quienes corresponda, tomen nota las Oficinas pertinentes, dése al Registro Municipal y Archívese.

Fdo.

Lic. GONZALO PELUSO

Intendente Municipal

Fdo.

Cdor. ANDRES LUCIANO GARCIA

Municipio de Magdalena Boletin Oficial Municipal Pag. 227

Secretario de Hacienda

Decreto Nº 1300/18

Magdalena, 14/08/2018

Visto

Las actuaciones iniciadas mediante Expte. J Nº 298/18 y;

Considerando

Que en las mismas la Sra. Jefa de Compras informa sobre las tareas convenidas con el Sr. BORJA WALTER, Legajo Nº 1099, efectivizadasen horario Extra Laboral durante el mes de julio del año 2018 afectado a la realización de tareas en la modalidad JORNADAS DEEXTENSIÓN EXTRALABORAL, por el monto de PESOS TRES MIL QUINIENTOS CON 00/100 ($ 3.500,00.-)

Que, la Ordenanza Nro 3345/16, Decreto 722 (Convalidación Dec 642/16), contempla la realización de tareas en la modalidad JORNADASDE EXTENSIÓN EXTRA LABORAL.

Que, lo solicitado cuenta con el aval del Sr. Secretario de Hacienda, autorizando que se dicte el acto administrativo pertinente.

POR ELLO

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE MAGDALENA, en uso de sus atribuciones que le son propias,

D E C R E T A

ARTICULO 1°: AUTORICESE al Departamento de Liquidaciones a liquidar los haberes correspondientes en el mes de agosto del presenteaño al Sr BORJA WALTER Legajo Nº 1099, por la suma de PESOS TRES MIL QUINIENTOS CON 00/100.- ($ 3.500,00.-), en virtud de loexpuesto en el exordio de la presente.

ARTICULO 2°: La erogación que demande el cumplimiento de lo determinado en el Art. Precedente será con afectación a la Partida 1.3.1.2 –EXTENSIÓN EXTRA LABORAL DE TAREAS – Jurisdicción 8000, Programa 01, del Presupuesto de Gastos Vigente.

ARTICULO 3°: El presente decreto, será refrendado por el Secretario de Hacienda, Cdr. Andrés García.

ARTICULO 4°: Comuníquese a quienes corresponda, tomen nota las Oficinas pertinentes, dése al Registro Municipal y Archívese.

Fdo.

Lic. GONZALO PELUSO

Intendente Municipal

Fdo.

Cdor. ANDRES LUCIANO GARCIA

Secretario de Hacienda

Decreto Nº 1301/18

Magdalena, 14/08/2018

Visto

Las actuaciones iniciadas mediante Expte. Letra D Nº 292/18.

Considerando

Que en las mismas el Sr. Director de Deportes , informa sobre las tareas convenidas con el Sr. SANIRATO LUCAS, Leg. Nº 4405, a efectivizaren horario Extra Laboral durante julio del presente año, como Coordinación y gestión de actividades de la escuela municipal de deportes,responsable de la etapa municipal, regional y provincial juegos bonaerenses 2018, organización y supervisión de actividades especiales adesarrollarse los Sábados y Domingos en el predio del CRIM, HASTA EL 31/12/2018, por el monto de PESOS TRES MIL QUINIENTOS CON00/100.- ($ 3.500.-)

Que, la Ordenanza Nro 3345/16, Decreto 722/16 (Convalidación Dec 642/16 contempla la realización de tareas en la modalidad JORNADASDE EXTENSIÓN EXTRA LABORAL.

Que, el referido agente cuenta con la certificación del Sr. Director de Deportes, avalando la pertinente liquidación de haberes por el montoindicado.

Municipio de Magdalena Boletin Oficial Municipal Pag. 228

Que, lo solicitado cuenta con el aval del Sr. Secretario de Hacienda, autorizando que se dicte el acto administrativo pertinente.

POR ELLO

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE MAGDALENA, en uso de sus atribuciones

D E C R E T A

ARTICULO 1°: AUTORICESE POR INSISTENCIA al Departamento de Liquidaciones a liquidar los haberes del mes de agosto del presente añocorrespondiente al Sr. SANIRATO LUCAS, Leg. Nº 4405, por la suma de PESOS TRES MIL QUINIENTOS CON 00/100.- ($ 3.500.-), en virtud delo expuesto en el exordio de la presente.

ARTICULO 2°: La erogación que demande el cumplimiento de lo determinado en el Art. Precedente será con afectación a la Partida 1.3.1.2Jurisdicción 11000 Programa 28 –Proyecto 11 FF 132 EXTENSIÓN EXTRA LABORAL DE TAREAS – del Presupuesto de Gastos Vigente.

ARTICULO 3°: El presente Decreto, será refrendado por el Secretario de Hacienda, Cdr. Andrés García.

ARTICULO 4°: Comuníquese a quienes corresponda, tomen nota las Oficinas pertinentes, dése al Registro Municipal y Archívese.

Fdo.

Lic. GONZALO PELUSO

Intendente Municipal

Fdo.

Cdor. ANDRES LUCIANO GARCIA

Secretario de Hacienda

Decreto Nº 1302/18

Magdalena, 14/08/2018

Visto

Las actuaciones iniciadas mediante Expte. S Nº 291/18 y;

Considerando

Que en las mismas el Sr. Secretario de Gobierno informa sobre las tareas convenidas con la Sra. Sianca Cristina, Legajo Nº 586,efectivizadas en horario Extra Laboral durante el mes de julio del año en 2018 afectado a la realización de tareas de Impresión de hojasrubricadas por el HTC, decretos del año en curso. Resoluciones en hojas rubricadas por el HTC. Impresión y Registro, por el monto dePESOS TRES MIL ($ 3.000.-).

Que, la Ordenanza Nro 3345/16, Decreto 722 (Convalidación Dec 642/16),

contempla la realización de tareas en la modalidad JORNADAS DE EXTENSIÓN EXTRA LABORAL.

Que, lo solicitado cuenta con el aval del Secretario de Hacienda, autorizando que se dicte el acto administrativo pertinente.

POR ELLO

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE MAGDALENA, en uso de sus atribuciones que le son propias,

D E C R E T A

ARTICULO 1°: AUTORICESE al Departamento de Liquidaciones a liquidar los haberes correspondientes a la Sra. Sianca Cristina, Legajo Nº586, por la suma de PESOS TRES MIL ($ 3.000.-) para el mes de agosto del presente año, en virtud de lo expuesto en el exordio de lapresente.

ARTICULO 2°: La erogación que demande el cumplimiento de lo determinado en el Art. Precedente será con afectación a la Partida 1.3.1.2 –EXTENSIÓN EXTRA LABORAL DE TAREAS – Jurisdicción 9000, Programa 01, FF 110, del Presupuesto de Gastos Vigente.

ARTICULO 3°: El presente Decreto, será refrendado por el Secretario de Hacienda, Cdr. Andrés García.

ARTICULO 4°: Comuníquese a quienes corresponda, tomen nota las Oficinas pertinentes, dése al Registro Municipal y Archívese.

Municipio de Magdalena Boletin Oficial Municipal Pag. 229

Fdo.

Lic. GONZALO PELUSO

Intendente Municipal

Fdo.

Cdor. ANDRES LUCIANO GARCIA

Secretario de Hacienda

Decreto Nº 1303/18

Magdalena, 14/08/2018

Visto

Las actuaciones iniciadas mediante Expte. Letra S Nº 338/18, y;

Considerando

Que en las mismas el Sr. Secretario de Hacienda informa sobre las tareas convenidas con la Sra SILVIA SACCONE, Legajo Nº 1225,efectivizada en horario Extra Laboral durante el mes de julio del año 2018, afectada a realizar innumerables tareas inherentes a laliquidación de haberes, sumado a las tareas normales y habituales propias del Area. Realiza dichas tareas excediendo diariamente sujornada laboral, por el monto de PESOS MIL QUINIENTOS CON 00/100 ($ 1.500,00.-)

Que, la Ordenanza Nro 3345/16, Decreto 722/16 (Convalidación Dec 642/16), contempla la realización de tareas en la modalidadJORNADAS DE EXTENSIÓN EXTRA LABORAL.

Que, el referida Agente cuenta con la certificación del Sr. Secretario de Hacienda, avalando la pertinente liquidación de haberes por elmonto indicado, como asimismo con la correspondiente autorización.

POR ELLO

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE MAGDALENA, en uso de sus atribuciones que le son propias.

D E C R E T A

ARTICULO 1°: AUTORICESE al Departamento de Liquidaciones a liquidar los haberes del mes de agosto del presente año, correspondientesa la Sra SILVIA SACCONE, Legajo Nº 1225, por la suma de PESOS MIL QUINIENTOS CON 00/100 ($ 1.500,00.-), en virtud de lo expuesto en elexordio de la presente.

ARTICULO 2°: La erogación que demande el cumplimiento de lo determinado en el Art. Precedente será con afectación a la Partida 1.3.1.2– EXTENSIÓN EXTRA LABORAL DE TAREAS – Jurisdicción 8000, programa 01, del Presupuesto de Gastos Vigente.

ARTICULO 3°: El presente Decreto, será refrendado por el Sr. Secretario de Hacienda, Cdr. Andrés García.

ARTICULO 4°: Comuníquese a quienes corresponda, tomen nota las Oficinas pertinentes, dése al Registro Municipal y Archívese.

Fdo.

Lic. GONZALO PELUSO

Intendente Municipal

Fdo.

Cdor. ANDRES LUCIANO GARCIA

Secretario de Hacienda

Decreto Nº 1304/18

Magdalena, 14/08/2018

Visto

Municipio de Magdalena Boletin Oficial Municipal Pag. 230

Las actuaciones iniciadas mediante Expte. Letra J, N° 255/18, y;

Considerando

Que en las mismas el Sr. Jefe de Personal informa sobre las tareas convenidas con la Agente Municipal MARQUEZ ADRIANA legajo 1327, aefectivizar en horario Extra Laboral, afectado a tareas extraordinarias durante el mes de julio del 2018, por el monto de pesos $ 3.500(TRES MIL QUINIENTOS CON 00/100).

Que, la Ordenanza Nro 3345/16, Decreto 722/16 (Convalidación Dec 642/16 , contempla la realización de tareas en la modalidadJORNADAS DE EXTENSIÓN EXTRA LABORAL.

Que, el referido Agente cuenta con la certificación del Sr. Jefe de Personal, avalando la pertinente liquidación de haberes por el montoindicado.

POR ELLO

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE MAGDALENA , en uso de sus atribuciones que le son propias

D E C R E T A

ARTICULO 1°: AUTORICESE al Departamento de Liquidaciones a liquidar los haberes correspondientes a la agente MARQUEZ ADRIANA, porla suma de PESOS 3.500,00 (TRES MIL QUINIENTOS CON 00/100) para el mes de agosto del año 2018, en virtud de lo expuesto en elexordio de la presente.

ARTICULO 2°: La erogación que demande el cumplimiento de lo determinado en el Art. Precedente será con afectación a la Partida 1.3.1.2 Jurisdicción 9000 Programa 01 del Presupuesto de Gastos Vigente.

ARTICULO 3°: El presente Decreto, será refrendado por el Secretario de Hacienda, Cdr. Andrés García.

ARTICULO 4°: Comuníquese a quienes corresponda, tomen nota las Oficinas pertinentes, dése al Registro Municipal y Archívese.

Fdo.

Lic. GONZALO PELUSO

Intendente Municipal

Fdo.

Cdor. ANDRES LUCIANO GARCIA

Secretario de Hacienda

Decreto Nº 1305/18

Magdalena, 14/08/2018

Visto

Las actuaciones iniciadas mediante Expte. Letra D, N°322 /18, y;

Considerando

Que en las mismas el Sr. Director del Hospital de Magdalena informa sobre las tareas convenidas con la Agente Municipal NOVAS MARTINlegajo 2399, a efectivizar en horario Extra Laboral, afectado a tareas extraordinarias durante el mes de julio del 2018, por el monto depesos $ 6.000 (PESOS SEIS MIL CON 00/100).

Que, la Ordenanza Nro 3345/16, Decreto 722/16 (Convalidación Dec 642/16, contempla la realización de tareas en la modalidad JORNADASDE EXTENSIÓN EXTRA LABORAL.

Que, el referido Agente cuenta con la certificación de la Sr. Director del Hospital Municipal, avalando la pertinente liquidación de haberespor el monto indica

POR ELLO

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE MAGDALENA, en uso de sus atribuciones que le son propias

D E C R E T A

Municipio de Magdalena Boletin Oficial Municipal Pag. 231

ARTICULO 1°: AUTORICESE al Departamento de Liquidaciones a liquidar los haberes correspondientes al agente NOVAS MARTIN, por lasuma de $ 6.000,00 (PESOS SEIS MIL CON 00/100) para el mes de agosto del año 2018, en virtud de lo expuesto en el exordio de lapresente.

ARTICULO 2°: La erogación que demande el cumplimiento de lo determinado en el Art. Precedente será con afectación a la Partida 1.3.1.2EXTENSION EXTRALABORAL, Jurisdicción 4000, Progr. 17 del Presupuesto de Gastos Vigente.

ARTICULO 3°: El presente Decreto, será refrendado por el Secretario de la Secretaria de Hacienda, Cdr. Andrés García.

ARTICULO 4°: Comuníquese a quienes corresponda, tomen nota las Oficinas pertinentes, dése al Registro Municipal y Archívese.

Fdo.

Lic. GONZALO PELUSO

Intendente Municipal

Fdo.

Cdor. ANDRES LUCIANO GARCIA

Secretario de Hacienda

Decreto Nº 1306/18

Magdalena, 14/08/2018

Visto

Las actuaciones iniciadas mediante Expte. Letra D, N° 539/18, y;

Considerando

Que en las mismas el Sr. Jefe de Personal informa sobre las tareas convenidas con la Agente Municipal NOVAS MARTIN legajo 2399, aefectivizar en horario Extra Laboral, afectado a tareas extraordinarias durante el mes de julio del 2018, por el monto de pesos $ 2.500(DOS MIL QUINIENTOS CON 00/100).

Que, la Ordenanza Nro 3345/16, Decreto 722/16 (Convalidación Dec 642/16 , contempla la realización de tareas en la modalidadJORNADAS DE EXTENSIÓN EXTRA LABORAL.

Que, el referido Agente cuenta con la certificación de la Sr. Director del de Cultura, avalando la pertinente liquidación de haberes por elmonto indicado.

POR ELLO

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE MAGDALENA , en uso de sus atribuciones que le son propias

R E S U E L V E

ARTICULO 1°: AUTORICESE al Departamento de Liquidaciones a liquidar los haberes correspondientes al agente NOVAS MARTIN, por lasuma de $ 2.500,00 (PESOS DOS MIL QUINIENTOS CON 00/100) para el mes de agosto del año 2018, en virtud de lo expuesto en el exordiode la presente.

ARTICULO 2°: La erogación que demande el cumplimiento de lo determinado en el Art. Precedente será con afectación a la Partida 1.3.1.2 Jurisdicción 4000 Progr. 17 del Presupuesto de Gastos Vigente.

ARTICULO 3°: El presente Decreto, será refrendado por el Sr. Secretario de Hacienda, Cdr. Andrés García.

ARTICULO 4°: Comuníquese a quienes corresponda, tomen nota las Oficinas pertinentes, dése al Registro Municipal y Archívese.

Fdo.

Lic. GONZALO PELUSO

Intendente Municipal

Fdo.

Municipio de Magdalena Boletin Oficial Municipal Pag. 232

Cdor. ANDRES LUCIANO GARCIA

Secretario de Hacienda

Decreto Nº 1307/18

Magdalena, 14/08/2018

Visto

Las actuaciones iniciadas mediante Expte. Letra D Nº 217/18, y;

Considerando

Que en las mismas la Sra. Cra. Municipal informa sobre las tareas convenidas con la Sra SANCHEZ MARIA CECILIA, Legajo Nº 1138 ,efectivizada en horario Extra Laboral durante el mes de julio del año 2018, afectada a realizar Castraciones de caninos y felinos para losvecinos de escasos recursos del Partido, por cada castración un valor de $ 400 y un máximo de 24 castraciones, ($ 9.600,00.-)

Que, la Ordenanza Nro 3345/16, Decreto 722/16 (Convalidación Dec 642/16) , contempla la realización de tareas en la modalidadJORNADAS DE EXTENSIÓN EXTRA LABORAL.

Que, el referida Agente cuenta con la certificación del Sr. Director de Producción, avalando la pertinente liquidación de haberes por elmonto indicado, como asimismo con la correspondiente autorización.

Que, lo solicitado cuenta con el aval del Sr. Secretario de Hacienda, autorizando que se dicte el acto administrativo pertinente

POR ELLO

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE MAGDALENA, en uso de sus atribuciones que le son propias.

D E C R E T A

ARTICULO 1°: AUTORICESE POR INSISTENCIA al Departamento de Liquidaciones a liquidar los haberes correspondientes al mes de agostoa la Sra SANCHEZ MARIA CECILIA, Legajo Nº 1138, por la suma de PESOS NUEVE MIL SEISCIENTOSCON 00/100 CVOS ($ 9.600,00.-), envirtud de lo expuesto en el exordio de la presente.

ARTICULO 2°: La erogación que demande el cumplimiento de lo determinado en el Art. Precedente será con afectación a la Partida 1.3.1.2–EXTENSIÓN EXTRA LABORAL DE TAREAS – Jurisdicción 9000, programa 25, Proyecto 15 del Presupuesto de Gastos Vigente.

ARTICULO 3°: El presente Decreto, será refrendada por el Secretario de Hacienda, Cdr. Andrés García.

ARTICULO 4°: Comuníquese a quienes corresponda, tomen nota las Oficinas pertinentes, dése al Registro Municipal y Archívese.

Fdo.

Lic. GONZALO PELUSO

Intendente Municipal

Fdo.

Cdor. ANDRES LUCIANO GARCIA

Secretario de Hacienda

Decreto Nº 1308/18

Magdalena, 14/08/2018

Visto

Las actuaciones iniciadas mediante Expte. Letra D Nº 297/18, y;

Considerando

Que en las mismas el Sr. Director de Cultura informa sobre las tareas convenidas con la Sra ORTEGA MONICA, Legajo Nº 536 , efectivizadaen horario Extra Laboral durante el mes de julio del año 2018, afectada a realizar Funciones Administrativas en la Dirección de Cultura yPrensa, asimismo como Encargado del Centro Cultural Municipal. Organización de muestras artísticas en la Sala de ExposicionesTemporales, Museo Histórico Regional, Coordinación y armado de actos protocolares y locución en el Teatro Español y actos oficiales,visitas guiadas por el circuito histórico de Magdalena.

Que, la Ordenanza Nro 3345/16, Decreto 722/16 (Convalidación Dec 642/16) , contempla la realización de tareas en la modalidadJORNADAS DE EXTENSIÓN EXTRA LABORAL.

Municipio de Magdalena Boletin Oficial Municipal Pag. 233

Que, el referida Agente cuenta con la certificación del Sr. Director de Cultura y Prensa Municipal, avalando la pertinente liquidación dehaberes por el monto indicado, como asimismo con la correspondiente autorización.

Que, lo solicitado cuenta con el aval del Sr. Secretario de Hacienda, autorizando que se dicte el acto administrativo pertinente

POR ELLO

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE MAGDALENA, en uso de sus atribuciones que le son propias.

D E C R E T A

ARTICULO 1°: AUTORICESE POR INSISTENCIA al Departamento de Liquidaciones a liquidar los haberes correspondientes al mes de agostoa la Sra ORTEGA MONICA, Legajo Nº 536, por la suma de PESOS SEIS MIL 00/100 CVOS ($ 6.100,00.-), en virtud de lo expuesto en el exordiode la presente.

ARTICULO 2°: La erogación que demande el cumplimiento de lo determinado en el Art. Precedente será con afectación a la Partida 1.3.1.2–EXTENSIÓN EXTRA LABORAL DE TAREAS – Jurisdicción 3000, programa 01, del Presupuesto de Gastos Vigente.

ARTICULO 3°: El presente Decreto, será refrendado por el Secretario de Hacienda, Cdr. Andrés García.

ARTICULO 4°: Comuníquese a quienes corresponda, tomen nota las Oficinas pertinentes, dése al Registro Municipal y Archívese.

Fdo.

Lic. GONZALO PELUSO

Intendente Municipal

Fdo.

Cdor. ANDRES LUCIANO GARCIA

Secretario de Hacienda

Decreto Nº 1309/18

Magdalena, 14/08/2018

Visto

Las actuaciones iniciadas mediante Expte. Letra D, N° 323/18, y;

Considerando

Que en las mismas el Sr. Director del Hospital informa sobre las tareas convenidas con la Agente Municipal FLORES MARIA CRISTINAlegajo 2287, a efectivizar en horario Extra Laboral, afectado a tareas extraordinarias durante el mes de julio del 2018, por el monto dePESOS CINCO MIL CON 00/100 ($ 5.000,00).

Que, la Ordenanza Nro 3345/16, Decreto 722/16 (Convalidación Dec 642/16 , contempla la realización de tareas en la modalidadJORNADAS DE EXTENSIÓN EXTRA LABORAL.

Que, el referido Agente cuenta con la certificación del Sr. Director del Hospital de Magdalena, avalando la pertinente liquidación de haberespor el monto indicado.

POR ELLO

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE MAGDALENA , en uso de sus atribuciones que le son propias

D E C R E T A

ARTICULO 1°: AUTORICESE POR INSISTENCIA al Departamento de Liquidaciones a liquidar los haberes correspondientes a la AgenteFLORES MARIA CRISTINA, por la suma de PESOS CINCO MIL CON 00/100 ($ 5.000,00) para el mes de agosto del año 2018, en virtud de loexpuesto en el exordio de la presente.

ARTICULO 2°: La erogación que demande el cumplimiento de lo determinado en el Art. Precedente será con afectación a la Partida 1.3.1.2 Jurisdicción 4000 Programa 18 del Presupuesto de Gastos Vigente.

ARTICULO 3°: El presente Decreto, será refrendado por el Sr. Secretario de Hacienda, Cdr. Andrés García.

ARTICULO 4°: Comuníquese a quienes corresponda, tomen nota las Oficinas pertinentes, dése al Registro Municipal y Archívese.

Fdo.

Municipio de Magdalena Boletin Oficial Municipal Pag. 234

Lic. GONZALO PELUSO

Intendente Municipal

Fdo.

Cdor. ANDRES LUCIANO GARCIA

Secretario de Hacienda

Decreto Nº 1310/18

Magdalena, 14/08/2018

Visto

Las actuaciones iniciadas mediante Expte. Letra D, Nº 173/18, y;

Considerando

Que en las mismas el Sr. Delegado de Vieytes informa sobre las tareas convenidas con el Sr DORAO GUSTAVO, Legajo Nº 1386,efectivizada en horario Extra Laboral durante el mes de julio del año 2018, afectada a realizar Rastreo y levantamiento de caminos ruraleslos días Lunes a Sábado de 7 a 18 durante los meses de mayo, junio, julio y agosto, por el monto de PESOS CUATRO MIL QUINIENTOS CON00/100 ($ 4.500,00.-)

Que, la Ordenanza Nro 3345/16, Decreto 722/16 (Convalidación Dec 642/16 contempla la realización de tareas en la modalidadJORNADAS DE EXTENSIÓN EXTRA LABORAL.

Que, el referido Agente cuenta con la certificación del Sr Delegado de Vieytes avalando la pertinente liquidación de haberes por el montoindicado, como asimismo con la correspondiente autorización.

POR ELLO

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE MAGDALENA, en uso de sus atribuciones que le son propias

D E C R E T A

ARTICULO 1°: AUTORICESE al Departamento de Liquidaciones a liquidar los haberes correspondientes al Sr GUSTAVO DORAO, Legajo Nº1386, por la suma de PESOS CUATRO MIL QUINIENTOS CON 00/100 ($ 4.500,00.-) para el mes de agosto del presente año, en virtud de loexpuesto en el exordio de la presente.

ARTICULO 2°: La erogación que demande el cumplimiento de lo determinado en el Art. Precedente será con afectación a la Partida 1.3.1.2–EXTENSIÓN EXTRA LABORAL DE TAREAS – Jurisdicción 5000, programa 21, del Presupuesto de Gastos Vigente.

ARTICULO 3°: El presente Decreto, será refrendado por el Secretario de Hacienda, Cdr. Andrés García.

ARTICULO 4°: Comuníquese a quienes corresponda, tomen nota las Oficinas pertinentes, dése al Registro Municipal y Archívese.

Fdo.

Lic. GONZALO PELUSO

Intendente Municipal

Fdo.

Cdor. ANDRES LUCIANO GARCIA

Secretario de Hacienda

Decreto Nº 1311/18

Magdalena, 14/08/2018

Visto

Las actuaciones iniciadas mediante Expte. Letra D, Nº 172/18, y;

Considerando

Que en las mismas el Sr. Delegado de Vieytes informa sobre las tareas convenidas con el Sr FERREYRA DIEGO, Legajo Nº 1162,efectivizada en horario Extra Laboral durante el mes de julio del año 2018, afectada a realizar Rastreo y levantamiento de caminos ruraleslos días Lunes a Sábado de 7 a 18 durante los meses de mayo, junio, julio y agosto, por el monto de PESOS CUATRO MIL QUINIENTOS CON

Municipio de Magdalena Boletin Oficial Municipal Pag. 235

00/100 ($ 4.500,00.-)

Que, la Ordenanza Nro 3345/16, Decreto 722/16 (Convalidación Dec 642/16 contempla la realización de tareas en la modalidadJORNADAS DE EXTENSIÓN EXTRA LABORAL.

Que, el referido Agente cuenta con la certificación del Sr Delegado de Vieytes avalando la pertinente liquidación de haberes por el montoindicado, como asimismo con la correspondiente autorización.

POR ELLO

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE MAGDALENA, en uso de sus atribuciones que le son propias

D E C R E T A

ARTICULO 1°: AUTORICESE POR INSISTENCIA al Departamento de Liquidaciones a liquidar los haberes correspondientes al Sr FERREYRADIEGO, Legajo Nº 1162, por la suma de PESOS CUATRO MIL QUINIENTOS CON 00/100 ($ 4.500,00.-) para el mes de agosto del presenteaño, en virtud de lo expuesto en el exordio de la presente.

ARTICULO 2°: La erogación que demande el cumplimiento de lo determinado en el Art. Precedente será con afectación a la Partida 1.3.1.2–EXTENSIÓN EXTRA LABORAL DE TAREAS – Jurisdicción 6000, programa 01, del Presupuesto de Gastos Vigente.

ARTICULO 3°: El presente Decreto, será refrendado por el Secretario de Hacienda, Cdr. Andrés García.

ARTICULO 4°: Comuníquese a quienes corresponda, tomen nota las Oficinas pertinentes, dése al Registro Municipal y Archívese.

Fdo.

Lic. GONZALO PELUSO

Intendente Municipal

Fdo.

Cdor. ANDRES LUCIANO GARCIA

Secretario de Hacienda

Decreto Nº 1312/18

Magdalena, 14/08/2018

Visto

Las actuaciones iniciadas mediante Expte. Letra D, Nº 171/18, y;

Considerando

Que en las mismas el Sr. Delegado de Vieytes informa sobre las tareas convenidas con el Sr RAMOS HECTOR, Legajo Nº 1227, efectivizadaen horario Extra Laboral durante el mes de julio del año 2018, afectada a realizar Rastreo y levantamiento de caminos rurales los díasLunes a Sábado de 7 a 18 durante los meses de mayo, junio, julio y agosto, por el monto de PESOS CUATRO MIL QUINIENTOS CON 00/100($ 4.500,00.-)

Que, la Ordenanza Nro 3345/16, Decreto 722/16 (Convalidación Dec 642/16 contempla la realización de tareas en la modalidadJORNADAS DE EXTENSIÓN EXTRA LABORAL.

Que, el referido Agente cuenta con la certificación del Sr Delegado de Vieytes avalando la pertinente liquidación de haberes por el montoindicado, como asimismo con la correspondiente autorización.

POR ELLO

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE MAGDALENA, en uso de sus atribuciones que le son propias

D E C R E T A

ARTICULO 1°: AUTORICESE POR INSISTENCIA al Departamento de Liquidaciones a liquidar los haberes correspondientes al Sr RAMOSHECTOR, Legajo Nº 1227, por la suma de PESOS CUATRO MIL QUINIENTOS CON 00/100 ($ 4.500,00.-) para el mes de agosto del presenteaño, en virtud de lo expuesto en el exordio de la presente.

ARTICULO 2°: La erogación que demande el cumplimiento de lo determinado en el Art. Precedente será con afectación a la Partida 1.3.1.2–EXTENSIÓN EXTRA LABORAL DE TAREAS – Jurisdicción 6000, programa 01, del Presupuesto de Gastos Vigente.

Municipio de Magdalena Boletin Oficial Municipal Pag. 236

ARTICULO 3°: El presente Decreto, será refrendado por el Secretario de Hacienda, Cdr. Andrés García.

ARTICULO 4°: Comuníquese a quienes corresponda, tomen nota las Oficinas pertinentes, dése al Registro Municipal y Archívese.

Fdo.

Lic. GONZALO PELUSO

Intendente Municipal

Fdo.

Cdor. ANDRES LUCIANO GARCIA

Secretario de Hacienda

Decreto Nº 1313/18

Magdalena, 14/08/2018

Visto

Las actuaciones iniciadas mediante Expte. Letra D, Nº 170/18, y;

Considerando

Que en las mismas el Sr. Delegado de Vieytes, informa sobre las tareas convenidas con el Sr MUSCAGORRY DANIEL, Legajo Nº 1340,efectivizada en horario Extra Laboral durante el mes de julio del año 2018, afectada a realizar Disquiar los caminos rurales ymantenimiento de pasto en predio Estación de Ferrocarril Arditi y Payro en Ruta 54 desde Ruta 11 a Ruta 36 los días Lunes a Sábado de 7 a18, durante los meses de mayo, junio, julio y agosto, por el monto de PESOS CUATRO MIL QUINIENTOS CON 00/100 ($ 4.500,00.-).

Que, la Ordenanza Nro 3345/16, Decreto 722/16 (Convalidación Dec 642/16 contempla la realización de tareas en la modalidadJORNADAS DE EXTENSIÓN EXTRA LABORAL.

Que, el referido Agente cuenta con la certificación del Sr Delegado de Vieytes avalando la pertinente liquidación de haberes por el montoindicado, como asimismo con la correspondiente autorización.

POR ELLO

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE MAGDALENA, en uso de sus atribuciones que le son propias

D E C R E T A

ARTICULO 1°: AUTORICESE POR INSISTENCIA al Departamento de Liquidaciones a liquidar los haberes correspondientes al SrMUSCAGORRY DANIEL, Legajo Nº 1340, por la suma de PESOS CUATRO MIL QUINIENTOS CON 00/100 ($ 4.500,00.-) para el mes de agostodel presente año, en virtud de lo expuesto en el exordio de la presente.

ARTICULO 2°: La erogación que demande el cumplimiento de lo determinado en el Art. Precedente será con afectación a la Partida 1.3.1.2–EXTENSIÓN EXTRA LABORAL DE TAREAS – Jurisdicción 6000, programa 01, del Presupuesto de Gastos Vigente.

ARTICULO 3°: El presente Decreto, será refrendado por el Secretario de Hacienda, Cdr. Andrés García.

ARTICULO 4°: Comuníquese a quienes corresponda, tomen nota las Oficinas pertinentes, dése al Registro Municipal y Archívese.

Fdo.

Lic. GONZALO PELUSO

Intendente Municipal

Fdo.

Cdor. ANDRES LUCIANO GARCIA

Secretario de Hacienda

Decreto Nº 1314/18

Magdalena, 14/08/2018

Municipio de Magdalena Boletin Oficial Municipal Pag. 237

Visto

Las actuaciones iniciadas mediante Expte. Letra D, Nº 169/18, y;

Considerando

Que en las mismas el Sr. Delegado de Vieytes informa sobre las tareas convenidas con el Sr SOSA JOSE, Legajo Nº 1360, efectivizada enhorario Extra Laboral durante el mes de julio del año 2018, afectada a realizar Rastreo y levantamiento de caminos rurales los días Lunes aSabado de 7 a 18, durante los meses de mayo, junio, julio y agosto, por el monto de PESOS CUATRO MIL QUINIENTOS CON 00/100 ($4.500,00.-)

Que, la Ordenanza Nro 3345/16, Decreto 722/16 (Convalidación Dec 642/16 contempla la realización de tareas en la modalidadJORNADAS DE EXTENSIÓN EXTRA LABORAL.

Que, el referido Agente cuenta con la certificación del Sr Delegado de Vieytes avalando la pertinente liquidación de haberes por el montoindicado, como asimismo con la correspondiente autorización.

POR ELLO

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE MAGDALENA, en uso de sus atribuciones que le son propias

D E C R E T A

ARTICULO 1°: AUTORICESE al Departamento de Liquidaciones a liquidar los haberes correspondientes al Sr SOSA JOSE, Legajo Nº 1360,por la suma de PESOS CUATRO MIL QUINIENTOS CON 00/100 ($ 4.500,00.-) para el mes de agosto del presente año, en virtud de loexpuesto en el exordio de la presente.

ARTICULO 2°: La erogación que demande el cumplimiento de lo determinado en el Art. Precedente será con afectación a la Partida 1.3.1.2–EXTENSIÓN EXTRA LABORAL DE TAREAS – Jurisdicción 5000, programa 21, del Presupuesto de Gastos Vigente.

ARTICULO 3°: El presente Decreto, será refrendado por el Secretario de Hacienda, Cdr. Andrés García.

ARTICULO 4°: Comuníquese a quienes corresponda, tomen nota las Oficinas pertinentes, dése al Registro Municipal y Archívese.

Fdo.

Lic. GONZALO PELUSO

Intendente Municipal

Fdo.

Cdor. ANDRES LUCIANO GARCIA

Secretario de Hacienda

Decreto Nº 1315/18

Magdalena, 14/08/2018

Visto

Las actuaciones iniciadas mediante Expte. Letra D, Nº 357/18, y;

Considerando

Que en las mismas el Sr. Director de Obras y Servicios Públicos informa sobre las tareas convenidas con el Sr JORGE MENDEZ, Legajo Nº1268, efectivizada en horario Extra Laboral durante el mes de julio del año 2018, afectada a realizar: Construcción de vestuarios ymantenimiento en general, por el monto de PESOS DIEZ MIL SETECIENTOS CON 00/100 ($ 10.700.-)

Que, la Ordenanza Nro 3345/16, Decreto 722/16 (Convalidación Dec 642/16 contempla la realización de tareas en la modalidadJORNADAS DE EXTENSIÓN EXTRA LABORAL.

Que, el referido Agente cuenta con la certificación del Sr Director de Obras y Servicios Públicos avalando la pertinente liquidación dehaberes por el monto indicado, como asimismo con la correspondiente autorización.

POR ELLO

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE MAGDALENA, en uso de sus atribuciones que le son propias

Municipio de Magdalena Boletin Oficial Municipal Pag. 238

D E C R E T A

ARTICULO 1°: AUTORICESE POR INSISTENCIA al Departamento de Liquidaciones a liquidar los haberes correspondientes al Sr JORGEMENDEZ, Legajo Nº 1268, por la suma de PESOS DIEZ MIL SETECIENTOS CON 00/100 ($ 10.700.-) para el mes de agosto del presente año,en virtud de lo expuesto en el exordio de la presente.

ARTICULO 2°: La erogación que demande el cumplimiento de lo determinado en el Art. Precedente será con afectación a la Partida 1.3.1.2–EXTENSIÓN EXTRA LABORAL DE TAREAS – Jurisdicción 5000, programa 20, proyecto 01, del Presupuesto de Gastos Vigente.

ARTICULO 3°: El presente Decreto, será refrendado por el Secretario de Hacienda, Cdr. Andres García.

ARTICULO 4°: Comuníquese a quienes corresponda, tomen nota las Oficinas pertinentes, dése al Registro Municipal y Archívese.

Fdo.

Lic. GONZALO PELUSO

Intendente Municipal

Fdo.

Cdor. ANDRES LUCIANO GARCIA

Secretario de Hacienda

Decreto Nº 1316/18

Magdalena, 14/08/2018

Visto

Las actuaciones iniciadas mediante Expte. Letra D, Nº 31/18, y;

Considerando

Que en las mismas el Sr. Director de Obras y Servicios Públicos informa sobre las tareas convenidas con el Sr JULIO FORMIGO, Legajo Nº1198, efectivizada en horario Extra Laboral durante el mes de julio del año 2018, tarea de cordón y diferentes necesidades en estadependencia, por el monto de PESOS OCHO MIL CON 00/100 ($ 8.000,00.-)

Que, la Ordenanza Nro 3345/16, Decreto 722/16 (Convalidación Dec 642/16 contempla la realización de tareas en la modalidadJORNADAS DE EXTENSIÓN EXTRA LABORAL.

Que, el referido Agente cuenta con la certificación del Sr Director de Obras y Servicios Públicos avalando la pertinente liquidación dehaberes por el monto indicado, como asimismo con la correspondiente autorización.

POR ELLO

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE MAGDALENA, en uso de sus atribuciones que le son propias

D E C R E T A

ARTICULO 1°: AUTORICESE POR INSISTENCIA al Departamento de Liquidaciones a liquidar los haberes correspondientes al Sr JULIOFORMIGO, Legajo Nº 1198, por la suma de PESOS OCHO MIL CON 00/100 ($ 8.000,00.-) para el mes de agosto del presente año, en virtudde lo expuesto en el exordio de la presente.

ARTICULO 2°: La erogación que demande el cumplimiento de lo determinado en el Art. Precedente será con afectación a la Partida 1.3.1.2–EXTENSIÓN EXTRA LABORAL DE TAREAS – Jurisdicción 6000, programa 01, del Presupuesto de Gastos Vigente.

ARTICULO 3°: El presente Decreto, será refrendado por el Secretario de Hacienda, Cdr. Andrés García.

ARTICULO 4°: Comuníquese a quienes corresponda, tomen nota las Oficinas pertinentes, dése al Registro Municipal y Archívese.

Fdo.

Lic. GONZALO PELUSO

Municipio de Magdalena Boletin Oficial Municipal Pag. 239

Intendente Municipal

Fdo.

Cdor. ANDRES LUCIANO GARCIA

Secretario de Hacienda

Decreto Nº 1317/18

Magdalena, 14/08/2018

Visto

Las actuaciones iniciadas mediante Expte. Letra D, Nº 358/18, y;

Considerando

Que en las mismas el Sr. Sr. Director de Obras y Servicios Públicos informa sobre las tareas convenidas con el Sr OSCAR GABRIELBLANCO, Legajo Nº 1203, efectivizada en horario Extra Laboral durante el mes de julio del año 2018, afectada a realizar: Planta dehormigón mixer, cordón cuneta, por el monto de PESOS SIETE MIL CINCUENTA CON 00/100 ($ 7.050,00.-).

Que, la Ordenanza Nro 3345/16, Decreto 722/16 (Convalidación Dec 642/16 contempla la realización de tareas en la modalidadJORNADAS DE EXTENSIÓN EXTRA LABORAL.

Que, el referido Agente cuenta con la certificación del Sr Director de Obras y Servicios Públicos avalando la pertinente liquidación dehaberes por el monto indicado, como asimismo con la correspondiente autorización.

POR ELLO

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE MAGDALENA, en uso de sus atribuciones que le son propias

D E C R E T A

ARTICULO 1°: AUTORICESE POR INSISTENCIA al Departamento de Liquidaciones a liquidar los haberes correspondientes al Sr OSCARGABRIEL BLANCO, Legajo Nº 1203, por la suma de PESOS SIETE MIL CINCUENTA CON 00/100 ($ 7.050,00.-), para el mes de agosto delpresente año, en virtud de lo expuesto en el exordio de la presente.

ARTICULO 2°: La erogación que demande el cumplimiento de lo determinado en el Art. Precedente será con afectación a la Partida 1.3.1.2–EXTENSIÓN EXTRA LABORAL DE TAREAS – Jurisdicción 5000, programa 20, proyecto 01, del Presupuesto de Gastos Vigente.

ARTICULO 3°: El presente Decreto, será refrendado por el Secretario de Hacienda, Cdr. Andrés García.

ARTICULO 4°: Comuníquese a quienes corresponda, tomen nota las Oficinas pertinentes, dése al Registro Municipal y Archívese.

Fdo.

Lic. GONZALO PELUSO

Intendente Municipal

Fdo.

Cdor. ANDRES LUCIANO GARCIA

Secretario de Hacienda

Decreto Nº 1318/18

Magdalena, 14/08/2018

Visto

Las actuaciones iniciadas mediante Expte. Letra D, Nº 561/18, y;

Considerando

Que en las mismas el Sr. Director de Obras y Servicios Públicos informa sobre las tareas convenidas con el Sr CEPEDA DANIEL, Legajo Nº740, efectivizada en horario Extra Laboral durante el mes de julio del año 2018, afectada a realizar Coordinación y relevamiento de tareasde los empleados de la Delegación Magdalena y la Dirección de Servicios públicos que trabajan en dicha Delegación, por el monto dePESOS DOS MIL QUINIENTOS CON 00/100 ($ 2.500,00.-)

Municipio de Magdalena Boletin Oficial Municipal Pag. 240

Que, la Ordenanza Nro 3345/16, Decreto 722/16 (Convalidación Dec 642/16 contempla la realización de tareas en la modalidadJORNADAS DE EXTENSIÓN EXTRA LABORAL.

Que, el referido Agente cuenta con la certificación del Sr. Director de Obras y Servicios Públicos avalando la pertinente liquidación dehaberes por el monto indicado, como asimismo con la correspondiente autorización.

POR ELLO

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE MAGDALENA, en uso de sus atribuciones que le son propias

D E C R E T A

ARTICULO 1°: AUTORICESE al Departamento de Liquidaciones a liquidar los haberes correspondientes al Sr CEPEDA DANIEL, Legajo Nº740, por la suma de PESOS DOS MIL QUINIENTOS CON 00/100 ($ 2.500,00.-) para el mes de agosto del presente año, en virtud de loexpuesto en el exordio de la presente.

ARTICULO 2°: La erogación que demande el cumplimiento de lo determinado en el Art. Precedente será con afectación a la Partida 1.3.1.2–EXTENSIÓN EXTRA LABORAL DE TAREAS – Jurisdicción 5000, programa 01, del Presupuesto de Gastos Vigente.

ARTICULO 3°: El presente Decreto, será refrendado por el Secretario de Hacienda, Cdr. Andrés García.

ARTICULO 4°: Comuníquese a quienes corresponda, tomen nota las Oficinas pertinentes, dése al Registro Municipal y Archívese.

Fdo.

Lic. GONZALO PELUSO

Intendente Municipal

Fdo.

Cdor. ANDRES LUCIANO GARCIA

Secretario de Hacienda

Decreto Nº 1319/18

Magdalena, 14/08/2018

Visto

Las actuaciones iniciadas mediante Expte. Letra D, N° 540/18, y;

Considerando

Que en las mismas el Sr. Director de Cultura informa sobre las tareas convenidas con la Agente Municipal SOLANGE ABADIN legajo 1159, aefectivizar en horario Extra Laboral, afectado a tareas extraordinarias durante el mes de julio del 2018, por el monto de pesos $ 6.500,00(PESOS SEIS MIL QUINIENTOS CON 00/100).

Que, la Ordenanza Nro 3345/16, Decreto 722/16 (Convalidación Dec 642/16 , contempla la realización de tareas en la modalidadJORNADAS DE EXTENSIÓN EXTRA LABORAL.

Que, el referido Agente cuenta con la certificación del Sr. Director de Cultura, avalando la pertinente liquidación de haberes por el montoindicado.

POR ELLO

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE MAGDALENA , en uso de sus atribuciones que le son propias

DECRETA

ARTICULO 1°: AUTORICESE al Departamento de Liquidaciones a liquidar los haberes correspondientes a la agente SOLANGE ABADIN, porla suma de $ 6.500,00 (PESOS SEIS MIL QUINIENTOS CON 00/100) para el mes de agosto del año 2018, en virtud de lo expuesto en elexordio de la presente.

ARTICULO 2°: La erogación que demande el cumplimiento de lo determinado en el Art. Precedente será con afectación a la Partida 1.3.1.2

Municipio de Magdalena Boletin Oficial Municipal Pag. 241

Jurisdicción 3000 Programa 30 del Presupuesto de Gastos Vigente.

ARTICULO 3°: El presente Decreto, será refrendado por el Sr. Secretario de Hacienda, Cdr. Andrés García.

ARTICULO 4°: Comuníquese a quienes corresponda, tomen nota las Oficinas pertinentes, dése al Registro Municipal y Archívese.

Fdo.

Lic. GONZALO PELUSO

Intendente Municipal

Fdo.

Cdor. ANDRES LUCIANO GARCIA

Secretario de Hacienda

Decreto Nº 1320/18

Magdalena, 14/08/2018

Visto

Las actuaciones iniciadas mediante Expte. Letra S N° 740/18, y;

Considerando

Que en las mismas el Sr Secretario de Gobierno, informa sobre las tareas convenidas con el Sr CALONI NICOLAS Leg. Nº 1220 , aefectivizar en horario Extra Laboral durante el mes de julio del año 2018, afectado a tareas de Administración del Sistema BAPRO COPRES,para carga de combustible y lubricantes de los vehículos municipales, control diario de la carga en la propia estación de servicio, control desaldos, remitos y facturación individual y remisión a Contaduría. Responsable del C.O.M (Centro de Operaciones Municipal), por el monto dePESOS DIEZ MIL ($ 10.000,00)

Que, la Ordenanza Nro 3345/16, Decreto 722 (Convalidación Dec 642/16), contemplan la realización de tareas en la modalidad JORNADASDE EXTENSIÓN EXTRA LABORAL.

Que, el referido Agente cuenta con la certificación del Sr Secretario de Gobierno, avalando la pertinente liquidación de haberes por el montoindicado.

Que no existe saldo disponible,

POR ELLO

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE MAGDALENA, en uso de sus atribuciones que le son propias

D E C R E T A

ARTICULO 1°: AUTORICESE POR INSISTENCIA al Departamento de Liquidaciones a liquidar los haberes correspondientes al Sr CALONINICOLAS Leg. Nº 1220, por la suma de PESOS DIEZ MIL ($ 10.000,00) para el mes de agosto del presente año, en virtud de lo expuesto enel exordio de la presente.

ARTICULO 2°: La erogación que demande el cumplimiento de lo determinado en el Art. Precedente será con afectación a la Partida 1.3.1.2–EXTENSIÓN EXTRALABORAL DE TAREAS – Jurisdicción 9000, Programa 25, Proyecto15, del Presupuesto de Gastos Vigente.

ARTICULO 3°: El presente Decreto, será refrendado por el Secretario de Hacienda, Cdr. Andrés García.

ARTICULO 4°: Comuníquese a quienes corresponda, tomen nota las Oficinas pertinentes, dése al Registro Municipal y Archívese.

Municipio de Magdalena Boletin Oficial Municipal Pag. 242

Fdo.

Lic. GONZALO PELUSO

Intendente Municipal

Fdo.

Cdor. ANDRES LUCIANO GARCIA

Secretario de Hacienda

Decreto Nº 1321/18

Magdalena, 14/08/2018

Visto

Las actuaciones iniciadas mediante Expte. Letra D, Nº 962/18, y;

Considerando

Que en las mismas el Sr. Secretario de Gobierno informa sobre las tareas convenidas con el Sr LOPEZ EDUARDO, Legajo Nº 810,efectivizada en horario Extra Laboral durante el mes de julio del año 2018, afectada a realizar Coordinación de Inspecciones comerciales,realización de inspecciones habilitaciones (Acta Final) y capacitación de inspectores en el Área Comercial respecto a habilitaciones,traslado de domicilio comercial, anexión de rubro, constatación de contravenciones, en horario de mañana y tarde, por el monto de PESOSTRES MIL QUINIENTOS CON 00/100 ($ 3.000,00.-)

Que, la Ordenanza Nro 3345/16, Decreto 722/16 (Convalidación Dec 642/16 contempla la realización de tareas en la modalidadJORNADAS DE EXTENSIÓN EXTRA LABORAL.

Que, el referido Agente cuenta con la certificación del Sr Secretario de Gobierno avalando la pertinente liquidación de haberes por el montoindicado, como asimismo con la correspondiente autorización.

POR ELLO

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE MAGDALENA, en uso de sus atribuciones que le son propias

D E C R E T A

ARTICULO 1°: AUTORICESE POR INSISTENCIA al Departamento de Liquidaciones a liquidar los haberes correspondientes al Sr LOPEZEDUARDO, Legajo Nº 810, por la suma de PESOS TRES MIL CON 00/100 ($ 3.000,00.-) para el mes de agosto del presente año, en virtud delo expuesto en el exordio de la presente.

ARTICULO 2°: La erogación que demande el cumplimiento de lo determinado en el Art. Precedente será con afectación a la Partida 1.3.1.2–EXTENSIÓN EXTRA LABORAL DE TAREAS – Jurisdicción 9000, programa 25, Proyecto 15 del Presupuesto de Gastos Vigente.

ARTICULO 3°: El presente Decreto, será refrendado por el Secretario de Hacienda, Cdr. Andrés García.

ARTICULO 4°: Comuníquese a quienes corresponda, tomen nota las Oficinas pertinentes, dése al Registro Municipal y Archívese.

Fdo.

Lic. GONZALO PELUSO

Intendente Municipal

Fdo.

Cdor. ANDRES LUCIANO GARCIA

Secretario de Hacienda

Decreto Nº 1322/18

Magdalena, 14/08/2018

Visto

Municipio de Magdalena Boletin Oficial Municipal Pag. 243

Las actuaciones obrantes en el Expediente Letra S Nº 1272/18 , referente al Llamado a Licitación Privada para adjudicar la “ADQUISICIÓNDE un (1) EQUIPO EMPAQUETADOR DE RAMAS PARA LA MUNICIPALIDAD DE MAGDALENA, PARTIDO DE MAGDALENA, PROVINCIA DEBUENOS AIRES”.

Que, existe saldo disponible en la respectiva partida del Presupuesto de Gastos, por ello;

Considerando

Que, el Acto de Apertura contó con la participación de UNA Empresas/Firmas del ramo Lignis S:A. ., cuya documentación presentada en elActo de Apertura reúne apropiadamente la totalidad de las exigencias del Pliego de Bases y Condiciones.

Que, visto el informe emanado por el Sr. Secretario de Hacienda Municipal a Fs. 89 v ., avalando dicha Adjudicación, donde considera queresulta conveniente a los intereses municipales la Oferta presentada por la empresa mencionada por cotizar debajo del presupuesto oficial,

Que, dicha firma queda como único oferente, por tal motivo el mismo será elevado al H.C.D. para que sirva autorizar la adjudicación,enmarcándose en lo establecido por el Art. 155 de la L.O.M. y

Que, existiendo saldo favorable en la respectiva Partida Presupuestaria;

EL INTENDENTE MUNICIPAL de MAGDALENA en uso de sus facultades

DECRETA

ARTICULO 1º: ADJUDICASE AD-REFERENDUM- del Honorable Concejo deliberante a la Empresa LIGNIS S.A.. (CUIT Nº 30-71554628-7), poruna suma total de PESOS UN MILLON TRESCIENTOS TREINTA Y CINCO MIL CON 00/100 ($ 1.335.000,00) para adjudicar la “ADQUISICIÓNDE UN (1) EQUIPO EMPAQUETADOR DE RAMAS PARA LA MUNICIPALIDAD DE MAGDALENA, PARTIDO DE MAGDALENA, PROVINCIA DEBUENOS AIRES”, en un todo de acuerdo a la documentación que sirvió de base para el llamado a LICITACIÓN PRIVADA Nº 15/18.-

ARTICULO 2º.- AFÉCTESE las erogaciones que se produzcan como consecuencia de la aplicación del Artículo Primero en la Jurisdicción5.000, Programa 20/01 Partida 4.3.1.0. “Maquinarias y Equipos de Producción” con Fuente de Financiamiento 110 de Origen Provincial delPresupuesto de Gastos para el Ejercicio 2018.-

ARTICULO 3º: El presente Decreto será refrendado por el Señor Secretario de Hacienda Cr. Andrés L. García.-

ARTICULO 4º: Comuníquese a quienes corresponda, dése al Registro Municipal y archívese.-

Fdo.

Lic. GONZALO PELUSO

Intendente Municipal

Fdo.

Cdor. ANDRES LUCIANO GARCIA

Secretario de Hacienda

Decreto Nº 1323/18

Magdalena, 14/08/2018

Visto

Las actuaciones obrantes en el Expediente Letra “C” Nº 788/18, referente a la Contratación de “ SEGUROS PARA VEHÍCULOS YMAQUINARIAS MUNICIPALES”.-

Considerando

Que, a Fs. 44v se encuentra el aval de Secretaria de Hacienda para la renovación con la Compañía Provincia Seguros S.A. por habercumplido satisfactoriamente con las condiciones de la póliza contratada al efecto.

Que, no existe saldo disponible en la respectiva partida del Presupuesto de Gastos,

Por ello;

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE MAGDALENA, en uso de sus atribuciones,

D E C R E T A

Municipio de Magdalena Boletin Oficial Municipal Pag. 244

ARTICULO 1º.- ADJUDICASE en CARÁCTER por INSISTENCIA la CONTRATACION de “ SEGUROS PARA VEHÍCULOS Y MAQUINARIASMUNICIPALES”, por los motivos expuestos en los considerandos del presente Decreto, a la firma PROVINCIA SEGUROS S.A., en la sumatotal de PESOS UN MILLON CUATROCIENTOS VEINTE MIL CON 00/100 CVOS ($ 1.420.000,00), en un todo de acuerdo a las condicionesestablecidas en el presente expediente.

ARTICULO 2º.- AFÉCTESE las erogaciones que se produzcan como consecuencia de la aplicación del Artículo Primero en la Jurisdicción:9000, Programa 01/00, Partida 3.5.4.0 “Primas y Gastos de Seguros” con Fuente de Financiamiento 110 de Origen Municipal delPresupuesto de Gastos para el Ejercicio 2017.

ARTICULO 3°.- El presente Decreto será refrendado por el Sr. Secretario de Hacienda Cr. Andrés García.-

ARTICULO 4°.- Comuníquese a quienes corresponda, dése al Registro Municipal y archívese.-

Fdo.

Lic. GONZALO PELUSO

Intendente Municipal

Fdo.

Cdor. ANDRES LUCIANO GARCIA

Secretario de Hacienda

Decreto Nº 1324/18

Magdalena, 14/08/2018

Visto

Las actuaciones obrantes en el Expediente Letra I Nº 1425/18, referente al Llamado a Licitación Privada para adjudicar la “ADQUISICIÓNDE UNA (1) GRUA ARTICULADA CON BALDE ALMEJA PARA LA MUNICIPALIDAD DE MAGDALENA, PARTIDO DE MAGDALENA, PROVINCIADE BUENOS AIRES”.

Considerando

Que, existe saldo disponible en la respectiva partida del Presupuesto de Gastos, por ello;

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE MAGDALENA, en uso de sus atribuciones,

D E C R E T A

ARTICULO 1º.- LLAMASE a LICITACIÓN PRIVADA Nº 17/18, para adjudicar la “ADQUISICIÓN DE UNA (1) GRUA ARTICULADA CON BALDEALMEJA PARA LA MUNICIPALIDAD DE MAGDALENA, PARTIDO DE MAGDALENA, PROVINCIA DE BUENOS AIRES”.-

ARTICULO 2º.- AFÉCTESE las erogaciones que se produzcan como consecuencia de la aplicación del Artículo Primero en la Jurisdicción5.000, Programa 01 Partida 4.3.1.0 “Maquinarias y Equipos de Producción” con Fuente de Financiamiento 110 de Origen Municipal delPresupuesto de Gastos para el Ejercicio 2018.-

ARTICULO 3º.- ESTIPÚLESE un PRESUPUESTO OFICIAL total de PESOS UN MILLON DOSCIENTOS CINCUENTA MIL CON 00/100 CVOS ($1.250.000,00.-)

ARTICULO 4º.- ESTIPÚLESE que la GARANTÍA DE PROPUESTA que será por un importe de PESOS DOCE MIL QUINIENTOS CON 00/100CVOS ($ 12.500,00.-).

ARTICULO 5º.- DETERMINASE el PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES que será SIN COSTO.-

ARTICULO 6º.- DETERMINASE que el día Agosto 23 del año 2018, a la hora 11,00 se llevará a cabo el Acto de Apertura de las ofertaspresentadas.-

ARTICULO 7°.- El presente Decreto será refrendado por el Sr. Secretario de Hacienda Cr. Andrés García.-

ARTICULO 8°.- Comuníquese a quienes corresponda, dése al Registro Municipal y archívese.-

Fdo.

Lic. GONZALO PELUSO

Intendente Municipal

Fdo.

Municipio de Magdalena Boletin Oficial Municipal Pag. 245

Cdor. ANDRES LUCIANO GARCIA

Secretario de Hacienda

Decreto Nº 1325/18

Magdalena, 14/08/2018

Visto

Las actuaciones obrantes en el Expediente Letra I Nº 1427/18, referente al Llamado a Licitación Privada para adjudicar la “ADQUISICIÓNDE UNA (1) PALA CARGADORA PARA LA MUNICIPALIDAD DE MAGDALENA, PARTIDO DE MAGDALENA, PROVINCIA DE BUENOS AIRES”.

Considerando

Que, existe saldo disponible en la respectiva partida del Presupuesto de Gastos, por ello;

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE MAGDALENA, en uso de sus atribuciones,

D E C R E T A

ARTICULO 1º.- LLAMASE a LICITACIÓN PRIVADA Nº 16/18, para adjudicar la “ADQUISICIÓN DE UNA (1) PALA CARGADORA PARA LAMUNICIPALIDAD DE MAGDALENA, PARTIDO DE MAGDALENA, PROVINCIA DE BUENOS AIRES”.-

ARTICULO 2º.- AFÉCTESE las erogaciones que se produzcan como consecuencia de la aplicación del Artículo Primero en la Jurisdicción5.000, Programa 01 Partida 4.3.1.0 “Maquinarias y Equipos de Producción” con Fuente de Financiamiento 110 de Origen Municipal delPresupuesto de Gastos para el Ejercicio 2018.-

ARTICULO 3º.- ESTIPÚLESE un PRESUPUESTO OFICIAL total de PESOS NOVECIENTOS CINCUENTA MIL CON 00/100 CVOS ($ 950.000,00.-)

ARTICULO 4º.- ESTIPÚLESE que la GARANTÍA DE PROPUESTA que será por un importe de PESOS NUEVE MIL QUINIENTOS CON 00/100CVOS ($ 9.500,00.-).

ARTICULO 5º.- DETERMINASE el PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES que será SIN COSTO.-

ARTICULO 6º.- DETERMINASE que el día Agosto 23 del año 2018, a la hora 10,00 se llevará a cabo el Acto de Apertura de las ofertaspresentadas.-

ARTICULO 7°.- El presente Decreto será refrendado por el Sr. Secretario de Hacienda Cr. Andrés García.-

ARTICULO 8°.- Comuníquese a quienes corresponda, dése al Registro Municipal y archívese.-

Fdo.

Lic. GONZALO PELUSO

Intendente Municipal

Fdo.

Cdor. ANDRES LUCIANO GARCIA

Secretario de Hacienda

Decreto Nº 1326/18

Magdalena, 14/08/2018

Visto

Municipio de Magdalena Boletin Oficial Municipal Pag. 246

Las actuaciones obrantes en el Expte. Letra I Nº 1820/17, referentes a la contratación de un Profesional para efectuar la fiscalización, proyectos y/o control de las Obras que se están desarrollando y se desarrollarán a futuro en el partido de Magdalena, y

Considerando

Que, a tal efecto con fecha 09 de Marzo del corriente año, se ha suscripto contrato con la Ing. Civil JULIA MAZZONI, DNI.30.827.415, MATRICULA 53922, por un monto mensual de PESOS TREINTA Y SIETE MIL ($ 37.000), por el periodo comprendido del 01 deEnero al 15 de Octubre del corriente.-

Que, la función a cumplimentar es la siguiente:

Cálculo, proyecto y certificación de Obras de Hormigón armado y pretensazo.

Cálculo, proyecto y certificación de Obras Civiles en proyectos Hidráulicos.

Cálculo, proyecto y certificación de Obras en Puentes, alcantarillas, conductos.

Cálculo, proyecto y certificación de Calles en Hormigón y Asfalto.

Cálculo, proyecto y certificación en Obras de edificios y viviendas.

Cálculo, proyecto y certificación en Obras de Escuelas y Jardines de infantes.

Cálculo, proyecto y certificación de Obras de Gimnasios y Playones deportivos.-

Que, ha sido emitido el Certificado correspondiente al período comprendido entre los días 01 al 31 de Julio de 2018, de acuerdo a lascondiciones estipuladas en el mismo.-

POR ELLO:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE MAGDALENA, en uso de sus atribuciones

DECRETA

Articulo 1º: Líbrese Orden de Pago a la Ing. MAZZONI JULIA, DNI. 30.827.415, por un valor de Pesos TREINTA Y SIETE MIL ($ 37.000), deacuerdo a los considerandos de la presente.-

Articulo 2º: La erogación que se determinen del Articulo anterior serán tomadas de la JURISDICCION: 5.000 - Programa 01.00 – Partida3.4.9.0. OTROS SERVICIOS TECNICOS Y PROFESIONALES – FUENTE FINANCIAMIENTO: 110, del Presupuesto de Gastos vigente.-

Articulo 3º: El presente Decreto será refrendado por el Secretario de Hacienda, Cdor. ANDRES L. GARCIA.-

Articulo 4º: Comuníquese a quienes corresponda, tomen nota las Oficinas pertinentes, dése al Registro Municipal y Archívese.-

Fdo.

Lic. GONZALO PELUSO

Intendente Municipal

Fdo.

Cdor. ANDRES LUCIANO GARCIA

Secretario de Hacienda

Decreto Nº 1327/18

Magdalena, 14/08/2018

Visto

Municipio de Magdalena Boletin Oficial Municipal Pag. 247

Las actuaciones obrantes en el Expte. Letra I Nº 1820/17, referente a la contratación de un Profesional para efectuar la fiscalización, proyectos y/o control de las Obras que se están desarrollando y se desarrollarán a futuro en el partido de Magdalena, y

Considerando

Que, a tal efecto con fecha 09 de Marzo del corriente año, se ha suscripto contrato el Ing. Civil PERNICE CLAUDIO FABIO, DNI. 14.770.315,MATRICULA 43568, por un monto mensual de PESOS TREINTA Y DOS MIL ($ 32.000), por el Período del 01 de Enero al 15 de Octubre delcorriente año.

Que, la función a cumplimentar es la siguiente:

Cálculo, proyecto y certificación de Obras de Hormigón armado y pretensazo.

Cálculo, proyecto y certificación de Obras Civiles en proyectos Hidráulicos.

Cálculo, proyecto y certificación de Obras en Puentes, alcantarillas, conductos.

Cálculo, proyecto y certificación de Calles en Hormigón y Asfalto.

Cálculo, proyecto y certificación en Obras de edificios y viviendas.

Cálculo, proyecto y certificación en Obras de Escuelas y Jardines de infantes.

Cálculo, proyecto y certificación de Obras de Gimnasios y Playones deportivos.-

Que, ha sido emitido el Certificado correspondiente al período comprendido del 01 al 31 de JULIO del 2018, de acuerdo a las condicionesestipuladas en el mismo.-

POR ELLO:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE MAGDALENA, en uso de sus atribuciones

DECRETA

Articulo 1º: Líbrese Orden de Pago a la Ing. PERNICE CLAUDIO FABIO, DNI. 14.770.315, por un valor de PESOS TREINTA Y DOS MIL ($32.000), de acuerdo a los considerandos de la presente.-

Articulo 2º: La erogación que se determinen del Artículo anterior serán tomadas de la JURISDICCION: 5.000 - Programa 01.00 – Partida3.4.9.0. OTROS SERVICIOS TECNICOS Y PROFESIONALES – FUENTE FINANCIAMIENTO: 110, del Presupuesto de Gastos vigente.-

Articulo 3º: El presente Decreto será refrendado por el Secretario de Hacienda, Cdor. ANDRES L. GARCIA.-

Articulo 4º: Comuníquese a quienes corresponda, tomen nota las Oficinas pertinentes, dése al Registro Municipal y Archívese.-

Fdo.

Lic. GONZALO PELUSO

Intendente Municipal

Fdo.

Cdor. ANDRES LUCIANO GARCIA

Secretario de Hacienda

Decreto Nº 1328/18

Magdalena, 14/08/2018

Visto

El Expte. Letra D nº 2027/16, mediante el cual se tramita la MNO DE OBRA MATERIALES Y EQUIPOS PARA TERMINACION DE 5 VIVIENDASEN EL BARRIO JOSE HERNANDEZ de la Localidad de Magdalena, y

Considerando

Municipio de Magdalena Boletin Oficial Municipal Pag. 248

Que, el día 02 de ENERO del corriente año ha sido suscripto contrato con la COOPERATIVA LOS TOLDOS LTDA con su representante Sr.JARA JORGE GASTON. D.N.I. 25.476.212, por un monto total de pesos DOS MILLONES CUATROCIENTOS OCHENTA Y NUEVE MILCINCUENTA ($2.489.050,00).-

Que, ha sido emitido el Certificado N°5 por un monto de Pesos CUATROCIENTOS CUARENTA Y CUATRO MIL OCHOCIENTOS ($444.800),debiéndose proceder a su liquidación respectiva.-

POR ELLO:

El Intendente Municipal de Magdalena, en uso de sus atribuciones que le son propias

DECRETA

ARTICULO 1º: LIBRESE Orden de Pago a la COOPERATIVA LOS TOLDOS LTDA con su representante Sr. JARA JORGE GASTON. D.N.I.25.476.212, por un monto de Pesos CUATROCIENTOS CUARENTA Y CUATRO MIL OCHOCIENTOS ($444.800), en virtud de las causalesexpuestas en el exordio de la presente.-

ARTICULO 2º: Las erogaciones que demanden el cumplimiento de lo determinado precedentemente, serán afectadas a la Jurisdicción5.000 - Partida 5.2.1.0 “Transferencia a personas” – Programa 23.59 del Presupuesto de gastos vigente, Fuente de Financiamiento 110.-

ARTICULO 3º: Efectúese la deducción del 5 % de la Certificación en Concepto de Garantía de Obra, por un monto de PESOS VEINTIDOS MILDOSCIENTOS CUARENTA ($ 22.240,00). La misma deberá ser afectada a la Partida CUENTA DE TERCEROS DEPOSITOS EN GARANTIA.-

ARTICULO 4º: El presente Decreto será refrendado por el Sr. Secretario de Hacienda, Cdor. ANDRES LUCIANO GARCIA.-

ARTICULO 5º: Comuníquese a quienes corresponda, tomen nota las Oficinas pertinentes, dése al Registro Municipal y archívese.

Fdo.

Lic. GONZALO PELUSO

Intendente Municipal

Fdo.

Cdor. ANDRES LUCIANO GARCIA

Secretario de Hacienda

Decreto Nº 1329/18

Magdalena, 14/08/2018

Visto

La nota presentada por la Inspectora Jefa Distrital Magdalena de Educación PATRICIA MADRID, obrante a fs. 1 del Expte. Letra D Nº1493/18, mediante la cual solicitan sea Declarado de Interés Municipal todas las acciones en relación a la “Feria Regional de Ciencias”, que se realizara el dia 28 de Agosto próximo en la ciudad de La Plata en el Pasaje Dardo Rocha, y

Considerando

Que, de dicha Feria participarán escuelas del distrito con la presentación de once proyectos, ascendiendo el número de participantes atreinta y tres,

Que es necesario contar con el traslado de los alumnos,

Por ello

EL INTENDENTE MUNICIPAL de MAGDALENA en uso de sus atribuciones

D E C R E T A

ARTICULO 1º: Declárese de INTERES MUNICIPAL todas las acciones en relación a la “FERIA REGIONAL DE CIENCIAS”, organizada por laDcion Gral de Cultura y Educación a realizarse el dia 28 de agosto próximo en las instalaciones del Pasaje Dardo Rocha de La Plata, de laque participarán establecimientos educacionales de la Ciudad de Magdalena.-

ARTICULO 2º.- Los gastos a cargo del Municipio serán tomados de las partidas correspondientes del presupuesto de Gastos Vigente.-

ARTICULO 3º: El presente Decreto será refrendado por el Sr. Secretario de Gobierno D. Rodolfo S. TATA.-

Municipio de Magdalena Boletin Oficial Municipal Pag. 249

ARTICULO 4º: Comuníquese, tomen nota las Oficinas pertinentes, dese al Registro Municipal y Archívese.-

Fdo.

Lic. GONZALO PELUSO

Intendente Municipal

Fdo.

Dn. RODOLFO SALOMON TATA

Secretario de Gobierno

Decreto Nº 1330/18

Magdalena, 14/08/2018

Visto

Las actuaciones iniciadas mediante Expte. “D” Nº 461/18 y;

Considerando

Que en las mismas el Sr. Subdirector de Rentas informa sobre las tareas convenidas con la Sra. Dutria Patricia, Legajo Nº 2332, Repartode chequeras en la ciudad de Magdalena correspondientes a las cuotas 1,2,3 de 2018 del impuesto sobre los Automotores Descentralizados (Ley 13010) dicha labor se efectúo los días 23/07/2018 al 06/08/2018 inclusive, por la suma de PESOS OCHO MILNOVECIENTOS OCHENTA Y SIETE CON 00/CVOS ($ 8.987,00.-)

Que, el Decreto 642/16 (ad referéndum), contempla la realización de tareas en la modalidad JORNADAS DE EXTENSIÓN EXTRA LABORAL.

Que, lo solicitado cuenta con el aval del Sr. Secretario de Hacienda, autorizando que se dicte el acto administrativo pertinente.

POR ELLO

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE MAGDALENA, en uso de sus atribuciones que le son propias,

D E C R E T A

ARTICULO 1°: AUTORICESE al Departamento de Liquidaciones a liquidar los haberes correspondientes a la Sra DUTRIA PATRICIA Legajo Nº2332, por la suma de PESOS OCHO MIL NOVECIENTOS OCHENTA Y SIETE CON 00/CVOS ($ 8.987,00.-) para el mes de agosto del año encurso, en virtud de lo expuesto en el exordio de la presente.

ARTICULO 2°: La erogación que demande el cumplimiento de lo determinado en el Art. precedente será con afectación a la Partida 1.3.1.2 –EXTENSIÓN EXTRA LABORAL DE TAREAS – Jurisdicción 8000, Programa 01, del Presupuesto de Gastos Vigente.

ARTICULO 3°: El presente Decreto, será refrendado por el Sr. Secretario de Hacienda, Cr. Andrés García.

ARTICULO 4°: Comuníquese a quienes corresponda, tomen nota las Oficinas pertinentes, dése al Registro Municipal y Archívese.

Fdo.

Lic. GONZALO PELUSO

Intendente Municipal

Fdo.

Cdor. ANDRES LUCIANO GARCIA

Secretario de Hacienda

Decreto Nº 1331/18

Magdalena, 14/08/2018

Municipio de Magdalena Boletin Oficial Municipal Pag. 250

Visto

La nota presentada por el Sr. Director de Cultura a fs. 9 vlta del Expte. Letra A Nº 1512/18, mediante la cual solicitan sea Declarado deInterés Municipal el Proyecto del Cortometraje “LA VENDEDORA DE LIRIOS”, a filmarse en la ciudad de Magdalena durante dos jornadas,ante la presentación realizada por la productora Ejecutiva del proyecto Sra. Paula ASPRELLA, y

Considerando

Que, La vendedora de Lirios es un cortometraje cuyo objetivo principal es dejar manifestada la filosofía de vida de la mujer en el contextosociocultural rioplatense partiendo del trabajo como legado, constructora de identidad, dando cuenta también de los procesos migratoriosque se produjeron en el país,

Que se filmará en lugares a determinar en la localidad los días 14 y 15 de Octubre próximos,

Por ello

EL INTENDENTE MUNICIPAL de MAGDALENA en uso de sus atribuciones

D E C R E T A

ARTICULO 1º: Declárese de INTERES MUNICIPAL todas las acciones en relación al Proyecto de Cortometraje “LA VENDEDORA DE LIRIOS”,con guión y dirección de Igor GALUK, autorizándose la filmación en dos jornadas en Magdalena los dias 14 y 15 de Octubre próximos.-

ARTICULO 2º: El presente Decreto será refrendado por el Sr. Secretario de Gobierno D. Rodolfo S. TATA.-

ARTICULO 3º: Comuníquese, tomen nota las Oficinas pertinentes, dese al Registro Municipal y Archívese.-

Fdo.

Lic. GONZALO PELUSO

Intendente Municipal

Fdo.

Dn. RODOLFO SALOMON TATA

Secretario de Gobierno

Decreto Nº 1332/18

Magdalena, 15/08/2018

Visto

El Registro de Devengado Nº 1191 y el Pagado de Orden de Pago Nº 1274 correspondientes al ejercicio 2017;

La regularización Nº 7;

Los saldos al cierre del Ejercicio 2017; y

Considerando

Que atento al cotejo de los Saldos de cierre del Ejercicio 2017 emitidos por Sistema RAFAM respecto al Estado de Evolución del Pasivo y elResumen de Cuenta Corriente Proveedores, se ha detectado una diferencia de $6.030;

Que por un error involuntario la Regularización Nº 7 registrada en el Ejercicio 2017 fue imputada a deuda de ejercicios anteriores por $6.030, dando lugar en los registros contables a una deuda del Ejercicio reflejada en la Cuenta Corriente a favor del Proveedor “LlanosCarosella, Matías Ezequiel (1068)” que es obviamente inexistente por los motivos señalados;

Que se considera oportuno se proceda a registrar el ajuste contable que permita adecuar el saldo de dicha cuenta corriente;

Que además la medida que se propicia encuadra en la mecánica contable reconocida por la jurisprudencia del H.T.C;

Por ello,

El INTENDENTE MUNICIPAL DE MAGDALENA en uso de sus atribuciones

Municipio de Magdalena Boletin Oficial Municipal Pag. 251

DECRETA

ARTICULO 1º: Desaféctese a partir de la fecha a la acreencias que a continuación se detallan y de acuerdo a los importes consignados en elmismo y por las causas mencionadas en el exordio de la presente:

ACREEDOR IMPORTE

1068-LLANOS CAROSELLA, Matías Ezequiel $ 6.030,00

ARTICULO 2º: Autorícese a la Contaduría Municipal a efectuar los ajustes contables pertinentes

ARTICULO 3º: El presente Decreto será refrendado por el Sr. Secretario de Hacienda de la Municipalidad de Magdalena.

ARTICULO 4º: Comuníquese a quien corresponda, tomen nota las oficinas pertinentes, dése al Registro Municipal y archívese.

Fdo.

Lic. GONZALO PELUSO

Intendente Municipal

Fdo.

Cdor. ANDRES LUCIANO GARCIA

Secretario de Hacienda

Decreto Nº 1333/18

Magdalena, 15/08/2018

Visto

El Expte. Letra D nº 641/17, mediante el cual se tramita el alquiler del Predio de Disposición final de residuos no tradicionales en lalocalidad de Bartolomé Bavio, y

Considerando

Que, el día 01 de JULIO del año 2017 ha sido suscripto contrato con la Firma del Sr. MARCO ANTONIO CHIODI – D.N.I. 28.273.698, y la Sra.VERONICA SOLEDAD CHIODI – D.N.I. nº 26.351.468, en representación de los Sres. Rogelio Chiodi y José Ricardo Chiodi, por un monto totalde $ 7.007 (PRIMER AÑO) – $ 8.410 (SEGUNDO AÑO) y $ 9.250 (TERCER AÑO), con vencimiento el día 31 de MARZO DE 2020.-

Que, mediante Ordenanza nº 3.407/17, se Autoriza al Sr. Intendente Municipal a suscribir dicho contrato.-

Que, ha sido suscripta la Certificación correspondiente a los meses de MARZO ABRIL MAYO JUNIO Y JULIO del corriente año a la firmaMARCO ANTONIO CHIODI.-

POR ELLO

El Intendente Municipal de Magdalena, en uso de sus atribuciones que le son propias

DECRETA

ARTICULO 1º: LIBRESE Orden de Pago al Sr. MARCO ANTONIO CHIODI – D.N.I. 28.273.698, por un monto de PESOS VEINTE MILTRESCIENTOS VEINTITRES CON CINCUENTA CENTAVOS ($20.323,50), en virtud de las causales expuestas en el exordio de la presente.-

ARTICULO 2º: El presente Decreto será refrendado por el Sr. Secretario de Hacienda, Cdor. ANDRES LUCIANO GARCIA.-

ARTICULO 3º: Comuníquese a quienes corresponda, tomen nota las Oficinas pertinentes, dése al Registro Municipal y archívese-

Municipio de Magdalena Boletin Oficial Municipal Pag. 252

Fdo.

Lic. GONZALO PELUSO

Intendente Municipal

Fdo.

Cdor. ANDRES LUCIANO GARCIA

Secretario de Hacienda

Decreto Nº 1334/18

Magdalena, 15/08/2018

Visto

El Expte. Letra S nº 2143/17 Anexos 1, mediante el cual la Empresa KUBIKA TITACEK S.A realiza la obra de TERMINACION DE LAREMODELACION Y RESTAURACION DEL CLUB 22 DE JULIO en la localidad de Magdalena, y

Considerando

Que el plazo de ejecución de obra es de 90 días a partir del 09 de Marzo del corriente.-

Que por decreto Nº937/18 se autorizó una ampliación de 60 días a partir del 9 de Junio del corriente.-

Que, a fs 586 se presenta por parte de la empresa nueva nota de solicitud de ampliación del plazo de ejecución de obra por sesentadías.-

Que, la oficina técnica a fs 527 informa que por razones ajenas a la empresa no se ha podido cumplir con el plan de tiempo estimado,coincidiendo en que 60 días es un plazo aceptable para que la obra se culmine en su totalidad.-

Que, dicho pedido se analiza considerando viable la ampliación.-

POR ELLO:

El Intendente Municipal de Magdalena, en uso de sus atribuciones que le son propias

DECRETA

ARTICULO 1º: AUTORIZASE la Ampliación del Plazo de Obra a la Empresa KUBIKA TITACEC S.A por un plazo de 60 días a partir del 9 deAgosto del año 2.018, según los considerandos ut supra citados.-

ARTICULO 2º: El presente Decreto será refrendado por el Secretario de Gobierno, Sr. RODOLFO TATA.-

ARTICULO 3º: Comuníquese a quienes corresponda, tomen nota las Oficinas pertinentes dése al Registro Municipal y archívese.

Fdo.

Lic. GONZALO PELUSO

Intendente Municipal

Fdo.

Dn. RODOLFO SALOMON TATA

Secretario de Gobierno

Decreto Nº 1335/18

Municipio de Magdalena Boletin Oficial Municipal Pag. 253

Magdalena, 16/08/2018

Visto

La nota presentada por la SOCIEDAD DE FOMENTO CULTURAL Y DEPORTIVA VIEYTES , obrante a fs. 1 del expte letra S Nº 1516/18, en lacual solicitan autorización para poner en circulación dentro del Partido de Magdalena, UNA RIFA, y

Considerando

Que de acuerdo al informe de la Dirección de Asesoría Letrada se cumplimentaron los requisitos legales exigidos, por la Ley 9.403, Ordenanza nº 2771/10 modificada por Ordenanza nº 3521/18,

Por ello,

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE MAGDALENA, en uso de sus atribuciones,

D E C R E T A

ARTÍCULO 1º: AUTORIZASE a la SOCIEDAD DEPORTIVA CULTURAL Y DE FOMENTO VIEYTES, a poner en circulación dentro del Partido deMagdalena, una rifa de 333 billetes, contando cada una de ellas con tres números de tres cifras del 001 al 999 Nº, a razón de PESOS DOSMIL ($ 2.000) cada boleta, pagadera al contado o en diez (10) cuotas iguales y consecutivas de PESOS DOSCIENTOS ($ 200) cada una, asortearse por la Lotería de la Pcia de Buenos Aires o quiniela Nocturna y los premios son los siguientes:

SORTEOS MENSUALES:

Desde Última jugada de los Meses de Agosto a Noviembre del 2018 y desde Enero a Abril 2019 se sortearan:

PRIMER PREMIO: PESOS DOS MIL QUINIENTOS ($ 2.500).

SORTEO ESPECIAL; DE PESOS DOS MIL QUINIENTOS ($ 2.500) Si el adquiriente esta al dia con el pago de las cuotas mensuales almomento del sorteo (Meses de Agosto, a Diciembre .- o de PESOS DIEZ MIL ($ 10.000) si el adquiriente abono la totalidad de la rifa almomento del sorteo especial, el dia que realice el Sorteo de Fin de Año por Lotería de la Pcia de Buenos Aires.

SORTEO FINAL:

Se sorteará ante Escribano Público el día 25 de Mayo del 2019 en las instalaciones de la Sociedad, por los siguientes premios:

PRIMER PREMIO: PESOS CIENTO SESENTA MIL ($ 160.000).-

SEGUNDO PREMIO: PESOS TREINTA MIL ($ 30.000).-

TERCER PREMIO: PESOS QUINCE MIL ($ 15.000).

CUARTO PREMIO; PESOS DIEZ MIL ($ 10.000).-

ARTÍCULO 2º: La entidad deberá depositar en una Entidad Bancaria Oficial el 25% de lo recaudado a fín de garantizar la existencia de lospremios a entregar.-

ARTICULO 3º: La Sociedad de Fomento Vieytes deberá publicar en un diario de amplia difusión en la zona, los números favorecidos con losnombres de los poseedores, debiendo remitir la publicación a la Comuna.-

ARTÍCULO 4º: El presente Decreto será refrendado por el Sr. Secretario de Gobierno de la Municipalidad de Magdalena.-

ARTÍCULO 5º: Comuníquese, tomen nota las Oficinas pertinentes, dése al registro Municipal y archívese.-

Fdo.

Lic. GONZALO PELUSO

Intendente Municipal

Fdo.

Dn. RODOLFO SALOMON TATA

Secretario de Gobierno

Municipio de Magdalena Boletin Oficial Municipal Pag. 254

Decreto Nº 1336/18

Magdalena, 16/08/2018

Visto

Los exptes letra D Nº 1113/18, 1261/18 y 1252/18 referidos a la firma del Convenio de Concurrencia Profesional celebrado entre laMunicipalidad de Magdalena y los profesionales Dres. PEREZ RICARDO, TIZIO SANTIAGO Y GUEIMAN PABLO y;

Considerando

Que el plazo de Vigencia de los Convenios es de seis (06) meses, en el caso del Dr. Perez Ricardo y de tres (03) meses los Convenios de losDres. Tizio Santiago y Gueiman Pablo, a partir del 01/07/18.-

Que se debe efectivizar el Acto Administrativo de convalidación del mismo,

Por ello

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE MAGDALENA, en uso de sus atribuciones ,

D E C R E T A

ARTICULO 1º: Convalidase la firma de los Convenios de Concurrencia Profesional celebrado entre la Municipalidad de Magdalena y losDres. PEREZ RICARDO HUGO DNI Nº 26946248, MP 115392; TIZIO SANTIAGO DNI nº 28.052.461, MP 115403 Y GUEIMAN PABLO DNI Nº27974631; MP 117647, quienes se desempeñaran en el Hospital Santa Maria Magdalena.-

ARTÍCULO 2º: La erogación que demande el cumplimiento de lo determinado en el art. 1º será con afectación a la Jurisdicción, Programa,Actividad y Partida correspondiente del Presupuesto de Gastos Vigente.-

ARTÍCULO 3º: El presente Decreto será refrendado por el Sr. Secretario de Gobierno D. Rodolfo TATA.-

ARTICULO 4º: Comuníquese, tomen nota las Oficinas pertinentes, dése al Registro Municipal y archivese.-

Fdo.

Lic. GONZALO PELUSO

Intendente Municipal

Fdo.

Dn. RODOLFO SALOMON TATA

Secretario de Gobierno

Decreto Nº 1337/18

Magdalena, 16/08/2018

Visto

La nota presentada por el Sr. Director de Cultura y Prensa obrante a fs. 1 del Expte. Letra D Nº 1528/18 mediante la cual solicita seaDeclarado de Interés Municipal todas las acciones en relación al “PROYECTO ESTUDIANTIL G 20”, a desarrollarse en el distrito deMagdalena, habiendo sido declarado de Interés Provincial, y

Considerando

Que el mismo estará abierto a la participación de toda la comunidad educativa de la Pcia de Buenos Aires y por ende a los establecimientoseducacionales del Partido de Magdalena durante el corriente año y su conclusión en el año 2019,

Que el mismo esta organizado por la Prosecretaria Administrativa de la Cámara de Senadores de la Pcia de Bs As en conjunto con laSecret.Gral de Gobierno, la Dcion de Cultura y Educación y los Municipios Provinciales,

Que como temas de desarrollo se tratarán diversas temáticas dentro de las cuales se mencionan; joven, agricultura, empleo, industria ycomercio, Infraestructura, Energías Alternativas, Mujer,

Que como características del proyecto se seleccionaran tres distritos por Sección Electoral y al menos dos escuelas por distrito,

Municipio de Magdalena Boletin Oficial Municipal Pag. 255

Que el citado proyecto resalta la importancia del G20 para el País y la Provincia,

Que uno de los principales objetivos es integrar alumnos de nivel secundario que estén cursando su anteúltimo año escolar en institucionespublicas y/o privadas de la Pcia de Bs As, promoviendo una cultura de participación democrática y la búsqueda de consensos, dialogo,respeto, estimulación del trabajo en equipo,

Que para la realización del evento la Municipalidad aportara Sonido, Catering, Transporte, Publicidad entre otros,

Por ello

EL INTENDENTE MUNICIPAL de MAGDALENA en uso de sus atribuciones

D E C R E T A

ARTICULO 1º: Declárese de INTERES MUNICIPAL todas las acciones en relación al “PROYECTO ESTUDICANTIL G 20 “, a realizarse en elDistrito de Magdalena, organizado por la Prosecretaria Administrativa de la Honorable Cámara de Senadores de la Pcia de Bs As.-

ARTICULO2º.- Los gastos a cargo del Municipio serán tomados de las Partidas correspondientes del Presupuesto de Gastos Vigente.-

ARTICULO 3º: El presente Decreto será refrendado por el Sr. Secretario de Gobierno D. Rodolfo S. TATA.-

ARTICULO 4º: Comuníquese, tomen nota las Oficinas pertinentes, dese al Registro Municipal y Archívese.-

Fdo.

Lic. GONZALO PELUSO

Intendente Municipal

Fdo.

Dn. RODOLFO SALOMON TATA

Secretario de Gobierno

Decreto Nº 1338/18

Magdalena, 16/08/2018

Visto

Las actuaciones obrantes en el Expediente Letra S Nº 1348/18 , referente al Llamado a Licitación Privada para adjudicar la “ADQUISICIÓNDE CEMENTO, ARENA Y PIEDRA 6/20 PARA LA ELABORACION DE HORMIGON DESTINADO A OBRAS EN LA LOCALIDAD DE MAGDALENA,PARTIDO DE MAGDALENA, PROVINCIA DE BUENOS AIRES”.

Considerando

Que, existe saldo disponible en la respectiva partida del Presupuesto de Gastos, por ello;

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE MAGDALENA, en uso de sus atribuciones,

D E C R E T A

ARTICULO 1º.- LLAMASE a LICITACIÓN PRIVADA Nº 18/18, para adjudicar la “ADQUISICIÓN DE CEMENTO, ARENA Y PIEDRA 6/20 PARA LAELABORACION DE HORMIGON DESTINADO A OBRAS EN LA LOCALIDAD DE MAGDALENA, PARTIDO DE MAGDALENA, PROVINCIA DEBUENOS AIRES”

ARTICULO 2º.- AFÉCTESE las erogaciones que se produzcan como consecuencia de la aplicación del Artículo Primero en la Jurisdicción5.000, Programa 20/01 Partida 2.8.4.0 “Piedra, Arcilla y Arena” con Fuente de Financiamiento 110 de Origen Municipal del Presupuesto deGastos para el Ejercicio 2018.-

ARTICULO 3º.- ESTIPÚLESE un PRESUPUESTO OFICIAL total de PESOS UN MILLON CINCUENTA MIL CON 00/100 CVOS ($ 1.050.000,00.-)

ARTICULO 4º.- ESTIPÚLESE que la GARANTÍA DE PROPUESTA que será por un importe de PESOS DIEZ MIL QUINIENTOS CON 00/100 CVOS($ 10.500,00.-).

ARTICULO 5º.- DETERMINASE sin Valor el Pliego de Bases y Condiciones .-

ARTICULO 6º.- DETERMINASE que el día Agosto 23 del año 2018, a la hora 12,00 se llevará a cabo el Acto de Apertura de las ofertaspresentadas.-

ARTICULO 7°.- El presente Decreto será refrendado por el Sr. Secretario de Hacienda Cr. Andrés García.-

Municipio de Magdalena Boletin Oficial Municipal Pag. 256

ARTICULO 8°.- Comuníquese a quienes corresponda, dése al Registro Municipal y archívese.-

Fdo.

Lic. GONZALO PELUSO

Intendente Municipal

Fdo.

Cdor. ANDRES LUCIANO GARCIA

Secretario de Hacienda

Decreto Nº 1339/18

Magdalena, 16/08/2018

Visto

Las actuaciones del Expte letra J Nº1524/18, mediante las cuales la agente URRUTIA Lautaro Leg: 1377, presenta su renuncia a fs. 2 comoempleado mensualizado obrero Régimen 30 hs semanales, a partir del 13 de agosto de 2018.

Considerando

Que, el Agente no se presento a trabajar desde el día 7 de agosto hasta su renuncia el 13 de agosto de 2018, por lo que se debe realizar eldescuento de los días no trabajados, en ese período.

Que debe procederse al dictado del acto administrativo de Baja revocando su contratación como empleado obrero con un Régimen 30 hssemanales.

Que, el Departamento Liquidaciones deberá proceder a erogar el pago del SAC proporcional y 7 días de licencias no gozadas del año 2018.

Que, el Sr. Secretario de Gobierno, convalida la solicitud ut supra mencionada.

POR ELLO

El Intendente Municipal de Magdalena, en uso de sus atribuciones que le son propias.

D E C R E T A

ARTICULO 1º: CESE Y BAJA a partir del día 13 de agosto del año 2018 del Agente URRUTIA PANDOLFI Lautaro Leg: 1377 en virtud de lascausales expuestas en el exordio del presente.

ARTÍCULO 2º: AUTORICESE al Departamento de Liquidaciones a descontar 6 (SEIS) días no trabajados de acuerdo a lo expuesto en losconsiderandos y a erogar el pago del SAC proporcional y 8 días de licencias no gozadas del año 2018.

ARTÍCULO 2º: El presente Decreto será refrendado por el Sr. Secretario de Gobierno, Rodolfo Tata.

ARTÍCULO 3º. Comuníquese a quienes corresponda, tomen nota las Oficinas pertinentes, dése al Registro Municipal y archívese.-

Fdo.

Lic. GONZALO PELUSO

Intendente Municipal

Fdo.

Dn. RODOLFO SALOMON TATA

Secretario de Gobierno

Municipio de Magdalena Boletin Oficial Municipal Pag. 257

Decreto Nº 1340/18

Magdalena, 16/08/2018

Visto

La Ordenanza Nº 3528/18 sancionada por el Honorable Concejo Deliberante con fecha 15 de agosto del 2018,

Considerando

Que dicha ordenanza es referida a Convalidación Decreto nº 756/17 , y,

Por ello,

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE MAGDALENA, en uso de sus atribuciones ,

D E C R E T A

ARTICULO 1º: PROMULGASE, la Ordenanza Nº 3528/18 sancionada por el Honorable Concejo Deliberante con fecha 15 de Agosto del 2018,mediante la cual se convalida el Decreto nº 756/17 dictado por el Departamento Ejecutivo.-

ARTICULO 2º: El presente Decreto será refrendado por el Sr. Secretario de Hacienda de la Municipalidad de Magdalena.-

ARTICULO 3º: Comuníquese, tomen nota las Oficinas pertinentes, dése al Registro Municipal y archívese.-

Fdo.

Lic. GONZALO PELUSO

Intendente Municipal

Fdo.

Cdor. ANDRES LUCIANO GARCIA

Secretario de Hacienda

Decreto Nº 1341/18

Magdalena, 16/08/2018

Visto

La Ordenanza Nº 3529/18 sancionada por el Honorable Concejo Deliberante con fecha 15 de agosto del 2018,

Considerando

Que dicha ordenanza es referida a Convalidación firma Sr Intendente Municipal en el Convenio de Cooperación celebrado con DirecciónProvincial del Registro de las Personas , y,

Por ello,

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE MAGDALENA, en uso de sus atribuciones ,

D E C R E T A

ARTICULO 1º: PROMULGASE, la Ordenanza Nº 3529/18 sancionada por el Honorable Concejo Deliberante con fecha 15 de Agosto del 2018,mediante la cual se convalida la firma del Sr Intendente Municipal en el Convenio de Cooperación celebrado entre la Municipalidad deMagdalena y la Dirección Provincial del Registro de las Personas.-

Municipio de Magdalena Boletin Oficial Municipal Pag. 258

ARTICULO 2º: El presente Decreto será refrendado por el Sr. Secretario de Gobierno de la Municipalidad de Magdalena.-

ARTICULO 3º: Comuníquese, tomen nota las Oficinas pertinentes, dése al Registro Municipal y archívese.-

Fdo.

Lic. GONZALO PELUSO

Intendente Municipal

Fdo.

Dn. RODOLFO SALOMON TATA

Secretario de Gobierno

Decreto Nº 1342/18

Magdalena, 16/08/2018

Visto

La nota presentada por el Sr. Director de Cultura y Prensa obrante a fs. 1 del Expte. Letra D Nº 1533/18 , mediante la cual solicita seaDeclarado de Interés Municipal todas las acciones en relación a la XXIX EXPO BAVIO , a realizarse los días 14, 15 y 16 de Septiembre en lalocalidad de Bavio, y

Considerando

Que la Asociación Civil para el Fomento Zonal de B. Bavio viene realizando desde hace 29 años la muestra Agro-Industrial y Artesanal, con el objetivo de promocionar el campo y sus diversas actividades, el Turismo de la región, como asi también las maquinarias que seutilizan exponiéndolas al público visitante,

Que la Expo Bavio convoca no solo a productores y expositores sino a los vecinos del partido y otros aledaños ofreciendo la posibilidad dedisfrutar de un paseo familiar al mismo tiempo que los trabajadores están en contacto con las novedades tecnológicas de la laboragropecuaria.-

Que las semanas previas a la ExpoBavio se realizaran jornadas técnicas y charlas de capacitación gratuitas sobre diversas especialidadesde las actividades rurales que favorecen la formación y actualización del trabajador, el técnico o profesional de la zona.-

Para la realización de este evento se requiere la contratación de sonido y espectáculo artístico.-

Por ello,

EL INTENDENTE MUNICIPAL de MAGDALENA en uso de sus atribuciones

D E C R E T A

ARTICULO 1º: Declárese de INTERES MUNICIPAL todas las acciones en relación a la XXIX EXPO BAVIO a realizarse los días 14, 15 y 16 deSeptiembre en la localidad de Bavio Partido de Magdalena.-

ARTICULO 2º: En virtud de lo establecido en el art. anterior, los gastos a cargo del Municipio serán tomados de la Partida correspondiente.-

ARTICULO 3º: El presente Decreto será refrendado por el Sr. Secretario de Gobierno D. Rodolfo S. TATA.-

ARTICULO 4º: Comuníquese, tomen nota las Oficinas pertinentes, dese al Registro Municipal y Archívese.-

Fdo.

Lic. GONZALO PELUSO

Intendente Municipal

Fdo.

Dn. RODOLFO SALOMON TATA

Secretario de Gobierno

Municipio de Magdalena Boletin Oficial Municipal Pag. 259

Decreto Nº 1343/18

Magdalena, 17/08/2018

Visto

El Expte. Letra O Nº 1534/18 mediante el cual la Sra. ORONA, Graciela solicita ayuda económica para abonar el suministro de luz, y

Considerando

Que a fs.1 se encuentra nota de pedido para abonar el pago de luz por parte de la Sra. ORONA, Graciela.

Que a fs. 2 se encuentra la factura de la Empresa Edelap donde consta la deuda que posee.

Que a fs.3 se corrobora la situación socio-económica del solicitante.

Que el servicio de luz es indispensable para la Sra. ORONA, Graciela.

Por ello,

EL Sr. INTENDENTE MUNICIPAL en uso de sus atribuciones

DECRETA

ARTICULO 1º: ABONESE a la Empresa EDELAP la suma de PESOS MIL SEISCIENTOS SETENTA Y NUEVE CON OCHENTA Y SIETE CTVS($1.679,87) en concepto de pago de luz de la Sra. ORONA, Graciela de acuerdo al considerando.

ARTÍCULO 2º: Para tal gasto será afectada la partida 5.1.4.0 Ayuda Sociales a Personas. Jurisdicción 7000 .Apertura Programática24.04.00 .Fuente de financiamiento 110 Tesoro Municipal.

ARTICULO 3º: El solicitante deberá presentar el comprobante dentro de los 30 días recibido el beneficio.

ARTICULO 4 º: El presente Decreto será refrendado por el Secretario de Hacienda.

ARTICULO 5º: Comuníquese a quienes corresponda y archívese

Fdo.

Lic. GONZALO PELUSO

Intendente Municipal

Fdo.

Cdor. ANDRES LUCIANO GARCIA

Secretario de Hacienda

Decreto Nº 1344/18

Magdalena, 17/08/2018

Visto

El Expte. Letra T Nº 1522/18 mediante el cual la Srta. TORRES, Elena solicita ayuda económica para abonar el suministro de luz, y

Considerando

Que a fs.1 se encuentra nota de pedido para abonar el pago de luz por parte de la Srta. TORRES, Elena.

Que a fs. 3 se encuentra la factura de la Empresa Edelap donde consta la deuda que posee.

Municipio de Magdalena Boletin Oficial Municipal Pag. 260

Que a fs.2 se corrobora la situación socio-económica del solicitante.

Que el servicio de luz es indispensable para la Srta. TORRES, Elena.

Por ello,

EL Sr. INTENDENTE MUNICIPAL en uso de sus atribuciones

DECRETA

ARTICULO 1º: ABONESE a la Empresa EDELAP la suma de PESOS TRES MIL CUATROCIENTOS NOVENTA Y CINCO CON TRES CTVS($3.495,03) en concepto de pago de luz de la Srta. TORRES, Elena de acuerdo al considerando.

ARTÍCULO 2º: Para tal gasto será afectada la partida 5.1.4.0 Ayuda Sociales a Personas. Jurisdicción 7000 .Apertura Programática24.04.00 .Fuente de financiamiento 110 Tesoro Municipal.

ARTICULO 3º: El solicitante deberá presentar el comprobante dentro de los 30 días recibido el beneficio.

ARTICULO 4 º: El presente Decreto será refrendado por el Secretario de Hacienda.

ARTICULO 5º: Comuníquese a quienes corresponda y archívese

Fdo.

Lic. GONZALO PELUSO

Intendente Municipal

Fdo.

Cdor. ANDRES LUCIANO GARCIA

Secretario de Hacienda

Decreto Nº 1345/18

Magdalena, 17/08/2018

Visto

El Expte. Letra N Nº 1518/18 mediante el cual la Sra. NACIER, Andrea solicita ayuda económica para abonar el suministro de luz, y

Considerando

Que a fs.1 se encuentra nota de pedido para abonar el pago de luz por parte de la Sra. NACIER, Andrea.

Que a fs. 2 se encuentra la factura de la Empresa Edelap donde consta la deuda que posee.

Que a fs.3 se corrobora la situación socio-económica del solicitante.

Que el servicio de luz es indispensable para la Sra. NACIER, Andrea.

Por ello,

EL Sr. INTENDENTE MUNICIPAL en uso de sus atribuciones

DECRETA

ARTICULO 1º: ABONESE a la Empresa EDELAP la suma de PESOS CUATRO MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y CINCO CON CUARENTA CTVS($4.995,40) en concepto de pago de luz de la Sra. NACIER, Andrea de acuerdo al considerando.

ARTÍCULO 2º: Para tal gasto será afectada la partida 5.1.4.0 Ayuda Sociales a Personas. Jurisdicción 7000 .Apertura Programática24.04.00 .Fuente de financiamiento 110 Tesoro Municipal.

ARTICULO 3º: El solicitante deberá presentar el comprobante dentro de los 30 días recibido el beneficio.

ARTICULO 4 º: El presente Decreto será refrendado por el Secretario de Hacienda.

ARTICULO 5º: Comuníquese a quienes corresponda y archívese

Fdo.

Municipio de Magdalena Boletin Oficial Municipal Pag. 261

Lic. GONZALO PELUSO

Intendente Municipal

Fdo.

Cdor. ANDRES LUCIANO GARCIA

Secretario de Hacienda

Decreto Nº 1346/18

Magdalena, 17/08/2018

Visto

El Expte. Letra F Nº 1519/18 mediante el cual la Sra. FARIAS, Gabriela solicita ayuda económica para abonar el suministro de luz, y

Considerando

Que a fs.1 se encuentra nota de pedido para abonar el pago de luz por parte de la Sra. FARIAS, Gabriela.

Que a fs. 2 se encuentra la factura de la Empresa Edelap donde consta la deuda que posee.

Que a fs.3 se corrobora la situación socio-económica del solicitante.

Que el servicio de luz es indispensable para la Sra. FARIAS, Gabriela.

Por ello,

EL Sr. INTENDENTE MUNICIPAL en uso de sus atribuciones

DECRETA

ARTICULO 1º: ABONESE a la Empresa EDELAP la suma de PESOS DOS MIL SETENTA Y CUATRO CON NOVENTA Y CINCO CTVS ($2.074,95)en concepto de pago de luz de la Sra. FARIAS, Gabriela de acuerdo al considerando.

ARTÍCULO 2º: Para tal gasto será afectada la partida 5.1.4.0 Ayuda Sociales a Personas. Jurisdicción 7000 .Apertura Programática24.04.00 .Fuente de financiamiento 110 Tesoro Municipal.

ARTICULO 3º: El solicitante deberá presentar el comprobante dentro de los 30 días recibido el beneficio.

ARTICULO 4 º: El presente Decreto será refrendado por el Secretario de Hacienda.

ARTICULO 5º: Comuníquese a quienes corresponda y archívese

Fdo.

Lic. GONZALO PELUSO

Intendente Municipal

Fdo.

Cdor. ANDRES LUCIANO GARCIA

Secretario de Hacienda

Decreto Nº 1347/18

Magdalena, 17/08/2018

Visto

Municipio de Magdalena Boletin Oficial Municipal Pag. 262

El expediente letra D 1455/18, y;

Considerando

Que es intención del presente Depto. Ejecutivo que todo el personal cumpla con las normas laborales de asistencia.

Que, el no cumplimiento de las obligaciones de diligencia laboral de un agente municipal, hace pasible al personal de las siguientessanciones: llamado de atención y descuento del día correspondiente.

Que en las mismas el Sr. Director de Control Urbano y Seguridad Ciudadana A CARGO informa sobre la conducta de la agente municipalFUNICELLI Norberto (leg. 1248), quien no concurrió a su lugar de trabajo los días 30 y 31 de julio y 1, 2 y 3 de agosto de 2018, sin aviso.

Que, lo solicitado cuenta con el conocimiento y la pertinente autorización del Sr. Secretario de Gobierno.

P O R T O D O E L L O

El SR. INTENDENTE MUNICIPAL DE MAGDALENA, en uso de sus atribuciones que les son propias

D E C R E T A

ARTICULO 1º: SANCIONESE con una medida correctiva: LLAMADO DE ATENCION al agente municipal, en virtud de las causales expuestas en elexordio del presente.

ARTÍCULO 2º: AUTORICESE al Departamento de Liquidaciones a DESCONTAR de los haberes correspondientes al mes de agosto por noconcurrir a su lugar de trabajo sin aviso previo y/o justificación posterior correspondiente, de su lugar de trabajo al Agente:

Leg. Nº Agente Municipal Días de DESCUENTO Fecha

1248 FUNICELLI Norberto 5 (CINCO) DIAS 30, 31 de julio y 1,2 y 3 deagosto de 2018.

ARTICULO 3º: La presente sanción se cumplirá a partir del día siguiente a la notificación de la misma, dejándose testimonio de la presenteen el Legajo Personal del agente citado.

ARTÍCULO 4º: AUTORICESE al Departamento de Liquidaciones a DESCONTAR los DIAS no trabajados por el Agente mencionados en elArtículo 2. Y el PRESENTISMO, de los haberes correspondientes al mes de agosto de 2018.

ARTICULO 5º: El presente será notificado al Agente por medio de la Oficina de Personal.

ARTICULO 6º: El presente Decreto será refrendado por el Sr Secretario de Gobierno.

ARTICULO 7º: Comuníquese a quienes corresponda, tomen nota las Oficinas pertinentes, dése al registro Municipal y archívese.

Fdo.

Lic. GONZALO PELUSO

Intendente Municipal

Fdo.

Dn. RODOLFO SALOMON TATA

Secretario de Gobierno

Decreto Nº 1348/18

Magdalena, 17/08/2018

Visto

Las actuaciones iniciadas mediante Expte. Letra J Nº 1460/18, y;

Considerando

Municipio de Magdalena Boletin Oficial Municipal Pag. 263

Que, se reincorporara como Personal OBRERO III A de 30 hs para que realice tareas en el AREA DELEGACION ATALAYA al Sr. COZZANICARLOS FERNANDO DNI 12.840.626 legajo 894.

Que, la misma se debe a que habiendo solicitado su jubilación y no fuera otorgada por el IPS por faltar años de aportes

Que, el agente deberá efectuar aportes Jubilatorios hasta cumplir la edad de 65 años, el 22 de enero de 2022

Que, deberá devolver el anticipo jubilatorio percibido por medio de la firma de un convenio para convalidar el acto y forma de pago

Que no existen vacantes para cubrir dicho cargo.

Que, el Sr. Secretario de Gobierno convalida la solicitud UT supra mencionada.

POR ELLO

El Intendente Municipal de Magdalena, en uso de sus atribuciones que le son propias

D E C R E T A

ARTICULO 1º: DESIGNASE POR INSISTENCIA a partir del día 14 de Agosto de 2018, como Personal OBRERO III A de 30 hs, al Sr. COZZANICARLOS FERNANDO DNI 12.840.626 legajo 894, en virtud de las causales expuestas en el exordio de la presente.

ARTICULO2º.- La erogación que demande el cumplimiento de lo determinado en el Art. 1º, será con afectación a la Partida 1.1.1.7.PERSONAL OBRERO, Jurisd. 6000, Prog. 01, FF 110, del Presupuesto de Gastos Vigente.-

ARTICULO 3º: El presente Decreto será refrendado por el Sr. Secretario de Gobierno, Sr. Rodolfo Tata.

ARTICULO 4º: Comuníquese a quienes corresponda, tomen nota las Oficinas pertinentes, dése al Registro Municipal y archívese.

Fdo.

Lic. GONZALO PELUSO

Intendente Municipal

Fdo.

Dn. RODOLFO SALOMON TATA

Secretario de Gobierno

Decreto Nº 1349/18

Magdalena, 17/08/2018

Visto

Que, por razones de servicio se debió autorizar durante el mes de JULIO 2018 al Personal Municipal, la realización de HorasExtraordinarias; y,

Considerando

Que las mismas fueron supervisadas por los respectivos Directores de cada área y por el Secretario de Hacienda.

P O R E L L O

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE MAGDALENA, en uso de sus facultades que le son propias

D E C R E T A

ARTICULO 1ro.: AUTORICESE al Departamento Liquidaciones a implementar el pago de las Horas Extraordinarias, realizadas por elPersonal Municipal durante el mes de JULIO del año 2018.

ARTICULO 2do.: El presente DECRETO, será refrendado por el Sr. Secretario de Hacienda Cr. Andrés Garcia.-

ARTICULO 3ro.: Comuníquese a quienes corresponda, tomen nota las Oficinas pertinentes, dése al Registro Municipal y Archívese.

Fdo.

Lic. GONZALO PELUSO

Municipio de Magdalena Boletin Oficial Municipal Pag. 264

Intendente Municipal

Fdo.

Cdor. ANDRES LUCIANO GARCIA

Secretario de Hacienda

ANEXOS

Decreto Nº 1350/18

Magdalena, 17/08/2018

Visto

Que, por razones de servicio se debió autorizar durante el mes de JULIO al personal Municipal del Área de Salud (Hospital, UnidadesSanitarias y Asilo), la realización de Horas Extraordinarias; y,

Considerando

Que las mismas fueron supervisadas por los respectivos Directores de cada área y por el Secretario de Hacienda.

P O R E L L O

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE MAGDALENA, en uso de sus facultades que le son propias

D E C R T A

ARTICULO 1ro.: AUTORICESE al Departamento Liquidaciones a implementar el pago de las Horas Extraordinarias, realizadas por elPersonal Municipal (del Área de Salud (Hospital, Unidades Sanitarias y Asilo) durante el mes de JULIO del año 2018.

ARTICULO 2do.: El presente DECRETO, será refrendado por el Sr. Secretario de Hacienda Cr. Andrés García.-

ARTICULO 3ro.: Comuníquese a quienes corresponda, tomen nota las Oficinas pertinentes, dése al Registro Municipal y Archívese.

Fdo.

Lic. GONZALO PELUSO

Intendente Municipal

Fdo.

Cdor. ANDRES LUCIANO GARCIA

Secretario de Hacienda

ANEXOS

Decreto Nº 1351/18

Magdalena, 17/08/2018

Visto

Municipio de Magdalena Boletin Oficial Municipal Pag. 265

El Decreto Nº 349/14 sobre pago de PRESENTISMO establecido a partir del 1º de Abril del 2014, y;

Considerando

Que, es intención del presente Departamento Ejecutivo que todo el personal cumpla con las normas laborales de asistencia.

Que, lo solicitado cuenta con el pertinente aval del Sr. Secretario de Gobierno.

P O R E L L O

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE MAGDALENA, en uso de sus facultades que le son propias

D E C R E T A

ARTÍCULO 1º: AUTORICESE al Departamento de Liquidaciones a DESCONTAR en los haberes correspondientes al mes de agosto de 2018, elPresentismo del mes de julio, de los agentes que a continuación se detallan:

LEGAJO APELLIDO NOMBRE

1012 ROMANO LEONARDO

1086 MACHADO CARINA

2474 MORETE ANDREA

1288 BALMACEDA WALTER

1248 FUNICELLI NORBERTO

1169 BONILLON PABLO

2394 WALASZEK MIGUEL

1160 BUCETA SERGIO

ARTICULO 2º: El presente Decreto será refrendada por el Sr. Secretario de Gobierno.-

ARTICULO 3º: Comuníquese a quienes corresponda, tomen nota las Oficinas pertinentes, dése al Registro Municipal y Archívese.

Fdo.

Lic. GONZALO PELUSO

Intendente Municipal

Fdo.

Dn. RODOLFO SALOMON TATA

Secretario de Gobierno

Decreto Nº 1352/18

Magdalena, 21/08/2018

Visto

El Expte. 1437/18 mediante el cual Guiralde Marcelo solicita pilas para sus audífonos y

Considerando

Que a fs. 1 obra solicitud de pedido por parte del Sr. Guiralde Marcelo.

Municipio de Magdalena Boletin Oficial Municipal Pag. 266

Que a fs.2 Obra presupuesto del costo de las pilas

Que a fs.4 obra informe socio-ambiental.

Que los audífonos permiten tener un buen desenvolvimiento en la vida diaria.

Por ello,

El Sr. Intendente Municipal en uso de sus atribuciones

DECRETA

Articulo 1º: Otórguese un subsidio a favor del Sr. Guiralde Marcelo, el cual se materializara en especies, Pilas Rayo9vac N: 675 CINCO (5)blister por 6. Dicho subsidio permitirá mejorar la calidad de vida de l solicitante.

Articulo 2º: Para tal erogación se afectara la partida 7000-24-04-5.1.4.0

Articulo 3º : El presente Decreto será refrendado por el secretario de Hacienda.

Articulo 4ª .Comuniquese a quienes corresponda y dese al Registro Municipal.

Fdo.

Lic. GONZALO PELUSO

Intendente Municipal

Fdo.

Cdor. ANDRES LUCIANO GARCIA

Secretario de Hacienda

Decreto Nº 1353/18

Magdalena, 21/08/2018

Visto

El Expte. Letra M Nº 1542/18 mediante el cual la Sra. MARCENARO, Rosana solicita ayuda económica para abonar el suministro de luz, y

Considerando

Que a fs.1 se encuentra nota de pedido para abonar el pago de luz por parte de la Sra. MARCENARO, Rosana.

Que a fs. 2 se encuentra la factura de la Empresa Edelap donde consta la deuda que posee.

Que a fs.3 se corrobora la situación socio-económica del solicitante.

Que el servicio de luz es indispensable para la Sra. MARCENARO, Rosana.

Por ello,

EL Sr. INTENDENTE MUNICIPAL en uso de sus atribuciones

DECRETA

ARTICULO 1º: ABONESE a la Empresa EDELAP la suma de PESOS TRES MIL DOSCIENTOS TRES CON OCHENTA Y CUATRO CTVS($3.203,84) en concepto de pago de luz de la Sra. MARCENARO, Rosana de acuerdo al considerando.

ARTÍCULO 2º: Para tal gasto será afectada la partida 5.1.4.0 Ayuda Sociales a Personas. Jurisdicción 7000 .Apertura Programática24.04.00 .Fuente de financiamiento 110 Tesoro Municipal.

ARTICULO 3º: El solicitante deberá presentar el comprobante dentro de los 30 días recibido el beneficio.

ARTICULO 4 º: El presente Decreto será refrendado por el Secretario de Hacienda.

ARTICULO 5º: Comuníquese a quienes corresponda y archívese

Fdo.

Lic. GONZALO PELUSO

Municipio de Magdalena Boletin Oficial Municipal Pag. 267

Intendente Municipal

Fdo.

Cdor. ANDRES LUCIANO GARCIA

Secretario de Hacienda

Decreto Nº 1354/18

Magdalena, 21/08/2018

Visto

Las actuaciones iniciadas mediante Exdte. Letra D, Nº 1508/18, y;

Considerando

Que, mediante las mismas, el Sr. Director del Hospital Municipal, Dr. Pablo Cortes, solicita el cambio de Profesional de la Jefatura delServicio de Pediatría.

Que, esta Oficina de Personal, cree conveniente se de baja a la Jefatura del Servicio de Pediatría de la Dra. Patricia Cowen (leg. 2188) apartir del día 1/8/2018.

Que, lo solicitado cuenta con la pertinente autorización del Sr. Secretario de Gobierno.

POR ELLO

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE MAGDALENA, en uso de sus atribuciones que le son propias

D E C R E T A

ARTICULO 1º: DESE DE BAJA a partir del día 01 de agosto del presente año como Jefe del Servicio de Pediatría del Hospital Municipal , a laprofesional Dra. PATRICIA COWEN Leg 2188, en virtud de las causales expuestas en el exordio del presente.-

ARTICULO 2º:. El presente Decreto será refrendado por el Sr. Secretario de Gobierno, Dr. Rodolfo Tata.

ARTICULO 3º: Comuníquese a quienes corresponda, tomen nota las Oficinas pertinentes, dése al Registro Municipal y Archívese.-

Fdo.

Lic. GONZALO PELUSO

Intendente Municipal

Fdo.

Dn. RODOLFO SALOMON TATA

Secretario de Gobierno

Decreto Nº 1355/18

Magdalena, 21/08/2018

Visto

Las actuaciones iniciadas mediante Expte. Letra D, Nº 1509/18, y;

Considerando

Que, mediante las mismas, El Sr. Director del Hospital Municipal, Dr. PABLO CORTES solicita se otorgue la Jefatura del Servicio dePediatría.

Que, se solicita designar como Jefe del Servicio de Pediatria a la Dra. Cerruti Sandra, Leg. Nº 4255.

Que, Contaduría Municipal informa la existencia de saldo disponible.

Que, lo solicitado cuenta con la pertinente autorización del Sr. Secretario de Gobierno.

POR ELLO

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE MAGDALENA, en uso de sus atribuciones que le son propias

Municipio de Magdalena Boletin Oficial Municipal Pag. 268

D E C R E T A

ARTICULO 1º: DESIGNESE CON RETROACTIVIDAD como Jefe del Servicio de Pediatría a la Dra. Cerruti Sandra, Leg. Nº 4255 del HospitalMunicipal al día 01 de agosto del corriente año, en virtud de las causales expuestas en el exordio del presente.-

ARTICULO 2º: AUTORICESE al Departamento Liquidaciones a implementar la erogación que corresponde por Bonificación por Función queestablece la reglamentación vigente.

ARTÍCULO 3º: La erogación que demande el cumplimiento de lo determinado en el artículo anterior será con afectación a la Partida 1.1.1.3– PERSONAL PROFESIONAL -, Jurisdicción 4000, Programa 17, del Presupuesto de Gastos vigente.

ARTICULO 4º: El presente Decreto será refrendado por el Sr. Secretario de Gobierno.

ARTICULO 5º: Comuníquese a quienes corresponda, tomen nota las Oficinas pertinentes, dése al Registro Municipal y Archívese.-

Fdo.

Lic. GONZALO PELUSO

Intendente Municipal

Fdo.

Dn. RODOLFO SALOMON TATA

Secretario de Gobierno

Decreto Nº 1356/18

Magdalena, 21/08/2018

Visto

El artículo 14º de la Ordenanza Nº 3464/17, de Presupuesto General para el Ejercicio 2018, sancionada con fecha 27/12/17 y promulgadamediante el Decreto Nº 942/17 del 29 de Diciembre de 2017; y

Considerando

Que el mencionado artículo faculta al Departamento Ejecutivo a disponer transferencias de créditos presupuestarios para reforzarconceptos preexistentes o crear nuevos, entre los conceptos de una Jurisdicción, Programa, Actividad Programática ó Proyecto distintos,correspondientes al Presupuesto de Gastos del presente Ejercicio;

Que se cree conveniente, con el fin de lograr una mayor prolijidad en la ejecución del Presupuesto dotar de crédito adicional a las Partidasque representan excedidas o con créditos insuficientes;

Que el citado artículo permite financiar las creaciones, ampliaciones o modificaciones de partidas del Presupuesto de Gastos mediantetransferencias de economías existentes en las restantes partidas de libre afectación;

Que es necesario efectuar las adecuaciones y correcciones pertinentes, las cuales tienen un fin exclusivamente de regularizaciónpresupuestaria, no implicando ello modificación alguna en el monto total del Presupuesto.

Por ello;

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE MAGDALENA en uso de sus atribuciones sanciona el siguiente:

DECRETO

ARTICULO 1º: Transfiéranse a las Partidas Presupuestarias correspondientes al DEPARTAMENTO EJECUTIVO (1110100000) créditos porun monto total de PESOS CUATROCIENTOS CUARENTA Y CUATRO MIL CON 00/100 ( $ 444.000,00), de acuerdo al detalle de Jurisdicciones,Programas, Partidas y montos obrantes en la planilla de RAFAM adjunta, la que forma parte indivisible del presente.

ARTICULO 2º: Los créditos transferidos y asignados de acuerdo al artículo precedente, serán tomados de las Partidas correspondientes alDEPARTAMENTO EJECUTIVO (1110100000) por PESOS CUATROCIENTOS CUARENTA Y CUATRO MIL CON 00/100 ( $ 444.000,00), conformeal detalle de Jurisdicciones, Programas, Partidas y montos que se señalan en la planilla citada en el artículo anterior.

ARTICULO 3º: El presente Decreto será refrendado por el Señor Secretario de Hacienda de la Municipalidad de Magdalena.

ARTICULO 4º: Comuníquese al Honorable Concejo Deliberante dentro de los diez días contados a partir de la fecha, en cumplimiento del

Municipio de Magdalena Boletin Oficial Municipal Pag. 269

artículo 14º, inciso d) de la Ordenanza Nº 3464/17.-

ARTICULO 5º: Comuníquese, tomen nota las oficinas correspondientes, dése al Registro Municipal y archívese.-

Fdo.

Lic. GONZALO PELUSO

Intendente Municipal

Fdo.

Cdor. ANDRES LUCIANO GARCIA

Secretario de Hacienda

ANEXOS

Decreto Nº 1357/18

Magdalena, 22/08/2018

Visto

El artículo 14º de la Ordenanza Nº 3464/17, de Presupuesto General para el Ejercicio 2018, sancionada con fecha 27/12/17 y promulgadamediante el Decreto Nº 942/17 del 29 de Diciembre de 2017; y

Considerando

Que el mencionado artículo faculta al Departamento Ejecutivo a disponer transferencias de créditos presupuestarios para reforzarconceptos preexistentes o crear nuevos, entre los conceptos de una Jurisdicción, Programa, Actividad Programática ó Proyecto distintos,correspondientes al Presupuesto de Gastos del presente Ejercicio;

Que se cree conveniente, con el fin de lograr una mayor prolijidad en la ejecución del Presupuesto dotar de crédito adicional a las Partidasque representan excedidas o con créditos insuficientes;

Que el citado artículo permite financiar las creaciones, ampliaciones o modificaciones de partidas del Presupuesto de Gastos mediantetransferencias de economías existentes en las restantes partidas de libre afectación;

Que es necesario efectuar las adecuaciones y correcciones pertinentes, las cuales tienen un fin exclusivamente de regularizaciónpresupuestaria, no implicando ello modificación alguna en el monto total del Presupuesto.

Por ello;

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE MAGDALENA en uso de sus atribuciones sanciona el siguiente:

DECRETO

ARTICULO 1º: Transfiéranse a las Partidas Presupuestarias correspondientes al DEPARTAMENTO EJECUTIVO (1110100000) créditos porun monto total de PESOS DIEZ MIL CON 00/100 ( $ 10.000,00), de acuerdo al detalle de Jurisdicciones, Programas, Partidas y montosobrantes en la planilla de RAFAM adjunta, la que forma parte indivisible del presente.

ARTICULO 2º: Los créditos transferidos y asignados de acuerdo al artículo precedente, serán tomados de las Partidas correspondientes alDEPARTAMENTO EJECUTIVO (1110100000) por PESOS DIEZ MIL CON 00/100 ( $ 10.000,00), conforme al detalle de Jurisdicciones,Programas, Partidas y montos que se señalan en la planilla citada en el artículo anterior.

ARTICULO 3º: El presente Decreto será refrendado por el Señor Secretario de Hacienda de la Municipalidad de Magdalena.

ARTICULO 4º: Comuníquese al Honorable Concejo Deliberante dentro de los diez días contados a partir de la fecha, en cumplimiento delartículo 14º, inciso d) de la Ordenanza Nº 3464/17.-

ARTICULO 5º: Comuníquese, tomen nota las oficinas correspondientes, dése al Registro Municipal y archívese.-

Fdo.

Lic. GONZALO PELUSO

Intendente Municipal

Municipio de Magdalena Boletin Oficial Municipal Pag. 270

Fdo.

Cdor. ANDRES LUCIANO GARCIA

Secretario de Hacienda

ANEXOS

Decreto Nº 1358/18

Magdalena, 22/08/2018

Visto

El Expte. Letra I Nº 510/17, mediante el cual se tramita la Construcción de un puente en Camino Blanco sobre el arroyo Buriñigo, en laLocalidad de Atalaya, Partido de Magdalena, y

Considerando

Que, el día 15 de AGOSTO del año Dos Mil Diecisiete ha sido suscripto contrato con la Empresa G y C CONSTRUCCIONES , Representada porel Sr. JUAN JOSE GARRIZ – D.N.I. 12.141.242, por un monto total de PESOS ONCE MILLONES NOVECIENTOS NOVENTA Y DOS MIL DIECISEISCON NOVENTA Y NUEVE CENTAVOS ($ 11.992.016,99).-

Que, ha sido emitido el Certificado de Obra nº 07 por un monto de PESOS OCHOCIENTOS OCHENTA Y UN MIL OCHOCIENTOS CINCO CONCUARENTA Y DOS CENTAVOS ($ 881.805,42)

Que, el presente certificado se afianza mediante Póliza de Caución Nº432.587 de Garantía de Sustitución de Fondo de Reparo emitida porAfianzadora Latinoamericana Cía. De Seguros S.A. por $599.601,00.-

POR ELLO:

El Intendente Municipal de Magdalena, en uso de sus atribuciones que le son propias

DECRETA

ARTICULO 1º: Líbrese Orden de Pago a la Firma la Empresa G y C CONSTRUCCIONES , Representada por el Sr. JUAN JOSE GARRIZ – D.N.I.12.141.242, por un monto de PESOS OCHOCIENTOS OCHENTA Y UN MIL OCHOCIENTOS CINCO CON CUARENTA Y DOS CENTAVOS ($881.805,42), en virtud de las causales expuestas en el exordio de la presente.-

ARTICULO 2º: Las erogaciones que se determinen del Artículo anterior, serán tomadas de la Jurisdicción: 5.000 - Partida 4.2.2.0, "CONSTRUCCION EN BIENES DE DOMINIO PUBLICO" - PROGRAMA 23 - PROYECTO 81, FUENTE FINANCIAMIENTO: 132, del Presupuesto deGastos vigente.-

ARTICULO 3º: El presente decreto será refrendado por el Sr. Secretario de Hacienda, Cdor. ANDRES LUCIANO GARCIA.-

ARTICULO 4º: Comuníquese a quienes corresponda, tomen nota las Oficinas pertinentes, dése al Registro Municipal y archívese.

Fdo.

Lic. GONZALO PELUSO

Intendente Municipal

Fdo.

Cdor. ANDRES LUCIANO GARCIA

Secretario de Hacienda

Decreto Nº 1359/18

Magdalena, 22/08/2018

Visto

El Expte. Letra S nº 2143/17 – ANEXO 1, mediante el cual se tramita la MANO DE OBRA MATERIALES Y EQUIPOS PARA LA TERMINACION DELA REMODELACION Y RESTAURACION DEL CLUB 22 DE JULIO DE LA LOCALIDAD DE MAGDALENA, y

Municipio de Magdalena Boletin Oficial Municipal Pag. 271

Considerando

Que, el día 09 de MARZO del corriente año ha sido suscripto contrato con la Firma KUBIKA TITACEC S.A representada por el Sr. Cecotti,Juan Pablo, DNI 22.851.766 por un monto total de PESOS DOS MILLONES OCHOCIENTOS NOVENTA Y SEIS MIL OCHOCIENTOS CINCUENTA(2.896.850,00).-

Que, ha sido emitido el Certificado Nº 05 por un monto de PESOS TRESCIENTOS SIETE MIL SETECIENTOS CINCUENTA ($ 307.750,00).-

Que, debe procederse al descuento de Anticipo Financiero por un monto de Pesos TREINTA MIL SETECIENTOS SETENTA Y CINCO ($30.775).-

Que, el presente Certificado ha sido afianzado por Póliza de Caución nº 835.216 de SUSTITUCION DE FONDO DE REPARO, por un monto dePESOS CIENTO DOS MIL QUINIENTOS VEINTE ($102.520).-

POR ELLO

El Intendente Municipal de Magdalena, en uso de sus atribuciones que le son propias

DECRETA

ARTICULO 1º: Líbrese Orden de Pago a la Firma KUBIKA TITACEC S.A representada por el Sr. Cecotti, Juan Pablo, DNI 22.851.766, por unmonto de PESOS DOSCIENTOS SETENTA Y SEIS MIL NOVECIENTOS SETENTA Y CINCO ($276.975), en virtud de las causales expuestas en elexordio de la presente.-

ARTICULO 2º: Las erogaciones que se determinen del Artículo anterior, serán tomadas de la Jurisdicción: 5.000 - Partida 4.2.1.0, "CONSTRUCCION EN BIENES DE DOMINIO PRIVADO" - PROGRAMA 23 - PROYECTO 56, FUENTE FINANCIAMIENTO: 132, del Presupuesto deGastos vigente.-

ARTICULO 3º: El presente Decreto será refrendado por el Sr. Secretario de Hacienda, Cdor. ANDRES LUCIANO GARCIA.-

ARTICULO 4º: Comuníquese a quienes corresponda, tomen nota las Oficinas pertinentes, dése al Registro Municipal y archívese.

Fdo.

Lic. GONZALO PELUSO

Intendente Municipal

Fdo.

Cdor. ANDRES LUCIANO GARCIA

Secretario de Hacienda

Decreto Nº 1360/18

Magdalena, 22/08/2018

Visto

El Expte. Letra C Nº 1546/18 mediante el cual la Sra. CEPEDA, Mirta solicita ayuda económica para abonar el suministro de luz, y

Considerando

Que a fs.1 se encuentra nota de pedido para abonar el pago de luz por parte de la Sra. CEPEDA, Mirta.

Que a fs. 2, 3 y 4 se encuentran las facturas de la Empresa Edelap donde consta la deuda que posee.

Que a fs.5 se corrobora la situación socio-económica del solicitante.

Que el servicio de luz es indispensable para la Sra. CEPEDA, Mirta.

Por ello,

EL Sr. INTENDENTE MUNICIPAL en uso de sus atribuciones

DECRETA

ARTICULO 1º: ABONESE a la Empresa EDELAP la suma de PESOS CUATRO MIL DOSCIENTOS TREINTA Y SIETE CON VEINTISEIS CTVS($4.237,26) en concepto de pago de luz de la Sra. CEPEDA, Mirta de acuerdo al considerando.

ARTÍCULO 2º: Para tal gasto será afectada la partida 5.1.4.0 Ayuda Sociales a Personas. Jurisdicción 7000 .Apertura Programática

Municipio de Magdalena Boletin Oficial Municipal Pag. 272

24.04.00 .Fuente de financiamiento 110 Tesoro Municipal.

ARTICULO 3º: El solicitante deberá presentar el comprobante dentro de los 30 días recibido el beneficio.

ARTICULO 4 º: El presente Decreto será refrendado por el Secretario de Hacienda.

ARTICULO 5º: Comuníquese a quienes corresponda y archívese

Fdo.

Lic. GONZALO PELUSO

Intendente Municipal

Fdo.

Cdor. ANDRES LUCIANO GARCIA

Secretario de Hacienda

Decreto Nº 1361/18

Magdalena, 22/08/2018

Visto

Los exptes letra D Nº 1257/18, 1260/18, 1264/18 y 1264/18, referidos a la firma del Convenio de Concurrencia Profesional celebrado entrela Municipalidad de Magdalena y los profesionales Dres. FRANZONI LILIANA, ORLANDO CARLA, BADENAS SUSANA y FITIPALDI SOFIA y;

Considerando

Que el plazo de Vigencia del Convenio es de TRES (3) meses, desde el 01/07/18 al 30/09/18.-

Que se debe efectivizar el Acto Administrativo de convalidación del mismo,

Por ello

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE MAGDALENA, en uso de sus atribuciones ,

D E C R E T A

ARTICULO 1º: Convalidase la firma de los Convenios de Concurrencia Profesional celebrado entre la Municipalidad de Magdalena y losDres. FRANZONI LILIANA, DNI: 14.784.337, ORLANDO CARLA, DNI: 33.633.849, BADENAS SUSANA, DNI: 16.025.654 y FITIPALDI SOFIA,DNI: 31.611.915, quienes se desempeñaran en el Hospital Santa Maria Magdalena.-

ARTÍCULO 2º: La erogación que demande el cumplimiento de lo determinado en el art. 1º será con afectación a la Jurisdicción, Programa,Actividad y Partida correspondiente del Presupuesto de Gastos Vigente.-

ARTÍCULO 3º: El presente Decreto será refrendado por el Sr. Secretario de Gobierno D. Rodolfo TATA.-

ARTICULO 4º: Comuníquese, tomen nota las Oficinas pertinentes, dése al Registro Municipal y archivese.-

Fdo.

Lic. GONZALO PELUSO

Intendente Municipal

Municipio de Magdalena Boletin Oficial Municipal Pag. 273

Fdo.

Dn. RODOLFO SALOMON TATA

Secretario de Gobierno

Decreto Nº 1362/18

Magdalena, 22/08/2018

Visto

El expte letra D Nº 1268/18; referido al Convenio suscripto entre la Municipalidad de Magdalena y la Empresa Expreso La Plata SA, y

Considerando

Que el citado convenio tiene por objeto formalizar la prestación a cargo del prestador de los servicios de venta de pasajes, para el trasladode pasajeros desde Magdalena-La Plata /La Plata-Magdalena, que presta la empresa en forma habitual y continua,

Que el plazo del mismo es hasta el 31 de Diciembre con opción a prorroga por un año más,

Que, teniendo en cuenta que el presente Convenio es Ad- Referéndum del HCD

Por ello,

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE MAGDALENA, en uso de sus atribuciones

D E C R E T A

ARTICULO 1º: Convalidase “AD- REFERENDUM del Honorable Concejo Deliberante, la firma del Convenio suscripto entre laMunicipalidad de Magdalena y la Empresa Expreso La Plata SA representada por el Sr NICOLAS OMAR CORBELLI DNI Nº 30.714.935 ,referido a la venta de pasajes para traslado pasajeros desde Magdalena-La Plata/La Plata-Magdalena.

ARTICULO 2º: El presente Decreto será refrendado por el Sr. Secretario de Gobierno D. Rodolfo Tata.-

ARTICULO 3º: Comuníquese, tomen nota las Oficinas pertinentes, dése al Registro Municipal y archivese.-

Fdo.

Lic. GONZALO PELUSO

Intendente Municipal

Fdo.

Dn. RODOLFO SALOMON TATA

Secretario de Gobierno

Decreto Nº 1363/18

Magdalena, 22/08/2018

Visto

Las actuaciones obrantes en el Expte. Letra S Nº 807/18 referentes a la mano de obra con provisión de materiales para realizar laCONSTRUCCION DE VESTUARIOS Y TECHO PARA LA DELEGACION DE MAGDALENA PARTIDO DE MAGDALENA, y

Considerando

Que, en tal sentido con fecha 21 de JUNIO de 2.018 ha sido suscripto contrato con la Firma MARIO OSCAR PONCE - DNI. Nº 12.238.234, porun monto total de Pesos OCHENTA Y DOS MIL QUINIENTOS ($ 82.500,00).-

Que, ha sido emitido el Certificado de Obra por un monto total de PESOS OCHENTA Y DOS MIL QUINIENTOS ($82.500), debiéndoseproceder a su liquidación.-

POR ELLO

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE MAGDALENA, en uso de sus atribuciones,

Municipio de Magdalena Boletin Oficial Municipal Pag. 274

DECRETA

ARTICULO 1º: LIBRESE Orden de Pago a la Firma del Sr. MARIO OSCAR PONCE DNI. Nº 12.238.234, por un monto de PESOS OCHENTA Y DOSMIL QUINIENTOS ($ 82.500,00) de acuerdo a los considerandos de la presente.-

ARTICULO 2º: Las erogaciones que se determinen del artículo Primero, serán tomadas de la Jurisdicción 6.000 - Partida 3.3.1.0.“MANTENIMIENTO Y REPARACION DE EDIFICIOS Y LOCALES” – PROGRAMA 01, con Fuente de Financiamiento 110, del Presupuesto deGastos vigente para el presente Ejercicio.-

ARTICULO 3º: Efectúese la deducción del 5 % de la Certificación en Concepto de Garantía de Obra, por un monto de Pesos CUATRO MILCIENTO VEINTICINCO ($4.125). La misma deberá ser afectada a la Partida CUENTA DE TERCEROS DEPOSITOS EN GARANTIA.-

ARTICULO 4º: El presente decreto será refrendado por el Sr. Secretario de Haciend Cdor. ANDRES GARCIA.-

ARTICULO 5º: Comuníquese a quiénes corresponda, dése las actuaciones al Registro Municipal y archívese.-

Fdo.

Lic. GONZALO PELUSO

Intendente Municipal

Fdo.

Cdor. ANDRES LUCIANO GARCIA

Secretario de Hacienda

Decreto Nº 1364/18

Magdalena, 22/08/2018

Visto

Las actuaciones del Expediente Letra “A” Nº 1556/2018, mediante las cuales el Sr. ALCAT JOAQUÍN ERNESTO – CUIT: 20-38512227-7, domiciliado en calle San Martín Nº 1275 – Localidad (C.P 1913) Magdalena de la Provincia de Buenos Aires; en carácter de titularanterior del MOTO-VEHÍCULO - Tipo Motocicleta - identificado con el Nº de Dominio A 030 UTN - Marca Suzuki - Modelo AX100 – Año 2015 - Motor Marca Suzuki Nº 1ESS01100FB010646, Cuadro Marca Suzuki Nº 8ESS01100FB010646, Cilindrada 100 c.c., solicita la baja del mismoen el Municipio de Magdalena, con motivo de transferencia y cambio de radicación a favor del Sr. BERARDI MATÍAS NICOLAS –CUIT: 20-39286652-4 domiciliado en Calle 151 e/ 34 y 34 Bis Nº 111 de la Localidad de La Plata, Provincia de Buenos Aires a partir del día 28 deMayo de 2018

Considerando

Que se ha cumplimentado la presentación de la documentación pertinente y el pago de los tributos municipales previstos en elCapítulo XII de la Ordenanza Fiscal e Impositiva del Municipio, hasta el año 2017 inclusive.

Que en consecuencia resulta procedente acceder a lo solicitado.

Por lo expuesto

el INTENDENTE MUNICIPAL DE MAGDALENA, en uso de sus atribuciones.

D E C R E T A

ARTICULO 1º: Autorizar y registrar a partir de la fecha, en virtud de las razones expresadas en el exordio, la BAJA en los registros de laMunicipalidad de Magdalena del MOTO-VEHÍCULO -Tipo Motocicleta - identificado con el Dominio A 030 UTN - Marca Suzuki - ModeloAX100 – Año 2015 - Motor Marca Suzuki Nº 1ESS01100FB010646, Cuadro Marca Suzuki Nº 8ESS01100FB010646, Cilindrada 100 c.c., conmotivo de cambio de transferencia y cambio de radicación a la localidad de La Plata, Provincia de Buenos Aires a partir del día 28 de Mayode 2018

ARTÍCULO 2: El presente decreto será refrendado por el Sr. Secretario de Hacienda de la Municipalidad de Magdalena.

ARTICULO 3º: Comuníquese a quienes corresponda, tomen nota las Oficinas pertinentes, dése al Registro Municipal y archívese.-

Municipio de Magdalena Boletin Oficial Municipal Pag. 275

Fdo.

Lic. GONZALO PELUSO

Intendente Municipal

Fdo.

Cdor. ANDRES LUCIANO GARCIA

Secretario de Hacienda

Decreto Nº 1365/18

Magdalena, 23/08/2018

Visto

Las actuaciones obrantes en el expediente letra J Nº 1235/18 , y;

Considerando

Que en tal sentido se ha suscripto un contrato entre la Municipalidad de Magdalena, representada por el Sr. Intendente Municipal Lic.Gonzalo M. Peluso y el Sr. Luís Maria Albertella, en su carácter de apoderado de la empresa NOVIT S.A.

Que dicho contrato tiene por objeto la prestación por parte de NOVIT S.A. del Servicio de Rastreo, Localización yPosicionamiento de Vehículos.

Que, el presente contrato se pacta con una duración de DOCE (12) meses, contados partir del día siguiente al de la firma del Contrato, conopción a prorroga por igual periodo en las mismas condiciones.-

Que, el monto total establecido por la prestación del servicio de GPS es equivalente a la suma de PESOS DOSCIENTOS SIETE MIL($207.000.-), a favor de la prestadora.-

Que deben efectuarse los trámites administrativos tendientes a su convalidación;

Por ello,

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE MAGDALENA, en uso de sus atribuciones ,

D E C R E T A

ARTICULO 1º: CONVALIDASE el contrato entre esta Comuna y el Sr Luís Maria Albertella, en su carácter de apoderado de la empresaNOVIT S.A, de acuerdo a los considerando de la presente.

ARTICULO 2º: Las erogaciones que se determinen del Artículo Primero serán tomadas de la Jurisdicción: 9.000, Partida: 3.9.3.0 - Serviciode Vigilancia, Programa: 01 Fuente de Financiaron: 110, del Presupuesto de Gastos vigente.-

ARTÍCULO 3º: El presente Decreto será refrendado por el Sr. Secretario de Hacienda de la Municipalidad de Magdalena.-

ARTICULO 3º: Comuníquese, a quienes corresponda dese las actuaciones al registro Municipal y archívese.-

Fdo.

Lic. GONZALO PELUSO

Intendente Municipal

Fdo.

Cdor. ANDRES LUCIANO GARCIA

Secretario de Hacienda

Decreto Nº 1366/18

Magdalena, 23/08/2018

Municipio de Magdalena Boletin Oficial Municipal Pag. 276

Visto

La nota presentada por la Sra. Directora de Educación, Desarrollo Humano y Familia obrante a fs. 1 del Expte. Letra D Nº 1558/18 ,mediante la cual solicita sea Declarado de Interés Municipal todas las acciones en relación a la 3ra Edición de “ENVION SOS VOS”, arealizarse en la República de los Niños el dia 19 de Septiembre próximo, y

Considerando

Que dicho Programa esta orientado a los beneficiarios, técnicos y tutores del programa Envión quienes participarán en representación dela localidad,

Por ello,

EL INTENDENTE MUNICIPAL de MAGDALENA en uso de sus atribuciones

D E C R E T A

ARTICULO 1º: Declárese de INTERES MUNICIPAL todas las acciones en relación a la 3era Edición del Programa “ENVION SOS VOS” arealizarse el dia 19 de Septiembre próximo en la República de los Niños.-

ARTICULO 2º: En virtud de lo establecido en el art. anterior, los gastos a cargo del Municipio serán tomados de la Partida correspondiente.-

ARTICULO 3º: El presente Decreto será refrendado por el Sr. Secretario de Gobierno D. Rodolfo S. TATA.-

ARTICULO 4º: Comuníquese, tomen nota las Oficinas pertinentes, dese al Registro Municipal y Archívese.-

Fdo.

Lic. GONZALO PELUSO

Intendente Municipal

Fdo.

Dn. RODOLFO SALOMON TATA

Secretario de Gobierno

Decreto Nº 1367/18

Magdalena, 23/08/2018

Visto

El expte letra D Nº 1255/18, referido a la firma del Convenio de Concurrencia Profesional celebrado entre la Municipalidad de Magdalena yel profesional Lic.. CASTELLI DICARLO SANTIAGO y;

Considerando

Que el plazo de Vigencia del Convenio es de TRES (3) meses, desde el 01/07/18 al 30/09/18.-

Que se debe efectivizar el Acto Administrativo de convalidación del mismo,

Por ello

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE MAGDALENA, en uso de sus atribuciones ,

D E C R E T A

ARTICULO 1º: Convalidase la firma de los Convenios de Concurrencia Profesional celebrado entre la Municipalidad de Magdalena y el Lic. CASTELLI DICARLO SANTIAGO, DNI: 36.476.304 quien se desempeñaran en el Hospital Santa Maria Magdalena.-

ARTÍCULO 2º: La erogación que demande el cumplimiento de lo determinado en el art. 1º será con afectación a la Jurisdicción, Programa,Actividad y Partida correspondiente del Presupuesto de Gastos Vigente.-

ARTÍCULO 3º: El presente Decreto será refrendado por el Sr. Secretario de Gobierno D. Rodolfo TATA.-

Municipio de Magdalena Boletin Oficial Municipal Pag. 277

ARTICULO 4º: Comuníquese, tomen nota las Oficinas pertinentes, dése al Registro Municipal y archivese.-

Fdo.

Lic. GONZALO PELUSO

Intendente Municipal

Fdo.

Dn. RODOLFO SALOMON TATA

Secretario de Gobierno

Decreto Nº 1368/18

Magdalena, 23/08/2018

Visto

El expte letra D Nº 2294/17, referido a la firma del Convenio de Concurrencia Profesional celebrado entre la Municipalidad de Magdalena yel profesional Dr. CESARE SEBASTIAN y;

Considerando

Que el plazo de Vigencia del Convenio es de SEIS (6) meses, desde el 01/07/18 al 31/12/18.-

Que se debe efectivizar el Acto Administrativo de convalidación del mismo,

Por ello

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE MAGDALENA, en uso de sus atribuciones ,

D E C R E T A

ARTICULO 1º: Convalidase la firma de los Convenios de Concurrencia Profesional celebrado entre la Municipalidad de Magdalena y el Dr. CESARE SEBASTIAN, DNI: 29.764.038 quien se desempeñaran en el Hospital Santa Maria Magdalena.-

ARTÍCULO 2º: La erogación que demande el cumplimiento de lo determinado en el art. 1º será con afectación a la Jurisdicción, Programa,Actividad y Partida correspondiente del Presupuesto de Gastos Vigente.-

ARTÍCULO 3º: El presente Decreto será refrendado por el Sr. Secretario de Gobierno D. Rodolfo TATA.-

ARTICULO 4º: Comuníquese, tomen nota las Oficinas pertinentes, dése al Registro Municipal y archivese.-

Fdo.

Lic. GONZALO PELUSO

Intendente Municipal

Fdo.

Dn. RODOLFO SALOMON TATA

Secretario de Gobierno

Decreto Nº 1369/18

Magdalena, 23/08/2018

Visto

El expte letra D Nº 1258/18, referido a la firma del Convenio de Concurrencia Profesional celebrado entre la Municipalidad de Magdalena yel profesional DRA SAN ROMAN MENDIA MARIA LAURA y;

Considerando

Que el plazo de Vigencia del Convenio es de seis (6) meses, desde el 01/07/18 al 31/12/18.-

Que se debe efectivizar el Acto Administrativo de convalidación del mismo

Municipio de Magdalena Boletin Oficial Municipal Pag. 278

Por ello

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE MAGDALENA, en uso de sus atribuciones ,

D E C R E T A

ARTICULO 1º: Convalidase la firma de los Convenios de Concurrencia Profesional celebrado entre la Municipalidad de Magdalena y la DraMARIA LAURA SAN ROMAN MENDIA DNI: 26.262.691 quien se desempeñara en el Hospital Santa Maria Magdalena.-

ARTÍCULO 2º: La erogación que demande el cumplimiento de lo determinado en el art. 1º será con afectación a la Jurisdicción, Programa,Actividad y Partida correspondiente del Presupuesto de Gastos Vigente.-

ARTÍCULO 3º: El presente Decreto será refrendado por el Sr. Secretario de Gobierno D. Rodolfo TATA.-

ARTICULO 4º: Comuníquese, tomen nota las Oficinas pertinentes, dése al Registro Municipal y archivese.-

Fdo.

Lic. GONZALO PELUSO

Intendente Municipal

Fdo.

Dn. RODOLFO SALOMON TATA

Secretario de Gobierno

Decreto Nº 1370/18

Magdalena, 23/08/2018

Visto

El Expte. Letra B Nº 155/18 mediante el cual el Sr. Buceta Jose solicita ayuda económica para abonar el suministro de luz, y

Considerando

Que a fs.1 se encuentra nota de pedido para abonar el pago de luz por parte del Sr. Buceta Jose.

Que a fs. 3 y 4 se encuentran las facturas de la Empresa Edelap donde consta la deuda que posee.

Que a fs.2 se corrobora la situación socio-económica del solicitante.

Que el servicio de luz es indispensable para el Sr. Buceta Jose.

Por ello,

EL Sr. INTENDENTE MUNICIPAL en uso de sus atribuciones

DECRETA

ARTICULO 1º: ABONESE a la Empresa EDELAP la suma de PESOS DIECISIETE MIL OCHOCIENTOS OCHENTA Y TRES,CON OCHENTA YCUATRO($17883,84) en concepto de pago de luz de acuerdo al considerando.

ARTÍCULO 2º: Para tal gasto será afectada la partida 5.1.4.0 Ayuda Sociales a Personas. Jurisdicción 7000 .Apertura Programática24.04.00 .Fuente de financiamiento 110 Tesoro Municipal.

ARTICULO 3º: El solicitante deberá presentar el comprobante dentro de los 30 días recibido el beneficio.

ARTICULO 4 º: El presente Decreto será refrendado por el Secretario de Hacienda.

ARTICULO 5º: Comuníquese a quienes corresponda y archívese

Fdo.

Municipio de Magdalena Boletin Oficial Municipal Pag. 279

Lic. GONZALO PELUSO

Intendente Municipal

Fdo.

Cdor. ANDRES LUCIANO GARCIA

Secretario de Hacienda

Decreto Nº 1371/18

Magdalena, 23/08/2018

Visto

El Expte. Letra B Nº 1553/18 mediante el cual la Sra. BIANCHI, Marta solicita ayuda económica para abonar el suministro de luz, y

Considerando

Que a fs.1 se encuentra nota de pedido para abonar el pago de luz por parte de la Sra. BIANCHI, Marta.

Que a fs. 2 se encuentra la factura de la Empresa Edelap donde consta la deuda que posee.

Que a fs.3 se corrobora la situación socio-económica del solicitante.

Que el servicio de luz es indispensable para la Sra. BIANCHI, Marta.

Por ello,

EL Sr. INTENDENTE MUNICIPAL en uso de sus atribuciones

DECRETA

ARTICULO 1º: ABONESE a la Empresa EDELAP la suma de PESOS TRES MIL CUATROCIENTOS CINCUENTA Y CINCO CON CUARENTA CTVS($3.455,40) en concepto de pago de luz de la Sra. BIANCHI, Marta de acuerdo al considerando.

ARTÍCULO 2º: Para tal gasto será afectada la partida 5.1.4.0 Ayuda Sociales a Personas. Jurisdicción 7000 .Apertura Programática24.04.00 .Fuente de financiamiento 110 Tesoro Municipal.

ARTICULO 3º: El solicitante deberá presentar el comprobante dentro de los 30 días recibido el beneficio.

ARTICULO 4 º: El presente Decreto será refrendado por el Secretario de Hacienda.

ARTICULO 5º: Comuníquese a quienes corresponda y archívese

Fdo.

Lic. GONZALO PELUSO

Intendente Municipal

Fdo.

Cdor. ANDRES LUCIANO GARCIA

Secretario de Hacienda

Decreto Nº 1372/18

Magdalena, 23/08/2018

Visto

Municipio de Magdalena Boletin Oficial Municipal Pag. 280

El Expte. Letra F Nº 1554/18 mediante el cual la Sra. FERREYRA, Luz solicita ayuda económica para abonar el suministro de luz, y

Considerando

Que a fs.1 se encuentra nota de pedido para abonar el pago de luz por parte de la Sra. FERREYRA, Luz

Que a fs. 2 se encuentra la factura de la Empresa Edelap donde consta la deuda que posee.

Que a fs.3 se corrobora la situación socio-económica del solicitante.

Que el servicio de luz es indispensable para la Sra. FERREYRA, Luz.

Por ello,

EL Sr. INTENDENTE MUNICIPAL en uso de sus atribuciones

DECRETA

ARTICULO 1º: ABONESE a la Empresa EDELAP la suma de PESOS SETECIENTOS OCHENTA Y TRES CON NOVENTA Y SIETE CTVS ($783,97)en concepto de pago de luz de la Sra. FERREYRA, Luz de acuerdo al considerando.

ARTÍCULO 2º: Para tal gasto será afectada la partida 5.1.4.0 Ayuda Sociales a Personas.Jurisdicción 7000 .Apertura Programática24.04.00 .Fuente de financiamiento 110 Tesoro Municipal.

ARTICULO 3º: El solicitante deberá presentar el comprobante dentro de los 30 días recibido el beneficio.

ARTICULO 4 º: El presente Decreto será refrendado por el Secretario de Hacienda.

ARTICULO 5º: Comuníquese a quienes corresponda y archívese

Fdo.

Lic. GONZALO PELUSO

Intendente Municipal

Fdo.

Cdor. ANDRES LUCIANO GARCIA

Secretario de Hacienda

Decreto Nº 1373/18

Magdalena, 23/08/2018

Visto

La Ordenanza nº 3015/12 que fija el Régimen de Multas por Contravenciones en la Jurisdicción Municipal; y

Considerando

Que por la referida Ordenanza nº 3015/12, promulgada por Decreto 626 del 14 de Noviembre de 2012 se ha fijado el nuevo régimencontravenciónal en el ámbito del Partido de Magdalena, suplantando el vigente por Ordenanza nº 1277/95;

Que en su artículo 2º la nueva Ordenanza establece el valor de cada módulo como equivalente a las cien avas partes del sueldo mínimoMunicipal de la categoría tres del escalafón vigente;

Que por ello corresponde determinar `por medio del presente Decreto el monto de dicho módulo, tomando la base de la escala salarial

Municipio de Magdalena Boletin Oficial Municipal Pag. 281

vigente desde el 01/08/2018 dispuesta por Decreto nº 1282/18,

Por ello,

EL INTENDENTE MUNICIPAL de MAGDALENA en uso de sus atribuciones

D E C R E T A

ARTICULO 1º: Establécese el valor del módulo, fijado en los términos de lo dispuesto por el Decreto nº 1282/18 en la suma de PESOSTREINTA Y TRES CON NOVENTA Y CHO 98/00 ($ 33,98).-

ARTICULO 2º: El presente Decreto será refrendado por el Sr. Secretario de Gobierno de la Municipalidad de Magdalena.

ARTICULO 3º: Comuníquese, tomen nota las Oficinas pertinentes, dese al Registro Municipal y Archívese.-

Fdo.

Lic. GONZALO PELUSO

Intendente Municipal

Fdo.

Dn. RODOLFO SALOMON TATA

Secretario de Gobierno

Decreto Nº 1374/18

Magdalena, 23/08/2018

Visto

Los exptes letra D Nº 1241/18 y 1497/18 referidos a la firma de los Convenios de Concurrencia Profesional celebrados entre laMunicipalidad de Magdalena y los profesionales Dres. : REUTER LESLIE ARIEL YGOTELLI JIMENA, y;

Considerando

Que el plazo de Vigencia de los Convenios sera de tres (3) y seis (6) meses, respectivamente.-

Que se debe efectivizar el Acto Administrativo de convalidación del mismo,

Por ello

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE MAGDALENA, en uso de sus atribuciones ,

DECRETA

ARTÍCULO 1º: Convalidase la firma de los Convenios de Concurrencia Profesional celebrados entre la Municipalidad de Magdalena y losDres. REUTER LESLIE ARIEL, DNI: 25.720.407 YGOTELLI JIMENA, DNI: 33.385.883, quienes se desempeñaran en el Hospital Santa MariaMagdalena.-

ARTÍCULO 2º: La erogación que demande el cumplimiento de lo determinado en el art. 1º será con afectación a la Jurisdicción, Programa,Actividad y Partida correspondiente del Presupuesto de Gastos Vigente.-

ARTÍCULO 3º: El presente Decreto será refrendado por el Sr. Secretario de Gobierno D. Rodolfo TATA.-

ARTICULO 4º: Comuníquese, tomen nota las Oficinas pertinentes, dése al Registro Municipal y archivese.-

Fdo.

Lic. GONZALO PELUSO

Intendente Municipal

Fdo.

Dn. RODOLFO SALOMON TATA

Municipio de Magdalena Boletin Oficial Municipal Pag. 282

Secretario de Gobierno

Decreto Nº 1375/18

Magdalena, 23/08/2018

Visto

El expte letra D Nº 1495/18; referido a la firma del Contrato de Locacion de Servicios entre la Municipalidad de Magdalena y el Dr. UGAZCABALLERO LUIS y,

Considerando

Que el plazo de Vigencia del Contrato es de CINCO (5) meses, desde el 01/08/18 al 31/12/18.

Que se debe efectivizar el Acto Administrativo de convalidación del mismo,

Por ello

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE MAGDALENA, en uso de sus atribuciones ,

DECRETA

ARTÍCULO 1º: Convalidase la firma del contrato de Locacion de Servicios entre la Municipalidad de Magdalena y el Dr. UGAZ CABALLEROLUIS, DNI: 18.680.975, quien se desempeñará en el Hospital Santa Maria Magdalena.-

ARTICULO 2º: La erogación que demande el cumplimiento de lo determinado en el art. 1º será con afectación a la Jurisdicción, Programa,Actividad y Partida correspondiente del Presupuesto de Gastos Vigente.-

ARTICULO 3º: El presente Decreto será refrendado por el Sr. Secretario de Gobierno D. Rodolfo S. TATA.-

ARTICULO 4º: Comuníquese, tomen nota las Oficinas pertinentes, dése al Registro Municipal y archivese.-

Fdo.

Lic. GONZALO PELUSO

Intendente Municipal

Fdo.

Dn. RODOLFO SALOMON TATA

Secretario de Gobierno

Decreto Nº 1376/18

Magdalena, 24/08/2018

Visto

Las actuaciones del Expte letra J nº 1562/18 mediante las cuales la Agente JUNCO NATALIA SOLEDAD DNI Nº39.822.454 Leg. Nº 2491,presenta su renuncia a partir del día 11 de Agosto de 2018.

Considerando

Que, ante la renuncia de la Agente JUNCO NATALIA SOLEDAD, a fs. 1

Que debe procederse al dictado del acto administrativo de aceptación de la misma.

Que, el Departamento Liquidaciones deberá proceder a erogar el pago de SAC proporcional y 10 días de vacaciones no gozadas del año2018.

Que, el Sr. Secretario de Gobierno, convalida la solicitud ut supra mencionada.

POR ELLO

El Intendente Municipal de Magdalena, en uso de sus atribuciones que le son propias.

Municipio de Magdalena Boletin Oficial Municipal Pag. 283

DECRETA

ARTICULO 1º: ACEPTASE la RENUNCIA a partir del día 21 de Agosto del año 2018 presentada por la Agente JUNCO NATALIA SOLEDAD DNINº39.822.454 Leg. Nº 2491 en virtud de las causales expuestas en el exordio del presente.

ARTÍCULO 2º: AUTORICESE al Departamento de Liquidaciones a erogar el pago de SAC proporcional y 7 días de vacaciones no gozadas delaño 2018.

ARTÍCULO 2º: El presente Decreto será refrendado por el Sr. Secretario de Gobierno Rodolfo Tata.

ARTÍCULO 3º. Comuníquese a quienes corresponda, tomen nota las Oficinas pertinentes, dése al Registro Municipal y archívese.-

Fdo.

Lic. GONZALO PELUSO

Intendente Municipal

Fdo.

Dn. RODOLFO SALOMON TATA

Secretario de Gobierno

Decreto Nº 1377/18

Magdalena, 24/08/2018

Visto

El Expte letra R Nº 1564/18 mediante el cual el Sr. Ramírez Roberto solicita traslado desde el Sanatorio de Bernal al cementerio deMagdalena, y ataúd de quien fuere en vida su madrina Vegas Elba Esther y

Considerando

Que a fs 1. obra nota de solicitud de pedido por parte del ahijado de la señora fallecida.

Que a fs. 2 obra presupuesto de la Empresa Delovo Hnos, que realizara el traslado.

Que a fs. 4 obra informe social-económico donde se corrobora la situación de la familia.

Que dicha ayuda permitirá brindar una sepultura digna.

Que se hace necesario realizar el acto administrativo correspondiente.

Por ello,

El Sr. Intendente Municipal en uso de sus atribuciones

DECRETA

Articulo 1º: Otórguese un Subsidio, el que se efectivizara en el traslado del cuerpo de quien fuera en vida Vegas Elba Esther D.N.I:13.541.957 desde EL Sanatorio de Bernal al cementerio de Magdalena y ataúd de acuerdo al considerando.

Articulo 2º:Para tal erogación será afectada la partida correspondiente.

Articulo 3º: El presente Decreto será refrendado por el Secretario de Hacienda.

Articulo 4º: Comuníquese a quienes corresponda y dese al registro Municipal y archivase.

Fdo.

Lic. GONZALO PELUSO

Intendente Municipal

Fdo.

Cdor. ANDRES LUCIANO GARCIA

Municipio de Magdalena Boletin Oficial Municipal Pag. 284

Secretario de Hacienda

Decreto Nº 1378/18

Magdalena, 24/08/2018

Visto

Las actuaciones obrantes en el expte Nº 943/18, referentes al Convenio de prestación de equipo de bombeo marca Pivas R.I. P-071/L-16entre esta Comuna y la Dcción Pcial de Mantenimiento de la SubSecretaria de Infraestructura Hidráulica del Ministerio de Infraestructura yServicios Públicos de la Pcia de Buenos Aires, y

Considerando

Que, el citado Acuerdo tiene como objeto la presentación de un equipo de bombeo que será afectado a trabajos de extracción de excedenteshídricos en zonas rurales y próximas al casco urbano del Partido, a partir de la firma del presente por un plazo de 730 dias corridos,

Que, por Art. 3º se establece el pago de viáticos al personal designado por “La Dirección”, según se detalla en el Anexo I,

POR ELLO:

El Intendente Municipal de Magdalena, en uso de sus atribuciones que le son propias

DECRETA

ARTICULO 1º: Líbrese en carácter de Insistencia Orden de Pago al Agente de la Dirección Provincial de Mantenimiento de acuerdo alCONVENIO adjunto a la presente, en el marco del Acuerdo de Contraprestación suscripto con esta Comuna.-

ARTICULO 2º: Las erogaciones que se determinen del Artículo primero, serán tomadas de la Partida 3.7..2.0, "VIATICOS" - PROGRAMA 01 –JURISDICCION 5000- FUENTE FINANCIAMIENTO: 110, del Presupuesto de Gastos vigente.-

ARTICULO 3º: El presente decreto será refrendado por el Sr. Secretario de Hacienda, Cdor. ANDRES L. GARCIA.-

ARTICULO 4º: Comuníquese a quienes corresponda, tomen nota las Oficinas pertinentes, dése al Registro Municipal y archívese.

Fdo.

Lic. GONZALO PELUSO

Intendente Municipal

Fdo.

Cdor. ANDRES LUCIANO GARCIA

Secretario de Hacienda

Decreto Nº 1379/18

Magdalena, 24/08/2018

Visto

El expte letra D Nº 1397/18; referido a la firma del Convenio de Concurrencia Profesional AD-HONOREN entre la Municipalidad deMagdalena y el Lic. ARAMBURU EZEQUIEL (ODONTOLOGIA), y;

Considerando

Que el plazo de Vigencia del Contrato es de SEIS (6) meses, desde el 01/07/18 al 31/12/18.

Que se debe efectivizar el Acto Administrativo de convalidación del mismo,

Por ello

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE MAGDALENA, en uso de sus atribuciones ,

DECRETA

Municipio de Magdalena Boletin Oficial Municipal Pag. 285

ARTÍCULO 1º: Convalidase la firma Convenio de Concurrencia Profesional AD-HONOREN- entre la Municipalidad de Magdalena y el Lic.ARAMBURU EZEQUIEL DNI: 35.392.694 M:P: Nº 15.291 quien se desempeñara en el Servicio de ODONTOLOGIA en Hospital y/o UnidadesSanitarias.-

ARTICULO 2º: La erogación que demande el cumplimiento de lo determinado en el art. 1º será con afectación a la Jurisdicción, Programa,Actividad y Partida correspondiente del Presupuesto de Gastos Vigente.-

ARTÍCULO 3º: El presente Decreto será refrendado por el Sr. Secretario de Gobierno D. Rodolfo TATA.-

ARTICULO 4º: Comuníquese, tomen nota las Oficinas pertinentes, dése al Registro Municipal y archivese.-

Fdo.

Lic. GONZALO PELUSO

Intendente Municipal

Fdo.

Dn. RODOLFO SALOMON TATA

Secretario de Gobierno

Decreto Nº 1380/18

Magdalena, 24/08/2018

Visto

El expte letra D Nº 1246/18, referido a la firma del Convenio de Concurrencia Profesional celebrado entre la Municipalidad de Magdalena yla profesional Dr. TORI VERONICA y;

Considerando

Que el plazo de Vigencia del Convenio es de tres (3) meses, desde el 01/07/18 al 30/09/18.-

Que se debe efectivizar el Acto Administrativo de convalidación del mismo,

Por ello

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE MAGDALENA, en uso de sus atribuciones ,

DECRETA

ARTICULO 1º: Convalidase la firma de los Convenios de Concurrencia Profesional celebrado entre la Municipalidad de Magdalena y laDra.TORI VERONICA, DNI: 26.601.883 quien se desempeñaran en el Hospital Santa Maria Magdalena.-

ARTÍCULO 2º: La erogación que demande el cumplimiento de lo determinado en el art. 1º será con afectación a la Jurisdicción, Programa,Actividad y Partida correspondiente del Presupuesto de Gastos Vigente.-

ARTÍCULO 3º: El presente Decreto será refrendado por el Sr. Secretario de Gobierno D. Rodolfo TATA.-

ARTICULO 4º: Comuníquese, tomen nota las Oficinas pertinentes, dése al Registro Municipal y archivese.-

Fdo.

Lic. GONZALO PELUSO

Intendente Municipal

Fdo.

Dn. RODOLFO SALOMON TATA

Secretario de Gobierno

Decreto Nº 1381/18

Magdalena, 24/08/2018

Municipio de Magdalena Boletin Oficial Municipal Pag. 286

Visto

El Expte. Letra D nº 1288/18, mediante el cual se tramita la contratación de una Empresa para realizar el servicio de MANO DE OBRA YEQUIPOS PARA LA CONSTRUCCION DE CORDON CUNETA Y SECTORES DE ESTACIONAMIENTO EN AV MITRE ENTRE DR PEPE Y SAN JULIANde la localidad de Bartolomé Bavio por un total de 900m2 , y

Considerando

Que, el día 17 de AGOSTO del corriente año ha sido suscripto contrato con la Firma COOPRATIVA DE TRABAJO LOS TOLDOS LTDA,representada por el Sr. JARA JORGE GASTON – D.N.I. 25.476.212, por un monto total de PESOS TRESCIENTOS DOS MIL CIENTO SETENTA($302.170).-

Que, deben efectuarse los trámites administrativos tendientes a la Convalidación del mismo.-

POR ELLO:

El Intendente Municipal de Magdalena, en uso de sus atribuciones que le son propias

DECRETA

ARTICULO 1º: CONVALIDASE en la fecha el Contrato suscripto entre este Municipio y la Firma COOPERATIVA DE TRABAJO LOS TOLOS LTDA,representada por el Sr. JARA JORGE GASTON – D.N.I. 25.476.212, en virtud de las causales expuestas en el exordio de la presente.-

ARTICULO 2º: El presente Decreto será refrendado por el Secretario de Hacienda, Cdor Andres Luciano Garcia.-

ARTICULO 3º: Comuníquese a quienes corresponda, tomen nota las Oficinas pertinentes, dése al Registro Municipal y archívese.-

Fdo.

Lic. GONZALO PELUSO

Intendente Municipal

Fdo.

Cdor. ANDRES LUCIANO GARCIA

Secretario de Hacienda

Decreto Nº 1382/18

Magdalena, 24/08/2018

Visto

Las actuaciones obrantes en el Expediente Letra S Nº 2030/17 , referente al Llamado a Licitación Privada para adjudicar la“CONTRATACIÓN DE LA MANO DE OBRA, MATERIALES Y EQUIPOS NECESARIOS PARA LA EJECUCIÓN DEL AULA TALLER DEALIMENTACIÓN DE LA ESCUELA DE EDUCACIÓN ESPECIAL Nº 501, LOCALIDAD DE MAGDALENA, PARTIDO DE MAGDALENA, PROVINCIADE BUENOS AIRES”.

Que, existe saldo disponible en la respectiva partida del Presupuesto de Gastos, por ello;

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE MAGDALENA, en uso de sus atribuciones,

DECRETA

ARTICULO 1º: LLAMASE a LICITACIÓN PRIVADA Nº 19/18, para adjudicar la “CONTRATACIÓN DE LA MANO DE OBRA, MATERIALES YEQUIPOS NECESARIOS PARA LA EJECUCIÓN DEL AULA TALLER DE ALIMENTACIÓN DE LA ESCUELA DE EDUCACIÓN ESPECIAL Nº 501,LOCALIDAD DE MAGDALENA, PARTIDO DE MAGDALENA, PROVINCIA DE BUENOS AIRES”.

ARTICULO 2º: AFÉCTESE las erogaciones que se produzcan como consecuencia de la aplicación del Artículo Primero en la Jurisdicción1.000, Programa 01 Partida 5.3.7.0 “Transferencia a Entes de Gobiernos Provinciales” con Fuente de Financiamiento 132 de OrigenProvincial del Presupuesto de Gastos para el Ejercicio 2018.-

ARTICULO 3º: ESTIPÚLESE un PRESUPUESTO OFICIAL total de PESOS UN MILLON CUATROCIENTOS MIL CON 00/100 CVOS ($ 1.400.000,00.-)

ARTICULO 4º: ESTIPÚLESE que la GARANTÍA DE PROPUESTA que será por un importe de PESOS CATORCE MIL CON 00/100 CVOS ($14.000,00.-).

Municipio de Magdalena Boletin Oficial Municipal Pag. 287

ARTICULO 5º: DETERMINASE sin Valor el Pliego de Bases y Condiciones.-

ARTICULO 6º: DETERMINASE que el día Agosto 30 del año 2018, a la hora 10,00 se llevará a cabo el Acto de Apertura de las ofertaspresentadas.-

ARTICULO 7°.- El presente Decreto será refrendado por el Sr. Secretario de Hacienda Cr. Andrés García.-

ARTICULO 8°.- Comuníquese a quienes corresponda, dése al Registro Municipal y archívese.-

Fdo.

Lic. GONZALO PELUSO

Intendente Municipal

Fdo.

Cdor. ANDRES LUCIANO GARCIA

Secretario de Hacienda

Decreto Nº 1383/18

Magdalena, 27/08/2018

Visto

El expte letra D Nº 1496/18; referido a la firma del Convenio de Concurrencia Profesional AD-HONOREN entre la Municipalidad deMagdalena y la Lic. ZUAIN YASMIN (PSICOLOGIA), y;

Considerando

Que el plazo de Vigencia del Contrato es de SEIS (6) meses, desde el 01/07/18 al 31/12/18.

Que se debe efectivizar el Acto Administrativo de convalidación del mismo,

Por ello

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE MAGDALENA, en uso de sus atribuciones ,

DECRETA

ARTÍCULO 1º: Convalidase la firma Convenio de Concurrencia Profesional AD-HONOREN- entre la Municipalidad de Magdalena y la Lic.ZUAIN YASMIN DNI: 37.214.249 M:P: Nº 55.297 quien se desempeñara en el Servicio de PSICOLOGIA en Hospital y/o Unidades Sanitarias.-

ARTICULO 2º: La erogación que demande el cumplimiento de lo determinado en el art. 1º será con afectación a la Jurisdicción, Programa,Actividad y Partida correspondiente del Presupuesto de Gastos Vigente.-

ARTÍCULO 3º: El presente Decreto será refrendado por el Sr. Secretario de Gobierno D. Rodolfo TATA.-

ARTICULO 4º: Comuníquese, tomen nota las Oficinas pertinentes, dése al Registro Municipal y archivese.-

Fdo.

Lic. GONZALO PELUSO

Intendente Municipal

Fdo.

Dn. RODOLFO SALOMON TATA

Secretario de Gobierno

Decreto Nº 1384/18

Magdalena, 27/08/2018

Municipio de Magdalena Boletin Oficial Municipal Pag. 288

Visto

El expte letra D Nº 1263/18, referido a la firma del Convenio de Concurrencia Profesional celebrado entre la Municipalidad de Magdalena yla profesional Dra. RIEDL STELLA y;

Considerando

Que el plazo de Vigencia del Convenio es de SEIS (6) meses, desde el 01/07/18 al 31/12/18.-

Que se debe efectivizar el Acto Administrativo de convalidación del mismo,

Por ello

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE MAGDALENA, en uso de sus atribuciones ,

DECRETA

ARTICULO 1º: Convalidase la firma de los Convenios de Concurrencia Profesional celebrado entre la Municipalidad de Magdalena y la Dra. RIEDL STELLA, DNI: 32.599.960 quien se desempeñaran en el Hospital Santa Maria Magdalena.-

ARTÍCULO 2º: La erogación que demande el cumplimiento de lo determinado en el art. 1º será con afectación a la Jurisdicción, Programa,Actividad y Partida correspondiente del Presupuesto de Gastos Vigente.-

ARTÍCULO 3º: El presente Decreto será refrendado por el Sr. Secretario de Gobierno D. Rodolfo TATA.-

ARTICULO 4º: Comuníquese, tomen nota las Oficinas pertinentes, dése al Registro Municipal y archivese.-

Fdo.

Lic. GONZALO PELUSO

Intendente Municipal

Fdo.

Dn. RODOLFO SALOMON TATA

Secretario de Gobierno

Decreto Nº 1385/18

Magdalena, 27/08/2018

Visto

El expte letra D Nº 1494/18, referido a la firma del Convenio de Concurrencia Profesional celebrado entre la Municipalidad de Magdalena yla profesional Dra. GUERRERO LAUREANA y;

Considerando

Que el plazo de Vigencia del Convenio es de CINCO (5) meses, desde el 01/08/18 al 31/12/18.-

Que se debe efectivizar el Acto Administrativo de convalidación del mismo,

Por ello

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE MAGDALENA, en uso de sus atribuciones ,

DECRETA

ARTICULO 1º: Convalidase la firma de los Convenios de Concurrencia Profesional celebrado entre la Municipalidad de Magdalena y la Dra. GUERRERO LAUREANA, DNI: 34.387.663 quien se desempeñaran en el Hospital Santa Maria Magdalena.-

ARTÍCULO 2º: La erogación que demande el cumplimiento de lo determinado en el art. 1º será con afectación a la Jurisdicción, Programa,Actividad y Partida correspondiente del Presupuesto de Gastos Vigente.-

ARTÍCULO 3º: El presente Decreto será refrendado por el Sr. Secretario de Gobierno D. Rodolfo TATA.-

Municipio de Magdalena Boletin Oficial Municipal Pag. 289

ARTICULO 4º: Comuníquese, tomen nota las Oficinas pertinentes, dése al Registro Municipal y archivese.-

Fdo.

Lic. GONZALO PELUSO

Intendente Municipal

Fdo.

Dn. RODOLFO SALOMON TATA

Secretario de Gobierno

Decreto Nº 1386/18

Magdalena, 27/08/2018

Visto

Las actuaciones del expte letra A Nº 1478/18 mediante las cuales la AGRUPACION TRADICIONALISTA Y CAMPO DE PATO LA CARRETA deBartolomé Bavio, solicita el otorgamiento de UN SUBSIDIO, para ser destinado al pago de los gastos por la Fiesta del 117 Aniversario de lalocalidad, y

Considerando

Que se ha presentado la documentación exigida, y teniendo en cuenta la intervención e informes de las oficinas pertinentes, de dondesurge que existe saldo disponible,

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE MAGDALENA, en uso de sus atribuciones ,

DECRETA

ARTICULO 1º: OTORGASE a la “AGRUPACION TRADICIONALISTA Y CAMPO DE PATO LA CARRETA” de Bartolomé Bavio, UN SUBSIDIO porla suma de PESOS TREINTA Y DOS MIL ($ 32.000), para ser destinado a solventar los gastos ocacionados por los Festejos del 117ºAniversario de la localidad, según actuaciones obrantes en el expte citado.-

ARTICULO 2º: La erogación que determine el cumplimiento del art. anterior deberá ser tomada de la Jurisdicción 1000, Programa01, Partida 5.1.7.0. F.F. 110 Transferencias a otras Instituciones Culturales y Sociales Sin Fines de Lucro del Presupuesto de GastosVigente.-

ARTÍCULO 3º: La Asociación deberá presentar la rendición de los fondos suministrados.-

ARTÍCULO 4º: El presente Decreto será refrendado por el Sr. Secretario de Gobierno de la Municipalidad de Magdalena.-

ARTICULO 5º: Comuníquese, tomen nota las Oficinas pertinentes, dése al Registro Municipal y archivese.-

Fdo.

Lic. GONZALO PELUSO

Intendente Municipal

Fdo.

Dn. RODOLFO SALOMON TATA

Secretario de Gobierno

Decreto Nº 1387/18

Magdalena, 27/08/2018

Visto

El Expte M. Nº1569/18 mediante el cual la Sra. Maravilla Erika solicita lentes para su hija y

Considerando

Que a fs.3 obra solicitud de Lentes recetados por parte de la interesada.

Municipio de Magdalena Boletin Oficial Municipal Pag. 290

Que a fs. 4 obra prescripción medica.

Que a f s 6 obra presupuesto.

Que a fs. 1 y 2 obra informe social, donde se corrobora la situación socioeconómica de la familia.

Que el otorgamiento de los lentes mejorara la calidad de vida y un mejor desenvolvimiento en la vida cotidiana de la solicitante y su hija.

Por ello,

El Sr. Intendente Municipal de Magdalena, en uso de sus atribuciones

DECRETA

Articulo 1 º: Otórguese un subsidio en especies, el cual se materializa en la entrega de un par --de lentes a favor de las personas que sedetallan en el anexo I que forma parte del presente Decreto ,con el fin de mejorar la calidad de vida y un mejor desenvolvimiento en lavida cotidiana de acuerdo al considerando.

Articulo 2º: Par tal erogación será afectada la partida Jurisdicción 7000 Programa 24 actividad 05 código de partida 5-1-4-0 FF: 132.-

Articulo 3º : El presente Decreto será refrendado por el Secretario de Hacienda.

Articulo 4º: Comuníquese a quienes corresponda y dese al Registro Municipal, y archívese.

ANEXO I

Expte Beneficiario DNI Elemento otorgado

Letra M Nº1569/18

Maravilla Erika (lentespara su hija saucoFátima )

47.186.798 Lentes y armazón.

Fdo.

Lic. GONZALO PELUSO

Intendente Municipal

Fdo.

Cdor. ANDRES LUCIANO GARCIA

Secretario de Hacienda

Decreto Nº 1388/18

Magdalena, 27/08/2018

Visto

El Expte letra G Nº1570-18 mediante el cual el Sr. Garay Agustín solicita servicio de sepelio (traslado y Cajón) del Hospital de Niños alcementerio para quien fuera en vida Gary Rossi Jazmin y

Considerando

Que a fs 1. obra solicitud de pedido por parte del padre de la fallecida.

Que a fs. 4 obra informe social-económico donde se corrobora la situación de la familia.

Que a fs.2 obra presupuesto de la Empresa Delovo Hnos S.C , que realizara el traslado.

Que el Municipio hace entrega de un ataúd, el cual obra en depósito de cementerio.

Que dicha ayuda permitirá brindar una sepultura digna.

Que se hace necesario realizar el acto administrativo correspondiente.

Municipio de Magdalena Boletin Oficial Municipal Pag. 291

Por ello,

El Sr. Intendente Municipal en uso de sus atribuciones

DECRETA

Articulo 1º: Abónese a la Empresa de DELOVO HNOS S.C CUIT 30-53122779-0 la suma de PESOS CINCO MIL QUINIENTOS ($5.500) enconcepto del traslado del cuerpo de quien fuera en vida Garay Rossi Jazmín DNI: 56.937.312 desde el Hospital de Niño “La Plata “ alCementerio Local Magdalena de acuerdo al considerando.

Articulo 2º: Otórguese un ataúd angelito para brindar una sepultura digna a quien fuera en vida, Garay Rossi Jazmin de acuerdo a loestablecido en el considerando.

Articulo 3ª: Para tal erogación será afectada la partida 7000- 24-04- 5.1.4.0.

Articulo 4º: El presente Decreto será refrendado por el Secretario de Hacienda.

Articulo 5º: Comuníquese a quienes corresponda y dese al registro Municipal y archivase.

Fdo.

Lic. GONZALO PELUSO

Intendente Municipal

Fdo.

Cdor. ANDRES LUCIANO GARCIA

Secretario de Hacienda

Decreto Nº 1389/18

Magdalena, 27/08/2018

Visto

El Expte. Letra S Nº 1566/18 mediante el cual el Sr. SAVAL, Eduardo solicita ayuda económica para abonar el suministro de luz, y

Considerando

Que a fs.1 se encuentra nota de pedido para abonar el pago de luz por parte del Sr. Saval, Eduardo.

Que a fs. 2 se encuentra la factura de la Empresa Edelap donde consta la deuda que posee.

Que a fs.3 se corrobora la situación socio-económica del solicitante.

Que el servicio de luz es indispensable para el Sr. Saval, Eduardo.

Por ello,

EL Sr. INTENDENTE MUNICIPAL en uso de sus atribuciones

DECRETA

ARTICULO 1º: ABONESE a la Empresa EDELAP la suma de PESOS CUATRO MIL NOVECIENTOS TREINTA Y UNO CON SESENTA Y TRES CTVS($4.931,63) en concepto de pago de luz del Sr. Saval Eduardo de acuerdo al considerando.

ARTÍCULO 2º: Para tal gasto será afectada la partida 5.1.4.0 Ayuda Sociales a Personas. Jurisdicción 7000 .Apertura Programática24.04.00 .Fuente de financiamiento 110 Tesoro Municipal.

ARTICULO 3º: El solicitante deberá presentar el comprobante dentro de los 30 días recibido el beneficio.

ARTICULO 4 º: El presente Decreto será refrendado por el Secretario de Hacienda.

ARTICULO 5º: Comuníquese a quienes corresponda y archívese.

Fdo.

Lic. GONZALO PELUSO

Intendente Municipal

Municipio de Magdalena Boletin Oficial Municipal Pag. 292

Fdo.

Cdor. ANDRES LUCIANO GARCIA

Secretario de Hacienda

Decreto Nº 1390/18

Magdalena, 27/08/2018

Visto

El Expte. Letra L Nº 1594/18 mediante el cual la Srta. LUCIAGUE Guadalupe solicita ayuda económica para abonar el suministro de luz, y

Considerando

Que a fs.1 se encuentra nota de pedido para abonar el pago de luz por parte de la Srta. LUCIAGUE, Guadalupe.

Que a fs. 2 se encuentran la factura de la Empresa Edelap donde consta la deuda que posee.

Que a fs.3 se corrobora la situación socio-económica del solicitante.

Que el servicio de luz es indispensable para la Srta. LUCIAGUE, Guadalupe.

Por ello,

EL Sr. INTENDENTE MUNICIPAL en uso de sus atribuciones

DECRETA

ARTICULO 1º: ABONESE a la Empresa EDELAP la suma de PESOS SEISCIENTOS CUARENTA CON ONCE CTVS ($640,11) en concepto depago de luz de la Srta. LUCIAGUE, Guadalupe de acuerdo al considerando.

ARTÍCULO 2º: Para tal gasto será afectada la partida 5.1.4.0 Ayuda Sociales a Personas. Jurisdicción 7000 .Apertura Programática24.04.00 .Fuente de financiamiento 110 Tesoro Municipal.

ARTICULO 3º: El solicitante deberá presentar el comprobante dentro de los 30 días recibido el beneficio.

ARTICULO 4 º: El presente Decreto será refrendado por el Secretario de Hacienda.

ARTICULO 5º: Comuníquese a quienes corresponda y archívese.

Fdo.

Lic. GONZALO PELUSO

Intendente Municipal

Fdo.

Cdor. ANDRES LUCIANO GARCIA

Secretario de Hacienda

Decreto Nº 1391/18

Magdalena, 27/08/2018

Visto

El Expte. Letra N Nº 1595/18 mediante el cual el Sr. NIEVA Héctor solicita ayuda económica para abonar el suministro de luz, y

Considerando

Que a fs.1 se encuentra nota de pedido para abonar el pago de luz por parte del Sr. NIEVA Héctor.

Que a fs. 3 se encuentran la factura de la Empresa Edelap donde consta la deuda que posee.

Que a fs.4 se corrobora la situación socio-económica del solicitante.

Municipio de Magdalena Boletin Oficial Municipal Pag. 293

Que el servicio de luz es indispensable para el Sr. NIEVA Hector.

Por ello,

EL Sr. INTENDENTE MUNICIPAL en uso de sus atribuciones

DECRETA

ARTICULO 1º: ABONESE a la Empresa EDELAP la suma de PESOS CUATRO MIL SEISCIENTOS SETENTA Y OCHO CON VEINTICUATRO CTVS($4.678,24) en concepto de pago de luz del Sr. NIEVA Hector de acuerdo al considerando.

ARTÍCULO 2º: Para tal gasto será afectada la partida 5.1.4.0 Ayuda Sociales a Personas.Jurisdicción 7000 .Apertura Programática24.04.00 .Fuente de financiamiento 110 Tesoro Municipal.

ARTICULO 3º: El solicitante deberá presentar el comprobante dentro de los 30 días recibido el beneficio.

ARTICULO 4 º: El presente Decreto será refrendado por el Secretario de Hacienda.

ARTICULO 5º: Comuníquese a quienes corresponda y archívese.

Fdo.

Lic. GONZALO PELUSO

Intendente Municipal

Fdo.

Cdor. ANDRES LUCIANO GARCIA

Secretario de Hacienda

Decreto Nº 1392/18

Magdalena, 27/08/2018

Visto

El Expte. Letra C nº 733/16, mediante el cual se tramita la MANO DE OBRA, MATERIALES Y EQUIPOS PARA LA CONSTRUCCION DE UNPLAYON MULTIDEPORTES EN EL PREDIO DEL CLUB SOCIAL Y DEPORTIVO ATALAYA DE LA LOCALIDAD DE ATALAYA, PARTIDO DEMAGDALENA, y

Considerando

Que, el día 23 de ENERO del año 2018 ha sido suscripto contrato con la Firma del Sr JORGE AGUIRRE – DNI. 18.228.314, por un monto totalde PESOS QUINIENTOS TREINTA Y OCHO MIL DOSCIENTOS CUARENTA Y OCHO ($538.248,00).-

Que, ha sido emitido el Certificado de Obra nº 04 por un monto de PESOS SETENTA Y UN MIL CUARENTA Y OCHO ($ 71.048,00).-

Que, el presente certificado se afianza mediante Póliza Nº 164936 de Garantía de Fondos de Reparo de Sancor Seguros.-

POR ELLO:

El Intendente Municipal de Magdalena, en uso de sus atribuciones que le son propias

DECRETA

ARTICULO 1º: Líbrese Orden de Pago a la Firma del Sr JORGE ALBERTO AGUIRRE DNI Nº 18.228.314, por un monto de PESOS SETENTA YUN MIL CUARENTA Y OCHO ($ 71.048,00), en virtud de las causales expuestas en el exordio de la presente.-

ARTICULO 2º: Las erogaciones que se determinen del Artículo anterior, serán tomadas de la Jurisdicción: 1.000 - Partida 5.3.7.0,"TRANSFERENCIA A ENTES DE GOBIERNOS PROVINCIALES" - PROGRAMA 01 - FUENTE FINANCIAMIENTO: 132, del Presupuesto deGastos vigente.-

ARTICULO 3º: El presente Decreto será refrendada por el Secretario de Hacienda, Cdr. Andres Luciano Garcia.-

ARTICULO 4º: Comuníquese a quienes corresponda, tomen nota las Oficinas pertinentes, dése al Registro Municipal y archívese.-

Fdo.

Lic. GONZALO PELUSO

Intendente Municipal

Municipio de Magdalena Boletin Oficial Municipal Pag. 294

Fdo.

Cdor. ANDRES LUCIANO GARCIA

Secretario de Hacienda

Decreto Nº 1393/18

Magdalena, 27/08/2018

Visto

El Expte. Letra C nº 1157/17, mediante el cual se tramita la MANO DE OBRA, MATERIALES Y EQUIPOS PARA LA CONSTRUCCION DEL JARDINDE INFANTES Nº 912 DEL PARAJE STARACCE, PARTIDO DE MAGDALENA, y

Considerando

Que, el día 3 de OCTUBRE del año 2017 ha sido suscripto contrato con la Firma del Sr JORGE AGUIRRE – DNI. 18.228.314, por un montototal de PESOS DOS MILLONES DOSCIENTOS CUARENTA Y OCHO MIL ($2.248.000,00).-

Que, ha sido emitido el Certificado de Obra nº 10 por un monto de PESOS DOSCIENTOS DIEZ MIL SETECIENTOS ($ 210.700).-

Que, el presente certificado se afianza mediante Póliza Nº 159427 de Garantía de Fondos de Reparo de Sancor Seguros.-

POR ELLO:

El Intendente Municipal de Magdalena, en uso de sus atribuciones que le son propias

DECRETA

ARTICULO 1º: Líbrese Orden de Pago a la Firma del Sr. JORGE ALBERTO AGUIRRE DNI Nº 18.228.314, por un monto de PESOS DOSCIENTOSDIEZ MIL SETECIENTOS ($ 210.700), en virtud de las causales expuestas en el exordio de la presente.-

ARTICULO 2º: Las erogaciones que se determinen del Artículo anterior, serán tomadas de la Jurisdicción: 1.000 - Partida 5.3.7.0,"TRANSFERENCIA A ENTES DE GOBIERNOS PROVINCIALES" - PROGRAMA 01 - FUENTE FINANCIAMIENTO: 132, del Presupuesto deGastos vigente.-

ARTICULO 3º: El presente Decreto será refrendada por el Secretario de Hacienda, Cdr. Andrés Luciano García.-

ARTICULO 4º: Comuníquese a quienes corresponda, tomen nota las Oficinas pertinentes, dése al Registro Municipal y archívese.-

Fdo.

Lic. GONZALO PELUSO

Intendente Municipal

Fdo.

Cdor. ANDRES LUCIANO GARCIA

Secretario de Hacienda

Decreto Nº 1394/18

Magdalena, 27/08/2018

Visto

El expediente letra D 1307/18, y;

Considerando

Que es intención del Departamento Ejecutivo que todo el personal cumpla con las normas laborales de asistencia.

Que, el no cumplimiento de las obligaciones de diligencia laboral de un agente municipal, hace pasible al personal de las siguientessanciones: llamado de atención, Suspensión y descuento de los días correspondientes.

Que en las mismas el Sr. Andrés Castelli, Director de obras y Servicios Públicos informa sobre la conducta de la agente municipal WALASZEKMIGUEL (leg. 2394), quien no concurrió a su lugar de trabajo los días 1, 2, 3, 7, 15, 16, 17, 21 y 22 de agosto de 2018, sin aviso previo y/o

Municipio de Magdalena Boletin Oficial Municipal Pag. 295

justificación posterior correspondiente.

Que a fojas 15, la Asesoría Letrada sugiere la aplicación del Inc a) del Art 108 de la Ley 14.656, SUSPENSION por 5 (CINCO) días.

Que, lo solicitado cuenta con la pertinente autorización del Sr. Secretario de Gobierno.

POR TODO ELLO

El SR. INTENDENTE MUNICIPAL DE MAGDALENA, en uso de sus atribuciones que les son propias

DECRETA

ARTICULO 1º: SANCIONESE con una medida correctiva: SUSPENSION por 5 (CINCO) días Laborables, a partir del 3 de setiembre hasta el 7 desetiembre del corriente inclusive, al agente municipal WALASZEK Miguel (Leg. 2394), en virtud de lo expresado en el Inc a) del Art 108 de laLey 14.656.

ARTICULO 2º: La presente sanción se cumplirá a partir del día siguiente a la notificación de la misma, dejándose testimonio de la presenteen el Legajo Personal del agente citado.

ARTÍCULO 3º: AUTORICESE al Departamento de Liquidaciones a DESCONTAR de los haberes correspondientes al mes de setiembre, por no concurrir a su lugar de trabajo sin aviso previo y/o justificación posterior correspondiente, Al Agente:

Leg. Nº Agente Municipal Días de DESCUENTO Fecha

2394 WALASZEK MIGUEL 9 (NUEVE) DIAS 1, 2, 3, 7, 15, 16, 17, 21 y 22 deagosto de 2018

ARTICULO 4º: El presente será notificado al Agente por medio de la Oficina de Personal.

ARTICULO 5º: El presente Decreto será refrendado por el Sr Secretario de Gobierno.

ARTICULO 6º: Comuníquese a quienes corresponda, tomen nota las Oficinas pertinentes, dése al registro Municipal y archívese.

Fdo.

Lic. GONZALO PELUSO

Intendente Municipal

Fdo.

Dn. RODOLFO SALOMON TATA

Secretario de Gobierno

Decreto Nº 1395/18

Magdalena, 28/08/2018

Visto

La nota presentada por la Directora de Educación, Desarrollo Humano y Flia, obrante a fs. 27 del Expte. Letra D Nº 1761/17, donde solicitasea declarado de Interés Municipal todas las acciones en relación al programa “CONOCIENDO BA”, que se llevara a cabo en las escuelas denuestro distrito durante el corriente año y;

Considerando

Que dicho programa nace en 2012, como respuesta a la necesidad de dar a conocer la ciudad a personas de todas las provincias, visitandolos lugares mas emblemáticos, a través de recorridos guiados.

Que el objetivo fundamental del programa CONOCIENDO BA, es difundir, promover y revalorizar la identidad cultural y social de la CiudadAutónoma de Bs. As., brindando un circuito turístico y gratuito, acercando a los ciudadanos del interior del país, fomentando la participaciónen los procesos culturales de la Ciudad.

Que dentro de los principales desafíos esta el de fomentar la participación de grupos de otras jurisdicciones del país en las actividadessociales, educativas y culturales de la Ciudad, y generando un intercambio.

Que el circuito turístico contribuye con la inclusión de todos los visitantes con discapacidad y/o movilidad reducida, para que accedan asitios de interés turístico y cultural de la Ciudad.-

Municipio de Magdalena Boletin Oficial Municipal Pag. 296

Que dicho circuito recorre distintos espacios verdes y de esparcimiento, concientizando a los visitantes acerca de la importancia de unaurbanización responsable y equilibrada promoviendo el contacto con la naturaleza.

Que los visitantes podrán recorres además, catedrales, iglesias y mezquitas, sitios sagrados que dan cuenta de la diversidad religiosa denuestra Ciudad, centro de pluralidad y convivencia.

Que se sugiere para implementar dicho programa afectar el Fondo Educativo, dado que se afrontaran gastos de traslado.

Por ello

EL INTENDENTE MUNICIPAL de MAGDALENA en uso de sus atribuciones

DECRETA

ARTICULO 1º: Declárese de INTERES MUNICIPAL todas las acciones en relación al programa “CONOCIENDO BA”, que se llevara a cabo enlas escuelas de nuestro distrito, durante el corriente año.-

ARTICULO 2º: En virtud de lo establecido en el art. anterior, los gastos a cargo del Municipio serán tomados de la Partida correspondiente.-

ARTICULO 3º: El presente Decreto será refrendado por el Sr. Secretario de Gobierno D. Rodolfo S. TATA.-

ARTICULO 4º: Comuníquese, tomen nota las Oficinas pertinentes, dese al Registro Municipal y Archívese.-

Fdo.

Lic. GONZALO PELUSO

Intendente Municipal

Fdo.

Dn. RODOLFO SALOMON TATA

Secretario de Gobierno

Decreto Nº 1396/18

Magdalena, 28/08/2018

Visto

El Expte. Letra V Nº 1596/18 mediante el cual la Sra. VERCESI Susana solicita ayuda económica para abonar el suministro de luz, y

Considerando

Que a fs.1 se encuentra nota de pedido para abonar el pago de luz por parte de la Sra. VERCESI Susana.

Que a fs. 2 se encuentran la factura de la Empresa Edelap donde consta la deuda que posee.

Que a fs.3 se corrobora la situación socio-económica del solicitante.

Que el servicio de luz es indispensable para la Sra. VERCESI Susana.

Por ello,

EL Sr. INTENDENTE MUNICIPAL en uso de sus atribuciones

DECRETA

ARTICULO 1º: ABONESE a la Empresa EDELAP la suma de PESOS DOS MIL DOSCIENTOS CUATRO CON ONCE CTVS ($2.204,11) en conceptode pago de luz de la Sra. VERCESI Susana de acuerdo al considerando.

ARTÍCULO 2º: Para tal gasto será afectada la partida 5.1.4.0 Ayuda Sociales a Personas. Jurisdicción 7000 .Apertura Programática24.05.00 .Fuente de financiamiento 110 Tesoro Municipal.

ARTICULO 3º: El solicitante deberá presentar el comprobante dentro de los 30 días recibido el beneficio.

ARTICULO 4 º: El presente Decreto será refrendado por el Secretario de Hacienda.

ARTICULO 5º: Comuníquese a quienes corresponda y archívese.

Municipio de Magdalena Boletin Oficial Municipal Pag. 297

Fdo.

Lic. GONZALO PELUSO

Intendente Municipal

Fdo.

Cdor. ANDRES LUCIANO GARCIA

Secretario de Hacienda

Decreto Nº 1397/18

Magdalena, 28/08/2018

Visto

El Expte. Letra H Nº 1597/18 mediante el cual la Sra. HERRERA Marcela solicita ayuda económica para abonar el suministro de luz, y

Considerando

Que a fs.1 se encuentra nota de pedido para abonar el pago de luz por parte de la Sra. HERRERA Marcela.

Que a fs. 3 se encuentran la factura de la Empresa Edelap donde consta la deuda que posee.

Que a fs.2 se corrobora la situación socio-económica del solicitante.

Que el servicio de luz es indispensable para la Sra. HERRERA Marcela.

Por ello,

EL Sr. INTENDENTE MUNICIPAL en uso de sus atribuciones

DECRETA

ARTICULO 1º: ABONESE a la Empresa EDELAP la suma de PESOS 5 MIL TRESCIENTOS CUARENTA Y SEIS ($5.346) en concepto de pago deluz de la Sra. HERRERA Marcela de acuerdo al considerando.

ARTÍCULO 2º: Para tal gasto será afectada la partida 5.1.4.0 Ayuda Sociales a Personas. Jurisdicción 7000 .Apertura Programática24.05.00 .Fuente de financiamiento 110 Tesoro Municipal.

ARTICULO 3º: El solicitante deberá presentar el comprobante dentro de los 30 días recibido el beneficio.

ARTICULO 4 º: El presente Decreto será refrendado por el Secretario de Hacienda.

ARTICULO 5º: Comuníquese a quienes corresponda y archívese.

Fdo.

Lic. GONZALO PELUSO

Intendente Municipal

Fdo.

Cdor. ANDRES LUCIANO GARCIA

Secretario de Hacienda

Decreto Nº 1398/18

Magdalena, 28/08/2018

Visto

Los exptes letra D Nº 1134/18, 1243/18, 1254/18 y 1265/18 referidos a la firma del Convenio de Concurrencia Profesional celebradoentre la Municipalidad de Magdalena y los profesionales Dres. HECTOR RICARDO SULI, JUAN FRANCISCO GONZALEZ, JOSE ALBERTOMAJIRENA Y LUIS GABRIEL RAMIREZ y;

Municipio de Magdalena Boletin Oficial Municipal Pag. 298

Considerando

Que el plazo de Vigencia de los Convenios es de seis (06) meses, en el caso del Dr. SULI HECTOR (Alergista) y de tres (03) meses losConvenios de los Dres. RAMIREZ (Clínico), Luís, MAJIRENA José (Psiquiatra) y GONZALEZ Juan Francisco (Traumatólogo) , a partir del01/07/18.-

Que se debe efectivizar el Acto Administrativo de convalidación del mismo,

Por ello

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE MAGDALENA, en uso de sus atribuciones ,

DECRETA

ARTICULO 1º: Convalidase la firma de los Convenios de Concurrencia Profesional celebrados entre la Municipalidad de Magdalena y losDres. SULI Héctor DNI Nº 13.749.195, MP 221.035, RAMIREZ Luís G DNI Nº 29.764.164, MP 118.024, MAJIRENA José DNI Nº 24.525.526MP 115.616 y GONZALEZ Juan DNI Nº 33.369.909 MP 117.995, quienes se desempeñaran en el Hospital Santa Maria Magdalena.-

ARTÍCULO 2º: La erogación que demande el cumplimiento de lo determinado en el art. 1º será con afectación a la Jurisdicción, Programa,Actividad y Partida correspondiente del Presupuesto de Gastos Vigente.-

ARTÍCULO 3º: El presente Decreto será refrendado por el Sr. Secretario de Gobierno D. Rodolfo TATA.-

ARTICULO 4º: Comuníquese, tomen nota las Oficinas pertinentes, dése al Registro Municipal y archivese.-

Fdo.

Lic. GONZALO PELUSO

Intendente Municipal

Fdo.

Dn. RODOLFO SALOMON TATA

Secretario de Gobierno

Decreto Nº 1399/18

Magdalena, 28/08/2018

Visto

El expte letra J Nº 2592/14; referido a la firma del Contrato celebrado entre la Municipalidad de Magdalena y la Firma LAMCEF S.A, para larecolección, traslado, tratamiento y disposición final de residuos patogénicos generados por el hospital y la Unidad Sanitaria deBartolomé Bavio, y;

Considerando

Que el plazo de Vigencia del Convenio es de SEIS (6) MESES, desde el 01/07/18 al 31/12/18,

Que se debe efectivizar el acto administrativo de convalidación del mismo,

Por ello,

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE MAGDALENA, en uso de sus atribuciones ,

D E C R E T A

ARTÍCULO 1º: Convalidase la firma del CONTRATO DE SERVICIOS celebrado entre la Municipalidad de Magdalena y el Sr. ROGATI Román,DNI: 12.506.699, en su carácter de apoderado de la empresa LAMCEF S.A.-

ARTÍCULO 2º: La erogación que demande el cumplimiento de lo determinado en el art. 1º será con afectación a la Jurisdicción, Programa,Actividad y Partida correspondiente del Presupuesto de Gastos Vigente.-

ARTÍCULO 3º: El presente Decreto será refrendado por el Sr. Secretario de Gobierno D. RODOLFO TATA.-

ARTICULO 4º: Comuníquese, tomen nota las Oficinas pertinentes, dése al Registro Municipal y archivese.-

Municipio de Magdalena Boletin Oficial Municipal Pag. 299

Fdo.

Lic. GONZALO PELUSO

Intendente Municipal

Fdo.

Dn. RODOLFO SALOMON TATA

Secretario de Gobierno

Decreto Nº 1400/18

Magdalena, 28/08/2018

Visto

El Expediente Letra I Nº 1386/18, la Ordenanza 3526/18 a través de la cual se autoriza la firma del Convenio con el Ministerio deInfraestructura y Servicios Públicos de la Pcia de Bs As., el Decreto de Promulgación Nº 1233/18 y la Resolución Ministerial MIySP Nº 1051,y;

Considerando

Que mediante la firma del Convenio el Ministerio otorgará a la Municipalidad de Magdalena en concepto de subsidio hasta la suma de$15.400.000,00 destinado a financiar la obra “Pavimentación de calles urbanas de Magdalena y Bavio;

Que a Fs. 16 consta la certificación de la Tesorería Municipal del ingreso de $3.080.000,00 correspondiente a dicho fondo y efectuadomediante transferencia bancaria el día 22/08/2017;

Que los fondos ingresados corresponden al 20% del total del proyecto, en concepto de anticipo financiero, de acuerdo a lo establecido porel artículo 4º del Convenio;

Que la Subsecretaría de Infraestructura Hidráulica del Ministerio de Infraestructura y Servicios Públicos y el Honorable Tribunal deCuentas verificarán el destino de los fondos ingresados conforme a lo establecido en el artículo 15 y 17 del Reglamento para elotorgamiento de subsidios aprobado como anexo único del Decreto Nº 467/07 y modificatorios;

Que el artículo 119º último párrafo de la L.O.M. permite al Departamento Ejecutivo “practicar directamente las ampliacionespresupuestarias que se financien con recursos afectados según sean efectivamente autorizados o realizados”;

Que a los efectos de mejor proveer y para una normal gestión presupuestaria y contable es menester realizar las ampliaciones en elCálculo de Recursos y Presupuesto de Gastos vigente para el corriente ejercicio;

Por todo ello

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE MAGDALENA, en uso de sus atribuciones

DECRETA

ARTICULO 1º: Amplíase el Cálculo de Recursos del Ejercicio 2018 en PESOS QUINCE MILLONES CUATROCIENTOS MIL CON 00/100($15.400.000,00) en el Rubro 2250117 “Convenio Pavimentación de calles urbanas de Magdalena y Bavio”, de origen provincial, afectado(Codigo 22).

ARTICULO 2º: Amplíase el Presupuesto de Gastos del Ejercicio 2018 en las Partidas Presupuestarias correspondientes al DEPARTAMENTO EJECUTIVO (1110100000) por un monto total de PESOS QUINCE MILLONES CUATROCIENTOS MIL CON 00/100($15.400.000,00), de acuerdo al detalle de Jurisdicciones, Programas, Partidas y montos obrantes en la planilla de RAFAM adjunta, la queforma parte indivisible del presente.

ARTICULO 3º: Autorízase el ingreso a la Tesorería Municipal de PESOS TRES MILLONES OCHENTA MIL 00/100 ($ 3.080.000,00)correspondiente a la transferencia mencionada en el exordio del presente.

ARTICULO 4º: El presente Decreto será refrendado por el Señor Secretario de Hacienda de la Muncipalidad de Magdalena.

ARTICULO 5º: Comuníquese, tomen nota las oficinas pertinentes, dése al Registro Municipal y archívese.

Fdo.

Lic. GONZALO PELUSO

Intendente Municipal

Fdo.

Cdor. ANDRES LUCIANO GARCIA

Municipio de Magdalena Boletin Oficial Municipal Pag. 300

Secretario de Hacienda

Decreto Nº 1401/18

Magdalena, 28/08/2018

Visto

Las actuaciones del expte letra I nº 1427/18 mediante las cuales se tramita la adquisición de una PALA CARGADORA para la Municipalidadde Magdalena , y

Considerando

Que se llamo a Licitación Privada nº 16/18 cuya apertura de propuestas se realizó el día 23 de Agosto ppdo, contando con la participaciónde TRES (3) empresas del ramo,

Que a fin de determinar la adjudicación correspondiente según licitación y documentación presentada, es necesario la formación de unaCOMISION DE ADJUDICACION quien evaluara las ofertas y determinará la adjudicataria de la misma

Por ello,

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE MAGDALENA, en uso de sus atribuciones ,

DECRETA

ARTÍCULO 1º: Conformar una Comisión de Adjudicación de la Licitación Privada nº 16/18 cuya apertura de propuestas se realizó el pasado23 de Agosto del 2018, referida a la ADQUISICION DE UNA PALA CARGADORA, para la Municipalidad de Magdalena, la que estará integradapor los siguientes funcionarios:

-ING. OMAR DE GREGORIO Sub. Secretario de Gobierno y Obras y Ser. Pcos.-

-ANDRES CASTELLI Director Obras Públicas

- ANDRES GARCIA Secretario de Hacienda

-GUILLERMO LARES Jefe de Personal

-Dra ANA MARIA VIGORITO Asesora Letrada

ARTÍCULO 2: El presente Decreto será refrendado por el Sr. Secretario de Gobierno D. RODOLFO TATA.-

ARTICULO 3: Comuníquese, tomen nota las Oficinas pertinentes, dése al Registro Municipal y archivese.-

Fdo.

Lic. GONZALO PELUSO

Intendente Municipal

Fdo.

Dn. RODOLFO SALOMON TATA

Secretario de Gobierno

Decreto Nº 1402/18

Magdalena, 28/08/2018

Visto

El Expte Letra D Nº03/18 mediante el cual se tramitaron los contratos del Equipo Tecnico del Programa Envión (Gutierrez Maria Agustina,Contenti Cintia, Guidobono Jonathan, Lucero Soledad, Gubia Evelyn, Fagundez Nicolas) y

Considerando

Que se han firmado los contratos con los técnicos y profesionales en el marco del programa Envión

Que el plazo de los contratos se estableció desde el 2 de enero hasta el 30 de junio del año 2018.

Que el monto de la contratación era de $6750.

Que con fecha 10 de Julio de 2018, el Ministerio de Desarrollo Social de la Pcia de BS.AS. informa que resuelve fijar que a partir del 1de junio de 2018 un incremento de los valores del programa Envión ,asignándole al equipo Tecnico la suma de Pesos SIETE MIL

Municipio de Magdalena Boletin Oficial Municipal Pag. 301

SEISCIENTOS ($7.600)

Que se debe abonar la diferencia del mes de Junio de PESOS OCHOCIENTOS CINCUENTA ($850) A LOS TECNICOS Y PROFESIONBALES DEL PROGRAMA Envión Lic. en trabajo Social Lucero María Soledad, Trabajadora Social Contenti Cintia ,Doc. Gutierrez Maria Agustina,Trabajadora Social Gubia Evelyn, Lic. Fagundez Nicolas.

Que se debe realizar el acto administrativo correspondiente.

Por ello,

El Sr. Intendente MUNICIPAL en uso de sus atribuciones

DECRETA

ARTICULO 1º: Librese Ordenes de pago a favor de la Srta LUCERO Maria Soledad por la suma de Pesos OCHOCIENTOS CINCUENTA ($850) Sra Contenti Cintia, Pesos OCHOCIENTOS CINCUENTA ($850), María Agustina Gutierrez Pesos Ochocientos Cincuenta ($850), T.S GubiaEvelyn Pesos Ochocientos Cincuenta ($850),TS Guidobono Jonathan pesos Ochocientos Cincuenta ($850) Lic. Fagundez Nicolas pesosochocientos cincuenta ($850), en concepto de pago de la diferencia mensual correspondiente al mes de junio de acuerdo al considerando.

ARTICULO 2º: Para tal erogación será afectada la jurisdicción 7000-24-14 partidas Part.3.4.9.0 otros servicios técnicos y profesionales.Fuente de Financiación 132.

ARTICULO 3º: El presente Decreto será refrendado por el Secretario de Hacienda.

ARTICULO 4º: Comuníquese a quienes corresponda y dese al registro Municipal.

Fdo.

Lic. GONZALO PELUSO

Intendente Municipal

Fdo.

Cdor. ANDRES LUCIANO GARCIA

Secretario de Hacienda

Decreto Nº 1403/18

Magdalena, 29/08/2018

Visto

La nota presentada por el CLUB SOCIAL Y DEPORTIVO UNION Y FUERZA , obrante a fs. 1 del expte letra C Nº 1557/18 en la cual solicitanautorización para poner en circulación dentro del Partido de Magdalena, UNA RIFA, y

Considerando

Que de acuerdo al informe de la Dirección de Asesoría Letrada se cumplimentaron los requisitos legales exigidos, por la Ordenanza nº2771/10,

Por ello,

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE MAGDALENA, en uso de sus atribuciones,

DECRETA

ARTÍCULO 1º: AUTORIZASE, a el CLUB SOCIAL Y DEPORTIVO UNION Y FUERZA, a poner en circulación dentro del Partido de Magdalena,una rifa de 333 billetes, constando cada uno de tres cifras a razón de PESOS DOS MIL SETESCIENTOS SESENTA ($ 2.760) cada boleta,pagadera al contado o en doce (12) cuotas iguales y consecutivas de PESOS DOSCIENTOS TREINTA ($ 230) cada una, a sortearse por laLotería de la Pcia de Buenos Aires o quiniela Nocturna y los premios son los siguientes:

SORTEOS MENSUALES:

Comienza en la última jugada (sábado nocturno) de los meses de Septiembre a Diciembre de 2018 y Enero a julio del 2019, se sortearan:

PRIMER PREMIO: PESOS TRES MIL ($ 3.000).

SORTEO INTERMEDIO:

Ultimo sábado del mes de Febrero 2019, se sorteara:

1º PREMIO: PESOS CIEN MIL ($100.000)

Municipio de Magdalena Boletin Oficial Municipal Pag. 302

2º PREMIO: PESOS DIEZ MIL ($10.000)

SORTEO FINAL:

Se realizará el Último sábado de Agosto de 2019 de 2018 por lotería o quiniela de la provincia, por los siguientes premios:

PRIMER PREMIO: PESOS CIENTO CINCUENTA MIL ($ 150.000).-

SEGUNDO PREMIO: PESOS QUINCE MIL ($ 15.000).-

ARTÍCULO 2º: La entidad deberá depositar en una Entidad Bancaria Oficial el 25% de lo recaudado a fín de garantizar la existencia de lospremios a entregar.-

ARTICULO 3º : El CLUB SOCIAL Y DEPORTIVO UNION Y FUERZA deberá publicar en un diario de amplia difusión en la zona, los númerosfavorecidos con los nombres de los poseedores, debiendo remitir la publicación a la Comuna.-

ARTÍCULO 4º: El presente Decreto será refrendado por el Sr. Secretario de Gobierno de la Municipalidad de Magdalena.-

ARTÍCULO 5º: Comuníquese, tomen nota las Oficinas pertinentes, dése al registro Municipal y archívese.-

Fdo.

Lic. GONZALO PELUSO

Intendente Municipal

Fdo.

Dn. RODOLFO SALOMON TATA

Secretario de Gobierno

Decreto Nº 1404/18

Magdalena, 29/08/2018

Visto

El Expte letra B Nº1599/18 mediante el cual el Sr. Buceta Sergio solicita servicio de sepelio (traslado y Cajón) desde el hospital deMagdalena al cementerio local para quien fuera en vida Lujan, Mirta Graciela y

Considerando

Que a fs 1. obra solicitud de pedido por parte del hijo de la fallecida.

Que a fs. 2 obra informe social-económico donde se corrobora la situación de la familia.

Que a fs.3 obra presupuesto de la Empresa Delovo Hnos S.C , que realizara el traslado.

Que el Municipio hace entrega de un ataúd, el cual obra en depósito de cementerio.

Que dicha ayuda permitirá brindar una sepultura digna.

Que se hace necesario realizar el acto administrativo correspondiente.

Por ello,

El Sr. Intendente Municipal en uso de sus atribuciones

DECRETA

Articulo 1º: Abónese a la Empresa de DELOVO HNOS S.C CUIT 30-53122779-0 la suma de PESOS DOS MIL QUINIENTOS ($2.500) enconcepto del traslado del cuerpo de quien fuera en vida Lujan, Mirta Graciela DNI: 5.931.025 desde el Hospital de Magdalena alCementerio Local de acuerdo al considerando.

Articulo 2º: Otórguese un ataúd adulto para brindar una sepultura digna a quien fuera en vida, Lujan, Mirta Graciela de acuerdo a loestablecido en el considerando.

Articulo 3ª: Para tal erogación será afectada la partida 7000- 24-04- 5.1.4.0

Articulo 4º: El presente Decreto será refrendado por el Secretario de Hacienda.

Articulo 5º: Comuníquese a quienes corresponda y dese al registro Municipal y archivase.

Municipio de Magdalena Boletin Oficial Municipal Pag. 303

Fdo.

Lic. GONZALO PELUSO

Intendente Municipal

Fdo.

Cdor. ANDRES LUCIANO GARCIA

Secretario de Hacienda

Decreto Nº 1405/18

Magdalena, 30/08/2018

Visto

La aplicabilidad en este Municipio del Decreto de Emergencia Vial Nº 40/70, el Decreto modificatorio Nº 135/07 y el expediente letra J Nº1353/07 -Alc. III Expte. 838/09 y Alc. II Expte. 840/14, letra C Nº 932/16, donde se acumulan las actuaciones relacionadas con el cobro demultas por infracciones de tránsito en el marco de las normativas citadas; y

Considerando

Que en esta Comuna se ha procedido a la instrumentación de la operatoria para el cumplimiento de las disposiciones mencionadas “ut-supra”;

Que la recaudación por los conceptos ya consignados por los Meses de Marzo a Mayo 2018 constan en el expte C Nº 932/16;

Que al respecto han tomado intervención el Juzgado de Faltas, la Dirección de Rentas y la Contaduría Municipal;

Que es necesario efectuar las transferencias pertinentes del producido de las multas al Gobierno de la Provincia de Buenos Aires y daringreso al Municipio los importes que a esta Comuna le corresponden por imperio de las normas vigentes;

Que en base a la Resolución Nº 245/07 del Ministerio de Gobierno se ha dispuesto la creación de la cuenta corriente denominada “Ingresospor Infracciones de Tránsito Decreto Nº 135/07” identificada como “Banco de la Provincia de Buenos Aires Cta. Cte Nº 50737/2 “en la quedeberá depositarse los importes correspondientes al Gobierno de la Provincia de Buenos Aires;

Por todo ello,

EL INTENDENTE MUNICIPAL de MAGDALENA en uso de sus atribuciones

DECRETA

ARTICULO 1º: Líbrese orden de Pago Extrapresupuestaria a favor del Gobierno de la Provincia de Buenos Aires- Registro Único deInfracciones de Tránsito (Proveedor 5066) por la suma de PESOS CIENTO VEINTIUNMIL SETENTA Y OCHO CON SESENTA CON 60/00 ($121.078,60) correspondiente a la recaudación efectuada en los meses de Marzo a Mayo /18 con cargo a la “Cuenta ExtrapresupuestariaMultas Ley 11430” (Código 71007). Dicho importe deberá ser depositado en la Cuenta Corriente 50737/2 del Banco de la Pcia de BuenosAires denominada “Ingresos por Infracciones de Tránsito Decreto Nº 135/07”.-

ARTICULO 2º: Líbrese Orden de Pago Extrapresupuestaria a favor de la Municipalidad de Magdalena (Proveedor 5018) por la suma dePESOS CUATROCIENTOS VEINTINUEVE MIL SEISCIENTOS DIECISIETE 73/00 ($ 429.617,73), correspondiente a la recaudación efectuada enlos Meses de Marzo a Mayo /18 con cargo a la “Cuenta Extrapresupuestaria Multas Ley 11430” (Código 71007). Dicho importe deberá ser ingresado al Cálculo de Recursos por la Partida 1260100 “Multas por Contravenciones”.-

ARTICULO 3º: El presente Decreto será refrendado por el Sr. Secretario de Hacienda de la Municipalidad de Magdalena.

ARTICULO 4º: Comuníquese, tomen nota las Oficinas pertinentes, dese al Registro Municipal y Archívese.-

Fdo.

Lic. GONZALO PELUSO

Intendente Municipal

Fdo.

Cdor. ANDRES LUCIANO GARCIA

Secretario de Hacienda

Decreto Nº 1406/18

Municipio de Magdalena Boletin Oficial Municipal Pag. 304

Magdalena, 30/08/2018

Visto

Las actuaciones obrantes en Expte Letra D nº 1819/16, referente a la mano de obra y equipos para la CONSTRUCCION DE LA CUBIERTA DELCLUB 22 DE JULIO de la localidad de Magdalena a la firma ALVAREZ PABLO GASTON – DNI Nº 28.572.478 y,

Considerando

Que, han sido suscriptas Acta de Recepción Provisoria y Definitiva, obrantes a fs. 178 Y 179 respectivamente,

Que, de acuerdo al informe de Contaduría Municipal obrante a fs. 181, se ha constatado el ingreso de $11.750 (PESOS ONCE MILSETECIENTOS CINCUENTA).-

Que se deben realizar las tramitaciones pertinentes para la devolución del monto correspondiente,

POR ELLO:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE MAGDALENA, en uso de sus atribuciones,

DECRETA

ARTICULO 1º: Líbrese Orden de Pago a la Firma ALVAREZ PABLO GASTON D.N.I. 28.572.478, por la suma de PESOS ONCE MILSETECIENTOS CINCUENTA ($11.750) de acuerdo a los considerandos de la presente.-

ARTICULO 2º: Las erogaciones que se determinen del Artículo Primero, serán imputados a la Cuenta 7.1.0.0.1. Depósito de Garantías.-

ARTICULO 3º: El presente Decreto será refrendado por el Secretario de Hacienda, Cdor. ANDRES GARCIA.-

ARTICULO 4º: Comuníquese a quiénes corresponda, tomen nota las Oficinas pertinentes, dése al Registro Municipal y archívese.-

Fdo.

Lic. GONZALO PELUSO

Intendente Municipal

Fdo.

Cdor. ANDRES LUCIANO GARCIA

Secretario de Hacienda

Decreto Nº 1407/18

Magdalena, 30/08/2018

Visto

Las actuaciones obrantes en el Expediente Letra S Nº 1348/18 , referente al Llamado a Licitación Privada para adjudicar la “ADQUISICIÓNDE CEMENTO, ARENA Y PIEDRA 6/20 PARA LA ELABORACION DE HORMIGON DESTINADO A OBRAS EN LA LOCALIDAD DE MAGDALENA,PARTIDO DE MAGDALENA, PROVINCIA DE BUENOS AIRES”.

Que, existe saldo disponible en la respectiva partida del Presupuesto de Gastos, por ello;

Considerando

Que, el Acto de Apertura contó con la participación de dos (02) Empresas/Firmas del ramo: IMACOVA S.A. y CASA MOLINARI S.R.L.

Que, en el caso Imacova S.A. NO pudo procederse a la Apertura del Sobre Nº 2 por no contar con la Garantía de Oferta exigida en el Pliegode Bases y Condiciones, quedando como único oferente la Firma Casa Molinari S.R.L., por tal motivo el mismo será elevado al H.C.D. paraque sirva autorizar la adjudicación, enmarcándose en lo establecido por el Art. 155 de la L.O.M.

Que, a Fs. 83 se encuentra Informe emanado por el Sr. Sub Director de Gobierno donde considera que resulta conveniente a los interesesmunicipales la Oferta presentada por al firma Casa Molinari S.R.L.

Que, visto el informe emanado por el Sr. Secretario de Hacienda Municipal a Fs. 83v, avalando dicha Adjudicación.

Que, existiendo saldo favorable en la respectiva Partida Presupuestaria;

EL INTENDENTE MUNICIPAL de MAGDALENA en uso de sus facultades

DECRETA

ARTICULO 1º: ADJUDICASE ad REFERENDUM del HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE a la Empresa CASA MOLINARI S.R.L. (CUIT Nº 30-

Municipio de Magdalena Boletin Oficial Municipal Pag. 305

64809618-2), por una suma total de PESOS UN MILLON TREINTA Y OCHO MIL NOVECIENTOS CUARENTA Y SEIS CON 00/100 ($1.038.946,00) para adjudicar la “ADQUISICIÓN DE CEMENTO, ARENA Y PIEDRA 6/20 PARA LA ELABORACION DE HORMIGON DESTINADO AOBRAS EN LA LOCALIDAD DE MAGDALENA, PARTIDO DE MAGDALENA, PROVINCIA DE BUENOS AIRES”, en un todo de acuerdo a ladocumentación que sirvió de base para el llamado a LICITACIÓN PRIVADA Nº 18/18.-

ARTICULO 2º: AFÉCTESE las erogaciones que se produzcan como consecuencia de la aplicación del Artículo Primero en la Jurisdicción5.000, Programa 20/01 Partida 2.8.4.0 “Piedra, Arcilla y Arena” con Fuente de Financiamiento 110 de Origen Municipal del Presupuesto deGastos para el Ejercicio 2018.-

ARTICULO 3º: El presente Decreto será refrendado por el Señor Secretario de Hacienda Cr. Andrés L. García.-

ARTICULO 4º: Comuníquese a quienes corresponda, dése al Registro Municipal y archívese.-

Fdo.

Lic. GONZALO PELUSO

Intendente Municipal

Fdo.

Cdor. ANDRES LUCIANO GARCIA

Secretario de Hacienda

Decreto Nº 1408/18

Magdalena, 30/08/2018

Visto

El Expte. Letra G Nº 1610/18 mediante el cual la Sra. GENSONE, Mónica solicita ayuda económica para abonar el suministro de luz, y

Considerando

Que a fs.1 se encuentra nota de pedido para abonar el pago de luz por parte de la Sra. GENSONE, Mónica.

Que a fs. 5 se encuentra el estado de cuenta de la Empresa Edelap donde consta la deuda que posee.

Que a fs.2 se corrobora la situación socio-económica del solicitante.

Que el servicio de luz es indispensable para la Sra. GENSONE, Mónica.

Por ello,

EL Sr. INTENDENTE MUNICIPAL en uso de sus atribuciones

DECRETA

ARTICULO 1º: ABONESE a la Empresa EDELAP la suma de PESOS MIL DOSCIENTOS SETENTA CON CUARENTA Y NUEVE CTVS ($1.270,49)en concepto de pago de luz de la Sra. GENSONE, Mónica de acuerdo al considerando.

ARTÍCULO 2º: Para tal gasto será afectada la partida 5.1.4.0 Ayuda Sociales a Personas. Jurisdicción 7000 .Apertura Programática24.05.00 .Fuente de financiamiento 110 Tesoro Municipal.

ARTICULO 3º: El solicitante deberá presentar el comprobante dentro de los 30 días recibido el beneficio.

ARTICULO 4 º: El presente Decreto será refrendado por el Secretario de Hacienda.

ARTICULO 5º: Comuníquese a quienes corresponda y archívese.

Fdo.

Lic. GONZALO PELUSO

Intendente Municipal

Fdo.

Cdor. ANDRES LUCIANO GARCIA

Municipio de Magdalena Boletin Oficial Municipal Pag. 306

Secretario de Hacienda

Decreto Nº 1409/18

Magdalena, 30/08/2018

Visto

El Expte. Letra V Nº 1609/18 mediante el cual la Sra. VISTERINI, Alejandra solicita ayuda económica para abonar el suministro de luz, y

Considerando

Que a fs.1 se encuentra nota de pedido para abonar el pago de luz por parte de la Sra. VISTERINI, Alejandra.

Que a fs. 3 se encuentra la factura de la Empresa Edelap donde consta la deuda que posee.

Que a fs.2 se corrobora la situación socio-económica del solicitante.

Que el servicio de luz es indispensable para la Sra. VISTERINI, Alejandra.

Por ello,

EL Sr. INTENDENTE MUNICIPAL en uso de sus atribuciones

DECRETA

ARTICULO 1º: ABONESE a la Empresa EDELAP la suma de PESOS DOS MIL OCHOCIENTOS SESENTA Y NUEVE CON SESENTA Y NUEVE CTVS($2.869,69) en concepto de pago de luz de la Sra. VISTERINI, Alejandra de acuerdo al considerando.

ARTÍCULO 2º: Para tal gasto será afectada la partida 5.1.4.0 Ayuda Sociales a Personas.Jurisdicción 7000 .Apertura Programática24.05.00 .Fuente de financiamiento 110 Tesoro Municipal.

ARTICULO 3º: El solicitante deberá presentar el comprobante dentro de los 30 días recibido el beneficio.

ARTICULO 4 º: El presente Decreto será refrendado por el Secretario de Hacienda.

ARTICULO 5º: Comuníquese a quienes corresponda y archívese.

Fdo.

Lic. GONZALO PELUSO

Intendente Municipal

Fdo.

Cdor. ANDRES LUCIANO GARCIA

Secretario de Hacienda

Decreto Nº 1410/18

Magdalena, 30/08/2018

Visto

El expediente 4070-16/07 interno letra “I” Nº 241/17, la Ordenanza Nº 3419/17 y el Decreto Nº 521/17 referente al préstamo contraído porel Municipio con el Banco de la Provincia de Buenos Aires; y

Considerando

Que de acuerdo a la cláusula segunda de la Ordenanza consignada “ut-supra” las condiciones generales del préstamo son fijadas con unplazo de reembolso de 48 (cuarenta y ocho) meses, con 6 (seis) meses de gracia para la amortización del capital;

Que con fecha 228/07/2018 el Banco de la Provincia de Buenos Aires debitó en la cuenta corriente Nº 50421/2 el importe de $ 247.514,67en concepto de intereses y $ 428.571,42 en concepto de capital correspondiente a la cuota Nº 9 del préstamo 330-10706807, de acuerdo

Municipio de Magdalena Boletin Oficial Municipal Pag. 307

con lo notificado por la entidad acreedora;

Que del monto mencionado corresponde efectuar la siguiente desagregación:

Cuota Nº 09

Amortización $ 428.571,42

Intereses $ 247.514,67

Que en virtud de lo señalado precedentemente es menester efectuar los trámites administrativo-contables que le otorguen el marco legalpertinente a la mencionada liquidación;

Por todo ello,

El INTENDENTE MUNICIPAL DE MAGDALENA, en uso de sus atribuciones

DECRETA

ARTICULO 1º: Líbrese Orden de Pago a favor del Banco de la Provincia de Buenos Aires (5019) por $ 247.514,67 (PESOS DOSCIENTOSCUARENTA Y SIETE MIL QUINIENTOS CATORCE CON CON 67/100) por las razones expuestas en el exordio. Las erogaciones serán tomadasde las Partidas 7163 INTERESES DE LA DEUDA A LARGO PLAZO “Préstamo Maquinaria BP”, correspondiente a la Jurisdicción 1110108000Secretaría de Hacienda, Programa 92 Intereses y Gastos de la Deuda del Presupuesto de Gastos vigente.

ARTICULO 2º: Líbrese Orden de Pago a favor del Banco de la Provincia de Buenos Aires (5019) por $ 428.571,42 (PESOS CUATROCIENTOSVEINTIOCHO MIL QUINIENTOS SETENTA Y UNO CON 42/100) por las razones expuestas en el exordio. Las erogaciones serán tomadas de lasPartidas 7173 AMORTIZACIÓN DE LA DEUDA A LARGO PLAZO “Préstamo Maquinaria BP”, correspondiente a la Jurisdicción 1110108000Secretaría de Hacienda, Programa 93 Deuda Consolidada del Presupuesto de Gastos vigente.

ARTICULO 3º: El presente Decreto será refrendado por el Sr. Secretario de Hacienda de la Municipalidad de Magdalena.

ARTICULO 4º: Comuníquese, tomen nota las Oficinas pertinentes, dése al Registro Municipal y archívese.

Fdo.

Lic. GONZALO PELUSO

Intendente Municipal

Fdo.

Cdor. ANDRES LUCIANO GARCIA

Secretario de Hacienda

Decreto Nº 1411/18

Magdalena, 30/08/2018

Visto

Las actuaciones del Expediente Letra O, Número 1527/18 mediante las cuales OVIEDO MAITENA LORENA - CUIT 27-29269267-1 , solicitahabilitación Municipal del comercio cuyas actividades son PELUQUERÍA – TRATAMIENTO DE BELLEZA – ANEXO VENTA DE INDUMENTARIA YCALZADO, ubicado en calle LAVALLE esquina DR. LANDA de la Ciudad de Magdalena y,

Considerando

Las intervenciones e informes al respecto de las distintas dependencias municipales que aconsejan hacer lugar a lo solicitado, en virtudde haberse cumplimentado los requisitos establecidos en la normativa vigente.

Por todo ello,

El INTENDENTE MUNICIPAL DE MAGDALENA, en uso de sus atribuciones

DECRETA

Artículo 1º: Autorizar y registrar a partir de la fecha por los motivos expuestos en el exordio, la Habilitación municipal del comercio cuyaactividad es PELUQUERÍA (Código de actividad 85-300-11) – TRATAMIENTO DE BELLEZA (Código de actividad 85-300-12) – ANEXO VENTADE INDUMENTARIA (Código de actividad 62-200-00) y VENTA DE CALZADO (Código de actividad 62-200-04) propiedad de OVIEDO MAITENALORENA - CUIT 27-29269267-1, Legajo Municipal Nº 62784 sito en el inmueble designado catastralmente como: Circunscripción I, SecciónC, Manzana 256, Parcela 3j y Partida Inmobiliaria Nº 3.319 ubicado en calle LAVALLE esquina DR. LANDA de la Ciudad de Magdalena.

Artículo 2º: El presente Decreto será refrendado por el Secretario de Gobierno de la Municipalidad de Magdalena.

Municipio de Magdalena Boletin Oficial Municipal Pag. 308

Artículo 3º: Comuníquese a quienes corresponda, tomen nota las Oficinas pertinentes dese al Registro Municipal y Archívese.

Fdo.

Lic. GONZALO PELUSO

Intendente Municipal

Fdo.

Dn. RODOLFO SALOMON TATA

Secretario de Gobierno

Decreto Nº 1412/18

Magdalena, 31/08/2018

Visto

El Contrato de Comodato celebrado entre la Sociedad Rural de Magdalena COMODANTE y este Municipio: COMODATARIO, obrante a fs. 2/4del Expte. letra I Nº 2092/16, mediante el cual el Comodante entregó al Comodatario un espacio físico destinado al funcionamiento de laOficina Municipal de Expedición de Guías, Marcas y Señales, la Ordenanza de Convalidación Nº 3346/16, y;

Considerando

Que la Cláusula Décima Segunda del Convenio establece que el Comodante abonará mensualmente en concepto de viáticos a la AgenteMunicipal designada a cargo de la Oficina citada, ubicada en el predio de esa Entidad Rural un importe de $2.200 mensuales,

Que a fs.27 consta la designación de la Sra Alejandra Ocampo Leg 2134 a cargo de la Oficina citada, ubicada en el predio de esa EntidadRural,

Que debe procederse a realizar el pago correspondiente al mes de JUNIO de 2018 por un importe de $ 2.200.- respectivamente,

Por ello,

EL INTENDENTE MUNICIPAL de MAGDALENA en uso de sus atribuciones

DECRETA

ARTICULO 1º: Librar Orden de Pago por la suma de PESOS DOS MIL DOSCIENTOS ($ 2.200) en concepto de Viáticos correspondiente almes de JUNIO 2018 por los motivos expuestos en el exordio, a la Encargada de la Oficina Municipal de Expedición de Guías, Marcas ySeñales, Sra. ALEJANDRA OCAMPO Leg 2134.-

ARTICULO 2º: La erogación que demande el cumplimiento del Artículo 1º, deberá ser tomada de la Partida 3.7.2.0.. VIATICOS, Jurisdicción1110108000 Secretaría de Hacienda, Programa 01-00 Administración y Coordinación Central, F.F. 140 del Presupuesto de Gastos Vigente.-

ARTICULO 3º: El presente Decreto será refrendado por el Sr. Secretario de Hacienda de la Municipalidad de Magdalena.

ARTICULO 4º: Comuníquese, tomen nota las Oficinas pertinentes, dese al Registro Municipal y Archívese.-

Fdo.

Lic. GONZALO PELUSO

Intendente Municipal

Fdo.

Cdor. ANDRES LUCIANO GARCIA

Secretario de Hacienda

Decreto Nº 1413/18

Magdalena, 31/08/2018

Visto

El artículo 14º de la Ordenanza Nº 3464/17, de Presupuesto General para el Ejercicio 2018, sancionada con fecha 27/12/17 y promulgada

Municipio de Magdalena Boletin Oficial Municipal Pag. 309

mediante el Decreto Nº 942/17 del 29 de Diciembre de 2017; y

Considerando

Que el mencionado artículo faculta al Departamento Ejecutivo a disponer transferencias de créditos presupuestarios para reforzarconceptos preexistentes o crear nuevos, entre los conceptos de una Jurisdicción, Programa, Actividad Programática ó Proyecto distintos,correspondientes al Presupuesto de Gastos del presente Ejercicio;

Que se cree conveniente, con el fin de lograr una mayor prolijidad en la ejecución del Presupuesto dotar de crédito adicional a las Partidasque representan excedidas o con créditos insuficientes;

Que el citado artículo permite financiar las creaciones, ampliaciones o modificaciones de partidas del Presupuesto de Gastos mediantetransferencias de economías existentes en las restantes partidas de libre afectación;

Que es necesario efectuar las adecuaciones y correcciones pertinentes, las cuales tienen un fin exclusivamente de regularizaciónpresupuestaria, no implicando ello modificación alguna en el monto total del Presupuesto.

Por ello;

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE MAGDALENA en uso de sus atribuciones sanciona el siguiente:

DECRETO

ARTICULO 1º: Transfiéranse a las Partidas Presupuestarias correspondientes al DEPARTAMENTO EJECUTIVO (1110100000) créditos porun monto total de PESOS CUATROCIENTOS DIECISEIS MIL CON 00/100 ( $ 416.000,00), de acuerdo al detalle de Jurisdicciones, Programas,Partidas y montos obrantes en la planilla de RAFAM adjunta, la que forma parte indivisible del presente.

ARTICULO 2º: Los créditos transferidos y asignados de acuerdo al artículo precedente, serán tomados de las Partidas correspondientes alDEPARTAMENTO EJECUTIVO (1110100000) por PESOS CUATROCIENTOS DIECISEIS MIL CON 00/100 ( $ 416.000,00), conforme al detalle deJurisdicciones, Programas, Partidas y montos que se señalan en la planilla citada en el artículo anterior.

ARTICULO 3º: El presente Decreto será refrendado por el Señor Secretario de Hacienda de la Municipalidad de Magdalena.

ARTICULO 4º: Comuníquese al Honorable Concejo Deliberante dentro de los diez días contados a partir de la fecha, en cumplimiento delartículo 14º, inciso d) de la Ordenanza Nº 3464/17.-

ARTICULO 5º: Comuníquese, tomen nota las oficinas correspondientes, dése al Registro Municipal y archívese.-

Fdo.

Lic. GONZALO PELUSO

Intendente Municipal

Fdo.

Cdor. ANDRES LUCIANO GARCIA

Secretario de Hacienda

ANEXOS

Municipio de Magdalena Boletin Oficial Municipal Pag. 310