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DOCENTE: DOCENTE: Licda. Morena Guadalupe Montoya P. PRESENTADO POR GRUPO #9: PRESENTADO POR GRUPO #9: Maria Luz Hernández Hernández Carlos Ariel Escobar Menjivar Idania Iveth Reyes Barrera Sandra Elizabeth Clímaco Martínez Ociris Lily Villatoro Julia Elizabeth Gómez Rodríguez Derecho Mercantil 01 Derecho Mercantil 01

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Page 1: DOCENTE: Licda. Morena Guadalupe Montoya P. PRESENTADO POR GRUPO #9: Maria Luz Hernández Hernández Carlos Ariel Escobar Menjivar Idania Iveth Reyes Barrera

DOCENTE:DOCENTE:Licda. Morena Guadalupe Montoya P.

  

PRESENTADO POR GRUPO #9:PRESENTADO POR GRUPO #9:Maria Luz Hernández Hernández

Carlos Ariel Escobar Menjivar Idania Iveth Reyes Barrera

Sandra Elizabeth Clímaco MartínezOciris Lily Villatoro

Julia Elizabeth Gómez Rodríguez

Derecho Mercantil 01Derecho Mercantil 01

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Desde sus orígenes la raza humana siempre ha buscado la Desde sus orígenes la raza humana siempre ha buscado la seguridad, el bienestar y la felicidad. seguridad, el bienestar y la felicidad.

El hombre comprendió que se sentía El hombre comprendió que se sentía más seguro cuando estaba con más más seguro cuando estaba con más

gentegente

Clanes y

Tribus

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Esta idea de seguro motivó a los Esta idea de seguro motivó a los mercaderes:mercaderes:

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Lloyd’s of London se considera como la primera aseguradora Lloyd’s of London se considera como la primera aseguradora reconocida en el mundo y por lo tanto la más antigua. reconocida en el mundo y por lo tanto la más antigua.

Lloyd’s comenzó a operar en siglos XVII en un café de la época Lloyd’s comenzó a operar en siglos XVII en un café de la época propiedad de Edgard Lloyd’s.propiedad de Edgard Lloyd’s.

Actualmente, el seguro es una pieza clave en el desarrollo de Actualmente, el seguro es una pieza clave en el desarrollo de cualquier país del mundo. cualquier país del mundo.

Cuando se adquiere un seguro se limitan los niveles de Cuando se adquiere un seguro se limitan los niveles de incertidumbre no solo en las familias y empresas, sino también a incertidumbre no solo en las familias y empresas, sino también a economías de todo el mundo.economías de todo el mundo.

Las entidades aseguradoras en su nuevo papel es fundamental la Las entidades aseguradoras en su nuevo papel es fundamental la solvencia.solvencia.

Page 9: DOCENTE: Licda. Morena Guadalupe Montoya P. PRESENTADO POR GRUPO #9: Maria Luz Hernández Hernández Carlos Ariel Escobar Menjivar Idania Iveth Reyes Barrera

La póliza mas vieja conocida en los Estados Unidos, fue escrita en Boston La póliza mas vieja conocida en los Estados Unidos, fue escrita en Boston

en el año 1745 por un mercader de Providence, Rhode Island.en el año 1745 por un mercader de Providence, Rhode Island.

  

La primera compañía que se formó fue una mutual, la Sociedad Amistosa La primera compañía que se formó fue una mutual, la Sociedad Amistosa

su finalidad era asegurar casa y propiedades, comenzó el 18 de su finalidad era asegurar casa y propiedades, comenzó el 18 de

Enero de 1732 en Charles Town (Charleston) en Carolina del Sur.Enero de 1732 en Charles Town (Charleston) en Carolina del Sur.

  

Mas tarde, en su edición del 18 de Febrero de 1752, la Gaceta anunció Mas tarde, en su edición del 18 de Febrero de 1752, la Gaceta anunció

la formación de la segunda compañía de seguro contra incendio en la formación de la segunda compañía de seguro contra incendio en

América, fue la primera compañía que hizo contribuciones hacia la América, fue la primera compañía que hizo contribuciones hacia la

prevención de incendios.prevención de incendios.

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Los inicios del siglo XX marcaron en El Salvador el comienzo de las Los inicios del siglo XX marcaron en El Salvador el comienzo de las

operaciones de las aseguradoras. operaciones de las aseguradoras.

En esa época, el Código de Comercio vigente desde el 17 de marzo En esa época, el Código de Comercio vigente desde el 17 de marzo

de 1904 regulaba todos los aspectos que contenían reglas sobre de 1904 regulaba todos los aspectos que contenían reglas sobre

los contratos de seguros. los contratos de seguros.

  

El 16 de julio de 1915 El 16 de julio de 1915 se fundó la Centro Americana, S.A., la se fundó la Centro Americana, S.A., la

primera compañía de seguros; surgió como una empresa primera compañía de seguros; surgió como una empresa

visionaria y es reconocida hasta nuestros días como la pionera visionaria y es reconocida hasta nuestros días como la pionera

de la industria del seguro en El Salvador. de la industria del seguro en El Salvador.

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En 1906, Herbert de Sola se constituyó en representante de la Palatine Insurance Company y de Hannover Fire Insurance Company, e inauguró la actividad del seguro en El Salvador.

La actividad aseguradora tomó auge con la posterior llegada de agentes de compañía extranjeras como: The Commercial Union Assurance Co., The Netherlands Insurance Co.

El 16 de julio de 1915 se fundó la Centro Americana, S.A., la primera compañía de seguros; surgió como una empresa visionaria y es reconocida hasta nuestros días como la pionera de la industria del seguro en El Salvador.

Con el desarrollo de la industria y el comercio en El Salvador, implicó un ritmo de crecimiento económico de tal forma que en 1941, la Centro Americana emitió las primeras fianzas, dos años más tarde se emitieron las primeras pólizas de accidentes de aviación y automotores.

En 1945, En 1945, surgieron las coberturas de incendio, terremoto, etc.surgieron las coberturas de incendio, terremoto, etc.

En 1947, En 1947, inicio la prestación de servicios de seguros de transporte inicio la prestación de servicios de seguros de transporte marítimo, asalto, y robo, etc., posteriormente se incorporaron marítimo, asalto, y robo, etc., posteriormente se incorporaron diferentes tipos de seguros, que a la fecha existen.diferentes tipos de seguros, que a la fecha existen.

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Algunas entidades autorizadas para operar Algunas entidades autorizadas para operar como sociedades de seguros y fianzas en como sociedades de seguros y fianzas en El Salvador:El Salvador:

1. Aseguradora Suiza Salvadoreña, S. A.1. Aseguradora Suiza Salvadoreña, S. A.

2. Seguros del Pacífico, S.A.2. Seguros del Pacífico, S.A.

3. Seguros e Inversiones, S.A.3. Seguros e Inversiones, S.A.

4. La Centro Americana, S.A.4. La Centro Americana, S.A.

5. SISA, VIDA, S.A., Seguros de Personas5. SISA, VIDA, S.A., Seguros de Personas

6. HSBC Seguros Salvadoreños, S. A.6. HSBC Seguros Salvadoreños, S. A.

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El El 1 de enero de 19971 de enero de 1997 entró en vigencia la Ley de Sociedades entró en vigencia la Ley de Sociedades

de Seguros, con el objeto de regular la constitución y el de Seguros, con el objeto de regular la constitución y el

funcionamiento de las sociedades de seguros y la participación funcionamiento de las sociedades de seguros y la participación

de los intermediarios de seguros, con el fin de velar por los de los intermediarios de seguros, con el fin de velar por los

derechos del público y facilitar el desarrollo da la actividad derechos del público y facilitar el desarrollo da la actividad

aseguradora en El Salvador.aseguradora en El Salvador.

La ley nace atendiendo criterios técnicos de especialización en el La ley nace atendiendo criterios técnicos de especialización en el

campo de los seguros, y ante la necesidad de normas que campo de los seguros, y ante la necesidad de normas que

permitieran la regularización de las sociedades de seguros ante permitieran la regularización de las sociedades de seguros ante

situaciones irregulares, como la deficiencia de inversiones o situaciones irregulares, como la deficiencia de inversiones o

insuficiencias de patrimonio, que a su vez pudieran generar insuficiencias de patrimonio, que a su vez pudieran generar

procesos de intervención, disolución y liquidación.procesos de intervención, disolución y liquidación.

Page 15: DOCENTE: Licda. Morena Guadalupe Montoya P. PRESENTADO POR GRUPO #9: Maria Luz Hernández Hernández Carlos Ariel Escobar Menjivar Idania Iveth Reyes Barrera

Dentro de las disposiciones preliminares de la Ley de Sociedades de Seguros, en Dentro de las disposiciones preliminares de la Ley de Sociedades de Seguros, en

el el Art. 1Art. 1, se establece que “El comercio de asegurar riesgos a base de primas , se establece que “El comercio de asegurar riesgos a base de primas

sólo podrá hacerse en El Salvador por sociedades de seguros constituidas de sólo podrá hacerse en El Salvador por sociedades de seguros constituidas de

acuerdo con esta ley, que tengan por finalidad el desarrollo de dicha acuerdo con esta ley, que tengan por finalidad el desarrollo de dicha

actividad”.actividad”.

Por otra parte, Por otra parte, el Art.2el Art.2 de la Ley establece que por sociedades de seguros se de la Ley establece que por sociedades de seguros se

entenderá que se trata de sociedades que operan en seguros, fianzas y entenderá que se trata de sociedades que operan en seguros, fianzas y

reafianzamientos, salvo excepciones expresamente contempladas en dicha reafianzamientos, salvo excepciones expresamente contempladas en dicha

ley.ley.

El Reglamento establece que la SSF podrá emitir los manuales, disposiciones El Reglamento establece que la SSF podrá emitir los manuales, disposiciones

e instructivos de carácter fundamentalmente operativo para contribuir al e instructivos de carácter fundamentalmente operativo para contribuir al

desarrollo eficaz de la Ley de Sociedades de Seguros, la Ley Orgánica de la desarrollo eficaz de la Ley de Sociedades de Seguros, la Ley Orgánica de la

SSF y el reglamento mismo.SSF y el reglamento mismo.

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LEGISLACIÓN LEGISLACIÓN SALVADOREÑA.SALVADOREÑA.  

DENTRO DE LAS DENTRO DE LAS PRINCIPALES LEYES QUE PRINCIPALES LEYES QUE REGULAN LA ACTIVIDAD REGULAN LA ACTIVIDAD ENCONTRAMOS:ENCONTRAMOS:   Las sociedades de seguros Las sociedades de seguros

son instituciones son instituciones

reglamentadas porque reglamentadas porque

operan con dinero del operan con dinero del

público y a diferencia de los público y a diferencia de los

Bancos, son captadoras de Bancos, son captadoras de

primas derivadas del primas derivadas del

ingreso no consumido por ingreso no consumido por

los aseguradores que tiene los aseguradores que tiene

capacidad para comprar capacidad para comprar

seguros.seguros.

Ley de Sociedades de Ley de Sociedades de

Seguros;Seguros;

Reglamento de la Ley de Reglamento de la Ley de

Sociedades de Seguros,Sociedades de Seguros,

Código de Comercio,Código de Comercio,

Ley de Procedimientos Ley de Procedimientos

Mercantiles,Mercantiles,

Ley de la Superintendencia Ley de la Superintendencia

del Sistema Financiero.del Sistema Financiero.

Ley de Integración Monetaria.Ley de Integración Monetaria.  

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“ “El El contrato de segurocontrato de seguro es el medio por el cual el asegurador se es el medio por el cual el asegurador se

obliga, mediante el cobro de una prima, a resarcir un daño o a pagar obliga, mediante el cobro de una prima, a resarcir un daño o a pagar

una suma de dinero al verificarse la eventualidad prevista en el una suma de dinero al verificarse la eventualidad prevista en el

contrato.” El contrato de seguro puede tener por objeto toda clase de contrato.” El contrato de seguro puede tener por objeto toda clase de

riesgos si existe interés asegurable, salvo prohibición expresa de la riesgos si existe interés asegurable, salvo prohibición expresa de la

ley.ley.

  

Al realizar un contrato de seguro, se intenta obtener una protección Al realizar un contrato de seguro, se intenta obtener una protección

económica de bienes o personas que pudieran en un futuro sufrir económica de bienes o personas que pudieran en un futuro sufrir

dañosdaños

   

El contrato de seguro es consensual; los derechos y obligaciones El contrato de seguro es consensual; los derechos y obligaciones

recíprocos del asegurador y asegurado, empiezan desde que se ha recíprocos del asegurador y asegurado, empiezan desde que se ha

celebrado la convención, aun antes de emitirse la póliza. celebrado la convención, aun antes de emitirse la póliza. 

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Es un acto de comercioEs un acto de comercio: : el contrato de seguro el contrato de seguro

constituye un contrato constituye un contrato mercantil, regulado en el mercantil, regulado en el Código de Comercio y en otros Código de Comercio y en otros aspectos supletoriamente por la aspectos supletoriamente por la legislación civil. legislación civil.

  

Es un contrato solemne:Es un contrato solemne: El contrato de seguro es El contrato de seguro es

solemne, ya que su solemne, ya que su perfeccionamiento se produce a perfeccionamiento se produce a partir del momento en que el partir del momento en que el asegurador suscribe la póliza, la asegurador suscribe la póliza, la firma del asegurador sirve para firma del asegurador sirve para solemnizar el acuerdo previo de solemnizar el acuerdo previo de voluntades entre las partes voluntades entre las partes contratantes.contratantes.

  

Es un contrato bilateralEs un contrato bilateral: : En razón de que genera En razón de que genera

derechos y obligaciones para derechos y obligaciones para cada uno de los sujetos cada uno de los sujetos contratantes, “...contratantes, “...el tomador de el tomador de seguros seguros se obliga a pagar la se obliga a pagar la prima y prima y el aseguradorel asegurador se obliga se obliga a una prestación pecuniaria…”a una prestación pecuniaria…”

Es un contrato onerosoEs un contrato oneroso:: Es oneroso, porque significa Es oneroso, porque significa

para las partes un para las partes un enriquecimiento y enriquecimiento y empobrecimiento correlativos. empobrecimiento correlativos.

  

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Es un contrato aleatorio:Es un contrato aleatorio:

Es aleatorio porque tanto el Es aleatorio porque tanto el asegurado como el asegurador asegurado como el asegurador están sometidos a una están sometidos a una contingencia contingencia que que consisteconsiste en la en la posibilidad de que se produzca posibilidad de que se produzca el siniestro la cual el siniestro la cual puede puede representar para uno una representar para uno una utilidad y para el otro una utilidad y para el otro una pérdidapérdida

   Es un contrato de ejecución Es un contrato de ejecución

continuada:continuada:

Por cuanto los derechos de las Por cuanto los derechos de las partes o los deberes asignados a partes o los deberes asignados a ellas se van desarrollando en ellas se van desarrollando en forma continua, a partir de la forma continua, a partir de la celebración del contrato hasta su celebración del contrato hasta su finalización por cualquier causa. finalización por cualquier causa.

  

Es un contrato de Es un contrato de adhesión:adhesión:

El seguro no es un contrato El seguro no es un contrato de libre discusión sino de de libre discusión sino de adhesión. adhesión. Las Las cláusulascláusulas son son establecidas por el establecidas por el asegurador, la cual el asegurador, la cual el asegurado puede aceptar o asegurado puede aceptar o rechazar el contrato impuesto rechazar el contrato impuesto por el asegurador. por el asegurador.

   Está basado en la buena Está basado en la buena

fe: fe:

Principio básico y Principio básico y característico de todos los característico de todos los contratos que obligan a las contratos que obligan a las partes a actuar entre si con la partes a actuar entre si con la máxima honradez.máxima honradez.

  

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Las partes del contrato de seguro son: Las partes del contrato de seguro son:    AseguradorAsegurador: : Es la persona que asume la obligación del pago de la Es la persona que asume la obligación del pago de la

indemnización cuando se produzca el evento asegurado. indemnización cuando se produzca el evento asegurado.    Tomador del seguroTomador del seguro: : Es aquella persona que contrata con el asegurador, actúa en Es aquella persona que contrata con el asegurador, actúa en

nombre propio, pero es diferente del asegurado. Es decir, el nombre propio, pero es diferente del asegurado. Es decir, el tomador del seguro puede contratarlo por cuenta propia o ajena. tomador del seguro puede contratarlo por cuenta propia o ajena.

   AseguradoAsegurado: : Que es el titular del interés asegurado.Que es el titular del interés asegurado.  

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3.4.1. EL INTERÉS ASEGURABLE3.4.1. EL INTERÉS ASEGURABLE

"Por interés asegurable se entiende la relación licita de valor "Por interés asegurable se entiende la relación licita de valor

económico sobre un bien. Cuando esta relacióneconómico sobre un bien. Cuando esta relación se halla se halla

amenazada por un riesgo, es un interés asegurable" amenazada por un riesgo, es un interés asegurable"

  

El interés asegurable no solo es un requisito que debe El interés asegurable no solo es un requisito que debe

concurrir en quien desee la cobertura de algún riesgo, reflejado concurrir en quien desee la cobertura de algún riesgo, reflejado

en su deseo verdadero de que el siniestro no se produzca, ya en su deseo verdadero de que el siniestro no se produzca, ya

que a consecuencia de él se originaría un perjuicio para su que a consecuencia de él se originaría un perjuicio para su

patrimonio, sino una necesidad para velar por la naturaleza de la patrimonio, sino una necesidad para velar por la naturaleza de la

institución aseguradora.institución aseguradora.

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3.4.2. EL RIESGO ASEGURABLE3.4.2. EL RIESGO ASEGURABLE

Es un evento posible, incierto y futuro, capaz de ocasionar un daño del Es un evento posible, incierto y futuro, capaz de ocasionar un daño del

cual surja una necesidad patrimonial. El acontecimiento debe ser cual surja una necesidad patrimonial. El acontecimiento debe ser

posible, porque de otro modo no existiría inseguridad. posible, porque de otro modo no existiría inseguridad. Lo Lo imposibleimposible no no

origina riesgo. Debe ser cierto, porque si necesariamente va a ocurrir, origina riesgo. Debe ser cierto, porque si necesariamente va a ocurrir,

nadie asumiría la obligación de repararlo…..“nadie asumiría la obligación de repararlo…..“

El riesgo presenta ciertas características que son las siguientes:El riesgo presenta ciertas características que son las siguientes: Es incierto y aleatorio Es incierto y aleatorio Posible Posible Concreto Concreto Licito Licito Fortuito Fortuito De contenido económico De contenido económico

  

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3.4.3. LA PRIMA3.4.3. LA PRIMA

La prima es otro de los elementos indispensables del contrato de seguro, constituye la suma La prima es otro de los elementos indispensables del contrato de seguro, constituye la suma que debe pagar el asegurado a efecto de que el asegurador asuma la obligación de resarcir las que debe pagar el asegurado a efecto de que el asegurador asuma la obligación de resarcir las pérdidas y daños que ocasione el siniestro, en caso de que se produzca.pérdidas y daños que ocasione el siniestro, en caso de que se produzca.

Algunos tipos de prima: Algunos tipos de prima:

• Prima natural:Prima natural: En los seguros de vida es la prima que depende d En los seguros de vida es la prima que depende del cómputo matemático del el cómputo matemático del riesgo. riesgo. Por esta razón, a mayor riesgo, mayor será la prima natural, y viceversaPor esta razón, a mayor riesgo, mayor será la prima natural, y viceversa

• Prima pura:Prima pura: Es la prima de riesgo de los otros ramos de seguros. Es la prima de riesgo de los otros ramos de seguros.

• Prima única:Prima única: es lo que debe abonar el asegurado cuando ello se hace en una sola es lo que debe abonar el asegurado cuando ello se hace en una sola oportunidad.oportunidad.

• Primas periódicas:Primas periódicas: la prima única se abona con pagos parciales, con lo cual se ofrece al la prima única se abona con pagos parciales, con lo cual se ofrece al asegurado una posibilidad que puede decidir la concentración de estas operaciones.asegurado una posibilidad que puede decidir la concentración de estas operaciones.

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3.4.4. OBLIGACIÓN DEL ASEGURADOR DE INDEMNIZAR3.4.4. OBLIGACIÓN DEL ASEGURADOR DE INDEMNIZAR

Este elemento resulta trascendente porque representa la causa Este elemento resulta trascendente porque representa la causa de la obligación que asume el tomador de pagar la prima de la obligación que asume el tomador de pagar la prima correspondiente. correspondiente.

  

Debido a que este se obliga a pagar la prima porque aspira que Debido a que este se obliga a pagar la prima porque aspira que el asegurador asuma el riesgo y cumpla con pagar la el asegurador asuma el riesgo y cumpla con pagar la indemnización en caso de que el siniestro ocurra. La cual esta indemnización en caso de que el siniestro ocurra. La cual esta obligación dependeobligación depende de la realización del riesgo asegurado. de la realización del riesgo asegurado.

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3.5.1. OBLIGACIONES DEL ASEGURADO-TOMADOR3.5.1. OBLIGACIONES DEL ASEGURADO-TOMADOR

   Pagar la primaPagar la prima:: El tomador del seguro debe pagar la prima establecida El tomador del seguro debe pagar la prima establecida

más los impuestos, tasas, sellados y demás recargos que establecen o más los impuestos, tasas, sellados y demás recargos que establecen o autorizan las reglamentaciones de la actividad aseguradora.autorizan las reglamentaciones de la actividad aseguradora.

   Denunciar el estado de riesgoDenunciar el estado de riesgo: : El tomador debe describir con El tomador debe describir con

precisión el riesgo contemplado, con relación a la cosa o persona sobre precisión el riesgo contemplado, con relación a la cosa o persona sobre la cual recae el interés asegurable.la cual recae el interés asegurable.

   Denunciar la agravación del riesgoDenunciar la agravación del riesgo: : El tomador debe denunciar El tomador debe denunciar

todos los hechos, propios o ajenos, que puedan agravar el riesgo todos los hechos, propios o ajenos, que puedan agravar el riesgo contemplado, aumentando la posibilidad de siniestro.contemplado, aumentando la posibilidad de siniestro.

   Denunciar el siniestroDenunciar el siniestro: : El tomador debe denunciar el siniestro dentro El tomador debe denunciar el siniestro dentro

de los tres días de ocurrido. de los tres días de ocurrido.    SalvamentoSalvamento: : El tomador debe hacer todo lo necesario para evitar o El tomador debe hacer todo lo necesario para evitar o

disminuir los daños.disminuir los daños.

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3.5.2. OBLIGACIONES DEL ASEGURADOR3.5.2. OBLIGACIONES DEL ASEGURADOR

  

Rembolsar gastos:Rembolsar gastos:

Debe reintegrar los gastos realizados en cumplimiento de la Debe reintegrar los gastos realizados en cumplimiento de la obligación de salvamento, siempre que no hayan sido obligación de salvamento, siempre que no hayan sido manifiestamente desacertados o innecesarios.manifiestamente desacertados o innecesarios.

  

Pagar la indemnizaciónPagar la indemnización::

Se determina de acuerdo con el tipo de seguro contratado, el Se determina de acuerdo con el tipo de seguro contratado, el daño efectivamente sufrido y el monto asegurado. El pago de la daño efectivamente sufrido y el monto asegurado. El pago de la indemnización debe hacerse dentro de los quince días. indemnización debe hacerse dentro de los quince días.

  

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3.6.1. SEGUROS PATRIMONIALES O SEGUROS DE DAÑOS3.6.1. SEGUROS PATRIMONIALES O SEGUROS DE DAÑOS

Bajo esta clasificación de seguros, se recogen todos los seguros Bajo esta clasificación de seguros, se recogen todos los seguros cuyo fin es el de reparar una pérdida sufrida en el patrimonio del cuyo fin es el de reparar una pérdida sufrida en el patrimonio del tomador del seguro, quien usualmente es además el asegurado. tomador del seguro, quien usualmente es además el asegurado. Pueden clasificarse así:Pueden clasificarse así:

Por el objeto.Por el objeto. El interés puede ser sobre un bien determinado, El interés puede ser sobre un bien determinado, sobre un derecho determinado a un bien o derivado de un bien y sobre un derecho determinado a un bien o derivado de un bien y sobre todo el patrimonio. sobre todo el patrimonio.

Por la clase del interés asegurado.Por la clase del interés asegurado. Puede ser sobre el Puede ser sobre el interés del capital y el interés de la ganancia. interés del capital y el interés de la ganancia.

  

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3.6.2.  SEGUROS DE VIDA O DE PERSONAS3.6.2.  SEGUROS DE VIDA O DE PERSONAS   En esta clase de seguros, el objeto del seguro es la vida del En esta clase de seguros, el objeto del seguro es la vida del

asegurado, y el pago de la indemnización pactada en el asegurado, y el pago de la indemnización pactada en el contrato de seguros, depende de la muerte o de la contrato de seguros, depende de la muerte o de la sobrevivencia del asegurado a una fecha determinada. sobrevivencia del asegurado a una fecha determinada.

  

Seguro de personas:Seguro de personas:   En sentido estricto, al seguro sobre la vida humana – En sentido estricto, al seguro sobre la vida humana –

seguros para el caso de muerte, supervivencia, etc. seguros para el caso de muerte, supervivencia, etc.    En sentido amplio, a los seguros que cubren un En sentido amplio, a los seguros que cubren un

acontecimiento que afecta la salud o integridad corporal. acontecimiento que afecta la salud o integridad corporal.       

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3.7.1. SEGURO CONTRA INCENDIO3.7.1. SEGURO CONTRA INCENDIO

Es aquel que garantiza al asegurado la entrega de la Es aquel que garantiza al asegurado la entrega de la indemnización en caso de incendio de sus bienes determinados indemnización en caso de incendio de sus bienes determinados en la póliza o la reparación o resarcimiento de los mismos.en la póliza o la reparación o resarcimiento de los mismos.

Art. 1410 Com.-Art. 1410 Com.- Por el contrato de seguro contra incendio, el Por el contrato de seguro contra incendio, el asegurador contrae la obligación de indemnizar al asegurado por asegurador contrae la obligación de indemnizar al asegurado por los daños y pérdidas causadas por incendio, explosión, los daños y pérdidas causadas por incendio, explosión, fulminación o accidentes de naturaleza semejante, según se fulminación o accidentes de naturaleza semejante, según se hubiera pactado.hubiera pactado.

3.7.2. SEGURO CONTRA ROBO3.7.2. SEGURO CONTRA ROBO   Es aquel en el que el asegurador se compromete a indemnizar al Es aquel en el que el asegurador se compromete a indemnizar al

asegurado por las perdidas sufridas a consecuencia de la asegurado por las perdidas sufridas a consecuencia de la desaparición de los objetos asegurados.desaparición de los objetos asegurados.

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3.7.3. SEGURO CONTRA DAÑOS DE TRANSPORTE3.7.3. SEGURO CONTRA DAÑOS DE TRANSPORTE   El Seguro de transporte es aquel por el que una entidad El Seguro de transporte es aquel por el que una entidad

aseguradora se compromete al pago de determinadas aseguradora se compromete al pago de determinadas indemnizaciones a consecuencia de los daños indemnizaciones a consecuencia de los daños sobrevenidos durante el transporte de mercancías.sobrevenidos durante el transporte de mercancías.

**Art. 1424 Com.Art. 1424 Com.*Art. 1423 Com.*Art. 1423 Com.*Art. 1422 Com.*Art. 1422 Com.

3.7.4. SEGURO AGRARIO3.7.4. SEGURO AGRARIO   Es aquel que tiene por objeto la cobertura de los riesgos Es aquel que tiene por objeto la cobertura de los riesgos

que puedan afectar a las explotaciones agrícolas, que puedan afectar a las explotaciones agrícolas, ganaderas o forestales.ganaderas o forestales.

* Art. 1418 Com.* Art. 1418 Com.* Art. 1416 Com.* Art. 1416 Com.* Art. 1417 Com.* Art. 1417 Com.

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3.8.1. NORMATIVA QUE DEFINE LA PARTE CONTABLE DE LOS 3.8.1. NORMATIVA QUE DEFINE LA PARTE CONTABLE DE LOS CONTRATOS DE SEGUROS.-CONTRATOS DE SEGUROS.-

  La NIIF 4:La NIIF 4:  Esta es la primera NIIF que trata sobre los contratos de seguro. Las Esta es la primera NIIF que trata sobre los contratos de seguro. Las

prácticas contables relativas a los contratos de seguro han sido prácticas contables relativas a los contratos de seguro han sido diversas, y a menudo han diferido de las prácticas en otros diversas, y a menudo han diferido de las prácticas en otros sectores. Debido a que muchas entidades adoptarán las NIIF en sectores. Debido a que muchas entidades adoptarán las NIIF en 2005, el Consejo de Normas Internacionales de Contabilidad ha 2005, el Consejo de Normas Internacionales de Contabilidad ha emitido esta NIIF:emitido esta NIIF:

  a)a) Para efectuar mejoras limitadas en la contabilización de los Para efectuar mejoras limitadas en la contabilización de los

contratos de seguro, hasta que el Consejo complete la segunda contratos de seguro, hasta que el Consejo complete la segunda fase de su proyecto sobre contratos de seguro.fase de su proyecto sobre contratos de seguro.

b)b) Para requerir a cualquier emisor de contratos de seguro (en Para requerir a cualquier emisor de contratos de seguro (en adelante “la aseguradora”) que revele información sobre dichos adelante “la aseguradora”) que revele información sobre dichos contratos. IN2 Esta NIIF es un escalón que permite acceder a la contratos. IN2 Esta NIIF es un escalón que permite acceder a la fase II del proyecto citado. El Consejo se ha comprometido a fase II del proyecto citado. El Consejo se ha comprometido a completar la fase II sin demora, una vez haya procedido a completar la fase II sin demora, una vez haya procedido a investigar todas las cuestiones, tanto conceptuales como investigar todas las cuestiones, tanto conceptuales como prácticas que sean relevantes, y haya completado la totalidad prácticas que sean relevantes, y haya completado la totalidad del procedimiento debido para su aprobación.del procedimiento debido para su aprobación.

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Para Manuel Osorio en su diccionario de ciencias jurídicas Para Manuel Osorio en su diccionario de ciencias jurídicas políticas y sociales, pagina 588, por póliza de seguro se políticas y sociales, pagina 588, por póliza de seguro se entiende: " documento entre el asegurador y el asegurado entiende: " documento entre el asegurador y el asegurado con pormenorizada mención de su derechos y con pormenorizada mención de su derechos y obligaciones y de la persona o cosa, o personas y cosas obligaciones y de la persona o cosa, o personas y cosas que en su eventualidad determinarán la percepción de la que en su eventualidad determinarán la percepción de la cantidad objeto del contrato de seguro; contra el pago cantidad objeto del contrato de seguro; contra el pago regular de las primas establecidas.regular de las primas establecidas.

La póliza es el instrumento escrito en el cual constan las La póliza es el instrumento escrito en el cual constan las condiciones del contrato. Aunque no es indispensable condiciones del contrato. Aunque no es indispensable para que exista el contrato, la práctica aseguradora la ha para que exista el contrato, la práctica aseguradora la ha impuesto sin excepciones. La póliza es el documento impuesto sin excepciones. La póliza es el documento principal del principal del contrato de segurocontrato de seguro, en donde constan los , en donde constan los derechos y obligaciones de las partes, es un documento derechos y obligaciones de las partes, es un documento privado redactado en varios folios. Las condiciones privado redactado en varios folios. Las condiciones generales están impresas, mientras las condiciones generales están impresas, mientras las condiciones particulares están normalmente mecanografiadas.particulares están normalmente mecanografiadas.

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De acuerdo con el Código de Comercio: De acuerdo con el Código de Comercio:   Art. 1353 Com.-Art. 1353 Com.- La empresa aseguradora está obligada a entregar La empresa aseguradora está obligada a entregar

al contratante del seguro, una póliza que deberá contener:al contratante del seguro, una póliza que deberá contener:   I.- Lugar y fecha en que se expida.  I.- Lugar y fecha en que se expida.   II.- Nombres y domicilios de los contratantes.  II.- Nombres y domicilios de los contratantes.   III.- Designación de la persona o de la cosa asegurada.  III.- Designación de la persona o de la cosa asegurada.   IV.- Naturaleza de los riesgos garantizados. IV.- Naturaleza de los riesgos garantizados. V.- Momento a partir del cual se garantiza el riesgo y la duración V.- Momento a partir del cual se garantiza el riesgo y la duración

de la garantía. de la garantía. VI.- Monto de la garantía. VI.- Monto de la garantía. VII.- Cuantía de la prima y su forma de pago. VII.- Cuantía de la prima y su forma de pago. VIII.- Todas las cláusulas que figuran en la solicitud. VIII.- Todas las cláusulas que figuran en la solicitud. IX.- Firma autógrafa del representante autorizado por la IX.- Firma autógrafa del representante autorizado por la

empresa aseguradora.empresa aseguradora.

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Con relación al ámbito de aplicación las pólizas se Con relación al ámbito de aplicación las pólizas se pueden clasificar en:pueden clasificar en:

   SimplesSimples.- son aquellas en las que el objeto se determina con .- son aquellas en las que el objeto se determina con

precisión, sin que pueda ser reemplazado. precisión, sin que pueda ser reemplazado.

Flotantes.Flotantes.- Son aquellas que cubren una pluralidad de - Son aquellas que cubren una pluralidad de objetos, sustituibles, mientras dure el contrato.objetos, sustituibles, mientras dure el contrato.

En relación con el sujeto a favor del cual se extienden:En relación con el sujeto a favor del cual se extienden:

Nominativas (persona determinada) Nominativas (persona determinada) A la orden (persona determinable)A la orden (persona determinable) Al portador (persona indeterminada). Al portador (persona indeterminada). Individuales y colectivas (Según el número singular o plural Individuales y colectivas (Según el número singular o plural

de los asegurados). de los asegurados).

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En conclusión las pólizas expedidas a la orden o al portador, son permitidas por la ley para facilitar la circulación de las mercancías objeto del Contrato.

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A su vez las pólizas de seguros contienen ciertas condiciones que A su vez las pólizas de seguros contienen ciertas condiciones que

son las siguientes:son las siguientes:

  

Condiciones Generales: Condiciones Generales: Aquellas establecidas para ser aplicadas a Aquellas establecidas para ser aplicadas a

todos los contratos de seguros de una misma clase expedidos por la todos los contratos de seguros de una misma clase expedidos por la

entidad aseguradora.entidad aseguradora.

Condiciones Particulares: Condiciones Particulares: Aquellas que individualizan el seguro y Aquellas que individualizan el seguro y

respecto de las cuales surgen las voluntades que generan el acuerdo respecto de las cuales surgen las voluntades que generan el acuerdo

de los sujetos contratantes y da origen al correspondiente contrato de de los sujetos contratantes y da origen al correspondiente contrato de

seguro. Prevalecen sobre las condiciones generales por su carácter seguro. Prevalecen sobre las condiciones generales por su carácter

específico.específico.

Condiciones Especiales: Condiciones Especiales: estas condiciones suelen introducirse en estas condiciones suelen introducirse en

determinadas clases de pólizas de acuerdo a su función específica, a determinadas clases de pólizas de acuerdo a su función específica, a

la naturaleza de los objetos o a las personas aseguradas.la naturaleza de los objetos o a las personas aseguradas.

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3.9.4. PROCEDIMIENTO PARA RECLAMAR LA INDEMNIZACIÓN VIA 3.9.4. PROCEDIMIENTO PARA RECLAMAR LA INDEMNIZACIÓN VIA JUDICIAL, FUERZA EJECUTIVA DE LA POLIZA DE SEGUROJUDICIAL, FUERZA EJECUTIVA DE LA POLIZA DE SEGURO

En el reclamo de la indemnización vía judicial el asegurado debe cumplir En el reclamo de la indemnización vía judicial el asegurado debe cumplir con lo establecido en la Ley de Procedimientos Mercantiles, en el con lo establecido en la Ley de Procedimientos Mercantiles, en el artículo 52. El que establece los requisitos para que la misma artículo 52. El que establece los requisitos para que la misma adquiera fuerza ejecutiva, los cuales son:adquiera fuerza ejecutiva, los cuales son:

1. Que e demuestre que el reclamante está al día en sus pagos1. Que e demuestre que el reclamante está al día en sus pagos   Esto es fácilmente comprobable en caso se este al día, pues nada Esto es fácilmente comprobable en caso se este al día, pues nada

mas se presenta los estados de cuenta o recibos que mensualmente mas se presenta los estados de cuenta o recibos que mensualmente manda la aseguradora al tomador, los cuales deben de encontrarse manda la aseguradora al tomador, los cuales deben de encontrarse debidamente cancelados.debidamente cancelados.

2. Que el evento asegurado se ha realizado.2. Que el evento asegurado se ha realizado. La ocurrencia del evento asegurado debe de notificarse La ocurrencia del evento asegurado debe de notificarse

inmediatamente a la Sociedad Aseguradorainmediatamente a la Sociedad Aseguradora

3. La cuantía de los da3. La cuantía de los daños ños ocasionados. ocasionados.  Según lo establecido en el Art. 1407 del Código de Comercio, para Según lo establecido en el Art. 1407 del Código de Comercio, para

determinar la cuantía de los daños, primero es el acuerdo de las determinar la cuantía de los daños, primero es el acuerdo de las partes y pueden nombrar peritos y en segundo lugar si no hay partes y pueden nombrar peritos y en segundo lugar si no hay acuerdo, acudir a una autoridad judicial.acuerdo, acudir a una autoridad judicial.

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Distintas legislaciones se han visto en la necesidad de crear mecanismos de

control que regulen la relación Jurídica contractual que emana del

Contrato de Seguros, a suerte de ello puede decirse fehacientemente

que es reconocido a nivel mundial que la prueba por excelencia del

mismo es la PÓLIZA DE SEGUROS, entendida esta como la manifestación

escrita de la realización del contrato de seguros; pero no solo se ha

regulado la relación jurídica contractual, también se considero necesario

regular las sociedades que presentan los servicios de seguros, para el

caso, en nuestro país, el 1 de enero de 1997 entró en vigencia la Ley de

Sociedades de Seguros, la cual nace atendiendo criterios técnicos de

especialización en el campo de los seguros y ante la necesidad de

normas que permitieran la regularización de las sociedades de seguros

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Las legislaciones Colombiana y Mexicana, que a nuestro saber tienen

similitudes con lo manifestado por el legislador salvadoreño, en el

Código de Comercio, la Ley de procedimientos Mercantiles, y la Ley

de Sociedades de Seguros; haciendo un breve comentario sobre la

Legislación Mexicana, esta reconoce el carácter probatorio de la

Póliza y establece que la misma será aprobada por la Comisión

Bancaria y de Seguros, es decir tanto en esta legislación como en

la nuestra, la emisión de las pólizas no se deja al libre albedrío de

las partes contratantes, estableciendo que una de las principales

obligaciones del asegurador es la entrega de la póliza, aunado a

ello, la Ley Sobre Contratos de Seguros (México).

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MéxicoMéxico:: En sus artículos veinticuatro y siguientes, determina los En sus artículos veinticuatro y siguientes, determina los

requisitos que debe obtener la Póliza de seguros siendo estos los requisitos que debe obtener la Póliza de seguros siendo estos los

siguientes: siguientes:

a)a)Si su texto no concuerda con la oferta, el tomador dispone de treinta Si su texto no concuerda con la oferta, el tomador dispone de treinta

días para pedir las rectificaciones necesarias, transcurrido dicho plazo sin días para pedir las rectificaciones necesarias, transcurrido dicho plazo sin

haber hecho manifestación alguna, recluye su derecho y el contrato se haber hecho manifestación alguna, recluye su derecho y el contrato se

regirá por el texto de la póliza;regirá por el texto de la póliza;

b)b)  La póliza debe estar concebida en caracteres fácilmente legibles;La póliza debe estar concebida en caracteres fácilmente legibles;

c)c)  Se concede el derecho al asegurado de obtener del asegurador copia Se concede el derecho al asegurado de obtener del asegurador copia

o duplicado de la póliza,o duplicado de la póliza,

d)d)  debe contener las menciones relativas al nombre y domicilio de los debe contener las menciones relativas al nombre y domicilio de los

contratantes, la firma de la empresa asegurada, la cosa o persona contratantes, la firma de la empresa asegurada, la cosa o persona

asegurada, los riesgos asegurados, la vigencia de la cobertura, la suma asegurada, los riesgos asegurados, la vigencia de la cobertura, la suma

asegurada, el monto de la prima y las demás cláusulas del contratoasegurada, el monto de la prima y las demás cláusulas del contrato

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la Legislación Colombianala Legislación Colombiana Establece en su póliza de seguros, dos clases de Establece en su póliza de seguros, dos clases de

condiciones, las particulares y las generales, las primeras son las que condiciones, las particulares y las generales, las primeras son las que

individualizan el seguro, y es sobre ellas que se cruzan las voluntades que individualizan el seguro, y es sobre ellas que se cruzan las voluntades que

dan origen al acuerdo de las partes y posteriormente al contrato de seguros, dan origen al acuerdo de las partes y posteriormente al contrato de seguros,

estas son reguladas a partir del artículo 1047 del Código de Comercio estas son reguladas a partir del artículo 1047 del Código de Comercio

Colombiano, el cual enumera de los ordinales uno al diez, los datos que Colombiano, el cual enumera de los ordinales uno al diez, los datos que

deberá tener la póliza de seguros, como condiciones particulares, siendo deberá tener la póliza de seguros, como condiciones particulares, siendo

estas las siguientes:estas las siguientes:

  

a) Razón o denominación social del asegurador y su firma;a) Razón o denominación social del asegurador y su firma;

  b) El nombre del Tomador; b) El nombre del Tomador;

c) La identificación precisa de la cosa o persona con respecto a las cuales se c) La identificación precisa de la cosa o persona con respecto a las cuales se

contrata el seguro, contrata el seguro,

  d) La suma asegurada o el modo de precisarla;d) La suma asegurada o el modo de precisarla;

e) La prima o el modo de calcularla;

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Existen legislaciones, en las que se utilizan técnicas modernas para Existen legislaciones, en las que se utilizan técnicas modernas para

contratar, ejemplo de ello es la legislación Venezolana, en la cual, contratar, ejemplo de ello es la legislación Venezolana, en la cual,

el Internet y otros medios electrónicos ofrecen una libertad nunca el Internet y otros medios electrónicos ofrecen una libertad nunca

antes imaginada.antes imaginada.

Al hombre ejecutivo moderno se le hace necesario que los seguros Al hombre ejecutivo moderno se le hace necesario que los seguros

puedan contratarse de inmediato, y sin esperar por papeleo y puedan contratarse de inmediato, y sin esperar por papeleo y

trámites burocráticos que lo retrasen; nos remitiremos al caso de trámites burocráticos que lo retrasen; nos remitiremos al caso de

la legislación Venezolana, en la cual es perfectamente válida la la legislación Venezolana, en la cual es perfectamente válida la

contratación de seguros por medios electrónicos y si esta contratación de seguros por medios electrónicos y si esta

contratación se hace en forma adecuada puede hacer plena contratación se hace en forma adecuada puede hacer plena

prueba en juicio, este tipo de contratos es regulado en la Ley de prueba en juicio, este tipo de contratos es regulado en la Ley de

Mensajes de Datos y Firmas Electrónicas de Venezuela (LSMDFE).Mensajes de Datos y Firmas Electrónicas de Venezuela (LSMDFE).

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La ley salvadoreña adopta la clasificación de La ley salvadoreña adopta la clasificación de seguros de daños y de personas seguros de daños y de personas desarrollado en el titulo X, capitulo II y III de desarrollado en el titulo X, capitulo II y III de la Ley de Procedimientos mercantiles la Ley de Procedimientos mercantiles respetivamenterespetivamente

I. Algunos seguro contra daños: I. Algunos seguro contra daños:

a) Seguro incendio a) Seguro incendio

b) Seguro de transporte b) Seguro de transporte

c) Seguro de crédito c) Seguro de crédito

d) Seguro de vehículod) Seguro de vehículo

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II.II. Seguro de Personas:Seguro de Personas:

a) Seguro de vidaa) Seguro de vida

b) Seguro de accidente y b) Seguro de accidente y

enfermedadenfermedad

c) Seguro colectivo y accidentesc) Seguro colectivo y accidentes

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En el articulo 22, de la Orgánica de la En el articulo 22, de la Orgánica de la Superintendencia de Valores, se acordó definir las Superintendencia de Valores, se acordó definir las siguientes categoría de clasificación para emisores o siguientes categoría de clasificación para emisores o entes que requieran clasificación de riesgo, de la entes que requieran clasificación de riesgo, de la siguiente manera.siguiente manera.

Algunas categorías: Algunas categorías: I. Alta capacidad de pago de sus obligaciones en I. Alta capacidad de pago de sus obligaciones en

términos y plazos.términos y plazos. 1. 1. EAAA EAAA: : a)a) No es afectada antes posibles cambios en la entidad No es afectada antes posibles cambios en la entidad b)b) Los factores de riesgo son insignificantesLos factores de riesgo son insignificantes

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2. EAA : 2. EAA :

a) No es afectada antes posibles en la entidad a) No es afectada antes posibles en la entidad

b) Los factores de protección son fuertes b) Los factores de protección son fuertes

3. EA:3. EA:

a) Susceptible de deteriorarse levemente antes los a) Susceptible de deteriorarse levemente antes los cambios en la entidad cambios en la entidad

b) Los factores de protección son satisfactoriosb) Los factores de protección son satisfactorios

II.II. No cuenta con capacidad de pago suficiente suficiente No cuenta con capacidad de pago suficiente suficiente para el pago de sus obligaciones en términos y plazos.para el pago de sus obligaciones en términos y plazos.

1. EC :1. EC :

a) Alto riesgo de perdida de la entidad y existen riesgo a) Alto riesgo de perdida de la entidad y existen riesgo substancial que no sean pagadas a tiempo.substancial que no sean pagadas a tiempo.

2. ED:2. ED:

a) Incumplimiento de efectivo , liquidación o quiebra en a) Incumplimiento de efectivo , liquidación o quiebra en cursocurso

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