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DIRECCIÓN NACIONAL DE SANIDAD DE LAS FF.AA.DIVISIÓN ADQUISICIONESSECTOR 5 INFORMÁTICA- HIGIENE AMBIENTAL
PLIEGO PARTICULAR DE CONDICIONES
LICITACION PÚBLICA Nº 640/019
OBJETO: Contratación de una Empresa que brinde “Servicio de Mantenimiento y Desarrollo de Software, Base de Datos y Mantenimiento de Infraestructura” a la D.N.S.FF.AA. por un plazo de hasta 24 (veinticuatro) meses a partir del 1º de junio de 2020 o desde su adjudicación en caso de que ésta sea posterior a esa fecha, con opción a dos prórrogas por hasta 12 (doce) meses cada una.
APERTURA ELECTRÓNICA
FECHA: 11/02/2020 HORA: 11:00
LUGAR: División Adquisiciones (Av. 8 de Octubre 3050) SECTOR: 5 Informática e Higiene Ambiental TELEFONO: 2487 6666 Int. 2513
PRESENTACIÓN DE OFERTAS: OBLIGATORIAMENTE EN LÍNEA WWW.COMPRASESTATALES.GUB.UY HASTA LA HORA DE APERTURA
ANEXO: LOS ANEXOS ADJUNTOS FORMAN PARTE DEL PRESENTE PLIEGO.
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1.- CONDICIONES GENERALES
1.1 NORMATIVA APLICABLE
1.1.1 La presente Licitación se enmarca, en lo aplicable, en lo dispuesto por las normas que se dirán, sin perjuicio de resultar aplicables aquéllas que sean derecho positivo vigente en la República y tengan directa relación con el objeto licitado.
1.1.2. T.O.C.A.F., aprobado por el Decreto Nº 150/012 de fecha 11 de mayo de 2012.
1.1.3. Pliego Único de Bases y Condiciones Generales para los Contratos de Suministros o Servicios no Personales, aprobado por Decreto Nº 131/014 del 19 de mayo de 2014.
1.1.4. Comunicaciones y circulares que la Administración curse informando sobre aclaraciones y modificaciones al Pliego.
1.1.5. Art. 499 de la Ley Nº 15.903 de fecha 10 de noviembre de 1987, artículos 41, 43 y 44 de la Ley Nº 18.362 de 6 de octubre de 2008 reglamentado por los Decretos del Poder Ejecutivo Nros. 13/009 del 13 de enero de 2009, 371/2010 de fecha 14 de diciembre de 2010 y 164/013 de fecha 28 de mayo de 2013 y, artículos 58, 59 y 60 del T.O.C.A.F. 2012.
1.1.6. Art. 8º de la Ley 16.134 promulgada por el Poder Ejecutivo el 24 de setiembre de 1990.
1.1.7. Art. 136 de la Ley 18.046 de 24/10/006 en la redacción dada por el Art. 46 de la Ley 18.362 de 6 de octubre de 2008, reglamentado por el Decreto del Poder Ejecutivo Nº 800/008 de 29 de diciembre de 2008.
1.1.8. Ley 17.250 de 11 de agosto de 2000 y su decreto reglamentario No.244/2000 de 23 de agosto de 2000.
1.1.9. Decreto N° 500/991 del 27 de setiembre de 1991 y sus modificativos decretos Nros. 287/98 de fecha 19 de octubre de 1998 y 420/2007 de fecha 7 de noviembre de 2007.
1.1.10. De acuerdo a lo dispuesto en la ley 17957 del 4 de abril de 2006, y según lo establecido en la Ley 18244 del 19 de diciembre de 2007, Artículos 1 y 3, no se adjudicará ninguna oferta de empresa cuyo titular, directores o administradores estén registrados como deudor alimentario moroso en el Registro Nacional de Actos Personales, Sección Interdicciones.
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1.1.11. La Dirección Nacional de Sanidad de las Fuerzas Armadas tiene la potestad de retener de los pagos debidos, los créditos laborales y las obligaciones tributarias de seguridad social a los que tengan derecho los trabajadores de la empresa contratada, entendiendo por créditos laborales tanto los créditos de naturaleza salarial como los indemnizatorios y /o previsionales (ley 18098 de 12 de enero de 2007).
1.1.12. Decreto Nº 142/018 del 14 de mayo de 2018.
1.2 CÓMPUTO DE PLAZOS
1.2.1 Todos los plazos serán computados en días calendario, salvo disposición en contrario.
1.3 COMUNICACIONES
1.3.1 Toda aclaración sobre los pliegos, solicitud de prórroga o comunicación de los interesados con relación al procedimiento, deberán dirigirse a Avenida 8 de Octubre 3050 - División Adquisiciones – (Sector 5) Tel.: 2487 6666 Int. 2513, en el horario de 09:30 a 14:00 hs, acorde a lo establecido en el punto 1.4 del Pliego Único de Condiciones.
1.4. ACLARACIÓN DE LOS PLIEGOS Y REUNIÓN INFORMATIVA
1.4.1 Las aclaraciones referentes al Pliego deberán hacerse por escrito hasta el día jueves 16 de enero de 2020 inclusive.
1.4.2. La Administración fija una Reunión Informativa en las condiciones siguientes:
REUNIÓN INFORMATIVA: los proveedores deberán asistir a una Reunión Informativa obligatoria el día jueves 9 de enero de 2020 a la hora 10:00 lugar Anfiteatro de la Escuela de Sanidad.En dicha Reunión estará presente un representante de la División Comunicaciones e Informática. Finalizada la reunión, la División Comunicaciones e Informática emitirá un certificado por cada una de las empresas participantes.
De lo actuado en la Reunión Informativa se labrará Acta, la que será firmada por quienes asistan a la misma, y formará parte del Pliego Particular de Condiciones de la Licitación. Si por la complejidad de las consultas las mismas no pueden ser evacuadas en dicha oportunidad, se contestarán por escrito y serán subidas a la página web de Compras Estatales antes del día viernes 24 de enero de 2020 inclusive.
1.5. MODIFICACIÓN DEL PLIEGO PARTICULAR DE CONDICIONES
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1.5.1 Cuando debido a una solicitud de aclaración resulte necesario modificar el Pliego Particular de la Licitación, la fecha de apertura se podrá prorrogar hasta un máximo de 30 días calendario.
1.6. SOLICITUD DE PRÓRROGA DE APERTURA DE OFERTAS
1.6.1. En el caso que un eventual proponente solicite prórroga de apertura de ofertas, la misma deberá formularse por escrito hasta el día jueves 30 de enero de 2020 inclusive
1.6.2. La Administración se reserva el derecho de conceder la prórroga en atención a las razones expuestas por el oferente, la naturaleza del llamado o la necesidad del servicio.
1.6.3. La Administración, en un plazo máximo de 72 horas antes de la apertura de ofertas fijado en el Pliego Particular de la Licitación, notificará la aceptación o rechazo de la solicitud de prórroga.
2. PROPUESTA
2.1. PRESENTACIÓN
2.1.1 Deberá cotizarse obligatoriamente en línea: www.comprasestatales.gub.uy.2.1.2 No serán tenidas en cuenta ofertas que sean presentadas por otros medios.2.1.3 El ítem ofertado deberá ser cargado en línea incluyendo opcionales y alternativas.
El proveedor para su cotización deberá tener en cuenta lo establecido en los Anexos del Pliego Particular de Condiciones.
2.1.4. El oferente deberá ingresar en línea lo que a continuación se detalla:
- Campo “Cantidad ofertada”.
-Campo “Precio Unitario” sin impuesto
En caso de que se cargue un único precio sin establecer a qué modalidad corresponde, se interpretará que el mismo es el solicitado.
-Campo “Impuestos”.
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-Campo “Medida de la variante” y Campo “Detalle de la variante”.
-Campo “Variación” se ingresa la forma de pago.
-Campo “Observación”.
-Campo “Programa”: deberá optarse entre “Pyme” o “Ninguno”.
EL OFERENTE SUBIRÁ UN ARCHIVO ADJUNTO COMPLETANDO EL FORMULARIO DE IDENTIFICACIÓN DEL OFERENTE QUE SE ADJUNTA COMO ANEXO 6.PODRÁ COMPLETAR SU OFERTA SUBIENDO UN ARCHIVO, INCLUYENDO LAS RESTANTES CONDICIONES GENERALES SOLICITADAS EN LA INVITACIÓN ASÍ COMO CUALQUIER OTRA ACLARACIÓN QUE DESEE FORMULAR.
2.1.5. La documentación exigida en el presente Pliego será subida como archivo adjunto. Están permitidos archivos con extensión txt, rtf, pdf, doc, docx, xls, xlsx, odt, ods, zip, rar y 7z. El tamaño máximo por archivo es de 100 Mb, de superar este tamaño deberán estar zipeados.
2.1.6. La propuesta técnica será subida como archivo adjunto.
2.1.7. En caso de existir contradicción entre lo cargado en los campos en línea y lo subido como archivo adjunto, se tomará como válido lo establecido en los campos en línea.
2.2. RÉGIMEN DE PREFERENCIA
2.2.1. Las firmas proponentes que deseen beneficiarse con la ventaja estatuida por el Artículo 58 del T.O.C.A.F. declararán el origen de la mercadería y deberán adjuntar Certificado de la Cámara de Industrias, Mercantil y de Comercio o de Servicios del Uruguay expedido para el presente llamado.El margen de preferencia aplicable será del 8% en el caso de bienes, servicios y obras públicas conforme a lo establecido en el Art. 58 del T.O.C.A.F.
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2.2.2 Para ampararse en el beneficio establecido en el Art. 44 de la ley 18.362 del 6 de octubre de 2008 reglamentado por el Decreto del Poder Ejecutivo Nº 371/10 de 14 de diciembre de 2010 y disposiciones concordantes y complementarias deberá presentar conjuntamente con su oferta el Certificado expedido por DINAPYME que acredite su condición de MIPYME y la participación en el Subprograma de Contratación para el Desarrollo y el Certificado expedido por la Cámara de Industrias, Mercantil y de Comercio o de Servicios del Uruguay para el presente llamado.
2.2.3 Se estará a lo dispuesto por el Decreto 504/07, modificativo de los Decretos 54/92 de 7/2/92 y 266/95 de 19/7/95 en su categorización como PYME, Decreto 13/09 de 13/1/09 y, Decreto 800/08 de 29/12/08, Ley 18.362 de 6/10/08 y Decreto 371/10 de 14/12/10.
2.2.4 Proceder conforme a lo dispuesto en la cláusula 2.1.4 campo “programa”.
2.3. REQUISITOS PARA OFERTAS EXTRANJERAS
2.3.1. Cuando se presenten empresas extranjeras, las firmas que no se encuentren instaladas en el país, podrán actuar por medio de representante, en cuyo caso el mismo deberá estar inscripto en el Registro Nacional de Representantes de Firmas Extranjeras, creado por la Ley N° 16.497 de 15 de junio de 1994 y, en caso de ser adjudicatarias, deberán constituir domicilio en el mismo.
2.3.2. Los representantes locales de firmas extranjeras quedan sujetos solidariamente a las mismas obligaciones que sus representadas.
2.4. REQUISITOS PARA PRESENTACIÓN DE CONSORCIO
2.4.1 Es posible presentar la oferta con una Carta de Intención de Consorcio y en caso de resultar adjudicatario presentar el Contrato de Consorcio inscripto y publicado.
2.4.2 Las empresas de cada consorcio, existente o a constituirse deberán asumir ante la D.N.S.FF.AA. una responsabilidad total, mancomunada y solidaria.Las empresas integrantes deberán estar constituidas y organizadas como persona jurídica con capacidad legal para obligarse e inscriptas en el Registro Público correspondiente debiendo contar el consorcio con un representante común con plenas facultades para obligar a todos los miembros, acreditado mediante documento en escritura públicaLas personas jurídicas que integren un consorcio que se presenten a la Licitación no podrán participar de la misma de forma individual o formando parte de otro consorcio. La documentación que provenga del exterior deberá estar certificada por los organismos competentes del país de origen y legalizada por el consulado uruguayo en dicho país y a su vez legalizada en la República Oriental del Uruguay por el Ministerio de
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Relaciones Exteriores. La documentación deberá presentarse traducida al idioma español por traductor legalmente habilitado.
2.4.3. Se deberá presentar un Formulario de Identificación del Oferente por cada empresa integrante del consorcio, existente o a constituirse.
3. FORMA DE COTIZACIÓN
3.1.1. Los oferentes cotizarán en forma obligatoria, en moneda nacional, en la modalidad de pago que se detalla:
a) 30 días con pago a los treinta días de finalización del mes de conformada la factura.
b) Aquel oferente que no cotice dicha modalidad no será tenido en cuenta. Para el caso en que el oferente cotice un precio sin discriminar el tipo de pago, se interpretará que cotiza dicha modalidad.
3.2. FORMA
3.2.1. Valor de la hora hombre conforme a lo establecido en las Especificaciones Técnicas, Propuesta Económica punto 5 (Anexo 3). 3.2.2 Se incluirá el precio total de la oferta más costosa, con tributos incluidos, conforme a lo establecido en las Especificaciones Técnicas, Propuesta Económica punto 5 (Anexo 3). 3.3 AJUSTE DE PRECIOS
3.3.1 Se efectuará en forma semestral, (enero y julio) aplicándose el IPC, considerando los índices correspondientes al mes anterior a la fecha de adjudicación de la oferta y a la vigencia del ajuste.
3.3.2. No se aceptarán ajustes posteriores al efectivo cumplimiento del servicio, ni recargos por el atraso en los pagos.
4.- MONEDA
4.1 Las ofertas serán exclusivamente en Moneda Nacional.
5.- COTIZACIÓN DE OFERTAS
5.1 Los precios cotizados deben incluir todos los gastos originados para prestar el servicio.
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5.2 Los oferentes deberán obligatoriamente cotizar y ceñir sus propuestas a las condiciones de pago establecidas en el procedimiento.
5.3 Cuando el oferente incluya información confidencial en su oferta, de conformidad con lo establecido en el artículo 65 del TOCAF, será de su exclusiva responsabilidad ingresar la misma indicando expresamente tal carácter, en archivo separado de la parte pública de su oferta. En la parte pública de su oferta, deberá incluir un resumen no confidencial de la información confidencial que entregue (artículo 30 del Decreto Nº 232/010 del 2 de agosto de 2010).Los documentos que entregue un oferente en carácter confidencial, no serán divulgados a los restantes oferentes.
5.4 Los oferentes podrán cotizar ofertas alternativas, variantes o modificaciones de acuerdo a la definición dada en 9.2 del Pliego Único, presentando la oferta básica, las que serán consideradas discrecionalmente por la Administración.
6.- ADQUISICIÓN DEL PLIEGO
6.1 Los oferentes deberán adquirir el Pliego Particular de Condiciones previo al Acto de Apertura de Ofertas. Sólo podrá adjudicarse el procedimiento a oferentes que lo hayan adquirido.
7.- RECEPCIÓN DE OFERTAS 7.1 Las mismas serán recibidas, obligatoriamente en línea, conforme a lo establecido en las cláusulas 2.1.4 y 2.1.6. www.comprasestatales.gub.uy
Los oferentes deberán estar inscriptos en el (RUPE) Registro Único Proveedores del Estado. En caso de consorcio, aún en los casos que se presenten con carta de intención, todas las empresas integrantes deberán estar inscriptas en el RUPE.
7.2 DOCUMENTACIÓN OBLIGATORIA A PRESENTAR CON LA OFERTA
La misma será presentada conforme a lo dispuesto en la cláusula 2.1.5 del presente pliego. 7.2.1. Los oferentes deberán realizar el correspondiente Depósito de Garantía de Mantenimiento de Oferta por un monto de $560.000 (pesos uruguayos quinientos sesenta mil), el que se realizará en efectivo o en valores públicos, fianza o aval bancario o póliza de seguro de fianza
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(Tesorería –sita en Avda. 8 de octubre 3050 / Horario de 08:00 a 12:00 horas).El testimonio del recibo expedido por la Tesorería será adjuntado con la oferta (En caso de consorcio el depósito debe ser realizado por las empresas “………..y ………… , con la intención de consorciarse en consorcio …………..”.
7.2.2. Documentación exigida en los Anexo 3 y 4, “Especificaciones Técnicas” y “Ponderaciones” respectivamente.
7.3 DOCUMENTACION EXIGIBLE AL ADJUDICATARIO
7.3.1 En caso de consorcios la documentación exigida en la cláusula 2.4.2 del presente Pliego.
7.3.2 Certificación de la situación financiera de la empresa (Cláusula 11).
8. ESTUDIO DE OFERTAS
8.1 La Comisión Receptora de Ofertas realizará el estudio de las ofertas presentadas a los efectos de determinar que las mismas se ajusten a los requisitos del llamado.
8.2 Aquellas ofertas que los cumplan serán objeto de estudio y comparación por parte del Asesor Técnico y la Comisión Asesora de Adjudicaciones lo que se realizará atendiendo a los factores de ponderación establecidos en el Anexo 4 del presente pliego.
8.3 Luego del Acto de Apertura de Ofertas no se brindará a los licitantes, ni a persona alguna que no esté vinculada con el proceso de estudio, evaluación y adjudicación de las ofertas, información concerniente a dicho proceso, sin perjuicio de las respectivas vistas a los oferentes del Informe de la Comisión Asesora de Adjudicaciones, en caso de que correspondiere.
8.4 Frente a la igualdad en la ponderación se procederá conforme a lo establecido en el Anexo 4.
8.5 La Administración podrá aplicar los institutos de mejoramiento de oferta y negociación, previstos en el Art. 66 del T.O.C.A.F.
9. MANTENIMIENTO DE OFERTA
9.1 El mantenimiento de oferta deberá ser de 120 días calendario, en caso de no ser especificado en la oferta la Administración interpretará que el mismo se ajusta al solicitado en la presente cláusula.
9.2 Vencido el plazo de mantenimiento de oferta, sin que haya sido adjudicado el llamado, los oferentes quedan igualmente obligados al
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mantenimiento de las ofertas, salvo que hubieran comunicado por escrito su voluntad de retirar la misma, lo que deberá comunicarse antes del vencimiento del plazo original.
10. IMPEDIMENTOS PARA SER OFERENTES
10.1 Están impedidos de contratar con el Estado las personas físicas o jurídicas que por sí o como integrantes de sociedades estén incursos en las causales de impedimentos dispuestas por la normativa vigente.
11. CAPACIDAD FINANCIERA
11.1 La empresa oferente deberá presentar los Estados Financieros (Estado de Situación Financiera y Estado de Resultados) de los dos últimos ejercicios cerrados, con sus correspondientes Notas a los Estados Contables de acuerdo a lo dispuesto en el Decreto Nº 408/016 de fecha 26 de Diciembre de 2016. Asimismo deberá presentar las correspondientes Declaraciones Juradas presentadas ante la Dirección General Impositiva (en adelante DGI).
11.2 No se solicitarán ni aceptarán Estados Financieros de períodos parciales.
11.3 Para el caso de Consorcios o Empresas que se presenten con carta de intención de consorcio se deberán presentar Balances Consolidados.
12. ADJUDICACIÓN
12.1 La Administración adjudicará el procedimiento a una sola empresa no admitiéndose adjudicaciones compartidas.
12.2 La empresa adjudicataria será aquélla que obtenga la calificación más alta (Anexo 4), y cumpla con los requisitos formales del presente llamado, pudiendo la Administración aplicar los institutos de mejoramiento de oferta y negociación.
12.3 La Administración se reserva el derecho de disponer la adjudicación, declarar desierto el llamado, rechazar la totalidad de las ofertas presentadas o no adjudicar el llamado a su exclusivo juicio sin incurrir por ello en responsabilidad.
12.4 La adjudicación se notificará por escrito y personalmente al adjudicatario en la División Financiero Contable, Sección Atención a Proveedores en la forma establecida en los Art. 1.4 del Pliego Único de Bases y Condiciones Generales.
13. RETIRO DE COMPROMISOS, FACTURACIÓN Y FORMA DE PAGO
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13.1 RETIRO DE COMPROMISOS
13.1.1 El adjudicatario del procedimiento, una vez notificado del acto administrativo de adjudicación, retirará mensualmente de la División Financiero Contable los compromisos correspondientes. Esta División comunicará vía fax el aviso para que en plazo no mayor a 48 horas se sirva retirar la documentación. Vencido los plazos otorgados y ante la reiteración del aviso, si no retira los compromisos en forma injustificada y contumaz, la Administración se reserva el derecho de aplicar las sanciones previstas en la cláusula 18 e inclusive aquéllas que estime del caso, como las previstas en el Registro Único de Proveedores del Estado.
13.2 FACTURACIÓN
13.2.1 La facturación se realizará en conformidad y luego de recibida la Orden de Compra.
13.3 FORMA DE PAGO
13.2.1 El pago por el servicio mensual de mantenimiento y desarrollo se hará a los 30 (treinta) días de finalizado el mes de conformada la factura.
13.2.2 Al momento del cobro de facturas deberán estar vigentes los certificados:Certificado Único del Banco de Previsión Social.Certificado Único de la Dirección General Impositiva.Certificado del BSE que acredite tener contratado un Seguro por Accidente de Trabajo y Enfermedades Profesionales vigente.Los mismos deberán estar vigentes al momento de su presentación. Asimismo se controlará que las personas físicas, directores o administradores de personas jurídicas no figuren inscriptos como deudores alimentarios morosos.Para el caso de que la D.N.S.FF.AA. utilice subcontratistas, intermediarios, o suministradores de mano de obra será responsable solidario de las obligaciones laborales de estos hacia los trabajadores contratados, así como del pago de las contribuciones a la seguridad social a la entidad previsional que corresponda, de la prima de accidentes de trabajo y enfermedades del BSE en relación a esos trabajadores (Art. 1 ley 18099). Por lo expuesto, la Dirección Nacional se reserva el derecho de exigir mensualmente a la empresa contratada la documentación que acredite el pago de los salarios y demás rubros emergentes de la relación laboral, así como los recaudos que justifiquen que está al día en el pago de la póliza de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales y las contribuciones de seguridad social a la entidad previsional que corresponda, como condición previa al pago de los servicios prestados.
14. PLAZO DE EJECUCIÓN
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14.1 La presente Licitación tendrá vigencia por un plazo de 24 meses a partir del 1º de junio de 2020 o desde su adjudicación en caso de que ésta sea posterior a esa fecha, con opción a hasta dos prórrogas por hasta 12 (doce) meses cada una. 14.2 El contrato quedará perfeccionado una vez notificado el adjudicatario de la Resolución respectiva y transcurrido el plazo legal fijado para la impugnación de la misma (10 días corridos a partir de la notificación de la misma)
15. GARANTÍA DE FIEL CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO
15.1 La Garantía de Fiel Cumplimiento de contrato deberá ser constituida dentro de los 5 días hábiles de recibida la comunicación.
15.2 La misma será exigible cuando el monto de lo adjudicado supere el 40% del tope de Licitación Abreviada.
15.3 El monto del depósito será del 5% del valor de lo adjudicado por el período de 24 meses.
15.4 Si el adjudicatario no efectuara el Depósito de Garantía de Fiel Cumplimiento de Contrato dentro del plazo establecido, la Administración aplicará una multa del uno por mil sobre el importe adjudicado, por cada día de atraso en cumplir con este requisito. Dicha multa deberá abonarse al constituir la Garantía de Fiel Cumplimiento de Contrato. Si transcurridos diez días calendario, contados desde el último día otorgado para constituir dicha garantía, el contratista no ha procedido de acuerdo a lo dispuesto precedentemente, la Administración podrá dejar sin efecto la adjudicación efectuada, ejecutar la Garantía del Mantenimiento de Oferta, e iniciar las acciones que pudieran corresponder contra el contratista, por los perjuicios que cause su incumplimiento.
16. DEVOLUCIÓN DE GARANTÍA
16.1 De Mantenimiento de Ofertas.
16.1.1 A los proponentes no adjudicatarios, inmediatamente después de aprobada la adjudicación, o una vez válidamente rechazada la oferta, a la simple presentación del recibo correspondiente.
16.1.2 A los adjudicatarios, inmediatamente después de constituida la Garantía de Fiel Cumplimiento de Contrato.
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16.2 De Fiel Cumplimiento de Contrato.
16.2.1 La Garantía de Fiel Cumplimiento de Contrato se devolverá contra la presentación del recibo de depósito, no más de quince días calendario después de cumplidas totalmente las obligaciones contraídas; si la División Financiero Contable constatare que no hay reclamaciones pendientes. En caso contrario, una vez resueltas y previas las deducciones respectivas.
17. MORA: Las partes pactan la mora automática
18. MULTA
18.1 El incumplimiento total o parcial, incluso el cumplimiento defectuoso o tardío de cualquiera de las obligaciones del contratista facultará a la DNSFFAA a aplicar las siguientes sanciones, sin perjuicio de la responsabilidad civil, comercial, tributaria o penal en que pudiera haber incurrido por el mismo hecho, así como las sanciones establecidas en las Especificaciones Técnicas (Anexo 3):
a) Si existieran retrasos o incumplimientos en la entrega de los productos y/o resolución de incidentes urgentes o de remediación inmediata, la DNSFFAA notificará a la empresa un apercibimiento, intimándola a su resolución inmediata dentro de las siguientes 2 (dos) horas a partir de su notificación. Si transcurrido este plazo no fuera entregado o solucionado la DNSFFAA aplicará las multas correspondientes establecidas en la cláusula 18.2.
b) Si existieran retrasos o incumplimientos en la entrega total o parcial de los productos establecidos en los proyectos de trabajo la DNSFFAA notificará a la empresa un apercibimiento, intimándola a su resolución inmediata dentro de las siguientes 24 (veinticuatro) horas a partir de su notificación. Si transcurrido este plazo no fuera entregado la DNSFFAA aplicará las multas correspondientes establecidas en la cláusula 18.2.
18.2 Para el cálculo de las multas en estos casos se computará el tiempo total (en horas corridas a partir de la fecha y hora establecida de entrega
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o resolución) del incumplimiento multiplicada por el valor hora/hombre vigente. Todas las multas serán deducidas al momento del pago de la factura correspondiente.
18.3 Todo lo relacionado anteriormente será sin perjuicio de lo dispuesto en el Decreto Nº 342/99 de fecha 26 de Octubre de 1999.
18.4 En caso de grave incumplimiento de obligaciones legales, reglamentarias, contractuales, de reiteración de sanciones o cualquier otro incumplimiento grave, así como de las multas que se le impongan, la DNSFFAA podrá revocar el Contrato, debiendo retirarse la empresa dentro de los 30 (treinta) días siguientes de notificado el acto que así lo establezca, con las consecuencias establecidas en el siguiente punto.
18.5. Cuando la causal de rescisión fuere imputable al adjudicatario, sin perjuicio de las multas que pudieren corresponder, perderá las garantías depositadas y responderá por todos los daños y perjuicios causados.
18.6 El adjudicatario queda sometido a las obligaciones generales de todo comerciante, ya sean laborales, impositivas, aduaneras, sobre higiene, salubridad, seguridad, moralidad, orden público, etc. y será pasible de las sanciones que por violación de las leyes, decretos, reglamentaciones y ordenanzas en vigor le apliquen las autoridades nacionales o municipales.
19. RESCISIÓN DE CONTRATO
19.1 La Dirección Nacional de Sanidad de las Fuerzas Armadas podrá rescindir el contrato con la pérdida de garantía, en caso de incumplimiento total o parcial del adjudicatario.El incumplimiento por parte de la empresa adjudicataria en el pago de las retribuciones según lo dispuesto por ley 18098, será causal de rescisión imputable al adjudicatario.
20. VALOR DEL PLIEGO 10 UR. (diez unidad reajustable).
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ANEXO I L/P Nº 640/19
ÍTEM
CODIGO
ACCE
DESCRIPCIÓN DEL CÓDIGO
ACCEDETALLES
ACCE CANT. HASTA UNIDAD
1 13175MANTENIMIENT
O DE SOFTWARE
GENERICA 42000 HORAS
SE DEBE CUMPLIR CON TODO LO SOLICITADO EN LAS ESPECIFICACIONES TÉCNICAS.
NOTA: En el caso de corresponder la presentación de muestras, remitirse al
punto correspondiente en el Anexo II “Especificaciones Técnicas”. En el caso de corresponder la presentación de catálogos, remitirse al
punto correspondiente en el Anexo II “Especificaciones Técnicas”.
COMUNICACIONES
ATENCIÓN AL PÚBLICO Y CONSULTAS ADMINISTRATIVAS:
División Adquisiciones. Sector 5 (Informática e Higiene Ambiental) Av. 8 de
Octubre 3050. Horario: 09:00 a 14:00 hs.
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CONSULTAS TÉCNICAS: Toda aclaración o consulta técnica que se
realice en forma escrita deberá presentarse en la División Adquisiciones o
enviarse vía email [email protected]/[email protected] o
vía fax al Tel: 24874411. Las consultas verbales pueden realizarse en
forma telefónica a la División Comunicaciones e Informática, Sgto.
Alejandro Giordano, de lunes a viernes de 08:00 a 12:00 hs. Tel: 2487 66
66. Int: 1241.
ANEXO II ESPECIFICACIONES TECNICAS DE L/P Nº 640/19
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ANEXO III PONDERACIONES LP 640/19
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ANEXO IV – Formulario de Identificación del Oferente
El/Los que suscribe/n ___________________________ (nombre de quien firme y tenga poderes suficientes para representar a la empresa oferente acreditados en RUPE) en representación de _______________________ (nombre de la Empresa oferente) declara/n bajo juramento que la oferta ingresada en línea a través del sitio web www.comprasestatales.gub.uy vincula a la empresa en todos sus términos y que
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acepta sin condiciones las disposiciones del Pliego de Condiciones Particulares del llamado _______________________ (descripción del procedimiento de contratación), así como las restantes normas que rigen la contratación.A su vez, la empresa oferente declara contar con capacidad para contratar con el Estado, no encontrándose en ninguna situación que expresamente le impida dicha contratación, conforme lo preceptuado por el artículo 46 del T.O.C.A.F., y restantes normas concordantes y complementarias.
FIRMA/S: _______________________
ACLARACIÓN: _______________________
C.I.: _______________________
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