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Manual de formación de formadores 1 DERECHOS DE LA NIÑEZ Y LOS SERVICIOS DE SALUD Manual de formación de formadores para el equipo de la salud Adaptación para Colombia por el grupo de derechos de la Sociedad Colombiana de Pediatría Noviembre 2011

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DERECHOS DE LA NIÑEZ Y LOS SERVICIOS DE SALUD

Manual de formación de formadores para

el equipo de la salud

Adaptación para Colombia

por el grupo de derechos de la Sociedad Colombiana de Pediatría

Noviembre 2011

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DERECHOS DE LA NIÑEZ Y LOS SERVICIOS DE SALUD Manual de Formación de Formadores para el equipo de Salud

TABLA DE CONTENIDO Antecedentes Introducción Presentación del Manual Propósitos y Objetivos Contenidos Indicaciones de uso Módulo 1: Necesidades y Derechos de la Niñez, Aspectos relevantes de la Convención de los Derechos del Niño y La Convención y la Normatividad Legal en Colombia Módulo 2: Respetando los derechos de la niñez en la Práctica Pediátrica Módulo 3: Políticas de salud y servicios de salud Módulo 4: La protección de la niñez en las prácticas de salud Módulo 5: El profesional de la salud como promotor y defensor de Los derechos de la niñez Evaluación Anexo 1: Matriz Plan de Acción de Implementación de los Derechos de los niños, niñas y adolescentes en instituciones de salud

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RESPONSABLES DE LA ADAPTACION Y EDICION DEL MANUAL Versión adaptada del manual "Interfase entre los Derechos y la Salud de la Niñez, Curso de profesionales", elaborado por la Academia Americana de Pediatría, en colaboración con el Royal College of Paediatrics and Child Health (UK), autores: Gerison Lansdown, Jeffrey Goldhagen y Tony Waterston. Traducción del original: Helia Molina - Raúl Mercer EQUIPO DE FLACSO - ARGENTINA Karina Cimmino (Coordinadora)* Raúl Mercer Andrea Schön Alejandro Morlachetti Irene Melamed Melina Mercer Lucrecia Feller (diseño gráfico) *Elaboración del módulo 5 "La Protección de la niñez en las prácticas de salud" EQUIPOS DE CONSULTA CONO SUR: COLOMBIA: Ernesto Durán, María Lucía Mesa Rubio URUGUAY: Alicia Canetti CHILE: Helia Molina, Paula Bedregal CRED-PRO: An Initiative of the International Institute of Child Rights and Development Stuart Hart Phill Cook Jeffrey Goldhagen Gerison Lansdown Gary Robinson AGRADECIMIENTO A los profesionales consultados para elaborar el módulo 5 Especialistas: Mirta Marina, Lucía Bozzalla, Gerardo Averbuj, Silvia Luz Clara, Sergio Meresman, Alejandro Morlachetti Profesionales de los Centros de Salud Nro. 1 y Nro. 8 del Hospital J.M. Penna: Servicios de pediatría, trabajo social y enfermería Profesionales del Hospital Garraham: Servicios de mediano riesgo y de trabajo social A los profesionales que revisaron el módulo 5: Maria Lucia Mesa, Ernesto Duran, Clemencia Mayorga, Hernando Villamizar, Alicia Canetti, Perla Vivas, Adriana Gandolfi, Maria Laura Michellin, Silvia Da Luz, Elizabeth Ortega, Maria Laura Micheli, Paula Bedregal, Ana Maria Farias, Miguel Cordero, Lucrecia Manfredi, Nora Corso, Ionit Lamstein y Erica Hammermuller. Lucía Miranda (asistente del equipo de FLACSO) Para ser autorizado sólo con autorización de CRED- PRO y FLACSO Argentina: El presente manual ha sido desarrollado sobre la base de la propuesta realizada por el equipo integrado por Jeffrey Goldhagen (USA), Tony Waterston y Gerison Lansdown (UK). CRED-PRO y FLACSO (Argentina) asumieron la conducción del proceso de adaptación del manual al contexto local con la participación y capacitación de equipos profesionales de Argentina, Chile, Colombia y Uruguay. La Iniciativa sobre Salud y Derechos del Niño del Cono Sur, coordinada por CRED-PRO y FLACSO (Argentina), facilita los procesos de cooperación con los países de la Región mediante el apoyo a los equipos locales en los procesos de capacitación y diseminación de la propuesta. En caso de interés, comunicarse directamente con CRED-PRO ([email protected]) y FLACSO (Argentina) ([email protected]).

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ANTECEDENTES HISTÓRICOS Durante el X Congreso Argentino de Pediatría Social realizado en Buenos Aires, del 22 al 25 de junio de 2005, se realizó la primera experiencia de un Curso sobre la INTERFASE ENTRE LOS DERECHOS Y LA SALUD DE LA NIÑEZ con el apoyo de la Academia Americana de Pediatría. Esta experiencia constituyó un primer paso para la incorporación de una herramienta de enseñanza a ser aplicada en los servicios de salud a fin de operacionalizar los conceptos de derechos en el ámbito de dichos servicios. Se contó con material de apoyo consistente en un manual desarrollado por Gerison Lansdown (Directora del Proyecto CRED-PRO), el Dr. Jeffrey Goldhagen (American Academy of Pediatrics), el Dr. Tony Waterston (Royal College of Paediatrics and Child Health, UK). Durante el mencionado Congreso, profesionales de Chile, Uruguay, Argentina y Colombia se mostraron interesados con la propuesta. Child´s Rights Education Programs for Professionals (CRED-PRO) es una iniciativa internacional, cuya sede se encuentra en el International Institute of Child Rights and Development de la Universidad de Victoria, Canadá apoyada por el Comité de los Derechos del Niño de las Naciones Unidas, la Oficina del Alto Comisionado por los Derechos Humanos de la misma institución, cuyo fin es desarrollar programas educacionales sobre derechos de la niñez destinados a profesionales que trabajan con niños. Su objetivo fundamental es el de proveer herramientas útiles por medio de las cuales los profesionales pueden comprender, apreciar, aplicar y respetar los principios de la Convención. El fin último es el de mejorar la práctica diaria, así como también intervenir en las políticas, y en la investigación, promover el desarrollo y la calidad de vida y salud de los niños y niñas. A partir de esa primera experiencia, se conformó un grupo de trabajo orientado a generar un espacio institucional que permitiera involucrar a los profesionales de la salud en su formación sobre los aspectos de la Convención Internacional de los Derechos del Niño (CIDN). Este grupo fue posteriormente convocado a una reunión de programación en UNICEF, Gran Bretaña/ Reino Unido durante 6 y 7 de diciembre de 2005 con el fin de evaluar la posibilidad de extensión de la iniciativa a otros países vecinos de la Región. Se contó con la presencia de CRED PRO (Child Rights Education for Professionals), el Royal College of Paediatrics (RU), y la ESSOP (European Society of Social Paediatrics) y la Organización Mundial de la Salud (OMS).

Posteriormente, se realizó un taller con equipos integrados por representantes de FLACSO (Facultad Latinoamericana de Ciencias Sociales), Argentina, Sociedades de Pediatría y

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profesionales técnicos de instituciones (UNICEF, CASACIDN, CRED-PRO, OPS/OMS, Save The Children) para la elaboración de un plan estratégico destinado a generar una propuesta de capacitación sostenible en el tiempo. Esta actividad se realizó los días 26 y 27 de mayo de 2006 en Buenos Aires. Contó con la participación de profesionales de los cuatro países miembros de la iniciativa e instituciones auspiciantes. A partir del mencionado encuentro, se conformó un equipo de trabajo con el fin de adaptar la currícula de formación de profesionales de la salud tomando en consideración las especificidades propias de la Región en materia de salud y derechos de la niñez y adolescencia. Como resultado del trabajo de ese equipo, surgió el manual “Derechos de la niñez y servicios de salud”, el cula ha sido adaptado para la presente capacitación.

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INTRODUCCIÓN La Sociedad Colombiana de Pediatría interesada en promover en todas las personas que trabajen con y por la infancia y la adolescencia, una cultura de respeto por los derechos de niños, niñas y adolescentes, en asocio con otras sociedades nacionales de pediatría de Latinoamérica y la Asociación Latinoamericana de Pediatría, ha desarrollado una estrategia de capacitación en derechos que se ha aplicado con éxito en el país con integrantes de la Sociedad Colombiana de Pediatría y en otros países con los diferentes integrantes de los equipos de salud. La iniciativa de capacitación a los trabajadores de la salud en derechos de niñas, niños y adolescentes, atiende al mandato del Alto Comisionado de las Naciones Unidas en el sentido de fortalecer a todos aquellos profesionales que trabajan con la niñez y la adolescencia en el conocimiento de la Convención de los Derechos del Niño y el modo de llevarla a la práctica. La propuesta está adecuada al trabajo en el sector salud y destinada a todo el equipo de salud, sin exclusiones. El producto que se presenta constituye un recurso más para acompañar la capacitación de profesionales y la transformación de las prácticas en los servicios de salud infantil y de adolescencia a partir de la incorporación de la dimensión de derechos. Esta experiencia, es un complemento que apoya las iniciativas que los países vienen realizando a través de sus respectivas historias, con el objeto de mejorar las condiciones vida de la niñez y adolescencia. La Convención de los Derechos del Niño confiere un marco único y universal que tiene como objetivo orientar a los Estados Parte hacia el reconocimiento de los niños y niñas y adolescentes como sujetos de derecho. Desde su declaración, ha transcurrido un período en el cuál los países y sus instituciones han recorrido un camino de adhesión e internalización progresiva en el marco de sus políticas públicas y sus programas. Hoy, sabemos que los pasos realizados, si bien significativos, no son suficientes para asegurar que los niños, niñas y adolescentes puedan ejercer plenamente sus derechos. Somos testigos de las reiteradas violaciones de los mismos, producto de situaciones de violencia, injusticia e incomprensión. Este es un momento de tensiones en donde, por un lado, nos enfrentamos a planteamientos retóricos y por el otro, la necesidad de brindar respuestas, tangibles, asequibles y objetivables, que expresen mejores condiciones para el ejercicio de los derechos desde las etapas tempranas de la vida. El fin último, es lograr que los niños, niñas y adolescentes, puedan expresar y sentir estos cambios en sus vidas, en sus cotidianeidades. Como toda nueva Iniciativa, el compromiso de quienes se involucren en la misma es esencial y puede expresarse de diferentes maneras: reconociendo su trascendencia, aportando ideas y sugerencias para mejorarla, actuando como futuros formadores para diseminarla en sus propios ámbitos de trabajo.

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PRESENTACIÓN DEL MANUAL:

El presente material es el resultado de la adaptación para Colombia realizada por el grupo de derechos de la Sociedad Colombina de Pediatría, del manual que a su vez el grupo latinoamericano Iniciativa, Salud y Derechos ajustó para el contexto de América Latina del original “Interfase entre los Derechos y la Salud de la Niñez, Curso de profesionales”, elaborado por la Academia Americana de Pediatría, en colaboración con el Royal College of Paediatrics and Child Health (UK), cuyos autores son: Gerison Lansdown, Jeffrey Goldhagen y Tony Waterston. La estructura con la cual se diseñó este material intenta favorecer los procesos de enseñanza- aprendizaje de las/os profesionales de salud con respecto a la aplicación de los derechos de la niñez en los servicios y prácticas de salud. Teniendo en cuenta este propósito, que persigue fundamentalmente el fortalecimiento de las competencias y un cambio actitudinal en las/os profesionales de la salud, y considerando que para lograrlo, la información es necesaria pero no suficiente, se ha tratado de elaborar este material con una secuencia lógica acorde a este fin. El enfoque pedagógico de este manual se basa en la teoría constructivista1 de aprendizaje, en la cual se considera que los sujetos poseen saberes previos y los aprendizajes se realizan sobre la base de estos saberes preexistentes. Por estos motivos, para lograr aprendizajes significativos es fundamental que los formadores puedan partir de los saberes de las/os participantes, problematizarlos y contribuir a profundizarlos. Con base en esta teoría, este manual propone actividades que intentan favorecer la participación activa de las/os profesionales en la construcción de sus aprendizajes de manera crítica y consciente. Al mismo tiempo, el enfoque pedagógico de este material toma los aportes de la teoría de educación permanente en salud en cuanto a considerar a los servicios y lugares de trabajo de las/os participantes como el eje de los procesos educativos, fuente de conocimiento y objeto de transformación, que privilegian la participación colectiva y multidisciplinaria y favorecen la construcción de un nuevo conocimiento a través de la investigación, el manejo analítico de la información y el intercambio de saberes y experiencias2. Por otro lado, para facilitar que los profesionales adquieran una visión y enfoque integral que contribuya a analizar e intervenir en el marco de los derechos de la niñez, este manual toma como eje transversal de cada uno de sus módulos el modelo Ecológico3. Este enfoque permite contemplar la multideterminación y multidimensionalidad de esta 1 Dentro de la corriente constructivista o también llamada teoría de aprendizaje por reestrcuturación, podemos citar algunos de sus

principales inspiradores, entre ellos: J. Piaget, Vygostkii, Ausubel. 2 Roschke, M.A, Davini, M.C., Haddad, J.: Educación permanente y trabajo en salud: un proceso de construcción. Educ. Med. Y Salud,

Vol. 27 Nro.4. Organización Panamericana de la Salud. 3 CRED-PRO (Child Rights Education for Professionals). Victoria University, Canadá.

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problemática, sus interrelaciones e interdependencias: el niño/a (aspectos físicos, psicológicos (intelectual y emocional) y sociales), la familia, la comunidad y el ambiente, las políticas, la cultura, lo social y lo económico.

Enfoque Ecológico de los Derechos de la Niñez

Este enfoque está basado en el modelo socio-ecológico de la niñez por Urie Bronfenbrenner (1979), al cual se le incorpora una mirada integral basada en el marco de derechos y el respeto por la diversidad cultural y los diferentes contextos. En el diagrama los niños están colocados en una serie de círculos concéntricos representando redes de sostén. En el círculo interior se muestran las necesidades y potencialidades básicas en el desarrollo de los niños representados como los aspectos emocionales, psíquicos, espirituales, sociales y cognitivos. Investigaciones demuestran que cuanto mas fuertes son los enlaces entre cada sistema de círculos se producen mejores resultados en términos de desarrollo y resiliencia. Contrariamente, cuando se debilitan estos mecanismos protectores, como consecuencia de crisis sociales y políticas, se produce un impacto negativo en el desarrollo de la niñez (Jessor, 1993; Shonkoff & Phillips 2000; Werner & Smith, 1982).

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La estructura precisa de la Ecología de los derechos de la niñez va a estar determinada por el medio sociocultural del niño, que incluye la familia, la comunidad, la sociedad civil y el gobierno y que variará para cada niño/a de acuerdo al contexto cultural y a la configuración social particular. Así como los círculos concéntricos representan sistemas de enlace en la vida social de un niño/a, esto no implica que el mismo pueda cruzar a través de uno o más sistemas para alcanzar otro sistema o círculo de soporte. Por ejemplo, un niño puede directamente interactuar con el gobierno local sin que su familia participe. Si bien el modelo se ilustra de manera simplificada, se debe tener en cuenta la naturaleza dinámica de la complejidad social y de la posición de los/as niños en la sociedad. Los cuatro principios fundamentales de la Convención: No discriminación, Interés superior del niño, Desarrollo, Supervivencia y Protección y Participación, son representados en el diagrama atravesando todos los círculos y niveles de soporte.

PROPÓSITOS: 1. Promover el conocimiento y la comprensión acerca la importancia de considerar los principios de los derechos humanos y de la Convención de los Derechos del Niño 2. Capacitar a las/os profesionales de la salud en la aplicación del enfoque de derechos en la práctica pediátrica con el fin de lograr cambios en los comportamientos y actitudes que permitan el desarrollo de estrategias culturalmente apropiadas para promover y defender los derechos de la niñez en su trabajo cotidiano.

OBJETIVOS:

Aumentar la conciencia de las/os profesionales de salud sobre la Convención de los Derechos de la Niñez y su relevancia en cuanto a promover y garantizar la salud y bienestar de los niños, niñas y adolescentes y sus familias.

Favorecer la comprensión sobre la aplicación de los derechos de la niñez en el campo de la salud, los servicios de salud y las políticas públicas y en su defensa (advocacy) desde la práctica pediátrica tomando en cuenta las fortalezas y oportunidades existentes en cada contexto.

Proveer conocimientos sobre cómo la política pública y la práctica pediátrica pueden ser mejoradas para promover el respeto por los derechos definidos en la Convención.

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Incrementar la conciencia sobre las relaciones existentes entre las políticas públicas y derechos de la niñez.

Promover cambios en los comportamientos y prácticas que permitan el desarrollo de estrategias para promover y defender los derechos de la niñez en el trabajo cotidiano.

CONTENIDOS: Los contenidos y el abordaje metodológico de cada módulo se estructuran de manera integrada y espiralada del siguiente modo:

Módulo 1. Necesidades y Derechos de la Niñez, Aspectos relevantes de la Convención de los Derechos del Niño y La Convención y la Normatividad Legal en Colombia: Se busca problematizar y sensibilizar a las/os participantes con el tema de la infancia y sus necesidades y ayudarlos a construir y comprender la noción de derechos a partir del reconocimiento de las necesidades universales de la infancia, pudiendo pensarlo como un concepto operativo y relacionado con sus prácticas. Adicionalmente brindar información básica sobre la Convención y la normatividad legal vigente en Colombia, que permita a las/os participantes identificar y analizar mejor cuales son los problemas y oportunidades que existen en el país y la comunidad.

Módulo 2. Respetando los Derechos de la Niñez en la práctica pediátrica: Una vez que los participantes han logrado una mayor sensibilización e información con el tema, este módulo se centraliza en provocar el análisis y la reflexión de los profesionales sobre sus propias prácticas cotidianas con respecto a la aplicación de los derechos de la niñez.

Módulo 3. Políticas de salud y servicios de salud: Este módulo se centra en promover la identificación de problemas y barreras para la aplicación de los derechos de salud en los lugares de trabajo de los participantes y en las políticas públicas de sus países y localidades. De este modo, se intenta facilitar la transferencia de aprendizajes a la práctica con relación a la aplicación del enfoque de derechos en los servicios.

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Módulo 4. La protección de la niñez en las prácticas de salud Se brinda información sobre el significado de la protección y los artículos de la Convención que refieren al mismo, intentando favorecer la comprensión sobre su relevancia y vinculación con las prácticas cotidianas de los profesionales de salud y los servicios.

Módulo 5. El profesional de salud como promotor y defensor de los derechos de la Niñez: En este módulo se trata de que las/os profesionales participantes puedan llegar a pensar en estrategias concretas para promover los derechos de la niñez en sus lugares de trabajo, en la comunidad y en sus países y que las mismas sean elaboradas sobre la base de los problemas identificados en sus servicios con anterioridad (módulo 4). Por último se presenta un apartado sobre evaluación, que brinda actividades para realizar una evaluación diagnóstica inicial del grupo, una evaluación final del curso y un modelo de evaluación para realizar la evaluación de impacto del curso luego de un tiempo de haberse realizado la formación. En el manual se propone la realización de algunas actividades individuales no presenciales (tareas), actividades individuales presenciales y fundamentalmente predominan las actividades de tipo grupal, pues se trata de aprovechar al grupo como recurso y fuente para los aprendizajes.

INSTRUCCIONES DE USO:

Para implementar el curso, los formadores deberán implementar los 5 módulos de este manual.

Previo a la realización del curso y en el momento inscripción debe solicitarse a los futuros participantes elaborar una tarea, la cual consiste en realizar la actividad del módulo 4: Actividad 4.1." Diagnóstico de los lugares de trabajo". Debe aclararse que la realización de esta actividad es fundamental para lograr aprendizajes más efectivos y por lo tanto, constituye un requisito para la realización del curso. Adjuntar copia de la guía de diagnóstico de los servicios de salud.

Cada módulo se presenta del siguiente modo: objetivos de aprendizaje, introducción, un primer apartado en el cual se expone el desarrollo conceptual del eje temático correspondiente y luego un apartado en el cual se presentan estrategias de abordaje metodológico para el mismo. Los formadores deben leer e interiorizarse con cada módulo completo previo a realizar la formación.

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Para implementar el manual durante la formación, se sugiere que en algunos módulos por el tipo de contenidos que tratan, se realicen en primer lugar algunas actividades propuestas en el apartado de abordaje metodológico y que luego el/la coordinador/a retome a partir de las mismas el desarrollo conceptual y en otros a la inversa. A continuación se detalla el modo de trabajo con cada uno de los módulos.

Indicaciones para el Módulo 1: Introducir brevemente el curso. Posteriormente iniciar el trabajo con este módulo desarrollando la primera actividad propuesta en abordaje metodológico, actividad 1.1.¿Qué es la infancia?. Realizar la puesta en común de esta actividad y retomar los aspectos conceptuales expuestos en el manual sobre el concepto de infancia. Luego proponer la actividad 1.2. “El marciano y las Necesidades básicas de la Infancia” y cuando se realiza la puesta en común de lo producido por los grupos, retomar las producciones para profundizar los aspectos conceptuales, continuar con las actividades propuestas finalizar el trabajo de este módulo entregarle a las/os participantes como tarea a entregar para el próximo encuentro la realización del autodiagnóstico: Actividad 2.1. del módulo 2.

Indicaciones para el Módulo 2: Solicitar a las/os participantes que entreguen sus cuestionarios de autodiagnóstico completos, si los/as coordinadores/as no lo pidieron al final del encuentro anterior dar un tiempo de 30 minutos para completar individualmente esta actividad previo a iniciar la sesión. Una vez que todas/os entregan los cuestionarios, el/la formador/ a deberá guardarlos y conservarlos y explicarles el fin de esta actividad a los participantes. Posteriormente, el/la formador/a deberá retomar esta actividad de acuerdo a la consigna dada para la misma en el módulo 2, que constituye un elemento motivador para iniciar el desarrollo conceptual del módulo. Luego de la presentación temática el/la coordinador/ a podrá proponer las otras actividades prácticas propuestas.

Indicaciones para el Módulo 3: Para aprovechar la formación de este módulo las/os participantes deben haber realizadopreviamente la actividad 3.1.Diagnóstico de sus lugares de trabajo, solicitada al inicio como requisito de inscripción. El módulo debe iniciarse con la exposición conceptual y luego proponer las actividades, entre las que se retomará el diagnóstico.

Indicaciones para el Módulo 4: Realizar primero la exposición teórica del módulo y luego solicitar la realización de las actividades propuestas en abordaje metodológico.

Indicaciones para el Módulo 5: Realizar primero la exposición teórica del módulo y luego solicitar la realización de las actividades propuestas en abordaje metodológico.

Indicaciones para la evaluación: Se sugiere leer el apartado sobre evaluación desde un inicio, pues se proponen distintos tipos de actividades de evaluación y algunas de las mismas requieren ser planificadas desde el inicio.

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Módulo 1

- Necesidades y Derechos de la Niñez

- Aspectos relevantes de la Convención de los Derechos del Niño

- La Convención y la Normatividad Legal en Colombia

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OBJETIVOS DE APRENDIZAJE MÓDULO 1:

Comprender la definición de necesidades universales de la niñez.

Conocer las relaciones y diferencias entre las nociones de necesidades y de derechos en la niñez.

Identificar y analizar el rol indelegable de los adultos en facilitar y garantizar el cumplimiento de los derechos de los niños, niñas y adolescentes.

Reflexionar sobre el rol de los proveedores de servicios de salud en asegurar el respeto por los derechos de la niñez.

Describir los cuatro principios básicos sobre los que se sustenta la Convención.

Identificar las características y los tipos de derechos contenidos en la Convención de las Naciones Unidas sobre los Derechos del Niño.

Identificar las barreras en los niveles sociales, culturales, políticos, de servicios de salud y en la familia, para el ejercicio pleno de los derechos de todos / as los / as niños, niños, y adolescentes y los mecanismos para sobreponerlas.

Conocer la normatividad legal vigente en Colombia en relación a los derechos de los niños niñas y adolescentes.

INTRODUCCIÓN MÓDULO 1: Los derechos de los niños, niñas y adolescentes generalmente aparecen como nociones abstractas y lejanas a la práctica del profesional de salud. Por este motivo, el presente módulo intenta acercar a las/os profesionales de salud a la noción de los derechos de los niños, niñas y adolescentes como una noción operativa, útil e imprescindible para la práctica profesional. Para esto, se intenta promover la reflexión y comprensión de la noción de estos derechos como una construcción a partir del reconocimiento de las necesidades universales de la infancia. De este modo, se pretende facilitar y guiar a las/os profesionales de la salud en la reconstrucción de este recorrido y pasaje de las necesidades universales de la infancia, a los derechos, entendiendo sus relaciones y diferencias para comprender que los derechos de la infancia, no son sólo una cuestión legislativa, sino un instrumento operativo para guiar nuestras prácticas. Al mismo tiempo, se intenta ilustrar cómo el conocimiento y aplicación de los derechos de los niños, niñas y adolescentes puede contribuir a la promoción de la salud y desarrollo integral de la infancia.

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En primer lugar, se presenta el concepto de niñez y su evolución, y se intenta promover la reflexión de las/os profesionales sobre este concepto, enfatizando en su construcción social e histórica. Luego, se intenta explorar e identificar las necesidades de los niños, niñas y adolescentes que pueden ser consideradas como básicas e indispensables en todas las sociedades y culturas para garantizar la salud, el desarrollo integral y el bienestar de la infancia. Por otro lado, este módulo trata de facilitar la comprensión de cómo la identificación de estas necesidades básicas y universales constituyen la base para definir estándares que podrían ser reconocido como necesarios para la salud y el desarrollo de la infancia en todas las sociedades. Con este objetivo, se pretende facilitar la comprensión de las/os profesionales de salud con respecto a que los derechos de los niños, niñas y adolescentes se basan en el reconocimiento de estos estándares internacionales. Adicionalmente, se intenta facilitar la comprensión de que, si todos los niños y niñas tienen ciertas necesidades en común, entonces el mundo adulto tiene la obligación de satisfacerlas. En este sentido, se intenta introducir el concepto de derechos de la infancia, señalando que los niños, niñas y adolescentes tienen el derecho de satisfacer sus necesidades para el logro de su óptimo potencial y el mundo adulto tiene la obligación de garantizar su cumplimiento. De este modo se señala que los niños, niñas y adolescentes tienen derechos específicos por su condición de desarrollo y estos derechos son los declarados en la Convención Internacional de los Derechos del Niño. Por último, se presenta la información básica de la Convención y la normatividad legal vigente en Colombia, lo que permitira a las/os participantes familiarizarse con los derechos que contienen, el carácter universal, indivisible e interdependiente de los mismos y los principios subyacentes a estas leyes. Se recomienda revisar el texto completo de la Convención antes de participar en este Módulo. El texto de la Convención puede encontrarse en el Anexo número 1 de este currículo. Para aquellos interesados, puede accederse también al documento en Internet en: http://www.unhchr.ch/spanish/html/menu3/b/k2crc_sp.htm.

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DESARROLLO CONCEPTUAL MÓDULO 1 EL CONCEPTO DE NIñEZ Y SU EVOLUCIÓN HISTÓRICA Cotidianamente trabajamos con la infancia, pero raramente nos preguntamos, ¿Qué es la niñez?.

Por niñez se entiende al período del ciclo de vida humana en el cual el individuo, dadas las características del momento del ciclo evolutivo que atraviesa, de mayor vulnerabilidad biopsicosocial, depende de que los adultos faciliten y posibiliten la satisfacción de sus necesidades. Sin embargo, debe destacarse, que los conceptos de niñez y de infancia son construcciones socio-históricas, que han cambiado a lo largo del tiempo, y que a la vez adquieren diferentes significaciones para las diversas sociedades y culturas.

Por lo tanto, las formas en las que se entiende que deben darse estos cuidados y protección de los adultos hacia los niños y niñas han ido cambiando y cambian constantemente a lo largo de la historia, así como sus diferentes significaciones de acuerdo a las condiciones concretas de vida. El concepto de niñez como tal, comienza en la modernidad. Igualmente, sólo desde hace muy poco tiempo (siglo XX) los niños, niñas y adolescentes empiezan a ser considerados como tales, y no en función "del adulto en el que se han de convertir". A lo largo de la historia, la infancia ha sido primordialmente "el compás de espera" para la vida adulta, por lo que esta etapa siempre se ha intentado reducir tanto como ha sido posible. El objetivo ha sido siempre convertir, lo más pronto posible, al niño, considerado como un "ser inútil o bien no productivo", en un soldado, en un artesano, en un campesino, o una niña en una esposa capaz de parir hijos, cuidarlos y educarlos, de trabajar en el hogar, en el campo, en la fábrica. Pruebas de ello es que en los textos históricos la infancia parece haber sido invisible. En los relatos históricos siempre aparecen las grandes batallas y los grandes personajes. La vida cotidiana y doméstica, y por lo tanto también la infancia, hasta muy recientemente en general no han sido temas de interés. En las crónicas históricas, cuando aparece algún menor es un príncipe o una princesa4. El resto de la infancia no se menciona, esta invisibilizada, lo que da cuenta de la poca importancia asignada a la misma. En el arte se puede observar claramente la concepción de niño, pues generalmente la figura de los niños, ha sido expresada con rostros adultos, en muchos

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Amnistía Internacional Catalunya, grup d'educació, sección: Documentación, "Historia de la Infancia"

http://www.amnistiacataunya.org/edicadors/es/index.html 2006

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cuadros renacentistas sus figuras están representadas por pequeños cuerpos de ángeles, pero con caras y expresiones adultas. Por otro lado, la cultura occidental arrastró por muchos siglos y aun arrastra, el modelo de autoridad paterna construido desde la antigua Roma. Según el cual la figura del padre era la autoridad absoluta, "Pater familias", dueño y señor de los hijos y las mujeres (incluso de sus vidas) y en las respectivas legislaciones se contemplaba este poder.

"El pater Famlias...poseía sobre sus hijos el derecho de vida y de muerte, y con más razón la facultad de imponer los castigos corporales; podía modificar a voluntad su condición personal; dar esposa al hijo, ceder en matrimonio a la nieta; pronunciar el divorcio de sus hijos, de un sexo u otro, hacerles pasar a otra familia por adopción; podía, en fin, venderlos."

H.S. Maine. El derecho antiguo. 1893 (citado por J.A. Marina en “La lucha por la dignidad) El reconocimiento legal o cultural de esta autoridad paterna, puede considerarse como una de las causas por las cuales las agresiones contra los menores habitualmente quedaban impunes o, sencillamente, no tenían ninguna connotación delictiva. Los abusos sexuales, mutilaciones, infanticidios, se perpetuaban durante siglos precisamente a causa de esta falta de derechos y de dignidad de los niños, niñas y adolescentes, considerados sólo como un objeto, una propiedad. Una propiedad valorada exclusivamente en función del rendimiento que se le podía sacar (trabajo forzado, abuso sexual...) o en función del valor que se le asignaba como persona adulta en la que terminaría convirtiéndose5. Si bien la historia de la infancia por muchos siglos se caracterizó por su "desconocimiento", "desvalorización" y "objetivación", debe reconocerse que a lo largo de la misma, existió siempre el interés por su estudio científico, aunque estos estudios y pensadores no tuvieran gran repercusión, ni hegemonía en las prácticas sociales de la época.

..................................................................................................................................... Por ejemplo:

Platón y Aristóteles dedicaron su atención a los niños, fundamentada, como era habitual en la antigüedad, en el valor que se les atribuye como propiedad o "patrimonio, proyecto a futuro".

El pedagogo hispano romano Quintiliano (S. I) recogiendo la tradición griega, defendía la necesidad de tener una actitud positiva ante el recién nacido, observando sus aptitudes e inclinaciones, confiando en sus potencialidades, educándolo con cariño.

5

Amnistía Internacional Catalunya, grup d'educació, sección: Documentación, "Historia de la Infancia"

http://www.amnistiacataunya.org/edicadors/es/index.html 2006

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En el siglo IV, San Agustín (354-430), en sus "Confesiones", se queja de la enseñanza mediante azotes.

Posteriormente, J.A. Comenio (1592-1670), José de Calasanz (1556-1648), Juan Bautista de la Salle (1651-1684), Vicente de Paul (1581-1660), desde diferentes perspectivas, en ocasiones contrapuestas, se refirieron a las características y necesidades de la infancia.

La obra de J.J. Rousseau, Emilio (1762) marca un importante hito. Recogiendo las propuestas de Quintiliano, Rousseau reclamaba la atención solícita de los padres al menor, el fomento de los vínculos amorosos y la atención a la propia naturaleza infantil. …………………………………………………………………………………………………………………………………

La Revolución Francesa fue un hecho importante en la historia de la infancia por los siguientes motivos:

Humanización, estado de derecho, creación de leyes.

Ilustración: surgimiento del individuo, las relaciones igualitarias, la confianza en la felicidad humana.

En el contexto de mejoras en la medicina, en la atención del parto y del recién nacido.

Concepto ya más definido de infancia merecedora de una mirada y atención especiales.

Para Phillip Aires6, la historia de la infancia es la historia de su control desde la consolidación de la familia nuclear a partir de la modernidad. Para este autor, la escolaridad obligatoria (siglo XIX) marca un hito importante en la infancia, y la escuela se convierte en el mecanismo de reproducción por el cual se consolida ese control hacia la infancia. Algunos otros hechos importantes en relación a la infancia en el siglo XIX en otras esferas sociales, han sido:

El surgimiento de la Puericultura con el fin de educar a las mujeres de clases popular y media sobre la crianza de sus hijos.

El surgimiento del concepto de "menor" y su discernimiento como categoría jurídica.

La escisión entre concepto de niño y menor.

Primer tribunal de menores en Illinois, 1899. Los conceptos filosóficos sobre la niñez en el siglo XIX han estado profundamente marcados por el positivismo. Si bien en dicho siglo se empieza a reconocer al niño como tal y a darle una atención especial, el paradigma que ha predominado ha sido la "Asistencia", el "niño como objeto de protección". En este marco, se establecía la Doctrina de la "situación irregular": menor-delincuente-abandonado y sujeto de tutela y la

6 Philipp Aries , El niño y la vida familiar en el antiguo Régimen, 1962"

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institucionalización aparecía como un mecanismo incuestionable de defensa de la sociedad y de protección al menor.

.................................................................................................................................. García Méndez7, divide a la historia de la infancia en 3 etapas:

Siglo XVI y XVII: completa dependencia física del niño con respecto a los adultos

Siglo XVIII y XIX: asistencia, predominan los paradigmas de control, por parte de los padres, gobiernos o tutores actuando de manera discrecional.

Siglo XX: etapa garantista, En Europa en los 60' y en América Latina en los 80'. Surgen políticas sociales. Cambio radical de paradigma: niños como sujetos de derechos. Convención Internacional de los Derechos del Niño 1989. ..................................................................................................................................

Los avances realmente importantes, conrelación a los derechos de los niños, niñas y adolescentes se empiezan a producir muy recientemente, a partir delsiglo XX: En la historia de los derechos del niño podemos citar:

La Declaración de Ginebra de 1924, Unión Internacional de Socorros de los Niños (1920).

La creación de UNICEF (Fondo internacional de Emergencia) el 11 de septiembre de 1946.

La Declaración de los Derechos del Niño, Asamblea General de las Naciones Unidas, 20 de noviembre de 1959.

La Convención Internacional sobre los Derechos del Niño, Asamblea General de las Naciones Unidas, 20 de noviembre de 1989.

La Cumbre Mundial a favor de la Infancia, Naciones Unidas 1990.

La Sesión Especial de la Asamblea General de las Naciones Unidas sobre la Infancia, NY mayo de 2002.

Como puede observarse a lo largo de la historia, llegar hasta el momento presente ha sido el resultado de siglos de mínimos avances, acelerados sólo muy recientemente en las últimas décadas. Podría decirse que el hito más significativo en esta historia ha sido la Convención Internacional de los Derechos del Niño (1989). Esta Convención revoluciona el concepto de niñez como "objeto de protección ", y promueve a cambio, el concepto del niño como " sujeto de derechos". Esta última acepción implica considerar al niño como un ser humano que interacciona con un adulto, capaz de expresar sus necesidades y deseos, participar de su educación y gozar de ciertos grados de autonomía.8 Sin embargo debe considerarse que el presente de la situación de la niñez es engañoso, o profundamente desigual con relación a los derechos y su cumplimiento. Muchas de las

7 García Méndez, Infancia y adolescencia en América Latina, de la Situación Irregular a la Protección Integral, Ibagué (Tolima 1997) 8 Cecilia Grosman, "Los derechos del niño en la familia. La ley, creencias y realidades", en Vivir en Familia, UNICEF-Losada 1994.

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mencionadas brutalidades de la historia desgraciadamente persisten hoy en día y niños, niñas y adolescentes de distintas partes del mundo las sufren. Podría decirse que paradójicamente, esta situación de retórica sobre los derechos de la niñez, coincide con una realidad y práctica social que parecen indicar las enormes dificultades que atraviesan muchos países de la Región Latinoamericana para garantizar los derechos de los niños proclamados en la Convención.

Actualmente, la situación socioeconómica y política de la Región Latinoamericana, caracterizada por las grandes desigualdades entre los países y al interior de los mismos, obliga a prestar especial atención al concepto genérico de niñez., pues los circuitos sociales9 que atraviesan los niños, niñas y adolescentes de sectores pobres, son muy diferentes a los de sectores medios y altos, y les imprimen características muy diversas a sus vidas, y a sus infancias.

Podría decirse que actualmente, en la vida cotidiana, la infancia de muchos niños, niñas y adolescentes de la Región Latinoamericana se define precisamente por lo opuesto a la concepción de niñez explicitada en la Convención. Por lo tanto, se considera que para trabajar en pos de los derechos de los niños, niñas y adolescentes de la Región Latinoamericana, es necesario reconocer la polisemia que el concepto de niñez adquiere según las condiciones de vida y el contexto social. Se asume, que el reconocimiento de esta diversidad, resulta necesario para garantizar la equidad y el cumplimiento de los derechos de los niños, niñas y adolescentes en las políticas, programas y acciones que a ellos se dirigen.

9 Circuitos sociales diferenciados, es un término utilizado por Cecilia Braslavsky, Daniel Filmus en textos de sociología de la educación

para referirse a los distintos tipos de calidad educativa que recibe la población según la clase social a la que pertenece. El término alude a la reproducción social que se realiza por medio del sector educativo, a través de las calidades educativas claramente demarcadas que imparten las escuelas que son para niños pobres, para niños de clase media y para ricos. Esta situación es uno de los determinantes de las futuras posibilidades de los niños de acceder a niveles superiores de educación y a posibilidades de acceder a determinados tipos de empleo y por lo tanto predictor del futuro ingreso y clase social a la que potencialmente podrá pertenecerse. En este caso, se considera el término en un sentido más amplio que abarca la trayectoria del sujeto, no sólo por el tipo escuela, sino por otros tipos de instituciones, en las cuales se incluyen las instituciones sanitarias de diversa calidad según sector social.

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LAS NECESIDADES BÁSICAS Y UNIVERSALES DE LA NIÑEZ Y LOS DERECHOS

Existe un conjunto de necesidades de la infancia que pueden ser consideradas como básicas y universales para garantizar la salud y bienestar de los niños, niñas y adolescentes:

Si bien muchas de las necesidades de la infancia se construyen social y culturalmente y por lo tanto son variables entre los países y al interior de los mismos, existe un conjunto de necesidades que pueden ser consideradas como básicas y universales para garantizar la salud y el desarrollo integral de la infancia. Dichas necesidades forman la base para un conjunto universal de estándares bajo los cuales todos los niños, niñas y adolescentes deben ser tratados, de tal forma que alcancen todo su potencial de salud y desarrollo. Las mismas serían aquellas que se aplican a todos los niños, niñas y adolescentes en todos los ambientes socioeconómicos y culturales. No importa si un niño vive en Argentina, Estados Unidos o Perú, él o ella necesitan una familia, alimentación adecuada, educación y respeto de sus capacidades y emociones. El modo en que estas necesidades son satisfechas puede variar según las diferentes culturas. Por ejemplo, puede diferir la edad de inicio de la educación formal y las oportunidades de juego pueden ser más o menos formales. Por otro lado, según características de los niños, pueden variar las modalidades para satisfacerlas. Por ejemplo, los niños con algún tipo de discapacidad pueden necesitar un apoyo adicional. Pero es fundamental remarcar que en todos los casos, la satisfacción de estas necesidades consideradas básicas y universales, es necesaria para la óptima salud y bienestar de la infancia. Si hay una aceptación universal de aplicar estos estándares mínimos comunes de trato de todos los niños, niñas y adolescentes; por consiguiente los niños, niñas y adolescentes tienen derecho de satisfacer sus necesidades.

Las necesidades básicas y universales son interdependientes: Las necesidades de los niños, niñas y adolescentes son de diferente naturaleza, pueden ser físicas, psicológicas, sociales, económicas y culturales. Con frecuencia, desde el sector salud hay tendencia a ver las necesidades físicas como prioritarias. Sin embargo, debe considerarse que el desarrollo es un concepto holístico, lo cual implica que los factores físicos, psicológicos, sociales, culturales, ambientales, interactúan entre sí y se encuentran interrelacionados en el niño desde el inicio10. Esto implica que sus componentes no

10 J. Evans, R. Myers, and Ellen M. Iiled, Early Childhood Counts, A programming Guide on Early Childhood Care for Development,

World Bank Institute, 2000.

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pueden ser separados, pues existen relaciones sinérgicas entre los mismos. Según R. Myers, la supervivencia, el crecimiento y el desarrollo son procesos simultáneos y no secuenciales. Por lo tanto, las acciones que promueven la supervivencia o el crecimiento favorecen el desarrollo y viceversa11. Por ejemplo, se ha comprobado que programas de nutrición que incluyen además de alimentos, estimulación y juego, logran mejores resultados en el desarrollo del niño, que aquellos que sólo se ocupan de su alimentación. De este modo, debe considerarse que las necesidades de la infancia son mutuamente interdependientes, ninguna precede a otra.

Los niños, niñas y adolescentes no pueden satisfacer sus necesidades básicas y universales sin el apoyo de un adulto:

La vulnerabilidad biopsicosocial que caracteriza a la etapa evolutiva y de desarrollo por la que atraviesan los niños, niñas y adolescentes, los llevan a depender del mundo del adulto para asegurar que sus necesidades sean satisfechas. Este aspecto obliga a los adultos a crear las condiciones necesarias para que esto ocurra. Esta obligación no sólo se extiende a la satisfacción que puedan brindar las familias, o las instituciones, el acceso a cuidados en salud o educación, sino también a políticas públicas con potencial impacto en la salud y desarrollo de los niños - vivienda, transporte, medioambiente, macroeconomía y pobreza. Esto significa que las políticas de gobierno a todos los niveles deben tomar en cuenta en forma activa y ser consistentes de las necesidades de los niños y niñas.

Aceptar la premisa que los adultos tienen responsabilidades u obligaciones para cubrir estas necesidades básicas y universales de los niños, niñas y adolescentes, es aceptar de hecho que los mismos tienen derecho a que sus necesidades sean satisfechas. Esto significa reconocer sus derechos proclamados en la Convención Internacional por los Derechos del Niño de las Naciones Unidas:

La Convención elaboró estos derechos y llamó a los gobiernos a introducir las medidas necesarias para asegurar que estos derechos fueran respetados para todos los niños, niñas y adolescentes. El cumplimiento de la Convención debe estar fundado en considerar a los niños, niñas y adolescentes como sujetos de derechos, que deben ser respetados, escuchados y tomados en cuenta seriamente en el ejercicio de sus derechos.

11

R. Myers, "Effects of Stimulation and Psycho-social Development on Health and Nutritional Status: A Review, Ocho Rios, Jamaica

1995"

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La Convención sostiene que estos derechos son: universales, indivisibles e interdependientes:

Universales: significa que los derechos deben ser aplicados a todos los niños, niñas y adolescentes por igual, sin ningún tipo de discriminación o diferencia. Indivisibles: los derechos no pueden jerarquizarse, pues tienen todos la misma importancia para garantizar la salud y bienestar de los niños, niñas y adolescentes y por lo tanto debe asegurarse el cumplimiento de todos por igual. Interdependientes: significa que todos los derechos están interrelacionados entre sí y por lo tanto para garantizar el bienestar de la infancia todos los derechos deben cumplirse simultáneamente.

LAS DIFERENCIAS ENTRE LAS NECESIDADES Y LOS DERECHOS El concepto de necesidades provee un contexto para comenzar a entender el significado de los derechos y la relevancia de la Convención. Sin embargo es importante comprender que, si bien las necesidades y derechos están relacionados, al mismo tiempo son conceptos diferentes. Los derechos son considerados principios superiores a las necesidades y universalmente aplicables a todas las personas, basados en su condición humana. Como tales, los derechos no pueden discriminarse en su aplicación y no pueden ser revocados. En cambio las necesidades no tienen este carácter de generalidad, obligatoriedad y universalidad. Las necesidades son específicas, pueden variar por persona, contexto, y cultura y su satisfacción no tiene el carácter de obligatoriedad, sino de voluntad. En cambio los derechos son universales y aplicables a todas las personas y todos los contextos. Los derechos no pueden jerarquizarse, todos tienen la misma importancia para garantizar la salud y bienestar de la infancia, en cambio las necesidades sí pueden jerarquizarse o priorizarse de acuerdo al contexto y la persona. El cuadro No.1 que se expone a continuación permite comprender las diferencias en aplicar la perspectiva de Necesidades o aplicar la perspectiva de Derechos:

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Cuadro No.112

Perspectiva de Necesidades Perspectiva de Derechos

Caridad privada, voluntario.

Se focaliza en los síntomas/ problemas inmediatos.

Metas parciales/ Considera el éxito como aceptable: “La necesidad de vacunación se cumplió en el 80% de los niños”.

Jerarquia de necesidades.

Las necesidades varian según la situación, el individuo, el entorno.

Objeto de necesidades. Persona objeto de necesidades.

La determinación de necesidades es subjetiva.

Involucra el tratamiento de problemas sectoriales estrechos.

Se satisfacen necesidades sin que medie construcción de poder y capacidadesde la gente.

Los niños/ñas y las familias pueden participar con el fin de mejorar la prestación de servicios.

Trabaja hacia metas de resultados.

Obligatorio, responsabilidad pública, política. Derechos positivizados, garantías

Se focaliza en las causas/estructurales.

Metas totales - todas las personas tienen iguales derechos. Requiere el éxito para toda la población: Ej. El derecho a la vacunación fue vulnerado en el 20% de los chicos.

Los derechos no pueden dividirse.

Los derechos son universales (los mismos en cualquier lugar).

Poseedores de derechos exigibles. Persona sujeto de derechos.

Los derechos se basan en estándares internacionales.

Enfoque integral, políticas, programas y acciones intersectoriales y holísticos.

Los niños/as y las familias son participantes actives por derecho.

Idem pero enfatiza en los procesos para lograr esos resultados y en las instituciones que permitan la sustentabilidad de esos resultados en el tiempo.

La perspectiva de derechos muchas veces es aplicada desde una concepción legalista y normativa (concepción tradicional), que ignora la importancia del contexto local y sus potencialidades. Como resultado las familias y la comunidad pueden sentirse amenazadas por este tipo de enfoque, que se centra principalmente en las obligaciones de los padres, dejando de lado la responsabilidad que tienen los gobiernos en el sentido de brindar el apoyo necesario a las familias. La concepción tradicional de derechos se focaliza en las brechas, los déficits y la vulneración y no toma en cuenta en su análisis las potencialidades, los mecanismos de protección y de soporte existentes en las sociedad, la comunidad y la familia. El enfoque tradicional de derechos, si bien considera el derecho de los niños a ser escuchados y

12

Andrea Schon, presentación del curso: "Interfase de los derechos del niño a la práctica pediátrica, Buenos Aires 2006".

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tomados en cuenta, no genera un verdadero lugar para la participación y tampoco mecanismos que la hagan efectiva.

EL PASAJE DE LAS NECESIDADES A LOS DERECHOS

“La Convención de los Derechos del Niño opera un cambio conceptual que se traduce como el paso de la consideración de las necesidades a la de los derechos y "se basa en la posibilidad de una lectura de las necesidades en términos de derechos...que permitan al portador de necesidades, percibirse y organizarse como un sujeto de derechos"… Allessandro Baratta

Las necesidades se transforman en derechos cuando se establecen como una obligación para quien tiene el deber de proveerlas.

La incorporación de los instrumentos de derechos humanos al derecho interno de los países implican obligaciones para los Estados.

Esto da la posibilidad de peticionar y exigir por su cumplimiento por lo que este carácter de exigibilidad es condición indispensable.

En el caso de los niños, niñas y adolescentes, la obligación corresponde a los adultos (familia, instituciones, Estado, escuela, etc.)

¿QUE ES LA CONVENCIÓN DE LOS DERECHOS DE LA NIÑEZ? La Convención de las Naciones Unidas sobre los Derechos de la Niñez es un tratado Internacional y un instrumento de Derechos Humanos específico para los niños, niñas y adolescentes (personas de 0 a 18 años de edad) basado en su consideración como personas merecedoras de respeto, dignidad y libertad. La Convención, abandona el concepto de niñez como "objeto pasivo" de intervención por parte de los adultos e introduce el concepto de la niñez como "sujeto de derechos" con el mismo valor inherente a los adultos. Fue escrita durante un lapso de diez años por un grupo de trabajo establecido por la Asamblea General de las Naciones Unidas, siendo adoptada en 1989.

La Convención de los derechos del niño se constituye en uno de los tratados de Derechos de las Naciones Unidas. Los otros tratados son:

Pacto Internacional para los Derechos Civiles y Políticos (1966).

Pacto Internacional sobre los Derechos Sociales, Económicos y Culturales (1966). Convención Internacional para la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación Racial (1966).

Convención sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer (1979).

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Convención en contra de las torturas y otros castigos crueles, inhumanos o degradantes (1984).

Convención de los Derechos de las personas con Discapacidad.

Convención Internacional para todas las personas desaparecidas por las Fuerzas. Los tratados de derechos humanos anteriormente citados, no excluyen a los niños, niñas y adolescentes, pero no afirman explícitamente sus derechos, ni enfatizan las diferencias existentes en la situación de los niños, niñas y adolescentes con respecto a los adultos. En este sentido, la Convención de los Derechos del Niño, hace explícitos estos derechos humanos que se aplican también a la niñez, y además considera que dadas las necesidades y características de la niñez, debidas a su condición particular de desarrollo, los niños, niñas y adolescentes tienen derechos especiales y por lo tanto explicita estos últimos. De este modo, reafirma la necesidad de contar con instrumentos jurídicos idóneos para que los niños/as sean protegidos y presenta un nuevo esquema de comprensión de la relación entre el Estado, las políticas sociales y la niñez. Podría decirse que La Convención opera como un ordenador de las relaciones entre la niñez, el Estado y la familia que se estructura a partir del reconocimiento de derechos y deberes recíprocos.

La Convención de los Derechos del Niño promueve una filosofía de respeto hacia la niñez. Asume que los niños, niñas y adolescentes necesitan de protección y cuidados especiales, e insiste sobre la necesidad de participar acorde con la edad y competencias, en la protección de sus propios derechos.

Cuestiona el modelo tradicional de percepción de los niños, niñas y adolescentes como meros recipientes pasivos del cuidado de los adultos, aceptando a los mismos como actores sociales con derecho a ser escuchados y considerados seriamente en sus derechos. Este desafío tiene implicancias significativas en los modos en los que los adultos se relacionan con los niños, como padres, maestros, decisores políticos, profesionales de la comunicación y de la salud.

CAMBIO DE PARADIGMA CON LA CONVENCIÓN INTERNACIONAL DE LOS DERECHOS DE LA NIÑEZ13 En lo que respecta a aquellas personas que están por debajo de los 18 años, es crucial señalar el impacto que ha tenido la Convención de los Derechos del Niño, que le da fundamento a la denominada:

DOCTRINA DE LA PROTECCIÓN INTEGRAL, y con esto nos referimos a la construcción de una nueva concepción de los niños, las niñas y los adolescentes y

13 Morlachetti Alejandro, Octubre del 2006.

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de sus relaciones con la familia, la sociedad y el Estado. Esta concepción se basa en el reconocimiento expreso de ellos y ellas como sujetos de derecho que se desprende de su carácter de personas humanas, en oposición a la idea de ser definidos a partir de su incapacidad jurídica.

En este enfoque, que involucra a la totalidad de la niñez y la adolescencia, los efectos son muy importantes:

Niños, niñas y adolescentes son personas titulares de derechos y obligaciones, igual que los adultos, y por tanto, sujeto de derechos. No pueden ser considerados objetos pasivos de protección del Estado y de los padres.

Los derechos humanos, reconocidos en las convenciones internacionales de derechos humanos también se aplican a la niñez y la adolescencia.

Mas allá del respeto a los derechos y deberes de los progenitores y representantes, es de destacar el Artículo 5 de la Convención de los Derechos del Niño, cuando aclara que las facultades otorgadas a los padres son conferidas con el objetivo de impartirlas en consonancia con la evolución de sus facultades para que los niños, niñas y adolescentes ejerzan los derechos reconocidos en ese instrumento internacional.

Del juego armónico de los Artículos 12 y 24 de la Convención de los Derechos del Niño, se desprende que niños, niñas y adolescentes, en cuanto titulares del derecho a las prestaciones de salud, tienen que ser escuchados y sus opiniones deben ser tomadas en cuenta en función de su edad y madurez. En este sentido, se considera que cualquier obstáculo injustificado al acceso a la atención de la salud de los niños, niñas y adolescentes, constituye discriminación sobre la base de la edad y por lo tanto una violación al Art. 2 de la Convención de los Derechos del Niño. Los Estados deben asegurar a los niños, niñas y adolescentes el acceso a la información y la oportunidad de participar en las decisiones que afectan a su salud, a través del consentimiento informado, los derechos a la confidencialidad y a obtener la información apropiada de acuerdo a su edad.

DERECHOS QUE CONTIENE LA CONVENCIÓN La Convención contiene 40 artículos que describen los derechos de la niñez. Estos derechos incluyen:

Derechos sociales: El derecho a la vida y a una óptima calidad de vida y desarrollo; el mejor nivel posible de salud y acceso a los cuidados de la salud; la educación; el juego; a un ámbito familiar, a no ser que no responda a los intereses superiores del niño; al cuidado alternativo cuando los padres no pueden brindarlo; a la reunificación familiar; a la promoción de la inclusión de la niñez con discapacidad; al apoyo de los padres para proteger los derechos de sus hijos.

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Derechos Económicos: El derecho a un adecuado estándar de vida para un desarrollo pleno; al beneficio de la seguridad social y a la protección de la explotación económica. Derechos de Protección: El derecho a la promoción del interés superior del niño; a la protección de la explotación sexual; a participar en conflictos armados; a la protección contra las drogas peligrosas; a la protección contra al abuso y la negligencia; a la rehabilitación luego de situaciones de abuso, explotación o negligencia. Derechos Culturales: El derecho a respetar el lenguaje; la cultura y la religión y a la abolición de prácticas tradicionales que pueden resultar dañinas para la salud. Derechos Civiles y Políticos: A ser escuchado y considerado responsablemente; a estar libre de todo tipo de discriminación en el ejercicio de los derechos en forma universal; a la libertad de expresión; a la privacidad; a la información; al respeto de la integridad física y personal; a la libertad de todas las formas de violencia, tratamiento cruel, inhumano o degradante; a la identidad; a asociarse con otros.

CARACTERÍSTICAS DE LOS DERECHOS DE LA CONVENCIÓN

Los derechos de la niñez son indivisibles, universales y no hay jerarquía en cuanto a su importancia. En conjunto, conforman un patrón integral de derechos que, si son respetados en su totalidad, pueden promover la salud, el bienestar, el desarrollo y la participación activa de todos los niños, niñas y adolescentes. Por ejemplo: El derecho a la salud y desarrollo óptimo en la niñez no puede ser logrado sin el compromiso o la consideración simultánea de: las condiciones de vida, un hogar adecuado, la protección de la explotación económica y la exposición a trabajo riesgoso, a la información a través de la cuál los niños y niños puedan tomar decisiones informadas y protegerse a sí mismos, a la implementación de políticas para promover el interés superior de la niñez (políticas sobre medio ambiente, el transporte, VIH / SIDA, protección legal ante la violencia doméstica.

Mientras la convención destaca que los niños, nñas y adolescentes son sujetos de derecho, al mismo tiempo considera tres amplias categorías:

1. Derechos que se aplican por igual a niños/as y adultos: La Convención sobre los Derechos del Niño parte del niño, niña y adolescente como sujetos de derechos y obligaciones, y estipula que, como tales, deben gozar de las mismas

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garantías que los adultos. Muchos derechos reconocidos en la legislación internacional de derechos humanos están contenidos en la Convención, y definen su aplicación en forma explícita e igualitaria tanto en niños / as como en adultos. Ellos incluyen los siguientes derechos: la vida, a la libertad de expresión, a la educación, al debido proceso ante la ley y a la no-discriminación.

2. Derechos específicos a las necesidades de la niñez y su condición de sujetos en desarrollo: Además de reafirmar la aplicación de aquellos derechos ya reconocidos a los seres humanos en general en otros instrumentos de derecho internacional, establece requisitos específicos tomando en cuenta las necesidades especiales de los niños. Ellos incluyen los derechos a: jugar, tener consideración por sus intereses superiores, ser protegidos del abuso y la explotación y el derecho a proveer cuidados alternativas cuando sus familias no pueden hacerlo. Considerar su propia perspectiva, reservas o preocupaciones en torno a estas cuestiones.

3. Los niños, niñas y adolescentes gozan de todos los derechos pero algunos derechos los pueden ejercer por si mismos en forma gradual a medida que van creciendo: Por ejemplo, el derecho a la confidencialidad y privacidad o el derecho al voto. En este caso, las facultades otorgadas a los padres o tutores son conferidas con el objetivo de impartirlas en consonancia con la evolución de sus facultades para que los niños, niñas y adolescentes ejerzan los derechos reconocidos en este instrumento internacional. Los padres tienen el derecho y la responsabilidad de proveer orientación y guía a sus hijos. Sin embargo, la Convención pauta que todas las decisiones de los padres o tutores que involucren a los niños / as y adolescentes deben contemplar su Interés Superior.

PRINCIPIOS FUNDAMENTALES DE LA CONVENCIÓN POR LOS DERECHOS DE LA NIÑEZ El Comité de los Derechos de la Niñez es un cuerpo internacional establecido para monitorear el progreso en la implementación de la Convención por parte de los gobiernos, ha identificado cuatro principios que deben ser considerados cuando se implementan los derechos de la Convención:

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Una revisión detallada de toda la Convención revela que los restantes artículos son consistentes con los 4 artículos fundamentales y que la mayor parte de los artículos deriva de los mismos.

Artículo 2. Derecho a la no-discriminación: El Artículo 2 explicita que todos los derechos de la Convención se aplican a toda la niñez sin ningún tipo de discriminación. En otras palabras, los gobiernos deben tomar las medidas que aseguren que todos los derechos contenidos en la Convención se apliquen a todos los niños y niñas en la jurisdicción o el Estado. Ello implica la consideración de formas directas e indirectas de discriminación.

La discriminación directa: acontece cuando los niños/as de una determinada condición étnica o indígena son negados en su acceso igualitario a los servicios de salud; cuando se ofrecen servicios deficientes a las niñas con respecto a los varones (discriminación de género); cuando los refugiados o quienes buscan asilo no son autorizados a acceder a servicios de salud al igual que los demás niños. La discriminación indirecta: puede acontecer, por ejemplo, en zonas rurales en donde el financiamiento es inferior al de las zonas urbanas condicionando una provisión deficiente de información o servicios. También por proveer servicios en un lenguaje no apropiado para los pobladores locales, convirtiéndose esta situación en una barrera cultural en el acceso a los servicios de salud.

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Artículo 3. El compromiso de promover el interés superior de la Niñez:

El Artículo 3 de la Convención impone la obligación sobre instituciones de seguridad social, privadas, juzgados, autoridades administrativas, cuerpos legislativos, etc., que en todas las acciones que afecten a la niñez, el interés superior del niño deberá ser la consideración primaria.

.................................................................................................................................. El Interés superior del Niño14 supone la máxima satisfacción integral y imultánea de sus derechos y garantías respetando:

Su condición de sujeto de derecho.

El derecho a ser escuchados y que su opinión sea tenida en cuenta.

El pleno desarrollo personal de sus derechos en su medio familiar, social y cultural.

Su edad, grado de madurez, capacidad de discernimiento y demás condiciones personales.

El equilibrio entre los derechos y garantías de las niñas, niños y adolescentes y las exigencias del bien común. ..................................................................................................................................

Para determinar este principio en una situación concreta se debe apreciar:

La condición de sujeto de derecho.

El derecho a opinar y ser oído.

Respeto por su entorno cultural y familiar.

La necesidad de equilibrio entre los derechos y garantías del niño y sus deberes y las exigencias de una sociedad justa y democrática.

Este artículo limita la obligación a "una consideración primordial". En otras palabras, otras consideraciones pueden informar sobre acciones que afecten a la niñez. Sin embargo, esta limitación existe dado que el Artículo 3 se extiende a todos los aspectos de la vida de la niñez incluidos los efectos que los gobiernos y las políticas públicas tienen sobre ella. También se aplica a cuestiones que afectan a la niñez individualmente o en su conjunto. Por ejemplo, la decisión sobre cómo tratar un niño o una niña debería hacerse sobre la base de su interés superior y no meramente para contribuir al hallazgo de una investigación o de proveer más experiencia al profesional. De acuerdo a este principio, las decisiones sobre la atención del niño/a en las guardias del hospital deberían realizarse sobre la base del interés superior de la niñez y no para la conveniencia de la mayor eficiencia del personal. Las políticas de gobierno sobre transporte, protección ambiental o cambios en la organización de los servicios de salud debería reflejar el compromiso con el interés superior de la niñez.

14

Definición extraída de la Ley 26.061 de la República Argentina.

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Artículo 6. El derecho a la supervivencia y el desarrollo: El Artículo 6 de la Convención destaca la importancia del derecho de cada niño/a a la vida y a una óptima supervivencia y desarrollo.

Esta situación impone obligaciones no solamente en cuanto a la provisión de servicios para proteger las vidas de los niños y niñas, sino además, para crear un ambiente en el cual niños y niñas puedan desarrollarse plenamente en todos sus aspectos: físico, psíquico (emocional y cognitivo) y social. Esto significa que las vidas de todos los niños y niñas deberán estar igualmente protegida, independientemente del grado de discapacidad, género, etnia, u otro factor.

Artículo 12. El derecho a ser escuchado y considerado seriamente:

El Artículo 12 indica que todos los niños y niñas tienen el derecho a expresar sus opiniones en todos aquellos aspectos que les conciernen y a ser considerados seriamente de acuerdo a su edad y maduréz. En otras palabras, los niños y niñas tienen el derecho a ser consultados cuando se tomen decisiones que los afecten, tanto individualmente como en su conjunto.

Respetar el derecho "a ser considerados" es un mecanismo importante a través del cual los niños y niñas pueden contribuir a su propia salud y protección. Los adultos pueden tomar mejores decisiones informadas y en primer lugar considerar la opinión de los niños y niñas. La "consideración de la niñez" por parte de los adultos, facilita que los niños, niñas y adolescentes puedan desafiar con mayor facilidad las situaciones de abuso y negligencia en contra de sus derechos.

EL EJERCICIO DE LOS DERECHOS Y LAS RESPONSABILIDADES

Los derechos de la infancia NO SON contingentes con el ejercicio de responsabilidades. Las responsabilidades las van adquiriendo a medida que desarrollan evolutivamente mayores capacidades.

Por ejemplo, los derechos a la vida, la libertad de toda forma de tortura y trato degradante, la educación, el mejor nivel posible de salud y la protección contra la explotación sexual no son contingentes a ningún tipo de reciprocidad en materia de responsabilidades. Existe un reconocimiento hacia el respeto de la humanidad como un principio fundamental que debe regir para el tratamiento de las personas.

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Los niños y niñas no tienen que demostrar responsabilidad hacia otros antes de poder reclamar por el respeto de los derechos de sí mismos. En este sentido podría resumirse que:

Los niños / as y adolescentes tienen derechos desde que nacen.

Van ejerciendo progresivamente su ejercicio autónomo de acuerdo a sus capacidades evolutivas.

Los derechos de la niñez son incondicionales y su ejercicio no esta supeditado al ejercicio de sus responsabilidades.

Los niños / as y adolescentes aprenden a respetar los derechos de los demás a través del respeto de sus propios derechos.

Para el ejercicio de algunos de los derechos civiles y políticos, la Convención no asume que todos los niños y niñas, independientemente de su edad, tengan igual competencia en el ejercicio de los mismos. En este sentido, reconoce las facultades evolutivas de los niños / as en el ejercicio de sus derechos a medida que crecen. Tanto en el Artículo 5, derechos y responsabilidades de los padres, como en el Artículo 14, sobre libertad de credos, la Convención establecen que los padres tienen el derecho de proveer orientación y guía a sus hijos "en forma consistente con las facultades evolutivas del niño/a".

Los niños van adquiriendo responsabilidades que están directamente relacionadas con su condición de persona en desarrollo y aumentan en la medida en que desarrollan, evolutivamente mayores capacidades.

Por ejemplo, el ejercicio de sus derechos a la privacidad y la confidencialidad pueden desarrollarlos autónomamente y sin mediación de los padres o tutores a medida que van aumentando gradualmente sus facultades evolutivas. La Convención no impone obligación a los niños y niñas a aceptar responsabilidades para el ejercicio de derechos para los cuales aún no están preparados/as. Tienen derecho a expresar sus impresiones, pero no una obligación para llevarlas a cabo.

OBLIGACIONES DE LOS GOBIERNOS QUE RATIFICAN LA CONVENCIÓN Todos los gobiernos fueron invitados a ratificar la Convención. A la fecha, 192 países han ratificado la Convención con la sola excepción de dos países: Estados Unidos y Somalía.

La ratificación es el proceso de mediante el cual se asume un compromiso internacional para la implementación de los principios y estándares.

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1. Implementar la Convención sin ningún tipo de discriminación:

El Artículo 4 de la Convención requiere a los gobiernos hacer el mayor esfuerzo posible para orientar los recursos de manera de asegurar que los derechos sean respetados al máximo posible. Citando el mencionado artículo: "tomar las medidas apropiadas desde el punto de vista legislativo, administrativo y otras medidas para la implementación de los derechos…..en la Convención." También va sobre el Estado, "Con relación a los derechos, económicos, sociales y culturales, (los gobiernos) deberán tomar estas medidas en su mayor extensión con los recursos disponibles …" .

2. Hacer que la Convención sea ampliamente conocida por niños/as y adultos: Si los niños/as y adolescentes desconocen sus derechos, difícilmente podrán utilizarlos y reclamarlos.

En el Artículo 42 de la Convención se hace referencia clara que los gobiernos deberán publicitar la Convención de manera que niños/as, adolescentes y adultos conozcan de su existencia, su contenido y las implicancias sobre sus vidas.

Este proceso de toma de conciencia puede realizarse, por ejemplo, a través de los medios, la currícula de las escuelas, a través de la capacitación de los profesionales que trabajan con niños/as, a través de campañas de educación pública, a través de la difusión de información de fácil acceso en las escuelas, clínicas, hospitales, comercios, supermercados, autoridades locales, etc.

3. Informar regularmente al Comité de los Derechos de la Niñez: La Convención cuenta con un cuerpo establecido para monitorear cómo los gobiernos implementan los derechos en la niñez. El cuerpo, conocido como Comité de los Derechos del Niño, está integrado por un grupo de expertos en el campo de los derechos que son elegidos por los gobiernos que han ratificado la Convención.

Los gobiernos son requeridos para producir un informe sobre el progreso en la implementación de la Convención dos años después de su ratificación y luego, cada 5 años.

El Comité también estimula a las ONGS y coaliciones, y otros cuerpos de expertos a enviar información en orden de hacer más confiable el proceso de seguimiento del grado de

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cumplimiento de los derechos en un país dado. Una vez que estos informes son analizados y la delegación del gobierno evaluada, el Comité produce sus "conclusiones y observaciones" que definirán las recomendaciones hacia el gobierno. El gobierno se espera que actúe en consecuencia.

..................................................................................................................................... ¿Qué es lo que la Convención requiere de los gobiernos?:

Obligación de respetar Abstenerse de interferir en el goce de un derecho.

Obligación de proteger Prevención de violaciones de los derechos por terceras personas implementando medidas estatales para prevenir o poner fin a la violación: normativas y mecanismos para el cumplimiento de esas normativas.

Obligación de promover Aumento de la conciencia pública tanto de los derechos como de los rocedimientos para asegurar cómo proteger los derechos, creando y publicitando oportunidades para la participación y la construcción de capacidades para posibilitar una participación significativa.

Obligación de realizar El Estado debe tomar medidas para asegurar que cada persona satisfaga aquellos derechos que no pueden ser asegurados a través de un esfuerzo personal.

Obligación de informar al Comité de Seguimiento ..................................................................................................................................

AMENAZA, INCUMPLIMIENTO Y VULNERACIÓN DE LOS DERECHOS DE LA CONVENCIÓN Se considera como AMENAZA DE DERECHOS a:

Las acciones u omisiones del Estado a través de sus instituciones (escuela, centros de salud, hospitales, clínicas, etc.), de la familia, de la comunidad, que interfieran u obstaculicen el disfrute y / o ejercicio de uno o más derechos, o el acceso a una igualdad de oportunidades para que niños, niñas y adolescentes logren su desarrollo integral y pleno.

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Se considera como VIOLACIÓN O VULNERACIÓN DE DERECHOS a:

Las acciones u omisiones provenientes del Estado a través de sus instituciones, de la familia y la comunidad que nieguen o impidan el disfrute y / o ejercicio de algún derecho, pudiendo a la vez, implicar una amenaza a otros derechos.

Debe destacarse que la ratificación de la Convención no implica que se puedan tomar sanciones contra aquellos gobiernos que violan los derechos de la niñez. El Comité por los Derechos del Niño sí puede comprometerse a un diálogo constructivo con los gobiernos y la prensa para propiciar cambios, pero con la fuerza insuficiente como para sancionar. Por este motivo, a veces se describe a la Convención de los Derechos del Niño como una "ley blanda".

Lo que la Convención provee es un marco normativo con estatus de ley internacional que permite realizar el seguimiento de dichas violaciones. Es un proceso lento, pero una vez que se instala permite lograr cambios significativos.

Los instrumentos disponibles para generar cambios en este sentido son: A. El diálogo nacional e internacional permanente. B. La presión internacional y la exposición C. El proceso gradual de toma de conciencia y comprensión sobre la naturaleza de los derechos de la niñez y los modos en que ellos son violados.

Se sabe que la ratificación de la Convención no es garantía del cese de las violaciones, abuso o negligencia en trono a los derechos de la niñez. Sin embargo los instrumentos mencionados que pone a disposición, permiten alcanzar algunos progresos y logros.

LOGROS ALCANZADOS POR LA CONVENCIÓN: Desde que fue implementada en 1989, se han realizado progresos en muchas sociedades, entre los cuales pueden citarse los siguientes:

En el concierto internacional, existe una mayor conciencia y compromiso para terminar con la explotación y el trabajo infantil, el abuso sexual, la discriminación contra las niñas y la niñez discapacitada, así como los niños que son convocados para combatir.

En el nivel nacional, muchos gobiernos han comenzado a analizar y mejorar sus legislaciones para acercarse a la Convención, a establecer Comisiones Independientes sobre Derechos de la Niñez, a generar mayor conciencia a nivel del público, a desarrollar programas que promuevan el interés superior de la niñez, a terminar con todas las formas de violencia contra la niñez y a orientar recursos adicionales para cumplir con

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todas las obligaciones y compromisos hacia la infancia. En muchos países la Convención ha pasado a formar parte de la Constitución y ha sido el motor de nuevas legislaciones basadas en el paradigma de la protección integral.

En el nivel nacional, regional y local, así como en algunos países, se han introducido medidas al principio en el cual los niños y niñas están habilitados para expresar sus opiniones, a ser tenidos en consideración seriamente, a erradicar la discriminación y mejorar las medidas de protección de la niñez.

LAS FAMILIAS Y LA CONVENCIÓN La Convención promueve una cultura de respeto hacia la niñez en el ámbito familiar, comunitario y social. El reconocimiento de los derechos de la Convención debe permitir en estos ámbitos que los niños y niñas sean parte de las decisiones que los afectan y que sean consultados sobre las mismas. Impone una responsabilidad a los padres y adultos cuidadores con el objeto de proveer cuidados adecuados y protección por medio de la escucha y respetando sus opiniones. En líneas generales, con relación a las familias, la Convención promueve que:

La familia y la comunidad sean los ámbitos más apropiados para la crianza, desarrollo y protección de los niños, niñas y adolescentes.

El Estado debe apoyar a la familia para que esta pueda cumplir sus funciones en la crianza, desarrollo y protección de los niños, niños y adolescentes.

El preámbulo, así como varios artículos de la Convención, enfatizan en el rol que tiene el ámbito familiar para asegurar un óptimo desarrollo infantil. En este sentido, debe considerarse el concepto de familia en toda su amplitud.

Tradicionalmente el concepto de familia se definía a partir del concepto de familia nuclear que implicaba la existencia de un matrimonio heterosexual con hijos, en el cual el hombre era el principal sostén del hogar, conviviendo bajo un mismo techo. Actualmente es necesario reconsiderar y redimensionar el concepto de familia, en el cual el modelo de familia nuclear es sólo un modelo posible dentro de un conjunto de amplias posibilidades, tales como: parejas reconstituidas con hijos anteriores y nuevos, hogares monoparentales sostenidos por la mujer como jefa de hogar, parejas homosexuales con hijos/as, matrimonios que no cohabitan, niños, niñas y adolescentes criados por familiares o cuidadores que no son sus padres biológicos, etc. Reconociendo esta diversidad, podría decirse que en la actualidad sería más correcto hablar del término "Las familias"15, que "de la familia".

15 Este concepto es utilizado por distintos autores en el libro: "Vivir en Familia", UNICEF /LOSADA, 1994

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A pesar de los cambios sociales mencionados anteriormente, muchas veces desde el sector salud los profesionales en sus prácticas, tienden a considerar como disfuncional o problemática a las familias que no responden al modelo nuclear tradicional. En lo referente a la Convención lo que importa básicamente no es el modelo o tipo de familia en cuestión, sino el cumplimiento de la función familiar, en pos de garantizar el bienestar de la infancia. Los artículos referidos a la familia son los siguientes:

El Artículo 5: reconoce los derechos y obligaciones de los padres para proveer orientación y guía a sus hijos/as. Las facultades otorgadas a los padres son conferidas con el objetivo de impartirlas en consonancia con la evolución de las facultades evolutivas de los niños, niñas y adolescentes para ejercer los derechos reconocidos en la Convención.

El Artículo 9: destaca el derecho de los niños/as a no ser separados de sus padres a no ser que sea necesario en función de su interés superior.

El Artículo 18: destaca las obligaciones de los gobiernos a proveer ayuda a los padres con el fin de satisfacer su rol en promover y proteger los derechos de sus hijos/as.

Si bien los padres y cuidadores tienen un rol específico en garantizar y vehiculizar los derechos de la niñez, la aplicación de los mismos en la práctica cotidiana de las familias y comunidades debe contemplar:

Que los niños/as y adolescentes sean considerados y escuchados seriamente (derecho a opinar y ser oído).

La condición de sujeto de derecho.

La orientación y guía para el ejercicio de los derechos debe contemplar las capacidades evolutivas del niño.

Que los padres consideren el interés superior de sus hijos cuando tomen decisiones que los afecten.

El reconocimiento de que algunas veces el interés de los niños puede no ser coincidente con el de sus padres.

BARRERAS PARA LA IMPLEMENTACIÓN DE LA CONVENCIÓN DE LOS DERECHOS DE LA NIÑEZ Las barreras primarias que impiden el respeto de los derechos de la niñez, se consideran en cuatro áreas:

A. Tradiciones y actitudes

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B. Invisibilidad de la infancia C. Restricciones económicas D. Falta de cultura democrática E. Focalizarse en los problemas en lugar de las fortalezas y oprtunidades

A. Tradiciones y actitudes: Existen muchas tradiciones culturales que se encuentran muy arraigadas en la sociedad y que afectan el ejercicio de los derechos de la niñez, por ejemplo: el casamiento temprano de las niñas, las formas de castigo corporal rígido, las expectativas de respeto a la autoridad y el fracaso en considerar a la niñez seriamente. Los comportamientos hacia los niños y niñas que violan sus derechos, como resultado de prácticas tradicionales, se consideran perjudiciales y afectan sus oportunidades para una salud y desarrollo óptimos. Si bien, la Convención incluye un claro reconocimiento sobre la importancia de respetar la cultura de la niñez, y el derecho de los padres a ejercer la direccionalidad y guía de sus hijos, también explicita que esto debe hacerse en forma consistente con los principios de la Convención. En la práctica, la implementación amplia de la Convención requerirá cambios en las actitudes hacia la niñez en cada sociedad del mundo. Para muchos niños y niñas, la implementación de sus derechos está impedida por actitudes discriminatorias, la negación del derecho a la educación de las niñas, el aislamiento social y la segregación de los discapacitados, la violencia y hostilidad contra las minorías étnicas y la pobreza.

B. Invisibilidad de la niñez: Generalmente, los políticos y quienes toman decisiones sobre las políticas públicas, no consideran a la niñez cuando deciden acciones que impactan sobre la misma. La invisibilidad de la niñez está dada entre otros factores, por su falta de poder en la arena pública y por su falta de derechos electorales, situaciones que facilitan que la misma sea poco considerada por quienes detentan el poder, por encontrarla poco conveniente para alcanzar sus intereses en comparación con otros grupos sociales. De este modo, por ejemplo, en las decisiones sobre las políticas públicas medioambientales, como puede ser, la negociación sobre la construcción de una fábrica que potencialmente puede resultar dañina para la salud, parece valer más el lobby empresarial y la capacidad de las empresas por influir en las agendas del gobierno, que los derechos de la niñez y la consideración de su interés superior. En consecuencia, ocurren fenómenos de negligencia contra sus intereses y derechos y necesitan de personas que los defienda articulando sus preocupaciones con los grupos de poder.

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C. Restricciones económicas: En muchos países, existen serias restricciones económicas que limitan las capacidades de los gobiernos por implementar los derechos de la niñez, particularmente, los derechos económicos y sociales. Existen dificultades, por ejemplo, en la implementación del acceso universal al cuidado de la salud, a la educación primaria, o a un standard de vida adecuado para todos los niños y niñas. La Convención establece que estos derechos deberán ser implementados con la máxima extensión posible sobre la base de los recursos disponibles. Reconoce además que la implementación debe ser necesariamente progresiva. Todos los gobiernos, aunque pobres, toman decisiones en cuanto a sus prioridades. Por ejemplo, Mientras República Dominicana asigna el 7,9% de su PBI a salud, Perú asigna el 4,9% y México el 4,1% respectivamente16. Los datos citados demuestran, que aún en las economías de pobreza extrema se pueden hacer contribuciones significativas a la implementación de los derechos económicos y sociales de la niñez.

D. Falta de cultura democrática: En los países sin democracia o en las democracias emergentes, como es el caso de la mayoría de las democracias de América Latina, es probable que exista una cultura débil de respeto a los derechos humanos de toda la población, incluida la niñez. Los mecanismos a través de los cuales los derechos democráticos son ejercidos y fortalecidos - elecciones, medios, juzgados, grupos de presión, sindicatos, obdusmnen o comisiones de derechos humanos, están menos desarrollados o son menos accesibles a las personas. Aún en países con democracias, algunos niños y niñas tienen acceso limitado a estos procesos.

E. Focalizarse en los problemas en lugar de las fortalezas y oprtunidades: Diversas investigaciones en el área de las ciencias sociales demuestran que existen fortalezas en cualquier situación y que es más fácil y más productivo si se lleva el foco en estas fortalezas y se construye a partir de las mismas. Esto favorece la aplicación del enfoque de derechos.

16 Organización Panamericana de la Salud, datos extraídos de los Indicadores Básicos de Salud, Situación de las Américas, Año 2000.

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EL ENFOQUE DE DERECHOS17 El enfoque de los derechos es una perspectiva de garantías que tiene el objetivo expreso de lograr el reconocimiento y el ejercicio pleno de la ciudadanía de los niños, niñas y adolescentes y se considera de referencia transversal obligatoria de los esfuerzos del Estado para reducir las condiciones de exclusión de ellos y ellas.

Desde este enfoque, se abandona la estrecha visión de la persona joven como problema para reafirmar que son sujetos de los derechos reconocidos en los marcos legales de carácter internacional y nacional. Una política pública que se asienta y tiene respaldo en el ordenamiento constitucional y se basa en una perspectiva de derechos, cuenta con mecanismos de exigibilidad. Así las instituciones y profesionales encargadas de aplicar una política se deben basar explícitamente en las normas de derechos humanos y sirve para recordar a todos los participantes en su formulación y ejecución de que tienen el deber, como mínimo, de evitar políticas y prácticas que dificulten cumplir con las obligaciones que asumen respecto de los individuos y grupos dentro de su jurisdicción. Los trabajadores de la salud no son ajenos a estas prerrogativas. De allí que incorporar el enfoque de derechos, debe ser un eje significativo de la práctica profesional.

LOS DERECHOS DEL NIÑO Y LA NORMATIVIDAD COLOMBIANA En Colombia la Convención por los Derechos del Niño de las Naciones Unidas fue ratificada por medio de la ley número 12 de 1991, introduciendo un cambio en la concepción social de la infancia: los niños deben ser reconocidos como sujetos sociales y como ciudadanos con derechos en contextos democráticos. Colombia, al igual que otros países del mundo, ha elevado a principio constitucional los compromisos adquiridos al suscribir la Convención, estableciendo en el artículo 44 de la Constitución Política, que los derechos del niño/a prevalecen sobre los derechos de las demás personas. Esta norma Superior, al reconocer los derechos fundamentales de los niños/as, establece la obligatoriedad de la familia, la sociedad y el Estado, de protegerlos contra toda forma de abandono, violencia física o moral, secuestro, venta, abuso sexual, explotación laboral o económica y trabajos riesgosos. Gozarán también de los demás derechos consagrados en la Constitución, en las leyes y en los Tratados Internacionales ratificados por Colombia. Además, se obliga, a estos estamentos, en su orden a asistir y

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Morlachetti Alejandro, Octubre del 2006.

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proteger a los niños/as para garantizar su desarrollo armónico e integral y el ejercicio pleno de sus derechos. Para responder al deber de armonizar la legislación Colombiana con los postulados de la Convención sobre los Derechos del Niño, el Congreso de la República el 8 de noviembre de 2006 expidió la Ley 1098 “Código de la Infancia y la Adolescencia”, que reemplazo al Código del Menor. Con la derogación del Código del Menor se transitó de una legislación basada en la doctrina de la “situación irregular” en la cual se asiste al niño/a para satisfacer las carencias y necesidades más inmediatas a una legislación basada en la doctrina de la “protección integral”, que reconoce a niños y niñas como sujetos de derechos y en la cual las políticas públicas deben ser integrales y universales y estár dirigidas hacia la protección efectiva de toda la niñez y la adolescencia y no hacia su control social. Este código tiene por finalidad garantizar a los niños, a las niñas y a los adolescentes su pleno y armonioso desarrollo para que crezcan en el seno de la familia y de la comunidad, en un ambiente de felicidad, amor y comprensión. Establece normas sustantivas y procesales para la protección integral de los niños, las niñas y los adolescentes, garantizar el ejercicio de sus derechos y libertades consagrados en los instrumentos internacionales de Derechos Humanos, en la Constitución Política y en las leyes, así como su restablecimiento.

RESUMEN DEL CÓDIGO DE LA INFANCIA Y LA ADOLESCENCIA

¿Qué es el Código de la Infancia y la Adolescencia?:

Es la norma jurídica nacional que recoge, desarrolla y adapta al país la Convención sobre Derechos del Niño. Establece las disposiciones para la protección integral de niños, niñas y adolescentes y tiene como fin garantizarles su desarrollo integral para que crezcan en el seno de su familia y de la comunidad, en un ambiente de felicidad, amor y comprensión.

Principios del Código:

Protección Integral: Reconocimiento de los niños, niñas y adolescentes como sujetos de derechos, la garantía y cumplimiento de los mismos, la prevención de su amenaza o vulneración y la seguridad de su restablecimiento inmediato.

Interés Superior: Imperativo que obliga a todas las personas a garantizar la satisfacción integral y simultánea de todos los derechos de niños, niñas y adolescentes.

Prevalencia: Para la toma de cualquier decisión, cuando exista conflicto entre los derechos de niños, niñas o adolescentes con los de cualquier otra persona,

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prevalecerán los derechos de estos. Cuando hay conflicto entre dos disposiciones legales, administrativas o disciplinarias, se aplicará la más favorable a su interés superior.

Corresponsabilidad: La Familia, la Sociedad y el Estado son corresponsables en su atención, cuidado y protección.

Perspectiva de Género: Reconocimiento de las diferencias sociales, biológicas y psicológicas de las personas según el sexo, la edad, la etnia y el rol que desempeñan en la familia y el grupo social.

Derechos de los niños, niñas y adolescentes que establece el Código:

Derecho a la vida a la calidad de vida y a un ambiente sano: Supone la generación de condiciones que les aseguren desde la concepción cuidado, protección, alimentación nutritiva y equilibrada, acceso a los servicios de salud, educación, vestuario adecuado, recreación y vivienda segura dotada de servicios públicos esenciales en un ambiente sano.

Derecho a la integridad personal: A la protección contra todas las acciones que causen muerte, daño o sufrimiento físico, sexual o psicológico, en especial el maltrato y los abusos de toda índole por parte de cualquier persona.

Derecho a la rehabilitación y a la resocialización para los niños, niñas y adolescentes que hayan cometido un delito.

Derecho a la protección contra el abandono físico, afectivo, la explotación económica, sexual, la pornografía, el secuestro, la trata de personas, la guerra, los conflictos armados internos, el reclutamiento y la utilización por parte de grupos armados al margen de la ley, la tortura, la situación de vida en calle, el desplazamiento forzoso, las peores formas de trabajo infantil y las minas antipersonales.

Derecho a la libertad y seguridad personal: No podrán ser detenidos ni privados de su libertad, salvo por las causas que contempla el Sistema de Responsabilidad para Adolescentes.

Derecho a tener una familia y a no ser separado de ella.

Derecho a la custodia y cuidado personal: Es obligación de los padres y adultos responsables.

Derecho a los “alimentos”, definidos como todo lo que requiere el niño, niña o adolescente para su desarrollo integral: alimentos, vestido, habitación, educación, recreación y salud.

Derecho a la identidad: Comprende la identidad, el nombre, la nacionalidad y la filiación y el derecho a preservar su lengua de origen, su cultura e idiosincrasia.

Derecho al debido proceso en todas las actuaciones administrativas y judiciales en que se encuentren involucrados, en los cuales deben ser escuchados y sus opiniones tenidas en cuenta.

Derecho a la salud integral, entendida como un estado de bienestar físico, psíquico y fisiológico y no solo la ausencia de enfermedad, lo que comprende la garantía de la prestación de todos los servicios, bienes y acciones, conducentes a la conservación o la

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recuperación de la salud. Ningún Hospital, Clínica, Centro de Salud y demás entidades dedicadas a la prestación del servicio de salud, sean públicas o privadas, podrán abstenerse de atender a un niño, niña que requiera de atención en salud. Incurrirán en multa de hasta 50 salarios mínimos legales mensuales vigentes las autoridades o personas que omitan esta atención. El Estado creará el sistema de salud integral para la infancia y la adolescencia, el cual para el año 2010 incorporará a todos los niños, niñas y adolescentes.

Derecho a educación de calidad que comprenda al menos un año de preescolar y nueve de educación básica.

Derecho al desarrollo integral en la primera infancia: Incluye los derechos impostergables de niños y niñas de 0 a 6 años a la tención en salud y nutrición, el esquema completo de vacunación, la protección contra los peligros físicos y la educación inicial.

Derecho a la recreación, participación en la vida cultural y en las artes.

Derecho a la participación en las actividades que se realicen en la familia y en las instituciones, así como en los programas y políticas estatales que sean de su interés. El Estado y la sociedad deben propiciar esta participación.

Derecho de asociación y reunión.

Derecho a la intimidad: Serán protegidos contra toda injerencia arbitraria o ilegal en su vida privada, así como contra toda conducta, acción o circunstancia que afecte su dignidad.

Derecho a buscar, recibir y difundir información e ideas.

Derecho a la protección laboral de los adolescentes autorizados para trabajar: la edad mínima para trabajar es de 15 años con autorización de un Inspector de Trabajo.

Derecho de los niños, niñas y los adolescentes con discapacidad: Tienen derecho a gozar de una calidad de vida plena y a que se les proporcionen las condiciones necesarias por parte del Estado para que puedan valerse por sí mismos e integrarse a la sociedad, así como al respeto por la diferencia y disfrute de vida digna en condiciones de igualdad que les permitan desarrollar al máximo sus potencialidades. Tienen derecho a recibir atención, diagnóstico, tratamiento especializado, rehabilitación y cuidados especiales en salud, educación, orientación y apoyo a los miembros de la familia o personas encargadas de su cuidado y atención, a educación gratuita en entidades especializadas, a la habilitación y rehabilitación, para eliminar o disminuir las limitaciones en las actividades de la vida diaria, a ser destinatarios de acciones y oportunidades para reducir su vulnerabilidad y permitir la participación en igualdad de condiciones con las demás personas.Los padres que asuman la atención integral de un hijo discapacitado recibirán una prestación especial por parte del Estado. El Estado garantizará el cumplimiento efectivo y permanente de los derechos de protección integral en educación, salud y rehabilitación de los adolescentes con discapacidad cognitiva severa profunda, con posterioridad al cumplimiento de los 18 años de edad.

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Los garantes de derechos según el Código: Los garantes corresponsables la garantía de los derechos de niños, niñas y adolescentes son la familia, la sociedad y el Estado, quienes tienen las siguientes obligaciones:

La familia debe:

Promover la igualdad, el afecto, la solidaridad y el respeto de sus integrantes.

Proteger contra cualquier acto que amenace o vulnere su vida, dignidad e integridad.

Formarles, orientarles y estimularles en le ejercicio de sus derechos y responsabilidades y en el desarrollo de su autonomía.

Abstenerse de cualquier tipo de violencia o de explotación.

Inscribirlos en el registro civil y en el sistema educativo.

Proporcionarles las condiciones necesarias para que alcancen una nutrición y una salud adecuadas, que les permita un óptimo desarrollo físico, psicomotor, mental, intelectual, emocional y afectivo y educarles en la salud preventiva y en la higiene.

Brindarles recreación, estimular sus expresiones artísticas y sus habilidades científicas y tecnológicas.

Promover el ejercicio responsable de los derechos sexuales y reproductivos y colaborar con la escuela en la educación sobre este tema.

Incluirlos en el sistema de salud y de seguridad social desde el momento de su nacimiento y llevarlos en forma oportuna a los controles periódicos de salud, a la vacunación y demás servicios médicos.

Abstenerse de realizar todo acto y conducta que implique maltrato físico, sexual o psicológico, y asistir a los centros de orientación y tratamiento cuando sea requerida.

Decidir libre y responsablemente el número de hijos e hijas a los que pueda sostener y formar.

La Sociedad debe:

Conocer, promover y respetar los derechos.

Desarrollar acciones para prevenir la vulneración, asegurar el ejercicio de los derechos y procurar la protección inmediata ante las amenazas a sus derechos.

Participar en la formulación, gestión, evaluación y seguimiento de las políticas públicas de infancia.

Denunciar a través de cualquier medio la vulneración de los derechos.

El Estado debe:

Garantizar y asegurar el ejercicio de los derechos de los niños, niñas y adolescentes y

restablecerlos cuando estos hayan sido vulnerados.

Garantizar la asignación de los recursos necesarios.

Diseñar y ejecutar políticas públicas a nivel nacional, departamental, distrital y municipal y asignar los recursos necesarios para su implementación.

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Investigar y sancionar los delitos contra niños, niñas y adolescentes.

Apoyar a las familias para que éstas puedan garantizarles los derechos a sus hijos e hijas.

Prestar especial atención a los niños, niñas y adolescentes que se encuentren en situación de riesgo, vulneración o emergencia.

Protegerlos contra la vinculación y el reclutamiento en grupos armados al margen de la ley.

Promover la convivencia pacífica en la familia y en la sociedad y prevenir y atender todo tipo de violencia que atente contra sus derechos.

Garantizar que los niños, las niñas y los adolescentes tengan acceso al Sistema de Seguridad Social en Salud de manera oportuna. Este derecho se hará efectivo mediante afiliación inmediata del recién nacido a uno de los regímenes de Ley.

Reducir la morbilidad y la mortalidad infantil, prevenir y erradicar la desnutrición, especialmente en los menores de cinco años, y adelantar los programas de vacunación y prevención de las enfermedades que afectan a la infancia y a la adolescencia y de los factores de riesgo de la discapacidad.

Asegurar los servicios de salud y subsidio alimentario definidos en la legislación del sistema de seguridad social en salud para mujeres gestantes y lactantes, familias en situación de debilidad manifiesta y niños, niñas y adolescentes.

El Sistema de Seguridad Social en Salud debe:

Diseñar y desarrollar programas de prevención en salud, en especial de vacunación, complementación alimentaria, suplementación nutricional, vigilancia del estado nutricional y mejoramiento de hábitos alimentarios.

Diseñar y desarrollar programas de prevención de las infecciones respiratorias agudas, la enfermedad diarreica aguda y otras enfermedades prevalentes de la infancia.

Diseñar, desarrollar y promocionar programas que garanticen a las mujeres embarazadas la consejería para la realización de la prueba voluntaria del VIH/SIDA y en caso de ser positiva tanto la consejería como el tratamiento antirretroviral y el cuidado y atención para evitar durante el embarazo, parto y posparto la transmisión vertical madre-hijo.

Disponer lo necesario para garantizar tanto la prueba VIH/SIDA como el seguimiento y tratamiento requeridos para el recién nacido.

Garantizar atención oportuna y de calidad a todos los niños, las niñas y los adolescentes, en especial en los casos de urgencias.

Garantizar la actuación inmediata del personal médico y administrativo cuando un niño, niña o adolescente se encuentre hospitalizado o requiera tratamiento o intervención quirúrgica y exista peligro inminente para su vida; carezca de representante legal o éste se encuentre en situación que le impida dar su consentimiento de manera oportuna o no autorice por razones personales, culturales, de credo o sea negligente; en atención al interés superior del niño, niña o adolescente o a la prevalencia de sus derechos.

Garantizar el acceso gratuito de los adolescentes a los servicios especializados de salud sexual y reproductiva.

Desarrollar programas para la prevención del embarazo no deseado y la protección especializada y apoyo prioritario a las madres adolescentes.

Diseñar y desarrollar programas especializados para asegurar la detección temprana y adecuada de las alteraciones físicas, mentales, emocionales y sensoriales en el desarrollo de los niños, las niñas y los adolescentes; para lo cual capacitará al personal de salud en el

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manejo y aplicación de técnicas específicas para su prevención, detección y manejo, y establecerá mecanismos de seguimiento, control y vigilancia de los casos.

Capacitar a su personal para detectar el maltrato físico y psicológico, el abuso, la explotación y la violencia sexual en niños, niñas y adolescentes, y denunciar ante las autoridades competentes las situaciones señaladas y todas aquéllas que puedan constituir una conducta punible en que el niño, niña o adolescente sea víctima.

Diseñar y ofrecer programas encaminados a educar a los niños, las niñas y los adolescentes, a los miembros de la familia y a la comunidad en general en prácticas de higiene y sanidad; en el manejo de residuos sólidos, el reciclaje de basuras y la protección del ambiente.

Disponer lo necesario para que todo niño, niña o adolescente que presente anomalías congénitas o algún tipo de discapacidad, tengan derecho a recibir por parte del Estado, atención, diagnóstico, tratamiento especializado y rehabilitación, cuidados especiales de salud, orientación y apoyo a los miembros de la familia o las personas responsables de su cuidado y atención.

El restablecimiento de derechos: Restablecer derechos es devolver los derechos vulnerados a los niños, niñas y adolescentes y su capacidad para ejercerlos con dignidad e integridad. Las instituciones competentes para el restablecimiento de derechos son:

Instituto Colombiano de Bienestar Familiar-Defensorías de Familia.

Comisarías de Familia.

Ministerio Público – Procuraduría General de la Nación, Defensoría del Pueblo y Personerías distritales y municipales.

Policía Nacional – Policía de la Infancia y la Adolescencia.

A nivel municipal donde no haya Defensor de Familia, el Comisario de Familia asumirá esas funciones y en su ausencia le corresponderá al Inspector de Policía.

Las medidas para restablecer los derechos establecidas por el Código son:

Amonestación a los padres de familia o responsables con asistencia obligatoria a curso pedagógico a cargo del Ministerio Público.

Retiro inmediato del niño, niña o adolescente de la situación que amenace o vulnere sus derechos y ubicación en un programa de atención especializado para restablecer los derechos vulnerados.

Ubicación en medio familiar o institucional.

Adopción.

Promover las acciones policivas, administrativas o judiciales a que haya lugar. Cuando se vulneran derechos, existen dos procedimientos:

Proceso Administrativo: Son las diferentes actuaciones que desarrolla la autoridad competente (Defensor de Familia, Comisario de Familia o Inspector de Policía) tendientes al restablecimiento de los derechos de los

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niños, niñas y adolescentes. Este procedimiento puede durar máximo seis (6) meses con el fin de practicar las pruebas y diligencias tendientes a proteger a los niños y adolescentes cuando sus derechos han sido vulnerados, en el proceso se deben tomar las medidas de protección necesarias.

Proceso Judicial. Es el proceso que realiza el Juez de Familia con el fin de adoptar medidas de protección para los niños, niñas y adolescentes a quienes se les han vulnerado sus derechos. El Juez se encarga de:

Revisar las decisiones del Defensor de Familia o del Comisario de Familia.

Resolver sobre el restablecimiento de los derechos del niño, niña o adolescente cuando el Defensor de Familia o el Comisario de Familia ha perdido su competencia.

Sistema de Responsabilidad Penal para Adolescentes: Es el conjunto de principios, normas, procedimientos, autoridades judiciales especializadas y entes administrativos que intervienen en la investigación y juzgamiento de los delitos cometidos por personas que tengan entre 14 y 18 años. Su finalidad es establecer medidas de carácter pedagógico, privilegiando el interés superior del niño y garantizando la justicia restaurativa, la verdad y la reparación del daño. A los menores de 14 años que cometan delitos se les impondrán medidas de protección y se vincularán a procesos de educación. Las sanciones que se imponen a los adolescentes que se les declara responsabilidad penal, son:

Amonestación

Reglas de conducta

Prestación de servicios a la comunidad

Libertad asistida

Internación en medio semicerrado

Privación de libertad en centro de atención especializado Las sanciones previstas se cumplirán en programas de atención especializados del Sistema Nacional de Bienestar Familiar y el Defensor de Familia o quien haga sus veces deberá controlar su cumplimiento y verificar la garantía de los derechos de los niños, niñas y adolescentes. Las autoridades que intervienen en el Sistema de Responsabilidad Penal para Adolescentes, son:

Los Fiscales Delegados ante los Jueces Penales para adolescentes, quienes se ocuparán de la dirección de las investigaciones.

Los Jueces Penales para adolescentes, Promiscuos de Familia y los Municipales quienes adelantarán las actuaciones y funciones judiciales.

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Las Salas Penales y de Familia de los Tribunales Superiores del Distrito Judicial que integrarán la Sala de Asuntos Penales para adolescentes, ante quienes se surtirá la segunda instancia.

La Corte Suprema de Justicia, Sala de Casación Penal, ante la cual se tramitará el recurso extraordinario de casación, y la acción de revisión.

La Policía Judicial y el Cuerpo Técnico Especializados adscritos a la Fiscalía delegada ante los Jueces Penales para adolescentes y Promiscuos de Familia.

La Policía Nacional con su personal especializado.

Los defensores públicos de la Defensoría del Pueblo, quienes asumirán la defensa de los niños, niñas y adolescentes cuando estos carezcan de apoderado.

Las Defensorías de Familia del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar y las Comisarías de Familia, o los Inspectores de Policía, quienes tomarán las medidas para la verificación de la garantía de derechos, y las medidas para su restablecimiento.

El Instituto Colombiano de Bienestar Familiar quien define los lineamientos técnicos para la ejecución de las medidas pedagógicas.

Políticas Públicas:

El Código define por políticas públicas de infancia y adolescencia, el conjunto de acciones que adelanta el Estado, con la participación de la sociedad y de la familia, para garantizar la protección integral de los niños, las niñas y los adolescentes, estas tienen como objetivos:

Orientar la acción y los recursos del Estado hacia el logro de condiciones sociales, económicas, culturales y ambientales, que hagan posible el desarrollo de las capacidades de y oportunidades de niños, niñas y adolescentes como sujetos de derecho.

Actualizar sistemas y estrategias de información para que permitan tomar decisiones adecuadas y oportunas.

Diseñar y poner en marcha acciones para población infantil más vulnerable.

Fortalecer la articulación interinstitucional e intersectorial. Los principios que rigen las políticas públicas de infancia-adolescencia son: El Interés Superior del niño, niña o adolescente, la Prevalencia de los derechos de niños, niñas y adolescentes, la Protección Integral, la Solidaridad, la Participación Social, la Prioridad de las políticas públicas sobre niñez y adolescencia, la Complementariedad, la Prioridad en la Inversión Social dirigida a la niñez y adolescencia, la Financiación, gestión y eficiencia del gasto y la inversión pública y el Enfoque diferencial. Los responsables de las políticas públicas de infancia-adolescencia son en los respectivos niveles de organización territorial: el/la Presidente, el/la Gobernador/a y el Alcalde o Alcaldesa. En cada uno de estos niveles territoriales se debe contar con una política diferencial y prioritaria de infancia-adolescencia. En todos los departamentos, municipios y distritos deberán sesionar Consejos de Política Social, que son equipos de trabajo que tiene el compromiso de diseñar la política pública de infancia, movilizar, apropiar los recursos presupuestales y dictar las líneas de acción para garantizar los derechos de los niños, niñas y adolescentes en el respectivo nivel territorial.

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Sistema Nacional de Bienestar Familiar:

El Sistema Nacional de Bienestar Familiar es el conjunto de entidades públicas, privadas, sociales y comunitarias legalmente autorizadas que trabajan unidas para mejorar las condiciones de vida de la niñez y la familia, en los municipios, departamentos y en todo el territorio nacional. El ICBF es el ente rector del Sistema Nacional de Bienestar Familiar y tiene a su cargo la articulación de las entidades responsables de la garantía de los derechos, la prevención de su vulneración, la protección y el restablecimiento de los mismos, en los ámbitos nacional, departamental, distrital, municipal y resguardos o territorios indígenas.

Inspección, vigilancia y control De acuerdo con el Código ejercen funciones de inspección, vigilancia y control:

Procuraduría General de la Nación.

Contraloría General de la República.

Defensoría del Pueblo.

Personerías Distritales y Municipales.

Entidades administrativas de inspección y vigilancia

Sociedad civil organizada. Los objetivos de la inspección, vigilancia y control son:

Garantizar los derechos de los niños, las niñas y los adolescentes y su contexto familiar.

Asegurar que reciban la protección integral necesaria para el restablecimiento.de sus derechos.

Disponer la adecuada distribución y utilización de los recursos destinados al cumplimiento de las obligaciones del Estado en materia de infancia, adolescencia y familia.

Verificar que las entidades responsables de garantizar y restablecer los derechos de los niños, las niñas y los adolescentes cumplan de manera permanente con el mejoramiento de su calidad de vida y las de sus familias.

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SÍNTESIS:

Todos los niños, niñas y adolescentes tienen derechos que emanan de su condición humana y cuya satisfacción va a facilitar su salud y desarrollo.

Las derechos se extienden mas allá de lo físico, incluyendo necesidades sociales, económicas, culturales, intelectuales, emocionales y psicológicas.

Los niños, niñas y adolescentes no pueden satisfacer sus derechos sin el apoyo de un adulto.

Estos derechos sólo pueden ser satisfechos si los adultos aceptan la responsabilidad de enfrentarlos.

Los niños, niñas y adolescentes tienen derechos a que sus necesidades básicas y universales sean satisfechas. Dado que los niños, niñas y adolescentes tienen derechos, los adultos tienen la responsabilidad de protegerlos y satisfacerlos.

Reconocer que los niños, niñas y adolescentes tienen derechos respecto a todas sus necesidades, demanda un enfoque en el cual los niños, niñas y adolescentes se transformen en participantes activos de las decisiones y acciones que les afecten, y no en meros receptores de las intervenciones y protecciones de los adultos.

Estos derechos de la infancia han sido contenidos en un tratado internacional de derechos humanos, la Convención por los Derechos del Niño de las Naciones Unidas, que introduce obligaciones universales a los Gobiernos para proteger y promover los derechos de los niños, niñas y adolescentes necesarios para satisfacer sus necesidades y lograr su bienestar.

Los proveedores de salud infantil y todos los profesionales involucrados en la satisfacción de las necesidades de la niñez, tienen especial obligación y oportunidad de asegurar que estos derechos sean respetados y cumplidos.

La Convención de los Derechos de la Niñez

La Convención de los Derechos de la Niñez define un amplio rango de necesidades de la niñez y provee un marco práctico para considerar estas necesidades en forma integral, mediante la satisfacción de sus derechos.

Propone un desafío a los enfoques tradicionales que consideran a la infancia como incompetente, pasiva y sujeta a la protección y cuidado de los adultos. En cambio, acepta que los niños y niñas son capaces y están en condiciones de participar activamente en aquellas decisiones que afecten sus vidas.

Además de los derechos humanos que corresponden a todo ser humano, explicita derechos que son específicos de la niñez dada su condición particular de desarrollo.

Implica un cambio de paradigma: Protección Integral de la Niñez.

Contiene derechos sociales, civiles y políticos, económicos, de protección y culturales.

Los derechos que contiene son indivisibles, universales y no jerarquizados.

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Existen cuatro principios que deben ser aplicados a todos los derechos: no-discriminación, el compromiso con el interés superior del niño, el derecho a la supervivencia y desarrollo y el derecho a escuchar y a considerar seriamente sus puntos de vista.

Promueve el respeto de la niñez en el ámbito familiar, comunitario y social y su reconocimiento como sujeto de derechos.

La convención es legalmente vinulante en los países que la ratifican. Los gobiernos son requeridos bajo la legislación internacional, a adoptar todas las medidas necesarias para implementar su provisiones. Provee una serie de patrones internacionales sobre los cuales cotejar y mejorar la cuestión de la niñez.

Pese a la inexistencia de sanciones formales contra los gobiernos que fracasan en el cumplimiento de la Convención, el proceso de denuncia ante el Comité de Seguimiento de los Derechos del Niño se constituye en una herramienta importante para monitorear el grado de cumplimiento de los gobiernos y en asegurar la extensión de los derechos de la niñez.

Provee la oportunidad para que todos aquellos comprometidos con la salud y bienestar de la niñez puedan trabajar en forma mancomunada para mejorar su situación.

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ABORDAJE METODOLÓGICO MÓDULO 1: Se sugiere que el coordinador introduzca y profundice los temas conceptuales a partir de la realización de las actividades didácticas que se proponen. Para esto es importante que el coordinador se familiarice primero con el desarrollo conceptual de este módulo. Las actividades propuestas permitirán al coordinador conversar y discutir los temas, tomando en cuenta los saberes de los participantes.

Actividad 1: ¿Qué es la niñez? Objetivos:

Relevar y profundizar las concepciones de niñez de los participantes.

Enfatizar en el concepto de niñez como construcción socio-histórica.

Consigna: A. Dividir a los participantes en pequeños grupos. En primer lugar, pedir que individualmente piensen y escriban una palabra, un sentimiento y una imagen que les surjan al pensar en la niñez. Luego ponerlas en común en el pequeño grupo, viendo similitudes y diferencias y utilizarlas para definir grupalmente el concepto de niñez. B. Puesta en común. Las/os participantes deberán comentar una síntesis de las palabras, imágenes y sentimientos que surgieron y luego leer su definición de infancia. El/la coordinador/ a tomará los aportes grupales y a partir de los mismos realizará una profundización conceptual sobre el concepto de niñez como construcción socio-histórica y resaltará sus características centrales. Para realizar esta actividad el/la coordinador/a deberá leer previamente el texto sobre el concepto de niñez y su evolución histórica.

Variantes de la actividad

Puede realizarse la misma actividad en plenario a modo de lluvia de ideas.

Actividad 1.2: El marciano y las necesidades básicas de la niñez Objetivos:

Identificar las necesidades básicas universales de la niñez para lograr un crecimiento y desarrollo integral.

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Profundizar las relaciones y diferencias entre las necesidades y derechos.

Introducir a la Convención de los Derechos del Niño.

Consigna: A. Dividir a los participantes en pequeños grupos y darles la siguiente consigna: "Imaginar que vienen de otro planeta y tienen que observar y describir a personas de su planeta cuales son las necesidades básicas de los niños de la tierra. Discutirlas en el grupo y realizar un listado escrito sobre las mismas." (Duración: 20 minutos). B. Una vez finalizada esta etapa, darle a cada grupo la tabla que se expone a continuación y solicitarles que traten de completarla, ubicando a las necesidades listadas anteriormente de acuerdo con el Derecho de la infancia al que correspondan. (Duración: 20 minutos).

Derechos Sociales Derechos

Económicos Derechos de Protección

Derechos Culturales

Derechos Civiles y Políticos

C. En tercer lugar los participantes en los pequeños grupos deben responder las siguientes preguntas:

1. ¿Cuándo las necesidades se transforman en derechos? 2. ¿Cuáles creen que son las diferencias entre las necesidades universales y los derechos de la niñez? 3. ¿Quiénes tienen la obligación de satisfacer los derechos listados? 4. ¿Por que piensan que los Derechos de los Niño según la Convención son: universales, indivisibles e interdependientes?

(Duración: 15 minutos) D. Puesta en común y profundización teórica. Cada grupo expondrá sus producciones y el coordinador retomará a las mismas para profundizar conceptualmente el tema apoyándose en los contenidos básicos de este módulo. El/la coordinador/a promoverá la reflexión para identificar que estas necesidades universales sirven para definir los derechos, pero que necesidades y derechos son conceptos diferentes e introducirá así a la Convención y los distintos tipos de derechos que abarca. Para permitir un mayor aprovechamiento pedagógico de este módulo, que tiene un fuerte componente de información, se sugiere que el coordinador realice en primera instancia una presentación sobre el desarrollo conceptual del tema y luego proponga las actividades que aquí se sugieren.

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Actividad 1.3. "Mapa de obstáculos y oportunidades para alcanzar la salud integral de la niñez"

Objetivo:

Promover la sensibilización de los participantes para –identificar los obstáculos y dificultades para alcanzar el desarrollo y la salud integral de la niñez en los niveles sociales, culturales, políticos, de servicios de salud y en la familia.

Consigna: A. Dividir a los participantes en pequeños grupos, entregarles el esquema ilustrado anteriormente en un papel afiche y solicitarles la siguiente tarea: B. Identificar y escribir en el esquema del mapa, los obstáculos existentes en los niveles: social /cultural/político, de los servicios de salud y familiar, para el cumplimiento del derecho al mejor estado de salud posible de la niñez. C. Una vez seleccionados los obstáculos, pedirles que identifiquen y escriban con otro color, las oportunidades para sobreponer a los mismos en cada uno de los 3 niveles. Se sugiere entregar dos fibrones de colores diferentes y pedir que escriban en un color los obstáculos y en otro las oportunidades. Síntesis y puesta en común. Cada grupo expondrá en plenario la síntesis de su trabajo y el coordinador profundizará las discusiones enriqueciéndolas con los aspectos conceptuales del módulo.

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Actividad 1.4. "Análisis de casos" Objetivo:

Promover la reflexión sobre las implicancias de la aplicación de los derechos de la niñez en situaciones cotidianas.

Consigna: A. Dividir a los participantes en pequeños grupos y repartirle a cada grupo los siguientes 5 casos. Entregar un caso por grupo. Cada caso tiene su consigna y preguntas. Dar un tiempo aproximado de 15 minutos para el análisis grupal. B. Luego en plenario, cada grupo expondrá sus análisis y conclusiones que serán tomadas por el coordinador para debatir el tema y profundizarlo.

Caso 1: ................................................................................................................................. Diario Clarín, 9/10 Debate sobre la ley de Educación Sexual A pocos días de que se debata la aprobación de la ley sobre la incorporación de la educación sexual en el sistema educativo de la Nación Argentina, sigue la polémica sobre el tema. Los profesionales afirman que existe una necesidad de que el Estado, a través de la escuela canalice la educación y formación de los niños, niñas y jóvenes sobre la sexualidad, pues es una temática que está presente en la vida diaria y nadie se ocupa de su abordaje desde una dimensión educativa. Los medios invaden a los jóvenes con imágenes de sexo y pornografía y los jóvenes quedan a la deriva para decodificar los mensajes. Los adultos consideran que saben porque ven, pero nadie se pregunta sobre las reales implicancias que puede tener en los jóvenes el procesamiento de esta información desinformada. Sin embargo, continúan las presiones por parte de varios grupos sociales que consideran que son las familias quienes tienen que ocuparse de este tema y no consideran que el Estado deba tomar cartas en este asunto. .................................................................................................................................

Consigna: Leer el caso y luego analizarlo de acuerdo a las siguientes preguntas:

1. ¿Cómo podría analizar este caso, teniendo en cuenta a la Convención Internacional de los Derechos de la Niñez?

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2. ¿Qué derechos de la Convención están en juego en el caso citado? 3. ¿Quiénes deberían garantizar los derechos implicados en esta situación y por que?

Caso 2: ................................................................................................................................. Una chica de 14 años se presenta en el centro de salud de su barrio y solicita ser atendida por un médico porque presume estar embarazada. La secretaria del centro de salud le dice que debe venir con su mamá o con un adulto para que la puedan atender, porque ella es menor. La chica llora y dice que no es posible que la acompañen y que además no quiere que venga su mamá porque la retaría mucho. Entonces la secretaria consulta a la ginecóloga y la ginecóloga habla a su vez con la pediatra, entre las dos resuelven no atenderla si no es acompañada por un adulto de referencia porque temen que luego no se pueda contener la situación si la chica está embarazada. Se acercan a la chica y le dicen que no están autorizadas para atenderla y que sólo pueden hacerlo si viene acompañada por sus padres o tutores. ................................................................................................................................

Consigna: Leer el caso y luego analizarlo de acuerdo a las siguientes preguntas:

1. ¿Cómo podrían analizar este caso teniendo en cuenta a la Convención de los Derechos del Niño? 2. ¿Qué aspectos centrales de la Convención no son considerados en esta situación? Caso 3: ................................................................................................................................. "Los padres critican a la televisión, pero igualmente la miran con sus hijos" Artículo extraído del diario Clarín, 21/10/2006 Una encuesta revela contradicciones entre lo que los adultos dicen y hacen con respecto al uso de la televisión. Les preocupan mucho los contenidos de violencia y sexo que miran sus hijos, pero en muchos casos sus hijos tienen la TV en sus habitaciones y la ven a solas, y por otro lado, les preocupa el tiempo que miran la TV, pero sin embargo, es una de las actividades que los padres más comparten con sus hijos en el hogar. Esta actividad compartida se da en mayor medida que comer juntos o que hablar. .................................................................................................................................

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Consigna: Leer el caso y luego analizarlo de acuerdo a las siguientes preguntas:

1. ¿Qué derechos de la niñez podrían estar potencialmente vulnerados en la situación mencionada? 2. De acuerdo a los principios de la Convención, ¿cuáles consideran que deberían ser los roles de la familia y de la sociedad en esta situación?

Caso 4: ................................................................................................................................. Una maestra consulta con la asistente social de su escuela el caso de uno de sus alumnos que le preocupa. Le dice que el alumno, llamado Marcos, tiene 7 anos y llega tarde a la escuela casi todos los días porque trabaja de cartonero18 con sus padres todas las noches y que por ese motivo ella considera que el niño debe ser extraído de su hogar. La asistente social cita al chico primero y lo entrevista junto con la psicóloga. Durante la entrevista el niño relata su vida familiar como satisfactoria, resalta el afecto de sus padres y hermanos hacia él y habla con orgullo de su trabajo en familia. Luego la familia es visitada por la asistente y entrevistada. Los padres refieren a la asistente que no tienen con quien dejar a su hijo y que entonces deben llevarlo con ellos a trabajar todos los días porque les da miedo dejarlo solo en la casa, explican que el barrio es muy peligroso durante la noche. La asistente consulta a los vecinos del barrio sobre esta familia y todos dan buenas referencias y hablan positivamente de los padres de Marcos y el trato hacia sus hijos. Como síntesis de su informe, la asistente social considera que el caso debe presentarse a la justicia de todos modos porque se violan los derechos de la niñez. .................................................................................................................................

Consigna: Leer el caso y luego analizarlo de acuerdo a las siguientes preguntas:

1. ¿Qué aspectos de la Convención toman en cuenta la maestra y la asistente social para evaluar la situación?. 2. ¿Qué aspectos de la Convención parecen no ser considerados por la asistente social para evaluar esta situación?

Caso 5 ................................................................................................................................. Recientemente llegó a Colombia la vacuna de Rotavirus, una vacuna muy importante en la prevención de la diarrea. ¿Quiénes se mueren de diarreas por

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Cartonero: recolector de cartones en la calle (Argentina)

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Rotavirus en el mundo? Los niños pobres. ¿Cuántos mueren? 440.000. ¿Cuántos se hospitalizan? 2 millones. En América Latina se calcula que mueren 17 mil niños por esta causa, casi todos ellos, en condición de pobreza o miseria. ¿Cuánto vale la vacuna? 180 mil pesos cada dosis, son 2 dosis, cerca de un salario mínimo. ¿Cuántos niños en riesgo alto de morir de diarrea por Rotavirus van a poder acceder a la vacuna? Prácticamente ninguno. Entonces ¿de qué les va servir a los niños en riesgo de morir por esta enfermedad que se haya desarrollado este importante avance científico? .................................................................................................................................

Consigna: Leer el caso y luego analizarlo de acuerdo a las siguientes preguntas:

1. ¿Cómo podría analizar este caso, teniendo en cuenta a la Convención Internacional de los Derechos de la niñez? 2. ¿Qué derechos de la Convención están en juego en el caso citado? 3. ¿Quiénes deberían garantizar los derechos implicados en esta situación y por qué?

Variante de la Actividad: Se puede solicitar a los participantes que piensen y escriban en forma de caso una breve situación de sus prácticas relacionadas con los derechos de la niñez. Darles 10 minutos para esto. Luego cada grupo entrega su caso a otro grupo, que debe analizarlo tomando en cuenta a la Convención Internacional de los Derechos de la Niñez. Dependiendo de los tiempos y del grupo pueden combinarse ambas consignas: dar un caso y solicitar que piensen un caso.

Actividad 1.5. "Juego de las tarjetas":

Objetivo:

Revisar los aspectos conceptuales centrales de la Convención y aumentar la comprensión sobre los mismos.

Consigna: A. Dividir a los participantes en pequeños grupos. B. Pedir que un integrante del grupo extraiga de la bolsa una tarjeta con uno de los principios o aspectos centrales de la Convención y solicitarles que piensen un ejemplo

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concreto sobre el mismo. Decirles que deben elegir ejemplos relacionados con su contexto y vida diaria. Darles 5 minutos para que respondan y luego pedir que cada grupo de su respuesta en plenario. C. Luego, hacer sacar a cada grupo otra tarjeta de la bolsa y seguir el mismo procedimiento las veces que el coordinador crea convenientes. Es importante que el coordinador solo otorgue 5 minutos por tarjeta y no más tiempo, para darle el carácter de juego. Si el grupo no pudo encontrar respuesta, se abre la pregunta al resto de los grupos para que la respondan en plenario.

Tarjetas: ................................................................................................................................. - Principio: Derecho a la no-discriminación (discriminación indirecta). ................................................................................................................................. - Principio: Promover el interés superior de la niñez. ................................................................................................................................. - Principio: Derecho a la supervivencia y desarrollo. ................................................................................................................................. - Principio: Derecho a ser escuchado y considerado seriamente. ................................................................................................................................. - Una barrera para el cumplimiento de los derechos económicos de la Infancia. ................................................................................................................................. - Una barrera para el cumplimiento de los derechos civiles y políticos de la Infancia. ................................................................................................................................. - Vulneración y violación de algún derecho de la infancia por parte del gobierno Municipal /Provincial / Nacional. ................................................................................................................................. - Amenaza de algún derecho de la infancia por parte de los servicios de salud. ................................................................................................................................. - Una barrera para el cumplimiento a alguno de los derechos de protección de la infancia. ................................................................................................................................. - Una barrera para el cumplimiento a alguno de los derechos culturales de la infancia. .................................................................................................................................

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Módulo 2 Respetando los Derechos de la Niñez en la Práctica Pediátrica

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OBJETIVOS DE APRENDIZAJE MÓDULO 2:

Identificar los derechos de la niñez que tengan implicaciones particulares en la práctica pediátrica.

Comprender las diferencias y aproximaciones a una solución cuando los derechos de los niños/as y adolescentes entran en conflicto con los de los padres.

Describir tres cambios en la práctica clínica que expresen el respeto por los derechos de la niñez.

INTRODUCCIÓN MÓDULO 2: Este módulo introduce los tres Artículos de la Convención (Art. 5, 12 y 16) que tienen implicancias para la práctica de la atención pediátrica y las relaciones entre los niños, niñas y adolescentes y los profesionales de la salud. Si se implementan en forma conjunta, estos principios pueden contribuir a una práctica más inclusiva y respetuosa de los niños de lo que tradicionalmente ha sido. Aunque el término "competencia" es usado en este y otros módulos como una definición legal formal, será utilizado en este contexto con el sentido de "capacidad de toma de decisiones". En este sentido, no se definió un límite inferior de edad para para comprometer a los niños y niñas en la toma de decisiones: a) las capacidades del desarrollo de los niños y niñas varían en forma individual b) el momento y las oportunidades para la toma de decisiones pueden ser ofrecidos incluso a niños pequeños. Para el abordaje pedagógico de este módulo se sugiere a los capacitadores solicitar a los participantes: realizar la actividad 3.1. de autodiagnóstico (Pág. 85) previamente y luego profundizar los aspectos conceptuales y trabajar con el resto de las actividades sugeridas. La realización previa de la actividad 3.1. es importante para lograr un aprendizaje significativo y critico.

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DESARROLLO CONCEPTUAL MÓDULO 2:

PRINCIPALES ARTÍCULOS DE LA CONVENCIÓN QUE SE APLICAN A LA PRÁCTICA EN SALUD

El reconocimiento de que los niños, niñas y adolescentes tienen derechos es central para la filosofía de la Convención. Los Niños/as y adolescentes no son meros receptores de los cuidados y protección. Además, ellos y ellas son actores sociales habilitados para contribuir al ejercicio de sus propios derechos y participar en las decisiones que los afectan. Esta aproximación tiene profundas implicancias en la relación tradicional entre niño/as y adolescentes y los profesionales de salud y, ciertamente, entre los niños/as y adolescentes y sus padres o tutores. Si bien la Convención de los Derechos de la Niñez debe ser considerada en su conjunto por los profesionales de la salud, se desarrollan los Artículos 5,12 y 16 considerados de mayor relevancia para el ejercicio de la práctica profesional y las relaciones entre los niños, niñas y adolescentes con el equipo de salud.

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ARTICULO 5: "EL DERECHO DE LOS NIÑOS/AS A SER RESPETADOS EN LA EVOLUCIÓN DE SUS FACULTADES": El Artículo 5 destaca que los padres tienen el derecho y la obligación de proveer de orientación y dirección a sus hijos/as, y establece que esa orientación debe estar dirigida a la promoción de los derechos del niño/a y ser provista "en consonancia con la evolución de sus facultades".

Esta aseveración plantea dos cuestiones:

1. El rol fundamental de los padres en proteger y promover los derechos de sus hijos e hijas. En todos los casos, la orientación de los padres debe estar dirigida a considerar el mejor interés del niño, niña o adolescente. 2. En la medida en que los niños/as van ganando en competencias de acuerdo al desarrollo de sus capacidades evolutivas, la responsabilidad de ejercer sus derechos se va transfiriendo gradualmente hacia ellos mismos. De este modo, las decisiones de los padres en nombre de sus hijos/as disminuyen en la medida que los niños y niñas adquieren la experiencia y la comprensión para tomar sus propias decisiones. Tradicionalmente en la práctica médica, cuando el paciente es un niño o una niña, el profesional de salud debe buscar el consentimiento de los padres o el tutor legal, antes de tratarlo/a. En este sentido, la consideración del Artículo 5 de la Convención, supone un cambio de paradigma y un importante desafío, pues implica que una vez que el niño/a es capaz de entender la naturaleza del tratamiento propuesto, sus implicancias y todas las alternativas disponibles, debiendo estar habilitado para expresar su consentimiento por sí mismo. En muchos países la edad de consentimiento para los tratamientos está dictada por la ley y a menudo se establece a una edad mayor que cuando los niños/as adquieren la capacidad de tomar decisiones informadas. No obstante, la filosofía de la Convención requiere que los profesionales de salud comiencen a reconocer la necesidad de involucrar mayormente a los niños/as en las decisiones relativas a su salud. Para hacer efectivo este principio, los profesionales de salud deben también ayudar a los padres a reconocer la importancia de respetar que sus hijos/as se involucren activamente. Solo si se ponen en práctica dichas recomendaciones, se podrá fomentar una aproximación a la toma de decisiones con respecto a la salud de los niños y niñas que sea abierta, participativa, informada y respetuosa de sus derechos.

ARTICULO 12: EL DERECHO A SER ESCUCHADOS Y TOMADOS EN CUENTA

Estrechamente ligado con la necesidad de considerar las competencias emergentes de los niños/as (Artículo 5), está el principio del Artículo 12.

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El Artículo 12 establece que todos los niños/as son capaces de expresar sus opiniones en todas las cuestiones que los afecten y que dichas opiniones sean tomadas en cuenta en función de sus capacidades evolutivas. Este principio establece una clara obligación para los adultos de escuchar a los niños y considerar seriamente lo que ellos dicen, piensan y opinan.

En el caso de bebés o neonatos el hecho de no contar con capacidad de expresión verbal no debería ser un obstáculo para considerar y respetar sus puntos de vista y sentimientos. En estos casos es necesario que los profesionales de salud tengan en cuenta la comunicación no verbal de los bebes y neonatos y cómo la misma expresa sus sentimientos, de angustia, temor, desconfianza, comodidad y/o alegría. En estos casos el profesional de salud debe tratar de fomentar una relación positiva con el bebé y sus padres e involucrarlos durante la consulta o tratamiento, transmitirle confianza al bebé, respetarle sus tiempos y particularidades. Considerar su dolor y tratar de evitarlo o disminuirlo al máximo posible. ¿Qué implicancias tiene el artículo 12 para el ejercicio de la práctica pediátrica?

..................................................................................................................................... Las implicancias del Artículo 12 para la práctica en salud son las siguientes: A) El derecho de todos los niños/as de expresar su punto de vista. B) El derecho de todos los niños/as de opinar sobre todos los asuntos que los afecten en relación a su salud. C) La obligación del profesional de salud en conceder la debida atención y consideración a los puntos de vista de los niños/as y adolescentes. D) Los puntos de vista de los niños y niñas deben adquirir mayor peso en la toma de decisiones a medida que aumenta su capacidad de entendimiento, edad y madurez. .....................................................................................................................................

A. El derecho de todos los niños/as de expresar su punto de vista: Todos los niños, niñas y adolescentes son capaces de expresar sus puntos de vista. No existe un límite inferior de edad desde el cual los niños/as sean incapaces de expresar sus opiniones. Los niños/as muy pequeños tienen opiniones, miedos y preocupaciones. Como se expresó anteriormente, los bebés y neonatos tienen también formas de expresar sus sentimientos y deben ser considerados por los profesionales de salud. El Artículo 12 requiere de los adultos que se brinden el tiempo y estén dispuestos a escuchar esas opiniones y a respetarlas. La amplitud con la que los profesionales de salud sean capaces de cumplir los deseos de los niños/as dependerá del tema, de las alternativas disponibles, sus implicancias y la capacidad del niño/a de entender el asunto en cuestión, pero el punto de vista del niño/a no deja de ser válido por su juventud. Por ejemplo, un niño/a de seis años de edad, como uno/a de 16 años, tiene derecho a ser escuchado/a, pero de

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acuerdo a la edad es necesario explorar distintos modos de permitir al niño o la niña de articular y expresar sus preocupaciones y /o opiniones. Un niño/a discapacitado puede requerir ayuda y tiempo adicional para expresarse, pero tiene igualmente el derecho a hacerlo y es obligación del profesional facilitar los mejores modos y medios para que pueda hacerlo.

B. El derecho de todos los niños/as de opinar sobre todos los asuntos que los afecten en relación a su salud: Todos los niños y niñas tienen derecho expresar sus puntos de vista en todos los asuntos que los afecten. El Artículo 12 no está restringido a ningún aspecto de la vida y la salud del niño/a y adolescente. Ya sean decisiones al interior de la familia, en la escuela, el hospital o en materias de políticas públicas, los niños, niñas y adolescentes tienen derecho a ser consultados e involucrados. Es importante reconocer que muchas decisiones tradicionalmente tomadas por los adultos tienen impacto en la calidad de vida y la salud de los niños, niñas y adolescentes, por ejemplo: la ubicación y diseño de un hospital, el modo en que los consultorios son organizados, políticas concernientes a la salud sexual y reproductiva, etc. Todas estas son áreas donde, tanto los niños, niñas y adolescentes, como sus padres, pueden hacer contribuciones útiles si son adecuadamente consultados.

C. La obligación del profesional de salud en conceder la debida atención y consideración a los puntos de vista de los niños/as y adolescentes: Todos los niños, niñas y adolescentes tienen derecho a que sus puntos de vista sean debidamente respetados y considerados. De poco sirve escuchar a los niños/as y adolescentes si no hay dedicación y esfuerzos por respetar y considerar lo que ellos y ellas dicen. Esto significa que los profesionales de salud deben estar preparados para darse el tiempo de escuchar lo que los niños, niñas y adolescentes piensan y sienten, y de considerar seriamente lo que ellos dicen. Esto no significa que exista una obligación de cumplir siempre con la opinión de un niño/a o adolescente, pero si significa un cambio de postura en las relaciones entre los niños, niñas y adolescentes y los adultos. En este sentido, implica que sus puntos de vista no deben ser simplemente descartados porque los niños/as son pequeños/as o porque no coinciden con los adultos involucrados.

D. Los puntos de vista de los niños y niñas deben adquirir mayor peso en la toma de decisiones a medida que aumenta su capacidad de comprensión, edad y madurez: Esto significa considerar a cada niño/a y su historia particular de salud-enfermedad y no generalizar o simplificar la situación de acuerdo a la edad del niño/a, pues la capacidad de

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comprensión, de muchos temas depende fuertemente de las vivencias que hallan podido tener los niños y niñas al respecto. Por ejemplo, niños pequeños, que han experimentado cirugías mayores e intervenciones médicas frecuentes, pueden tener una profunda comprensión de la implicancia que sobre la vida o la muerte pueden tener decisiones que los afecten, siendo capaces de tomar decisiones, si son adecuadamente apoyados por los adultos que los rodean. Como indica el Artículo 5, mientras más competente es un niño/a, más énfasis se le debiera dar a sus puntos de vista y deseos.

ARTICULO 16: EL DERECHO A LA PRIVACIDAD Y CONFIDENCIALIDAD: El Artículo 16 de la Convención indica que los niños, niñas y adolescentes tienen derecho al respeto de su privacidad. De acuerdo a este principio el niño/a debe recibir una atención de la salud respetuosa de su intimidad, privacidad y confidencialidad. .................................................................................................................................. ¿Qué implicancias tiene este derecho para el ejercicio de la práctica pediátrica? Las implicancias del Artículo 16 para la práctica pediátrica son las siguientes: A) Respetar el cuerpo y la intimidad del niño, niña y adolescente durante la consulta. Explicar y pedir permiso antes de intervenir sobre sus cuerpos y garantizar un ámbito propicio para la consulta o tratamiento. B) Necesidad de respetar la confidencialidad de los adolescentes que buscan ayuda médica. C) Necesidad de desarrollar y promover políticas explicitas sobre quien tiene derecho a consultas e información confidencial. D) Necesidad de clarificar las leyes relativas al tratamiento de niños, niñas y adolescentes y desarrollar una política acorde. .................................................................................................................................. Es común que en la práctica medica el niño/a y adolescente sea considerado como un objeto sobre el cual se interviene y sobre el cual se habla como caso, pero sin referirse a él.

El derecho a la privacidad e intimidad implica en primer lugar respetar el cuerpo y la persona del niño/a y adolescente. En la práctica, debería traducirse en que al niño/a se le explique lo que se le tiene que hacer sobre él o ella, se le avise y pida permiso antes de revisarlo/a y de palparlo/ a. De esta forma, el profesional de salud, además de respetar este derecho, le enseña al niño, niña o adolescente a respetar y valorar su propio cuerpo e intimidad y a hacerlo respetar. Al mismo tiempo, implica que se tomen recaudos, tales como las condiciones de intimidad y privacidad que garantiza el espacio en el cual se lo revisa, por ejemplo, evitar que entre

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gente extraña para el niño /a durante la consulta; ofrecer un espacio de atención cerrado e íntimo y no abierto a la vista y el paso de otros. Implica animar a los niños, niñas y adolescentes y sus familias para hablar de los aspectos de la salud que les preocupen, explicando y recordándoles que todo lo que se hable en la consulta será confidencial y tendrá por objetivo mejorar su salud. Explicarles y pedirles permiso para compartir cuestiones privadas e intimas de ellos y ellas en el caso de que pueda ser necesario referirlas a otros profesionales en beneficio de su propia salud y bienestar. Implica respetar la persona del niño/a y adolescente, no hablando del mismo como si no estuviera presente o no entendiera, sino considerándolo en las preguntas y pidiéndole su opinión, aún desde temprana edad. Asociado a los conceptos de respetar la competencia de los niños para tomar decisiones por ellos mismos y asegurar que sus puntos de vista sean considerados, el derecho a la privacidad plantea también la cuestión de la confidencialidad de niños, niñas y adolescentes que buscan cuidado médico. ¿Sobre qué asuntos y hasta qué edad un niño, niña / adolescente tendrá derecho a recibir consejo, información y/o diagnóstico de un médico sin que se informe a sus padres o tutores? Aunque los profesionales de salud deben cumplir con la legislación que regula las relaciones padres-hijos, hay espacio para el juicio profesional. Es importante desarrollar un código de práctica que reconozca, tanto como sea posible dentro de la ley, que los niños, niñas, adolescentes tienen derecho a buscar consejo e información confidencialmente. El respecto de la confidencialidad es de particular importancia para los y las adolescentes. Los Estados deben asegurar a los y las adolescentes el acceso al consentimiento informado, la información y los derechos a la confidencialidad. Es posible que los adolescentes eviten buscar ayuda médica, si temen que no serán atendidos sin sus padres o que si son atendidos solos, sus padres serán informados. Si se respetan estos motivos mediante políticas claras y bien publicitadas en las que la confidencialidad sea respetada y se difunde en la población este principio, los adolescentes se animarán a acercarse a los servicios y profesionales de salud y sentirse libres de discutir su situación de manera más franca y explícita. El resultado será, ciertamente, un mejor acceso al cuidado en salud e intervenciones más tempranas para promover una buena salud.

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RESISTENCIA A RESPETAR LOS PUNTOS DE VISTA DE LOS NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES En muchos países y culturas existe una considerable resistencia a la idea que los niños, niñas y adolescentes deban ser consultados y escuchados. Esto se basa en presunciones de larga data en las cuales se considera que los adultos tienen más experiencia de vida y por lo tanto saben más que los niños, niñas y adolescentes. Siguiendo esta línea de pensamiento, los niños y niñas se consideran carentes de competencias para opinar y decidir lo mejor sobre sus vidas. A esta presunción, arraigada en la cultura patriarcal, subyace también el temor de que los niños y niñas falten el respeto a sus mayores y/o actúen sin su control. Sin embargo, es sabido a partir de la práctica que consultar a los niños, niñas y adolescentes además de ser un derecho, produce mayores beneficios. Entre los argumentos mas frecuentes en contra de respetar los puntos de vista de los niños, niñas y adolescentes se pueden citar los siguientes:

Los niños/as y adolescentes carecen de competencia o experiencia para participar: Los niños/as y adolescentes tienen diferentes niveles de competencia con respecto a distintos aspectos de sus vidas. Por ejemplo, un niño de 5 años carece de competencias para decidir cual es el mejor hospital en el cual puede operarse, pero sí puede decir si está o no a gusto de estar en el hospital y porqué y puede aportar ideas para hacer su estadía menos atemorizante y estresante. Si se les entrega el apoyo apropiado, información adecuada y se les permite expresarse de modos que sean significativos para ellos (dibujos, poemas, representaciones, fotografías, así como conversaciones más convencionales, entrevistas y trabajo grupal) todos los niños, niñas y adolescentes pueden participar en asuntos que son importantes para ellos.

Los niños/as y adolescentes deben aprender a tomar responsabilidades antes de que se lesconceda derechos: Los derechos de la niñez no son contingentes con el ejercicio de las responsabilidades. Además, una de las maneras de estimular a un niño, niña o adolescente en aceptar responsabilidades es primero respetar sus derechos. Si los médicos escuchan a los niños/as les dan el tiempo de manifestar sus preocupaciones, y les entregan información apropiada, los niños y las niñas adquirirán la confianza y habilidad de contribuir efectivamente a su propio cuidado en salud.

Obligar a los niños y niñas a participar en sus desiciones los sobrecarga innecesariamente: El Artículo 12 no impone una obligación a los niños y las niñas de participar en decisiones. Más bien, provee el derecho a los niños y las niñas de hacerlo. Además, este argumento se arraiga en un supuesto irrealista de la infancia, que imagina que los niños, niñas y adolescentes no toman decisiones ni responsabilidades a edades muy tempranas. Sin embargo, los niños y niñas pequeños constantemente toman decisiones sobre sus vidas, por ejemplo, sobre sus amistades,

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o bien, lidian con el divorcio de sus padres y negocian con ellos cuando están en un conflicto. El escuchar sus opiniones más que sobrecargarlos les enseña a poder escuchar las opiniones de los demás, a hacer valer sus propias opiniones y les enseña a tomar decisiones autónomas y responsables sobre sus vidas.

Sería una falta de respeto para los padres: Escuchar a los niños y niñas es respetarlos y ayudarlos a aprender a valorar la importancia de respetar a otros, incluso a sus propios padres y familiares. No se trata de enseñarles a ignorar a sus padres. De hecho, el Artículo 29 de la Convención establece que uno de los objetivos de la educación es enseñar a los niños, niñas y adolescentes a respetar a sus padres.

Escuchar es un modo de resolver conflictos, encontrar soluciones y promocionar el entendimiento y esto sólo puede ser beneficioso para la vida familiar. Puede resultar difícil para algunos padres el respetar el derecho de sus hijos e hijas a participar cuando ellos mismos nunca han sido respetados como sujetos de derechos. Esto no implica la necesidad de renunciar a animar a los niños, niñas y adolescentes a participar, mas bien es la necesidad de ser sensibles en el modo de hacerlo e involucrar a las familias en el proceso.

IMPLICANCIAS DE INVOLUCRAR A LOS NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES EN LA ATENCIÓN Y CUIDADO DE SU SALUD Si los niños, niñas y adolescentes van a ser involucrados en decisiones que afecten su cuidado, ellos y ellas necesitan información acerca de su estado, opciones de tratamiento y posibles resultados de las diferentes opciones, el probable grado de dolor e incomodidad asociado a cada una de las intervenciones. A muchas familias y médicos les preocupa que informar a los niños /as sobre su condición médica pueda ser doloroso de aceptar y argumentan que es mejor protegerlos de "información difícil". Sin embargo, los resultados de investigaciones indican que los niños quieren obtener información, aunque esto les signifique enfrentar cuestiones difíciles. El hecho de no recibirla provoca en muchos casos el efecto contrario (aumento de ansiedad y temor). Se considera que promover la participación activa de los niños, niñas y adolescentes en su propio cuidado de la salud, tiene resultados positivos para los mismos. Esto les permite a los niños, niñas y adolescentes obtener respuesta a cualquier pregunta que pudieran tener y evitar malentendidos. En cambio, si nadie les explica lo que le ocurre, entonces no hay oportunidad de hacer preguntas, aliviar preocupaciones y despejar mitos y temores. Esta situación genera mas efectos contraproducentes, que beneficios. El respetar su derecho a participar e involucrarse, anima también a los niños y niñas a buscar información a lo largo del proceso de tratamiento y esto redunda positivamente en sus posibilidades de colaboración y cuidado para mantener y mejorar su salud.

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Entre los aspectos positivos de informar e involucrar a los niños, niñas y adolescentes en la atención y cuidado de su salud pueden citarse los siguientes aspectos:

Les permite obtener respuesta a cualquier pregunta que tengan y evitar malos entendidos.

Se sienten más respetados.

Alivia sus necesidades y temores y puede ayudarlos a lidiar mejor con el tratamiento.

Les da confianza. Si están involucrados en el proceso de tratamiento, sentirán que tienen el control de la situación y no tendrán miedo que se tomen acciones sin su conocimiento o comprensión.

Estimula la cooperación. Si a los niños y niñas les falta información, estarán más asustados y con menos deseo o capacidad de cooperar en el tratamiento. A su vez, las intervenciones serán más dolorosas y traumáticas.

Les evita estrés inecesario. Cuando se les niega información, los niños y las niñas pueden preocuparse en forma innecesaria acerca de los que les va a ocurrir.

Les permite entender mejor a los niños y las niñas sus propias necesidades de cuidados en salud.

Los estimulaa tomar más responsabilidades sobre su salud.

Les reduce el nivelde incertidumbre.

LOS DERECHOS DE LA NIÑEZ, LA PRÁCTICA PEDIÁTRICA Y LA FAMILIA Debe considerarse que en la medida que los niños/as y adolescentes adquieren gradualmente la capacidad de ejercer sus derechos autónomamente, los derechos y responsabilidades de los padres en relación a la salud de los mismos retroceden. En varias ocasiones puede suceder que los derechos de los niños, niñas y adolescentes entren en conflicto con los intereses y opiniones de sus padres. Por ejemplo, cuando un niño rechaza un tratamiento necesario que los padres desean que reciba. En ese caso el conflicto real no es entre los padres y el niño, sino más bien entre el derecho del niño al respeto de su integridad física y que sus puntos de vista sean tomados en cuenta y su derecho a la mejor salud posible. Cuando los derechos de los padres y de los niños, niñas y adolescentes entran en conflicto, los profesionales de salud deben tratar de facilitar la negociación y el diálogo entre las partes para llegar a una resolución que sea lo más democrática posible y que considere el interés superior del niño. En algunos casos los profesionales de salud deberán considerar y hacer considerar a las partes, las potenciales implicancias de la pérdida de derechos que están en juego en la decisión que se está tomando.

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Por Ejemplo: Una niña puede querer que una condición médica sea confidencial y no compartirla con sus padres. Sin embargo, si la ley no permite el tratamiento de una menor sin el consentimiento de sus padres, esta confidencialidad significará que no puede recibir ayuda médica. Así el derecho a la privacidad está en potencial conflicto con su derecho a la mejor salud posible. Esconder información a los padres les negará la oportunidad de ejercer su responsabilidad como padres de proteger la salud de su hija y consentir un tratamiento necesario. Por otro lado, la reacción de los padres a la posible condición de la niña puede ser de rechazo o violencia, por ejemplo, si es VIH positiva o está embarazada.

DERECHOS CLAVES DE PADRES Y NIÑOS RELEVANTES PARA LA SALUD DEL NIÑO

Derechos de los Niños Derechos de los padres

Derecho a la privacidad y confidencialidad.

Derecho a ser escuchado y tomado en cuenta.

Derecho a la vida.

Derecho a la mejor salud posible.

Derecho al respeto de sus facultades evolutivas.

Derecho al respeto de la integridad física y a la protección de toda violencia o abuso.

Derecho a consenter un tratamiento.

Derecho a proveer dirección y guia.

Derecho a la privacidad y confidencialidad.

Derecho a educar un niño de acuerdo a su propia religion, cultura y convicciones filosóficas.

Ejemplo: Cuando el derecho de los padres de criar a sus hijos de acuerdo a sus propias creencias pudiera llevar al niño a la muerte, como puede ocurrir por ejemplo, en algunas culturas en las que los padres creen fuertemente en los chamanes y la medicina natural y el niño presenta un cuadro clínico en el que se evidencia que necesita de una intervención quirúrgica simple para salvar su vida, entonces el derecho a la vida del niño debe ser prioritario. Si no es posible de alcanzar este resultado por negociación o mediación, tal vez es necesario recurrir a la corte para proteger el derecho del niño a la vida.

No hay respuestas correctas e incorrectas ante estas situaciones complejas. Cada circunstancia individual debe ser considerada en particular. En todos los casos, la aproximación para resolver conflictos de interés debe basarse en abrir el diálogo y la negociación sobre cómo promover mejor los derechos de la niñez.

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ESTRATEGIAS PRÁCTICAS PARA INVOLUCRAR A LOS NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES EN EL CUIDADO DE SU SALUD Desarrollar información amigable para los niños/as y adolescentes, enfocada a diferentes grupos etarios y habilidades. Asegurarse que se le dedica tiempo a explicar a los niños /as y adolescentes su condición, que les está ocurriendo, qué tratamientos han sido propuestos, qué opciones son útiles, las implicancias de todas las opciones, los efectos secundarios de los tratamientos y la posibilidad de dolor o incomodidad.

Dar a los niños/as y adolescentes la oportunidad de hacer preguntas y explorar sus preocupaciones. Tratar con ellos en forma honesta y comprensiva.

Dar a los niños/as y adolescentes tiempo para considerar lo que quieren. Por ejemplo, si un niño le teme a las inyecciones, trabajar con él para explorar cómo se podría aliviar su temor.

Desarrollar políticas sobre la confidencialidad y asegurarse que todo el equipo de salud, así como los niños/as y adolescentes estén informados de ellas.

Desarrollar políticas sobre el consentimiento de tratamiento y asegurarse que todo el equipo profesional así como los niños/as y adolescentes estén informados de ellas.

Proveer entrenamiento a todo el equipo de salud sobre la Convención de los Derechos de la Niñez y sus implicaciones para la práctica.

Desarrollar y exponer a través de diferentes modalidades (carteles, folletos, medios audiovisuales, juegos interactivos, uso de computadoras personales, internet) los Derechos de la Niñez en todos los centros de salud, clínicas y hospitales.

EL NIÑO HOSPITALIZADO Y SUS DERECHOS Los trabajadores de la salud deben considerar las implicaciones para el niño, niña o adolescente sufre cuando es hospitalizado en una institución de salud. El niño es retirado de su entorno familiar, de sus seres queridos y de los cuales recibe afecto y apoyo, cambia súbitamente sus hábitos cotidianos, tipo de alimentación, manejo del tiempo libre con juegos, objetos o mascotas que le gustan, se interrumpe para muchos la educación formal, se siente solo y ansioso ante un medio externo desconocido para el, siente miedo ante la posibilidad de morir, no salir de allí y otro tipo de imaginarios que han podido ser documentados en estudios de investigación. El niño se siente como si súbitamente se lo llevaran a otro país u otro planeta donde no conoce a nadie, hay unas reglas distintas a las

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que maneja, hay aparatos que no conoce, la gente usa uniformes y habla un lenguaje con términos extraños. Efectivamente, los niños hospitalizados se sienten en otro planeta. Su vida cotidiana se ve interrumpida, cambia totalmente. Para muchos es la primera vez que duermen fuera de su casa, lejos del entorno tranquilizador de su hogar, sin sus juguetes, en una cama que huele bien distinto a la suya, con agujas y tubos que le molestan; lo que desde luego les produce temor, ansiedad, curiosidad, inquietud y un cúmulo de sensaciones extrañas; si a esto se suman órdenes, amarres o gente disgustada que no lo entiende, la situación es mucho más crítica. Si además se ve separado de sus seres queridos, la situación se vuelve desesperante para él. El solo hecho de estar enfermo produce en el niño cambios en la experimentación de su esquema corporal, cansancio, molestias, ansiedad, dependencia, aislamiento, irritabilidad, inquietud y trastornos del apetito y del sueño, entre otros. La situación es más compleja en los niños crónicamente enfermos, quienes presentan dos o tres veces más problemas sociales y de conducta que los niños sanos. La forma particular en que cada niño reacciona frente a la hospitalización depende de su edad, sexo, nivel de desarrollo cognitivo, de su forma de enfrentar situaciones de separación o pérdida, de la información que haya recibido previamente en relación con la hospitalización, de la calidad de las relaciones con sus padres, de sus propias fantasías en relación con la enfermedad, de las reacciones de los padres al hecho mismo de la hospitalización y evidentemente de la actitud que encuentre en el personal que estará a su cargo y las condiciones en las cuales esa Institución tome en cuenta esos cambios a fin de respetar al niño como sujeto de derechos que deben continuar respetándose durante su recuperación en el Hospital. Hay varias formas de describir las etapas por las que pasa el niño durante su hospitalización, Bolwy plantea las siguientes: protesta, desesperación, desapego e indiferencia o retraimiento total y habituación, sometimiento y adaptación. Grist las presenta como: protesta, desesperación, negación y habituación. En las primeras etapas de protesta y desesperación, el niño se encuentra deprimido, con una serie de temores que le generan un gran estrés: temor a las personas y ambientes extraños, temor a perder aprobación y afecto y temor al dolor y la muerte; así como vergüenza por su situación física, asociada a la falta de privacidad para sus funciones orgánicas más básicas; por ello presenta con frecuencia insomnio, comportamientos agresivos, enuresis, rechazo a los alimentos, rechazo al contacto físico y apatía. Se habla de adaptación o habituación cuando el niño crea mecanismos de defensa ante lo que le sucede. Dada la sensibilidad emotiva del niño y su gran vulnerabilidad psicológica es frecuente, de acuerdo con las diferentes edades, encontrar los siguientes patrones de respuesta ante la hospitalización:

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En los lactantes la reacción más frecuente es el llanto prolongado acompañado de periodos de hiperactividad e indiferencia. A menudo presentan comportamientos regresivos, las separaciones generan en ellos gran ansiedad.

Los preescolares pueden interpretar la hospitalización como un castigo o como rechazo por parte de su familia. Inicialmente reaccionan con miedo o actitudes de protesta, posteriormente exteriorizan su ansiedad disminuyendo su atención afectiva, convirtiéndose “en buen paciente y muy adaptado al servicio”.

Los escolares, por su mayor independencia, son quienes mejor afrontan el proceso de hospitalización, aunque igualmente viven el estrés y la ansiedad que genera la situación. Es difícil para ellos que ya han logrado manejar su autocuidado básico (asearse, comer, vestirse, etc.) tener que depender de otras personas para suplir sus necesidades básicas.

Los adolescentes demuestran preocupación por su integridad física y por mantener cierta independencia lo que los hace sensibles a la disciplina y rutinas de un hospital, la despersonalización y tendencia a la pasividad que implica el rol de paciente es difícil de soportar para ellos. Son frecuentes los trastornos de ansiedad y la depresión.

La situación de las adolescentes embarazadas, requiere una consideración especial. Ellas se encuentran en medio de múltiples conflictos relacionados con su sexualidad, su propio cuerpo, su expectativa de futuro, la relación con su pareja y con su familia, su papel de madre. Con frecuencia tienen trastornos emocionales, como la depresión, son lábiles, ambivalentes, pasan de la depresión a la euforia, tienden a aislarse, hasta en un 75% de ellas se encuentran problemas psicosociales importantes.

El niño hospitalizado y su familia: La hospitalización no tiene solo repercusión sobre el niño, también se afecta todo su entorno familiar, hay repercusiones económicas, de dinámica interna, de relaciones sociales. Con frecuencia se ve afectado el trabajo de los padres, o por lo menos el de la madre, se puede ver afectado también el estudio y cuidado de los hermanos y en general todas las actividades de la vida diaria. Si bien las familias de los niños hospitalizados responden en forma distinta según su contexto sociocultural, en general la hospitalización lleva a una alteración del equilibrio del sistema familiar. Con frecuencia, los padres del niño hospitalizado experimentan sentimientos de miedo, impotencia, vulnerabilidad, culpa, auto recriminación, frustración, temor por el futuro, sensación de que fallaron como padres, temores por la enfermedad del niño, las secuelas que esta deje y la muerte. Si el personal de salud comprendiera mejor la situación de los niños y sus familias, si se pusiera en el lugar de ellos y ellas, muy seguramente haría lo máximo por evitar mayor dolor y trauma del que ya produce la misma hospitalización.

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Derechos de los niños hospitalizados: Los Derechos de los niños/as, como lo expresa nuestra Constitución, se constituyen en deberes ineludibles para el conjunto de la sociedad, en este caso para el personal de salud que trabaja con y para ellos. Se debe garantizar a todos los niños, niñas y adolescentes durante su estadía en el hospital la vigencia plena de todos sus derechos: a la vida, la salud, la alimentación, la educación, la cultura, la recreación, la libertad, el respeto, la dignidad, la convivencia familiar, a no ser separado de sus padres, a la información, a la integridad física, moral y psicológica, el derecho a ponerlos a salvo de todas las formas de negligencia, discriminación, violencia o crueldad, el derecho a que el interés del niño sea lo primero en todas las medidas concernientes a él y el derecho a la recuperación física y psicológica. Los Derechos de los niños/as hospitalizados/as, planteados desde hace más de 15 años en la “Carta europea de los derechos del niño hospitalizado”, y aquellos que han ido surgiendo en otros lugares del mundo y de nuestra propia experiencia se presentan a continuación, como un marco esencial para la atención hospitalaria integral:

Derecho a estar acompañados por sus padres o quienes los representen

durante su permanencia en el hospital: Desde su ingreso, hasta el momento de su salida los niños/as deben estar acompañados permanentemente de por lo menos un ser querido las 24 horas del día y los 7 días de la semana. Incluyendo desde luego en las salas de observación de urgencias, las diferentes áreas de hospitalización y las salas de recuperación postquirúrgica. Los niños terminales deben estar en habitaciones independientes y acompañados en forma permanente por sus padres, familiares y amigos.. Desde hace más de 50 años se demostró que permitir que los padres acompañen a sus hijos, no como espectadores pasivos sino como elementos activos de la vida hospitalaria, supone beneficios tanto para el niño como para la institución de salud. Diferentes estudios han evidenciado que el acompañamiento de los padres durante la hospitalización reduce la estancia hospitalaria, así como la mortalidad y las complicaciones. Igualmente, al sentir mayor compromiso con la institución los padres procuran un mejor cuidado de las instalaciones y se muestran más solidarios con otros padres.

No hay entonces ninguna razón justificable, para impedir a los niños estar con sus padres durante la hospitalización, al impedirlo se está violando la Constitución Nacional.

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Derecho a ser hospitalizados con otros niños, evitando la hospitalizacion entre adultos: Los niños deben estar hospitalizados con personas de su misma edad y si son adolescentes con personas de su mismo sexo y edad. Las madres adolescentes deben tener espacios independientes. Los niños y adolescentes no tienen por qué estar en los mismos servicios con los adultos en ningún momento de su hospitalización, la atención de urgencias pediátricas debe ser en un espacio independiente al de los adultos.

Derecho a ser cuidados por personal cualificado:

Los niños deben ser atendidos por personal conocedor y respetuoso de sus derechos, cuyo entrenamiento y habilidades les permita responder a las necesidades físicas y emocionales tanto de los niños como de sus familias. Los servicios de pediatría deben tener personal estable, con habilidades y conocimientos en el área, viejas costumbres como las rotaciones permanentes de servicios del personal de planta no son justificables. Se debe tener en todos los hospitales, personal que se encargue de la atención psicológica y social de los niños y sus familias.

El personal de salud que atiende niños, niñas y adolescentes debe conocer los derechos de los niños, aprender a reconocerlos, respetarlos y materializarlos. Para ello el personal debe recibir capacitación específica en este tema. El conocimiento de los planes y políticas públicas para atención de infancia y adolescencia deben ser tema del conocimiento de todos quienes atienden niños, niñas y adolescentes independientemente del entorno de trabajo en el cual actúen los trabajadores de la salud (por ej. Los pediatras que trabajan en ámbito hospitalario deben conocer sobre la importancia, implicaciones e impacto de programas AIEPI, IAMI, IAFI, políticas de salud sexual y reproductiva, etc) y quienes trabajan en estos programas tendrán capacitación formal en el tema.

Derecho a disponer de espacios seguros, amoblados y equipados para su cuidado: Los niños deben estar en lugares donde no haya hacinamiento, amplios, seguros, agradables, señalizados; diseñados para la atención pediátrica, con tamaño y decoración apropiados y con espacio suficiente para los acompañantes.

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Gran parte de las Instituciones Hospitalarias de nuestro país fueron diseñadas para la atención de pacientes adultos, posteriormente se incorporaron los servicios de Pediatría, sin haber realizado modificaciones de su infraestructura que respondan a las necesidades de los niños y sus acompañantes.

Los espacios físicos para atención de niños,niñas y adolescentes debes ser adecuados a sus necesidades y etapas de desarrollo, camas o cunas adecuadas para su edad y que garanticen su seguridad, sillas y mesas adecuadas para su tamaño en donde el niño pueda comer o relizar actividades lúdicas comodamente, las entradas y salidas deben contar con mecanismos que garanticen la seguridad de los niños, etc.

Derecho a recibir atencion personalizada, trato digno, amable y respetuoso: Los niños deben tener espacios individuales y que permitan privacidad a fin de que cuando se le haga un examen que implique desnudez, extracción de líquido o manipulación dolorosa, le sea respetada su intimidad. Este espacio también debe garantizar la privacidad durante la consulta y atenciones ambulatorias. Los niños hospitalizados necesitan una gran dosis de afecto de todas las personas que comparten con ellos, un grito o una cara hosca son siempre lo menos apropiado.

Derecho a disponer de juguetes, libros, material audiovisual y material educativo, asi como de espacios y tiempos para el juego y el estudio: El juego y la risa son una necesidad vital para los niños. El juego es una herramienta que les permite explorar y descubrir el mundo, expresarse, relacionarse con los demás, encontrar satisfacción, liberar energías y sentimientos y aprender a vivir. Cuando un niño está hospitalizado se altera su imaginación, su vitalidad natural, el niño deja de hablar, de jugar, de sonreír. Es fundamental en un servicio de Pediatría del siglo XXI, disponer de un espacio para el juego y la lectura, que le permita al niño disminuir el estrés y descargar las tensiones que le causan la enfermedad y la hospitalización. Igualmente se debe disponer de personal capacitado que se encargue de coordinar y orientar estas actividades. Los hospitales modernos deben tener en cuenta que la educación es un proceso contínuo que debe ser suspendido el menor tiempo posible. Es así como en muchos lugares del mundo se suscriben acuerdos con el sector educativo que provee la continuidad de la educación durante la estancia hospitalaria de acuerdo a la edad y nivel de desarrollo.

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Derecho a ser hospitalizados durante el menor tiempo posible y solo si el cuidado que requieren no puede ser previsto en su hogar o en un tratamiento ambulatorio: El siglo XX se caracterizó por una tendencia a hospitalizaciones prolongadas, hoy por el contrario, se han diseñado múltiples estrategias para disminuir el tiempo de hospitalización, lo cual no solo atenúa el trauma para el niño y su familia, sino también las complicaciones médicas, a la vez que optimiza la utilización de los servicios. Alternativas como el hospital día, la hospitalización en casa, las instituciones de cuidado intermedio, entre otras, que han ayudado a descongestionar los servicios, tienen evidentes beneficios económicos y psicoafectivos para los niños y sus familias.

Derecho a recibir información permanente, adecuada a su edad e

inteligencia, con respecto a sus condiciones de salud, examenes, procedimientos, tratamiento y pronostico de su enfermedad: La falta de información genera en niños y familiares una gran angustia. El niño debe recibir información clara, sencilla y oportuna, en un lenguaje acorde con su edad, cultura y nivel educativo. La información adecuada y oportuna les ayudará a los niños y a los padres a cumplir adecuadamente las indicaciones que debe seguir durante y después de la hospitalización y facilitará su comprensión y participación activa en todo el proceso de tratamiento. Es importante que las instituciones y sus profesionales brinden la asesoría necesaria a los padres en caso de enfermedades catastróficas, para informar al niño sobre lo que le sucede, los tratamientos que va a recibir y como transcurre el proceso de enfermedad.

Los trabajadores de la salud deben estar habituados a saludar y presentarse al niño, niña o adolescente que atienden, y no solo a tomar en cuenta a su madre, padre o cuidador con quien llegan al servicio, en ocasiones entramos en comunicación profesional de la salud – madre que viola el derecho a la información y el derecho a ser tenido en cuenta del niño, niña o adolescente. Así mismo siempre que se dé información sobre la condición de salud debe incluirse la información al niño, niña o adolescente en lenguaje adecuado para la edad y de acuerdo a su capacidad de desarrollo y proveer un espacio para preguntas o dudas que el niño tenga sobre su estado de salud u otros aspectos.

Derecho a recibir información y preparación previas, acordes con su nivel

de comprensión, antes de todo procedimiento diagnostico o curativo:

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Se han demostrado en varios estudios, los evidentes beneficios de la preparación de los niños para los diferentes procedimientos: disminuye la ansiedad que estos generan, facilita la adaptación, disminuye el estrés post-operatorio, y el niño se muestra más colaborador y menos angustiado durante toda su hospitalización. Por el contrario, las intervenciones no explicadas generan ansiedad y rechazo. Desde el proceso más sencillo como canalizar una vena, hasta la cirugía más compleja, los niños deben recibir una explicación, veraz y sencilla de lo que va a ocurrir. En este sentido programas de preparación prequirúrgica acordes a la edad y nivel de desarrollo alivian ansiedades del niño y su familia.

Derecho a ser informados de sus derechos y deberes:

Todos los niños y sus familias deben conocer desde el momento del ingreso, estos derechos, así como las normas de hospitalización. Por tanto las instituciones que atienden niños, niñas y adolescentes incluirán dentro de sus medios informativos materiales acordes para las edades y niveles de desarrollo de los niños, niñas y adolescentes.

Derecho a que sus opiniones sean escuchadas y tenidas en cuenta

“Los niños han demostrado que cuando se involucran, pueden influir en modo apreciable en el mundo que les rodea. Poseen las ideas, la experiencia y las intuiciones que enriquecen el entendimiento de los adultos y realizan un aporte positivo a las acciones de los adultos”. UNICEF 2003

Si escucháramos la voz de los niños, muchas cosas cambiarían. No hay que olvidar que los servicios de Pediatría son para los niños y quienes mejor que ellos para decir lo que necesitan. Los niños, niñas y adolescentes deben ser escuchados y tomada en cuenta su voz. Es así que las Instituciones que cuentan con servicios de pediatría implementarán dentro de sus medios para recibir quejas, recomendaciones y para la realización de encuestas materiales acordes para niños, niñas y adolescentes. Y generará espacios que analicen y consideren las recomendaciones dadas por ellos de acuerdo al contenido de las mismas.

Derecho a no recibir tratamientos médicos inútiles y a no soportar

sufrimientos físicos y morales evitables: A sus padres y a ellos mismos se les debe solicitar permiso para la realización de procedimientos de investigación, exámenes educativos o informativos y no terapéuticos.

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Los niños y sus padres tienen derecho a negarse a la realización de dichos procedimientos, sin desmedro de su relación con la Institución, como lo establece el Código de Etica Médica. En este sentido las Instituciones que atienden niños, niñas y adolescentes debe establecer el consentimiento informado para padres o cuidadores y el asentimiento informado para niños, niñas y adolescentes.

Derecho a ser protegidos contra toda forma de maltrato o violencia: Los niños, niñas y adolescentes deben ser protegidos en todos los ambientes de cualquier forma de maltrato o violencia. En este sentido las instituciones de salud que atienden niños, niñas y adolescentes deben implementar los mecanismos posibles que garanticen la idoneidad del personal que los atiende, contar con un código de conducta explícito sobre las actuaciones permitidas y prohibidas cuando se trate de contacto con niños, niñas y adolescentes, proveer capacitación específica al personal que atiende niños, niñas y adolescentes sobre temas de maltrato infantil y abuso sexual, contar con procesos claros y definidos para garantizar el reporte obligatorio en casos de sospecha de maltrato infantil y / o abuso sexual a las autoridades pertinentes. Contar con el personal de apoyo o la red de servicios que garantice la atención de niños con maltrato infantil y / o abuso sexual; contar con los procesos que determinen la atención urgente de casos en los cuales se sospecha maltrato infantilñ y / o abuso sexual en los servicios de urgencias, etc. Contar con procesos para garantizar el reporte de casos intrainstitucionales de maltrato infantil y / o abuso sexual por parte de un trabajador o persona que se encuentre dentro de la institución.

QUE PODEMOS HACER EN NUESTROS HOSPITALES Lineamientos para construir una Política Institucional de respeto y promoción de los Derechos de la Infancia y Adolescencia: Si bien cada institución es distinta, tiene sus particularidades, desarrollos y necesidades diferentes, es importante avanzar hacia unos mínimos comunes, que garanticen los derechos de los niños, niñas y adolescentes, siendo avalados, respetados y respaldados por las directivas de cada institución. A continuación presentamos los lineamientos necesarios para que cada institución de salud incentive el respeto y promoción de los derechos de la infancia y adolescencia, fundamentados en la Convención de los derechos del niño. (Art. 1,2,3,4,5,6 de la Convención)

En el área física:

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Adecuar las áreas de las instituciones de salud y los procesos administrativos y asistenciales de forma que sean ajustados a las necesidades de los niños, niñas y adolescentes. (Art.23,24,25,26 y 27 de la Convención).

Tener un servicio de Pediatría independiente de los servicios de adultos.

Tener un servicio de urgencias pediátricas ubicado de manera que guarde independencia de los servicios de atención de urgencias de adultos. De preferencia, incorporado al servicio de Pediatría.

Que cuando haya áreas especiales, como quemados o cuidado crítico, estas estén ubicadas dentro del servicio de Pediatría. De no ser posible, destinar, unidades especialmente adaptadas para niños, dentro de los respectivos servicios.

Que las habitaciones o cubículos dispongan de espacio y dotación (cama de acompañante o silla reclinable), para la permanencia de un acompañante por niño las 24 horas del día; disponer también de servicios sanitarios para los acompañantes.

Que cada habitación sea máximo para 4 niños y preferiblemente para 1 ó 2.

Que los servicios de pediatría, observación de urgencias y unidades especiales de atención a niños y niñas, dispongan de:

- Instalaciones tales como baños, pisos y ventanas acordes con la estatura de niños

y niñas y con todas las medidas de seguridad. - Elementos de dotación como camas, cunas, sillas, tendidos e implementos de uso

médico y de enfermería, adaptados al tamaño y a necesidades especiales de los niños.

- Sitios independientes para procedimientos, así como biombos o separadores, que guarden la intimidad del niño.

- Areas o cuartos separados por edades, no por enfermedades, ni por la capacidad de pago.

- Zona para hospitalización de adolescentes. - Decoración apropiada y agradable. - Iluminación adecuada, con luz natural preferiblemente. - Señalización a baja altura que indique los lugares que pueden ser usados por los

niños (baños, sala de juego, etc.) - Areas y materiales para el juego, la lectura y el estudio.

En la adecuación del personal: El personal asistencial y administrativo de toda institución de salud que brinde atención pediátrica debe estar capacitado no solo en relación a la atención médica, si no también capacitación y sensibilización en torno a los derechos de la niñez consagrados en la convención, los derechos de los niños, niñas y adolescentes hospitalizados, la normatividad legal vigente en relación a la infnacia y adolescencia. (Art.23,24,25,26 y 27 de la Convención).

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Que en cada hospital de segundo y tercer nivel haya atención por pediatras las 24

horas del día y que las urgencias pediátricas sean atendidas por especialistas.

Que en los hospitales de segundo y tercer nivel, el servicio de enfermería sea prestado por un equipo con entrenamiento en el área pediátrica y dedicado a la misma.

Que el personal del servicio de Pediatría reciba formación en derechos de los niños, particularmente en derechos de los niños hospitalizados.

Que se cuente con un equipo de apoyo en las áreas de salud mental, trabajo social, pedagogía y terapias y que por lo menos un funcionario de pedagogía o terapias se encargue del trabajo lúdico-recreativo.

El personal de la institución de salud debe reconocer las necesidades y derechos de los niños, niñas y adolescentes hospitalizados y sus familias.

Todo el personal de la institución debe firmar un código de conducta en el que se comprometa a respetar y promover los derechos de la infancia y adolescencia dentro y fuera de la institutción.

En el trato y la información:

Tener servicios de alimentación para los niños, niñas y adolescente las 24 horas del día, con vajillas y menús agradables y apropiados para sus edades.

Tener un programa que informe y eduque a los niños, niñas, adolescentes, padres y acudientes sobre sus derechos y deberes durante la hospitalización, lo que se espera de ellos y lo que ellos deben esperar del personal y de la institución (se pueden utilizar charlas, material audiovisual, material escrito, etc.) (Art. 2,13,18,42 de la Convención).

Crear un programa lúdico y participativo de preparación para procedimientos de anestesia y cirugía, que le de confianza al niño y le permita entender lo que le va a ocurrir.

Tener un programa de actividades recreativas y pedagógicas dentro de los servicios de pediatría, con un profesional a cargo, con espacios y dotación adecuada para el mismo (juguetes, libros, medios audiovisuales, material de estimulación), que incluya materiales especiales que puedan utilizarse en cama con la debida asesoría, para quienes se encuentren discapacitados o gravemente enfermos. (Art. 28,29,30,31 de la Convención).

Estar vinculado a la estrategia de Instituciones amigas de la madre y el niño y a las redes del buen trato, promoviendo activamente la lactancia materna y el buen trato.

Tener un programa para adolescentes gestantes que incluya: áreas para su alojamiento independiente, acompañamiento permanente de su pareja o de personas significativas de su familia, capacitación al personal de salud en el trato de ellas, asesoría psicológica a la adolescente y su familia, información en salud reproductiva y derechos de la niñez.

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Diseñar y aplicar un protocolo para la prevención y el manejo del dolor en recién nacidos, niños y adolescentes.

Tener lugares y medios, para que los niños puedan expresar sus opiniones y sugerencias acerca de la experiencia de hospitalización. (Art. 2,12,13,14 de la Convención).

Tener en la cabecera de cada cama o cuna un aviso donde figure el nombre y edad del niño y no figure la enfermedad ni otra información confidencial.

Permitir el ingreso del juguete preferido del niño o de un objeto de alto valor afectivo.

Permitir que los padres o acudientes ingresen a las salas de recuperación de anestesia y cirugía desde cuando el niño despierte.

Permitir que en las unidades de recién nacidos, los padres permanezcan el mayor tiempo posible con su hijo. (Art. 9,10,11 de la Convención).

Permitir que la pareja o los padres acompañen a las adolescentes gestantes durante su hospitalización.

Permitir el acompañamiento permanente y sin restricciones de los familiares cercanos a los niños en estado terminal.

Restringir la realización de discusiones académicas al lado del lecho del niño enfermo.

Designar un personal para que al momento del ingreso de todo niño realice una inducción sobre derechos, deberes y servicios que presta la institución

Destinar un área específica dentro del hospital, para ofrecer información de manera permanente al usuario, que cuente con un personal cuya función sea recepción, orientación y apoyo.

Entregar a todo niño que se hospitalice y su familia, un folleto de información que contenga datos sobre los servicios del hospital, aspectos administrativos, derechos y deberes.

Difundir ampliamente los derechos de los niños hospitalizados, a través de afiches, folletos, carteleras y otros medios disponibles. (Art. 2,13,18,42 de la Convención)

Tener normas claras sobre quienes suministran información sobre la parte administrativa y la evolución de la salud del niño.

Garantizar que se de información diaria al niño y su familia, respecto de la evolución de la enfermedad, los exámenes, procedimientos y el tratamiento que se está aplicando.

Disponer de encuestas que permitan a los niños evaluar el trato recibido durante la hospitalización. (Art. 2,12,13,14 de la Convención).

Hacer actividades de capacitación sobre promoción de la salud, prevención y manejo de la enfermedad, aspectos de crianza y derechos de la niñez.

No prolongar la estancia de ningún niño por trámites administrativos, a no ser que éstos estén dirigidos a protegerlo de alguna situación de riesgo.

Implementar programas de manejo domiciliario para que una vez pasada la fase crítica de la enfermedad, el niño pueda terminar su tratamiento en casa.

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Tener dentro de la institución grupos de trabajo cuya finalidad sea promover un trato digno, justo y respetuoso dentro de la misma, dentro del marco de los Derechos Humanos y los Derechos del Niño.

Implementar un sistema de capacitación continuada sobre humanización de los servicios de salud, del cual se beneficien no sólo los funcionarios sino también las asociaciones de usuarios y representantes de la comunidad. (Art.28,29,30,31 de la Convención).

Evaluar la situación actual de los Derechos de Niñas y Niños Hospitalizados dentro de la institución, planteándose metas de mejoramiento a mediano y largo plazo. La mejoría de la calidad humana de la atención y el respeto a los Derechos de los Niños Hospitalizados, depende en mucho de la actitud de cada uno de los funcionarios que entran en contacto con el niño y su familia.

Es importante tener en cuenta la no vulneración de derechos del niño aún cuando estos no sean pacientes. En este sentido las instituciones de salud deben permitir la entrada de niños, niñas y adolescentes a visitar a sus familiares más próximos ene situaciones especiales ( madre o padre hospitalizados, abuelos, hermanos ) para lo cual organizará los procesos necesarios para ellos. ..................................................................................................................................

Actitudes a fortalecer en las instituciones de salud:

Conocer y respetar los derechos de los niños hospitalizados.

Tener un trato amable y respetuoso con el niño y su familia.

Llamar siempre a los niños por su nombre.

Respetar la privacidad e intimidad de todos los niños hospitalizados.

Dar apoyo a las adolescentes gestantes.

Promover y apoyar la lactancia materna durante toda la hospitalización.

Promover el buen trato a todos los niños, diagnosticar y denunciar cualquier caso de maltrato o abuso.

Facilitar y promover la permanencia de los padres o acudientes las 24 horas del día, así como su ingreso a las salas de recuperación de anestesia y cirugía.

Informar diariamente al niño (de acuerdo con su nivel de comprensión) y a su familia, de la evolución de la enfermedad, el tratamiento, los resultados de exámenes y pruebas y el pronóstico de la misma.

Responder con claridad las preguntas que le hagan los niños y sus padres.

Explicar previamente, de manera clara y precisa al niño y la familia sobre cualquier procedimiento o intervención que se le vaya a practicar así como sobre los riesgos y ventajas de un procedimiento, estudio especial o inclusión en un protocolo de investigación.

No realizar delante de los niños discusiones académicas o conversaciones que puedan herirlos (sobre la mortalidad, el pronóstico, las secuelas, etc.)

Optar siempre por los procedimientos que produzcan el menor sufrimiento físico y emocional posible.

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Prolongar lo menos posible la estancia hospitalaria, para lo cual se puede emplear como alternativa el cuidado en casa.

Apoyar emocionalmente a los niños gravemente enfermos y a sus familias.

Fomentar la creación de Comités de Humanización.

En este sentido las instituciones que atienden niños, niñas y adolescentes deberán realizar un autodiagnóstico del grado de respeto de los derechos del niño siguiendo la Convención Internacional de derechos del niño, realizar los planes de mejora de acuerdo a sus posibilidades y hacer seguimiento periódico de los avances en el tema. De igual forma se sugiere crear una política institucional de respeto por los derechos del niño avalada por las Directivas del centro asistencial.

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SÍNTESIS:

La aplicación de los principios de los derechos de la niñez y los artículos de la Convención a la práctica de salud infantil es posible y necesaria.

La promoción de la participación e involucración de los niños/as y adolescentes en la atención y cuidado de su propia salud redunda en resultados altamente positivos para los mismos.

Los niños, niñas y adolescentes tienen el derecho de ser activamente involucrados en su propio cuidado de la salud desde la más temprana edad.

Involucrar a los niños, niñas y adolescentes significa proveerles información relevante, escucharlos, tomar en cuenta sus puntos de vista, respetar sus competencias en evolución para hacerse responsables de ellos mismos y reconocer la importancia del respeto a la privacidad, intimidad y confidencialidad, particularmente para los adolescentes.

Implementar un compromiso de involucrar los niños, niñas y adolescentes va a necesitar cambios en la práctica de los servicios de salud:

A. Entrenar a todos los integrantes del equipo de salud que traten con niños/as y adolescentes a darse el tiempo necesario de escuchar y conversar con los niños/as. B. Capacitar a los profesionales de salud sobre la aplicación de diferentes metodologías y apoyos que faciliten que todos los niños, niñas y adolescentes puedan expresar sus puntos de vista, independientemente de su edad o condición. C. Desarrollar nuevas metodologías, modelos de abordaje y modos de atención que contemplen el enfoque de derechos. D. Proveer información amigable. E. Desarrollar códigos de práctica y políticas para promover mejores prácticas.

La implementación de una cultura de respeto hacia los niños/as y adolescentes, debe ser materializada a través de un proceso de consulta con los propios niños y niñas sobre qué asuntos les importan, en cuáles quisieran ver cambios y de qué modo.

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ABORDAJE METODOLÓGICO MÓDULO 2: Para lograr un adecuado abordaje pedagógico de este módulo se recomienda al formador solicitar previamente al abordaje conceptual del mismo, la realización de la actividad 3.1 de Autodiagnóstico. Se considera que la realización previa de esta actividad permitirá lograr aprendizajes más significativos. En caso de no realizarse previamente, puede destinarse un tiempo de 30 minutos para responder a esta actividad antes de iniciar el módulo 2.

Actividad 2.1. " Cuestionario Autodiagnóstico: pensando los derechos de la niñez en la propia práctica" Objetivo:

Promover la implicación subjetiva de los participantes con relación a la consideración de los derechos de la niñez en su práctica profesional.

Implementar un autodiagnóstico sobre la consideración de los derechos de la niñez en la propia práctica que pueda ser formativo y utilizado con posterioridad al curso para evaluar su impacto en los participantes.

Consigna: A. Entregar a los participantes el cuestionario de autodiagnóstico que corresponde a esta actividad previamente a iniciar el módulo, preferentemente se puede dar a los profesionales con anticipación (día anterior / al finalizar el módulo 1). De otro modo, se puede entregar el mismo día como primer actividad del módulo 2 y dedicar 30 minutos de tiempo para que lo hagan antes de iniciar el trabajo. B. Durante el curso, esta actividad debe ser utilizada como disparador para reflexionar y profundizar conceptualmente el módulo 2. Para iniciar el trabajo con este módulo, una vez entregados los cuestionarios, el coordinador preguntará en plenario cómo se sintieron al responderlo, si los hizo pensar en cosas que hasta el momento no habían pensado y promoverá la discusión con los participantes sobre los aspectos de la Convención sobre los cuales se indagaba. Tomando esta base el coordinador desarrollará los aspectos conceptuales del módulo y luego propondrá las restantes actividades metodológicas para este módulo.

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Indicaciones para administrar el cuestionario de autodiagnóstico:

El coordinador deberá preparar previamente tarjetas con números, la numeración deberá hacerse de acuerdo a la cantidad de participantes. También deberá contar con una bolsa para poner los números.

Luego deberá comunicarle a los participantes que se trata de un cuestionario anónimo, pero se les pide colocar un número identificatorio para poder cruzar los datos con posterioridad y garantizar su anonimato. Cada participante deberá extraer de la bolsa un número y colocarlo por escrito en el margen superior de la hoja. Deberá explicarse a los mismos la importancia de que puedan conservar el número que se les otorga (Ej.escribirlo en su agenda), pues el mismo será su clave de identificación anónima cuando se realice la segunda toma del mismo cuestionario a los fines de medir el impacto del curso sobre la práctica.

Luego del curso, los cuestionarios serán conservados por los formadores.

Dos / tres meses después de finalizado el curso los formadores deberán enviar a los participantes el mismo cuestionario (por e-mail o correo postal) y ellos deberán responderlo y colocar el mismo número asignado en un principio y el que se les ha solicitado conservar.

El análisis pre y post de los cuestionarios permitirá analizar el impacto que el mismo ha tenido en la práctica profesional y a su vez, les servirá a los participantes para analizar sus propios aprendizajes y cambios a nivel de las prácticas.

Este componente de la evaluación forma parte de un modelo integral que ha sido desarrollado para esta experiencia y que tiene como fin evaluar su impacto pedagógico en el mediano y largo plazo, así como monitorear las actividades de seguimiento en cada uno de los países participantes (ver Módulo de Evaluación del Curso).

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NÚMERO __________

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CUESTIONARIO AUTODIAGNÓSTICO (Colocar el número asignado en el margen superior de la hoja. Responder el cuestionario de manera anónima y sincera, ya que el mismo tiene como finalidad principal permitir nuestra autoevaluación de la práctica y medir el impacto del curso sobre la misma.) Responda de manera reflexiva y personal a las siguientes preguntas: Piense en sus últimas 4 consultas o prácticas con niños/as o adolescentes y luego responda las siguientes preguntas: 1. ¿Pudo usted explicarle a su paciente/a (niño/a o adolescente) lo que debía hacerle o hacerse y cuál era su situación de salud/enfermedad? Si______ No______ ¿Por qué?___________________________________________________________ ___________________________________________________________________ 2. ¿Su paciente /a (niño/a o adolescente) le ha realizado preguntas o comentarios sobre la consulta / tratamiento o intervención? Si______ No______

¿Por qué cree que no le ha preguntado?__________________________________ ___________________________________________________________________ 3. ¿Considera que su paciente/a ha comprendido las explicaciones y/o indicaciones que le ha dado? ¿Por qué? ___________________________________________________________________ 4. ¿Durante la consulta / intervención usted considera que se ha dirigido predominantemente al niño/a, a sus padres o a ambos por igual? ___________________________________________________________________

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5. ¿Piensa que durante la consulta / intervención ha podido escuchar y considerar las opiniones y/o sentimientos de sus pacientes seriamente? ¿Por qué? ¿De qué modo los ha considerado? ___________________________________________________________________ 6. En el caso de atender / trabajar con bebés y neonatos, ¿De qué forma cree usted que puede involucrarlos activamente en la consulta/tratamiento y considerar sus derechos? ___________________________________________________________________ 7. ¿Considera que la consulta / intervención ha sido respetuosa de la privacidad, intimidad y confidencialidad del niño/a o adolescente? ¿Por qué? ___________________________________________________________________ 8. ¿A qué edad considera que los niños/as y adolescentes son competentes para tomar la responsabilidad y decisiones sobre el cuidado de su salud?

___________________________________________________________________ 9. ¿Cómo puede evaluar si un niño/a es competente para esto? ___________________________________________________________________ 10. ¿Cómo negocia entre los padres y el niño /a cuando hay diferencias de opinión sobre qué tratamiento / intervención debe ser provisto, o cuando un niño /a quier información negada por los padres? ___________________________________________________________________ 11. ¿Cuáles siente usted que son las barreras para una mayor participación de los niños/as en el cuidado de su propia salud? ___________________________________________________________________ Entrega de la herramienta matriz planes de mejora para generar transformaciones en los servicios de salud donde trabajamos. Se programarán reuniones por grupos institucionales para diligenciar la matriz con base al autodiagnóstico y contenido de este módulo en las diferentes instituciones. Se nombará un tutor del grupo de capacitadores. Las matrices deberán ser enviadas al tutor a mas tardar en los siguientes 5 días hábiles a la terminación de la última capacitación. El tutor devolverá con sus apreciaciones para ajuste e implementación en los 5 días hábiles siguientes al recibo del documento. Se programará reunión de seguimiento

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precencial o virtual, de acuerdo a necesidad con el tutor en el mes siguiente a los ajustes. El grupo institucional realizará reunión de seguimiento a los 3 meses de terminación de la última capacitación.

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Actividad 2.2. "Protegiendo los Derechos de los Niños en la Práctica Clínica": Objetivo:

Concientizar e identificar los distintos modos de fomentar y proteger los derechos de la niñez en la propia práctica.

Consigna: A. Dividir a los participantes en pequeños grupos. B. Pedirles que piensen y seleccionen un caso de de su práctica/ experiencia que involucre preguntas críticas, relacionados con los derechos del niño/a y adolescente de ser informado e involucrado en la toma de decisiones acerca de su salud. Para esto considere casos recientes que describan una situación donde ha sido cuestión de: involucrar o no un niño en una decisión medica; considerar o no los deseos de un niño competente; romper la confidencialidad de un niño. C. Describa el caso seleccionado detallando en qué consiste la situación, cuál es la naturaleza de la decisión que se debe tomar, quiénes están involucrados, cuál es el resultado de la situación y cómo se alcanza. D. Tomando en cuenta el caso seleccionado analice y discuta en el pequeño grupo las siguientes preguntas relativas al caso descripto anteriormente:

1. ¿Cómo fueron considerados y respetados los derechos de la niñez de los artículos 5, 14 y 16 en este caso? 2. ¿Si no lo fueron, por qué que no? 3. ¿Qué cosas diferentes se podrían haber hecho para contemplar los citados derechos de la niñez en esta situación?

E. Presentación de lo trabajado por cada grupo en plenario y ampliación del debate y la discusión.

Sugerencias: Dependiendo de los tiempos y características del grupo el coordinador puede proponer que en la puesta en común cada grupo tenga que dramatizar la situación. En ese caso deberá indicarlo al inicio de la consigna.

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Variante de la actividad: Dependiendo del grupo y los tiempos el coordinador puede distribuir algunos de estos disparadores a los distintos grupos para que puedan armar el caso:

Una niña de 13 años quiere un método de anticoncepción, pero no desea que sus padres sean informados.

A un niño de 10 años se le diagnostica un cáncer que parece ser terminal, pero una cirugía podría ofrecer un alivio temporal del dolor.

Un niño tiene VIH trasmitido por la madre. ¿Se le debe decir al niño? ¿Por qué o porqué no? ¿Cuáles son las implicancias para la privacidad de la madre?

En un programa de salud escolar ¿se debería consultar a cada niño y pedirle permiso?

Un niño de 6 años rechaza una inyección médicamente necesaria.

Una niña de 7 años que vive en situación de calle solicita atención médica en el centro de salud.

Actividad 2.3. "Defensa del caso: reconociendo y resolviendo potenciales conflictos entre los derechos de los padres y los derechos de los niños, niñas y adolescentes": Objetivo:

Facilitar el reconocimiento y la resolución de potenciales conflictos entre los derechos de los padres y los derechos de los niños, niñas y adolescentes.

Consigna: A. Dividir a los participantes en pequeños grupos. B. Pedirle a los participantes que identifiquen casos que hayan enfrentado y en los que hayan existido conflictos entre los derechos de los niños, niñas y adolescentes y los de los padres. Deberán seleccionar un solo caso de los ejemplos que proporcione el grupo. C. Pedir que analicen el caso seleccionado teniendo en cuenta las siguientes preguntas:

1. ¿Qué derechos están en juego para el niño y sus padres? 2. ¿Qué derechos priorizaría? ¿Por qué? 3. ¿ Cómo creen que se podría resolver el conflicto potencial en el marco de los Derechos de la Niñez? ¿Cuáles serían sus recomendaciones en este sentido?

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D. El coordinador deberá anticiparle a los grupos que para la puesta en común ellos tendrán que defender su posición ante la audiencia. La puesta en común deberá organizarse del siguiente modo: sugerir al grupo que expone pasar al frente y al resto del grupo ubicarlo dividido en dos filas horizontales diferenciadas: decirles que una de las filas serán los padres y otra de las filas los niños, niñas y adolescentes que se presentan en el juicio. Cada grupo expondrá su caso por vez brevemente y la posición tomada frente a las preguntas 2 y 3. Luego de hacerlo, el coordinador deberá abrir y moderar el debate y el grupo que expuso deberá defender su posición ante el resto de la audiencia.

Sugerencias Dependiendo de los tiempos y características del grupo la actividad puede realizarse sin organizar el debate como juicio y hacerlo simplemente como plenario y puesta en común de cada grupo. Es importante que el coordinador remarque que los derechos y responsabilidades parentales existen principalmente con el fin de proteger y promover los derechos de sus niños. En otras palabras, los derechos parentales y responsabilidades no pueden ser ejercidos en contraposición con los derechos del niño/a y adolescente.

Variante de la actividad: Se pueden proporcionar a los distintos grupos algunos de los siguientes ejemplos y solicitar que los analicen en lugar de pensar ellos las situaciones.

Una adolescente es traída a la consulta con su madre, está embarazada.

Un niño de diez años necesita un tratamiento para una condición crónica pero sus padres rechazan de dar el consentimiento.

Un niño discapacitado rechaza un tratamiento correctivo doloroso que sus padres quieren iniciar.

Una madre con VIH/SIDA quiere amamantar a su bebé.

Una niña de 9 años lleva sola a la consulta del centro de salud a su hermana de 2 años para que sea atendida por el pediatra.

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Módulo 3 Políticas y Servicios de Salud

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OBJETIVOS DE APRENDIZAJE MÓDULO 3:

Comprender de qué manera la aplicación de la Convención de los Derechos de la Niñez puede impactar y transformar positivamente las políticas de salud y la provisión de los servicios.

Identificar las áreas de la salud de la niñez en las cuales es necesario realizar mejoras en materia de políticas de salud y servicios en la propia comunidad o región en que se desempeñan los participantes del curso.

Analizar de qué modo los hospitales, los centros de salud y específicamente, el lugar de trabajo de los participantes, pueden aplicar el enfoque de derechos y ser más amigables hacia la niñez.

Conocer y formular estrategias que aseguren la implementación de derechos a toda la niñez, especialmente a la niñez marginada por cuestiones sociales, ambientales, médicas, de salud mental, por capacidades diferentes hacia un cuidado no discriminatorio.

Identificar caminos a través de los cuales los proveedores de servicios de salud puedan apoyar políticas de desarrollo que promuevan la implementación de los derechos de la niñez para una mejor salud y desarrollo.

INTRODUCCIÓN MÓDULO 3: Este Módulo examina de qué manera el compromiso por los derechos de la niñez y la comprensión de la Convención puede impactar las políticas de salud y la provisión de servicios de salud infantil. Si bien la aplicación de la Convención en su conjunto garantiza el derecho a la salud y desarrollo integral de la niñez, en este módulo se presentan los artículos en los que la salud se menciona explícitamente y los que se relacionan en mayor medida para lograr este objetivo. El módulo intenta demostrar que el respeto consistente por los derechos de toda la niñez no va a acontecer meramente como resultado de las buenas intenciones. Las intenciones deberán estar acompañadas por cambios en las estructuras, en los procesos y en los comportamientos del modo en el que las políticas y los servicios son diseñados, desarrollados y provistos. En el módulo se presentan a discusión algunas estrategias que deberían ser desarrolladas e implementadas para generar los cambios culturales necesarios que deberían ser requeridos para priorizar las necesidades de la niñez y desarrollar políticas y servicios de salud más amigables para los niños y las niñas.

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DESARROLLO CONCEPTUAL MÓDULO 3

LA NIÑEZ Y EL DERECHO A LA SALUD Para hablar de políticas de salud, servicios de salud y del derecho a la salud en la niñez, primero habría que preguntarse ¿Qué es la salud? Y el referente que se viene a la mente con mayor frecuencia es el de la enfermedad, esto no ocurre sólo entre nosotros, sino es común en diferentes grupos culturales, por lo menos en Occidente, como lo afirma uno de los investigadores reconocidos en el tema: "La salud no ha sido un tema tan claro de preocupación para los colectivos humanos, ni para cultivarla ni para protegerla, como si lo ha sido la Enfermedad"19. Cuando hablamos del derecho a la salud, no estamos hablando de la salud entendida como el silencio de los órganos y no nos referimos únicamente al derecho a ser atendidos cuando enfermamos. Es importante decir además, que basado en la mirada de salud como lo opuesto a enfermedad, se ha montado todo un todo un complejo negocio, con grandes intereses económicos, que vive de la enfermedad y promueve esta concepción limitada que entiende que para tener salud se necesita básicamente tener acceso a servicios de atención20. A los términos de definir qué es la salud, se puede partir de la muy conocida la definición dada por la Organización Mundial de la Salud en 1948:

"La salud es un estado de completo bienestar físico, mental y social, y no consiste solamente en la ausencia de enfermedades. La posesión del mejor estado de salud que se es capaz de conseguir, constituye uno de los derechos fundamentales de todo ser humano, cualquiera que sea su origen étnico, religión, ideología política y condición económico-social".

Esta definición tuvo la importancia de definir la salud como algo positivo, distinto de no estar enfermo y de incluir los aspectos mental y social, y no únicamente lo biológico, además, de presentar la salud como un derecho fundamental. Sin embargo es cuestionado el hecho de considerar a la salud como un "estado", aspecto que opaca su carácter de proceso dinámico y continuo y por otro lado se cuestiona el hecho de hablar de "completo bienestar", un concepto poco preciso, subjetivo y variable según el contexto social y la cultura.

19 Serrano, M. I. Hacia una salud más dinámica. En: Serrano, M. I. Educación para la salud y participación comunitaria. Ediciones Díaz de

Santos. Madrid. 1990. 20 Ernesto Durán Strauch, "Reflexiones sobre el Derecho a la Salud", texto de la Universidad Nacional de Colombia.

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Precisando la definición de salud podría decirse que:

"La salud es un proceso dinámico multideterminado y social e históricamente construido".

Se construye en un proceso de interacción entre el sujeto y su medio socio-económico y cultural. Esta construcción dialéctica se realiza de acuerdo a las oportunidades que brinda el medio socio-económico, comunitario y familiar para promover la salud en todas sus dimensiones (social, física y mental) y a la vez de las elecciones individuales y diarias que cada uno hace en relación a los valores y las opciones que tiene disponibles en su contexto.

La salud podría definirse también como:"Una fuerza básica y dinámica de nuestro vivir cotidiano, en la que influyen nuestras creencias, nuestra cultura y nuestro marco social económico y físico21".

Por este motivo la salud depende poco de los servicios de salud, pues los determinantes de la misma exceden el acceso a los servicios de atención a la salud, que se constituye solo en uno de sus múltiples determinantes. Algunos de los determinantes de la salud que deben considerarse son: las condiciones socioeconómicas, el acceso a agua potable y servicios de alcantarillado y recolección de excretas, de la educación de los padres y la de los niños, niñas y adolescentes, la alimentación, las posibilidades de juego, la protección y cuidado de los adultos hacia los niños, etc. Teniendo en cuenta los determinantes de la salud, se dará un ejemplo sobre cómo las condiciones de vida de la pobreza impactan sobre los resultados de mortalidad infantil. Por ejemplo, Colombia tenía en el 2004 (7) una mortalidad infantil estimada del 25.6 X 1000 (con una mortalidad infantil reportada del 19,9 por mil), mortalidad que es relativamente alta para el nivel del desarrollo del país y que es 6 veces más alta que los países que han logrado la mortalidad infantil más baja en el mundo (cercan al 4 por mil) y 3 veces más alta que la de los países de América Latina que han logrado las mortalidades infantiles más bajas (Cuba, Chile y Costa Rica, con mortalidades cercanas al 8 por mil), producto de una mejoría en los factores determinantes de la salud ya mencionados (vivienda, alimentación, agua potable, ambientes más saludables, servicios de salud adecuados, etc.)22. Esto quiere decir que en Colombia de los cerca de 25.000 menores de 1 año que mueren cada año, por lo menos 16.500 no se deberían morir (comparando con los países de la región que tienen las mortalidad infantil menor), esas muertes ocurren por causas prevenibles, son muertes evitables, que se presentan fundamentalmente en los sectores

21 Epp, J. "Lograr la salud para todos: Un marco para la promoción de la salud". En: OPS. Promoción de la salud: Una antología.

Washington. 1986. 22 Ernesto Durán Strauch, "Reflexiones sobre el Derecho a la Salud", texto de la Universidad Nacional de Colombia.

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más pobres de la población, lo que evidencia las inequidades existentes en salud y el papel de los determinantes sociales en el proceso salud enfermedad-atención. Como síntesis del concepto de salud y entendiendo al mismo de manera integral, el derecho a la salud de los niños, comprende no sólo el derecho a ser atendidos cuando se enferman, sino el derecho a una vida plena, a tener un crecimiento y desarrollo adecuados, a descubrir y desarrollar al máximo sus potencialidades, a vivir en armonía con la naturaleza y los demás seres humanos, a tener servicios públicos y condiciones de vivienda adecuados, a recibir la nutrición que necesita, a gozar de una familia, a ser escuchado, a no ser maltratado o discriminado, a amar y ser amado23.

LAS POLÍTICAS DE SALUD Y LOS DERECHOS DE LA NIÑEZ A LA MEJOR SALUD POSIBLE Es importante definir en primer lugar, qué se entiende por una política pública. La misma podría definirse como:

"Vía posible de acción para dar solución a determinado problema público"24. Una política es por lo tanto, un propósito, un deseo, una directriz para la acción, un conjunto de decisiones que pueden ser en secuencia racional. Se puede describir como un conjunto de leyes, medidas regulatorias, instituciones, cursos de acción o inacción y prioridades de financiamiento definidas por las autoridades públicas para abordar un problema o conjunto de problemas. Las acciones descansan en valores que orientan la definición de cuáles son las metas más apropiadas para una sociedad y en creencias que informan sobre la mejor manera de alcanzar las metas.

Los más avanzados conceptos de política publica no necesariamente la ligan a la acción del Estado, para ellos la política es aquella estructurada y guiada por el interés común, trascendiendo lo privado y lo corporativo, que favorecen grupos sociales y crean condiciones de inclusión. Las políticas públicas saludables se entienden como: "presencia de directrices o cursos previamente definidos de acción, sistemáticamente establecidas bien por el sector salud, u otros sectores cuyos objetivos están dirigidos al desarrollo de la salud de la población y tratan de mejorar las condiciones mediante las cuales las personas viven (nutrición, seguridad, estilos de vida, etc.)25".

23 Durán, E. Los derechos del niño. En: Posada, H., Gómez, J. F. y Ramírez, H. El niño sano. 3ª Edición. Editorial Médica Panamericana.

Bogotá. 2005. 24 Rosetti G. Alejandra, et. Al. La Dimensión política de los procesos de reforma del sistema de salud, 1ra. Edición. Fundación Mexicana

para la salud: Economía y salud No.13. México D.F. 1995, pág.12. 25 Walt Gill. Health policy: An Introduction to processes and power. Witatersand University Press. Johanesburgo: Zed books, London

and New Jersey; 1994. Pág.7

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Teniendo en cuenta lo mencionado anteriormente sobre el concepto de salud, se considera que, para garantizar el derecho a la salud de la niñez, las políticas de salud tienen un rol de suma importancia y deben ir mas allá de dimensión de los servicios de salud y el sector salud. Para abarcar la complejidad y la multidimensionalidad de las problemáticas de salud es necesario que las políticas de salud pública sean definidas e implementadas por distintos actores y sectores, de modo que puedan influir sobre los distintos determinantes de salud-enfermedad de la población y así impactar positivamente en sus resultados. Como se mencionó anteriormente en el ejemplo sobre mortalidad infantil, las políticas públicas de saneamiento ambiental, alimentación, educación y distribución del ingreso, tienen un impacto más alto en la reducción de este problema, que las políticas sanitarias y de servicios de salud exclusivamente. Los principios y recomendaciones de la Convención Internacional de los Derechos de la Niñez resultan orientadores para la formulación e implementación de las políticas públicas y para garantizar que las mismas incorporen la perspectiva de derechos. La aplicación de la Convención debe tener implicancias significativas sobre el modo en el que los países formulan y desarrollan políticas públicas para garantizar la salud y desarrollo integral de la niñez. Los artículos de la Convención pueden ser utilizados para monitorear las políticas de salud en todos los niveles. En otras palabras, la aplicación de la Convención puede proveernos la lente a través de la cual se pueden evaluar las políticas y los servicios de salud dirigidos a la niñez y la adolescencia.

EL DERECHO A LA SALUD DE LA NIÑEZ Y LOS ARTÍCULOS DE LA CONVENCIÓN Es importante destacar que dadas las características de indivisibilidad e interdepencia de los artículos de la Convención Internacional de los Derechos de la Niñez, para garantizar el derecho a la salud, todos los artículos contenidos en la misma deben ser considerados de manera simultánea y conjunta. Sin embargo, resulta útil profundizar sobre algunos artículos de la misma, tales como los Artículos 6 y 24 que se refieren explícitamente a la salud, contemplando el derecho a la vida y al desarrollo y al mejor estado posible de salud y acceso a los servicios de salud respectivamente. Además de estos dos artículos que refieren de manera explícita al tema, se considera que para trabajar desde un enfoque de derechos en el ámbito de la salud es fundamental considerar los artículos 2, 3 y 12, pues consisten en principios básicos que deben aplicarse para garantizar esta perspectiva.

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DERECHOS DE LA NIÑEZ AL MÁS ALTO NIVEL DE SALUD POSIBLE: Artículo 6. El derecho a la vida, la supervivencia y desarrollo.

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Artículo 24. El derecho al mejor estado de salud posible y acceso a los servicios de salud. Principios subyacentes:

Artículo 2. No-discriminación. Cada niño/a tienen el derecho a un respeto igualitario de los derechos contenidos en la Convención.

Artículo 3. La obligación de promover el interés superior del niño/a. En todas las acciones que afecten a la niñez, sus intereses superiores deberán ser la consideración primaria.

Artículo 12. Escuchar a los niños/as y considerarlos seriamente ..................................................................................................................................

Por otro lado, dada la mutidimensionalidad del concepto de salud y la interdependencia existente entre los distintos derechos de la Convención, para garantizar la salud y desarrollo infantil integral, además de los derechos citados, se considera que deben considerarse también los artículos: 4, 8, 9, 19, 25, 26, 27, 28, 31 y 37. A continuación se desarrollaran los distintos artículos citados y sus implicancias para el desarrollo e implementación de políticas y servicios de salud.

Derechos de la Niñez al más alto nivel de salud posible:

Artículo 6: Derecho a la vida, la supervivencia y desarrollo: Destaca la importancia del derecho de cada niño / a la vida y a una óptima supervivencia y desarrollo. Esta situación impone obligaciones no solamente en cuanto a la provisión de servicios para proteger las vidas de los niños y niñas, sino además, a crear un ambiente en el cual niños y niñas puedan desarrollarse plenamente. Esto significa que las vidas de todos los niños y niñas deberán estar igualmente protegidas, independientemente del grado de discapacidad, género, etnia, u otro factor.

En el caso de las políticas y servicios de salud, este artículo señala la importancia no solo de mejorar la calidad y acceso a los servicios de atención de la salud, sino fundamentalmente remarca la necesidad de implementar estrategias de promoción de la salud26, desde los servicios y en la comunidad para crear ambientes y entornos más saludables y estimulantes para el crecimiento y desarrollo de la niñez. Por lo tanto, implica reorientar las políticas y los servicios considerando los aspectos positivos y el fomento de los factores protectores para la salud y fundamentalmente demanda trabajo intersectorial y extramuros.

26 Promoción de la salud es según la carta de Ottawa de la OMS de 1986 el proceso destinado a capacitar a las personas y las

comunidades para ejercer un mayor control sobre los determinantes de su salud, estimular los factores protectores de la salud y reducir los riesgosos, haciendo que las opciones saludables sean las más fáciles de elegir por los sujetos.

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Lo anteriormente dicho, evidencia que trabajar sobre este derecho, implica considerar también al resto de los derechos de la Convención en su conjunto, pues el desarrollo y la salud son procesos multideterminados y multidimensionados y los distintos artículos tratan sobre los distintos aspectos y dimensiones de estos procesos.

Artículo 24: El derecho al más alto nivel de salud posible y acceso a los servicios de salud:

Hablar de "más alto nivel de salud posible" es un tanto impreciso y cuestionable. Por un lado, es muy difícil definirlo, ya que variará de acuerdo a diferentes niños y niñas en diferentes países, culturas y contextos. Por otro lado, porque podría entenderse a "lo más alto posible" como un limitante al que hay que adaptarse y hacerse una lectura reduccionista sobre el rol de los determinantes de la salud. Por ejemplo, si un sujeto vive en condiciones de extrema pobreza sus opciones en relación a la salud están limitadas por sus condiciones de vida: no posee una alimentación adecuada, puede no acceder al sistema educativo, carecer de agua potable, etc. Siguiendo el concepto de más alto nivel de salud posible, podría interpretarse como dejar al niño en la situación mencionada y no intentar influir para modificar esas condiciones de vida que determinan su salud. Entonces, si bien es cierto que es importante interpretar a la mejor salud posible de acuerdo al contexto, tendríamos que enfatizar sobre la forma en que se interviene sobre los determinantes y contextos sociales desfavorecidos para que los mismos puedan brindar oportunidades a los sujetos de lograr su salud integral. Se considera entonces, que el tema del nivel más alto de salud, genera un reto para los Estados y es el de la progresividad, entendiendo que toda la humanidad, pero en particular los países del Tercer Mundo, estamos lejos de un alto nivel de salud, los Estados tienen el deber de ir avanzando progresivamente hacia el mismo. El Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales también ha planteado otros elementos esenciales del derecho a la salud que el Estado debe garantizar a todos sus ciudadanos y que han sido retomados por la Corte Constitucional de varios países, entre ellos Colombia27:

La disponibilidad: tanto de servicios de salud, como de condiciones predeterminantes para la salud (condiciones socio-ambientales, alimentación, educación, etc.)

La accesibilidad: (geográfica, económica y cultural), tanto a los servicios como a la información relacionada con el cuidado y la atención en salud.

La aceptibilidad cultural: los servicios que se ofrecen deben ser adecuados para la cultura y para el desarrollo del grupo humano específico al que van dirigidos, así

27 Defensoría del Pueblo. El derecho a la salud en la Constitución la, la jurisprudencia y los instrumentos internacionales. Bogotá. 2003.

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como respetuosos de la ética médica y sensibles a los requisitos de género y ciclo de vida, para que sean aceptados por ese grupo humano.

La calidad: relacionada con que sean prestados por personal idóneo, adecuadamente capacitado, en condiciones adecuadas, eficazmente y que todos los insumos empleados sean de calidad, incluyendo los medicamentos y tratamientos.

De acuerdo a lo planteado, para poder ejercer plenamente el derecho a la salud todas las personas necesitan unas condiciones mínimas de vida, lo que lleva nuevamente a la interdependencia con otros derechos. Los niños, niñas y adolescentes necesitan que se les garantice el derecho a la salud para ejercer otros derechos, y necesitan que se le garanticen otros derechos para ejercer el derecho a la salud. Apesar de las dificultades conceptuales que puede traer aparejadas la enunciación del artículo 24 sobre "más alto nivel de salud posible", se considera que la Convención provee un marco amplio de principios y patrones que permiten formular indicadores operativos para evaluar si las políticas y los servicios de salud promueven los mejores resultados en materia de salud para toda la niñez. Los principios y recomendaciones de la Convención pueden ser utilizados como instrumentos para alcanzar el mejor estado posible de salud. Es de suma importancia considerar que el estado a la mejor salud posible debe interpretarse en el marco de la indivisibilidad y la interrelación de todos los derechos contenidos en la Convención Internacional de los Derechos de la Niñez.

El artículo 24 de la Convención Internacional de los Derechos de la Niñez plantea: "Los Estados Partes reconocen el derecho del niño al disfrute del más alto nivel posible de salud y a servicios para el tratamiento de las enfermedades y la rehabilitación de la salud. Los Estados Partes se esforzarán por asegurar que ningún niño sea privado de su derecho al disfrute de esos servicios sanitarios.”

Los Estados partes asegurarán la plena aplicación de este derecho y en particular adoptarán las medidas apropiadas para:

a. Reducir la mortalidad; b. Asegurar la prestación de asistencia médica y la atención sanitaria que sean necesarias a todos los niños, haciendo hincapié en el desarrollo de atención primaria en salud; c. Combatir las enfermedades y la malnutrición en el marco de la atención primaria;

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d. Asegurar asistencia prenatal y postnatal apropiada; e. Asegurar que todos los sectores de la sociedad conozcan los principios básicos de salud y la nutrición de los niños, las ventajas de la lactancia materna, la higiene, el saneamiento ambiental y las medidas de prevención de accidentes; f. Desarrollar la atención sanitaria preventiva, la orientación a los padres y la educación y servicios en materia de planificación familiar"

La Convención plantea dos aspectos complementarios del derecho a la salud, el derecho a servicios de tratamiento y rehabilitación y el derecho al disfrute del nivel más alto de salud, donde juegan un rol importante las políticas y servicios orientados a la promoción y prevención de la salud, la atención sanitaria preventiva, la lactancia materna, el saneamiento ambiental, etc. También destaca la necesidad de tomar acciones para terminar con aquellas prácticas tradicionales en las diferentes culturas que resulten perjudiciales para la salud. La salud tiene la característica de ser una condición habilitante para el ejercicio de los demás derechos, el niño necesita estar en las mejores condiciones de salud para ir a la escuela, recrearse o participar activamente en la vida social. Al afectarse el ejercicio del derecho a la salud, se afectan entonces el ejercicio de otros derechos.

APLICANDO LOS PRINCIPIOS DE LA CONVENCIÓN AL DESARROLLO DE POLÍTICAS Y SERVICIOS DE SALUD QUE PROMUEVAN LA SALUD DE LA NIÑEZ El compromiso por promover el mejor estado de salud posible para la niñez es algo asumido por quienes trabajan en el campo de la salud. Sin embargo, la Convención incorpora una nueva dimensión. La implementación de un enfoque de derechos aplicado a la salud de la niñez requiere que las políticas diseñadas para promover su salud, tomen en consideración todos los derechos contenidos en la Convención. En otras palabras, el derecho a la salud no puede ser considerado en forma aislada de otros derechos. En particular, las políticas de salud deberán ser consideradas a la luz de los principios sobre los que se apoyan los demás artículos de la Convención. Estos principios subyacentes fueron oportunamente discutidos den el Módulo 2. A continuación se hará referencia a cada uno de estos principios con ejemplos en relación al diseño e implementación de políticas y servicios de salud:

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Artículo2. No - discriminación Cada niño/a tiene el derecho de respeto igualitario respecto de todos los derechos contenidos en la Convención. En la práctica, es raro constatar que todos los niños y niñas tengan igual acceso al cuidado de la salud. La discriminación que excluye a grupos de niños/as del acceso a los servicios no sólo acontece cuando existe una barrera explícita que les niegue el acceso. También acontece en forma indirecta como es el caso de las consecuencias en los modos en que las políticas y los servicios son provistos, o por la existencia de actitudes sociales y culturales que excluyen o discriminan a ciertos grupos de niños y niñas. Generalmente todas las personas y profesionales de salud adquirimos durante nuestra socialización y luego tenemos en nuestra práctica cotidiana actitudes discriminatorias y generalmente no somos conscientes de las mismas, por ejemplo: prejuicios por la gente de ciertas nacionalidades, por la gente que vive en la pobreza, por la gente que práctica determinados estilos de vida, por color de piel, etc. Por estos motivos es importante, en primer lugar, que los profesionales podamos analizar y conscientizar cuáles son estas actitudes discriminatorias cotidianas que ejercemos. Se considera que para garantizar la no-discriminación las políticas de salud deben apoyarse también en el concepto y enfoque de Desarrollo Inclusivo. Los modelos de desarrollo hasta ahora adoptados, no parecen haber resultado suficientes para generar el bienestar de la comunidad global. Diversos grupos han sido y son persistentemente excluidos de los beneficios del desarrollo: los indígenas, los afro-descendientes, las mujeres, los adultos mayores, las personas con discapacidad, las minorías étnicas, religiosas y sexuales, todos los grupos que comúnmente reconocemos en "situación de vulnerabilidad". El enfoque de "desarrollo inclusivo" procura superar la escala puntual y compartimentada con que se enfoca a los distintos sectores y actores sociales, potenciar lo que hay de común entre ellos y capitalizar lo que les puede fortalecer mutuamente. Entendemos por Desarrollo Inclusivo:

El diseño e implementación de acciones y políticas para el desarrollo socioeconómico y humano que procuran la igualdad de oportunidades y derechos para todas las personas, independientemente de su status social, su género, edad, condición física o mental, su raza, religión, opción sexual, etc., en equilibrio con su medio-ambiente28.

El Desarrollo Inclusivo procura aprovechar y potenciar la ampliación de los derechos y capacidades de las personas en todas sus dimensiones (económica, social, política, cultural) y en su diversidad y especificidad; se basa en la búsqueda y garantía de acceso universal, de la equiparación de oportunidades, de la equidad y la justicia. Valora así la contribución de cada ser humano al proceso de desarrollo y generar las condiciones

28

Plataforma del Desarrollo Inclusivo, The World Bank Group, 2006.

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necesarias para ello. El enfoque de desarrollo inclusivo promueve la diferencia, aprecia la diversidad y la transforma en una ventaja, una oportunidad, un derecho. Debe considerarse que así cómo los servicios de salud pueden ser provistos con la mejor intencionalidad de promover el acceso universal a todos los niños, niñas y adolescentes, un número significativo de niños/as en todas las sociedades serán discriminados en el lograr el acceso, a no ser que se tomen medidas explícitas para eliminar todo tipo de barreras impuestas a cada una de las situaciones específicas. A continuación se desarrollan algunos ejemplos de discriminación a ciertos grupos poblacionales en las políticas y sevicios de salud: Niñez discapacitada: Un niño o niña discacapacitado no tiene menos derecho a la vida que un niño o niña no discapacitado. La Convención es explícita en reconocer que cada niño/a tiene un mismo valor. Sin embargo, en muchos países la niñez discapacitada no es igualmente valorada. Generalmente, dado el estigma social de la niñez y adolescencia con discapacidad, la misma no es considerada en las políticas y programas de prevención sobre sexualidad y VIH SIDA por no considerarse merecedora de ejercer su sexualidad. Los centros de salud comunitarios, especialmente de zonas carenciadas, rara vez contemplan en su diseño arquitectónico a las personas con discapacidad, por ejemplo, no poseen rampas para personas con discapacidad motriz o baños adecuados para los mismos. Estos ejemplos muestran cómo las prácticas profesionales están enraizadas en el preconcepto de que la discapacidad le reduce el valor a la vida, y por lo tanto los juicios que hacen los profesionales sobre la discapacidad influyen sobre el acceso a los servicios de prevención y tratamiento. En algunos países, los profesionales de la salud recomiendan a los padres de niños o niñas discapacitados institucionalizarlos, o negarles su posibilidad de inclusión en escuelas normales o negarles el ejercicio de su sexualidad, argumentando que representan una carga inaceptable y por tal motivo es mejor sacarlos del camino y evitar su reproducción. Esto provoca que sean denegados en el derecho a convivir en familia, a la inclusión social, a negar su sexualidad, en algunas circunstancias al derecho de tener una amistad, a jugar y a la educación. De este modo, para la mayoría de los niños, niñas y adolescentes en estas circunstancias, las oportunidades para un desarrollo óptimo se ven dificultadas por estos prejuicios que impiden emprender acciones positivas y transformadoras. En primer lugar es importante desmitificar a la discapacidad como enfermedad, y en cambio pensar de qué forma el medio social facilita u obstaculiza el desarrollo de las personas con discapacidad. Por estos motivos se considera que las políticas de salud y los vicios deben ser inclusivos y fomentar el desarrollo inclusivo. Esto último implica reconocer y asumir la diversidad humana como un valor y dentro de ella la discapacidad; diseñar estrategias y acciones universales desde el sector salud que contemplen las distintas necesidades de los colectivos sociales permitiendo que todos los niños, niñas y

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adolescentes puedan beneficiarse de igual modo. Desde una perspectiva de desarrollo inclusivo, los servicios de salud y de educación, no deberían diseñar políticas y servicios especiales y diferenciados para la discapacidad, sino tenerla en cuenta en el diseño de todas las políticas y servicios que brindan.

Resulta imprescindible que las políticas y servicios de salud analicen e implementen estrategias tendientes a reducir las barreras sociales para permitir la inclusión de la población discapacitada. De igual modo es importante que los profesionales de la salud puedan analizar sus prejuicios en torno al tema y actúen de manera crítica y transformadora frente a los mismos.

Minorías étnicas y niñez indígena: El modo en el cual los servicios son desarrollados y diseñados refleja generalmente los valores culturales y sociales de la mayor parte de la población y no contemplan a la diversidad. Debe considerarse que el idioma que utiliza el personal, las actitudes hacia la privacidad, la información provista, las actitudes hacia la niñez, los supuestos en cuanto a la relación padres/hijos-as, etc, afectan de alguna manera el acceso de los niños, niñas y adolescentes a los servicios así como la calidad de atención que reciben. Para niños, niñas, adolescentes y padres de minorías comunitarias, los servicios pueden aparecer como ajenos, inaceptables y hasta hostiles. La comunicación con profesionales que no hablan su mismo idioma, que no comprenden su cultura o no respetan sus valores puede tornarse en una experiencia difícil que puede llevar al rechazo futuro de búsqueda de atención en los servicios. Aún cuando se busca ayuda, su calidad puede verse reducida debido a la comunicación limitada, la ansiedad y la falta de confianza mutua.

El compromiso por respetar igualitariamente los derechos de la niñez al cuidado de la salud requiere que los servicios promovidos sean culturalmente relevantes (contemplen las características culturales de la población) y estén disponibles en sus comunidades.

Niñez en condiciones de pobreza: La niñez pobre tiene mayores necesidades de cuidado de la salud, contrariamente su acceso a los servicios de salud puede verse afectado. Estos niños/as tienen mayor riesgo de accidentes, más probabilidad de tener deficiencias en la alimentación, vivir en hogares con pobre saneamiento, trabajar en condiciones no seguras, estar expuestos a situaciones de violencias y a drogas ilegales, etc. La barrera más inmediata a lo servicios es la financiera, cuando se cobra o arancela la atención. Sin embargo, existen otras barreras que impiden el acceso. Los servicios de salud generalmente están concentrados en áreas urbanas, haciendo difícil el acceso para quienes residen en comunidades rurales. El viaje a los hospitales o clínicas, aún dentro de las ciudades, puede resultar costoso y tiempo-demandante para los padres con bajos ingresos. Los horarios de los turnos coinciden con el horario de empleo de los padres, generado además una reducción en el ingreso familiar. Los códigos culturales y lingüísticos

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y los estilos de crianza pueden diferir de los del personal de salud y esto muchas veces genera actitudes discriminatorias por parte del personal hacia las familias y la niñez.

Estas cuestiones de localización, organización y funcionamiento de los servicios de salud deben ser contempladas para garantizar el acceso y la atención de calidad de la niñez pobre.

Las familias de bajos recursos pueden tener información diversa sobre la crianza y la salud de la niñez y/o un acceso reducido a la información sobre las necesidades de salud de sus hijos, la importancia de las vacunas, los riesgos de infecciones y la promoción del desarrollo de sus hijos/as. Los servicios de salud y el personal de salud deben considerar y respetar los saberes en salud de las familias que viven en condiciones de pobreza, considerar el contexto y las condiciones de vida de los mismos para darles información preventiva y atención medica adecuadas. Muchas veces el personal de salud da información o prescripciones médicas pensadas para una población de clase media y exigen la implementación de medidas y/o comportamientos poco realistas, que alejan a las personas de los servicios.

Por lo tanto, deben tomarse en consideración la existencia de estas barreras actitudinales del sector salud y capacitar al personal para trabajar con la diversidad. La no-discriminación de la pobreza en la niñez contribuye al logro de la mejor salud posible.

Adolescentes: Los/as adolescentes se encuentran en una situación de mayor vulnerabilidad sobre el fracaso en el acceso al cuidado apropiado en salud. Es un período en el cual tienen necesidades particulares en cuidados de la salud. A la luz de estas dificultades, es importane el desarrollo de servicios y modos de provisión que estimulen a los/as adolescentes a sentirse en confianza hacia los profesionales de la salud. Algunas barreras que dificultan el acceso al cuidado de los adolescentes se describen a continuación:

Los servicios de salud no toman en consideración las necesidades de un ambiente para adolescentes.

Los adolescente generalmente son reticentes a hablar con los profesionales debido al temor a que sus padres sean contactados ellos/as quieren privacidad y pueden no recibir un tratamiento y orientación confidencial.

Ellos/as generalmente se sienten incómodos de hablar temas personales con los adultos.

También pueden tener temor a la crítica o la censura moral cuando van en busca de orientación o ayuda en temas de salud sexual o reproductiva.

Los padres son menos conscientes a sus necesidades de salud acordes con la edad y por eso están en una posición de poco apoyo para estimularlos a buscar atención en salud.

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Niñez institucionalizada: Algunos niños/as deben vivir en instituciones de salud mental, en hogares infantiles o instituciones penitenciarias. La atención de la salud de estos niños/as es generalmente inadecuada por diferentes razones. Entre ellas se encuentra el acceso limitado a profesionales médicos y otros integrantes del equipo de salud, no reciben la ayuda para indicarles cuándo buscar atención y a dónde ir, la ausencia de protocolos de intervención e inexistencia de iniciativas en materia de prevención y educación para la salud. Por último, nadie asume la responsabilidad para identificar sus necesidades en materia de salud.

Cuando sea posible, se deberá posibilitar que los mismos niños y niñas puedan acceder a los mismos servicios que los demás, más que ser tratados en las instituciones en donde viven. La atención en los lugares públicos es menos estigmatizante, más favorable para la privacidad y respeto por su confidencialidad y más probable de asegurarles los servicios de calidad tal como se proveen a los demás.

Género: Generalmente las políticas y el sistema de salud reproducen los patrones de género de la sociedad y esta temática permanece invisibilizada. Por ejemplo, muchas políticas y programas de salud infantil continúan denominándose programas de salud materno infantil. Bajo esta denominación y el enfoque de estos programas, se encubre y reproduce el modelo de género tradicional que estipula que la mujer es la encargada de la crianza de sus hijos. No se cuestiona, ni se da espacio al hombre/padre en tomar responsabilidades por la salud reproductiva y la crianza de los hijos. En muchas comunidades, por razones religiosas o culturales las familias no quieren que sus hijas mujeres sean atendidas por personal masculino y si solo hay personal masculino no utilizan el servicio. Otro ejemplo, es que en vistas a los estereotipos sociales sobre la figura masculina ("fortaleza masculina", "los varones se cuidan más solos") los varones y mujeres presentan una utilización diferencial de los servicios de salud. Generalmente los varones acuden más a las urgencias y se benefician menos de los servicios preventivos y asistenciales que las mujeres y generalmente no se implementan políticas y medidas en los servicios que tiendan a favorecer su mayor y mejor utilización.

Para garantizar los derechos de la niñez es imprescindible que los servicios y las políticas puedan diseñarse contemplando la perspectiva de género, pues de otro modo se continuarán reproduciendo las desigualdades entre sexos existentes en cada sociedad.

ALGUNAS ESTRATEGIAS SUGERIDAS PARA ASEGURAR LA NO - DISCRIMINACIÓN EN LOS SERVICIOS:

Recolectar información sobre las características sociales, económicas y étnicas de la comunidad.

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Analizar la utilización de servicios con relación a la composición de la comunidad e identificar aquellos grupos que no están utilizando los servicios adecuadamente.

Consultar con los padres de los niños/as de los grupos sub-representados para determinar desde su perspectiva, cuáles son sus necesidades desde los servicios de salud.

Capacitar al personal sobre el desarrollo de servicios no discriminatorios.

Desarrollar y promover políticas claras, en consulta con el personal, los padres y los niños/as y adolescentes, sobre el derecho de estos últimos a la privacidad, a la confidencialidad, al consentimiento para el tratamiento, etc29. Asegurar que los servicios respeten las normas culturales y religiosas de todos los miembros de la comunidad local, incluyendo la necesidad de contar con personal femenino para las niñas, reconocimiento de la necesidad de privacidad, buenos servicios de alimentación, facilidades para rezar, provisión de información en todas las lenguas de la comunidad, disponibilidad de intérpretes, etc.

Desarrollar políticas claras que aseguren que todo el personal comprenda y respete el derecho igualitario a la vida de todos los niños, niñas y adolescentes sean o no discapacitados.

Explorar la posibilidad de proveer servicios de calidad en las comunidades locales para facilitar el acceso a la niñez en situación de pobreza.

Planificar los servicios para adecuarlos a las rutinas y restricciones de los padres que trabajan.

Desarrollar información sobre promoción y prevención de la salud teniendo en cuenta la diversidad cultural y adaptarla que sea accesible a los grupos minoritarios, a los grupos con escaso nivel de lectoescritura, al contexto y las condiciones especificas de la gente que vive en la pobreza, etc.

Colaborar con las autoridades responsables de la atención institucional de la niñez para desarrollar modelos que aseguren el acceso a servicios de la misma manera que a otros niños, niñas y adolescentes.

ARTÍCULO 3. LA OBLIGACIÓN DE PROMOVER EL INTERÉS SUPERIOR DE LA NIÑEZ: El Artículo 3 de la Convención establece que "en todas las acciones que afecten a la niñez, sus intereses superiores deberán ser la consideración primaria."

29 Por ejemplo: en el Reino Unido se puso en práctica una iniciativa destinada a permitir que los niños de apenas4 ó 5 años de edad se

hicieran responsables de su propio tratamiento para el alivio del dolor (Lewellyn 1993). Se colocaba una ampolla con el analgésico en un dispositivo conectado al niño por vía intravenosa. De esa manera el niño podía regular el suministro del fármaco en el instante y en la cantidad que necesitaba. A condición de que los niños tengan la capacidad de comprender la relación entre el analgésico y su propio dolor y la destreza manual necesaria para manejar el dispositivo, demuestran ser perfectamente capaces de comportarse de manera razonable y segura. El resultado no es solamente una disminución del dolor de los niños, que pueden juzgar por sí mismos sus necesidades en cada momento, sino también una reducción de su ansiedad y tensión, debidas al miedo al dolor. En Lansdown G. (2005), ¿Me haces caso? El derecho de los niños pequeños a participar en las decisiones que los afectan, Cuadernos sobre Desarrollo Infantil Temprano N° 36s, Fundación Bernard van Leer, La Haya, Países Bajos. Pág. 35.

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El Artículo 3 no requiere que los niños y niñas sean siempre la consideración primordial. Sin embargo, implica que las autoridades sanitarias y los profesionales de la salud deberán considerar siempre el impacto potencial de sus acciones sobre la niñez y buscar activamente los modos de asegurar que los intereses de la niñez son atendidos seriamente.

¿Que implicancias tienen los "intereses superiores" sobre las políticas y los servicios de salud? En la práctica, significa que:

Los servicios deberán organizarse y desarrollarse para el beneficio de la niñez más que para la conveniencia de los proveedores y administradores

La capacitación de estudiantes y la generación de oportunidades de investigación no deberá ser una prioridad para los servicios de salud infantil.

A continuación se ilustra con algunos ejemplos la forma en que las políticas y los servicios pueden contemplar el interés superior de la niñez:

La organización de los servicios debería contemplar la posibilidad de que los niños, niñas y adolescentes puedan ver siempre al mismo profesional cada vez que se busca tención. Por otro lado, deberían contemplar el uso de historias clínicas centralizadas a modo de tratar a la niñez como un todo y facilitar la atención coordinada entre los distintos servicios. La atención por múltiples proveedores limita la capacidad de construir confianza entre proveedores y niños/as y sus familias. También, limita los beneficios clínicos obtenidos a través de la atención continua.

Las listas de espera para consulta son generalmente diseñadas para conveniencia del profesional, más que considerar las necesidades de la niñez, para quienes además la espera puede resultar estresante, aburrida o disruptiva para su educación.

En países en desarrollo que han introducido precio para la atención, existe evidencia que el acceso a los servicios se ha reducido significativamente afectando más a la niñez pobre, los grupos minoritarios, la niñez discapacitada, etc. Estas políticas van en contra el interés superior de la niñez. Es más, existe evidencia que el hecho de arancelar los servicios de salud no aumenta la disponibilidad de recursos disponibles para servicios sociales básicos.

El momento de las comidas, los arreglos para las visitas y la organización general de las guardias del hospital son organizadas generalmente para conveniencia administrativa por cuestiones de eficiencia, más que el compromiso explícito de promover el interés superior de la niñez.

Los gastos en los servicios de salud para la niñez deberían reflejar tanto la evaluación de necesidades, así como la representación cuantificada dentro de la

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población local. Las decisiones sobre si invertir en atención primaria u hospitalaria deberá reflejar las acciones que más promuevan la salud y el bienestar de la niñez.

El Artículo 3 no se aplica solo a casos individuales, también se aplica a poblaciones infantiles. Existe una tensión potencial entre la atención individual o poblacional. Por ejemplo, una medicación altamente costosa puede responder al interés superior de un niño, pero limitar la inversión de tratamientos de bajo costo que mejorarían la salud de un número mayor de niños, niñas y adolescentes.

ARTÍCULO 12. ESCUCHAR A LOS NIÑOS Y NIÑAS Y TOMARLOS EN CONSIDERACIÓN SERIAMENTE:

Como fuera discutido en el Módulo 2, el principio de que los niños/as tienen el derecho a ser considerados seriamente es central para la Convención de los Derechos de la Niñez. Sin embargo, el principio no es aplicable solo a nivel individual. Resulta igualmente importante consultar a grupos de niños/as y jóvenes en la determinación sobre qué tipo de servicios son necesarios, el desarrollo de servicios y el modo de operar de los programas. Escuchar a la niñez es una de las formas más efectivas que aseguran que los niños, niñas y adolescentes que el derecho a la mejor salud posible sea alcanzado. Con el fin de proveer servicios que promuevan el interés superior de la niñez, es fundamental consultarlos y escucharlos. Ellos/as cuentan con una perspectiva importante que contribuye al desarrollo de servicios efectivos. La participación infantil permitirá:

Aumentar la conciencia en torno a los problemas que los preocupan.

Identificar las dificultades experimentadas durante el acceso a los servicios de salud.

Aumentar la comprensión en torno a las necesidades de información en salud por parte de los niños y niñas.

Ayudar al desarrollo de servicios de salud accesibles y amigables.

Promover mayor sensibilidad de parte de los profesionales de la salud sobre cómo deberían ser provistos los servicios para la niñez.

Aumentar el acceso y utilización de servicios.

Mejorar los standards de atención de los niños y niñas.

Existen muchas formas de consulta hacia la niñez para discutir sus necesidades de cuidado de salud, conocer qué piensan sobre qué hay disponible, qué les gustaría tener en disponibilidad, qué servicios utilizan y por qué, las barreras para el uso de servicios y las necesidades de información. Los métodos dependen de las edades, capacidades diferentes y de, si el propósito es el de evaluar los servicios existentes o pretende conocer las necesidades insatisfechas en material de salud se puede, por ejemplo:

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Colaborar con escuelas locales y establecer encuentros en la escuela.

Organizar conferencias e invitar a chicos y chicas a participar.

Desarrollar foros de evaluación con niños y niñas en el hospital para aquellos que utilicen los servicios hospitalarios.

Diseñar una encuesta para que circule en las escuelas locales.

Preguntar a chicos de ONGs locales y establecer mecanismos de consulta localmente.

Establecer un foro para jóvenes en donde aquellos que hayan utilizado los servicios puedan proveer feed-back sobre sus experiencias y desarrollar protocolos para mejoras futuras.

Desarrollar instrumentos de evaluación que contemplen a las distintas edades y capacidades de los niños, niñas y adolescentes. Con los niños /as más pequeños se debe priorizar el dibujo, la dramatización, etc. y no los cuestionarios orales o escritos.

OTROS DERECHOS DE LA CONVENCIÓN QUE DEBEN CONSIDERARSE PARA LOGRAR LA SALUD Y DESARROLLO INTEGRAL Como se explicitó anteriormente, el derecho a la salud tiene una clara interdependencia con otros derechos. Si se analiza la Convención de Derechos de la Niñez el derecho a la salud tiene estrecha relación por lo menos con los siguientes derechos para lograr la salud y desarrollo integral del niño/a y adolescente:

Art. 4. Los Estados parte deberán garantizar por todos los medios, los derechos económicos, sociales y culturales de la niñez.

Art. 8. Derecho a la identidad.

Art. 9. Derecho a no ser separados de sus padres. Se deberá hacer todo esfuerzo para posibilitar la permanencia de los padres junto al niño/a hospitalizado/a, y los niños/as no deberán ser institucionalizados o denegados a una vida familiar como consecuencia de una discapacidad física o intelectual.

Art. 17. Derecho a recibir información y materiales que los beneficien, lo que implica conocer, recibir y difundir información sobre la salud.

Art. 18. Derecho a la crianza y al desarrollo, bajo la responsabilidad de los padres con el apoyo del estado.

Art. 19. Derecho a la protección de todas las formas de violencia y abuso sexual. Los códigos de práctica deberán asegurar que el personal no pegue, abuse o

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lastime a los niños y niñas de ninguna manera, así como la obligación de tomar acción para proteger a la niñez si se sospecha que hayan sido abusados o heridos por sus cuidadores.

Art. 20. Derecho a ser protegidos y atendidos dignamentepor el Estado cuando no tienen familia.

Art. 23. Derecho de los niños/as con limitaciones o discapacidades a disfrutar de una vida plena, en condiciones de dignidad y a recibir asistencia y cuidados especiales.

Art. 25. Derecho del niño/a internado en un establecimiento a un examen periódico del tratamientoa que está sometido y a todas las demás circunstancias propias de su interacción.

Art. 26. Derecho a la seguridad social.

Art. 27. Derecho a beneficiarse de un nivel de vidaque permita su desarrollo físico, mental, espiritual, moral y social.

Art. 28. Derecho a la educación y Art. 31. Derecho al juego. Los niños y niñas hospitalizados tienen el mismo derecho a la educación y el juego que otros niños, y todo esfuerzo se deberá realizar para proveer oportunidades para mantener su educación y posibilidades de juego y recreación.

Art. 32, 34 y 36: El derecho a ser protegido contra la explotación económica, el trabajo riesgoso, el abuso sexual, el consumo de drogas o cualquier situación o trato que perjudique su salud mental y física.

Art. 37. Derecho a la protección de toda detención arbietraria y al sufrimiento del tratamiento o catigo cruel o inhumano. Los niños/as no deberán ser retenidos en instituciones de salud mental a no ser que sea absolutamente necesario para su protección y seguridad o para la protección y seguridad de los demás. Cuando sea necesaria, deberá contra con cuidados efectivos, tiempos limitados y derecho a la apelación. Mientras que algunos tratamientos resultan inevitablemente dolorosos, los niños/as nunca deberán ser sometidos a situaciones innecesarias de dolor, debiéndose proveer el tratamiento analgésico necesario. Tampoco deberán ser expuestos a tratamientos que puedan humillarlo o que sea innecesariamente invasivo de su privacidad.

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SÍNTESIS: Comenzando con la premisa que todos los niños, niñas y adolescentes tienen derecho a la vida y al mejor nivel posible de salud y que es necesario el acceso a servicios sanitarios de calidad, esto solo no es suficiente para asegurar el enfoque basado en derechos para la salud de la niñez. Hay procesos específicos que deberán ser construidos dentro de la estrategia de desarrollo de servicios de salud con el fin de alcanzar dicho objetivo. A continuación se presentan algunas estrategias posibles para lograr este cambio:

Adoptar formalmente la Convención de los Derechos del Niño como marco de referencia para desarrollar políticas y prácticas. En otras palabras, tratar de estimular a quienes toman decisiones sobre los servicios de salud, hospitales o centros de salud, a hacer explícito su compromiso hacia los principios de la Convención y acordar su utilización como punto de referencia para la definición de standards para todos los servicios.

Desarrollar sistemas de consulta destinados a niños, niñas y adolescentes.

Trabajar con el personal, padres y niños/as en el desarrollo de un cartel con los Derechos que establezca que los niños, niñas y adolescentes están habilitados cuando lo requieran para recibir atención en su establecimiento.

Desarrollar sistemas para analizar de qué manera los gastos de los servicios de salud benefician realmente a los niños y en que medida reflejan sus necesidades evaluadas.

Proveer capacitación al personal del equipo de salud sobre los aspectos relevantes de los derechos de la niñez y las implicancias de la Convención por los Derechos del Niño.

Promover la conformación de una Comisión Independiente que pueda monitorear de qué manera son protegidos los derechos de la salud de la niñez.

Establecer mecanismos efectivos de planificación interdepartamental que aseguren consistencia y comprensión en el desarrollo de los servicios para la niñez.

Capacitar al personal sobre las implicancias de la Convención.

Posibilidad de contar con un Ombudsman que pueda monitorear efectivamente el modo como los derechos de la niñez son protegidos.

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ABORDAJE METODOLÓGICO MÓDULO 3: Previo a iniciar el curso y como requisito de inscripción se debe enviar y solicitar a los participantes completar la actividad 1.a. “Diágnóstico de la Institución de salud en la cual trabajo”. Es importante que esto sea así para que los participantes puedan trabajar sobre su práctica y así lograr aprendizajes más significativos. Además esta actividad permite realizar las subsiguientes del módulo 5 en la cual se solicita un plan de trabajo a partir de las necesidades detectadas. El diagnóstico, reflexión y análisis sobre la propia práctica resulta fundamental para generar un cambio actitudinal de los profesionales en relación a la aplicación del enfoque de derechos de la niñez en sus servicios.

Actividad 3.1. "Diagnóstico de la Institución de salud en el cual trabajo" Importante: Esta actividad debe solicitarse como tarea previa y requisito de inscripción al curso. Para esto debe enviarse por e-mail o por correo a todos los participantes inscriptos la ficha de diagnóstico que se expone a continuación de los objetivos.

Objetivo:

Sensibilizar y profundizar el conocimiento de los participantes sobre sus propios lugares de trabajo y sobre las políticas públicas relacionadas con la salud y bienestar de la infancia y adolescencia.

Identificar la situación de aplicación de los derechos de la niñez en las prácticas cotidianas de sus propios lugares de trabajo y en las políticas públicas vigentes en su territorio.

Lograr un mayor involucración de los participantes con sus prácticas previamente a iniciar el curso, para poder obtener un mayor aprovechamiento del curso y lograr aprendizajes mas significativos y transformadores de sus realidades.

Diagnóstico de la Institución de salud en la cual trabajo: Consigna: Para realizar el diagnóstico deberán realizar distintas actividades: A. Observación de su servicio /institución, B. Preguntas al personal administrativo y a sus colegas, C. Preguntas a los familiares y/o pacientes,

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D. Relevar información sobre las políticas públicas dirigidas a garantizar y promover la salud y desarrollo integral de la infancia y adolescencia en su país, provincia/ territorio.

A. Observo mi institución: Dedique 30 minutos de su tiempo para distanciarse de su actividad y explorar los distintos sectores y características de la institución de salud en la cual trabaja:

a. Observar y registrar las características de la población infantil que asiste a su servicio (hospital o centro de salud). ¿Por quienes vienen acompañados? Características de los acompañantes. b. Observar y registrar si las condiciones edilicias son apropiadas para recibir a toda la población infantil, si los espacios físicos son propicios y agradables para los niños/as y adolescentes. c. Observar y registrar cómo es el trato del personal hacia los pacientes niños/as, adolescentes y sus padres, Ej. como es el trato durante la recepción administrativa y las consultas que la gente hace. d. Observar y registrar qué sucede en la sala de espera.

B. Realizo las siguientes preguntas a mis colegas y las registro: B.1. Entrevista el personal administrativo:

a. ¿De qué forma se organizan los turnos en el servicio? ¿Quiénes y por qué establecen las prioridades sobre los horarios y turnos de atención? b ¿Existen en el Hospital o centro de salud servicios y /o prácticas aranceladas? En caso afirmativo, ¿Cuánto es lo que se cobra? c. Pedir información sobre el lugar de residencia de donde proviene la mayor parte de los pacientes, condición socioeconómica, edades, ocupación de los padres, etc. d. Pedir información sobre todos los servicios y actividades (intra y extramuros) dirigidas a la población infantil y adolescente que realiza su centro de salud u hospital.

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d. Pedir información sobre cuáles son los servicios más demandados por la población infantil y adolescente y averiguar con cuánto tiempo previo las personas deben solicitar turnos a los mismos para ser atendidos.

B.2. Pregunto a mis colegas profesionales que trabajan con niños/as y adolescentes.

¿Qué tipo de pacientes prefieren atender y cuáles no? ¿Por qué? ¿De que forma involucran la participación de los niños/as y/o adolescentes durante la consulta?

C. Pregunto a mis pacientes y /o sus familias (realizar estas preguntas como mínimo a 6 familias o pacientes):

¿Le es fácil o difícil conseguir turnos en este centro de salud/hospital? ¿Por qué? Generalmente, ¿le resulta fácil o difícil entender lo que le decimos y recomendamos los profesionales de salud? ¿Qué cosas le gustaría cambiar de este centro de salud/ hospital o salita? Y ¿por qué?

D. Informarse y registrar cuáles son las políticas públicas dirigidas a garantizar y promover el acceso a los servicios de salud, la salud y el desarrollo integral de la infancia y adolescencia en su País, Provincia y Municipio.

Actividad 3.2. Servicios con enfoque de derechos

Objetivos:

Comprender y definir qué características deben cumplir los servicios e instituciones de salud para ser amigables hacia la niñez y adolescencia, y aplicar el enfoque de derechos.

Consigna: A. Dividir a los participantes en pequeños grupos y pedirles que definan entre todos qué características deben cumplir un servicio, institución y práctica de salud para ser amigable hacia la niñez y adolescencia, y aplicar el enfoque de derechos

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B. Realizar la puesta en común de los distintos grupos y hacer una síntesis de los aportes de los participantes en un papel afiche que resuma las características que debe cumplir un servicio que trabaja con enfoque de derechos .

Actividad 4.3. Análisis del diagnóstico de la institución de salud en la cual trabaja: Objetivos:

Analizar sus propios diagnósticos institucionales para ver en qué modo y medida se aplican los derechos de la niñez contenidos en la Convención en sus propias prácticas.

Identificar los aspectos que deben ser cambiados en sus servicios, prácticas y lugares de trabajo para garantizar la aplicación del enfoque de derechos de la niñez.

Analizar en qué medida las políticas públicas dirigidas a garantizar y promover el acceso, la salud y el desarrollo de la niñez y adolescencia de su país, provincia y municipio son coherentes a los derechos de la Niñez contenidos en la Convención.

Consigna: A. Tomando como base el diagnóstico de la institución realizado previamente, los participantes deberán analizar los resultados del mismo teniendo en cuenta de qué forma y en qué medida su institución y/o servicio garantiza o no:

1. El derecho a la vida, supervivencia y desarrollo. 2. El derecho al nivel más alto de salud posible. 3. El derecho a la no discriminación teniendo en cuenta a: Niñez con discapacidad, niñez pobre, minorías étnicas, adolescentes, género, niñez institucionalizada, etc. 4. El derecho de escuchar y considerar los puntos de vista de la niñez. 5. El derecho a considerar el interés superior de la niñez. 6. Teniendo en cuenta los indicadores establecidos en la actividad previa sobre qué es un servicio amigable, identificar de qué modo o en qué medida su servicio o institución cumple estas características. 7. Analizar en qué medida las políticas de salud de su país, provincia y municipio cumplen o no con los derechos anteriormente enumerados (1, 2, 3, 4, 5).

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El análisis puede ser individual o si hay varias personas de la misma institución puede hacerse en grupo. Tiempo aproximado: 1 hora. Aunque los participantes trabajen individualmente sobre sus diagnósticos, el coordinador podrá sugerir juntarse en grupos para fomentar las consultas y cooperación entre los participantes. B. Puesta en común del análisis realizado por los participantes. El coordinador procurará hacer participar a todos los participantes, haciendo al menos una pregunta a cada uno de ellos. El coordinador deberá resaltar los objetivos de esta actividad y su importancia para poder proponer posteriormente cambios en sus prácticas. Podrá preguntar a todo el grupo en qué medida la actividad de diagnóstico de sus servicios/instituciones les ha permitido identificar cosas que no habían hecho anteriormente. También podrá preguntar en qué medida esta actividad de análisis sobre su propio trabajo les ha servido para comprender la aplicación de los derechos de la niñez en sus realidades.

Actividad No.4. Analizando los servicios y el enfoque de derechos de la niñez desde el cine

Objetivos:

Sensibilizar a los participantes sobre las falencias al cumplimiento de los derechos de la niñez en los servicios y la atención de salud pediátrica.

Identificar de qué modo los cuestionamientos de Patch Adams a la atención pediátrica se relacionan con los derechos de la Convención Internacional de los Derechos de la Niñez.

Consigna: A. El coordinador deberá seleccionar escenas de la película en las cuales P.A. observa, interviene e interactúa en el hospital con los niños y niñas. Proyectar las escenas y luego pedir que los participantes se dividan en grupos y respondan las siguientes preguntas:

1. ¿Cuáles son los cuestionamientos que P. A. hace a los servicios y a la atención de salud que reciben los niños y niñas en el hospital? 2. ¿De qué modo estos cuestionamientos se relacionan con los derechos planteados en la Convención Internacional de los Derechos de la Niñez y el enfoque de derechos? ¿Qué derechos de la niñez trata de promover P. A. en la atención de salud?

B. Realizar la puesta en común de los pequeños grupos en plenario y sintetizar las conclusiones.

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Módulo 4 La protección de la niñez en las prácticas de salud

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OBJETIVOS DE APRENDIZAJE MÓDULO 4:

Introducir a los profesionales de salud sobre el tema de la protección de la niñez en el contexto de las prácticas, los servicios y programas de salud.

Comprender el concepto de protección de la niñez y los derechos de la Convención relacionados con el mismo y enmarcarlo dentro del enfoque de protección integral de la niñez.

Identificar y analizar los factores protectores y de riesgo con relación a la protección de la niñez en el contexto social (político-económico), cultural, comunitario, de las instituciones de salud y en la práctica profesional.

Conocer y analizar los enfoques y modos de abordaje de la protección de la niñez enfatizando en el valor de los enfoques no coercitivos y no punitivos y que permiten construir sobre las fortalezas personales, familiares y comunitarias.

Analizar los modos de respetar la privacidad, confidencialidad, participación e Interés superior del niño en el abordaje de problemáticas vinculadas con la protección de la niñez.

Diseñar estrategias / recomendaciones para abordar la protección de la niñez con un enfoque integral en los servicios, instituciones y programas.

INTRODUCCIÓN MÓDULO 4: Este módulo intenta promover la reflexión y el análisis sobre la protección de la niñez en las prácticas de salud. En este sentido, se abordan los significados que este término asume según la Convención de los Derechos del Niño y los artículos relacionados con el mismo, y se desarrollan en profundidad algunos de estos artículos, que se consideran mas vinculados a las prácticas en salud. Al mismo tiempo, se presentan las particularidades que adquiere la protección en el contexto Latinoamericano y los distintos enfoques con que habitualmente se aborda este tema. Por otro lado, se brindan herramientas y estrategias que permiten visualizar su aplicación en la práctica cotidiana de los profesionales y de los servicios de salud.

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DESARROLLO CONCEPTUAL MÓDULO 4

LA PROTECCIÓN DE LA NIÑEZ EN EL MARCO DE LA DOCTRINA DE LA PROTECCIÓN INTEGRAL Abordar el concepto de protección de la niñez, es una tarea compleja pues el mismo adquiere diferentes significaciones y usos.

Podría decirse que a partir de la Convención de los Derechos del Niño, este término adquiere dos sentidos: A) Protección específica y B) Protección integral, que a su vez se encuentran interrelacionados.

A) Protección específica: La Convención de los Derechos del Niño le brinda un significado particular a la protección, y lo relaciona con proteger a los niños, niñas y adolescentes de cualquier tipo de eventos o situaciones que puedan resultar peligrosas o dañinas para su salud y desarrollo físico y psicosocial integral. La Convención pone énfasis en la protección contra todo tipo de violencias, maltrato (físico o emocional), negligencia, abuso sexual, explotación sexual o comercial, trabajo infantil riesgoso, participación en conflictos armados, abuso de sustancias, privación de la libertad e incluye el tratamiento y rehabilitación luego de vivir situaciones específicas. La protección se relaciona entonces con garantizar el cumplimiento de las necesidades humanas físicas, psicológicas y sociales básicas de cuidado, confianza, seguridad física, emocional y del entorno social que necesitan los niños y niñas para crecer y desarrollarse plenamente. De este modo, podría decirse que la protección se relaciona fuertemente con el apoyo psicosocial30, familiar, comunitario y social que debe proveerse a los niños/as y adolescentes para satisfacer sus necesidades de seguridad frente a eventos y situaciones que potencialmente puedan dañarlos. El ser humano es un ser social, un ser de símbolos y signos y, como tal, se humaniza a partir del contacto y de la interacción con el "otro". Durante el proceso de desarrollo los/as niños/as necesitan de un ambiente facilitador y proveedor de sus necesidades de cuidados físicos y emocionales, y es función del adulto garantizarlas ofreciendo 30 Apoyo psicosocial: es el proceso continuo por el cual se tratan de abordar las necesidades sociales,emocionales, mentales y

espirituales de los niños.

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situaciones que orienten sus decisiones a favor de su salud y desarrollo y que sean adecuadas a sus capacidades evolutivas. Por otro lado, dada la relativa falta de poder que caracteriza a la niñez como colectivo social, la población de niños, niñas y adolescentes, es más vulnerable para sufrir abusos y/o explotación y para poder defenderse de los mismos.

Por este motivo la Convención considera que la etapa de la niñez es de mayor vulnerabilidad, y por lo tanto requiere una protección especial. Esta protección debe ser garantizada por los adultos, entre ellos los padres, adultos a cargo, cuidadores, profesionales y el Estado. Sin embargo, es fundamental resaltar que la protección implica la obligación de los adultos en fomentar y considerar la participación del niño/a y adolescente de acuerdo a sus capacidades evolutivas (Art. 5 y 12) y a contemplar su interés superior considerándolo de manera central a todas las decisiones que lo afectan (Art.3). La protección debe darse en el marco de la participación del niño en su propia protección.

Por su naturaleza la protección puede clasificarse en31: a) Protección contra daños físicos y psicológicos (emocionales e intelectuales). b) Protección para la toma de decisiones personales. c) Protección contra factores sociales y económicos perjudiciales (Ej. Protección contra los efectos perjudiciales de los conflictos armados, dentro del sistema de la justicia penal, laboral, económica, de drogas peligrosas). d) Protección contra la explotación y los abusos (Por ejemplo, necesidad de protección contra el tráfico de niños y la explotación sexual). La Convención de los Derechos de la niñez contempla la protección en tres situaciones: 1) Proteger a todos y todas los niños, niñas y adolescentes contra la vulneración de su derecho a la protección. En este sentido, la Convención establece sobre qué aspectos del mundo adulto debe estar protegida la niñez en todas las sociedades, independientemente de la cultura o religión. 2) Proteger a la población infantil en situaciones de vulnerabilidad específica, como cuando los niños/as son privados de su hogar o están en proceso de adopción. En este caso la Convención ofrece lineamientos sobre cuándo los niños requieren de una protección especial y sobre como debe ser esa protección.

31 Gerison Lansdown, Innocenti Insight, "La evolución de las Facultades del Niño", Save The Children, UNICEF, 2005.

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3) Proteger y asegurar el tratamiento y rehabilitación de los niños/as y adolescentes que han sufrido vulneración de algunos de estos derechos. Ej. niñas/os y adolescentes que han sido víctimas de abuso y explotación sexual, que han participado de conflictos armados. ¿Que pasa cunado el mundo no cumple con los derechos de protección? … cuando quienes deben darle seguridad y confianza a los niños, niñas y adolescentes los maltratan física o emocionalmente, abusan sexualmente, los/as explotan comercialmente, los/as abandonan o les niegan el derecho a la identidad?

Cualquier alteración en este sentido provoca daños al desarrollo y la salud física, psicológica y social de la niñez. Por este motivo la protección esta íntimamente ligada a los conceptos de salud y desarrollo. "Las violaciones a los derechos de protección en adición a ser violaciones de los derechos humanos son también barreras masivas, no reconocidas y sub-registradas para la supervivencia y desarrollo de la niñez. Los chicos sujetos a violencia, explotación, abuso, negli encia están en riesgo a tener vidas más cortas, problemas de salud física y emocional, problemas educativos, sufrir exclusión social y escasas habilidades parentales. Contrariamente, acciones exitosas de protección pueden incremetar las posibilidades de la niñez de crecer y desarrollarse sanamente, confidentes, auto-respetados, menos propensos a los abusos, a la explotación o la exclusión.32"

Actualmente, en Latinoamérica los principales problemas de salud de la infancia están determinados por factores económicos, políticos, sociales y psicológicos (accidentes, violencia, abandono, abuso, explotación sexual o comercial, abuso de sustancias, malnutrición, etc.) y por lo tanto, están estrechamente relacionados con la necesidad de protección. Los servicios de salud enfrentan diariamente a estos problemas, para las cuales los profesionales de salud no necesariamente se encuentran preparados y por lo tanto tienen dificultades para identificarlos y abordarlos de manera preventiva y asistencial. Generalmente los problemas de protección no se dan aislados, sino combinados. Los niños, niñas y adolescentes son víctimas de distintos tipos de violencia al mismo tiempo. Por ejemplo, varios niños /as que sufren de abuso físico, sufren también de abuso emocional. Los chicos en situación de calle pueden ser victimas de abuso sexual, abandono y abuso de sustancias al mismo tiempo. Estos problemas se esconden bajo otras formas más visibles, por ejemplo: detrás de la deserción o el bajo rendimiento escolar subyacen situaciones de abuso, maltrato o

32 Inter-parliamentary Union / UNICEF "Child Protection a handbook for parliamentarians", Handbook for parliamentarians Nro. 7,

2004.

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abandono. Otras veces, graves accidentes y lesiones ocultan el maltrato físico. Por este motivo, se considera que:

Para realizar un abordaje integral de la salud infantil es imprescindible considerar el derecho a la protección de manera transversal a todas las intervenciones y políticas relacionadas con niñez.

Ahora bien, para comprender el concepto de protección en todas sus dimensiones a continuación se describirá una situación concreta al respecto:

..................................................................................................................................... Comprendiendo la interdependencia entre la protección específica y la protección integral: Una historia de vida Esta es la historia de una mujer, como tantas otras, madre jefa de hogar e inmigrante, abandonada por su esposo, con dos hijos, que debe salir a trabajar como empleada doméstica y dejar solos y desprotegidos a sus hijos para poder subsistir. En este caso, su hija, una niña de 12 años que cuida a su hermanito de 6 años desde las 6 de la mañana a las 22 hs. Ambos niños tuvieron que esperar casi dos años para ingresar a la escuela porque las escuelas de la zona se rehusaban a inscribirlos si no presentaban documento de identidad. Su hija abandonó rápidamente los estudios, o mejor dicho tal vez su escuela la abandonó rápidamente después de su larga lucha por ingresar. Estos niños viven recluidos la mayor parte del día en su casa por los peligros del barrio en el que viven. .....................................................................................................................................

Por lo anteriormente descripto, no se puede negar la relación interdependiente que existe entre la protección específica y la protección integral, siendo una condición de la otra.

B) Protección integral:

Lo primero que podría decirse es que la protección integral de la niñez, implica que todos los derechos de la Convención deben cumplirse simultáneamente, porque todos están interrelacionados y sólo en su conjunto pueden garantizar el bienestar, el desarrollo y la salud integral de la niñez.

Volviendo al ejemplo citado anteriormene: es difícil imaginar el modo en que se cumpla el derecho de protección contra la violencia, el abandono, el maltrato, el abuso, el trabajo peligroso, y la explotaión de de esos niños/as, sin que disminuyan sus condiciones de vulnerabilidad. En este sentido, es necesario que el Estado, sus instituciones y las instituciones de la sociedad civil implementen e intensifiquen políticas y programas sociales destinados a:

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Disminuir la inequidad social y la pobreza (derecho económico).

Fortalecer a los cuidadores más vulnerables, como madres jefas de hogar y extranjeras, para que estas puedan cuidar a sus hijos y apoyar su desarrollo.

Ofrecer espacios para la promoción del desarrollo mediante servicios educativos formales y no formales accesibles y de calidad para que las madres trabajadoras puedan enviar a sus hijos mientras trabajan.

Priorizar la promoción de la salud, la atención primaria, la prevención a través de servicios accesibles a toda la población.

Garantizar el bienestar de la infancia, el juego y la educación. Desde nuestra práctica profesional, cuando pensamos en identificar la situación de los derechos de protección de las/los niños, niñas y adolescentes, debemos considerar: 1. El contexto macrosocial de la protección integral de la niñez y no sólo microsocial e individual. Cuando vemos las marcas de un niño golpeado, y sus silencios prolongados a nuestras preguntas, debemos pensar más allá de las cuatro paredes de nuestro consultorio, salita y/o hospital. 2. Las protecciones que fallan en los distintos niveles (socio- político y económico, cultural, comunitario, familiar) como condiciones para que finalemte la protección del niño en su hogar. 3. Las oportunidades y acciones posibles de protección que deben implementarse en los distintos ámbitos y niveles, tratando de entender con quienes debemos asociarnos para ponerlas en práctica. Es fundamental comprender que, como se trata de un fenómeno complejo y multideterminado, debemos actuar asociándonos con otros profesionales de otras disciplinas y de otras puertas y pisos más allá de la de nuestro consultorio o lugar de trabajo y fundamentalmente con instituciones de otros sectores.

Estos temas desafían el paradigma médico tradicional y requieren un abordaje intersectorial. Volviendo al ejemplo citado anteriormente, es importante remarcar que si bien los adultos, entre ellos la familia, tienen un rol fundamental en la protección de la niñez, muchas veces las mismas necesitan apoyo para poder proteger a sus hijos/as o niños a cargo y por lo tanto, la protección de la niñez implica también las medidas que debe implementar el Estado para facilitar que las familias puedan proteger a sus hijas/os .

Muchos problemas relacionados con la protección de la niñez disminuirían si se implementasen políticas sociales y económicas destinadas a proteger a las familias más vulnerables. El término de protección carga con una historia de significaciones negativas asociadas al enfoque paternalista y asistencialista sobre la niñez, que consideraba al niño como ser

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Muchos países de la Región latinoamericana y del mundo han comenzado a elaborar políticas y planes nacionales de protección integral de la niñez. Por ejemplo, Chile ha desarrollado el Sistema de Protección Integral a la Primera Infancia Chile Crece Contigo, que acompaña a los niños desde su gestación y a lo largo del ciclo de vital. Intenta ofrecer igualdad de oportunidades desde el inicio para romper el círculo de pobreza. Este programa ofrece apoyos diferenciados, considerando acciones universales y otras dirigidas a la población infantil más vulnerable. Funciona de manera coordinada desde el nivel municipal, asegurando un conjunto de prestaciones y servicios adecuados a las necesidades de cada etapa del desarrollo del niño. Intenta ser el primer contacto con los servicios. Cuenta con programas educativos para toda la ciudadanía a través de los medios de comunicación masiva, que considera información para madres y padres sobre buenas prácticas de cuidado y estimulación del desarrollo, brinda información por medio de cartillas y sitios de Internet. Comprende acciones de salud reproductiva, controles de embarazo, educación de padres y madres sobre la crianza y la salud integral de la niñez; establece modificaciones en las políticas pre y postnatales, sobre licencias por enfermedades graves de los hijos/as y sobre adopciones; atención humanizada del parto; subsidios a la primera infancia; jardines maternales con horarios flexibles para las madres trabajadoras, asegura la disponibilidad a la educación preescolar; cuenta con fondos especiales comunales para apoyar infantes con rezago y niños con discapacidad; apoyo a las familias pertenecientes al 40% de menores ingresos (nivelación de estudios, inserción laboral, mejoramiento de viviendas, atención de salud mental, asistencia jurídica, prevención y atención de la violencia intrafamiliar y del maltrato infantil).

incompetente y por lo tanto como objeto de protección y cuidado. A partir de la Convención de los Derechos del Niño, el término de protección adquiere nuevas significaciones, pues los niños, niñas y adolescentes dejan de ser considerados como "objetos de protección" a ser "sujetos de derechos". Existe un consenso en que todas las intervenciones dirigidas a promover el bienestar de la niñez tienen como meta la protección de sus derechos. El foco se centra en cómo garantizar las condiciones políticas, sociales, familiares, para que se respete y proteja a los niños, niñas y adolescentes como sujeto de derechos.

La protección consiste en facilitar el pleno goce y ejercicio de los derechos de la niñez en forma integral e indivisible, considerando los principios de no-discriminación, participación e interés superior del niño. También implica, que todas las acciones políticas desde el Estado y la sociedad civil deben considerar el bienestar de la infancia y el cumplimiento de sus derechos.

LOS ARTÍCULOS DE LA CONVENCIÓN VINCULADOS CON LA PROTECCIÓN DE LA NIÑEZ Dado que la protección se relaciona con la vida, la salud, el desarrollo y el bienestar de los/las niños, niñas y adolescentes, son muchos los artículos que pueden incluirse bajo esta denominación.

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Principios generales y artículos que son transversales a la protección y que deben orientarla:

Artículo 2. Derecho a la No- discriminación Artículo 3. Derecho a respetar el Interés Superior del Niño en todas las decisiones que lo afectan Artículo 4. Derecho a que se hagan efectivos todos los derechos reconocidos en la Convención. Artículo 5. Derecho a que toda orientación y dirección de los adultos sea en consonancia con la evolución de las facultades del niño Artículo 6. Derecho a la vida, supervivencia y desarrollo Artículo 12. Derecho del niño a expresar sus opiniones y a ser escuchado y considerado seriamente.(Participación) Artículo 16. Derecho a la privacidad y el respeto por la confidencialidad

Protección contra daños físicos y emocionales: Artículo 19. Proteger al niño contra toda forma de prejuicio o abuso físico o mental, descuido, o trato negligente, malos tratos o explotación incluido el abuso sexual Artículo 24. Derecho del niño a disfrutar del más alto nivel de salud posible y de ser protegido de prácticas tradicionales que puedan ser perjudiciales para su salud (24.3) Artículo 39. Proporcionar recuperación física y psicológica y reintegración social de los niños que hallan sido víctimas de abandono, explotación o abuso, tortura u otra forma de tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes, o de conflictos armados. Artículo 31. Derecho al descanso, el esparcimiento, el juego y a las actividades recreativas propias de su edad, y a participar libremente de la vida cultural y en las artes. Art. 28.2. El derecho a la educación. Adoptar todas las medidas necesarias para que en los establecimientos educativos la disciplina escolar se administre de modo compatible con la Convención (28.2). En términos de protección significa implementar medidas disciplinarias que no recurran a castigos físicos, ni emocionales y que se evite todo tipo de maltrato institucional hacia los niños y sus familias.

Si bien la protección integral de la niñez se relaciona con el cumplimiento de todos los derechos de manera indivisible e interdependiente, como se mencionó anteriormente, la Convención destaca en algunos de sus artículos los aspectos de protección tal como se describen a continuación: A) En primer lugar, al hablar de protección es fundamental considerar los 4 artículos de la Convención que fueron elevados a la categoría de Principios Generales por el Comité de los Derechos del Niño, a los que se agregan otros 3 artículos, que por sus características se consideran que deben estar presentes, atravesar y orientar a todas las acciones y medidas de protección que se realicen (Cuadro A).

Cuadro A

B) En segundo lugar, Cuadro B en el se exponen todos los artículos que en este manual se consideran relacionados con la Protección. Los artículos se presentan clasificados en 5 grandes categorías según las distintas dimensiones y/o naturaleza de la protección que abordan. Se considera que los artículos expuestos en el cuadro A, son transversales a todos los artículos de protección expuestos en el cuadro B.

Cuadro B

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Protección contra factores sociales y económicos perjudiciales:

Art. 37. Proteger a los niños de torturas y otros tratos o penas crueles, inhumanos y degradantes. No se impondrá pena capital ni prisión perpetua a los menores de 18 años. Ningún niño será privado de su libertad ilegal o arbitrariamente y la privación de libertad constituirá el último recurso. Todo niño privado de su libertad deberá ser tratado con humanidad y respeto y tendrá derecho a impugnar la legalidad de la privación de su libertad. Art. 11: Medidas para luchar contra el traslado ilícito de niños al extranjero y /o a su retención ilícita en el extranjero. Art. 32. Proteger a los niños y adolescentes de la explotación económica y el desempeño de cualquier trabajo que pueda ser riesgoso, o entorpecer su educación, o nocivo para su salud o desarrollo. Los Estados deberán fijar una edad mínima para trabajar. Art.33. Los Estados partes adoptarán todas las medidas apropiadas, incluidas medidas legislativas, sociales y educacionales para proteger a los niños y adolescentes contra el uso ilícito de drogas y para impedir que los mismos participen en la producción y tráfico ilícito de estas sustancias. Art.38. Protección de los niños frente a los conflictos armados. Los niños menores de 15 años de edad no deben participar de hostilidades. Art.17. Los medios de comunicación velarán porque el niño/a tenga acceso a información y material que promueva su bienestar. En este sentido la protección implica, proteger a los niños de mensajes e imágenes de violencia, pornografía, etc.

La protección contra la explotación y los abusos:

Art.34. Proteger a los niños contra la explotación y abuso sexual. Los Estados partes deberán tomar medidas para impedir la incitación o coacción para que un niño se dedique a cualquier actividad sexual ilegal; prostitución u otras prácticas ilegales; explotación en espectáculos o materiales pornográficos. Art.35. Proteger a los niños del secuestro, la trata y la venta Art. 36. Proteger a los niños contra cualquier forma de explotación

Protección frente a situaciones particulares: Art. 20. Protección cuando el niño es privado temporal o permanentemente de su ambiente familiar Art. 21. Protección en casos de adopción (nacional o internacional) en los cuales el interés superior del niño debe ser de consideración primordial. Art. 22. Proteger al niño refugiado y /o ayudarlo a obtener este estatus, asegurándose que el mismo reciba una atención humanitaria para el disfrute de sus derechos e intentar localizar a su familia para unirlo a la misma. Art. 23. Derecho a que los niños mental o físicamente impedidos disfruten de la vida plena. Para esto reconocen el derecho del niño con discapacidad a recibir cuidados especiales, garantizar que el mismo reciba educación, acceso a la atención de salud y tratamientos, a la capacitación, la rehabilitación, la preparación para el empleo y las oportunidades de esparcimiento. Art. 40. Protección de los niños y adolescentes que hay infringido la ley. Derecho a recibir tratamiento y garantías especiales y establecimiento de una edad mínima ante la cual los niños no tienen capacidad de infringir leyes penales. La institucionalización debe ser el último recurso.

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Protección de los padres o tutores para que estos puedan proteger a sus hijos/as: Art. 18. Reconoce que ambos padres o representantes legales tienen obligaciones sobre la crianza y desarrollo del niño, y a los efectos de garantizar este derecho, los Estados deberán prestarles apoyo y asistencia apropiada para el desempeño de estas funciones, al mismo tiempo, velarán por la creación de instituciones, instalaciones y servicios para el cuidado de los niños. Art.27. Reconoce el derecho de todo niño/a a un adecuado nivel de vida para garantizar su desarrollo integral y establecen que los Estados adoptarán medidas para ayudar a los padres y otras personas responsables para garantizar este derecho (programas de apoyo, asistencia material, vivienda, nutrición y vestuario).

ARTICULOS DE PROTECCION RELACIONADOS CON LA PRACTICA EN SALUD Los cuatro principios generales de la Convención, en conjunto con otros artículos de la misma, se consideran como artículos de protección y a la vez transversales a la misma. A continuación se describe la relación de cada uno de ellos con la práctica en salud.

Art. No. 2. No discriminación. Derecho a estar protegidos contra todo tipo de discriminación o castigo basado en la religión, cultura o estatus social:

La discriminación, por cualquier motivo, constituye en sí misma un acto de violencia. Cuando a un niño/a o adolescente se le niega la posibilidad de participar de alguna actividad por motivos de discriminación, o cuando las medidas de protección que se toman están basadas en criterios discriminatorios, además de vulnerarse este derecho, se está cometiendo una acción violenta con consecuencias para su salud física y mental. En este sentido, sería recomendable revisar el rol que cumplen las distintas instituciones, incluyendo los servicios de salud, en el potencial ejercicio de prácticas discriminatorias contra sus miembros, por ejemplo, a través de prácticas de discriminación por género, por estatus social, por religión o etnia. En el contexto Latinoamericano, es importante considerar la discriminación por género por la magnitud y naturalización que la misma posee y que contribuye a aumentar y perpetuar la violencia doméstica, el abuso sexual y la exclusión de la mujer de la educación, la economía y el trabajo. Según el informe sobre violencia contra los niños/as en Latinoamérica de las Naciones Unidas del 2006, las niñas y mujeres menores de 18 años son las principales víctimas de maltrato y violencia y explotación sexual. Tanto en el ámbito social, como en las políticas y en las prácticas institucionales, comunitarias y familiares, existe discriminación por motivos de género.

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"La concepción tradicional de autoridad del hombre sobre la mujer ha supuesto y supone para ellas una carga continua de violencia". La crianza diferencial según hombres o mujeres, aún signada por la cultura patriarcal, aumenta las posibilidades de las mujeres de sufrir maltratos y abusos, y a la vez genera violencia en sí misma, al dar preferencia al hombre por sobre la mujer en determinadas actividades de participación social/ familiar. Al mismo tiempo, debe considerase que los niños/as y adolescentes que sufren problemas de protección, como la explotación sexual o comercial, la negligencia y el maltrato, algunas veces son también discriminados por los servicios de salud.

..................................................................................................................................... Prácticas para revisar En muchos países, a partir de la Convención, las legislaciones vigentes permiten la atención de niños/as y adolescentes sin presencia de los padres/adultos. Pese a ello, muchos profesionales comentan que cuando asisten a los servicios de salud chicos/as "considerados de riesgo" (que trabajan y /o viven en la calle), se les deniega la atención por no estar acompañados de un adulto. Esta situación está generalmente motivada por prejuicios y/o temores de los profesionales. Existe además una discriminación indirecta, cuando las políticas y programas de salud no programan (omiten) acciones para llegar a estos grupos de población más vulnerable. Además, sucede que en muchos casos no se atiende a un niño/niña o adolescente, por no contar con un documento de identidad. .....................................................................................................................................

Implicancias para el sector salud: Los servicios de salud debenposeer políticas institucionales con respecto a la no

discriminación e informar y sensibilizar a su personal de manera continua sobre el tema: generalmente las cuestiones de no discriminación se consideran obvias, naturales e inherentes a la práctica profesional y por lo tanto el personal de salud generalmente no cuenta con una guía que estipule cuando su accionar puede ser discriminatorio. Sin embargo, se sabe que existe violencia ejercida por las instituciones. En el caso de los servicios de salud, las conductas institucionales discriminatorias generan barreras en el acceso a los servicios afectando la salud y el desarrollo de la niñez.

Los servicios de salud pueden promover la igualdad de género en las familias y la comunidad: generalmente los servicios de salud son la puerta de entrada de los

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niños/as y sus familias al sistema, por lo tanto tienen la oportunidad de promover prácticas y pautas de crianza y educación que promuevan la no-discriminación por motivos de género desde el nacimiento y durante todo el ciclo de vida. De este modo, los profesionales de salud podrán contribuir a la prevención y disminución de la violencia contra la niña/mujer tanto en el ámbito doméstico, como en el ámbito comunitario.

Las políticas, los servicios y los programas de salud deben trabajar con enfoque de género: a pesar de los cambios y las transformaciones sociales, generalmente las políticas y servicios de salud continúan reproduciendo y reforzando el estereotipo de género tradicional en el cual la mujer-madre es la principal cuidadora/responsable de sus hijos/as. Un tema prioritario de género es motivar la participación de los hombres-padres en la crianza y atención de salud de los niños y niñas.

Concientizar a los profesionales de salud para que puedan identificar sus propios comportamientos discriminatorios, de manera que puedan cambiarlos positivamente: consciente o inconscientemente todos realizamos actos de discriminación. Generalmente se basan en prejuicios sociales. Por ejemplo, muchos profesionales de salud repiten acríticamente prejuicios contra la población inmigrante y esto se refleja en el trato y atención de esta población. En muchas comunidades marginales, las personas evitan asistir a los servicios por miedo a ser maltratadas y culpabilizadas por los problemas de salud que afectan a sus hijos/as.

La discriminación como barrera para identificar y abordar problemas de protección: todo niño y niña puede ser sujeto de vulneración de derechos, por lo tanto los profesionales de la salud deben estar alerta a estas situaciones. Los niños y niñas de todas las clases sociales pueden sufrir problemas de violencia (maltrato y abuso) y también estos problemas suceden en todos los tipos de familias. Los términos de familia "bien constituida" o familia "disfuncional", "apropiada" "inapropiada", habitualmente utilizados en el lenguaje de los profesionales de salud, generalmente esconden prejuicios sociales que pueden actuar como barreras. Por ejemplo, con relación a cuestiones de protección, estos se traducen en considerar que ciertos problemas pueden estar presentes sólo en determinados perfiles de familias y de estatus social. De allí la necesidad de revisar estas concepciones discriminatorias basadas en la falta de información y /o la existencia de prejuicios.

La no discriminación por la edad: pese a que las leyes de muchos países habilitan la atención de adolescentes sin la presencia de los padres o adultos, en muchos casos, los profesionales continúan asumiendo según sus propios criterios, la decisión de no atenderlos/a cuando estos no vienen acompañados por un adulto. Estas prácticas, vulneran el derecho a la salud.

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Artículo 3. EL interés superior del niño/a debe contemplarse en todas las decisiones que afecten a la niñez:

Para poder respetar el interés superior de los niños/as y adolescentes desde los servicios y programas de salud, es necesario escucharlos y considerarlos seriamente de acuerdo a sus capacidades evolutivas.

Al mismo tiempo, considerar el interés superior del niño supone, que la prevención y asistencia de todos estos problemas, debe contemplar la protección y garantía de todos los derechos del niño simultáneamente. Por ejemplo, los niños/as son doblemente victimizados en ciertas circunstancias de maltrato o abuso al ser sometidos a revisaciones humillantes y/o tratados culposamente, y/o se viola su privacidad y confidencialidad. Si bien en este ejemplo, se cumple el derecho a la atención en salud, está claro que no se considera el interés superior del niño al vulnerarse varios de sus derechos simultáneamente. Es necesario que las políticas, servicios, sociedades científicas y profesionales de salud se organicen para poder brindar una atención que considere el interés superior de la niñez y no sus intereses particulares. Por ejemplo, muchas veces los/as niños/as y adolescentes que demandan atención psicológica por haber sido víctimas de maltrato o abuso son expulsados por los servicios que se encuentran sobresaturados de demandas, y que entonces, o bien se les niegan la atención inmediata por falta de turnos, o bien les ofrecen turnos muy diferidos. Es necesario que las políticas y los servicios de salud revisen las respuestas que se brindan ante este tipo de demandas para cumplir con la responsabilidad que les compete. Otro aspecto, tiene que ver con la localización geográfica de estos servicios, ya que a veces, no responde a las necesidades y demandas de la población, y por lo tanto, generalmente, las zonas que más lo requieren, (tanto por frecuencia, como por falta de recursos para acceder a la atención) son las que en menor medida cuentan con estos servicios. El artículo 29 referido a la forma en que los Estados partes deben encaminar la educación (desarrollo de la peronalidad, aptitudes y capacidades al máximo potencial, respeto por la identidad, cultura, valores, idioma, etc.), resulta un buen ejemplo a considerar para orientar las prácticas de salud en este sentido.

Él inciso 3.3. de este artículo, tiene especial relevancia para el sector salud, pues exige que las instituciones, servicios y establecimientos encargados del cuidado o la protección de los niños cumplan con las normas establecidas por las autoridades competentes. Especialmente en materia de seguridad, sanidad, número y competencia de su personal, así como con relación a la existencia de una supervisión adecuada.

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Estrategias para el sector salud: Las políticas de salud debería promover que todos los servicios de salud cuentan con políticas y estándares de protección para garantizar que la actuación profesional e institucional que brindan sea respetuosa de los derechos de la niñez, y evite todo tipo de violencias, como los abusos, maltratos, y la negligencia institucional. - A continuación se brindan algunos ejemplos sobre posibles estándares de protección que pueden considerarse en las políticas de los servicios de salud33:

La institución debe contar con una política clara y obligatoria sobre protección que sea ampliamente promocionada y conocida por todos sus miembros

Los procedimientos y sistemas de contratación del personal que trabaja con niños, niñas y adolescentes deben garantizar un buen diagnóstico sobre la idoneidad de los mismos para las tareas que deben desempeñar.

Establecer códigos de práctica y conducta de los profesionales hacia los niños/as.

Contar con una guía sobre cuáles son las conductas aceptables y cuáles no.

Garantizar el trato igualitario, la no-discriminación y las prácticas del personal libres de todas las formas de violencia.

Capacitar a todos el personal sobre las prácticas y estándares de protección.

Informar a las familias y los/las niños, niñas y adolescentes sobre la política de protección existente en la institución y sobre los comportamientos aceptables por parte del personal.

Contar con recursos para la implementación de servicios de salud con una perspectiva de derechos.

Artículo 4. Derecho a que se hagan efectivos todos los derechos reconocidos en la Convención:

Para alcanzar la protección integral de la salud y el bienestar de la niñez y adolescencia debe garantizarse el cumplimiento de todos los derechos de la Convención de manera indivisible y simultánea. Desde el sector salud, esto implica comprender la complejidad de los problemas de salud y la necesidad de trabajar con otros actores y sectores para hacer efectivos estos derechos en los distintos niveles: en las políticas públicas, en los servicios y en la práctica cotidiana. Las mejores medidas de protección serán aquellas que garanticen la mayor cantidad de derechos simultáneamente.

33

Los ejemplos citados están basados y adaptados de los siguientes documentos: Ensuring The Safety and welfare of children /young

People", of National Children Ofrice, 2005, y "Setting the Standard" a Common Approach to Child Protection for International NGO's.

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Artículo 5. La dirección u orientación de los padres y otros adultos encargados legalmente de los niños/as deben tomar en consideración las capacidades evolutivas de los mismos para ejercer sus derechos:

Según este artículo, todas las acciones y medidas de protección, requieren el reconocimiento de las capacidades evolutivas de la infancia por parte de los padres y del Estado. De este modo, todas las acciones de protección deben considerar que los niños/asadquieren progresivamente mayores competencias y estas deben ser acompañadas con grados acordes de protección. A medida que aumentan las capacidades evolutivas, aumentan las competencias de los niños y niñas y consecuentemente debe ir disminuyendo la necesidad de orientación y dirección de los adultos. Esto implica un cambio con relación a las clásicas corrientes de protección de la niñez, en las cuales el niño/a se presumía incompetente de acuerdo a su edad. En este sentido, la Convención advierte sobre la importancia de focalizarse en las capacidades, más que en la edad del niño/a, como elemento determinante para el ejercicio de los derechos.

Implicancias y oportunidades para el sector salud:

Los profesionales de salud pueden contribuir a desarrollar las capacidades evolutivas de los/as niños/as y adolescentes para que ellos participen de su propia protección: en primer lugar, se considera que los servicios de salud tienen la responsabilidad de ofrecer a los niños/as y adolescentes un ambiente en el que promuevan, respeten y protejan sus facultades en evolución. Al mismo tiempo, los servicios deben apoyar a las familias para que promuevan la autonomía progresiva de los/as niños/as y adolescentes.

El/a niño/a no aduiere competencia sencillamentepor la edad, sino por la experiencia, la cultura, el apoyo que recibe de los adultosy las expectativas que ellos mismos expresan34.

Estrategias posibles desde el sector salud:

La formación de grado y post grado de los profesionales que trabajan con niñez debe incluir contenidos sobre el significado de las capacidades evolutivas y la forma en que estas se construyen, aprenden y pueden evaluarse en el trabajo cotidiano.

Revisar el lugar que se le da al niño/a en la consulta o práctica en salud para expresar sus opiniones y el modo en que se estimula su participación. La consideración de sus capacidades evolutivas solo podrá lograse si se le permite al niño/a expresarse y participar libremente.

34 Gerison Lansdown, Innocenti Insight, "La evolución de las Facultades del Niño", Save The Children, UNICEF, 2005

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Brindar información y orientación sobre este tema a los/as padres y madres durante la consulta. En este sentido, la forma en que el profesional se dirige a los niños/as y adolescentes, constituye en sí misma un modelo para los/as padres y madres que están presentes en la consulta. Es importante enfatizar que los modelos autoritarios de crianza y disciplina o los modelos sobreprotectores resultan ineficaces en este sentido.

Integrar en los distintos programas preventivos y de educación para padres, madres y cuidadores contenidos sobre las capacidades evolutivas de los niños y su importancia para la salud, desarrollo y cumplimiento de los derechos de los niños/as.

Promover la creación de programas de promoción de la salud en los servicios y en la comunidad tendientes a favorecer el desarrollo de las competencias psicosociales de los/as niños/as y adolescentes. Por ejemplo, programas de educación para la salud basados en el enfoque de habilidades para la vida pueden ayudar a los niños/as a desarrollar: el conocimiento de sí mismos, la resolución de conflictos, las relaciones interpersonales, el pensamiento crítico, la comunicación efectiva/asertiva, el manejo de emociones y la creatividad.

El personal del sector salud, como el resto de la sociedad comparte el prejuicio sobre la poca valoración de las capacidades de los/as niños/as y adolescentes en relación con las capacidades del adulto. Esto impide a los profesionales ver lo que los niños/as y adolescentes son capaces de comprender, identificar o lograr. Es importante que los profesionales tengan una actitud de escucha y empatía, que tienda a valorizar lo que los niños/as y adolescentes están diciendo, evitando juicios de valor, sin atemorizarlos, sin intentar forzar respuestas y /o manipular el relato por propias ansiedades.

Debe comprenderse que los modelos de intervención y protección paternalistas tienden a sobreproteger a los/as niños/as y adolescentes y de este modo les niegan la oportunidad de adquirir auto-confianza y tomar decisiones para contribuir en su propia protección.

La promoción de las capacidades evolutivas se constituye en un factor protector para el/la niño/a, que puede ayudarlo/a a identificar, prevenir y denunciar situaciones de abuso y maltrato.

Artículo No. 6: Los Estados deben asegurar el derecho a la vida, la sobrevivencia y el desarrollo de la niñez:

Este artículo indica que cualquier situación que pueda ser riesgosa a la salud, desarrollo y sobrevivencia de la niñez debe ser prevenida y asistida, entre otros, por el sector salud. La mayor parte de los problemas de protección se relacionan de algún modo, con los distintos tipos de violencia: social y estructural (pobreza e inequidad), institucional, intrafamiliar, abuso o maltrato físico y psicológico, explotación y trabajo infantil, abuso sexual y negligencia.

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Consecuencias de la violencia sobre la salud de la infancia36

Consecuencias físicas: daños del sistema nervioso, fracturas, laceraciones y heridas genitales, daño ocular, discapacidad, heridas abdominales, afectación del crecimiento. Consecuencias en la salud reproductiva: problemas de salud reproductiva, disfunción sexual, enfermedades de transmisión sexual, embarazos no deseados. Consecuencias psicológicas: Abuso de drogas y sustancias, comportamientos violentos, criminales y otro tipo de conductas de riesgo, depresión y ansiedad, problemas alimentarios, sentimientos de vergüenza y culpa. Consecuencias a largo término: hiperactividad, dificultades en las relaciones interpersonales, bajo rendimiento escolar, baja autoestima, desórdenes postraumáticos, conductas suicidas o auto-lesiones, enfermedades crónicas, problemas de infertilidad. Consecuencias financieras: Costos directos por tratamientos, visitas al hospital y otros servicios de salud. Costos indirectos: Perdida de productividad, discapacidad, menor calidad de vida, y muerte prematura. Costos del sistema de Justicia y otras instituciones: Costos asociados con el sistema de cuidados, sistema educativo.

Prevenir y asistir la violencia en todas sus manifestaciones, implica no sólo prevenir futuros problemas de salud y desarrollo infantil, sino que también es una forma de prevenir los problemas de salud a largo término que imponen barreras sustanciales al desarrollo social y económico de los países35.

Violencia y políticas públicas

"Una estrategia para el desarrollo económico y social de la Región debe incluir como prioridad fundamental la reducción de la violencia, definiendo políticas estatales de carácter intersectorial e interinstitucional incluyendo la respectiva asignación de recursos para que los programas se realicen36".

Implicancias para el sector salud:

Sesibilizar e informar a los profesionales de salud para que puedan considerar la existencia deproblemas de protección en todas las intervenciones de salud que se realizan: los profesionales de salud deben reconsiderar que así como los niños y niñas se enferman por agentes infecciosos (virus o bacterias), también pueden estar sufriendo al mismo tiempo problemas relacionados con la violencia (maltrato físico, psicológico, abuso sexual, maltrato institucional, explotación sexual).

35 The UN Secretary-General's, Paulo Sergio Pinheiro, World Report on Violence Against Children, 2007 36 The UN Secretary-General's, Paulo Sergio Pinheiro, World Report on Violence Against Children, 2007 37

Naciones Unidas, La violencia contra niños, niñas y adolescentes, informe de América Latina en el marco del Estudio Mundial de las

Naciones Unidas, 2006.

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Necesidad de diseñar y reorientar las políticas y servicios de salud para prevenir todo tipo de violencias y abuso de sustancias: teniendo en cuenta los daños que el abuso, el maltrato y la negligencia pueden provocar a la sobrevida, salud y el desarrollo, es fundamental implementar programas de prevención y promoción para garantizar este derecho.

Capacitar a los/as profesionales de salud: la formación sobre estas "morbilidades del milenio" debe contemplarse durante la formación pregrado (pre-servicio), asegurando además, la incorporación de estos ejes en los programas de formación en servicio.

Promover y garantizar la equidad en el acceso a recursos y servicios de prevención y asistencia de calidad para abordar estas problemáticas: muchas veces, la desigualdad en el acceso a la prevención y asistencia de estos problemas reproduce las desigualdades sociales, y esto se refleja en que las zonas más pobres, generalmente cuentan con menos disponibilidad o menor calidad de servicios y recursos para garantizar su atención integral.

Los servicios y profesionales de la salud pueden:

- Asociarse con otros sectores y realizar campañas de sensibilización y prevención a nivel comunitario.

- Programar acciones de promoción y prevención en las escuelas y en las distintas organizaciones de la comunidad.

- Realizar acciones preventivas al interior de los servicios, incorporando estas temáticas de manera transversal a todas las acciones preventivas que se realizan con las familias, por ejemplo en temas de crianza o prevención de enfermedades.

- Informar y orientar a las familias durante la consulta pediátrica sobre la utilización de metodologías disciplinarias no violentas, que tiendan al desarrollo de competencias psicosociales y que estimulen la autoestima y la capacidad de resolver conflictos de modo no violento.

- Promover y conformar redes locales para la asistencia de estas problemáticas.

Art. Nro. 12. El derecho del niño a expresar sus opiniones y a que sean tomadas en cuenta:

La protección de los/as ninos/as y adolescentes contra situaciones riesgosas para su salud y desarrollo, debe contemplar su participación. Los profesionales de salud deben estimular y contemplar la participación del niño/a y adolescente en la identificación y diseño de estrategias y medidas de protección de acuerdo a sus capacidades evolutivas. Participar implica el reconocimiento de otro hacia uno y de uno mismo como ser. La participación es esencial para el desarrollo de la ciudadanía. Las teorías sobre necesidades

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humanas, con un foco especial en la resiliencia, han mostrado cómo las relaciones y las competencias sociales son esenciales para un desarrollo saludable, y se asocian con el progresivo alcance de la autoestima y la autonomía, facilitando relaciones y protegiendo contra todas las formas de violencia37. En el campo de la protección, los profesionales de salud deben contar con competencias para establecer una comunicación empática que posibilite el acceso a la información y perspectivas de los/as niños, niñas y adolescentes, además de promover modos de cooperación en un clima de respeto y confianza mutua38.

Implicancias para el sector salud:

Desarrollar las habilidades de comunicación y escucha de los profesionales de salud puede ser el primer paso para habilitar la participación de los niños en su propia protección: El primer punto para habilitar la participación, es que los profesionales tengan una actitud positiva de escucha hacia los niños/as y adolescentes. Una actitud de comunicación abierta y desprejuiciada, que valore y respete los saberes de los " otros ", contribuirá a que las familias, los niños/as y adolescentes puedan confiar en los profesionales de salud y comunicarles los problemas de protección que puedan estar afectándolos, sin temores y sin culpas.

El profesional de salud puede potenciar las habilidades de participación de los/as niños/as y adolescentes en su práctica cotidiana a través de las siguientes recomendaciones:

- Dirigirse a los/as niños /as y adolescentes y no sólo a sus padres - Permitir la libre expresión de lo que les sucede - Solicitar autorización para revisarlos - Brindar información sobre los procedimientos que debe realizar y cuando es posible,

consensuar la modalidad de preferencia de los niños/as y adolescentes para realizar la intervención (tiempos, posición corporal, etc.)

- Consultar constantemente sobre lo que piensan y sienten durante el examen clínico, tratamiento o intervención de promoción o prevención.

Todas estas acciones pueden ayudar a aumentar la confianza de los niños/as en sus propias capacidades para participar y esto es transferible a otras situaciones. Ellos/as deben sentirse protagonistas de los procesos de atención de salud y con capacidad de control sobre dichos procesos.

38

Stuart N.Hart, Child Participation and Child Protection, The International Society for Prevention of Child Abuse and Neglect, Special

Report, Issue N.1.-2007

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Los profesionales de la salud pueden evaluar de forma conjunta con sus pacientes que aspectos y cómo desean se protegidos: Cuando deben diseñarse estrategias y medidas de protección, el/la niño/a y adolescente debe ser una fuente valiosa de consulta para decidir sobre su propio bienestar.

Los programas para prevenir las diferentes problematicas de protección, deben considerar el fomento de la participación de los niños, niñas y su comunidad: Para ello, los programas de protección deben contar con la apertura de canales y espacios formales para la participación del niño/a y adolescente y de sus familias en la comunidad y la sociedad.

Promover y divulgar los derechos de los niños/as y adolescentes y hacer que ellos sean repetados: La información y empoderamiento de los/as niños/as, adolescentes y adultos sobre los derechos de la niñez es una base muy importante de protección en sí misma y una estrategia de prevención de situaciones que vulneran la protección. Al mismo tiempo, puede contribuir a incrementar y fomentar la participación.

Artículo 16. Privacidad y respeto por la confidencialidad: Todas las acciones de protección deben considerar la privacidad y el respeto por la confidencialidad. Los niños/as y adolescentes que sufren vulneración de su derecho a protección, han vivido la traición de uno o varios adultos de confianza, y por lo tanto, el no respeto de su privacidad y confidencialidad por parte de los profesionales contribuye a su revictimización, con graves consecuencias para su bienestar. Por otro lado, la privacidad y confidencialidad garantiza la no discriminación y estigmatización de quienes padecen estas problemáticas. En algunas circunstancias, el conocimiento de problemas asociados a la falta de protección genera en los profesionales sentimientos y reacciones difíciles de manejar, especialmente, si carecen de las competencias sobre cómo abordarlos. Este desconocimiento lleva muchas veces a la necesidad de compartir el problema en su lugar trabajo, o aún ir mas lejos y tratar de confrontar los relatos de los niños/as con los adultos acusados o con personas de la comunidad, violando este derecho fundamental. Respetar la privacidad significa:

Propiciar un clima de atención privado en el cual la persona pueda hablar cómodamente y /o se la pueda revisar sin sentirse observada.

Respetar su cuerpo y emociones. El profesional debe solicitar la autorización del/la niño/a o adolescente para revisarlo/a o indagarlo/a, sin forzar este proceso. Es recomendable generar un clima de confianza y esperar a que el paciente se sienta

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cómodo. La falta de tiempo o la presión de los adultos hacen que, a veces, el profesional proceda erróneamente.

Explicar a los/as niños, niñas y adolescentes por que debe realizarle un examen clínico o psicológico y en qué consistirá. Brindar información previa reduce los temores.

Frente a la confesión de una situación de protección, el profesional puede:

Escuchar atentamente, y mostrar calma para evitar asustar al paciente.

Decirle que lo que él o ella relata es muy importante y valorar la confianza que el niño/a o adolescente está depositado en él o ella, y la valentía del mismo por contarlo.

Explicar que él o ella no es culpable por lo acontecido y que los adultos tienen responsabilidad sobre determinados temas.

Explicar al niño/a o adolescente que guardará el tema en reserva. Sin embargo depende la situación (casos de maltrato o abuso donde la denuncia es obligatoria) es importante que el profesional explique que deberá compartir la información con alguien más para que pueda ayudarlos y que además, el o ella será informado/a de todos los pasos a seguir.

El profesional deberá evitar contar estas situaciones a sus colegas y sólo compartirla con quienes puedan colaborar. Este hecho deberá ser informado al niño/a.

Permitir que el/la niño/a o adolescente exprese sus sentimientos y preocupaciones libremente, tratando de no interrumpirlo/a con comentarios que intenten censurarlo.

En caso de niños/as y adolescentes que vienen con adultos a la consulta, es importante hablar con ambos pero luego preguntarle siempre al niño/niña y adolescente si desean tener un espacio sin la presencia del adulto.

En casos de articular con otras instituciones a las que asiste el niño/a o adolescente, por ejemplo, la escuela, no es necesario involucrar a todo el personal, y tampoco es necesario difundir todos los detalles de lo acontecido. Es suficiente con brindar la información pertinente para el manejo apropiado del niño/a o adolescente.

Artículo 19. Protección contra el abuso físico, mental o sexual, maltrato, negligencia y explotación: Art.19. "Los Estados Partes adoptarán todas las medidas legislativas, administrativas, sociales y educativas apropiadas para proteger al niño contra toda forma de perjuicio o abuso físico o mental, descuido o trato negligente, malos tratos o explotación, incluido el abuso sexual, mientras el niño se encuentre bajo la custodia de los padres, de un representante legal o de cualquier otra persona que lo tenga a su cargo".

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Este artículo es relevante y orientador para la práctica pediátrica. La transición epidemiológica de la niñez en la América Latina, se expresa por un descenso de la mortalidad y un incremento de la morbilidad secundaria, que consiste en problemas originados por determinantes socioeconómicos, culturales y psicosociales. En las últimas décadas, la Región se caracteriza por el deterioro de la calidad de vida de grandes conjuntos poblacionales: empobrecimiento e incremento de la inequidad y vulnerabilidad social, y el consiguiente incremento de problemas de salud relacionados con los estilos y la calidad de vida, entre ellos la violencia como epidemia social, en sus distintas formas de expresión: maltrato, abuso físico, emocional, sexual, negligencia y el abandono, la explotación sexual y comercial, etc. Según un estudio sobre la violencia en el hogar:39

"Alrededor de 6 millones de niños, niñas y adolescentes sufren abuso severo en los países de la Región, incluyendo el abandono, indicando además que 800.000 niños, niñas y adolescentes mueren al año como resultado de los abusos cometidos por sus padres- madres".

La situación de crisis socioeconómica que atraviesan los países de la Región, caracterizada entre otras cosas, por el retiro del Estado de las responsabilidades que históricamente tenía asignadas, la precarización del empleo y el crecimiento de la desocupación, la imposibilidad de ascenso y movilidad social, repercuten directamente en las familias, no solo, profundizando sus carencias, sino también, provocando pérdida de la autoestima, reasignación de los roles tradicionales e incrementando la violencia dentro y fuera de los hogares40. Las sociedades con amplios niveles de desigualdad y exclusión, el autoritarismo, la persistencia de una cultura patriarcal o machista, la tolerancia a los modelos educativos y de crianza autoritarios, el desempleo, la falta de servicios educativos, de salud y de espacios para el uso del tiempo libre y la recreación, las adicciones, son todos factores que incrementan las violencias en todas sus manifestaciones y le otorgan particularidades en sus formas de expresión. Por ejemplo, como resultado de la cultura patriarcal aún vigente, en la cual predomina el poder del hombre por sobre la mujer, existe una mayor vulnerabilidad de las niñas y mujeres a ser víctimas de violencia y además produce que la misma se exprese de manera diferencial por género. De este modo, las mujeres (vistas como el sexo débil) están más expuestas a sufrir maltrato físico y emocional y abuso y explotación sexual. En cambio los hombres (entendidos como el sexo fuerte) están más expuestos a verse involucrados en conflictos armados, homicidios y a ejercer la violencia doméstica.

39 Mayra Buvinic, A. Morrison and M. Shifter "Violence in Latin América and the Caribbean: A Framework for Action", Technical Study

Sustainable Development Department Interamerican Development Bank, March 1999 40 UNICEF " The Invisible adjustment: Poor women and economic crisis", UNICEF Oficina Regioanl para las Américas y el Caribe,

Santiago de Chile, 1989.

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Las formas de violencia se presentan de modo diferente según la edad. Los datos indican que los niños/as más pequeños se encuentran más expuestos a todos los tipos de violencia física. En cambio desde la pubertad y durante la adolescencia, aumenta la violencia sexual41. Si bien los datos sobre estas problemáticas son poco registrados y se encuentran subestimados, la mayor parte de los países de la Región registra un notable incremento de las denuncias por problemas de maltrato y abuso sexual. Coincidentemente, los profesionales de salud confirman empíricamente esta situación en sus prácticas diarias en los centros de atención primaria, hospitales y programas comunitarios. El maltrato psicológico, físico e institucional, la negligencia y el abuso sexual acontecen generalmente en el entorno familiar y otros entornos próximos al niño/a, tales como escuelas, instituciones de internado, la iglesia, centros deportivos, otros centros de la comunidad, en los espacios y servicios públicos. Los abusadores son, generalmente, personas conocidas por el niño/a42. De allí la necesidad de fundamental implementar políticas de prevención de violencia sea en el ámbito del hogar, la comunidad, las escuelas y demás ámbitos donde los niños y niñas crecen y se desarrollan43. Diversas experiencias muestran la utilidad de realizar acciones de promoción de la salud y prevención para reducir el maltrato44. Se considera que la violencia es un comportamiento aprendido como producto de la interacción social del individuo con su medio. De este modo y como diversos estudios lo indican45, las formas violentas de resolver conflictos en el hogar y en la sociedad, generan el aprendizaje de estos comportamientos. La tolerancia al castigo físico en el orden social y cultural afecta negativamente y contribuye a perpetuar la violencia. En la Región Latinoamericana, la utilización del castigo físico como medida disciplinaria aplicada a los niños, niñas y adolescentes es una práctica ampliamente extendida y legitimada. Los límites entre el castigo físico y el abuso son imprecisos, generando en el niño/a el aprendizaje de modalidades de vinculación y trato violentos, contribuyendo a reproducirlo integeneracionalmente. El Estudio Global sobre la violencia de las Naciones Unidas, indica que en la mayor parte de los países del mundo los niños/as están desprotegidos contra este fenómeno. Por ejemplo, las legislaciones de gran parte de los países de la Región generalmente tipifican el maltrato por gravedad, y explican al castigo físico como una forma "moderada" o "adecuada". 41

Runyan D et. al. Child abuse and Neglect by Parents and Other Cargivers. In: Krug EG et. Al. (Eds) World Report on Violence and

Health, Geneva, World Health Organization, pp 59-86. 42 The UN Secretary-General's, Paulo Sergio Pinheiro, World Report on Violence Against Children, 2007. 43

The UN Secretary-General's, Paulo Sergio Pinheiro, World Report on Violence Against Children, 2007. 44

CISALVA y el Ministerio de Desarrollo social de Colombia implementaron una estrategia de información, educación y comunicación

para la prevención de la violencia en Bogota, Cali y Medellín y luego al hacer la evaluación de impacto evidenciaron cambios significativos en los comporamientos y actitudes de la población. 45

The UN Secretary-General's, Paulo Sergio Pinheiro, World Report on Violence Against Children, 2007.

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Definiciones: Maltrato físico: Acción no accidental de algún adulto que provoca daño físico o enfermedad en el niño o en el joven, o que lo coloca en grave riesgo de padecerlo como consecuencia de una acción intencionada. Maltrato emocional: Acciones de los adultos, tales como insultos, amenazas, humillaciones, desprecios, burlas, críticas, aislamiento que causen o puedan causar deterioro en el desarrollo emocional, social y/o intelectual del niño. Conductas sobreprotectoras que dificulten o impidan que los niños sean estimulados de acuerdo a sus capacidades o bien que imposibiliten atender necesidades de su desarrollo Maltrato institucional: Cualquier legislación, procedimiento, actuación u omisión de los poderes públicos, o bien derivada de la actuación de los profesionales que comporte abuso, negligencia, detrimento de la salud, seguridad, del estado emocional, del bienestar físico o de la correcta maduración del niño/a o que viole sus derechos. Abuso sexual: Cualquier interacción con connotaciones sexuales entre un adulto y un menor de 18 años, orientadas a la gratificación sexual del primero. Es una relación caracterizada por la subordinación o dependencia psicológica con un adulto, determinada por la diferencia de edad y poder. Falta de igualdad en la capacidad de decisión entre las partes involucradas y capacidad del adulto para presionar y manipular al menor. Incluye situaciones en las que no necesariamente existe contacto físico, por ejemplo, exhibicionismo, exposición a material pornográfico, conversaciones sexualmente explícitas. Explotación sexual: Supone la utilización de población infantil menor de 18 años de edad para relaciones sexuales remuneradas, pornografía, utilización en espectáculos sexuales donde además exista intercambio económico o pago de otra índole para la persona menor o para un tercero inmediato. Explotación comercial: Supone cualquier tipo de trabajo infantil peligroso, que implique participar de actividades que puedan dañar su salud física y psíquica o bien que suponen un elevado esfuerzo a sus capacidades evolutivas. Negligencia o abandono: Puede ser físico o emocional. En el primer caso, se define consiste en una situación en la que las necesidades básicas del menor (alimentación, higiene, seguridad, atención médica, vestido, educación, esparcimiento) no son adecuadamente atendidas por ningún adulto del hogar en el que vive por motivos diferentes a la pobreza. Emocional: cuando el niño/a no recibe el afecto, la estimulación, el apoyo y la protección necesarios para su desarrollo. También se aplica a los casos en que existe falta de respuesta del adulto a las expresiones emocionales del niño o a sus intentos de aproximación e interacción. Síndrome de Munchaüsen: Los padres o cuidadores someten al niño a continuas exploraciones médicas, suministro de medicamentos o ingresos hospitalarios, alegando síntomas ficticios o generados de manera activa por el adulto (por ejemplo, mediante la administración de sustancias).

Los profesionales de salud refieren que gran parte de situaciones de falta de protección que enfrentan en los hospitales y centros de salud se deben a la pobreza y que se expresan ante la imposibilidad de las familias de continuar tratamientos médicos, la deserción o inasistencia reiterada de los/as niños/as la escuela, el trabajo infantil, las dificultades para garantizar la alimentación de los hijos/as, el retraso en el desarrollo y los problemas de aprendizaje, la escasa supervisión de los adultos. En este sentido es importante no confundir y judicializar estas situaciones de "falta de atención adecuada" condicionadas por la pobreza y categorizarlas erróneamente como situaciones de negligencia. Otro aspecto de relevancia para el sector salud tienen que ver con la desinformación existente sobre el abuso sexual y sus efectos. Muchas veces los

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padres/madres que tienen sospechas acuden a los servicios para que los profesionales revisen a sus hijos, y en ocasiones, los pediatras al no verificar penetración, minimizan las situaciones o bien no las consideran abuso46.

Implicancias para el sector salud: Para la protección contra el abuso físico, psicológico, sexual, maltrato, negligencia y explotación se debe:

Reorientar los servicios para incluir la prevención y asistencia de estos problemas asignando los recursos económicos correspondientes.

Brindar capacitación durante la formación profesional de grado, post grado y en servicio, sobre estos temas.

Diseñar políticas públicas intersectoriales para abordar estos problemas en sus distintas dimensiones.

Mejorar los sistemas de registro y monitoreo de la información.

Realizar estrategias de comunicación social para sensibilizar a la comunidad y a sus instituciones.

Lobby para adecuar los marcos legislativos a la Convención.

Identificar población vulnerable para implementar acciones de protección.

Formular políticas de promoción de la salud. Este tipo de acciones, al empoderar a la comunidad, permiten fortalecer los factores protectores y reducir la aparición de problemas (Ej. programas de municipios saludables, escuelas saludables, creación de centrosde desarrollo infantil, programas de microemprendimientos, etc.).

A nivel de los servicios:

Establecer políticas institucionales claras con respecto al abordaje y manejo de situaciones de maltrato físico, emocional, abuso sexual y negligencia conocidas y accesibles a todo el personal. La falta de información genera temor, falta de intervención o bien errores en el manejo de estos casos.

Sensibilizar e informar a los servicios y a sus profesionales para que puedan considerar la presencia de estos problemas en todas sus intervenciones. Esto último, independientemente que trabajen en áreas que supuestamente no tienen relación con el tema que nos compete (por ej. vacunaciones o el consultorio de una especialidad médica).

Incorporar en las historias clínicas elementos que permitan identificar los factores de riesgo y protectores de los/as niños, niñas y adolescentes.

46

Este es uno de los mitos y prejuicios existentes con respecto al abuso sexual infantil, y es una visión limitada de este problema, pues

como se definió anteriormente el abuso se presenta en distintas formas y todas tienen consecuencias para los niños y jóvenes.

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Contar con estándares claramente definidos para prevenir el abuso, maltrato y negligencia a nivel de las instituciones de salud por parte de su personal. Los profesionales y los usuarios deben estar informados de cuales son los comportamientos aceptables y los no aceptables.

Realizar un diagnóstico participativo en el cual las opiniones de los/as chicos/as permitan identificar cuáles son los problemas de protección más relevantes en cada contexto.

Identificar los recursos existentes en la comunidad para abordar estos temas. Relevar que programas afines se están realizando desde el sector salud y desde otros sectores del municipio

Implementar programas de promoción y prevención en escuelas, comedores, instituciones religiosas y deportivas.

Realizar acciones de formación del personal de estas instituciones, actividades para las familias y para los niños/as y adolescentes.

Formar promotores de la comunidad para actividades de educación para padres, madres y cuidadores (incluyendo educación sexual y prevención de abuso y maltrato).

Realizar folletos informativos sobre los temas de protección más relevantes en la comunidad y ofrecerlos a los padres que asisten a los servicios, a la consulta y /o a los distintos programas.

Sensibilizar e informar a líderes de la comunidad y miembros de las distintas instituciones de la misma.

Introducir estos temas durante las clases pre-parto y luego en los programas de salud materno infantil (crecimiento y desarrollo, vacunación, etc.) y fomentar la lactancia materna como modalidad que favorece el vinculo positivo entre madre- hijo.

Identificar prácticas culturales que puedan afectar el bienestar físico y mental del niño/a y adolescente.

Implementar estrategias para la eliminación del castigo físico.

Estrategias posibles durante la consulta pediátrica:

En todas las acciones de atención de salud deberá evitarse el dolor de los niños/as y adolescentes al máximo posible, y al mismo tiempo, se deberán seleccionar siempre que sea posible las opciones terapéuticas menos dolorosas.

Los profesionales deben poder reflexionar y revisar sus propias actitudes y accionar cotidiano, analizando en qué medida realizan un trato no discriminatorio, no violento, que respeta la igualdad de género, la participación del niño/a y adolescente, sus emociones y su cuerpo.

La actuación del profesional durante la consulta es un modelo para los padres/ madres y cuidadores sobre el trato de los adultos hacia los niños.

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Los profesionales previenen la violencia en su práctica diaria si mantienen un buen nivel de diálogo y comunicación con el paciente y sus familias, si dan espacio a la participación del niño/a en la consulta, si respetan y consideran los saberes de la familia y la comunidad en el proceso de atención.

Los profesionales de salud pueden contribuir a prevenir el abuso sexual si durante la consulta le explican a los niños/as el valor que tiene su propio cuerpo y solicitan permiso para revisarlos. Desde que los niños/as son muy pequeños se puede explicar la importancia de las partes íntimas de su cuerpo y su derecho a que nadie las toque (ayudándolos/as por medio de ejemplos a identificar las situaciones en que alguien puede hacerlo para cuidar su salud o higiene).

Informar y sensibilizar sobre cómo se presentan las discriminaciones de género y educar para prevenir este tipo de situaciones.

Contribuir a desarrollar las capacidades evolutivas de los niños /as y adolescentes para que estos participen de su propia protección (Ej. escucha a los/as niños / as y adolescentes y consentimiento informado de acuerdo a las capacidades evolutivas).

POBREZA Y EXCLUSIÓN SOCIAL, NIÑOS Y NIÑAS INVISIBLES Y LA PROTECCIÓN DE LA NIÑEZ Muchos de los problemas de protección, como el abuso físico, emocional y sexual, se dan en todas las clases sociales, sin embargo es importante destacar el modo en que la pobreza y la exclusión social que caracterizan a la Región Latinoamericana, incrementan la vulnerabilidad de los/as niños, niñas y adolescentes de padecer estas problemáticas y a permanecer invisibilizados ante estas circunstancias. Diversos estudios proponen el vínculo existente entre el incremento de violencia en América Latina y la desestabilización de las estructuras económicas dentro de la sociedad47. Esta Región presenta las mayores desigualdades del mundo en cuanto a distribución del ingreso48, y tiene su correlato con los niveles crecientes de violencia. Las desigualdades generan tensión social e incentivos que se traducen en comportamientos violentos. La pobreza en sí misma no causa violencia. Origina sentimientos de tensión y frustración que pueden desencadenar comportamientos violentos si están acompañados de desempleo, exclusión económica, hacinamiento, marginación y fragmentación social 49 .Existe una correlación entre violencia empobrecimiento, desigualdad y

47

Naciones Unidas, "La violencia Contra niños, niñas y adolescentes. Informe de América Latina en el marco del Estudio Mundial de las

Naciones Unidas", 2006 48

CEPAL " La pobreza en América Latina y el Caribe aún tiene nombre de Infancia", Informe UNICEF-CEPAL 2001 49

Panamericana de la Salud, 1996. "La Violencia en las Américas, La Pandemia Social del siglo XX". Serie de Publicaciones;

Comunicación para la Salud. Washington, D.C. No.10.

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exclusión50. En materia de homicidios, esta región presenta la segunda tasa más elevada del mundo, luego de Sudáfrica51. Algunas investigaciones muestran que diversos grupos de niños y niñas sufren una mayor exclusión social y al mismo tiempo, son también más propensos a sufrir abusos y maltrato. Por ejemplo, la niñez discapacitada, la que vive en condiciones de extrema pobreza, la que trabaja y/o vive en situación de calle, la que no asiste a la escuela, la que no está registrada oficialmente, la niñez institucionalizada y la que no accede a los servicios básicos de atención de salud, registra una mayor vulnerabilidad para sufrir abusos, explotación y negligencia. El Informe sobre la Situación Mundial de la Infancia de UNICEF del año 2006: "Excluidos e Invisibles", afirma que los niños y niñas a quienes se deniega el derecho a la protección son aquellos que corren más riesgo de quedar excluidos de servicios esenciales de salud, alimentación, educación, y trabajo, y por lo tanto de alcanzar los Objetivos de Desarrollo del Milenio (ODM)52. Según el citado informe: "Los niños y niñas corren el riesgo de volverse invisibles si no se defiende su derecho a la protección". La vulneración a este derecho es la principal causa de exclusión para millones de niños, niñas y adolescentes. El Artículo 7 de la Convención de los Derechos de la Niñez, que se refiere a la identidad y al registro de los niños al nacer, debe destacarse por su estrecha relación con la protección de la niñez. Generalmente quienes no están identificados, son los y las mismos/as que permanecen excluidos/as de otros servicios esenciales. En este sentido, la inscripción universal del nacimiento es una medida básica para garantizar la igualdad de oportunidades e incluir a todos/as desde un inicio. Estar inscripto garantiza el derecho a figurar en las estadísticas oficiales, recibir beneficios del Estado, y disminuye las posibilidades de tráfico, trata y explotación sexual o comercial de niños/as y adolescentes. La respuesta ante la temática de los determinantes estructurales de estos problemas, como las condiciones de vida de pobreza, inequidad y exclusión, hace que muchos profesionales se sientan paralizados frente a los mismos y/o que los naturalicen como parte de la cotidianeidad, los piensen como algo indeseado pero inevitable. Sin embargo, identificar la complejidad de estos problemas debe considerarse como una oportunidad de los/las profesionales de salud para abordarlos integral y preventivamente.

50

Naciones Unidas, "La violencia Contra niños, niñas y adolescentes. Informe de América Latina en el marco del Estudio Mundial de las

Naciones Unidas", 2006 51

Naciones Unidas " La violencia contra niños, niñas y adolescentes", Informe de América Latina en el Marco del Estudio Mundial de las

Naciones Unidas, 2006. 52

http://www.objetivosdelmilenio.org.mx. Los Objetivos del Milenio, fueron elaborados luego de la Declaración de la Cumbre del

Milenio celebrada en Nueva York en Septiembre del año 2000 y a partir de los objetivos acordados en esta cumbre. Este tratado de las Naciones Unidas, amplía los compromisos de los gobiernos para garantizar el bienestar de la infancia durante los primeros años del siglo XXI.

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Implicancias para el sector salud:

Hacer abogacía para modificar las leyes que por defecto u omisión excluyen a algunos colectivos sociales de niños/as y adolescentes, por Ej. inmigrantes, discapacitados, indígenas, niñas/adolescentes madres.

Necesidad de que las políticas de protección, los programas y los servicios identifiquen y tengan llegada a la población más vulnerable: Generalmente la población más vulnerable (niñez discapacitada, en situación de calle, institucionalizada, indígena o inmigrante), es la que en menor medida se acerca a los servicios, por este motivo, es fundamental tratar de implementar políticas y acciones de salud extramuros (salud comunitaria) a través de modelos de gestión asociada con otros actores y sectores sociales.

Implementyar programas intersectoriales de promoción, prevención y asistencia de salud que integren las distintas necesidades de la niñez: Los programas que articulan distintas acciones resultan ser más exitosos que los que sólo se focalizan en un aspecto. Por ejemplo, programas alimentarios que además ofrecen estimulación temprana, educación para padres y madres, y asistencia de salud a las familias, resultan más exitosos que aquellos que sólo se focalizan en la entrega de alimentos.

Las políticas de salud en todos los niveles pueden implementar medidas que faciliten el registro oficial de los nacimientos: Los servicios de salud son generalmente la primer vía que registra a los recién nacidos. Es necesario que el personal de salud esté sensibilizado frente al problema y su relación con el desarrollo y protección de la infancia. Los servicios pueden informar de este problema y sensibilizar a la comunidad al respecto y también, pueden promover y apoyar campañas de documentación.

Los establecimientos de salud que atienden población de bajos recursos e inmigrantes, deberían evitar la solicitud del documento de identidad o pago arancelado para recibir prestaciones de salud: Muchas veces esto constituye en un acto de discriminación hacia esta población, hecho que involuntariamente la margina de los servicios. Muchos trabajadores de salud refieren experiencias para acercar a población vulnerable a los servicios y al modo en que la misma se aleja cuando recibe este tipo de trato discriminatorio.

Los profesionales de salud deben trabajar articuladamente con otros sectores, especialmente el educativo, para garantizar que la población más vulnerable pueda atender sus derechos de educación y salud: Debe recordarse que la educación es en sí misma un factor protector y que por lo tanto, se debe garantizar el acceso universal al sistema educativo.

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LOS ENFOQUES SOBRE LA PROTECCIÓN DE LA NIÑEZ, CONSTRUYENDO SOBRE LAS FORTALEZAS SOCIALES, COMUNITARIAS Y PERSONALES El enfoque tradicional, paternalista y asistencial de la protección, denominado también como la "Doctrina de la Situación Irregular" ha marcado profundamente las intervenciones de protección y la connotación de esta palabra. Este enfoque considera a los niños/as son "seres incompetentes y objetos de protección" y correlativamente, considera a los adultos como los poseedores del saber sobre lo que el niño/a necesita, suponiendo además que la actuación de estos últimos es siempre "bien intencionada". Según el informe Consultivo 17 de la Corte Interamericana del 2003, esta Doctrina judicializa a las situaciones de pobreza y los problemas psicosociales de la niñez y crea la figura del Juez de Niños, quien con amplias facultades discrecionales, tiene la función de resolver los problemas de este grupo social, ante la falta de un Estado protector. Apartir de la Convención de los Derechos del Niño, cambia conceptualmente el modo de interpretar a la protección, por esto se habla de un cambio al paradigma de "Protección Integral de la niñez". En este enfoque, el niño/a se considera como "sujeto de derechos", y esto supone que el o ella mismo/a tiene un papel activo y protagónico para participar de su propia protección. Se considera que lo que debe protegerse y garantizarse son los derechos de los cuales el sujeto es titular y no su persona, como supone el enfoque citado anteriormente. Sin embargo, debe tenerse en cuenta, que muchas veces los modelos de protección basados en la Convención de los Derechos del Niño, se encuentran aún en construcción, y como tales, aún no han desarrollado mecanismos y modelos que permitan garantizar la verdadera participación del niño/a y de considerar su interés superior. Al mismo tiempo, desde este enfoque, frecuentemente los modelos de intervención se han aplicado considerando exclusivamente las situaciones de riesgo para la protección, sin considerar las potencialidades y oportunidades del individuo, el medio familiar y comunitario. De esta manera, generalmente las situaciones vinculadas con la protección se evalúan y abordan exclusivamente según los factores de riesgo. Esto implica considerar cualquier característica o cualidad de una persona, comunidad o el entorno que se sabe va unidad a una elevada probabilidad de dañar la salud. Siguiendo este modelo, se piensa que si un niño/niña está expuesto a determinados factores de riesgo, por ejemplo, ausencia de los padres largas horas del día, trabajo en la calle, inasistencia escolar, está más expuesto a desarrollar problemas de protección, como pueden ser el abuso, el maltrato y la explotación. Si bien la consideración de los factores de riesgo es importante, debe destacarse que es insuficiente y que para garantizar una protección integral del niño/a deben considerarse y promoverse simultáneamente los mecanismos o factores de protección. Los factores de

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protección se definen como: los factores del entorno social, familiar y las competencias del sujeto que favorecen su desarrollo integral y que ayudan a superar situaciones desfavorables. En este sentido las investigaciones sobre el desarrollo humano, psicología, salud y educación, advierten sobre la importancia de considerar el rol que cumple el apoyo psicosocial, el desarrollo de competencias psicosociales y la resiliencia en las situaciones de protección y advierten sobre la necesidad de readecuar las intervenciones de los servicios de salud y de los profesionales en este sentido. Las investigaciones en resiliencia intentan entender como ciertos niños/as y adolescentes son capaces de sobrevivir y superar adversidades a pesar de vivir en condiciones de pobreza, violencia familiar, enfermedad mental de los padres o vivir situaciones de catástrofe social como guerras. Estas investigaciones han permitido identificar distintas variables del medio social, familiar e individual que actúan como factores protectores para el sujeto en situaciones de extremo riesgo y de este modo han permitido comprender que muchas de estas variables positivas pueden ser promovidas y estimuladas por medio de intervenciones educativas y preventivas53. La resilencia se define como: “La capacidad del ser humano para hacer frente a las adversidades de la vida, superarlas y ser transformado positivamente por ellas”54 Por otro lado debe comprenderse que la vulnerabilidad y la resiliencia no son características estáticas y excluyentes. No se puede hablar de personas totalmente resilientes o totalmente vulnerables, estos aspectos dependen de muchos factores, y forman parte de un proceso dinámico que varía significativamente de acuerdo a las situaciones particulares a las que las personas estan expuestas. Diferentes estudios señalan que el apoyo psicosocial que los niños, niñas y adolescentes reciben en su medio social natural se constituye en un factor clave para promover la resiliencia y que los adultos a cargo de los niños/as y adolescentes pueden ser capacitados para realizar estas tareas de apoyo55. Si bien todos los niños/as tienen derecho a la protección algunos/as son más vulnerables que otros y necesitan un mayor apoyo, por lo tanto es importante que los profesionales y los servicios puedan identificarlos y ofrecerles acciones de apoyo psicosocial. El apoyo psicosocial es un proceso por el cual se tratan de abordar las necesidades emocionales, sociales, mentales y espirituales de los sujetos. El mismo cumple dos funciones: proteger a los niños /as y adolescentes de potenciales daños y a la vez, es una forma de ayudar a tratar y rehabilitar a los niños que han sufrido este tipo de problemas56. Teniendo en cuenta los enfoques mencionados, se considera que para abordar los problemas de protección resulta fundamental, identificar las fortalezas existentes en

53

Luthar, S. "Poverty and Children´s adjustment" Newbury Park, C. A, Sage Publications 1999 54

Munist, M y otros: Manual de identificación y promoción de la resiliencia en niños y adolescentes, Washington DC, OPS/OMS,

Fundación Kellogg, 1998. 55

Michael Cook and Vanessa Currie, " Seeds of Recovery" Community Support for Vulnerable Children, Save the Children, International

Institute for Child Rights and development (IICRD), Association of Sarva Seva Farms, 2006. 56

Michael Cook and Vanessa Currie, " Seeds of Recovery" Community Support for Vulnerable Children, Save the Children, International

Institute for Child Rights and development (IICRD), Association of Sarva Seva Farms, 2006.

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cada chico/a, el potencial apoyo de su medio familiar, de su comunidad, su cultura y sociedad. Debe contruise a partir de las fortalezas y oportunidades y no solo de las debilidades. El modelo ecológico puede ayudar a comprender la multi-dimensionalidad y complejidad de los problemas de falta de protección y a diseñar estrategias que permitan identificar y abordar los distintos determinantes del problema, logrando resultados más eficaces. El modelo mencionado, identifica los factores de riesgo y protección de: el niño/a, su historia personal y características, su familia, su contexto social y cultural inmediato (comunidad), y las características de la sociedad. De este modo, considera que la protección es la resultante de la combinación de varios de estos factores en los distintos niveles57.

EL ROL DEL PROFESIONAL DE SALUD EN LA PROTECCIÓN DE LA NIÑEZ

El contexto de la Región Latinoamericana, caracterizado por los altos niveles de exclusión y desigualdad de amplios colectivos sociales, y por el consecuente incremento de problemas de protección determinados por los estilos y la calidad de vida, ha puesto en evidencia, la necesidad de que los profesionales de salud estén sensibilizados e informados sobre estos temas, y al mismo tiempo de que puedan abordarlos de modo efectivo en su práctica diaria.

Los profesionales de salud tienen un rol privilegiado en la protección de la niñez, pues generalmente conocen a los niños, niñas y adolescentes y a sus familias, y al mismo tiempo, gozan de su confianza. Por este motivo, se considera que los mismos pueden cumplir un rol importante en la identificación y abordaje de estos problemas.

Los /as profesionales de salud no deben pensarse solo como socios o colaboradores para garantizar la protección integral, sino que deben comprender que ellos/as mismos son integrantes del sistema de protección.

En sus prácticas cotidianas pueden fomentar mecanismos y estrategias que permitan hacer posible la participación real de la niñez y adolescencia.

Para prevenir y /o abordar los problemas de protección, pueden y deben identificar los riesgos y las oportunidades existentes en los/as niños/as, el contexto familiar, comunitario y social. En este sentido, es importante que los profesionales esten informados y conozcan las características y problemáticas de protección mas frecuentes del contexto en el cual realizan su trabajo.

Pueden implementar estrategias para incrementar y fortalecer la resiliencia, las competencias psicosociales y capacidades evolutivas de los niños y niñas, tanto en la consulta individual, como por medio de programas de promoción y prevención.

57 El modelo ecológico de prevención de violencia, WHO, 2002.

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El desarrollo de estas capacidades aumenta la autoprotección de los niños/as y adolescentes frente a situaciones de maltratos y abusos. Al mismo tiempo, permite ampliar las capacidades de participación del niño/a y mejorar su rehabilitación si ha sufrido vulneración de su derecho de protección.

Pueden implementar acciones y programas de promoción de la salud, que permitan fortalecer las redes de protección existentes en las familias y comunidades. Por ejemplo, programas de municipios y/o de escuelas saludables.

Pueden contribuir a prevenir las distintas situaciones de violencia, fortaleciendo las capacidades de los padres, madres y adultos responsables para criar y educar a sus hijos/as utilizando medidas disciplinarias no violentas, que fomenten el desarrollo de sus competencias y habilidades psicosociales, la autoestima y la igualdad de género.

Por medio de la consulta y/o de su trabajo en programas, pueden identificar en que aspectos y necesidades deben ser apoyadas las familias para poder proteger a sus hijos/as y luego trabajar con otros actores y sectores de la comunidad para poder brindar programas de apoyo en este sentido.

Deben conocer los recursos existentes en la comunidad, las políticas y leyes locales y los dispositivos y vías de acceso posibles y correctas para la solución de problemas que tiene que ver con la vulneración de derechos.

Impulsar la creación de programas intersectoriales para abordar estos temas de manera efectiva y culturalmente apropiada.

Pueden hacer lobby de estos temas en el gobierno local, nacional e internacional.

Impulsar y participar de campañas de comunicación social y educación en los medios de comunicación locales y nacionales.

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ABORDAJE METODOLÓGICO MÓDULO 4: Actividad 4.1. Empezando por nosotros:

Objetivo:

Reflexionar sobre los sentimientos, emociones y prejuicios que habitualmente se experimentan frente a las situaciones de protección y analizar en qué modos los mismos pueden funcionar como obstáculos para abordar estas situaciones.

Consigna: 1. En primer lugar los participantes de manera individual deberán responder las

siguientes preguntas:

a. Pensar en una situación relacionada con la protección de la infancia/adolescencia que haya experimentado directamente en su práctica en salud o su en vida cotidiana. * Luego responda a las siguientes preguntas: b. ¿Cuál es el tema? ¿Dónde ocurre? c. ¿Qué cosas hago en el momento? d. ¿Qué sentimientos y emociones experimento en ese momento? e. ¿Qué dudas tengo?

2. En segundo lugar, se hará un trabajo en plenario, el coordinador escribirá en una pizarra o bien en un afiche: "Sentimientos que experimento" y en otra columna "Dudas", luego, a modo de lluvia de ideas los participantes podrán ir diciendo palabras para cada columna que surgirán de su propio ejercicio individual. Identificar que muchas dudas pueden deberse a prejuicios y/o inseguridad por falta de información y otras son provocadas por los mismos sentimientos y emociones que se experimentan. Reflexionar sobre el modo en que los sentimientos, emociones, dudas y prejuicios inciden sobre el accionar y ver cuáles de ellos pueden impedir la acción. Es importante que el coordinador indique que a veces es necesario darse un tiempo para sobreponerse y no actuar impulsivamente. Al mismo tiempo, es importante registrar que temas predominan en los relatos, pues los mismos pueden dar cuenta de la concepción que los participantes tienen sobre el significado de la protección.

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Sugerencia para el coordinador: *Puede ocurrir que los participantes crean que no han vivido ninguna situación de este tipo, en esos casos el coordinador puede ayudarlos a pensar en la vida diaria, y ver por ejemplo, que pueden tomar situaciones como las siguientes: ¿ha visto chicos/as trabajando en la calle o aspirando drogas en los parques?.

Variante de la actividad: En lugar de solicitarle a los participantes que identifiquen una vivencia personal se pueden presentar varias fotos con imágenes infantiles que ilustren problemas de protección y luego aplicar las mismas preguntas (de la b a la e).

Actividad No.4.2. Análisis de casos

Objetivo:

Promover la reflexión y análisis sobre distintos problemas de protección que pueden enfrentar y /o enfrentan los profesionales de salud en sus prácticas.

Identificar acciones potenciales de protección que pueden realizar los profesionales de la salud para abordar este tipo de problemáticas.

Consigna: A. Dividir a los participantes en pequeños grupos y repartirle a cada grupo los siguientes casos. Entregar un caso por grupo. Cada caso tienen una consigna y preguntas. Dar un tiempo aproximado de 40 minutos para el análisis grupal. B. Actividad en plenario. Cada grupo expondrá sus casos y el análisis que han hecho. Si los grupos lo desean pueden presentar sus casos y respuestas por medio de una dramatización. Luego el coordinador, promoverá el debate grupal, preguntando ¿qué piensan los otros grupos de cada caso?. El coordinador debe profundizar algunos aspectos que surjan de los casos y luego hará una síntesis grupal de lo sucedido.

Sugerencias para el coordinador: Es importante que el coordinador mencione la necesidad de estar informados, tanto de los temas de protección, como de los procedimientos y mecanismos institucionales y legales existentes.

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Al mismo tiempo, debe explicitarse la necesidad de abordar estos temas en equipos interdisciplinarios y en red con otras instituciones y sectores. El coordinador puede adecuar y /o inventar los casos en función de las características de su grupo o bien como parte de la consigna puede solicitar a los participantes que relaten un caso por grupo, reemplazando los ejemplos citados por ejemplos que provengan de la misma realidad de los participantes.

Caso 1: ................................................................................................................................. "La madre de un paciente me pide que se intervenga en la situación de su cuñada. La misma vive en un asentamiento urbano y tiene 4 hijos. Según la madre de mi paciente, su cuñada no puede ocuparse de sus hijos adecuadamente por la siguiente situación: es usuaria de drogas, tiene una relación muy conflictiva con el padre de los chicos, se separan y vuelven, se maltratan mutuamente. Generalmente ella vive sola con los chicos, hay días que los deja a los hijos pequeños completamente solos (la mayor tiene 9 años) y a veces lo hace más de un día. Desaparece y luego regresa. En ocasiones cuando vuelve su marido, ella lo deja con los chicos solos también por algunos días. Se sospecha que el marido abusó o bien abusa de una de sus hijas. Los hijos están muy flaquitos y el de dos años todavía no camina, generalmente los chicos faltan mucho a la escuela, hay períodos que ni van". ..................................................................................................................................

Consigna: Leer el caso y luego analizarlo de acuerdo a las siguientes preguntas: 1. ¿Por qué elementos podrían considerar que este es un problema de protección?, ¿De qué problema se trata, como podrían denominarlo? 2. ¿Qué derechos de la Convención de la Niñez están en juego en la situación relatada? 3. Si ustedes estuvieran en el lugar de esta pediatra ¿Qué harían? 4. ¿Cómo creen que debería abordarse esta situación, que medidas deberían tomarse y por qué? 5. ¿Cómo creen que podrían abordarse los derechos de participación de los niños de acuerdo a sus capacidades, la no discriminación y el respeto por su interés superior en el caso planteado?

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Caso 2: ................................................................................................................................. Una pediatra cuenta que una mamá trae reiteradamente a su hijo de 4 años a la consulta en el hospital, diciendo que su hijo tiene severos problemas de salud, a veces lo ha traído 3 veces en la misma semana. Generalmente esta madre agranda los cuadros de su hijo, y cuando la pediatra lo revisa no encuentra nada, pero la madre insiste y entonces la pediatra le ordena estudios. La madre nunca está conforme y pide más cosas porque dice que su hijo no esta bien. Una de las veces que el niño vino a la consulta la pediatra notó algo extraño en el niño, se dormía, perdía el equilibrio. La pediatra decide internarlo de urgencia. Los estudios revelan que el niño había estado bajo los efectos de sedantes. ..................................................................................................................................

Consigna: Leer el caso y luego analizarlo de acuerdo a las siguientes preguntas: 6. ¿Por qué elementos podrían considerar que este es un problema de protección?, ¿De qué problema se trata, como podrían denominarlo? 7. ¿Qué derechos de la Convención de la Niñez están en juego en la situación relatada? 8. Si ustedes estuvieran en el lugar de esta pediatra ¿Qué harían? 9. ¿Cómo creen que debería abordarse esta situación, que medidas deberían tomarse y por qué? ¿Cómo podría respetarse el derecho de participación del niño de acuerdo a sus capacidades y el respeto por su interés superior?

Caso 3: ................................................................................................................................. Los trabajadores sociales del centro de salud organizan talleres para niños/as en el comedor del barrio. Una de las niñas, de 9 años, llamada María, asiste regularmente a estos encuentros, es muy retraída y vergonzosa. Un día el tema que surge en los talleres es el amor y los chicos hablan de sus noviecitos/as en la escuela. María está muy callada, no quiere decir nada, la trabajadora social se acerca y trata de hablarle, le pregunta si algún nene le ha preguntado alguna vez si quería ser su novia, y la nena dice que el único que se lo preguntó fue su tío (el hermano de la madre que vive con ellos). Le pregunta cuantos años tiene el tío y dice 25. La profesional le pregunta en que consiste ese juego. La nena se angustia, y no quiere hablar, la profesional insiste y la nena le dice que no quiere contarle porque su tío le dijo que no debe contárselo a nadie porque es un juego muy especial entre ellos y entonces debe ser su secreto. La nena se muestra triste y repite que su tío es muy bueno porque les paga el alquiler de la casa y ayuda a su mamá. ..................................................................................................................................

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Consigna: Leer el caso y luego analizarlo de acuerdo a las siguientes preguntas: 1. ¿Por qué elementos podrían considerar que este es un problema de protección?, ¿De qué problema se trata, como podrían denominarlo? 2. ¿Qué derechos de la Convención de la Niñez están en juego en la situación relatada? 3. Si ustedes estuvieran en el lugar de esta trabajadora social ¿Qué harían? 4. ¿Cómo creen que debería abordarse esta situación, que medidas deberían tomarse y por qué? 5. ¿Cómo debería abordar esta profesional los temas de privacidad y confidencialidad con esta niña, el respeto la participación de acuerdo a las capacidades evolutivas y el derecho a respetar su interés superior?

Caso 4: ................................................................................................................................. Una chica de 15 años es llevada a la consulta por su madre, quien relata que la misma presenta problemas de anorexia. Relata que ha perdido mucho peso en el último tiempo y no quiere comer. El pediatra tiene dudas de que se trate de un problema de anorexia, y entonces en un momento le pide a la madre que por favor se retire del consultorio por un momento. Entonces le dice a la chica si hay algo que le preocupa y de lo que quiera hablar, y la chica comienza a contar que su padre tenía problemas con el alcohol, que tomaba desmedidamente y que era muy violento en la casa, hasta llegaba a maltratar a su madre físicamente cuando esta le pedía que no tomara. ..................................................................................................................................

Consigna: Leer el caso y luego analizarlo de acuerdo a las siguientes preguntas: 1. ¿Por qué elementos podrían considerar que este es un problema de protección?, ¿De qué problema se trata, como podrían denominarlo? 2. ¿Qué derechos de la Convención de la Niñez están en juego en la situación relatada? 3. Si ustedes estuvieran en el lugar de este pediatra ¿Qué harían? 4. ¿Cómo creen que debería abordarse esta situación de protección?, ¿Qué medidas de protección deberían tomarse? ¿Y por qué?,

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5. ¿Cómo creen que debería abordarse el respeto por la privacidad y confidencialidad, el derecho a la participación y a respetar el interés superior?

Caso 5: ................................................................................................................................. El psicólogo del servicio de adicciones del hospital realiza charlas preventivas en las escuelas y un día luego de la actividad una maestra le dice que tiene que contarle un problema sobre un alumno de 11 años. Relata que está preocupada por que lo ve muy distraído y cambiado durante el último tiempo (dos meses). Le cuenta que ella sabe que el niño trabaja en la calle luego de la escuela, pues generalmente cuando ella sale de la escuela y va a la estación a tomar el tren lo ve pidiendo allí. La maestra cuenta que generalmente el chico venía entusiasmado a la escuela, ahora empezó a faltar mucho, solo está viniendo una o dos veces por semana. Dice haber citado a la madre, pero que la misma no se ha acercado, y ella sabe que le es difícil hacerlo porque la misma trabaja como empleada doméstica y sólo vuelve a la casa los fines de semana. Cuenta que cuando le ha preguntado al niño que le pasaba el no ha querido hablar mucho del tema, simplemente le ha dicho que esta teniendo que trabajar más porque el dinero no les alcanza, pues antes estaban viviendo con el papá pero ahora este se fue y no les pasa dinero. La maestra cuenta también que el chico ha perdido mucho peso en el último tiempo y que según sus compañeros ahora está metido en cosas raras, al parecer en la venta de drogas. ..................................................................................................................................

Consigna: Leer el caso y luego analizarlo de acuerdo a las siguientes preguntas: 1. ¿Por qué elementos podrían considerar que este es un problema de protección?, ¿De qué problema se trata , como podrían denominarlo? 2. ¿Qué derechos de la Convención de la Niñez están en juego en la situación relatada? 3. Si ustedes estuvieran en el lugar de este psicólogo ¿Qué harían? 4. ¿Cómo creen que debería abordarse esta situación de protección?, ¿Qué medidas de protección deberían tomarse? ¿Y por qué? 5. ¿Cómo creen que debería abordarse el respeto por la privacidad y confidencialidad, el derecho a la participación y el respeto por el interés superior del nino? .............................................................................................................................................

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Actividad No.4.3. Propuestas para prevenir los problemas de protección: Objetivo:

Identificar las posibilidades y oportunidades que tienen los profesionales de desarrollar estrategias para promover y prevenir los problemas de protección en su práctica diaria, en sus servicios, con las familias, con los/as niños/as y adolescentes y con la comunidad.

Consigna: Dividir a los participantes en pequeños grupos, solicitando que estos últimos se conformen con los y las profesionales que trabajan en la misma institución. En caso de que no sea posible, se sugiere realizar esta actividad de manera individual. A. Responder a las siguientes preguntas: ¿Conoce las leyes sobre protección de la niñez vigentes en su provincia /país? ¿Cuenta su institución con una política clara con respecto al manejo de casos de protección? ¿Ha recibido formación en estos temas? B. Identificar cuáles son los problemas de protección que se presentan de modo más frecuente en sus servicios y lugares de trabajo. Priorizar dos de ellos que consideren más relevantes. C. Realizar el análisis de cuáles son los factores de riesgo y protección para estos problemas en el individuo, en las familias, en los servicios y la comunidad. D. De acuerdo a los factores de riesgo y protección identificados, describir ¿qué acciones de promoción y prevención podrían hacerse para abordar esos problemas? en: a) su práctica cotidiana b) su lugar de trabajo (hospital, centro de salud, etc.) c) la comunidad en general d) con las familias e) con los/as niños/as y adolescentes f) ¿Cómo podrían influir en las políticas públicas? E. Plenario y puesta en común de los diferentes grupos o participantes. Sobre el punto A) de la consigna el coordinador deberá tratar de preguntar cuántos de ellos tenían información y cuántos no de modo grupal y luego enfatizar en la necesidad de

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cumplimentar esos requisitos para mejorar sus actuaciones en el tema. Luego pedir que presenten cuáles son los problemas identificados, los principales factores de riesgo y protección para los mismos y las medidas pensadas para los distintos niveles. Es importante que el coordinador destaque la necesidad del trabajo intersectorial, interdiciplinario y con énfasis en la promoción y prevención.

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Módulo 5 El Profesional de la Salud como promotor y defensor de los derechos de la Niñez

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OBJETIVOS DE APRENDIZAJE MÓDULO 5:

Comprender la relevancia de los Derechos Humanos y los principios de la Convención Internacional de los Derechos de la Niñez en la definición de políticas públicas.

Identificar los efectos positivos y potencialmente perjudiciales de las políticas públicas sobre los derechos de la niñez para su óptima salud y desarrollo.

Comprender el modo de influenciar la política pública, la política de los servicios de salud y de las instituciones de salud, utilizando el marco de principios de los derechos de la niñez.

Diseñar estrategias para aplicar el enfoque de derechos de la niñez en la práctica cotidiana de los profesionales de salud en los niveles: individual, institucional y político.

INTRODUCCIÓN MÓDULO 5: Este Módulo intenta contribuir al análisis y la reflexión referido a cómo el entorno social, económico y físico en el cual viven los niños, niñas y adolescentes puede contribuir o negar los derechos para su óptimo desarrollo y el modo en el que los profesionales de la salud pueden desarrollar acciones para promover estos derechos. Está enfocado en las acciones que los pediatras y otros profesionales de la salud pueden desarrollar para promover e identificar el impacto que la política pública tiene sobre el bienestar de los niños, niñas y adolescentes. La finalidad de este capítulo es contribuir a que las/os participantes puedan diseñar un plan de acción para transformar los problemas con relación a la aplicación de los derechos de la niñez detectados en sus prácticas y lugares de trabajo. Al mismo tiempo brinda elementos para que los profesionales de salud puedan delinear estrategias que les permitan influir sobre las políticas públicas a favor de la niñez.

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DESARROLLO CONCEPTUAL MÓDULO 5:

INFLUENCIA DE LAS POLÍTICAS PÚBLICAS SOBRE EL CUMPLIMIENTO DE LA CONVENCIÓN Las políticas públicas gubernamentales ejercen influencia en el grado de protección y promoción de los derechos a la salud y al desarrollo de la infancia y la adolescencia. Para ilustrar esta situación, a continuación se brindan algunos ejemplos sobre los cuáles las políticas públicas afectan negativamente el cumplimiento de los derechos de la Convención:

La pobreza infantil: las condiciones de vida de la pobreza tienen un profundo impacto sobre el bienestar físico, mental, emocional y psicológico de la niñez. Repercuten negativamente sobre la salud y el desarrollo infantil por algunos de los siguientes motivos, muchos de ellos en asociación: las posibilidades de recibir una alimentación suficiente y adecuada, las condiciones físicas de las viviendas y los barrios, caracterizadas por el hacinamiento, la contaminación y la inseguridad, el estrés psicosocial de los padres y/o cuidadores, las migraciones por trabajo y/o la separación temporal o permanente de las familias, el trabajo infantil, imposibilidad de acceder a servicios de educación y salud de calidad, etc. Todos estos factores afectan las posibilidades de la niñez y adolescencia que vive en condiciones de pobreza para lograr un desarrollo físico y psicosocial saludable. Asimismo y en general, la pobreza condiciona un círculo vicioso que la sostiene y perpetúa y el impacto de la misma se extiende y reproduce a lo largo del ciclo de vida de la persona empeorando las posibilidades de lograr un desarrollo satisfactorio a largo plazo. Por ejemplo, las mujeres se convierten en madres tempranamente, afectando esta situación sus posibilidades de estudio y de trabajo. La situación social Latinoamericana de las últimas décadas señala el aumento de hogares sostenidos principalmente por mujeres (jefas de hogar), y los datos socioeconómicos arrojan que los hogares con jefa mujer son también los más pobres. Los niños y niñas que nacen en estos hogares tienen menor número de posibilidades desde el inicio de desarrollarse plenamente y salir del círculo de pobreza. Actualmente, por la magnitud que el problema de la pobreza adquiere en la población infantil de la Región Latinoamericana, se ha comenzado a definir a la misma, como el principal determinante de la salud y de las posibilidades de desarrollo en la infancia. "Al iniciarse el Siglo XXI más de la mitad de los niños, niñas y adolescentes son pobres y más de la mitad del total de pobres son niñas/os y adolescentes. La pobreza, por sus

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consecuencias, se constituye en el determinante más importante de la salud y de la calidad de vida en la infancia58." Según un informe de la CEPAL, América Latina y el Caribe presentan las mayores desigualdades del mundo en cuanto a la distribución del ingreso59. La desigualdad es uno de los factores subyacentes que determinan la magnitud de la pobreza y la indigencia de la población de varios países de la Región. Según el citado informe de la CEPAL muchas de las políticas de ajuste de los países de la Región han sido políticas sin rostro humano y eso ha producido una doble crisis: de generación de ingresos familiares y de desaparición de beneficios sociales que ha venido a agudizar tanto las disparidades, como la pobreza, y esto en la práctica significa violación sistemática de los derechos sociales y económicos de las familias y de los niños/as y adolescentes. Las políticas públicas económicas, ambientales, de salud, educación y vivienda, pueden actuar positiva o negativamente sobre este fenómeno, disminuyendo o bien aumentando su impacto en la población infantil. Por ejemplo: políticas económicas que promuevan una distribución del ingreso más equitativa repercutirán positivamente para mejorar este problema y su impacto en la salud de la población infantil. Políticas educativas con enfoque de género, que alientan las posibilidades de estudio de la mujer, en casos de embarazo y maternidad temprana colaboran positivamente a favor de los derechos de la niñez. En este sentido, el reporte Inoccenti, UNICEF, 2007 sobre el bienestar de los niños en países ricos, afirma que las políticas públicas adecuadas pueden modificar e impactar positivamente sobre el bienestar infantil60. En este informe, en el cuál se comparan a los países, se señala que no es el mayor ingreso per cápita lo que determina el mayor bienestar infantil, sino que este último se relaciona en mayor medida a las existencia de políticas públicas.

Los accientes infantiles: Actualmente los principales problemas de salud de la infancia de la Región Latinoamericana son de origen psicosocial y los accidentes ocupan un lugar de gran importancia entre las causas de mortalidad y morbilidad infantil. Las condiciones de vida de la pobreza aumentan la vulnerabilidad de la población infantil de sufrir accidentes y violencias. Con relación a las políticas públicas, este problema puede verse exacerbado por ejemplo, por la prioridad dada a los automovilistas por sobre los peatones, por el descuido en el diseño de espacios públicos seguros, por la falta de inversión en programas de seguridad vial y de prevención de accidentes, por las políticas de urbanización, etc.

La contaminación ambiental: Afecta la salud de millones de niños, niñas y adolescentes. Por ejemplo, dada la contaminación ambiental y la polución de determinadas ciudades y

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PAHO, Área de Promoción de la Salud Infantil "Estrategia Regional Para La Promoción de la Salud y el Desarrollo Integral de la

Infancia 2002-2006", Documento de trabajo, Washington, D.C. 2002 59

CEPAL " La pobreza en América Latina y el Caribe aún tiene nombre de Infancia", Informe UNICEF-CEPAL 2001. 60

UNICEF, Inoccenti Report Card 7 Child Well being in Rich Countries , 2007

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localidades, una gran proporción de la población infantil tiene mayores probabilidades de adquirir durante su crecimiento y desarrollo problemas respiratorios que afectan su salud y calidad de vida. Muchas veces los gobiernos no toman en cuenta esta temática en el diseño de políticas públicas y con el objetivo de construir mejores viviendas para la población de bajos recursos, utilizan tierras y áreas geográficas altamente contaminadas o con problemas ambientales porque son más económicas, sin evaluar las consecuencias negativas del impacto ambiental sobre la salud de la infancia.

Para garantizar los derechos de la niñez las políticas públicas de las distintas áreas, deberían considerar de manera transversal el tema ambiental como modo de lograr un desarrollo sustentable e inclusivo.

La industria de la moda y la imagen corporal: estimula y propone en forma incrementada a más niñas, niños y adolescentes a aspirar a imágenes de belleza y delgadez que no pueden ser alcanzadas a través de una dieta normal, resultando en un aumento significativo de la incidencia de trastornos de la conducta alimentaria (bulimia y anorexia). Al mismo tiempo, la industria de la moda promueve cada vez más los rostros y cuerpos infantiles como figuras "sexies". Esto impacta negativamente en el desarrollo psico-sexual de la infancia, y a nivel sociocultural estimula (no pondría estimula a fin de no culpabilizar a la infancia) surge así una cultura en la que tiene lugar la pedofilia y el deseo sexual por las/os menores. El desarrollo de políticas públicas que tengan incidencia sobre estos aspectos nocivos de la industria de la moda impactarán positivamente en la salud y bienestar de la infancia.

La publicidad de alimentos: dirigida a los niños, niñas y adolescentes los estimula a desear y consumir alimentos ricos en grasa, azúcar y sal, asociados a una mayor incidencia de obesidad y otras enfermedades crónicas. Al mismo tiempo, las publicidades de bebidas alcohólicas intentan captar al público más joven y favorecen el aumento del consumo abusivo de alcohol en edades cada vez más tempranas. Políticas públicas que limiten por ejemplo, la cantidad de publicidades de comida chatarra en los horarios de programas infantiles y que, a la vez realicen campañas / programas televisivos que estimulen la alimentación saludable y la vida activa, podrán impactar positivamente a favor del bienestar de la infancia. Por otro lado, los profesionales de la salud pueden desarrollar acciones y programas dirigidos a la infancia y adolescencia, tendientes a promover el pensamiento y el análisis crítico de los contenidos presentes en esas publicidades.

La violencia: teniendo en cuenta las condiciones de desarrollo de la infancia, caracterizadas por una mayor vulnerabilidad se verifica que la población infantil tiene más probabilidades de sufrir abusos y violencias por parte de sus cuidadores y adultos y menores posibilidades de defensa y protección. En muchos países del mundo, la niñez es el único grupo de personas no protegidas por la ley contra todas las formas de violencia. El castigo físico sigue siendo legal y/o naturalizado culturalmente como pauta de crianza y persiste en casi todos los países, siendo ampliamente usado y tolerado a pesar de la creciente evidencia del impacto dañino sobre el desarrollo psicosocial de los niños, niñas

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y adolescentes. La utilización de este modelo de crianza contribuye a su incorporación como modelo de relación y resolución de conflictos desde la infancia y, por lo tanto, contribuye a su reproducción social. El desarrollo de políticas públicas de salud y educación, que promuevan programas de crianza y de convivencia saludable en las familias y en las instituciones en las cuáles transitan los niños y niñas, impactarán positivamente sobre este fenómeno. Muchos niños y niñas de la Región Latinoamericana son afectados desde su nacimiento por la violencia social y estructural generada por la creciente inequidad y exclusión que limita sus posibilidades de progreso y futuro. Los contextos marcados por las grandes desigualdades y la exclusión favorecen también el surgimiento de comportamientos violentos en los sujetos y grupos sociales. Por ejemplo, políticas públicas a favor de la distribución del ingreso, el fomento de puestos de trabajo, la calidad educativa y la inclusión social favorecen positivamente a la niñez que vive en condiciones de pobreza y contribuyen a disminuir este fenómeno. La inseguridad puede considerarse como un problema de violencia social que impacta ampliamente a todas las clases sociales, pero por ejemplo, la población de bajos recursos tiene aún menos posibilidades que el resto de la población, de beneficiarse de políticas públicas que garanticen su seguridad y protección.

Leyes y prácticas discriminatorias: pueden causar, y causan, daños profundos en la salud de los niños y su bienestar psicoscocial. Por ejemplo, las leyes o prácticas con relación a la población migrante, tales como la solicitud del documento de identidad para ser inscripto en la escuela primaria o para recibir atención o medicamentos en el centro de salud, impactan negativamente en la población infantil. La existencia de prácticas discriminatorias de los servicios de salud y educación en base a cuestiones raciales, económicas o culturales aumentan el riesgo de enfermedades físicas, mentales, baja autoestima y depresión. A modo de ejemplo: muchas veces las escuelas que trabajan con población indígena no cuentan con maestros bilingües e imparten su enseñanza solamente en la lengua oficial desconocida para los niños y niñas. Esta situación aumenta las posibilidades de fracaso y deserción escolar de estas poblaciones y por lo tanto su bienestar. En estos ejemplos y en muchos otros sentidos, las políticas públicas gubernamentales influencian el grado de protección y promoción de los derechos a la salud y al desarrollo en la sociedad. Con demasiada frecuencia, los mayores intereses de los niños y niñas son reemplazados por intereses de otros colectivos sociales más poderosos o influyentes. Los profesionales de la salud se enfrentan diariamente a las consecuencias de la falta de respeto hacia los derechos de los niños, niñas y adolescentes a la mejor salud posible, a un adecuado estándar de vida y a un ambiente físico y psicosocial seguro y saludable que favorezca el desarrollo integral de los mismos.

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FACTORES QUE INFLUYEN NEGATIVAMENTE PARA LA ASUNCIÓN DEL ROL DE LOS PROFESIONALES DE SALUD COMO PROMOTORES Y DEFENSORES DE LOS DERECHOS DE LA NIÑEZ

La formación y la práctica de los profesionales de la salud: es importante considerar el modo en el que los aspectos y políticas de formación, organización y funcionamiento de las prácticas de los profesionales de salud pueden influir negativamente en la asunción de su rol como promotores y defensores de los derechos de la niñez. La formación de los profesionales de salud basada generalmente en modelos biomédicos y positivistas, rara vez ayuda a dimensionar a la práctica profesional en salud como práctica social y, en cambio, hace pensar a la misma exclusivamente en términos técnicos. Podría pensarse que el proceso y la forma en que históricamente se constituyó el saber médico y del sector salud, han dejado de lado al sujeto con su historia, su contexto, el sentido profundo de la enfermedad, sólo para considerar al sujeto como un mecanismo corporal61. Citando a D. Breton: "La medicina olvida que el hombre es un ser de relaciones y de símbolos, y no solo un cuerpo a reparar". Por lo tanto, para que el profesional de salud sea promotor de los derechos de la niñez es también importante que él mismo pueda comprender que su práctica no es solo técnica sino también política. Citando al Dr. Horacio Lejarraga

"El tema de los derechos de los individuos y su respeto en una sociedad civilizada es necesariamente un tema político y social, entendiendo como "político" no solo ni primariamente la actividad que realizan los "políticos profesionales", sino, antes bien al decir de Wittgenstein como "el entramado de poder que se juega en las diferentes prácticas profesionales62".

Cotidianamente los profesionales de la salud cargan con el testimonio del efecto deletéreo de la política pública en las vidas de los niños y niñas. A través del tratamiento de niños y niñas en forma individual o grupal, verifican las consecuencias acumuladas de factores sociales y ambientales que dañan su bienestar. Por ejemplo, en determinadas

61

D. Breton "Antropología del cuerpo y la modernidad". Nueva Visión. 1990 62

Horacio Lejarraga, "Los derechos del niño y el rol del pediatría", Archivos Argentinos de pediatría 2005, 103 (4).

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zonas geográficas verifican mayor cantidad de niños y niñas afectados por determinados problemas que son resultado de las condiciones de vida de la población que atienden, como pueden ser los problemas de retraso en el crecimiento y desarrollo.

El profesional de salud puede contribuir a promover los derechos de la niñez si visualiza la posibilidad que tiene en su práctica diaria de identificar estos problemas, posibilidad que puede ser por él utilizada para promover cambios dirigidos a prevenir el daño a la niñez, más que el hecho aislado de intervenir y tratar el daño una vez ocurrido.

Dadas las condiciones de la práctica de los profesionales de salud resulta difícil pensar en la existencia de posibilidades de influir en este sentido. Luego, en este módulo se plantean sugerencias para ayudarnos a imaginar caminos posibles para ejercer nuestra influencia positivamente.

Los conceptos de salud y enfermedad basados en la visión de la medicina y de la salud concebidos en el siglo pasado: los conceptos sobre salud y enfermedad pueden condicionar la posibilidad de asumir el rol del profesional de salud como promotor y defensor de los derechos. Es importante revisar algunos conceptos sobre salud y enfermedad que permitan una nueva lectura y comprensión de la ecología de la salud, dejando de lado la visión de la medicina y de la salud concebida en el siglo pasado. De esta manera se puede reconstruir una nueva mirada de las morbilidades del Milenio, que son definidas por los determinantes sociales y ambientales de la salud y en términos de Equidad y Derechos Humanos. En el siguiente cuadro se señalan las condiciones referidas a la morbilidad a lo largo del tiempo:

HISTORIA DE LA MORBILIDAD63

Morbilidad Clásica Nueva Morbilidad Morbilidades del

Milenio

Morbilidades del Milenio en la

Infancia

Determinantes Sociales

- Enfermedades infecciosas

- Muertes prematuras

- Desnutrición

- Violencia - Trastornos de

aprendizaje - Trastornos

emocionales - HIV/SIDA - Abuso de

sustancias

- Enfermedades - ambientales - Enfermedad mental - Enfermedades

genéticas

- Diabetes - Obesidad - HIV/SIDA - Asma - Abuso - Enfermedades

mentales - Trastornos del

desarrollo - Autismo - Contaminación - Ambiental

- Pobreza y exclusión - Discriminación - Dificultad en el

acceso a la educación

- Disparidad social y Habitacional

- Dificultad en el acceso a la salud

- Capital Social - Disponibilidad de

alimentos - Contaminación

ambiental - Globalización - Políticas públicas

63

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En este sentido, se considera oportuno destacar algunos conceptos y términos relevantes que deben estar integrados transversalmente a lo largo de toda la Iniciativa y poder establecer relaciones entre los derechos y los principios éticos que los sostienen. La distinción conceptual entre los términos disparidad e inequidad es de importancia crítica. Mientras que el término disparidad solo define diferencias entre grupos, inequidad describe las causas de las disparidades en el contexto de las aspectos sociales, económicos, políticos y ambientales que son requeridos para generar paridad e igualdad. Las inequidades son las disparidades en salud que son injustas, evitables e innecesarias. Por definición tienen la posibilidad de ser modificadas y, como la mayoría de las disparidades en la salud de la niñez son evitables, pueden ser descriptas en términos de inequidad.

Equidad en salud:

El término inequidad en salud tiene una dimensión moral y ética. Se refiere a aquellas diferencias que son innecesarias y evitables y que, por lo tanto, son consideradas injustas. Por lo tanto para poder describir una situación particular como no equitativa, la causa debe ser examinada y juzgada como injusta en el contexto de los que está sucediendo en el resto de la sociedad. Equidad en salud implica una situación en la que idealmente todos deberían tener una oportunidad justa para alcanzar el máximo potencial. En términos prácticos significa que nadie debería estar en desventaja para lograr ese potencial, si esto puede ser evitado. Las políticas destinadas al logro de la equidad tienden a la reducción o eliminación de aquellas diferencias que son resultados de factores considerados a la vez evitables o injustos. Por lo tanto equidad implica la creación de iguales oportunidades a la salud llevando las diferencias al nivel más bajo posible.

Ética: La Ética tradicional incorporada en una perspectiva transversal contribuye a definir un conjunto de principios utilizados cuando consideramos aspectos relacionados con el concepto de Equidad; establecer vínculos entre estos principios y los derechos que los mismos sustentan, más allá de la función didáctica que este ejercicio representa, favorecen su comprensión y análisis.

La Ética de la Equidad en Salud aplica y adapta los principios tradicionales de la Ética Médica al marco de derechos de la niñez. Define un conjunto de principios

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que son utilizados como un lente en la consideración de los temas relacionados a todos los aspectos de Equidad en Salud64.

Principios morales básicos aplicados a la ética biomédica65

Principios éticos Descripción

Autonomía

Se refiere a la obligación moral de respetar la autodeterminación y la capacidad de toma de decisiones de la "persona autónoma" así como el respeto por la autonomía de todos los otros actores potencialmente involucrados.

Justicia Conjunto de normas que hacen referencia a la distribución justa de los beneficios, riesgos y costos (justicia distributiva, social, aplicada al marco de derechos y legal).

Beneficencia Proveer mayor beneficio con el mínimo daño posible y establecer un "equilibrio" entre los beneficios y los riesgos.

No - Maleficencia Norma que hace referencia a evitar un daño.

Una vez descritos los principios morales básicos es de importancia señalar la correspondencia de los mismos con los principios generales de la CIDN; sin embargo es esencial señalar que si bien muchos de los principios generales de la ética biomédica se aplican a niñas/os y adultos, poder establecer el orden de prioridad y aplicación es motivo de análisis crítico. En el caso de las/os niñas/os el aspecto más destacado es el que considera el interés superior del niño, que descansa en los principios de beneficencia y no maleficencia, con énfasis en el rol de los profesionales de la salud en promover el desarrollo de competencias destinadas a la construcción de autonomía.

Correspondencia entre los principios generales de la CIDN y los principios éticos66

Desarrollo y supervivencia No maleficencia No discriminación Justicia Interés Superior Beneficiencia Ser escuchado y tomado en cuenta Autonomía

Estos principios éticos utilizados dentro del marco de equidad en salud, se traducen en nuestro hacer clínico en acciones de abogacía (Advocacy), en favor de la promoción y defensa de los derechos. Esta función se ejerce en los tres niveles: en la práctica clínica, en la comunidad y en la elaboración de políticas públicas. Los principios de ética médica pueden también ser aplicados a los grupos de derechos del niño contenidos en la CIDN con el objeto de facilitar un análisis más profundo de la

64 Margaret White "The Concepts and Principles of Equity and Health" World Health Organization, Regional Office for Europe,

Copenhagen( 1985) 65

Jeff Goldhagen,Moving from Disparity to Equity,Implementing a Child Health Equity Program for Pediatrics, 2007 66 Jeff Goldhagen,Moving from Disparity to Equity,Implementing a Child Health Equity Program for Pediatrics, 2007

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adherencia a la Ética en términos de Salud Infantil. Esta tabla es un inventario de los artículos de la Convención en el contexto de su taxonomía y de los principios éticos médicos relacionados. Se requerirá en el futuro desarrollar un grupo de indicadores más extenso para monitorear el respeto a la inclusión de los principios éticos en las comunidades con respecto a la equidad en salud de la niñez .

Taxonomía de

derechos Derechos aplicados Principios éticos Indicadores

Económicos

Adecuado estándar de vida/Seguridad Social/ Protección contra la explotación Económica

Justicia Distributiva y de Asignación

¿Existe un sistema moralmente defendible para la asignación y distribución de recursos?

Culturales Respeto por el lenguaje, cultura y religión/Abolición de prácticas tradicionales que pueden generar daño en la salud de las/os niñas/os y vulnerar derechos

Autonomía ¿Sienten las/os niñas/os que son respetadas/os?

Sociales Vida, supervivencia y desarrollo Mejor Salud posible y acceso a la salud Educación/Juego Vida familiar o Soporte extrafamiliar Reunión familiar Inclusión social en niñas/os con discapacidad Sostén familiar para que puedan proteger los derechos de las/os niñas/os

Beneficencia ¿Actúan las personas que participan en la formulación de las políticas públicas con bondad y caridad?

Protectores

Promoción del interés superior del niño/ Protección del abuso y la explotación Protección de conflictos armados/ drogas dañinas Tratamiento y rehabilitación luego de abuso y negligencia

No maleficencia ¿Es la premisa "primum no nocere" considerada en las decisiones relacionadas con las/os niñas/os?

Civiles o Políticos

Escuchados y tomados en cuenta No discriminación en el ejercicio de derechos Libertad de religión, expresión y asociación Privacidad e información Respeto por la integridad física Protección de todas formas de violencia, tortura, tratamientos crueles o degradantes Debido proceso, respeto en el trato de los niños con problemas con la ley

Autonomía

¿Se consideran las/os niñas/os participantes en su entorno?

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MOTIVOS POR LOS CUALES LOS NIÑOS Y NIÑAS NECESITAN QUE LOS PROFESIONALES DE SALUD SEAN PROMOTORES Y DEFENSORES DE SUS DERECHOS Los niños, niñas y adolescentes están relativamente desprovistos de poder para abogar por la protección de sus derechos Tienen poco acceso a los canales que los adultos pueden usar para influenciar agendas públicas y debates:

No pueden votar.

Tienen rara vez acceso a los juzgados.

No son miembros de sindicatos o asociaciones profesionales.

Tienen un pequeño o ningún acceso a los medios de comunicación.

No tienen poderosos lobbies a su favor para oponerse a los lobbies de las corporaciones con muchos recursos que crecientemente influencian a los gobiernos.

Por estos motivos es importante que los adultos que estén informados sobre la situación de los niños, niñas y adolescentes se comprometan a promover un mayor respeto por sus derechos. Los profesionales de salud tienen un conocimiento privilegiado sobre la situación de la infancia y, por lo tanto, tienen un importante rol en este sentido. Al mismo tiempo, siguiendo los principios de la Convención, para promover los derechos de la niñez, los adultos debemos buscar estrategias para escuchar y considerar los puntos de vista de los niños, niñas y adolescentes sobre estos temas y ayudarlos a aprender a articular y expresar sus preocupaciones y prioridades para el cambio.

¿QUÉ SIGNIFICA SER PROMOTOR Y DEFENSOR DE LOS DERECHOS DE LA NIÑEZ?

Significa asumir en primer lugar la dimensión social de nuestra práctica en salud y nuestro rol de actores sociales. Los profesionales de salud no solo padecemos los problemas sociales, sino que en parte ayudamos a construirlos o reproducirlos. La práctica en salud no es solo técnica y neutra, sino también ideológica y política en sentido amplio (expresa y está atravesada por relaciones de poder).

Significa asumir un concepto amplio de salud y multideterminado, en el cuál las acciones del sector salud sólo cumplen una parte y, por lo tanto, para promover el

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derecho a la niñez a la salud integral necesariamente se debe considerar el trabajo intersectorial.

Significa considerar y analizar diariamente el modo en el que promovemos los derechos de la niñez en nuestra práctica diaria, en nuestros servicios o lugares de trabajo y cómo los mismos son promovidos o no por las políticas públicas de nuestro país y localidad.

Significa emprender acciones en el plano de la práctica individual y colectiva a nivel de nuestras instituciones de salud y de la comunidad Local / Provincial /Nacional y Regional para vencer las barreras identificadas para el cumplimiento de estos derechos.

Significa asociarnos con otros actores y sectores para poder influir en la definición de las políticas públicas que garanticen los derechos de la niñez y /o en el cumplimiento de las mismas.

De lo anteriormente enunciado se deduce que todos somos potenciales promotores y defensores de los derechos de la niñez y si asumimos conscientemente este rol tendremos más posibilidades de colaborar para garantizarlos. Como ha sido señalado, el rol de promotores y defensores de los derechos implica distintas dimensiones y grados posibles de participación: la práctica individual, institucional, comunitaria y las politicas. En este sentido, cada profesional podrá ir seleccionando de acuerdo a sus posibilidades, las dimensiones sobre las que decide influir para promover y defender estos derechos.

Aún así e independientemente de la dimensión sobre la cual el profesional de salud decide accionar e influir para promover los derechos, deberá asumir una postura analítica que le permita comprender la complejidad e identificar cómo este fenómeno está atravesado por las distintas dimensiones simultáneamente (postura ecológica): la relación médico paciente, paciente-institución de salud, paciente-comunidad, cultura, paciente - políticas públicas, etc.

CRITERIOS PARA DETERMINAR DÓNDE Y QUÉ DEFENDER EN EL ÁMBITO DE LAS POLÍTICAS PÚBLICAS Hay muchas formas en las que los profesionales de salud pueden usar su experiencia y conocimiento sobre lo que les ocurre a los niños y niñas como consecuencia de las políticas públicas. Los temas de primera preocupación varían de país en país, pero hay invariablemente más temas por resolver que disponibilidad de tiempo y recursos. Los siguientes criterios son útiles para orientar dónde y cómo focalizar los esfuerzos:

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La escala y grado de daño ¿Cuántos niños y niñas están afectados y en qué grado de severidad?

El grado de urgencia. ¿Es un tema que debe resolverse urgentemente para que muchos más niños y niñas no se vean afectados?

El potencial para convocar un amplio apoyo público. Una campaña tiene más posibilidades de ser exitosa si puede atraer a otros participantes que apoyen la causa.

La actualidad del tema. Si el tema ha atraído la atención de los medios de comunicación, el interés del público, se puede capitalizar su actualidad para promover el caso desde la perspectiva de los derechos de la niñez.

El clima político actual. Se puede explorar las oportunidades. Los ejemplos pueden incluir: a) Cuando un proyecto de ley relevante se está tramitando en el Congreso, puede ser enmendado de manera de introducir mayores protecciones para la niñez. b) Durante una elección general se puede hacer lobby en los partidos políticos para que su asunto sea tomado en cuenta.

La probabilidad de éxito. Será una mejor inversión enfocarse en un tema asequible a corto plazo, así como a otros objetivos más desafiantes a largo plazo.

PRIMEROS PASOS PARA GENERAR UN CAMBIO La primera tarea para abogar por mejoras en los derechos de la niñez dirigidas a una óptima salud y desarrollo, es identificar qué cambios son necesarios y en qué niveles deben promoverse. ¿Se requerirá de una reforma legal? ¿Recursos adicionales? ¿Cambios en las políticas? ¿Cambios en la actitud de los proveedores de servicios? ¿Todos ellos?. ¿Se puede obtener el cambio localmente o se necesita de una reforma estatal o nacional? Por ejemplo, en la introducción de una estrategia para diseñar un camino seguro al colegio, con el fin de reducir accidentes de tráfico y promover la oportunidad de realizar ejercicio, se puede hacer lobby a nivel local. Un cambio en la ley para evitar la utilización de métodos disciplinarios violentos en el hogar se requeriría de una campaña estatal o nacional y una reforma legal. La introducción de controles estrictos sobre la publicidad de comida chatarra durante las horas de televisión para niños y niñas requerirían una campaña nacional y una reforma legal.

SUGERENCIAS SOBRE ESTRATEGIAS PRÁCTICAS PARA PROMOVER Y DEFENDER LOS DERECHOS DE LA NIÑEZ Una vez que el cambio requerido/deseado ha sido identificado, deben ser tomadas acciones apropiadas para llamar la atención sobre el tema que le preocupe y así lograr cambios Las siguientes son sugerencias sobre estrategias que se pueden considerar para

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generar estos cambios:

Prepararse y mantenerse actualizado en la profesión y comprometerse con el accionar de las instituciones de salud para brindar servicios de calidad para toda la niñez. Muchos aspectos de los servicios de salud pueden mejorarse con cambios simples de organización y de actitud.

Identificar los problemas de salud locales que emergen de su práctica diaria y tratar de comprender e investigar a los mismos desde las distintas dimensiones: sociales, políticas, culturales, institucionales, familiares e individuales.

Identificar cuáles son las causas/ los determinantes de los problemas que se quiere abordar, para poder implementar acciones integrales.

Recolectar evidencias de otros profesionales, colegas de la institución, del área de salud y de otras áreas e instituciones, de la comunidad y de los mismos niños, niñas y adolescentes sobre la extensión y naturaleza del problema.

Informarse sobre las distintas organizaciones e instituciones que trabajan sobre la salud y desarrollo infantil en sus localidades y sobre las acciones y programas que realizan no sobre el tema.

Informarse y relacionarse con los programas y proyectos existentes en su localidad, a nivel nacional y a nivel regional e internacional, sobre los temas que pretende abordar.

Promover acciones intersectoriales e interinstitucionales para abordar los problemas detectados (trabajar en conjunto con otras organizaciones e instituciones de la comunidad).

Buscar evidencia de cómo eventos similares son manejados en otras localidades, provincias e internacionalmente.

Formular y emprender investigaciones específicas sobre el tema.

Publicar artículos, tanto en revistas profesionales como en medios populares, resaltando el impacto de determinada política pública sobre el bienestar de los niños y niñas.

Buscar otros aliados que presionen para un cambio - compañeros de trabajo, colegas, ONGs, agencias de Naciones Unidas, colegios profesionales, políticos, periodistas, organizaciones de la comunidad, etc.

Trabajar por los derechos del niño en instituciones científicas. Estas instituciones permiten construir una ética grupal alrededor del tema, intercambiar ideas, consensuar y tomar decisiones reflexivas y compartidas por un amplio número de profesionales.

Organizar conferencias para juntar expertos y compartir evidencia y estrategias para lograr un cambio.

Asociarse con otros para hacer lobby en sus servicios, lugares de trabajo, en la comunidad local, en los distintos niveles de gobierno y parlamentarios para introducir los cambios necesarios para proteger el bienestar de los niños y niñas, usando la evidencia que haya recolectado de todas las fuentes. Es difícil pensar que un profesional de manera aislada pueda realizar tareas de abogacía, por estos

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motivos es fundamental difundir y sensibilizar a otros actores y sectores para poder producir los cambios.

Identificar la legislación pendiente en la cual los cambios puedan ser introducidos para alcanzar las mejoras buscadas.

Difundir comunicados de prensa cada vez que se presente una oportunidad de relacionar los temas que le preocupan con noticias emergentes.

Destacar cómo el gobierno está fallando en sus obligaciones, según el derecho internacional, de proteger los derechos de la niñez. Asumir una postura crítica y de control ciudadano sobre el accionar político.

OPORTUNIDADES DE LOS PROFESIONALES DE SALUD PARA IDENTIFICAR PATRONES SOCIALES DE SALUD-ENFERMEDAD E INFLUIR EN LA PROMOCIÓN DE LOS DERECHOS DE LA NIÑEZ Los profesionales de la salud pueden recolectar evidencia de patrones de enfermedades y accidentes, su incidencia y localización. Esta evidencia puede ser usada para presionar y aumentar la regulación en cuanto a las viviendas, seguridad en lugares públicos, introducir un mínimo de estándares de seguridad y un compromiso público que procure una localización alternativa para los niños y niñas. Los proveedores de cuidados en salud pueden canalizar sus energías localmente para disuadir a las autoridades para que intercedan en el problema y, a nivel nacional, que procuren hacer reformas legales que protejan a los niños y niñas en el futuro inmediato. La condición de los niños viviendo en la pobreza es un ejemplo de situaciones enfrentadas por los profesionales de salud cada día. Niños y niñas viviendo en casas alquiladas, o tomadas, con deficiente infraestructura edilicia, hacinados, están en una situación de extrema vulnerabilidad de sufrir accidentes, incendios, intoxicaciones alimentarias, enfermedades respiratorias e infecciones. A estos niños y niñas se les niega muchas posibilidades de respeto de sus derechos a la mejor salud posible. Si los profesionales de la salud son testigos de patrones consistentes de relación entre esos problemas y el ambiente, como en el caso del asma, la intoxicación por plomo, accidentes etc., una forma de proteger a estos niños y niñas es la de enfocarse en la causa del problema y abogar para emprender cambios pertinentes en las políticas públicas y en su cumplimiento. Dada la globalización que existe a nivel mundial, muchos problemas sociales y relacionados con los derechos de la niñez, tales como: el trabajo infantil, la explotación sexual y el tráfico de niños, requieren de acciones internacionales y no solo nacionales para abordarse con efectividad. Por lo tanto, cuando los profesionales consideran su rol de defensores de derechos, es importante que tengan en cuenta la necesidad de abogar por los/as niños/as en su país y también globalmente. Mas allá de lo que se pudiera esperar, en el contexto de un mundo globalizado, tener en cuenta la necesidad de defensa de algunos problemas relacionados con los derechos de la niñez en el extranjero, también

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tendrá un impacto en la comunidad en la que se está trabajando. Por ejemplo, si en los países desarrollados se implementan políticas públicas para impedir el turismo sexual en los países subdesarrollados, seguramente se impactará en la reducción de la explotación sexual infantil en los países latinoamericanos.

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SÍNTESIS: A un importante número de niños, niñas y adolescentes en todas las sociedades les es negado el derecho a una salud y desarrollo óptimo, ya sea como resultado de políticas públicas que impactan directa o indirectamente en su vida diaria, o como una falla en la toma de acciones necesarias para proveer a los niños y niñas de un ambiente sano y seguro. Si los derechos de los niños y niñas deben ser respetados y concretados, los profesionales de salud deben estar preparados y ser activos en la defensa de la niñez.

Los derechos de los niños, niñas y adolescentes a la mejor salud posible no pueden cumplirse simplemente a través de la provisión de servicios de salud. El ambiente social, económico y físico dónde estos viven, puede tener y de hecho tiene, influencias poderosas sobre su bienestar.

La práctica de los profesionales de salud no es sólo técnica y científica, sino que es también una práctica social y política.

Dada la mayor vulnerabilidad psicosocial de la población infantil, los niños, niñas y adolescentes necesitan de los derechos democráticos que los adultos pueden usar para proteger sus derechos. En efecto, ellos necesitan que los adultos deseen promover sus derechos.

Comprender cómo las acciones y omisiones del gobierno en sus distintos niveles y áreas contribuyen a la falla en la protección de los derechos de la niñez a la salud.

Los profesionales de salud pueden promover los derechos de la niñez en distintos ámbitos y niveles: en su práctica profesional, en su institución, en su comunidad y en las políticas.

Cuando los profesionales de la salud trabajan juntos y se asocian con otros actores y sectores para promover y defender los derechos de la niñez, en sus instituciones, en sus comunidades y en sus países, pueden franquear las barreras que impiden el ejercicio de los derechos de los niños, niñas y adolescentes a la mejor salud posible. El trabajar sobre los determinantes de los problemas de salud infantil a la mejor salud posible es mucho más efectivo que tratar simplemente las consecuencias o efectos de los mismos en las prácticas de atención de la salud de los hospitales y clínicas.

Los niños, niñas y adolescentes pueden y deben contribuir a su propia protección junto con la defensa de los adultos. Los adultos debemos facilitarles los canales y estrategias para que puedan hacerlo.

Para actuar como promotores y defensores de los derechos de la niñez a la salud y desarrollo integral, se debe tener en cuenta que los cambios en la protección de los derechos de la niñez necesitan ocurrir en la propia práctica profesional, en las instituciones, en los sistemas de salud y en las políticas públicas.

Los pediatras y todos los profesionales de la salud tienen un gran conocimiento sobre la situación de salud de los niños y niñas de sus comunidades y sobre cómo su derecho a la mejor salud posible puede ser alcanzado. Esto les confiere una obligación social para promover y defender los derechos de la niñez.

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ABORDAJE METODOLÓGICO MÓDULO 5:

Actividad 5.1. Rol de promotor de los derechos de la niñez: Objetivo:

Facilitar la identificación y construcción del rol de los profesionales de salud como promotores de los derechos de la niñez.

Consigna: A. Dividir a los participantes en pequeños grupos. B. Solicitarles que piensen e imaginen una situación en la cual ellos intentan promover y defender los derechos de la niñez en su práctica (la situación debe ser breve). C. Solicitarles a los distintos grupos que dramaticen las situaciones pensadas. D. Luego de que se hallan presentado todas las dramatizaciones, pedir aportes a los demás grupos sobre qué cosas podrían ser mejoradas en la situaciones dramatizadas a los efectos de promover y defender los derechos de la niñez. E. El/la coordinador/a deberá promover la reflexión sobre los temores, sentimientos y expectativas de las/os participantes sobre su rol como promotores y defensores de los derechos de la niñez. F. Para concluir, se puede solicitar a las/os participantes que lean rápidamente el apartado de la parte conceptual de este capítulo: "Qué significa ser promotor y defensor de los derechos de la niñez", y luego a modo de lluvia de ideas que las/os participantes digan qué elementos le agregarían o cambiarían.

Actividad 5.2. "Plan de acción para promover los Derechos de la Niñez" Objetivos:

Diseñar estrategias que permitan abordar las barreras detectadas en sus lugares de trabajo para promover y garantizar la aplicación del enfoque de derechos de la niñez.

Identificar acciones que puedan desarrollarse en los distintos niveles: práctica individual, práctica institucional, en la comunidad y en las políticas públicas, para solucionar los problemas detectados.

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Importante: Para realizar esta actividad debe retomarse las actividades de diagnóstico del Módulo 4.

Consigna: En los casos en que participen varios miembros de una misma institución esta actividad debe realizarse grupalmente. De forma contraria las/os participantes lo harán individualmente y luego expondrán en plenario sus ideas. Teniendo en cuenta la actividad de diagnóstico y el análisis del mismo, realizada en el módulo 3: A. Priorizar algunos de los problemas / barreras detectados en sus lugares de trabajo que deban ser abordados para garantizar la aplicación del enfoque de derechos de la niñez y el cumplimiento de la Convención. B. Teniendo en cuenta los problemas /barreras priorizados en el punto A: completar la planilla de planificación que se adjunta a continuación, en la cual tendrán que pensar en estrategias de acción para encontrar alternativas de solución a los problemas / barreras que impiden el ejercicio pleno de los derechos de la niñez en su propia práctica profesional, en sus lugares de trabajo, en sus comunidades y en las políticas públicas. Indicaciones generales: Para completar el cuadro debe contemplarse que la idea consiste en que los profesionales puedan pensar en cómo abordar el o los mismos problemas detectados y priorizados en los distintos niveles. Las estrategias propuestas deben ser factibles de realizar. En la columna con quiénes trabajo/ me asocio, es importante que puedan pensar con qué otros actores/ e instituciones podrían trabajar para abordar el problema. Tiempos: ¿cuándo? y ¿cuánto tiempo? les llevarán implementar las acciones previstas. Resultados esperados y formas de evaluar. ¿Qué espero? ¿Cómo puedo verificarlo?

C. Basados en esta reflexión, análisis y construcción del siguiente cuadro, al finalizar la capacitación los(as) participantes iran a sus instituciones con los problemas/barreras detectados e identificados y empezarán a generar estrategias y acciones de cambio o mejora, que permitan que sus lugares de trabajo garanticen el cumplimiento y respeto por los derechos de los niños, niñas y adolescentes, con actividades, responsables, tiempos e indicadores/metas concretas, las cuales deberán ser registradas en la “Matriz Plan de Acción de Implementación de los Derechos de los niños, niñas y adolescentes en instituciones de salud”. Anexo 1. Este impacto será medio por el grupo capacitador en dos meses. D. A los dos meses de terminada la capacitación y puesto en marcha el plan de acción los(as) participantes realizarán nuevamente una auto-evaluación de su lugar de trabajo con la “Herramienta práctica de auto- evaluación sobre el respeto de los derechos de los niños en el hospital”. Anexo 2.

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PLANILLA DE PLANIFICACIÓN

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Evaluación ¿Cómo evaluar el curso de formación?

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¿CÓMO EVALUAR EL CURSO DE FORMACIÓN? Se considera que la evaluación no debe ser solo un momento final, sino que debe ser un proceso continuo durante la formación que ayude a obtener información y tomar decisiones para mejorar los procesos de enseñanza-aprendizaje, y al mismo tiempo, debe servir para evaluar su impacto en los conocimientos y actitudes de los participantes. Para que la evaluación sirva a estos fines deben utilizarse distintos tipos de evaluación a lo largo del curso. Al inicio, es importante realizar una evaluación de diagnóstico que permita conocer las características y expectativas del grupo que se formará y ajustar el programa de formación a las mismas. Al mismo tiempo, algunos puntos de la evaluación diagnóstica pueden retomarse al final para poder verificar en qué medida estos aspectos se han cumplido. Durante el curso es importante que el formador realice una evaluación de proceso, para ir revisando luego de cada encuentro qué cosas debe ajustar o cambiar para mejorar los procesos de formación del grupo en cuestión. Al finalizar el curso, es fundamental realizar una evaluación sumativa-final que permita conocer los aprendizajes del grupo y el nivel de satisfacción con el curso. Por tratarse de un curso que busca la modificación de actitudes en la práctica profesional, no es suficiente realizar una evaluación final, es fundamental realizar también una evaluación de impacto luego de un tiempo de que los participantes hallan finalizado el curso. A continuación se detallan los distintos instrumentos que se sugiere sean empleados para cada uno de los tipos de evaluación propuestos para el proceso formativo: A. Evaluación diagnóstica-inicial: Esta evaluación puede realizarse mediante la ficha de inscripción al curso, incorporando a la misma, por ejemplo, las siguientes preguntas: 1. ¿Realizó alguna vez algún curso sobre los Derechos de la niñez? 2. ¿Cómo considera que es su nivel de información sobre el tema de los derechos de la niñez y de la Convención Internacional de los derechos de la Niñez? (calificarlo en un escala del 1 al 10 < a >) 3. ¿Por qué motivos desea realizar este curso? 4. ¿Cuáles son sus expectativas con respecto a este curso?

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Obtener esta información previamente puede ser de gran utilidad para los formadores, quienes podrán ajustar sus programas de acuerdo a las características de su grupo. Luego al finalizar el curso, pueden chequearse los progresos en dos de estas preguntas (2 y 4). La pregunta 2. Puede realizarse igual que en el diagnóstico. La pregunta 4. debería cambiarse por: Califique en una escala del 1 al 10 < a > en qué grado este curso ha podido satisfacer sus expectativas. B. La evaluación de proceso: es una herramienta de gran utilidad para el formador. Para implementarla es fundamental que el formador pueda:

Observar, escuchar y analizar las cuestiones que emergen de su grupo durante la formación (Ej. resistencias a realizar algún tipo de actividad, comentarios, preguntas, etc)

Luego es importante que al finalizar cada sesión de formación o cada módulo el formador tome unos minutos de su tiempo para evaluar con su grupo cómo les ha resultado la sesión de formación, ¿Qué cosas les han gustado menos?, ¿Cuáles más?¿Por qué?.

C. Para evaluar el curso en su totalidad y conocer sus resultados se recomiendan realizar dos tipos de evaluaciones:

1. Evaluación final del curso de formación: Debe realizarse el último día del curso para evaluar aprendizajes de contenidos y para evaluar el nivel de satisfacción de los participantes con la organización y dictado del curso. Esta evaluación es también importante para poder mejorar el curso en un futuro. Pueden utilizarse distintas modalidades, en este caso se propone una evaluación cualitativa y grupal que se considera acorde al enfoque pedagógico con el que se diseñó este manual. Es importante que luego de la formación el coordinador /a pueda analizar la información de esta evaluación y sintetizarla.

Para hacerla se propone la siguiente actividad:

Actividad No. 1.1. Juntando las piezas Objetivos:

Reconstruir el proceso del curso en su totalidad ayudando a integrar y fijar los contenidos.

Verificar aprendizajes y niveles de satisfacción de los participantes con el curso.

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Tiempo: 3 horas. Dar una hora y media o dos horas a cada grupo para ordene las tarjetas y las complete. Luego dar una hora y media para que los grupos presenten en plenario y hacer el cierre del curso.

Consigna: A. Dividir a los participantes en pequeños grupos. B. A cada grupo el coordinador debe entregarles un juego de tarjetas (que se adjuntan a continuación), un papel afiche y plasticola. C. Solicitar a los participantes de los grupos que ordene las tarjetas secuencialmente y que completen las tarjetas que así lo solicitan. Debe aclararse que hay también tarjetas vacías para que puedan escribir lo que quieran y no esté contemplado en las tarjetas. D. Puesta en común: actividad en plenario en la cual cada grupo expondrá su producción. El coordinador debe ir haciendo una síntesis final sobre las evaluaciones de los participantes, debiendo conservar los afiches para poder producir un informe evaluativo final que sintetice lo acontecido en su grupo de trabajo.

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E. Evaluación del impacto/ resultado: Luego de un tiempo de realizado el curso, por ejemplo, 3 meses o más, se deben realizar evaluaciones de impacto para comprobar si el curso ha servido para cambiar actitudes y comportamientos del personal de salud con relación a la aplicación del enfoque de derechos en sus prácticas y servicios. Esta evaluación es fundamental para poder medir si efectivamente el curso ha podido impactar en la práctica profesional y verificar el modo en que el mismo ha contribuido a este fin. Las actividades para medir cambio de actitudes y comportamientos no pueden hacerse al final el curso pues no serían efectivas, deben realizarse aproximadamente luego de 3 meses de finalizado el curso. Es importante que los organizadores del curso puedan prever desde un inicio los recursos y tiempos que serán necesarios para poder concretar esta evaluación de impacto. Para realizar la evaluación de impacto se proponen las siguientes actividades:

Actividad No. 1.2. "Cuestionario de autodiagnóstico sobre la propia práctica" (módulo 2)

Objetivo:

Realizar una comparación de las respuestas obtenidas al inicio del curso luego de un tiempo de haberlo realizado, para verificar cambios de actitud en la práctica cotidiana de los profesionales de salud participantes. Enviar a cada participante el mismo cuestionario de autodiagnóstico que realizaron al iniciar el módulo 2, por e-mail o correo postal y pedirles que lo respondan poniendo el número asignado en esa oportunidad para garantizar el anonimato de sus respuestas. (ver cuestionario en módulo 2)

Actividad. No. 1.3. Cuestionario "Acciones del promotor" Además de reenviar el cuestionario de autodiagnóstico mencionado, es importante adjuntar el cuestionario que se detalla a continuación para poder analizar en qué medida los profesionales han podido actuar como promotores de los derechos de la niñez. De acuerdo a los tiempos y a las posibilidades de los organizadores del curso, se puede realizar el cuestionario a distancia o bien realizar una reunión evaluativa grupal en la cual este cuestionario se responda oralmente.

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CUESTIONARIO (Colocar el número asignado en el margen superior de la hoja. Responder el cuestionario de manera anónima y sincera, ya que el mismo tiene como finalidad principal permitir evaluar la efectividad del curso para mejorar las prácticas profesionales a favor de los derechos de la niñez.) 1. ¿Ha podido implementar alguna de las estrategias pensadas durante el curso para poder mejorar la aplicación de los derechos de la niñez en su lugar de trabajo? Si______ No______ (aclarar por qué no ha podido) ____________________________________________________________________________________________________________________________________ 2. Sólo si respondió afirmativamente a la pregunta No. 1. Detalle las acciones que a podido implementar en su lugar de trabajo: _______________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________ 3. ¿Qué obstáculos y qué facilidades ha encontrado para concretar las actividades mencionadas? _______________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________ 4. ¿Ha podido encontrar aliados en sus lugares de trabajo y / o comunidad para realizar actividades a favor de los derechos de la niñez? Si_____ (aclarar quiénes) No_____ ___________________________________________________________________ 5. Mencione ¿De qué manera el curso de formación le ha servido para cambiar sus actitudes en la práctica cotidiana permitiéndole considerar y aplicar el enfoque de derechos de la niñez (con sus pacientes / en su institución / en su comunidad? _______________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________

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6. ¿Ha podido conversar con otros colegas sobre acciones y /o políticas de la institución en la que trabaja que deberían cambiar acorde a los derechos de la Convención? _______________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________ 7. ¿Ha pensado en realizar alguna acción para influir sobre alguna de las políticas públicas de su País, Provincia o Municipio que resulten poco favorables a la niñez y que deban ser modificadas? Si_____ (aclarar cuales) No_____

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Anexo 1 Matriz Plan de Acción de Implementación de los Derechos de los niños, niñas y adolescentes en instituciones de salud

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Anexo 2

Herramienta práctica de auto- evaluación sobre el respeto de los derechos de los niños en el hospital

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HERRAMIENTA PRÁCTICA DE AUTO- EVALUACIÓN SOBRE EL RESPETO DE LOS DERECHOS DE LOS NIÑOS EN EL

HOSPITAL67 ESCALAS DE VALORACIÓN: A continuación hay una descripción del significado de los cuatro puntos de la escala de valoración, como guía para completar la herramienta de auto-evaluación.

Conseguido de forma significativa: El reconocimiento del derecho es integral en las actividades del hospital/sala. Todo el personal reconoce su importancia y está comprometido con su promoción. Hay un esfuerzo de mejora continua. Progreso significativo: Hemos progresado de forma significativa hacia abordar este derecho. En la actualidad, los métodos son evaluados y maduros y cada vez más se busca su mayor desarrollo y adaptación. Cada vez más, el personal lo ve como “parte del trabajo”. Las actividades en esta área son normalmente integradas, aunque no siempre. Ligeramente tomado en consideración: Se reconoce la necesidad, pero aún no se ha producido ninguna acción o se ha producido muy poca. Aún no hay ejemplos de toma en consideración de este derecho, pero se está desarrollando el enfoque; o existen ejemplos aislados de toma en consideración de este derecho. No tenido en consideración en absolute: Hay muy pocos ejemplos, o ninguno, que demuestren que este derecho está siendo tenido en cuenta y que se está trabajando para implementarlo.

67 Task Force para la Promoción de la Salud de la Infancia y Adolescencia en y por los Hospitales (HPH-CA*) Modelo y herramienta de

auto-evaluación sobre el respeto de los Derechos de los Niños en el Hospital. 1ª Edición Enero 2009 * HPH-CA = “Health Promotion for Children and Adolescent in and by Hospitals”, en inglés. “Promoción de la Salud de Niños y Adolescentes en y por los Hospitales”, en castellano

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Nombre de la Institución:

Dirección de la Institución:

Localidad:

Nombre del Departemento/ Servicio:

Nombre del Jefe del Departamento/ Servicio:

Teléfono y Correo Electrónico:

Rango de edad de niños, niñas y adolescentes atendidos:

Fecha de Evaluación:

¿Ha adaptado la institución una carta de Derechos de los Niños Hospitalizados, basada en la Convención de los Derechos del Niño?

Si No En curso (Por favor, sustituye este texto indicando cuándo fue adoptada y remitir una copia de la misma)

Desde

¿Es la Carta accesible de forma impresa y está expuesta en todas las salas/servicios?

Si No Parcialmente (Por favor, sustituye este texto, indicando el acto de adopción)

(Por favor, sustituye este texto, proporcionando el porcentaje estimado de accesibilidad)

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ÁREA 1: DERECHO AL CUIDADO DE LA SALUD EN EL MAYOR ESTÁNDAR ALCANZABLE Art. 12 CIDN

Derecho 1.1: La asistencia sanitaria a los niños debería tener en cuenta todas las dimensiones de la salud, incluida la salud física, mental, social, cultural y espiritual. Por favor, considere: 1. La historia clínica del paciente contiene un espacio específico para incluir información sobre las dimensiones física, mental, social, cultural y espiritual de la salud. 2. ¿Tiene el hospital protocolos de colaboración con los servicios de la comunidad y/o asociaciones para asegurar que este derecho sea respetado? ¿Están siendo aplicados? 3. Todos los niños y adolescentes tienen acceso a asesoramiento psicológico en la comunidad, no sólo en el hospital. 4. ¿Ha habido alguna queja de niños, padres o asociaciones de pacientes sobre la denegación de este derecho en los últimos 2 meses? 5. El hospital ha recibido elogios de los niños y familias. Ha habido relatos positivos en los medios de comunicación relativos al respeto de este derecho por parte del hospital.

Por favor, destaque lo que considere que falta en relación al respeto de este derecho, indique evidencias de cómo se están aplicando las políticas en el hospital o cómo se está respetando el derecho e indique propuestas útiles para la defi nición de estándares sobre el respeto de los derechos de los niños en el hospital. ¿Han existido opiniones diferentes entre los miembros del equipo de evaluación? (por favor, dar ejemplos)

Evaluación general: ¿Hasta qué punto se respeta este derecho en el hospital? __Conseguido de forma significativa __Progreso signifi cativo __Ligeramente tomado en consideración __No tomado en consideración en absoluto

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Derecho 1.2: Los niños tienen el derecho de acceder a los servicios de salud, sin discriminación por causa étnica, racial, de clase, religiosa, de género, de edad, de orientación sexual, de discapacidad, de idioma, cultural y social.

Por favor, considere: 1. La prestación de asistencia sanitaria es gratis de forma universal, incluidos los indocumentados y otros niños sin importer su condición económica y racial. 2. ¿Ha habido alguna queja de niños, padres o asociaciones de pacientes sobre la denegación de este derecho en los últimos 2 meses? 3. El hospital ha recibido elogios de los niños y familias. Ha habido relatos positivos en los medios de comunicación relativos al respeto de este derecho por parte del hospital.

Por favor, destaque lo que considere que falta en relación al respeto de este derecho, indique evidencias de cómo se están aplicando las políticas en el hospital o cómo se está respetando el derecho e indique propuestas útiles para la defi nición de estándares sobre el respeto de los derechos de los niños en el hospital. ¿Han existido opiniones diferentes entre los miembros del equipo de evaluación? (por favor, dar ejemplos)

Derecho 1.3: Los niños serán admitidos en el hospital solamente si los cuidados que requieren no pueden ser igualmente realizados de forma efectiva en el domicilio o en una unidad de día.

Por favor, considere: 1. ¿Tiene el hospital protocolos cuyo objetivo sea reducir la hospitalización inadecuada? ¿Y están siendo aplicados? 2. ¿Tiene el hospital protocolos de colaboración con los servicios/asociaciones de la comunidad cuyo objetivo sea reducir la hospitalización inadecuada? ¿Y están siendo aplicados? 3. ¿Hay un sistema de seguimiento y evaluación en el hospital para valorar el número de hospitalizaciones evitables? Si lo hay, ¿es un número muy signifi cativo? 4. ¿Ha habido alguna investigación independiente sobre este asunto por organizaciones de la comunidad? 5. ¿Ha habido alguna queja de niños, padres o asociaciones de pacientes sobre la denegación de este derecho en los últimos 12 meses? 6. El hospital ha recibido elogios de los niños y familias. Ha habido relatos positivos en los medios de comunicación relativos al respeto de este derecho por parte del hospital.

Por favor, destaque lo que considere que falta en relación al respeto de este derecho, indique evidencias de cómo se están aplicando las políticas en el hospital o cómo se está respetando el derecho e indique propuestas útiles para la defi nición de estándares sobre el respeto de los derechos de los niños en el hospital. ¿Han existido opiniones diferentes entre los miembros del equipo de evaluación? (por favor, dar ejemplos)

Evaluación general: ¿Hasta qué punto se respeta este derecho en el hospital? __Conseguido de forma significativa __Progreso signifi cativo __Ligeramente tomado en consideración __No tomado en consideración en absoluto

Evaluación general: ¿Hasta qué punto se respeta este derecho en el hospital? __Conseguido de forma significativa __Progreso signifi cativo __Ligeramente tomado en consideración __No tomado en consideración en absoluto

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Derecho 1.4: Los niños serán admitidos en el hospital solamente si los cuidados que requieren no pueden ser igualmente realizados de forma efectiva en el domicilio o en una unidad de día.

Por favor, considere: 1. ¿Está este derecho declarado en la política del hospital? 2. ¿Hay espacios adecuados para el juego, la educación y el esparcimiento de los niños? 3. ¿Hay barreras arquitectónicas que impidan el acceso a los niños minusválidos? 4. ¿Se organizan en el hospital actividades distintas de la educación, el juego y el esparcimiento (como payasos, música, terapia con animales o artística)? 5. ¿Proporciona la política del hospital profesores especialmente formados? 6. ¿Proporciona la política del hospital profesionales especialmente formados, como terapeutas de juego, de arte y de teatro? 7. ¿Está el colegio en el hospital garantizado por la política del hospital? 8. ¿Las organizaciones de apoyo promueven actividades de juego en el hospital? ¿Y están estas actividades apoyadas por protocolos de colaboración entre el hospital y las asociaciones? 9. ¿Es el entorno del hospital adaptable a las necesidades de diferentes grupos de edad? 10. ¿Hay alguna restricción de edad para los visitantes de los niños en el hospital? 11. ¿Ha habido alguna queja de niños, padres o asociaciones de pacientes sobre la denegación de este derecho en los últimos 2 meses? 12. El hospital ha recibido elogios de los niños y familias. Ha habido relatos positivos en los medios de comunicación relativos al respeto de este derecho por parte del hospital.

Por favor, destaque lo que considere que falta en relación al respeto de este derecho, indique evidencias de cómo se están aplicando las políticas en el hospital o cómo se está respetando el derecho e indique propuestas útiles para la defi nición de estándares sobre el respeto de los derechos de los niños en el hospital. ¿Han existido opiniones diferentes entre los miembros del equipo de evaluación? (por favor, dar ejemplos)

Evaluación general: ¿Hasta qué punto se respeta este derecho en el hospital? __Conseguido de forma significativa __Progreso signifi cativo __Ligeramente tomado en consideración __No tomado en consideración en absoluto

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ÁREA 2: DERECHO A LA INFORMACIÓN Y PARTICIPACIÓN EN TODAS LAS DECISIONES INVOLUCRADAS EN SUS CUIDADOS SANITARIOS Art. 12, 17, 31

Derecho 2.1: Los niños tienen el derecho de ser informados de una manera apropiada para su edad, nivel de desarrollo y entendimiento. Por favor, considere: 1. ¿Los médicos dedican tiempo y atención para informar a los niños, padres, tutores y cuidadores sobre su enfermedad? 2. ¿Están los profesionales de la asistencia sanitaria formados de forma adecuada y específi ca para comunicarse con los niños y sus familias? 3. Una Carta sobre los Derechos de los Niños en una versión comprensible para los niños se encuentra expuesta en cada sala, tanto en los departamentos de pacientes internos como externos. La Carta se entrega impresa a todos los niños que reciben tratamiento y se discute con ellos, tanto si son pacientes internos como externos. 4. ¿Está la información sanitaria disponible en una adecuada variedad de idiomas y formatos? 5. ¿Ha habido alguna queja de niños, padres o asociaciones de pacientes sobre la denegación de este derecho en los últimos 2 meses? 6. El hospital ha recibido elogios de los niños y familias. Ha habido relatos positivos en los medios de comunicación relativos al respeto de este derecho por parte del hospital.

Por favor, destaque lo que considere que falta en relación al respeto de este derecho, indique evidencias de cómo se están aplicando las políticas en el hospital o cómo se está respetando el derecho e indique propuestas útiles para la defi nición de estándares sobre el respeto de los derechos de los niños en el hospital. ¿Han existido opiniones diferentes entre los miembros del equipo de evaluación? (por favor, dar ejemplos)

Evaluación general: ¿Hasta qué punto se respeta este derecho en el hospital? __Conseguido de forma significativa __Progreso signifi cativo __Ligeramente tomado en consideración __No tomado en consideración en absoluto

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Derecho 2.2: Los niños tienen el derecho de expresar libremente sus opiniones en todos los temas que les incumban y también el derecho de ser escuchados y de que sus comentarios sean tomados en consideración, dentro de los límites de su edad y madurez. Por favor, considere: 1. ¿Tiene el historial médico una sección específi ca para dejar constancia de los comentarios o quejas de los niños sobre el tratamiento? 2. ¿Los profesionales sanitarios piden a los niños y jóvenes su opinión sobre su enfermedad, tratamiento u otros asuntos relevantes? ¿Y la toman en cuenta? 3. ¿Los profesionales sanitarios discuten la enfermedad, el tratamiento y otras cuestiones relativas al niño con los padres, tutores y cuidadores? ¿Lo discuten de forma separada con los niños y adolescentes, si es lo que más les conviene? 4. ¿Existen medios para pedir la opinion de los niños y sus padres en idiomas extranjeros, por ejemplo a través de mediadores de idiomas? 5. Existe un Foro para niños/jóvenes o padres/ niños. El foro tiene el apoyo de las autoridades del hospital. 6. Existe un mecanismo para dejar constancia de las experiencias de los pacientes. 7. ¿Existen procedimientos de queja adecuados para las familias y niños o unidades, personal y/o voluntarios de referencia para que los niños y adolescentes expresen sus quejas? ¿Y son éstos accesibles para todos los niños y jóvenes? 8. ¿Ha habido alguna queja de niños, padres o asociaciones de pacientes sobre la denegación de este derecho en los últimos 2 meses? 9. El hospital ha recibido elogios de los niños y familias. Ha habido relatos positivos en los medios de comunicación relativos al respeto de este derecho por parte del hospital.

Por favor, destaque lo que considere que falta en relación al respeto de este derecho, indique evidencias de cómo se están aplicando las políticas en el hospital o cómo se está respetando el derecho e indique propuestas útiles para la defi nición de estándares sobre el respeto de los derechos de los niños en el hospital. ¿Han existido opiniones diferentes entre los miembros del equipo de evaluación? (por favor, dar ejemplos)

Evaluación general: ¿Hasta qué punto se respeta este derecho en el hospital? __Conseguido de forma significativa __Progreso signifi cativo __Ligeramente tomado en consideración __No tomado en consideración en absoluto

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AREA 3: DERECHO A LA PROTECCIÓN DE CUALQUIER FORMA DE VIOLENCIA Art. (9, 16, 19, 36)

Derecho 3.1: Los niños tienen el derecho de ser protegidos de todas las formas de violencia, física o mental, lesión o abuso, negligencia o tratamiento negligente, maltrato o explotación incluido el abuso sexual. Por favor, considere: 1. ¿Existen protocolos en el hospital relativos a la protección de los niños contra toda forma de violencia? 2. ¿Tiene el hospital protocolos apropiados tanto para dar respuesta a la violencia sufrida por el niño antes de entrar en el hospital como para la violencia que tenga lugar en el hospital? 3. ¿Están los profesionales/el personal del hospital enterados de la existencia de los protocolos para la protección del niño y de cómo acceder a los mismos? ¿Los profesionales/personal del hospital implementa estas políticas y procedimientos? 4. ¿Cómo se hace el seguimiento de la implementación de políticas y procedimientos dentro y fuera del hospital? 5. ¿Se ha creado un grupo profesional especialmente para el seguimiento y valoración de la violencia contra los niños? 6. Hay personas identifi cadas en cargos cuya responsabilidad profesional es la protección del niño. 7. Se llevan a cabo valoraciones médicas y de enfermería. 8. Existen protocolos para tratar el abandono infantil. 9. El número de sesiones de formación del personal proporcionadas por el hospital en los últimos 2 meses. 10. Porcentaje de personal con formación en protección infantil. 12. El hospital ha recibido elogios de los niños y familias. Ha habido relatos positivos en los medios de comunicación relativos al respeto de este derecho por parte del hospital.

Por favor, destaque lo que considere que falta en relación al respeto de este derecho, indique evidencias de cómo se están aplicando las políticas en el hospital o cómo se está respetando el derecho e indique propuestas útiles para la defi nición de estándares sobre el respeto de los derechos de los niños en el hospital. ¿Han existido opiniones diferentes entre los miembros del equipo de evaluación? (por favor, dar ejemplos)

Evaluación general: ¿Hasta qué punto se respeta este derecho en el hospital? __Conseguido de forma significativa __Progreso signifi cativo __Ligeramente tomado en consideración __No tomado en consideración en absoluto

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Derecho 3.2: Los niños tienen el derecho de no ser separados de sus padres/tutores/cuidadores en contra de su voluntad, durante su estancia hospitalaria. Por favor, considere:

1. ¿Se permite a los padres/tutores/cuidadores quedarse con sus hijos en todo momento, excepto cuando no conviene al niño? 2. ¿Hay un principio claro para determinar qué es lo más conviene al niño, que sea discutido con los padres/tutores/cuidadores? 3. ¿Se da una explicación a los padres y a los niños, si existe una lista de lugares/salas en las que no se permite la presencia de los padres? 4. ¿Ha habido alguna queja de niños, padres o asociaciones de pacientes sobre la denegación de este derecho en los últimos 2 meses? 5. ¿Tienen los padres derecho a quedarse a dormir de forma gratuita y a comida gratuita o subvencionada cuando se quedan con su hijo? 6. El hospital ha recibido elogios de los niños y familias. Ha habido relatos positivos en los medios de comunicación relativos al respeto de este derecho por parte del hospital.

Por favor, destaque lo que considere que falta en relación al respeto de este derecho, indique evidencias de cómo se están aplicando las políticas en el hospital o cómo se está respetando el derecho e indique propuestas útiles para la defi nición de estándares sobre el respeto de los derechos de los niños en el hospital. ¿Han existido opiniones diferentes entre los miembros del equipo de evaluación? (por favor, dar ejemplos)

Evaluación general: ¿Hasta qué punto se respeta este derecho en el hospital? __Conseguido de forma significativa __Progreso signifi cativo __Ligeramente tomado en consideración __No tomado en consideración en absoluto

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Derecho 3.3: Los niños tienen derecho a la intimidad. Por favor, considere:

1. ¿Tienen los niños la posibilidad de ser examinados por un doctor de su mismo sexo? 2. ¿Hay habitaciones individuales/privadas o dobles (por oposición a grandes salas) disponibles para todos los niños hospitalizados? 3. ¿Tienen baño todas las habitaciones? 4. ¿Se respeta el género en las habitaciones dobles o en las habitaciones con más de 2 camas? 5. ¿Existe un área privada designada para las exploraciones físicas y para la comunicación privada con los niños y sus padres? Durante las exploraciones en las habitaciones compartidas, ¿se usan cortinas para preservar la intimidad, si se solicita? 6. ¿Ha habido alguna queja de niños, padres o asociaciones de pacientes sobre la denegación de este derecho en los últimos 2 meses? 7. El hospital ha recibido elogios de los niños y familias. Ha habido relatos positivos en los medios de comunicación relativos al respeto de este derecho por parte del hospital.

Por favor, destaque lo que considere que falta en relación al respeto de este derecho, indique evidencias de cómo se están aplicando las políticas en el hospital o cómo se está respetando el derecho e indique propuestas útiles para la defi nición de estándares sobre el respeto de los derechos de los niños en el hospital. ¿Han existido opiniones diferentes entre los miembros del equipo de evaluación? (por favor, dar ejemplos)

Evaluación general: ¿Hasta qué punto se respeta este derecho en el hospital? __Conseguido de forma significativa __Progreso signifi cativo __Ligeramente tomado en consideración __No tomado en consideración en absoluto

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Derecho 3.4: Los niños tienen el derecho a una muerte digna. Por favor, considere:

1. ¿El hospital proporciona asistencia en el dolor por la muerte de un ser querido apropiada a la cultura del niño y la familia? 2. ¿Existen programas para una muerte digna desarrollados junto con los niños y los padres, tomando en consideración las raíces culturales de los niños? 3. ¿Ha habido alguna queja de niños, padres o asociaciones de pacientes sobre la denegación de este derecho en los últimos 2 meses? 4. El número de cursos de formación para el personal, relacionados con este asunto, proporcionados por el hospital en los últimos 2 meses. 5. El hospital ha recibido elogios de los niños y familias. Ha habido relatos positivos en los medios de comunicación relativos al respeto de este derecho por parte del hospital.

Por favor, destaque lo que considere que falta en relación al respeto de este derecho, indique evidencias de cómo se están aplicando las políticas en el hospital o cómo se está respetando el derecho e indique propuestas útiles para la defi nición de estándares sobre el respeto de los derechos de los niños en el hospital. ¿Han existido opiniones diferentes entre los miembros del equipo de evaluación? (por favor, dar ejemplos)

Evaluación general: ¿Hasta qué punto se respeta este derecho en el hospital? __Conseguido de forma significativa __Progreso signifi cativo __Ligeramente tomado en consideración __No tomado en consideración en absoluto

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Derecho 3.5: Los niños tienen el derecho a no sentir dolor. Por favor, considere:

1. ¿Se han adoptado e implementado en el hospital protocolos y procedimientos para la prevención y tratamiento del dolor, incluidos cuidados paliativos? 2. ¿Se deja constancia en los historiales medicos de la percepción que el niño tiene del dolor? 3. El número de cursos de formación para el personal sobre gestión del dolor proporcionados por el hospital en los últimos 2 meses. 4. Porcentaje del personal que ha seguido formación sobre gestión del dolor. 5. ¿Ha habido alguna queja de niños, padres o asociaciones de pacientes sobre la denegación de este derecho en los últimos 2 meses? 6. El hospital ha recibido elogios de los niños y familias. Ha habido relatos positivos en los medios de comunicación relativos al respeto de este derecho por parte del hospital.

Por favor, destaque lo que considere que falta en relación al respeto de este derecho, indique evidencias de cómo se están aplicando las políticas en el hospital o cómo se está respetando el derecho e indique propuestas útiles para la defi nición de estándares sobre el respeto de los derechos de los niños en el hospital. ¿Han existido opiniones diferentes entre los miembros del equipo de evaluación? (por favor, dar ejemplos)

Evaluación general: ¿Hasta qué punto se respeta este derecho en el hospital? __Conseguido de forma significativa __Progreso signifi cativo __Ligeramente tomado en consideración __No tomado en consideración en absoluto

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Derecho 3.6: Los niños tienen derecho a no ser sometidos a investigaciones clínicas y proyectos de experimentación y a tener la posibilidad de retirarse durante el proceso de investigación. Por favor, considere:

1. ¿Ha adoptado el hospital una normativa clara para la investigación clínica? ¿Existe un Comité de Ética para la investigación clínica? 2. ¿Existen protocolos específicos para la obtención del consentimiento informado de niños y padres? 3. ¿Se ha llevado a cabo una revisión ética independiente de todas las investigaciones? ¿Cumple con todos los requisitos legales y éticos? 4. ¿Existen folletos informativos sobre investigación para los padres y los niños y sus profesionales de la asistencia sanitaria? ¿Se comentan con ellos? 5. ¿Ha existido algún incidente serio o adverso como consecuencia de la participación de niños en investigaciones? 6. Informes al Consejo de auditorías/ seguimientos/revisiones rutinarias de proyectos de investigación en que estén involucrados niños, para asegurarse de que se cumplen los estándares. 7. ¿Ha habido alguna queja de niños, padres o asociaciones de pacientes sobre la denegación de este derecho en los últimos 2 meses? 8. El hospital ha recibido elogios de los niños y familias. Ha habido relatos positivos en los medios de comunicación relativos al respeto de este derecho por parte del hospital.

Por favor, destaque lo que considere que falta en relación al respeto de este derecho, indique evidencias de cómo se están aplicando las políticas en el hospital o cómo se está respetando el derecho e indique propuestas útiles para la defi nición de estándares sobre el respeto de los derechos de los niños en el hospital. ¿Han existido opiniones diferentes entre los miembros del equipo de evaluación? (por favor, dar ejemplos)

Evaluación general: ¿Hasta qué punto se respeta este derecho en el hospital? __Conseguido de forma significativa __Progreso signifi cativo __Ligeramente tomado en consideración __No tomado en consideración en absoluto

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Las secciones individuales de esta auto-evaluación ya se han completado. En el espacio siguiente, por favor indique:

- Aspectos generales de la promoción de derechos que están funcionando de forma efectiva;

- Aspectos generales de la promoción de derechos sobre los que es necesario prestar más atención;

- Grado de consenso general dentro de los equipos durante el proceso de discusión;

- Ejemplos de buenas prácticas sobre derechos que impliquen todas las áreas;

- Participación de miembros de la comunidad más amplia, en cumplimentar la herramienta.

Recomendación fi nal y sugerencias de acciones o estándares específi cos a tomar en el siguiente periodo.