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DERECHO LABORAL POR PROF. EDGAR VASQUEZ ROMERO

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Page 1: Derecho laboral

DERECHO LABORAL

POR PROF. EDGAR VASQUEZ ROMERO

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CONCEPTO• El Derecho laboral (también llamado Derecho del trabajo o Derecho social) es una

rama del Derecho cuyos principios y normas jurídicas que tienen por objeto la tutela del trabajo humano, productivo, libre y por cuenta ajena.

• El derecho laboral o Derecho del trabajo es el conjunto de principios y normas jurídicas que regulan las relaciones entre empleador(es), trabajador(es), las asociaciones sindicales yel Estado. El Derecho del trabajo se encarga de normar la actividad humana lícita y prestada por un trabajador en relación de dependencia a un empleador a cambio de una contraprestación. Es un sistema normativo heterónomo y autónomo que regula determinados tipos de trabajo dependiente y de relaciones laborales.

• De esta manera, el concepto de trabajo al que presta atención el Derecho laboral es la actividad realizada por un humano que produce una modificación del mundo exterior, a través de la cual aquél se provee de los medios materiales o bienes económicos que precisa para su subsistencia (productividad), y cuyos frutos son atribuidos libre y directamente a un tercero.

• El Derecho laboral tiene una función tuitiva con respecto al trabajador, tendiendo sus normas a restringir la libertad de empresa para proteger a la parte débil frente a la fuerte, y persiguiendo así fines de estructuración social tutelada

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Sujetos de la Relación Laboral• Los sujetos de la relación laboral son los trabajadores,

considerados individual o colectivamente, y el empleador.• La relación laboral se da cuando concurren estas 4

circunstancias sin excepción como son:• - voluntariedad: elección libre por parte de las dos partes

del contrato.• - retribución: compensación económica adecuada a la

prestación laboral del trabajador.• - ajenidad: en los frutos, en los riesgos y en los medios,

todo ello asumido por y para el empleador.• - dependencia: consistente en estar bajo el ámbito de

organización y dirección de otra persona, el empleador.

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SEGÚN LA CONSTITUCIÓN:• Se puede mencionar los siguientes derechos:• Derecho al trabajo. • Derecho al salario mínimo • Indemnización ante despido injusto. • Jornada de trabajo, descanso semanal y las vacaciones. • Seguridad social. En algunos países este es un mecanismo tripartita: el empleado,

el patrono y el estado aportan dinero. • Estabilidad de los funcionarios públicos. • Seguridad e higiene en la empresa, para tener un ambiente limpio y sano de

trabajo. La materia contempla dos temas específicos: los accidentes del trabajo y las enfermedades profesionales.

• Derecho de sindicación. • Derecho de huelga y de cierre patronal. Con esto se da una igualdad de armas: si

el trabajador tiene derecho a la huelga, el empleador tiene derecho al cierre. Algunos ordenamientos excluyen del derecho a huelga para aquellos sectores que proveen servicios públicos trascendentales.

• Derecho a negociar colectivamente.

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Tratados Internacionales

• Los tratados internacionales constituyen una fuente directa de regulación de derechos laborales, garantizando a los trabajadores de los países afiliados derechos mínimos que los estados firmantes se obligan a respetar. Tenemos algunos organismos:

• La Organización Internacional del Trabajo (OIT). • Los pactos o convenios de las Naciones Unidas • Los acuerdos bilaterales y multilaterales, cuyo objetivo

es generalmente equiparar las condiciones de trabajo entre dos o más países, especialmente, para evitar inmigraciones masivas entre países vecinos.

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Cuestionario para su cuaderno:

1. Ejemplo de Ajenidad.2. ¿Qué significa restringir libertad de empresa?3. ¿Qué es Salario mínimo? Historia en el Perú.

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• LA HUELGA: Historia, significado, huelgas significativas en el Perú, ¿son efectivas las huelgas actualmente? porque