deberes y fines del estado

18
Deberes y Fines del estado El Fin Supremo del Estado: El Bien Común En los manuales y textos especializados, se señala que toda colectividad humana que ha llegado a conformar una organización social, política y jurídicamente constituida en Estado tiene ineludibles fines que realizar. En este contexto, los fines del Estado constituyen “el para que éste existe, su razón de ser, la misión que debe cumplir, su justificación histórica” 1 Esto pone de manifiesto que en toda colectividad nacional se presentan problemas de todo orden y en todos los aspectos, los cuales deben preverse y ser atendidos en su totalidad por la política general del Estado. Atendiendo a la importancia vital que los fines del Estado representan para su propia existencia, permanencia y desenvolvimiento, actualmente se afirma con mucho más énfasis que en el pasado, que los fines son la razón de ser del Estado. Los fines del Estado le serán siempre inherentes a su devenir institucional, y adquieren importancia en la medida que representan la orientación de mayor jerarquía y las metas que se fija en la perspectiva de conducir los destinos históricos de la colectividad nacional. En este sentido, la expresión “Bien Común” contiene un concepto de gran amplitud y Generalidad, en cierto modo abstracto y con un cariz de relatividad, puesto que es susceptible de adaptarse a los cambios históricos y a las realidades prevalecientes en un Estado. Por esta razón, el Bien Común se conceptúa de acuerdo al tiempo y al lugar en que se reflexione sobre su contenido. En efecto, a través de la historia de la humanidad destacada filósofos y cultores de la ciencia política han teorizado y formulado diversos contenidos sobre el fin primordial y último del Estado, teniendo en cuenta el pensamiento existente en la época correspondiente. Así, se han acuñado sucesivamente términos tales como: “Interés Público”, “Paz Social”, “Bienestar Colectivo”, “Interés General”; más tarde, SANTO TOMÁS DE AQUINO amplió el ámbito de especulación filosófica en torno al “bonun comune” , considerándose como el fin máximo y último que el Estado persigue en su actividad política. En su momento, los fisiócratas y los utilitaristas consideraron al “Bien Común” como el resultado de la suma de todos los bienes individuales. Posteriormente, con la aparición del socialismo se consideró que el “Bien Común” era el bien de las mayorías de una determinada colectividad nacional. Sin embargo, ambas concepciones dejan de lado que para hablar del Bien Común deben compatibilizarse los intereses de todos los miembros de la colectividad. En 1 CENTRO DE ALTOS ESTUDIOS NACIONALES: “Planteamientos Doctrinarios y Metodológicos del Desarrollo, la Seguridad y la Defensa Nacional”. Chorrillos, Perú, 2007, pág. 17.

Upload: jhimmy-valdez-caldas

Post on 22-Jan-2018

7.652 views

Category:

Law


0 download

TRANSCRIPT

Page 1: Deberes y fines del estado

Deberes y Fines del estado

El Fin Supremo del Estado: El Bien Común

En los manuales y textos especializados, se señala que toda colectividad humana

que ha llegado a conformar una organización social, política y jurídicamente

constituida en Estado tiene ineludibles fines que realizar. En este contexto, los

fines del Estado constituyen “el para que éste existe, su razón de ser, la misión

que debe cumplir, su justificación histórica”1

Esto pone de manifiesto que en toda colectividad nacional se presentan problemas

de todo orden y en todos los aspectos, los cuales deben preverse y ser atendidos

en su totalidad por la política general del Estado. Atendiendo a la importancia vital

que los fines del Estado representan para su propia existencia, permanencia y

desenvolvimiento, actualmente se afirma con mucho más énfasis que en el

pasado, que los fines son la razón de ser del Estado. Los fines del Estado le serán

siempre inherentes a su devenir institucional, y adquieren importancia en la

medida que representan la orientación de mayor jerarquía y las metas que se fija

en la perspectiva de conducir los destinos históricos de la colectividad nacional. En

este sentido, la expresión “Bien Común” contiene un concepto de gran amplitud y

Generalidad, en cierto modo abstracto y con un cariz de relatividad, puesto que es

susceptible de adaptarse a los cambios históricos y a las realidades prevalecientes

en un Estado. Por esta razón, el Bien Común se conceptúa de acuerdo al tiempo y

al lugar en que se reflexione sobre su contenido. En efecto, a través de la historia

de la humanidad destacada filósofos y cultores de la ciencia política han teorizado

y formulado diversos contenidos sobre el fin primordial y último del Estado,

teniendo en cuenta el pensamiento existente en la época correspondiente. Así, se

han acuñado sucesivamente términos tales como: “Interés Público”, “Paz Social”,

“Bienestar Colectivo”, “Interés General”; más tarde, SANTO TOMÁS DE AQUINO

amplió el ámbito de especulación filosófica en torno al “bonun comune”,

considerándose como el fin máximo y último que el Estado persigue en su

actividad política. En su momento, los fisiócratas y los utilitaristas consideraron al

“Bien Común” como el resultado de la suma de todos los bienes individuales.

Posteriormente, con la aparición del socialismo se consideró que el “Bien Común”

era el bien de las mayorías de una determinada colectividad nacional. Sin

embargo, ambas concepciones dejan de lado que para hablar del Bien Común

deben compatibilizarse los intereses de todos los miembros de la colectividad. En

1 CENTRO DE ALTOS ESTUDIOS NACIONALES: “Planteamientos Doctrinarios y Metodológicos del

Desarrollo, la Seguridad y la Defensa Nacional”. Chorrillos, Perú, 2007, pág. 17.

Page 2: Deberes y fines del estado

nuestro país, el Artículo 1° de la Constitución peruana preceptúa lo siguiente: «La

defensa de la persona humana y el respeto de su dignidad son el fin

supremo de la sociedad y del Estado». A partir de esto, y considerando que el

fin supremo del Estado en el Perú es el ser humano, se infiere que el bien común

cuya finalidad deben procurar los gobernantes en su accionar, es garantizar la

plena vigencia los derechos reconocidos a la persona humana a fin de que se

puedan materializar las expectativas de realizar su respectivo proyecto de vida.

Por su parte, el CENTRO DE ALTOS ESTUDIOS NACIONALES define el Bien

Común como:

“El Fin Supremo del Estado, considerado como una situación ideal por alcanzar, que

implica un alto índice de desarrollo y perfección de la sociedad, de manera que signifique el

medio social propicio para la plena realización de la persona humana”2

Este centro de estudios –siguiendo la línea conceptual esbozada en su momento

por su predecesora el CENTRO DE ALTOS ESTUDIOSMILITARES3 señala que

esta conceptualización:

Reconoce al Bien Común como el fin supremo del Estado.

Concibe el Bien Común como una situación ideal caracterizada por un alto

grado de progreso y perfección de la sociedad, usándose este sentido

dinámico en razón de que el progreso no tiene fin y que sería utópico

referirse a una sociedad perfecta.

Condiciona la plena realización de la persona humana a la existencia de un

alto índice de desarrollo al que pueda arribar una sociedad en su evolución

histórica, al lograr un estado de cosas que configuren el ambiente social

propicio para la realización de la persona humana.

En el Perú el poder constituido, o sea el estado tiene como deberes

fundamentales los que se encuentran en el artículo 440 de la constitución política

del Perú de 1993:

Artículo 44.- Son deberes primordiales del Estado: defender la soberanía

nacional; garantizar la plena vigencia de los derechos humanos; proteger a

la población de las amenazas contra su seguridad; y promover el bienestar

2 CENTRO DE ALTOS ESTUDIOS NACIONALES; ob. cit., pág. 17. 3 CENTRO DE ALTOS ESTUDIOS MILITARES: “Planteamientos Doctrinarios y Metodológicos de la

Defensa Nacional”. Talleres Gráficos del Servicio de Imprenta FAP, Edición 1993, Tomo I, pág. 29.

Page 3: Deberes y fines del estado

general que se fundamenta en la justicia y en el desarrollo integral y

equilibrado de la Nación.

Asimismo, es deber del Estado establecer y ejecutar la política de fronteras y

promover la integración, particularmente latinoamericana, así como el desarrollo y

la cohesión de las zonas fronterizas, en concordancia con la política exterior. Bajo

la denominación «deberes primordiales del Estado» el presente artículo establece

las finalidades más importantes a cargo del Estado, en su relación permanente

con la Nación.

El primer deber que se menciona es el de defender la soberanía nacional. Como

hemos dicho al comentar el artículo anterior, la soberanía tiene tradicionalmente

dos sentidos complementarios entre sí: equiparidad soberana de los Estados en la

escena internacional, y poder supremo al interior del Estado nacional. Estos son

los dos sentidos que tiene este primer deber. Tiene que ver tanto con la protección

del Perú frente a las amenazas del exterior, como frente a las amenazas que

provengan del interior. Se amenaza la soberanía cuando un Estado extranjero

pretende parte de nuestro territorio o su dominación política. Pero también queda

amenazada cuando una fuerza organizada y con múltiples ramificaciones, el

narcotráfico por ejemplo, pretende ejercer influencia en las decisiones internas

para facilitar sus actividades. Vinculado a este tema, aunque con perspectivas

más amplias, está el segundo párrafo del artículo, que se refiere a la política de

fronteras y al desarrollo y la cohesión de las zonas fronterizas en concordancia

con la política exterior. Estos aspectos de la política nacional tienen relevancia

porque la política de fronteras, que es aún muy importante en América Latina por

su propia configuración histórica, es decisiva para la paz y el progreso de un país.

Si el Estado no tiene una política sólida en esta materia, surgirá la amenaza de

pretensiones exteriores que harán desviar recursos del desarrollo hacia el peligro

de un conflicto armado. Fronteras solucionadas significa, por ello, una mejor

posibilidad de paz y progreso. La cohesión de las zonas fronterizas tiene que ver

con su pertenencia a la Nación y su carácter de borde, de zona de contacto con

otras naciones. Esto tiene muchas dimensiones que incluyen la cultural y

educativa, pero también la económica. Sobre esto último, se debe garantizar que

las zonas de frontera estén integradas al sistema económico nacional, para evitar

que una dependencia significativa del país vecino pueda conducir a un

debilitamiento del lazo nacional con ellas. La política exterior del Estado tendrá

que contemplar expresamente estos asuntos. La Constitución traza las líneas

maestras del «deber ser» del Estado peruano en materia de política de fronteras.

Pese a ello, uno de los problemas irresueltos siempre ha sido la desatención a la

que han sido sometidos las poblaciones y territorios cercanos a nuestras fronteras.

Numerosos estudios han coincidido en afirmar que estos pueblos son,

Page 4: Deberes y fines del estado

contrariamente a] interés estratégico de su ubicación, los que menos desarrollo

han tenido, tanto en términos educativos y culturales como de inversión

económica. Urge, por ello, que el término «política de fronteras» no sólo sea una

bien intencionada disposición constitucional, sino que también se traduzca en

acciones concretas y a largo plazo por parte del Estado.

El segundo deber del Estado es garantizar la plena vigencia de los derechos

humanos, que son los derechos establecidos tanto dentro de la Constitución,

como los demás que, según el art. 3, sin estar taxativamente descritos, deban ser

considerados como tales. La vigencia de los derechos humanos debe entenderse

como compromiso de respeto pleno a la persona humana, promoviéndola integral

mente y absteniéndose el Estado de todo acto u omisión que pudiera afectar el

goce de estos derechos. La vigencia se garantiza de diversas maneras, todas

confluyentes entre sí:

- Educando, en primer lugar, a los funcionarios públicos, personal encargado de la

seguridad y e] orden y a la población en el respeto de los derechos. Hay que

recordar aquí el mandato del tercer párrafo del arto 14 de la misma Constitución.

Si se crea una conciencia de obligatoriedad y desarrollo de los derechos humanos,

se estará contribuyendo efectivamente a su cumplimiento.

- Estableciendo la institucionalidad que permita su protección. Para ello debe

asegurarse, en primer lugar, la existencia y funcionamiento independiente de

todas las instituciones constitucionales relacionadas al tema, particularmente el

Tribunal Constitucional y la Defensoría del Pueblo.

- En general, es muy importante para la garantía de los derechos humanos que el

proceder de la autoridad sea compatible con ellos. Lo anterior implica la necesidad

de fijar códigos de conducta y entrenar a los funcionarios públicos, para hacer

posible el pleno respeto de los derechos humanos, particularmente por los

organismos que tienen como función básica la represión de conductas ilícitas en la

sociedad. El cumplimiento de este deber impone al Estado, y más directamente al

gobierno, deberes ineludibles en el sentido que hemos propuesto, tanto en el corto

como en el largo plazo.

El tercer deber del Estado es proteger a la población de las amenazas contra su

seguridad. La seguridad puede ser considerada como una situación de

cumplimiento esencial de los derechos del ser humano, a fin de que tenga la

posibilidad de progresar tanto espiritual como físicamente. La seguridad supone

desde la posibilidad de alimentarse, hasta la de acceder al bienestar espiritual a

través de la cultura, pasando por una situación familiar estable, por una educación

debida y por un trabajo que le permita subsistir, entre otros elementos esenciales.

Page 5: Deberes y fines del estado

La seguridad implica, desde un punto de vista más descriptivo, los aspectos

físico, emocional, psicológico y espiritual. El aspecto físico entendido como la

seguridad corporal en su sentido más extenso y completo. El aspecto anímico

como la seguridad de tener un desarrollo adecuado de las emociones en el

proceso de socialización, tanto familiar como social. La seguridad psicológica

como el elemento que permite desarrollar adecuadamente todas las funciones

humanas superiores, y la seguridad espiritual como un fenómeno más globalizante

de la persona, que incluye cultura, valores y posibilidad de creación para

realizarse según sus preferencias. Es deber del Estado, en orden a la protección

contra las amenazas a la seguridad de sus nacionales, promover la existencia de

un ambiente social que garantice todos estos aspectos de realización de derechos

para la persona. Obviamente, no corresponde al Estado intervenir detalladamente

en cada uno de los ambientes que son necesarios para que la seguridad se realice

plenamente. Como puede apreciarse, el tema de la seguridad abarca también la

protección contra la delincuencia y el terrorismo. Probablemente este es el

aspecto que más primó en la deliberación constituyente. Pero es mucho más

amplio y complejo, al tomar en cuenta otros aspectos que son necesarios para el

desarrollo del ser humano en la sociedad. Una comprensión ciudadana cabal del

problema, permitirá que la política cotidiana se vaya adecuando progresivamente

a los imperativos de este deber constitucional del Estado. Es preciso anotar que el

arto 58 establece que uno de los ámbitos de actuación del Estado en asuntos

económicos es la seguridad. Deberá, por tanto, asignar recursos que permitan que

la situación de seguridad de la población mejore significativamente. El cuarto

deber establecido en el arto 44 para el Estado es la promoción del bienestar

general, que se fundamenta en la justicia y en el desarrollo integral y equilibrado

de la Nación.

El vocablo “Seguridad” viene del latín ‘securitas’ y su adjetivo ‘securus’, que

califica la condición de vivir ‘sin temor’ o despreocupados. El CENTRO DE ALTOS

ESTUDIOS NACIONALES define el concepto de Seguridad como “el margen de

protección a la que tiene derecho una determinada persona, grupo social o

Estado, frente a amenazas o riesgos de diverso tipo, sean estos imaginarios o

reales, naturales o sociales y que constituye un derecho inalienable del hombre,

para alcanzar el bienestar y desarrollo.”4 Al respecto, cabe señalar que el

concepto de seguridad ha evolucionado increíblemente, alcanzando

connotaciones de multidimensionalidad y globalidad, siendo el término que

mayores adjetivaciones ha venido recibiendo. En esta definición, el CAEN

incorpora parte de la definición que se estableció en la “Declaración sobre

Seguridad en las Américas” adoptada en México en octubre del 2003, que

4 CENTRO DE ALTOS ESTUDIOS NACIONALES; ob. cit., pág. 42.

Page 6: Deberes y fines del estado

reconoce el carácter multidimensional y global de la seguridad y señala la

contribución de los procesos de integración subregional y regional, para la

estabilidad y seguridad en el hemisferio. Aunque la expresión “Seguridad

Nacional” puede encontrarse en diferentes documentos de antigüedad histórica,

sin embargo, su incorporación al vocabulario común de las Relaciones

Internacionales sucedió en 1943, con el libro “Política Exterior de los EEUU:

Escudo de la República” de WALTER LIPPMANN. Ahí se reconocieron dos

hechos relevantes: primero, lo referente al desuso y paulatino reemplazo del

término de “defensa”, con su connotación clásica de repeler agresiones, por uno

más amplio y complejo como es el de “seguridad”, que no sólo sugería resistencia

a las amenazas, sino “anticipación y prevención” de las mismas; y segundo, que la

expresión “seguridad nacional” era una función del poder: “a mayor poder nacional

se requería mayor alcance o radio reacción de la seguridad”. Esta concepción fue

la que inspiró al Presidente TRUMAN, para que en 1947 emitiera la Ley de

Seguridad Nacional de los EEUU, que permitió reorganizar sus Fuerzas Armadas,

su estructura superior (crea un Estado Mayor Conjunto y la Junta de Jefes de

Estado Mayor), y crear organismos capaces de desarrollar ideas estratégicas tales

como el Consejo de Seguridad Nacional y la Agencia Central de Inteligencia (CIA).

Ese concepto se extendió casi en forma inmediata a toda América, extendiéndose

en términos globales e influyendo en órganos como la Organización de Estados

Americanos y la Junta Interamericana de Defensa. Doctrinariamente, la Seguridad

Nacional es “la situación en la que el Estado tiene garantizada su existencia,

presencia y vigencia así como su soberanía, independencia e integridad territorial

y de su patrimonio, sus intereses nacionales, su paz y estabilidad interna, para

actuar con plena autoridad y libre de toda subordinación, frente a todo tipo de

amenazas ”5 Por su parte, el Libro Blanco de la Defensa Nacional del Perú (2005) 6, sólo define el término seguridad, pero lo hace refiriéndose al Estado, sin

emplearlo en relación a lo Nacional, englobando todo un término como “seguridad

y defensa nacional”, pero sin llegar a definirlo o conceptualizarlo, creando

confusión en su interpretación, ya que párrafos debajo sí define el término

“defensa nacional”, pero nuevamente establece una definición ambigua que

Puede calzar para casi cualquier actividad estatal.

Desde tiempos inmemoriales, la Seguridad es una necesidad básica de la persona

y de los grupos humanos. Pero además, en la actualidad es un derecho

inalienable del hombre y de las Naciones sin excepción. La Seguridad implica las

nociones de garantía, protección, tranquilidad, confianza, prevención, previsión,

preservación, defensa, control, paz y estabilidad de las personas y grupos

sociales, frente a las amenazas o presiones que atenten contra su existencia, su

5 CENTRO DE ALTOS ESTUDIOS NACIONALES; ob. cit., pág. 44. 6 MINISTERIO DE DEFENSA; ob. cit., págs. 61-62.

Page 7: Deberes y fines del estado

integridad, sus bienes, el respeto y ejercicio de sus derechos, etc. Al respecto, el

Artículo 3° de la Declaración Universal de los Derechos Humanos aprobada por la

Asamblea General de las Naciones Unidas (ONU) el 10 de diciembre de 1948,

prescribe que «Todo individuo tiene derecho a la seguridad de su persona», y

más adelante: «Todos tienen derecho a ser protegidos». Evidentemente, si el

Bienestar General –como uno de los fines esenciales del Estado–requiere un

ambiente de seguridad y tranquilidad que posibilite la realización de la persona

humana, sobre el presupuesto de la oportuna y adecuada satisfacción de sus

necesidades, para alcanzar tal fin, el Estado debe eliminar o neutralizar todas las

amenazas o presiones capaces de perturbar o interferir el desarrollo de la Política

Nacional y de los esfuerzos desplegados para lograr el Bienestar General. En este

contexto, el concepto de Seguridad comprende la protección y garantía que la

acción política del Estado se desarrolle en total normalidad y para que el Bienestar

General se vaya alcanzando en forma progresiva y sostenida. La Seguridad

Integral constituye un fin esencial del Estado y es, además, el medio que permite,

garantiza y propicia la acción que realiza el Estado en procura del Bienestar. En

esta perspectiva, constituye la condición necesaria e ineludible para alcanzar el

Bienestar. Sobre el particular, el CENTRO DE ALTOS ESTUDIOS NACIONALES

conceptualiza lo siguiente: “Es la situación en la cual el Estado tiene garantizada

su existencia, la integridad territorial y de su patrimonio, la paz social, la seguridad

ciudadana, su independencia y soberanía, entendida estas como la facultad de

actuar con plena autonomía y libre de toda subordinación en el campo interno y

externo”7

Por su propia naturaleza el hombre es un ser inconforme con su destino universal,

y en este devenir, advierte y reconoce sus necesidades materiales y espirituales, y

de acuerdo a su situación material busca los medios para su satisfacción

existencial. Por esta razón, se dice que el ser humano es un fin en sí mismo

(objeto de derecho); y que los demás seres inferiores y bienes materiales

existentes, son los medios para alcanzar sus fines (sujetos de derecho). En esta

situación de necesidad, surge el deseo de satisfacerlas. De aquí, que el hombre

no se empeñe solamente por estar en el mundo sino, y fundamentalmente, por

estar bien; es decir, que el logro del bienestar implica un estado o situación en el

cual se ha resuelto o se resuelve sus múltiples necesidades. Por consiguiente, el

bienestar supone un estado de equilibrio pleno entre el medio psicoorgánico

(interno) y el medio social-cósmico (externo).

Ahora bien, el bienestar no implica la adaptación del hombre al ambiente, sino la

adaptación del ambiente al hombre. Pero por lo general, el ambiente no otorga los

medios suficientes para la satisfacción de todas las necesidades humanas –

7 CENTRO DE ALTOS ESTUDIOS NACIONALES; ob. cit., pág.19

Page 8: Deberes y fines del estado

individuales y colectivas–, de manera que el bienestar se muestra siempre

incompleto, imperfecto. La solución a este problema, conlleva la identificación del

bienestar como el fin de todas las actividades del ser humano, en procura de

conseguir como persona un estado de cosas tal, que le permita poder satisfacer

sus necesidades materiales y espirituales en la forma más óptima posible y en el

momento en que así lo requiera.

Considerando estos postulados, el CENTRO DE ALTOS ESTUDIOS

NACIONALES define al Bienestar General como la “Situación en la que, las

necesidades espirituales y materiales de la persona humana se satisfacen en

forma adecuada y oportuna en un ambiente de seguridad y tranquilidad”8. La idea

central de esta conceptualización radica en la satisfacción de las necesidades

humanas. En efecto –se agrega–, la persona tiene necesidades individuales que

busca satisfacer porque le asiste la razón, la libertad y el sentido de la

responsabilidad; pero además, es parte de la sociedad en cuyo contexto se ubican

las necesidades colectivas que no son la sumatoria de las necesidades

particulares, sino el producto de las mismas. La atención óptima de las

necesidades individuales y colectivas presentes y latentes del hombre y de la

sociedad, continúa el texto, otorga el carácter de amplitud y generalidad del

bienestar, razón por la que adopta la denominación de Bienestar General.

Programáticamente, el Bienestar General exige la configuración de un orden social

óptimo y adecuado, que se halle inspirado en el Bien Común, pero que al mismo

tiempo tenga un orden tal que posibilite y asegure a todos los hombres su

realización digna como personas humanas. Asimismo, que garantice la

satisfacción adecuada de las necesidades de desarrollo personal en forma

oportuna, en el sentido de que pueda hacerse efectiva en el momento en que es

requerido. El grado y la forma de cómo se satisfacen las necesidades colectivas

(necesidades comunes a todas las personas que conforman la sociedad), se

afirman, determinan la calidad de vida existente en una colectividad nacional. A su

vez, la calidad de vida puede ser vista como una realidad compleja, que reúne un

variado conjunto de componentes, y que permite obtener una idea de cómo en

una sociedad dada, las personas tienen satisfechas sus necesidades materiales y

espirituales. La calidad de vida puede ser susceptible de medición con el auxilio de

indicadores o puede ser apreciada indirectamente o cualitativamente. Se señala

que es posible afirmar que una sociedad ha logrado una significativa aproximación

al Bienestar General, cuando se producen estas situaciones:

Se ha establecido un orden social tan justo como sea posible.

8 CENTRO DE ALTOS ESTUDIOS NACIONALES; ob. cit., pág. 19.

Page 9: Deberes y fines del estado

La igualdad de oportunidades se ha institucionalizado a plenitud en la

sociedad.

Se ha fijado parámetros, poco distanciados entre los grados máximo y

mínimo en el confort y en el desarrollo cultural, extensibles a todas las

personas. Se ha estabilizado un hábito en cuanto al reconocimiento y

respeto a los derechos fundamentales de la persona humana, en la

totalidad de la colectividad nacional, sin excepciones; y,

Se ha logrado la realización de la persona humana, respaldada por la

capacidad del Estado para satisfacer sus necesidades materiales y

espirituales, individuales y colectivas.

El bienestar general es un concepto vinculado a la naturaleza misma de la

sociedad. Los defensores de la teoría del contrato social tomaron diversos criterios

para explicar el paso del estado de naturaleza al estado de sociedad e, inclusive,

sostuvieron que eran distintos los bienes que se establecían o se mejoraban al

pasar de un estadio al otro. Pero todos coincidieron en decir que la finalidad de

pasar de una forma a la otra era lograr una vida mejor para todos los componentes

del grupo. Así pues, el bienestar general es un concepto a la vez individual y

social. Es individual en el sentido que cada persona tiene que progresar para sí

misma y en su entorno familiar. Es social porque es en el conjunto social, en la

buena disposición y en las buenas perspectivas de la sociedad que puede

realizarse mejor el progreso individual antes mencionado. Lo individual y lo social

interactúan permanentemente y no puede haber progreso en uno sin progreso en

el otro, salvo situaciones verdaderamente excepcionales o aisladas. En este

sentido, el bienestar general se relaciona con otras dos normas que hemos visto

anteriormente, aunque no se agota en ellas: una, la definición del Perú como una

República social (artículo 43 de la Constitución), y otra, la educación para la

solidaridad (artículo 14 de la Constitución). El bienestar general se fundamenta en

dos pilares. El primero de ellos es la justicia y debemos entenderla, en

consonancia con lo dicho anteriormente, en un sentido social.

Acercarse a un concepto de justicia social que pueda ser aplicado a la realidad y

que tenga el efecto benéfico de equilibrar las diferencias para que todos puedan

tener su oportunidad de bienestar, es un objetivo de largo plazo y de mucho

compromiso y creatividad. Como es obvio, este reclamo de justicia afecta a la

administración de justicia que formalmente tiene a su cargo el Poder Judicial, pero

la trasciende para hacerse necesario también en otros ámbitos de la decisión

política del Estado. En realidad, la actividad del Estado en sí misma debe estar

impregnada de espíritu de justicia en todos sus actos y niveles. En este sentido, es

un principio orientador general y también, hermenéutica de la interpretación del

sistema jurídico en general. El desarrollo integral y equilibrado de la Nación es el

Page 10: Deberes y fines del estado

otro pilar del bienestar general. El desarrollo significa crecimiento con distribución.

Crecimiento es el dinamismo impuesto a la economía para que los volúmenes de

producción de riqueza sean óptimos en relación a la explotación racional de los

recursos de un país. No hay progreso sin crecimiento; pero a la vez, no hay

justicia si no existe una distribución que considere la decisión de practicar la

solidaridad. La distribución en ese sentido es la posibilidad de que todos los

sectores sociales accedan a beneficiarse del crecimiento de la producción. La

proporción en que unos y otros finalmente participen de la riqueza no es un asunto

constitucional sino político y ético; pero el significado del concepto de desarrollo

que manda la Constitución, es que todos tengan participación, por diferenciada

que sea. El concepto integral pretende decir que el desarrollo no debe focalizarse

en partes, sean estas funcionales o territoriales. La responsabilidad del Estado es

que todo el territorio y todos los grupos humanos puedan progresar y ser

equilibradamente desarrollados. El concepto equilibrado quiere decir que el

desarrollo no debe estar orientado a unos grupos sociales, a partes del territorio o

determinados sectores de actividad. Tiene que referirse a todos los ámbitos,

buscando compensar las desventajas de unos con las ventajas de otros. En el

Perú hay un desequilibrio fundamental entre la zona de Lima y Callao y el resto de

la República. Sólo compensar este desarrollo ~ desequilibrado demandará

muchos esfuerzos en el largo plazo. Es mandato constitucional hacerla. En el

segundo párrafo del arto 44, además de lo ya comentado, se manda promover la

integración, particularmente la latinoamericana. Esta norma, por cierto, debió

merecer tratamiento en un artículo propio, porque engloba a otras dimensiones del

Estado; responde a la necesidad de un país de incorporarse en el marco más

amplio de los grandes acuerdos regionales y funcionales que existen en el mundo

para las relaciones, particularmente las económicas, en un contexto de

interconexión y globalización de los vínculos humanos en todo el Orbe. Esta

realidad, acentuada dramáticamente por el proceso tecnológico en los últimos

años del siglo XX, tiene que reflejarse en vínculos estrechos y en el manejo de la

creciente interdependencia de unos Estados con otros. El ámbito privilegiado del

Perú es su contexto geográfico, que resulta ser América Latina. Por eso se da un

interés preferencial a este tipo de integración. Sin embargo, hay conciencia de que

no es el único ámbito de integración que corresponde al Perú y por ello se manda,

genéricamente, promover la integración. En los últimos años, el Perú ha estado

particularmente activo en la región del Pacífico, especialmente vinculado a países

del Asia. Ello forma parte de otro contexto que debemos aprovechar como país.

Para el cumplimiento de todos estos fines, el Estado debe comprometer el íntegro

de sus recursos y posibilidades. No se trata de que la política de derechos

humanos corresponde al sector Justicia y al Sector Interior, la política internacional

a la Cancillería y la de seguridad al Ministerio de Defensa. No es lo que exige la

Constitución, que establece todo ello como deberes primordiales del Estado, es

Page 11: Deberes y fines del estado

decir de todo el conjunto. Es responsabilidad de los gobiernos hacer que este

mandato se cumpla integralmente, en el contexto de los planes generales de

gobierno que elaboren según sus propias opciones políticas.

La cuestión de los fines del Estado consiste en determinar qué actividades debe

desarrollar. Este problema está relacionado con el de los derechos individuales,

porque en él se trata de dilucidar cuales son las cosas que el Estado debe dejar

que realicen los hombres y cuáles debe cumplir por sí mismo.

LA DEFENSA NACIONAL

En la actualidad, tanto la seguridad personal, familiar así como el propio Estado,

se encuentran sometidos permanentemente a todo tipo de amenazas o

agresiones, ya sea en forma abierta o encubierta, o, a nivel interno como externo,

comprometiéndose de este modo la integridad personal, familiar y la del mismo

Estado. En este contexto, si bien es cierto que el Estado tiene entre sus deberes

primordiales el de velar por la seguridad de la población que la integra, sin

embargo, es igualmente cierto que cada uno de los individuos que constituyen el

Estado tiene también asumida una parte de esta responsabilidad. Esto se

desprende del concepto que surge de los elementos tradicionales y modernos del

Estado, que para el efecto, es entendido como la Nación organizada jurídica y

políticamente sobre un determinado territorio y bajo una misma autoridad que es el

gobierno, y cuya finalidad suprema es la realización del Bien Común. En el Manual

Básico publicado por la SECRETARÍA DE DEFENSA NACIONAL, se señala:

“El Estado como ente social, político, económico y jurídico ve la por la supervivencia, por

su libertad, sus valores, su territorio, su desarrollo, lo que significa: el BIEN COMÚN de

la sociedad peruana. En consecuencia, el Estado nace por la necesidad que tiene la

sociedad de lograr el bien común de sus integrantes, o sea el bien de la col ectividad

nacional, del bien de todos los integrantes de un cuerpo social”9

En esta concepción, el Bien Común es el fin supremo del Estado, considerado

como una situación ideal por alcanzar, por un alto grado de progreso y perfección

de la sociedad, a fin de propiciar la plena realización de la persona humana.

Precisamente por esta razón, el Artículo 1° de la Constitución Política consagra a

la persona humana con esta categoría de fin supremo de la sociedad y del Estado,

no sólo porque el ser humano es un fin en sí mismo –de donde surge su

consideración como sujeto de derecho–, sino también, porque su realización a

través de la concretización de su proyecto de vida requiere de condiciones

9 SECRETARÍA DE DEFENSA NACIONAL: “DEFENSA NACIONAL. Manual Básico para el Sistema

Educativo Peruano”. Lima, Perú, 1ª edición, 1997; pág. 37.

Page 12: Deberes y fines del estado

altamente óptimas que posibiliten, promuevan, protejan y garanticen su

consecución. Lo cual, solamente puede ser posible de alcanzar si existe el

Desarrollo Nacional. Ahora bien, todas las medidas y previsiones que el Estado

adopta para garantizar su propia existencia y al mismo tiempo proteger el

Desarrollo del país constituyen el quehacer de la Defensa Nacional. Las acciones

que forman parte de ese quehacer se realizan no sólo en el propio territorio (con

respecto al orden social, político, económico y científico tecnológico establecido)

sino también fuera de él, en lo que concierne a su relación con los demás países

Que coexisten en el contexto internacional. Además, enfrenta las dificultades que

surgen como producto de los desastres, catástrofes y otros fenómenos de la

naturaleza, o los producidos por la acción del hombre y que pueden afectar a un

gran número de personas, las mismas que forman parte de lo que se conoce

como Defensa Civil.10 En este marco, el concepto de Defensa Nacional nace de

las finalidades que orientan la Política Nacional y está ligado a la existencia misma

del Estado y a su supervivencia como entidad social, política, económica y

jurídica. Afronta un conjunto de problemas complejos y permanentes en cuya

solución intervienen los altos órganos de conducción política del Estado, los

dirigentes de las actividades económicas, sociales, culturales, públicas y privadas.

Sin embargo, la Defensa Nacional no se identifica únicamente con problemas

militares–como tradicionalmente se consideraba antes–, pudiendo presentarse en

todos los campos de la actividad humana, como por ejemplo: la subversión, la

extrema pobreza, el tráfico ilícito de drogas, el narcotráfico, la contaminación

ambiental, la migración o la disparidad tecnológica que afecten a la seguridad

nacional. Por estas razones, la Defensa Nacional es conceptualizada

modernamente como:

“El conjunto de previsiones, decisiones y acciones que el gobierno genera y ejecuta

permanentemente para lograr la Seguridad Nacional y alcanzar sus objetivos, incluyendo

su integridad, unidad, bienestar y la facultad de actuar con autonomía en el ámbito

interno, y libre de toda subordinación en el ámbito externo.”11

Y, asimismo, se sostenga que la política de Seguridad y Defensa Nacional:

“Es una Política de Estado que tiene por finalidad orientar la selección, preparación y

utilización de los medios del Estado para la obtención y mantenimiento de la Seguridad

Nacional, tanto en el frente externo como en el interno. Esta política está constituida por

el conjunto de lineamientos generales para estructurar, coordinar y armonizar los

10 CENTRO DE ALTOS ESTUDIOS NACIONALES; ob. cit., pág. 48. 11 CENTRO DE ALTOS ESTUDIOS NACIONALES; ob. cit., pág. 49.

Page 13: Deberes y fines del estado

esfuerzos de los campos de acción del Estado: Defensa y Desarrollo, para hacer frente a

los obstáculos, riesgos, amenazas o desafíos contra la seguridad y los intereses del

Estado.”12

Los fines del Estado se dividen en primarios y secundarios.

Fines primarios

Son los que el Estado debe cumplir necesariamente, como condición de

existencia. Son los fines imprescindibles; si el Estado no los realizara no existiría

como tal. Este puede admitir que la enseñanza o la actividad consistente en

regular los cambios y la moneda, esté en manos de particulares, pero si en una

sociedad los particulares o -las familias- deben hacerse justicia por su mano

(sistema de la venganza privada), en ella no hay Estado.

Entre los fines primarios está el mantenimiento del orden en el interior y

la seguridad en lo exterior. Orden y paz se ha dicho, constituyen los elementos

más urgentes que aparecen en todos los Estados de la Historia.

El mantenimiento del orden se realiza por medio de la Policía y la Justicia. La

policía previene las alternaciones del orden y reprime las violaciones, la justicia

controla dicha autoridad e impone las sanciones. En último término todo se

resuelve en establecer la realización del Derecho.

En lo extremo el Estado debe ofrecer la seguridad -paz-. Es decir que debe

cumplir el fin de defensa de los hombres que lo forman. De todas las

eventualidades exteriores.

Se incluye, a menudo, entre los fines primarios, la realización de

los servicios financieros: cobre de contribuciones (impuestos, tasas, etc.) y pago

del presupuesto.

Fines secundarios

Son aquellos que el Estado realiza sin que sea imprescindible que los cumpla.

Podrían existir aunque no los tomara a su cargo, aunque la tendencia moderna del

Estado intervencionista hace que la mayoría de estos fines se realicen por todos

los Estados en tal forma que están consustanciados con su existencia misma.

Serían la instrucción y la salud pública y la coordinación (y cada vez más la

realización) de muchas actividades industriales (A.N.C.A.P.) comerciales,

bancarios (Banco República, de Seguros e Hipotecario), Agrícola-ganaderas

(Ministerio de agricultura y pesca, etc.).

12 MINISTERIO DE DEFENSA; ob.cit., Capítulo III, pág. 62.

Page 14: Deberes y fines del estado

Es un hecho histórico innegable que el Estado de nuestros días ha aumentado

considerablemente el número de fines que realiza con relación al Estado de hace

50 o 60 años, por ejemplo, siendo la característica actual el intervencionismo del

Estado y el desplazamiento por este del individuo y muchas actividades.

No hay duda que esa tendencia hacia el intervencionismo del Estado se revierte

en la época contemporánea donde se trata de reducir el papel de Estado a través

de volver los servicios públicos a manos privadas o mixtas (privatizaciones)

conforme con la tendencia de la economía mas resiente que parece adoptarse en

todos los países del mundo sea cual sea su régimen político.

Identidad nacional

El significado de la identidad nacional

Ahora bien, es en un entorno globalizado donde los actores sociales desarrollan

cotidianamente diversidad de acciones; y en él donde se configura la identidad

social en general y la identidad nacional en particular

Connotación de la expresión identidad nacional

Para responder a la pregunta formulada plantearemos una definición basada en

las características de la identidad nacional, que son las siguientes:

Identificación con los patrones culturales propios: Esto implica percibir como

suyas las diversas expresiones y manifestaciones culturales que se han ido

integrando en el decurso histórico de la sociedad en la cual nos

desarrollamos, pasando a forman parte de aquellas que categorizamos

como «nuestras« para diferenciarlas de las “ajenas” que pertenecen a

quienes no comparten nuestra cultura. Los actores sociales se identifican

con los productos culturales propios y con manifestaciones culturales tales

como la lengua, la música, la danza e inclusive la alimentación. Con

respecto a esta última, es frecuente que una de las primeras acciones de

quien retorna a su país de origen luego de algunos años, sea ir en

búsqueda de alguno de “sus platos típicos”: Cebiche en el Perú, tacos en

México, arepas en Venezuela. feijoada en Brasil, etc. La circunstancia de

reconocer a cierta cultura por alguno de sus rasgos o sus monumentos

históricos conduce a que eventualmente una sola imagen nos remita a esa

realidad. En esta medida tendremos entre otras las siguientes: Torre Eiffel =

Francia, Machu Picchu = Perú, Cristo del Corcovado = Brasil, Pirámides =

Egipto, Estatua de la Libertad = Estados Unidos, Taj Mahal = India, etc.

Page 15: Deberes y fines del estado

Sentido de pertenencia a un sujeto colectivo: Vale decir, que nos

percibamos como parte de un conglomerado de individuos que teniendo

características en común (“nosotros”) se diferencian de los demás que no

pertenecen al mismo conjunto (“los otros”). En tanto involucra el criterio de

nación, ello no supone necesariamente la convivencia en un territorio

definido, delimitado por fronteras; pero sí el estar integrados en ese

conglomerado de individuos que se reconocen por « su « nacionalidad en la

que identifican como « los nuestros « a otras personas con quienes

comparten elementos comunes tales como valores, normas, criterios,

patrones de crianza, modalidades de interacción, idioma, etc. Pensemos

por ejemplo en los gitanos quienes pese a no haber coexistido jamás en un

territorio común, sino ser característicamente nómades que se establecen

de manera más o menos temporal en diversos puntos del planeta, se

sienten sin embargo parte de un mismo ente colectivo que los agrupa, con

una serie de rasgos comunes, que en todo caso los diferencian de las

personas que viven en su mismo país de nacimiento o residencia.

Espíritu de cuerpo: O sea defensa corporativa de los suyos ante los demás.

Esto puede ponerse en evidencia ante situaciones de diversa índole, tal

como podemos testimoniarlo en el caso de nuestro país. En la década

pasada, frente a la toma de la Residencia del Embajador del Japón,

personas de diversos sectores sociales y políticos con diferentes criterios

ideológicos, depusieron por el momento sus rivalidades o críticas para

expresar su acuerdo con las decisiones que sobre el particular adoptase el

Gobierno peruano.

Identificación con su grupo de pertenencia: Es menester explicar

previamente dos conceptos: Grupo de pertenencia que alude al conjunto de

individuos en el cual se integra el individuo y grupo de referencia que más

bien indica el conglomerado con el cual se identifica, del cual admite

influencia. La persona identificada con “lo suyo” toma como grupo de

referencia aquel en el cual se incluye. Esto es, admite de manera consiente

la influencia que éste puede producir sobre su comportamiento, sus

normas, valores y en general sobre todas las manifestaciones de su cultura.

Aunque ha ocupado un lugar central en los trabajos de teóricos clásicos como

Weber, Durkheim y Marx, en los años 60 y 70 tuvo particular relevancia la

discusión acerca de la alienación, considerada como el enajenamiento de sí

mismo. En términos de la temática que estamos analizando, consistiría en

identificarse con un grupo de referencia ajeno al suyo. Así el individuo estaría

habitualmente más interesado en parecerse a “los otros” que en reforzar aquellas

características que lo identifiquen con “lo suyo” y lo integren a “los suyos”.

Page 16: Deberes y fines del estado

La construcción de la identidad se relaciona necesariamente con los estímulos del

contexto en el cual se encuentra el individuo, los que incluyen necesariamente a

otros seres humanos que condicionan representaciones. La identidad se hace

efectiva en vinculación con dos variables básicas: La cultura y la comunidad. En

cualquier cultura se mantiene en vigencia un sistema de percepción y

representación de la realidad, del mundo en general, que es reforzado por las

representaciones de sí mismo, involucrando esto el funcionamiento de códigos

culturales que proporcionan un marco de referencia para la vida en comunidad en

la medida que orientan las formas de comportamiento social (Abarzúa, 1993). Por

cuanto la comunicación es una actividad inherente al ser humano, la identidad

colectiva se configura, permanece y evoluciona en relación con un flujo suficiente

de información.

“Las sociedades y los individuos se abren y cierran normalmente ante la información y la

comunicación, y ello está íntimamente relacionado con el sentimiento del “nosotros” frente

a los otros”13.

En consonancia con el criterio anotado, la interiorización de los elementos que

configuran la identidad depende de los procesos siguientes:

1. Apertura: Implica la búsqueda y clasificación de la información del ambiente

2. Cierre: Respuesta de protección frente al exceso de información adversa,

entendida en general como ruido social.

La apertura involucra en cuanto a la identidad, la búsqueda de información

relevante, congruente con el sentimiento de “lo nuestro” a fin de reforzarla;

naturalmente ello supone recibir tanto datos internos como externos al sujeto

colectivo al que se pertenece. El cierre implica una referencia a los suyos y una

conducta de rechazo a todo lo que no provenga de la propia identidad;

categorizándose en este caso como ruido aquello que no sea congruente con la

identidad percibida.

En caso extremo, apertura involucrará la aceptación indiscriminada de información

(lo que afectaría notoriamente la identidad); mientras que el cierre se expresaría

en actitudes de prejuicio o en conductas etnocéntricas, xenófobas, racistas o en

alguna manifestación de conducta anómica. La anomia como característica de una

sociedad cosmopolita fue planteada inicialmente por Émile Durkheim y

desarrollada posteriormente por varios autores principalmente por Robert Merton.

13 KLAPP, MARTIN, 1982

Page 17: Deberes y fines del estado

Desde una perspectiva que hasta cierto punto concuerda con Klapp, entendemos

que en general la identidad social se construye a partir de una serie de fuentes de

información que interactúan entre sí de diversas maneras, y con las cuales entra

en contacto el individuo. Intentando generalizar criterios que María Cristina Mata

(1991) ha formulado para la identidad popular, serían las siguientes:

La experiencia cotidiana transformada en representaciones de sí mismos.

Las representaciones que « los otros « elaboran y expresan.

Las percepciones formuladas en las instituciones sociales.

Las que plantean las personas significativas y los líderes de opinión.

Los mensajes masivos.

Tomando en cuenta los criterios de Habermas, Ricardo Sol (1988), revela la

existencia de una relación estrecha entre la vida cotidiana y la identidad nacional,

la cual se interioriza en función de tres clases de desarrollo:

1. Desarrollo cognitivo: Que involucra el creciente reconocimiento de que se

poseen patrones culturales propios, que son atributo tanto de sí mismo como de

quienes percibe como “los suyos”. En otras palabras el sujeto adquiere conciencia

de que pertenece a cierto conglomerado humano.

2. Desarrollo lingüístico: Que supone incorporar paulatinamente modalidades

específicas de simbolización de la realidad, que van haciendo posible su ajuste

cada vez más perfeccionado a las demandas de comunicación que se plantean en

el contexto. Este desarrollo permite que por un lado el individuo interiorice el habla

nativa y por otro que haga suyo el universo discursivo, vale decir las expresiones

que están en vigencia en cierto momento de la historia de la sociedad en que se

desempeña. Y no solamente ello, sino que aprenda el uso de las expresiones

verbales y formas de comunicación no verbal ajustadas a situaciones específicas.

3. Desarrollo interactivo: Que significa interiorizar modalidades y patrones de

interacción que le permiten relacionarse con los demás de manera ajustada a su

realidad. Esto se hace efectivo en tanto se interiorizan las normas y valores tanto

de la sociedad en su conjunto como del contexto inmediato en particular.

En toda sociedad operan un conjunto de paradigmas dominantes, de

concepciones de la realidad que cumplen el papel de orientadores del

comportamiento de los actores sociales.

Ubicamos en esta categoría en primer lugar a las concepciones ideológicas

explícitas o implícitas a partir de las cuales se conduce y cohesiona a un

Page 18: Deberes y fines del estado

determinado sistema social y que se expresan en el accionar práctico de los

estados y de las políticas que implementan.

En segundo lugar, tenemos a las concepciones religiosas cuyo desempeño como

orientadoras de la vida social es evidente. En algunas sociedades poseen un

marcado peso, en tal medida que inclusive llega a intervenir en la propia

modalidad de gobierno, donde los líderes religiosos son a la vez quienes

conducen el gobierno (Vg. en la República Islámica de Irán), mientras que en

algunas otras, si bien la Iglesia no conduce el estado, su rol en la sociedad y en el

proceso de socialización al interior de la misma, es muy significativo.