de la. para que tú existas es necesario que tengas todas las partes esenciales de tu cuerpo, de lo...

48
BIOGRAFÍA DE LA OBLIGACIÓN

Upload: maria-del-pilar-dominguez-navarrete

Post on 02-Feb-2016

215 views

Category:

Documents


0 download

TRANSCRIPT

Page 1: DE LA. Para que tú existas es necesario que tengas todas las partes esenciales de tu cuerpo, de lo contrario no existirías. Con la obligación pasa lo

BIOGRAFÍADE LA

OBLIGACIÓN

Page 2: DE LA. Para que tú existas es necesario que tengas todas las partes esenciales de tu cuerpo, de lo contrario no existirías. Con la obligación pasa lo

Para que tú existas es necesario que tengas todas las partes esenciales de tu cuerpo, de lo contrario no existirías. Con la obligación pasa lo mismo, si le faltan sus elementos, no existe.

ELEMENTOS DE LAOBLIGACIÓN

Hola, soy la OBLIGACIÓN!!

B) RELACIÓN JURÍDICA Es el vínculo que une a los dos sujetos.

C) OBJETOPuede ser de dos tipos

C.1. CONDUCTA Que debe observar el obligado :DAR, HACER O NO HACER.

C.2. COSALo que debe “DAR” el obligado.

A) SUJETOS

Pueden ser de dos tipos

A.1. ACREEDOR.Tiene derecho de exigir.

A.2.DEUDOR.Está obligado a hacer, dejar de hacer o dar.

Page 3: DE LA. Para que tú existas es necesario que tengas todas las partes esenciales de tu cuerpo, de lo contrario no existirías. Con la obligación pasa lo

Elementos de la obligación

A. Sujetos A.1.Acreedor

A.2. Deudor.

C. Objeto

C.1.Conducta

C.2. La cosa

B. Relación jurídica

CONCEPTO MODERNO DE OBLIGACIÓN. Necesidad jurídica que tiene una persona llamada obligado-deudor, de cumplir voluntariamente a favor de otra persona, denominada acreedor, que le puede exigir, una prestación de carácter patrimonial (pecuniaria o moral).

La obligación consta de los siguientes:

Page 4: DE LA. Para que tú existas es necesario que tengas todas las partes esenciales de tu cuerpo, de lo contrario no existirías. Con la obligación pasa lo

Contrato Enriquecimiento ilegítimo

Gestión de negocios

Hechos ilícitos y responsabilidad

objetiva

Riesgo profesional.

Declaración unilateral de voluntad

FUENTES DE LAS OBLIGACIONES

¿De dónde vengo, quiénes son mis

padres?

Page 5: DE LA. Para que tú existas es necesario que tengas todas las partes esenciales de tu cuerpo, de lo contrario no existirías. Con la obligación pasa lo

En el Código Civil para el Distrito Federal, se señala que “contrato” es una especie del género “convenio” por eso primero define CONVENIO en el artículo 1792, como: “ Acuerdo de dos o más personas para crear, transferir, modificar o extinguir obligaciones”,

continúa con el artículo 1793, que a la letra dice: “Los convenios que producen o transfieren las obligaciones y derechos toman el nombre de contratos”

1. MI PAPÁ CONTRATO

Page 6: DE LA. Para que tú existas es necesario que tengas todas las partes esenciales de tu cuerpo, de lo contrario no existirías. Con la obligación pasa lo

ELEMENTOS DEL

CONTRATO

DE EXISTENCIA

EL CONSENTIMIENTOCONSENTIMIENTO

OBJETO

SOLEMNIDAD

DE VALIDEZ

LA CAPACIDAD

LA AUSENCIA DE VICIOS EN EL CONSENTIMIENTO

LA LICIITUD EN EL OBJETO, MOTIVO O FÍN.

L AFORMA

Page 7: DE LA. Para que tú existas es necesario que tengas todas las partes esenciales de tu cuerpo, de lo contrario no existirías. Con la obligación pasa lo

1. CONSENTIMIENTO O VOLUNTAD.

La unión acorde de voluntades de los sujetos que intervienen, en los términos señalados en la norma o supuesto jurídico, se llama consentimiento y debe ser orientada a producir o transferir derechos y obligaciones

2. OBJETO. DIRECTO.

Es la conducta que puede manifestarse como prestación (hacer algo o dar algo) o abstención (no hacer algo). Estas conductas deben ser lícitas. INDIRECTO. La cosa, como contenido del dar; el hecho como contenido del hacer; y la abstención como contenido del no hacer.

3. LA SOLEMNIDAD.

La manera de exteriorizar las voluntades y consentimientos de los sujetos, en los contratos solemnes, es elemento de existencia, en los demás es un elemento de validez.

¿Sin los elementos de EXISTENCIA, el contrato….?¡Exacto¡

NO EXISTE

Page 8: DE LA. Para que tú existas es necesario que tengas todas las partes esenciales de tu cuerpo, de lo contrario no existirías. Con la obligación pasa lo

Cuando los sujetos dicen SI, se ponen de acuerdo en las obligaciones y derechos que quieren contraer. Por Ej. En la compra venta de un carro, determinar de qué carro se trata y el precio que se va a pagar por el mismo.

CONSENTIMIENTO O

VOLUNTAD

Page 9: DE LA. Para que tú existas es necesario que tengas todas las partes esenciales de tu cuerpo, de lo contrario no existirías. Con la obligación pasa lo

DIRECTO. Para el comprador la conducta de dar el dinero, para el vendedor la conducta de entregar el carro.

INDIRECTO. El carro.

OBJETO

Page 10: DE LA. Para que tú existas es necesario que tengas todas las partes esenciales de tu cuerpo, de lo contrario no existirías. Con la obligación pasa lo

La ley establece ciertos formulismos para que el contrato exista legalmente, por Ej: En la compra venta de inmuebles debe intervenir el Notario Público, a través de escritura pública.

SOLEMNIDAD

Page 11: DE LA. Para que tú existas es necesario que tengas todas las partes esenciales de tu cuerpo, de lo contrario no existirías. Con la obligación pasa lo

1. LA CAPACIDAD. Aptitud de las personas para ser titulares de Derechos y Obligaciones y para hacerlos valer por sí mismas en el caso de las personas físicas o por conducto de sus representantes legales en el caso de las personas morales. el derecho las divide en dos: a)Capacidad de goce, de derecho o jurídica y b) Capacidad de ejercicio, de hecho o de obrar.

2. AUSENCIA DE VICIOS EN EL CONSENTIMIENTO. Las circunstancias que invalidan la voluntad, se denominan vicios de la voluntad o del consentimiento y estos pueden ser: ERROR, DOLO, VIOLENCIA Y LESIÓN.

3. LÍCITUD EN EL OBJETO, MOTIVO O FÍN. No puede ser jurídicamente válido un contrato cuyo objeto, es decir, la conducta o el bien material sobre el que recaiga, sea ilícito .

4. LA FORMA. Puede ser verbal o por escrito o revestir de ciertas solemnidades. Por ej. El contrato de compra venta de inmuebles debe ser en escritura pública.

ELEMENTOS DE VALIDEZSin ellos el contrato carece de validez, pero puede

subsanarse

Page 12: DE LA. Para que tú existas es necesario que tengas todas las partes esenciales de tu cuerpo, de lo contrario no existirías. Con la obligación pasa lo

La capacidad de GOCE , se tiene desde que se es persona , desde antes de nacer, es decir todos los niños, personas con retraso mental , únicamente tienen esta capacidad, solo pueden ser titulares de derechos y obligaciones pero no los pueden hacer valer ante los demás.

La capacidad de EJERCICIO , se adquiere con la mayoría de edad e implica, que además de ser titular de derechos y obligaciones, la persona puede hacerlos valer frente a los demás, es decir contratar, votar, etc.

CAPACIDAD

Page 13: DE LA. Para que tú existas es necesario que tengas todas las partes esenciales de tu cuerpo, de lo contrario no existirías. Con la obligación pasa lo

AUSENCIA DE VICIOS

EN EL CONSENTIMI

ENTO

ERRORCreencia que no

concuerda con la verdad.

Por ej. Un reloj de cobre por uno de

oro.

DOLO Artificio usado para que alguien caiga

en error. Por ej. Una banda de lavadora

en un coche.

VIOLENCIAFuerza física o amenazas que

pongan en peligro al contratante

para obligarlo a contratar

LESIÓN Explotar la suma

ignorancia de alguien para obtener una

ganancia excesiva.

Page 14: DE LA. Para que tú existas es necesario que tengas todas las partes esenciales de tu cuerpo, de lo contrario no existirías. Con la obligación pasa lo

No es válido ante la Ley un contrato que verse sobre objetos ilícitos, por ejemplo: EL NARCFOTRÁFICO.

LICITUD EN EL OBJETO, MOTIVO O FIN

Page 15: DE LA. Para que tú existas es necesario que tengas todas las partes esenciales de tu cuerpo, de lo contrario no existirías. Con la obligación pasa lo

En los casos en que la ley no señala formulismos especiales la forma es un elemento de validez. Puede ser por escrito o verbal.

LA FORMA

Page 16: DE LA. Para que tú existas es necesario que tengas todas las partes esenciales de tu cuerpo, de lo contrario no existirías. Con la obligación pasa lo

Clasificación del contratoA) UNILATERALES Y BILATERALES.

Los UNILATERALES, son los que hacen nacer obligaciones para una sola de las partes, sin que la otra asuma obligación alguna. El BILATERAL es cuando las partes se obligan recíprocamente.

B) ONEROSOS Y GRATUITOS.Los ONEROSOS son aquellos en los que se estipulan provechos y gravámenes recíprocos, cuando una de las partes se obliga a dar o hacer alguna cosa, resultando de su celebración mutuos provechos y cargas. Son GRATUITOS cuando el provecho es

solamente de una de las partes.

C) CONMUTATIVOS Y ALEATORIOS.En el CONMUTATIVO las prestaciones que se deben las partes son ciertas desde que se celebra el contrato. En el ALEATORIO, la prestación depende de un acontecimiento incierto que hace que no sea posible la evaluación de la ganancia o pérdida del mismo (juego, apuesta, renta vitalicia, compra de esperanza).

Page 17: DE LA. Para que tú existas es necesario que tengas todas las partes esenciales de tu cuerpo, de lo contrario no existirías. Con la obligación pasa lo

A. Unilaterales y bilaterales

El primero de ellos implica que una sola persona asume obligación para con otra u otras, por Ej. En una donación, el único que manifiesta obligación de “dar” algo es el que dona, mientras que el que recibe no asume, ni siquiera el pago por lo que recibe.

En el segundo caso sucede que ambas partes contraen derechos y obligaciones, por Ej. En una compra venta, ambas partes asumen derechos y obligaciones, el que vende debe “dar” la cosa y el que compra debe “dar” el precio convenido por la cosa.

Page 18: DE LA. Para que tú existas es necesario que tengas todas las partes esenciales de tu cuerpo, de lo contrario no existirías. Con la obligación pasa lo

B. Onerosos y gratuitos.

ONEROSOS, son aquellos en los que ambas partes tienen gravámenes, es decir, son por los que se cobra dinero. GRATUITOS, aquellos en los que no se cobra dinero.

Page 19: DE LA. Para que tú existas es necesario que tengas todas las partes esenciales de tu cuerpo, de lo contrario no existirías. Con la obligación pasa lo

C. Conmutativos y aleatorios.

CONMUTATIVO. Las prestaciones que se deben las partes son ciertas desde el principio. Por Ej. Al comprar un carro sabes exactamente lo que vas a adquirir, el color , el modelo, el kilometraje, etc.

ALEATORIO. La prestación depende de un acontecimiento incierto que hace que no sea posible la evaluación de la ganancia o pérdida del mismo. Por Ej. “Te compro los cachorros que tenga tu perra” no sabemos cuántos va a tener, o en determinado caso, si nacerá alguno de los cachorros, lo mismo ocurre con las apuestas y el juego.

Page 20: DE LA. Para que tú existas es necesario que tengas todas las partes esenciales de tu cuerpo, de lo contrario no existirías. Con la obligación pasa lo

La declaración unilateral de voluntad con la intención, por parte de quien la hace, de obligarse hacia otras personas, independientemente del consentimiento de dichas personas: títulos a la orden o al portador, las ofertas de recompensas. Cuando me comprometo a pagar una recompensa, independientemente de que quien la vaya a recibir, acepte la cantidad o no.

2. MI PAPÁ DECLARACIÓN UNILATERAL DE VOLUNTAD.

Page 21: DE LA. Para que tú existas es necesario que tengas todas las partes esenciales de tu cuerpo, de lo contrario no existirías. Con la obligación pasa lo

Acrecentamiento sin causa que obtiene una persona en su patrimonio, económico o moral, en detrimento de otra persona; cuando se reciba una cosa que no se tenía derecho de exigir y que por error ha sido indebidamente pagada, se tiene la obligación de restituirla. Por Ej. Cuando alguien por error deposita en mi cuenta de banco, yo tengo la obligación jurídica de devolver ese dinero porque no me pertenece.  

3. MI PAPÁ ENRIQUECIMIENTO ILEGÍTIMO

Page 22: DE LA. Para que tú existas es necesario que tengas todas las partes esenciales de tu cuerpo, de lo contrario no existirías. Con la obligación pasa lo

Hecho jurídico stricto sensu, en virtud del cual una persona que recibe el nombre de GESTOR, se encarga voluntaria y gratuitamente de un asunto de otra persona que recibe el nombre de DUEÑO, con ánimo de obligarlo, y sin ser su representante por mandato de la Ley o por convenio. Por Ej. Cuando, estando de viaje mi vecina, se inicia un incendio en su departamento que es contiguo al mío, y yo decido llamar a los bomberos y autorizo a que tiren la puerta, a que rompan vidrios para apagar el fuego, estoy “gestionando” los negocios de mi vecina, pero ella no me lo pidió , ni soy su representante legal, y de esa situación nacen derechos y obligaciones recíprocas, pues ella me deberá pagar los gastos que yo haya realizado y yo deberé continuar con la “gestión” hasta entregarle cuentas a ella.

4. MI PAPÁ GESTIÓN DE NEGOCIOS

Page 23: DE LA. Para que tú existas es necesario que tengas todas las partes esenciales de tu cuerpo, de lo contrario no existirías. Con la obligación pasa lo

Los HECHOS ILÍCITOS son de dos especies:

• DELITOS .- Actos u omisiones que sancionan las leyes penales.

• CUASI DELITOS.- actos contrarios a la Ley penal que causan daño a una persona; pero que se realizan sin la intención de ofenderla: delitos culposos o imprudenciales. Por Ej. Atropellar a alguien.

• La RESPONSABILIDAD OBJETIVA, es la obligación de cumplir voluntariamente a favor de un acreedor la restitución de una situación jurídica al estado que tenía y que le causó un daño ocasionado por una conducta o un hecho previsto por la Ley como objetivamente dañoso o el empleo de un objeto que la misma ley considera peligroso o por la realización de una conducta errónea de buena fe. Por Ej. Quien al construir su casa hunde la del vecino.

5. MI PAPÁ HECHOS ILÍCITOS Y RESPONSABILIDAD OBJETIVA

Page 24: DE LA. Para que tú existas es necesario que tengas todas las partes esenciales de tu cuerpo, de lo contrario no existirías. Con la obligación pasa lo

Los patrones son responsables de los accidentes del trabajo y de las enfermedades profesionales de los trabajadores, sufridas con motivo o en el ejercicio de la profesión o trabajo que ejecuten; por tanto, los patrones deben pagar la indemnización correspondiente, según que hayan traído como consecuencia la muerte o simplemente la incapacidad temporal o permanente para trabajar (art. 1935 del Código Civil para el Distrito Federal).

6. MI PAPÁ RIESGO PROFESIONAL

Page 25: DE LA. Para que tú existas es necesario que tengas todas las partes esenciales de tu cuerpo, de lo contrario no existirías. Con la obligación pasa lo

Cumplimiento o pago

Incumplimiento de la obligación

Saneamiento por vicios ocultos

Saneamiento en caso de evicción

¿Qué pasa cuandoyo nazco,

qué efectos provoco?

Page 26: DE LA. Para que tú existas es necesario que tengas todas las partes esenciales de tu cuerpo, de lo contrario no existirías. Con la obligación pasa lo

CUMPLIMIENTO O PAGO

Lo normal al contraer una obligación es que se cumpla. En ocasiones este acto se realiza casi sin ser conscientes del cumplimiento.

Por ejemplo al subirnos a un “microbús” pagamos $5.00 y bajamos en el lugar indicado. Ese lapso de tiempo ya dio nacimiento a la obligación del chofer de transportarnos de un lugar a otro a cambio del precio pagado por nosotros, es decir, $5.00, la obligación se cumple inmediatamente al pagar y ser transportados. De nuestra parte es una obligación de “dar” $5.00 y por parte del chofer es una obligación de “hacer” al transportarnos al lugar indicado.

Page 27: DE LA. Para que tú existas es necesario que tengas todas las partes esenciales de tu cuerpo, de lo contrario no existirías. Con la obligación pasa lo

Sin embargo, el cumplimiento no siempre se realiza de forma espontánea. La obligación puede contraerse a plazos o a un determinado tiempo. En ocasiones la obligación no puede cumplirse de la forma pactada existe algún impedimento que provoca el incumplimiento de la obligación, lo que da lugar a la REPARACIÓN DEL DAÑO, ya sea volviendo las cosas al estado que guardaban antes del incumplimiento o a través del pago de DAÑOS Y PERJUICIOS CAUSADOS.

(Art. 1915 del Código Civil para el Distrito Federal) “Artículo 2108. Se entiende por daño la perdida o menoscabo sufrido en el patrimonio por la falta de cumplimiento de una obligación.

Artículo 2109. Se reputa perjuicio la privación de cualquiera ganancia lícita, que debiera haberse obtenido con el cumplimiento de la obligación.” (Código Civil para el Distrito Federal)

CUMPLIMIENTO O PAGO

Page 28: DE LA. Para que tú existas es necesario que tengas todas las partes esenciales de tu cuerpo, de lo contrario no existirías. Con la obligación pasa lo

Por ejemplo: Hago una reservación en el hotel “Paraíso” de Cancún, para llevar a cabo una convención los días 18,19 y 20 de septiembre, el hotel me avisa que no podrá respetar la reservación debido a un incendio que no permite el uso de las instalaciones. A mi elección yo tengo derecho a que se me devuelva el dinero que dí como anticipo más el pago de daños y perjuicios o a que se me presté el servicio en condiciones igualitarias en otro lugar.

CUMPLIMIENTO O PAGO

Page 29: DE LA. Para que tú existas es necesario que tengas todas las partes esenciales de tu cuerpo, de lo contrario no existirías. Con la obligación pasa lo

Existe EVICCIÓN, cuando el que adquirió una cosa es privado en todo o parte de ella por sentencia que cause ejecutoria, en razón de algún derecho anterior a la adquisición artículo 2119 del Código Civil para el Distrito Federal.

Por Ej. Pondremos un restaurante en el centro histórico y compramos un local a CONCEPCIÓN PEÑA, al año de estar trabajando en el local, el mismo nos es solicitado a través de orden judicial para que lo entreguemos a MARÍA GARCÍA, (aquí hay EVICCIÓN) . A nosotros nos queda el SANEAMIENTO en contra de CONCEPCIÓN PEÑA, pues ella nos vendió y ella debe asegurar nuestra satisfacción.  

SANEAMIENTO EN CASO DE EVICCIÓN

Page 30: DE LA. Para que tú existas es necesario que tengas todas las partes esenciales de tu cuerpo, de lo contrario no existirías. Con la obligación pasa lo

Si PACO nos vende un automóvil y el auto, deja de andar a la cuadra de haber arrancado, sin duda PACO no cumple en forma debida con su obligación de “dar”, pues no basta dar una cosa propia, sino que se precisa que la “cosa” (automóvil) sirva para el uso al que se destina o se pretende destinar. Si no se cumple con esta obligación, y se le oculta a quien recibe el objeto la inutilidad de éste, se realiza un hecho ilícito y se incurre en responsabilidad, que se traduce en un derecho para la víctima, de exigir el saneamiento de la obligación, por el vicio oculto de la “cosa”.

Aunque ese vicio debe cubrir determinadas características:  1. que sea oculto. 2. Desconocido por el adquirente. 3. Nocivo a la utilidad de la “cosa”.4. Anterior a la adquisición.  Artículos 2141 al 2162 del Código Civil para el Distrito Federal .

SANEAMIENTO POR VICIOS OCULTOS

Page 31: DE LA. Para que tú existas es necesario que tengas todas las partes esenciales de tu cuerpo, de lo contrario no existirías. Con la obligación pasa lo

El deudor debe cumplir con su obligación; en caso de que no lo haga se dice que ha dejado de cumplir, y este hecho produce consecuencias, primeramente el deudor se sitúa en estado de mora que es la situación jurídica en que se encuentra el deudor cuando apercibido por el acreedor para que cumpla, no lo hace. Cuando se incumple una obligación, quien la incumple, debe volver las cosas al estado que tenían antes del incumplimiento, y cuando esto no fuera posible dar un pago por el daño y el perjuicio, de donde surgen dos tipos de indemnización:

INCUMPLIMIENTO DE LA OBLIGACIÓN.

Page 32: DE LA. Para que tú existas es necesario que tengas todas las partes esenciales de tu cuerpo, de lo contrario no existirías. Con la obligación pasa lo

1) INDEMNIZACIÓN COMPENSATORIA. Cuando ya no es posible cumplir con la prestación debida, se debe entregar a la víctima del incumplimiento el importe del valor patrimonial que se le afecta y entonces se dice que se le compensa. Vg: Un turista paga un paquete de tres días y cuatro noches en el Hotel “Paraíso Cancún” el huracán WILMA, destruye el hotel, consecuentemente se le “RETRIBUYE” al turista el costo del hospedaje, porque ya no puede cumplirse con la obligación contraída.

2) INDEMNIZACIÓN MORATORIA. Cuando todavía existe la posibilidad de cumplir la obligación pero tardíamente, con un cargo por mora. Por ejemplo, un grupo constructor está construyendo un Hotel en Acapulco, la fecha de entrega es el día dos de octubre del dos mil nueve, sin embargo, aún falta mucho por realizar y se explica que la obra se retrasara quince días más, con el respectivo pago de un cargo por mora.

CASO FORTUITO.- Acontecimiento imprevisto y extraño al sujeto que le impide cumplir con su obligación, Vg: inundaciones, incendios, rayos, guerras, etc.

FUERZA MAYOR.- Acontecimiento imprevisto, pero propio del sujeto, que no puede ser vencido o superado para cumplir con la obligación, Ej: Lupita Dalessio enferma de la garganta, un pianista con artritis, un albañil con la cintura lastimada, un instructor de buceo enfermo, etc.

INCUMPLIMIENTO DE LA OBLIGACIÓN.

Page 33: DE LA. Para que tú existas es necesario que tengas todas las partes esenciales de tu cuerpo, de lo contrario no existirías. Con la obligación pasa lo

CESIÓN DE DERECHOS

CESIÓN DE DEUDAS

SUBROGACIÓN

¿Cómo puedo pasar de un titular a otro?

TRANSMISIÓN DE LAS OBLIGACIONES

Page 34: DE LA. Para que tú existas es necesario que tengas todas las partes esenciales de tu cuerpo, de lo contrario no existirías. Con la obligación pasa lo

CESIÓN DE DERECHOS

CESIÓN DE DERECHOS.- Cuando el acreedor (Cedente) transfiere a otro (Cesionario) los derechos que tiene contra su deudor. Un acreedor puede ceder su derecho a un tercero sin el consentimiento del deudor, a menos que la cesión esté prohibida por la Ley o se haya pactado no hacerla. La ley exige, sin embargo que la cesión se notifique al deudor, ya sea judicialmente, ante notario o ante dos testigos. Mientras no se haya notificado al deudor, éste cumple pagando al creedor primitivo; pero hecha la notificación, el deudor no se libera sino pagando al cesionario.

1er. Acreedorcedente

Transfiere los derechos que tiene contra su deudor.

2° acreedor cesionario

Deudor

Debe pagar al cesionario

Page 35: DE LA. Para que tú existas es necesario que tengas todas las partes esenciales de tu cuerpo, de lo contrario no existirías. Con la obligación pasa lo

CESIÓN DE DEUDAS.-Consiste en que una persona sustituya a otra en calidad de deudor. Para que haya substitución de deudor es necesario que el acreedor consienta expresa o tácitamente la sustitución. Se presume que el acreedor ha consentido tácitamente cuando permite que el sustituto ejecute actos que debía ejecutar el deudor, como pago de réditos, pagos parciales o periódicos, siempre que lo haga en nombre propio y no del deudor primitivo

1er Acreedorcedente

Deudor sustituto

Deudor primitivo

Debe dar su consentimiento

y cobrar al

Es sustituido por un nuevo deudorCESIÓN DE DEUDAS

Page 36: DE LA. Para que tú existas es necesario que tengas todas las partes esenciales de tu cuerpo, de lo contrario no existirías. Con la obligación pasa lo

SUBROGACIÓN. Se verifica cuando lo ordena la Ley y sin que intervengan el deudor y el acreedor, cuando una persona que tiene interés en que una obligación se cumpla paga al acreedor sustituyéndose en lugar de éste. Ejem. Pedro tiene dos acreedores; Luis a quien debe cinco mil pesos y Antonio, a quien debe diez mil pesos. Antonio paga a Luis los cinco mil pesos que le debe Pedro y se queda como único acreedor de éste último por quince mil pesos. En esta forma Antonio se ha subrogado en los derechos de Luis.

1er. AcreedorLuis $5,000

DeudorPedro

2º. AcreedorAntonio $10,000

Paga a Luis los $5,000

Acreedor únicopor $15,000

SUBROGACIÓN

Page 37: DE LA. Para que tú existas es necesario que tengas todas las partes esenciales de tu cuerpo, de lo contrario no existirías. Con la obligación pasa lo

CONDICIÓN TÉRMINO

Tengo diferentes formas de ser:

Modalidades de la obligación

Page 38: DE LA. Para que tú existas es necesario que tengas todas las partes esenciales de tu cuerpo, de lo contrario no existirías. Con la obligación pasa lo

Acontecimiento futuro e inevitable del cual depende el principio o extinción de los efectos del acto jurídico.

El término puede ser suspensivo (término inicial); y extintivo (término final).

PLAZO es el espacio de tiempo dentro del cual ha de suceder alguna cosa.

P. ej. Un grupo musical nos cobra $5,000.00 por amenizar 5 horas en una fiesta el 15 de octubre de 2009, la obligación del grupo inicia el 15 de octubre a las 19:00 horas (término inicial) y termina el 15 de octubre de 2009 a las 24:00 horas (término extintivo).

TÉRMINO

Page 39: DE LA. Para que tú existas es necesario que tengas todas las partes esenciales de tu cuerpo, de lo contrario no existirías. Con la obligación pasa lo

Acontecimiento futuro y de realización incierta del que depende el nacimiento o la resolución de los efectos de un acto jurídico.

CONDICIÓN SUSPENSIVA.- Los efectos del acto no existen en tanto ella no se cumple. CONDICIÓN RESOLUTORIA.- Cuando al realizarse se resuelven los efectos del acto, volviendo las cosas al estado que tenían antes de la celebración del mismo, como si nunca hubiera existido. Por ej. Te daré $1,000,000.00 si obtengo un premio en la lotería. (Condición suspensiva)Te entrego $4,000.00 mensuales mientras te mantengas estudiando, si dejas de estudiar, no te los entrego (condición resolutoria)

CONDICIÓN

Page 40: DE LA. Para que tú existas es necesario que tengas todas las partes esenciales de tu cuerpo, de lo contrario no existirías. Con la obligación pasa lo

Puedo extinguirme de varias formas:Medios de extinción de las

obligaciones

NOVACIÓN

NULIDAD

COMPENSACIÓN

RESOLUCIÓN

RESCISIÓN

REVOCACIÓN

DACIÓN EN PAGO

TÉRMINO EXTINTIVO

CONFUSIÓN

REMISIÓN DE DEUDA

PÉRDIDA DE LA COSA

PRESCRIPCIÓN

Page 41: DE LA. Para que tú existas es necesario que tengas todas las partes esenciales de tu cuerpo, de lo contrario no existirías. Con la obligación pasa lo

El deudor da a su acreedor una cosa distinta de la que debió darle en virtud de la obligación.

Por ej. Debía darte 4 días de hotel el Can cun, pero un huracán destruyó el hotel, entonces te daré cuatro días de hotel en Can cun, pero en otro hotel de la misma categoría.

Cuando las partes interesadas en un contrato lo alteran sustancialmente, sustituyendo con una obligación nueva una anterior. Por ej. Debía darte 4 días de hotel el Can cun, pero el huracán “Wilma” hace imposible que te aloje en Can Cun, por lo tanto hacemos un nuevo contrato en el que te daré 5 días en Acapulco, para otra fecha.

DACIÓN EN PAGO

NOVACIÓN

Puedo extinguirme de varias formas:Medios de extinción de las

obligaciones

Page 42: DE LA. Para que tú existas es necesario que tengas todas las partes esenciales de tu cuerpo, de lo contrario no existirías. Con la obligación pasa lo

COMPENSACIÓN

Medio de extinguir obligaciones cuando en dos personas se reúnen recíprocamente las cualidades de deudor y acreedor. El efecto de la compensación es extinguir las dos deudas hasta el importe de la menor. El deudor da a su acreedor una cosa distinta de la que debió darle en virtud de la obligación.

Ej. Juan compra a Luis una casa valuada en treinta mil pesos, pero, a la vez, Luis está debiendo a Juan diez mil pesos por un pagaré vencido. Como se ve, Juan es deudor de Luis por la suma de treinta mil y Luis es deudor de Juan por diez mil; para que estas obligaciones se extingan, no es necesario que ambos contratantes se pague dichas cantidades; basta que Juan pague a Luis veinte mil pesos, quedando extinguida su obligación hasta el importe de la menor. En este caso, se dice que hubo una compensación, si las dos obligaciones fueren iguales, ambas quedarían extinguidas.

Puedo extinguirme de varias formas:Medios de extinción de las

obligaciones

Page 43: DE LA. Para que tú existas es necesario que tengas todas las partes esenciales de tu cuerpo, de lo contrario no existirías. Con la obligación pasa lo

CONFUSIÓN

Consiste en que las cualidades de acreedor y deudor, se reúnen en una misma persona. Ej; Enrique debe a Luis cinco mil pesos, Luis muere y deja a Enrique un legado por la misma cantidad: en este caso, la deuda de Enrique se extingue por confusión, pues se reúnen en él las cualidades de deudor de la testamentaria de Luis por cinco mil pesos y Acreedor por la misma suma de la propia testamentaria.

TÉRMINO EXTINTIVO

Al hablar de las modalidades de las obligaciones, señalamos que estas pueden estar sujetas, para su cumplimiento, a término; si se trata de un término extintivo, la llegada de ésta pone fin a la obligación, extinguiéndola.

Ej. Dejaré de mantenerte el día que cumplas 18 años.

Puedo extinguirme de varias formas:Medios de extinción de las

obligaciones

Page 44: DE LA. Para que tú existas es necesario que tengas todas las partes esenciales de tu cuerpo, de lo contrario no existirías. Con la obligación pasa lo

REMISIÓN DE DEUDA

El acreedor perdona la deuda, por tanto deja de existir. Ej. Francisco debe a Juan $10,000.00, Juan le dice a Francisco que le regala los $10,000.00, así se extingue la obligación de Francisco de pagar a Juan.

PÉRDIDA DE LA COSA

La obligación se extingue cuando la cosa, materia de la misma, se ha perdido o ha sufrido un detrimento tan grande que, a juicio de peritos, no puede emplearse en el uso a que naturalmente estaba destinada. En este caso, el deudor cumple indemnizando al acreedor de todo el valor legítimo de ella. Ej. Pablo compra a Verónica un Jetta 2006, Pablo le paga a Verónica $100,000.00 por el coche, pero cuando ella va a entregar el carro, sufre un accidente que lo deja inservible, en consecuencia Verónica deberá regresar los $100,000.00 a Pablo.

Puedo extinguirme de varias formas:Medios de extinción de las

obligaciones

Page 45: DE LA. Para que tú existas es necesario que tengas todas las partes esenciales de tu cuerpo, de lo contrario no existirías. Con la obligación pasa lo

PRESCRIPCIÓN

Puede ser adquisitiva y extintiva o negativa, ésta última nos interesa como medio de extinguir las obligaciones, pues cuando, transcurrido el tiempo señalado por la Ley, el acreedor no ejercita sus derechos. En este caso, la obligación se extingue. Catalina me debe $10,000.00, que tengo documentados en un pagaré que vence el día 4 de octubre de 2009, el 12 de octubre de 2012, pretendo ir a cobrarle a Catalina, el derecho de cobrarle me prescribió y no puedo cobrarle.

NULIDAD

Cuando el acto jurídico está afectado de nulidad relativa o absoluta en virtud de que le falta alguno de los elementos de validez que ya hemos estudiado. Ej. Es nula la compra venta de casa que no se hace ante notario público.

Puedo extinguirme de varias formas:Medios de extinción de las

obligaciones

Page 46: DE LA. Para que tú existas es necesario que tengas todas las partes esenciales de tu cuerpo, de lo contrario no existirías. Con la obligación pasa lo

RESOLUCIÓN

Cuando una condición resolutoria se cumple.

P. Ej. Te dejaré de dar pensión cuando te cases.

RESCISIÓN

Consiste en la anulación o invalidación del contrato celebrado, ya sea porque ambas partes estén de acuerdo en invalidarlo, ya porque alguna de ellas no cumplió con la obligación contraída y la otra se ve en la necesidad de darlo por concluido.

Ej. El contratado para cantar en un evento no asistió a tal evento.

Puedo extinguirme de varias formas:Medios de extinción de las

obligaciones

Page 47: DE LA. Para que tú existas es necesario que tengas todas las partes esenciales de tu cuerpo, de lo contrario no existirías. Con la obligación pasa lo

REVOCACIÓN

Es la anulación o retractación de un acto, que se había otorgado o de una disposición que se había hecho. Se produce en los actos unilaterales como el legado y la donación.

P. Ej. Te quito el departamento que te había regalado porque te portaste mal conmigo.

Puedo extinguirme de varias formas:Medios de extinción de las

obligaciones

Page 48: DE LA. Para que tú existas es necesario que tengas todas las partes esenciales de tu cuerpo, de lo contrario no existirías. Con la obligación pasa lo

Una vez que me extinguen, dejo de existir

FIN