de la ausencia a la sintiencia: anÁlisis narrativo de la

67
DE LA AUSENCIA A LA SINTIENCIA: ANÁLISIS NARRATIVO DE LA POLÍTICA PÚBLICA DISTRITAL DE BIENESTAR Y PROTECCIÓN ANIMAL 2014 - 2038 PONTIFICIA UNIVERSIDAD JAVERIANA FACULTAD DE CIENCIA POLÍTICA Y RELACIONES INTERNACIONALES CARRERA DE CIENCIA POLÍTICA 2021

Upload: others

Post on 24-Jul-2022

3 views

Category:

Documents


0 download

TRANSCRIPT

Page 1: DE LA AUSENCIA A LA SINTIENCIA: ANÁLISIS NARRATIVO DE LA

DE LA AUSENCIA A LA SINTIENCIA: ANÁLISIS NARRATIVO DE LA

POLÍTICA PÚBLICA DISTRITAL DE BIENESTAR Y PROTECCIÓN ANIMAL

2014 - 2038

PONTIFICIA UNIVERSIDAD JAVERIANA

FACULTAD DE CIENCIA POLÍTICA Y RELACIONES INTERNACIONALES

CARRERA DE CIENCIA POLÍTICA

2021

Page 2: DE LA AUSENCIA A LA SINTIENCIA: ANÁLISIS NARRATIVO DE LA

2

DE LA AUSENCIA A LA SINTIENCIA: ANÁLISIS NARRATIVO DE LA

POLÍTICA PÚBLICA DISTRITAL DE BIENESTAR Y PROTECCIÓN ANIMAL

2014 - 2038

CAMILO ANDRÉS QUINTERO GARZÓN

TRABAJO DE GRADO PRESENTADO PARA OPTAR POR EL TÍTULO DE

POLITÓLOGO

PONTIFICIA UNIVERSIDAD JAVERIANA

FACULTAD DE CIENCIA POLÍTICA Y RELACIONES INTERNACIONALES

CARRERA DE CIENCIA POLÍTICA

2021

Page 3: DE LA AUSENCIA A LA SINTIENCIA: ANÁLISIS NARRATIVO DE LA

3

DE LA AUSENCIA A LA SINTIENCIA: ANÁLISIS NARRATIVO DE LA

POLÍTICA PÚBLICA DISTRITAL DE BIENESTAR Y PROTECCIÓN ANIMAL

2014 - 2038

CAMILO ANDRÉS QUINTERO GARZÓN

DIRECTORA DE TRABAJO DE GRADO

MARILUZ NOVA LAVERDE

Doctora en Estudios Políticos y Relaciones Internacionales

PONTIFICIA UNIVERSIDAD JAVERIANA

FACULTAD DE CIENCIA POLÍTICA Y RELACIONES INTERNACIONALES

CARRERA DE CIENCIA POLÍTICA

2021

Page 4: DE LA AUSENCIA A LA SINTIENCIA: ANÁLISIS NARRATIVO DE LA

4

Contenido

Resumen ........................................................................................................................................ 6

Introducción ................................................................................................................................... 7

Capítulo 1. Descripción del problema de investigación ................................................................... 8

Capítulo 2. Estado del Arte y Marco Teórico ................................................................................ 10

Capitulo 3. Metolodogía ............................................................................................................... 20

Capítulo 4. La lectura oficial del Problema ................................................................................... 23

Capítulo 5. La contra-narrativa del movimiento animalista ........................................................... 36

Capítulo 6. La meta-narrativa ....................................................................................................... 50

Capítulo 7. Conclusiones .............................................................................................................. 52

Bibliografía .................................................................................................................................. 55

Page 5: DE LA AUSENCIA A LA SINTIENCIA: ANÁLISIS NARRATIVO DE LA

5

Lista de Tablas

Tabla 1 Citas relevantes de los códigos de la narrativa oficial ....................................................... 25

Tabla 2 Citas relevantes de la categoría central de la narrativa oficial ........................................... 28

Tabla 3 Citas relevantes de los códigos de la contra-narrativa ....................................................... 39

Tabla 4 Citas relevantes de la categoría central de la contra-narrativa ........................................... 43

Page 6: DE LA AUSENCIA A LA SINTIENCIA: ANÁLISIS NARRATIVO DE LA

6

Lista de Ilustraciones

Ilustración 1 Modelo de la concepción de los animales en el derecho latinoamericano .................. 11

Ilustración 2 Relación de los códigos de la narrativa oficial .......................................................... 24

Ilustración 3 Relación de códigos de la contra-narrativa ............................................................... 38

Resumen

La crisis ambiental se ha constituido en las últimas décadas en un problema central de la

agenda pública. Cuestionamientos sobre el deterioro de los ecosistemas, la sobre explotación

de la naturaleza y el trato a los animales se han vuelto centrales tanto en esfera política como

en la academia. Tales debates se han configurado teóricamente desde la deconstrucción del

paradigma del antropocentrismo y de la visión utilitarista en las relaciones del ser humano

con otras especies. Desde allí surge el concepto de “seres sintientes no humanos” que plantea

Page 7: DE LA AUSENCIA A LA SINTIENCIA: ANÁLISIS NARRATIVO DE LA

7

una ruptura con la idea de la supremacía humana y un giro hacia el ecocentrismo. Gracias a

estas revisiones se han podido dar grandes pasos en materia de protección y bienestar animal,

y gestar iniciativas que contemplen la bioética como punto nodal para una convivencia justa

con los animales. En este marco, resulta pertinente un análisis interpretativo de la política

pública que permita dar cuenta de los procesos y disputas de construcción de sentidos

relacionados con el problema de la protección animal. Específicamente se aplica el análisis

narrativo propuesto por Emery Roe a la Política Pública Distrital de Protección y Bienestar

Animal 2014 – 2038.

Introducción

Las preocupaciones alrededor del medio ambiente han tomado una relevancia importante

dentro de las sociedades actuales. Cuestionamientos sobre el deterioro del medio ambiente,

la sobre explotación de los recursos no renovables y el trato hacia los animales se han puesto

en la cabeza de la agenda pública de varios gobiernos alrededor del mundo. Estos temas han

tenido como punto de discusión central el antropocentrismo, una forma de ver nuestro

alrededor, no como un lugar en el cual habitamos y coexistimos, sino como un lugar el cual

está al servicio del ser humano, y que puede ser utilizado a placer para cumplir unos intereses

particulares como especie. Es en este contexto de constante discusión sobre los paradigmas

que rigen la mayoría de las sociedades alrededor del planeta que surge el concepto de “seres

sintientes no humanos”, el cual nace como respuesta a los cuestionamientos acerca de la vida

animal y como nos relacionamos con ella.

Este concepto rompe con los paradigmas antropocéntricos y especistas que han sido

dominantes no solo en las sociedades contemporáneas, sino también dentro de la formulación

de políticas públicas de la mayoría de los gobiernos mundiales. El concepto y nuevas miradas

acerca de los animales han puesto en la mira una revisión sobre la legislación de los países,

no solo en el trato de estos seres en contextos de explotación o de violencia contra animales

domésticos, sino que también se ha cuestionado acerca de cómo se ha educado la sociedad

para convivir con los animales (González, 2018).

Gracias a estas revisiones se han podido dar grandes pasos en materia de protección y

bienestar animal, y dar pasó a iniciativas que contemplen la bioética como punto nodal para

Page 8: DE LA AUSENCIA A LA SINTIENCIA: ANÁLISIS NARRATIVO DE LA

8

una convivencia justa con los animales. Por ejemplo, en Colombia la legislación ha dado un

paso gigante con la ley 1774 de 2016, la cual ha abierto el debate sobre los nuevos sujetos de

derechos, reconociendo a los animales como seres sintientes (Santacoloma, 2018). Sin

embargo, esta ley no ha sido la primera en reconocer a los animales como seres sintientes.

La Política Publica Distrital de Protección y Bienestar Animal 2014 – 2038, sentó este

concepto dos años antes de esta legislación actual. Propuso un cambio de paradigma para el

distrito que vale la pena ser analizado y estudiado a profundidad.

Capítulo 1. Descripción del problema de investigación

Colombia no ha sido ajeno a la tendencia de la mayoría de los países en utilizar a los animales

como fuente económica, ya sea para que estos provean alimento, sirvan para el avance

tecnológico como principal recurso de experimentación, sean utilizados para el

entretenimiento o como compañía para los seres humanos, todas estas actividades

subordinadas a una visión antropocéntrica donde estos seres se ven amarrados a los intereses

de la humanidad. Sin embargo, la preocupación por el bienestar animal ha ido creciendo hasta

el punto de alcanzar la legislación del país y la construcción de políticas públicas, esto por

supuesto, desde diferentes enfoques. Desde lo nacional los diferentes esfuerzos por establecer

una legislación que regule el uso de animales en distintos sectores ha sido cuanto menos

variable, desde 1972 hasta la actualidad han existido varias formas de regular la relación

entre animales y humanos. (Anexo 1)

En lo local se tiene de ejemplo a Bogotá con el acuerdo 489 de 2012, el cual en su artículo

31, enmarca la protección de la fauna bajó en enfoque de la salud ambiental, resaltando

programas para la protección de la fauna doméstica, y necesidades de los caninos y felinos,

al igual que proyectos que dignifiquen a los animales en los niños, niñas y adolescentes

desarrollando una ética ambiental. En Medellín tenemos el Acuerdo 22 de 2007, que

adicionaba acuerdos número 32 de 1997, 25 y 42 de 2002, este acuerdo establece la Política

Pública para la protección de la fauna en Medellín, donde se hace énfasis en el bienestar,

tenencia y protección de la fauna en el municipio.

Aunque estos acuerdos son importantes como primeros pasos importantes hacia los derechos

de los animales en Colombia, están lejos de visiones más amplias que tienen otros países

Page 9: DE LA AUSENCIA A LA SINTIENCIA: ANÁLISIS NARRATIVO DE LA

9

latinoamericanos, como lo puede ser Ecuador, el cual en el 2008 fue la primera constitución

en reconocer los derechos de la naturaleza, con los enfoques del Buen Vivir, incluyendo la

fauna. En 2014, se puede hablar de un paso que rompe el paradigma con la Política Publica

Distrital de Protección y Bienestar Animal 2014 – 2038, la cual se erige bajo un marco

normativo muy pobre, el cual se enmarcaba en la concepción sobre la obligación del Estado

y de las personas en proteger y respetar a los animales, pero esto todavía bajo una leí que no

dejaba claro el carácter de los animales como seres que no son pueden ser tratados como

“cosas”. Al igual que unas normas que en materia de educación, eran muy pobres para poder

tener una base jurídica que permitiera desarrollar una política de protección animal integral.

Esta Política Pública Distrital incluye el concepto de seres sintientes, el cual vale la pena ser

problematizado. Si bien el concepto puede sonar nuevo, tiene una historia amplia de más de

50 años (Dorado, 2010), donde se ha ido desarrollando una discusión bajo la consideración

moral de los seres humanos sobre los animales no humanos. Este cambio ha estado

principalmente enfocado a superar una visión especista de soberanía humana sobre el mundo

animal, hasta llegar un punto de ambientalismo biocéntrico (López, 2015). Esto dando como

resultado la creación de un concepto novedoso, los “seres sintientes no humanos”. Este

concepto busca dentro de una visión más alejada del antropocentrismo, una búsqueda de

justicia para los animales, donde dejen de ser vistos como “cosas” que pueden recibir un trato

discrecional según el dueño de la propiedad, a una visión donde se categorice a los seres

humanos y no humanos como especies diferentes que comparten un mismo ecosistema

(López, 2015).

Es bajo todas estas discusiones que resulta relevante el estudio de la Política Publica Distrital

de Protección y Bienestar Animal 2014 – 2038, ya que materializa discusiones actuales, y

puede ser tratada como un paso anterior a la ley 1774 de 2016, que pone el primer pie a una

discusión más amplia acerca de los animales y su forma de existencia, como seres que

cohabitan un espacio junto con los seres humanos.

Pregunta de Investigación:

Page 10: DE LA AUSENCIA A LA SINTIENCIA: ANÁLISIS NARRATIVO DE LA

10

¿Representa la Política Pública Distrital de Protección y Bienestar Animal 2014 – 2038, un

giro narrativo en la concepción de los animales en la formulación de leyes y política públicas

en Colombia?

Objetivos

Objetivo General

Establecer si el concepto de “seres sintientes”, utilizado en la Política Pública Distrital de

Protección y Bienestar Animal 2014 – 2038, ha implicado un giro narrativo en la formulación

de leyes y políticas públicas en Colombia.

Objetivos Específicos

Realizar un análisis de la narrativa oficial acerca de los animales, estableciendo sus

diferentes conceptualizaciones, para encontrar sus argumentos centrales y

controversias.

Identificar la contra-narrativa acerca de los animales, estableciendo sus

conceptualizaciones, para encontrar sus argumentos centrales y controversias.

Elaborar la metanarrativa tomando como fuente las diferentes narrativas que giran

alrededor del problema público, y la conceptualización de los animales.

Capítulo 2. Estado del Arte y Marco Teórico

Estado del Arte

Las discusiones alrededor de los animales no humanos o seres sintientes no humanos son

relativamente recientes, su discusión moral puede rastrearse hasta hace aproximadamente

cincuenta años. Pero esta discusión no es la única que se ha dado, han existido debates y

modelos acerca de nuestra relación con la naturaleza donde, por supuesto, tiene cabida

debates acerca de la consideración hacia los animales. Han existido esfuerzos por intentar

identificar las corrientes teóricas que van a marcas las discusiones que atañan las relaciones

humano-naturaleza. Desde los trabajos de Ricardo Crespo Plazas, el cual hace una

enumeración de las posturas científicas y filosóficas modernas que han utilizado tesis

jurídicas para establecer a la naturaleza como sujetos de derechos. Estos debates acerca de

Page 11: DE LA AUSENCIA A LA SINTIENCIA: ANÁLISIS NARRATIVO DE LA

11

las relaciones con la naturaleza también llevan a postularse la vida de los animales, ya sea

considerándolos parte del entorno biótico, excluyéndolos o aceptando sus capacidades de

realización según su diferencia con otras especies. Precisamente sobre estas formas de

relación específica entre humanos y animales han hablado autores como López (2015),

haciendo énfasis en las discusiones morales y sus diferentes vertientes, lo cual lo ha llevado

a desarrollar un modelo descriptivo de las relaciones entre humanos y animales. Este modelo

ha sido usado ampliamente, y uno de los trabajos más destacados recientemente es el de

Padilla (2018) donde graficando el modelo propuesto por López y realiza una revisión por la

jurisprudencia latinoamericana y sus decisiones con respecto a la relación humano-animal.

El modelo realizado por López (2015) y graficado por Padilla (2018) va a presentar una serie

de corrientes de pensamiento que han dominado la literatura y las leyes, no solo en América

Latina, sino en todo el mundo y que es de una relevancia importante al tratar el pensamiento

acerca de esta relación.

Ilustración 1 Modelo de la concepción de los animales en el derecho latinoamericano

Fuente: Los animales al derecho. Nuevas concepciones sobre los animales en América

Latina: de la cosa al ser. (Padilla, 2018). Basada en la propuesta “Modelos descriptivos

generales de las relaciones entre humanos y animales” (López, 2015)

Como lo grafica Padilla han existido dos ejes principales, el primero es el eje tradicional, el

cual tiene las corrientes de la Supremacía humana y el Bienestar Animal, estas dos posturas

Page 12: DE LA AUSENCIA A LA SINTIENCIA: ANÁLISIS NARRATIVO DE LA

12

se suscriben a un pensamiento conocido como el Ambientalismo. El eje renovador va a tener

las posiciones más renovadoras en este tema, centrada sobre todo en el derecho de la

naturaleza y el Derecho de los animales, ambas suscritas a un pensamiento conocido como

el Ecocentrismo. Estás corrientes, aunque en un principio se puedan ver enfrentadas, tienen

elementos que comparten las unas con las otras, es decir, algunas posturas como las del

Derechos de los animales no hubiera nacido sin los postulados del Bienestar animal, e igual

rescata algunos postulados de estas corrientes, esta transversalidad será profundizada más

adelante.

Como se observa en la Ilustración 1, la primera corriente es la llamada Supremacía humana,

esta corriente va a estar marcada por el paradigma antropocéntrico en su máxima expresión,

que tal como su nombre lo dice gira bajo el pensamiento de que el hombre tiene una relación

de superioridad frente a la naturaleza. Aunque en un principio, la intuición lleve a pensar que

estás corrientes no tienen un interés en establecer una relación moral con los animales es

totalmente lo contrario. Los autores suscritos a estas corrientes como lo pueden se Richard

A. Watson y Paul W. Taylor, usan una combinación de la ética ambiental con el especismo

donde según Dorado (2010) “pueden manejar tres criterios: el holismo, según el cual las

comunidades bióticas o la biósfera en su conjunto han de ser tenido en consideración moral,

el biocentrismo, que defiende que todos los seres vivos, incluyendo aquellos que no tienen la

capacidad de sufrir y disfrutar, deben ser tenidos en cuentas en la misma consideración moral,

y el antropocentrismo.” Dos de los tres planteamientos rechazan la consideración igualitaria

de los seres sintientes solamente por poseer la capacidad de sentir, de hecho, la consideración

biocéntrico la es pragmática para justificar el pensamiento especista propio del

antropocentrismo.

Estas consideraciones pueden ser contradictorias de muchas formas, y lo que más salta a la

vista es su forma de usar el antropocentrismo como forma de protección a la moral humana.

En este sentido, muchos de los pensamientos de Supremacía humana van a estar atados

necesariamente con las posturas de Kant y su “fórmula de humanidad”. En primer lugar,

porque pone la relación en términos relativos al beneficio de la humanidad, es decir, su valor

esta dado por el usufructo de los seres humanaos. En segundo lugar, no existe una

Page 13: DE LA AUSENCIA A LA SINTIENCIA: ANÁLISIS NARRATIVO DE LA

13

exigibilidad con respecto a la cuestión de los animales, dado que la relación está dada en

términos de la “piedad” o “buen carácter” del ser humano (Padilla, 2018). Esto da a claras

luces que la relación esta sedimentada bajo un principio de carácter humanitario, pero no

exigible, los deberes con los animales son una opción que los seres humanos pueden aceptar

o rechazar según el beneficio instrumental que estos les den.

La segunda corriente va a ser el Bienestarismo Animal la cual va a incluir al debate la

sintiencia como fundamental a la hora de tratar la relación humano-animal. Dentro de esta

corriente se va a destacar el autor Peter Singer y su libro Liberación Animal. Singer plantea

que la sintiencia es el único criterio moral que debería ser utilizado, por lo cual la

discriminación de las especies es absurda debido a que los animales poseen esta capacidad,

de hecho, el argumento de Singer parte del supuesto de que el especismo, entendido como el

pensamiento por el cual los seres humanos son mayores a las demás especies, es igual a los

argumentos que se utilizaban para negar los derechos a las mujeres. Sin embargo, defiende

que se puede sacrificar los intereses de los animales si es para lograr un bien mayor para otros

animales, tal es el caso de una especie invasora dentro de un ecosistema.

Singer en Liberación Animal, hace un aporte a la discusión que puede dejar en claro su raíz

utilitarista, acerca de si debiésemos de intervenir en la vida salvaje para evitar el sufrimiento

a los animales. “Suponiendo que los humanos pudieran eliminar de la tierra a las especies

carnívoras y que por consiguiente se redujera la cantidad total de sufrimiento de los animales

en el mundo, ¿deberíamos hacerlo?” (Singer, 1975). Esta concepción es netamente

utilitarista, porque se plantea desde un principio la duda acerca de si unos animales tienen

que ser eliminados para el beneficio de otros (algo que irá en contra de otras corrientes). Aún

con esta pregunta, Singer defiende que los seres humanos no deberían intervenir en la

naturaleza para evitar el sufrimiento, más que por razones morales, es porque ante el

desconocimiento de cuales fueran los efectos que podría causar tal intervención dentro del

ecosistema.

Singer también hace un aporte muy importante a lo que consideramos como persona, puesto

que hace un quiebre entre humanos y personas, esto lleva a que considere que la categoría de

persona debe ser tomada en cuenta en la medida que este pueda percibir dolor, sufrimiento o

Page 14: DE LA AUSENCIA A LA SINTIENCIA: ANÁLISIS NARRATIVO DE LA

14

placer. Cabe aclarar que Singer no busca que los derechos de los animales sean iguales que

lo de los humanos, lo que busca es minimizar la cantidad de sufrimiento producido hacia

ellos (otra prueba de su utilitarismo), reconociendo que existen ciertas diferencias, pero estas

no son suficientes para negarle todos sus derechos. Estos postulados de Singer han sido

ampliamente utilizados para propagar las políticas de protección animal o de tipo

bienestaristas.

Suscrita a esta corriente esta Nussbaum, la cual también advierte que la sintiencia es

fundamental a la hora de quitar las cadenas éticas que limitan el pensamiento de que los

valores y derechos son exclusivos del ser humano (2007). Estos esfuerzos por reconocer la

moralidad dentro de la relación humano-animal están basados en conceptos antropocéntricos,

más por conveniencia de argumento, puesto que pretenden ganar la consideración moral

usando las mismas categorías que usa el antropocentrismo. Categorías como la agencia

moral, potencialidad de ser “persona”, tener la capacidad de adquirir deberes, dar muestras

de racionalidad o por lo menos nociones de cognición. Son estas categorías las que termina

limitando el argumento del Bienestarismo Animal, ya que sigue manteniendo las nociones

relativas al ser humano, aunque su intento sea por abogar en contra del antropocentrismo

sigue recogiendo categorías de este, lo cual le ha sido valedor de varías críticas sobre todo

por las posturas más heterodoxas.

Por último, están las posiciones más heterodoxas, representadas principalmente por la

corriente de Derechos de los Animales. Está corriente va a estar fuertemente ligada a nociones

traídas por el biocentrismo establecidas por Eduardo Gudynas la cual es una crítica directa al

antropocentrismo, y busca una transición donde la vida sea un valor primordial en sí mismo.

Dentro de esta postura se crítica los derechos humanos a un ambiente sano, llamados justicia

ambiental, la cual está ligada a la afectación que tienen las personas que viven en ciertos

ambientes. Un biocentrismo verdadero pone especial atención en la naturaleza, en la medida

que está debe tener su propia concepción de justicia, y a esta concepción de justicia Gudynas

la llama “justicia ecológica”. Está justicia tiene énfasis en la naturaleza como sujeto, y su

objetivo principal es la recuperación ambiental a cualquier costo, en este sentido las multas

ambientales no tienen ningún sentido si estás no contribuyen a la restauración de la

Page 15: DE LA AUSENCIA A LA SINTIENCIA: ANÁLISIS NARRATIVO DE LA

15

naturaleza. Es importante entender, cómo Dorado afirma, que la mayoría de las

consideraciones acerca de categoría moral de los animales tiene una fuerte crítica al

especismo y al antropocentrismo, pero esto no implica necesariamente un giro biocéntrico.

El biocentrismo, además hace una fuerte crítica a las nociones que tenemos actuales de

derechos humanos y nuestra relación a la naturaleza, pues está en la mayoría de los casos es

vista como un derecho al ambiente sano por parte de las personas, en vez de un real cuidado

al medio ambiente. Hay que entender que desde está visión biocéntrica existe una especie de

hipocresía en las campañas publicitarias en pro del medio ambiente, puesto que como

menciona Martínez y Porcelli, para defender el ecosistema se usa el oso andino o el cóndor

de los Andes para acudir al sentimiento de compasión por lo bello de la naturaleza. Esto es

problemático, porque si bien en ultimo las campañas pueden buscar la protección del

ecosistema que en que viven estos animales y no solo la protección de ellos en particular

implica también que la protección está subordinada a la estética establecida por los humanos

(2017).

También hay miradas holísticas que bien pueden caber dentro de los postulados biocéntrico,

aunque no necesariamente parten de ellos como principio para elaborar la teoría. Un ejemplo

claro de esto es la Ecología de saberes, propuesta por Bonaventura de Sousa Santos. Esta

teoría presupone que ninguna cultura es completa, y que existe una diversidad epistemológica

en cada cultura por fuera del conocimiento científico. Estás cultura interactúan y se alimentan

entre sí, de tal manera que es posible crear “derechos originales” los cuales cambian la

concepción de derechos humanos tomados en la actualidad, siendo uno de los nuevos

postulados de estos la posibilidad de otorgarle derechos a aquellas entidades que no pueden

ser titulares de deberes, esto es la naturaleza y las generaciones futuras.

En esta corriente también encontramos posturas como las abolicionistas, las cuales surgen de

la crítica a los postulados bienestaristas. Estos están mayormente representados en los

postulados de Gary Francione hace una crítica directa al utilitarismo de Singer, y plantea que

el problema principal que existe en la consideración de los animales es la jerarquía moral

existente entre seres humanos y animales, lo cual ha llevado a establecer un sistema de

propiedad donde los intereses de los animales son puestos por debajo de los intereses de los

Page 16: DE LA AUSENCIA A LA SINTIENCIA: ANÁLISIS NARRATIVO DE LA

16

seres humanos, favoreciendo la explotación. Aquí existe otra diferencia clara con el

utilitarismo, pues estos no consideran que los humanos y animales tengan el mismo estatus,

debido a que estos últimos no tienen autoconciencia, ergo no tienen capacidad de tener un

proyecto de vida. Los abolicionistas abogan que, por la capacidad de sentir dolor o placer,

los seres sintientes van a elegir siempre sentir placer o algo que les cause bienestar, por lo

cual su proyecto de vida reside en no sentir dolor. Este proyecto de vida entra en contra

posición de los intereses del ser humano por comer carne, y siempre que haya este

enfrentamiento en un contexto donde exista el sistema de propiedad, ya sea en cualquier tipo

de granja o políticas de tipo bienestaristas, van a primar los intereses de los humanos. Esto

lleva a que la única salida para lograr la verdadera igualdad sea la abolición del sistema de

propiedad.

Marco Teórico

Como se ha podido observar las diferentes corrientes de pensamiento proponen unas formas

de relación muy diferente con respecto a los animales, en este sentido es importante

mencionar que se puede establecer una correspondencia entre el tiempo y la transición de

posturas ortodoxas a posturas más heterodoxas. Entiéndase esto que las decisiones tomadas

en materia de legislatura y acuerdos desde 1972 hasta 2016 en Colombia, tuvieron un cambio

dentro del eje. Esto no implica necesariamente las instituciones hayan cambiado su discurso

de una de Supremacía Humana a uno de Derechos de los Animales, pero si implica que ha

existido una transición lenta sin establecer una ruptura con los principales postulados

antropocentristas. En este sentido es necesario indicar que las corrientes hegemónicas en

Colombia desde 1972 van a ser la de la Supremacía Humana por diversas razones, y que las

corrientes de los Derechos de los animales serán las contrahegemónicas.

Las posturas de Supremacía Humana van a estar no solamente ligadas al especismo como eje

central, estableciendo una relación asimétrica entre humanos y animales, sino que también

van a establecer la necesidad del interés del ser humano sobre los intereses de los animales.

En un principio estas posturas no reconocerán que existe un interés por parte de los animales,

sobre todo abogando a la limitada capacidad cognoscitiva que estos poseen. Esta aparente

ausencia del interés le dará a esta corriente la libertad de establecer cadenas de explotación

Page 17: DE LA AUSENCIA A LA SINTIENCIA: ANÁLISIS NARRATIVO DE LA

17

sin ninguna restricción, con tal de maximizar el beneficio por parte de los seres humanos. Es

esta sobre explotación la que llevará a que Peter Singer en 1975 se cuestione acerca de la

moralidad de estas acciones, utilizando el interés de los animales, pero este no basado en la

cognición de los animales, sino en la sintiencia misma de los animales. Es con este postulado

que Singer abogará por el interés que tienen los animales de no sentir dolor, en tanto su

sintiencia les permite preferir no sentir cualquier maltrato.

En un primer momento los postulados de Singer fueron lo suficientemente fuertes como para

establecer una línea ideológica e incluso hasta política, llenando de significancia el hecho de

ser vegano o vegetariano. Pero está crítica con el tiempo fue mostrando sus falencias, y la

más grande de ellas era su obvia raíz antropocéntrica. Singer avanzó mucho en términos de

poner el interés como un valor fundamental al hacer una relación entre seres humanos y

animales, hasta Nussbaum se suscribirá a la idea de que el interés derivado de la sintiencia

iba a ser definitivo para poder romper la barrera antropocéntrica y especista. Sin embargo, al

poner en una balanza los intereses entre humanos y animales en situaciones críticas, los

intereses de los seres humanos iban a terminar primando.

Aún con este empero, los postulados bienestaristas como serán conocidos en la posterioridad

van a tener una gran acogida, no solo por parte de los movimientos animalistas, sino que, de

las mismas instituciones de diferentes países, que veían de a poco que la aceptación de

algunos de estos postulados apaciguaría el interés de algunos sectores por abolir el sistema

de producción en masas de algunas granjas. Ejemplo de ello en Colombia son el Estatuto de

Protección Animal promulgado en 1989, que abrirá pasó a que se establezcan algunas reglas

de sanidad en cuanto a la producción de ganado, además será el primer pasó en materia de

aceptar la capacidad de sintiencia por parte de los animales, al establecer que el ser humano

tiene unas disposiciones contra la moral al provocar daño o sufrimiento innecesario a los

animales. Pero este primer pasó abriría la puerta para otro tipo de postulados que ahondarían

en las grietas que tenían los postulados bienestaristas. Es así como de a poco el debate de la

sintiencia toma un giró más dramático en términos de los intereses.

La sintiencia en términos de Singer resultaba problemática sobre todo por la sobreposición

de intereses, esto porque todavía no relegaba la idea de la cognición, ya que el principal

Page 18: DE LA AUSENCIA A LA SINTIENCIA: ANÁLISIS NARRATIVO DE LA

18

argumento por el cual pensaba que los intereses de los humanos estaban por encima de el de

los animales era por la capacidad de proyectarse en el futuro. Para el Bienestarismo la

capacidad de tener un proyecto de vida está relacionada con la capacidad de razonar y

conocer, en esta línea, los animales al no tener tan desarrolladas estas capacidades serán

incapaces de percibirse en un futuro próximo. Es aquí donde los postulados Abolicionistas

de Gary Francione entran a controvertir al Bienestarismo, puesto que establecerá que la

cognición no es necesaria para poder proyectarse en un futuro, es decir, si se pone a decidir

a un animal entre sentir algún tipo de sufrimiento o no sentirlo, siempre preferirá no sentirlo,

en este sentido él tiene la capacidad de elegir y proyectarse como un ser que quiere vivir sin

sentir algún tipo de maltrato. Aún con esto los abolicionistas irán más allá en su análisis y

plantearán que el problema principal de esto es el sistema de dominación que se ha

establecido entre humanos y animales, por ende, la única forma de llegar a una verdadera

justicia con los animales es mediante la abolición de este sistema. Estás discusiones serán

determinantes a la hora definir bajo que parámetros va a estar atado el concepto de sujeto,

puesto que dependiendo de si se toman argumentos de la sintiencia o de la cognición van a

cambiar la asignación de derechos. También, cabe aclarar que solo aceptar la sintiencia no

va a determinar per se que los animales sean sujetos de derechos, pero si va a ser un

argumento fundamental dentro del debate.

Por supuesto, estos postulados implicaban una radicalización de los argumentos que

abogaban a favor de los animales, pero esta solo era una vertiente. Comenzaron a surgir

posturas más holísticas, puesto que la problematización de los animales también implica el

ambiente en donde viven, es así como los biocéntrico comenzaron a ganar relevancia. Estas

corrientes que apuestan por visiones más holísticas del todo tendrán especial acogida en

América Latina, sobre todo por autores como Gudynas y Sousa Santos, los cuales verán el

todo como una sola parte, y no a cada ser como una parte del todo. Cabe aclarar que estás

posturas tendrán similitudes con las teorías Gaia de Lovelock, pero en esencia rescatarán

visiones más de los llamados saberes del sur. Precisamente esta acogida será vista en buena

medida en las constituciones del Ecuador y Bolivia, y tenderán el puente a entender que tanto

los animales como la naturaleza tienen derechos al igual que los seres humanos.

Page 19: DE LA AUSENCIA A LA SINTIENCIA: ANÁLISIS NARRATIVO DE LA

19

Con el tema de los derechos abordados desde la sintiencia y el biocentrismo es que se abre

un debate, puesto que aceptar los derechos de la naturaleza implica restarles a los intereses

de los seres humanos. Es precisamente aquí donde se sitúan los debates actuales, en la figura

de los derechos y de aceptar que los seres que tienen la capacidad de sentir tienen potencial

para ser tratados como personas. Los discursos actuales chocan y convergen en establecer

quien tiene primacía, y se ha tendido puentes para poder construir entre las posiciones,

mayormente el consenso se ha encontrado en posturas propias del Bienestarismo, pero como

de a poco ha ido surgiendo, la inconformidad por lado y lado es latente.

Frente a la peculiaridad que implica tener conceptos tan relevantes dentro del debate acerca

de los animales, es necesario utilizar un enfoque que permita distinguir los diferentes

argumentos que giran alrededor de los conceptos. En esta línea, surge el denominado giro

argumentativo, el cual rompe con los enfoques positivas de análisis de políticas públicas,

creando una nueva corriente basada más en criterios posestructuralista (López, 2017). Desde

esta perspectiva se complejiza el ámbito político, pues para poderlo entender se tienen que

abandonar nociones tecnócratas que son limitadas, sobre todo porque se especializan en

análisis top-down.

Como respuesta ante estas limitaciones, el giro argumentativo va a tomar una postura crítica

y va a ser fuertemente representada por autores como Frank Fisher y Emery Roe. Dichos

autores harán un énfasis en el argumento y discursos que subyacen a la política pública, y

que, precisamente es en la política pública donde se tiene un espacio para definir un lenguaje

compartido (Pirazán y Ríos, 2014). El giro argumentativo tiene un especial énfasis en la fase

de formulación de la política pública, sobre todo en el agendamiento y definición del

problema, ya que, es en estos lugares donde diferentes actores hacen uso de herramientas

discursivas para defender o atacar posturas, y así poner su significado del mundo en la

política pública (Pirazán y Ríos, 2014).

La propuesta de análisis usará los elementos propuestos por Emery Roe del análisis literario

o narrativo de la política pública. Esta propuesta busca darle al análisis herramientas de tipo

conceptual y metodológicas que logren vislumbrar las diferentes posturas en conflicto y sus

poderes dentro del ambiente de lo público. En este sentido, según Roe el analista debe tender

Page 20: DE LA AUSENCIA A LA SINTIENCIA: ANÁLISIS NARRATIVO DE LA

20

puentes entre posturas y argumentos aparentemente opuestos. Se debe aprovechar elementos

de la teoría literaria contemporánea para entender los problemas que tienen como

característica la incertidumbre, la complejidad y la polarización (Parra, 2016).

Se debe identificar las narrativas oficiales o hegemónicas, las cuales son las que están

aceptadas socialmente para resolver problemas relacionados con lo público. También se

deben encontrar contra-narrativa y no-historias, las cuales son soluciones al problema que no

van en la misma corriente que las hegemónicas, esto quiere decir son soluciones que no están

incluidos dentro del discurso oficial, estás corrientes son normalmente agenciadas por

sectores con menos recursos. Lo que busca en definitiva este tipo de metodología propuesta

Roe es buscar los puntos controversiales de las narrativas en cuestión, es decir, estos puntos

donde parece irreconciliable las dos posturas. Con la identificación de estos puntos se busca

facilitar la comprensión de nuevos argumentos que ayuden a solucionar o a disminuir el grado

de incertidumbre del problema en cuestión, a esto Roe lo llamará la meta-narrativa.

Capitulo 3. Metolodogía

Metodología

El presente documento se inscribe dentro del enfoque cualitativo de investigación, en tanto

busca desde las diferentes narrativas que proponen los actores en sus discursos, datos que

ayuden a la comprensión de las diferentes controversias que existen alrededor de los

animales. Desde esta perspectiva cualitativa se pretende que el investigador tenga un

panorama más holístico, de tal manera que le permita estudiar a las personas dentro de su

contexto, y las comprendan en las situaciones que se hallen inmersos, para así lograr marcos

interpretativos que den una explicación adecuada al fenómeno estudiado.

Por ello la metodología principal de la investigación está centrada en la perspectiva del

análisis narrativo de las políticas públicas, que es entendido como un enfoque no

convencional, donde desde perspectivas top-down se busca darle voz a los diferentes actores

que giran alrededor del problema público. Para esto metodológicamente Emery Roe

propondrá lo siguiente:

Page 21: DE LA AUSENCIA A LA SINTIENCIA: ANÁLISIS NARRATIVO DE LA

21

El analista comienza con la definición convencional de historias, e identifica aquellas

narrativas de política que son objeto de incertidumbre que se ajustan a la siguiente

definición: si hay historias, estas tienen principios, desarrollo y final, así como

escenarios; si se trata de "argumentos" estos tienen premisas y conclusiones. (Es

preciso recordar que las "narrativas de política" hacen referencia a aquellos escenarios

o argumentos que dominan el tema en cuestión, es decir, aquellos que se utilizan para

asegurar y estabilizar los supuestos para la formulación de políticas en situaciones de

incertidumbre, alta complejidad, y poco o ningún nivel de Acuerdo).

El siguiente paso es identificar aquellas otras narrativas en el tema, que no se ajustan

a esta narrativa dominante, o van en contra de las narrativas dominantes de la

controversia en cuestión. Estas se entienden cómo no-historias o contra narrativas.

El tercer paso es comparar los dos conjuntos de narrativas con el fin de generar una

meta-narrativa "derivada" de dicha comparación. [...] En el modelo de Riffaterre, la

meta-narrativa es el "intertexto" que explica cómo dos narrativas de política opuestas,

pueden tratarse de la misma situación o caso al mismo tiempo.

Una vez que el meta-narrativa ha sido generada, último paso del analista es determinar

si la meta narrativa "reorganizó" o "resinificó" el problema de manera tal que es más

susceptible de ser abordado por las herramientas convencionales de análisis de

política como aquellas propias de la microeconomía, el análisis legal, la estadística,

la teoría de la organización, y / o la práctica de la gestión pública. (Roe, citado por

Parra. 2006, p.156)

Esta meta-narrativa es el objetivo de esta metodología, puesto que es la dispone el espacio

para llegar a acuerdo, donde el problema tiene una visión convergente y se puedan construir

soluciones para conjuntas, que además gozará de mayor legitimidad por la disminución de la

controversia y polarización acerca del tema.

Adicionalmente, para recoger estas voces se recurrirá a la entrevista semiestructurada. La

entrevista es definida como una técnica de investigación cualitativa, que busca como forma

de recabar información establecer un dialogo coloquial. También se puede definir como "la

Page 22: DE LA AUSENCIA A LA SINTIENCIA: ANÁLISIS NARRATIVO DE LA

22

comunicación interpersonal establecida entre el investigador y el sujeto de estudio, a fin de

obtener respuestas verbales a las interrogantes planteadas sobre el problema propuesto"

(Canales, 2006).

Para la entrevista semi-estructurada se plantea un grado de flexibilidad considerable, que

permite ajustar la entrevista según el entrevistado y ajustarla a los temas en los cuales el

investigador desea profundizar, aclarar e identificar tópicos que sean de especial interés para

la investigación (Diaz, Torruco, Martínez & Varela, 2013).

De igual forma, se utilizará la revisión documental como método de recolección de datos. En

donde principalmente se analizarán textos de políticas públicas y leyes los cuales son

contienen los relatos que han dominado el tema en la narrativa oficial. Por otro lado, también

se rescata documentos donde la contra-narrativa se ha pronunciado para poner en evidencia

sus posturas. Estos con el fin de encontrar en los documentos los puntos más relevantes de

cada narrativa, para identificar los puntos de mayor controversia.

Estos datos recolectados serán sistematizados bajo algunos fundamentos que propone la

teoría fundamentada. La teoría fundamentada es tomada como un método de investigación a

su vez como una teoría que resulta de la investigación. Consiste en una creación códigos que

condensan los marcos conceptuales más relevantes de la investigación, la codificación aquí

resultante dará paso a un análisis de la conceptualización, y posteriormente de los datos

directamente se generará una teoría (Acuña, 2015). Para esta investigación no se generará

una teoría directa del análisis de los datos codificados, sino que se hará una relación con el

marco teórico para poder establecer la línea argumentativa de las diferentes narrativas que se

encuentras en disputa.

La codificación cuenta con diferentes métodos, para este caso específico se utilizará la

codificación abierta y codificación selectiva. En la primera codificación se analizan los datos

directamente desde la fuente, se generarán códigos que le den significado y que

conceptualicen de mejor manera la información recolectada. Del análisis de estos conceptos

se dará luces de la categoría central. La codificación selectiva por su parte puede ahondar en

las conceptualizaciones establecidas con anterioridad, y dar una mayor definición de la

Page 23: DE LA AUSENCIA A LA SINTIENCIA: ANÁLISIS NARRATIVO DE LA

23

categoría central, estableciendo enunciados y logrando establecer una explicación mayor al

fenómeno. (Acuña, 2015). Para soportar la codificación de los datos se utilizará el programa

Atlas.ti, desarrollado por Thomas Mohr, el cual es un software ampliamente difundido para

investigación cualitativa.

Capítulo 4. La lectura oficial del Problema

La institucionalidad en Colombia ha actuado sobre los derechos de los animales

mayoritariamente por iniciativas jurídicas, que han establecidos normas que afectan de

manera directa o indirecta a los animales. Desde 1972 hasta 2010 se han establecido por lo

menos treinta acciones judiciales que tocan el tema. Sin embargo, a pesar de su cantidad la

capacidad de incidencia ha sido baja, una de las leyes que más llama atención es la ley 84 de

1989, la cual establece los lineamientos en contra del maltrato animal, pero que según varios

movimientos animalistas, ha servido más de fachada que como una acción que incida en el

cambio de estas prácticas, en otras palabras, letras muertas. (Acevedo, 2009)

Es en este marco contextual de leyes que no tienen mayor incidencia que se expide el decreto

205 de 1996, la ley 557 del 2000, la ley 611 del 2000, la ley 914 de 2004 y la ley 746 de

2002, todas expedidas con el fin de incidir de una u otra forma sobre la vida de los animales

y las cuales no tuvieron mayor capacidad de incidencia. Estás son tomadas para hacer el

posterior análisis aquí presentado. En este mismo análisis y bajo los mismos códigos se hace

un análisis de Política Pública de Protección y Bienestar Animal 2014 – 2038, la cual ha

incorporado elementos novedosos dentro del lenguaje y la visión que se tiene sobre los

animales, el más importante, la sintiencia.

Esta política es establecida bajo un paradigma diferente a las normas anteriormente

mencionadas, y ha significado para el movimiento animalista un logro que significativo,

puesto que es una de las primeras políticas públicas que acogen planteamientos propios de

movimiento. Es esto lo que lo hace meritorio a unas conjeturas a parte de sus homólogos de

años pasados.

Codificación Abierta

Page 24: DE LA AUSENCIA A LA SINTIENCIA: ANÁLISIS NARRATIVO DE LA

24

Derecho Animal: Artículos o afirmaciones que permitan establecer un grado de

preocupación por los animales y denotan preocupación por su bienestar en algún grado.

Dominación: Artículos o afirmaciones que muestren una relación de dominación del ser

humano sobre los animales

Economía: Artículos o afirmaciones que muestren una visión de los animales como recursos

económicos para el beneficio del ser humano.

Especismo: Artículos o afirmaciones que ejemplifiquen la distinción entre humanos y

animales, de una manera en la cual los intereses de los segundos no tengan ninguna

relevancia.

Supremacía Humana: Artículos o afirmaciones que muestren en algún grado, la posición

de superioridad moral que tiene el ser humano con los animales.

Diccionario

Derecho Animal: Protección, Liberación, Seguridad, Restauración [restaurar].

Dominación: Pertenecientes [propietario] [poseedor], Sacrificio | Eutanasia.

Economía: Uso [utilización] | uso sostenible, Producción, Servicios, Rentabilidad.

Explotación [Explotar].

Especismo: Explotación [Explotar], Cultura, Interés Público.

Supremacía Humana: Cultura, Interés [Intereses], Placer, Beneficio, Prioridades.

Relación Entre Códigos

Ilustración 2 Relación de los códigos de la narrativa oficial

Page 25: DE LA AUSENCIA A LA SINTIENCIA: ANÁLISIS NARRATIVO DE LA

25

Fuente: Elaboración propia

Citas relevantes de los códigos

Tabla 1 Citas relevantes de los códigos de la narrativa oficial

Dominación Especismo Economía Derecho Animal

“Los gastos por la

permanencia del

animal en las perreras

que el respectivo

municipio determine

correrán por cuenta de

su propietario, el cual

podrá retirarlo

provisto de los

preceptivos bozal y

traílla, en un plazo

máximo de diez (10)

días contados a partir

“El presente

reglamento tiene por

objeto la regulación

de la preparación,

organización y

desarrollo de los

espectáculos taurinos

y de las actividades

relacionadas con los

mismos, en garantía

de los

derechos e intereses

del público y de

“Las Partes velarán

porque los CCCN

cooperen, a través de

reuniones regulares y

oportunas, para

revisar las

bases de información

y el estado que

guardan las

poblaciones de los

recursos marinos

vivos en el Área del

“De conformidad

con la Carta de las

Naciones Unidas

y con los

principios del

derecho

internacional, los

Estados

tienen el derecho

soberano de

explotar sus

propios recursos

en aplicación de

Page 26: DE LA AUSENCIA A LA SINTIENCIA: ANÁLISIS NARRATIVO DE LA

26

de la fecha de

decomiso. Si el

propietario no lo retira

en el plazo establecido,

el ejemplar se

declarará en estado de

abandono y se podrá

proceder a su sacrificio

eutanásico.” (Ley 746,

2002)

“ARTICULO 22. La

autoridad ambiental se

reservará un

porcentaje de la

producción de cada

zoo criadero que será

asignado en función

del estado de

conservación de la

especie, que podrá ser

recibido en recursos

económicos, servicios

ambientales y/o

especímenes para ser

utilizados en el manejo

sostenible de la

especie” (Ley 611,

2000)

cuantos intervienen

en aquellos. Los

espectáculos taurinos

son

considerados como

una expresión

artística del ser

humano.” (Ley 916,

2004)

“El Ministerio del

Medio Ambiente

efectuará una

recopilación práctica

de la información

concerniente a las

diversas especies que

conforman nuestra

fauna silvestre y

acuática en lo que

toca con la

reproducción,

nutrición, manejo,

sanidad y aspectos

relevantes del

mercadeo a fin de

contribuir a generar

un marco referencial

para su explotación

Acuerdo, y formular

recomendaciones

para alcanzar los

objetivos del

presente Acuerdo.”

(Ley 557, 2000)

“De conformidad con

la Carta de las

Naciones Unidas y

con los principios del

derecho

internacional, los

Estados

tienen el derecho

soberano de explotar

sus propios recursos

en aplicación de su

propia política

ambiental y la

obligación de

asegurar

que las actividades

que se lleven a cabo

dentro de su

jurisdicción o bajo su

control no

perjudiquen al medio

de otros Estados o de

su propia política

ambiental y la

obligación de

asegurar

que las

actividades que se

lleven a cabo

dentro de su

jurisdicción o bajo

su control no

perjudiquen al

medio de otros

Estados o de

zonas situadas

fuera de toda

jurisdicción

nacional.” (Ley

557, 2000)

“Las Partes

establecerán, en

una reunión

convocada de

conformidad con

el artículo VIII de

este Acuerdo, un

límite anual de

mortalidad de

delfines para cada

Page 27: DE LA AUSENCIA A LA SINTIENCIA: ANÁLISIS NARRATIVO DE LA

27

“Por "condiciones in

situ" se entienden las

condiciones en que

existen recursos

genéticos dentro de

ecosistemas y hábitats

naturales y, en el caso

de las especies

domesticadas o

cultivadas, en los

entornos en que hayan

desarrollado sus

propiedades

específicas.” (Decreto

205, 1996)

“Bienestar y

protección animal: el

trato a los animales

debe basarse en la

ética, compasión,

justicia y especial

cuidado que debemos

proveerles por

obligación moral, en

razón a que son seres

vivos dotados de la

capacidad de

zootécnica y a fin de

tener una base sólida

para el diseño de

políticas en la

materia” (Ley 611,

2000)

“ARTICULO 15.

Dado que la etapa

experimental de esta

actividad no prevé la

comercialización de

los

especímenes, la

recolección de la

fauna silvestre

requerirá de una

licencia de caza con

fines de fomento,

para lo

cual el interesado

deberá formular ante

la autoridad

ambiental una

solicitud indicando

los especímenes a

recolectar, cantidad

requerida, lugar,

época y método de

zonas situadas fuera

de toda jurisdicción

nacional.” (Ley 557,

2000)

población de

delfines,

determinada por

la Reunión de las

Partes, con base

en la mejor

evidencia

científica

disponible, de

entre el 0,2% y el

0,1% de la

Estimación

Mínima de

Abundancia

(EMA), calculada

por el Servicio

Nacional de

Pesquerías

Marinas de

Estados Unidos.”

(Ley 557, 2000)

Page 28: DE LA AUSENCIA A LA SINTIENCIA: ANÁLISIS NARRATIVO DE LA

28

experimentar placer,

dolor, sufrimiento y

emociones semejantes

a las del ser humano.”

Política Pública

Distrital de Protección

y Bienestar Animal,

2014)

captura que su

utilizará.” (Ley 611,

2000)

Fuente: Elaboración Propia.

Tabla 2 Citas relevantes de la categoría central de la narrativa oficial

Supremacía Humana

“ARTICULO 15. Dado que la etapa experimental de esta actividad no prevé la

comercialización de los especímenes, la recolección de la fauna silvestre requerirá de una

licencia de caza con fines de fomento, para lo cual el interesado deberá formular ante la

autoridad ambiental una solicitud indicando los especímenes a recolectar, cantidad

requerida, lugar, época y método de captura que su utilizará.” (Ley 611, 2000)

“ARTICULO 13. El carácter de zoo criadero experimental dependerá de la adaptabilidad

y capacidad reproductiva de la especie a criar y de la viabilidad de la actividad desde el

punto de vista biológico, técnico, científico y económico. Una vez comprobados estos

requisitos, la autoridad ambiental otorgará la licencia al zoo criadero en etapa comercial.”

(Ley 611, 2000)

“El proyecto de zoo criadero que contendrá la infraestructura y condiciones apropiadas en

función de los objetivos y fines del zoo criadero avalado por profesional de biología,

ingeniería genética, ingeniería pesquera, veterinaria, zootecnia, ingeniería de los recursos

naturales renovables y demás ciencias biológicas y afines” (Ley 611, 2000)

Page 29: DE LA AUSENCIA A LA SINTIENCIA: ANÁLISIS NARRATIVO DE LA

29

“ARTÍCULO 1o. El presente reglamento tiene por objeto la regulación de la preparación,

organización y desarrollo de los espectáculos taurinos y de las actividades relacionadas con

los mismos, en garantía de los derechos e interese del público y de cuantos intervienen en

aquellos. Los espectáculos taurinos son considerados como una expresión artística del ser

humano.” (Ley 916, 2004)

“Espectáculos mixtos. Son los que tienen una parte taurina y otra musical, cultural,

deportiva, etc., donde debe ir en primer lugar la parte taurina, la que se ajustará a las normas

que rijan la lidia de reses d e idéntica edad en otros espectáculos.” (Ley 916, 2004)

“Conscientes del valor intrínseco de la diversidad biológica y de los valores ecológicos,

genéticos, sociales, económicos, científicos, educativos, culturales, recreativos y estéticos

de la diversidad biológica y sus componentes.” (Decreto 2005, 1996)

“La medida en que las Partes que sean países en desarrollo cumplan efectivamente las

obligaciones contraídas en virtud de este Convenio dependerá del cumplimiento efectivo

por las Partes que sean países desarrollados de sus obligaciones en virtud de este Convenio

relativas a los recursos financieros y a la transferencia de tecnología, y se tendrá plenamente

en cuenta a este respecto que el desarrollo económico y social y la erradicación de la pobreza

son las prioridades primordiales y supremas de las Partes que son países en desarrollo.”

(Ley 557, 2000)

Fuente: Elaboración Propia.

Relación Código – Código

Supremacía Humana-Dominación: Dominación es causa de la Supremacía Humana, en

tanto se entiende que la dominación está causada por el pensamiento de que el ser humano,

al tener mayor capacidad cognitiva su interés tiene mayor peso que otro ser vivo.

Supremacía Humana-Especismo: Especismo y supremacía humana están asociados, en

tanto que al existir la creencia de que el ser humano es superior a todo ser vivo, se está

incurriendo en un pensamiento especista.

Page 30: DE LA AUSENCIA A LA SINTIENCIA: ANÁLISIS NARRATIVO DE LA

30

Supremacía Humana-Economía: Economía es parte de la Supremacía Humana, en cuanto

esta desarrolla su capacidad de explotación sustentada en los principios de la supremacía

humana, desconociendo intereses de otros seres vivos.

Supremacía Humana-Derecho Animal: Supremacía Humana y Derecho Animal tiene una

relación sin nombre, entendiendo que promulgar algunas actividades en pro del bienestar

animal, no significa necesariamente romper la supremacía moral existente.

Dominación-Especismo: Dominación es parte de Especismo, en tanto que el especismo

permite que exista una relación de dominación entre seres humanos y animales.

Economía-Especismo: Economía y Especismo están relacionadas de tal manera que el

especismo a permitido que se tenga una visión donde los animales sean tratados como

recursos. Mientras que la economía y la visión desarrollista ha reforzado la idea del

especismo.

Relación Código – Citas

Supremacía Humana

- Supremacía Humana/Cultura: El fomento de una cultura basada en la supremacía

de los humanos ha generado que eventos, como lo son las corridas de toros sean

normalizados dentro de las leyes.

- Supremacía Humana/Interés: El interés de los animales, en la mayoría de las

ocasiones, va a estar supeditado por los intereses que tienen los seres humanos.

- Supremacía Humana/Prioridades: El interés de los animales, en la mayoría de las

ocasiones, va a estar supeditado por los intereses que tienen los seres humanos. En

específico estará relacionado con una visión desarrollista de países en vías de

desarrollo.

Especismo

- Especismo/Explotación: El uso del término explotar o explotación, está ligada a una

visión de que los seres no humanos, son recursos los cuales están para el disfrute del

ser humano.

Page 31: DE LA AUSENCIA A LA SINTIENCIA: ANÁLISIS NARRATIVO DE LA

31

- Especismo/Cultura: El especismo, como término que es parte de la supremacía

humana, se constituye como base para una cultura de la supremacía y distinción entre

los seres humana y los animales.

- Especismo/Interés Público: El interés en relación con el especismo, tiene su máxima

expresión cuando se utiliza dentro de los decretos y las leyes con el sustantivo

público, pues este lo coloca en pro de un interés de la población receptora de las

políticas y las leyes a costa del interés de los seres no humanos

Economía

- Economía/Uso: El uso y uso sostenible, tiene una relación directa con una postura

donde tanto los animales como el ecosistema mismo, son vistos como recursos para

el desarrollo de las naciones.

- Economía/Producción: La producción vista como la capacidad de reproducir un

recurso, tiene como fundamento la visión de la ganancia económica que debe generar

el medio ambiente y los animales.

- Economía/Servicios: La asociación que se hace de usar a los animales como medio

para poder brindar a de servicios a los seres humanos.

- Economía/Rentabilidad: La rentabilidad está asociada en la cantidad de los

denominados recursos naturales, que tiene una nación a su disposición para que se

genere ganancias.

- Economía/Explotación: La explotación de los animales y el medio ambiente, es

visto como un uso de recursos naturales que están puestos para generar riqueza en las

naciones, de tal manera que explotar recursos naturales es parte fundamental para la

generación de riqueza.

Dominación

- Dominación/Perteneciente: La relación de dominación está ejemplificada en la

afirmación de que los animales son pertenencia de una persona o una nación, y por

ende tienen todo derecho sobre los mismos.

Page 32: DE LA AUSENCIA A LA SINTIENCIA: ANÁLISIS NARRATIVO DE LA

32

- Dominación/Sacrificio: El sacrificio reduce la vida de los animales a un status de

seres que son menores a los humanos, solamente con el argumento de su capacidad

cognitiva menor, lo cual los lleva a ser tachados como agresivos y posteriormente

sacrificados.

Derecho Animal

- Derecho Animal/Protección: La protección de ciertas especies en vías de extinción

son primeros pasos que se dieron en materia de tratados para los derechos de los

animales.

- Derecho Animal/Liberación: La liberación de algunas especies en vías de extinción

llegaron por medio de acuerdo internacionales, como el acuerdo de Río de 1992.

- Derecho Animal/Restauración: La restauración da un primer paso en reconocer la

injerencia que tiene el ser humano sobre los ecosistemas, a los cual él se denomina

propietario.

Codificación Selectiva

- Enunciado 1: Los animales son recursos renovables que pertenecen a una nación

específica, y existen con el propósito para que esta se pueda desarrollar.

- Enunciado 2: La protección de los animales pasa por una supremacía moral, en tanto

esta significa que el ser humano tiene que mantener ecosistemas para poder mantener

su forma de vida o mejorarla.

- Enunciado 3: La cultura creada por el ser humano puede pasar por encima de los

intereses de cualquier otro ser vivo, por lo cual este no tiene reconocimiento de su

propio interés por desarrollarse sin sufrir.

Establecimiento de relaciones Enunciado – Teoría

Enunciado 1 – Bienestarismo/Antropocentrismo

La constante preocupación de las naciones por el desarrollo ha llevado que los gobiernos, de

diferentes naciones, tengan como prioridad la mejora en la calidad de vida de sus habitantes.

Sin embargo, este postulado lleva a una negación fragante de la existencia de otros seres

Page 33: DE LA AUSENCIA A LA SINTIENCIA: ANÁLISIS NARRATIVO DE LA

33

vivos, y sus propios intereses. Dentro de los documentos analizados, existe siempre una

priorización por el desarrollo en pro de los intereses de la población humana. Esto, como lo

explica Singer hace parte de lo que se denomina una superioridad moral, establecida sobre la

base de que la cognición limitada de los animales no les permite desarrollar ningún interés.

Esto deja ver que existe una supremacía humana, y un obvio antropocentrismo, ya que no

considera que los animales tengan capacidad de sentir, y aún más que esta capacidad de sentir

los lleve a tener el interés de no sentir ningún dolor.

Enunciado 2 – Bienestarismo/Abolicionismo

Los tratados y leyes dados desde los finales de los años 80 e inicios de los 90, tales como el

acuerdo de Río o el Estatuto de Protección Animal de 1989, obedecen a una serie de

preocupaciones que se daban sobre el medio ambiente y los demás seres vivos que habitan

la tierra. Una de las posturas con la cuales se revindicaban estas preocupaciones era el

Bienestarismo. La adopción de algunas de estas posturas mediante el Decreto 205 de 1996,

darán pie a que se desarrollen nuevas medidas para la protección del medio ambiente. Sin

embargo, estos pasos dirigidos en pro de la protección pasan específicamente por una

responsabilidad que tienen las naciones sobre sus “recursos”, en tanto estos garantizan la vida

sobre la tierra, y aún más la forma de vida llevada por los humanos. Está clase de documentos

que reconocen el a otros seres vivos, no tienen dentro de su haber un reconocimiento por el

derecho de la existencia de otros seres solo por su interés de proyectarse en un futuro, no de

manera cognitiva sino sensitiva.

Enunciado 3 – Abolicionismo/Derecho de los animales

Los espectáculos taurinos, las peleas de gallos, etc. Obedecen a lo que se ha determinado

como parte de la cultura del ser humano, y que la ser tradiciones tienen que ser protegidas.

Esto también pasa por la creencia de que existen especies domesticas más agresivas que otras,

las cuales por su aspecto o tamaño se les ve como un potencial peligro para otro ser humano,

y por ende tiene el riesgo de ser sacrificado para proteger al humano. En el primer caso, las

afirmaciones como “los espectáculos taurinos son expresiones artísticas del ser humano” ya

tiene en su haber una posición, especista y antropocentrista, donde el goce y puede del ser

Page 34: DE LA AUSENCIA A LA SINTIENCIA: ANÁLISIS NARRATIVO DE LA

34

humano puede pasar por encima de cualquier otro ser vivo. Esto explicado desde las teorías

abolicionistas, existe por la creencia de que los seres no humanos no tienen la capacidad de

proyectarse en un futuro. Esto, como lo explica Francione, es problemático puesto que la

postura institucional ha estado atravesada por el argumento de lo cognitivo, negando la

capacidad de sentir de otro ser, y cuando se ha aceptado se ha prevalecido el interés humano.

Desde los postulados de los abolicionistas, se explica que la capacidad de proyectarse a futuro

no solo paso por lo cognitivo, sino también por lo sensitivo, en tanto que un animal tiene la

capacidad de elegir no sentir dolor y desarrollarse plenamente sin sentir sufrimiento. Lo

mismo aplica para los animales domésticos que son considerados peligrosos, ya que la visión

institucional niega la relación que existe entre animales y humanos, y como al estar en

constante contacto los intereses de ambos son muy variados, hasta el punto de chocar.

Cuando se da este choque, siempre va a prevalecer el interés humano, lo que va a llevar a

que se niega la capacidad de existir de otro ser vivo.

Hallazgos y la Política Pública Distrital de Protección y Bienestar Animal

Las líneas argumentativas manejadas por las instituciones colombianas han estado

atravesadas bajo el paradigma antropocéntrico y especistas. La negación de que los seres

distintos a los animales no son capaces de generar interés por no tener una capacidad

cognitiva alta, le ha sido útil para preponderar su interés del desarrollo humano negando el

bienestar de otros seres. Esto es notable sobre todo para dos temas en específico, la economía,

léase esta como la búsqueda de bienestar o estabilidad económica de comunidades humanas,

y la cultura, entendida para los textos analizados como algo prioritario a proteger por ser

costumbres arraigadas a lo que es ser habitante de la nación.

En primer término, la economía y el bienestar económico ha sido prioritario para Colombia,

su estatus como país en vías de desarrollo lo ha llevado a explotar sus recursos naturales y

otras especies, y lo ha posicionado como una nación dependiente de la minería y los

agrocombustibles (Becerra, 2009). La adopción de las medidas propuestas por la Conferencia

de Rio de 1992, fueron un gran paso para intentar poner tema prioritario la protección del

ambiente y de la fauna local. Aún con esto, la preponderancia por seguir el modelo

Page 35: DE LA AUSENCIA A LA SINTIENCIA: ANÁLISIS NARRATIVO DE LA

35

económico impulsado por la globalización fue mayor, y poco a poco las instituciones

encargadas de proteger el medio ambiente fueron perdiendo su capacidad de incidencia

(Becerra, 2009). Estos han llevado que las alternativas para proteger a los animales sean

pocas, y se traduzcan en iniciativas débiles y de bajo impacto para poder establecer una

relación más horizontal con los seres sintientes no humanos.

En segundo término, la cultura ha jugado un papel especial para permitir el trato cruel hacia

los animales, quizás el caso más representativo para ilustrar una cultura de la violencia hacia

los animales sea la tauromaquia. Esta actividad ha estado fuertemente arraigada a los

colombianos debido a los vestigios que dejó la colonia española, tanto es así que la

celebración del grito de la independencia se dio en un espectáculo taurino (Jaramillo, 2012).

Para Bogotá, este ha sido un escenario que rescata la cultura, y que ha sido protegida bajo el

amparo de la Constitución de 1991, debido mayormente, a la aceptación de que en Colombia

existe una diversidad étnica y cultural que debe ser respetada. Lo que lleva a que, a pesar de

ser una actividad que ha perdido adeptos, hay una minoría que todavía rescata esta actividad

como parte de su cultura (Jaramillo, 2012). Si bien ha sido puesta en duda en numerosas

ocasiones, por lo contradictorio que llega a ser una práctica de este tipo, para momentos de

haber escrito este apartado, la decisión de prohibición está en manos del congreso de la

república y no tiene muchas esperanzas de que se prohíba como actividad de trato cruel hacia

los animales.

Sin embargo, no todo ha tenido esta línea antropocéntrica y especista desde la narrativa

oficial, desde la 2010 con la sentencia C-666, las discusiones alrededor de los derechos de

los animales han tomado un nuevo tonó, esto debido a la aceptación de la sintiencia por parte

de los animales y que esta misma les dota de la capacidad para preferir no sentir dolor. Esto

llevo a que dentro de la institucionalidad los diferentes movimientos se consolidaran para

poder ejercer un lobby político que llevo, en el caso de Bogotá, a expedir la Política Pública

de Protección y Bienestar Animal (Pinilla, 2019).

Esta política destaca ya desde su visión donde establece que:

Page 36: DE LA AUSENCIA A LA SINTIENCIA: ANÁLISIS NARRATIVO DE LA

36

“Al 2038, en el Distrito Capital se practica una cultura ciudadana e institucional que reconoce

a los animales como seres sintientes, que poseen un valor independiente de los intereses

humanos; que enriquecen las dimensiones ambientales, psicoafectivas, éticas, sociales y

culturales en la capital; y merecen que toda la sociedad les brinde respeto, cuidado y bienestar

para alcanzar una coexistencia armónica entre animales humanos y no humanos.” (Política

Pública Distrital de Protección y Bienestar Animal, 2014)

De hecho, en el análisis antes realizado, bajo las categorías establecidas, esta política pública

estuvo más alineada con las palabras relacionadas al código “Derecho Animal”, donde

preponderaban el bienestar y la protección a los animales. Aún más importante, desde la

visión de la política ya se acepta que son seres que sienten, y que esto es suficiente para que

el Estado reconozca que tienen intereses a parte de los seres humanos.

La adopción de esta política significó un giro radical dentro de la concepción de los animales,

no solo para Bogotá, sino también para el resto del país, ya que las discusiones que se dieron

alrededor de este proyecto sirvieron para establecer también una política pública de

protección animal en Pereira (Melo, Comunicación personal, 26 de abril de 2021). Y también

sirvió de alguna manera, de trampolín para catapultar los intereses de los animales al ámbito

jurídico, y político, sobre todo, a nivel regional.

Capítulo 5. La contra-narrativa del movimiento animalista

El análisis narrativo de política pública desde la propuesta de Emery Roe permite poner en

evidencia las polémicas y controversias que existen en la determinación de un problema de

agenda pública, así como visibilizar las narrativas alternas a la oficial. De esto último se

ocupa el presente capítulo.

Los debates alrededor de los animales no es un tema reciente en el mundo, y esto aplica

también para Colombia. En Bogotá las organizaciones defensoras de animales defendían sus

reivindicaciones desde lo privado, prueba de ello es la creación de la Sociedad Protectora de

Animales de Colombia en 1902 y la Asociación Defensora de Animales en 1964. Ambas

enfocadas en cuidado de los animales y del medio ambiente (Ciro, en Pinilla, 2019).

Page 37: DE LA AUSENCIA A LA SINTIENCIA: ANÁLISIS NARRATIVO DE LA

37

Estos movimientos no tuvieron la capacidad de incidencia deseada, debido a que estaban

muy dispersos y la falta de organización interna les impidió establecer una agenda de

mediano y largo plazo (Padilla, en Pinilla, 2019). No es hasta 1991 que los movimientos

animalistas toman impulso, gracias a la nueva Constitución Política, y deciden organizarse a

pesar de sus distanciamientos en algunas posturas. Para la fecha los postulados de Singer era

el paradigma dominante, pero los postulados de Francione con Animal Property and the law,

en 1995 comenzaban a tomar fuerza. Aún con esto, se lograron organizar para incidir dentro

de la agenda pública (Pinilla, 2019).

Sus repertorios de manifestación estuvieron muy enfocados en el uso de manifestaciones y

movilizaciones, sobre todo en Bogotá, donde se exigían leyes en el ámbito nacional, donde

se protegiera a los animales, y se propendiera por la liberación de estos por la explotación

que viven en las granjas, ya sea con el uso de su carne o sus pieles (Triana, 2013). Es en el

2008 donde se realiza la primera versión de la Marcha contra el Maltrato a los Animales, y

que durante los años se ira organizando mediante la Plataforma Alto, creada por la iniciativa

de la bancada animalista, la cual tomó fuerza en el año 2011, tanto en el Congreso de

República como en concejo de Bogotá. Entre los concejales más destacados entre 2012 –

2016 estaban Yesid García del Partido Verde, Celio Nieves del Partido Polo Democrático

Alternativo, Marco Fidel Ramírez del Partido Opción Ciudadana y Roberto Saenz del Partido

Verde, este último teniendo una relevancia importante en los lineamientos de la Política

Pública Distrital de Protección Animal. (Peña. 2021)

Paralelamente a estas iniciativas institucionales, varias organizaciones como lo son la REN

(Fundación Resistencia Natural), Animal Naturalis, WSPA (Sociedad Mundial para la

Protección de los Animales), Ada (Asociación Defensora de Animales), realizaban actos

simbólicos frecuentemente, entre los que destaca del Dia Nacional Antitaurino, donde se

registraron barias formas de movilización en contra de las novilladas en el marco del Festival

de Verano (Márquez, en Pinilla, 2019). En lo institucional gracias al lobby político

organizaciones como la Plataforma ALTO, Anima Naturalis, Animal Defenders

International, lograban que se dieran respuesta a muchas de las demandas a favor de los

animales, donde para 2012, existieron 12 proyectos de ley que buscaban la protección de los

Page 38: DE LA AUSENCIA A LA SINTIENCIA: ANÁLISIS NARRATIVO DE LA

38

animales (Gómez, 2018). Esto por supuesto se lograba gracias a la ayuda de bancada

animalista liderada por el Senado Camilo Sánchez.

Es en este marco de convergencia del movimiento, y de una fuerte capacidad de incidencia

que se logra la capitalización de diferentes acuerdos que van a llevar a la posterior

promulgación de la Política Pública de Protección y Bienestar Animal en el año 2014. Que

también fue soportada gracias a la convergencia de ideas que había con el entonces alcalde

de Bogotá Gustavo Petro. Con esto se realizan entrevista a dos actores clave, Jessica Melo

directora de la UPPAA (Unión para la Protección Animal y Ambiental) y Eduardo Peña

vocero de Animal Defenders International y miembro del Observatorio Animalista, para

darles voz en este escrito, y poder conocer sus posturas frente al movimiento y la política de

protección Bogotana.

Codificación abierta

Diccionario

Sintiencia: Sintiencia [Sentir, Seres sintientes], Dolor, Maltrato, Daño, Sufrimiento [Herir,

Lesionar].

Derechos de los animales: Derecho, Vida, Seguridad, Jurídico [jurídica].

Bienestar: Bienestar, Satisfacción, Salud, Gozo [goce], Maltrato [Protección].

Liberación: Libertad, Rescate, Alimentación, Capacitación.

Justicia: Educación [Educar], Castigo [Pena, Multa, Sanción] Imputar, Justicia.

Relación entre códigos

Ilustración 3 Relación de códigos de la contra-narrativa

Page 39: DE LA AUSENCIA A LA SINTIENCIA: ANÁLISIS NARRATIVO DE LA

39

Fuente: Elaboración Propia.

Citas relevantes de los códigos

Tabla 3 Citas relevantes de los códigos de la contra-narrativa

Sintiencia Liberación Derecho de los

animales

Justicia

“Un entendimiento

de recurso natural –

y, por consiguiente,

de los animales- que

rebasa una visión

exclusivamente

utilitarista –en

cuando elementos

para el

aprovechamiento de

los seres humanos- y

que, en

“La consecuencia

que se deriva de ello

consiste, además de

la garantía en el

contenido

constitucional que el

mismo implica, en la

restricción a la

libertad de

configuración del

legislador respecto

del sistema que

“En ese sentido, la

pregunta que surge

no es si los seres a

los que no se les

reconoce dignidad –

que no son

considerados seres

morales en igualdad

de condiciones que

las personas, como

son los animales-

tienen derechos; el

“Hay otra cosa y es

que no hay

elementos fuertes

para la educación, y

desde nuestra

organización es un

elemento

fundamental.”

(Melo, 2021)

Page 40: DE LA AUSENCIA A LA SINTIENCIA: ANÁLISIS NARRATIVO DE LA

40

consecuencia,

pretende superar la

aproximación

antropocéntrica al

ordenamiento

ambiental,

involucrando una

que asume a los seres

humanos como parte

del ambiente, el cual

comparten con otros

seres de

características muy

especiales,

contándose la

capacidad de sentir

dentro de éstas.”

(Corte

Constitucional, Sala

Plena, C-666, 2010)

“No hay interés más

primario para un ser

sintiente que el de no

sufrir daño o

maltrato.” (Corte

Constitucional, Sala

Plena, C-666, 2010)

prevea la protección

de los animales, ya

sean estos salvajes o

domésticos, se

encuentren en vía de

extinción o no,

trátese de especies

protegidas o no,

ayuden a mantener

el equilibrio de

ecosistemas o no,

provean recursos

materiales a la

especie humana o

no.” (Corte

Constitucional, Sala

Plena, C-666, 2010)

“Así, los contornos

del contenido del

derecho de

propiedad respecto

de los animales, y

por consiguiente la

amplitud de la

libertad de actuación

amparada por este

derecho, estará

limitada, además,

análisis jurídico

conduce a

cuestionarse si, en

términos

constitucionales, el

concepto de

dignidad comporta

algún deber de

actuación, relación

o, incluso,

consideración de las

personas –agentes

morales- respecto de

los animales.” (Corte

Constitucional, Sala

Plena, C-666, 2010)

“Sobre la

consciencia hay

varios elementos, en

Francia se dio la

Declaración de

Toulon, que

pretende que se dé

un cambio en la

consideración

jurídica de los

animales, porque se

crítica mucho el que

Page 41: DE LA AUSENCIA A LA SINTIENCIA: ANÁLISIS NARRATIVO DE LA

41

“Y se ha dicho “que

importa si los

animales realmente

no pueden hablar” no

es un criterio

moralmente

relevante, lo que

debería importar

realmente es su

capacidad de sentir,

y si tienen esa

capacidad

deberíamos

considerar sus

dolores y esas

condiciones, y a

partir de esa

particularidad es que

deberíamos

desprender su

consideración ética y

jurídica.” (Melo,

2021)

“La sintiencia se ha

convertido en ese

criterio en el que se

considera

moralmente,

por el carácter

ecológico inherente

a la propiedad o, en

otras palabras, por la

ecologización de

esta que se deduce

de la Constitución.”

(Corte

Constitucional, Sala

Plena, C-666, 2010)

la ciencia ha

avanzado tan rápido

y el derecho está

muy rezagado.”

(Melo, 2021)

“… que dejen de ser

considerados cosas,

A parte de ello que

puedan ser

considerado sujetos

de derecho, y que

trasciendan de ser

una cosa legal a un

sujeto legal y de esa

manera se le

reconozca la

titularidad de

derecho” (Melo,

2021)

Page 42: DE LA AUSENCIA A LA SINTIENCIA: ANÁLISIS NARRATIVO DE LA

42

considerar moral y

jurídicamente a los

animales.” (Melo,

2021)

“Sin embargo,

nosotros intentamos

recalcar ver los otros

animales que no

tienen un maltrato

evidente, que es el

tema animales en

experimentación,

animales para

consumo humano.”

(Peña, 2021)

“La sintiencia es

importante por lo

estratégico, más allá

de sentir, pensar y

sus intereses. La

defensa de ellos no

se hace si son más

inteligentes o si

sienten más o menos,

sino simplemente

que son seres vivos

(Peña, 2021)”

Fuente: Elaboración propia.

Page 43: DE LA AUSENCIA A LA SINTIENCIA: ANÁLISIS NARRATIVO DE LA

43

Tabla 4 Citas relevantes de la categoría central de la contra-narrativa

Bienestar

“Las razones de su violación serían, en primer término, el desconocimiento de la función

ecológica de la propiedad por espectáculos como las corridas de toros, novilladas o peleas

de gallos, pues atentan contra la función de preservación de su propia especie; en segundo

término, se desconocería la función social de la propiedad, pues “manifestaciones

culturales” como las mencionadas “perpetúan un sistema de creencias y de valores

soportado en el maltrato a quien esté en una posición jerárquica inferior o a quien se

encuentre en un estado de indefensión”, siendo esto contrario a la función social de los

animales, que está representada en su función ejemplarizante o educativa, es decir, “en la

difusión de valores que demanda con insistencia nuestra sociedad” (Corte Constitucional,

Sala Plena, C-666, 2010)

“En otras palabras, la posibilidad de que se vean afectados por tratos crueles, por acciones

que comportan maltrato, por hechos que los torturen o angustien obliga a que las acciones

que respecto de ellos se realicen por parte de los seres humanos sean expresión del

comportamiento digno que hacia ellos deben tener seres dignos.” (Corte Constitucional,

Sala Plena, C-666, 2010)

“Además, si son éstas las únicas actividades que, por involucrar maltrato animal, han

podido desarrollarse de forma legítima en el territorio colombiano desde el momento en

que entró en vigor la ley 84 de 1989, no podría existir base material para considerar que

otras actividades en las que también se maltraten animales son tradiciones arraigadas

dentro de la sociedad colombiana, incluso a nivel local.” (Corte Constitucional, Sala Plena,

C-666, 2010)

“La contradicción con las normas constitucionales mencionadas consistiría en que la

protección a los recursos naturales, dentro de los que se encuentra la fauna, “no es

compatible con la realización de espectáculos que impliquen sufrimiento innecesario hacia

Page 44: DE LA AUSENCIA A LA SINTIENCIA: ANÁLISIS NARRATIVO DE LA

44

los animales. No se puede predicar protección mientras se consiente la mortificación o el

asesinato ocioso de un ser vivo” (Corte Constitucional, Sala Plena, C-666, 2010).

“Sin embargo, nosotros intentamos recalcar ver los otros animales que no tienen un

maltrato evidente, que es el tema animales en experimentación, animales para consumo

humano.” (Peña, 2021).

“Que ha mejorado, si ha mejorado, pero en el otro tipo de maltrato también hay trabas muy

grandes, porque en el maltrato de a diario no hay ningún grupo empresarial o un

conglomerado que haya detrás de ese maltrato, cosa que si pasa para animales usados para

experimentación.” (Peña, 2021).

“Hace poco lo que estamos apostando es al tema de animales de compañía, en que el Estado

pueda mejorar este tipo de planes, porque se siguen presionando muchos casos de maltrato

y abandono, que se ha intentado hacer a nivel nacional pero estos casos tienen una

tendencia a que se haga mucho a nivel territorial.” (Melo, 2021).

Relación Código – Código

Bienestar – Sintiencia: Bienestar y Sintiencia están asociados, en tanto se percibe que existe

bienestar cuando se acepta que los animales son seres sintientes, los cuales tienen como

interés primordial no sentir dolor.

Bienestar – Derechos de los Animales: Los derechos de los animales es la causa del

Bienestar, esto debido a que la legislación y la aceptación de los derechos de los animales

está fuertemente ligada a la idea de brindar bienestar a todos los seres vivos.

Bienestar – Justicia: Justicia es parte de Bienestar, esto debido a que las decisiones que se

dan en materia de justicia para con los animales, están directamente relacionados con la

violación del bienestar animal.

Page 45: DE LA AUSENCIA A LA SINTIENCIA: ANÁLISIS NARRATIVO DE LA

45

Bienestar – Liberación: Liberación es parte de Bienestar, en tanto que se entiende que, en

algunas especies de animales, en específico las silvestres, la capacidad de vivir en libertad es

un entendido de tener Bienestar.

Sintiencia – Derechos de los Animales: Sintiencia y Derechos de los animales están

asociados, debido a que la construcción de derechos de los animales acepta que la capacidad

de sentir de los mismos es suficiente para estos sean receptores de algunos derechos.

Sintiencia – Liberación: Liberación es causa de la Sintiencia, en tanto que los argumentos

alrededor de la libertad para los animales están sedimentados en los intereses de fauna

silvestre por ser libres.

Derechos de los Animales – Justicia: Derechos de los animales y Justicia están asociados,

en la medida que el fin de la creación de los derechos de los animales es darles justicia a

estos.

Liberación – Justicia: Tienen una asociación que no puede ser determinada. Esto debido a

que la no existe alguna alusión directa o indirecta de que las palabras asociadas a liberación

tengan como fin la justicia.

Relación Códigos – Citas

Sintiencia:

- Sintiencia/Sintiencia: La implicación de que comience a aceptarse la capacidad de

sentir en los animales es un cambió en el paradigma y la concepción sobre los

animales, donde ya no se centra en la cognición para poder tener una capacidad de

desarrollar intereses. Esto permite que los animales tengan más opciones para poder

acceder a derechos que respeten su vida.

- Sintiencia/Dolor: Aceptar que los animales sienten dolor, y que además en muchos

de los casos los humanos son los principales causantes de este, implica un avance en

la concepción de los animales.

- Sintiencia/Maltrato: El maltrato con los animales es algo que se posiciona en la

agenda gracias a que se acepta que los animales tienen la capacidad de sentir. Esto ha

Page 46: DE LA AUSENCIA A LA SINTIENCIA: ANÁLISIS NARRATIVO DE LA

46

afectado sobre todo a los acuerdos y fallos en los cuales se trata temas relacionados

con animales domésticos.

- Sintiencia/Daño: El concepto de daño es polivalente en este escenario de la

sintiencia. En la mayoría de los casos en los cuales se hace alusión al daño este está

dirigido específicamente al daño medio ambiental el cual es generado por un maltrato

de alguna especie. Por lo cual, el daño esta ciertamente relacionado más con una

visión antropocéntrica del daño medio ambiental y como este afecta al ser humano.

- Sintiencia/Sufrimiento: El sufrimiento está directamente relacionado con la

capacidad de sentir algún tipo de maltrato, y la aceptación de que el ser humano puede

generar sufrimiento directo o indirecto sobre los animales es un cambio en la

concepción hacia los animales.

Derechos de los Animales

Derechos de los animales: Derecho, Vida digna, Seguridad.

- Derechos de los animales/Derecho: La consideración de los derechos de los

animales es algo que la institucionalidad colombiana ha tomado de injerencias

internacionales, la mayoría de las veces que se llega hacer alusión a estos derechos se

remiten a tratados internacionales

- Derechos de los animales/Vida: La consideración de los derechos de los animales

está regida bajo la búsqueda del respeto a la vida de todo ser que rodea al humano.

Esto logra posicionar a la vida como un derecho fundamental a la hora de considerar

a los animales como seres que comparten el ambiente con nosotros.

Bienestar

- Bienestar/Bienestar: El bienestar ha sido la punta de lanza para poder abrir la

discusión acerca de cómo deben ser tratados los animales. De esta manera el bienestar

es conceptualizado de maneras muy variadas según las diferentes normas. Pero es la

base que ha sedimentado las leyes en el país en materia de protección animal.

- Bienestar/Satisfacción: Se busca que las necesidades de los animales también sean

atendidas, ya sean estos domésticos o silvestres.

Page 47: DE LA AUSENCIA A LA SINTIENCIA: ANÁLISIS NARRATIVO DE LA

47

- Bienestar/Salud: Se busca que las necesidades de los animales también sean

atendidas, ya sean estos domésticos o silvestres. La salud de los animales sobre todo

ha sido un tema de debate constante dentro de la agenda animalista.

- Bienestar/Maltrato: Este concepto responde a la aceptación de que el ser humano

puede cometer un maltrato con los animales, infringiéndoles algún daño que afecte

su bienestar. En esta misma línea se sedimenta la protección de los animales al

maltrato cruel e injustificado.

Liberación

- Liberación/Libertad: El concepto de libertad es un argumento que es ampliamente

discutido a la hora de tratar la agenda animalista. Sin embargo, dentro de los

documentos analizados existe una clara posición por aceptar más las libertades de los

humanos, sobre la libertad de los animales. Ejemplo de esto es la libertad a la libre

expresión y la libertad de credo, que se ponen a discusión al hablar del maltrato

animal en las corridas de toros.

- Liberación/Rescate: La mirada de que un animal necesite algún tipo de ayuda, pone

de manifiesto que este tiene algunos derechos que merecen ser respetados y

protegidos bajo el amparo de la ley.

Justicia

- Justicia/Educación: La educación es entendida como un tipo de justicia no

retributiva, está dirigida más para un cambio en la cultura que la pueda brindar

garantías a los animales.

- Justicia/Castigo: Cualquier tipo de sanción que sea impuesta a las personas que

violen alguna de las normas que protegen a los animales. Este tipo de justicia es

entendida como retributiva, y es en múltiples ocasiones cuestionada por el poco

impacto que tiene sobre para garantizar la protección no solo de los animales sino del

medio ambiente.

- Justicia/Imputar: Se busca que con las normas y legislación se puedan imputar

cargas a las personas que cometan actos en contra de la protección de los animales.

Page 48: DE LA AUSENCIA A LA SINTIENCIA: ANÁLISIS NARRATIVO DE LA

48

Este concepto en especifica buscaba las sanciones que tuvieran en alguna opción

restringir la libertad del que cometiera el delito.

Codificación selectiva:

- Enunciado 1: El bienestar de los animales está principalmente determinado por el

respeto hacia su vida, y el estado tiene el deber de proteger toda la vida.

- Enunciado 2: El reconocimiento de la sintiencia de los animales permitió que los

derechos de los animales se extendieran, de tal manera que su vida tiene más

dimensiones que solo el derecho a vivir.

Establecimiento relación Enunciado – Teoría

Enunciado 1 – Bienestarismo

El predominio de la corriente bienestaristas se ha asentado en la legislación de varios países,

y por supuesto Colombia no ha sido excepción. Cómo se ha podido observar la corriente de

la narrativa oficial se expone en gran medida está visión. Sin embargo, cómo es de notar en

la sentencia C-666, está Bienestarismo ha tenido un enfoque dictado no hacía la protección

de los animales como seres sintientes, sino de la preocupación de los humanos por agotar sus

recursos o acabar con algo que consideran un patrimonio cultural. Precisamente, los

postulados de Singer apuntan a un respeto por la vida de los animales considerando su

capacidad de sentir, y por ende su interés por no sentir dolor. Es desde 2010 y la ventana de

oportunidad que se da para el movimiento animalista en el 2011 (Pinilla, 2019) que el

agendamiento cambia a un aspecto más múltiple. En este punto los argumentos dados por los

animalistas estarán basados en un Bienestarismo que, aún guarda ciertos rezagos de un

antropocentrismo, protege la vida del animal y acepta que existe un interés de este por no

sentir ningún trato cruel. También hay que notar que las iniciativas por parte del movimiento

han estado enfocadas en esfuerzos Bienestaristas no por una negación a la liberación de los

animales, sino por incapacidad propia que tienen de superar intereses económicos que tienen

mucha más poder.

Enunciado 2 – Bienestarismo/Derechos de los animales

Page 49: DE LA AUSENCIA A LA SINTIENCIA: ANÁLISIS NARRATIVO DE LA

49

Los argumentos dados en la sentencia C-666 permitió que la sintiencia de los animales fuera

tomada en cuenta a la hora determinar cuestiones judiciales. Esto es de gran valor conceptual,

puesto que las nociones de ver a los animales como recursos de una nación se ponen en

cuestión, y comienza a abrir un espacio a los intereses que tienen otros seres vivos. Está

vertiente permite que los animales gocen de derechos que antes no tenían o habían sido

aceptados de forma limitada, o directamente eran negados bajo el argumento de una

capacidad cognitiva menor al de los humanos. Algo que es de notar es la funcionalidad que

ha tenido para el derecho de los animales la “sintiencia” como concepto. Afirman que ha sido

una herramienta muy poderosa que le ha entregado la ciencia al movimiento, precisamente

porque le da sustento para poder defender los intereses de los animales. La inclusión de la

palabra ayuda muchas veces en acciones de cabildeo, y permite que sus razones conecten de

manera más fácil con la sociedad civil y hasta con los mismos legisladores.

Hallazgos

El movimiento animalista ha venido madurando poco a poco, y eso se ve reflejado dentro de

sus iniciativas para influir tanto dentro de las políticas públicas, como dentro de la agenda

legislativa. Mucho de esta maduración se atribuye también a la profesionalización de los

mismos integrantes, que, durante la primera década de 1990, tenían una organización

consolidada pero muy dispersa en cuanto aspiraciones a influir en la agenda pública. Es

durante la llegada del nuevo milenio que se llegan con integrantes mucho más maduros y

profesionalizados (Peña, 2021). Esta maduración del movimiento logró influir de manera

significativa en la narrativa oficial, logrando que ciertas leyes y lineamientos de políticas

tuvieran una marcada posición bienestaristas. También hay que atribuirle a la importancia

internacional y el interés de organizaciones internacionales para que en Colombia se llegará

a avanzar en materia de derechos de los animales.

Esta maduración del movimiento llevo a que los temas que tratara el movimiento fueran más

específicos, hasta tal punto que se dividen en diferentes temas, que, aunque no los convocan

a todos si llaman la atención. Los temas que más se han venido discutiendo han sido la

tauromaquia, el maltrato animal en animales de compañía y la experimentación animal, este

último sobre todo con la expedición la ley 2047 en el 2020 (Peña, 2021). Esta agenda temática

Page 50: DE LA AUSENCIA A LA SINTIENCIA: ANÁLISIS NARRATIVO DE LA

50

es relevante, porque también deja en evidencia que, aunque se busca justicia para los

animales, no es el discurso principal para la protección de los animales. La corriente para

protegerlos pasa más por una cuestión de aceptación de sus derechos, porque principalmente

son seres vivos con la capacidad de sentir, y por ende no deben tener un maltrato por parte

de nadie dentro del territorio colombiano.

Los temas relacionados con la liberación tienen un grado de complejidad más alto, cuando

se toca estos temas normalmente son vistos como la parte “extremista” del movimiento.

Algunos miembros están en contra incluso de campañas de tipo bienestaristas (Melo,

comunicación personal, 2020). Pero incluso esto es tomado como una estrategia, puesto que

la mayor parte de movimiento intenta ganar espacios de a poco, y entienden que los temas de

liberación enfocados en las grajas y experimentación animal son muy delicados, por dos

motivos principales, por una cultura antropocéntrica muy arraigada y por unos intereses

económicos que superan la capacidad de lobby del movimiento. (Peña, Melo, 2021).

Capítulo 6. La meta-narrativa

Siguiendo los postulados de Emery Roe la meta-narrativa busca, en definitiva, disminuir

tenciones en los puntos más controversiales que tienen tanto la narrativa oficial, como la

contra narrativa. Así como también llegar a una comprensión más amplia del problema,

construyendo nuevas definiciones para el problema que permitan un avance dentro del

debate.

Es entonces, que podemos identificar los puntos extremos dentro de cada una de las

narrativas. Para la narrativa oficial, hay una clara preferencia por los beneficios económicos,

que, aunque se ha flexibilizado gracias a la influencia de la contra-narrativa en la narrativa

oficial, no ha tocado de manera significativa la postura principal de preponderancia

económica, al menos durante el tiempo analizado, el único negocio que se pudo ver afectado

por las leyes de protección animal fue la ley 1638 de 2013, también conocida como Ley de

Circos. El otro punto extremo que se encuentra en el movimiento animalista es abogar por

toda la liberación para el derecho de los animales, esto no conformarse con leyes o políticas

que se dediquen al bienestar del animal, sino a que este no pueda sufrir ningún daño. Esto

Page 51: DE LA AUSENCIA A LA SINTIENCIA: ANÁLISIS NARRATIVO DE LA

51

implica, acabar con los grandes emporios económicos que utilizan animales en

experimentación y para el consumo humano.

Entre estas narrativas se encuentra la figura de los animales en disputa, la forma en como son

tratados y si son o no reconocidos como sujetos de derechos. Es en esta disputa donde se han

encontrado puntos en común, principalmente el argumento de la sintiencia. Este argumento

le ha sido de mucha utilidad a la contra-narrativa, ya que, es un hecho científico que ha sido

catalizador para que la discusión acerca de los animales avance. En Colombia precisamente

la sentencia C-666 de 2010 es donde se acepta está capacidad de los animales, que, además

confluye en el año 2011 con la creación de la bancada animalista tanto en Congreso como en

el Consejo de Bogotá. Lo cual permitió que se influenciará de forma aun mayor las leyes y

políticas pública a favor de los animales.

La materialización de los intereses de la contra-narrativa en bancadas, permitió que se

expidieran leyes y políticas con mucha más facilidad. Es en este punto donde entra la Política

Pública de Protección y Bienestar Animal, la cual llega como una política novedosa, la cual

gracias a sus discusiones se pudieron generar nuevas políticas en todo el territorio

colombiano, y les dio un argumento a los movimientos de otras regiones. Siendo la política

una que acepta la sintiencia de los animales, y la establece como base para poder llegar a un

bienestar para los animales. Y es en este punto, donde se encuentra el punto de inflexión

porque permite establecer lineamientos y acciones que protegen a los animales en ciudad de

Bogotá. Pero siempre velando por el bienestar y jamás por la liberación, en puntos clave.

Ejemplo de ellos es que la política acepta que de la jurisdicción 163.661 hectáreas que le

competen al Distrito Capital, 76,6% son rural donde hay ganado bovino, pero en ninguna

parte se mencionan acciones ni si quiera en materia de bienestar para estos animales.

Es claro entonces que los postulados bienestaristas son un punto de confluencia entre la

narrativa oficial y la contra-narrativa, pero este bienestar es selectivo, y que ha sido ligado a

los animales de compañía y de fauna silvestre. Donde a pesar de aceptar que estos tienen la

capacidad de sentir, se preponderan los hábitos alimenticios, la investigación y

experimentación, las manifestaciones culturales, etc. Y los animales que son víctimas de estas

prácticas viven bajo un principio diferenciador, donde la capacidad de sentir poco o nada

Page 52: DE LA AUSENCIA A LA SINTIENCIA: ANÁLISIS NARRATIVO DE LA

52

relevante. Es en este sitio donde se encuentran las tablas de las dos narrativas, en un

Bienestarismo selectivo que, aunque de corto alcance, es funcional para ampliar la discusión

y sentar mínimos acercas de la relación entre los humanos y los animales.

Aún con esto, la meta-narrativa se encuentra en un escenario más profundo, donde tiene que

tocar necesariamente a lo económico, abandonando Bienestarismo selectivo para ampliarse,

reconociendo que hay unas conductas muy arraigadas que están mal en ser aceptadas, y de

las cuales se saca un redito económico. Pero para lograr abandonarlas se necesitan incentivos

más allá de una prohibición tajante. Teniendo en cuenta que la narrativa oficial tiene muy

arraigada el bienestar económico, es precisamente en esta tangente donde la meta-narrativa

debe entrar. En una comprensión y aceptación de que todos los animales, sin excepción

sienten, pero que además hay prácticas las cuales necesitan ser cambiadas, pero no pueden

ser abandonadas de manera inmediata, para lo cual es necesario tiempo y aún más importante

una serie de incentivos económicos que abran el espectro para no centrar en debate en un

tema de utilitarismo.

Acorde a esto, se necesita diseñar estrategias que permita transitar a un escenario en que los

animales como seres sintientes sean plenamente reconocidos, lo cual llevara a lugares donde

la mirada hacia los animales sea mucho más exigente, y la relación humano y animales sea

mucho más justa. Es entonces evidente que la Política Pública de Protección y Bienestar

Animal es muy corta para llegar a establecerse como un giro narrativo lo suficientemente

importante, al menos como la meta-narrativa lo exige. Su enfoque hacia el fomento de una

cultura de relacionamiento con los animales de respeto, que implica cambios sociales,

políticos y culturales es adecuado, pero a la hora de entrar en lo económico es muy poco

avanzada. Es necesario entonces, entender todo de manera conjunta que todo está enlazado,

y que los cambios que se necesitan están ligados a una manera más holística, aceptando que

tanto lo económico es importante, como el respeto y nuestra forma de relacionarnos con los

animales no humanos también lo es.

Capítulo 7. Conclusiones

Dado el análisis que se ha dado en este documento, acerca de la construcción de la narrativa

acerca de los animales y las narrativas de movimiento animalista, es evidente que existe una

Page 53: DE LA AUSENCIA A LA SINTIENCIA: ANÁLISIS NARRATIVO DE LA

53

preponderancia por lo económico antes que, sobre el respeto y cuidado sobre los animales,

el diseño de la política pública distrital responde a este paradigma en tanto no toca de manera

significativa pilares económicos que tiene Bogotá, como lo es el ganado. Esta aceptación de

lo económico por encima de la relación de los animales encuentra una validación en las

prioridades del estado, principalmente por configurar el crecimiento económico como

referente normativo de la sociedad. Esto ha llevado a que quienes obtengan réditos en el trato

cruel de los animales, tengan un amplio cobijo tanto de la ley como de la sociedad en general.

Sumado a esto, hay una aceptación por parte de la narrativa oficial de que los animales

merecen un trato digno, pero este esta sesgado por los placeres que generan el

aprovechamiento de algunos animales, esto es, la narrativa oficial replica lógicas

antropocéntricas en función de intereses económicos.

Para ir en contra de esta narrativa, el movimiento animalista ha encontrado en la sintiencia

una herramienta de un poder valioso. Primero, porque genera certidumbre al ser una teoría

probada científicamente, lo cual es de especial interés, puesto que el movimiento social busca

darles fuerza a sus argumentos bajo la cobija de los argumentos científicos para lograr una

mayor aceptación, y sentar sus posturas de mejor manera en el debate público. En según

lugar, porque permite empatizar con los animales, tanto con la sociedad, como para con los

legisladores. Esto ha servido para que no solo la bancada animalista sea la única que vota a

favor de iniciativas que velen por el bienestar de los animales, sino que se lleguen a consensos

en algunos puntos claves para el debate, y que esto se materialice tanto en leyes como en

políticas públicas de impacto relevante.

Estas leyes y políticas públicas han ido en aumento en los últimos años. Desde 2014, fecha

de expedición de la Política Pública de Bienestar y Protección Animal, hasta el 2021 se han

tramitado por lo menos cuatro leyes que han sido aprobadas por el congreso y que han tenido

alto impacto. La que más se puede destacar es Ley 2047 de 2020 la cual prohíbe en Colombia

la experimentación, importación, fabricación y comercialización de productos cosméticos,

sus ingredientes o combinaciones de ellos que sean objeto de pruebas con animales. Es de

resaltar que es la primer Ley que toca de manera directa un sector económico tan amplio

Page 54: DE LA AUSENCIA A LA SINTIENCIA: ANÁLISIS NARRATIVO DE LA

54

como lo es el de la experimentación animal para cosméticos, y es un avance que es de resaltar

puesto que es un ejemplo claro de cómo debería podría aplicarse la meta-narrativa.

En materia de políticas públicas también hay grandes avances, muestra de ello son las Rutas

especializadas para la formulación de los Planes de Desarrollo Territoriales “Protección

Animal”, desarrolladas por el DNP cerca del año 2016 y la formulación del documento

CONPES para la protección de los animales a nivel nacional que empezó en el año 2017,

aunque esta última esta reglamentada bajo el artículo 248 de la ley 1753 de 2015, que solo

protege a los animales domésticos.

Esto muestra que, aunque la Política Pública de Protección y Bienestar Animal del Distrito

no significó un cambio en la narrativa tan profundo como se necesitaba, sí planteó una

ventana de oportunidad para que los diferentes territorios llegaran a desarrollar sus propias

políticas y ampliar el debate no solo a Bogotá o a Medellín, sino ampliarlo en todos los

sentidos. Esto por supuesto, influyó de una u otra manera en la forma de percibir el problema

y de cómo se comprende la especie animal. Sin embargo, no significa un punto de quiebre lo

suficientemente amplio dentro de la narrativa, como sí lo significó la sentencia C-666 de

2010, y como puede significar la Ley 2047 de 2020.

Es por estás razones que la Política Pública de Protección y Bienestar Animal del Distrito se

puede categorizar como una política que se enmarca en el Eje tradicional propuesto por

Padilla, donde no hay un cambio del puro Ambientalismo hacia el Ecocentrismo, donde se

de un respeto a la naturaleza y a los derechos de los animales. Que, si bien tiene un elemento

central de los derechos de los animales, como lo es la sintiencia, su cobertura está limitada

por la narrativa oficial de proteger el crecimiento económico.

Es interesante para futuras investigaciones, analizar la Ley 2047 del 2020, puesto que sus

debates pueden dar luces de cómo ha avanzado los puntos de choque entre la narrativa y la

contra-narrativa, así como dejar en evidencia si la meta-narrativa aquí sugerida es funcional

para avanzar en posturas más exigentes con el derecho de los animales. Y que sobre todo

esto, haga entender a la sociedad que nuestro “dominio” sobre la naturaleza y los animales,

no está dado ni por el Génesis de la Biblia, ni por el machina animata de Descartes, sino por

Page 55: DE LA AUSENCIA A LA SINTIENCIA: ANÁLISIS NARRATIVO DE LA

55

nuestro propio deseo jerárquico de ponernos en la cima de algo que no queremos aceptar

como igual.

Bibliografía

Acevedo, D. (2009, noviembre 17). Protección de los animales (reforma a la Ley 84 de 1989).

Anima Naturalis.

https://www.animanaturalis.org/n/10508/proteccion_de_los_animales_reforma_a_la_ley_8

4_de_1989

Acuña, V. M. (2015). La codificación en el método de investigación de la Grounded Theory o

Teoría Fundamentada. Innovaciones Educativas, 17(22), 77-84.

https://doi.org/10.22458/ie.v17i22.1100

Page 56: DE LA AUSENCIA A LA SINTIENCIA: ANÁLISIS NARRATIVO DE LA

56

Alejo Pinilla, S. (2019). Una ventana de oportunidad para los animales de Bogotá. Análisis de

la puesta en agenda de la política pública de protección y bienestar animal de Bogotá

2014-2038 [Trabajo de grado - Maestría, Bogotá : Universidad Externado de Colombia,

2019.]. https://bdigital.uexternado.edu.co/handle/001/1807

Ayala, P. (2017). Protección de los Animales en Colombia y Ley 1774 de 2016. Pontificia

Universidad Javeriana.

https://repository.javeriana.edu.co/bitstream/handle/10554/34167/AyalaRamirezPamela201

7.pdf?se

Bogotá, Concejo de Bogotá. (13 de diciembre de 2013). Acuerdo 532 de 2013 por medio del cual

se establecen los lineamientos para la formulación de la política pública de protección y

bienestar animal para el distrito capital y se dictan otras disposiciones.

http://biblioteca.saludcapital.gov.co/img_upload/03d591f205ab80e521292987c313699c/ac

uerdo532-de-2013.pdf.

Bogotá, Concejo de Bogotá. (2012), Acuerdo 489 de 2012 por el cual se adopta el Plan de

Desarrollo Económico, Social, Ambiental y de Obras Públicas para Bogotá d.c. 2012-

2016.

http://www.saludcapital.gov.co/CTDLab/Antecedentes%20Normativos/Acuerdo%20489-

12%20Plan.pdf

Canales, M. (2006). Metodologías de la investigación social. Santiago: LOM Ediciones, 163-

165.

Colombia, Congreso de Colombia (2002, 19 de julio). Ley 746 de 2002 por la cual se regula la

tenencia y registro de perros potencialmente peligrosos. En Diario Oficial, num 44872.

Bogotá.

Colombia, Congreso de Colombia. (2000, 14 de agosto). Ley 611 de 2000 Por la cual se dictan

normas para el manejo sostenible de especies de Fauna Silvestre y Acuática. Bogotá.

Colombia, Congreso de Colombia. (2000, 2 de febrero). Ley 557 de 2000 Por medio de la cual se

aprueba el "Acuerdo sobre el Programa Internacional para la Conservación de los Delfines",

hecho en Washington, D. C., el veintiuno (21) de mayo de mil novecientos noventa y ocho

(1998). En Diario Oficial, num 42704. Bogotá.

Page 57: DE LA AUSENCIA A LA SINTIENCIA: ANÁLISIS NARRATIVO DE LA

57

Colombia, Congreso de Colombia. (2004, 21 de octubre). Ley 914 de 2004 por la cual se crea el

Sistema Nacional de Identificación e Información de Ganado Bovino. En Diario Oficial, num

45714. Bogotá.

Colombia, Corte Constitucional (2010). Sentencia C-666 [En archivo digital], M.P.: Sierra

Porto, H.A., Bogotá.

Colombia, Ministerio de Relaciones Exteriores. (1996, 30 de enero). “Decreto número 205 de

1996 por el cual se promulga el convenio sobre la Diversidad Biológica, hecho en Río de

Janeiro el 5 de junio de 1992”. En Diario Oficial, num 42704. Bogotá.

Congreso de Colombia. (8 de febrero de 1994) Ley General de Educación. [Ley 115 de 1994].

DO: 41.214.

Díaz-Bravo, L., Torruco-García, U., Martínez-Hernández, M., & Varela-Ruiz, M. (2013). La

entrevista, recurso flexible y dinámico. Investigación en educación médica, 2(7), 162-167.

Dorado, D. (2010). La Consideración Moral De Los Animales No Humanos En Los Últimos

Cuarenta Años: Una Bibliografía Anotada. Telos (11320877), 17(1), 47-63.

Francione, Gary. Lluvia sin truenos. Estados Unidos: Temple University Press, 1996.

Gamba, E. A. R. (s. f.). EL DERECHO AL MEDIO AMBIENTE Y LA PROTECCIÓN

CONSTITUCIONAL DE LOS ANIMALES EN EL ORDENAMIENTO JURÍDICO

COLOMBIANO. 45.

García Jaramillo, S. (2012). La tauromaquia: Expresión artística de los pueblos Iberoamericanos,

análisis jurídico en el contexto colombiano. Universitas Estudiantes, No. 9 (Enero-

Diciembre 2012). http://repository.javeriana.edu.co/handle/10554/44841

González Berruga, P., & González Berruga, M. Á. (2018). Análisis del discurso especista

antropocéntrico en la Educación Secundaria Obligatoria. Didáctica de las Ciencias

Experimentales y Sociales, 34, 63. https://doi.org/10.7203/dces.34.10944

Gudynas, Eduardo. “Los derechos de la naturaleza en serio”. En La naturaleza con derechos. De

la filosofía a la política, ed. por Alberto Acosta y Esperanza Martínez, 239-286. Quito: Abya-

Yala, 2011.

Page 58: DE LA AUSENCIA A LA SINTIENCIA: ANÁLISIS NARRATIVO DE LA

58

Jenny, L. (2017). Bases para un marco teórico alternativo al paradigma dominante de las

políticas públicas. Universidad Nacional de Colomba.

https://repositorio.unal.edu.co/handle/unal/69433

Kant, Immanuel. Principios metafísicos de la doctrina del derecho. México: Universidad

Autónoma de México, 1976.

López, Diego. (2015). El cambio dogmático- jurídico como respuesta al cambio social: la labor

del Consejo de Estado y de la Corte Constitucional en la reconsideración del estatuto

jurídico de los animales en Colombia. En: MONTAÑA, Alberto. La Constitucionalizarían

del Derecho Administrativo. XV jornadas internacionales de Derecho Administrativo.

Bogotá, Colombia: Universidad Externado de Colombia.

Martínez, A. N., & Porcelli, A. M. (2017). Una nueva visión del mundo: La ecología profunda y

su incipiente recepción en el derecho nacional e internacional (primera parte). LEX -

REVISTA DE LA FACULTAD DE DERECHO Y CIENCIAS POLÍTICAS, 15(20), 395.

https://doi.org/10.21503/lex.v15i20.1450

Medellín, Alcaldía Municipal de Medellín. (2007, 13 de agosto) Acuerdo 22 de 2007 por medio

del cual se establece una Política Pública para la Protección Integral de la Fauna del

Municipio de Medellín y se adicionan los Acuerdos Números 32 De 1997; 25 Y 42 De 2002.

Gaceta Oficial, núm. 3045, Medellín.

Montenegro, V. (2016). Análisis de la Formulación de la Política Pública de Bienestar Animal

en el Distrito Capital desde el contexto Biocéntrico. Universidad Distrital Francisco José de

Caldas.

Nussbaum, M. (2007) Fronteras de la Justicia, Consideraciones sobre la exclusion. España:

Paidós.

Padilla, A. (2018). Los animales al derecho. Nuevas concepciones jurídicas sobre los animales

en América Latina: De la cosa al ser sintiente. Universidad de los Andes.

Pirazan, J., & Río, S. (2014). El enfoque argumentativo para el análisis de políticas públicas desde

la perspectiva de Frank Fischer. Revista Forum, 6, 51-62.

Page 59: DE LA AUSENCIA A LA SINTIENCIA: ANÁLISIS NARRATIVO DE LA

59

Rodríguez Becerra, M. (2009). ¿Hacer más verde al Estado colombiano? Revista de Estudios

Sociales, 32, 18-33.

Roe, E. (2006). Narrative Policy Analysis: Theory and Practice. Durham, Inglaterra: Duke

University Press.

Santacoloma Méndez, L. J. (2018). Animales: Un cambio de paradigma normativo en el alcance

y la naturaleza jurídicos del sujeto de derecho en el ordenamiento colombiano. (Spanish).

Animals: a change of normative paradigm in the scope and legal nature of the non-human

entities of rights in Colombian sistem. (English), 48, 131.

Serna, L. (2020). El Ordenamiento Juridico Colombiano Frente al Derecho de los Animales.

Universidad de Ciencias Aplicadas y Ambientales.

Singer, P. (1975). Animal Liberation: A New Ethics for our Treatment of Animals. New York:

New York Review.

Torres Aldave, M. (2011). De Lobos Y Ovejas. ¿Les Debemos Algo a Los Animales Salvajes?

On Wolves and Sheep: Do We Owe Something to Wild Animals?, 30(2), 77-98

Triana, J. (2013). La marcha contra el maltrato animal se arraiga en Colombia. W Radio.

Recuperado 28 de junio de 2021, de https://www.wradio.com.co/noticias/sociedad/la-

marcha-contra-el-maltrato-animal-se-arraiga-en-colombia/20131004/nota/1988779.aspx

ANEXOS

Anexo 1.

Anexo 1. Marco Normativo de Incidencia sobre los animales 1972 - 2016

Nombre Tipo Asunto Categoría

Ley 5 de 1972 Ley Reglamentación de las Juntas

Defensoras de Animales en

los municipios de Colombia

Control

Page 60: DE LA AUSENCIA A LA SINTIENCIA: ANÁLISIS NARRATIVO DE LA

60

Decreto 597 de

1973

Decreto Reglamentar la ley 5 de 1972,

por la cual se crean las Juntas

de Defensores de Animales.

Control

Decreto 2811 de

1974

Decreto Reglamentación de la

conducta humana con los

recursos naturales renovables

Control

Ley 9 de 1979 Ley Reglamentar la sanidad en la

producción de alimentos

Sanidad

Ley 017 de 1981 Ley Regula la comercialización

internación de fauna silvestre

amenazada

Control

Ley 84 de 1989

Estatuto Nacional

de Protección

Animal

Ley Dispone sobre la protección al

sufrimiento y el dolor causado

de parte de los humanos hacia

los animales

Protección

Animal

Decreto 1840 de

1994

Decreto Establece que el Instituto

Colombiano Agropecuario

ICA es el responsable de

proteger la sanidad en el

ganado nacional

Sanidad

Decreto 0205 de

1996

Decreto Promulgación del “Convenio

sobre la Diversidad

Biológica”, donde se planea

la reducir las amenazas a

diversidad biológica en pro de

las generaciones presentes y

futuras.

Protección

Animal

T- 035 de 1997 Sentencia Acción de Tutela que

favorece la propiedad

Control

Page 61: DE LA AUSENCIA A LA SINTIENCIA: ANÁLISIS NARRATIVO DE LA

61

horizontal en la tenencia de

animales domésticos.

T- 889 del 1999 Sentencia Acción de Tutela presentada

en contra de la tenencia de un

perro de pitbull en un

conjunto residencial, la cual

termina a favor del

propietario del animal

doméstico.

Protección

Animal

Ley 557 de 2000 Ley Eliminar la muerte de delfines

por la pesca de atún. Hacer un

uso sostenible de los Recursos

Marinos vivos.

Protección

Animal

Ley 576 de 2000 Ley Por el cual se establece el

Código de Ética de las

profesiones relacionadas con

la salud animal, como la

veterinaria o la zootecnia

Control

Ley 611 de 2000 Ley Reglamentación de la caza de

especies de Fauna Silvestre y

Acuática, con el fin de lograr

un aprovechamiento

sostenible de los recursos

Control

Ley 769 de 2002 Ley Promueve mejorar las

condiciones de movilidad y

transporte para los habitantes.

Se caracteriza los vehículos

de tracción animal.

Sanidad

Page 62: DE LA AUSENCIA A LA SINTIENCIA: ANÁLISIS NARRATIVO DE LA

62

Ley 746 de 2002 Ley Regular y registrar la tenencia

de perros potencialmente

peligrosos para proteger la

integridad de las personas.

Control

Ley 841 de 2003 Ley Reglamentación de la

profesión de bacteriología, y

el Código de Bioética.

Control - Sanidad

Acuerdo 79 de

2003

Acuerdo Acuerdo Distrital por el cual

se establece el código de

policía y las medidas al tomar

con animales domésticos que

generen algún perjuicio o

molestia a los ciudadanos.

Control

Sentencia C-355

de 2003

Sentencia

Constitucional

Demanda de

inconstitucionalidad del

articulo 98 de la Ley 769 de

2002. Erradicación de

vehículos de tracción animal.

Protección

Animal

Sentencia C-481

de 2003

Sentencia

Constitucional

Erradicación de vehículos de

tracción animal en municipios

de Categoría Especial y

Primera Categoría

Protección

Animal

Sentencia C-692

de 2003

Sentencia

Constitucional

Regular la tenencia de

caninos en zonas urbanas y

rurales del territorio nacional

Control

Resolución 1172

de 2004

Resolución Se establece el Sistema

Nacional de Identificación y

Registro de los Especímenes

Protección

Animal

Page 63: DE LA AUSENCIA A LA SINTIENCIA: ANÁLISIS NARRATIVO DE LA

63

de Fauna Silvestre en

condiciones Ex Situ

Fallo 1084 de 2004 Fallo Demanda de

Inconstitucionalidad del

Acuerdo 058 de 2002 que

reglamenta la actividad

circense con animales.

Control

Demanda de

nulidad contra la

Resolución 269 del

5 de mayo de 200

Sentencia 2792 de

2005

Sentencia Demanda de nulidad contra la

Resolución expedida por el

director del DAGMA, que

establece decomisar los

animales salvajes de circulo

Control

Sentencia C-1192

de 2005

Sentencia

Constitucional

Demanda de

inconstitucionalidad al

Artículo 1 de la Ley 916 de

2004, por la cual se establece

que el espectáculo taurino son

una expresión cultural y

artística del ser humano.

Protección

Animal

Sentencia C-246

de 2006

Sentencia

Constitucional

Demanda de

inconstitucionalidad al

Artículo 22 de la Ley 916 de

2004, la cual permite el

ingreso de niños menores de

10 años a espectáculos

taurinos.

Control –

Protección

Animal

Page 64: DE LA AUSENCIA A LA SINTIENCIA: ANÁLISIS NARRATIVO DE LA

64

Sentencia C-367

de 2006

Sentencia

Constitucional

Demanda de

inconstitucionalidad contra le

Ley 916 de 2004 “Por la cual

se establece el Reglamento

Nacional Taurino”.

Protección

Animal

Sentencia C-115

de 2006

Sentencia

Constitucional

Demanda de

inconstitucionalidad contra la

Ley 916 de 2004 “Por la cual

se establece el Reglamento

Nacional Taurino”

Protección

Animal

Resolución 1633

de 2007

Resolución Por el cual se prohíbe el aleteo

de tiburón.

Protección

Animal

Fallo 327 de 2008

Tribunal

Administrativo de

Cundinamarca

Fallo Solicitud nulidad del Acuerdo

058 de 2002 y el Acuerdo 079

de 2003, que prohíbe el uso de

animales silvestres y salvajes

en los circos en Bogotá

Protección

Animal

Sentencia C-761

de 2009

Sentencia

Constitucional

Demanda de

inconstitucionalidad contra el

Artículo 7 de la Ley 84 de

1989, por medio del cual se

establecen las excepciones a

los tratos crueles hacia los

animales

Protección animal

Sentencia C-666

de 2010

Sentencia

Constitucional

Demanda de

inconstitucionalidad contra

el Artículo 7 de la Ley 84 de

1989, por medio del cual se

establecen las excepciones a

Protección

Animal

Page 65: DE LA AUSENCIA A LA SINTIENCIA: ANÁLISIS NARRATIVO DE LA

65

los tratos crueles hacia los

animales

Decreto 1660 de

2010

Decreto Por el cual se establecen

medidas relacionadas con la

sustitución de Vehículos de

Tracción Animal

Protección

Animal – Control

Proyecto de Ley

052 de 2011

(Cámara)

Proyecto de

Ley

Por el medio del cual se

buscaba la prohibición del uso

de animales en circos

itinerantes

Protección

Animal

Decreto 178 de

2012

Decreto Por el cual se establece

medidas para la sustitución de

los Vehículos de Tracción

Animal

Protección

Animal

Sentencia C-889

de 2012

Sentencia

Constitucional

Demanda de

inconstitucionalidad contra

los Artículos de 14 y 15, de la

Ley 916 de 2004 “Por la cual

se establece el Reglamento

Nacional Taurino”

Protección

Animal

Decreto 119 de

2013

Decreto Decreto Distrital por el cual

se da las disposiciones para el

cambio de vehículos de

tracción animal por vehículos

automotor.

Protección

Animal

Decreto 595 de

2013

Decreto Culminación del programa de

sustitución de vehículos de

tracción animal y se prohíbe

su circulación en Bogotá.

Protección

Animal

Page 66: DE LA AUSENCIA A LA SINTIENCIA: ANÁLISIS NARRATIVO DE LA

66

Acuerdo 532 de

2013

Acuerdo Establecimiento de los

lineamientos para la

formulación de la política

pública de protección y

bienestar animal en Bogotá

Protección

Animal

Decreto 85 de 2013 Decreto Se ordena adecuar en Bogotá

el Centro Ecológico Distrital

de Protección y Bienestar

Animal -CEA- “Casa

Ecológica de los Animales”

Protección

Animal

Ley 1638 de 2013 Ley Se prohíbe el uso de animales

silvestres, ya sean nativos o

exóticos en circos fijos e

itinerantes.

Protección

Animal

Ley 1774 de 2016 Ley Modifica el Código Civil, la

Ley 84 de 1989 el Código

Penal y se dictan otras

disposiciones. Se establece la

Sintiencia de los Animales, y

las sanciones y multas por

maltrato animal.

Protección

Animal

Fuente: Elaboración propia con fuentes en la protección de los animales en Colombia y ley

1774 de 2016 (Ayala, 2017). Análisis de la Formulación de la Política Pública de Bienestar

Animal en el Distrito Capital desde el contexto Biocéntrico (Varela, 2016)

Anexo 2.

Cuestionario entrevistas

¿Qué estudió y desde cuando estás involucrada en el movimiento animalista?

¿Qué papel ha jugado dentro del movimiento?

Page 67: DE LA AUSENCIA A LA SINTIENCIA: ANÁLISIS NARRATIVO DE LA

67

¿Desde cuándo cree que el movimiento animalista comenzó a tomar relevancia en

Colombia?

¿Cuáles son los principales temas que ha puesto el movimiento en la discusión

pública?

¿Consideras que el la sintiencia ha sido un argumento determinante a la hora de

discutir estos temas?

¿Ha existido alguna reacción por parte de los movimientos animalistas después de la

creación de la bancada animalista y la creación de la política pública distrital de

protección y bienestar animal del 2014? ¿Como se lo han tomado? – ¿Conoce algún

comunicado por parte de alguna organización que se pronuncie acerca de esta

política?