cuadernillo de normas legales - gaceta jurídica...2010/07/03  · el peruano normas legales lima,...

56
NORMAS LEGALES www.elperuano.com.pe FUNDADO EN 1825 POR EL LIBERTADOR SIMÓN BOLÍVAR Lima, sábado 3 de julio de 2010 421599 Año XXVII - Nº 11045 AÑO DE LA CONSOLIDACIÓN ECONÓMICA Y SOCIAL DEL PERÚ PODER LEGISLATIVO CONGRESO DE LA REPUBLICA Ley N° 29548.- Ley que otorga facultades al Poder Ejecutivo para legislar en materia militar-policial, el uso de la fuerza y normas procesales y penitenciarias relacionadas a militares y policías procesados o condenados 421601 Ley N° 29549.- Ley que modifica el Decreto Legislativo Núm. 688, Ley de Consolidación de Beneficios Sociales 421602 Ley N° 29550.- Ley que incorpora la Escuela Superior de Formación Artística Pública - Áncash (ESFAP - ÁNCASH) a la Ley Núm. 23733, Ley Universitaria 421602 Ley N° 29551.- Ley que prorroga el plazo de vigencia de la Comisión Especial Revisora del Código de los Niños y Adolescentes 421603 R. Leg. N° 29552.- Resolución Legislativa que concede pensión de gracia a don Hugo Alejandro Mora Martínez, destacado deportista nacional de lucha libre 421603 PODER EJECUTIVO PRESIDENCIA DEL CONSEJO DE MINISTROS R.M. Nº 203-2010-PCM.- Aprueban Procedimiento del Concurso Público de los miembros del Tribunal Forestal y de Fauna Silvestre del OSINFOR 421604 Res. N° 001-2010-PCM-SGP.- Aprueban mecanismo y plazo de implementación de la nueva metodología de determinación de costos para las municipalidades provinciales y distritales clasificadas como de Tipo “A” por el Programa de Modernización Municipal 421606 AGRICULTURA R.J. Nº 405-2010-ANA.- Encargan la Dirección Ejecutiva del Proyecto: “Modernización de la Gestión de los Recursos Hídricos” y la conducción de la Unidad Ejecutora 002 421607 R.J. Nº 406-2010-ANA.- Encargan la Dirección de la Administración de Recursos Hídricos 421608 AMBIENTE R.S. N° 006-2010-MINAM.- Aprueban Cuadro para Asignación de Personal del Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental - OEFA 421608 R.S. N° 007-2010-MINAM.- Autorizan viaje de representante del Ministerio para participar en eventos a realizarse en Canadá 421609 DEFENSA R.S. N° 297-2010-DE/EP.- Autorizan ampliación de permanencia de oficial del Ejército en EE.UU. para continuar tratamiento médico altamente especializado 421610 R.M. Nº 670-2010-DE/SG.- Autorizan ingreso al territorio de la República de efectivos de la Marina de EE.UU. 421611 R.M. Nº 671-2010-DE/SG.- Modifican el Programa de Actividades Operacionales de las Fuerzas Armadas del Perú con Fuerzas Armadas Extranjeras 2010 421611 ECONOMIA Y FINANZAS D.S. N° 143-2010-EF.- Autorizan transferencias financieras para la atención de damnificados por lluvias y deslizamientos en los departamentos de Huánuco, Huancavelica, Cusco y Puno 421612 D.S. N° 144-2010-EF.- Autorizan crédito suplementario para la incorporación de los recursos del FONIPREL en el Año Fiscal 2010 a favor de los Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales ganadores de la segunda convocatoria 421613 R.S. N° 084-2010-EF.- Autorizan viaje de profesional del Ministerio a EE.UU. para participar en la Ronda Específica de Acceso a Mercados y Reglas de Origen para la suscripción de un TLC entre Perú y Corea 421614 R.VM. Nº 014-2010-EF/15.01.- Precios CIF de referencia para la aplicación del derecho variable adicional o rebaja arancelaria a las importaciones de maíz, azúcar, arroz y leche entera en polvo 421615 EDUCACION R.M. Nº 0197-2010-ED.- Autorizan por única vez la reevaluación de profesores postulantes en el Programa de Incorporación convocado mediante R.M. N° 0134-2010-ED a través de la aplicación de nueva Prueba Nacional Clasificatoria 421615 ENERGIA Y MINAS R.M. Nº 273-2010-MEM/DM.- Aprueban transferencia financiera a favor de Petroperú S.A. a fin de cubrir gastos de remediación ambiental 421616 PRODUCE R.M. Nº 162-2010-PRODUCE.- Designan miembro del Comité Consultivo del IMARPE 421617 R.M. Nº 165-2010-PRODUCE.- Aprueban factores de recursos hidrobiológicos marinos y continentales, de productos y valores de recursos amazónicos correspondientes al año 2010, que serán utilizados para la imposición de multas 421617 Sumario

Upload: others

Post on 28-Feb-2021

2 views

Category:

Documents


0 download

TRANSCRIPT

Page 1: Cuadernillo de Normas Legales - Gaceta Jurídica...2010/07/03  · El Peruano NORMAS LEGALES Lima, sábado 3 de julio de 2010 421601 RR. Nºs. 6857 y 6866-2010.- Autorizan viajes de

NORMAS LEGALES

www.elperuano.com.pe

FUNDADOEN 1825 POR

EL LIBERTADORSIMÓN BOLÍVAR

Lima, sábado 3 de julio de 2010

421599Año XXVII - Nº 11045

AÑO DE LA CONSOLIDACIÓN ECONÓMICA Y SOCIAL DEL PERÚ

PODER LEGISLATIVO

CONGRESO DE LA REPUBLICA

Ley N° 29548.- Ley que otorga facultades al Poder Ejecutivo para legislar en materia militar-policial, el uso de la fuerza y normas procesales y penitenciarias relacionadas a militares y policías procesados o condenados 421601

Ley N° 29549.- Ley que modifi ca el Decreto Legislativo Núm. 688, Ley de Consolidación de Benefi cios Sociales 421602

Ley N° 29550.- Ley que incorpora la Escuela Superior de Formación Artística Pública - Áncash (ESFAP - ÁNCASH) a la Ley Núm. 23733, Ley Universitaria 421602

Ley N° 29551.- Ley que prorroga el plazo de vigencia de la Comisión Especial Revisora del Código de los Niños y Adolescentes

421603

R. Leg. N° 29552.- Resolución Legislativa que concede pensión de gracia a don Hugo Alejandro Mora Martínez, destacado deportista nacional de lucha libre 421603

PODER EJECUTIVO

PRESIDENCIA DEL

CONSEJO DE MINISTROS

R.M. Nº 203-2010-PCM.- Aprueban Procedimiento del Concurso Público de los miembros del Tribunal Forestal y de Fauna Silvestre del OSINFOR 421604

Res. N° 001-2010-PCM-SGP.- Aprueban mecanismo y plazo de implementación de la nueva metodología de determinación de costos para las municipalidades provinciales y distritales clasifi cadas como de Tipo “A” por el Programa de Modernización Municipal 421606

AGRICULTURA

R.J. Nº 405-2010-ANA.- Encargan la Dirección Ejecutiva del Proyecto: “Modernización de la Gestión de los Recursos Hídricos” y la conducción de la Unidad Ejecutora 002 421607

R.J. Nº 406-2010-ANA.- Encargan la Dirección de la Administración de Recursos Hídricos 421608

AMBIENTE

R.S. N° 006-2010-MINAM.- Aprueban Cuadro para Asignación de Personal del Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental - OEFA 421608

R.S. N° 007-2010-MINAM.- Autorizan viaje de representante del Ministerio para participar en eventos a realizarse en Canadá 421609

DEFENSA

R.S. N° 297-2010-DE/EP.- Autorizan ampliación de permanencia de ofi cial del Ejército en EE.UU. para continuar tratamiento médico altamente especializado 421610

R.M. Nº 670-2010-DE/SG.- Autorizan ingreso al territorio de la República de efectivos de la Marina de EE.UU. 421611

R.M. Nº 671-2010-DE/SG.- Modifi can el Programa de Actividades Operacionales de las Fuerzas Armadas del Perú con Fuerzas Armadas Extranjeras 2010 421611

ECONOMIA Y FINANZAS

D.S. N° 143-2010-EF.- Autorizan transferencias financieras para la atención de damnificados por lluvias y deslizamientos en los departamentos de Huánuco, Huancavelica, Cusco y Puno

421612

D.S. N° 144-2010-EF.- Autorizan crédito suplementario para la incorporación de los recursos del FONIPREL en el Año Fiscal 2010 a favor de los Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales ganadores de la segunda convocatoria 421613

R.S. N° 084-2010-EF.- Autorizan viaje de profesional del Ministerio a EE.UU. para participar en la Ronda Específi ca de Acceso a Mercados y Reglas de Origen para la suscripción de un TLC entre Perú y Corea 421614

R.VM. Nº 014-2010-EF/15.01.- Precios CIF de referencia para la aplicación del derecho variable adicional o rebaja arancelaria a las importaciones de maíz, azúcar, arroz y leche entera en polvo 421615

EDUCACION

R.M. Nº 0197-2010-ED.- Autorizan por única vez la reevaluación de profesores postulantes en el Programa de Incorporación convocado mediante R.M. N° 0134-2010-ED a través de la aplicación de nueva Prueba Nacional Clasifi catoria 421615

ENERGIA Y MINAS

R.M. Nº 273-2010-MEM/DM.- Aprueban transferencia fi nanciera a favor de Petroperú S.A. a fi n de cubrir gastos de remediación ambiental 421616

PRODUCE

R.M. Nº 162-2010-PRODUCE.- Designan miembro del Comité Consultivo del IMARPE 421617

R.M. Nº 165-2010-PRODUCE.- Aprueban factores de recursos hidrobiológicos marinos y continentales, de productos y valores de recursos amazónicos correspondientes al año 2010, que serán utilizados para la imposición de multas 421617

Sumario

Page 2: Cuadernillo de Normas Legales - Gaceta Jurídica...2010/07/03  · El Peruano NORMAS LEGALES Lima, sábado 3 de julio de 2010 421601 RR. Nºs. 6857 y 6866-2010.- Autorizan viajes de

NORMAS LEGALESEl Peruano

Lima, sábado 3 de julio de 2010421600

SALUD

D.S. N° 015-2010-SA.- Autorizan excepción a la prohibición de nombramiento del personal de salud en las unidades ejecutoras de los pliegos Gobierno Regional del departamento de Tacna, Instituto Nacional de Enfermedades Neoplásicas, Instituto Nacional de Salud y Ministerio de Salud 421620

R.M. Nº 530-2010/MINSA.- Disponen la prepublicación del proyecto de Documento Técnico “Catálogo Sectorial de Procedimientos Médicos” en el portal de internet del Ministerio 421622

R.M. Nº 532-2010/MINSA.- Designan a profesionales en diversos cargos del Hospital “María Auxiliadora” de la Dirección de Salud II Lima Sur del Ministerio 421622

TRABAJO Y

PROMOCION DEL EMPLEO

R.M. Nº 157-2010-TR.- Designan representantes del Ministerio ante la Comisión de Supervisión Multisectorial constituida por el D.S. N° 009-2006-MIMDES 421623

TRANSPORTES Y

COMUNICACIONES

R.S. N° 104-2010-MTC.- Autorizan viaje de Director General de Transporte Acuático a Ecuador para participar en el XIX Congreso Latinoamericano de Puertos 421624

ORGANISMOS EJECUTORES

INSTITUTO NACIONAL

DE DEFENSA CIVIL

R.J. Nº 155-2010-INDECI.- Aprueban Directiva “Lineamientos para la organización, preparación y ejecución del Simulacro Nacional de Sismo del 11.AGO.2010” 421624

ORGANISMO DE FORMALIZACIÓN

DE LA PROPIEDAD INFORMAL

RR.DD. N°s. 151, 152 y 153-2010-COFOPRI/DE.- Designan Jefes de las Ofi cinas Zonales de Lima y Callao, Arequipa y Piura de COFOPRI 421625

ORGANISMOS TECNICOS ESPECIALIZADOS

SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE

LOS REGISTROS PUBLICOS

Res. Nº 170-2010-SUNARP-SN.- Designan Asesora de la Gerencia General de la SUNARP 421626

PODER JUDICIAL

CONSEJO EJECUTIVO

DEL PODER JUDICIAL

Inv. ODICMA Nº 360-2008-TUMBES.- Sancionan con destitución a Secretario Judicial del Segundo Juzgado Penal de la Corte Superior de Justicia de Tumbes 421627

Inv. ODICMA Nº 084-2009-HUANCAVELICA.- Sancionan con destitución a Secretaria Judicial del Segundo Juzgado Civil de la Corte Superior de Justicia de Huancavelica 421628

CORTES SUPERIORES DE JUSTICIA

Res. Adm. Nº 171-2010-P-CSJCL/PJ.- Aprueban Plan de Trabajo Anual de la Comisión de Capacitación del Área Civil de la Corte Superior de Justicia del Callao y ofi cializan programa de capacitación

421629

Res. Adm. Nº 173-2010-P-CSJCL/PJ.- Ofi cializan la realización del Pleno Jurisdiccional Distrital en Materia Penal de la Corte Superior de Justicia del Callao para el Año Judicial 2010

421630

Res. Adm. Nº 174-2010-P-CSJCL/PJ.- Aprueban Plan de Trabajo Anual de la Comisión de Capacitación de Magistrados del Área Constitucional de la Corte Superior de Justicia del Callao y ofi cializan programa de capacitación 421630

Res. Adm. Nº 177-2010-P-CSJCL/PJ.- Disponen la reincorporación de personal en plazas presupuestadas y vacantes de la Corte Superior de Justicia del Callao 421631

Res. Adm. Nº 522-2010-P-CSJLI/PJ.- Designan Juez Supernumeraria del Primer Juzgado de Paz Letrado de Santa Anita, Distrito Judicial de Lima 421632

Res. Adm. Nº 523-2010-P-CSJLI/PJ.- Designan Juez Supernumerario del Primer Juzgado Contencioso Administrativo de Lima 421632

Res. Adm. Nº 524-2010-P-CSJLI/PJ.- Establecen conformación de la Tercera Sala Civil de Lima y designan Juez Supernumerario del Octavo Juzgado Constitucional de Lima 421633

Res. Adm. Nº 525-2010-P-CSJLI/PJ.- Establecen conformación de la Segunda Sala Contenciosa Administrativa de Lima y designan Juez Supernumerario del Cuadragésimo Tercer Juzgado Civil de Lima 421633

ORGANOS AUTONOMOS

JURADO NACIONAL DE ELECCIONES

Res. Nº 024-2010-ROP/JNE/LIMA.- Disponen inscribir a la Organización Política Local Distrital “Villa María Progresa” del distrito de Villa María del Triunfo en el Registro de Organizaciones Políticas del JNE 421634

Res. Nº 027-2010-ROP/JNE/LIMA.- Disponen inscripción de la Organización Política Local Distrital “Decisión Ciudadana” en el Registro de Organizaciones Políticas 421634

Res. Nº 153-2010-ROP/JNE.- Disponen inscribir al Partido Político “Partido Descentralista Fuerza Social” en el Registro de Organizaciones Políticas del JNE 421635

MINISTERIO PUBLICO

RR. Nºs. 1106, 1107, 1108, 1109, 1110, 1111, 1112, 1113,

1114, 1115, 1116, 1117, 1118, 1119 y 1120-2010-MP-FN.- Nombran y designan fi scales en los Distritos Judiciales de Amazonas, Apurímac, Cajamarca, Ayacucho, Ica, Lima Norte, Moquegua, Lambayeque, Huaura y Arequipa 421636

SUPERINTENDENCIA DE BANCA,

SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS

DE FONDOS DE PENSIONES

RR. Nºs. 6332 y 6635-2010.- Autorizan a la Caja Municipal de Ahorro y Crédito de Huancayo la apertura de agencias en el departamento de Lima 421643

RR. Nºs. 6473 y 6482-2010.- Autorizan inscripción de personas naturales en el Registro del Sistema de Seguros 421644

Res. Nº 6766-2010.- Autorizan viaje de funcionarios para participar en curso sobre supervisión basada en riesgo que se llevará a cabo en Panamá 421644

Page 3: Cuadernillo de Normas Legales - Gaceta Jurídica...2010/07/03  · El Peruano NORMAS LEGALES Lima, sábado 3 de julio de 2010 421601 RR. Nºs. 6857 y 6866-2010.- Autorizan viajes de

NORMAS LEGALESEl PeruanoLima, sábado 3 de julio de 2010 421601

RR. Nºs. 6857 y 6866-2010.- Autorizan viajes de funcionarios de la SBS para participar en eventos preparados con motivo de Sesión de la Junta Directiva de la ASBA, así como en reuniones técnicas con instituciones bancarias en España 421645

GOBIERNOS LOCALES

MUNICIPALIDAD

METROPOLITANA DE LIMA

Ordenanza Nº 1399.- Modifi can la Ordenanza N° 393-MML 421647

MUNICIPALIDAD

DE CIENEGUILLA

D.A. Nº 005-2010-A-MDC.- Prorrogan plazo de vigencia de la Ordenanza N° 118-2010-MDC, sobre amnístía tributaria para contribuyentes del distrito 421647

MUNICIPALIDAD

DEL RIMAC

Ordenanza Nº 220-2010-MDR.- Establecen tasa de interés moratorio aplicable a las obligaciones tributarias 421648

Ordenanza Nº 221-2010-MDR.- Establecen la aplicación de benefi cios tributarios y no tributarios en el distrito 421649

MUNICIPALIDAD DE SAN MARTIN DE PORRES

Acuerdo Nº 033-2010-MDSMP.- Aceptan donación destinada al cofi nanciamiento de proyectos de inversión 421650

MUNICIPALIDAD DE SAN MIGUEL

D.A. Nº 012-2010/MDSM.- Prorrogan benefi cio de regularización tributaria y no tributaria aprobado por Ordenanza N° 197-MDSM

421650

PROVINCIAS

MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CALLAO

Ordenanza Nº 000034.- Aprueban condonación de arbitrios municipales para vecinos de la Unidad Vecinal Santa Marina (Norte, Sur, Supe y Centenario) 421651

Ordenanza Nº 000035.- Aprueban actualización de zonifi cación de área ubicada en el distrito de Bellavista, de residencial de densidad media a comercio distrital 421652

MUNICIPALIDAD DE BELLAVISTA

Ordenanza Nº 009-2010-CDB.- Aprueban campaña de rectifi cación administrativa de partidas de Registro Civil 421653

PODER LEGISLATIVO

CONGRESO DE LA REPUBLICA

LEY Nº 29548

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

POR CUANTO:

El Congreso de la RepúblicaHa dado la Ley siguiente:

EL CONGRESO DE LA REPÚBLICA;

Ha dado la Ley siguiente:

LEY QUE OTORGA FACULTADES AL PODER EJECUTIVO PARA LEGISLAR EN MATERIA

MILITAR-POLICIAL, EL USO DE LA FUERZA Y NORMAS PROCESALES Y PENITENCIARIAS RELACIONADAS A MILITARES Y POLICÍAS

PROCESADOS O CONDENADOS

Artículo Único.- Disposición autoritativaDelégase en el Poder Ejecutivo la facultad de legislar

sobre las materias siguientes:

a) La dación de un nuevo Código de Justicia Militar Policial y la optimización de la Ley de Organización y Funciones del Fuero Militar Policial, dentro de los parámetros constitucionales vigentes.

b) La dación de legislación sobre el empleo y uso de la fuerza por parte del personal de las Fuerzas Armadas, dentro de los parámetros constitucionales vigentes.

c) La dación de normas procesales y penitenciarias relacionadas exclusivamente al personal militar y policial que ha sido procesado o condenado por delitos que implican violación de derechos humanos.

La delegación a que se refi ere el presente artículo es por sesenta (60) días contados a partir de la vigencia de la presente Ley.

Comuníquese al señor Presidente de la República para su promulgación.

En Lima, al uno de julio de dos mil diez.

LUIS ALVA CASTROPresidente del Congreso de la República

MICHAEL URTECHO MEDINASegundo Vicepresidente del Congreso de la República

AL SEÑOR PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA

POR TANTO:

Mando se publique y cumpla.

Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los dos días del mes de julio del año dos mil diez.

ALAN GARCÍA PÉREZPresidente Constitucional de la República

JAVIER VELASQUEZ QUESQUÉNPresidente del Consejo de Ministros

514630-1

Page 4: Cuadernillo de Normas Legales - Gaceta Jurídica...2010/07/03  · El Peruano NORMAS LEGALES Lima, sábado 3 de julio de 2010 421601 RR. Nºs. 6857 y 6866-2010.- Autorizan viajes de

NORMAS LEGALESEl Peruano

Lima, sábado 3 de julio de 2010421602

LEY Nº 29549

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

POR CUANTO:

El Congreso de la RepúblicaHa dado la Ley siguiente:

EL CONGRESO DE LA REPÚBLICA;

Ha dado la Ley siguiente:

LEY QUE MODIFICA EL DECRETO LEGISLATIVO NÚM. 688, LEY DE CONSOLIDACIÓN DE

BENEFICIOS SOCIALES

Artículo 1º.- Modifi cación de los artículos 9º y 18º del Decreto Legislativo núm. 688, Ley de Consolidación de Benefi cios Sociales

Modifícanse los artículos 9º y 18º del Decreto Legislativo núm. 688, Ley de Consolidación de Benefi cios Sociales, en los términos siguientes:

“Artículo 9º.- Las remuneraciones asegurables para el pago del capital o póliza están constituidas por aquellas que fi guran en los libros de planillas y boletas de pago, percibidas habitualmente por el trabajador aun cuando sus montos puedan variar en razón de incrementos u otros motivos, hasta el tope de una remuneración máxima asegurable, establecida para efectos del seguro de invalidez, sobrevivencia y gastos de sepelio en el Sistema Privado de Pensiones. Están excluidas las gratifi caciones, participaciones, compensación vacacional adicional y otras que por su naturaleza no se abonen mensualmente.

Tratándose de trabajadores remunerados a comisión o destajo se considera el promedio de las percibidas en los últimos tres meses.

Artículo 18º.- En caso de cese del trabajador asegurado, éste puede optar por mantener su seguro de vida; para lo cual, dentro de los treinta (30) días calendario siguientes al término de la relación laboral, debe solicitarlo por escrito a la empresa aseguradora y efectuar el pago de la prima, la misma que se calcula sobre el monto de la última remuneración percibida, hasta el tope de la remuneración máxima asegurable a que se refi ere el artículo 9º.

La empresa de seguros suscribe un nuevo contrato con el trabajador sujeto a la prima que acuerden las partes contratantes, extendiéndole una póliza de vida individual con vigencia anual renovable.

El seguro contratado mantiene su vigencia siempre y cuando el asegurado cumpla con cancelar la prima dentro del plazo que establece la póliza de seguros.

La vigencia de la póliza termina si el asegurado adquiere otra póliza de vida obligatoria.”

Artículo 2º.- Contratos de seguro celebrados por ex trabajadores

Los contratos de seguro vigentes, celebrados al amparo del Decreto Legislativo núm. 688, Ley de Consolidación de Benefi cios Sociales, por trabajadores que han cesado en su empleo con anterioridad a la vigencia de la presente Ley, se mantienen en vigencia en las condiciones originalmente pactadas.

Artículo 3º.- Registro Obligatorio de Contratos de Seguros Vida Ley

Encárgase al Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, en coordinación con la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones, la elaboración y funcionamiento del Registro Obligatorio de Contratos de Seguros Vida Ley, regulado por el Decreto Legislativo núm. 688, Ley de Consolidación de Beneficios Sociales, normas complementarias y reglamentarias, para todos los empleadores.

Artículo 4º.- ReglamentaciónEl Poder Ejecutivo reglamenta la presente Ley en el

plazo máximo de treinta (30) días calendario contados a partir de su vigencia.

Artículo 5º.- Derogatoria Deróganse los artículos 10º y 11º del Decreto

Legislativo núm. 688, Ley de Consolidación de Benefi cios Sociales, Ley núm. 27700, Ley que Precisa el Derecho de los Trabajadores que Cesan de Mantener su Seguro de Vida, y déjanse sin efecto el Decreto Supremo núm. 024-2001-TR, que precisa y reglamenta disposiciones de la Ley de Consolidación de Benefi cios Sociales, así como todas las disposiciones que se opongan a la presente Ley.

Comuníquese al señor Presidente de la República para su promulgación.

En Lima, al uno del mes de julio de dos mil diez.

LUIS ALVA CASTROPresidente del Congreso de la República

ANTONIO LEÓN ZAPATA Tercer Vicepresidente del Congreso de la República

AL SEÑOR PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA

POR TANTO:

Mando se publique y cumpla.

Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los dos días del mes de julio del año dos mil diez.

ALAN GARCÍA PÉREZPresidente Constitucional de la República

JAVIER VELASQUEZ QUESQUÉNPresidente del Consejo de Ministros

514630-2

LEY Nº 29550

EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA

POR CUANTO:

El Congreso de la RepúblicaHa dado la Ley siguiente:

EL CONGRESO DE LA REPÚBLICA;

Ha dado la Ley siguiente:

LEY QUE INCORPORA LA ESCUELA SUPERIOR DE FORMACIÓN ARTÍSTICA PÚBLICA – ÁNCASH

(ESFAP – ÁNCASH ) A LA LEY NÚM. 23733, LEY UNIVERSITARIA

Artículo 1º.- Objeto de la LeyLa presente Ley tiene el objeto de incorporar la

Escuela Superior de Formación Artística Pública – Áncash (ESFAP – ÁNCASH) a la Ley núm. 23733, Ley Universitaria.

Artículo 2º.- Incorporación de normaIncorpórase al artículo 99º de la Ley núm. 23733, Ley

Universitaria, el texto siguiente:

“(...)La Escuela Superior de Formación Artística Pública – Áncash (ESFAP – ÁNCASH) tiene los deberes y derechos que le confi ere la Ley núm. 23733, Ley

Page 5: Cuadernillo de Normas Legales - Gaceta Jurídica...2010/07/03  · El Peruano NORMAS LEGALES Lima, sábado 3 de julio de 2010 421601 RR. Nºs. 6857 y 6866-2010.- Autorizan viajes de

NORMAS LEGALESEl PeruanoLima, sábado 3 de julio de 2010 421603

Universitaria, otorgando a nombre de la Nación el grado de bachiller y el título profesional respectivo, equivalente a los otorgados por las universidades del país. Dichos grados y títulos son válidos para el ejercicio de la docencia de nivel superior y universitario así como para la realización de estudios de maestría y doctorado, dentro del marco de la Ley núm. 23733, Ley Universitaria.Los grados y títulos que expide la Escuela Superior de Formación Artística Pública – Áncash (ESFAP – ÁNCASH) deben ser inscritos en el Registro Nacional de Grados y Títulos de la Asamblea Nacional de Rectores para los fi nes pertinentes y bajo la responsabilidad del director general o de quien haga sus veces.”

Artículo 3º.- DerogatoriaDeróganse o déjanse sin efecto los dispositivos legales

que se oponen a la presente Ley.

DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS

PRIMERA.- RequisitosEl Director de la Escuela Superior de Formación

Artística Pública – Áncash (ESFAP – ÁNCASH) debe cumplir con los requisitos establecidos en el artículo 34º de la Ley núm. 23733, Ley Universitaria.

SEGUNDA.- Planes de estudioLa Escuela Superior de Formación Artística Pública

– Áncash (ESFAP –ÁNCASH), en uso de su autonomía, coordina con la Asamblea Nacional de Rectores para la organización de los respectivos planes de estudio, en aplicación de la Ley núm. 23733, Ley Universitaria.

DISPOSICIÓN TRANSITORIA

ÚNICA.- Plazo de adecuaciónLa Escuela Superior de Formación Artística Pública

– Áncash (ESFAP –ÁNCASH), para el cumplimiento de los artículos anteriores, adecua su estructura académica y administrativa a los requisitos que establece la Ley núm. 23733, Ley Universitaria. Se otorga para tal efecto el plazo de seis (6) meses a partir de la entrada en vigencia de la presente Ley.

Comuníquese al señor Presidente de la República para su promulgación.

En Lima, al uno de julio de dos mil diez.

LUIS ALVA CASTROPresidente del Congreso de la República

MICHAEL URTECHO MEDINASegundo Vicepresidente del Congreso de la República

AL SEÑOR PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA

POR TANTO:

Mando se publique y cumpla.

Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los dos días del mes de julio del año dos mil diez

ALAN GARCÍA PÉREZPresidente Constitucional de la República

JAVIER VELASQUEZ QUESQUÉNPresidente del Consejo de Ministros

514630-3

LEY Nº 29551

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

POR CUANTO:

El Congreso de la RepúblicaHa dado la Ley siguiente:

EL CONGRESO DE LA REPÚBLICA;

Ha dado la Ley siguiente:

LEY QUE PRORROGA EL PLAZO DE VIGENCIA DE LA COMISIÓN ESPECIAL REVISORA DEL CÓDIGO

DE LOS NIÑOS Y ADOLESCENTES

Artículo Único.- Prórroga de plazo de vigenciaProrrógase el plazo de vigencia, a que se refi ere

el artículo 2º de la Ley núm. 28914, Ley que Crea la Comisión Especial Revisora del Código de los Niños y Adolescentes, hasta el 27 de enero de 2011.

Comuníquese al señor Presidente de la República para su promulgación.

En Lima, al uno de julio de dos mil diez.

LUIS ALVA CASTROPresidente del Congreso de la República

MICHAEL URTECHO MEDINASegundo Vicepresidente del Congreso de la República

AL SEÑOR PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA

POR TANTO:

Mando se publique y cumpla.

Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los dos días del mes de julio del año dos mil diez

ALAN GARCÍA PÉREZPresidente Constitucional de la República

JAVIER VELASQUEZ QUESQUÉNPresidente del Consejo de Ministros

514630-4

RESOLUCIÓN LEGISLATIVAN° 29552

EL CONGRESO DE LA REPÚBLICA;Ha dado la Resolución Legislativa siguiente:

RESOLUCIÓN LEGISLATIVA QUE CONCEDE PENSIÓN DE GRACIA A DON HUGO ALEJANDRO

MORA MARTÍNEZ, DESTACADO DEPORTISTA NACIONAL DE LUCHA LIBRE

Artículo 1º.- Objeto de la Resolución Legislativa Concédese pensión de gracia al señor Hugo Alejandro

Mora Martínez, ascendente a dos (2) remuneraciones mínimas vitales, cuyo merecimiento ha sido debidamente califi cado.

Artículo 2º.- Naturaleza de la pensión de graciaLa pensión de gracia a que se refi ere el artículo 1º es

personal, intransferible y no genera derecho a pensión de sobrevivientes.

Page 6: Cuadernillo de Normas Legales - Gaceta Jurídica...2010/07/03  · El Peruano NORMAS LEGALES Lima, sábado 3 de julio de 2010 421601 RR. Nºs. 6857 y 6866-2010.- Autorizan viajes de

NORMAS LEGALESEl Peruano

Lima, sábado 3 de julio de 2010421604

Artículo 3º.- Cumplimiento de la Resolución Legislativa

Encárgase al Ministerio de Educación el cumplimiento de la presente Resolución Legislativa, debiendo efectuar las acciones administrativas con cargo a su presupuesto institucional aprobado por la Ley núm. 29465, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2010, sin generar una demanda de recursos adicionales al Tesoro Público y de acuerdo con las normas presupuestarias vigentes.

Artículo 4º.- VigenciaLa presente Resolución Legislativa entra en vigencia

el día siguiente de su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano.

Comuníquese al señor Presidente de la República para su promulgación.

En Lima, al uno del mes de julio de dos mil diez.

LUIS ALVA CASTROPresidente del Congreso de la República

ANTONIO LEÓN ZAPATATercer Vicepresidente del Congreso de la República

AL SEÑOR PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA

Lima, 2 de julio de 2010

Cúmplase, regístrese, comuníquese, publíquese y archívese.

ALAN GARCÍA PÉREZPresidente Constitucional de la República

JAVIER VELASQUEZ QUESQUÉNPresidente del Consejo de Ministros

514630-5

PODER EJECUTIVO

PRESIDENCIA DEL

CONSEJO DE MINISTROS

Aprueban Procedimiento del Concurso Público de los miembros del Tribunal Forestal y de Fauna Silvestre del OSINFOR

RESOLUCIÓN MINISTERIALNº 203-2010-PCM

30 de junio de 2010

CONSIDERANDO:

Que, mediante Decreto Legislativo N° 1085, se crea el Organismo de Supervisión de los Recursos Forestales y de Fauna Silvestre (OSINFOR), como Organismo Público Ejecutor encargado a nivel nacional de la supervisión y fiscalización del aprovechamiento sostenible y la conservación de los recursos forestales y de fauna silvestre, así como de los servicios ambientales provenientes del bosque, adscrito a la Presidencia del Consejo de Ministros;

Que, el numeral 7.2 del artículo 7o del Decreto Legislativo N° 1085, comprende al Tribunal Forestal y de Fauna Silvestre dentro de la estructura administrativa básica del OSINFOR;

Que, asimismo, el artículo 8o del citado dispositivo establece que el Tribunal Forestal y de Fauna Silvestre del OSINFOR estará conformado por tres miembros designados por resolución suprema refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros, debiendo ser dichos miembros elegidos mediante concurso público;

Que, el Título IV del Reglamento del Decreto Legislativo N° 1085, aprobado mediante Decreto Supremo N° 024-2010-PCM regula la conformación, designación, incompatibilidades y causales de vacancia del Tribunal Forestal y de Fauna Silvestre del OSINFOR; asimismo, en su Segunda Disposición Complementaria Transitoria dispone que el procedimiento de concurso público de los miembros del Tribunal Forestal y de Fauna Silvestre se aprobará por Resolución Ministerial de la Presidencia del Consejo de Ministros;

Que, es necesario establecer un procedimiento aplicable al concurso público que permita la designación de los miembros del Tribunal Forestal y de Fauna Silvestre del OSINFOR por la Presidencia del Consejo de Ministros;

De conformidad con el Decreto Legislativo N° 1085 y el Decreto Supremo N° 024-2010-PCM;

SE RESUELVE:

Artículo 1°.- Apruébese el Procedimiento del Concurso Público de los miembros del Tribunal Forestal y de Fauna Silvestre del Organismo de Supervisión de los Recursos Forestales y de Fauna Silvestre - OSINFOR que consta de 6 títulos y 16 artículos, que como anexo forma parte integrante de la presente resolución ministerial.

Artículo 2°.- La presente Resolución Ministerial entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

JAVIER VELASQUEZ QUESQUÉNPresidente del Consejo de Ministros

PROCEDIMIENTO PARA EL CONCURSO PÚBLICO DE LOS MIEMBROS DELTRIBUNAL FORESTAL Y DE FAUNA SILVESTRE DEL ORGANISMO DE

SUPERVISIÓN DE LOS RECURSOS FORESTALES Y DE FAUNA SILVESTRE - OSINFOR

TÍTULO I

ÁMBITO DE APLICACIÓN Y ETAPAS DEL PROCEDIMIENTO

Artículo 1º.- Del ámbito de aplicación del presente procedimiento.-

El presente procedimiento es aplicable al concurso público que permitirá la designación de los miembros del Tribunal Forestal y de Fauna Silvestre del Organismo de Supervisión de los Recursos Forestales y de Fauna Silvestre - OSINFOR.

Artículo 2º.- De la oportunidad del procedimiento de selección y designación.-

El procedimiento de selección debe iniciarse, dentro de los tres (3) días hábiles siguientes a la instalación de la Comisión de Selección.

Artículo 3º.- De la publicidad del procedimiento de selección y designación de la Comisión de Selección de Postulantes.-

Para fi nes del procedimiento de selección deberá conformarse una Comisión de Selección que estará integrada de la siguiente manera:

a) Un (1) representante propuesto por la Presidencia del Consejo de Ministros, quien la presidirá;

b) Un (1) representante propuesto por el OSINFOR;c) Un (1) representante propuesto por el Capítulo

del Colegio de Ingenieros Forestales, del Colegio de Ingenieros del Perú;

Page 7: Cuadernillo de Normas Legales - Gaceta Jurídica...2010/07/03  · El Peruano NORMAS LEGALES Lima, sábado 3 de julio de 2010 421601 RR. Nºs. 6857 y 6866-2010.- Autorizan viajes de

NORMAS LEGALESEl PeruanoLima, sábado 3 de julio de 2010 421605

Los miembros de la Comisión de Selección serán designados mediante Resolución Ministerial del Presidente del Consejo de Ministros, y ejecutarán su encargo de forma ad-honorem.

La Comisión de Selección contará con el concurso de una Secretaria Técnica que brinde el apoyo técnico, material y administrativo necesario para el procedimiento de selección, debiendo el Organismo de Supervisión de los Recursos Forestales y de Fauna Silvestre – OSINFOR, poner a disposición de la Comisión el apoyo indicado y las facilidades necesarias que pudiera solicitarse, para el desempeño de sus funciones.

Artículo 4º.- Del procedimiento de selección.-El procedimiento de selección de los miembros del

Tribunal Forestal y de Fauna Silvestre del OSINFOR tendrá las siguientes etapas:

a) Convocatoriab) Inscripción y declaración de postulantes aptosc) Evaluaciónd) Seleccióne) Designación

Los pasos a seguir en cada una de las etapas señaladas serán publicados en los portales electrónicos de la Presidencia del Consejo de Ministros y el Organismo de Supervisión de los Recursos Forestales y de Fauna Silvestre – OSINFOR, de conformidad con los Títulos que se detallan a continuación.

TÍTULO II

DE LA CONVOCATORIA

Artículo 5º.- De la Convocatoria.-La Comisión realizará la convocatoria pública para

el procedimiento de selección, la que se publicará en el Diario Ofi cial El Peruano y en cualquier otro diario de mayor circulación nacional, así como en el portal electrónico de la Presidencia del Consejo de Ministros y del Organismo de Supervisión de los Recursos Forestales y de Fauna Silvestre.

Artículo 6º.- De la vigencia de la convocatoria.-La convocatoria permanecerá abierta por el término

de cinco (5) días hábiles contados desde la fecha de su publicación, en cuyo término se recibirá la documentación de los postulantes. Vencido dicho plazo se cerrará la convocatoria.

Artículo 7º.- De las postulaciones.-Las postulaciones podrán efectuarse de manera

personal o a través de organizaciones debidamente acreditadas y siempre que no representen a alguna entidad vinculada al ámbito de competencia del OSINFOR. En el caso de las organizaciones, sólo podrá postularse a un representante.

Artículo 8º.- De la documentación a presentar por los postulantes.-

Los postulantes deberán presentar la siguiente documentación:

a) Currículum Vitae documentado, debiendo incluir copia legalizada o autenticada de los documentos que acrediten la formación académica y la experiencia profesional.

b) Declaración Jurada en la que indiquen: cumplir con los requisitos exigidos en el Artículo 9o del presente procedimiento y los establecidos por ley, no tener incompatibilidades para ser designado como miembro del Tribunal Forestal y de Fauna Silvestre y declarar la veracidad de la información contenida en su currículum vitae.

c) Formulario de postulación debidamente llenado y fi rmado.

Artículo 9º.- De los requisitos.-Las personas que postulen al Tribunal Forestal y

de Fauna Silvestre, deberán cumplir con los requisitos señalados en el artículo 29° del Reglamento del Decreto Legislativo N° 1085, aprobado por Decreto Supremo N° 024-2010-PCM, tal como se indica a continuación:

a) Ser mayor de treinta y cinco años de edad.b) Ser profesional titulado y colegiado, con no menos de

5 (cinco) años de ejercicio en el sector forestal y de fauna silvestre o haber ejercido la profesión o desempeñado cátedra universitaria en la correspondiente disciplina por un periodo no menor de 7 (siete) años.

c) Contar con reconocida solvencia e idoneidad profesional.

Se requerirá además, que los postulantes no estén incursos en las incompatibilidades establecidas en el artículo 31° del referido Reglamento, disposición concordante con las incompatibilidades establecidas en el numeral 6.2 del artículo 6o del Decreto Legislativo N° 1085, con arreglo al cual están comprendidos en dichas incompatibilidades:

1. Los titulares de más del 1% (uno por ciento) de acciones o participaciones de empresas vinculadas a las actividades materia de competencia del OSINFOR.

2. Los directores, representantes legales o apoderados, empleados, asesores o consultores de las empresas o entidades a que se refi ere el numeral 1 anterior, que se encuentren en ejercicio o que hayan ocupado tal cargo o representación con una anterioridad de 2 años;

3. Los que hayan sido sancionados con destitución en el marco de un proceso administrativo;

4. Los que hayan sido condenados por delito doloso, con sentencia fi rme;

5. Los inhabilitados para ejercer función pública por sentencia judicial fi rme o por resolución del Congreso de la República;

6. Los directores, gerentes y representantes de personas jurídicas declaradas judicialmente en quiebra y las personas naturales declaradas insolventes; y,

7. Las demás personas que tengan incompatibilidades legales para asumir cargos directivos en entidades del Estado.

Asimismo, ninguno de los miembros del Tribunal podrá ejercer, simultáneamente, cargos directivos en el OSINFOR o en cualquiera de los organismos del sector forestal a nivel nacional, regional o local.

TÍTULO III

DE LA DECLARACIÓN DE POSTULANTES APTOS

Artículo 10º.- De la verifi cación de los requisitos de los postulantes.-

Dentro de un plazo que no excederá los cinco (5) días hábiles contados desde el día siguiente de la fecha de cierre de inscripción, la Comisión de Selección, con el apoyo de la Secretaría Técnica, deberá verifi car que los postulantes cumplan con los requisitos establecidos en el Artículo 9° del presente procedimiento y que no estén incursos en las incompatibilidades indicadas en el citado artículo, con la fi nalidad de determinar la relación de postulantes aptos.

A efectos de llevar a cabo la verifi cación señalada en el párrafo anterior, la Comisión de Selección podrá efectuar consultas a la Contraloría General de la República, al Registro Nacional de Sanciones de Destitución y Despido, al Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual -INDECOPI o cualquier otra entidad que resulte pertinente. Con tal objetivo, las mencionadas entidades, así como el propio Organismo de Supervisión de los Recursos Forestales y de Fauna Silvestre, deberán brindar la colaboración correspondiente dentro del plazo solicitado.

Page 8: Cuadernillo de Normas Legales - Gaceta Jurídica...2010/07/03  · El Peruano NORMAS LEGALES Lima, sábado 3 de julio de 2010 421601 RR. Nºs. 6857 y 6866-2010.- Autorizan viajes de

NORMAS LEGALESEl Peruano

Lima, sábado 3 de julio de 2010421606

Culminada la verifi cación, la relación de postulantes aptos deberá ser publicada en la página web de la Presidencia del Consejo de Ministros y del Organismo de Supervisión de los Recursos Forestales y de Fauna Silvestre por un término no menor de dos (2) días calendario. De comprobarse la existencia de alguna incompatibilidad respecto de un postulante que hubiese sido declarado apto, la Comisión de Selección lo declarará inhábil y lo retirará en cualquier etapa del procedimiento de selección. Sobre esta decisión no cabe recurso impugnativo alguno.

TITULO IV

DE LA EVALUACIÓN

Artículo 11º.- De la Evaluación.-El procedimiento de evaluación tendrá dos fases: la

evaluación curricular y la evaluación personal, las cuales precluirán al vencimiento de su término respectivamente, pasando a la siguiente fase aquellos que hayan obtenido las más altas califi caciones en la fase anterior, conforme se señala en los artículos siguientes. Los puntajes obtenidos en cada fase no son acumulativos.

Artículo 12º.- De la Evaluación Curricular. -La Comisión de Selección evaluará la documentación

presentada por cada uno de los postulantes declarados como aptos. Para dicho efecto la Comisión de Selección adoptará principalmente, según sea el caso, los siguientes criterios, entre otros:

- Conocimiento de la problemática forestal y ambiental,

- Conocimiento técnico sobre la materia, y,- Conocimiento en materia de supervisión y fi scalización

de recursos forestales y de fauna silvestre.

En cualquier momento del procedimiento de selección, cuando la Comisión de Selección lo considere necesario, podrá solicitar a cualquier postulante la aclaración curricular pertinente.

La evaluación curricular culminará en un plazo máximo de diez (10) días hábiles, contados desde el día siguiente de cumplido el término para la publicación de postulantes aptos.

El puntaje máximo será de 100 puntos. Como máximo serán diez (10) los postulantes que pasarán a la etapa de evaluación personal al haber alcanzado la mejor califi cación curricular.

Una vez culminada la evaluación curricular, la Comisión de Selección publicará por dos (2) días calendario en el portal electrónico de la Presidencia del Consejo de Ministros y del Organismo de Supervisión de los Recursos Forestales y de Fauna Silvestre, la lista de los postulantes a los que hace mención el párrafo anterior, en orden alfabético y señalando el nombre completo, así como su número de Documento Nacional de Identidad.

Artículo 13º.- De la Evaluación Personal.-La Comisión de Selección citará a los postulantes

que califi caron en la fase anterior a una entrevista personal. El puntaje máximo de esta fase será de cien (100) puntos.

Para efecto de la evaluación personal, la Comisión de Selección adoptará los siguientes criterios, entre otros:

- Visión estratégica del sector forestal y de fauna silvestre,

- Conocimiento técnico sobre la materia de competencia del Tribunal,

- Capacidad de síntesis y análisis,- Personalidad.

Las entrevistas se llevarán a cabo en un plazo no mayor de ocho (8) días hábiles, contados a partir de culminada la publicación de la lista de postulantes que califi caron en la evaluación curricular.

TITULO V

DE LA SELECCIÓN

Artículo 14º.- De la Lista de Postulantes.-Culminada la evaluación, la Comisión de Selección

elegirá a los postulantes que hayan obtenido la mejor evaluación personal, los que integrarán la lista que deberá ser presentada, con su respectivo informe, ante el Presidente del Consejo de Ministros, dentro de un plazo máximo de tres (3) días hábiles contados desde la fecha de culminación de la etapa de evaluación. El número de postulantes que integren la lista no podrá ser superior a seis (6).

Una vez efectuada la entrega de la lista fi nal culmina el procedimiento de selección y cesan las funciones de la Comisión de Selección con respecto a dicho procedimiento.

Artículo 15º.- De la imposibilidad de la Comisión de Selección para reabrir las etapas del procedimiento.-

Una vez realizada la publicación de cada una de las etapas del procedimiento de selección: declaración de postulantes aptos, evaluación curricular, evaluación personal y conformación de la lista fi nal; la Comisión de Selección queda impedida de reabrir cualquiera de las etapas precluidas.

TÍTULO VI

DE LA DESIGNACIÓN

Artículo 16º.- De la designación.-El Presidente del Consejo de Ministros presenta al

Presidente de la República la lista fi nal con los postulantes elegidos.

El Presidente de la República designa a los miembros del Tribunal Forestal y de Fauna Silvestre, mediante Resolución Suprema la cual será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el periodo establecido en el Artículo 30° del Reglamento del Decreto Legislativo N° 1085, aprobado por el Decreto Supremo Núm. 024-2010-PCM.

En caso el Presidente de la República desestime la designación de uno o más miembros del Tribunal Forestal y de Fauna Silvestre en base a la lista fi nal de postulantes elegidos por la Comisión de Selección, corresponderá realizar un nuevo concurso público para elaborar una lista de postulantes, para ocupar la(s) plaza(s) que aún se encuentre(n) vacante(s.)

513339-1

Aprueban mecanismo y plazo de implementación de la nueva metodología de determinación de costos para las municipalidades provinciales y distritales clasificadas como de Tipo “A” por el Programa de Modernización Municipal

RESOLUCIÓN DE SECRETARÍADE GESTIÓN PÚBLICANº 001-2010-PCM-SGP

Lima, 1 de julio de 2010

CONSIDERANDO:

Que, el Decreto Supremo Nº 064-2010-PCM aprueba la metodología para la determinación de costos de los procedimientos administrativos y servicios prestados en exclusividad en cumplimiento del artículo 44º inciso 6 de la Ley Nº 27444, norma que considera en su Primera Disposición Complementaria Final lograr la implementación gradual de la metodología, mediante el establecimiento de mecanismos y plazos aprobados por Resolución de la Secretaría de Gestión Pública;

Page 9: Cuadernillo de Normas Legales - Gaceta Jurídica...2010/07/03  · El Peruano NORMAS LEGALES Lima, sábado 3 de julio de 2010 421601 RR. Nºs. 6857 y 6866-2010.- Autorizan viajes de

NORMAS LEGALESEl PeruanoLima, sábado 3 de julio de 2010 421607

Que, el Decreto Supremo Nº 002-2010-EF aprueba los procedimientos para el cumplimiento de metas y la asignación de los recursos del Programa de Modernización Municipal, norma que tiene como fi nalidad generar las condiciones favorables para el clima de negocios mediante la simplifi cación administrativa;

Que, el Anexo Nº 02 del Decreto Supremo Nº 002-2010-EF establece la Meta 2, a ser cumplida por 40 municipalidades distritales y provinciales del país clasifi cadas como de Tipo “A”, para la aplicación del procedimiento estandarizado para el cálculo del derecho para la tramitación de la Licencia de Funcionamiento dentro del Objetivo de estandarización del procedimiento para costos de los derechos;

Que, las 40 municipalidades distritales y provinciales del país clasifi cadas como de Tipo “A”, tienen como plazo máximo para el cumplimiento de la meta 2 hasta el último día del mes de agosto de 2010;

Que, en cumplimiento de la Primera Disposición Complementaria del Decreto Supremo Nº 064-2010-PCM resulta necesario establecer los mecanismos y plazos de implementación de la nueva metodología de determinación de costos para las 40 municipalidades clasifi cadas como de Tipo “A” por el Programa de Modernización Municipal;

De conformidad con lo establecido en el artículo 15º de la Ley Nº 28976, artículo 45º inciso 1 de la Ley Nº 27444 y el artículo 37º inciso 6 del Reglamento de Organización y Funciones de la Presidencia del Consejo de Ministros aprobado por el Decreto Supremo Nº 063-2007-PCM y sus modifi catorias;

SE RESUELVE:

Artículo 1º.- ObjetoEstablecer los mecanismos, plazos y disposiciones que

las municipalidades provinciales y distritales clasifi cadas como Tipo “A” por el Anexo 4 del Decreto Supremo Nº 002-2010-EF deberán observar, para la implementación de la nueva metodología para la determinación de costos por derecho de tramitación del procedimiento “Licencia de funcionamiento” regulado en la Ley Nº 28976, en cumplimiento de la Primera Disposición Complementaria Final del Decreto Supremo Nº 064-2010-PCM.

Artículo 2º.- Ámbito de aplicaciónLas presentes disposiciones resultan aplicables a todas

las municipalidades provinciales y distritales clasifi cadas como de Tipo “A” por el Anexo 4 del Decreto Supremo Nº 002-2010-EF que cuenten con el procedimiento “Licencia de funcionamiento” dentro de su Texto Único de Procedimientos Administrativos - TUPA vigente, así como aquellas que se encuentren en proceso de ratifi cación de la ordenanza municipal que apruebe o modifi que procedimientos en su TUPA.

Artículo 3º.- Disposiciones relativas al mecanismo y plazo de implementación de la nueva metodología de determinación de costos aprobada mediante Decreto Supremo Nº 064-2010-PCM

En cumplimiento de la Primera Disposición Complementaria Final del Decreto Supremo Nº 064-2010-PCM, el mecanismo y plazo para la implementación de la nueva metodología de determinación de costos se detalla a continuación:

a) Capacitación que será dirigida por la Secretaría de Gestión Pública a los representantes de cada entidad señalada en el artículo 2º de la presente norma.

b) El plazo de implementación de la nueva metodología de determinación de costos de los derechos de tramitación para el procedimiento de “Licencia de Funcionamiento” comprende desde el 13 de julio hasta el 31 de agosto del presente año.

Artículo 4º.- Adecuación y aprobación del procedimiento “Licencia de Funcionamiento”

Una vez cumplido el plazo de implementación establecido en el artículo anterior, las entidades deberán iniciar el proceso de adecuación y aprobación del

procedimiento “Licencia de Funcionamiento” determinando los costos de su derecho de tramitación, siguiendo las disposiciones del Decreto Supremo Nº 064-2010-PCM.

Artículo 5º.- Sobre las disposiciones relativas a los plazos de implementación para las entidades de todos los niveles de gobierno

Los mecanismos y plazos de implementación de la nueva metodología de determinación de costos que deberán observar las entidades públicas de todos los niveles de gobierno para el costeo de todos sus procedimientos y servicios prestados en exclusividad serán establecidos mediante Resolución de Secretaría de Gestión Pública dentro del plazo establecido por la Primera Disposición Complementaria Final del Decreto Supremo Nº 064-2010-PCM.

Artículo 6º.- PublicaciónLa presente resolución será publicada en el Diario

Ofi cial El Peruano, en el Portal Institucional de la Presidencia del Consejo de Ministros: (www.pcm.gob.pe) y en el Portal del Estado Peruano (www.peru.gob.pe).

Regístrese, comuníquese y publíquese.

NILDA ROJAS BOLÍVARSecretaria de Gestión PúblicaPresidencia del Consejo de Ministros

514635-1

AGRICULTURA

Encargan la Dirección Ejecutiva del Proyecto: “Modernización de la Gestión de los Recursos Hídricos” y la conducción de la Unidad Ejecutora 002

RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 405-2010-ANA

Lima, 1 de julio de 2010

CONSIDERANDO:

Que, mediante Decreto Supremo Nº 259-2009-EF, se aprobaron las operaciones de endeudamiento externo entre la República del Perú y el Banco Internacional de Reconstrucción y Fomento – BIRF hasta por US$ 10’000,000 (diez millones de dólares americanos), y entre la República del Perú y el Banco Interamericano de Desarrollo – BID hasta por US$ 10’000,000 (diez millones de dólares americanos), ambos destinados a fi nanciar parcialmente el Proyecto de Modernización de la Gestión de los Recursos Hídricos;

Que, el precitado Decreto Supremo establece que la Unidad Ejecutora del Proyecto “Modernización de la Gestión de los Recursos Hídricos ser la Autoridad Nacional del Agua, órgano técnico especializado adscrito al Ministerio de Agricultura;

Que, con fecha 03 de diciembre del 2009, se celebró el Acuerdo de Préstamo Nº 7701-PE entre la República del Perú y el Banco Internacional de Reconstrucción y Fomento señalándose en su numeral 3 ítem A de la Sección I – Arreglos de Implementación del Anexo 2, que se debe crear una Unidad Ejecutora del Proyecto (UEP), con autonomía administrativa, fi nanciera y presupuestaria;

Que, con fecha 17 de febrero del 2010 se celebró el Contrato de Préstamo Nº 2166/OC-PE entre la República del Perú y el Banco Interamericano de Desarrollo, señalándose en el inciso (b) de la Cláusula 3.02 del Capítulo III, De las Estipulaciones Especiales, que se debe constituir una Unidad Ejecutora del Proyecto (UEP), con autonomía administrativa y fi nanciera;

Page 10: Cuadernillo de Normas Legales - Gaceta Jurídica...2010/07/03  · El Peruano NORMAS LEGALES Lima, sábado 3 de julio de 2010 421601 RR. Nºs. 6857 y 6866-2010.- Autorizan viajes de

NORMAS LEGALESEl Peruano

Lima, sábado 3 de julio de 2010421608

Que, con Ofi cio Nº 300-2010-EF/76.14, la Dirección Nacional de Presupuesto Público, aprueba la creación de la Unidad Ejecutora siguiente: Pliego “164 Autoridad Nacional del Agua” “002 Modernización de la Gestión de los Recursos Hídricos”;

Que, en consecuencia resulta necesario designar al funcionario que asuma las funciones de la Dirección Ejecutiva del Proyecto: “Modernización de la Gestión de los Recursos Hídricos”, y en tal virtud, la conducción de la ejecución de las operaciones orientadas a la gestión de los fondos que administra el citado proyecto; y,

Por tales fundamentos, de conformidad con la Ley Nº 27594, Ley que Regula la Participación del Poder Ejecutivo en el Nombramiento y Designación de los Funcionarios Públicos y lo dispuesto en el artículo 10º inciso g) del Reglamento de Organización y Funciones de la Autoridad Nacional del Agua – ANA aprobado por Decreto Supremo Nº 039-2008-AG;

SE RESUELVE:

Artículo Único.- Encargar, a partir de la fecha, al Ingeniero Jorge Juan Ganoza Roncal, la Dirección Ejecutiva del Proyecto: “Modernización de la Gestión de los Recursos Hídricos” y en tal virtud, la conducción de la Unidad Ejecutora 002 “Modernización de la Gestión de los Recursos Hídricos”.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

JAVIER CARRASCO AGUILAR JefeAutoridad Nacional del Agua

514357-1

Encargan la Dirección de la Administración de Recursos Hídricos

RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 406-2010-ANA

Lima, 1 de julio de 2010

CONSIDERANDO:

Que, el Reglamento de Organización y Funciones de la Autoridad Nacional del Agua – ANA aprobado mediante Decreto Supremo Nº 039-2008-AG, establece en su artículo 29º, que la Dirección de Administración de Recursos Hídricos es el órgano que propone para su aprobación, las políticas y las normas de alcance nacional en materia de otorgamiento de derechos de uso de agua, administración y control de las fuentes naturales de agua y de los bienes asociados a ésta. Implementa administra y mantiene actualizados los registros administrativos e inventarios requeridos para tal fi n. Evalúa y supervisa el cumplimiento de las normas relacionadas con el valor de las retribuciones económicas y tarifas por el uso de agua para todos los usos; así como, la recaudación de dicha retribución económica;

Que, mediante Resolución Jefatural Nº 0821-2009-ANA, de fecha 04 de Noviembre del 2009, se designó al Ingeniero JORGE JUAN GANOZA RONCAL, como encargado de la Dirección de Administración de Recursos Hídricos de la Autoridad Nacional del Agua;

Que, al haberle sido asignada la Dirección Ejecutiva del Proyecto: “Modernización de la Gestión de los Recursos Hídricos”, mediante Resolución Jefatural Nº 405-2010-ANA, es necesario proceder a la designación del funcionario que se encargará de la Dirección de Administración de Recursos Hídricos de la Autoridad Nacional del Agua – ANA; y,

Por tales fundamentos, de conformidad con la Ley Nº 27594, Ley que Regula la Participación del Poder Ejecutivo en el Nombramiento y Designación de los Funcionarios Públicos y lo dispuesto en el artículo 10º inciso g) del Reglamento de Organización y Funciones de la Autoridad

Nacional del Agua – ANA aprobado por Decreto Supremo Nº 039-2008-AG;

SE RESUELVE:

Artículo Primero.- Dar por concluida las funciones asignadas al Ingeniero JORGE JUAN GANOZA RONCAL, como encargado de la Dirección de Administración de Recursos Hídricos, dándosele las gracias por los servicios prestados.

Artículo Segundo.- Encargar la Dirección de Administración de Recursos Hídricos de la Autoridad Nacional del Agua al Ingeniero ALBERTO ANTONIO ALVA TIRAVANTI.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

JAVIER CARRASCO AGUILAR JefeAutoridad Nacional del Agua

514357-2

AMBIENTE

Aprueban Cuadro para Asignación de Personal del Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental - OEFA

RESOLUCIÓN SUPREMAN° 006-2010-MINAM

Lima, 2 de julio de 2010

CONSIDERANDO:

Que, mediante la Segunda Disposición Complementaria Final del Decreto Legislativo Núm. 1013, que aprueba la Ley de Creación, Organización y Funciones del Ministerio del Ambiente, se crea el Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental - OEFA, como organismo público técnico especializado, con personería jurídica de derecho público interno, constituyéndose en pliego presupuestal, adscrito al Ministerio del Ambiente y encargado de la fi scalización, la supervisión, el control y la sanción en materia ambiental;

Que, a través de la Ley Núm. 29325 - Ley del Sistema Nacional de Evaluación y Fiscalización Ambiental, se otorga al OEFA la calidad de Ente Rector del citado Sistema, el cual tiene por fi nalidad asegurar el cumplimiento de la legislación ambiental por parte de todas las personas naturales o jurídicas; así como supervisar y garantizar que las funciones de evaluación, supervisión, fi scalización, control y potestad sancionadora en materia ambiental, a cargo de las diversas entidades del Estado, se realicen de forma independiente, imparcial, ágil y efi ciente;

Que, mediante Decreto Supremo Núm. 022-2009-MINAM, se aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental - OEFA, el cual establece la estructura orgánica y las funciones de los órganos de dicho organismo público; facultándosele a formular, en un plazo no mayor de treinta (30) días, computados a partir de la vigencia de dicho Decreto Supremo, su Cuadro de Asignación de Personal - CAP;

Que, el Cuadro para Asignación de Personal – CAP es un documento de gestión institucional que contiene los cargos clasifi cados de la entidad en base a la estructura orgánica vigente prevista en su Reglamento de Organización y Funciones, de conformidad a lo establecido en el artículo 8º de los Lineamientos para la elaboración y aprobación del Cuadro para Asignación de Personal – CAP de las Entidades de la Administración Pública, aprobados por Decreto Supremo Núm. 043-2004-PCM;

Que, en tal sentido, y de conformidad con lo establecido en el artículo 15º del dispositivo legal citado

Page 11: Cuadernillo de Normas Legales - Gaceta Jurídica...2010/07/03  · El Peruano NORMAS LEGALES Lima, sábado 3 de julio de 2010 421601 RR. Nºs. 6857 y 6866-2010.- Autorizan viajes de

NORMAS LEGALESEl PeruanoLima, sábado 3 de julio de 2010 421609

en el considerando precedente, la aprobación del CAP de las Entidades se efectuará por Resolución Suprema refrendada por el Titular del Sector;

Contando con la opinión favorable de la Secretaría de Gestión Pública de la Presidencia del Consejo de Ministros; y,

De conformidad con lo dispuesto en la Ley Núm. 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; el Decreto Legislativo Núm. 1013 que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio del Ambiente; Decreto Supremo Núm. 043-2004-PCM que aprueba los Lineamientos para la elaboración y aprobación del Cuadro para Asignación de Personal - CAP de las Entidades de la Administración Pública; y, el Decreto Supremo Núm. 022-2009-MINAM que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental;

SE RESUELVE:

Artículo 1°.- Aprobación del Cuadro para Asignación de Personal del Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental

Aprobar el Cuadro para Asignación de Personal – CAP del Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental - OEFA, el cual forma parte de la presente Resolución Suprema.

Artículo 2°.- PublicaciónLa presente Resolución Suprema será publicada en

el Diario Ofi cial El Peruano. El Cuadro para Asignación de Personal aprobado por el artículo 1º de la presente norma será publicado en el Portal del Estado Peruano (www.peru.gob.pe), en el Portal Institucional del Ministerio del Ambiente (www.minam.gob.pe) y en el Portal Institucional del Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental – OEFA (www.oefa.gob.pe), el mismo día de la publicación de la presente Resolución Suprema en el Diario Ofi cial El Peruano.

Artículo 3°.- VigenciaLa presente norma entrará en vigencia a partir del

día siguiente de su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano.

Artículo 4°.- Del RefrendoLa presente Resolución Suprema será refrendada por

el Ministro del Ambiente.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

ALAN GARCÍA PÉREZPresidente Constitucional de la República

ANTONIO JOSÉ BRACK EGGMinistro del Ambiente

514630-11

Autorizan viaje de representante del Ministerio para participar en eventos a realizarse en Canadá

RESOLUCIÓN SUPREMAN° 007-2010-MINAM

Lima, 2 de julio de 2010

CONSIDERANDO:

Que, mediante Notifi cación de Ref.: SCBD/SEL/OJ/SG/71656 del 28 de abril de 2010, la Secretaría del Convenio sobre la Diversidad Biológica comunica que la continuación de la Novena Reunión de Grupo de Trabajo Especial de Composición Abierta sobre Acceso y Participación en los Benefi cios (ABSWG 9) se celebrará en la Organización de Aviación Civil Internacional (OACI) en Montreal, Canadá, del 10 al 16 de julio de 2010, reunión que será precedida por dos días de consultas regionales e interregionales, del 8 al 9 de julio de 2010;

Que, en el año 2000, en la Quinta Reunión de la Conferencia de las Partes del Convenio sobre la Diversidad Biológica, se estableció el Grupo de Trabajo Especial de Composición Abierta sobre Acceso y la Distribución de Benefi cios, como un órgano subsidiario de la Conferencia de las Partes;

Que, dicho Grupo de Trabajo Especial tiene el mandato de elaborar directrices y otros enfoques para ayudar a las Partes en la implementación del acceso y la participación en los benefi cios del Convenio sobre la Diversidad Biológica, el cual reconoce los derechos soberanos de los Estados sobre sus recursos naturales en las zonas dentro de su jurisdicción;

Que, el Perú es parte del citado Convenio, constituyendo el Ministerio del Ambiente, a través del Viceministerio de Desarrollo Estratégico de los Recursos Naturales, punto focal del mismo;

Que, en ese sentido, resulta necesario autorizar el viaje del Blgo. Santiago Hilarión Pastor Soplín, Coordinador del Grupo sobre Recursos Genéticos y Conocimiento Tradicional de la Comisión Nacional sobre la Diversidad Biológica, para que pueda concurrir en representación del Ministerio del Ambiente a las citadas Reuniones, entre los días 7 y 17 de julio del año en curso, incluidos los días de desplazamiento; correspondiendo al Ministerio del Ambiente asumir con cargo a su presupuesto, los gastos por concepto de pasajes en tarifa económica, viáticos y Tarifa Unifi cada de Uso de Aeropuerto (TUUA);

De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; Ley Nº 29465, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2010; Decreto de Urgencia Nº 001-2010 y el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM; y,

Estando a lo acordado;

SE RESUELVE:

Artículo 1º.- Autorizar el viaje del Blgo. Santiago Hilarión Pastor Soplín, Coordinador del Grupo sobre Recursos Genéticos y Conocimiento Tradicional de la Comisión Nacional sobre la Diversidad Biológica, a la ciudad de Montreal, Canadá, entre los días 7 y 17 de julio de 2010; para los fi nes expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución.

Artículo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución serán con cargo al Presupuesto del Ministerio del Ambiente, de acuerdo al siguiente detalle:

Pasajes (tarifa económica) US $ 2,900.00Viáticos (US $ 220 x 10 días) US $ 2,200.00Tarifa Unifi cada de Uso de Aeropuerto (TUUA) US $ 31.00

Artículo 3º.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes de efectuado el viaje, la persona citada en el artículo 1º de la presente Resolución Suprema, deberá presentar ante el Titular de la Entidad un informe detallado describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado.

Artículo 4º.- La presente Resolución Suprema no da derecho a exoneración o liberación de impuestos de aduana de cualquier clase o denominación a favor de la persona cuyo viaje se autoriza.

Artículo 5º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y el Ministro del Ambiente.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

ALAN GARCÍA PÉREZPresidente Constitucional de la República

JAVIER VELASQUEZ QUESQUÉNPresidente del Consejo de Ministros

ANTONIO JOSÉ BRACK EGGMinistro del Ambiente

514630-12

Page 12: Cuadernillo de Normas Legales - Gaceta Jurídica...2010/07/03  · El Peruano NORMAS LEGALES Lima, sábado 3 de julio de 2010 421601 RR. Nºs. 6857 y 6866-2010.- Autorizan viajes de

NORMAS LEGALESEl Peruano

Lima, sábado 3 de julio de 2010421610

DEFENSA

Autorizan ampliación de permanencia de oficial del Ejército en EE.UU. para continuar tratamiento médico altamente especializado

RESOLUCIÓN SUPREMANº 297-2010-DE/EP

Lima, 2 de julio de 2010

Visto, el Ofi cio Nº 050 AM-F/15.03.01 de 13 de abril de 2010, del Agregado de Defensa y Militar a la Embajada del Perú en los Estados Unidos de América;

CONSIDERANDO

Que, con Resolución Suprema Nº 007-2010-DE/EP de 12 de enero de 2010, se autorizó el viaje al exterior del Teniente Coronel EP Oscar Benjamín ANDRADE VALVERDE, al Johns Hopkins Hospital Medicine International - Maryland - Estados Unidos de América, para recibir Tratamiento Médico Altamente Especializado en el período comprendido del 15 de enero al 16 de febrero de 2010;

Que, con Resolución Ministerial Nº 144-2010-DE/EP de 22 de febrero de 2010, se resolvió modifi car la fecha de inicio del viaje ya mencionado en el considerando anterior, quedando fi jada del 14 de marzo al 12 de abril de 2010;

Que, con el documento del visto se informa la situación de salud del Teniente Coronel EP Oscar Benjamín ANDRADE VALVERDE, y que el Johns Hopkins Hospital Medicine International - Maryland - Estados Unidos de América, después de los exámenes y análisis practicados al citado Ofi cial ha diagnosticado, Hepatitis “C” y Diabetes Mellitus Tipo 2, cuyo tratamiento tendrá una duración de un (01) año más dos (02) meses de evaluaciones y controles médicos, es decir, desde el 13 de abril de 2010 hasta el 12 de junio de 2011, así mismo recomienda que se le proporcione una asignación mensual que le permita solventar su alojamiento y alimentación especial recomendada por sus médicos tratantes, durante el tiempo que dure su tratamiento;

Que, el señor General de Ejército Comandante General del Ejército ha aprobado la Hoja de Recomendación Nº 001/COPERE/S-1.a de 20 de abril de 2010 del Comando de Personal del Ejército, de ampliar la permanencia del viaje al exterior del Teniente Coronel EP Oscar Benjamín ANDRADE VALVERDE, en el Johns Hopkins Hospital Medicine International - Maryland - Estados Unidos de América, para su tratamiento médico altamente especializado en el período comprendido entre el 13 de abril de 2010 y el 12 de junio de 2011;

Que, dentro de las modalidades de autorizaciones de viaje al exterior del personal militar y civil del Ministerio de Defensa, se encuentran contemplados los viajes por tratamiento altamente especializado, para aquellos casos en que el personal requiera recibir tratamiento médico especializado que no puede brindarse en el país por enfermedades o patologías originadas durante el cumplimiento del servicio, de conformidad con el Artículo 3º del Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG de 26 de enero de 2004 - Reglamento de viajes al exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa y sus modifi catorias;

Que, conforme a las disposiciones de la superioridad, los viajes al exterior del personal militar sólo deben ser autorizados en casos estrictamente excepcionales, y debidamente comprobados de que el tratamiento en el país no es posible por falta de infraestructura médica o especialistas, atendiendo a las medidas de austeridad presupuestal en el gasto público;

Que, en el presente caso el tratamiento médico altamente especializado del Teniente Coronel EP Oscar Benjamín ANDRADE VALVERDE, sólo se podrá llevar a cabo en el Johns Hopkins Hospital Medicine International - Maryland - Estados Unidos de América, así como los medicamentos para la Hepatitis “C” serán suministrados por la farmacia especializada Prosperity Specialty

Pharmacy y los medicamentos para la Diabetes Mellitus Tipo 2 serán suministros por la Cathedral Pharmacy;

Que, el Instituto cuenta dentro de su presupuesto institucional asignado con los medios necesarios para afrontar el tratamiento médico altamente especializado del Teniente Coronel EP Oscar Benjamín ANDRADE VALVERDE, conforme a la Opinión Presupuestal Nº 0107 - 2010/SD PPTO del 21 de abril de 2010, de la Subdirección de Presupuesto del Ejército, con el visado del Director de Planeamiento del Ejército;

Que, el período de duración de la citada Comisión es de catorce (14) meses, que incluyen los años fi scales 2010 y 2011, por lo que el pago correspondiente al período del 13 de abril al 31 de diciembre de 2010 se efectuará con cargo al presupuesto del ejercicio fi scal de 2010, el del 1 de enero de 2011 al 12 de junio de 2011 con cargo al presupuesto del ejercicio fi scal de 2011;

Que, el numeral 17.1 del Artículo 17º de la Ley Nº 27444 “Ley del Procedimiento Administrativo General”, establece que la autoridad podrá disponer en el mismo acto administrativo que tenga efi cacia anticipada a su emisión, sólo si fuera más favorable a los administrados;

Que, de conformidad con la Ley Nº 27619 - Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM del 5 de junio de 2002 - Normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG de 26 de enero de 2004 - Reglamento de Viajes al exterior de Personal Militar y Civil del Sector Defensa y sus modifi catorias, Ley Nº 29075 - Ley que establece la Naturaleza Jurídica, Función, Competencias y Estructura Orgánica Básica del Ministerio de Defensa, Ley Nº 29465 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2010;

Estando a lo propuesto por el señor General de Ejército Comandante General del Ejército y lo acordado con el señor Ministro de Defensa;

SE RESUELVE:

Artículo 1º.- Autorizar con efi cacia anticipada la ampliación de la permanencia del Teniente Coronel EP Oscar Benjamín ANDRADE VALVERDE en el Johns Hopkins Hospital Medicine International - Maryland - Estados Unidos de América, para continuar su Tratamiento Médico Altamente Especializado en el período comprendido entre el 13 de abril del 2010 hasta el 12 de junio del 2011.

Artículo 2º.- El Ministerio de Defensa - Ejército del Perú, efectuará los pagos que corresponda, de acuerdo a normas, mientras dure la permanencia en el exterior del Teniente Coronel EP Oscar Benjamín ANDRADE VALVERDE.

Artículo 3º.- El otorgamiento de la Compensación Extraordinaria Mensual por Servicio en el Extranjero, se hará por días reales y efectivos, de servicios en el exterior, conforme a lo dispuesto en el Reglamento de viajes al exterior del personal militar y civil del Sector Defensa aprobado mediante Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG, de 26 de enero de 2004 y sus modifi catorias.

Artículo 4º.- La presente Resolución Suprema no dará derecho a exoneración ni liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación.

Artículo 5º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Defensa.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

ALAN GARCÍA PÉREZPresidente Constitucional de la República

JAVIER VELASQUEZ QUESQUÉNPresidente del Consejo de Ministros

RAFAEL REY REYMinistro de Defensa

514630-10

Page 13: Cuadernillo de Normas Legales - Gaceta Jurídica...2010/07/03  · El Peruano NORMAS LEGALES Lima, sábado 3 de julio de 2010 421601 RR. Nºs. 6857 y 6866-2010.- Autorizan viajes de

NORMAS LEGALESEl PeruanoLima, sábado 3 de julio de 2010 421611

Autorizan ingreso al territorio de la República de efectivos de la Marina de EE.UU.

RESOLUCIÓN MINISTERIALNº 670-2010-DE/SG

Lima, 30 de junio de 2010

CONSIDERANDO:

Que, con Facsímiles (DGS) Nº 674 de fecha 17 de junio de 2010 y Nº F-0693 de fecha 22 de junio de 2010, el Director General para Asuntos de Seguridad y Defensa del Ministerio de Relaciones Exteriores, solicita se expida la autorización para el ingreso de personal militar de los Estados Unidos de América, sin armas de guerra;

Que, desde el año 2000 se viene desarrollando de forma anual y de manera multinacional el Ejercicio UNITAS – Fase Pacífi co;

Que, desde el año 2001 se viene realizando frente a nuestras costas el ejercicio bilateral denominado SIFOREX, con la participación de unidades navales de superfi cie, aeronavales y submarinas de las Marina de los Estados Unidos de América y de la Marina de Guerra del Perú;

Que, asimismo el Perú es el país anfi trión del ejercicio multinacional denominado “Intercambio del Sur 2010”, ejercicio que permite fortalecer las condiciones de confi anza mutua e integración, mejorando la doctrina operacional combinada, desarrollando procedimiento y tácticas para optimizar la interoperabilidad entre las naciones participantes;

Que, personal de la Marina de los Estados Unidos participará en el Ejercicio SIFOREX, en el Ejercicio Multinacional UNITAS Fase Pacífi co 2010 y en el Ejercicio Multinacional “Intercambio del Sur 2010”, los mismos que se realizarán en el mes de julio del presente año;

Que, el artículo 5º de la Ley Nº 27856, modifi cado por Ley Nº 28899, establece que “el ingreso de personal militar extranjero sin armas de guerra para realizar actividades relacionadas a las medidas de fomento de la confi anza, actividades de asistencia cívica, de planeamiento de futuros ejercicios militares, académicas, de instrucción o entrenamiento con personal de las Fuerzas Armadas Peruanas o para realizar visitas de coordinación o protocolares con autoridades militares y/o del Estado Peruano es autorizado por el Ministro de Defensa mediante Resolución Ministerial, con conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros, quien da cuenta al Congreso de la República por escrito en un plazo de veinticuatro (24) horas tras la expedición de la resolución, bajo responsabilidad. La Resolución Ministerial de autorización debe especifi car los motivos, la relación del personal militar, la relación de equipos transeúntes y el tiempo de permanencia en el territorio peruano. En los casos en que corresponda se solicitará opinión previa del Ministerio de Relaciones Exteriores”; y

Con la opinión favorable de la Marina de Guerra del Perú y de conformidad con la Ley Nº 27856 y la Ley Nº 28899;

SE RESUELVE:

Artículo 1º.- Autorizar el ingreso al territorio de la República, a los siguientes efectivos de la Marina de los Estados Unidos de América, sin armas de guerra, para que participen en el Ejercicio SIFOREX, en el Ejercicio Multinacional UNITAS Fase Pacífi co 2010 y en el ejercicio denominado “Intercambio del Sur 2010”, con la Marina de Guerra del Perú, entre el 02 y el 25 de julio de 2010:

Ejercicio SIFOREX-10/UNITAS-10 PACIFICO

1. DECKARD, JEFFERY Técnico Supervisor 1ª., Marina de los EE.UU.2. FORDE, CHRISTOPHER Cabo de 1ª., Marina de los EE.UU. (PO3)3. BAKER, BENJAMIN Cabo de 1ª., Marina de los EE.UU. (PO3)4. HYNES, GRETA Cabo de 1ª., Marina de los EE.UU. (PO3)

5. HARRELL, ROYCE Cabo de 1ª., Marina de los EE.UU. (PO3)6. TARLETSKY, JAMES Cabo de 2ª., Marina de los EE.UU. (PO2)7. HELLER, SHANE Teniente 2º., Marina de los EE.UU. (LTJG)8. MANGALINDAN, HARVEY Cabo de 1ª., Marina de los EE.UU. (PO3)9. RODGERS, JOHN Ofi cial de Mar 2ª., Marina de los EE.UU. (PO1)10. MCDONNER, DAVID Teniente 2º., Marina de los EE.UU. (LTJG)11. MCCLELLAND, VICTOR Ofi cial de Mar 2º., Marina de los EE.UU. (PO1)12. HEIL, AARON Teniente 1º., Marina de los EE.UU. (LT)13. BALLENGER, JAMES Ofi cial de Mar 3º., Marina de los EE.UU. (PO2)14. TRAVIS, TIFFANI Cabo de 1ª., Marina de los EE.UU. (PO3)15. BADER, MATTHEW Ofi cial de Mar 3º., Marina de los EE.UU. (PO2)16. CLABEAUX, BRETT Cabo de 1ª., Marina de los EE.UU. (PO3)17. BLUME, ASHLEY Cabo de 2ª., Marina de los EE.UU. (AN)18. RILEY, SEAN Ofi cial de Mar 1ª., Marina de los EE.UU. (PO1)19. HARBIN, PATRICK Ofi cial de Mar 3ª., Marina de los EE.UU. (PO2)20. MAJDA, TISHA Técnio de 2ª., Marina de los EE.UU. (CPO)21. PEREIRA, CARLOS Cabo de 1ª., Marina de los EE.UU. (PO3)22. AUBIN, DAVID T. Teniente 1º., Marina de los EE.UU. (LT)23. PROCTOR, GARRY Cabo de 2ª., Marina de los EE.UU. (AN)24. WACHS, CODY Cabo de 1ª., Marina de los EE.UU. (PO3)25. DOHERTY, MICHAEL Capitán de Fragara, Marina de los EE.UU.26. THOMAS, GERALD Sub-Ofi cial 4ª., Marina de los EE.UU. (CW04)27. TILDEN, JAMES Teniente 1º., Marina de los EE.UU. (LT)28. CAMARGO, WILLINGTON Ofi cial de Mar 1ª., Marina de los EE.UU. (PO1)29. ZUZGA, MICHAEL Cabo de 1ª., Marina de los EE.UU. (PO3)30. HUNT, KEVIN Ofi cial de Mar 1ª., Marina de los EE.UU.31. FILEGAR, BENJAMIN Ofi cial de Mar 3ª., Marina de los EE.UU. (PO2)32. WINN, JOSHUA Ofi cial de Mar de 3ra., Marina de los EE.UU.

Ejercicio “Intercambio del Sur 2010”

1. BOLANIO, AUGUSTIN Coronel, Infantería de Marina EE.UU.2. LOPEZ, JOHN P. Coronel, Infantería de Marina de los EE.UU.3. PEREZ, ANTHONY J. Teniente Coronel, Infantería de Marina EE.UU.4. LONG, ROD Teniente Coronel, Infantería de Marina EE.UU.5. FAIBISOFF, BURT Capitán de Navío, Marina de los EE.UU.6. OGLETREE, JAMES Mayor, Infantería de Marina EE.UU.7. EVANS, JEFFREY Mayor, Infantería de Marina de los EE.UU.8. MEREDITH, SCOTT W. Mayor, Infantería de Marina EE.UU.9. HAGER II, DENNIS L. Mayor, Infantería de Marina EE.UU.10. REYES, RAMON Técnico Supervisor, 1ra., Infantería de Marina11. DELOZA, JOSE A. Técnico Supervisor 2da., Infantería de Marina12. PEREZ, DEMIS Técnico de 2da. Infantería de Marina EE.UU.13. HERCHER, DAVID J. Ofi cial de Mar 1ra., Infantería de Marina EE.UU.14. CHAVEZ, MIGUEL Ofi cial de Mar 1ra., Infantería de Marina EE.UU.15. O’ROURKE, RYAN Ofi cial de Mar 1ra., Infantería de Marina EE.UU.16. LYNCH, MICHELLE Ofi cial de Mar 3ra., Infantería de Marina EE.UU.17. METZGER, STEPHEN R. Sub-Ofi cial de Primera Infantería de Marina18. FERNANDEZ, MAURICIO Sub-Ofi cial, Marina de Guerra EE.UU.

Artículo 2º.- Poner en conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros la presente resolución, a fi n que de cuenta al Congreso de la República en el plazo a que se contrae el artículo 5º de la Ley Nº 27856, modifi cado por Ley Nº 28899.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

RAFAEL REY REYMinistro de Defensa

514205-1

Modifican el Programa de Actividades Operacionales de las Fuerzas Armadas del Perú con Fuerzas Armadas Extranjeras 2010

RESOLUCIÓN MINISTERIALNº 671-2010-DE/SG

Lima, 30 de junio de 2010

CONSIDERANDO:

Que, mediante Resolución Legislativa Nº 29503, de fecha 28 de enero de 2010, se autorizó el ingreso de

Page 14: Cuadernillo de Normas Legales - Gaceta Jurídica...2010/07/03  · El Peruano NORMAS LEGALES Lima, sábado 3 de julio de 2010 421601 RR. Nºs. 6857 y 6866-2010.- Autorizan viajes de

NORMAS LEGALESEl Peruano

Lima, sábado 3 de julio de 2010421612

Unidades y Personal Militar Extranjero al territorio de la República, de acuerdo con el Programa de Actividades Operacionales de las Fuerzas Armadas del Perú con Fuerzas Armadas Extranjeras 2010;

Que, dentro del mencionado Programa se consideró la realización de una visita operacional del Buque de transporte anfi bio USS “New Orleans” (LPD-18) de los Estados Unidos de América, a partir del 10 de junio, por un periodo de 08 días, volviendo a ingresar el 02 de julio por un periodo de 24 días;

Que, mediante Facsimil (AMA) Nº 700 de fecha 24 de junio de 2010, la Directora de Soberanía Marítima, Aguas Transfronterizas y Asuntos Antárticos del Ministerio de Relaciones Exteriores, comunica que las fechas de arribo y zarpe del mencionado buque han variado, sin exceder la cantidad de días autorizados por la Resolución Legislativa Nº 29503;

Que, el artículo 3º de la Resolución Legislativa Nº 29503 autorizó al Poder Ejecutivo para que a través del Ministerio de Defensa y por Resolución Ministerial, pueda modifi car, cuando existan causas imprevistas, los plazos de ejecución de las actividades operacionales previstas en el Programa de Actividades Operacionales de las Fuerzas Armadas del Perú con Fuerzas Armadas Extranjeras 2010, siempre y cuando dicha modifi cación no exceda el total de días programados para su desarrollo, dando cuenta a la Comisión de Defensa Nacional, Orden Interno, Desarrollo Alternativo y Lucha Contra las Drogas del Congreso de la República, en un plazo de cuarenta y ocho (48) horas de expedida la citada resolución ministerial;

Con la opinión favorable de la Marina de Guerra del Perú y de conformidad con la Ley Nº 27856, la Ley No. 28899 y Resolución Legislativa Nº 29503;

SE RESUELVE:

Artículo 1º.- Modifi car el Programa de Actividades Operacionales de las Fuerzas Armadas del Perú con Fuerzas Armadas Extranjeras 2010, aprobado por Resolución Legislativa Nº 29503, en la parte pertinente a la fecha de inicio de la visita operacional que realizará el Buque de transporte anfi bio USS “New Orleans” (LPD-18) de la Marina de los Estados Unidos de América, de acuerdo al siguiente detalle:

Entrenamiento Combinado, Reabastecimiento de Combustible y Descanso de Tripulación

OBJETIVO Visita OperacionalLUGAR Puerto CallaoFECHA DE INICIO Del 04 al 07 de julio de 2010

Del 19 al 27 de julio de 2010TIEMPO DE PERMANENCIA 13 díasINSTITUCIÓN INVOLUCRADA Marina de Guerra del PerúPAÍS PARTICIPANTE Estados Unidos de AméricaTIPO DE UNIDAD Buque de Transporte Anfi bio

USS. “NEW ORLEANS” (LPD-18)CANTIDAD DE PERSONAL 28 Ofi ciales, 332 TripulantesTIPO Y CANTIDAD DE ARMAS 02 Lanzadores de misiles Raytheon RAM

RIM-116 MK-4902 cañones de 30 mm. MK-46 01 helicóptero Sea Satllion CH-53E

Artículo 2º.- Poner en conocimiento de la Comisión de Defensa Nacional, Orden Interno, Desarrollo Alternativo y Lucha Contra las Drogas del Congreso de la República, en el plazo señalado en la Resolución Legislativa Nº 29315.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

RAFAEL REY REYMinistro de Defensa

514205-2

ECONOMIA Y FINANZAS

Autorizan transferencias financieras para la atención de damnificados por lluvias y deslizamientos en los departamentos de Huánuco, Huancavelica, Cusco y Puno

DECRETO SUPREMONº 143-2010-EF

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

CONSIDERANDO:

Que, el distrito de Chinchao de la provincia de Huánuco y la provincia de Ambo, ambas ubicadas en el departamento de Huánuco, se han visto seriamente afectadas debido a diversos fenómenos climatológicos que han ocasionado el desborde de ríos, la activación de quebradas y deslizamientos;

Que mediante Decreto Supremo Nº 044-2010-PCM, se declaró el Estado de Emergencia en las provincias de Ambo y Leoncio Prado y en el distrito de Chinchao de la provincia de Huánuco, del departamento de Huánuco, por el plazo de sesenta (60) días calendario para la ejecución de acciones inmediatas destinadas a la reducción y minimización de los riesgos existentes y a la atención de la emergencia y rehabilitación de las zonas afectadas;

Que, a través del Decreto de Urgencia Nº 036-2010, se autorizó una transferencia de partidas en el presupuesto del Sector Público, para el Año Fiscal 2010, hasta por S/. 2 000 000.00, del Pliego 001 - Presidencia del Consejo de Ministros a favor del Pliego 037 - Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, para fi nanciar la construcción de módulos de vivienda y módulos sanitarios para los damnifi cados ubicados en el distrito de Chinchao de la provincia de Huánuco, así como en la provincia de Ambo, del departamento de Huánuco;

Que, con fecha 17 de mayo de 2010, el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento ha suscrito con el Banco de Materiales S.A.C. un Convenio de Transferencia Financiera en virtud del cual este Ministerio se compromete a efectuar una transferencia de recursos a favor del citado Banco, hasta por la suma de S/. 1 809 600,00, destinados a fi nanciar la construcción de 156 módulos de vivienda para los damnifi cados de las zonas afectadas por las lluvias y deslizamientos en el departamento de Huánuco, con cargo a los recursos transferidos mediante Decreto de Urgencia Nº 036-2010;

Que, con Memorándum Nº 278-2010/VIVIENDA/VMVU, el Viceministro de Vivienda y Urbanismo ha solicitado que se gestione la aprobación de una transferencia fi nanciera a favor del Banco de Materiales S.A.C., por un monto de S/. 1 809 600,00, para fi nanciar las construcciones antes descritas;

Que, mediante el Memorándum Nº 321-2010-VIVIENDA/VMVU el Viceministro de Vivienda y Urbanismo ha solicitado que se gestione la aprobación de una transferencia fi nanciera a favor del Banco de Materiales S.A.C., por un monto de S/. 373 000,00, para fi nanciar la adquisición de calaminas en benefi cio de las familias comprendidas en las zonas afectadas por las lluvias y deslizamientos en los departamentos de Huancavelica, Cusco y Puno, para lo cual se ha suscrito la Adenda Nº 01 al Convenio de Transferencia Financiera entre el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento y el Banco de Materiales S.A.C.;

Que, mediante los Memorándum Nº 985-2010-VIVIENDA/OGPP y N° 1006-2010/VIVIENDA-OGPP la Ofi cina General de Planifi cación y Presupuesto del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento ha informado la existencia de disponibilidad presupuestal para las transferencias fi nancieras solicitadas, por S/. 1 809 600,00 y S/. 373 000,00, respectivamente, con cargo a la fuente de fi nanciamiento Recursos Ordinarios

Page 15: Cuadernillo de Normas Legales - Gaceta Jurídica...2010/07/03  · El Peruano NORMAS LEGALES Lima, sábado 3 de julio de 2010 421601 RR. Nºs. 6857 y 6866-2010.- Autorizan viajes de

NORMAS LEGALESEl PeruanoLima, sábado 3 de julio de 2010 421613

del Presupuesto Institucional del Pliego Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento;

Que, la Única Disposición Complementaria Final del Decreto de Urgencia Nº 022-2010 señala que las transferencias fi nancieras que de acuerdo a sus competencias realice, en cualquier fuente de fi nanciamiento, el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento a favor de Empresas Públicas, para el fi nanciamiento o cofi nanciamiento de actividades de saneamiento, vivienda y urbanismo, se aprueban mediante Decreto Supremo, refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas y por el Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento, previa suscripción del Convenio correspondiente;

De conformidad con lo establecido en las Leyes Nº 28411 y 29465, así como los Decretos de Urgencia Nº 022-2010 y 036-2010;

DECRETA:

Artículo 1º.- Autoriza Transferencias FinancierasAutorizar Transferencias Financieras del Pliego 037

- Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, Unidad Ejecutora 001: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento - Administración General, a favor del Banco de Materiales S.A.C., de acuerdo a lo siguiente:

1.1 Hasta por la suma de UN MILLON OCHOCIENTOS NUEVE MIL SEISCIENTOS Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 1 809 600.00), para ser destinada a la construcción de módulos de vivienda para los damnifi cados ubicados en el distrito de Chinchao de la provincia de Huánuco, así como en la provincia de Ambo, del departamento de Huánuco.

1.2 Hasta por la suma de TRESCIENTOS SETENTA Y TRES MIL Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 373 000.00), para ser destinada a la adquisición de calaminas en benefi cio de las familias comprendidas en las zonas afectadas por las lluvias y deslizamientos en los departamentos de Huancavelica, Cusco y Puno.

Artículo 2º.- FinanciamientoLas transferencias fi nancieras autorizadas en el artículo

1º del presente Decreto Supremo, se atenderán con cargo a los recursos aprobados en el presupuesto institucional 2010 del Pliego 037 - Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, Unidad Ejecutora 001: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento - Administración General, en la fuente de fi nanciamiento Recursos Ordinarios.

Artículo 3º.- Limitación al uso de los recursosLos recursos de las transferencias autorizadas por

el artículo 1º del presente dispositivo, no podrán ser destinados, bajo responsabilidad, a fi nes distintos para los cuales son transferidos.

Artículo 4º.- InformaciónEl Banco de Materiales S.A.C. informará al Ministerio

de Vivienda, Construcción y Saneamiento, los avances físicos y fi nancieros de la ejecución de las acciones a su cargo, con relación a las disposiciones contenidas en el convenio y adenda correspondientes.

Artículo 5º.- Del RefrendoEl presente Decreto Supremo será refrendado por la

Ministra de Economía y Finanzas y el Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento.

Dado en la Casa de Gobierno, a los dos días del mes de julio del año dos mil diez.

ALAN GARCÍA PÉREZPresidente Constitucional de la República

MERCEDES ARÁOZ FERNÁNDEZMinistra de Economía y Finanzas

JUAN SARMIENTO SOTOMinistro de Vivienda, Construcción y Saneamiento

514630-6

Autorizan crédito suplementario para la incorporación de los recursos del FONIPREL en el Año Fiscal 2010 a favor de los Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales ganadores de la segunda convocatoria

DECRETO SUPREMON° 144-2010-EF

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

CONSIDERANDO:

Que, la Ley N° 28939, Ley que aprueba el Crédito Suplementario y Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2006, dispone la creación de Fondos y dicta otras medidas, creó el Fondo de Promoción a la Inversión Pública Regional y Local - FONIPREL, destinado al cofi nanciamiento de estudios de preinversión y proyectos de inversión de los Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, con la fi nalidad de reducir las brechas en la provisión de los servicios e infraestructura básica;

Que, la Ley N° 29125 y su Reglamento, aprobado por el Decreto Supremo N° 204-2007-EF, establecieron la implementación y el funcionamiento del FONIPREL disponiéndose que la Secretaría Técnica presenta la lista de los estudios de preinversión y/o proyectos de inversión que hayan resultado seleccionados al Consejo Directivo del FONIPREL, el cual procede a su aprobación;

Que, el numeral 1.3 del artículo 1° del Decreto de Urgencia N° 030-2008 dispone que los recursos del FONIPREL se incorporan anualmente mediante Decreto Supremo refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas en la fuente de fi nanciamiento “Recursos Determinados” del Presupuesto Institucional de las entidades cuyos estudios y/o proyectos de inversión resulten ganadores del concurso;

Que, el Consejo Directivo del FONIPREL, en sesión ordinaria del 14 de enero del 2009, aprobó la lista de los estudios de preinversión y proyectos de inversión de la Segunda Convocatoria seleccionados por la Secretaría Técnica para el respectivo cofi nanciamiento, por una suma total de DOSCIENTOS NOVENTA Y CUATRO MILLONES SEISCIENTOS OCHENTA Y CINCO MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y SIETE Y 71/100 NUEVOS SOLES (S/. 294 685 997,71);

Que, la Secretaría Técnica del FONIPREL suscribió los respectivos convenios de cofi nanciamiento con los Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, los mismos que contienen los cronogramas de ejecución en los que se ha determinado el requerimiento anual de recursos para la elaboración de los estudios de preinversión o de los proyectos de inversión;

Que, conforme a lo informado en los mencionados cronogramas de ejecución fi nanciera, se ha determinado que para el Año Fiscal 2010 es necesario incorporar un monto total de TREINTA Y SEIS MILLONES OCHOCIENTOS NOVENTA Y CINCO MIL OCHENTA Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 36 895 080,00) en la fuente de fi nanciamiento “Recursos Determinados” del Presupuesto Institucional de los Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales cuyos proyectos de inversión resultaron ganadores de la Segunda Convocatoria del FONIPREL;

De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 29125 y su Reglamento aprobado por el Decreto Supremo N° 204-2007-EF y el Decreto de Urgencia N° 030-2008;

DECRETA:

Artículo 1°.- ObjetoAutorízase la incorporación de recursos vía Crédito

Suplementario en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2010 por la suma de TREINTA Y SEIS MILLONES OCHOCIENTOS NOVENTA Y CINCO MIL OCHENTA Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 36 895

Page 16: Cuadernillo de Normas Legales - Gaceta Jurídica...2010/07/03  · El Peruano NORMAS LEGALES Lima, sábado 3 de julio de 2010 421601 RR. Nºs. 6857 y 6866-2010.- Autorizan viajes de

NORMAS LEGALESEl Peruano

Lima, sábado 3 de julio de 2010421614

080,00) para la ejecución de los proyectos que resultaron ganadores del segundo concurso de FONIPREL, de acuerdo con el Anexo N°1 que se publica en el portal institucional del Ministerio de Economía y Finanzas (www.mef.gob.pe), de acuerdo al siguiente detalle:

INGRESOS En nuevos soles

FUENTE DE FINANCIAMIENTO 5 : Recursos Determinados1.4.2.3.1.5 De Fondos Públicos 36 895 080,00

(Recursos provenientes del Fondo de Promoción a la Inversión Pública Regional y Local - FONIPREL) -------------------TOTAL INGRESOS 36 895 080,00

===========

EGRESOS En nuevos soles

SECCION SEGUNDA : Instancias DescentralizadasPLIEGOS : Gobiernos RegionalesFUENTE DE FINANCIAMIENTO 5 : Recursos Determinados

Gastos de Capital 2.6 Adquisición de Activos No Financieros 22 295 040,00

--------------------TOTAL GOBIERNOS REGIONALES 22 295 040,00

============

PLIEGOS : Gobiernos LocalesFUENTE DE FINANCIAMIENTO 5 : Recursos Determinados

Gastos de Capital 2.6 Adquisición de Activos No Financieros 14 600 040,00 --------------------TOTAL GOBIERNOS LOCALES 14 600 040,00

============TOTAL EGRESOS 36 895 080,00

============

Artículo 2°.- Procedimientos para la aprobación

2.1 Autorízase a los Titulares de los Pliegos para aprobar mediante Resolución, la desagregación de los recursos a que se refi ere el artículo 1° de la presente norma, dentro de los cinco (5) días de aprobada ésta, a nivel de actividades y proyectos. Copia de dicha resolución se remite dentro de los cinco (5) días de aprobada, a los organismos señalados en el numeral 23.2 del artículo 23° de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto.

2.2 La Ofi cina de Presupuesto o la que haga sus veces en los Pliegos involucrados instruyen a las Unidades Ejecutoras, de corresponder, para que elaboren las correspondientes “Notas para Modifi cación Presupuestaria” que se requieran como consecuencia de lo dispuesto en el presente Decreto Supremo. Dichos recursos serán registrados en la Fuente de Financiamiento “Recursos Determinados”, dentro del rubro que contiene las participaciones.

2.3 La Ofi cina de Presupuesto o la que haga sus veces en los Pliegos, solicita a la Dirección General del Presupuesto Público las codifi caciones que se requieran como consecuencia de la incorporación de nuevos Proyectos, Componentes, Finalidades de Metas y Unidades de Medida.

Artículo 3º.- Limitación al uso de los recursosLos recursos del Crédito Suplementario a que hace

referencia el artículo 1º del presente dispositivo no podrán ser destinados, bajo responsabilidad, a fi nes distintos para los cuales son incorporados.

Artículo 4°.- RefrendoEl presente Decreto Supremo será refrendado por la

Ministra de Economía y Finanzas.

Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los dos días del mes de julio del año dos mil diez.

ALAN GARCÍA PÉREZPresidente Constitucional de la República

MERCEDES ARÁOZ FERNÁNDEZMinistra de Economía y Finanzas

514630-7

Autorizan viaje de profesional del Ministerio a EE.UU. para participar en la Ronda Específica de Acceso a Mercados y Reglas de Origen para la suscripción de un TLC entre Perú y Corea

RESOLUCIÓN SUPREMAN° 084-2010-EF

Lima, 2 de julio de 2010

Visto el Memorando N° 050-2010-EF/15.01 de fecha 23 de junio de 2010, del Viceministerio de Economía del Ministerio de Economía y Finanzas, sobre autorización de viaje.

CONSIDERANDO:

Que, los días 8 y 9 de julio de 2010, se desarrollará en la ciudad de Washington D.C., Estados Unidos de América, la Ronda Específi ca de Acceso a Mercados y Reglas de Origen para la suscripción de un Tratado de Libre Comercio (TLC) entre el Perú y Corea;

Que, el objetivo principal del Tratado de Libre Comercio del Perú con Corea es el fortalecimiento de las relaciones comerciales entre ambos países, en particular en materia de Acceso a Mercados (Productos No Agrícolas y Agrícolas), el cual está dentro del ámbito del Ministerio de Economía y Finanzas, asimismo la importancia de esta Ronda Específi ca de Negociación se centra en continuar la discusión del capítulo de Acceso a Mercados, en lo que se refi ere a las canastas y a los plazos de desgravación arancelaria;

Que, mediante Ofi cio N° 214-2010-MINCETUR/DM, el Ministro de Comercio Exterior y Turismo, solicita la participación de un funcionario del Ministerio de Economía y Finanzas, cuya presencia sea requerida por los distintos grupos de negociación;

Que, el señor José Carlos Farfán Vásquez, Asistente en Servicio Económico Financiero II de la Dirección General de Asuntos de Economía Internacional, Competencia e Inversión Privada del Ministerio de Economía y Finanzas, ha sido designado para participar en la mencionada ronda;

Que, en consecuencia y siendo de interés para el país, es necesario autorizar dicho viaje, debiendo el Ministerio de Economía y Finanzas asumir, con cargo a su presupuesto, los gastos por concepto de pasajes, viáticos y Tarifa Unifi cada de Uso de Aeropuerto (TUUA);

De conformidad con lo dispuesto en las Leyes N° 27619 y N° 29465, el Decreto de Urgencia N° 001-2010 y el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM; y,

Estando a lo acordado;

SE RESUELVE:

Artículo 1º.- Autorizar, por excepción, el viaje en comisión de servicio del señor José Carlos Farfán Vásquez, Asistente en Servicio Económico Financiero II de la Dirección General de Asuntos de Economía Internacional, Competencia e Inversión Privada del Ministerio de Economía y Finanzas, a la ciudad de Washington D.C., Estados Unidos de América, del 7 al 10 de julio de 2010, para los fi nes expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución.

Page 17: Cuadernillo de Normas Legales - Gaceta Jurídica...2010/07/03  · El Peruano NORMAS LEGALES Lima, sábado 3 de julio de 2010 421601 RR. Nºs. 6857 y 6866-2010.- Autorizan viajes de

NORMAS LEGALESEl PeruanoLima, sábado 3 de julio de 2010 421615

Artículo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución, serán con cargo al Presupuesto de la Unidad Ejecutora 001 - Administración General del Pliego Ministerio de Economía y Finanzas, de acuerdo al siguiente detalle:

Pasajes : US $ 1 586,30 Viáticos : US $ 660,00 Tarifa CORPAC (TUUA) : US $ 31,00

Artículo 3°.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes de efectuado el viaje, el referido profesional, deberá presentar ante el Titular de la Entidad un informe detallado describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado.

Artículo 4º.- La presente norma no otorga derecho a exoneración o liberación de impuestos de aduana de cualquier clase o denominación a favor del profesional cuyo viaje se autoriza.

Artículo 5º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por la Ministra de Economía y Finanzas.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

ALAN GARCÍA PÉREZPresidente Constitucional de la República

JAVIER VELASQUEZ QUESQUÉNPresidente del Consejo de Ministros

MERCEDES ARÁOZ FERNÁNDEZMinistra de Economía y Finanzas

514630-9

Precios CIF de referencia para la aplicación del derecho variable adicional o rebaja arancelaria a las importaciones de maíz, azúcar, arroz y leche entera en polvo

RESOLUCIÓN VICEMINISTERIALNº 014-2010-EF/15.01

Lima, 2 de julio de 2010

CONSIDERANDO:

Que, por Decreto Supremo Nº 115-2001-EF y modifi catorias, se estableció el Sistema de Franja de Precios para las importaciones de los productos señalados en el Anexo I del citado Decreto Supremo;

Que, por Decreto Supremo Nº 184-2002-EF se modifi có el Artículo 7º del Decreto Supremo Nº 115-2001-EF y se dispuso que los precios CIF de referencia fueran publicados por Resolución Viceministerial del Viceministro de Economía;

Que, por Decreto Supremo Nº 318-2009-EF se actualizaron las Tablas Aduaneras aplicables a la importación de los productos incluidos en el Sistema de Franjas de Precios y se dispuso que tengan vigencia hasta el 30 de junio de 2010;

Que, por Decreto Supremo Nº 138-2010-EF se dispuso que las Tablas Aduaneras aprobadas por el Decreto Supremo Nº 318-2009-EF tengan vigencia hasta el 31 de diciembre de 2010;

Que, corresponde publicar los precios CIF de referencia para el periodo del 16 al 30 de junio de 2010;

De conformidad con lo dispuesto en el Artículo 7º del Decreto Supremo Nº 115-2001-EF modifi cado por el Artículo 1º del Decreto Supremo Nº 184-2002-EF;

SE RESUELVE:

Artículo Único.- Publíquese los precios CIF de referencia para la aplicación del derecho variable adicional

o rebaja arancelaria a que se refi ere el Decreto Supremo Nº 115-2001-EF y modifi catorias:

PRECIOS CIF DE REFERENCIA

(DECRETO SUPREMO Nº 115-2001-EF)

US$ por T.M.

Fecha Maíz Azúcar Arroz Leche

entera en

polvo

Del 16/6/2010

al 30/6/2010 182 555 489 3 306

Regístrese, comuníquese y publíquese.

CARLOS CASAS TRAGODARAViceministro de Economía

514609-1

EDUCACION

Autorizan por única vez la reevaluación de profesores postulantes en el Programa de Incorporación convocado mediante R.M. Nº 0134-2010-ED a través de la aplicación de nueva Prueba Nacional Clasificatoria

RESOLUCIÓN MINISTERIALNº 0197-2010-ED

Lima, 2 de julio de 2010

CONSIDERANDO:

Que, mediante Resolución Ministerial Nº 0134-2010-ED se convocó a la realización del “Programa de Incorporación a la Carrera Pública Magisterial para profesores con título pedagógico de las áreas de gestión pedagógica e institucional que están nombrados según el régimen de la Ley Nº 24029, Ley del Profesorado modifi cada por Ley Nº 25212”, el cual fue aprobado por Resolución Ministerial Nº 0131-2010-ED;

Que, la primera etapa del Programa de Incorporación consiste en la aplicación de la Prueba Nacional Clasifi catoria, siendo necesario que los postulantes obtengan catorce (14) puntos o más en la escala vigesimal para clasifi car a la segunda etapa del proceso;

Que, de los resultados de la Prueba Nacional Clasifi catoria, aplicada el 27 de junio de 2010, se verifi ca que 8,740 postulantes obtuvieron entre 11 y 13.99, pero no lograron el puntaje necesario para clasifi car a la segunda etapa;

Que, uno de los objetivos de la Ley de la Carrera Pública Magisterial es hacer un reconocimiento económico, acorde con las capacidades de los profesores, las que se verifi can a través de las evaluaciones que se han previsto en el Programa de Incorporación 2010;

Que, es afán del Gobierno brindar la oportunidad de gozar del referido reconocimiento, a todos los profesores que logren demostrar sus capacidades en las evaluaciones señaladas, por lo que el Ministerio de Educación considera pertinente reevaluar a aquellos profesores que lograron un puntaje de (11) puntos o más en la escala vigesimal en la Prueba Nacional Clasifi catoria;

De conformidad con el Decreto Ley Nº 25762, modifi cado por la Ley Nº 26510; y el Decreto Supremo Nº 006-2006-ED, y sus modifi catorias;

SE RESUELVE:

Artículo 1º.- Autorizar excepcionalmente y por única vez, la reevaluación de los profesores postulantes en

Page 18: Cuadernillo de Normas Legales - Gaceta Jurídica...2010/07/03  · El Peruano NORMAS LEGALES Lima, sábado 3 de julio de 2010 421601 RR. Nºs. 6857 y 6866-2010.- Autorizan viajes de

NORMAS LEGALESEl Peruano

Lima, sábado 3 de julio de 2010421616

el Programa de Incorporación convocado mediante Resolución Ministerial Nº 0134-2010-ED, que obtuvieron en la Prueba Nacional Clasifi catoria aplicada el día 27 de junio de 2010, entre 11 y 13.99, a través de la aplicación de una nueva Prueba Nacional Clasifi catoria cuya aplicación se realizará el día 8 de agosto de 2010.

Artículo 2º.- Los profesores postulantes comprendidos en lo dispuesto por el artículo precedente, deben presentar su expediente correspondiente en la segunda etapa, a la Municipalidad, Unidad de Gestión Educativa Local o Dirección Regional de Educación según corresponda, dentro de las fechas establecidas en el Cronograma aprobado mediante Resolución Ministerial Nº 0134-2010-ED. Los Comité de Evaluación a que se refi ere el Programa de Incorporación, verifi carán que la evaluación correspondiente a la segunda etapa del proceso se realice solo a aquellos que han logrado clasifi car a través de la Primera y Segunda Prueba Nacional Clasifi catoria obteniendo catorce (14) puntos o más en la escala vigesimal.

Artículo 3º.- Disponer que la Secretaría de Planifi cación Estratégica realice las acciones necesarias para el cumplimiento de lo dispuesto en la presente Resolución Ministerial.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

JOSÉ ANTONIO CHANG ESCOBEDOMinistro de Educación

514611-1

ENERGIA Y MINAS

Aprueban transferencia financiera a favor de Petroperú S.A. a fin de cubrir gastos de remediación ambiental

RESOLUCIÓN MINISTERIALNº 273-2010-MEM/DM

Lima, 24 de junio de 2010

CONSIDERANDO:

Que, mediante Resolución Ministerial Nº 546-2009-MEM/DM, de fecha 28 de diciembre de 2009, se aprueba el Presupuesto Institucional de Apertura de Ingresos y Gastos, la Estructura Funcional Programática y el Presupuesto por Resultados a Nivel de Unidad Ejecutora mediante anexos, proporcionados por la Dirección Nacional del Presupuesto Público, correspondiente al Año Fiscal 2010 por Unidad Ejecutora, Función, Programa Funcional, Subprograma Funcional, Actividad y/o Proyecto, registrándose la suma de QUINCE MILLONES y 00/100 NUEVOS SOLES (S/..15 000 000,00); destinados a la Actividad 1.045475 Transferencia para Remediación Ambiental;

Que, mediante Ley Nº 28840, se aprobó la Ley de fortalecimiento y modernización de la Empresa Petróleos del Perú - PETROPERÚ S.A., declarándose de interés nacional el fortalecimiento y modernización de la referida empresa, en cuyo artículo 6º se señaló que la Dirección General del Tesoro Público debía transferir a Petroperú S.A. la totalidad de los recursos necesarios para cubrir los gastos de remediación ambiental de las unidades de negocio totalmente privatizadas que pertenecieron a dicha empresa;

Que, mediante el artículo 5º del Decreto de Urgencia Nº 040-2010, de fecha 11 de junio del 2010, se autoriza al Ministerio de Energía y Minas a efectuar mediante resolución del Titular del Pliego, una Transferencia Financiera a favor de PETROPERU S.A., con el objeto de cubrir los gastos de remediación ambiental de las unidades de negocio totalmente privatizadas que pertenecieron a dicha empresa y que a la fecha forman parte de los recursos pendientes de desembolso que mantiene el Estado con dicha empresa; precisándose que su atención

es necesaria a fi n de evitar perjuicios económicas, sociales y contra la salud pública que podrían suscitarse de no contar con una adecuada intervención estatal en materia de remediación ambiental en las zonas objeto de la medida;

Que en el marco del dispositivo precitado, es necesario autorizar la Transferencia Financiera señalada, a fi n de que el Ministerio de Energía y Minas, transfi era los recursos hasta por la suma de QUINCE MILLONES Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/..15.000.000,00), a favor de la empresa Petróleos del Perú S.A., por la Fuente de Financiamiento Recursos Ordinarios con cargo al Presupuesto Institucional para el presente Año Fiscal;

Estando a lo informado por la Ofi cina de Presupuesto del Pliego Institucional mediante el Informe Nº 070-2010-MEM-OGP/PRES;

Con la opinión favorable de la Directora de Presupuesto, el visto bueno del Director General de Planeamiento y Presupuesto, del Vice Ministro de Energía, del Director General de Asesoría Jurídica y del Secretario General del Ministerio de Energía y Minas;

SE RESUELVE:

Artículo 1º.- Autorizar la Transferencia Financiera por la suma de QUINCE MILLONES y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 15 000 000,00), por la Fuente de Financiamiento Recursos Ordinarios con cargo al Presupuesto del Pliego Nº 016 – Ministerio de Energía y Minas para el Año Fiscal 2010, a favor de la Empresa Petróleos del Perú S.A - PETROPERU S.A., con el objeto de cubrir los gastos de remediación ambiental de las unidades de negocio totalmente privatizadas que pertenecieron a dicha empresa y que a la fecha forman parte de recursos pendientes de desembolso que mantiene el Estado con la referida Empresa.

Artículo 2º.- Los recursos materia de las transferencias fi nancieras autorizadas, serán destinados exclusivamente para cubrir los gastos de remediación ambiental expuestos en el artículo precedente, quedando prohibido que la mencionada Empresa efectúe habilitaciones presupuestales con cargo a tales recursos.

Artículo 3º.- La transferencia fi nanciera a que se refi ere los artículos precedentes se realizará con cargo al presupuesto aprobado a la Unidad Ejecutora Nº 001 – Ministerio de Energía y Minas - Central, de acuerdo al siguiente detalle:

FUENTE DE FINANCIAMIENTO : 1 RECURSOS ORDINARIOSUNIDAD EJECUTORA : 001 MINISTERIO DE ENERGÍA Y MINAS

– CENTRALFUNCION : 17 MEDIO AMBIENTEPROGRAMA FUNCIONAL : 039 MEDIO AMBIENTESUBPROGRAMA FUNCIONAL : 0085 CONTROL DE LA CONTAMINACIÓNACTIVIDAD : 1045475 TRANSFERENCIA PARA REMEDIACIÓN

AMBIENTAL

CATEGORÍA DE GASTO : 5 GASTOS CORRIENTESGENÉRICA DE GASTO : 4 DONACIONES Y TRANSFERENCIASMONTO : S/ 15 000 000,00

Artículo 4º.- La Empresa Petróleos del Perú S.A., informará a la Dirección General de Hidrocarburos y a la Unidad Ejecutora Nº 001 – MEM-Central, del Ministerio de Energía y Minas, los avances físicos y fi nancieros de la ejecución de las acciones con cargo a los recursos transferidos.

Artículo 5º.- La ejecución de los recursos autorizados mediante la Transferencia Financiera, materia del D.U. Nº 040-2010, está sujeta a la autorización de la Previsión Presupuestaria Trimestral Mensualizada (PPTM), de la Dirección General de Presupuesto Público y a la aprobación del Calendario de Compromisos respectivo.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

PEDRO SÁNCHEZ GAMARRAMinistro de Energía y Minas

514200-1

Page 19: Cuadernillo de Normas Legales - Gaceta Jurídica...2010/07/03  · El Peruano NORMAS LEGALES Lima, sábado 3 de julio de 2010 421601 RR. Nºs. 6857 y 6866-2010.- Autorizan viajes de

NORMAS LEGALESEl PeruanoLima, sábado 3 de julio de 2010 421617

PRODUCE

Designan miembro del Comité Consultivo del IMARPE

RESOLUCIÓN MINISTERIALNº 162-2010-PRODUCE

Lima, 30 de junio de 2010

VISTOS: El Memorando Nº 2350-2010-PRODUCE/SG, de fecha 3 de mayo de 2010, de la Secretaría General; el Ofi cio Nº PCD-100-157-2010-PRODUCE/IMP, recibido el 30 de abril de 2010, de la Presidencia del Consejo Directivo del Instituto del Mar del Perú (IMARPE); así como el Informe Nº 087-2010-PRODUCE/OGAJ-imatias, de fecha 10 de junio de 2010, de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica; y,

CONSIDERANDO:

Que, el artículo 13 del Decreto Legislativo Nº 95, Ley del Instituto del Mar del Perú - IMARPE, establece que dicha Institución contará con un Comité Consultivo, integrado por no menos de ocho (8) y no más de doce (12) miembros nombrados por Resolución Ministerial a propuesta del Consejo Directivo;

Que, el Consejo Directivo del IMARPE mediante Acuerdo Nº 015-2010-CD/O, adoptado en la Tercera Sesión Ordinaria celebrada el 24 de marzo de 2010, aprobó la incorporación del señor Jorge Enrique Teófilo Csirke Barcelli al Comité Consultivo del IMARPE;

Que, en tal sentido, resulta necesario expedir el acto de administración por el que se designe al señor Jorge Enrique Teófi lo Csirke Barcelli, como miembro del Comité Consultivo del IMARPE;

Con el visado del Despacho Viceministerial de Pesquería, así como de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica; y,

De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 95 - Ley del Instituto del Mar del Perú – IMARPE; la Ley Nº 29158 - Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 27594 - Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; el Decreto Legislativo Nº 1047 - Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción; y, el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción, aprobado por Decreto Supremo Nº 010-2006-PRODUCE;

SE RESUELVE:

Artículo Único.- Designar al señor Jorge Enrique Teófi lo Csirke Barcelli como miembro del Comité Consultivo del Instituto del Mar del Perú - IMARPE.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

JOSÉ NICANOR GONZALES QUIJANOMinistro de la Producción

513449-1

Aprueban factores de recursos hidrobiológicos marinos y continentales, de productos y valores de recursos amazónicos correspondientes al año 2010, que serán utilizados para la imposición de multas

RESOLUCIÓN MINISTERIALN° 165-2010-PRODUCE

Lima, 2 de julio de 2010

VISTOS: El Informe Técnico Nº 001-2010-PRODUCE/DIGSECOVI-wlozano del 31 de marzo de 2010 y el Informe Legal Nº 2961-2010-PRODUCE/DIGSECOVI-Dsvs.yav del 9 de abril de 2010, ambos de la Dirección General de Seguimiento, Control y Vigilancia; y, el Informe Nº 033-2010-PRODUCE/OGAJ-cfva del 10 de mayo de 2010 de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica; y,

CONSIDERANDO:

Que, los artículos 2º y 78º de la Ley General de Pesca - Decreto Ley Nº 25977, establecen que los recursos hidrobiológicos contenidos en las aguas jurisdiccionales del Perú son patrimonio de la Nación, correspondiendo al Estado regular el manejo integral y la explotación racional de dichos recursos, considerando que la actividad pesquera es de interés nacional y que las personas naturales o jurídicas que infrinjan las disposiciones establecidas en la citada Ley y en las disposiciones reglamentarias se harán acreedoras según la gravedad de la falta, a determinadas sanciones entre las que se encuentran las multas;

Que, el artículo 47º del Reglamento de Inspecciones y Sanciones Pesqueras y Acuícolas (RISPAC) aprobado por el Decreto Supremo Nº 016-2007-PRODUCE, establece que las sanciones administrativas por comisión de las infracciones tipifi cadas en la Ley General de Pesca y su Reglamento, son las que se señalan en el cuadro anexo a dicha norma reglamentaria, el cual prevé la utilización de factores y valores de los recursos hidrobiológicos así como de factores de productos para el cálculo de las multas;

Que, el numeral 5.2 del artículo 5º de Decreto Legislativo Nº 1047, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción, dispone que constituye función rectora de este Ministerio dictar normas y lineamientos técnicos para la adecuada ejecución y supervisión de las políticas, la gestión de los recursos del sector, así como para el otorgamiento, reconocimiento de derechos, la sanción, fi scalización y ejecución coactiva;

Que, por Resolución Ministerial Nº 203-2009-PRODUCE publicada en el Diario Ofi cial “El Peruano” el 16 de mayo de 2009, se aprobaron los factores, valores promedio y precios unitarios de los recursos marinos, continentales y amazónicos correspondientes al año 2009, que serían utilizados para la imposición de multas;

Que, mediante los Informes de Vistos, la Dirección General de Seguimiento, Control y Vigilancia señala que teniendo en consideración los precios promedio de recursos hidrobiológicos marinos y continentales remitidos por la Ofi cina General de Tecnología de la Información y Estadística y las dependencias con competencia pesquera de los Gobiernos Regionales, ha elaborado los cuadros de factores y valores o precios promedio, recomendando su aprobación;

Que, resulta necesario aprobar los factores expresados en unidades impositivas tributarias (UIT) de recursos hidrobiológicos marinos y continentales, de productos, así como los valores de recursos hidrobiológicos amazónicos, para el año 2010, a fi n de ejercer en forma efectiva la potestad sancionadora, considerando que son de observancia obligatoria al momento en que las autoridades administrativas competentes en el ámbito del Gobierno Nacional y de los Gobiernos Regionales, según corresponda, impongan multas por la comisión de infracciones tipifi cadas en la normativa pesquera y acuícola a los agentes infractores, mediante los procedimientos administrativos sancionadores;

De conformidad con la Ley General de Pesca - Decreto Ley Nº 25977, su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE, el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción, aprobado por Decreto Supremo Nº 010-2006-PRODUCE, así como el Reglamento de Inspecciones y Sanciones Pesqueras y Acuícolas (RISPAC), aprobado por Decreto Supremo Nº 016-2007-PRODUCE; y,

Con el visado de la Viceministra de Pesquería y de los Directores Generales de la Dirección General de Seguimiento, Control y Vigilancia y de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica;

Page 20: Cuadernillo de Normas Legales - Gaceta Jurídica...2010/07/03  · El Peruano NORMAS LEGALES Lima, sábado 3 de julio de 2010 421601 RR. Nºs. 6857 y 6866-2010.- Autorizan viajes de

NORMAS LEGALESEl Peruano

Lima, sábado 3 de julio de 2010421618

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Aprobar los factores de recursos hidrobiológicos marinos y continentales, de productos, así como los valores de recursos hidrobiológicos amazónicos, correspondientes al año 2010, que serán utilizados por las autoridades administrativas competentes para la imposición de multas, de conformidad con la normativa vigente, los cuales se detallan en cinco (05) Anexos que forman parte integrante de la presente Resolución Ministerial:

Anexo I: Factores, expresados en unidades impositivas tributarias (UIT), de recursos marinos – peces y de productos.

Anexo II: Factores, expresados en unidades impositivas tributarias (UIT), de recursos marinos - invertebrados.

Anexo III: Factores, expresados en unidades impositivas tributarias (UIT) de recursos continentales (ríos y lagos).

Anexo IV: Valores de recursos continentales amazónicos destinados al consumo humano directo, expresados en kilogramos.

Anexo V: Valores de recursos amazónicos ornamentales prohibidos de extraerse.

Artículo 2.- Establecer que los factores y valores aprobados en el artículo anterior de la presente Resolución Ministerial son de aplicación inmediata, sin embargo podrán aplicarse de manera retroactiva a las infracciones cometidas con anterioridad, en los casos que su aplicación sea más favorable al agente infractor.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

JOSÉ NICANOR GONZALES QUIJANOMinistro de la Producción

ANEXO IFACTORES EXPRESADOS EN UNIDADES IMPOSITIVAS

TRIBUTARIAS (UIT)DE RECURSOS MARINOS - PECES Y DE PRODUCTOS

RECURSO FACTOR (UIT)AGUJA 1.27AGUJILLA 0.86ANCHOVETA CHI 0.10ANCHOVETA CHD 0.23ANCHOVETA CHD Artesanal 0.02ANGELOTE 0.99ANGUILA 0.63ATUN 1.45AYANQUE o CACHEMA 1.44BABUNCO 0.54BACALAO 3.71BACHA 0.43BAGRE 0.31BARBUDO 0.50BARRILETE 0.64BATEA 0.73BERECHE 0.34BERRUGATA 1.18BLANQUILLO 0.27BOBO 0.59BONITO 0.70BORRACHO 1.13BOTELLA 0.51CABALLA 0.34CABEZA DURA 0.20CABINZA 0.56CABRILLA 1.92

RECURSO FACTOR (UIT)CAGALO 1.13CAGON 0.31CALLANA 0.77CAMOTILLO 0.12CARAJITO 0.37CHAMACA 0.80CHAVELO o CHAVELITA 0.56CHERELLA 2.06CHERLO 1.06CHILINDRINA 0.65CHIRI 0.51CHITA 2.96CHULA 0.73CHULLO 1.47CHUMBO 0.47COCO o SUCO 0.60COJINOVA 2.54CONGRIO 1.08CONGRIO BIO BIO 0.67CONGRIO GATO 1.41CONGRIO ROJO 2.11CORCOBADO 0.85CORVINA 2.25CORVINA DORADA 0.89DIABLICO 0.25DIABLO 0.89DONCELLA 0.81DORADO 0.77ESPEJO 0.48FORTUNO 1.15GALLINAZA 1.06GUABINA 1.37GUITARRA 0.88HOJA 0.42JERGUILLA 0.69JUREL 0.33JUREL OJON 0.35LENGUADO 4.58LENGÜETA 0.85LEONORA 1.09LISA 0.68LORNA 0.49MACHETE 0.35MANTA RAYA 0.56MARAÑO 0.23MAROTILLA 0.56MERLUZA 0.62MERO 3.10MIS MIS 0.38MOJARRILLA 0.38MORENA 0.45OFENSIVO 0.29OJO DE UVA 1.82PALABRITAS 0.37PALMERA 0.75PAMPANO 0.96PARAMO 1.43PARDO 1.41PATA SECA 0.44PEJE BLANCO 1.53PEJE PERRO 1.09PEJE ZAMBA 0.85PEJERREY 0.52PEJESAPO 1.21

Page 21: Cuadernillo de Normas Legales - Gaceta Jurídica...2010/07/03  · El Peruano NORMAS LEGALES Lima, sábado 3 de julio de 2010 421601 RR. Nºs. 6857 y 6866-2010.- Autorizan viajes de

NORMAS LEGALESEl PeruanoLima, sábado 3 de julio de 2010 421619

RECURSO FACTOR (UIT)PERELA 1.64PERICHE 0.43PERICO 1.13PEZ BURRO 0.91PEZ CAÑITA 0.47PEZ CINTA 0.27PEZ COCHE 0.86PEZ ESPADA 1.41PEZ FLAUTA 0.38PEZ GALLO 0.91PEZ LORO 1.13PEZ VELA 1.84PEZ ZORRO 1.09PICUDA 1.06PINTACHA 0.90PINTADILLA 1.18PLUMA 2.00POLLA 0.56RAYA 0.85ROBALO 2.82ROLLIZO 0.88RONCADOR 0.66SAMASA 0.06SAN PEDRO 0.85SARDINA 0.55SARGO 1.63SIERRA 1.29TAMBORIL o TAMBORIN 0.80TEMBLADERA 1.17TIBURON 1.09TIBURON AZUL 0.97TIBURON CRUZETA 1.22TIBURON DIAMANTE 1.35TIBURON ZORRO 1.41TOLLO 1.19TRAMBOYO 1.44TUNO 1.08VIÑA 1.55VOLADOR 0.42

PRODUCTO FACTORHARINA RESIDUAL 0.58

ANEXO IIFACTORES EXPRESADOS EN UNIDADES IMPOSITIVAS

TRIBUTARIAS (UIT)

DE RECURSOS MARINOS - INVERTEBRADOSRECURSO FACTOR (UIT)

ABALON o TOLINA 4.75ALGAS 0.56ALMEJA 1.14BABOSA 1.44BARQUILLO 2.57CALAMAR 1.21CANGREJO 2.91CARACOL 1.87CHAVETA 0.95CHORO 0.50CONCHA DE ABANICO 2.66CONCHA NEGRA 7.99CONCHA RAYADA 1.14ERIZO 2.62JAIVA 0.86LANGOSTA 7.87

RECURSO FACTOR (UIT)LANGOSTINO 5.60LAPA 2.75MEJILLON 0.42MONIMA 0.31OSTRA 2.63OVAS 0.28PATA DE BURRO 1.21PEPINO DE MAR 3.30POTA 0.25PULPO 3.24

ANEXO IIIFACTORES EXPRESADOS EN UNIDADES IMPOSITIVAS

TRIBUTARIAS (UIT)DE RECURSOS CONTINENTALES (RIOS Y LAGOS)

RECURSO FACTOR (UIT)

CACHUELO 0.88

CAMARON DE RIO 6.15

CARACHI 0.99

CARPA BARRIGONA 1.52

CARPA COMUN 1.31

CASCAFE 0.74

CCACCAS 0.25

CEBRA 2.79

ISPI 1.11

LIFE 2.06

MAURI 1.38

MOJARRA 0.75

MOMOY 2.50

PEJERREY 1.76

PICO DE PATO 1.97

PLATEADITO 0.47

TILAPIA 1.83

TRUCHA 1.83

ANEXO IVVALORES DE RECURSOS CONTINENTALES AMAZONICOS

DESTINADOS AL CONSUMO HUMANO DIRECTO, EXPRESADO EN Kg.

ESPECIESVALORES

ESTADO DE CONSERVACIONFRESCO SALPRESO SECO SALADO

S/. Kg. S/. Kg. S/. Kg.Acarahuazu 3.56 2.50 4.44Arahuana 4.00 4.20 4.50Añashua 3.00 3.00 3.23Bagre 5.58 - 6.68Bocón 2.46 2.00 2.00Boquichico 5.69 3.29 4.00Bujurqui 3.52 3.53 3.58Carachama 3.29 2.93 2.90Cahuara 2.20 2.50 2.45Cachorro 1.76 2.52 -Chambira 4.13 3.00 3.50Chio chio 3.25 1.60 -Corvina 7.00 4.50 3.87Curuhuara 4.01 3.00 3.50Dentón 1.74 2.00 2.00Fasaco 3.49 2.93 3.13Gamitana 8.82 7.00 6.40Huapeta 2.28 2.77 4.00Leguia 2.15 2.43 2.89Lisa 3.18 2.98 3.45Llambina 2.09 1.90 1.83Macana 1.70 2.00 -Maparate 4.31 3.10 3.68

Page 22: Cuadernillo de Normas Legales - Gaceta Jurídica...2010/07/03  · El Peruano NORMAS LEGALES Lima, sábado 3 de julio de 2010 421601 RR. Nºs. 6857 y 6866-2010.- Autorizan viajes de

NORMAS LEGALESEl Peruano

Lima, sábado 3 de julio de 2010421620

ESPECIESVALORES

ESTADO DE CONSERVACIONFRESCO SALPRESO SECO SALADO

Motta 3.36 3.34 -Manitoa 2.55 - 3.00Novia 2.80 2.66 2.50Paco 6.94 6.00 5.90Palometa 5.09 3.50 3.69Panshina 3.99 - -Paña 3.05 2.31 2.83Paiche 10.70 9.42 11.52Ractacara 2.15 1.80 2.00Sardina 2.62 2.47 2.90Sabalo 8.30 - 8.89Shiripira 3.34 3.00 3.00Shuyo 3.09 3.22 3.28Tucunare 6.50 5.00 5.65Turushuqui 3.56 3.00 3.10Yahuarachi 4.48 3.03 3.46Yaraqui 3.28 3.49 3.11Yulilla 3.30 2.50 2.33Zungaro Achacubo 4.73 3.52 5.00Zúngaro Achara 3.32 4.05 3.00Zungaro Alianza 4.50 4.69 3.64ZungaroCunchimama 3.88 3.65 3.88

Zungaro Doncella 6.04 5.36 5.85Zungaro Dorado 6.72 6.88 6.33Zungaro salton 5.59 6.00 4.83Zungaro Tablabarba 5.00 3.00 2.00Zungaro tigre 5.88 5.90 6.00Zungaro torre 3.44 4.38 3.50

ANEXO VVALORES DE RECURSOS AMAZÓNICOS

ORNAMENTALES PROHIBIDOS DE EXTRAERSEN° ESPECIE VALOR EN SOLES S/.1 Saltón 20.002 Dorado 15.003 Maniota 38.004 Alianza 14.005 Mota Pintada 6.396 Toa 5.507 Maparate 6.008 Tigrinus 203.009 Cunchimana 6.0010 Mota Blanca 8.1211 Tigre Zungaro 7.0012 Achacubu 6.5013 Yulilla 3.0014 Paiche 15.0015 Doncella 7.7016 Acarahuazú 5.5017 Sábalo 5.2018 Tucunare 6.5019 Gamitama 7.0020 Ractacara pintada o ractafogón 0.5021 Fasaco 5.0022 Curuhuara 6.0023 Palometa 9.0024 Lisa 3 bandas 2.0025 Bacalao, panshina o pez chino 3.5026 Paco 7.0027 Corvina 8.0028 Llambina 2.50

N° ESPECIE VALOR EN SOLES S/.29 Yahuarachi 4.0030 Boquichico o bocachico 5.0031 Ractacara 2.0032 Chio-chio 2.0033 Carachama 3.5034 Chambira 3.7035 Lisa 4 bandas 2.0036 Yaraqui 5.0037 Sardina 3.00

514180-1

SALUD

Autorizan excepción a la prohibición de nombramiento del personal de salud en las unidades ejecutoras de los pliegos Gobierno Regional del departamento de Tacna, Instituto Nacional de Enfermedades Neoplásicas, Instituto Nacional de Salud y Ministerio de Salud

DECRETO SUPREMONº 015-2010-SA

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

CONSIDERANDO:

Que, mediante Ley Nº 29465, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2010, se aprueba entre otros el Presupuesto del Pliego 011 Ministerio de Salud, sus Organismos Públicos y de los Gobiernos Regionales;

Que, de conformidad con lo establecido en el literal b) del numeral 9.1 del artículo 9º, referido a Medidas en Materia de Personal, de la Ley Nº 29465, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2010, se permite el nombramiento de hasta el quince por ciento (15%) del número de los profesionales no médicos cirujanos y del personal técnico asistencial y administrativo, personal de servicios y auxiliar asistencial, respectivamente, en el marco del nombramiento gradual a que se refi eren las Leyes Nº 28498 y Nº 28560, sus normas modifi catorias y complementarias, que a la vigencia de la Ley Nº 29465 no hayan sido nombrados en el marco de las citadas leyes;

Que, mediante Decreto Supremo Nº 005-2010-SA se aprobaron los “Lineamientos para el proceso de Nombramiento del Año 2010 en el marco de las Leyes Nº 28498 y 28560, y el Decreto de Urgencia Nº 094-2009 en las Unidades Ejecutoras del Ministerio de Salud, sus Organismos Públicos y las Unidades Ejecutoras de Salud de los Gobiernos Regionales”, con la fi nalidad de garantizar que, en el más breve plazo, se realicen los nombramientos en el sector salud autorizados por la Ley Nº 29465;

Que, en los citados Lineamientos se establece que una vez aprobadas las modifi caciones a los documentos de gestión (Cuadro para Asignación de Personal y Presupuesto Analítico de Personal), los pliegos respectivos deberán solicitar al Ministerio de Economía y Finanzas el informe favorable según refi ere el último párrafo del numeral 9.1 del artículo 9º de la Ley Nº 29465. Dicho informe favorable será comunicado por el Ministerio de Economía y Finanzas al pliego respectivo y al Ministerio de Salud, a fi n que este último elabore el proyecto de decreto supremo que autorice la excepción a la prohibición de nombramiento de las unidades ejecutoras de salud;

Que, mediante Decreto Supremo Nº 110-2010-EF, se autoriza una transferencia de partidas a favor del Pliego Ministerio de Salud, sus Organismos Públicos y los Gobiernos Regionales por la suma de S/. 57 259

Page 23: Cuadernillo de Normas Legales - Gaceta Jurídica...2010/07/03  · El Peruano NORMAS LEGALES Lima, sábado 3 de julio de 2010 421601 RR. Nºs. 6857 y 6866-2010.- Autorizan viajes de

NORMAS LEGALESEl PeruanoLima, sábado 3 de julio de 2010 421621

662,00, destinados al fi nanciamiento del costo diferencial del nombramiento del personal del sector salud, a nivel Nacional, en el ámbito de las Leyes Nºs. 28498 y 28560 y Decreto de Urgencia Nº 094-2009. Según Anexo de la norma, corresponde al Pliego 460 Gobierno Regional del Departamento de Tacna la suma de S/. 1 277 951,00 para 108 plazas; al Pliego 136 Instituto Nacional de Enfermedades Neoplásicas la suma de S/. 1 295 405,00 para 88 plazas; al Pliego 131 Instituto Nacional de Salud la suma de S/. 183 000,00 para 24 plazas; y al Pliego 011 Ministerio de Salud la suma de S/. 12 970 832,00 para 1 141 plazas;

Que, mediante Ofi cios Nº 155-2010-EF/76.20, Nº 250-2010-EF/76.20, N° 251-2010-EF/76.20, y N° 268-2010-EF/76.20 dirigidos al Presidente del Gobierno Regional del Departamento de Tacna, al Jefe Institucional del Instituto Nacional de Enfermedades Neoplásicas, al Director General de la Ofi cina General de Asesoría Técnica del Instituto Nacional de Salud, y al Director General de la Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto del Ministerio de Salud, el Ministerio de Economía y Finanzas emitió opinión favorable señalando que las unidades ejecutoras de salud de dichas entidades cuentan con el marco presupuestal

en la fuente de fi nanciamiento Recursos Ordinarios que les permite fi nanciar el costo de las 108, 88, 24 y 1 055 plazas respectivamente, indicadas en el Decreto Supremo Nº 110-2010-EF, para el nombramiento del personal de salud en aplicación de la Leyes Nºs. 28498 y 28560;

De conformidad con el literal b) del numeral 9.1 del artículo 9º de la Ley N° 29465, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2010, y del artículo 7º del Decreto Supremo Nº 005-2010-SA;

DECRETA:

Artículo 1°.- ObjetoAutorizar la excepción a la prohibición del ingreso de

personal en el Sector Público señaladas en el numeral 9.1 del artículo 9º de la Ley Nº 29465, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2010, para el nombramiento de personal de salud en las Unidades Ejecutoras del Gobierno Regional del Departamento de Tacna, Instituto Nacional de Enfermedades Neoplásicas, Instituto Nacional de Salud y Ministerio de Salud, indicadas en el Decreto Supremo Nº 110-2010-EF, en aplicación de la Leyes Nºs. 28498 y 28560, según detalle:

PLIEGO/ GOBIERNO REGIONAL UNIDAD EJECUTORA PEA 15%Ley Nº 28498

PEA 15%Ley Nº 28560 Total

460 Departamento de Tacna 400 Salud Tacna 44 49 93401 Hospital de Apoyo Hipólito Unánue 3 12 15

Total 47 61 108136 Instituto Nacional de Enfermedades Neoplásicas

401 Instituto Nacional de Enfermedades Neoplásicas 30 58 88

Total 30 58 88131 Instituto Nacional de Salud 400 Instituto Nacional de Salud 8 16 24

Total 8 16 24

011 Ministerio de Salud

005 Instituto Nacional de Salud Mental 3 6 9007 Instituto Nacional de Ciencias Neurológicas 5 10 15008 Instituto Nacional de Oftalmología 3 7 10009 Instituto Nacional de Rehabilitación 9 11 20010 Instituto Nacional de Salud del Niño 16 41 57011 Instituto Nacional Materno Perinatal 14 6 20015 Dirección de Salud IV Lima Este 37 95 132016 Hospital Nacional Hipólito Unanue 17 31 48017 Hospital Hermilio Valdizán 2 6 8020 Hospital Sergio Bernales 11 26 37021 Hospital Cayetano Heredia 8 20 28022 Dirección de Salud II Lima Sur 0 6 6025 Hospital de Apoyo Departamental María Auxiliadora 11 23 34026 Dirección de Salud V Lima Ciudad 2 16 18027 Hospital Nacional Arzobispo Loayza 24 61 85028 Hospital Nacional Dos de Mayo 17 23 40029 Hospital de Apoyo Santa Rosa 7 9 16030 Hospital de Emergencias Casimiro Ulloa 4 9 13031 Hospital de Emergencias Pediátricas 4 6 10032 Hospital Nacional Víctor Larco Herrera 3 13 16033 Hospital Nacional Docente Madre Niño 10 13 23036 Hospital Puente Piedra y Servicios Básicos de Salud 19 32 51042 Hospital “José Agurto Tello” de Chosica 3 8 11043 Red de Salud San Juan de Lurigancho 18 36 54044 Red de Salud Rímac-San Martín de Porres-Los Olivos 15 29 44

045 Red de Salud Túpac Amaru 18 30 48046 Red de Servicios de Salud Barranco-Chorrillos-Surco 6 25 31

047 Red de Servicios de Salud San Juan de Mirafl ores-Villa María del Triunfo 11 29 40

048 Red de Servicios de Salud Villa El Salvador-Lurín-Pachacamac-Pucusana 8 25 33

049 Hospital San Juan de Lurigancho 3 6 9050 Hospital Vitarte 4 14 18053 Red de Salud Lima Ciudad 14 57 71

Total 326 729 1 055

Page 24: Cuadernillo de Normas Legales - Gaceta Jurídica...2010/07/03  · El Peruano NORMAS LEGALES Lima, sábado 3 de julio de 2010 421601 RR. Nºs. 6857 y 6866-2010.- Autorizan viajes de

NORMAS LEGALESEl Peruano

Lima, sábado 3 de julio de 2010421622

Artículo 2°.- RefrendoEl presente Decreto Supremo será refrendado por el

Ministro de Salud.

Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los dos días del mes de julio del año dos mil diez.

ALAN GARCÍA PÉREZPresidente Constitucional de la República

OSCAR UGARTE UBILLUZMinistro de Salud

514630-8

Disponen la prepublicación del proyecto de Documento Técnico “Catálogo Sectorial de Procedimientos Médicos” en el portal de internet del Ministerio

RESOLUCIÓN MINISTERIALNº 530-2010/MINSA

Lima, 25 de junio del 2010

Visto el Expediente N° 10-036541-001, que contiene la Nota Informativa Nº 623-2010-DGSP/MINSA y el Informe Nº 051-2010-DGSP-DGS/MINSA, de la Dirección General de Salud de las Personas;

CONSIDERANDO:

Que el artículo II del Título Preliminar de la Ley N° 26842 Ley General de Salud, señala que la protección de la salud es de interés público y por tanto es responsabilidad del Estado regularla, vigilarla y promoverla;

Que el artículo 41° del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Salud, aprobado mediante Decreto Supremo N° 023-2005-SA, dispone que la Dirección General de Salud de las Personas, es el órgano técnico normativo en los procesos relacionados a la atención integral y servicios de salud;

Que la Dirección General de Salud de las Personas ha elaborado el proyecto de Documento Técnico “Catálogo Sectorial de Procedimientos Médicos”, el cual resulta necesario sea prepublicado en el portal de Internet del Ministerio de Salud, a efecto de recibir las respectivas sugerencias y comentarios de la ciudadanía en general;

Estando a lo propuesto por la Dirección General de Salud de las Personas;

Con el visado del Director General de la Dirección General de Salud de las Personas, del Director General de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica y del Viceministro de Salud; y,

De conformidad con lo dispuesto en el literal I) del artículo 8° de la Ley N° 27657, Ley del Ministerio de Salud;

SE RESUELVE:

Artículo 1°.- Disponer que la Ofi cina General de Comunicaciones efectúe la prepublicación del proyecto de Documento Técnico “Catálogo Sectorial de Procedimientos Médicos”, en el Portal de Internet del Ministerio de Salud, en la dirección: http://www.minsa.gob.pe/portada/doc_consultas.htm, a efecto de recibir las sugerencias y comentarios de las entidades públicas o privadas y de la ciudadanía en general, durante el plazo de quince (15) días hábiles.

Artículo 2°.- Encargar a la Dirección General de Salud de las Personas, la recepción, procesamiento y sistematización de las sugerencias y comentarios que se presenten a fi n de elaborar el proyecto correspondiente.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

OSCAR RAUL UGARTE UBILLUZ Ministro de Salud

513738-1

Designan a profesionales en diversos cargos del Hospital “María Auxiliadora” de la Dirección de Salud II Lima Sur del Ministerio

RESOLUCIÓN MINISTERIALNº 532-2010/MINSA

Lima, 25 de junio del 2010

Vistos los Expedientes Nºs. 10-042587-001, 10-042589-001, 10-042588-001, 10-042944-001, 10-041535-001, 10-041555-001, 10-041520-001, 10-041498-001, 10-041554-001, 10-041508-001, 10-041558-001 y 10-045754-001; que contienen los Ofi cios Nºs. 378-2010-HMA-OP-AS, 376-2010-HMA-OP-AS, 377-2010-HMA-OP-AS, 381-2010-HMA-OP-AS, 761-2010-HMA-OP-AS, 763-2010-HMA-OP-AS, 760-2010-HMA-OP-AS, 758-2010-HMA-OP-AS, 762-2010-HMA-OP-AS, 759-2010-HMA-OP-AS, 764-2010-HMA-OP-AS y 417-2010-HMA-OP-AS, del Director General del Hospital “María Auxiliadora” de la Dirección de Salud II Lima Sur del Ministerio de Salud;

CONSIDERANDO:

Que mediante Resolución Ministerial Nº 322-2010/MINSA del 28 de mayo de 2010, se aprobó el Cuadro para Asignación de Personal y con Resolución Directoral N° 210-2010-HMA-DG, del 28 de mayo de 2010, se aprobó el Presupuesto Analítico de Personal Modifi cado 2010 del Hospital “María Auxiliadora” de la Dirección de Salud II Lima Sur del Ministerio de Salud;

Que mediante Resolución Ministerial N° 796-2009/MINSA del 19 de noviembre de 2009, se designó al médico cirujano Eladio Benjamín Pimentel Román, en el cargo de Director, Nivel F-3, de la Ofi cina de Seguros del Hospital “María Auxiliadora”;

Que mediante Resolución Ministerial N° 584-2008/MINSA del 22 de agosto de 2008, se designó al médico cirujano Jorge Alberto Coello Vásquez, en el cargo de Asesor I, Nivel F-4, del Hospital “María Auxiliadora”;

Que mediante Resolución Ministerial N° 551-2008/MINSA del 08 de agosto de 2008, se designó al médico cirujano Wilfredo Ignacio Seminario San Bartolomé, en el cargo de Sub Director General, Nivel F-4, del Hospital “María Auxiliadora”;

Que mediante los documentos de vistos, el Director General del Hospital “María Auxiliadora” propone la designación de diversos profesionales; para lo cual deben darse por concluidas las designaciones antes señaladas;

Que con Memorándum N° 051-2010-OPP/MINSA del 09 de junio de 2010, el Director (e) de Programación y Presupuesto de la Ofi cina General de Gestión de Recursos Humanos, manifi esta que las propuestas de designación solicitadas, desde el punto de vista de los cargos y plazas, no tienen inconveniente para su aplicación;

Que en ese sentido, resulta conveniente designar a los profesionales propuestos;

Con el visado de la Directora General de la Ofi cina General de Gestión de Recursos Humanos, del Director General de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica y del Vice Ministro de Salud; y,

De conformidad con lo previsto en la Ley Nº 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; en la Ley Nº 29465, Ley de Presupuesto del Sector Público para el año fi scal 2010; en el literal I) del artículo 8º de la Ley Nº 27657, Ley del Ministerio de Salud; en el Decreto Legislativo Nº 276, Ley de Bases de la Carrera Administrativa y de Remuneraciones del Sector Público, y en su Reglamento aprobado por el Decreto Supremo Nº 005-90-PCM;

SE RESUELVE:

Artículo 1°.- Dar por concluidas las designaciones de los funcionarios del Hospital “María Auxiliadora” de la

Page 25: Cuadernillo de Normas Legales - Gaceta Jurídica...2010/07/03  · El Peruano NORMAS LEGALES Lima, sábado 3 de julio de 2010 421601 RR. Nºs. 6857 y 6866-2010.- Autorizan viajes de

NORMAS LEGALESEl PeruanoLima, sábado 3 de julio de 2010 421623

Dirección de Salud II Lima Sur del Ministerio de Salud, que se indican a continuación, dándoseles las gracias por los servicios prestados:

NOMBRES Y APELLIDOS CARGO NIVELMédico Cirujano Eladio

Benjamín PIMENTEL ROMAN Director de la Ofi cina de Seguros F-3

Médico Cirujano Jorge Alberto COELLO VASQUEZ Asesor I F-4

Médico Cirujano Wilfredo Ignacio SEMINARIO SAN

BARTOLOMESub Director General F-4

Artículo 2°.- Designar en el Hospital “María Auxiliadora” de la Dirección de Salud II Lima Sur del Ministerio de Salud, a los siguientes profesionales:

NOMBRES Y APELLIDOS CARGO NIVELMédico Cirujano Eladio

Benjamín PIMENTEL ROMAN Asesor I F-4

Médico Cirujano Jorge Alberto COELLO VASQUEZ Director de Programa Sectorial II F-4

Médico Cirujano Wilfredo Ignacio SEMINARIO SAN

BARTOLOME

Director de Programa Sectorial I - Departamento de Anestesiología

y Centro QuirúrgicoF-3

Médico Cirujano Victor Hugo VALLE CABRERA

Director de Programa Sectorial I - Departamento de Diagnóstico por

ImágenesF-3

Médico Cirujano Susana Juana OSHIRO KANASHIRO

Director de Programa Sectorial I - Departamento de Medicina F-3

Químico Farmacéutico ElsaCristel MENESES MORON

Director de Programa Sectorial I - Departamento de Farmacia F-3

Médico Cirujano OvidioCHUMBE RUIZ

Director de Programa Sectorial I - Departamento de Gineco-

ObstetriciaF-3

Médico Cirujano Fernando Alfredo MUNAYCO MARTINEZ

Director de Programa Sectorial I - Departamento de Emergencias y

Cuidados CríticosF-3

Médico Cirujano Hugo Efrend ROJAS OLIVERA

Director de Programa Sectorial I - Departamento de Pediatría F-3

Médico Cirujano Miguel David FLORES MENA

Director de Programa Sectorial I - Departamento de Cirugía F-3

Médico Cirujano José Alejandro PEREA TORRES

Director de Programa Sectorial I - Ofi cina de Epidemiología y Salud

AmbientalF-3

Médico Cirujano Akie Niceta CANCHO RIOS

Director de Sistema Administrativo I - Ofi cina de Seguros F-3

Regístrese, comuníquese y publíquese.

OSCAR RAUL UGARTE UBILLUZMinistro de Salud

513738-2

TRABAJO Y PROMOCION

DEL EMPLEO

Designan representantes del Ministerio ante la Comisión de Supervisión Multisectorial constituida por el D.S. Nº 009-2006-MIMDES

RESOLUCIÓN MINISTERIALNº 157-2010-TR

Lima, 2 de julio de 2010

VISTOS: El Oficio Nº 474-2010-MTPE/2/12.4 del 27 de mayo de 2010, del Director (e) de la Dirección

de Protección del Menor y de la Seguridad y Salud en el Trabajo; y el Oficio Nº 1661-2010-MTPE/2/12.1 del 21 de junio de 2010, del Director Regional de Trabajo y Promoción del Empleo Lima-Callao; y,

CONSIDERANDO:

Que, mediante Decreto Supremo Nº 009-2006-MIMDES se dispone entre otros, que en todas las instituciones del Sector Público, en las cuales laboren (20) veinte o más mujeres en edad fértil, se cuente con un ambiente especialmente acondicionado y digno para que las mujeres extraigan su leche materna asegurando su adecuada conservación durante el horario de trabajo;

Que, mediante el artículo 3º del citado Decreto Supremo, se constituye una Comisión de Supervisión Multisectorial, encargada de velar por el cumplimiento de lo dispuesto en el referido Decreto Supremo, la cual estará integrada, entre otros, por un representante Titular y un representante Alterno del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, quienes serán designados mediante Resolución Ministerial;

Que, mediante Resolución Ministerial Nº 329-2006-TR, del 19 de setiembre de 2006, modifi cada por Resolución Ministerial N° 064-2007-TR del 06 de marzo de 2007, se designó, a los funcionarios que ocupan los cargos de Director de Protección del Menor y de la Seguridad y Salud en el Trabajo, y Director de Micro y Pequeña Empresa, como representantes titular y alterno del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, respectivamente, ante la Comisión de Supervisión Multisectorial citada en el considerando anterior;

Que, mediante Ley Nº 29271, se transfi ere, al Ministerio de la Producción, las funciones y competencias sobre micro y pequeña empresa previstas en la Ley Nº 27711, anterior Ley del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo;

Que, en atención a las consideraciones expuestas, resulta procedente designar, conforme a la normatividad vigente, a los representantes del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, ante la Comisión de Supervisión Multisectorial a que se refiere el segundo considerando;

Con la visación del Directora General (e) de la Ofi cina de Asesoría Jurídica; y,

De conformidad con lo dispuesto por el artículo 4° de la Ley Nº 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; el artículo 3º del Decreto Supremo Nº 009-2006-MIMDES; y el numeral 8 del artículo 25° de la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo;

SE RESUELVE:

Artículo 1°.- Designar como representantes del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, ante la Comisión de Supervisión Multisectorial constituida por el artículo 3º del Decreto Supremo Nº 009-2006-MIMDES, a los funcionarios que ocupan los siguientes cargos:

- Director de Protección del Menor y de la Seguridad y Salud en el Trabajo, como representante Titular; y,

- Subdirector de Registros, Capacitación y Difusión de la Seguridad y Salud en el Trabajo, como representante Alterno.

Artículo 2°.- Déjese sin efecto las normas que se opongan a la presente Resolución Ministerial.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

MANUELA GARCÍA COCHAGNEMinistra de Trabajo y Promoción del Empleo

514366-1

Page 26: Cuadernillo de Normas Legales - Gaceta Jurídica...2010/07/03  · El Peruano NORMAS LEGALES Lima, sábado 3 de julio de 2010 421601 RR. Nºs. 6857 y 6866-2010.- Autorizan viajes de

NORMAS LEGALESEl Peruano

Lima, sábado 3 de julio de 2010421624

TRANSPORTES Y

COMUNICACIONES

Autorizan viaje de Director General de Transporte Acuático a Ecuador para participar en el XIX Congreso Latinoamericano de Puertos

RESOLUCIÓN SUPREMANº 104-2010-MTC

Lima, 2 de julio de 2010

VISTO:

El Memorándum Nº 1060-2010-MTC/02 de fecha 14 de junio de 2010 del Viceministro de Transportes y el Informe Nº 076-2010-MTC/13 de fecha 2 de junio de 2010, emitido por la Dirección General de Transporte Acuático; y,

CONSIDERANDO:

Que, la Ley Nº 27619, en concordancia con su norma reglamentaria aprobada por Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, regula la autorización de viajes al exterior de servidores, funcionarios públicos o representantes del Estado;

Que, el numeral 10.1 del artículo 10º de la Ley Nº 29465, Ley del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2010, establece que quedan prohibidos los viajes al exterior de servidores o funcionarios públicos y representantes del Estado con cargo a recursos públicos, excepto los que se efectúen en el marco de la negociación de acuerdos comerciales o tratados comerciales y ambientales, entre otros, habiéndose previsto que las excepciones adicionales a lo dispuesto en el citado numeral serán autorizadas mediante Resolución Suprema refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros;

Que, mediante Ofi cio Nº 110-2010-ENAPU S.A./PD de fecha 24 de mayo de 2010, el Presidente del Directorio de ENAPU S.A. pone en conocimiento la realización del XIX Congreso Latinoamericano de Puertos, que se llevará a cabo del 7 al 9 de julio del 2010, en la ciudad de Manta, Ecuador;

Que, se considera de suma importancia la participación del Director General de Transporte Acuático del Ministerio de Transportes y Comunicaciones en el citado Congreso, por cuanto permitirá obtener información actualizada, vinculada a las posibilidades de desarrollo en los Puertos del país, lo cual a su vez permitirá contar con elementos de juicio para actualizar y mejorar las políticas sectoriales relativas al Sistema Portuario Nacional y mejoramiento de infraestructuras y servicios portuarios;

Que, los gastos por concepto de pasajes, viáticos y tarifa unifi cada de uso de aeropuerto, serán asumidos por el Ministerio de Transportes y Comunicaciones, con cargo a su presupuesto;

Que, la Ofi cina de Finanzas de la Ofi cina General de Administración, con fecha 14 de junio de 2010, emitió la Certifi cación de Crédito Presupuestario Nº 06065-2010, de conformidad con lo establecido en el Artículo 77º de la Ley Nº 28411 - Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto;

De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 27619, Ley Nº 29465, el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, y a lo informado por la Dirección General de Transporte Acuático; y,

Estando a lo acordado;

SE RESUELVE:

Artículo 1º.- Autorizar el viaje del señor José Luis Qwistgaard Suárez, Director General de Transporte Acuático del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, a la ciudad de Manta, Ecuador, del 6 al 9 de julio de 2010, para los fi nes expuestos en la parte considerativa de la presente resolución.

Artículo 2º.- El gasto de los pasajes, viáticos y tarifa unifi cada de uso de aeropuerto que irrogue el cumplimiento de la presente resolución, será cubierto con cargo al presupuesto del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, de acuerdo al siguiente detalle:

Pasajes US$ 1,614.41Viáticos US$ 800.00Tarifa Unifi cada de Uso de Aeropuerto US$ 31.00

Artículo 3º.- Dentro de los siete (7) días calendario de su retorno al país, el funcionario mencionado en el Artículo 1º de la presente Resolución Suprema, deberá presentar a la Presidencia de la República, a través de la Secretaría del Consejo de Ministros, un informe describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado.

Artículo 4º.- Conforme a lo dispuesto por el Artículo 10º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, el funcionario mencionado en la presente Resolución Suprema, dentro de los quince (15) días calendario siguientes de efectuado el viaje, deberá presentar un informe al Despacho Ministerial, con copia a la Ofi cina General de Administración del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado.

Artículo 5º.- La presente Resolución Suprema no otorgará derecho de exoneración o liberación de impuestos o de derechos aduaneros de ninguna clase o denominación.

Artículo 6º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Transportes y Comunicaciones.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

ALAN GARCÍA PÉREZPresidente Constitucional de la República

JAVIER VELASQUEZ QUESQUÉNPresidente del Consejo de Ministros

ENRIQUE CORNEJO RAMÍREZMinistro de Transportes y Comunicaciones

514630-13

ORGANISMOS EJECUTORES

INSTITUTO NACIONAL

DE DEFENSA CIVIL

Aprueban Directiva “Lineamientos para la organización, preparación y ejecución del Simulacro Nacional de Sismo del 11.AGO.2010”

RESOLUCIÓN JEFATURALNº 155-2010-INDECI

21 de junio del 2010

VISTOS: El Memorándum Nº 342-2010-INDECI/11.0 de fecha 21.JUN.2010, sus antecedentes; y,

CONSIDERANDO:

Que, de conformidad con el Decreto Ley Nº 19338 - Ley del Sistema Nacional de Defensa Civil, sus normas modifi catorias y ampliatorias, el Instituto Nacional de Defensa Civil -INDECI, es el Órgano rector y conductor del Sistema Nacional de Defensa Civil - SINADECI;

Que, el artículo 44º de la Ley Nº 29158 – Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, establece que los Sistemas están

Page 27: Cuadernillo de Normas Legales - Gaceta Jurídica...2010/07/03  · El Peruano NORMAS LEGALES Lima, sábado 3 de julio de 2010 421601 RR. Nºs. 6857 y 6866-2010.- Autorizan viajes de

NORMAS LEGALESEl PeruanoLima, sábado 3 de julio de 2010 421625

a cargo de un Ente Rector que se constituye en su autoridad técnico - normativa a nivel nacional, dicta las normas y establece los procedimientos relacionados con su ámbito; coordina su operación técnica y es responsable de su correcto funcionamiento en el marco de la presente ley, sus leyes especiales y disposiciones complementarias;

Que, la Dirección Nacional de Operaciones es el órgano encargado de planifi car, organizar, coordinar, dirigir y supervisar la Política Nacional de Defensa Civil, así como de preparar a la población mediante la ejecución de simulacros;

Que, mediante Decreto Supremo Nº 037-2010-PCM se aprobó el “Plan de Prevención por Sismo 2010”;

Que, mediante el documento de Vistos la Dirección Nacional de Operaciones solicita aprobar la Directiva -“Lineamientos para la organización, preparación y ejecución del Simulacro Nacional de Sismo del 11.AGO.2010”, que tiene como objeto establecer lineamientos básicos para poner a prueba la capacidad de preparación y respuesta de autoridades, instituciones y población, así como complementar las Directivas Nº 006-2010-INDECI/10.2 (FASE IV) y Nº 007-2010-INDECI/10.2 (FASES II y III) relativas al “Plan Nacional de Prevención ante Sismos 2010”;

De conformidad con el Decreto Ley Nº 19338, sus normas modifi catorias y ampliatorias y en uso de las atribuciones conferidas en el Reglamento de Organización y Funciones de INDECI, aprobado por Decreto Supremo Nº 059-2001-PCM, modifi cado por el Decreto Supremo Nº 005-2003-PCM y el Decreto Supremo Nº 095-2005-PCM;

Con las visaciones de la Sub Jefatura, la Dirección Nacional de Operaciones y de la Ofi cina de Asesoría Jurídica;

SE RESUELVE:

Artículo 1º.- Aprobar la Directiva Nº 008-2010/INDECI/DNO - “Lineamientos para la organización, preparación y ejecución del Simulacro Nacional de Sismo del 11.AGO.2010” que obra en anexo adjunto en doce (12) folios, como parte integrante de la presente Resolución.

Artículo 2º.- Encargar a la Ofi cina de Estadística y Telemática del INDECI en coordinación con la Secretaría General e Imagen Institucional la publicación de la presente Resolución Jefatural en el Diario Ofi cial El Peruano, así como el texto de la Directiva y su respectivo anexo en el Portal Institucional (www.indeci.gob.pe) e intranet.

Artículo 3º.- Disponer que la Secretaría General distribuya la presente Directiva a nivel nacional e ingrese la presente Resolución en el Archivo General Institucional y remita copia autenticada por Fedatario a la Sub Jefatura, a las Direcciones Nacionales, Direcciones Regionales y Ofi cinas, para su conocimiento y fi nes pertinentes.

Regístrese, comuníquese y archívese.

LUIS F. PALOMINO RODRÍGUEZJefe del Instituto Nacional de Defensa Civil

513477-1

ORGANISMO DE

FORMALIZACIÓN DE LA

PROPIEDAD INFORMAL

Designan Jefes de las Oficinas Zonales de Lima y Callao, Arequipa y Piura de COFOPRI

RESOLUCIÓN DIRECTORALN°151-2010-COFOPRI/DE

Lima, 2 de julio de 2010

CONSIDERANDO:

Que, la Ley N° 27594, regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos, estableciendo en su artículo 7° que mediante Resolución Ministerial o Resolución del Titular en la Entidad que corresponda, se acepta la renuncia o se dispone una nueva designación o nombramiento de los actuales funcionarios con cargo de confi anza no contemplados en el Artículo 1 de la citada Ley;

Que, mediante el Decreto Supremo N° 025-2007-VIVIENDA, se aprobó el Reglamento de Organización y Funciones del Organismo de Formalización de la Propiedad Informal - COFOPRI, en cuyo artículo 9° se establece que el Director Ejecutivo es el Titular de la Entidad;

Que, de conformidad con el literal i) del artículo 10° del referido Reglamento de Organización y Funciones, es función del Director Ejecutivo de COFOPRI, designar y cesar a los empleados de confi anza, de conformidad con la legislación vigente;

Que, mediante la Resolución Suprema N° 006-2010-VIVIENDA publicada el 25 de mayo de 2010, se designó al señor Álvaro Delgado Scheelje, como Director Ejecutivo del Organismo de Formalización de la Propiedad Informal - COFOPRI;

Que, mediante la Resolución Directoral N° 088-2010-COFOPRI/DE de 29 de abril de 2010, se encargó a la señorita abogada Evelyn Tania Alvizuri Romaní, las funciones correspondientes al cargo de Jefe la Ofi cina Zonal de Lima y Callao del Organismo de Formalización de la Propiedad Informal;

Que, resulta necesario dejar sin efecto la encargatura dispuesta por la Resolución Directoral referida en el considerando precedente, disponiendo en consecuencia la designación correspondiente;

De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 27594 y el Reglamento de Organización y Funciones de COFOPRI;

Con el visado de la Secretaría General y de la Ofi cina de Asesoría Jurídica de COFOPRI;

SE RESUELVE:

Artículo Primero.- Designar al señor Alfredo Ladrón de Guevara Olarte, en el cargo de Jefe de la Ofi cina Zonal de Lima y Callao del Organismo de Formalización de la Propiedad Informal - COFOPRI.

Artículo Segundo.- Dejar sin efecto, la encargatura dispuesta en el artículo primero de la Resolución Directoral N° 088-2010-COFOPRI/DE del 29 de abril de 2010.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

ALVARO DELGADO SCHEELJEDirector Ejecutivo de COFOPRI

514363-1

RESOLUCIÓN DIRECTORALN° 152 -2010-COFOPRI/DE

Lima, 2 de julio de 2010

CONSIDERANDO:

Que, la Ley N° 27594, regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos, estableciendo en su artículo 7° que mediante Resolución Ministerial o Resolución del Titular en la Entidad que corresponda, se acepta la renuncia o se dispone una nueva designación o nombramiento de los actuales funcionarios con cargo de confi anza no contemplados en el Artículo 1 de la citada Ley;

Que, mediante el Decreto Supremo N° 025-2007-VIVIENDA, se aprobó el Reglamento de Organización y Funciones del Organismo de Formalización de la Propiedad Informal - COFOPRI, en cuyo artículo 9° se establece que el Director Ejecutivo es el Titular de la Entidad;

Que, de conformidad con el literal i) del artículo 10° del referido Reglamento de Organización y Funciones, es

Page 28: Cuadernillo de Normas Legales - Gaceta Jurídica...2010/07/03  · El Peruano NORMAS LEGALES Lima, sábado 3 de julio de 2010 421601 RR. Nºs. 6857 y 6866-2010.- Autorizan viajes de

NORMAS LEGALESEl Peruano

Lima, sábado 3 de julio de 2010421626

función del Director Ejecutivo de COFOPRI, designar y cesar a los empleados de confi anza, de conformidad con la legislación vigente;

Que, mediante la Resolución Suprema N° 006-2010-VIVIENDA publicada el 25 de mayo de 2010, se designó al señor Álvaro Delgado Scheelje, como Director Ejecutivo del Organismo de Formalización de la Propiedad Informal - COFOPRI;

Que, mediante la Resolución Directoral N° 060-2007-COFOPRI/DE de 18 de setiembre de 2007, se designó a la señora Felicitas Flor de María Román Bazán, en el cargo de Jefe la Ofi cina Zonal de Arequipa del Organismo de Formalización de la Propiedad Informal;

Que, resulta necesario dejar sin efecto la designación dispuesta por la Resolución Directoral referida en el considerando precedente, disponiendo en consecuencia una nueva designación;

De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 27594 y el Reglamento de Organización y Funciones de COFOPRI;

Con el visado de la Secretaría General y de la Ofi cina de Asesoría Jurídica de COFOPRI;

SE RESUELVE:

Artículo Primero.- Dar por concluida la designación de la señora Felicitas Flor de María Román Bazán, en el cargo de Jefe la Ofi cina Zonal de Arequipa del Organismo de Formalización de la Propiedad Informal, dándole las gracias por los servicios prestados.

Artículo Segundo.- Designar a la señorita arquitecta Sonia Hildaura Matta Zegarra, en el cargo de Jefe de la Ofi cina Zonal de Arequipa del Organismo de Formalización de la Propiedad Informal – COFOPRI.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

ALVARO DELGADO SCHEELJEDirector Ejecutivo de COFOPRI

514363-2

RESOLUCIÓN DIRECTORALN° 153 -2010-COFOPRI/DE

Lima, 2 de julio de 2010

CONSIDERANDO:

Que, la Ley N° 27594, regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos, estableciendo en su artículo 7° que mediante Resolución Ministerial o Resolución del Titular en la Entidad que corresponda, se acepta la renuncia o se dispone una nueva designación o nombramiento de los actuales funcionarios con cargo de confi anza no contemplados en el Artículo 1 de la citada Ley;

Que, mediante el Decreto Supremo N° 025-2007-VIVIENDA, se aprobó el Reglamento de Organización y Funciones del Organismo de Formalización de la Propiedad Informal - COFOPRI, en cuyo artículo 9° se establece que el Director Ejecutivo es el Titular de la Entidad;

Que, de conformidad con el literal i) del artículo 10° del referido Reglamento de Organización y Funciones, es función del Director Ejecutivo de COFOPRI, designar y cesar a los empleados de confi anza, de conformidad con la legislación vigente;

Que, mediante la Resolución Suprema N° 006-2010-VIVIENDA publicada el 25 de mayo de 2010, se designó al señor Álvaro Delgado Scheelje, como Director Ejecutivo del Organismo de Formalización de la Propiedad Informal - COFOPRI;

Que, mediante la Resolución Directoral N° 093-2010-COFOPRI/DE de 30 de abril de 2010, se encargó al señor José César Mendoza Soto, las funciones correspondientes al cargo de Jefe la Ofi cina Zonal de Piura del Organismo de Formalización de la Propiedad Informal;

Que, resulta necesario dejar sin efecto la encargatura dispuesta por la Resolución Directoral referida en el

considerando precedente, disponiendo en consecuencia la designación correspondiente;

De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 27594 y el Reglamento de Organización y Funciones de COFOPRI;

Con el visado de la Secretaría General y de la Ofi cina de Asesoría Jurídica de COFOPRI;

SE RESUELVE:

Artículo Primero.- Designar a la señorita abogada Lenka Vanessa Ruíz Zeballos, en el cargo de Jefe de la Ofi cina Zonal de Piura del Organismo de Formalización de la Propiedad Informal – COFOPRI.

Artículo Segundo.- Dejar sin efecto, la encargatura dispuesta en el artículo segundo de la Resolución Directoral N° 093-2010-COFOPRI/DE de 30 de abril de 2010.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

ALVARO DELGADO SCHEELJEDirector Ejecutivo de COFOPRI

514363-3

ORGANISMOS TECNICOS

ESPECIALIZADOS

SUPERINTENDENCIA NACIONAL

DE LOS REGISTROS PUBLICOS

Designan Asesora de la Gerencia General de la SUNARP

RESOLUCIÓN DEL SUPERINTENDENTE NACIONAL DE LOS REGISTROS PÚBLICOS

N° 170-2010-SUNARP-SN

Lima, 01 de julio de 2010.

CONSIDERANDO:

Que, el Superintendente Nacional de los Registros Públicos es el funcionario de mayor nivel jerárquico de la institución;

Que, de conformidad con lo establecido en el literal n) del artículo 7° del Estatuto de la SUNARP es una atribución del Superintendente Nacional el designar los cargos de confi anza y nombrar, contratar, suspender, remover o cesar al personal considerado en dichos cargos, dando cuenta al Directorio;

Que, se encuentra vacante el cargo de Asesor de la Gerencia General de la SUNARP, resultando necesario designar al funcionario de confi anza en el citado puesto;

De conformidad con las Leyes Nºs. 27594 y 26366, y el inciso v) del artículo 7° del Estatuto de la SUNARP, aprobado por Resolución Suprema Nº 135-2002-JUS; y

Con cargo de dar cuenta al Directorio;

SE RESUELVE:

Artículo Único.- Designar, con efectividad a partir de la fecha, a la señora abogada Marlene Amanda Inga Coronado en el cargo de Asesor de la Gerencia General de la SUNARP.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

JOSÉ ANTONIO AROSTEGUI GIRANOSuperintendente Nacional de los Registros Públicos

514011-1

Page 29: Cuadernillo de Normas Legales - Gaceta Jurídica...2010/07/03  · El Peruano NORMAS LEGALES Lima, sábado 3 de julio de 2010 421601 RR. Nºs. 6857 y 6866-2010.- Autorizan viajes de

NORMAS LEGALESEl PeruanoLima, sábado 3 de julio de 2010 421627

PODER JUDICIAL

CONSEJO EJECUTIVO

DEL PODER JUDICIAL

Sancionan con destitución a Secretario Judicial del Segundo Juzgado Penal de la Corte Superior de Justicia de Tumbes

(Se publican las siguientes resoluciones a solicitud del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, mediante Ofi cio Nº 4807-2010-CE-PJ, recibido el 2 de julio de 2010)

INVESTIGACIÓN ODICMAN° 360-2008-TUMBES

Lima, catorce de diciembre de dos mil nueve.

VISTA: La investigación ODICMA número trescientos sesenta guión dos mil ocho guión Tumbes seguida contra el servidor Diego Vargas Machuca Seminario por su actuación como Secretario Judicial del Segundo Juzgado Penal de la Corte Superior de Justicia de Tumbes, a mérito de la propuesta de destitución formulada por la Jefatura de la Ofi cina de Control de la Magistratura del Poder Judicial mediante resolución número diecinueve expedida con fecha diez de noviembre de dos mil ocho, obrante de fojas ochocientos ochenta y siete a ochocientos noventa y uno; por sus fundamentos; y, CONSIDERANDO: Primero: Que, analizando la propuesta de destitución formulada por la Jefatura de la Ofi cina de Control de la Magistratura contra el servidor Diego Vargas Machuca Seminario, en su actuación como Secretario Judicial del Segundo Juzgado de Penal de la Corte Superior de Justicia de Tumbes, se aprecia que se le atribuye como conducta disfuncional el no haber tramitado con celeridad los expedientes asignados a su Secretaría; Segundo: Que, a manera de introducción y a efectos de establecer la norma aplicable, se debe precisar que el ordenamiento nacional ha establecido dos supuestos que rigen la potestad sancionadora de la administración y, que operan a favor del administrado, en cuanto a la dimensión temporal de las normas. Los supuestos son los siguientes: i)El principio de irretroactividad, el cual garantiza que la atribución de la potestad sancionadora sólo será válida para la aplicación de disposiciones de tipifi cación de ilícitos y previsora de sanciones, cuando hayan entrado en vigencia con anterioridad al hecho y estén vigentes al momento de su califi cación por la autoridad; y, ii) La aplicación de las normas sancionadoras posteriores a la comisión del ilícito que benefi cian al administrado, esto es retroactividad de la norma; tipifi cado en el artículo doscientos treinta, inciso cinco, de la Ley del Procedimiento Administrativo General el cual establece que “Son aplicables las disposiciones sancionadoras vigentes en el momento de incurrir el administrado en la conducta a sancionar, salvo que las posteriores le sean favorables”; Tercero: Con fecha siete de mayo de dos mil nueve entró en vigencia la Ley N° 29277 -Ley de la Carrera Judicial-, donde en su disposición complementaria derogatoria establece derogar varios artículos del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial entre ellos los artículos doscientos uno y doscientos once, normas invocadas en la resolución materia de pronunciamiento al estar vigentes, pero que se encuentran derogadas al momento de resolver la presente investigación, y descritas en los artículos diez y diecisiete del Reglamento del Régimen Disciplinario de los Auxiliares Jurisdiccionales del Poder Judicial; por lo que se puede apreciar que la normas citadas no han tenido cambio sustantivo en relación al caso en referencia; en tal sentido, se debe aplicar la norma vigente a la fecha de la comisión de los hechos investigados de conformidad con el principio de irretroactividad antes descrito; Cuarto: Que, el servidor investigado en su descargo obrante de fojas doscientos ochenta a doscientos ochenta y siete señala que respecto al elevado número de expedientes

sin el respectivo impulso procesal, y a los dos mil ciento treinta y cinco escritos pendientes de proveer, precisa que el ha laborado en dicha secretaría desde el veintidós de octubre de dos mil seis, por lo que no debía atribuírsele la responsabilidad de los escritos no proveídos cuando no se encontraba desempeñando el cargo de secretario en dicho Juzgado; y que sólo se han basado en lo que arroja el Sistema Integrado Judicial, no ajustándose a la realidad esa información; que durante el periodo que él laboró registran seiscientos sesenta y cuatro escritos pendientes, que en realidad si se encuentran proveídos pero que no han sido descargados por diversos motivos; en cuanto a los expedientes traspapelados devienen de los anteriores secretarios y dada la excesiva carga histórica encontrada no se pudo subsanar, a ello se suma que sólo contaba como único personal de apoyo a una técnica y a la desorganización del despacho judicial por parte de la Jueza Juana Rojas Cruz; Quinto: De la compulsa probatoria acopiada en autos, se aprecia lo siguiente: i) El reporte del Sistema Integrado Judicial – SIJ, obrante de folios veintiséis a ciento treinta tres, brinda información respecto a que el servidor investigado no dio cuenta de un elevado número de recursos y escritos en el término legal correspondiente; específi camente dos mil ciento treinta y cinco documentos pendientes de trámite; ii) El acta de la Visita Judicial Extraordinaria de fecha veintiuno de junio de dos mil siete obrante a folios ciento treinta y cuatro, practicada por el Presidente de la Comisión Distrital de Control de la Magistratura de la Corte Superior de Justicia de Tumbes a la Secretaría del investigado señala lo siguiente: que existen expedientes concluidos con sentencia y/o auto de sobreseimiento sin impulso procesal especial al cobro de la reparación civil, pendientes de trámite, traspapelados y escritos pendientes de proveer; iii) El Informe N° 001-2008-JMVG-CODICMA-CSJTU, suscrito por el Presidente del referido Órgano Distrital de Control de la Magistratura, obrante de folios ochocientos treinta y seis a ochocientos cincuenta concluye que en la Secretaría del investigado Vargas Machuca Seminario existe un evidente retraso en expedientes y escritos desde el cuatro de junio de dos mil seis hasta el veintiuno de junio de dos mil siete, como también un defi ciente manejo del despacho; Sexto: De lo expuesto ha quedado acreditado la conducta disfuncional del servidor Diego Vargas Machuca Seminario trasgrediendo sus obligaciones y atribuciones prescritas en los numerales cinco, ocho y once del artículo doscientos sesenta y seis del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial:“( ....) 5) dar cuenta al juez de los recursos y escritos a más tardar dentro del día siguiente de su recepción bajo responsabilidad (....) 8) vigilar que se notifi que la resolución al día siguiente de su expedición, salvo el caso de sentencia en que la notifi cación se debe hacer dentro de dos día de dictada (...) 11) vigilar la conservación de los expedientes y los documentos que giran a su cargo siendo responsable por su pérdida, mutilaciones o alteraciones, sin perjuicio del personal jurisdiccional”; Sétimo: Que, por lo anotado, se colige que está probado la responsabilidad disciplinaria del investigado, contemplado en el artículo doscientos uno, incisos uno, dos y seis del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, al no haber tramitado con celeridad los procesos a su cargo; por lo tanto, la conducta disfuncional atribuida al servidor Vargas Machuca Seminario, afecta la imagen del Poder Judicial y se subsume en los supuestos de hecho contemplados para la imposición de la medida disciplinaria de destitución; Octavo: Que, las sanciones previstas en el Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial se graduarán en atención a la gravedad, trascendencia del hecho, antecedentes del infractor y la afectación institucional; por ello, teniendo en cuenta que Ia conducta disfuncional del investigado, al haber contravenido los deberes y prohibiciones establecidas por ley, afecta gravemente la imagen del Poder Judicial; corresponde imponerle Ia máxima sanción disciplinaria contemplada en el artículo doscientos once de la mencionada norma; por tales fundamentos, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, en uso de sus atribuciones, de conformidad con el informe obrante de fojas novecientos sesenta y tres a novecientos sesenta y cuatro, en sesión ordinaria de la fecha, por unanimidad; RESUELVE: Primero: lmponer Ia medida disciplinaria de Destitución al señor Diego Vargas Machuca Seminario, por su actuación como Secretario

Page 30: Cuadernillo de Normas Legales - Gaceta Jurídica...2010/07/03  · El Peruano NORMAS LEGALES Lima, sábado 3 de julio de 2010 421601 RR. Nºs. 6857 y 6866-2010.- Autorizan viajes de

NORMAS LEGALES El PeruanoLima, sábado 3 de julio de 2010421628

Judicial del Segundo Juzgado Penal de la Corte Superior de Justicia de Tumbes. Segundo: Disponer la inscripción de la medida disciplinaria impuesta en el Registro Nacional de Sanciones de Destitución y Despido.

Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase.

SS.

JAVIER VILLA STEIN

ROBINSON O. GONZALES CAMPOS

JORGE ALFREDO SOLIS ESPINOZA

FLAMINIO VIGO SALDAÑA

DARIO PALACIOS DEXTRE

HUGO SALAS ORTIZ

LUIS ALBERTO MERA CASASSecretario General

514061-1

Sancionan con destitución a Secretaria Judicial del Segundo Juzgado Civil de la Corte Superior de Justicia de Huancavelica

INVESTIGACIÓN ODICMAN° 084-2009-HUANCAVELICA

Lima, catorce de diciembre de dos mil nueve.

VISTA: La investigación ODICMA número ochenta y cuatro guión dos mil nueve guión Huancavelica seguida contra la servidora Elizabeth Mendoza Giraldez por su actuación como Secretaria Judicial del Segundo Juzgado Civil de la Corte Superior de Justicia de Huancavelica, a mérito de la propuesta de destitución formulada por la Jefatura de la Ofi cina de Control de la Magistratura del Poder Judicial mediante resolución número veintidós expedida con fecha diez de junio de dos mil nueve, obrante de fojas doscientos treinta a doscientos cuarenta y ocho; asimismo, el recurso de apelación interpuesto contra la referida resolución en el extremo que dispone la prorroga de la medida cautelar de suspensión preventiva en el ejercicio de todo cargo judicial y que le fuera impuesta por la Jefatura del Órgano de Control con fecha uno de julio de dos mil ocho, oído el informe oral; y, CONSIDERANDO: Primero: Que, mediante resolución número dos de fecha trece de junio de dos mil siete el Jefe la Ofi cina Distrital de Control de la Magistratura de la Corte Superior de Justicia de Huancavelica decide abrir procedimiento de investigación contra la servidora Elizabeth Mendoza Giraldez entre otros, al existir indicios de presunta irregularidad por su participación en el direccionamiento hacia la Secretaria a su cargo del Expediente N° 2008-538-0-1101-JR-CI-2, sobre rectifi cación de áreas y linderos; Segundo: Finalizada la etapa instructoria la Jefatura de la Ofi cina de Control de la Magistratura propuso al Consejo Ejecutivo del Poder Judicial se le imponga la medida disciplinaria de destitución a la referida servidora por haber vulnerado lo previsto en el artículo doscientos uno, incisos uno, cuatro, seis y siete, del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, dado que la investigada ha actuado sistemáticamente a fi n de alcanzar la asignación del citado expediente a su Secretaría. Asimismo, dispone la prórroga de la medida cautelar de abstención dictada en su contra; Tercero: Que, a manera de introducción y a efectos de establecer la norma aplicable, se debe precisar que el ordenamiento nacional ha establecido dos supuestos que rigen la potestad sancionadora de la administración y que operan a favor del administrado, en cuanto a la dimensión temporal de las normas. Los supuestos son los siguientes: i)El principio de irretroactividad, el cual garantiza que la atribución de la potestad sancionadora sólo será válida para

la aplicación de disposiciones de tipifi cación de ilícitos y previsora de sanciones, cuando hayan entrado en vigencia con anterioridad al hecho y estén vigentes al momento de su califi cación por la autoridad; y, ii) La aplicación de las normas sancionadoras posteriores a la comisión del ilícito que benefi cian al administrado, esto es retroactividad de la norma; tipifi cado en el artículo doscientos treinta, inciso cinco, de la Ley del Procedimiento Administrativo General el cual establece que “Son aplicables las disposiciones sancionadoras vigentes en el momento de incurrir el administrado en la conducta a sancionar, salvo que las posteriores le sean favorables”; Cuarto: Con fecha siete de mayo de dos mil nueve entró en vigencia la Ley N° 29277 -Ley de la Carrera Judicial-, donde en su disposición complementaria derogatoria establece derogar varios artículos del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial entre ellos los artículos doscientos uno y doscientos once, normas invocadas en la resolución materia de pronunciamiento al estar vigentes, pero que se encuentran derogadas al momento de resolver la presente investigación, y descritas en los artículos diez y diecisiete del Reglamento del Régimen Disciplinario de los Auxiliares Jurisdiccionales del Poder Judicial; por lo que se puede apreciar que la normas citadas no han tenido cambio sustantivo en relación al caso en referencia; en tal sentido, se debe aplicar la norma vigente a la fecha de la comisión de los hechos investigados de conformidad con el principio de irretroactividad antes descrito; Quinto: Del análisis de lo actuado en la presente investigación disciplinaria se ha llegado a determinar que la servidora judicial Elizabeth Mendoza Giraldez es autora del manejo irregular y direccionamiento del Expediente N° 2008-538-0-1101-JR-CI-2, pues presentó de forma indebida a Mesa de Partes el referido expediente (por interés de un tercero) y consiguió su reasignación hacia su persona, solicitando tal reasignación de la demanda al encargado de informática, alegando un trámite que sería posteriormente regularizado y logrando que otra servidora asignada al centro de distribución de expedientes imprima nueva carátula y un nuevo cargo en donde se consignaba que el referido expediente había sido ingresado a la secretaria de la cuestionada servidora Mendoza Giraldez (actuar que se encuentra sustentado en la declaración de citada servidora a fojas cien y ciento veintisiete, quien reconoce haber presentado Ia demanda y haber solicitado al encargado de informática se le asigne a su secretaria el expediente), la versión de los demás servidores como son Rosi Cárdenas Vásquez, auxiliar encargada de la recepción de los expedientes, tal como se advierte a fojas dos, ciento uno y cuarenta, y del encargado de informática Sanders Boza Cayetano; informe a fojas noventa y siete y declaración a fojas ciento treinta y uno; aunado al hecho de que el domicilio procesal que consignó el accionante en la demanda presentada obrante de fojas quince al dieciocho, es el mismo domicilio de Ia servidora investigada, conforme se advierte del texto de Ia demanda y del escrito de descargo obrante a fojas ciento ochenta y cinco; resultando evidente la relación de interés de Ia investigada con una de las partes en litis, lo que permite concluir que la investigada ha actuado manifi estamente en forma irregular, ejerciendo infl uencia sobre otros miembros del Poder Judicial para la tramitación de un expediente y logrando que el mismo sea asignado a su persona, incurriendo en falta del deber del Principio de Probidad e Imparcialidad, que debe de tener todo funcionario público “quien debe de satisfacer el interés general, desechando todo provecho o ventaja personal” a tenor del artículo dos de la Ley de Código de Ética de Ia Función Pública e incurriendo en la prohibición de “obtener ventajas o procurar benefi cios indebidas para si o para otros mediante el use de su cargo, autoridad, infl uencia o apariencia de infl uencia” a tenor de lo dispuesto en el inciso dos del artículo ocho del referido código, gravedad del acto que se considera al tener en cuenta el quehacer diario del personal jurisdiccional que se encarga del manejo de diversos expedientes por el que se tramitan variedad de confl ictos de derechos de las partes, desmereciendo con su actuar la imagen y Ia respetabilidad del Poder Judicial, ente que se encuentra encargado de administrar justicia a través de sus órganos jerárquicos a tenor de lo dispuesto en el artículo uno de la referida ley orgánica; Sexto: La

Page 31: Cuadernillo de Normas Legales - Gaceta Jurídica...2010/07/03  · El Peruano NORMAS LEGALES Lima, sábado 3 de julio de 2010 421601 RR. Nºs. 6857 y 6866-2010.- Autorizan viajes de

NORMAS LEGALESEl PeruanoLima, sábado 3 de julio de 2010 421629servidora investigada expresa disconformidad con la propuesta de destitución e impugna la resolución que dispone prorrogar la medida cautelar de abstención dictada en su contra; refi riendo haberse afectado el debido proceso al no haber intervenido representantes de la sociedad en estos actuados, conforme a lo previsto en el artículo ciento cuatro de la Ley Orgánica del Poder Judicial; agregando no tener medidas disciplinarias; pues la destitución está condicionada a que hubiese sido sancionada anteriormente con suspensión; fi nalmente menciona que no se ha tipifi cado cual deber de los previstos en el artículo doscientos sesenta y seis de la referida ley orgánica ha contravenido; Sétimo: No obstante los argumentos defensivos de la servidora Mendoza giradles, se tiene que al haber incurrido en responsabilidad disciplinaria por haber incumplido los deberes y prohibiciones establecidas en la ley, por notoria conducta irregular que menoscaban el decoro y respetabilidad del cargo y por haberse valido de la autoridad de su cargo, ejerciendo infl uencia ante otros miembros de este Poder del Estado para la tramitación o resolución de algún asunto judicial, contenidos en los incisos uno, seis y siete del artículo doscientos uno del Texto Único Ordenado de Ia Ley Orgánica del Poder Judicial -norma vigente al momento de los hechos- corresponde imponer Ia medida disciplinaria de destitución, medida de ejecución inmediata conforme al artículo ciento seis deI referido texto legal; careciendo de objeto emitir pronunciamiento sobre el extremo de la resolución número veintidós de fecha diez de junio de dos mil nueve, que dispone la prórroga de Ia medida cautelar de suspensión preventiva, habida cuenta de la naturaleza instrumental y provisoria de la medida cautelar sujeta al presente pronunciamiento del procedimiento disciplinario; Octavo: Que, las sanciones previstas en el Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial se graduarán en atención a la gravedad, trascendencia del hecho, antecedentes del infractor y la afectación institucional; por ello, teniendo en cuenta que Ia conducta disfuncional de la investigada, al haber contravenido los deberes y prohibiciones establecidas por ley, afecta gravemente la imagen del Poder Judicial; corresponde imponerle la máxima sanción disciplinaria contemplada en el artículo doscientos once de la mencionada norma; por tales fundamentos, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, en uso de sus atribuciones, de conformidad con el informe del señor Consejero Jorge Alfredo Solís Espinoza, en sesión ordinaria de la fecha, por unanimidad; RESUELVE: Primero: lmponer la medida disciplinaria de Destitución a la servidora Elizabeth Mendoza Giraldez, por su actuación como Secretaria Judicial del Segundo Juzgado Civil de la Corte Superior de Justicia de Huancavelica. Segundo: Declarar que carece de objeto emitir pronunciamiento sobre el extremo de la resolución número veintidós de fecha diez de junio de dos mil nueve, que dispone la prórroga de Ia medida cautelar de suspensión preventiva de la referida investigada en el ejercicio de todo cargo judicial y que le fuera impuesta por la Jefatura de Control de la Magistratura con fecha uno de julio de dos mil ocho. Tercero: Disponer la inscripción de la medida disciplinaria impuesta, en el Registro Nacional de Sanciones de Destitución y Despido.

Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase.

SS.

JAVIER VILLA STEIN

ROBINSON O. GONZALES CAMPOS

JORGE ALFREDO SOLIS ESPINOZA

FLAMINIO VIGO SALDAÑA

DARIO PALACIOS DEXTRE

HUGO SALAS ORTIZ

LUIS ALBERTO MERA CASASSecretario General

514061-2

CORTES SUPERIORES

DE JUSTICIA

Aprueban Plan de Trabajo Anual de la Comisión de Capacitación del Área Civil de la Corte Superior de Justicia del Callao y oficializan programa de capacitación

CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DEL CALLAO

RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVANº 171-2010-P-CSJCL/PJ.

Callao, 25 de junio del 2010.

LA PRESIDENCIA DE LA CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DEL CALLAO

VISTOS:

Los Ofi cios remitidos por el Señor Doctor César Castañeda Serrano, Presidente de la Comisión de Capacitación de Magistrados del Área Civil de la Corte Superior de Justicia del Callao; y,

CONSIDERANDO:

Que, es atribución del Presidente de Corte Superior de Justicia, dirigir la política del Poder Judicial en su Distrito Judicial, a tenor de lo establecido en el inciso 3) del Artículo 90º del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial.

Que, una de las metas del plan de gobierno de esta Presidencia, es la efi ciencia y efi cacia en la prestación del servicio de administración de justicia en esta Corte Superior.

Que, uno de los mecanismos para alcanzar dicho objetivo es la capacitación permanente de los Señores Magistrados en su respectiva especialidad,razón por la cual mediante Resolución Administrativa Nº139-2010-P-CSJCL/PJ se conformó la Comisión de Capacitación del Área Civil de la Corte Superior de Justicia del Callao, para el presente año judicial 2010, conformada por el Señor Doctor César Castañeda Serrano Juez Superior quien la preside, Señor Doctor Luis David Pajares Narva Juez Especializado Civil y Señora Doctora Noemí Fabiola Nieto Nacarino, Juez de Paz Letrado.

Que, la Directiva Nº 008-2008-CE-PJ, reglamenta el Plan de Trabajo Anual de Capacitación disponiendo en su numeral VI que el Plan de Trabajo y el Plan Anual de Capacitación se presentan por cada CCM a la Presidencia de la respectiva Corte Superior de Justicia y al Centro de Investigaciones Judiciales.

Que, mediante Ofi cio Nº 001-2010-CCMC-CSJCL/PJ el Señor doctor César Castañeda Serrano, Presidente de la Comisión de Capacitación del Área Civil, remite el Proyecto de Capacitación de Magistrados del Área Civil la misma que informa sobre los temas que serán motivo de capacitación, los días 09 y 14 de julio, 12, 19 y 26 de agosto del año en curso, en el Auditorio de esta sede judicial entre ellos: “Seminario: Naturaleza, Objeto, Finalidad y Aspectos Procesales en Materia Contencioso Administrativo”, “Taller:Excepciones y Medios Impugnatorios. Naturaleza, Efectos, Formas en que se Concede y Oportunidad para ser Resueltos”, “Conferencia: Aspectos Problemáticos en Materia Civil” y “Clase Magistral: La Efectiva Tutela Jurisdiccional de las Situaciones Jurídicas Materiales”.

Que, estando a lo expuesto, corresponde aprobar el Plan de Trabajo de la Comisión de Capacitación de Magistrados del Área Civil a realizarse en el presente año judicial.

En consecuencia, en uso de las atribuciones y obligaciones conferidas a los Presidentes de Corte, por los incisos 3) y 9) del Artículo 90º del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial.

Page 32: Cuadernillo de Normas Legales - Gaceta Jurídica...2010/07/03  · El Peruano NORMAS LEGALES Lima, sábado 3 de julio de 2010 421601 RR. Nºs. 6857 y 6866-2010.- Autorizan viajes de

NORMAS LEGALES El PeruanoLima, sábado 3 de julio de 2010421630

SE RESUELVE:

Artículo Primero.- APROBAR el Plan de Trabajo Anual de la Comisión de Capacitación del Área Civil de la Corte Superior de Justicia del Callao.

Artículo Segundo.- OFICIALIZAR el programa de Capacitación de Magistrados del Área Civil para el presente año Judicial, el mismo que se realizará los días 09 y 14 de julio, 12, 19 y 26 de agosto del año en curso, en coordinación con el Centro de Investigaciones Judiciales del Poder Judicial, en el Auditorio de esta Sede Judicial.

Artículo Tercero.- DISPONER que el Administrador de esta Corte Superior de Justicia y el Señor Jefe de la Ofi cina de Imagen Institucional brinden el apoyo correspondiente para la ejecución del programa de Capacitación de Magistrados antes referido.

Artículo Cuarto.- PONGASE la presente Resolución, en conocimiento de la Presidencia del Poder Judicial, del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, de la Ofi cina de Control de la Magistratura del Poder Judicial, de la Ofi cina Desconcentrada de Control de la Magistratura, del Jefe de la Ofi cina de Administración Distrital, de la Ofi cina Distrital de Imagen Institucional, del Centro de Investigaciones Judiciales del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial y de los señores Magistrados de esta Corte Superior de Justicia para los fi nes pertinentes.

Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.

CÉSAR HINOSTROZA PARIACHIPresidenteCorte Superior de Justicia del Callao

513421-1

Oficializan la realización del Pleno Jurisdiccional Distrital en Materia Penal de la Corte Superior de Justicia del Callao para el Año Judicial 2010

CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DEL CALLAO

RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVANº 173-2010-P-CSJCL/PJ.

Callao, 25 de junio del 2010.

LA PRESIDENCIA DE LA CORTE SUPERIORDE JUSTICIA DEL CALLAO

VISTO:

El Ofi cio S/N -2010-P-4ta.S.P. remitido por el Señor Doctor Gastón Molina Huamán, Presidente de la Comisión de Actos Preparatorios de los Plenos Jurisdiccionales en materia Penal de la Corte Superior de Justicia del Callao; y,

CONSIDERANDO:

Que, es atribución del Presidente de Corte Superior de Justicia, dirigir la política del Poder Judicial en su Distrito Judicial, a tenor de lo establecido en el inciso 3) del Artículo 90º del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial.

Que, una de las metas del plan de gobierno de esta Presidencia, es la efi ciencia y efi cacia en la prestación del servicio de administración de justicia en esta Corte Superior.

Que, uno de los mecanismos para alcanzar dicho objetivo es lograr la unifi cación de los criterios jurisprudenciales de los Magistrados de una determinada especialidad que integran un distrito judicial, a fi n de evitar la expedición de fallos contradictorios, y con ello generar seguridad jurídica en la población.

Que, con tal fi nalidad mediante Resolución Administrativa Nº066-2010-P-CSJCL/PJ se conformó

la Comisión de Actos Preparatorios de los Plenos Jurisdiccionales de la Corte Superior de Justicia del Callao, para el presente año judicial 2010, en materia Penal.

Que, con ofi cio S/N-2010-P- 4Ta. S. P. el Señor Doctor Gastón Molina Huamán, Presidente de la Comisión de Actos Preparatorios de los Plenos Jurisdiccionales en materia Penal, informa sobre los temas que serán motivo de debate en el Pleno Jurisdiccional Penal Distrital los meses de agosto y noviembre del presente año, en el Auditorio de esta Sede Judicial entre ellos; “Medidas Cautelares en el Proceso Penal”, “Control de la Acusación en Procesos Sumarios y Ordinarios”, “Delitos Contra la Fe Pública”, “La Pena de Inhabilitación en los Delitos Contra la Administración Pública Conforme al Artículo 426º del Código Penal” y “Juicio de Tipicidad en los Delitos Contra el Patrimonio Cultural”.

Que, estando a lo expuesto, corresponde ofi cializar la realización del Pleno Jurisdiccional Distrital en materia Penal a realizarse en el presente año judicial.

En consecuencia, en uso de las atribuciones y obligaciones conferidas a los Presidentes de Corte, por el inciso 3) del Artículo 90º del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial.

SE RESUELVE:

Artículo Primero.- OFICIALIZAR la realización del Pleno Jurisdiccional Distrital en Materia Penal en la Corte Superior de Justicia del Callao para el presente año Judicial, evento que se realizará en los meses de agosto y noviembre del año en curso, en coordinación con el Centro de Investigaciones Judiciales del Poder Judicial, en el Auditorio de esta Corte Superior de Justicia.

Artículo Segundo.- DESIGNAR como coordinador del Pleno Jurisdiccional Distrital en materia Penal al Señor Doctor Gastón Molina Huamán, Presidente de la Cuarta Sala Penal de la Corte Superior de Justicia del Callao.

Artículo Tercero.- DISPONER que el Administrador de esta Corte Superior de Justicia y el Señor Jefe de Ofi cina de Imagen Institucional brinde el apoyo correspondiente para la ejecución del referido Pleno Jurisdiccional Distrital en materia Penal.

Artículo Cuarto.- PONGASE la presente Resolución, en conocimiento de la Presidencia del Poder Judicial, del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, de la Ofi cina de Control de la Magistratura del Poder Judicial, de la Ofi cina Desconcentrada de Control de la Magistratura, del Jefe de la Ofi cina de Administración Distrital, de la Ofi cina Distrital de Imagen Institucional, del Centro de Investigaciones Judiciales del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, y de los señores Magistrados de esta Corte Superior de Justicia para los fi nes pertinentes.

Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.

CÉSAR HINOSTROZA PARIACHIPresidenteCorte Superior de Justicia del Callao

513422-1

Aprueban Plan de Trabajo Anual de la Comisión de Capacitación de Magistrados del Área Constitucional de la Corte Superior de Justicia del Callao y oficializan programa de capacitación

CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DEL CALLAO

RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVANº 174-2010-P-CSJCL/PJ.

Callao, 25 de junio del 2010.

LA PRESIDENCIA DE LA CORTE SUPERIORDE JUSTICIA DEL CALLAO

Page 33: Cuadernillo de Normas Legales - Gaceta Jurídica...2010/07/03  · El Peruano NORMAS LEGALES Lima, sábado 3 de julio de 2010 421601 RR. Nºs. 6857 y 6866-2010.- Autorizan viajes de

NORMAS LEGALESEl PeruanoLima, sábado 3 de julio de 2010 421631

VISTO:

El Ofi cio Nº 001-2010-CCMCONS-CSJCL/PJ remitido por la Señora Doctora Yrma Flor Estrella Cama, Presidenta de la Comisión de Capacitación de Magistrados del Área Constitucional de la Corte Superior de Justicia del Callao; y,

CONSIDERANDO:

Que, es atribución del Presidente de Corte Superior de Justicia, dirigir la política del Poder Judicial en su Distrito Judicial, a tenor de lo establecido en el inciso 3) del Artículo 90º del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial.

Que, una de las metas del plan de gobierno de esta Presidencia, es la efi ciencia y efi cacia en la prestación del servicio de administración de justicia en esta Corte Superior.

Que, uno de los mecanismos para alcanzar dicho objetivo es la capacitación permanente de los Señores Magistrados en su respectiva especialidad, razón por la cual mediante Resolución Administrativa Nº139-2010-P-CSJCL/PJ se conformó la Comisión de Capacitación del Área Constitucional de la Corte Superior de Justicia del Callao, para el presente año judicial 2010, conformada por la Señora Doctora Yrma Flor Estrella Cama Juez Superior quien la preside, Señora Doctora Yoni Leonor Angulo Cornejo Juez Especializado de Familia y Señorita Doctora Marianella Leonardo Infante Juez de Paz Letrado.

Que, la Directiva Nº 008-2008-CE-PJ, reglamenta el Plan de Trabajo Anual de Capacitación disponiendo en su numeral VI que el Plan de Trabajo y el Plan Anual de Capacitación se presentan por cada CCM a la Presidencia de la respectiva Corte Superior de Justicia y al Centro de Investigaciones Judiciales.

Que, mediante Ofi cio Nº 001-2010-CCMCONS-CSJCL/PJ la Señora Doctora Yrma Flor Estrella Cama, Presidenta de la Comisión de Capacitación del Área Constitucional, remite el Plan de Trabajo Anual de Capacitación donde informa los temas que serán motivo de capacitación los días 15 y 22 de julio y 16 y 23 de setiembre del año en curso, en el Auditorio de esta Sede Judicial entre ellos; “Procesos de Amparo contra Normas Autoaplicativas”, “El Proceso Urgente en lo contencioso Administrativo”, “Sentencias Relevantes en Materia Constitucional” y “Taller de Derechos Constitucionales”.

Que, estando a lo expuesto, corresponde aprobar el Plan de Trabajo de la Comisión de Capacitación de Magistrados del Área Constitucional a realizarse en el presente año judicial.

En consecuencia, en uso de las atribuciones y obligaciones conferidas a los Presidentes de Corte, por los incisos 3) y 9) del Artículo 90º del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial.

SE RESUELVE:

Artículo Primero.- APROBAR el Plan de Trabajo Anual de la Comisión de Capacitación de Magistrados del Área Constitucional de la Corte Superior de Justicia del Callao.

Artículo Segundo.- OFICIALIZAR el programa de Capacitación de Magistrados de Área Constitucional para el presente año judicial, el mismo que se realizará los días 15 y 22 de julio, y el 16 y 23 de setiembre del año en curso, en coordinación con el Centro de Investigaciones del Poder Judicial, en el Auditorio de esta Sede Judicial.

Artículo Tercero.- DISPONER que el Señor Administrador de esta Corte Superior de Justicia y el Señor Jefe de la Ofi cina de Imagen Institucional brinden el apoyo correspondiente para la ejecución del programa de capacitación de Magistrados antes referido.

Artículo Cuarto.- PONGASE la presente Resolución, en conocimiento de la Presidencia del Poder Judicial, del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, de la Ofi cina de Control de la Magistratura del Poder Judicial, de la Ofi cina Desconcentrada de Control de la Magistratura, del Jefe de la Ofi cina de Administración Distrital, de la Ofi cina Distrital de Imagen Institucional, del Centro de Investigaciones Judiciales del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial y

de los señores Magistrados de esta Corte Superior de Justicia para los fi nes pertinentes.

Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.

CÉSAR HINOSTROZA PARIACHIPresidenteCorte Superior de Justicia del Callao

513420-1

Disponen la reincorporación de personal en plazas presupuestadas y vacantes de la Corte Superior de Justicia del Callao

CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DEL CALLAO

RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVANº 177-2010-P-CSJCL/PJ.

Callao, 30 de junio del 2010.

LA PRESIDENCIA DE LA CORTE SUPERIORDE JUSTICIA DEL CALLAO

VISTOS:

Los Ofi cios Circulares Nº007-2010-GPEJ-GG-PJ de fecha 1 de febrero del año en curso y Nº 016-2010-GPEJ-GG-PJ de fecha 3 de marzo del presente año; y,

CONSIDERANDO:

Que, el artículo 11º de la Ley Nº 27803, “Ley que implementa las recomendaciones derivadas de las Comisiones, creadas por las Leyes Nº 27452 y Nº 27586, encargadas de revisar los ceses colectivos efectuados en las Empresas del Estado sujetas a Procesos de Promoción de la Inversión Privada y en las entidades del Sector Público y Gobiernos Locales”; establece que el proceso de reincorporación a sus puestos de trabajo o reubicación en cualquier entidad del Sector Público y de los Gobiernos Locales, según corresponda a los cesados regularmente y por coacción en las entidades del Sector Público, está sujeto a la disponibilidad de plazas presupuestadas vacantes de carácter permanente.

Que, mediante Resolución Suprema Nº 028-2009-TR de fecha 04 de agosto del 2009, publicado en el Diario Ofi cial El Peruano el 05 de Agosto del año próximo pasado, se dispuso la publicación de la lista de ex trabajadores cesados irregularmente que, conforme a las atribuciones de la Comisión Ejecutiva a la que se refi ere el artículo 1º de la Ley Nº 29059, deben ser inscritos en el Registro Nacional de Trabajadores cesados irregularmente.

Que, mediante los Ofi cios de Vistos la Gerencia de Personal y Escalafón Judicial del Poder Judicial establece los lineamientos a tener en consideración para el proceso de reincorporación y reubicación directa a cargo de las entidades y empresas del Estado, así como los Gobiernos Locales, disponiéndose que las reincorporaciones y reubicaciones se realicen en las plazas presupuestadas vacantes cuya ejecución se realizará en el siguiente orden; a) En la plaza en la que el ex trabajador cesó, en la medida en que exista plaza vacante y la misma se encuentre debidamente presupuestada (reincorporación) y b) En una plaza presupuestada vacante distinta a la del cese del ex trabajador, si cumple con el perfi l de la misma (reubicación).

Que, mediante Resolución Administrativa Nº 092-2010-P-CSJCL/PJ de fecha 30 de mayo del año en curso, se dispuso la reincorporación a esta Corte Superior de Justicia de 09 ex servidores del Cuarto Listado del Registro Nacional de Trabajadores cesados irregularmente del Ministerio de Trabajo y promoción del Empleo, quedando pendiente la reincorporación de otros 05 servidores.

Que, mediante Informe Nº 632-2010-AP-CSJCL/PJ el Jefe de la Ofi cina de Personal de esta Corte Superior informa respecto a las solicitudes de reincorporación formuladas por los ex servidores: Flor María Femia Mayuri, Toledo Salinas Quispe, Lilian Ynés Legua Figueroa, María Hortencia Holguin de la Cueva y Myriam

Page 34: Cuadernillo de Normas Legales - Gaceta Jurídica...2010/07/03  · El Peruano NORMAS LEGALES Lima, sábado 3 de julio de 2010 421601 RR. Nºs. 6857 y 6866-2010.- Autorizan viajes de

NORMAS LEGALES El PeruanoLima, sábado 3 de julio de 2010421632

Isabel Rojas Casas, que se encuentran pendientes de ser atendidas.

Que, en dicho informe, el Señor Jefe de la Ofi cina de Personal recomienda que el proceso de reincorporación de ex trabajadores de esta Corte ó aquellos que provienen de otras Cortes debe realizarse teniendo en consideración el requerimiento de recursos humanos que demanda esta Corte Superior, así como en la medida en que existan plazas vacantes presupuestadas.

Que, en este sentido resulta procedente autorizar la reincorporación de 05 ex servidores que pertenecen al Cuarto Listado del Registro Nacional de Trabajadores cesados irregularmente del Ministerio de Trabajo y promoción del Empleo, cuyas plazas presupuestadas se encuentran disponibles, quienes además no se encuentran incursos en ninguna de las causales de incompatibilidad por razón de parentesco para asumir el cargo.

Que, en consecuencia, en uso de las atribuciones conferidas a los Presidentes de Corte, por los incisos 3) y 9) del artículo 90º del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial;

SE RESUELVE:

Artículo Primero.- DISPONER LA REINCORPO-RACION, en las plazas presupuestadas y vacantes de la Corte Superior de Justicia del Callao, a partir del primero de julio del año en curso, del personal que a continuación se detalla:

PERSONAL A REINCORPORAR CARGO PLAZA HOLGUIN DE LA CUEVA MARIA HORTENCIA

ASISTENTE JUDICIAL 005882

SALINAS QUISPE TOLEDO ASISTENTE JUDICIAL 005408FEMIA MAYURI FLOR MARIA ASISTENTE JUDICIAL 005917LEGUA FIGUEROA LILIAN YNES ASISTENTE JUDICIAL 005110ROJAS CASAS MYRIAM ISABEL AUXILIAR JUDICIAL 006294

Artículo Segundo.- PÓNGASE la presente Resolución en conocimiento del Presidente del Poder Judicial, del Presidente del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, de la Ofi cina de Control de la Magistratura del Poder Judicial, de la Gerencia General del Poder Judicial, de la Gerencia de Escalafón y Personal de la Gerencia General del Poder Judicial, de la Ofi cina Desconcentrada de Control de la Magistratura, del Jefe de la Ofi cina de Administración Distrital, del Jefe de la Ofi cina de Personal, de la Ofi cina de Imagen Institucional y de los demás interesados para sus fi nes consiguientes.

Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.

CÉSAR HINOSTROZA PARIACHIPresidenteCorte Superior de Justicia del Callao

513418-1

Designan Juez Supernumeraria del Primer Juzgado de Paz Letrado de Santa Anita, Distrito Judicial de Lima

CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE LIMAPresidencia

Ofi cina de Coordinación Administrativa y de Asuntos Jurídicos

RESOLUCION ADMINISTRATIVA Nº 522-2010- P-CSJLI/PJ

Lima, 30 de junio del 2010

VISTO y CONSIDERANDO:

Que, habiendo tomado conocimiento que la doctora Cecilia del Carmen Pinto Aguilar, Juez Supernumeraria del Primer Juzgado de Paz Letrado de Santa Anita, se encuentra delicada de salud, esta Presidencia con el fi n de no alterar el normal desarrollo de las actividades jurisdiccionales del referido órgano jurisdiccional considera pertinente designar al magistrado que reemplazará a la doctora Pinto Aguilar mientras dure el periodo de su licencia.

Que, el Presidente de la Corte Superior de Justicia, es la máxima autoridad administrativa de la sede judicial a su cargo y dirige la política interna de su Distrito Judicial, con el objeto de brindar un efi ciente servicio de administración de justicia en benefi cio de los justiciables; y en virtud a dicha atribución, se encuentra facultado para designar, reasignar, ratifi car y/o dejar sin efecto la designación de los Magistrados Provisionales y Supernumerarios que están en el ejercicio del cargo jurisdiccional.

Y, en uso de las facultades conferidas en los incisos 3º y 9º del artículo 90° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial,

SE RESUELVE:

Artículo Primero: DESIGNAR a la doctora MARY SOFIA CARBAJAL SEGURA, como Juez Supernumeraria del Primer Juzgado de Paz Letrado de Santa Anita, a partir del 01 de julio del presente año y mientras dure el periodo de licencia por motivo de salud de la doctora Pinto Aguilar.

Artículo Segundo: PONER la presente Resolución en conocimiento de la Presidencia del Poder Judicial, del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, la Ofi cina de Control de la Magistratura, Gerencia General del Poder Judicial, de la Ofi cina de Administración Distrital, Ofi cina de Personal de la Corte Superior de Justicia de Lima y de los Magistrados para los fi nes pertinentes.

Publíquese, regístrese, cúmplase y archívese.

CÉSAR JAVIER VEGA VEGAPresidente de la Corte Superior de Justicia de Lima

514188-1

Designan Juez Supernumerario del Primer Juzgado Contencioso Administrativo de Lima

CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE LIMAPresidencia

Ofi cina de Coordinación Administrativa y de Asuntos Jurídicos

RESOLUCION ADMINISTRATIVA Nº 523-2010-P-CSJLI/PJ

Lima, 30 de junio del 2010

VISTO y CONSIDERANDO:

Que, mediante el ingreso Nº 29290-2010, se le concede licencia con goce de haber por motivo de capacitación del 02 de julio al 03 de agosto del presente año, a la doctora María del Pilar Tupiño Salinas, Juez Titular del Primer Juzgado Contencioso Administrativo de Lima, para que participe en el curso “El Derecho de Autor en el Siglo XXI”, el cual se llevará a cabo en la Universidad de Complutense de Madrid - España.

Que, estando a lo expuesto en el considerando anterior, resulta necesario proceder a la designación del Magistrado que reemplace a la doctora Tupiño Salinas, mientras dure el periodo de su licencia concedida.

Que, el Presidente de la Corte Superior de Justicia, es la máxima autoridad administrativa de la sede judicial a su cargo y dirige la política interna de su Distrito Judicial, con el objeto de brindar un efi ciente servicio de administración de justicia en benefi cio de los justiciables; y en virtud a dicha atribución, se encuentra facultado para designar, reasignar, ratifi car y/o dejar sin efecto la designación de los Magistrados Provisionales y Supernumerarios que están en el ejercicio del cargo jurisdiccional.

Y, en uso de las facultades conferidas en los incisos 3º y 9º del artículo 90° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial;

SE RESUELVE:

Artículo Primero.- DESIGNAR al doctor RAFAEL EDGARD GALLEGOS PRADO, como Juez Supernumerario del Primer Juzgado Contencioso Administrativo de Lima, a partir del 02 de julio al 03 de agosto del presente año, mientras dure la licencia de la doctora Tupiño Salinas.

Page 35: Cuadernillo de Normas Legales - Gaceta Jurídica...2010/07/03  · El Peruano NORMAS LEGALES Lima, sábado 3 de julio de 2010 421601 RR. Nºs. 6857 y 6866-2010.- Autorizan viajes de

NORMAS LEGALESEl PeruanoLima, sábado 3 de julio de 2010 421633

Artículo Segundo.- PONER la presente Resolución en conocimiento de la Presidencia del Poder Judicial, del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, la Ofi cina de Control de la Magistratura, Gerencia General del Poder Judicial, de la Ofi cina de Administración Distrital, Ofi cina de Personal de la Corte Superior de Justicia de Lima y de los Magistrados para los fi nes pertinentes.

Publíquese, regístrese, cúmplase y archívese.

CÉSAR JAVIER VEGA VEGAPresidente de la Corte Superior de Justicia de Lima

514190-1

Establecen conformación de la Tercera Sala Civil de Lima y designan Juez Supernumerario del Octavo Juzgado Constitucional de Lima

CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE LIMAPresidencia

Ofi cina de Coordinación Administrativa y de Asuntos Jurídicos

RESOLUCION ADMINISTRATIVA Nº 524-2010-P-CSJLI/PJ

Lima, 1 de julio del 2010

VISTO y CONSIDERANDO:

Que, mediante el ingreso Nº 31872-2010, se le concede licencia con goce de haber por motivo de capacitación a la doctora Rosa María Ubillús Fortini, Juez Superior Titular integrante de la Tercera Sala Civil de Lima, para asistir al curso de Responsabilidad Civil Contractual y Extracontractual en la Escuela de Verano de la Universidad de Complutense de Madrid, que se llevará a cabo del 05 al 27 de julio del año en curso.

Que, estando a lo expuesto en el considerando anterior, resulta necesario proceder a la designación del Magistrado que complete el Colegiado de la Tercera Sala Civil de Lima, mientras dure el periodo de licencia de la doctora Ubillús Fortini.

Que, el Presidente de la Corte Superior de Justicia, es la máxima autoridad administrativa de la sede judicial a su cargo y dirige la política interna de su Distrito Judicial, con el objeto de brindar un efi ciente servicio de administración de justicia en benefi cio de los justiciables; y en virtud a dicha atribución, se encuentra facultado para designar, reasignar, ratifi car y/o dejar sin efecto la designación de los Magistrados Provisionales y Supernumerarios que están en el ejercicio del cargo jurisdiccional.

Y, en uso de las facultades conferidas en los incisos 3º y 9º del artículo 90° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial,

SE RESUELVE:

Artículo Primero.- DESIGNAR al doctor ANDRÉS FORTUNATO TAPIA GONZÁLES, Juez Titular del Octavo Juzgado Constitucional de Lima, como Juez Superior Provisional de la Tercera Sala Civil de Lima, a partir del 05 al 27 de julio del presente año, mientras dure la licencia de la doctora Ubillús Fortini, quedando conformado este Colegiado de la siguiente manera:

Tercera Sala Civil de Lima:

Dra. Dora Zoila Ampudia Herrera (T)Dr. Andrés Fortunato Tapia Gonzáles (P)Dr. Miguel Ángel Benito Rivera Gamboa (P)

Artículo Segundo.- DESIGNAR al doctor LUIS OSCCO COARITA, como Juez Supernumerario del

Octavo Juzgado Constitucional de Lima, por la promoción del doctor Tapia Gonzáles, a partir del 05 al 27 de julio del presente año.

Artículo Tercero.- PONER la presente Resolución en conocimiento de la Presidencia del Poder Judicial, del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, la Ofi cina de Control de la Magistratura, Gerencia General del Poder Judicial, de la Ofi cina de Administración Distrital, Ofi cina de Personal de la Corte Superior de Justicia de Lima y de los Magistrados para los fi nes pertinentes.

Publíquese, regístrese, cúmplase y archívese.

CESAR JAVIER VEGA VEGAPresidente de la Corte Superior de Justicia de Lima

514194-1

Establecen conformación de la Segunda Sala Contenciosa Administrativa de Lima y designan Juez Supernumerario del Cuadragésimo Tercer Juzgado Civil de Lima

CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE LIMAPresidencia

Ofi cina de Coordinación Administrativa y de Asuntos Jurídicos

RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 525-2010-P-CSJLI/PJ

Lima, 1 de julio del 2010

VISTOS y CONSIDERANDOS:

Que, mediante el ingreso Nº 42845-2010, el doctor Juan Miguel Ramos Lorenzo, Presidente de la Segunda Sala Contenciosa Administrativa de Lima, solicita se le conceda hacer uso de sus vacaciones pendientes, a partir del 06 al 23 de julio del presente año.

Que, estando a lo expuesto en el considerando anterior, resulta necesario proceder a la designación del Magistrado que complete el Colegiado la Segunda Sala Contenciosa Administrativa de Lima, mientras dure las vacaciones del doctor Ramos Lorenzo.

Que, el Presidente de la Corte Superior de Justicia, es la máxima autoridad administrativa de la sede judicial a su cargo y dirige la política interna de su Distrito Judicial, con el objeto de brindar un efi ciente servicio de administración de justicia en benefi cio de los justiciables; y en virtud a dicha atribución, se encuentra facultado para designar, reasignar, ratifi car y/o dejar sin efecto la designación de los Magistrados Provisionales y Supernumerarios que están en el ejercicio del cargo jurisdiccional.

Y, en uso de las facultades conferidas en los incisos 3º y 9º del artículo 90° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial,

SE RESUELVE:

Artículo Primero.- CONCEDER al doctor Juan Miguel Ramos Lorenzo, Presidente de la Segunda Sala Contenciosa Administrativa de Lima, hacer uso de su descanso vacacional del 06 al 23 de julio del presente año.

Artículo Segundo.- DESIGNAR a la doctora HILDA MARTINA TOVAR BUENDÍA, Juez Titular del Cuadragésimo Tercer Juzgado Civil de Lima, como Juez Superior Provisional integrante de la Segunda Sala Contenciosa Administrativa de Lima, a partir del 06 al 23 de julio del presente año, quedando conformado el Colegiado de la siguiente manera:

Page 36: Cuadernillo de Normas Legales - Gaceta Jurídica...2010/07/03  · El Peruano NORMAS LEGALES Lima, sábado 3 de julio de 2010 421601 RR. Nºs. 6857 y 6866-2010.- Autorizan viajes de

NORMAS LEGALES El PeruanoLima, sábado 3 de julio de 2010421634

Segunda Sala Contenciosa Administrativa de Lima:

Dr. Ulises Augusto Yaya Zumaeta PresidenteDr. Martín Alejandro Hurtado Reyes (T)Dra. Hilda Martina Tovar Buendía (P)

Artículo Tercero.- DESIGNAR al doctor FRANCISCO JAVIER MUNGUIA CAMARENA como Juez Supernumerario del Cuadragésimo Tercer Juzgado Civil de Lima, mientras dure la promoción de la doctora Tovar Buendía, del 06 al 23 de julio del presente año.

Artículo Cuarto.- PONER la presente Resolución en conocimiento de la Presidencia del Poder Judicial, del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, la Ofi cina de Control de la Magistratura, Gerencia General del Poder Judicial, de la Ofi cina de Administración Distrital, Ofi cina de Personal de la Corte Superior de Justicia de Lima y de los Magistrados para los fi nes pertinentes.

Publíquese, regístrese, cúmplase y archívese.

CÉSAR JAVIER VEGA VEGAPresidente de la Corte Superior de Justicia de Líma

514197-1

ORGANOS AUTONOMOS

JURADO NACIONAL

DE ELECCIONES

Disponen inscribir a la Organización Política Local Distrital “Villa María Progresa” del distrito de Villa María del Triunfo en el Registro de Organizaciones Políticas del JNE

REGISTRO DE ORGANIZACIONES POLÍTICAS

RESOLUCIÓN N° 024-2010-ROP/JNE/LIMA

Lima, 30 de junio de 2010.

VISTA:

La solicitud de inscripción presentada por el ciudadano Liliana Isabel López Miranda, Personero Legal Titular de la Organización Política Local Distrital (OPLD) ““VILLA MARÍA PROGRESA”, del distrito de Villa María del Triunfo, provincia y departamento Lima;

CONSIDERANDO:

Que, el 19 de mayo de 2010, la ciudadana Liliana Isabel López Miranda, Personero Legal Titular de la Organización Política Local Distrital (OPLD) ““VILLA MARÍA PROGRESA”, del distrito de Villa María del Triunfo, provincia y departamento Lima; solicitó la inscripción de dicha agrupación ante el Registro de Organizaciones Políticas del Jurado Nacional de Elecciones;

Que, de acuerdo al artículo 17° de la Ley 28094 de Partidos Políticos, modifi cado por el artículo 2º de la Ley N° 28581, para la inscripción de una Organización Política Local Distrital se requiere: I) Relación de adherentes en número no menor al 1% de los ciudadanos que sufragaron en las últimas elecciones de carácter nacional dentro de la circunscripción en la que la organización desarrolla sus actividades; y II) Acta de constitución de un comité en el distrito de Villa María del Triunfo, provincia y departamento Lima, suscrita por más de 50 adherentes debidamente identifi cados;

Que, mediante Ofi cio N° 2286-2010-SGAE/GOR/RENIEC, de fecha 28 de mayo del 2010, la Sub Gerencia

de Actividades Electorales del Registro Nacional de Identifi cación y Estado Civil (RENIEC), informó que de un total de 2,900 fi rmas presentadas por la OPLD se declararon válidas 2,146 fi rmas, cantidad que supera las 2015 fi rmas necesarias, es decir, el 1% requerido por ley. En cuanto al comité distrital, se ha verifi cado que el acta de constitución de su comité distrital ha sido suscrita por más de 50 adherentes debidamente identifi cados; asimismo se ha constatado el funcionamiento de dicho comité tal como se acredita con el Informe N° 131-2010-LGAA/DNFPE/JNE, de la Dirección Nacional de Fiscalización y Procesos Electorales;

Que, también la OPLD, solicitante ha presentado un Acta de Fundación, que contiene la denominación, el domicilio legal, la designación del apoderado, representante legal, personeros legales y técnicos; el órgano directivo con mención de las personas que ocupan los cargos designados y la aprobación de un ideario con los principios, objetivos y la visión del distrito de Villa María del Triunfo;

Que, con fecha 17 de junio del 2010, se publicó en el Diario Oficial El Peruano, la síntesis de la solicitud de inscripción, a efectos de que cualquier persona natural o jurídica ejerciera su derecho de formular tacha contra la inscripción de la OPLD solicitante dentro del plazo de 05 días hábiles posteriores a la publicación, conforme lo señala el artículo 10º de la Ley Nº 28094; documentos que fueran remitidos a este Registro por los interesados el 17 de junio del presente, asimismo, de acuerdo a lo informado por la Oficina de Servicios al Ciudadano de nuestra institución y conforme es de verse en el Informe N° 113-2010-Asistente Registrador KMV/ROP/JNE/LIMA no se ha presentado tacha alguna contra la indicada solicitud de inscripción, dentro del plazo de ley;

Que, las organizaciones políticas se constituyen por iniciativa y decisión de sus fundadores, y luego de cumplidos los requisitos establecidos en la ley, se inscriben en el Registro de Organizaciones Políticas;

Estando a las consideraciones expuestas y de conformidad con las funciones conferidas por Ley al Registro de Organizaciones Políticas del Jurado Nacional de Elecciones;

SE RESUELVE:

Artículo Primero.- Inscribir en el Registro de Organizaciones Políticas del Jurado Nacional de Elecciones a la Organización Política Local Distrital “VILLA MARÍA PROGRESA” del distrito de Villa María del Triunfo, provincia y departamento de Lima.

Artículo Segundo.- Abrir la partida registral correspondiente, en el Libro de Organizaciones Políticas Locales, tomo 16, partida electrónica número 02 y regístrese la inscripción en el asiento número 1.

Artículo Tercero.- Téngase acreditados como personero legal titular y alterno a los ciudadanos Liliana Isabel López Miranda y María Luz Marleny Ramos paredes, respectivamente.

Regístrese y notifíquese.

YURI FRANK ROMERO ROMERORegistrador Delegado del Registro deOrganizaciones Políticas – Lima

513335-1

Disponen inscripción de la Organización Política Local Distrital “Decisión Ciudadana” en el Registro de Organizaciones Políticas

REGISTRO DE ORGANIZACIONES POLÍTICAS

RESOLUCIÓN Nº 027-2010-ROP/JNE/LIMA

Lima, 1 de julio de 2010

Page 37: Cuadernillo de Normas Legales - Gaceta Jurídica...2010/07/03  · El Peruano NORMAS LEGALES Lima, sábado 3 de julio de 2010 421601 RR. Nºs. 6857 y 6866-2010.- Autorizan viajes de

NORMAS LEGALESEl PeruanoLima, sábado 3 de julio de 2010 421635

VISTA:

La solicitud de inscripción presentada por el ciudadano Jorge Cayo Feliciano Moscoso Villacorta, Personero Legal Titular de la Organización Política Local Distrital (OPLD) “DECISIÓN CIUDADANA”, del distrito de Barranco, provincia y departamento Lima;

CONSIDERANDO:

Que, el 1 de junio de 2010, el ciudadano Jorge Cayo Feliciano Moscoso Villacorta, Personero Legal Titular de la Organización Política Local Distrital (OPLD) “DECISIÓN CIUDADANA”, del distrito de Barranco, provincia y departamento Lima; solicitó la inscripción de dicha agrupación ante el Registro de Organizaciones Políticas del Jurado Nacional de Elecciones;

Que, de acuerdo al artículo 17º de la Ley Nº 28094 de Partidos Políticos, modifi cado por el artículo 2º de la Ley Nº 28581, para la inscripción de una Organización Política Local Distrital se requiere: I) Relación de adherentes en número no menor al 1% de los ciudadanos que sufragaron en las últimas elecciones de carácter nacional dentro de la circunscripción en la que la organización desarrolla sus actividades; y II) Acta de constitución de un comité en el distrito de Barranco, provincia y departamento Lima, suscrita por más de 50 adherentes debidamente identifi cados;

Que, mediante Ofi cio Nº 2978-2010-SGAE/GOR/RENIEC, de fecha 9 de junio del 2010, la Sub Gerencia de Actividades Electorales del Registro Nacional de Identifi cación y Estado Civil (RENIEC), informó que de un total de 639 fi rmas presentadas por la OPLD se declararon válidas 533 fi rmas, cantidad que supera las 391 fi rmas necesarias, es decir, el 1% requerido por ley. En cuanto al comité distrital, se ha verifi cado que el acta de constitución de su comité distrital ha sido suscrita por más de 50 adherentes debidamente identifi cados; asimismo se ha constatado el funcionamiento de dicho comité tal como se acredita con el Informe Nº 159-2010-LGAA/DNFPE/JNE, de la Dirección Nacional de Fiscalización y Procesos Electorales;

Que, también la OPLD, solicitante ha presentado un Acta de Fundación, que contiene la denominación, el domicilio legal, la designación del apoderado, representante legal, personeros legales y técnicos; el órgano directivo con mención de las personas que ocupan los cargos designados y la aprobación de un ideario con los principios, objetivos y la visión del distrito de Barranco;

Que, con fecha 23 de junio del 2010, se publicó en el Diario Ofi cial El Peruano, la síntesis de la solicitud de inscripción, a efectos de que cualquier persona natural o jurídica ejerciera su derecho de formular tacha contra la inscripción de la OPLD solicitante dentro del plazo de 05 días hábiles posteriores a la publicación, conforme lo señala el artículo 10º de la Ley Nº 28094; documentos que fueran remitidos a este Registro por los interesados el 23 de junio del presente, asimismo, de acuerdo a lo informado por la Ofi cina de Servicios al Ciudadano de nuestra institución y conforme es de verse en el Informe Nº 116-2010-Asistente Registrador KMV/ROP/JNE/LIMA no se ha presentado tacha alguna contra la indicada solicitud de inscripción, dentro del plazo de ley;

Que, las organizaciones políticas se constituyen por iniciativa y decisión de sus fundadores, y luego de cumplidos los requisitos establecidos en la ley, se inscriben en el Registro de Organizaciones Políticas;

Estando a las consideraciones expuestas y de conformidad con las funciones conferidas por Ley al Registro de Organizaciones Políticas del Jurado Nacional de Elecciones;

SE RESUELVE:

Artículo Primero.- Inscribir en el Registro de Organizaciones Políticas del Jurado Nacional de Elecciones a la Organización Política Local Distrital “DECISIÓN CIUDADANA” del distrito de Barranco, provincia y departamento de Lima.

Artículo Segundo.- Abrir la partida registral correspondiente, en el Libro de Organizaciones Políticas Locales, tomo 16, partida electrónica número 24 y regístrese la inscripción en el asiento número 1.

Artículo Tercero.- Téngase acreditados como personero legal titular y alterno a los ciudadanos Jorge Cayo Feliciano Moscoso Villacorta y Clara Elizabeth Vento Martel, respectivamente.

Regístrese y notifíquese.

YURI FRANK ROMERO ROMERORegistrador Delegado del Registro deOrganizaciones Políticas – LimaJurado Nacional de Elecciones

513866-1

Disponen inscribir al Partido Político “Partido Descentralista Fuerza Social” en el Registro de Organizaciones Políticas del JNE

REGISTRO DE ORGANIZACIONES POLÍTICAS

RESOLUCIÓN Nº 153-2010-ROP/JNE

Lima, 30 de junio del 2010

VISTA:

La solicitud presentada por el ciudadano Juan Manuel Velarde Pairazamán, personero legal titular del Partido Político “PARTIDO DESCENTRALISTA FUERZA SOCIAL”;

CONSIDERANDO:

Que, el 15 de enero del 2010, el ciudadano Juan Manuel Velarde Pairazamán, personero legal titular del Partido Político “PARTIDO DESCENTRALISTA FUERZA SOCIAL”; solicitó la inscripción de dicha organización política ante el Registro de Organizaciones Políticas del Jurado Nacional de Elecciones;

Que, revisada la solicitud presentada, se advierte que la misma cumple con todos los requisitos contenidos en el artículo 5º de la Ley Nº 28094 de Partidos Políticos, modifi cado por el artículo 1º de la Ley Nº 28845, esto es, I) Acta de Fundación, la misma que contiene la denominación, el domicilio legal, la designación del apoderado y representantes legales, de los personeros legales y técnicos, el órgano directivo con las personas que ocuparán los cargos designados y la aprobación de un ideario con los principios, objetivos y visión del país, II) Relación de adherentes en número no menor del 1% de los ciudadanos que sufragaron en las últimas elecciones de carácter nacional, advirtiéndose en tal sentido que mediante los Ofi cios Nº 102-2010-SG/ONPE, Nº 374-2010-SG/ONPE y Nº 574-2010-SG/ONPE de fechas 18 de febrero, 26 de marzo y 12 de mayo del 2010, la Secretaría General de la Ofi cina Nacional de Procesos Electorales, informó que de un total de 294,459 fi rmas presentadas se declararon válidas 145 062 fi rmas, cantidad que supera las 145,057 necesarias para tal efecto, III) Actas de constitución de comités en, por lo menos, el tercio de las provincias del país, ubicadas en al menos las dos terceras partes de los departamentos del país, suscrita cada una por más de 50 adherentes debidamente identifi cados, cuyas fi rmas han sido verifi cadas por el Registro Nacional de Identifi cación y Estado Civil y cuyo funcionamiento ha sido verifi cado por la Dirección Nacional de Fiscalización y Procesos Electorales, tal como consta en los Oficios Nº 210-2010-SGAE/GOR/RENIEC y Nº 3459-2010-SGAE/GOR/RENIEC de fechas 11 de febrero y 16 de junio de 2010, respectivamente, y en el Memorando Nº 010-2010-DNFPE/JNE y Nº 857-2010-DNFPE/JNE de fechas 12 de febrero y 21 de junio de 2010, respectivamente, IV) Estatuto del Partido, el cual

Page 38: Cuadernillo de Normas Legales - Gaceta Jurídica...2010/07/03  · El Peruano NORMAS LEGALES Lima, sábado 3 de julio de 2010 421601 RR. Nºs. 6857 y 6866-2010.- Autorizan viajes de

NORMAS LEGALES El PeruanoLima, sábado 3 de julio de 2010421636

contiene denominación y símbolos partidarios, descripción de la estructura organizativa interna, requisitos para tomar decisiones válidas, requisitos de afi liación y desafi liación, deberes y derechos de los afi liados, normas de disciplina, sanciones y medios de impugnación contra éstas, régimen patrimonial y fi nanciero, regulación para la designación de los representantes legales y apoderados y disposiciones para la disolución del partido, V) Designación de los personeros legales titulares y alternos, VI) Designación de los representantes legales;

Que, con fecha 22 de junio del 2010, se publicó en el Diario Ofi cial El Peruano, la síntesis de la solicitud de inscripción a efectos de que cualquier persona natural o jurídica ejerza su derecho de formular tacha contra la inscripción de la organización política solicitante dentro del plazo de 05 días hábiles posteriores a la publicación, conforme lo señala el artículo 10º de la Ley 28094, documento que fue remitido a este Registro por los interesados el 22 de junio del presente año, asimismo de acuerdo al memorando Nº 0936-2010 –SC/JNE del 30 de junio, la Ofi cina de Servicios al Ciudadano informa que no se ha presentado tacha alguna contra la solicitud de inscripción, dentro del plazo de ley;

Que, las organizaciones políticas se constituyen por iniciativa y decisión de sus fundadores y, luego de cumplidos los requisitos establecidos en la ley, se inscriben en el Registro de Organizaciones Políticas;

Estando a las consideraciones expuestas y de conformidad con las funciones conferidas por Ley al Registro de Organizaciones Políticas del Jurado Nacional de Elecciones

SE RESUELVE:

Artículo Primero.- Inscribir en el Registro de Organizaciones Políticas del Jurado Nacional de Elecciones al Partido Político “PARTIDO DESCENTRALISTA FUERZA SOCIAL”.

Artículo Segundo.- Abrir la partida registral correspondiente, en el Libro especial de Partidos Políticos, tomo 2, partida electrónica número 10 y regístrese la inscripción en el asiento número 1.

Artículo Tercero.- Téngase acreditados como personero legal titular y alterno a los ciudadanos MARIA ISABEL GONZALES MIMBELA y JUAN MANUEL VELARDE PAIRAZAMAN, respectivamente.

Regístrese y notifíquese.

FERNANDO RODRÍGUEZ PATRÓNDirector del Registro de Organizaciones Políticas

513400-1

MINISTERIO PUBLICO

Nombran y designan fiscales en los Distritos Judiciales de Amazonas, Apurímac, Cajamarca, Ayacucho, Ica, Lima Norte, Moquegua, Lambayeque, Huaura y Arequipa

RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓNNº 1106-2010-MP-FN

Lima, 2 de julio de 2010

VISTO Y CONSIDERANDO:

Que, por necesidad de servicio y estando a las facultades concedidas por el Artículo 64° del Decreto Legislativo N° 052, Ley Orgánica del Ministerio Público;

SE RESUELVE:

Artículo Primero.- Dar por concluido el nombramiento del doctor Carlos Guillermo Moreno Rentería, como Fiscal

Adjunto Provincial Provisional del Distrito Judicial de Amazonas y su designación en el Despacho de la Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Rodríguez de Mendoza, materia de la Resolución Nº 601-2010-MP-FN, de fecha 30 de marzo de 2010.

Artículo Segundo.- Dar por concluido el nombramiento de la doctora Mabel Calle Romero, como Fiscal Adjunta Provincial Provisional del Distrito Judicial de Amazonas y su designación en el Despacho de la Fiscalía Provincial Especializada en Prevención del Delito de Utcubamba, materia de las Resoluciones Nº 199-2008-MP-FN y 583-2010-MP-FN, de fechas 14 de febrero de 2008 y 30 de marzo de 2010, respectivamente.

Artículo Tercero.- Dar por concluida la designación del doctor Tomás Martín Oliva Corrales, Fiscal Provincial Provisional del Distrito Judicial de Amazonas, en el Despacho de la Fiscalía Provincial Mixta de La Jalca, materia de la Resolución Nº 761-2010-MP-FN, de fecha 22 de abril de 2010.

Artículo Cuarto.- Nombrar a la doctora Mabel Calle Romero, como Fiscal Adjunta Superior Provisional del Distrito Judicial de Amazonas, designándola en el Despacho de la Fiscalía Superior Mixta de Amazonas.

Artículo Quinto.- Nombrar al doctor Carlos Guillermo Moreno Rentería, como Fiscal Provincial Provisional del Distrito Judicial de Amazonas, designándolo en el Despacho de la Fiscalía Provincial Civil y de Familia de Rodríguez de Mendoza.

Artículo Sexto.- Nombrar a la doctora Luz Mariela Gurreonero Luján, como Fiscal Provincial Provisional del Distrito Judicial de Amazonas, designándola en el Despacho de la Fiscalía Provincial Mixta de La Jalca.

Artículo Séptimo.- Designar al doctor Tomás Martín Oliva Corrales, Fiscal Provincial Provisional del Distrito Judicial de Amazonas, en el Despacho de la Fiscalía Provincial Civil y de Familia de Utcubamba.

Artículo Octavo.- Nombrar al doctor Carlos Enrique Vargas Mera, como Fiscal Adjunto Provincial Provisional del Distrito Judicial de Amazonas, designándolo en el Despacho de la Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Rodríguez de Mendoza.

Artículo Noveno.- Hacer de conocimiento la presente Resolución, al Fiscal Superior Titular - Presidente de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Judicial de Amazonas, Gerencia General, Gerencia Central de Potencial Humano, Ofi cina de Registro y Evaluación de Fiscales y a los Fiscales mencionados.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

GLADYS MARGOT ECHAIZ RAMOSFiscal de la Nación

514520-1

RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓNNº 1107-2010-MP-FN

Lima, 2 de julio de 2010

VISTO Y CONSIDERANDO:

Que, mediante Resolución de la Junta de Fiscales Supremos Nº 037-2010-MP-FN-JFS de fecha 14 de mayo del 2010, se creó con carácter transitorio y hasta el 31 de diciembre del 2010, 02 plazas de Fiscales Adjuntos Provinciales del Distrito Judicial de Apurímac, las mismas que estarán asignadas a los Despachos de la Primera Fiscalía Provincial Penal de Andahuaylas y Segunda Fiscalía Provincial Penal de Andahuaylas, respectivamente, a fi n de garantizar una atención oportuna e inmediata a la sociedad en el citado Distrito Judicial.

Que, al encontrarse vacante las mencionadas plazas, se hace necesario cubrirlas con los Fiscales que asuman provisionalmente el cargo.

Estando a lo expuesto y a lo dispuesto por el Artículo 64º del Decreto Legislativo Nº 052, Ley Orgánica del Ministerio Público;

Page 39: Cuadernillo de Normas Legales - Gaceta Jurídica...2010/07/03  · El Peruano NORMAS LEGALES Lima, sábado 3 de julio de 2010 421601 RR. Nºs. 6857 y 6866-2010.- Autorizan viajes de

NORMAS LEGALESEl PeruanoLima, sábado 3 de julio de 2010 421637

SE RESUELVE:

Artículo Primero.- Nombrar al doctor Lonny Ferrel Chumpe, como Fiscal Adjunto Provincial Provisional del Distrito Judicial de Apurímac, designándolo en el Despacho de la Primera Fiscalía Provincial Penal de Andahuaylas.

Artículo Segundo.- Nombrar a la doctora Yesenia Vargas Rodríguez, como Fiscal Adjunta Provincial Provisional del Distrito Judicial de Apurímac, designándola en el Despacho de la Segunda Fiscalía Provincial Penal de Andahuaylas.

Artículo Tercero.- Hacer de conocimiento la presente Resolución, al Fiscal Superior Titular - Presidente de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Judicial de Apurímac, Gerencia General, Gerencia Central de Potencial Humano, Ofi cina de Registro y Evaluación de Fiscales y a los Fiscales mencionados.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

GLADYS MARGOT ECHAIZ RAMOSFiscal de la Nación

514520-2

RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓNNº 1108-2010-MP-FN

Lima, 2 de julio de 2010

VISTO Y CONSIDERANDO:

Que, mediante Decreto Legislativo Nº 957 se aprobó el Código Procesal Penal, el cual establece en su Primera Disposición Final de las Disposiciones Complementarias, que éste entrará en vigencia progresivamente en los diferentes Distritos Judiciales según el Calendario Ofi cial.

Que, el Decreto Legislativo Nº 958, en los artículos 16º, 17º y 18º regula el proceso de implementación y transitoriedad de la mencionada norma procesal; modifi cado por la Ley Nº 28994 en el Artículo 18º referente a la adecuación de denuncias y liquidación de procesos en etapa de investigación.

Que, por Decreto Supremo Nº 007-2006-JUS, se aprobó la actualización del Calendario Ofi cial de Aplicación Progresiva del Código Procesal Penal.

Que, por Decreto Supremo Nº 005-2007-JUS, se modifi có el Calendario Ofi cial de Aplicación Progresiva del Código Procesal Penal, el mismo que fue modifi cado por Decreto Supremo Nº 016-2009-JUS, estableciéndose que el Código Procesal Penal entrará en vigencia en el Distrito Judicial de Cajamarca, el 01 de abril de 2010.

Que por Resolución de la Junta de Fiscales Supremos Nº 028-2010-MP-FN-JFS, de fecha 18 de marzo del 2010 y Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 549-2010-MP-FN, de fecha 24 de marzo del 2010, se dictaron disposiciones sobre la organización fi scal en el Distrito Judicial de Cajamarca, a fi n de adecuarla para la implementación del Nuevo Código Procesal Penal, creándose y convirtiéndose algunos Despachos Fiscales en Fiscalías Superiores Penales y Fiscalías Provinciales Corporativas Penales y Mixtas, las mismas que conocerán los procesos de liquidación y adecuación de los casos iniciados con el Código de Procedimientos Penales y los procesos que se iniciarán en el Distrito Judicial de Cajamarca, con el Nuevo Código Procesal Penal a partir del 01 de abril del año en curso.

Que, mediante Resolución Nº 574-2010-MP-FN, de fecha 30 de marzo de 2010, se designaron a los Fiscales Provinciales Coordinadores, siendo necesario proceder con una adecuada distribución del personal fi scal en el nuevo modelo corporativo.

De conformidad con lo expuesto y lo dispuesto por el Artículo 64º del Decreto Legislativo Nº 052 - Ley Orgánica del Ministerio Público;

SE RESUELVE:

Artículo Primero.- Dar por concluida la designación del doctor Domingo Celestino Alvarado Luis, Fiscal Adjunto

Superior Provisional del Distrito Judicial de Cajamarca, en el Despacho de la Primera Fiscalía Superior Penal de Cajamarca, materia de la Resolución Nº 575-2010-MP-FN, de fecha 30 de marzo de 2010.

Artículo Segundo.-Dar por concluido el nombramiento de la doctora Dalia Milushcka Ambrocía Cárdenas Ruíz, como Fiscal Adjunta Provincial Provisional del Distrito Judicial de Cajamarca y su designación en el Despacho de la Tercera Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Cajamarca, materia de las Resoluciones Nºs 260-2008-MP-FN y 576-2010-MP-FN, de fechas 27 de febrero de 2008 y 30 de marzo de 2010, respectivamente.

Artículo Tercero.- Dar por concluido el nombramiento de la doctora Elvira Rosa Aldana Tello, como Fiscal Adjunta Provincial Provisional del Distrito Judicial de Arequipa y su designación en el Despacho de la Segunda Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Arequipa, materia de la Resolución Nº 1356-2008-MP-FN, de fecha 06 de octubre de 2008.

Artículo Cuarto.- Dar por concluido el nombramiento de la doctora Lissette Mabel Velásquez Dávila, como Fiscal Adjunta Provincial Provisional del Distrito Judicial de Cajamarca y su designación en el Despacho de la Segunda Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Cajamarca, materia de las Resoluciones Nºs 1138-2008-MP-FN y 576-2010-MP-FN, de fechas 27 de agosto de 2008 y 30 de marzo de 2010, respectivamente.

Artículo Quinto.- Dar por concluido el nombramiento de la doctora Ana Susana Cercado Silva, como Fiscal Adjunta Provincial Provisional del Distrito Judicial de Cajamarca y su designación en el Despacho de la Fiscalía Provincial Civil y de Familia de Hualgayoc, materia de las Resoluciones Nºs 260-2008-MP-FN y 577-2010-MP-FN, de fechas 27 de febrero de 2008 y 30 de marzo de 2010.

Artículo Sexto.- Designar al doctor Domingo Celestino Alvarado Luis, Fiscal Adjunto Superior Provisional del Distrito Judicial de Cajamarca, en el Despacho de la Tercera Fiscalía Superior Penal de Cajamarca, con retención de su cargo de carrera.

Artículo Sétimo.-Nombrar a la doctora Dalia Milushka Ambrosía Cárdenas Ruíz, como Fiscal Adjunta Superior Provisional del Distrito Judicial de Cajamarca, designándola en el Despacho de la Segunda Fiscalía Superior Penal de Cajamarca.

Artículo Octavo.- Nombrar a la doctora Elvira Rosa Aldana Tello, como Fiscal Adjunta Superior Provisional del Distrito Judicial de Cajamarca, designándola en el Despacho de la Primera Fiscalía Superior Penal de Cajamarca.

Artículo Noveno.- Nombrar a la doctora Lissette Mabel Velásquez Dávila, como Fiscal Provincial Provisional del Distrito Judicial de Cajamarca, designándola en el Despacho de la Segunda Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Cajamarca.

Artículo Décimo.- Nombrar a la doctora Ana Susana Cercado Silva, como Fiscal Provincial Provisional del Distrito Judicial de Cajamarca, designándola en el Despacho de la Fiscalía Provincial Civil y de Familia de Hualgayoc.

Artículo Décimo Primero.- Nombrar al doctor Jorge Luis Cabrera Malpartida, como Fiscal Provincial Provisional del Distrito Judicial de Cajamarca, designándolo en el Despacho de Primera Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Celendín.

Artículo Décimo Segundo.- Nombrar a la doctora María Fernanda Chicoma Bazán, como Fiscal Adjunta Provincial Provisional del Distrito Judicial de Cajamarca, designándola en el Despacho de la Tercera Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Cajamarca.

Artículo Décimo Tercero.- Nombrar al doctor Wilfredo Ylatoma Bustamante, como Fiscal Adjunto Provincial Provisional del Distrito Judicial de Cajamarca, designándolo en el Despacho de la Fiscalía Provincial Mixta de Tacabamba.

Artículo Décimo Cuarto.- Nombrar al doctor Víctor Octavio Reátegui Claros, como Fiscal Adjunto Provincial Provisional del Distrito Judicial de Cajamarca, designándolo en el Despacho de la Fiscalía Provincial Penal de Bolívar.

Page 40: Cuadernillo de Normas Legales - Gaceta Jurídica...2010/07/03  · El Peruano NORMAS LEGALES Lima, sábado 3 de julio de 2010 421601 RR. Nºs. 6857 y 6866-2010.- Autorizan viajes de

NORMAS LEGALES El PeruanoLima, sábado 3 de julio de 2010421638

Artículo Décimo Quinto.- Nombrar como Fiscales Adjuntos Provinciales Provisionales del Distrito Judicial de Cajamarca, designándolos en el Despacho de la Segunda Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Cajabamba, a los siguientes doctores:

• Rocsana Marilú Paredes Corcuera• Gary Keeny Linares Calderón • Paúl Hernán Cortez Malca• Lucero del Pilar Fernández Pérez de Pezo

Artículo Décimo Sexto.- Nombrar al doctor José Ángeles Torres Leiva, como Fiscal Adjunto Provincial Provisional del Distrito Judicial de Cajamarca, designándolo en el Despacho de la Fiscalía Provincial Mixta de Cachachi.

Artículo Décimo Setimo.- Nombrar al doctor Víctor Jimmy Cabrera Gómez, como Fiscal Adjunto Provincial Provisional del Distrito Judicial de Cajamarca, designándolo en el Despacho de la Fiscalía Provincial Civil y de Familia de Chota.

Artículo Décimo Octavo.- Nombrar como Fiscales Adjuntos Provinciales Provisionales del Distrito Judicial de Cajamarca, designándolos en el Despacho de la Segunda Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Celendín, a los siguientes doctores:

• Mirian Soledad Cubas Díaz • César Augusto Cumpa Flores

Artículo Décimo Noveno.- Nombrar al doctor Héctor Martín Escobal Morales, como Fiscal Provincial Provisional del Distrito Judicial de Cajamarca, designándolo en el Despacho de la Primera Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Hualgayoc.

Artículo Vigésimo.- Nombrar al doctor Jaime Junior Gamboa Besada, como Fiscal Adjunto Provincial Provisional del Distrito Judicial de Cajamarca, designándolo en el Despacho de la Primera Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Hualgayoc.

Artículo Vigésimo Primero.- Nombrar como Fiscales Adjuntos Provinciales Provisionales del Distrito Judicial de Cajamarca, designándolos en el Despacho de la Fiscalía Provincial Penal de San Pablo, a los siguientes doctores:

• Carmen Elizabeth Roncal Mestanza• Zoila Rosa Vegas Quiróz

Artículo Vigésimo Segundo.- Nombrar al doctor Julio Alfonso Hoyos Estela, como Fiscal Adjunto Provincial Provisional del Distrito Judicial de Cajamarca, designándolo en el Despacho de la Fiscalía Provincial Civil y de Familia de San Pablo.

Artículo Vigésimo Tercero.- Nombrar al doctor Augusto Elías Bardales Noriega, como Fiscal Adjunto Provincial Provisional del Distrito Judicial de Cajamarca, designándolo en el Despacho de la Fiscalía Provincial Mixta de Tumbaden.

Artículo Vigésimo Cuarto.- Nombrar al doctor Henry Segundo Alcántara Salazar, como Fiscal Adjunto Provincial Provisional del Distrito Judicial de Cajamarca, designándolo en el Despacho de la Fiscalía Provincial Especializada en Delitos de Corrupción de Funcionarios de Cajamarca, con sede en Cajamarca.

Artículo Vigésimo Quinto.- Nombrar a la doctora Carolina Liset Torres Melgar, como Fiscal Adjunta Provincial Provisional del Distrito Judicial de Cajamarca, designándola en el Despacho de la Segunda Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Cajamarca.

Artículo Vigésimo Sexto.- Hacer de conocimiento la presente Resolución, al Ministro de Justicia, Presidente del Consejo Nacional de la Magistratura, Presidente de la Corte Suprema de Justicia de la República, Presidente de la Comisión Distrital de Implementación del Distrito Judicial de Cajamarca, Fiscales Superiores Titulares - Presidentes de las Juntas de Fiscales Superiores de los Distritos Judiciales de Arequipa y Cajamarca, Gerencia General, Gerencia Central de Potencial Humano, Ofi cina

de Registro y Evaluación de Fiscales y a los Fiscales mencionados.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

GLADYS MARGOT ECHAIZ RAMOSFiscal de la Nación

514520-3

RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓNNº 1109-2010-MP-FN

Lima, 2 de julio de 2010

VISTO Y CONSIDERANDO:

Que, por necesidad de servicio y estando a las facultades concedidas por el Artículo 64° del Decreto Legislativo N° 052, Ley Orgánica del Ministerio Público;

SE RESUELVE:

Artículo Primero.- Dar por concluida la designación del doctor Germán Leocadio Dávila Gabriel, Fiscal Provincial Titular Penal de Cajamarca, Distrito Judicial de Cajamarca, en el Despacho de la Segunda Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Cajamarca, materia de la Resolución Nº 576-2010-MP-FN, de fecha 30 de marzo de 2010.

Artículo Segundo.- Nombrar al doctor Germán Leocadio Dávila Gabriel, como Fiscal Superior Provisional del Distrito Judicial de Cajamarca, designándolo en el Despacho de la Primera Fiscalía Superior Penal de Cajamarca, con retención de su cargo de carrera.

Artículo Tercero.- Nombrar al doctor Aldo Hernando Castañeda Becerra, como Fiscal Adjunto Superior Provisional del Distrito Judicial de Cajamarca, designándolo en el Despacho de la Fiscalía Superior Mixta de Chota.

Artículo Cuarto.- Nombrar a la doctora Milagros del Pilar Gallardo Julcamoro, como Fiscal Adjunta Provincial Provisional del Distrito Judicial de Cajamarca, designándola en el Despacho de la Fiscalía Provincial Civil y de Familia de Hualgayoc.

Artículo Quinto.- Hacer de conocimiento la presente Resolución, a la Fiscal Superior Titular - Presidente de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Judicial de Cajamarca, Gerencia General, Gerencia Central de Potencial Humano, Ofi cina de Registro y Evaluación de Fiscales y a los Fiscales mencionados.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

GLADYS MARGOT ECHAIZ RAMOSFiscal de la Nación

514520-4

RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓNNº 1110-2010-MP-FN

Lima, 2 de julio de 2010

VISTO Y CONSIDERANDO:

Que, por necesidad de servicio y estando a las facultades concedidas por el Artículo 64° del Decreto Legislativo N° 052, Ley Orgánica del Ministerio Público;

SE RESUELVE:

Artículo Primero.- Dar por concluida la designación del doctor Richard Rojas Arauco, Fiscal Adjunto Provincial Titular Penal de Huamanga, Distrito Judicial de Ayacucho, en el Despacho de la Sexta Fiscalía Provincial Penal de Huamanga.

Artículo Segundo.- Nombrar al doctor Richard Rojas Arauco, como Fiscal Provincial Provisional del Distrito Judicial de Ayacucho, designándolo en el Despacho de

Page 41: Cuadernillo de Normas Legales - Gaceta Jurídica...2010/07/03  · El Peruano NORMAS LEGALES Lima, sábado 3 de julio de 2010 421601 RR. Nºs. 6857 y 6866-2010.- Autorizan viajes de

NORMAS LEGALESEl PeruanoLima, sábado 3 de julio de 2010 421639la Primera Fiscalía Provincial Penal de Huamanga, con retención de su cargo de carrera.

Artículo Tercero.- Nombrar a la doctora Fresia Meliza Aquino Valdivia, como Fiscal Adjunta Provincial Provisional del Distrito Judicial de Ayacucho, designándola en el Despacho de la Sexta Fiscalía Provincial Penal de Huamanga.

Artículo Cuarto.- Hacer de conocimiento la presente Resolución, al Fiscal Superior Titular - Presidente de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Judicial de Ayacucho, Gerencia General, Gerencia Central de Potencial Humano, Ofi cina de Registro y Evaluación de Fiscales y a los Fiscales mencionados.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

GLADYS MARGOT ECHAIZ RAMOSFiscal de la Nación

514520-5

RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓNNº 1111-2010-MP-FN

Lima, 2 de julio de 2010

VISTO Y CONSIDERANDO:

Que, mediante Resolución de la Junta de Fiscales Supremos Nº 040-2010-MP-FN-JFS de fecha 21 de mayo del 2010, se crearon Fiscalías con carácter transitorio y hasta el 31 de diciembre del 2010, en algunos Distritos Judiciales a Nivel Nacional, a fi n de garantizar una atención oportuna e inmediata a la sociedad, los mismos que deberán despachar con sus homólogos del Poder Judicial.

Que, al encontrarse vacante la plaza de Fiscal Superior y Fiscal Adjunto Superior de la Fiscalía Superior Mixta Transitoria de Pichari, Distrito Judicial de Ayacucho, se hace necesario cubrir el referido Despacho con los Fiscales que asuman provisionalmente el cargo.

Estando a lo expuesto y a lo dispuesto por el Artículo 64º del Decreto Legislativo Nº 052, Ley Orgánica del Ministerio Público;

SE RESUELVE:

Artículo Primero.- Dar por concluido el nombramiento del doctor Eduardo Salvador Rojas, como Fiscal Adjunto Superior Provisional del Distrito Judicial de Ayacucho y su designación en el Despacho de la Tercera Fiscalía Superior Mixta de Ayacucho, materia de la Resolución Nº 791-2006-MP-FN, de fecha 26 de junio de 2006.

Artículo Segundo.- Dar por concluido el nombramiento del doctor Richard Palomino Prado, como Fiscal Adjunto Provincial Provisional del Distrito Judicial de Ayacucho y su designación en el Despacho de la Quinta Fiscalía Provincial Penal de Huamanga, materia de la Resolución Nº 1090-2009-MP-FN, de fecha 10 de agosto de 2009.

Artículo Tercero.- Nombrar al doctor Eduardo Salvador Rojas, como Fiscal Superior Provisional del Distrito Judicial de Ayacucho, designándolo en el Despacho de Fiscalía Superior Mixta Transitoria de Pichari.

Artículo Cuarto.- Nombrar al doctor Luis Rodríguez Tenorio, como Fiscal Adjunto Superior Provisional del Distrito Judicial de Ayacucho, designándolo en el Despacho de Fiscalía Superior Mixta Transitoria de Pichari.

Artículo Quinto.- Nombrar al doctor Richard Palomino Prado, como Fiscal Adjunto Superior Provisional del Distrito Judicial de Ayacucho, designándolo en el Despacho de Tercera Fiscalía Superior Mixta de Ayacucho.

Artículo Sexto.- Nombrar al doctor Elvis Moisés Pacaya, como Fiscal Adjunto Provincial Provisional del Distrito Judicial de Ayacucho, designándolo en el Despacho de Quinta Fiscalía Provincial Penal de Huamanga.

Artículo Sétimo.- Hacer de conocimiento la presente Resolución, al Fiscal Superior Titular - Presidente de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Judicial de Ayacucho, Gerencia General, Gerencia Central de

Potencial Humano, Ofi cina de Registro y Evaluación de Fiscales y a los Fiscales mencionados.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

GLADYS MARGOT ECHAIZ RAMOSFiscal de la Nación

514520-6

RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓNNº 1112-2010-MP-FN

Lima, 2 de julio de 2010

VISTO Y CONSIDERANDO:

El fax Nº 5535-2010-PJFS-ICA, cursado por la doctora Alicia Balbina Palomino Villaverde, Fiscal Superior Titular - Presidente de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Judicial de Ica, mediante el cual eleva el documento de la doctora Yadira Adela Parejas Llanovarced, Fiscal Adjunta Provincial Provisional del Distrito Judicial de Ica, designada en el Despacho de la Segunda Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Pisco, en el cual comunica su renuncia al cargo, por motivos de fuerza mayor.

Estando a lo expuesto y a lo dispuesto por el Artículo 64º del Decreto Legislativo Nº 052, Ley Orgánica del Ministerio Público;

SE RESUELVE:

Artículo Primero.- Aceptar la renuncia formulada por la doctora Yadira Adela Parejas Llanovarced, como Fiscal Adjunta Provincial Provisional del Distrito Judicial de Ica y su designación en el Despacho de la Segunda Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Pisco, materia de la Resolución N° 247-2010-MP-FN, de fecha 05 de febrero del 2010.

Artículo Segundo.- Nombrar al doctor Iván Marx Cajo García, como Fiscal Adjunto Provincial Provisional del Distrito Judicial de Ica, designándolo en el Despacho de la Segunda Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Pisco.

Artículo Tercero.- Hacer de conocimiento la presente Resolución, a la Fiscal Superior Titular - Presidente de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Judicial de Ica, Gerencia General, Gerencia Central de Potencial Humano, Ofi cina de Registro y Evaluación de Fiscales y a los Fiscales mencionados.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

GLADYS MARGOT ECHAIZ RAMOSFiscal de la Nación

514520-7

RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓNNº 1113-2010-MP-FN

Lima, 2 de julio de 2010

VISTO Y CONSIDERANDO:

Que, mediante Resolución de la Junta de Fiscales Supremos Nº 040-2010-MP-FN-JFS de fecha 21 de mayo del 2010, se creó con carácter transitorio y hasta el 31 de diciembre del 2010, 01 plaza de Fiscal Adjunto Superior para el Distrito Judicial de Lima Norte, en el Despacho de la Fiscalía Superior Penal Transitoria de Lima Norte, a fin de garantizar una atención oportuna e inmediata a la sociedad en el citado Distrito Judicial.

Que, al encontrarse vacante la mencionada plaza, se hace necesario cubrirla con el Fiscal que asuma provisionalmente el referido cargo.

Page 42: Cuadernillo de Normas Legales - Gaceta Jurídica...2010/07/03  · El Peruano NORMAS LEGALES Lima, sábado 3 de julio de 2010 421601 RR. Nºs. 6857 y 6866-2010.- Autorizan viajes de

NORMAS LEGALES El PeruanoLima, sábado 3 de julio de 2010421640

Estando a lo expuesto y a lo dispuesto por el Artículo 64º del Decreto Legislativo Nº 052, Ley Orgánica del Ministerio Público;

SE RESUELVE:

Artículo Primero.- Dar por concluida la designación de la doctora María Ysabel Sotelo Guzmán, Fiscal Adjunta Provincial Titular Penal de Lima Norte, Distrito Judicial de Lima Norte, en el Despacho de la Primera Fiscalía Provincial Penal de Lima Norte, materia de la Resolución Nº 130-2009-MP-FN, de fecha 09 de febrero de 2009.

Artículo Segundo.- Nombrar a la doctora María Ysabel Sotelo Guzmán, como Fiscal Adjunta Superior Provisional del Distrito Judicial de Lima Norte, designándola en el Despacho de Fiscalía Superior Penal Transitoria de Lima Norte, con retención de su cargo de carrera.

Artículo Tercero.- Nombrar a la doctora Janeth Olinda Ordóñez Huarca, como Fiscal Adjunta Provincial Provisional del Distrito Judicial de Lima Norte, designándola en el Despacho de Primera Fiscalía Provincial Penal de Lima Norte.

Artículo Cuarto.- Hacer de conocimiento la presente Resolución, al Fiscal Superior Titular - Presidente de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Judicial de Lima Norte, Gerencia General, Gerencia Central de Potencial Humano, Ofi cina de Registro y Evaluación de Fiscales y a las Fiscales mencionadas.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

GLADYS MARGOT ECHAIZ RAMOSFiscal de la Nación

514520-8

RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓNNº 1114-2010-MP-FN

Lima, 2 de julio de 2010

VISTO Y CONSIDERANDO:

Que, mediante Decreto Legislativo Nº 957 se aprobó el Código Procesal Penal, el cual establece en su Primera Disposición Final de las Disposiciones Complementarias, que éste entrará en vigencia progresivamente en los diferentes Distritos Judiciales según el Calendario Ofi cial.

Que, el Decreto Legislativo Nº 958, en los artículos 16º, 17º y 18º regula el proceso de implementación y transitoriedad de la mencionada norma procesal; modifi cado por la Ley Nº 28994 en el Artículo 18º referente a la adecuación de denuncias y liquidación de procesos en etapa de investigación.

Que, por Decreto Supremo Nº 007-2006-JUS, se aprobó la actualización del Calendario Ofi cial de Aplicación Progresiva del Código Procesal Penal.

Que, por Decreto Supremo Nº 005-2007-JUS, se modifi có el Calendario Ofi cial de Aplicación Progresiva del Código Procesal Penal, el mismo que fue modifi cado por Decreto Supremo Nº 016-2009-JUS, en el cual se estableció que el Código Procesal Penal entrará en vigencia en el Distrito Judicial de Amazonas, el 01 de abril de 2010.

Que por Resolución de la Junta de Fiscales Supremos Nº 028-2010-MP-FN-JFS, de fecha 18 de marzo del 2010 y Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 550-2010-MP-FN, de fecha 24 de marzo del 2010, se dictaron disposiciones sobre la organización fi scal en el Distrito Judicial de Amazonas, a fi n de adecuarla para la implementación del Nuevo Código Procesal Penal, creándose y convirtiéndose algunos Despachos Fiscales en Fiscalías Superiores Penales y Fiscalías Provinciales Corporativas Penales y Mixtas, las mismas que conocerán los procesos de liquidación y adecuación de los casos iniciados con el Código de Procedimientos Penales y los procesos que se iniciaron en el Distrito Judicial de Amazonas, con el Nuevo Código Procesal Penal el 01 de abril del año en curso.

De conformidad con lo expuesto y lo dispuesto por el Artículo 64º del Decreto Legislativo Nº 052 - Ley Orgánica del Ministerio Público;

SE RESUELVE:

Artículo Primero.- Dar por concluido el nombramiento de la doctora Cecilia Noemí Martínez Chávez, como Fiscal Adjunta Provincial Provisional del Distrito Judicial de Amazonas y su designación en el Despacho de la Segunda Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Chachapoyas, materia de las Resoluciones Nº 268-2010-MP-FN y Nº 582-2010-MP-FN, de fechas 09 de febrero y 30 de marzo del 2010, respectivamente.

Artículo Segundo.- Dar por concluido el nombramiento de la doctora Sandra Veruska Álvarez Castillo, como Fiscal Adjunta Provincial Provisional del Distrito Judicial de Amazonas y su designación en el Despacho de la Fiscalía Provincial Civil y de Familia de Chachapoyas, materia de la Resolución Nº 582-2010-MP-FN, de fecha 30 de marzo del 2010.

Artículo Tercero.- Nombrar a la doctora Doris Consuelo Sánchez Jara, como Fiscal Adjunta Superior Provisional del Distrito Judicial de Amazonas, designándola en el Despacho de la Fiscalía Superior Mixta Descentralizada de Utcubamba.

Artículo Cuarto.- Nombrar a la doctora Cecilia Noemí Martínez Chávez, como Fiscal Provincial Provisional del Distrito Judicial de Amazonas, designándola en el Despacho de la Segunda Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Chachapoyas.

Artículo Quinto.- Nombrar a la doctora Sandra Veruska Álvarez Castillo, como Fiscal Provincial Provisional del Distrito Judicial de Amazonas, designándola en el Despacho de la Fiscalía Provincial Civil y de Familia de Chachapoyas.

Artículo Séxto.- Nombrar como Fiscales Provinciales Provisionales del Distrito Judicial de Amazonas, designándolos en el Despacho de la Segunda Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Utcubamba, a los siguientes doctores:

• Rolando Ricardo Castro Alva.• Susana Guissela Antuñano Colpaher.

Artículo Setimo.- Nombrar a la doctora Silvana Karina Rodríguez Chumbiauca, como Fiscal Provincial Provisional del Distrito Judicial de Amazonas, designándola en el Despacho de la Fiscalía Provincial Mixta de Leimebamba.

Artículo Octavo.- Nombrar a la doctora Lady Roxana Zuñe Serquén, como Fiscal Provincial Provisional del Distrito Judicial de Amazonas, designándola en el Despacho de la Primera Fiscalía Provincial Penal de Luya.

Artículo Noveno.- Nombrar al doctor Oscar Harold Díaz Berríos, como Fiscal Provincial Provisional del Distrito Judicial de Amazonas, designándolo en el Despacho de la Segunda Fiscalía Provincial Penal de Luya.

Artículo Décimo.- Nombrar al doctor César Christian León Patiño, como Fiscal Provincial Provisional del Distrito Judicial de Amazonas, designándolo en el Despacho de la Segunda Fiscalía Provincial Penal de Condorcanqui.

Artículo Décimo Primero.- Nombrar al doctor Edilberto Gonzáles Rivas, como Fiscal Provincial Provisional del Distrito Judicial de Amazonas, designándolo en el Despacho de la Segunda Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Bongará.

Artículo Décimo Segundo.- Nombrar al doctor Reimundo Michel Alcántara Mondragón, como Fiscal Adjunto Provincial Provisional del Distrito Judicial de Amazonas, designándolo en el Despacho de la Segunda Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Chachapoyas.

Artículo Décimo Tercero.- Nombrar a la doctora Ana María Canova Loro, como Fiscal Adjunta Provincial Provisional del Distrito Judicial de Amazonas, designándola en el Despacho de la Fiscalía Provincial Especializada en Delitos de Corrupción de Funcionarios de Amazonas - sede Chachapoyas.

Page 43: Cuadernillo de Normas Legales - Gaceta Jurídica...2010/07/03  · El Peruano NORMAS LEGALES Lima, sábado 3 de julio de 2010 421601 RR. Nºs. 6857 y 6866-2010.- Autorizan viajes de

NORMAS LEGALESEl PeruanoLima, sábado 3 de julio de 2010 421641

Artículo Décimo Cuarto.- Nombrar al doctor Dorian Glen Suxe Suxe, como Fiscal Adjunto Provincial Provisional del Distrito Judicial de Amazonas, designándolo en el Despacho de la Fiscalía Provincial Especializada en Prevención del Delito de Bagua.

Artículo Décimo Quinto.- Nombrar a la doctora Noelia Viviana Leiva Asque, como Fiscal Adjunta Provincial Provisional del Distrito Judicial de Amazonas, designándola en el Despacho de la Fiscalía Provincial Mixta de Leimebamba.

Artículo Décimo Sexto.- Nombrar a la doctora Luz Violeta Carranza Cubas, como Fiscal Adjunta Provincial Provisional del Distrito Judicial de Amazonas, designándola en el Despacho de la Fiscalía Provincial Mixta de Cumba.

Artículo Décimo Setimo.- Nombrar al doctor Wilhelm Gustavo Colmenares Montenegro, como Fiscal Adjunto Provincial Provisional del Distrito Judicial de Amazonas, designándolo en el Despacho de la Fiscalía Provincial Mixta de Jamalca.

Artículo Décimo Octavo.- Nombrar como Fiscales Adjuntos Provinciales Provisionales del Distrito Judicial de Amazonas, designándolos en el Despacho de la Fiscalía Provincial Civil y de Familia de Bongará, a los siguientes doctores:

• Peggy del Pilar Effi o Ipanaqué.• Juan Carlos Flores Pacherres.

Artículo Décimo Noveno.- Nombrar a la doctora Cintia Djanira Bocanegra Mendoza, como Fiscal Adjunta Provincial Provisional del Distrito Judicial de Amazonas, designándola en el Despacho de la Fiscalía Provincial Mixta de Ocalli.

Artículo Vigésimo.- Nombrar al doctor Vinter Calle Córdova, como Fiscal Adjunto Provincial Provisional del Distrito Judicial de Amazonas, designándolo en el Despacho de la Fiscalía Provincial Civil y de Familia de Rodríguez de Mendoza.

Artículo Vigésimo Primero.- Hacer de conocimiento la presente Resolución, al Ministro de Justicia, Presidente del Consejo Nacional de la Magistratura, Presidente de la Corte Suprema de Justicia de la República, Presidente de la Comisión Distrital de Implementación del Distrito Judicial de Amazonas, Fiscal Superior Titular - Presidente de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Judicial de Amazonas, Fiscal Superior - Coordinadora de las Fiscalías Especializadas en Delitos de Corrupción de Funcionarios, Gerencia General, Gerencia Central de Potencial Humano, Ofi cina de Registro y Evaluación de Fiscales y a los Fiscales mencionados.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

GLADYS MARGOT ECHAIZ RAMOSFiscal de la Nación

514520-9

RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓNNº 1115-2010-MP-FN

Lima, 2 de julio de 2010

VISTO Y CONSIDERANDO:

Que, por necesidad de servicio y estando a las facultades concedidas por el Artículo 64º del Decreto Legislativo Nº 052, Ley Orgánica del Ministerio Público;

SE RESUELVE:

Artículo Primero.- Dar por concluido el nombramiento del doctor Alfonso Del Carpio Delgado, como Fiscal Provincial Provisional del Distrito Judicial de Moquegua y su designación en el Despacho de la Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Mariscal Nieto, materia de la Resolución Nº 1451-2009-MP-FN, de fecha 07 de octubre del 2009.

Artículo Segundo.- Dar por concluido el nombramiento de la doctora Carolina Virginia Gladys Coronel Arce, como Fiscal Provincial Provisional del Distrito Judicial de Moquegua y su designación en el Despacho de la Fiscalía Provincial Mixta de Ichuña, materia de las Resoluciones N° 392-2008-MP-FN y Nº 394-2008-MP-FN, ambas de fecha 26 de marzo del 2008.

Artículo Tercero.- Dar por concluido el nombramiento de la doctora María del Rosario David Villafuerte, como Fiscal Adjunta Provincial Provisional del Distrito Judicial de Moquegua y su designación en el Despacho de la Fiscalía Provincial Mixta de General Sánchez Cerro, materia de las Resoluciones N° 392-2008-MP-FN y Nº 394-2008-MP-FN, ambas de fecha 26 de marzo del 2008.

Artículo Cuarto.- Nombrar al doctor Rogelio Serafín Zea Pantigoso, como Fiscal Provincial Provisional del Distrito Judicial de Moquegua, designándolo en el Despacho de la Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Mariscal Nieto.

Artículo Quinto.- Nombrar al doctor Raúl Merma Pacho, como Fiscal Provincial Provisional del Distrito Judicial de Moquegua, designándolo en el Despacho de la Fiscalía Provincial Mixta de Ichuña.

Artículo Sexto.- Nombrar a la doctora Melina Zulema Lizárraga Amésquita, como Fiscal Adjunta Provincial Provisional del Distrito Judicial de Moquegua, designándola en el Despacho de la Fiscalía Provincial Mixta de General Sánchez Cerro.

Artículo Séptimo.- Hacer de conocimiento la presente Resolución, a la Fiscal Superior Titular - Presidente de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Judicial de Moquegua, Gerencia General, Gerencia Central de Potencial Humano, Ofi cina de Registro y Evaluación de Fiscales y a los Fiscales mencionados.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

GLADYS MARGOT ECHAIZ RAMOSFiscal de la Nación

514520-10

RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓNNº 1116-2010-MP-FN

Lima, 2 de julio de 2010

VISTO Y CONSIDERANDO:

El escrito, cursado por la doctora Katia Patricia Núñez Izaguirre, Fiscal Adjunta Provincial Provisional del Distrito Judicial de Cajamarca, designada en el Despacho de la Primera Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Cajamarca, en la que comunica su renuncia al cargo, por motivos de salud y familiares.

Estando a lo expuesto y a lo dispuesto por el Artículo 64º del Decreto Legislativo Nº 052, Ley Orgánica del Ministerio Público;

SE RESUELVE:

Artículo Primero.- Aceptar la renuncia formulada por la doctora Katia Patricia Núñez Izaguirre, como Fiscal Adjunta Provincial Provisional del Distrito Judicial de Cajamarca y su designación en el Despacho de la Primera Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Cajamarca, materia de la Resolución Nº576-2010-MP-FN, de fecha 30 de marzo del 2010.

Artículo Segundo.- Hacer de conocimiento la presente Resolución, a la Fiscal Superior Titular - Presidente de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Judicial de Cajamarca, Gerencia General, Gerencia Central de Potencial Humano, Ofi cina de Registro y Evaluación de Fiscales y a la Fiscal mencionada.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

GLADYS MARGOT ECHAIZ RAMOSFiscal de la Nación

514520-11

Page 44: Cuadernillo de Normas Legales - Gaceta Jurídica...2010/07/03  · El Peruano NORMAS LEGALES Lima, sábado 3 de julio de 2010 421601 RR. Nºs. 6857 y 6866-2010.- Autorizan viajes de

NORMAS LEGALES El PeruanoLima, sábado 3 de julio de 2010421642

RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓNNº 1117-2010-MP-FN

Lima, 2 de julio de 2010

VISTO Y CONSIDERANDO:

Los Ofi cios N°1706-2010-MP-PJFS-DJ-CAJAMARCA y N°1717-2010-MP-PJFS-DJ-CAJAMARCA, cursados por la doctora Esperanza Isabel León Deza de Malca, Fiscal Superior Titular - Presidente de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Judicial de Cajamarca, mediante el cual eleva las solicitudes de los doctores Silvia Marianela Jara Sánchez, Fiscal Adjunta Provincial Provisional del Distrito Judicial de Cajamarca, designada en el Despacho de la Fiscalía Provincial Penal de San Pablo, Rubén Lorenzo Cerna Hernández, Fiscal Adjunto Provincial Provisional del Distrito Judicial de Cajamarca, designado en el Despacho de la Fiscalía Provincial Mixta de Miguel Iglesias, Claudia Pilar Valdiviezo Cavero, Fiscal Adjunta Provincial Provisional del Distrito Judicial de Cajamarca, designada en el Despacho de la Segunda Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Cajamarca, Reyler Yulfo Rodríguez Chávez, Fiscal Adjunto Provincial Provisional del Distrito Judicial de Cajamarca, designado en el Despacho de la Fiscalía Provincial Civil y de Familia de Santa Cruz, Graciela de los Milagros Cabrera Roncal, Fiscal Adjunta Provincial Provisional del Distrito Judicial de Cajamarca, designada en el Despacho de la Segunda Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Celendín, Hernán Arquímedes López Bernal, Fiscal Adjunto Superior Provisional del Distrito Judicial de Cajamarca, designado en el Despacho de la Fiscalía Superior Mixta de Chota, Tatianova Abanto Tafur, Fiscal Adjunta Provincial Provisional del Distrito Judicial de Cajamarca, designada en el Despacho de la Fiscalía Provincial Civil y de Familia de San Marcos, Iris Jessica Rodríguez Velásquez, Fiscal Adjunta Provincial Provisional del Distrito Judicial de Cajamarca, designada en el Despacho de la Fiscalía Provincial Mixta de Yonan – Tembladera; manifestando todos que, por motivos estrictamente personales, de estudio y de salud, les es imposible asumir el cargo, al cual no han juramentado, y asimismo informa que el doctor Segundo César Rubio Azabache, Fiscal Adjunto Provincial Provisional del Distrito Judicial de Cajamarca, designado en el Despacho de la Fiscalía Provincial Penal de Contumazá; a la fecha, no se ha presentado a prestar el juramento de ley.

Estando a lo expuesto y a lo dispuesto por el Artículo 64º del Decreto Legislativo Nº 052, Ley Orgánica del Ministerio Público;

SE RESUELVE:

Artículo Primero.- Dejar sin efecto el artículo trigésimo segundo de la Resolución N°578-2010-MP-FN, de fecha 30 de marzo del 2010, que nombra a la doctora Silvia Marianela Jara Sánchez, como Fiscal Adjunta Provincial Provisional del Distrito Judicial de Cajamarca y su designación en el Despacho de la Fiscalía Provincial Penal de San Pablo.

Artículo Segundo.- Dar por concluido el nombramiento del doctor Rubén Lorenzo Cerna Hernández, como Fiscal Adjunto Provincial Provisional del Distrito Judicial de Cajamarca, materia de la Resolución N°720-2007-MP-FN, de fecha 03 de julio del 2007, dejándose sin efecto el artículo cuadragésimo sétimo de la Resolución N°577-2010-MP-FN, de fecha 30 de marzo del 2010, que lo designa en el Despacho de la Fiscalía Provincial Mixta de Miguel Iglesias.

Artículo Tercero.- Dejar sin efecto el artículo trigésimo noveno de la Resolución N°576-2010-MP-FN, de fecha 30 de marzo del 2010, en el extremo que nombra a la doctora Claudia Pilar Valdiviezo Cavero, como Fiscal Adjunta Provincial Provisional del Distrito Judicial de Cajamarca y su designación en el Despacho de la Segunda Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Cajamarca.

Artículo Cuarto.- Dejar sin efecto el artículo vigésimo sexto de la Resolución N°577-2010-MP-FN, de fecha 30 de marzo del 2010, en el extremo que nombra al doctor Reyler Yulfo Rodríguez Chávez, como Fiscal Adjunto Provincial Provisional del Distrito Judicial de Cajamarca

y su designación en el Despacho de la Fiscalía Provincial Civil y de Familia de Santa Cruz.

Artículo Quinto.- Dejar sin efecto el artículo cuadragésimo cuarto de la Resolución N°577-2010-MP-FN, de fecha 30 de marzo del 2010, en el extremo que nombra a la doctora Graciela de los Milagros Cabrera Roncal, como Fiscal Adjunta Provincial Provisional del Distrito Judicial de Cajamarca y su designación en el Despacho de la Segunda Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Celendín.

Artículo Sexto.- Dejar sin efecto el artículo vigésimo segundo de la Resolución N°575-2010-MP-FN, de fecha 30 de marzo del 2010, en el extremo que nombra al doctor Hernán Arquímedes López Bernal, como Fiscal Adjunto Superior Provisional del Distrito Judicial de Cajamarca y su designación en el Despacho de la Fiscalía Superior Mixta de Chota.

Artículo Séptimo.- Dejar sin efecto el artículo vigésimo cuarto de la Resolución N°578-2010-MP-FN, de fecha 30 de marzo del 2010, que nombra a la doctora Tatianova Abanto Tafur, como Fiscal Adjunta Provincial Provisional del Distrito Judicial de Cajamarca y su designación en el Despacho de la Fiscalía Provincial Civil y de Familia de San Marcos.

Artículo Octavo.- Dejar sin efecto el artículo quincuagésimo cuarto de la Resolución N°577-2010-MP-FN, de fecha 30 de marzo del 2010, en el extremo que nombra a la doctora Iris Jessica Rodríguez Velásquez, como Fiscal Adjunta Provincial Provisional del Distrito Judicial de Cajamarca y su designación en el Despacho de la Fiscalía Provincial Mixta de Yonan - Tembladera.

Artículo Noveno.- Dejar sin efecto el artículo quincuagésimo de la Resolución N°577-2010-MP-FN, de fecha 30 de marzo del 2010, en el extremo que nombra al doctor Segundo César Rubio Azabache, como Fiscal Adjunto Provincial Provisional del Distrito Judicial de Cajamarca y su designación en el Despacho de la Fiscalía Provincial Penal de Contumazá.

Artículo Décimo.- Nombrar al doctor César Enrique Gonzáles Quevedo, como Fiscal Adjunto Provincial Provisional del Distrito Judicial de Cajamarca, designándolo en el Despacho de la Fiscalía Provincial Penal de San Pablo.

Artículo Décimo Primero.- Nombrar al doctor Jorge Ernesto Rodríguez Díaz, como Fiscal Adjunto Provincial Provisional del Distrito Judicial de Cajamarca, designándolo en el Despacho de la Fiscalía Provincial Mixta de Miguel Iglesias.

Artículo Décimo Segundo.- Nombrar a la doctora Mónica Soraya Bazán Villanueva, como Fiscal Adjunta Provincial Provisional del Distrito Judicial de Cajamarca, designándola en el Despacho de la Segunda Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Cajamarca.

Artículo Décimo Tercero.- Nombrar a la doctora Mariela Elisabet Pajares Torres, como Fiscal Adjunta Provincial Provisional del Distrito Judicial de Cajamarca, designándola en el Despacho de la Fiscalía Provincial Civil y de Familia de Santa Cruz.

Artículo Décimo Cuarto.- Nombrar a la doctora María de los Ángeles Zaldívar Urteaga, como Fiscal Adjunta Provincial Provisional del Distrito Judicial de Cajamarca, designándola en el Despacho de la Fiscalía Provincial Civil y de Familia de San Marcos.

Artículo Décimo Quinto.- Nombrar a la doctora Angélica Rocío Castillo Obregón, como Fiscal Adjunta Provincial Provisional del Distrito Judicial de Cajamarca, designándola en el Despacho de la Fiscalía Provincial Penal de Contumazá.

Artículo Décimo Sexto.- Hacer de conocimiento la presente Resolución, a la Fiscal Superior Titular - Presidente de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Judicial de Cajamarca, Gerencia General, Gerencia Central de Potencial Humano, Ofi cina de Registro y Evaluación de Fiscales y a los Fiscales mencionados.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

GLADYS MARGOT ECHAIZ RAMOSFiscal de la Nación

514520-12

Page 45: Cuadernillo de Normas Legales - Gaceta Jurídica...2010/07/03  · El Peruano NORMAS LEGALES Lima, sábado 3 de julio de 2010 421601 RR. Nºs. 6857 y 6866-2010.- Autorizan viajes de

NORMAS LEGALESEl PeruanoLima, sábado 3 de julio de 2010 421643

RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓNNº 1118-2010-MP-FN

Lima, 2 de julio de 2010

VISTO Y CONSIDERANDO:

Que, por necesidad de servicios y estando a las facultades concedidas por el Artículo 64º del Decreto Legislativo Nº 052, Ley Orgánica del Ministerio Público;

SE RESUELVE:

Artículo Primero.- Nombrar al doctor Lev Ernesto Castro Chirinos, como Fiscal Provincial Provisional del Distrito Judicial de Lambayeque, designándolo en el Despacho de la Primera Fiscalía Provincial de Prevención del Delito de Chiclayo.

Artículo Segundo.- Hacer de conocimiento la presente Resolución, a la Fiscal Superior Titular - Presidente de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Judicial de Lambayeque, Gerencia General, Gerencia Central de Potencial Humano, Ofi cina de Registro y Evaluación de Fiscales y al Fiscal mencionado.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

GLADYS MARGOT ECHAIZ RAMOSFiscal de la Nación

514520-13

RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓNNº 1119-2010-MP-FN

Lima, 2 de julio de 2010

VISTO Y CONSIDERANDO:

Que, por necesidad de servicio y estando a las facultades concedidas por el Artículo 64° del Decreto Legislativo N° 052, Ley Orgánica del Ministerio Público;

SE RESUELVE:

Artículo Primero.- Nombrar al doctor Fernando Dany Carrera Espinoza, como Fiscal Adjunto Provincial Provisional del Distrito Judicial de Huaura, designándolo en el Despacho de la Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Huaral.

Artículo Segundo.- Hacer de conocimiento la presente Resolución, al Fiscal Superior Titular – Presidente de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Judicial de Huaura, Gerencia General, Gerencia Central de Potencial Humano, Ofi cina de Registro y Evaluación de Fiscales y al Fiscal mencionado.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

GLADYS MARGOT ECHAIZ RAMOSFiscal de la Nación

514520-14

RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓNNº 1120-2010-MP-FN

Lima, 2 de julio de 2010

VISTO Y CONSIDERANDO:

Que, por necesidad de servicio y estando a las facultades concedidas por el Artículo 64° del Decreto Legislativo N° 052, Ley Orgánica del Ministerio Público;

SE RESUELVE:

Artículo Primero.- Nombrar al doctor Saúl Ramiro Sánchez Gonzáles, como Fiscal Adjunto Provincial

Provisional del Distrito Judicial de Arequipa, designándolo en el Despacho de la Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Castilla.

Artículo Segundo.- Hacer de conocimiento la presente Resolución, a la Fiscal Superior Titular - Presidente de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Judicial de Arequipa, Gerencia General, Gerencia Central de Potencial Humano, Ofi cina de Registro y Evaluación de Fiscales y al Fiscal mencionado.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

GLADYS MARGOT ECHAIZ RAMOSFiscal de la Nación

514520-15

SUPERINTENDENCIA

DE BANCA, SEGUROS Y

ADMINISTRADORAS PRIVADAS

DE FONDOS DE PENSIONES

Autorizan a la Caja Municipal de Ahorro y Crédito de Huancayo la apertura de agencias en el departamento de Lima

RESOLUCIÓN SBS Nº 6332-2010

Lima, 18 de junio de 2010

EL INTENDENTE GENERAL DE MICROFINANZAS

VISTA:

La solicitud presentada por la Caja Municipal de Ahorro y Crédito de Huancayo, para que se le autorice la apertura de una agencia ubicada en el distrito de Villa El Salvador, provincia y departamento de Lima;

CONSIDERANDO:

Que, la empresa solicitante ha cumplido con presentar la documentación correspondiente para la apertura de las citadas agencias;

Estando a lo informado por el Departamento de Supervisión Microfi nanciera “B”; y,

De conformidad con lo dispuesto por el artículo 30º de la Ley Nº 26702 - Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros y el Reglamento de Apertura, conversión, traslado o cierre de ofi cinas, uso de locales compartidos, cajeros automáticos y cajeros corresponsales, aprobado mediante Resolución Nº 775-2008 y modifi catorias; y, en uso de las facultades delegadas mediante Resolución SBS Nº 12883-2009;

RESUELVE:

Artículo Único.- Autorizar a la Caja Municipal de Ahorro y Crédito de Huancayo la apertura de una agencia ubicada en Av. Revolución Nº 1754, local ubicado en pp-jj Villa El Salvador Mz. B, Lote 7, Grupo 14, Segundo Sector - Lima, distrito de Villa El Salvador, provincia y departamento de Lima.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

DEMETRIO CASTRO ZÁRATEIntendente General de Microfi nanzas

513344-1

Page 46: Cuadernillo de Normas Legales - Gaceta Jurídica...2010/07/03  · El Peruano NORMAS LEGALES Lima, sábado 3 de julio de 2010 421601 RR. Nºs. 6857 y 6866-2010.- Autorizan viajes de

NORMAS LEGALES El PeruanoLima, sábado 3 de julio de 2010421644

RESOLUCIÓN SBS Nº 6635-2010

Lima, 22 de junio de 2010

EL INTENDENTE GENERAL DE MICROFINANZAS

VISTA:

La solicitud presentada por la Caja Municipal de Ahorro y Crédito de Huancayo, para que se le autorice la apertura de una agencia ubicada en el distrito, provincia y departamento de Lima;

CONSIDERANDO:

Que, la empresa solicitante ha cumplido con presentar la documentación correspondiente para la apertura de las citadas agencias;

Estando a lo informado por el Departamento de Supervisión Microfi nanciera “B”; y,

De conformidad con lo dispuesto por el artículo 30º de la Ley Nº 26702 - Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros y el Reglamento de Apertura, conversión, traslado o cierre de ofi cinas, uso de locales compartidos, cajeros automáticos y cajeros corresponsales, aprobado mediante Resolución Nº 775-2008 y modifi catorias; y, en uso de las facultades delegadas mediante Resolución SBS Nº 12883-2009;

RESUELVE:

Artículo Único.- Autorizar a la Caja Municipal de Ahorro y Crédito de Huancayo la apertura de una agencia ubicada en las Tiendas Nº 211, 212 y 304 de la Av. Abancay Nº 951-953-955-959 y 961, distrito, provincia y departamento de Lima.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

DEMETRIO CASTRO ZÁRATEIntendente General de Microfi nanzas

513345-1

Autorizan inscripción de personas naturales en el Registro del Sistema de Seguros

RESOLUCIÓN SBS Nº 6473-2010

Lima, 21 de junio de 2010

EL SUPERINTENDENTE ADJUNTO DE SEGUROS

VISTA:

La solicitud presentada por el señor Rafael Yván Alva Alvitez para que se le autorice la inscripción en el Registro del Sistema de Seguros: Sección II De los Corredores de Seguros: A. Personas Naturales punto 3.- Corredores de Seguros Generales y de Vida; y,

CONSIDERANDO:

Que, por Resolución SBS Nº 816-2004 de fecha 27 de mayo de 2004, se establecieron los requisitos formales para la inscripción de los Corredores de Seguros;

Que, el solicitante ha cumplido con los requisitos formales exigidos por la citada norma administrativa;

Que, la Superintendencia Adjunta de Seguros mediante Sesiones de la Comisión Evaluadora de fechas 9 de febrero y 24 de marzo de 2010, convocada de acuerdo con lo dispuesto en el Artículo 11º del Reglamento del Registro del Sistema de Seguros ha califi cado y aprobado la inscripción respectiva en el indicado Registro; y,

En uso de las atribuciones conferidas por la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros

y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros - Ley Nº 26702, y sus modifi catorias; y en virtud de la facultad delegada por la Resolución SBS Nº 1096-2005 del 25 de julio de 2005;

RESUELVE:

Artículo Primero.- Autorizar la inscripción del señor Rafael Yván Alva Alvitez con matrícula Nº N-4008 en el Registro del Sistema de Seguros: Sección II De los Corredores de Seguros: A. Personas Naturales punto 3.- Corredores de Seguros Generales y de Vida, que lleva esta Superintendencia.

Artículo Segundo.- La presente Resolución entra en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

ARMANDO CÁCERES VALDERRAMASuperintendente Adjunto de Seguros

513341-1

RESOLUCIÓN SBS Nº 6482-2010

Lima, 21 de junio de 2010

EL SUPERINTENDENTE ADJUNTO DE SEGUROS

VISTA:

La solicitud presentada por el señor Henry Noé Sánchez Ruiz para que se le autorice la inscripción en el Registro del Sistema de Seguros: Sección II De los Corredores de Seguros: A. Personas Naturales punto 1.- Corredores de Seguros de Ramos Generales; y,

CONSIDERANDO:

Que, por Resolución SBS Nº 816-2004 de fecha 27 de mayo de 2004, se establecieron los requisitos formales para la inscripción de los Corredores de Seguros;

Que, el solicitante ha cumplido con los requisitos formales exigidos por la citada norma administrativa;

Que, la Superintendencia Adjunta de Seguros mediante Sesión de la Comisión Evaluadora de fecha 2 de febrero de 2010, convocada de acuerdo con lo dispuesto en el Artículo 11º del Reglamento del Registro del Sistema de Seguros ha califi cado y aprobado la inscripción respectiva en el indicado Registro; y,

En uso de las atribuciones conferidas por la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros - Ley Nº 26702, y sus modifi catorias; y en virtud de la facultad delegada por la Resolución SBS Nº 1096-2005 del 25 de julio de 2005;

RESUELVE:

Artículo Primero.- Autorizar la inscripción del señor Henry Noé Sánchez Ruiz con matrícula Nº N-4009 en el Registro del Sistema de Seguros: Sección II De los Corredores de Seguros: A. Personas Naturales punto 1.- Corredores de Seguros de Ramos Generales, que lleva esta Superintendencia.

Artículo Segundo.- La presente Resolución entra en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

ARMANDO CÁCERES VALDERRAMASuperintendente Adjunto de Seguros

513464-1

Page 47: Cuadernillo de Normas Legales - Gaceta Jurídica...2010/07/03  · El Peruano NORMAS LEGALES Lima, sábado 3 de julio de 2010 421601 RR. Nºs. 6857 y 6866-2010.- Autorizan viajes de

NORMAS LEGALESEl PeruanoLima, sábado 3 de julio de 2010 421645

Autorizan viaje de funcionarios para participar en curso sobre supervisión basada en riesgo que se llevará a cabo en Panamá

RESOLUCIÓN SBS Nº 6766-2010

30 de junio de 2010

EL SUPERINTENDENTE DE BANCA, SEGUROS YADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOSDE PENSIONES

VISTA:

La convocatoria realizada por la Asociación de Supervisores Bancarios de las Américas (ASBA), a fi n de participar en el Curso “Supervisión Basada en Riesgo”, el mismo que se llevará a cabo del 5 al 8 de julio de 2010, en la ciudad de Panamá, República de Panamá;

CONSIDERANDO:

Que, la citada actividad de capacitación, que se desarrollará en el marco del Programa de Capacitación Continental, busca incrementar las capacidades profesionales de los organismos supervisores bancarios de América Latina y el Caribe para promover la estabilidad económica de la región, así como para afrontar los nuevos retos que el desarrollo de los sistemas fi nancieros presentan para la supervisión bancaria;

Que, en ese sentido, el curso ha sido diseñado para ampliar el conocimiento técnico de los participantes con el fi n de aplicar un proceso de supervisión basado en riesgos y desarrollar habilidades de investigación y análisis para lidiar con situaciones reales. Asimismo se presentarán y desarrollarán temas que comprenden aspectos relacionados con los riesgos inherentes, las funciones de control de la administración de riesgos, los riesgos netos de las operaciones e institucionales, el gobierno corporativo, la clasifi cación de los riesgos compuestos, entre otros;

Que, dado que los temas a tratar en el citado curso son de utilidad y aplicación para la institución en lo que se refi ere a las actividades y funciones de supervisión y administración de riesgos de esta Superintendencia por su aplicación directa para la mejora y el fortalecimiento de los procesos internos, se ha designado a los señores Edward Gastón Asencio Domínguez y Juan Carlos Miyasato Parreño, ambos Jefes de Supervisión de Inspecciones del Departamento de Inspecciones de la Superintendencia Adjunta de Banca y Microfi nanzas para participar en el referido evento;

Que, la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones, mediante Directiva SBS-DIR-ADM-085-13, ha dictado una serie de Medidas Complementarias de Austeridad en el Gasto para el ejercicio 2010, estableciéndose en el Numeral 4.2.1., que se autorizarán los viajes al exterior de los funcionarios de la SBS para participar en eventos de interés para la institución;

Que, en consecuencia, es necesario autorizar el viaje de los citados funcionarios para participar en el indicado evento de capacitación, cuyos gastos por concepto de pasaje aéreo, viáticos y Tarifa CORPAC serán cubiertos por esta Superintendencia con cargo al Presupuesto correspondiente al ejercicio 2010; y,

En uso de las facultades que le confi ere la Ley Nº 26702 “Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros” y de conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27619, el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM y en virtud a la Directiva sobre Medidas Complementarias de Austeridad en el Gasto para el ejercicio 2010, Nº SBS-DIR-ADM-085-13;

RESUELVE:

Artículo Primero.- Autorizar el viaje de los señores Edward Gastón Asencio Domínguez y Juan Carlos Miyasato Parreño, ambos Jefes de Supervisión de Inspecciones del Departamento de Inspecciones de la

Superintendencia Adjunta de Banca y Microfi nanzas, a la ciudad de Panamá, República de Panamá del 4 al 9 de julio de 2010, para los fi nes expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución.

Artículo Segundo.- Los citados funcionarios, dentro de los 15 (quince) días calendario siguientes a su reincorporación, deberán presentar ante el Superintendente de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones un informe detallado describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado.

Artículo Tercero.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente autorización por concepto de pasaje aéreo, viáticos y Tarifa CORPAC serán cubiertos por esta Superintendencia con cargo al Presupuesto correspondiente al ejercicio 2010, de acuerdo al siguiente detalle:

Pasajes aéreos US$ 1,565.18Viáticos US$ 2,000.00Tarifa CORPAC US$ 62.00

Artículo Cuarto.- La presente Resolución no otorga derecho a exoneración o liberación de impuestos de Aduana de cualquier clase o denominación a favor de los funcionarios cuyo viaje se autoriza.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

FELIPE TAM FOXSuperintendente de Banca, Seguros yAdministradoras Privadas de Fondos de Pensiones

513432-1

Autorizan viajes de funcionarios de la SBS para participar en eventos preparados con motivo de Sesión de la Junta Directiva” de la ASBA, así como en reuniones técnicas con instituciones bancarias en España

RESOLUCIÓN SBS Nº 6857-2010

2 de julio de 2010

EL SUPERINTENDENTE DE BANCA, SEGUROSY ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOSDE PENSIONES

VISTAS:

Las invitaciones cursadas por la Asociación de Supervisores Bancarios de las Américas (ASBA) al Superintendente de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones, con el fi n de participar en los eventos preparados con motivo de la “LIII Sesión de la Junta Directiva” de dicha Asociación, los días 5 y 6 de julio de 2010, así mismo, por el Banco BBVA y Banco Santander para sostener reuniones técnicas con directivos de estas instituciones entre los días 7 y 9 de julio de 2010 en la ciudad de Madrid, Reino de España;

CONSIDERANDO:

Que, la República del Perú a través de esta Superintendencia es miembro activo de la ASBA siendo el Superintendente, Vice Presidente de esta asociación y como tal, debe participar asumiendo la representación y defensa de los intereses del país en las reuniones realizadas por la misma;

Que, el día 5 de julio de 2010 se tiene prevista la realización del seminario “Lecciones de la Crisis y Respuesta del Supervisor: Cambios Estructurales y Regulatorios y la Importancia de la Cooperación” en el cual el señor Felipe Tam Fox, Superintendente de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones y Vicepresidente de ASBA, participará como expositor en el tema de mecanismos de resolución y entidades sistémicas en su regulación;

Que, el día 6 de julio de 2010, el señor Felipe Tam Fox participará en la LII Sesión de la Junta Directiva,

Page 48: Cuadernillo de Normas Legales - Gaceta Jurídica...2010/07/03  · El Peruano NORMAS LEGALES Lima, sábado 3 de julio de 2010 421601 RR. Nºs. 6857 y 6866-2010.- Autorizan viajes de

NORMAS LEGALES El PeruanoLima, sábado 3 de julio de 2010421646

abordándose en la misma, temas vinculados con los cambios estructurales y regulatorios de los entes reguladores durante la crisis fi nanciera mundial así como temas propios de esta asociación como la aprobación del Acta correspondiente a la LII Sesión de la Junta Directiva, consideración de la creación de una comisión especial para desarrollar el marco de gobierno corporativo de la ASBA, consideración del reporte de actividades, reporte fi nanciero, de la política y método de evaluación de desempeño anual del Secretario General entre otros;

Que, asimismo, en atención a las invitaciones cursadas por el Banco BBVA y el Banco Santander se han confi rmado las reuniones técnicas de trabajo a realizarse entre los días 7 y 9 de julio de 2010;

Que, la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones, mediante Directiva SBS-DIR-ADM-085-13, ha dictado una serie de Medidas Complementarias de Austeridad en el Gasto para el ejercicio 2010, estableciéndose en el Numeral 4.2.1., que se autorizarán los viajes al exterior para participar en eventos cuyos objetivos obliguen la representación sobre temas vinculados con negociaciones bilaterales, multilaterales, foros, o misiones ofi ciales que comprometan la presencia de sus funcionarios, así como para el ejercicio de sus funciones o eventos de interés para la Superintendencia, como el presente caso;

Que, los gastos por concepto de pasajes aéreos, viáticos, así como Tarifa CORPAC, serán cubiertos por esta Superintendencia con cargo al Presupuesto correspondiente al ejercicio 2010; y,

En uso de las facultades que le confi ere la Ley Nº 26702 “Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros”, y de conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27619, el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM y en virtud a la Directiva sobre Medidas Complementarias de Austeridad en el Gasto para el ejercicio 2010, Nº SBS-DIR-ADM-085-13;

RESUELVE:

Artículo Primero.- Autorizar el viaje del señor Felipe Tam Fox, Superintendente de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones del 3 al 10 de julio de 2010 a la ciudad de Madrid, Reino de España, para los fi nes expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución.

Artículo Segundo.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente autorización, según se indica, serán cubiertos por esta Superintendencia con cargo al Presupuesto correspondiente al ejercicio 2010, de acuerdo al siguiente detalle:

Pasajes US$ 1933,68Viáticos US$ 1820,00Tarifa CORPAC US$ 31,00

Artículo Tercero.- La presente Resolución no otorga derecho a exoneración o liberación de impuestos de Aduana de cualquier clase o denominación.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

FELIPE TAM FOXSuperintendente de Banca, Seguros yAdministradoras Privadas de Fondosde Pensiones

514380-1

RESOLUCIÓN SBS Nº 6866-2010

2 de julio de 2010

EL SUPERINTENDENTE DE BANCA, SEGUROSY ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOSDE PENSIONES

VISTAS:

Las invitaciones cursadas por la Asociación de Supervisores Bancarios de las Américas (ASBA) al

Superintendente de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones, con el fi n de participar en los eventos preparados con motivo de la “LIII Sesión de la Junta Directiva” de dicha Asociación, los días 5 y 6 de julio de 2010, así mismo como por el Banco BBVA, Banco Santander y el Banco de España para sostener reuniones técnicas con directivos de estas instituciones los días 7 y 8 de julio de 2010 en la ciudad de Madrid, Reino de España;

CONSIDERANDO:

Que, la República del Perú a través de esta Superintendencia es miembro activo de la ASBA siendo el Superintendente, Vice Presidente de esta asociación y como tal, debe participar asumiendo la representación y defensa de los intereses del país en las reuniones realizadas por la misma;

Que, en la Sesión de la Junta Directiva se tratarán temas vinculados con los cambios estructurales y regulatorios de los entes reguladores durante la crisis fi nanciera mundial, así como temas propios de esta asociación como la aprobación del Acta correspondiente a la LII Sesión de la Junta directiva, consideración de la creación de una comisión especial para desarrollar el marco de gobierno corporativo de la ASBA, consideración del reporte de actividades y del reporte fi nanciero, consideración de la política y método de evaluación de desempeño anual del Secretario General entre otros;

Que, asimismo, el señor Javier Martín Poggi Campodónico en calidad de Presidente del Comité Modelo de Supervisión de esta superintendencia, que tiene por fi nalidad la implementación del proyecto modelo integrado de supervisión basada en riesgos, tendrá diversas reuniones técnicas con representantes del Banco BBVA, el Banco Santander y el Banco de España los días 7 y 8 de julio de 2010;

Que, atendiendo la invitación cursada y por ser de interés para la Institución, se ha considerado conveniente autorizar el viaje del señor Javier Martín Poggi Campodónico, Superintendente Adjunto de Estudios Económicos, para que en representación de esta Superintendencia participe en los citados eventos del 5 al 8 de julio de 2010 respectivamente;

Que, la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones, mediante Directiva SBS-DIR-ADM-085-13, ha dictado una serie de Medidas Complementarias de Austeridad en el Gasto para el ejercicio 2010, estableciéndose en el Numeral 4.2.1., que se autorizarán los viajes al exterior para participar en eventos cuyos objetivos obliguen la representación sobre temas vinculados con negociaciones bilaterales, multilaterales, foros, o misiones ofi ciales que comprometan la presencia de sus funcionarios, así como para el ejercicio de sus funciones o eventos de interés para la Superintendencia, como elpresente caso;

Que, en consecuencia, es necesario autorizar el viaje de los citados funcionarios para participar en los indicados eventos, cuyos gastos por concepto de pasajes aéreos, viáticos, así como Tarifa CORPAC, serán cubiertos por esta Superintendencia con cargo al Presupuesto correspondiente al ejercicio 2010; y,

En uso de las facultades que le confi ere la Ley Nº 26702 “Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros”, y de conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27619, el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM y en virtud a la Directiva sobre Medidas Complementarias de Austeridad en el Gasto para el ejercicio 2010, Nº SBS-DIR-ADM-085-13;

RESUELVE:

Artículo Primero.- Autorizar el viaje del señor JavierMartín Poggi Campodónico, Superintendente Adjunto de Estudio Económicos, del 3 al 9 de julio a la ciudad de Madrid, Reino de España, para los fi nes expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución.

Page 49: Cuadernillo de Normas Legales - Gaceta Jurídica...2010/07/03  · El Peruano NORMAS LEGALES Lima, sábado 3 de julio de 2010 421601 RR. Nºs. 6857 y 6866-2010.- Autorizan viajes de

NORMAS LEGALESEl PeruanoLima, sábado 3 de julio de 2010 421647

Artículo Segundo.- El citado funcionario, dentro de los 15 (quince) días calendario siguientes a su reincorporación, deberá presentar ante el Superintendente de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones, un informe detallado describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado.

Artículo Tercero.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente autorización, según se indica, serán cubiertos por esta Superintendencia con cargo al Presupuesto correspondiente al ejercicio 2010, de acuerdo al siguiente detalle:

Pasajes US$ 2859,61Viáticos US$ 1560,00Tarifa CORPAC US$ 31,00

Artículo Cuarto.- La presente Resolución no otorga derecho a exoneración o liberación de impuestos de Aduana de cualquier clase o denominación a favor de los funcionarios cuyo viaje se autoriza.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

FELIPE TAM FOXSuperintendente de Banca, Seguros yAdministradoras Privadas de Fondosde Pensiones

514382-1

GOBIERNOS LOCALES

MUNICIPALIDAD

METROPOLITANA DE LIMA

Modifican la Ordenanza Nº 393-MML

ORDENANZA Nº 1399

EL TENIENTE ALCALDE METROPOLITANODE LIMA;ENCARGADO DE LA ALCALDÍA

POR CUANTO:

EL CONCEJO METROPOLITANO DE LIMA;

Visto en Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 24 de junio del 2010, el Dictamen Nº 069-2010-MML-CMAL, de la Comisión Metropolitana de Asuntos Legales; y,

De conformidad con lo dispuesto por los artículos 40º y 157º, numeral 13 de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972,

Aprobó la siguiente:

ORDENANZA MODIFICATORIADE LA ORDENANZA Nº 393-MML

Artículo 1º.- Modifi cación del numeral 5. del artículo 7º de la Ordenanza Nº 393

Modifíquese el numeral 5. del artículo 7º de la Ordenanza Nº 393, sustituyéndolo por el texto siguiente:

(...)5. Empleando pintura en las calzadas, paramentos,

muros, cercos y fachadas de los bienes de uso público, los de servicio público, los predios públicos de dominio privado y los predios de dominio privado.

Artículo 2º.- Modifi cación de Infracción

2.1 Modifíquese el literal h) de las Infracciones graves, del artículo 11º de la Ordenanza Nº 393, sustituyéndolo por el texto siguiente:

Infracciones graves:(...)h) Emplear pintura en las calzadas, paramentos,

muros, cercos y fachadas de los bienes de uso público, los de servicio público, los predios públicos de dominio privado.

2.2 Incorpórese el literal g) de las Infracciones leves, del artículo 11º de la Ordenanza Nº 393, la infracción siguiente:

Infracciones Leves:(...)g) Emplear pintura en las calzadas, paramentos,

muros, cercos y fachadas de los predios de dominio privado.

Artículo 3º.- Modifi cación de RASModifíquese la infracción contenida en el Código 06-

0405 del Cuadro de Sanciones de la Ordenanza Nº 984, Nuevo Régimen Municipal de Aplicación de Sanciones Administrativas derivadas de la función fi scalizadora, y modifi catorias, de acuerdo al siguiente cuadro:

Código Infracción ProcedimientoPrevio

Monto de la Multa

MedidaComplementaria

06-0405

Difundir propaganda política empleando pinturas en las calzadas, paramentos, muros, cercos y fachadas de los bienes de uso público, los de servicio público, los predios públicos de dominio privado.

1 UIT Ejecución

Incorpórese el código de infracción 06-0418 del Cuadro de Sanciones de la Ordenanza Nº 984, Nuevo Régimen Municipal de Aplicación de Sanciones Administrativas derivadas de la función fi scalizadora, y modifi catorias, de acuerdo al siguiente cuadro:

Código Infracción ProcedimientoPrevio

Monto de la Multa

MedidaComplementaria

06-0418

Difundir propaganda política empleando pinturas en las calzadas, paramentos, muros, cercos y fachadas de los predios de dominio privado.

0.5 UIT Ejecución

Artículo 4º.- La presente Ordenanza entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano.

POR TANTO:

Mando se registre, publique y cumpla.

En Lima, 25 de junio de 2010.

MARCO ANTONIO PARRA SÁNCHEZTeniente Alcalde de laMunicipalidad Metropolitana de LimaEncargado de la Alcaldía

513485-1

MUNICIPALIDAD DE

CIENEGUILLA

Prorrogan plazo de vigencia de la Ordenanza Nº 118-2010-MDC, sobre amnistía tributaria para contribuyentes del distrito

DECRETO DE ALCALDÍANº 005-2010-A-MDC

Cieneguilla, 25 de junio del 2010

Page 50: Cuadernillo de Normas Legales - Gaceta Jurídica...2010/07/03  · El Peruano NORMAS LEGALES Lima, sábado 3 de julio de 2010 421601 RR. Nºs. 6857 y 6866-2010.- Autorizan viajes de

NORMAS LEGALES El PeruanoLima, sábado 3 de julio de 2010421648

EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITALDE CIENEGUILLA.

VISTO:

El Informe Nº 088-2010/GR-MDC, de fecha 15 de Junio del 2010 de la Gerencia Rentas, el Informe Nº 41-2010-GM-MDC, de fecha 15 de Junio del 2010 de la Gerencia Municipal y el proveído s/n de fecha 17 de Junio último emitido por Gerencia Municipal.

CONSIDERANDO:

Que, mediante Ordenanza Nº 118-2010-MDC de fecha 11 de mayo del 2010 se estableció el benefi cio de amnistía tributaria en favor de los vecinos de Cieneguilla, con vigencia desde el 01 de Junio de 2010 hasta el 30 de Junio de 2010.

Que, la Primera Disposición Final de la Ordenanza Nº 118-2010-MDC faculta al Sr. Alcalde para que mediante Decreto de Alcaldía dicte las disposiciones complementarias necesarias para la adecuada aplicación de dicha ordenanza, así como su prórroga de ser necesaria.

Que, conforme al artículo 42º de la Ley Orgánica de Municipalidades – Ley Nº 27972, los Decretos de Alcaldía establecen normas reglamentarias y de aplicación de las ordenanzas.

Estando a lo expuesto y en uso de las facultades previstas en los artículos 20º inciso 6 y 42º de la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades;

DECRETA:

Artículo Primero.- Prorrogar el plazo de vigencia de la Ordenanza Nº 118-2010-MDC “Ordenanza de Amnistía Tributaria para los Contribuyentes del Distrito de Cieneguilla” plazo que se prorrogará hasta el 27 de Julio de 2010.

Artículo Segundo.- Encargar a la Gerencia Municipal, a la Gerencia de Rentas el cumplimiento del presente Decreto de Alcaldía.

Artículo Tercero.- Encargar a Secretaría General disponga la publicación del presente Decreto de Alcaldía en el Diario Ofi cial El Peruano y en el Portal Institucional de la Municipalidad Distrital de Cieneguilla (www.municieneguilla.gob.pe), en el Portal de Servicios al Ciudadano y Empresas – PSCE (www.serviciosalciudadano.gob.pe).

Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.

MANUEL SCHWARTZ R.Alcalde

513944-1

MUNICIPALIDAD DEL RIMAC

Establecen tasa de interés moratorio aplicable a las obligaciones tributarias

ORDENANZA Nº 220-2010-MDR

EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DEL RÍMAC

POR CUANTO:

VISTO: el Concejo Municipal del Distrito del Rímac, en Sesión Ordinaria de fecha 24 de Junio del 2010; el Informe Nº 050-2010-GRDEL-MDR de la Gerencia de Rentas y Desarrollo Económico Local; el Informe Nº 274-2010-OAJ-MDR de la Ofi cina de Asuntos Jurídicos; con dispensa del Dictamen de la Comisión de Administración, Rentas y Comercialización; sobre la aplicación de la Tasa de interés moratorio a las obligaciones Tributarias

pendientes de pago de los contribuyentes de la jurisdicción del Rímac;

CONSIDERANDO:

Que, el artículo 194º de la Constitución Política del Peru establece que las Municipalidades como Órgano de Gobierno Local tienen autonomía política económica y administrativa en los asuntos de su competencia;

Que, la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, en el artículo 9º Inc. 8, establece que es atribución del Concejo Municipal, aprobar, modifi car o derogar las ordenanzas y dejar sin efecto los acuerdos;

Que, el artículo 33º del Texto Unico Ordenado del Código Tributario, aprobado por Decreto Supremo Nº 135-99-EF y sus modifi catorias, señala que el monto del tributo no pagado dentro de los plazos indicados en el artículo 29º de la misma norma, devengará un interés equivalente a la tasa de Interés Moratorio ( TIM), la cual no podrá exceder del 10% ( diez por ciento), por encima de la Tasa Activa del Mercado Promedio Mensual en moneda Nacional (TAMN) que publique la Superintendencia de Banca y Seguros, el último día hábil del mes anterior;

Que, el segundo párrafo del citado artículo 33 dispone que la SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE ADMINISTRACION TRIBUTARIA (SUNAT), fi jará la tasa de Interés Moratorio (TIM), respecto a los tributos que administra o cuya recaudacion estuviera a su cargo, y que en los casos de los tributos administrados por los gobiernos locales, la tasa de Interés Moratorio será fi jado por Ordenanza Municipal, la misma que no podrá ser mayor a la que establezca la SUNAT;

Que, mediante Resolución de la Superintendencia Nº 053-2010-SUNAT, publicado en el Diario Ofi cial El Peruano el 17 de Febrero de 2010, se fi jó en uno punto dos por ciento (1.2%) mensual, la Tasa de Interés Moratorio (TIM), aplicable a las deudas tributarias en moneda Nacional correspondiente a los tributos administrados y/o recaudados por la SUNAT; asimismo, en dicha resolución se estableció que la tasa regirá a partir del 01 de Marzo de 2010;

Teniendo en consideración y en uso de las facultades conferidas por el numeral 8 del artículo 9º de la Ley Orgánica de Municipalidades – Ley 27972, contando con el Voto Unánime del Pleno del Concejo Municipal y con dispensa de la Lectura y trámite de aprobación del Acta, se aprobó lo siguiente:

ORDENANZA QUE ESTABLECELA TASA DE INTERES MORATORIO APLICABLE

A LAS OBLIGACIONES TRIBUTARIAS

Artículo Primero.- Establecer en Uno punto Dos por ciento (1.2%) mensual la Tasa de Interés Moratorio (TIM) aplicable a las obligaciones tributarias que administra o cuya recaudación estuviera a cargo de la Municipalidad Distrital del Rímac y que se encuentre pendiente de pago.

Artículo Segundo.- Encargar a la Gerencia de Rentas y Desarrolo Economico Local, la Sub Gerencia de Administración Tributaria y Recaudación el cumplimiento de la presente Ordenanza y a la Unidad de Servicios Informáticos su implementación.

Artículo Tercero.- Derogar la vigencia de la Ordenanza Nº 154-MDR de fecha 7 de Julio de 2007.

Artículo Cuarto.- La presente Ordenanza entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación.

Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.

Dado en el Palacio Municpal a los veinte cuatro días del mes de Junio del dos mil diez.

VÍCTOR LEYTON DÍAZAlcalde

514159-1

Page 51: Cuadernillo de Normas Legales - Gaceta Jurídica...2010/07/03  · El Peruano NORMAS LEGALES Lima, sábado 3 de julio de 2010 421601 RR. Nºs. 6857 y 6866-2010.- Autorizan viajes de

NORMAS LEGALESEl PeruanoLima, sábado 3 de julio de 2010 421649

Establecen la aplicación de beneficios tributarios y no tributarios en el distrito

ORDENANZA Nº 221-2010-MDR

EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DEL RÍMAC

POR CUANTO:

VISTO: el Concejo Municipal del Distrito del Rímac, en Sesión Ordinaria de fecha 24 de Junio del 2010; el Informe Nº 049-2010-GRDEL-MDR de la Gerencia de Rentas y Desarrollo Económico Local; el Informe Nº 273-2010-OAJ-MDR de la Ofi cina de Asuntos Jurídicos; con dispensa del Dictamen de la Comisión de Administración, Rentas y Comercialización; sobre la aplicación de los Benefi cios Tributarios y no Tributarios de las deudas pendientes de pago de los contribuyentes de la Municipalidad del Rímac; y,

CONSIDERANDO:

Que, las municipalidades como Órgano de Gobierno Local tienen autonomía política económica y administrativa en los asuntos de su competencia de conformidad con lo establecido en el artículo 194º de la Constitución Política del Perú, así como el Artículo 74º de esta norma rectora que dispone que los Gobiernos Locales pueden crear, modifi car y suprimir contribuciones y tasas o exonerar de éstas dentro de su jurisdicción y con los límites que señala la ley;

Que, el Artículo II del Título Preliminar y el artículo 9º numeral 9) de la Ley Orgánica de Municipalidades Ley Nº 27972, sostiene que los Gobiernos Locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, crear modifi car, suprimir o exonerar las contribuciones, tasas, arbitrios, licencias y derechos conforme a ley;

Que, el artículo 41º del Decreto Supremo Nº 135-99-EF del texto Único Ordenado del Código Tributario, último párrafo señala que “Excepcionalmente los Gobiernos Locales podrán condonar con carácter general el interés moratorio y las sanciones respecto de los tributos que administran”;

Teniendo en consideración lo expuesto y en uso de las facultades conferidas por el numeral 8 del artículo 9º de la Ley Orgánica de Municipalidades – Ley 27972, contando con el Voto Mayoritario del Pleno del Concejo Municipal y con dispensa del Dictamen correspondiente y de la Lectura del trámite de aprobación del Acta, se aprobó la siguiente:

ORDENANZA QUE ESTABLECELA REGULARIZACION TRIBUTARIAS

Y NO TRIBUTARIAS EN EL DISTRITO DEL RÍMAC

Artículo Primero.- OBJETIVO Y ALCANCELa presente Ordenanza tiene como objetivo establecer

la aplicación de los Benefi cios Tributarios y no Tributarios, en la jurisdicción del distrito del Rímac, para aquellos contribuyentes que mantengan obligaciones pendientes de pago: Impuesto Predial, Arbitrios Municipales, Multas Administrativas, Convenio de Fraccionamiento y otros emitidos hasta el 31 de Mayo del año 2010.

El Benefi cio alcanza las siguientes obligaciones:

a) Obligaciones tributarias:

Correspondientes a los periodos no prescritos hasta el año 2010, por concepto de; Impuesto Predial, Tasa de Arbitrios Municipales; y las deudas que se encuentran en convenio de pago de fraccionamiento con cuotas vencidas o no vencidas.

b) Obligaciones No tributarias:

Multas administrativas o Sanciones impuestas por la sub. Gerencia de Control de Normas Municipales, aplicadas hasta el 31 de Mayo 2010.

Artículo Segundo.- BENEFICIOSDurante la vigencia de la presente Ordenanza los

contribuyentes o administrados podrán acogerse a los siguiente Benefi cios:

1. Pago al contado:

1.1. De las deudas tributarias de Impuesto Predial y arbitrios municipales:

Condonar el 100% de los intereses moratorios y reajustes de las deudas generados por los conceptos comprendidos en el Artículo Primero de la presente Ordenanza.

1.2. De los Arbitrios Municipales:

Los arbitrios municipales aparte de la condonación del punto 1.1, tendrán un descuento en el monto insoluto, siempre que hagan el pago al contado en la forma siguiente:

Año Descuento ( % )

2002 50

2003 50

2004 50

2005 40

2006 30

2007 20

2008 10

2009 5

2010 5

1.3. De las Multas administrativas:

Las Multas Administrativas impuestas hasta el 31 de Mayo del año en curso por la Sub Gerencia de Control de Normas Municipales, tendrán una rebaja y/o descuento del 95% sobre el valor insoluto de los muy graves, graves 90% y las leves 50%.

1.4. De las Multas Tributarias:

Mantener la vigencia del Régimen de Gradualidad aprobado por la Ordenanza Nº 170-MDR y excepcionalmente, si durante la vigencia de la presente Ordenanza regulariza la Declaración Jurada Predial y cumple con pagar todos los tributos municipales esta obligado el pago de S/. 70.00 Nuevos Soles por la sanción.

1.5. De las deudas de Convenio de Fraccionamiento.

Los administrados a la fecha de vigencia de la presente Ordenanza que tengan deudas en forma fraccionada, podrán acogerse a los alcances del presente benefi cio condonándose los intereses del convenio de las cuotas pendientes de pago siempre que cancelen el saldo.

2. Pago Fraccionado:

En el caso, que los contribuyentes que se acojan a ésta forma de pago, lo harán sobre la totalidad de la deuda insoluta, cuyo monto a fraccionarse no podrá ser inferior a S/. 200.00 Nuevos Soles para personas naturales y de S/. 1,000.00 Nuevos Soles para las personas jurídicas. Pudiendo cancelar hasta en un máximo de 10 cuotas; siendo la cuota inicial del 20% del monto a fraccionar y las cuotas no podrá ser inferior a S/, 50.00 Nuevos soles.

Para acogerse a la forma de pago los contribuyentes, deberán adjuntar los siguientes requisitos:

a) Copia de Documento Nacional de Identidadb) Recibo de Pago de la Cuota Inicial

Page 52: Cuadernillo de Normas Legales - Gaceta Jurídica...2010/07/03  · El Peruano NORMAS LEGALES Lima, sábado 3 de julio de 2010 421601 RR. Nºs. 6857 y 6866-2010.- Autorizan viajes de

NORMAS LEGALES El PeruanoLima, sábado 3 de julio de 2010421650

c) Carta Poder con fi rma legalizada en caso de ser representante de persona natural o Jurídica.

El incumplimiento de pago de 2 cuotas consecutivas o no del convenio suscrito bajo los alcances de la presente Ordenanza, dará lugar a la pérdida automática del benefi cio, procediendo la sub. Gerencia de Administración Tributaria y Recaudación, a resolver el convenio y disponer su Cobranza de la deuda pendiente más los intereses que correspondan.

Artículo Tercero.- Deuda en Cobranza Coactiva.Se podrán acoger a la presente Ordenanza aquellos

contribuyentes y/o administrados que mantengan deudas en proceso de Cobranza Coactiva; para lo cual sólo pagarán la suma de S/. 25.00 Nuevos Soles por concepto de Costas y Gastos, siempre que cancele sus deudas al contado, a excepción de aquellos que se encuentren con retención bancaria efectiva y los que están con medidas de embargo trabadas con anterioridad.

Condonar las Costas y Gastos de aquellos expedientes coactivos que hayan cancelado la deuda tributaria a la fecha de la vigencia de la presente Ordenanza.

Artículo Cuarto.- Deudas en proceso de reclamación.El pago al contado o en forma fraccionada de deudas

pendientes de pago, aplicadas con los alcances de esta Ordenanza, implica el desistimiento automático de la reclamación, apelación, reconsideración o Proceso Contencioso Administrativo en trámite o que no cuente con Resolución Final.

Asimismo, el pago al contado o fraccionado de aquellas deudas implica el reconocimiento expreso de la obligación, por lo que el administrado o su representante no podrá presentar recurso de reclamación.

DISPOSICIONES FINALES

Primera.- El presente benefi cio tendrá vigencia desde el día siguiente de su publicación en el Diario Ofi cial “ El Peruano” hasta el 17 de Julio del año en curso.

Segunda.- Encargar a la Gerencia de Rentas y Desarrollo Económico Local y a las subgerencias que lo conforman, Unidad de Servicios Informáticos, Secretaria General y a Imagen Institucional el fi el cumplimiento de la presente Ordenanza según sus funciones.

Tercera.- Fijar que los montos cancelados con anterioridad a la vigencia de la presente Ordenanza no serán sujetos de compensación y/o devolución.

Cuarta.- Suspéndase los alcances de las Ordenanzas municipales y/o disposiciones que se opongan a la presente Ordenanza durante su vigencia.

Quinta.- Facultar al Alcalde para que mediante Decreto de Alcaldía dicte las disposiciones complementarias para la adecuación de la aplicación de la presente Ordenanza.

Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.

Dado en el Palacio Municipal a los veinticuatro días del mes de Junio de dos mil diez.

VÍCTOR LEYTON DÍAZAlcalde

514176-1

MUNICIPALIDAD DE SAN

MARTIN DE PORRES

Aceptan donación destinada al cofinanciamiento de proyectos de inversión

ACUERDO DE CONCEJONº 033-2010-MDSMP

San Martín de Porres, 22 de junio del 2010

EL ALCALDE DEL DISTRITO DE SAN MARTINDE PORRES

POR CUANTO:

En Sesión Ordinaria del Concejo Municipal de fecha 22.MAYO.2010, bajo la presidencia del señor alcalde Freddy Santos Ternero Corrales y con el quórum reglamentario de los señores regidores, se trató sobre la aceptación de donación de depósitos económicos para cofi nanciamiento y su incorporación al Presupuesto Institucional 2010; y,

CONSIDERANDO:

Que, en Sesión Ordinaria de la fecha se trató sobre la aceptación de donación de los depósitos económicos para cofi nanciamiento de proyectos de inversión, por la suma de S/. 140,967.06, efectuados por los agentes participantes en el Presupuesto Participativo 2010, señalados en el Anexo Nº 01, presentado por la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto de la entidad con el Informe Nº 057-2010-GPP/MDSMP – y que formará parte integrante del presente Acuerdo; así como su incorporación al Presupuesto Institucional 2010;

De conformidad con los artículos 9, inciso 20) y 41 de la Ley 27972 – Orgánica de Municipalidades, así como artículo 69 de la Ley 28411 – General del Sistema de Presupuesto; con el Voto Unánime de los señores regidores; y con la dispensa de la lectura y aprobación del acta, el Concejo Municipal de San Martín de Porres,

ACUERDA:

Artículo Primero.- ACEPTAR la donación efectuada por los agentes participantes en el Presupuesto Participativo 2010, de la suma de S/. 140,967.06, destinada al cofi nanciamiento de los proyectos de inversión señalados en el Anexo Nº 01 presentado por la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto de la entidad, el mismo que forma parte integrante del presente Acuerdo.

Artículo Segundo.- APROBAR la incorporación al Presupuesto Institucional 2010 de la Municipalidad Distrital de San Martín de Porres de la suma de S/. 140,967.06 referida en el artículo precedente; de acuerdo a lo expuesto en la parte considerativa de este dispositivo municipal.

Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Secretaría General la publicación de este Acuerdo conforme a lo dispuesto la Ley 28411 – General del Sistema de Presupuesto.

Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.

FREDDY S. TERNERO CORRALESAlcalde

514000-1

MUNICIPALIDAD DE

SAN MIGUEL

Prorrogan beneficio de regularización tributaria y no tributaria aprobado por Ordenanza Nº 197-MDSM

DECRETO DE ALCALDÍAN° 012-2010/MDSM

San Miguel, 30 de junio de 2010

EL ALCALDE DISTRITAL DE SAN MIGUEL;

VISTOS, el Informe Nº 056-2010-GRAT/MDSM emitido por la Gerencia de Rentas y Administración Tributaria y el Memorando Nº 259-2010-GM-MDSM emitido por Gerencia Municipal, y;

Page 53: Cuadernillo de Normas Legales - Gaceta Jurídica...2010/07/03  · El Peruano NORMAS LEGALES Lima, sábado 3 de julio de 2010 421601 RR. Nºs. 6857 y 6866-2010.- Autorizan viajes de

NORMAS LEGALESEl PeruanoLima, sábado 3 de julio de 2010 421651

CONSIDERANDO:

Que, de acuerdo a lo establecido en el artículo 194° de la Constitución Política del Perú, modifi cado por la Ley N° 27680, Ley de la Reforma Constitucional, los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia;

Que, mediante Ordenanza N° 197-MDSM, se estableció un Benefi cio de Regularización Tributaria y no Tributaria, para aquellos contribuyentes con deudas tributarias y obligaciones pendientes al 31 de diciembre del 2009;

Que, el referido benefi cio ha sido prorrogado mediante Decreto de Alcaldía Nº 011-2010-MDSM, prórroga que venció el 30 de junio del año en curso, no obstante conforme al informe de vistos, existen solicitudes de los vecinos porque se amplíe la vigencia del benefi cio de regularización tributaria y no tributaria, y de parte de la administración tributaria disposición por corresponder, en coherencia con la política institucional de brindar a los vecinos las mayores facilidades para que puedan regularizar sus obligaciones formales y sustanciales, por lo que resulta necesario prorrogar la vigencia de dicho benefi cio;

Estando a lo expuesto y de acuerdo a la facultad establecida en la segunda disposición fi nal de la Ordenanza N° 197-MDSM y en el inciso 6) del artículo 20° de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades;

SE DECRETA:

Artículo Primero.- PRORROGAR el Benefi cio de Regularización Tributaria y No Tributaria, aprobado por Ordenanza N° 197-MDSM, hasta el 17 de Julio de 2010.

Artículo Segundo.- ENCARGAR el cumplimiento del presente Decreto de Alcaldía a la Gerencia de Rentas y Administración Tributaria, las Subgerencias de Tesorería e Informática, y a la Secretaría de Imagen Institucional.

Regístrese, publíquese y cúmplase.

SALVADOR HERESI CHICOMAAlcalde

514044-1

PROVINCIAS

MUNICIPALIDAD

PROVINCIAL DEL CALLAO

Aprueban condonación de arbitrios municipales para vecinos de la Unidad Vecinal Santa Marina (Norte, Sur, Supe y Centenario)

ORDENANZA MUNICIPAL Nº 000034

Callao, 22 de junio de 2010

EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CALLAO

POR CUANTO:

El Concejo Municipal Provincial del Callao, en Sesión de fecha 22 de junio de 2010, Aprobó la siguiente Ordenanza Municipal:

CONSIDERANDO:

Que, la Constitución Política del Perú, en el artículo 74 establece que los gobiernos locales pueden crear, modifi car y suprimir contribuciones y tasas o exonerar de

éstas dentro de su jurisdicción con los límites que señala la ley y el artículo 194° señala que los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia.

Que, la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, en el artículo 9 inciso 8, establece que son atribuciones del Concejo Municipal, aprobar, modifi car o derogar las ordenanzas y dejar sin efecto los acuerdos y el inciso 9, la de crear, modifi car, suprimir o exonerar de contribuciones, tasas, arbitrios, licencias y derechos, conforme a ley;

Que, la Norma IV del Título Preliminar del Código Tributario, aprobado mediante Decreto Supremo No. 135-99-EF, establece que los gobiernos locales, mediante Ordenanza, pueden crear, modifi car y suprimir sus contribuciones, arbitrios, derechos y licencias o exonerar de ellos, dentro de su jurisdicción y con los límites que señala la ley;

Que, los vecinos de la Unidad Vecinal Santa Marina (Norte, Sur, Supe y Centenario), han manifestado la necesidad que la actual gestión municipal resuelva de manera defi nitiva el tema de sus deudas tributarias por Arbitrios Municipales de Limpieza Pública, Parques y Jardines y Seguridad Ciudadana por los predios que poseen en dicho sector, toda vez que la Municipalidad Provincial del Callao ha venido ocupando el Local Comunal desde el año 1970 hasta el mes de marzo del presente año, habiendo emitido nuestra corporación edil los Acuerdos de Concejo Nº 013-97, 045-97 y 044-2003, sin que hasta la fecha se solucione de manera defi nitiva dicha problemática a pesar de los esfuerzos de la entidad municipal y los vecinos al respecto;

Que, en efecto, cabe mencionar como antecedente normativo que mediante Resolución Suprema Nº 0278-79-EF/72, publicada en el Diario Ofi cial El Peruano con fecha 13 de junio de 1970, se autorizó a la Junta de Obras Públicas del Callao para conceder al Concejo Provincial del Callao el uso provisional y por un plazo de diez (10) años de un terreno adyacente a la Unidad Santa Marina donde funcionaba el Local Comunal, para que se destine a ofi cinas administrativas de la Municipalidad Provincial del Callao, considerando que se había producido la demolición del local edil y se hacía necesario proceder con dicha afectación en uso para benefi cio de la administración municipal y de la comunidad;

Que, asimismo, conviene señalar como antecedentes normativos expedidos por la corporación edil, los Acuerdos de Concejo Nº 000013-97, 000045-97 y 000044-2003, de fechas 3 de marzo de 1997, 27 de mayo de 1997 y 4 de junio de 2003, respectivamente, con los que se evidencia la voluntad y decisión del Concejo Provincial del Callao en solucionar la problemática descrita por el usufructo de las instalaciones del Local Comunal de los vecinos de la referida zona, siendo el caso que hasta el mes de marzo de 2010 la corporación edil utilizó las mencionadas instalaciones para el desarrollo de sus labores administrativas;

Que, en la sesión de la fecha se adoptó el Acuerdo de Concejo Nº 000164, el mismo que aprobó la condonación de las obligaciones tributarias que se encuentran pendientes de pago por concepto de Arbitrios Municipales de Limpieza Pública, Parques y Jardines y Seguridad Ciudadana, de los Ejercicios 2002 al 2010 (enero a marzo), a favor de los contribuyentes (personas naturales que registren predios destinados a casa habitación) dentro de la Unidad Vecinal Santa Marina (Norte, Sur, Supe y Centenario), cualquiera sea el estado de cobranza en que se encuentre, aún cuando se haya interpuesto recurso impugnatorio y/o reclamaciones contando como antecedentes el Informe Nº 059-2010-MPC-GGATR, de la Gerencia General de Administración Tributaria y Rentas, el Informe Nº 136-2010-MPC/GGPPR, de la Gerencia General de Planeamiento, Presupuesto y Racionalización, el Informe Nº 630-2010-MPC/GGAJC, de la Gerencia General de Asesoría Jurídica y Conciliación, todos los cuales son favorables a la promulgación de la presente Ordenanza;

Estando a lo expuesto y de conformidad con lo dispuesto en la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, el Concejo Provincial del Callao, ha dado la siguiente:

Page 54: Cuadernillo de Normas Legales - Gaceta Jurídica...2010/07/03  · El Peruano NORMAS LEGALES Lima, sábado 3 de julio de 2010 421601 RR. Nºs. 6857 y 6866-2010.- Autorizan viajes de

NORMAS LEGALES El PeruanoLima, sábado 3 de julio de 2010421652

ORDENANZA MUNICIPAL QUE APRUEBA LA CONDONACIÓN DE ARBITRIOS MUNICIPALES PARA

LOS VECINOS DE LA UNIDAD VECINAL SANTA MARINA (NORTE, SUR, SUPE Y CENTENARIO)

Artículo 1º.- Condónanse las obligaciones tributarias que se encuentren pendientes de pago por concepto de Arbitrios Municipales de Limpieza Pública, Parques y Jardines y Seguridad Ciudadana, de los ejercicios 2002 al 2010 (enero a marzo), a favor de los contribuyentes (personas naturales que registren predios destinados a casa habitación) dentro de la Unidad Vecinal Santa Marina (Norte, Sur, Supe y Centenario), cualquiera sea el estado de cobranza en que se encuentren, aún cuando se haya interpuesto recurso impugnatorio.

Artículo 2º.- Los pagos efectuados al contado o dentro de convenios de fraccionamiento, con anterioridad a la vigencia de la presente Ordenanza, por deudas comprendidas dentro de la misma, por los contribuyentes descritos en el Artículo 1 de la presente norma, son válidos y no generarán derecho de devolución ni compensación alguna.

Artículo 3º.- Acogerse al presente benefi cio originará el desistimiento automático de los medios impugnatorios y/o reclamaciones que se hayan interpuesto por las deudas tributarias que se encuentren dentro del alcance de la presente Ordenanza.

Artículo 4º.- Encárgase a la Gerencia General de Administración Tributaria y Rentas y a la Gerencia de Informática, el cumplimiento de lo dispuesto en la presente Ordenanza.

Artículo 5º.- La presente Ordenanza entrará en vigencia al día siguiente de su publicación.

POR TANTO:

Mando se publique y cumpla.

PIO SALAZAR VILLARANAlcalde del Callao

513699-1

Aprueban actualización de zonificación de área ubicada en el distrito de Bellavista, de residencial de densidad media a comercio distrital

ORDENANZA MUNICIPALNº 000035

Callao, 22 de junio de 2010

EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIALDEL CALLAO

POR CUANTO:

El Concejo Municipal Provincial del Callao, en sesión de fecha 22 de junio de 2010; Aprobó la siguiente; Ordenanza Municipal:

CONSIDERANDO:

Que, la Constitución Política del Perú, en el artículo 194, establece que los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia;

Que, la Ley Orgánica de Municipalidades Ley 27972 en el artículo 73 apartado 1 señala que las municipalidades, tomando en cuenta su condición de municipalidad provincial o distrital, asumen las competencias y ejercen las funciones específi cas señaladas en el Capítulo II del presente Título, con carácter exclusivo o compartido, en la organización del espacio físico-Uso del suelo: Zonifi cación, y en el artículo 79 inciso 1 apartado 2 señala que las municipalidades, en materia de organización del espacio

físico y uso del suelo, ejercen la función de aprobar el Plan de Desarrollo Urbano, el Plan de Desarrollo Rural, el Esquema de Zonifi cación de áreas urbanas, el Plan de Desarrollo de Asentamientos Humanos y demás planes específi cos de acuerdo con el Plan de Acondicionamiento Territorial;

Que, mediante Decreto Supremo Nº 027-2003-VIVIENDA, modifi cado por el Decreto Supremo Nº 012-2004-VIVIENDA publicado el 18 de junio de 2004, se aprobó el Reglamento de Acondicionamiento Territorial y Desarrollo Urbano, cuyo artículo 38 señala que la municipalidad provincial remitirá el expediente de cambio de zonifi cación a la municipalidad distrital, en cuya jurisdicción se encuentre ubicado el inmueble, la que en un plazo de treinta días calendario emitirá opinión técnica fundamentada; dentro del plazo antes indicado la municipalidad distrital hará de conocimiento, la solicitud de cambio de zonifi cación, entre los propietarios de los inmuebles vecinos, quienes podrán opinar dando su conformidad o formulando observaciones técnicamente sustentadas por escrito;

Que, mediante Ordenanza Municipal Nº 000018 del 05 de octubre de 1995, se aprueba el Plan Urbano Director de la Provincia Constitucional del Callao para el período 1995-2010, en el cual contemplan la zonifi cación y defi ne la clasifi cación de las vías y secciones viales;

Que, en la sesión de la fecha se adoptó el Acuerdo de Concejo Nº 000165, el mismo que aprobó la actualización de la zonifi cación del área que se encuentra ubicada entre la Av. Sáenz Peña, Calle Palacios, Av. Buenos Aires y la Av. República de Panamá, distrito de Bellavista - Callao, de Residencial de Densidad Media (RDM) a Comercio Distrital (CD), de acuerdo al Plano PZ – 02, el mismo que forma parte integrante de la presente Ordenanza, el cual tiene como antecedentes el Memorando Nº 1747-2010-MPC/GGDU de la Gerencia General de Desarrollo Urbano que hace suyo el Informe Nº 077-2010-MPC-GGDU-GPUC-CVA de la Gerencia de Planeamiento Urbano y Catastro, asimismo, el Informe Nº 661-2010-MPC-GGAJC de la Gerencia General de Asesoría Jurídica y Conciliación, opinando que la actualización de la zonifi cación solicitada es procedente al encontrarse de acuerdo a Ley;

Estando a lo expuesto y de conformidad con lo dispuesto en la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, el Concejo Provincial del Callao, ha dado la siguiente:

ORDENANZA QUE APRUEBA LA ACTUALIZACIÓN DE LA ZONIFICACIÓNDEL ÁREA QUE SE ENCUENTRA UBICADA

ENTRE LA AV. SÁENZ PEÑA, CALLE PALACIOS,AV. BUENOS AIRES Y LA AV. REPÚBLICA

DE PANAMÁ, DISTRITO DE BELLAVISTA - CALLAO,DE RESIDENCIAL DE DENSIDAD MEDIA (RDM)

A COMERCIO DISTRITAL (CD)

Artículo 1º. Apruébase la actualización de la zonifi cación del área que se encuentra ubicada entre la Av. Sáenz Peña, Calle Palacios, Av. Buenos Aires y la Av. República de Panamá, distrito de Bellavista - Callao, de Residencial de Densidad Media (RDM) a Comercio Distrital (CD), de acuerdo al Plano PZ – 02, el mismo que forma parte integrante de la presente Ordenanza.

Artículo 2º. Modifícase en lo pertinente el Plan Urbano Director de la Provincia Constitucional del Callao 1995 al 2010 aprobado por Ordenanza Municipal Nº 000018 de fecha 5 de octubre de 1995.

Artículo 3º. Encárgase a la Gerencia Municipal y a la Gerencia General de Desarrollo Urbano, el cumplimiento de lo dispuesto en la presente Ordenanza.

Artículo 4º. La presente Ordenanza entrará en vigencia al día siguiente de su publicación.

POR TANTO:

Mando se publique y cumpla.

PIO SALAZAR VILLARÁNAlcalde del Callao

Page 55: Cuadernillo de Normas Legales - Gaceta Jurídica...2010/07/03  · El Peruano NORMAS LEGALES Lima, sábado 3 de julio de 2010 421601 RR. Nºs. 6857 y 6866-2010.- Autorizan viajes de

NORMAS LEGALESEl PeruanoLima, sábado 3 de julio de 2010 421653

MUNICIPALIDAD DE

BELLAVISTA

Aprueban campaña de rectificación administrativa de partidas de Registro Civil

ORDENANZA MUNICIPALNº 009-2010-CDB

Bellavista, 4 de junio de 2010.

EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITALDE BELLAVISTA

POR CUANTO:

EL CONCEJO DISTRITAL DE BELLAVISTA, en Sesión Ordinaria de la fecha, con el voto unánime de sus integrantes y en ejercicio de las facultades que la Ley Orgánica de Municipalidades le confi ere y con dispensa

del trámite de lectura y aprobación de actas; aprobó la siguiente

ORDENANZA MUNICIPAL

Artículo 1º.- Aprobar la campaña de RECTIFICACIÓN ADMINISTRATIVA DE PARTIDAS DE REGISTRO CIVIL, reduciendo en 50% el costo de los derechos administrativos por dicho concepto.

Artículo 2º.- La reducción de derechos dispuesta en el artículo precedente tendrá vigencia por 30 días y está referida sólo a los casos en los que la Municipalidad Distrital de Bellavista tiene competencia de acuerdo a ley.

Artículo 3º.- Encargar a la Gerencia Municipal, Dirección de Servicios Sociales y Ofi cina de Administración y Finanzas el cumplimiento de lo dispuesto en la presente Ordenanza Municipal.

POR TANTO:

Mando se publique y cumpla.

JUAN SOTOMAYOR GARCÍAAlcalde

514265-1

513752-1

Page 56: Cuadernillo de Normas Legales - Gaceta Jurídica...2010/07/03  · El Peruano NORMAS LEGALES Lima, sábado 3 de julio de 2010 421601 RR. Nºs. 6857 y 6866-2010.- Autorizan viajes de

NORMAS LEGALES El PeruanoLima, sábado 3 de julio de 2010421654