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MINISTERIO DE SALUD GOBIERNO DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES Dirección General Regulación y Fiscalización ’07 Calidad de Vida Primer curso de capacitación para el personal de residencias de adultos mayores

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MINISTERIO DE SALUDGOBIERNO DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES

Dirección General Regulación y Fiscalización

’07

Calidadde VidaPrimer curso de capacitación para el personal de residencias de adultos mayores

AnexoNormativas Vigentes

MINISTERIO DE SALUDGOBIERNO DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES

Dirección General Regulación y Fiscalización

Todavía el destinode mundos fenecidosdesorientó mi vuelo-de sideral constancia-con sus vanas parábolasy sus aureolas falsas;pero seguí volando,desesperadamente.

“Persuasión de los díases el paso de la geografía a la ética. Los días deslizan su desolado argumento”

Oliverio Girondo

MINISTERIO DE SALUDGOBIERNO DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES

Dirección General Regulación y Fiscalización

Ministro de SaludDr. Alberto De Micheli

Directora General Regularización y FiscalizaciónDra. Marta Moroni

Coordinadora del Programa de Fiscalización en Tercera EdadLic. Sandra García Taboada

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MINISTERIO DE SALUDGOBIERNO DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES

Dirección General Regulación y Fiscalización

’07

Calidadde VidaPrimer curso de capacitación para el personal de residencias de adultos mayores

AnexoNormativas Vigentes

MINISTERIO DE SALUDGOBIERNO DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES

Dirección General Regulación y Fiscalización

Todavía el destinode mundos fenecidosdesorientó mi vuelo-de sideral constancia-con sus vanas parábolasy sus aureolas falsas;pero seguí volando,desesperadamente.

“Persuasión de los díases el paso de la geografía a la ética. Los días deslizan su desolado argumento”

Oliverio Girondo

MINISTERIO DE SALUDGOBIERNO DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES

Dirección General Regulación y Fiscalización

Ministro de SaludDr. Alberto De Micheli

Directora General Regularización y FiscalizaciónDra. Marta Moroni

Coordinadora del Programa de Fiscalización en Tercera EdadLic. Sandra García Taboada

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Todavía el destino de mundos fenecidos

desorientó mi vuelo -de sideral constancia-

con sus vanas parábolas y sus aureolas falsas;

pero seguí volando, desesperadamente

“Persuasión de los días

es el paso de la geografía a la ética. Los días deslizan su desolado argumento”

Oliverio Girondo

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Este Primer Cuadernillo realizado por el Ministerio de Salud del GCBA desde la Dirección General Regulación y Fiscalización, (específicamente de su Area de Fiscalización de Establecimientos de Tercera Edad), está destinado a los alojados, sus familias y las personas que desempeñan sus tareas en residencias para mayores de la Ciudad de Buenos Aires Incluye diferentes conceptos sanitarios básicos y necesarios para el abordaje de la salud de los mayores. Un especial agradecimiento a: La Coordinadora de la UGECOR, Lic. Rosa Aizen y a la Dirección General Fiscalización y Control por su participación y colaboración. Los responsables y personal de las Residencias de la Ciudad de Buenos Aires por su colaboración. Los docentes por los conceptos vertidos. Los asistentes al Primer Curso de Capacitación, por haber enriquecido la tarea docente.

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INDICE Introducción Lic. Reina, María Luján Derechos básicos de los residentes Lic. Reina, María Luján La formación de los profesionales de la salud y personas a cargo del cuidado de los mayores Lic. Reina, María Luján Cuidados en enfermería Lic. Rúa, Alberto Patologias psiquiátricas prevalentes en Tercera Edad Dra. Silvestre, Noemí Cuidados Kinésicos – Prevención de caídas Klga. Vitelli, Viviana Cuidados nutricionales Lic. Miranda, M. Florencia El maltrato en personas mayores Lic. Reina, María Luján Anexo Normativa vigente Ley N° 661/01- BO N° 1300 – 19 de octubre de 2001 Ley N° 1003/02 – BO N°1621- 31 de enero de 2003 Decreto Reglamentario N° 1076/05 – BO N°2240 – 26 de julio de 2005 Ley N° 1710 – BO N° 2237 – 11 de junio de 2003 Unidad de Gestión de Control y Registro de Establecimientos Residenciales para Personas Mayores Teléfonos útiles

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INTRODUCCION Lic. Reina, María Luján

El problema que suele atravesar a los mayores, es la pérdida de su capacidad funcional para el desempeño de las actividades básicas de la vida diaria y es en este punto cuando las residencias se convierten en una opción para las familias que no pueden contener en el hogar a una persona mayor, cuando ésta se ve impedida, total o parcialmente, de realizar en forma autónoma este tipo de actividades. Las residencias para mayores no son establecimientos de salud. No se ofrecen como un lugar de internación que realiza prestaciones de alta complejidad, ni tampoco debiera ser un sitio desprovisto de cuidados de la salud de las personas que se alojan en ellas. Tampoco son clínicas, ni sanatorios, pero se desarrollan en ellas necesarias prácticas sanitarias. La normativa vigente exige, de acuerdo al perfil de residentes que aloje, la presencia de distintas prestaciones vinculadas con el campo sanitario. La característica particular de estos establecimientos es que son un dispositivo – socio sanitario, es decir, ofrecen un lugar donde vivir y realizan prestaciones de salud. Esta particularidad requiere de una especificidad en esta asistencia, con el fin de supervisar el estado de salud, cuidar y asistir a las personas, derivarlas a un II nivel de atención cuando sea necesario, detectar precozmente posibles patologías que puedan aparecer, realizar actividades de estimulación de sus capacidades funcionales, preservar la salud y los lazos sociales, entre otras, garantizando de esta manera la calidad de vida de las personas alojadas. La pregunta es ¿cuáles son las herramientas necesarias para brindar una asistencia sanitaria adecuada? Un acercamiento general a esta pregunta nos la brindan diversos especialistas en geriatría y gerontología que sostienen que el modo de abordaje más eficaz, a la problemática del cuidado de la salud de los mayores es el integral, lo que supone el trabajo coordinado e interconectado entre todo el equipo de salud y las cuidadoras. La capacitación del personal es uno de las acciones que optimizan la práctica profesional y de las cuidadoras quienes están en contacto diario y permanente con los alojados convirtiéndose en “los ojos” de los profesionales intervinientes, al comunicar las novedades, las cosas que llaman su atención del comportamiento, incidiendo de esta manera en los resultados de la calidad de la prestación sanitaria. Este cuadernillo desarrolla algunos contenidos que aportan a todo el personal algunos conocimientos básicos acerca del: Perfil de los alojados Prácticas en salud Prevención en salud Prácticas institucionales

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DERECHOS BASICOS DE LOS RESIDENTES Lic. Reina, María Luján

Decir que los residentes tienen derechos parece una cuestión obvia, pero muchas veces la vorágine del trabajo cotidiano, las demandas, las exigencias, el cansancio que conlleva estar en contacto diario con personas mayores, muchas de ellas dependientes, hace necesario recordar permanentemente que son ellos, los derechos, los que deben dirigir el trabajo cotidiano en las residencias de todos los que desempeñan sus tareas en ellas. El respeto de los derechos es el cimiento para la construcción de la calidad de vida en las residencias. A continuación se enumeran y desarrollan los mismos. Intimidad: Derecho de las personas a estar solas si ese es su deseo; a no ser molestadas y a no sufrir continuas intromisiones en sus asuntos personales. Dignidad: Reconocimiento del valor intrínseco de las personas, independientemente de cuáles sean sus circunstancias, respetando su individualidad y sus necesidades personales y mostrando en todo momento, un trato respetuoso. Independencia: Posibilidad de actuar o de pensar de forma independiente, incluida la disposición a asumir ciertos niveles de riesgo calculado. Libertad de elección: Posibilidad de elegir libremente entre diversas opciones. Satisfacción: Realización de las aspiraciones personales y desarrollo de las capacidades propias en todos los aspectos de la vida cotidiana. Conocimiento y defensa de sus derechos: Conservación de todos los derechos inherentes a la condición de persona y de ciudadano y oportunidad de ejercerlos. Intimidad Un aspecto que es determinante de la forma en que se desarrolla la vida en una residencia es su carácter de “comunidad accidental”. En ella convergen personas que no se han elegido las unas a las otras y que, en muchos casos, ni tan siquiera han elegido ingresar en ese centro. Todas estas personas pueden tener muy poco en común, al margen de haber superado una determinada edad y de no encontrarse ya, en situación de vivir solas o de convivir con algún familiar, de modo que es imprescindible garantizarles la posibilidad de conservar ciertas formas de intimidad. No debe admitirse, con la naturalidad con la que lo hacemos, que las personas a partir de determinada edad, no tienen problemas de inhibición, de socialización, y que no les afecta pasar de la intimidad de su hogar a una cierta “promiscuidad” que se observa en el medio residencial. Un ejemplo claro es el de la desconsideración del derecho de la intimidad durante el aseo: Muchos cuidadores y muchos familiares consideran que los residentes aceptan con naturalidad ser higienizados en la cama en presencia de su compañero/a de cuarto, sin que haya una cortina separadora entre camas. Esta creencia es todavía más firme cuando el residente padece confusión o demencia. Dignidad El ingreso a una residencia supone un cambio y un distanciamiento de las relaciones habituales. Una pérdida afectiva que implica el abandono de su casa, de sus muebles, sus objetos, de sus costumbres cotidianas. Si hacemos el esfuerzo e imaginamos qué nos pasaría a nosotros en esta situación, nos daremos cuenta que el ingreso a una residencia implica una pérdida de identidad, que nos puede derivar en una despersonalización.

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Es fundamental no perder de vista que debe hacerse todo lo posible para que las personas, incluso cuando presentan un importante deterioro cognitivo y/o físico, conserven sus rasgos personales, particulares, aunque sean pequeños detalles, como por ejemplo: Conservar el mismo peinado, usar el mismo tipo de ropa, elegir la forma en que desean que se les dirijan, con qué nombre, de qué forma, etc. y evitar que al transcurrir el tiempo la persona quede asimilada totalmente al estilo de vida de otros residentes. Independencia Una de las dificultades que se perciben en el ámbito residencial consiste en articular la independencia con la seguridad del residente. La seguridad es fundamental en la vida residencial. Todos los que intervienen en ella: la institución, el director, los profesionales, los familiares, los residentes, otorgan una función básica de protección. No es difícil, cuando el nivel de dependencia es grande y el riesgo de perderse, de desorientarse o de caerse es considerable, pasar de la protección debida a pautas de sobreprotección que pueden llegar a coartar la libertad de las personas. Los conflictos que se observan entre independencia y seguridad podrían encontrar soluciones en el análisis individual del caso. La cuestión es asumir, tanto desde la institución como desde el ámbito familiar, que las libertades sólo pueden limitarse en casos extremos, cuando no caben otras soluciones y que las restricciones que se estimen necesarias sólo pueden adoptarse con las garantías de protección requeridas, incluida la necesidad de reconsiderar periódicamente la adecuación de la medida adoptada. La función protectora bien entendida de la residencia consiste, precisamente, en ofrecer a los residentes la oportunidad de mejorar su calidad de vida y de aumentar y/o conservar su grado de autonomía, su libertad, desenvolviéndose en un entorno más seguro, más manejable y más confortable que el de su casa. Elección El principal conflicto se da entre el derecho de elección de los residentes y los intereses organizativos de la residencia, de los profesionales y el personal. Los residentes tienden a mostrar un alto grado de conformidad, de respeto al orden establecido y a valorar muy positivamente esta forma de sumisión. El primer paso a dar, si se desea promover el ejercicio de estos derechos es normalizarlos y para ello, establecer las condiciones que lo hagan posible de tal modo que, progresivamente, los residentes recuperen la facultad de optar entre diversas alternativas. En otras palabras es necesario flexibilizar y diversificar las pautas organizativas. Satisfacción El derecho a la satisfacción se enfrenta a las limitaciones que todavía se observan en el proceso de individualización y personalización de la atención sobre todo en el caso de las personas muy dependientes. El derecho a la satisfacción se ve muy limitado por el hecho de que, a medida que aumenta el grado de dependencia, más se estructura la vida en la residencia en torno a una sucesión de cuidados básicos (levantarse, asearse, ir al baño, comer, acostarse, etc.) tanto para quien los presta como para quien los recibe. Las tareas tienden a desarrollarse en forma automática, sin cuestionar su adecuación a las necesidades o preferencias del residente que se atiende en cada momento y muchas veces, sin detenerse a considerar el sentimiento de indefensión, de vulnerabilidad y de pérdida de identidad que debe de suponer para las personas atendidas. Esas funciones básicas empiezan a ser el único contenido del día, de tal manera que finalizada una, el residente se queda a la espera de la siguiente, sin que las actividades con las que se entretenía en el pasado tengan ya cabida en su vida cotidiana. Esas actividades que marcaban el ritmo de sus vidas se ven sustituidas por otras, las denominadas actividades programadas, consistentes principalmente en manualidades que aún cuando se adecuan a las necesidades y preferencias de los residentes, no contribuyen a dar a la vida en la residencia una sensación de normalidad.

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Conocimiento y defensa de los derechos Muchas de las personas mayores que viven en residencias presentan un deterioro cognitivo importante que les impide gobernarse por sí mismas, aunque legalmente sigan siendo plenamente capaces. Lo habitual es que sean los familiares quienes asumen la función de decidir por ellos. Esta forma de hacer obedece en la mayoría de los casos, a la buena voluntad de todos los interesados y al deseo de ofrecer a la persona mayor la mejor atención. Es necesario tener en cuenta que limitar la capacidad de una persona es una cuestión muy seria, con importantes consecuencias para su libertad y su vida. Por tratarse de una cuestión tan importante requiere ser tratada con las máximas garantías, sobre todo en aquellos casos en los que existan conflictos de intereses o de derechos, como ocurre, por ejemplo cuando el derecho de la persona mayor a moverse libremente se contrapone a la preocupación que manifiestan sus familiares por su seguridad y por evitar riesgos, conflicto que suele resolverse limitando “por su bien” la libertad de la persona mayor, en contra de su voluntad o sin su consentimiento. Debe informarse con gran claridad no solo a los familiares, sino también a los residentes la naturaleza protectora del procedimiento y de la posibilidad que la incapacidad sea parcial (restringida a determinados actos) y/o momentánea (en determinadas circunstancias).

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LA FORMACION DE LOS PROFESIONALES DE LA SALUD Y PERSONAS A CARGO DEL CUIDADO DE LOS MAYORES

Lic. Reina, María Luján La capacidad profesional se reconoce internacionalmente como uno de los determinantes de los resultados, y muy especialmente de los resultados técnico-asistenciales de calidad. Requisitos mínimos de conocimientos recomendados: 1. Para todos los profesionales de la salud y cuidadores

a) Metodología de cuidado - Valoración multidimensional integrada - Planificación de los cuidados

b) Los principales problemas que construyen necesidades y cuidados específicos de las personas mayores dependientes son: - Pérdida cognitiva/demencia - Función visual - Problemas en la comunicación - Potencial Funcional - Incontinencia urinaria y catéter interno - Dolor crónico - Caídas - Deshidratación/ Mantenimiento de líquidos - Ulceras por presión - Restricciones físicas - Estado nutricional - Sondas de alimentación - Cuidados dentales - Uso de psicotrópicos - Bienestar psicosocial - Estado de ánimo

2. Para los médicos

- Rehabilitación – Fisioterapia – Terapia Ocupacional y Logopedia - Gerontopsiquiatría - Medicina Preventiva - Geriatría y Gerontología

Sin que deban ser especialistas en estos puntos, es fundamental que los médicos que desempeñan su trabajo profesional en las residencias para mayores tengan formación en las disciplinas mencionadas, con el fin de poder abordar la problemática del adulto mayor con una visión integradora. La rehabilitación es fundamental por la importancia que tiene la autonomía funcional, tanto física, como mental o psicosocial, en estas personas, como clave de todo objetivo asistencial. Las enfermedades mentales crónicas cada vez son más prevalentes en las personas mayores, lo que obliga a los médicos de referencia a que dominen básicamente la psiquiatría.

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Respecto de la medicina preventiva, las personas dependientes, mayores generalmente, necesitan un enfoque adecuado por parte de su médico para evitar la aparición o realizar un diagnóstico precoz, de algunas enfermedades más frecuentes en esa fase de la vida tales como:

- Desnutrición - Consumo de tabaco - Hipertensión - Cáncer de piel, pulmón, mama, cuello uterino, colorectal, etc. - Diabetes - Hiperlipemia - Infecciones, gripe, tétanos, neumonía, etc.

La media de edad de las personas mayores es lo suficientemente elevada como para que sea necesario que los médicos de referencia directa estén formados en geriatría y gerontología. 3. Para las personas a cargo del cuidado diario Cabe una mención destacada para el personal de atención directa, que se constituye en las manos y los ojos de las organizaciones de cuidados y por tanto de la enfermería, médicos y terapeutas. Su desempeño tiene un fuerte impacto en la calidad de vida de los mayores.

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CUIDADOS EN ENFERMERIA Lic. Rua, Alberto

La necesidad de Enfermería en la comunidad es una necesidad básica: “Nacemos en brazos de una enfermera y, si tenemos suerte, habrá alguna enfermera sosteniendo nuestra mano al partir”. Esto más que una frase hecha, es prácticamente una realidad. Si vemos en algunas comunidades con alto nivel de desarrollo, podemos darnos cuenta de la importancia que le dan a la Enfermería, ya que tienen Enfermeros de cabecera, lo que indica un alto nivel de cuidados. En los Estados Unidos, yo mismo he visto como a los diabéticos, y sobre todo a los adultos mayores tienen además de su Médico de Cabecera, una Enfermera consejera de cabecera que es quien lo sigue en realidad. Donde hay alguien con alguna dolencia, merece y debe ser asistido por Enfermería. La Enfermería es hoy una ciencia, pero también un arte. La ciencia y el arte de cuidar y aunque parezca demasiado ostentoso, se debe pensar porqué se cursa hoy en la mayoría de las Universidades. Somos una profesión que ha crecido mucho en estos últimos años, y las incumbencias son tan amplias, que hoy resulta una de las disciplinas profesionales más complejas. En el ámbito de la Geriatría y de los institutos Geriátricos debe haber Enfermería no solo porque lo determina la ley, sino por lo expuesto y por el hecho de brindar cada vez una mejor calidad de atención. Las funciones básicas de la Enfermería en este ámbito, de asistencia independiente son:

- Asistir en las necesidades básicas del adulto mayor. - Prevenir riesgos en las actividades de la vida diaria. - Brindar seguridad y promover las distintas capacidades afectadas hacia la

recuperación. - Procurar que las dependencias del adulto mayor se orienten a la independencia. - Promover los vínculos afectivos del adulto mayor.

Las funciones de asistencia dependiente-interdependiente son:

- Medicar - Realizar curaciones complejas - Realizar intervenciones con indicación (Ej.: Cateterismo vesical), etc.

Estrategias para el logro:

- Conocimiento - Empatía - Responsabilidad

Areas fundamentales a considerar:

- Seguridad biológica - Seguridad psicoafectiva - Seguridad socioafectiva

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Por necesidades:

- Vitales biológicas: respirar adecuadamente, hemodinámicamente compensado, con termorregulación adecuada

- Eliminación - Nutrición, alimentación - Movilidad - Reposo y sueño - Recreación y estimulación - Reconocimiento del entorno

Lo escrito hasta aquí debe ser valorado, diagnosticado, planeado, ejecutado y evaluado por Enfermería, pero al mismo tiempo se debe trabajar en equipo para ser más eficientes, y lograr niveles de asistencia de la mayor calidad. Es importante recordar la relevancia de los registros. La Enfermería debe registrar siempre todas las actividades que realiza, tanto las prácticas como así también las intelectuales (Ej.: Cómo y porqué se planeó cierto cuidado). La Enfermería debe tener sus propios registros, sobre todo en las instituciones que no le permiten escribir en la historia. La Enfermería puede delegar algunas de las actividades en Auxiliares, pero sólo las que correspondan, y bajo su supervisión y responsabilidad.

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PATOLOGIAS PSIQUIATRICAS PREVALENTES EN TERCERA EDAD Dra. Silvestre Noemí

Las patologías prevalentes en tercera edad son:

- Demencia - Depresión

DEMENCIAS Epidemiología La prevalencia aumenta geométricamente a partir de los 65 años, cada 5 años. 1,5% 65 a 69 años 3% 70 a 74 años 6% 75 a 79 años 12% 80 a 84 años +20% 85 a 89 años Las demencias son desórdenes mentales orgánicos adquiridos que implican la pérdida de las capacidades intelectuales. Es un desorden mental de suficiente gravedad, ya que interfiere en el funcionamiento social u ocupacional. Las funciones comprometidas son:

- Memoria - Comportamiento - Personalidad - Juicio - Atención - Relaciones laborales - Lenguaje - Pensamiento abstracto - Funciones ejecutivas

Etiología 1. Enfermedades Degenerativas:

a) Corticales: Enfermedad de Alzheimer. Demencia con cuerpos de Lewy. Enfermedad de Pick. Degeneración del lóbulo frontal.

b) Sub Corticales: Enfermedad de Parkinson. Enfermedad de Huntington. Enfermedad de Wilsunet.

2. Demencias Vasculares: Oclusión de grandes vasos. Estado Lacunar (múltiples infartos sub-corticales). Enfermedad de Binswanger. Hemorragias cerebrales.

3. Esclerosis múltiple 4. Traumáticas:

Hematoma sub-dural. Traumatismo Craneoencefálico. Demencia pugilística. 5. Tumorales:

Meningioma. Ghoma. Metastasis. 6. Hidrocefalias 7. Inflamatorias:

Lupus endematoso sistémico. Artritis temporal. 8. Infecciosas:

SIDA. Sífilis. Meningitis Crónica. Enfermedad de Creutzfeldt-Jacob (vaca loca). Neurobrucelosis. Leukoencepatía multifocal progresiva.

9. Tóxicas: Alcoholismo. Abuso de drogas. Metales. Solventes industriales.

10. Latrogénicas: Antihipertensivos. Anticolinérgicos. Psicotrópicos. Anticonvulsivantes.

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11. Metabólicos y endócrinos: Insuficiencia cardio respiratoria. Uremia. Encefalopatía Hepática. Anemia. Déficit de B12.

12. Psiquiátricas: Depresión. Esquizofrenia. Manía.

Cuestiones en torno al diagnóstico de demencia: Es necesario efectuar una consulta cuando: 1. Hay deterioro de la memoria con o sin dificultad en el desempeño de las actividades

habituales. 2. Hay síntomas de: depresión, ansiedad, trastornos senso-perceptivos (alucinaciones), ideas

delirantes, agitación. Algunas características de la Demencia tipo Alzheimer (según DSM IV) La presencia de múltiples déficit cognitivos es una de las características y se manifiesta por: a) Deterioro de la memoria: deterioro de la capacidad de aprender información nueva o recordar

información aprendida anteriormente. b) Alteraciones cognoscitivas: Afasia (alternaciones del lenguaje). Apraxia (deterioro de la

capacidad para llevar a cabo actividades motoras, con función motora intacta). Agnosia (falla en el reconocimiento e identificación de objetos, con función sensorial intacta).

c) Síntomas Psiquiátricos:

1. Memoria: Deterioro progresivo insidioso. Al comienzo afecta la memoria episódica (olvida donde colocó objetos, citas, etc.). Tiene incapacidad para aprender palabras o sucesos con rápida pérdida de lo aprendido. Luego se compromete la memoria a largo plazo, episódica o semántica. Provoca trastornos en actividades de la vida diaria, que detecta la familia y concurre a la consulta. Puede generar síntomas depresivos ansiosos, de negación con presencia de irritabilidad, signos paranoides (confabulación) con el progreso de la enfermedad. Se vuelve reiterativo, a esto se lo denomina conciencia de déficit.

2. Lenguaje: Al comienzo presenta una disminución de la fluencia verbal, anomias, no pueden encontrar el término adecuado, perseveración (repite las mismas frases). Luego presenta ecolalia (repite lo que se le dice como un eco) discurso vacío.

3. Trastornos visuo espaciales: Son trastornos precoces. Presentan fallas en la orientación visuo espacial, ej.: Se pierden en lugares no habituales.

4. Praxias: Apraxia constructiva: no puede realizar dibujos complejos (pérdida de la perspectiva en el dibujo del cubo). Apraxia ideo motriz: es un trastorno que se presenta cuando la enfermedad está más avanzada y es la incapacidad de ejecutar acciones simples. Por ejemplo: Prender un cigarrillo o comer con tenedor.

5. Alteraciones gnósicas: Es la incapacidad de reconocer objetos tanto visuales, auditivos o táctiles. Luego puede aparecer prosopoagnosia, que es la dificultad del reconocimiento de rostros, por ejemplo no reconoce a familiares.

d) Síntomas psiquiátricos no cognitivos

1. Trastornos del pensamiento: Delirios persecutorios: la persona no recuerda dónde dejó los objetos, piensa que le robaron, etc. Dificultades para reconocer cosas habituales, por ejemplo: no reconoce como suya la casa donde vivió siempre. Trastorno del estado emocional: Interpretación delirante de un falso reconocimiento, por ejemplo: el cónyuge o cuidador es un impostor. Síntomas específicos del comportamiento: vagabundeo, agitación, reacciones catastróficas, quejas y acusaciones, desinhibición, negativismo.

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2. Trastornos de la percepción: Alucinaciones. Las más frecuentes son las visuales, luego las auditivas. Falsos reconocimientos. Creencia de que hay otras personas en el hogar. La incapacidad de reconocerse a así mismos o a otros. Convicción que los eventos de TV ocurren en la realidad del individuo.

3. Trastornos del estado emocional: Ansiedad: temor a quedarse solo, temor a la oscuridad, a bañarse, a trasladarse. Animo depresivo: puede ser de inicio, puede haber agitación, irritabilidad. Apatía: de las interacciones sociales, de la reactividad emocional, de la expresión facial, pérdida de la iniciativa y del interés por las actividades básicas de la vida diaria y por el cuidado personal.

4. Sintomatología específica del comportamiento: Control constante de dónde o qué está haciendo el cuidador. Se manifiesta con persecución y deambulación constante.

e) Agitación: Es el síntoma más persistente en la evolución. Son aquellas actividades motoras, verbales o vocales inapropiadas. No son resultantes de un cuadro confusional o de necesidades del paciente. La agitación se manifiesta en las últimas horas de la tarde y las primeras horas de la noche. Hay 4 subtipos de agitación: 1. Comportamientos físicos no agresivos: Inquietud, maneísmo, deambulación, ocultar cosas,

vestirse inapropiadamente o desvestirse, manipular cosas inadecuadamente. 2. Comportamientos físicos agresivos: Golpear, empujar, arañar, rasguñar, patear, tomar

cosas o personas. 3. Comportamientos verbales no agresivos: Negativismo, demandas constantes de atención,

quejas, irrupciones irrelevantes, frases repetitivas. 4. Comportamientos verbales agresivos: Gritar, maldecir, hacer ruidos extraños, explosiones

temperamentales.

Situaciones ambientales que favorecen la agitación - Contención física - La inactividad - La soledad - En el caso de las residencias para mayores: poca cantidad de personal a cargo del

cuidado de las personas mayores. - Las reacciones catastróficas de parte de las personas a cargo del cuidado, así como la

agresión física o verbal y/o las reacciones de ira, favorecen el estado de agitación.

Las actividades estructuradas, la música, las interacciones sociales, se asocian con la disminución de la conducta agitada.

Sujeción física

¿Cuándo la indica el médico? - Causas de agitación (excitación psicomotriz) - Para evitar caídas (cuando hay riesgo) - En residentes con SNG - Para evitar que se dañe o dañe a otros - Para evitar un mal mayor

Tipos de sujeción: En silla, en la cama Elementos adecuados: Muñequeras, tobilleras, arnés, pecheras, otros La sujeción inadecuada causa daños al paciente, uno de ellos puede ser isquemia.

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Prevención en demencias - Detección precoz de los trastornos cognitivos y no cognitivos. - Evaluación neuropsiquiátrica precoz. - Estimulación cognitiva. - Tratamiento farmacológico con el objetivo de demorar la aparición de síntomas y retardar

el deterioro, controlar los síntomas tanto comportamentales como psicológicos.

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DEPRESION Los síndromes de depresivos constituyen uno de los problemas psicogeriátricos más importantes. La incidencia es mayor en mujeres. Entre el 10% y el 20% de personas mayores tienen un episodio depresivo después de los 65 años. Es el motivo más frecuente de hospitalización psiquiátrica. La depresión es más común en ancianos que se encuentran hospitalizados y/o en residencias de larga estadía. Los ancianos con trastornos mentales tienden a no efectivizar una consulta. El 20% de las personas mayores deprimidas tienen depresión doble: Trastorno depresivo mayor y distimia (depresión crónica de dos años o más de evolución). El pronóstico de la depresión doble es poco favorable. Factores asociados que empeoran el pronóstico - Presencia de síndrome psicóticos. - Trastornos de personalidad. - Asociación de enfermedades médicas. - Escasa red social de sostén. - Alteraciones cognitivas. - Trastorno bipolar. El riesgo de depresión es tres veces mayor en personas discapacitadas. La prevalencia de trastorno depresivo es del 5% al 15% en personas alcohólicas. Datos mundiales La probabilidad de que ocurra un suicidio se eleva con el envejecimiento de la persona. La ancianidad es un factor de riesgo, sobre todo en mayores de 74 años. El porcentaje de suicidios entre ancianos es un 50% mayor que en gente joven. La asociación de depresión con patologías médicas es muy frecuente: - Enfermedad de Alzheimer: 41% humor depresivo, 20% trastorno depresivo. - Accidente cerebro vascular: la tasa de depresión oscila entre un 30% a un 65% en el

transcurso del primer año de ocurrido el ACV. - Enfermedad de Parkinson: los síndromes depresivos pueden preceder la aparición de la

enfermedad. Se estima que el 43% tiene síntomas depresivos antes de desarrollar los síntomas motores.

Duelo normal Aparece ante situaciones de estrés psico-social, y requiere un proceso de elaboración: - Viudez - Jubilación - Pérdida de status económico - Pérdida de salud - Perdida de familia, amigos Al momento de la jubilación las personas se convierten en sub-consumidores, hecho que afecta la salud física, la autoestima, aparece una sensación de minusvalía junto con disminución de algunas capacidades. En los adultos mayores es de larga duración. La triada sintomática es: - Tristeza: leve o profunda, disminución de la autoestima, pesimismo, equivalentes somáticos,

anestesia afectiva frente a los seres queridos. - Pérdida de la capacidad psicomotriz: se la puede confundir con enlentecimiento propio de la

edad y la condición física. - Insomnio: con despertares nocturnos, no puede conciliar el sueño antes de transcurrida la

media hora.

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Formas clínicas de la depresión 1. Reactivas: consecuencia de estrés psicosocial o situacional. Son las más frecuentes.

Pueden presentar ansiedad, miedos, síntomas somáticos, constipación, trastornos gastrointestinales, inapetencia con pérdida de peso o hiperfagia, insomnio o hipersomnia y pérdida de interés.

2. Endógenas: trastorno depresivo mayor de tipo melancólico. Son las menos frecuentes y las más temibles por el riesgo suicida. Características: irrupción espontánea, pérdida de capacidad psicomotriz notoria, insomnio con despertar temprano (momento de mayor riesgo suicida), agitación – en el adulto mayor la agitación presenta mayor riesgo suicida. Hay queja y dolor moral. Sentimiento vacío, desinterés, inapetencia, síntomas hipocondríacos – a veces con ideas delirantes, de ruina, culpa, fracaso, desastre económico.

3. Formas asociadas: perturbaciones psiquiátricas, demencia, ACV silentes, cáncer, parkinson, hipotiroidismo, anemia, iatrogenia medicamentosa como antihipertensivos, betabloqueantes, tranquilizantes, hipnóticos, corteroides, anorexígenos. Todas estas drogas pueden producir depresión.

4. Formas tramposas: son aquellos síndromes depresivos que se juntan detrás de otra imagen. Por ejemplo: a) viejo gruñón reivindicativo, irritable y agresivo, que registra un cambio reciente de personalidad. b) pseudo demencias: trastorno cognitivo, trastorno de orientación, pérdida de memoria, olvidos repetidos, debilitación progresiva del juicio. c) estados regresivos: aparecen luego de una afección somática real con quejas hipocondríacas, pesimismo con demanda de atención y cuidados corporales incesantes.

5. Depresión enmascarada: los síntomas psíquicos ocupan un segundo plano, se encuentran escondidos detrás de los síntomas somáticos. Las quejas somáticas más frecuentes son: cefaleas, trastornos digestivos, dolores articulares, ardor al orinar, prurito anal, prurito vulvar, mal gusto en la boca, constipación (fluctúan en el día con predominio matinal). Se recomienda investigar problemas del sueño, síntomas de indignidad, ideas de incurabilidad de muerte, perdida de apetito, niegan que están deprimidos.

Prevención en depresión Detección precoz: La depresión subsindrómica: anergia, somnololencia, despertar temprano, pérdida de interés, trastorno somático, preocupación excesiva por el cuerpo, trastornos cognitivos son algunos indicadores para la detección precoz de la depresión Recomendaciones: - Observar a los ancianos, escucharlos, no subestimar lo que dicen, anotar en cuaderno report

si presenta conductas extrañas, si padece de insomnio o hipersomnia, si presenta quejas somáticas.

- Detectar el riesgo si presenta ideas de muerte, si tiene plan elaborado, si toma medicación, o la guarda.

- No dejar al alcance elementos cortantes, cordones, cinturones u otros elementos que puedan utilizar.

- Monitorear el movimiento del residente por la institución.

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CUIDADOS KINESICOS – PREVENCION EN CAIDAS Klga. Vitelli, Viviana

Algunas fundamentaciones Las caídas en los adultos mayores pueden traer aparejadas graves consecuencias desde lo físico, psíquico y social. En muchos casos puede aparecer temor a salir, lo que genera dependencia, que impacta en las actividades de la vida diaria y limita la inserción comunitaria. Prevención de Caídas y Fracturas El envejecimiento suele estar acompañado de muchos cambios. La vista, la audición, la fuerza muscular, la coordinación y los reflejos dejan de ser los mismos. El equilibrio puede verse afectado por la diabetes y enfermedades cardíacas, o por problemas circulatorios, de la tiroides o del sistema nervioso. Algunos medicamentos pueden causar mareos. Cualquiera de estos problemas puede aumentar la probabilidad de una caída. Por otro lado está la osteoporosis – una enfermedad que hace que los huesos se vuelvan muy delgados por lo que pueden romperse fácilmente. La osteoporosis es una de las causas principales de fracturas de huesos en las mujeres después de la menopausia, pero también afecta a los hombres mayores. Cuando los huesos son frágiles, hasta una pequeña caída puede ocasionar la fractura de uno o más huesos. Aunque las personas que sufren de osteoporosis deben tener mucho cuidado para no caerse, todos debemos ser más cautelosos a medida que envejecemos. Estudios epidemiológicos han identificado numerosos factores de riesgo que pueden provocar una caída, pueden agruparse en 6 categorías: - Ambientales - Por fármacos - Relacionados a enfermedades preexistentes - Edad - Déficit nutricional y - Desentrenamiento para la marcha y poca actividad física. Lo más interesante de identificar en estos factores de riesgo, es que el adulto mayor y el médico pueden trabajar juntos para modificar y corregir estas condiciones asociadas. Existen indudables evidencias acerca de que la actividad física y el ejercicio son fundamentales para mantener una vida independiente, mejoran la postura, la fuerza muscular, la coordinación neuromuscular, previenen las caídas y hasta permiten que, si se va a caer, se caiga mejor. Sin embargo, el mejor consejo es que si el adulto mayor tiene osteoporosis, evite caerse. La osteoporosis es una enfermedad que no produce síntomas como dolor, pero que transforma a los huesos en estructuras débiles que se pueden fracturar con facilidad y hasta espontáneamente. Es una enfermedad generalizada que produce una pérdida de masa ósea. Puede manifestarse también por una deformidad del tórax ocasionando una inclinación hacia delante -cifosis- o una pérdida de estatura mayor a los 4cm. Para evitar caídas, los adultos mayores deben saber que la mayoría de ellas ocurren en la vivienda. Estas suelen ser a consecuencia de: - Trastornos de equilibrio - Deterioro de la visión - Enfermedades debilitantes - Uso de medicamentos como sedantes, diuréticos, antihipertensivos, hipnóticos - Vivienda no adaptada Estas son nuestras sugerencias: - Control médico periódico: Al menos una vez por año después de los 65 años. - Ser cauteloso al incorporarse demasiado rápido de la cama u otros sitios de reposo, ya que se

puede marear y caer debido a descensos de la presión arterial. - Utilizar un bastón si el médico lo aconseja y sillas o sillones altos, preferentemente con

apoyabrazos.

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- Evitar dormir en habitaciones con bajas temperaturas, ya que la hipotermia puede producir mareos y caídas.

- Usar calzado cómodo, de taco bajo, que contenga bien el pié; es preferible de suela de goma para evitar que se resbale.

- Ser muy cauto los días de lluvia. Muchas superficies se vuelven resbalosas al estar húmedas. Prevenciones en los residenciales Toilette: - Colocar barras para poder asirse mientras se baña. - Utilizar alfombras plásticas para superficies resbaladizas donde deba pisar. - Disponer de banquetas para poder sentarse. - No bañarse con agua demasiado caliente, para evitar descensos bruscos de la presión

arterial. - Si tiene problemas de columna, evitar sentarse bruscamente en el inodoro. Existen

adaptadores para el asiento del mismo, que el médico puede sugerir. Dormitorio: - Colocar interruptores de luz que pueda alcanzar desde la cama para que no tenga que

levantarse a oscuras. - No colocar alfombras sueltas. Lugar de estar (living): - No cambiar de ubicación los muebles frecuentemente. - No colocar mesas ratonas en lugares de paso. - No dejar cables de teléfono ni de lámparas por el suelo. - No limpiar el piso con líquidos que lo hagan resbaladizo, ni usar cera. - Evitar las alfombras sueltas con las que pueda engancharse o tropezar. Escaleras: - Colocar pisos antideslizantes. - Subir y bajar lentamente, tomándose de la baranda. - Marcar con una cinta adhesiva el primero y el último escalón. Recomendaciones generales para nuestros adultos mayores: - No usar pantuflas ni caminar con medias solamente. - No llevar batas demasiado largas con las que pueda tropezar. - Sentarse para calzarse, flexionando las caderas; evitar inclinarse hacia adelante. - Movilizarse lentamente, en particular en sitios desconocidos. - Realizar ejercicios regularmente para mejorar la fuerza muscular y la coordinación

neurológica.

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La actividad física en la Tercera Edad Con el envejecimiento sobrevienen una serie de modificaciones en el funcionamiento de los órganos y sistemas de nuestro organismo. En las personas mayores, suele existir una disminución importante de la fuerza y la masa muscular, como consecuencia de permanecer en inactividad por períodos prolongados. Se ha podido calcular que a partir de la adolescencia se produce la disminución de un 1% anual en la capacidad física, responsable, en gran parte, de las enfermedades características de este grupo etario. La realización de programas de ejercicios en forma constante y por períodos prolongados, produce innumerables beneficios en todas las edades. A continuación enumeramos algunos: - Menor incidencia de caídas y fracturas óseas por aumento de la fuerza muscular y

coordinación de los movimientos, producto del entrenamiento. - Retraso en la aparición de osteoporosis, sobre todo en mujeres posmenopáusicas. - Mejora la depresión, sobre todo en mujeres, con los programas de ejercicios físicos. - La actividad física cotidiana constituye uno de los pilares de los programas de la prevención de

la ateroesclerosis. - En personas hipertensas produce una disminución de las cifras de tensión arterial, con una

gran mejoría de su cuadro clínico. - Aumenta el gasto calórico del organismo y contribuye a la pérdida de peso y al mantenimiento

del mismo. - Mejora el sueño e induce una sensación de bienestar general. - Incrementa la capacidad para desarrollar tareas cotidianas y laborales. El entrenamiento físico debe estar dirigido a incrementar la capacidad funcional aeróbica y la fuerza muscular y además, a mejorar la flexibilidad de las articulaciones. La fuerza es una capacidad neuromuscular que se puede desarrollar a lo largo de toda la vida. En los últimos tiempos, los especialistas consideran relevante el entrenamiento de la fuerza en la tercera edad, ya que permite prevenir accidentes, evitando caídas a través de la mejoría de la estabilidad y la fortaleza de los miembros inferiores y la columna. Esto mejora la postura y logra mantener al adulto mayor mucho más seguro. Al evitar las caídas prevenimos una de las principales causas de muerte en la edad avanzada, que es el proceso que comienza con una fractura de cadera o de cabeza de fémur, y que deteriora la calidad de vida de la persona hasta provocar su fallecimiento. También a través del entrenamiento de la fuerza, podemos cooperar a mitigar los efectos de la descalcificación que provoca la osteoporosis y que vuelve mucho más frágiles a los huesos al descender el porcentaje de mineral. Factores de riesgo que inciden sobre las caídas:

1. Intrínsecos: Se refieren a aquellas alteraciones fisiológicas relacionadas con la edad, con las enfermedades (agudas o crónicas) y consumo de fármacos, que facilitarían la producción de una caída. Cabe también incluir las alteraciones de la visión, la función propioceptiva (estabilidad en los cambios de posición), la función vestibular (orientación espacial), alteraciones musculoesqueléticas (osteoporosis, aosteoartritis, debilidad muscular) y otros procesos patológicos cardiovasculares, neuropsiquiátricos y sistémicos que se asocian a un mayor riesgo de caídas.

2. Extrínsecos: Valorarían el entorno o ambiente en el que se desarrolla la vida del anciano y su actividad habitual. Será pues imprescindible, a la hora de realizar una verdadera prevención de estos riesgos, evaluar correctamente la existencia de los mismos.

Por lo tanto, la prevención de caídas en los ancianos es un trabajo multidisciplinar para lo cual debemos controlar, no sólo los niveles sanitarios en todos sus aspectos sino también los ambientales, sociales y familiares.

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CUIDADOS NUTRICIONALES Lic. Miranda, M. Florencia

La mejor manera de retardar y aún de revertir los efectos del envejecimiento y las enfermedades degenerativas asociadas a la edad es a través del ejercicio físico y de una alimentación Nutritiva y Balanceada. ENVEJECIMIENTO Se lo puede definir como un deterioro funcional progresivo y generalizado que ocasiona una pérdida de la respuesta de adaptación, y un aumento de riesgo de enfermedades asociadas a la edad. La biología y la genética influyen en gran medida en como envejece una persona. Lo que se debería lograr es llegar a un envejecimiento activo Es el proceso de optimización de las oportunidades de salud, participación y seguridad con el fin de mejorar la calidad de vida a medida que las personas envejecen. Trata de ampliar la esperanza de vida saludable y la calidad de vida para todas las personas a medida que envejecen, incluyendo aquellas personas frágiles, discapacitadas o que necesitan asistencia. La autonomía y la independencia a medida que envejecen es un objetivo primordial tanto para los individuos como para los responsables políticos. Nutrición Tiempos: 1. Alimentación 2. Metabolismo 3. Excreción Leyes de la alimentación 1. Ley de la Cantidad 2. Ley de la Calidad 3. Ley de la Armonía 4. Ley de la Adecuación Síndrome Diarréico Se define como el aumento de volumen, fluidez o frecuencia de las deposiciones en relación con el hábito intestinal normal de cada individuo. La diarrea puede ser: - Funcional (por estrés o irritación) - Orgánica (por lesión intestinal) - Osmótica (por acción de prolaminas tóxicas, intolerancia a grasas o a la lactosa) - Secretora (por bacterias, virus, ácidos biliares, laxantes) Existe otra forma de clasificación, desde un punto de vista práctico: - Diarrea aguda: duración inferior a 2 a 3 semanas ó - Crónica: duración superior a 2 a 3 semanas

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Evaluación del paciente Los datos clínicos que deben interrogarse de forma dirigida y pueden orientar el diagnóstico, son los siguientes: - Forma de presentación y curso de la diarrea - Características de las heces - Relación con los alimentos - Origen iatrogénico - Dolor abdominal de tipo cólico - Distensión abdominal y flatulencias - Aparición de fiebre - Perdida de peso Al paciente con diarrea se le debe evaluar, en primer lugar, el estado de hidratación. Cuidado nutricional Alimentación Astringente Selección de alimentos: - Líquidos claros: agua mineral sin gas, infusión clara de té, caldos de fruta y verdura colados. - Agregar arroz, polenta, fideos de laminado fino, pan blanco desecado o galletitas de bajo tenor

graso, aceite. - Fibra soluble: puré de zanahoria, de calabaza, de manzana, de pera. - Gelatina, jalea, quesos magros con baja maduración. - Tejido conectivo: carne blanca. Luego según la tolerancia del paciente, roja magra. Se progresa según tolerancia individual. Deshidratación El agua es el elemento que se encuentra en mayor proporción en el cuerpo humano, en porcentajes que varían según las distintas personas y edad del individuo. Es esencial para los procesos biológicos relacionados con la nutrición, en el sistema circulatorio y para mantener la temperatura corporal. ¿Por qué se deshidratan las personas mayores? - Deterioro de los sistemas - Menores mecanismos de reserva - Desinterés por sí mismos - Aislamiento - Menor capacidad de concentración renal - Fármacos - Fiebre, diarrea y vómitos - Menor sensación de sed Síntomas de deshidratación - Sed: Es casi siempre la primer señal, la cual generalmente ocurre cuando hay entre 1% ó 2%

de pérdida de agua en el cuerpo. Como en los adultos mayores tienen el sentido de la sed reducido, pueden deshidratarse sin darse cuenta.

- Color de la orina - Aumento de la Tensión Arterial - Náuseas y vómitos - Mareos y confusión mental - Dolor de cabeza - Fatiga e impedimento físico - Piel seca y enrojecida - Fiebre

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Recomendaciones - Ingerir como mínimo 1,5 a 2 litros de agua por día - Ingerir más agua con temperaturas elevadas - Controlar consumo de líquidos con:

a. Fiebre b. Diarrea c. Vómitos

- Evitar comidas con alto contenido de grasa - Cuidar el consumo de sal - Ingerir grandes cantidades de frutas y verduras - Controlar la toma de medicamentos - No realizar actividades físicas en horas del mediodía en época de verano - Tomar ducha o baño fresco diariamente Constipación Se define como la retención de materia fecal en el colon por un tiempo mayor de lo normal, -de 24 a 72hs.- después de la ingestión de alimentos. Los factores fundamentales que predisponen a la constipación son los hábitos dietéticos inadecuados, la inmovilidad, la presencia de enfermedades, el uso determinado de fármacos y la poca ingesta de líquidos. Para tener siempre presente: - Beber abundante líquido: de 1,5 a 2 litros diarios y en lo posible fríos, empezando con un vaso

de agua fría en ayunas por la mañana. - Fraccionar la alimentación en 6 a 7 comidas, ya que aumenta el número de estímulos

alimentarios de la motilidad. - Hacer ejercicio físico para fortalecer músculos abdominales. - Responder a la urgencia de defecar, dedicándole el tiempo necesario. - Consumir fibra alimentaria. - Aumentar los ácidos orgánicos como los jugos de frutas. HTA – Hipertensión arterial La hipertensión se define como una presión arterial mayor de 140/90 mm Hg (mercurio) cuyos valores deben permanecer aumentados durante por lo menos tres mediciones consecutivas. Clasificación - Leve: cuando sus valores son 140/90 mm Hg - Moderada: 160/100 mm Hg - Severa: 180/110 mmHg La hipertensión por sí misma no produce síntomas. Algunas veces las cefaleas, fatiga y vértigo se los relacionan a la hipertensión, pero los mismos pueden aparecer en personas con presión arterial normal. Por lo general se detecta durante controles de rutina o cuando se consulta por las complicaciones que la misma produce, las cuales pueden ser muy graves, como: hemorragias nasales y de oídos, infarto de miocardio, insuficiencia cardíaca congestiva, enfermedades vasculares, encefalopatía hipertensiva e insuficiencia renal. Por todo esto se la llama “el asesino silencioso”. Tratamiento Para que el tratamiento sea exitoso, se deben considerar tres aspectos: - Dietoterapia - Modificación del estilo de vida - Farmacoterapia

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Dietoterapia: A base de un plan de alimentación hiposódico, el cual se refiere a eliminar la sal en la elaboración de alimentos y reducir el consumo de aquellos con elevado contenido de sodio. También se debe regularizar el peso en aquellos pacientes con sobrepeso u obesidad. Modificación del estilo de vida: Reducir el consumo de alcohol, porque el exceso del mismo aumenta la presión arterial. Abandono del hábito de fumar, porque la nicotina produce vasoconstricción con el consecuente aumento de la presión arterial. Actividad física aeróbica, programada y sostenida en el tiempo, porque provoca vasodilatación, que disminuye la misma. Farmacoterapia: De acuerdo a la prescripción del médico. Alimentos desaconsejados: - Quesos de mediana maduración y maduros - Manteca y margarina - Panes, galletitas y productos de panificación comunes - Fiambres y embutidos - Pickles - Alimentos en salmuera - Productos para copetín - Conservas de todo tipo - Mariscos - Caldos y sopas concentradas - Agua mineral común - Sal común - Polvo de hornear - Harina leudante - Edulcorantes artificiales con sodio - Alimentos congelados pre-elaborados - Pseudosales dietéticas (ajo, apio, cebolla) - Medicamentos que contengan sodio - Alimentos y productos industrializados Sales: - Dietéticas (sin sodio), de venta en farmacias: Cosalt; Eugusal; Genser dietética; Saludable - Modificadas (bajo sodio). Usar con moderación: Sal marina líquida; Dos Anclas Light; Celusal

Light; Genser; Vergel Light; Genser Light; Genser Sport Consejos Prácticos - Reemplazar el aceite utilizado en las preparaciones por caldo casero sin sal, e incorporar el

mismo al final de la cocción. - Utilizar distintas especias, como perejil, laurel, orégano, curry, limón, azafrán, estragón,

canela, vainilla, clavo de olor, albahaca, salvia, tomillo, nuez moscada, ciboullette, jengibre, menta, romero, ajo, cebolla, pimienta, pimentón, ají molido, adobos varios -en sus formas frescas o desecadas- para darle sabor a las preparaciones.

- Cocinar sin sal y no agregarle al plato servido. - Incorporar o incrementar la actividad física aeróbica regular. Se puede comenzar con

caminatas a paso vivo, durante 30 minutos como mínimo, e ir incrementando de a poco, con una frecuencia de 3 veces por semana.

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Anemia Se define como la disminución del contenido de hemoglobina debido a pérdidas sanguíneas. Hemoglobina: es una proteína que tiene la capacidad de combinarse de manera irreversible con el oxígeno, sirviendo como medio de transporte del mismo en la sangre. Clasificación - Deficiencia de hierro: Ferropenia - Deficiencia de B12: Perniciosa - Deficiencia de ácido fólico: Megaloblástica Signos y Síntomas - Debilidad - Cefalea - Vértigo - Manchas en el campo visual - Fatiga - Mareos - Irritabilidad - Trastornos gastrointestinales - También pueden presentar insuficiencia cardíaca y shock Diagnóstico Al no ser específicos, los síntomas de la anemia no son indicadores confiables de la existencia de la enfermedad. Para detectarla se hace necesaria la prueba de laboratorio. Población de Riesgo El deterioro de la calidad de vida de las personas mayores deriva de la mala nutrición. Esto presenta una alta prevalencia de enfermedades crónicas no transmisibles, las cuales tienen un fuerte componente alimentario - nutricional. Hay numerosos factores que se asocian a una alimentación deficiente: - Bajo poder adquisitivo - Movilidad disminuida - Inapetencia - Falta de motivación para preparar platos apetitosos - Problemas de masticación o de deglución La anemia en el adulto mayor no debe ser tomada como una consecuencia inevitable de la edad. Siempre debe ser estudiada y tratada, ya que su mejoría impacta positivamente no sólo en la calidad de vida de los pacientes, sino también en la evolución de aquellas enfermedades que suelen padecer los mayores. Tratamiento Nutricional El hierro se presenta en los alimentos en 2 clases: - Hierro hémico o Hem: cuando forma parte de la hemoglobina o mioglobina animal - No hémico o No Hem: cuando forma parte de cualquier otro compuesto El hierro dietario está presente tanto en los alimentos de origen animal como vegetal. Las principales fuentes de hierro animal son: las vísceras, carnes, fiambres, mariscos y huevo. Las mejores fuentes de vegetales son las leguminosas, verduras verdes, frutas secas, panes y cereales enriquecidos. La anemia se encuentra entre las diez primeras enfermedades que favorecen el riesgo de mortalidad en la población mundial. La presencia de anemia afecta el estado general del organismo y agrava la situación de otras enfermedades crónicas con las que se relaciona.

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Si no es tratada, la anemia puede empeorar y deteriorar el funcionamiento de órganos como el corazón, que ante la reducción de hemoglobina, debe sobreexigirse. Higiene en la manipulación de alimentos ¿Qué son los microorganismos? Los microorganismos (bacterias, hongos, virus) son los seres vivos más pequeños, y sólo pueden verse a microscopio. Estos organismos se nutren y se multiplican, y eliminan desechos o toxinas; contaminan los alimentos y causan enfermedades. ¿Dónde se encuentran? En todas partes: el aire, polvillo, agua insegura, basura y restos de comidas, manos y uñas sucias, saliva de humanos y animales, deposiciones y excrementos de humanos y animales, los cabellos, las heridas, moscas, cucarachas y roedores, la piel y pelos de animales, los utensilios mal lavados y alimentos deteriorados. Crecimiento y multiplicación La multiplicación de las bacterias es sorprendentemente rápida. Se multiplican en dos mediante división simple. Cuando las condiciones ambientales y de temperaturas son adecuadas, ésto se produce cada 20 ó 30 minutos. ¿Cuáles son los alimentos preferidos por los microorganismos?

Bajo riesgo de contaminación Alto riesgo de contaminación Harina, pan, galletitas Carnes Alimentos deshidratados Verduras Frutas secas Lácteos Dulces Huevos Frutas Conservas artesanales Conservas industriales Alimentos rellenos Los alimentos preferidos por los microorganismos para instalarse y reproducirse son aquellos más nutritivos para los seres humanos, ricos en proteínas, con suficiente humedad y poca acidez. ¿Qué temperatura favorece la multiplicación de los microorganismos y es riesgo para los alimentos? No es lo mismo la temperatura en el interior del alimento que en su superficie. Debe medirse la temperatura en el centro del producto asegurando 80ºC en el interior con el termómetro de alimentos. Los alimentos que se van a servir calientes deben ser consumidos cuanto antes. Si no ocurre así deben mantenerse en refrigeración hasta el consumo. Nunca se debe volver a congelarse un alimento que haya sido previamente congelado. - Conservar en refrigeración a menos de 5°C - Mantener en caliente por encima de 65°C ¿Cómo puede transmitir enfermedades un alimento a través de las manos sucias?

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¿Qué hacer para evitarlo? - Lavarse las manos antes de manipular cualquier alimento y tantas veces como lo exija la

operación. - Una persona con una enfermedad infectocontagiosa no debe manipular alimentos. - Puede haber enfermedad sin síntoma ¿Cómo es el correcto lavado de las manos?

Cuando lavarse las manos Cual es las forma correcta de lavarse las manos

Antes y después de manipular alimentos Remangarse hasta mitad de brazo Luego del uso de servicios higiénicos Enjuagarse Después de tocar objetos contaminados (dinero, basura, pañuelos, etc.)

Enjabonarse cuidadosamente

Después de tocarse el cabello, nariz, u otras partes del cuerpo

Cepillarse manos y uñas

Después de fumar Enjuagarse con agua limpia para eliminar el jabón

Secarse preferentemente con toalla de papel Higiene personal que debe tener el manipulador de alimentos Lo que no debe hacer - No limpiarse las manos o los utensilios con el delantal: debe lavarlos - No estornudar durante la manipulación de los alimentos - No mezclar o servir utilizando las manos - No fumar y/o comer mientras manipula o sirve alimentos Lo que se debe hacer - Si lavar los utensilios antes y después de cada preparación - Si lavar bien la superficie donde se pela, corta, pica, prepara o sirve los alimentos antes y

después de cada preparación o servicio - Si colocar los residuos en superficies con tapas y bolsas descartables, y eliminarlos tan pronto

como sea posible - Si utilizar recipientes y utensilios limpios y de material apropiado Evitar la contaminación cruzada: Contaminación cruzada: Es la contaminación de un producto de comida con otro producto de otro origen. Hay tres maneras en las cuales puede ocurrir: - De comida a comida - De la gente a comida - Del equipo a comida - - En caso de tener solo una heladera, debe ser compartimentada en sectores para los

diferentes insumos o usos. - Teniendo más de una heladera, colocar en una los alimentos crudos y en otra los alimentos ya

elaborados, que tuvieron cocción o no, y que van a ser consumidos directamente (comidas, postres, helados etc.).

- Guardar en la heladera la carne cruda, aves, pescados, en recipientes cerrados con su tapa o film, de tal modo que no goteen sobre los alimentos cocidos o sobre aquellos que se consumen crudos.

- Los huevos se deben ubicar en la puerta de la heladera, donde está la temperatura adecuada, controlando siempre la fecha de vencimiento.

- No guardar en la heladera latas abiertas con su contenido. Este debe ser colocado en otro recipiente para conservarlo.

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La cadena de frío no debe cortarse nunca, ni antes ni después de elaborado un alimento. Los utensilios se deben lavar, enjuagar y desinfectar en forma correcta. - Lavar por arrastre con agua y detergente. - Usar agua de procedencia segura. Nunca reutilizar el agua usada. - Desinfectar con agua bien caliente. - Mantener el orden. - Dejar secar en escurridores protegidos del polvo. Manejo y cuidado en la manipulación y elaboración de alimentos Consejos a tener en cuenta: - Aunque las manos estén limpias, no se deben tocar los alimentos. - Manejar utensilios, pinzas, cucharones. - Siempre utilizar guantes. - No cocinar con lastimaduras, resfríos, tos, conjuntivitis. - El pelo siempre debe estar recogido, con cofia. - No utilizar anillos, reloj, aros, pulseras o cadenas dentro de la cocina. - No usar ningún tipo de perfumes. - El calzado debe ser antideslizante y cubrir la totalidad del pie. - El delantal, guardapolvo o ambo deben ser lavados diariamente. Una nutrición adecuada es esencial para mantener la salud, disminuir el compromiso general de las enfermedades crónicas y preservar la independencia funcional en las personas mayores. Desde tal perspectiva, identificar los condicionantes alimentarios de esta etapa de la vida y desarrollar estrategias para preservar el estado nutricional, constituye un paso importante en el objetivo de mejorar la calidad de vida en la tercera edad.

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EL MALTRATO EN PERSONAS MAYORES Lic. Reina, María Luján

En el imaginario social de este tipo de residencias opera el paradigma de institución total; esto es, se constituyen en universos cerrados en los que la lógica imperante es el cumplimiento de la norma y la eliminación de rasgos propios de las personas alojadas en ellas en pro de una uniformización que se instaura como necesaria. Las formas organizativas que se perciben como más frecuentes en este tipo de establecimientos están más orientadas a la despersonalización de los alojados y el mantenimiento de cierta rigidez normativa, que a procurar suavizar la sensación de desarraigo y enajenación que supone el tránsito desde la comunidad a este tipo de establecimientos. Algunos autores hablan de la institucionalización como una forma de “muerte social” y “muerte familiar”. El ingreso permanente en una residencia, muchas veces, es la consecuencia en la aplicación de dispositivos terapéuticos no adecuados, para el abordaje de la salud de los adultos mayores. Algunos investigadores españoles sostienen que los criterios económicos y de gestión priman sobre los criterios de calidad asistencial en la creación de nuevas plazas. Resulta dificultosa la adecuada adaptación del entorno y la necesaria flexibilidad y personalización en los cuidados. No es raro que los residentes con demencia convivan junto con ancianos no dementes, o que compartan ambientes con pacientes asistidos “físicos”. Según un informe de la Organización Mundial de la Salud (OMS) una encuesta realizada al personal de un hogar de ancianos en un estado de EEUU permitió comprobar que el 36% del personal de enfermería y de servicios generales declaró que en el último año había presenciado al menos un incidente de maltrato físico contra un residente cometido por otro miembro del personal, mientras que un 10% admitió haber cometido al menos un acto de maltrato físico. Asimismo, un 81% de la muestra había observado al menos un incidente de maltrato psíquico contra un residente durante el año anterior y un 40% reconoció también haber cometido actos de este tipo. La tasa probable de maltrato a los ancianos, advierte la OMS, tanto en ámbitos comunitarios como institucionales, quizá sea mayor de lo que permiten inferir las estadísticas generales. Tipos de maltrato La evolución en la clasificación de los tipos de maltrato ha ido modificándose dependiendo de cómo -desde las comunidades científicas- fueron construyendo a la violencia contra personas mayores en un problema social. En la década del ‘80 la tipología del maltrato se limitaba a la violencia enmarcada en una relación anciano - cuidador dentro de la dinámica interpersonal, en donde se ponía a la patología psiquiátrica y deterioro cognitivo del anciano, como un elemento fundamental. En 1992 se incluyeron preguntas acerca del abuso económico, dentro de un estudio llevado a cabo por Podnieks en Canadá. En la actualidad la tipología del maltrato ha quedado construída de la siguiente manera: De acuerdo al contexto en donde se desarrolla la violencia - Familiar - Institucional

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De acuerdo al tipo de maltrato - Maltrato físico: Es toda acción voluntaria que provoca o puede provocar daño o lesiones

físicas en la persona mayor. - Maltrato psicológico y emocional: Es toda acción, habitualmente verbal o actitud, que provoca

o puede provocar daño psicológico a la persona mayor. Por ejemplo: insultar, gritar, ignorar, amenazar.

- Negligencia: Es el abandono de las obligaciones en los cuidados de una persona mayor. Incluye, desde privarla de las necesidades básicas como la higiene o la alimentación, hasta el uso inadecuado de medicación.

- Abuso económico: Es la utilización ilegal o no autorizada de los recursos económicos o de las propiedades.

- Abuso sexual: Es cualquier contacto sexual no deseado, en el que una persona mayor es utilizada como medio para obtener estimulación o gratificación sexual.

Negligencia Uno de los tipos de maltrato menos explorado es el de negligencia y tal vez se trate del más frecuente, que tiene consecuencias vitales para la persona mayor: Negligencia y consecuencias:

Ejemplos de negligencia Consecuencias Proporcionar dosis inadecuadas de medicación, (por exceso o por defecto) o una medicación errónea. Privar de las necesidades básicas (alimentación, higiene, calor, ropa adecuada al clima, asistencia sanitaria, etc.).

Malnutrición, deshidratación, mala higiene corporal, hipotermia o hipertermia, úlceras de decúbito, agudización de enfermedades.

Algunas dimensiones e indicadores para la evaluación de actos de maltrato

Dimensión Indicador Físico Caídas y lesiones no explicadas.

Quejas de agresión física. Quemaduras o lesiones sospechosas.

Conductuales y emocionales Cambio de hábitos alimentarios o problemas para dormir. Actitud de temor.

Sexuales Quejas frecuentes de dolores abdominales o hemorragias vaginales o anales no explicadas.

Económicos Retiros de dinero no explicados o atípicos. Extravío de joyas o elementos personales.

Relacionados con el cuidador El cuidador parece cansado y culpa a la persona de ciertos actos como incontinencia.

Actos de negligencia Falta de registros médicos y de enfermería. Diagnóstico médico sin tratamiento y sin control. Alimentación inadecuada. Ausencia de actualización en capacitación del personal.

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AUTORES DEL CUADERNILLO Lic. Sandra García Taboada Lic. en Psicología – Gerontóloga MN N° 15900 Especialista en Sistemas de Salud y Seguridad Social Coordinadora del Programa de Fiscalización en Tercera Edad de la DGRyF del Ministerio de Salud del GCBA Lic. Reina, María Luján Lic. en Psicología (UBA) MN N°. 15755 Magister en Gestión de Servicios de Salud Mental (cursada concluida) Coordinadora técnico – operativa del Programa de Fiscalización en Tercera Edad de la DGRyF del Ministerio de Salud del GCBA Coordinadora del Primer Curso de Capacitación para el personal de residencias del Programa de Fiscalización en Tercera Edad de la DGRyF Lic. Rua, Luis Alberto Egresado de la U.B.A. MN N° 34980 MAT. G.C.B.A. 217251 Ex profesor Titular U.N.L.Z. Ex docente A/C de Materia UNLP. DOCENTE TITULAR Ex director de la Escuela de Enfermería U.B.A. Ex coordinador general de Residencias de enfermería D.C.D.,G.C.B.A. Docente de enseñanza de la Facultad de Medicina de la UBA – Primeros Auxilios Dra. Silvestre, Noemí Emilce Médica especialista en Psiquiatría MN N° 88182 Médica Fiscalizadora perteneciente del Programa de Fiscalización en Tercera Edad de la DGRyF del Ministerio de Salud GCBA Médica de Planta del Hospital Tornú Klga. Vitelli, Viviana Kinesiológa MN N° 5011 MP N° 1814 Kinesióloga de la UBA Klga. Perteneciente a la DGRyF del Ministerio de Salud del GCBA Auditora kinefisiátrica Actualmente cursando 2do. Año del Magíster “Sistemas de Salud y Seguridad Social” en ISALUD Lic María Florencia Miranda M.N 3863 Docente Universitario -Nutricionista del Complejo Martín Rodríguez Viamonte. GCBA -Ayudante de Primera de los alumnos de 3 año y 4 año en la materia ASA e Internado Rotatorio de la Lic en Nutrición, de la Universidad Fundación H.A Barceló -Integrante del Comité Ciencia e Investigación del Complejo HMRV -Actualmente cursando MASTER EN GERONTOLOGÍA CLÍNICA, acreditado por la CONEAU, en Fundación Barceló, convenio con la Universidad de Coruña, España, otorgando título Binacional

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MINISTERIO DE SALUDGOBIERNO DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES

Dirección General Regulación y Fiscalización

’07

Calidadde VidaPrimer curso de capacitación para el personal de residencias de adultos mayores

AnexoNormativas Vigentes

MINISTERIO DE SALUDGOBIERNO DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES

Dirección General Regulación y Fiscalización

Todavía el destinode mundos fenecidosdesorientó mi vuelo-de sideral constancia-con sus vanas parábolasy sus aureolas falsas;pero seguí volando,desesperadamente.

“Persuasión de los díases el paso de la geografía a la ética. Los días deslizan su desolado argumento”

Oliverio Girondo

MINISTERIO DE SALUDGOBIERNO DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES

Dirección General Regulación y Fiscalización

Ministro de SaludDr. Alberto De Micheli

Directora General Regularización y FiscalizaciónDra. Marta Moroni

Coordinadora del Programa de Fiscalización en Tercera EdadLic. Sandra García Taboada

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LEY N° 661 ESTABLECESE EL MARCO REGULATORIO DE ESTABLECIMIENTOS RESIDENCIALES Y SERVICIOS DE ATENCION GERONTOLOGICA. MODIFICASE EL CODIGO DE HABILITACIONES Y VERIFICACIONES Buenos Aires, 20 de septiembre de 2001 La Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires sanciona con fuerza de Ley: MARCO REGULATORIO PARA EL FUNCIONAMIENTO DE LOS ESTABLECIMIENTOS RESIDENCIALES DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES CAPITULO I Artículo 1º - OBJETO. AMBITO DE APLICACION: El objeto de la presente norma es regular la actividad de los Establecimientos Residenciales y otros servicios de atención gerontológica que brindan prestaciones en el ámbito de la Ciudad de Buenos Aires en los términos del artículo 41º de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Estos establecimientos están sometidos a la fiscalización de las autoridades del Gobierno de la Ciudad en cuanto al cumplimiento de las disposiciones contenidas en los Códigos de aplicación y la presente ley. Artículo 2º - DERECHOS DE LAS PERSONAS: La Ley reconoce derechos específicos a las personas que viven en residencias u hogares: - A la comunicación y a la información permanente. - A la intimidad y a la no divulgación de los datos personales. - A considerar la residencia u hogar como domicilio propio. - A la continuidad en las prestaciones del servicio en las condiciones pre-establecidas. - A la tutela por parte de los entes públicos cuando sea necesario. - A no ser discriminadas. - A ser escuchado en la presentación de quejas y reclamos. - A mantener vínculos afectivos, familiares y sociales. - A entrar y salir libremente, respetando las normas de convivencia del establecimiento. Artículo 3º - REGISTRO. CREACION: Créase el "Registro Único y Obligatorio de Establecimientos Residenciales para Personas Mayores" de la Ciudad de Buenos Aires, en el ámbito de la autoridad de aplicación de la presente ley. En este Registro se inscriben todos los Establecimientos Residenciales para Personas Mayores que brindan prestaciones en la Ciudad de Buenos Aires. Previo a la inscripción, dichos establecimientos deben contar con las habilitaciones correspondientes. En el Registro debe asentarse el domicilio del establecimiento, nombre o Razón Social, autoridades, clasificación, cantidad de camas habilitadas y el listado de sanciones que se les hubieren aplicado. La información contenida en el Registro es de acceso público y gratuito. El mecanismo de consulta es establecido por la reglamentación. Artículo 4º - AUTORIDAD DE APLICACION: La autoridad de aplicación de la presente ley es el nivel jerárquico superior del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires en materia de promoción social, asistido por el nivel jerárquico superior del Gobierno de la Ciudad en materia de salud. Artículo 5º - FUNCIONES Y ATRIBUCIONES DE LA AUTORIDAD DE APLICACION: Son funciones y atribuciones de la Autoridad de Aplicación, las siguientes: a) Confeccionar y mantener actualizado el Registro creado por la presente ley. b) Coordinar sus tareas con las otras áreas competentes del Gobierno de las Ciudad. c) Controlar el cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 6º con relación a la clasificación de los

establecimientos inscriptos en el Registro Unico de Establecimientos Residenciales para Personas Mayores.

d) Evaluar la calidad de las prestaciones que brindan los Establecimientos Residenciales para Personas Mayores, en relación a:

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- los aspectos referidos a la conducción técnica administrativa y a su responsabilidad legal, a cuyo fin, la dirección de la institución deberá proveer la documentación que lo certifique.

- los procedimientos que se utilizan para la admisión, permanencia y/o derivación de los residentes.

- la dotación de personal y la existencia de equipos profesionales suficientes, idóneos y capacitados.

- la calidad y la cantidad de la alimentación ofrecida al residente con certificación profesional. - la calidad de los medicamentos. - la metodología prevista por la residencia ante situaciones de urgencias y/o derivaciones de

residentes a centros asistenciales. - los aspectos clínicos, psicológicos, sociales, de enfermería y nutricional. - las actividades de rehabilitación en los aspectos físicos, psíquicos y sociales. - las normas de bioseguridad e higiene, la forma de desplazamiento de los residentes, accesos

y circulaciones que permitan su desplazamiento, tanto de los autoválidos como de los semidependiente y dependientes.

- el estado y funcionamiento de las instalaciones, las dimensiones de los ambientes y su relación con la cantidad de plazas, estado de conservación del edificio y del equipamiento.

- y toda otra evaluación que dicho organismo disponga para hacer más efectivo el cumplimiento de la presente.

e) Detectar las irregularidades y faltas que ocurran e intimar al establecimiento a su regularización bajo pena de ser suspendido provisoriamente o eliminado del "Registro Único y Obligatorio de Establecimientos Residenciales para Personas Mayores" y formular las denuncias que correspondan ante las autoridades administrativas o judiciales.

f) Elaborar estadísticas de las prestaciones brindadas en el ámbito de la Ciudad de Buenos Aires.

CAPITULO II MODIFICACIONES AL CODIGO DE HABILITACIONES Y VERIFICACIONES Artículo 6º - DEFINICION Y ALCANCE: Modifícase el Punto 9.1.1 Definición, del Anexo II, sección 9, DE LA SANIDAD, EDUCACION Y CULTURA, capítulo 9.1, ESTABLECIMIENTO GERIATRICO, de la Ordenanza N° 34.421, A.D. 700.44 (Código de Habilitaciones y Verificaciones), que quedará redactado de la siguiente manera: "9.1.1 Definición y Alcance Son considerados Establecimientos Residenciales para personas mayores las entidades que tienen como fin brindar servicios de alojamiento, alimentación, higiene, recreación activa o pasiva y atención médica y psicológica no sanatorial a personas mayores de 60 años, en forma permanente o transitoria, a título oneroso o gratuito. La edad de ingreso podrá ser inferior a la establecida en el párrafo anterior, siempre que el estado social o psicofísico de la persona lo justifique. La reglamentación establece los casos en que se procede a tal excepción, resguardando la dignidad de las personas y respetando la concepción y fines de los Establecimientos Residenciales para personas mayores. Los Establecimientos Residenciales para personas mayores deben tener, como mínimo, capacidad para albergar a cinco (5) residentes y no pueden prestar servicios sin la habilitación previa e inscripción actualizada en el Registro. En todos los casos deben garantizar las condiciones que preserven la seguridad, salubridad e higiene de los residentes y estimulen sus capacidades, el pleno respeto como personas, promoviendo los vínculos con el núcleo familiar y la comunidad a la que pertenecen." Artículo 7º - Habilitación y funcionamiento. Condiciones. Modifícase el punto 9.1.4, Condiciones para su habilitación y funcionamiento, del Anexo II, sección 9, De La Sanidad, Educación Y Cultura, capítulo 9.1, ESTABLECIMIENTO GERIATRICO, de la Ordenanza N° 34.421, AD. 700.44 (Código de Habilitaciones y Verificaciones), que quedará redactado de la siguiente manera: "9.1.4 Condiciones para su habilitación y funcionamiento: Todos los Establecimientos Residenciales para personas mayores están dirigidos por un Director/a que debe poseer título profesional universitario afín a la actividad o prestaciones desarrolladas. Es su responsabilidad garantizar la mejor condición biopsico-social de los

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residentes y usuarios de los servicios que se brindan en el establecimiento en la admisión, permanencia y derivación. El Director es responsable solidariamente con el titular del establecimiento, del cumplimiento de las obligaciones expresadas en el presente ordenamiento y de cualquier otra normativa reglamentaria o complementaria que se dicte. Los Establecimientos Residenciales para personas mayores se clasifican en a) Residencia Autoválidas con autonomía psicofísica acorde a su edad: Establecimiento no

sanatorial destinado al alojamiento, a la alimentación y al desarrollo de actividades de prevención y recreación con un control médico periódico.

b) Hogar de Día Autoválidas: Establecimiento con idénticas características que las definidas en el inc. a), con estadía dentro de una franja horaria determinada.

c) Residencia que requieran cuidados especiales por invalidez. d) Residencia que por trastornos de conducta o padecimientos mentales tengan dificultades de

integración social con otras personas, y no requieren internación en un efector de salud. e) Hogar de Día con trastornos de conducta o padecimientos mentales que tengan dificultades de

integración social con otras personas, y que no requieran internación en un efector de salud, con estadía dentro de una franja horaria determinada.

Los Establecimientos podrán ser habilitados para prestación unimodal ó polimodal. La planta física de cada una de las áreas habilitadas en los inmuebles de aquellos Establecimientos que brindan prestaciones polimodales de las clasificaciones d) y e) deben constituir una unidad independiente de uso exclusivo dentro del establecimiento, totalmente diferenciado del resto, pudiendo sólo compartir servicios de infraestructura: cocina, mantenimiento, dependencias del personal, lavadero y administración. En caso de deterioro posterior al ingreso del residente autoválido, se arbitrarán las medidas necesarias para su tratamiento dentro de la residencia, en la medida que su situación lo permita, con notificación a la autoridad de aplicación. Asimismo, se debe tratar de evitar la separación de cónyuges o convivientes que se encontraren residiendo conjuntamente. En toda la documentación oficial de los establecimientos residenciales para personas mayores debe figurar la clasificación otorgada por la autoridad de aplicación. Los Establecimientos Residenciales para personas mayores deben exhibir en lugar visible el certificado de habilitación." Artículo 8º - PERSONAL: Agrégase el Punto 9.1.4 bis al Anexo II, sección 9, DE LA SANIDAD, EDUCACION Y CULTURA, capítulo 9.1, ESTABLECIMIENTO GERIATRICO, de la Ordenanza N° 34.421, AD. 700.44 (Código de Habilitaciones y Verificaciones), que quedará redactado de la siguiente manera: "9.1.4 bis, Personal: De acuerdo con la clasificación establecida en el presente código, los establecimientos residenciales para personas mayores deben contar, además de un Director responsable, con el siguiente personal: a) Residencia para personas mayores autoválidas con autonomía psicofísica; el personal que a

continuación se detalla presta servicios con la periodicidad que se fije por vía reglamentaria: Licenciado/a en Trabajo Social Licenciado/a en Terapia Ocupacional Licenciado/a en Nutrición Licenciado/a en Psicología Médico/a Enfermero/a Asistente Gerontológico Mucamo/a Licenciado/a en Kinesiología

b) Hogar de Día para personas mayores autoválidas; el personal que a continuación se detalla presta servicios con la periodicidad que se fije por vía reglamentaria: Licenciado/a en Terapia Ocupacional Licenciado/a en Psicología Médico/a

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Enfermero/a Asistente gerontológico Mucamo/a Licenciado/a en Nutrición Licenciado/a en kinesiología

c) Residencia para personas mayores que requieran cuidados especiales por invalidez; el personal que a continuación se detalla, en número y proporción que se establece por vía reglamentaria: Médico/a Licenciado/a en Kinesiología Licenciado/a en Trabajo Social Licenciado/a en Psicología Licenciado/a en Terapia Ocupacional Licenciado/a en Nutrición Enfermero/a Asistente gerontológico Mucamo/a

d) Residencia para personas mayores que por trastornos de conducta o padecimientos mentales tengan dificultades de integración social con otras personas y no requieran internación en un efector de salud; el personal que a continuación se detalla, en número y proporción que se establece por vía reglamentaria: Guardia Médica Psiquiátrica permanente Licenciado/a en Psicología Licenciado/a en Nutrición Licenciado/a en Trabajo Social Licenciado/a en Terapia Ocupacional Enfermero/a profesional Mucamo/a

e) Hogar de Día para personas mayores con trastornos de conducta o padecimientos mentales, que tengan dificultades de integración social con otras personas, y que no requieran internación en un efector de salud; el personal que a continuación se detalla, en número y proporción que se establece por vía reglamentaria: Guardia Médica Psiquiátrica durante el horario de atención. Licenciado/a en Psicología Licenciado/a en Terapia Ocupacional Licenciado/a en Trabajo Social Enfermero/a profesional Asistente gerontológico Mucamo/a Licenciado en Nutrición

En aquéllas residencias que brindan prestaciones polimodales, las mismas deben contar con el personal mínimo acorde al presente artículo para cada una de las áreas habilitadas.La reglamentación establece, teniendo en cuenta el número de plazas y la clasificación de los establecimientos, la carga horaria mínima del personal. En todos los casos, los establecimientos deberán contar como mínimo, con un/a integrante de cada categoría de personal de las enunciadas, con la disponibilidad horaria necesaria para el cumplimiento de sus tareas específicas. Es obligatorio que todo el personal de los establecimientos descriptos que presten servicios asistenciales a los alojados o concurrentes, tengan capacitación en gerontología, a través de cursos con reconocimiento oficial. La Ciudad impulsa la capacitación en su ámbito para asegurar el cumplimiento de los objetivos de la presente Ley. El personal que a la fecha de entrada en vigencia de la presente no contara con la referida capacitación, tendrá un plazo de sesenta (60) meses a fin de obtenerla."

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Artículo 9º - CHAPA MURAL: Modifícase el Punto 9.1.8, Chapa Mural, del Anexo II, sección 9, DE LA SANIDAD, EDUCACION Y CULTURA, capítulo 9.1, ESTABLECIMIENTO GERIATRICO, de la Ordenanza N° 34.421, A.D. 700.44 (Código de Habilitaciones y Verificaciones), que quedará redactado de la siguiente manera: "9.1.8 Chapa Mural En el frente del edificio y en lugar visible se coloca una chapa o letrero de 0.30 x 0.40 m como mínimo, que especifique el rubro, la denominación institucional y el Nº de inscripción en el Registro Único y Obligatorio de Establecimientos Residenciales para personas mayores de la Ciudad de Buenos Aires y clasificación establecida por la Autoridad de Aplicación". Artículo 10 - RESIDUOS: Agrégase al Punto 9.1.14, Higiene y aseo, del Anexo II, sección 9, DE LA SANIDAD, EDUCACION Y CULTURA, capítulo 9.1, ESTABLECIMIENTO GERIATRICO, de la Ordenanza N° 34.421, AD. 700.44 (Código de Habilitaciones y Verificaciones), el siguiente párrafo que quedará redactado de la siguiente manera: "Residuos: Se debe cumplimentar lo referido a la Ley de la Ciudad de Buenos Aires Nº 154, la Ley Nacional Nº 24.051 y el Artículo 41 de la Constitución Nacional y a las normas que se dicten." Artículo 11 - EVACUACION: Es obligación de las residencias formular un plan de evacuación, que deberá ser elaborado con el asesoramiento de personal competente de bomberos y/o Defensa Civil. CAPITULO III DE LOS HOGARES DE RESIDENCIA Artículo 12 - Incorpóranse a los Hogares de Residencia a los establecimientos prestadores de servicios residenciales. Artículo 13 - Denomínanse a los efectos de la presente Ley Hogares de Residencia a los que brindan alojamiento y demás servicios de cuidado, con fines de lucro, a personas mayores auto-válidas. Artículo 14 - Los hogares prestadores de servicios residenciales sólo pueden albergar hasta cuatro (4) personas mayores. Artículo 15 - La familia cuidadora debe garantizar, comodidades, accesos, espacios y alimentación adecuada en cantidad y calidad y atención médica ambulatoria para las personas mayores alojadas. Artículo 16 - Los hogares de residencia para personas mayores comunican en forma fehaciente y periódica a la autoridad de aplicación, la nómina de personas alojadas. CAPITULO IV DEL ASISTENTE GERONTOLOGICO Artículo 17 - Incorpórese la figura del Asistente Gerontológico como personal de servicio especializado en la atención de personas mayores y con capacidades para brindar estos servicios a domicilio o en instituciones. Artículo 18 - La Autoridad de aplicación crea un registro de estos trabajadores. Asimismo, proporciona una autorización renovable para que puedan ejercer funciones. CAPITULO V DE LAS SANCIONES Artículo 19 - Las infracciones o incumplimientos a las disposiciones contenidas en la presente ley son sancionadas según lo preceptuado en el Código Contravencional y de Faltas de la Ciudad de Buenos Aires. Se establece una gradación de penalidades que abarcarán desde el apercibimiento hasta la exclusión transitoria o definitiva del registro al que alude el artículo 3º de la presente. Las infracciones se calificarán atendiendo a los criterios de violación de los derechos de las personas, de riesgo para la salud, grado de intencionalidad, gravedad de la alteración social producida y reincidencia. CAPITULO VI CLAUSULAS TRANSITORIAS

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Cláusula Primera: El Poder Ejecutivo reglamentará la presente ley dentro de los noventa (90) días de su promulgación. Cláusula Segunda: a los fines de la normativa vigente, debe entenderse Establecimiento Residencial para personas mayores como sinónimo o equivalente al término Residencia Geriátrica ó Geriátrico. Cláusula Tercera: la autoridad de aplicación fija las condiciones de formación y capacitación de los asistentes gerontológicos hasta tanto la autoridad correspondiente establezca las condiciones curriculares de formación, acreditación de las instituciones formativas y las incumbencias y responsabilidades para el cumplimiento de sus funciones. Cláusula Cuarta: la autoridad de aplicación fijará las condiciones y los plazos para la adecuación de los establecimientos bajo su dependencia a los requisitos que se establecen en la presente ley. Cláusula Quinta: una vez que entre en vigencia la Ley de Accesibilidad, modificatoria del Código de la Edificación, los Establecimientos Geriátricos habilitados, cuya estructura edilicia no les permita cumplimentar con todas las modificaciones dispuestas en las normas vigentes, tendrán un plazo de doce (12) meses contados a partir de la fecha indicada a fin de adecuar los inmuebles a las nuevas disposiciones, prorrogable por doce (12) meses por única vez, fundadamente, por la autoridad de aplicación. Vencido este plazo sin que hubieren adecuado su infraestructura a la norma en cuestión, estos establecimientos pierden automáticamente su habilitación. Artículo 20 - Comuníquese, etc. FELGUERAS - Alemany Buenos Aires, 16 de octubre de 2001 En virtud de lo prescripto por el Art. 86 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y en el Artículo 8° del Decreto N° 2.343-GCBA-98, certifico que la Ley N° 661 (Expediente N° 65.137-2001) sancionada por la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires del 20 de septiembre de 2001, ha quedado automáticamente promulgada el día 16 de octubre de 2001. Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, gírese copia a la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, por intermedio de la Dirección General de Asuntos Políticos e Institucionales, pase para su conocimiento y demás efectos a las Secretarías de Seguridad y Justicia, de Salud y de Promoción Social. Tadei

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LEY N° 1.003 MODIFICASE LA LEY N° 661, B.O. N° 1300 Buenos Aires, 12 de diciembre de 2002 La Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires sanciona con fuerza de Ley: Artículo 1° - Modifícase el artículo 7° de la Ley N° 661 que quedará redactada de la siguiente manera: Artículo 7°: Habilitación y Funcionamiento. Condiciones: Modifícase el Punto 9.1.4, Condiciones para su habilitación y funcionamiento, del Anexo II, sección 9, De la Sanidad, Educación y Cultura, capítulo 9.1, Establecimiento Geriátrico, de la Ordenanza N° 34.421, AD. 700.44 (Código de Habilitaciones y Verificaciones), que quedará redactado de la siguiente manera: "9.1.4 Condiciones para su habilitación y funcionamiento: Los Establecimientos Residenciales para Personas Mayores que soliciten su habilitación, a partir de la vigencia de la presente Ley, son dirigidos por un Director/a con título profesional universitario afín a la actividad o prestaciones desarrolladas. El Director/a de un Establecimiento Residencial para Personas Mayores habilitado a la fecha de vigencia de la presente Ley que no posea título profesional, cuando acredite mas de cinco (5) años de ejercicio en el mismo, podrá mantener su cargo solo en un establecimiento y por el plazo establecido por el Poder Ejecutivo a través de la reglamentación, a efectos de adecuar la dirección de éstos establecimientos a las condiciones exigidas en el párrafo primero del presente artículo. Es responsabilidad del Director/a garantizar la mejor condición bio-psico-social de los residentes y usuarios de los servicios que se brindan en el establecimiento, en la admisión, permanencia y derivación. El Director/a es responsable solidariamente con el titular del establecimiento, del cumplimiento de las obligaciones expresadas en el presente ordenamiento y de cualquier otra normativa reglamentaria o complementaria que se dicte. Los Establecimientos Residenciales de Personas Mayores se clasifican en: a) Residencia para Personas Mayores Autoválidas con autonomía psicofísica acorde a su edad:

Establecimiento no sanatorial destinado al alojamiento, alimentación y actividades de recreación que brinda control médico periódico.

b) Hogar de Día para Personas Mayores Autoválidas: Establecimiento con idénticas características que las definidas en el Inc. a), con estadía dentro de una franja horaria determinada.

c) Residencia para Personas Mayores que requieran cuidados especiales por invalidez. d) Residencia para Personas Mayores que por trastornos de conducta o padecimientos mentales

tengan dificultades de integración social con otras personas, y no requieran internación en un efector de salud.

e) Hogar de Día para Personas Mayores con trastornos de conducta o padecimientos mentales que tengan dificultades de integración social con otras personas, y que no requieran internación en un efector de salud, con estadía dentro de una franja horaria determinada.

Los Establecimientos podrán ser habilitados para prestación unimodal ó polimodal. La planta física de cada una de las áreas habilitadas en los inmuebles de aquellos Establecimientos que brindan prestaciones poli modales de las clasificaciones d) y e) deben constituir una unidad independiente de uso exclusivo dentro del establecimiento, totalmente diferenciado del resto, pudiendo sólo compartir servicios de infraestructura: cocina, mantenimiento, dependencias del personal, lavadero y administración. En caso de deterioro del residente autoválido, posterior a su ingreso se arbitrarán las medidas necesarias para su tratamiento dentro de la residencia, en la medida que su situación lo permita, con notificación a la autoridad de aplicación. Asimismo, se debe tratar de evitar la separación de cónyuges o convivientes que se encontraren residiendo conjuntamente. En toda la documentación oficial de los establecimientos residenciales de personas mayores debe figurar la clasificación otorgada por la autoridad de aplicación. Los Establecimientos Residenciales de Personas Mayores deben exhibir en lugar visible el certificado de habilitación."

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Artículo 2° - Modifícase el artículo 8° de la Ley N° 661 que quedará redactado de la siguiente manera: "Artículo 8°: Personal: Agrégase el Punto 9.1.4 bis al Anexo II, sección 9, De la Sanidad, Educación y Cultura, capítulo 9.1, Establecimiento Geriátrico, de la Ordenanza N° 34.421, AD. 700.44 (Código de Habilitaciones y Verificaciones), que quedará redactado de la siguiente manera: "9.1.4 bis Personal: De acuerdo a la clasificación establecida en el presente código, los Establecimientos Residenciales para Personas Mayores cuentan con un Director responsable y con el siguiente personal: a) Residencia para Personas Mayores Autoválidas con autonomía psicofísica; el personal que a

continuación se detalla presta servicios con la periodicidad que se fija por vía reglamentaria: Médico/a Licenciado/a en Psicología Licenciado/a en Nutrición Licenciado/a en Terapia Ocupacional Enfermero/a Asistente Gerontológico ó Geriátrico Mucamo/a

De acuerdo con la particularidad de cada caso, el médico o el director profesional del establecimiento ordena la intervención de otros profesionales pertinentes, sin que esto represente un costo adicional para la persona mayor que requiera los servicios, de conformidad con las condiciones y requisitos que fija la reglamentación. b) Hogar de Día para Personas Mayores Autoválidas; el personal que a continuación se detalla

presta servicios con la periodicidad que se fija por vía reglamentaria: Licenciado/a en Terapia Ocupacional Licenciado/a en Psicología Asistente Gerontológico ó Geriátrico Licenciado/a en Nutrición

El Director tiene la obligación de brindar otros servicios, en caso necesario. c) Residencia para Personas Mayores que requieran cuidados especiales por invalidez; el

personal que a continuación se detalla presta servicios con la periodicidad que se fija por vía reglamentaria: Médico/a Licenciado/a en Psicología Licenciado/a en Kinesiología Licenciado/a en Nutrición Enfermero/a Asistente Gerontológico ó Geriátrico Mucamo/a

De acuerdo con la particularidad de cada caso, el médico o el director profesional del establecimiento ordena la intervención de otros profesionales pertinentes, sin que esto represente un costo adicional para la persona mayor que requiera los servicios de conformidad con las condiciones y requisitos que fija la reglamentación. d) Residencia para Personas Mayores que por trastornos de conducta o padecimientos mentales

tengan dificultades de integración social con otras personas y no requieran internación en un efector de salud; el personal que a continuación se detalla presta servicios con la periodicidad que se fije por vía reglamentaria: Médico Guardia Médica Psiquiátrica Licenciado/a en Psicología Licenciado/a en Nutrición Asistente Gerontológico o Geriátrico Enfermero/a Mucamo/a

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De acuerdo con la particularidad de cada caso, el médico o el director profesional del establecimiento ordena la intervención de otros profesionales pertinentes, sin que esto represente un costo adicional para la persona mayor que requiera los servicios de conformidad con las condiciones y requisitos que fija la reglamentación. e) Hogar de Día para Personas Mayores que por trastornos de conducta o padecimientos

mentales tengan dificultades de integración social con otras personas y no requieran internación en un efector de salud; el personal que a continuación se detalla presta servicios con la periodicidad que se fija por vía reglamentaria: Guardia Médica Psiquiátrica Licenciado/a en Psicología Enfermero/a Asistente Gerontológico ó Geriátrico Mucamo/a Licenciado/a en Nutrición

De acuerdo con la particularidad de cada caso, el médico o el director profesional del establecimiento ordena la intervención de otros profesionales pertinentes, sin que esto represente un costo adicional para la persona mayor que requiera los servicios de conformidad con las condiciones y requisitos que fija la reglamentación. En aquéllas residencias que brindan prestaciones polimodales, las mismas deben contar con el personal acorde al presente artículo para cada una de las áreas habilitadas. La reglamentación establece, teniendo en cuenta el número de camas ocupadas y la clasificación de los establecimientos, la carga horaria mínima del personal. En todos los casos, los establecimientos cuentan como mínimo, con un/a integrante de cada categoría de las enunciadas, con la disponibilidad horaria necesaria para el cumplimiento de sus tareas específicas. Es obligatorio que todo el personal de los establecimientos descriptos que presten servicios asistenciales a los alojados o concurrentes, tengan capacitación en gerontología, a través de cursos con reconocimiento oficial. La Ciudad impulsa la capacitación en su ámbito para asegurar el cumplimiento de los objetivos de la presente Ley. Artículo 3° - Modificase la Cláusula 4° del Capítulo VI -Cláusulas Transitorias- de la Ley N° 661 que quedará redactada de la siguiente manera: Cláusula Cuarta: Los Establecimientos Residenciales para personas mayores dependientes del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires mantienen los servicios del modo establecido debiendo, en caso de no reunir los requisitos fijados por la presente Ley, incorporarlos en los plazos y condiciones que fija la autoridad de aplicación. Artículo 4° - Derógase la Cláusula 5° del Capítulo VI -Cláusulas Transitorias- de la Ley N° 661. Artículo 5° - Reglamentación: El Poder Ejecutivo reglamentará la Ley N° 661 juntamente con la presente norma, dentro de los cuarenta y cinco (45) días de su promulgación. Artículo 6° - Comuníquese, etc. Caram – Alemany Buenos Aires, 21 de enero de 2003 En virtud de lo prescripto en el artículo 86 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, y en ejercicio de las facultades conferidas por el artículo 8° del Decreto N° 2.343/GCBA/98, certifico que la Ley N° 1.003 (Expediente N° 710/2003), sancionada por la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires en su sesión del 12 de diciembre de 2002, ha quedado automáticamente promulgada el día 21 de enero de 2003. Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, gírese copia a Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, por intermedio de la Dirección General de Asuntos Políticos y Legislativos, y para su conocimiento y demás efectos, remítase a las Secretarías de Desarrollo Social y de Gobierno y Control Comunal. Tadei

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LEY N° 1.710 Establece parámetros para la comprobación del cumplimiento de las condiciones generales de alojamiento en geriátricos Buenos Aires, 2 de junio de 2005 La Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires sanciona con fuerza de Ley: Artículo 1° - Los titulares o responsables de los establecimientos geriátricos u otros servicios de atención gerontológica, que brindan prestaciones en el ámbito de la Ciudad de Buenos Aires, están obligados a permitir el ingreso, sin perjuicio del horario habitual de visitas, a las personas a cargo de los adultos mayores allí alojados en cualquier momento del día, con el objeto de comprobar que se cumplan las condiciones generales de alojamiento. Artículo 2° - El cumplimiento efectivo de los objetivos establecidos en el artículo 1° se efectuará sin que sean alterados el descanso, la tranquilidad y las condiciones de seguridad de las personas mayores alojadas. Artículo 3° - La obligación establecida por la presente ley deberá ser exhibida en lugar visible en el ingreso al establecimiento y comunicada por escrito a las personas a cargo de los alojados. Artículo 4° - Comuníquese, etc. de Estrada – Alemany Buenos Aires, 14 de julio de 2005 En virtud de lo prescripto en el artículo 86 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, y en ejercicio de las facultades conferidas por el artículo 8° del Decreto N° 2.343-GCABA/98, certifico que la Ley N° 1.710 (Expediente N° 37.391/05), sancionada por la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires en su sesión del día 2 de junio de 2005, ha quedado automáticamente promulgada el día 8 de julio de 2005. Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, gírese copia a la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, por intermedio de la Dirección General de Asuntos Políticos y Legislativos y para su conocimiento y demás efectos, remítase a la Secretaría de Desarrollo Social. Cohen

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DECRETO N° 1.076 Aprueba la reglamentación del marco regulatorio para el funcionamiento de los Establecimientos Residenciales para Personas Mayores y otros servicios de atención gerontológico Buenos Aires, 20 de julio de 2005 Visto el Expediente N° 25.300/04 y acumulados y la Ley N° 661 modificada por la Ley N° 1.003 y el Código de Habilitaciones y Verificaciones aprobado por la Ordenanza N° 34.421 AD 700.1/79, y, CONSIDERANDO: Que en el Capítulo 9.1 del Código de Habilitaciones y Verificaciones (AD 700.44) se establecen las condiciones de habilitación y funcionamiento de la actividad "Establecimiento Geriátrico"; Que la Ley N° 661 modificada por la Ley N° 1.003, establece un nuevo marco regulatorio de la actividad de los establecimientos residenciales y otros servicios de atención gerontológica que brindan prestaciones en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, modificando algunas de las cuestiones previstas en el Código de Habilitaciones y Verificaciones; Que la Cláusula Transitoria Primera de la Ley N° 661 y el artículo 5° de la Ley N° 1.003 disponen que el Poder Ejecutivo debe dictar las disposiciones reglamentarias de las normas citadas; Que de este modo se fijarán los mecanismos de aplicación de las prescripciones contenidas en las leyes citadas ut supra, dotándolas de plena operatividad dentro del ejido de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; Que asimismo, corresponde implementar el "Registro Único y Obligatorio de Establecimientos Residenciales para Personas Mayores de la Ciudad de Buenos Aires", creado por el art. 3° de la Ley N° 661; Que, en otro orden de ideas, es menester crear el circuito administrativo para el logro de los objetivos fijados por la Ley N° 661 y su modificatoria Ley N° 1.003, determinando asimismo las funciones y atribuciones de la autoridad de aplicación; Que es necesario establecer la coordinación de las áreas competentes de acuerdo a las responsabilidades primarias asignadas por la estructura organizativa del Poder Ejecutivo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, el efectivo cumplimiento de las disposiciones vigentes para el control de los Establecimientos Residenciales para Personas Mayores y otros servicios de atención gerontológica, en materia de higiene, seguridad, salubridad y funcionamiento; Que, es imprescindible fijar las pautas de calidad de las prestaciones brindadas por los referidos establecimientos y establecer los mecanismos para la admisión, permanencia y derivación de los adultos mayores; Que por su parte es pertinene disponer los procedimientos de control derivados de la inscripción en el Registro Único y Obligatorio de los Establecimientos Residenciales para Personas Mayores; Que resulta imperioso fijar parámetros para la clasificación y tratamiento de los residuos dentro de los establecimientos residenciales y otros servicios de atención gerontológica, que brindan prestaciones en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires según lo prescripto en la Ley N° 154 y Ley N° 747 de la Ciudad de Buenos Aires y el Capítulo IV de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; Que además, se pretende fijar las condiciones curriculares de formación y capacitación del personal profesional y no profesional que se desempeñen en los establecimientos residenciales implementando, asimismo, el Registro de Asistentes Gerontológicos; Por ello, y en uso de las atribuciones establecidas en los artículos 102 y 104 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, EL JEFE DE GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES DECRETA: Artículo 1° - Apruébase la reglamentación de la Ley N° 661 modificada por la Ley N° 1.003 y demás artículos del Capítulo 9.1 de la Sección 9 del Título 2 del Código de Habilitaciones y Verificaciones que establece el marco regulatorio para el funcionamiento de los Establecimientos Residenciales para Personas Mayores y otros servicios de atención gerontológica que brindan prestaciones en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, la que como Anexo I, forma parte integrante del presente decreto.

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Artículo 2° - Facúltase a la Secretaría de Desarrollo Social a dictar los actos administrativos y las normas de interpretación que fueran necesarios para instrumentación de la reglamentación aprobada en el artículo precedente, debiendo comunicar las mismas a las áreas correspondientes. Artículo 3° - El gasto que demande la implementación del presente decreto deberá ser imputado a la respectiva partida presupuestaria asignada a la Dirección General de Tercera Edad dependiente de la Subsecretaría Promoción e Integración Social de la Secretaría de Desarrollo Social. Artículo 4° - El presente decreto es refrendado por los señores Secretarios de Desarrollo Social, de Salud, de Seguridad, por la señora Secretaria de Hacienda y Finanzas y por el señor Jefe de Gabinete. Artículo 5° - Dése al Registro, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, comuníquese a la Secretaría de Salud, a la Secretaría de Seguridad, a la Secretaría de Hacienda y Finanzas y Secretaría Jefe de Gabinete y, para su conocimiento y demás efectos, remítase a la Secretaría de Desarrollo Social. Cumplido, archívese. IBARRA – Telerman (a/c) – Stern – Gorgal – Albamonte – Fernández

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UNIDAD DE GESTION DE CONTROL Y REGISTRO DE ESTABLECIMIENTOS RESIDENCIALES PARA PERSONAS MAYORES UGECOR La Unidad de Gestión de Control y Registro de Establecimientos residenciales para Personas Mayores es creada por Decreto Reglamentario N° 1076/05 en el ámbito de la Dirección General de Tercera Edad, dependiente del Ministerio de Derechos Humanos y Sociales del GCBA. La UGECOR es la Autoridad de Aplicación para el cumplimiento de lo establecido por la Ley N° 661/01 y su modificatoria. Está coordinada por un representante de la Dirección General de Tercera Edad designado por el Ministro de Derechos Humanos y Sociales y conformada por un representante de la Dirección General Regulación y Fiscalización del Ministerio de Salud, un representante de la Dirección General de Habilitaciones y Permisos y un representante de la Dirección General Fiscalización y Control, ambos dependientes del Ministerio de Gobierno. MINISTERIO DE DERECHOS HUMANOS Y SOCIALES Coordinadora de UGECOR: Lic. Rosa Aizen MINISTERIO DE GOBIERNO Coordinador del Área de Geriátricos de la Dirección General Fiscalización y Control: Arq. Marcelo Bobalina MINISTERIO DE SALUD Coordinadora del Programa de Fiscalización en Tercera Edad: Lic. Sandra García Taboada TELEFONOS UTILES UGECOR: 4300-9827 Denuncias – Ministerio de Gobierno: 0800-999-2727 Proteger 4300-2049 Dirección General Regulación y Fiscalización – Ministerio de Salud GCBA 4323-9076