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REGLAMENTO INTERNO ESCUELA BASICA Nº 150 “LAGUNA VERDE “. VALPARAISO.

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REGLAMENTO INTERNO

ESCUELA BASICA Nº 150 “LAGUNA VERDE “.

VALPARAISO.

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INTRODUCCIÓN

Considerando que el Reglamento Interno Escolar es uno de los instrumentos indispensables

para optimizar la gestión directiva, técnico-pedagógica y las relaciones interpersonales en un establecimiento educacional, se ha elaborado el presente Reglamento Interno de la Escuela Laguna Verde de la comuna de Valparaíso, con la participación y el consenso de los cuatro estamentos fundamentales que conforman la comunidad educativa de este centro educacional: Profesionales de la Educación, Funcionarios Asistentes de la Educación, Estudiantes, Padres y Apoderados.

Se ha consensuado que este Reglamento debe estar - en lo esencial - orientado al

mejoramiento cualitativo de las relaciones personales y colectivas, a corregir errores, a superar debilidades y perfeccionar la vida institucional de la Escuela, priorizando este mejoramiento, antes que las acciones punitivas. Todo esto en el contexto de una nueva cultura organizacional y de convivencia institucional, donde las relaciones interpersonales estén basadas en el principio de horizontalidad, y cada actor cumpla el rol que le corresponde en forma satisfactoria y plena, con una manifiesta conciencia de sus deberes, derechos, compromisos y responsabilidades individuales y colectivas.

FUNDAMENTACIÓN

El presente Reglamento se fundamenta en los siguientes cuerpos legales y normativos:

1. Constitución Política de la República de Chile. (Artículos números: 1°, 4° y 19° Inciso 10). 2. Ley General de Educación. 3. D.F.L. N° 1/ 1996, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N°

19.070, que aprobó el Estatuto de los Profesionales de la Educación, y de las leyes que la complementan y modifican.

4. Ley N° 18.620 (Código del Trabajo); 5. Ley N° 18.883/1989, que aprueba el Estatuto Administrativo de los Funcionarios Municipales. 6. Ley N° 18.575/1986, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del

Estado.

7. Declaración de los Derechos del Niño/1990. (Artículos. 2°, 5°, 7°, 8°, 9° y otros) 8. Ley 18.602, sobre Prevención de Riesgos y Accidentes Escolares. (Artículo 7). 9. Calendario Escolar Regional.

OBJETIVOS DEL REGLAMENTO INTERNO ESCOLAR

1. Contar con un documento escrito que contenga el ordenamiento y funcionalidad de todos los

niveles y estamentos que integran la comunidad escolar; para garantizar el logro de la Misión y Visión, los objetivos propuestos en el Proyecto Educativo Institucional, plan de mejoramiento, ley SEP y en el Plan Anual de Acción del Establecimiento, optimizando así la gestión directiva, técnico-pedagógica y las relaciones interpersonales en el establecimiento educacional.

2. Facilitar la comunicación abierta y permanente, con la comunidad educativa, para trabajar juntos en la obtención de los logros pertinentes, significativos, relevantes y trascendentes, en

favor del proceso formativo, educativo y socializador, que constituye la Misión de la Escuela.

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CAPITULO I

NORMAS GENERALES DE INDOLE TECNICO-PEDAGOGICA

DEL FUNCIONAMIENTO:

Nuestro establecimiento atiende nueve niveles educacionales desde NT1 de prebásica a 8º año de Educación General Básica, en la modalidad de Jornada Escolar Completa Diurna. La dotación de personal del establecimiento está integrada por Profesionales de la Educación y

funcionarios Co-docentes, distribuidos en las siguientes funciones:

1. DIRECTIVO: 1 Directora 1 Subdirector

2. UNIDAD TECNICO-PEDAGOGICA 1 Jefa de U.T. P.

3. DOCENTES 15 Docentes 1 Educadora de Párvulo

4. ASISTENTES DE LA EDUCACIÓN 3 Inspectora de patio

1 Encargada de biblioteca 1 Encargado sala de Informática 3 Auxiliares de Aseo 1 Nochero 1 Técnico en educación parvularia

1 Técnico en educación básica

1 Sicóloga 2 talleristas

Por otra parte, existe personal externo correspondiente a redes de apoyo, como son:

JUNAEB - 2 Manipuladoras de alimento

Programa Integración Escolar (PIE)

- 3 Educadoras Diferenciales - 1 Fonoaudióloga - 1 Terapeuta ocupacional - 1 Psicóloga - 1 Trabajadora Social

Tenemos, a la fecha, una matrícula de 241 Estudiantes (22 en prebásica y 219 en básica). La jornada de trabajo, es de lunes a viernes. Se inicia a las 08.10 hrs, terminando de

lunes a jueves a las 15,30 hrs y el día viernes a las 13,15 hrs; completando de esta forma un total de 38 hrs pedagógicas, a la semana. Cada jornada tiene dos recreos: de 09,40 – 10,00 hrs y de 11,30 – 11,45 hrs. La hora de colación es de 13,15 – 14,00 hrs. Los períodos escolares se ordenan en cuatro bloques, de la siguiente forma:

1º - 08,10 - 09,40 hrs 2º - 10,00 - 11,30 hrs

3º - 11,45 - 13,15 hrs 4º - 14,00 - 15,30 hrs

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La infraestructura del establecimiento cuenta con las siguientes dependencias.

1. 01 Oficina de Dirección

2. 01 Oficina de Unidad Técnico Pedagógica 3. 01 Sala- comedor de Profesores 4. 01 Sala de Informática Educacional 5. 04 Salas de Recursos del programa de

Integración escolar

6. 08 Salas de clases básicos 7. 01 Sala para curso Pre-básico con 4 baños

para los estudiantes.

8. 01 Sala Sicóloga 9. 01 Sala computación profesores 10. 01 Biblioteca 11. 01 Cocina

12. 01 Comedor estudiantes

13. 01 Bodega de alimentos 14. 04 Baño de niños 15. 06 Baño de niñas 16. 01 sala de música

17. 05 Ducha niñas 18 04 Ducha niños

19. 01 Baño Profesores 20. 01 Baño Profesoras 21. 01 Baño de Director 22. 01 Baños para manipuladoras y auxiliar de aseo.

23. 01 Sala taller de teatro 24. 01 bodega implementos deportivos

DEL DECRETO COOPERADOR DEL ESTADO

Nuestro establecimiento educacional fue fundado el 14 de abril de 1941; sin embargo, producto del traspaso de las escuelas a los municipios en el año 1981, a la escuela se le asigna el decreto cooperador número 7013 del mismo año.

DE LOS PLANES, PROGRAMAS Y DECRETOS DE EVALUACIÓN :

El establecimiento aplica los que emanan del Ministerio de Educación.

NIVEL EDUCACIONAL PLANES Y PROGRAMAS (BASES CURRICULARES)

DECRETO EVALUACIÓN

NT1 Y NT2 Bases Profesionales de la Educación Parvularia 289/2001 y Programas Pedagógicos

289/2001

NB1 (1º y 2º básico) 2960/2012 511 del 1997

NB2 (3º y 4º básico) 2960/2012 511 del 1997

NB3 (5º básico) 2960/2012 511 del 1997

NB4 (6º básico ) 2960/2012 511 del 1997

NB5 (7º básico) 1265/2016 511 del 1997

NB6 (8º básico) 1265/2016 511 del 1997

Además de lo descrito en la tabla anterior, el establecimiento cuenta con un reglamento de evaluación propio, que en lo fundamental, se ajusta al reglamento de evaluación emanado del Ministerio de Educación.

DE LA EVALUACION EN EL PROGRAMA DE INTEGRACIÓN ESCOLAR (PIE)

Decreto N° 170/2010 y 1/1998

DE LOS CONSEJOS DE PROFESORES:

TIPOS DE CONSEJOS DE PROFESORES Y FUNCIONES ESPECÍFICAS

De acuerdo a la naturaleza de las tareas que les competen y de los objetivos propuestos en el

Proyecto Educativo del Establecimiento, funcionarán los siguientes tipos de Consejos:

1. Consejo del Equipo de Gestión 2. Consejo General de Profesores: Administrativos

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3. Consejos técnico- pedagógico por Ciclo o Generales 4. Consejos o Talleres de Reflexión Pedagógica 5. Consejos gremiales.

CONSEJO DEL EQUIPO DE GESTION

Será un grupo de trabajo profesional conducido por el Director de la Escuela y sus integrantes tendrán la calidad de miembros permanentes.

Los integrantes permanentes serán: El Director, el Subdirector y el Jefe de la Unidad Técnico- Pedagógica, un representante de los docentes, la educadora de párvulos y la educadora diferencial.

El Equipo de Gestión tendrá - entre otras - las siguientes funciones:

1. Conocer y compartir la ejecución de planes, programas, y proyectos de desarrollo institucional. 2. Diseñar y desarrollar un plan de gestión - de carácter anual - tendiente a mejorar la calidad, equidad,

pertinencia, relevancia y significación del servicio educacional, que desarrolla la Escuela. 3. Proponer iniciativas y proyectos cuya factibilidad y realización signifiquen un beneficio y una contribución

efectiva en favor de la comunidad escolar. 4. Diagnosticar, analizar, y concordar la identificación de situaciones problemáticas de carácter general,

que afecten el normal funcionamiento del establecimiento, para proponer alternativas de solución a los niveles o instancias correspondientes.

CONSEJO DE PROFESORES

CRITERIOS GENERALES DE FUNCIONAMIENTO

1. Los consejos de profesores administrativos, técnicos o de reflexión, se realizan, de manera alternada, los

días viernes entre las 14, 00 y 16,30 hrs. 2. El Consejo de Profesores es el organismo, de carácter consultivo, en el que se expresa la opinión

profesional, técnica y académica de sus integrantes. 3. El Consejo de Profesores será presidido por el Director del establecimiento o por el Profesional de la

Educación que continúe en el orden jerárquico. 4. El Consejo de Profesores tendrá un(a) Secretario(a), quien llevará un Libro de Actas de cada una de las

sesiones. 5. Está integrado por Profesionales de la Educación de los niveles directivo, técnico-pedagógico y docente de

la unidad educativa. 6. La asistencia a los Consejos de Profesores de los Profesionales de la Educación es obligatoria, y este

tiempo será considerado dentro de la carga horaria curricular no lectiva de cada uno de ellos. 7. Podrán asistir a los Consejos de Profesores, además del personal que corresponda, otros funcionarios del

establecimiento, cuando su presencia sea requerida por los miembros integrantes del Consejo, previa autorización del Director de la Escuela.

8. Habrá Consejos Ordinarios y Extraordinarios: Los Consejos Ordinarios se realizarán en las ocasiones que

señala el Reglamento de convivencia del Establecimiento. Los Consejos Extraordinarios se realizarán por determinación del Director o a solicitud de uno o más de sus miembros.

9. Los Profesionales de la Educación y Funcionarios Co-docentes participantes en el Consejo de Profesores deberán mantener reserva y discreción, respecto de las materias informadas, dialogadas, discutidas y tratadas.

El Consejo de Profesores tendrá - entre otras - las siguientes funciones generales:

1. Colaborar con la correcta aplicación de las normas legales y reglamentarias que dicen relación con la Misión y Visión del accionar institucional del establecimiento.

2. Analizar y reflexionar acerca del desarrollo y resultado del proceso educativo en los distintos tipos de

evaluaciones internas y externas (diagnóstico, proceso, producto, autoevaluación, coevaluación, etc.), y sugerir acciones pedagógicas preventivas, correctivas, de refuerzo y perfeccionamiento técnico- pedagógico.

3. Proponer e impulsar medidas tendientes a mejorar el proceso educativo, acentuando su acción en la formación de los estudiantes.

4. Elegir a un Profesional de la Educación que eventualmente lo represente en el Equipo de Gestión.

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5. Conocer la planificación anual de actividades y proponer o sugerir modificaciones. 6. Proponer medidas de perfeccionar los diversos planes de trabajo. 7. Analizar problemas de rendimiento, disciplina, adaptación de algún o algunos alumnos y proponer

estrategias para llegar a una solución satisfactoria.

8. Designar comisiones de trabajo. 9. Exponer problemas detectados en todos los procesos que se dan al interior del establecimiento y proponer

soluciones.

10. Leer correspondencia y dar cuenta de informaciones generales. 11. Guardar discreción de los temas tratados.

El Consejo de Profesores podrá tener un carácter resolutivo en materias técnico, pedagógico y curricular, en conformidad a las disposiciones contenidas en el Estatuto Docente las que deben enmarcarse en lo señalado en este Reglamento Interno.

CONSEJO TÉCNICO DE PROFESORES.

Es el organismo encargado de tomar las resoluciones en el ámbito técnico- pedagógico. Estas decisiones serán resolutivas de acuerdo al Proyecto Educativo, el Reglamento Interno y de evaluación

vigente.

Funciones del Consejo Técnico de Profesores.

1. Conocer y aplicar los decretos de evaluación. 2. Organizar la aplicación de las evaluaciones diagnósticas. 3. Estudiar la aplicación de nuevos planes y programas de estudios o modificaciones. 4. Fijar los criterios de evaluación a aplicar. 5. Diseñar estrategias técnico-pedagógicas para lograr mejores rendimientos.

6. Intercambiar experiencias y materiales metodológicos. 7. Informar dificultades ocasionadas por situaciones especiales de problemas de aprendizaje y buscar

soluciones.

8. Conocer el rendimiento del estudiantado en forma semestral y anual. 9. Estudiar, desarrollar, introducir innovaciones metodológicas procurando que sean activas, participativas

y dinámicas. 10. Analizar las normas técnicas pedagógicas provenientes del Ministerio de Educación, Secretaria Ministerial

y Dirección Provincial de Educación.

DEL PERFECCIONAMIENTO DOCENTE:

Los docentes, en forma individual, realizan perfeccionamiento de acuerdo al curso que les toca atender, según sus expectativas y recursos económicos (en caso de que tengan un costo). Lo realizan a través de las distintas instituciones que dictan cursos perfeccionamiento. En el caso de los co-docentes, reciben capacitación por parte del empleador y sindicato. La persona encargada de la biblioteca, recibe además perfeccionamiento de una de nuestras redes de apoyo.

DE LA EVALUACIÓN INSTITUCIONAL:

La institución se autoevalúa, según los resultados obtenidos por los estudiantes, al término de cada semestre, en cada curso y por los resultados del SIMCE. También participamos del sistema de evaluación bianual SNED y monitoreo por la ley SEP.

Por otra parte, se desarrollará una instancia de evaluación anual (mes de mayo) sobre la gestión global, del año anterior, de la Escuela mediante una Cuenta Pública en cada uno de los siguientes niveles:

1. Dirección

2. Unidad Técnica - Pedagógica 3. Educación Básica, 2do Nivel de Transición., Diferencial e Integración 4. Funcionarios no Docentes 5. Plan Integral de Prevención de Riesgos, Accidentes, Higiene, Seguridad Escolar. 6. Planes y Programas de Articulación Escuela - Comunidad Entorno- Redes de Apoyo.

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DE LA EVALUACIÓN DE PROCESOS PEDAGÓGICOS: (Véase reglamento de Evaluación y Promoción Escolar adjunto)

El establecimiento tiene su reglamento de evaluación propio y está basado, en lo fundamental, en el reglamento de evaluación que emana del Ministerio de Educación; por lo tanto, en educación básica, nos regimos por el decreto 511/97 modificado por los decretos 158/99 y 107/03.

De Primero a Octavo año de E.G.B y Segundo Nivel de Transición, Los estudiantes serán evaluados en la modalidad de régimen semestral.

CAPITULO II

NORMAS TECNICO-ADMINISTRATIVAS SOBRE ESTRUCTURA FUNCIONAMIENTO GENERAL DEL ESTABLECIMIENTO.

DE LOS CARGOS, ROLES, FUNCIONES Y RESPONSABILIDADES DEL PERSONAL.

Para efectos del presente Reglamento Interno y de Convivencia, el personal del establecimiento se clasifica

de la siguiente manera:

1. Profesionales de la Educación: Director, Subdirector, jefa de U.T.P, profesores básicos, educadora de párvulos, profesoras integración.

Funcionarios Co-docentes: inspectora de patio, Técnico en educación parvularia, Técnico en educación básica, encargada de biblioteca, encargada sala de informática, auxiliares de aseo, nochero, Sicóloga y talleristas.

DE LOS PROFESIONALES DE LA EDUCACIÓN

PROFESIONAL DE LA EDUCACIÓN, es el profesor titulado o autorizado para desempeñar funciones de

docencia. En el establecimiento se distinguen las siguientes funciones o responsabilidades desempeñadas por los

Profesionales de la Educación: Director, Subdirector, Jefa de la Unidad Técnica Pedagógica, Profesor/a Jefe, Profesor de Aula y/o Taller de Aprendizaje, Educadora de Párvulos y Educadora Diferencial.

EL DIRECTOR y SUBDIRECTOR es el responsable de:

1. La dirección, gestión, organización, coordinación, evaluación y funcionamiento de la Escuela en sus distintos estamentos, en conformidad a las disposiciones legales, administrativas y pedagógicas vigentes, promoviendo un funcionamiento eficiente, buenas relaciones interpersonales y con visión de futuro, en concordancia con la Misión de la Escuela teniendo presente que la principal tarea es educar.

2. Diseñar y coordinar las acciones de gestión global que correspondan, para establecer una óptima organización, funcionamiento y evaluación del currículo escolar, procurando una eficiente distribución de

los recursos asignados.

3. Presidir los Consejos técnicos y administrativos, delegando funciones cuando corresponda. 4. Representar oficialmente a la Escuela ante las autoridades educacionales y a su vez cumplir y hacer

cumplir las normas e instrucciones que emanen de ellas. 5. Arbitrar los procedimientos técnicos y administrativos que correspondan para que se realice con la debida

normalidad la supervisión y la inspección del Ministerio de Educación.

6. Coordinar con las instancias jerárquicas superiores la acción de los distintos nivele internos de la Escuela. 7. Dirigir, gestionar y administrar el Plan Anual de Acción, el desarrollo del Proyecto Educativo Institucional

y el Consejo Escolar. 8. Difundir el manual de convivencia del establecimiento, entregando el documento impreso a cada

apoderado/a. 9. Autorizar o denegar el uso de las distintas dependencias y bienes del Establecimiento a instituciones u

organismos sociales y comunitarios, con consulta al Equipo de Gestión, cuando corresponda. 10. Promover el respeto y cumplimiento de las normas de prevención, higiene y seguridad escolar dentro

del establecimiento educacional.

11. Delegar en el Jefe de U.T.P. u otro Profesional de la Educación, cuando la situación lo amerite.

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12. Informar oportunamente a la autoridad municipal sostenedora del establecimiento educacional respecto de las necesidades emergentes de la Escuela.

13. Promover relaciones institucionales con las Redes de Apoyo y crear acciones de cooperación con el Centro General de Padres y Apoderados.

14. Autorizar o denegar la salida extraordinaria de alumnos y personal del establecimiento. 15. Su finalidad esencial es colaborar en el logro de la Misión de la Escuela.

EL JEFE DE LA UNIDAD TÉCNICO - PEDAGÓGICA es el responsable de:

1. Asesorar al Director y docentes de la Escuela en todo lo referente a los aspectos técnicos- pedagógicos y curriculares y de la programación, desarrollo y evaluación de estas actividades.

2. Asesorar el desarrollo de las funciones técnicas-pedagógicas y curriculares que realizan los Profesionales de la Educación que cumplen funciones en el establecimiento.

3. Programar, organizar, coordinar, asesorar y evaluar las acciones correspondientes al proceso de enseñanza y aprendizaje.

4. Promover el mejoramiento permanente en lo cualitativo y cuantitativo del desempeño y rendimiento

escolar de los alumnos. 5. Propiciar la integración de los distintos planes y programas de estudio, de las diferentes asignaturas,

subsectores y talleres de aprendizajes. 6. Asesorar a los Profesionales de la Educación en el diseño, organización, programación, desarrollo y

evaluación de los distintos planes y programas de estudio.

7. Fomentando el trabajo en equipo de todos los estamentos de la escuela. 8. Promover, estimular y facilitar el perfeccionamiento y actualización pedagógica-curricular, del personal

docente de la Escuela.

9. Dirigir los Consejos Técnicos que le competan y correspondan. 10. Acompañar y asesorar al Director de la Escuela en la planificación escolar integral, y en la distribución

del recurso humano profesional en los distintos cursos, asignaturas, subsectores, talleres de aprendizaje y

jefaturas de curso. 11. Confeccionar los horarios de clases de 1º a 8º año básico, considerando la especialización,

capacitación habilidades e intereses de los docentes y cautelar que los horarios del primer ciclo, Educación Parvularia, Educación Diferencial y Decreto de Integración estén diseñados de acuerdo a los Planes y Programas correspondientes.

12. Coordinar, promover y estimular la realización de reuniones, talleres de reflexión, consejos técnicos

u otras acciones para enfrentar los problemas pedagógicos, en función de una mayor calidad educativa. 13. Proporcionar las instancias y coordinar, cuando sea necesario, la realización de las actividades no

lectivas. 14. Su finalidad esencial es colaborar en el logro de la Misión de la Escuela.

DE LA SUPERVISION AL AULA

La supervisión al aula será entendida como el aporte de asesorías y sugerencias, de apoyo y acompañamiento técnico, de la Dirección, U.T.P. a los Profesionales de la Educación. El propósito esencial

de la supervisión es contribuir al mejoramiento de la calidad, equidad, pertinencia, relevancia y significación del proceso educativo; además de colaborar al fortalecimiento de la Misión institucional de la Escuela.

EL PROFESOR JEFE DE CURSO (NT2 Y 1º a 8º básico) es el responsable de:

1. La orientación educacional y vocacional de su respectivo curso. 2. Asesorar la organización del grupo curso, motivando la participación de cada uno de los alumnos,

promoviendo acciones formativas, socializadoras, afectivas, solidarias y emprendedoras, para lograr su integración al curso.

3. Entregar una consejería individual orientadora, preventiva, y oportuna, a los alumnos del grupo curso, en todos aquellos temas y situaciones que estime pertinentes.

4. Promover al interior de la sala de clases un clima social y un ambiente escolar grato y acogedor. 5. Mantener informados, a través de las reuniones de subcentro, a los Padres y Apoderados del curso,

respecto de los temas y/o materias atingentes al proceso de formación, educación y socialización de las alumnas y alumnos.

6. Mantener informados, a través de las entrevistas personales, a los padres y Apoderados, sobre la marcha de sus hijos, en todos los aspectos de la vida escolar.

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7. Propiciar una buena relación escuela-hogar; motivando la participación activa de los Padres y Apoderados en las reuniones de subcentro, asambleas generales u otra actividad que se realice, dejando de manifiesto que esto contribuye a mejorar los aprendizaje de sus hijos o pupilos.

8. Desarrollar un trabajo en equipo con los docentes, otros profesionales y codocentes que atienden su curso.

EL DOCENTE DE AULA Y/O TALLER (1º A 8º BASICO Y EDUC. DIFERENCIAL) es el responsable de:

1. Solicitar atrasos justificados por inspectoría, especialmente después de los recreos. 2. De ser necesario el retiro de la sala de clases de un alumno o alumna, por problemas de disciplina, esta

situación debe ser informada a subdirección en forma inmediata. El Subdirector se hará presente en el lugar y sacará al alumno de la sala. Las causas deberán ser de la suficiente gravedad, para que justifiquen la salida del alumno/alumna del aula. (Las faltas graves y muy graves están tipificadas en este reglamento). Los profesores deberán comunicar por escrito en la agenda del alumno o alumna, el motivo de la salida, dejando además constancia de la situación y de la medida tomada, en el libro de clases. El

Subdirector informará a la Dirección y Unidad Técnica Pedagógica del hecho, para su evaluación.

3. Cerrar la sala de clases al término de su hora y será el último en abandonar el aula. 4. Informar a Subdirección de cualquier deterioro que se produzca en la sala de clases o mobiliario que ésta

posea.

5. Educar, teniendo como objetivo central que todos los alumnos y alumnas aprendan. 6. Diseñar, planificar, desarrollar y evaluar el proceso de formación, educación y de socialización de los

alumnos en el aula o taller.

7. Desarrollar y evaluar sistemáticamente las acciones docentes, técnicas, pedagógicas y curriculares propias de su responsabilidad profesional.

8. Que los trabajos, disertaciones, pruebas orales o escritas, etc. dados, sean revisados o tomados en las fechas estipuladas y conocidas por los niños/as.

9. Dar a conocer, con antelación, a los alumnos/as los criterios- pautas de evaluación y escalas de notas, bajo los cuales serán evaluados

10. Promover, en los alumnos la internalización y el fortalecimiento de valores, actitudes y hábitos humanizadores y favorables a su proceso de crecimiento, progreso y desarrollo personal y social.

11. Articular, integrar y complementar los contenidos de las distintas asignaturas y disciplinas del plan y

programa de estudio. 12. Planificar, ejecutar y evaluar las acciones curriculares no lectivas que le corresponde desarrollar en

conformidad al cumplimiento de su disponibilidad horaria. 13. Cumplir la normativa y disposiciones legales, técnicas-pedagógicas, curriculares y administrativas

impartidas por el Ministerio de Educación, a través del Departamento Provincial de Educación, la Dirección de Educación Municipal y la Dirección de la Escuela.

14. Colaborar al fortalecimiento de la gestión global y al buen funcionamiento de la Escuela. 15. Colaborar en las acciones asociadas a la participación de la Escuela en los distintos actos cívicos,

educacionales, sociales y culturales que se programen en la comuna. 16. Colaborar al cuidado del patrimonio y el bien común de la Escuela, a la conservación del edificio y

responsabilizarse de aquellos bienes y recursos que se le confíen a su cargo por inventario. 17. Mantener en forma ordenada y actualizada toda la documentación técnica- pedagógica, curricular y

administrativa relacionada con su función y responsabilidad profesional, para entregar en forma oportuna y precisa la información que tanto la Dirección como la Unidad Técnico Pedagógica le solicite.

18. Resguardar el correcto desempeño profesional y docente, en lo que respecta al cumplimiento de los

planes y programas de estudio.

19. Asistir y participar en todos los Consejos Técnicos, Administrativos, de Reflexión Pedagógica y gremiales a los que sea citado.

20. Acudir, oportunamente, al inicio de la clase que corresponda. Al término de la jornada despachará a los

estudiantes en forma expedita y ordenada, cautelando que la disciplina se mantenga hasta la salida de la escuela.

21. Firmar su concurrencia a la Escuela en los libros de asistencia que corresponda, tanto al inicio de la jornada como al término de ella, consignando la hora de llegada y salida del establecimiento.

22. Informar anticipadamente a la Dirección o Unidad Técnico Pedagógica, según corresponda, de toda acción pedagógica extraordinaria que desee realizar con los alumnos.

23. Registrar asistencia, inasistencia y atrasos en la hoja de control de asistencia por asignatura y firmar las horas de clase realizadas. El profesor que realiza la segunda hora de la jornada, debe registrar además en la hoja de control de subvenciones la asistencia e inasistencia de los alumnos, completando los totales diarios.

24. Informar a los Padres y Apoderados del trabajo, rendimiento y desempeño educacional y escolar de los alumnos bajo su responsabilidad.

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25. Informar oportunamente a los profesores jefes de los cursos que atiende, de las situaciones relevantes que afecten al aprendizaje de los alumnos.

26. Preparar material para trabajo en aula.

27. Registrar notas y sacar promedios. 28. Utilizar estrategias de enseñanza para generar aprendizajes significativos. 29. Supervisar aseo de la sala. 30. Crear y manejar un clima apropiado en el desarrollo de la clase. 31. Registrar contenidos en libro de clases. 32. Analizar periódicamente las evaluaciones. 33. Realizar entrevistas con apoderados/as y alumnos/as.

EDUCADORA DE PÁRVULOS: es la docente responsable de:

1. Diseñar, planificar, desarrollar y evaluar el proceso de formación, educación y de socialización de los alumnos en el aula o taller.

2. Desarrollar y evaluar sistemáticamente las acciones docentes, técnicas, pedagógicas y curriculares propias de su responsabilidad profesional.

3. Que los trabajos, disertaciones, pruebas orales o escritas, etc. dadas, sean revisados o tomados en las fechas estipuladas y conocidas por los niños/as.

4. Dar a conocer, con antelación, a los alumnos/as los criterios- pautas de evaluación y escalas de notas, bajo los cuales serán evaluados.

5. Promover, en los alumnos la internalización y el fortalecimiento de valores, actitudes y hábitos humanizadores y favorables a su proceso de crecimiento, progreso y desarrollo personal y social.

6. Planificar, ejecutar y evaluar las acciones curriculares no lectivas que le corresponde desarrollar en conformidad al cumplimiento de su disponibilidad horaria.

7. Cumplir la normativa y disposiciones legales, técnicas-pedagógicas, curriculares y administrativas

impartidas por el Ministerio de Educación, a través del Departamento Provincial de Educación, la Dirección de Educación Municipal y la Dirección de la Escuela.

8. Colaborar al fortalecimiento de la gestión global y al buen funcionamiento de la Escuela. 9. Colaborar en las acciones asociadas a la participación de la Escuela en los distintos actos cívicos,

educacionales, sociales y culturales que se programen en la comuna. 10. Colaborar al cuidado del patrimonio y el bien común de la Escuela, a la conservación del edificio y

responsabilizarse de aquellos bienes y recursos que se le confíen a su cargo por inventario. 11. Mantener en forma ordenada y actualizada toda la documentación técnica- pedagógica, curricular y

administrativa relacionada con su función y responsabilidad profesional, para entregar en forma oportuna y precisa la información que tanto la Dirección como la Unidad Técnico Pedagógica le solicite.

12. Resguardar el correcto desempeño profesional y docente, en lo que respecta al cumplimiento de los planes y programas de estudio.

13. Asistir y participar en todos los Consejos Técnicos, Administrativos y de Reflexión Pedagógica a los cuales sea citado.

14. Acudir, oportunamente, al inicio de la clase que corresponda. Al término de la jornada despachará a los

alumnos en forma expedita y ordenada, cautelando que la disciplina se mantenga hasta la salida de la escuela.

15. Firmar su concurrencia a la Escuela en los libros de asistencia que corresponda, tanto al inicio de la

jornada como al término de ella, consignando la hora de llegada y salida del establecimiento.

16. Informar anticipadamente a la Dirección o Unidad Técnico Pedagógica, según corresponda, de toda acción pedagógica extraordinaria que desee realizar con los alumnos.

17. Registrar asistencia, inasistencia y atrasos en la hoja de control de asistencia debe registrar además en la hoja de control de subvenciones la asistencia e inasistencia de los alumnos, completando los totales diarios.

18. Informar a los Padres y Apoderados del trabajo, rendimiento y desempeño educacional y escolar de los alumnos bajo su responsabilidad.

19. Informar oportunamente a los profesores jefes de los cursos que atiende, de las situaciones relevantes que afecten al aprendizaje de los alumnos.

20. Preparar material para trabajo en aula. 21. Utilizar estrategias de enseñanza para generar aprendizajes significativos. 22. Supervisar aseo de la sala. 23. Crear y manejar un clima apropiado en el desarrollo de la clase. 24. Registrar contenidos en libro de clases. 25. Analizar periódicamente las evaluaciones. 26. Realizar entrevistas con apoderados/as y alumnos/as.

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27. Fomenta valores, hábitos y actitudes primarios para la inserción de los niños y niñas a su vida de Educación General Básica.

28. Educar, teniendo como objetivo central que todos los alumnos y alumnas aprendan.

DE LOS ASISTENTES DE LA EDUCACIÓN

EL ASISTENTE DE LA EDUCACIÓN, es el funcionario no docente que tiene por responsabilidad principal apoyar complementariamente el proceso de formación, educación y socialización de la población escolar; además de desarrollar acciones de apoyo a la gestión cotidiana de la Escuela, en los ámbitos de: Secretariado, Inspectoría, Encargada de Biblioteca, Encargada sala de Informática, Auxiliar de Aseo y Nochero.

EL INSPECTOR DE PATIO es la persona responsable de:

1. Resolver conflictos y la imposición de sanciones en materia de disciplina de los alumnos y las alumnas. 2. Las funciones principales serán las de resolver y mediar en los conflictos planteados y canalizar las

iniciativas de todos los sectores de la comunidad educativa para mejorar la convivencia, el respeto mutuo y la tolerancia en el centro educativo y ante los docentes.

3. Cautelar que al inicio de cada jornada los cursos alumnos/as ingresen al establecimiento en forma ordenada.

4. Controlar los atrasos de los alumnos/as. 5. Vigilar el comportamiento de los alumnos orientándolos en su conducta y actitudes, de acuerdo, a las

normas existentes en el establecimiento.

6. Vigilar la disciplina y la seguridad de los alumnos/as, durante los recreos, 7. Controlar el aseo y presentación personal de los alumnos/as.

8. Colaborar, cuando sea requerido, en las actividades extraescolares del establecimiento, como por ejemplo, trasladar alumnos accidentados al hospital.

9. Atender cordial y diligentemente a los padres, apoderados y toda persona que concurra al

establecimiento (pases, copias de certificados, certificado de alumno regular, etc). 10. Cautelar que durante la jornada de clases no haya desplazamiento de alumnos por los pasillos y que

los apoderados no interrumpan las clases.

11. Controlar la disciplina de los cursos que, eventualmente, se encuentren sin profesor. 12. Cautelar que al término de cada jornada los cursos despachados abandonen el establecimiento en forma

expedita y ordenada. 12. Colaborar con la mantención de la infraestructura y mobiliario del establecimiento y los materiales de uso diario (implementos deportivos, radios, computadores, entre otros).

ENCARGADA DE BIBLIOTECA es la persona responsable de:

1. La mantención y cuidado de la Biblioteca. 2. Mantener registro y archivo actualizado de todos los textos y material didáctico a su cargo. 3. Atender y orientar en el uso de textos a los alumnos, docentes y toda persona de la comunidad escolar

que lo requiera.

4. La conservación de los textos y material a su cargo además de mantener un ambiente acogedor para los usuarios.

5. Establecer nexos e intercambio de material con otras bibliotecas. 6. Hacer cumplir, por los usuarios, el reglamento de la biblioteca.

ENCARGADA DE SALA DE INFORMATICA es la persona responsable de:

1. La mantención y cuidado de la sala de informática. 2. Mantener registro y archivo actualizado de todo el material didáctico a su cargo. 3. Atender y orientar, en el uso del material didáctico a su cargo, a los usuarios que lo requieran. 4. La conservación de los computadores y material a su cargo además de mantener un ambiente acogedor

para los usuarios.

5. Hacer cumplir, por los usuarios, el reglamento de la sala. 6. TECNICO EN EDUCACION BASICA /PARVULARIA: Es la persona responsable de:

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1. Entregar atención oportuna a las niñas/os a su cargo, velando por la satisfacción de sus necesidades físicas y emocionales. 2. Preparar el material pedagógico de apoyo a la experiencia de aprendizaje planificado. 3. Participar con la Educadora en la organización, planificación y realización de las actividades pedagógicas y en la observación y registro de la conducta de las niñas/os. 4. Organizar y controlar el buen uso del material de trabajo y equipamiento en los espacios pedagógicos. 5. Realizar turnos de entrega y recepción de niñas/os y responder de manera adecuada y oportuna a los apoderados en estos turnos. 6. Velar por el ornato y decoración de los espacios pedagógicos.

AUXILIAR DE ASEO: Es la persona responsable de:

1. Mantener la limpieza y orden en todas las dependencias del establecimiento que le hayan sido asignadas. 2. Responsabilizarse del uso y conservación de herramientas, y otros elementos que le hayan sido asignados. 3. Responsable del cuidado de todas las llaves. 4. Tocar el timbre. 5. Cumplir las normas que conllevan a una buena convivencia escolar, no deberá entregar información que

no le competa. 6. Detectar, eliminar e informar a quien corresponda de los elementos que constituyan peligro para los

alumnos y personal del establecimiento como: vidrios, muebles, sanitarios, interruptores, enchufes o instalaciones eléctricas en mal estado.

7. Mantener accesos y pasillos despejados de elementos que obstruyan el libre tránsito. 8. Abrir las puertas del establecimiento y de las aulas a lo menos con media hora de anticipación al inicio de

la jornada y cerrar al término de la misma. 9. Disponer en forma oportuna de los elementos básicos (equipo de amplificación, bandera, etc.) para todos

los actos que se realicen dentro y fuera de la escuela y que estén autorizados por la Dirección.

NOCHERO: es la persona responsable de:

1. Vigilar y evitar que durante su jornada de trabajo se produzcan daños en el establecimiento ocasionados por terceros. Si así ocurriere, debe informar oportunamente a la dirección del establecimiento y/o carabineros según corresponda.

PSICÓLOGA: es la persona responsable de:

1) Realizar evaluaciones Psicodiagnósticas a los estudiantes que presenten dificultades emocionales, cognitivas, académicas y/o conductuales. 2) Implementar programas de intervención psicológica y psicoeducativa con fines preventivos, de desarrollo y terapéuticos (programas para estimular la inteligencia, la motivación, la creatividad, la convivencia, los valores prosociales, sexualidad, droga, en los estudiantes). 3) Realizar intervención familiar, con los padres y/o apoderados de los estudiantes, realizando en una primera instancia entrevista inicial y anamnesis, y posteriormente entregarles orientación y herramientas en la crianza de sus hijos.

4) Informar el diagnóstico a los profesores jefes para determinar, en conjunto, líneas de acción. 5) Asesorar a los profesores y colaborar con ellos en diversos temas como: análisis de situaciones escolares,

problemáticas y soluciones (desmotivación, problemáticas familiares, conductas disruptivas, acoso…).

6) Organizar charlas y/o talleres para los padres y/o apoderados sobre temas de interés (establecimientos de

normas- límites, estrategias de crianza, características evolutivas de cada ciclo vital, estrategias para fomentar el autoconcepto-autoestima, la inteligencia emocional, el apego seguro en los hijos, sexualidad en la infancia y la adolescencia, técnicas de comunicación con los hijos, consumo de drogas, utilización de Internet, problemas de aprendizaje, psicopatología infanto-juvenil, etc. Además, potencia las escuelas de padres que contextualicen estos procesos formativos. 7) Realización de talleres Psicoeducativos a los estudiantes, en temáticas de prevención y promoción (Alcohol y Drogas, VIF, Sexualidad, Autocuidado, etc.) 8) Trabajo con equipo multidiscilplinario y redes locales (PIE, Consultorio, HPV, OPD, SENAME), realizando actividades en conjunto, como también derivaciones a Instituciones correspondientes. 9) Encargada UPIJ, realizando derivaciones de aquellos estudiantes que se encuentren en situación vulneración de sus derechos. Se trabaja en Red con abogada de CORMUVAL.

10) Fomentar la inclusión y el desarrollo integral de todos los estudiantes. 11) Trabajo y apoyo activo en Manual de convivencia escolar, además de realización de protocolos de acción en Convivencia escolar, abuso sexual y Bulliyng.

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DERECHOS DE TODO EL PERSONAL DE LA ESCUELA

1. A ser tratado con deferencia y respeto por todos los integrantes de la comunidad escolar. 2. A disponer de un espacio privado donde pueda guardar elementos personales y otros propios de su

función. 3. A tener acceso y uso de las dependencias y elementos propios de su función existentes en el

establecimiento.

4. A dar su opinión y ser escuchado. 5. A disponer de un espacio y horario adecuado para su colación.

6. A participar de todas las actividades de convivencia interna organizadas a nivel general. 7. En el caso de los auxiliares de aseo, a solicitar que el empleador le provea los elementos de seguridad y

aseo necesarios para cumplir su función.

8. A participar en talleres de reflexión en temas pertinentes a su función. 9. A desarrollar la labor que le compete, de manera tranquila y sin interrupciones.

DISPOSICIONES GENERALES

Los Profesionales de la Educación y Codocentes que, por enfermedad u otro motivo, estuviesen

imposibilitados de concurrir a su trabajo deberán dar aviso a la brevedad, por sí mismos o un tercero al Director del Establecimiento o a quien lo subrogue.

Los funcionarios del establecimiento educacional que solicitan permiso administrativo, deben hacerlo con

anticipación.

DEL SOSTENEDOR

CAPITULO III

NORMAS DE PREVENCIÓN DE RIESGO, HIGIENE Y SEGURIDAD ESCOLAR.

1. Proporcionar, oportunamente, los recursos adecuados y necesarios en cantidad y calidad al establecimiento educacional, con el fin de evitar accidentes que puedan lesionar al personal y/o producir daños materiales.

DEL DIRECTOR

NOTA: Las siguientes disposiciones serán compartidas por todo el personal, especialmente por el profesor encargado de la Seguridad Escolar.

1. Orientar a la comunidad escolar sobre la correcta interpretación y aplicación de las normas que imparta el Ministerio de Educación sobre Prevención de Riesgos Escolares.

2. Planificar y organizar anualmente las acciones de Prevención de Riesgos Escolares en el establecimiento, de acuerdo a las instrucciones impartidas por el Ministerio de Educación.

3. Cautelar permanentemente el cumplimiento de las normas impartidas para evitar accidentes escolares. 4. Informar y hacer participar activamente a los Padres y Apoderados en el Plan de Prevención de Riesgos

adoptado por la comunidad escolar. 5. Programar acciones de capacitación y perfeccionamiento con y para el personal, en materias de

Prevención de Riesgos. 6. Evaluar el resultado de las acciones desarrolladas por el personal y alumnos en materias de Prevención de

Riesgos Escolares.

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7. Informar al Director del establecimiento educacional sobre los resultados de las acciones desarrolladas en Prevención de Riesgos Escolares; como asimismo el estado de funcionamiento de los recursos asignados para esta labor, a objeto de mantener su nivel operativo en forma eficiente.

8. Instruir al personal sobre el proceso de traslado de alumnos accidentados a los centros asistenciales que otorguen beneficios estipulados en el Decreto N° 313/72 sobre el Seguro Escolar de Accidentes.

9. Velar por el fiel cumplimiento de las instrucciones impartidas por el Ministerio de Educación. 10. Adoptar las medidas necesarias destinadas a mantener el lugar de trabajo con los alumnos en

condiciones de funcionamiento, eliminando toda condición insegura.

DE LOS PROFESIONALES DE LA EDUCACIÓN Y LA COLABORACIÓN DE LOS FUNCIONARIOS CO-DOCENTES

1. Velar por la salud e integridad física de los alumnos. 2. Durante los recreos, los alumnos serán acompañados y protegidos por personal Codocente. 3. Los Docentes y Codocentes no están autorizados a enviar alumnos fuera del Establecimiento Educacional

durante la jornada de trabajo.

4. Conocer los principios básicos de Prevención de Accidentes Escolares. 5. Hacer cumplir las normas básicas de Orden, Higiene y Seguridad del presente Reglamento. 6. Promover en forma permanente la participación de los alumnos en todas las actividades de prevención de

riesgos, estudiar sus sugerencias y ponerlas en práctica cuando proceda.

7. Investigar en forma minuciosa todo accidente, adoptando las medidas necesarias para evitar su repetición.

8. Evaluar las acciones desarrolladas en el Plan de Prevención de Riesgos aplicado, informando al Director y a los Apoderados de los resultados y logros obtenidos.

9. En caso de enfermedad o accidente de un alumno/alumna, dependiendo de la gravedad, se informará al Apoderado. . Si la situación lo amerita, se realizarán gestiones para el traslado a un Centro Asistencial. En caso de síntomas leves corresponderá que el alumno/alumna permanezca en el establecimiento.

DE LOS ESTUDIANTES

Se les educará, en los siguientes aspectos:

1. No utilizar anillos, argollas, collares y cadenas, los cuales en cualquier momento pueden ser motivo de un accidente escolar.

2. Evitar los juegos bruscos, bromas y cualquier otra acción potencial generadora de un accidente escolar. 3. No encender o apagar elementos calefactores (estufas, cocinas, etc.).

4. No accionar o reparar equipos eléctricos o mecánicos, ni usar los dientes como herramientas. 5. No botar restos de comida, trapos, etc., a desagües, servicios higiénicos o en cualquier otro lugar no

destinado específicamente para ello.

6. Evitar subirse a techos, panderetas, muros, árboles, etc.

7. Evitar caminar o correr con objetos corto punzantes en la boca. 8. No jugar sobre las mesas o sillas. 9. Escuchar y acatar órdenes y recomendaciones impartidas por los profesores y personal no docente de la

Escuela.

10. Informar a los profesores y personal no docente de la Escuela de todas aquellas anomalías y condiciones que impliquen riesgos a la seguridad escolar.

11. Colaborar a la mantención del orden y limpieza de todos los espacios educativos, de circulación y de recreación de la Escuela.

12. En horas de colación, mantener actitudes de orden y respeto mientras esperan y/o sirven alimentos. 13. Mantener preferentemente el mismo trayecto de ida y regreso de su casa a la escuela. 14. Durante el trayecto evitar el contacto con extraños y no recibir golosinas u otros. 15. No traer objetos corto punzantes, salvo petición expresa del profesor.

NORMAS MÍNIMAS DE SEGURIDAD QUE DEBEN IMPERAR AL INTERIOR DEL ESTABLECIMIENTO EDUCACIONAL.

1. La planificación y distribución del mobiliario escolar, máquinas, equipos y otros recursos en los diferentes recintos del establecimiento educacional, deberán tener presente el libre desplazamiento de los alumnos y el camino expedito hacia el exterior, como una medida de prevención y seguridad, en caso de una emergencia o accidente.

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2. Los espacios de trabajo y recreación de los alumnos deberán estar libres de elementos que alteren el normal desarrollo de sus actividades y juegos (cáscaras, piedras, tablas, escombros, etc.)

3. Las situaciones de riesgo asociadas a vidrios quebrados, muebles deteriorados, tazas de baño y lavamanos trizados, puertas y ventanas en mal estado, interruptores y enchufes eléctricos quebrados; alambres y cables eléctricos con aislación deficiente o sin ella, constituyen situaciones de peligro de accidente para el alumnado y personal en general, que deberán ser oportunamente subsanadas.

4. Los servicios higiénicos y duchas deberán ser revisados y desinfectados periódicamente, para su óptimo funcionamiento.

5. Los lugares donde se manipulen alimentos, como asimismo las bodegas, deberán reunir las condiciones

sanitarias correspondientes.

6. El personal encargado de la cocina no podrá vaciar detergentes ni otros elementos de aseo en envases de alimentos o bebidas, con el fin de evitar riesgos y accidentes escolares.

7. Las manipuladoras de alimentos deberán cumplir con los requisitos estipulados por el Ministerio de Salud, y deberán ser capacitadas en el desempeño de sus funciones, obligaciones y responsabilidades por los organismos pertinentes.

8. Los profesores solicitarán a los alumnos que no porten elementos cortantes o punzantes. De ser necesario, deberán indicar el uso correcto de dichos elementos.

9. Al producirse un accidente en el cual una alumna o un alumno resulte con una herida que sangre, es necesario adoptar todo tipo de precauciones con la finalidad de evitar cualquier contacto directo con la sangre del accidentado, mediante la utilización de guantes de goma o látex. Deberá existir especial cuidado en la eliminación posterior de los elementos utilizados en estos casos.

10. No deberá utilizarse en los patios o cercos de la Escuela, alambres de púa . 11. Los profesores deberán informar a los padres y apoderados sobre las normas de higiene y seguridad que

aplicará el establecimiento, con el objeto de prevenir y evitar los accidentes escolares. 12. Los profesores instruirán a los alumnos sobre el cuidado y la mantención del establecimiento y del

mobiliario escolar, formando conciencia que la Escuela es una institución al servicio de la propia comunidad educativa y de la comunidad social del entorno.

13. La Escuela deberá contar con un botiquín de primeros auxilios en un lugar accesible. 14. En la ficha de matrícula y en el libro de cada curso se mantendrá la información y la documentación

actualizada, de los casos certificados de enfermedades o discapacidades que requieran de tratamientos médicos prolongados. En caso de ser necesario, el personal del establecimiento educacional, de acuerdo a los procedimientos indicados por la autoridad médica y del servicio de salud, tomará las medidas de atención inmediata que correspondan, para prevenir los riesgos de infección y de posible contagio.

NORMAS MÍNIMAS DE SEGURIDAD QUE DEBERÁN ADOPTARSE EN LA ASIGNATURA DE EDUCACIÓN FÍSICA.

1. Revisión general de camarines y duchas. 2. Retirar elementos corto punzantes de los baños y duchas. 3. Reparar las instalaciones eléctricas defectuosas. 4. Reparar banquetas y tarimas de madera en mal estado (astilladas) 5. Pisos de duchas resbalosas. Se recomienda poner en ellas material antideslizante.

RESPECTO DE LA IMPLEMENTACIÓN DEPORTIVA.

1. Se prohibirá el uso de cualquier elemento gimnástico o deportivo sin la debida autorización y vigilancia de

la profesora o profesor respectivo.

2. Se revisarán los recursos materiales y se procederá a dar de baja los elementos que se encuentren en mal estado de conservación.

3. RESPECTO DE LAS CLASES DE EDUCACIÓN FISICA.

1. Los ejercicios gimnásticos y/o deportivos deberán realizarse con la debida progresión, graduándolos a las

diferencias individuales y a las condiciones de salud de cada alumno. Además, se deberán aplicar y respetar las normas de distancias, tiempos, alturas y pisos, de acuerdo a las edades y contextura física de cada alumno.

NORMAS DE SEGURIDAD QUE DEBERÁN ADOPTARSE EN LAS CLASES DE EDUCACION TECNOLOGICA.

1. Botar los desechos en los basureros.

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2. Mantener los lugares de trabajo limpio y ordenado, mientras se trabaja, utilizar el material estrictamente necesario.

3. Es responsabilidad de los alumnos acatar las recomendaciones y órdenes impartidas por las profesoras y profesores.

4. Los alumnos deberán informar inmediatamente a los profesores de las condiciones y acciones que signifiquen riesgos a la seguridad escolar.

5. Es obligación de los alumnos informar a los profesores de cualquier accidente que ocurra en el trabajo escolar.

DE LAS SALIDAS A TERRENO Y VIAJES DE ESTUDIO.

1. Cuando los alumnos/as realicen alguna actividad pedagógica, en los alrededores de la escuela, el profesor/a a cargo del curso o grupo, deberá registrar en el libro de salidas a terreno, que se encuentra disponible en inspectora, fecha- curso- cantidad de alumnos/as- lugar- subsector/actividad- hora de salida y regreso – firma del docente.

2. Cuando los alumnos/as realicen alguna actividad pedagógica, lejos de la escuela, pero en la misma localidad o en Valparaíso, el profesor/a a cargo del curso o grupo, deberá solicitar la autorización por escrito a los apoderados y registrar en el libro de salidas a terreno, que se encuentra disponible en inspectora, fecha-curso- cantidad de alumnos/as- lugar- subsector/actividad- hora de salida y regreso – firma del docente.

3. Cuando los alumnos/as realicen alguna actividad pedagógica, fuera de la Comuna de Valparaíso, el establecimiento solicitará la autorización correspondiente, al Departamento Provincial de Educación.

DE LOS PADRES Y APODERADOS

1. Los Apoderados serán las personas responsables de proporcionar a sus pupilos la indumentaria adecuada para realizar en buena forma las clases de Educación Física.

2. Deberán conocer las normas de prevención de riesgos que aplica el establecimiento educacional, recomendando a sus pupilos el fiel cumplimiento de ellas.

3. Será responsabilidad de los padres o apoderados asumir la restitución o pago de los perjuicios ocasionados por su hijo o pupilo, el deterioro de objetos, y de todo daño causado intencionalmente o producto de juegos, acciones o actividades no autorizadas.

4. En caso de un accidente escolar, será responsabilidad de la Escuela derivar al alumno al centro asistencial para que reciba la primera atención médica. Las acciones y responsabilidades posteriores al accidente escolar serán asumidas por los padres o apoderado.

5. Los padres o apoderados deberán tomar las medidas necesarias en caso de infecciones y contagios tales como: sarna, pediculosis y otros, para el correspondiente tratamiento médico y de salud.

6. Al ser derivado a un Centro Asistencial, el alumno o la alumna será acompañado por un funcionario de la

institución, hasta que llegue su Apoderado. El apoderado deberá informar a la escuela sobre el estado de salud del alumno.

7. En caso que un alumno/alumna presente alguna enfermedad crónica (Diabetes, asma, cardiopatías, etc.), éstas deberán ser informadas al comienzo del año escolar a través de un certificado médico; de lo contrario, el Apoderado será responsable de tomar las medidas necesarias en caso de accidente relacionado con su enfermedad. La no información de estas u otras situaciones relativas al estado de salud del alumno/alumna, son de responsabilidad exclusiva del Apoderado o Tutor.

8. En caso que el alumno/alumna se encuentre siguiendo un tratamiento médico, el Apoderado, deberá informar a Inspectoría personalmente, de las indicaciones médicas que supongan retiros de la escuela, salidas de clase, toma de medicamentos, etc. Asimismo es deber del apoderado informar del uso de medicamentos de sus hijos.

CAPITULO IV

DE LAS RELACIONES DEL ESTABLECIMIENTO CON LA COMUNIDAD

En este contexto, la vinculación de la Escuela con la comunidad se producirá a través de la Dirección

del Establecimiento.

Se propone en el tiempo desarrollar acciones con la comunidad referida a:

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ORGANIZACIÓN DE TALLERES:

1. Prevención del consumo de alcohol y drogas 2. Educación en sexualidad 3. Educación ambiental 4. Derechos Humanos 5. Otros

RELACIONES CON ORGANIZACIONES:

1. Municipalidad 2. Juntas de vecinos 3. Clubes deportivos 4. Iglesias diferentes credos 5. Establecimientos Educacionales 6. Consultorio de salud 7. Carabineros 8. Cuerpo de Bomberos 9. Posta Laguna Verde

10. Empresas 11. Otros.

CAPITULO V

MANUAL DE CONVIVENCIA ESCOLAR

PRELIMINARES

OBJETIVOS DEL MANUAL DE CONVIVENCIA

Objetivo General.

Que la educación transmita, enseñe y ejercite los valores que hacen posible la vida en sociedad y que se adquieran los hábitos de convivencia y de respeto mutuo. Por ello, la formación en el respeto de los derechos y libertades fundamentales, en el ejercicio de la tolerancia y de la libertad dentro de los principios democráticos de convivencia.

Objetivos Específicos.

2. Propiciar una actitud de respeto y tolerancia entre todos los integrantes de la comunidad educativa (docentes, estudiantes, padres y/o apoderados, personal no docente), para lograr así que las actividades escolares sean desarrolladas en un ambiente oportuno para el aprendizaje.

3. Favorecer un clima de responsabilidad, de trabajo y de esfuerzo, que permitan que todos los alumnos y las alumnas obtengan los mejores resultados en el proceso educativo y adquieran los hábitos y actitudes requeridos en la educación.

3. Dar a conocer y hacer partícipe a toda la comunidad educativa del presente Manual de Convivencia,

informando sobre los derechos y obligaciones y de esta manera lograr unificar los criterios de cada objetivo.

NORMAS DE FUNCIONAMIENTO DE LAS ENTRADAS Y SALIDAS

1. El horario de ingreso a clases de 1° a 8° básico será de 8.10 a 13.15 y de 14.00 a 15.30 horas. 2. El horario de ingreso de pre-básica será de 08.10 a 15.30 hrs. 3. El horario de atención a los apoderados será según disposición horaria de cada docente, el cual será

informada en reunión de apoderados. 4. El ingreso de los alumnos y alumnas, que lleguen atrasados o en cualquier momento de la jornada

deberán presentar su agenda al profesor para que sea registrada la anotación. 5. Al cumplir los 3 atrasos, el apoderado titular o suplente deberá justificar al profesor jefe.

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6. Al completar 9 atrasos, el alumnno/a junto a su apoderado deberán firmar carta de compromiso. 7. De persistir los atrasos injustificados, se considerará dicha falta como grave.

Recreos

Primer recreo: De 09:40 hrs. a 10.00 hrs. Segundo recreo: De 11:30 hrs. a 11:45 hrs. Horario de Almuerzo: de 13:15 hrs.a 14.00 hrs.

INASISTENCIAS

1. Inasistencia por un día: El apoderado titular o suplente deberán justificar por escrito o vía telefónica al

docente a más tardar al día siguiente de la ausencia. 2. Inasistencia por dos días o más días: el apoderado justifica por escrito o vía telefónica e indica el día que

se presentará personalmente. 3. Inasistencia por enfermedad: el apoderado justifica personalmente y presentará certificado médico.

Inasistencia reiteradas:

- En caso de que un alumno, presente inasistencia por un periodo superior a tres días sin aviso del

apoderado, certificado médico y/o causa justificada, el profesor informará de esta situación a Dirección , con el fin de citar al apoderado para solicitar debida justificación de las inasistencias, y se le hará firmar una carta de compromiso en la que asegure que su pupilo asistirá de manera regular al establecimiento.

- Si posterior a esta medida, las inasistencias persisten, se deberá evaluar la situación, y en caso de

evidenciarse vulneración de derechos, se informará a Institución que corresponda (UPIJ, Tribunal de Familia, etc).

RETIROS

1. El apoderado podrá retirar al alumno ó alumna de la Escuela quedando registrado en el libro de clases por

el profesor a cargo. 2. El retiro del alumno deberá quedar anotad en el libro de retiro, con la firma del apoderado. 3. Los llamados telefónicos y/o comunicación escrita, NO serán considerados válidos para el retiro del

alumno/alumna.

DE LA RELACION ENTRE EL ESTABLECIMIENTO Y LOS APODERADOS/AS

1. Al inicio del año escolar, cada apoderado recibe el calendario anual de reuniones del subcentro al que pertenece. Por otra parte, también reciben un calendario de entrevistas anual, que cada profesor jefe realiza con cada alumno/a y su apoderado/a. 2. Cada profesor dispone de un horario, para atención de apoderados, después de la jornada de trabajo, de lunes a jueves. 3. Las asambleas generales son programadas, según necesidad, y se cita a los apoderados/as con la debida antelación. 4. Toda información que los apoderados deben conocer, es enviada al hogar, vía comunicación escrita. 5. Existe a la entrada de la escuela un mural, donde se publica información, para los apoderados/as.

DE LOS DOCUMENTOS OFICIALES

La Agenda de Comunicaciones.

Se considera como oficial sólo la agenda que la Escuela.

1. La Agenda Escolar es el nexo entre la Escuela y el Hogar. A través de ésta se canalizará toda aquella

información, situación o disposición que el Colegio estime conveniente, deba ser conocida en el Hogar.

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El Informe de Notas

El Informe de Notas es el documento que pone en conocimiento a los Apoderados el rendimiento

escolar (Calificaciones parciales, semestrales y anuales, informe de personalidad, número de ausencias y atrasos que el alumno(a) presente durante el desarrollo del año académico).

1. Se considera como informe oficial de notas, el que la ESCUELA emite. 2. La entrega se hará, solamente, a los apoderados, en las reuniones programadas.

DEL UNIFORME

Según lo dispuesto, esta comunidad escolar ha determinado el uso del buzo como uniforme oficial. Buzo Institucional: pantalón verde oscuro, chaqueta con la insignia de la Escuela, polera gris de piqué.

Los estudiantes deberán usar capa y delantal.

EL UNIFORME DE EDUCACION FISICA

Consta de buzo institucional, polera blanca y zapatillas a elección. De igual forma se autoriza el uso

de pantalón corto,(short) o calza en verano, pudiendo ser este de color gris o verde botella. El uso de (buzo) es obligatorio en clases de Educación Física y en las actividades de la escuela que así se soliciten.

UNIFORME EN SALIDAS A TERRENO

Para las salidas a terreno tanto formales e informales, se utilizara el buzo institucional.

Todas las prendas de los alumnos deben estar debidamente marcadas.

DURANTE LAS CLASES

1. Material:

a. Es obligación del profesor, recepcionar y entregar la sala en perfecto orden y limpieza. b. Es deber del profesor, avisar ante cualquier destrozo de mobiliario o infraestructura de la sala que

ocupa. c. Se debe mantener el orden del material en estanterías, mesas, etc. d. Los materiales para el desarrollo de las actividades deben estar dispuestos al comenzar el periodo

de clases.

2. Mobiliario:

a. Limpieza y orden de mesas, sillas, armarios, sala de clases en general. b. Cada clase deberá tener:

i. Nivel del curso (en la puerta). ii. Plano de evacuación.

iii. Horario del curso. iv. Reglamento de convivencia del curso v. Diario mural

vi. Biblioteca de aula vii. Todo el mobiliario y material necesario para el normal desarrollo de las clases.

3. Normativas de funcionamiento:

a. Las clases no deben ser interrumpidas, excepto por labores propias de Inspectoría u otras autorizadas por Dirección.

b. Los alumnos no deben salir de la sala de clases sin autorización del profesor. c. Los estudiantes no deben permanecer solos durante el horario de clases.

EN LOS RECREOS

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1. Las salas permanecerán cerradas en los recreos y a la salida de clases. El profesor que sale en último lugar, será el responsable de que se cumpla esta norma.

2. Se hará buen uso de los servicios higiénicos y del patio. 3. Se procurará la máxima puntualidad y orden en la entrada y salida de clases. 4. Durante los recreos los estudiantes supervisados por personal de la escuela.

REGLAMENTO DE LA SALA DE INFORMATICA

DE LOS USUARIOS

1. Los usuarios serán: a. Alumnos regulares b. Docentes c. Administrativos d. Asistentes de la educación

2. Todos los usuarios del Laboratorio tienen los mismos derechos y obligaciones para utilizar las instalaciones. 3. Existirá un horario establecido, acordado al inicio del año escolar según necesidad de la asignatura y

coordinado por UTP. 4. Los docentes que requieran del uso del Laboratorio parcial o totalmente, deberán inscribirse,

personalmente, con el encargado del Laboratorio con, al menos, 1 día hábil de anticipación, informando la fecha, hora y material o equipos que necesitará para el desarrollo de su clase. El laboratorio será reservado a nombre del docente, en caso de que éste se encuentre disponible.

DE LA ESTRUCTURA

1. El Horario de Atención será el siguiente: 08:10 a 13:15 hrs. / 14:00 a 16:30 hrs. 2. En el horario en que permanezca abierto el laboratorio, deberá existir una persona responsable (asistente

de la educación) que vigile la correcta operación y funcionamiento del laboratorio. 3. Dicha persona reportará, al profesor que corresponda, las posibles observaciones de mal comportamiento o

faltas al presente reglamento, por parte de los alumnos o de los deterioros ocurridos, cuando hagan uso del laboratorio, no estando el profesor presente.

DE LOS DERECHOS

1. Los usuarios tienen derecho a recibir asesoría por parte del encargado del Laboratorio. 2. Los alumnos que necesiten preparar algún trabajo en computador, después de la jornada de trabajo,

pueden hacer uso del laboratorio, ajustándose al horario en que este se mantiene abierto.

COMPORTAMIENTO Y OBLIGACIONES

1. El alumno podrá concurrir, con su profesor/a, a la sala de enlace, según horario estipulado para el curso. 2. Deberá cuidar el material que ocupe y devolverlo oportunamente a la encargada. 3. Debe reponer el material en el caso de pérdida o deterioro. 4. Para hacer uso del laboratorio de Computación el usuario deberá apegarse estrictamente a los

lineamientos establecidos en el presente reglamento. 5. El usuario conservará y mantendrá el orden y limpieza de las instalaciones y equipos del Laboratorio. 6. El usuario deberá reportar cualquier falla del equipo asignado ante el encargado del laboratorio, ya sea al

inicio del uso de éste, o durante el transcurso del mismo, ésto con el objeto de identificar plenamente al responsable.

7. Si el equipo asignado para la sesión, presenta algún problema y el usuario no lo reporta inmediatamente al encargado, el usuario quedará como responsable de las fallas. En el caso de que el equipo falle durante el transcurso de la sesión del usuario y el usuario no reporte la anomalía, será objeto de una sanción mucho más severa y que pudiera ser, según la gravedad, la expulsión definitiva del Laboratorio de Computación.

8. El usuario se compromete a respetar la estructura de los directorios, fondos de pantalla, paquetes, lenguajes y programas que se tienen en cada equipo para funcionamiento del Laboratorio.

9. El usuario deberá responsabilizarse de tener el correspondiente respaldo de sus trabajos. No debe dejar información en el disco duro.

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10. El usuario deberá trabajar con el equipo asignado. En caso de necesitar cambiar de equipo, deberá primero solicitarlo al encargado para que se le asigne otro.

11. En caso de que el usuario no esté trabajando con el equipo asignado, deberá abandonar el Laboratorio con la correspondiente sanción.

12. El usuario deberá proveerse del material necesario para la realización de sus trabajos, específicamente CD’S, pendrives, libros, apuntes etc.

13. El usuario deberá trabajar en silencio y no interrumpir a los demás ocupantes del laboratorio. 14. El usuario puede dar por concluida su sesión de trabajo en cualquier momento durante el horario que se le

haya asignado, previo aviso al encargado del Laboratorio. 15. El usuario no se encuentra autorizado para:

a. Introducir alimentos o bebidas. b. Introducir maletas, bolsas o mochilas o aparatos de sonido. c. Ingresar a sitios web con contenido violento, material adulto u otro que no tenga directa relación

con tareas asignadas como trabajo escolar. d. Cambiar de ubicación: cables, mouse, teclado, monitor o gabinete. e. Practicar cualquier tipo de juegos.

DE LAS SANCIONES

1. El alumno que esté sancionado, no podrá ingresar a la sala de computación, debiendo permanecer en

inspectoría o sala de clases. 2. Las sanciones serán en días y reposición de equipos o materiales si corresponde. 3. Los días de sanción se aplicarán en días hábiles. 4. El alumno será sancionado en caso de indisciplina, irresponsabilidad, negligencia u otro aspecto similar

que viole el presente Reglamento. 5. El encargado del Laboratorio aplicará la sanción correspondiente de acuerdo a lo siguiente:

a. Descomposición del equipo o las instalaciones por negligencia: 100% del costo y 10 días. b. Modificación de estructura o contenido del software: 5 días. c. Cambiarse de equipo sin informar al encargado del Laboratorio: 1 día. d. Contaminación con virus el equipo: 10 días. e. Indisciplina con sus compañeros, docentes o personal del laboratorio: 10 días. f. No respetar el orden de las instalaciones, limpieza del laboratorio: 5 días. g. Las sanciones que no se encuentren indicadas en el mismo, quedarán sujetas a criterio de la

Dirección.

REGLAMENTO DE LA BIBLIOTECA

DE LOS USUARIOS

1. Los usuarios serán: a. Los alumnos regulares de la Escuela. b. Los Docentes. c. Administrativos d. Asistentes de la educación. e. Padres y apoderados del Establecimiento f. Comunidad de Laguna Verde.

DE LA ESTRUCTURA

1. Horario de Atención será el siguiente: de Lunes a Jueves de 08:10 a 13:10 hrs. / 14:00 a 16:20 hrs y Viernes de 08.10 a 12.50 hrs.

2. A principio del año escolar, se establecerá un horario del uso de la biblioteca, que contempla la atención de todos los niveles.

3. En el horario en que permanezca abierta la biblioteca, deberá existir una persona responsable (asistente de la educación) que asesore a los usuarios y vigile el funcionamiento de esta dependencia.

4. Dicha persona reportará, al profesor jefe que corresponda, las posibles observaciones de mal comportamiento o faltas al presente reglamento, por parte de los alumnos o de los deterioros ocurridos, cuando hagan uso de la biblioteca, no estando el profesor presente.

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5. La biblioteca deberá tener un reglamento visible a los usuarios.

SERVICIOS

1. Asesoría al lector a. Todos los usuarios tienen derecho a recibir asesoría respecto del uso de los recursos de información

con que cuenta el servicio y asistir a las actividades que se organicen en tal sentido. 2. Préstamos a domicilio

a. Solo se prestan libros de literatura y novelas. 3. Préstamos de obras de referencia

a. Los diccionarios, enciclopedias, libros de especialidad, revistas, etc. serán usadas solo dentro del recinto.

4. Hora de lectura personal a. Los alumnos cuentan, dentro de la asignatura de Lenguaje, con una hora semanal de Lectura

Personal, enmarcado en el plan de proyecto lector en la cual leen, arriendan o renuevan su libro de lectura personal. En esta hora solo se atiende a ese curso.

5. Préstamo de material didáctico a. Los profesores, asistentes de la educación y estudiantes del colegio tienen acceso al préstamo del

material didáctico existente en biblioteca. b. Para los casos de préstamos a domicilio, se solicitará cédula de identidad, domicilio, teléfono y e-

mail. 6. Trabajos de investigación u otros

a. Los niños pueden acudir por curso o en grupos a la biblioteca con el profesor de asignatura correspondiente. El profesor deberá consultar con anterioridad, en biblioteca, sobre disponibilidad de horario, para realizar la actividad y se hará responsable del buen uso y cuidado de los libros por parte de los niños. También los alumnos pueden acudir después del horario de clases, respetando el tiempo de atención de esta dependencia.

7. Exposición de videos

a. Los niños pueden acudir a biblioteca con su profesor de asignatura con el objeto de ver un video. El profesor deberá inscribirse con anterioridad para el uso del equipo y disponibilidad del horario de biblioteca.

8. Recreación

a. Para los recreos u horas libres, los niños disponen en biblioteca de diversos juegos de salón como: ajedrez, puzzles, dominó y otros. En el caso de horas libres, debe consultarse previamente por la disponibilidad de horario de la biblioteca. Además podrán uso de los libros.

9. Uso de la fotocopiadora: a. Podrán hacer uso de este servicio, todos los integrantes de la comunidad comunicativa. b. No podrá ser utilizada en horario de clases.

c. Todos los usuarios que necesiten fotocopias, excepto los docentes deberán cancelar un precio estipulado.

d. Sólo el encargado de la biblioteca podrá manipular la fotocopiadora. COMPORTAMIENTO EN BIBLIOTECA:

1. El alumno podrá concurrir a la biblioteca en el horario establecido para Lectura personal, en los recreos o cuando lo requiera, manifestando siempre una actitud de respeto y orden.

2. Deberá cuidar el material que ocupe y devolverlo oportunamente a la biblioteca. 3. Debe reponerse el material en el caso de pérdida o deterioro. 4. Cancelar las multas preestablecidas en el caso de atraso en la devolución de libros.

PRESTAMO DE LIBROS:

1. Registro de lectores:

a. Para el control de préstamo, en el caso de los alumnos/alumnas se otorgará un carné de lector, que se deberá presentar, cada vez que haga uso de un servicio de la Biblioteca. En caso de no portar dicho carné, se solicitara la agenda o carné de identidad o pase escolar.

b. En el caso de los demás usuarios: Docentes, Administrativos, Padres y apoderados del Establecimiento y la Comunidad de Laguna Verde, es requisito indispensable para poder retirar material de biblioteca presentar el carné de socio de la biblioteca. Para ser socio debe estar inscrito, registrando la siguiente información:

i. Nombres y apellidos completos ii. Cédula de identidad

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iii. Domicilio, teléfono, e-mail iv. Curso (en el caso de ser apoderado del establecimiento).

Además habrá documentos que respalden los datos registrados.

2. Todos los libros de la biblioteca, a excepción de los llamados libros de referencia, que son de uso exclusivo

del recinto de la biblioteca o del colegio, están a disposición de los alumnos, padres, profesores y comunidad, para su préstamo.

3. Préstamo de libros a alumnos: a. Tienen derecho a arrendar libros en biblioteca todos los alumnos a partir de 1º básico (estos

ingresan a biblioteca cuando aprenden a leer, generalmente en el 2º semestre)

b. El niño elige libremente qué libro llevar (de acuerdo a su edad), pudiendo hacerlo en las horas de Lectura Personal, recreos o en la hora de salida de clases.

c. Los padres y apoderados de la escuela cuentan en biblioteca con diversos libros para su arriendo personal. Para ver los libros y/o arrendar pueden acudir a biblioteca dentro del horario establecido para su atención.

4. Para todos los usuarios: a. El usuario, cuyo nombre queda en la tarjeta, se hace responsable de la devolución del libro en la

fecha indicada y en buen estado. b. El usuario que no alcance a leer el libro en el plazo estipulado, deberá acercarse a la bibliotecaria

para renovar dicho plazo. c. En caso de pérdida del libro o de deterioro irreparable, se deberá cancelar la totalidad del valor de

este. d. El libro prestado se debe devolver siempre a la bibliotecaria y nunca directamente al estante. e. Al elegir un libro conviene que el usuario lo revise y si descubre que el libro está en mal estado, lo

debe entregar a la bibliotecaria para su reparación y llevar otro. f. Los usuarios no deben cambiarse los libros entre si. g. Los usuarios podrán arrendar un libro por vez.

MATERIAL AUDIOVISUAL

1. Los materiales audiovisuales serán prestados solamente a los profesores. 2. Los materiales didácticos y medios audiovisuales que se presten deben ser devueltos el mismo día. 3. Ningún material didáctico audiovisual puede salir del recinto escolar. 4. El profesor, a cuyo nombre este anotado el préstamo de un material o medio audiovisual, se hará

responsable de su devolución en perfecto estado.

OBLIGACIONES DE LOS USUARIOS

1. Cumplir con las disposiciones contenidas en el Reglamento de la Biblioteca del Establecimiento. 2. Responsabilizarse del material que les sea proporcionado para consulta o en forma de préstamo

domiciliario y respetar las fechas que se establezcan para su devolución. 3. Los docentes responsables de cursos deberán enviar con la suficiente antelación, la bibliografía básica

complementaria que usará en cada semestre para que la Biblioteca tome los recaudos correspondientes. 4. El profesor que desea utilizar la biblioteca en el tiempo disponible por horario, deberá solicitar con

anticipación el uso de esta dependencia. 5. Los usuarios en general deberán contribuir a preservar los inmuebles, mobiliario, equipos y acervos del

sistema y ajustarse a los mecanismos de control, seguridad y vigilancia que se establezcan. 6. Deberán guardar respeto y consideración a los demás usuarios y personal de Biblioteca. 7. Utilizar solamente en la sala hasta tres volúmenes a la vez y al desocuparlos depositarlos en los sitios

establecidos para su recolocación.

PROHIBICIONES

1. Utilizar las instalaciones con propósitos diferentes a los académicos. 2. Comportarse indebidamente en las instalaciones de la Biblioteca. 3. Consumir bebidas y alimentos dentro de la Biblioteca. 4. Comentar en voz alta.

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5. Sustraer de la Biblioteca material documental sin haber cubierto los requisitos del préstamo. 6. Faltar el respeto a usuarios y personal de la Biblioteca.

SANCIONES

1. Los atrasos en la devolución de los libros darán lugar a una amonestación la que quedará consignada en su

hoja de vida del libro de clases y además cancelará la multa establecida de $ 50 por día. 2. En caso de pérdida o deterioro grave del material entregado en calidad de préstamo, el lector deberá

reponerlo en las condiciones y plazo que se le indiquen. Las publicaciones agotadas podrán ser sustituidas por otra de similar valor.

ORGANIZACIÓN DE LA ALIMENTACION ESCOLAR

Habrá tres modalidades de Alimentación :

1. Alumnos beneficiarios del P.A.E. 2. Alumnos no adscritos al P.A.E. harán uso del comedor para servirse la colación traída de su hogar. 3. Alumnos autorizados a salir del establecimiento para recibir alimentación en su domicilio.

Durante el horario de alimentación en la escuela, los alumnos serán acompañados por personal docente. Los alumnos que reciban alimentación en sus domicilios deben ser autorizados por su apoderado y serán controlados en su ida y regreso al establecimiento por el inspector de patio.

EN EL COMEDOR

1. El uso del comedor, tendrá como objeto, servir de espacio para la alimentación diaria de todos los alumnos

y alumnas que cuenten con el beneficio otorgado por la JUNAEB (P.A.E.) y todos los demás alumnos de la Escuela.

2. Se tratará de posibilitar una minuta variada y nutritiva, respetando las normas de higiene alimentaria y personal.

3. Se exigirá un comportamiento adecuado, en el trato con los demás y en el uso de los utensilios y alimentos que se sirvan.

4. Los alumnos y las alumnas que provoquen el deterioro de la convivencia o la falta de respeto a las normas podrán ser sancionados, con el retiro del beneficio de la beca de alimentación, previo informe al Director o UTP y comunicación escrita al apoderado.

5. Los alumnos y las alumnas que reciban alimento de JUNAEB, deberán asistir en forma regular a recibir su colación. Si dejan de hacerlo, sin motivo justificado, les será quitado el beneficio, previo aviso a su apoderado en forma escrita y será otorgado a otro alumno/alumna que la Dirección indique.

6. Los alumnos y las alumnas que se retiren del beneficio de alimentación, por alguna razón justificada, el apoderado deberá firmar la renuncia voluntaria al programa de alimentación de su pupilo/a.

EN TODOS LOS LUGARES Y MOMENTOS

1. Las normas tienen las excepciones que el sentido común impone. Siempre que sea posible se informará a

algún miembro del Equipo Directivo. 2. En las salidas didácticas de la Escuela se extremará la corrección. 3. La puntualidad será una norma a cumplir por padres, profesores y alumnos/alumnas en entradas y salidas,

reuniones, etc. 4. El respeto a personas, material e instalaciones es una necesidad permanente. 5. Se evitarán los insultos, amenazas y los comportamientos faltos de educación. 6. Si el comportamiento de un alumno/alumna es grave el docente debe informar inmediatamente a dirección. 7. Queda prohibido el uso de celulares, audífonos, mp3/4 ó cualquier artículo eléctrico ó electrónico al

interior de la sala de clases, ya que interrumpen el normal desarrollo de las clases son motivo de conflictos entre los alumnos. Si algún alumno o alumna insiste en usar alguno de estos objetos, le será retirado y devuelto, solamente, al apoderado el día y hora que se le indique al alumno. En caso de reincidencia de la situación, el artículo será devuelto al apoderado, a fin de año.

8. El Establecimiento no se responsabilizará por pérdidas de dinero, joyas y otros similares que los alumnos traigan a la Escuela.

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DERECHOS Y DEBERES DE LOS ALUMNOS Y LAS ALUMNAS

DERECHO A:

Todos los alumnos y las alumnas tienen los mismos derechos y deberes básicos sin más distinción que las derivadas de su edad y de las enseñanzas según el nivel que se encuentren cursando.

1. Como derecho Universal: “Todo niño/a tiene derecho a la vida, libertad y a la seguridad de su persona” 2. Expresarse libremente, en un clima de respeto. 3. Ser escuchado y a tener una respuesta oportuna y satisfactoria. 4. Recibir atención y apoyo en orientación escolar, vocacional, laboral y sicológica, según lo requiera la

situación. 5. Tener las mismas oportunidades de acceso a los distintos niveles de enseñanza. 6. Conocer al inicio del período escolar:

a. Calendario del año escolar b. Reglamento interno del alumno c. Reglamento de evaluación y promoción d. Calendario de evaluaciones

7. Desarrollar sus actividades escolares de acuerdo al marco curricular y de la buena enseñanza, con todo el material didáctico disponible en la Unidad Educativa.

8. Solicitar al docente correspondiente, si es necesario, las aclaraciones pertinentes, durante el desarrollo de las actividades educativas.

9. Conocer oportunamente el horario de clases de su curso. 10. Conocer, oportunamente, fechas, contenidos y criterios de evaluación de los trabajos, disertaciones,

pruebas orales o escritas, etc. 11. Que su rendimiento escolar sea evaluado con objetividad y de acuerdo al Reglamento de evaluación

vigente; debiendo la Escuela hacer públicos los criterios generales que se van a aplicar para la evaluación de los aprendizajes y la promoción.

12. Recibir orientación del profesor de sus profesores, UTP, director; para conseguir el máximo desarrollo personal, social y profesional, según sus capacidades, aspiraciones o intereses. De manera especial se cuidará de los alumnos y las alumnas con discapacidades físicas, sensoriales y psíquicas o con carencias sociales o culturales.

13. Todos los alumnos y las alumnas tienen derecho a que su actividad académica se desarrolle en las debidas condiciones de respeto, tranquilidad, seguridad, orden e higiene.

14. Tener acceso a los beneficios que asigna la ley de acuerdo a los requisitos establecidos por ella, tales como: Seguro Escolar, Médico, Dental, P.A.E, Pase Escolar, entre otros.

15. Que se respete su libertad de conciencia, sus convicciones religiosas, políticas, morales o ideológicas, su condición social, física, académica, sexual, étnica, etc; así como su intimidad en lo que respecta a tales creencias o convicciones.

16. Ser tratado con respeto por, parte de las personas que laboran en el establecimiento: que se respete su integridad física, moral y su dignidad personal, no pudiendo ser objeto en ningún caso de tratos vejatorios o degradantes.

17. Que la escuela guarde reserva sobre toda aquella información de que disponga, acerca de las circunstancias personales y familiares del alumno/alumna. No obstante, comunicará a las autoridades competentes ( Tribunales de Justicia o Fiscalía), según Código Procesal Penal, las circunstancias que puedan implicar maltratos físico y/o psicológico, situación de abandono, agresión sexual o cualquier otro incumplimiento de los deberes de los padres y madres, establecidos por las leyes de protección de los menores.

18. Participar en el funcionamiento y en la vida de la Escuela, en la actividad escolar y en la gestión de los mismos, estableciéndose esta participación de acuerdo con las disposiciones vigentes al respecto.

19. A la libertad de expresión sin perjuicio de los derechos de todos los miembros de la comunidad educativa y el respeto que merecen las instituciones de acuerdo con los principios y derechos constitucionales.

20. Utilizar las instalaciones de la Escuela con las limitaciones derivadas de la programación de actividades escolares y extraescolares y con las preocupaciones necesarias en relación con la seguridad de las personas, la adecuada conservación de los recursos y el correcto destino de los mismos.

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21. Recibir atención en caso de enfermedad o accidente, derivándolo al servicio de salud correspondiente, cuando sea necesario, hasta que el apoderado se haga cargo del estudiante.

22. Expresar por si o a través de sus representantes, cualquier queja respecto a situaciones que estime injustas o arbitrarias.

El conducto regular en las situaciones anteriores será: I. Profesor del subsector

II. Profesor Jefe III. Unidad Técnica Pedagógica IV. Dirección

DERECHOS DE LOS ALUMNOS, EN SITUACIONES ESPECIALES

Cuando alguna alumna del establecimiento se encuentre en estado de embarazo, comprobado con el

certificado médico correspondiente, podrá asistir regularmente a clases hasta cuando fisiológicamente le sea posible o lo determine un certificado médico. Para continuar su proceso escolar, se le permitirá rendir pruebas, trabajos en fechas predeterminadas por el Consejo de Profesores, todo con el propósito de proteger la salud de la alumna y permitir a la vez, el término satisfactorio del año lectivo.

DEBERES

- Comportamiento Escolar

Comportamiento, es la conducta y la actitud basada en principios, tales como; respeto, lealtad,

voluntad, solidaridad, convivencia que le permitan mantener una adecuada integración a la sociedad. Esto significa:

1. Saludar, cortésmente, a las personas que se encuentran a diario en el establecimiento. 2. Proceder con honradez y veracidad. 3. Aprender a escuchar a los demás. 4. Tratar con respeto a todas las personas de la comunidad educativa, tanto dentro como fuera del

establecimiento: que respeten su integridad física, moral y su dignidad personal. 5. Desarrollar compañerismo en el curso y en la escuela. 6. Seguir las indicaciones del profesorado respecto de su aprendizaje y mostrarles el debido respeto y

consideración. 7. Respetar el ejercicio del derecho al estudio de sus compañeros. 8. Respetar la libertad de conciencia y las convicciones religiosas y morales, así como la dignidad, integridad

e intimidad de todos los miembros de la comunidad educativa. 9. No podrá beber alcohol, ni fumar, ni consumir drogas, ni realizar actos contrarios a la moral y buenas

costumbres, dentro ni en los alrededores del establecimiento. 10. Se abstendrá de traer elementos corto punzante, incluido el cuchillo cartonero, encendedores, fósforos y

elementos combustibles.

11. Durante la jornada de trabajo, ir al baño en los recreos. No podrán hacerlo en hora de clases. Cualquier excepción de fuerza mayor, será autorizada por el profesor a cargo.

12. No está permitida la estancia en el patio de los alumnos y las alumnas durante los períodos lectivos, salvo en la clase de Educación Física o con la presencia del profesor correspondiente.

13. Asistir a los actos cívicos-culturales del establecimiento. 14. Mantener una actitud respetuosa hacia los emblemas patrios. 15. Mantener una actitud de respeto al Plan de evacuación. Francisca Cooper. 16. Asimismo, la Biblioteca y la sala de computación, no podrá ser utilizada por los alumnos y las alumnas en

aquellos momentos en que les corresponda estar en su sala de clases. 17. Cuidar y utilizar correctamente los bienes muebles y las instalaciones de la Escuela y respetar las

pertenencias de los otros miembros de la comunidad educativa. 18. Cooperar en la mantención del aseo de las dependencias en las que trabaje, del patio y comedor. 19. Los alumnos y las alumnas que individual o colectivamente causen daños de forma intencionada o por

negligencia a las instalaciones de la Escuela o su material, quedan obligados a reparar el daño causado o hacerse cargo del costo económico de su reparación. Igualmente los alumnos y las alumnas que sustrajeran bienes de la Escuela deberán restituirlo.

20. En relación al pololeo, la escuela privilegiará, en todo momento, el espíritu de compañerismo y amistad entre los educandos, no así expresiones de mayor intimidad, las cuales estarán reservadas al ámbito personal y/o familiar fuera del espacio escolar, en atención a las normas de urbanidad y bien común. Esta norma incluye los momentos en que los alumnos están fuera del establecimiento con el uniforme de la Escuela.

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- Presentación personal e higiene

1. Mantener un aseo permanente de pelo, cuerpo y vestimenta. 2. Vestir el uniforme reglamentario en buenas condiciones y limpio. 3. Usar cotona o delantal marcado y en buenas condiciones. 4. El alumno o alumna debe presentarse en buenas condiciones de salud a la escuela. Es importante destacar

que la pediculosis es una enfermedad infecto-contagiosa, por lo cual cabe dentro de esta normativa. 5. Las niñas deberán asistir con su pelo ordenado, podrán usar pinches, cintillos o trabas. No podrán usar

aros colgantes, anillos u otros accesorios o asistir a clases maquilladas, tampoco deben usar las uñas pintadas ni largas.

6. Los varones deberán asistir con su pelo corto y peinado de manera ordenada. No se admitirán peinados o cortes de pelo de fantasía ni tinturas, tanto para los varones, como para las niñas.

7. Sólo se acepta el uso de aros en las niñas y de forma tradicional ( en las orejas). 8. Se entiende que lo señalado en los puntos anteriores debe cumplirse a cabalidad, toda excepción sólo

podrá ser autorizada por UTP y/o Dirección.

- Compromisos escolares

El estudio constituye un deber básico de los alumnos y las alumnas y se concreta en:

1. Asistir todos los días a clases. 2. Llegar, puntualmente, a clases y participar en las actividades orientadas al desarrollo de los planes de

estudio, de manera respetuosa, amable y considerada, sobre todo con quienes tienen la función de enseñar.

3. Cumplir y respetar los horarios aprobados para el desarrollo de las actividades de la Escuela. 4. Cumplir con tareas, preparar lecciones y pruebas. 5. Estudiar todos los días hábiles. 6. Cumplir con trabajos domiciliarios.

7. Cumplir con compromisos contraídos con el curso y la escuela. 8. Portar la agenda todos los días. 9. Tener cuadernos al día en todos los subsectores y mantenerlos limpios y ordenados. 10. Traer los materiales solicitados, en los subsectores y en los talleres. 11. Traer textos y cuadernos, según horario. 12. Justificar, debidamente, los atrasos e inasistencias. 13. Presentarse a rendir evaluaciones avisadas con antelación. 14. Mantener una actitud ética y honrada en las pruebas. 15. Presentarse con el uniforme reglamentario. 16. Presentarse con equipo de gimnasia, en la clase de educación física. 17. Mantener una buena presentación personal. 18. Asistir a salidas a terreno, charlas y visitas a ferias contempladas como apoyo pedagógico, que se realicen en horario de clases. De no ser así deberá presentar el justificativo correspondiente de su apoderado/a y que amerite la no participación en la actividad.

DE LA RESOLUCION DE CONFLICTOS Y/O PARA ABORDAR LA TRASGRESION DE NORMAS: FALTAS Y CORRECCIONES

Falta, es no cumplir o no acatar las normas establecidas. Este incumplimiento de lo establecido traerá consigo la aplicación de las medidas disciplinarias a que de lugar la o las faltas cometidas, considerando lo siguiente:

1. Ningún alumno/alumna podrá ser privado del ejercicio de su derecho a la educación. 2. No podrán imponerse correcciones contrarias a la integridad física y a la dignidad personal del

alumno/alumna. 3. Las correcciones a los alumnos deberán contribuir a la mejora del proceso educativo. 4. Se tendrán en cuenta las circunstancias personales, familiares o sociales del alumno/alumna antes de

resolver el procedimiento corrector. La falta a clases, de modo reiterado, puede provocar la imposibilidad de la aplicación correcta de las medidas disciplinarias y la evaluación continua.

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5. Todas las entrevistas realizadas con los alumnos/as y/o apoderados/as, acuerdos tomados, sanciones y observaciones, quedarán registradas con fecha y firma del apoderado, en la hoja de vida del libro de clases.

Para efectos de la graduación de las correcciones, se considerarán como atenuantes de las faltas:

1. El reconocimiento espontáneo de su conducta incorrecta. 2. La falta de intencionalidad.

Se considerarán circunstancias agravantes:

1. La premeditación y la reiteración. 2. Causar daño, injuria u ofensa a los compañeros en situación de inferioridad o a los recién incorporados a la

Escuela, así como al personal docente, funcionarios o directivos de la Escuela. 3. El mantener una actitud de prepotencia y altanería. 4. Tener firmada Carta de Compromiso con la Escuela.

Podrán corregirse los actos contrarios a las normas de convivencia de la Escuela, que hayan sido realizados por los alumnos y las alumnas en el recinto escolar o durante la realización de actividades complementarias y extraescolares, así como las actuaciones de los alumnos y las alumnas que, aunque realizadas fuera del recinto escolar, sean contrarias a lo esperado de la vida escolar y afecten a sus compañeros o a otros miembros de la comunidad educativa.

FALTAS LEVES

Son aquellas que afectan el bien común o desempeño escolar, sin provocar mayores trastornos. Faltas Leves serán entre otras:

1. Las faltas injustificadas de puntualidad, en el ingreso al establecimiento o a la sala de clases (atrasos). 2. El deterioro no grave de las dependencias, del material o de los objetos y pertenencias de otros miembros

de la comunidad.

3. Estancia en el patio en períodos lectivos, salvo aquellos alumnos y las alumnas que se encuentren en clase de Educación Física u otra actividad acompañados por su profesor.

4. No portar la agenda del establecimiento. 5. Presentarse sin tarea. 6. No entregar trabajo dado para la casa. 7. Presentarse sin materiales, solicitados con antelación, a una clase o taller.

8. Permanecer en la sala durante los recreos, sin autorización. 9. Masticar chicle durante las clases. 10. Comer durante el desarrollo de las clases. 11. Presentarse sin uniforme. 12. No cumplir con las exigencias básicas de presentación personal. 13. No asistir a los actos cívicos-culturales del establecimiento. 14. Otras no especificadas, debidamente consensuadas en el consejo de profesores.

CORRECCIONES POR FALTAS LEVES

Primera anotación:

1. Amonestación privada al alumno/a y registrada en el libro de clases, por parte de algún docente.

Segunda anotación:

1. Entrevista personal y formal del estudiante con el profesor/a en cuya clase o circunstancia se originan los hechos para escuchar al estudiante y que éste defina responsabilidades y decidir, en conjunto, vías de superación de la trasgresión. La citación debe quedar registrada en la hoja de vida correspondiente y firmada por el apoderado.

2. Realización de tareas que contribuyan a la mejora y desarrollo de las actividades de la Escuela o, si procede, dirigidas a reparar el daño provocado.

Tercera anotación:

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1. Entrevista personal y formal del estudiante con el profesor/a en cuya clase o circunstancia se originan los hechos para escuchar al estudiante y que éste defina responsabilidades y decidir, en conjunto, vías de superación de la trasgresión. La citación debe quedar registrada en la hoja de vida correspondiente y firmada por el apoderado.

2. Realización de tareas que contribuyan a la mejora y desarrollo de las actividades de la Escuela, o si procede, dirigidas a reparar el daño causado en las instalaciones o material de la Escuela o a las pertenencias de otros miembros de la comunidad educativa. Estas tareas deben realizarse en horario no lectivo.

3. Suspensión del derecho de participar en las actividades extraescolares o complementarias de la Escuela, por un periodo de un mes.

4. Firma de carta compromiso cuando un alumno(a) ha tenido que ser corregido por una falta leve.

FALTAS GRAVES

Son aquellas que comprometen seriamente la convivencia, la propiedad común, los bienes del establecimiento y el desempeño escolar del alumno. Faltas Graves serán, entre otras:

1. Reiteración, por más de tres veces, de faltas leves. 2. Adulterar notas del libro de clases. (Cambiar, agregar, borrar). 3. Falsificar firmas de profesor, padres y/o apoderados o apoderadas. 4. Agresión física o verbal, burlas, amenazas, advertencias, a compañeros o compañeras dentro o fuera del

Establecimiento. 5. Ingresar sin autorización a dependencias escolares provocando algún trastorno. 6. Tomar el nombre de algún profesor para solicitar algo. 7. Cimarra o fuga de clases y del establecimiento. 8. Mantener una actitud irrespetuosa hacia los emblemas patrios. 9. No tener una actitud de respeto al Plan de evacuación. Francisca Cooper. 10. No mantener una actitud ética y honrada en las pruebas. 11. Los actos de indisciplina, injuria u ofensa graves contra cualquiera de los miembros de la comunidad

educativa. 12. La discriminación grave por su nacimiento, raza, sexo, capacidad económica, nivel social, convicciones

políticas, morales o religiosas, así como por discapacidades físicas, sensoriales y psíquicas o cualquier otra condición o circunstancia personal o social.

13. Los daños graves causados por uso indebido o malintencionado, en la infraestructura de la Escuela. 14. Dañar material o documentos del establecimiento o bienes de otros miembros de la comunidad educativa;

así como la substracción de los mismos. 15. Utilización, porte ó distribución de material violento, pornográfico o cualquier otro material que atente

contra la formación valórica que propone la escuela, o atentado contra la integridad física ó psicológica de sus miembros.

16. Promover desordenes dentro y fuera de la sala de clases. 17. Escribir y dibujar obscenidades y groserías en el mobiliario o dependencias escolares. 18. Encubrir a compañeros o compañeras cuando éstos realizan acciones inapropiadas. 19. El transporte, tenencia, manipulación, encubrimiento, de cigarrillos. 20. Otras no especificadas, debidamente consensuadas por el equipo directivo.

CORRECCIONES POR FALTAS GRAVES

Primera anotación:

1. Citación a Entrevista personal y formal del apoderado y alumno/a con el profesor/a en cuya clase o

circunstancia se originan los hechos, para escuchar al estudiante y que éste defina responsabilidades y decidir, en conjunto, vías de superación de la trasgresión. La citación debe quedar registrada en la hoja de vida correspondiente y firmada por el apoderado.

2. Realización de tareas que contribuyan a la mejora y desarrollo de las actividades de la Escuela o, si procede, dirigidas a reparar el daño causado a las instalaciones, al material de la Escuela o a las pertenencias de otros miembros de la comunidad educativa. Estas tareas deben realizarse en horario no lectivo.

3. Suspensión del derecho a participar, en actividades extraescolares o complementarias de la Escuela durante por un periodo de dos meses.

4. Firma de carta compromiso cuando un alumno(a) ha tenido que ser corregido por una falta grave.

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Segunda anotación:

1. Citación a Entrevista personal y formal del apoderado y alumno/a con el profesor/a en cuya clase o circunstancia se originan los hechos, para escuchar al estudiante y que éste defina responsabilidades y decidir, en conjunto, vías de superación de la trasgresión. La citación, debe quedar registrada en la hoja de vida correspondiente y firmada por el apoderado.

2. Suspensión del derecho a participar, en actividades extraescolares o complementarias de la Escuela durante, un semestre.

3. Suspensión del derecho de asistencia a la Escuela por un día lectivo. Durante el tiempo que dure la suspensión, el alumno/alumna deberá realizar los deberes o trabajos que se determinen para evitar la interrupción en el proceso formativo.

4. Firma de carta compromiso cuando un alumno(a) ha tenido que ser corregido por una falta grave.

Tercera anotación:

1. Citación a Entrevista personal y formal del apoderado y alumno/a con el profesor/a en cuya clase o

circunstancia se originan los hechos, para escuchar al estudiante y que éste defina responsabilidades y decidir, en conjunto, vías de superación de la trasgresión. La citación debe quedar registrada en la hoja de vida correspondiente y firmada por el apoderado.

2. Suspensión del derecho a participar, en actividades extraescolares o complementarias de la Escuela por el

resto del año escolar. 3. Suspensión del derecho de asistencia a la Escuela por dos días lectivos. Durante el tiempo que dure la

suspensión, el alumno/alumna deberá realizar los deberes o trabajos que se determinen para evitar la interrupción en el proceso formativo.

4. Firma de carta compromiso cuando un alumno(a) ha tenido que ser corregido por una falta grave.

FALTAS MUY GRAVES

Son aquellas que atentan contra la dignidad de las personas, incumplen los principios sustentados por la Unidad Educativa o alteran el normal desarrollo del proceso educativo. Serán faltas muy graves, entre otras:

1. Reiteración, por más de tres veces, de faltas graves. 2. Destruir o sustraer documentos escolares como: Libro de Clases, Planillas, Actas, Informes al Hogar, entre

otras. 3. Agresión de palabra o hechos, burlas orales o gestuales, amenazas a funcionarios de la Unidad Educativa.

4. Robo y/o hurto a cualquier integrante de la Unidad Educativa o en alguna de sus dependencias. 5. Participar en desordenes graves dentro del establecimiento. 6. Participar en desordenes en la vía publica en su condición de alumno o alumna del establecimiento. 7. Dar mal uso al laboratorio de computación utilizando los pc para buscar material Pornográfico. 8. Los actos de indisciplina, injuria u ofensas muy graves contra los miembros de la comunidad educativa. 9. Los actos perjudiciales para la salud y la integridad personal de los miembros de la comunidad educativa

sea física y/o psicológica de la Escuela o la incitación a las mismas.

10. El incumplimiento de las sanciones impuestas. 11. La suplantación de personalidad en actos de la vida de un docente y la falsificación o sustracción de

documentos académicos. 12. El transporte, tenencia, manipulación, encubrimiento, de alcohol, drogas, fuegos artificiales, medicamentos

no recetados, u otras sustancias ilícitas. 13. La tenencia, manipulación o uso de cualquier tipo de elemento que pueda ser nocivo para la salud de los

alumnos y las alumnas ó cualquier otro miembro de la comunidad educativa. Especialmente armas de fuego, o armas corto punzante.

14. Fumar dentro del establecimiento. 15. Consumir drogas y alcohol dentro y fuera del establecimiento, vistiendo el uniforme escolar. 16. Consumo de bebidas alcohólicas dentro o fuera del establecimiento, o en la vía pública, vistiendo el

uniforme de la Escuela. 17. Otras no especificadas, debidamente consensuadas por el equipo directivo.

CORRECCIONES POR FALTAS MUY GRAVES

Primera anotación:

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1. Citación a Entrevista personal y formal del apoderado y alumno/a con el profesor/a en cuya clase o circunstancia se originan los hechos, para escuchar al estudiante y que éste defina responsabilidades y decidir, en conjunto, vías de superación de la trasgresión. La citación debe quedar registrada en la hoja de vida correspondiente y firmada por el apoderado. 2. Realización de tareas que contribuyan a la mejora y desarrollo de las actividades de la Escuela o, si procede, dirigidas a reparar el daño causado en las instalaciones o al material del Escuela o a las pertenencias de otros miembros de la comunidad educativa. Estas tareas deben realizarse en horario no lectivo.

3. Suspensión del derecho de asistencia a la Escuela por tres días. Durante el tiempo que dure la suspensión, el alumno/alumna deberá realizar los deberes o trabajos que se determinen para evitar la interrupción en el proceso formativo. 4. Firma de carta compromiso cuando un alumno(a) ha tenido que ser corregido por una falta muy grave.

Segunda anotación: CONDICIONALIDAD

1. Citación a Entrevista personal y formal del apoderado y alumno/a con el profesor/a jefe, para informar los hechos que determinan la condicionalidad, para escuchar al estudiante y que éste defina responsabilidades y vías de superación de la trasgresión. La citación debe quedar registrada en la hoja de vida correspondiente y firmada por el apoderado.

2. En el caso del primer ciclo, esta medida será resuelta por La Dirección y el profesor o profesora jefa. En el segundo ciclo, la determinación la tomará la dirección y el consejo de profesores. En ambos casos, considerando los antecedentes puntuales del alumno(a), con el fin de objetivar la determinación.

CONDICIONALIDAD POR CONDUCTA: Se aplicará a todos aquellos alumnos(as) que, de una u otra

manera, hayan mantenido en forma permanente y sistemática una actitud negativa y reincidente sobre la normativa disciplinaria planteada por la Escuela. Tales como: suspensión de clases, acumulación excesiva de anotaciones negativas durante el semestre, reiteradas faltas injustificadas a clases y evaluaciones, participación o complicidad en actos en que se ponga en peligro la seguridad y honorabilidad de otras personas. Esta condicionalidad por conducta se hará evidente si existen los registros pertinentes en la hoja de observaciones del alumno del libro de clases.

Tercera anotación: CANCELACIÓN DE MATRÍCULA

1. Citación a Entrevista personal y formal del apoderado y alumno/a con el profesor/a jefe, para informar los

hechos que determinan la cancelación de matrícula. La citación debe quedar registrada en la hoja de vida correspondiente y firmada por el apoderado.

2. Se entiende por Cancelación de Matrícula la que se realiza durante el año escolar. En el caso del primer ciclo, esta medida será resuelta por La Dirección y el profesor o profesora jefa. En el segundo ciclo, la determinación la tomará la dirección y el consejo de profesores. En ambos casos, considerando los antecedentes puntuales del alumno(a), con el fin de objetivar la determinación.

3. Podrá hacerse merecedor de esta sanción el alumno(a) que: a. Estando condicional, por conducta, no demuestre ningún sentido de superación ni mejoramiento.

b. Haya acumulado tres observaciones negativas muy graves, por conducta. c. Haya agredido física o verbalmente a cualquier funcionario del Establecimiento. d. Haya cometido otra acción que debido a su gravedad sea considerado por Consejo de Profesores y

Dirección como merecedora de esta medida. 3. Los apoderados de los alumnos(as) que hayan sido sancionados(as) con esta medida sólo podrán

apelar por la sanción ante el Consejo Directivo del Establecimiento, adjuntando nuevos antecedentes que ameriten una revisión del caso. La resolución final les será comunicada en un plazo no superior a las 48 horas.

Observaciones generales.

1. Todas las faltas cometidas por los alumnos, sin importar su gravedad, deben quedar registradas en la hoja

de vida del alumno, por el profesor que estaba en la sala o lugar en el momento en que se produjo el hecho o por el Director.

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2. Las conductas tipificadas como graves o muy graves prescribirán al final del año escolar en curso. Las correcciones impuestas como consecuencia de estas conductas prescribirán también con la finalización del curso escolar. No obstante, siempre servirán de antecedentes en la evaluación de los procesos de los alumnos.

3. Como ya se indicó, en los casos precedentes, los alumnos y las alumnas firmarán una Carta de Compromiso, formalizando la intención de mejorar sus falencias en el cumplimiento del Reglamento de Convivencia de la Escuela.

4. En los casos que la Dirección y el consejo de profesores considere oportuno, no se renovará la matrícula para el siguiente año, a los alumnos/as que terminen el año escolar en situación de condicionalidad por conducta, no habiendo cumplido con los compromisos contraídos con la Escuela. Entendiéndose por tales, todos los mencionados y tipificados en el presente reglamento de convivencia. Así mismo estos alumnos/as dejarán de asistir a clases de manera regular a contar del primero de noviembre, pudiendo asistir solamente a rendir evaluaciones.

5. El alumno con problemas conductuales graves reiterativos cuyo apoderado haya decidido en forma libre y voluntaria trasladarlo a otro establecimiento educacional, a posterior, no se aceptara su reintegración a esta Unidad Educativa.

Se deja claramente establecido en este reglamento que de acuerdo a la Nueva Ley de

Responsabilidad Penal Adolescente la Escuela está obligada a denunciar ante la Justicia hechos que tengan carácter de delito.

DE LOS APODERADOS

DEBERES DE LOS PADRES, MADRES, APODERADOS Y APODERADAS.

La tarea de Educar empieza desde el nacimiento. El principal rol formador lo tiene la familia. La responsabilidad y el compromiso que debe demostrar un padre, una madre o Apoderado, por sus

hijos, se manifiesta claramente en el cumplimiento riguroso de las normas de la escuela y el compromiso ineludible que tiene de participar, cooperar y apoyar. Es este contexto, diremos que cada apoderado/a tiene el

DEBER DE:

1. Ser miembro activo de la Comunidad Escolar, organizándose a través de la institución denominada Centro General de Padres y, a su vez, en Subcentros de Cursos. Su objetivo principal será la cooperación con la labor educativa y social del establecimiento. 2. Informarse a través del presente reglamento y del reglamento general de Centro de Padres y Apoderados (del Ministerio de Educación) de sus deberes y derechos. 3. Firmar compromiso de haber tomado conocimiento del reglamento de convivencia. 4. Tener un apoderado suplente, que como requisito primordial, debe ser mayor de edad. 5. Cooperar en las actividades programadas por la comunidad educativa. 6. Asistir puntualmente, a las reuniones de apoderados del curso o Asambleas Generales que cite la dirección o el Centro General de Padres y Apoderados, citaciones del profesor jefe o de otra autoridad del establecimiento, donde su papel fundamental será participar, aportar y/o apoyar las actividades que vayan en pro del quehacer educativo. Si el apoderado no se presenta el alumno/alumna deberá justificar su inasistencia . 7. Mantener un trato deferente y respetuoso con toda la comunidad educativa.

8. Respetar las zonas de acceso restringido como: sala de profesores, salas de clases, patio en horas de educación física y recreos, comedor y dirección. 9. Hacerse responsable de todos los daños y perjuicios que su pupilo o pupila pueda causar al establecimiento o propiedad ajena. 10. Dejar al alumno/a en la puerta del Establecimiento, evitando el ingreso a éste, a no ser que sea de extrema necesidad o cuando sea citado por alguna autoridad del establecimiento. 11. Respetar los horarios de entrada y salida del/ los niños y niñas del establecimiento. La Escuela no se hace responsable por los niños que permanezcan en la unidad Educativa, después del horario de salida. 12. Presentar certificado médico cuando su pupilo/a está en tratamiento físico y/o psicológico y su correspondiente medicación. Los docentes no se hacen responsables de la suministración del medicamento. 13. No interrumpir el desarrollo de las clases. 14. Revisar diariamente la Agenda Escolar de su pupilo/a, firmando todas las comunicaciones enviadas al

hogar; entendiéndose éste como el medio oficial de comunicación con la Escuela. 15. Velar por el uso adecuado del uniforme oficial, evitando cambios o inclusiones de prendas no reglamentarias.

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16. Mantenerse, constantemente, informado sobre la marcha del proceso educativo de su pupilo/a, a través de su profesor/a jefe. 17. Asegurarse que su pupilo/a asista a las evaluaciones fijadas. 18. Enviar a sus pupilos en forma regular y oportuna a clases. Los retiros hacerlos por causa justificada. 19. Informar con la debida anticipación, cualquier situación especial que afecte al alumno/alumna o a la familia, y que pudiera repercutir en su proceso de formación académica y/o personal. Esta información debe ser canalizada por medio del Profesor Jefe. 20. Realizar cambio de Apoderado cuando el profesor/Profesora Jefe o Dirección lo solicite. La Escuela se reserva el derecho de solicitar el cambio del apoderado titular del alumno/alumna, en las siguientes circunstancias:

a. Cuando dicho apoderado, no colabore con el Profesor Jefe en la orientación positiva de su pupilo/a o del curso.

b. Cree un clima de confrontación entre el grupo de padres y apoderados. c. Su desempeño no esté de acuerdo con lo que el establecimiento solicita; entendiéndose esta

como la tarea de apoyar y facilitar la labor educativa, de acuerdo a la normativa de la escuela. d. Faltas de respeto a cualquier miembro de la comunidad educativa: Dirección, Profesores,

Inspectores, Personal en General, Apoderados, alumnos/as. e. Inasistencias reiteradas a reuniones, entrevistas, citaciones, charlas y actividades

programadas. f. Mantenerse al margen, no asistiendo a las actividades que realicen los subcentros, centro

general de padres o la escuela misma; entendiéndose esta actitud como una falta de apoyo hacia su niño o niña, situación que incide finalmente en el rendimiento escolar de ellos.

g. No apoyar a su pupilo/a en sus deberes escolares, pudiendo hacerlo, sobre todo cuando él o ella presente dificultades de aprendizaje.

DERECHO A:

1. Ser informados, por parte de los profesores jefes, de forma periódica, sobre la marcha de sus hijos, en todos los aspectos de la vida escolar.

2. A conocer al inicio del período escolar: a. Calendario del año escolar. b. Reglamento interno del establecimiento. c. Reglamento de evaluación y promoción.

3. Tener entrevistas con los profesores jefes, de asignatura u otra autoridad del establecimiento, cuando así lo soliciten y siempre que se haga por escrito, con la debida antelación y se le indique un horario de atención.

4. Conocer bimensualmente el desempeño académico de sus hijos y/o pupilos, por medio de un informe entregado por el profesor jefe.

5. Ser escuchados ante las dudas y/o consultas sobre la marcha de la Escuela. 6. Tener un apoderado suplente oficial (mayor de edad) para los casos en que no pueda asistir a las

citaciones, a efectuar retiros, etc. El apoderado titular propondrá al Profesor/a Jefe el nombre de un apoderado suplente, quien evaluará la propuesta e informará de su aceptación o rechazo.

7. Recibir información, a tiempo, sobre las becas u otro beneficio que ofrezca el sistema educativo y a los que puedan postular sus pupilos/as.

8. Participar activamente de todas las actividades dispuestas para los padres. 9. Conocer la marcha de la Escuela, según los informes que entregue la Dirección. 10. Expresar por si o a través de sus representantes, cualquier queja fundada respecto a situaciones que

estime injustas o arbitrarias. El conducto regular en las faltas graves y gravísimas será:

i. Profesor del subsector ii. Profesor Jefe

iii. Sub-dirección iv. Dirección

CONSIDERACIONES GENERALES

1. El presente Reglamento se actualizará de manera bianual.

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2. Será aplicado en toda su extensión desde Kinder a Octavo año Básico. 3. Cualquier situación que se presente y que este Reglamento no considere, la Dirección del establecimiento formará una comisión, con al menos tres miembros, para que estudie el caso y haga un informe de lo ocurrido, que servirá de base para la toma de la decisión final.

DE LOS ANEXOS:

1. Reglamento de Evaluación. 2. Reglamento Centro de Padres. 3. Protocolo de Actuación en caso de Convivencia Escolar 4. Protocolo de actuación en caso de Abuso sexual 5. Protocolo de actuación en caso de Bulling 6. Carta de Compromiso.

COMPROMISO

Yo........................................................................................Run......................................

Apoderado/a de.............................................................................................................. del

curso....................................... de la Escuela Nº 150 “Laguna Verde , he tomado conocimiento del presente

Reglamento de Convivencia, lo acepto y me comprometo en forma responsable a cumplir y hacer cumplir a

mi/s pupilo/as esta normativa.

............................................................. Firma Apoderado/a

Laguna Verde..........de........................ del 20.....

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