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Servicio de Educación. Oficina Técnica. Página 1 de 28 Pliego Prescripciones Técnicas Vigilancia y Custodia 30-11-10.doc PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS-FACULTATIVAS CONTRATO DE MANTENIMIENTO DE LOS SISTEMAS DE ALARMA, SERVICIOS DE CUSTODIA Y ACUDA DE LLAVES EN CENTROS EDUCATIVOS PUBLICOS DEL EXCMO. AYUNTAMIENTO DE VALENCIA.

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CONTRATO DE MANTENIMIENTO DE LOS SISTEMAS DE ALARMA, SERVICIOS DE CUSTODIA Y ACUDA DE LLAVES EN CENTROS EDUCATIVOS PUBLICOS DEL EXCMO ayuntamiento valencia

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PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS-FACULTATIVAS

CONTRATO DE MANTENIMIENTO DE LOS SISTEMAS DE ALARMA, SERVICIOS DE CUSTODIA Y ACUDA DE LLAVES EN

CENTROS EDUCATIVOS PUBLICOS DEL EXCMO. AYUNTAMIENTO DE VALENCIA.

Servicio de Educación. Oficina Técnica.

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INDICE

1. OBJETO DEL CONTRATO................................................................................................... 3

2. ÁMBITO DE APLICACIÓN.................................................................................................... 3

3. CONOCIMIENTO DE LAS INSTALACIONES. ..................................................................... 4

4. DESCRIPCIÓN DE LOS TRABAJOS. .................................................................................. 4

5. PROGRAMAS DE MANTENIMIENTO.................................................................................. 6

6. MANTENIMIENTO PREVENTIVO. ....................................................................................... 6

7. MANTENIMIENTO CORRECTIVO. ...................................................................................... 7

8. TRABAJOS EXCLUIDOS...................................................................................................... 7

9. RECEPCIÓN DE ALARMAS Y CUSTODIA DE LLAVES. .................................................... 7

10. CAMBIO DE MANTENEDOR................................................................................................ 8

11. ASESORAMIENTO TÉCNICO.............................................................................................. 8

12. DOCUMENTACIÓN TÉCNICA. ............................................................................................ 9

13. INFORMACIÓN PERIODICA. ............................................................................................. 10

14. MEDIOS MATERIALES. ..................................................................................................... 10

15. OTROS MEDIOS................................................................................................................. 11

16. MEDIOS HUMANOS. .......................................................................................................... 11

17. INTERLOCUTORES. .......................................................................................................... 12

18. HORARIO DE PRESTACIÓN DEL SERVICIO................................................................... 12

19. INVENTARIO....................................................................................................................... 12

20. CONTROL DE LOS SERVICIOS. ....................................................................................... 13

21. AVISOS DE AVERIA........................................................................................................... 13

22. PARTES DE TRABAJO. ..................................................................................................... 14

23. PLAZOS DE ACTUACIÓN. ................................................................................................. 14

24. DETERMINACIÓN DEL PRECIO DEL CONTRATO.......................................................... 14

ANEXO I: RELACIÓN DE CENTRO EDUCATIVOS................................................................... 16

ANEXO II ..................................................................................................................................... 20

PERIODICIDADES. MANTENIMIENTO PREVENTIVO............................................................. 20

NORMATIVA APLICABLE. ......................................................................................................... 21

ANEXO III .................................................................................................................................... 23

Anexo III.I.: MANUAL DE MANTENIMIENTO PREVENTIVO REGLAMENTARIO ................ 23

Anexo III.II: MANUAL DE MANTENIMIENTO PREVENTIVO NO REGLAMENTARIO.......... 24

Anexo III.III: MANUAL DE MANTENIMIENTO CORRECTIVO............................................... 25

ANEXO IV: “RELACIÓN DE MATERIAL” ................................................................................. 26

ANEXO V. ESTIMACIÓN DEL IMPORTE DEL PRECIO CIERTO DEL CONTRATO ............... 28

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1. OBJETO DEL CONTRATO. El objeto del contrato es la prestación del servicio de mantenimiento y conservación de las instalaciones de alarma anti-intrusión, incluyendo la reposición o reparación de las mismas, custodia de llaves, acuda o respuesta de a las alarmas que se originen y conexión a central receptora de alarmas de las instalaciones existentes en los edificios educativos del Excmo. Ayuntamiento de Valencia. El presente Pliego de Prescripciones Técnicas Particulares contiene la relación de las operaciones a realizar, su frecuencia y todas las condiciones de obligado cumplimiento que deberá llevar a cabo la empresa adjudicataria. El fin perseguido es la de mantener las instalaciones en perfecto estado de conservación y funcionamiento, cumpliendo todas las exigencias legales establecidas para ellas. Igualmente tiene que asegurar la vida útil de las instalaciones y de los elementos constructivos que componen los centros de transformación, así como el aspecto adecuado de los mismos. El Ayuntamiento de Valencia se reserva el derecho de realizar por sí mismo o mediante terceros las obras o servicios que considere oportunas sin que ello permita reclamación alguna por parte de adjudicatario. Dentro de este contrato se ha incluido el mantenimiento, control y seguimiento del sistema de vigilancia / alarma de los centros educativos tal como recoge la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación en su Disposición Adicional Decimoquinta apartado 2. “La conservación, el mantenimiento y la vigilancia de los edificios destinados a centros públicos de educación infantil, de educación primaria o de educación especial, corresponderán al municipio respectivo.” 2. ÁMBITO DE APLICACIÓN. La relación centros educativos con instalación de alarma dependientes del Servicio de Educación del Excmo. Ayuntamiento de Valencia, y que se adjunta a este documento como Anexo I , así como aquellos otros que en un futuro pudieran incorporarse al mismo previa comunicación al adjudicatario del contrato. No obstante, esta relación inicial no tiene carácter exclusivo ni vinculante, sino que, debido a posibles cambios en estos inmuebles (bajas) o por nuevas incorporaciones al inventario del Anexo I . A esta relación de instalaciones actuales, se irán incorporando las nuevas instalaciones que se vayan poniendo en funcionamiento en el futuro. En este caso, los precios unitarios ofertados para estas instalaciones, se mantendrán invariables para las nuevas incorporaciones. Asimismo si un centro educativo o instalación, no sea funcionalmente operativo por disposición administrativa, o necesidades propias de de los centros educativos, el importe de mantenimiento durante los meses afectados no será facturado al Excmo. Ayuntamiento de Valencia, quedando reflejado detalladamente en la facturación correspondiente durante ese periodo. Independientemente de los trabajos de mantenimiento se podrán adjudicar al contratista la realización de otras obras de adecuación de las instalaciones y equipos a las necesidades actuales y a la normativa sobre condiciones y garantías técnicas a que han de someterse las instalaciones de seguridad con presupuesto independiente y de obligada realización por parte del adjudicatario sirviendo de base para su facturación el cuadro de precios unitarios ofertados por la empresa de elementos tipo adjuntos en el Anexo VI.

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En todos los edificios relacionados en el Anexo I de este pliego se prestarán los siguientes servicios:

• Mantenimiento preventivo y correctivo de los sistemas antirrobo existente en los diversos edificios del contrato.

• Conexión a la Central Receptora de Alarmas. • Servicio de custodia de llaves. • Servicio de acuda o respuesta a las alarmas que se originen.

3. CONOCIMIENTO DE LAS INSTALACIONES. Las empresas licitadoras serán responsables del conocimiento de las instalaciones, previo a la formulación de sus ofertas, así como de la comprobación de su estado e idoneidad para cumplir con todas las exigencias que figuran en el presente Pliego de Prescripciones Técnicas. Para ello y con objeto de facilitar dicho conocimiento, deberán visitar las instalaciones para su estudio con la debida autorización del Servicio de Educación del Excmo. Ayuntamiento de Valencia y sin interferir en absoluto con el funcionamiento de los edificios. La empresa adjudicataria recibirá las instalaciones en su estado real al comienzo de la actividad del contrato sin que pueda aducir ningún inconveniente o reparo por ello. 4. DESCRIPCIÓN DE LOS TRABAJOS. La Empresa Mantenedora deberá cumplir con lo dispuesto Articulo 43.”Revisiones” del Real Decreto 2364/1994 de 9 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de Seguridad Privada, sobre el mantenimiento periódico de instalaciones de todos los equipos e instalaciones de alarma. En lo referente a la vigilancia, conexión a la centra receptora de alarmas y custodia de llaves se esta a lo dispuesto en la Sección 7ª.”Centrales de Alarma” del Real Decreto 2364/1994. Así como, con cualquier disposición de carácter oficial que sea de aplicación a las instalaciones objeto del presente contrato. La empresa adjudicataria queda obligada al cumplimiento del contrato en las siguientes condiciones: A) Mantenimiento del sistema. 1. Mantenimiento Preventivo - Revisiones periódicas. El mantenimiento de los sistemas de seguridad existentes en la totalidad de las dependencias municipales relacionadas en el Anexo I, algunas de las cuales incluyen varios edificios se llevará a cabo mediante revisiones periódicas de cada sistema que se realizarán una vez al trimestre (cuatro revisiones anuales). En las mismas, se comprobará el funcionamiento de todos los elementos componentes del sistema, sustituyendo o reparando, por cuenta de la empresa adjudicataria, los pequeños materiales deteriorados (relés, pequeño material de montaje, etc.). De cada revisión, la empresa adjudicataria realizará un informe detallado y razonado técnicamente que será entregado junto con el parte de trabajo correspondiente al Servicio de Educación del Excmo. Ayuntamiento de Valencia, mencionando: las pruebas realizadas, resultados obtenidos, deficiencias detectadas, en el que se especifique si la instalación cumple o no con lo establecido en la normativa vigente, posibles soluciones, observaciones, incluyendo presupuesto de reparación completamente desglosado. Así mismo se cumplimentará el libro-registro de revisiones descrito en el Artículo 43.4 del Real Decreto 2364/1994 de 9 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de Seguridad Privada.

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2. Mantenimiento Correctivo - Averías. La empresa adjudicataria acudirá, con personal técnico cualificado, a todas las incidencias de averías, incluso en días festivos, en un plazo inferior a 24 horas desde que tengan conocimiento de las mismas, bien porque se reciba una señal de alarma, bien porque se comunique desde el propio centro o por cualquier otro medio. La empresa adjudicataria localizará el origen de la averías y las repararán de inmediato cuando sea posible, sustituyendo los componentes deteriorados. Será por cuenta de la empresa adjudicataria tanto la reparación inmediata del sistema como el arreglo o sustitución de los pequeños materiales deteriorados que hayan dado lugar a las averías. Cuando no sea posible su reparación inmediata por necesitar de la sustitución parcial o total del sistema, se notificará inmediatamente al Servicio de Educación del Excmo. Ayuntamiento de Valencia. Si como consecuencia de avería se llevara a cabo la sustitución parcial o total de un sistema de seguridad y ésta se produjera durante el plazo de duración del contrato de mantenimiento, la empresa encargada del mismo tendrá la obligación de conectar en la central receptora de alarmas el nuevo sistema (siempre que éste cuente con elementos homologados), aunque se hubiera instalado por empresa distinta. Así mismo, tendrá la obligación de continuar realizando en las mismas condiciones todos los servicios que se recojan en el pliego correspondiente. B) Conexión a central receptora de alarmas. La empresa adjudicataria conectará los sistemas de seguridad de todos los centros educativos recogidos en el Anexo I objeto del contrato a una central receptora de alarmas durante el período de tiempo que dure el mismo, para lo cual dispondrá de equipos receptores capaces de recoger la señal de todas las centrales de alarmas existentes en los centros así como de las futuras centrales que se pudieran instalar, siempre y cuando estas últimas estén debidamente homologadas. C) Servicio de custodia de llaves. La empresa adjudicataria realizará la custodia de llaves de todas todos los centros educativos recogidos en el Anexo I objeto del presente pliego, en su centro de control en las condiciones de seguridad exigidas en la normativa vigente. D) Atención de alarmas. La empresa adjudicataria realizará la atención de todas las alarmas que se produzcan. Antes de comunicar a los servicios policiales las alarmas, la central receptora deberá verificarlas con los medios técnicos de que disponga. En caso de transmitirse la existencia de alarma a los servicios policiales que correspondan se transmitirá simultáneamente al personal de custodia de llaves de la zona, el cual acudirá con vehículo de la empresa debidamente señalizado como tal a las dependencias del centro origen de la alarma, facilitando, en su caso, el acceso a los servicios policiales, desconectando la alarma y verificando el motivo de la misma. En caso de ser necesario, se establecerá un servicio de vigilancia hasta la resolución de la anomalía que hubiere producido la alarma, sin coste adicional alguno.

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El servicio de acuda será prestado con un tiempo máximo de respuesta de 30 minutos desde la recepción de la señal. E) Otros Trabajos. La empresa adjudicataria llevará a cabo los siguientes trabajos para el correcto desarrollo de los servicios prestados: - Creación de inventario e identificación , que recoja: un inventario por edificio de todos los elementos que componen las instalaciones con detalle de ubicación, tipo, esquemas, etc… - Conservar la documentación justificativa de las ope raciones de mantenimiento que realicen , sus fechas de ejecución, resultados e incidencias, elementos sustituidos y cuanto se considere digno de mención para conocer el estado de operatividad del aparato, equipo o sistema cuya conservación se realice, entregándose una copia de dicha documentación se entregará al Excmo. Ayuntamiento de Valencia. - Adiestrará a la personas encargadas de los centros educativos el manejo de los sistemas de seguridad. 5. PROGRAMAS DE MANTENIMIENTO. En su oferta las empresas licitadoras deberán incluir necesariamente los Planes de Mantenimiento propuestos. La empresa que resulte adjudicataria procederá a la concreción y conformación de los “Planes de Mantenimiento” y “Manuales de Mantenimiento” correspondientes con los contenidos mínimos que se establecen en el Anexo III de este pliego. 6. MANTENIMIENTO PREVENTIVO. El mantenimiento preventivo se prestará conforme a la metodología y procedimientos propuestos por el adjudicatario, debiendo observar en todo caso las prescripciones mínimas recogidas en el Anexo II . Será realizado un Informe Técnico por la persona responsable de la revisión. En dicho informe, se detallarán todos los defectos o anomalías detectadas, aportando en cada caso las soluciones o acciones correctoras que se consideren oportunas. Se deberá cumplimentar el correspondiente libro-registro de revisiones de cada instalación de seguridad existente en cada centro educativo, cuyo modelo se ajustará a los requisitos de la normativa vigente, de forma que sea posible su tratamiento y archivo mecanizado e informatizado. Cualquier avería originada por la no realización de las operaciones preventivas en los plazos y con los elementos adecuados, será reparada por la empresa adjudicataria sin cargo alguno para la Administración, debiendo sustituir aquella los elementos dañados. El Plan de Mantenimiento Preventivo cumplirá con todas las especificaciones y normas recogidas en los Reglamentos y Normas vigentes o que puedan entrar en vigor a lo largo del periodo de duración del contrato.

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7. MANTENIMIENTO CORRECTIVO. El resto de actuaciones de mantenimiento correctivo requerirán de la solicitud previa del Excmo. Ayuntamiento de Valencia. El adjudicatario estará obligado a realizar las reparaciones que se necesiten y que no estén incluidas en este Pliego de condiciones, previa presentación del correspondiente Proyecto y la conformidad del mismo por parte del Servicio de Educación. En caso de avería de uno o varios elementos, y que no sea posible su reparación "in situ", el adjudicatario estará obligado al desmontaje de dicho elemento, su transporte y reparación en taller y a sustituir provisionalmente, durante el tiempo que dure la reparación y siempre que sea posible, dicho elemento por otro de similares características que garantice la continuidad del servicio sin cargo adicional alguno para el Excmo. Ayuntamiento de Valencia. Sí por manejo erróneo o negligente, o una reparación y operación de mantenimiento imperfecta de las instalaciones por parte del adjudicatario se produjeran averías en las mismas, serán reparadas por el adjudicatario sin cargo alguno para el Excmo. Ayuntamiento de Valencia. El adjudicatario quedará obligado a atender los avisos urgentes de avería en un tiempo máximo de 2 horas cuando suceda dentro de la jornada laboral del personal y de 4 horas para aquellos avisos realizados fuera de la jornada laboral. El ofertante deberá justificar dicha capacidad en la oferta técnica. Estas tareas se realizarán por el personal de la empresa adjudicataria. Estos rellenarán un parte de trabajo que enumere las acciones ejecutadas a fin de la elaboración del informe trimestral. A título informativo se aporta el Anexo IV con el consumo de materiales durante el año 2009, sin que esta relación implique ningún consumo establecido. 8. TRABAJOS EXCLUIDOS En este Pliego no se contemplan los trabajos de reparación motivados por uso doloso de la instalación. Para todos aquellos trabajos que se estimen no quedan contemplados en este Pliego de Condiciones Técnicas, la Empresa adjudicataria presentará previamente a la aprobación y ejecución de dichos trabajos, un presupuesto, indicando en extensión la operación ofertada. Quedan excluidos del contrato:

• La sustitución de sistemas completos. • Instalaciones telefónicas necesarias. • La instalación de nuevos sistemas que puedan ser requeridos por el Servicio de

Educación. 9. RECEPCIÓN DE ALARMAS Y CUSTODIA DE LLAVES. La empresa adjudicataria realizará la recepción de las alarmas que puedan producirse en los centros educativos recogidos en el Anexo I . En el ejercicio de esta función, coordinará el acceso de las empresas de servicios a los centros educativos si fuese necesario la realización de una reparación de daños a causa de un incidente fuera de las horas de funcionamiento, realizará todas las tareas de conexión y desconexión, y acudas de comprobación que resulte necesario, garantizando la seguridad efectiva de los centros educativos conforme a los requerimientos que se indican a continuación.

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También tendrá a su cargo la custodia de llaves de los centros educativos recogidos en el Anexo I. 1. Durante el horario de apertura de los centros educativos –lunes a viernes no festivos- cualquier alarma emitida será contrastada directamente con el centro educativo para su comprobación. 2. Cuando la alarma se produzca fuera de estos horarios, se intentará contactar con el centro. De no recibir contestación la empresa adjudicataria enviará servicio de acuda. Realizada la comprobación, si la alarma resultara ser falsa realizará las acciones necesarias para volver a conectar la misma. En caso de detectarse la existencia de intrusión avisará a la policía permaneciendo en el lugar hasta la llegada de la misma y solución de la incidencia. Si existiera algún desperfecto que afectara al centro educativo dará aviso al Servicio de Educación, facilitando toda la información posible sobre los daños que puedan existir. Si entre estos daños se localizaran los accesos del edificio y/ o instalaciones esenciales, permanecerá hasta que el Servicio de Educación solucione el problema y se pueda proceder al cierre del mismo en condiciones de absoluta seguridad o a la apertura del centro en la siguiente jornada. De este incidente se dará cuenta inmediata del incidente al Servicio de Educación a través del teléfono de contacto existente al efecto. El servicio de acuda será prestado con un tiempo máximo de respuesta de 30 minutos desde la recepción de la señal. Quedan excluidos del contrato la sustitución de sistemas completos, instalaciones telefónicas necesarias y la instalación de nuevos sistemas, que puedan ser requeridos por el Servicio de Educación del Excmo. Ayuntamiento de Valencia. El importe de mano de obra y desplazamiento que se emplee en estos trabajos se entenderá incluido en el precio del contrato y no se podrán realizar con recursos que interfieran la realización de las labores de mantenimiento preventivo o correctivo incluidas en las obligaciones ordinarias del adjudicatario. La empresa adjudicataria custodiará las llaves de todos los centros educativos descritos en el Anexo I , conforme al Artículo 49. “Servicio de custodia de llaves” del Real Decreto 2364/1994 de 9 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de Seguridad Privada. 10. CAMBIO DE MANTENEDOR Todas aquellas gestiones y gastos que hayan de realizarse ante los Entes Territoriales y/o Entidades de Inspección y Control, derivadas de la adjudicación de este Contrato, y que sean resultantes en el cambio de mantenedor o reforma de alguna instalación, serán a cargo de la Empresa adjudicataria. 11. ASESORAMIENTO TÉCNICO. La adjudicataria prestará asesoramiento y consultoría a Servicio de Educación con respecto a las materias y cuestiones relativas las instalaciones de seguridad, conexión a central receptora de alarmas, custodia de llaves y acuda. Si variase la legislación y normas vigentes sobre este tipo de instalaciones y/o servicios, la Empresa lo comunicará por escrito y junto con un presupuesto detallado de las modificaciones necesarias a fin de adaptar la instalación a la nueva legislación al Servicio de Educación para su conocimiento y adaptación dentro de las competencias tal como recoge la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación en su Disposición Adicional Decimoquinta apartado 2. “La conservación, el mantenimiento y la vigilancia de los edificios destinados a centros públicos de

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educación infantil, de educación primaria o de educación especial, corresponderán al municipio respectivo.” Este asesoramiento y asistencia técnica será realizado sin coste adicional para el Excmo. Ayuntamiento de Valencia. Actualizar y gestionar la documentación técnica legalizada, requerida por los Organismos Oficiales en materia de instalaciones de seguridad. 12. DOCUMENTACIÓN TÉCNICA. Respecto a la documentación técnica necesaria para el correcto desarrollo del servicio el adjudicatario queda obligado a: Realizar, confeccionar y actualizar la información tanto gráfica como escrita necesaria para la gestión del mantenimiento del objeto de este concurso con los siguientes formatos: - Para textos, ficheros compatibles con Microsoft Word® 97. - Para hojas de cálculo, ficheros compatibles con Microsoft Excel® 97 - Para planos, ficheros DWG, propios del programa AUTOCAD® - Para cualquier otro formato será aportado el software necesario a cargo del adjudicatario para su uso o visualización. Actualizar y gestionar la documentación técnica legalizada, requerida por los organismos oficiales en materia de instalaciones de seguridad, custodia y conexión a centrales de recepción de alarmas. El Informe Inicial incluirá un Inventario completo y tendrá la consideración de exhaustivo, por lo que todo lo que no quede reflejado en él, será aceptado tácitamente por la empresa adjudicataria como correcto, pudiendo exigir la Oficina Técnica del Servicio de Educación, con posterioridad, la corrección de defectos y anomalías detectadas y no contempladas en el inventario Inicial. La empresa adjudicataria será responsable de mantener permanentemente actualizado y a disposición de la Oficina Técnica del Servicio de Educación dicho Inventario. En el mes anterior al fin del contrato el adjudicatario deberá realizar un informe final indicando el estado de las instalaciones y equipos. En él figurará lo siguiente: 1. Un inventario actualizado de las instalaciones y equipos. 2. Fichas técnicas e históricos de los equipos. 3. Relación de informes y certificados con indicación de la fecha de entrega al Excmo. Ayuntamiento de Valencia. 4. Comentarios, documentos e informes que el adjudicatario considere oportunos y digno de mencionar en relación con los trabajos objeto del contrato. Dentro del mes siguiente al inicio del posterior contrato adjudicado a otra empresa, dos técnicos (uno del anterior adjudicatario y otro del nuevo contratista), revisarán conjuntamente las instalaciones objeto del contrato. A este acto de verificación del estado de las instalaciones asistirá el Excmo. Ayuntamiento de Valencia. Finalizado el acto se redactará, en el plazo de los dos días hábiles siguientes, un informe final cuya entrega será requisito necesario para la devolución de la garantía definitiva del contrato. Deberá facilitarse toda la documentación indicada en el Artículo 45. “Manuales del sistema” del

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Real Decreto 2364/1994 de 9 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de Seguridad Privada, cuando los sistemas de alarma sufran alguna variación posterior que modifiquen sustancialmente la instalación. 13. INFORMACIÓN PERIODICA. Se presentará junto con la facturación, un resumen de las actividades realizadas por meses, detallando lo siguiente: - Trabajos de mantenimiento preventivo, con observaciones y resultado de pruebas o inspecciones, así como estudios técnicos y recomendaciones que sean necesarias. - Relación de averías y de incidencias registradas, con indicación de fechas y horas, tiempo de intervención, causas, reparaciones efectuadas y estado actual. - Relación de materiales que se utilicen y cualquier otro trabajo realizado. Con el objeto de mantener un sistema eficaz de información sobre la prestación de este servicio, se resalta la importancia de que toda la información que sobre incidencias que puedan surgir durante su ejecución, así como por la generada por la propia actividad del mismo, sea facilitada de modo periódico, con la periodicidad que se especifica: Informe mensual de cada instalación donde se recojan las incidencias habidas (reales o falsas alarmas). Se enviarán dos copias, una de ellas en formato digital. Se presentarán, por parte del adjudicatario, los modelos de documentos que recojan dichas exigencias sometiéndose a la aprobación de la Oficina Técnica del Servicio de Educación antes de su puesta en marcha. 14. MEDIOS MATERIALES. Se incluyen todos los materiales necesarios para el correcto funcionamiento e inspección de las instalaciones y el costo de su sustitución será a cargo del adjudicatario, de manera que le corresponderán los siguientes conceptos:

• Los materiales de mantenimiento propiamente dicho serán aportados por el adjudicatario, y a tal efecto mantendrá el stock correspondiente para no perturbar el desarrollo de las operaciones.

No se incluyen los siguientes puntos:

1. Las modificaciones sobre las instalaciones actuales por iniciativa del Servicio de Educación, que tendrá que realizar el adjudicatario, previa aprobación de presupuesto, siempre que estas modificaciones no sean provocadas por reparaciones del mismo mantenimiento.

2. Las ayudas de albañilería, carpintería, cerrajería, yesería, pintura y cualquier otra necesaria para el restablecimiento del funcionamiento y condiciones iniciales, incluyendo tanto el material como la mano de obra necesaria.

3. Los materiales o máquinas a reponer como consecuencia de desperfectos ocasionados por inundaciones, tormentas, incendios, manifestaciones, huelgas, actos de sabotaje o uso negligente o malintencionado por personal ajeno al adjudicatario. En este caso, el contratista acreditará haber concertado una póliza de seguro de cobertura de riesgos por fuerza mayor que cubra dichas contingencias.

4. Los fluidos necesarios para el funcionamiento de las instalaciones como son: agua, gas,

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fuel-oil, electricidad o cualquier tipo de energía. La Oficina Técnica del Servicio de Educación se reserva el derecho de seleccionar y recuperar para su patrimonio aquellos elementos constructivos o materiales que procedan de edificios objeto de reforma o reparación y que hayan de ser sustituidos sin que ello suponga indemnización ni compensación alguna para la empresa adjudicataria. 15. OTROS MEDIOS. El adjudicatario ha de disponer de todos los medios técnicos necesarios, tales como herramientas, útiles, suficientes para el correcto desarrollo del servicio. Dispondrá de medios propios de transporte y auxiliares necesarios, así como de los equipos de protección personal precisos para cada tipo de trabajo y de la colocación de los elementos de protección y señalización con el fin de evitar accidentes, tanto a su propio personal o a personas ajenas, durante la ejecución de los trabajos. 16. MEDIOS HUMANOS. La empresa adjudicataria dispondrá, las 24 horas del día, de lunes a domingo, del personal necesario para la ejecución de las siguientes tareas: 1. Personal de la central receptora de alarmas necesario para la recepción de las mismas y toma de decisiones correspondiente al aviso recibido. 2. Personal necesario para la realización de los servicios de acuda que puedan derivarse de las alarmas detectadas. 3. Personal especialista de mantenimiento en los sistemas que esté suficientemente capacitado para la realización de trabajos de mantenimiento correctivo y preventivo, incluyendo las revisiones requeridas en este pliego. Asimismo la empresa adjudicataria pondrá a disposición del Servicio de Educación del Excmo. Ayuntamiento de Valencia el personal necesario y suficiente para atender todos los trámites de operativa y administrativos derivados de la ejecución del presente contrato. La estructura de personal será la adecuada para la realización de todos los trabajos contemplados en esta contratación. Esto engloba su personal para el desarrollo de todos los servicios, así como el personal de apoyo, asistencia técnica, dirección y control de los servicios y un equipo de actuación rápida en caso de emergencias. Entre los trabajos a realizar dentro de este mantenimiento cabe destacar los siguientes:

• La reparación de averías que se puedan producir en las instalaciones y la solución de incidencias cualquiera que sea su causa (mantenimiento correctivo).

• Servicio de Atención a Centros Educativos. La empresa adjudicataria será responsable, en caso de huelga o paro laboral debidamente autorizados, de garantizar los servicios mínimos necesarios para cumplir el mantenimiento correctivo y otras actuaciones de mantenimiento necesarias para salvaguardar la seguridad y operatividad de las instalaciones. Durante los periodos de huelga se abonará exclusivamente la parte correspondiente a los servicios mínimos realizados. En caso de incumplimiento de los servicios mínimos, la Administración se reserva el derecho a no abonar ningún importe proporcional, o a rescindir el contrato por incumplimiento del mismo.

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17. INTERLOCUTORES. El personal que efectúe la prestación de los servicios que se contratan deberá estar dirigido y controlado por un delegado (técnico medio o superior) pertenecientes a la empresa adjudicataria, a quien corresponderá impartir las instrucciones precisas para el mejor cumplimiento del servicio, y que ejercerá y actuará como interlocutor de la entidad adjudicataria ante el Servicio de Educación, Ostentando el cargo de Director técnico de las instalaciones. 18. HORARIO DE PRESTACIÓN DEL SERVICIO. Para la realización de las tareas de mantenimiento y con el fin de no producir alteraciones en el funcionamiento de los centros, los programas de mantenimiento serán presentados por el adjudicatario a la Oficina Técnica del Servicio de Educación y, una vez aprobados por esta serán ejecutados. La programación contemplará los horarios más convenientes para realizar cada una de las actividades, dentro de esta programación se tendrá especial atención a los periodos no lectivos así como a los fines de semana y franja horaria en que no se imparta docencia. Los trabajos de las actuaciones destinadas a subsanar las averías se realizarán con el visto bueno de la propiedad durante la jornada laboral de la empresa adjudicataria. La central de alarmas deberá estar atendida permanentemente por los operadores necesarios para la prestación de los servicios, que no podrán en ningún caso ser menos de dos, y que se encargarán del funcionamiento de los receptores y de la transmisión de las alarmas que reciban, conforme al apartado 1 del Artículo 48. “Funcionamiento” del Real Decreto 2364/1994, de 9 de diciembre, que aprueba el reglamento de seguridad privada. 19. INVENTARIO. Al hacerse cargo del mantenimiento, el contratista establecerá una ficha por cada centro, en la que anotará aparte de las características del mismo, las fechas en que se produzcan las distintas revisiones, avería que se presenten, reparaciones, mejoras, etc., así como el estado en que se encuentren las instalaciones al hacerse cargo del servicio. El adjudicatario realizará, a su cargo, en plazo máximo de un mes contado a partir de la adjudicación definitiva, un inventario completo con una ficha tal como se indica en el párrafo anterior. Así mismo, será responsable de mantener actualizado dicho inventario. En el caso de que el adjudicatario detecte la necesidad de realizar alguna actuación en las instalaciones (reparación, modificaciones, etc.) justificará debidamente la necesidad y los detalles de la misma, así como su presupuesto. La Oficina Técnica del Servicio de Educación podrá solicitar ofertas a otros proveedores para realizar la valoración y en su caso ejecución de la actuación. La empresa adjudicataria deberá diseñar, durante el primer mes de contrato, un inventario y una codificación para la identificación de los sistemas de alarmas existentes en los centros educativos. Una vez finalizado el inventario se entregará al Servicio de Educación en soporte digital mediante un archivo .xls para su aprobación. El adjudicatario vendrá obligado a entregar esta información impresa y soporte informático en

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los formatos indicados en el apartado “12. Documentación Técnica” de presente pliego de prescripciones técnicas. 20. CONTROL DE LOS SERVICIOS. El Ayuntamiento destinará para el control e inspección del servicio, el personal de inspección municipal necesario. Dichos inspectores, provistos de la credencial correspondiente, tendrán la misión de comprobar que el servicio se ha efectuado adecuadamente. En caso contrario, los inspectores podrán hacer las oportunas y estrictas observaciones al encargado de la contrata, o a quien le sustituya en su lugar de trabajo. Tales observaciones irán encaminadas al mejor cumplimiento del presente contrato, al ser los inspectores los continuos intérpretes de la inspección facultativa, por lo que el adjudicatario viene obligado a cumplirlas. Las discrepancias surgidas entre los inspectores y encargado de las contrata, así como cualquier anomalía observada, serán puestas por el inspector en conocimiento del Jefe de Sección del Ayuntamiento y comunicada al adjudicatario. La inspección facultativa podrá comunicar órdenes verbales urgentes a los operarios de la contrata, a través de los inspectores, las cuales, podrán ser confirmadas posteriormente por escrito. De igual manera se procederá para las órdenes que los inspectores facultativos tengan que comunicar a los encargados de los servicios de la contrata. Las órdenes dadas por la inspección en el trabajo, deben cumplirse inmediatamente o en un plazo que se determine en la orden de trabajo expedida por el Servicio de Educación, y en el caso de disconformidad del adjudicatario, éste deberá comunicarlo por escrito al Servicio de Educación, dentro de las 24 horas siguientes, siendo ésta la que resolverá sobre la incidencia. 21. AVISOS DE AVERIA Para atender los avisos de avería descritos en este Pliego, la Empresa adjudicataria contará con un Servicio Técnico que acudirá a las llamadas que se produzcan. Deberán presentarse un resumen de actuaciones por centro, que será entregada, junto con la facturación correspondiente. Los datos que deberán recogerse en la aplicación informática, para cada uno de los avisos, son los siguientes:

• Fecha y hora en la que se recibe el aviso. • Número de la orden de trabajo. • Nombre y dirección del centro educativo, donde se produce la avería. • Calificación de la avería (urgente o normal). • Descripción de la avería. • Persona y teléfono que da el aviso de avería. • Fecha de resolución de la avería con la firma del responsable y sello del centro.

Este registro permanentemente actualizado podrá consultarse por el Excmo. Ayuntamiento de Valencia.

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22. PARTES DE TRABAJO. El Parte de Trabajo estará constituido por el documento en donde se describe el trabajo realizado para la reparación de una determinada avería o un mantenimiento preventivo. Deberá rellenarse un Parte de Trabajo por cada una de las intervenciones realizadas, bien sea como consecuencia de los servicios de mantenimiento preventivo o correctivo extraordinario. Los datos que deberán recogerse en el Parte de Trabajo, son los siguientes:

• Fecha de la intervención. • Nombre del Técnico/os que la realizan. • Centro educativo donde se ejecuta. • Tiempos utilizados por cada uno de los técnicos ejecutores. • Materiales utilizados en la reparación. • Descripción de los trabajos. • Estado de la instalación tras la intervención. • Observaciones, si proceden.

El parte de trabajo constará al menos de dos copias, una para la empresa adjudicataria y, la original, que será depositada en el Libro Registro de Intervenciones del Centro. 23. PLAZOS DE ACTUACIÓN. Todos los avisos de avería deberán atenderse lo más rápidamente posible y como máximo dentro de las 24 horas siguientes a su detección, incluso en días festivos, conforme a lo dispuesto en el Articulo 44. “Averías”, del Real Decreto 2364/1994, de 9 de diciembre, que aprueba el reglamento de seguridad privada. El tiempo de respuesta máximo será de 2 horas en caso de emergencia dentro de la jornada laboral y de 4 horas en los avisos realizados fuera de la jornada laboral. Una vez iniciados los trabajos para la reparación de una avería, ésta debe quedar finalizada sin dilatación en el tiempo, salvo causa justificada. 24. DETERMINACIÓN DEL PRECIO DEL CONTRATO El sistema de determinación del precio el establecido en el Anexo V del presente Pliego de Prescripciones Técnicas.

Valencia, 30 de noviembre de 2010

EL INGENIERO TÉCNICO MUNICIPAL LA JEFA DEL SERVICIO

Fdo.: Juan Miguel Navarro Royo Fdo.: Vanesa Espinosa Molina

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ANEXO I: RELACIÓN DE CENTRO EDUCATIVOS

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CONEXIÓN

CÓDIGO CENTRO DIRECCIÓN TELEFÓNICA VIA

RADIO 91 AIORA Santos Justo y Pastor, 136 1 1 116 ALQUERIA DE ALBORS Santiago Rusiñol, s/n 1 1 2 ANGELINA CARNICER Puebla de farnals, 30 1

2 ANGELINA CARNICER (INFANTIL)

Puebla de farnals, 30 1

3 ANTONIO GARCIA LOPEZ Peris Brell, 66 1 4 ANTONIO MACHADO Pza. San Jerónimo s/n 1 5 ARTISTA FALLERO Pza. Regino Mas, s/n 1 7 AUSIAS MARCH Parque de Nazaret, 3 1 8 BALMES JAIME Maestro Aguilar, 15 1 9 BALLESTER FANDOS Avda. Malvarrosa, 57 1 11 BENIMACLET Arquitecto Arnau, s/n. 1 1 12 BENIMAMET Rafael Tenes Escrich, 56. 1 1 13 BLASCO IBAÑEZ Isabel de Villena, 6. 1

20 COMUNIDAD VALENCIANA

Avda. Pio XII, 34. 1

89 CAMPANAR Rascanya, 1. 1 1 15 CARLES SALVADOR Poeta Altet, 19. 1 57 CASTELLAR-OLIVERAL Esc. Federico Siurana s/n. 1 1 17 CAVITE Avda. Malvarrosa, 2. 1 18 CERVANTES Guillén de Castro, 153. 1 73 CIUDAD DE BOLONIA Torrente, 35. 1

27 CONSERVATORIO MUNICIPAL "JOSÉ ITURBI"

Avda. Baleares, 36. 1

19 DR. BARCIA GOYANES Salvador Ferrandis Luna, 23 1 22 DR. LOPEZ ROSAT Vicente Maroto, 1. 1 23 DR. OLORIZ Dr. Olóriz, 28. 1 24 EL GRAU (Baleares) Avda. Baleares s/n. 1 26 ELISEO VIDAL Músico Gomis, 1. 1 28 ENRIQUE TERRASA Casa de Lanuza, 2-4. 1 112 E.I. LES RONDALLES (nº 7) Jose Mª Cervera Lloret, 2. 1

115 PRIMARIA PINEDO Travesia Pinedo al mar, 75 B. 1

67 EXPLORADOR ANDRES Ramón Campoamor, 88. 1 29 FAUSTO MARTINEZ Soria s/n 1

88 FEDERICO GARCIA LORCA

Clariano s/n. 1

30 FERNANDO DE LOS RIOS Ing. Joaquin Benlloch, 33. 1 32 GASPAR GIL POLO Miguel Paredes, 5. 1 33 GINER DE LOS RIOS Pza. Prof. López Ibor, s/n. 1 34 HORNO ALCEDO Camino Alabau, 30. 1 1

Servicio de Educación. Oficina Técnica.

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CONEXIÓN CÓDIGO CENTRO DIRECCIÓN

TELEFÓNICA VIA RADIO

113 HUMANISTA MARINER Humanista Mariner, 29. 1 36 JAIME I Jerónimo Monsoriu, 21. 1 37 JESUS Franco Tormo, 2. 1 40 JOSE SENENT Senent Ibáñez, s/n. 1 80 JOSE SOTO MICO Beethoven, s/n. 1 86 JUAN MANUEL MONTOYA Ctra. Punta al Mar, 75. 1 70 L' AMISTAT Séneca, 13. 1 31 LA FONTETA Cura Palanca, s/n. 1 42 LUIS BRAILLE Luis Crumiere, 2. 1 43 LUIS DE SANTANGEL Avda. Pinares s/n (El Saler). 1 47 MAGISTERIO ESPAÑOL General Urruria, 61. 1 45 MALVARROSA Pico de Teyde 1 y 3. 1

46 MANUEL GONZALEZ MARTI

Alqueria Gilet, 14 (Benifaraig). 1 1

21 MARE NOSTRUM Blasco Ibañez, 171. 1 49 MAX AUB Padre Urbano s/n. 1 94 MESTALLA Ernesto Ferrer, 2. 1

63 MIGUEL HERNANDEZ Esteban Dolz del Castellar, 2. 1

50 NICOLAU PRIMITIU Arquitecto Segura de lago, 9. 1 52 NTRA SRA DL CARMEN Amadis de Gaula, s/n. 1 51 NUEVE DE OCTUBRE Castán Tobeñas, 32. 1 53 PABLO NERUDA Ing. Joaquin Benlloch, 36. 1 54 PADRE CATALA Padre Alegre, 10. 1 56 PADRE MANJON Castillo de Cullera, 3. 1 93 E.I. PINEDO Camino del canal, s/n. 1

48 PRIMER MARQUES DEL TURIA

Pz. Galicia, 7. 1

58 PRACTICAS DE MAGISTERIO

Pz. Parque Monteolivete, 1. 1

76 PROFESOR SANCHIS GUARNER Pedro Patricio Mey, 44.

1

97 PROFESOR SEBASTIAN BURGOS

Ent. De Romualdo, 13 (El Saler). 1

NUEVO PROFESOR SEBASTIAN BURGOS

Alquería de Benimasot, 13 1 1

41 PROFESOR SANTIAGO GRISOLIA

Ramón de Campoamor, 89. 1

61 PROFESOR RAMIRO JOVER

Pío IX s/n (S. Marcel·li). 1

59 RAFAEL ALTAMIRA Quart de les Valls, 2. 1

Servicio de Educación. Oficina Técnica.

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CONEXIÓN CÓDIGO CENTRO DIRECCIÓN

TELEFÓNICA VIA RADIO

60 RAFAEL MATEU CÁMARA Pza. Ceramista Gimeno s/n. 1 62 RAQUEL PAYÁ Músico Ayllon, 41. 1 96 RUIZ JIMENEZ Avda. del Mediterráneo s/n. 1 66 SALVADOR TUSSET El Álamo, 2. 1 55 SAN ISIDRE Andreu Alabarta, 43. 1 1 69 SAN JOSE DE CALASANZ Bello, 22. 1 72 SAN PEDRO Pedro de Valencia, s/n. 1 75 SANTA TERESA Guillén de Castro, 162. 1 SANTA TERESA Doctor Chiarri 1

25 ARQUITECTO SANTIAGO CALATRAVA

Con. Viejo de Paterna s/n. 1 1

78 SARA FERNANDEZ Rvda. Jose Noguera, 4. 1 79 SECTOR AEREO Sta. Cruz de Tenerife, 1. 1 1 6 SERRERIA Serreria 71. 1

1 SANTO ANGEL DE LA GUARDA

San Vicente Mártir, 246. 1

111 TOMAS MONTAÑANA Avda. Baleares, 40. 1 83 TOMAS DE VILLARROYA Avda. Dr. Tomás Sala, s/n. 1 84 TORREFIEL Erudito Pagés, 1. 1 1 84 TORREFIEL (pabellón) Erudito Pagés, 1. 1 1

85 VICENTE GAOS Pza. Poeta vicente Gaos, 1. 1

87 VILLAR PALASI Jaca s/n. 1

14 ROSA LLACER Pintor Rafael Mocholi, s/n 1

CANTIDAD 89 14

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ANEXO II

PERIODICIDADES. MANTENIMIENTO PREVENTIVO. En el presente Anexo se expresan a modo indicativo, las periodicidades máximas para las revisiones de mantenimiento preventivo de los sistemas de seguridad. No obstante, se adaptarán a la Normativa, Legislación y Reglamentos vigentes, a las indicaciones dadas por los fabricantes y a las necesarias para el correcto funcionamiento de las instalaciones.

En el desarrollo de los trabajos de mantenimiento se tendrá en cuenta el horario de funcionamiento de los centros, y se arbitrarán las medidas oportunas para no interrumpir, más allá de lo estrictamente necesario, y para evitar molestias e incomodidades a los usuarios. El contratista deberá adaptar su horario de trabajo, en la medida de lo posible, al que determine la Oficina Técnica del Servicio de Educación. En cualquier caso, aquellos trabajos que exijan parar las instalaciones se efectuarán en las fechas previamente acordadas con la Oficina Técnica del Servicio de Educación, preferentemente en periodos lectivos vacacionales. Todos estos trabajos, incluso si deben realizarse, excepcionalmente, fuera del horario establecido para los operarios, festivos o en horas no laborables, se considerarán incluidos en el precio ofertado.

Los sistemas de seguridad y sus componentes sujetos al Real Decreto 2364/1994, de 9 de diciembre, que aprueba el Reglamento de Seguridad Privada (BOE Nº 8 de 10 de enero) se someterán a las revisiones que se establecen en el conforme al Artículo 43. “Revisiones”, en el cual se determina, en cada caso, el tiempo máximo que podrá transcurrir entre dos revisiones o inspecciones consecutivas. Artículo 43. Revisiones. 1. Los contratos de instalación de aparatos, dispositivos y sistemas de seguridad, en los supuestos en que la instalación sea obligatoria o cuando se conecten con una central de alarmas, comprenderán el mantenimiento de la instalación en estado operativo, con revisiones preventivas cada trimestre, no debiendo, en ningún caso, transcurrir más de cuatro meses entre dos revisiones sucesivas. En el momento de suscribir el contrato de instalación o en otro posterior, la entidad titular de la instalación podrá, sin embargo, asumir por sí misma o contratar el servicio de mantenimiento y la realización de revisiones trimestrales con otra empresa de seguridad. (Modificado por el Real Decreto 195/2010, de 26 de febrero) 2. Cuando las instalaciones permitan la comprobación del estado y del funcionamiento de cada uno de los elementos del sistema desde la central de alarmas, las revisiones preventivas tendrán una periodicidad anual, no pudiendo transcurrir más de catorce meses entre dos sucesivas. (Modificado por el Real Decreto 195/2010, de 26 de febrero) 3. Las revisiones preventivas podrán ser realizadas directamente por las entidades titulares de las instalaciones, cuando dispongan del personal con la cualificación requerida, y de los medios técnicos necesarios. 4. Las empresas de seguridad dedicadas a esta actividad y las titulares de las instalaciones llevarán libros-registros de revisiones, cuyos modelos se ajusten a las normas que se aprueben por el Ministerio de Justicia e Interior, de forma que sea posible su tratamiento y archivo mecanizado e informatizado. Programa de mantenimiento en el sistema de seguridad: Trimestralmente: Central alarma antirrobo y demás útiles del sistema:

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• Revisión y comprobación del buen funcionamiento de la central de alarmas instalada, siendo a cargo del adjudicatario todo tipo de reparaciones, siempre que no provengan de siniestros o actos vandálicos.

• Revisión y comprobación del buen funcionamiento de las baterías. • Revisión y comprobación del buen funcionamiento de los contactos magnéticos • Revisión y comprobación del buen funcionamiento de los detectores infrarrojos instalados,

siendo a cargo de la empresa la sustitución de aquellos que muestren un mal funcionamiento.

• Revisión y comprobación del buen funcionamiento de las sirenas de las alarmas de robo, interiores y exteriores.

• Revisión y comprobación del buen funcionamiento de las barreras.

Tras la revisión técnica trimestral se acompañará de un informe que será remitido al Servicio de Educación del Excmo. Ayuntamiento de Valencia. Los importes de mano de obra y desplazamientos derivados de las averías o mantenimientos serán a cargo de la empresa adjudicataria. La empresa adjudicataria informará y adiestrará a varias personas de los centros del manejo de los sistemas de seguridad. Dentro del primer mes de vigencia del contrato, la empresa adjudicataria remitirá al Servicio de Educación del Excmo. Ayuntamiento de Valencia un calendario pormenorizado con las fechas en se realizarán cada una de las revisiones periódicas indicadas en el presente pliego, así como de cuando se realizará el adiestramiento e información del manejo de los sistemas de seguridad al personal de los centros.

NORMATIVA APLICABLE.

Todas las operaciones de mantenimiento objeto de este contrato estarán sujetas a las normas y recomendaciones vigentes, que no tiene carácter limitativo ni excluyente, y que deberá asimismo ser tenida en cuenta por la empresa adjudicataria durante la prestación del servicio, tanto en el ámbito estatal como el particular de la Comunidad Valenciana y Excmo. Ayuntamiento de Valencias, atendiendo especialmente a: - Ley 23/1992, de 30 de julio, de Seguridad Privada (BOE núm. 186, de 4 de agosto). Real Decreto 2364/1994, de 9 de diciembre, que aprueba el Reglamento de Seguridad Privada (BOE núm. 8, de 10 de enero). - Orden de 23 de abril de 1997 por la que se concretan determinados aspectos en materia de empresas de seguridad, en cumplimiento de la Ley y el Reglamento de Seguridad Privada (BOE núm. 108, de 6 de mayo. Corrección de errores en BOE núm. 157, de 2 de julio). - Orden de 21 de diciembre de 2001 sobre establecimiento de un régimen de aplicación especial de ciertas medidas de seguridad recogidas en la Orden de 23 de abril de 1997, por la que se concretan determinados aspectos en materia de empresas de seguridad, en cumplimiento de la Ley y el Reglamento de Seguridad Privada (BOE núm. 306, de 22 de diciembre). - Orden PRE/2914/2009, de 30 de octubre, que desarrolla lo dispuesto en el Real Decreto 1628/2009, de 30 de octubre, por el que se modifican determinados preceptos del Reglamento de Seguridad Privada, aprobado por Real Decreto 2364/1994, de 9 de diciembre, y del Reglamento de Armas, aprobado por Real Decreto 137/1993, de 29 de enero. (BOE núm. 264, de 2 de noviembre). - Resolución de 16 de noviembre de 1998, de la Secretaría de Estado de Seguridad, por la que se aprueban los modelos oficiales de los Libros-Registro que se establecen en el Reglamento de

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Seguridad Privada (BOE núm. 295, de 10 de diciembre). - Ley 31/1995 de 8 de Noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales. - Real decreto 39/1997, por el que se aprueba el Reglamento de los Servicios de Prevención. - Real Decreto 1627/1997, de 24 de octubre, por el que se establecen disposiciones mínimas de seguridad y de salud en las obras de construcción. - Real Decreto 842/2002, por el que se aprueba el Reglamento Electrotécnico para Baja Tensión. - Real Decreto 314/2006, de 17 de marzo, por el que se aprueba el Código Técnico de la Edificación. - Demás disposiciones vigentes que le sean de observación y aplicación.

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ANEXO III

CONTENIDO MÍNIMO DE LOS “MANUALES DE MANTENIMIENTO” En el presente Anexo se presentan los apartados mínimos que deberá incluir cada uno de los Manuales de Mantenimiento, documentos que realizará la empresa adjudicataria para cada instalación o equipo, y que definirán el sistema operativo a desarrollar, tanto desde el punto de vista de tareas a realizar como de documentación necesaria para llevarlas a cabo. Concretamente los manuales a realizar son:

• “Manual de Mantenimiento Preventivo Reglamentario” • “Manual de Mantenimiento Preventivo No Reglamentario” • “Manual de Mantenimiento Correctivo”

Anexo III.I.: MANUAL DE MANTENIMIENTO PREVENTIVO REGLAMENTARIO En este manual se incluirán, como mínimo, los siguientes apartados: Inventario de equipos e instalaciones , en el que se recogerán la totalidad de los equipos e instalaciones sobre las que es necesario realizar revisiones periódicas oficiales de carácter obligatorio. Libro de protocolos de inspección del Mantenimiento Reglamentario , en el que se recogerán la totalidad de hojas o partes de inspección debidamente referenciados a las instalaciones descritas en el inventario señalado en el apartado anterior. En las citadas hojas o partes de inspección se consignarán las actuaciones a realizar en cada caso concreto, indicando con claridad en el impreso:

• Aparato o instalación a inspeccionar (nombre que la identifica, que deberá ser el mismo que figure en el inventario).

• Código del aparato o la instalación a efectos de informatización, que deberá ser el mismo que en el inventario.

• Reglamento industrial a aplicar. • Puntos concretos de chequeo, señalando el artículo del reglamento que lo ordena. • Clase de inspección, especificando si es revisión a cargo del usuario o revisión

periódica de obligado cumplimiento a cargo de empresa autorizada, mantenedor/reparador, entidades de inspección y control).

• Fecha de inspección. • Localización de la instalación: centro educativo. • Nombre de la empresa que realiza la inspección, con indicación del técnico u operario

que la realiza. Planning de inspecciones , en el que se contemplarán todas las inspecciones a realizar debidamente distribuidas a lo largo del año. Contemplará las inspecciones mensuales, semanales, trimestrales, semestrales, etc., que establezca la reglamentación. Estará organizado por aparatos. En cada inspección en concreto se consignará si es necesario o no, visar la inspección de en los Órganos Territoriales competentes de la Administración. Planning de revisiones periódicas de obligado cumpl imiento: Se confeccionará un planning técnico atendiendo a la periodicidad diferenciada de cada instalación en concreto, del que se extraerá el planning real anual de aquellas instalaciones o equipos que deban ser revisadas oficialmente. Estará organizado por aparatos.

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Estadillo/Registro de inspecciones , en el que se llevará el control, de las inspecciones programadas en los planning correspondientes. Existirá uno por cada uno de los planning existentes. Estará organizado por:

• Instalaciones. • Meses naturales.

Libro/Registro de mantenimiento oficial. Se realizara uno por aparato o instalación. En ellos se consignará:

• Inspecciones oficiales (revisiones periódicas) realizadas por : o Instaladores/mantenedores autorizados. o Entidades de inspección y control reglamentario. o Técnicos de los Órganos Territoriales competentes de la Administración.

Archivo de inspecciones. Formado por: Partes de inspección no oficial. Actas de inspección oficiales (revisiones periódicas de obligado cumplimiento). Correspondencia mantenida con: Fabricantes. Instaladores/mantenedores autorizados. Entidades de inspección y control reglamentario. Delegación de Industria. Relacionada con las inspecciones realizadas. El "Manual de Mantenimiento Preventivo Reglamentario” deberá quedar completamente redactado al inicio de la prestación recogida en el presente pliego de prescripciones técnicas, debiendo ser presentado en la Oficina Técnica del Servicio de Educación para su aprobación antes del primer mes de desde el inicio de la prestación.

Anexo III.II: MANUAL DE MANTENIMIENTO PREVENTIVO NO REGLAMENTARIO En este manual se incluirán, como mínimo los siguientes apartados:

o Inventario de equipos e instalaciones: en el que se recogerán la totalidad de las instalaciones existentes sobre las que se va a aplicar el mantenimiento preventivo.

o Libro de protocolos de inspección de Mantenimiento Preventivo no Reglamentario : en el que se recogerán la totalidad de hojas o partes de inspección, debidamente referenciadas a las instalaciones descritas en el inventario señalado en el apartado anterior.

En las citadas hojas o partes de inspección, se consignarán las actuaciones a realizar en cada caso concreto, indicando con claridad en el impreso:

o Instalación a chequear: nombre que la identifica que deberá de ser el mismo que figura en el inventario.

o Código de instalación: a efectos de informatización, que será el mismo que figure en el inventario.

o Localización de la instalación: edificio, servicio, planta. o Operaciones a realizar: puntos concretos a chequear en cada instalación

(verificaciones y/o actuaciones concretas). o Fecha de realización: de la inspección. o Nombre del operario: que realizó la inspección. o Tiempo empleado.

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Planning de inspecciones de Mantenimiento Preventiv o No Reglamentario: en el que se contemplarán las inspecciones a realizar con fecha real de inspección durante todo el año. Estará organizado por:

o Instalaciones (indicando su nombre y código). o Operaciones a realizar (indicando la frecuencia de realización de cada una de ellas). o Estadillo-registro de inspecciones. En el que se llevará el control de las inspecciones

programadas en el planning de inspecciones. Figurarán los mismos datos que en el planning de inspecciones organizadas por instalaciones y meses naturales.

Archivo de inspecciones: formado por todos los impresos de inspección ya realizados (hojas o partes de inspección), en donde quedarán recogidas por escrito todas las incidencias registradas en las mismas. El “Manual de Mantenimiento Preventivo no Reglamentario” deberá quedar completamente redactado al inicio de la prestación recogida en el presente pliego de prescripciones técnicas, debiendo ser presentado en la Oficina Técnica del Servicio de Educación para su aprobación antes del primer mes de desde el inicio de la prestación.

Anexo III.III: MANUAL DE MANTENIMIENTO CORRECTIVO En este manual se incluirán, como mínimo, los siguientes apartados:

o Partes de avería. Existirán dos tipos de partes de avería: o Partes de avería de instalaciones y equipos. Su misión es dar a conocer al

adjudicatario la existencia de las averías o deterioros que se vayan produciendo. Serán entregados al adjudicatario para su resolución.

o Partes de averías correctivas y preventivas . Su misión es demostrar la eficacia del mantenimiento preventivo. Serán generados como consecuencia de las inspecciones preventivas realizadas por la empresa adjudicataria.

Estadillo de registro de averías, donde se anotarán las averías que se vayan generando diariamente. Existirán dos estadillos registro para cada uno de los grupos de averías señalados. Archivo de partes de averías: formado por todos los impresos de parte de averías ya realizadas y debidamente cumplimentados de acuerdo con la normativa impuesta por la Oficina Técnica del Servicio de Educación El “Manual de Mantenimiento Correctivo” deberá quedar completamente redactado al inicio de la prestación recogida en el presente pliego de prescripciones técnicas, debiendo ser presentado en la Oficina Técnica del Servicio de Educación para su aprobación antes del primer mes de desde el inicio de la prestación. En tanto no se produzca esta aprobación, la Empresa adjudicataria aplicará el programa de actuaciones de mantenimiento correctivo descrito en su oferta.

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ANEXO IV: “RELACIÓN DE MATERIAL”

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ALARMA Código Ud Descripcion Cantidad PCJA117 u Reparación célula foto eléctrica 1 PEJA087 u Reparación fallo zona 19 alarma 1 PEJA088 u Revisión sistema de alarma 1 PIPR.4a u Detector volumétrico infr sop móvil 10 PIPR.4b u Detector infrarrojos 30 m 8 PIPR.6g u Central robo-atraco c/sirena 3 PEJA077 u Reconexionado sirena 3 PIPR.1a u Detector robo rot crst micrf 2 PEJA076 u Conexionado zonas 1 pc.3.34 u Transmisor Vir, 10 w + ant 2 pc.5.36 u Control com. BID. 8/48 zonas 2 PEJA083 u Sustitución fotocélula 1 PEJA084 u Selector multilógica con llave 1 pc.42.54 u Transceptor V/R supervisado 1 PCJAEL036 u monitor Loft ADS 1 pc.6.37 u Consoloa alfanumerica 61645P 2 pc.57.57 u Placa baquelita 1000 x 800 mm 1 PIPR15a u Teclado remoto ctrl robo 1 PIPR.8f u Sirena exterior optica 12vcc 1 PCJA023 u módulo expansor 8 zonas programable 2 PIPR.8a u Sirena autoprotegida 1 PCJA238B u contacto de serie para presencia 1 pc.1.7 u Modulo codificador multiplex 12 1 PCJAEL035 u Conector monitor loft ADS 1 pc.57.6 u Contacto magnético mod. 401 HC 1

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ANEXO V. ESTIMACIÓN DEL IMPORTE DEL PRECIO CIERTO D EL CONTRATO [art. 75 LCSP]

Para realizar el presente estudio económico, se tiene en cuenta que los gastos producidos durante el año 2009, los cuales deberán ser soportados por la empresa adjudicataria del servicio siendo el mantenimiento preventivo, correctivo y el beneficio industrial.

Al amparo de lo anteriormente expuesto, se formula la siguiente valoración económica :

Para la valoración del mantenimiento de los sistemas de seguridad y vigilancia se ha tenido en cuenta las cantidades consumidas y reparadas del año trasladando dichos cantidades (%) al inventario existente en los centros educativos durante el año 2010.

1.- MANTENIMIENTO – VIGILANCIA – CUSTODIA – ACUDA D E LLAVES .

Para el cálculo del coste del mantenimiento se los sistemas de seguridad se ha tenido en cuenta el número de centros educativos con instalación de seguridad durante el año 2010 con el siguiente desglose, el total de gastos por este concepto sería de 64.994,40 €

Importe Total Meses Cantidad Importe

Conexión Vía Radio 1.982,40 € 12 14 11,80 €

Conexión Normal 63.012,00 € 12 89 59,00 €

TOTAL 64.994,40 €

2.- GASTOS GENERALES/BENEFICIO INDUSTRIAL.

Al amparo del criterio político de austeridad económica seguido por esta Corporación, el porcentaje de gastos generales a aplicar al presupuesto de ejecución material junto con el del beneficio industrial del contratista será en su totalidad del 9 %. De conformidad con lo expuesto, el total de gastos por este concepto sería de 5.849,50 €

3.- IVA APLICABLE.

A este presupuesto base de licitación le resulta de aplicación el tipo general del 18% del Impuesto sobre el Valor Añadido vigente [art.90 LIVA]. De conformidad con lo expuesto da un total de: 12.751,90 € TOTAL GASTOS MANTENIMIENTO PREVENTIVO………..……………..…..…………..…….…64.994,40 € GASTOS GENERALES/BENEFICIO INDUSTRIAL………………….……… .…5.849,50 € TOTAL……………………………………………………….……………………....70.843,90 € IVA 18%...........................................................................................................12.751,90 € TOTAL……….…………………………………….…………………………..…….83.595,80 €