consejo regional de la juventud word

56
ASESOR EMPRESARIAL Revista de Asesoría Especializada Normas Legales Fuente: Diario O cial El Peruano Lima, miércoles 08 de Mayo de 2013 ÍNDICE PODER EJECUTIVO PRESIDENCIA DEL CONSEJO DE MINISTROS Resolución Ministerial N° 113-2013-PCM.- Constituyen el Con- sejo de Premiación Ad Honórem del “I Premio Nacional Alcalde Productivo” Resolución Ministerial N° 114-2013-PCM.- Aceptan renuncia de Asesor II del Despacho Ministerial de la PCM en asuntos de Descentralización y Reforma del Estado Resolución Ministerial N° 116-2013-PCM.- Designan Asesor del Despacho Ministerial de la PCM para asuntos de interdicción de la minería ilegal en el país Fe de Erratas Resolución Ministerial N° 109- 2013-PCM AGRICULTURA Resolución Ministerial N° 0157-2013-AG.- Otorgan la Condeco- ración “Medalla Ministerio de Agricultura” a diversas personas naturales y jurídicas AMBIENTE Resolución Ministerial N° 135-2013-MINAM.- Aprueban la Guía Metodológica para la Elaboración de los Instrumentos Técnicos Sustentatorios para el Ordenamiento Territorial COMERCIO EXTERIOR Y TURISMO Resolución Ministerial N° 119-2013-MINCETUR/DM.- Autorizan via- je de representante del Ministerio a Panamá, en comisión de servicios CULTURA Resolución Ministerial N° 135-2013-MC.- Autorizan viaje de Coordinador y Programador de actividades culturales del Gran Teatro Nacional a Colombia, en comisión de servicios DEFENSA Resolución Ministerial N° 355-2013-DE/SG.- Instruyen a Comandantes Generales del Ejército, la Marina de Guerra y la Fuerza Aérea del Perú, para que adopten acciones que aseguren cumplimiento cabal de normativa que regula el Servicio Militar, incluyendo la observancia de los requisitos que debe reunir el personal para su inscripción en las Oficinas de Registro Militar DESARROLLO E INCLUSIÓN SOCIAL Resolución Ministerial N° 090-2013-MIDIS.- Delegan facultad de representar al Ministerio en procedimientos y diligencias de ejecución de mandatos judiciales de reposición o incorporación de trabajadores, en la Jefa de la Oficina General de Administra- ción Resolución Directoral N° 022-2013-MIDIS/P65-DE.- Encargan funciones de Jefe de la Unidad de Administración del Programa Nacional de Asistencia Solidaria “Pensión 65” ECONOMÍA Y FINANZAS Resolución Ministerial N° 133-2013-EF/43.- Aprueban contrato referido al Servicio de Información Financiera Internacional a ser suscrito con la empresa Bloomberg Finance LP 12 Resolución Ministerial N° 135-2013-EF/15.- Fijan índices de corrección monetaria para efectos de determinar el costo com- putable de los inmuebles enajenados por personas naturales, sucesiones indivisas o sociedades conyugales que optaron por tributar como tales Resolución ViceMinisterial N° 010-2013-EF/15.01.- Precios CIF de referencia para la aplicación del derecho variable adicio- nal o rebaja arancelaria a que se refiere el Decreto Supremo N° 115-2001-EF y modificatorias EDUCACIÓN 2 2 Resolución Suprema N° 018-2013-ED.- Crean el Instituto de Educación Superior Tecnológico Público “De las Fuerzas Arma- das” y autorizan su funcionamiento. INTERIOR 2 Resolución Ministerial N° 0717-2013-IN/ONAGI.- Designan Go- bernadora en el ámbito Regional de Apurímac PRODUCE Resolución Ministerial N° 163-2013-PRODUCE.- Disponen publicación del proyecto de Decreto Supremo que aprueba el Reglamento del programa de Vigilancia y Control de Pesca y Des- embarque en el Ámbito Marítimo SALUD Resolución Ministerial N° 250-2013/MINSA.- Encargan funcio- nes de Jefa de Equipo y nominan en el cargo de Coordinadora Nacional del Programa Nacional de Hemoterapia y Bancos de Sangre de la Dirección de Servicios de Salud de la Dirección Ge- neral de Salud de las Personas Resolución Ministerial N° 252-2013-MINSA.- Designan Ejecu- tivo Adjunto II del Despacho Viceministerial y Director Ejecutivo de la Dirección Ejecutiva de Atención Integral de la Salud de la Dirección General de Salud de las Personas. TRABAJO Y PROMOCIÓN DEL EMPLEO Decreto Supremo N° 003-2013-TR.- Decreto Supremo que pre- cisa la transferencia de competencias y los plazos de vigencia contenidos en la Ley N° 29981, Ley que crea la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral (SUNAFIL) Fe de Erratas Resolución Ministerial N° 082- 2013-TR TRANSPORTES Y COMUNICACIONES 13 Resolución Ministerial N° 244-2013-MTC/02.- Autorizan viaje de profesionales de las Direcciones Generales de Transporte Acuático y Aeronáutica Civil a Chile, en comisión de servicios ORGANISMOS REGULADORES 14 ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSIÓN EN ENERGÍA Y MINERÍA Resolución N° 058-2013-OS/CD.- Modifican la Norma “Dispo- siciones Complementarias para la operatividad a nivel nacional del FISE aplicable al descuento en la compra del balón de gas de usuarios que tienen servicio eléctrico”, aprobada por Resolución de Consejo Directivo N° 173-2012-OS/CD 17 1 15 1 16 16 3 18 18 12 19 13 20 21 21 14 22

Upload: wilmer-eduardo-talavera-mauricio

Post on 13-Dec-2014

139 views

Category:

Documents


26 download

TRANSCRIPT

Page 1: Consejo Regional de La Juventud Word

ASESOR EMPRESARIALRevista de Asesoría Especializada

Normas LegalesFuente: Diario Oficial El Peruano

Lima, miércoles 08 de Mayo de 2013

ÍNDICEPODER EJECUTIVO

PRESIDENCIA DEL CONSEJO DE MINISTROS

Resolución Ministerial N° 113-2013-PCM.- Constituyen el Con-sejo de Premiación Ad Honórem del “I Premio Nacional AlcaldeProductivo”Resolución Ministerial N° 114-2013-PCM.- Aceptan renunciade Asesor II del Despacho Ministerial de la PCM en asuntos deDescentralización y Reforma del Estado

Resolución Ministerial N° 116-2013-PCM.- Designan Asesor delDespacho Ministerial de la PCM para asuntos de interdicción dela minería ilegal en el paísFe de Erratas Resolución Ministerial N° 109-2013-PCM

AGRICULTURA

Resolución Ministerial N° 0157-2013-AG.- Otorgan la Condeco-ración “Medalla Ministerio de Agricultura” a diversas personasnaturales y jurídicasAMBIENTE

Resolución Ministerial N° 135-2013-MINAM.- Aprueban la GuíaMetodológica para la Elaboración de los Instrumentos TécnicosSustentatorios para el Ordenamiento TerritorialCOMERCIO EXTERIOR Y TURISMO

Resolución Ministerial N° 119-2013-MINCETUR/DM.- Autorizan via-je de representante del Ministerio a Panamá, en comisión de serviciosCULTURA

Resolución Ministerial N° 135-2013-MC.- Autorizan viaje deCoordinador y Programador de actividades culturales del GranTeatro Nacional a Colombia, en comisión de serviciosDEFENSA

Resolución Ministerial N° 355-2013-DE/SG.- Instruyen aComandantes Generales del Ejército, la Marina de Guerra y laFuerza Aérea del Perú, para que adopten acciones que asegurencumplimiento cabal de normativa que regula el Servicio Militar,incluyendo la observancia de los requisitos que debe reunir elpersonal para su inscripción en las Oficinas de Registro MilitarDESARROLLO E INCLUSIÓN SOCIAL

Resolución Ministerial N° 090-2013-MIDIS.- Delegan facultadde representar al Ministerio en procedimientos y diligencias deejecución de mandatos judiciales de reposición o incorporaciónde trabajadores, en la Jefa de la Oficina General de Administra-ciónResolución Directoral N° 022-2013-MIDIS/P65-DE.- Encarganfunciones de Jefe de la Unidad de Administración del ProgramaNacional de Asistencia Solidaria “Pensión 65”ECONOMÍA Y FINANZAS

Resolución Ministerial N° 133-2013-EF/43.- Aprueban contratoreferido al Servicio de Información Financiera Internacional a sersuscrito con la empresa Bloomberg Finance LP

12

Resolución Ministerial N° 135-2013-EF/15.- Fijan índices decorrección monetaria para efectos de determinar el costo com-putable de los inmuebles enajenados por personas naturales,sucesiones indivisas o sociedades conyugales que optaron portributar como talesResolución ViceMinisterial N° 010-2013-EF/15.01.- PreciosCIF de referencia para la aplicación del derecho variable adicio-nal o rebaja arancelaria a que se refiere el Decreto Supremo N°115-2001-EF y modificatoriasEDUCACIÓN

2

2

Resolución Suprema N° 018-2013-ED.- Crean el Instituto deEducación Superior Tecnológico Público “De las Fuerzas Arma-das” y autorizan su funcionamiento.INTERIOR

2

Resolución Ministerial N° 0717-2013-IN/ONAGI.- Designan Go-bernadora en el ámbito Regional de Apurímac

PRODUCE

Resolución Ministerial N° 163-2013-PRODUCE.- Disponenpublicación del proyecto de Decreto Supremo que aprueba elReglamento del programa de Vigilancia y Control de Pesca y Des-embarque en el Ámbito MarítimoSALUD

Resolución Ministerial N° 250-2013/MINSA.- Encargan funcio-nes de Jefa de Equipo y nominan en el cargo de CoordinadoraNacional del Programa Nacional de Hemoterapia y Bancos deSangre de la Dirección de Servicios de Salud de la Dirección Ge-neral de Salud de las PersonasResolución Ministerial N° 252-2013-MINSA.- Designan Ejecu-tivo Adjunto II del Despacho Viceministerial y Director Ejecutivode la Dirección Ejecutiva de Atención Integral de la Salud de laDirección General de Salud de las Personas.TRABAJO Y PROMOCIÓN DEL EMPLEO

Decreto Supremo N° 003-2013-TR.- Decreto Supremo que pre-cisa la transferencia de competencias y los plazos de vigenciacontenidos en la Ley N° 29981, Ley que crea la SuperintendenciaNacional de Fiscalización Laboral (SUNAFIL)

Fe de Erratas Resolución Ministerial N° 082-2013-TR

TRANSPORTES Y COMUNICACIONES

13

Resolución Ministerial N° 244-2013-MTC/02.- Autorizan viajede profesionales de las Direcciones Generales de TransporteAcuático y Aeronáutica Civil a Chile, en comisión de servicios

ORGANISMOS REGULADORES

14 ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSIÓN EN ENERGÍA Y MINERÍAResolución N° 058-2013-OS/CD.- Modifican la Norma “Dispo-

siciones Complementarias para la operatividad a nivel nacionaldel FISE aplicable al descuento en la compra del balón de gas deusuarios que tienen servicio eléctrico”, aprobada por Resoluciónde Consejo Directivo N° 173-2012-OS/CD

17

115

1 16

16

3 18

18

12

19

1320

21

21

14 22

Page 2: Consejo Regional de La Juventud Word

ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSIÓN PRIVADA EN TELECO-MUNICACIONES

Resolución N° 325-2013-GG/OSIPTEL.- Aprueban Oferta Básicade Interconexión para la red del servicio de telefonía fija de Ame-ricatel Perú S.A.formulada por el OSIPTELORGANISMOS TÉCNICOS ESPECIALIZADOS

OFICINA DE NORMALIZACIÓN PREVISIONAL

Resolución Jefatural N° 025-2013-JEFATURA/ONP.- ModificanPlan Estratégico Institucional de la Oficina de Normalización Pre-visional para el periodo 2012 - 2016ORGANISMO DE EVALUACIÓN Y FISCALIZACIÓN AMBIENTAL

Resolución N° 020-2013-OEFA/CD.- Aceptan renuncia al cargode vocal del Tribunal de Fiscalización Ambiental del OEFA34

INSTITUCIONES EDUCATIVAS

Resolución N° 1144.- Aprueban expedición de duplicado de di-ploma de Grado Académico de Bachiller en Ciencias con menciónen Minería otorgado por la Universidad Nacional de IngenieríaResolución N° 0702.- Autorizan viaje del Rector de la Universi-dad Nacional de Ingeniería para participar en evento a realizarseen EspañaJURADO NACIONAL DE ELECCIONES

Resolución N° 233-2013-JNE.- Renuevan inscripción de PiuraDatos E.I.R.L. en el Registro Electoral de Encuestadoras

MINISTERIO PUBLICO

Resolución N° 079-2013-MP-FN-JFS.- Aceptan renuncia de Fis-cal Provincial Titular Mixto de Pisco 44

4232

42

33 43

SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE ADUANAS Y DE ADMINISTRA-CIÓN TRIBUTARIA

Resolución 152-2013/SUNAT.- Designan Fedatarios Adminis-trativos Titulares de la Oficina de Soporte Administrativo TacnaResolución N° 153-2013/SUNAT.- Designan Ejecutores Coacti-vos encargados de la gestión de cobranza coactiva de la Inten-dencia Lima e Intendencia Regional Ayacucho

PODER JUDICIAL

CORTES SUPERIORES DE JUSTICIA

Resolución Administrativa N° 472-2013- P-CSJLI/PJ.- Confor-man Segunda Sala Civil con Subespecialidad Comercial, Segun-da Sala Civil, Quinta Sala Civil y Primera Sala de Familia y desig-nan Jueces en la Corte Superior de Justicia de LimaResolución Administrativa N° 473-2013- P-CSJLI/PJ.- Confor-man Segunda Sala Civil con Subespecialidad Comercial, Segun-da Sala Civil, Quinta Sala Civil y Primera Sala de Familia y desig-nan Jueces en la Corte Superior de Justicia de LimaResolución Administrativa N° 474-2013- P-CSJLI/PJ.- Confor-man Segunda Sala Civil con Subespecialidad Comercial, Segun-da Sala Civil, Quinta Sala Civil y Primera Sala de Familia y desig-nan Jueces en la Corte Superior de Justicia de LimaResolución Administrativa N° 476-2013- P-CSJLI/PJ.- Confor-man Segunda Sala Civil con Subespecialidad Comercial, Segun-da Sala Civil, Quinta Sala Civil y Primera Sala de Familia y desig-nan Jueces en la Corte Superior de Justicia de LimaResolución Administrativa N° 477-2013- P-CSJLI/PJ.- Confor-man Segunda Sala Civil con Subespecialidad Comercial, Segun-da Sala Civil, Quinta Sala Civil y Primera Sala de Familia y desig-nan Jueces en la Corte Superior de Justicia de LimaResolución Administrativa N° 478-2013- P-CSJLI/PJ.- Confor-man Segunda Sala Civil con Subespecialidad Comercial, Segun-da Sala Civil, Quinta Sala Civil y Primera Sala de Familia y desig-nan Jueces en la Corte Superior de Justicia de LimaÓRGANOS AUTÓNOMOS

CONSEJO NACIONAL DE LA MAGISTRATURA

Resolución N° 138-2013-CNM.- Nombran Jueces Superiores yEspecializados en los Distritos Judiciales de Lima, Cajamarca,Callao y La Libertad

Resolución N° 140-2013-CNM.- Nombran Jueces Superiores yEspecializados en los Distritos Judiciales de Lima, Cajamarca,Callao y La Libertad

Resolución N° 141-2013-CNM.- Nombran Jueces Superiores yEspecializados en los Distritos Judiciales de Lima, Cajamarca,Callao y La Libertad

Resolución N° 150-2013-CNM.- Nombran Jueces Superiores yEspecializados en los Distritos Judiciales de Lima, Cajamarca,Callao y La Libertad

Resolución N° 139-2013-CNM.- Nombran Fiscales Superioresen diversos Distritos Judiciales del país

34

SUPERINTENDENCIA DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORASPRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES

Resolución N° 2585-2013.- Autorizan a Mibanco, Banco de laMicroempresa S.A. la apertura de agencias en los departamen-tos de Lima y TacnaResolución N° 2639-2013.- Autorizan a la EDPYME AlternativaS.A. el cierre de oficina especial en el departamento de Caja-marca

Resolución N° 2647-2013.- Autorizan al Banco Cencosud S.A.la apertura de oficinas ubicadas en los departamentos de Limay Arequipa

GOBIERNOS REGIONALES

44

3544

45

35 GOBIERNO REGIONAL DE ICA

Resolución Directoral N° 194-2013-GORE-ICA/DRTC.- Autori-zan a la empresa “Señor de los Milagros II Servicios Múltiples”S.A.C., como taller de conversión a Gas Licuado de Petróleo - GLP

4536 GOBIERNO REGIONAL DE UCAYALI

Ordenanza N° 004-2013-GRU/CR.- Crean el Consejo Regionalde la Juventud de Ucayali 46

36 GOBIERNOS LOCALES

MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE LIMA

Ordenanza N° 1697.- Crean el Centro Integral de Atención alAdulto Mayor (CIAM) de la Municipalidad Metropolitana de LimaMUNICIPALIDAD DE CIENEGUILLA

Ordenanza N° 179-2013-MDC.- Aprueban Reglamento del Pro-ceso de Presupuesto Participativo Basado en Resultados para elAño Fiscal 2014 de la MunicipalidadDecreto de Alcaldía N° 005-2013-A-MDC.- Aprueban cronogra-ma de Actividades del Proceso Presupuesto Participativo 2014MUNICIPALIDAD DE PUCUSANA

Ordenanza N° 123-2012/MDP.- Constituyen Centro Integral deAtención al Adulto Mayor en la MunicipalidadMUNICIPALIDAD DE PUENTE PIEDRA

Ordenanza N° 217-MDPP.- Aprueban Ordenanza que regula laExtinción de Deudas de Cobranza Dudosa o de RecuperaciónOnerosa de la Municipalidad

MUNICIPALIDAD DEL RIMAC

Ordenanza N° 331-MDR.- Declaran como zona no habitable lasZonas Altas de los cerros ubicados en el distrito del RímacMUNICIPALIDAD DE SAN JUAN DE LURIGANCHO

Acuerdo N° 026.- Imponen sanción de suspensión a Regidor dela MunicipalidadMUNICIPALIDAD DE VILLA MARÍA DEL TRIUNFO

Resolución N° 103-2013-GM/MDVMT.- Reconocen a Represen-tantes de la Sociedad Civil ante el Consejo de Coordinación LocalDistrital de Villa María del Triunfo periodo 2013 - 2014

4836

3749

50

37

50

38 50

38 51

3952

40

4053

Page 3: Consejo Regional de La Juventud Word

Normas Legales del 08.05.2013 1

liderazgo para el desarrollo productivo y la inclusión socialy económica de su localidad; a través de la ejecuciónde planes de negocios, programas y proyectos deinversión público y privado que impacten positivamenteen la economía regional y local, social y ambiental y otrasacciones que conlleven al mejoramiento de la calidad devida de sus pobladores; Que, estando a lo antes mencionado, resulta necesarioconstituir el Consejo de Premiación Ad Honorem del “IPremio Nacional Alcalde Productivo”; De conformidad con la Ley Nº 29158, Ley Orgánicadel Poder Ejecutivo;

SE RESUELVE:

PODER EJECUTI VO

PRESIDENCIA DEL

CONSEJO DE MINISTROS

RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 113-2013-PCM

Lima, 7 de mayo de 2013

CONSIDERANDO:

Que, mediante Ley Nº 28890 se crea el Organismo PúblicoSierra Exportadora, el cual tiene como objetivo la promoción,fomento y desarrollo de las actividades económicas rurales enla sierra, con énfasis en la agricultura, ganadería, acuicultura,artesanía, textilería, joyería, reforestación, agroforesteríay turismo, así como las actividades de transformación eindustrialización de productos que se obtengan en estasactividades, que permitan constituir mercados nacionales yde exportación; Que, Sierra Exportadora ha implementado una visióninnovadora sustentada en un nuevo modelo de negocio quepromueve la inclusión productiva en un marco estratégicoinstitucional cuya base son cinco ejes estratégicos deacción: Municipio Productivo, Sierra Alianzas, SierraExporta, Sierra Emprende y Sierra Innova; los cualestienen como objetivo mejorar y aumentar la ofertaproductiva andina que generen negocios provechosostanto en el mercado nacional como internacional; Que, el Eje Estratégico Institucional Municipio Productivotiene como objetivo el convertir a los gobiernos regionalesy locales, como a sus autoridades, en los principalespromotores del desarrollo económico de sus jurisdicciones,mediante la gestión y ejecución de proyectos de inversiónpública y planes de negocios que permitan la expansión,desarrollo y productividad de la comunidad; Que, en el Marco de la Estrategia Municipio Productivode Sierra Exportadora, se ha considerado oportunoconstituir el “I Premio Nacional Alcalde Productivo”, a finde premiar a los Alcaldes de las municipalidades distritalesy provinciales que hayan destacado por su función de

Artículo 1º.- Constituir el CONSEJO DE PREMIACIÓNAD HONOREM DEL “I PREMIO NACIONAL ALCALDEPRODUCTIVO”, el cual estará conformado por el SecretarioGeneral de la Presidencia del Consejo de Ministros,señor Manuel Angel Clausen Olivares, quien lo presidirá,el Presidente Ejecutivo del Organismo Público SierraExportadora, Ing. Alfonso Velásquez Tuesta, el Presidente dela Asamblea Nacional de Gobiernos Regionales, señor JavierAtkins Lerggios, el Presidente de la Red de MunicipalidadesUrbanas y Rurales — REMURPE, señor Wilson Ramiro IbáñezIbáñez y el Presidente de la Asociación de Municipalidadesdel Perú - AMPE, señor César Acuña Peralta. Artículo 2º.- El Consejo de Premiación tendrá lafacultad de resolver por consenso cualquier tipo decontroversia antes, durante y después del concurso “IPREMIO NACIONAL ALCALDE PRODUCTIVO”, incluidaslas referidas a los vacíos normativos de la bases delConcurso. Sus decisiones son inimpugnables.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

JUAN F. JIMÉNEZ MAYORPresidente del Consejo de Ministros

934242-1

RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 114-2013-PCMLima, 7 de mayo del 2013

Page 4: Consejo Regional de La Juventud Word

Normas Legales del 08.05.2013

CONSIDERANDO:

Que, mediante Resolución Ministerial Nº 031-2013-PCM de fecha 6 de febrero de 2013, se designó al señorabogado Ángel Guillermo Delgado Silva en el cargo deAsesor II del Despacho Ministerial de la Presidencia delConsejo de Ministros, en asuntos de Descentralización yReforma del Estado; Que, el citado funcionario ha formulado renuncia alcargo que viene desempeñando; De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 29158,Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 27594, Leyque regula la participación del Poder Ejecutivo en elnombramiento y designación de funcionarios públicos; y, elReglamento de Organización y Funciones de la Presidenciadel Consejo de Ministros, aprobado por Decreto SupremoNº 063-2007-PCM, y sus modificatorias;

SE RESUELVE:

Artículo Único.- Aceptar la renuncia formulada por elseñor abogado Ángel Guillermo Delgado Silva en el cargode Asesor II del Despacho Ministerial de la Presidenciadel Consejo de Ministros, en asuntos de Descentralizacióny Reforma del Estado, dándosele las gracias por losservicios prestados.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

JUAN JIMÉNEZ MAYORPresidente del Consejo de Ministros

934241-1

Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en elnombramiento y designación de funcionarios públicos;

SE RESUELVE:

Artículo 1º.- Designar al señor ENRIQUE WILFREDOALVAREZ MENDOZA como Asesor del DespachoMinisterial de la Presidencia del Consejo de Ministros paraasuntos de interdicción de la minería ilegal en el país. Artículo 2º.- El Asesor del Despacho Ministerialdesignado desempeñará las funciones de “AltoComisionado en asuntos de formalización de la minería,interdicción de la minería ilegal y remediación ambiental”;y en consecuencia estará a cargo de la coordinación ysupervisión de la ejecución de la Estrategia Nacional parala interdicción de la minería ilegal, dentro de la política degobierno de lucha contra la minería ilegal. Artículo 3º.- La persona designada por la presenteResolución Ministerial deberá informar periódicamente alPresidente del Consejo de Ministros acerca del ejerciciode las funciones encomendadas en el artículo precedente,asumiendo exclusiva responsabilidad por su ejercicio. Artículo 4º.- Designar al “Alto Comisionado en asuntosde formalización de la minería, interdicción de la mineríailegal y remediación ambiental” como representante titularde la Presidencia del Consejo de Ministros ante la ComisiónMultisectorial de Naturaleza Permanente de Seguimientode las Acciones del Gobierno frente a la Minería Ilegal ydel Desarrollo del Proceso de Formalización, creada porel Decreto Legislativo Nº 1105.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

JUAN JIMÉNEZ MAYORPresidente del Consejo de Ministros

934327-1

FE DE ERRATAS

RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 116-2013-PCM

Lima, 7 de mayo de 2013

CONSIDERANDO:

Que, el numeral 18.2 del artículo 18º de la Ley Nº29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo dispone que elPresidente del Consejo de Ministros coordina las políticasnacionales de carácter multisectorial; en especial, lasreferidas al desarrollo económico y social; Que, es política de gobierno luchar contra la mineríailegal, a través de acciones de formalización de la minería,interdicción de la minería ilegal y remediación ambiental,entre otros; Que, mediante Decreto Legislativo Nº 1099 y DecretoLegislativo Nº 1100, se declara de necesidad pública,interés nacional y de ejecución prioritaria, las acciones deinterdicción y remediación ambiental, relacionadas con laminería ilegal con la finalidad de garantizar la salud de lapoblación, la seguridad de las personas, la conservacióndel patrimonio natural y de los ecosistemas frágiles,la recaudación tributaria y el desarrollo de actividadessostenibles; Que, asimismo, en el marco del Decreto Legislativo Nº1105, con Decreto Supremo Nº 075-2012-PCM, se crea laComisión Multisectorial de naturaleza permanente, adscritaa la Presidencia del Consejo de Ministros, con el objetode realizar el seguimiento de las acciones del Gobiernofrente a la Minería Ilegal y el desarrollo del proceso deformalización así como establecer la estrategia Nacionalpara la interdicción de la minería ilegal que involucra adiferentes entidades de los niveles de gobierno; Que, resulta pertinente contar en el DespachoMinisterial de la Presidencia del Consejo de Ministros conuna persona que coadyuve en el asesoramiento para eltratamiento y desarrollo de los asuntos vinculados con lainterdicción de la minería ilegal; Que, asimismo el mencionado Asesor desempeñarácomo “Alto Comisionado en asuntos de formalización dela minería, interdicción de la minería ilegal y remediaciónambiental”; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29158,Ley Orgánica del Poder Ejecutivo y la Ley Nº 27594,

RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 109-2013-PCM

Mediante Oficio Nº 2517-2013-PCM/SG, la Presidenciadel Consejo de Ministros solicita se publique Fe de Erratasde la Resolución Ministerial Nº 109-2013-PCM, publicadaen la edición del día 3 de mayo de 2013.

- En el cuarto considerando;

DICE:

CONSIDERANDO: (...) Que, mediante Acuerdo Nº 03-2013-S57, que constaen el Acta del visto, el Consejo Directivo del CEPLANacordó designar al señor economista Marcial RubénEsquives Guerra en el cargo de Director Ejecutivo delCEPLAN; (...)

DEBE DECIR:

CONSIDERANDO: (...) Que, mediante Acuerdo Nº 03-2013-S57, que constaen el Acta del visto, el Consejo Directivo del CEPLANacordó designar al señor Marcial Rubén Esquives Guerraen el cargo de Director Ejecutivo del CEPLAN. (...)

934243-1

2

AGRICULTURA

RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0157-2013-AG

Lima, 7 de mayo de 2013

Page 5: Consejo Regional de La Juventud Word

Normas Legales del 08.05.2013

VISTO:Nº

CATEGORIAS DE PREMI- ACIÓN Nº CONDECORADOS

3

El Oficio Nº 1074-2013-AG-DGCA/DG, del Presidentedel Comité de Condecoración, en el marco de la SemanaInternacional de la Agricultura - SIA 2013; y,

CONSIDERANDO:

Que, mediante Resolución Ministerial Nº 0712-2009-AG, se creó la Condecoración “Medalla Ministeriode Agricultura”, que será conferida por el Ministro deAgricultura, a las personas naturales y organizacionesque destaquen por su obra o contribución en la actividadagraria, o por su desempeño en la gestión públicasectorial; Que, con Resolución Ministerial N° 0140-2013-AG,modificada por Resolución Ministerial Nº 0152-2013-AG, se conformó el Comité de Condecoración en elmarco de la Semana Internacional de la Agricultura -SIA 2013, con la finalidad de seleccionar a las personasnaturales y/o jurídicas que serán distinguidas en laSIA 2013 con la Condecoración “Medalla Ministerio deAgricultura”; Que, en Sesión del Comité de Condecoración, defecha 30 de abril de 2013, en el marco de la SemanaInternacional de la Agricultura - SIA 2013, se acordópor unanimidad otorgar la Condecoración “MedallaMinisterio de Agricultura”, a las personas naturales y/ojurídicas, quienes con su esfuerzo y contribución vienenparticipando en el desarrollo de la actividad agraria, enbeneficio directo de la agricultura y del país;

Que, en la citada sesión asimismo se acordó porunanimidad, condecorar al señor Gastón Alvaro AcurioJaramillo, como reconocimiento a la contribución queviene efectuando a la articulación con el pequeñoproductor, como proveedor de productos de calidad parala gastronomía peruana; De conformidad con lo dispuesto en el DecretoLegislativo Nº 997, Decreto Legislativo que aprueba la Leyde Organización y Funciones del Ministerio de Agricultura,su Reglamento de Organización y Funciones, aprobadopor Decreto Supremo Nº 031-2008-AG; y la ResoluciónMinisterial Nº 0712-2009-AG;

SE RESUELVE:

Artículo Único.- Otorgar la Condecoración “MedallaMinisterio de Agricultura”, por contribuir al desarrollo dela actividad agraria, en beneficio directo de la agriculturay del país, a las siguientes personas naturales y/ojurídicas:

CATEGORIAS DE PREMI- ACIÓN

ARTICULADOR CON LOS PEQUEÑOS PRODUCTORES COMO PROVEEDORES DE8 PRODUCTOS DE CALIDAD PARA LA GASTRONOMIA PERUANA

11GASTON ALVARO ACURIOJARAMILLO

Regístrese, comuníquese y publíquese.

MILTON VON HESSE LA SERNAMinistro de Agricultura

934326-1

AMBIENTE

RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 135-2013-MINAM

Lima, 3 de mayo de 2013

Visto, el Informe N° 058-2013-DGOT-DVMDERN/MINAM, de fecha 19 de abril de 2013, de la DirecciónGeneral de Ordenamiento Territorial del Viceministeriode Desarrollo Estratégico de los Recursos Naturales, ydemás antecedentes; y,

CONSIDERANDO:

Que, el artículo 20° de la Ley N° 28611, Ley General delAmbiente, establece que la planificación y el ordenamientoterritorial tienen por finalidad complementar la planificacióneconómica, social y ambiental con la dimensión territorial,racionalizar las intervenciones sobre el territorio y orientarsu conservación y aprovechamiento sostenible; Que, según el artículo 11° de la Ley N° 26821,Ley Orgánica para el Aprovechamiento Sostenible delos Recursos Naturales, La Zonificación Ecológica yEconómica es un instrumento que sirve como apoyoal ordenamiento territorial a fin de evitar conflictos porsuperposición de títulos y usos inapropiados, y demás fines.Dicha Zonificación se realiza en base a áreas prioritariasconciliando los intereses nacionales de la conservacióndel patrimonio natural con el aprovechamiento sosteniblede los recursos naturales; Que, conforme a los Lineamientos de Política parael Ordenamiento Territorial, aprobados por ResoluciónMinisterial N° 026-2010-MINAM, el ordenamiento territoriales un proceso político y técnico administrativo de tomade decisiones concertadas con los actores sociales,económicos, políticos y técnicos, para la ocupaciónordenada y uso sostenible del territorio, la regulación ypromoción de la localización y desarrollo sostenible de losasentamientos humanos, de las actividades económicas,sociales y el desarrollo físico espacial, sobre la basede la identificación de potencialidades y limitaciones,considerandocriteriosambientales,económicos,socioculturales, institucionales y geopolíticos; Que, el literal c) del artículo 7° del Decreto LegislativoN° 1013, que aprueba la Ley de Creación, Organización yFunciones del Ministerio del Ambiente, faculta al Ministeriodel Ambiente a establecer la política, los criterios, lasherramientas y los procedimientos de carácter general parael ordenamiento territorial nacional, en coordinación con lasentidades correspondientes, y conducir su proceso; Que, asimismo, los literales c) y d) del artículo 12°del Reglamento de Zonificación Ecológica y Económica(ZEE), aprobado por Decreto Supremo N° 087-2004-PCM, señalan que corresponde al Consejo Nacional delAmbiente - CONAM, entidad absorbida por el Ministeriodel Ambiente, proponer las normas pertinentes para laviabilidad de los procesos de la ZEE, y elaborar y difundirmanuales sobre sus procedimientos y metodología,respectivamente;

Nº Nº CONDECORADOS

1 AGROEXPORTADOR

AGROEXPORTADOR A2 TRAVES DE NEGOCIO INCLUSIVO

DIFUSION NACIONAL DEINFORMACION AGRARIA

1 DANPER TRUJILLO S.A.C.

COOPERATIVA AGRARIA2 CACAOTERA ACOPAGRO

3 AGRONOTICIAS EDITORES S R L

4 REVISTA AGROENFOQUE

COOPERATIVA AGRARIA CAFE-5 TALERA Y DE SERVICIOS ORO VERDE LTDA

ASOCIACION DE PRODUCTO- RES AGROPECUARIOS KUSKA6 LLAMKASUN DE PUPUSI MARC- CARI APAKLLAPM

7CARLOS ALBERTO AMAT YLEON CHAVEZ

3

DESARROLLO DE NUEVOS4 NEGOCIOS EN LA AGRICUL- TURA

NEGOCIOS PARA PEQUEÑOS5 PRODUCTORES RURALES

6INVESTIGACION CIENTIFICA Y 8 MARIO EDGAR TAPIA NUÑEZACADEMICA FRANCISCO RAFAEL VILLAN- 9 UEVA NOVOAIMPULSOR AGROINDUSTRI-AL/AGROEXPORTADOR 10

FELIPE AUGUSTO LLONAMALAGA7

Page 6: Consejo Regional de La Juventud Word

Normas Legales del 08.05.2013

Que, la Dirección General de OrdenamientoTerritorial del Viceministerio de Desarrollo Estratégicode los Recursos Naturales, se encarga de formular,en coordinación con las entidades correspondientes,la política, planes, estrategias, lineamientos y normasde carácter nacional para el ordenamiento territorial,conducir y orientar los procesos de ZonificaciónEcológica Económica, así como la elaboración deestudios especializados, conforme lo dispone el artículo37° del Reglamento de Organización y Funciones delMinisterio del Ambiente, aprobado por Decreto SupremoN° 007-2008-MINAM; Que, de acuerdo a lo expresado en el documento delvisto, la situación de los procesos de implementación dela Zonificación Ecológica y Económica en el país, requiereque la regulación sobre los instrumentos técnicos haciael ordenamiento territorial, así como los procedimientospara la validación de los mismos, sea actualizada ycomplementada, motivo por el cual resulta convenienteformalizar la aprobación de la Guía Metodológica para laElaboración de los Instrumentos Técnicos Sustentatoriospara el Ordenamiento Territorial, elaborada por elMinisterio del Ambiente; Con el visado del Viceministerio de DesarrolloEstratégico de los Recursos Naturales, la SecretaríaGeneral, la Dirección General de Ordenamiento Territorial,y la Oficina de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo dispuesto en el DecretoLegislativo Nº 1013, Ley de Creación, Organizacióny Funciones del Ministerio del Ambiente, y el DecretoSupremo Nº 007-2008-MINAM que aprueba el Reglamentode Organización y Funciones del Ministerio del Ambiente.

SE RESUELVE:

Artículo 1º.- Aprobar la Guía Metodológicapara la Elaboración de los Instrumentos TécnicosSustentatorios para el Ordenamiento Territorial,que como Anexo forma parte integrante de la presenteResolución Ministerial, por los fundamentos señalados enla parte considerativa. Artículo 2º.- La presente Resolución Ministerial es deaplicación y cumplimiento obligatorio a todos los procesospreparatorios para el ordenamiento territorial, en trámiteo por iniciarse, independientemente de su ámbito deejecución. Artículo 3º.- Disponer la publicación de la presenteResolución Ministerial y su Anexo en el Diario OficialEl Peruano, así como en el Portal Web Institucional delMinisterio del Ambiente.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

MANUEL PULGAR-VIDAL OTÁLORAMinistro del Ambiente

ANEXO A LA RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 135-2013-MINAM

GUÍA METODOLÓGICA PARA LA ELABORACIÓN DE LOS INSTRUMENTOS TÉCNICOS SUSTENTATORIOS PARA EL ORDENAMIENTO TERRITORIAL

I. EL ORDENAMIENTO TERRITORIAL

Conforme a los Lineamientos de Política para elOrdenamiento Territorial, aprobados por ResoluciónMinisterial N° 026-2010-MINAM, el ordenamiento territoriales un proceso político y técnico administrativo de tomade decisiones concertadas con los actores sociales,económicos, políticos y técnicos, para la ocupación ordenaday uso sostenible del territorio, la regulación y promoción dela localización y desarrollo sostenible de los asentamientoshumanos, de las actividades económicas, sociales y eldesarrollo físico espacial, sobre la base de la identificaciónde potencialidades y limitaciones, considerando criteriosambientales, económicos, socioculturales, institucionales ygeopolíticos. El ordenamiento territorial tiene como instrumentostécnicos sustentatorios a la Zonificación Ecológica yEconómica - ZEE, los Estudios Especializados - EE y elPlan de Ordenamiento Territorial - POT, el cual a su vez sesustenta en el Diagnóstico Integrado del Territorio - DIT.

II. INSTRUMENTOS TÉCNICOS SUSTENTATORIOSPARA EL ORDENAMIENTO TERRITORIAL

2.1ZONIFICACIÓN ECOLÓGICA Y ECONÓMICA– ZEE La ZEE, es un proceso dinámico y flexible para laidentificación de diferentes alternativas de uso sostenible deun territorio determinado, basado en la evaluación de suspotencialidades y limitaciones con criterios físicos, biológicos,sociales, económicos y culturales. Una vez aprobada, la ZEEse convierte en un instrumento técnico y orientador del usosostenible de un territorio y de sus recursos naturales. La ZEE se encuentra regulada por la Ley N° 26821– “Ley Orgánica para el aprovechamiento sostenible delos recursos naturales”, el Decreto Supremo N° 087-2004-PCM – “Reglamento de Zonificación Ecológica yEconómica” y por el Decreto del Consejo Directivo Nº010-2006-CONAM/CD - Directiva “Metodología para laZonificación Ecológica y Económica”.

2.2 ESTUDIOS ESPECIALIZADOS – EE

4

a) DEFINICIÓN

Los EE, son los instrumentos técnicos de carácterestratégico, que enfatizan el análisis de las dinámicas,relaciones y funcionalidad que se evidencian en el territoriobajo estudio y su articulación con otros territorios. Respondena la necesidad de conocer la relación de las sociedades consu medio natural, evolución, situación actual y proyección,permitiendo articular la gestión y ocupación del territorio enconcordancia con sus características naturales, necesidadesy desarrollo económico. Se priorizan a partir de la información generada enla ZEE, el contexto geográfico, el rol y las dinámicasterritoriales, sociales, económicas, ambientales, de cadaámbito de intervención.

b) OBJETIVO

Complementar los resultados de la ZEE con informacióndetallada de las condiciones físicas y biológicas de unterritorio priorizado y su interacción con procesos dedesarrollo asociados a aspectos sociales, económicos,culturales, ambientales, entre otros.

c) TIPOS Los EE que se señalan a continuación, seránelaborados de acuerdo a cada contexto específico:

c.1) ESTUDIOREGIONAL

DE DINÁMICAECONÓMICA

Identifica y caracteriza la dinámica económica del ámbitogeográfico analizado, las tendencias de crecimiento económicoa partir de la articulación interna, así como con el entorno (anivel nacional e internacional). Permite además, conocertendencias de crecimiento y desarrollo de asentamientospoblacionales, conectividad, áreas vulnerables, así comoactividades que ponen en riesgo a ecosistemas o recursosnaturales existentes en el ámbito geográfico. • Objetivo: Caracterizar la dinámica económica,incluyendo la dinámica de los sistemas urbanos, en tantoaquella se relaciona con un entorno natural, y con ladinámica de la cobertura y uso de la tierra, identificandolos factores capaces de producir cambios e impactospositivos o negativos en el subsistema espacial (distrito,provincia o departamento). Para elaborar este EE, se deberá integrar y analizar lainformación generada de manera secuencial a través delas siguientes pautas técnicas: 1) Dinámica Económica y2) Dinámica de Sistemas y Organización Territorial. La información generada de la aplicación de las pautastécnicas referidas, deberá ser integrada y analizada de formaconjunta con la información producida en el EE de Análisisde los Cambios de la Cobertura y Uso de la Tierra.

• Pautas Técnicas:

1) Dinámica Económica Pauta 1: Determinación de la estructura económicaterritorial

1.1. Determinar la magnitud absoluta y la participaciónporcentual de los sectores económicos presentes en undeterminado territorio (distrito, provincia o región).

Page 7: Consejo Regional de La Juventud Word

Normas Legales del 08.05.2013

1.2. Determinar la participación de un determinadoterritorio (distrito, provincia o región) en los sectoreseconómicos presentes en el patrón de comparación(distrito comparado con la provincia, provincia comparadacon la región, región comparada con el país). 1.3. Determinar la especialización relativa ointerregional de los sectores económicos presentes enun territorio (distrito, provincia o región), determinando siel tamaño relativo de la especialización económica de unterritorio es mayor, menor o igual al patrón de comparación(distrito comparado con la provincia, provincia comparadacon la región, región comparada con el país). 1.4. Determinar el grado de similitud de la estructuraeconómica de un territorio (distrito, provincia o región)con la estructura económica del patrón de comparación(distrito comparado con la provincia, provincia comparadacon la región, región comparada con el país). 1.5. Determinar la variación, en un período de 10 años,de los sectores económicos presentes en un territorio(distrito, provincia o región), considerando los avances ocambios en actividades económicas que se desarrollanen determinado ámbitos geográficos. 1.6. Determinar el grado de variación en laespecialización de un territorio a través de la identificaciónde las principales características de un determinadoámbito geográfico en función a su grado de especializacióneconómica, en cuanto a la existencia de determinadaactividad económica que lo caracteriza y lo diferencia enrelación con otros territorios. durante un período de 10años.

Pauta 2: Determinación de la dinámica económicaterritorial

2.1. Determinar la dinámica de distribución de lossectores económicos presentes en un territorio (distrito,provincia o región) en un período de tiempo de 10 años. 2.2. Determinar si el crecimiento económico delterritorio (distrito, provincia o región) fue superior, inferior oigual al normal patrón de comparación (distrito comparadocon la provincia, provincia comparada con la región, regióncomparada con el país). 2.3. Determinar si la composición sectorial de lasactividades económicas presentes en un territorio (distrito,provincia o región) contribuyó al desarrollo territorialpositivamente, negativamente o si fue neutral. 2.4. Determinar si el dinamismo económico del territorio(distrito, provincia o región) contribuyó al desarrolloterritorial positivamente, negativamente o si fue neutral.

Pauta 3: Clasificación económica del territorio

3.1Determinar la clasificación económica territorial(distrito, provincia o región) según su nivel y ritmo decrecimiento (declinante, estancado, convergente oganador). 3.2Elaborar estrategias para el desarrolloeconómico territorial, tomando en cuenta la clasificacióneconómica del territorio.

Pauta 4:económica

Análisis espacial de integración

1.2Analizar la dinámica social urbana, incluyendoel análisis de necesidades básicas insatisfechas,los servicios básicos, la vivienda y condiciones dehabitabilidad, como las condiciones de salud, educación,morbilidad, desnutrición. 1.3Analizar la dinámica económica urbana, quecomprende el análisis de variables correspondientesa la producción y actividad económica, en términosde población económica activa, caracterización de ladinámica económica local o regional, que contribuyaa identificar las funciones productivas o vocación deservicios o comerciales. 1.4Analizar la dinámica físico espacial lo quecorresponde al análisis de la conformación territorial ylos usos del suelo, estructuración urbana, actividadesurbanas, articulación espacial, integración y articulaciónvial y de transporte, evaluación de infraestructura yequipamientos, identificando flujos y relaciones entrecentros poblados urbanos. 1.5Analizar la dinámica físico-ambiental, incluyendola evaluación de servicios públicos, condiciones dehabitabilidad, riesgo de desastres y condicionesambientales.

Pauta 2: Caracterización de la conformación yarticulación territorial

2.1 Analizar las condiciones de configuración espacialde cada centro urbano principal, comprendido por lossiguientes elementos: localización adyacente a ríos,y la presencia de quebradas, existencia de grandesáreas destinadas a instalaciones militares, industrias,zonas arqueológicas; tendencias de expansión urbana;ubicación estructurante de una vía nacional o regional,topografía del terreno, y otros elementos que influyan enla conformación y morfología del territorio urbano. 2.2Definir y delimitar las unidades territorialesa fin de orientar las tendencias actuales de crecimientodel centro urbano y, conformar una estructura urbanajerarquizada, tendiente a optimizar las relaciones deintegración e interdependencia entre los diferentessectores del centro urbano. 2.3Analizar la articulación espacial, con base en elanálisis de los ejes de desarrollo1 y los circuitos viales2. 2.4Analizar el funcionamiento de las actividadesurbanas, identificando y caracterizando áreas dedesarrollo residencial, áreas de desarrollo comercial,áreas de habilitación industrial, áreas de equipamientourbano, áreas de equipamiento de transporte.

Pauta 3: Caracterización de roles y funciones delos centros urbanos

3.1Analizar la articulación espacial de los centrosurbanos, los ejes de desarrollo, circuitos y ejes viales o losejes estructurantes.

3.2Analizar la integración, relaciones y flujos de ladinámica regional3.

3.3Analizar la funcionalidad4 de los actualescentros poblados, distritos y demás ámbitos geográficos.

1

5

4.1Determinar el grado de integración económica(corredores económicos) a partir del grado de similitudde la estructura económica de un territorio (distrito,provincia o región) con la estructura económica del patrónde comparación (distrito comparado con la provincia,provincia comparada con la región, región comparada conel país). 4.2Determinar el grado de integración económicaen función a centros urbanos existentes en un determinadoterritorio y en el patrón de comparación.

2) DinámicaTerritorial

de Sistemas y Organización

2

Pauta 1: Caracterización general de sistemas yorganización territorial

1.1Analizar las condiciones demográficas entérminos cuantitativos y cualitativos; la distribuciónespacial de la población, las tendencias y procesos, elcrecimiento demográfico, las proyecciones de población,la relación población superficie, y la densificación urbana.

3

4

Son lugares o espacios físicos estratégicos donde se concentran o puedenconcentrarse actividades urbanas (comerciales, de servicios, político-administrativos y/o culturales) de nivel regional, provincial, del centrourbano o sector, a fin de: i) Proveer de servicios y equipamiento urbano asus respectivas áreas; ii) Contribuir al reordenamiento del centro urbano;iii) Reordenar y/o reubicar actividades informales; y iv) Elevar los niveles derentabilidad del suelo urbano. Estos ejes de desarrollo estarán articulados porel sistema vial urbano y estructuran cada una de las unidades territoriales.El sistema vial urbano se estructura en función de los principales elementosque conforman el centro urbano, estableciendo circuitos jerarquizadosde acuerdo a las previsiones de crecimiento urbano: El primer circuito vialconsolidará las tendencias de expansión urbana al corto y mediano plazo,y articulará con mayor fluidez las Unidades Territoriales. El segundo circuitovial articulará las áreas de expansión urbana de largo plazo, así como larelación centro urbano-provincia-región. Estos circuitos viales tendrán unared de articulación interna constituida por vías secundarias que permitiránintegrar y relacionar las diferentes áreas.Se re fiere a la dinámica demográ fica y en particular de los flujos migratorios,con referencia a su influencia sobre el desarrollo económico, entre otros.Rol que cumplen, de acuerdo a la relación que existe entre un determinadoámbito geográ fico y su entorno.

Page 8: Consejo Regional de La Juventud Word

Normas Legales del 08.05.2013

c.2) ESTUDIO DE NORMATIVA Y POLÍTICAS CONINCIDENCIA TERRITORIAL

Comprende el análisis de políticas y normasexistentes con incidencia en el territorio, para lo cual sedeberá analizar el nivel de articulación entre instrumentosde gestión, la ejecución de proyectos de desarrollo yestrategias de intervención.

• Objetivo: Analizar la normativa y las políticas conincidencia territorial existentes en un determinado ámbitogeográfico.

• Pautas Técnicas

Pauta 1: Inventario y análisis de las políticas y normasde carácter territorial: Comprende la identificación y elanálisis de las políticas y normas con incidencia territorial denivel nacional, regional y local; para evaluar posteriormenteel grado de incorporación y cumplimiento de las mismas en elámbito espacial determinado. Para ello se deberá desarrollarlas siguientes actividades:

1.1Sistematización de la normatividad y políticascon enfoque territorial por niveles de gobierno tomando encuenta específicamente lo relacionado con instrumentos degestión territorial y ambiental, evaluando su incidencia enel territorio de análisis en función a su implementación.

1.2Identificar las ventajas y condicionantes delmarco político y legal para la implementación de losinstrumentos técnicos sustentatorios del ordenamientoterritorial.

Pauta 2: Análisis del cumplimiento de las políticasy normas de carácter territorial: Comprende identificar yanalizar los principales problemas en la implementación dela normativa territorial, en conjunción con actores localesy considerando la interrelación con los EE generados enel ámbito especial determinado. Se deberá desarrollar lassiguientes acciones:

2.1Identificación y análisis de los principalesproblemas para la implementación de la normativaterritorial.

2.2Identificación y priorización de medidascorrectivas para revertir y mejorar los problemasidentificados y evaluados.

Pauta 3: Análisis de la competencia institucional:Evaluar la normativa en cuanto a la consistencia y coherenciade las competencias de las autoridades para la toma dedecisiones políticas y normativas con incidencia territorial enel ámbito espacial de actuación determinado. Para ello, sedeberá desarrollar las siguientes actividades:

3.1Sistematizarterritorial y ambiental.

los niveles de competencia

vulnerabilidad y establecer los niveles de riesgo que permitanla toma de decisiones en la Gestión del Riesgo de Desastres.En lo que respecta al cambio climático busca identificarelementos vulnerables, susceptibles de ser afectados porlas diferentes manifestaciones de este fenómeno.

• Objetivos:

- Contar con un instrumento básico que permita tomardecisiones y realizar acciones de prevención, mitigación yadaptación ante eventos de desastres, vinculados o no alefecto del cambio climático. - Mejorar la comprensión de las conexiones entre losprocesos de generación de conocimiento técnico-científicode los fenómenos (naturales o antrópicos), el ordenamientoterritorial y la gestión de riesgo de desastres. - Describir los elementos conceptuales, metodológicos,características, escalas y formas de representación delos peligros, vulnerabilidades y riesgos para cada uno delos fenómenos, así como su significado en términos deimpacto, frecuencia y mitigabilidad, para la planificacióndel territorio. - Ofrecer una propuesta conceptual y metodológicapara la adopción de medidas regulatorias y programáticaspara cada uno de los fenómenos analizados, de modoque dichas propuestas, en conjunto, permitan el diseñoy aplicación de políticas de reducción del riesgo dedesastres con incidencia en el ordenamiento territorial.

• Pautas Técnicas:

Pauta 1: Caracterización del entorno geográficoinmediato: Implica identificar y analizar las condicionesy características correspondientes a los aspectosde dinámica poblacional de nivel regional: usos delsuelo, aspectos físicos generales, aspectos biofísicos,hidrológicos, sistemas urbanos macro-regionales,sistemas de articulación vial macro-regional, etc.

Pauta 2: Caracterización física, biológica y climáticadel territorio: Implica identificar y analizar las condicionesy características geológicas (litología), geomorfológicas,fisiográficas, edafológicas, de cobertura vegetal, yclimáticas del territorio. Mediante la evaluación de losfactores internos y externos que afectan la estabilidad delas tierras, se identificarán áreas sensibles a ser afectadaso modificadas físicamente de forma natural, de acuerdocon niveles de susceptibilidad física a la degradaciónnatural. Para identificar los niveles de susceptibilidadfísica sobre el territorio, se evaluarán de forma conjuntalas variables indicadas anteriormente, determinando laimportancia de cada factor o la combinación especifica deestos.

Pauta 3: Caracterización del sistema urbano,ámbito rural, usos del territorio, servicios y líneasviales: Implica identificar y analizar las condiciones ycaracterísticas de los aspectos del funcionamiento y rolesde los núcleos urbanos y del sistema urbano en su conjunto,así como del ámbito rural. Se evaluarán las condicionesde las actividades económicas y su interrelación con losfactores determinantes de la vulnerabilidad a desastres yel cambio climático, incluyendo caracterización de los usosdel suelo (equipamiento e infraestructura), evaluaciónde las características de los materiales y sistemasconstructivos, disponibilidad de servicios básicos (agua,desagüe), energía eléctrica, servicios de recolecciónde residuos sólidos, sistemas viales (accesibilidad,circulación y transporte), tendencias de crecimiento delsistema urbano y del ámbito rural asociado.

Pauta 4: Análisis y evaluación de peligros: Implicaidentificar y analizar las condiciones y naturaleza de loseventos naturales o antrópicos que puedan constituirseen peligros para la población o la infraestructura. Seevaluarán los siguientes peligros y la influencia de factoresantrópicos (tales como la distribución poblacional, lasprácticas productivas y las características estructuralesde las viviendas) sobre su gravedad:

Fenómenos atmosféricos: Tempestades, rayos,heladas, granizadas, friajes, olas de calor. Fenómenos sísmicos o geológicos: Ruptura defallas, sacudimiento del suelo, licuefacción, tsunamis.

6

3.2Elaborar la matriz de competencias, respecto apolíticas y normas con incidencia territorial.

3.3Analizar y evaluar los niveles de competenciaterritorial y ambiental, para identificar conflictos decompetencia y vacíos normativos en dicho aspecto.

Pauta4:Caracterizacióndelniveldeimplementación de la ZEE: A desarrollarse en el marcode las Pautas 1 y 2. Comprende la evaluación del estadoactual de la información generada según la “Metodologíapara la Zonificación Ecológica y Económica”, Decreto delConsejo Directivo Nº 010-2006-CONAM/CD y de acuerdocon los “Lineamientos de Política para el OrdenamientoTerritorial”, Resolución Ministerial Nº 026-2010-MINAM, enel ámbito espacial de actuación determinado e identificarrecomendaciones para aplicar procedimiento establecidoen normativa vigente.

c.3) ESTUDIO DE EVALUACIÓN DEL RIESGODE DESASTRES Y VULNERABILIDAD AL CAMBIOCLIMÁTICO

Comprende las acciones y procedimientos que serealizan para conocer los peligros o amenazas, analizar la

Page 9: Consejo Regional de La Juventud Word

Normas Legales del 08.05.2013

Fenómenos hidrológicos/geológicos: Suelosexpansivos, deslizamientos de tierras, caídas de rocas,hundimientos. Fenómenoshidrológicos:Inundaciones,salinización, sequía, erosión y sedimentación, desbordede ríos, marejadas, huaycos, avalanchas. Fenómenos eólicos: Vientos huracanados,transporte de material particulado y sustanciascontaminantes, erosión eólica. Fenómenos volcánicos: Emisión de gases,flujos de lava, flujos de lodos, flujos piro clásticos. Incendios urbanos, rurales y forestales osilvestres: en particular en relación con la incidencia dequemas (fuego de origen antrópico) y su estacionalidad. Se evaluaran los peligros de forma independiente,considerando la zonificación y valoración del peligro. Enfunción a la mayor o menor concurrencia, tipo e intensidadde los peligros, se recomienda la elaboración del modelode peligros múltiples para la identificación de sectorescríticos de mayor o menor nivel de daño.

Pauta 5: Análisis y evaluación de vulnerabilidades:Implica identificar y analizar las condiciones de exposición,fragilidad y resiliencia de los elementos a evaluar. Seconsidera evaluar los asentamientos humanos, líneas yservicios viales, tipología de ocupación del suelo (formal oinformal), niveles de pobreza y fragilidad socio – económica,actividades económicas, niveles de organización social,aplicación de instrumentos técnicos orientados a lagestión del riesgo para el desarrollo. En función a lasmayores o menores condiciones de exposición, fragilidady resiliencia, se recomienda la elaboración del modelo devulnerabilidad múltiple para la identificación de sectorescríticos de mayor o menor nivel de territorios vulnerables.

Pauta 6: Estimación y evaluación de los escenariosde riesgos: Implica identificar y analizar las condicionesy características correspondientes a los aspectos de laestimación del riesgo, a través de la evaluación conjunta delos niveles de peligrosidad y los niveles de vulnerabilidad.Se determinaran los escenarios de riesgo por cada tipo defenómeno, con el objetivo de elaborar mapas síntesis deriesgos y determinar zonas por niveles de riesgo (muy alto,alto-medio bajo).

Pauta 7: Propuesta de Medidas de Prevención yMitigación ante Riesgo de Desastres: Implica identificar yanalizar las condiciones y características correspondientesa las medidas preventivas y de mitigación, de los aspectospolítico institucional, ambiental, social, económico, cultural yprocesos de planificación. Identificar proyectos especiales,infraestructura urbana o rural, salud, saneamiento, iniciativas decapacitación y normativas y de fortalecimiento institucional.

c.4) ESTUDIO DE SERVICIOS ECOSISTÉMICOS

Comprende la caracterización de los principales serviciosecosistémicos existentes en un determinado ámbitogeográfico, entendidos como aquellas funciones o procesosde los ecosistemas que generan beneficios económicos,sociales y ambientales para la sociedad que, de no existir,las poblaciones relacionadas con ellos verían afectada sucalidad de vida, así como la viabilidad de sus actividadeseconómicas.

• Objetivo: Caracterizar los principales serviciosecosistémicos existentes en un determinado ámbitogeográfico, así como sus condiciones, situación actual,características, estado de conservación, dinámicaexistente, entre otros.

• Pautas Técnicas

Pauta 1: Identificar los principales serviciosecosistémicos: Implica determinar las clases de serviciosecosistémicos (de soporte5, de provisión6, de regulación7 yculturales8), y las áreas en las que estos se ubican/generan,determinación de los coadyuvantes y los beneficiarios de losservicios ecosistémicos y su interrelación. Pauta 2: Analizar los factores asociados a lascondiciones de los principales servicios ecosistémicos:Implica evaluar el efecto sobre la provisión actual y futurade los servicios ecosistémicos, de conflictos y cambiosen: el uso del territorio, las capacidades y aptitudesproductivas de la tierra, y las condiciones ambientales.

Pauta 3: Identificación de medidas para laconservación y uso sostenible de los serviciosecosistémicos priorizados: Diseño de estrategias yprogramas de acción para la conservación y aprovechamientosostenible de los servicios ecosistémicos.

c.5) ESTUDIO DE ANÁLISIS DE LOS CAMBIOS DELA COBERTURA Y USO DE LA TIERRA Comprende la identificación de los factores y procesosque definen cambios en la cobertura y uso de la tierra, asícomo las causas y los principales efectos.

• Objetivo: Conocer la dinámica y principales efectosgenerados por los cambios en la cobertura y uso de la tierra.

• Pautas Técnicas

Pauta 1: Caracterización general de la dinámicaterritorial 1.1Caracterizarlasprincipalesactividadeseconómicas, sobre la base del uso de suelo actual eintervenciones nacionales como proyectos y programasde inversión pública y privada. 1.2Identificar y analizar las capacidades y aptitudesproductivas de la tierra conforme a la información generadaen los procesos de elaboración de ZEE. 1.3Identificar, localizar, espacializar y analizar lascondiciones de tenencia de la tierra.

Pauta 2: Analizar los cambios en la cobertura yuso de la tierra

2.1Analizar de manera comparativa los cambiosen la cobertura y uso de la tierra y los recursos naturalesen los últimos 10 años, delimitando el área afectada ydeterminando la superficie en hectáreas que ha sufridocambios en una determinada área geográfica. 2.2Analizar los conflictos de uso de la tierra,considerando la compatibilidad o incompatibilidad del usoactual con relación a la capacidad de uso mayor de las tierras,tomando como base la información generada en la ZEE. 2.3Analizar la dinámica económica, identificandolas actividades económicas que generan impactos tantopositivos como negativos en los servicios ecosistémicos.

Pauta 3: Identificar y analizar la situación actual delos recursos naturales y la biodiversidad 3.1Inventariar a nivel exploratorio los recursosnaturales y la biodiversidad que existen, considerando lainformación generada en la ZEE. 3.2Clasificar áreas según existencia, predominancia,cantidad, calidad de recursos naturales, que resultaríaestratégico conservar o gestionar de manera especial deacuerdo a los recursos existentes.

Pauta 4: Analizar factores que inciden en loscambios de la cobertura y uso de la tierra y los recursosnaturales: Corresponde la identificación y el análisisde los actores sociales y factores sociales culturales9,históricos10, institucionales11, productivos12, culturales, y

7

5

6

7

8

9

10

11

12

Procesos naturales fundamentales: reciclaje de nutrientes, formación desuelos, producción primaria, etc.Son los productos que se obtienen de los ecosistemas como alimento, agua,leña, fibras, bioquímicos y recursos genéticos.Aquellos bene ficios que se obtienen de la regulación de los procesos de losecosistemas como regulación del clima, regulación de las enfermedades,regulación y purificación del agua, purificación del aire o captura de carbono.Que se obtienen de los ecosistemas como espirituales y religiosos, recreacióny ecoturismo, estéticos, de inspiración, educacionales, sentido de identidad ypertenencia a un lugar, y herencia cultural.Identificar los actores sociales más representativos que intervienen en el usode la tierra, aprovechamiento del subsuelo y los recursos marinos, y analizarlas tendencias culturales de sus actividades y de su comportamiento.Identificar la particularidad del proceso histórico de ocupación de los territoriosen donde se identifiquen los pueblos originarios, colonos, inmigrantes ypoblaciones desplazadas.Identificar las normativas y reglas vigentes de gobierno, legal y ancestral, de accesoy uso de los recursos del territorio (Normativas de política nacional, administración yusufructo de recursos naturales, derechos de CC. CCNN, otros).Identificar las ventajas comparativas y competitivas para su aprovechamientoen términos de disponibilidad de capital humano, natural y construido.

Page 10: Consejo Regional de La Juventud Word

Normas Legales del 08.05.2013

otros que inciden en los cambios de cobertura y uso de latierra, y en el aprovechamiento de los recursos naturales.

Pauta 5: Analizar los principales efectos generadosen el territorio: Comprende la identificación, análisis ycaracterización de los impactos ambientales, económicosy socioculturales, tanto positivos como negativosocasionados por los cambios en el uso de la tierra.

Pauta 6: Delimitar y caracterizar zonas detratamiento especial

6.1Identificar y delimitar las zonas de tratamientoespecial, a partir del análisis de los factores e impactosidentificados. 6.2Caracterizar las zonas de tratamiento especial enfunción a la problemática ambiental y/o socioambiental.

Pauta 7: Identificación de medidas de gestión:Comprende la identificación y priorización de acciones quepermitan revertir conflictos de uso de la tierra, teniendo encuenta la información generada en la ZEE, en el marco deestrategias de intervención, con lineamientos de gestión,normas complementarias y directivas metodológicas quepermitan promover dinámicas de cobertura y uso de latierra sostenibles.

c.6) ESTUDIO DE ANALISIS DE CAPACIDADINSTITUCIONAL

Constituye un instrumento técnico que analiza lacapacidad institucional de los diversos niveles de gobiernoque han culminado la fase inicial y están en el procesode desarrollo de los instrumentos técnicos contenidos enesta Guía Metodológica. Mediante este estudio, cada Gobierno Regional oGobierno Local, sobre la base de su situación actual,de las políticas nacionales, intersectoriales, sectorialesy territoriales y de su rol y competencias, identificará lacapacidad y condiciones institucionales que actualmenteposee, a partir de lo cual identificará aspectos positivosy negativos, así como las necesidades de mejorar,adaptar o adecuar su esquema organizacional y funcionalal proceso del ordenamiento territorial. Este estudiocomprende la caracterización general del contexto ydel nivel organizacional, funcional y de recursos delámbito de gobierno correspondiente, para establecersus capacidades institucionales reales, determinandoestrategias y programas que conduzcan a poder asumiradecuadamente la gestión de su territorio.

• Objetivo: Analizar las competencias y atribucionesde los gobiernos regionales y locales, según corresponda,así como las condiciones organizacionales en que operanactualmente, para así determinar sus capacidades realespara articularse con las políticas relacionadas con elordenamiento territorial.

• Pautas Técnicas

Pauta 1: Caracterizar el contexto para elordenamiento territorial: Comprende el análisis delentorno del Gobierno Regional o Local para conocer losaspectos políticos, económicos, sociales, tecnológicos,culturales, laborales, entre otros, que determinaránoportunidades y amenazas a sus intervenciones.Asimismo, se analizarán los actores sociales que puedaninfluir en la gestión del territorio. Se deberán analizar lossiguientes aspectos:

1.1Análisis del contexto político, social, económico,tecnológico y cultural, evaluando los factores externos a lainstitución que influyen en la gestión del territorio del nivelde gobierno correspondiente. 1.2Análisis de oportunidades y amenazas,definiendo las oportunidades y amenazas que devienendel contexto externo y que influirán en las acciones haciael ordenamiento territorial que realizarán los GobiernosRegionales o Locales. 1.3Identificación de actores y grupos de interés,incluyendo la identificación de los actores13 y su importancia,determinar su posición y detectar qué tipo, cantidad ycalidad de información manejan, determinar sus intereses,inquietudes y expectativas y categorizarlos de acuerdo a surelación con el ordenamiento territorial y determinar su poder

relativo14. Además, comprende la descripción de las políticas,programas y acciones que se vienen ejecutando, relacionadascon la gestión del territorio, para establecer estrategias ymedidas adecuadas, tomando en cuenta los efectos de lasrelaciones con los actores sociales, para desarrollar con éxitolas acciones hacia el ordenamiento territorial.

Pauta 2: Caracterizar el nivel organizacionaly funcional de la institución: Es el análisis de lascondiciones actuales y descripción de la forma en que seha asumido, implementado y avanzado a nivel regional olocal en el cumplimiento de las funciones y competenciasasignadas en materia de ordenamiento territorial. Paraello, se deben analizar los siguientes aspectos:

2.1Descripción histórica del gobierno regional olocal: Consiste en la recopilación de la historia institucional,requiere investigar y reunir toda la información sobre elmarco legal que ha regulado y regula el funcionamiento dela institución, en lo vinculado a temas referidos a la gestióndel territorio. Así, también los instrumentos normativos,técnicos y de gestión (leyes, decretos, resoluciones) quehayan modificado el funcionamiento institucional a lo largodel tiempo y los proyectos, programas y similares conincidencia territorial que se hayan ejecutado. Comprendeel desarrollo de las siguientes actividades:

- Elaboración de línea de tiempo, consistente en unagráfica donde se presentan los hitos de creación e historiadel Gobierno Regional o Gobierno Local. - Identificación, nivel de avance y lecciones aprendidasde otras intervenciones sectoriales con incidenciaterritorial.

2.2Analizar la estructura orgánica y funciones queinciden sobre acciones hacia el ordenamiento territorial:Implica la identificación de las competencias y funciones,la estructura orgánica y cómo se ha plasmado en losinstrumentos de planificación institucional y territorial parala gestión del territorio, mostrando además los niveles dearticulación con otros órganos o entidades, definiendoademás el nivel de información y los procedimientos quese hayan generado. Comprende lo siguiente:

- Identificar competencias y funciones, correspondientesa las facultades, atribuciones y roles, dentro del SistemaNacional de Gestión Ambiental y otros establecidos en elpaís, vinculados a la planificación y gestión territorial. - Analizar la estructura orgánica relevante y losespacios de coordinación creados. - Analizar los instrumentos de planificación institucionaly territorial. - Identificar y evaluar los mecanismos y niveles dearticulación existentes para la toma de decisiones yfocalización de proyectos y actividades en el territorio, losórganos o entidades responsables o relacionados; a finde evaluar si los roles son adecuados a las tareas y si sevienen cumpliendo; señalar las dificultades que pudieranexistir para gestionar el proceso hacia el ordenamientoterritorial. - Analizar la articulación existente para la toma dedecisiones y la focalización de proyectos y programas,tanto a nivel del gobierno correspondiente, como con losorganismos e iniciativas de nivel superior, incluyendo laarticulación de procesos e información con los posiblesusuarios de la misma. - Analizar procesos y mecanismos empleados en ladifusión y comunicación de las actividades desarrolladaspor el nivel de gobierno correspondiente.

Pauta 3: Analizar los recursos institucionales:Comprende el análisis de los recursos materiales einmateriales de que dispone el Gobierno Regionalo Local que faciliten el desarrollo de acciones haciael ordenamiento territorial, en base al procedimientoestablecido por el MINAM. Comprende el análisis de lossiguientes aspectos:

8

13

14

Son las diferentes personas e instituciones que actúan e inciden en el medioen que se desenvuelve el Gobierno Regional y Local Algunos tipos deactores sociales son: instituciones y empresas públicas, empresas privadas,comunidad, contratistas, personas naturales, entre otros.Influencias en actores sociales y políticos, y capacidad de movilización.

Page 11: Consejo Regional de La Juventud Word

Normas Legales del 08.05.2013

3.1 Recursos financieros, consiste en analizarla disponibilidad y uso de los recursos financierosdurante los últimos 5 años, precisando la fuente ycategoría de gasto, partiendo de un análisis generala específico. Asimismo, se deberá realizar el análisisen la ejecución financiera de proyectos de inversiónpública. 3.2Talento humano, identifica las características,perfil profesional y capacidades del personal asignado,de acuerdo a los diferentes regímenes de contrataciónespecífica la asignación de tiempo para desarrollaracciones hacia el ordenamiento territorial y el promediode permanencia del personal. 3.3Recursos físicos, implica evaluar la existencia yestado del local, mobiliario, equipos y similares disponiblespara realizar acciones hacia el ordenamiento territorial enel nivel de gobierno correspondiente. 3.4Tecnologías de la información y comunicaciones,comprende la identificación del equipamiento informáticoy de comunicaciones, licencias de software, sistemasde información y bases de datos, de carácter operativoasignadas para el desarrollo de las competenciasrelacionadas a la gestión del territorio. 3.5 Infraestructura de datos espaciales, analizarálas condiciones de intercambio, producción, uso yacceso a los datos georeferenciados. Considerará elanálisis de: políticas, datos e información espacial,estándares tanto de producción como de intercambio,organizaciones,recursoshumanos,recursostecnológicos, procesos de producción de datosespaciales vigentes, normatividad. 3.6Procesos y procedimientos, se deberá inventariarla existencia de directivas procesos y procedimientos,protocolos elaborados en materia de gestión ambiental,ordenamiento territorial y procedimientos que tengan que vercon la intervención territorial propiamente dicha, precisandosu descripción, objetivo, documento de aprobación, condición(en elaboración, en revisión, en proceso de aprobación oaprobada, fecha de probación etc.). 3.7Recursos intangibles (instrumentos técnicos,de gestión (ROF, MOF, CAP), normativas y otros),comprende la identificación, descripción y registro deestudios, consultorías, instrumentos técnicos y similaresrealizados, en materias asociadas al ordenamientoterritorial, precisando la fecha de realización, el objetivo,la fuente de financiamiento precisando su ubicación en elacervo digital y físico en la institución. Pauta 4: Determinar estrategias institucionalesy programas para su mejora: Comprende ladeterminación de una estrategia institucional validadaparticipativamente15, basada en la evaluación delas oportunidades y amenazas que devienen delcontexto general, nivel organizacional y funcional ylas capacidades institucionales identificadas16, quese plasmará en el diseño de un programa de mejoradebidamente presupuestado, cuyo objetivo serápotenciar la gestión efectiva y eficiente del territorio enel nivel de gobierno correspondiente. Comprende losiguiente:

4.1Elaboración de estrategias institucionales parasuperar debilidades, potenciar ventajas y aprovecharoportunidades para el ordenamiento territorial. 4.2Determinación y diseño de programas demejora y su presupuesto.

c.7) ESTUDIO DE ECOSISTEMAS Y HÁBITATMARINO COSTERO

Comprende la identificación, clasificación, ycaracterización de los ecosistemas, hábitats y susservicios; así como de los impactos predominantes dela intervención humana en estos, habiéndose para elloefectuado el análisis de la dinámica litoral17.

18

9

determinar el balance sedimentario; erosión, transporte yacumulación de sedimentos. - Ajustar algunos aspectos del plan de seguimientoambiental, mejorar las medidas correctivas y arbitrarsobre otras que mitiguen el impacto en la dinámicasedimentaria.

• Pautas Técnicas

Pauta 1: Caracterización del entorno costero:Comprende la determinación de la ubicación del entornocostero con sus respectivas coordenadas geográficas,descripción de las características físicas, descripción defenómenos de la naturaleza que en ella se originan, enparticular de las características aparentes, conspicuas osuperficiales de la superficie terrestre.

Pauta 2: Caracterización geomorfológica: Esel reconocimiento de la zona costera, caracterizaciónmineralógica y granulométrica de los sedimentos. Debeademás contener lo siguiente:

2.1 Caracterización de las condiciones morfológicas:comprende la descripción de la diversidad de formasque puede tener el litoral, como ser una península,bahía, punta, cabo, ensenada, playa, acantilado,terraza marítima, terraza fluvial, depósito de arcilla uotro tipo de forma. Determinar la pendiente y ancho deplaya, conocer la pendiente referenciada al nivel mediodel mar. 2.2 Caracterización de las condiciones litológicas apartir de determinar las propiedades físicas y químicasde las rocas que influyen en el perfil de las costas, lo quefacilita en menor o mayor grado las acciones marinas.

Pauta3:Analizarlascaracterísticasoceanográficas: Permitirá conocer e identificar losprincipales agentes modeladores de la zona, talescomo: nivel medio de mar 18, olas, mareas, corrientesmarinas y vientos.

Pauta 4: Caracterización de las condicioneshidrográficas y topográficas: Con especial énfasis enlos sondeos, el perfil costero, las mareas, las corrientes,el fondo marino, líneas de costa19 y los bajos naturaleso producidas por el hombre. En este caso particular labatimetría20 y la topografía21.

Pauta 5: Evaluación de la erosión y transporte desedimento: Debe considerar el balance sedimentario, laforma de medir la erosión y cómo deben estudiarse y las

15

16

17

• Objetivos:19

- Contar con una herramienta metodológica básicapara la comprensión de los procesos de formación ydesarrollo de las playas. - Facilitar la comprensión de la relación causa-efectoentre los diferentes procesos del sistema costero. - Facilitar la identificación de las causas de la erosión. - Describir cualitativamente la dinámica litoral,

20

21

Es importante que la determinación de las estrategias se realice de maneraparticipativa de manera que sea socializada y validada por la Alta Dirección ysu equipo directivo.Análisis FODA.La dinámica litoral es el conjunto de cambios que se producen en la franjacostera y que pueden dar lugar a grandes variaciones en la morfologíalitoral. La acción marina modela la forma y evolución de la franja costera,mediante procesos de erosión, transporte y acumulación de sedimentos.Las zonas de erosión presentan retroceso de acantilados escarpados condesprendimientos, deslizamientos y desgastes de las áreas planas y pocoprofundas; en las zonas de acumulación el mar deposita gravas y arenas.Estas transformaciones están directamente relacionadas con la energíadel mar, a través de las mareas, olas y corrientes litorales. La morfologíacostera ha sido diseñada por el mar respetando los condicionamientosgeomorfológicos y geológicos. En general, el mar erosiona las salientesacantiladas, motivando el retroceso de la línea de costa y acumula las gravasy arenas en las playas con entrantes. No obstante, los oleajes irregulareserosionan sectores de playas de acumulación.Determinar los cambios locales del nivel del mar, como los cambios climáticos,tectónicos, subsidencia, etc.Conocer la evolución de la línea de costa en los últimos años, apoyándosede imágenes de satélites y/o vuelos sobre el área de interés, considerandoestados mareales similares, para no distorsionar la observación.Posicionamiento de los sondajes, Reducción de los sondajes. La informaciónbatimétrica está referida al Nivel Medio e Bajamares de Sicigias Ordinarias(NMBSO), Veriles de profundidad.Levantamiento topográ fico de la zona para conocer las características másresaltantes a lo largo del perfil de la costa.

Page 12: Consejo Regional de La Juventud Word

Normas Legales del 08.05.2013

medidas a tomar. La erosión puede evaluarse en el tiempoy en el espacio, así como, Evaluar si se está erosionando,en qué grado y debido a cuáles causas. Contemplarmodelos de predicción de la dinámica y transporte,contemplando diferentes escenarios relacionados einterés del estudio.

Pauta6:Caracterizacióndeprocesosantropogénicos: Consiste en evaluar los procesospor acción del hombre, que de manera directa afectanal balance de sedimentos; como la construcción deestructuras o dragados. Así mismo evaluar los cambioambientales que influyen en aportes de sedimentosescorrentías o clima, desarrollo urbano de las costas,rellenos de playas, etc. La complejidad de la dinámica de los territoriosdeterminará la necesidad de elaborar otros EE adicionalesa los señalados. La realización de otros EE, deberá serpuesta en consideración del Ministerio del Ambiente -MINAM, para la conformidad respectiva. La ZEE y los EE, constituyen información del escenarioactual y de las perspectivas de desarrollo del territorio enanálisis.

2.3DIAGNÓSTICOTERRITORIO – DIT

INTEGRADO DEL

10

su aprobación por el nivel de gobierno correspondiente,deberá contar con la opinión favorable del MINAM, deacuerdo al procedimiento de validación establecido en elapartado III del presente Anexo.

V. PROCEDIMIENTOS PARA LA VALIDACIÓN DELOS INSTRUMENTOS TÉCNICOS

Complementando lo dispuesto en el Decreto SupremoN° 087-2004-PCM – “Reglamento de ZonificaciónEcológica y Económica – ZEE” y la Resolución MinisterialN° 026-2010-MINAM – “Lineamientos de Políticapara el Ordenamiento Territorial”, los procedimientospara la validación de los instrumentos técnicos haciael ordenamiento territorial, se realizan de acuerdo alsiguiente esquema:

INSTRUMENTO TÉCNICO

PROCEDIMIENTO

El DIT es un instrumento técnico que integra yanaliza la información generada en la ZEE y los EE,permitiendo completar el conocimiento de las condicionesy características ambientales y sociales, así como de ladinámica y tendencias de crecimiento económico de undeterminado ámbito geográfico, y de sus implicancias enlos ecosistemas. El DIT aporta información sobre las variablesclave o aspectos más importantes que determinan laocupación del territorio, sustentadas en las característicasbiofísicas, sociales, económicas, culturales, funcionales,institucionales y políticas del territorio; estableciendo elconjunto de condiciones favorables y desfavorables enlas que se encuentra; y que servirán de insumo para laelaboración del POT. A partir de los resultados del DIT se desarrollaran lasfases del proceso de elaboración del POT.

2.4– POT

PLAN DE ORDENAMIENTO TERRITORIAL

El POT es un instrumento de planificación y gestióndel territorio, que promueve y regula los procesos deorganización y gestión sostenible del mismo, articuladosa los planes ambientales, de desarrollo económico,social, cultural y otras políticas de desarrollo vigentes enel país. El POT vincula al proceso de ordenamiento territorialcon otros planes e instrumentos relacionados a la gestióndel territorio y del desarrollo, los cuales son abordados porotros sectores y niveles de gobierno en el marco de suscompetencias y funciones. El POT es un instrumento dinámico, participativo y seconstruye sobre la base del DIT. Se ejecuta a nivel regionaly local provincial, en correspondencia con las funcionesdefinidas en la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales yla Ley Orgánica de Municipalidades, y en el marco de laspolíticas nacionales de desarrollo. El POT de nivel regional, conforme a ley, deberáconsiderar las políticas sectoriales nacionales en suelaboración; y de la misma manera, los gobiernos localesprovinciales deberán articular su respectivo POT al POTRegional. El ordenamiento territorial se concreta una vez que seimplementan y ejecutan las acciones que correspondan apartir del POT.

III. METODOLOGÍA

Metodológicamente, la elaboración de los instrumentostécnicos se efectúa consecutivamente: en primer lugar laZEE; en segundo lugar los EE y el DIT; y en tercer lugarel POT.

IV. OPINIÓN FAVORABLE DEL MINAM

Cada uno de los instrumentos técnicos del procesopreparatorio para el ordenamiento territorial, previo a

ZONIFICACIÓN 1. En atención a su condición de rector, el MINAM formulará el Plan Operativo Bienal de ZEE, teniendo en cuenta las prioridadesECOLÓGICA Y espaciales determinadas por las políticas en los diferentes nivelesECONÓMICA de gobierno, así como las solicitudes y propuestas de ZEE. La aprobación del Plan deberá contar con la opinión favorable de la Comisión Ambiental Multisectorial. 2. El nivel de gobierno correspondiente deberá remitir un oficio al MINAM, a fin de hacer de conocimiento el establecimiento de la Comisión Técnica de ZEE y el inicio de la ZEE, solicitando la asistencia técnica respectiva. 3. Son funciones de la Comisión Técnica: a) Proponer, opinar, acompañar y coordinar la ejecución del proceso de las ZEE a nivel regional y local y b) Proponer los mecanismos de consulta y participación ciudadana y procesos de difusión y capacitación. 4. Recibida la comunicación, el MINAM a través de la DGOT, comunicará formalmente al nivel de gobierno correspondiente, la designación del equipo técnico que se encargará de brindar la asistencia técnica solicitada y propondrá la fecha de la primera reunión. 5. Se realizarán las reuniones de asistencia técnica y de acuerdo a los avances, se programarán las siguientes reuniones, las cuales serán solicitadas o comunicadas formalmente. 6. Luego de aplicar la normativa correspondiente a la ZEE, el nivel de gobierno correspondiente, deberá remitir a la DGOT del MINAM, a través de un oficio, la propuesta preliminar del documento correspondiente a la ZEE, solicitando la revisión de la información generada durante el proceso de elaboración. 7. La DGOT del MINAM procederá a la revisión del documento remitido por el nivel de gobierno correspondiente, identificando las recomendaciones técnicas necesarias y/o la información a completar, de ser el caso. Luego, la DGOT remitirá un oficio adjuntando el informe técnico generado por el equipo técnico, a fin de que se incorporen las recomendaciones técnicas brindadas y/ o se complete la información. 8. El nivel de gobierno correspondiente deberá incorporar las recomendaciones técnicas y/o completar la información en la propuesta de ZEE. Una vez incorporadas, se deberá remitir a la DGOT la documentación referida a la propuesta final e integrada de la ZEE. 9. La DGOT revisará la propuesta final e integrada de la ZEE, verificando la incorporación de las recomendaciones técnicas y/o si se encuentra completa la información. De acuerdo a ello: 9.1 Si la evaluación determina que la propuesta final e integrada de la ZEE remitida por el nivel de gobierno correspondiente, se encuentra completa y se han incorporado las recomendaciones, la DGOT emitirá el oficio comunicando la opinión favorable del MINAM. Una vez recibida la opinión favorable mediante el oficio respectivo por parte de la DGOT, el nivel de gobierno correspondiente procederá a efectuar el trámite para la aprobación de la ZEE, de acuerdo a la normativa que regula dicho instrumento técnico. 9.2 Si de la evaluación se verifica que la propuesta final e integrada de la ZEE, se encuentra incompleta y/o no se han incorporado las recomendaciones, la DGOT remitirá un oficio adjuntando el informe técnico generado por el equipo técnico, a fin de que se complete la información y/o se incorporen las recomendaciones técnicas brindadas. Una vez recibido el oficio, el nivel de gobierno correspondiente deberá completar y/o incorporar las recomendaciones técnicas comunicadas por la DGOT. Luego, mediante un oficio, deberá remitir a la DGOT la documentación respectiva y completa de la propuesta final e integrada de la ZEE. Este procedimiento se repetirá consecutivamente, en caso se presente incompleta y/o no se hayan incorporado las recomendaciones en la propuesta final e integrada de la ZEE.

Page 13: Consejo Regional de La Juventud Word

Normas Legales del 08.05.2013

INSTRUMENTO TÉCNICO

PROCEDIMIENTO INSTRUMENTO TÉCNICO

PROCEDIMIENTO

11

DIAGNÓSTICO 1. El nivel de gobierno correspondiente deberá integrar la información generada en los EE a la ZEE, cuyo análisis de finirá el DIT, paraINTEGRADO lo cual solicitará a la DGOT del MINAM la asistencia técnicaDEL correspondiente.TERRITORIO 2. Recibida la comunicación, la DGOT comunicará formalmente al nivel de gobierno correspondiente, la designación del equipo técnico que se encargará de brindar la asistencia técnica solicitada y la fecha de la primera reunión. 3. Se realizarán las reuniones de asistencia técnica, y de acuerdo a los avances, se programarán las siguientes reuniones, las cuales serán solicitadas o comunicadas formalmente. 4. Luego de culminar con la formulación del DIT, el nivel de gobierno correspondiente, deberá remitir a la DGOT, a través de un oficio, la documentación de la información generada durante el proceso de elaboración. 5. La DGOT procederá a la revisión del documento remitido por el nivel de gobierno correspondiente, identificando las recomendaciones técnicas necesarias y/o la información a completar. La DGOT remitirá un oficio adjuntando el informe técnico generado por el equipo técnico, a fin de que se incorporen las recomendaciones técnicas brindadas y/ o se complete la información. 6. El nivel de gobierno correspondiente deberá incorporar las recomendaciones técnicas y/o completar la información. Una vez realizada dicha incorporación, deberá remitir a la DGOT la documentación respectiva a la propuesta final del DIT. 7. La DGOT procederá a revisar la propuesta final del DIT, verificando la incorporación de las recomendaciones técnicas y/o si se encuentra completa la información. Para lo cual deberá adjuntar toda la información correspondiente. De acuerdo a ello: 7.1 Si de la evaluación, se verifica que la propuesta final del DIT se encuentra completa y se han incorporado las recomendaciones, la DGOT emitirá el oficio comunicando la opinión favorable. Una vez recibida la opinión favorable mediante el oficio respectivo por parte de la DGOT, el nivel de gobierno correspondiente procederá a efectuar el trámite para la aprobación del DIT, a través de la Ordenanza respectiva. 7.2 Si de la evaluación, se verifica que la propuesta final del DIT, se encuentra incompleta y/o no se han incorporado las recomendaciones, la DGOT remitirá un oficio adjuntando el informe técnico generado por el equipo técnico, a fin de que se complete la información y/o se incorporen las recomendaciones técnicas brindadas. Una vez recibido el oficio, el nivel de gobierno correspondiente deberá completar y/o incorporar las recomendaciones técnicas comunicadas por la DGOT. Luego, mediante un oficio, deberá remitir a la DGOT la documentación respectiva y completa de la propuesta final del DIT. Este procedimiento se repetirá consecutivamente, en caso se presente incompleta y/o no se hayan incorporado las recomendaciones en la propuesta final e integrada del DIT.

PLAN DE ORDENA- MIENTOTERRITORIAL

Luego de la aprobación del DIT, el nivel de gobierno correspondientepodrá iniciar la elaboración de su Plan de Ordenamiento Territorial(POT), para lo cual contará con la asistencia técnica del MINAM, através de la DGOT.El POT no constituye, ni de fine usos del territorio en tanto no seaimplementado.

1. El nivel de gobierno correspondiente comunicará a la DGOT los EE a realizar en función a lo dispuesto en la presente Guía Metodológica, solicitando la asistencia técnica respectiva para su ejecución. ESTUDIOS2. Recibida la comunicación, la DGOT comunicará formalmente al nivel ESPECIA-de gobierno correspondiente, la designación del equipo técnico que LIZADOS se encargará de brindar la asistencia técnica solicitada y la fecha de (Esto se la primera reunión. aplicará para 3. Se realizarán las reuniones de asistencia técnica, y de acuerdo a los cada Estudio avances, se programarán las siguientes reuniones, las cuales seránEspecializado) solicitadas o comunicadas formalmente. 4. Luego de culminar con la formulación de los EE, el nivel de gobierno correspondiente, deberá remitir a la DGOT, a través de un oficio, la documentación de la información generada durante el proceso de elaboración. 5. La DGOT procederá a la revisión del documento remitido por el nivel de gobierno correspondiente, identificando las recomendaciones técnicas necesarias y/o la información a completar. La DGOT remitirá un oficio adjuntando el informe técnico generado por el equipo técnico, a fin de que se incorporen las recomendaciones técnicas brindadas y/ o se complete la información. 6. El nivel de gobierno correspondiente deberá incorporar las recomendaciones técnicas y/o completar la información. Una vez incorporados, deberá remitir a la DGOT la documentación respectiva a la propuesta final e integrada de los EE. 7. El nivel de gobierno correspondiente deberá incorporar los aportes y recomendaciones dadas por el MINAM. Una vez incorporados deberá remitir a la DGOT la documentación respectiva a la propuesta final de los EE. 8. La DGOT procederá a revisar las versiones finales de los EE, verificando la incorporación de las recomendaciones técnicas y/o si se encuentra completa la información. Para lo cual deberá adjuntar los EE realizados. De acuerdo a ello: 8.1 Si de la evaluación, se verifica que la propuesta final de los EE se encuentra completa y se han incorporado las recomendaciones, la DGOT emitirá el oficio comunicando la opinión favorable. Una vez recibida la opinión favorable mediante el oficio respectivo por parte de la DGOT, el nivel de gobierno correspondiente procederá a efectuar el trámite para la aprobación de los EE, a través de la Ordenanza respectiva. 8.2 Si de la evaluación, se verifica que la propuesta final de los EE, se encuentra incompleta y/o no se han incorporado las recomendaciones, la DGOT remitirá un oficio adjuntando el informe técnico generado por el equipo técnico, a fin de que se complete la información y/o se incorporen las recomendaciones técnicas brindadas. Una vez recibido el oficio, el nivel de gobierno correspondiente deberá completar y/o incorporar las recomendaciones técnicas comunicadas por la DGOT. Luego, mediante un oficio, deberá remitir a la DGOT la documentación respectiva y completa de la propuesta final de los EE. Este procedimiento se repetirá consecutivamente, en caso se presente incompleta y/o no se hayan incorporado las recomendaciones en la propuesta final de los EE.

934328-1

Page 14: Consejo Regional de La Juventud Word

Normas Legales del 08.05.2013 12

Pasajes: US$ 802,60Viáticos (US$ 200,00 x 4 días) : US$ 800,00

Artículo 3º.- Dentro de los quince (15) días calendariosiguientes a su retorno al país, el señor Vizcarra Valenciapresentará al Titular del Sector un informe detallado sobrelas acciones realizadas y los resultados obtenidos enel evento al que asistirá; asimismo, deberá presentar larendición de cuentas de acuerdo a ley. Artículo 4º.- La presente Resolución Ministerialno libera ni exonera del pago de impuestos o derechosaduaneros, cualquiera fuere su clase o denominación.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

JOSÉ LUIS SILVA MARTINOTMinistro de Comercio Exterior y Turismo

933598-1

COMERCIO EXTERIOR

Y TURISMO

RESOLUCIÓN MINISTERIALNº 119-2013-MINCETUR/DM

Lima, 3 de mayo de 2013

CONSIDERANDO:

Que, la II Conferencia de Seguridad Turística de lasAméricas se llevará a cabo en la ciudad de Panamá,República de Panamá, del 13 al 17 de mayo de 2013;evento que congrega a más de 500 expertos y empresariosde la región, con la finalidad de discutir políticas públicasy trabajar en programas de protección de visitantes,destinos y empresas turísticas; Que, el Jefe de Seguridad Institucional de la Autoridadde Turismo de Panamá ha invitado a participar en dichaConferencia al Presidente de la Red de Protección alTurista, institución creada por la Ley N° 29408, Ley Generalde Turismo, que tiene por objeto elaborar y ejecutar elPlan de Protección al Turista, promover mecanismosde información, protección y asistencia a los turistas encoordinación con las autoridades competentes; Que, la participación del Presidente de la Red deProtección al Turista en dicho evento, permitirá que elMinisterio de Comercio Exterior y Turismo actualice losconocimientos y técnicas en la gestión de la seguridadturística, que serán replicados en las redes regionales delpaís, así como promover al Perú como un destino turísticoseguro, al ser el único país en Latinoamérica que cuentacon una Red de Protección al Turista regulada por Ley; Que, por lo expuesto, la Viceministra de Turismosolicita que se autorice el viaje del señor Santiago VizcarraValencia, profesional que presta servicios al Viceministeriode Turismo y Presidente de la Red de Protección al Turista,para que en representación del MINCETUR participe en laConferencia antes mencionada; Que, corresponde al Ministerio de Comercio Exteriory Turismo coordinar y orientar a los gobiernos regionales ylocales en materia de turismo, fomentando el desarrollodel turismo social y la implantación de estrategias para lafacilitación turística, inversión y promoción del turismo internoy receptivo; en tal sentido, promueve el fortalecimientoinstitucional en el sector, fomenta los espacios de coordinaciónpúblicos y privados para la gestión y desarrollo de la actividadturística y la protección y seguridad al turista en lo que no esde competencia de los gobiernos regionales o locales; Que, la Ley N° 29951, Ley de Presupuesto del SectorPúblico para el Año Fiscal 2013, prohíbe los viajes alexterior con cargo a recursos públicos, salvo los casosexcepcionales que la misma Ley señala, entre ellos, losviajes que se efectúen en el marco de las acciones depromoción de importancia para el Perú, los que debenrealizarse en categoría económica y ser autorizados porResolución del titular de la entidad; De conformidad con la Ley N° 27790, Ley deOrganización y Funciones del Ministerio de ComercioExterior y Turismo - MINCETUR, Ley N° 27619, que regulala autorización de viajes al exterior de los servidores yfuncionarios públicos, sus modificatorias y el DecretoSupremo Nº 047-2002-PCM.

SE RESUELVE:

Artículo 1º.- Autorizar el viaje del señor SantiagoVizcarra Valencia, a la ciudad de Panamá, Repúblicade Panamá, del 13 al 17 de mayo de 2013, para queen representación del Ministerio de Comercio Exteriory Turismo, participe en la II Conferencia de SeguridadTurística de las Américas, a que se refiere la parteconsiderativa de la presente Resolución Ministerial. Artículo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimentode la presente Resolución estarán a cargo del Ministeriode Comercio Exterior y Turismo, de acuerdo al siguientedetalle:

CULTURA

RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 135-2013-MC

Lima, 6 de mayo de 2013

Vista, la Carta de fecha 30 de abril de 2013, del DirectorGeneral del Instituto Nacional de Artes Escénicas y de laMúsica del Ministerio de Educación, Cultura y Deportede España, y el Informe Nº 312-2013-ORH-OGA/MC defecha 02 de mayo de 2013, y;

CONSIDERANDO:

Que, el Ministerio de Cultura es un organismo delPoder Ejecutivo con personería jurídica que constituyepliego presupuestal del Estado; Que, de acuerdo a la Ley Nº 29565, Ley de creacióndel Ministerio de Cultura, este último es el organismo rectoren materia de cultura y ejerce competencia, exclusiva yexcluyente, respecto de otros niveles de gobierno en todoel territorio nacional; Que, mediante el Decreto Supremo Nº 001-2011-MC,se aprobó el Reglamento de Organización y Funcionesdel Ministerio de Cultura, el cual establece dentro de susfunciones técnico-normativas, la promoción de la creacióncultural en todos sus campos, el perfeccionamiento delos creadores y gestores culturales y el desarrollo de lasindustrias culturales; Que, mediante la carta del Visto, el Director Generaldel Instituto Nacional de Artes Escénicas y de la Músicadel Ministerio de Educación, Cultura y Deporte de España,ha invitado al señor Juan Carlos Adrianzen Rodríguez alEncuentro entre representantes españoles de las artesescénicas y musicales y programadores artísticos deColombia, Ecuador, Perú y Venezuela, organizado porel citado Instituto con el apoyo y colaboración de lasEmbajadas de España en los países mencionados y laDirección del Teatro Mayor; evento que tendrá lugar en laciudad de Bogotá D.C., República de Colombia, los días09 y 10 de mayo de 2013; Que, mediante el informe del Visto, el Jefe de la Oficinade Recursos Humanos estima conveniente autorizar elviaje del señor Juan Carlos Adrianzen Rodríguez, toda vezque al ser el Coordinador y Programador de actividadesculturales del Gran Teatro Nacional, su participación en elevento permitirá fortalecer sus conocimientos en materiade programación de espectáculos, contribuyendo de estamanera a establecer mejores estrategias de difusión delas diversas manifestaciones de las artes escénicas ennuestra sociedad, resaltando que la asistencia al mismoy todos los gastos en los que pudiera incurrir seránsufragados íntegramente por la entidad organizadora; Que, de acuerdo a lo previsto en el Decreto SupremoNº 047-2002-PCM, que aprobó las normas reglamentariassobre autorización de viajes al exterior de servidores

Page 15: Consejo Regional de La Juventud Word

Normas Legales del 08.05.2013

y funcionarios públicos, “Los viajes al extranjero paraconcurrir a Asambleas, Conferencias, Seminarios, Cursosde Capacitación o que se realicen por cualquier otromotivo, siempre que no ocasionen ningún tipo de gastosal Estado, serán autorizados mediante Resolución delTitular de la Entidad correspondiente”; Que, en tal sentido, se ha estimado por convenienteautorizar el viaje, en comisión de servicios, del señor JuanCarlos Adrianzen Rodríguez, a la ciudad de Bogotá D.C.,República de Colombia, del 08 al 11 de mayo de 2013; De conformidad con la Ley Nº 29812, Ley delPresupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2012;la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorización deviajes al exterior de servidores y funcionarios públicos;su Reglamento aprobado mediante el Decreto SupremoNº 047-2002-PCM; la Ley Nº 29565, Ley de creacióndel Ministerio de Cultura; y, el Decreto Supremo Nº 001-2011-MC, que aprueba el Reglamento de Organización yFunciones del Ministerio de Cultura;

SE RESUELVE:

Artículo 1º.- Autorizar el viaje, en comisión deservicios, del señor Juan Carlos Adrianzen Rodríguez,Coordinador y Programador de actividades culturalesdel Gran Teatro Nacional, a la ciudad de Bogotá D.C.,República de Colombia, del 08 al 11 de mayo de 2013,para los fines expuestos en la parte considerativa de lapresente Resolución. Artículo 2º.- El viaje autorizado no irrogará gasto algunoal Estado, ni dará derecho a exoneración o liberación delpago de impuestos o de derechos aduaneros, cualquierasea su clase o denominación. Artículo 3º.- Dentro de los quince (15) días calendariosiguientes de efectuado el viaje, la persona indicada en elArtículo 1º de la presente Resolución, deberá presentarante el Ministerio de Cultura un informe detalladodescribiendo las acciones realizadas y los resultadosobtenidos. Artículo 4º.- Notificar la presente Resolución a losinteresados, a la Oficina de Recursos Humanos, al Áreade Control y Asistencia y Legajo Personal, así como a lasdirecciones y oficinas que correspondan, para los finespertinentes.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

LUIS ALBERTO PEIRANO FALCONIMinistro de Cultura

933959-1RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 090-2013-MIDIS

13

de responsabilidades por parte de los funcionarios y/uoficiales que resulten involucrados; Que, en ese contexto, resulta indispensable dictar unamedida preventiva orientada al cumplimiento cabal de lasdisposiciones contenidas en la Ley del Servicio Militar ydemás normas modificatorias y complementarias, con lafinalidad de asegurar que la prestación del Servicio Militarsea brindada por personas que cumplen con todos losrequisitos exigidos por ley, dentro de los que se incluyela presentación del Documento Nacional de Identidad,como documento indispensable para contrastar su plenaidentificación; De conformidad con lo dispuesto en el numeral 37) delartículo 10º del Decreto Legislativo Nº 1134, que apruebala Ley de Organización y Funciones del Ministerio deDefensa;

SE RESUELVE:

Artículo Único.- Instruir a los Comandante Generalesdel Ejército, la Marina de Guerra y la Fuerza Aérea del Perú,para que adopten las acciones necesarias con el fin deasegurar el cumplimiento cabal de la normativa que regulael Servicio Militar, incluyendo la observancia de aquellasdisposiciones vinculadas con los requisitos que debe reunirel personal para su inscripción en las Oficinas de RegistroMilitar y para su posterior incorporación en el servicio.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

PEDRO ALVARO CATERIANO BELLIDOMinistro de Defensa

933950-1

DESARROLLO E

INCLUSION SOCIAL

DEFENSALima, 7 de mayo de 2013

CONSIDERANDO:

Que, de conformidad con lo establecido en elartículo 25 de la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del PoderEjecutivo, los Ministros de Estado pueden delegar enlos funcionarios de su cartera ministerial las facultades yatribuciones que no sean privativas a su función, siempreque la normatividad lo autorice; Que, de acuerdo con lo señalado en el literal e)del artículo 12 de la Ley N° 29792, Ley de Creación,Organización y Funciones del Ministerio de Desarrollo eInclusión Social, el Ministro en la cartera de Desarrolloe Inclusión Social ejerce las funciones que le asigne laConstitución Política del Perú, la Ley Orgánica del PoderEjecutivo y el Reglamento de Organización y Funcionesdel Ministerio, pudiendo delegar en los funcionarios desu cartera ministerial las facultades y atribuciones que nosean privativas de su función; Que, atendiendo a la estructura orgánica del Ministeriode Desarrollo e Inclusión Social, según su Reglamentode Organización y Funciones, aprobado por DecretoSupremo N° 011-2012-MIDIS, y a efectos de la mayorfluidez de la marcha administrativa del Ministerio, resultapertinente delegar en la Jefa de la Oficina General deAdministración, facultades en materia administrativa, enel marco de lo previsto mediante Resolución Ministerial Nº245-2012-MIDIS; Con el visado de la Secretaría General y la OficinaGeneral de Asesoría Jurídica;

RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 355-2013-DE/SG

Lima, 6 de mayo de 2013

CONSIDERANDO:

Que, de acuerdo a una denuncia periodística difundidarecientemente, existiría personal de tropa que cumpleServicio Militar sin contar con Documento Nacional deIdentidad; y, en otros casos, sin contar con la Partida deNacimiento; Que, de comprobarse la irregularidad denunciada,podrían originarse situaciones contrarias a los fines delServicio Militar, que -a su vez- generarían la determinación

Page 16: Consejo Regional de La Juventud Word

Normas Legales del 08.05.2013

De conformidad con lo dispuesto en la Nº 29158,Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 29792, Leyde Creación, Organización y Funciones del Ministeriode Desarrollo e Inclusión Social; y su Reglamento deOrganización y Funciones, aprobado por Decreto SupremoN° 011-2012-MIDIS;

SE RESUELVE: Artículo 1º.- Delegar en la Jefa de la Oficina Generalde Administración, durante el ejercicio fiscal 2013, respectode la Unidad Ejecutora 001, la facultad de representaral Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social en losprocedimientos y diligencias de ejecución de mandatosjudiciales que ordenen la reposición o reincorporación detrabajadores, según corresponda, quedando autorizada asuscribir los documentos necesarios para tal fin. Artículo 2º.- La Jefa de la Oficina General deAdministración deberá dar cuenta a la Secretaría Generalrespecto de las actuaciones derivadas de la facultaddelegada en el artículo precedente.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

CAROLINA TRIVELLI AVILAMinistra de Desarrollo e Inclusión Social

934141-1

SE RESUELVE:

14

Artículo 1º.- Aceptar la renuncia presentada por laseñorita Sofía María Patricia Rodríguez Soto al puesto de Jefede la Unidad de Administración del Programa Nacional deAsistencia Solidaria “Pensión 65”, con efectividad al 30 de abrilde 2013, dándosele las gracias por los servicios prestados. Artículo 2º.- Encargar al señor Juan Carlos VásquezLazo, Jefe de la Unidad de Proyectos y Diseño deIntervenciones, las funciones del puesto de Jefe de laUnidad de Administración del Programa Nacional deAsistencia Solidaria “Pensión 65”, a partir del 02 de mayode 2013, en tanto se designe a su titular.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

NORMA E. VIDAL AÑAÑOSDirectora EjecutivaPrograma Nacional de Asistencia Solidaria“Pensión 65”

933345-1

ECONOMIA Y FINANZAS

RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 133-2013-EF/43

RESOLUCIÓN DIRECTORALN° 022-2013-MIDIS/P65-DE

Lima, 30 de abril de 2013

CONSIDERANDO:

Que, mediante Decreto Supremo Nº 081-2011-PCM, secrea el Programa Social denominado Programa Nacionalde Asistencia Solidaria “Pensión 65”, destinado a otorgarsubvenciones económicas a los adultos en condición deextrema pobreza a partir de los sesenta y cinco (65) años deedad que cumplan con los requisitos establecidos para tal fin; Que, por Resolución Ministerial Nº 065-2012-MIDISse formalizó la creación de la Unidad Ejecutora 006:Programa Nacional de Asistencia Solidaria “Pensión 65”,en el Pliego 040: Ministerio de Desarrollo e InclusiónSocial; asimismo, se dispuso designar como funcionarioresponsable de dicha unidad ejecutora al DirectorEjecutivo del Programa; Que, a través de la Resolución Ministerial N° 177-2012-MIDIS se aprobó el Manual de Operaciones del ProgramaNacional de Asistencia Solidaria “Pensión 65”, documentotécnico normativo de gestión que determina su estructura,funciones generales del programa social, funcionesespecíficas de las unidades que lo integran, necesidadesmínimas de personal, así como los principales procesostécnicos y/o administrativos del programa orientados allogro de su misión, visión y objetivos estratégicos, deconformidad con los lineamientos establecidos por elMinisterio de Desarrollo e Inclusión Social; Que, mediante Resolución Directoral N° 051-2012-MIDIS/P65-DE se designó a la señorita Sofía MaríaPatricia Rodríguez Soto, como Jefe de la Unidad deAdministración del Programa Nacional de AsistenciaSolidaria “Pensión 65”; Que, con carta de fecha 18 de abril de 2013, la señoritaSofía María Patricia Rodríguez Soto presentó renunciaal puesto de Jefe de la Unidad de Administración delPrograma Nacional de Asistencia Solidaria “Pensión 65”; Que, habiendo presentado la señorita Sofía María PatriciaRodríguez Soto su renuncia conforme a lo señalado en elconsiderando precedente, resulta necesario aceptar la mismacon efectividad al 30 de abril de 2013; así como encargar lasfunciones del puesto de Jefe de la Unidad de Administracióndel Programa Nacional de Asistencia “Pensión 65”; De conformidad con lo dispuesto en el DecretoSupremo Nº 081-2011-PCM y sus modificaciones, asícomo las Resoluciones Ministeriales N° 065-2012-MIDISy N° 177-2012-MIDIS;

Lima, 6 de mayo de 2013

CONSIDERANDO:

Que, el numeral 46.1 del artículo 46 del Texto ÚnicoOrdenado (T.U.O.) de la Ley Nº 28563, Ley General delSistema Nacional de Endeudamiento aprobado medianteDecreto Supremo Nº 034-2012-EF, establece que elMinisterio de Economía y Finanzas está autorizado paracontratar los servicios de asesoría legal y financieraespecializados, vinculados directa o indirectamente alobjeto de la citada Ley, de acuerdo con los procedimientosque se establezcan mediante Decreto Supremo; Que, mediante Decreto Supremo Nº 033-2006-EF ysus modificatorias se aprobó el Procedimiento para laContratación de Servicios de Asesoría Legal y FinancieraEspecializados en el marco de la Ley Nº 28563, Ley Generaldel Sistema Nacional de Endeudamiento, disponiendoque las contrataciones de los servicios serán efectuadaspor la Oficina General de Administración a requerimientode la Dirección Nacional de Endeudamiento Público, hoyDirección General de Endeudamiento y Tesoro Público,cuando éstos estén indirectamente vinculados a unaoperación de endeudamiento público o de administraciónde deuda; Que, asimismo el numeral 9.1 del artículo 9º delmencionado Procedimiento dispone que cuando los serviciosson prestados por proveedores únicos, la Oficina General deAdministración procederá a su contratación directa, previoa lo cual deberá cumplirse con realizar las acciones quedicho numeral señala, agregando la Segunda DisposiciónFinal que la interpretación de las disposiciones contenidasen dicho Procedimiento es competencia de la DirecciónNacional del Endeudamiento Público hoy Dirección Generalde Endeudamiento y Tesoro Público; Que, la Dirección General de Endeudamiento yTesoro Público, órgano rector del Sistema Nacionalde Endeudamiento, en los Memorandos Nº 241-2011,315-2011 y 281-2012-EF/52.04, señala las razonesque justifican la contratación como proveedor único dela empresa Bloomberg Finance LP, para que brinde elservicio de información financiera internacional; Que, la empresa Bloomberg Finance LP, decaracterísticasparticulares,proveeelservicioespecializado en el tema de información financierainternacional en tiempo real; de los diferentes precios delos bonos, monedas, commodities así como las curvas derendimiento de los mercados de bonos internacionales ydiversos indicadores económicos.

Page 17: Consejo Regional de La Juventud Word

Normas Legales del 08.05.2013

Que, el Jefe de la Oficina de Abastecimiento de laOficina General de Administración y Recursos Humanos(antes Oficina General de Administración), ha elaboradoel Informe Nº 194-2013-EF/43.03, conjuntamente con elproyecto de contrato; Que, la Oficina General de Asesoría Jurídica, medianteel Informe Nº 455-2013-EF/42.01, opina favorablementesobre el proyecto de contrato a ser suscrito entreel Ministerio de Economía y Finanzas y la empresaBloomberg Finance LP; De conformidad con el Decreto Supremo Nº 034-2012-EF, Texto Único Ordenado de la Ley Nº 28563 – LeyGeneral del Sistema Nacional de Endeudamiento y elDecreto Supremo Nº 033-2006-EF y modificatoria;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Aprobar el contrato remitido por la OficinaGeneral de Administración y Recursos Humanos referidoal Servicio de Información Financiera Internacional, a sersuscrito entre el Ministerio de Economía y Finanzas y laempresa Bloomberg Finance LP. Artículo 2.- Autorizar al Director General de la OficinaGeneral de Administración y Recursos Humanos para queen representación del Ministerio de Economía y Finanzassuscriba el contrato referido en el artículo precedente.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

LUIS MIGUEL CASTILLA RUBIOMinistro de Economía y Finanzas

933344-1

SE RESUELVE:

CONSIDERANDO:

15

Que, mediante el artículo 21º del Texto ÚnicoOrdenado de la Ley del Impuesto a la Renta, aprobadopor el Decreto Supremo Nº 179-2004-EF y normasmodificatorias, se dispone que en el caso de enajenaciónde bienes inmuebles el costo computable es el valor deadquisición o construcción reajustado por los índicesde corrección monetaria que establece el Ministerio deEconomía y Finanzas en base a los Índices de Preciosal Por Mayor proporcionados por el Instituto Nacional deEstadística e Informática (INEI); Que, conforme al artículo 11º del Reglamento de la Leydel Impuesto a la Renta, aprobado por el Decreto SupremoNº 122-94-EF y normas modificatorias, los índices decorrección monetaria serán fijados mensualmente porResolución Ministerial del Ministerio de Economía yFinanzas, la cual será publicada dentro de los primeroscinco (5) días hábiles de cada mes; Que en tal sentido, es conveniente fijar los referidosíndices de corrección monetaria; De conformidad con lo dispuesto en el TextoÚnico Ordenado de la Ley del Impuesto a la Renta,aprobado por el Decreto Supremo Nº 179-2004-EF ynormas modificatorias, y su Reglamento, aprobadopor el Decreto Supremo Nº 122-94-EF y normasmodificatorias;

Artículo Único.- En las enajenaciones de inmueblesque las personas naturales, sucesiones indivisas osociedades conyugales -que optaron por tributar comotales- realicen desde el día siguiente de publicada lapresente Resolución hasta la fecha de publicación dela Resolución Ministerial mediante la cual se fijen losíndices de corrección monetaria del siguiente mes, elvalor de adquisición o construcción, según sea el caso,se ajustará multiplicándolo por el índice de correcciónmonetaria correspondiente al mes y año de adquisicióndel inmueble, de acuerdo al Anexo que forma parte de lapresente Resolución.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

LUIS MIGUEL CASTILLA RUBIOMinistro de Economía y Finanzas

ANEXO

INDICE DE CORRECCION MONETARIA

RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 135-2013-EF/15

Lima, 7 de mayo de 2013

Años/Meses

1976

Enero

--

Febrero Marzo Abril Mayo Junio Julio Agosto Setiembre Octubre Noviembre Diciembre

197 096 976,72 194 309 261,90 190 385 983,85 190 281 203,45 188 226 629,16 185 582 902,13 159 071 058,97 148 238 222,10 145 882 255,98 141 939 492,30 139 721 538,36

1977 138 842 492,47 132 552 439,62 128 385 052,61 123 862 292,81 122 806 398,30 120 965 985,19 114 319 722,25 110 354 595,17 107 140 051,65 104 564 024,40 102 904 195,64 100 437 962,62

1978

1979

1980

1981

1982

1983

1984

1985

1986

1987

1988

1989

1990

1991

1992

1993

1994

1995

1996

1997

1998

96 905 016,12 88 860 384,66 83 751 692,84 81 382 725,77 78 616 200,40 69 659 022,16 64 234 267,84 61 510 620,61 59 368 258,26 56 633 969,81 53 683 703,74 50 705 066,48

49 521 262,35 47 086 564,3745 113 317,5343 113 427,5541 715 008,95 40 428 868,66 39 414 152,61 37 094 678,04 35 480 017,79 34 060 351,0433 116 420,2431 741 678,86

30 771 277,61 29 627 742,98 28 560 649,84 27 699 902,26 26 976 588,21 26 190 181,17 25 545 158,42 25 009 291,23 23 883 459,94 22 750 106,16 21 648 498,08 20 870 094,77

20 109 012,02 18 268 684,66 17 257 422,09 16 618 432,40 15 964 274,18 15 228 195,33 14 903 376,46 14 546 488,84 13 928 343,39 13 605 063,62 12 985 250,32 12 501 405,23

12 107 259,18

7 371 560,84

3 116 678,58

1 445 435,51

542 636,80

395 276,01

229 293,16

11 597,60

574,73

8,66

4,42

2,94

2,19

1,98

1,82

1,64

1,56

11 713 745,05

6 834 963,77

2 926 337,70

1 268 227,27

529 384,26

380 455,97

209 658,03

6 449,68

474,08

7,63

4,34

2,85

2,18

1,96

1,80

1,63

1,54

11 316 783,76

6 380 396,89

2 728 105,12

1 155 472,77

507 119,58

365 152,77

186 058,18

5 221,51

400,60

7,26

4,29

2,78

2,17

1,93

1,78

1,63

1,52

10 838 387,44 10 520 568,41 10 094 478,82

5 972 618,46

2 565 843,13

1 035 602,12

492 237,46

352 673,93

150 933,57

4 550,88

316,23

7,05

4,14

2,68

2,15

1,91

1,77

1,63

1,51

5 474 757,08

2 413 731,91

949 883,43

484 367,15

336 006,77

126 328,39

3 627,02

230,39

6,86

4,04

2,58

2,13

1,89

1,76

1,62

1,50

5 113 905,85

2 263 238,22

831 265,91

475 350,16

322 097,74

119 532,05

2 779,19

167,38

6,20

3,84

2,49

2,12

1,88

1,74

1,61

1,50

9 697 523,22

4 727 176,29

2 080 399,78

743 241,74

465 816,17

314 932,80

114 968,04

2 285,87

111,36

5,71

3,74

2,45

2,11

1,87

1,72

1,60

1,49

9 320 837,89

4 318 460,01

1 924 934,12

666 282,21

448 635,30

301 195,58

94 514,77

1 980,85

63,21

5,44

3,64

2,41

2,08

1,87

1,71

1,59

1,48

8 965 303,35

3 941 040,86

1 804 870,26

596 725,13

443 143,33

289 252,97

76 636,00

1 638,19

14,57

5,22

3,49

2,35

2,03

1,86

1,70

1,59

1,47

8 632 445,36

3 630 315,34

1 731 353,70

581 188,58

430 005,46

276 858,21

27 330,57

1 231,73

10,79

5,10

3,39

2,30

2,00

1,85

1,68

1,58

1,47

8 108 339,48

3 422 505,61

1 650 953,10

571 481,46

410 683,90

263 737,86

21 329,47

989,59

10,19

4,86

3,16

2,25

2,00

1,84

1,66

1,58

1,46

7 824 258,59

3 290 415,40

1 555 448,51

556 580,96

403 614,33

245 020,84

17 648,17

770,24

9,72

4,56

3,02

2,22

1,99

1,83

1,65

1,56

1,46

Page 18: Consejo Regional de La Juventud Word

Normas Legales del 08.05.2013

Años/Meses

1999

2000

2001

2002

2003

2004

2005

2006

2007

2008

2009

2010

2011

2012

2013

Enero

1,46

1,39

1,34

1,37

1,34

1,32

1,26

1,21

1,20

1,14

1,04

1,10

1,05

0,99

1,00

16

Abril

1,44

1,38

1,33

1,37

1,33

1,28

1,25

1,20

1,20

1,11

1,08

1,09

1,03

0,99

1,00

Febrero

1,46

1,39

1,33

1,37

1,35

1,31

1,25

1,20

1,20

1,13

1,06

1,09

1,04

1,00

1,00

Marzo

1,44

1,38

1,33

1,37

1,34

1,29

1,26

1,21

1,21

1,12

1,08

1,09

1,04

0,99

1,00

Mayo

1,43

1,37

1,33

1,36

1,33

1,27

1,25

1,20

1,20

1,11

1,09

1,09

1,02

0,99

1,00

Junio

1,42

1,37

1,33

1,36

1,33

1,26

1,25

1,20

1,19

1,10

1,10

1,08

1,01

0,99

Julio

1,42

1,37

1,33

1,36

1,34

1,26

1,24

1,20

1,17

1,08

1,10

1,08

1,01

0,99

Agosto

1,42

1,36

1,34

1,36

1,34

1,25

1,24

1,20

1,16

1,07

1,10

1,08

1,01

1,00

Setiembre

1,41

1,36

1,35

1,35

1,34

1,26

1,24

1,20

1,16

1,05

1,11

1,07

1,00

1,00

Octubre

1,41

1,35

1,34

1,34

1,33

1,26

1,23

1,20

1,15

1,04

1,11

1,07

1,00

0,99

Noviembre

1,40

1,34

1,35

1,33

1,33

1,26

1,22

1,20

1,15

1,04

1,11

1,07

0,99

0,99

Diciembre

1,39

1,34

1,36

1,34

1,33

1,25

1,22

1,20

1,14

1,04

1,11

1,06

0,99

1,00

934092-1

EDUCACION

RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL Nº 010-2013-EF/15.01

Lima, 7 de mayo de 2013

CONSIDERANDO:

Que, por Decreto Supremo Nº 115-2001-EF ymodificatorias, se estableció el Sistema de Franja dePrecios para las importaciones de los productos señaladosen el Anexo I del citado Decreto Supremo; Que, por Decreto Supremo Nº 184-2002-EF semodificó el Artículo 7º del Decreto Supremo Nº 115-2001-EF y se dispuso que los precios CIF de referencia fueranpublicados por Resolución Viceministerial del Viceministrode Economía; Que, por Decreto Supremo Nº 293-2012-EF seactualizaron las Tablas Aduaneras aplicables a laimportación de los productos incluidos en el Sistema deFranjas de Precios y se dispuso que tengan vigencia en elperiodo del 1º de enero hasta el 30 de junio de 2013; Que, corresponde publicar los precios CIF dereferencia para el periodo del 16 al 30 de abril de 2013; De conformidad con lo dispuesto en el Artículo 7ºdel Decreto Supremo Nº 115-2001-EF modificado por elArtículo 1º del Decreto Supremo Nº 184-2002-EF;

SE RESUELVE:

Artículo Único.- Publíquese los precios CIF dereferencia para la aplicación del derecho variable adicionalo rebaja arancelaria a que se refiere el Decreto SupremoNº 115-2001-EF y modificatorias:

PRECIOS CIF DE REFERENCIA(DECRETO SUPREMO Nº 115-2001-EF)US$ por T.M.

Fecha Maíz Azúcar Arroz Leche entera en polvo

RESOLUCIÓN SUPREMA N° 018-2013-ED

Lima, 7 de mayo de 2013

Vistos los Expedientes Nº 0185787-2012, 0054291-2013, 054292-2013, 054842-2013 y demás documentosque se acompañan;

CONSIDERANDO:

Que, mediante la Ley N° 29394, Ley de Institutos yEscuelas de Educación Superior se regula la creación yel funcionamiento de institutos y escuelas de educaciónsuperior, públicos o privados, conducidos por personasnaturales o jurídicas, que forman parte de la etapa deeducación superior del sistema educativo nacional, deacuerdo con lo establecido en la Ley General de Educación; Que, el artículo 7° de la mencionada Ley establece quelos Institutos Públicos se crean por Resolución Suprema,refrendada por los Ministros de Educación y Economía yFinanzas; Que, asimismo, el numeral 4.1 del artículo 4° delReglamento de la Ley de Institutos y Escuelas de EducaciónSuperior, aprobado por Decreto Supremo Nº 004-2010-ED, determina que la Resolución Suprema también serárefrendada por el titular del sector que corresponda,cuando la institución que se va a crear dependa de unsector que no es el Ministerio de Educación; Que, el numeral 4.3 del artículo 4° del referido Reglamentoestablece como requisitos para la expedición de la ResoluciónSuprema de creación de los Institutos Públicos que dependandel sector Educación, la opinión favorable de la DirecciónRegional de Educación o la que haga sus veces, del Consejode Evaluación, Acreditación y Certificación de la Calidad de laEducación Superior No Universitaria – CONEACES, sobre laconveniencia de las carreras proyectadas; y la conformidadde la Dirección General de Educación Superior y TécnicoProfesional del Ministerio de Educación; Que, mediante el Oficio N° 344-2012/MINDEF/VPD/C/03 de la Dirección General de Educación y Doctrina delMinisterio de Defensa solicitó a la Dirección Regional deEducación de Lima Metropolitana la creación del Institutode Educación Superior Tecnológico Público “De lasFuerzas Armadas”, dependiente del Sector Defensa, en eldistrito del Rímac, provincia y departamento de Lima; Que, mediante Oficio Nº 4681-2011/D.DRELM/J.UGP/E.E, la Dirección Regional de Educación deLima Metropolitana remite a la Dirección General deEducación Superior y Técnico Profesional del Ministerio

Del 16/4/2013al 30/4/2013 306 531 588 3 451

Regístrese, comuníquese y publíquese.

LAURA CALDERÓN REGJOViceministra de Economía

934125-1

Page 19: Consejo Regional de La Juventud Word

Normas Legales del 08.05.2013

de Educación el expediente de creación y autorizaciónde funcionamiento del Instituto de Educación SuperiorTecnológico Público “De las Fuerzas Armadas”,comunicando que la documentación presentada cumplecon los requisitos normados por la Resolución DirectoralNº 0738-2010-ED, que aprueba el procedimiento deevaluación de expedientes de creación y autorizaciónde funcionamiento de Institutos de Educación SuperiorTecnológico Privado y Público y de nuevas carrerasprofesionales; Que, a través del Informe Nº 024-2013-ESP-CONEACES, el Consejo de Evaluación, Acreditación yCertificación de la Calidad de la Educación Superior NoUniversitaria – CONEACES, ha emitido opinión favorablesobre la conveniencia de las carreras profesionales deAdministración Hotelera, Administración de RecursosForestales, Análisis de Sistemas, Computación eInformática, Construcción Civil, Electrónica Industrial,Explotación Minera, Industrias Alimentarias, MecánicaAutomotriz, Mecánica de Producción, y Mantenimientode Maquinaria y Topografía, que propone ofrecer elproyecto de creación del Instituto de Educación SuperiorTecnológico Público “De las Fuerzas Armadas”, en eldistrito del Rímac, provincia y departamento de Lima; Que, con la finalidad de fortalecer el servicio military brindar una adecuada educación superior tecnológicaal personal que presta dicho servicio, conforme a lodispuesto por el artículo 7 y al numeral 3) del artículo64 del Reglamento de la Ley Nº 29248, Ley del ServicioMilitar, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 021-2009-DE-SG, resulta indispensable las creación del Instituto deEducación Superior Tecnológico Público “De las FuerzasArmadas”, siendo la Dirección General de Educación yDoctrina del Ministerio de Defensa, quien emite la opiniónfavorable del Sector, conforme a la Resolución MinisterialNº 317-2012-DE/SG; Que, mediante el Informe Nº 033-2013-MINEDU/VMGP-DIGESUTP, la Dirección General de EducaciónSuperior y Técnico Profesional del Ministerio deEducación expresa su conformidad con la opiniónde la Dirección General de Educación y Doctrina delMinisterio de Defensa sobre la creación del Instituto deEducación Superior Tecnológico Público “De las FuerzasArmadas”, precisando que el proyecto de creación hacumplido con los requisitos exigidos por el Reglamentode la Ley de Institutos y Escuelas de Educación Superior,indicando además, que resulta procedente la emisión dela Resolución Suprema de creación y de autorización defuncionamiento de la carrera profesional de ElectrónicaIndustrial, con una meta anual de 80 estudiantes y unproceso de ingreso anual; De conformidad con lo dispuesto en el numeral 4 delartículo 11 de la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del PoderEjecutivo; la Ley Nº 29394, Ley de Institutos y Escuelasde Educación Superior, y su Reglamento aprobado por elDecreto Supremo Nº 004-2010-ED; la Ley Nº 28044, LeyGeneral de Educación y su Reglamento aprobado por elDecreto Supremo Nº 011-2012-ED;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Crear el Instituto de EducaciónSuperior Tecnológico Público “De las FuerzasArmadas” y autorizar su funcionamiento, a partir delprimer semestre del año 2014, en el distrito del Rímac,provincia y departamento de Lima, y el de la carreraprofesional de Electrónica Industrial, con una duraciónde seis semestres académicos y una meta anual de80 estudiantes, en el horario de 8:00 a 16:00 horas;conducente al otorgamiento del Título ProfesionalTécnico en Electrónica Industrial. Artículo 2.- La autorización otorgada mediante lapresente Resolución, tiene un periodo de vigencia de seis(6) años; debiendo revalidarse de acuerdo a las normasque emita el Ministerio de Educación, en cumplimiento dela Ley de Institutos y Escuelas de Educación Superior, ysu Reglamento aprobado por el Decreto Supremo Nº 004-2010-ED. Artículo 3.- El financiamiento de la presente normase sujeta al presupuesto institucional del pliego Ministeriode Defensa, sin demandar recursos adicionales al TesoroPúblico. Artículo 4.- Disponer que la Dirección Regional deEducación de Lima Metropolitana monitoree y superviseel adecuado cumplimiento de la presente Resolución.

17

Artículo 5.- La presente Resolución Suprema serárefrendada por el Ministro de Defensa, la Ministra deEducación y el Ministro de Economía y Finanzas.

Regístrese, comuníquese y publíquese

OLLANTA HUMALA TASSOPresidente Constitucional de la República

PEDRO CATERIANO BELLIDOMinistro de Defensa

PATRICIA SALAS O’BRIENMinistra de Educación

LUIS MIGUEL CASTILLA RUBIOMinistro de Economía y Finanzas

934329-2

INTERIOR

RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0717-2013-IN/ONAGI

Lima, 7 de mayo de 2013

VISTO, el informe Nº 78-2013-IN-ONAGI-DAP de laDirección de Autoridades Políticas de la Oficina Nacionalde Gobierno Interior del Ministerio del Interior, sobredesignación de Gobernadora en el ámbito Regional deApurímac.

CONSIDERANDO:

Que, mediante Decreto Supremo Nº 003-2009-IN de fecha 31 de marzo de 2009, se establece queel gobernador es la autoridad política, definida comofuncionario público que representa al Presidente dela República y al Poder Ejecutivo en el ámbito de sujurisdicción; Que, el artículo 3º del referido dispositivo normativoestablece que los Gobernadores en el ámbito Regionalson designados mediante Resolución Ministerial; Que, se encuentra vacante el cargo público deconfianza de Gobernador en el ámbito Regional deApurímac, en consecuencia, resulta necesario designaral funcionario que desempeñe dicho cargo público deconfianza; y, De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29158,Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; Ley Nº 27594, Leyque regula la participación del Poder Ejecutivo en elnombramiento y designación de funcionarios públicos;Decreto Legislativo Nº 1135, Ley de Organización yFunciones del Ministerio del Interior; Decreto LegislativoNº 1140, que crea la Oficina Nacional de GobiernoInterior -ONAGI, Resolución Suprema Nº 006-2013-IN,que designa a la Jefa de la Oficina Nacional de GobiernoInterior, el Reglamento de Organización y Funciones delMinisterio del Interior aprobado por el Decreto SupremoNº 002-2012-IN y el Decreto Supremo Nº 003-2009-IN, que precisa la naturaleza y denominación de lasAutoridades Políticas del Ministerio del Interior.

SE RESUELVE:

Artículo Único.- Designar a partir de la fecha, adoña María Antonieta Rosada Silva, en el cargo públicode confianza de Gobernadora en el ámbito Regional deApurímac.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

WILFREDO PEDRAZA SIERRAMinistro del interior

933951-1

Page 20: Consejo Regional de La Juventud Word

Normas Legales del 08.05.2013 18

en un plazo no menor de treinta (30) días antes de lafecha prevista para su vigencia, a fin de permitir que laspersonas interesadas formulen comentarios sobre lasmedidas propuestas; Que, en tal sentido, a efectos de recibir las respectivasopiniones, sugerencias o comentarios de la ciudadanía,resulta conveniente disponer la publicación delreferido proyecto de Decreto Supremo que aprueba elReglamento del Programa de Vigilancia y Control de laPesca y Desembarque en el Ámbito Marítimo, en el PortalInstitucional del Ministerio de la Producción; Con el visado del Despacho Viceministerial dePesquería y de la Oficina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con la Ley General de Pesca –Decreto Ley 25977, el Decreto Legislativo Nº 1047 Ley deOrganización y Funciones del Ministerio de la Producción,la Resolución Ministerial Nº 343-2012-PRODUCE,Reglamento de Organización y Funciones del Ministeriode la Producción y el Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS, Reglamento que establece disposiciones relativasa la publicidad, publicación de Proyectos Normativos ydifusión de Normas Legales de Carácter General;

SE RESUELVE:

Artículo 1º.- Publicación del proyecto Disponer la publicación del proyecto de DecretoSupremo que aprueba el Reglamento del Programa deVigilancia y Control de la Pesca y Desembarque en elÁmbito Marítimo, en el Portal Institucional del Ministeriode la Producción (www.produce.gob.pe), por el plazo dediez (10) días hábiles, contados desde el día siguiente dela publicación de la presente Resolución Ministerial en elDiario Oficial El Peruano a efectos de recibir las opiniones,comentariosy/o sugerencias de la ciudadanía.

Artículo 2º.- Mecanismo de Participación Encargar a la Dirección General de Políticas yDesarrollo Pesquero del Ministerio de la Producción, recibir,procesar y sistematizar las propuestas o sugerenciasque se presenten, las que se recibirán durante el plazoseñalado en el artículo primero de la presente ResoluciónMinisterial en la dirección electrónica ([email protected]).

Regístrese, comuníquese y publíquese.

GLADYS TRIVEÑO CHAN JANMinistra de la Producción

934091-1

PRODUCE

RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 163-2013-PRODUCE

Lima, 7 de mayo de 2013

VISTOS: El Memorando N° 1528-2013-PRODUCE/DVPdel Despacho Viceministerial de Pesquería; y,

CONSIDERANDO:

Que, los recursos naturales son patrimonio de laNación, correspondiendo al Estado, promover su usosostenible y la conservación de la diversidad biológica, deacuerdo con lo establecido en los artículos 66° a 68° de laConstitución Política del Perú; Que, el Reglamento de la Ley General de Pesca,aprobado mediante Decreto Supremo Nº 012-2001-PE,en sus artículos 100 y 101, estableció disposicionessobre el Sistema de Vigilancia de las ActividadesPesqueras, señalando entre otros aspectos, que elMinisterio de Pesquería, hoy Ministerio de la Producción,llevará a cabo el seguimiento, control y vigilancia de lasactividades pesqueras, y que está facultado a establecerprogramas pilotos y de control para el manejo de recursoshidrobiológicos, precisando para tal efecto, que podrácontratar empresas especializadas para la ejecución delos actos de peritaje, inspección y control; Que, mediante Decreto Supremo N° 027-2003-PRODUCE se creó el Programa de Vigilancia y Controlde la Pesca y Desembarque en el Ámbito Marítimo, elcual tiene como objeto general combatir la pesca ilegalde recursos hidrobiológicos del ámbito marítimo, con eluso de embarcaciones que no cuentan con permisosde pesca o contando con dicho derecho administrativocapturan recursos no autorizados, así como aquellos quedescargan un volumen mayor al autorizado; y, como unode sus objetivos específicos, fortalecer las actividades devigilancia y control en los lugares de descarga de la pescadestinada a la industria de harina y aceite de pescado; Que, el Decreto Legislativo N° 1084 – Ley sobreLímites Máximos de Captura por Embarcación, señalaen su artículo 33 que el Ministerio desarrolla el Programade Vigilancia y Control de la Pesca y Desembarque enel Ámbito Marítimo a través de Empresas Certificadoras/Supervisoras de reconocido prestigio internacional, yque mediante Reglamento se establecen los criteriosy procedimientos específicos para la calificación ydesignación de dichas empresas; Que, la Quinta Disposición Complementaria y Finalde la Ley Nº 29952 – Ley de Equilibrio Financiero delPresupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2013,establece que los ingresos percibidos en el marco delPrograma antes referido, constituyen directamenterecaudados del Ministerio de la Producción, se incorporanen dicho pliego conforme a la normativa vigente, y sondestinados a las acciones de seguimiento, control yvigilancia a cargo de dicho ministerio; Que,en la citada Disposición Complementaria y Finalde la Ley Nº 29952, también se dispone la adecuación delas normas sectoriales pertinentes a lo establecido en ella,por lo que resulta pertinente adecuar las citadas normas através de la aprobación de un Reglamento del Programade Vigilancia y Control de la Pesca y Desembarque en elÁmbito Marítimo; Que, el artículo 14º del Reglamento que establecedisposiciones relativas a la publicidad, publicación deProyectos Normativos y difusión de Normas Legalesde Carácter General, aprobado por Decreto SupremoNº 001-2009-JUS, señala entre otros aspectos, quelas entidades públicas dispondrán la publicación de losproyectos de normas de carácter general que sean desu competencia en el Diario Oficial El Peruano, en susPortales Electrónicos o mediante cualquier otro medio,

SALUD

RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 250-2013/MINSA

Lima, 6 de Mayo del 2013

Visto, el Expediente N° 13-037983-001, que contieneel Memorándum N° 961-2013-DGSP/MINSA, remitido porla Directora General de la Dirección General de Salud delas Personas del Ministerio de Salud; y,

CONSIDERANDO:

Que, mediante Resolución Suprema N° 020-2012-SA, se aprobó el Cuadro para Asignación de Personaldel Ministerio de Salud, el mismo que fue reordenado conResolución Ministerial N° 087-2013/MINSA, de fecha 26de febrero de 2013, en el cual, al cargo de Supervisor/aII de la Dirección de Servicios de Salud de la Dirección

Page 21: Consejo Regional de La Juventud Word

Normas Legales del 08.05.2013

General de Salud de las Personas, se le ha denominadocomo Jefe/a de Equipo, el cual se encuentra calificadocomo Directivo Superior; Que, con Resolución Ministerial N° 203-2012/MINSA, de fecha 21 de marzo de 2012, se nominó alMédico Cirujano Jorge Manuel Leiva Beraún, en el cargode Coordinador Nacional del Programa Nacional deHemoterapia y Bancos de Sangre - PRONAHEBAS de laDirección de Servicios de Salud de la Dirección Generalde Salud de las Personas del Ministerio de Salud; Que, mediante Resolución Ministerial N° 339-2012/MINSA, de fecha 27 de abril de 2012, se encargó al MédicoCirujano Jorge Manuel Leiva Beraún, las funciones deSupervisor II, Nivel F-3, de la Dirección de Servicios deSalud de la Dirección General de Salud de las Personasdel Ministerio de Salud, encargatura que fue renovadaa partir del 1 de enero de 2013, mediante ResoluciónMinisterial N° 011-2013/MINSA; Que, con el documento del visto, la Directora Generalde la Dirección General de Salud de las Personas,solicita dar por concluido el encargo de funcionescomo Jefe de Equipo de la Dirección de Servicios deSalud y la nominación como Coordinador Nacional delPrograma Nacional de Hemoterapia y Bancos de Sangre- PRONAHEBAS de la Dirección General a su cargo, alMédico Cirujano Jorge Manuel Leiva Beraún y proponeque en su reemplazo se encargue y nomine en los citadoscargos a la Médico Cirujano Nancy Elena Loayza Urcia; Que, mediante Informe N° 252-2013-EIE-OARH/OGGRH/MINSA, de fecha 25 de abril de 2013, el DirectorGeneral de la Oficina General de Gestión de RecursosHumanos del Ministerio de Salud, emitió opinión favorable,respecto a la propuesta formulada por la Directora Generalde la Dirección General de Salud de las Personas,señalando que procede la encargatura de funciones portratarse de una servidora nombrada del Hospital Nacional“Dos de Mayo” de la Dirección de Salud V Lima Ciudaddel Ministerio de Salud; Que, el artículo 82° del Reglamento de la CarreraAdministrativa aprobado por Decreto Supremo N° 005-90-PCM, establece que el encargo es temporal, excepcionaly fundamentado, sólo procede en ausencia del titular parael desempeño de funciones de responsabilidad directivacon niveles de carrera superior a la del servidor; Que, con la finalidad de garantizar el normalfuncionamiento de la Dirección General de Salud de lasPersonas del Ministerio de Salud, resulta convenienteadoptar las acciones que resulten pertinentes; Con el visado del Director General de la OficinaGeneral de Gestión de Recursos Humanos, de la DirectoraGeneral de la Oficina General de Asesoría Jurídica y delViceministro de Salud; y, De conformidad con lo previsto en la Ley Nº 27594,Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en elnombramiento y designación de funcionarios públicos;en la Ley de Bases de la Carrera Administrativa y deRemuneraciones del Sector Público, aprobada porDecreto Legislativo Nº 276; en el Reglamento de laCarrera Administrativa, aprobado por Decreto SupremoNº 005-90-PCM y en el literal I) del artículo 8º de la Ley Nº27657, Ley del Ministerio de Salud;

SE RESUELVE:

Artículo 1°.- Dar por concluido el encargo defunciones efectuado mediante Resolución Ministerial N°339-2012/MINSA y renovado con Resolución MinisterialN° 011-2013/MINSA, al médico Cirujano Jorge ManuelLeiva Beraún, dándosele las gracias por los serviciosprestados. Artículo 2°.- Dar por concluida la nominación delMédico Cirujano Jorge Manuel Leiva Beraún, comoCoordinador Nacional del Programa Nacional deHemoterapia y Bancos de Sangre - PRONAHEBAS de laDirección de Servicios de Salud de la Dirección General deSalud de las Personas del Ministerio de Salud, dándoselelas gracias por los servicios prestados. Artículo 3°.- Encargar a la Médico Cirujano NancyElena Loayza Urcia, las funciones de Jefa de Equipo,Nivel F-3, de la Dirección de Servicios de Salud de laDirección General de Salud de las Personas del Ministeriode Salud. Artículo 4°.- Nominar a la Médico Cirujano NancyElena Loayza Urcia, en el cargo de Coordinadora Nacionaldel Programa Nacional de Hemoterapia y Bancos de

19

Sangre - PRONAHEBAS de la Dirección de Servicios deSalud de la Dirección General de Salud de las Personasdel Ministerio de Salud.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

MIDORI DE HABICH ROSPIGLIOSIMinistra de Salud

933481-1

RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 252-2013/MINSA

Lima, 6 de mayo del 2013

Vistos, los Expedientes N°s 13-044509-001 y 13-044791-001, que contienen el Memorándum N° 973-2013-DGSP/MINSA y la Carta de fecha 30 de abril de 2013, emitidos porla Directora General de la Dirección General de Salud de lasPersonas del Ministerio de Salud y por el Médico CirujanoGustavo Néstor Franco Paredes, respectivamente; y,

CONSIDERANDO:

Que, mediante Resolución Suprema N° 020-2012-SA, se aprobó el Cuadro para Asignación de Personaldel Ministerio de Salud, el mismo que fue reordenadocon Resolución Ministerial N° 087-2013/MINSA, de fecha26 de febrero de 2013, en el cual, al cargo de Asesor dela Alta Dirección del Despacho Viceministerial, se le hadenominado Ejecutivo Adjunto II, el cual se encuentracalificado como cargo de confianza; Que, asimismo, en el citado documento de gestión, elcargo de Director/a Ejecutivo de la Dirección de AtencionIntegral de Salud de la Dirección General de Salud de lasPersonas del Ministerio de Salud, se encuentra calificadocomo cargo de confianza; Que, mediante Resolución Ministerial N° 1076-2004/MINSA, de fecha 12 de noviembre de 2004, se designóal Médico Cirujano Luis Miguel Antonio León García, enel cargo de Director Ejecutivo de la Dirección de AtenciónIntegral de la Salud de la Dirección General de Salud delas Personas del Ministerio de Salud; Que, con Resolución Ministerial N° 632-2011/MINSA, de fecha 22 de agosto de 2011, se designó alMédico Cirujano Gustavo Néstor Franco Paredes, enel cargo de Asesor de la Alta Dirección, Nivel F-5, delDespacho Viceministerial del Ministerio de Salud, siendoasignado como Ejecutivo Adjunto II del citado DespachoViceministerial, mediante Resolución Ministerial Nº 1016-2012/MINSA, de fecha 28 de diciembre de 2012; Que, a través de la Carta de fecha 30 de abril de 2013,el Médico Cirujano Gustavo Néstor Franco Paredes,formula su renuncia al cargo de Ejecutivo Adjunto II delDespacho Viceministerial del Ministerio de Salud; Que, con el Memorándum N° 973-2013-DGSP/MINSA,la Directora General de la Dirección General de Salud delas Personas, solicita dar por concluida la designación delMédico Cirujano Luis Miguel Antonio León García, en elcargo de Director Ejecutivo de la Dirección de AtenciónIntegral de la Salud de la Dirección General a su cargoy propone que en su reemplazo se designe al MédicoCirujano Carlos Alberto Alvarado Chico; Que, a través del Informe N° 262-2013-EIE-OARH/OGGRH/MINSA, de fecha 3 de mayo de 2013, el DirectorGeneral de la Oficina General de Gestión de RecursosHumanos del Ministerio de Salud, emitió opiniónfavorable, señalando que proceden la aceptación derenuncia formulada por el Médico Cirujano Gustavo NéstorFranco Paredes y las designaciones de los profesionalespropuestos para ocupar los cargos de Ejecutivo AdjuntoII del Despacho Viceministerial y de Director Ejecutivo dela Dirección de Atencion Integral de Salud de la DirecciónGeneral de Salud de las Personas, en razón a que dichoscargos se encuentran calificados como de confianza;

Page 22: Consejo Regional de La Juventud Word

Normas Legales del 08.05.2013

Que, con la finalidad de garantizar el normalfuncionamiento del Despacho Viceministerial de Saludy de la Dirección General de Salud de las Personas delMinisterio de Salud, resulta conveniente adoptar lasacciones de personal que resulten pertinentes; Con el visado del Director General de la OficinaGeneral de Gestión de Recursos Humanos, de la DirectoraGeneral de la Oficina General de Asesoría Jurídica y delViceministro de Salud; y, De conformidad con lo previsto en la Ley Nº 27594,Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en elnombramiento y designación de funcionarios públicos;en la Ley de Bases de la Carrera Administrativa y deRemuneraciones del Sector Público, aprobada porDecreto Legislativo Nº 276; en el Reglamento de laCarrera Administrativa, aprobado por Decreto SupremoNº 005-90-PCM y en el literal I) del artículo 8º de la Ley Nº27657, Ley del Ministerio de Salud;

SE RESUELVE:

Artículo 1°.- Aceptar la renuncia formulada por elMédico Cirujano Gustavo Néstor Franco Paredes, alcargo de Ejecutivo Adjunto II, Nivel F-5, del DespachoViceministerial del Ministerio de Salud, dándosele lasgracias por los servicios prestados. Artículo 2°.- Dar por concluida la designación delMédico Cirujano Luis Miguel Antonio León García, en elcargo de Director Ejecutivo, Nivel F-4, de la Dirección deAtención Integral de la Salud de la Dirección General deSalud de las Personas del Ministerio de Salud, dándoselelas gracias por los servicios prestados. Artículo 3°.- Designar al Médico Cirujano Luis MiguelAntonio León García, en el cargo de Ejecutivo Adjunto II,Nivel F-5, del Despacho Viceministerial del Ministerio deSalud. Artículo 4°.- Designar al Médico Cirujano CarlosAlberto Alvarado Chico, en el cargo de Director Ejecutivo,Nivel F-4, de la Dirección Ejecutiva de Atención Integral dela Salud de la Dirección General de Salud de las Personasdel Ministerio de Salud. Artículo 5°.- Dejar sin efecto todas las disposicionesque se opongan a la dispuesto en la presente ResoluciónMinisterial.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

MIDORI DE HABICH ROSPIGLIOSIMinistra de Salud

934239-1

20

reglamentarse, a efectos de tener un proceso ordenadode transferencia de competencias, así como, garantizarla continuidad de la función de inspección del trabajo; De conformidad con el numeral 8) del artículo 118º dela Constitución Política del Perú; el artículo 25º de la LeyNº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº29381, Ley de Organización y Funciones del Ministeriode Trabajo y Promoción del Empleo; y su Reglamentode Organización y Funciones, aprobado por DecretoSupremo Nº 004-2010-TR;

DECRETA:

Artículo 1°.- De la Transferencia de funciones En la transferencia de atribuciones a la SUNAFIL seconsidera lo siguiente:

1.1.- Transferencia de competencias La transferencia de competencias del Ministeriode Trabajo y Promoción del Empleo y los GobiernosRegionales a la SUNAFIL se realiza progresivamente,conforme al cronograma de transferencias que se apruebamediante resolución ministerial, en la que se determina lafecha específica del inicio de funciones de la SUNAFILen cada jurisdicción. La culminación del proceso detransferencia se realiza antes del 10 de enero de 2014,conforme a lo establecido en la Primera DisposiciónComplementaria Final de la Ley N° 29981, Ley que creala SUNAFIL. El Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo ylos Gobiernos Regionales mantienen su competencia enmateria de inspección del trabajo sobre las pequeñas,medianas y grandes empresas hasta la transferencia decompetencias referida en el párrafo anterior del presenteartículo.

1.2.- Competencias y transferencia de expedientesadministrativos en trámite Las direcciones o gerencias regionales de trabajoy promoción del empleo de los Gobiernos Regionalesmantienen sus competencias de fiscalización inspectiva ypotestad sancionadora en materia de pequeña, medianay gran empresa hasta la fecha que se determine en elcronograma mencionado en el numeral 1.1 del presenteartículo. Igualmente, ocurrida la transferencia de competenciasa la SUNAFIL, los Gobiernos Regionales y el Ministerio deTrabajo y Promoción del Empleo mantienen competenciarespecto de los procedimientos administrativossancionadores iniciados antes de la transferencia yhasta su culminación; salvo, que suscriban conveniosde delegación de facultades, en cuyo caso se transfiereel acervo documentario correspondiente a estosprocedimientos. Los expedientes administrativos relativos a lasórdenes de inspección en trámite, que se encuentrena cargo de las direcciones o gerencias regionalesde trabajo y promoción del empleo de los GobiernosRegionales, y sobre los que no se haya iniciadoprocedimiento administrativo sancionador al momentode la transferencia de competencias, deben remitirsea la SUNAFIL de acuerdo a lo establecido en elcronograma referido en el numeral 1.1. del presenteartículo, bajo responsabilidad. Los plazos del procedimiento de inspección deltrabajo y del correspondiente procedimiento sancionadorse suspenden, lo que se determina mediante resoluciónministerial.

Artículo 2º.- Elaboración de instrumentos degestión Para la implementación de la SUNAFIL el Ministeriode Trabajo y Promoción del Empleo realiza las siguientesacciones:

2.1.- Tramita y aprueba, mediante Decreto Supremo,el Reglamento de Organización y Funciones antes del 11de julio de 2013. 2.2.- Las normas reglamentarias, referidas en laOctava Disposición Complementaria Final de la Ley N°29981, se expiden antes del 11 de octubre de 2013. 2.3.- Tramita la aprobación de la escala remunerativay la aprobación de los presupuestos de la SUNAFILcorrespondientes a los ejercicios 2013 y 2014 ante el

TRABAJO Y PROMOCION

DEL EMPLEO

DECRETO SUPREMO N° 003-2013-TR

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

CONSIDERANDO:

Que, mediante Ley N° 29981 se crea laSuperintendencia Nacional de Fiscalización Laboral-SUNAFIL, como organismo técnico especializado,adscrito al Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo,responsable de promover, supervisar y fiscalizar elcumplimiento del ordenamiento jurídico sociolaboral yel de seguridad y salud en el trabajo, así como brindarasesoría técnica, realizar investigaciones y proponer laemisión de normas sobre dichas materias; Que, la Ley N° 29981 establece disposicionespara la implementación de la SUNAFIL que requieren

Page 23: Consejo Regional de La Juventud Word

Normas Legales del 08.05.2013

Ministerio de Economía y Finanzas, antes del 11 de juliode 2013. 2.4.- Tramita el Cuadro para Asignación de Personalantes del 11 de julio de 2013. 2.5.- Suscribe los convenios referidos en el artículo19º y en la Primera Disposición Complementaria Final dela Ley Nº 29981. 2.6.- Las atribuciones del Ministerio de Trabajo yPromoción del Empleo, referidas en los numeralesprecedentes y las señaladas en el artículo 3º delpresente Decreto Supremo se extinguen con ladesignación del Superintendente y Consejo Directivode la SUNAFIL.

Artículo 3º.- Suscripción de Convenios yContratos El Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleosuscribe los convenios de cooperación institucional,contratos de arrendamiento, entre otros, que resultennecesarios para la implementación de la SUNAFIL, concargo a su presupuesto. Ocurrida la transferencia, la SUNAFIL, para efectosde los actos referidos a convenios y contratos, reguladosen los artículos 2º y 3º del presente Decreto Supremo,se sustituye en la posición del Ministerio de Trabajo yPromoción del Empleo.

Artículo 4º.- Disposiciones Complementarias El Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo,mediante Resolución Ministerial, puede establecer lasdisposiciones complementarias que se requieran para laimplementación de la SUNAFIL.

Artículo 5°.- Vigencia El presente Decreto Supremo entrará en vigenciaa partir del día siguiente de su publicación en el DiarioOficial El Peruano.

Artículo 6°.- Refrendo El presente Decreto Supremo es refrendado por laMinistra de Trabajo y Promoción del Empleo.

Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los sietedías del mes de mayo del año dos mil trece.

OLLANTA HUMALA TASSOPresidente Constitucional de la República

TERESA NANCY LAOS CÁCERESMinistra de Trabajo y Promoción del Empleo

934329-1

FE DE ERRATAS

RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 082-2013-TR

Mediante Oficio N° 1120-2013-MTPE/4, el Ministeriode Trabajo y Promoción del Empleo solicita se publiqueFe de Erratas de la Resolución Ministerial Nº 082-2013-TR, publicada en la edición del día 4 de mayo de 2013.

- Página 494160

DICE:

RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 082-2013-TR

DEBE DECIR:

RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 085-2013-TR

- Página 494161

DICE:

Artículo 2º.- Las micro empresas podrán optar por(…)

DEBE DECIR:

Artículo 2º.- Las micro y pequeñas empresas podránoptar por (…)

DICE:

21

Artículo 4°.- Para aquellas micro y pequeñasempresas que opten por (…)

DEBE DECIR:

Artículo 4°.- Para aquellas micro empresas que optenpor (…)

933873-1

TRANSPORTES Y

COMUNICACIONES

RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 244-2013 MTC/02

Lima, 7 de mayo de 2013

VISTOS:

El Facsímil Circular Nº 116-2013-MINCETUR/VMCE/DNINCI emitido por el Director Nacional de Integración yNegociaciones Comerciales Internacionales del Ministeriode Comercio Exterior y Turismo, los Memoranda Nº 862-2013-MTC/02.AL.AAH y Nº 869-2013-MTC/02.AL.RPEemitidos por el Viceministerio de Transportes, el InformeNº 047-2013-MTC/13 emitido por la Dirección Generalde Transporte Acuático, el Informe Nº 176-2013-MTC/12emitido por la Dirección General de Aeronáutica Civil, y;

CONSIDERANDO:

Que, mediante Facsímil Circular Nº 116-2013-MINCETUR/VMCE/DNINCI emitido por el DirectorNacional de Integración y Negociaciones ComercialesInternacionales del Ministerio de Comercio Exterior yTurismo hace de conocimiento al Ministerio de Transportesy Comunicaciones, que en el marco de la Alianza delPacífico, se realizarán los siguientes eventos: Reunión delos Grupos Técnicos y la Reunión del Grupo de Alto Nivel- GAN, del 06 al 10 de mayo de 2013, en la ciudad deSantiago, República de Chile; Que, la Alianza del Pacífico, tiene como objetivoconformar un área de integración en la que se asegurela plena libertad para la circulación de bienes, servicios,capitales y personas, así como consolidar unaplataforma económica común con proyección al mundo,especialmente hacia el Asia; Que, la Dirección General de Transporte Acuático, conInforme Nº 047-2013-MTC/13, señala que se realizaránnegociaciones comerciales sobre transporte marítimo enel marco de la Alianza del Pacífico, para lo cual resultanecesario cautelar los intereses del sector, a fin que elintercambio de la prestación de servicios de transportemarítimo, servicios conexos, así como el transportemultimodal se desarrollen con equidad, de acuerdo conlos intereses nacionales; Que, conforme señala la Dirección General deTransporte Acuático, resulta necesaria la asistenciadel señor Lauro Márquez De Oliveira, profesional de lacitada Dirección General, el día 09 de mayo de 2013, afin de participar en las negociaciones de los acuerdoscomerciales ya suscritos y los que se encuentran enproceso de negociación como lo es la Alianza del Pacíficoen las mesas de Procedimientos Aduaneros y Facilitacióndel Comercio, así como el Capítulo de ComercioTransfronterizo de Servicios entre los que se encuentranlos de transporte acuático y servicios conexos. De igualforma, se continuará con las negociaciones comercialespara el capítulo de transporte marítimo, que se iniciaron elpasado mes de abril en México, con la finalidad de lograrun mejor intercambio del comercio marítimo entre lospaíses que conforman la Alianza y de estos en el mundo;

Page 24: Consejo Regional de La Juventud Word

Normas Legales del 08.05.2013

Que, asimismo, de acuerdo a lo indicado por laDirección General de Aeronáutica Civil, con Informe Nº176-2013-MTC/12, el Coordinador de Negociaciones deServicios e Inversión del Ministerio de Comercio Exteriory Turismo (MINCETUR) manifiesta que el día 10 de mayode 2013 se llevará a cabo la negociación correspondienteal tema de transporte aéreo, por lo que se requiere laparticipación de un representante de la citada DirecciónGeneral, por cuanto debe asistir personal especializadoen materia de política aérea; Que, por lo expuesto en los considerandos precedentes,ambas Direcciones Generales, consideran que los temasa tratar, se encuentran enmarcados en la excepción legalestablecida en el numeral 10.1 del artículo 10 de la LeyNº 29951, Ley del Presupuesto del Sector Público para elAño Fiscal 2013, que establece que quedan prohibidos losviajes al exterior de servidores o funcionarios públicos yrepresentantes del Estado con cargo a recursos públicos,excepto, entre otros, los que se efectúen en el marcode la negociación de acuerdos comerciales o tratadoscomerciales y ambientales, negociaciones económicas yfinancieras y las acciones de promoción de importanciapara el Perú, los que se autorizan mediante resolución deltitular de la entidad; Que, los gastos por concepto de pasajes incluida latarifa unificada de uso de aeropuerto y los viáticos delseñor Lauro Johnny Márquez De Oliveira, profesional de laDirección General de Transporte Acuático, serán asumidospor el Ministerio de Transportes y Comunicaciones, concargo a su presupuesto, por lo que, la Oficina General dePlaneamiento y Presupuesto, emitió las Certificaciones deCrédito Presupuestario correspondientes, de conformidadcon lo establecido en el artículo 77 de la Ley Nº 28411– Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto; Que, los gastos por concepto de pasajes incluida latarifa unificada de uso de aeropuerto y los viáticos de laseñora María del Pilar Iberico Ocampo, profesional de laDirección General de Aeronáutica Civil serán financiadosdentro del marco del Convenio de Administración deRecursos PER/12/801, suscrito por el Ministerio deTransportes y Comunicaciones y la Organización deAviación Civil Internacional - OACI, organismo técnico delas Naciones Unidas, de conformidad con los términosde la Autorización de la Beca/Misión Int. Nº 010-05-2013,suscrita por el Coordinador del Proyecto OACI (e); De conformidad con lo dispuesto por las Leyes Nº27619, Nº 29951, el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM,y a lo informado por la Dirección General de TransporteAcuático; y, Estando a lo acordado;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Autorizar el viaje del señor Lauro JohnnyMárquez De Oliveira, profesional de la Dirección Generalde Transporte Acuático, que se realizará del 08 al 10 demayo de 2013, a la ciudad de Santiago, República deChile, para los fines expuestos en la parte considerativade la presente resolución. Artículo 2.- Los gastos que demande el viaje autorizadoprecedentemente, serán con cargo al presupuesto delMinisterio de Transportes y Comunicaciones, de acuerdoal siguiente detalle:

Pasajes aéreos (incluye el TUUA) US$ViáticosUS$

874.85400.00

22

dentro de los quince (15) días calendario siguientesde efectuado el viaje, deberán presentar un informeal Despacho Ministerial, con copia a la Oficina Generalde Administración del Ministerio de Transportes yComunicaciones, describiendo las acciones realizadas,los resultados obtenidos durante el viaje autorizado y larendición de cuentas de acuerdo a Ley. Artículo 6.- La presente Resolución Ministerialno otorgará derecho de exoneración o liberación deimpuestos o de derechos aduaneros de ninguna clase odenominación.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

CARLOS PAREDES RODRÍGUEZMinistro de Transportes y Comunicaciones

934323-1

ORGANI SMOS REGULADORES

ORGANISMO SUPERVISOR

DE LA INVERSION EN

ENERGIA Y MINERIA

RESOLUCION DE CONSEJO DIRECTIVOORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSION EN ENERGIA Y MINERÍA OSINERGMIN Nº 058-2013-OS/CD

Lima, 11 de abril del 2013

VISTO:

El Memorando Nº FISE-59-2013, mediante el cualel Jefe de Proyecto FISE propone la modificación del“Procedimiento, Plazos, Formatos y disposiciones aplicablespara la implementación y ejecución del FISE aplicable aldescuento en la compra del balón de gas” y de la Norma“Disposiciones Complementarias para la operatividad anivel nacional del FISE aplicable al descuento en la compradel balón de gas de usuarios que tienen servicio eléctrico”,aprobados por Resoluciones de Consejo Directivo Nos. 138-2012-OS/CD y 173-2012-OS-CD, respectivamente;

CONSIDERANDO:

Que, a través de la Ley Nº 29852 se creó el Fondode Inclusión Social Energético (FISE) con la finalidadde realizar una compensación social y promoción parael acceso al GLP de los sectores vulnerables urbanos yrurales; disponiéndose encargar a OSINERGMIN por unplazo de dos años su administración y facultándosele aaprobar los procedimientos necesarios para la correctaadministración del fondo; Que, en virtud a ello, mediante la Resolución deConsejo Directivo Nº 138-2012-OS/CD, modificada porResolución Nº 259-2012-OS/CD, OSINERGMIN aprobó laNorma “Procedimiento, Plazos, Formatos y disposicionesaplicables para la implementación y ejecución del FISEaplicable al descuento en la compra del balón de gas”; Que, asimismo, con Resolución de Consejo DirectivoNº 173-2012-OS-CD, modificadas con Resoluciones Nos.202-2012-OS/CD y 259-2012-OS/CD, se aprobó la Norma“Disposiciones Complementarias para la operatividada nivel nacional del FISE aplicable al descuento en lacompra del balón de gas de usuarios que tienen servicioeléctrico”;

Artículo 3.- Autorizar el viaje de la señora María delPilar Iberico Ocampo, profesional de la Dirección Generalde Aeronáutica Civil, que se realizará del 09 al 11 de mayode 2013, a la ciudad de Santiago, República de Chile,para los fines expuestos en la parte considerativa de lapresente resolución. Artículo 4.- Los gastos que demande el viajeautorizado precedentemente serán cubiertos por elConvenio de Administración de Recursos PER/12/801, deacuerdo a la Autorización de Beca/Misión Int. Nº 010-05-2013 y al siguiente detalle:

Pasajes aéreos (incluye TUUA)Viáticos

US$US$

946.90400.00

Artículo 5.- Conforme a lo dispuesto por el artículo10 del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, las personasmencionadas en la presente Resolución Ministerial,

Page 25: Consejo Regional de La Juventud Word

Normas Legales del 08.05.2013

Que, la operación del FISE implica diversos procesosa cargo de las Distribuidoras Eléctricas y los AgentesAutorizados, los cuales han evidenciado dificultades enla entrega de información, integración del Padrón deBeneficiarios, canje, y otros relacionados al proceso deliquidación de Vales de Descuento FISE. Por tanto a finde administrar con mayor eficiencia el fondo, propiciarel uso de mecanismos tecnológicos en los procesosque desarrollan las Distribuidoras Eléctricas, así comocoadyuvar al logro de los objetivos establecidos en la Leyde creación del FISE, resulta necesario realizar algunasmodificaciones en lo referido a la vigencia del Vale deDescuento FISE, procedimiento y formatos a utilizar en elproceso de liquidación del Vale de Descuento FISE, entreotros; Que, conforme a lo dispuesto en el último párrafo delartículo 25º del Reglamento General de OSINERGMINaprobado por Decreto Supremo Nº 054-2001-PCM, seexceptúan de publicación los proyectos de reglamentosconsiderados de urgencia, expresándose las razones quefundamentan dicha excepción; Que, considerando que los cambios introducidos porla presente resolución resultan indispensables para queOSINERGMIN ejerza con mayor eficiencia las funcionesde administración del FISE y para que se cumpla conla finalidad del Fondo, resulta necesario exceptuar a lapresente norma del requisito de pre publicación en eldiario oficial “El Peruano”; De conformidad con lo establecido en la Ley Nº 29852,y estando a lo acordado por el Consejo Directivo en suSesión Nº 011-2013;

SE RESUELVE:

Artículo 1º.- Modificar el numeral 4.3 del artículo4º de la Norma “Disposiciones Complementarias parala operatividad a nivel nacional del FISE aplicable aldescuento en la compra del balón de gas de usuariosque tienen servicio eléctrico”, aprobada por Resoluciónde Consejo Directivo Nº 173-2012-OS/CD, y el numeral5.4 del artículo 5º de la referida norma, incorporadopor Resolución de Consejo Directivo Nº 259-2012-OS/CD, los cuales quedarán redactados de la siguientemanera:

“Artículo 4.- Padrón de beneficiarios FISE con servicioeléctrico (...)

4.3 La Distribuidora Eléctrica una vez verificadala información alcanzada y declarada por el usuario,procederá a incluir al usuario residencial del serviciopúblico de electricidad en el padrón de beneficiariosFISE tomando en cuenta además lo señalado en elacápite 4.2. Asimismo deberá verificar que no existanbeneficiarios FISE que se dupliquen en el mencionadoPadrón. Si como resultado del proceso de empadronamiento laDistribuidora Eléctrica identificara potenciales beneficiariosque no cuentan con cocina GLP, deberá remitir dichainformación mensualmente al Ministerio de Energía yMinas, utilizando el formato FISE-04. Esta información esreferencial y corresponde a la fecha del envío.

Artículo 5.- De la Emisión del Vale de DescuentoFISE (...)

5.4. La Distribuidora Eléctrica emitirá los Vales deDescuento FISE correlativos, que contendrán comomínimo los siguientes caracteres (entre 0 y 9):

ED-MM-AA-NNNNNN-C

Dónde:

ED: Código de la Distribuidora Eléctrica (de acuerdoal anexo 4) MM: Mes AA: Año NNNNNN: Número aleatorio, el cual debe ser únicodentro del mes. C: Código de control del módulo 10 (algoritmo deLuhn).”

23

Artículo 2º.- Modificar el numeral 6.4 del artículo6º, numeral 7.1 del artículo 7º, numeral 9.1 del artículo9º, numeral 10.3 del artículo 10º, numerales 11.2 y 11.3del artículo 11º así como el artículo 13º de la Norma“Procedimiento, Plazos, Formatos y disposicionesaplicables para la implementación y ejecución del FISEaplicable al descuento en la compra del balón de gas”,aprobada por Resolución de Consejo Directivo Nº 138-2012-OS/CD, los cuales quedarán redactados de lasiguiente manera:

“Artículo 6.- Padrón de beneficiarios del FISE(...)

6.4. El MINEM, utilizando el listado SISFOH a que serefiere el numeral 6.1, realiza el mapeo y clasificaciónde acuerdo a los criterios categóricos dispuestos enlos incisos c) y d) del artículo 6.2 del Reglamento yelaborará el padrón de beneficiarios a los que se lesotorgará el Vale de Descuento FISE para la compradel balón de GLP, el mismo que deberá ser remitido enmedio electrónico a la Distribuidora Eléctrica utilizandoel Formato FISE-04.

Artículo 7.- Emisión y distribución de Vales deDescuento FISE

7.1 La Distribuidora Eléctrica, utilizando el padrónconsolidado, emitirá los Vales de Descuento FISE, loscuales tendrán un periodo de vigencia bimestral y deberáncumplir como mínimo con los requisitos previstos en elartículo 1.25 del Reglamento.

Artículo 9.- Derechos y obligaciones del beneficiarioFISE respecto a la compra del balón de GLP

9.1. Las personas incluidas en el padrón debeneficiarios del FISE a que se refiere el Artículo 6,podrán comprar a los Agentes Autorizados el balón deGLP, utilizando los Vales de Descuento FISE que leshayan sido entregados, siempre y cuando se encuentrenvigentes.

Artículo 10.- Cobro de los Vales de Descuento porparte de los Agentes Autorizados (...)

10.3. La empresa de Distribución Eléctrica, utilizandoel Formato FISE-09, deberá remitir al Administrador ellistado de los beneficiarios FISE que han utilizado losVales de Descuento, conjuntamente con el reporte deliquidación mensual referido en el artículo 11 del presenteprocedimiento.

Artículo 11º.- Transferencias FISE del Administrador ala Distribuidora Eléctrica (...)

11.2 El Administrador consolidará las liquidacionesmensuales remitidas por la Distribuidora Eléctrica paraelaborar el Programa de Transferencias Mensual FISE.En caso de encontrar observaciones el Administradorcomunicará a la Distribuidora Eléctrica para que ésta lasabsuelva en el plazo de tres (03) días hábiles. 11.3 Para la elaboración del Programa de TransferenciaMensual FISE, el Administrador considerará únicamentelos reportes de liquidación mensual presentados porla Distribuidora Eléctrica dentro del plazo previsto enel numeral 11.1 y que no mantengan observacionespendientes. Dentro de los primeros cinco (05) días hábiles delmes siguiente a la fecha en que el Administrador recibeel reporte de liquidación mensual previsto en el numeral11.1, instruirá al Fiduciario para que realice la transferenciamensual FISE a las Distribuidoras Eléctricas. Latransferencia se efectuará a las cuentas bancarias abiertaspara este fin por cada una de las referidas empresas. La no inclusión en el Programa de TransferenciaMensual FISE no exime a la Distribuidora Eléctrica decontinuar realizando las transferencias a los AgentesAutorizados.

Artículo 13º.- Periodicidad y listado de Formatos parala Remisión de la Información FISE.

Page 26: Consejo Regional de La Juventud Word

Normas Legales del 08.05.2013

OSINERGMIN podrá establecer mecanismos y mediosinformáticos para facilitar la remisión de la informaciónFISE. En el Anexo 2 se adjunta la descripción y elcontenido de cada uno de los Formatos y Tablas autilizar, en el Anexo 3 se indica la periodicidad y mediosque se utilizarán para la remisión de la informaciónprevista en la presente norma, asimismo en el Anexo4 se establece la codificación de las DistribuidorasEléctricas”

Artículo 3º.- Incorporar a la Norma “Procedimiento,Plazos, Formatos y disposiciones aplicables parala implementación y ejecución del FISE aplicable aldescuento en la compra del balón de gas”, aprobada porResolución de Consejo Directivo Nº 138-2012-OS/CD, elnumeral 11.6 del artículo 11º, el cual quedará redactadode la siguiente manera:

“Artículo 11.- Transferencias FISE del Administrador ala empresa de Distribución Eléctrica (...)

11.6 A partir de los resultados de la supervisión y/odel análisis de la información proporcionada por lasDistribuidoras Eléctricas, el Administrador podrá realizarun nuevo cálculo efectuando los ajustes correspondientesen el siguiente programa de transferencias. “ Artículo 4º.- Eliminar del Anexo 2 de la Norma“Procedimiento, Plazos, Formatos y disposicionesaplicables para la implementación y ejecución del FISEaplicable al descuento en la compra del balón de gas”,

24

aprobada por Resolución de Consejo Directivo Nº 138-2012-OS/CD, el formato FISE-05: formato de la Relaciónde Beneficiarios del FISE a ser Reportado por el MINEM. Artículo 5º.- Modificar los Anexos 1, 2, 3 e incorporarel Anexo 4 a la Norma “Procedimiento, Plazos, Formatosy disposiciones aplicables para la implementación yejecución del FISE aplicable al descuento en la compradel balón de gas”, aprobada por Resolución de ConsejoDirectivo Nº 138-2012-OS/CD, los cuales son parte de lapresente Resolución. Artículo 6º.- Autorizar a que mediante oficioremitido a las Distribuidoras Eléctricas, el Jefe deProyecto FISE pueda modificar, sustituir, ampliar,eliminar u otra acción similar, los Formatos o Tablas delos Anexos de las Resoluciones de Consejo DirectivoNos. 138-2012-OS/CD y 173-2012-OS/CD, debiendo,además, publicar los documentos actualizados en elportal institucional. Artículo 7º.- La presente resolución entrará envigencia al día siguiente de su publicación. Artículo 8º.- Disponer que, en un plazo máximo detreinta (30) días calendario, a partir de la entrada envigencia de la presente resolución, las DistribuidorasEléctricas realicen las acciones correspondientes parael cumplimiento de lo dispuesto en la presente. Artículo 9º.- Disponer la publicación de la presenteresolución, conjuntamente con sus Anexos, en elDiario Oficial El Peruano y en el portal institucional deOSINERGMIN.

JESUS TAMAYO PACHECOPresidente del Consejo DirectivoOSINERGMIN

Page 27: Consejo Regional de La Juventud Word

Anexos de la Resolución Nº 138-2012-OS/CD

Anexo 1Esquema funcional de Interrelaciones de los actores

Normas Legales del 08.05.2013

ESQUEMA FUNCIONAL DE INTERRELACION DE LOS AGENTES PARA EL DESCUENTO DEL BALÓN DE GLP

25

Page 28: Consejo Regional de La Juventud Word

Normas Legales del 08.05.2013

ESQUEMA DE RECAUDACIÓN DE LOS FONDOS FISE

26

ANEXO 2

FORMATOS Y TABLAS FISE

FORMATO FISE-01: Transferencia de la Recaudación FISE de los Clientes Libres a ser Reportado por las Empresas Eléctricas

Empresa

Año

Mes :

Facturación (Soles)

Código del

Cliente Libre

(/1)

Razón Social

del Cliente

Libre

Nivel de

Tensión

Energía

Facturada

(kW.h)

Compra Potencia

y Energía a

Precios Libres (G)

Peajes de Transmisión

Regulados por

OSINERGMIN (T)

Tarifa de Distribución

Regulados por

OSINERGMIN (D)

Factor de

Recargo

del FOSE

Recargo Unitario

expresado en

ctm S/.kW.h (rc)

Monto Total

Recaudado S/.

:

:

Total Recaudado S/.

(/1) : Código generado por Osinergmin de acuerdo a la tabla 2 denominado Información General del Suministro del Usuario Libre de la Resolución Nº 026-2012-OS/CD

Nombre y Firma del Representante legal de

la Empresa

FORMATO FISE-02: Transferencia de la recaudación FISE proveniente de los Productores e Importadores de los productos líquidos derivados de loshidrocarburos y líquidos de gas natural.

Empresa

Año

Mes

:

:

:

Page 29: Consejo Regional de La Juventud Word

Normas Legales del 08.05.2013 27

Cantidad de Barriles

Transportados

Recargo Unitario por Barril en US$ Recargo por Barriles Transportados US$Liquidos Derivados de

Hidrocarburos Venta Primaria

Total Recargos Hidrocarburos US$: (a)

Liquidos Derivados de Gas

Natural Venta Primaria

Cantidad de Barriles

Transportados

Recargo Unitario por Barril en US$ Recargo por Barriles Transportados US$

Total Recargos Gas Natural US$: (b)

Total (a)+(b) US$ :

0

0

Nombre y Firma del Representante legal de

la Empresa

FORMATO FISE-03: Transferencia de la recaudación FISE proveniente del servicio de transporte de gas natural por ductos.

Empresa

Año

Mes

Código del Usuario

:

:

:

Razón social del Usuario de

Servicio de Transporte de

Gas Natural

MPC Transportados Recargo por MPC

Transportados US$

Total US$: 0

Nombre y Firma del Representante

legal de la Empresa

FORMATO FISE-04 : Potenciales Beneficiarios o Beneficiarios del FISE

Tipo (marcar con x) : (

(

(

Año

Mes

Entidad informante

Entidad receptora

Código del

Suministro (/1)

:

:

Documento

Nacional de Identidad (/2)

Nombre del

Beneficiario FISE (/3)

Dirección Ubigeo (/4)

:

:

) Padrón de bene ficiarios consolidados por la Distribuidora Eléctrica y emitido a FISE

) Relación de Potenciales bene ficiarios sin cocina a GLP informados por la Distribuidora Eléctrica al MINEM) Relación de Bene ficiarios que recibieron cocina a GLP entregados por el MINEM e informados a la distribuidora Eléctrica

Page 30: Consejo Regional de La Juventud Word

Normas Legales del 08.05.2013

(/1) : Código único e invariable del suministro de servicio electrico de la vivienda (No considerar para los que no tienen suministro de electricidad)(/2) : Número de ocho (8) dígitos numericos de acuerdo al Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (RENIEC); no necesariamente el nombre del titular delsuministro electrico(/3) : Nombre del bene ficiario del Vale; no necesariamente el nombre del titular del suministro electrico(/4) : Código de ubicación geográ fica identificado por el INEI (06 dígitos)

28

FORMATO FISE-06 : Listado de Agentes Autorizados FISE de la Cadena de GLP (Con convenio vigente)

Distribuidora Eléctrica

Año

Mes

N° de Registro de

Hidrocarburos (/1)

:

:

:

Razón social

del Agente Autorizado

Dirección N° de placa

(de ser el caso) (/2)

Ubigeo (/3) Fecha de Suscripción

del convenio

(/1) : Registro de Hidrocarburos vigente

(/2) : Usado para el caso de comercialización movil

(/3) : Código de ubicación geográ fica identificado por el INEI (06 dígitos)

FORMATO FISE-07 : Liquidacion de Vales de Descuento GLP entregado por el Agente Autorizado a la Distribuidora Eléctrica (*)

FECHA : DD/MM/ AA

Agente Autorizado que presenta liquidación :……………………………….

Distribuidora Eléctrica: …………………………………………………….

N° Nombre del Agente que

efectuó el canje (/1)

N° de Registro de

Hidrocarburos (/2)

Número de Vales Monto Total

a Redimir S/.

N° de Registro de Hidrocarburos ………………………………………

Total

(*) La presentación de este formato puede realizarse semanalmente.

(/1) : Nombre del Agente que efectivizo el canje del Vale de ser el caso

(/2) : Número de Registro de Hidrocarburos del Agente Autorizado que efectivizo en canje de ser el caso

0 0

Nombre y Firma del Representante del

Agente Autorizado

Nombre y Firma del Representante de

la Distribuidora Eléctrica

FORMATO FISE-08: Pago Anticipado solicitado por el Agente Autorizado

Solicitud Pago Anticipado

Fecha: DD/MM/AAAA

RUC (/1): ……………………………………………

Agente Autorizado: ……………………………………………………………………………

Dirección: ……………………………………………………………………………

Distribuidora Eléctrica: …………………………………………………….

Cantidad Promedio semanal de balones FISE Comercializados

En número y letras

Monto solicitado S/.

En número y letras

Page 31: Consejo Regional de La Juventud Word

Normas Legales del 08.05.2013

Justificación

29

Nombre y Firma del Representante del

Agente Autorizado

FORMATO FISE-09 : Relación de Vales FISE redimidos por la Distribuidora Electrica a los Agentes Autorizados

Año

Mes

:

:

Empresa Distribuidora Eléctrica:

N° de

Registro de

Hidrocarburos

Razón social

del Agente

Autorizado

Fecha

de Canje

Fecha de

transferencia

al Agente

Código

del Vale (/3)

Código

del

Suministro (/4)

Documento Nacional

de Identidad

de Beneficiario (/5)

Monto del

Vale S/.

Total Monto

RedimidoS/. (a)

(/2) : Número de Registro de Hidrocarburos del Agente Autorizado que efectivizo en canje de ser el caso(/3) : Código del Vale generado por la Distribuidora Eléctrica

(/4) : Código único e invariable del suministro de servicio electrico de la vivienda (No considerar para los que no tienen suministro de electricidad)(/5) : Documento de identidad del bene ficiario que no necesariamente debe ser el mismo que del propietario del suministro de electricidad

0

Nombre y Firma del Representante

De la Empresa de Distribucion Eléctrica

FORMATO FISE-10 : Liquidación Mensual del FISE a cargo de la Distribuidora Eléctrica

Distribuidora Eléctrica

Año

Mes

:

:

:

Registro de Hidrocarburos Agente Autorizado Monto Total Redimido S/. (a)

0

( c)

Monto total de transferencias adelantadas por el administrador

a la distribuidora de Eléctrica

Saldo mensual de liquidación S/.

(d)

(c-d)

Nombre y Firma del Representante de

la Empresa de Distribución Eléctrica

Page 32: Consejo Regional de La Juventud Word

Normas Legales del 08.05.2013

FORMATO FISE-11:Solicitud de transferencias adelantadas de la Empresa de Distribución deElectricidad al Administrador

Solicitud de Transferencia Adelantada

Fecha: DD/MM/AAAA

30

Distribuidora Eléctrica: …………………………………………………….

Cantidad promedio mensual de balones de gas atendidos

En número y letras

Monto solicitado S/.

En número y letras

Nombre y Firma del Representante legal de

la Empresa de Distribución Eléctrica

Tabla: FISE01

Campo

1

2

3

4

5

Tipo deCampo

CARACTER

NUMÉRICO

NUMÉRICO

CARACTER

NUMÉRICO

Ancho Decimales Total

4

4

12

12

2 2

0

0

Año

Mes

Código único e invariable del ClienteLibre (SISCLI)

Facturación por compra de potencia yenergía a precios libres - Unidad S/.

Facturación por peajes de transmisiónregulados por OSINERGMIN -Unidad S/.

Facturación por la tarifa dedistribución regulados - Unidad S/.

Energía facturada al Cliente Libre- Unidad kW.h

Factor FOSE aplicado

Recargo unitario expresado en ctmS/. kW.h

Monto total recaudado S/.

Descripción

Código de empresa

Campo

6

7

8

Tipo deCampo

NUMÉRICO

NUMÉRICO

NUMÉRICO

Ancho Decimales Total

12

12

12

0

0

2

Descripción

Cantidad de Usuarios de Servicio deTransporte de Gas Natural

Miles de Pies Cúbicos Consumido(MPC) por transporte de gas natural

Recargo por los Miles de PiesCúbicos Transportado (MPC) US$

Tabla FISE04: Potenciales Beneficiarios o Beneficiariosdel FISE

Campo

1

2

3

4

5

6

Tipo deCampo

NUMERICO

NUMÉRICO

NUMÉRICO

CARACTER

CARACTER

CARACTER

Ancho Decimales Total

6

4

2

11

12

8

0

0

0

Descripción

Correlativo (6 posiciones , alineadosa la derecha)

Año

Mes

Código de empresa GART

Código único e invariable del suministro,durante la aplicación del FISE.

Documento Nacional de Identidad– DNI, de acuerdo a lo registrado enla RENIEC

Nombre del Bene ficiario

Dirección

Código de ubicación geográ fica (verwww.inei.gob.pe)

6 NUMÉRICO 12 2

7

8

9

10

11

NUMÉRICO

NUMÉRICO

NUMÉRICO

NUMÉRICO

NUMÉRICO

12

12

12

12

12

2

2

4

4

2

Tabla: FISE027

Campo

1

2

3

4

5

6

7

8

Tipo deCampo

CARACTER

NUMÉRICO

NUMÉRICO

NUMERICO

NUMERICO

CARACTER

NUMÉRICO

NUMÉRICO

Ancho Decimales Total

4

4

2

12

12

2

12

12

0

2

0

0

0

0

Año

Mes

Número de factura de venta emitida

Fecha de emisión de la factura deventa emitida

Tipo de Liquido Derivados deHidrocarburos o Gas Natural

Cantidad de Barriles Transportados

Recargo por Barriles TransportadosUS$

Campo

1

2

3

4

5

6

7

7

Ancho Decimales Total

4

4

2

12

12

0

0

0

0

Año

Mes

Número de factura de venta emitida

Fecha de emisión de la factura deventa emitida

1

Campo Tipo deCampo

NUMERICO

Ancho Decimales Total

6

Descripción

Código de empresa

Tipo deCampo

CARACTER

NUMÉRICO

NUMÉRICO

CARACTER

CARACTER

CARACTER

CARACTER

CARACTER

Ancho Decimales Total

4

4

2

11

70

70

6

10

0

0

Descripción

Código de empresa

8

9

CARACTER 140

CARACTER 120

CARACTER 6

Tabla FISE06: Agente Autorizado

Descripción

Código de empresa

Año

Mes

Registro de Hidrocarburos

Razón social o nombre del Agente

Dirección

Placa de vehículo de ser el caso

Código de ubicación geográ fica (verwww.inei.gob.pe)

Tabla: FISE03

Campo

1

2

3

4

5

Tipo deCampo

CARACTER

NUMÉRICO

NUMÉRICO

NUMERICO

NUMERICO

Tabla FISE07: Vale de Descuento Redimidos por losAgentes Autorizados

Descripción

Correlativo (6 posiciones , alineadosa la derecha)

0

Page 33: Consejo Regional de La Juventud Word

Normas Legales del 08.05.2013

Campo

2

3

4

5

6

7

8

9

10

Tipo deCampo

NUMÉRICO

CARACTER

CARACTER

CARACTER

NUMÉRICO

NUMÉRICO

NUMÉRICO

NUMÉRICO

CARACTER

Ancho Decimales Total

4

11

11

11

5

12

12

12

12

0

2

0

2

0

Descripción

Fecha de presentación.

Código de empresa eléctrica de laempresa distribuidora

Registro de Hidrocarburos del agenteque presenta la liquidación

Registro de Hidrocarburos del agenteque canjea vale.

Número de Vales

Monto total a redimir S/.

Total vales

Total redimir

Observaciones

1

2

3

4

Campo

7

8

Tipo deCampo

NUMÉRICO

NUMÉRICO

Ancho Decimales Total

12

12

2

2

Descripción

31

Total Monto transferido adelantado aDistribuidor Eléctrico S/.

Saldo S/.

Tabla FISE11: TransferenciaDistribuidora Eléctrica

Campo Tipo deCampo

CARACTER

CARACTER

NUMÉRICO

NUMÉRICO

Ancho Decimales Total

8

4

12

12

2

2

0

Adelantada ala

Descripción

Formato fecha DDMMAAAA

Código de empresa

Venta promedio mensual S/.

Monto Transferido S/.

Tabla FISE08: Pago Anticipado al Agente Autorizado

Campo

1

2

3

4

5

Tipo deCampo

CARACTER

CARACTER

CARACTER

NUMÉRICO

NUMÉRICO

Ancho Decimales Total

8

4

11

12

12

0

2

0

Descripción

Formato fecha DDMMAAAA

Código de empresa

Código único e invariable del RUC(SUNAT) del Agente Autorizado

Cantidad promedio semanal debalones FISE Comercializados

Monto Anticipado S/.

Tipo de Archivo: Archivo de texto en formato ASCII, sincabecera de campo.

Terminador de Campo: ASCII 124Terminador de Línea: ASCII 13 + ASCII 10

Datos tipo Carácter: Deberán ser justificados a laizquierda. Se deberá respetar el tamaño de cada campo,consignando espacios en blanco a la derecha en casosea necesario. No deben utilizarse delimitadores para loscampos de tipo carácter.Datos tipo Numérico: Deberán ser informados de acuerdoal número de decimales. El separador de decimal será elpunto.Nombre de Archivo: [Año][Mes][Empresa]_[Tabla].txt(Ejemplo: 201208SEAL_FISE01.txt)

Tabla FISE09: Monto transferido por la DistribuidoraEléctrica a los Agentes Autorizados

Campo

1

2

3

4

5

6

7

8

9

Tipo deCampo

NUMERICO

NUMÉRICO

NUMÉRICO

CARACTER

CARACTER

CARACTER

CARACTER

CARACTER

CARACTER

Ancho Decimales Total

6

4

2

11

11

8

8

20

12

0

0

0

Descripción

Correlativo (6 posiciones , alineadosa la derecha)

Año

Mes

Código de cliente de la empresadistribuidora

Registro de Hidrocarburos del agenteautorizado

Fecha de canje Formato FechaDDMMAAAA

Fecha de transferencia al agenteFormato fecha DDMMAAAA

Código del Vale

Código único e invariable delsuministro, durante la aplicación delFISE.

Documento Nacional de Identidaddel bene ficiario- DNI; de acuerdo a loregistrado en la RENIEC

2

2

Monto del Vale

Total Monto redimido S/.

ANEXO 3

TABLA DE PERIODICIDAD Y MEDIOS DE REMISIÓN DE INFORMACIÓN.

Reporte Entidad que reporta con Magnético Formato Periodi-el formatodel medio cidad magnético

X

X

X

X

X

X

X

X

X

X

X

X

X

X

X

X

XLS

XLS

XLS

XLS

XLS

XLS

XLS

XLS

XLS

XLS

TXT

TXT

TXT

TXT

TXT

TXT

Mensual

Mensual

Mensual

Mensual

Mensual

Mensual /Semanal

Semanal

Mensual

Mensual

Mensual

Mensual

Mensual

Mensual

Mensual

Mensual

Mensual

Formato FISE-1 Suministradores Clientes Libres

Formato FISE-2

Formato FISE-3

Productores eimportadores

Transportadoras

Formato FISE-4 Distribuidoras Eléctricas/ MINEM

Formato FISE-6 Distribuidoras Eléctricas

Formato FISE-7

Formato FISE-8

Formato FISE-9

Agente Autorizado

Agente Autorizado

Distribuidoras Eléctricas

10 CARACTER 8

11

12

NUMÉRICO

NUMÉRICO

12

12

Formato FISE- Distribuidoras Eléctricas10

Tabla FISE10: Liquidación Mensual por la DistribuidoraEléctrica

Campo

1

2

3

4

5

6

Tipo deCampo

NUMÉRICO

NUMÉRICO

CARACTER

CARACTER

NUMÉRICO

NUMÉRICO

Ancho Decimales Total

4

2

4

11

12

12

2

2

0

0

Año

Mes

Código de empresa

Código único e invariable del RUC(SUNAT) del Agente Autorizado

Total Monto Redimido S/.

Total Monto Anticipado S/.

Descripción

Formato FISE- Distribuidoras Eléctricas11

Tabla FISE01

Tabla FISE02

Tabla FISE03

Tabla FISE04

Tabla FISE06

Tabla FISE07

Suministradores Clientes Libres

Productores eimportadores

Transportadoras

Distribuidoras Eléctricas/ MINEM

Distribuidoras Eléctricas

Agente Autorizado

Page 34: Consejo Regional de La Juventud Word

Normas Legales del 08.05.2013

Reporte Entidad que reporta con Magnético Formato Periodi-el formatodel medio cidad magnético

Agente Autorizado

Distribuidoras Eléctricas

Distribuidoras Eléctricas

Distribuidoras Eléctricas

X

X

X

X

TXT

TXT

TXT

TXT

Mensual

Mensual

Mensual

Mensual

32

Americatel Perú S.A. (en adelante, Americatel), remitidamediante comunicación c.691-2012-GAR de fecha 11de diciembre de 2012, de acuerdo a lo establecido enla Resolución de Consejo Directivo Nº 157-2012-CD/OSIPTEL, publicada en el Diario Oficial El Peruano confecha 27 de octubre de 2012;

(ii) La propuesta de OBI para la red del serviciode telefonía fija de Americatel, presentada mediantecomunicación c.092-2013-GAR de fecha 28 de febrerode 2013, a través de la cual se incorpora a la propuestade OBI enviada con fecha 11 de diciembre de 2012,las observaciones formuladas mediante Resolución deGerencia General N° 048-2013-GG/OSIPTEL;

(iii) La propuesta de OBI para la red del serviciode telefonía fija de Americatel formulada por elOSIPTEL, remitida a Americatel mediante carta C. 349-GG.GPRC/2013 de fecha 16 de abril de 2013, en virtudde la cual se establece a Americatel la OBI aplicable a sured del servicio de telefonía fija;

(iv) El Informe N° 335-GPRC/2013, que recomienda laaprobación de la OBI presentada;

CONSIDERANDOS:

Que, en virtud de lo establecido en el Artículo 7° delTexto Único Ordenado de la Ley de Telecomunicaciones,aprobado por Decreto Supremo N° 013-93-TCC, yen el Artículo 103° del Texto Único Ordenado delReglamento General de la Ley de Telecomunicaciones(en adelante, TUO del Reglamento General de la Ley deTelecomunicaciones), aprobado por Decreto SupremoN° 020-2007-MTC, la interconexión de las redes de losservicios públicos de telecomunicaciones entre sí, esde interés público y social, y por tanto, es obligatoria,calificándose la interconexión como una condiciónesencial de la concesión; Que, conforme a lo establecido en el Artículo106° del TUO del Reglamento General de la Ley deTelecomunicaciones, los contratos de interconexión debensujetarse a lo establecido por la Ley y su ReglamentoGeneral, los Reglamentos específicos, los planestécnicos fundamentales contenidos en el Plan Nacionalde Telecomunicaciones, así como a las disposiciones quedicte el OSIPTEL; Que, en el Texto Único Ordenado de las Normas deInterconexión, aprobado mediante Resolución de ConsejoDirectivo N° 134-2012-CD/OSIPTEL (en adelante,TUO de las Normas de Interconexión), se definen losconceptos básicos de la interconexión de redes y deservicios públicos de telecomunicaciones, y se establecenlas normas técnicas, económicas y legales a las cualesdeberán sujetarse los contratos de interconexión quese celebren entre operadores de servicios públicosde telecomunicaciones y los pronunciamientos sobreinterconexión que emita el OSIPTEL; Que, mediante Resolución de Consejo Directivo Nº106-2011-CD/OSIPTEL se establecieron las disposicionespara que las empresas operadoras del servicio detelefonía fija y de los servicios públicos móviles presentensus Ofertas Básicas de Interconexión; Que, mediante Resolución de Consejo DirectivoNº 157-2012-CD/OSIPTEL, se aprobó la propuestade Oferta Básica de Interconexión para las empresasoperadoras del servicio de telefonía fija y se dispusoque las referidas empresas procedan a remitir susofertas al OSIPTEL para su revisión, y de ser el caso laaprobación respectiva; Que, el artículo 6º del Anexo I -Disposiciones paraque los operadores del servicio de telefonía fija y de losservicios públicos móviles presenten Ofertas Básicas deInterconexión- de la Resolución de Consejo Directivo Nº106-2011-CD/OSIPTEL, dispone que vencido el plazopara la entrega de la Oferta Básica de Interconexiónmodificada y la empresa operadora no cumpla conentregar la misma; o en caso de ser entregada, ésta nocumpliese con subsanar las observaciones formuladas, elOSIPTEL establecerá la Oferta Básica de Interconexiónaplicable a su red; Que, mediante comunicación c.691-2012-GARrecibida el 11 de diciembre de 2012, Americatel remitió al

Tabla FISE08

Tabla FISE09

Tabla FISE10

Tabla FISE11

ANEXO 4

TABLA DE CODIFICACIÓNDE LAS DISTRIBUIDORAS ELÉCTRICAS

Código (ED)

01

02

03

04

05

06

07

08

09

10

11

12

13

14

15

16

17

18

19

20

Edelnor S.A.

Luz del Sur S.A.

Edecañete S.A.

Electro Dunas S.A. A.

Electronorte Medio S.A. - Hidrandina S.A.

Electronorte S.A. - Empresa Reg.de Serv. Pub.de Electric.delNorte S.A.

Enosa - Electro Nor Oeste S.A.

Electrocentro S.A.

Electro Oriente S.A.

Electro Ucayali S.A.

Seal - Sociedad Electrica del Sur Oeste S.A.

Electrosur S.A.

Electro Sur Este S.A.

Electro Puno S.A.

Coelvisac - Consorcio Electrico De Villacuri S.A.C

Emsemsa - Empresa de Servicios Electricos Municipales deParamonga S.A.

Sersa - Servicios Electricos Rioja S.A.

Electro Tocache S.A.

Emseu S.A. - Empresa Municipal de Servicios ElectricosUtcubamba

Proyecto Especial Chavimochic S.A (Central Hidroeléctrica Viru- Inade)

Distribuidora Eléctrica

933621-1

ORGANISMO SUPERVISOR

DE LA INVERSION PRIVADA

EN TELECOMUNICACIONES

RESOLUCIÓN DE GERENCIA GENERAL Nº 325 -2013-GG/OSIPTEL

Lima, 30 de abril del 2013.

EXPEDIENTE

MATERIA

: Nº 00003-2012-GG-GPRC/OBI: Aprobación de Oferta Básica de Interconexión

ADMINISTRADO : Americatel Perú S.A.

VISTOS:

(i) La propuesta de Oferta Básica de Interconexión (enadelante OBI) para la red del servicio de telefonía fija de

Page 35: Consejo Regional de La Juventud Word

Normas Legales del 08.05.2013

OSIPTEL para su aprobación, la OBI para la prestación desu servicio de telefonía fija; Que, mediante Resolución de Gerencia General Nº048-2013-GG/OSIPTEL, emitida el 30 de enero de 2013,este organismo efectuó observaciones a la OBI presentadapor Americatel el 11 de diciembre de 2012; Que, mediante comunicación c.092-2013-GAR,recibida el 28 de febrero de 2013, Americatel remitiómodificaciones a su propuesta de OBI, con la finalidadde subsanar las observaciones formuladas medianteResolución de Gerencia General N° 048-2013-GG/OSIPTEL; Que, mediante comunicación C. 349-GG.GPRC/2013,de fecha 16 de abril de 2013, luego de revisar lassubsanaciones alcanzadas, se remitió a Americatel lapropuesta de OBI formulada por el OSIPTEL, a efectosque manifieste lo que considere pertinente; Que, mediante comunicación c.216-2013-GAR, recibidael 24 de abril de 2013, Americatel remitió sus comentariosa la propuesta de OBI formulada por el OSIPTEL, mediantecomunicación C. 349-GG.GPRC/2013; Que, sobre la base de la evaluación correspondiente,esta Gerencia General considera que la OBI señaladaen el numeral (iii) de la sección de VISTOS, se adecuaa la normativa vigente en materia de interconexión; noobstante ello, manifiesta la siguiente consideración; Que, conforme lo señalado por Americatel mediantecomunicación c.216-2013-GAR, en el Anexo II –Condiciones Económicas-, y en el Anexo III –CondicionesEconómicas para la Provisión de Enlaces de Interconexión-se están considerando los costos de adecuación de reddel servicio de telefonía fija pactados por Americatel en elContrato de Interconexión aprobado mediante Resoluciónde Gerencia General N° 301-2013-GG/OSIPTEL; Que, asimismo, en virtud de los comentarios vertidospor Americatel, se está eliminando el numeral 1.1 delAnexo III –Condiciones Económicas para la Provisión deEnlaces de Interconexión-, toda vez que el serviciode provisión de enlaces de interconexión que se debeincluir en el referido Anexo III es prestado por Americatel yno por la empresa operadora solicitante; en ese sentido, laempresa operadora solicitante tiene la facultad de requerirla prestación del citado servicio incluido en esta secciónde la OBI; Conforme a lo expuesto, de acuerdo a lo previstoen el numeral 6º del Anexo I -Disposiciones para quelos operadores del servicio de telefonía fija y de losservicios públicos móviles presenten Ofertas Básicas deInterconexión- de la Resolución de Consejo Directivo Nº106-2011-CD/OSIPTEL;

SE RESUELVE:

Artículo 1°.- Aprobar la Oferta Básica de Interconexiónpara la red del servicio de telefonía fija de Americatel PerúS.A. formulada por el OSIPTEL, el 16 de abril de 2013;de conformidad y en los términos expuestos en la parteconsiderativa de la presente resolución. Artículo 2°.- Los acuerdos de Interconexión que sesuscriban conforme a la Oferta Básica de Interconexiónpara la red del servicio de telefonía fija a que hace referenciael Artículo 1° precedente, se ejecutarán sujetándose a losprincipios de neutralidad, no discriminación e igualdad deacceso, así como a las disposiciones que en materia deinterconexión son aprobadas por el OSIPTEL. Artículo 3º.- La presente resolución conjuntamentecon su Anexo N° 1 será notificada a Americatel Perú S.A.;y se publicará en la página en la página web de AmericatelPerú S.A., así como en la página web institucional delOSIPTEL: www.osiptel.gob.pe. Artículo 4º.- La presente resolución será publicada enel Diario Oficial El Peruano. La Oferta Básica de Interconexión que se apruebamediante la presente resolución entrará en vigenciaal día siguiente de su publicación en el Diario Oficial ElPeruano.

Regístrese, comuníquese y publíquese

JORGE ANTONIO APOLONI QUISPE Gerente General

933348-1

33

ORGANI SMOS TECNI COS

ESPECI ALI ZADOS

OFICINA DE NORMALIZACION

PREVISIONAL

RESOLUCIÓN JEFATURALNº 025-2013-JEFATURA/ONP

Lima, 19 de abril de 2013

VISTO:

El Informe Nº 006-2013-OPP/ONP, de fecha 08 deabril de 2013, a través del cual la Oficina de Planeamientoy Presupuesto plantea la modificación del Plan EstratégicoInstitucional para el período 2012-2016 aprobado medianteResolución Jefatural Nº 007-2012-JEFATURA/ONP; y,

CONSIDERANDO:

Que, mediante Decreto Ley Nº 25967, modificadopor la Ley Nº 26323, se crea la Oficina de NormalizaciónPrevisional – ONP, reestructurada integralmente a travésde la Ley Nº 28532, reglamentada a través del DecretoSupremo Nº 118-2006-EF, siendo un Organismo PúblicoTécnico Especializado del Sector Economía y Finanzas,que tiene a su cargo la administración del SistemaNacional de Pensiones a que se refiere el Decreto Ley Nº19990, así como del Régimen de Accidentes de Trabajo yEnfermedades Profesionales, Decreto Ley Nº 18846; y deotros regímenes previsionales a cargo del Estado, que lesean encargados conforme a Ley; Que, mediante Decreto Supremo Nº 027-2008-EF,se aprobó el Reglamento de Organización y Funciones– ROF de la ONP, el mismo que contiene la estructuraorgánica y dispone el ordenamiento e identificación de losdistintos órganos y unidades orgánicas de la Entidad conla delimitación de sus funciones; Que, el numeral 1 del artículo 5º de la Ley Nº 28532,establece que es facultad del Jefe de la ONP dictar laspolíticas y lineamientos institucionales; Que, el numeral 71.1 del artículo 71º de la Ley Nº28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto,establece que las entidades, para la elaboración de susPlanes Operativos Institucionales – POI, deben tomar encuenta su Plan Estratégico Institucional – PEI; Que, el planeamiento estratégico es un procesoparticipativo que compromete a los miembros de laInstitución, da coherencia, unidad e integridad a lasdecisiones de la organización y constituye un instrumentomediante el cual se establece el rumbo a seguir por laentidad, los objetivos a lograr y las estrategias a serimplementadas, en armonía y concordancia con la PolíticaGeneral del Gobierno y el Plan Estratégico SectorialMultianual del Sector Economía y Finanzas; Que, mediante Resolución Jefatural Nº 007-2012-JEFATURA/ONP, se aprobó el Plan EstratégicoInstitucional de la Oficina de Normalización Previsionalpara el período 2012 – 2016; Que, mediante Informe Nº 006-2013-OPP/ONP, defecha 08 de abril de 2013, la Oficina de Planeamientoy Presupuesto de la ONP informa que del análisisde la aplicación del Plan Estratégico Institucional, suejecución y evaluación, ha determinado que resultanecesario adecuar y actualizar la información referidaa los indicadores e iniciativas estratégicos contenidasen el Plan Estratégico Institucional de la ONP para elperíodo 2012 - 2016; En uso de las facultades conferidas por el artículo 5ºde la Ley Nº 28532, el artículo 10º del Reglamento deOrganización y Funciones aprobado por Decreto SupremoNº 027-2008-EF.

Page 36: Consejo Regional de La Juventud Word

Normas Legales del 08.05.2013

SE RESUELVE:

Artículo Primero.- MODIFICAR el Plan EstratégicoInstitucional de la Oficina de Normalización Previsionalpara el Periodo 2012 - 2016, aprobado por la ResoluciónJefatural Nº 007-2012-JEFATURA/ONP, respecto delos indicadores e iniciativas estratégicas, los cualesse adjuntan y forman parte integrante de la presenteResolución Jefatural. Artículo Segundo.- DISPONER la publicación dela presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano,debiendo el Plan Estratégico Institucional – PEI 2012-2016 modificado, publicarse en el Portal Institucional(www.onp.gob.pe) en la misma fecha de su publicaciónoficial conforme a lo establecido en el Decreto SupremoNº 001-2009-JUS.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

DIEGO ALEJANDRO ARRIETA ELGUERAJefe

933291-1

34

7 de mayo de 2013, el Consejo Directivo decidió formalizarla aceptación de la renuncia de la señora Verónica VioletaRojas Montes al cargo de vocal del Tribunal de FiscalizaciónAmbiental, por lo que resulta necesario emitir la correspondienteResolución de Consejo Directivo, habiéndose establecido paratal efecto la exoneración de la aprobación del Acta respectivaa fin de asegurar su vigencia inmediata; Con el visado de la Secretaría General y la Oficina deAsesoría Jurídica; De conformidad con las atribuciones conferidas en elLiteral n) del Artículo 8º y en el Literal n) del Artículo 15ºdel Reglamento de Organización y Funciones del OEFA,aprobado por Decreto Supremo Nº 022-2009-MINAM;

SE RESUELVE:

Artículo 1º.- Aceptar la renuncia formulada por laseñora Verónica Violeta Rojas Montes al cargo de vocaldel Tribunal de Fiscalización Ambiental del Organismode Evaluación y Fiscalización Ambiental - OEFA, conefectividad al 17 de abril del 2013, dándosele las graciaspor los servicios prestados. Artículo 2º.- Disponer la publicación de la presenteResolución en el Diario Oficial El Peruano y en el PortalInstitucional del OEFA (www.oefa.gob.pe).

Regístrese, comuníquese y publíquese.

HUGO RAMIRO GÓMEZ APACPresidente del Consejo DirectivoOrganismo de Evaluacióny Fiscalización Ambiental - OEFA

934226-1

ORGANISMO DE EVALUACION

Y FISCALIZACION AMBIENTAL

RESOLUCIÓN DE CONSEJO DIRECTIVO Nº 020-2013-OEFA/CD

Lima, 7 de mayo de 2013

VISTO: El Oficio Nº 744-2013-MINAM/SG de laSecretaría General del Ministerio del Ambiente;

CONSIDERANDO:

Que, el Artículo 10º de la Ley Nº 29325 - Leydel Sistema Nacional de Evaluación y FiscalizaciónAmbiental, publicada el 5 de marzo de 2009, señalabaque los vocales del Tribunal de Fiscalización Ambientaldel Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental -OEFA eran designados mediante Resolución Suprema; Que, mediante Resolución Suprema Nº 008-2011-MINAM se designó a la señora Verónica Violeta RojasMontes como vocal del Tribunal de Fiscalización Ambientaldel OEFA; Que, a través del documento del 15 de abril de 2013,la citada funcionaria formuló su renuncia irrevocable alcargo; Que, por Acuerdo Nº 021-2013 adoptado en la SesiónOrdinaria Nº 009-2013 del 16 de abril de 2013, el ConsejoDirectivo del OEFA aceptó la renuncia formulada, conefectividad al 17 de abril de 2013, de conformidad con lodispuesto en el Literal d) del Artículo 14º y el Artículo 21ºdel Reglamento de Organización y Funciones del OEFA,aprobado por Decreto Supremo Nº 022-2009-MINAM, enconcordancia con lo establecido en el Literal d) del Artículo13º del Reglamento Interno del Tribunal de FiscalizaciónAmbiental del OEFA, aprobado mediante Resolución deConsejo Directivo Nº 005-2011-OEFA/CD; Que, mediante Ley Nº 30011, publicada el 26 deabril de 2013, se modificó el Artículo 10º de la Ley Nº29325, estableciéndose que los vocales del Tribunal deFiscalización Ambiental son elegidos, previo concursopúblico, por resolución de Consejo Directivo del OEFA; Que, de la norma antes mencionada se infiere quepara formalizar la aceptación de la renuncia de un vocal asu cargo resulta necesario emplear el mismo instrumentolegal emitido para elegirlo; Que, mediante el documento del Visto, la SecretaríaGeneral del Ministerio del Ambiente ha señalado quecorresponde al OEFA la formalización de la renunciapresentada por la señora Verónica Violeta Rojas Montes,a partir de la modificación normativa antes indicada; Que, en mérito a lo expuesto, mediante Acuerdo Nº024-2013 adoptado en la Sesión Ordinaria Nº 011-2013 del

SUPERINTENDENCIA

NACIONAL DE ADUANAS Y DE

ADMINISTRACION TRIBUTARIA

RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA Nº 152-2013/SUNAT

Lima, 7 de mayo de 2013

CONSIDERANDO:

Que el artículo 127º de la Ley Nº 27444, Ley delProcedimientoAdministrativoGeneral,estableceel Régimen de Fedatarios de las entidades de laAdministración Pública, señalando en su numeral 1, quecada entidad debe designar fedatarios institucionalesadscritos a sus unidades de recepción documental, ennúmero proporcional a sus necesidades de atención; Que el numeral 2 del mencionado artículo precisa queel fedatario tiene como labor personalísima comprobar yautenticar la fidelidad del contenido de las copias presentadaspara su empleo en los procedimientos de la entidad, cuandoen la actuación administrativa sea exigida la agregación delos documentos o el administrado desee agregados comopruebas; Que mediante Decreto Supremo Nº 259-2012-EF semodificó el Reglamento de Organización y Funciones dela SUNAT, incorporándose nuevas unidades orgánicas,entre ellas la Oficina de Soporte Administrativo Tacna; Que resulta conveniente designar FedatariosAdministrativos para la mencionada Oficina de SoporteAdministrativo; En uso de la facultad conferida en el inciso u) delartículo 19º del Reglamento de Organización y Funcionesde la SUNAT, aprobado por Decreto Supremo Nº 115-2002-PCM y modificatorias;

SE RESUELVE: Artículo Único.- Designar como FedatariosAdministrativos Titulares de la Oficina de Soporte

Page 37: Consejo Regional de La Juventud Word

Normas Legales del 08.05.2013

Administrativo Tacna a los trabajadores Aldo Martín IsaacAdasme Liendo y Freddy Alberto Vilca Ramos.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

TANIA QUISPE MANSILLASuperintendente Nacional

934324-1

35

Artículo 2º.- Designar como Ejecutores Coactivosencargados de la gestión de cobranza coactiva de laIntendencia Lima, a los abogados que a continuación seseñalan:

Adela Isabel Alarcón CulquicondorDante Julián Camus GrahamJenny Karina Fonseca TalaveraJulia Verónica Ramos RamírezPercy Manuel Díaz Sánchez

Artículo 3º.- Designar, a partir del quinto día hábildel mes de mayo de 2013, como Ejecutor Coactivoencargado de la gestión de cobranza coactiva de laIntendencia Regional Ayacucho, al abogado Jimmy RayCastro Varillas.

RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA Nº 153-2013/SUNAT

Lima, 7 de mayo de 2013

CONSIDERANDO:

Que mediante las Resoluciones de SuperintendenciaN.os 027-2010/SUNAT y 164-2011/SUNAT se designaroncomo Ejecutores Coactivos encargados de la gestión decobranza coactiva de la Intendencia Regional Ica, a lasabogadas Miriam del Pilar Aliaga López y Julia VerónicaRamos Ramírez; Que mediante la Resolución de Superintendencia Nº 115-2012/SUNAT se designó como Ejecutor Coactivo encargadode la gestión de cobranza coactiva de la Intendencia RegionalArequipa a la abogada Sandra Zaira López Aguilar; Que se ha estimado conveniente dejar sin efectolas designaciones indicadas en los considerandosprecedentes; Que adicionalmente, la Segunda DisposiciónComplementaria Final del Decreto Supremo Nº 016-2013-EF que modificó el Reglamento de Organización yFunciones de la Superintendencia Nacional de Aduanasy de Administración Tributaria (SUNAT), incorporó dentrode los alcances de sus artículos 50º y 51º, a la IntendenciaRegional Ayacucho, la cual iniciará operaciones el quintodía hábil del mes de mayo de 2013; Que en tal sentido, a fin de garantizar el normalfuncionamiento de la cobranza coactiva en la IntendenciaLima y en la Intendencia Regional Ayacucho, resultanecesario efectuar la designación de nuevos EjecutoresCoactivos que se encargarán de la gestión de cobranzacoactiva de dichas Intendencias; Que el artículo 114º del Texto Único Ordenado (TUO) delCódigo Tributario, aprobado mediante Decreto SupremoNº 135-99-EF y modificatorias, establece los requisitosque deberán cumplir los trabajadores de la AdministraciónTributaria para acceder al cargo de Ejecutor Coactivo; Que los trabajadores propuestos han presentadodeclaración jurada con lo cual se acredita que reúnen losrequisitos antes indicados; Que la Décimo Cuarta Disposición Final del TUO delCódigo Tributario establece que lo dispuesto en el numeral 7.1del artículo 7º de la Ley Nº 26979, cuyo Texto Único Ordenadofue aprobado mediante Decreto Supremo Nº 018-2008-JUS, no es de aplicación a los órganos de la AdministraciónTributaria, cuyo personal ingrese mediante Concurso Público; En uso de las facultades conferidas por el inciso u) delartículo 19º del Reglamento de Organización y Funcionesde la SUNAT, aprobado por Decreto Supremo Nº 115-2002-PCM y modificatorias;

SE RESUELVE:

Artículo 1º.- Dejar sin efecto la designación comoEjecutores Coactivos encargados de la gestión decobranza coactiva de las siguientes Intendencias, a lasabogadas que a continuación se señalan:

INTENDENCIA REGIONAL ICA

Miriam del Pilar Aliaga LópezJulia Verónica Ramos Ramírez

INTENDENCIA REGIONAL AREQUIPA

Sandra Zaira López Aguilar

Regístrese, comuníquese y publíquese.

TANIA QUISPE MANSILLASuperintendente Nacional

934325-1

PODER JUDI CI AL

CORTES SUPERIORES

DE JUSTICIA

CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE LIMA

RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 472-2013-P-CSJLI/PJ

Lima, 6 de mayo del 2013

VISTOS y CONSIDERANDOS:

Que, mediante el ingreso Nº 34629-2013, la doctoraIrma Roxana Jiménez Vargas Machuca, Juez SuperiorTitular de la Segunda Sala Civil con Sub EspecialidadComercial de Lima, solicita se le conceda licencia congoce de haber por motivo de onomástico por el día 07 demayo del presente año. Que, estando a lo expuesto anteriormente, resultanecesario emitir el pronunciamiento respectivo, a finde no alterar el normal desarrollo de las actividadesjurisdiccionales de la Segunda Sala Civil con SubEspecialidad Comercial de Lima, estando a la licencia dela doctora Jiménez Vargas Machuca. Que, el Presidente de la Corte Superior de Justicia,es la máxima autoridad administrativa de la sedejudicial a su cargo y dirige la política interna de suDistrito Judicial, con el objeto de brindar un eficienteservicio de administración de justicia en beneficiode los justiciables; y en virtud a dicha atribución, seencuentra facultado para designar y dejar sin efectola designación de los Magistrados Provisionales ySupernumerarios que están en el ejercicio del cargojurisdiccional. Y, en uso de las facultades conferidas en los incisos 3ºy 9º del artículo 90º del Texto Único Ordenado de la LeyOrgánica del Poder Judicial,

SE RESUELVE:

Artículo Primero.- DESIGNAR a la doctora ANAMARILU PRADO CASTAÑEDA, Juez Titular del CuartoJuzgado Civil Sub Especialidad Comercial, como JuezSuperior Provisional de la Segunda Sala Civil con SubEspecialidad Comercial de Lima, por el día 07 de mayodel presente año, en reemplazo de la doctora Jiménez

Page 38: Consejo Regional de La Juventud Word

Normas Legales del 08.05.2013

Vargas Machuca, quedando conformado el Colegiado dela siguiente manera:

Segunda Sala Civil con Sub Especialidad Comercialde Lima:

Dra. Lucia María La Rosa GuillenDr. Rolando Alfonzo Martel ChangDra. Ana Marilu Prado Castañeda

Presidente(T)(P)

VISTOS y CONSIDERANDOS:

36

Que, mediante el ingreso Nº 35226-2013, la doctora JuanaEstela Tejada Segura, Juez Titular del Trigésimo SegundoJuzgado Penal de Lima, solicita se le conceda hacer uso desus vacaciones pendientes de goce, por el término de 11 días,a partir del 07 al 17 de mayo del presente año. Que, estando a lo expuesto en el considerandoanterior, esta Presidencia considera pertinente emitir elpronunciamiento respectivo, a fin de no afectar el normaldesarrollo de las actividades jurisdiccionales del TrigésimoSegundo Juzgado Penal de Lima. Que, el Presidente de la Corte Superior de Justicia, esla máxima autoridad administrativa de la sede judicial a sucargo y dirige la política interna de su Distrito Judicial, conel objeto de brindar un eficiente servicio de administraciónde justicia en beneficio de los justiciables y, en virtud adicha atribución, se encuentra facultado para designary dejar sin efecto la designación de los MagistradosProvisionales y Supernumerarios que están en el ejerciciodel cargo jurisdiccional. Y, en uso de las facultades conferidas en los incisos 3ºy 9º del artículo 90º del Texto Único Ordenado de la LeyOrgánica del Poder Judicial,

SE RESUELVE:

ArtículoPrimero.-DESIGNARaldoctorPEDRO CÉSAR GONZÁLEZ BARRERA, como JuezSupernumerario del Trigésimo Segundo Juzgado Penalde Lima, a partir del 07 al 17 de mayo del presente año,por las vacaciones de la doctora Tejada Segura. Artículo Segundo.- PONER la presente Resoluciónen conocimiento de la Presidencia del Poder Judicial,del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, la Oficina deControl de la Magistratura, Gerencia General del PoderJudicial, de la Oficina de Administración Distrital, Oficinade Personal de la Corte Superior de Justicia de Lima y delos Magistrados para los fines pertinentes.

Publíquese, regístrese, cúmplase y archívese.

IVAN ALBERTO SEQUEIROS VARGASPresidente

934133-3

CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE LIMA

RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 476-2013-P-CSJLI/PJ

Lima, 7 de mayo del 2013

VISTOS y CONSIDERANDOS:

Que, mediante las razones de la fecha que antecedenponen en conocimiento de esta Presidencia, que lasseñoras doctoras Carmen Yleana Martínez Maravi y SaraLuz Echevarria Gaviria, Presidentas de la Segunda yQuinta Salas Civiles de Lima respectivamente, no asistirána laborar al encontrarse delicadas de salud. Que, estando a lo expuesto anteriormente, resultanecesario emitir el pronunciamiento respectivo, a finde no alterar el normal desarrollo de las actividadesjurisdiccionales de la Segunda y Quinta Salas Civilesde Lima, estando a la licencia de las doctoras MartínezMaravi y Echevarria Gaviria. Que, el Presidente de la Corte Superior de Justicia, esla máxima autoridad administrativa de la sede judicial a sucargo y dirige la política interna de su Distrito Judicial, conel objeto de brindar un eficiente servicio de administraciónde justicia en beneficio de los justiciables; y en virtud adicha atribución, se encuentra facultado para designary dejar sin efecto la designación de los MagistradosProvisionales y Supernumerarios que están en el ejerciciodel cargo jurisdiccional. Y, en uso de las facultades conferidas en los incisos 3ºy 9º del artículo 90º del Texto Único Ordenado de la LeyOrgánica del Poder Judicial,

SE RESUELVE:

Artículo Primero.- DESIGNAR al doctor RICARDOREYES RAMOS, Juez Titular del Décimo Quinto Juzgado

Artículo Segundo.- PONER la presente Resoluciónen conocimiento de la Presidencia del Poder Judicial,del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, la Oficina deControl de la Magistratura, de la Unidad Ejecutora de estaCorte Superior, Oficina de Personal de la Corte Superiorde Justicia de Lima y de los Magistrados para los finespertinentes.

Publíquese, regístrese, cúmplase y archívese.

IVAN ALBERTO SEQUEIROS VARGASPresidente

934133-1

CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE LIMA

RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 473-2013-P-CSJLI/PJ

Lima, 6 de mayo del 2013

VISTOS y CONSIDERANDOS:

Que, mediante la razón de la fecha que antecedeponen en conocimiento de esta Presidencia, la licenciamédica con goce de haber por motivo de salud del doctorLuis Miguel Gamero Vildoso, Juez Titular del TercerJuzgado Civil con Sub Especialidad Comercial de Lima. Que, estando a lo expuesto en el considerandoanterior, esta Presidencia considera pertinente emitir elpronunciamiento respectivo, a fin de no afectar el normaldesarrollo de las actividades jurisdiccionales del TercerJuzgado Civil con Sub Especialidad Comercial de Lima. Que, el Presidente de la Corte Superior de Justicia, esla máxima autoridad administrativa de la sede judicial a sucargo y dirige la política interna de su Distrito Judicial, conel objeto de brindar un eficiente servicio de administraciónde justicia en beneficio de los justiciables y, en virtud adicha atribución, se encuentra facultado para designary dejar sin efecto la designación de los MagistradosProvisionales y Supernumerarios que están en el ejerciciodel cargo jurisdiccional. Y, en uso de las facultades conferidas en los incisos 3ºy 9º del artículo 90º del Texto Único Ordenado de la LeyOrgánica del Poder Judicial,

SE RESUELVE:

Artículo Primero.- DESIGNAR a la doctora MARYANN CASTILLO FALCON como Juez Supernumerario delTercer Juzgado Civil con Sub Especialidad Comercial deLima, a partir del 07 de mayo del presente año y mientrasdure la licencia del doctor Gamero Vildoso. Artículo Segundo.- PONER la presente Resoluciónen conocimiento de la Presidencia del Poder Judicial,del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, la Oficina deControl de la Magistratura, Gerencia General del PoderJudicial, de la Oficina de Administración Distrital, Oficinade Personal de la Corte Superior de Justicia de Lima y delos Magistrados para los fines pertinentes.

Publíquese, regístrese, cúmplase y archívese.

IVAN ALBERTO SEQUEIROS VARGASPresidente

934133-2

CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE LIMA

RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 474-2013-P-CSJLI/PJ

Lima, 6 de mayo del 2013

Page 39: Consejo Regional de La Juventud Word

Normas Legales del 08.05.2013

Civil de Lima, como Juez Superior Provisional de laSegunda Sala Civil de Lima, a partir del 07 de mayo delpresente año y mientras dure la licencia de la doctoraMartínez Maravi, quedando conformado el Colegiado dela siguiente manera:

Segunda Sala Civil de Lima:

Dr. Jesús Manuel Soller RodríguezDr. César Augusto Solis MacedoDr. Ricardo Reyes Ramos

Presidente(T)(P)

Primera Sala de Familia de Lima:

Dra. Luz María Capuñay ChávezDra. Elvira María Álvarez OlazabalDra. Carmen Nelia Torres Valdivia

Presidente(T)(P)

37

Artículo Segundo.- DESIGNAR a la doctora JUANATORREBLANCA NÚÑEZ, Juez Titular del Vigésimo PrimerJuzgado Civil de Lima, como Juez Superior Provisionalde la Quinta Sala Civil de Lima, a partir del 07 de mayodel presente año y mientras dure la licencia de la doctoraEchevarria Gaviria, quedando conformado el Colegiadode la siguiente manera:

Quinta Sala Civil de Lima:

Dra. Doris Mirtha Céspedes CabalaDr. Eduardo Armando Romero RocaDra. Juana María Torreblanca Núñez

Presidente(P)(P)

Artículo Segundo.- DESIGNAR a la doctoraLILIANA BERTHA CASTILLO REGALADO como JuezSupernumeraria del Décimo Quinto Juzgado de Familiade Lima, a partir del 07 al 09 de mayo del presente año,por la promoción de la doctora Torres Valdivia. Artículo Tercero.- PONER la presente Resoluciónen conocimiento de la Presidencia del Poder Judicial,del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, la Oficina deControl de la Magistratura, de la Unidad Ejecutora de estaCorte Superior, Oficina de Personal de la Corte Superiorde Justicia de Lima y de los Magistrados para los finespertinentes.

Publíquese, regístrese, cúmplase y archívese.

IVAN ALBERTO SEQUEIROS VARGASPresidente

934133-5

CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE LIMA

RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 478-2013-P-CSJLI/PJ

Lima, 7 de mayo del 2013

VISTOS y CONSIDERANDOS:

Que, mediante la razón de la fecha que se tiene ala vista, ponen en conocimiento de esta Presidencia, elsensible fallecimiento del señor padre de la doctora RosarioAlfaro Lanchipa, Juez Titular del Primer Juzgado Civil conSub Especialidad Comercial de Lima, comunicando quehará uso de su licencia correspondiente por motivo deduelo. Que, estando a lo expuesto en el considerandoanterior, esta Presidencia considera pertinente emitirel pronunciamiento respectivo, a fin de no alterar elnormal desarrollo de las labores jurisdiccionales delPrimer Juzgado Civil con Sub Especialidad Comercialde Lima. Que, el Presidente de la Corte Superior de Justicia, esla máxima autoridad administrativa de la sede judicial a sucargo y dirige la política interna de su Distrito Judicial, conel objeto de brindar un eficiente servicio de administraciónde justicia en beneficio de los justiciables; y en virtud adicha atribución, se encuentra facultado para designary dejar sin efecto la designación de los MagistradosProvisionales y Supernumerarios que están en el ejerciciodel cargo jurisdiccional. Y, en uso de las facultades conferidas en los incisos3) y 9) del artículo 90º del TUO de la Ley Orgánica delPoder Judicial,

SE RESUELVE:

Artículo Primero.- DESIGNAR a la doctora SOLEDADAMPARO BLACIDO BAEZ, como Juez Supernumerariadel Primer Juzgado Civil con Sub Especialidad Comercialde Lima, a partir del 07 de mayo del año en curso ymientras dure la licencia por duelo de la doctora AlfaroLanchipa. Artículo Segundo.- PONER la presente Resoluciónen conocimiento de la Presidencia de la Corte Suprema deJusticia de la República, del Consejo Ejecutivo del PoderJudicial, de la Oficina de Control de la Magistratura, de laGerencia General del Poder Judicial, Oficina de Personaldel Poder Judicial y de los Magistrados designados, paralos fines pertinentes.

Publíquese, regístrese, cúmplase y archívese.

IVAN ALBERTO SEQUEIROS VARGASPresidente

934133-6

Artículo Tercero.- PONER la presente Resoluciónen conocimiento de la Presidencia del Poder Judicial,del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, la Oficina deControl de la Magistratura, de la Unidad Ejecutora de estaCorte Superior, Oficina de Personal de la Corte Superiorde Justicia de Lima y de los Magistrados para los finespertinentes.

Publíquese, regístrese, cúmplase y archívese.

IVAN ALBERTO SEQUEIROS VARGASPresidente

934133-4

CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE LIMA

RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 477-2013-P-CSJLI/PJ

Lima, 6 de mayo del 2013

VISTOS y CONSIDERANDOS:

Que, mediante el ingreso Nº 35375-2013 la doctoraCecilia Gabriela González Fuentes, Juez SuperiorProvisional integrante de la Primera Sala de Familia deLima, solicita se le otorgue licencia sin goce de haber del07 al 09 de mayo del presente año. Que, estando a lo expuesto anteriormente, resultanecesario emitir el pronunciamiento respectivo, a finde no alterar el normal desarrollo de las actividadesjurisdiccionales de la Primera Sala de Familia de Lima,estando a la licencia de la doctora González Fuentes. Que, el Presidente de la Corte Superior de Justicia, esla máxima autoridad administrativa de la sede judicial a sucargo y dirige la política interna de su Distrito Judicial, conel objeto de brindar un eficiente servicio de administraciónde justicia en beneficio de los justiciables; y en virtud adicha atribución, se encuentra facultado para designary dejar sin efecto la designación de los MagistradosProvisionales y Supernumerarios que están en el ejerciciodel cargo jurisdiccional. Y, en uso de las facultades conferidas en los incisos 3ºy 9º del artículo 90º del Texto Único Ordenado de la LeyOrgánica del Poder Judicial,

SE RESUELVE:

Artículo Primero.- DESIGNAR a la doctora CARMENNELIA TORRES VALDIVIA, Juez Titular del DécimoQuinto Juzgado de Familia de Lima, como Juez SuperiorProvisional de la Primera Sala de Familia de Lima, a partirdel 07 al 09 de mayo del presente año, en reemplazo dela doctora González Fuentes, quedando conformado elColegiado de la siguiente manera:

Page 40: Consejo Regional de La Juventud Word

Normas Legales del 08.05.2013 38

la Convocatoria N° 001-2012-SN/CNM, conforme apareceen el Acta N° 2375 de la Sesión Extraordinaria de fecha18 de abril de 2013; Que, estando a la facultad conferida en el artículo 33°de la Ley de la Carrera Judicial, le compete al ConsejoNacional de la Magistratura proceder al nombramiento deestos Candidatos en Reserva, en el nivel y especialidadque el Poder Judicial ha solicitado en su Oficio N°691-2013-CE-PJ expedido en mérito a la ResoluciónAdministrativa N° 206-2012-CE-PJ del Consejo Ejecutivodel Poder Judicial; correspondiéndole la designación de laplaza específica para el órgano jurisdiccional respectivoal Poder Judicial, sobre la base de su especialidad antesseñalada, conforme dispone dicha norma legal; Que, en cumplimiento de los acuerdos adoptados endicha sesión y en uso de las facultades conferidas por losartículos 150° y 154° inciso 4 de la Constitución Políticadel Perú, y los artículos 14° y 65.4 de la Ley de CarreraJudicial; y los artículos 2° y 3° incisos b), d), 1) y g) dela Ley Orgánica del Consejo Nacional de la Magistratura- Ley N° 26397;

SE RESUELVE:

Primero.- Nombrar en el Distrito Judicial de Lima:

1. ESPINOZA LOPEZ, OSWALDO CESAR JUEZ SUPERIOR

2. RIVERA GAMBOA, MIGUEL ANGEL BENITO JUEZ SUPERIOR

3. ESPINOZA MONTOYA, CECILIA LEONOR JUEZ SUPERIOR

4. CUEVA CHAUCA, BACILIO LUCIANO JUEZ SUPERIOR

5. CERNA LANDA, EDITH CARMEN JUEZ SUPERIOR

6. REYES RAMOS, RICARDO JUEZ SUPERIOR

Segundo.- Proceder a la proclamación, juramentacióny entrega de títulos de nombramiento, en acto público delConsejo Nacional de la Magistratura, remitiéndose copiade la presente resolución, al señor Presidente del ConsejoEjecutivo del Poder Judicial.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

MÁXIMO HERRERA BONILLAPresidente

933761-1

RESOLUCIÓN DEL CONSEJO NACIONAL DE LA MAGISTRATURA Nº 140-2013-CNM

Lima, 25 de abril de 2013

VISTO:

Los Informes N° 023-2013-CPSN-CNM y N° 025-2013-CPSN-CNM de la Comisión Permanente de Selección yNombramiento, mediante los cuales elevan el Cuadro deMéritos de los Candidatos en Reserva del Poder Judicialde la Convocatoria N° 001-2012-SN/CNM; y,

CONSIDERANDO:

Que, el Consejo Nacional de la Magistratura publicóel cuadro de aptos de los Candidatos en Reserva delPoder Judicial de la Convocatoria N° 001-2012-SN/CNM,conforme a lo previsto por el artículo 65°, numeral 65.4 dela Ley de Carrera Judicial; Que, el señor Presidente del Consejo Ejecutivo delPoder Judicial y el señor Secretario General de la CorteSuprema de Justicia de la República, mediante OficiosN° 2492-2013-CE-PJ y N° 21717-2013-SG-CS-PJ del5 de marzo y 22 de abril de 2013, respectivamente,informaron de la existencia de plazas vacantes de JuecesSuperiores a nivel nacional y en el Distrito Judicial de

ORGANOS AUTONOMOS

CONSEJO NACIONAL DE

LA MAGISTRATURA

RESOLUCIÓN DEL CONSEJO NACIONAL DE LA MAGISTRATURA Nº 138-2013-CNM

Lima, 18 de abril de 2013

VISTO:

El Informe N° 021-2013-CPSN-CNM de laComisión Permanente de Selección y Nombramiento,respectivamente, mediante el cual eleva el Cuadro deMéritos de los Candidatos en Reserva del Poder Judicialde la Convocatoria N° 001-2012-SN/CNM; y,

CONSIDERANDO:

Que, el Consejo Nacional de la Magistratura publicóel cuadro de aptos de los Candidatos en Reserva delPoder Judicial de la Convocatoria N° 001-2012-SN/CNM,conforme a lo previsto por el artículo 65°, numeral 65.4 dela Ley de Carrera Judicial; Que, el señor Presidente del Consejo Ejecutivo delPoder Judicial, mediante Oficio N° 691-2013-CE-PJ del5 de marzo de 2013, solicitó se evalúe la posibilidad denombrar entre los Candidatos en Reserva a diez (10) JuecesEspecializados y nueve (09) Jueces Superiores, todos en laCorte Superior de Justicia de Lima, en mérito a la ResoluciónAdministrativa N° 206-2012-CE-PJ expedida con fecha 24de octubre de 2012 por el Consejo Ejecutivo del PoderJudicial, que crea los siguientes órganos jurisdiccionales: a)Los Juzgados Décimo Octavo, Décimo Noveno, Vigésimo,Vigésimo Primero, Vigésimo Segundo y Vigésimo TerceroEspecializados en lo Contencioso Administrativo, con subespecialidad en temas tributarios y aduaneros donde seanparte el Tribunal Fiscal o la Superintendencia Nacional deAduanas y de Administración Tributaria (SUNAT); b) LosJuzgados Vigésimo Cuarto, Vigésimo Quinto y VigésimoSexto Especializados en lo Contencioso Administrativo,con sub especialidad en temas donde sea parte el InstitutoNacional de Defensa de la Competencia y de la Protecciónde la Propiedad Intelectual (INDECOPI); c) El DécimoPrimer Juzgado Especializado en lo Constitucional, consub especialidad en temas tributarios y aduaneros dondesean parte el Tribunal Fiscal, la Superintendencia Nacionalde Aduanas y de Administración Tributaria (SUNAT), y delInstituto de Defensa de la Competencia y de la Protección de laPropiedad Intelectual (INDECOPI); d) La Sexta y Sétima SalasSuperiores Especializadas en lo Contencioso Administrativo,sub especialidad en temas tributarios y aduaneros dondesean parte el Tribunal Fiscal o la Superintendencia Nacionalde Aduanas y de Administración Tributaria (SUNAT); y, e)La Octava Sala Superior Especializada en lo ContenciosoAdministrativo, con sub especialidad en temas donde seanparte el Instituto de Defensa de la Competencia y de laProtección de la Propiedad Intelectual (INDECOPI); Que, siendo esto así, corresponde por consiguientecubrir las plazas vacantes creadas e informadas por lacitada Resolución Administrativa N° 206-2012-CE-PJ delConsejo Ejecutivo del Poder Judicial; y estando al InformeN° 021-2013-CPSN-CNM de la Comisión Permanente deSelección y Nombramiento en la que aparece habérselesconsultado a todos los Candidatos en Reserva respectoa su interés en formar parte de las especialidades antesreferidas; y atendiendo además a la naturaleza de susrespectivas Hojas de Vida y experiencia profesional en lamagistratura, este Consejo Nacional de la Magistratura, enaplicación del artículo 33° de la Ley de la Carrera Judicial,sometió a votación el nombramiento de los Candidatos enReserva, en estricto orden de méritos dentro del marco de

Page 41: Consejo Regional de La Juventud Word

Normas Legales del 08.05.2013

Lima, respectivamente; por lo que, corresponde sometera votación el nombramiento de los Candidatos en Reservaen dichas plazas, en el marco de la Convocatoria N° 001-2012-SN/CNM; Que, el Pleno del Consejo, en sesión del 25 de abrilde 2013, teniendo en cuenta el referido Cuadro de Méritosde los Candidatos en Reserva procedió al nombramientode Jueces Superiores de los Distritos Judiciales deCajamarca, Callao, La Libertad y Lima, respectivamente;disponiendo que la proclamación, juramentación y entregade título, se realice en acto público; Que, en cumplimiento de los acuerdos adoptados endicha sesión y en uso de las facultades conferidas por losartículos 150° y 154° inciso 4 de la Constitución Políticadel Perú, y los artículos 14° y 65.4 de la Ley de CarreraJudicial; y los artículos 2° y 3° incisos b), d), 1) y g) dela Ley Orgánica del Consejo Nacional de la Magistratura-Ley N° 26397;

SE RESUELVE:

Primero.-Cajamarca:

Nombrar en el Distrito Judicial de

39

5 de marzo de 2013, solicitó se evalúe la posibilidad denombrar entre los Candidatos en Reserva a diez (10)Jueces Especializados y nueve (09) Jueces Superiores,todos en la Corte Superior de Justicia de Lima, en méritoa la Resolución Administrativa N° 206-2012-CE-PJexpedida con fecha 24 de octubre de 2012 por el ConsejoEjecutivo del Poder Judicial, que crea los siguientesórganos jurisdiccionales: a) Los Juzgados DécimoOctavo, Décimo Noveno, Vigésimo, Vigésimo Primero,Vigésimo Segundo y Vigésimo Tercero Especializadosen lo Contencioso Administrativo, con sub especialidaden temas tributarios y aduaneros donde sean parteel Tribunal Fiscal o la Superintendencia Nacional deAduanas y de Administración Tributaria (SUNAT); b) LosJuzgados Vigésimo Cuarto, Vigésimo Quinto y VigésimoSexto Especializados en lo Contencioso Administrativo,con sub especialidad en temas donde sea parte el InstitutoNacional de Defensa de la Competencia y de la Protecciónde la Propiedad Intelectual (INDECOPI); c) El DécimoPrimer Juzgado Especializado en lo Constitucional,con sub especialidad en temas tributarios y aduanerosdonde sean parte el Tribunal Fiscal, la SuperintendenciaNacional de Aduanas y de Administración Tributaria(SUNAT), y del Instituto de Defensa de la Competencia yde la Protección de la Propiedad Intelectual (INDECOPI);d) La Sexta y Sétima Salas Superiores Especializadas enlo Contencioso Administrativo, sub especialidad en temastributarios y aduaneros donde sean parte el TribunalFiscal o la Superintendencia Nacional de Aduanas y deAdministración Tributaria (SUNAT); y, e) La Octava SalaSuperior Especializada en lo Contencioso Administrativo,con sub especialidad en temas donde sean parte elInstituto de Defensa de la Competencia y de la Protecciónde la Propiedad Intelectual (INDECOPI); Que, siendo esto así, corresponde por consiguientecubrir las plazas vacantes creadas por la citada ResoluciónAdministrativa N° 206-2012-CE-PJ del Consejo Ejecutivodel Poder Judicial; y estando al Informe N° 024-2013-CPSN/CNM de la Comisión Permanente de Selección yNombramiento en la que aparece habérseles consultadoa todos los Candidatos en Reserva respecto a su interésen formar parte de las especialidades antes referidas; yatendiendo además a la naturaleza de sus respectivasHojas de Vida y experiencia profesional en la magistratura,este Consejo Nacional de la Magistratura, en aplicacióndel artículo 33° de la Ley de la Carrera Judicial, sometió avotación el nombramiento de los Candidatos en Reserva,en estricto orden de méritos dentro del marco de laConvocatoria N° 003-2011-SN/CNM- Grupo I, conformeaparece en el Acta N° 2381 de la Sesión Extraordinaria defecha 25 de abril de 2013; Que, estando a la facultad conferida en el artículo 33°de la Ley de la Carrera Judicial, le compete al ConsejoNacional de la Magistratura proceder al nombramiento deestos Candidatos en Reserva, en el nivel y especialidadque el Poder Judicial ha solicitado en su Oficio N°691-2013-CE-PJ expedido en mérito a la ResoluciónAdministrativa N° 206-2012-CE-PJ del Consejo Ejecutivodel Poder Judicial; correspondiéndole la designación de laplaza específica para el órgano jurisdiccional respectivoal Poder Judicial, sobre la base de su especialidad antesseñalada, conforme dispone dicha norma legal; Que, en cumplimiento de los acuerdos adoptados endicha sesión y en uso de las facultades conferidas por losartículos 150° y 154° inciso 4 de la Constitución Políticadel Perú, y los artículos 14° y 65.4 de la Ley de CarreraJudicial; y los artículos 2° y 3° incisos b), d), 1) y g) dela Ley Orgánica del Consejo Nacional de la Magistratura-Ley N° 26397;

SE RESUELVE:

Primero.- Nombrar en el Distrito Judicial de Lima:

1. ZEGARRA BRAVO, GLENDA MORELLA JUEZ ESPECIALIZADO EN LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO

2. YUPANQUI BERNABE, MARÍA LUISA JUEZ ESPECIALIZADO EN LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO

3. LAZARTE VILLANUEVA, PATRICIA JUEZ ESPECIALIZADO EN LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO

1. SORIANO BAZAN, PERCY GUILLERMO JUEZ SUPERIOR

Segundo.- Nombrar en el Distrito Judicial del Callao:

1. SOTO GORDON, TERESA JESUS JUEZ SUPERIOR

2. PAYANO BARONA, ALFONZO CARLOS JUEZ SUPERIOR

Tercero.- Nombrar en el Distrito Judicial de LaLibertad:

1. ACOSTA SANCHEZ, ROLANDO AUGUSTO JUEZ SUPERIOR

2. PERALES RODRIGUEZ, ROSA ELENA JUEZ SUPERIOR

Cuarto.- Nombrar en el Distrito Judicial de Lima:

1. MIRANDA ALCANTARA, MANUEL IVAN JUEZ SUPERIOR

Quinto.- Proceder a la proclamación, juramentacióny entrega de títulos de nombramiento, en acto público delConsejo Nacional de la Magistratura, remitiéndose copiade la presente resolución, al señor Presidente del ConsejoEjecutivo del Poder Judicial.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

MÁXIMO HERRERA BONILLAPresidente

933761-3

RESOLUCIÓN DEL CONSEJO NACIONAL DE LA MAGISTRATURA Nº 141-2013-CNM

Lima, 25 de abril de 2013

VISTOS:

El Informe N° 024-2013-CPSN/CNM de la ComisiónPermanente de Selección y Nombramiento, mediante elcual eleva el Cuadro de Méritos de los Candidatos enReserva del Poder Judicial de la Convocatoria N° 003-2011-SN/CNM – Grupo I; y,

CONSIDERANDO:

Que, el Consejo Nacional de la Magistratura publicó elcuadro de aptos de los Candidatos en Reserva del PoderJudicial de la Convocatoria N° 003-2011-SN/CNM – GrupoI, conforme a lo previsto por el artículo 65°, numeral 65.4de la Ley de Carrera Judicial; Que, el señor Presidente del Consejo Ejecutivo delPoder Judicial, mediante Oficio N° 691-2013-CE-PJ del

Page 42: Consejo Regional de La Juventud Word

Normas Legales del 08.05.2013

4. CASTAÑEDA BALBIN, ISABEL SOFÍA JUEZ ESPECIALIZADO EN LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO

5. SOTOMAYOR ARREDONDO, EDSON ALBERTO JUEZ ESPECIALIZADO EN LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO

6. AURIS GUTIÉRREZ, WILLIAN JUEZ ESPECIALIZADO EN LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO

7. CASTAÑEDA PACHECO, CARMEN AMELIA JUEZ ESPECIALIZADO EN LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO

Segundo.- Proceder a la proclamación, juramentacióny entrega de títulos de nombramiento, en acto público delConsejo Nacional de la Magistratura, remitiéndose copiade la presente resolución, al señor Presidente del ConsejoEjecutivo del Poder Judicial.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

MÁXIMO HERRERA BONILLAPresidente

933761-4

RESOLUCIÓN DEL CONSEJO NACIONAL DE LA MAGISTRATURA Nº 150-2013-CNM

Lima, 29 de abril de 2013

VISTO:

El Informe N° 021-2013-CPSN-CNM de laComisión Permanente de Selección y Nombramiento,respectivamente, mediante el cual eleva el Cuadro deMéritos de los Candidatos en Reserva del Poder Judicialde la Convocatoria N° 001-2012-SN/CNM; y,

CONSIDERANDO:

Que, el Consejo Nacional de la Magistratura publicóel cuadro de aptos de los Candidatos en Reserva delPoder Judicial de la Convocatoria N° 001-2012-SN/CNM,conforme a lo previsto por el artículo 65°, numeral 65.4 dela Ley de Carrera Judicial; Que, el señor Presidente del Consejo Ejecutivo delPoder Judicial, mediante Oficio N° 2492-2013-CE-PJ del5 de marzo de 2013, informó de la existencia de plazasvacantes de Jueces Superiores del Distrito Judicial deLima; por lo que, corresponde someter a votación elnombramiento de los Candidatos en Reserva en dichasplazas, en el marco de la Convocatoria N° 001-2012-SN/CNM; Que, el Pleno del Consejo, en sesión del 18 deabril de 2013, teniendo en cuenta el referido Cuadrode Méritos de los Candidatos en Reserva procedióal nombramiento de Jueces Superiores del DistritoJudicial de Lima; disponiendo que la proclamación,juramentación y entrega de título, se realice en actopúblico; Que, en cumplimiento de los acuerdos adoptados endicha sesión y en uso de las facultades conferidas por losartículos 150° y 154° inciso 4 de la Constitución Políticadel Perú, y los artículos 14° y 65.4 de la Ley de CarreraJudicial; y los artículos 2° y 3° incisos b), d), 1) y g) dela Ley Orgánica del Consejo Nacional de la Magistratura-Ley N° 26397;

SE RESUELVE:

Primero.- Nombrar en el Distrito Judicial de Lima:

1. MAITA DORREGARAY, SARA DEL PILAR JUEZ SUPERIOR

2. CARDENAS SALCEDO, ANGELA GRACIELA JUEZ SUPERIOR

3. PADILLA VASQUEZ, EDGAR GILBERTO JUEZ SUPERIOR

4. URBANO MENACHO, ALEXANDER ARTURO JUEZ SUPERIOR

40

Segundo.- Proceder a la proclamación, juramentacióny entrega de títulos de nombramiento, en acto público delConsejo Nacional de la Magistratura, remitiéndose copiade la presente resolución, al señor Presidente del ConsejoEjecutivo del Poder Judicial.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

MÁXIMO HERRERA BONILLAPresidente

933761-5

RESOLUCIÓN DEL CONSEJO NACIONAL DE LA MAGISTRATURA Nº 139-2013-CNM

Lima, 25 de abril de 2013

VISTOS:

Los cuadros de méritos con los promedios finalesobtenidos por los postulantes al concurso público de laConvocatoria N° 003-2012-SN/CNM, Concurso Públicopara cubrir plazas vacantes de Fiscales Superiores a nivelnacional; y,

CONSIDERANDO:

Que, habiendo concluido las etapas de laConvocatoria N° 003-2012-SN/CNM, Concurso Públicopara cubrir plazas vacantes de Fiscales Superioresa nivel nacional, conforme a lo previsto por la LeyOrgánica del Consejo Nacional de la Magistratura -Ley N° 26397, y el Reglamento de Concursos para elAcceso Abierto en la Selección y Nombramiento deJueces y Fiscales, aprobado por Resolución N° 281-2010-CNM, modificado por Resoluciones N° 237-2011-CNM, N° 295-2011-CNM, N° 483-2011-CNM y N° 238-2012-CNM; Que, estando al cuadro de méritos aprobado por elPleno del Consejo en sesiones de fechas 15, 16, 17, 18,23, 24 y 25 de abril del presente año, y luego del análisisy deliberación, se procedió a la votación y nombramientode Fiscales Superiores a nivel nacional, de conformidadcon el artículo 53° del citado Reglamento, disponiendoque la proclamación, juramentación y entrega de títulos,se realice en acto público; Que, en cumplimiento de los acuerdos adoptados yen uso de las facultades conferidas por los artículos 150°y 154° incisos 1 y 4 de la Constitución Política del Perú,y artículos 2°, 21° inciso a) y 37° incisos b), d), f) y g) dela Ley Orgánica del Consejo Nacional de la Magistratura-Ley N° 26397-;

SE RESUELVE:

Primero.- Nombrar en el Distrito Judicial de Ancash:

1. RODRIGUEZ ORMAECHE, AURA VIOLETAFISCAL SUPERIOR CIVIL Y FAMILIA DE ANCASH

2. TEMPLE TEMPLE, JORGE LUIS FISCAL SUPERIOR ESPECIALIZADO EN DELITOSDE CORRUPCION DE FUNCIONARIOS DE ANCASH

Segundo.- Nombrar en el Distrito Judicial deArequipa:

1. AQUIZE DIAZ, JONNY VIRGINIAFISCAL SUPERIOR CIVIL DE AREQUIPA

Tercero.-Ayacucho:

Nombrar en el Distrito Judicialde

1. ANAYA CARDENAS, JAVIER EDGAR FISCAL SUPERIOR ESPECIALIZADO EN DELITOSDE CORRUPCION DE FUNCIONARIOS DE AYACUCHO

Page 43: Consejo Regional de La Juventud Word

Normas Legales del 08.05.2013

Cuarto.-Cajamarca:

Nombrar en el Distrito Judicial de

41

4. CHAVEZ COTRINA, JORGE WAYNER FISCAL SUPERIOR ESPECIALIZADO CONTRA LACRIMINALIDAD ORGANIZADA DE LIMA

5. CALDERON CRUZ, EDMUNDO PEDRO FISCAL SUPERIOR ESPECIALIZADO CONTRA LACRIMINALIDAD ORGANIZADA DE LIMA

6. ZANABRIA CHAVEZ, CESAR AUGUSTO FISCAL SUPERIOR ESPECIALIZADO EN DELITOSDE CORRUPCION DE FUNCIONARIOS DE LIMA

7. MORA BALAREZO, MARTHA DE LOS MILAGROS FISCAL SUPERIOR ESPECIALIZADO EN DELITOSDE CORRUPCION DE FUNCIONARIOS DE LIMA

8. LAURA ESCALANTE, ESCARLETH DAYSI FISCAL SUPERIOR ESPECIALIZADO EN DELITOSDE CORRUPCION DE FUNCIONARIOS DE LIMA

9. LOZANO YBAÑEZ, NELLY FELICITA FISCAL SUPERIOR ESPECIALIZADO EN DELITOSDE CORRUPCION DE FUNCIONARIOS DE LIMA

Décimo Tercero.- Nombrar en el Distrito Judicial deLima Norte:

1. RUIZ HURTADO, MARIA DEL CARMEN VICTORIA FISCAL SUPERIOR ESPECIALIZADO EN DELITOSDE CORRUPCION DE FUNCIONARIOS DE LIMANORTE

de2. YAIPEN ZAPATA, MARCO ANTONIOFISCAL SUPERIOR PENAL DE LIMA NORTE

Décimo Cuarto.- Nombrar en el Distrito Judicial deLima Sur:

1. TELLO ROSALES, OCTAVIANO OMAR FISCAL SUPERIOR ESPECIALIZADO EN DELITOSDE CORRUPCION DE FUNCIONARIOS DE LIMA SUR

Décimo Quinto.- Nombrar en el Distrito Judicial deLoreto:

1. NIÑO DE GUZMAN SANCHEZ, ALBERTO FISCAL SUPERIOR ESPECIALIZADO EN DELITOSDE CORRUPCION DE FUNCIONARIOS DE LORETO

Décimo Sexto.- Nombrar en el Distrito Judicial deMoquegua:

1. CRUZ CERVANTES, WASHINGTONFISCAL SUPERIOR PENAL (ILO)

2. MACHICAO TEJADA, JUAN JOSEFISCAL SUPERIOR PENAL DE MOQUEGUA

3. GOMEZ VALENCIA, PAUL ANTONIOFISCAL SUPERIOR PENAL DE MOQUEGUA

Décimo Sétimo.- Nombrar en el Distrito Judicial dePiura:

1. CASTILLO TEMOCHE, ELMER FRANCISCO FISCAL SUPERIOR PENAL (APELACIONPIURA)

DE

1. REBAZA VARGAS, EDGAR ALFREDOFISCAL SUPERIOR PENAL DE CAJAMARCA2. DAVILA GABRIEL, GERMAN LEOCADIOFISCAL SUPERIOR PENAL DE CAJAMARCA

Quinto.- Nombrar en el Distrito Judicial de Callao:

1. VIZCARRA CHOQUE, YANET JUANA FISCAL SUPERIOR ESPECIALIZADO EN DELITOSDE CORRUPCION DE FUNCIONARIOS DEL CALLAO

2. SAENZ LOAYZA, CARLOS MANUELFISCAL SUPERIOR PENAL DEL CALLAO

3. LOZADA IBAÑEZ, ROBERTO EDUARDOFISCAL SUPERIOR PENAL DEL CALLAO

Sexto.- Nombrar en el Distrito Judicial del Cusco:

1. UGARTE MOLINA, NATALYFISCAL SUPERIOR PENAL DEL CUSCO

2. BECERRA HUANACO, WALTERFISCAL SUPERIOR PENAL DEL CUSCO

3. MAYORGA ZARATE, JOSE MANUELFISCAL SUPERIOR PENAL DEL CUSCO

Sétimo.- NombrarHuancavelica:

en el Distrito Judicial

1. DE LA CRUZ HORNA, AURORITA GEORGINAFISCAL SUPERIOR PENAL DE HUANCAVELICA

Octavo.- Nombrar en el Distrito Judicial de Ica:

1. GOMEZ OSCORIMA, ORLANDO HUGOFISCAL SUPERIOR PENAL (PISCO)

Noveno.- Nombrar en el Distrito Judicial de Junín:

1. VALLEJO ODRIA, RAMON ALFONSO FISCAL SUPERIOR ESPECIALIZADO EN DELITOSDE CORRUPCION DE FUNCIONARIOS DE JUNIN

2. GUTIERREZ QUINTANA, MARCO ANTONIOFISCAL SUPERIOR PENAL DE JUNIN

3. OLIVERA ESPEJO, BORIS ERASMOFISCAL SUPERIOR PENAL DE JUNIN

Décimo.- Nombrar en el Distrito Judicial de LaLibertad:

1. ECHEVARRIA ARELLANO, HUGO OSWALDOFISCAL SUPERIOR CIVIL DE LA LIBERTAD

Décimo Primero.- Nombrar en el Distrito Judicial deLambayeque:

1. VASQUEZ ZAGACETA, MARIANA DEL PILARFISCAL SUPERIOR CIVIL DE LAMBAYEQUE

2. ARTEAGA VERA, JORGE JUAN FISCAL SUPERIOR PENAL (LIQUIDACION DELAMBAYEQUE) DE LAMBAYEQUE

3. DEL RIO CARREÑO, GIOVANA FISCAL SUPERIOR PENAL (LIQUIDACION DELAMBAYEQUE) DE LAMBAYEQUE

Décimo Segundo.- Nombrar en el Distrito Judicial deLima:

1. GERMANA MATTA, LUIS ALBERTOFISCAL SUPERIOR CIVIL DE LIMA

2. GONZALEZ FUENTES, CECILIA GABRIELAFISCAL SUPERIOR DE FAMILIA DE LIMA

3. FIGUEROA VASQUEZ, RITA ARLENYFISCAL SUPERIOR DE FAMILIA DE LIMA

Décimo Octavo.- Nombrar en el Distrito Judicial dePuno:

1. CONTRERAS VARGAS, JUDITH MERCEDESFISCAL SUPERIOR CIVIL Y FAMILIA (JULIACA)

2. MANZANEDA PERALTA, GUADALUPEFISCAL SUPERIOR PENAL (JULIACA)

3. APAZA PARICAHUA, GERMANFISCAL SUPERIOR PENAL (JULIACA)

Décimo Noveno.- Nombrar en el Distrito Judicial deSan Martín:

1. CARO RODRIGUEZ, FERMIN ALBERTOFISCAL SUPERIOR PENAL (MOYOBAMBA)

Page 44: Consejo Regional de La Juventud Word

Normas Legales del 08.05.2013

2. CUEVA VILLANUEVA, ISMAEL ELVISFISCAL SUPERIOR PENAL (TARAPOTO)

Vigésimo.- Nombrar en el Distrito Judicial del Santa:

1. MORENO RIVERA, NANCY TEREZA FISCAL SUPERIOR ESPECIALIZADO EN DELITOSDE CORRUPCION DE FUNCIONARIOS DEL SANTA

Vigésimo Primero.- Nombrar en el Distrito Judicial deSullana:

1. DELGADO MANRIQUE, ELENA CAROLINAFISCAL SUPERIOR MIXTO (SULLANA)

2. PENDOLA ARVIZA, GLADYS AIDA FISCAL SUPERIOR PENAL (APELACIONSULLANA)

DE

CONSIDERANDO:

42

Que, el señor Oscar Alfonso Alvarado Arquinio,identificado con DNI Nº 06468717, egresado de laFacultad de Ingeniería Geológica, Minera y Metalúrgica deesta Casa de Estudios, mediante el expediente del vistosolicita la expedición del duplicado de su diploma de suGrado Académico de Bachiller en Ciencias con menciónen Minería; por pérdida de dicho documento, adjuntandola documentación sustentatoria respectiva, según lodispuesto en el Reglamento de Duplicado de Diplomas deGrados Académicos y Títulos Profesionales, aprobado porResolución Rectoral Nº 0122, del 18 de enero del 2008; Que, la Oficina de Trámite Documentario, Gradosy Títulos de la Secretaría General de la Universidad,mediante informe de fecha 13-07-2012 precisa que eldiploma del señor Oscar Alfonso Alvarado Arquinio,se encuentra registrado en el Libro de Registro deBachilleres Nº 02, página 86, con el número 4489;teniéndose en cuenta la documentación que acompañasegún el Oficio Nº 679-2012/1er. VR, de fecha 24 de juliodel 2012, del Primer Vicerrector, Geól. José S. MartínezTalledo y la recomendación de la Comisión Académica yde Investigación en su sesión Nº 32-2012 realizada el23-07-2012; y Que el Consejo Universitario en su sesión extraordinariaNº 24 del 25 de julio del 2012 acordó aceptar lo solicitadoy se expida el duplicado del Grado Académico de Bachilleren Ciencias con mención en Minería, al señor OscarAlfonso Alvarado Arquinio; De conformidad con las facultades conferidas en elinciso c), artículo número 52º del Estatuto de la UniversidadNacional de Ingeniería;

SE RESUELVE:

Artículo Único.- Aprobar la expedición del duplicadodel diploma de Grado Académico de Bachiller en Cienciascon mención en Minería, al señor Oscar Alfonso AlvaradoArquinio, otorgado el 07 de agosto de 1978, anulándoseel diploma otorgado anteriormente.

Regístrese, comuníquese y archívese

AURELIO M. PADILLA RÍOSRector

NELSON CACHO ARAUJOSecretario General

933222-1

3. AGUILAR COSME, CESAR RODOLFO FISCAL SUPERIOR PENAL (LIQUIDACION DESULLANA)

Vigésimo Segundo.- Nombrar en el Distrito Judicialde Tacna:

1. ROMERO RIOS, MARIA EDNAFISCAL SUPERIOR PENAL DE TACNA

2. GOYZUETA NEYRA, WALTER JESUSFISCAL SUPERIOR PENAL DE TACNA

Vigésimo Tercero.- Nombrar en el Distrito Judicial deTumbes:

1. ALVAREZ RODRIGUEZ, CARLOS JAVIER FISCAL SUPERIOR PENAL (APELACIONTUMBES)

DE

Vigésimo Cuarto.- Nombrar en el Distrito Judicial deUcayali:

1. BASILIO PATOW, LORENAFISCAL SUPERIOR MIXTO DE UCAYALI

Vigésimo Quinto.- Proceder a la proclamación,juramentación y entrega de títulos de nombramiento, enacto público del Consejo Nacional de la Magistratura,remitiéndose copia de la presente resolución, al señorFiscal de la Nación.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

MÁXIMO HERRERA BONILLAPresidente

933761-2

INSTITUCIONES EDUCATIVASUNIVERSIDAD NACIONAL DE INGENIERÍA

RESOLUCIÓN RECTORAL Nº 0702

Lima, 29 de abril de 2013

Vista la Carta de invitación de fecha 19 de marzo de2013, formulada por el Rector de la Universidad Peruanade Ciencias Aplicadas;

(Se publica la presente Resolución Rectoral a solicitudde la Universidad Nacional de Ingeniería, mediante OficioNº 139-2013-UNI/SG, recibido el 6 de mayo de 2013)

UNIVERSIDAD NACIONAL DE INGENIERÍA

RESOLUCIÓN RECTORAL Nº 1144

Lima, 26 de julio de 2012

Visto el expediente SIGA: 2012-15809 presentado porel señor Oscar Alfonso Alvarado Arquinio, quien solicitaduplicado de su diploma del Grado Académico de Bachilleren Ciencias con mención en Minería;

CONSIDERANDO:

Que, la Cátedra UNESCO y la Dirección Universitariade la Universidad Politécnica de Catalunya, realizaránel Primer Programa Internacional de Alta DirecciónUniversitaria – PADU, diseñado especialmente para losRectores de las Universidades públicas y privadas delPerú, que se imparte bajo la modalidad de una semanaintensiva, en la Universidad Politécnica de Cataluña– Barcelona – España, del 13 al 17 de mayo del presente;el Objetivo del programa internacional es ofrecer a losparticipantes, técnicas y herramientas de alta direcciónpara una efectiva toma de decisiones en las institucioneseducativas universitarias, así como apoyar la mejora desu gestión;

Page 45: Consejo Regional de La Juventud Word

Normas Legales del 08.05.2013

Que, el señor Rector en sesión extraordinaria Nº 13 delConsejo Universitario de fecha 26 de abril de 2013, informacon respecto a la importancia de su participación en elPrograma Internacional de Alta Dirección Universitaria– PADU; Que, en el artículo 56º del Estatuto de la UniversidadNacional de Ingeniería se establece que en caso deausencia del Rector ejercerá sus funciones el PrimerVicerrector y en ausencia de éste actuará el SegundoVicerrector; ejercicio del cargo que le otorga las mismasatribuciones y obligaciones que son propias al cargo deRector; Estando a lo acordado por el Consejo Universitario, yde conformidad con lo establecido en el artículo 50º, incisoa) del Estatuto de la Universidad Nacional de Ingeniería;

SE RESUELVE:

Artículo 1º.- Autorizar, el viaje en Misión Oficial, enrepresentación de la Universidad Nacional de Ingeniería,del Rector Dr. Aurelio Marcelo Padilla Ríos, a la ciudadde Cataluña – Barcelona - España, del 12 al 18 de mayode 2013, para que participe en el Programa Internacionalde Alta Dirección Universitaria – PADU, organizado porla Cátedra UNESCO y la Dirección Universitaria de laUniversidad Politécnica de Catalunya. Artículo 2º.- Autorizar, el pago por la suma de S/. 20500,00 nuevos soles, para sufragar los gastos que irroguela participación del Dr. Aurelio Marcelo Padilla Ríos enel Programa de Alta Dirección Universitaria - PADU,conforme se muestra a continuación:

Derechos AcadémicosPasajes ida y vueltaAlojamiento (06 noches)Alimentación (07 días)TOTAL

10 190,00 4 500,00 3 900,00 1 910,0020 500.00

ANTECEDENTES

43

Con escrito de fecha 4 de marzo de 2013, GabrielaElena Trelles Rivas gerente de la empresa PIURA DATOSE.I.R.L., solicitó la renovación de inscripción de surepresentada en el Registro Electoral de Encuestadoras. Sobre el particular, cabe señalar que mediante laResolución Nº 159-2010-JNE, del 8 de marzo de 2010, seinscribió a la PIURA DATOS E.I.R.L. en el Registro Electoralde Encuestadoras con Partida Registral Nº 167-REE/JNE.

CONSIDERANDOS

1. De acuerdo con los artículos 178.1 y 178.3 de laConstitución Política y el artículo 5.g de la Ley Nº 26486,Ley Orgánica del Jurado Nacional de Elecciones, esteórgano constitucional tiene la función de fiscalizar lalegalidad del proceso electoral y velar por el cumplimientode las normas sobre organizaciones políticas y demásdisposiciones referidas a materia electoral. Asimismo, de conformidad con el artículo 18 dela Ley Nº 27369, Ley que modifica la Ley Orgánica deElecciones, el Jurado Nacional de Elecciones mantiene elRegistro Electoral de Encuestadoras, regula los requisitosy procedimientos de inscripción. Asimismo, establece quesolo podrán publicarse encuestas realizadas por personasnaturales o jurídicas que cuenten con inscripción vigenteen el referido registro. 2. En ese sentido, mediante la Resolución Nº 5011-2010-JNE, se aprobó el Reglamento del Registro Electoralde Encuestadoras (en adelante, el Reglamento), en el cualse establecen el procedimiento y los requisitos de inscripciónde las personas jurídicas o naturales, que pretendan realizarencuestas y proyecciones sobre intención de voto, así comolo referente a la publicación, difusión y al procedimiento desanción por la infracción de estas normas. El artículo 7 del Reglamento establece los requisitospara la renovación de inscripción, dentro de los cualesse debe presentar copia actualizada de la ficha registralexpedida por la Superintendencia Nacional de RegistrosPúblicos, la ficha RUC expedida por la SuperintendenciaNacional de Aduanas y de Administración Tributaria y laconstancia de pago de la tasa correspondiente. 3. Se advierte que la solicitante ha cumplido conpresentar la copia de la ficha registral correspondiente ala Partida Nº 11092423, la ficha RUC Nº 20526074778,y la constancia de pago de la tasa correspondiente.Igualmente, no se ha constatado la necesidad de actualizarla información registrada previamente. En consecuencia,corresponde renovar la inscripción en el Registro Electoralde Encuestadoras a PIURA DATOS E.I.R.L. en la PartidaRegistral Nº 167-REE/JNE. La renovación de inscripción otorgada perderá vigencialuego de transcurridos tres años, contados a partir del díasiguiente de la publicación en el Diario Oficial El Peruanode la presente resolución, conforme con el artículo 5 delreglamento. Por lo tanto, el Pleno del Jurado Nacional deElecciones, en uso de sus atribuciones,

RESUELVE Artículo Único.- RENOVAR la inscripción de PIURADATOS E.I.R.L. en la Partida Registral Nº 167-REE/JNE delRegistro Electoral de Encuestadoras, la cual deberá actuarde acuerdo con el Reglamento del Registro Electoral deEncuestadoras y las demás normas electorales pertinentes.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

S.S.

TÁVARA CÓRDOVA

PEREIRA RIVAROLA

Artículo 3º.- Los gastos señalados en el artículoanterior serán financiados a través de los RecursosDirectamente Recaudados de la Unidad Ejecutora 002INICTEL-UNI. Dentro de los quince (15) días calendariosiguientes de efectuado el viaje, se presentará un informedetallado sobre las acciones realizadas y los logrosobtenidos durante los eventos; asimismo, se presentará,la rendición de las cuentas respectivas, de acuerdo aLey. Artículo 4º.- Encargar al Primer Vicerrector Geol.José Martínez Talledo, las funciones propias del cargo deRector durante el periodo comprendido entre el 12 al 18de mayo de 2013, inclusive. Artículo 5º.- Disponer que la Oficina Central deLogística publique la presente Resolución en el DiarioOficial El Peruano de conformidad a lo establecido por elartículo 3º de la Ley N° 27619, con cargo a los RecursosDirectamente Recaudados de la Administración Central.

Regístrese, comuníquese y archívese.

AURELIO PADILLA RIOSRector

933625-1

JURADO NACIONAL

DE ELECCIONES

RESOLUCIÓN Nº 233-2013-JNE

Expediente Nº J-2013-00277

Lima, doce de marzo de dos mil trece.

VISTA la solicitud de renovación de inscripción enel Registro Electoral de Encuestadoras de la empresaPIURA DATOS E.I.R.L.

AYVAR CARRASCO

LEGUA AGUIRRE

VELARDE URDANIVIA

Bravo BasaldúaSecretario General

927668-1

Page 46: Consejo Regional de La Juventud Word

Normas Legales del 08.05.2013 44

San Francisco, distrito de Coronel Gregorio Albarracín,provincia y departamento de Tacna, y;

CONSIDERANDO:

Que, la referida empresa ha cumplido conpresentarla documentación correspondiente para laapertura de dichas agencias; Estando a lo informado por el Departamento deSupervisión Microfinanciera “A”, mediante Informes N°67-2013-DSM”A” y N° 69-2013-DSM”A”; y, De conformidad con lo dispuesto por el artículo 30° dela Ley N° 26702 - Ley General del Sistema Financiero ydel Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendenciade Banca y Seguros y la Resolución SBS N° 775-2008; y,en uso de las facultades delegadas mediante ResoluciónSBS N° 12883-2009 del 10 de setiembre de 2009;

RESUELVE:

Artículo Único.- Autorizar a Mibanco, Banco de laMicroempresa S.A., lo siguiente: i) La apertura de una agencia ubicada en el Jirón RealN° 192 -194 -198, Lt. 13, Mz. 21, distrito de Mala, provinciade Cañete, departamento de Lima. ii) La apertura de una agencia ubicada en la Av. LaCultura Lt. 19, Mz. 96, AA.HH. Asociación de Vivienda VillaSan Francisco, distrito de Coronel Gregorio Albarracín,provincia y departamento de Tacna.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

DEMETRIO CASTRO ZÁRATEIntendente General de Microfinanzas

933219-1

MINISTERIO PUBLICO

RESOLUCIÓN DE JUNTA DE FISCALES SUPREMOS Nº 079-2013-MP-FN-JFS

Lima, 3 de mayo de 2013

VISTA Y CONSIDERANDO:

La solicitud presentada por el doctor MANUEL IVANMIRANDA ALCANTARA, mediante la cual formularenuncia al cargo de Fiscal Provincial Titular Mixto dePisco del Distrito Judicial de Ica, designado actualmenteen el Despacho de la Primera Fiscalía Provincial PenalCorporativa de Pisco, Distrito Judicial de Ica. Que, mediante Acuerdo Nº 3128 adoptado en sesiónde Junta de Fiscales Supremos de fecha 02 de mayo de2013, se aceptó por unanimidad la renuncia presentadapor el mencionado Fiscal. Que, en uso de las atribuciones conferidas por elDecreto Legislativo Nº 052, Ley Orgánica del MinisterioPúblico, y conforme a lo establecido en el considerandoprecedente.

SE RESUELVE:

Artículo Primero.- Aceptar la renuncia formulada porel doctor MANUEL IVAN MIRANDA ALCANTARA, al cargode de Fiscal Provincial Titular Mixto de Pisco del DistritoJudicial de Ica, dándosele las gracias por los serviciosprestados a la Institución. Artículo Segundo.- Remitir la presente Resolucióna la Presidencia del Consejo Nacional de la Magistraturapara los fines pertinentes. Artículo Tercero.- Hacer de conocimiento la presenteResolución a la Presidencia de la Junta de FiscalesSuperiores de Ica, Gerencia Central de PotencialHumano, Oficina de Registro y Evaluación de Fiscales,y al interesado.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

JOSÉ ANTONIO PELÁEZ BARDALESFiscal de la NaciónPresidente de la Junta de Fiscales Supremos

934245-1

RESOLUCIÓN SBS Nº 2639-2013

Lima, 29 de abril de 2013

EL INTENDENTE GENERAL DE MICROFINANZAS

VISTA: La solicitud presentada por la EDPYME ALTERNATIVAS.A. para que se le autorice el cierre de una (01) OficinaEspecial, de acuerdo con el detalle descrito en la parteresolutiva y;

CONSIDERANDO:

Que, la citada empresa ha cumplido con presentar ladocumentación pertinente para el cierre de oficinas, conformelo establece el Procedimiento 14° del Texto Único deProcedimientos Administrativos (TUPA) actualmente vigente; Estando a lo informado por el Departamento deSupervisión Microfinanciera “C”; y, De conformidad con lo dispuesto por el artículo 32° dela Ley N° 26702 - Ley General del Sistema Financiero y delSistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia deBanca y Seguros y la Resolución N° 775-2008; y, en usode las facultades delegadas mediante la Resolución SBSN° 12883-2009;

RESUELVE: Artículo Único.- Autorizar a la EDPYME AlternativaS.A. el cierre de la Oficina Especial Pucará, ubicada enla Avenida Lindo N° 174 (Lote 4 - Manzana S), PuebloTradicional Pucará - Distrito de Pucará - Provincia de Jaén,Departamento de Cajamarca, autorizada a operar medianteResolución SBS N° 5548-2010, de fecha 07.06.2010.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

DEMETRIO CASTRO ZARATEIntendente General de Microfinanzas

933270-1

SUPERINTENDENCIA

DE BANCA, SEGUROS Y

ADMINISTRADORAS PRIVADAS

DE FONDOS DE PENSIONES

RESOLUCIÓN SBS Nº 2585-2013

Lima, 24 de abril de 2013

EL INTENDENTE GENERAL DE MICROFINANZAS

VISTA:

La solicitud presentada por Mibanco, Banco de laMicroempresa S.A., para que se le autorice la aperturade dos agencias, una ubicada en el Jirón Real N° 192-194 -198, Lt. 13, Mz. 21, distrito de Mala, provincia deCañete, departamento de Lima y otra en la Av. La CulturaLt. 19, Mz. 96, AA.HH. Asociación de Vivienda Villa

Page 47: Consejo Regional de La Juventud Word

Normas Legales del 08.05.2013 45

GOBI ERNOS REGI ONALES

RESOLUCIÓN SBS Nº 2647-2013

Lima, 30 de abril de 2013

LA INTENDENTE GENERAL DE BANCA

VISTA:

La solicitud presentada por el Banco Cencosud S.A.para que se le autorice Ia apertura de trece (13) oficinasespeciales, de acuerdo con el detalle descrito en Ia parteresolutiva; y,

CONSIDERANDO:

Que, Ia citada entidad ha cumplido con presentar Iadocumentación pertinente que justifica Ia apertura de lasoficinas especiales en mención; Que, en Sesión de Directorio Nº 004-13-DIR de fecha22 de marzo de 2013 se acordó la apertura de trece (13)oficinas especiales y de acuerdo a lo informado por elDepartamento de Supervisión Bancaria “C”; Que, de conformidad con lo dispuesto por el artículo30º de Ia Ley Nº 26702, Ley General del SistemaFinanciero y del Sistema de Seguros y Orgánicade Ia Superintendencia de Banca y Seguros, por IaResolución SBS Nº 775-2008 y en uso de las facultadesdelegadas mediante Ia Resolución SBS Nº 12883-2009del 10 de setiembre de 2009 y Ia Resolución SBS Nº240-2013;

RESUELVE:

Artículo Único.- Autorizar al Banco Cencosud S.A. Iaapertura de trece oficinas especiales, en las direccionesque se detallan en el Anexo de Ia presente Resolución.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

PATRICIA SALAS CORTÉSIntendente General de Banca

Anexo: Relación de Oficinas Especiales autorizadas a Banco Cencosud S.A.

Nº Dirección Distrito

San Isidro

San Isidro

Mira flores

Mira flores

GOBIERNO REGIONAL DE ICA

RESOLUCION DIRECTORAL REGIONAL Nº 194-2013-GORE-ICA/DRTC

Ica, 8 de abril de 2013

VISTO:

El Expediente de Registro Nº 0844-2013 organizadopor el Gerente General de la Empresa “SEÑOR DE LOSMILAGROS II SERVICIOS MULTIPLES” S.A.C. ; sobreautorización para operar como taller de conversión a gasLicuado de Petróleo –GLP, Informe Nº 198-2013-DRTC-ICA/DCT-dt. y Memorando Nº 154-2013-DRTC-DCVelaborados por la División de Transportes y la Direcciónde Circulación Vial - Ica;

CONSIDERANDO:

Que, el numeral 6.2 de la Directiva Nº 005-2007-MTC/15aprobada mediante Resolucion Directoral Nº 14540-2007-MTC establece que “Para acceder a una autorizacioncomo Taller de Conversion a GLP, el representantelegal de la solicitante debera presentar una solicitud a laDGTT, tratándose de la Regiones de Lima Metropolitana,Callao y Lima Provincias o a las Direcciones RegionalesSectoriales Encargadas de la Circulacion Terrestre ensu correspondiente jurisdiccion tratandose del restodel pais, la misma que deberá consignar la direccion ynombre comercial del taller adjuntando los documentoscorrespondientes”; por lo que corresponde atender elpresente expediente ; Que, la Directiva Nº 005-2007-MTC/15, aprobada porResolucion Directoral Nº 14540-2007-MTC, modificadapor Decreto Supremo Nº 022-2009-MTC sobre Regimende Autorizacion y Funcionamiento de las EntidadesCertificadoras de Conversion a GLP y de los Talleres deconversion a GLP “ establece el procedimiento y requisitosque deben presentar las personas juridicas para serautorizadas como talleres de conversion a Gas Licuadode Petroleo-GLP; Que, de acuerdo al numeral 6 de la citada Directivaseñala que el Taller de Conversion a Gas Licuadode Petroleo es el establecimiento autorizado por lasDirecciones Regionales Sectoriales encargadas de laCirculacion Terrestre en su correspondiente jurisdicciónpara realizar la conversion de sistema de combustion delos vehiculos originalmente diseñados para combustionde gasolina o Diesel al sistema de combustion de GLPmediante la incorporacion de un Kit de conversion o elcambio de motor, para cuyo efecto dispone de personaltecnico capacitado, instalaciones equipos y herramientaspara la instalacion, mantenimiento yreparacion de losequipos de conversion, del motor dedicado instalado y delvehiculo convertido en general; Que, de acuerdo al Informe Nº 198-2013-DRTC-ICA/DCT-dt el Jefe de la Division de Transportes, advierte quela documentacion presentada en los expedientes del visto,cumple con lo establecido en el numeral 6.2 de la DirectivaNº 005-2007-MTC/15, por lo que procede emitir el actoadministrativo autorizando a la empresa “SEÑOR DELOS MILAGROS II SERVICIOS MULTIPLES S.A.C. comotaller de conversion a Gas Licuado de Petroleo –GLP parala instalacion del Kit de conversion correspondiente; Que, son aplicables al presente caso, los principiosde presunción de veracidad, razonabilidad y de privilegiosde controles posteriores, establecidos en la Ley deProcedimiento Administrativo General- Ley Nº 27444; Estando al Informe Legal Nº 203-2013-DRTC/AJ ycontando con las visaciones de la Direccion de CirculacionVial-Ica, Division de Transportes y Asesoria Juridica. De conformidad con el Reglamento Nacional deVehículos aprobado por Decreto Supremo Nº 058-

Pro- Departa-vincia mento

Lima

Lima

Lima

Lima

Lima

Lima

Lima

Lima

Lima

Lima

Lima

Lima

Lima

1 Av. Dos de Mayo Nº 1099

2 Av. Andrés Santa Cruz Nº 771

3 Jr. Diomedes Arias Schreiber Nº 270

4 Av. Alfredo Benavides Nº 1475

5Calle Monte Bello Nº 150, Mz. 00, Urb. Santiago de LimaChacarilla del EstanqueSurco

San Borja Lima

Lima

Lima

Lima

6 Jr. Ucello Nº 154 -162

7Av. La Marina - Centro Comercial Plaza San MiguelSan Miguel, cuadra 20.

La Molina8 Av. Javier Prado Este Nº 5055

9Av. Elias Aparicio Nº 751 - Urb. La MolinaHabilitación Lote C

Av. Santiago de Surco Nº 4647 - 1º, 2º, 3º, 4º sóptano, Mz. B 3 Lote 01. Santiago de10Lima Esquina Av. Tinoco - Urb. Prolongación Surco Benavides

11 Av. La Molina Nº 378

12

13

Ate Lima

Lima

Lima

Lima

LimaCalle Las Retamas Nº 190, Urb. Los La MolinaSirius II EtapaAv. Aviación S/N Km. 1.3 Carretera a C e r r o Arequipa ArequipaYuraColorado

933992-1

Page 48: Consejo Regional de La Juventud Word

Normas Legales del 08.05.2013

2003-MTC y sus modificatorias, y la Directiva Nº 005-2007-MTC/15 sobre el “Régimen de Autorización yFuncionamiento de las Entidades Certificadoras deConversiones a GLP y de los Talleres de Conversióna GLP “ aprobada por Resolución Directoral Nº 14540-2007-MTC/15 y modificada por Decreto Supremo Nº022-2009-MTC;Ley Nº 27444 Ley del ProcedimientoAdministrativo General, Ley Nº 27783 Ley de Bases dela Descentralización Ley Nº 27867 Ley Orgánica de losGobiernos Regionales, su modificatoria Ley Nº 27902 ycon las atribuciones conferidas por la R.E.R . Nº 0028-2013-GORE-ICA/PR;

SE RESUELVE :

Artículo Primero.- Autorizar por el plazo de cinco (5)años,contados apartir del dia siguiente de la publicacionde la presente Resolucion Directoral en el Diario OficialEl Peruano a la empresa “SEÑOR DE LOS MILAGROSII SERVICIOS MULTIPLES” S.A.C. como taller deconversion a Gas Licuado de Petroleo –GLP, ubicado en laAvenida Mariscal Benavides Nº 1176 Distrito Grocio Prado,Provincia Chincha Alta y Departamento de Ica, a efectosde realizar la conversion del Sistema de Combustion delos vehiculos originalmente diseñados parala combustionde gasolina o Diesel al Sistema de Combustion de GLPmediante la incorporacion de un Kit de conversion. Artículo Segundo.- La empresa “SEÑOR DE LOSMILAGROS II SERVICIOS MULTIPLES” S.A.C.. deberapresentar a la DireccionRegional de Transportes yComunicaciones ICA el “Certificado de Inspeccion deTaller” vigente emitido por alguna entidad Certificadora deconversiones antes de los plazos que a continuacion seseñalan;

ACTO

Primera Inspeccion anual del taller

Segunda Inspeccion anual del taller

Tercera Inspeccion anual del taller

Cuarta Inspeccion anual del taller

Quinta Inspeccion anual del taller

46

Artículo Quinto.- La presente Resolucion entrara envigencia al dia siguiente de su publicacion en el DiarioOficial El Peruano, El costo de la publicacion de la presenteResolucion sera asumida por la empresa recurrente. Artículo Sexto.- La Oficina de Trámite Documentariodeberá cumplir con efectuar la notificación a la parteinteresada de la presente Resolución en el modo y formaestablecida en la Ley Nº 27444-Ley del ProcedimientoAdministrativo General.

Regístrese, publíquese y cúmplase.

PATRICIA PAULINA HUARANCCA CONTRERASDirectoraDirección Regional de Transporte y Comunicaciones

933327-1

GOBIERNO REGIONAL

DE UCAYALI

ORDENANZA REGIONAL Nº 004-2013-GRU/CR

POR CUANTO:

El Consejo Regional de Ucayali, de conformidad conlo previsto en los Artículos 191º y 192º de la ConstituciónPolítica del Estado, modificado por la Ley Nº 27680, Leyde Reforma Constitucional del Capítulo XIV del Título IVsobre Descentralización; Ley Nº 27783, Ley de Basesde la Descentralización; Ley Nº 27867, Ley Orgánica deGobiernos Regionales, modificado por las Leyes Nº 27902,Nº 28968, Nº 29053 y demás normas complementarias,en Sesión Ordinaria de fecha 21 de febrero del 2013; y,

CONSIDERANDO:

Que el artículo Nº 191 de la Constitución Políticadel Estado, concordante con el artículo Nº 2 de la LeyNº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales,establece que los Gobiernos Regionales emanan dela voluntad popular, son personas jurídicas de derechopúblico, que gozan de autonomía política, económica yadministrativa en asuntos de su competencia, y que parasu administración económica y financiera constituye unpliego presupuestal. Que la Ley Nº 27783, Ley de Bases de laDescentralización, en su artículo 17º establece quelos Gobiernos Regionales y Locales están obligados apromover la participación ciudadana en la formulación,el debate y la concertación de los planes de desarrollo ypresupuesto, así como en la gestión pública. Que, asimismo, están obligados a promover laconformación y el funcionamiento de espacios ymecanismos de consulta, concertación, control, evaluacióny rendición de cuentas. Y que esta norma también señalaque la participación de los ciudadanos se canaliza a travésde los espacios de consulta, coordinación, concertacióny vigilancia existentes, y también de aquellos que losGobiernos Regionales y Locales establezcan de acuerdocon la ley. Que el artículo 8º de la Ley 27867, Ley Orgánica deGobiernos Regionales, establece: Principios rectores delas políticas y la gestión regional.- (…) 1. Participación.-La gestión regional desarrollará y hará uso de instanciasy estrategias concretas de participación ciudadana enlas fases de formulación, seguimiento, fiscalización yevaluación de la gestión de gobierno y de la ejecuciónde los planes, presupuestos y proyectos regionales. (…)4. Inclusión.- El Gobierno Regional desarrolla políticasy acciones integrales de gobierno dirigidas a promoverla inclusión económica, social, política y cultural, dejóvenes, personas con discapacidad o grupos socialestradicionalmente excluidos y marginados del Estado,principalmente ubicados en el ámbito rural y organizadosen comunidades campesinas y nativas, nutriéndose de susperspectivas y aportes. Estas acciones también buscan

Fecha Maxima de Presentacion05 de Febrero del 201405 de Febrero del 201505 de Febrero del 201605 de Febrero del 201705 de Febrero del 2018

En caso de que la empresa autorizada no presenteel correspondiente”Certificado de Inspeccion del Taller “vigente al vencimiento de los plazos antes indicados, seprocedera conforme a lo establecido en el numeral 6.6 dela Directiva Nº 005-2007-MTC/15 referida a la caducidadde la autorizacion. Articulo Tercero.- La empresa “SEÑOR DE LOSMILAGROS II SERVICIOS MULTIPLES” S.A.C. deberapresentar a la Direccion Regional de Transportes yComunicaciones ICA la renovacion de la poliza de segurode responsabilidad civil extracontractual contratada antesdel vencimiento de los plazos que a continuacion seseñalan :

Primera renovacion o contratacion de nueva poliza

Segunda renovacion o contratacion de nueva poliza

Tercera renovacion o contratacion de nueva poliza

Cuarta renovacion o contratacion de nueva poliza

Quinta renovacion o contratacion de nueva poliza

09 de diciembre del 2013

09 de diciembre del 2014

09 de Diciembre del 2015

09 de Diciembre del 2016

09 de diciembre del 2017

En caso que la empresa autorizada no cumpla conpresentar la renovacion o contratacion de una poliza alvencimiento de los plazos antes indicado, se procederaconforme a lo establecido en el numeral 6.6 de la DirectivaNº 005-2007-MTC/15 referida a la caducidad de laautorizacion. Artículo Cuarto.- Encargar a la División de Transportesde la Dirección de Circulación Vial Organo de Linea dela direccion Regional de Transportes y Comunicaciones– Ica, el cumplimiento de la presente Resolución.

Page 49: Consejo Regional de La Juventud Word

Normas Legales del 08.05.2013

promover los derechos de grupos vulnerables, impidiendola discriminación por razones de etnia, religión o géneroy toda otra forma de discriminación. (…) 7. Equidad.-Las consideraciones de equidad son un componenteconstitutivo y orientador de la gestión regional. La gestiónregional promociona, sin discriminación, igual acceso alas oportunidades y la identificación de grupos y sectoressociales que requieran ser atendidos de manera especialpor la gestión regional. Que el artículo 21º de la Ley Nº 27867, Ley Orgánicade Gobiernos Regionales, establece que el PresidenteRegional tiene la atribución de promulgar ordenanzasregionales o hacer uso de su derecho a observarlas en elplazo de quince días hábiles, y ejecutar los acuerdos delConsejo Regional. Asimismo, que el artículo 38º de la Ley Nº 27867,Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, establece quelas ordenanzas norman asuntos de carácter general yla organización y administración del gobierno regional, yreglamentan materias de su competencia. Que el artículo 60º de la Ley Nº 27867, Ley Orgánicade Gobiernos Regionales, señala que, en materiade desarrollo social e igualdad de oportunidades, losgobiernos regionales tienen, entre otras, las funcionesde formular, aprobar y evaluar las políticas de desarrollosocial e igualdad de oportunidades, en concordanciacon la política general del gobierno nacional, los planessectoriales y los programas correspondientes de losgobiernos locales, así como de promover una cultura depaz e igualdad de oportunidades. Que la Ley Nº 27802, Ley de Creación del ConsejoNacional de la Juventud, considera que en la etapa delser humano llamada juventud se inicia la madurez física,psicológica y social de la persona con una valoración yreconocimiento del joven como sujeto de derechos, conun modo de pensar, sentir y actuar; con una expresiónpropia de vida, valores y creencias. Asimismo, consideraque esta etapa es la base de la construcción definitiva dela identidad y personalidad del ser humano, dirigida haciaun proyecto de vida. Que la Ley Nº 27802, Ley de Creación del ConsejoNacional de la Juventud, reconoce que las y los jóvenestienen el deber de respetar, cumplir y promover elordenamiento constitucional y legal, asumiendo un papelparticipativo y solidario en el proceso de desarrollo local,regional y nacional —según corresponda—, y que las ylos jóvenes deben asumir una conducta responsable y derespeto que contribuya al fortalecimiento de la familia, lasociedad y la nación. Que, la Secretaría Nacional de Juventud, es unórgano asesor del Ministerio de Educación y se encuentraenmarcada legalmente mediante Decreto Supremo Nº001-2008-ED, donde se define como la “encargada deformular y proponer políticas de Estado en materia dejuventud, que contribuyan al desarrollo integral de losjóvenes en temas de empleabilidad, mejoramiento de lacalidad de vida, inclusión social, participación y acceso aespacios en todos los ámbitos de desarrollo humano, asícomo promover y supervisar programas y proyectos enbeneficio de los jóvenes”. Que el Consejo Regional de la Juventud de Ucayaliestará conformado por jóvenes de 15 a 29 años (segúnla Ley Nº 27802, pero tomándose en cuenta de ser elcaso, por inclusión, lo indicado por la OMS) provenientesde partidos políticos; asociaciones u organizacionesjuveniles constituidas con actividad organizacionaly proyección social de dos años como mínimo;universidades, institutos superiores pedagógicosy tecnológicos, e instituciones educativas de nivelsecundario, tanto públicos como privados; comunidadescampesinas, comunidades indígenas; población condiscapacidad; organizaciones deportivas; iglesias decada grupo religioso; centros juveniles de prevención dedrogas; trabajadores de los sectores público y privado;agrupaciones culturales, constituidas y que demuestrensu vida organizacional y su proyección social como loindicado líneas arriba; centros de educación ocupacionaly centros educativos técnico-productivos; así comopor regidores, trabajadoras del hogar, y los demásinvolucrados. El Consejo Regional de la Juventud a partirde su conformación tendrá como periodo de dos años,para luego volver a conformarse. De conformidad con las facultades conferidas por laConstitución Política del Estado, con los Artículos 9º y10º de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, Ley

47

Nº 27867; modificado por las Leyes Nº 27902, Nº 28968,Nº 29053 y demás normas complementarias, con elReglamento Interno del Consejo Regional de Ucayali,en Sesión Ordinaria de fecha 21 de febrero del 2013, elConsejo Regional de Ucayali, con el voto unánime de susConsejeros, aprobó la siguiente Ordenanza Regional.

ORDENA:

Artículo Primero.- CRÉASE el Consejo Regionalde la Juventud de Ucayali como espacio de diálogo,de coordinación, concertación con la juventud, dondeinteractúen las organizaciones involucradas en el temajoven; el sector privado, la sociedad civil y las institucionesdel Estado a fin de proponer políticas, actividades yacciones en materia de juventud ante los órganos degobierno con la finalidad de lograr el desarrollo de lasociedad; y, promover en la juventud el ejercicio de susderechos, deberes y cumplimiento de sus compromisosbajo la cultura de paz, solidaridad y responsabilidad. Artículo Segundo.- Se declara de interés regionalla temática de juventud, adolescencia y niñez, a fin deinstitucionalizar la participación e involucramiento detodos en este proceso a través de las mesas de trabajo,reuniones, encuentros, y otras actividades que permitanuna comunicación fluida entre la población y el gobierno yse definan propuestas para sus desarrollo. Artículo Tercero.- Fines y Objetivos.- El ConsejoRegional de la Juventud tiene como objetivo tener unespacio de sinergia y diálogo para la formulación depropuestas de políticas públicas a favor de la juventudy personas en situaciones vulnerables como niños/asy adolescentes, con enfoque de equidad de género,igualdad de oportunidades, derechos humanos, enfoquede derechos e interculturalidad, que se rige por losprincipios de identidad, igualdad de oportunidades,transparencia, participación, concertación, coordinación,representación e interinstitucionalidad democrática en elámbito de la Región Ucayali. La finalidad del Consejo Regional de la Juventud dela Región Ucayali, es coordinar el cumplimiento de laspolíticas que establecen las leyes y normas nacionalese internacionales, en materia de juventud, igualdadde oportunidades, conducentes a lograr que todos losjóvenes, ejerzan libre y plenamente sus derechos civiles,políticos, económicos, sociales, sexuales, ambientalesy culturales. Así como dialogar, proponer, impulsar,fomentar y participar en la formulación de propuestaspúblicas, normas, programas, planes, proyectos yacciones concretas, orientadas a resolver la problemáticade la juventud, con enfoque de equidad de género eigualdad de oportunidades, con prioridad en las zonasrurales marginales de la provincia, basada en democraciaparticipativa.

Artículo Cuarto.- De los Objetivos El Consejo Regional de la Juventud de la RegiónUcayali, tiene los siguientes objetivos:

a) Dialogar entre el Estado y la Sociedad Civil, laformulación propuestas de políticas, normas, planes,programas, proyectos que coadyuven a la solución deproblemáticas de la juventud. b) Promover la implementación y ejecución de laspolíticas nacionales, regionales y locales existentes enmateria de juventud. c) Vigilar la implementación y cumplimiento de lalegislación y normatividad existentes en materia dejuventud. d) Promover la producción de información einvestigación de las actividades, necesidades y problemasde la juventud. e) Promover la participación responsable y solidariade los jóvenes dentro del marco de la cultura de paz,institucionalidad democrática y descentralizada. f) Contribuir a la coordinación de las políticas públicas,planes y acciones juveniles en la región. g) Informar a la sociedad sobre los resultados de laspolíticas y planes aprobados e implementados en materiade juventud; asimismo cada miembro del Consejo Regionalde la Juventud informará respecto a su participación ylas acciones realizadas como parte de sus funciones yresponsabilidades. h) Otros que indiquen su reglamento.

Page 50: Consejo Regional de La Juventud Word

Normas Legales del 08.05.2013

Artículo Quinto.- Para el cumplimiento de susfunciones, el Consejo Regional de la Juventud, tiene lasiguiente Estructura:

- Consejo Directivo de la Juventud.- Comité Técnico Regional.- Asamblea.

Artículo Sexto.- Del Consejo Directivo de laJuventud El Consejo Directivo es el órgano de dirección deldiálogo y la agenda que resulte de la concertación dela asamblea o del consejo directivo o del comité técnicoregional, y está compuesto por un consejero regionaldesignado por el Consejo Regional en mérito a su funciónde representación, normativo y fiscalizador al ser elegidospor voto popular; un funcionario designado por el PresidenteRegional en mérito a su función técnica y ejecutiva,quien dará el soporte institucional correspondiente; y unmiembro de la asamblea, designado por la misma; todospor el período de un año.

Artículo Séptimo.- Del Comité Técnico Regional El Comité Técnico Regional, es el órgano deasesoramiento y consulta que recibe, evalúa, coadyuvaa formular y proponer políticas, iniciativas legislativas,programas, planes y proyectos orientados a la promocióny desarrollo social, económico y ambiental de los jóvenes,con enfoque de género e igualdad de oportunidades,desarrollo humano e interculturalidad. Está conformado por:

- Una representante de la Dirección Regional deEducación. - Un o una representante de la Dirección Regional deTrabajo y Promoción del Empleo. - Un o una representante de la Dirección Regional deSalud. - Un o una representante del Ministerio Público. - Un o una representante del Poder Judicial. - Un o una representante de la Policía Nacional. - Un o una representante de la Gerencia de DesarrolloEconómico. - Un o una representante de la Gerencia de RecursosNaturales. - Un o una representante de la Universidad Nacionalde Ucayali. - Un o una representante de la Universidad NacionalIntercultural de la Amazonía. - Un o una representante del Instituto TecnológicoSuiza. - Un o una representante de los CETPROS. - Un o una representante de la Gerencia de DesarrolloSocial.

Artículo Octavo.- Asamblea Es el espacio de concertación y participacióndemocrática de los jóvenes, instituciones y organismosinvolucrados en temas de juventud en el que se definenlas propuestas y acciones del Consejo Regional de laJuventud. La asamblea puede designar a uno de susmiembros para que integre el consejo directivo por temaespecífico o en general. Y está conformado por:

1) Los miembros del Consejo Directivo. 2) Los miembros del Comité Consultivo. 3) Un representante de cada una de las direccionesregionales sectoriales: Educación, Trabajo y Promoción delEmpleo, Salud, Comercio Exterior y Turismo, Producción,Agricultura y demás que se consideren pertinentes.La participación de los representantes sectorialespermitirá que las respectivas instituciones se involucrene incorporen en sus planes operativos acciones dirigidashacia la población joven. 4) Un representante del Ministerio de la Mujer yDesarrollo Social. 5) Un representante de las universidades, unrepresentante de los institutos superiores de la región,y dos representantes de los CETPROS el cual seránelegidos a través de la Dirección Regional de Educación. 6) Un representante de autoridades jóvenesdistritales. 7) Un representante de cada uno de los siguientesestamentos juveniles: (01) organizaciones juveniles, (01)

48

políticas, (01) sociales, (01) culturales, (01) deportivas,(01) religiosos evangélicos por cada provincia, (01)religiosos católicos por cada provincia, (01) religiososadventistas por cada provincia, (01) religiosos testigos deJehová por cada provincia, (01) de otras congregacionespor cada provincia, (01) ambientales, (01) comunidadescampesinas, (01) comunidades indígenas, (01) habilidadesdiferentes, (01) organización de mujeres, (05) de losmunicipios escolares de la provincia de Coronel Portillo,(01) municipios escolares de la provincia de Padre Abad,(01) municipios escolares de la provincia de Purús, (02)municipios escolares de la provincia de Atalaya, (01)de las escuelas agropecuarias, (02) escuelas privadas,(09) representantes del quinto superior de los colegiossecundarios de acuerdo al porcentaje de los representantesde los municipios escolares por provincia, (01)organizaciones de jóvenes agrícolas, (01) organizacionesde jóvenes trabajadores, (01) organizaciones de jóvenesemprendedores, (01) organizaciones de ciencia ytecnología juvenil, (01) organizaciones de jóvenes einnovación, (01) organizaciones de comunicación parael desarrollo de jóvenes, (01) organizaciones de jóvenesdedicados al comercio e industria; (02) ONG o AsociaciónCivil que demuestren trabajo en el tema juvenil por másde 4 años y un representante de UNICEF.

La conformación del Consejo Regional de la Juventudserá conforme a los fundamentos expuestos en el cuerpode la presente ordenanza. Artículo Noveno.- El Presidente Regional designaráal funcionario correspondiente, quien tendrá el nivel degerente, para que conforme el Consejo Directivo, quienrealizará las labores de soporte institucional y asistenciatécnica al Consejo Regional de la Juventud. Artículo Décimo.- ENCÁRGUESE a la GerenciaRegional de Desarrollo Social la publicación de la presenteOrdenanza Regional en el Diario Oficial “El Peruano”, y enun diario de circulación regional; asimismo encargar a laOficina de Sistemas, su difusión en el portal electrónicodel Gobierno Regional del Departamento de Ucayali(www.regionucayali.gob.p) . Artículo Décimo Primero.- DISPENSAR la presenteOrdenanza Regional del trámite de lectura y aprobacióndel acta. Comuníquese al señor Presidente del GobiernoRegional de Ucayali para su promulgación.

En Ucayali, a los veintiún días del mes de febrero delaño dos mil trece.

EDWIN ACHO CHAVEZConsejero DelegadoConsejo Regional

POR TANTO:

Mando se publique y cumpla.

Dado en la Sede Central del Gobierno Regional deUcayali, a los veintisiete días del mes de febrero del añodos mil trece.

CARLOS F. HENDERSON LIMAPresidente Regional (e)

933273-1

GOBI ERNOS LOCALES

MUNICIPALIDAD

METROPOLITANA DE LIMA

ORDENANZA N° 1697

LA ALCALDESA METROPOLIANA DE LIMA

Page 51: Consejo Regional de La Juventud Word

Normas Legales del 08.05.2013

POR CUANTO

EL CONCEJO METROPOLITANO DE LIMA

Visto en Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 30de abril del 2013, los Dictámenes Nos. 101-2013-MML-CMAEO y 11-2013-MML-CMMASBS de las ComisionesMetropolitanas de Asuntos Económicos y Organización yde Medio Ambiente Salud y Bienestar Social;

Aprobó la siguiente:Mando se registre publique y cumpla.

ORDENANZAEn Lima, 30 de abril de 2013.

QUE CREA EL CENTRO INTEGRAL DE ATENCIÓNAL ADULTO MAYOR (CIAM) DE LA MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE LIMA

Artículo 1º.- Creación del Centro Integral deAtención al Adulto Mayor (CIAM) de la MunicipalidadMetropolitana de Lima Créase el Centro Integral de Atención al Adulto Mayor(CIAM) de la Municipalidad Metropolitana de Lima comouna instancia adscrita a la Gerencia de Desarrollo Social,con el objetivo de brindar una atención integral a laspersonas adultas mayores para mejorar su calidad devida, garantizando la inclusión de las personas adultasmayores con discapacidad y a las familias que tienen asu cargo personas adultas mayores con dependencia. ElCentro Integral de Atención al Adulto Mayor favorecerála participación activa, concertada y organizada delas personas adultas mayores y otros actores de sujurisdicción.

Artículo 2°.- Finalidad El Centro Integral de Atención al Adulto Mayor (CIAM)de la Municipalidad Metropolitana de Lima tiene porfinalidad:

a) Favorecer y facilitar, la participación activa,concertada y organizada de las personas adultas mayoresy otros actores de la jurisdicción. b) Fomentar el desarrollo de lazos de mutuoconocimiento y amistad. c) Promover la identificación de problemasindividuales, familiares o locales. d) Promocionar la atención y prevención de losproblemas de salud más comunes. e) Fomentar la realización de actividades de carácterrecreativo. f) Fomentar la organización de talleres de autoestima,de prevención del maltrato, de mantenimiento de lasfunciones cognitivas y prevenir enfermedades crónicas. g) Promover el desarrollo de actividades dealfabetización. h) Promover talleres de manufactura y habilidadeslaborales. i) Promover eventos sobre la problemática local delas personas adultas mayores y alternativas de solución. j) Promover un trato diligente, respetuoso y solidariocon las personas adultas mayores. k) Promover la asociatividad de las personas adultasmayores a través de la creación y fortalecimiento de susorganizaciones. l) Promover la suscripción de convenios decolaboración interinstitucional, con instituciones públicas oprivadas, en el marco de la Ley N° 28803 y su Reglamentoy la Ley Orgánica de Municipalidades. m) Otras que la Alcaldía Metropolitana considerenecesarias para el cumplimiento de los objetivos del CentroIntegral de Atención al Adulto Mayor, sin desnaturalizar laLey Nº 28803 – Ley de las Personas Adultas Mayores.

Artículo 3°.- El Centro Integral de Atención al AdultoMayor (CIAM) de la Municipalidad Metropolitana deLima, implementará de manera progresiva serviciosbásicos en salud, sociales, psicofísicos, psicológicos ylegales. Artículo 4°.- El Centro Integral de Atención al AdultoMayor (CIAM) de la Municipalidad Metropolitana de Lima,estará adscrito a la Gerencia de Desarrollo Social, a cargode un profesional con formación y experiencia en trabajocon personas adultas mayores.

SUSANA VILLARÁN DE LA PUENTEAlcaldesa

933648-1

49

Artículo 5º.- Encargar a la Gerencia de DesarrolloSocial realizar las acciones administrativas del caso, a finde dar adecuado cumplimiento a la presente Ordenanza. Artículo 6º.- La presente Ordenanza entrará envigencia al día siguiente de su publicación en el DiarioOficial “El Peruano”, así como en el Portal Institucional dela Municipalidad Metropolitana de Lima (www.munlima.gob.pe).

POR TANTO:

MUNICIPALIDAD DE

CIENEGUILLA

ORDENANZA Nº 179-2013-MDC

Cieneguilla, 27 de abril de 2013

EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITALDE CIENEGUILLA.

VISTO; en Sesión Ordinaria de Concejo de la fecha,el Informe Nº 031-2013-GPP/MDC de la Gerencia dePlanificación y Presupuesto, el Informe Nº 056-2013-GAJ-MDC de la Gerencia de Asesoría Jurídica, el Proveído Nº068-2013-GM-MDC de la Gerencia Municipal, referido alproyecto de Ordenanza que aprueba el Reglamento delProceso de Presupuesto Participativo para el Año Fiscal 2014de la Municipalidad Distrital de Cieneguilla; de conformidada lo establecido en la Ley Orgánica de Municipalidades, LeyNº 27972 los miembros integrantes del Concejo Municipalpor Unanimidad, han dado la siguiente:

ORDENANZA QUE APRUEBA EL REGLAMENTO DEL PROCESO DE PRESUPUESTO PARTICIPATIVO PARAEL AÑO FISCAL 2014 DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CIENEGUILLA

Artículo Primero.- APROBAR el Reglamentodel Proceso de Presupuesto Participativo Basado enResultados para el Año Fiscal 2014 de la MunicipalidadDistrital de Cieneguilla, el mismo que forma parteintegrante de la presente Ordenanza y cuyo texto íntegroserá publicado en la página web de la entidad: www.municieneguilla.gob.pe. Artículo Segundo.- ENCARGAR el cumplimiento dela presente ordenanza a la Gerencia Municipal, SecretaríaGeneral, Gerencia de Planificación y Presupuesto,Gerencia de Desarrollo Urbano y Rural, Gerencia deDesarrollo Social y la Subgerencia de Comunicaciones eImagen Institucional. Artículo Tercero.- FACULTAR al Alcalde, para quemediante Decreto de Alcaldía dicte las DisposicionesComplementarias, Ampliatorias Reglamentarias a lapresente Ordenanza Municipal. Artículo Cuarto.- DISPONER la publicación de lapresente Ordenanza Municipal en el Diario Oficial ElPeruano.

Regístrese, publíquese, comuníquese y archívese.

EMILIO A. CHAVEZ HUARINGAAlcalde

933843-1

Page 52: Consejo Regional de La Juventud Word

Normas Legales del 08.05.2013

POR CUANTO:

50

VISTOS: El Informe Nº 066/DVS-PSDOAM/MDP/2012de la División de Salud, Programas Sociales, Demuna,Omaped y Adulto Mayor e Informe Nº 1015-2012/OAJ/MDP de la Oficina de Asesoría Jurídica.

CONSIDERANDO:

Que, la Constitución Política del Perú en su Artículo194º establece que las Municipalidades son órganosde gobierno local, con autonomía política, económica yadministrativa en los asuntos de su competencia; Que la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidadesestablece como funciones específicas exclusivas delas Municipalidades Distritales; organizar, administrar yejecutar los programas locales de asistencia, proteccióny apoyo a la población en riesgo de adultos mayores ensituación de discriminación; Que, asimismo, la referida Constitución en su Artículo4º precisa que la comunidad y el Estado protegen, entreotros, a los ancianos en situación de abandono; Que, la Ley Nº 28803 Ley de las Personas AdultasMayores definen en su Artículo 2º que debe entendersepor personas adultas mayores a todas aquellas quetengan 60 o más años de edad; Que de conformidad con el primer párrafo delArtículo 8º de la precitada Ley del Ministerio de laMujer y Poblaciones Vulnerables (MIMP) promueve através de la Dirección de Personas Adultas Mayoresla Creación de los Centros Integrales de atenciónal Adulto Mayor (CIAM) en las MunicipalidadesProvinciales y Distritales; En uso de las facultades conferidas por la ConstituciónPolítica del Perú y la Ley 27972 – Ley Orgánica deMunicipalidades, el Concejo Municipal ha aprobado lasiguiente Ordenanza:

ORDENANZA MUNICIPAL QUE CREA EL CENTRO INTEGRAL DE ATENCIÓN AL ADULTOMAYOR – CIAM EN LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE PUCUSANA

Artículo 1º.- Constitúyase el Centro Integral deAtención al Adulto Mayor en la Municipalidad dePucusana con el objetivo de brindar una atención Integrala las personas adultas mayores, para mejorar su calidadde vida e integrarlos plenamente al desarrollo social,económico, político y cultural de nuestra comunidad,implementando para ello en forma progresiva, diversosservicios y programas. Dando cumplimiento a lo establecido en la LeyNº 28803 Ley de las Personas Adultas Mayores y suReglamento. Artículo 2º.- ENCARGAR el cumplimiento dela presente Ordenanza a la Gerencia Municipal,Dirección de Desarrollo Económico y Social, Divisiónde y Unidad de Informática, la difusión de la presenteOrdenanza.

Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.

PEDRO PLABLO FLORIAN HUARIAlcalde

933404-1

DECRETO DE ALCALDÍA Nº 005-2013-A-MDC

Cieneguilla, 29 de abril de 2013

EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITALDE CIENEGUILLA

VISTO:

El Informe Nº 036-2013-GPP/MDC de fecha 29 deabril del 2013, referente al Cronograma de Actividadesdel Proceso Presupuesto Participativo 2014 que deberáser de cumplimiento por el Equipo Técnico y AgentesParticipantes de dicho Proceso Participativo, y;

CONSIDERANDO:

Que, de conformidad al artículo 53º de la Ley Nº27972 – Ley Orgánica de Municipalidades, señalaque las Municipalidades se rigen por presupuestosparticipativos anuales como instrumentos deadministración y gestión, los cuales se formulan,aprueban y ejecutan conforme a la ley de la materiay en concordancia con los planes de desarrolloconcertados de su jurisdicción; Que, de acuerdo al Capítulo II “Fases del proceso dePresupuesto Participativo” del Instructivo Nº 001-2010-EF/76.01 – Instructivo para el Presupuesto ParticipativoBasado en Resultados, aprobado mediante ResoluciónDirectoral Nº 007-2010-EF/76.01 de fecha 26 de marzo de2010, la Gerencia de Planificación y Presupuesto, remiteel Cronograma de Actividades del Proceso PresupuestoParticipativo 2014; Que, mediante Ordenanza Nº 179–2013-MDC defecha 27 de abril de 2013, se aprobó el Reglamento delProceso Presupuesto Participativo para el año 2014 dela Municipalidad Distrital de Cieneguilla; estableciendo ensu Segunda Disposición Complementaria y Final que elcronograma de dicho proceso será aprobado medianteDecreto de Alcaldía; Estando a lo expuesto y en uso de las facultadesconferidas por el numeral 6) del artículo 20º y el artículo42º de la Ley Orgánica de Municipalidades – Ley Nº 27972y la Ordenanza Nº 134-2011– MDC;

DECRETA:

Artículo Primero.- Aprobar el cronograma deActividades del Proceso Presupuesto Participativo 2014,según el cuadro adjunto que forma parte integrante delpresente Decreto de Alcaldía. Artículo Segundo.- Encargar al Gerente dePlanificación y Presupuesto y demás miembros del EquipoTécnico del Proceso Presupuesto Participativo 2014, elcumplimiento del presente Decreto de Alcaldía en cuantole corresponda. Artículo Tercero.- Disponer la publicación delpresente Decreto de Alcaldía, en el Diario Oficial delEstado Peruano y en la página web de la MunicipalidadDistrital de Cieneguilla – www.municieneguilla.gob.pe.

Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase.

EMILIO A. CHÁVEZ HUARINGAAlcalde

933846-1

MUNICIPALIDAD DE

PUENTE PIEDRA

MUNICIPALIDAD DE PUCUSANA

ORDENANZA Nº 217-MDPP

ORDENANZA Nº 123-2012/MDP

Pucusana, 4 de diciembre del 2012

Puente Piedra, 30 de abril de 2013

EL CONCEJO MUNICIPAL DE PUENTE PIEDRA;

Page 53: Consejo Regional de La Juventud Word

Normas Legales del 08.05.2013

VISTO: En Sesión Extraordinaria de la fecha, elproyecto de Ordenanza de Extinción de deudas tributariasy no tributarias de cobranza dudosa o recuperaciónonerosa, los Informes Nros. 028-2013-SGREC-GAT-MDPP del Subgerente de Recaudación y EjecutoríaCoactiva, 131-2013-GAT-MDPP de la Gerencia deAdministración Tributaria y 107-2013-MDPP/GAJ de laGerencia de Asesoría Jurídica; y el Memorándum Nº 473-2013-GM-MDPP de la Gerencia Municipal y;

CONSIDERANDO:

Que, conforme a lo establecido en el artículo 194ºde la Constitución Política del Perú, modificado porla Ley Nº 27630, Ley de la Reforma Constitucional,las Municipalidades gozan de autonomía, política,económica y administrativa en los asuntos de sucompetencia; Que, el Artículo 40º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánicade Municipalidades en concordancia con el numeral 4)del Artículo 200º de la Constitución Política del Estado,establece que las Ordenanzas Municipales, son lasnormas de carácter general de mayor jerarquía en laestructura normativa municipal por medio de las cuales seaprueba la materias en las cuales ésta tiene competencia,cuyo rango es equivalente a la Ley; Que, el Artículo 74º de la Constitución Política del Perú,otorga potestad tributaria a los Gobiernos locales, la mismaque, es reconocida de conformidad a lo establecido en laNorma IV del Título preliminar del Decreto Supremo Nº135-99-EF- Texto Único Ordenado del Código Tributariomodificado por Decreto Legislativo Nº 953, así como en elArtículo 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades, LeyNº 27972, los Gobiernos Locales mediante Ordenanzas,pueden crear, modificar y suprimir los arbitrios, tasas,licencias, derechos y contribuciones o exonerar de ellos,dentro de su jurisdicción, dentro de los límites establecidospor Ley; Que, de conformidad con el Artículo 27º del TUO delCódigo Tributario, aprobado por el Decreto SupremoNº 135-99-EF, modificado por Decreto Legislativo Nº953, las deudas de cobranza dudosa son aquellas queconsten en la respectiva Resolución u Órdenes de Pago yrespecto de las cuales se han agotado todas las accionescontempladas en el procedimiento de Cobranza Coactivasiempre que sean posibles ejecutarlas. Las deudasde recuperación onerosa son aquellas que consten enla respectiva Resolución u Órdenes de Pago y cuyosmontos no justifiquen su cobranza y aquellas que han sidoautoliquidadas por el deudor tributaria y cuyo saldo nojustifique la emisión de Resoluciones u Orden de pago delacto respectivo, siempre que no se traten de deudas queestán en un aplazamiento y/o fraccionamiento de caráctergeneral y/o particular; Que, el Decreto Supremo Nº 022-2000-EF publicadocon fecha 11 de marzo de 2000, estableció que laadministración tiene facultad de declarar como deudas derecuperación onerosa las deudas que administre y querecaude y que cumplan con los criterios que para tal efectofije mediante Resolución de la Administración Tributaria; Que, en tal sentido resulta conveniente dar laspautas necesarias para el ejercicio de la facultad dela Administración Tributaria para declarar las deudastributarias como de Recuperación onerosa o de CobranzaDudosa; Que, de conformidad con el Artículo 12º concordantecon el Artículo 16º de la Ley Nº 26979, Ley de Procedimientode Ejecución Coactiva, y modificada por las Leyes Nºos.28165 y 28892, las deudas por multas administrativas,nacidos en virtud de una relación jurídica de derechopúblico, son objeto de extinción así como de prescripciónde acuerdo a los plazos señalados en el Artículo 233º deLa Ley de Procedimiento Administrativo General - Ley Nº27444; Que, asimismo, los Artículos 11º y 27º de la Ley Nº26979 antes señalada, contemplan la cobranza onerosa,teniendo como base el principio de economía procesalprevisto en la Ley de Procedimiento AdministrativoGeneral, señalando que el monto base para la cobranzaonerosa deberá ser el establecido por la Entidad; Que, conforme al Artículo 43º del TUO del CódigoTributario, la acción de la Administración Tributaria paraexigir el pago de la deuda tributaria prescribe a los cuatro(04) años y a los seis (06) años para quienes no hayanpresentado la declaración respectiva, así como a los diez

51

(10) años cuando el Agente de retención o percepción noha pagado el tributo retenido o percibido; Que, en este sentido una vez transcurrido el plazocorrespondiente de prescripción, la Administraciónse encuentra impedida de ejercer cualquier acciónde cobranza, por lo que se entienden agotadas lasacciones contempladas en el Procedimiento de CobranzaCoactiva; Que, en el Informe Nº 028-2013-SGREC-2013-GAT/MDPP de la Subgerencia de Recaudación y EjecutoríaCoactiva adjuntó el proyecto de Ordenanza que señala quela intención de clasificar a determinadas deudas como decobranza dudosa o de recuperación onerosa, es extinguirtales deudas debido a que un importante porcentaje nopueden ser cobradas o no conviene cobrarles por subajo monto o su cobranza es prácticamente imposible,tomando en cuenta que habiendo transcurrido el plazode prescripción, la Administración Tributaria se encuentraimpedida de ejercer cualquier acción de cobranza, por loque se entienden agotadas las acciones contempladas enla Ley de Procedimiento de Ejecución Coactiva; Que, asimismo, dicho informe señala queadicionalmente tales deudas, incrementan los saldos porcobrar en forma ficticia, creando falsas expectativas deingresos para la Administración en la medida que no puedeo no le es rentable cobrarlas, por lo que correspondanque dichas deudas se extingan y se sincere la carteratributaria y no tributaria pendiente de pago, obteniéndosede esta forma deudas con probabilidades reales de sercobradas y que lo obtenido no sea menor a los costos queorigine su cobranza; Que, en el Informe Nº 107-2013-GAJ-MDPP de laGerencia de Asesoría Jurídica opina que resulta viableque el Concejo Municipal de Puente Piedra, apruebe elProyecto de Ordenanza Municipal que regula la extinciónde las deudas de cobranza dudosa o de recuperaciónonerosa de la Municipalidad Distrital de Puente Piedra; Estando a lo dispuesto en el Artículo 9º numeral 9)y el Artículo 40º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica deMunicipalidades, se aprobó POR UNANIMIDAD lo siguiente:

ORDENANZA QUE REGULA LA EXTINCIÓN DE DEUDASDE COBRANZA DUDOSA O DE RECUPERACIÓN ONEROSA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE PUENTE PIEDRA

Artículo Primero.- APROBAR, la Ordenanza queregula la Extinción de Deudas de Cobranza Dudosa ode Recuperación Onerosa de la Municipalidad Distritalde Puente Piedra, la misma que consta de quince (15)artículos, tres (03) disposiciones finales y que como anexoforma parte de la presente Ordenanza. Artículo Segundo.- ENCARGAR, a la Gerencia deAdministración Tributaria, Sub Gerencia de Recaudacióny Ejecutoría Coactiva, Gerencia de Informática y GobiernoElectrónico, el cumplimiento de lo dispuesto en la presenteOrdenanza, debiendo publicar esta última el texto completode la presente Ordenanza en el portal institucionalde la Municipalidad Distrital de Puente Piedra www.munipuentepiedra.gob.pe. y en el Portal de Servicios alCiudadano y empresas www.serviciosal ciudadano.gob.pe.

POR TANTO:

Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.

ESTEBAN F. MONZON FERNANDEZAlcalde

934237-1

MUNICIPALIDAD DEL RIMAC

ORDENANZA Nº 331-MDR

EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITALDEL RÍMAC

Page 54: Consejo Regional de La Juventud Word

Normas Legales del 08.05.2013

POR CUANTO:

EL CONCEJO MUNICIPAL DEL DISTRITAL DELRÍMAC

Visto, en Sesión Ordinaria de Concejo de fecha24 de abril de 2013, Memorándum Nº 119-2013-GDU-MDR de fecha 23 de abril de 2013 de la Gerencia deDesarrollo Urbano, Informe Nº 431-2013-SGCUCOP-GDU-MDR de fecha 23 de abril de 2013 de laSubgerencia de Control Urbano, Catastro y ObrasPrivadas, Memorándum Nº 040-2013-GDEL-MDR defecha 04 de abril de 2013 de la Gerencia de DesarrolloEconómico Local, Informe Nº 039-2013-SGDC-GDEL/MDR de fecha 02 de abril de 2013 de la Subgerenciade Defensa Civil, Informe Nº 428-2012-GAJ-MDR defecha 13 de junio de 2012 de la Gerencia de AsesoríaJurídica; con el voto unánime de los señores Regidoresy con la dispensa del trámite de aprobación del Acta; elConcejo aprobó la siguiente:

ORDENANZA QUE DECLARA COMO ZONA NOHABITABLE LAS ZONAS ALTAS DE LOS CERROS UBICADOS EN EL DISTRITO DEL RÍMAC

Artículo Primero.- Declárese como Zona NoHabitable, las partes altas de los cerros del distrito delRímac, espacios territoriales ubicados por encima delos Asentamientos Humanos, Pueblos Jóvenes y otrasOrganizaciones Territoriales, debidamente formalizados,ubicados en las laderas de los cerros. Artículo Segundo.- Declárese, a las partes altas delos cerros del distrito del Rímac, con la Zonificación PTP(Zona de Protección y Tratamiento Paisajístico). Artículo Tercero.- Prohíbase la ocupación de áreasde pendiente pronunciada, calificadas como Zona deProtección y Tratamiento Paisajista, así como de áreasdeclaradas como zonas de riesgo por INDECI a fin deevitar posibles riesgos físicos. Artículo Cuarto.- Dispóngase la ejecución deactividades que determinen la identificación de laszonas en las que en la actualidad se encuentren siendoocupadas y su empadronamiento de las viviendas que seencuentran ahí ubicadas para poder plantear alternativasde reubicación.

DISPOSICIONESCOMPLEMENTARIAS

Primera.- La presente Ordenanza rige a partir deldía siguiente de su publicación en el Diario Oficial ElPeruano, facultándose al señor Alcalde para que a travésde Decreto de Alcaldía, proceda a su reglamentación quecorresponda. Segunda.- Dispóngase que la Gerencia de DesarrolloUrbano y la Subgerencia de Programación de la Inversión,elaboren proyectos de arborización, recubrimiento vegetal,tratamiento paisajista y de protección y de seguridad físicaen las zonas altas de los cerros del distrito, declaradascon Zonificación PTP. Tercera.- Encárguese a la Gerencia Municipal,Gerencia de Desarrollo Urbano, Gerencia de ParticipaciónVecinal, Gerencia de Servicios a la Ciudad y MedioAmbiente, Gerencia de Planificación y Presupuesto,Gerencia de Administración y Finanzas, las accionescorrespondientes a fin de implementar las acciones parael cumplimiento de la presente Ordenanza.

POR TANTO:

Mando se regístrese, publíquese, comuníquese ycúmplase.

Dado en el Palacio Municipal a los veinticuatro díasdel mes de abril del dos mil trece.

ENRIQUE PERAMAS DÍAZAlcalde

933937-1

52

MUNICIPALIDAD DE SAN

JUAN DE LURIGANCHO

ACUERDO DE CONCEJO Nº 026

San Juan de Lurigancho, 6 de mayo de 2013

EL CONCEJO MUNICIPAL DE SAN JUANDE LURIGANCHO

VISTO:

En Sesión Extraordinaria de Concejo de la fecha, laCarta Nº 012-2013-R-DNES-P-CAJFyT/MDSJL de fecha27.02.2012 que contiene el Dictamen Nº 001-2013-CAJFyT-MDSJL de la Comisión de Asuntos Jurídicos,Fiscalización y Transparencia con sus respectivosactuados y antecedentes, y;

CONSIDERANDO:

Que, el Artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº27972 - Ley Orgánica de Municipalidades, estableceque los gobiernos locales gozan de autonomía política,económica y administrativa en los asuntos de sucompetencia; Que, el numeral 3º del Artículo 84º del ReglamentoInterno del Concejo Distrital de San Juan de Lurigancho,aprobado mediante Ordenanza Nº 134, publicada en elDiario Oficial El Peruano con fecha 28.02.2008 señalaque corresponde a la Comisión de Asuntos Jurídicos,Fiscalización y Transparencia, normar, fiscalizar ypronunciarse sobre los asuntos relacionados con lavacancia y suspensión del Alcalde y Regidores delConcejo; Que, mediante Oficio Nº 051-2013-SG/MDSJL de fecha15 de enero de 2013, la Secretaría General, conforme alo señalado en el Acuerdo de Concejo Nº 002 de fecha09 de enero del 2013, remite el documento con RegistroNº 74979-S1-2012 mediante el cual el vecino ChristianLuis Sotelo Fernández solicita la suspensión del cargo deregidor del Concejo Municipal de San Juan de Luriganchodel Sr. Jesús Maldonado Amao por haber incurrido enla falta grave prevista en el literal o) del artículo 51º delReglamento Interno de Concejo; Que, mediante escrito signado con el número deRegistro Nº 74979-S1-2012 el vecino Christian LuisSotelo Fernández, manifiesta que el regidor JesúsMaldonado Amao abandonó el país, sin autorización delconcejo municipal, descuidando sus funciones inherentesal cargo, habiendo impedido el normal funcionamiento delas actividades de la Corporación Municipal, precisamenteha dejado sin Presidente a la Comisión de Economía yRentas; así como a la Comisión de Medio Ambiente; y,sin miembro titular a la Comisión de Servicios PúblicosLocales de la Municipalidad de San Juan de Luriganchodel 19 al 24 de octubre del 2011, dicho abandono delpaís sin autorización del concejo municipal se encuentraprevista como falta grave, en el literal o) del artículo51º del Reglamento Interno de Concejo, por cuanto,antojadizamente no puede salir fuera del país y paralizarel normal desarrollo y funcionamiento de la Comisiónde Economía y Rentas, Comisión de Medio Ambiente yla Comisión de Servicios Públicos Locales, comisionesde trabajo aprobados por Acuerdo Nº 003 de fecha11.01.2011; Que, mediante el Acuerdo de Concejo Nº 003 de fecha11.01.2011 se aprueba el Cuadro de Comisiones Ordinariasdel Concejo Municipal de San Juan de Lurigancho parael año 2011 en el cual se verifica que el regidor JesúsMaldonado Amao ostentaba el cargo de Presidente de laComisión de Economía y Rentas, Vicepresidente de laComisión de Servicios Públicos Locales y Presidente dela Comisión de Medio Ambiente; Que, mediante Oficio 0002-2013-R-DNES-P-CAJFyT-MDSJL la Comisión de Asuntos Jurídicos, Fiscalización yTransparencia solicitó a la Superintendencia Nacional deMigraciones el Certificado de Movimiento Migratorio del

Page 55: Consejo Regional de La Juventud Word

Normas Legales del 08.05.2013

año 2011 del regidor Jesús Maldonado Amao, remitiendodicha entidad mediante Oficio M/M Nº 000804-2013-IN-1601-UNICA el solicitado Movimiento Migratorio en el cualse confirma mediante documento público que el regidorJesús Maldonado Amao se encontraba fuera del país del19 al 24 de octubre del 2011; Que, mediante Carta Nº 001-2013-SG-MDSJL laSecretaría General informa que no existe solicitud delicencia para ausentarse del pais ni acuerdo de concejoalguno mediante el cual se haya otorgado licenciao permiso al regidor Jesús Maldonado Amao paraausentarse del país del 19 de octubre al 24 de octubredel 2011, asimismo, informa que tampoco se encuentra entrámite solicitud alguna que regularice su salida del país; Que, la Comisión de Asuntos Jurídicos, Fiscalizacióny Transparencia citó para el día viernes 25 de enero del2013 a horas 09:30 a.m. al Sr. Jesús Maldonado Amao,para que brinde su manifestación en el presente caso, yejerza personalmente su derecho de defensa, el mismoque no asistió a dicha citación; Que, la Comisión de Asuntos Jurídicos, Fiscalizacióny Transparencia citó para el día viernes 25 de enerodel 2013 a horas 10:30 a.m. al Sr. Christian Luis SoteloFernández, para que brinde su manifestación en elpresente caso, el mismo que asistió a dicha citación, en lacual se ratificó en todos sus extremos sobre la carta queenvió a la Municipalidad; Que, mediante Citación de fecha 25 de enero del2013, la Comisión de Asuntos Jurídicos, Fiscalizacióny Transparencia cita para el día Lunes 04 de febrero ahoras 09:00 a.m. al Sr. Jesús Maldonado Amao para quebrinde su manifestación en el presente caso, y ejerzapersonalmente su derecho de defensa, el mismo queasistió a dicha citación manifestando que no solicitólicencia al concejo municipal para salir fuera del paíspor el periodo comprendido del 19 al 24 de octubre del2011, porque no había sesión de concejo municipal y nohabía perjuicio económico a la municipalidad, entre otros.Finalmente, señala que no convocó a sesión a la Comisiónde Economía y Rentas en el periodo comprendido del 19 al24 de octubre de 2011, porque los regidores nunca asistena la comisión y reconoció la importancia de la Comisión deEconomía y Rentas que presidía, la Comisión de ServiciosPúblicos Locales del que era vicepresidente y la Comisiónde Medio Ambiente del que presidía en el año 2011; Que, mediante Informe Nº 077-2013-GAJ/MDSJL laGerencia de Asesoría Jurídica recomienda que se impongasanción disciplinaria al Regidor Jesús Maldonado Amao,por los actos evaluados en el presente caso, según lodispuesto en el artículo 51º y 52º del Reglamento Internode Concejo; Que, en tal sentido, la Comisión de Asuntos Jurídicos,Fiscalización y Transparencia ha emitido el DictamenNº 001-2013 de fecha 26 de febrero de 2013 en la cualseñala que luego de la revisión y evaluación de losargumentos y los hechos expuestos en el presenteprocedimiento, concluye que el regidor Jesús MaldonadoAmao, efectivamente se encontraba fuera del país del 19al 24 de octubre del 2011, de acuerdo al Oficio M/M Nº000804-2013-IN-1601-UNICA emitido por la Direcciónde Movimiento Migratorio y Pasaporte, sin autorizacióndel concejo municipal, puesto que no existe acuerdo deconcejo alguno mediante el cual se le haya otorgadolicencia o permiso para ausentarse fuera del país del 19al 24 de octubre del 2011 como tampoco existe solicitudalguna que regularice su salida del país, de acuerdoa la Carta Nº 001-2013-SG-MDSJL de la SecretaríaGeneral, descuidando sus funciones inherentes al cargo,precisamente ha dejado sin Presidente a la Comisión deEconomía y Rentas; así como a la Comisión de MedioAmbiente; y, sin miembro titular a la Comisión de ServiciosPúblicos Locales de la Municipalidad de San Juande Lurigancho del 19 al 24 de octubre del 2011. Dichoacto realizado por el regidor Jesús Maldonado Amaoconstituye falta grave, según el literal o) del artículo 51ºdel Reglamento Interno de Concejo que establece quese consideran faltas graves, la siguiente conducta: o)Impedir el normal funcionamiento de las actividades dela corporación municipal; y tal como lo prescribe el incisoc) del artículo 52 del Reglamento Interno del ConcejoMunicipal, que establece: “Por los actos de indisciplina, losmiembros del Concejo Municipal pueden ser sancionados,según sean considerados faltas leves o faltas graves: c)Con suspensión sin goce de dietas por un periodo de hastatreinta (30) días naturales, previo dictamen de la comisión

53

correspondiente, en los casos de faltas previstas en elArtículo 51º del presente Reglamento” y en concordanciacon el numeral 4 del Artículo 25º de la Ley Nº 27972 – LeyOrgánica de Municipalidades, la Comisión de AsuntosJurídicos, Fiscalización y Transparencia determina queresulta procedente la suspensión en el cargo de Regidordel Sr. Jesús Maldonado Amao; Que, el Artículo 52º del Reglamento Interno delConcejo Municipal aprobado mediante Ordenanza Nº134, establece las clases de sanciones, según seanconsideradas éstas faltas leves o graves, señalándoseen el Párrafo Segundo que “En la determinación precisade la sanción, quienes deban proponerla actuarán concriterio de conciencia, constituyendo precedente paraser aplicable en casos similares; requiriéndose para lasanción el voto aprobatorio de la mayoría simple de losmiembros que integran el Concejo Municipal”; Estando a lo expuesto, y de conformidad con loestablecido en la Ley Nº 27972 – Ley Orgánica deMunicipalidades, concordante con la Ordenanza MunicipalNº 134, con el Voto Mayoritario del Pleno del ConcejoMunicipal, y con la dispensa de la lectura y trámite deaprobación del Acta;

ACUERDA:

Artículo Primero.- IMPONER la sanción de suspensiónen el ejercicio del cargo de Regidor sin goce de dietaspor un periodo de treinta (30) días naturales al Sr. JesúsMaldonado Amao, como consecuencia de la comisiónde falta grave tipificada en el literal o) del artículo 51º delReglamento Interno de Concejo y de conformidad al literalc) del artículo 52º del Reglamento Interno de Concejo y enconcordancia con el numeral 4 del artículo 25º de la LeyNº 27972- Ley Orgánica de Municipalidades. Artículo Segundo.- DISPONER que se notifique elpresente Acuerdo de Concejo al Sr. Christian Luis SolteloFernández, así como al Regidor Jesús Maldonado Amao. Artículo Tercero.- ENCARGAR a la SecretaríaGeneral la publicación del presente Acuerdo de Concejoen el Diario Oficial El Peruano y el cumplimiento delreferido acuerdo.

Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.

CARLOS JOSE BURGOS HORNAAlcalde

933343-1

MUNICIPALIDAD DE VILLA

MARÍA DEL TRIUNFO

RESOLUCIÓN DE GERENCIA MUNICIPAL Nº 103-2013-GM/MDVMT

Villa María del Triunfo, 26 de abril de 2013

VISTOS:

Visto el Informe Nº 036-2013-SG/MVMT de fecha17 de abril de 2013 y, considerando los alcances delInforme Legal N° 143-2013-GAJ/MVMT de fecha 11 deabril de 2013, para la elección de los representantesde la Sociedad Civil ante el Consejo de CoordinaciónDistrital - CCLD en el distrito de Villa María del Triunfo,y los resultados del proceso electoral para el periodo2013 al 2014.

CONSIDERANDO:

Que, de acuerdo a lo dispuesto por el Artículo 194ºde la Constitución Política del Perú, modificada por laLey Nº 27680 - Ley de la Reforma Constitucional, lasMunicipalidades Provinciales y Distritales son órganos

Page 56: Consejo Regional de La Juventud Word

Normas Legales del 08.05.2013

del Gobierno Local y tiene autonomía política, económicay administrativa en los asuntos de su competencia; Que, la Ley Nº 27783 - Ley de Bases de laDescentralización, establece en el Artículo 17º inciso 17.1que los Gobiernos Locales están obligados a promoverla participación ciudadana en la formulación, debate yconcertación de sus Planes de Desarrollo, presupuestosy en la gestión pública, prescribiendo así mismo, en elArticulo 42º, inciso g), que los gobiernos locales, apruebany facilitan los mecanismos y espacios de participación,concertación y fiscalización de la comunidad en la gestiónmunicipal; Que, la Ley 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades,define en sus Artículos 102º, 103º y 104º la composición,instalación y funciones del Consejo de Coordinación LocalDistrital como órgano de coordinación y concertación delPlan de Desarrollo Distrital Concertado y el PresupuestoParticipativo Distrital; Que, mediante la Ordenanza Nº 130/MVMT, laMunicipalidad Distrital de Villa María del Triunfo reglamentóla conformación, instalación y funcionamiento del Consejode Coordinación Local Distrital de Villa María del Triunfo,y establece en su Artículo 20º que el Comité Electorales el órgano encargado de asumir la organización,dirección y control del proceso electoral, prescribiendo suconformación y funciones en los Artículos 21º y 22º; Que, mediante Ordenanza Nº 158/MVMT de fecha 31de octubre del 2012, se establece la prórroga la Vigenciadel Consejo de Coordinación Local Distrital, hasta elproceso electoral periodo 2013-2014, en concordanciacon el Decreto de Alcaldía N° 001-2013/MVMT de fecha11 de enero de 2013, mediante el cual se aprueba elCronograma de Elecciones de los Representantes de laSociedad Civil ante el Consejo de Coordinación LocalDistrital - CCLD; Que, mediante Acuerdo del Consejo de CoordinaciónLocal Distrital N° 001-2012-CCLD/MVMT se conforma, elComité Electoral para la Elección de los Representantesde la Sociedad Civil ante el Consejo de CoordinaciónLocal Distrital CCLD en el Distrito de Villa María delTriunfo, periodo 2013-2014, disponiendo que el ComitéElectoral establezca el Cronograma de Actividades bajoel cual se desarrollará el proceso electoral, el cual deberáser remitido a la Alcaldesa para su aprobación medianteDecreto de Alcaldía correspondiente, de acuerdo a loestablecido por el artículo segundo de la Ordenanza 158/MVMT; Que, mediante Decreto de Alcaldía N° 001-2013/MVMT se aprueba el cronograma de elección de losrepresentantes de la Sociedad Civil ante el Consejo deCoordinación Local Distrital de Villa María del Triunfo, deacuerdo al detalle que obra en el anexo 01 del presentedecreto; Que, el Comité Electoral, ha comunicado la relaciónde los representantes de las organizaciones de la sociedadcivil ante el Consejo de Coordinación Local Distrital deVilla María del Triunfo, remitiendo copia del Acta Electoralpara la emisión de la respectiva Resolución de Alcaldíade reconocimiento de los mismos, dando a conocer comolista ganadora, según acta de resultados del escrutinioelectoral, la Lista Nº 01, siendo sus integrantes lossiguientes: José Feliberto Irigoin Olivera, Félix Rufinode la Cruz, Dolores Hermenegilda Barzola Talaverano,Gregoria Antonieta Flores Suri, Ethel Diana García

54

Carbajal, Ana Flor Gárate de la Torre Zapata y PedroCárdenas Saldaña, como titulares; Mildren Lilian MattaRamírez y Rosa Rosalía Zapaille Sermeño de Amante,como accesitarios; Que, la Ordenanza Nº 130-2003-MVMT medianteel Artículo 11º prescribe que “los representantesde las organizaciones de la sociedad civil ante elConsejo de Coordinación Local Distrital son elegidosdemocráticamente por un periodo de dos (2) años,contado a partir de su elección”; por lo que se tiene quelos actuales representantes de la sociedad civil ante elConsejo de Coordinación Local, culminan su mandato conla elección de los nuevos representantes de la sociedadcivil; Estando a lo expuesto, y en ejercicio de las facultadesque confiere al Alcalde el numeral 6) y el numeral 20 delArtículo 20º de la Ley Orgánica de Municipalidades LeyNo. 27972, estipula que el Alcalde puede Delegar susatribuciones administrativas en el Gerente Municipal y, elnumeral 11 del artículo 38 de la citada Ley establece comofunciones de Gerencia Municipal emitir Resoluciones deGerencia Municipal en los ámbitos de su competencia.

RESUELVE:

Artículo 1º.- RECONOCER, como Representantes dela Sociedad Civil ante el Consejo de Coordinación LocalDistrital de Villa María del Triunfo periodo 2013-2014, a lassiguientes personas:

A.- TITULARES

Representante1. José Feliberto Irigoin Olivera2. Félix Rufino de la Cruz3. Dolores Hermenegilda Barzola Talaverano4. Gregoria Antonieta Flores Suri5. Ethel Diana García Carbajal6. Ana Flor Gárate de la Torre Zapata7. Pedro Cárdenas Saldaña

ZonaJosé Carlos MariáteguiCercadoInca PachacútecNueva EsperanzaTablada de LurínJosé GálvezNuevo Milenio

B.- ACCESITARIOS

Mildren Lilian Matta RamírezNueva EsperanzaRosa Rosalía Zapaille Sermeño de Amante José Carlos Mariátegui

Artículo 2º.- ENCARGAR a la Secretaria General ySub Gerencia de Comunicación e Imagen Institucionalla publicación y difusión de la presente Resolución enel Diario Oficial “El Peruano” y en la página web de laMunicipalidad. Artículo 3º.- AGRADECER a los Representantes dela Sociedad Civil ante el Consejo de Coordinación LocalDistrital de Villa María del Triunfo de periodo 2010-2012, porlos servicios prestados a la población distrital Villa marina.

Regístrese; comuníquese, cúmplase y publícase.

ISIDRO P. CHAMBERGO CAMPOSGerente Municipal

933760-1