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COLEGIO LA INMACULADA CONCEPCIÓN VALLADOLID PLAN DE CONVIVENCIA ESCOLAR CURSO 2018-2019

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COLEGIO LA

INMACULADA

CONCEPCIÓN

VALLADOLID

PLAN DE CONVIVENCIA

ESCOLAR CURSO 2018-2019

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Índice

0.- JUSTIFICACIÓN E INTRODUCCIÓN.

1.- DIAGNÓSTICO DEL ESTADO DE LA CONVIVENCIA

1.1. CARACTERÍSTICAS DEL CENTRO Y SU ENTORNO.

1.2. SITUACION DE LA CONVIVENCIA DEL CENTRO

1.3. OBJETIVOS DEL PLAN DE CONVIVENCIA.

1.4. EJERCICIO DE LOS DERECHOS Y EL CUMPLIMIENTO DE LOS

DEBERES REGULADOS EN EL TITULO 1 DEL DECRETO 51/2007 Y

COMPROMISO D ELAS FAMILIAS.

2.- NORMAS DE CONVIVENCIA Y CONDUCTA

2.1.DEBERES DEL ALUMNADO Y ACTUACIONES CORRECTORAS

APLICABLES EN CASO DE INCUMPLIMIENTO.

2.2. NORMAS DE CONVIVENCIA DEL CENTRO Y SUS CORRECCIONES.

2.2.MEDIADAS DE PROMOCIÓN DE LA CONVIVENCIA Y

PROCEDIMIENTOS Y MEDIDAS PARA LA PREVENCIÓN Y RESOLUCIÓN

DE CONFLICTOS.

2.3.ACTUACIONES CORRECTORAS REFERIDAS A FALTAS

INJUSTIFICADAS Y DE PUNTUALIDAD.

2.4.SIUACIONES EN QUE LAS MEDIDAS CORRCTORAS DEBEN

APLICARSE POR EL PROFESORADO YCASOS QUE CORRESPONDEN A

LA DIRECCIÓN.

2.5.MEDIDAS Y PROCEDIMIENTOS PARA LAS ACTUACIONES DE

COLABORACIÓN.

3.-FUNCIONES Y NORMAS DE FUNCIONAMIENTO DE LA COMISIÓN DE

CONVIVENCIA.

4.-PROCEDIMIENTOS DE ACTUACIÓN ANTE SITUACIONES DE CONFLICTO

Y SISTEMA DE REGISTRO DE ACTUACIONES LLEVADAS A CABO.

4.1.. MEDIDAS DE ACTUACIÓN INMEDIATA Y PROCEDIMIENTO DE

COMUNICACIÓN DE ACTUACIONES INMEDIATAS.

4.2.SISTEMA PARA LA RECOPILACIÓN DE INFORMACIÓN .

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4.3.REFERENCIAS PARA EVALUAR LOS COMPORTAMIENTOS

PROBLEMÁTICOS Y CIRCUNSTANCIAS EN LAS QUE APARECEN.

4.5. PLAN DEL RESTO DE ACTUACIONES A DESARROLLAR Y SU

SEGUIMIENTO.

5.- PROCEDIMIENTO DE ACUERDO ABREVIADO:

5.1. DESARROLLO DE LA MEDIACIÓN

5.2.PROCESOS DE ACUERDO REEDUCATIVO.

5.3. ACEPTACIÓN INMEDIATA DE SANCIONES.

5.4. MODELO DE DUCUMENTO PARA LA FORMALIZACION DE

ACUERDOS.

6.- MODELO DE FORMALIZACIÓN DE HECHOS CONSTATADOS POR EL

PROFESORADO.

7.- PROGRAMA DE ACTIVIDADES PARA FOMENTAR UNA BUENA

CONVIVENCIA ESCOLAR.

8.- CONCRECIÓN DE DERECHOS Y DEBERES DEL ALUMNADO.

9.-MEDIDAS CORRECTORAS EN CASO DE INCUMPLIMIENTO.

10- ACTUACIONES PARA LA RESOLUCIÓN PACÍFICA DE CONFLICTOS.

11.- MECANISMOS PARA DIFUSIÓN, SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN DEL

PLAN.

12.- PROTOCOLO PARA USO DE TABLES Y DISPOSITIVOS MÓVILES DE

QUINTO Y SEXTO DE PRIMARIA.

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0.- INTRODUCCIÓN Y JUSTIFICACIÓN DEL PLAN.

El presente Plan de convivencia pretende dar cabida a todas aquellas personas que formamos parte de la comunidad escolar del Centro. Se plantea como un documento abierto a las iniciativas de todos. Basado en principios democráticos que sólo pueden desarrollarse desde el respeto, la comprensión, el sentido crítico y la participación responsable de todos los miembros de la Comunidad educativa. Teniendo como objetivo la prevención de los conflictos y su resolución de la manera más enriquecedora posible cuando estos se produzcan. Educar para la convivencia es la forma esencial de la educación en valores, y supone el reconocimiento de unos principios básicos que deben ser asumidos por todas las personas: el respeto, la cooperación, la justicia, la solidaridad, integración y el desarrollo de la autonomía personal. Creemos que educar en la solución pacífica de los conflictos, fomenta buenas relaciones interpersonales y viceversa. Para hacer posible esta dinámica de trabajo es imprescindible la creación de un clima de

convivencia basado en la explicitación de los conflictos y la aceptación de las diferencias.

Valorar la diversidad del profesorado, favorecer la autoestima y el acercamiento mutuo,

crear un clima general de aceptación y tolerancia, establecer mecanismos de apoyo en

situaciones de conflicto personal y colectivo, respetar diferentes niveles de implicación y

promover un ambiente distendido que permita disfrutar de la práctica cotidiana, son

algunas de las medidas con las que intentamos conseguirlo. Es por ello que se podría

decir que en este Plan de Convivencia cabemos todos, ya que todos y cada uno de

nosotros somos importantes para que el propio plan funcione.

Este tipo de educación requiere, además de buenas teorías, buenas prácticas,

conscientes de que la convivencia es una escuela de formación permanente y activa

para todos los miembros de la comunidad educativa.

Partimos de la base de que los conflictos y la disciplina forman parte del proceso de

socialización y que es una gran oportunidad educativa que nos permite el crecimiento y

el desarrollo personal.

En una escuela multicultural, como es nuestro centro, consideramos un objetivo

prioritario educar en los valores de la diversidad, sabiendo que ésta es un valor que

enriquece de la convivencia.

Para el desarrollo de este proyecto nos basaremos en la legislación vigente:

‐ DECRETO 51/2007 DE 17 DE MAYO, por el que se regulan los derechos y deberes de

los alumnos y la participación y los compromisos de las familias en el proceso educativo

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y se establecen las normas de convivencia y disciplina en los centros educativos de

Castilla y León.

‐ ORDEN EDU/1921/2007 DE 27 DE NOVIEMBRE por la que se establecen medidas y

actuaciones para la promoción y mejora de la convivencia en los centros educativos de

Castilla y León.

‐ DECRETO 23/2014 DE 12 DE JUNIO, por el que se establecen el marco de gobierno y

autonomía de los centros docentes sostenidos con fondos públicos, que impartan

enseñanzas no universitarias en la Comunidad de Castilla León.

1.- DIAGNÓSTICO DE LA CONVIVENCIA.

1.1. CARACTERÍSTICAS DEL CENTRO Y SU ENTORNO.

El colegio La Inmaculada Concepción es un centro que integra las etapas educativas de

Infantil y Primaria y que cuenta con un programa de atención a alumnos con NEE.

El colegio atiende, de forma mayoritaria, a una población formada por familias de un

nivel socioeconómico y cultural bajo, sin estudios y la mayoría inmigrantes o de etnia

gitana. Este colectivo presenta dificultades de aprendizaje por los condicionantes

socioculturales existentes, por lo que reciben una intervención educativa continua

específica.

A pesar de estas circunstancias las familias se han ido adaptando progresivamente al

funcionamiento de la vida escolar y aunque con lentitud, se ha ido mejorando en el

cumplimiento de las normas del centro, la asistencia al centro es bastante buena ya que

en los últimos años el absentismo escolar ha disminuido de forma muy positiva y el

interés por el progreso de los padres por sus hijos. Por otro lado las relaciones del

centro con las familias y con los propios alumnos en general, son cordiales y no

presentan conflictividad específica.

El centro atiende en torno a 157 alumnos de los cuales, un número considerable

presentan NEE permanentes.

En cuanto al profesorado, nuestro centro cuenta en la actualidad con una plantilla de

profesores muy implicados en su trabajo y con buenas cualidades profesionales. No

existe tampoco ninguna conflictividad reseñable en las relaciones personales. En general

hay una buena disposición para participar en las iniciativas que se proponen y hay un

profundo respeto hacia la Compañía de las Hermanas de la Cruz y su labor.

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Las relaciones con las familias son en general positivas. Se realizan a través de las

reuniones generales de curso, en las que se informa de forma global, y de las entrevistas

del tutor con cada familia, según las horas fijadas.

Esta labor de los tutores, en colaboración con el departamento de Orientación, es clave

en la prevención y la resolución de los conflictos, en la relación de los alumnos entre sí,

en la buena marcha de los grupos, y en la búsqueda de soluciones personalizadas a la

realidad escolar, personal y social de cada alumno.

Cuando aparecen situaciones que alteran de alguna manera la marcha escolar, se

comunica a las familias y, a través de una entrevista personal, se busca su implicación en

la corrección de las conductas inadecuadas.

1.2. SITUACION DE LA CONVIVENCIA DEL CENTRO.

Los cambios experimentados en la sociedad en los últimos años han generado

profundas modificaciones en las relaciones existentes entre adultos y alumnos. El

Colegio que constituye un ejemplo de pequeña sociedad, refleja los cambios por lo que

ha de ser capaz de impulsar la convivencia y ofrecer una respuesta educativa a

situaciones de conflicto, además de proyectar los valores fundamentales de los

alumnos.

En la actualidad, el clima de convivencia en el centro es positivo. No tenemos

problemas serios y en cuanto aparecen se resuelven a través del diálogo y la reflexión

con los alumnos implicados y sus familias. Cuando diálogo y reflexión no generan un

cambio de conducta, intervenimos con medidas disciplinares.

El alumnado de Educación Infantil no precisa más intervenciones que algunas

anecdóticas y de fácil solución. El alumnado de Educación Primaria sigue una pauta

similar, que comienza a tener significaciones muy concretas y escasas cuando se llega al

tercer ciclo, considerándose como más significativo el insulto, gestos o miradas

despectivas alguna agresión leve e irreflexiva... Por lo general estas conductas no

repercuten en el buen ambiente que existe en el colegio.

Los tipos de conflictos más frecuentes son:

- Alteraciones en el aula: hablar a destiempo, levantarse sin permiso, hablar con

los compañeros...

- Distracción y falta de atención, perjudicando a otros compañeros.

- Presentación y uniforme inadecuados.

- Faltas de puntualidad.

- Pérdida de respeto entre iguales o a menores durante los recreos.

- Desobediencia a las órdenes educativas-formativas del profesorado.

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- Vocabulario inadecuado.

Sus causas son:

- Falta de motivación.

- Llamadas de atención.

- Dificultades de aprendizaje

- Falta de colaboración y/o implicación por parte de los padres.

- Impulsividad, poca reflexión.

- Falta de un referente de autoridad.

-Imitación de conductas que aprenden en otros entornos fuera del colegio…

1.3. OBJETIVOS DEL PLAN DE CONVIVENCIA.

Consideramos que la convivencia es un objetivo formativo en sí mismo y fundamental

en el proceso educativo y no sólo un conjunto de normas disciplinarias.

El conflicto es inherente a la vida común y es normal en el desarrollo de las

relaciones entre iguales por eso se deben establecer cauces para el aprendizaje de la

convivencia de forma dialogada y pacífica.

Cuando sea necesaria una corrección o sanción tendrá un propósito formativo

ya que la disciplina debe favorecer objetivos educativos estimulando cambios

cognitivos, emocionales y conductuales.

Este Plan de Convivencia va dirigido inicialmente a establecer mejoras en la

convivencia entre el alumnado, y aborda el diseño de medidas tanto de prevención

como de intervención que requieren la colaboración y la implicación del resto de los

sectores de la comunidad educativa.

Con este Plan, entendemos que se favorecerá el crecimiento personal de todo el

alumnado, facilitará la convivencia y contribuirá a una mejora de la calidad de la

educación en todos sus aspectos (ser socialmente más hábiles, mejorar la autoestima,

superar las dificultades de adaptación,…).

Así mismo, pretendemos favorecer los siguientes objetivos en nuestro alumnado:

1. Ofrecer al alumnado una escuela donde se acepten las diferencias personales y

la diversidad y se favorezca el respeto a la dignidad de la persona, integridad

física y moral, libertad de conciencia, intimidad, no discriminación por razones de

sexo, raza, cultura o creencias religiosas.

2. Contribuir al desarrollo integral de los alumnos.

3. Potenciar la participación en la vida del centro, la solidaridad, la empatía, el

compañerismo, el buen trato y el saber disculparse reconociendo sus propias

faltas.

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4. Fomentar los valores como: Tolerancia, convivencia, integración, formación para

la paz, respeto, solidaridad, promover el diálogo…

OBJETIVOS ESPECÍFICOS:

1. Poner en marcha iniciativas novedosas y creativas para mejorar la prevención de

conflictos y la buena convivencia escolar.

2. Establecer estrategias y desarrollar actividades para la prevención de conflictos y

para la resolución pacífica de los mismos.

3. Favorecer el deber del trabajo, la realización de las tareas encomendadas, el

esfuerzo y el gusto por la “obra bien hecha”.

4. Fomentar la participación de las familias y de toda la comunidad educativa en la

prevención y resolución de conflictos.

5. Crear un clima en el aula que propicie el proceso de enseñanza aprendizaje y

fomente el respeto al derecho al estudio de los demás.

6. Implicar a toda la Comunidad Educativa en la mejora de la convivencia del

centro, el respeto de las normas y en ser consecuentes con ellas.

1.4. DERECHOS Y CUMPLIMIENTO DE LOS DEBERES REGULADOS EN

EL DECRETO Y PARTICIPACIÓN Y COMPROMISOS DE LAS FAMILIAS.

PRINCIPIOS GENERALES:

1. Todos los alumnos tienen los mismos derechos y deberes, sin más distinciones, en su forma

de ejercicio, que las derivadas de su edad, desarrollo madurativo y del nivel que estén cursando.

2. Todos los alumnos tienen el derecho y el deber de conocer la Constitución Española y el

Estatuto de Autonomía de Castilla y León, con el fin de formarse en los valores y principios

reconocidos en ellos.

3. Todos los miembros de la comunidad educativa están obligados al respeto de los derechos

que se establecen en el Decreto.

4. El ejercicio de los derechos por parte de los alumnos implica el deber correlativo de

conocimiento y respeto de los derechos de todos los miembros de la comunidad educativa.

DERECHOS DE LOS ALUMNOS:

1.-Derecho a una formación integral.

1. Todos los alumnos tienen derecho a recibir una formación integral que contribuya al pleno

desarrollo de su personalidad.

Este derecho implica:

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a) La formación en el respeto a los derechos y libertades fundamentales y en los principios

democráticos de convivencia.

b) Una educación emocional que le permita afrontar adecuadamente las relaciones

interpersonales.

c) La adquisición de habilidades, capacidades y conocimientos que le permitan integrarse

personal, laboral y socialmente.

d) El desarrollo de las actividades docentes con fundamento científico y académico.

e) La formación ética y moral.

f) La orientación escolar, personal y profesional que le permita tomar decisiones De

acuerdo con sus aptitudes y capacidades.

2.- Derecho a ser respetado.

1. Todos los alumnos tienen derecho a que se respeten su identidad, integridad y dignidad

personales.

2. Este derecho implica:

a) La protección contra toda agresión física, emocional o moral.

b) El respeto a la libertad de conciencia y a sus convicciones ideológicas, religiosas o

morales.

c) La disposición en el centro de unas condiciones adecuadas de seguridad e higiene, a

través de la adopción de medidas adecuadas de prevención y de actuación.

d) Un ambiente de convivencia que permita el normal desarrollo de las actividades

académicas y fomente el respeto mutuo.

e) La confidencialidad en sus datos personales sin perjuicio de las comunicaciones

necesarias para la Administración educativa y la obligación que hubiere, en su caso, de informar

a la autoridad competente.

3.- Derecho a ser evaluado objetivamente.

1. Todos los alumnos tienen derecho a que su dedicación, esfuerzo y rendimiento sean

valorados y reconocidos con objetividad.

2. Este derecho implica:

a) Recibir información acerca de los procedimientos, criterios y resultados de la

evaluación, de acuerdo con los objetivos y contenidos de la enseñanza.

b) Obtener aclaraciones del profesorado y, en su caso, efectuar reclamaciones, respecto

de los criterios, decisiones y calificaciones obtenidas en las evaluaciones parciales o en las

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finales del curso escolar, en los términos que reglamentariamente se establezca. Este derecho

podrá ser ejercitado en el caso de alumnos menores de edad por sus padres o tutores legales.

4.- Derecho a participar en la vida del centro.

1. Todos los alumnos tienen derecho a participar en la vida del centro y en su funcionamiento en

los términos previstos por la legislación vigente.

2. Este derecho implica:

a) La participación de carácter individual y colectiva mediante el ejercicio de los derechos

de reunión, de asociación, a través de las asociaciones de alumnos, y de representación en el

centro, a través de sus delegados y de sus representantes en el consejo escolar.

b) La posibilidad de manifestar de forma respetuosa sus opiniones, individual y

colectivamente, con libertad, sin perjuicio de los derechos de todos los miembros de la

comunidad educativa y del respeto que, de acuerdo con los principios y derechos

constitucionales, merecen las personas y las instituciones.

c) Recibir información sobre las cuestiones propias de su centro y de la actividad educativa

en general.

5.- Derecho a protección social.

1. Todos los alumnos tienen derecho a protección social, de acuerdo con lo dispuesto en la

legislación vigente y en el marco de las disponibilidades presupuestarias.

2. Este derecho implica:

a) Dotar a los alumnos de recursos que compensen las posibles carencias o desventajas de

tipo personal, familiar, económico, social o cultural, con especial atención a aquellos que

presenten necesidades educativas especiales, que impidan o dificulten el acceso y la

permanencia en el sistema educativo.

b) Establecer las condiciones adecuadas para que los alumnos que sufran una adversidad

familiar, un accidente o una enfermedad prolongada, no se vean en la imposibilidad de

continuar o finalizar los estudios que estén cursando.

DEBERES DE LOS ALUMNOS:

1.- Deber de estudiar.

1. Todos los alumnos tienen el deber de estudiar y esforzarse para conseguir el máximo

rendimiento académico, según sus capacidades, y el pleno desarrollo de su personalidad.

2. Este deber implica:

a) Asistir a clase respetando los horarios establecidos y participar en las actividades

académicas programadas.

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b) Realizar las actividades encomendadas por los profesores en el ejercicio de sus

funciones docentes, así como seguir sus orientaciones y directrices.

2.- Deber de respetar a los demás.

1. Todos los alumnos tienen el deber de respetar a los demás.

2. Este deber implica:

a) Permitir que sus compañeros puedan ejercer todos y cada uno de los derechos

establecidos en este Decreto.

b) Respetar la libertad de conciencia, las convicciones religiosas y morales y la dignidad,

integridad e intimidad de todos los miembros de la comunidad educativa, y evitar cualquier

discriminación por razón de nacimiento, raza, sexo o cualquier otra circunstancia personal o

social.

c) Demostrar buen trato y respeto a todos los alumnos y a los profesionales que

desarrollan su actividad en el centro, tanto en lo referido a su persona como a sus pertenencias.

3.- Deber de participar en las actividades del centro.

1. Todos los alumnos tienen el deber de participar en las actividades que configuran la vida del

centro.

2. Este deber supone:

a) Implicarse de forma activa y participar, individual y colectivamente, en las actividades

lectivas y complementarias, así como en las entidades y órganos de representación propia de los

alumnos.

b) Respetar y cumplir las decisiones del personal del centro, en sus ámbitos de

responsabilidad, así como de los órganos unipersonales y colegiados, sin perjuicio de hacer valer

sus derechos cuando considere que tales decisiones vulneran alguno de ellos.

4.- Deber de contribuir a mejorar la convivencia en el centro.

1. Todos los alumnos, siguiendo los cauces establecidos en el centro, tienen el deber de

colaborar en la mejora de la convivencia escolar y en la consecución de un adecuado clima de

estudio y respeto.

2. Este deber implica:

a) Respetar las normas de organización, convivencia y disciplina del centro, establecidas en

el Reglamento de régimen interior.

b) Participar y colaborar activamente con el resto de personas del centro para favorecer el

desarrollo de las actividades y, en general, la convivencia en el centro.

c) Respetar, conservar y utilizar correctamente las instalaciones del centro y los materiales

didácticos.

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5.- Deber de ciudadanía.

Todos los alumnos tienen el deber de conocer y respetar los valores democráticos de nuestra

sociedad, expresando sus opiniones respetuosamente.

PARTICIPACIÓN DE LAS FAMILIAS EN EL PROCESO EDUCATIVO:

1.- Implicación y compromiso de las familias.

A los padres o tutores legales, como primeros responsables de la educación de sus hijos o

pupilos, les corresponde adoptar las medidas necesarias, solicitar la ayuda correspondiente y

colaborar con el centro para que su proceso educativo se lleve a cabo de forma adecuada,

asistiendo a clase y a las actividades programadas.

2.- Derechos de los padres o tutores legales.

1. Los padres o tutores legales, en relación con la educación de sus hijos o pupilos, tienen los

derechos reconocidos en el artículo 4.1 de la Ley Orgánica 8/1985, de 3 de julio, reguladora del

derecho a la educación.

2. La administración educativa garantizará el ejercicio de los derechos reconocidos en el

apartado anterior. Con especial atención, y de acuerdo con los principios informadores de este

Decreto, garantizará el derecho de los padres o tutores legales a:

a) Participar en el proceso de enseñanza y en el aprendizaje de sus hijos o pupilos y estar

informados sobre su progreso e integración socio-educativa, a través de la información y

aclaraciones que puedan solicitar, de las reclamaciones que puedan formular, así como del

conocimiento o intervención en las actuaciones de mediación o procesos de acuerdo

reeducativo.

b) Ser oídos en aquellas decisiones que afecten a la orientación personal, académica y

profesional de sus hijos o pupilos, sin perjuicio de la participación señalada en el párrafo

anterior, y a solicitar, ante el consejo escolar del centro, la revisión de las resoluciones

adoptadas por su director frente a conductas de sus hijos o pupilos que perjudiquen gravemente

la convivencia.

c) Participar en la organización, funcionamiento, gobierno y evaluación del centro

educativo, a través de su participación en el consejo escolar y en la comisión de convivencia, y

mediante los cauces asociativos que tienen legalmente reconocidos.

3.- Deberes de los padres o tutores legales.

1. Los padres o tutores legales, como primeros responsables de la educación de sus hijos o

pupilos, tienen las obligaciones establecidas en el artículo 4.2 de la Ley Orgánica 8/1985, de 3 de

julio.

2. La administración educativa velará por el cumplimiento de los deberes indicados en el

apartado anterior. Con especial atención, y de acuerdo con los principios informadores de este

Decreto, velará por el cumplimiento de los siguientes deberes de los padres o tutores legales:

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a) Conocer la evolución del proceso educativo de sus hijos o pupilos, estimularles hacia el

estudio e implicarse de manera activa en la mejora de su rendimiento y, en su caso, de su

conducta.

b) Adoptar las medidas, recursos y condiciones que faciliten a sus hijos o pupilos su

asistencia regular a clase así como su progreso escolar. c) Respetar y hacer respetar a sus hijos o

pupilos las normas que rigen el centro escolar, las orientaciones educativas del profesorado y

colaborar en el fomento del respeto y el pleno ejercicio de los derechos de todos los miembros

de la comunidad educativa.

2.- NORMAS DE CONVIVENCIA Y CONDUCTA.

En este punto explicaremos cómo, a nivel de centro, organizamos las normas de convivencia y

sus correcciones. Cuáles son los derechos y deberes de los alumnos y la importancia de la

participación y compromiso de las familias.

NORMAS DE CONVIVENCIA ESCOLAR Y SUS CORRECCIONES.

ALUMNOS DE EDUCACIÓN INFANTIL

NORMAS

CORRECCIONES

1. Saludar al entrar y salir de la clase. Volver a salir y saludar al entrar.

2. Respetar el turno de palabra.

-Reflexionar sobre qué pasaría si todos hablaran a la vez.

-Si lo hace para llamar la atención le cambiaremos de lugar unos minutos.

3. Compartir los materiales y juguetes en cada actividad.

- Guiarle para que hable de cómo se tiene que sentir su compañero.

4. Cuidar los materiales comunes.

-Dialogar sobre la importancia del cuidado de las cosas.

-Pedir perdón. -Intentar repararlo.

- Si la hace para llamar la atención, no ser responsable un día.

5. No pelearse en la fila. - Recordar cómo se debe salir y entrar en la fila. Si lo realiza por hábito, que salga y

entre ese día el último.

6. En los juegos espontáneos no excluir a ningún compañero.

- Sacar del alumno su propio punto de vista del problema de forma no acusatoria. ¿Qué ocurrió, por qué lo hizo?

7. Pedir las cosas “por favor” y dar “las gracias”.

- Si olvida decirlo, recordárselo las veces que sea necesario. La profesora lo usará

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con frecuencia ya que por imitación los niños empezarán a pedir las cosas “por favor” y a dar “las gracias”

8. Recoger y ordenar los materiales y juguetes utilizados.

La maestra le guiará para que “juntos” recojan los materiales.

9. Respetar el trabajo del compañero en las tareas colectivas e individuales

- Si incordia dialogar con el alumno. -Si algún alumno estropea con intención el trabajo en equipo, se quedará sin participar en la próxima actividad

ALUMNOS DE EDUCACIÓN PRIMARIA

Normas

Correcciones

Relativas a las relaciones entre los miembros de la comunidad escolar

- Las relaciones entre todos sus miembros estarán regidas por el respeto

entre los mismos, la no discriminación por razón de sexo, nacimiento, raza,

religión o discapacidad física. -Utilizaremos en todo momento un

lenguaje adecuado. Evitaremos expresiones de mal gusto, soeces u

ofensivas para las personas, las bromas pesadas, persecuciones de todo tipo,

burlas gratuitas y otras acciones semejantes, respetando en todo

momento el derecho a la integridad y dignidad e intimidad de todos los

miembros de la comunidad educativa.

1. Dialogar con el alumno para que comprenda las consecuencias de haber hablado mal a otra persona. 2. Reunirse con los padres. 3. Mandarle hacer una pequeña copia o una redacción sobre la importancia de tratar bien al otro. 4. Bajar al recreo sin participar en el juego. 5. No bajar al recreo, quedarse en clase con el tutor.

- Escucharemos a quien nos hable y no interrumpiremos su discurso de forma

brusca con nuestras opiniones. Procuraremos no gritar mientras se habla

y respetar el derecho a la libertad de conciencia de cada uno.

Si no escuchan e interrumpen: 1. Amonestación verbal.

- Nos dirigiremos a todos los miembros de la comunidad escolar con respeto, sin

insultar, acosar, mostrar actitudes de superioridad o violencia física o verbal.

1. Dialogar con el alumno para que comprenda las consecuencias de su actuación. 2. Pedir perdón a la víctima. 3. Mandarle hacer un escrito en el que explique cómo va a actuar a partir de ese

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momento durante el recreo.

- Utilizaremos el diálogo en caso de conflicto. Evitaremos las situaciones de alboroto colectivo y comunicaremos al

profesorado o miembros del equipo directivo cualquier incidente que

provoque estas situaciones.

1. Dialogar con el alumno para que comprenda las consecuencias de su actuación. 2. Amonestación verbal. 3. Si se produce alboroto en la clase quedan un rato de pie en silencio para reflexionar. 4. Perdida del recreo haciendo una redacción sobre la importancia de dialogar y no gritar.

Relativas a los derechos de información y participación

NORMAS CORRECCIONES

- Todos los miembros de la Comunidad Educativa tienen derecho a recibir

información sobre la vida y actividades del Centro que tengan relación con las

actividades que desarrollan en él.

Si alguna familia no recibiera dicha información podrá preguntar a la

dirección o a la tutora correspondiente para que le informe, al igual que puede

consultar la página web del centro.

- Todos los alumnos tienen derecho a participar en todas las actividades

destinadas a ellos que organice el Centro.

Solamente perderán el derecho a participar en las actividades si se han cometido faltas graves o conductas

contrarias a las normas de convivencia.

Al igual que volverá a ganar este derecho si demuestra arrepentimiento, pide

perdón y repara el daño ocasionado.

- Cualquier miembro de la Comunidad Educativa podrá hacer llegar sus

sugerencias, quejas y propuestas sobre los distintos aspectos de la vida del

mismo, a los órganos de dirección del mismo.

Siempre que se haga con asertividad y desde el respeto, todas las sugerencias o propuestas se aceptarán de buen grado

ya que nuestro objetivo es mejorar e intentar que haya un ambiente lo más

agradable posible.

Si hubiese alguna queja sobre alguna decisión tomada se explicará el porqué de

la misma.

- Los padres tendrán derecho a recabar información sobre el rendimiento y actitud de sus hijos a través de los

tutores. Asimismo deberán acudir a las reuniones que se convoquen a tal efecto.

-El control del aprovechamiento y

actitud del alumno se comunicara en el boletín de calificación escolar después de

cada evaluación. En el caso de los boletines de calificación, éstos serán

Si un padre no pudiera asistir, el profesorado dispone de una alta

flexibilidad para poder quedar a la hora que lo necesiten. Normalmente las

entrevistas se producirán en horario lectivo solo durante el recreo y por las

tardes, según la hora dedicada a tutoría del profesorado.

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devueltos al tutor debidamente firmados por padre y/o madre.

Relativas a las entradas y salidas del colegio:

NORMA CORRECCIÓN

- Los alumnos deberán ir directamente a sus clases a la llegada al Colegio, y

hacerlo con puntualidad tanto en el horario lectivo como en el de las

actividades complementarias. Antes de las 09:00 de la mañana.

Antes de las 16:00 de la tarde.

No se dejará entrar a ningún alumno más tarde de las 9:10 h. Sólo podrán pasar los que tengan justificante médico o hayan

avisado previamente de su retraso.

-Cuando un alumno se incorpore al Centro después de la hora de inicio deberá traer un justificante donde

indique la causa del retraso.

El justificante puede ser médico o pueden justificarlo los padres o tutores en la

agenda escolar.

- Los alumnos de Infantil serán conducidos a las clases (al llegar al

Colegio) por las profesoras del centro o irán ellos solos, nunca acompañados por

sus padres. -Igualmente, los padres de primaria

tampoco pueden acompañar a sus hijos a las clases. Si necesitaran comentarle

algo al tutor será éste quien baje si pudiera atenderle.

-Solo se podrá acompañar a las clases a los alumnos el día de la reunión de

padres, entrevistas con los tutores y en casos concretos como algún

impedimento físico en el que el alumno necesite ayuda.

-También en el periodo de adaptación de primero de infantil se tendrá en cuenta lo

que indique la tutora responsable.

-La salida del Centro se realizará exclusivamente por las puertas del patio si son de infantil y por la calle Arca Real para alumnos de primaria. Sólo en casos de entradas o salidas justificadas en horario lectivo se podrá salir o entrar por la portería.

Es importante que cada alumno salga por la puerta que le corresponde para evitar aglomeraciones y retrasos en las salidas.

- Los alumnos que tengan que salir antes de la hora y tengan la autorización

adecuada avisarán al tutor y al profesor que esté en el momento de la salida en el aula con el alumno y este esperará a sus

padres en el recibidor del colegio.

Los alumnos no podrán salir solos del centro en horas lectivas, aunque traigan una autorización de los padres. Para poder salir del Colegio tienen que ser recogido por los padres o por un adulto autorizado.

- Cuando una familia avise telefónicamente de que va a venir al

colegio a recoger a su hijo se avisará de ello al tutor y el personal del colegio irá a

buscar al alumno a clase.

Las familias tendrán que telefonear con antelación y con el tiempo suficiente para

que sus hijos estén preparados.

-Cuando los alumnos salen del Centro al finalizar la jornada escolar o las

actividades extraescolares, los padres deberán estar puntualmente para la

El Colegio no se hace responsable de lo que suceda una vez haya finalizado la jornada escolar siendo los padres o adultos autorizados quienes deben

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recogida. recoger a los alumnos puntualmente.

-Para que alumno pueda abandonar el Centro con una persona que no venga a

recogerle habitualmente o que el personal del centro no conozca deberá ser avisado previamente por los padres.

-Por motivos de seguridad, no podremos dejar que esa persona se lleve al menor sin la autorización de sus padres.

Relativa a la circulación por pasillos y acceso al patio

NORMAS CORRECCIONES

- La circulación por los pasillos se hará caminando en silencio sin molestar a

otras personas o grupos.

-Amonestación verbal. -Tendrán que volver al punto de origen y

volver a hacer el mismo recorrido en silencio.

-Se quedarán en el recreo escribiendo una redacción sobre la importancia de ir

por los pasillos en silencio.

-Ningún alumno podrá salir entre clase y clase al pasillo, ni ir al baño sin permiso. Los alumnos que tengan que cambiar de clase, esperarán allí a que la profesora

correspondiente vaya a buscarles.

-Amonestación verbal. - Perderá el derecho de asistir a la clase o a sentarse en su asiento ya que, si la clase

ha comenzado, no podrá interrumpirla. Esta clase la recuperará en el recreo o un

día por la tarde.

- Durante los recreos no se podrá subir desde el patio a las aulas, salvo permiso

expreso del profesor que se encuentre en servicio de recreo en ese momento y ante

una causa justificada.

1ª falta: Amonestación verbal. 2ª Tendrá que permanecer durante el

tiempo restante en un aula vigilada por una profesora.

3ª Estará una semana entera sin poder bajar al patio, escribiendo una redacción

sobre la importancia de obedecer las normas del colegio.

-No se debe jugar con balones o pelotas en el interior del centro.

El incumplimiento de esta norma conllevará la retirada temporal del balón,

así como alguna sanción correctora, si hubiera lugar.

Relativas al desarrollo de la actividad escolar:

NORMA CORRECCIÓN

- Se debe tener una actitud positiva de orden y concentración en el trabajo.

- Se debe respetar el entorno de trabajo

en las actividades que exigen silencio para su realización.

Si no respetan el orden y la concentración en el aula mientras se trabaja será una falta de respeto grave hacia los demás.

1ª falta: amonestación verbal.

2ª falta: terminará la clase de pie dentro de la clase o si la actitud es muy negativa

en pasillo o en otro aula. -Se les comunicará a los padres en la agenda en todo caso. Después se charlará con el alumno por si tiene algún

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problema y para que entienda el valor de respetar a los demás. -En todo caso el alumno pedirá perdón a sus compañeros y a la profesora en la siguiente sesión.

. - No se puede mascar chicle durante las clases y entre ellas.

Amonestación verbal Tendrá que tirar el chicle a la papelera.

- Los alumnos expulsados del aula por motivos disciplinarios deberán salir al

pasillo o ir a una clase distinta y realizar el trabajo impuesto por el profesor

sancionador.

El tutor será informado y procederá a contabilizar y registrar la expulsión y se lo

notificará a los padres. La tercera expulsión de la misma asignatura tendrá

repercusiones académicas negativas.

- No se pueden usar móviles ni dispositivos electrónicos durante el

tiempo lectivo, en las actividades complementarias y en las extraescolares. Si algún alumno lo necesitara por alguna razón personal o familiar, los padres se lo

comunicarán a su tutor.

En caso contrario cualquier profesor podrá retirárselo al alumno y no se les entregará de nuevo a los padres hasta

terminado el curso o al final del trimestre.

Así mismo, el Centro no se hace responsable de la pérdida de estos

aparatos.

- Se debe entregar los dispositivos móviles y electrónicos al tutor a primera hora de la mañana y se le guardará hasta la hora de la salida o cuando termine la actividad.

- El alumnado podrá permanecer en las aulas, el tiempo que sea necesario, si está acompañado por un profesor o

tiene premiso de su tutor.

Amonestación verbal.

- Cada tutor nombrará diferentes responsables de aula para mantener el

orden , el silencio y la limpieza.

Si el alumno nombrado como responsable ha incumplido alguna de las normas

importantes para la buena convivencia en el aula o en el centro,, esta

responsabilidad la asumirá otro compañero.

- No se podrá utilizar el ordenador del aula, o de cualquiera de las aulas de

Informática, salvo permiso expreso de un profesor que esté presente.

Amonestación verbal.

Durante el periodo entre clases se permanecerá en el aula recogiendo los

materiales de la clase finalizada y preparando los de la clase siguiente para que el profesor entrante pueda comenzar

sin dilaciones.

Amonestación verbal.

- Se respetarán todos los materiales que hay en el aula, con especial cuidado de

Amonestación verbal. Si hubiera algún desperfecto o

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los materiales y objetos personales pertenecientes al profesor.

sustracción habrá que reparar el daño o reponerlo.

- Salvo urgencias, se evitará ir al servicio durante el desarrollo de las clases; para ello está el tiempo de recreo y, si fuera necesario, antes del comienzo de cada

clase con permiso del profesor entrante.

Se le explicará al alumno la importancia de seguir la explicación del profesor y de

no interrumpir la clase.

- Al terminar cada clase, especialmente cuando se va al recreo, al mediodía y al

finalizar las actividades extraescolares de por la tarde., las mesas han de quedar

bien colocadas, el suelo limpio y las luces apagadas. Velarán por el cumplimiento

de esta norma los responsables o encargados nombrados por los diferentes

tutores.

- El profesor se encargará de que al finalizar las clases previas a los recreos, así como en la última hora del día, se

destine un tiempo a mantener la clase limpia y ordenada (suelo sin papeles,

mesas ordenadas, armarios cerrados y luces apagadas), saldrán los últimos de la

clase y cerrarán las puertas.

Hablar de la importancia del orden y la limpieza del lugar de trabajo. Recoger y

ordenar entre todos la clase antes de salir.

- Cada alumno debe guardar sus materiales en los pupitres y estos

estarán ordenados en todo momento.

Amonestación verbal. Tendrá que ordenar su pupitre cada vez

que se desordene.

Relativas al desarrollo de las clases

NORMAS CORRECCIONES

Todos los alumnos están obligados a respetar el derecho a la educación de sus compañeros. Por ello mantendremos en

clase una actitud correcta y no interrumpiremos el desarrollo de la

misma.

1ª falta: amonestación verbal. 2ª falta: terminará la clase de pie dentro de la clase o si la actitud es muy negativa en pasillo o en otro aula. -Si lo hicieran de forma reiterada se llamará a los padres para comunicárselo. -Después se charlará con el alumno por si tiene algún problema y para que entienda el valor de respetar a los demás. -En todo caso el alumno pedirá perdón a

sus compañeros y a la profesora en la siguiente sesión.

. - El profesor o el tutor del primer periodo de la mañana pasará lista y

anotará en el parte de faltas la ausencia.

Así se llevará el control de faltas de asistencias y retrasos mensualmente,

llamando a las familias para interesarse

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de cada caso.

Cuando un alumno tenga prevista una ausencia, lo comunicará al tutor y el tutor lo anotará en el parte de faltas, para que esta información llegue a la

responsable de absentismo del colegio.

Si no, aparecerá como ausencia no justificada.

- Los alumnos deberán acudir a clase provistos del material necesario para un correcto aprovechamiento de la misma,

así como realizar a diario en casa, las tareas que el profesor les mande.

El profesor podrá negar la entrada a los alumnos, que de forma reiterada, no lleven el material imprescindible para

seguir la clase. Los padres / tutores serán informados de la incidencia.

La agenda del colegio, en los cursos de Educación Primaria, será obligatoria adquirirla a principio de curso. Es un

instrumento del que se valen padres y profesores para estar en contacto.

Se explicará a comienzo de curso cómo dar uso a la agenda y la importancia de la

misma.

- En caso de retraso o ausencia del profesorado, el alumnado esperará en la

aula, sentados y con el material preparado.

Amonestación verbal.

- Para intervenir en clase, se levantará la mano, se guardará el orden y se

respetará el desarrollo de la clase. Amonestación verbal

- Cuando la clase se imparta fuera del aula de referencia del grupo, habrá que

llevar todo el material necesario, saliendo puntualmente. Si dicha clase

fuera la última del día, salvo indicación contraria por parte del profesor, los

alumnos cogerán también la mochila y el material necesario para trabajar en casa.

Si no cogiera el material necesario el profesor podría no dejarle volver a por el mismo (depende del criterio del profesor

y de la actividad programada) e intentaría recordarle la importancia de ser responsable con sus pertenencias.

- Durante las clases se debe llevar la cabeza descubierta.

Tendrá que retirarse la prenda que le cubra la cabeza para una perfecta

identificación del alumno.

- Durante las horas de clase, los alumnos deben estar en ellas y por tanto no

podrán estar ni en pasillos, biblioteca, patio servicios,…salvo excepciones

justificadas.

Amonestación verbal. Posible pérdida de recreo, teniendo que

quedarse en clase con una profesora responsable.

Referidas a las ausencias.

NORMAS CORRECCIONES

Habrá que justificar siempre las ausencias y cualquier otro cambio en la

rutina escolar, y notificarlas con antelación al tutor siempre que sea

posible

. Se puede usar la agenda escolar para ello o una carta dirigida al tutor.

- Cuando un alumno no puede asistir a Si en la siguiente sesión no trae las tareas,

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clase, es su responsabilidad personal enterarse de las actividades llevadas a

cabo en clase y realizarlas. El tutor y demás profesores podrán ayudarle

siempre y cuando el alumno solicite su ayuda.

podrá ser amonestado por el profesor y asumirá las consecuencias de no haberlos

presentado a tiempo según su criterio.

En el caso de un largo periodo de ausencia por enfermedad del alumno

(más de tres días) los padres lo comunicarán por escrito o mediante una

llamada telefónica al tutor, debiendo entregar el correspondiente certificado

médico.

En caso de no presentarse dicha justificación, el tutor o director se

pondrán en contacto con los padres.

Esos días no podrán ser justificados en el parte de faltas.

La manipulación, falsificación o modificación de alguna nota que ponga

tanto los padres como el profesorado en la agenda escolar por parte de un

alumno, se considera una falta muy grave.

No se puede suplantar la personalidad de nadie se le puede abrir hasta un

expediente sancionador. (véase el apartado 4 del presente plan)

Relativas a los recreos

NORMAS CORRECCIONES

- Se podrán practicar aquellos juegos y entretenimiento que no atenten contra la seguridad personal de los demás, o

que en algún momento puedan suponer una falta de respeto para cualquier miembro de la comunidad escolar.

Los juegos no pueden ser agresivos

(violentos, sexistas, racistas...).

Amonestación verbal.

Retirar a la persona que agrede y no respeta las normas del juego limpio.

Si su conducta se repitiera, no podría bajar al patio durante una semana. Se

quedaría reflexionando sobre las consecuencias de la violencia en el juego

o el incumplimiento de las normas.

- Si el profesor de vigilancia debiera de sancionar a algún alumno lo comunicará

al tutor o a la coordinadora de convivencia

- Se respetará a los alumnos más pequeños en sus juegos en los momentos

de confluencia con ellos. Amonestación verbal.

- Todos los alumnos deberán, cuando salgan al recreo, disfrutar del tiempo de

descanso en su patio o zona correspondiente a su curso. Quedando dividido el patio en tres zonas:” el patio

blanco”, “el patio de las fuentes” y el campo de baloncesto.

Amonestación verbal.

- Los alumnos que por motivos de salud Amonestación verbal.

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no puedan salir al patio, traerán un justificante y permanecerán en la

biblioteca, o en su aula, si así lo decide su tutor.

-Durante el tiempo de recreo, si algún alumno permanece en el aula, será con

el permiso expreso de un profesor, quien se responsabilizará del alumno y lo

vigilará.

- Los alumnos no podrán abandonar el patio y subir a las clases sin permiso del

profesor que esté de vigilancia. Amonestación verbal.

- Se respetará la música o la sirena que indican el final del recreo.

Cada alumno se pondrá en la fila que le corresponda para subir de forma

ordenada y ágil a las clases.

- Únicamente permanecerán en los lugares destinados a las actividades

extraescolares los alumnos matriculados en ellas. Salvo casos especiales

Amonestación verbal.

- Cualquier incidencia significativa será comunicada a la mayor brevedad posible

a la persona encargada de vigilancia.

La persona encargada de vigilar el patio intentará resolver de forma pacífica la

incidencia. Si esta incidencia tuviera una gravedad considerable se lo comunicaría

lo más rápido posible a la dirección, al tutor o al coordinador de convivencia.

- Está prohibido subir a los árboles, a los arbustos, trepar por las verjas de las ventanas y entrar en el patio de cruz.

Amonestación verbal.

- Se debe hacer un buen uso de canastas evitando trepar o colgarse de ellas. Al igual que hacer buen uso del material

lúdico.

Amonestación verbal.

- Son conductas contrarias a las normas de convivencia hechos tales como

gritarle a algún miembro de la comunidad escolar, tirar papeles, correr

o empujar a alguien por las escaleras, escupir, insultar…

Como falta grave seguir los procedimientos de actuación propuestos

en el punto 4 del plan de convivencia.

-No se podrán hacer corrillos en los patios en los que se agrupen alumnos del mismo país a hablar en su idioma y también prestaremos atención al alumnado que por razones de etnia se dediquen a dar palmadas o a hacer comentarios con una jerga poco adecuada.

Lo que pretendemos con esta norma es intentar que no se hagan grupos que se auto- marginan y no se integren en la

comunidad educativa.

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Relativas a la biblioteca

NORMAS CORRECCIONES

Después de su utilización se dejarán las mesas y las sillas recogidas además de los libros utilizados ordenados en su

sitio.

Amonestación verbal.

Todos los alumnos, con autorización de su familia y compromiso firmado de

cuidado de los libros, podrán llevarse un libro casa semanalmente.

Si se retrasan en la devolución tendrán una semana de penalización.

Si un libro se extraviara o se rompiera por

un mal uso del alumno o por la poca responsabilidad del mismo, los padres

deberán reparar el daño o comprar otro libro.

Relativas al comedor escolar

NORMAS CORRECCIONES

Todos los alumnos del colegio, que coman alguna vez en el comedor y no lo hagan regularmente, pueden participar de este servicio, si el día anterior se han apuntado y han avisado a la encargada.

Amonestación verbal.

Si algún alumno necesita una dieta

específica, continua o esporádicamente lo notificará la familia.

- No se puede tirar ni esconder comida. Amonestación verbal.

Hay otros alumnos, sobre todos pequeños, que comparten el espacio y hay que ser respetuosos con los demás, no diciendo palabras malsonantes, ni gestos que puedan herir la sensibilidad de los demás alumnos y personal responsable de comedor.

Amonestación verbal.

Para la participación de este servicio deberán respetarse unas normas básicas

de higiene. Amonestación verbal.

Relativas al mantenimiento de las instalaciones y material, del Colegio.

NORMAS CORRECCIÓN

Todos los miembros de la Comunidad Educativa procurarán contribuir

eficazmente al mantenimiento de todas las dependencias del Centro (aulas,

pasillos, servicios, salón, aulas de apoyo o de informática, entrada, biblioteca, etc.

que deberán utilizarse adecuadamente. El mobiliario, enseres, material pedagógico, etc. es algo que está al servicio de todos y, por tanto, todos debemos contribuir a

su conservación y limpieza.

Amonestación verbal y posible reparación del daño causado.

- Los alumnos deben cuidar el material Amonestación verbal y posible reparación

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propio y el de los demás compañeros. del daño causado.

- Los alumnos deben pedir permiso a otros compañeros para utilizar su

material. Amonestación verbal.

- No está permitido llevarse material fungible de uso escolar para utilizarlo

fuera del Centro.

Sustraer cualquier tipo de material es una falta grave.

Conducta gravemente perjudicial para la convivencia del centro.

(Ir al punto 4 del plan medidas de actuación inmediata/ artículo 48)

- Los alumnos deben cuidar las instalaciones del Centro: mantener la clase limpia, las mesas colocadas, no pintar en las mesas, sillas, puertas y

paredes del aula, en los pasillos, cuartos de baño, material deportivo y patios, así

como velar por la limpieza no tirando papeles, restos de comidas u otros elementos fuera de las papeleras dispuestas para ello del colegio.

- Los responsables de los desperfectos producidos en las instalaciones, material

o mobiliario por negligencia, mala intención o por uso indebido así como de

sustracciones de material serán sancionados, exigiéndose la reposición o

las reparaciones precisas, incluso económicas, a que hubiera lugar.

En último término, será responsable de los daños y se hará cargo de la sanción el grupo, curso o sector de alumnos donde se produzca los daños, salvo constancia del responsable o responsables de los

desperfectos o sustracciones.

- Deben cuidar y no manipular los documentos escolares (boletines de

notas, autorización de actividades complementarias y extraescolares,

comunicaciones del profesor /tutor, amonestaciones escritas....). Tienen que traerlos firmados por los padres cuando

así sea requerido.

Suplantar la personalidad y la falsificación es una falta grave.

Conducta gravemente perjudicial para la convivencia del centro.

(Ir al punto 4 del plan medidas de actuación inmediata/ artículo 48)

Relativas a la salud, a la presencia y a la higiene

NORMAS CORRECIONES

- La ley vigente no se permite fumar dentro del recinto escolar.

Conducta gravemente perjudicial para la convivencia del centro.

(Ir al punto 4 del plan medidas de actuación inmediata/ artículo 48)

-Se hará uso adecuado del papel higiénico y las toallitas para secarse las manos, tirándolo después de su uso a la

correspondiente papelera.

1ª Infracción: aviso verbal. 2ª Infracción: notificación en la agenda. 3ª Infracción: reparar el daño causado.

Asistir a clase debidamente aseado y con el uniforme o chándal del colegio.

1ª Infracción: aviso verbal. 2ª Infracción: notificación en la agenda.

3ª Infracción: quedarse un rato de pie hasta que el profesor lo indique.

No asistir a clase con una enfermedad infecto-contagiosa grabe que puedan

1ª Infracción: aviso verbal. 2ª Infracción: notificación en la agenda.

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contagiar a los demás miembros de la clase.

El alumno deberá permanecer en casa hasta que el proceso viral se supere.

Si alguno de los alumnos tiene pediculosis no puede asistir al centro

hasta que no tenga limpia toda la cabeza incluidas las liendres.

1ª Infracción: aviso verbal. 2ª Infracción: notificación en la agenda.

El alumno deberá permanecer en su casa hasta que esté limpio de liendres y piojos.

No están permitidos los pirsin dentro del recinto escolar.

1ª Infracción: aviso verbal. 2ª Infracción: 1ª Falta grave

Relativas al respeto

- Se debe respetar a todos los compañeros, profesores, monitores y

personal del centro. Una falta de respeto seria puede constituir motivo para una

falta grave.

1ª Infracción: aviso verbal. 2ª Infracción: notificación en la agenda.

3ª Infracción: falta leve. 4ª Infracción: segunda falta leve = 1ª Falta

grave

- Se debe vestir adecuadamente.

1ª Infracción: aviso verbal. 2ª Infracción: notificación en la agenda.

3ª Infracción: falta leve. 4ª Infracción: segunda falta leve = 1ª Falta

grave

- No se permite el uso de símbolos o lemas contrarios a los valores del Centro.

Conducta gravemente perjudicial para la convivencia del centro.

(Ir al punto 4 del plan medidas de actuación inmediata/ artículo 48)

Es falta muy grave el acoso físico o moral a los compañeros, el uso de la violencia, las agresiones, las ofensas graves y los

actos que atenten gravemente contra la intimidad y las buenas costumbres

sociales de los compañeros, o demás miembros de la Comunidad Educativa.

Conducta gravemente perjudicial para la convivencia del centro.

(Ir al punto 4 del plan medidas de actuación inmediata/ artículo 48)

La discriminación, las vejaciones o las humillaciones a cualquier miembro de la comunidad educativa, ya sean por razón

de nacimiento, raza, sexo, religión, orientación sexual, opinión o cualquier

otra condición o circunstancia personal o social.

Conducta gravemente perjudicial para la convivencia del centro.

(Ir al punto 4 del plan medidas de actuación inmediata/ artículo 48)

La expulsión reiterada del aula por diversos motivos se considerará falta

grave.

Conducta gravemente perjudicial para la convivencia del centro.

(Ir al punto 4 del plan medidas de actuación inmediata/ artículo 48)

Las faltas de respeto a miembros de la Comunidad Educativa así como la

negativa a acatar instrucciones del profesorado, o sanciones impuestas, se

consideran faltas graves.

Conducta gravemente perjudicial para la convivencia del centro.

(Ir al punto 4 del plan medidas de actuación inmediata/ artículo 48)

Será muy grave el ciberacoso o uso de información electrónica y medios de

Conducta gravemente perjudicial para la convivencia del centro.

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comunicación tales como correo electrónico, redes sociales, mensajes de texto, teléfonos móviles, para acosar a un individuo o grupo de la comunidad

educativa, mediante ataques personales.

(Ir al punto 4 del plan medidas de actuación inmediata/ artículo 48)

MEDIDAS DE PROMOCIÓN DE LA CONVIVENCIA Y PROCEDIMIENTOS Y

MEDIDAS PARA LA PREVENCIÓN Y RESOLUCIÓN DE CONFLICTOS.

1.- Conflictos entre alumnos.

1.1 Análisis de la situación del centro.

A principio de curso se mantiene una reunión con las tutoras de las diferentes etapas o

ciclos educativos con la Dirección del Centro de cara a identificar las principales

características de la tutoría con la que se van encontrar y se comparten algunas

variables susceptibles de ser destacadas en cuanto a la convivencia escolar, absentismo,

ambiente familiar, necesidades educativas…

Las conclusiones de esta reunión son las siguientes:

Se identifican situaciones conflictivas a las que prestar atención, que deben ser objeto

de prevención y actuación dentro del Plan de Convivencia.

Entre las situaciones ya detectadas anteriormente, destacan: uso del lenguaje de

forma inapropiada, fuente de conflictos (agresiones verbales); falta de respeto ante las

diferencias estéticas o culturales; deterioro del material escolar de los compañeros y

molestias en el desarrollo de las actividades escolares entre discentes. En ningún caso

estas situaciones se dan de forma generalizada, sino muy focalizadas en el tiempo y en

alumnos.

Entre las nuevas situaciones, o las que cobran más importancia cada curso, señalamos:

el uso de las nuevas tecnologías con objeto de menospreciar a compañeros y casos

concretos que pueden considerarse de acoso escolar (desde el aislamiento social, hasta

el acoso activo).

1.2 Actuaciones y líneas de prevención.

Dado que las líneas maestras de todo Plan de Convivencia son detectar, prevenir y

actuar, establecemos una serie de medidas tendentes a la detección precoz y a la

mejora del ambiente del Centro antes de que surjan los conflictos:

Elaboración democrática y consensuada de las normas específicas de cada aula.

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Difusión de los derechos y deberes de los alumnos y las normas de convivencia.

Fomento de las actividades dirigidas a la prevención: mejora de habilidades sociales,

fomento de la convivencia, integración y participación, capacidades de negociación, uso

de las nuevas tecnologías y sus consecuencias sociales y legales…

Actividades lúdicas como cuentos, juegos cooperativos para fomentar la inteligencia

emocional. Dentro de las actividades complementarias del centro hemos incluido este

año el vídeo fórum, en el a través de vídeos y cortos el alumnado dialogue sobre lo que

ha visto y respete los turnos de palabra y las diferentes opiniones de los compañeros.

Además hemos incluido la actividad de “Nos relacionamos bien, habilidades sociales” a

la que algunas alumnas del tercer ciclo participarán semanalmente.

Plan de acogida para el alumnado que se incorporen nuevos al Centro.

Programa de actividades para la convivencia: Día del Amigo, Día de la Paz, Mercadillo

Solidario, Operación Kilo…

Establecimiento de reuniones del alumnado del tercer ciclo de Educación Primaria

para identificar fuentes de conflicto y posibilitar que los propios alumnos tomen parte

en la resolución de los mismos.

En caso de que el acoso escolar se produzca se seguirá un protocolo de

actuación.(ANEXO V)

1.3 Metodología de actuación.

Una vez identificado el conflicto, el profesor tutor establecerá un diálogo con las partes,

intentando que las mismas lleguen a un acuerdo satisfactorio. En caso de ser así y de

considerarse que la incidencia no reviste mayor gravedad, se dará por zanjada la

situación. En caso contrario, se aplicará el procedimiento referente a las normas de

convivencia del centro:

Comunicación por parte del tutor al equipo directivo de la incidencia.

Propuesta de calificación de falta.

Propuesta de sanción o medida correctiva. (Al alumno se le puede retirar la falta si en

quince días su comportamiento mejora)

Comunicación a las familias de la medida propuesta.

Aplicación de la medida. En todo caso las medidas tomadas serán siempre

proporcionales, razonadas e inmediatas.

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1.4 Medidas y actividades de actuación

Al margen de la aplicación de la normativa del centro este curso se pondrá en marcha

sesiones específicas de convivencia (ANEXO III)

2 Conflictos entre profesores y alumnos.

2.1 Análisis de la situación del centro.

Aun considerando que nuestro centro tiene un bajo nivel de conflictividad entre

docentes y discentes, tanto dentro como fuera de las aulas, a lo largo del curso se han

podido detectar situaciones que anticipan futuros conflictos. En este sentido, se

establece como línea general una premisa: el clima de estudio en el aula es fundamental

para el normal desarrollo de la convivencia, para lo cual, existen una serie de

parámetros que hay que considerar pilares de este clima de respeto:

El respeto a la palabra del otro es fundamental: no puede haber colaboración ni

aprendizaje si no hay escucha, si no hay comunicación efectiva.

Las formas de comunicación, aun encuadrándose en el marco de la efectividad, deben

regirse por las normas de cortesía y respeto mutuos.

El cumplimiento de las normas del centro dentro y fuera del aula debe basarse en el

conocimiento previo de las mismas, en la claridad a la hora de una sanción y en la

efectividad de la misma.

En todo caso, se debe partir del respeto a la dignidad de las personas, tanto discentes

como docentes, en el ejercicio de sus tareas diarias en el entorno escolar.

2.2 Actuaciones y líneas de prevención.

La prevención de conflictos en este apartado la estructuramos en torno a tres frentes:

Conocimiento por parte del alumnado de las normas del centro: los alumnos deben

saber qué consecuencias traen los comportamientos disruptivos y la reiteración de estos

así como los cauces sancionadores del colegio.

Elaboración dialogada de las normas del aula: debe dedicarse una sesión con el tutor,

a ser posible a primeros de curso, para pactar qué comportamientos son deseables y

cuáles no en el desarrollo de las clases y qué consecuencias traen los segundos. En

ningún caso las normas del aula podrán contradecir el reglamento de régimen interno.

Plan de acción tutorial: Dentro del Plan se prestará especial atención a los posibles

conflictos entre el alumnado y los docentes recayendo sobre el tutor la responsabilidad

de mediar en posibles tensiones.

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Trabajar a lo largo de la etapa de primaria habilidades sociales para la educación

emocional, la resolución de conflictos, el razonamiento moral y el trabajo en equipo, en

los buenos días, en las tutorías grupales y en las diferentes materias del currículo.

2.3 Metodología de actuación.

La metodología no diferirá en exceso de la aplicada en el apartado anterior. En este caso

el primer paso del proceso será la exposición de la situación por parte del profesor

afectado y del alumno o alumnos a la dirección del centro. En caso de no llegar a un

acuerdo se seguirá adelante con el procedimiento anteriormente expuesto.

2.4 Medidas y actividades de actuación.

Al margen de la aplicación de la normativa del centro este curso se pondrán en marcha

las sesiones específicas de convivencia (ANEXO III).

3 Conflictos entre padres y equipo educativo.

3.1 Análisis de la situación del centro.

Una de las preocupaciones del centro es mejorar la relación entre las familias y el

equipo docente ya que se han detectado algunas variables que dificultan la

comunicación, la implicación y el compromiso de algunos padres y madres y creemos

que esa relación influye notablemente en el proceso de enseñanza aprendizaje. Entre

esas variables, destacamos:

- Dificultades de comunicación con los padres o tutores derivadas de situaciones socio

económicas y culturales particulares.

- Falta de apoyo a las medidas preventivas y correctoras referentes a la normativa del

centro, que se traducen en conflictos en los que las familias restan su colaboración en

asuntos referentes a la disciplina y la convivencia escolar.

- Posible mejoría en cuanto a fluidez de las vías de comunicación con las familias en

cuanto al uso de la agenda.

3.2 Actuaciones y líneas de prevención.

Lógicamente, en este apartado juega un papel importantísimo el Plan de Acción

Tutorial, que hace especial hincapié en la relación con los padres y tutores. Al margen

del Plan de Acción Tutorial, el centro cuenta con otras vías de comunicación que

facilitan la labor preventiva en cuanto al conocimiento de la normativa y a la creación de

espacios de diálogo entre las familias y la comunidad docente: las reuniones entre

profesores-tutores y las familias a principio de curso, los encuentros informales con las

familias, la entrega de notas y la agenda escolar.

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3.3 Metodología de actuación.

La forma de actuar del colegio pone el acento en la comunicación con los

padres/tutores. Esta comunicación debe reunir las siguientes características:

Fluidez: el Centro intentará a lo largo del curso que la comunicación sea constante, no

solo en caso de problemas académicos o de otro tipo. Para ello establecerá nuevos

canales de comunicación y reforzará los existentes.

Bidireccionalidad: el Colegio tiene establecidos los cauces contemplados en la

legislación para la participación de las familias en el proceso de enseñanza-aprendizaje,

pero además fomenta esta participación con la creación de una cultura escolar que

favorece su acercamiento al colegio.

Efectividad: a la hora de realizar la evaluación del plan de convivencia se tendrá en

cuenta los resultados logrados en este apartado.

3.4 Medidas y actividades de actuación.

Reuniones de principio de curso: Antes de comenzar el curso escolar, los tutores

mantienen una reunión colectiva o individual con los padres-tutores de los alumnos

donde se exponen las líneas maestras del desarrollo del curso y los objetivos a conseguir

en el campo de la convivencia escolar. Los padres comienzan así su participación activa

en la vida escolar.

Agenda escolar: es el vehículo de comunicación principal entre profesores y

padres/tutores, sirviendo para notificar incidencias u observaciones de interés por una

parte o por otra.

Reuniones individualizadas: A lo largo del primer trimestre cada tutor tendrá una

reunión con cada uno de los padres-tutores para planificar el curso y prevenir posibles

incidencias. Estas reuniones se podrán complementar con cuantas sean necesarias a lo

largo del curso.

Creación de una escuela de padres: que se ha iniciado con el primer curso de infantil y

que tiene muy buenos resultados.

4.Cumplimiento de las normas del centro

El RRI del Centro, que recoge las normas básicas de convivencia, los derechos y deberes

del alumnado y los procedimientos a aplicar en caso de incumplimiento. Debe ser un

documento conocido por la comunidad educativa y aplicado con criterios objetivos,

valorando las situaciones en cada caso. Es en este sentido, que recogemos los

parámetros básicos que rigen el cumplimiento de las normas:

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La existencia de unas normas es fruto de la observación de los problemas reales del

colegio, para lo cual se adaptarán dichas normas en el presente plan.

El cumplimiento de dichas normas es responsabilidad de toda la comunidad escolar,

no pudiendo renunciar de sus responsabilidades ningún miembro de la misma.

Los alumnos tienen el derecho y el deber de aplicar las normas de convivencia dentro

de su aula, para lo que se les debe implicar en el razonamiento y exposición de las

mismas.

En todo caso, las normas incumplidas deben acarrear una sanción justa, razonada,

comunicada e inmediata.

Las familias deben tener constancia en todo momento de las situaciones que pudieran

derivar en sanciones a sus hijos, intentando el centro implicarles en la resolución de

conflictos entre alumnos y el centro.

Para esta información, hay diferentes procedimientos: la comunicación directa, la

agenda escolar y las nuevas tecnologías.

La comunidad escolar debe ser consciente de los límites que marcan las normas del

centro, difundiendo a todos sus sectores el contenido de las mismas en sesiones

específicas y con la suficiente claridad.

La toma de medidas correctoras se hará de manera colegiada, cumpliendo los

procedimientos estipulados. (Protocolo de actuación)

5 Respeto al entorno del centro.

El centro escolar es el espacio fundamental del desarrollo del aprendizaje y la

convivencia, por lo cual debe respetarse. Asimismo, el material contenido en él, sea del

propio colegio o del alumnado, tiene que estar suficientemente protegido. Para ello, se

establecen las siguientes líneas de trabajo:

En cuanto a las instalaciones escolares, deben utilizarse de la manera más eficaz,

destacando para los alumnos la necesidad de mantenerlas en buen estado para un

mejor aprovechamiento. Cada alumno tiene responsabilidades respecto a su propio

material y al del centro. Cada mesa de estudio es responsabilidad del alumno que la

ocupa, respondiendo de su deterioro ante el centro.

Debe facilitarse la instalación y mantenimiento de elementos suficientes para la

limpieza del centro. Además, el profesorado debe velar para que se cumplan los

criterios aprobados en cuanto a la limpieza y el orden en el centro.

Las aulas en particular, lugar de trabajo habitual, deben facilitar el aprendizaje,

contribuyendo a él la limpieza y el orden

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El material de los alumnos, confiado a las aulas, debe ser tratado con respeto

poniendo los medios suficientes para evitar sustracciones y desperfectos. Esto será

responsabilidad de toda la comunidad escolar.

Incrementar la observación y la asistencia preventiva de los alumnos en tiempos y

espacios lectivos y no lectivos.

Formación de toda la comunidad educativa (profesores, padres, alumnos, PAS) en la

mediación y resolución de conflictos.

Procurar una comunicación eficaz y fluida entre los miembros de la comunidad

educativa.

Intervención inmediata y nítida en las situaciones de acoso escolar siguiendo el

protocolo establecido así como el seguimiento de la evolución de las situaciones de

acoso.

Implicar a toda la comunidad educativa en la educación y clima de mejora de la

convivencia y en la resolución de conflictos evitando conductas agresivas.

La educación en la convivencia debe impregnar todos los planes del centro así como

desde todas las materias del currículo.

6 PROCEDIMIENTOS.

6.1. Sesiones específicas de convivencia.

Se aplicará la metodología recogida en el anexo III referidas a estas sesiones en

concreto.

6.2. Incumplimiento de las normas.

Se tiene prevista la aplicación del RRI, haciendo hincapié en las siguientes líneas:

Toda falta leve, grave o muy grave, irá acompañada de una medida correctora que

deberá adoptarse entre el profesor que ha detectado la falta, el tutor, la coordinadora

de convivencia y la dirección del centro.

La comunicación de las faltas se hará a las familias por teléfono, llamándolas a la

salida, al finalizar la jornada escolar o reuniéndonos con ellas lo más pronto posible,

teniendo éstas que acudir personalmente a hablar con la tutora para enterarse de las

medidas tomadas y las sanciones aplicadas.

Para otras comunicaciones, la agenda es el vehículo habitual. Por esta razón, debe

insistirse a las familias que esta agenda no es un diario de los alumnos, sino algo que

deben controlar las familias.

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El respeto al clima de estudio es fundamental, por lo que a lo largo del curso se pondrá

especial énfasis es este tema.

El cumplimiento de los horarios es un asunto importante. El centro no permitirá

retrasos a la entrada, respetando el horario al tiempo que se aplica la flexibilidad

derivada de los casos particulares.

Para todo esto, el conocimiento de la normativa del centro y de su plan de

convivencia es vital, por lo cual será responsabilidad de los tutores, desde el principio de

curso, clarificar cuantas dudas surjan entre el alumnado o las familias. A ello se dedicará

una tutoría al principio del año escolar.

ACTUACIONES CORRECTORAS REFERIDAS A FALTAS INJUSTIFICADAS

Y DE PUNTUALIDAD.

Los tutores deberán controlar la asistencia del alumnado a clase diariamente. Las faltas de

puntualidad también se controlarán y reflejarán en las listas de control de asistencia del

alumnado. En caso de producirse reiteración de faltas sin justificar o de faltas de puntualidad se

seguirá el siguiente protocolo de actuación.

Consideración de faltas de asistencia justificadas

Las faltas de asistencia del alumnado deberán ser justificadas mediante una de las siguientes

fórmulas:

• Justificación médica

• Justificación por parte del padre, madre o responsable legal del menor. En caso de no suceder

ninguna de las situaciones anteriormente mencionadas, se considerará la falta como NO

justificada.

Debido a la consideración de la Educación Infantil como enseñanza no obligatoria, las faltas en

este ciclo no entrarán en el parte de absentismo pero tendrán que justificarse igualmente para

tener en cuenta en la etapa posterior, quien puede estar en riesgo de ser absentista y empezar

un trabajo con las familias para que vean la importancia de llevar a sus hijos al colegio y para

que los padres cojan el hábito de justificar las faltas.

Instrucciones de la Dirección General de Orientación Educativa acerca del control y

seguimiento del absentismo escolar.

A modo de resumen y de acuerdo con dichas instrucciones, las actuaciones del Centro en el

tratamiento de las faltas de asistencia del alumnado no justificadas serían las siguientes:

* Cuando un alumno sume una cantidad considerable de faltas mensuales de asistencia no

justificadas, el tutor procederá a citar a la familia con el fin de tratar el asunto.

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* Si se produce una reincidencia, el siguiente paso es la citación por parte del responsable de

absentismo para dialogar con la familia.

* El último paso que daría el Centro en caso de extrema gravedad y como consecuencia de

nuestra preocupación por el alumnado sería trasladar nuestra inquietud a los Servicios Sociales

Municipales para que interviniesen. En cualquier caso, se comunicará a las familias que el

colegio realiza un control estricto de la asistencia del alumnado a clase y que las faltas se

comunican mensualmente a la coordinadora de absentismo escolar del centro.

Normas para la justificación de las faltas de asistencia y puntualidad:

1. Los padres o tutores legales deben justificar cada una de las ausencias y retrasos de sus

hijos, por escrito, a través de la agenda escolar o una carta dirigida al tutor de su hijo.

En caso de no presentarse dicha justificación, el tutor, el responsable de absentismo o

director se pondrán en contacto con los padres.

2. En el caso de un largo periodo de ausencia por enfermedad del alumno (más de tres

días) los padres lo comunicarán por escrito, debiendo entregar el correspondiente

certificado médico. En caso de no presentarse dicha justificación, el tutor o director se

pondrán en contacto con los padres.

3. Las faltas de asistencia/puntualidad en la primera hora de clase (mañana y tarde) se

notificarán también con una nota al profesor en la agenda. El tutor será el responsable

de aplicar, en su caso, la correspondiente sanción.

4. Al finalizar el recreo los alumnos subirán y entrarán puntualmente a su clase. Los

retrasos tendrán la misma sanción que los retrasos en la primera hora de clase.

5. Si el alumno no asiste a primeras horas o se ausenta durante la jornada escolar, si es

posible, debe reincorporarse al centro en el momento en que haya resuelto el motivo

de su ausencia.

6. El profesor responsable de las actividades extraescolares de Ed. Infantil y Primaria de las

tardes hará el seguimiento de las faltas de asistencia de los alumnos, requiriendo a las

familias la justificación de las mismas. Con cuatro faltas sin justificar, se avisará a la

familia de que puede perder el derecho a asistir a las actividades.

SIUACIONES EN QUE LAS MEDIDAS CORRECTORAS DEBEN APLICARSE

POR EL PROFESORADO Y CASOS QUE CORRESPONDEN A LA

DIRECCIÓN.

De conformidad con lo dispuesto en el título V de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de

Educación, corresponden al consejo escolar, al claustro de profesores y a la dirección del centro

las funciones y competencias referentes a la convivencia escolar.

Los coordinadores de convivencia, los tutores de los grupos de alumnos y los

profesores sin atribuciones de coordinación específica, deben intervenir de manera

concreta, tanto a través de sus funciones propias y de los contenidos curriculares como

de las estrategias metodológicas pertinentes, en el refuerzo de los derechos y deberes

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explicitados en este plan y en la consecución de un clima escolar adecuado para el

desarrollo de la actividad educativa en el aula y en el centro.

El consejo escolar. Corresponde al consejo escolar del centro en materia de convivencia

escolar:

a) Aprobar anualmente el plan de convivencia y las normas que sobre esta materia se

contemplen en el reglamento de régimen interior.

b) Velar por el correcto ejercicio de los derechos y deberes de los alumnos, conocer la

resolución de los conflictos disciplinarios y garantizar su adecuación a la normativa

vigente.

c) Proponer medidas e iniciativas que favorezcan la convivencia en el centro, la igualdad

entre hombres y mujeres y la resolución pacífica de conflictos en todos los ámbitos de la

vida personal, familiar y social.

d) Revisar, a instancia de los padres o tutores legales, las medidas adoptadas por la

dirección del centro en relación con las sanciones por conductas de los alumnos

gravemente perjudiciales para la convivencia, proponiendo las medidas oportunas.

e) Evaluar y elaborar periódicamente un informe sobre el clima de convivencia,

especialmente sobre los resultados de la aplicación del plan de convivencia.

La comisión de convivencia.

1. En el seno del consejo escolar existirá una comisión de convivencia, que tendrá como

finalidad garantizar la aplicación correcta de lo dispuesto en este plan, colaborar en la

planificación de medidas preventivas y en la resolución de conflictos.

2. En su constitución, organización y funcionamiento se tendrán en cuenta los siguientes

aspectos:

a) tienen que formar parte de ella : dos profesores y dos padres, salvo si el número

de unidades es inferior a seis, en cuyo caso se incorporarán un profesor y dos padres

o si el centro tiene sólo una o dos unidades en los que se constituirá con un padre.

b) Si el coordinador de convivencia no forma parte de la comisión de convivencia

como representante del profesorado en el consejo escolar, asistirá a sus reuniones

con voz pero sin voto.

c) El consejo escolar podrá decidir que asistan a la comisión de convivencia, con voz

pero sin voto, representantes de otros sectores del mismo o de personas que por su

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cualificación personal o profesional puedan contribuir a un mejor cumplimiento de

sus fines.

3. Sus funciones y normas de funcionamiento estarán reguladas en el reglamento de

régimen interior. La comisión informará al consejo escolar, al menos dos veces durante

el curso, sobre las actuaciones realizadas y hará las propuestas que considere oportunas

para la mejora de la convivencia en el centro.

4. En los centros privados concertados la comisión se compondrá de acuerdo con los

criterios que se establezcan por parte de la dirección del centro, que contemplarán la

participación de profesores, padres y alumnos.

El claustro de profesores.

1. Corresponde al claustro de profesores proponer medidas e iniciativas que favorezcan

la convivencia en el centro. Estas propuestas serán tenidas en cuenta en la elaboración

del plan de convivencia que anualmente se apruebe por el consejo escolar.

2. Asimismo, en sus reuniones ordinarias y, si fuera preciso, en reuniones

extraordinarias, conocerá la resolución de conflictos disciplinarios y la imposición de

sanciones y velará para que éstas se atengan a la normativa vigente.

El equipo directivo.

1. Corresponde al equipo directivo fomentar la convivencia escolar, e impulsar cuantas

actividades estén previstas en el plan de convivencia del centro.

2. Son competencias del director:

a) Favorecer el fomento de la convivencia en el centro, impulsando el plan de

convivencia aprobado por el consejo escolar.

b) Imponer las medidas de corrección que se establecen en el artículo 38 del Decreto

51/2007, que podrá delegar , en el jefe de estudios, en el tutor docente del alumno o en

la comisión de convivencia, en su caso.

c) Garantizar el ejercicio de la mediación y los procesos de acuerdo reeducativo para la

resolución de conflictos según los procedimientos establecidos para cada uno de ellos

en este Decreto.

d) Incoar expedientes sancionadores e imponer, en su caso, las sanciones que

correspondan, sin perjuicio de las competencias atribuidas al consejo escolar, y según el

procedimiento establecido en este Decreto.

e) Velar por el cumplimiento de las medidas impuestas en sus justos términos.

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Corresponde al jefe de estudios:

a) Coordinar y dirigir las actuaciones del coordinador de convivencia, de los tutores y de

los profesores, establecidas en el plan de convivencia y en el reglamento de régimen

interior, relacionadas con la convivencia escolar.

b) Imponer y garantizar, por delegación del director, las medidas de corrección y el

ejercicio de la mediación y los procesos de acuerdo reeducativo que se lleven a cabo en

el centro.

El coordinador de convivencia.

En los centros privados concertados los directores podrán designar, entre los

profesores del centro, un coordinador de convivencia, quien colaborará con el jefe de

estudios en la coordinación de las actividades previstas para la consecución de los

objetivos del plan de convivencia.

El profesor coordinador de convivencia participará en la comisión de convivencia de los

centros públicos, de acuerdo con lo establecido en el artículo 20.2.b) del Decreto.

Los tutores docentes.

1. Corresponde a los tutores, en el ámbito del plan de acción tutorial, la coordinación de

los profesores que imparten docencia al grupo de alumnos de su tutoría, mediando

entre profesores, alumnos y familias o tutores legales.

2. Los tutores impulsarán las actuaciones que se lleven a cabo, dentro del plan de

convivencia, con el alumnado del grupo de su tutoría.

3. El tutor tendrá conocimiento de las actuaciones inmediatas y medidas adoptadas por

los profesores que imparten docencia en su grupo de tutoría, con el objeto de resolver

los conflictos y conseguir un adecuado marco de convivencia que facilite el desarrollo de

la actividad educativa.

Los profesores.

Los profesores, dentro del aula o en el desarrollo de sus actividades complementarias o

extraescolares, llevarán a cabo las actuaciones inmediatas previstas en el artículo 35 del

Decreto, y en el marco de lo establecido en el reglamento de régimen interior.

PROCEDIMIENTO PARA INFORMAR A LAS FAMILIAS

Las familias se relacionan con el Centro fundamentalmente a través de los tutores, quienes

convocan a los padres, bien colectivamente, bien individualmente, a lo largo del mismo. Los

educadores se sienten, en su gran mayoría, a gusto en su relación con las familias aunque les

gustaría que se implicaran más en la educación de sus hijos y participaran más en actividades del

cole.

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Existe una Asociación de Madres y Padres de Alumnos, cuya Junta Directiva mantiene un

estrecho contacto con la Dirección del Centro y ambos organismos cooperan para todo lo que

solicitan. El Colegio edita periódicamente una revista escolar y posee una página web en los que

se recogen aquellos aspectos que se consideran de interés y que guardan relación con la

educación de los alumnos, con la organización del Centro o con las normas de convivencia.

De cualquier asunto significativo que tenga que ver con la conducta de un alumno, los padres

tienen inmediato conocimiento, bien por escrito (a través de la agenda escolar) o si la urgencia

lo requiere, por teléfono. La respuesta de las familias a este respecto es, en general, pronta,

receptiva y de colaboración. Existen, no obstante, algunas con las que es muy difícil mantener la

adecuada coordinación entre familia y Centro en la educación de sus hijos, últimamente

detectamos un incremento de esta dificultad en familias desestructuradas.

El procedimiento que se sigue es el siguiente:

Entrevista con la familia para coordinar y aunar esfuerzos educativos. Se trata de

informar a las familias y pedir la colaboración en el plan de modificación de conducta

establecido.

Seguimiento al alumno y nueva entrevista con la familia si se considera necesaria. Se

trata de comprobar los resultados del plan de modificación de conducta e, introducir, en

colaboración con las familias, los cambios oportunos

MEDIDAS Y PROCEDIMIENTOS PARA LAS ACTUACIONES DE

COLABORACIÓN.

Se considera la acción tutorial como un componente básico de la actividad docente y el primer

eje para la promoción de la convivencia en el centro, siendo el Plan de Acción Tutorial donde se

recogen los siguientes aspectos favorecedores de la mejora de la convivencia:

Creación de grupo en el aula: el hecho de compartir espacio no significa que haya

sentimiento de grupo. Buena parte de los conflictos tienen su origen en la convivencia

diaria. Se intentará que el alumnado se sienta como parte de su clase y lo valore.

Elaboración democrática de las normas del aula.

Promoción de la participación, el diálogo, la escucha activa como objetivos educativos.

Creación de debates en el aula ante temas que puedan suponer la aparición de

conflictos.

Fomento de un comportamiento asertivo frente al comportamiento agresivo o pasivo.

Educación en valores fundamentales de ciudadanía, respeto, justicia, tolerancia,

solidaridad y compromiso con el bien común.

Celebración como grupo de días claves, como el Día de la Paz, Día de la Violencia de

Género, Día de la mujer…

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MEDIDAS PARA PREVENIR, DETECTAR, MEDIAR Y RESOLVER CONFLICTOS

Las actuaciones preventivas y que contribuyen a la detección de la conflictividad son las

siguientes:

1 Compromisos de Convivencia las familias al comenzar el curso firman un compromiso de

convivencia con el centro en el que se comprometen a cumplir las normas del centro y sus

deberes como padres.

2 Actuaciones preventivas Los miembros de la Comunidad Educativa pondrán especial cuidado

en la prevención de actuaciones contrarias a las normas de convivencia,especialmente las que

conlleven un componente xenófobo, sexista o racista por medio de medidas educativas y

formativas y la colaboración de todo profesorado.

En líneas generales las actuaciones preventivas que contribuyen a la detección de la

conflictividad son las siguientes:

2.1 Medidas de detección: La situación social es un indicador muy importante en el

maltrato entre iguales. El alumnado aislado o ignorado puede convertirse en blanco fácil del

alumnado más agresivo o intolerante. Las tutoras que dejan un grupo al finalizar el curso, le

darán a la siguiente toda la información que sea relevante a tener en cuenta con la clase con la

que se va a encontrar, si hubiera existido algún problema de convivencia o de aceptación

El principal objetivo de esta reunión entre tutoras es identificar a los estudiantes en una

situación vulnerable y aplicar alguna de las siguientes medidas:

Establecer ayuda entre iguales

La ubicación de los sitios en el aula de un modo adecuado.

La formación de grupos de un curso al siguiente.

2.2 Medidas de prevención:

Hacer conocedores a toda la comunidad educativa de las normas del Centro.

Hacer conocedores a toda la comunidad educativa de los derechos y deberes y de las

consecuencias.

Fomentar el Plan de Acción Tutorial.

Desarrollar el interés por el trabajo cooperativo y en equipo frente al trabajo individual.

Educar desde edades tempranas en valores de resolución pacífica de conflictos.

Actividades de acogida adecuadas a cada grupo de edad, para facilitar al

alumnado matriculado en el centro por primera vez y a sus familias el

conocimiento de las normas generales de convivencia del Colegio y las

particulares del aula, de las correcciones o medidas disciplinarias que en su caso

se aplicarían, así como de los deberes y derechos del alumnado. En líneas

generales, utilizaremos la asamblea de clase para que todo el grupo se conozca,

la entrevista tutor-alumnado

Actividades de sensibilización frente a los casos de acoso: En la

sensibilización ante los casos de acoso e intimidación entre iguales

desarrollaremos un programa de actividades en los que se les de pautas para el

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uso responsable de las nuevas tecnologías y las consecuencias legales que tiene

un mal uso de las redes sociales o aplicaciones móviles. Esta actividad estaría

dirigida sobre todo al alumnado de tercer ciclo de primaria y a sus padres.

Actividades de sensibilización para la igualdad de géneros En el ámbito de

la igualdad entre hombres y mujeres se tienen en cuenta tres principios básicos:

1. Visibilidad. Hacer visibles las diferencias entre chicos y chicas, para

facilitar el reconocimiento de las desigualdades y discriminaciones y al

mismo tiempo hacer visible la contribución de las mujeres al desarrollo

de las sociedades, valorando el trabajo que tradicionalmente han

realizado.

2. Hacer un uso del lenguaje no discriminatorio.

3. Reflexionar sobre la pervivencia de papeles sociales discriminatorios

en función del sexo.

4. Transversalidad. Los principios de igualdad entre mujeres y hombres

deben estar presentes en el conjunto de acciones educativas y

organizativas del centro.

5. Inclusión. Las medidas y actuaciones educativas se dirigen al conjunto

de la comunidad: padres, madres, hermanos, hermanas para corregir

los desajustes producidos por cambios desiguales, en los papeles

tradicionales, conciliar intereses y crear relaciones de género más

igualitarias.

Vigilancia de espacios y tiempos En Primaria, las entradas y salidas del alumnado al

centro se realizan bajo la supervisión del profesorado. Igualmente, las actividades

extraescolares, aula de madrugadores y comedor cuentan con un adecuado sistema de

vigilancia por parte del profesorado de manera que en ningún momento el alumnado

queda sin la supervisión de un adulto. Los tiempos de recreo, tanto en Primaria como en

infantil, están vigilados por el profesorado que se releva por turnos.

3.-FUNCIONES Y NORMAS DE FUNCIONAMIENTO DE

LA COMISIÓN DE CONVIVENCIA.

La comisión de convivencia tendrá como finalidad garantizar la aplicación correcta de lo

dispuesto en este plan, y colaborar en la planificación de medidas preventivas y en la resolución

de conflictos.

La comisión de convivencia estará formada por:

La dirección del centro.

La coordinadora de convivencia.

Un profesor del centro.

Dos padres, que pueden pertenecer al consejo escolar.

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FUNCIONES Y COMPETENCIAS QUE DESARROLLA:

a. Canalizar las iniciativas de todos los sectores de la comunidad educativa para mejorar la

convivencia, el respeto mutuo, así como promover la cultura de la paz y la resolución pacífica de

los conflictos.

b. Adoptar las medidas preventivas necesarias para garantizar los derechos de todos los

miembros de la comunidad educativa y el cumplimiento de las normas de convivencia del

centro.

c. Desarrollar iniciativas que eviten la discriminación de alumnado, estableciendo planes de

acción positiva que posibiliten la integración de todos los alumnos y alumnas

d. Mediar en los conflictos planteados.

e Conocer y valorar el cumplimiento efectivo de las correcciones y medidas disciplinarias en los

términos que hayan sido impuestas.

f. Proponer al Consejo Escolar las medidas que considere oportunas para mejorar la convivencia

en el centro

g. Dar cuenta al pleno del Consejo Escolar, al menos dos veces a lo largo del curso, de las

actuaciones realizadas y de las correcciones y medidas disciplinarias impuestas

h Realizar el seguimiento de los compromisos de convivencia suscritos en el Centro.

i. Cualesquiera otras que puedan serle atribuidas por el Consejo Escolar, relativas a las normas

de convivencia del centro.

4.-PROCEDIMIENTOS DE ACTUACIÓN ANTE SITUACIONES DE

CONFLICTO Y SISTEMA DE REGISTRO DE ACTUACIONES

LLEVADAS A CABO.

4.1. MEDIDAS DE ACTUACIÓN INMEDIATA Y PROCEDIMIENTO DE

COMUNICACIÓN DE ACTUACIONES INMEDIATAS.

Las actuaciones inmediatas tienen como objetivo el cese de la conducta perturbadora de la

convivencia, sin perjuicio de su calificación como conducta contraria a las normas de convivencia

o gravemente perjudicial para la convivencia en el centro, al objeto de aplicar las medidas

posteriores previstas en el artículo 29.2.b) que son las siguientes:

Medidas posteriores : una vez desarrolladas las actuaciones inmediatas, y en función de las

características de la conducta, se podrán adoptar además las siguientes medidas:

1.º– Medidas de corrección en el caso de conductas contrarias a las normas de convivencia del

centro, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 38 y son las siguientes:

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a) Amonestación escrita.

b) Modificación temporal del horario lectivo, tanto en lo referente a la entrada y salida

del centro como al periodo de permanencia en él, por un plazo máximo de 15 días

lectivos.

c) Realización de tareas que contribuyan a la mejora y desarrollo de las actividades del

centro o, si procede, dirigidas a reparar el daño causado a las instalaciones o al material

del centro o a las pertenencias de otros miembros de la comunidad educativa por un

máximo de 5 días lectivos.

d) Realización de tareas de apoyo a otros alumnos y profesores por un máximo de 15

días lectivos.

e) Suspensión del derecho a participar en las actividades extraescolares del centro por

un periodo máximo de 15 días.

f) Cambio de grupo del alumno por un máximo de 15 días lectivos.

g) Suspensión del derecho de asistir a determinadas clases por un periodo no superior a

5 días lectivos. Durante dicho periodo quedará garantizada la permanencia del alumno en

el centro, llevando a cabo las tareas académicas que se le encomienden.

Para la aplicación de estas medidas de corrección, salvo la prevista en el apartado 1. a), será

preceptiva la audiencia al alumno y a sus padres o tutores legales en caso de ser menor de edad.

Así mismo se comunicara formalmente su adopción.

2.º– Mediación y procesos de acuerdo reeducativo que explicaremos en el punto 5 del

presente plan.

3.º– Apertura de procedimientos sancionadores, en el caso de conductas gravemente

perjudiciales para la convivencia en el centro. (artículo 48)

Se considerarán conductas gravemente perjudiciales para la convivencia en el centro y, por ello,

calificadas como faltas, las siguientes:

a) La falta de respeto, indisciplina, acoso, amenaza y agresión verbal o física, directa o

indirecta, al profesorado, a cualquier miembro de la comunidad educativa y, en general, a

todas aquellas personas que desarrollan su prestación de servicios en el centro educativo.

b) Las vejaciones o humillaciones a cualquier miembro de la comunidad educativa,

particularmente aquéllas que tengan una implicación de género, sexual, racial o xenófoba,

o se realicen contra el alumnado más vulnerable por sus características personales,

sociales o educativas.

c) La suplantación de personalidad en actos de la vida docente y la falsificación o

sustracción de documentos y material académico.

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d) El deterioro grave, causado intencionadamente, de las dependencias del centro, de su

material o de los objetos y las pertenencias de los demás miembros de la comunidad

educativa.

e) Las actuaciones y las incitaciones a actuaciones perjudiciales para la salud y la

integridad personal de los miembros de la comunidad educativa del centro.

f) La reiteración en la comisión de conductas contrarias a las normas de convivencia en el

centro.

Las sanciones que pueden imponerse por la comisión de las faltas anteriores son las siguientes:

a) Realización de tareas que contribuyan a la mejora y desarrollo de las actividades del

centro o, si procede, dirigidas a reparar el daño causado a las instalaciones o al material

del centro o a las pertenencias de otros miembros de la comunidad educativa. Dichas

tareas no podrán tener una duración inferior a 6 días lectivos ni superior a 15 días

lectivos.

b) Suspensión del derecho a participar en las actividades extraescolares del centro por

un periodo superior a 15 días lectivos e inferior a 30 días lectivos.

c) Cambio de grupo del alumno durante un periodo comprendido entre 16 días lectivos y

la finalización del curso escolar.

d) Suspensión del derecho de asistencia a determinadas clases o a todas ellas, por un

periodo superior a 5 días lectivos e inferior a 30 días lectivos, sin que eso comporte la

pérdida del derecho a la evaluación continua y entregando al alumno un programa de

trabajo para dicho periodo, con los procedimientos de seguimiento y control oportunos,

con el fin de garantizar dicho derecho.

e) Cambio de centro.

Incoación del expediente sancionador.

1. Las conductas gravemente perjudiciales para la convivencia en el centro sólo podrán ser

sancionadas previa tramitación del correspondiente procedimiento.

2. El procedimiento se iniciará de oficio mediante acuerdo del director del centro, a iniciativa

propia o a propuesta de cualquier miembro de la comunidad educativa, en un plazo no superior

a dos días lectivos desde el conocimiento de los hechos.

3. La incoación de los procedimientos sancionadores se formalizará con el siguiente contenido:

a) Hechos que motivan el expediente, fecha en la que tuvieron lugar, conducta

gravemente perjudicial para la convivencia cometida y disposiciones vulneradas.

b) Identificación del alumno o alumnos presuntamente responsables.

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c) Nombramiento de un instructor y, en su caso, cuando la complejidad del expediente así

lo requiera, de un secretario. Tanto el nombramiento del instructor como el del secretario

recaerá en el personal docente del centro, estando ambos sometidos al régimen de

abstención y recusación establecido en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen

Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. El

acuerdo de incoación contendrá una expresa referencia al régimen de recusación.

d) En su caso, la posibilidad de acogerse a los procesos para la resolución de conflictos

establecidos en el punto 5 de este plan: la mediación y los procesos de acuerdo

reeducativo.

4. La incoación del procedimiento se comunicará al instructor y, si lo hubiere, al secretario, y

simultáneamente se notificará al alumno y a sus padres o tutores legales, cuando este sea

menor de edad. Asimismo, se comunicará, en su caso, a quién haya propuesto su incoación y al

inspector de educación del centro, a quién se mantendrá informado de su tramitación.

Medidas cautelares.

1. Por propia iniciativa o a propuesta del instructor, el director del centro podrá adoptar

motivadamente las medidas cautelares de carácter provisional que sean necesarias para

garantizar el normal desarrollo de la actividad del centro y asegurar la eficacia de la resolución

final que pudiera recaer. Las medidas cautelares podrán consistir en el cambio temporal de

grupo, o en la suspensión temporal de la asistencia a determinadas clases, actividades

complementarias o extraescolares o al propio centro.

2. El periodo máximo de duración de estas medidas será de 5 días lectivos. El tiempo que haya

permanecido el alumno sujeto a la medida cautelar se descontará, en su caso, de la sanción a

cumplir.

3. Las medidas cautelares adoptadas serán notificadas al alumno, y, si éste es menor de edad, a

sus padres o tutores legales. El director podrá revocar, en cualquier momento, estas medidas.

Instrucción.

1. El instructor, desde el momento en que se le notifique su nombramiento, llevará a cabo las

actuaciones necesarias para el esclarecimiento de los hechos y la determinación de las

responsabilidades, formulando, en el plazo de tres días lectivos, un pliego de cargos que

contendrá los siguientes extremos:

a) Determinación de los hechos que se imputan al alumno de forma clara y concreta.

b) Identificación del alumno o alumnos presuntamente responsables.

c) Sanciones aplicables.

2. El pliego de cargos se notificará al alumno y a sus padres o representantes legales si aquél

fuere menor, concediéndole un plazo de dos días lectivos para alegar cuanto estime oportuno y

proponer la práctica de las pruebas que a la defensa de sus derechos o intereses convenga. Si

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el instructor acordara la apertura de periodo probatorio, éste tendrá una duración no superior a

dos días.

3. Concluida la instrucción del expediente el instructor redactará en el plazo de dos días

lectivos la propuesta de resolución bien proponiendo la declaración de no existencia de

infracción o responsabilidad sobre los hechos bien apreciando su existencia, en cuyo caso, la

propuesta de resolución contendrá los siguientes extremos:

a) Hechos que se consideren probados y pruebas que lo han acreditado.

b) Calificación de la conducta o conductas perturbadoras.

c) Alumno o alumnos que se consideren presuntamente responsables.

d) Sanción aplicable de entre las previstas en el artículo 49 y valoración de la

responsabilidad del alumno, con especificación, si procede, de las circunstancias la

agraven o atenúen.

e) Especificación de la competencia del director para resolver.

4. El instructor, acompañado del profesor-tutor, dará audiencia al alumno, y si es menor,

también a sus padres o representantes legales, para comunicarles la propuesta de resolución y

ponerles de manifiesto el expediente, concediéndoles un plazo de dos días lectivos para

formular alegaciones y presentar los documentos que estimen pertinentes.

5. Recibidas por el instructor las alegaciones y documentos o transcurrido el plazo de audiencia,

elevará todo el expediente al órgano competente para adoptar su resolución final.

Resolución.

1. Corresponde al director del centro, en el plazo máximo de dos días lectivos desde la recepción

del expediente, la resolución del procedimiento sancionador.

2. La resolución debe contener los hechos imputados al alumno, la falta que tales hechos

constituyen y disposición que la tipifica, la sanción que se impone y los recursos que cabe

interponer contra ella.

3. La resolución se notificará al alumno y, en su caso, a sus padres o representantes legales y al

miembro de la comunidad educativa que instó la iniciación del expediente, en un plazo máximo

de veinte días lectivos desde la fecha de inicio del procedimiento.

4. Esta resolución, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 127.f) de la Ley Orgánica

2/2006, de 3 de mayo, de Educación, será comunicada al claustro y al consejo escolar del centro

quien, a instancia de padres o tutores, podrá revisar la decisión adoptada y proponer, en su

caso, las medidas oportunas, en el plazo máximo de cinco días lectivos. Si el instructor del

expediente forma parte del consejo escolar del centro deberá abstenerse de intervenir.

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5. Contra la resolución se podrá presentar recurso de alzada ante la Dirección Provincial de

Educación correspondiente en los términos previstos en los artículos 114 y siguientes de la Ley

30/1992, de 26 de noviembre. 10924 Miércoles, 23 de mayo 2007 B.O.C. y L. - N.º 99 6. La

resolución no será ejecutiva hasta que se haya resuelto el correspondiente recurso o haya

transcurrido el plazo para su interposición. No obstante, en la resolución se podrán adoptar las

medidas cautelares precisas para garantizar su eficacia en tanto no sea ejecutiva.

Régimen de prescripción.

Las faltas tipificadas en el artículo 48 del Decreto prescribirán en el plazo de noventa días

contados a partir de la fecha de su comisión. Asimismo, las sanciones impuestas por estas

conductas prescribirán en el plazo de noventa días desde su imposición.

4.2. SISTEMA PARA LA RECOPILACIÓN DE INFORMACIÓN.

SISTEMA DE ACTUACIÓN:

1. INFORMACIÓN SOBRE EL HECHO O HECHOS SUCEDIDOS

-Descripción de la conducta problemática. Ejemplo de respuestas: Hace comentarios

fuera de lugar en tiempo de trabajo, insulta, grita continuamente, corre y se desliza por

los pasillos, utiliza motes, se pelea…

-Situación escolar en la que aparece (pasillo, aula, salón, servicios….)

-Situación anterior a la conducta descrita (la provoca un compañero, se aburre, tiene

dificultas en las tareas escolares….)

-Situación inmediatamente posterior a la conducta descrita ( responde con otros

insultos, llora, contesta al profesor..)

-Consecuencias o reacciones inmediatas de las personas próximas ante la conducta

descrita ( se burlan, guardan silencio cómplice, le refuerzan…..)

2. PRONÓSTICO INICIAL DE LA SITUACIÓN

Origen y circunstancias

- ¿Cómo apareció la conducta problemática? Espontáneamente, paulatinamente,

esporádicamente, frecuentemente…

-¿En qué circunstancias? Inducido por compañeros, debido al stress, por celos, al

trabajar con una persona determinada…

-¿El alumno imita conductas de otras personas? ¿De quién? Sí. No. De tal compañero…

De tal grupo…

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¿Aparecen causas biológicas, psicológicas o ambientales? Cambio de amigos, cambio de

domicilio, influencia del grupo, cambios familiares, enfermedad…

4.3. REFERENCIAS PARA EVALUAR LOS COMPORTAMIENTOS

PROBLEMÁTICOS Y CIRCUNSTANCIAS EN LAS QUE APARECEN.

Criterios para la aplicación de las actuaciones correctoras

1. La comunidad educativa, y en especial el profesorado, ante las conductas de los alumnos perturbadoras de la convivencia en el centro, aplicará las correcciones que, en su caso, correspondan.

2. Los alumnos no pueden ser privados del ejercicio de su derecho a la educación y de su derecho a la escolaridad.

3. En ningún caso se llevarán a cabo correcciones que menoscaben la integridad física o la dignidad personal del alumno.

4. Las correcciones que sea preciso aplicar tendrán carácter educativo y supondrán, en primera instancia, la actuación inmediata y directa del profesor sobre la conducta del alumno afectado, pudiendo ir seguidas de medidas posteriores.

5. Las correcciones deberán guardar la adecuada proporcionalidad con la naturaleza de las conductas perturbadoras y deberán contribuir a mantener y mejorar el proceso educativo del alumno.

6. En las correcciones deberá tenerse en cuenta el nivel académico y la edad del alumno, así como las circunstancias personales, familiares o sociales que puedan haber incidido en la aparición de la conducta perturbadora.

7. La calificación de la conducta perturbadora del alumno y el desarrollo de las actuaciones inmediatas, determinará la adopción de medidas de corrección o la apertura de procedimiento sancionador.

GRADACIÓN DE LAS MEDIDAS CORRECTORAS Y DE LAS SANCIONES

1. A efectos de la gradación de las medidas de corrección y de las sanciones, se consideran circunstancias que atenúan la responsabilidad:

a. El reconocimiento espontáneo e inmediato de la conducta, así como la petición de

excusas y la reparación espontánea e inmediata del daño producido ya sea físico o

moral.

b. La falta de intencionalidad.

c. El carácter ocasional de la conducta.

d. Si se ha iniciado un proceso de mediación y no se pueda llegar a un acuerdo, o no

pueda llevarse a cabo una vez alcanzado, por causas ajenas al alumno infractor o por

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negativa expresa del alumno perjudicado, esta circunstancia deberá ser tenida en

cuenta como atenuante de la responsabilidad.

e. Otras circunstancias de carácter personal que puedan incidir en su conducta.

2. A los mismos efectos, se consideran circunstancias que agravan la responsabilidad:

a. La premeditación.

b. La reiteración.

c. La incitación o estímulo a la actuación individual o colectiva lesiva de los derechos

de los demás miembros de la comunidad educativa.

d. La alarma social causada por las conductas perturbadoras de la convivencia, con

especial atención a aquellos actos que presenten características de acoso o

intimidación a otro alumno.

e. La gravedad de los perjuicios causado al centro o a cualquiera de los integrantes de

la comunidad educativa.

f. La publicidad o jactancia de conductas perturbadoras de la convivencia a través de

aparatos electrónicos u otros medios.

RESPONSABILIDAD POR DAÑOS.

1. Los alumnos que individual o colectivamente causen daños de forma intencionada o por

negligencia a las instalaciones del centro o a su material, así como a los bienes y pertenencias de

cualquier miembro de la comunidad educativa, quedan obligados a reparar el daño causado o

hacerse cargo del coste económico de su reparación, en los términos previstos en la legislación

vigente.

2. Los alumnos que sustrajeren bienes del centro o de cualquier miembro de la comunidad

escolar deberán restituir lo sustraído, de acuerdo con la legislación vigente, sin perjuicio de la

corrección a que hubiera lugar.

3. Los padres o tutores legales del alumno serán responsables civiles en los términos previstos

en las leyes.

COORDINACIÓN INTERINSTITUCIONAL.

1. De acuerdo con la disposición adicional vigésimo tercera de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de

mayo, de Educación, para una mayor precisión y eficacia de las actuaciones correctoras, los

centros podrán recabar los informes que se estimen necesarios acerca de las circunstancias

personales, familiares o sociales del alumno a los padres o tutores legales o, en su caso, a las

instituciones públicas competentes.

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2. En aquellos supuestos en los que, una vez llevada a cabo la corrección oportuna, el alumno

siga presentando reiteradamente conductas perturbadoras para la convivencia en el centro,

éste dará traslado, previa comunicación a los padres o tutores legales en el caso de menores de

edad, a las instituciones públicas del ámbito sanitario, social o de otro tipo, de la necesidad de

adoptar medidas dirigidas a modificar aquellas circunstancias personales, familiares o sociales

del alumno que puedan ser determinantes de la aparición y persistencia de dichas conductas.

3. En aquellas actuaciones y medidas de corrección en las que el centro reclame la implicación

directa de los padres o tutores legales del alumno y éstos la rechacen de forma expresa, el

centro pondrá en conocimiento de las instituciones públicas competentes los hechos, con el fin

de que adopten las medidas oportunas para garantizar los derechos del alumno contenidos en el

capítulo II del título I y el cumplimiento de los deberes recogidos en el artículo 17.2, con especial

atención al contenido en su letra a).

4.4. PLAN DEL RESTO DE ACTUACIONES A DESARROLLAR Y SU

SEGUIMIENTO.

MEDIDAS DE ACTUACIÓN ANTE FALTAS LEVES

Las actuaciones inmediatas serán llevadas a cabo por cualquier profesor del centro, dado su

carácter directo e inmediato a la conducta perturbadora.

El profesor comunicará las actuaciones inmediatas llevadas a cabo al tutor del alumno, que será

quién, de acuerdo con la dirección del centro, determinará la oportunidad de informar a la

familia del alumno.

Si existiera algún alumno/s que perturbe o perturben la convivencia en el centro, el

profesor/tutor llevará a cabo una o varias de las siguientes actuaciones:

MEDIDAS TUTORIALES □ Con la víctima:

Programa para reforzar su autoestima. Atención individualizada en las clases. Dinámica de trabajo en el grupo-clase. Aplicar programas de apoyo entre compañeros Reuniones con la familia para orientar su actuación y presentar posibles apoyos

externos □ Con agresor/es:

Diálogo con el/los agresor/es para concienciarles de su actitud negativa Dinámica de trabajo en el grupo-clase Reuniones con la familia para orientar su actuación y presentar posibles apoyos

externos Estrategias de modificación de conducta. Aplicación de programas de comunicación y habilidades sociales …………

MEDIDAS INDIVIDUALES

Recabar las opiniones del alumno acerca de su propia conducta.

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Establecer un plan de modificación de conducta. Coordinarse con la familia. Seguimiento de los cambios de conducta.

MEDIDAS ORGANIZATIVAS

Cambio en la organización del aula Cambio de grupo Reorganización de horarios Incremento de vigilancia en pasillos y patios Acuerdos entre profesorado sobre actuación en el aula Revisión, si es necesario, del RRI

ACTUACIONES PARA CON LOS ALUMNOS QUE PRESENTAN ALTERACIONES DE

COMPORTAMIENTO

Si con las medidas anteriores no es suficiente para “corregir” la conducta y surgen alteraciones

de comportamiento grave se pondrán en marcha las siguientes actuaciones:

a) Actuaciones iniciales.

• Comunicación de la situación: Se pondrá en conocimiento del profesor tutor la

conducta disruptiva detectada.

• Información a la familia: Se pondrá en conocimiento de la familia del alumno la

situación, a la que también se le informará de la medida disciplinaria que se le impondrá

al alumno, de tal forma de que éste perciba de que su familia y la escuela están de

acuerdo.

• Pronóstico inicial: En el caso de que las alteraciones sean continuadas y/o graves, se

iniciará una recogida de información para analizar las causas de dicha conducta.

- Disfunciones en el proceso de E/A.

- Situaciones de tipo familiar, socio-ambiental, etc.

- Algún tipo de déficit o patología psíquica.

• Toma de decisiones:

- Decidir el tipo de medida correctiva a aplicar, que estará recogida en el plan de

convivencia.

- Comunicarse con la familia en el caso de que no se haya hecho antes.

b) Actuaciones posteriores.

• Evaluación del comportamiento problemático. Se llevará a cabo una evaluación con el

objetivo de determinar el comportamiento problemático y las causas que lo provocan,

analizando los acontecimientos que lo preceden y las consecuencias de dichos

comportamientos. Se evaluará:

- El alumno de forma individual. Se recabará información de los servicios ajenos al

Centro, que tengan relación con el alumno.

- El Centro Docente: alumnos, profesores y personas que estén relacionadas con la

conducta disruptiva, se estudiarán también otros aspectos como la organización de la

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clase, del Centro, actuación del profesorado, agrupamiento y motivación de los

alumnos, si la disfunción es debida a problemas de aprendizaje.

- La familia del alumno. Se mantendrá reuniones para recabar información con los

organismos y servicios sociales en los casos en que la alteración podría tener alguna

relación con las relaciones y/o ambiente familiar.

Plan de actuación. Se programará un plan de actuación para el alumno por parte del

responsable de convivencia y el tutor del alumno, y que será presentado a los demás miembros

del claustro. El plan de actuación deberá incluir los siguientes aspectos:

a. Actuación con el alumno individualmente: En este apartado se incluirán los

objetivos de conducta, selección y aplicación de técnicas que se trabajarán con el

alumno. Estará especificado también los momentos en que se trabajará con el alumno

individualmente y en grupo, así mismo la temporalización que se considere necesaria

para la consecución de los objetivos y las personas directamente implicadas.

b. En relación con el Centro (profesores y alumnos) Medidas adoptadas en relación con

el comportamiento disruptivo: la organización y dinámica de la clase y/o del Centro, la

interacción profesor-alumno, la ubicación espacial en el aula, la aceptación o rechazo del

alumno por parte de sus compañeros, el desarrollo del currículo.

c. En relación con el ámbito familiar Con el fin de mantener una línea de actuación

común y aumentar de este modo la eficacia de la actuación se establecerán una serie de

reuniones con la familia del alumno, en las que se les explicará en qué consiste la

actuación programada, se les dará orientaciones de actuación y se irá evaluando la

eficacia de dicha actuación.

d. En relación con otros ámbitos Establecimiento de reuniones de información y

coordinación con otros organismos (Servicios sociales) que tengan relación con el

alumno.

ACTUACIONES ANTE UNA SITUACIÓN DE POSIBLE INTIMIDACIÓN O ACOSO ENTRE IGUALES En

el caso de que se detecte la sospecha de algún caso de intimidación o acoso entre alumnos se

procederá de la siguiente forma:

a) Actuaciones inmediatas de carácter urgente.

• Conocimiento de la situación: Cualquier miembro de la Comunidad Educativa que

tenga conocimiento o sospecha de una situación de acoso o intimidación deberá

ponerla en conocimiento al profesor tutor, coordinados de convivencia o Equipo

Directivo.

• Puesta en conocimiento del Equipo Directivo. El Equipo Directivo en colaboración con

el responsable de convivencia y del tutor del alumno recabará la información necesaria

utilizando técnicas y métodos adecuados que aseguren la confidencialidad.

• Valoración inicial. Se tomarán las medidas necesarias que se consideren oportunas

después de la primera valoración. Se elaborará un informe escrito que quedará

registrado en Dirección. La familia de los alumnos implicados será informada de dichas

diligencias.

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b) Actuaciones posteriores.

Protocolo de actuación en el caso de que se detecten conductas de acoso o

intimidación entre alumnos. Dichas medidas estarán coordinadas por el Equipo

Directivo en colaboración con responsable de convivencia y el tutor del alumno.

• Adopción de medidas de carácter urgente:

- Medidas de apoyo directo al alumno afectado (victima).

- Revisión urgente de la utilización de espacios y tiempos del Centro

estableciendo las medidas oportunas de prevención.

- Aplicación de las correcciones fijadas en el plan de convivencia según se

estime conveniente.

- Según la gravedad del caso, puesta en conocimiento y denuncia a las

instancias correspondientes.

• Puesta en conocimiento de:

- Las familias de los alumnos implicados (victima y agresores)

- La Comisión de Convivencia del Centro.

- Equipo de profesores de los alumnos implicados y demás miembros del

Claustro.

- Inspector de educación del Centro.

• Apertura de expediente: Se abrirá un expediente que quedará depositado en

Dirección que comprenderá tres fases de intervención:

1. Recogida de información de diferentes fuentes:

Documentación existente sobre los afectados.

Resultados de la observación directa y sistemática.

Entrevistas y cuestionarios con las personas relacionadas con los afectados

(padres, profesores, alumnos, personal no docente…).

2. Emisión de un pronóstico inicial.

3. Líneas básicas de actuación en las que se incluirán:

- Reuniones con el equipo de profesores del grupo de alumnos afectados.

- Evaluación de necesidades y recursos, repartiendo responsabilidades para

solucionar el conflicto.

• Plan de actuación

1. Con la víctima:

- Actuaciones de apoyo y protección expresa directa o indirecta.

- Programas y estrategias específicas de atención y apoyo social.

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- Posible derivación a servicios externos (sociales, sanitarios,

judiciales…).

2. Con los agresores:

- Aplicación de medidas del plan de convivencia escolar.

- Aplicación de programas de modificación de conducta.

- Según el caso derivación a los servicios externos (sociales, sanitarios,

judiciales…).

3. Con los compañeros más directos de los afectados.

- Actuaciones dirigidas a la sensibilización y el apoyo entre compañeros

dentro de la acción tutorial de aula.

4. Con las familias:

- Pautas de intervención en el hogar.

- Información y asesoramiento sobre servicios de apoyo externo al

centro (social, sanitario, judicial).

5.- PROCEDIMIENTO DE ACUERDO ABREVIADO:

La Consejería de Educación, por medio de su página web, ha publicado el Manual de apoyo 2: La

mediación y los procesos de acuerdo reeducativo, como apoyo para desarrollar el Decreto

51/2007 que incluye los modelos para llevar a cabo las actuaciones de esos procesos y algunas

pautas y esquemas para desarrollarlos. Esa documentación será tenida en cuenta para llevar a

cabo las actuaciones de mediación y acuerdo reeducativo.

A. Disposiciones comunes.

1. Dentro de las medidas dirigidas a solucionar los conflictos provocados por las conductas de

los alumnos perturbadoras de la convivencia en el centro, podrán llevarse a cabo actuaciones de

mediación y procesos de acuerdo reeducativo de conformidad con lo dispuesto en este capítulo.

2. Para la puesta en práctica de dichas medidas se tendrán en cuenta los siguientes aspectos:

a) Cuando se lleven a cabo en conflictos motivados por conductas perturbadoras

calificadas como contrarias a las normas de convivencia podrán tener carácter

exclusivo o conjunto con otras medidas de corrección de forma previa, simultánea

o posterior a ellas.

b) Cuando se lleven a cabo en conflictos generados por conductas perturbadoras

calificadas como gravemente perjudiciales para la convivencia en el centro y se

haya iniciado la tramitación de un procedimiento sancionador, éste quedará

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provisionalmente interrumpido cuando el centro tenga constancia expresa,

mediante un escrito dirigido al director, de que el alumno o alumnos implicados y

los padres o tutores legales, en su caso, aceptan dichas medidas así como su

disposición a cumplir los acuerdos que se alcancen. Igualmente se interrumpirán los

plazos de prescripción y las medidas cautelares, si las hubiere.

c) No se llevarán a cabo en el caso de conductas gravemente perjudiciales para la

convivencia en las que concurran alguna de las circunstancias agravantes de la

responsabilidad que se mencionan en el artículo 32.2 del Decreto.

d) Una vez aplicada una sanción, podrán llevarse a cabo actuaciones de mediación y

procesos de acuerdo reeducativo que, con carácter voluntario, tendrán por objeto

prevenir la aparición de nuevas conductas perturbadoras de la convivencia escolar.

e) Así mismo, y dadas sus características, podrán desarrollarse, inclusive, con

conductas no calificadas como perturbadoras para la convivencia en el centro. En

este caso tendrán el carácter de estrategias preventivas para la resolución de

conflictos y podrán ponerse en práctica con todos los miembros de la comunidad

educativa.

B. La mediación escolar

1. La mediación es una forma de abordar los conflictos surgidos entre dos o más personas,

contando para ello con la ayuda de una tercera persona denominada mediador.

2. El principal objetivo de la mediación es analizar las necesidades de las partes en conflicto,

regulando el proceso de comunicación en la búsqueda de una solución satisfactoria para todas

ellas.

3. Además de las disposiciones comunes establecidas en el apartado a del anexo, para el

desarrollo de la mediación será preciso tener en cuenta lo siguiente:

a) La mediación tiene carácter voluntario, pudiendo ofrecerse y acogerse a ella

todos los alumnos del centro que lo deseen.

b) La mediación está basada en el diálogo y la imparcialidad, y su finalidad es la

reconciliación entre las personas y la reparación, en su caso, del daño causado.

Asimismo, requiere de una estricta observancia de confidencialidad por todas

las partes implicadas.

c) Podrá ser mediador cualquier miembro de la comunidad educativa que lo

desee, siempre y cuando haya recibido la formación adecuada para su

desempeño.

d) El mediador será designado por el centro, cuando sea éste quien haga la

propuesta de iniciar la mediación y por el alumno o alumnos, cuando ellos sean

los proponentes. En ambos casos, el mediador deberá contar con la aceptación

de las partes afectadas.

e) Si es el alumno quién desea solicitar la mediación escolar lo hará a través de

cualquier miembro docente, quién se lo comunicará al tutor del alumno (en

caso de haberse solicitado a otra persona distinta) y se pondrá en conocimiento

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de Jefatura de Estudios, Departamento de Orientación y Coordinador de

Convivencia, esto iniciará un proceso de estudio de las circunstancias y se

procederá de acuerdo con ellas, poniéndose en marcha el proceso de mediación

escolar, si fuera necesario, o cualquier otra medida establecida por el RRI.

f) Si la mediación la solicita cualquier otro miembro de la comunidad educativa (padres,

profesores, personal no docente,….) lo hará a través del tutor del alumno o alumnos

implicados, quién lo comunicará en Jefatura de Estudios para iniciar el proceso

correspondiente, según las características del conflicto.

g) La mediación podrá llevarse a cabo con posterioridad a la ejecución de una sanción,

con el objetivo de restablecer la confianza entre las personas y proporcionar nuevos

elementos de respuesta en situaciones parecidas que se puedan producir.

4. Finalización de la mediación.

a. Los acuerdos alcanzados en la mediación se recogerán por escrito (modelo 1 del anexo II),

explicitando los compromisos asumidos y el plazo para su ejecución. Este documento reflejará:

Las causas que motivan la mediación.

Las propuestas de mejora.

Los compromisos o acuerdos alcanzados.

El seguimiento de la mediación. (Se propone fecha y hora para revisar los acuerdos)

Plazo de consecución de los objetivos.

b. Si la mediación finalizase con acuerdo de las partes, en caso de haberse iniciado un

procedimiento sancionador y una vez llevados a cabo los acuerdos alcanzados, la persona

mediadora lo comunicará por escrito al director del centro quien dará traslado al instructor para

que proceda al archivo del expediente sancionador.

c. En caso de que la mediación finalice sin acuerdo entre las partes, o se incumplan los acuerdos

alcanzados, el mediador comunicará el hecho al director para que actúe en consecuencia, según

se trate de una conducta contraria a las normas de convivencia, aplicando las medidas de

corrección que estime oportunas, o gravemente perjudicial para la convivencia en el centro,

dando continuidad al procedimiento sancionador abierto, reanudándose el computo de plazos y

la posibilidad de adopción de medidas cautelares previstas en el artículo 51 del Decreto.

d. Cuando no se pueda llegar a un acuerdo, o no pueda llevarse a cabo una vez alcanzado, por

causas ajenas al alumno infractor o por negativa expresa del alumno perjudicado, esta

circunstancia deberá ser tenida en cuenta como atenuante de la responsabilidad.

e. El proceso de mediación debe finalizar con el cumplimiento de los acuerdos alcanzados, en su

caso, en el plazo máximo de diez días lectivos, contados desde su inicio. Los periodos de

vacaciones escolares interrumpen el plazo.

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C. Los procesos de acuerdo reeducativo

1. El proceso de acuerdo reeducativo es una medida dirigida a gestionar y solucionar los

conflictos surgidos por la conducta o conductas perturbadoras de un alumno, llevada a cabo

mediante un acuerdo formal y escrito, entre el centro, el alumno y sus padres o tutores legales,

en el caso de alumnos menores de edad, por el que todos ellos adoptan libremente unos

compromisos de actuación y las consecuencias que se derivarán de su desarrollo.

2. Estos procesos tienen como principal objetivo cambiar las conductas del alumno que

perturben la convivencia en el centro y, en especial, aquellas que por su reiteración dificulten su

proceso educativo o el de sus compañeros.

3. Los procesos de acuerdo reeducativo se llevarán a cabo por iniciativa de los profesores y

estarán dirigidos a los alumnos, siendo imprescindible para su correcta realización la implicación

de los padres o tutores legales, si se trata de menores de edad.

4. La propuesta de acuerdo reeducativo después de estudiado el caso con el tutor del grupo del

alumno implicado la hará el Jefe de Estudios en última instancia. En todos los casos se pondrá en

conocimiento de la Comisión de Convivencia, y del director del Centro.

5. Los procesos de acuerdo reeducativo tienen carácter voluntario. Los alumnos y los padres o

tutores legales, en su caso, ejercitarán la opción de aceptar o no la propuesta realizada por el

centro para iniciar el proceso. De todo ello se dejará constancia escrita en el centro.

6. Se iniciarán formalmente con la presencia del alumno, de la madre y el padre o de los tutores

legales y de un profesor que coordinará el proceso y será designado por el director del centro.

7. En el caso de que se acepte el inicio de un proceso de acuerdo reeducativo como

consecuencia de una conducta gravemente perjudicial para la convivencia del centro se estará a

lo dispuesto en el apartado A.2.b de este anexo II. Si no se aceptara se aplicarán las medidas

posteriores que correspondan, sin perjuicio, en su caso, de proceder conforme al artículo .VII.I.3

del RRI.

8. El documento en el que consten los acuerdos reeducativos (modelo 2 de este anexo II) debe

incluir, al menos:

a) La conducta que se espera de cada una de los implicados y los compromisos

alcanzados.

b) Las consecuencias que se derivan del cumplimiento o no de los acuerdos pactados.

c) En este documento constará también:

Las causas que motivan el acuerdo educativo

Seguimiento (fechas y horas), responsables de este seguimiento.(Comisión de

observancia)

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9. Desarrollo y seguimiento del proceso de acuerdo reeducativo

a. Para supervisar el cumplimiento de los acuerdos adoptados los centros

podrán establecer las actuaciones que estimen oportunas, de acuerdo con lo

establecido en el Decreto.

b. Se constituirán comisiones de observancia para dar por concluido el proceso

de acuerdo reeducativo o para analizar determinadas situaciones que lo

requieran. Dichas comisiones estarán formadas, al menos, por la madre y el

padre del alumno o, en su caso, sus tutores legales, el profesor coordinador del

acuerdo reeducativo, el tutor del alumno, en caso de ser distinto del anterior, y

el director del centro o persona en quien delegue. Esta comisión se reunirá en

las fechas establecidas en el documento en que constan los acuerdos

reeducativos.

c. Si la comisión de observancia constatase el cumplimiento de lo estipulado en

el acuerdo reeducativo, en caso de haberse iniciado un procedimiento

sancionador el director del centro dará traslado al instructor para que proceda

al archivo del expediente disciplinario.

d. En caso de que la comisión de observancia determinase el incumplimiento de

lo estipulado en el acuerdo reeducativo, el director actuará en consecuencia,

según se trate de una conducta contraria a las normas de convivencia, aplicando

las medidas de corrección que estime oportunas, o gravemente perjudicial para

la convivencia en el centro, dando continuidad al procedimiento sancionador

abierto, reanudándose el computo de plazos y la posibilidad de adopción de

medidas cautelares previstas en el artículo 51 de este Decreto. Así mismo, podrá

actuar conforme a lo dispuesto el artículo 34.3 de este Decreto.

e. Los acuerdos reeducativos se llevarán a cabo por periodos de 25 días lectivos.

Este periodo comenzará a contabilizarse desde la fecha de la primera reunión

presencial de las partes intervinientes en el acuerdo.

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Anexo II. Modelo1. DOCUMENTO DE MEDIACIÓN

1.- PERSONAS QUE SOLICITAN LA MEDIACIÓN.

-

-

2.- MEDIADORES.

-

3.- DEFINICIÓN DEL CONFLICTO:

4.- ACEPTACIÓN DEL PROCESO DE MEDIACIÓN

SÍ NO

5.- ACUERDOS / COMPROMISOS ALCANZADOS POR CADA UNA DE LAS PARTES

6.- PLAZO DEL PROCESO

7.- SEGUIMIENTO (DÍAS, HORAS)

-

-

8.- FINALIZACIÓN DEL PROCESO

9.- EVALUACIÓN DEL PROCESO

Fecha: Firmas:

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Anexo II. Modelo 2. DOCUMENTO DE ACUERDO REEDUCATIVO

ALUMNO:____________________________________________

1. CAUSAS QUE MOTIVAN EL ACUERDO REEDUCATIVO:

-

-

2. FECHA DE LA PRIMERA REUNIÓN:

Firma de las personas que asisten:

3. FECHA DE LA SEGUNDA REUNIÓN Y COMPROMISOS ALCANZADOS:

Firma del alumno:

4. COMISIÓN DE OBSERVANCIA:

Firma de los padres o tutores legales:

Firma del profesor coordinador.

Firma del tutor:

Firma del director del centro o persona en quien delegue:

5. CONSECUENCIAS QUE SE DERIVAN DEL CUMPLIMIENTO DE LOS ACUERDOS PACTADOS:

6. SEGUIMIENTO DEL ACUERDO REEDUCATIVO:

-FECHA Y HORA:

- ¿Se están cumpliendo los compromisos?

- ¿Existe la intención de seguir cumpliendo?

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- Algún aspecto que mejorar o modificar:

- FECHA Y HORA:

- ¿Se están cumpliendo los compromisos?

- ¿Existe la intención de seguir cumpliendo?

- Algún aspecto que mejorar o modificar:

7. FINALIZACIÓN DEL PROCESO:

Conclusiones finales:

Consecuencias:

6.- MODELO DE FORMALIZACIÓN DE HECHOS

CONSTATADOS POR EL PROFESORADO.

Anexo I. Modelo 1. PARTE DE ACTUACIONES INMEDIATAS

Fecha: ...........................Hora: .................. Materia/Actividad: ............................................................

Alumno/a: ......................................................................................................., del grupo: ..................

Profesor/a: ….………………………………………………………………………………………………….

DESCRIPCIÓN DEL INCIDENTE:

□ Interrumpir el desarrollo de la clase. □ No traer libro o material de la asignatura. □ No traer hechas las tareas encomendadas. □ Acumulación de retrasos. □ Maltrato o utilización inadecuada de instalaciones o materiales. □ Desobedecer una orden directa del profesor. □ Falta de respeto / □ a los compañeros / □ al profesor. □ Otras: ......................................................................................................................................

En aplicación del RRI, se han llevado a cabo las siguientes ACTUACIONES INMEDIATAS:

□ Comunicación telefónica a los padres. □ Amonestación pública o privada. □ Exigencia de petición pública o privada de disculpas.

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□ Limpieza o reparación de instalaciones o material. □ Realización de tareas escolares* en períodos de recreo. □ Expulsión a la biblioteca con tareas escolares*. □ otras:___________________________________________

* TAREAS ENCOMENDADAS:

Duración de la medida: .......................................................................................................................

Actividades a realizar: ………………………………………………………………………………………..

………………..…………………………………………………………………………………………………

El Profesor/a

Fdo: ………………………………………………

NORMAS Y PROTOCOLO DE USO DE DISPOSITIVOS

MÓVILES PARA EL APRENDIZAJE:

El colegio La Inmaculada Concepción informa a su comunidad educativa de las presentes

normas y protocolo de uso sobre la utilización de dispositivos móviles con la finalidad de regular

y lograr su correcta integración en las aulas, en la vida escolar y en definitiva en el proceso

educativo, tanto humano como académico, del alumno.

Estas normas y protocolo, ha sido consensuado y redactado por todo el claustro, la comisión de

convivencia y el equipo directivo del centro, ya que han considerado que es la forma más

adecuada para usar estos dispositivos móviles de la mejor forma educativa posible y para

garantizar el mejor desarrollo del aprendizaje del alumnado de tercer ciclo de primaria.

Nuestro objetivo de concienciar y educar nos lleva a destacar la responsabilidad de los profesores para estar pendientes de cómo usan los dispositivos los alumnos, vigilar el trabajo que realizan y ser absolutamente estrictos con el mal uso.

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Protocolo y normas de uso:

1. El dispositivo móvil, en nuestro caso las tabletas, es una herramienta de trabajo y

estudio.

2. Únicamente puede utilizarse en el aula y fuera de ella para la realización de aquellas

tareas o usos que haya solicitado y autorizado el profesorado, siempre bajo su

supervisión.

3. Las tabletas estarán guardadas en sus carteras y solo las sacarán cuando el profesor dé la orden y volverán a guardarlos cuando se termine dicha actividad. No se usarán, por tanto, en pasillos ni recreos ni en ninguna otra dependencia que quede fuera del trabajo supervisado por los profesores. A la hora del recreo las tabletas serán recogidas por el tutor y guardadas bajo llave para evitar posibles pérdidas o sustracciones.

4. En las clases, las tabletas se conectarán cuando el profesor lo autorice y bajo su supervisión. No se esperará al profesor con la tableta sobre la mesa o ya conectada.

5. Los elementos de supervisión y/o control, así como la instalación del software de

monitorización, administración y/o filtro de restricción serán de uso obligatorio en el

centro.

6. En el dispositivo sólo deben estar instaladas aplicaciones que, con carácter educativo,

hayan sido prescritas o recomendadas por el profesorado del centro. En caso contrario,

deben estar autorizadas expresamente por los padres del alumno y en ningún caso

podrán utilizarse en horario escolar.

7. Durante el horario escolar los dispositivos son de uso exclusivamente académico y, por

tanto, no se puede escuchar música, ver o hacer fotos, entrar en portales no educativos,

chatear, hacer descargas, utilizar redes sociales, etc. Sin la indicación del profesor.

8. La Ley de Autoridad del Profesor 3/2014 , de 16 de abril de la comunidad de Castilla y

León, reconoce la condición de autoridad pública de los directores y demás miembros

del equipo directivo, así como del resto de profesores de los centros educativos

públicos, concertados y privados de la Comunidad castellanoleonesa . Esta condición de

autoridad pública les habilita para que puedan adoptar medidas provisionales cuando

pudieran cometerse conductas contrarias a las normas de convivencia del centro, con

el fin de garantizar el normal desarrollo de las actividades educativas. En todo caso, la

adopción de estas medidas será comunicada a los padres o tutores legales del alumno.

9. El profesor que se encuentre en el aula, en el ejercicio de sus funciones, podrá

supervisar, comprobar y corregir las actividades que se estén llevando a cabo y el

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contenido de estas, asegurando además que el uso está siendo el adecuado y que

están abiertas sólo las aplicaciones que se precisan para esa clase o actividad educativa.

10. Aprender con dispositivos móviles no excluirá del uso de otros soportes herramientas

y materiales escolares que puedan necesitarse.

11. Debe protegerse el dispositivo con clave de acceso y desbloqueo. Y en ningún caso el

colegio se hará responsable de la pérdida de datos que el alumno pudiera tener en el

dispositivo, por lo que se recomienda hacer copia de seguridad periódicamente.

12. El dispositivo debe ir protegido con funda o protector adecuado y perfectamente

identificado su propietario. Siendo responsable el alumno de llegar al colegio todas las

mañanas con la batería de la tableta a plena carga.

13. Para su uso fuera de horario escolar, es conveniente contratar o ver qué seguro de

accidentes/robo puede dar cobertura.

14. En ningún caso el alumno intercambiará ni operará con un dispositivo que no sea de

su propiedad. Al igual que tampoco deben intercambiarse claves ni cuentas de correo

de otros compañeros.

15. A tenor de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de protección de datos de

carácter personal, y de la Ley Orgánica 1/1982, de 5 de mayo, sobre protección civil del

derecho al honor, a la intimidad personal y familiar y a la propia imagen, queda

prohibido grabar imágenes o audio dentro del centro. La utilización de imágenes de

profesores y compañeros sin la debida autorización es un delito tipificado y penado

por la ley. Solo podrá hacerse con la autorización del profesor.

16. Los daños a terceros se penalizarán con la reposición del material dañado por parte del

responsable.

17. Se recomienda a las familias participar en las orientaciones, consideraciones,

sesiones, cursos y pautas que proporcione el colegio que sirvan de ayuda en su

formación para el uso seguro, adecuado y correcto de dispositivos móviles, redes

sociales, Internet, etc.

18. Si algún alumno incumpliera alguna de estas normas y protocolos de uso de

dispositivos móviles en el aula y en el centro, se procederá a amonestación verbal y a la

limitación temporal del uso del dispositivo en el centro si fuese necesario. Si el alumno

fuera reincidente en el incumplimiento de alguna de estas normas y protocolos de uso

de dispositivos móviles, haciendo un mal uso del dispositivo o llevando a cabo conductas

tipificadas como faltas graves o muy graves, en el Plan de Convivencia del Colegio y

Reglamento de Régimen Interior, será sancionado aplicando dicho Reglamento.

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19. El colegio no se hace responsable del mal uso que pudiera llevarse a cabo del

dispositivo fuera del horario escolar.

20. El profesor tiene la facultad de pedir a los alumnos que le muestren el

contenido de la memoria interna y externa de las tabletas que se han utilizado

en clase para verificar su contenido y decidir sobre la retención de la misma en

caso de encontrarse contenido no apropiado para la enseñanza.

21. El mal uso de estos recursos y el incumplimiento de estas normas se

considerará falta grave y será motivo de recogida y de sanción (Cuadro de faltas

y sanciones). El objeto requisado se devolverá al padre, madre o tutor en el

colegio y el alumno cumplirá con la sanción correspondiente.

22. Los padres deberán aceptar las condiciones que se exponen, haciendo saber

que son conscientes de las mismas. Igualmente, los alumnos firmarán un

compromiso de buen uso y aceptación de las normas.

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MODELO DOCUMENTO DE CONSENTIMIENTO INFORMADO Y

AUTORIZACIÓN DE CONTROL DEL DISPOSITIVO MOVIL

1.- Recibimos y entendemos las NORMAS Y PROTOCOLO DE USO DE DISPOSITIVOS MÓVILES

PARA EL APRENDIZAJE y nos comprometemos a cumplir con los términos señalados en el

mismo.

2.- Hemos sido informados por el colegio La Inmaculada Concepción, de quién es el

responsable de la base de datos/software y filtro de retención que instalará el centro, así

como de sus características, licencias y modo de funcionamiento, con el fin de garantizar su

buen uso, la seguridad e integridad del alumno, la de los demás compañeros y el resto de la

comunidad educativa, todo ello en base a los artículos 2 y 5 de artículos de la LO 1/1996 de

15 de enero, reformada en julio de 2015 y vigente desde el 16 de agosto de 2015. Y por ello,

autorizamos el control de nuestro dispositivo.

3.- Conocemos la responsabilidad de nuestra hija y, por la tanto, la nuestra propia, a la hora

de utilizar la red inalámbrica del Colegio (la wifi) en nuestro dispositivo móvil y entendemos

que el acceso a la red de Internet del Colegio es sólo con fines educativos.

4.- Entendemos y aceptamos que el mal uso de los equipos tecnológicos o de la red

inalámbrica puede conllevar sanciones tipificadas como faltas graves o muy graves,

recogidas en el Plan de Convivencia Escolar del centro y en el Reglamento de Régimen

Interior, sin perjuicio de otras responsabilidades civiles o penales que pudiera causar el mal

uso del dispositivo, tanto al centro como a terceros.

NOMBRE y APELLIDOS DEL ALUMNO:_______________________________________

Edad:_____________________ Curso:______________________

Autoriza y Firma:

NOMBRE y APELLIDOS DE PADRE/MADRE/TUTOR

LEGAL:_____________________________ CON DNI:_________________________

Autoriza y Firma:

Valladolid, a ______/________________ de 20___

Si en algún momento alguna familia necesitara consultar o tuviera alguna duda sobre el protocolo del uso de los

dispositivos móviles del alumnado del colegio estará a su disposición en la página web del colegio:

www.lainmaculadaconcepcion.es