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CLXIII. INFORME FINAL DE AUDITORÍA, DERIVADA DE LA REVISIÓN DE LA CUENTA PÚBLICA DEL GOBIERNO DEL DISTRITO FEDERAL CORRESPONDIENTE AL EJERCICIO DE 2014

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CLXIII. INFORME FINAL DE AUDITORÍA,

DERIVADA DE LA REVISIÓN DE LA CUENTA PÚBLICA

DEL GOBIERNO DEL DISTRITO FEDERAL

CORRESPONDIENTE AL EJERCICIO DE 2014

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DEPENDENCIA

SECRETARÍA DE PROTECCIÓN CIVIL

AUDITORÍA FINANCIERA

Capítulo 3000 “Servicios Generales”

Auditoría ASCM/17/14

ANTECEDENTES

Durante 2014, la Secretaría de Protección Civil (SPC) ocupó el vigésimo segundo lugar

respecto del presupuesto ejercido por las 22 dependencias del Gobierno del Distrito Federal

(66,231,932.7 miles de pesos), con un monto de 92,004.9 miles de pesos, que representó

el 0.1% del total erogado por dichos entes de la Administración Pública Centralizada y que

significó un decremento de 50,168.3 miles de pesos (35.3%) con relación al presupuesto

original, que fue de 142,173.2 miles de pesos.

De acuerdo con el Informe de Cuenta Pública de la dependencia correspondiente a 2014,

apartado “ECG Egresos por Capítulo de Gasto”, para el capítulo 3000 “Servicios Generales”, la

SPC reportó un presupuesto original de 38,577.9 miles de pesos. Dicho presupuesto presentó

un decremento de 12,418.5 miles de pesos (32.2%), por lo que el presupuesto modificado

se situó en 26,159.4 miles de pesos, cantidad que se reportó como ejercida.

OBJETIVO

El objetivo de la revisión consistió en verificar que el presupuesto aplicado por la SPC en

el capítulo 3000 “Servicios Generales” se haya registrado, aprobado, modificado, comprometido,

devengado, ejercido y pagado de conformidad con la normatividad y ordenamientos aplicables.

CRITERIOS DE SELECCIÓN

La presente auditoría se seleccionó atendiendo los siguientes criterios generales contenidos

en el Manual de Selección de Auditorías de esta entidad de Fiscalización: “Importancia

Relativa”, en virtud de las variaciones registradas entre los presupuestos original y ejercido

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en 2014. “Exposición al Riesgo”, ya que el capítulo 3000 “Servicios Generales” es propenso a

errores, desperdicios, irregularidades, ineficiencias e incumplimiento de objetivos y metas.

La auditoría se realizó con fundamento en los artículos 16, primer párrafo; y 122, apartado C,

Base I, fracción V, inciso c y e, en relación con el 74, fracción VI de la Constitución Política de

los Estados Unidos Mexicanos; 42, fracción XIX; y 43 del Estatuto de Gobierno del Distrito

Federal; 10, fracción VI, de la Ley Orgánica de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal; 1; 2,

fracciones I, XIII, XVI, XVIII y XXI, inciso a); 3; 8, fracciones, I, II, III, IV, V, VI, VIII, XIII y XIX;

9; 10, incisos a) y b); 14, fracciones I, VIII, XIV y XVII; 22; 24; 27; 28; 30; 32; 33; 34; 35; 36,

segundo párrafo; y 37, fracción II de la Ley de Fiscalización Superior de la Cuidad de México;

y 1; 2; 6, fracciones V y VI; 16; 17; y 19 del Reglamento Interior de la Auditoría Superior

de la Ciudad de México.

ALCANCE Y DETERMINACIÓN DE LA MUESTRA

Se revisó el presupuesto aprobado para la SPC en el Decreto por el que se expide el

Presupuesto de Egresos del Distrito Federal para el Ejercicio Fiscal 2014.

Se integraron los presupuestos original, modificado y ejercido de la SPC, los cuales ascendieron

a 38,577.9 miles de pesos, el primero, y 26,159.4 miles de pesos, los dos últimos; y se

determinaron las variaciones correspondientes.

Se verificó que las operaciones de la SPC se encontraran registradas contable y presupuestalmente,

que los registros correspondientes reflejaran las operaciones de cada uno de los momentos

contables del gasto y que explicaran la evolución del ejercicio presupuestal.

Se verificó que el proceso de programación, presupuestación, integración y autorización

del presupuesto se hubiese ajustado a la normatividad aplicable; y que hubiera congruencia

entre la documentación soporte, como el Programa Operativo Anual, el Techo Presupuestal,

el Anteproyecto de Presupuesto de Egresos y la autorización de la Asamblea Legislativa del

Distrito Federal.

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Se verificó que el origen de los recursos materia de las afectaciones al presupuesto se

hayan justificado y autorizado en cumplimiento de la normatividad aplicable; y que dichos

recursos se hayan destinado al cumplimiento de las metas y objetivos establecidos.

Se verificó que los procesos de programación, solicitud, autorización, adjudicación, contratación

y reporte de las operaciones a instancias correspondientes, se hubieran sujetado a la normatividad

que los regula.

Se verificó que los pagos realizados con cargo al presupuesto se encontraran debidamente

soportados con la documentación e información que comprobara la recepción de los bienes,

de acuerdo con la normatividad aplicable y en cumplimiento de los instrumentos jurídicos

correspondientes.

Se revisó la información proporcionada por la SPC, para verificar que hubiese expedido

y resguardado la documentación soporte, justificativa y comprobatoria de las operaciones, y

ésta cumpliera los requisitos establecidos en la normatividad aplicable.

Se verificó que las obligaciones a cargo de la SPC, se hubieran extinguido mediante el

pago respectivo, y que éste se haya acreditado y realizado en cumplimiento de la normatividad

aplicable y de los instrumentos jurídicos que dieron origen a la obligación.

Se revisó que durante 2014 la SPC hubiese contado con una estructura orgánica y con manuales

administrativos para regular las operaciones sujetas a revisión.

Se analizaron las actas de las sesiones del Subcomité de Adquisiciones, Arrendamientos

y Prestación de Servicios de la SPC.

Se identificó la normatividad aplicable al ejercicio y al registro del presupuesto asignando

a la SPC, a fin de verificar su cumplimiento y analizar los mecanismos de control establecidos.

Se comprobó el cumplimiento de la Ley General de Contabilidad Gubernamental y de los

acuerdos emitidos por el Consejo Nacional de Armonización Contable (CONAC).

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A fin de efectuar pruebas de controles y procedimientos sustantivos, se determinó una muestra

con base en el resultado de los trabajos de planeación efectuados, así como en la metodología

y criterios que se detallan en seguida.

Para determinar dicha muestra, se integró el presupuesto ejercido por capítulo y partida

presupuestal en total 30, partidas.

La selección de las partidas revisadas, se realizó conforme a los siguientes criterios:

1. Que tuvieran las mayores participaciones en el ejercicio del presupuesto del capítulo.

2. Que sus recursos quedaran comprendidos en la justificación del proyecto de auditoría.

Con base en la determinación del monto ejercido que representó el peso específico más

alto en relación con el presupuesto ejercido, se estableció una muestra por revisar de 64.8%,

con objeto de verificar que se contara con la documentación justificativa y comprobatoria

del gasto; y por muestreo dirigido, se determinaron los casos específicos para realizar pruebas

de cumplimiento y sustantivas.

Como resultado de lo anterior, se determinó revisar una muestra de 16 Cuentas por Liquidar

Certificadas (CLC), por un monto de 16,954.1 miles de pesos, provenientes de las dos partidas

con importe más significativo, que representaron el 64.8% del gasto total ejercido en el

capítulo 3000 “Servicios Generales” (26,159.4 miles de pesos), como se muestra a continuación:

(Miles de pesos y por cientos)

Partidas

Universo Muestra

Cantidad Presupuesto ejercido

% Cantidad Presupuesto ejercido

%

CLC DM* CLC DM*

3221 “Arrendamientos de Edificios” 12 0 4,954.1 18.9 12 0 4,954.1 100.0

3351 “Servicios de Investigación Científica y Desarrollo” 5 0 12,968.6 49.6 4 12,000.0 92.5

Otras partidas (28) 229 12 8,236.7 31.5 0 0 0.0

Total 246 12 26,159.4 100.0 16,954.1 64.8

* Documento Múltiple.

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En relación con las dos partidas seleccionadas como muestra de auditoría, se aplicaron

las siguientes pruebas sustantivas:

Se verificó que las contrataciones seleccionadas como muestra de auditoría se hayan ajustado

a los montos de actuación autorizados para el 2014 y que se hayan realizado conforme a

lo establecido en la normatividad aplicable.

Se verificó el cumplimiento de las principales cláusulas pactadas en los contratos.

Se comprobó que los pagos de los servicios y arrendamientos contratados y seleccionados

como muestra de auditoría, se hayan realizado de acuerdo con los importes estipulados

en los contratos y con lo establecido en los procedimientos y políticas aplicables.

Se revisó la documentación que sustentó la recepción de los servicios y arrendamientos,

y que la entrega se haya sujetado a las cláusulas de los contratos celebrados.

Se verificó que el presupuesto autorizado a la SPC, correspondiera al establecido en el

Decreto de Presupuesto de Egresos del Distrito Federal para el Ejercicio Fiscal 2014 publicado en

la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 31 de diciembre de 2013 y que el ejercido correspondiera

con las operaciones realizadas y con el reportado en el informe de la Cuenta Pública del

Distrito Federal 2014.

Se comprobó que los presupuestos original y modificado del capítulo 3000 “Servicios Generales”

estuvieran respaldados con la documentación correspondiente, debidamente requisitada

y formalizada; y que el ejercido correspondiera a las operaciones realizadas y al reportado

en la Cuenta Pública del Distrito Federal de 2014.

Se constató que el presupuesto ejercido de la muestra de auditoría se encontrara soportado

con la documentación justificativa y comprobatoria correspondiente, y que esta última reuniera

los requisitos establecidos en el Código Fiscal de la Federación.

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Se realizó confirmación de operaciones con un arrendador y un prestador de servicios,

con el fin de verificar su participación en las operaciones seleccionadas como muestra de

auditoría y el pago de éstas.

La auditoría se llevó a cabo en la Dirección de Administración (DA) en la SPC, por ser la

unidad administrativa encargada de suscribir contratos, registrar las operaciones financieras

y conservar la documentación justificativa y comprobatoria del gasto, según las políticas,

lineamientos, criterios y normas establecidos por la Oficialía Mayor del Gobierno del Distrito

Federal (OM) y por la Secretaría de Finanzas (SEFIN).

ESTUDIO Y EVALUACIÓN DEL SISTEMA DE CONTROL INTERNO

Se realizó un estudio general del sistema de control interno existente en la SPC y se

analizaron su estructura orgánica; las funciones y atribuciones de las unidades administrativas

que la integran, en especial de aquellas que intervinieron en el rubro objeto de la revisión;

el marco normativo, interno y externo; los procedimientos formales establecidos; y los objetivos

institucionales. Lo anterior, con objeto de determinar el grado de confianza por depositar

en los sistemas de control operados por la SPC y establecer la extensión, oportunidad

y alcance de las pruebas y procedimientos de auditoría.

Se identificaron los flujos de las operaciones, a fin de precisar, en su caso, debilidades

o desviaciones del control interno y sus probables áreas de riesgo; y se determinaron los

criterios para realizar la selección de la muestra y el tipo de muestreo por aplicar. Lo anterior se

llevó a cabo en los siguientes términos:

Se aplicaron cuestionarios de control interno, a fin de verificar que los procedimientos y la

normatividad relacionados con las operaciones registradas con cargo al capítulo 3000 “Servicios

Generales” se hayan difundido entre el personal encargado de su aplicación; que dichos

procedimientos se encuentren actualizados y autorizados; y que las actividades se hayan

realizado de conformidad con estos últimos.

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Se analizó la estructura orgánica de la SPC para identificar las unidades administrativas

que la integraron en 2014, así como para verificar la autorización, dictamen y registro de

esta por parte de la Coordinación General de Modernización Administrativa (CGMA).

Se revisaron los manuales administrativos de la dependencia y de la Dirección de

Administración en la SPC vigentes en el ejercicio sujeto a revisión, para verificar que su

apartado de organización fuera acorde con la estructura orgánica autorizada y que, junto

con los procedimientos aplicables al rubro en revisión, hubiesen sido registrado por la CGMA.

Derivado de lo anterior, se estableció que en los mecanismos de control, registro y supervisión

de los egresos con cargo al capítulo 3000 “Servicios Generales”, es posible identificar las

unidades administrativas que participaron en las operaciones, así como sus funciones.

RESULTADOS

Control Interno

1. Resultado

Con objeto de evaluar el sistema de control interno establecido por la SPC en relación con

el capítulo 3000 “Servicios Generales”, se requirió información al sujeto fiscalizado y de su

análisis se determinó lo siguiente:

Estructura Orgánica de la SPC

Con el oficio núm. OM/0363/2007 del 8 de marzo de 2007, la OM comunicó a la SPC el

dictamen núm. 15/2007 mediante el cual dictaminó favorablemente la estructura orgánica

de la dependencia y que inició su vigencia el 1o. de marzo de 2007.

Con el oficio núm. OM/1310/2007 del 16 de julio de 2007, la OM autorizo un alcance al dictamen

de estructura orgánica núm. 15/2007, que inició su vigencia el 16 de julio de 2007, y fue

aplicable durante 2014.

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Estructura Orgánica de la DA en la SPC

La SPC cuenta con una Dirección de Administración (DA), adscrita a la OM, cuyo propósito es

apoyar la dependencia , por medio de las Jefaturas de Unidad Departamental de Recursos

Humanos, de Recursos Financieros y de Recursos Materiales y Servicios Generales.

La estructura de la DA en la SPC vigente en el ejercicio de 2014 fue registrada por la

Coordinación General de Modernización Administrativa (CGMA) mediante el dictamen de estructura

orgánica núm. 09/2009, el cual fue comunicado a la OM con el oficio núm. CG/389/2009

del 30 de junio de 2009 y estuvo vigente hasta el 15 de marzo de 2014.

Con fecha 20 de marzo de 2014, fue registrado por la CGMA el dictamen de estructura

orgánica núm. 4/2014, el cual fue comunicado a la OM con el oficio núm. OM/080BIS/2014 del

20 de marzo de 2014. Dicho dictamen inició su vigencia el 16 de marzo de 2014 y dejó sin

efectos el dictamen núm. 9/2009.

Por lo expuesto, se determinó que la SPC y la DA contaron con oficio de autorización y dictamen

de su estructura orgánica de la CGMA, de acuerdo con lo establecido en el último

movimiento del Diagrama de Flujo del Proceso de Dictaminación de la Guía para la Creación

y Modificación de Estructuras Orgánicas del Gobierno del Distrito Federal, que fue emitida

por la CGMA de la CG y estuvo vigente en 2014. Asimismo, al operar en 2014 conforme

a los dictámenes núms. 15/2007, 09/2009 y 4/2014, respectivamente, autorizados por la CGMA,

la SPC dio cumplimiento al numeral 2.3.5.1 de la Circular Contraloría General para el Control

y Evaluación de la Gestión Pública; el Desarrollo, Modernización, Innovación y Simplificación

Administrativa, y la Atención Ciudadana en la Administración Pública del Distrito Federal,

publicada en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 25 de enero de 2011, vigente en 2014.

Se consultó su publicación en la página de Internet de la dependencia, en cumplimiento,

a lo establecido en el artículo 14, fracción II, de la Ley de Transparencia y Acceso a la

Información Pública del Distrito Federal vigente en 2014.

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Manuales Administrativos

Los Manuales Administrativos de la SPC y de la DA, apartados de organización y de procedimientos,

fueron actualizados de conformidad con los dictámenes de estructura orgánica núms. 15/2007,

9/2009 y 4/2014, respectivamente, todos vigentes en 2014.

Los resultados de la revisión del manual administrativo, en sus apartados de organización

y de procedimientos, fueron los siguientes:

Apartados de organización y procedimientos

El manual administrativo de la SPC vigente en 2014, en su apartado de organización, fue

registrado por la CGMA, mediante el oficio núm. CG/CGMA/0121/2014 del 28 de enero

de 2014, con el núm. MA-34000-15/07; y publicado en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el

18 de febrero de 2014.

La SPC contó con un manual administrativo integrado por 22 procedimientos, que la CGMA

registró con el núm. MA-34000-15/07 mediante los oficios núms. CG/CGMA/DEDDEO/3880/2011

y CG/CGMA/DEDDEO/3884/2011 del 28 de septiembre de 2011, CG/CGMA/DEDDEO/5083/2011

del 21 de diciembre de 2011 y CG/CGMA/DEDDEO/1828/2012 del 3 de julio de 2012.

Un listado de 13 procedimientos fue publicado en la Gaceta Oficial del Distrito Federal

del 18 de enero de 2012 y otro, por los 9 procedimientos restantes, el 3 de agosto de 2012.

El manual administrativo, apartados de organización y de procedimientos, fue difundido,

mediante el oficio circular núm. SPC/DA/004/2014 del 19 de febrero de 2014, entre los

servidores públicos responsables de su aplicación.

También, se analizó el manual administrativo de la DA en la SPC, en su apartado de organización,

con registro núm. MA-104-9/09, el cual fue registrado por la CGMA mediante el oficio

núm. CG/CGMA/0723/2013 del 22 de abril de 2013 y publicado en la Gaceta Oficial el

Distrito Federal el 17 de julio de 2013 y estuvo vigente en 2014. El manual fue difundido,

mediante los oficios núms. SPC/DA/2105/2013, SPC/DA/2106/2013 y SPC/DA/2107/2013

del 25 de julio de 2013.

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En lo referente al apartado de procedimientos de la DA en la SPC, que contó con

procedimientos aplicables al capítulo 3000 “Servicios Generales”, fue registrado por la CGMA

con el núm. MA-12025-2/2007 mediante los oficios núm. CGMA/DDO/3457/08 del 15 de diciembre

de 2008; CG/CGMA/DDO/0045/2010 del 11 de enero de 2010; CG/CGMA/0272/2011 de

28 de enero de 2011, CG/CGMA/DDO/1243/2011, CG/CGMA/DDO/1245/2011 primero

del 7 de marzo de 2011 y CG/CGMA/DDO/1088/2013 del 13 de junio de 2013.

De los 55 procedimientos que integran el manual, el listado de 33 fue publicado en la

Gaceta Oficial del Distrito Federal del 3 de junio de 2010, el de 19 en la del 23 de febrero

de 2011, el de los 2 en la del 14 de abril de 2011 y un procedimiento en la del 8 de julio de 2013.

Al examinar los 55 procedimientos se determinó que 16 de ellos se relacionan con el

capítulo 3000 “Servicios Generales“ y se encontraron vigentes en 2014; fueron difundidos mediante

los oficios núms. CGMA/DDO/3457/08 del 15 de diciembre de 2008, emitido por la CGMA; dos

oficios núms. CG/CGMA/DDO/0045/2010 y CG/CGMA/DDO/3020/2011, del 11 de enero

de 2010 y 10 de junio 2011, emitidos por la CG, y dos oficios núms. OM/DEAT/0332/2013

y OM/DEATT/004/2013 del 14 y 24 de junio de 2013, emitidos por la OM.

La difusión y publicación de los manuales administrativos de la SPC y de la DA, en sus

apartados de organización y de procedimientos, se realizó de acuerdo con el numeral 2.4.6.7

y 2.4.7.2 de la Circular Contraloría General para el Control y Evaluación de la Gestión

Pública; el Desarrollo, Modernización, Innovación y Simplificación Administrativa, y la Atención

Ciudadana en la Administración Pública del Distrito Federal, publicada en la Gaceta

Oficial del Distrito Federal el 25 de enero de 2011, vigente en 2014.

En el análisis de las estructuras orgánicas de la SPC y la DA y de sus manuales administrativos,

apartados de organización y de procedimientos, fue posible identificar las áreas administrativas que

participaron en las operaciones relacionadas con el ejercicio del gasto con cargo al capítulo

3000 “Servicios Generales”, que son las Jefaturas de Unidad Departamental de Recursos

Financieros, de Recursos Humanos y de Recursos Materiales y Servicios Generales, así

como sus funciones. La SPC y la DA contaron con procedimientos actualizados, de conformidad

con su estructura orgánica durante el ejercicio de 2014. Asimismo, en la elaboración de la

matriz de control interno y en la aplicación de los cuestionarios de control interno y de ambiente

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de control, se determinó que el control interno cubre razonablemente de manera general

las necesidades de la SPC.

En consecuencia, no se formulan observaciones en el presente resultado.

Revisión a la Adopción e Implantación de Normas emitidas

por el Consejo Nacional de Armonización Contable

2. Resultado

Con objeto de revisar la adopción e implantación de las normas emitidas por el Consejo

Nacional de Armonización Contable (CONAC), se requirió diversa información y documentación

a la Secretaría de Finanzas (SEFIN) y al ente auditado. Del análisis de la información

recibida se determinó lo siguiente:

A fin de comprobar el cumplimiento de la Ley General de Contabilidad Gubernamental

y los acuerdos emitidos por el CONAC, mediante el oficio núm. ACF-A/15/0990 del

20 de octubre del 2015, la Auditoría Superior de la Ciudad de México (ASCM) solicitó a la

SEFIN un informe al 31 de diciembre de 2014, referente al cumplimiento de la Ley General

de Contabilidad Gubernamental y los acuerdos emitidos por el CONAC. En respuesta, mediante

el oficio núm. DGCNP/4218/2015 del 28 de octubre de 2015, la Dirección General de

Contabilidad Normatividad y Cuenta Pública (DGCNCP) de la SEFIN proporcionó el oficio

núm. DC/369/2015 del 27 de octubre de 2015, mediante el cual el Director de Contabilidad

de la SEFIN señaló: “Se proporciona el informe al 31 de diciembre de 2014, del cumplimiento de la

Ley General de Contabilidad Gubernamental y los acuerdos emitidos por el Consejo Nacional

de Armonización Contable”.

Se comprobó que la SEFIN publicó en la Gaceta Oficial del Distrito Federal de diversas

fechas las normas que emitió y publicó el CONAC referentes al ejercicio del gasto.

Asimismo, mediante el oficio núm. ACF-A/16/0027 del 12 de enero de 2016, la ASCM, remitió a

la SPC un cuestionario de contabilidad gubernamental. En respuesta, mediante el oficio

núm. SPC/DA/117/2016 del 20 de enero de 2016, la SPC dio respuesta al anterior punto.

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En el análisis de ésta, se determinó que la SPC es la responsable de la gestión de las

Cuentas por Liquidar Certificadas (CLC) mediante el Sistema de Planeación de Recursos

Gubernamentales (GRP-SAP), las cuales deben contar con disponibilidad presupuestal

acumulada al mes del registro. La medida de control fue el formato de solicitud y autorización

de suficiencia presupuestal, para garantizar que los cargos se realizaran de conformidad

con los montos y calendarios autorizados; además, se verificó que se soportaron con la

documentación original comprobatoria y justificativa correspondiente.

En la revisión, se determinó que las CLC fueron elaboradas y autorizadas por los servidores

públicos inscritos en la Cédula de Registro de Firmas de los Servidores Públicos de Nivel

de Estructura Facultados para Elaborar, Autorizar y/o Solicitar las Autorizaciones del Registro de

las Cuentas por Liquidar Certificadas, Documentos Múltiples, Afectaciones Programático-

Presupuestarias, Presupuesto Comprometido, Estado de Ingresos-Egresos y Analítico

de Claves en 2014. Por tanto la SPC se sujetó a lo establecido en el Manual de Reglas

y Procedimientos para el Ejercicio Presupuestario de la Administración Pública del Distrito

Federal vigente en 2014.

No obstante, para efectos administrativos, el desarrollo y operación del sistema contable

para las dependencias se concentra en la SEFIN, según lo dispuesto en el artículo 122

de la Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente del Distrito Federal vigente en 2014; por tanto,

la SPC no emite información contable ni financiera.

En consecuencia, no se formula observación alguna en el presente resultado.

Presentación de Programas, Informes y Reportes

3. Resultado

Programa Anual de Adquisiciones, Arrendamientos

y Prestación de Servicios

A fin de comprobar si la SPC cumplió en 2014 las disposiciones jurídico-normativas sobre

la publicación y presentación de programas, se requirió información al sujeto fiscalizado;

sin embargo, las operaciones de la muestra revisada en el capítulo 3000 “Servicios Generales”

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por su naturaleza no fueron materia de la Ley de Adquisiciones para el Distrito Federal, por

tratarse de arrendamiento de bienes inmuebles y un convenio celebrado con un órgano de

la Administración Pública Federal. Derivado del análisis a la documentación que la dependencia

proporcionó acerca de la publicación en la Gaceta Oficial del Distrito Federal del Programa Anual

de Adquisiciones, Arrendamientos y Prestación de Servicios (PAAAPS) y sus modificaciones,

se observó lo siguiente:

1. Mediante el oficio núm. SPC/0167/2014 del 17 de enero de 2014, la DA en la SPC remitió

a la Dirección General de Política Presupuestal de la SEFIN, para su validación presupuestal,

el PAAAPS 2014.

2. Con el oficio núm. DGPP/0208/2014 del 20 de enero de 2014, la Dirección General de

Política Presupuestal de la SEFIN comunicó a la DA en la SPC la validación presupuestal

del PAAAPS 2014.

3. Mediante el oficio núm. SPC/DA/0242/2014 del 23 de enero de 2014, la DA en la SPC

remitió a la Dirección General de Recursos Materiales y Servicios Generales (DGRMSG)

de la OM copia de la validación presupuestal de la SEFIN.

4. El PAAAPS 2014 se publicó en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 31 de enero de 2014.

Por lo antes mencionado, se determinó que la SPC remitió en tiempo y forma a la SEFIN

y a la DGRMSG de la OM el PAAAPS del ejercicio 2014 y lo su publicó en la Gaceta Oficial

del Distrito Federal, según el numeral 4.2.1 de la Normatividad en materia de Administración

de Recursos para las Dependencias, Unidades Administrativas, Unidades Administrativas de

Apoyo Técnico Operativo, Órganos Desconcentrados y Entidades de la Administración Pública

del Distrito Federal (Circular Uno) y el artículo 19 de la Ley de Adquisiciones para el Distrito

Federal, ambos vigentes en 2014.

Informes trimestrales del PAAAPS

En cuanto a si la SPC comunicó sus modificaciones al PAAAPS original respecto a las partidas

sujetas a revisión, se observó lo siguiente:

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La SPC capturó en el sitio web establecido por la DGRMSG de la OM las modificaciones

de cada trimestre y la síntesis que identificó los movimientos efectuados; adicionalmente,

proporcionó como evidencia documental de su cumplimiento los oficios mediante los cuales

envió sus actualizaciones trimestrales en forma impresa y en medio magnético, como se

muestra a continuación:

Trimestre Número de oficio Fecha Fecha límite de entrega

Fecha recepción DGRMSG

Días de desfase

Enero-marzo SPC/DA/0830/2014 7/IV/14 15/IV/14 8/IV/14 0

Abril-junio SPC/DA/1517/2014 15/VII/14 15/VII/14 5/VII/14 0

Julio-septiembre SPC/DA/1931/2014 7/X/14 15/X/14 8/X/14 0

Octubre-diciembre SPC/DA/0294/2015 15/I/15 15/I/15 15/I/15 0

Por lo expuesto, la SPC dio cumplimiento a lo establecido en los numerales 4.2.1 del apartado 4.2.

“Programa Anual de Adquisiciones, Arrendamientos y Prestación de Servicios”, de la Normatividad

en materia de Administración de Recursos para las Dependencias, Unidades Administrativas,

Unidades Administrativas de Apoyo Técnico Operativo, Órganos Desconcentrados y Entidades

de la Administración Pública del Distrito Federal (Circular Uno) 2012 y 2014, publicadas

en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 8 de agosto de 2012 y el 28 de mayo de 2014,

respectivamente.

Informe de Pasivo Circulante del Ejercicio 2014, Pagado en 2015

y Rendimientos Obtenidos y Enterados a la SEFIN

Con objeto de comprobar si la SPC informó su pasivo circulante según la normatividad

aplicable, se requirió diversa información y documentación. Al analizar la información recibida,

se observó que, por medio del oficio núm. SPC/DA/65/2015 del 14 de enero de 2015,

la DA en la SPC comunicó en tiempo y forma a la Subsecretaria de Egresos de la SEFIN,

mediante los formatos B “Resumen por Clave de Saldos por Ejercer 2014” y B1 “Detalle

por Clave y Proveedor o Contratista 2014”, el monto y características de su pasivo circulante,

como dispone el artículo 60 de la Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente del Distrito Federal,

vigente en 2014; respecto de la partida 3221 “Arrendamiento de Edificios” en el análisis de

la muestra revisada se observó que 412.8 miles de pesos, fueron registrados como pasivo

circulante de conformidad con la normatividad aplicable.

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Reporte Mensual de Adquisiciones, Arrendamientos y Prestación

de Servicios llevados a cabo como Casos de Excepción a la Licitación

Pública, de Conformidad con los Artículos 54 y 55 de la Ley de Adquisiciones

para el Distrito Federal

Por lo que se refiere a los Reportes Mensuales de Adquisiciones, Arrendamientos y Prestación

de Servicios llevados a cabo como Casos de Excepción a la Licitación Pública de conformidad

con los Artículos 54 y 55 de la Ley de Adquisiciones para el Distrito Federal, vigente en 2014,

mediante el oficio núm. SPC/DA/117/2016 del 20 de enero de 2016, la SPC proporcionó

diversos oficios dirigidos a la SEFIN, con copia a la OM y a la Contraloría Interna en la

dependencia. En su revisión, se determinó que la SPC presentó en tiempo y forma los informes

correspondientes al ejercicio de 2014, como disponen los artículos 53 de la Ley de Adquisiciones

para el Distrito Federal y 45 del Reglamento de Ley de Adquisiciones para el Distrito Federal

ambos vigentes en 2014. En consecuencia, no se formula observación al respecto.

Gasto Aprobado

4. Resultado

Con el objeto de verificar que la SPC haya efectuado el registro presupuestal y contable

del ejercicio fiscal 2014, le fue requerida diversa información y documentación.

1. Mediante el oficio núm. SFDF/SE/3663/2013 del 4 de noviembre de 2013, la Subsecretaría

de Egresos de la SEFIN comunicó a la SPC su techo presupuestal, para que elaborara

el Anteproyecto de Presupuesto de Egresos y el Programa Operativo Anual (POA) 2014,

donde se asignó un presupuesto en el capítulo 3000 “Servicios Generales” de 38,

577.9 miles de pesos.

2. La SPC envió en tiempo y forma a la SEFIN su Anteproyecto de Presupuesto de Egresos

y su POA, con el oficio núm. SPC/749/2013 del 19 de noviembre de 2013.

3. El Decreto de Presupuesto de Egresos del Distrito Federal para el Ejercicio Fiscal 2014,

publicado en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 31 de diciembre de 2013, establece en

su artículo 5 las erogaciones previstas para las dependencias y órganos desconcentrados,

Page 18: CLXIII. I F A R C P DEL G D F E · del gasto; y por muestreo dirigido, se determinaron los casos específicos para realizar pruebas de cumplimiento y sustantivas. Como resultado de

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en relación con las cuales a la SPC se le asignó un presupuesto de 142,173.2 miles

de pesos.

4. El techo presupuestal definitivo fue informado a la SPC por la Subsecretaría de Egresos

de la SEFIN, mediante el oficio núm. SFDF/SE/0056/2014 del 6 de enero de 2014;

con ese mismo oficio, se comunicaron el Calendario Presupuestal y el POA aprobado

y definitivo para el ejercicio fiscal 2014.

En la revisión, se determinó que los montos establecidos en los documentos relacionados

anteriormente corresponden a los establecidos en el Anteproyecto de Presupuesto de

Egresos 2014, POA 2014, Decreto de Presupuesto de Egresos del Distrito Federal para el

Ejercicio Fiscal 2014 e Informe de Cuenta Pública 2014.

Por lo expuesto, se determinó que la SPC contó con la información de la Subsecretaría

de Egresos de la SEFIN sobre los recursos asignados en el Decreto de Presupuesto de

Egresos del Distrito Federal para el Ejercicio Fiscal 2014.

Para constatar el registro del presupuesto del momento contable del gasto aprobado, se

revisó la póliza de diario proporcionada por la Dirección General de Contabilidad, Normatividad

y Cuenta Pública de la SEFIN mediante el oficio núm. SFCDMX/SE/DGCNCP/0516/2016

del 24 de febrero de 2016, donde se observó un cargo a la cuenta presupuestal 8221000000

“Presupuesto de Egresos por Ejercer Sector Central” y un abono a la cuenta 8211000000 “Presupuesto

de Egresos Aprobado Sector Central”, ambos por 142,173.2 miles de pesos.

Con ello, se comprobó que el registro presupuestal se realizó en la póliza de diario respectiva,

como señalan los capítulos III, “Plan de Cuentas”; IV, “Instructivo de Manejo de Cuentas”;

y VI, “Guías Contabilizadoras”, del Manual de Contabilidad del Gobierno del Distrito Federal

Sector Central, en cumplimiento del artículo 7 de la Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente

del Distrito Federal, vigente en 2014 y las normas sexta y séptima de Normas y Metodología

para la Determinación de los Momentos Contables de los Egresos, emitidas por el CONAC,

publicadas en Diario Oficial de la Federación el 20 de agosto de 2009.

Por lo anterior, no se formulan observaciones en el presente resultado.

Page 19: CLXIII. I F A R C P DEL G D F E · del gasto; y por muestreo dirigido, se determinaron los casos específicos para realizar pruebas de cumplimiento y sustantivas. Como resultado de

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Gasto Modificado

5. Resultado

Afectaciones Presupuestarias

De acuerdo con el apartado “Análisis de Egresos por Capítulo de Gasto” del Informe de la Cuenta

Pública del Gobierno del Distrito Federal de 2014, la SPC contó con un presupuesto original de

38,577.9 miles de pesos para el capítulo 3000 “Servicios Generales”. Dicho presupuesto

se disminuyó en 12,418.5 miles de pesos (32.2%) mediante 83 afectaciones presupuestarias.

El presupuesto modificado se ubicó en 26,159.4 miles de pesos, cantidad igual a la reportada

como ejercida.

El presupuesto ejercido por la SPC durante 2014 en el capítulo 3000 “Servicios Generales” fue

de 26,159.4 miles de pesos, cantidad que representó el 28.4% de su presupuesto erogado

(92,005.0 miles de pesos); en comparación con el ejercido en 2013 (83,887.8 miles de pesos),

reflejó un incremento de 8,117.2 miles de pesos (9.6%).

Con el propósito de verificar el presupuesto aprobado en el ejercicio fiscal de 2014, así

como de constatar que las afectaciones presupuestarias del capítulo 3000 “Servicios Generales”

se hayan elaborado y autorizado conforme a la normatividad aplicable, se analizó la documentación

registrada con cargo al capítulo referido.

La modificación neta en el capítulo 3000 “Servicios Generales” del presupuesto fue autorizada

y registrada mediante 83 afectaciones presupuestales. En la revisión de éstas para constatar

que hubieran sido autorizadas y que estuvieran soportadas con adecuación presupuestaria,

adecuación programática y justificación, se observó que se reportó un presupuesto modificado

de 26,159.4 miles de pesos, cantidad igual a la ejercida, como se muestra a continuación:

Page 20: CLXIII. I F A R C P DEL G D F E · del gasto; y por muestreo dirigido, se determinaron los casos específicos para realizar pruebas de cumplimiento y sustantivas. Como resultado de

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(Miles de pesos)

Concepto Importes

Presupuesto original 38,577.9

Más

Ampliaciones compensadas 25,920.8

Adiciones compensadas 13,799.3

Total ampliaciones y adiciones 39,720.1

Menos

Reducciones compensadas (48,998.0)

Reducciones líquidas (3,140.6)

Total reducciones (52,138.6)

Modificación neta (12,418.5)

Presupuesto, modificado y ejercido

26,159.4

Los importes de los presupuestos modificado y ejercido corresponden con lo reportado en

la Cuenta Pública del Gobierno del Distrito Federal 2014.

Derivado del análisis de las afectaciones programático-presupuestarias, se determinó que

fueron elaboradas, justificadas, autorizadas y tramitadas por los servidores públicos facultados

para ello; en las justificaciones señaló que la reducción correspondió a recursos etiquetados por

la SEFIN; ahorros en los servicios de investigación científica y los derivados por la cancelación de

13 equipos de radiocomunicación que contribuyeron al cumplimiento de objetivos y metas

programadas por la dependencia, de conformidad con los artículos 77 y 78 de la Ley de

Presupuesto y Gasto Eficiente del Distrito Federal vigente en 2014; que se exponen en las

principales causas por las que se modificó el presupuesto asignado al capítulo; y que la SEFIN

realizó el registro presupuestal del momento contable de la etapa del presupuesto modificado |r

Central vigente en 2014. Lo anterior, conforme a los artículos 68, fracción V; y 70, fracción VI,

del Reglamento Interior de la Administración Pública del Distrito Federal; y al numeral 72, último

párrafo, sección tercera Adecuaciones Presupuestarias; numeral 79, Apartado A, “Adecuaciones

Presupuestarias Compensadas”; y numeral 83, Apartado B, “Adecuaciones Presupuestarias

Líquidas”, del Capítulo III, “Registro de Operaciones Presupuestarias”, del Manual de Reglas

y Procedimientos para el Ejercicio Presupuestario de la Administración Pública del Distrito

Federal, publicado en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 4 de diciembre de 2012,

vigentes en 2014. Asimismo, las afectaciones presupuestarias contaron con los formatos

correspondientes de afectación presupuestaria, afectación programática y justificación.

Page 21: CLXIII. I F A R C P DEL G D F E · del gasto; y por muestreo dirigido, se determinaron los casos específicos para realizar pruebas de cumplimiento y sustantivas. Como resultado de

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Para verificar el registro del presupuesto del momento contable del gasto modificado, se

revisaron las pólizas de diario proporcionadas por la Dirección General de Contabilidad Normatividad

y Cuenta Pública de la SEFIN mediante el oficio núm. SFCDMX/SE/DGCNCP/0516/2016

del 24 de febrero de 2016. Como resultado, se observaron los cargos y abonos a las cuentas

presupuestales 8231000000 “Modificaciones al Presupuesto de Egresos Aprobados Sector

Central” y 8221000000 “Presupuesto de Egresos por Ejercer Sector Central”, con lo que

se comprobó que el registro presupuestal se realizó en las pólizas de diario respectivas,

como señalan los capítulos III, “Plan de Cuentas”; IV, “Instructivo de Manejo de Cuentas”;

y VI, “Guías Contabilizadoras”, del Manual de Contabilidad del Gobierno del Distrito Federal

Sector Central, en cumplimiento del artículo 7 de la Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente

del Distrito Federal vigente en 2014; y de las normas sexta y octava de las Normas y Metodología

para la Determinación de los Momentos Contables de los Egresos, emitidas por el CONAC,

publicadas en el Diario Oficial de la Federación el 20 de agosto de 2009.

Por lo anterior, no se formulan observaciones en el presente resultado.

Gasto Comprometido

6. Resultado

Para verificar que la SPC haya efectuado el registro presupuestal y contable del ejercicio

fiscal 2014, la ASCM requirió diversa información y documentación al sujeto fiscalizado.

Partida 3221 “Arrendamiento de Edificios”

El monto de 4,954.1 miles de pesos erogado en 2014 por la SPC con cargo a la partida

3221 “Arrendamiento de Edificios” constituyó el 18.9% del presupuesto ejercido en el capítulo

3000 “Servicios Generales” (26,159.4 miles de pesos). Con el propósito de constatar que

los recursos registrados en esa partida se hubiesen comprometido conforme a la normatividad

aplicable, se analizó el 100.0% de ese importe.

Las operaciones revisadas corresponden a las realizadas con el arrendador del inmueble

ubicado en Hamburgo núm. 18, Colonia Juárez, Delegación Cuauhtémoc, C.P. 06600, Ciudad

de México, con una superficie de 2,159.22 m², con quien se suscribieron los contratos de

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arrendamiento núms. SPC/DA/CT001/2014 y SPC/DA/CT007/2014 del 30 de diciembre

de 2013 y 31 de marzo de 2014, respectivamente. Al analizar la documentación soporte,

se observó lo siguiente:

1. La JUD de Recursos Materiales y Servicios Generales en la SPC elaboró la requisición

de servicio núm. DA/RMSG/001/2014, mediante la cual solicitó el arrendamiento del

inmueble ubicado en Hamburgo núm. 18, Colonia Juárez, Delegación Cuauhtémoc,

C.P. 06600, Ciudad de México, con una superficie de 2,159.22 m² por el período del

1o. de enero al 31 de marzo de 2014.

Con el oficio núm. SPC/DA/3007/2013 del 4 de noviembre de 2013, la SPC solicitó a

la Dirección General de Patrimonio Inmobiliario (DGPI), dependiente de la OM, que le

informara si el avalúo para determinar la justipreciación de la renta mensual máxima

por pagar, con número secuencial JR(ST)-12439 y número progresivo 09/04/13-00003

del 18 de abril de 2013, podía ser utilizado para el ejercicio de 2014. En respuesta,

mediante el oficio DGPI/DA/567/2013 del 11 de noviembre de 2013, la DGPI señaló

que las justificaciones de renta de los dictámenes valuatorios subsistían mientras el

próximo contrato de arrendamiento no excediera el monto máximo determinado, que

en el caso correspondía a 355.9 miles de pesos mensuales (no incluye IVA).

Con el oficio núm. SFDF/SE/4363/2013 del 12 de diciembre de 2013, la Subsecretaría

de Egresos de la SEFIN otorgó autorización previa a la SPC para comprometer

recursos de 2014 por 1,238.5 miles de pesos, con cargo a la partida 3221 “Arrendamiento de

Edificios”. Sin embargo, no se acreditaron los oficios de solicitud y autorización presupuestal

que debían ser elaborados por las JUD de Recursos Materiales y Servicios Generales

y de Recursos Financieros.

Con el oficio núm. SPC/DA/3401/2013 del 24 de diciembre de 2013, la SPC solicitó a

la Secretaría de Obras emitir el dictamen estructural respecto del inmueble por arrendar. En

respuesta mediante el oficio núm. ISCDF-DG-2014-12 del 6 de enero de 2014, el Instituto

para la Seguridad de las Construcciones en el Distrito Federal envió nuevamente el

dictamen núm. ISCDF-DG-2013-050 del 2 de abril de 2013, vigente por el período solicitado.

Page 23: CLXIII. I F A R C P DEL G D F E · del gasto; y por muestreo dirigido, se determinaron los casos específicos para realizar pruebas de cumplimiento y sustantivas. Como resultado de

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Previo a la solicitud de autorización de arrendamiento, mediante el oficio

núm. SPC/DA/3427/2013 del 30 de diciembre de 2013, la SPC solicitó a la DGPI su

opinión sobre la posibilidad de optimizar la utilización de espacios físicos propiedad

del Gobierno del Distrito Federal.

Con el oficio núm. SPC/DA/0135/2014 del 15 de enero de 2014, la SPC solicitó a la

DGPI la autorización del proyecto de contrato.

El 30 de diciembre de 2013, se suscribió el contrato de arrendamiento núm. SPC/DA/CT001/2014,

con soporte en los dictámenes y autorizaciones anteriormente citados. Su objeto fue

el arrendamiento del inmueble ubicado en Hamburgo número 18, Colonia Juárez, Delegación

Cuauhtémoc, C. P. 06600 Ciudad de México, sede de la SPC. La vigencia del instrumento

comprendió el período del 1o. de enero al 31 de marzo de 2014; y el importe mensual

se pactó en 355.9 miles de pesos (no incluye IVA), de lo cual resultó un importe total

para el período de 1,238.5 miles de pesos (incluye IVA). En el apartado de declaraciones

del contrato, el arrendador, bajo protesta de decir verdad, señaló haber cumplido las

obligaciones fiscales a su cargo y no encontrarse en el padrón de prestadores de

servicios inhabilitados de la Contraloría General del Gobierno del Distrito Federal.

Sin embargo, la SPC no acredito el envío a la DGPI de un tanto original del contrato

con firmas autógrafas, para su registro y control, en un plazo que no excediera de 30 días

naturales a partir de su formalización, por lo que incumplió el segundo párrafo, del

numeral 10.3.4 de la Circular Uno 2014, Normatividad en materia de Administración

de Recursos para las Dependencias, Unidades Administrativas, Unidades Administrativas de

Apoyo Técnico Operativo, Órganos Desconcentrados y Entidades de la Administración

Pública del Distrito Federal, publicada en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el

28 de mayo de 2014, vigente en 2014, que señala:

“10.3.4. De conformidad con el artículo 16 fracción IV, de la LOAPDF, las y los

titulares de las Dependencias […] formalizarán los contratos de arrendamiento,

firmando como corresponsables las y los titulares de las unidades administrativas usuarias,

posteriormente se deberá enviar una copia con firmas autógrafas y documentación

Page 24: CLXIII. I F A R C P DEL G D F E · del gasto; y por muestreo dirigido, se determinaron los casos específicos para realizar pruebas de cumplimiento y sustantivas. Como resultado de

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soporte a la DGPI para su registro y control, en un plazo que no excederá de 30 días

naturales a partir de la fecha de formalización de los contratos…”

2. La JUD de Recursos Materiales y Servicios Generales en la SPC elaboró la

requisición de servicio núm. DA/RMSG/007/2014 del 17 de febrero de 2014, mediante

la cual solicitó el arrendamiento del inmueble ubicado en Hamburgo núm. 18, Colonia

Juárez, Delegación Cuauhtémoc, C.P. 06600, Ciudad de México, con una superficie

de 2,159.22 m² por el período del 1o. de abril al 31 de diciembre de 2014.

Previo a la solicitud de autorización de arrendamiento, mediante el oficio

núm. SPC/DA/0244/2014 del 24 de enero de 2014, la SPC solicitó a la DGPI su opinión

sobre la posibilidad de optimizar la utilización de espacios físicos propiedad del Gobierno del

Distrito Federal que estuvieran desocupados y reunieran las características requeridas. En

respuesta, mediante el oficio núm. DGPI/DIIYSI/0172/2014 del 4 de febrero de 2014,

la DGPI informó que no se encontraba en condiciones de atender su petición.

Mediante el oficio núm. SPC/DA/RMSG/131/2014 del 19 de febrero de 2014, el JUD

de Recursos Materiales y Servicios Generales en la SPC requirió al JUD de Recursos

Financieros suficiencia presupuestal para el servicio de arrendamiento del inmueble

ubicado en Hamburgo núm. 18, Colonia Juárez, Delegación Cuauhtémoc, C.P. 06600,

Ciudad de México. En respuesta, con el oficio núm. SPC/DA/UDRF/53/2014 del

19 de febrero de 2014, la JUD de Recursos Financieros autorizó suficiencia presupuestal por

un importe total de 3,715.6 miles de pesos, con cargo a la partida 3221 “Arrendamiento

de Edificios”.

Con el oficio núm. SPC/DA/546/2014 del 3 de marzo de 2014, la SPC solicitó a la DGPI la

autorización del proyecto de contrato. En respuesta, mediante el oficio núm. DGPI/986/2014

del 21 de marzo de 2014, la DGPI le informó que el proyecto cumplía en términos

generales los requisitos de forma y fondo, así como los requisitos legales y administrativos

para su suscripción, y señaló que debería enviar un tanto original con firmas autógrafas, para

su registro y control, en un plazo que no excediera de 30 días naturales a partir de su

formalización, de acuerdo con la normatividad aplicable.

Page 25: CLXIII. I F A R C P DEL G D F E · del gasto; y por muestreo dirigido, se determinaron los casos específicos para realizar pruebas de cumplimiento y sustantivas. Como resultado de

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El 31 de marzo de 2014, se suscribió el contrato de arrendamiento núm. SPC/DA/CT007/2014,

con soporte en los dictámenes y autorizaciones anteriormente citados. Su objeto fue

el arrendamiento del inmueble ubicado en Hamburgo número 18, Colonia Juárez,

Delegación Cuauhtémoc, C. P. 06600 Ciudad de México, sede de la SPC. La vigencia

del instrumento comprendió el período del 1o. de abril al 31 de diciembre de 2014; y el

importe mensual se pactó por 355.9 miles de pesos dando un importe de 3,203.1 miles

de pesos (no incluye IVA), de lo cual resultó un importe de 3,715.6 miles de pesos

(incluye IVA) para el período contratado. En el apartado de declaraciones del contrato,

el arrendador, bajo protesta de decir verdad, señaló, haber cumplido las obligaciones

fiscales a su cargo y no encontrarse en el padrón de prestadores de servicios inhabilitados

por la Contraloría General del Gobierno del Distrito Federal.

Con el oficio núm. SPC/DA/0765/2014 del 1o. de abril de 2014, la SPC envió a la DGPI

un tanto original del contrato con firmas autógrafas, para su registro y control dentro

del plazo de 30 días naturales a partir de su formalización, de acuerdo con la normatividad

aplicable.

Partida 3351 “Servicios de Investigación Científica y Desarrollo”

El monto de 12,968.6 miles de pesos erogado en 2014 por la SPC con cargo a la partida

3351 “Servicios de Investigación Científica y Desarrollo” representó el 49.6% del presupuesto

ejercido en el capítulo 3000 “Servicios Generales” (26,159.4 miles de pesos). Con el propósito

de constatar que los recursos registrados en esa partida se hubiesen comprometido conforme

a la normatividad aplicable, se analizó una muestra de auditoría por 12,000.0 miles de pesos

(92.5% del total), registrados con cuatro CLC, relacionadas con la operación realizada con

la Universidad Nacional Autónoma de México (UNAM).

En el análisis a la documentación soporte de la muestra seleccionada, se observó lo siguiente:

La SPC celebró el convenio de colaboración con la UNAM, con base en el artículo 1o., segundo

párrafo, de la Ley de Adquisiciones para el Distrito Federal vigente en 2014.

Page 26: CLXIII. I F A R C P DEL G D F E · del gasto; y por muestreo dirigido, se determinaron los casos específicos para realizar pruebas de cumplimiento y sustantivas. Como resultado de

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La Dirección General de Prevención (DGP) de la SPC elaboró la requisición de servicio

núm. DA/RMSG/024/2014 del 4 de marzo de 2014, mediante la cual solicitó la contratación de

los servicios de estudio para la actualización de los mapas de riesgos del Distrito Federal.

El JUD de Recursos Materiales y Servicios Generales en la SPC requirió al JUD de Recursos

Financieros, mediante el oficio núm. SPC/DA/RMSG/193/2014 del 11 de marzo de 2014,

suficiencia presupuestal para el servicio de actualización de los mapas de riesgos del Distrito

Federal. En respuesta, con el oficio núm. SPC/DA/UDRF/83/2014 del 11 de marzo de 2014,

el segundo autorizó la suficiencia presupuestal por un importe total de 12,000.0 miles

de pesos, con cargo a la partida 3351 “Servicio de Investigación Científica y Desarrollo”.

El 1o. de abril de 2014, la SPC y la UNAM suscribieron el convenio de colaboración respectivo.

Dicho instrumento tenía por objeto realizar la actualización de los mapas de riesgos por

sismos, hundimientos, fracturamientos, remoción en masa y asentamientos en Riesgo

del Distrito Federal, conforme a lo establecido en el anexo técnico único. La vigencia del

instrumento fue del 1o. de abril al 31 de diciembre de 2014 y el importe se pactó

en 12,000.0 miles de pesos (IVA incluido).

Al analizar el anexo técnico único del convenio, se observó que, para los productos esperados

y entregables no se precisan fechas límite de entrega y área encargada de la recepción y

la validación de su contenido para garantizar el cumplimiento de las especificaciones técnicas

convenidas.

Para constatar el registro del presupuesto del momento contable del gasto comprometido,

se revisaron las pólizas de diario proporcionadas por la Dirección General de Contabilidad,

Normatividad y Cuenta Pública de la SEFIN mediante el oficio núm. DGCNCP/0516/2016

del 24 de febrero de 2016. En dichas pólizas, se observaron los cargos y abonos a las cuentas

presupuestales 8211000000 “Presupuesto de Egresos Aprobado Sector Central” y 8221000000

“Presupuesto de Egresos por Ejercer Sector Central”, por lo que se comprobó que el registro

presupuestal se realizó en las pólizas de diario respectivas, como señalan los capítulos III,

“Plan de Cuentas”, IV, Instructivo de Manejo de Cuentas; y VI, “Guías Contabilizadoras”,

del Manual de Contabilidad del Gobierno del Distrito Federal Sector Central, en cumplimiento del

artículo 7 de la Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente del Distrito Federal vigente en 2014

Page 27: CLXIII. I F A R C P DEL G D F E · del gasto; y por muestreo dirigido, se determinaron los casos específicos para realizar pruebas de cumplimiento y sustantivas. Como resultado de

25

y las normas sexta y novena de las Normas y Metodología para la Determinación de los

Momentos Contables de los Egresos, emitidas por el CONAC y publicadas en el Diario

Oficial de la Federación el 20 de agosto de 2009.

Por no integrar en los expedientes los oficios de solicitud y autorización de suficiencia

presupuestal para suscribir el contrato de arrendamiento núm. SPC/DA/CT001/2014 del

30 de diciembre de 2013, la DA en la SPC no observó las actividades 8 y 9 del procedimiento

núm. 13 “Adquisición de Bienes y/o Contratación de Servicios por Adjudicación Directa”

del manual administrativo, en su apartado de procedimientos, de la Jefatura de Unidad Departamental

de Recursos Materiales y Servicios Generales con registro núm. MA-12025-2/07, publicados en

la Gaceta Oficial del Distrito Federal del 23 de febrero de 2011, vigente en 2014, que señala:

“Jefatura de la Unidad Departamental de Recursos Materiales y Servicios Generales […]

”8 Elabora oficio de solicitud para tramitar suficiencia presupuestal, ante la Jefatura de la Unidad

Departamental de Recursos Financieros, adjuntando la requisición […]

”Jefatura de la Unidad Departamental de Recursos Financieros […]

”9 Recibe oficio de solicitud de suficiencia presupuestal, analiza y valida la suficiencia

presupuestal, (Conforme al Procedimiento de Control Presupuestal a cargo de la Jefatura

de la Unidad Departamental de Recursos Financieros) notificando por medio de oficio al

Jefe de la Unidad Departamental de Recursos Materiales y Servicios Generales.”

Asimismo, incumplió el segundo párrafo, del artículo 76 de la Ley de Adquisiciones para

el Distrito Federal, vigente en 2014, que establece:

“Las dependencias […] conservarán en forma ordenada y sistemática toda la documentación

original comprobatoria de los actos y contratos, cuando menos por un lapso de cinco años

contados a partir de la fecha de su recepción y en el caso de la documentación con

carácter devolutivo para los licitantes, deberán conservar copia certificada.”

Page 28: CLXIII. I F A R C P DEL G D F E · del gasto; y por muestreo dirigido, se determinaron los casos específicos para realizar pruebas de cumplimiento y sustantivas. Como resultado de

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Por no enviar a la DGPI una copia con firmas autógrafas y documentación soporte del

contrato de arrendamiento núm. SPC/DA/CT001/2014 del 31 marzo de 2014, para registro

y control, la DA en la SPC incumplió el numeral 10.3.4 de la Normatividad en materia

de Administración de Recursos para las Dependencias, Unidades Administrativas, Unidades

Administrativas de Apoyo Técnico Operativo, Órganos Desconcentrados y Entidades

de la Administración Pública del Distrito Federal (Circular Uno 2012), publicada en la Gaceta

Oficial del Distrito Federal el 28 de mayo de 2014, vigente en 2014, que señala:

“10.3.4. De conformidad con el artículo 16 fracción IV, de la LOAPDF, las y los titulares de las

Dependencias […] formalizarán los contratos de arrendamiento, firmando como corresponsables

las y los titulares de las unidades administrativas usuarias, posteriormente se deberá enviar una

copia con firmas autógrafas y documentación soporte a la DGPI para su registro y control,

en un plazo que no excederá de 30 días naturales a partir de la fecha de formalización de

los contratos…”

Por no establecer con precisión, en el anexo técnico único del convenio de colaboración

celebrado con la UNAM el 1o de abril de 2014, los conceptos de productos esperados

y entregables la SPC incumplió los artículos 53, primer párrafo; y 54, fracción I, de la Ley

de Presupuesto y Gasto Eficiente del Distrito Federal vigente en 2014, que señalan:

“Artículo 53.- El ejercicio del gasto público por concepto de adquisiciones, servicios generales

y obras, se formalizará con los compromisos correspondientes a través de la adjudicación,

expedición y autorización de contratos de obras públicas, pedidos, contratos y convenios

para la adquisición de bienes y servicios, convenios y presupuestos en general, así como

la revalidación de éstos, en los casos que determinen las normas legales aplicables,

mismos que deberán reunir iguales requisitos que los pedidos y contratos para que tengan

el carácter de justificantes […]

”Artículo 54.- Para que los pedidos, contratos y convenios tengan el carácter de documentos

justificantes deberán sujetarse a lo siguiente:

”I. Señalar con precisión su vigencia, importe total, plazo de terminación o entrega de

la obra, los servicios o bienes contratados, así como la fecha y condiciones para su pago.

Page 29: CLXIII. I F A R C P DEL G D F E · del gasto; y por muestreo dirigido, se determinaron los casos específicos para realizar pruebas de cumplimiento y sustantivas. Como resultado de

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En los casos que por la naturaleza del contrato no se pueda señalar un importe determinado,

se deberán estipular las bases para fijarlo…”

En la reunión de confronta, celebrada el 17 de mayo de 2016, la Dirección de Administración en

la SPC informó lo siguiente:

“Para la celebración del contrato SPC/DA/CT001/2014, relativo al arrendamiento del inmueble

ubicado en Hamburgo 18, Colonia Juárez, Delegación Cuauhtémoc, por el período comprendido

del 1o. de enero al 31 de marzo de 2014 […] a la fecha de suscripción del mismo no se contaba

con presupuesto autorizado para el ejercicio 2014, ni con el calendario de gasto correspondiente.

El presupuesto autorizado para el Ejercicio Fiscal 2014 fue comunicado por la Subsecretaría

de Egresos de la Secretaría de Finanzas, mediante oficio SFDF/SE/0056/2014 de fecha

6 de enero de 2014 […] y el calendario presupuestal, con oficio SFDF/SE/0448/2014 de

fecha 28 de enero de 2014 […]

”Cabe señalar que en el mes de diciembre de 2013 se solicitó a la Secretaría de Finanzas, vía

el Sistema Informático de Planeación de Recursos Gubernamentales, la autorización para

ejercer en 2013 recursos del Presupuesto del Ejercicio Fiscal 2014.

”En atención a dicha solicitud, mediante oficio SFDF/SE/4363/2013 de fecha 12 de diciembre

de 2013 […] la Subsecretaría de Egresos de la Secretaría de Finanzas emitió autorización

previa para ejercer en 2013 recursos del Ejercicio Fiscal 2014, por la cantidad de $5'150,548.20

(Cinco millones ciento cincuenta mil quinientos cuarenta y ocho pesos 20/100 M.N.) de la

cual, la cantidad de $3'622,908.10 (Tres millones seiscientos veintidós mil novecientos ocho

pesos 10/100 M.N.) correspondió a la partida presupuestal 3221 ‘Arrendamiento de Edificios’,

autorización que les fue comunicada a las Jefaturas de Unidad Departamental de Recursos

Materiales y Servicios Generales y de Recursos Financieros, a través del Volante de

Correspondencia No. 3875 de la Dirección de Administración en la Secretaría de Protección Civil

[…] documento que como se indica en la declaración I.5 del contrato SPC/DA/CT001/2014 […]

sirvió como suficiencia para la suscripción de dicho documento. […]

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”En relación con la falta de envío a la Dirección General de Patrimonio Inmobiliario de la

Oficialía Mayor del Gobierno del Distrito Federal, de una copia con firmas autógrafas del

contrato de arrendamiento SPC/DA/CT001/2014, de fecha 30 de diciembre de 2013, se

informa que mediante oficio SPC/DA/0135/2014 de fecha 15 de enero de 2014 […] se remitió

a la Subdirección de Administración Inmobiliaria de la Dirección General de Patrimonio

Inmobiliario, copia del contrato de arrendamiento SPC/DA/CT001/2014; cuya remisión fue

ratificada con el similar SPC/DA/0310/2014, de fecha 31 del mismo mes y año, dirigido

a la Dirección General de Patrimonio Inmobiliario […] sin haber recibido apercibimiento

por la falta de firmas originales. […]

”Se precisa que en las cláusulas PRIMERA, CUARTA y DÉCIMA del convenio, así como

la última página del Anexo técnico Único […] se establecieron con precisión la vigencia

del mismo, el Importe total, los plazos de entrega, los servicios contratados, así como las

fechas y condiciones de pago.”

En el análisis de la información y documentación proporcionadas por la SPC, se determinó que,

mediante el volante de correspondencia núm. 3875 la Dirección de Administración en la

SPC hizo del conocimiento a las JUD de Recursos Financieros y de Recursos Materiales

y Servicios Generales el oficio núm. SFDF/SE/4363/2013 del 12 de diciembre de 2013, con el

cual la Subsecretaría de Egresos de la SF emitió autorización previa para ejercer en 2013

recursos del Ejercicio Fiscal 2014, como son los de la partida 3221 “Arrendamiento de Edificios”.

Con ello, se desvirtuó la observación en el sentido de que no acreditó los oficios de solicitud

y autorización presupuestal.

Respecto de la observación de la falta de evidencia documental del envío a la DGPI de un

tanto original del contrato con firmas autógrafas, para su registro y control, en un plazo que no

excediera de 30 días naturales a partir de su formalización, la SPC proporciono el oficio

num. SPC/DA/0135/2014 del 15 de enero de 2014, mediante el cual se remitió a la Subdirección

de Administración Inmobiliaria de la Dirección General de Patrimonio Inmobiliario copia del

contrato de arrendamiento SPC/DA/CT001/2014 con firmas autógrafas. Con ello se desvirtuó

la observación formulada.

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La SPC no proporcionó información ni documentación que modifique lo expuesto en el sentido

de que en el anexo técnico único del convenio no se precisan las fechas límite de entrega

y el área encargada de la recepción y la validación de su contenido para garantizar el

cumplimiento de todas y cada una de las especificaciones técnicas convenidas, por lo que

subsiste la observación.

Recomendación ASCM-17-14-1-SPC

Es necesario que la Secretaría de Protección Civil, por conducto de la Dirección de Administración,

establezca mecanismos de control para garantizar que en el anexo técnico de los convenios

suscritos en los conceptos de productos esperados y entregables se precisen las fechas

límite de entrega y el área encargada de la recepción y la validación de contenido, a fin de

garantizar el cumplimiento de todas las especificaciones técnicas convenidas, conforme la

normatividad aplicable.

Gasto Devengado

7. Resultado

Con el objeto de verificar que la SPC haya efectuado el registro presupuestal y contable

del ejercicio fiscal 2014, se requirió diversa información y documentación al sujeto fiscalizado.

Se revisaron las partidas 3221 “Arrendamiento de Edificios” y 3351 “Servicio de Investigación,

Científica y Desarrollo”, seleccionadas como muestra, con el propósito de comprobar el

gasto devengado, el cual refleja el momento contable del reconocimiento de una obligación

de pago en favor de terceros por la recepción de conformidad de los servicios contratados

por la SPC durante el ejercicio de 2014.

Partida 3221 “Arrendamiento de Edificios”

Como evidencia documental de que el servicio de arrendamiento fue devengado, se encontraron

los oficios por medio de los cuales el JUD de Recursos Materiales y Servicios Generales

en la SPC, como área solicitante del servicio, informó al JUD de Recursos Financieros en

la dependencia que el arrendador cumplió las condiciones contratadas y otorgó su visto

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bueno con el nombre, cargo y firma del titular en las facturas mensuales elaboradas por

Raíces Hamburgo 18, S.A., para que se continuara el trámite de pago. Asimismo, con diversa

documentación oficial de 2014, se constató que el domicilio de la SPC correspondió al del

inmueble arrendado.

Partida 3351 “Servicios de Investigación Científica y Desarrollo”

Como evidencia documental de que el servicio fue devengado, se localizó una minuta

de trabajo del 31 de diciembre 2014, mediante la cual la UNAM formalizó la entrega final

a la SPC de los servicios contratados conforme a las condiciones convenidas. Para constatar la

recepción de los productos esperados y entregables, la ASCM realizó una visita de verificación

en las oficinas de la Dirección General de Prevención de la SPC el 15 de marzo de 2016.

En ella, se observó que la UNAM entregó una computadora en la cual se encuentran los

archivos electrónicos resultado de la actualización de los mapas de riesgos por sismos,

hundimientos, fracturamientos, remoción en masa y asentamientos en riesgo, del Distrito

Federal. Esos mapas fueron integrados al Atlas de Riesgos de Distrito Federal que es usado

por los sistemas de protección civil delegacionales y centrales para proteger a la sociedad

ante la eventualidad de un desastre por causas naturales o humanas.

También, con el oficio núm. SPC/DA/RMSG/014/2014 del 7 de enero de 2014, constató que el

JUD de Recursos Materiales y Servicios Generales en la SPC informó al JUD de Recursos

Financieros en la dependencia que el prestador de servicios cumplió las condiciones contratadas.

Como soporte en el visto bueno como área solicitante del servicio, el titular de la Dirección

General de Prevención asentó su nombre, cargo y firma en las facturas elaboradas por

UNAM, para que se continuara con el trámite de pago respectivo.

Para constatar el registro del presupuesto del momento contable del gasto devengado, se

revisaron las pólizas de diario proporcionadas por la Dirección General de Contabilidad,

Normatividad y Cuenta Pública de la SEFIN, remitidas mediante el oficio núm. DGCNCP/0516/2016

del 24 de febrero de 2016. Al respecto, se observaron los cargos y abonos a las cuentas

presupuestales 8251000000 “Presupuesto de Egresos Devengado Sector Central” y 8241000000

“Presupuesto de Egresos Comprometido Sector Central” y se comprobó que el registro

presupuestal se realizó en las pólizas de diario respectivas, como señalan los capítulos III,

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“Plan de Cuentas”, IV, “Instructivo de Manejo de Cuentas”, y VI, “Guías Contabilizadoras”,

del Manual de Contabilidad del Gobierno del Distrito Federal Sector Central, en cumplimiento del

artículo 7 de la Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente del Distrito Federal vigente en 2014

y de las normas sexta y décima de las Normas y Metodología para la Determinación de

los Momentos Contables de los Egresos, emitidas por el CONAC y publicadas en el Diario

Oficial de la Federación el 20 de agosto de 2009.

Gasto Ejercido

8. Resultado

Con el propósito de constatar que la SPC haya efectuado el registro presupuestal y contable del

ejercicio fiscal 2014, la ASCM requirió diversa información y documentación al sujeto fiscalizado.

Para comprobar el gasto ejercido, el cual refleja el momento contable de la emisión de

una CLC debidamente aprobada por la SPC durante el ejercicio de 2014 con cargo a las

partidas 3221 “Arrendamiento de Edificios” y 3351 “Servicio de Investigación Científica

y Desarrollo”, seleccionadas como muestra, se realizó lo siguiente:

Con la finalidad de constatar que la SPC contara con las CLC debidamente aprobadas por

la autoridad facultada y para verificar que la documentación comprobatoria adjunta cumpliera

los requisitos establecidos en los artículos 29 y 29-A del Código Fiscal de la Federación

vigente en 2014, se revisaron y analizaron las operaciones de la muestra de las dos partidas

seleccionadas, por 12,000.0 miles de pesos mediante 16 CLC, y se determinó que son impresiones

del SAP-GRP y que fueron elaboradas y autorizadas por los servidores públicos inscritos

en la Cédula de Registro de Firmas de los Servidores Públicos de Nivel de Estructura Facultados

para Elaborar, Autorizar y/o Solicitar las Autorizaciones del Registro de las Cuentas por

Liquidar Certificadas, Documentos Múltiples, Afectaciones Programático-Presupuestarias,

Presupuesto Comprometido, Estado de Ingresos-Egresos y Analítico de Claves en 2014.

Por lo tanto, la SPC se sujetó a lo establecido en el Manual de Reglas y Procedimientos para el

Ejercicio Presupuestario de la Administración Pública del Distrito Federal vigente en 2014.

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Partida 3221 “Arrendamiento de Edificios”

Se revisaron los formatos “Revisión de Facturas” y se observó que cuentan con los datos

de las facturas y el nombre, cargo y firma de quien revisó y otorgó visto bueno. También

se verificó que las facturas, documentación que comprueba las operaciones realizadas

por la SPC y que soporta las 12 CLC con cargo a la partida 3221 “Arrendamiento de

Edificios”, cumplen los requisitos fiscales establecidos en los artículos 29 y 29-A del Código

Fiscal de la Federación vigente en 2014. Adicionalmente, se realizó la consulta de las 12

facturas en la página del Servicio de Administración Tributaria (SAT) y se confirmó su autenticidad.

Partida 3351 “Servicios de Investigación Científica y Desarrollo”

Se revisaron los formatos “Revisión de Facturas” y se observó que cuentan con los datos

de las facturas y el nombre, cargo y firma de quien revisó y otorgó visto bueno. Se verificó

que las cuatro CLC fueron soportadas con facturas elaboradas por la UNAM.

Para constatar el registro del presupuesto del momento contable del gasto ejercido, se revisaron

las pólizas de diario proporcionadas por la Dirección General de Contabilidad, Normatividad

y Cuenta Pública de la SEFIN mediante el oficio núm. DGCNCP/0516/2016 del 24 de febrero

de 2016. Al respecto, se observaron los cargos y abonos a las cuentas presupuestales

8261000000 “Presupuesto de Egresos Ejercido Sector Central” y 8251000000 “Presupuesto

de Egresos Devengado Sector Central”, y se comprobó que el registro presupuestal

se realizó en las pólizas de diario respectivas, como lo señalan los Capítulos III, “Plan de

Cuentas”, IV, “Instructivo de Manejo de Cuentas”; y VI, “Guías Contabilizadoras”, del Manual

de Contabilidad del Gobierno del Distrito Federal Sector Central, en cumplimiento del

artículo 7 de la Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente del Distrito Federal vigente en 2014

y de las normas sexta y décima primera de las Normas y Metodología para la Determinación de

los Momentos Contables de los Egresos, emitidas por el CONAC y publicadas en el Diario

Oficial de la Federación el 20 de agosto de 2009. Asimismo, su registro se efectuó de

acuerdo con el Clasificador por Objeto del Gasto del Distrito Federal vigente en 2014.

Por lo anterior, no se formulan observaciones en el presente resultado.

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Gasto Pagado

9. Resultado

En cuanto al gasto pagado, que el momento contable que refleja la cancelación total o parcial

de las obligaciones de pago y que se concreta mediante el desembolso de efectivo

o cualquier otro medio de pago de los servicios contratados, la SPC mediante el oficio

núm. ACF-A/16/0027 del 12 de enero de 2016, se requirió información y documentación

de las operaciones efectuadas con cargo a las partidas 3221 “Arrendamiento de Edificios”

y 3351 “Servicios de Investigación Científica y Desarrollo”. La SPC dio contestación con el

oficio núm. SPC/DA/117/2016 del 20 de enero de 2016. Del analisis de la documentación

recibida se desprende lo siguiente:

Partida 3221 “Arrendamiento de Edificios”

Con la finalidad de verificar que la SPC contara con la documentación que mostrara la

cancelación total de las obligaciones contraídas de los contratos sujetos a revisión celebrados

durante el ejercicio de 2014, así como la evidencia de que se llevaron a cabo los pagos

correspondientes, se realizó el procedimiento de confirmación de operaciones al arrendador

Raíces Hamburgo 18, S. A., mediante el oficio núm. ACF-A/16/0204 del 17 de febrero de 2016.

En respuesta, con oficio sin número del 29 de marzo de 2016, el arrendador proporcionó

el detalle de las operaciones realizadas con la SPC. Al revisar la información recibida, se determinaron

diferencias: de los 4,954.1 miles de pesos correspondientes a la muestra revisada, en 2014

fueron pagados 4,541.3 miles de pesos y 412.8 miles de pesos fueron registrados como

pasivo circulante, reportado a la SEFIN con el oficio núm. SPC/DA/65/2015 del 14 de enero

de 2015.

Partida 3351 “Servicios de Investigación Científica y Desarrollo”

La ASCM realizó el procedimiento de confirmación de operaciones con la UNAM mediante

el oficio núm. ACF-A/16/0205 del 17 de febrero de 2016. En respuesta, con el oficio

número IGEF/UV/043/2016 del 15 de marzo de 2016, la UNAM proporcionó el detalle de las

operaciones realizadas con la SPC. Se revisaron las operaciones referidas, sin que se

detectaran diferencias.

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En la verificación de los egresos realizados por la SPC, por 12,000.0 miles de pesos, se

observó que en 2014 se pagaron 6,000.0 miles de pesos y que los 6,000.0 miles de pesos,

restantes fueron registrados como pasivo circulante, reportado a la SEFIN con el oficio

núm. SPC/DA/65/2015 del 14 de enero de 2015.

Para constatar el registro del momento contable del gasto pagado, se revisaron las pólizas de

diario proporcionadas por la Dirección General de Contabilidad, Normatividad y Cuenta Pública

de la SEFIN mediante el oficio núm. DGCNCP/4219/2015 del 28 de octubre de 2015.

Como resultado, se observó que los cargos y abonos a las cuentas presupuestales

8271000000 “Presupuesto de Egresos Pagado Sector Central” y 8261000000 “Presupuesto de

Egresos Ejercido Sector Central” se realizaron en las pólizas de diario respectivas, como

señalan los Capítulos III, “Plan de Cuentas”; IV; “Instructivo de Manejo de Cuentas”; y VI,

“Guías Contabilizadoras”, del Manual de Contabilidad del Gobierno del Distrito Federal Sector

Central, en cumplimiento del artículo 7 de la Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente del Distrito

Federal vigente en 2014 y de las normas sexta y décima segunda de Normas y Metodología

para la Determinación de los Momentos Contables de los Egresos, emitidas por el CONAC

y publicadas en el Diario Oficial de la Federación el 20 de agosto de 2009.

Por lo anterior, no se formulan observaciones en el presente resultado.