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12 junio 2014. RELACIONES LABORALES

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12 junio 2014.

RELACIONES LABORALES

RELACIONES LABORALES

• INDICE.

• 8.1 DINAMICA DE LAS RELACIONES LABORALES.

• 8.2 MARCO LEGAL EN LA ADMINISTRACION DEL

FACTOR HUMANO.

• 8.3 NEGOCIACION COLECTIVA Y

ADMMINISTRACION DEL CONVENIO LABORAL.

• 8.4 SINDICATOS Y RELACIONES LABORALES.

DINAMICA DE LAS RELACIONES LABORALES

• La dinámica en la relación Laboral ,tiene su inicio

cuando se firma el contrato individual o colectivo y hace

a la persona parte de la organización, canalizándola a

través de diferentes mecanismos legales,

administrativos e inclusive de índole personal .

RELACIONES LABORALES.

• Las relaciones laborales son un elemento esencial por

que definen la calidad de las interacciones entre

empleadores y trabajadores y por ende la calidad de

una sociedad.

RELACIONES LABORALES.

• NORMATIVIDAD LABORAL.

• Conjunto de deberes y derechos que están protegidos

por una legislación y que debe mantener el equilibrio

entre los actores.

DINAMICA DE LAS RELACIONES LABORALES

• La dinámica de la relación Laboral se da apoyada en:

• Valores: La relación será más fluida si la organización declara abiertamente sus valores; es decir los principios inamovibles bajo los cuales se comportara.

• Organizacionales: Legitimidad, honestidad, respeto, calidad., compromiso social etc.

• Éticos : Lealtad, honradez, justicia, equidad, discreción.

• Profesionales: Puntualidad y asistencia, creatividad, actualización, eficacia, cooperación…

DINÁMICA DE LAS RELACIONES LABORALES

• POLITICAS.

• Por este medio se siente la influencia en toda la

organización de las actitudes de la directiva . Son las

líneas generales de conducta que deben establecerse

para alcanzar objetivos. Permiten al personal directivo

tomar decisiones , son una guía que indica el camino en

toma de decisiones ,constituyen una orden indirecta

determinando la conducta de todos los niveles.

DINAMICA DE LAS RELACIONES LABORALES

• ESTABILIDAD.

• FLEXIBILIDAD

• LEGIBILIDAD

• PRACTICAS

• SINCERIDAD

• EFECTIVA

• PARTICIPACION.

DINÁMICA DE LAS RELACIONES LABORALES

• PROGRAMAS

• Esto significa fijar prioridades secuencias y se

sincronizan los pasos a seguir para conseguir las metas

en donde el factor tiempo debe quedar necesariamente

incluido. Tiene fin de estandarizar los métodos a modo

de obtener un máximo de seguridad y eficiencia en la

realización.

DINÁMICA DE LAS RELACIONES LABORALES

• PROCEDIMIENTOS.

• Tienen como fin estandarizar los métodos a modo de

obtener un máximo de seguridad y eficiencia en la

realización y uniformar la conducta de los subordinados.

DINAMICA DE LAS RELACIONES LABORALES

• INSTRUCTIVOS.

• El instructivo es un medio de comunicación que dirige la

organización a sus empleados en el se establecen paso

por paso los procedimientos a

seguir indicando los objetivos que persigue cada

secuencia del procedimiento, las formas a utilizar, el

trámite a seguir etc.

DINÁMICA DE LAS RELACIONES LABORALES

DINAMICA DE LAS RELACIONES LABORALES

• REGLAMENTO INTERIOR DEL TRABAJO.

• Es un instrumento de origen jurídico que constituye gran

ayuda para la administración de recursos humanos

puesto que contiene disposiciones que obligan tanto a

los trabajadores como a los patrones y tiende a normar

el desarrollo de los trabajos dentro de la organización.

• Fracción I del articulo 424.

DINAMICA DE LAS RELACIONES LABORALES

• SISTEMA DE SUGERENCIAS Y QUEJAS.

• Dar información y recibirla es uno de los elementos más

importantes para la autorrealización del individuo en la

organización . Actualmente se ha presentado un

• Reconocimiento creciente de la comunicación en ambos

sentidos .

MARCO LEGAL EN LA ADMINISTRACIÓN DEL

RECURSO HUMANO.

• Normativa Laboral es el conjunto de deberes y derechos

que están protegidos por una legislación que debe

mantener la ecuanimidad y el equilibrio entre los actores

.

• Autoritaria y participativa

• Tecnocrática o de dimensión social.

MARCO LEGAL EN LA ADMINISTRACIÓN DEL FACTOR

HUMANO ARTICULO 123.

Toda persona tiene derecho al trabajo

digno y socialmente útil; al efecto se

promoverán la creación de empleos y la

organización social para el trabajo

conforme a la ley.

Jornada Laboral 8 horas.

Queda prohibido trabajo menores de 14

años.

Por cada 6 días de trabajo 1 día descanso.

Por trabajo igual debe corresponder salario

igual sin importan sexo ni nacionalidad.

Derecho a participación de utilidades

No implica participar en la dirección de la

empresa.

MARCO LEGAL EN LA ADMINISTRACIÓN DEL FACTOR

HUMANO

• Ley Federal del Trabajo.

• Principios generales.

• Relaciones individuales trabajo.

• Condiciones de trabajo.

• Derechos y obligaciones de los

trabajadores y patrones.

• Trabajo de las mujeres.

• Trabajo de los menores.

• Trabajos especiales.

MARCO LEGAL EN LA ADMINISTRACIÓN DEL

RECURSO HUMANO.

• ORGANISMOS REGIDORES DE LAS RELACIONES

LABORALES.

• Secretaria del trabajo y previsión social.

• Procuraduría de la defensa del trabajo.

• Junta Federal de conciliación y Arbitraje.

• Junta local de conciliación y Arbitraje.

MARCO LEGAL EN LA ADMINISTRACIÓN DEL FACTOR

HUMANO

• LFT (Ley Federal del Trabajo).

• LGSM (Ley General De Sociedades Mercantiles).

• LGTOC (Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito).

• LFPC (Ley Federal de Protección al Consumidor).

• LISR (Ley del Impuesto sobre la Renta).

• LIVA (Ley del Impuesto al Valor Agregado).

• LIEPS (Ley del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios).

• LIETU (Ley del Impuesto Empresarial a Tasa Única).

• LIDE (Ley del Impuesto a los Depósitos en Efectivo).

• CFF (Código Fiscal de la Federación).

• LSS (Ley del Seguro Social).

• LCM (Ley de Concursos Mercantiles). • Reglamentos.

CONCLUSIONES

• LAS RELACIONES LABORALES SON EL SISTEMA

DE RELACIONES ENTRE LA ORGANIZACIÓN , SUS

MIEMBROS Y EN SU CASO LOS SINDICATOS QUE

LOS REPRESENTAN Y GENERALMENTE SE

ENCUENTRAN REGIDAS POR ACUERDOS

INTERNOS Y POR UN MARCO LEGAL EXTERNO

QUE REGULA EL EQUILIBRIO ENTRE LA

ORGANIZACIÓN Y SUS ACTORES.

NEGOCIACION COLECTIVA

• La Negociación Colectiva es el proceso de discusión entre uno o más empleadores y uno o más sindicatos o grupos de trabajadores para establecer condiciones comunes de trabajo y remuneraciones para los trabajadores que negocian por un tiempo determinado. (Art. 303).

NEGOCIACION COLECTIVA

• Para que pueda haber negociación en una empresa deberá haber transcurrido a lo menos un año desde el inicio de sus actividades. (Art. 308).

CONVENIO LABORAL

• La reglamentación legal del contrato colectivo de trabajo, para los efectos de su celebración obligatoria por parte del patrón, así como del contenido del mismo y de sus demás normas, relacionadas con su vigencia, revisión y terminación, se especifican en las siguientes normas legales: Artículos 386–403 Ley Federal del Trabajo

• ¿Qué debe contener un Contrato Colectivo de Trabajo?

Nombres y domicilios de las partes.

Duración del contrato o la expresión de ser por tiempo

indeterminado o para obra determinada.

Jornadas de trabajo.

Días de descanso y vacaciones.

Monto de los salarios.

Cláusulas relativas a la capacitación o adiestramiento

de los trabajadores en la empresa o establecimientos

que comprenda.

NEGOCIACION COLECTIVA

ADMINISTRACION DEL CONVENIO

LABORAL

• En los contratos colectivos

podrá establecerse la

organización de comisiones

mixtas para el cumplimiento

de determinadas funciones

sociales y económicas. Sus

resoluciones serán

ejecutadas por las juntas de

conciliación y arbitraje, en

los casos en que las partes

las declaren obligatorias.

ADMINISTRACION DEL CONTRATO

COLECTIVO

• El contrato colectivo de trabajo termina por:

• Mutuo consentimiento • Renuncia escrita del

trabajador • Quiebra • Muerte del trabajador • Terminación de la obra • Incapacidad permanente

del trabajador física o mental que le impida el desempeño de sus labores.

SINDICATO

• Artículo 357.- Los trabajadores

y los patrones tienen el

derecho de constituir

sindicatos, sin necesidad de

autorización previa.

RELACIONES LABORALES.

• Puede tener un ámbito

de aplicación sectorial ó

particular.

• La relevancia de los

logros está limitado por el

poder sindical.

RELACIONES LABORALES

• Art. 440 al Art. 449:

• Huelga: es la suspensión temporal del trabajo llevada a cabo por una coalición de trabajadores.

• Solo debe limitarse al mero acto de la suspensión del trabajo.

• La huelga es ilícita cuando los huelguistas ejecuten actos violentos contra las personas o propiedades.

• La Huelga de Cananea fue una huelga laboral en el

mineral de cobre en Cananea,

• Sonora, México, contra la empresa "Cananea

Consolidated Copper Company" (CCCC), propiedad de

un coronel estadounidense llamado William C. Greene;

el 1 de junio de 1906.

RELACIONES LABORALES

RELACIONES LABORALES

• Los conflictos se presentan debido al choque de objetivos como pueden ser: Diferencia de opiniones Oposición de intereses Incumplimiento de contrato Colisión de derechos o pretensiones Incumplimiento de la Ley Federal del Trabajo

CONCLUSIONES

• Los acuerdos entre

representantes de los

trabajadores y de la

organización repercute en

todos los ámbitos.

• Los supervisores tienen la

mayor responsabilidad en la

administración del contrato.

CONCLUSIONES

• El sindicato es una agrupación

que defiende los intereses

comunes de sus miembros.

• México cuenta con una

tradición laboral aun sin una

conciencia sindical bien

definida.

REFERENCIAS

• Administración de Recursos

Humanos para el alto

desempeño, Arias Galicia

Fernando 6ª Edición Ed. Trillas

2006.

• Secretaria de Economia

Aspectos legales en las

empresas.