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N° 145-2018
ACTA DE SESIÓN ORDINARIA
N° 145-2018
Sesión ordinaria celebrada por el Concejo Municipal de Cartago, en el salón de
sesiones municipal, a las dieciocho horas del veinte de marzo del dos mil
dieciocho. Asisten las señoras y los señores regidores propietarios: Danny
Ovares Ramírez, quien preside, Teresita Cubero Maroto, Adrián Leandro Marín,
Anabelle González Rodríguez, Caleb Pichardo Aguilar, Marcos Brenes Figueroa,
Rodrigo Muñoz Azofeifa y Vera Cecilia Céspedes Quesada. Las regidoras y
regidores suplentes: Wilberth Madriz Jiménez, Rebecca Brenes Garro, Arnoldo
Navarro Calvo, Raúl Ernesto González Aguilar, Carmen Navarro Rossi y
Guillermo Lizano Gutiérrez. Asisten también las síndicas y síndicos propietarios
y suplentes, en ese orden, del distrito Oriental Flora Araya Coto, del distrito
Occidental Marlene Fernández González y Rodolfo González Valverde; del
distrito El Carmen Manuel Ángel Rivera Guzmán y Lorena Masís Rivera; del
distrito de San Nicolás Norma Arley Gómez y Pedro Villalobos Peralta; del
distrito de San Francisco Melissa Campos Brenes y Juan Aragón Quesada, del
distrito de Guadalupe Luis Martín Martínez Rojas; del distrito de Corralillo José
Morales Valverde y Hellen Castro Navarro; del distrito de Tierra Blanca Eric
Alberto Ramírez Ramírez y Katherine Gabriela Madrigal Zamora; del distrito de
Dulce Nombre Milagro Solano Arce y Carlos Alberto Céspedes Benavides, del
distrito de Llano Grande Greivin Fernández Monge y Wendy Monge Quirós; del
distrito de Quebradilla Ana Ligia Alvarado Brenes y Víctor Raúl Arias Artavia.-
Ausentes los regidores Gonzalo coto Fernández, Andrea Granados Acuña,
Jonathan Arce Moya, Heidy Amador Ruiz; así como los síndicos Franklin Mora
Solano y María Fernanda Navarro Masís. Se encuentran en la sala además el
señor Manuel Badilla Sánchez, Alcalde Municipal a.i., la Secretaria del Concejo
Guisella Zúñiga Hernández y la asesora legal Shirley Sánchez
Garita.---------------------------------------------------------------------------------------------------
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ARTÍCULO I.- APROBACIÓN DEL ACTA 143-2018. -----------------------------------
Se lee y aprueba el acta 143-2017.-------------------------------------------------------------
ARTÍCULO II.- APROBACIÓN DEL ACTA 144-2018. -----------------------------------
Se lee y aprueba el acta 144-2017.-------------------------------------------------------------
-El presidente decreta un receso de hasta por diez minutos a solicitud de la
fracción del PUSC. Se reanuda la sesión.----------------------------------------------------
-El presidente retira de la agenda la resolución de la presidencia sobre la
conformación de las comisiones.----------------------------------------------------------------
ARTÍCULO III.- CONVENIO DE PRÉSTAMO GRATUITO DE INMUEBLE
SUSCRITO ENTRE LA MUNICIPALIDAD DE CARTAGO Y LA JUNTA DE
EDUCACIÓN DE LA ESCUELA ALTO DE QUEBRADILLA.---------------------------
Se conoce oficio AM-IN-057-2018 de fecha 09 de marzo del 2018, suscrito por el
señor Rolando Rodríguez Brenes Alcalde Municipal, por el cual remite el oficio
Nº AC-215-2018 de fecha 05 de marzo del 2018, suscrito por la Licda. Shirley
Sánchez Garita abogada, y que dice: “…En cumplimiento de instrucción verbal,
adjunto para su consideración y elevación al Concejo Municipal, el CONVENIO
DE PRÉSTAMO GRATUITO DE INMUEBLE, SUSCRITO ENTRE LA
MUNICIPALIDAD DE CARTAGO Y LA JUNTA DE EDUCACIÓN DE LA
ESCUELA ALTO DE QUEBRADILLA, y la documentación del proyecto aportada
por la Junta interesada. La Junta planea construir el Proyecto Aulas y Comedor
de un piso, y requiere, para el giro de los fondos, la posesión del inmueble al
menos en condición de préstamo gratuito a título precario por un plazo largo.
Quedo a su disposición para cualquier consulta adicional…”.- El presidente
somete a votación la dispensa de trámite de comisión, la aprobación del
convenio en conjunto con su firmeza, el resultado de la votación es siete votos
afirmativos, por lo tanto se acuerda con dispensa de trámite de comisión
aprobar el Convenio de Préstamo Gratuito de Inmueble, Suscrito Entre la
Municipalidad de Cartago y la Junta de Educación de la Escuela Alto de
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Quebradilla. Se autoriza al señor alcalde municipal para firmar dicho
convenio.- Se hace constar que votan negativo los regidores Brenes Figueroa y
Céspedes Quesada.- Notifíquese este acuerdo con acuse y fecha de recibo a
la junta de Educación de la Escuela Alto de Quebradilla y al Alcalde Municipal.
Acuerdo definitivamente
aprobado.---------------------------------------------------------------------------------------------
ARTÍCULO IV.- INFORME FINAL DE AUDITORÍA EXTERNA PERÍODO
TERMINADO EL 31 DE DICIEMBRE DEL 2016.-------------------------------------------
Se conoce oficio AM-IN-067-2018 de fecha 16 de marzo del 2018, suscrito por el
Ing. Manuel Badilla Sánchez Alcalde Municipal a.i., por el cual remite oficio de
fecha 05 de enero del 2018 suscrito por el Lic. Gerardo Montero Martínez,
Contador Público, por el cual remite el Informe Final de la Auditoría Externa
correspondiente al período que termina el 31 de diciembre del 2016.- La regidora
Vera Céspedes indica que le parece que se podría estar invitando al señor
auditor interno a esta exposición.- El presidente indica que se estaría alterando
el orden del día para que en audiencia pública, que coordinaría la señora
Secretaria para el mes de abril con la auditoría externa, la presentación de la
misma solicitando la presencia del señor auditor interno en dicha exposición.- El
presidente somete a votación la alteración del día, con dispensa de trámite de
comisión, la aprobación de la moción por el orden en conjunto con su firmeza, el
resultado de la votación es nueve votos afirmativos, por lo tanto se aprueba
por unanimidad y con dispensa de trámite de comisión, recibir en
audiencia pública a los personeros del despacho Carvajal para que realicen
la exposición de la auditoría interna, misma que será coordinada por la
Secretaria del Concejo para el mes de abril, solicitando la presencia del Lic.
Alfredo Araya Leandro Auditor Interno en dicha sesión.- Notifíquese este
acuerdo con acuse y fecha de recibo a la Licda. Guisella Zúñiga Hernandez
Coordinadora del Concejo Municipal y Secretaría, al Lic. Gerardo Montero
Martínez Despacho Carvajal, al Lic. Alfredo Araya Leandro Auditor Interno y al
Alcalde Municipal. Acuerdo definitivamente
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aprobado.-----------------------------------------------------------------------ARTÍCULO V.-
INFORME SOBRE DEVOLUCIÓN DEL EXPEDIENTE DEL TRIBUNAL FISCAL
ADMINISTRATIVO A NOMBRE DE GLENDA, RAINER Y WERNER GÓMEZ
ARAYA PARA QUE EL CONCEJO MUNICIPAL INCLUYA LA RESOLUCIÓN
DE ADMISIÓN DEL RECURSO DE APELACIÓN INTERPUESTO Y EL
EMPLAZAMIENTO.------------------------------------------------- Se conoce oficio AM-
IN-067-2018 de fecha 16 de marzo del 2018, suscrito por el Ing. Manuel Badilla
Sánchez Alcalde Municipal a.i., por el cual remite oficio Nº UR-OF-032-2018 de
fecha 09 de marzo del 2018, suscrito por el MSc. Wilberth Quesada Garita
Encargado de la Unidad Resolutora, y que dice: “…En relación con el acuerdo
municipal que se cita en referencia; informo: A. DEL CASO PLANTEADO: Con
base en el auto de las 9:11 horas del 7 de noviembre del 2017, dictado por el
TFA, bajo el oficio INTER-SEC-215-2017, del expediente N°14-01-027, se echa
de menos el acuerdo municipal que admita la apelación interpuesta por los
recurrentes y los emplace para ante ese órgano. En este sentido, debe decirse
que el caso se relaciona con alzada incoada por los recurrentes contra el
acuerdo municipal contenido en el artículo 18 del Acta N°252, de la sesión del
17 de septiembre del 2013, el que, a su vez, se interpuso contra el avalúo N°AV-
04-04-01-0660-24225 emitido por el Departamento de Bienes Inmuebles (ver
folios 41 y 42; 36 y 37, 18 a 22 –en el mismo sentido del folio 48 al 52-,
respectivamente.). B. DEL CRITERIO DEL SUSCRITO: Tal y como consta de
los folios 41 y 42, los recurrentes NO presentaron su recurso ante el Concejo
para efectos de admisibilidad (a pesar de que expresamente se les indicó de
acuerdo al folio 37), sino que se lo hicieron directamente ante el TFA, con lo que
impidieron por acto propio que esta cámara municipal se pronunciase acerca de
su admisibilidad. Luego, lo que debe hacerse es emitir criterio con respecto a
ese extremo. En este sentido, el numeral 19 de la Ley N° 7509, Ley de
Impuesto sobre Bienes Inmuebles en lo que interesa dice: “…El contribuyente
podrá impugnar la resolución del concejo municipal ante el Tribunal Fiscal
Administrativo, en el término de quince días hábiles, según el Código de Normas
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y Procedimientos Tributarios. El citado Tribunal deberá resolver en un plazo
máximo de cuatro meses contados desde la interposición del recurso…” Así las
cosas, al amparo del citado artículo, lo que procede ahora es elevar la apelación
de marras a conocimiento del Tribunal Fiscal Administrativo –TF- para lo de su
cargo, por haber sido presentada dentro del plazo citado (el acuerdo impugnado
fue notificado el 26 de septiembre del 2017 y el recurso se presentó el 4 de
octubre del 2017), y estar fundamentada. Complementariamente con lo anterior,
ha de emplazarse a los recurrentes por el plazo de cinco días hábiles para que
hagan valer sus derechos ante el referido superior, debiendo señalar medio o
lugar idóneos para recibir notificaciones en el perímetro del TFA, e indicar a la
Administración que debe remitir copia certificada del expediente del acuerdo que
recaiga sobre este informe que incluya su notificación y del expediente que se
adjunta, a la vez que la certificación del acuerdo que rechazó la apelación junto
con su debida notificación (artículo 18 del Acta N°252, de la sesión del 17 de
septiembre del 2013), toda vez que en el expediente que se remitió al TFA, ese
acuerdo no incluye tal notificación. CONCLUSIÓN Y RECOMENDACIÓN:
Recomiendo elevar la alzada ante el TF y proceder en la forma en que se ha
dicho en este informe. Que el acuerdo del caso se notifique a los recurrentes en
el bufete del Lic. Francisco Monge Masís, sito en avenida central calles 1 y 3,
edificio Mayo contiguo a la Librería Lehmann y al Departamento de Bienes
Inmuebles para lo de su cargo…”.- Visto el documento, se acuerda por
unanimidad aprobar el oficio UR-OF-032-2018, por lo tanto se eleva la
alzada ante el Tribunal Fiscal Administrativo y se emplaza a los interesados
por el plazo de 5 días hábiles para que hagan valer sus derechos ante el
referido Tribunal. Se comisiona a la Secretaría General para que remita
copia certificada del expediente del acuerdo que rechazó la apelación,
junto con su debida notificación (artículo 18 del Acta N°252, de la sesión
del 17 de septiembre del 2013), toda vez que en el expediente que se
remitió al TFA, ese acuerdo no incluye tal notificación.- Notifíquese este
acuerdo con acuse y fecha de recibo a los señores Glenda, Rainer y Werner
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Gómez Araya al bufete del Lic. Francisco Monge Masís, sito en avenida central
calles 1 y 3, edificio Mayo contiguo a la Librería Lehmann, a la Licda. Guisella
Zúñiga Hernández Coordinadora del Concejo Municipal y Secretaría, al Ing.
Jonathan Camacho Padilla Jefe a.i. Departamento de Bienes Inmuebles y al
Alcalde Municipal.- Acuerdo definitivamente
aprobado.-----------------------------------------------------------------------ARTÍCULO VI.-
INFORME SOBRE DEVOLUCIÓN DE EXPEDIENTE DEL TRIBUNAL
CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO A NOMBRE DE HACIENDA CARTAGO
S.A. PARA QUE EL CONCEJO MUNICIPAL INCLUYA LA RESOLUCIÓN DE
ADMISIÓN DEL RECURSO DE APELACIÓN INTERPUESTO Y EL
EMPLAZAMIENTO.------------------------------------------------------------------------- Se
conoce oficio AM-IN-065-2018 de fecha 16 de marzo del 2018, suscrito por el
Ing. Manuel Badilla Sánchez Alcalde Municipal a.i., por el cual remite oficio Nº
UR-OF-032-2018 de fecha 09 de marzo del 2018, suscrito por el MSc. Wilberth
Quesada Garita Encargado de la Unidad Resolutora, y que dice: “…En relación
con el acuerdo municipal que se cita en referencia; informo: A. DEL CASO
PLANTEADO: Con base en el auto de las 13:55 horas del 14 de julio del 2017,
dictado por el TFA, bajo el oficio INTER-SEC-119-2017, del expediente N°17-06-
196, se echa de menos el acuerdo municipal que admita la apelación interpuesta
por los recurrentes y los emplace para ante ese órgano. En este sentido, debe
decirse que el caso se relaciona con alzada incoada por los recurrentes contra
los avalúos N°AV-06-0901-020-18796 y AV-06-0901-020-18797 emitidos por el
Departamento de Bienes Inmuebles (ver folios 12 a 28.) Ahora bien, a folios 83
a 89 consta que la recurrente interpuso recurso de revisión e incidente de
nulidad contra los indicados actos y que ese escrito se dirigió al Alcalde
Municipal. Asimismo, a folios 90 a 92, se aprecia la resolución de la Alcaldía
que rechaza tal recurso e indica que contra lo resuelto procede la interposición
de recurso de apelación ante el Tribunal Contencioso Administrativo conforme al
numeral 162 del Código Municipal (oficios AM-OF-784-2016 de 21 de julio de
2016.) A su vez, a folios 102 a 106 consta el fallo del Tribunal Contencioso
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Administrativo Sección III (TCA III), N° 84-2017, por el que se declara
incompetente para conocer de la apelación interpuesta y ordena su remisión a
conocimiento del TFA, toda vez que para el TCA III, la Ley N°7509 prescribe un
procedimiento que, en esencia, dispone que el agotamiento de la vía
administrativa lo realiza el TFA, no el TCA, por lo que ordena la remisión de la
alzada al TFA. B. DEL CRITERIO DEL SUSCRITO: Conforme a lo expuesto, en
especial al auto del TFA que nos tiene, lo que procede es que se admita la
apelación interpuesta por los recurrentes y se los emplace para ante ese órgano.
Y es que el numeral 19 de la Ley N° 7509, Ley de Impuesto sobre Bienes
Inmuebles en lo que interesa dice: “…El contribuyente podrá impugnar la
resolución del concejo municipal ante el Tribunal Fiscal Administrativo, en el
término de quince días hábiles, según el Código de Normas y Procedimientos
Tributarios. El citado Tribunal deberá resolver en un plazo máximo de cuatro
meses contados desde la interposición del recurso…” Así las cosas, lo que
procede es elevar la apelación de marras a conocimiento del Tribunal Fiscal
Administrativo –TF- para lo de su cargo, por haber sido presentada dentro del
plazo citado (los actos impugnados fueron notificados el 12 de octubre del 2011
–folio 28-; la resolución que rechaza el recurso extraordinario de revisión fue
notificada el 26 de julio del 2016 –folio -92- y el recurso se presentó el 3 de
agosto del 2017 –ver folio 103 que refiere el hecho 5 probado del Considerando
I del citado voto del TCA III), y estar fundamentada. Complementariamente con
lo anterior, ha de emplazarse a la recurrente por el plazo de cinco días hábiles
para que hagan valer sus derechos ante el referido superior, debiendo señalar
medio o lugar idóneos para recibir notificaciones en el perímetro del TFA, e
indicar a la Administración que debe remitir copia certificada del expediente del
acuerdo que recaiga sobre este informe que incluya su notificación y del
expediente que se adjunta. CONCLUSIÓN Y RECOMENDACIÓN: Recomiendo
elevar la alzada ante el TF y proceder en la forma en que se ha dicho en este
informe. Que el acuerdo del caso se notifique a la recurrente al correo
[email protected] y al Departamento de Bienes Inmuebles para lo de su cargo.
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Para lo que corresponda devuelvo el expediente administrativo el cual consta de
110 folios útiles…”.- Visto el documento, se acuerda por unanimidad aprobar
el oficio UR-OF-037-2018, por lo tanto se eleva la apelación de marras a
conocimiento del Tribunal Fiscal Administrativo y se emplaza a la
recurrente por el plazo de cinco días hábiles para que hagan valer sus
derechos ante el referido superior. Se comisiona a la Secretaría General
para que remita copia certificada del expediente del acuerdo que recaiga
sobre este informe que incluya su notificación y del expediente que se
adjunta.- Notifíquese este acuerdo con acuse y fecha de recibo a Hacienda
Cartago S.A. al correo [email protected], a la Licda. Guisella Zúñiga Hernández
Coordinadora del Concejo Municipal y Secretaría, al Ing. Jonathan Camacho
Padilla Jefe a.i. Departamento de Bienes Inmuebles y al Alcalde Municipal.-
Acuerdo definitivamente aprobado.-----------ARTÍCULO VII.- USO DE SUELO
CON DIC I ONADO A NOMBRE DE LA SEÑORA MARÍA LEANDRO
SANDÍ.----------------------------------------------- ----------- Se conoce oficio AM-IN-066-
2018 de fecha 16 de marzo del 2018, suscrito por el Ing. Manuel Badilla
Sánchez Alcalde Municipal a.i., por el cual remite oficio Nº UR-OF-041-2018 de
fecha 13 de marzo del 2018, suscrito por el MSc. Wilberth Quesada Garita
Encargado de la Unidad Resolutora, y que dice: “…En relación con el asunto
que se cita en referencia, adjunto proyecto de resolución para que
eventualmente y de compartirlo, sea firmada por usted en su expresa condición.
De estar de acuerdo el señor alcalde con este informe, deberá notificarse a la
recurrente y elevarse el asunto al Concejo Municipal por tratarse de un uso de
suelo condicionado, con la documentación que se adjunta a este documento…”.
El presidente decreta un receso de hasta por un minuto.- Se reanuda la sesión.-
Visto el documento, se acuerda por unanimidad aprobar el informe y se
traslada a estudio e informe de la Comisión Permanente de Obras
Públicas.- Notifíquese este acuerdo con acuse y fecha de recibo a la señora
María Leandro Sandí al correo [email protected], a la Comisión
Permanente de Obras Públicas y al Alcalde Municipal.- Acuerdo
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definitivamente aprobado.-----ARTÍCULO VIII.-INFORME SOBRE
VACACIONES Y AUSENCIA DEL SEÑOR ALCALDE
MUNICIPAL.---------------------------------------------------------------------------Se conoce
oficio RH-196-2018/AC-219-2018 de fecha 19 de marzo del 2018, suscrito por la
Licda. Anabelle Silesky Meneses Jefe Departamento Recursos humanos y la
Licda. Shirley Sánchez Garita Asesora Legal, y que dice: “…En atención al
acuerdo del Concejo Municipal de sesión ordinaria celebrada el 13 de marzo de
2018, acta Nº 144 2018, "ARTÍCULO IV.- INFORME DE VACACIONES Y
AUSENCIA DEL SEÑOR ALCALDE MUNIC!PAL", que acuerda " ...conocer que
el señor alcalde estará el viernes 16 de marzo del 2018 de vacaciones y se
autoriza el permiso correspondiente para el día sábado y el domingo, 17 y 18 de
marzo del 2018 respectivamente, quedando sujeto este permiso, a que si el
mismo no corresponde a pago, de acuerdo a algún pronunciamiento del
departamento de Recursos Humanos, se proceda a rebajar los días 17 y 18 de
marzo del 2018 de vacaciones.", con respeto manifestamos: l. Antecedentes: El
oficio AM-IN-061-2018 de fechan de marzo de! 2018, dirigido por el señor
Rolando Rodríguez Brenes, Alcalde, al Concejo Municipal señaló: “...Después
de saludar/os muy respetuosamente, me permito informar que tomaré de
vacaciones el día viernes 16 de marzo del año en curso. Asimismo, comunico
que estaré fuera del país sábado 17 de marzo y domingo 18 de marzo. Llámese
a ocupar la Alcaldía a quien corresponda...". De la discusión recogida en el
acuerdo comunicado, se desprende con claridad que el Concejo Municipal tiene
duda en cuanto a que el Alcalde Municipal esté facultado para únicamente
comunicar que estará fuera del país el día sábado 17 de marzo y domingo 18 d
marzo, no presentando ninguna duda que informe sobre el día de vacaciones
que tomará el día viernes 16 de marzo. II. Sobre las vacaciones y los días de
descanso semanal de las personas que ocupan la Alcaldía Municipal. Al
respecto debemos manifestar que la Procuraduría General de la República se
ha pronunciado específicamente sobre las particularidades de! disfrute de
vacaciones y del descanso semanal de !a persona que ocupa una Alcaldía
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Municipal, que han causado duda n el Concejo Municipal, en el Dictamen 152
del 19 de mayo de 2014. La Procuraduría señaló en dicho dictamen (que se
encuentra vigente, no ha sido reconsiderado y se aporta completo para una
mejor comprensión) lo siguiente: " IV.-SOBRE LA AUTORIZACIÓN DEL
PERÍODO DE VACACIONES QUE LE CORRESPONDE AL ALCALDE Y LAS
SALIDAS DE ESTE EN TIEMPO INHÁBIL. Lo consultado, en la especie, busca
determinar si las vacaciones del Alcalde deban ser aprobadas por el Concejo
Municipal y si este último debe pedir autorización para ausentarse en su período
de descanso o días inhábiles. Tocante a la primera disyuntiva -autorización de
vacaciones- esta ha sido zanjada con anterioridad, por este órgano técnico
asesor, concluyendo que: “...A partir del dictamen C-038-2005 de 28 de enero
de 2005, nuestra jurisprudencia administrativa ha reconocido que los Alcaldes
municipales, aun cuando puedan ser catalogados como funcionarios
gobernantes de tiempo completo, no regidos por el derecho laboral común, ni
por el régimen estatutario propio del empleo público, tienen derecho a disfrutar,
de forma efectiva, al menos dos semanas anuales de tiempo libre remunerado,
conforme a lo que dispone el ordinal 59 constitucional, como modalidad de
descanso retribuido compatible con la naturaleza de ese cargo (dictámenes y
pronunciamientos C-011-2002, OJ- 138-2002, C-042-2005, C-466-2006, C-147-
2007 y C-283-2009). Y en razón de que no existe normativa infraconstitucional
en la que se les reconozca derecho a la compensación de las vacaciones a los
alcaldes municipales, pues el derecho al descanso remunerado del que disfrutan
esos funcionarios se deriva directamente del artículo 59 constitucional -que no
establece derecho a compensación alguna-, esta Procuraduría ha considerado
que de conformidad con el principio de legalidad que impera en la
Administración Pública, no resulta procedente la compensación de vacaciones
para estos funcionarios (dictámenes C-150 -2007, C-184-2007 y C-092-2009).
En todo caso interesa señalar que se ha estimado conveniente que la decisión
del Alcalde de tomar su período de descanso anual debe ser puesta en
conocimiento del Concejo municipal oportunamente, a fin de tomar las
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previsiones del caso, no tanto porque ese órgano colegiado deba autorizar su
disfrute cual si fuera su superior jerárquico, sino para garantizar que no se afecte
negativamente la continuidad y eficiencia en las actividades del gobierno local,
toda vez que están de por medio intereses públicos que no pueden verse
desprotegidos por la ausencia temporal del Alcalde en sus funciones
(dictámenes C-229-2006 y C-283-2009)..." (El énfasis nos pertenece)"
Procuraduría General de la República, Dictamen número C-177 -2010 del 17 de
agosto del 2010. Así las cosas, no existiendo motivo para variar el criterio, se
mantienen lo indicado a la sazón, en el dictamen supra citado, reiterando que el
Alcalde no tiene deber legal de pedir autorización al Concejo, para disfrutar Sus
vacaciones, empero, debe comunicarlo al cuerpo de colegiado en aras efe
privilegiar la colaboración y debida comunicación que debe existir entre ambos
sujetos. Igual suerte corre el segundo planteamiento -autorización para
au5entar e en días inhábiles y vacaciones-, respecto del cual se señaló: "...el
Alcalde Municipal debe informar del momento en que se encuentre en descanso,
pero si ese descanso lo va a disfrutar en el país; o fuera de él, no existe
obligación de comunicarlo al Concejo Municipal, pues no existe una norma
jurídica que obligue al Alcalde a informar sobre este aspecto. Por Otra parte,
cuando va a ausentarse del país por asuntos oficiales, sí deberá comunicarlo al
Concejo Municipal, pero para los efectos de la aplicación del artículo 32 del
Código Municipal, es decir, a efectos de que sea otorgado el permiso con goce
de salario correspondiente. En lo que respecta a los días feriados y de descanso
semanales, debemos aplicar el mismo principio general, e indicar que no existe
ninguna norma jurídica que obligue al Alcalde Municipal a informar cuando
desee salir del país durante esos días. No obstante, y a efectos de lograr una
mejor comunicación y coordinación entre las autoridades municipales, el Alcalde
debería comunicar su salida del país, sin que esta obligación cuyo comunicación
pueda entenderse como una incumplimiento le pueda generar
responsabilidad..." Procuraduría General de la República, Dictamen número C-
28.3-2009 del 13 de octubre del 2009." III. Sobre el caso concreto: En el caso
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en concreto sometido a consulta, el Alcalde informó al Concejo que tornará
vacaciones e! día 16 de marzo de 2018 y la comunicación al Departamento de
Recursos· Humanos de dicha circunstancia activa el proceso de rebajo de
dichas vacaciones. Además, el Alcalde puso en conocimiento del Concejo
Municipal que durante los días sábado 17 y domingo 18 de marzo, saldrá de!
país. Siendo que esos días corresponden a días de descanso semanal del
Alcalde, no se requiere que el Concejo autorice o no la salida al país del Alcalde,
únicamente que se dé por enterado y tome nota. La Procuraduría es clara,
dicha comunicación es conveniente porque mejora la coordinación
interadministrativa entre los dos órganos llamados a la regencia municipal
Concejo Municipal y Alcalde. IV. Recomendación: Con base en lo anterior, de la
manera más respetuosa recomendamos que se modifique parcialmente el
acuerdo del Concejo Municipal de sesión ordinaria celebrada el 13 de marzo del
2018 acta Nº 144-2018, en el sentido de que no resulta necesario que se
otorgue al Alcalde permiso para ausentarse o salir del país los días sábado 17 y
domingo 18 de marzo de 2018, siendo lo correcto únicamente que se tome
nota de la comunicación hecha por el señor Alcalde Rolando Rodríguez Brenes.
En lo demás, queda incólume el acuerdo citado. Quedamos a su disposición
para cualquier consulta adicional…”.- Visto el documento, se acuerda por
unanimidad aprobar el informe, por lo tanto se modifica parcialmente el
acuerdo del Concejo Municipal de sesión ordinaria celebrada el 13 de
marzo del 2018 acta Nº 144-2018, en el sentido de que no resulta necesario
que se otorgue al Alcalde permiso para ausentarse o salir del país los días
sábado 17 y domingo 18 de marzo de 2018, siendo lo correcto únicamente
que se tome nota de la comunicación hecha por el señor Alcalde Rolando
Rodríguez Brenes. En lo demás, queda incólume el acuerdo citado.-
Notifíquese este acuerdo con acuse y fecha de recibo a la Licda. Anabelle
Silesky Meneses Jefe Departamento de Recursos Humanos, a la Licda. Guisella
Zúñiga Hernandez Coordinadora del Concejo Municipal y Secretaría y al Alcalde
Municipal. Acuerdo definitivamente aprobado.------------------------------------------
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ARTÍCULO IX.- ADICIÓN OFICIO UR-OF-23-2018 SOBRE CRITERIO
PARTICIPACIÓN DEL REGIDOR ADRIÁN LEANDRO MARÍN EN LA
COMISIÓN ESPECIAL PROYECTO DE MODIFICACIÓN INTEGRAL DEL
REGLAMENTO DE FUNCIONAMIENTO DEL COMITÉ CANTONAL DE
DEPORTES Y
RECREACIÓN.-------------------------------------------------------------------Se conoce
oficio AM-IN-068-2018 de fecha 19 de marzo del 2018, suscrito por el Ing.
Manuel Badilla Sánchez Alcalde Municipal a.i., por el cual remite oficio Nº UR-
OF-023-2018 de fecha 23 de febrero del 2018, suscrito por el MSc. Wilberth
Quesada Garita Encargado de la Unidad Resolutora, y que dice: “…En atención
a su instrucción verbal tendiente a que me vierta criterio respecto de la
participación del regidor Adrián Leandro Marín en la Comisión Especial Proyecto
de Modificación Integral del Reglamento de funcionamiento del Comité Cantonal
de Deportes y Recreación; informo: Me precisa usted en su instrucción verbal,
que la señora regidora Vera Céspedes Quesada ha cuestionado la participación
de aquel regidor en esa comisión y el que la presida. Sobre ello es mi criterio: 1.
Tal y como consta del acuerdo municipal contenido en el artículo XXV del Acta
N°138, de la sesión del 20 de febrero del 2018, el objeto de esta comisión
especial se circunscribe a que ese órgano “…conozca y dictamine el Proyecto
de Modificación Integral del Reglamento de funcionamiento del Comité Cantonal
de Deportes y Recreación de Cartago en la cual se conozcan aquellas mociones
que los diferentes miembros de este Concejo Municipal interpongan ante el
mismo presentadas directamente ante la comisión…” Consecuentemente, el
objeto de ese órgano lo constituye la adopción de un acto administrativo que,
por su naturaleza reglamentaria, es general, es decir, no viene a favorecer, o a
desfavorecer, a ninguna persona pública o privada, de hecho o de derecho en
especial, o a pronunciarse en punto a una situación concreta (artículo 121 de la
Ley General de la Administración Pública en relación con el artículo 43 del
Código Municipal.) Todo lo contrario, con ese proyecto lo que se busca es dotar
al Comité Cantonal de Deportes y Recreación de Cartago de un instrumento
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remozado y ajustado a las mejores prácticas jurídicas en el ámbito de la gestión
deportiva. 2. La comisión, en tanto órgano colegiado, tomará las decisiones por
mayoría de sus miembros (artículo 54.3 de la Ley General de la Administración
Pública y 85 del Reglamento Interior de Orden, Dirección y Debates del Concejo
Municipal de Cartago), por lo que cualquier decisión que se tome se hará con el
concurso de los otros miembros o, lo que es lo mismo, que no se trata de un
órgano unimembre en el que la voluntad de una persona es la voluntad del
órgano. 3. Las atribuciones de don Adrián como Presidente serán, únicamente,
las que establece el artículo 91 del Reglamento Interior de Orden, Dirección y
Debates del Concejo Municipal de Cartago y en su defecto, las que reconoce el
artículo 49 de la Ley General de la Administración Pública. En otras palabras,
funciones de dirección del órgano. 4. Lo que resuelva la comisión constituye un
dictamen que, como tal, no vincula al Concejo en tanto órgano resolutor el que,
en tal virtud, puede válidamente apartarse del mismo en la sesión en la que se
discuta el dictamen. En ese órgano, el Concejo, don Adrián un miembro más, no
su Presidente o Vicepresidente por lo que ahí ni siquiera tendrá funciones
directivas. 5. El acuerdo municipal supra citado se aprobó por unanimidad y con
la presencia de doña Vera, por lo que no se entiende el porqué de los
cuestionamientos si ella misma concurrió con su voto a que se constituyera la
comisión y a que don Adrián la presidiera e incluso, hasta ella propuso una
permuta y que se haría acompañar por su asistente a la sesión de ese órgano
colegiado especial: “…Se somete a votación la aprobación y firmeza de la
moción verbal presentada por el presidente, se aprueba por unanimidad y con
dispensa de trámite de comisión y como acuerdo definitivamente aprobado,
aprobar la moción de alteración del orden del día para la creación y
conformación de una comisión especial que conozca y dictamine el Proyecto de
Modificación Integral del Reglamento de funcionamiento del Comité Cantonal de
Deportes y Recreación de Cartago en la cual se conozcan aquellas mociones
que los diferentes miembros de este Concejo Municipal interpongan ante el
mismo presentadas directamente ante la comisión. El presidente procede a la
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conformación de la comisión uno por fracción, consultando a cada jefe de
fracción el nombre de la persona designada. El regidor Arce Moya indica que
por la fracción del PLN designa al regidor Adrián Leandro Marín. El regidor
Danny Ovares indica que por la fracción del PUCS designa al regidor Arnoldo
Navarro Calvo. El regidor Marcos Brenes Figueroa indica que por su fracción la
regidora Vera Céspedes Quesada. El regidor Guillermo Lizano indica que por la
fracción del PAC sería él con la posibilidad de hacer permutas. El regidor
Rodrigo Muñoz indica que por su fracción la regidora Heidy Amador Ruiz. El
presidente indica que con las designaciones dadas se procede a la
conformación de la comisión. Se realiza el acto de juramentación. El
presidente decreta un receso de hasta por tres minutos. Se reanuda la sesión. -
El regidor Adrián Leandro indica que quedó constituida con presidente y
secretaria, él como presidente y la regidora Heidy como secretaria, están
convocando para mañana el miércoles a las 3:00 pm en la sala de comisiones.
La regidora Vera Céspedes indica que para hacer una permuta de su persona
para el compañero Raúl González Aguilar y además se va hacer acompañar de
la señora asistente. Notifíquese este acuerdo con acuse y fecha de recibo a la
comisión Especial del Proyecto de Modificación integral del Reglamento de
Funcionamiento del CCDRC y al Alcalde Municipal. Acuerdo definitivamente
aprobado…” 6. En función del objeto de la comisión de marras, no existe
relación con el asunto por el que don Adrián fue inicialmente recusado y,
posteriormente él se inhibió en el momento correspondiente. Como se ha visto
en el punto 1°, el objeto de ese órgano es estudiar el proyecto de reforma
integral del Comité Cantonal de Deportes y el extremo por el que se solicitó
recusar a don Adrián, y posteriormente, él se inhibió, lo fue participar en la
discusión y votación del Informe AI-INF-001-2017 RESULTADOS DE
AUDITORÍA DE CARÁCTER ESPECIAL EN EL COMITÉ CANTONAL DE
DEPORTES Y RECREACIÓN DE CARTAGO, conocido en el artículo XXII del
Acta N°85 de la sesión del 20 de junio del 2017 y conforme al artículo II del Acta
N°89-2017. Ergo, es evidente la diferencia sustantiva entre ambos asuntos: el
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primero, se reitera, tiene que ver con el estudio de reformas integrales al cuerpo
normativo especial del Comité Cantonal de Deportes en tanto que, el segundo,
se refiere a los resultados de una auditoría especial sobre ese Comité. 7.
Planteadas así las cosas, no encuadra el cuestionamiento que se hace a dicho
regidor dentro de las causales de prohibición dispuestas en el numeral 31 del
Código Municipal –en especial la contenida el inciso a)-, o de recusación o
impedimento (numeral 230 de la Ley General de la Administración Pública en
relación con el 25 y 31 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, 49 y 53 del Código
Procesal Civil), porque, insisto, la ratio de la comisión y el cargo del edil Leandro
Marín en ello es para estudiar un proyecto de reforma a un cuerpo normativo
general por su naturaleza, y él se inhibió de conocer de los resultados de un
estudio puntal sobre el Comité Cantonal de Deportes. Con fundamento en todo
lo anterior, no encuentro razón o fundamento jurídico para que don Adrián
Leandro Marín integre y presida la Comisión Especial Proyecto de Modificación
Integral del Reglamento de funcionamiento del Comité Cantonal de Deportes y
Recreación…“.- El regidor Adrián Leandro indica que se acoge al artículo 31 del
Código Municipal.- Visto el documento, se acuerda por unanimidad trasladar
a estudio e informe de la Comisión Permanente de Asuntos Jurídicos.- Se
deja constando en actas que el regidor Wilberth Madriz vota en lugar del regidor
Adrián Leandro.- Notifíquese este acuerdo con acuse y fecha de recibo a la
Comisión Permanente de Asuntos Jurídicos y al Alcalde Municipal. Acuerdo
definitivamente aprobado.------------------------------------------ARTÍCULO X.-
INFORME SOBRE ARTÍCULO VII ACTA 132-2018, SOLICITUD DEL SEÑOR
SERGIO VILLALOBOS ULLOA, CONSTRUCTORA BRUMOSA.--Se conoce
oficio AM-IN-063-2018 de fecha 16 de marzo del 2018, suscrito por el Ing.
Manuel Badilla Sánchez Alcalde Municipal a.i., por el cual remite oficio Nº URB-
OF-297-2018 de fecha 08 de marzo del 2018, suscrito por el Arq. Juan Carlos
Guzmán Víquez Director de Urbanismo, y que dice: “…Que c n vista al escrito
fechado 22 de febrero del 2018, el cual se refiere a lo acordado por el Concejo
Municipal de Cartago en sesión ordinaria celebrada el día 24 de enero del 2018
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mediante el Acta Nº 132-2018 artículo Nº VII, notificado el día 26 de enero del
presente año y por el que se acordó aprobar por unanimidad el informe rendido
por el suscrito, sea el oficio N° URB-OF-017-2018, en el cual se emitieron una
serie de requisitos a cumplir por parte del interesado en el lazo de treinta días
hábiles; al respecto me permito informar: Siendo que el suscrito ya vertió criterio
al respecto, por economía procesal y de oficio se remite el expediente o 1650
suscrito por el señor Sergio Villalobos Ulloa, Constructora Brumosa para que se
el Concejo Municipal el que resuelva lo planteado por el señor Sergio Villalobos
Ulloa en su condición dicha. Finalmente, y conforme a su escrito no consta la
personería jurídica ni los planos respaldados por el profesional que aseguren la
longitud, ancho de la calle y demás obras a realizarse para dicha calle pública.
El acuerdo municipal que recaiga sobre el presente informe, debe ser notificado
al señor Sergio Villalobos Ulloa, Constructora Brumosa, mediante el correo
electrónico [email protected]…”.- Visto el documento, se
acuerda por unanimidad aprobar el informe, por lo tanto se le comunica al
interesado, que no consta la personería jurídica ni los planos respaldados
por el profesional que aseguren la longitud, ancho de la calle y demás
obras a realizarse para dicha calle pública, por lo que debe aportarlos ante
el Departamento de Urbanismo, para que pueda emitir criterio para mejor
resolver este Concejo sobre la solicitud planteada por el interesado.-
Notifíquese este acuerdo con acuse y fecha de recibo al señor Sergio Villalobos
Ulloa Constructora Brumosa al correo electrónico
[email protected], al Arq. Juan Carlos guzmán Víquez Jefe
Departamento de Urbanismo y al Alcalde Municipal. Acuerdo definitivamente
aprobado.------------------------------------------ARTÍCULO XI.-REMISIÓN DE
INFORME SOLICITADO POR EL CONCEJO MUNICIPAL EN EL ACTA 144-
2018 ARTÍCULO IX AL AUDITOR INTERNO.----Se conoce oficio AI-OF-029-
2018 de fecha 15 de marzo del 2018, suscrito por el Lic. Alfredo Araya Leandro
Auditor Interno, por el cual remite el informe solicitado por el Concejo Municipal
en su artículo IX Acta 144-2018, sobre el avance de los informes solicitados a la
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auditoría interna por el Concejo Municipal.- La asesora legal indica que la
semana pasada, el Concejo ante la solicitud de vacaciones del auditor para la
próxima semana, acordó solicitarle un informe de los pendientes que tenía de
acuerdo a los mandatos que ha recibido del Concejo; él hace un breve informe
de los asuntos; en su opinión, en el segundo punto del oficio 29, hay un error de
comprensión del señor auditor que ella respetuosamente llama su atención,
porque él indica que cuando se trasladó el informe a la auditoría para que hiciera
una relación de hechos y averiguar la verdad real de los hechos del asunto de la
donación de Edward Lifesciences al Comité Cantonal de Deportes, él señala que
no está facultado para realizar una relación de hechos de este tipo. Indica que
quisiera llamar la atención y comentarles que don Alfredo, doña Anabelle y su
persona, recibieron un curso en la Contraloría General de la República, sobre
procedimientos administrativos e investigaciones preliminares, al que los
invitaron en razón de las funciones que realizan, porque la Contraloría consideró
que era útil para ellos, los tres lo aprobaron y en este, les enseñaron la
diferencia entre una investigación preliminar y un procedimiento administrativo;
y dice específicamente, porque tienen el material que les suministró la
Contraloría en ese momento “que los informes de auditoría son ejemplos típicos
de informes en fase preliminar que se hacen para determinar si procede o no
iniciar un procedimiento administrativo”. Indica que a él no se le está solicitando
el procedimiento administrativo en sí, sino realizar la investigación preliminar que
termina en una relación de hechos sin recomendación, que indica lo que él
encontró, los hallazgos que él encontró, después de aportar prueba documental,
testimonial y de la materia que él considere. Indica que nótese que inclusive,
hay una contradicción, porque el informe 30 de él, señala que ya está realizando
una investigación preliminar por otro asunto que se le envió, entonces en este
punto, si realiza la investigación preliminar y en el punto de la fundación
Edwards dice que no le corresponde, eso importante que el Concejo lo entienda
en razón de que para estos casos, la auditoría es como su mano derecha, como
su instrumento para alistar las investigaciones que el Concejo luego decide, si es
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un procedimiento administrativo o no.- La regidora Vera Céspedes indica que
correcto o incorrecto él cumplió, les está informando, sobre las vacaciones es
independiente porque es un derecho laboral y ya él lo había alegado, incluso en
el Contencioso y hay una resolución, no se le pueden negar las vacaciones.-
Visto el documento, se acuerda por unanimidad aprobar las vacaciones del
señor auditor los días 26, 27 y 28 de marzo del 2018, y se traslada a estudio
el informe de la Comisión Permanente de Gobierno y Administración el
oficio AI-OF-029-2018.- Se deja constando en actas que el regidor Adrián
Leandro se acoge al artículo 31 del Código Municipal y en su lugar vota el
regidor Wilberth Madriz.- Notifíquese este acuerdo con acuse y fecha de recibo a
la Comisión Permanente de Gobierno y Administración, a la Licda. Anabelle
Silesky Meneses Jefe Departamento Recursos Humanos, al Lic. Alfredo Araya
Leandro Auditor Interno y al Alcalde Municipal. Acuerdo definitivamente
aprobado.------ ARTÍCULO XII.-COMPLEMENTO AL OFICIO AI-OF-030-2018
INVESTIGACIÓN PRELIMINAR, CONFIDENCIALIDAD Y ACUERDOS
MUNICIPALES.--------------Se conoce oficio AI-OF-030-2018 de fecha 20 de
marzo del 2018, suscrito por el Lic. Alfredo Araya Leandro Auditor Interno, y que
dice: “…Con fundamento a las potestades, deberes y prohibiciones que le
confiere la Ley General de Control Interno, Reglamento de Organización y
Funcionamiento de la Auditoria lnterna, disposiciones emitidas por la Contraloría
General de la República, Ley General de la Administración Pública, así como los
dictámenes atinentes a la confidencialidad d, vinculantes para la Municipalidad
de Cartago, números: 09194, DI-CR- 421 y C-368- 005 emitidos por la
Contraloría y Procuraduría Generales de la República, respectivamente, en el
año 2005; Esta Unidad de Control y Fiscalización procede a complementa el
oficio AI-OF-029-2018, de fecha 15 de los corrientes, como sigue; Mediante
acuerdos contenidos en actas Nº121-2017 y 122-2017, artículos II y XIX, de
sesiones celebradas los días 28 de noviembre y 5 de diciembre de 2017,
respectivamente se acordó, solicitar a la Auditoria Interna realizar una
investigación preliminar por presuntas actividades administrativas, fuera de
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orden legal. Ambos acuerdos se reciben en el Despacho Auditor el día 7 de
diciembre del año pasado. Al respecto se le comunica al Cuerpo Colegiado que,
la Auditoria Interna según oficio AI OF-150-2017 fechado 19 de diciembre de
2017, realiza varias consultas sobre el tema a la Contraloría General de la
República, cuya respuesta la recibimos vía correo electrónico el día 17 de enero
de 2018, mediante oficio 00612. Por otra parte ya se tuvo un primer
acercamiento con la nueva Junta Directiva del Comité Cantonal de Deportes y la
Recreación de Cartago, para efectos de coordinación y otras diligencias útiles,
con las autoridades competentes. En materia de confidencialidad valga recordar
que la información, documentación y otras evidencias de las investigaciones que
realicen la Administración Activa, Contraloría General de I República y la
Auditoria Interna, cuyos resultados puedan originar la apertura de un
procedimiento administrativo o bien denuncia penal, serán confidenciales
durante la co formación del informe respectivo. Una vez notificado el informe y
hasta su resolución fi al del procedimiento administrativo, la información
contenida en el expediente será calificada como confidencial excepto para las
partes involucradas, las cuales tendrá libre acceso a la información, documentos
y las pruebas que consten en el expediente administrativo. "Precisamente sobre
el grado de acceso a la información en las diferentes etapas de la investigación
administrativa la Sala Constitucional se refirió en sentencia Nº 2003-02462 de
las 1O:16 horas del 21 de marzo de 2003 y en lo de interés se rescata: "...La
Sala interpreta que existen, al menos, tres etapas en una investigación
administrativa, cada una de las c a/es se caracteriza por el grado distinto de
acceso a la información. La primera se refiere al inicio de la denominada
investigación preliminar, que puede comenzar con una denuncia, como en este
caso, o con una actuación de oficio del Estado. Esta ase se relaciona con las
primeras averiguaciones y pesquisas que realiza la Administración con el fin de
determinar si en efecto hay mérito para iniciar un procedimiento administrativo
formal. En este momento, la documentación recopilada y los dictámenes a
efecto resultan confidenciales ara cualquier persona en la medida en que por un
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lado se deben garantizar los resultados de la investigación y, por otro lado no
existe certeza aún sobre la procedencia o no de lo denunciado…” Así las cosas,
se reitera, considera el suscrito que, el desempeño de las funciones de auditoria
interna, según el plan anual y las cuestiones que surgieron del mismo Concejo
Municipal, se encuentran debidamente diligenciadas…”.- Visto el documento,
se acuerda por unanimidad trasladar a estudio e informe de la Comisión
Permanente de Gobierno y Administración.- Se deja constando en actas que
el regidor Adrián Leandro se acoge al artículo 31 del Código Municipal y en su
lugar vota el regidor Wilberth Madriz. Notifíquese este acuerdo con acuse y
fecha de recibo a la Comisión Permanente de Gobierno y Administración, al
señor Auditor Interno y al Alcalde Municipal. Acuerdo definitivamente
aprobado.--------------------------------ARTÍCULO XIII.- SOLICITUD
NOMBRAMIENTO DE UN MIEMBRO EN LA JUNTA DE EDUCACIÓN DE LA
ESCUELA LOS ÁNGELES CARTAGO.----------Se conoce oficio de fecha 16 de
marzo del 2018, suscrito por la MSc. Leticia Rodríguez Sibaja, directora de la
Escuela de Los Ángeles Cartago, ubicada en el distrito Oriente, circuito 01, por
el cual solicita el nombramiento de un miembro en la junta de educación de
dicha institución, debido a que la señora aura Gabriela Jara Pérez que presentó
la renuncia como miembro ante dicha junta. Se adjunta la terna
correspondiente.- Visto el documento, se acuerda por unanimidad trasladar a
estudio e informe de la Comisión Permanente de Gobierno y
Administración.- Notifíquese este acuerdo con acuse y fecha de recibo a la
Comisión Permanente de Gobierno y Administración y al Alcalde Municipal.
Acuerdo definitivamente
aprobado.----------------------------------------------------------ARTÍCULO XIV.-
SOLICITUD NOMBRAMIENTO MIEMBROS JUNTA DE EDUCACIÓN DE LA
ESCUELA PAQUITA FERRER DE FIGUERES.---------------Se conoce oficio
EPFF-013-2018 de fecha 15 de marzo del 2018, suscrito por el MSc. Norman
Naranjo Monge Director de la Escuela Paquita Ferrer de Figueres, ubicada en
San Juan Norte de Corralillo, circuito 04, por el cual solicita el nombramiento de
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los miembros para la junta de educación de dicha institución. Se adjunta la terna
correspondiente.- Visto el documento, se acuerda por unanimidad trasladar
a estudio e informe de la Comisión Permanente de Gobierno y
Administración.- Notifíquese este acuerdo con acuse y fecha de recibo a la
Comisión Permanente de Gobierno y Administración y al Alcalde Municipal.
Acuerdo definitivamente aprobado.------------------------------------------ARTÍCULO
XV.- EMISIÓN DE CRITERIO RESPECTO A LA POTESTAD QUE TIENE EL
CONCEJO MUNICIPAL Y SUS COMISIONES PARA CONVOCAR AL
AUDITOR INTERNO A SUS RESPECTIVAS SESIONES EMITIDO POR LA
CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA.-----------------------------------------
Se conoce oficio DFOE-DL-0302 de fecha 09 de marzo del 2018, suscrito por la
Licda. Vivian Garbanzo Navarro Gerente de Área y Licda. María del milagro
rosales V. Fiscalizadora, ambas del Área de fiscalización de Servicios para el
Desarrollo Local, División de fiscalización Operativa y Evaluativa de la
Contraloría General de la República, y que dice: “…IV. CONCLUSIONES: 1. El
sistema de control interno tiene dos componentes orgánicos con funciones
claramente diferenciadas: la administración activa y la auditoría interna, y cada
uno de ellos es responsable de su labor y las decisiones que tomen en su
desempeño. 2. Existen competencias y prohibiciones que tanto la
administración activa como la auditoría interna deben acatar y atender, de
conformidad con lo establecido en la LGCI. 3. Se reiteran los términos del
criterio emitido por el Órgano Contralor en el oficio Nº 01986 {DFOE-DL-0139)
de 09 de febrero de 2018. 4. El pretender convertir a las auditorías internas en
asesoras obligatorias o permanentes de las sesiones del Concejo Municipal o de
las Comisiones, desvirtúa la función de esas unidades, pero no las exime de su
deber de cooperación, en el ámbito de su competencia, a través de los
mecanismos viables que la normativa y la jurisprudencia le permiten…”.-Visto el
documento, se acuerda por unanimidad trasladar a estudio e informe de la
Comisión Permanente de Gobierno y Administración.- Notifíquese este
acuerdo con acuse y fecha de recibo a la Comisión Permanente de Gobierno y
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N° 145-2018
Administración y al Alcalde Municipal. Acuerdo definitivamente
aprobado.----------------------------------------------------------ARTÍCULO XVI.-
INTERPRETACIÓN OFICIOSA DEL ALCANCE DE LA RESTRICCIÓN
PREVISTA EN EL INCISO D) DEL ARTÍCULO 137 DE CÓDIGO
ELECTORAL.----------------------------------------------------------------------------------------
Se conoce resolución de las diez horas con treinta minutos del catorce de marzo
de dos mil dieciocho, del Tribunal Supremo de Elecciones, y que dice: “…POR
TANTO: Se interpreta oficiosamente el inciso d) del artículo 137 del Código
Electoral, en el sentido de que las distintas plataformas de incidencia ciudadana,
independientemente de que se encuentren organizadas al amparo de figura
jurídica o que se estructuren como conglomerado en torno a un rasgo distintivo o
a un interés específico (sin que, para ello, recurran a formalizarse en términos
normativos, en los términos del inciso d) del artículo 137 del Código Electoral, no
podrán llevar a cabo actividades en sitios públicos con connotación política
durante los seis días anteriores a los comicios y el propio día de estos. Fuera de
ese plazo, corresponde a los gobiernos locales y demás instituciones públicas
competentes, determinar si se autorizan o no ese tipo de eventos, previo
requerimiento de los grupos interesados y siempre que no coincida con una
actividad de un partido político que, previamente, haya sido aprobada por la
Administración Electoral. Notifíquese a los partidos políticos, a las
Municipalidades del país, a la Dirección General del Registro Electoral y al
Departamento de Comunicación y Relaciones Públicas para la divulgación de lo
aquí resuelto. En los términos del artículo 12 del Código Electoral, publíquese en
el Diario Oficial…”.-Visto el documento, se acuerda por unanimidad tomar
nota.- Notifíquese este acuerdo con acuse y fecha de recibo al Alcalde
Municipal.--------ARTÍCULO XVII.- SOLICITUD INFORMACIÓN FUNCIONARIO
QUE FUNGIRÁ COMO CONTACTO OFICIAL ANTE LA CONTRALORÍA
GENERAL DE LA
REPÚBLICA.-----------------------------------------------------------------------------------------
Se conoce oficio DFOE-SD-0657 de fecha 16 de marzo del 2018, suscrito por la
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N° 145-2018
Licda. Hellen Bolaños Herrera fiscalizadora, Área de Seguimiento de
disposiciones, División de Fiscalización Operativa y Evaluativa de la Contraloría
General de la República, por el cual solicita informar a esa área dentro del plazo
de cinco días hábiles el nombre, número de teléfono y correo electrónico de la
persona designada para fungir como enlace con esa área de fiscalización, con
autoridad para informar sobre el avance y cumplimiento de las disposiciones
contenidas en el informe DFOE-DL-IF-09-2017, así como el nombre, puesto,
número de teléfono y correo electrónico de la persona que se encargará de
conformar, actualizar, custodiar, conservar y poner a disposición de alas
personas interesadas el expediente de cumplimiento de las disposiciones y
recomendaciones relacionadas con el informe DFOE-DL-IF-09-2017 sobre las
gestiones en el Comité Cantonal de Deportes y Recreación de Cartago.- Visto el
documento, se acuerda por unanimidad y con dispensa de trámite de
comisión, nombrar al señor Caleb Pichardo Aguilar, como contacto y
enlace ante la Contraloría General de la República con relación al informe
DFOE-DL-IF-09-2017, y a la Licda. Guisella Zúñiga Hernández como la
persona que se encargará de conformar, actualizar, custodiar, conservar y
poner a disposición de las personas interesadas el expediente de
cumplimiento de las disposiciones y recomendaciones relacionadas con el
informe DFOE-DL-IF-09-2017.- Se instruye a la señora secretaria para que
aporte los datos solicitados de las personas anteriormente nombradas a la
Contraloría.- Notifíquese este acuerdo con acuse y fecha de recibo a la Licda.
Hellen Bolaños Herrera fiscalizadora, Área de Seguimiento de disposiciones,
División de Fiscalización Operativa y Evaluativa de la Contraloría General de la
República, a la Licda. Guisella Zúñiga Hernández Coordinadora del Concejo
Municipal y Secretaría, al regidor Caleb Pichardo Aguilar, a la Junta
Administrativa del Comité Cantonal de Deportes y Recreación de Cartago y al
Alcalde Municipal. Acuerdo definitivamente
aprobado.----------------------------------------------------------------------ARTÍCULO
XVIII.- APROBACIÓN PRESUPUESTO EXTRAORDINARIO 1-2018 Y SU
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N° 145-2018
RESPECTIVO PAO.-------------------------------------------------------------------------Se
conoce dictamen CPHP 17-2018 de fecha 20 de marzo del 2018, presentado por
la Comisión Permanente de Hacienda y Presupuesto, y que dice: “…Para su
conocimiento y aprobación nos permitimos remitirles lo acordado por la
Comisión de Hacienda y Presupuesto Municipal quien sesionó el día de hoy
para conocer el oficio PL-OF-017-18 para que se conozca el Presupuesto
Extraordinario #1-2018 y PAO del Presupuesto 1-2018, se indica que estos
documentos se confeccionaron siguiendo los lineamientos emanados de la
administración y cumplen con lo establecido en materia presupuestaria en
cuanto incluye en el presupuesto 2018 los saldos resultantes de la liquidación
del ejercicio económico 2017 por un monto de ¢3.116.208.342,63. El
presupuesto es por un monto de ¢3.510.592.383,85 asignados a cada uno de
los programas de la siguiente manera:
Otros montos relevantes que se incluyeron son ¢16.468.192,91 que el Consejo
de Seguridad Vial deberá girar a la Municipalidad de las sumas pendientes de
transferir del año 2017. Se presupuestan recursos provenientes del CPJ para los
proyectos del Comité Cantonal de la Persona Joven por ¢4.685.870,45 .Un
monto de ¢3.392.416,81 que transferirá el CONAPAM. Se incluyó la diferencia
entre el monto incluido en el presupuesto ordinario municipal y el monto incluido
en la Ley de Presupuesto Nacional por ¢9.477.660,36. Se incluyó un ajuste al
proyecto de construcción y mejoras de la red de alcantarillado sanitario y
acueducto del cantón por un monto de ¢360.359.900,69 provenientes del
empréstito con el IFAM. Se incluyen también dentro de los ingresos que dan
sustento económico a este presupuesto los recursos que se generan por
concepto de intereses sobre cuentas corrientes y otros depósitos y que vienen a
amortizar el déficit resultante en la liquidación presupuestaria del 2017. También
se informa que debido a que el Concejo Municipal aprobó después de que el
área de planeamiento había presentado el oficio que contenía este presupuesto
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extraordinario #1-2018 2018 y PAO del Presupuesto 1-2018 el acuerdo
municipal tomado en el acta 144-2018 artículo XVIII referente a la eliminación
del apartado e) donde se había incluido el pago de la dedicación exclusiva del
Director de la Unidad Técnica de Gestión Vial por un monto de ¢4.501.771,50,
se debe realizar el ajuste correspondiente para rebajar ese monto, dando como
resultado para el Presupuesto Extraordinario #1-2018 y PAO del Presupuesto 1-
2018, un monto de ¢3.506.090.612,40. Posteriormente se procede a someter a
votación el Presupuesto Extraordinario #1-2018 y PAO del Presupuesto 1-2018
con la modificación respectiva por monto de ¢3.506.090.612,40 dando como
resultado 3 votos positivos. Por tanto esta comisión acuerda por unanimidad
recomendar al Concejo Municipal aprobar el Presupuesto Extraordinario #1-
2018 y PAO del Presupuesto 1-2018 con los ajustes correspondientes, que el
acuerdo que recaiga sobre este dictamen se notifique al área de planeamiento
estratégico y al alcalde municipal. Acuerdo definitivamente aprobado…”.- La
regidora Céspedes Quesada indica que tiene varias preguntas, ya que su partido
no tiene representación en dicha comisión. La primera es porqué se está
incrementando publicidad y comunicación; la segunda pregunta indica que
también aparece una partida de dedicación exclusiva y su pregunta es, qué
impacto tendrá pagar este adicional en los resultados del área, en qué va a
mejorar y qué valor agregado nos va a dar?, y la tercera es, qué le estamos
pagando a la unidad ejecutora de JASEC y porque se continúa con ese pago.- El
señor Rodolfo Alvarado indica que en el primer punto, donde habla del
incremento de publicidad y propaganda, se están incluyendo los recursos que
les fue aprobado al Comité Cantonal de la Persona Joven, mediante los planes
de trabajo que ya presentó recientemente al Concejo Municipal, y que fueron
aprobados, esos cuatro millones son para esos proyectos. Con respecto al rubro
de dedicación exclusiva que aparece en la Unidad Técnica de Gestión Vial, es el
rubro en el mismo dictamen de la Comisión que se resuelve eliminarlo, debido a
que con anterioridad, el Concejo Municipal ímprobo el ítem de la propuesta
hecha por la Junta Vial Cantonal, y entonces no se considerará dentro de ese
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presupuesto. La dedicación exclusiva era para pagarle al señor Denis Aparicio,
pero el Concejo mismo determinó recientemente que no iba a aprobar eso, y
devolvió esa parte de la Junta Vial Cantonal, debido a que el presupuesto ya
estaba presentado en base a la propuesta hecha por la Unidad Técnica de
Gestión Vial, es por eso que aparece como un ítem, pero se eliminará en una
vez aprobado este presupuesto por parte de ustedes. Con respecto a lo que la
Unidad ejecutora de la JASEC, la justificación que da el área o los encargados
del proyecto de construcción y mejoras del alcantarillado sanitario, es que se va
a continuar a Agua Caliente y se va a extender más el proyecto, y están
haciendo la reserva para poder pagarle a la junta o a la unidad ejecutora de
JASEC, que es la encargada técnica del proyecto.- La regidora Céspedes
Quesada indica que ellos no han sido informados sobre la extensión de este
proyecto; no se les ha enviado el documento.- El señor Rodolfo Alvarado indica
que lo que se pretende con este presupuesto, es tener los recursos previstos
para la ampliación de ese proyecto; ya en la parte más técnica por parte de los
ingenieros, deberá ser presentada en su momento formalmente ante el
Concejo.- La vicepresidenta somete a votación el dictamen que contiene la
aprobación del Presupuesto Extraordinario I-2018 y su respectivo PAO, y votan
afirmativo los regidores: Cubero Maroto, Leandro Marín, González Rodríguez,
Pichardo Aguilar, Navarro Calvo y Muñoz Azofeifa. Votan negativo los regidores:
Lizano Gutiérrez, Brenes Figueroa y Céspedes Quesada, quedando la votación
seis votos afirmativos y tres votos negativos.- Se aprueba el dictamen CPHP
17-2018, por tanto se aprueba el Presupuesto Extraordinario I-2018 y su
respectivo PAO, por un monto de
¢3.506.090.612,40, el cual dice de la siguiente manera:
PorcentajeCÓDIGO DETALLE MONTO Relativo
INGRESOS TOTALES 3.506.090.612,40 100,00%
1.0.0.0.00.00.0.0.000 INGRESOS CORRIENTES 206.180.778,46 5,88%
1.3.0.0.00.00.0.0.000 INGRESOS NO TRIBUTARIOS 181.634.298,29 5,18%
1.3.2.0.00.00.0.0.000 INGRESOS DE LA PROPIEDAD 181.634.298,29 5,18%
1.3.2.3.00.00.0.0.000 RENTA DE ACTIVOS FINANCIEROS 181.634.298,29 5,18%
1.3.2.3.03.00.0.0.000 OTRAS RENTAS DE ACTIVOS FINANCIEROS 181.634.298,29 5,18%
1.3.2.3.03.01.0.0.000Intereses sobre cuentas corrientes y otros depósitos en bancos estatales 181.634.298,29 5,18%
MUNICIPALIDAD DE CARTAGO
PRESUPUESTO EXTRAORDINARIO # 1 - 2018
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1.4.0.0.00.00.0.0.000 TRANSFERENCIAS CORRIENTES 24.546.480,17 0,70%
1.4.1.0.00.00.0.0.000 TRANSFERENCIAS CORRIENTES DEL SECTOR PÚBLICO 24.546.480,17 0,70%
1.4.1.2.00.00.0.0.000 Transferencias corrientes de Órganos Desconcentrados 24.546.480,17 0,70%1.4.1.2.01.00.0.0.000 Consejo de Seguridad Vial infracción Ley de Tránsito 16.468.192,91 0,47%1.4.1.2.02.00.0.0.000 Proyectos de los Comités Cantonales de la Persona Jóven 4.685.870,45 0,13%1.4.1.2.03.00.0.0.000 Consejo Nacional de la Persona Adulta Mayor (CONAPAM) 3.392.416,81 0,10%
2.0.0.0.00.00.0.0.000 INGRESOS DE CAPITAL 9.477.660,36 0,27%
2.4.0.0.00.00.0.0.000 TRANSFERENCIAS DE CAPITAL 9.477.660,36 0,27%
2.4.1.0.00.00.0.0.000 TRANSFERENCIAS DE CAPITAL DEL SECTOR PÚBLICO 9.477.660,36 0,27%2.4.1.1.00.00.0.0.000 Transferencias de capital del Gobierno Central 9.477.660,36 0,27%2.4.1.1.01.00.0.0.000 Ley de Simplif icación de Eficiencia Tributaria Nº 8114 9.477.660,36 0,27%
3.0.0.0.00.00.0.0.000 FINANCIAMIENTO 3.290.432.173,58 93,85%
3.1.0.0.00.00.0.0.000 FINANCIAMIENTO INTERNO 360.359.900,69 10,28%
3.1.1.0.00.00.0.0.000 PRESTAMOS DIRECTOS 360.359.900,69 10,28%3.1.1.3.00.00.0.0.000 Préstamos directos de Instituciones Descentralizadas no Empresariales 360.359.900,69 10,28%3.1.1.3.01.00.0.0.000 Préstamo del Instituto de Fomento y Asesoría Municipal (IFAM) 360.359.900,69 10,28%
3.3.0.0.00.00.0.0.000 RECURSOS DE VIGENCIAS ANTERIORES 2.930.072.272,89 83,57%
3.3.1.0.00.00.0.0.000 Supérávit libre -181.634.298,29 -5,18%3.3.2.0.00.00.0.0.000 Superávit específ ico 3.111.706.571,18 88,75%3.3.2.0.01.00.0.0.000 Fondo de Desarrollo Municipal, 8% del IBI, Ley Nº 7509 943,52 0,00%3.3.2.0.02.00.0.0.000 Junta Administrativa del Registro Nacional, 3% del IBI, Leyes 7509 y
7729 8.023.353,58 0,23%3.3.2.0.03.00.0.0.000 Instituto de Fomento y Asesoría Municipal, 3% del IBI, Ley Nº 7509 353,82 0,00%3.3.2.0.04.00.0.0.000 Juntas de educación, 10% impuesto territorial y 10% IBI, Leyes 7509 y
7729 25.653.865,45 0,73%3.3.2.0.05.00.0.0.000 Organismo de Normalización Técnica, 1% del IBI, Ley Nº 7729 751.898,98 0,02%3.3.2.0.06.00.0.0.000 Fondo impuesto bienes inmuebles 76% Ley 7729 107.845.601,23 3,08%3.3.2.0.07.00.0.0.000 Fondo para obras f inanciadas con el impuesto al cemento 225.806.845,68 6,44%3.3.2.0.08.00.0.0.000 Comité Cantonal de Deportes y Recreación 41.725.893,11 1,19%3.3.2.0.09.00.0.0.000 Escuelas de música 225.200,00 0,01%3.3.2.0.10.00.0.0.000 Fondo Ley de Instalación de Estacionómetros (Parquímetros) Nº 3580 171.721.470,00 4,90%3.3.2.0.11.00.0.0.000 Ley Nº 7788 10% aporte CONAGEBIO 481.590,57 0,01%3.3.2.0.12.00.0.0.000 Ley Nº 7788 70% aporte Fondo Parques Nacionales 3.034.020,57 0,09%3.3.2.0.13.00.0.0.000 Fondo Ley de Simplif icación y Ef iciencia Tributaria Ley 8114 137.928.029,88 3,93%3.3.2.0.14.00.0.0.000 Proyectos y programas para la Persona Jóven 2.332.294,21 0,07%3.3.2.0.15.00.0.0.000 Fondo servicio de recolección de basuras 437.232.559,74 12,47%3.3.2.0.16.00.0.0.000 Fondo servicio de mercado 671.769.856,29 19,16%3.3.2.0.17.00.0.0.000 Saldo partidas específ icas 83.888.012,59 2,39%3.3.2.0.18.00.0.0.000 Transferencia recursos Ley de Presupuesto Ordinario y Extraordinario
de la República 100.667,01 0,00%3.3.2.0.19.00.0.0.000 Fondo servicio de acueductos 664.974.553,76 18,97%3.3.2.0.20.00.0.0.000 Saldo transferencia ICODER 137.994.403,97 3,94%3.3.2.0.21.00.0.0.000 Fondo préstamo Nº 3-AS-A-1386-1113 del IFAM para construcción del
alcantarillado sanitario y acueducto del cantón 92.460.942,18 2,64%3.3.2.0.22.00.0.0.000 4% WPP para compensar impacto en comunidades aledañas al relleno
sanitario 150.696,00 0,00%3.3.2.0.23.00.0.0.000 Fondo Asignaciones Familiares (FODESAF) Red de cuido venta de
servicios 1.353.852,82 0,04%3.3.2.0.24.00.0.0.000 Fondo para aplicar a conservación del recursos hídrico 284.815.542,41 8,12%3.3.2.0.25.00.0.0.000 Fondo para aplicar según Ley de hidrantes 9.145.688,39 0,26%3.3.2.0.26.00.0.0.000 Mantenimiento y conservación caminos vecinales y calles urbanas 1.154.829,40 0,03%3.3.2.0.27.00.0.0.000 Fondo servicio de parques y obras de ornato 806.093,29 0,02%3.3.2.0.28.00.0.0.000 Aporte del Consejo de Seguridad Vial, multas por infracción a la Ley de
Tránsito, Ley 9078-2013 327.512,73 0,01%
PROGRAMA I: DIRECCIÓN Y
ADMINISTRACIÓN GENERAL
PROGRAMA II: SERVICIOS
COMUNALES
PROGRAMA III: INVERSIONES
PROGRAMA IV: PARTIDAS
ESPECÍFICASTOTALES
TOTALES POR EL OBJETO DEL GASTO 79.897.119,60 866.966.381,98 2.475.238.431,22 83.988.679,60 3.506.090.612,40
0 REMUNERACIONES 0,00 3.959.064,48 0,00 0,00 3.959.064,48
1 SERVICIOS 0,00 625.873.374,69 54.824.230,00 0,00 680.697.604,69
2 MATERIALES Y SUMINISTROS 0,00 86.289.997,02 0,00 4.572.617,28 90.862.614,30
5 BIENES DURADEROS 0,00 107.574.803,99 2.414.144.558,65 63.177.977,74 2.584.897.340,38
6 TRANSFERENCIAS CORRIENTES 79.670.740,20 43.269.141,80 0,00 0,00 122.939.882,00
7 TRANSFERENCIAS DE CAPITAL 1.179,40 0,00 0,00 0,00 1.179,40
9 CUENTAS ESPECIALES 225.200,00 0,00 6.269.642,57 16.238.084,58 22.732.927,15
PRESUPUESTO EXTRAORDINARIO # 1 - 2018SECCIÓN DE EGRESOS POR PARTIDA
GENERAL Y POR PROGRAMA
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1 SERVICIOS 0,00 625.873.374,69 54.824.230,00 0,00 680.697.604,69
1,01 ALQUILERES 0,00 113.963.417,94 0,00 0,00 113.963.417,941.01.02 Alquiler de maquinaria, equipo y mobiliario 0,00 113.963.417,94 0,00 0,00 113.963.417,94
1,02 SERVICIOS BÁSICOS 0,00 1.000.000,00 0,00 0,00 1.000.000,001.02.04 Servicio de telecomunicaciones 0,00 1.000.000,00 0,00 0,00 1.000.000,00
1,03 SERVICIOS COMERCIALES Y FINANCIEROS 0,00 12.523.420,00 0,00 0,00 12.523.420,001.03.01 Información 0,00 6.523.420,00 0,00 0,00 6.523.420,001.03.02 Publicidad y propaganda 0,00 4.000.000,00 0,00 0,00 4.000.000,001.03.03 Impresión, encuadernación y otros 0,00 2.000.000,00 0,00 0,00 2.000.000,00
1,04 SERVICIOS DE GESTIÓN Y APOYO 0,00 249.145.601,23 54.824.230,00 0,00 303.969.831,231.04.03 Servicios de ingeniería 0,00 0,00 54.824.230,00 0,00 54.824.230,001.04.04 Servicios en ciencias económicas y sociales 0,00 25.000.000,00 0,00 0,00 25.000.000,001.04.06 Servicios generales 0,00 147.845.601,23 0,00 0,00 147.845.601,231.04.99 Otros servicios de gestión y apoyo 0,00 76.300.000,00 0,00 0,00 76.300.000,00
1,05 GASTOS DE VIAJE Y TRANSPORTE 0,00 1.000.000,00 0,00 0,00 1.000.000,001.05.01 Transporte dentro del país 0,00 1.000.000,00 0,00 0,00 1.000.000,00
1.06 SEGUROS, REASEGUROS Y OTRAS OBLIGACIONES 0,00 40.935,52 0,00 0,00 40.935,521.06.01 Seguros 0,00 40.935,52 0,00 0,00 40.935,52
1,07 CAPACITACIÓN Y PROTOCOLO 0,00 4.500.000,00 0,00 0,00 4.500.000,001.07.01 Actividades de capacitación 0,00 4.500.000,00 0,00 0,00 4.500.000,00
1,08 MANTENIMIENTO Y REPARACIÓN 0,00 243.700.000,00 0,00 0,00 243.700.000,001.08.03 Mantenimiento de instalaciones y otras obras 0,00 234.200.000,00 0,00 0,00 234.200.000,001.08.06 Mantenimiento y reparación de equipo de comunicación 0,00 4.000.000,00 0,00 0,00 4.000.000,001.08.07 Mantenimiento y reparación de equipo y mobiliario de oficina 0,00 500.000,00 0,00 0,00 500.000,00
1.08.08Mantenimiento y reparación de equipo de cómputo y sistemas de información 0,00 5.000.000,00 0,00 0,00 5.000.000,00
2 MATERIALES Y SUMINISTROS 0,00 86.289.997,02 0,00 4.572.617,28 90.862.614,30
2,01 PRODUCTOS QUÍMICOS Y CONEXOS 0,00 5.500.000,00 0,00 958.815,28 6.458.815,282.01.02 Productos farmacéuticos y medicinales 0,00 500.000,00 0,00 0,00 500.000,002.01.04 Tintes, pinturas y diluyentes 0,00 5.000.000,00 0,00 958.815,28 5.958.815,28
2,02 ALIMENTOS Y PRODUCTOS AGROPECUARIOS 0,00 3.246.269,63 0,00 0,00 3.246.269,632.02.03 Alimentos y bebidas 0,00 3.246.269,63 0,00 0,00 3.246.269,63
2,03MATERIALES Y PRODUCTOS DE USO EN LA CONSTRUCCIÓN Y MANTENIMIENTO 0,00 54.350.000,00 0,00 3.613.802,00 57.963.802,00
2.03.01 Materiales y productos metálicos 0,00 2.000.000,00 0,00 1.647.802,00 3.647.802,002.03.02 Materiales y productos minerales y asfalticos 0,00 2.000.000,00 0,00 1.613.000,00 3.613.000,002.03.04 Materiales y productos eléctricos, telefónicos y de cómputo 0,00 50.350.000,00 0,00 175.000,00 50.525.000,002.03.06 Materiales y productos de plástico 0,00 0,00 0,00 178.000,00 178.000,00
2,04 HERRAMIENTAS, REPUESTOS Y ACCESORIOS 0,00 1.000.000,00 0,00 0,00 1.000.000,002.04.01 Herramientas e instrumentos 0,00 500.000,00 0,00 0,00 500.000,002.04.02 Repuestos y accesorios 0,00 500.000,00 0,00 0,00 500.000,00
2,99 ÚTILES, MATERIALES Y SUMINISTROS DIVERSOS 0,00 22.193.727,39 0,00 0,00 22.193.727,392.99.01 Útiles y materiales de oficina y cómputo 0,00 300.000,00 0,00 0,00 300.000,002.99.03 Productos de papel, cartón e impresos 0,00 10.198.050,00 0,00 0,00 10.198.050,002.99.04 Textiles y vestuario 0,00 8.959.806,94 0,00 0,00 8.959.806,942.99.05 Útiles y materiales de limpieza 0,00 1.350.000,00 0,00 0,00 1.350.000,002.99.06 Útiles y materiales de resguardo y seguridad 0,00 1.000.000,00 0,00 0,00 1.000.000,002.99.99 Otros útiles, materiales y suministros 0,00 385.870,45 0,00 0,00 385.870,45
5 BIENES DURADEROS 0,00 107.574.803,99 2.414.144.558,65 63.177.977,74 2.584.897.340,38
5,01 MAQUINARIA, EQUIPO Y MOBILIARIO 0,00 77.574.803,99 412.605.775,00 31.584.412,74 521.764.991,735.01.01 Maquinaria y equipo para producción 0,00 9.145.688,39 0,00 0,00 9.145.688,395.01.02 Equipo de transporte 0,00 8.468.192,91 352.605.775,00 0,00 361.073.967,915.01.03 Equipo de comunicación 0,00 10.000.000,00 0,00 29.494.214,74 39.494.214,745.01.04 Equipo y mobiliario de oficina 0,00 1.654.829,40 0,00 910.850,00 2.565.679,405.01.05 Equipo y programas de cómputo 0,00 48.306.093,29 60.000.000,00 0,00 108.306.093,295.01.06 Equipo sanitario, de laboratorio e investigación 0,00 0,00 0,00 1.179.348,00 1.179.348,00
5,02 CONSTRUCCIONES, ADICIONES Y MEJORAS 0,00 30.000.000,00 1.958.023.241,24 31.593.565,00 2.019.616.806,245.02.01 Edif icios 0,00 0,00 871.769.856,29 12.261.682,00 884.031.538,295.02.02 Vias de cominicación terrestre 0,00 30.000.000,00 85.126.381,24 10.433.824,00 125.560.205,245.02.07 Instalaciones 0,00 0,00 869.402.242,31 1.022.289,00 870.424.531,315.02.99 Otras construcciones, adiciones y mejoras 0,00 0,00 131.724.761,40 7.875.770,00 139.600.531,40
5,03 BIENES PREEXISTENTES 0,00 0,00 43.515.542,41 0,00 43.515.542,415.03.01 Terrenos 0,00 0,00 43.515.542,41 0,00 43.515.542,41
6 TRANSFERENCIAS CORRIENTES 79.670.740,20 43.269.141,80 0,00 0,00 122.939.882,00
6.01 TRANSFERENCIAS CORRIENTES AL SECTOR PÚBLICO 79.670.740,20 0,00 0,00 0,00 79.670.740,206.01.01 Transferencias corrientes al Gobierno Central 751.898,98 0,00 0,00 0,00 751.898,98
751.898,98 0,00 0,00 0,00 751.898,986.01.02 Transferencias corrientes a Órganos Desconcentrados 11.538.964,72 0,00 0,00 0,00 11.538.964,72
Junta Administrativa del Registro Nacional (3% IBI Ley 7509) 8.023.353,58 0,00 0,00 0,00 8.023.353,58Comisión Nacional para la Gestión de la Biodiversidad 481.590,57 0,00 0,00 0,00 481.590,57Fondo de Parques Nacionales 3.034.020,57 0,00 0,00 0,00 3.034.020,57
6.01.03 Transferencias corrientes a Instituciones Descentralizadasno Empresariales 25.653.983,39 0,00 0,00 0,00 25.653.983,39Junta de Educación y Administrativas de Cartago (10% IBI) 25.653.865,45 0,00 0,00 0,00 25.653.865,45IFAM 1% Ley 7509 117,94 0,00 0,00 0,00 117,94
6.01.04 Transferencias corrientes a Gobiernos Locales 41.725.893,11 0,00 0,00 0,00 41.725.893,11Comité Cantonal de Deportes y Recreación 41.725.893,11 0,00 0,00 0,00 41.725.893,11
6.03 PRESTACIONES 0,00 43.269.141,80 0,00 0,00 43.269.141,806.03.01 Prestaciones legales 0,00 43.269.141,80 0,00 0,00 43.269.141,80
7 TRANSFERENCIAS DE CAPITAL 1.179,40 0,00 0,00 0,00 1.179,40
7.01
7.01.03 235,88 0,00 0,00 0,00 235,88IFAM 2% fondo crédito municipal, art. 36 transitorio I Ley 7509 235,88 0,00 0,00 0,00 235,88
7.01.07 Fondos en f ideicomiso para gastos de capital 943,52 0,00 0,00 0,00 943,52Fondo de Desarrollo Municipal 8% IBI Ley 7509 943,52 0,00 0,00 0,00 943,52
9 CUENTAS ESPECIALES 225.200,00 0,00 6.269.642,57 16.238.084,58 22.732.927,15
9.02 SUMAS SIN ASIGNACIÓN PRESUPUESTARIA 225.200,00 0,00 6.269.642,57 16.238.084,58 22.732.927,159.02.02 Sumas con destino específico sin asignación presupuestaria 225.200,00 0,00 6.269.642,57 16.238.084,58 22.732.927,15
P ROGRAMA I: DIRECCIÓN Y
ADMINISTRACIÓN GENERAL
P ROGRAMA II: SERVICIOS
COMUNALESPROGRAMA III: INVERSIONES
P ROGRAMA IV: PARTIDAS
ESP ECÍFICASTOTALES
TOTALES POR EL OBJETO DEL GASTO 79.897.119,60 866.966.381,98 2.475.238.431,22 83.988.679,60 3.506.090.612,40
0 REMUNERACIONES 0,00 3.959.064,48 0,00 0,00 3.959.064,48
0.01 REMUNERACIONES BÁSICAS 0,00 3.101.176,00 0,00 0,00 3.101.176,000.01.02 Jornales 0,00 3.101.176,00 0,00 0,00 3.101.176,00
0.03 INCENTIVOS SALARIALES 0,00 258.431,34 0,00 0,00 258.431,340.03.03 Decimotercer mes 0,00 258.431,34 0,00 0,00 258.431,34
0.04CONTRIBUCIONES PATRONALES AL DESARROLLO Y LA SEGURIDAD SOCIAL 0,00 302.364,48 0,00 0,00 302.364,48
0.04.01Contribución Patronal al Seguro de Salud de la Caja Costarricense de Seguro Social 0,00 286.858,60 0,00 0,00 286.858,60
0.04.05Contribución Patronal al Banco Popular y de Desarrollo Comunal 0,00 15.505,88 0,00 0,00 15.505,88
0.05CONTRIBUCIONES PATRONALES A FONDOS DE PENSIONES Y OTROS FONDOS DE CAPITALIZACIÓN 0,00 297.092,66 0,00 0,00 297.092,66
0.05.01Contribución Patronal al Seguro de Pensiones de la Caja Costarricense de Seguro Social 0,00 157.539,74 0,00 0,00 157.539,74
0.05.02Contribución Patronal al Régimen Obligatorio de Pensiones Complementarias 0,00 46.517,64 0,00 0,00 46.517,64
0.05.03 Aporte Patronal al Fondo de Capitalización Laboral 0,00 93.035,28 0,00 0,00 93.035,28
PRESUPUESTO EXTRAORDINARIO # 1 - 2018SECCIÓN DE EGRESOS DETALLADOS
GENERAL Y POR PROGRAMA
1234
1
2
3
4
5
6
7
8
9
10
11
12
13
14
15
16
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18
19
20
21
22
23
24
25
26
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28
29
N° 145-2018
2 MATERIALES Y SUMINISTROS 0,00 86.289.997,02 0,00 4.572.617,28 90.862.614,30
2,01 PRODUCTOS QUÍMICOS Y CONEXOS 0,00 5.500.000,00 0,00 958.815,28 6.458.815,282.01.02 Productos farmacéuticos y medicinales 0,00 500.000,00 0,00 0,00 500.000,002.01.04 Tintes, pinturas y diluyentes 0,00 5.000.000,00 0,00 958.815,28 5.958.815,28
2,02 ALIMENTOS Y PRODUCTOS AGROPECUARIOS 0,00 3.246.269,63 0,00 0,00 3.246.269,632.02.03 Alimentos y bebidas 0,00 3.246.269,63 0,00 0,00 3.246.269,63
2,03MATERIALES Y PRODUCTOS DE USO EN LA CONSTRUCCIÓN Y MANTENIMIENTO 0,00 54.350.000,00 0,00 3.613.802,00 57.963.802,00
2.03.01 Materiales y productos metálicos 0,00 2.000.000,00 0,00 1.647.802,00 3.647.802,002.03.02 Materiales y productos minerales y asfalticos 0,00 2.000.000,00 0,00 1.613.000,00 3.613.000,002.03.04 Materiales y productos eléctricos, telefónicos y de cómputo 0,00 50.350.000,00 0,00 175.000,00 50.525.000,002.03.06 Materiales y productos de plástico 0,00 0,00 0,00 178.000,00 178.000,00
2,04 HERRAMIENTAS, REPUESTOS Y ACCESORIOS 0,00 1.000.000,00 0,00 0,00 1.000.000,002.04.01 Herramientas e instrumentos 0,00 500.000,00 0,00 0,00 500.000,002.04.02 Repuestos y accesorios 0,00 500.000,00 0,00 0,00 500.000,00
2,99 ÚTILES, MATERIALES Y SUMINISTROS DIVERSOS 0,00 22.193.727,39 0,00 0,00 22.193.727,392.99.01 Útiles y materiales de oficina y cómputo 0,00 300.000,00 0,00 0,00 300.000,002.99.03 Productos de papel, cartón e impresos 0,00 10.198.050,00 0,00 0,00 10.198.050,002.99.04 Textiles y vestuario 0,00 8.959.806,94 0,00 0,00 8.959.806,942.99.05 Útiles y materiales de limpieza 0,00 1.350.000,00 0,00 0,00 1.350.000,002.99.06 Útiles y materiales de resguardo y seguridad 0,00 1.000.000,00 0,00 0,00 1.000.000,002.99.99 Otros útiles, materiales y suministros 0,00 385.870,45 0,00 0,00 385.870,45
5 BIENES DURADEROS 0,00 107.574.803,99 2.414.144.558,65 63.177.977,74 2.584.897.340,38
5,01 MAQUINARIA, EQUIPO Y MOBILIARIO 0,00 77.574.803,99 412.605.775,00 31.584.412,74 521.764.991,735.01.01 Maquinaria y equipo para producción 0,00 9.145.688,39 0,00 0,00 9.145.688,395.01.02 Equipo de transporte 0,00 8.468.192,91 352.605.775,00 0,00 361.073.967,915.01.03 Equipo de comunicación 0,00 10.000.000,00 0,00 29.494.214,74 39.494.214,745.01.04 Equipo y mobiliario de oficina 0,00 1.654.829,40 0,00 910.850,00 2.565.679,405.01.05 Equipo y programas de cómputo 0,00 48.306.093,29 60.000.000,00 0,00 108.306.093,295.01.06 Equipo sanitario, de laboratorio e investigación 0,00 0,00 0,00 1.179.348,00 1.179.348,00
5,02 CONSTRUCCIONES, ADICIONES Y MEJORAS 0,00 30.000.000,00 1.958.023.241,24 31.593.565,00 2.019.616.806,245.02.01 Edif icios 0,00 0,00 871.769.856,29 12.261.682,00 884.031.538,295.02.02 Vias de cominicación terrestre 0,00 30.000.000,00 85.126.381,24 10.433.824,00 125.560.205,245.02.07 Instalaciones 0,00 0,00 869.402.242,31 1.022.289,00 870.424.531,315.02.99 Otras construcciones, adiciones y mejoras 0,00 0,00 131.724.761,40 7.875.770,00 139.600.531,40
5,03 BIENES PREEXISTENTES 0,00 0,00 43.515.542,41 0,00 43.515.542,415.03.01 Terrenos 0,00 0,00 43.515.542,41 0,00 43.515.542,41
6 TRANSFERENCIAS CORRIENTES 79.670.740,20 43.269.141,80 0,00 0,00 122.939.882,00
6.01 TRANSFERENCIAS CORRIENTES AL SECTOR PÚBLICO 79.670.740,20 0,00 0,00 0,00 79.670.740,206.01.01 Transferencias corrientes al Gobierno Central 751.898,98 0,00 0,00 0,00 751.898,98
751.898,98 0,00 0,00 0,00 751.898,986.01.02 Transferencias corrientes a Órganos Desconcentrados 11.538.964,72 0,00 0,00 0,00 11.538.964,72
Junta Administrativa del Registro Nacional (3% IBI Ley 7509) 8.023.353,58 0,00 0,00 0,00 8.023.353,58Comisión Nacional para la Gestión de la Biodiversidad 481.590,57 0,00 0,00 0,00 481.590,57Fondo de Parques Nacionales 3.034.020,57 0,00 0,00 0,00 3.034.020,57
6.01.03 Transferencias corrientes a Instituciones Descentralizadasno Empresariales 25.653.983,39 0,00 0,00 0,00 25.653.983,39Junta de Educación y Administrativas de Cartago (10% IBI) 25.653.865,45 0,00 0,00 0,00 25.653.865,45IFAM 1% Ley 7509 117,94 0,00 0,00 0,00 117,94
6.01.04 Transferencias corrientes a Gobiernos Locales 41.725.893,11 0,00 0,00 0,00 41.725.893,11Comité Cantonal de Deportes y Recreación 41.725.893,11 0,00 0,00 0,00 41.725.893,11
6.03 PRESTACIONES 0,00 43.269.141,80 0,00 0,00 43.269.141,806.03.01 Prestaciones legales 0,00 43.269.141,80 0,00 0,00 43.269.141,80
7 TRANSFERENCIAS DE CAPITAL 1.179,40 0,00 0,00 0,00 1.179,40
7.01
7.01.03 235,88 0,00 0,00 0,00 235,88IFAM 2% fondo crédito municipal, art. 36 transitorio I Ley 7509 235,88 0,00 0,00 0,00 235,88
7.01.07 Fondos en f ideicomiso para gastos de capital 943,52 0,00 0,00 0,00 943,52Fondo de Desarrollo Municipal 8% IBI Ley 7509 943,52 0,00 0,00 0,00 943,52
9 CUENTAS ESPECIALES 225.200,00 0,00 6.269.642,57 16.238.084,58 22.732.927,15
9.02 SUMAS SIN ASIGNACIÓN PRESUPUESTARIA 225.200,00 0,00 6.269.642,57 16.238.084,58 22.732.927,159.02.02 Sumas con destino específico sin asignación presupuestaria 225.200,00 0,00 6.269.642,57 16.238.084,58 22.732.927,15
1.3.2.3.03.01.0.0.000 Intereses sobre cuentas corrientes y otros depósitos en bancos estatales
181.634.298,29Se aplican a la amortización del déficit 181.634.298,29
1.4.1.2.01.00.0.0.000 Consejo de Seguridad Vial infracción Ley de Tránsito 16.468.192,91 II 22 Seguridad vial 16.468.192,91
1.4.1.2.02.00.0.0.000 Proyectos de los Comités Cantonales de la Persona Jóven
4.685.870,45 II 09
Educativos, culturales y deportivos para Proyectos del Comité Cantonal de la Persona Jóven 4.685.870,45
1.4.1.2.03.00.0.0.000 Consejo Nacional de la Persona Adulta Mayor (CONAPAM)
3.392.416,81 II 10
Servicios sociales y complementarios Programa de Atención básica en Centros de Atención a la Persona Adulta Mayor 3.392.416,81
2.4.1.1.01.00.0.0.0009.477.660,36 III 02 01 9.477.660,36
3.1.1.3.01.00.0.0.000
360.359.900,69 III 05 03 360.359.900,69
3.3.1.0.00.00.0.0.000 Supérávit libre
-181.634.298,29
3.3.2.0.01.00.0.0.000
943,52 I 4 943,52
3.3.2.0.02.00.0.0.000
8.023.353,58 I 04 8.023.353,58
3.3.2.0.03.00.0.0.000
353,82 I 04
I 04353,82
3.3.2.0.04.00.0.0.000
25.653.865,45 I 04 25.653.865,45
3.3.2.0.05.00.0.0.000
751.898,98 I 04 751.898,98
3.3.2.0.06.00.0.0.000
107.845.601,23 II 16 107.845.601,23
APLICACIÓNMONTO
MUNICIPALIDAD DE CARTAGOPRESUPUESTO EXTRAORDINARIO # 1 - 2018
CUADRO Nº 1
DETALLE DE ORIGEN Y APLICACIÓN DE RECURSOS
CODIGO INGRESO ESPECÍFICOMONTO Progra
maAct/Serv/Grupo
Proyecto
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N° 145-2018
1.3.2.3.03.01.0.0.000 Intereses sobre cuentas corrientes y otros depósitos en bancos estatales
181.634.298,29Se aplican a la amortización del déficit 181.634.298,29
1.4.1.2.01.00.0.0.000 Consejo de Seguridad Vial infracción Ley de Tránsito 16.468.192,91 II 22 Seguridad vial 16.468.192,91
1.4.1.2.02.00.0.0.000 Proyectos de los Comités Cantonales de la Persona Jóven
4.685.870,45 II 09
Educativos, culturales y deportivos para Proyectos del Comité Cantonal de la Persona Jóven 4.685.870,45
1.4.1.2.03.00.0.0.000 Consejo Nacional de la Persona Adulta Mayor (CONAPAM)
3.392.416,81 II 10
Servicios sociales y complementarios Programa de Atención básica en Centros de Atención a la Persona Adulta Mayor 3.392.416,81
2.4.1.1.01.00.0.0.0009.477.660,36 III 02 01 9.477.660,36
3.1.1.3.01.00.0.0.000
360.359.900,69 III 05 03 360.359.900,69
3.3.1.0.00.00.0.0.000 Supérávit libre
-181.634.298,29
3.3.2.0.01.00.0.0.000
943,52 I 4 943,52
3.3.2.0.02.00.0.0.000
8.023.353,58 I 04 8.023.353,58
3.3.2.0.03.00.0.0.000
353,82 I 04
I 04353,82
3.3.2.0.04.00.0.0.000
25.653.865,45 I 04 25.653.865,45
3.3.2.0.05.00.0.0.000
751.898,98 I 04 751.898,98
3.3.2.0.06.00.0.0.000
107.845.601,23 II 16 107.845.601,23
APLICACIÓNMONTO
MUNICIPALIDAD DE CARTAGOPRESUPUESTO EXTRAORDINARIO # 1 - 2018
CUADRO Nº 1
DETALLE DE ORIGEN Y APLICACIÓN DE RECURSOS
CODIGO INGRESO ESPECÍFICOMONTO Progra
maAct/Serv/Grupo
Proyecto
IV 01 05
Conclusión y ejecución de la loza del piso y cerámica del salón comunal de la urbanización San Blas 270 mts2 aproximadamente, distrito El Carmen 1.898.720,00
IV 01 06
Compra de materiales para la reparación del salón comunal de La Lima, distrito San Nicolás 169.112,00
IV 01 07
Mejoras de la Delegación Distrital de la Fuerza Pública en la urbanización Manuel de Jesús Jiménez (consiste en pintura, cielo razo, electricidad, malla al perímetro de la misma, una caja fuerte de seguridad para resguardo de las armas de fuego), distrito de Aguacaliente (San Francisco) 152.170,00
IV 01 08
Camposanto Lirios de Tierra Blanca, para la compra de materiales para mejoras de la capilla dentro del cementerio 2.028.707,00
IV 01 09
Mantenimiento de la infraestructura del Colegio Francisca Carrasco, distrito Guadalupe 157.290,87
IV 01 10Mejoras al salón comunal de Barrio Asís, distrito oriental 596.245,00
IV 01 11
Mejoras al salón comunal de Barrio La Puebla San Agustín, distrito oriental 596.245,00
IV 01 12 596.245,00
IV 01 13 144.535,41
IV 02 01 2.182.935,00
IV 02 02 2.145.660,00
IV 02 03 650.991,00
IV 02 04 2.520.379,00
IV 02 05 2.332.386,00
IV 02 06 601.473,00
IV 05 01 1.022.289,00
IV 06 01 2.607.881,00
IV 06 02 3.489.828,00
3.3.2.0.07.00.0.0.000 Fondo para obras financiadas con el impuesto al cemento 225.806.845,68 II 13 Alcantarillados sanitarios 25.000.000,00
III 05 03
Construcción y mejoras del aclacantarillado sanitario y acueductos del cantón 200.806.845,68
225.806.845,68
3.3.2.0.08.00.0.0.000 Comité Cantonal de Deportes y Recreación 41.725.893,11 I 04
Registro de deuda, fondos y transferencias 41.725.893,11
3.3.2.0.09.00.0.0.000 Escuelas de música
225.200,00 I 01
Dirección y Administración Generales 225.200,00
3.3.2.0.10.00.0.0.000 Fondo derecho de estacionamiento 171.721.470,00 II 11 Estacionamientos y terminales 171.721.470,00
3.3.2.0.11.00.0.0.000 Ley Nº 7788 10% aporte CONAGEBIO 481.590,57 I 04
Comisión Nacional para la Gestión de la Biodiversidad 481.590,57
3.3.2.0.12.00.0.0.000 Ley Nº 7788 70% aporte Fondo Parques Nacionales 3.034.020,57 I 04 Fondo Parques Nacionales 3.034.020,57
3.3.2.0.13.00.0.0.000 Fondo Ley de Simplif icación y Eficiencia Tributaria Ley 8114 137.928.029,88 III 02 01
Unidad Técnica de Gestión vial Municipal Ley 8114
62.430.005,00
III 02 02 75.000.000,00
III 02 07 498.024,88
137.928.029,88
3.3.2.0.14.00.0.0.000
2.332.294,21 II 09 09 2.332.294,21
3.3.2.0.15.00.0.0.000
437.232.559,74 II 02
III 07437.232.559,74
3.3.2.0.16.00.0.0.000671.769.856,29
3.3.2.0.17.00.0.0.000
4.000.000,00
IV 01 02 3.033.574,00
IV 01 03 687.453,00
IV 01 04 853.200,00
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N° 145-2018
IV 01 05
Conclusión y ejecución de la loza del piso y cerámica del salón comunal de la urbanización San Blas 270 mts2 aproximadamente, distrito El Carmen 1.898.720,00
IV 01 06
Compra de materiales para la reparación del salón comunal de La Lima, distrito San Nicolás 169.112,00
IV 01 07
Mejoras de la Delegación Distrital de la Fuerza Pública en la urbanización Manuel de Jesús Jiménez (consiste en pintura, cielo razo, electricidad, malla al perímetro de la misma, una caja fuerte de seguridad para resguardo de las armas de fuego), distrito de Aguacaliente (San Francisco) 152.170,00
IV 01 08
Camposanto Lirios de Tierra Blanca, para la compra de materiales para mejoras de la capilla dentro del cementerio 2.028.707,00
IV 01 09
Mantenimiento de la infraestructura del Colegio Francisca Carrasco, distrito Guadalupe 157.290,87
IV 01 10Mejoras al salón comunal de Barrio Asís, distrito oriental 596.245,00
IV 01 11
Mejoras al salón comunal de Barrio La Puebla San Agustín, distrito oriental 596.245,00
IV 01 12 596.245,00
IV 01 13 144.535,41
IV 02 01 2.182.935,00
IV 02 02 2.145.660,00
IV 02 03 650.991,00
IV 02 04 2.520.379,00
IV 02 05 2.332.386,00
IV 02 06 601.473,00
IV 05 01 1.022.289,00
IV 06 01 2.607.881,00
IV 06 02 3.489.828,00
3.3.2.0.07.00.0.0.000 Fondo para obras financiadas con el impuesto al cemento 225.806.845,68 II 13 Alcantarillados sanitarios 25.000.000,00
III 05 03
Construcción y mejoras del aclacantarillado sanitario y acueductos del cantón 200.806.845,68
225.806.845,68
3.3.2.0.08.00.0.0.000 Comité Cantonal de Deportes y Recreación 41.725.893,11 I 04
Registro de deuda, fondos y transferencias 41.725.893,11
3.3.2.0.09.00.0.0.000 Escuelas de música
225.200,00 I 01
Dirección y Administración Generales 225.200,00
3.3.2.0.10.00.0.0.000 Fondo derecho de estacionamiento 171.721.470,00 II 11 Estacionamientos y terminales 171.721.470,00
3.3.2.0.11.00.0.0.000 Ley Nº 7788 10% aporte CONAGEBIO 481.590,57 I 04
Comisión Nacional para la Gestión de la Biodiversidad 481.590,57
3.3.2.0.12.00.0.0.000 Ley Nº 7788 70% aporte Fondo Parques Nacionales 3.034.020,57 I 04 Fondo Parques Nacionales 3.034.020,57
3.3.2.0.13.00.0.0.000 Fondo Ley de Simplif icación y Eficiencia Tributaria Ley 8114 137.928.029,88 III 02 01
Unidad Técnica de Gestión vial Municipal Ley 8114
62.430.005,00
III 02 02 75.000.000,00
III 02 07 498.024,88
137.928.029,88
3.3.2.0.14.00.0.0.000
2.332.294,21 II 09 09 2.332.294,21
3.3.2.0.15.00.0.0.000
437.232.559,74 II 02
III 07437.232.559,74
3.3.2.0.16.00.0.0.000671.769.856,29
3.3.2.0.17.00.0.0.000
4.000.000,00
IV 01 02 3.033.574,00
IV 01 03 687.453,00
IV 01 04 853.200,00
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N° 145-2018
IV 06 03
Construcción de 160 mts cuadrados de planché de concreto en la zona verde del parqueo del salón comunal de la Asociación de Desarrollo Integral La Puebla de los Pardos y San Agustín, distrito oriental. 650.991,00
IV 06 04
Remodelación de vestidores de la cancha de deportes de La Lima 1.920.802,00
IV 06 05
Enmallado de la plaza de deportes de la comunidad de Llano Grande, distrito Llano Grande 1.127.070,00
IV 07 09 Otros fondos e inversiones 47.721.830,3183.888.012,59
3.3.2.0.18.00.0.0.000 Transferencia recursos Ley de Presupuesto Ordinario y Extraordinario de la República 100.667,01 IV 07 9
Recursos con destino específico sin asignación presupuestaria
100.667,01
3.3.2.0.19.00.0.0.000 Fondo servicio de acueductos 664.974.553,76 II 06 Acueductos 324.200.000,00
III 05 01Construcción y mejroas de acueductos del cantón 340.774.553,76
664.974.553,76
3.3.2.0.20.00.0.0.000 Saldo transferencia ICODER137.994.403,97 III 06 05
Construcciones y mejoras en el Polideportivo de Cartago 131.724.761,40
III 07 09Sumas con destino específico sin asignación presupuestaria 6.269.642,57
3.3.2.0.21.00.0.0.000
92.460.942,18 III 05 03 92.460.942,18
150.696,00 III 02 06 150.696,00
3.3.2.0.23.00.0.0.000
1.353.852,82 II 10 1.353.852,82
3.3.2.0.24.00.0.0.000
284.815.542,41 II 25
III 01 04 200.000.000,00
III 07 43.515.542,41
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N° 145-2018
JUSTIFICACIONES
Justificación de ingresos:
Intereses sobre cuentas corrientes y otros depósitos en bancos estatales:
IV 06 03
Construcción de 160 mts cuadrados de planché de concreto en la zona verde del parqueo del salón comunal de la Asociación de Desarrollo Integral La Puebla de los Pardos y San Agustín, distrito oriental. 650.991,00
IV 06 04
Remodelación de vestidores de la cancha de deportes de La Lima 1.920.802,00
IV 06 05
Enmallado de la plaza de deportes de la comunidad de Llano Grande, distrito Llano Grande 1.127.070,00
IV 07 09 Otros fondos e inversiones 47.721.830,3183.888.012,59
3.3.2.0.18.00.0.0.000 Transferencia recursos Ley de Presupuesto Ordinario y Extraordinario de la República 100.667,01 IV 07 9
Recursos con destino específico sin asignación presupuestaria
100.667,01
3.3.2.0.19.00.0.0.000 Fondo servicio de acueductos 664.974.553,76 II 06 Acueductos 324.200.000,00
III 05 01Construcción y mejroas de acueductos del cantón 340.774.553,76
664.974.553,76
3.3.2.0.20.00.0.0.000 Saldo transferencia ICODER137.994.403,97 III 06 05
Construcciones y mejoras en el Polideportivo de Cartago 131.724.761,40
III 07 09Sumas con destino específico sin asignación presupuestaria 6.269.642,57
3.3.2.0.21.00.0.0.000
92.460.942,18 III 05 03 92.460.942,18
150.696,00 III 02 06 150.696,00
3.3.2.0.23.00.0.0.000
1.353.852,82 II 10 1.353.852,82
3.3.2.0.24.00.0.0.000
284.815.542,41 II 25
III 01 04 200.000.000,00
III 07 43.515.542,41
3.3.2.0.25.00.0.0.000 Fondo para aplicar según Ley de hidrantes
9.145.688,39 II 06
Acueductos (Programa de mantenimiento e instalación de hidrantes) 9.145.688,39
3.3.2.0.26.00.0.0.000 Mantenimiento y Conservación de caminos vecinales y calles urbanas 1.154.829,40 II 03
Mantenimiento de caminos y calles 1.154.829,40
3.3.2.0.27.00.0.0.000 Fondo de parques y obras de ornato 806.093,29 II 05 Parques y obras de ornato 806.093,29
3.3.2.0.28.00.0.0.000 Aporte del Consejo de Seguridad Vial, multas por infracción a la Ley de Tránsito, Ley 9078-2013 327.512,73 II 22
Seguridad vial
327.512,73
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Se incluye el monto de ¢ 181.634.298,29 que corresponde a los intereses que se
generarán producto de las inversiones a corto plazo que realiza la Municipalidad
basados en el “Flujo de caja” y demás controles que lleva el Área Administrativa
Financiera y que se presentó como propuesta para la amortización del déficit de
recursos libres en el resultado de la liquidación presupuestaria 2017. Esta
propuesta fue aprobada dentro de la aprobación de la Liquidación
presupuestaria 2017 (artículo XVI del Acta Nº 135-2018 del 06 de febrero 2018)
Consejo de Seguridad Vial infracción Ley de Tránsito: Se incluye el monto
de ¢ 16.468.192,91 que el Consejo de Seguridad Vial deberá girar a la
Municipalidad correspondiente a las sumas pendientes de transferir
correspondientes al año 2017. Comunicado mediante oficio DF-2018-152 de la
Dirección Financiera de Seguridad Vial de fecha 06 de marzo 2018.
Proyectos de los Comités Cantonales de la Persona Joven: Corresponde
a la transferencia que el Consejo Nacional de Política de la Persona Joven del
Ministerio de Cultura y Juventud debe transferir en el 2018 para los proyectos
del Comité Cantonal de la Persona Joven, por un monto de ¢ 3.931.339,81 más
una suma adicional de ¢ 754.530,64, para un total de ¢ 4.685.870,45;
comunicado
mediante el oficio CPJ-DE-054-2018 de fecha 26 de enero 2018.
Consejo Nacional de la Persona Adulta Mayor (CONAPAM): se
presupuesta la suma de ¢ 3.392.416,81 producto de la diferencia entre el monto
asignado en el presupuesto de CONAPAM para girar a la Municipalidad de
Cartago en 2018 por ¢ 52.122.916,81 y el monto incluido en el presupuesto
inicial de la Municipalidad por ¢ 48.730.500,00. Lo anterior de acuerdo al
Memorando CONAPAM-DT-DES-319-O-2017 de fecha 10 de noviembre 2017
enviado por Carlos Molina Mora, Jefe de la Unidad Fiscalización Operativa de
CONAPAM.
Ley de Simplificación y Eficiencia Tributaria Nº 8114: se presupuesta un
monto de ¢ 9.477.660,36 correspondiente a la diferencia entre el monto
asignado en la Ley 9514 Ley de Presupuesto Ordinario y Extraordinario de la
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República para el ejercicio económico 2018 publicado en la Gaceta del día 14 de
diciembre 2017 Alcance Nº 301 por ¢ 1.267.347.861,00 y el monto incluido en el
Presupuesto Inicial de esta Municipalidad por ¢ 1.257.870.200,64.
Préstamo del Instituto de Fomento y Asesoría Municipal (IFAM):
Corresponde a los recursos provenientes del empréstito con el IFAM, operación
Nª 3-AS-A-1386-1113 por un monto de ¢ 360.359.900,69 con el fin de reforzar
los recursos incluidos en el presupuesto ordinario 2018 para los pagos
correspondientes a la ejecución del proyecto
Superávit libre: (Déficit) El resultado de la liquidación presupuestaria 2017
da como resultado un déficit de recursos libres por ¢ -181.634.298,29; en el
proceso de revisión y análisis en la Comisión Permanente de Hacienda y
Presupuesto previo a la aprobación por parte del Concejo Municipal el Área
Financiera propuso un plan de amortización de dicho déficit el cuál fue aceptado
y aprobado. Este plan consideró la proyección de los intereses producidos por
las inversiones durante el 2018; el detalle de los intereses proyectados se
presenta como anexo en este documento presupuestario.
Superávit específico: Los recursos del superávit específico se detallan a
continuación y la aplicación de cada una de las subpartidas está reflejada en el
“Detalle de Origen y Aplicación de Recursos”
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1) El resultado de la liquidación 2017 separa recursos provenientes de la Ley
8114 por un monto de ¢ 142.429.801,33 pero en este presupuesto se incluye
únicamente un monto de ¢ 137.928.029,88 que corresponde a la asignación
aprobada por el Concejo Municipal a la propuesta de la Junta Vial Cantonal,
según el artículo XVIII del Acta Nº 144-2018 celebrada el día 13 de marzo del
2018. Que por presupuestar un monto de ¢ 4.501.771,45.
Justificación de egresos:
Programa I. Dirección y Administración Generales
6 TRANSFERENCIAS CORRIENTES
Se incluyen los montos separados en la liquidación del presupuesto 2017 para
transferir a los diferentes organismos e instituciones según lo establece la
legislación vigente, según lo muestra el siguiente cuadro:
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7 TRANSFERENCIAS DE CAPITAL
Se incluyen los montos separados en la liquidación 2017 para girar al Fondo de
crédito municipal del IFAM y al Fondo de Desarrollo Municipal, según
disposiciones de la Ley 7509
9 SUMAS SIN ASIGNACIÓN PRESUPUESTARIA
Se incluye el monto separado en la liquidación del Presupuesto 2017 por
¢ 225.200.00 correspondiente a las Escuelas de Música en la sub partida
9.02.02 Sumas con destino específico sin asignación presupuestaria.
Programa II. Servicios Comunales
0 REMUNERACIONES
Se incluyen ¢3.101.176,00 con el fin de reforzar el cumplimiento de las labores
del servicio ESTACIONAMIENTO Y TERMINALES mediante la contratación de
Jornales ocasionales para la demarcación de calles, instalación de señales de
tránsito, demarcación de espacios para personas con discapacidad y
aparcamientos y poder cumplir con el cronograma de trabajo propuesto, se
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incluyen las respectivas cargas sociales en cada una de las subcuentas
correspondientes.
1 SERVICIOS
En el servicio RECOLECCIÓN DE BASURA se incluye un total de ¢
113.963.417,94, con el fin de reforzar el contenido económico en la subcuenta
de “Alquiler de maquinaria, equipo y mobiliario” ya que por el estado actual de la
flotilla de camiones recolectores se prevé el alquiler de equipo para hacer frente
a los procesos de recolección, transporte y disposición de residuos sólidos al
centro de tratamiento autorizado y dar cumplimiento de las labores que realiza el
servicio.
En el servicio de ACUEDUCTOS se incluyen recursos en la subcuenta 1.08.03
“Mantenimiento de instalaciones y otras obras" por ¢ 234.200.000,00 con el fin
de contar con los recursos económicos necesarios para:
• Para Mantenimientos del Paso de rio Toyogres a la altura de Énfasis,
Paso aéreo Naciente Ortiga, mantenimiento de pasos de río, Dos enrocamientos
revestidos con malla electro soldada y concreto lanzado de 2000x500x40cm y
dos muros de concreto ciclópeo de 700x150x40cm, todo en cumplimiento de lo
solicitado por el Ministerio de Salud y la Contraloría General en el Informe
N°DFOE-DL-IF-00009-2016 de la CGR.
• 200 Metros de malla ciclón 2m de alto 1 m, 10 Metros de portón de malla
ciclón 2m de alto 1 m, 200 m de Aceras 10 cm de espesor, 15 cm de lastre 1 m2,
Pintura para tanques metal exterior fast dry 1 m2, Pintura para tanques concreto
exterior impermeabilizante 1 m2, pintura para tanques metal y concreto interna
epóxica 1 m2, tapa de acero inoxidable con empaques y candado, reparación de
fugas de un 1 m aprox. en tanque de concreto y cedazo en los respiraderos.
• Mantenimiento de mallas a tierra, y sistemas de protección de los equipos
de automatización.
• Mantenimiento de las casetas del Acueducto (Cloración, Telemetría y
Bombeo)
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Con los fondos provenientes del Consejo Nacional de la Política Pública de la
Persona Joven del Ministerio de Cultura, Juventud y Deportes para los proyectos
del Comité Cantonal de la Persona Joven, y el saldo separado en la liquidación
2017 se incluyen recursos en las subpartidas 1.03.03 “Impresión,
encuadernación y otros” ¢1.000.000,00 Para dar cumplimiento al objetivo de
promoción de Derecho a la información y comunicación con material impreso
para las personas jóvenes. 1.05.01 “Transporte dentro del país” ¢1.000.000,00
para dar cumplimiento a los objetivos de capacitación en el plan de trabajo 2018.
Dado la necesidad de capacitar a los jóvenes del cantón, mediante los
convenios con instituciones educativas como la UCR y el CUC que se han
sumado a nuestra tarea de impartir cursos de desarrollo juvenil. Al ser interactivo
los programas, se requiere el transporte de personas participantes a los cursos,
por ejemplo, al Parque Municipal Río Loro e instalaciones educativas o
recreativas; 1.07.01 “Actividades de capacitación” ¢4.000.000,00 para dar
cumplimiento a los objetivos de capacitación en el plan de trabajo 2018. Dado la
necesidad de capacitar a los jóvenes del cantón, mediante los convenios con
instituciones educativas como la UCR y el CUC que se han sumado a nuestra
tarea de impartir cursos de desarrollo juvenil.
Con el objeto de continuar con el desarrollo del proyecto “Parquímetros
Inteligentes”, a través de la colocación de sensores que permitan mejorar,
optimizar y controlar de una manera más eficiente, los espacios de aparcamiento
público del cantón, se incluyen ¢75.000.000,00 en el servicio de
ESTACIONAMIENTOS Y TERMINALES para cubrir los costos por instalación de
sensores.
Además, se incluye el contenido económico necesario en las diferentes partidas
de servicios con el fin de reforzar el cumplimiento de las labores del
departamento, así como para la divulgación, comunicación e información a los
ciudadanos, sobre el nuevo sistema de aparcamiento que se implementará:
1.02.04 “Servicio de telecomunicaciones” ¢1.000.000,00 para el pago de los
chips que utiliza cada dispositivo que se facilitarán a los puntos de venta para la
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comercialización de venta de tiempo así como los dispositivos que utilizan los
inspectores. 1.03.01 “Información”, 1.03.02 “Publicidad y propaganda” y 1.03.03
“Impresión, encuadernación y otros”, estos rubros vendrán a reforzar y dar el
contenido económico necesario para las campañas de información y divulgación
como lo son la ubicación de las paradas de buses, taxis, espacios preferenciales
(ley 7600) y de estacionamiento, campañas de educación vial, publicaciones en
la Gaceta, etc. 1.07.01 “Actividades de capacitación” ¢500.000,00 se requiere
dotar de más recursos para la capacitación de personal de cara a los nuevos
proyectos que el departamento está desarrollando, para que puedan contar con
conocimientos en el uso de las herramientas tecnológicas, servicio al cliente,
inteligencia emocional para la toma de decisiones, manejo del estrés,
comunicación asertiva, entre otras. 1.08.06 “Mantenimiento y reparación de
equipo de comunicación” y 1.08.08 “Mantenimiento y reparación de equipo de
cómputo y sistemas de información” son rubros necesarios con el fin de contar
con recursos para el mantenimiento de los equipos de comunicación, o en su
defecto para la reparación de los dispositivos que se utilizaran en los puntos de
venta y los inspectores. Además, se requiere reforzar la subcuenta 1.08.07
“Mantenimiento y reparación de equipo y mobiliario de oficina” ¢500.000,00 para
contar con los recursos necesarios para la reparación y mantenimiento de
equipo y mobiliario de oficina.
Se incluyen recursos en la subcuenta 1.04.04 “Servicios en ciencias económicas
y sociales” en el servicio II-13 ALCANTARILLADOS SANITARIOS con el objetivo
de dar continuidad al proyecto “Construcción y mejoras de la red de
alcantarillado sanitario y acueducto del cantón”; se presupuestan
¢25.000.000,00 para el pago correspondiente a la Unidad Ejecutora de JASEC,
quien es la que está administrando el proyecto, en previsión de que se va a
ampliar la colocación de tubería sanitaria hacia Agua Caliente.
En DEPÓSITO Y TRATAMIENTO DE BASURA se refuerza la subcuenta 1.04.06
“Servicios generales” con ¢ 107.845.601,23 con el fin de contar con el
presupuesto necesario para el pago del tratamiento de desechos sólidos en el
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Relleno Sanitario, servicios que son contratados con la Empresa WPP
Continental de Costa Rica S.A.
CONSERVACIÓN DEL RECURSO HÍDRICO se refuerza en la subcuenta
1.04.06 “Servicios generales” con ¢40.000.000,00 para contratar los servicios de
Vigilancia durante la noche en la Naciente de Arriaz, así como para proteger las
Instalaciones que se edificarán en el sitio con motivo del aula de educación
ambiental, y en la subcuenta 1.04.99 “Servicios en ciencias económicas y
sociales” se presupuestan ¢1.300.000,00 para cumplir con los mantenimientos
propuestos en la meta de este año, esto tomando en cuenta el monto de las
últimas contrataciones que se hicieron para los mantenimientos requeridos en
los terrenos existentes, además de que se está en proceso para la compra de
otros terrenos.
2 MATERIALES Y SUMINISTROS
Se incluye un monto de ¢50.000.000,00 en el servicio II-06 ACUEDUCTOS en la
subcuenta 2.03.04 “materiales eléctricos, telefónicos y de cómputo” para la
adquisición de paneles de protección para la Planta Potabilizadora para contar
como sistema de sustitución inmediato en caso de falla y evitar la suspensión del
servicio en la población abastecida.
Con los fondos provenientes del Consejo Nacional de la Política Pública de la
Persona Joven del Ministerio de Cultura, Juventud y Deportes y el saldo
separado en la liquidación 2017, se refuerzan las subcuentas 2.99.04 Textiles y
vestuario ¢632.294,21 para dar cumplimiento a los objetivos de capacitación en
el plan de trabajo 2018. Los participantes a las actividades requieren camisetas
de identificación con los programas, y así publicitar al CCPJ y sus políticas de
trabajo en referencia al cumplimiento de la Política Cantonal y Nacional de la
Persona Joven. Así mismo se refuerza en 2.99.99 Otros útiles, materiales y
suministros ¢385.870,45 con el fin de adquirir reconocimientos para grupos
juveniles que participen en las actividades o destaquen por sus acciones de
promoción de derechos de las personas jóvenes.
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Se incluye la suma de ¢4.746.269,63 para la atención de los “Centros de
Atención
al Adulto Mayor”, producto al superávit de la liquidación 2017 y la diferencia
entre el monto que transferirá al CONAPAM y el monto inicialmente
presupuestado por la Municipalidad. Se distribuye de la siguiente manera:
2.02.03 “Alimentos y bebidas” ¢3.246.269,63; “Productos de papel, cartón e
impresos” ¢ 500.000,00 y 2.99.05 “Útiles y materiales de limpieza ¢ 1.000.000,00
Con el fin de reforzar la adquisición de productos y materiales para la
demarcación vial tanto vertical como horizontal de las carretas, habilitación de
las paradas de buses y taxis, construcción de rampas y compra de dispositivos
de seguridad, para el cierre de, demarcación de espacios para personas con
discapacidad y espacios de aparcamiento para motocicletas, todo en
concordancia con lo establecido en la Ley de tránsito por vías públicas terrestres
y seguridad vial Nº 9078, se incluyen las diferentes subpartidas del grupo de
cuentas de Materiales y suministros, del servicio ESTACIONAMIENTOS Y
TERMINALES: 2.01.04 Tintas, pinturas y diluyentes, 2.03.01 Materiales y
productos metálicos, 2.03.02 Materiales y productos minerales y asfálticos,
2.99.06 Útiles y materiales de resguardo y seguridad. Se refuerza la subcuenta
2.99.03 “Productos de papel, cartón e impresos” para la confección de los rollos
de papel, necesarios para la impresión de los partes, comprobantes de venta de
tiempo a los usuarios en los puntos de
venta y las boletas de estacionamiento físicas. 2.01.02 “Productos
farmacéuticos y medicinales”, 2.03.04 “Materiales y productos eléctricos,
telefónicos y de cómputo”, 2.04.01 “Herramientas e instrumentos”, 2.04.02
“Repuestos y accesorios”, 2.99.01 “Útiles y materiales de oficina y cómputo” y
2.99.05 “Útiles y materiales de limpieza”; estos rubros se refuerzan con el fin de
contar con el contenido necesario para la compra de herramientas, instrumentos,
repuestos y accesorios para el cumplimiento de las labores diarias y materiales
de uso común en la oficina.
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En el servicio de SEGURIDAD VIAL se incluyen recursos en la subcuenta
2.99.04 “Textiles y vestuario” por ¢8.327.512,73 debido a que La labor de
regulación y fiscalización vial genera requerimientos de uniformes con
identificativos especiales, jackets y chalecos reflectivos, capas y demás textiles
que agilicen y permitan un adecuado desempeño de las labores diarias. Estas
deben además cumplir con especificaciones técnicas que resguarden la salud
ocupacional de cada inspector. Actualmente el Área de Seguridad Comunitaria
cuenta con un Cuerpo Especial de Inspectores Municipales de Tránsito,
compuesto por un total de 21 Inspectores Municipales, estos funcionarios se
encargan de las fiscalización, sanción y aplicación de la Ley 9078 en los once
distritos del Cantón, 12 horas al día durante los 365 días del año.
5 BIENES DURADEROS
En el servicio II-03 MANTENIMIENTO DE CAMINOS Y CALLES se incluye
contenido económico necesario para la compra de “Equipo y mobiliario de
oficina” por ¢ 1.154.829,40 para el acondicionamiento y la mejora de los
espacios destinados a la atención de personas en las oficinas.
En PARQUES Y OBRAS DE ORNATO se incluye la subcuenta 5.01.04 “Equipo
y programas de cómputo” por ¢ 806.093,29 necesarios ya que dentro de este
servicio es necesario el levantamiento de parques, dibujarlos, inventario, registro
y conocimiento de las especies de plantas sembradas, rediseño de parques,
implementar iluminación, seguridad, vigilancia, atención a la Ley 7600,
implementar un programa de reforestación, etc.
En el programa Mantenimiento e Instalación de Hidrantes de servicio de
ACUEDUCTOS, se incluye un monto de ¢9.145.688,39 en la subcuenta 5.01.01
“Maquinaria y equipo para la producción” ya que se requiere la adquisición de
equipo de soldadura necesarios debido a que ante la ampliación de la Zona
Industrial Oeste esta dependencia está instalando tubería de polietileno de alta
densidad al ser un sistema innovador el cual por su practicidad al ser tubos de
12 metros de longitud, flexibles, de larga vida útil se prefiere sobre el pvc, para
soldar el polietileno de alta densidad se realiza unión de soldadura a tope a tope.
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Es un método de soldadura simple y rápido, para unir tubos de polietileno y sus
accesorios, las áreas de las partes que se van a unir se calientan a la
temperatura de fusión y se unen por aplicación de presión, con acción mecánica
o hidráulica.
Se requiere de un equipo que actualmente no cuenta esta dependencia y el
alquiler del mismo es sumamente oneroso.
Para la Actividad comercial del acueducto se incluye un monto de ¢
40.000.000,00 en la subcuenta 5.01.05 “Equipo y programas de cómputo”
necesarios para la compra del Módulo de Core para el Acueducto Municipal,
para enlazar los procesos con los otros módulos debidamente desarrollados.
En el servicio de ESTACIONAMIENTOS Y TERMINALES se presupuestan
recursos en las subcuentas 5.01.03 “Equipo de comunicación” con ¢
10.000.000,00 y 5.01.05 “Equipo y programas de cómputo” con ¢ 7.500.000,00
estos rubros serán utilizados para la compra de los equipos que se facilitarán a
los puntos de venta para la comercialización de venta de tiempo.
En este mismo servicio se incluyen recursos en la subcuenta 5.02.02 “Vías de
comunicación terrestre” con la finalidad de contar con los recursos necesarios
para la habilitación de las nuevas paradas o terminales de autobuses y la
construcción de rampas, en dichas terminales.
Se refuerza la subcuenta 5.01.02 “Equipo de transporte” con ¢8.468.192,91 en el
servicio II-22 SEGURIDAD VIAL con los recursos generados por las multas por
infracción a la Ley de Tránsito debido a que el incremento en la cantidad de
vehículos en carretera hace que las motocicletas policiales sean herramientas
de trabajo efectivas para una rápida y ágil atención de denuncias, las unidades
policiales deben adquirirse con luces adecuadas para la atención de
emergencias y rotulación que permita distinguir el cuerpo policial.
6 TRANSFERENCIAS CORRIENTES
Se presupuestan ¢43, 269,141.80 en el servicio “RECOLECCIÓN DE BASURA”
con el fin de realizar el pago correspondiente de prestaciones legales a
funcionarios que se acogen a su pensión.
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Programa III. Inversiones
GRUPO 01 EDIFICIOS
5 BIENES DURADEROS
MEJORAS DEL MERCADO DE VÍVERES MUNICIPAL DE CARTAGO: Se
incluyen los recursos separados en la liquidación del presupuesto 2017 por un
monto de ¢671.769.856,29 para reforzar el proyecto en la subpartida 5.02.01
“Edificios”. Se pretende con este proyecto realizar una serie de obras
encaminadas al mejoramiento de las instalaciones de este importante centro
comercial que aglomera diariamente a una gran cantidad de comerciantes y
personas que buscan satisfacer sus necesidades de abastecimiento de
comestibles y otros muchos servicios que se encuentran en este centro
comercial, estas obras tratan de considerar las necesidades básicas de los
usuarios en cuanto a comodidad, seguridad e higiene y se encamina además
a la aplicación de las normativas respecto a la Ley 7600 tratando de brindar
accesibilidad a personas con problemas de discapacidad física.
El mercado municipal busca cubrir las necesidades espaciales de los usuarios
del servicio, acordes con la legislación y la dinámica comercial vigente
permitiendo de esta manera un adecuado uso de las instalaciones en uno de los
espacios urbanos más importantes y conglomerados de la ciudad. Este espacio
se encuentra íntimamente ligado con la estación del tren, la estación de
autobuses hacia San
José y la trama urbana del casco histórico central, de allí que su continuo
mejoramiento resulta de gran relevancia, en la regeneración urbana de la
ciudad, por ende, de la dinámica socioeconómica de Cartago.
CONSTRUCCIÓN DE COMPLEJO EDUCATIVO AMBIENTAL NACIENTE DE
ARRÍAZ: se incluyen los recursos para la Construcción de dos aulas de
Educación Ambiental Modelo, con operación a base de energías limpias, con
uso de aguas llovidas para el cultivo hidropónico y huertas orgánicas. Además,
se realizará la construcción de las obras complementarias para la protección de
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la naciente y reducción de los focos de contaminación y delincuencia que ponen
en riesgo la zona de recarga hídrica.
GRUPO 02 VIAS DE COMUNICACIÓN TERRESTRE
1 SERVICIOS:
Se incluyen recursos en la subcuenta 1.04.03 “Servicios de ingeniería” por ¢
34.824.230,00 en la UNIDAD TÉCNICA DE GESTIÓN VIAL para la contratación
de servicios de ingeniería para la elaboración del Plan Quinquenal de
Conservación Vial de la red vial cantonal a nuestro cargo, en cumplimiento de lo
establecido en el Decreto N°40137-MOPT, lo que nos permitirá continuar
desarrollando y planificando de manera transparente las obras de conservación
vial.
5 BIENES DURADEROS
Se incluyen fondos separados en la liquidación 2017 correspondientes a la Ley
de Simplificación y Eficiencia Tributaria Ley 8114, en la subcuenta 5.01.02
“Equipo de transporte” ¢ 27.605.775,00 con el fin de adquirir de un camión
de carga liviana para ser utilizado en las labores de mantenimiento de la
infraestructura vial cantonal y otras tareas atinentes. Con la adquisición de este
equipo se pretende ampliar y modernizar la flotilla vehicular de la UNIDAD
TÉCNICA DE GESTIÓN VIAL, y con esto disminuir costos en mantenimiento
correctivo de equipos que superan su vida útil. Así mismo tener mayor
disponibilidad para el traslado de personal, materiales e insumos, esto con el fin
de garantizar las labores de mantenimiento de la Red Vial Cantonal.
REHABILITACIÓN DE LA RED VIAL CANTONAL. LEY 8114: 5.02.02 Vías de
comunicación terrestre ¢75.000.000,00 para “Rehabilitación de la superficie de
ruedo del Boulevar Polideportivo El Molino, camino cantonal código C 3-01-036,
distrito occidente”. La vía de interés tiene una longitud de 1800 metros, sin
embargo, el tramo a intervenir con la contratación del año anterior es de 900
metros lineales por razones de índole económico, de manera tal que
consideramos oportuno incluir el tramo faltante con los recursos económicos
correspondientes al presupuesto extraordinario Nº 1-2018, para continuar y
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finalizar la rehabilitación total de esta vía. Además, se están considerando
actividades de señalamiento y demarcación vial en la totalidad del tramo acorde
a los lineamientos del Plan de Reordenamiento Vial.
MANTENIMIENTO CALLES EN COMUNIDAD DE NAVARRO: Se incluyen los
recursos separados en la liquidación del presupuesto 2017 por un monto de
¢150.696,00 para reforzar el proyecto “Mantenimiento calles en comunidad de
Navarro” en la subpartida 5.02.02 Vías de comunicación terrestre.
MEJORAMIENTO DE LA RED VIAL CANTONAL LEY 8114: 5.02.02 Vías de
comunicación terrestre ¢9.975.685,24 para mejoramiento de la superficie de
ruedo y obras auxiliares para drenajes de la intersección entre la ruta nacional nº
231 y camino cantonal código C3-01-332, Cerrillo diagonal al Plantel Municipal.
Con la finalidad de continuar con las labores para el mejoramiento de la
movilidad urbana del cantón, mediante los recursos económicos del presupuesto
extraordinario Nº 1-2018, se pretende mejorar el área que funcionará como
acceso o entronque desde el camino C 3-01-332 hacia la ruta nacional Nº 231.
Lo anterior mediante la conformación de la superficie y colocación de materiales
granulares, así como la construcción de obras auxiliares que mejores en manejo
de las aguas pluvial para minimizar daños en la vía en general.
GRUPO 05 INSTALACIONES
1 SERVICIOS:
En el proyecto CONSTRUCCIÓN Y MEJORAS DE ACUEDUCTOS DEL
CANTÓN” se incluyen ¢ 20.000.000,00 en la subcuenta 1.04.03 “Servicios de
ingeniería” con la finalidad de contratar un Estudio de un Plan Maestro de
Telemetría y Automatización, para cumplir con la Ley de Espectro
Electromagnético, mejorar las comunicaciones y brindar mayor capacidad a los
sistemas existentes.
5 BIENES DURADEROS
En el proyecto CONSTRUCCIÓN Y MEJORAS DE ACUEDUCTOS DEL
CANTÓN se incluyen recursos en la subcuenta 5.01.02 “Equipo de transporte”
por ¢45.000.000,00 para la adquisición de un Camión completamente equipado
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para el Acueducto Municipal, para reemplazar dos que salieron de operación y
un vehículo liviano para Inspecciones con Energías Limpias y promover la
conservación del ambiente. En la subcuenta 5.01.05 “Equipo y programas de
cómputo” ¢60.000.000,00 con el fin de adquirir los equipos necesarios para:
• Automatización de válvula de Turbina, Tanque Quircot y Central debido a
que son nuevas estructuras y se desean integrar al sistema SCADA para
mantener la calidad y lo solicitado por la CGR para la RIANC, así como Estudio
de un Plan Maestro de Telemetría y Automatización, para cumplir con la Ley de
Espectro Electromagnético, Mejorar las comunicaciones y brindar mayor
capacidad a los sistemas existentes.
• Modernización y Automatización del Pozo de Anda, de las válvulas de
Salesiano y Chichi.
• Software Modelaje Hidráulico para enlazar al sistema SCADA y realizar
una representación real de la Red del acueducto y mejorar su administración y
RIANC.
En este mismo proyecto, se incluyen los recursos necesarios en la subcuenta
5.02.07 “Instalaciones” por ¢ 215.774.553,76 para la instalación de tubería de
polietileno de alta densidad, en el tramo desde Mi Tierra hasta el Tanque
Turbina.
CONSTRUCCIÓN Y MEJORAS DE LA RED DE ALCANTARILLADO
SANITARIO Y ACUEDUCTO DEL CANTÓN: 5.02.07 Instalaciones
¢653.627.688,55.
Se incluye el monto de ¢360.359.900,69, correspondiente a los fondos no
percibidos en el 2017 del préstamo con el IFAM, operación Nª 3-AS-A-1386-
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que refuerzan los recursos incluidos en el presupuesto ordinario 2017 para el
proyecto.
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Se refuerza el proyecto en ¢293.267.787,86 para la sustitución de tubería
existente de la red de alcantarillado sanitario, por tubería nueva de PVC, entre
los colectores principales de la primera etapa del proyecto de alcantarillado
sanitario. Se considera que, con estos recursos, se puede ejecutar la colocación
de 701 metros lineales de sustitución de tubería principal existente por tubería
nueva de
PVC, construir pozos de registro nuevos, mejorar la estructura de pavimento
mejoras del alcantarillado pluvial (cunetas) y conexiones nuevas domiciliarias,
sobre avenida 14 A con 162 metros lineales, sobre avenida 12 B con 162 metros
lineales, sobre avenida 14 con 82 metros lineales, sobre avenida 12 con 377
metros lineales. Estas proyecciones de costos toman como bases proyectos
similares ejecutados por este municipio.
GRUPO 06 OTROS PROYECTOS
5 BIENES DURADEROS:
CONSTRUCCIONES Y MEJORAS EN EL POLIDEPORTIVO DE CARTAGO:
5.02.99 “Otras construcciones, adiciones y mejoras” ¢131.724.761,40 Con los
recursos producto de la liquidación 2017 correspondientes a la transferencia
recibida por el ICODER de conformidad con la Ley 8812 “Incentivo para la
Infraestructura Deportiva y Recreativa en la Ciudad de Cartago”, se incluye
según detalle para las mejoras en la infraestructura del Polideportivo de acuerdo
a lo indicado en el Acta Nº 124-2017 de la sesión ordinaria del Concejo
Municipal, celebrada el 19 de diciembre de 2017.
Los recursos se distribuyen de a siguiente manera:
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N° 145-2018
GRUPO 07 OTROS FONDOS E INVERSIONES
GRUPO 07 OTROS FONDOS INVERSIONES
5 BIENES DURADEROS
• Con el fin de hacerle frente a la Licitación Abreviada Nº 2017LA-000018-
MUNIPROV “Compra de dos camiones recolectores de desechos sólidos”
Adjudicada a la empresa AUTO STAR VEHÍCULOS S.A y resuelta por la
Contraloría General de la República mediante resolución expuesta en el R-DCA-
0189-2018 se incluyen ¢280.000.000,00 en la subpartida 5.01.02 Equipo de
Transporte, correspondientes a los fondos de la liquidación 2017.
• Con el fin de adquirir terrenos para garantizar la protección y
conservación del agua en las nacientes administradas por la Municipalidad se
incluye en este presupuesto el monto de ¢43.515.542,41 en la subpartida
5.03.01 Terrenos. El recurso hídrico es un recurso frágil que requiere ser
protegido y la Municipalidad de Cartago como administrador del servicio de agua
potable para el Cantón debe asegurar la calidad y cantidad del agua que
producen las nacientes. El tener las propiedades bajo su administración asegura
un mayor control sobre las actividades de protección de la naciente si se
adquiere la propiedad. Además, se garantiza la protección del bosque de por
vida, y con ello a la flora y fauna del lugar, así como la contribución municipal de
minimizar la huella de carbono.
9 CUENTAS ESPECIALES
En la subcuenta “Sumas con destino específico sin asignación presupuestaria”
se incluyen los montos separados de la liquidación presupuestaria 2017 por un
total
de ¢6.269.642,57 correspondientes a los recursos del ICODER, para proyectos
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coordinados por la Municipalidad.
Programa IV. Partidas específicas
En el programa IV se incluyen los recursos separados en la liquidación 2017
como “saldos de partidas específicas” para continuar con los proyectos
detallados a continuación:
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El regidor Caleb Pichardo indica que extiende un agradecimiento a la
administración municipal por varios cambios que se incorporaron en ese
presupuesto extraordinario. Uno de ellos es una partida específica para cumplir
con los cursos y programas de desarrollo en el parque ambiental Río Loro; una
de las limitantes para que jóvenes y vecinos del cantón puedan asistir al parque,
ya que los cursos que te ofrece es problema por el tema del transporte; como
bien saben Río Loro está en una zona alejada, lo que puede representar una
dificultad para los vecinos del distrito de Dulce nombre o Tierra Blanca entre
otros, que se encuentran alejados de San Nicolás y esta partida viene a dar un
soporte para que se cumpla con el plan del parque y para ofrecer una
oportunidad de transporte, que puedan asistir diferentes ciudadanos a los
programas que se ofrecen; por otra parte hoy conocimos una iniciativa sobre la
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construcción del complejo educativo ambiental Arriaz. El aplaude al señor
alcalde y a la administración no sólo está, si no a las anteriores, de incluir un
módulo de educación en los proyectos que desarrolla la municipalidad. Tuvimos
el caso del centro del cuidado animal que llevaba el componente de educación, y
para ello se construyó una aula en el Parque Río Loro, entonces se están
cumpliendo con objetivo de tener esa aspiración de implementar un modelo de
educación y le parece algo muy positivo. Otro es dar una partida para la mejora
de la delegación distrital de la fuerza pública en la organización de Manuel de
Jesús Jiménez, y básicamente así lo detalla el informe que fue enviado a
Comisión; consiste en pintura, cielorraso, electricidad, malla perimetral y una
caja fuerte para el resguardo de las armas de fuego. Como muchos saben, esta
delegación policial que se construyó en conjunto con esta municipalidad,
enfrenta un ambiente muy peligroso, y a hoy ha sufrido cierto deterioro, entonces
como vecino del distrito de San Francisco, se siente muy contento por el
esfuerzo que se ha hecho, para aportarle más mejoras a esta delegación distrital
y felicita a la corporación municipal por los avances en cada una de las
propuestas que incluyen en dicho presupuesto.- Notifíquese este acuerdo con
acuse de recibo y fecha a la MSc. Marcela Quesada Cerdas, Encargada del
Área de Planeamiento, al señor Rodolfo Alvarado Calderón, Encargado de
Presupuesto, a la Licda. Jeannette Navarro Jiménez, Encargada del Área
Administrativa Financiera y al señor alcalde.- Acuerdo definitivamente
aprobado.----------------------------------------------------------ARTÍCULO XIX.-
ADJUDICACIÓN CONTRATACIÓN DIRECTA Nº2018CD-000177-MUNIPROV,
PARA LA “CONTRATACIÓN DE SERVICIOS DE INTERCONEXIÓN DE
INTERNET PARA LA PLATAFORMA INTELIGENTE DE VIDEO VIGILANCIA
DE CARTAGO”.---------------------------------------------------------Se conoce dictamen
CPHP 16-2018 de fecha 20 de marzo del 2018, presentado por la Comisión
Permanente de Hacienda y Presupuesto, y que dice: “…Para su conocimiento y
aprobación nos permitimos remitirles lo acordado por la Comisión de
Hacienda y Presupuesto Municipal quien sesionó el día de hoy para conocer
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el oficio PROV-OF-630-2018 para que se adjudique la contratación directa
Nº2018CD-000177-MUNIPROV, para la adquisición de servicios de
interconexión de internet para plataforma inteligente de video vigilancia de
Cartago. De acuerdo al análisis técnico y legal de la única oferta; así como a la
partida presupuestaria, se recomienda adjudicar este proceso licitatorio según
se indica: OFERENTE: JUNTA ADMINISTRATIVA DEL SERVICIO ELECTRICO
DE CARTAGO, Cédula Jurídica Nº 3007045087. Línea N°1: (54) Servicio de
transporte de datos a 10 mbps/10 mbps para cada cámara de video vigilancia a
un precio unitario de US $85.00, para un total de US 4.590.00. Línea N° 2: (6)
UR Coubicación de servidores en el centro de JASEC por 6 unidades de rack
con alimentación eléctrica, a un precio unitario de US $ 37.50, para un total de
US $ 225.00. Monto mensual: US $ 4.815.00 (Cuatro mil ochocientos quince
dólares americanos exactos). Monto total de la oferta: US $ 57.780.00
(Cincuenta y siete mil, setecientos ochenta dólares americanos exactos) Plazo
del servicio hasta por: (12) meses, a partir de la orden de inicio. Forma de pago:
Acepta la indicada en el cartel. TODO LO DEMÁS DE ACUERDO CON LOS
TÉRMINOS DEL CARTEL Y LA OFERTA. El pago por dicho concepto se hará
con cargo al Programas II “Servicios Comunales”. Es importante indicar que la
fecha límite para la adjudicación de este proceso licitatorio es el día 22 de marzo
del 2018. El Oferente recomendado para la adjudicación, no ha sido sancionado
por incumplimiento contractual con la Municipalidad de Cartago, ni se le ha
ejecutado ningún tipo de garantía. El monto recomendado para adjudicar, se
establece con base en el presupuesto disponible. Se anexa a éste el expediente
administrativo original de la licitación antes indicada el cual consta de (36) folios.
Se revisa y analiza junto con los técnicos la adjudicación de la contratación
directa Nº2018CD-000177-MUNIPROV, para la adquisición de servicios de
interconexión de internet para plataforma inteligente de video vigilancia de
Cartago. Posteriormente se procede a someter a votación basados en las
recomendaciones técnicas y legales de los asesores dando como resultado
votos 3 positivos. Por tanto esta comisión acuerda por unanimidad recomendar
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al Concejo Municipal aprobar la adjudicación de la contratación directa
Nº2018CD-000177-MUNIPROV, para la adquisición de servicios de
interconexión de internet para plataforma inteligente de video vigilancia de
Cartago. Acuerdo definitivamente aprobado…”.- Visto el dictamen, se acuerda
por unanimidad el dictamen, por lo tanto se aprueba la adjudicación de la
contratación directa Nº2018CD-000177-MUNIPROV, para la adquisición de
servicios de interconexión de internet para plataforma inteligente de video
vigilancia de Cartago a la empresa JUNTA ADMINISTRATIVA DEL
SERVICIO ELECTRICO DE CARTAGO, Cédula Jurídica Nº 3007045087.-
Notifíquese este acuerdo con acuse y fecha de recibo a la Licda. Gabriela
Redondo Cordero Proveedora Municipal a.i. y al Alcalde Municipal. Acuerdo
definitivamente aprobado.------------------------------------------ ARTÍCULO XX.-
DICTAMEN SOBRE REGLAMENTO DE LOS ARTÍCULOS 75, 76, 76 BIS Y 76
TER DEL CÓDIGO MUNICIPAL.------------------------------------------Se conoce
dictamen CPAJ-15-2018 de fecha 20 de marzo del 2018, presentado por la
Comisión Permanente de Asuntos Jurídicos, y que dice: “…Para su información
y fines consiguientes, nos permitimos remitir el artículo VI, del Acta N° 27-2018,
celebrada el 14 de marzo del 2018. ARTICULO VI- SOBRE OFICIO AM-OF-
037-2018 Y OFICIO UTA-OF-003-2018.- REGLAMENTO DE LOS ARTÍCULOS
75, 76, 76 BIS Y 76 TER DEL CÓDIGO MUNICIPAL. Se conoce oficio AM-OF-
037-2018, suscrito por el señor alcalde y el oficio UTA-OF-003-2018, suscrito
por la Licda. Milena Torres Morales, mediante el cual remite el Reglamento de
los artículos 75, 76, 76 bis y 76 ter del Código Municipal. Después de analizar
ampliamente este reglamento y de acuerdo a lo estipulado en el Código
Municipal, esta Comisión acuerda: 1. Recomendar al Concejo Municipal aprobar
el Proyecto de Reforma del Reglamento de los artículos 75, 76, 76bis y 76 ter
del Código Municipal. 2. Publíquese en el Diario Oficial La Gaceta, como
Proyecto y Reglamento de acuerdo a los plazos establecidos en el artículo N°43
el Código Municipal. 3. Acuerdo definitivamente aprobado…”.- Visto el
dictamen, se acuerda por unanimidad aprobar el dictamen, por tanto se
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aprueba el Proyecto de Reforma del Reglamento de los artículos 75, 76,
76bis y 76 ter del Código Municipal.- Publíquese en el Diario Oficial La
Gaceta, como Proyecto y Reglamento de acuerdo a los plazos establecidos
en el artículo N°43 el Código Municipal. Se comisiona a la secretaría del
Concejo para que realice los trámites para su debida publicación.-
Notifíquese este acuerdo con acuse y fecha de recibo la Licda. Milena Torres
Morales Encargada de la Unidad Ambiental, a la Licda. Guisella Zúñiga
Hernández Coordinadora del Concejo Municipal y al Alcalde Municipal.
Acuerdo definitivamente aprobado.-------------ARTÍCULO XXI.-DICTAMEN
SOBRE OFICIOS AM-OF-168-2018 Y PL-OF-005-218 REFERIDO A LOS
ALCALNCES DE LA LEY 9158 LEY REGULADORA DEL SISTEMA
NACIONAL DE CONTRALORÍAS DE SERVICIOS.------------------Se conoce
dictamen CPAJ-16-2018 de fecha 20 de marzo del 2018, presentado por la
Comisión Permanente de Asuntos Jurídicos, y que dice: “…Para su información
y fines consiguientes, nos permitimos remitir el artículo VIII, del Acta N° 27-2018,
celebrada el 14 de marzo del 2018. ARTICULO VIII- SOBRE AM-OF-168-2018
Y OFICIO PL-OF-005-2018.- REFERIDO A LOS ALCANCES DE LA LEY 9158,
LEY REGULADORA DEL SISTEMA NACIONAL DE CONTRALORÍAS DE
SERVICIOS. Se conoce el informe según oficios AM-OF-168-2018 y PL-OF-005-
2018, suscritos por el señor alcalde y la encargada el Área de Planeamiento
Estratégico. Finalizado el análisis de este documento, el regidor Coto Fernández
propone que en este caso lo ideal sería acoger la recomendación que hace el
Área de Planeamiento Estratégico y que no se derogue el Reglamento de
Contraloría de Servicios y solicitarle a la administración que la unidad de
Contraloría de Servicios continúe siendo parte del Área Tributaria y que se
espere el detalle del estudio que se va a realizar. Seguidamente se somete a
votación lo manifestado por el regidor Coto Fernández y por unanimidad esta
comisión acuerda: 1. Recomendar al Concejo Municipal acoger la
recomendación del Área de Planeamiento Estratégico en su oficio número PL-
OF-005-2018. 2. Solicitarle a la Administración que la Unidad de Contraloría de
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Servicios continúe siendo parte del Área Tributaria, hasta que se reforme el
Reglamento de Contraloría de Servicios y se realice el estudio recomendado por
la encargada del Área de Planeamiento Estratégico y se presenten las
modificaciones respectivas. 3. Que se comunique este acuerdo a la
Administración para lo que corresponda. 4. Acuerdo definitivamente
aprobado…”.- Visto el dictamen, se acuerda por unanimidad aprobar el
dictamen, por lo tanto se aprueba acoger la recomendación del Área de
Planeamiento Estratégico en su oficio número PL-OF-005-2018. Se solicita
a la Administración que la Unidad de Contraloría de Servicios continúe
siendo parte del Área Tributaria, hasta que se reforme el Reglamento de
Contraloría de Servicios y se realice el estudio recomendado por la
encargada del Área de Planeamiento Estratégico y se presenten las
modificaciones respectivas.- Notifíquese este acuerdo con acuse y fecha de
recibo al Lic. Alejandro Montero Víquez Encargado a.i. del Área Tributaria, a la
MSc. Marcela Quesada Cerdas, Encargada del Área de Planeamiento y al
Alcalde Municipal. Acuerdo definitivamente aprobado.-------El presidente
decreta un receso de hasta por cinco minutos.- Se reanuda la
sesión.--------------------------------------------------------------------------------------------------
ARTÍCULO XXII.- DICTAMEN SOBRE INFORME SOBRE RESOLUCIÓN DE
LAS NUEVE HORAS CON CUARENTA Y CINCO MINUTOS DEL VEINTIUNO
DE FEBRERO DEL 2018, DEL TRIBUNAL CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
SOBRE RECURSO DE APELACIÓN PRESENTADO POR EL SEÑOR DANIEL
ANDREY MONGE CALVO.-----------------------------------------------------------------------
Se conoce dictamen CPAJ-11-2018 de fecha 20 de marzo del 2018, presentado
por la Comisión Permanente de Asuntos Jurídicos, y que dice: “…Para su
información y fines consiguientes, nos permitimos remitir el artículo I, del Acta N°
27-2018, celebrada el 14 de marzo del 2018. ARTICULO I- SOBRE ARTÍCULO
V.-ACTA N°140-2018.-RESOLUCIÓN DE LAS NUEVE HORAS CON
CUARENTA Y CINCO MINUTOS DEL VEINTIUNO DE FEBRERO DEL 2018,
EL TRIBUNAL CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SOBRE RECURSO DE
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APELACIÓN PRESENTADO POR EL SEÑOR DANIEL ANDREY MONGE
CALVO. Se conoce resolución de las 9 horas con 45 minutos del 21 de febrero
del 2018 del Tribunal Contencioso Administrativo sobre recurso de apelación
presentado por el señor Daniel Andrey Monge Calvo. El regidor Muñoz Azofeifa,
solicita criterio de la asesora legal Sánchez Garita, quien manifiesta que lo que
procede en este caso es tomar nota del documento. Toma la palabra el regidor
Coto Fernández y manifiesta que cuáles son las implicaciones que tiene esta
resolución, ya que la resolución del tribunal lo que dice es que aquellos asuntos
que se envíen a una comisión que no le corresponde son nulos, nulidad que
habrá que plantear ya que nada es nulo hasta que se presente el recurso
respectivo. La asesora legal Sánchez Garita manifiesta que la resolución se
refiere única y exclusivamente a un acuerdo del Concejo en específico, todo lo
demás hasta que no sea impugnado continuaría igual. Analizado ampliamente el
documento, esta Comisión acuerda: 1. Recomendar al Concejo Municipal, tomar
nota de la resolución de las 9 horas con 45 minutos del 21 de febrero del 2018
del Tribunal Contencioso Administrativo sobre recurso de apelación presentado
por el señor Daniel Andrey Monge Calvo, ya que es claro que el acuerdo del
nombramiento realizado en el artículo XXVII, en el Acta N°25-16 es nulo y por lo
tanto se debe nombrar a la única persona que queda de ese nombramiento. 2.
Que el Concejo Municipal debe tomar nota de lo señalado por el tribunal en
cuanto a la aplicación del artículo 13 de la Ley General de Administración
Pública, que es el principio de inderogabilidad singular de la norma y que dada
esta resolución eventualmente podrían estar viciados de nulidades los acuerdos
tomados por una comisión a la que no le corresponde. 3. Acuerdo
definitivamente aprobado…”. El presidente decreta un receso de hasta por cinco
minutos.- Se reanuda la sesión.- El presidente somete a votación la aprobación
del dictamen, y votan afirmativo los regidores: Muñoz Azofeifa, Lizano Gutiérrez,
Brenes Figueroa y Céspedes Quesada. Votan negativo los regidores: Ovares
Ramírez, Cubero Maroto, Leandro Marín, González Rodríguez y Pichardo
Aguilar, quedando la votación cuatro votos afirmativos y cinco votos negativos,
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por lo tanto se rechaza el dictamen.- El presidente indica que existe la moción
por el orden, para que se apruebe el punto 1 de dicho dictamen, el presidente
somete a votación la moción por el orden en conjunto con su firmeza, el
resultado es nueve votos afirmativos, por lo que se aprueba el punto 1 del
dictamen, y por lo tanto, se toma nota de la resolución de las 9 horas con
45 minutos del 21 de febrero del 2018 del Tribunal Contencioso
Administrativo sobre recurso de apelación presentado por el señor Daniel
Andrey Monge Calvo.- Notifíquese este acuerdo con acuse y fecha de recibo al
Alcalde Municipal. ARTÍCULO XXIII.- SOLICITUD DE AUDIENCIA ANTE LA
COMISIÓN DE OBRAS PÚBLICAS PRESENTADA POR EL SEÑOR NÉSTOR
MATA.------------Se conoce oficio de fecha 13 de marzo del 2018, suscrito por el
señor Néstor Mata, por el cual solicita audiencia ante la comisión de obras
públicas por el veto presentado por el señor alcalde al artículo VIII del acta 110-
2017. Asimismo aporta copias de 19 planos y 2 mapas.- El regidor Caleb
Pichardo indica que leyendo el documento, ve que el solicitante pide que los
técnicos asignados a la comisión desistan de él y que la Comisión lo pueda
atender en audiencia, le parece que aquí debe de haber una manifestación en
cuanto a las menciones que hace el solicitante, entonces esa representación le
solicita a los compañeros regidores ver si cabe la posibilidad, de elevar a la
administración, para contar con un criterio. Indica que sinceramente él como
miembro de la Comisión, lo ve difícil, llegar a una audiencia, recibirlo y no contar
con un criterio técnico y/o legal por parte de la administración, aún más tomando
en cuenta que en la solicitud se menciona reiteradas veces, a la asesoría que
ellos como miembros de la Comisión de Obra Pública, han recibido en todo ese
proceso, esa sería su petición.- El presidente indica que no le ve ningún
inconveniente remitirlo conjuntamente a la administración y a la Comisión
correspondiente.- El regidor Adrián Leandro indica que es un documento donde
automáticamente les están diciendo a tres funcionarios municipales, que no
participen. Incluso en el documento hablan de su persona, porque el firmó como
alcalde a.i. el mismo; cree que eso ya tiene un veto y no sabe que le cabe a un
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veto señora asesora, si puede ser recusado por esta persona o ya simplemente
no se puede; si el veto del alcalde ya está, no se puede pretender volver a ver
un documento, donde en el mismo lo acusan de falsedad o falacia al señor
alcalde, y además de eso están pidiendo que los asesores técnicos no se
pronuncien con el mismo, por favor, entonces pregunta si ya el veto se dio por
parte del señor alcalde, que procedimiento legal le cabe al veto? sería no
devolverlo a una Comisión ni siquiera a la administración, que ellos lo eleven a
los Tribunales y peleen en los Tribunales, están reviviendo algo que no
corresponde a este Concejo municipal. Indica que el veto ya está dado, le
consulta a la asesora legal que cabe sobre el veto del señor alcalde porque cree
que no cabe recurso alguno al mismo y mucho menos, revivir un caso
llevándolo a una comisión que él cree que no debe porque ser conocido.- El
presidente indica que el regidor Leandro Marín lleva razón en algunas
apreciaciones que realiza; este tema es sobre un veto realizado el 17 de octubre
del 2017, veto que fue aprobado por este Concejo Municipal; si es cierto, lo
presenta el señor alcalde y es potestad de los miembros de este honorable
Concejo Municipal aprobarlo o no; ahora el procedimiento, más allá del fondo del
análisis que el regidor realiza, llevando o no llevando razón en lo que expresa, el
procedimiento correcto de cualquier documento que llegue al Concejo Municipal
tiene que tener un dictamen, lleve razón el documento en lo que expresa o no lo
lleve. Indica que ellos deben de tomar decisiones, salvo que se dispense de
Comisión o amparado en un dictamen; en este momento se presenta una
solicitud; el hecho de que la solicitud se presenta en los términos que viene, no
significa que debe ser aprobada como ha sido presentada, pero el procedimiento
correcto y lo corrige la asesoría legal, el procedimiento correcto, lejos del fondo
de lo que se busca, es que busquen un dictamen. Indica que si en el fondo don
Adrián lleva razón, pues será algo que se discuta por el fondo, pero en este
momento, la única discusión que cabe es si se dispensa o no de trámite de
comisión la solicitud, más allá de discutir por el fondo; como don Adrián lo
expresa, hablan de que él en algún momento votó afirmativamente algo y que
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después votó negativamente otra cosa; él sinceramente no ha entrado a
profundizar el documento pues porque siempre ha sido la práctica de este
Concejo Municipal, remitirlo a una comisión y si es algo que implique a la
administración conjuntamente con la administración, que es lo que se está
proponiendo, el tramite igual para toda solicitud y en esta incluso es una solicitud
de audiencia, que agregan parte de los comentarios que hacen del veto, el
procedimiento es el mismo para todos los documentos que llegan al Concejo.- El
regidor Adrián Leandro indica que solicita a los señores regidores y regidoras lo
dispensen de trámite de comisión y lo rechacen por el fondo.- El presidente
indica que no sabe si los miembros del Concejo han tenido la oportunidad de
analizar las 16 páginas del documento para poderlo dispensar.- El presidente
decreta un receso de hasta por diez minutos.- Se reanuda la sesión.- El regidor
Caleb Pichardo indica que reconsiderando la posición, están de acuerdo en que
se envíe el documento a la administración y simultáneamente a la Comisión de
Obra Pública; si quisiera que quede constando en actas que la Comisión de
Obras Públicas no conoce este documento hasta no tener la posición oficial de
la administración sobre dicho oficio, quiere dejar constando eso por alguna
duda.- El regidor Adrián Leandro indica que para dejar clara su posición respecto
al mismo, comparte que puede ir a la administración conjuntamente con la
Comisión Permanente de Obras Públicas, pero que se deje constando de que él
no está de acuerdo en la nota donde se solicita la no intervención de los técnicos
municipales, en eso no está de acuerdo.- Visto el documento, se acuerda por
unanimidad trasladar a la administración conjuntamente a la Comisión
Permanente de Obras Públicas, para que la administración remita un
informe a la Comisión.- Notifíquese este acuerdo con acuse y fecha de recibo
a la Comisión Permanente de Obras Públicas, al señor Néstor Mata Solano al
correo electrónico [email protected] y al Alcalde Municipal. Acuerdo
definitivamente
aprobado.---------------------------------------------------------------------------------------------
ARTÍCULO XXIV.-SOLICITUD PERMISO DE USO DE LA PLAZOLETA DE LA
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BASÍLICA DE LOS ÁNGELES PRESENTADA POR ADRIANA GRANADOS
NAVARRO.--------------------------------------------------------------------------------------------
Se conoce oficio de fecha 19 de marzo del 2018, suscrito por la señora Adriana
Granados Navarro, por el cual solicita permiso de uso de la plazoleta de la
Basílica de los Ángeles para realizar una recolecta para recoger fondos para la
operación de su hija en Bogotá, el día domingo 15 de abril del 2018. Visto el
documento, se acuerda por unanimidad y con dispensa de trámite de
comisión, aprobar la solicitud de uso de la plazoleta de la Basílica de Los
Ángeles a la señora Adriana Granados Navarro el día domingo 25 de abril
del 2018.- El regidor Marcos Brenes indica que en este tema quiere agradecer y
comunicar que ya está muchacha tiene fecha para la operación, ya es poco para
lograr los fondos para ver realizada esta meta, él para hacer más transparente el
proceso le pidió a la madre de la niña que estuviera aquí presente por si alguien
tenía una duda o alguna consulta en relación al tema, nuevamente agradece al
os miembros del concejo porque ya casi se logra la meta.- Notifíquese este
acuerdo con acuse y fecha de recibo la señora Adriana Granados Navarro al
teléfono 8799-4099, al Pbro. José Francisco Arias Salguero, Rector y Cura
Párroco de la Basílica Nuestra Señora Los Ángeles, a la Licda. Giovanna Siles
Pérez Encargada del Área de Seguridad Comunitaria y al Alcalde Municipal.
Acuerdo definitivamente
aprobado.---------------------------------------------------------------------------------------------
ARTÍCULO XXV.- MOCIÓN RECONOCIMIENTO DE LA LABOR DEL INAMU.--
Se conoce moción presentada y firmada por los regidores Ovares Ramírez,
Pichardo Aguilar, Madriz Jiménez, Cubero Maroto, González Rodríguez, Brenes
Garro y Leandro Marín, y que dice: “…Considerando: 1. Que el país ha vivido
una de las peores crisis de femicidios en los últimos meses, producto de la
violencia que se ha desarrollado en las relaciones de pareja. 2. Que este
municipio ha sido progresista en la defensa de los derechos de la mujer. Se
mociona: 1. Para que de manera simbólica este concejo municipal rinda un
minuto de silencio por las muertes de las mujeres a mano de sus parejas. 2. Se
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repudie todo tipo de discriminación y misoginia a las mujeres en el Cantón de
Cartago y el país. 3. Reconocer la labor del INAMU y su papel en la sociedad
costarricense a través de los años, en donde defendemos la misión que le fue
encomendada…”.-Vista la moción, se acuerda por unanimidad y con
dispensa de trámite de comisión aprobar la moción.- Se guarda el minuto de
silencio. Notifíquese este cuerdo con acuse y fecha de recibo a la MSc.
Alejandra Mora Mora, Presidenta Ejecutiva del INAMU y al Alcalde Municipal.-
Acuerdo definitivamente aprobado.-----------ARTÍCULO XXVI.-MOCIÓN DE
AVOCACIÓN.---------------------------------------------- Se conoce moción presentada
y firmada por el regidor Ovares Ramírez, y que dice: “…Para que este Concejo
acuerde avocar la reforma integral del Reglamento de Organización y
Funcionamiento del Comité Cantonal de Deportes y Recreación del Cantón
Central de Cartago, acuerdo Nº 31 del Acta 130-2000, del 21 de febrero de
2000. Con dispensa de trámite de comisión y acuerdo definitivamente
aprobado…”.- El regidor Adrián Leandro indica que se acoge al artículo 31 del
Código Municipal.- La regidora Vera Céspedes indica que en el orden del día
venía un documento de la unidad resolutora sobre la consulta que le hicieron a
este departamento sobre la comisión, no se entró a conocer por el fondo el
documento.- El presidente indica que se avoca el acuerdo donde se le remitió a
la comisión el reglamento de funcionamiento del Comité y las mociones,
entonces se procede a conocerse acá.- Vista la moción, se acuerda por
unanimidad y con dispensa de trámite de comisión aprobar la moción,
como un acuerdo definitivamente aprobado.- El presidente decreta un receso
de hasta por dos minutos.- Se reanuda la sesión.- El regidor Raúl González
indica que le gustaría presentar una moción verbal para que se tome en cuenta
el texto sustitutivo de su autoría, para que se tome como texto sustitutivo para
conocimiento del Concejo.- El regidor Marcos Brenes indica que la posición de
ellos es conocer el texto sustitutivo, elevarlo a fracciones, conocerlo el domingo
para su posible aprobación el próximo domingo, por lo que retiran las mociones
que se vieron en la comisión anterior.- El presidente indica que en vista de que
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se retiran las mociones, podrían conocer la moción de don Raúl.- El presidente
somete a votación la aprobación del conocimiento de la moción presentada por
el regidor Raúl González, con dispensa de trámite de comisión y en conjunto con
su firmeza, dando como resultado de la votación nueve votos afirmativos, por
lo tanto se aprueba con dispensa de trámite de comisión, conocer la
moción presentada por el regidor Raúl González, acuerdo definitivamente
aprobado.- Se conoce moción presentada y firmada por los regidores González
Aguilar, Pichardo Aguilar, Cubero Maroto, Ovares Ramírez y Brenes Figueroa, y
que dice: “…Para que este concejo acuerde, con dispensa de trámite de
comisión y como acuerdo definitivamente aprobado, el siguiente texto
sustitutivo…(mismo que se adjunta al acta de forma física)”.- Vista la moción,
se acuerda por unanimidad y con dispensa de trámite de comisi0ón
aprobar la moción con el texto sustitutivo de la reforma integral del
Reglamento de Organización y Funcionamiento del Comité Cantonal de
Deportes y Recreación del Cantón Central de Cartago , y se deja en estudio
de fracciones para ser conocida en la sesión del día domingo 25 de marzo
del 2018.- Notifíquese este acuerdo con acuse y fecha de recibo a los regidores
Danny Ovares Ramírez, Marcos Brenes Figueroa, Gonzalo Coto Fernández,
Rodrigo Muñoz Azofeifa, Jonathan Arce Moya y al Alcalde Municipal. Acuerdo
definitivamente
aprobado.-----------------------------------------------------------------------
Al ser las veinte horas con treinta y cinco minutos, el presidente levanta la
sesión.-
Danny Ovares Ramírez Guisella Zúñiga Hernández
PRESIDENTE MUNICIPAL SECRETARIA CONCEJO MUNICIPAL
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N° 145-2018
Manuel Badilla Sánchez
ALCALDE MUNICIPAL A.I.
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