boletÍn oficial de la provincia de valladolidiii.– administraciÓn local diputaciÓn provincial...

32
INFORMACIÓN, SUSCRIPCIÓN Y VENTA Administración del B.O.P. C/ Angustias. 44 (Valladolid) Sumario del B.O.P. consultas en: www.dip-valladolid.es BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE VALLADOLID SE PUBLICA TODOS LOS DÍAS, EXCEPTO LOS FESTIVOS TASAS DE SUSCRIPCIÓN/VENTA Suscripción anual . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 60,00 Ejemplar del día . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 0,60 Ejemplar atrasado . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 1,20 Número 22 Miércoles, 28 de enero de 2004 Página 1 EDITA Diputación Provincial de Valladolid DEPÓSITO LEGAL: VA. N.º 1.-1958 (FRANQUEO CONCERTADO 47/3) SUMARIO III.– ADMINISTRACIÓN LOCAL DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE VALLADOLID. Área de Acción Territorial. Anuncio de adjudicación de con- trato de obras. Exptes.: 1458/02, 1459/02 y 927/02. Página 2. (Ref. 463/2004) DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE VALLADOLID. Área de Acción Territorial. Anuncio de adjudicación de con- trato de obras. Exptes.: 1036/02, 186/03, 236/03, 293/02 y 163/03. Página 3. (Ref. 464/2004) DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE VALLADOLID. Área de Acción Territorial. Anuncio de adjudicación de con- trato de obras. Exptes.: 87/03, 1157/03, 1364/02 y 800/03. Página 3. (Ref. 465/2004) AYUNTAMIENTO DE ALDEAMAYOR DE SAN MARTÍN. Aprobación definitiva Plan Parcial El Soto. Página 4. (Ref. 517/2004) AYUNTAMIENTO DE ARROYO DE LA ENCOMIENDA. Aprobación definitiva Modificación de la Ordenanza Impuesto de Obras. Página 16. (Ref. 513/2004) AYUNTAMIENTO DE ARROYO DE LA ENCOMIENDA. Aprobación definitiva de Estatutos de la Sociedad Municipal de Suelo, Vivienda, Gestión de Servicios Públicos e Infraestructuras. Página 16. (Ref. 516/2004) AYUNTAMIENTO DE BOECILLO. Anuncio relativo a soli- citud de licencia ambiental por Crystal Pharma, S.A. Página 21. (Ref. 505/2004) AYUNTAMIENTO DE LAGUNA DE DUERO. Aprobación definitiva del Proyecto de Actuación de la U.E. n.º 1 del Sector 7 “Vista Alegre” del P.G.O.U. Página 21. (Ref. 508/2004) AYUNTAMIENTO DE MEDINA DEL CAMPO. Secretaría General. Anuncio de adjudicación de la asistencia téc- nica para la redacción de Proyecto Básico y de Ejecu- ción, Estudio de Seguridad y Salud. Página 21. (Ref. 405/2004) AYUNTAMIENTO DE MEDINA DEL CAMPO. Interven- ción. Aprobación Definitiva Presupuestos Generales 2004. Anexo 1: Resumen de la Plantilla de Personal. Anexo 2: Retribuciones, asistencias e indemnizaciones de los miembros de la Corporación. Página 21. (Ref. 551/2004) AYUNTAMIENTO DE MEDINA DEL CAMPO. Gestión Tri- butaria. Anuncio de cobranza del Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica correspondiente al ejercicio 2004. Página 24. (Ref. 511/2004) AYUNTAMIENTO DE MEDINA DEL CAMPO. Recauda- ción Municipal. Notificación por comparecencia, Provi - dencia de embargo a Aguado Valverde, Cecilio y otros. Página 25. (Ref. 406/2004) AYUNTAMIENTO DE MEDINA DE RIOSECO. Aprobación definitiva del Presupuesto General del Ayuntamiento de 2004. Página 26. (Ref. 512/2004) AYUNTAMIENTO DE PALAZUELO DE VEDIJA. Anuncio relativo a solicitud de licencia de obras por José Ber- nardo Badas Domínguez. Página 27. (Ref. 420/2004)

Upload: others

Post on 30-Mar-2020

1 views

Category:

Documents


0 download

TRANSCRIPT

Page 1: BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE VALLADOLIDIII.– ADMINISTRACIÓN LOCAL DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE VALLADOLID Área de Acción Territorial Anuncio de adjudicación de obras 1.–Entidad

INFORMACIÓN, SUSCRIPCIÓN Y VENTA

Administración del B.O.P. C/ Angustias. 44 (Valladolid)

Sumario del B.O.P. consultas en: www.dip-valladolid.es

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE VALLADOLIDSE PUBLICA TODOS LOS DÍAS, EXCEPTO LOS FESTIVOS

TASAS DE SUSCRIPCIÓN/VENTASuscripción anual . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .60,00 Ejemplar del día . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .0,60 Ejemplar atrasado. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .1,20

Número 22 Miércoles, 28 de enero de 2004 Página 1

EDITA

Diputación Provincial de ValladolidDEPÓSITO LEGAL: VA. N.º 1.-1958(FRANQUEO CONCERTADO 47/3)

SUMARIO

III.– ADMINISTRACIÓN LOCAL

DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE VALLADOLID. Área deA c c i ó n T e r r i t o r i a l . Anuncio de adjudicación de con-trato de obras. Exptes.: 1458/02, 1459/02 y 927/02.

Página 2. (Ref. 463/2004)

DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE VALLADOLID. Área deA c c i ó n T e r r i t o r i a l . Anuncio de adjudicación de con-trato de obras. Exptes.: 1036/02, 186/03, 236/03,293/02 y 163/03.

Página 3. (Ref. 464/2004)

DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE VALLADOLID. Área deA c c i ó n T e r r i t o r i a l . Anuncio de adjudicación de con-trato de obras. Exptes.: 87/03, 1157/03, 1364/02 y800/03.

Página 3. (Ref. 465/2004)

AYUNTAMIENTO DE ALDEAMAYOR DE SAN MARTÍN.Aprobación definitiva Plan Parcial El Soto.

Página 4. (Ref. 517/2004)

AYUNTAMIENTO DE ARROYO DE LA ENCOMIENDA.Aprobación definitiva Modificación de la OrdenanzaImpuesto de Obras.

Página 16. (Ref. 513/2004)

AYUNTAMIENTO DE ARROYO DE LA ENCOMIENDA.Aprobación definitiva de Estatutos de la SociedadMunicipal de Suelo, Vivienda, Gestión de ServiciosPúblicos e Infraestructuras.

Página 16. (Ref. 516/2004)

AYUNTAMIENTO DE BOECILLO. Anuncio relativo a soli-citud de licencia ambiental por Crystal Pharma, S.A.

Página 21. (Ref. 505/2004)

AYUNTAMIENTO DE LAGUNA DE DUERO. A p r o b a c i ó ndefinitiva del Proyecto de Actuación de la U.E. n.º 1 delSector 7 “Vista Alegre” del P.G.O.U.

Página 21. (Ref. 508/2004)

AYUNTAMIENTO DE MEDINA DEL CAMPO. SecretaríaGeneral. Anuncio de adjudicación de la asistencia téc-nica para la redacción de Proyecto Básico y de Ejecu-ción, Estudio de Seguridad y Salud.

Página 21. (Ref. 405/2004)

AYUNTAMIENTO DE MEDINA DEL CAMPO. Interven-ción. Aprobación Definitiva Presupuestos Generales2004. Anexo 1: Resumen de la Plantilla de Personal.Anexo 2: Retribuciones, asistencias e indemnizacionesde los miembros de la Corporación.

Página 21. (Ref. 551/2004)

AYUNTAMIENTO DE MEDINA DEL CAMPO. Gestión Tri-butaria. Anuncio de cobranza del Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica correspondiente alejercicio 2004.

Página 24. (Ref. 511/2004)

AYUNTAMIENTO DE MEDINA DEL CAMPO. Recauda-ción Municipal. Notificación por comparecencia, Provi-dencia de embargo a Aguado Valverde, Cecilio y otros.

Página 25. (Ref. 406/2004)

AYUNTAMIENTO DE MEDINA DE RIOSECO. Aprobacióndefinitiva del Presupuesto General del Ayuntamiento de2004.

Página 26. (Ref. 512/2004)

AYUNTAMIENTO DE PALAZUELO DE VEDIJA. A n u n c i orelativo a solicitud de licencia de obras por José Ber-nardo Badas Domínguez.

Página 27. (Ref. 420/2004)

Page 2: BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE VALLADOLIDIII.– ADMINISTRACIÓN LOCAL DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE VALLADOLID Área de Acción Territorial Anuncio de adjudicación de obras 1.–Entidad

III.– ADMINISTRACIÓN LOCALDIPUTACIÓN PROVINCIAL DE VALLADOLID

Área de Acción Territorial

Anuncio de adjudicación de obras

1.–Entidad adjudicadora:

a) Organismo: Diputación Provincial de Valladolid.

b) Dependencia que tramita el expediente: Servicio de C o o p e r a c i ó n .

c) Número de expedientes: 1458/02, 1459/02 y 927/02.

2.–Objeto del contrato:

a) Tipo de contrato: Contrato de obras.

b) Descripción del objeto:

• Objeto 1: Prevención de riesgos laborales en el HospitalPsiquiátrico Dr. Villacián y Reformado 1.º

• Objeto 2: Prevención de riesgos laborales en el HospitalViejo y Reformado 1.º

• Objeto 3: Reestructuración integral de la unidad de defi-cientes adultos y su aparato elevador en el Hospital Psi-quiátrico Dr. Villacián.

c) Boletín o diario oficial y fecha de publicación del anuncio delicitación:

• Objeto 1: Sin publicación.

• Objeto 2: Sin publicación.

• Objeto 3: Sin publicación.

3.–Tramitación, procedimiento y forma de adjudicación:

a) Procedimiento: Negociado Art. 141.a) TRLCAP.

b) Forma: Procedimiento Negociado sin publicidad.

4.–Presupuesto base de licitación o canon de explotación.Importe total:

• Objeto 1: 166.634,59 euros.

• Objeto 2: 263.547,90 euros.

• Objeto 3: 857.999,99 euros.

5.–Adjudicación:

a) Fecha:

• Objeto 1: 12-12-03.

• Objeto 2: 12-12-03.

• Objeto 3: 10-11-03.

b) Contratista:

• Objeto 1: Fichet Sistemas y Servicios, S.A.

• Objeto 2: Rehabilitación, Construcción, P r o m o c i ó nN ú c l e o ,S . A .

• Objeto 3: Construcciones Santos, S.A.

AYUNTAMIENTO DE PORTILLO. Anuncio relativo a licenciaambiental solicitada por Hermanos Sanz Velasco, C.B.

Página 27. (Ref. 419/2004)

AYUNTAMIENTO DE RENEDO DE ESGUEVA. Anuncio desolicitud de licencia de actividad pedida por José MaríaCalvo Farrán.

Página 27. (Ref. 510/2004)

AYUNTAMIENTO DE TUDELA DE DUERO. N o t i f i c a c i ó nvecinos actividad de cebadero de ganado equino en par-cela 15 y 16 del polígono 7 a Paula Díez Diego y otros.

Página 27. (Ref. 408/2004)

AYUNTAMIENTO DE VILORIA. Aprobación provisional delexpediente Modificación al Presupuesto de Gastos.

Página 28. (Ref. 501/2004)

AYUNTAMIENTO DE VILLAFRADES DE CAMPOS.Corrección de error en anuncio de aprobación definitivaPresupuesto 2003.

Página 28. (Ref. 514/2004)

AYUNTAMIENTO DE VILLAFRECHÓS. Aprobación defini-tiva de la Ordenanza Fiscal reguladora del Impuestosobre Bienes Inmuebles.

Página 28. (Ref. 412/2004)

AYUNTAMIENTO DE VILLAFRECHÓS. Anuncio relativo alicencia de actividad solicitada por Ismael Martín García.

Página 28. (Ref. 415/2004)

AYUNTAMIENTO DE VILLANUBLA. Adjudicación subastade obras de ejecución nichos prefabricados.

Página 28. (Ref. 409/2004)

AYUNTAMIENTO DE VILLARDEFRADES. A p r o b a c i ó ndefinitiva de la Ordenanza reguladora de la prestacióndel Servicio Público de Transporte por Autoturismo.

Página 29. (Ref. 515/2004)

AYUNTAMIENTO DE VILLAVERDE DE MEDINA. Anunciorelativo a solicitud de autorización de uso excepcionalen suelo rústico de Barbado Martín, S.L.

Página 31. (Ref. 433/2004)

AYUNTAMIENTO DE ZARATÁN. Aprobación inicial delProyecto de Actuación y Urbanización de la U.A. n .º 1del Plan Parcial “Los Talleres de Zaratán”.

Página 31. (Ref. 502/2004)

AYUNTAMIENTO DE ZARATÁN. Aprobación definitiva delProyecto de Urbanización de la U.A. n.º 12 de lasNormas Subsidiarias de Planeamiento UrbanísticoMunicipal por Zaratán 2000, S.L.

Página 31. (Ref. 503/2004)

ENTIDAD LOCAL MENOR DE SANTIAGO DEL ARROYO.Aprobación inicial del Presupuesto General para el ejer-cicio 2004.

Página 31. (Ref. 404/2004)

IV.– ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA. VALLADOLIDNÚMERO 6. Cédula de notificación a Azucena MirandaCadenas en Juicio Verbal 472/2003.

Página 31. (Ref. 367/2004)

JUZGADO DE INSTRUCCIÓN. VALLADOLID NÚMERO 3.Notificación de Sentencia a Iñaqui Aarón Santos Blancoy otros en Juicio de Faltas n.º 595/2003.

Página 31. (Ref. 392/2004)

JUZGADO DE INSTRUCCIÓN. VALLADOLID NÚMERO 3.Citación a Alexandru Urucatu en Juicio de Faltas n.º 88/2004.

Página 32. (Ref. 490/2004)

JUZGADO DE LO SOCIAL. VALLADOLID NÚMERO 2.Citación a Mercantil Construcciones Portillo 1999, S.L.Mercanti l Lacile, S.L. Unipersonal, en Demanda909/2003.

Página 32. (Ref. 493/2004)

JUZGADO DE LO SOCIAL. VALLADOLID NÚMERO 3.Citación a Estructuras Aranjuez, S.L. en Demanda1032/2003.

Página 32. (Ref. 518/2004)

JUZGADO DE LO SOCIAL. MADRID NÚMERO 18. Cita-ción a Producciones y Espectáculos Valladolid, S.L. enDemanda 1190/2003.

Página 32. (Ref. 460/2004)

2 28 de enero de 2004

Page 3: BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE VALLADOLIDIII.– ADMINISTRACIÓN LOCAL DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE VALLADOLID Área de Acción Territorial Anuncio de adjudicación de obras 1.–Entidad

28 de enero de 2004 3

c) Nacionalidad:

• Objeto 1: Española.

• Objeto 2: Española.

• Objeto 3: Española.

d) Importe de adjudicación:

• Objeto 1: 166.599,20 euros.

• Objeto 2: 263.231,64 euros.

• Objeto 3: 857.999,99 euros.

Valladolid, 20 de enero de 2004.–El Presidente, Ramiro FelipeRuiz Medrano.

463/2004

DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE VALLADOLID

Área de Acción Territorial

Anuncio de adjudicación de obras

1.–Entidad adjudicadora:

a) Organismo: Diputación Provincial de Valladolid.

b) Dependencia que tramita el expediente: Servic io de C o o p e r a c i ó n .

c) Número de expediente: 1036/02, 186/03, 236/03, 293/02 y163/03.

2.–Objeto del contrato:

a) Tipo de contrato: Contrato de obras.

b) Descripción del objeto:

• Objeto 1: Ensanche y mejora de plataforma y firme de laV.P. 1103, tramo: Alcazarén-Megeces.

• Objeto 2: Edificio para vestuarios y alumbrado de campos defútbol en Medina de Rioseco.

• Objeto 3: Adecuación del acceso y entorno de la ermita yurbanización de viario público del entorno de la calleCasasNuevas en Simancas.

• Objeto 4: Polideportivo cubierto en Villanueva de Duero.

• Objeto 5: Polideportivo municipal fase I en Fuensaldaña.

c) Boletín o diario oficial y fecha de publicación del anuncio delicitación:

• Objeto 1: BOP 16-10-03.

• Objeto 2: BOP 21-10-03.

• Objeto 3: BOP 21-10-03.

• Objeto 4: BOP 11-11-03.

• Objeto 5: BOP 11-11-03.

3.–Tramitación, procedimiento y forma de adjudicación:

a) Tramitación: Ordinaria.

b) Procedimiento: Abierto.

c) Forma: Subasta.

4.–Presupuesto base de licitación o canon de explotación.Importe total:

• Objeto 1: 576.000,00 euros.

• Objeto 2: 213.000,00 euros.

• Objeto 3: 363.983,30 euros.

• Objeto 4: 408.688,22 euros.

• Objeto 5: 431.173,65 euros.

5.–Adjudicación:

a) Fecha:

• Objeto 1: 25-11-2003.

• Objeto 2: 24-11-2003.

• Objeto 3: 24-11-2003.

• Objeto 4: 29-12-2003.

• Objeto 5: 29-12-2003.

b) Contratista:

• Objeto 1: Construcciones Hermanos Sastre, S.A.

• Objeto 2: Centro de Castilla y León, S.A.

• Objeto 3: Julio y Salvador García Pérez, S.A.

• Objeto 4: Contratas y Obras San Gregorio, S.A.

• Objeto 5: Contratas y Obras San Gregorio, S.A.

c) Nacionalidad:

• Objeto 1 a 5: Española.

d) Importe de adjudicación:

• Objeto 1: 504.000,00 euros.

• Objeto 2: 202.137,00 euros.

• Objeto 3: 295.408,00 euros.

• Objeto 4: 350.000,59 euros.

• Objeto 5: 379.087,87 euros.

Valladolid, 21 de enero de 2004.–El Presidente, Ramiro FelipeRuiz Medrano.

464/2004

DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE VALLADOLID

Área de Acción Territorial

Anuncio de adjudicación de obras

1.–Entidad adjudicadora:

a) Organismo: Diputación Provincial de Valladolid.

b) Dependencia que tramita el expediente: Servicio de C o o p e r a c i ó n .

c) Número de expediente: 87/03, 1157/03, 1364/02 y 800/03.

2.–Objeto del contrato:

a) Tipo de contrato: Contrato de obras.

b) Descripción del objeto:

• Objeto 1: Variante de Cogeces de Íscar en la V.P. 1202Portillo a Cogeces de Íscar(Construcción de nuevo puentesobre el río Cega).

• Objeto 2: Ensanche y mejora de la capa de rodadura de laV.P. 8002 de Fuente el Sol a L.P. de Ávila por Lomoviejo ySalvador, tramo: Salvador a L.P. de Ávila.

• Objeto 3: V.P. 5001 y 5010 Travesía deRoales y prolonga-ción a Ctra. de Valderas.

• Objeto 4: Acondicionamiento y mejora de la V.P. 1104Alcazarén a L.P. Segovia, tramo: Pedraja a L.P. Segovia.

c) Boletín o diario oficial y fecha de publicación del anuncio delicitación:

• Objeto 1: BOP 21-10-03.

• Objeto 2: BOP 07-11-03.

• Objeto 3: BOP 07-11-03.

• Objeto 4: BOP 10-12-03.

3.–Tramitación, procedimiento y forma de adjudicación:

a) Tramitación: Urgente.

b) Procedimiento: Abierto.

c) Forma: Subasta.

4.–Presupuesto base de licitación o canon de explotación.Importe total:

• Objeto 1: 817.620,00 euros.

• Objeto 2: 108.182,18 euros.

• Objeto 3: 108.182,18 euros.

• Objeto 4: 408.810,00 euros.

5.–Adjudicación:

a) Fecha:

• Objeto 1: 24-11-03.

• Objeto 2: 02-12-03.

Page 4: BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE VALLADOLIDIII.– ADMINISTRACIÓN LOCAL DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE VALLADOLID Área de Acción Territorial Anuncio de adjudicación de obras 1.–Entidad

• Objeto 3: 02-12-03.

• Objeto 4: 29-12-03.

b) Contratista:

• Objeto 1: UTE C o n t r a t a s , Industrias y Materiales, S.A. yConstructora San José, S.A.

• Objeto 2: Conhergo Construcciones, S.L.

• Objeto 3: Conservaciones y Contratas del Duero, S.L.

• Objeto 4: Hergón, S.A.

c) Nacionalidad:

• Objeto 1 a 4: Española.

d) Importe de adjudicación:

• Objeto 1: 715.417,50 euros.

• Objeto 2: 93.465,00 euros.

• Objeto 3: 102.502,62 euros.

• Objeto 4: 395.706,63 euros.

Valladolid, 20 de enero de 2004.–El Presidente, Ramiro FelipeRuiz Medrano.

465/2004

ALDEAMAYOR DE SAN MARTÍN

Aprobación definitiva del Plan Parcial del SUD 12 El Soto

El Ayuntamiento Pleno en sesión del día 18 de diciembre de2003 por mayoría absoluta adoptó el siguiente acuerdo:

APROBACIÓN DEFINITIVA DEL PLAN PARCIAL SUD 12 ELSOTO:

Se somete a la aprobación del Pleno el siguiente dictamen:

“Dada cuenta del expediente de aprobación del Plan Parcialdel SUD 12 del Plan General de Ordenación Urbana de Aldeamayorde San Martín;

Antecedentes de Hechos:

Resultando que fue aprobado inicialmente por Decreto de laAlcaldía de fecha 7 de mayo de 2003; y que se anunció esta apro-bación en el Boletín Oficial de la Provincia de fecha 19 de mayo de2003, en el de Castilla y León de fecha 20 de mayo de 2003, en eldiario El Norte de Castilla de fecha 14 de mayo de 2003, y en elTablón de Anuncios, habiéndose presentado durante el período deexposición al público una sola alegación: La de don Asís GamazoManglano en nombre de Doble Ector, S.L. sobre la ubicación de ladepuradora, que ha sido informada negativamente por el Arquitectoredactor del Plan.

Dentro del período legal, se remitió ejemplar a los distintosorganismo públicos para que emitieran su informe, cuestión queconsta acreditada en el expediente, así como el informe expreso dela C.T.U.; y la Declaración de Impacto Ambiental favorable. A ins-tancias de estos organismos públicos se han introducido en el Pro-yecto las siguientes modificaciones:

– En la Cañada se introduce un carril terrero para la prácticadeportiva y se la da un ancho de 20 m., de zona libre deaparcamientos.

– En las zonas verdes se introducen unos lagos de regulaciónde riego y de recogida de aguas de escorrentía, así comouna red de drenaje superficial.

– La parcela de instalaciones del EDAR se traslada con lamisma superficie ocupando una zona de equipamiento dota-cional, y servicios privados linderos a las zonas verdes,dejando la anterior parcela de instalaciones para dicho equipamiento.

– Se contabiliza el número de parcelas que es inferior a una delas destinadas a vivienda corrigiendo los índices de edificabi -lidad estableciendo unos límites que homogeneizan la edifi-cabilidad máxima resultando la misma edificabilidad consi-dera inicialmente.

Se ha emitido informe final favorable de los Servicios TécnicosMunicipales sobre el Plan Parcial, sin que ninguna de las modifica-ciones introducidas signifiquen un cambio sustancial de la ordena-ción general del Sector que obligue a una nueva aprobación ynueva publicación.

Fundamentos de Derecho:

Primero: Es procedente rechazar la alegación presentada, porcuanto la EDAR está separada de la finca rústica del alegante, y sesometerá en su construcción y funcionamiento a los niveles deolores y ruidos permitidos por la Ley .

S e g u n d o : Corresponde al Ayuntamiento Pleno la aprobacióndefinitiva, a tenor de lo establecido en el Art. 55.2 de la Ley deUrbanismo de Castilla y León, y Art. 22.2.c) de la Ley Reguladorade las Bases de Régimen Local.

Tercero: Se han cumplimentado todos los trámites exigibles enla vigente legislación.

El Ayuntamiento Pleno por unanimidad de todos los presentes,que constituyen la mayoría absoluta del número legal de miembrosde la Corporación, acuerda:

1.º)Aprobar definitivamente el Plan Parcial del Sector Urbani-zable Delimitado SUD 12 El Soto, a instancias de DOPPELPLUS, S.A., conforme al Proyecto del Arquitecto don JulioMelero Huerta, visado por su Colegio Oficial en fecha 14 denoviembre de 2003.

2.º)Publicar esta aprobación en el Boletín Oficial de Castilla yLeón, y en el Boletín Oficial de la Provincia, con publicaciónen este último de las Ordenanzas Urbanísticas”.

Sometido a votación es aprobado por unanimidad de todos losmiembros presentes, nueve, lo que constituye la mayoría absoluta,y unánime de toda la Corporación.

Lo que se hace público para general conocimiento, y en cum-plimiento de lo establecido en el Art. 61 de la Ley de Urbanismode Castilla y León. Este acuerdo es definitivo en vía administra-tiva, y contra cabe recurso potestativo de reposición ante elPleno en el plazo de un mes, o bien directamente recurso con-tencioso administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia deCastilla y León en el plazo de dos meses, contados a partir deldía siguiente al de publicación de este anuncio en el Boletín Ofi-cial de la Provincia de Valladolid.

Se publican en Anexo la Memoria, Ordenanzas del Plan Parcial,y relación de los demás documentos y planos integrantes del PlanParcial.

Aldeamayor de San Martín, 19 de enero de 2004.–El Alcalde,Luis M.ª Gómez Sanz.

PLAN PARCIAL “EL SOTO”

1. MEMORIA INFORMATIVA.

1.1. Justificación de la conveniencia.

1.1.1. Justificación.

Desarrolla el Sector n.º 12 de suelo urbanizable delimitado SUDn.º 12 del Plan General de Ordenación Urbana de Aldeamayor deSan Martín.

Uso global: Residencial. Sector concebido como Área de Urba-nización Autónoma, alejado del núcleo existente.

1.1.2. Necesidad.

Existe demanda actual de dotar al Municipio de un suelo deuso Residencial dada la falta de suelo residencial en este Muni-cipio, habiendo agotado el disponible en sectores cercanoscomo el de La Lanchuela.

El desarrollo del Municipio requiere la ampliación de comer-cios y servicios y de su equipamiento y dotaciones que se veránincrementadas con las cesiones del Plan Parcial, además de lasya existentes.

1.1.3. Conveniencia y oportunidad de la formulación.

El Art. 58 del Reglamento de Planeamiento, en su apartado 2.ºimpone, con carácter general, la obligación de justificar la conve-niencia y oportunidad de la formulación de los Planes Parciales sidesarrollan las determinaciones contenidas en el Plan General,como es nuestro caso. Y ello, por carecer tal instrumento de Planeamiento de un Programa para su desarrollo y ejecución.

Por otra parte, el Art. 64 del mismo texto legal (relativo a losPlanes Parciales redactados por iniciativa particular, como eséste, en su apartado a) exige la Justificación de la necesidad oconveniencia de la Urbanización que deberá incluirse en Anexo ala Memoria.

4 28 de enero de 2004

Page 5: BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE VALLADOLIDIII.– ADMINISTRACIÓN LOCAL DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE VALLADOLID Área de Acción Territorial Anuncio de adjudicación de obras 1.–Entidad

Es conveniencia de intereses distintos y no necesariamente con-trapuestos. El primero de ellos, Municipal, expresión de la voluntadcolectiva ciudadana; el segundo, el del particular que acomete laacción urbanística.

En ambos casos, la conveniencia y la oportunidad responden aobjetivos concretos o necesidades existentes que se constituyenautomáticamente en finalidades prioritarias del Planeamiento Par-cial que condicionan decisivamente las posibilidades del planifi-cador, en aras de la real ejecutividad de un instrumento que ha deser, necesariamente, ejecutado.

Desde un punto de vista Municipal, la conveniencia de este PlanParcial se establece sobre la base de los propios presupuestos delPlan General. Así, la actuación supondrá un incremento del sectorlocal de la construcción, la creación posterior de determinadospuestos de trabajo en el sector servicios, y un aumento de la acti-vidad general. Así la actuación generará una oferta ordenada deSuelo Urbanizable, que satisfacerá la demanda existente y paliará latendencia a llevar a cabo acciones fuera de ordenación que elAyuntamiento debe paralizar disciplinariamente. Su oportunidadderiva, paralelamente, de la difícil coyuntura económica y laboral yse inserta en la decidida política municipal de imponer al máximo elrespeto del planeamiento vigente.

Para el promotor del Plan Parcial, su conveniencia se funda-mente, lógicamente, en los beneficios económicos que de su ejecu-ción puedan derivarse, mientras que la oportunidad se enmarca ensu propia política empresarial.

1.1.4. Adaptación del Plan Parcial al Plan General.

Coincide la superficie del Plan con el Sector n.º 12, con usoglobal Residencial.

Tal y como se recoge en el plano de Situación y delimitación dela parcela, de los límites del sector SUD n.º 12 se establecen lossiguientes:

NORTE: Arroyo de la Arroyada.

SUR: Zanja del Soto y Arroyo de La Lanchuela.

ESTE: Pinar del Conde.

OESTE: Urbanización Los Aljibes.

La superficie es de 1.516.041,30 m2.

El acceso al Plan Parcial se realizará a través de la Carretera aTudela de Duero VA-200 con una glorieta de acceso.

Su contenido y determinaciones se ajustan al Planeamiento derango superior vigente en el Municipio que lo constituyen el PlanGeneral; a las Normas Estatales de aplicación, especialmente Ley 6/1998, de 13 de abril, de Régimen de Suelo y Valoraciones; ala Ley 5/1999, de 8 de abril, de Urbanismo de Castilla y León; a lasNormas Estatales de aplicación supletoria, en especial los pre-ceptos declarados vigentes del Decreto 2159/1978, de 23 de junio,que aprueba el Reglamento de Planeamiento Urbanístico; así comoa la Legislación Sectorial de aplicación y, en especial, a la legisla-ción de Carreteras.

1.2. Características naturales del territorio.

En orden a una adecuación al medio ambiente natural delÁmbito de Planeamiento Parcial de forma que las determina-ciones de éste sean garantía de su mejor disfrute y de sumáximo respeto y potenciación, se ha realizado un pormenori-zado análisis de las características de la zona, cuyo resultado seexpone a continuación.

1.2.1. Geología.

La zona de estudio se enmarca en la submeseta septentrional,algo al Sur del centro geométrico de la Cuenca del Duero. Secaracteriza por un relieve escasamente accidentado.

Los elementos geográficos más importantes son las altiplanicieso Páramos, las laderas de los mismos denominadas Cuestas y laszonas inferiores de escasos relieves alomados o "Campiñas".

Se sitúan indiferentemente importantes acumulaciones dearenas eólicas, en las que pueden reconocerse formas de erosión yde acumulación. Dicho manto eólico se encuentra actualmentefijado por los extensos pinares característicos de la zona.

En esta zona donde las formas erosivas morfológicamentedeprimidas dan lugar a áreas endorreicas con encharcamientosinvernales y formación de sales en épocas estivales.

Toda esta zona corresponde al relleno de la Cuenca del Dueropor materiales terciarios y cuaternarios depositados en régimencontinental. Dado que nos situamos en la parte Central de lacuenca las facies dominantes son las detríticas de granulometríafina a media, correspondientes a la sedimentación de abanicoaluvial en facies distales con abundantes canales acuosos sepa-rados por sedimentos de fangos (Facies Tierra de Campos ensentido general). Los desbordamientos rápidos provocan sobrelas pequeñas depresiones sedimentos de ciénagas o charcas(Facies Dueñas).

En sentido vertical, sobre estos sedimentos que constituyen elsustrato terciario en los terrenos a estudiar, se depositan sedi-mentos de marcado carácter evaporítico en forma de margas y arci-llas margosas salinas, generalmente yesíferas que constituyen lasFacies Cuestas de las laderas adyacentes. Por último, se implantael ambiente lacustre que da lugar a la sedimentación calcárea cons-tituida por las calizas del Páramo.

Dado que el interés hidrogeológico de esta zona lo constituyenlos materiales del sustrato concreto de los terrenos del Plan Parcial,independientemente de la influencia en las características del flujo ycomposición de las aguas subterráneas que se recargan fundamen-talmente en los Páramos, para circular lenta pero progresivamentehacia las zonas de descarga relacionadas con lar de fluvial vamos adescribir con mayor detalle los materiales existentes en profundidaden la zona concreta.

Desde un punto de vista geotécnico no se presentan puesmayores dificultades para la urbanización y cimentaciones, locual se confirma por la experiencia derivada de las edificacionesc e r c a n a s .

1.2.2. Topografía.

La finca ocupa una superficie total de 1.516.041 m2.

Situadas al Noroeste del término Municipal de Aldeamayor deSan Martín, linda al Norte con el Arroyo de La Arroyada. Sur conZanja del Soto y Arroyo La Lanchuela. Este Pinar del Conde. OesteUrbanización Los Aljibes.

La parcela se encuentra situada en la Carretera VA–200 deTudela de Duero que la atraviesa por la que tiene el acceso.

La finca de cultivo de cereales y pastos para ganado está puesen explotación. Carece además de interés paisajístico y limita conáreas de idént ico uso, de las cuales se encuentra separadamediante arroyos y caminos, quedando por tanto aislada del resto.En el centro de la finca existe una zona húmeda y arbolada condestino a pastizales.

La finca posee una forma trapezoidal, irregular y sensiblementehorizontal, siendo atravesada en su ancho por la Carretera deTudela de Duero y por la Cañada Camino de Rodamarzo.

Respecto a las infraestructuras existentes, son insuficientes, conlo cual, será necesario realizar todas ellas, teniendo en cuenta lanormativa de los organismos pertinentes. La resolución de estosproblemas serán objeto del Plan Parcial y Proyecto de Urbanizaciónque haya de redactarse en su día.

1.2.3. Hidrología.

El conjunto de la Cuenca del Duero constituye la mayor unidadhidrológica de la Península.

Los materiales detríticos descritos en el estudio geológico cons-tituyen un almacén de agua subterránea que se recarga con la infil-tración de agua en el terreno a través de los materiales permeablesestableciendo un flujo o circulación del agua desde las zonas derecarga hasta las de descarga.

Los acuíferos se consideran como las formaciones geológicascuya permeabilidad y grado de saturación son suficientes parasuministrar agua a una captación de manera que no se interrumpael aporte de flujo durante su explotación.

En el conjunto sedimentario de esta zona de Aldeamayor de SanMartín, podemos distinguir dos tipos de acuíferos: Acuíferos super-ficiales libres y acuíferos profundos confinados o semiconfinados.

El acuífero superficial libre está constituido por los arenales de lazona de pinares. Son acuíferos de gran extensión y pequeñoespesor, con caudales escasos e irregulares debido a que serecargan directamente de las lluvias que inciden directamente enellos. Además son muy vulnerables a la contaminación por su

28 de enero de 2004 5

Page 6: BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE VALLADOLIDIII.– ADMINISTRACIÓN LOCAL DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE VALLADOLID Área de Acción Territorial Anuncio de adjudicación de obras 1.–Entidad

e x p osición directa a la actividad humana y agrícola o ganadera.En esta zona son característicos los encharcamientos estacio-nales que se producen entre Aldeamayor de San Martín y Boecilloen los períodos de lluvias intensas.

El acuífero profundo confinado o semiconfinado lo constituyenlas capas lenticulares de arenas o gravas englobadas en una matrizmás o menos semipermeable, formando en su conjunto un granacuífero heterogéneo y anisótropo de tipo multicapa.

En la zona de estudio los recursos están siendo explotados pararegadío y abastecimiento.

Los datos generales permiten caudales del orden de 10 l/seg.con caudal específico de 0,5-1 l/seg.

El funcionamiento hidráulico de los acuíferos terciarios vienedeterminado por sus sistemas de recarga y descarga.

En este tipo de acuíferos, la recarga principal está producidapor el aporte directo de las lluvias, estableciéndose un flujo enlas aguas que se dirige desde las zonas de mayor potencialhidráulico a las de menor. Estos últimos suelen coincidir con laszonas de valle.

En líneas generales el flujo subterráneo se dirige desde losbordes hacia el centro occidental de la Cuenca del Duero, sibien, coexisten además una serie de flujos intermedios y localesi m p o r t a n t e s .

Las capas arcillo-limosas constituyen, cuando se explotan estosacuíferos, zonas de drenaje vertical, debido a una filtración degoteo o rezume, que supone una recarga de las capas arenosassituadas debajo de ellos.

La descarga, cuando el nivel freático está muy cerca de lasuperficie, pueda producirse por evapotranspiración.

La existencia de cuencas hidrogeológicas adyacentes puedecomportar la recarga o descarga por trasvase o aporte de aguassubterráneas.

El modelo hidráulico se basa en un flujo tridimensional. El nivelpiezométrico o carga hidráulica es variable en la vertical de unpunto en función de la profundidad.

La elevada salinidad de las aguas más profundas de esta zonapuede ser debida a dos factores o a la combinación de ambos. Unosería que el camino recorrido por estas aguas es muy largo alsituarse la zona de descarga, dando opción a que las aguas sevayan enriqueciendo en sales a partir de los terrenos atravesados.El segundo es la posible interdigitación de las "Facies Dueñas"compuestos por margas algo yesíferas de carácter hipersalino queproporcionarían aguas salinas de carácter sulfatado.

Se ha obtenido información de captaciones en el área deestudio y su entorno. Los principales datos obtenidos se refieren asu localización, año de ejecución, profundidad, zonas filtrantes,niveles estático y dinámico, caudal y análisis químico.

Los datos que aquí se exponen son el resultado del análisisestadístico teniendo en cuenta además la evolución en el tiempocon objeto de obtener unas conclusiones en cuanto a la evoluciónde estos acuíferos.

La profundidad media de los pozos oscila entre los 80 y 200 m.;ahora bien, se ha constatado que a partir de cierta profundidad,que se puede estimar en la cota 620 s.n.m., la salinidad aumentadrásticamente obteniéndose conductividades que varían desde3.000 µmhos/cm.

Los niveles piezométricos se sitúan actualmente en cotas delorden de los 695, lo que equivale a suponer que el nivel estáticoestá en esta zona a unos 25 m. de profundidad.

Los caudales específicos medios son del orden de 0,3 l/s. m., loc ual permitiría extraer caudales de 6 l/s. con descensos de 20 m. del nivel estático. En los casos más desfavorables regis-trados, con valores de 0,2 l/s. el mismo caudal se tendría condescensos de 30 m.

Estos valores garantizan las posibilidades de abastecimientoestimadas en 5 l/s.

Por otro lado, el bombeo de este caudal no supone incrementode la explotación del acuífero terciario (y por tanto no provocadesequilibrios en el entorno del bombeo que puedan afectar a losbombeos de los sondeos próximos).

1.2.4. Clima.

No puede hablarse de un microclima específico de este entornoconcreto, por cuanto la suavidad orográfica y la no exuberantevegetación existente en nada modifican las características climá-ticas generales. En este sentido, tampoco cabe hablar de zonasmejor o peor soleadas dado el escaso relieve existente.

Siendo pues el mismo clima que en el casco urbano consoli-dado lindero.

1.2.5. Vegetación.

En la parte central húmeda del Soto existen pequeñas praderasde hierba para pastos y arbolado silvestre, de álamos y fresnos.

1.2.6. Paisaje.

Es una llanura con la coloración que corresponde de la variedad,vegetación silvestre y el arbolado al fondo. Careciendo de vistas.

1.3. Usos del terreno del suelo, edificación existente.

El destino de la finca es de cultivo de secano y pradera de pastopara ganado vacuno.

Tiene construidos barracones y colgadizos para el uso agrícola yagropecuario de vacuno.

Dispone de un caserío para vivienda de vigilancia de la finca.

1.4. Infraestructura existente.

1.4.1. Red eléctrica.

El suministro eléctrico existente es de la línea de baja tensiónque discurre por la finca. El polígono se suministrará conectando ala línea exterior que establezca la compañía suministradora a travésde un centro de transformación.

1.4.2. Abastecimiento de agua.

El suministro de agua potable se puede abastecer al conjuntourbanizable con un pozo que suministraría agua al Polígono, que dapruebas conocidas en la zona de la existencia de agua en abun-dancia, según se ha indicado en el punto 1.2.3.

Según el Reglamento Técnico Sanitario vigente, R.D. 1138/1990,Art. 6, la dotación en condiciones normales no debe ser inferior a 100 l/h/d.

Según la Junta de Castilla y León, Plan Regional de Abasteci-mientos, para poblaciones estacionarias de menos de 4.000 habi-tantes, la dotación deberá ser 150 l/h/d.

Dado que el nivel de vida previsto en el Plan Parcial "El Soto" esmedio, ha sido prevista por el Proyectista una dotación de 150l/h/d, una máxima ocupación prevista en consumo de 5.600 habi-tantes suponen al día 840 m3 de consumo que con el pozo previstoque se puedan obtener de 5 litros/sg. con un depósito se puedegarantizar el suministro de agua potable a toda la urbanización.

El pozo se situará fuera del sector en la finca matriz zona delPinar del Conde en el sitio que tras las perforaciones se realice seael más conveniente.

El riego de zonas verdes del sector se realizará con agua proce-dente de la E.D.A.R., que se asegurará con almacenamiento deregulación del agua afluente y presión asegurada por bombeo.

1.4.3. Saneamiento.

Las aguas residuales verterán a una depuradora que reciclarálas aguas para su utilización en el riego interior del Polígono.Tanque de tormentas para su vertido al Arroyo de La Lanchuela.Los terrenos se drenarán con vertidos a los cauces del contorno.

Coordenadas del punto de Vertido X3 64,50 Y45 98,10.

1.4.4. Red viaria de Comunicación.

Acceso rodado desde la VA-200 con glorieta de acceso que serealizará de acuerdo con la legislación de Carreteras.

Será preceptiva la presentación y aprobación del proyecto deaccesos por la Demarcación de Carreteras de Castilla y León paraobtener licencia de las obras de urbanización.

1.4.5. Tendido telefónico.

Tendido telefónico existente en línea sobre postes de maderaque discurren paralelamente por la carretera desde el núcleo depoblación cercano de Aldeamayor de San Martín.

6 28 de enero de 2004

Page 7: BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE VALLADOLIDIII.– ADMINISTRACIÓN LOCAL DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE VALLADOLID Área de Acción Territorial Anuncio de adjudicación de obras 1.–Entidad

1.4.6. Suministro de gas.

Existe una conducción enterrada de suministro de gas que pasapor la Cañada.

1.5. Estructura de propiedad del suelo.

Corresponden a un único propietario que es la empresa:DOPPEL PLUS MADRID, S.A.

2.–OBJETIVOS DE LA ORDENACIÓN DEL TERRITORIO.

La transformación de estos terrenos en un enclave residenciallejos de significar un peligro o suponer un perjuicio para la zonapuede contribuir favorablemente a mejorar la imagen, y en general,la calidad ambiental del entorno.

En efecto, por una parte se pretende liberar una importante can-tidad de suelo dentro del perímetro del nuevo sector delimitado querecibirá un conveniente tratamiento en cuanto a ajardinamiento yplantaciones, quedando plenamente garantizado su mantenimientoy conservación.

En otro orden de cosas, existe la intención de poner un especialcuidado en las tipologías edificatorias, con una disposición que enconjunto ofrezca una imagen sosegada y enfatice la idea de enclaveresidencial limpio y ordenado.

3.–EXAMEN Y ANÁLISIS DE LAS ALTERNATIVAS POSIBLES YJUSTIFICACIÓN DE LA SOLUCIÓN PROPUESTA.

Trama geométrica sencilla de distribución de parcelas uniformesde forma rectangular.

La solución que se propone aparece claramente como lamás favorable que conduce a la propuesta contenida en estePlan Parcial.

Cumpl iendo con las condiciones de Ordenación del PlanGeneral, se conserva la masa arbórea central formando parte de losespacios libres que serán públicos. Los espacios libres públicosocupando posiciones centrales y directamente accesibles desde lared viaria principal. La vía pecuaria que atraviesa el sector, Coladade Rodamarzo, se destina a vía pública no sufriendo mengua en suanchura.

Se resuelven de forma autónoma los servicios urbanísticos, sinconectar con las redes municipales.

Las dotaciones de todo el sector se incluyen en la primeraetapa.

El Sector cuenta con E.D.A.R. propio situado fuera de zonas deriesgos naturales.

Se trazan vías peatonales en el borde de los cauces para pro-tección y conservación de éstos. También se sitúan rieles peato-nales perpendiculares a los cauces para desaguar con drenaje lasaguas de los terrenos de forma natural.

PLAN PARCIAL EL SOTO

SECTOR N.º 12 DEL PLAN GENERAL DE ORDENACIÓNURBANA DE ALDEAMAYOR DE SAN MARTÍN (VALLADOLID)

4.–ORDENANZAS DEL PLAN PARCIAL.

4.1. Generalidades.

4.1.1. Ámbito de Aplicación.

4.1.1.1. Ámbito espacial.

El Plan Parcial del Sector Industrial n. º 12 “El Soto” regirá entodo el ámbito espacial que en el mismo se incluye, conforme serefleja en los diferentes planos de Proyecto de este documento.

4.1.1.2. Ámbito temporal.

Las determinaciones de este Plan Parcial entrarán en vigor apartir del día siguiente al de la publicación de su aprobación defini-tiva en el Boletín Oficial de la Provincia de Valladolid, y tendrávigencia plena en tanto su ejecución se realice en la forma y plazosindicados en sus documentos e indefinida en tanto no se modifi-quen de un nuevo instrumento de planeamiento General o de Pla-neamiento Parcial.

4.1.2. Contenido e Interpretación.

El Plan Parcial del Sector Residencial “El Soto” comprende lossiguientes documentos:

– Memoria Informativa y Justificativa en la que se incluyenAnexos.

– Planos de Información y Proyecto.

– Ordenanzas reguladoras.

– Plan de Etapas.

– Estudio Económico y Financiero.

La interpretación de sus denominaciones se hará a la luz de laLegislación General y Sectorial vigente en la materia. En casos deduda, por contradicción aparente o real, de las determinacionesestablecidas en cada uno de sus documentos, el orden de prela-ción de las mismas en cuanto a su obligado cumplimiento será:

1.– Ordenanzas reguladoras.

2.– Plan de Etapas y Estudio Económico y Financiero.

3.– Planos de Proyectos.

4.– Memoria Justificativa y Anexos.

4.1.3. Desarrollo y Ejecución.

El cumplimiento de las previsiones contenidas en este Plan Par-cial se llevará a cabo mediante la redacción y aprobación de Pro-yectos de Urbanización.

4.2. Terminología.

Alero: Borde inferior del tejado que sobresale en vuelo de lafachada.

Alineación oficial: Línea que define el límite de parcela edificablecon el espacio público.

Altura de edificación: Es el número de plantas o distancia envertical desde el nivel de la acera o del terreno, en su caso, hasta laarista de encuentro del plano de fachada con el plano inferior delúltimo forjado. En ningún caso podrá superar la altura máxima.

En el supuesto de calles con pendientes, la altura se medirá enel centro de tramos no mayores a 20 m.

Altura libre: Es la distancia vertical existente entre el acabadodel suelo y el acabado del techo, medido en cada planta.

Altura máxima: Es la distancia señalada por las determinacionesde las normas, según cada área, como medida límite de la altura dela edificación.

Cuando se fije la altura máxima por distancia vertical y pornúmero de plantas, tendrán que respetarse ambas como máximas.

Cerramiento de parcela: Es el construido por los elementosmateriales de separación entre la parcela edificable y los espaciospúblicos.

Cornisa: Es el elemento, saliente o no, que da pie al comienzode la cubierta.

Cubierta: Es el cerramiento exterior que cubre superiormente unespacio.

Cumbrera: Punto más alto de la cubierta.

Densidad de viviendas: Es el número máximo de unidades devivienda por hectárea de parcela sector.

Edificabilidad: Es el coeficiente que expresa la relación entre lasuperficie construida y la superficie de la parcela edificable, expre-sado en metro cuadrado/metro cuadrado (m2/m2).

Edificación: Toda construcción con cubierta.

Edificación aislada: Es la situada en parcela independiente sincontinuidad con otras edificaciones, separada de sus linderos yacceso exclusivo desde la vía pública.

Edificación en línea: Es la situada en parcela independiente ycontigua a otra edificación.

Edificación exenta: Es una edificación aislada con tratamiento ocarácter singular.

Fachada: Es el plano vertical construido, sobre la alineación oficial.

Cerramientos de edificación: Son los planos construidos quedelimitan la edificación con el espacio exterior.

Fondo edificable: Es la distancia perpendicular a la alineaciónoficial de la parcela, dentro de la cual se puede edificar sólo en esaparcela.

Frente de fachada: Es el tramo oficial de la parcela.

28 de enero de 2004 7

Page 8: BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE VALLADOLIDIII.– ADMINISTRACIÓN LOCAL DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE VALLADOLID Área de Acción Territorial Anuncio de adjudicación de obras 1.–Entidad

Lindero: Es la línea que delimita una parcela con sus colin-dantes.

Manzana: Es la superficie de suelo o agrupación de parcelasdelimitada por alineaciones de viarios contiguos.

Medianerías y hastiales: Son los cerramientos verticales del edi-ficio que se adosan a otras edificaciones o parcelas. A efectos deesta normativa se tratan de manera indistinta.

Nivel de la planta baja: Es la cota de suelo acabado situado porencima del nivel de la rasante del terreno y a no más de 1,50 m.

Ocupación máxima: Es la superficie o el porcentaje de superficiede la parcela que se puede ocupar por la edificación.

Parcela: Superficie de terreno unitario desde el punto de vista dela propiedad, que resulta del proceso de desarrollo urbano en laforma prevista por el planeamiento urbanístico.

Retranqueo: Es la distancia real medida entre cualquiera de loscerramientos de la edificación y el punto más próximo del límite dela parcela.

Semisótano: Se considera como semisótano la planta semiente-rrada de edificación, cuyo forjado de techo determina una cota desuelo en el nivel superior no mayor de 1,50 m. sobre la rasante.

Sótano: Planta o plantas del edificio situadas totalmente bajo larasante.

Vivienda unifamiliar: Es la situada y vinculada a parcela indepen-diente, que alberga a un núcleo familiar.

Voladizos: Cuerpos o elementos, cerrados o no, que sobresalendel plano del cerramiento.

Parcela mínima edificable: Es la que tiene las mínimas condi-ciones para ser edificada.

Patio abierto: Es el espacio de la parcela no edificado con almenos un lado coincidente con el cerramiento de la edificación yotro abierto al espacio exterior.

Patio cerrado: Es el espacio no edificado situado en el interiordel perímetro determinado por los cerramientos de la edificación ylinderos, que se destinan a dar iluminación y ventilación.

Patio de manzana: Cerramientos de la edificación que ocupa lamanzana.

Patio de parcela: Es la superficie libre de la parcela, no ocupadapor edificación.

Patio inglés: Es el patio situado dentro de la parcela edificablecontiguo a la línea de edificación por debajo de la rasante de laacera o del terreno.

Planta: Es el espacio comprendido entre dos forjados consecu-tivos con sus acabados correspondientes.

P o r c h e : Es el espacio abierto y cubierto existente en la plantabaja.

Rasante: Son los perfiles longitudinales de las vías, plazas ocalles, definidos por el planeamiento.

Remates: Son todos aquellos elementos del edificio construidospor encima de la altura de la edificación que no son susceptibles deaprovechamiento para cualquier tipo de uso, siendo sólo admisiblespara albergar instalaciones y accesos.

4.3. Régimen urbanístico del suelo.

4.3.1. Clasificación del suelo.

El suelo abarca el ámbito de este Plan Parcial que está clasifi-cado como Suelo Urbanizable delimitado en el Plan General. Losterrenos que en ejecución del Plan Parcial lleguen a disponer de loselementos que señala la Ley del Suelo constituirán conforme a ella,parte del Suelo Urbano de Aldeamayor de San Martín. La superficiede los mismos que reúnan o vayan reuniendo los requisitos de lacitada Ley, se establece que tendrán la consideración de solares.

4.3.2. Sistema de Actuación.

El sistema de actuación elegido es el de Concierto y supletoria-mente el de compensación.

4.3.3. Usos básicos.

El suelo del Sector se ha calificado en distintas zonas en funciónde los usos autorizados en cada una de ellas, y de las demáscaracterísticas que le son propias.

Relación de usos básicos

Constituyen el nivel más disgregado de usos contemplados enel planeamiento. Se establecen los siguientes usos básicos:

1.– Vivienda unifamiliar.

2.– Comercial y de servicios.

3.– Hospedaje.

4.– Hostelería y espectáculos.

5.– Industrial.

6.– Colectivo.

7.– Parque y Jardín.

8.– Viario y Comunicación.

9.– Instalaciones urbanas.

4.3.3.1. Residencial. Vivienda unifamiliar.

Todo edificio o parte de él, destinado a uso autónomo, que hagaposible el desarrollo de la vida de una unidad familiar, situado enparcela independiente y con acceso desde espacio público. Tam-bién se incluyen las viviendas vinculadas a la guarda y vigilancia deusos colectivos.

Se prohíben expresamente los edificios de vivienda colectivacon accesos comunes.

4.3.3.2. Comercial y de servicios.

Corresponden a este uso los locales de servicios abiertos alpúblico, destinados a la exposición y venta de mercancías, a laprestación de servicios privados, a actividades administrativas, y adespachos profesionales.

4.3.3.3. Hospedaje.

Locales de servicio al público destinados al alojamiento eventualo temporal de personas como hoteles, apartahoteles, pensiones yanálogos.

4.3.3.4. Hostelería y espectáculos.

Locales abiertos al público dest inados a la restauración,expedición de bebidas, exhibición de películas, audiciones ye s p e c t á c u l o s .

4.3.3.5. Industrial y almacén.

Establecimiento dedicado a la obtención o transformación dematerias primas, preparación para otras transformaciones, inclusosu envasado, almacenaje y distribución.

Se incluyen los dedicados a talleres de reparación o estableci-mientos artesanales.

A efectos de ubicación y compatibilidad de las actividadesindustriales se fijan los siguientes niveles:

Industrial 1. Artesanal y taller: hasta 100 m2.

Industrial 2. Talleres hasta 500 m2.

Cuando las industrias excedan de los límites expresados habránde localizarse aisladas o en polígonos industriales.

4.3.3.6. Colectivo.

Locales y espacios de uso y servicio colectivo. Dependiendo desu uso concreto se distinguen los siguientes grupos:

Colectivo Escolar: Formación, enseñanza e investigación.

Colectivo Asistencial: Asistencia sanitaria o social.

Colectivo Deportivo: Instalaciones para la práctica deportiva.

Colectivo Cultural: Instalaciones para el fomento de la cul-tura, las bellas artes y el conocimiento.

Colectivo Institucional: Actividades propias de la Administra-ción Pública.

Colectivo Religioso: Culto y actividades ligadas.

Colectivo Servicios: Sistema de instalaciones urbanas yespacios asociados.

Colectivo General: Conjunto de usos de carácter colectivo.

4.3.3.7. Parque y jardín.

Terrenos públicos destinados al recreo y la contemplación, conplantación de especies vegetales.

8 28 de enero de 2004

Page 9: BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE VALLADOLIDIII.– ADMINISTRACIÓN LOCAL DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE VALLADOLID Área de Acción Territorial Anuncio de adjudicación de obras 1.–Entidad

4.3.3.8. Viario y comunicación.

Espacios públicos dedicados al movimiento de personas y vehículos, incluso las zonas de estancia no incorporadas al sistemade parques y jardines.

4.3.3.9. Instalaciones urbanas.

Las destinadas a las instalaciones urbanas de servicios delsector.

4.3.4. Usos pormenorizados.

Los usos pormenorizados son agrupaciones de usos básicos aefectos de considerar la predominancia, compatibilidad o incompa-tibilidad entre ellos y constituyen la base de la zonificación de usosen la ordenación detallada de este Plan.

Se establecen los siguientes usos pormenorizados:

– Vivienda tradicional.

– Vivienda exclusiva.

– Industria General.

– Colectivo.

– Espacios libres.

– Viario y comunicación.

Vivienda exclusiva. VE.

Formado predominantemente por el uso básico de vivienda uni-familiar, conforme a la siguiente relación:

Uso sin limitación: –Vivienda unifamiliar.

Usos compatibles: – Garaje 1, como Anexo al uso de vivienda.

– Industrial 1.

– Parque y jardín.

Usos prohibidos: – El resto.

Colectivo.

Formado predominantemente por el uso básico colectivo de quese trate conforme a la siguiente relación.

Uso sin limitación: Colectivo Escolar

Colectivo Asistencial

Colectivo Deportivo

Colectivo Cultural

Colectivo Institucional

Colectivo Religioso

Colectivo Servicios

Colectivo Social

Usos compatibles: - Resto de usos colectivos.

- Formación enseñanza e investigación.

- Comercial y de servicios.

- Administrativo.

- Hostelería, espectáculos y hospedaje.

- Vivienda, sólo para las personasvinculadas a la actividad.

- Garajes 1 y 2.

- Parque y jardín.

- Usos especiales que tengan relacióncon el uso colectivo.

Usos prohibidos: - El resto.

Espacios libres.

Formado predominantemente por el uso de Parque y Jardínconforme a la siguiente relación.

Uso sin limitación: - Parque y jardín.

Usos compatibles: - Comercial y de servicios. Únicamente decarácter provisional, temporal o enrégimen de concesión.

- Hostelería y espectáculos. Únicamentede carácter provisional o temporal, o enrégimen de concesión.

- Colectivo Deportivo al aire libre y de usono privativo.

- Colectivo Servicios, sólo instalacionesque permitan el uso público en super-ficie, y edificaciones auxiliares.

- Usos especiales, que tengan relacióncon el espacio libre.

Viario y comunicación.

Formado predominantemente por el uso de Viario y Comunica-ción conforme a la siguiente relación.

Uso sin limitación: - Viario y Comunicación.

Usos compatibles: - Parque y Jardín.

- Comercial y de servicios. Únicamente decarácter provis ional, temporal, o enrégimen de concesión.

- Hostelería y espectáculos. Únicamentede carácter provisional, temporal, o enrégimen de concesión.

- Colectivo Deportivo al aire libre y de usono privativo.

- Colectivo Servicios, sólo instalacionesque permitan el uso público en super-ficie, y edificaciones auxiliares.

- Garajes 1 y 2, sin cerramientos.

- Usos especiales, que tengan relación con el viario y la comunicación.

4.3.5. Usos globales.

Residencial.

Uso predominante: Vivienda unifamiliar.

Usos prohibidos: - Industrial 3 y 4.

- Agropecuario.

Usos compatibles: - Los demás.

4.3.6. Normas para la Redacción de Proyectos de Urbanización

4.3.6.1. Redacción.

Los proyectos de urbanización tal como recoge la Ley de Urba-nismo en su artículo 95, son proyectos de obra cuya finalidad es laejecución material de las determinaciones correspondientes a losplanes.

Pueden desarrollarse en el suelo urbanizable para desarrollar losproyectos de actuación de las unidades de actuación definidas porplanes parciales.

Así pues los proyectos de urbanización constituyen en todocaso, instrumento para el desarrollo de todas las determinacionesque el plan prevea en cuanto las obras de urbanización, tales comoviabilidad, abastecimiento, alumbrado público, jardinería, etc., nopudiendo en ningún caso, contener determinaciones sobre ordena-ción, régimen del suelo y edificación.

4.3.6.2. Contenido.

Servicios de urbanización e infraestructuras.

Como servicios de urbanización o infraestructura se contemplanlos siguientes:

1.– Red viaria:

– Trazado de la red, vías rodadas y sendas peatonales.

– Aparcamientos públicos.

– Pavimentación y encintados.

2.– Red de agua:

– Abastecimiento y dotaciones.

– Almacenamiento y depuración.

– Características de la red de distribución.

– Red de riego.

– Red de incendios.

– Normativa técnica de las redes.

28 de enero de 2004 9

Page 10: BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE VALLADOLIDIII.– ADMINISTRACIÓN LOCAL DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE VALLADOLID Área de Acción Territorial Anuncio de adjudicación de obras 1.–Entidad

3.– Red de saneamiento:

– Características de la red.

– Alcantarillado.

– Depuración y vertido.

– Normativa técnica.

4.– Red de energía eléctrica.

– Dotaciones.

– Centros de transformación.

– Características de las redes alta y baja tensión.

– Red de distribución de energía.

– Red de alumbrado público.

– Normativa técnica de las instalaciones.

4.3.6.3. Condiciones y Garantías.

En los Pliegos de Condiciones Económico-Facultativas, habránde fijarse los plazos y etapas de realización y recepción de lasobras y recoger las condiciones y garantías que el Ayuntamientojuzgue necesarias para la perfecta ejecución de las obras, fijándosetambién que se realizarán a cargo del promotor las pruebas yensayos técnicos que se estimen convenientes.

4.3.6.4. Red Viaria.

Trazado de la red, vías rodadas y sendas peatonales.

Para las nuevas vías se seguirán los criterios siguientes:

1.–Como criterio general se establece para el viario principalnormas de tráfico lento, debiendo adecuarse los viales a lassiguientes velocidades aconsejables:

Las travesías y accesos se dimensionarán para una velocidadlímite de 50 Km/h. La anchura de carril será de 3 m. para transportepesado; las calzadas de doble carril serán de 6 m. de ancho.

En calles urbanas se evitarán sobredimensionamientos quellevan a velocidades superiores a 30 Km./h. o a paradas inconve-nientes. Para ello, la calzada de un solo carril tendrá un anchomáximo de 3 m. y la de dos carriles de 5,80 m.

2.–Se respetará el criterio general de distribuir equitativamenteel espacio entre peatones, bicicletas y vehículos de motor. Lasuperficie destinada a estos últimos (calzadas y áreas de aparca-miento) no podrá exceder del 50% del total, incluso en vías espe-cializadas para el tráfico rodado.

3.–Para el uso de peatones y ciclistas se procurará la mayorcomodidad de recorridos; éstos serán continuos, como red interco-nectada, y con prioridad sobre el tráfico rodado. Se prohíbe que elmayor lado de una manzana sea superior a 250 m. sin que existancalles peatonales que la fragmenten. Se dispondrán pasos de pea-tones con bordillo remontable (al mismo nivel que las aceras).

Se establecen los siguientes anchos mínimos de calles:

Calles peatonales o de coexistencia, sin aparcamiento: 6 m.

Calles con dos carriles, o con un carril y una banda de apar-camiento en línea: 10 m.

Calles con dos carriles y una banda de aparcamiento, o conun carril y dos bandas de aparcamiento en línea: 14 m.

En las calles con anchuras comprendidas entre las citadas,se darán mayores amplitudes a las aceras, carriles deciclistas y zonas ajardinadas.

4.–En vías de más de 12 m. se reservará siempre superficie paraarbolado (en grupos o en alineación).

b) Aparcamientos públicos:

La reserva de aparcamientos señalada en la Ley de Urbanismo,de dos plazas por cada 100 m 2 de edificación, al menos una de usopúblico, deberá tenerse en cuenta en el dimensionado de las cal-zadas o en previsión de zonas especiales para tal fin.

5.–El proyecto de urbanización que desarrolle el Plan Parcialdeberá mantener la Cañada de Rodamazo con un ancho de 20 m.para viales sin aparcamientos con un carril terrero de 6 m. segúnplanta y sección que se definen en el plano del Plan Parcial nº 7’ desección cañada.

4.3.6.5. Abastecimiento de Agua.

Red de agua

a) Abastecimiento y dotaciones:

La dotación mínima de agua potable será de 150 litros/habi-tante-día, consideración hecha para zonas residenciales.

El consumo máximo horario para el cálculo de la red seobtendrá multiplicando el consumo medio diario por 2,4.

b) Almacenamiento y depuración:

Para garantizar el suministro de agua suficiente, la cabecera dela red dispondrá de un depósito de acumulación con capacidadigual al consumo máximo de la red durante 12 horas.

El agua deberá mantener el nivel de potabilidad exigido por lanormativa vigente.

c) Características de la red de distribución:

1.– La red de distribución estará formada por arterias, distribui-dores y ramales de acometida.

– Arterias: Conducen el agua desde la conducción de alimen-tación hasta los distribuidores, su función principal será laconducción y, en general, no se conectarán a ella ramales deacometida.

– Distribuidores: Conectados a las arterias conducen el aguadesde éstas hasta los ramales de acometida.

– Acometidas: Cada ramal de acometida abastecerá a unmáximo de 100 viviendas y no servirá a más de dos arquetasde acometida.

La red se diseñará siguiendo el trazado viario o los espaciospúblicos no edificables. Las conducciones se situarán bajo lasaceras, podrán situarse bajo las calzadas cuando el trazado de lacalle sea muy irregular o ante la inexistencia de aceras, en cuyocaso la conducción estará reforzada.

2.– Separación con otras instalaciones:

Las conducciones de abastecimiento de agua quedarán siemprepor encima de la red de alcantarillado y estarán separadas de lasconducciones de otras instalaciones por las distancias mínimas, encentímetros, que se fijan en la tabla adjunta.

Red Horizontal Vertical

Alcantarillado 60 50

Gas 50 50

Electricidad-AT 30 20

Electricidad-BT 20 20

Teléfono 20 20

3.– Mantenimiento:

Se dispondrá de un plano de la red instalada, señalando lossectores, representando por un símbolo y numerando todos los ele-mentos de la instalación.

Cada dos años se efectuará un examen de la red para detectary eliminar las posibles fugas.

Transcurridos 15 años desde la primera instalación, se proce-derá a la limpieza de los sedimentos e incrustaciones producidasen el interior de las conducciones.

Cada 5 años a partir de esta limpieza se limpiará la red n u e v a m e n t e .

Los elementos particulares de la red: Llave de paso, llave depaso con desagüe y boca de incendios en columna, limpiarán y pin-tarán una vez cada dos años y una vez al año la arqueta y los ele-mentos alojados en ella.

d) Red de riego:

Esta red será independiente de la red de abastecimiento deagua. Es aconsejable el diseño de una red para riego e incendio (lamisma) independientemente de la del abastecimiento, tanto poreconomía como por seguridad.

10 28 de enero de 2004

Page 11: BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE VALLADOLIDIII.– ADMINISTRACIÓN LOCAL DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE VALLADOLID Área de Acción Territorial Anuncio de adjudicación de obras 1.–Entidad

e) Red de incendio:

La red de incendio será independiente de la de abastecimiento.

En cualquier caso, los hidrantes y su instalación cumplirán lassiguientes condiciones:

– Serán de dos tipos en función de su diámetro: Ø80 mm.;Ø100 mm.

Los hidrantes podrán estar enterrados cada uno en una arquetacon una única salida o terminados en una columna provista de tressalidas, cuyos diámetros en función de la columna serán lossiguientes:

– Para Ø80 mm. una salida de 70 mm. y dos de 45 mm., paraØ100 mm. una salida de 100 mm. y dos de 70 mm.

Los hidrantes estarán preparados para resistir las heladas. Seconectarán a la red mediante conducción para cada uno, siendo eldiámetro de la misma y el del tramo de la red al que se conectacomo mínimo iguales al del hidrante.

Estarán situados en lugares fácilmente accesibles a los equiposde extinción de incendios.

La ordenación y urbanización de los terrenos, a través defiguras de planeamientos incluyen trazados de redes de abasteci-miento de agua, exigirán obligatoriamente la instalación dehidrantes de incendios.

f) Normativa técnica de las redes de agua:

El diseño y dimensionamiento se ajustarán a las siguientesnormas básicas, que serán de obligado cumplimiento:

– NBA (normas básicas de agua).

– NBE-CPI-96 (incendios). Manteniendo el cortafuegos con elPinar del Conde de 25 m. de anchura y camino de 6 m.

Y las siguientes normas tecnológicas, cuyo cumplimiento esaconsejable:

– NTE-IFA (abastecimiento).

– NTE-IFF (agua fría).

– NTE-IFR (riego).

– NTE-IPF (incendios).

4.3.6.6. Red de saneamiento y alcantarillado.

a) Características de la red:

El caudal a tener en cuenta para el cálculo del saneamiento seráel mismo que el calculado para la dotación de agua.

Todas las conducciones serán subterráneas siguiendo el tra-zado de la red viaria y de los espacios libres de uso público.

Se dispondrán cámaras de descarga automáticas en las cabe-ceras de la red con capacidad mínima de 0,50 m3.

Se proyectarán pozos de registro visitables en cada cambio dedirección y rasantes a una distancia inferior a 50 m.

b) Alcantarillado:

Se considera alcantarillado la evacuación de aguas pluviales yresiduales desde las respectivas acometidas hasta la estacióndepuradora.

La red de alcantarillado unitaria. Para el cálculo de la red de plu-viales se tendrán en cuenta las curvas de intensidad, duración deprecipitaciones, así como los diferentes coeficientes de escorrentía.Antes del vertido se depurarán todas las aguas.

c) Mantenimiento:

Los elementos de la red, cámara de descarga, sumideros, pozode registro, pozo de resalto y aliviadero, se reconocerán cada 6meses, reponiéndolos en caso de rotura o fallo. Se limpiarán cada12 meses.

Se dispondrá asimismo, de un plano de la red instalada seña-lando los sectores, representando su símbolo y numerando todoslos elementos de la instalación.

d) Depuración y vertido:

La red de saneamiento tendrá depuradora antes del vertidocumpliendo las condiciones de vertido a cauces previstas por lasnormas de este Plan.

Queda terminantemente prohibido el vertido libre.

4.3.6.7. Redes de energía eléctrica, gas y telecomunicaciones.

a) Características de las redes:

El trazado de estas redes será subterráneo y las característicasprincipales serán las señaladas en los reglamentos técnicosvigentes.

Red de baja tensión: Comprende la red de distribución deenergía eléctrica y la red de alumbrado público. La red de distribu-ción se alimentará del centro de transformación y la tensión de lared será de 380/220V. La red de alumbrado público deberá garan-tizar el nivel de iluminación mínimo según la característica de lasvías y en cualquier caso un mínimo según la característica de lasvías y en cualquier caso un mínimo de 40W cada 25 m.

b) Dotaciones

Las dotaciones de energía eléctrica mínimas serán: 0,6 KW/habi-tante para zonas residenciales. La demanda eléctrica se evalúa en7.270 KVA.

El cálculo de las redes de baja tensión se realizará de acuerdocon lo dispuesto en los reglamentos electrotécnicos vigentes, cons-tatando en los edificios las cargas mínimas fijadas en la instrucciónMIBT-001 y en las normas técnicas de diseño y calidad de lasviviendas sociales, aprobadas por orden del 24-11-76 (BOE del 10al 17 de diciembre del 76) y el grado de electrificación deseadopara las viviendas.

c) Centro de transformación.

La capacidad del centro de transformación será fijada por lascompañías suministradoras de los servicios.

Su ubicación responderá a los requerimientos técnicos necesa-rios en suelo reservado expresamente para servicios urbanísticos.Los transformadores de baja en la red viaria librando aceras.

Red de gas según normativa específica.

Red de comunicaciones de acuerdo con las compañías insta-l a d o r a s .

4.3.6.8. Alumbrado Público.

En orden a crear el “ambiente visual” adecuado se preverán ilu-minarias mínimas de 10 lux en toda la longitud de las vías de tráficorodado y de 5 lux en viario restante. 15 lux para las vías principales.

El tendido será subterráneo y ajustado al esquema indicado enel plano.

4.3.6.9 Plantaciones.

El tratamiento de los espacios libres dependerá de su función.En todo caso, será obligatoria la plantación de arbolado en losespacios libres y zonas verdes

4.3.6.10. Accesibilidad por los Minusválidos.

Se recuerda que a tenor del Art.º 54 de la Ley 13/1982 del 7 deabril, de Integración Social de los Minusválidos, la Urbanización delas vías públicas, parques y jardines de iguales características seefectuarán de forma que resulten accesibles y utilizables a losminusválidos. Cumplimiento Ley 3/1998 de 24 de junio en Accesibi-lidad y Supresión de Barreras y Decreto 217/2001 de 30 de agostopor el que se aprueba el Reglamento de Accesibilidad y Supresiónde Barreras.

4.4. Normas de edificación.

4.4.1. Tramitación y Control.

Se estará a lo dispuesto en la Legislación vigente en la materiadel Plan General.

4.4.2.- Condiciones Técnicas de las Obras en Relación a las VíasPúblicas.

4.4.2.1. Alineaciones y Rasantes.

Las alineaciones que figuran en el plano de alineaciones deeste Plan Parcial deberán respetarse en cualquier caso, tanto porlo que respecta a los posibles cerramientos de parcela como a lae d i f i c a c i ó n .

Las rasantes interiores de las parcelas, a los efectos de estasOrdenanzas, serán las que corresponderían al plano teórico defi-nidos por las rasantes de las vías públicas en los extremos de su

28 de enero de 2004 11

Page 12: BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE VALLADOLIDIII.– ADMINISTRACIÓN LOCAL DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE VALLADOLID Área de Acción Territorial Anuncio de adjudicación de obras 1.–Entidad

12 28 de enero de 2004

fachada principal y en el punto en que la perpendicular al límiteposterior de la parcela trazada en el punto medio del mismo corte ala vía posterior más próxima si la hubiera, y de no haberla, se com-putará la cota natural del punto medio del límite posterior de la par-cela. En las parcelas de esquina, la rasante interior oficial vendrádefinida según el plano definido por el punto de intersección de lasdos calles y los de intersección con éstas de los límites medianerosde la parcela.

4.4.2.2. Acometidas.

Las acometidas de los diversos servicios a cada parcela se rea-lizarán de conformidad con la reglamentación e instrucciones de lasdiversas compañías suministradoras y demás disposiciones con-cordantes de estas Ordenanzas.

4.4.2.3. Seguridad.

En la realización de cualquier tipo de obra o instalación en elinterior de las parcelas, se tomarán las debidas precauciones enorden a no dañar las redes generales de infraestructura ni las víaspúblicas.

4.4.3. Condiciones comunes a todas las zonas.

Condiciones generales del Plan General de Aldeamayor de SanMartín.

4.4.3.1. Condiciones Generales de Volumen e Higiénicas.

La finalidad de estas condiciones es la regulación de los dis-tintos conceptos que definen y conforman el volumen de una edifi-cación.

Edificabilidad.

Las condiciones de volumen que determinan las superficies edi-ficables permitidas, son fijadas mediante índice sobre la parcelaneta objeto de edificación.

4.4.3.1.1. Altura de la edificación.

La altura de la edificación puede definirse mediante:

a) El número de plantas.

b) La distancia vertical desde el nivel de la rasante hasta el nivelde la arista de encuentro del plano super ior del último forjado.

Cuando el cómputo de la altura se define por el número deplantas, se tendrá en cuenta que computan como tales:

– Las plantas bajas, cuya altura máxima no podrá sobrepasarde 4 m.

– Las plantas de pisos, cuya altura máxima no podrá ser supe-rior a los 3 m.

No computarán como plantas a estos efectos, las plantas desótano, semisótano, ni bajocubierta. Por encima de la alturamáxima fijada para las edificaciones solamente podrán permitirseconstrucciones tales como cajas de escalera o cuadros de instala-ciones y siempre que se sitúen bajo los faldones de la cubierta.

4.4.3.1.2. Cómputo de superficies.

A efectos del cálculo de la edificabilidad las superficies de unaedificación computarán de la siguiente forma:

a) Computarán totalmente:

Todos los cuerpos cerrados de la edif icación, esténvolados o no.

b) Computarán por la mitad de su superficie:

Los porches.

Las terrazas y balcones cubiertos.

c) No computan:

Los balcones y azoteas descubiertas.

Las plantas bajo cubierta, sótanos y semisótanos.

Las plazas de garaje cubiertas hasta un límite de 18 m2 cons-truidos por cada plaza obligatoria de vivienda. El excesosobre esta superficie computará a efectos de edificabilidad.

Ocupación.

A efectos de ocupación de la parcela se considerará la proyec-ción horizontal de todos los cuerpos cubiertos, volados o no, asícomo porches, terrazas y balcones.

4.4.3.1.3. Plantas de sótano y semisótano.

No se permiten los sótanos como superficie útil de la edifica-ción. Sólo se autorizarán cuando el estudio geotécnico del terrenodemuestre que no afecta a los acuíferos.

En los semisótanos no se admitirán más usos que los de garajeo almacén y cuando dispongan de drenaje que vierta a la red desaneamiento. Su altura libre mínima será de 2,20 m. y contarán consistema suficiente de ventilación natural o forzada.

Planta baja.

El nivel de la planta baja se encontrará entre 0,35 y 1,50 m.sobre el nivel de la rasante de la acera y sobre el nivel más altode los lagos y lagunas de regulación de la red de riego, de dre-naje y escorrentía.

La altura mínima libre de planta baja en viviendas y oficinas seráde 2,50 m, y en locales comerciales de 2,80.

Los locales comerciales instalados en planta baja o primeradeberán tener acceso directo desde la vía pública.

No se permitirán las plantas libres o diáfanas que no cuentencon cerramiento de fachada y diseño unitario de las mismas con eledificio.

Planta de pisos.

La altura libre mínima para usos comerciales es de 2,80 y para elresto de los usos de 2,50 m. Si en alguna dependencia hubiera for-jados inclinados o espacios con altura variable, el volumen de éstano será inferior al resultado de multiplicar su superficie útil por 2,80 m. o 2,50 m., según el uso que corresponda.

4.4.3.1.4. Plantas bajo cubierta.

Para que las plantas bajo cubierta puedan albergar algún uso, laaltura mínima de suelo a techo será de 2,20 m. en al menos el 30%de la superficie total, con altura mínima de los paramentos verti-cales de 1,20 m.

4.4.3.1.5. Salientes y voladizos.

Los balcones, cornisas y miradores volados en general se dis-pondrán a una altura mínima de 3,00 m. medida desde el nivel de laacera y no podrán volar más de 0,40 m. de la alineación oficial.

Los aleros podrán volar 0,25 m. más que los balcones.

Se prohíben otros tipos de cuerpos volados en fachada prin-cipal, pudiéndose construir en fachadas posteriores.

En cualquier caso y como norma general para cualquier tipo devuelos, además de cumplir las limitaciones anteriormente rese-ñadas, su proyección vertical quedará 0,20 m. remetida de la caraexterior del bordillo de la acera.

La separación a los linderos laterales para sacar vuelos (a excep-ción de los aleros) o abrir huecos, será igual o mayor a 0,80 m.

De la alineación oficial sólo se permitirá salir 0,10 m. en el casode portales, escaparates, rejas o cualquier otro elemento que seconsidere indispensable siempre y cuando la acera tenga un anchode al menos 0,9 m.

No se permitirá la construcción de marquesinas.

4.4.3.1.6. Patios.

a) Patios cerrados:

Los patios interiores que sirvan como única vía de ventilación eiluminación natural a dependencias que las precisen, permitirán ins-cribir en ellos un círculo de 3 metros de diámetro y su superficiemínima será de 9 m2, para la altura de una planta, y de 11 m2 parados plantas.

Los patios adosados a linderos cumplirán las condiciones ante-riores dentro de cada parcela.

b) Patios mancomunados:

Se permite mancomunidad de patios siempre y cuando seajuste a las siguientes normas:

– La mancomunidad que sirva para completar la dimensión delpatio habrá de establecerse constituyendo, mediante escri-tura pública, un derecho real de servidumbre sobre lossolares e inscribirse en el Registro de la Propiedad, con lacondición de no poderse cancelar sin la autorización delAyuntamiento.

Page 13: BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE VALLADOLIDIII.– ADMINISTRACIÓN LOCAL DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE VALLADOLID Área de Acción Territorial Anuncio de adjudicación de obras 1.–Entidad

– No podrán en ningún caso, cancelarse esta servidumbre entanto subsista alguna de las casas cuyos patios requieraneste completo para conservar sus dimensiones mínimas.

Se permite la separación de estos patios mancomunados conmuros de 3 m. de altura máxima a contar desde la rasante delterreno del patio más bajo.

En caso de que la diferencia de rasante entre los distintos patiosexceda de 3 m., el muro de separación sólo podrá sobrepasar en 2 m. la rasante del patio más alto.

c) Patios abiertos:

Cumplirán las mismas condiciones que los patios cerrados.

No se permitirán los patios abiertos a fachada.

4.4.3.1.7. Remates.

Por encima de la altura permitida sólo podrán construirse chi-meneas e instalaciones auxiliares, procurando que sean lo menosvisibles posible desde la vía pública.

4.4.3.1.6. Chimeneas de ventilación y salida de humos.

Se permite la construcción de conductos de ventilación enaseos, locales de calefacción, despensas, garajes, etc.

Todos estos conductos serán verticales y construidos con mate-riales incombustibles.

Los conductos de salida se elevarán como mínimo un metro porencima del faldón de cubierta.

4.4.3.1.9. Artículo 90.- Cubiertas.

La tipología de las cubiertas será la predominante en la zona(cubierta inclinada) solamente se permitirá sobresalir de lospaños inclinados de la cubierta a las troneras, las chimeneas ylos conductos de ventilación forzada, disimulándose al máximobajo los faldones de la cubierta, las cajas de escaleras, cuarto deinstalaciones y todo tipo de volúmenes en general. Se admite lainstalación sobre las cubiertas de equipos de captación deenergía solar. Todo edificio tendrá una salida fácil al tejado oazotea de la cubierta.

4.4.3.1.10. Condiciones higiénicas de las viviendas.

En el cumplimiento de las condiciones higiénico sanitarias de lasviviendas hay que distinguir dos situaciones:

a) Viviendas actuales: Para la adaptación de las viviendasactuales a dichas condiciones, se contemplan obras desaneamiento, reforma, ampliación o consolidación, consin-tiéndose las mismas en el caso de que mejoren las condi-ciones higiénico-sanitarias previas.

b) Viviendas de nueva construcción: Las viviendas de nuevaconstrucción cumplirán al menos las normas de diseñovigentes para viviendas de protección oficial.

La superficie mínima para aseos y baños será a razón de 0,70 m2

por sanitario y de 1,4 m2 para bañeras.

Las superficies mínimas de las piezas según las normas dediseño para viviendas de protección oficial (dormitorios, estar,comedor), no podrán contener más de un 5% de armarios, roperos,etc. sin proceder a su ampliación.

Todas las viviendas serán exteriores. Para que una vivienda seconsidere exterior es necesario que algún hueco del cuarto de estaro cocina-comedor, tenga luces rectas a espacio público, o a un lin-dero que diste más de 6 m.

Alturas libres: La altura libre mínima de vivienda será de 2,50 m.En vestíbulo, pasillos y cuartos de baño la altura libre mínima podráser de 2,20 m.; en las restantes habitaciones esta altura tambiénpuede permitirse, siempre que la zona afectada no sobrepase el 30por ciento de la superficie útil de la habitación en la que se pro-duzca esta reducción. Excepcionalmente, y en dependencias deservicios tales como lavaderos, despensas y trasteros, la altura librepodrá reducirse hasta un mínimo de 2,10 m.

4.4.3.1.11. Condiciones higiénicas del comercio y servicios.

Los establecimientos comerciales o de oficinas habrán de cum-plir las siguientes condiciones generales:

– Se exige en todo caso la ventilación vertical o natural. Laventilación natural ha de establecerse por huecos a fachada,patios de manzana o solar que cumplan las dimensionesmínimas prescritas por las Ordenanzas. De no reunirse esta

condición se exigirá la ventilación artificial, previa presenta-ción reglamentaria del proyecto detallado de la instalación.

– Servicios sanitarios, todo local comercial o de oficinas estarádotado de cuarto de aseo con ventilación por ventana o chi-menea, no tendrá comunicación directa con el local de ventao trabajo y comprenderá al menos un lavabo y un retrete,aumentando el número de servicios proporcionalmente al deempleados y sexo de los mismos, según los reglamentos ynormas pertinentes para este tipo de instalaciones.

– Los locales comerciales o de oficinas no podrán comuni-carse directamente con las viviendas, debiendo haber almenos un vestíbulo intermedio que garantice el aislamientotérmico y acústico y la protección contra incendios.

4.4.3.1.12. Condiciones higiénicas de la industria.

Como requisito previo, estas actividades, a excepción de losalmacenes, deberán prever como mínimo, un lavabo y una duchapor cada 10 empleados o fracción y un inodoro por cada 15empleados o fracción; y por cada 1.000 m2 de superficie de pro-ducción o fracción superior a 500 m2, pudiendo sustituirse, en elcaso de aseos masculinos, las dos terceras partes de ellos porurinarios. Las instalaciones sanitarias podrán servir a distintoslocales en el caso de edificios de industria nido. En el caso deIndustria General, deberán distinguirse entre sexos y contar conacceso independiente o a través de vestíbulo previo.

Los edificios o instalaciones industriales cumplirán el Regla-mento de Actividades Molestas, Nocivas, Insalubres y Peligrosas,así como el Decreto 833/75 sobre contaminación atmosférica, laLey 5/1993 de Actividades Clasificadas y sus correspondientesreglamentos, así como todas aquellas disposiciones vigentes,nuevas o complementarias que las regulen.

4.4.3.1.13. Condiciones higiénicas de las instalaciones de uso dehostelería, espectáculos y colectivo.

Los locales destinados a usos recreativos y sociales, cumpliránlas condiciones que determina el Reglamento de Policía de Espec-táculos Públicos y Actividades Recreativas (Real Decreto 2816/82,de 27 de agosto), y las preceptivas por su regulación específica.

4.4.3.1.14. Condiciones higiénicas de las instalaciones de uso dehospedaje.

Será de aplicación el Decreto 77/1986 de 12 de junio por el quese dictan normas de clasificación de los alojamientos hoteleros enla Comunidad Autónoma de Castilla y León.

4.4.3.2. Condiciones generales de estética y composición.

Normas generales.

Toda construcción, cualquiera que sea su destino o situacióndeberá adaptarse, en lo básico, al ambiente en que estuviesesituado, respetando tipologías, estilos, cromatismos, etc.

El Ayuntamiento obligará al cumplimiento de estos requisitosbásicos así como de cuantos estime oportunos, recabando losinformes técnicos necesarios.

No se autorizarán con carácter general composiciones, formas,materiales ni colores que se juzguen disonantes con el ambiente.

Fachadas y cerramientos de edificación

Cuando la edificación de nueva planta se encuentre contigua oflanqueada por edificaciones existentes se procurará continuar laslíneas fijas de referencia de la composición (cornisas, aleros,impostas, vuelos, zócalos, recercados, etc.).

En todo caso, las soluciones de ritmos y proporción entrehuecos y macizos en la composición de las fachadas y cerra-mientos deberán justificarse en función de las características tipoló-gicas de la edificación ambiental del entorno.

La parte de fachada no edificada en altura se delimitará con elcerramiento oportuno que determina cada ámbito de ordenanza.

En los edificios de nueva construcción la planta baja deberácomponer sus huecos, composición y materiales con los del restode la fachada. En la edificación existente se prohibirán las reformasde plantas que no se ajusten en composición y materiales a lascaracterísticas ambientales y arquitectónicas del propio edificio ydel entorno.

Toda instalación de un edificio de acondicionamiento de aire,calefacción, refrigeración, o cualquier otra clase, no podrá sobre-salir del paramento exterior de la fachada y deberá situarse de

28 de enero de 2004 13

Page 14: BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE VALLADOLIDIII.– ADMINISTRACIÓN LOCAL DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE VALLADOLID Área de Acción Territorial Anuncio de adjudicación de obras 1.–Entidad

manera que no perjudique la composición de la misma y sin queresulte visible desde la vía pública.

Los cerramientos laterales y posteriores se tratarán con condi-ciones de composición y materiales similares a los de la fachada.

No se admitirá que los cerramientos de parcela o de edificaciónno asuman la alineación oficial para permitir la construcción de por-ches y jardines.

Todos los paramentos vistos de esta naturaleza deberán tra-tarse de forma que su aspecto y calidad sean análogos a los de lasfachadas.

Las medianerías que por cambio de uso o calificación de la par-cela colindante, diferencia de altura con los edificios colindantes, uotros motivos amparados por el planeamiento, quedasen al descu-bierto con carácter definitivo, constituyendo fachada a plaza, víapública o espacio libre público en general, deberán ser tratadoscomo fachadas principales.

Se podrán abrir o simular huecos, así como decorarlas conmateriales adecuados previo proyecto reformado aprobado por elAyuntamiento y según los plazos que éste establezca a tenor de laincidencia de tales parámetros en el paisaje urbano.

En cualquier caso, dicho proyecto deberá continuar las líneasgenerales de la composición de las fachadas colindantes incluida ladel propio edificio, para la apertura de huecos deberán observarselas disposiciones civiles generales.

Por razones de ornato general el Ayuntamiento podrá asumir laejecución de estas obras en determinados espacios públicos deimportancia visual y estética, de común acuerdo con los propieta-rios del inmueble. Asimismo podrá el Ayuntamiento elaborar crite-rios estéticos y de diseño que sean de obligada observancia en lasobras habituales de mantenimiento y decoro de medianerías yfachadas en general.

Materiales de fachada y condiciones y conservación.

La justificación de los materiales que se propongan se funda-mentará en el tipo de fábricas y calidad de los revestimientos, asícomo el despiece, textura y color de los mismos, en función de loscriterios de composición y estética de la zona.

No se autorizará el cubrimiento de fachadas por encima de laplanta baja con placas de piedra, mármol o similares que por suscaracterísticas, peso y forma de colocación puedan suponer riesgofísico para las personas en caso de desprendimiento fortuito de unade ellas, asimismo se impedirá la utilización de piezas de losmismos materiales en cornisas, impostas, poyetes o similaressiempre que su diseño y colocación no garanticen la ausencia totalde riesgo para los viandantes en caso de fortuito desprendimiento.

Las fachadas de los edificios, aunque no sean visibles desdela vía pública, deberán conservarse en las debidas condicionesde higiene y ornato. Los propietarios vendrán obligados a pro-ceder a su revoco, pintura o blanqueo siempre que lo disponga laautoridad municipal.

Se obligará a los propietarios de cualquier clase de edifica-ciones a conservar todas las partes de la construcción en perfectoestado de solidez a fin de que no pueda comprometerse la segu-ridad pública.

4.4.4 Normas Particulares de cada zona.

4.4.4.1. Ordenanzas para áreas de edificación unifamiliar enhilera. VH1 y VH2.

Definición

Responden a la tipología de edificación unifamiliar adosada,aquellos cuerpos de edificación situados en parcelas indepen-dientes y colindantes con otras edificaciones. Su solución de conti-nuidad se establece a través de parcelas medianeras.

También se contemplan los edificios pareados y adosados entresí, con retranqueos a los linderos laterales y que se desarrollen enproyectos conjuntos.

Ámbito de aplicación

Corresponde a este tipo de ordenanza a las áreas delimitadascon las siglas VH en el plano de condiciones de la edificación. Seestablecen dos niveles: VH1 y VH2.

Condiciones de uso

El uso pormenorizado será vivienda exclusiva (VE).

Alineaciones

Son las reflejadas en el plano de alineaciones.

Condiciones tipológicas

1.–De las parcelas:

Cuando las parcelas objeto de edificación sean resultantes deuna agregación, subdivisión o reparcelación no podrán tenerdimensiones inferiores a:

Para VH1: Superficie: 150 m2. Frente a viario público: 8 m. y círculo inscrito de 6 m. de diámetro tangente a fachada.

Para VH2: Superficie 250 m2. Frente a viario público: 8 m. y círculo inscrito de 6 m. de diámetro tangente a fachada.

Toda vivienda estará vinculada a una parcela igual o superior ala parcela mínima.

2.–De las edificaciones:

a) Ocupación máxima de la parcela: 60%.

b) Edificabilidad:

Para VH1: La edificabilidad máxima sobre la parcela será de1,00 m2/m2.

Para VH2: La edificalidad máxima sobre la parcela será de0,70 m2/m2.

c) Altura máxima: La altura máxima será de 6,5 m. a cornisa. Elnúmero máximo de plantas será de 2 (planta baja y primera).La altura máxima de la cumbrera será de 10 m.

d) Retranqueos:

Para VH1: No se permitirán retranqueos de la alineación defachada, ni porches.

Para VH2: Retranqueo obligatorio de 5 m. de la alineaciónoficial. Cuando se actúe con proyectos de conjunto de almenos 3 manzanas, se podrán admitir otros retranqueosprevia aprobación del proyecto por el Ayuntamiento.

e) Cubiertas: Se prohíben las cubiertas planas. El sistema decubrición será de teja cerámica o imitación. La pendienteestará comprendida entre 30% y 50%.

f) Voladizos:

Para VH1: Cumplirán las condiciones generales de diseño dela edificación de estas normas.

Para VH2: Se permiten todo tipo de vuelos cumpliendo lascondiciones de retranqueos. Los aleros y cornisas podránvolar 0,70 m. sobre el retranqueo obligatorio.

d) Aparcamientos: Se dispondrá al menos de una plaza deaparcamiento por cada vivienda en la propia parcela, salvoque se justifique la posibilidad técnica en parcelas urbanasexistentes.

e) Cerramientos de parcela:

– De fachada:

Para VH1: Cerramiento opaco de las mismas característicasy materiales al de la fachada edificada con altura igual a la deplanta baja.

Para VH2: Cerramiento de cerrajería de 2 m. de altura conzócalo de 0,50 m.

– Linderos:

Para VH1: 2,20 m. de altura máxima.

Para VH2: 2,00 m. de altura máxima.

3.–Condiciones estéticas: Composición libre.

4.4.4.2. Ordenanzas para áreas de edificación unifamiliar aislada.VA1 y VA2.

Artículo 126.–Definición.

Son áreas compuestas por edificaciones que se componen porun solo edificio o cuerpo de edificación cuyas características son:

– Posibilidad de construcción independientemente de otras.

– Ausencia de medianerías.

– Único acceso desde la vía pública.

– Situación en parcela independiente.

14 28 de enero de 2004

Page 15: BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE VALLADOLIDIII.– ADMINISTRACIÓN LOCAL DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE VALLADOLID Área de Acción Territorial Anuncio de adjudicación de obras 1.–Entidad

Ámbito de aplicación

Corresponde a este tipo de ordenanza a las áreas delimitadascon las siglas VA en el plano de condiciones de la edificación. Seestablecen dos niveles: VA1 y VA2.

Condiciones de uso

El uso pormenorizado será vivienda exclusiva (VE).

Alineaciones

Serán las definidas en el plano correspondiente o, en sudefecto, las marcará el documento que describa la ordenacióndetallada del ámbito.

Condiciones tipológicas

1.– De las parcelas:

Cuando las parcelas objeto de edificación sean resultantes deuna agregación, subdivisión o reparcelación no podrán tenerdimensiones inferiores a:

Para VA1: Superficie: 400 m2. Frente a viario público: 15 m.Fondo 20 m.

Para VA2: Superificie: 1.000 m2. Frente a viario público: 20 m.Fondo 25 m.

Toda vivienda estará vinculada a una parcela igual o superior ala parcela mínima.

2.– De las edificaciones:

a) Ocupación máxima en parcela:

Para VA1: 50%.

Para VA2: 30%.

b) Edificabilidad máxima:

Para VA1: 0,50 m2/m2.

Para VA2: 0,30 m2/m2.

Con los siguientes límites de edificabilidad computablemáxima

parcelas superiores a 1.000 m2................................272,20 m2

parcelas entre 700 m2 y 1.000 m2 inclusive .............230,00 m2

parcelas menores de 700 m2 hasta 500 m2 .............208,00 m2

parcelas menores de 500 m2 hasta 400 m2 .............196,75 m2

c) La altura máxima: La altura máxima será de 6,5 m. a la líneade la cornisa. El número máximo de plantas será 2 (plantabaja y primera).

La altura máxima de la cumbrera será de 10 m.

d) Retranqueo mínimo de la alineación oficial exterior:

Para VA1: 2,5 m.

Para VA2: 5 m.

e) Retranqueo mínimo a linderos laterales y traseros: 3 m.

f) Cubiertas: La pendiente estará comprendida entre 30% y50%. En el sistema de cubrición de las cubiertas inclinadasse prohíben las pizarras y los chapados. Deberán cumplir losretranqueos mínimos.

g) Voladizos: Se permiten todo tipo de vuelos cumpliendo lascondiciones de retranqueos.

h) Aparcamientos: Se dispondrá de espacios para aparca-miento en el interior de la parcela a razón de una plaza porlos primeros 200 m2 construidos de vivienda, y una más porcada 100 m2 o fracción que exceda de los 200 m2.

f) Cerramientos de parcela:

– De fachada: Cerramiento de cerrajería de 2 m. de alturacon zócalo de 0,50 m.

– Linderos: 2 m. de altura.

4.4.4.3. Ordenanza para áreas colectivas.

Definición.

Se consideran el sistema de construcciones, instalaciones yespacios asociados destinados a la prestación de servicios educa-tivos, asistenciales, deportivos, culturales, institucionales, reli-giosos, urbanos y otros que sean necesarios.

Ámbito de aplicación

Corresponden a este tipo de ordenanza las áreas delimitadascon las denominaciones: Equipamiento escolar, Equipamientodeportivo público, Equipamiento social, Equipamiento dotacional,Equipamiento asistencial y Equipamiento comercial.

Condiciones de uso

Formado por el uso pormenorizado Colectivo de que se trate:

Equipamiento escolar: Formación, enseñanza e investigación,deporte.

Equipamiento deportivo: Deporte.

Equipamiento social: Cultural, enseñanza, deporte, religioso, ins-titucional, servicios, administrativo, hostelería y espectáculos.

Equipamiento asistencial: Asistencia sanitaria, social, deporte,administrativo, enseñanza, hostelería, hospedaje.

Equipamiento dotacional: Cultural, hostelería y espectáculos,deporte, enseñanza, servicios, administrativo, hospedaje.

Equipamiento comercial: Comercio y servicios, administrativo,hostelería, Industrial exclusivo para servicio del automóvil.

Alineaciones

Son las reflejadas en el plano de alineaciones.

Condiciones tipológicas

I.– Comunes a todos los usos colectivos.

1.–Condiciones de las edificaciones:

a) Edificabilidad: La edificabilidad máxima será de los equipa-mientos: Escolar, deportivo, social, asistencial, comercial —0,5 m2/m2, y dotacional— 0,3 m2 /m2.

b) Cubiertas: La pendiente máxima será del 35%.

c) Aparcamientos y accesos rodados: Se preverá dos plazas deaparcamiento en el interior de la parcela, por cada 100 m2 deconstrucción habitable y una será de uso público. Losaccesos se preverán en función de la entidad del uso colec-tivo de que se trate, siendo recomendable 2 como máximo(uno público y otro de servicio).

d) Los retranqueos se permiten, con cerramiento de parcela enla alineación.

2.–Condiciones estéticas. Composición libre.

II.–Para Usos Colectivos de propiedad pública, y Religiosos y deServicios Urbanos:

1.–De las parcelas:

La parcela mínima edificable será la necesaria para albergar eluso colectivo de que se trate.

2.–De las edificaciones:

a) Ocupación máxima en parcela: 80%. Se podrá superar esteporcentaje cuando las necesidades de lo proyectado lo justi-fique y se apruebe por el Ayuntamiento.

b) La altura máxima será de 6,5 m. a la línea de la cornisa. Elnúmero máximo de plantas será 2 (planta baja y primera). Laaltura máxima de la cumbrera será de 10 m. Se podrásuperar la altura máxima cuando las necesidades de lo pro-yectado lo justifique y se apruebe por el Ayuntamiento.

III.–Para el resto de usos colectivos:

1.–De las parcelas:

Cuando las parcelas objeto de edificación sean resultantes deuna agregación, subdivisión o reparcelación no podrán tenerdimensiones que no permitan la cabida del equipamiento para elque esté destinado, ni a 2.000 m2 salvo que la previsión obligatoriaexigida por la Ley de Urbanismo no alcance esta superficie en eldesarrollo de las Unidades de Actuación, admitiéndose tal reservacomo parcela mínima.

De las edificaciones:

Ocupación máxima en parcela: 80%.

La altura máxima: La altura máxima será de 6,5 m. a la línea dela cornisa. El número máximo de plantas será 2 (planta baja y pri-mera). La altura máxima de la cumbrera será de 10 m. Se podrá

28 de enero de 2004 15

Page 16: BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE VALLADOLIDIII.– ADMINISTRACIÓN LOCAL DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE VALLADOLID Área de Acción Territorial Anuncio de adjudicación de obras 1.–Entidad

superar la altura máxima cuando las necesidades de lo proyectadolo justifique y se apruebe por el Ayuntamiento.

4.4.4.4. Ordenanzas para espacios libres y zonas verdes.

Definición.

Se consideran espacios libres y zonas verdes aquellas áreasdestinadas a parques y jardines, áreas de ocio, expansión y recreode la población.

Ámbito de aplicación

Corresponden a este tipo de ordenanza las áreas delimitadaspara espacios libres y zonas verdes.

Condiciones de uso

El uso pormenorizado será el de espacios libres.

Condiciones particulares

En los parques, jardines, espacios de esparcimiento y ocio, y enlos espacios libres peatonales, estanciales o de recreo, no se per-mitirá más edificación que las instalaciones públicas imprescindi-bles para el cuidado y mantenimiento de los mismos, y aquellasque favorezcan el uso de estas zonas: Amueblamiento urbano,quioscos, templetes, pérgolas, anfiteatros descubiertos, etc.

Podrá también permitirse la construcción de quioscos o puestosde venta similares de pequeñas proporciones, debidamente autori-zados, cuya mayor dimensión en planta no supere los 5,00 m. ysiempre que no resulten anchuras inferiores a 1,80 m. para el pasode peatones.

4.4.4.5. Ordenanzas para espacios de viario y comunicación.

Definición y ámbito de aplicación.

Corresponden a este tipo de ordenanza los espacios destinadosal movimiento de personas y vehículos, incluso las zonas deestancia no incorporadas al sistema de parques y jardines.

En ningún caso se permitirá la ocupación de las construccioneshasta que no esté totalmente realizada la urbanización que afecte adichos edificios y estén en condiciones de funcionamiento los sumi-nistros de agua, energía eléctrica y redes de alcantarillado.

4.4.4.6. Ordenanza para parcelas de instalaciones.

Parcelas de uso exclusivo para las instalaciones urbanas de servicio a la urbanización estrictamente necesarias, no se asignaedificabilidad.

Relación de los demás documentos (Art. 61.2 Ley de Urbanismo de Castilla y León)

5.–Plan de etapas

6.–Unidades de actuación

7.–Evaluación de impacto ambiental

8.–Estudio económico y financiero

9.–Síntesis de la Memoria

10.–Iniciativa privada

11.–Estudio del tráfico

Relación de planos

1.–Situación 1:10.000

2.–Situación 1:2.000

3.–Situación catastral 1:5.000

4.–Estado actual

5.–Ordenación, alineaciones y usos

6.–Parcelas

7.–Pavimentación y perfiles

7’.–Sección cañada

8.–Red de saneamiento

9.–Red de agua

10.–Esquema de red de telefonía y gas

11.–Esquema de red de alumbrado público

12.–Esquema de red de baja y media tensión

13.–Plan de etapas

14.–Viviendas de protección

15.–Esquema de trafico y circulación

16.–Perfiles longitudinales I

17.–Perfiles longitudinales II

18.–Perfiles longitudinales III

517/2004

ARROYO DE LA ENCOMIENDA

Transcurrido el plazo de exposición pública del acuerdo delAyuntamiento de fecha 12 de noviembre de 2003, referido a laaprobación provisional de la modificación de la Ordenanza relativaa l Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras, sin quese haya presentado ninguna reclamación, dicho acuerdo se eleva adefinitivo de conformidad con lo dispuesto en el Art. 17.3 de la Ley39/1988, de 28 de diciembre, publicándose el texto íntegro dedicha modificación que afecta a su Art. 7.2, que queda redactadode la siguiente manera:

“2.–El tipo de gravamen será el cuatro por ciento (4%)”.

Contra cada este acuerdo, elevado a definitivo, y la ordenanzapodrán los interesados interponer recurso contenciosoadministra-tivo ante el Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León, consede en Valladolid, en el plazo de dos meses contados a partir deldía siguiente al de la publicación de este acuerdo y del texto íntegrode la Ordenanza en el “Boletín Oficial de la Provincia”.

Arroyo de laEncomienda, 16 de enero de 2004.–El Alcalde,JoséManuel Méndez Freijo.

513/2004

ARROYO DE LA ENCOMIENDA

Aprobado por el Pleno de la Corporación en sesión de 12-noviembre-2003 y expuesto al público por plazo reglamentariode 30 días naturales mediante edictos publicados en el Tablón deEdictos del Ayuntamiento y Boletín Oficial de la Provincia del día 9 de diciembre de 2003, el documento de“Memoria de constitucióny Estatutos de laEmpresa Municipal deSuelo,Vivienda, Gestión deServicios Públicos e Infraestructuras de Arroyo de la Encomienda”;sin que se haya presentado sobre el mismo alegación ni reclama-ción alguna, se procede a la publicación de los citados Estatutos,de acuerdo y a los efectos de lo dispuesto en el Art. 70.2 de laLey7/1985, reguladora de las Bases del Régimen Local (LBRL).

De conformidad con lo dispuesto en el Art. 52.1 de la Ley7/1985, de 2 de abril Reguladora de las Bases del Régimen Local,contra el citado acuerdo, que es definitivo en la vía administrativa yEstatutos, puede interponerse, potestativamente, recurso de repo-sición ante el propio Pleno de laCorporación en el plazo de un mescontado desde el día siguiente a aquél en que tenga lugar la publi-cación del presente Edicto; o bien, recurso contencioso-administra-tivo, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del TribunalSuperior deJusticia de Castilla yLeón (Sección de Valladolid), en elplazo de dos meses, contados desde el mismo día, conforme pre-viene el Art. 46 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Conten-cioso-Administrativa. Contra el acuerdo que resuelva el recurso dereposición podrá interponerse igualmente recurso contencioso-administrativo ante el mismo órgano jurisdiccional, en el plazo dedos meses contados desde el día siguiente a aquél en que se noti-fique la resolución expresa del recurso de reposición. Si no sehubiera resuelto expresamente dicho recurso, será de aplicación elrégimen de actos presuntos del Art. 46 de la citadaLey de Jurisdic-ción Contencioso-Administrativa.

ESTATUTOS DE LA EMPRESA

TÍTULO I

Denominación, objeto, duración y domicilio social de la empresa

Artículo 1.º–Denominación.

Se crea una empresa Urbanística y de gestión de serviciopúblico de carácter mercantil, en forma de Sociedad de responsa-bilidad limitada urbanística de carácter unipersonal, de ámbito local,con la denominación “EMPRESA MUNICIPAL DE SUELO,VIVIENDA Y GESTIÓN DE SERVICIOS PÚBLICOS E INFRAES-TRUCTURAS DE ARROYO DE LA ENCOMIENDA” que se regirá porlo dispuesto en los presentes estatutos, por las disposiciones delDecreto 1169/1978 de 2 de mayo, deConstitución de SociedadesUrbanísticas, por la vigente Ley de Sociedades deResponsabilidadLimitada, por la Ley Reguladora de las Bases de Régimen Local,por el Texto Refundido de las disposiciones legales vigentes enmateria de régimen local, por la Ley Reguladora de lasHaciendas

16 28 de enero de 2004

Page 17: BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE VALLADOLIDIII.– ADMINISTRACIÓN LOCAL DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE VALLADOLID Área de Acción Territorial Anuncio de adjudicación de obras 1.–Entidad

Locales, por el Reglamento de Servicios de las CorporacionesLocales y por las disposiciones legales que en cada momento seande aplicación.

Artículo 2.º–Objeto social.

Constituye el objeto social de la citada sociedad, la promoción,preparación y gestión del suelo y el desarrollo de programas depromoción de viviendas e inmuebles, la ejecución y desarrollo deinfraestructuras y Sistemas Generales así como la gestión de cual-quier servicio público que le encomiende el Ayuntamiento, previoacuerdo del Pleno de la Corporación en éste último caso, dentro deltérmino municipal de Arroyo de la Encomienda, sin poder abarcarnunca la totalidad de los de titularidad municipal.A este respecto ydentro de su objeto social, la sociedad podrá llevar a cabo entreotras, las siguientes actividades:

– La adquisición, venta, cesión, canje y permuta de solares yterrenos, la promoción y preparación de suelo y ejecución deactividades de renovación o remodelación urbana y la ejecu-ción de proyectos de expropiación que, de acuerdo con laLey, el Ayuntamiento de Arroyo de la Encomienda le conceda.

– La ejecución de obras de infraestructura urbana y de la dota-ción de los servicios necesarios para la urbanización de losterrenos y la gestión y explotación de los servicios implan-tados.

– La ejecución, desarrollo y puesta en marcha de los SistemasGenerales, obras públicas, equipamientos, infraestructuras ycualesquiera otra obra a la que el Ayuntamiento de Arroyo dela Encomienda confiera carácter de obras de interés general.

– La construcción, promoción y aprovechamiento de viviendasy fincas urbanas y la administración, conservación e inspec-ción de las viviendas, fincas, solares, conjuntos urbanísticoso terrenos adquiridos por su cuenta o que le sean transfe-ridos por el Estado, por el Ayuntamiento de Arroyo de laEncomienda o por cualquier otra persona jurídica, pública oprivada.

– La cesión en venta de viviendas que hubiera venido a cons-truir y la cesión desinteresada de viviendas, locales comer-ciales y todo tipo de propiedades transferidas a la gestión dela empresa, en la forma que determine el Ayuntamiento deArroyo de la Encomienda y de acuerdo con la legislaciónvigente.

– Y en general, el desarrollo de todas las facultades que enrelación a la promoción de suelo, vivienda o prestación deservicios públicos que le sean transferidos por el Ayunta-miento de Arroyo de la Encomienda.

El objeto social se podrá realizar por la sociedad de formadirecta o indirecta, incluso mediante la titularidad de acciones oparticipaciones en sociedades con objeto idéntico, análogo o parecido.

Artículo 3.º–Duración.

La Sociedad se constituye por plazo indefinido a contar desdela fecha de la escritura de constitución. La fecha de comienzo delas operaciones es la del otorgamiento de su escritura funda-c i o n a l . Si algunas de las actividades que puede desarrollar lasociedad por razón de su objeto necesitara de autorización admi-nistrativa, empezará a ejercer la citada actividad a partir de lafecha de su concesión.

Artículo 4.º–Domicilio social.

El domicilio social se fija en la Plaza de España, 1 de Arroyo dela Encomienda.

El Consejo deAdministración de la Sociedad podrá establecer,suprimir o trasladar cuantas sucursales, agencias o delegacionestenga por conveniente, así como cambiar el domicilio dentro de lamisma población.

TÍTULO II

Capital Social y Participaciones Sociales

Artículo 5.º–Capital social.

El capital social se fija en la cantidad de SESENTA MIL DOS-CIENTOS EUROS(60.200) estando representado por 3.001 partici-paciones sociales de 200 euros de valor nominal cada una, nume-radas correlativamente de la 1 a la 3.001, ambos inclusive, constitu-yendo una sola clase y serie.

El referido capital social está íntegramente suscrito y desembol-sado por el Ayuntamiento de Arroyo de la Encomienda, titularexclusivo de la totalidad de las participaciones sociales que lo com-ponen no pudiendo éste ser transferido ni destinado a finalidad dis-tinta del objeto de esta empresa, pero sí ampliado o disminuido deacuerdo con las disposiciones legales.Las nuevas participacionessociales pertenecerán íntegramente al Ayuntamiento de Arroyo dela Encomienda.

Artículo 6.º–Participaciones sociales.

Las participaciones sociales figurarán inscritas en el libroregistro de socios que llevará la sociedad, en el que se inscribiránen su caso la constitución de derechos reales sobre ellas en laforma determinada en la Ley.

Artículo 7.º–Aumento y reducción de capital social, capitalautorizado.

El Capital Social podrá aumentarse o reducirse por acuerdo dela Junta General, con arreglo a los preceptos de estos estatutos ylos requisitos exigidos por la Ley.

La Junta General podrá autorizar al Consejo de Administraciónde la Sociedad para que dentro del plazo máximo de un año acontar desde el acuerdo de la Junta, el órgano de Administraciónpueda proceder en la fecha, cuantía y veces que estime oportunas,a la ampliación de capital social hasta en un cincuenta por cientode la cifra de capital en el momento del acuerdo de autorización.

Artículo 8.º–Aumento de capital con cargo a reservas.

Podrán efectuarse aumentos de capital por transformación dereservas o beneficios no distribuidos que figuren en el patrimoniode la sociedad. Podrán utilizarse para tal fin las reservas disponi-bles, las primas de asunción de las participaciones sociales.

TÍTULO III

Órganos Sociales

Artículo 9.º–Norma general.

La dirección y administración de la sociedad estará a cargo delos siguientes órganos:

1) La Junta General.

2) El Consejo de Administración.

3) La Gerencia.

Sección Primera: La Junta General

Artículo 10.º–Composición, requisitos, Presidencia y Secre-taría.

El Pleno del Ayuntamiento asumirá las funciones y competen-cias de la Junta General.

La convocatoria, constitución, procedimiento, votaciones yadopción de acuerdos de lasJuntas General Ordinarias y Extraordi-narias, se acomodará a las disposiciones que en cada momentoestuvieran vigentes en materia de régimen local respecto del Plenodel Ayuntamiento.

Serán Presidente y Secretario de las Juntas Generales, quienesostenten el cargo dePresidente y Secretario del Pleno del Ayunta-miento respectivamente.

A las Juntas Generales podrán asistir, con voz pero sin voto, losmiembros del Consejo de Administración que no pertenezcan alPleno del Ayuntamiento, el Gerente y las personas a las que la Leyo el Estatuto presente otorgue dicho derecho, así como aquellaspersonas que sean expresamente autorizadas por la propia JuntaGeneral a propuesta del Consejo de Administración.

La Junta General quedará válidamente constituida, en primera osegunda convocatoria, con la asistencia de un tercio del númerolegal de miembros de la Corporación, que nunca podrá ser inferiora tres (3).Este quórum deberá mantenerse durante toda la sesión.En todo caso se requiere la asistencia del Presidente y del Secre-tario de la Corporación o de quienes legalmente les sustituyan.

De no conseguirse este quórum en primera convocatoria, seentenderá convocada la sesión automáticamente a la misma hora,dos días después. Si tampoco entonces se alcanzase el quórumnecesario, la Presidencia dejará sin efecto la convocatoria pospo-niendo el estudio de los asuntos incluidos en el orden del día parala primera sesión que se celebre con posterioridad, sea ordinaria oextraordinaria.

Para deliberar, la Junta procederá a su constitución formando,en primer lugar, una mesa que estará integrada por el Presidente y

28 de enero de 2004 17

Page 18: BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE VALLADOLIDIII.– ADMINISTRACIÓN LOCAL DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE VALLADOLID Área de Acción Territorial Anuncio de adjudicación de obras 1.–Entidad

el Secretario y por la lista de asistentes. Acto seguido se debatiránlos puntos del orden del día por el orden indicado en la convoca-toria, salvo que la Junta, a propuesta del Presidente, acuerde sua l t e r a c i ó n . El Presidente dirigirá y moderará las intervenciones delos asistentes y, una vez finalizadas las deliberaciones, se votará elpunto del orden del día previamente debatido.Antes de comenzarla votación el Alcalde o Presidente planteará clara y concisamentelos términos de la misma y la forma de emitir el voto.

Los acuerdos se adoptarán según lo establecido en la Legisla-ción de Régimen Local vigente.

Artículo 11.º–Junta General Ordinaria.

LaJunta General se reunirá obligatoriamente y con carácter deordinaria una vez al año dentro del primer semestre, en el día y lahora que determine su Presidente a propuesta del Consejo deAdministración de la empresa, para censurar la gestión social,aprobar, en su caso, las cuentas del ejercicio anterior y resolversobre la aplicación del resultado.

Artículo 12.º–Junta General Extraordinaria.

La Junta General Extraordinaria se reunirá a convocatoria de suPresidente, a propuesta del Consejo de Administración de laempresa o de los miembros de laCorporación, en la forma y plazosestablecidos en la Legislación de Régimen Local.

Artículo 13.º–Competencias de la Junta General.

La Junta General Ordinaria o Extraordinaria, sin perjuicio de loprevisto en el artículo 11 de estos Estatutos, tendrá las siguientescompetencias:

a) Nombrar, cesar o ratificar a los miembros del Consejo deAdministración.

b) Modificar sus Estatutos Sociales.

c) Aumentar o disminuir su capital social.

d) Transformar o disolver la sociedad.

e) Fijar las retribuciones, dietas, asistencias e indemnizacionesde los miembros del Consejo de Administración.

f) Nombrar, en su caso, a los Auditores de cuentas de laSociedad.

g) Aprobar los presupuestos y los programas de actuación.

h) Aprobar a propuesta del Consejo de Administración losReglamentos de Servicio y de R é g i m e n Interior que puedanser necesarios.

i) Aceptación previa o no del nombramiento y cese de la per-sona que el Consejo de Administración haya seleccionadocomo Gerente.

j) Aprobar el Inventario y las Cuentas Anuales.

k) Cualquier otra que la Ley de Sociedades de ResponsabilidadLimitada atribuya a laJunta General o que por la Ley o losestatutos no esté atribuida a otro órgano social.

Artículo 14.º–Libro de Actas.

De cada sesión de la Junta General el Secretario extenderá unacta.El acta, una vez aprobada por el Pleno, se transcribirá en elLibro de Actas, autorizándola con la firma del Alcalde o Presidente ydel Secretario.

De cada sesión que celebre la Junta se levantará acta por suSecretario, en la cual se hará constar:

a) Lugar de la reunión, con expresión del nombre del municipioy local en que se celebrará.

b) Día, mes y año.

c) Hora en que comienza.

d) Nombre y apellidos del Presidente, de los miembros de laCorporación presentes, de los ausentes que se hubieranexcusado y de los que falten sin excusas.

e) Carácter ordinario o extraordinario de la sesión, y si secelebra en primera o segunda convocatoria.

f) Asistencia del Secretario o de quien legalmente le sustituya.

g) Asuntos que examinen, opiniones sintetizadas de los miem-bros de la Corporación que hubieran intervenido en las deli-beraciones e incidencias de éstas.

h) Votaciones que se verifiquen y, en el caso de las nominales,el sentido en que cada miembro emita su voto. En las vota-ciones ordinarias se hará constar el número de votos afirma-tivos, de los negativos y de las abstenciones. Se haráconstar nominalmente el sentido del voto cuando así lo pidanlos interesados.

i) Parte dispositiva de los acuerdos que se adopten.

j) Hora en que el Presidente levante la sesión.

De no celebrarse sesión por falta de asistentes o por cualquierotro motivo, el Secretario suplirá el acta con una diligencia autori-zada con su firma, en la que consigne la causa y nombres de losconcurrentes y de los que hubieran excusado su asistencia.

El acta de la Junta podrá ser aprobada por la propia Junta acontinuación de su celebración y, en su defecto, en la sesiónsiguiente, adquiriendo fuerza ejecutiva, desde su adopción.

Las certificaciones de las actas de la Junta General seránexpedidas, y los acuerdos se elevarán a públicos, por las per-sonas legitimadas para ello por la legislación reguladora delRegistro Mercantil.

Sección Segunda: El Consejo de Administración

Artículo 15.º–Número y condición de los Consejeros.

El órgano de gestión y representación permanente de laSociedad será el Consejo de Administración, formado por 5 miem-bros elegidos por laJuntaGeneral, de los cuales 2 serán miembrosde la Corporación y 3 personal técnico.

Artículo 16.º–Duración del cargo de Consejero.

Los consejeros serán nombrados por un plazo máximo decuatro años, cesando con la expiración del mandato corporativo–sean o no concejales–, continuando en funciones hasta la desig-nación de los nuevos consejeros por la nueva Corporación queconstituya tras cada elección.

También cesarán cuando así lo acuerde la Junta General.

Artículo 17.º–Convocatoria, constitución y acuerdos.

El Consejo de Administración se reunirá en sesión ordinariacon una periodicidad quincenal el primer año de vigencia de las o c i e d a d . A partir del primer año se celebrará una sesión ordi-naria mensual. Además se reunirá siempre que lo disponga suPresidente o lo soliciten al menos tres de sus componentes, encuyo caso se convocará por su Presidente para reunirse dentrode los quince días siguientes a la petición. La convocatoria sehará siempre por escrito (carta, telex, telegrama o telefax) dirigidopersonalmente a cada consejero, con una antelación mínima dedos días hábiles a la fecha de la reunión, expresándose lospuntos a tratar en el orden del día.

El Consejo de Administración quedará válidamente constituidocuando concurran a la reunión, presentes o representados, la mitadmás uno de sus componentes, quórum que se ha de mantenerdurante toda la sesión. La representación para concurrir al Consejohabrá de recaer necesariamente en otro Consejero, y se conferirámediante carta dirigida al Presidente.

Salvo los acuerdos en que la ley exija la mayoría cualificada,éstos se adoptarán por mayoría absoluta de los consejeros concu-rrentes, decidiendo en caso de empate el voto del Presidente, quiena su vez dirigirá las deliberaciones y votaciones.El Consejo podráadoptar acuerdos, sin sesión, mediante votación por escrito, siningún Consejero se opone a este procedimiento.

El Consejo de Administración, a propuesta de su Presidente,podrá autorizar a cualquier persona no Consejero para asistir convoz pero sin voto a sus sesiones.

Artículo 18.º–Nombramiento del Presidente,Vicepresidente ySecretario. Libro de Actas.

La Junta General nombrará, de entre los miembros delConsejo,a su Presidente y, si lo considera oportuno, un Vicepresidente quesustituya a aquél en todas sus funciones en caso de ausencia.

El cargo de Secretario del Consejo de Administración, que noformará parte del Consejo, recaerá en la persona que designe elmismo, el cual asistirá a las reuniones del Consejo con voz pero sinvoto.Podrá nombrarse un suplente del Secretario que actuará pordelegación de éste.

El Consejo de Administración regulará su propio funciona-miento, aceptará la dimisión de los consejeros y procederá, en su

18 28 de enero de 2004

Page 19: BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE VALLADOLIDIII.– ADMINISTRACIÓN LOCAL DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE VALLADOLID Área de Acción Territorial Anuncio de adjudicación de obras 1.–Entidad

caso, si se producen vacantes durante el plazo para el que fueronnombrados los Consejeros, a designar a las personas que hayan deocupar tales plazas hasta que se reúna la primera Junta G e n e r a l ,debiendo recaer esta designación en un miembro del Pleno delAyuntamiento cuando fuese ésta la condición del consejero res-pecto del que se haya producido la vacante.

Las discusiones y acuerdos del Consejo se llevarán a unLibrodeActas, y éstas serán firmadas por el Presidente y el Secretario o,en su caso, por el Vicepresidente y el Secretario.

Las certificaciones de las actas serán expedidas por el Secre-tario del Consejo de Administración con el Visto Bueno del Presi-dente, o en su caso, del Vicepresidente.

Artículo 19.º–Competencias y funciones del Consejo.

Corresponde al Consejo de Administración la más amplias facul-tades para el cumplimiento y desarrollo del objeto social, salvo loque por Ley o Estatutos está reservado a la Junta General deAccionistas o al Gerente. Asimismo corresponde al Consejo deAdministración la representación de la Sociedad en todos losasuntos relativos al giro o tráfico de la empresa, pudiendo a talefecto comparecer ante toda clase de autoridades, órganospúblicos o privados, Juzgados y Tribunales de cualquier jurisdiccióno nacionalidad y teniendo facultades, lo más ampliamente enten-didas, para contratar en general y realizar toda clase de actos onegocios, obligacionales o dispositivos, de gravamen, de adminis-tración ordinaria o extraordinaria y de riguroso dominio, respecto atoda clase de bienes, muebles, inmuebles, dinero, valores mobilia-rios y asuntos que no sean competencia de otros órganos y esténincluidos en el objeto social.

El particular serán atribuciones del Consejo de Administración:

a) La dirección, gestión y administración superior de laSociedad.

b) Ejecutar los acuerdos y seguir las directrices fijadas por laJunta General.

c) Ejecutar las directrices establecidas por la Junta Generalsobre la política del personal de la empresa.

d) Acordar el ejercicio y desistimiento de acciones y cuantasmaterias no estén expresamente reservadas a la JuntaGeneral o al Presidente.

e) Formular las cuentas anuales, el informe de gestión y la pro-puesta de aplicación de resultados, así como, en su caso,las cuentas y el informe de gestión consolidados.

f) Autorizar toda clase de contratos, adquisiciones y suminis-tros, fijando las condiciones generales que hayan de regirtales contrataciones.

g) Señalar, en su caso, las normas para la actuación de laGerencia colegiada.

h) Contratar con cualquier entidad y organismo estatal, autonó-mico o particular los empréstitos, operaciones de préstamos,créditos, etc., que puedan ser necesarios para el desarrollode las actividades encomendadas a la Sociedad.

i) Celebrar toda clase de actos y contratos, adquirir, comprar,permutar, vender y arrendar bienes, muebles e inmuebles, yconstituir y cancelar derechos reales e hipotecas.

j) Requerir los asesoramientos técnicos que sean necesariosen cada ocasión para mejor marcha de la Sociedad, conarreglo a los preceptos legales en vigor.

k) Delegar todas o parte de sus facultades, salvo las que legal-mente no pueden ser objeto de delegación.

l) Resolver el empleo y colocación de las reservas y fondosdisponibles.

m) Autorizar el otorgamiento y formalización de las escrituras ydocumentos que sean necesarios para la consecución del finsocial, con las cláusulas y requisitos que estime oportunos.

n) Arbitrar fondos por medio de cuentas corrientes de crédito uotras operaciones análogas, con o sin garantía de bienessociales.

ñ) Aprobar y proponer a la Junta General la aprobación de losReglamentos deServicios y de Régimen Interior que puedanser necesarios.

o) Llevar a la práctica los acuerdos de la Junta General por sí oa través de la Gerencia.

p) Ejercer todas las atribuciones que se desprenden de losEstatutos y de los acuerdos que adopte la Junta General, asícomo entender en todo aquello que afecte a la marcha de laSociedad, cuya administración se le encomienda.

q) Otorgar poderes para pleitos con facultad de absolver posi-ciones en Juicio.

r) Someter a juicio de árbitros o de amigables componedorescualesquiera cuestiones en que esté interesada la Sociedad.

s) Nombramiento y cese del Gerente previa aceptación por laJunta General.

La precedente enumeración de facultades no limita las quecompeten al Consejo de Administración para dirigir y gobernar elnegocio social, en todo cuanto no esté expresamente reservadopor la Ley o por estos Estatutos, a la competencia privativa de laJunta General de Accionistas o a la Gerencia.

Artículo 20.º–Funciones del Presidente, Vicepresidente ySecretario.

El Presidente del Consejo de Administración es el órgano ejecu-tivo del mismo y estará facultado para, haciendo uso de la firmasocial, representar a la Sociedad tanto en juicio como fuera de él,pudiendo comparecer sin necesidad de poder especial y previoante toda clase de jueces y tribunales, corporaciones o entidadesjurídicas públicas o privadas, así como ante el Banco deEspaña ysus sucursales. También podrá otorgar las delegaciones de facul-tades precisas para el cumplimiento de los referidos fines.

En concreto, el Presidente estará facultado para:

a) Convocar los Consejos de Administración.

b) Señalar el Orden del Día de los asuntos que han de tratarseen cada reunión.

c) Presidir y dirigir las deliberaciones y votaciones, decidiendolos empates con su voto de calidad.

d) Actuar en nombre del Consejo, llevando a su representaciónen toda clase de pleitos y procedimientos y en los recursosjudiciales y administrativos pertinentes, así como otorgarpoderes a Letrados y Procuradores necesarios para estosfines.

e) Proponer a la Junta General el nombramiento y separaciónde las personas que hayan de integrar la Gerencia.

f) Preparar, en unión de laGerencia y del Secretario, las pro-puestas, memorias, cuentas, informes e inventarios quehayan de ser aprobados por el Consejo.

g) Ordenar la ejecución de los acuerdos del Consejo.

h) Delegar todas o alguna de sus funciones en el Vicepresi-dente.

El Vicepresidente sustituirá en la totalidad de sus funciones alPresidente, en los casos de ausencia, enfermedad o impedi-mento que imposibilite a éste para el ejercicio de sus atribu-ciones así como para desempeñar las funciones del Presidenteen los supuestos de vacante o hasta que tome posesión el nuevoP r e s i d e n t e . Tendrá además las atribuciones que le encomiende elConsejo de Administración de la Sociedad o las que le delegue elP r e s i d e n t e .

El Secretario, desempeñará las siguientes funciones:

a) Convocar las sesiones por orden del Presidente y dar cuentade los asuntos que existan, solicitando antes los antece-dentes necesarios a la Gerencia para la formalización delorden del día.

b) Asistir a las sesiones, levantando acta de las mismas, que fir-mará con el Presidente y serán extendidas en el Libro deActas correspondiente.

c) Expedir, con el Visto Bueno del Presidente, las certifica-ciones de los acuerdos adoptados por el Consejo de Admi-nistración.

d) Todas aquellas que le atribuya la legislación mercantilvigente en la materia.

El Consejo de Administración podrá delegar también concarácter permanente, sus facultades representativas en tres Conse-jeros Delegados, los cuales actuarán con carácter mancomunadode dos cualesquiera de ellos.

28 de enero de 2004 19

Page 20: BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE VALLADOLIDIII.– ADMINISTRACIÓN LOCAL DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE VALLADOLID Área de Acción Territorial Anuncio de adjudicación de obras 1.–Entidad

Asimismo, el Consejo de Administración, podrá nombrar uno ovarios directores o apoderados para la mejor y más procedentedirección, administración y representación de la sociedad, denomi-nados o no Gerentes.

Igualmente, podrán designar un Letrado asesor, al objeto de querealice las funciones establecidas en la legislación mercantil.

Artículo 21.º–Retribuciones y dietas de asistencia de losConsejeros, Secretario, Interventor y Letrado.

La Junta General Ordinaria establecerá cada año o con validezpara los ejercicios que la propia Junta decida, la remuneración de losconsejeros, dentro de los límites establecidos por la Ley. D i c h acuantía consistirá en dietas por asistencia a las reuniones del Consejo(Ley 53/1984, de Incompatibilidades del Personal al Servicio de lasAdministraciones Públicas y Real Decreto 2568/1986 por el que seaprueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento y RégimenJurídico de las Entidades Locales). La retribución del Secretario, I n t e r-ventor y Letrado será fijada por el Consejo de Administración.

Sección Tercera: La Gerencia

Artículo 22.º–Nombramiento y funciones.

El Gerente será nombrado y cesado por el Consejo de Adminis-tración tras aprobar la Junta General la propuesta del Consejo.

Podrá asistir con voz y sin voto a las reuniones del Consejo deAdministración, y en caso de que éste lo estime oportuno, o a peticióndel Presidente a las Juntas Generales Ordinarias y Extraordinarias, asícomo a las comisiones o comités delegados que puedan crearse.

Podrá ejercer las siguientes facultades además de las que ledelegue el Consejo de Administración:

a) Dirigir y supervisar la ejecución de los acuerdos del Consejoy ejecutarlos él mismo.

b) Firmar los contratos autorizados por el Consejo.

c) Proponer al Presidente los Asuntos a incluir en el Orden delDía de las reuniones del Consejo.

d) Establecer políticas y directrices sobre las actividadesbásicas de la Empresa, que someterá a la aprobación delConsejo de Administración.

e) Establecer la política de personal que considere más adecuadacon los criterios que marque el Consejo de A d m i n i s t r a c i ó n .

f) Establecer directrices para la elaboración de los presu-puestos y programas de actuación de la Sociedad.

g) Proponer al Consejo las líneas generales de política comer-cial y financiera de la Empresa.

h) Vigilar el desarrollo de las actividades de la Sociedad.

i) Ejercer la Jefatura directa e inmediata de todo el personalcontratado por la Sociedad.

j) Organizar, dirigir y vigilar la realización de las actividades ydistribuir el trabajo con plenas facultades, para encomendara cada empleado las funciones que considere convenientesen cada caso, de acuerdo con su situación laboral.

k) Acordar la apertura o cancelación de las cuentas corrientes,generales en cualquier entidad bancaria, señalando los requi-sitos para la apertura de dichas cuentas, así como la disposi-ción de fondos que acuerde el Consejo de Administración.

l) Preparar la información necesaria acerca de los asuntos deque deba tratar el Consejo a requerimiento del Secretario.

m) Llevar la firma de la correspondencia, recibos, talones, trans-ferencias, facturas y, en general, cuantos documentos seannecesarios para el desarrollo de sus funciones en ejecuciónde los acuerdos del Consejo.

TÍTULO IV

Ejercicio Social, Cuentas Anuales y aplicación del resultado

Artículo 23.º–Ejercicio social.

El ejercicio social comenzará el primero de enero y terminará eltreinta y uno de diciembre de cada año. Por excepción el primer ejer-cicio social comenzará el día de la firma de la Escritura de Constitu-ción y terminará el treinta y uno de diciembre del mismo año.

Artículo 24.º–Cuentas anuales.

ElConsejo de Administración, dentro del plazo legal, formularálas cuentas anuales, el informe de gestión y la propuesta de aplica-

ción del resultado, así como, en su caso, las cuentas y el informede gestión consolidados, para, una vez revisados e informados porlos Auditores de Cuentas, en su caso, y fiscalizados por el Inter-ventor, ser presentados a la Junta General.En cuanto al depósito ypublicidad de las cuentas se estará a lo dispuesto en el artículo 218y siguientes de la Ley deSociedades Anónimas y a lo que en cadamomento determine la legislación aplicable.

Artículo 25.º–Aplicación de resultados.

De los beneficios sociales, en su caso, se detraerán las reservaslegales y serán distribuidos de la manera que acuerde la Junta GeneralOrdinaria, de conformidad con las disposiciones legales vigentes.

TÍTULO V

Disolución y Liquidación de la Sociedad

Artículo 26.º–Disolución.

La Sociedad se disolverá por acuerdo de la Junta General conlos requisitos establecidos en la Ley y por las causas previstas en lamisma.

Cuando la Sociedad deba disolverse por alguna de las causaslegalmente previstas, que exija acuerdo de la Junta General, elConsejo de Administración deberá convocarla en el plazo de dosmeses desde que concurra dicha causa para que adopte el acuerdode disolución.

Cuando la disolución deba tener lugar por haberse reducido elpatrimonio a una cantidad inferior a la mitad del capital social,aquélla podrá evitarse mediante acuerdo de aumento o reducciónde capital en la cuantía suficiente. Dicha regularización será eficazsiempre que se haga antes de que se decrete la disolución judicialde la Sociedad.

Artículo 27.º–Liquidación y cancelación.

Acordada la disolución de laSociedad, el Consejo de Adminis-tración ejercerá las funciones de la Comisión liquidadora, con lasobligaciones y facultades que para los mismos establece la Ley.

El número de miembros de laComisión liquidadora deberá sersiempre impar.

En caso de ser número par, cesará en su cargo, al constituirsedichaComisión, el Consejero últimamente nombrado y, si hubiesevarios en igual situación, cesará el de mayor edad.

Aprobado el Balance final por la Junta General, el mismo sepublicará en el “Boletín Oficial del Registro Mercantil” y en uno delos periódicos de mayor circulación en el lugar del domicilio social.Asimismo los liquidadores solicitarán del Registrador Mercantil lacancelación de los asientos referentes a la Sociedad extinguida ydepositarán en dicho Registro los Libros de Comercio y docu-mentos relativos a su tráfico.

Finalizada la liquidación, el haber líquido resultante se integraráen el Patrimonio del Ayuntamiento de Arroyo de la Encomienda.

TÍTULO VI

Función Inspectora, contabilidad, previsión de ingresos y gastos, programas anuales de actuación, inversiones

y financiación, y funciones de control y fiscalización

Artículo 28.º–Control, contabilidad, presupuestos y pro-gramas anuales.

L a Sociedad en cuanto tal y sus órganos quedan sujetos a lanormativa local específica relativa a las funciones inspectoras, decontrol y fiscalización, contabilidad, previsiones de ingresos ygastos, y programas anuales de actuación, inversiones y financia-ción, y especialmente a lo previsto para tales casos por la Ley39/1988 de 28 de diciembre, Reguladora de las Haciendas Localesy por el Real Decreto 500/1990, de 20 de abril que desarrolla elCapítulo I del Título Sexto de la Ley en materia de Presupuestos.Los órganos sociales deberán velar por el cumplimiento de las obli-gaciones y exigencias que se deriven de la referida normativa legal.

Artículo 29.º–Intervención.

Corresponde al Interventor del Ayuntamiento de Arroyo de laEncomienda las funciones que la legislación deRégimen Local atri-buya a la Intervención Municipal en estas materias, pudiendoejercer dichas funciones por delegación en un técnico municipalque actuará como Interventor Delegado.

Arroyo de laEncomienda, 20 de enero de 2004.–El Alcalde,JoséManuel Méndez Freijo.

516/2004

20 28 de enero de 2004

Page 21: BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE VALLADOLIDIII.– ADMINISTRACIÓN LOCAL DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE VALLADOLID Área de Acción Territorial Anuncio de adjudicación de obras 1.–Entidad

BOECILLO

En cumplimiento de lo dispuesto en el Art. 27.2 de la Ley dePrevención Ambiental de 8 de abril de 2003, se somete a informa-ción pública el expediente n.º 9/04, incoado a petición de don LuisGerardo Gutiérrez Fuentes en nombre y representación deCRYSTAL PHARMA, S.A., para la instalación de nueva actividadconsistente en una Planta de Cristalización Estéril en la parcela n.º 113 del Parque Tecnológico de Boecillo, para que quienes seconsideran afectados de algún modo por dicha actividad puedaexaminarlo durante horas de oficina en la Sección de Licencias deesteAyuntamiento y formular por escrito en el Registro General lasobservaciones pertinentes, todo ello en el término de VEINTE díashábiles a contar del siguiente al de la publicación de este anuncio.

Boecillo, 20 de enero de 2004.–El Alcalde, Miguel Ángel MorenoMoreno.

505/2004

LAGUNA DE DUERO

Mediante Decreto de Alcaldía de fecha 15 de enero de 2004 seacordó aprobar definitivamente el Proyecto de Actuación conReparcelación para la Unidad deEjecución n.º 1 del Sector 7 “VistaAlegre” del vigente P.G.O.U. de Laguna de Duero, a instancia dedon Jesús Fraguela, en representación de “FADESA INMOBILIARIA,S.A.”, según documento técnico redactado por los Arquitectosdoña Gema García Díaz y don Bernardino HernándezPóveda y sus-crito por el Abogado don César Pérez Maldonado.

Contra este acto que es definitivo en vía administrativa puedenlos interesados interponer potestativamente recurso de reposiciónen el plazo de un mes ante el mismo órgano que lo ha dictado obien impugnarlo directamente ante el Tribunal Superior de Justiciade Castilla y León con sede en Valladolid en el plazo de dos meses,computándose los plazos para recurrir a partir del día siguiente alde la notificación o publicación del acto y todo ello sin perjuicio deque los interesados puedan ejercitar cualquier otro recurso queestimen procedente. En el caso de haber interpuesto recurso dereposición, no se podrá interponer recurso contencioso-administra-tivo hasta que sea resuelto expresamente o se haya producido ladesestimación presunta del recurso interpuesto.

Laguna de Duero, 15 de enero de 2004.–El A l c a l d e , B . J e s ú sViejo Castro.

508/2004

MEDINA DEL CAMPO

Secretaría General

Adjudicación contrato que se indica

1.–Entidad adjudicadora.

A) Organismo: Excmo. Ayuntamiento de Medina del Campo(Valladolid).

B) Dependencia que tramita el expediente: Contratación y Patri-monio (Secretaría).

2.–Objeto del contrato.

A) Tipo de contrato: Asistencia técnica.

B) Descripción del objeto: Obras “Asistencia técnica para laredacción de proyecto básico y de ejecución, estudio deseguridad y salud y proyectos específicos para la rehabilita-ción del Palacio de los Quintanilla de Medina del Campopara Museo y Centro Cultural”.

B) Boletín Oficial y fecha de publicación del anuncio de licita-ción: BOP n.º 252 de 31/10/2003.

3.–Tramitación, procedimiento y forma de adjudicación.

A) Tramitación: Urgente.

B) Procedimiento: Abierto.

C) Forma: Concurso.

4.–Presupuesto base de licitación.

Importe total: 170.000,00 .

5.–Adjudicación.

A) Fecha: Decreto de Alcaldía de 13 de noviembre de 2003.

B) Contratista: Don Manuel de las Casas Gómez.

C) Nacionalidad: Española.

D) Importe de la adjudicación: 166.600,00 .

E) Puntuación del concurso: 52 puntos.

Lo que se hace público en el BOP, en cumplimiento de lo queestablece el artículo 93.2 del TRLCAP.

Medina del Campo, 7 de enero de 2004.–El Alcalde, CrescencioMartín Pascual.

405/2004

MEDINA DEL CAMPO

Intervención

Transcurrido el plazo de exposición pública de la aprobación ini -cial del Presupuesto General del Ayuntamiento de Medina delCampo para el ejercicio 2004 y, sin haberse producido durantedicho período ninguna reclamación, se considera aprobado definiti-vamente el mismo con superávit inicial, en cumplimiento delArt. 174.3 de la Ley 39/1988, de 28 de diciembre, Reguladora de lasHaciendas Locales, cuyo resumen por Capítulos es el siguiente,todo ello conforme determinan los artículos 150 de la Ley anterior-mente indicada, y 20 del Real Decreto 500/1990, de 20 de abril.

ESTADO DE GASTOS

Clasificación Funcional

Función Denominación Importe

0 Deuda Pública 1.743.964,96

1 Servicios de carácter general 847.300,22

2 Prot. civil y segur. ciudadana 659.150,28

3 Seg. protec. y promoción social 2.520.016,82

4 Prod. bienes públicos sociales 6.233.443,64

5 Bienes públicos económicos 0

6 Reg. económ. carácter general 634.875,01

7 Reg. económ. sect. productivos 176.505,02

9 Transf. a otras admin. públicas 0

TOTAL 12.815.255,95

ESTADO DE GASTOS

Clasificación Económica

Concepto Denominación Importe

I Gastos de personal 5.435.473,22

II Gastos en Bienes y Servicios 2.838.236,00

III Gastos financieros 293.692,27

IV Transferencias corrientes 1.177.075,00

Operaciones Corrientes 9.744.476,49

VI Inversiones Reales 1.572.389,77

VII Transferencias de Capital 21.117,00

Inversiones Reales 1.593.506,77

VIII Activos Financieros 27.000,00

IX Pasivos Financieros 1.450.272,69

Suma 1.477.272,69

ESTADO DE GASTOS 12.815.255,95

ESTADO DE INGRESOS

Capítulo Denominación Importe

1 Impuestos directos 4.113.000,00

2 Impuestos indirectos 783.153,00

3 Tasas y otros ingresos 2.222.840,00

4 Transferencias corrientes 4.343.228,69

5 Ingresos patrimoniales 115.439,00

Operaciones Corrientes 11.577.660,69

6 Enajenación de Inversiones 0

7 Transferencias de Capital 378.222,51

Operaciones de Capital 378.222,51

28 de enero de 2004 21

Page 22: BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE VALLADOLIDIII.– ADMINISTRACIÓN LOCAL DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE VALLADOLID Área de Acción Territorial Anuncio de adjudicación de obras 1.–Entidad

Capítulo Denominación Importe

8 Activos Financieros 27.000,00

9 Pasivos Financieros 898.590,49

Activos y Pasivos Financieros 925.590,49

TOTAL PRESUPUESTO 12.881.473,69

Asimismo, se publica:

Primero.–La plantilla de personal aprobada junto con el presu-puestoGeneral para el ejercicio de 2004 que consta en el Anexo Ide este anuncio, de acuerdo con el Art. 127 del R.D. Legislativo781/86, de 18 de abril.

S e g u n d o . –El régimen de dedicación y retribuciones de loscargos con dedicación exclusiva y parcial, así como de las indemni-zaciones y asistencias, que consta en el Anexo 2 de este anuncio,de acuerdo a lo establecido en el Art. 75.5 de la Ley 7/85, de 2 deabril, reguladora de las Bases deRégimenLocal, modificado por la

Ley 14/2000, de 29 de diciembre, de MedidasFiscales, Administra-tivas y de Orden Social.

Contra el presente acuerdo, definitivo en vía administrativa,cabe interponer los siguientes recursos:

– Recurso contencioso-administrativo directo en el plazo dedos meses contados desde el día siguiente al de la publica-ción del presente acuerdo.

El recurso contencioso administrativo se interpondrá ante laSala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Jus-ticia de Valladolid, conforme lo dispuesto en los artículos 10.1, 25.1y 46 de laLey 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdic-ción Contencioso-Administrativa.

Todo ello sin perjuicio de que pueda interponerse cualquier otrorecurso que estime oportuno en derecho.

Medina del Campo, 26 de enero de 2004.–El A l c a l d e , C r e s-cencio Martín Pascual.

22 28 de enero de 2004

ANEXO I

Plantilla de Personal Funcionario

Año 2004

Puesto Escala Subescala Clase Gr. CD N.º Puestos

SECRETARÍA CLASE, 1.ª Habilitac. Nac. Secretaría Primera A 30 1

INTERVENCIÓN CLASE, 1.ª Habilitac. Nac. Intervención Primera A 30 1

Habilitación Nacional: 2

TÉCNICO Ad. General Técnica A 27 1

TÉCNICO Ad. General Técnica A 26 2

TÉCNICO Ad. General Técnica B 21 1

TESORERO Ad. General Administrativa C 22 1

ADMINISTRATIVO Ad. General Administrativa C 17 16

AUXILIAR REG. CENT. Ad. General Auxiliar D 15 1

AUXILIAR Ad. General Auxiliar D 15 15

SUBALTERNO Ad. General Subalternos E 12 3

SUBALTERNO-NOTIFIC. Ad. General Subalternos E 12 3

Administración General: 43

ASESOR JURÍDICO Ad. Especial Técnica A 22 1

ARQUITECTO Ad. Especial Técnica Técnicos Superiores A 27 1

PSICÓLOGO Ad. Especial Técnica Técnicos Superiores A 22 1

Superior: 3

TÉCNICO Ad. Especial Técnica Técnicos Medios B 21 2

ARQUITECTO TCO. Ad. Especial Técnica Técnicos Medios B 21 1

ASIST. SOCIAL-COORDINA. Ad. Especial Técnica Técnicos Medios B 24 1

ASISTENTE SOCIAL Ad. Especial Técnica Técnicos Medios B 21 1

RESPONSAB. TURISMO Ad. Especial Técnica Técnicos Medios B 21 1

RESPONSAB. BIBLIOTECA Ad. Especial Técnica Técnicos Medios B 21 1

Media: 7

AUXILIAR DE BIBLIOTECA Ad. Especial Técnica Auxiliar C 17 3

Auxiliar: 3

TÉCNICO (2.ª Actividad) Ad. Especial Serv. Especiales Policía Local B 21 1

INSPECTOR Ad. Especial Serv. Especiales Policía Local B 22 1

SUBINSPECTOR Ad. Especial Serv. Especiales Policía Local C 19 1

OFICIAL POLICÍA Ad. Especial Serv. Especiales Policía Local C 17 5

POLICÍA Ad. Especial Serv. Especiales Policía Local C 15 23

POLICÍA Ad. Especial Serv. Especiales Policía Local D 15 1

Policía Local: 32

DIRECTOR ESC. MUS. Ad. Especial Serv. Especiales Cometidos Especiales A 25 1

RECAUDADOR Ad. Especial Serv. Especiales Cometidos Especiales B 21 1

TÉCNICO PROT. CIV. Ad. Especial Serv. Especiales Cometidos Especiales B 21 1

Page 23: BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE VALLADOLIDIII.– ADMINISTRACIÓN LOCAL DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE VALLADOLID Área de Acción Territorial Anuncio de adjudicación de obras 1.–Entidad

Plantilla de Personal Laboral

Año 2004

Deportes

Puesto Grupo N.º Tipo de contrato

DTOR. TÉCNICO TENIS C 1 Fijo discontinuo

DTOR. TÉCNICO FÚTBOL C 1 Fijo discontinuo

DTOR. TÉCNICO BALONC. C 1 Fijo discontinuo

MONIT. NATACIÓN D 1 Fijo discontinuo

MONIT. FÚTBOL-SALA D 8 Fijo discontinuo

MONIT. BALONCESTO D 3 Fijo discontinuo

SOCORRISTA E 3 Fijo discontinuo

SUBALTERNO-RECEPCIÓN E 2 Fijo discontinuo

OPERARIO LIMP.-MANTENIM. E 3 Fijo discontinuo

Puesto Grupo N.º Tipo de contrato

PEÓN CORRT. PISC. CUB. E 1 Fijo discontinuo

MONIT. TENIS D 2 Fijo discontinuo

MONIT. DEPORTIVO D 3 Fijo discontinuo

MONIT. KICK BOXING D 1 Fijo discontinuo

GINM. MANT. D 1 Fijo discontinuo

Escuela de Música

Puesto Grupo N.º Tipo de contrato

PROF. PIANO B 3 Laboral fijo

PROF. PIANO Y FLAUTA B 1 Laboral fijo

PROF. TROMPETA B 1 Fijo discontinuo

PROF. VIOLONCELO B 1 Fijo discontinuo

28 de enero de 2004 23

Puesto Escala Subescala Clase Gr CD N.º puestos

TÉCNICO INFORMÁTICO Ad. Especial Serv. Especiales Cometidos Especiales B 21 1

ANIMAD. SOCIOCOMUNIT. Ad. Especial Serv. Especiales Cometidos Especiales B 21 1

COORDINADOR A.C. Ad. Especial Serv. Especiales Cometidos Especiales C 22 1

MONITOR I.C. Y A.C. Ad. Especial Serv. Especiales Cometidos Especiales C 17 1

DELINEANTE Ad. Especial Serv. Especiales Cometidos Especiales C 17 1

ANIMAD. COMUNITARIO Ad. Especial Serv. Especiales Cometidos Especiales C 18 1

AUXIL. P. TURÍSTICA Ad. Especial Serv. Especiales Cometidos Especiales C 17 2

ENC. POLIDEPORTIVO Ad. Especial Serv. Especiales Cometidos Especiales C 17 1

ENC. ORG. INFORMÁTICA Ad. Especial Serv. Especiales Cometidos Especiales C 19 1

ANIMADOR CULTURAL Ad. Especial Serv. Especiales Cometidos Especiales C 17 1

EMIM Ad. Especial Serv. Especiales Cometidos Especiales D 15 1

INSPEC. URBANISMO Ad. Especial Serv. Especiales Cometidos Especiales D 16 1

INSPEC. TRIBUTARIO Ad. Especial Serv. Especiales Cometidos Especiales D 16 1

Cometidos Especiales: 17

ENC. OBRAS Y SERVICIOS Ad. Especial Serv. Especiales Personal de Oficios C 17 1

ENC. ALMACÉN Ad. Especial Serv. Especiales Personal de Oficios D 15 1

CONDUCT.-PALISTA Ad. Especial Serv. Especiales Personal de Oficios D 15 1

OFICIAL CONDUCTOR Ad. Especial Serv. Especiales Personal de Oficios D 15 2

OFICIAL PINTOR Ad. Especial Serv. Especiales Personal de Oficios D 15 1

OFICIAL SOLDADOR Ad. Especial Serv. Especiales Personal de Oficios D 15 1

OFICIAL CARPINTERO Ad. Especial Serv. Especiales Personal de Oficios D 15 1

OFICIAL FONT.-CALEF. Ad. Especial Serv. Especiales Personal de Oficios D 15 1

CONSERJE Ad. Especial Serv. Especiales Personal de Oficios D 15 1

CAPATAZ OBRAS Ad. Especial Serv. Especiales Personal de Oficios D 17 1

CAPATAZ JARDINES Ad. Especial Serv. Especiales Personal de Oficios D 17 1

OFICIAL JARDINES Ad. Especial Serv. Especiales Personal de Oficios D 15 3

OFICIAL OBRAS Ad. Especial Serv. Especiales Personal de Oficios D 15 6

PEÓN Ad. Especial Serv. Especiales Personal de Oficios E 14 2

PEÓN Ad. Especial Serv. Especiales Personal de Oficios E 12 34

CONDUCTOR Ad. Especial Serv. Especiales Personal de Oficios E 12 2

AYUDANTE JARDINES Ad. Especial Serv. Especiales Personal de Oficios E 12 4

AYUDANTE OBRAS Ad. Especial Serv. Especiales Personal de Oficios E 12 1

Personal de Oficios: 64

ADMINISTRACIÓN ESPECIAL: 125

Habilitación Nacional: ............2

Administración General: ......43

Administración Especial: ..125

TOTAL: ................................170

Page 24: BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE VALLADOLIDIII.– ADMINISTRACIÓN LOCAL DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE VALLADOLID Área de Acción Territorial Anuncio de adjudicación de obras 1.–Entidad

Puesto Grupo N.º Tipo de contrato

PROF. CLARINETE B 1 Fijo discontinuo

PROF. CANTO B 1 Fijo discontinuo

PROF. SOLFEO B 1 Fijo discontinuo

PROF. GUITARRA B 1 Fijo discontinuo

PROF. VIOLÍN B 1 Fijo discontinuo

PROF. TROMBÓN B 1 Fijo discontinuo

PROF. OBOE B 1 Fijo discontinuo

AUX. ADMTVO. D 1 Fijo discontinuo

SUBALTERNO E 1 Fijo discontinuo

PROF. PERCUSIÓN B 1 Fijo discontinuo

PROF. TROMPA B 1 Fijo discontinuo

Acción Social

Puesto Grupo N.º Tipo de contrato

MONIT. MANUALIDADES C 1 Fijo discontinuo

Desarrollo Local

Puesto Grupo N.º Tipo de contrato

AGENTE DESARROLLO B 1 Laboral fijo

Deportes: ..........................................................29

Escuela de Música: ..........................................17

Acción Social: .....................................................1

Desarrollo Local: ................................................1

TOTAL: ..............................................................48

Plantilla de Personal Eventual

Año 2004

Puesto Grupo N.º

COORDINADOR DE SERVICIOS B 1

SECRETARIA PARTICULAR C 1

COLABORADOR DE ALCALDÍA D 1

TOTAL: 3

Plantilla de Personal Año 2004:

Funcionario: .....................................................170

Laboral: ..............................................................48

Eventual: ..............................................................3

Total: ...............................................................221

ANEXO 2

Retribuciones, asistencias e indemnizaciones de los miembrosde la Corporación

1.–El número de miembros de la Corporación que tendrán dedi-cación exclusiva y las retribuciones que percibirán por su desem-peño serán las siguientes, a partir del primero de enero del año2004:

Cargos con Importe Número de Total anualdedicación mensual mensualidadesexclusiva

Alcalde 1.836,00 14 25.704,00

Concejal Coordinador 2.448,00 14 34.272,00

Cargos con Importe Número de Total anualdedicación mensual mensualidades

parcial

Concejal de Personal 1.103,39 14 15.447,53

Concejal de Urbanismo 920,04 14 12.880,56

Los cargos que se han señalado percibirán sus retribucionescon cargo al Presupuesto Municipal, lo cual, será incompatible con

la percepción de cualquier otra retribución con cargo a los presu-puestos de las A d m i n i s t r a c i o n e s Públicas y de los Entes, Orga-nismos y Empresas de ellas dependientes (artículo 75.1.2.º párrafode la L.R.B.R.L., según la nueva redacción de la Ley 11/99, de 21 dea b r i l . Las retribuciones de los cargos con dedicación exclusiva oparcial, se verán incrementadas en los mismos porcentajes o cuan-tías de las que se beneficien los trabajadores del Ayuntamiento de Medina del Campo, debidamente aprobadas por el órgano c o m p e t e n t e .

2.–LosConcejales que no desempeñen su cargo en régimen dededicación exclusiva o parcial percibirán con periodicidad trimestralcompensaciones por asistencias a las sesiones de los órganoscolegiados del Ayuntamiento en las cuantías siguientes, por cadaasistencia:

Órgano Importe

Sesiones del Pleno de la Corporación 47,00

Sesiones de la Comisión Municipal de Gobierno 47,00

Sesiones de las Comisiones Informativasy Especial de Cuentas 47,00

Sesiones Mesas de Contratación s/Bases de Contratación 30,00

3.–Todos los miembros de la Corporación serán indemnizadospor los gastos ocasionados en el ejercicio de sus cargos, cuandosean efectivos y previa justificación documental. Asimismo, perci-birán indemnizaciones por razón del servicio en la cuantía casos ycondiciones establecidos para el personal del Ayuntamiento por elReal Decreto 236/1988, de 4 de marzo, asimilándose a funcionariosdel grupo A. En estos supuestos podrán solicitar ser reintegradospor el importe exacto de los gastos justificados o las indemniza-ciones correspondientes a los funcionarios.

551/2004

MEDINA DEL CAMPO

Gestión Tributaria

Anuncio de Cobranza

La Junta de Gobierno Local, en sesión celebrada el día 19 deenero de 2004, adoptó el acuerdo, por el que se aprueba el Padrónde contribuyentes del Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecá-nica correspondiente al ejercicio 2004, así como su período decobranza y exposición pública durante el plazo de un mes desde eldía siguiente al de su publicación en el BOP y, de conformidad conel Art. 88 del R.D. 1684/1990, de 20 de diciembre, por el que seaprueba el Reglamento General de Recaudación, por tratarse dedeudas de notificación colectiva, se publica el siguiente anuncio decobranza:

Plazo de ingreso: Desde el día 2 de febrero al 5 de abril de2004, ambos incluidos.

Forma de ingreso: A través de las siguientes Entidades dedepósito:

– Caja Madrid

– Caja España

– Caja Duero

– La Caixa

– Caja Rural del Duero

– Banco Bilbao Vizcaya Argentaria

– Banco Simeón

– Banco Santander Central Hispano

– Banco de Castilla

– Banco Popular

El importe de las cuotas se ingresará mediante recibo que seenviará a los contribuyentes quienes, no obstante, en caso de norecibirlo antes del día 8 de marzo, deberán solicitarlo en la Oficinade Gestión Tributaria de este Ayuntamiento.

Transcurrido el plazo de ingreso en período voluntario, lasdeudas serán exigidas por el procedimiento de apremio y deven-garán el recargo de apremio, intereses de demora y en su caso, lascostas que se produzcan.

Contra el acuerdo que se adopte, cabe interponer recurso dereposición, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al

24 28 de enero de 2004

Page 25: BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE VALLADOLIDIII.– ADMINISTRACIÓN LOCAL DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE VALLADOLID Área de Acción Territorial Anuncio de adjudicación de obras 1.–Entidad

de finalización del período de exposición pública de los correspon-dientes Padrones, de conformidad con lo establecido en el Art. 14.2 de la Ley 39/1988, reguladora de las Haciendas Locales.

Medina del Campo, 20 de enero de 2004.–El Alcalde-Presidente,Crescencio Martín Pascual.

511/2004

MEDINA DEL CAMPO

Recaudación Municipal

Anuncio notificación por comparecencia

Intentada la notificación a los interesados o sus representantes,sin que la misma se haya podido realizar por causas no imputablesa este Ayuntamiento, es por lo que de conformidad con lo estable-cido en los artículos 105 y 124 de la Ley General Tributaria, de

acuerdo con las modificaciones introducidas por la Ley 66/1997, de30 de diciembre, de Medidas Fiscales, Administrativas y de OrdenSocial, se cita a los interesados o a sus representantes mediante elpresente anuncio, para ser notificados por comparecencia.

Procedimiento: Administrativo de Apremio.

Órgano responsable de la tramitación: Ayuntamiento deMedina del Campo.

Lugar: Ayuntamiento de Medina del Campo (Oficina de Recau-dación, Plaza Mayor, 1, 47400 Medina del Campo (Valladolid).

P l a z o : Diez días hábiles a partir del siguiente día hábil de lapublicación del presente anuncio. Cuando transcurrido dicho plazo,no se hubiese comparecido, la notificación se entenderá producidaa todos los efectos legales desde el día siguiente al del vencimientodel plazo señalado para comparecer.

28 de enero de 2004 25

NIF/CIF Contribuyente Último domicilio conocido Expediente/Acto

012317738L Aguado Valverde, Cecilio C/ Pozo de la Nieve, 4 4559/Notif. Providencia Embargo

012326234M Alonso Serrano, Juan Francisco C/ Alvar Fáñez, 5 01 O 3938/Notif. Providencia Embargo

025454036M Álvarez Gómez, Marisol C/ Artillería, 20 4 A 3940/Notif. Providencia Embargo

012318149Q Álvaro Coello, Joaquina C/ Simón Ruiz, 21 1 C 4549/Notif. Providencia Embargo

012319909M Barrio del Puentes, Ignacio Javier Av. Lope de Vega, 42 02 B 3241/Notif. Providencia Embargo

012253067R Baticón Martín, Antolín C/ Ángel Molina, 9 2836/Notif. Providencia Embargo

071117987D Blanco Rincón, José Luis Av. Lope de Vega, 35A 04 D 6189/Notif. Providencia Embargo

012327948V Blázquez Alonso, Ángela C/ Carreras, 18 Bj. 5624/Notif. Providencia Embargo

015333238N Borregón Vegas, Teresa C/ Zamora, 25 Esc. 1 01 B 1370/Notif. Providencia Embargo

000686795S Calleja Martínez, Eulogio C/ Almirante, 20 02 D 1430/Notif. Providencia Embargo

012248177X Carbajosa Domínguez, Saturnino C/ Padre Báñez, 1 2 B 915/Notif. Providencia Embargo

012317596S Carbajosa García, Luis Miguel C/ Maldonado, 14 P01 Iz. 5149/Notif. Providencia Embargo

038580486X Casado Caldevilla, Gregorio C/ Juan Martínez Villergas (Gomeznarr.) 895/Notif. Providencia Embargo

050528733X Casado Fuente, Miguel C/ República Argentina, 33 4350/Notif. Providencia Embargo

012306387F Casares González, Ricardo C/ Obispo Barrientos, 21 445/Notif. Providencia Embargo

X2749026C Chebba, Hichan C/ Valladolid, 26 4 4933/Notif. Providencia Embargo

012324662C Corona de Castro, Luis Fernando C/ Fernando de Antequera, 21 Bj. 802/Notif. Providencia Embargo

A24003873 Cubiertos Rubiera, S.A. Cr. Asturias 104/Notif. Providencia Embargo

012320030B Cueto Otón, Jorge Luis C/ Zamora, 52 6121/Notif. Providencia Embargo

X01046308S Dakir, Abderrazzak C/ Valladolid, 26 04 A 813/Notif. Providencia Embargo

X0329732G Dakir, Larbi C/ Valladolid, 26 04 A 815/Notif. Providencia Embargo

012320429L Delgado López, Juan Carlos C/ Luis de Vélez, 4 1 DH 823/Notif. Providencia Embargo

012274000G Díez Figueroa, Calixto C/ Artillería, 15 930/Notif. Providencia Embargo

B78979705 Diprogal, S.L. C/ Carreras, 13 828/Notif. Providencia Embargo

B81493256 Distribución Integral y Montaje de C/ Pizarro, 30 406/Notif. Providencia Embargo

012323810L Domenech Araoz, Ángela C/ Maldonado, 18 03 A 6144/Notif. Providencia Embargo

012314737P Dos Santos Díaz, Víctor Avelino C/ Colonia Santo Tomás, 5 834/Notif. Providencia Embargo

E47060231 Estévez y Gutiérrez, C.B. C/ Valladolid, 59 840/Notif. Providencia Embargo

F47029095 Fábrica Mueb. Arco Sadad. Cr. Madrid I 844/Notif. Providencia Embargo

012334455S Ferreruela López, Diego C/ Valladolid, 21 Bj. A 852/Notif. Providencia Embargo

E47054580 Franco y Juan Luis Castr. C/ Carreras, 27 854/Notif. Providencia Embargo

044908190T Frías Sanz, Jesús Av. Constitución, 6 6123/Notif. Providencia Embargo

E47282561 Frime, C.B. C/ Artillería, 22 928/Notif. Providencia Embargo

012248876L García Encinas, María C/ Gómez Pereira, 13 3285/Notif. Providencia Embargo

012253295E García Gómez, Emiliana C/ Andrés Boca, 11 515/Notif. Providencia Embargo

030662011K García Hernández, M. Ángeles C/ Beatriz de Bobadilla, 27 13/Notif. Providencia Embargo

012327026S González Valderrey, M. Inés C/ Ramón y Cajal, 23 2 D 2611/Notif. Providencia Embargo

012329123L Gutiérrez Benito, Angélica Pz. Segovia, 9 Esc. D 06 A 26/Notif. Providencia Embargo

Page 26: BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE VALLADOLIDIII.– ADMINISTRACIÓN LOCAL DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE VALLADOLID Área de Acción Territorial Anuncio de adjudicación de obras 1.–Entidad

MEDINA DE RIOSECO

Transcurrido el plazo de exposición pública sin que se presen-tasen reclamaciones contra el expediente de aprobación del Presu-puesto General aprobado por el Pleno de 16 de diciembre de 2003,ha sido elevado a definitivo tal acuerdo, de conformidad con lo dis-puesto en el artículo 150.3 de la Ley 39/88 de 28 de diciembre, sehace público dicho acuerdo:

P r i m e r o . –Aprobar el Presupuesto General con la enmiendaaprobada para el Ejercic io de 2004 , por un importe de4.628.933,06 , nivelado en gastos e ingresos, cuyo resumen porCapítulos es el siguiente:

INGRESOS

Capítulo Denominación Importe en

A) Operaciones Corrientes

1 Impuestos directos 854.234,15

2 Impuestos indirectos 230.590,03

3 Tasas y otros ingresos 607.095,93

4 Transferencias corrientes 1.494.977,64

5 Ingresos patrimoniales 44.371,86

Total Operaciones Corrientes 3.231.269,61

26 28 de enero de 2004

NIF/CIF Contribuyente Último domicilio conocido Expediente/Acto

012325764H Hernández Carrasco, Pedro Antoni. Cn. Nueva Villa, 2 Bj. 6124/Notif. Providencia Embargo

012322970F Hernández Villafáñez, Marco Antoni. Pz. Montmorillón, 1 03 C 2624/Notif. Providencia Embargo

001224456M Herranz de Frutos, Modesto C/ Lobato, 33 2626/Notif. Providencia Embargo

012340476X Herrero Araoz, Juan Carlos C/ de la Cornisa, 52 03 D 5613/Notif. Providencia Embargo

012334050R Herrero García, Roberto C/ Troncoso, 36 Bj. 984/Notif. Providencia Embargo

A78029790 Inmuebles y Urbanizaciones Residen. C/ Odonell, 10 01 I 2631/Notif. Providencia Embargo

012314172H León Pérez, Augusto Pz. del Pan, 10 03 6125/Notif. Providencia Embargo

012327848D Lobato Cimarra, Juan Carlos C/ Zamora, 25 Esc. 2 3 A 33/Notif. Providencia Embargo

016566254K López Fernández, Fausto Ur. Carrizal Grande, 3 4591/Notif. Providencia Embargo

012335082K Lozano Montoya, Belén Carmen C/ Zamora, 35 Bj. A 279/Notif. Providencia Embargo

012338100A Marcos Almendariz, Vanesa C/ Claudio Moyano, 12 1 D 4698/Notif. Providencia Embargo

012312546W Martín Colodrón, M. Rosa C/ San Francisco Javier, 4 2 K 4800/Notif. Providencia Embargo

006458304L Martín García, Demetrio C/ Padre Hoyos, 7 672/Notif. Providencia Embargo

071122753Z Martín Redondo, Óscar Pz. del Pilar, 11 5827/Notif. Providencia Embargo

002172665Q Martínez Olea, Áurea C/ Las Damas, 28 6126/Notif. Providencia Embargo

012403527H Merino Miguel, Teodoro C/ Costona, 5 5639/Notif. Providencia Embargo

012333485B Morales Jiménez, Ventura Cn. Cervillego 4447/Notif. Providencia Embargo

003406058B Moreno Acebes, Alejandro Pz. Las Reales, 5 03 B 5750/Notif. Providencia Embargo

012327144H Moreno Pastor, Elías Av. Constitución, 45 50/Notif. Providencia Embargo

012251124J Núñez Martín, Fructuoso C/ Duque de Ahumada, 10 5546/Notif. Providencia Embargo

012335171H Ortega Gallego, Rut Pz. Montmorillón, 1 01 D 2880/Notif. Providencia Embargo

012309330Y Perrino Casares, José Manuel C/ López Ossorio, 14 01 Iz. 2898/Notif. Providencia Embargo

012310837H Pisador de Castro, José C/ Fernando de Antequera, 14 1022/Notif. Providencia Embargo

012330047T Quintero Coca, Miguel C/ Zamora, 41 5171/Notif. Providencia Embargo

012328118A Rivera Romo, M. Victoria C/ José Zorrilla, 18 2725/Notif. Providencia Embargo

035467239C Rodríguez Bustelo, José Carlos Lg. Balneario Las Salinas, 1 Pbj. 5646/Notif. Providencia Embargo

012247085E Rodríguez Juan, Palacios C/ San Martín, 1 51/Notif. Providencia Embargo

012318876F Rodríguez Martín, Juan Carlos C/ Adajuela, 2 01 I 3915/Notif. Providencia Embargo

000563337K Rojo López, Jesús Alejandro Pz. Mayor, 34 (Mesón) 683/Notif. Providencia Embargo

009257232P Sáez García, Juan José C/ Josep Pers I Ricart, 2 01 5648/Notif. Providencia Embargo

012168614G Sánchez Pinacho, Pedro Luis C/ San Martín, 34 Bj. B 166/Notif. Providencia Embargo

B47411517 Servicón, 24 H, S.L. C/ San Lázaro, 39 4981/Notif. Providencia Embargo

012309738T Trimiño Monje, Andrés C/ Golondrinas, 2 337/Notif. Providencia Embargo

012322567H Varela León, José Manuel C/ Ángel Molina, 35 Bj. 439/Notif. Providencia Embargo

078899043G Varela Menéndez, Juan Manuel C/ Padre Hoyos, 12 Pbj. 6181/Notif. Providencia Embargo

012313494F Vegas Gutiérrez, Casildo C/ Carreras, 24 01 Iz. 86/Notif. Providencia Embargo

009269809G Viuda de la Rodríguez, Teófilo Rd. de las Flores, 18 3 C 4260/Notif. Providencia Embargo

X3432698V Zehauf, Hafid C/ Alonso Fajardo, 4 Pbj. 6130/Notif. Providencia Embargo

Medina del Campo, 14 de enero de 2004.–El Recaudador Acctal., Mónica Fernández Serrano.

406/2004

Page 27: BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE VALLADOLIDIII.– ADMINISTRACIÓN LOCAL DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE VALLADOLID Área de Acción Territorial Anuncio de adjudicación de obras 1.–Entidad

Capítulo Denominación Importe en

B) Operaciones de Capital

6 Enajenación de inversiones reales 240.502,93

7 Transferencias de capital 1.018.832,74

8 Activos financieros ---

9 Pasivos financieros 138.327,78

Total Operaciones de Capital 1.397.663,15

Total Presupuesto de Ingresos 4.628.933,06

GASTOS

Capítulo Denominación Importe en

A) Operaciones Corrientes

1 Gastos de personal 1.726.205,47

2 Gastos de bienes corrientes y servicios 1.104.791,17

3 Gastos financieros 25.242,51

4 Transferencias corrientes 192.512,49

Total Operaciones Corrientes 3.047.751,64

B) Operaciones de Capital

6 Inversiones reales 1.441.200,16

7 Transferencias de capital 56.908,52

8 Activos financieros 3.005,06

9 Pasivos financieros 79.067,68

Total Operaciones de Capital 1.580.181,42

Total Presupuesto de Gastos 4.628.933,06

S e g u n d o . –Aprobar las Bases de Ejecución y demás docu-mentos que lo integran.

Tercero.–Aprobar laPlantilla del personal del Ayuntamiento deMedina de Rioseco, que se incluye en el expediente.

Se expone seguidamente la relación del personal al servicio deeste Ayuntamiento de conformidad a lo dispuesto en el Art. 127 delTexto Refundido de Disposiciones Legales vigentes en materia deRégimen Local, aprobado por Real Decreto Legislativo 781/1986,de 18 de abril:

A) Plazas de Funcionarios

• S e c r e t a r i o . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .1

• I n t e r v e n t o r. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .1

• Técnico Medio-Tesorería . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .1

• S u b e s c a l a A u x i l i a r . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .2

• Subescala Subalterna . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .1

• P o l i c í a L o c a l. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .4

T o t a l . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .1 0

F ) Plazas de Personal Laboral Fijo

• A r q u i t e c t o. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .1

• C o o r d i n a d o r . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .1

• Auxiliar Administrativo . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .6

• Otro Personal Laboral . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .2 4

T o t a l . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .3 2

G ) Plazas de Personal Laboral Eventual

• Técnico Superior. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .1

• T é c n i c o s M e d i o s. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .4

• Auxiliar Administrativo . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .1 8

• Otro Personal Laboral . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .5

T o t a l . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .2 8

T O T A L. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .7 0

Contra la aprobación definitiva del Presupuesto puede interpo-nerse recurso potestativo de reposición en el plazo de un mes,previo al contencioso-administrativo o recurso contencioso-admi-nistrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León, en elplazo de 2 meses, a contar desde el día de la publicación de esteEdicto, sin perjuicio de los que estimen oportunos interponer.

Medina de Rioseco, 20 de enero de 2004.–El A l c a l d e ,A r t e m i oDomínguez González.

512/2004

PALAZUELO DE VEDIJA

Por don José Bernardo Badás Domínguez se ha solicitadolicencia para la instalación de Nave Almacén en el Polígono 1, par-cela 1.1 de esta localidad.

Lo que de conformidad con el Art. 25.2.b) de la Ley 5/1999 deUrbanismo de Castilla y León se anuncia a efectos de informaciónpública, por plazo de 15 días hábiles contados a partir del siguientehábil al de la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial de laProvincia y en la prensa provincial, pudiendo ser examinado elexpediente en las oficinas municipales, y, en su caso, presentar lasalegaciones que se estimen convenientes.

Palazuelo de Vedija, 12 de enero de 2004.–El Alcalde, JoséMaría Calderón Sánchez.

420/2004

PORTILLO

Don Francisco Javier Sanz Velasco, actuando en representaciónde “Hnos. Sanz Velasco, C.B.”, ha solicitado de esta Alcaldía-Presi-dencia licencia ambiental para la actividad de Carnicería-Charcu-tería en local sito en Plaza de Pimentel, n.º 4 de Portillo (Valladolid).

En cumplimiento de lo dispuesto en el Art. 27 de la Ley 11/2003,de 8 de abril, de Prevención Ambiental de Castilla y León, se abreun período de información pública de veinte días hábiles, a contardesde el siguiente a la publicación de este anuncio para que todo elque se considere afectado por la actividad que se pretende ejercerpueda hacer las observaciones pertinentes.

El expediente se halla de manifiesto y puede consultarsedurante las horas de oficina en la Secretaría del Ayuntamiento.

Portillo, 14 de enero de 2004.–El Alcalde, Antonio SevillanoCortés.

419/2004

RENEDO DE ESGUEVA

Por don José María Calvo Farrán se solicita licencia de actividadpara recuperación de residuos sólidos en suelo industrial de estetérmino municipal.En aplicación de lo previsto en el artículo 5.1 delaLey de Actividades Clasificadas de laJunta de Castilla y León, de21 de octubre de 1993, se expone al público el expediente porplazo de quince días para alegaciones de los interesados.

Renedo de Esgueva, 16 de enero de 2004.–El A l c a l d e , J o s éAntonio Sinova Tejedo.

510/2004

TUDELA DE DUERO

Según el Art. 59.4 de la Ley 30/1992 de 26 de noviembre, sehace notificación por desconocerse su domicilio del texto impresomás abajo a las siguientes personas:

Paula Díez Diego

Justo Herrero Muñoz

Cándido Gutiérrez Aguado

Erundina Soto Cuadrado

“Ha sido solicitada por Lorenzo Berzal de Francisco, licenciamunicipal para el ejercicio de la actividad de Cebadero de ganadoequino en parcela 15 y 16 del polígono 7 de este municipio. Por lapresente notificación se pone en su conocimiento tal y como pre-viene la Ley 11/2003, de 8 de abril, de la Junta de Castilla y León,en relación con las Actividades Clasificadas en el Reglamento deActividades Molestas, Insalubres, Nocivas y Peligrosas, ha sidoabierta información pública por plazo de 20 días, a partir de la pre-sente notificación, con el fin de que se practiquen cuantas observa-ciones se estimen pertinentes relacionadas con la mencionada soli-citud, cuyo expediente se halla de manifiesto en las oficinas delAyuntamiento.

28 de enero de 2004 27

Page 28: BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE VALLADOLIDIII.– ADMINISTRACIÓN LOCAL DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE VALLADOLID Área de Acción Territorial Anuncio de adjudicación de obras 1.–Entidad

Lo que pongo en su conocimiento como vecino que es del soli-citante”.

Tudela de Duero, 13 de enero de 2004.–El Alcalde, Óscar SotoPalencia.

408/2004

VILORIA

Por el Pleno de este Ayuntamiento en sesión celebrada elpasado día 22 de diciembre de 2003, se aprobó provisionalmente elexpediente de modificación al presupuesto de gastos por Suple-mento de Créditos.

En virtud de lo dispuesto en los artículos 20 y 38 del R.D.500/1990, de 20 de abril, dicho expediente se expone al público enla Secretaría de este Ayuntamiento durante el plazo de 15 díashábiles a contar desde el siguiente a la publicación de este anuncio,a efectos de que los interesados puedan presentar las reclama-ciones que consideren oportunas a sus derechos.

En el supuesto de no presentarse reclamaciones en el plazoindicado el expediente se entenderá aprobado definitivamente pro-duciendo efectos desde la aprobación provisional una vez que sehaya publicado íntegramente.

Lo que se hace público para general conocimiento.

Viloria, 22 de diciembre de 2003.–El Alcalde, Antonio de BenitoSierra.

501/2004

VILLAFRADES DE CAMPOS

Advertido error en la publicación del edicto de aprobación defi-nitiva del Presupuesto General del ejercicio 2003, y en cumpli-miento de lo establecido en el Art. 150.3 de la Ley 39/1988 de 28de diciembre, se hace público el Presupuesto General de esteAyuntamiento para el ejercicio de 2003, una vez ha transcurrido elplazo de información pública sin que se hayan presentado reclama-ciones, resumido por Capítulos como se detalla:

INGRESOS

Operaciones Corrientes

1 Impuestos directos 9.550,00

3 Tasas y otros ingresos 13.277,58

4 Transferencias corrientes 43.347,81

5 Ingresos patrimoniales 35.750,00

Total 101.925,39

Operaciones de Capital

7 Transferencias de capital 74.133,00

Total 74.133,00

Total 176.058,39

GASTOS

Operaciones Corrientes

1 Gastos de personal 35.026,80

2 Gastos en bienes corrientes y servicios 30.010,00

3 Gastos financieros 100,00

4 Transferencias corrientes 1.850,00

Total 66.986,80

Operaciones de Capital

6 Inversiones reales 109.071,59

Total 109.071,59

Total 176.058,39

Así mismo, y de conformidad con el Art. 127 del R.D. Legislativo781/1986 de 18 de abril, se publica la plantilla de personal:

Personal Funcionario

Funcionarios con habilitación de carácter nacional

D e n o m i n a c i ó n P u e s t o s V a c a n t e s G r u p o N i v e l

S e c r e t a r í a - I n t e r v e n c i ó n 1 1 B 1 6

Personal Laboral

D e n o m i n a c i ó n P u e s t o s V a c a n t e s G r u p o

L i m p i a d o r a 1 0 1 0

Contra la aprobación definitiva del presupuesto puede interpo-nerse recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superiorde Justicia de Castilla y León, en el plazo de dos meses desde eldía siguiente a la publicación de este edicto en el BoletínOficial dela Provincia.

Villafrades de Campos, 22 de diciembre de 2003.–El Alcalde,Alfonso Gordaliza Ramos.

514/2004

VILLAFRECHÓS

Transcurrido el plazo de exposición al público del acuerdo delAyuntamiento de 28 de octubre de 2003 de la modificación de laOrdenanza Fiscal reguladora del Impuesto sobre Bienes Inmuebles,sin que se haya presentado reclamaciones, con lo que el acuerdopasa a ser definitivo, se publica el contenido de la modificaciónintroducida en la Ordenanza.

Contra dicho acuerdo, podrán los interesados interponer:Recurso potestativo de reposición ante el mismo órgano que hadictado la resolución, en el plazo de un mes contado a partir deldía siguiente a la notificación, y recurso contencioso-administra-tivo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del TribunalSuperior de Justicia de Valladolid en el plazo de dos meses, con-tados a partir del día siguiente a la notificación. No se podráinterponer recurso contencioso-administrativo hasta que en sucaso, se haya resuelto expresa o presuntamente el recursopotestativo de reposición.

“Ordenanza Fiscal reguladora del Impuesto sobre Bienes Inmuebles”

Artículo 3.–Disfrutarán de exención los siguientes bienesi n m u e b l e s :

a) Urbanos cuya cuota líquida sea inferior a 5 euros.

b) Rústicos cuando, para cada sujeto pasivo, la cuota líquidacorrespondiente a la totalidad de bienes rústicos poseídosen el municipio se inferior a 5 euros.

Villafrechós, 14 de enero de 2004.–El Alcalde, Ángel CustodioGuerra Rodríguez.

412/2004

VILLAFRECHÓS

Don Ismael Martín García, ha solicitado de esta Alcaldía licenciapara ejercer la actividad de explotación agropecuaria de nave agrí-cola, ubicada en parcelas 5071 y 5072 del polígono n.º 17 de estalocalidad.

En cumplimiento del Art. 27 de la Ley 11/2003, de 8 de abril, dePrevención Ambiental de Castilla y León, se abre un período deinformación pública de veinte días hábiles a contar desde elsiguiente a la publicación de este anuncio para que todo el que seconsidere afectado por la actividad que se pretende ejercer puedahacer las observaciones pertinentes.

El expediente se halla de manifiesto y puede consultarsedurante las horas de oficina en la Secretaría de este Ayuntamiento.

Villafrechós, 7 de enero de 2004.–El Alcalde, Ángel C. GuerraRodríguez.

415/2004

VILLANUBLA

El Ayuntamiento de Villanubla, por Acuerdo de Pleno de fecha18 de diciembre de 2003, acordó la adjudicación de la subasta parala ejecución de las obras de ejecución nichos prefabricados en elCementerio Municipal a la empresa Contratas y Obras Enricar, S.L.,por el precio total de //40.108,18 euros//.

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 93.2 del TextoRefundido de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicasse hace público.

Villanubla, 8 de enero de 2004.–El Alcalde, Félix Velasco Gómez.

409/2004

28 28 de enero de 2004

Page 29: BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE VALLADOLIDIII.– ADMINISTRACIÓN LOCAL DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE VALLADOLID Área de Acción Territorial Anuncio de adjudicación de obras 1.–Entidad

VILLARDEFRADES

Ordenanza del Servicio Urbano de Transporte en Automóviles Ligeros

Artículo 1.º

En virtud de las atribuciones conferidas a las Entidades Localespor el Art. 1 del Reglamento Nacional de los Servicios Urbanos eInterurbanos de Transportes en Automóviles ligeros, aprobado porReal Decreto 763/1979, de 16 de marzo, y por los Art. 108 ysiguientes de la vigente Ley de Régimen Local, y Art. 7 y concor-dantes del Reglamento de Servicios de las Corporaciones Locales,este Ayuntamiento aprueba la presente Ordenanza reguladora delservicio público de transporte urbano en automóviles ligeros.

Artículo 2.º

Quedan sometidos a las prescripciones de esta Ordenanza losautomóviles de turismo de alquiler de la clase B “autoturismo”,conforme al Art. 2 del Reglamento Nacional de TransportesUrbanos, los de clase A), C) y D) si el Ayuntamiento determinaseen cualquier momento su autorización se regirán por lo dispuestoen el Reglamento Nacional de 16-3-79, en cuanto les sea espe-cialmente aplicable.

Artículo 3.º

Para el ejercicio de la actividad o prestación del servicio públicode alquiler con vehículos de la clase B). Autoturismo, al igual quepara las otras modalidades si algún día ésta se admitieran serárequisito previo e imprescindible obtener la oportuna licencia delAyuntamiento.

Artículo 4.º

La concesión de nuevas licencias por el Ayuntamiento vendrádeterminada conforme al procedimiento previsto en los Art. 12, 13 y14 del Reglamento Nacional de 16 de marzo de 1979.

No se tomarán en consideración, las solicitudes que se pre-senten fuera de plazo de convocatoria del concurso que se esta-blezca y precisamente en el plazo que en la misma se señale. Elanuncio de vacantes a proveer se realizará mediante edicto entablón de anuncios del Ayuntamiento, por término no inferior aquince días. Cuando existiese más de una solicitud pasará el expe-diente a informe de la Comisión Municipal Permanente, que seconstituya al efecto, quien resolverá el concurso dentro del plazo dedos meses, a contar desde el día en que finalice el plazo de presen-tación de solicitudes.

A la solicitud se acompañará Certificado de Empadronamiento,en este término municipal, así como fotocopia del carnet de con-ducir necesario para poder prestar el servicio.

Artículo 5.º

Los propietarios de los vehículos deberán concertar obligatoria-mente la correspondiente póliza de seguros que cubrirá los riesgosdeterminados por la legislación en vigor.

Artículo 6.º

Las licencias serán personales e intransferibles y en su conse-cuencia sus titulares no podrán en ningún caso enajenar, arrendar oceder o prestar aquéllas llevando aparejada la infracción de esteprecepto la caducidad de la licencia.

Por excepción se admitirá la transferencia en la persona deltitular de la licencia, previa la autorización municipal:

a) El cónyuge viudo o herederos legítimos en caso de falleci-miento del titular.

b) Libremente en caso de incapacidad física para conduciracreditada con certificado médico y comprobada previoreconocimiento ordenado de la Alcaldía.

c) En los demás supuestos previstos en el Art. 14 del Regla-mento Nacional.

Artículo 7.º

Las licencias se otorgarán para un vehículo determinado, nopudiendo por tanto utilizarse para otro distinto, sin autorizaciónde la Alcaldía y siempre que con el cambio se pretenda mejorarel Servicio.

Cuando se otorgue por el Ayuntamiento autorización paraaplicar la licencia a un nuevo vehículo en sustitución del primitivo,quedará automáticamente anulada la que tenía concedida el cocheretirado del servicio.

La venta del vehículo por el titular de su licencia implicará lacaducidad de ésta, salvo caso de sustitución indicado en lospárrafos precedente.

En ningún caso se podrá dedicar el vehículo para el que se haconcedido la licencia para otros usos distintos a estos para los quese concede.

Artículo 8.º

Tanto en la concesión de nuevas licencias como en las transfe-rencias de vehículos autorizadas se obliga al adjudicatario o titular oponer aquel funcionamiento en el plazo máximo de 60 días natu-rales entendiéndose la falta de cumplimiento de este requisitocomo renuncia expresa del interesado a la licencia correspondiente.

Artículo 9.º

Para poder ser titular de una licencia de autoturismo clase B), yobtener el permiso municipal de conductor, se requirirá:

Tener residencia en la localidad, donde se solicita la licencia.

Observar buena conducta.

Carecer de antecedentes penales.

No padecer enfermedad infecto-contagiosa ni defecto físico quele impida desempeñar el servicio.

No haber sido sancionado con anterioridad, por falta calificadade muy grave de las castigadas con la pérdida definitiva de lalicencia o permiso de conducir.

Cuantos otros requisitos determine el Código de la Circulación ola Jefatura Central de Tráfico con carácter general.

Acreditando en el momento de iniciarse el expediente de conce-sión los anteriores requisitos con documentos fehacientes al efecto,mediante copia notarial o fotocopia de los mismos.

Artículo 10.º

No podrán obtener la licencia para el ejercicio de la industria detaxis:

1.–Los funcionarios municipales en activo y descendientes enlínea directa a menos que estos últimos se hallen emancipados ygocen de independencia económica respecto de los mismos.

2.–El personal, Jefes, Oficiales, clases de Tropas y Soldados oAgentes de la Policía de Tráfico que se hallen en activo.

Artículo 11.º

En ningún caso podrá concederse más de una licencia a lamisma persona o titular. Toda persona titular de licencia tendrá laobligación de explotarla personal o conjuntamente mediante lacontratación de conductores asalarios en posesión del permisolocal de conductor y afiliación a la Seguridad Social en régimende plena y exclusiva dedicación y de incompatibilidad con otrap r o f e s i ó n .

Artículo 12.º

Para entrar en posesión de una licencia deberá someterseobligatoria y previamente el vehículo a la Inspección Municipal yestar en posesión de la correspondiente licencia de circulación ydemás requisitos exigidos por la legislación general para estetipo de vehículos.

Los titulares de licencias vendrán obligados a notificar al Ayun-tamiento el nombre y demás circunstancias personales de los con-ductores que tengan a su servicio en caso de incapacidades, vaca-ciones, etc., así como su sustitución, viniendo obligados todos ellosa estar en posesión del permiso municipal de conductor.

Artículo 13.º

La titularidad de las licencias municipales se perderá porrenuncia expresa a la misma por incumplimiento de las obliga-ciones inherentes a aquéllas en los casos que lleva aparejada estasanción y por pérdida de las condiciones personales que motivaronla concesión.

28 de enero de 2004 29

Page 30: BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE VALLADOLIDIII.– ADMINISTRACIÓN LOCAL DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE VALLADOLID Área de Acción Territorial Anuncio de adjudicación de obras 1.–Entidad

Artículo 14.º

Los vehículos previstos de licencia para autoturismos estánobligados a concurrir diariamente a la parada para prestar unservicio mínimo de 8 horas combinando entre ellos el horario demanera que aquéllas se encuentren en todo momento debida-mente atendidas.

Las interrupciones del servicio por causa justificada, cuya dura-ción exceda de tres días deberán ser puestas en conocimiento delAyuntamiento mediante escrito al efecto.

Si se dejare prestar sin causa justificada durante más de un mesconsecutivo o de dos meses alternos dentro del plazo de un año seproducirá automáticamente la caducidad de la licencia pudiendo elAyuntamiento proceder a su nueva adjudicación o a su amortiza-ción según proceda.

No se considerará como causa justificada el hecho de quehabiendo sufrido el coche para el que se otorgó licencia, deteriorosque le impidan prestar servicio éstos tardaren en repararse más deun mes consecutivo o de dos alternos, así como tampoco el quesolicitando el cambio de licencia del coche para el que la tenía con-cedida por otro de mejor calidad dejase de prestar servicio por eltiempo indicado, alegando que la casa constructora demora laentrega del nuevo.

Artículo 15.º

El servicio de autoturismos podrá prestar servicio urbano e inte-rurbano, debiendo para esto de proveerse de la autorización quetales fines expiden los órganos correspondientes del Ministeriocompetente en la materia, con arreglo a la legislación vigente.

No obstante a esta posibilidad de prestar servicio, fuera delcasco urbano, deberán los titulares de licencia confeccionar uncalendario de días de turno obligatorio de servicio de guardia enparada de tal forma que ésta se halle debidamente atendida entodo momento no adquiriendo compromisos de viajes que por suduración obliguen a la parada a permanecer sin servicios por másde una hora.

Este calendario deberá ser presentado en el Ayuntamiento paraque en este Centro se tenga siempre noticia exacta del titular quiencorresponde permanecer de guardia un día determinado.

No obstante se podrán modificar estos días por causas justifi-cadas y previa conformidad de ambos, de lo cual presentaránescrito ante el Ayuntamiento.

Artículo 16.º

Mientras el coche esté estacionado en la parada no podrá serabandonado por el conductor, dejando indicación si esto ocurrieredel lugar donde se encuentra para inmediatamente de ser reque-ridos atender sus peticiones.

Artículo 17.º

Los conductores no podrán impedir que los clientes lleven en elcoche maletas, bultos de equipaje normal, siempre que quepan enla baca o portamaletas del vehículo, no lo deterioren y no infrinjanlas disposiciones en vigor.

Artículo 18.º

Cuando los viajeros abandonen transitoriamente el vehículo porellos alquilado y los conductores deban esperar su regreso, podránrecavar de aquellos a título de garantía el importe del recorridoefectuado más de una hora de espera.

No podrá el taxista transportar a otros viajeros que aquellos porquienes fue requerido. Si algún otro intentare montar consultarápreviamente a los viajeros que le alquilaron y dada su conformidadles atendrá siempre que el número de plazas lo permita.

Artículo 19.º

Cuando el conductor haya de esperar a los viajeros en lugar enque el estacionamiento sea de duración limitada podrá recavar deéstos el importe del servicio efectuado, sin obligación por su partede continuar la prestación del mismo.

Artículo 20.º

En caso de accidente o de avería que haga imposible la conti-nuación del servicio, el viajero, que podrá pedir la intervención deun agente de la autoridad, deberá abonar el importe de tal serviciohasta el momento de la avería o accidente.

Artículo 21.º

La prestación del servicio público se efectuará con sujeción alas tarifas aprobadas por el Ayuntamiento conforme el Art. 22 delR.N., conteniendo los suplementos o servicios extraordinarios, porhora de parada, servicios nocturnos, especiales.

Los servicios interurbanos estarán sujetos a las tarifas apro-badas por el Ministerio competente en la materia en cuanto a trans-portes, siendo de aplicación cuando excedan del límite del cascode la población.

Artículo 22.º

Durante la prestación del servicio los conductores deberán irprovistos de los siguientes documentos:

a) Referentes al vehículo:

– Licencia.

– Placa con el número de la licencia municipal del vehículo y laindicación del número de plazas del mismo.

– Permiso de circulación del vehículo.

– Pólizas del seguro en vigor.

b) Referentes al conductor.

– Carnet de conducir de la clase exigida por el Código de laCirculación para este tipo de vehículos.

d) Referentes al servicio.

– Libro de reclamaciones.

– Direcciones y emplazamientos de centros de salud, comisa-rías de policía, bomberos y demás servicios urgentes.

– Plano y callejero de la ciudad.

– Ejemplar Oficial de la Tarifa vigente.

Artículo 23.º

Los conductores de estos vehículos tendrá la obligación derevisar el interior de los coches después de cada servicio para com-probar si existen objetos olvidados teniendo obligación de devol-verlos si conociese su dueño. El quebranto de lo dispuesto en esteartículo ocasionará la pérdida de la licencia.

Artículo 23.º

Los automóviles dedicados al servicio público de autoturismo,deberán poseer como mínimo cuatro plazas útiles, independientesde la del conductor sin exceder en ningún caso de ocho.

Deberán reunir asimismo las condiciones mínimas que deter-mina el Código de la Circulación y llevarán por lo menos una ruedade recambio en buen uso y las herramientas propias para repararaverías de urgencias.

Los coches al servicio público deberán llevar las correspondientesplacas “S.P.”, en lugar adecuado y en parabrisas, Art. 32 RN.

Artículo 24.º

Los automóviles dedicados al servicio público deberán estarpintados obligatoriamente en color blanco. en las puertas delan-teras llevarán al escudo del municipio en colores oficiales ymedidas de 13 cm. ancho por 21,5 de alto.

Artículo 25.º

El Ayuntamiento revisará cada año el estado de conservación yfuncionamiento de los vehículos, anulándose de oficio las licenciasde aquellos vehículos que por su mal estado de conservación oadecentamiento justifiquen tal medida. En este caso se otorgará alpropietario un plazo de 60 días para renovar el material y aplicar lalicencia a un nuevo vehículo, si lo estima oportuno.

Disposición Final.

La presente Ordenanza se considerará aprobada definitivamentea partir del día en que aparezca su publicación en el Boletín Oficialde la Provincia, entrando en vigor desde esta fecha.

Villardefrades, 19 de enero de 2004.–El Alcalde, Jorge de CastroÁlvarez.

515/2004

30 28 de enero de 2004

Page 31: BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE VALLADOLIDIII.– ADMINISTRACIÓN LOCAL DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE VALLADOLID Área de Acción Territorial Anuncio de adjudicación de obras 1.–Entidad

VILLAVERDE DE MEDINA

Don Santiago Barbado García, D.N.I. n.º 12.309.829 E, en repre-sentación de la empresa Barbado Martín, S.L., C.I.F. B47032388 ydomicilio social en Ctra. Madrid-Coruña, Km. 165 de Medina delCampo, ha solicitado al Ayuntamiento de Villaverde de Medinaautorización de uso excepcional en suelo rústico para el Proyectode Recursos de la Sección A de Áridos “Buenavista II”, en las par-celas n.º 5001 y 5002 del polígono 4 y n.º 5013 del Polígono 13 deltérmino municipal de Villaverde de Medina.

En cumplimiento de lo establecido en el Art. 25 de la Ley5/1999, de 8 de abril, de Urbanismo de Castilla y León, se someteel expediente a información pública durante un plazo de quincedías.

Villaverde de Medina 16 de enero de 2004.–El Alcalde, PedroPariente Fradejas.

433/2004

ZARATÁN

Por Resolución de la Alcaldía de fecha 23 de enero de 2004, seha procedido a la aprobación inicial del Proyecto de Actuación yProyecto de Urbanización de la Unidad de Actuación n.º 1, del PlanParcial “Los Talleres de Zaratán”, Sector 7 de las Normas Subsidia-rias de Planeamiento de este término municipal, condicionada a lapresentación de aval por importe de 160.962,06 euros, exponién-dose al público, a efectos de formulación de alegaciones, durante elplazo de un mes, contado desde el día siguiente hábil a la publica-ción de este anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia, deacuerdo con lo establecido en el Art. 95-3 y artículo 76-3-a) de laLey 5/1999, de 8 de abril de Urbanismo de Castilla y León.

Las alegaciones podrán presentarse en la Secretaría Municipal,en horario de oficina de atención al público de 9,00 a 14,00 h. delunes a viernes.

Zaratán, 23 de enero de 2004.–El Alcalde, Carlos CarranzaLucas.

502/2004

ZARATÁN

Por Resolución de la Alcaldía de fecha 20 de enero de 2004, seha procedido a la aprobación definitiva del Proyecto de Urbaniza-ción Modificado de la Unidad de Actuación número 12 de lasNormas Subsidiarias de Planeamiento Urbanístico Municipal, pro-movido a instancias de doña Sof ía Mata Presa, actuando ennombre y representación de Zaratán 2000, S.L., al amparo del artículo 79-c) de la Ley 5/1999, de 8 de abril, de Urbanismo de Cas-tilla y León.

Lo que se hace público para general conocimiento.

Zaratán, 20 de enero de 2004.–El Alcalde, Carlos CarranzaLucas.

503/2004

ENTIDAD LOCAL MENOR DE SANTIAGO DEL ARROYO

Por acuerdo de la Junta Vecinal de esta Entidad Local Menor,en sesión celebrada el día 8 de enero de 2004, se aprobó el Presu-puesto General para el ejercicio de 2004.

En cumplimiento de lo establecido en el artículo 150.1 de la Ley39/1988, de 28 de diciembre, se expone al público, durante el plazode quince días, en la Secretaría del Ayuntamiento y durante las horasde oficina, el expediente completo a efectos de que los interesadosque se señalan en el artículo 151 de la Ley antes citada puedan exa-minarlo y presentar reclamaciones ante el Pleno del Ayuntamientopor los motivos que se señalan en el apartado 2.º del mentado artículo 151.

Se indica expresamente que en el presupuesto aparecen pro-yectadas operaciones de crédito con detalle de sus característicasy con destino a la financiación de inversiones a ejecutar en el ejer-cicio a que el presupuesto se refiere, a efectos de que puedan exa-minarse si se estima conveniente.

En el supuesto de que en el plazo de exposición pública no sepresenten reclamaciones el Presupuesto se entenderá definitiva-mente aprobado sin necesidad de acuerdo expreso.

Santiago del Arroyo, 15 de enero de 2004.–El Alcalde-Pedáneo(ilegible).

404/2004

IV.– ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIAJuzgado de Primera Instancia

VALLADOLID.–NÚMERO 6

Número de Identificación Único: 47186 1 0600467/2003.

Procedimiento: Juicio Verbal 472/2003.

Sobre: Juicio Verbal.

De: Don Ángel Sobrino Herrero.

Procurador: Don Javier Gallego Brizuela.

C o n t r a : Doña Azucena Miranda Cadenas, don Serafín PrietoPrieto.

Procurador: Sin profesional asignado, sin profesional asignado.

Cédula de Notificación

En el procedimiento de referencia se ha dictado la resolucióncuyo encabezamiento y fallo es del tenor literal siguiente:

En nombre de su Majestad El Rey.

El Ilmo. Sr. don Francisco Javier Carranza Cantera, Magistrado-Juez del Juzgado de Primera Instancia número seis de Valladolid,ha dictado la siguiente

Sentencia

En Valladolid, a veintiséis de diciembre de dos mil tres.

Vistos por el Ilmo. Sr. don Francisco Javier Carranza Cantera,Magistrado-Juez de Primera Instancia número seis de Valladolid ysu partido judicial, los presentes Autos de Juicio Verbal tramitadoscon el n.º 472/2003 a instancia de Ángel Sobrino Herrero, en supropio nombre y derecho y en beneficio de la comunidad de pro-pietarios de la vivienda 1.º D (escalera izquierda de la calle GeneralShelly n.º 33 de esta ciudad, contra Azucena Miranda Cadenas ySerafín Prieto Prieto, sobre reclamación de cantidad.

Fallo

Que estimando íntegramente la demanda formulada por larepresentación de Ángel Sobrino Herrero, en su propio nombre yderecho y en beneficio de la comunidad de propietarios de lavivienda 1.º D (escalera izquierda) de la calle General Shelly n.º 33de esta ciudad, contra Azucena Miranda Cadenas y Serafín PrietoPrieto, debo condenar y condeno a los expresados demandados apagar solidariamente a la demandante la cantidad de 1.518 euros, ydon Serafín, además, la cantidad de 1.147,64 , en ambos casos,más los intereses legales de dichas cantidades desde la fecha deinterposición de la presente demanda, y al pago de las costas.

Esta resolución no es firme y contra ella cabe recurso de apela-ción, que se preparará en el plazo de cinco días ante este Tribunal.

Así por esta mi Sentencia, definitivamente juzgando en primerainstancia, lo pronuncio, mando y firmo.

Y como consecuencia del ignorado paradero de doña AzucenaMiranda Cadenas, se extiende la presente para que sirva de cédulade notificación.

Valladolid, a siete de enero de dos mil cuatro.–El Secretario (ilegible).

367/2004

Juzgados de Instrucción

VALLADOLID.–NÚMERO 3

Juicio de Faltas: 595/2003.

Número de Identificación Único: 47186 2 0307998/2002.

Doña Covadonga Yágüez Santiago, Secretaria del Juzgado deInstrucción número tres de Valladolid.

Doy fe y testimonio: Que en el Juicio de Faltas n.º 595/2003 se hadictado la presente Sentencia, cuyo fallo es del siguiente tenor literal:

Que debo absolver y absuelvo a Iñaki Aarón Santos Blanco, Gui-llermo Ríos Baldur, Javier Bravo Jiménez, Francisco Vázquez Porto-rreal y Ricardo Mira Ortiz de la falta que les venía siendo imputada enel presente procedimiento, declarando de oficio las costas causadas.

Y para que conste y sirva de Notificación de Sentencia a IñakiAarón Santos Blanco, Guillermo Ríos Baldur, Javier Bravo Jiménez,Francisco Vázquez Portorreal y Ricardo Mira Ortiz, actualmente

28 de enero de 2004 31

Page 32: BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE VALLADOLIDIII.– ADMINISTRACIÓN LOCAL DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE VALLADOLID Área de Acción Territorial Anuncio de adjudicación de obras 1.–Entidad

paradero desconocido, y su publicación en el Boletín Oficial de laProvincia, expido la presente en Valladolid, a catorce de enero dedos mil cuatro.–La Secretaria, Covadonga Yágüez Santiago.

392/2004

VALLADOLID.–NÚMERO 3

Juicio de Faltas: 88/2004.

Número de Identificación Único: 47186 2 0300557/2004.

Representado: Alexandru Urucatu.

Doña Covadonga Yágüez Santiago, Secretaria del Juzgado deInstrucción número tres de Valladolid.

Doy fe y testimonio: Que en el Juicio de Faltas n.º 88/2004 se haacordado citar a: Alexandru Urucatu en calidad de denunciado, alJuicio Oral señalado para el día 25 de febrero de 2004 a las 10,20horas en la Sala de Vistas número 5 sito en la calle Angustiasnúmeros 40-44 de esta ciudad, pudiendo comparecer con losmedios de prueba de que intente valerse y asistido de Letrado.

Y para que conste y sirva de Citación a Alexandru Urucatu,actualmente en paradero desconocido, y su publicación en elBoletín Oficial de la Provincia, expido el presente en Valladolid, adieciséis de enero de dos mil cuatro.–La Secretaria, CovadongaYágüez Santiago.

490/2004

Juzgados de lo Social

VALLADOLID.–NÚMERO 2

N.I.G.: 47186 4 0200927/2003.

N.º Autos: Demanda 909/2003.

Materia: Despido.

Demandante: Agustín Ruiz Reguilón.

Demandados: Mercantil Construcciones Portillo 1999, S.L., Mer-cantil Lacile, S.L. Unipersonal.

Doña Esperanza L l a m a s H e r m i d a , Secretaria de lo Socialnúmero dos de Valladolid.

Hago saber: Que por propuesta de providencia dictada en el díade la fecha, en el proceso seguido a instancia de don Agustín RuizReguilón, contra Mercantil Construcciones Portillo 1999, S.L., Mer-cantil Lacile, S . L . Unipersonal, en reclamación por despido, registradocon el n.º 909/2003 se ha acordado citar a Mercantil ConstruccionesPortillo 1999, S.L., Mercantil Lacile, S . L . Unipersonal, en ignoradoparadero, a fin de que comparezca el día 24/2/2004 a las 12,30, parala celebración de los actos de conciliación y en su caso Juicio.

Tendrán lugar en la Sala de Vistas de este Juzgado de lo Socialnúmero dos sito en Plaza del Rosarillo, s/n. debiendo comparecerpersonalmente o mediante persona legalmente apoderada, y contodos los medios de prueba que intente valerse, con la advertenciade que es única convocatoria y que dichos actos no se suspen-derán por falta injustificada de asistencia.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones seharán en los estrados de este Juzgado, salvo las que deban revestirforma de Auto o Sentencia, o se trate de Emplazamiento.

Y para que sirva de Citación a Mercantil Construcciones Portillo1999, S.L., Mercantil Lacile,S.L.Unipersonal, se expide la presentecédula para su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia ycolocación en el tablón de anuncios.

En Valladolid, a catorce de enero de dos mil cuatro.–La Secre-taria Judicial, Esperanza Llamas Hermida.

493/2004

VALLADOLID.–NÚMERO 3

Cédula de Citación

Doña Esperanza Llamas Hermida, Secretaria Judicial del Juz-gado de lo Social número tres de Valladolid.

Hago saber: Que en Autos número 1032/2003 de este Juzgadode lo Social, seguidos a instancias de don Roberto Carlos OliveiraRodríguez, contra la empresa Estructuras Aranjuez, S.L., sobre des-pido, se ha dictado resolución acordando citar a Vd. para el día 4de febrero del presente, a fin de que comparezca ante este Juz-gado de lo Social, sito en la Plaza del Rosario, s/n., para celebraracto de conciliación y el mismo día, seguidamente, para el juicio, deno haber avenencia en el primero, en la reclamación expresada,advirtiéndole que es única convocatoria y que deberá concurrir ajuicio con todos los medios de prueba de que intente valerse.

Ha de comparecer personalmente el representante legal de lademandada para prestar confesión judicial.

Y para que le sirva de citación en legal forma a EstructurasAranjuez, S.L., en ignorado paradero, expido la presente para suinserción en el Boletín Oficial de la Provincia, en Valladolid, a dieci-séis de enero de dos mil cuatro.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones seharán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan formade Auto o Sentencia, o se trate de Emplazamiento.

La Secretaria Judicial, Esperanza Llamas Hermida.

518/2004

MADRID.–NÚMERO 18

N.I.G.: 28079 4 0045883/2003.

N.º Autos: Demanda 1190/2003.

Materia: Despido.

Demandante: Rafael Galán García.

D e m a n d a d o s : Pedro Pereda Ordax, Producciones y Espectá-culos Valladolid, S.L.

Doña Pilar Ortiz Martínez, Secretaria de lo Social número die-ciocho de Madrid.

Hago saber: Que por propuesta de providencia dictada en eldía de la fecha, en el proceso seguido a instancia de don RafaelGalán García, contra Pedro Pereda Ordax, Producciones yEspectáculos Valladolid, S.L., en reclamación por despido, regis-trado con el n.º 1190/2003 se ha acordado citar a Producciones yEspectáculos Valladolid, S.L., en ignorado paradero, a fin de quecomparezca el día 2/2/2004 a las 09,09 horas, para la celebra-ción de los actos de conciliación y en su caso Juicio, que tendránlugar en la Sala de Vistas de este Juzgado de lo Social númerodieciocho sito en C/ Hernani n.º 59, 3,º debiendo comparecerpersonalmente o mediante persona legalmente apoderada, y contodos los medios de prueba que intente valerse, con la adver-tencia de que es única convocatoria y que dichos actos no sesuspenderán por falta injustificada de asistencia.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones seharán en los estrados de este Juzgado, salvo las que deban revestirforma de Auto o Sentencia, o se trate de Emplazamiento.

Al mismo tiempo se le cita para practicar la prueba de interroga-torio de partes en juicio.

Y para que sirva de Citación a Producciones y Espectáculos Valla-d o l i d , S.L., se expide la presente cédula para su publicación en elBoletín Oficial de la Provincia y colocación en el tablón de anuncios.

En Madrid, a ocho de enero de dos mil cuatro.–La SecretariaJudicial, Pilar Ortiz Martínez.

460/2004

32 28 de enero de 2004

AVISO A LOS SUSCRIPTORESEl vencimiento de la suscripción a este Boletín Oficial, se cumple para todos los suscriptores el día

31 de diciembre. Como se trata de suscripción cuyo importe debe ser satisfecho por adelantado, deinteresarle continuar con la misma, deberá abonar su importe antes del 30 de enero del año 2004. Encaso contrario entenderemos que renuncia a recibir mencionada suscripción y procederemos a suinmediata baja.

LA ADMINISTRACIÓN

IMPRIME: alcañiz fresno´s impreso en papel reciclado