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BOLETÍN OFICIAL N.º 57 - MIÉRCOLES 24 DE MAYO DE 2017 Pág. 1 DE LA PROVINCIA DE ZAMORA www.diputaciondezamora.es

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BOLETÍN OFICIALN.º 57 - MIÉRCOLES 24 DE MAYO DE 2017 Pág. 1DE LA PROVINCIA DE ZAMORA

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I. Administración del EstadoMINISTERIO DE AGRICULTURA Y PESCA, ALIMENTACIÓN Y MEDIO AMBIENTECONFEDERACIÓN HIDROGRÁFICA DEL DUERO

COMISARÍA DE AGUASAnuncio de resolución del expediente de modificación de características de

concesión de un aprovechamiento de aguas superficiales, de referencia MC/C-577/2015-ZA (ALBERCA-INY), con destino a riego en el término municipal deValdescorriel (Zamora).

Examinado el expediente incoado a instancia de Fuentes de Cea, S.L.(B47737325) solicitando modificación de características de concesión de un apro-vechamiento de aguas superficiales procedentes del río Cea, en el término munici-pal de Valdescorriel (Zamora), por un volumen máximo anual de 183.000 m3, uncaudal máximo instantáneo de 55 l/s, y un caudal medio equivalente de 10,08 l/s,con destino a riego, esta Confederación Hidrográfica del Duero, en virtud de la com-petencia otorgada por el Real Decreto Legislativo 1/2001, de 20 de julio, por el quese aprueba el texto refundido de la Ley de Aguas, y de acuerdo con el vigenteReglamento del Dominio Público Hidráulico, ha resuelto, con fecha 2 de mayo de2017, la autorización de modificación de características de la concesión de aguassuperficiales, con las características principales que se reseñan a continuación.

Modificar las inscripciones n.º 21.692 y 21.741 que constan en la sección “A”del Registro de Aguas, quedando de la siguiente manera:

- Número 21.692: Que quedará con un caudal de 49,30 l/s y una superficie de54,8680 ha, a nombre de doña María Josefa Sánchez de la Bodega yTordesillas e Inmosambar, S. L.- Número 21.741: Que quedará con un caudal de 24,35 l/s y una superficie de24,35 l/s, a nombre de don Pablo Caso Bodas, don Agustín Andrés Alija y donLeónido Andrés del Río.Autorizar la modificación de características de concesión de aguas superficia-

les, de acuerdo con las características y condiciones que figuran en la resolucióndel expediente referenciado, y cuyas características del derecho son:

- Titular: Fuentes de Cea, S.L (B47737325).- Tipo de uso: Riego (51,40 hectáreas).- Uso consuntivo: Sí.- Volumen máximo anual (m3): 183.000.- Volumen máximo mensual (m3):

Mes Volumen máximo mensual (m3)Mar. 7.218,04Abr. 12.159,04May. 24.877,54Jun. 41.603,74Jul. 52.620,34Ago 35.235,34Sep 9.285,94

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- Caudal máximo instantáneo (l/s): 55.- Caudal medio equivalente (l/s): 10,08.- Procedencia de las aguas: Río Cea (DU-195).- Plazo por el que se otorga: Cuarenta años desde el día siguiente al de la noti-ficación de la resolución de modificación de características de concesiónadministrativa.- Título que ampara el derecho:• Resolución de inscripción de fecha 8 de enero de 1954. Dirección General deObras Hidráulicas; resolución de modificación de características de fecha 27de octubre de 1969. Dirección General de Obras Hidráulicas; resolución detransferencia de titularidad de fecha 1 de diciembre de 1994. ConfederaciónHidrográfica del Duero; resolución de transferencia de titularidad de fecha 13de marzo de 2014. Confederación Hidrográfica del Duero; resolución de trans-ferencia de titularidad de fecha 19 de marzo de 2015. Confederación Hidro-gráfica del Duero. (Inscripción n.º 21.692).• Resolución de inscripción de 11 de marzo de 1954. Dirección General deObras Hidráulicas; resolución de transferencia de titularidad de fecha 14 demarzo de 1991. Confederación Hidrográfica del Duero; resolución de transfe-rencia de titularidad de fecha 4 de julio de 2011. Confederación Hidrográficadel Duero; resolución de transferencia de titularidad de fecha 13 de marzo de2014. Confederación Hidrográfica del Duero. (Inscripción n.º 21.741).• La presente resolución de modificación de características de concesión defecha 25 de abril de 2017.El contenido íntegro de la resolución de modificación de características de conce-

sión puede conocerse accediendo al correspondiente expediente concesional que seencuentra archivado en las oficinas de esta Confederación Hidrográfica, o a través dela página web www.chduero.es (lnicio\Tramitación\Resoluciones de Concesión).

Valladolid, 2 de mayo de 2017.-El Jefe del Área de Gestión del D.P.H., RogelioAnta Otorel.

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III Administración LocalDIPUTACIÓN PROVINCIAL DE ZAMORASERVICIO DE ACTAS Y REGISTRO GENERAL

Extractos de las resoluciones y acuerdos adoptados por el Pleno de laCorporación Provincial en la sesión extraordinaria urgente, celebrada el día 17 demayo de 2017.

Bajo la Presidencia de la titular, Ilma. Sra. Dña. María Teresa Martín Pozo, conasistencia de los Sres. Vicepresidentes: D. Juan Emilio Joaquín Dúo Torrado, D.José Luis Prieto Calderón y D. Aurelio Nicolás Tomás Fernández; y de los señoresDiputados: D. José Luis Bermúdez Lorenzo, Dña. Maribel Escribano Hernández, D.Antonio Iglesias Martín, D. Manuel Martín Pérez, D. José María Nieto Vaquero, D.José Luis Pernía Fernández, D. Pablo Rubio Pernía, D. José Ángel RuizRodríguez, D. Antonio María Claret Plaza Escudero, D. Jesús Ángel AntónRodríguez, D. Eduardo Folgado Becerra, Dña. Leonor González Cadenas, D.Manuel Ramos Pascual, D. Manuel Antonio Santiago Sánchez, D. Luis SegoviaGarcía, Dña. Sandra Veleda Franganillo, Dña. Laura Rivera Carnicero, Dña AnaBelén González Rogado, D. David Vicente García, D. David Carrión Gallardo y D.Ángel Prada Barrios; se adoptaron los siguientes acuerdos:

• Por unanimidad se ratifica la urgencia de la convocatoria de esta sesión.• Se aprueba por unanimidad la suscripción del Convenio de Colaboraciónentre la Diputación Provincial y la Consejería de Educación para la reparación,conservación y mejora de centros escolares de educación infantil y primariadel medio rural en la provincia de Zamora (2017-2018).• Por mayoría, con veintidós (22) votos a favor de los grupos Popular, Socialistay Mixto, así como del diputado no adscrito, ninguno en contra y tres (3) abs-tenciones del grupo de Izquierda Unida, se aprueba la modificación de lasBases de Ejecución del Presupuesto General 2017.• Se aprueba, por mayoría, con veintidós (22) votos a favor de los grupos Popular,Socialista y Mixto, así como del diputado no adscrito, ninguno en contra y tres(3) abstenciones del grupo de Izquierda Unida el expediente n.º 9/2017 de modi-ficación al Presupuesto de Gastos por suplementos de créditos.Diligencia:La extiendo yo, el Secretario, para hacer constar que los acuerdos que prece-

dentemente quedan reflejados, fueron aprobados por el Pleno de la CorporaciónProvincial, en la sesión del día de la fecha, acordándose su publicación en elBoletín Oficial de la Provincia, conforme a lo dispuesto en el artículo 120 delReglamento Orgánico de la Diputación y a reservas de los términos que resultende la aprobación del acta correspondiente, de acuerdo con el art. 206 del Regla-mento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las EntidadesLocales de 28 de noviembre de 1986.

Zamora, 18 de mayo de 2017.-El Secretario, Juan Carlos Gris González.

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III Administración LocalDIPUTACIÓN PROVINCIAL DE ZAMORA

ÁREA DE OBRASAnuncio de formalización de contrato

Al objeto de dar cumplimiento a lo dispuesto en el art. 154 del texto refundidode la Ley de Contratos del Sector Público aprobado por Real Decreto Legislativo3/2011, de 14 de noviembre, se hace pública la formalización del contrato que sedetalla a continuación.

1.- Entidad adjudicataria.a) Organismo: Diputación Provincial de Zamora.b) Dependencia que tramita el expediente: Servicio Administrativo del Área deObras.

c) Número de expediente: 001/0011717.d) Dirección de Internet del Perfil del Contratante: www.diputaciondezamora.es.2.- Objeto del contrato. a) Tipo: Contrato de obra.b) Descripción: Núm. Exp. Denominación001/0011717 “Acondicionamiento y mejora del camino de Villaflor a Villanueva

de los Corchos”

c) Financiación: Superávit Presupuestario, anualidad 2015.d) División por lotes y número: No hay lotes.3.- Tramitación y procedimiento.a) Tramitación: Ordinaria.b) Procedimiento: Abierto.4.- Presupuesto base de licitación: Importe neto 170.004,47 euros, (IVA al 21%,

35.700,94 euros). Importe total: 205.705,41 euros.5.- Adjudicación.a) Fecha: 5 de mayo de 2017.b) Contratista: “Contratas y Obras San Gregorio, S.A.”.c) Importe de adjudicación: Importe neto, 122.063,21 euros, IVA (21%)25.633,27 euros. Importe total: 147.696,48 euros.

6.- Formalización del contrato: 18 de mayo de 2017.Zamora, 18 de mayo de 2017.-La Presidenta, María Teresa Martín Pozo.

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III. Administración LocalAYUNTAMIENTO

ZAMORAAnuncio

Aprobado el padrón de la tasa por prestación de servicios del Mercado deMayoristas correspondiente al mes de mayo de 2017, aprobado por Decreto deAlcaldía de fecha 12 mayo de 2017, se expone al público en Gestión Tributaria (Rd.San Torcuato n.º 15, 2.ª planta) para que pueda ser examinado durante el plazo dequince días, contados a partir del día siguiente a aquél en que aparezca publicadoen el Boletín Oficial de la Provincia.

Este anuncio produce los efectos de notificación de la liquidación de cuotas quefiguran consignadas en el padrón. La notificación de la liquidación se realiza deforma colectiva en virtud de lo dispuesto en el artículo 102.3 de la Ley 58/2003, de17 de diciembre, General Tributaria.

Contra dichas liquidaciones podrá formularse, en el plazo de un mes a contardesde el día siguiente al de finalización del plazo de exposición pública del padrón,el recurso de reposición, previo al Contencioso-Administrativo, a que se refiere elartículo 108 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de RégimenLocal, con relación al artículo 14.2 del texto refundido de la Ley Reguladora de lasHaciendas Locales aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo.Contra su desestimación expresa o presunta cabe recurso contencioso-administrati-vo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo en el plazo de dos meses desdeel día siguiente al de la notificación si fuera expresa y si no lo fuese, en el plazo deseis meses desde el día siguiente a aquél en que se produzca el acto presunto.

Los recibos correspondientes se pondrán al cobro desde el día 15 de mayo al 14de julio de 2017, según lo previsto en el párrafo 3 del artículo 62 de la Ley 58/2003,de 17 de diciembre, General Tributaria y los recibos domiciliados se cargarán encuenta el 12 de junio de 2017. El Ayuntamiento remitirá a los contribuyentes justifi-cantes para su ingreso en las entidades bancadas colaboradoras. Para mayor infor-mación, el contribuyente habrá de acudir a las dependencias del Servicio deRecaudación Municipal en Rd. San Torcuato 15, 2.ª planta, dentro del plazo arribaespecificado. En caso de no recibir el tríptico podrá recogerlo en las oficinas de Rd.San Torcuato, 15, 2.ª planta, o en la sede electrónica www.zamoratributos.es. dondetambién podrá realizar el pago (disponiendo de DNI electrónico o certificado digital).

Una vez transcurrido el plazo citado, las deudas tributarias se exigirán medianteprocedimiento de apremio y se incrementarán en los recargos ejecutivos y de apre-mio e intereses de demora y costas que se produzcan, establecidos en los artículos26 y 28 de la misma Ley General Tributaria.

Zamora, 16 de mayo de 2017.-El Concejal Delegado.

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III. Administración LocalAYUNTAMIENTO

ZAMORAAnuncio

Aprobado el padrón de la tasa por prestación de servicios del Mercado deAbastos correspondiente al mes de mayo de 2017, aprobado por Decreto deAlcaldía de fecha 12 mayo de 2017, se expone al público en Gestión Tributaria (Rd.San Torcuato n.º 15, 2.ª planta) para que pueda ser examinado durante el plazo dequince días, contados a partir del día siguiente a aquél en que aparezca publicadoen el Boletín Oficial de la Provincia.

Este anuncio produce los efectos de notificación de la liquidación de cuotas quefiguran consignadas en el padrón. La notificación de la liquidación se realiza deforma colectiva en virtud de lo dispuesto en el artículo 102.3 de la Ley 58/2003, de17 de diciembre, General Tributaria.

Contra dichas liquidaciones podrá formularse, en el plazo de un mes a contardesde el día siguiente al de finalización del plazo de exposición pública del padrón,el recurso de reposición, previo al Contencioso-Administrativo, a que se refiere elartículo 108 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de RégimenLocal, con relación al artículo 14.2 del texto refundido de la Ley Reguladora de lasHaciendas Locales aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo.Contra su desestimación expresa o presunta cabe recurso contencioso-administrati-vo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo en el plazo de dos meses desdeel día siguiente al de la notificación si fuera expresa y si no lo fuese, en el plazo deseis meses desde el día siguiente a aquél en que se produzca el acto presunto.

Los recibos correspondientes se pondrán al cobro desde el día 15 de mayo al 14de julio de 2017, según lo previsto en el párrafo 3 del artículo 62 de la Ley 58/2003,de 17 de diciembre, General Tributaria y los recibos domiciliados se cargarán encuenta el 12 de junio de 2017. El Ayuntamiento remitirá a los contribuyentes justifi-cantes para su ingreso en las entidades bancadas colaboradoras. Para mayor infor-mación, el contribuyente habrá de acudir a las dependencias del Servicio deRecaudación Municipal en Rd. San Torcuato 15, 2.ª planta, dentro del plazo arribaespecificado. En caso de no recibir el tríptico podrá recogerlo en las oficinas de Rd.San Torcuato, 15, 2.ª planta, o en la sede electrónica www.zamoratributos.es. dondetambién podrá realizar el pago (disponiendo de DNI electrónico o certificado digital).

Una vez transcurrido el plazo citado, las deudas tributarias se exigirán medianteprocedimiento de apremio y se incrementarán en los recargos ejecutivos y de apre-mio e intereses de demora y costas que se produzcan, establecidos en los artículos26 y 28 de la misma Ley General Tributaria.

Zamora, 16 de mayo de 2017.-El Concejal Delegado.

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III. Administración LocalAYUNTAMIENTO

ZAMORAAnuncio

Por Decreto de Alcaldía, de fecha 17 de mayo de 2017 se acuerda:Primero.- La aprobación de las listas definitivas de admitidos y excluidos para

la creación de la Bolsa de Empleo de Ingeniero de Obras Públicas por reunir losrequisitos exigidos en la convocatoria, conforme al siguiente detalle.

TURNO LIBREADMITIDOSAPELLIDOS NOMBRE DNIAGUIRRE GUTIERREZ LUIS ÁNGEL 11733420QALONSO PRIETO FRANCISCO JAVIER 11953607RALONSO RÍO NURIA 45685142NALONSO VICENTE RAÚL 11952386EÁLVAREZ CASTRO JOSE CARLOS 11938782BÁLVAREZ GONZÁLEZ ELENA 10090312MÁLVAREZ GONZÁLEZ MARÍA JOSÉ 45682139EÁLVAREZ MARTÍN CRISTINA 71028686VANDRÉS ANDRÉS DANIEL 71021739QBADÁS MIGUEL ÁNGEL 11894839KBOLUMBURU PRIETO MARÍA DE LA CONCEPCIÓN 72734219PDEL BRÍO GONZÁLEZ JAVIER 71012871ABUENO SÁNCHEZ ENRIQUE 70895016TCADENAS FRESNADILLO JAVIER 11964156QCALABUIG RODRÍGUEZ ÁLVARO 45686163KCALOMARDO BARIEGO ANTONIO 71016022ACALVO BAUTISTA NOEMÍ 12408420NCARBALLO SILVA JUAN MANUEL 45683289EDEL CARMEN MELERO RAÚL 71019526BCASADO DE LAS HERAS ALICIA 71028158HCASANOVA ROMERO ANTONIO 11958699XCASANOVA ROMERO JUAN LUIS 11973729KCEA HERNÁNDEZ RICARDO 70877846BCHAGUACEDA GUTIÉRREZ VALENTÍN 11952962TCONDE PRIETO JAVIER 71014541VCOSCARÓN LÓPEZ MARÍA 71017731XCRUZ GARCÍA ANDRÉS 11971539QDÍEZ MIGUEL MARIO 71015686NDOMÍNGUEZ DOMÍNGUEZ MARÍA PILAR 33423662QDOMÍNGUEZ LUBIAN JOSE LUIS 70935306VENCABO LLORENTE EDUARDO 45572819KENRIQUE BARBA JOSE FRANCISCO 70862847P

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APELLIDOS NOMBRE DNIFERNÁNDEZ CARREIRA EDER 44429064XFERNÁNDEZ SILVA JUAN DIEGO 11895144GFERRERO PASCUAL ANA 71029427EFIGUERAS BUSTOS SANTIAGO 70862506NFOLGADO TEMPRANO HÉCTOR 11956360VFREIRE ALONSO JOSÉ ÁNGEL 15387282YFRUTOS REOYO DELIA 71139052YFUENTES CRESPO MARÍA DEL MAR 11964099MGAGO LARGO MIGUEL ÁNGEL 11972387JGAITERO POZUELO MARÍA ÁNGELES 11945184LGALLEGO MÉNDEZ EDUARDO 11958762GGARCÍA HERNÁNDEZ ÁLVARO 45681867AGARCÍA MONTES TATIANA 10881533AGARRIDO CASAS MARÍA JESÚS 11954212PGARRIDO HERNANDO S. SANDRA 11966400YGATO BONNAIL MARTA 71029894YGERVAS GONZÁLEZ CRISTINA 71033347DGÓMEZ DOMÍNGUEZ JESÚS IÑAKI 11945864DGONZÁLEZ CASILLAS ESPERANZA 06582024EGONZÁLEZ MIGUEL ARTURO 53575737CGONZÁLEZ PEREIRA MARÍA VALENTINA 71014316EGONZÁLEZ SÁNCHEZ FERNANDO 45423070WGONZÁLEZ VALVERDE MARÍA LEONOR 71026421YGRANADOS MARTÍN ALBERTO LORENZO 71030343HGULLÓN URBANO MARÍA 70866798AGUTIERREZ DEL AMO RAFAEL 71925258AGUTIÉRREZ CAVERO CAROLINA 71036018NHERNÁNDEZ HERNÁNDEZ SANTIAGO 07988622DHERNÁNDEZ SÁNCHEZ HIPÓLITO 70901515JHERRERO BRAGADO MARÍA DEL MAR 71011083DHERRERO MARTÍN ÁNGEL 52416318PHINOJAL NEILA GONZALO 70936538FIGLESIAS NIETO FEDERICO MANUEL 72448222QJIMÉNEZ ANDRÉS MARÍA ISABEL 07972958PLÓPEZ DELGADO FRANCISCO JAVIER 11735343FLÓPEZ HERNÁNDEZ RUBÉN 71013606WLORENZO TEJEDOR ALICIA 71036110NLLORENTE REDONDO ENRIQUE 50976414LMACÍAS SÁNCHEZ NURIA MARÍA 76265503XMANTECA BENÉITEZ FRANCISCO JAVIER 11955466CMARCOS BARTOLOMÉ MIGUEL ÁNGEL 11966682NMARCOS DE LA IGLESIA RUBÉN 71025789HMARTÍN MARTÍN PATRICIA 11969302XMARTÍN SIERRA MARTA 71092423KMARTÍNEZ LOZANO DAVID 11961031LMATEOS ARRIBAS TOMÁS 11971212BMORENO RODRÍGUEZ DAVID 71010857JMORILLO PÉREZ HÉCTOR 45683766QMUÑOZ GAMAZO SEBASTIÁN ÁNGEL 07968309MPÉREZ PELÁEZ JULIO 45682041Q

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APELLIDOS NOMBRE DNIPÉREZ DE LA PEÑA FRANCSCO JAVIER 11963816KPÉREZ PÉREZ RUBÉN 71017305KPÉREZ SABROSO JAVIER 46853638QPORRAS RUBIO ROBERTO 70863556GPRIETO MARTÍN MARÍA 70883063FPRIETO DEL RÍO DAVID 11966929YRABANAL MOYA DIEGO 71449682KRAMOS PRETO LORENA 71445324XRAMOS SÁNCHEZ VICTOR 11960572CRAPADO SÁNCHEZ FRANCISCO JAVIER 11945164ERODRÍGUEZ CAMPOS COVADONGA 11964434HRODRÍGUEZ GARCÍA ANA ISABEL 06580146FRODRÍGUEZ GUTIÉRREZ MARÍA ÁNGELES 72129269GRODRÍGUEZ MARTÍN EVA 11942092DROLLÓN ROLLÓN MIGUEL ÁNGEL 11959776YROMÁN LUENGO ROBERTO 11973881NROMERO ALMARAZ MARÍA CRISTINA 71022409LRONCERO PIÑA MIRIAM 45681513VRUBIO MARTIN JOSÉ ANTONIO 71012256DSAMPEDRO MONTAÑES JAIME ANTONIO 11971733ASAN SEGUNDO MOYANO JESÚS 06583597PSANTIAGO SÁNCHEZ FRANCISCO ANTONIO 11959452GDE SANTOS DE GARCÍA DANIEL 70245216LSANZ DIAZ JOSE MARÍA 70890840XSOLA SANTOS SANDRA 71010690FSORIANO GAITERO JAVIER 11964571VURUEÑA CODESAL DAVID 45683353VVEGA VEGA JOSÉ ANTONIO 11951019NVICENTE MÉNDEZ MANUEL ÁNGEL 11965551PVICENTE SÁNCHEZ JUAN JOSÉ 52413213PVICENTE DE LA TORRE ISRAEL 11952686TVIDAL PÉREZ EUGENIO 71025713BVILLAFRANCA GIL JOSÉ MIGUEL 45680208TVILLAZALA FRAILE JOSÉ MIGUEL 11959544GVIZÁN POYO JOSÉ LUCAS 11963894FVIZÁN ZAMARREÑO MARÍA DE LAS MERCEDES 71034633FZAMORA PEREZ ÁNGEL 11972487K

EXCLUIDOS:APELLIDOS NOMBRE DNIDOMÍNGUEZ GARCÍA SONIA 11973425Q (1)MARIÑO MONTERO VICTOR DANIEL 11971757G (2)MARTÍN PRIETO DIEGO 71031632L (1)NIETO GIMÉNEZ RUBÉN 70933401K (1)PASCUAL CASTAÑO DAVID 71021064P (1) PRIETO DIAZ NEFTALÍ 45681634T (2)TEJEDOR RIVERA ALBA 71029747C (1)VIVES TORRENTS JOEL 38853166W (1)

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Causas de exclusión:1.- No dispone de la titulación exigida en las bases de la convocatoria2.- No registrado en tiempo y forma.Segundo.- La aprobación del Tribunal Calificador para la creación de la Bolsa

de Empleo de Técnico de Administración General, conforme al siguiente detalle:TRIBUNAL INGENIERO TÉCNICO OBRAS PÚBLICAS

Presidente.Titular: D. Roberto Carlos Hidalgo Vega.Suplente: D.ª M.ª Ángeles Marcos Cabero.Secretario.Titular: D. José Manuel Barrios Costa.Suplente: D.ª M.ª Ángeles López Torres.Vocales.Titular: D. José Martín Pérez.Suplente: D. Valentín Luelmo Domínguez.Titular: D.ª M.ª Carmen del Valle González.Suplente: D. Juan Antonio Montes Barbero.Titular: D. Germán Carbajo García.Suplente: D. Pablo Durán Campos.Tercero.- Aprobación de la fecha de celebración del primer ejercicio fase oposi-

ción para la creación de la Bolsa de Empleo de Ingeniero Técnico de ObrasPúblicas conforme al siguiente detalle:

- Primer ejercicio fase oposición: Día 12 de junio de 2017, a las 12:00 horasen el Colegio Universitario (C/ San Torcuato, n.º 43, Zamora, entrada Dr.Carracido, s/n).Cuarto.- Que este decreto se publique en el tablón de anuncios del Excmo.

Ayuntamiento de Zamora, así como en la página web del Ayuntamiento(www.zamora.es) y en el Boletín Oficial de la Provincia de Zamora.

Quinto.- Que del presente Decreto se de traslado a los miembros del Tribunal.Lo que se hace para general conocimiento.Zamora, 17 mayo 2017.-El Alcalde.

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III. Administración LocalAYUNTAMIENTO

LA BÓVEDA DE TOROAnuncio

Don Francisco Benito Delgado, con DNI 11729453M, en representación delAyuntamiento de La Bóveda de Toro (Zamora), con-CIF P4902700F, ha solicitandolicencia ambiental para ejercer la actividad: “Anteproyecto de vestuarios y bar encampo de fútbol”, sito en camino Vadillo, polígono 1, parcela 89, de La Bóveda deToro (Zamora).

En cumplimiento del artículo 28 del Decreto Legislativo 1/20I5, de 12 denoviembre por el que se aprueba el texto refundido de la Ley, de PrevenciónAmbiental de Castilla y León, se abre un periodo de información pública de diezdías hábiles a contar desde el siguiente a la publicación de este anuncio para quetodo el que se considere afectado por la actividad que se pretende ejercer puedahacer las observaciones pertinentes.

El expediente se encuentra en la Secretaría de este Ayuntamiento y puede con-sultarse durante las horas de oficina.

La Bóveda de Toro, 11 de mayo de 2017.-El Alcalde.

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III. Administración LocalAYUNTAMIENTO

ALMARAZ DE DUEROAnuncio

El Pleno del Ayuntamiento de Almaraz de Duero, en sesión ordinaria celebradael día 7 de abril de 2017, acordó la aprobación inicial, del expediente de modifica-ción de créditos 2/2017 del vigente presupuesto general ordinario correspondienteal ejercicio de 2017 y en cumplimiento de lo dispuesto en el texto refundido de laLey Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto 2/2004,de 5 de marzo, se somete el expediente a exposición pública por el plazo de quin-ce días, a contar desde el día siguiente de la inserción de este anuncio en elBoletín Oficial de la Provincia de Zamora, para que los interesados puedan exami-nar el expediente y presentar las reclamaciones que estimen oportunas.

Almaraz de Duero, 11 de mayo de 2017.-El Alcalde.

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III. Administración LocalAYUNTAMIENTOVILLALCAMPO

AnuncioAprobado inicialmente por este Ayuntamiento de Villalcampo, por resolución del

Sr. AIcalde-Presidente de fecha 2 de mayo de 2017, una vez dada cuenta enacuerdo adoptado en sesión plenaria celebrada el día 21 de abril de 2017, el docu-mento técnico que luego se indica, se expone al público por plazo de veinte días,a fin de que los interesados puedan examinarlo y presentar, en su caso, las alega-ciones o reclamaciones que estimen pertinentes, que de no presentarse supondrála elevación a definitivo del acuerdo inicialmente adoptado.

Documento que se cita:- Proyecto básico y de ejecución de obras de abastecimiento, saneamiento y

pavimentación en Villalcampo y Carbajosa de Alba, redactado por los ingenieros decaminos canales y puertos don Eduardo Vidal Rodríguez y doña RosarioRodríguez Fernández, con un presupuesto de ejecución por contrata de 35.455,44euros, financiado con fondos propios.

Villalcampo, 11 de mayo de 2017.-El Alcalde.

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III. Administración LocalAYUNTAMIENTO

CALZADILLA DE TERAAnuncio

El Pleno municipal, en sesión ordinaria celebrada el día 11-4-2017, acordó laaprobación inicial del expediente de modificación de créditos n.º 1 del ejercicio2017, mediante suplemento de crédito.

En cumplimiento de lo dispuesto en el art. 169.1 por remisión del art. 179.4 delReal Decreto 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido dela Ley Reguladora de las Haciendas Locales, se somete el expediente a informa-ción pública por el plazo de quince días, a contar desde el día siguiente al de lainserción de este anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia, para que los intere-sados puedan examinar el expediente y presentar las reclamaciones que estimenoportunas.

Calzadilla de Tera, 16 de mayo de 2017.-El Alcalde.

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SALCEAnuncio

Aprobada inicialmente por el Pleno municipal, en sesión celebrada el día 12 demayo de 2017, la ordenanza municipal reguladora de la limpieza de fincas y sola-res en el término municipal de Salce (Zamora), de conformidad con los arts. 49 y70.2 de la ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las bases de Régimen local yartículo 56 del Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril, por el que seaprueba el texto refundido de las disposiciones legales vigentes en materia deRégimen local, se somete a información pública por plazo de treinta días, a contardesde el día siguiente a la inserción de este anuncio en el Boletín Oficial de laProvincia para que pueda ser examinada y presentar las reclamaciones que seestimen oportunas.

Durante dicho plazo podrá ser examinada por cualquier interesado en lasdependencias municipales para que se formulen las alegaciones que se estimenoportunas.

En el caso de no presentarse reclamaciones en el citado plazo, se entenderádefinitivamente aprobado el acuerdo de aprobación de la mencionada ordenanza.

Salce, 15 de mayo de 2017.-El Alcalde.

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VILLAMOR DE LOS ESCUDEROSAnuncio

Siendo definitivo el acuerdo del Pleno de 3 de marzo de 2017 sobre aprobaciónde la ordenanzas municipales reguladoras que a continuación se indican, en cum-plimiento de lo establecido en el art. 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, regulado-ra de las Bases de Régimen Local, se procede a la publicación de su texto íntegro.

1/ Ordenanza municipal reguladora de la limpieza y vallado de solares, terrenosy ornato de las construcciones.

2/ Ordenanza fiscal reguladora de la tasa por expedición de documentos admi-nistrativos.

Contra el presente acuerdo podrá interponerse los siguientes recursos (artícu-lo 52 de la Ley 7/1985, reguladora de las Bases de Régimen Local en relación conel artículo 112.3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre de 2015, de ProcedimientoAdministrativo Común de las Administraciones Públicas), recurso contencioso-administrativo, ante el Juzgado Provincial de lo Contencioso-Administrativo consede en Zamora, en el plazo de dos meses, contados a partir del día siguiente alde publicación de este anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia (artículos 8.1 y46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa).ORDENANZA MUNICIPAL REGULADORA DE LA LIMPIEZA Y VALLADO DE

SOLARES, TERRENOS Y ORNATO DE LAS CONSTRUCCIONES.CAPÍTULO I: DISPOSICIONES GENERALES

Artículo 1.- Deber legal del propietario.De conformidad con lo establecido en el artículo 8 b) de la Ley 5/1999, de 5 de

abril, de Urbanismo de Castilla y León (LUCyL), sin perjuicio de los deberes urba-nísticos establecidos para cada clase de suelo, los propietarios de terrenos ydemás bienes inmuebles deberán mantenerlos en condiciones de seguridad, salu-bridad, ornato público y habitabilidad según su destino, realizando los trabajos pre-cisos para conservar o reponer dichas condiciones si éstas se hubieran perdido odeteriorado.

Artículo 1.- Concepto de solar.A los efectos de la presente ordenanza, se entiende por solar cualquier terreno

situado en el término municipal, aunque carezca de todos o algunos de los servi-cios urbanísticos imprescindibles para su conceptuación como solar con arreglo ala LUCyL. Igualmente, tendrán la consideración de solar a los efectos señalados,aquellos terrenos que por cualquier motivo sean inedificables y aquellos otros queno tengan concretada su ordenación.

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Artículo 3.- Concepto de construcción.La presente ordenanza es de aplicación a las construcciones e instalaciones no

declaradas en ruina, ni susceptibles, previo los trámites reglamentarios de recibir taldeclaración, en las que sea necesario reponer sus condiciones preexistentes de ornato,seguridad y salubridad, adecentando, reparando o consolidando los elementos dañadosque afecten a su exterior, a su estabilidad y a sus condiciones higiénico-sanitarias.

Artículo 4.- Sujetos obligados.Las obligaciones de limpieza, vallado y ornato previstas en esta ordenanza

recaerán, en el caso de separación de dominio directo y útil, y si los solares y cons-trucciones estuvieren gravados con los derechos de uso o usufructo, o cedidos enarrendamiento, recaerán sobre el usuario, usufructuario o arrendatario respectiva-mente, como sustituto del propietario; en estos últimos casos, el propietario estáobligado a tolerar las operaciones u obras necesarias, notificándole las mismas alos puros efectos informativos.

En supuestos de inmuebles sobre los que pesen herencias aun no partidas yadjudicadas, bastará notificar a uno de los herederos conocidos, considerándose adichos efectos como representante de la comunidad hereditaria. Las reglas ante-riores serán de aplicación igualmente a las personas jurídicas.

Artículo 5.- Inspección municipal.El Alcalde, o concejal en quien delegue, ejercerá la inspección de los solares,

las construcciones y las instalaciones del término municipal para comprobar elcumplimiento de las condiciones establecidas en la presente ordenanza.

Artículo 6.- Obligaciones de limpieza.Sin perjuicio de la responsabilidad en que incurra el que arroja los desperdicios o

basuras a los solares, el propietario de los mismos está obligado a efectuar su limpieza.Los solares deberán estar permanentemente limpios, desprovistos de cualquier

tipo de residuos o vegetación espontánea, sin ningún resto orgánico o mineral quepueda alimentar o albergar animales o plantas portadoras o transmisores de enfer-medades, o producir malos olores. Igualmente, se protegerán o eliminarán lospozos o desniveles que en ellos existan y que puedan ser causa de accidentes.

Artículo 7.- Prohibición de arrojar residuos.Está prohibido terminantemente arrojar a los solares basuras, escombros, mobi-

liario, materiales de desecho, y en general desperdicios de cualquier clase. Sin per-juicio de las acciones que correspondan con arreglo a derecho a los dueños de lossolares contra los infractores, éstos serán sancionados rigurosamente por la alcaldía,de conformidad con lo previsto en Capítulo IV de la presente ordenanza.

Artículo 8.- Comunicación a la Alcaldía.Como regla general, las operaciones de limpieza de solares únicamente debe-

rán ser comunicadas a la Alcaldía, antes de iniciar su ejecución, a los efectos deconstancia de la realización y posible control ulterior.

CAPÍTULO II: DEL VALLADO DE SOLARES Y TERRENOSArtículo 9.- Obligación de vallar.A objeto de impedir en los solares el depósito de basuras, mobiliario, materia-

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les de desescombro y desperdicios en general, se establece la necesidad de pro-ceder al vallado de los existentes en el término municipal.

El vallado en la zona de bodegas, deberá tener una altura mínima de 1,50metros, pudiendo realizarse con mallazo.

Dicha necesidad se configura independientemente de la que hace referenciaa las vallas de protección encaminadas a cerrar los solares como medida deseguridad cuando se ejecutan obras de nueva planta o derribo cuyas caracte-rísticas dependerán de la naturaleza de cada obra en particular, siendo interve-nidas y autorizadas por el Ayuntamiento simultáneamente con las obras a lasque sirven.

Los propietarios de los solares que, a partir de la publicación de esta ordenan-za en el Boletín de la Provincia, surjan como consecuencia de nuevos derribosestán obligados al vallado del solar según las normas y características aquí esta-blecidas.

Artículo 10.- Reposición del vallado.Será igualmente deber del propietario efectuar la reposición del vallado cuando

por cualquier causa haya sufrido desperfectos o haya sido objeto de demolicióntotal o parcial.

La reposición, cualquiera que fuere su magnitud, se ajustará a las determina-ciones previstas en la presente ordenanza.

Artículo 11.- Características de la valla.Para que un solar se considere vallado, a los efectos de la presente ordenan-

za, se requiere que la valla reúna las siguientes características:a) Se extenderá a todo lo largo de la línea de la fachada o fachadas según eltrazado de la alineación que se fije con tal finalidad.

b) Deberá efectuarse preferentemente con fábrica de ladrillo o bloque y con unaaltura mínima de dos metros y medio, estas vallas, en la parte que coincidacon las alineación de la calle, deberán ser rematadas en la parte superior contejas o materiales que las protejan de su deterioro e impidan el embarramien-to de las aceras, se recomienda que la valla sea enfoscada y pintada al exte-rior. También se podrá vallar con postes fijos de madera, hormigón o hierroa una altura no inferior a dos metros, haciendo el cierre con malla.

c) Se colocará una puerta de acceso al solar de dimensiones tales que permi-ta la operación de limpieza y retirada de los posibles desperdicios.

d) En todo caso las características que deban reunir los materiales empleadosen la construcción de la valla serán tales que garanticen su estabilidad y con-servación en estado decoroso.

Artículo 12.- Alineación del vallado.El señalamiento de una alineación para vallar, será independiente y no prejuz-

gará en modo alguno la alineación oficial para edificar, por lo que el propietario nose amparará en ella para la edificación del solar.

Artículo 13.- Licencia para vallar.Los propietarios de solares están obligados a solicitar del Ayuntamiento la pre-

ceptiva licencia municipal de obras.

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CAPÍTULO III: DEL ORNATO DE CONSTRUCCIONESArtículo 14.- Obligación de ornato.Los propietarios de construcciones e instalaciones están obligados a mantener

en condiciones de ornato, seguridad y salubridad que garanticen su adecuado usoy funcionamiento.

Artículo 15.- Condiciones mínimas de seguridad, salubridad y ornato.A los efectos previstos en el artículo anterior se entenderá como condiciones

mínimas: A) Condiciones de seguridad.Las edificaciones deberán mantener sus cerramientos y cubiertas estancas al

paso del agua, contar con protección de su estructura frente a la acción del fuegoy mantener en buen estado los elementos de protección contra caídas. La estruc-tura deberá conservarse de modo que garantice el cumplimiento de su misiónresistente, protegiéndola de los efectos de la corrosión y agentes agresores, asícomo de las filtraciones que puedan lesionar las cimentaciones. Deberán conser-varse los materiales de revestimiento de fachadas, cobertura y cerramientos demodo que no ofrezcan riesgo a las personas y a los bienes.

B) Condiciones de salubridad.Deberá mantenerse el buen estado de las redes de servicio, instalaciones sani-

tarias, condiciones de ventilación e iluminación de modo que se garantice su apti-tud para el uso a que estén destinadas y su régimen de utilización. Mantendrántanto el edificio como sus espacios libres con un grado de limpieza que impida lapresencia de insectos, parásitos, roedores y animales vagabundos que puedan sercausa de infección o peligro para las personas.

Conservarán en buen funcionamiento los elementos de reducción y control deemisiones de humos y partículas.

C) Condiciones de ornato.Las fachadas de los elementos exteriores e interiores, medianeras, vallas y

cerramientos de las construcciones deberán mantenerse adecentadas, mediantelimpieza, pintura, reparación o reposición de sus materiales de revestimiento.

Artículo 16.- Construcciones e instalaciones fuera de ordenación.Cuando el deber de mantenimiento señalado en los artículos anteriores, recai-

ga sobre un edificio fuera de ordenación se estará a la regulación que, para dichorégimen jurídico, establece la legislación urbanística vigente.

Artículo 17.- Intervención municipal a través de licencia.La licencia de los titulares deberá ir acompañada de los datos y documentos

que, según la magnitud de las obras u operaciones sean necesarios para concre-tar y discernir la actuación urbanística.

Artículo 18.- Aplicación de normas.Las normas de procedimiento establecidas en el presente capítulo son aplica-

bles tanto al caso de limpieza y vallado de solares, como al de ornato de construc-ciones.

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CAPÍTULO IV: INFRACCIONES Y SANCIONESArtículo 19.- Incoación del expediente.Los expedientes de limpieza y/o vallado total o parcial de solares y de ornato

de construcciones podrán iniciarse de oficio o a instancia de cualquier interesado.Artículo 20.- Requerimiento individual.Incoado el expediente y previo informe de los servicios técnicos municipales, o

en su defecto del servicio de asistencia técnica municipal de la Diputación deZamora, por medio de Decreto de la Alcaldía se requerirá a los propietarios de sola-res y construcciones, la ejecución de las operaciones u obras necesarias para darcumplimiento a lo establecido en la presente ordenanza. La resolución indicará losrequisitos de ejecución y plazo para la misma en proporción a la entidad de laactuación ordenada. La orden de ejecución supone la concesión de la licencia pararealizar la actividad ordenada, pero no excluye la obligación del propietario de dotara la actuación de la oportuna dirección técnica si fuera necesario.

Artículo 21.- Incoación de expediente sancionador.Transcurrido el plazo concedido para la ejecución de la actuación ordenada sin

haber atendido al requerimiento, y sin perjuicio del uso de la faculta de ejecuciónforzosa regulada en los artículos siguientes, se incoará expediente sancionadorpor infracción urbanística a efectos, previos los trámites pertinentes, de imposiciónde la correspondiente sanción, consistente en multa leve, graves o muy graves enfunción de la infracción:

Se considerarán.Infracciones leves:A) No proceder a la limpieza o roza de los terrenos señalados por elAyuntamiento, al derribo o mantenimiento de inmuebles en mal estado y unavez notificada la obligación y transcurrido el plazo señalado, o efectuarlo demanera incorrecta o defectuosa a los fines previstos o, en su caso, no pro-ceder a la desinfección o limpieza ordenadas.

B) El incumplimiento de los requisitos, obligaciones o prohibiciones estableci-das en la presente ordenanza y que no se hallen tipificados específicamen-te como infracciones graves o muy graves.

Infracciones graves.A) La reincidencia en la comisión de infracciones leves.B) No proceder a la roza y limpieza de los terrenos y solares cuando se apre-cien indicios razonables urgentes de riesgo de incendio y una vez transcu-rrido el plazo que se señale.

C) No permitir el acceso al personal autorizado por el Ayuntamiento tanto parala comprobación del estado de las finca en cuestión, sino para los supues-tos de la ejecución subsidiaria por el mismo de las acciones de limpieza quehayan de realizarse.

D) Cualquier otra que no se halle calificada como infracción leve o muy grave.Infracciones muy graves.A) La reincidencia en la comisión de infracciones graves.B) La malicia e intencionalidad reiterada.

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C) La irreversibilidad del daño causado.D) Cualquier otra circunstancia de especial gravedad que se acredite en el

correspondiente expediente sancionador y que justifique esta calificaciónpor su entidad.

Artículo 22.- Cuantía de las sanciones.Sin perjuicio de exigir, cuando proceda, las responsabilidades de carácter penal

o civil correspondientes, la cuantía de las sanciones por las infracciones definidasa los preceptos de la presente ordenanza serán las siguientes:

A) Infracciones leves: Multa de 100,00 euros hasta 200,00 euros.B) Infracciones graves: Multa desde 201,00 euros y hasta 500,00 euros.C) Infracciones muy graves: Multa desde 501,00 euros hasta 1.000,00 euros.D) En cualquier caso para la graduación de las sanciones se tendrá en cuenta

el grado de reincidencia, maliciosidad y demás realizadas u omitidas decarácter atenuante o agravante.

Artículo 23.- Ejecución forzosa.En el caso de no haber cumplimentado el requerimiento formulado por la Alcaldía,

el Ayuntamiento podrá usar de la facultad de ejecución forzosa prevista en el art. 95de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las AdministracionesPúblicas y del Procedimiento Administrativo Común (LRJAPyPAC), para proceder ala limpieza del solar y a vallarlo (cuando las características del solar lo requieran) oa garantizar el ornato de una construcción. A tal efecto, los servicios técnicos muni-cipales, o en su defecto del servicio de asistencia técnica municipal de la Diputaciónde Zamora, formularán presupuesto de las operaciones u obras necesarias al solaro construcción afectados por la ejecución forzosa.

Incoado el procedimiento de ejecución forzosa se notificará al interesado dán-dole audiencia por plazo de diez días, tanto del propósito de utilizar esta facultadcomo del presupuesto correspondiente, a fin de que puedan formularse alegacio-nes en el plazo citado.

Artículo 24.- Resolución de ejecución forzosa.Transcurrido el plazo de audiencia, por Decreto de la Alcaldía, se resolverá

las alegaciones formuladas, y se ordenará, en su caso, la ejecución subsidiariade los trabajos de limpieza, vallado (cuando lo requiera por su particularidad) yornato.

El Ayuntamiento ejecutará dichos trabajos por si o a través de la persona oempresa que determine mediante la adjudicación por el procedimiento oportuno.Dicha adjudicación se efectuará con cargo a la partida correspondiente del presu-puesto municipal y se concretará, en su caso, en el Decreto que ordene la ejecu-ción subsidiaria.

Artículo 25.- Cobro de gastos.En armonía con lo dispuesto en el artículo 102 en relación con el 101 de la Ley

39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de lasAdministraciones Públicas (en adelante LPACAP), los gastos, daños y perjuiciosoriginados por la ejecución subsidiaria de las obras u operaciones de limpieza yvallado de solares u ornato de construcciones, será a cargo del sujeto obligado yexigible por vía de apremio administrativo.

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Artículo 26.- Requerimiento general.Por la Alcaldía podrá disponerse la práctica de requerimiento con carácter

general en determinadas épocas del año, mediante el procedimiento de Bando,para el cumplimiento de lo preceptuado en la presente ordenanza, dando los pla-zos perentorios que se estimen oportunos y otorgando los beneficios que se con-sideren convenientes.

Igualmente, por la Alcaldía podrán dictarse bandos recordatorios de los debe-res y obligaciones establecidos en la presente ordenanza.

Artículo 27.- Multas coercitivas.Al objeto de forzar la resistencia del propietario en el cumplimiento de sus obli-

gaciones, y en uso del mecanismo previsto en el artículo 103 de la LPACAP, elalcalde podrá imponer multas coercitivas, reiteradas por lapsos de tiempo que seansuficientes para cumplir lo ordenado, en cuantía de 200,00 euros. Las multas coer-citivas serán independientes de la prevista en el artículo 21 y compatible con ella.

CAPÍTULO V: RECURSOSArtículo 28.- Ejecutividad e impugnación.Los Decretos de la Alcaldía serán inmediatamente ejecutivos, sin perjuicio de que

contra los mismos cabe interponer recurso contencioso-administrativo ante la salacorrespondiente del Tribunal Superior de Justicia, previo recurso de reposición.

Disposición final: La presente ordenanza que consta de veintiocho artículos yuna disposición final, entrará en vigor de acuerdo con lo previsto en el artículo 70.2de la Ley 7/1985, de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local, una vezpublicada en el Boletín Oficial de la Provincia y transcurrido el plazo de quince díasde que disponen el Estado y la Comunidad Autónoma para su impugnación.

Villamor de los Escuderos, 18 de mayo de 2017.-La Alcaldesa.

ORDENANZA FISCAL REGULADORA DE LA TASA POR EXPEDICIÓNDE DOCUMENTOS ADMINISTRATIVOS

Artículo 1. Fundamento y naturaleza.En uso de las facultades concedidas por los artículos 133.2 y 142 de la

Constitución Española, y por el artículo 106 de la Ley 7/1985, de 2 de abril,Reguladora de las Bases del Régimen Local, y de conformidad con lo dispuesto enlos, artículos 15 a 19 y 20 a 27 del texto refundido de la Ley Reguladora de lasHaciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 demarzo, este Ayuntamiento, establece la tasa por expedición de documentos admi-nistrativos, que se regirá por la presente ordenanza fiscal, cuyas normas atiendena lo dispuesto en el artículo 57 del citado texto refundido de la Ley Reguladora delas Haciendas Locales.

Artículo 2. Hecho.Constituye el hecho imponible de la tasa la actividad administrativa desarrolla-

da con motivo de la expedición de fotocopias o la compulsa de documentos admi-nistrativos.

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Artículo 3. Sujeto pasivo.Son sujetos pasivos de esta tasa, todas las personas físicas o jurídicas y las

Entidades que soliciten, provoquen o en cuyo interés redunde la tramitación deldocumento.

Artículo 4. Exenciones y bonificaciones.Están exentas las asociaciones municipales; la mujer rural.Artículo 5. Cuota tributaria.La cuota tributaria se determinará por una cantidad fija señalada según el tipo

de documento, de acuerdo con la tarifa fijada a continuación.CONCEPTO IMPORTE

CERTIFICACIONES Y COMPULSAS1. Cotejo de documentos 1,00 €/compulsa/folio/hasta

un máximo de 3,00 €.2. Fotocopias de documentos administrativos 0,10 €/fotocopia/blanco y negro/Din A4.

0,20 €/fotocopia/color/Din A4.

Artículo 6. Devengo.Se devenga la tasa y nace la obligación de contribuir cuando se expida la foto-

copia, o se realicen las compulsas.Artículo 7. Normas de gestión.La tasa se exigirá en régimen de autoliquidación.Las cuotas se satisfarán en las oficinas municipales, en el momento de expedi-

ción de fotocopia o compulsa de documentos.Los documentos recibidos por los conductos de otros registros generales serán

admitidos provisionalmente, pero no podrá dárseles curso sin el previo pago de losderechos, a cuyo fin se requerirá al interesado para que en el plazo de diez díasabone las cuotas correspondientes, con el apercibimiento de que transcurridodicho plazo sin efectuarlo, se tendrán los escritos o documentos por no presenta-dos y será archivada la solicitud.

Artículo 8. Infracciones y sanciones.En todo lo referente a infracciones y sanciones, será de aplicación la Ley

58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, en concreto los artículos 181 ysiguientes, y las disposiciones que la desarrollen.

Disposición final única.La presente ordenanza fiscal, aprobada por el Pleno de este Ayuntamiento en

sesión celebrada el 10 de marzo de 2017, entrará en vigor en el momento de supublicación íntegra en el Boletín Oficial de la Provincia y será de aplicación a par-tir del día siguiente a su publicación, permaneciendo en vigor hasta que se acuer-de su modificación o su derogación expresa.

Villamor de los Escuderos, 18 de mayo de 2017.-La Alcaldesa.

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III. Administración LocalAYUNTAMIENTO

POBLADURA DEL VALLEAnuncio de aprobación definitiva del expediente de transferencia de créditos

entre partidas de gastos de distinta área de gasto que no afectan a bajas y altasde créditos de personal

En cumplimiento del artículo 169.1, por remisión del 179.4, del Real DecretoLegislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de laLey Reguladora de las Haciendas Locales, al no haberse presentado alegacionesdurante el plazo de exposición al público, ha quedado automáticamente elevado adefinitivo el acuerdo plenario de aprobación inicial del Ayuntamiento de Pobladuradel Valle, adoptado en fecha 12 de abril de 2017, sobre transferencia de créditosentre aplicaciones de gastos de distinta área de gasto que no afectan a bajas yaltas de créditos de personal, que se hace público resumido por capítulos:

PRESUPUESTO DE GASTOSAlta en aplicaciones de gastos

Capítulo 3.- Aplicación: 323.221.00. Explicación: “Energía eléctrica colegio”.Crédito actual: 118,47 €. Incremento: 4.000 €. Crédito definitivo:4.118,47 €. Total incremento: 4.000 €.

Baja en aplicaciones de gastosLa financiación de este incremento se hará con la disminución de crédito en las

siguientes aplicaciones:Capítulo 1.- Aplicación: 161.221.06. Explicación: “Productos farmacéuticos y

material sanitario”. Crédito actual: 15.103 €. Disminución: 4.000 €.Crédito definitivo: 11.103 €. Total disminución: 4.000 €.

Contra este acuerdo puede interponerse directamente recurso contencioso-administrativo ante la Sala de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa delTribunal Superior de Justicia de Castilla y León con sede en Valladolid, en el plazode dos meses, a contar desde el día siguiente a la publicación de este anuncio yello sin perjuicio de que pueda interponerse cualquier otro recurso que se conside-re conveniente.

Pobladura del Valle, 19 de mayo de 2017.-El Alcalde.

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III. Administración LocalAYUNTAMIENTO

GRANJA DE MORERUELAAnuncio

Don Zenón Rodríguez Velasco, en mi calidad de Teniente-Alcalde de esteAyuntamiento de Granja de Moreruela (Zamora),

HAGO SABERQue en cumplimiento de lo dispuesto en la Ley 8/2014, de 14 de octubre, que

modifica la Ley 11/2003, de 8 de abril, de Prevención Ambiental de Castilla y León,se somete a información pública el expediente promovido por don Juan CarroSantos para instalar una "Nave de ganado porcino de cebo", en la finca rústicanúmero 1.016, del polígono 1, de Granja de Moreruela (Zamora).

Conforme lo dispuesto en citada Ley, se abre un periodo de información públi-ca de diez días hábiles, a contar desde el siguiente a la publicación de este anun-cio, para que todo aquel que se considere afectado por la actividad que se preten-de ejercer pueda hacer las observaciones pertinentes.

El expediente se halla de manifiesto y puede consultarse, durante las horas deoficina, en la Secretaría de este Ayuntamiento.

Granja de Moreruela, 28 de abril de 2017.-El Teniente-Alcalde.

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III. Administración LocalAYUNTAMIENTOMONFARRACINOS

AnuncioSolicitada por don Juan Carlos de la Torre Gómez, en representación de

“Cebaderos La Torre, S.C.”, con el objeto de obtener licencia ambiental para la rea-lización de las siguientes actividades y obras: “Proyecto de ejecución de explota-ción porcina de cebo”, en las parcelas 815 y 816, del polígono 1, del término muni-cipal de Monfarracinos, en este Ayuntamiento se tramita el oportuno expediente.

En cumplimiento del artículo 28 del texto refundido de la Ley de PrevenciónAmbiental de Castilla y León, aprobado por Decreto Legislativo 1/2015, de 12 denoviembre, se procede a abrir periodo de información pública por plazo de diezdías desde la aparición del presente anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia,para que, quienes se vean afectados de algún modo por dicha actividad, presen-ten las alegaciones que consideren pertinentes.

El expediente objeto de esta información se encuentra depositado en lasdependencias de este Ayuntamiento, pudiéndose consultar en las misma durantehorario de oficina de 10:00 a 13:00 horas de lunes a viernes.

Monfarracinos, 17 de abril de 2017.-El Alcalde.

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III. Administración LocalAYUNTAMIENTO

CABAÑAS DE SAYAGOAnuncio de vacante Juez de Paz titular

De conformidad con lo dispuesto en el Reglamento de Jueces de Paz se hacesaber que el 18 de septiembre de 2017 finaliza el mandato del Juez de Paz titularde este municipio.

El Pleno de la Corporación es el órgano competente para proponer a la Sala deGobierno del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León, el nombramiento dela persona idónea para desempeñar dicho cargo, entre las que, reuniendo losrequisitos legales, así lo soliciten con arreglo a las siguientes bases:

Primera.- Requisitos:- Ser español.- Ser mayor de edad.- Residir en el municipio.- No estar incurso en ninguna de las causas de incapacidad o incompatibilidadprevistas en la Ley Orgánica del Poder Judicial.Segunda.- Documentación: La solicitud que será facilitada en la Secretaría

municipal, deberá ir acompañada de los siguientes documentos:- Fotocopia del DNI.- Certificado de empadronamiento.- Declaración jurada de no estar incurso en ninguna de las causas de incapaci-dad o incompatibilidad señaladas en la LOPJ para desempeñar el cargo.Tercera.- Plazo de presentación: Treinta días naturales, contados a partir del

siguiente al de la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia.Cuarta.- Lugar de presentación: En Secretaría, en horario de oficina, o por cual-

quiera de los procedimientos determinados en el art. 38 de la LRJ-PAC.Cabañas de Sayago, 18 de mayo de 2017.-El Alcalde.

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III. Administración LocalAYUNTAMIENTO

SANTA CROYA DE TERAAnuncio

Por este Ayuntamiento se está tramitando licencia ambiental para la actividadde "Bar-Restaurante", situado en C/ Eras, 2 de Santa Croya de Tera, conforme a lamemoria redactada por el arquitecto Enrique de Juan-Roncero Prieto.

En cumplimiento de lo establecido en el artículo 28 del texto refundido de la Leyde Prevención Ambiental de Castilla y León, se procede a abrir período de informa-ción pública por término de diez días desde la inserción del presente anuncio en elBoletín Oficial de la Provincia de Zamora, para que, quienes se vean afectados dealgún modo por dicha actividad, presenten las alegaciones que consideren perti-nentes.

El expediente objeto de esta información se encuentra depositado en lasdependencias de este Ayuntamiento, pudiéndose consultar en la misma durantehorario de oficina.

Santa Croya de Tera, 15 de mayo de 2017.-El Alcalde.

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III. Administración LocalOTRAS ENTIDADES LOCALES

ENTIDAD LOCAL MENOR DE SITRAMA DE TERAAnuncio

Por medio del presente anuncio se efectúa convocatoria del concurso, para elarrendamiento del inmueble situado en Sitrama de Tera, acondicionado para bar,ubicado en la C/ Paneras, s/n, de Sitrama de Tera para destinarlo a bar, conformea los siguientes datos:

1. Entidad adjudicadora: Datos generales y datos para la obtención de lainformación:a) Organismo: Junta Vecinal de Sitrama de Tera (Zamora).b) Dependencia que tramita el expediente: Secretaría.c) Obtención de documentación e información:1) Dependencia: Entidad Local Menor de Sitrama de Tera o en las delAyuntamiento de Santibañez de Tera (Avda. Emeterio Furones, 47 -Santibañez de Tera (Zamora).

2) Teléfono. 980 65 30 05.3) Fax. 980 65 30 05.4) Correo electrónico: [email protected]) Fecha límite de obtención de documentación e información: Hasta la fina-lización del plazo para presentar proposiciones.

2. Objeto del contrato:a) Tipo: 50,00 euros (cincuenta euros) mensuales mejorables al alza. IVA eimpuestos aparte.

b) Descripción: Arrendamiento del inmueble situado en Sitrama de Tera, acon-dicionado para bar, ubicado en la C/ Paneras, s/n, de Sitrama de Tera paradestinarlo a bar.

c) Duración: Dos años, prorrogables según el pliego de condiciones.3. Tramitación y procedimiento:a) Tramitación: Ordinaria.b) Procedimiento: Subasta.c) Criterios de adjudicación:- Importe de la renta mensual ofrecida. Mejorabla al alza.- Fianza provisional: No se exige.- Fianza definitiva: 2.500 euros.

4. Importe del arrendamiento:- 50,00 euros (cincuenta euros) mensuales mejorables al alza. IVA e impuestos aparte.5. Requisitos específicos del contratista:- Capacidad jurídica y de obrar, conforme al pliego de condiciones.6. Presentación de ofertas:a) Fecha límite de presentación: Quince días naturales contados desde el

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siguiente a la publicación del presente anuncio en el Boletín Oficial de LaProvincia de Zamora.

b) Modalidad de presentación: En las dependencias de la Entidad Local Menorde Sitrama de Tera o en las del Ayuntamiento de Santibáñez de Tera - Avda.Emeterio Furones, 47 - 49625 Santibáñez de Tera (Zamora) o por correoconforme a lo previsto en el pliego de condiciones.

7. Apertura de ofertas: El siguiente día que sea lunes, miércoles o viernes hábiltras la finalización del plazo de presentación de las ofertas en las dependencias della Entidad Local Menor de Sitrama de Tera a las 18:30 horas.

ANEXOMODELO DE OFERTA

D. ..................................................., con domicilio a efectos de notificaciones en...................., C/ ..............................., n.º ............, con DNI n.º .........................,

en nombre propio (o en representación de la Entidad .......................................,con CIF n.º ......................, enterado del expediente para el arrendamiento del bieninmueble situado en Sitrama de Tera, acondicionado para bar, propiedad de esteAyuntamiento, ubicado en la C/ Paneras, s/n, de este Sitrama de Tera, para desti-narlo a bar, por concurso/anunciado en el Boletín Oficial de la Provincia, hagoconstar que conozco el pliego que sirve de base al contrato y lo acepto íntegramen-te, tomando parte de la licitación ofreciendo la cantidad de ......................, eurosmensuales, IVA e impuestos aparte.

En .........................., a ........... de ........................... de 20 .........Firma del licitador,

Sitrama de Tera, 26 de abril de 2017.-El Alcalde.

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IV. Administración de JusticiaJUZGADO DE LO SOCIAL N.º 2

ZAMORANIG: 49275 44 4 2017 0000102. Modelo: 380000. ETJ EJECUCIÓN DE TÍTULOS JUDICIALES0000057/2017. Procedimiento origen: DESPIDO OBJETIVO INDIVIDUAL 0000057/2017. Sobre DESPIDO.DEMANDANTE/S: Doña ROSANA PÉREZ MALALANA. ABOGADO/A: ROSA ISABEL ENCINAS CHAPADO.DEMANDADO/S: GUMAR SOLUCIONES S.L, FOGASA. ABOGADO/A: ABOGADO DEL ESTADO.

EdictoDon Rafael Lizán Rufilanchas, Secretario del Juzgado de lo Social número 002

de Zamora.Hago saber: Que por resolución dictada en el día de la fecha, en el proceso

seguido a instancia de doña Rosana Pérez Malalana contra Gumar SolucionesS.L., Fogasa, sobre ejecución de título judicial núm. 57/17 se ha acordado citar aGumar Soluciones S.L., en ignorado paradero, a fin de que comparezca en la salade vistas de este Juzgado de lo Social 002, situado en C/ Riego, n° 5, 4ª planta,sala 004 el día 05 de julio de 2017 a las 10:30 para la celebración del incidente delart. 280 LJS, pudiendo comparecer personalmente o mediante persona legalmen-te apoderada, y que deberá acudir con todos los medios de prueba de que intentevalerse, con la advertencia de que es única convocatoria y que dicho acto no sesuspenderán por falta injustificada de asistencia y que las actuaciones están a sudisposición en la Secretaría de este Juzgado a fin de que cumpla con los requisi-tos que constan en la demanda y que fueron admitidos por Decreto de 21 de febre-ro de 2017.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijandocopia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la Oficina judicial,salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir formade auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento.

En caso de que pretenda comparecer al acto del juicio asistido de abogado orepresentado técnicamente por graduado social colegiado, o representado por pro-curador, pondrá esta circunstancia en conocimiento, del juzgado o tribunal porescrito, dentro de los dos días siguientes al de su citación para el juicio, con obje-to de que, trasladada tal intención al actor, pueda éste estar representado técnica-mente por graduado social colegiado, o representado por procurador, designarabogado en otro plazo igual o solicitar su designación a través del turno de oficio.La falta de cumplimiento de estos requisitos supone la renuncia dé la parte al dere-cho de valerse en el acto de juicio de abogado, procurador o graduado social cole-giado.

Y para que sirva de citación a Gumar Soluciones S.L., se expide la presentecédula para su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia y colocación en eltablón de anuncios.

En Zamora, a quince de mayo de dos mil diecisiete.-El/La Secretario Judicial.

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IV. Administración de JusticiaJUZGADO DE LO SOCIAL N.º 2

ZAMORAEL/LA LETRADO DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA. NIG: 49275 44 4 2016 0000673. Modelo:N81291. ETJ EJECUCIÓN DE TÍTULOS JUDICIALES 0000054/2017. Procedimiento origen:DESPIDO/CESES EN GENERAL 0000279/2016. Sobre DESPIDO. DEMANDANTE: Doña SONIARODRÍGUEZ RODRÍGUEZ. ABOGADO: VÍCTOR LOZANO GAGO. DEMANDADO/S: FONDO DEGARANTÍA SALARIAL, CONSULTORÍA INTEGRAL E INNOVACIÓN S.L. ABOGADO/A: ABOGADO DELESTADO.

Edicto de citación a comparecencia y a interrogatorioDon Rafael Lizán Rufilanchas, Letrado de la Administración de Justicia del

Juzgado de lo Social n.° 002 de Zamora. Hago saber: Que por resolución dictada en el día de la fecha, en el proceso

seguido a instancia de doña Sonia Rodríguez Rodríguez contra la empresaConsultoría Integral e Innovaciones S.L., FOGASA, registrado ejecución de títulosjudiciales n.° 34/17 se ha acordado citar a Consultoría Integral e Innovaciones, enignorado paradero, a fin de que comparezca en la sala de visitas de este Juzgadode lo Social 002, situado en C/ Riego, n° 5, 4ª planta el día 14 de junio de 2017 alas 9:50 horas, para comparecencia, pudiendo comparecer personalmente omediante persona legalmente apoderada, y que deberá acudir con todos losmedios de prueba de que intente valerse, con la advertencia de que es única con-vocatoria y que dicho acto no se suspenderá por falta injustificada de asistencia.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones, se harán fijandocopia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la Oficina judicial,salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir formade auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento.

En caso de que pretenda comparecer al acto del juicio asistido de abogado orepresentado técnicamente por graduado social colegiado, o representado por pro-curador, pondrá ésta circunstancia en conocimiento del juzgado o tribunal por escri-to, dentro de los dos días siguientes al de su citación para el juicio, con objeto deque, trasladada tal intención al actor, pueda éste estar representado técnicamentepor graduado social colegiado, o representado por procurador, designar abogadoen otro plazo igual o solicitar su designación a través del turno e oficio. La falta decumplimiento de estos requisitos supone la renuncia de la parte al derecho devalerse en el acto de juicio de abogado, procurador o graduado social colegiado.

Y para que sirva de citación a Consultoría Integral e Innovación S.L., se expidela presente cédula para su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia deZamora y colocación en el tablón de anuncios.

En Zamora, a quince de mayo de dos mil diecisiete.-El Letrado de laAdministración de Justicia.

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