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BANCO DE LA NACION CAPÍTULO 1: MARCO REFERENCIAL 1.1 Antecedentes generales de la Organización: Breve Historia El 27 de enero de 1966, el Congreso de la República aprobó la Ley 16000 por la cual creaba el Banco de la Nación. Días después el Poder Ejecutivo, bajo la firma del Presidente de la República, Fernando Belaúnde Terry la pone en vigencia, culminando así un largo proceso cuyos antecedentes históricos datan del siglo XIX, pero que recién a partir de 1914, surge verdaderamente la preocupación de crear un Banco que centralice las actividades operativas, económicas y financieras. El Banco de la Nación encuentra sus antecedentes inmediatos en el año 1905, durante el gobierno de don José Pardo, en el que se crea la Caja de Depósitos y Consignaciones, mediante la Ley N° 53 del 11.02.05. Esta Institución amplió sus actividades en 1927 cuando se le encargó a través de la Ley 5746 la administración del Estanco del Tabaco y Opio, así como la recaudación de las rentas del país, derechos e impuestos del alcohol, defensa nacional y otros. Finalmente, en diciembre del mismo año se le encarga la recaudación de la totalidad de las rentas de toda la República. El Decreto Supremo N° 47, del 9 de agosto de 1963, estatiza la Caja de Depósitos y Consignaciones, declarándola de necesidad y utilidad pública. Mediante este dispositivo se recupera para el Estado las funciones de recaudación de las rentas fiscales y la custodia de los depósitos administrativos y judiciales. Tal estatización se realizó cuando la Caja contaba entre sus accionistas con diez Bancos: Crédito, Popular, Internacional, Wiese, Comercial, Continental, Gibson, De Lima, Unión y Progreso.

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BANCO DE LA NACION

CAPTULO 1: MARCO REFERENCIAL

1.1 Antecedentes generales de la Organizacin:

Breve HistoriaEl 27 de enero de 1966, el Congreso de la Repblica aprob laLey 16000por la cual creaba el Banco de la Nacin. Das despus el Poder Ejecutivo, bajo la firma del Presidente de la Repblica, Fernando Belande Terry la pone en vigencia, culminando as un largo proceso cuyos antecedentes histricos datan del siglo XIX, pero que recin a partir de 1914, surge verdaderamente la preocupacin de crear un Banco que centralice las actividades operativas, econmicas y financieras.

El Banco de la Nacin encuentra sus antecedentes inmediatos en el ao 1905, durante el gobierno de don Jos Pardo, en el que se crea la Caja de Depsitos y Consignaciones, mediante la Ley N 53 del 11.02.05. Esta Institucin ampli sus actividades en 1927 cuando se le encarg a travs de la Ley 5746 la administracin del Estanco del Tabaco y Opio, as como la recaudacin de las rentas del pas, derechos e impuestos del alcohol, defensa nacional y otros. Finalmente, en diciembre del mismo ao se le encarga la recaudacin de la totalidad de las rentas de toda la Repblica.

El Decreto Supremo N 47, del 9 de agosto de 1963, estatiza la Caja de Depsitos y Consignaciones, declarndola de necesidad y utilidad pblica. Mediante este dispositivo se recupera para el Estado las funciones de recaudacin de las rentas fiscales y la custodia de los depsitos administrativos y judiciales. Tal estatizacin se realiz cuando la Caja contaba entre sus accionistas con diez Bancos: Crdito, Popular, Internacional, Wiese, Comercial, Continental, Gibson, De Lima, Unin y Progreso.

Las funciones que se le asignaron al Banco de la Nacin fueron las siguientes: Recaudar las rentas del Gobierno Central y de las entidades del Sub-Sector Pblico independiente y de los Gobiernos Locales cuando as se conviniera con stos. Recibir en forma exclusiva y excluyente depsitos de fondos del Gobierno Central y del Sub-Sector Pblico, con excepcin de los Bancos Estatales y del Banco Central Hipotecario. Hacer efectivas las rdenes de pago contra sus propios fondos que expidan las entidades del Sector Pblico Nacional. Recibir en consignacin y custodia todos los depsitos administrativos y judiciales. Efectuar el servicio de la deuda pblica.

El 12 de junio de 1981, en el segundo gobierno de Fernando Belande Terry, se promulg la Ley Orgnica Decreto Legislativo N 199 y se ampliaron las funciones del Banco: Recaudar los tributos del Sector Pblico Nacional. Efectuar en forma exclusiva por cuenta y en representacin del estado, operaciones de crdito activas y pasivas con Instituciones Financieras del pas y del exterior. Recibir en forma exclusiva los depsitos de los fondos de todo el Sector Pblico Nacional y Empresas del Estado, con excepcin de las Empresas Bancarias y Financieras Estatales.En 1994, durante el gobierno de Alberto Fujimori Fujimori, con el Decreto Supremo N 07- 94-EF Estatuto del Banco, se modificaron las funciones, las mismas que sern ejercidas sin exclusividad respecto de las Empresas y Entidades del Sistema Financiero: Brindar servicios de pagadura de acuerdo a las instrucciones que dicte la Direccin General del Tesoro Pblico. Brindar servicios de recaudacin por encargo de los acreedores tributarios. Efectuar por delegacin, operaciones propias de las subcuentas bancarias del Tesoro Pblico. Actuar como Agente Financiero del Estado. Actuar por cuenta de otros Bancos o Financieras, en la canalizacin de recursos. Participar en las operaciones de comercio exterior del Estado. Otorgar facilidades financieras al Gobierno Central, y a los Gobiernos Regionales y Locales, en los casos en que stos no sean atendidos por el Sistema Financiero Nacional. Las facilidades financieras que otorga el Banco no estn sujetas a los lmites que establece la Ley General de Instituciones Bancarias, Financieras y de Seguros. Brindar Servicios de Corresponsala. Brindar Servicios de Cuentas Corrientes a las Entidades del Sector Pblico Nacional y a Proveedores del Estado. Recibir depsitos de ahorros en lugares donde la banca privada no tiene oficinas.

Giro del BancoEl Banco de la Nacin es una empresa de derecho pblico, integrante del Sector Economa y Finanzas, que opera con autonoma econmica, financiera y administrativa. El Banco tiene patrimonio propio y duracin indeterminada.El Banco se rige por su Estatuto, por la Ley de la Actividad Empresarial del Estado y supletoriamente por la Ley General de Instituciones Bancarias, Financieras y de Seguros.Es objeto del Banco administrar por delegacin las subcuentas del Tesoro Pblico y proporcionar al Gobierno Central los servicios bancarios para la administracin de los fondos pblicos.Cuando el Ministerio de Economa y Finanzas lo requiera y autorice en el marco de las operaciones del Sistema Nacional de Tesorera, el Banco actuar como agente financiero del Estado, atender la deuda pblica externa y las operaciones de comercio exterior.Asimismo, recauda tributos y efecta pagos, sin que esto sea exclusivo, por encargo del Tesoro Pblico o cuando medien convenios con los rganos de la administracin tributaria.

Organigrama

MisinEl Banco de la Nacin brinda servicios a las entidades estatales, promueve la bancarizacin y la inclusin financiera en beneficio de la ciudadana complementando al sector privado, y fomenta el crecimiento descentralizado del pas, a travs de una gestin eficiente y auto-sostenible.

VisinSer reconocido como socio estratgico del Estado Peruano para la prestacin de servicios financieros innovadores y de calidad, dentro de un marco de gestin basado en prcticas de Buen Gobierno Corporativo y gestin del talento humano.

Valores institucionales Vocacin de servicio al ciudadano Compromiso e identificacin Promocin de la cultura financiera Conducta tica y profesional Responsabilidad social e inclusin financiera

1.2. Antecedentes Especficos del rea.

1.2.1 Finalidad El presente Manual de Organizacin y Funciones es un instrumento de gestin que describe las funciones de las unidades orgnicas, as como las funciones especficas a nivel de cargo especfico del Departamento de Finanzas. 1.2.2 Alcance Las funciones contenidas en el presente Manual debern ser cumplidas por todos los trabajadores que integran el Departamento de Finanzas. 1.2.3 Actualizacin El presente Manual de Organizacin y Funciones ser actualizado cuando se produzcan cambios o modificaciones en los procesos o procedimientos internos del Departamento o si se producen modificaciones en la Estructura Orgnica o en el Reglamento de Organizacin y Funciones del Banco de la Nacin. 1.2.4 Base Legal y/o Administrativa Acuerdo de Directorio N 1898, de fecha 2012.04.12, que aprueba el nuevo Reglamento de Organizacin y Funciones del Banco de la Nacin.

1.2.5 Responsabilidad El Jefe de Departamento es responsable de las funciones que se realizan en la unidad orgnica a su cargo. Asimismo, los Jefes de Divisin y/o Seccin son responsables de las funciones que se realizan en sus unidades orgnicas respectivas. Para asegurar el cumplimiento de las funciones establecidas en el presente Manual de Organizacin y Funciones, cada Jefe de unidad orgnica deber indicar al personal a su cargo, por escrito y en forma detallada, las funciones que le corresponden de acuerdo al cargo especfico que desempea.

1.3. Diagnstico Organizacional/rea (incluye anlisis externo e interno). Misin Rentabilizar y administrar eficiente y eficazmente los recursos financieros del Banco, mediante un adecuado Plan de Inversiones, administracin del presupuesto, establecimiento de tasas de inters y comisiones, adems de la realizacin de estudios para una oportuna toma de decisiones de carcter econmico y financiero.

Funciones a. Participar en la elaboracin y ejecucin del Plan Estratgico del Banco; as como elaborar y ejecutar los proyectos del Plan Operativo Institucional POI y los proyectos internos del Departamento de Finanzas. b. Proponer y administrar el portafolio de inversiones efectuando el seguimiento permanente a los mercados financieros nacionales e internacionales, de acuerdo a las Polticas de Riesgos del Banco, para la oportuna toma de decisiones. c. Proponer el Programa Anual de Emisiones de Ttulos. d. Programar, elaborar, evaluar y hacer seguimiento al presupuesto del Banco, en funcin a los objetivos y metas institucionales. e. Administrar las cuentas y los fondos que el Banco mantiene con el Sistema Bancario Nacional e Internacional, proponiendo la apertura y cierre de cuentas corrientes, aprobacin y control de lneas de crditos otorgadas por los corresponsales del exterior. f. Establecer los lineamientos de control de saldos en Bvedas de trnsito, Bvedas de Custodia y Oficinas de la Red de Agencias a nivel nacional; as como asignar recursos financieros para el abastecimiento de fondos segn las necesidades operativas del Banco g. Autorizar y asegurar el uso de las cuentas corrientes para la atencin de los requerimientos de pago del Servicio de la Deuda Pblica, de obligaciones propias y de clientes en general. h. Proponer, ejecutar y rentabilizar las operaciones cambiarias de acuerdo a las polticas de riesgos del Banco y al mercado nacional e internacional. i. Administrar las relaciones de corresponsala con instituciones del exterior de acuerdo a la poltica interna. j. Proponer las tasas de inters activas y pasivas en moneda nacional y extranjera, as como las tarifas y comisiones de aplicacin general a los servicios del Banco, as como fijar las condiciones para las operaciones o convenios en moneda nacional y extranjera con incidencia financiera en el Banco. k. Presentar los informes de carcter econmico y financiero vinculados con el desarrollo del Banco. l. Efectuar las evaluaciones de rentabilidad financiera, econmica y social de los proyectos de inversin del Banco. m. Consolidar y difundir la informacin estadstica oficial del Banco, as como el Informe de Tesorera del Gobierno Nacional y la posicin de caja del Tesoro Pblico. n. Administrar los riesgos de su competencia, a travs de la identificacin, tratamiento y control de los mismos, relacionados al logro de los objetivos de las dependencias a su cargo, dentro de las polticas de riesgo, lmites y procedimientos establecidos para la Gestin Integral de Riesgos, que incluye al Control Interno del que es parte integral; considerando adicionalmente la gestin de continuidad del negocio y seguridad de informacin en el Banco.

o. Asumir ante el Gerente General los resultados de la gestin de riesgos correspondiente a su Departamento. p. Administrar el presupuesto asignado a su departamento, realizando un oportuno seguimiento y control de su ejecucin. q. Hacer seguimiento al cumplimiento de los contratos de servicios solicitados por el departamento. r. Atender e implementar las medidas correctivas recomendadas por el rgano de Control Institucional y los organismos de control externo.

1.4. Anlisis crtico

CAPTULO 2: PROPUESTA DE MEJORA

2.1. Identificacin del rea a mejorar

2.2. Diagnstico 2.3. Definicin de propuestas y planes de accin 2.4. Definicin de mecanismos de control y seguimiento. 2.5. Sugerencias

Conclusiones Finales Bibliografa

ROF, MOF y Manual de Procesos (2012). [en lnea]. Disponible en: http://www.bn.com.pe/nosotros/rof-mof-manuales.asp [2015, 14 Mayo].

Manual de Organizacin y Funciones Departamento de Finanzas (2012, 23 Mayo). [en lnea]. Disponible en: http://www.bn.com.pe/nosotros/mof/dpto-finanzas.pdf [2015, 14 Mayo].

Giro del Banco (2012). [en lnea]. Disponible en: http://www.bn.com.pe/nosotros/giro-negocio-banco.asp [2015, 14 Mayo].

Anexos