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AYUNTAMIENTO DE LAS PALMAS DE GRAN CANARIA SECRETARÍA GENERAL DEL PLENO Excmo. Ayuntamiento Pleno de Las Palmas de Gran Canaria. Acta núm. 7, de fecha 29.05.09 Página 1 de 90 PRESIDENTE PRESIDENTE PRESIDENTE PRESIDENTE D. Jerónimo Saavedra Acevedo CONCEJALES ASISTENTES CONCEJALES ASISTENTES CONCEJALES ASISTENTES CONCEJALES ASISTENTES Grupo Municipal Grupo Municipal Grupo Municipal Grupo Municipal Socialista Socialista Socialista Socialista D. Néstor Hernández López D.ª Isabel Mena Alonso D.ª Inmaculada Medina Montenegro D. Jesús González Dumpiérrez D.ª Marcela Delgado García D. Fernando Carlos Navarro Cardoso D.ª Lucía María Sebastiana Ruiz Saavedra D. Héctor Manuel Núñez Medina D. Roque Díaz Fuentes D. Augusto Hidalgo Macario D.ª María Luisa Blanco Roca D.ª Margarita Torrent Navarro D. Rodolfo Espino Romero D.ª Teresita del Niño Jesús Morales de León Grupo Municipal Grupo Municipal Grupo Municipal Grupo Municipal Popular Popular Popular Popular D.ª Josefa Luzardo Romano D. Felipe Afonso El Jaber D. Ángel Sabroso Ramírez D.ª Ana Kursón Ghattas D.ª María Isabel García Bolta D. Miguel Jesús Concepción Pérez D.ª Alejandra Fabre Alonso D. Joaquín Miguel Jorge Blanco D.ª Ana María Guerra Galván D. Javier Checa Quevedo D. ª Rosa Faustina Viera Fernández D. Juan Antonio Rodríguez García Grupo Municipal Grupo Municipal Grupo Municipal Grupo Municipal Mixto Mixto Mixto Mixto D.ª María Bernarda Barrios Curbelo D. Aday Ruiz Santana DIRECTORES DE GOBIERNO DIRECTORES DE GOBIERNO DIRECTORES DE GOBIERNO DIRECTORES DE GOBIERNO D. Sebastián Franquis Vera D. Benito Cabrera Figueroa VICEINTERVENTORA VICEINTERVENTORA VICEINTERVENTORA VICEINTERVENTORA D.ª Ana Mª Ortega Suárez SECRETARIA GENERAL DEL PLENO SECRETARIA GENERAL DEL PLENO SECRETARIA GENERAL DEL PLENO SECRETARIA GENERAL DEL PLENO, POR , POR , POR , POR SUSTITUCIÓN SUSTITUCIÓN SUSTITUCIÓN SUSTITUCIÓN D. Felipe Mba Ebebele ************ Las Palmas de Gran Canaria, a 29 de mayo de 2009. A las nueve horas y veintisiete minutos, se reúne en el Auditorio Alfredo Kraus el Ayuntamiento Pleno para celebrar una sesión ordinaria, en primera convocatoria. El señor señor señor señor PRESIDENTE RESIDENTE RESIDENTE RESIDENTE, previa comprobación del quórum de asistencia necesario de miembros de la Corporación para la válida constitución del Pleno, declaró abierta la sesión, tras lo cual se procedió al despacho de los asuntos habidos en el Orden del Día de la Convocatoria, que se relacionan a continuación:

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AYUNTAMIENTO DE LAS PALMAS DE GRAN CANARIA SECRETARÍA GENERAL DEL PLENO

Excmo. Ayuntamiento Pleno de Las Palmas de Gran Canaria. Acta núm. 7, de fecha 29.05.09 Página 1 de 90

PRESIDENTEPRESIDENTEPRESIDENTEPRESIDENTE

D. Jerónimo Saavedra Acevedo

CONCEJALES ASISTENTESCONCEJALES ASISTENTESCONCEJALES ASISTENTESCONCEJALES ASISTENTES

Grupo Municipal Grupo Municipal Grupo Municipal Grupo Municipal SocialistaSocialistaSocialistaSocialista D. Néstor Hernández López D.ª Isabel Mena Alonso D.ª Inmaculada Medina Montenegro D. Jesús González Dumpiérrez

D.ª Marcela Delgado García D. Fernando Carlos Navarro Cardoso D.ª Lucía María Sebastiana Ruiz Saavedra D. Héctor Manuel Núñez Medina D. Roque Díaz Fuentes D. Augusto Hidalgo Macario D.ª María Luisa Blanco Roca D.ª Margarita Torrent Navarro D. Rodolfo Espino Romero D.ª Teresita del Niño Jesús Morales de León Grupo MunicipalGrupo MunicipalGrupo MunicipalGrupo Municipal PopularPopularPopularPopular D.ª Josefa Luzardo Romano D. Felipe Afonso El Jaber D. Ángel Sabroso Ramírez D.ª Ana Kursón Ghattas D.ª María Isabel García Bolta D. Miguel Jesús Concepción Pérez D.ª Alejandra Fabre Alonso D. Joaquín Miguel Jorge Blanco D.ª Ana María Guerra Galván D. Javier Checa Quevedo D. ª Rosa Faustina Viera Fernández D. Juan Antonio Rodríguez García Grupo MunicipalGrupo MunicipalGrupo MunicipalGrupo Municipal MixtoMixtoMixtoMixto D.ª María Bernarda Barrios Curbelo D. Aday Ruiz Santana DIRECTORES DE GOBIERNODIRECTORES DE GOBIERNODIRECTORES DE GOBIERNODIRECTORES DE GOBIERNO D. Sebastián Franquis Vera D. Benito Cabrera Figueroa

VICEINTERVENTORAVICEINTERVENTORAVICEINTERVENTORAVICEINTERVENTORA D.ª Ana Mª Ortega Suárez SECRETARIA GENERAL DEL PLENOSECRETARIA GENERAL DEL PLENOSECRETARIA GENERAL DEL PLENOSECRETARIA GENERAL DEL PLENO, POR , POR , POR , POR SUSTITUCIÓNSUSTITUCIÓNSUSTITUCIÓNSUSTITUCIÓN D. Felipe Mba Ebebele

************ Las Palmas de Gran Canaria, a 29

de mayo de 2009. A las nueve horas y veintisiete

minutos, se reúne en el Auditorio Alfredo Kraus el Ayuntamiento Pleno para celebrar una sesión ordinaria, en primera convocatoria.

El señor señor señor señor PPPPRESIDENTERESIDENTERESIDENTERESIDENTE, previa comprobación del quórum de asistencia necesario de miembros de la Corporación para la válida constitución del Pleno, declaró abierta la sesión, tras lo cual se procedió al despacho de los asuntos habidos en el Orden del Día de la Convocatoria, que se relacionan a continuación:

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AYUNTAMIENTO DE LAS PALMAS DE GRAN CANARIA SECRETARÍA GENERAL DEL PLENO

Excmo. Ayuntamiento Pleno de Las Palmas de Gran Canaria. Acta núm. 7, de fecha 29.05.09. Página 2 de 90

ORDEN DEL DÍAORDEN DEL DÍAORDEN DEL DÍAORDEN DEL DÍA

A)A)A)A) PARTE RESOLUTORIAPARTE RESOLUTORIAPARTE RESOLUTORIAPARTE RESOLUTORIA

ALCALDÍAALCALDÍAALCALDÍAALCALDÍA SECRETARÍA GENERAL DEL PLENO Y SUS COMISIONESSECRETARÍA GENERAL DEL PLENO Y SUS COMISIONESSECRETARÍA GENERAL DEL PLENO Y SUS COMISIONESSECRETARÍA GENERAL DEL PLENO Y SUS COMISIONES SECCSECCSECCSECCIÓN DE ACTASIÓN DE ACTASIÓN DE ACTASIÓN DE ACTAS 1 (P.

07/09) Acta de la sesión plenaria de fecha 24.04.09.

SECRETARÍA GENERALSECRETARÍA GENERALSECRETARÍA GENERALSECRETARÍA GENERAL Toma de razón de Decretos y Resoluciones de la Alcaldía: 2 (P.

07/09)

Decreto número 8526, de 23 de abril de 2009, de sustitución de la Concejala de Gobierno del Área de Educación, Servicios Sociales, Deportes y Turismo por el Concejal de Gobierno del Área de Organización e Innovación y Participación Ciudadana.

3 (P.

07/09)

Decreto número 8532, de 24 de abril de 2009, de sustitución del Concejal de Gobierno del Área de Ordenación del Territorio, Vivienda y Desarrollo Sostenible por la Concejala Delegada de Desarrollo Sostenible y Presidenta del Distrito de Ciudad Alta.

4 (P.

07/09)

Decreto número 8563, de 27 de abril de 2009, de sustitución de la Concejala Delegada de Participación Ciudadana y Presidenta del Distrito Centro por la Concejala Delegada de Cooperación para el Desarrollo, Agricultura y Ganadería.

5 (P.

07/09)

Decreto número 8870, de 27 de abril de 2009, por el que se reestructura la administración municipal ejecutiva y se procede al nombramiento de los componentes de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Las Palmas de Gran Canaria, a la designación de Tenientes de Alcalde, al nombramiento de Concejales Presidentes y Vicepresidentes de Distrito y de titulares de las Áreas de Gobierno y, en su caso, de las Concejalías Delegadas.

6 (P.

07/09)

Decreto número 9783, de 11 de mayo de 2009, de sustitución de la Concejala de Gobierno del Área de Servicios Sociales, Educación, Turismo y Deportes por el Concejal de Gobierno del Área de Organización e Innovación, Empleo y Recursos Humanos.

7 (P. 07/09)

Decreto del Alcalde en funciones, número 10184, de 13 de mayo de 2009, de sustitución del Concejal Delegado de Deportes y Carnaval por la Concejala Delegada de Agricultura, Ganadería y Cooperación al Desarrollo.

8 (P. 07/09)

Decreto número 10261, de 14 de mayo de 2009, por el que se reestructura el Área de Gobierno de Ordenación del Territorio, Vivienda, Medio Ambiente y Agua.

9 (P. 07/09)

Decreto número 10345, de 14 de mayo de 2009, de delegación de firma de la Alcaldía en el Director de Gobierno del Área de Presidencia.

10 (P. 07/09)

Decreto número 10471, de 19 de mayo de 2009, de sustitución de la Concejala Delegada de Participación Ciudadana y Presidenta del Distrito Centro por la Concejala Delegada de Agricultura, Ganadería y Cooperación al Desarrollo.

11 (P. 07/09)

Decreto número 10889, de 21 de mayo de 2009, de corrección de error material detectado en el Decreto del Alcalde número 8870, de 27 de abril de 2009.

12 (P. 07/09)

Decreto del Alcalde en funciones, número 10891, de 22 de mayo de 2009, de sustitución de la Concejala de Gobierno del Área de Servicios Sociales, Educación, Turismo y Deportes por el Concejal de Gobierno del Área de Organización e Innovación, Empleo y Recursos Humanos.

Toma de razón Expediente General de la Corporación: Grupos Municipales 13 (P.

07/09) Grupo Municipal Socialista: Designación de nuevo Portavoz, titular y suplente.

14 (P. 07/09)

Grupo Municipal Popular: Modificación de representantes en Comisiones de Pleno y otros Órganos Colegiados Municipales.

ÁREA DE GOBIERNO DE PRESIDENCIAÁREA DE GOBIERNO DE PRESIDENCIAÁREA DE GOBIERNO DE PRESIDENCIAÁREA DE GOBIERNO DE PRESIDENCIA RELACIONES INTERNACIONALES E INSTITUCIONALESRELACIONES INTERNACIONALES E INSTITUCIONALESRELACIONES INTERNACIONALES E INSTITUCIONALESRELACIONES INTERNACIONALES E INSTITUCIONALES

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AYUNTAMIENTO DE LAS PALMAS DE GRAN CANARIA SECRETARÍA GENERAL DEL PLENO

Excmo. Ayuntamiento Pleno de Las Palmas de Gran Canaria. Acta núm. 7, de fecha 29.05.09. Página 3 de 90

15 (P. 07/09)

Toma de conocimiento de comunicación de la Delegación del Gobierno en Canarias del cese del señor Takeshi Mochizuki como Cónsul de Japón en las Palmas de Gran Canaria.

16 (P. 07/09)

Toma de conocimiento de comunicación de la Delegación del Gobierno en Canarias del cese del señor Luis Ramón Caboverde Rueda como Agente Consular de Cuba en las Palmas de Gran Canaria.

17 (P. 07/09)

Toma de conocimiento de comunicación de la Delegación del Gobierno en Canarias del cese del señor Eiichi Muto como Cónsul Adjunto de Japón en Las Palmas de Gran Canaria.

18 (P. 07/09)

Toma de conocimiento de comunicación de la Delegación del Gobierno en Canarias del nombramiento del señor Toshio Sato como Cónsul en el Consulado de Japón en Las Palmas de Gran Canaria.

ÁREA DE GOBIERNO DE ORDENACIÓN DEL ÁREA DE GOBIERNO DE ORDENACIÓN DEL ÁREA DE GOBIERNO DE ORDENACIÓN DEL ÁREA DE GOBIERNO DE ORDENACIÓN DEL TERRITORIO, VIVIENDA, MEDIO AMBIENTE Y ATERRITORIO, VIVIENDA, MEDIO AMBIENTE Y ATERRITORIO, VIVIENDA, MEDIO AMBIENTE Y ATERRITORIO, VIVIENDA, MEDIO AMBIENTE Y AGUAGUAGUAGUA DIRECCIÓN GENERAL DE ENERGÍA, AGUA Y MEDIO DIRECCIÓN GENERAL DE ENERGÍA, AGUA Y MEDIO DIRECCIÓN GENERAL DE ENERGÍA, AGUA Y MEDIO DIRECCIÓN GENERAL DE ENERGÍA, AGUA Y MEDIO AMBIENTEAMBIENTEAMBIENTEAMBIENTE UNIDAD ADMINISTRATIVA DE MEDIO AMBIENTEUNIDAD ADMINISTRATIVA DE MEDIO AMBIENTEUNIDAD ADMINISTRATIVA DE MEDIO AMBIENTEUNIDAD ADMINISTRATIVA DE MEDIO AMBIENTE 19 (P.

07/09) Modificación de la estructura salarial del Gerente de la Agencia Local Gestora de la Energía de Las Palmas de Gran Canaria.

ÁREA DE GOBIERNO ÁREA DE GOBIERNO ÁREA DE GOBIERNO ÁREA DE GOBIERNO DE HACIENDA Y ECONOMÍADE HACIENDA Y ECONOMÍADE HACIENDA Y ECONOMÍADE HACIENDA Y ECONOMÍA ÓRGANO DE GESTIÓN PRESUPUESTARIAÓRGANO DE GESTIÓN PRESUPUESTARIAÓRGANO DE GESTIÓN PRESUPUESTARIAÓRGANO DE GESTIÓN PRESUPUESTARIA 20 (P.

07/09) Presupuesto General del Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria del ejercicio 2009 aprobado inicialmente por acuerdo plenario de fecha 24 de abril de 2009: corrección de error en las Bases de Ejecución, resolución de las reclamaciones formuladas contra el mismo, aprobación definitiva.

ÁREA DE GOBIERNO DE ORGANIZACIÓN E ÁREA DE GOBIERNO DE ORGANIZACIÓN E ÁREA DE GOBIERNO DE ORGANIZACIÓN E ÁREA DE GOBIERNO DE ORGANIZACIÓN E INNOVACIÓN, EMPLEO Y RECURSOS HUMANOSINNOVACIÓN, EMPLEO Y RECURSOS HUMANOSINNOVACIÓN, EMPLEO Y RECURSOS HUMANOSINNOVACIÓN, EMPLEO Y RECURSOS HUMANOS OFICINA DE ATENCIÓN A LA CIUDADANÍAOFICINA DE ATENCIÓN A LA CIUDADANÍAOFICINA DE ATENCIÓN A LA CIUDADANÍAOFICINA DE ATENCIÓN A LA CIUDADANÍA 21 (P.

07/09) INFORME/MEMORIA anual 2008 de la Comisión Especial de Sugerencias y Reclamaciones.

PROPOSICIONES Y MOCIONES FORMULADAS CON PROPOSICIONES Y MOCIONES FORMULADAS CON PROPOSICIONES Y MOCIONES FORMULADAS CON PROPOSICIONES Y MOCIONES FORMULADAS CON CARÁCTER PREVIO A LA CONVOCATORIA DE LA CARÁCTER PREVIO A LA CONVOCATORIA DE LA CARÁCTER PREVIO A LA CONVOCATORIA DE LA CARÁCTER PREVIO A LA CONVOCATORIA DE LA SESIÓNSESIÓNSESIÓNSESIÓN 22 (P.

07/09) Moción del Grupo Municipal Popular relativa a la “adopción de acuerdos entre Guaguas Municipales S.A. y otras operadoras de transporte público de viajeros en Gran Canaria. (R.E.S.Gral. núm. 425).

23 (P. 07/09)

Moción del Grupo Municipal Popular relativa a la “celebración y programación 14º Festival Internacional de Teatro y Danza” (R.E.S.Gral. núm. 426).

24 (P. 07/09)

Moción del Grupo Municipal Popular relativa a la “adopción de medidas urgentes de carácter social ante la crisis económica” (R.E.S.Gral. núm. 427).

ASUNTOS DE URGENCIAASUNTOS DE URGENCIAASUNTOS DE URGENCIAASUNTOS DE URGENCIA ÁREA DE GOBIERNO DE ORDENACIÓN DEL ÁREA DE GOBIERNO DE ORDENACIÓN DEL ÁREA DE GOBIERNO DE ORDENACIÓN DEL ÁREA DE GOBIERNO DE ORDENACIÓN DEL TERRITORIO, VIVIENDA, TERRITORIO, VIVIENDA, TERRITORIO, VIVIENDA, TERRITORIO, VIVIENDA, MEDIO AMBIENTE Y AGUAMEDIO AMBIENTE Y AGUAMEDIO AMBIENTE Y AGUAMEDIO AMBIENTE Y AGUA SERVICIO DE PLANEAMIENTOSERVICIO DE PLANEAMIENTOSERVICIO DE PLANEAMIENTOSERVICIO DE PLANEAMIENTO 25 (P.

07/09) Dación de cuenta de acuerdo de la C.O.T.M.A.C. de ejecución de sentencia recaída en el Recurso Contencioso-Administrativo nº 479/2001, en el ámbito del Plan Parcial “Tamaraceite Sur” (UZR-04). Acuerdo formulación requerimiento previo artículo 43.2 Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local.

ÁREA DE GOBIERNO DE PARQUES Y JARDINES, ÁREA DE GOBIERNO DE PARQUES Y JARDINES, ÁREA DE GOBIERNO DE PARQUES Y JARDINES, ÁREA DE GOBIERNO DE PARQUES Y JARDINES, LIMPIEZA, SALUD AMBIENTAL Y PLAYASLIMPIEZA, SALUD AMBIENTAL Y PLAYASLIMPIEZA, SALUD AMBIENTAL Y PLAYASLIMPIEZA, SALUD AMBIENTAL Y PLAYAS SECCIÓN DE SALUD AMBIENTALSECCIÓN DE SALUD AMBIENTALSECCIÓN DE SALUD AMBIENTALSECCIÓN DE SALUD AMBIENTAL 26 (P.

07/09) Proposición del Grupo de Gobierno relativa al Plan Municipal de Protección de la Salud Pública frente a pandemias.

B)B)B)B) PARTE DE CONTROLPARTE DE CONTROLPARTE DE CONTROLPARTE DE CONTROL

1 (P.

07/09)

Dar cuenta de los acuerdos adoptados por los siguientes órganos: Alcaldía:Alcaldía:Alcaldía:Alcaldía: Decretos y Resoluciones de la Alcaldía del número 7920 al 10968, emitidos desde el 17 de abril de 2009 al 25 de mayo de 2009, respectivamente. Junta de Gobierno Local:Junta de Gobierno Local:Junta de Gobierno Local:Junta de Gobierno Local: Sesiones números 16, 17, 18, 19 y 20,

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AYUNTAMIENTO DE LAS PALMAS DE GRAN CANARIA SECRETARÍA GENERAL DEL PLENO

Excmo. Ayuntamiento Pleno de Las Palmas de Gran Canaria. Acta núm. 7, de fecha 29.05.09. Página 4 de 90

de fechas 7, 13, 16, 22 y 23 de abril de 2009, respectivamente. Comisiones de Pleno:Comisiones de Pleno:Comisiones de Pleno:Comisiones de Pleno: - Comisión Especial de Pleno de

Sugerencias y Reclamaciones, sesiones números 5/08, 6/08 y 01/09 de fechas 09.09.08, 10.11.08 y 12.01.09, respectivamente.

- Comisión de Pleno de Desarrollo

Sostenible, sesiones números 12/08, 1/09 y 2/09 de fechas 02.12.08, 13.01.09 y 10.02.09, respectivamente.

- Comisión de Pleno de

Organización, Funcionamiento y Régimen General, sesiones números 13/08, 01/09 y 04/09 correspondientes de fechas 03.12.08, 14.01.09 y 11.02.09, respectivamente.

- Comisión de Pleno de Políticas de

Igualdad, sesiones números 8/08, 9/08, 10/08 y 11/08, de fechas 11.09.08, 16.10.08, 23.10.08 y 13.11.08, respectivamente.

- Comisión Especial de Pleno de

Coordinación con otras Administraciones Públicas, sesiones números 5/08, 6/08 y 1/09 de fechas 15 .09.08, 14.11.08 y 16.01.09, respectivamente.

- Comisión de Pleno de Gestión

Económico-financiera y Especial de Cuentas, sesiones números 16/08, 17/08, 01/09 y 02/09, de fechas 05.12.08, 03.12.08, 16.01.09 y 13.02.09, respectivamente.

- Comisión de Pleno Especial de

Honores y Distinciones, sesión número 2/09, de fecha 26.02.09.

Juntas Municipales de Distrito:Juntas Municipales de Distrito:Juntas Municipales de Distrito:Juntas Municipales de Distrito: - Actas números 1, 2 y 3, de fechas

23.01.09, 20.03.09 y 17.04.09, respectivamente, de la Junta Municipal de Distrito Vegueta, Cono Sur y Tafira.

- Actas números 1, 2 y 3, de fechas 23.01.09, 20.03.09 y 17.04.09, respectivamente, de la Junta Municipal de Distrito Centro.

- Actas números 1, 2 y 3, de fechas 23.01.09, 20.03.09 y 17.04.09, respectivamente, de la Junta Municipal de Distrito Puerto-Canteras.

- Actas números 1, 2 y 3, de fechas 23.01.09, 20.03.09 y 17.04.09, respectivamente, de la Junta Municipal de Distrito Ciudad Alta.

- Actas números 1, 2 y 3, de fechas 23.01.09, 20.03.09 y 17.04.09, respectivamente, de la Junta Municipal de Distrito Tamaraceite-San Lorenzo.

2 (P.

07/09) ComparecenciasComparecenciasComparecenciasComparecencias

- Solicitudes de comparecencia formuladas por escrito (con anterioridad a la elaboración del orden del día)

Grupo Municipal Popular:Grupo Municipal Popular:Grupo Municipal Popular:Grupo Municipal Popular: - D. Néstor Hernández López, D. Néstor Hernández López, D. Néstor Hernández López, D. Néstor Hernández López,

Concejal de Gobierno del Concejal de Gobierno del Concejal de Gobierno del Concejal de Gobierno del Área de Ordenación del Área de Ordenación del Área de Ordenación del Área de Ordenación del TerritorTerritorTerritorTerritorio, Vivienda, Medio io, Vivienda, Medio io, Vivienda, Medio io, Vivienda, Medio Ambiente y Agua:Ambiente y Agua:Ambiente y Agua:Ambiente y Agua: obras complementarias del Castillo de La Luz (R.E.S.Gral. núm. 422)

- D.D.D.D.ª Inmaculada Medina Inmaculada Medina Inmaculada Medina Inmaculada Medina Montenegro, Concejala de Montenegro, Concejala de Montenegro, Concejala de Montenegro, Concejala de Gobierno del Área de Gobierno del Área de Gobierno del Área de Gobierno del Área de Parques y Jardines, Limpieza, Parques y Jardines, Limpieza, Parques y Jardines, Limpieza, Parques y Jardines, Limpieza, Salud Ambiental y Playas:Salud Ambiental y Playas:Salud Ambiental y Playas:Salud Ambiental y Playas: estado de las zonas verdes (R.E.S.Gral. núm. 423)

- D.D.D.D. Néstor Hernández López, Néstor Hernández López, Néstor Hernández López, Néstor Hernández López, Concejal de Gobierno del Concejal de Gobierno del Concejal de Gobierno del Concejal de Gobierno del Área de Ordenación del Área de Ordenación del Área de Ordenación del Área de Ordenación del Territorio, Vivienda, Medio Territorio, Vivienda, Medio Territorio, Vivienda, Medio Territorio, Vivienda, Medio Ambiente y Agua:Ambiente y Agua:Ambiente y Agua:Ambiente y Agua: precio del agua de abasto (R.E.S.Gral. núm. 424)

- Solicitudes de comparecencias formuladas en propia sesión

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AYUNTAMIENTO DE LAS PALMAS DE GRAN CANARIA SECRETARÍA GENERAL DEL PLENO

Excmo. Ayuntamiento Pleno de Las Palmas de Gran Canaria. Acta núm. 7, de fecha 29.05.09. Página 5 de 90

3 (P. 07/09)

Ruegos y preguntasRuegos y preguntasRuegos y preguntasRuegos y preguntas 3.1.3.1.3.1.3.1.---- Ruegos: Ruegos: Ruegos: Ruegos: 3.1.1.3.1.1.3.1.1.3.1.1.---- Ruegos de formulación escrita presentados con anterioridad a la elaboración del Orden del Día (no se formularon) 3.1.2.3.1.2.3.1.2.3.1.2.---- Ruegos de formulación escrita presentados con 24 horas de antelación al Pleno GruGruGruGrupo Municipal Popular:po Municipal Popular:po Municipal Popular:po Municipal Popular:

- Cartelería en los MUPIS (R.E.S.Gral. núm. 457)

- Visita a los edificios históricos (R.E.S.Gral. núm. 458)

- Riego de agua del Campo de Fútbol de Tenoya (R.E.S.Gral. num. 459)

3.1.3.3.1.3.3.1.3.3.1.3.---- Ruegos de formulación oral 3.1.4.3.1.4.3.1.4.3.1.4.---- Ruegos de formulación oral formulados en sesiones anteriores:

Grupo Municipal Popular:Grupo Municipal Popular:Grupo Municipal Popular:Grupo Municipal Popular: Sesión 27.03.09Sesión 27.03.09Sesión 27.03.09Sesión 27.03.09 - “Tramitación y fecha de aprobación en Pleno de remodelación del Barranco Guiniguada”

3.2.3.2.3.2.3.2.---- PreguntasPreguntasPreguntasPreguntas 3.2.1.3.2.1.3.2.1.3.2.1.---- Preguntas de formulación escrita presentadas con anterioridad a la elaboración del Orden del Día (no se formularon) 3.2.2.3.2.2.3.2.2.3.2.2.---- Preguntas de formulación escrita presentadas con 24 horas de antelación al Pleno: Grupo Municipal Popular:Grupo Municipal Popular:Grupo Municipal Popular:Grupo Municipal Popular:

- Nichos en construcción (R.E.S.Gral. núm. 437)

- Sanción a la empresa “Canaricem” (R.E.S.Gral. núm. 438)

- “El arrecife de las Músicas” (R.E.s.Gral. núm. 439)

- Contrato de personal eventual (R.E.S.Gral. núm. 440)

- Sueldos de los Directores Generales (R.E.S.Gral. núm. 442)

- Guía de las instalaciones deportivas (R.E.S.Gral. núm. 443)

- Obras del FEILE (R.E.S.Gral. núm. 444)

-

- Publicidad colocada por la Sociedad de Promoción (R.E.S.Gral. núm. 445)

- Relación de operarios municipales y contratados a través de empresas externas de limpieza (R.E.S.Gral. núm. 446)

- Ayudas a la vivienda (R.E.S.Gral. núm. 447)

- Absentismo escolar (R.E.S.Gral. núm. 448)

- Solicitudes de ayuda a domicilio (R.E.S.Gral. núm. 450)

- Trabajadores sociales de la Ciudad (R.E.S.Gral. núm. 451)

- Sistema operativo Optenet (R.E.S.Gral. núm. 453)

- Campaña de sensibilización turística (R.E.S.Gral. núm. 455)

- Biblioteca Viera y Clavijo (R.E.S.Gral. núm. 456)

3.2.3.3.2.3.3.2.3.3.2.3.---- Preguntas de formulación oral 3.2.4.3.2.4.3.2.4.3.2.4.---- Preguntas de formulación escrita formuladas en sesiones anteriores:

Grupo Municipal Popular:Grupo Municipal Popular:Grupo Municipal Popular:Grupo Municipal Popular: Sesión 24.04.09Sesión 24.04.09Sesión 24.04.09Sesión 24.04.09 - Plazas para las actividades

infantiles de verano (R.E.S.Gral. núm. 343)

- Actividades para niños (R.E.S.Gral. núm. 344)

- Vigilantes de seguridad de las canchas deportivas (R.E.S.Gral. núm. 345)

- Vigilantes de seguridad de los parques (R.E.S.Gral. núm. 346)

- Declaraciones públicas de la señora Ruiz (R.E.S.Gral. núm. 347)

- Certificaciones del Ayuntamiento de Emalsa, S.A. (R.E.S.Gral. núm. 348)

- Remodelación del Grupo de Gobierno (R.E.S.Gral. núm. 349)

- Colegio de San Roque (R.E.S.Gral. núm. 350)

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AYUNTAMIENTO DE LAS PALMAS DE GRAN CANARIA SECRETARÍA GENERAL DEL PLENO

Excmo. Ayuntamiento Pleno de Las Palmas de Gran Canaria. Acta núm. 7, de fecha 29.05.09. Página 6 de 90

A) A) A) A) PARTE RESOLUTORIAPARTE RESOLUTORIAPARTE RESOLUTORIAPARTE RESOLUTORIA ALCALDÍAALCALDÍAALCALDÍAALCALDÍA SECRETARÍA GENERAL DEL PLENO Y SUS SECRETARÍA GENERAL DEL PLENO Y SUS SECRETARÍA GENERAL DEL PLENO Y SUS SECRETARÍA GENERAL DEL PLENO Y SUS COMISIONESCOMISIONESCOMISIONESCOMISIONES SECCIÓN DE ACTASSECCIÓN DE ACTASSECCIÓN DE ACTASSECCIÓN DE ACTAS 1111....---- ACTA DE LA SESIÓN PLENARIA DE ACTA DE LA SESIÓN PLENARIA DE ACTA DE LA SESIÓN PLENARIA DE ACTA DE LA SESIÓN PLENARIA DE FECHA 24.04.09.FECHA 24.04.09.FECHA 24.04.09.FECHA 24.04.09.

Es aprobada. DEBATE. Intervenciones:DEBATE. Intervenciones:DEBATE. Intervenciones:DEBATE. Intervenciones:

D. Ángel Sabroso Ramírez

VOTACIÓNVOTACIÓNVOTACIÓNVOTACIÓN:::: Número de votantes: Número de votantes: Número de votantes: Número de votantes: 22229999 Presentes: 29 Votos a favor: 29 Escrutinio de la votación:Escrutinio de la votación:Escrutinio de la votación:Escrutinio de la votación: aprobada por unanimidad de los corporativos presentes.

Cuestión de OrdenCuestión de OrdenCuestión de OrdenCuestión de Orden

DEBATE. IntervencioneDEBATE. IntervencioneDEBATE. IntervencioneDEBATE. Intervenciones:s:s:s: D.ª M ª Isabel García Bolta Sr. Presidente La señora La señora La señora La señora GGGGARCÍA ARCÍA ARCÍA ARCÍA BBBBOLTAOLTAOLTAOLTA, , , , CCCCONCEJALA DEL ONCEJALA DEL ONCEJALA DEL ONCEJALA DEL

GGGGRUPO RUPO RUPO RUPO MMMMUNICIPAL UNICIPAL UNICIPAL UNICIPAL PPPPOPULAROPULAROPULAROPULAR: : : : Muchas gracias. Buenos días.

Me gustaría que, en nombre de los ciudadanos de Las Palmas de Gran Canaria a los que representamos, dejáramos constancia en el acta del día de hoy nuestro pesar por el fallecimiento en la ciudad, el pasado 20 de abril, de la mezzosoprano Luci Cabrera, nacida en Agaete el 9 de diciembre de 1917. Luci Cabrera es una de nuestras cantantes líricas más interesantes: compartió escenario con María Callas en el papel de Brunilda en la Valkiria; recorrió numerosos escenarios operísticos en

(P.

07/09) - Alumbrado de Vegueta en

Semana Santa (R.E.S.Gral. núm. 351)

- Procesión del viernes Santo (R.E.S.Gral. núm. 352)

- Afirmación del Consejero de Agricultura (R.E.S.Gral. núm. 353)

- Aumento de los ingresos directos (R.E.S.Gral. núm. 354)

- Ayudas de emergencia (R.E.S.Gral. núm. 355)

- Lugares cerrados recogidos en la libreta con los 50 sitios a visitar (R.E.s.Gral. núm. 356)

- Procedimiento de adjudicación de la libreta de los 50 sitios a visitar (R.E.S.Gral. núm. 357)

- Coste de la libreta con 50 lugares a visitar (R.E.S.Gral. núm. 358)

- Alquileres abonados por el Ayuntamiento (R.E.S.Gral. núm. 359)

- Turno de Semana Santa de la Policía Local (R.E.S.Gral. núm. 360)

- Datos de Emalsa, S.A. (R.E.S.Gral. núm. 361)

- Tarifas de Emalsa, S.A. (R.E.S.Gral. núm. 362)

3.2.5.- Preguntas de formulación oral formuladas en sesiones anteriores:

Grupo Municipal Popular:Grupo Municipal Popular:Grupo Municipal Popular:Grupo Municipal Popular: Sesión 27.03.09Sesión 27.03.09Sesión 27.03.09Sesión 27.03.09 - “Razones por las que no se contrató servicio de intérpretes en las galas del Festival de Cine”

Grupo Municipal Popular: Sesión 24.04.09 - “¿Cuántos días precisa el Concejal

de Turismo (Aday Ruiz) para responder a los escritos formulados por el Grupo Municipal Popular, relativos a gastos de la tarjeta visa oro, y a unas facturas por importe de 84.610 €?”

PARTICIPACIÓN CIUDADANAPARTICIPACIÓN CIUDADANAPARTICIPACIÓN CIUDADANAPARTICIPACIÓN CIUDADANA

No fue solicitado por ninguna asociación ni vecinos participar en el Pleno.

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Excmo. Ayuntamiento Pleno de Las Palmas de Gran Canaria. Acta núm. 7, de fecha 29.05.09. Página 7 de 90

ciudades como Lisboa, San Remo, Milán, Livorno, París…; en España cantó en el Liceo de Barcelona, en Madrid, en el Teatro Español, en el María Guerrero, y aquí, en las islas, en el Teatro Pérez Galdós y en el Teatro Guimerá.

Hoy tiene dedicada una calle en nuestra ciudad, a propuesta de doña Mª Isabel Torón, en la zona de la Galera, en el distrito Tamaraceite-San Lorenzo, y junto a otros 8 artistas líricos, cuyos nombres también figuran en las calles de dicha zona. El Ayuntamiento le rindió un homenaje en enero de 2006 al que asistió Luci Cabrera con sus 89 años.

Nuestra admiración y recuerdo, y nuestro deseo de que viva en la memoria de la ciudad. Muchas gracias.

El señor Presidente:El señor Presidente:El señor Presidente:El señor Presidente: muchas gracias,

señora García Bolta. Gracias por estas palabras. Me sumo también personalmente, por cuanto tuve la fortuna de escucharla en dos momentos de su vida: en plenitud y también pasados los 80, en su villa de Agaete natal, donde todavía le ponía sabor, estilo, calidad y humanidad a su interpretación. Así que se incorpora al acta los sentimientos de toda la Corporación por el fallecimiento de doña Luci Cabrera.

SECRETARÍA GENERALSECRETARÍA GENERALSECRETARÍA GENERALSECRETARÍA GENERAL Toma de razón de Decretos y Resoluciones de la Alcaldía: 2222....---- DECRETO NÚMERO 8526, DE 23 DE DECRETO NÚMERO 8526, DE 23 DE DECRETO NÚMERO 8526, DE 23 DE DECRETO NÚMERO 8526, DE 23 DE ABRIL DE 2009, DE SUSTITUCIÓN DE LA ABRIL DE 2009, DE SUSTITUCIÓN DE LA ABRIL DE 2009, DE SUSTITUCIÓN DE LA ABRIL DE 2009, DE SUSTITUCIÓN DE LA CONCEJALA DE GOBIERNO DEL ÁREA DE CONCEJALA DE GOBIERNO DEL ÁREA DE CONCEJALA DE GOBIERNO DEL ÁREA DE CONCEJALA DE GOBIERNO DEL ÁREA DE EDUCACIÓN, SERVICIOS SOCIALES, EDUCACIÓN, SERVICIOS SOCIALES, EDUCACIÓN, SERVICIOS SOCIALES, EDUCACIÓN, SERVICIOS SOCIALES, DEPORTES Y TURISMO POR EL CONCEJAL DEPORTES Y TURISMO POR EL CONCEJAL DEPORTES Y TURISMO POR EL CONCEJAL DEPORTES Y TURISMO POR EL CONCEJAL DE GOBIERNO DEL ÁREA DE DE GOBIERNO DEL ÁREA DE DE GOBIERNO DEL ÁREA DE DE GOBIERNO DEL ÁREA DE ORGANIZACIÓN E INNOVACIÓN YORGANIZACIÓN E INNOVACIÓN YORGANIZACIÓN E INNOVACIÓN YORGANIZACIÓN E INNOVACIÓN Y PARTICIPACIÓN CIUDADANAPARTICIPACIÓN CIUDADANAPARTICIPACIÓN CIUDADANAPARTICIPACIÓN CIUDADANA

El Pleno toma razón.

DEBATE. Intervenciones:DEBATE. Intervenciones:DEBATE. Intervenciones:DEBATE. Intervenciones: D. Ángel Sabroso Ramírez D. Néstor Hernández López

3.3.3.3.- DECRETO NÚMERO 8532DECRETO NÚMERO 8532DECRETO NÚMERO 8532DECRETO NÚMERO 8532, DE 24 DE , DE 24 DE , DE 24 DE , DE 24 DE ABRIL DE 2009, DE SUSTITUCIÓN DEL ABRIL DE 2009, DE SUSTITUCIÓN DEL ABRIL DE 2009, DE SUSTITUCIÓN DEL ABRIL DE 2009, DE SUSTITUCIÓN DEL CONCEJAL DE GOBIERNO DEL ÁREA DE CONCEJAL DE GOBIERNO DEL ÁREA DE CONCEJAL DE GOBIERNO DEL ÁREA DE CONCEJAL DE GOBIERNO DEL ÁREA DE ORDENACIÓN DEL TERRITORIO, ORDENACIÓN DEL TERRITORIO, ORDENACIÓN DEL TERRITORIO, ORDENACIÓN DEL TERRITORIO, VIVIVIVIVIENDA Y DESARROLLO SOSTENIBLE VIENDA Y DESARROLLO SOSTENIBLE VIENDA Y DESARROLLO SOSTENIBLE VIENDA Y DESARROLLO SOSTENIBLE POR LA CONCEJALA DELEGADA DE POR LA CONCEJALA DELEGADA DE POR LA CONCEJALA DELEGADA DE POR LA CONCEJALA DELEGADA DE DESARROLLO SOSTENIBLE Y PRESIDEDESARROLLO SOSTENIBLE Y PRESIDEDESARROLLO SOSTENIBLE Y PRESIDEDESARROLLO SOSTENIBLE Y PRESIDENTA NTA NTA NTA DEL DISTRITO DE CIUDAD ALTADEL DISTRITO DE CIUDAD ALTADEL DISTRITO DE CIUDAD ALTADEL DISTRITO DE CIUDAD ALTA

El Pleno toma razón.

DEBATE. Intervenciones:DEBATE. Intervenciones:DEBATE. Intervenciones:DEBATE. Intervenciones:

D.ª Josefa Luzardo Romano D. Néstor Hernández López

INCIDENCIAS:INCIDENCIAS:INCIDENCIAS:INCIDENCIAS:

Durante el tratamiento de este asunto se encuentra ausente de la sesión doña Alejandra Fabre Alonso.

4.4.4.4.---- DECRETO NÚMERO 8563, DE 27 DE DECRETO NÚMERO 8563, DE 27 DE DECRETO NÚMERO 8563, DE 27 DE DECRETO NÚMERO 8563, DE 27 DE ABRIL DE 2009, DE SUSTITUCIÓN DE LA ABRIL DE 2009, DE SUSTITUCIÓN DE LA ABRIL DE 2009, DE SUSTITUCIÓN DE LA ABRIL DE 2009, DE SUSTITUCIÓN DE LA CONCEJALA DELEGADA DE CONCEJALA DELEGADA DE CONCEJALA DELEGADA DE CONCEJALA DELEGADA DE PARTICIPACIÓN CIUDADANA Y PARTICIPACIÓN CIUDADANA Y PARTICIPACIÓN CIUDADANA Y PARTICIPACIÓN CIUDADANA Y PRESIDENTA DEL DISTRITO CENTRO POR PRESIDENTA DEL DISTRITO CENTRO POR PRESIDENTA DEL DISTRITO CENTRO POR PRESIDENTA DEL DISTRITO CENTRO POR LA CONCEJALA DELLA CONCEJALA DELLA CONCEJALA DELLA CONCEJALA DELEGADA DE EGADA DE EGADA DE EGADA DE COOPERACIÓN PARA EL DESARROLLO, COOPERACIÓN PARA EL DESARROLLO, COOPERACIÓN PARA EL DESARROLLO, COOPERACIÓN PARA EL DESARROLLO, AGRICULTURA Y GANADERÍAAGRICULTURA Y GANADERÍAAGRICULTURA Y GANADERÍAAGRICULTURA Y GANADERÍA

El Pleno toma razón. INCIDENCIAS:INCIDENCIAS:INCIDENCIAS:INCIDENCIAS:

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Excmo. Ayuntamiento Pleno de Las Palmas de Gran Canaria. Acta núm. 7, de fecha 29.05.09. Página 8 de 90

Durante el tratamiento de este asunto se encuentran ausentes de la sesión:

D.ª Alejandra Fabre Alonso D.ª Mª Bernarda Barrios Curbelo

5555....---- DECRETO NÚMEDECRETO NÚMEDECRETO NÚMEDECRETO NÚMERO 8870, DE 27 DE RO 8870, DE 27 DE RO 8870, DE 27 DE RO 8870, DE 27 DE ABRIL DE 2009, POR EL QUE SE ABRIL DE 2009, POR EL QUE SE ABRIL DE 2009, POR EL QUE SE ABRIL DE 2009, POR EL QUE SE REESTRUCTURA LA ADMINISTRACIÓN REESTRUCTURA LA ADMINISTRACIÓN REESTRUCTURA LA ADMINISTRACIÓN REESTRUCTURA LA ADMINISTRACIÓN MUNICIPAL EJECUTIVA Y SE PROCEDE AL MUNICIPAL EJECUTIVA Y SE PROCEDE AL MUNICIPAL EJECUTIVA Y SE PROCEDE AL MUNICIPAL EJECUTIVA Y SE PROCEDE AL NOMBRAMIENTO DE LOS NOMBRAMIENTO DE LOS NOMBRAMIENTO DE LOS NOMBRAMIENTO DE LOS COMPONENTES DE LA JUNTA DE COMPONENTES DE LA JUNTA DE COMPONENTES DE LA JUNTA DE COMPONENTES DE LA JUNTA DE GOBIERNO DE LA CIUDAD DE LAS GOBIERNO DE LA CIUDAD DE LAS GOBIERNO DE LA CIUDAD DE LAS GOBIERNO DE LA CIUDAD DE LAS PALMAS DE GRAN CANARIA, A LA PALMAS DE GRAN CANARIA, A LA PALMAS DE GRAN CANARIA, A LA PALMAS DE GRAN CANARIA, A LA DESIGNACIÓN DE TENIENTES DE DESIGNACIÓN DE TENIENTES DE DESIGNACIÓN DE TENIENTES DE DESIGNACIÓN DE TENIENTES DE ALCALDE, ALCALDE, ALCALDE, ALCALDE, AL NOMBRAMIENTO DE AL NOMBRAMIENTO DE AL NOMBRAMIENTO DE AL NOMBRAMIENTO DE CONCEJALES PRESIDENTES Y CONCEJALES PRESIDENTES Y CONCEJALES PRESIDENTES Y CONCEJALES PRESIDENTES Y VICEPRESIDENTES DE DISTRITO Y DE VICEPRESIDENTES DE DISTRITO Y DE VICEPRESIDENTES DE DISTRITO Y DE VICEPRESIDENTES DE DISTRITO Y DE TITULARES DE LAS ÁREAS DE GOBIERNO TITULARES DE LAS ÁREAS DE GOBIERNO TITULARES DE LAS ÁREAS DE GOBIERNO TITULARES DE LAS ÁREAS DE GOBIERNO Y, EN SU CASO, DE LAS CONCEJALÍAS Y, EN SU CASO, DE LAS CONCEJALÍAS Y, EN SU CASO, DE LAS CONCEJALÍAS Y, EN SU CASO, DE LAS CONCEJALÍAS DELEGADASDELEGADASDELEGADASDELEGADAS

El Pleno toma razón.

DEBATE. Intervenciones:DEBATE. Intervenciones:DEBATE. Intervenciones:DEBATE. Intervenciones: D. Ángel Sabroso Ramírez D. Néstor Hernández López Sr. Alcalde

INCIDENCIAS:INCIDENCIAS:INCIDENCIAS:INCIDENCIAS:

Durante el tratamiento de este asunto

permanece ausente de la sesión doña Alejandra Fabre Alonso y se reincorpora doña Mª Bernarda Barrios Curbelo.

6666....---- DECRETO NÚMERO 9783DECRETO NÚMERO 9783DECRETO NÚMERO 9783DECRETO NÚMERO 9783, DE 11 DE , DE 11 DE , DE 11 DE , DE 11 DE MAYO DE 2009, DE SUSTITUCIÓN DE LA MAYO DE 2009, DE SUSTITUCIÓN DE LA MAYO DE 2009, DE SUSTITUCIÓN DE LA MAYO DE 2009, DE SUSTITUCIÓN DE LA CONCEJALACONCEJALACONCEJALACONCEJALA DE GOBIERNO DEL ÁREA DE DE GOBIERNO DEL ÁREA DE DE GOBIERNO DEL ÁREA DE DE GOBIERNO DEL ÁREA DE SERVICIOS SOCIALES, EDUCACIÓN, SERVICIOS SOCIALES, EDUCACIÓN, SERVICIOS SOCIALES, EDUCACIÓN, SERVICIOS SOCIALES, EDUCACIÓN, TURISMO Y DEPORTES POR EL CONCEJAL TURISMO Y DEPORTES POR EL CONCEJAL TURISMO Y DEPORTES POR EL CONCEJAL TURISMO Y DEPORTES POR EL CONCEJAL

DE GOBIERNO DEL ÁREA DE DE GOBIERNO DEL ÁREA DE DE GOBIERNO DEL ÁREA DE DE GOBIERNO DEL ÁREA DE ORGANIZACIÓN E INNOVACIÓN, ORGANIZACIÓN E INNOVACIÓN, ORGANIZACIÓN E INNOVACIÓN, ORGANIZACIÓN E INNOVACIÓN, EMPLEO Y RECURSOS HUMANOSEMPLEO Y RECURSOS HUMANOSEMPLEO Y RECURSOS HUMANOSEMPLEO Y RECURSOS HUMANOS

El Pleno toma razón.

INCIDENCIAS:INCIDENCIAS:INCIDENCIAS:INCIDENCIAS:

Durante el tratamiento de este asunto permanece ausente de la sesión doña Alejandra Fabre Alonso.

7.7.7.7.---- DECRETO DEL ALCALDE EN DECRETO DEL ALCALDE EN DECRETO DEL ALCALDE EN DECRETO DEL ALCALDE EN FUNCIONES, NÚMERO 10184, DE 13 DE FUNCIONES, NÚMERO 10184, DE 13 DE FUNCIONES, NÚMERO 10184, DE 13 DE FUNCIONES, NÚMERO 10184, DE 13 DE MAYO DE 2009, DE SUSTITUCIÓN DEL MAYO DE 2009, DE SUSTITUCIÓN DEL MAYO DE 2009, DE SUSTITUCIÓN DEL MAYO DE 2009, DE SUSTITUCIÓN DEL CONCEJAL DELEGADO DE DEPORTES Y CONCEJAL DELEGADO DE DEPORTES Y CONCEJAL DELEGADO DE DEPORTES Y CONCEJAL DELEGADO DE DEPORTES Y CARNAVAL POR LA CONCEJALA CARNAVAL POR LA CONCEJALA CARNAVAL POR LA CONCEJALA CARNAVAL POR LA CONCEJALA DELEGADA DE AGRICULTURA, DELEGADA DE AGRICULTURA, DELEGADA DE AGRICULTURA, DELEGADA DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y COOPERACIÓN AL GANADERÍA Y COOPERACIÓN AL GANADERÍA Y COOPERACIÓN AL GANADERÍA Y COOPERACIÓN AL DESDESDESDESARROLLOARROLLOARROLLOARROLLO

El Pleno toma razón.

INCIDENCIAS:INCIDENCIAS:INCIDENCIAS:INCIDENCIAS:

Durante el tratamiento de este asunto permanece ausente de la sesión doña Alejandra Fabre Alonso.

8888....---- DECRETO NÚMERO 1026DECRETO NÚMERO 1026DECRETO NÚMERO 1026DECRETO NÚMERO 10261111, DE 14 DE , DE 14 DE , DE 14 DE , DE 14 DE MAYO DE 2009, POR EL QUE SE MAYO DE 2009, POR EL QUE SE MAYO DE 2009, POR EL QUE SE MAYO DE 2009, POR EL QUE SE REESTRUCTURA EL ÁREA DE GOBIERNO REESTRUCTURA EL ÁREA DE GOBIERNO REESTRUCTURA EL ÁREA DE GOBIERNO REESTRUCTURA EL ÁREA DE GOBIERNO DE ORDENACIÓN DDE ORDENACIÓN DDE ORDENACIÓN DDE ORDENACIÓN DEL TERRITORIO, EL TERRITORIO, EL TERRITORIO, EL TERRITORIO, VIVIENDA, MEDIO AMBIENTE Y AGUAVIVIENDA, MEDIO AMBIENTE Y AGUAVIVIENDA, MEDIO AMBIENTE Y AGUAVIVIENDA, MEDIO AMBIENTE Y AGUA

El Pleno toma razón.

DEBATE. Intervenciones:DEBATE. Intervenciones:DEBATE. Intervenciones:DEBATE. Intervenciones: D. Felipe Afonso El Jaber D. Néstor Hernández López

INCIDENCIAS:INCIDENCIAS:INCIDENCIAS:INCIDENCIAS:

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AYUNTAMIENTO DE LAS PALMAS DE GRAN CANARIA SECRETARÍA GENERAL DEL PLENO

Excmo. Ayuntamiento Pleno de Las Palmas de Gran Canaria. Acta núm. 7, de fecha 29.05.09. Página 9 de 90

Se reincorpora a la sesión doña Alejandra Fabre Alonso.

Durante el tratamiento de este asunto

se encuentran ausentes de la sesión los siguientes corporativos:

D.ª Inmaculada Medina Montenegro D. Héctor Núñez Medina

9999....---- DECRETO NÚMERO 10345, DE 14 DE DECRETO NÚMERO 10345, DE 14 DE DECRETO NÚMERO 10345, DE 14 DE DECRETO NÚMERO 10345, DE 14 DE MAYO DE 2009, DE DELEGACIÓN DE MAYO DE 2009, DE DELEGACIÓN DE MAYO DE 2009, DE DELEGACIÓN DE MAYO DE 2009, DE DELEGACIÓN DE FIRMA DE LA ALCALDÍA EN EL DIRECTOR FIRMA DE LA ALCALDÍA EN EL DIRECTOR FIRMA DE LA ALCALDÍA EN EL DIRECTOR FIRMA DE LA ALCALDÍA EN EL DIRECTOR DE GOBIERNO DEL ÁREA DE DE GOBIERNO DEL ÁREA DE DE GOBIERNO DEL ÁREA DE DE GOBIERNO DEL ÁREA DE PRESIPRESIPRESIPRESIDENCIADENCIADENCIADENCIA

El Pleno toma razón.

INCIDENCIAS:INCIDENCIAS:INCIDENCIAS:INCIDENCIAS:

Durante el tratamiento de este asunto permanecen ausentes de la sesión los siguientes corporativos:

D.ª Inmaculada Medina Montenegro D. Héctor Núñez Medina D. Felipe Afonso El Jaber

10101010....---- DECRETO NÚMERO 10471, DECRETO NÚMERO 10471, DECRETO NÚMERO 10471, DECRETO NÚMERO 10471, DE 19 DE DE 19 DE DE 19 DE DE 19 DE MAYO DE 2009, DE SUSTITUCIÓN DE LA MAYO DE 2009, DE SUSTITUCIÓN DE LA MAYO DE 2009, DE SUSTITUCIÓN DE LA MAYO DE 2009, DE SUSTITUCIÓN DE LA CONCEJALA DELEGADA DE CONCEJALA DELEGADA DE CONCEJALA DELEGADA DE CONCEJALA DELEGADA DE PARTICIPACIÓN CIUDADANA Y PARTICIPACIÓN CIUDADANA Y PARTICIPACIÓN CIUDADANA Y PARTICIPACIÓN CIUDADANA Y PRESIDENTA DEL DISTRITO CENTRO POR PRESIDENTA DEL DISTRITO CENTRO POR PRESIDENTA DEL DISTRITO CENTRO POR PRESIDENTA DEL DISTRITO CENTRO POR LA CONCEJALA DELEGADA DE LA CONCEJALA DELEGADA DE LA CONCEJALA DELEGADA DE LA CONCEJALA DELEGADA DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y AGRICULTURA, GANADERÍA Y AGRICULTURA, GANADERÍA Y AGRICULTURA, GANADERÍA Y COOPERACIÓN AL DESARROLLOCOOPERACIÓN AL DESARROLLOCOOPERACIÓN AL DESARROLLOCOOPERACIÓN AL DESARROLLO

El Pleno toma razón. DEBATE. Intervenciones:DEBATE. Intervenciones:DEBATE. Intervenciones:DEBATE. Intervenciones:

D.ª Josefa Luzardo Romano D.ª Mª Luisa Blanco Roca

INCIDENCIAS:INCIDENCIAS:INCIDENCIAS:INCIDENCIAS:

Se reincorpora a la sesión don Héctor Núñez Medina.

Durante el debate de este asunto

permanecen ausentes de la sesión los siguientes corporativos:

D.ª Inmaculada Medina Montenegro D. Felipe Afonso El Jaber D. Miguel Concepción Pérez

11111111....---- DECRETO NÚMERO DECRETO NÚMERO DECRETO NÚMERO DECRETO NÚMERO 10889, DE 21 DE 10889, DE 21 DE 10889, DE 21 DE 10889, DE 21 DE MAYO DE 2009, DE CORRECCIÓN DE MAYO DE 2009, DE CORRECCIÓN DE MAYO DE 2009, DE CORRECCIÓN DE MAYO DE 2009, DE CORRECCIÓN DE ERROR MATERIAL DETECTADO EN EL ERROR MATERIAL DETECTADO EN EL ERROR MATERIAL DETECTADO EN EL ERROR MATERIAL DETECTADO EN EL DECRETO DEL ALCALDE NÚMERO 8870, DECRETO DEL ALCALDE NÚMERO 8870, DECRETO DEL ALCALDE NÚMERO 8870, DECRETO DEL ALCALDE NÚMERO 8870, DE 27 DE ABRIL DE 2009DE 27 DE ABRIL DE 2009DE 27 DE ABRIL DE 2009DE 27 DE ABRIL DE 2009

El Pleno toma razón. INCIDENCIAS:INCIDENCIAS:INCIDENCIAS:INCIDENCIAS:

Durante el tratamiento de este asunto

permanecen ausentes de la sesión los siguientes corporativos:

D.ª Inmaculada Medina Montenegro D. Felipe Afonso El Jaber D. Miguel Concepción Pérez D. Héctor Núñez Medina

12.12.12.12.---- DECRETO DEL ALCALDE EN DECRETO DEL ALCALDE EN DECRETO DEL ALCALDE EN DECRETO DEL ALCALDE EN FUNCIONES, NÚMERO 10891, DE 22 DE FUNCIONES, NÚMERO 10891, DE 22 DE FUNCIONES, NÚMERO 10891, DE 22 DE FUNCIONES, NÚMERO 10891, DE 22 DE MAYO MAYO MAYO MAYO DE 2009, DE SUSTITUCIÓN DE LA DE 2009, DE SUSTITUCIÓN DE LA DE 2009, DE SUSTITUCIÓN DE LA DE 2009, DE SUSTITUCIÓN DE LA CONCEJALA DE GOBIERNO DEL ÁREA DE CONCEJALA DE GOBIERNO DEL ÁREA DE CONCEJALA DE GOBIERNO DEL ÁREA DE CONCEJALA DE GOBIERNO DEL ÁREA DE SERVICIOS SOCIALES, EDUCACIÓN, SERVICIOS SOCIALES, EDUCACIÓN, SERVICIOS SOCIALES, EDUCACIÓN, SERVICIOS SOCIALES, EDUCACIÓN, TURISMO Y DEPORTES POR EL CONCEJAL TURISMO Y DEPORTES POR EL CONCEJAL TURISMO Y DEPORTES POR EL CONCEJAL TURISMO Y DEPORTES POR EL CONCEJAL DE GOBIERNO DEL ÁREA DE DE GOBIERNO DEL ÁREA DE DE GOBIERNO DEL ÁREA DE DE GOBIERNO DEL ÁREA DE ORGANIZACIÓN E INNOVACIÓN, ORGANIZACIÓN E INNOVACIÓN, ORGANIZACIÓN E INNOVACIÓN, ORGANIZACIÓN E INNOVACIÓN, EMPLEO Y RECURSOS HUMANOSEMPLEO Y RECURSOS HUMANOSEMPLEO Y RECURSOS HUMANOSEMPLEO Y RECURSOS HUMANOS

El Pleno toma razón.

Page 10: AYUNTAMIENTO DE LAS PALMAS DE GRAN CANARIA …...Canaria, a la designación de Tenientes de Alcalde, al nombramiento de Concejales Presidentes y Vicepresidentes de Distrito y de titulares

AYUNTAMIENTO DE LAS PALMAS DE GRAN CANARIA SECRETARÍA GENERAL DEL PLENO

Excmo. Ayuntamiento Pleno de Las Palmas de Gran Canaria. Acta núm. 7, de fecha 29.05.09. Página 10 de 90

INCIDENCIAS:INCIDENCIAS:INCIDENCIAS:INCIDENCIAS: Durante el tratamiento de este asunto

permanecen ausentes de la sesión los siguientes corporativos:

D.ª Inmaculada Medina Montenegro D. Felipe Afonso El Jaber D. Miguel Concepción Pérez En el debate de este asunto se

reincorpora a la sesión don Héctor Núñez Medina.

TOMA DE RAZÓN EXPEDIENTE GENERAL TOMA DE RAZÓN EXPEDIENTE GENERAL TOMA DE RAZÓN EXPEDIENTE GENERAL TOMA DE RAZÓN EXPEDIENTE GENERAL DE LA CORPORACIÓN: GRUPOS DE LA CORPORACIÓN: GRUPOS DE LA CORPORACIÓN: GRUPOS DE LA CORPORACIÓN: GRUPOS MUNICIPALESMUNICIPALESMUNICIPALESMUNICIPALES 13.13.13.13.---- GRUPO MUNICIPAL SOCIALISTA: GRUPO MUNICIPAL SOCIALISTA: GRUPO MUNICIPAL SOCIALISTA: GRUPO MUNICIPAL SOCIALISTA: DESIGNACIÓN DE NUEVO PORTAVOZ, DESIGNACIÓN DE NUEVO PORTAVOZ, DESIGNACIÓN DE NUEVO PORTAVOZ, DESIGNACIÓN DE NUEVO PORTAVOZ, TITULAR Y SUPLENTETITULAR Y SUPLENTETITULAR Y SUPLENTETITULAR Y SUPLENTE

El Pleno toma razón.

INCIDENCIAS:INCIDENCIAS:INCIDENCIAS:INCIDENCIAS: Durante el tratamiento de este asunto

permanecen ausentes de la sesión los siguientes corporativos:

D.ª Inmaculada Medina Montenegro D. Felipe Afonso El Jaber D. Miguel Concepción Pérez

14.14.14.14.---- GRUPO MUNICIPAL POPULAR: GRUPO MUNICIPAL POPULAR: GRUPO MUNICIPAL POPULAR: GRUPO MUNICIPAL POPULAR: MODIFICACIÓN DE REPRESENTANTES EN MODIFICACIÓN DE REPRESENTANTES EN MODIFICACIÓN DE REPRESENTANTES EN MODIFICACIÓN DE REPRESENTANTES EN COMISIONES DE PLENO Y OTROS COMISIONES DE PLENO Y OTROS COMISIONES DE PLENO Y OTROS COMISIONES DE PLENO Y OTROS ÓRGANOS COLEGIADOS MUNICIPALESÓRGANOS COLEGIADOS MUNICIPALESÓRGANOS COLEGIADOS MUNICIPALESÓRGANOS COLEGIADOS MUNICIPALES

El Pleno toma razón.

INCIDENCIAS:INCIDENCIAS:INCIDENCIAS:INCIDENCIAS: Durante el tratamiento de este asunto

permanecen ausentes de la sesión los siguientes corporativos:

D.ª Inmaculada Medina Montenegro D. Felipe Afonso El Jaber D. Miguel Concepción Pérez

ÁREA DE GOBIERNO DE PRESIDENCIAÁREA DE GOBIERNO DE PRESIDENCIAÁREA DE GOBIERNO DE PRESIDENCIAÁREA DE GOBIERNO DE PRESIDENCIA RELARELARELARELACIONES INTERNACIONALES E CIONES INTERNACIONALES E CIONES INTERNACIONALES E CIONES INTERNACIONALES E INSTITUCIONALESINSTITUCIONALESINSTITUCIONALESINSTITUCIONALES

15151515....---- TOMA DE CONOCIMIENTO DE TOMA DE CONOCIMIENTO DE TOMA DE CONOCIMIENTO DE TOMA DE CONOCIMIENTO DE COMUNICACIÓN DE LA DELEGACIÓN DEL COMUNICACIÓN DE LA DELEGACIÓN DEL COMUNICACIÓN DE LA DELEGACIÓN DEL COMUNICACIÓN DE LA DELEGACIÓN DEL GOBIERNO EN CANARIAS DEL GOBIERNO EN CANARIAS DEL GOBIERNO EN CANARIAS DEL GOBIERNO EN CANARIAS DEL CESE DEL CESE DEL CESE DEL CESE DEL SEÑOR TAKESHI MOCHIZUKI COMO SEÑOR TAKESHI MOCHIZUKI COMO SEÑOR TAKESHI MOCHIZUKI COMO SEÑOR TAKESHI MOCHIZUKI COMO CÓNSUL DE JAPÓN EN LAS PALMAS DE CÓNSUL DE JAPÓN EN LAS PALMAS DE CÓNSUL DE JAPÓN EN LAS PALMAS DE CÓNSUL DE JAPÓN EN LAS PALMAS DE GRAN CANARIAGRAN CANARIAGRAN CANARIAGRAN CANARIA

El Pleno toma razón.

INCIDENCIAS:INCIDENCIAS:INCIDENCIAS:INCIDENCIAS:

Durante el tratamiento de este asunto permanecen ausentes de la sesión los siguientes corporativos:

D.ª Inmaculada Medina Montenegro D. Felipe Afonso El Jaber D. Miguel Concepción Pérez

16161616....---- TOMA DE CONOCIMIENTO DE TOMA DE CONOCIMIENTO DE TOMA DE CONOCIMIENTO DE TOMA DE CONOCIMIENTO DE COMUNICACIÓN DE LA DELEGACIÓN DEL COMUNICACIÓN DE LA DELEGACIÓN DEL COMUNICACIÓN DE LA DELEGACIÓN DEL COMUNICACIÓN DE LA DELEGACIÓN DEL GOBIERNO GOBIERNO GOBIERNO GOBIERNO EN CANARIAS DEL CESE DEL EN CANARIAS DEL CESE DEL EN CANARIAS DEL CESE DEL EN CANARIAS DEL CESE DEL SEÑOR SEÑOR SEÑOR SEÑOR LUIS RAMÓN CABOVERDE RUEDA LUIS RAMÓN CABOVERDE RUEDA LUIS RAMÓN CABOVERDE RUEDA LUIS RAMÓN CABOVERDE RUEDA COMO AGENTE CONSULAR DE CUBA EN COMO AGENTE CONSULAR DE CUBA EN COMO AGENTE CONSULAR DE CUBA EN COMO AGENTE CONSULAR DE CUBA EN LAS PALMAS DE GRAN CANARIALAS PALMAS DE GRAN CANARIALAS PALMAS DE GRAN CANARIALAS PALMAS DE GRAN CANARIA

El Pleno toma razón. INCIDENCIAS:INCIDENCIAS:INCIDENCIAS:INCIDENCIAS:

Durante el tratamiento de este asunto permanecen ausentes de la sesión los siguientes corporativos:

Page 11: AYUNTAMIENTO DE LAS PALMAS DE GRAN CANARIA …...Canaria, a la designación de Tenientes de Alcalde, al nombramiento de Concejales Presidentes y Vicepresidentes de Distrito y de titulares

AYUNTAMIENTO DE LAS PALMAS DE GRAN CANARIA SECRETARÍA GENERAL DEL PLENO

Excmo. Ayuntamiento Pleno de Las Palmas de Gran Canaria. Acta núm. 7, de fecha 29.05.09. Página 11 de 90

D.ª Inmaculada Medina Montenegro D. Felipe Afonso El Jaber D. Miguel Concepción Pérez

11117777....---- TOMA DE CONOCIMIENTO DE TOMA DE CONOCIMIENTO DE TOMA DE CONOCIMIENTO DE TOMA DE CONOCIMIENTO DE COMUNICACIÓN DE LA DELEGACIÓN DEL COMUNICACIÓN DE LA DELEGACIÓN DEL COMUNICACIÓN DE LA DELEGACIÓN DEL COMUNICACIÓN DE LA DELEGACIÓN DEL GOBIERNO EN CANARIAS DEGOBIERNO EN CANARIAS DEGOBIERNO EN CANARIAS DEGOBIERNO EN CANARIAS DEL CESE DEL L CESE DEL L CESE DEL L CESE DEL SEÑOR EIICHI MUTO COMO CÓNSUL SEÑOR EIICHI MUTO COMO CÓNSUL SEÑOR EIICHI MUTO COMO CÓNSUL SEÑOR EIICHI MUTO COMO CÓNSUL ADJUNTO DE JAPÓN EN LAS PALMAS DE ADJUNTO DE JAPÓN EN LAS PALMAS DE ADJUNTO DE JAPÓN EN LAS PALMAS DE ADJUNTO DE JAPÓN EN LAS PALMAS DE GRAN CANGRAN CANGRAN CANGRAN CANARIAARIAARIAARIA

El Pleno toma razón. INCIDENCIAS:INCIDENCIAS:INCIDENCIAS:INCIDENCIAS:

Durante el tratamiento de este asunto permanecen ausentes de la sesión los siguientes corporativos:

D.ª Inmaculada Medina Montenegro D. Felipe Afonso El Jaber D. Miguel Concepción Pérez

11118888....---- TOMA DE CONOCIMIENTOTOMA DE CONOCIMIENTOTOMA DE CONOCIMIENTOTOMA DE CONOCIMIENTO DE DE DE DE COMUNICACIÓN DE LA DELEGACIÓN DEL COMUNICACIÓN DE LA DELEGACIÓN DEL COMUNICACIÓN DE LA DELEGACIÓN DEL COMUNICACIÓN DE LA DELEGACIÓN DEL GOBIERNO EN CANARIAS DEL GOBIERNO EN CANARIAS DEL GOBIERNO EN CANARIAS DEL GOBIERNO EN CANARIAS DEL NOMBRAMIENTO DEL NOMBRAMIENTO DEL NOMBRAMIENTO DEL NOMBRAMIENTO DEL SEÑOR TOSHIO SEÑOR TOSHIO SEÑOR TOSHIO SEÑOR TOSHIO SATO COMO CÓNSUL EN EL CONSULADO SATO COMO CÓNSUL EN EL CONSULADO SATO COMO CÓNSUL EN EL CONSULADO SATO COMO CÓNSUL EN EL CONSULADO DE JAPÓN EN LAS PALMAS DE GRAN DE JAPÓN EN LAS PALMAS DE GRAN DE JAPÓN EN LAS PALMAS DE GRAN DE JAPÓN EN LAS PALMAS DE GRAN CANARIACANARIACANARIACANARIA

El Pleno toma razón.

INCIDENCIAS:INCIDENCIAS:INCIDENCIAS:INCIDENCIAS: Durante el tratamiento de este asunto

permanecen ausentes de la sesión los siguientes corporativos:

D.ª Inmaculada Medina Montenegro D. Felipe Afonso El Jaber D. Miguel Concepción Pérez

ÁREA DE GOBIERNO DE ÁREA DE GOBIERNO DE ÁREA DE GOBIERNO DE ÁREA DE GOBIERNO DE ORDENACIÓN ORDENACIÓN ORDENACIÓN ORDENACIÓN DEL TERRITORIO, VIVIENDA, MEDIO DEL TERRITORIO, VIVIENDA, MEDIO DEL TERRITORIO, VIVIENDA, MEDIO DEL TERRITORIO, VIVIENDA, MEDIO AMBIENTE Y AGUAAMBIENTE Y AGUAAMBIENTE Y AGUAAMBIENTE Y AGUA DIRECCIÓN GENERAL DE ENERGÍA, AGUA Y DIRECCIÓN GENERAL DE ENERGÍA, AGUA Y DIRECCIÓN GENERAL DE ENERGÍA, AGUA Y DIRECCIÓN GENERAL DE ENERGÍA, AGUA Y MEDIMEDIMEDIMEDIO AMBIENTEO AMBIENTEO AMBIENTEO AMBIENTE UNIDAD ADMINISTRATIVA DE MEDIO UNIDAD ADMINISTRATIVA DE MEDIO UNIDAD ADMINISTRATIVA DE MEDIO UNIDAD ADMINISTRATIVA DE MEDIO AMBIENTEAMBIENTEAMBIENTEAMBIENTE

11119999....---- MODIFICACIÓN DE LA ESTRUCTURA MODIFICACIÓN DE LA ESTRUCTURA MODIFICACIÓN DE LA ESTRUCTURA MODIFICACIÓN DE LA ESTRUCTURA SALARIAL DEL GERENTE DE LA AGENCIA SALARIAL DEL GERENTE DE LA AGENCIA SALARIAL DEL GERENTE DE LA AGENCIA SALARIAL DEL GERENTE DE LA AGENCIA LOCAL GESTORA DE LA ENERGÍA DE LAS LOCAL GESTORA DE LA ENERGÍA DE LAS LOCAL GESTORA DE LA ENERGÍA DE LAS LOCAL GESTORA DE LA ENERGÍA DE LAS PALMAS DE GRAN CANARIAPALMAS DE GRAN CANARIAPALMAS DE GRAN CANARIAPALMAS DE GRAN CANARIA

Se adoptan los siguientes acuerdos: “PRIMEROPRIMEROPRIMEROPRIMERO.- Que la retribución anual

fijada para el Gerente de la Agencia Local Gestora de la Energía sea la misma que la aprobada en Ayuntamiento Pleno de fecha 28 de marzo de 2008.”.

“SEGUNDOSEGUNDOSEGUNDOSEGUNDO.- Que, a tenor de lo

aprobado por el Ayuntamiento Pleno, de fecha 27 de julio de 2007, relativo al régimen retributivo de los directores generales y asimilados, fijar el régimen retributivo anual en las siguientes cuantías de sueldo, complemento de destino referidas a doce mensualidades y complemento específico anual, así como la cuantía anual total a incluir en las pagas extraordinarias (Paga Adicional), según la siguiente tabla:

Concepto retributivo Importe

• Sueldo 13.621,32 €

• Complemento de destino 15.015,96 €

• Complemento específico 22.370,04 €

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Excmo. Ayuntamiento Pleno de Las Palmas de Gran Canaria. Acta núm. 7, de fecha 29.05.09. Página 12 de 90

• Cuantía del complemento específico mensual en cada paga extra (Paga Adicional) 1.242,78 € Total retribución anual 58.265,76 € TERCEROTERCEROTERCEROTERCERO.- Cuando el nombramiento

recaiga en funcionarios de carrera del Estado, de las comunidades autónomas, de las entidades locales o de funcionarios de administración local con habilitación de carácter nacional, se le abonará en concepto de antigüedad la cuantía que tenga reconocida en la administración de procedencia.”.

CUARTOCUARTOCUARTOCUARTO.- Estas retribuciones se

incrementarán en cada ejercicio económico en el porcentaje y/o cuantía que se fije por la ley de presupuestos generales del Estado, al igual que el resto de los funcionarios públicos.

No obstante, dicho incremento se adaptará a lo establecido por este Ayuntamiento para su personal directivo y asimilados en el ejercicio 2009 y, en su caso, para los ejercicios siguientes.”.

DEBATE. Intervenciones:DEBATE. Intervenciones:DEBATE. Intervenciones:DEBATE. Intervenciones: D. Ángel Sabroso Ramírez

VOTACIÓN:VOTACIÓN:VOTACIÓN:VOTACIÓN: Número de votantes: Número de votantes: Número de votantes: Número de votantes: 27 Presentes: 26 Votos a favor: 26 Abstenciones: 1 Escrutinio de la votación:Escrutinio de la votación:Escrutinio de la votación:Escrutinio de la votación: aprobado por mayoría.

INCIDENCIAS:INCIDENCIAS:INCIDENCIAS:INCIDENCIAS:

Durante el debate de este asunto se reincorpora a la sesión don Felipe Afonso El Jaber.

Durante el debate y votación de este

asunto se encuentran ausentes de la sesión los siguientes corporativos:

D.ª Inmaculada Medina Montenegro D. Miguel Concepción Pérez Durante la votación de este asunto se

encuentra ausente de la sesión don Aday Ruiz Santana.

ÁREA DE GOBIERNO ÁREA DE GOBIERNO ÁREA DE GOBIERNO ÁREA DE GOBIERNO DE HACIENDA Y DE HACIENDA Y DE HACIENDA Y DE HACIENDA Y ECONOMÍAECONOMÍAECONOMÍAECONOMÍA ÓRGANO DE GESTIÓN PRESUPUESTARIAÓRGANO DE GESTIÓN PRESUPUESTARIAÓRGANO DE GESTIÓN PRESUPUESTARIAÓRGANO DE GESTIÓN PRESUPUESTARIA

20202020....---- PRESUPUESTO GENERAL DEL PRESUPUESTO GENERAL DEL PRESUPUESTO GENERAL DEL PRESUPUESTO GENERAL DEL AYUNTAMIENTO DE LAS PALMAS DE AYUNTAMIENTO DE LAS PALMAS DE AYUNTAMIENTO DE LAS PALMAS DE AYUNTAMIENTO DE LAS PALMAS DE GRAN CAGRAN CAGRAN CAGRAN CANARIA DEL EJERCICIO 2009 NARIA DEL EJERCICIO 2009 NARIA DEL EJERCICIO 2009 NARIA DEL EJERCICIO 2009 APROBADO INICIALMENTE POR APROBADO INICIALMENTE POR APROBADO INICIALMENTE POR APROBADO INICIALMENTE POR ACUERDO PLENARIO DE FECHA 24 DE ACUERDO PLENARIO DE FECHA 24 DE ACUERDO PLENARIO DE FECHA 24 DE ACUERDO PLENARIO DE FECHA 24 DE ABRIL DE 2009: CORRECCIÓN DE ERROR ABRIL DE 2009: CORRECCIÓN DE ERROR ABRIL DE 2009: CORRECCIÓN DE ERROR ABRIL DE 2009: CORRECCIÓN DE ERROR EN LAS BASES DE EJECUCIÓN, EN LAS BASES DE EJECUCIÓN, EN LAS BASES DE EJECUCIÓN, EN LAS BASES DE EJECUCIÓN, RESOLUCIÓN DE LAS RECLAMACIONES RESOLUCIÓN DE LAS RECLAMACIONES RESOLUCIÓN DE LAS RECLAMACIONES RESOLUCIÓN DE LAS RECLAMACIONES FORMULADAS CONTRA EL MISMO, FORMULADAS CONTRA EL MISMO, FORMULADAS CONTRA EL MISMO, FORMULADAS CONTRA EL MISMO, APROBACIÓN DEFINITIVAAPROBACIÓN DEFINITIVAAPROBACIÓN DEFINITIVAAPROBACIÓN DEFINITIVA

Se adoptan los siguientes acuerdos: ““““1.1.1.1.---- CORRECCIÓN DEL ERROR CORRECCIÓN DEL ERROR CORRECCIÓN DEL ERROR CORRECCIÓN DEL ERROR

DETECTADO EN LAS BASES DE EJECUCIÓN DETECTADO EN LAS BASES DE EJECUCIÓN DETECTADO EN LAS BASES DE EJECUCIÓN DETECTADO EN LAS BASES DE EJECUCIÓN DEL PRESUPUESTO GENERAL DEL DEL PRESUPUESTO GENERAL DEL DEL PRESUPUESTO GENERAL DEL DEL PRESUPUESTO GENERAL DEL AYUNTAMIENTO DE LAS PALMAS DE GRAN AYUNTAMIENTO DE LAS PALMAS DE GRAN AYUNTAMIENTO DE LAS PALMAS DE GRAN AYUNTAMIENTO DE LAS PALMAS DE GRAN CANARIA DEL EJERCICIO 2009, APROBADO CANARIA DEL EJERCICIO 2009, APROBADO CANARIA DEL EJERCICIO 2009, APROBADO CANARIA DEL EJERCICIO 2009, APROBADO INICIALMENTE POR ACUERDO PLENARIO DE INICIALMENTE POR ACUERDO PLENARIO DE INICIALMENTE POR ACUERDO PLENARIO DE INICIALMENTE POR ACUERDO PLENARIO DE FECHA 24 DE ABRIL DE 2009.FECHA 24 DE ABRIL DE 2009.FECHA 24 DE ABRIL DE 2009.FECHA 24 DE ABRIL DE 2009.

Se corrige el último párrafo del apartado 2.- de la Base 5ª.- Estructura Presupuestaria, de manera que donde dice: “…El control fiscal se realizará al nivel de vinculación que se establece en la Base Séptima.”, debe decir: “…El control fiscal se realizará al nivel de vinculación que se establece en la Base Octava.”.

2.2.2.2.---- RESOLUCIÓN DE LA RECLAMACIÓN RESOLUCIÓN DE LA RECLAMACIÓN RESOLUCIÓN DE LA RECLAMACIÓN RESOLUCIÓN DE LA RECLAMACIÓN DE FECHA 30/04/09, PRESENTADA POR DE FECHA 30/04/09, PRESENTADA POR DE FECHA 30/04/09, PRESENTADA POR DE FECHA 30/04/09, PRESENTADA POR DOÑA DOLORES MORENO SANTANA, CON DOÑA DOLORES MORENO SANTANA, CON DOÑA DOLORES MORENO SANTANA, CON DOÑA DOLORES MORENO SANTANA, CON

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AYUNTAMIENTO DE LAS PALMAS DE GRAN CANARIA SECRETARÍA GENERAL DEL PLENO

Excmo. Ayuntamiento Pleno de Las Palmas de Gran Canaria. Acta núm. 7, de fecha 29.05.09. Página 13 de 90

NÚMERO DE REGISTRO DE ENTRADA NÚMERO DE REGISTRO DE ENTRADA NÚMERO DE REGISTRO DE ENTRADA NÚMERO DE REGISTRO DE ENTRADA 76.717, EL 05/05/09, EN NOMBRE DE DON 76.717, EL 05/05/09, EN NOMBRE DE DON 76.717, EL 05/05/09, EN NOMBRE DE DON 76.717, EL 05/05/09, EN NOMBRE DE DON NORMANDO MORENO SANTANA, QUE NORMANDO MORENO SANTANA, QUE NORMANDO MORENO SANTANA, QUE NORMANDO MORENO SANTANA, QUE ACTÚA A SU VEZ EN ACTÚA A SU VEZ EN ACTÚA A SU VEZ EN ACTÚA A SU VEZ EN NOMBRE DE DON JUAN NOMBRE DE DON JUAN NOMBRE DE DON JUAN NOMBRE DE DON JUAN DE DIOS MEDINA GARCÍA Y OTRAS DOCE DE DIOS MEDINA GARCÍA Y OTRAS DOCE DE DIOS MEDINA GARCÍA Y OTRAS DOCE DE DIOS MEDINA GARCÍA Y OTRAS DOCE PERSONAS MÁS, COMO PROPIETARIOS DE PERSONAS MÁS, COMO PROPIETARIOS DE PERSONAS MÁS, COMO PROPIETARIOS DE PERSONAS MÁS, COMO PROPIETARIOS DE LAS PARCELAS UBICADAS EN LA CALLE LAS PARCELAS UBICADAS EN LA CALLE LAS PARCELAS UBICADAS EN LA CALLE LAS PARCELAS UBICADAS EN LA CALLE LÓPEZ SOCAS, NÚMEROS 2, 4 Y 6,LÓPEZ SOCAS, NÚMEROS 2, 4 Y 6,LÓPEZ SOCAS, NÚMEROS 2, 4 Y 6,LÓPEZ SOCAS, NÚMEROS 2, 4 Y 6, IDENTIFICADAS CON LOS NÚMEROS DE IDENTIFICADAS CON LOS NÚMEROS DE IDENTIFICADAS CON LOS NÚMEROS DE IDENTIFICADAS CON LOS NÚMEROS DE FINCA 2, 3 Y 4.FINCA 2, 3 Y 4.FINCA 2, 3 Y 4.FINCA 2, 3 Y 4.

2.1.- Se desestima la reclamación de fecha 30/04/09, presentada por Doña Dolores Moreno Santana, con número de registro de entrada 76.717, el 05/05/09, en nombre de Don Normando Moreno Santana, que actúa a su vez en nombre de Don Juan de Dios Medina García y otras doce personas más, como propietarios de las parcelas ubicadas en la calle López Socas, números 2, 4 y 6, identificadas con los números de finca 2, 3 y 4.

2.2.- Motivo de la desestimación:

Por no ajustarse a ninguno de los motivos tasados en el artículo 170.2 del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobada por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo.

A estos efectos, se aceptan íntegramente los siguientes informes emitidos al respecto:

a) Informe de la Asesoría Jurídica de 20 de mayo de 2009.

b) Informe del Servicio de Patrimonio de 21 de mayo de 2009

c) Informe de la Titular del Órgano de Gestión Presupuestaria de 21 de mayo de 2009.

3.3.3.3.---- RESOLUCIÓN DE LA RECLAMACIÓN RESOLUCIÓN DE LA RECLAMACIÓN RESOLUCIÓN DE LA RECLAMACIÓN RESOLUCIÓN DE LA RECLAMACIÓN DE FECHA 30/04/09, PRESENTADA POR DE FECHA 30/04/09, PRESENTADA POR DE FECHA 30/04/09, PRESENTADA POR DE FECHA 30/04/09, PRESENTADA POR DOÑA DOLORES MORENO SANTANA, CON DOÑA DOLORES MORENO SANTANA, CON DOÑA DOLORES MORENO SANTANA, CON DOÑA DOLORES MORENO SANTANA, CON NÚMERO DE REGISTRO DE ENTRADA NÚMERO DE REGISTRO DE ENTRADA NÚMERO DE REGISTRO DE ENTRADA NÚMERO DE REGISTRO DE ENTRADA 76.776.776.776.725, EL 05/05/09, EN NOMBRE DE DON 25, EL 05/05/09, EN NOMBRE DE DON 25, EL 05/05/09, EN NOMBRE DE DON 25, EL 05/05/09, EN NOMBRE DE DON JOSÉ MARÍA LANG LENTON VALIDO, COMO JOSÉ MARÍA LANG LENTON VALIDO, COMO JOSÉ MARÍA LANG LENTON VALIDO, COMO JOSÉ MARÍA LANG LENTON VALIDO, COMO

PROPIETARIO DEL DENOMINADO “EDIFICIO PROPIETARIO DEL DENOMINADO “EDIFICIO PROPIETARIO DEL DENOMINADO “EDIFICIO PROPIETARIO DEL DENOMINADO “EDIFICIO DE LA CASA FORD”.DE LA CASA FORD”.DE LA CASA FORD”.DE LA CASA FORD”.

3.1.- Se desestima la reclamación de fecha 30/04/09, presentada por Doña Dolores Moreno Santana, con número de registro de entrada 76.725, el 05/05/09, en nombre de Don José María Lang Lenton Valido, como propietario del denominado “Edificio de la Casa Ford”.

3.2.- Motivo de la desestimación:

Por no ajustarse a ninguno de los motivos tasados en el artículo 170.2 del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobada por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo.

A estos efectos, se aceptan íntegramente los siguientes informes emitidos al respecto:

a) Informe de la Asesoría Jurídica de 20 de mayo de 2009.

b) Informe de la Titular del Órgano de Gestión Presupuestaria de 21 de mayo de 2009.

4.4.4.4.---- RESOLUCIÓN DE LA RECLAMACIÓN RESOLUCIÓN DE LA RECLAMACIÓN RESOLUCIÓN DE LA RECLAMACIÓN RESOLUCIÓN DE LA RECLAMACIÓN PRESENTADA POR DOÑA MARIANELA PRESENTADA POR DOÑA MARIANELA PRESENTADA POR DOÑA MARIANELA PRESENTADA POR DOÑA MARIANELA CABALLERO RAMÍREZ, CON NÚMERO DE CABALLERO RAMÍREZ, CON NÚMERO DE CABALLERO RAMÍREZ, CON NÚMERO DE CABALLERO RAMÍREZ, CON NÚMERO DE REGISTRO DE ENTRADA 79.105, EL REGISTRO DE ENTRADA 79.105, EL REGISTRO DE ENTRADA 79.105, EL REGISTRO DE ENTRADA 79.105, EL 07/05/09, EN SU CONDICIÓN DE 07/05/09, EN SU CONDICIÓN DE 07/05/09, EN SU CONDICIÓN DE 07/05/09, EN SU CONDICIÓN DE PRESIDENTA DE LA ZONPRESIDENTA DE LA ZONPRESIDENTA DE LA ZONPRESIDENTA DE LA ZONA COMERCIAL A COMERCIAL A COMERCIAL A COMERCIAL PEDRO INFINITO.PEDRO INFINITO.PEDRO INFINITO.PEDRO INFINITO.

4.1.- Se desestima la reclamación presentada por Doña Marianela Caballero Ramírez, con número de registro de entrada 79.105, el 07/05/09, en su condición de Presidenta de la Zona Comercial Pedro Infinito.

4.2.- Motivo de la desestimación:

Por no ajustarse a ninguno de los motivos tasados en el artículo 170.2 del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobada por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo.

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Excmo. Ayuntamiento Pleno de Las Palmas de Gran Canaria. Acta núm. 7, de fecha 29.05.09. Página 14 de 90

A estos efectos, se aceptan íntegramente los siguientes informes emitidos al respecto:

a) Informe de la Secretaría del Distrito de Ciudad Alta, de 19 de mayo de 2009.

b) Informe de la Titular del Órgano de Gestión Presupuestaria de 21 de mayo de 2009.

5.5.5.5.---- RESOLUCIÓN DE LA RECLAMACIÓN RESOLUCIÓN DE LA RECLAMACIÓN RESOLUCIÓN DE LA RECLAMACIÓN RESOLUCIÓN DE LA RECLAMACIÓN DE FECHA 13/05/09DE FECHA 13/05/09DE FECHA 13/05/09DE FECHA 13/05/09, PRESENTADA POR DON , PRESENTADA POR DON , PRESENTADA POR DON , PRESENTADA POR DON YERAY ALVARADO GARCÍA, CON NÚMERO YERAY ALVARADO GARCÍA, CON NÚMERO YERAY ALVARADO GARCÍA, CON NÚMERO YERAY ALVARADO GARCÍA, CON NÚMERO DE REGISTRO DE ENTRADA 82.803, EL DE REGISTRO DE ENTRADA 82.803, EL DE REGISTRO DE ENTRADA 82.803, EL DE REGISTRO DE ENTRADA 82.803, EL 13/05/09, EN NOMBRE Y REPRESENTACIÓN 13/05/09, EN NOMBRE Y REPRESENTACIÓN 13/05/09, EN NOMBRE Y REPRESENTACIÓN 13/05/09, EN NOMBRE Y REPRESENTACIÓN DE DOÑA MARÍA DOLORES CURBELO DE DOÑA MARÍA DOLORES CURBELO DE DOÑA MARÍA DOLORES CURBELO DE DOÑA MARÍA DOLORES CURBELO CABRERA Y TRES PERSONAS MÁS, QUE LO CABRERA Y TRES PERSONAS MÁS, QUE LO CABRERA Y TRES PERSONAS MÁS, QUE LO CABRERA Y TRES PERSONAS MÁS, QUE LO HACEN, A SU VEZ, EN BENEFICIO DE LA HACEN, A SU VEZ, EN BENEFICIO DE LA HACEN, A SU VEZ, EN BENEFICIO DE LA HACEN, A SU VEZ, EN BENEFICIO DE LA COMUNIDAD DE HEREDEROS DE DCOMUNIDAD DE HEREDEROS DE DCOMUNIDAD DE HEREDEROS DE DCOMUNIDAD DE HEREDEROS DE DOÑA OÑA OÑA OÑA BEATRIZ CUARENTAL CURBELO.BEATRIZ CUARENTAL CURBELO.BEATRIZ CUARENTAL CURBELO.BEATRIZ CUARENTAL CURBELO.

5.1.- Se desestima la reclamación de fecha 13/05/09, presentada por Don Yeray Alvarado García, con número de registro de entrada 82.803, el 13/05/09, en nombre y representación de Doña María Dolores Curbelo García y tres personas más, que lo hacen, a su vez, en beneficio de la comunidad de herederos de doña Beatriz Cuarental Curbelo.

5.2.- Motivo de la desestimación:

Por no ajustarse a ninguno de los motivos tasados en el artículo 170.2 del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobada por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo.

A estos efectos, se aceptan íntegramente los siguientes informes emitidos al respecto:

a) Informe del Servicio de Programación Económica y Administrativa del Área de Gobierno de Ordenación del Territorio, Vivienda, Medio Ambiente y Agua, de 19 de mayo de 2009.

b) Informe de la Titular del Órgano de Gestión Presupuestaria de 21 de mayo de 2009.

6.6.6.6.---- RESOLUCIÓN DE LA RECLAMACIÓN RESOLUCIÓN DE LA RECLAMACIÓN RESOLUCIÓN DE LA RECLAMACIÓN RESOLUCIÓN DE LA RECLAMACIÓN DE FECHA 14/05/09, PRESENTADA POR DON DE FECHA 14/05/09, PRESENTADA POR DON DE FECHA 14/05/09, PRESENTADA POR DON DE FECHA 14/05/09, PRESENTADA POR DON LUIS LELUIS LELUIS LELUIS LEÓN REYES, CON NÚMERO DE ÓN REYES, CON NÚMERO DE ÓN REYES, CON NÚMERO DE ÓN REYES, CON NÚMERO DE REGISTRO DE ENTRADA 84.257, EL REGISTRO DE ENTRADA 84.257, EL REGISTRO DE ENTRADA 84.257, EL REGISTRO DE ENTRADA 84.257, EL 14/05/09.14/05/09.14/05/09.14/05/09.

6.1.- Se desestima la reclamación de fecha 14/05/09, presentada por Don Luis León Reyes, con número de registro de entrada 84.257, el 14/05/09.

6.2.- Motivo de la desestimación:

Por no ajustarse a ninguno de los motivos tasados en el artículo 170.2 del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobada por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo.

A estos efectos, se aceptan íntegramente los siguientes informes emitidos al respecto:

a) Informe del Servicio de Programación Económica y Administrativa del Área de Gobierno de Ordenación del Territorio, Vivienda, Medio Ambiente y Agua, de 19 de mayo de 2009.

b) Informe de la Titular del Órgano de Gestión Presupuestaria de 21 de mayo de 2009.

7.7.7.7.---- RESOLUCIÓN DE LA RECLAMACIÓN RESOLUCIÓN DE LA RECLAMACIÓN RESOLUCIÓN DE LA RECLAMACIÓN RESOLUCIÓN DE LA RECLAMACIÓN DE FECHA 11/05/09, PRESENTADA POR DON DE FECHA 11/05/09, PRESENTADA POR DON DE FECHA 11/05/09, PRESENTADA POR DON DE FECHA 11/05/09, PRESENTADA POR DON DAVID SÁNCHEZ LANUZA, CON NÚMERO DE DAVID SÁNCHEZ LANUZA, CON NÚMERO DE DAVID SÁNCHEZ LANUZA, CON NÚMERO DE DAVID SÁNCHEZ LANUZA, CON NÚMERO DE REGISTRO DE ENTRADA 84.387, EL REGISTRO DE ENTRADA 84.387, EL REGISTRO DE ENTRADA 84.387, EL REGISTRO DE ENTRADA 84.387, EL 14/05/09, ACTUANDO EN NOMBRE Y 14/05/09, ACTUANDO EN NOMBRE Y 14/05/09, ACTUANDO EN NOMBRE Y 14/05/09, ACTUANDO EN NOMBRE Y REPRESENTACIÓN DE INMOBILIARIA REPRESENTACIÓN DE INMOBILIARIA REPRESENTACIÓN DE INMOBILIARIA REPRESENTACIÓN DE INMOBILIARIA BERAGA, S.L.BERAGA, S.L.BERAGA, S.L.BERAGA, S.L.

7.1.- Se desestima la reclamación de fecha 11/05/09, presentada por Don David Sánchez Lanuza, con número de registro de entrada 84.387, el 14/05/09, actuando en nombre y representación de INMOBILIARIA BERAGA, S.L.

7.2.- Motivo de la desestimación:

Por no ajustarse a ninguno de los motivos tasados en el artículo 170.2 del texto refundido de la Ley Reguladora de las

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AYUNTAMIENTO DE LAS PALMAS DE GRAN CANARIA SECRETARÍA GENERAL DEL PLENO

Excmo. Ayuntamiento Pleno de Las Palmas de Gran Canaria. Acta núm. 7, de fecha 29.05.09. Página 15 de 90

Haciendas Locales, aprobada por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo.

A estos efectos, se aceptan íntegramente los siguientes informes emitidos al respecto:

a) Informe del Servicio de Programación Económica y Administrativa del Área de Gobierno de Ordenación del Territorio, Vivienda, Medio Ambiente y Agua, de 19 de mayo de 2009.

b) Informe de la Titular del Órgano de Gestión Presupuestaria de 21 de mayo de 2009.

8.8.8.8.---- RESOLUCIÓN DE LA RECLAMACIÓN RESOLUCIÓN DE LA RECLAMACIÓN RESOLUCIÓN DE LA RECLAMACIÓN RESOLUCIÓN DE LA RECLAMACIÓN DE FECHA 14/05/09, PRESENTADA POR DON DE FECHA 14/05/09, PRESENTADA POR DON DE FECHA 14/05/09, PRESENTADA POR DON DE FECHA 14/05/09, PRESENTADA POR DON ALFREDO GONZÁLEZ VALIENTE, CON ALFREDO GONZÁLEZ VALIENTE, CON ALFREDO GONZÁLEZ VALIENTE, CON ALFREDO GONZÁLEZ VALIENTE, CON NÚMERO DE REGISTRO DE ENTRADA NÚMERO DE REGISTRO DE ENTRADA NÚMERO DE REGISTRO DE ENTRADA NÚMERO DE REGISTRO DE ENTRADA 84.792, EL 15/05/09, COMO SECRETARIO 84.792, EL 15/05/09, COMO SECRETARIO 84.792, EL 15/05/09, COMO SECRETARIO 84.792, EL 15/05/09, COMO SECRETARIO GENERAL DE LA SECCIÓN SINDICAL DE FSPGENERAL DE LA SECCIÓN SINDICAL DE FSPGENERAL DE LA SECCIÓN SINDICAL DE FSPGENERAL DE LA SECCIÓN SINDICAL DE FSP----UGT EN EL AYUNTAMIENTO DE LAS PALMAS UGT EN EL AYUNTAMIENTO DE LAS PALMAS UGT EN EL AYUNTAMIENTO DE LAS PALMAS UGT EN EL AYUNTAMIENTO DE LAS PALMAS DE GRAN CDE GRAN CDE GRAN CDE GRAN CANARIAANARIAANARIAANARIA....

8.1.- Se desestima la reclamación de fecha 14/05/09, presentada por Don Alfredo González Valiente, con número de registro de entrada 84.792, el 15/05/09, como Secretario General de la Sección Sindical de FSP-UGT en el Ayuntamiento de las Palmas de Gran Canaria.

8.2.- Motivo de la desestimación:

Por no ajustarse a ninguno de los motivos tasados en el artículo 170.2 del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobada por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo.

A estos efectos, se aceptan íntegramente los siguientes informes emitidos al respecto:

a) Informe del Servicio de Personal, del Área de Empleo y Recursos Humanos, de 20 de mayo de 2009.

b) Informe de la Titular del Órgano de Gestión Presupuestaria de 21 de mayo de 2009.

9.9.9.9.---- RESOLUCIÓN DE LA PROPUESTA DE RESOLUCIÓN DE LA PROPUESTA DE RESOLUCIÓN DE LA PROPUESTA DE RESOLUCIÓN DE LA PROPUESTA DE MEJORA AL PRESUPUESTO DEL MEJORA AL PRESUPUESTO DEL MEJORA AL PRESUPUESTO DEL MEJORA AL PRESUPUESTO DEL AYUNTAMIENTO DE LAS PALMAS DE GRAN AYUNTAMIENTO DE LAS PALMAS DE GRAN AYUNTAMIENTO DE LAS PALMAS DE GRAN AYUNTAMIENTO DE LAS PALMAS DE GRAN CANARIA DEL EJERCICIO 2009 PRESENTADA CANARIA DEL EJERCICIO 2009 PRESENTADA CANARIA DEL EJERCICIO 2009 PRESENTADA CANARIA DEL EJERCICIO 2009 PRESENTADA POR DOÑA JOSEFA LUZARDO ROMANO, POR DOÑA JOSEFA LUZARDO ROMANO, POR DOÑA JOSEFA LUZARDO ROMANO, POR DOÑA JOSEFA LUZARDO ROMANO, CON NÚMERO DE REGISTRO DE ENTRADA CON NÚMERO DE REGISTRO DE ENTRADA CON NÚMERO DE REGISTRO DE ENTRADA CON NÚMERO DE REGISTRO DE ENTRADA 75.532, EL 30/04/09, COMO PORTAVOZ DEL 75.532, EL 30/04/09, COMO PORTAVOZ DEL 75.532, EL 30/04/09, COMO PORTAVOZ DEL 75.532, EL 30/04/09, COMO PORTAVOZ DEL GRUPO MUNICIGRUPO MUNICIGRUPO MUNICIGRUPO MUNICIPAL POPULAR.PAL POPULAR.PAL POPULAR.PAL POPULAR.

9.1.- Se desestima la propuesta de mejora al Presupuesto del Ayuntamiento de las Palmas de Gran Canaria del ejercicio 2009, presentada por Doña Josefa Luzardo Romano, con número de registro de entrada 75.532, el 30/04/09, como Portavoz del Grupo Municipal Popular.

9.2.- Motivo de la desestimación:

Por los motivos expuestos en el informe del Órgano de Gestión Presupuestaria de fecha 8 de mayo de 2009.

A estos efectos, se aceptan íntegramente sendos informes emitidos al respecto por la Titular del Órgano de Gestión Presupuestaria con fechas 08 y 21 de mayo de 2009.

10.10.10.10.---- APROBACIÓN DEFINITIVA DEL APROBACIÓN DEFINITIVA DEL APROBACIÓN DEFINITIVA DEL APROBACIÓN DEFINITIVA DEL PRESUPUESTO GENERAL DEL PRESUPUESTO GENERAL DEL PRESUPUESTO GENERAL DEL PRESUPUESTO GENERAL DEL AYUNTAMIENTO DE LAS PALMAS DE GRAN AYUNTAMIENTO DE LAS PALMAS DE GRAN AYUNTAMIENTO DE LAS PALMAS DE GRAN AYUNTAMIENTO DE LAS PALMAS DE GRAN CANARIA DEL EJERCICIO 2009 Y SUS BASES CANARIA DEL EJERCICIO 2009 Y SUS BASES CANARIA DEL EJERCICIO 2009 Y SUS BASES CANARIA DEL EJERCICIO 2009 Y SUS BASES DE EJECUCIÓN.DE EJECUCIÓN.DE EJECUCIÓN.DE EJECUCIÓN.

10.1.- Se aprueba definitivamente el Presupuesto General del Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria para el ejercicio 2009, cuyo estado de ingresos asciende a 408.922.591,34 € (CUATROCIENTOS OCHO MILLONES NOVECIENTOS VEINTIDÓS MIL QUINIENTOS NOVENTA Y UN EUROS, CON TREINTA Y CUATRO CÉNTIMOS), y el de gastos a 408.773.630,82 € (CUATROCIENTOS OCHO MILLONES SETECIENTOS SETENTA Y TRES MIL SEISCIENTOS TREINTA EUROS, CON OCHENTA Y DOS CÉNTIMOS), así como sus Bases de Ejecución, recogidas en el documento “Bases de Ejecución”.

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Excmo. Ayuntamiento Pleno de Las Palmas de Gran Canaria. Acta núm. 7, de fecha 29.05.09. Página 16 de 90

Este Presupuesto General, integrado por el de la propia Corporación, el de los Organismos Autónomos dependientes de ésta (INSTITUTO MUNICIPAL DE DEPORTES, INSTITUTO MUNICIPAL PARA EL EMPLEO Y LA FORMACIÓN y la AGENCIA LOCAL GESTORA DE LA ENERGÍA) y por los estados de previsión de gastos e ingresos de las sociedades mercantiles cuyo capital social pertenece íntegramente a esta Entidad

Local (GUAGUAS MUNICIPALES, S.A., ERELPA, S.A., SOCIEDAD PROMOCIÓN DE LA CIUDAD DE LAS PALMAS DE GRAN CANARIA, S.A., SOCIEDAD MUNICIPAL DE APARCAMIENTOS Y GRUAS, S.A., SOCIEDAD MUNICIPAL DE GESTIÓN URBANÍSTICA DE LAS PALMAS DE GRAN CANARIA, S.A. y HOTEL SANTA CATALINA, S.A.), presenta el siguiente desglose:

INGRESOSINGRESOSINGRESOSINGRESOS GASTOSGASTOSGASTOSGASTOS

AYUNTAMIENTO........................................................................309.463.740,06 ......... 309.463.740,06 INSTITUTO MPAL. DEPORTES ................................................................5.545.248,00 ............. 5.545.248,00 INSTITUTO MPAL. EMPLEO Y FORMACIÓN ...........................................2.274.752,15 ............. 2.274.752,15 AGENCIA LOCAL GESTORA ENERGÍA ................................ ...............500.412,00 ................ 500.412,00 GUAGUAS MUNICIPALES, S.A..............................................................46.422.365,00 ........... 46.422.365,00 SAGULPA ...............................................................................................4.347.412,94 ............. 4.245.999,34 GEURSA ...............................................................................................27.259.107,30 ........... 27.259.107,30 ERELPA, S.A............................................................................................2.816.500,00 ............. 2.816.500,00 PROM. LAS PALMAS DE GRAN CANARIA, S.A. ......................................9.600.000,00 ............. 9.600.000,00 HOTEL SANTA CATALINA, S.A. ..................................................................693.053,89 ................ 645.506,97

TOTAL TOTAL TOTAL TOTAL........................................................................ 408.922.591,34408.922.591,34408.922.591,34408.922.591,34 ......... 408.773.630,82408.773.630,82408.773.630,82408.773.630,82

10.2.- Las modificaciones de crédito aprobadas en virtud de los expedientes números G2009/42 y JG2009/02 se consideran incluidas en los créditos iniciales del Presupuesto del Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria del ejercicio 2009, debiendo, por tanto, anularse dichos expedientes.

11.11.11.11.---- ENTRADA EN VIGOR. ENTRADA EN VIGOR. ENTRADA EN VIGOR. ENTRADA EN VIGOR. El Presupuesto General,

definitivamente aprobado, entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas.”

DEBATE. Intervenciones:DEBATE. Intervenciones:DEBATE. Intervenciones:DEBATE. Intervenciones:

D. Benito Cabrera Figueroa D. Felipe Afonso El Jaber

VOTACIÓN:VOTACIÓN:VOTACIÓN:VOTACIÓN:

Número de votantes: Número de votantes: Número de votantes: Número de votantes: 29 Presentes: 29 Votos a favor: 17 Votos en contra: 12 Escrutinio de la votación:Escrutinio de la votación:Escrutinio de la votación:Escrutinio de la votación: aprobado por mayoría.

INCIDENCIAS:INCIDENCIAS:INCIDENCIAS:INCIDENCIAS:

Durante el debate de este asunto se reincorporan a la sesión los siguientes corporativos:

D.ª Inmaculada Medina Montenegro D. Miguel Concepción Pérez D. Aday Ruiz Santana Durante el debate de este asunto se

ausentan y se vuelve a reincorporar a la sesión, los siguientes corporativos:

D.ª Alejandra Fabre Alonso D.ª Isabel Mena Alonso D. Jesús González Dumpiérrez

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AYUNTAMIENTO DE LAS PALMAS DE GRAN CANARIA SECRETARÍA GENERAL DEL PLENO

Excmo. Ayuntamiento Pleno de Las Palmas de Gran Canaria. Acta núm. 7, de fecha 29.05.09. Página 17 de 90

D. Javier Checa Quevedo D. Néstor Hernández López D. Fernando Navarro Cardoso D.ª Mª Bernarda Barrios Curbelo D. Ángel Sabroso Ramírez D.ª Ana Kursón Ghattas

ÁREA DE GOBIERNO DE ORGANIZACIÓN ÁREA DE GOBIERNO DE ORGANIZACIÓN ÁREA DE GOBIERNO DE ORGANIZACIÓN ÁREA DE GOBIERNO DE ORGANIZACIÓN E INNOVACIÓN, EMPLEO Y REE INNOVACIÓN, EMPLEO Y REE INNOVACIÓN, EMPLEO Y REE INNOVACIÓN, EMPLEO Y RECURSOS CURSOS CURSOS CURSOS HUMANOSHUMANOSHUMANOSHUMANOS OFICINA DE ATENCIÓN A LA CIUDADANÍAOFICINA DE ATENCIÓN A LA CIUDADANÍAOFICINA DE ATENCIÓN A LA CIUDADANÍAOFICINA DE ATENCIÓN A LA CIUDADANÍA

21212121....---- INFORME/MEMORIA ANUAL 2008 INFORME/MEMORIA ANUAL 2008 INFORME/MEMORIA ANUAL 2008 INFORME/MEMORIA ANUAL 2008 DE LA COMISIÓN ESPECIAL DE DE LA COMISIÓN ESPECIAL DE DE LA COMISIÓN ESPECIAL DE DE LA COMISIÓN ESPECIAL DE SUGERENCIAS Y RECLAMACIONESSUGERENCIAS Y RECLAMACIONESSUGERENCIAS Y RECLAMACIONESSUGERENCIAS Y RECLAMACIONES

Se adoptan los siguientes acuerdos: “Visto el informe emitido, y, en

consonancia con lo establecido en la normativa relacionada en el punto anterior, se propone a la Comisión la asunción del informe anual, elevándose al Pleno y dando publicidad del mismo a través del B.O.P. y la página web municipal, además de la remisión de un ejemplar a cada uno de los Distritos y al Diputado del Común.”

DEBATE. Intervenciones:DEBATE. Intervenciones:DEBATE. Intervenciones:DEBATE. Intervenciones: D. Fernando Navarro Cardoso D.ª Ana Mª Guerra Galván

INCIDENCIAS:INCIDENCIAS:INCIDENCIAS:INCIDENCIAS:

Durante el debate de este asunto se ausenta y se vuelve a reincorporar a la sesión don Roque Díaz Fuentes.

Durante la votación de este asunto se

encuentran ausentes los siguientes corporativos:

D. Rodolfo Espino Romero D.ª Teresa Morales de León D. Felipe Afonso El Jaber

D.ª Josefa Luzardo Romano D.ª Ana Kursón Ghattas D. Miguel Concepción Pérez D. Aday Ruiz Santana D.ª Mª Bernarda Barrios Curbelo

VOTACIÓN:VOTACIÓN:VOTACIÓN:VOTACIÓN: Número de votantes: Número de votantes: Número de votantes: Número de votantes: 29 Presentes: 21 Votos a favor: 21 Abstenciones: 8 Escrutinio de la votación:Escrutinio de la votación:Escrutinio de la votación:Escrutinio de la votación: aprobado por mayoría.

PROPOSICIONES FORMULADAS CON PROPOSICIONES FORMULADAS CON PROPOSICIONES FORMULADAS CON PROPOSICIONES FORMULADAS CON CARÁCTER PREVIO A LA CONVOCATORIA CARÁCTER PREVIO A LA CONVOCATORIA CARÁCTER PREVIO A LA CONVOCATORIA CARÁCTER PREVIO A LA CONVOCATORIA DE LA SESIÓNDE LA SESIÓNDE LA SESIÓNDE LA SESIÓN 22222222....---- MOCIÓN DEL GRUPO MUNICIPAL MOCIÓN DEL GRUPO MUNICIPAL MOCIÓN DEL GRUPO MUNICIPAL MOCIÓN DEL GRUPO MUNICIPAL POPULPOPULPOPULPOPULAR RELATIVA A “LA AR RELATIVA A “LA AR RELATIVA A “LA AR RELATIVA A “LA ADOPCIÓN DE ADOPCIÓN DE ADOPCIÓN DE ADOPCIÓN DE ACUERDOS ENTRE GUAGUAS ACUERDOS ENTRE GUAGUAS ACUERDOS ENTRE GUAGUAS ACUERDOS ENTRE GUAGUAS MUNICIPALES S.A. Y OTRAS MUNICIPALES S.A. Y OTRAS MUNICIPALES S.A. Y OTRAS MUNICIPALES S.A. Y OTRAS OPERADORAS DE TRANSPORTE PÚBLICO OPERADORAS DE TRANSPORTE PÚBLICO OPERADORAS DE TRANSPORTE PÚBLICO OPERADORAS DE TRANSPORTE PÚBLICO DE VIAJEROS EN GRAN CANARIADE VIAJEROS EN GRAN CANARIADE VIAJEROS EN GRAN CANARIADE VIAJEROS EN GRAN CANARIA” ” ” ” (R.E.S.GRAL. NÚM. (R.E.S.GRAL. NÚM. (R.E.S.GRAL. NÚM. (R.E.S.GRAL. NÚM. 425425425425))))

A raíz de una respuesta escrita del

Concejal Presidente del Consejo de Administración de Guaguas Municipales S.A., a una pregunta realizada por el Grupo Popular en el seno de la Comisión de Pleno de Organización, Funcionamiento y Régimen General, tuvimos conocimiento de la existencia de un acuerdo suscrito entre Guaguas Municipales y Global; segunda operadora de transporte público de viajeros de mayor volumen de Gran canaria, tras Guaguas Municipales.

Dicho acuerdo, según tenor literal de la

respuesta mencionada, “pretende reconducir la situación actual de tal forma que, partiendo de la misma, se identifiquen las disfunciones existentes para diseñar las actuaciones necesarias al objeto de corregirlas…” afectando, principalmente, a

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las rutas y líneas realizadas por ambas operadoras en el ámbito del Distrito Tamaraceite – San Lorenzo – Tenoya.

El acuerdo de “coordinación” implicará

la alteración de algunos servicios que actualmente están siendo ofertados por ambas operadoras, alteraciones que en algunos casos podrían traducirse en la eliminación de líneas, modificaciones en las rutas, cambios en las frecuencias y horarios y reformas en los títulos de billetes empleados por los usuarios o en sus tarifas.

Términos como “coordinación de

líneas”, “disfunciones existentes” u “homogenización” de tarifas, en un marco de oscurantismo como el propiciado por el hecho de que no se hayan dado a conocer los términos exactos del acuerdo alcanzado, nos obliga a adoptar una necesaria actitud de cautela y cierta desconfianza ante las decisiones que se quieren adoptar. No se trata, en absoluto, de una postura infundada, pues ha de tenerse en cuenta que ya desde el año 2005 se vienen realizado diversas “propuestas de coordinación” por parte de Global a la empresa municipal de transporte, propuestas que nunca se materializaron por no resultar en absoluto ventajosas ni para Guaguas Municipales, ni para los ciudadanos de la capital.

A todo lo expuesto, se debe añadir la

situación actual de Guaguas Municipales S.A., por todos conocida, inmersa en un proceso de modificación de su sistema de gestión que se dirige hacia una sociedad de economía mixta. Así, uno de los principales argumentos empleados para la creación de esta nueva sociedad es que el Ayuntamiento delegará todos los aspectos de la gestión ordinaria de la empresa en el nuevo socio/s, reservándose para sí la “gestión estratégica”, (copia literal de la Memoria Jurídica del documento privatizador). La definición de rutas,

recorridos, frecuencias y servicios, debería ser una de las principales tareas de ese “socio tecnológico” que el Grupo de Gobierno se empeña en presentar como la única solución de futuro para Guaguas Municipales, por lo que resulta del todo incongruente el momento seleccionado para alcanzar este “acuerdo de coordinación”.

Han sido varias las ocasiones en las

que, desde el Grupo Popular, hemos expresado la certeza de que la actual red de líneas de Guaguas Municipales precisa de una remodelación integral. Unos cambios que sean capaces de adaptar la oferta de la compañía al crecimiento y evolución experimentados por la ciudad; las nuevas vías rápidas capitalinas, los nuevos centros o focos de atracción de la población, las zonas residenciales más modernas, los grandes equipamientos e infraestructuras deportivas, hospitalarias, comerciales, culturales, etc.

Los cambios que se quieran realizar en

la red de líneas, incluyendo los que supongan coordinación con otras operadoras de transporte, deben hacerse siempre bajo un marco de acción global, estudiada y programada, que se aleje de las actuaciones aisladas de carácter impulsivo que no harán sino generar más desconfianza al potencial cliente de Guaguas Municipales.

En este sentido, muchos meses

después de haber aprobado en este mismo Pleno la realización de una encuesta matriz origen – destino que permita realizar una planificación integral basada en los desplazamientos y tendencias de movilidad de la población local, sigue sin hacerse nada al respecto.

Además, los antecedentes de los

recortes de líneas efectuados el pasado mes de febrero parecen no haber servido

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de aprendizaje alguno. Debemos ser conscientes de que adoptar decisiones que impliquen modificar las costumbres de los usuarios de guaguas, no es tarea fácil. Precisamente por ello, otro de los aspectos fundamentales que deben tenerse en cuenta a la hora de realizar cualquier modificación en los servicios ofertados de guaguas, es la consulta y trabajo previo con los vecinos que pudieran verse afectados, disponiendo de un conocimiento real y exhaustivo de las consecuencias que esas modificaciones pudiesen tener.

Por todo ello, el Grupo Municipal

Popular eleva al de Pleno de la Corporación de los siguientes acuerdos:

El Ayuntamiento de Las Palmas de Gran

Canaria, como único accionista de la compañía Guaguas Municipales S.A., rechaza la cesión de ninguna línea o servicio de Guaguas a otra operadora de transporte público dentro del término municipal, así como el recorte o modificación de los servicios actuales, en beneficio de otra operadora de transporte.

Enmienda formulada por el Grupo de Enmienda formulada por el Grupo de Enmienda formulada por el Grupo de Enmienda formulada por el Grupo de

Gobierno:Gobierno:Gobierno:Gobierno: “1.- Instar a la Autoridad Única del

Transporte de Gran Canaria a que agilice la necesaria coordinación entre las empresas de transporte urbano e interurbano que operan en la ciudad, a fin de dar un mejor y eficiente servicio a los ciudadanos, especialmente en el Distrito de Tamaraceite-San Lorenzo-Tenoya.

2.- Solicitar al Gobierno de Canarias la

inmediata puesta en funcionamiento del Intercambiador de la Cruz del Ovejero, como elemento imprescindible para poder prestar un adecuado y eficaz servicio de transporte en la zona.

3.- Que se compense a Guaguas Municipales si como consecuencia de las medidas anteriores se produjeran pérdidas de viajeros o de líneas que tuvieran repercusión económica para la empresa.”

AAAAcuerdo:cuerdo:cuerdo:cuerdo: “1.- Instar a la Autoridad Única del

Transporte de Gran Canaria a que agilice la necesaria coordinación entre las empresas de transporte urbano e interurbano que operan en la ciudad, a fin de dar un mejor y eficiente servicio a los ciudadanos, especialmente en el Distrito de Tamaraceite-San Lorenzo-Tenoya.

2.- Solicitar al Gobierno de Canarias la

inmediata puesta en funcionamiento del Intercambiador de la Cruz del Ovejero, como elemento imprescindible para poder prestar un adecuado y eficaz servicio de transporte en la zona.

3.- Que se compense a Guaguas

Municipales si como consecuencia de las medidas anteriores se produjeran pérdidas de viajeros o de líneas que tuvieran repercusión económica para la empresa.”

DEBATE. Intervenciones:DEBATE. Intervenciones:DEBATE. Intervenciones:DEBATE. Intervenciones: D. Ángel Sabroso Ramírez D.ª Mª Bernarda Barrios Curbelo D. Jesús González Dumpiérrez

VOTACIÓN:VOTACIÓN:VOTACIÓN:VOTACIÓN: NúmeNúmeNúmeNúmero de votantes: ro de votantes: ro de votantes: ro de votantes: 28 Presentes: 28 Votos a favor: 16 Votos en contra: 12 Escrutinio de la votación:Escrutinio de la votación:Escrutinio de la votación:Escrutinio de la votación: decae la moción presentada por el Grupo Municipal Popular y se aprueba la enmienda por mayoría absoluta.

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Excmo. Ayuntamiento Pleno de Las Palmas de Gran Canaria. Acta núm. 7, de fecha 29.05.09. Página 20 de 90

INCIDENCIAS:INCIDENCIAS:INCIDENCIAS:INCIDENCIAS:

A las 10.55 horas se ausenta de la sesión el señor Presidente, asumiendo la presidencia el Primer Teniente de Alcalde, don Néstor Hernández López.

A las 11.00 horas se reincorpora a la

sesión el señor Presidente. A las 11.15 horas se retira

definidamente de la sesión doña Lucía Mª Sebastiana Ruiz Saavedra.

Durante el debate de este asunto se

ausentan y se vuelve a reincorporar a la sesión, los siguientes corporativos:

D.ª Mª Luisa Blanco Roca D. Héctor Núñez Medina D.ª Marcela Delgado García D. Rodolfo Espino Romero D.ª Inmaculada Medina Montenegro D. ª Isabel Mena Alonso D.ª Teresa Morales de León D.ª Margarita Torrent Navarro D. Néstor Hernández López D. Felipe Afonso El Jaber D.ª Ana Kursón Ghattas D.ª Josefa Luzardo Romano D. Miguel Concepción Pérez D. Juan Antonio Rodríguez García D.ª Alejandra Fabre Alonso D.ª Mª Bernarda Barrios Curbelo D. Aday Ruiz Santana

23232323....---- MOCIÓN DEL GRUPO MUNICIPAL MOCIÓN DEL GRUPO MUNICIPAL MOCIÓN DEL GRUPO MUNICIPAL MOCIÓN DEL GRUPO MUNICIPAL POPULAR RELATIVA A “POPULAR RELATIVA A “POPULAR RELATIVA A “POPULAR RELATIVA A “LA CELEBRACIÓN LA CELEBRACIÓN LA CELEBRACIÓN LA CELEBRACIÓN Y PROGRAMACIÓN 14º FESTIVAL Y PROGRAMACIÓN 14º FESTIVAL Y PROGRAMACIÓN 14º FESTIVAL Y PROGRAMACIÓN 14º FESTIVAL INTERNACIONAL DE TEATRO Y DANZAINTERNACIONAL DE TEATRO Y DANZAINTERNACIONAL DE TEATRO Y DANZAINTERNACIONAL DE TEATRO Y DANZA” ” ” ” (R.E.S.GRAL. NÚM. (R.E.S.GRAL. NÚM. (R.E.S.GRAL. NÚM. (R.E.S.GRAL. NÚM. 426426426426))))

Es rechazada.

DEBATE. InDEBATE. InDEBATE. InDEBATE. Intervenciones:tervenciones:tervenciones:tervenciones:

D.ª Isabel García Bolta D. Aday Ruiz Santana D.ª Isabel Mena Alonso Sr. Alcalde D. Ángel Sabroso Ramírez D. Néstor Hernández López D.ª Mª Bernarda Barrios Curbelo

VOTACIÓN:VOTACIÓN:VOTACIÓN:VOTACIÓN: Número de votantes: Número de votantes: Número de votantes: Número de votantes: 28 Presentes: 28 Votos a favor: 12 Votos en contra: 16 Escrutinio de la votación:Escrutinio de la votación:Escrutinio de la votación:Escrutinio de la votación: es rechazada por mayoría absoluta.

INCIDENCIAS:INCIDENCIAS:INCIDENCIAS:INCIDENCIAS:

Durante el debate de este asunto se ausentan y se vuelven a reincorporar a la sesión, los siguientes corporativos:

D. Jesús González Dumpiérrez D. Roque Díaz Fuentes D.ª Inmaculada Medina Montenegro D.ª Teresa Morales de León D. Rodolfo Espino Romero D. Héctor Núñez Medina D. Fernando Navarro Cardoso D. Néstor Hernández López D.ª Mª Luisa Blanco Roca D. Ángel Sabroso Ramírez D. Felipe Afonso El Jaber D. Miguel Concepción Pérez D.ª Alejandra Fabre Alonso D.ª Mª Bernarda Barrios Curbelo

24.24.24.24.---- MOCIÓN DEL GRUPO MUNICIPAL MOCIÓN DEL GRUPO MUNICIPAL MOCIÓN DEL GRUPO MUNICIPAL MOCIÓN DEL GRUPO MUNICIPAL POPULAR RELATIVA A LA “ADOPCIÓN DE POPULAR RELATIVA A LA “ADOPCIÓN DE POPULAR RELATIVA A LA “ADOPCIÓN DE POPULAR RELATIVA A LA “ADOPCIÓN DE MEDIDAS URGENTES DE CARÁCTER MEDIDAS URGENTES DE CARÁCTER MEDIDAS URGENTES DE CARÁCTER MEDIDAS URGENTES DE CARÁCTER SOCIAL ANTE LA CRISIS ECONÓMICA” SOCIAL ANTE LA CRISIS ECONÓMICA” SOCIAL ANTE LA CRISIS ECONÓMICA” SOCIAL ANTE LA CRISIS ECONÓMICA” (R.E.S.GRAL. NÚM. 427)(R.E.S.GRAL. NÚM. 427)(R.E.S.GRAL. NÚM. 427)(R.E.S.GRAL. NÚM. 427)

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Excmo. Ayuntamiento Pleno de Las Palmas de Gran Canaria. Acta núm. 7, de fecha 29.05.09. Página 21 de 90

Las repercusiones de las crisis económica en nuestras islas, con cifras que sitúan a Canarias como la Comunidad Autónoma del país con la mayor tasa de desempleo y la provincia de Las Palmas como la más perjudicada, pone de relieve que la principal preocupación de los ciudadanos de la capital es el desempleo.

Las Palmas de Gran Canaria con más de

50.000 parados pasa por uno de sus peores momentos y más si tenemos en cuenta que el ritmo de crecimiento del desempleo alcanza el 37% en un solo un año, de abril de 2008 al mismo periodo en 2009.

La punta del iceberg de esta crisis

económica llega justo cuando las economías domésticas se ven alteradas y las condiciones y la calidad de vida de los ciudadanos de una ciudad como es Las Palmas de Gran Canaria se ve marcada por la pobreza. La trascendencia del problema requiere de administraciones públicas ágiles, rápidas y ante todo eficaces y es ahí cuando entra en funcionamiento los sistemas de gestión y atención de ayudas sociales para las familias.

Los responsables municipales han

manifestado en diversas ocasiones que el número de solicitudes de ayudas de emergencia, ayudas de alquiler o de prestaciones básicas en nuestra ciudad se han incrementado de forma especialmente notable.

Se hace del todo obligado que las Administraciones adopten medidas “específicas y urgentes” ante esta situación, decisiones que aún están por adoptarse en el caso del Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria.

Los trámites a realizar, tanto administrativos como sociales, por cada una de las solicitudes de ayuda recibidas, junto a la ausencia de una necesaria

adecuación de los Servicios Sociales Municipales ante la situación excepcional que estamos atravesando, han originado un colapso sin precedentes en el Área Social, superando ya los seis meses de media para la tramitación de las prestaciones más elementales.

No se conoce ni una sola medida específica ni medianamente seria, adoptada por este Ayuntamiento, ante la crisis económica; ni de ahorro y contención del gasto, ni de fomento de la inversión pública productiva con recursos propios, ni de adecuación de los servicios sociales ante el aumento de la demanda, ni de apoyo al tejido productivo y empresarial local, ni de fomento del empleo, ni de carácter tributario, etc.

Debemos ser conscientes de la difícil situación que muchos de nuestros vecinos están atravesando. No hay asunto que deba ocupar más tiempo en las responsabilidades de cada uno de los miembros del gobierno local, que no sea el de la crisis y las decisiones que se puedan adoptar para tratar de paliar en lo posible los efectos que genera.

En estos momentos, la coordinación y el trabajo conjunto entre distintas áreas es del todo fundamental. Especial relevancia adquiere el establecimiento de estrategias conjuntas de actuación entre Servicios Sociales y el IMEF, además de la necesaria colaboración desde la Concejalía de Vivienda. A todo ello hay que sumar la carencia de información, que de forma generalizada existe entre quienes han pasado a ser víctimas del desempleo y potenciales usuarios de las prestaciones sociales existentes, siendo éste otro de los puntos clave que merecen ser atendidos.

Por todo ello, el Grupo Municipal

Popular eleva al Pleno del Ayuntamiento de

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AYUNTAMIENTO DE LAS PALMAS DE GRAN CANARIA SECRETARÍA GENERAL DEL PLENO

Excmo. Ayuntamiento Pleno de Las Palmas de Gran Canaria. Acta núm. 7, de fecha 29.05.09. Página 22 de 90

Las Palmas de Gran Canaria la adopción de las siguientes propuestas de acuerdo:

• Agilizar la tramitación de las ayudas de emergencia, para que en un periodo máximo de 48 horas, las familias que lo requieran tengan garantizadas ayudas para alimentación y servicios básicos como agua y luz.

• Atendiendo al creciente número de personas sin techo, que se aprecia en las calles de nuestra ciudad, entendiéndolo como uno de los problemas más graves que supone alcanzar el punto máximo de exclusión social, se elaborará un plan de actuación urgente y específico para este tipo de colectivo, al tiempo que se realizarán las modificaciones presupuestarias necesarias para incrementar la partida destinada a las Ayudas de Alquiler en el actual presupuesto en vigor.

• El Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria creará por la “vía urgente” unos Puntos de Atención IntegraPuntos de Atención IntegraPuntos de Atención IntegraPuntos de Atención Integrallll de carácter extraordinario ante la situación de crisis económica, en los cuales se facilite la realización de los trámites administrativos de las prestaciones sociales existentes y se ponga a disposición de los ciudadanos toda la información relativa a los diferentes servicios. En particular, los Puntos de nueva creación deberán estar provistos de los recursos necesarios en materia de:

---- Servicios SocialesServicios SocialesServicios SocialesServicios Sociales; prestaciones existentes, requisitos exigibles, trámites necesarios, etc.

---- IMEFIMEFIMEFIMEF; (Instituto Municipal de Empleo y Formación), asesoramiento laboral, guía para la búsqueda de empleo, cursos de formación disponibles, etc.

---- ViviendaViviendaViviendaVivienda;;;; disponibilidad y tramitación de las ayudas de alquiler, requisitos exigibles, etc.

---- Becas, ayudas y subvencionesBecas, ayudas y subvencionesBecas, ayudas y subvencionesBecas, ayudas y subvenciones; recursos dispersos por cada una de las concejalías de Distrito que pierden eficacia ante la falta de una coordinación global.

---- Tributos y ExaccionesTributos y ExaccionesTributos y ExaccionesTributos y Exacciones; posibilidades de bonificaciones tributarias, fraccionamiento de pagos, etc.

---- Información General Información General Información General Información General iiiinteradminteradminteradminteradministrativanistrativanistrativanistrativa; recursos existentes en el resto de Administraciones Públicas, información general sobre la tramitación del subsidio por desempleo, etc.

Enmienda del Grupo de Gobierno:Enmienda del Grupo de Gobierno:Enmienda del Grupo de Gobierno:Enmienda del Grupo de Gobierno: 1.- Que las políticas sociales se

enmarquen en una gestión integrada con la colaboración y participación, con todas las organizaciones y actores (públicos y privados) que intervienen en el territorio de nuestra ciudad.

2.- Crear fondos que permitan cubrir las demandas de las personas en situación de necesidad con programas de intervención e itinerarios de inclusión y con actividades de formación y empleo.

3.- Concluir la tramitación de la Ordenanza Específica Reguladora de las Prestaciones Económicas para situaciones de especial necesidad y/o emergencia social del Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria, ya redactada, que se presentará en Pleno cuya finalidad permitirá procedimientos ágiles, por la vía de urgencia, para las ayudas de emergencia.

4.- Culminar y firmar acuerdos con UNELCO, EMALSA, empresas y organizaciones sociales para dar respuesta inmediata a las necesidades básicas.

5.- Avanzar en la Mesa reinclusión Social para responder urgentemente a los problemas sociosanitarios que demandan

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Excmo. Ayuntamiento Pleno de Las Palmas de Gran Canaria. Acta núm. 7, de fecha 29.05.09. Página 23 de 90

el colectivo de sin techo, de acuerdo con el Cabildo de Gran Canaria y Gobierno de Canarias y respaldar la apertura de dos centros de baja exigencia, uno en el Distrito Puerto-Canteras y otro en el Distrito Vegueta-Cono Sur-Tafira.

6.- Potenciar los servicios de información, orientación y valoración, ya existentes entre los centros municipales de servicios sociales y las UTSs y las oficinas de atención a la ciudadanía en todos los distritos, de modo que garanticen una atención integral de las demandas existentes. Todo ello, unido a un trabajo de desarrollo social y participación comunitaria.

7.- Solicitar al Gobierno de Canarias que se implique en la Mesa Social Interinstitucional que hemos puesto en marcha, con el respaldo del Cabildo de Gran Canaria, para facilitar respuestas integrales e integradoras a las políticas sociales de los ciudadanos y ciudadanas de Las Palmas de Gran Canaria que actualmente tiene aproximadamente unos 50.000 parados.

Acuerdo:Acuerdo:Acuerdo:Acuerdo: “1.- Que las políticas sociales se

enmarquen en una gestión integrada con la colaboración y participación, con todas las organizaciones y actores (públicos y privados) que intervienen en el territorio de nuestra ciudad.

2.- Crear fondos que permitan cubrir las demandas de las personas en situación de necesidad con programas de intervención e itinerarios de inclusión y con actividades de formación y empleo.

3.- Concluir la tramitación de la Ordenanza Específica Reguladora de las Prestaciones Económicas para situaciones de especial necesidad y/o emergencia social del Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria, ya redactada, que se presentará en Pleno cuya finalidad permitirá procedimientos ágiles, por la vía

de urgencia, para las ayudas de emergencia.

4.- Culminar y firmar acuerdos con UNELCO, EMALSA, empresas y organizaciones sociales para dar respuesta inmediata a las necesidades básicas.

5.- Avanzar en la Mesa reinclusión Social para responder urgentemente a los problemas sociosanitarios que demandan el colectivo de sin techo, de acuerdo con el Cabildo de Gran Canaria y Gobierno de Canarias y respaldar la apertura de dos centros de baja exigencia, uno en el Distrito Puerto-Canteras y otro en el Distrito Vegueta-Cono Sur-Tafira.

6.- Potenciar los servicios de información, orientación y valoración, ya existentes entre los centros municipales de servicios sociales y las UTSs y las oficinas de atención a la ciudadanía en todos los distritos, de modo que garanticen una atención integral de las demandas existentes. Todo ello, unido a un trabajo de desarrollo social y participación comunitaria.

7.- Solicitar al Gobierno de Canarias que se implique en la Mesa Social Interinstitucional que hemos puesto en marcha, con el respaldo del Cabildo de Gran Canaria, para facilitar respuestas integrales e integradoras a las políticas sociales de los ciudadanos y ciudadanas de Las Palmas de Gran Canaria que actualmente tiene aproximadamente unos 50.000 parados.”

DEBATE. Intervenciones:DEBATE. Intervenciones:DEBATE. Intervenciones:DEBATE. Intervenciones:

D.ª Josefa Luzardo Romano D.ª Marcela Delgado García

VOTACIÓN:VOTACIÓN:VOTACIÓN:VOTACIÓN: Número de votantes: Número de votantes: Número de votantes: Número de votantes: 27 Presentes: 26 Votos a favor: 15 Votos en contra: 11

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AYUNTAMIENTO DE LAS PALMAS DE GRAN CANARIA SECRETARÍA GENERAL DEL PLENO

Excmo. Ayuntamiento Pleno de Las Palmas de Gran Canaria. Acta núm. 7, de fecha 29.05.09. Página 24 de 90

Abstenciones: 1 Escrutinio de la votaEscrutinio de la votaEscrutinio de la votaEscrutinio de la votación:ción:ción:ción: decae la moción presentada por el Grupo Municipal Popular y se aprueba la enmienda por mayoría absoluta. INCIDENCIAS:INCIDENCIAS:INCIDENCIAS:INCIDENCIAS:

Durante el debate de este asunto se ausentan y se vuelven a reincorporar a la sesión, los siguientes corporativos:

D. Héctor Núñez Medina D. Jesús González Dumpiérrez D. Augusto Hidalgo Macario D. Néstor Hernández López D. Fernando Navarro Cardoso D.ª Margarita Rodríguez Torrent D. Rodolfo Espino Romero D.ª Alejandra Fabre Alonso D.ª Rosa Viera Fernández D.ª Mª Isabel García Bolta D. Ángel Sabroso Ramírez D. Juan Antonio Rodríguez García D. Felipe Afonso El Jaber D. Aday Ruiz Santana D.ª Mª Bernarda Barrios Curbelo Durante la votación de este asunto

permanece ausente de la sesión doña Teresa Morales de León.

A las 12.40 horas se retira

definitivamente de la sesión don Miguel Concepción Pérez.

ASUNTOS DE URGENCIAASUNTOS DE URGENCIAASUNTOS DE URGENCIAASUNTOS DE URGENCIA Es aprobada la urgencia del siguiente

asunto: ddddación de cuenta de acuerdo de la ación de cuenta de acuerdo de la ación de cuenta de acuerdo de la ación de cuenta de acuerdo de la C.O.T.M.A.C. de ejecución de sentencia C.O.T.M.A.C. de ejecución de sentencia C.O.T.M.A.C. de ejecución de sentencia C.O.T.M.A.C. de ejecución de sentencia recaída en el Recurso Contenciosorecaída en el Recurso Contenciosorecaída en el Recurso Contenciosorecaída en el Recurso Contencioso----Administrativo núAdministrativo núAdministrativo núAdministrativo núm. 479/2001, en el ámbito m. 479/2001, en el ámbito m. 479/2001, en el ámbito m. 479/2001, en el ámbito del Plan Parcial “Tamaraceite Sur” (UZRdel Plan Parcial “Tamaraceite Sur” (UZRdel Plan Parcial “Tamaraceite Sur” (UZRdel Plan Parcial “Tamaraceite Sur” (UZR----04). 04). 04). 04). Acuerdo formulación requerimiento previo Acuerdo formulación requerimiento previo Acuerdo formulación requerimiento previo Acuerdo formulación requerimiento previo artículo 63.2 Ley 7/1985, de 2 de abril, artículo 63.2 Ley 7/1985, de 2 de abril, artículo 63.2 Ley 7/1985, de 2 de abril, artículo 63.2 Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local.reguladora de las Bases del Régimen Local.reguladora de las Bases del Régimen Local.reguladora de las Bases del Régimen Local.

DEBATE. Intervenciones:DEBATE. Intervenciones:DEBATE. Intervenciones:DEBATE. Intervenciones:

D. Néstor Hernández López D. Felipe Afonso El Jaber

VOTACIÓN:VOTACIÓN:VOTACIÓN:VOTACIÓN: Número de votantes: Número de votantes: Número de votantes: Número de votantes: 27 Presentes: 24 Votos a favor: 15 Votos en contra: 9 Abstenciones: 3 Escrutinio de la votación:Escrutinio de la votación:Escrutinio de la votación:Escrutinio de la votación: aprobada por mayoría. INCIDENCIAS:INCIDENCIAS:INCIDENCIAS:INCIDENCIAS:

Durante el debate de la urgencia del

asunto se ausenta y se vuelve a reincorporar a la sesión, doña Marcela García Delgado.

Durante la votación de la urgencia de

este asunto se encuentran ausentes los siguientes corporativos:

D. Jesús González Dumpiérrez D.ª Josefa Luzardo Romano D. Joaquín Jorge Blanco

ÁREA DE GOBIERNO DE ÁREA DE GOBIERNO DE ÁREA DE GOBIERNO DE ÁREA DE GOBIERNO DE ORDENACIÓN ORDENACIÓN ORDENACIÓN ORDENACIÓN DEL TERRITORIO, VIVIENDA, MEDIO DEL TERRITORIO, VIVIENDA, MEDIO DEL TERRITORIO, VIVIENDA, MEDIO DEL TERRITORIO, VIVIENDA, MEDIO AMBIENTE Y AGUAAMBIENTE Y AGUAAMBIENTE Y AGUAAMBIENTE Y AGUA SERVICIO DE PLANEAMIENTOSERVICIO DE PLANEAMIENTOSERVICIO DE PLANEAMIENTOSERVICIO DE PLANEAMIENTO

25.25.25.25.---- DACIÓN DE CUENTA DE ACUERDO DACIÓN DE CUENTA DE ACUERDO DACIÓN DE CUENTA DE ACUERDO DACIÓN DE CUENTA DE ACUERDO DE LA C.O.T.M.A.C. DE EJECUCIÓN DE DE LA C.O.T.M.A.C. DE EJECUCIÓN DE DE LA C.O.T.M.A.C. DE EJECUCIÓN DE DE LA C.O.T.M.A.C. DE EJECUCIÓN DE SENTENCIA RECAÍDA EN EL RECURSO SENTENCIA RECAÍDA EN EL RECURSO SENTENCIA RECAÍDA EN EL RECURSO SENTENCIA RECAÍDA EN EL RECURSO CONTENCIOSOCONTENCIOSOCONTENCIOSOCONTENCIOSO----ADMINISTRATIVO NÚM. ADMINISTRATIVO NÚM. ADMINISTRATIVO NÚM. ADMINISTRATIVO NÚM. 479/2001, EN EL ÁMBITO DEL PLAN 479/2001, EN EL ÁMBITO DEL PLAN 479/2001, EN EL ÁMBITO DEL PLAN 479/2001, EN EL ÁMBITO DEL PLAN PARCIAL PARCIAL PARCIAL PARCIAL “TAMARACEITE SUR” (UZR“TAMARACEITE SUR” (UZR“TAMARACEITE SUR” (UZR“TAMARACEITE SUR” (UZR----04). 04). 04). 04). ACUERDO FORMULACIÓN ACUERDO FORMULACIÓN ACUERDO FORMULACIÓN ACUERDO FORMULACIÓN REQUERIMIENTO PREVIO ARTÍCULO 63.2 REQUERIMIENTO PREVIO ARTÍCULO 63.2 REQUERIMIENTO PREVIO ARTÍCULO 63.2 REQUERIMIENTO PREVIO ARTÍCULO 63.2 LEY 7/1985, DE 2 DE ABRIL, LEY 7/1985, DE 2 DE ABRIL, LEY 7/1985, DE 2 DE ABRIL, LEY 7/1985, DE 2 DE ABRIL, REGULADORA DE LAS BASES DEL REGULADORA DE LAS BASES DEL REGULADORA DE LAS BASES DEL REGULADORA DE LAS BASES DEL RÉGIMEN LOCALRÉGIMEN LOCALRÉGIMEN LOCALRÉGIMEN LOCAL

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AYUNTAMIENTO DE LAS PALMAS DE GRAN CANARIA SECRETARÍA GENERAL DEL PLENO

Excmo. Ayuntamiento Pleno de Las Palmas de Gran Canaria. Acta núm. 7, de fecha 29.05.09. Página 25 de 90

Se acuerda dejar el asunto sobre la

mesa. (art. 92. R.O.F.)

DEBATE. Intervenciones:DEBATE. Intervenciones:DEBATE. Intervenciones:DEBATE. Intervenciones: D. Néstor Hernández López D. Felipe Afonso El Jaber

VOTACIÓN:VOTACIÓN:VOTACIÓN:VOTACIÓN: Número de votantes: Número de votantes: Número de votantes: Número de votantes: 27 Presentes: 26 Votos a favor: 26 Abstenciones: 1 Escrutinio de la votación:Escrutinio de la votación:Escrutinio de la votación:Escrutinio de la votación: aprobado dejar el asunto sobre la mesa.

INCIDENCIAS:INCIDENCIAS:INCIDENCIAS:INCIDENCIAS:

Durante el debate de este asunto se ausentan y se vuelve a reincorporar a la sesión, los siguientes corporativos:

D. Jesús González Dumpiérrez D. Rodolfo Espino Romero D.ª Mª Luisa Blanco Roca D.ª Josefa Luzardo Romano D.ª Ana Mª Guerra Galván D. Joaquín Jorge Blanco D.ª Alejandra Fabre Alonso D. Aday Ruiz Santana D.ª Mª Bernarda Barrios Curbelo Durante la votación del asunto se

encuentra ausente don Héctor Núñez Medina.

Es aprobada la urgencia del siguiente

asunto: proposición del Grupo de Gobierno proposición del Grupo de Gobierno proposición del Grupo de Gobierno proposición del Grupo de Gobierno relativa al Plan Municipal de Protección de relativa al Plan Municipal de Protección de relativa al Plan Municipal de Protección de relativa al Plan Municipal de Protección de la Salud Públila Salud Públila Salud Públila Salud Pública frente a pandemias.ca frente a pandemias.ca frente a pandemias.ca frente a pandemias. DEBATE. Intervenciones:DEBATE. Intervenciones:DEBATE. Intervenciones:DEBATE. Intervenciones:

D.ª Inmaculada Medina Montenegro D. Ángel Sabroso Ramírez

VOTACIÓN:VOTACIÓN:VOTACIÓN:VOTACIÓN: Número de votantes: Número de votantes: Número de votantes: Número de votantes: 27 Presentes: 27 Votos a favor: 27 Escrutinio de la votación:Escrutinio de la votación:Escrutinio de la votación:Escrutinio de la votación: aprobada por unanimidad de los corporativos presentes.

ÁREA DE GOBIERNO DE PARQUES Y ÁREA DE GOBIERNO DE PARQUES Y ÁREA DE GOBIERNO DE PARQUES Y ÁREA DE GOBIERNO DE PARQUES Y JARDINES, LIMPIEZA, SALUD AMBIENTAL JARDINES, LIMPIEZA, SALUD AMBIENTAL JARDINES, LIMPIEZA, SALUD AMBIENTAL JARDINES, LIMPIEZA, SALUD AMBIENTAL Y PLAYASY PLAYASY PLAYASY PLAYAS SECCIÓN DE SALUD AMBIENTALSECCIÓN DE SALUD AMBIENTALSECCIÓN DE SALUD AMBIENTALSECCIÓN DE SALUD AMBIENTAL

26.26.26.26.---- PROPOSICIÓN DEL GRUPO DE PROPOSICIÓN DEL GRUPO DE PROPOSICIÓN DEL GRUPO DE PROPOSICIÓN DEL GRUPO DE GOBIERNO RELATIVA AL PLAN GOBIERNO RELATIVA AL PLAN GOBIERNO RELATIVA AL PLAN GOBIERNO RELATIVA AL PLAN MUNICIPAL DE PROTECCIÓN DE LA MUNICIPAL DE PROTECCIÓN DE LA MUNICIPAL DE PROTECCIÓN DE LA MUNICIPAL DE PROTECCIÓN DE LA SALUD PÚBLICA FRENTE A PANDEMIASSALUD PÚBLICA FRENTE A PANDEMIASSALUD PÚBLICA FRENTE A PANDEMIASSALUD PÚBLICA FRENTE A PANDEMIAS

Se adoptan los siguientes acuerdos: ““““PRIMEROPRIMEROPRIMEROPRIMERO: Aprobar el Plan Municipal

de Protección de la Salud Pública frente a Pandemias.

SEGUNDOSEGUNDOSEGUNDOSEGUNDO: Que se practiquen los

pertinentes trámites de traslados, comunicaciones y publicaciones.

TERCEROTERCEROTERCEROTERCERO: Que se provea de los

recursos necesarios para la ejecución del Plan Municipal de Protección de la Salud Pública frente a Pandemias

CUARTOCUARTOCUARTOCUARTO: Que se informe a la

Delegación del Gobierno en Canarias, a la Consejería de Sanidad del Gobierno de Canarias, así como a la Consejería de Política Social y Sociosanitaria del Cabildo.”

DEBATE. Intervenciones:DEBATE. Intervenciones:DEBATE. Intervenciones:DEBATE. Intervenciones:

D.ª Inmaculada Medina Montenegro

VOTACIÓN:VOTACIÓN:VOTACIÓN:VOTACIÓN: Número de votantes: Número de votantes: Número de votantes: Número de votantes: 27

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Excmo. Ayuntamiento Pleno de Las Palmas de Gran Canaria. Acta núm. 7, de fecha 29.05.09. Página 26 de 90

Presentes: 23 Votos a favor: 23 Abstenciones: 4 Escrutinio de la votación:Escrutinio de la votación:Escrutinio de la votación:Escrutinio de la votación: aprobado por mayoría.

INCIDENCIAS:INCIDENCIAS:INCIDENCIAS:INCIDENCIAS:

Durante el debate de este asunto se ausentan y se vuelve a reincorporar a la sesión, los siguientes corporativos:

D.ª Marcela Delgado García D.ª Ana Kursón Ghattas Durante la votación del asunto

permanecen ausentes los siguientes corporativos:

D. Héctor Núñez Medina D. Jesús González Dumpiérrez D. Néstor Hernández López D. Felipe Afonso El Jaber

B) PARTE DE CONTROLB) PARTE DE CONTROLB) PARTE DE CONTROLB) PARTE DE CONTROL 1111....---- DAR CUENTA DE LOS ACUERDOS DAR CUENTA DE LOS ACUERDOS DAR CUENTA DE LOS ACUERDOS DAR CUENTA DE LOS ACUERDOS ADOPTADOS POR LOS SIGUIENTES ADOPTADOS POR LOS SIGUIENTES ADOPTADOS POR LOS SIGUIENTES ADOPTADOS POR LOS SIGUIENTES ÓRGANOS:ÓRGANOS:ÓRGANOS:ÓRGANOS: ---- ALCALDÍA: ALCALDÍA: ALCALDÍA: ALCALDÍA: Decretos y Resoluciones de la Alcaldía del número 7920 al 10968, emitidos desde el 17 de abril al 25 de mayo de 2009, respectivamente.

---- JUNTA DE GOBIERNO LOCAL: JUNTA DE GOBIERNO LOCAL: JUNTA DE GOBIERNO LOCAL: JUNTA DE GOBIERNO LOCAL: Sesiones números 16, 17, 18, 19 y 20, de fechas 7, 13, 16, 22 y 23 de abril de 2009, respectivamente.

COMISIONES DE PLENO:COMISIONES DE PLENO:COMISIONES DE PLENO:COMISIONES DE PLENO:

- Comisión Especial de Pleno de Sugerencias y Reclamaciones, sesiones números 5/08, 6/08 y 01/09 de fechas 09.09.08, 10.11.08 y 12.01.09, respectivamente.

- Comisión de Pleno de Desarrollo

Sostenible, sesiones números 12/08, 1/09 y 2/09 de fechas 02.12.08, 13.01.09 y 10.02.09, respectivamente.

- Comisión de Pleno de Organización,

Funcionamiento y Régimen General, sesiones números 13/08, 01/09 y 04/09 correspondientes de fechas 03.12.08, 14.01.09 y 11.02.09, respectivamente.

- Comisión de Pleno de Políticas de

Igualdad, sesiones números 8/08, 9/08, 10/08 y 11/08, de fechas 11.09.08, 16.10.08, 23.10.08 y 13.11.08, respectivamente.

- Comisión Especial de Pleno de

Coordinación con otras Administraciones Públicas, sesiones números 5/08, 6/08 y 1/09 de fechas 15.09.08, 14.11.08 y 16.01.09, respectivamente.

- Comisión de Pleno de Gestión

Económico-financiera y Especial de Cuentas, sesiones números 16/08, 17/08, 01/09 y 02/09, de fechas 05.12.08, 03.12.08, 16.01.09 y 13.02.09, respectivamente.

- Comisión de Pleno Especial de

Honores y Distinciones, sesión número 2/09, de fecha 26.02.09.

JUNTAS MUNICIPALES DE DISTRITOJUNTAS MUNICIPALES DE DISTRITOJUNTAS MUNICIPALES DE DISTRITOJUNTAS MUNICIPALES DE DISTRITO::::

- Acta número 1, de fecha 23.01.09 de la Junta Municipal de Distrito Vegueta, Cono Sur y Tafira.

- Acta número 1, de fecha 23.01.09

de la Junta Municipal de Distrito Centro.

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Excmo. Ayuntamiento Pleno de Las Palmas de Gran Canaria. Acta núm. 7, de fecha 29.05.09. Página 27 de 90

- Acta número 1, de fecha 23.01.09 de la Junta Municipal de Distrito Puerto-Canteras.

- Acta número 1, de fecha 23.01.09

de la Junta Municipal de Distrito Ciudad Alta.

- Acta número 1, de fecha 23.01.09

de la Junta Municipal de Distrito Tamaraceite-San Lorenzo.

DEBATE. Intervenciones:DEBATE. Intervenciones:DEBATE. Intervenciones:DEBATE. Intervenciones: D. Ángel Sabroso Navarro D. Fernando Navarro Cardoso

Se da cuenta.

INCIDENCIAS:INCIDENCIAS:INCIDENCIAS:INCIDENCIAS:

Durante el tratamiento de este asunto se reincorporan a la sesión los siguientes corporativos:

D. Felipe Afonso El Jaber D. Héctor Núñez Medina D. Jesús González Dumpiérrez D. Néstor Hernández López D. Juan Antonio Rodríguez García Durante el tratamiento de este asunto

permanecen ausentes los siguientes corporativos:

D.ª Ana Kursón Ghattas D. Inmaculada Medina Montenegro D. Ángel Sabroso Ramírez

2.2.2.2.---- COMPARECENCIAS COMPARECENCIAS COMPARECENCIAS COMPARECENCIAS - SOLICITUDES DE COMPARECENCIA FORMULADAS POR ESCRITO

Grupo Municipal Popular:Grupo Municipal Popular:Grupo Municipal Popular:Grupo Municipal Popular:

- D.D.D.D. Néstor Hernández López, Néstor Hernández López, Néstor Hernández López, Néstor Hernández López,

Concejal de Gobierno del Área de Concejal de Gobierno del Área de Concejal de Gobierno del Área de Concejal de Gobierno del Área de Ordenación del Territorio, Vivienda, Medio Ordenación del Territorio, Vivienda, Medio Ordenación del Territorio, Vivienda, Medio Ordenación del Territorio, Vivienda, Medio Ambiente y AguaAmbiente y AguaAmbiente y AguaAmbiente y Agua:::: “obras complementarias del Castillo de La Luz” (R.E.S.Gral. núm. 422)

Es aceptada por mayoría y comparece

el señor Alcalde en la propia sesión.

DEBATE. Intervenciones:DEBATE. Intervenciones:DEBATE. Intervenciones:DEBATE. Intervenciones: D. Felipe Afonso El Jaber D. Néstor Hernández López Sr. Alcalde

VOTACIÓNVOTACIÓNVOTACIÓNVOTACIÓN:::: Número de votantes: Número de votantes: Número de votantes: Número de votantes: 25 Presentes: 23 Votos a favor: 23 Abstenciones: 4 Escrutinio dEscrutinio dEscrutinio dEscrutinio de la votación:e la votación:e la votación:e la votación: aprobada por mayoría. INCIDENCIAS:INCIDENCIAS:INCIDENCIAS:INCIDENCIAS:

Durante la votación de la comparencia se encuentran ausentes los siguientes corporativos:

D. Ángel Sabroso Ramírez D.ª Ana Kursón Ghattas D. Fernando Navarro Cardoso D.ª Isabel Mena Alonso Durante el debate del asunto se

ausentan y se vuelve a reincorporar a la sesión, los siguientes corporativos:

D.ª Inmaculada Medina Montenegro D.ª Ana Kursón Ghattas D.ª Isabel Mena Alonso

---- D.ª D.ª D.ª D.ª Inmaculada Medina Montenegro, Inmaculada Medina Montenegro, Inmaculada Medina Montenegro, Inmaculada Medina Montenegro, Concejala de Gobierno del Área de ParquesConcejala de Gobierno del Área de ParquesConcejala de Gobierno del Área de ParquesConcejala de Gobierno del Área de Parques

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Excmo. Ayuntamiento Pleno de Las Palmas de Gran Canaria. Acta núm. 7, de fecha 29.05.09. Página 28 de 90

y Jardines, Limpieza, Salud Ambiental y y Jardines, Limpieza, Salud Ambiental y y Jardines, Limpieza, Salud Ambiental y y Jardines, Limpieza, Salud Ambiental y PlayasPlayasPlayasPlayas: : : : ““““estado de las zonas verdes” (R.E.S.Gral. núm. 423)

Es aceptada por mayoría y comparecerá, por razón de la materia y por delegación de atribuciones, la señora Concejala de Gobierno del Área de Parques y Jardines, Limpieza, Salud Ambiental y Playas, doña Inmaculada Medina Montenegro, en la próxima sesión. DEBATE. Intervenciones:DEBATE. Intervenciones:DEBATE. Intervenciones:DEBATE. Intervenciones:

D.ª Josefa Luzardo Romano D.ª Inmaculada Medina Montenegro D.ª Mª Bernarda Barrios Curbelo

VOTACIÓNVOTACIÓNVOTACIÓNVOTACIÓN:::: Número de votantes: Número de votantes: Número de votantes: Número de votantes: 25 Presentes: 25 Votos a favor: 23 Abstenciones: 2 Escrutinio de la votación:Escrutinio de la votación:Escrutinio de la votación:Escrutinio de la votación: aprobada por mayoría.

INCIDENCIAS:INCIDENCIAS:INCIDENCIAS:INCIDENCIAS:

Durante la votación de ese asunto se encuentran ausentes de la sesión, los siguientes corporativos:

D. Fernando Navarro Cardoso D. Aday Ruiz Santana Durante el debate del asunto se

ausentan y se vuelven a reincorporar a la sesión los siguientes corporativos:

D. Fernando Navarro Cardoso D. Aday Ruiz Santana D. Javier Checa Quevedo D.ª Mª Isabel García Bolta

Durante el debate del asunto permanecen ausentes los siguientes corporativos:

D. Joaquín Jorge Blanco D.ª Teresa Morales de León

- D. Néstor Hernández López, D. Néstor Hernández López, D. Néstor Hernández López, D. Néstor Hernández López,

Concejal de Gobierno del Área de Concejal de Gobierno del Área de Concejal de Gobierno del Área de Concejal de Gobierno del Área de Ordenación del Territorio, Vivienda, Medio Ordenación del Territorio, Vivienda, Medio Ordenación del Territorio, Vivienda, Medio Ordenación del Territorio, Vivienda, Medio Ambiente y AguaAmbiente y AguaAmbiente y AguaAmbiente y Agua: : : : ““““precio del agua de abasto” (R.E.S.Gral. núm. 424)

Es aceptada por unanimidad y

comparece, por razón de la materia y por delegación de atribuciones, el señor Concejal de Gobierno del Área de Ordenación del Territorio, Vivienda, Medio Ambiente y Agua, don Néstor Hernández López, en la próxima sesión.

DEBATE. Intervenciones:DEBATE. Intervenciones:DEBATE. Intervenciones:DEBATE. Intervenciones: D. Ángel Sabroso Ramírez D. Néstor Hernández López

VOTACIÓNVOTACIÓNVOTACIÓNVOTACIÓN:::: Número de votantes: Número de votantes: Número de votantes: Número de votantes: 24 Presentes: 24 Votos a favor: 24 Escrutinio de la votación:Escrutinio de la votación:Escrutinio de la votación:Escrutinio de la votación: aprobada por unanimidad.

INCIDENCIAS:INCIDENCIAS:INCIDENCIAS:INCIDENCIAS:

Al inicio del tratamiento de la comparencia se encuentran ausentes de la sesión los siguientes corporativos:

D.ª Teresa Morales de León D. Joaquín Jorge Blanco D.ª Alejandra Fabre Alonso Durante el debate de la comparecencia

se reincorpora a la sesión doña Teresa Morales de León.

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Excmo. Ayuntamiento Pleno de Las Palmas de Gran Canaria. Acta núm. 7, de fecha 29.05.09. Página 29 de 90

- SOLICITUDES DE COMPARECENCIA FORMULADAS DIRECTAMENTE EN LA SESIÓN

No se formularon.

3.3.3.3.---- RUEGOS Y PREGUNTAS RUEGOS Y PREGUNTAS RUEGOS Y PREGUNTAS RUEGOS Y PREGUNTAS 3.1.3.1.3.1.3.1.---- RUEGOS: RUEGOS: RUEGOS: RUEGOS: 3.1.1.3.1.1.3.1.1.3.1.1.---- RUEGOS DE FORMULACIÓN RUEGOS DE FORMULACIÓN RUEGOS DE FORMULACIÓN RUEGOS DE FORMULACIÓN ESCRITA PRESENTADOS CON ESCRITA PRESENTADOS CON ESCRITA PRESENTADOS CON ESCRITA PRESENTADOS CON ANTERIORIDAD A LA ELABORACIÓN DEL ANTERIORIDAD A LA ELABORACIÓN DEL ANTERIORIDAD A LA ELABORACIÓN DEL ANTERIORIDAD A LA ELABORACIÓN DEL ORDEN DEL DÍA:ORDEN DEL DÍA:ORDEN DEL DÍA:ORDEN DEL DÍA:

No se formularon.

3.1.2.3.1.2.3.1.2.3.1.2.---- RUEGOS DE FO RUEGOS DE FO RUEGOS DE FO RUEGOS DE FORMULACIÓN RMULACIÓN RMULACIÓN RMULACIÓN ESCRITA PRESENTADOS CON ESCRITA PRESENTADOS CON ESCRITA PRESENTADOS CON ESCRITA PRESENTADOS CON 24 HORAS 24 HORAS 24 HORAS 24 HORAS DE ANTELACIÓN AL PLENODE ANTELACIÓN AL PLENODE ANTELACIÓN AL PLENODE ANTELACIÓN AL PLENO 3.1.2.1.- Ruego formulado por doña Josefadoña Josefadoña Josefadoña Josefa LLLLUZARDO UZARDO UZARDO UZARDO RRRROMANOOMANOOMANOOMANO, del Grupo Municipal Popular, relativo a “Cartelería de los MUPIS” (R. E. S. Gral. núm. 457).

Será contestado en la sesión siguiente. 3.1.2.2.- Ruego formulado por doña Josefadoña Josefadoña Josefadoña Josefa LLLLUZARDO UZARDO UZARDO UZARDO RRRROMANOOMANOOMANOOMANO, del Grupo Municipal Popular, relativo a “Visita a los edificios históricos” (R. E. S. Gral. núm. 458).

“Ruego que nos comuniquen cuando “Ruego que nos comuniquen cuando “Ruego que nos comuniquen cuando “Ruego que nos comuniquen cuando vamos a poder visitar los edificios históricos, vamos a poder visitar los edificios históricos, vamos a poder visitar los edificios históricos, vamos a poder visitar los edificios históricos, solicitasolicitasolicitasolicitados por escrito desde el grupo dos por escrito desde el grupo dos por escrito desde el grupo dos por escrito desde el grupo popular, Castillo de La Luz, Castillo de Mata y popular, Castillo de La Luz, Castillo de Mata y popular, Castillo de La Luz, Castillo de Mata y popular, Castillo de La Luz, Castillo de Mata y las Casas Consistoriales”las Casas Consistoriales”las Casas Consistoriales”las Casas Consistoriales”

El señor El señor El señor El señor PPPPRESIDENTERESIDENTERESIDENTERESIDENTE:::: ya están entregadas las llaves de las obras de las Casas Consistoriales, pero hace un par de semanas. Visítenla cuando quieran, póngase en contacto con la secretaría de la Alcaldía y acudan allí.

El Castillo de La Luz está tal cual lo dejaron en su época por las circunstancias que hemos explicado. El Castillo de Mata está avanzada la fase de ejecución, yo creo que se puede concluir este año, y las Casas Consistoriales, ya están. Vayan pronto, antes de que empiecen las obras de tabicado.

3.1.2.3.- Ruego formulado por doña Josefadoña Josefadoña Josefadoña Josefa LLLLUZARDO UZARDO UZARDO UZARDO RRRROMANOOMANOOMANOOMANO, del Grupo Municipal Popular, relativo a “Riego de agua del Campo de Fútbol de Tenoya” (R. E. S. Gral. núm. 459).

Será contestado en la sesión siguiente.

3.1.3.1.3.1.3.1.3333....---- RUEGOS RUEGOS RUEGOS RUEGOS DE FORMULACIÓN ORAL DE FORMULACIÓN ORAL DE FORMULACIÓN ORAL DE FORMULACIÓN ORAL 3.1.3.1.3.1.3.1.3333.1..1..1..1.---- La señora La señora La señora La señora GGGGARCÍA ARCÍA ARCÍA ARCÍA BBBBOLTAOLTAOLTAOLTA (Concejal (Concejal (Concejal (Concejal del Grupo Municipal Popular): del Grupo Municipal Popular): del Grupo Municipal Popular): del Grupo Municipal Popular): muchas gracias, señor Alcalde. Ruego al señor Ruiz, sin ninguna acritud, que nos facilite de una vez por todas, para terminar ya con este vía crucis, la información pendiente que nos falta de la tarjeta Visa oro. 3.1.3.2.3.1.3.2.3.1.3.2.3.1.3.2.---- El señor El señor El señor El señor SSSSABROSO ABROSO ABROSO ABROSO RRRRAMÍREZAMÍREZAMÍREZAMÍREZ (Concejal (Concejal (Concejal (Concejal del Grupo Municipal Popular): del Grupo Municipal Popular): del Grupo Municipal Popular): del Grupo Municipal Popular): muchas gracias, señor Alcalde. El ruego es para don Sebastián Franquis. Llevamos todo el Pleno tratando de que se estrene, y a ver si nos recoge el guante el nuevo portavoz mediático, en el buen sentido de la palabra, porque es portavoz para los medios de comunicación pero no portavoz plenario, y a ver si nos responde. Además es un ruego relacionado con Vivienda y tampoco creemos que sea el día porque no está la titular y preferimos dirigírselo a usted por distintas razones, además en su labor de coordinador del grupo al que recientemente ha llegado con el extintor apagando muchos fuegos, a ver si puede apagar uno nuevo, y en ese sentido va el ruego.

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Excmo. Ayuntamiento Pleno de Las Palmas de Gran Canaria. Acta núm. 7, de fecha 29.05.09. Página 30 de 90

Hace unos minutos han tenido que

desalojar la sala por indicación de la Policía Local, un grupo de vecinos del barrio El Polvorín, lógicamente por mostrar una actitud que no está permitida en el salón plenario, y que nosotros, en ningún caso aplaudimos, pero sin duda, fruto de la impotencia que sufren ante la situación que está viviendo.

El ruego va directamente dirigido a usted, a ver si en esa labor de coordinación que está realizando, puede dar una solución porque es un problema que está enquistado y hemos llegado a pensar incluso, que se trata de una situación enquistada a nivel personal. Si aplicamos cierta lógica, sentido común, no acertamos a entender que es lo que está pasando. Como bien sabrá y si no sabe, seguro que se lo podrán informar sus compañeros de grupo, se trata de la apropiación, seguramente indebida, de un local que durante muchísimos años estuvo cerrado y que un grupo de vecinos quiere utilizar, y después de tratarlo por todos los medios, al final lo han limpiado y le han dado uso. Y hemos tenido la oportunidad, no solamente nosotros sino otros grupos también, de comprobar personalmente la espléndida labor que está realizando ese colectivo vecinal en ese local que estuvo cerrado durante años y lleno de basuras.

Al final, la situación ha llegado incluso, a tener que hacer requerimientos judiciales para la entrega de llaves. No tenemos ningún tipo de dudas en que seguramente los procedimientos utilizados por los vecinos no son los apropiados, también fruto de estar esperando una respuesta que no llegaba nunca por parte del grupo de gobierno.

Si ese local en particular, ya está destinado a otros usos que el grupo de gobierno tiene definido pues estupendo, porque si tiene otros usos definidos y hay que dárselos, se les puede ofrecer otra alternativa de cualquier otro espacio en el

barrio, que los hay. Tenemos un colectivo de los ciudadanos que los ciudadanos se impliquan en su movimiento vecinal, en su sociedad tratando de hacer cosas positivas. Hemos encontrado un grupo que quiere hacerlo y el Ayuntamiento le pone trabas por todos lados. Si ese local, reitero, está destinado ya para otros usos, pues que se les ofrezca otra alternativa. Se trata simplemente de sentarse ante una mesa y hablarlo. Lo que se hizo con la extracción de arena y con otras cosas, pues hacerlo también con este local de esta asociación de vecinos “Nueva Trayectoria”. Muchas gracias.

El señor El señor El señor El señor PPPPRESIDENTERESIDENTERESIDENTERESIDENTE:::: muchas gracias,

señor Sabroso. Yo creo que quiere estrenarse, señor Franquis…

El señor El señor El señor El señor DDDDIRECTOR DE IRECTOR DE IRECTOR DE IRECTOR DE GGGGOBIERNO DEL OBIERNO DEL OBIERNO DEL OBIERNO DEL ÁÁÁÁREA REA REA REA

DE DE DE DE PPPPRESIDENCIARESIDENCIARESIDENCIARESIDENCIA (Franquis Vera): (Franquis Vera): (Franquis Vera): (Franquis Vera): le voy a conceder dos ruegos. Uno, es que usted lleva insistentemente durante toda la mañana casi rogándome que intervenga hoy en el Pleno y, por tanto, lo hago en el ruego que me hace usted ahora, y en este ruego en concreto, pues tomo nota de lo que usted ha planteado y no se preocupe usted, que tendrá la información que ha solicitado. Por tanto, asumo el ruego doblemente. 3.3.3.3.1.3.3.1.3.3.1.3.3.1.3.3.---- La señora Luzardo Romano La señora Luzardo Romano La señora Luzardo Romano La señora Luzardo Romano (Concejala del Grupo Municipal Popular): (Concejala del Grupo Municipal Popular): (Concejala del Grupo Municipal Popular): (Concejala del Grupo Municipal Popular): señor Alcalde, tiene relación con un ruego que le quiero hacer y además, creo que no es nada complicado, que en la próxima Junta de Gobierno, que creo que usted preside los jueves, modifique la composición de la Mesa de Contratación, porque como ya he dicho en varias ocasiones al anterior Concejal de Contratación, la oposición, mi grupo y yo, entendemos que responsabilidades debemos tener las que debemos asumir, pero no asumir responsabilidades de gobierno como pueden ser las

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adjudicaciones, porque nosotros entendemos que las responsabilidades de adjudicación sólo le compete al Grupo de Gobierno, y como ya en nuestra trayectoria hemos tenido algún disgusto, no me gustaría tener algún disgusto más. Por lo tanto, la oposición lo que quiere es participar, como hemos pretendido hacerlo siempre, con voz y sin voto, pero que sean los tres miembros del grupo de gobierno los que asuman todas responsabilidades y además que creo que eso también va, no diría en el sueldo, pero sí en la posición de gobernar una Ciudad como Las Palmas de Gran Canaria.

No me gustaría llegar a la Mesa de Contratación la próxima semana y encontrarme con que no sé porqué, porque se entendió mal el escrito que hice o no se entendió, cuando creo que lo dije claramente en las mesas anteriores, que, por favor, es una chorrada y no más desplantes.

El señor El señor El señor El señor DDDDIRECTOR DE IRECTOR DE IRECTOR DE IRECTOR DE GGGGOBIERNO DEL OBIERNO DEL OBIERNO DEL OBIERNO DEL ÁÁÁÁREA REA REA REA

DE DE DE DE PPPPRESIDENCIARESIDENCIARESIDENCIARESIDENCIA (Franquis Vera): (Franquis Vera): (Franquis Vera): (Franquis Vera): bien, señora Luzardo, la verdad es que no es ninguna chorrada y me sorprende que lo haga por escrito, además, porque usted cobra de este Ayuntamiento y por lo tanto, alguna responsabilidad tiene que tener. Usted forma parte de una Comisión de Contratación con pleno derecho y debería estar además, aplaudiendo dicha medida porque supone calidad democrática en este Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria.

Usted sabe también como yo, que durante años en este Ayuntamiento se impedía que las fuerzas políticas de la oposición estuvieran presentes con pleno derecho en la Mesa de Contratación, que es como tienen que estar los concejales en las comisiones informativas, porque asumen responsabilidades. Es que me sorprende muchísimo que plantee usted que quiere ir a la Mesa de Contratación, una de las mesas más importantes que

tiene este Ayuntamiento, en calidad de invitada. Usted va como concejal de este Ayuntamiento asumiendo todas sus competencias y todos sus poderes, como lo asumimos el resto que está presente en esa Comisión. Por lo tanto, insistentemente, plantear que quiere ir como invitada, como libre oyente para no asumir ningún tipo de responsabilidades. No, no, queremos que se comprometa como el resto de los miembros.

Pero si usted quiere no formar parte de la Mesa de Contratación comuníquelo por escrito y renuncie a la participación que le ha dado el señor Alcalde a estar en esa Mesa de Contratación, pero dígalo por escrito. Es el ruego que yo le traslado a usted. Si usted no quiere participar en esa Mesa de Contratación, dígalo por escrito; pero si participa, participará como el resto de los concejales, asumiendo todas sus responsabilidades. Eso lo tiene que tener absolutamente claro, porque eso es participar y porque eso, además, es calidad democrática, señora Luzardo, y usted debería saberlo.

La señora La señora La señora La señora LLLLUZARUZARUZARUZARDO DO DO DO RRRROMANOOMANOOMANOOMANO: : : : sí, una

matización. Es con todo el cariño del mundo, la Ley de Grandes Ciudades cambió, ya no es comisión informativa. Si fuera comisión informativa, evidentemente tendríamos que estar como estamos en las comisiones informativas correspondientes. Esto es Mesa de Contratación que es la mesa que adjudica absolutamente todos los contratos que pasan por el Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria.

Nosotros entendemos que no estamos obligados a votar una serie de informes que hacen los técnicos del Ayuntamiento y que encargan, o supervisan o traen los concejales del Grupo de Gobierno porque las adjudicaciones, quien las tiene que hacer es el partido que gobierna esta Ciudad, que no es el Partido Popular, es el Partido Socialista con el anexo que tienen.

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Por eso, a mí no me pueden obligar a formar parte de una Mesa que adjudica porque yo considero, entre otras cosas, que no tenemos la confianza, o sea no son mis compañeros de partido los que están haciendo las adjudicaciones, son mis contrincantes, con todo el cariño del mundo, como yo creo que hasta ahora hemos hecho.

De tal manera, que yo creo que la pérdida de la calidad democrática se dio al comienzo de este mandato cuando la única sociedad municipal donde el Partido Popular no forma parte, ¿sabe cuál es?, es Emalsa. Ahí creo que hay algo especial por la que no se quiso que formáramos parte de Emalsa. Pedimos estar como invitados para no quitarles la dieta a los miembros del grupo de gobierno, porque es un complemento. Sí, sí, son 400 euros netos, o sea, que no es ninguna tontería. Yo entiendo que ahí no podíamos fastidiar y por eso pedimos estar como invitados. Le ruego ahora, que como usted ha vuelto al Ayuntamiento, si logra que estemos de invitados en Emalsa sin percibir ningún tipo de dieta.

Y en cuanto a la Mesa, de verdad, no me gustaría ir a las Mesas votando siempre en contra, porque creo que eso tampoco sería bueno, o sea, estamos invitados y punto, o sea, no hay mayor historia, si que me parecería una chorrada no tramitarlo.

El señor El señor El señor El señor DDDDIREIREIREIRECTOR DE CTOR DE CTOR DE CTOR DE GGGGOBIERNO DEL OBIERNO DEL OBIERNO DEL OBIERNO DEL ÁÁÁÁREA REA REA REA

DE DE DE DE PPPPRESIDENCIARESIDENCIARESIDENCIARESIDENCIA (Franquis Vera): (Franquis Vera): (Franquis Vera): (Franquis Vera): dos cosas sólo…Yo si quiero le puedo enseñar una foto de calidad democrática que usted subraya, no del consejo de administración de una sociedad municipal sola, sino de todas.

Usted recordará que se negó siendo usted Alcaldesa a que las fuerzas políticas de la oposición estuvieran representadas en los consejos de administración de las empresas públicas. Por lo tanto, la verdad que plantear ahora que ha pedido estar invitada…Mire usted es concejala del

Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria con todas sus consecuencias. El Gobierno ha tomado la decisión de que usted participe o su grupo político, en la Mesa de Contratación de este Ayuntamiento, que no es cualquier cosa. El Gobierno les da la posibilidad a ustedes a que participen en la Mesa de Contratación. Si ustedes no quieren formar parte de la Mesa de Contratación con plenos derechos, dígalo por escrito, dígalo con la claridad que lo estamos diciendo nosotros.

Ahora, lo que sí les adelanto, es que el Gobierno no va a crear la figura de invitado en la Mesa de Contratación porque es mucho más serio de lo que ustedes están planteando. Si van, asuman toda la responsabilidad como concejal de este Ayuntamiento.

3.1.4.3.1.4.3.1.4.3.1.4.---- RUEGOS DE FORMULACIÓN RUEGOS DE FORMULACIÓN RUEGOS DE FORMULACIÓN RUEGOS DE FORMULACIÓN ORALORALORALORAL FORFORFORFORMULADOS EN SESIONES MULADOS EN SESIONES MULADOS EN SESIONES MULADOS EN SESIONES ANTERIORES:ANTERIORES:ANTERIORES:ANTERIORES:

Sesión 27.03.09Sesión 27.03.09Sesión 27.03.09Sesión 27.03.09

3.1.4.1.3.1.4.1.3.1.4.1.3.1.4.1.---- La señora Kursón Ghattas La señora Kursón Ghattas La señora Kursón Ghattas La señora Kursón Ghattas (Concejala del Grupo Municipal Popular): (Concejala del Grupo Municipal Popular): (Concejala del Grupo Municipal Popular): (Concejala del Grupo Municipal Popular): muy buenos días a todos y a todas. En primer lugar, mis felicitaciones al nuevo Concejal.

En relación con el ruego, no se encuentra, creo, el señor Concejal del Área de Ordenación del Territorio, Vivienda y Desarrollo Sostenible, por lo que dirijo el ruego al señor Alcalde. Y es en relación con el Proyecto del Guiniguada.

Según la documentación que obra en mi poder, fechada el 30.01.09 y firmada por el Consejero de Gobierno de Desarrollo Económico, Obras Públicas, Infraestructuras y Transportes del Cabildo de Gran Canaria, el señor Román Rodríguez, se ha aprobado un Anexo al Convenio de Colaboración entre el Cabildo de Gran Canaria y el Ayuntamiento de Las

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Palmas de Gran Canaria para llevar a cabo la actuación de remodelación del Barranco Guiniguada. Parece ser que la aprobación última de dicho Anexo, está pendiente de la aprobación de dicho Convenio en sesión plenaria del Ayuntamiento. Entonces, rogamos información con el objeto de saber si existe algún inconveniente para la tramitación respecto a este Pleno de dicho convenio y, si no la hubiera, si se tiene prevista la fecha en que dicho Convenio llegará a esta Mesa.

Se ha dado respuesta a este ruego en Comisión de Pleno de Desarrollo Sostenible en sesiones celebradas el 10.03.09, 07.04.09 y 12.05.09.

3. 2.3. 2.3. 2.3. 2.---- PREGUNTAS PREGUNTAS PREGUNTAS PREGUNTAS 3.2.1.3.2.1.3.2.1.3.2.1.---- PREGUNTAS DE FORMULACIÓN PREGUNTAS DE FORMULACIÓN PREGUNTAS DE FORMULACIÓN PREGUNTAS DE FORMULACIÓN ESCRITA PRESENTADAS CON ESCRITA PRESENTADAS CON ESCRITA PRESENTADAS CON ESCRITA PRESENTADAS CON ANTERIORIDAD A LA ELABORACIÓN DELANTERIORIDAD A LA ELABORACIÓN DELANTERIORIDAD A LA ELABORACIÓN DELANTERIORIDAD A LA ELABORACIÓN DEL ORDEN DEL DÍAORDEN DEL DÍAORDEN DEL DÍAORDEN DEL DÍA

No se formularon.

3.2.2.3.2.2.3.2.2.3.2.2.---- PREGUNTAS DE FORMULACIÓN PREGUNTAS DE FORMULACIÓN PREGUNTAS DE FORMULACIÓN PREGUNTAS DE FORMULACIÓN ESCRITA PRESENTADAS CON ESCRITA PRESENTADAS CON ESCRITA PRESENTADAS CON ESCRITA PRESENTADAS CON 24 HORAS DE 24 HORAS DE 24 HORAS DE 24 HORAS DE ANTELACIÓN AL PLENOANTELACIÓN AL PLENOANTELACIÓN AL PLENOANTELACIÓN AL PLENO 3.2.2.1.3.2.2.1.3.2.2.1.3.2.2.1.---- Pregunta formulada por doña doña doña doña JosefaJosefaJosefaJosefa LLLLUZARDO UZARDO UZARDO UZARDO RRRROMANOOMANOOMANOOMANO, del Grupo Municipal Popular, relativa a “Nichos en construcción” (R. E. S. Gral. núm. 437).

Será contestada en la sesión siguiente.

3.2.2.3.2.2.3.2.2.3.2.2.2222....---- Pregunta formulada por doña doña doña doña JosefaJosefaJosefaJosefa LLLLUZARDO UZARDO UZARDO UZARDO RRRROMANOOMANOOMANOOMANO, del Grupo Municipal Popular, relativa a “Sanción a la empresa Canaricem” (R. E. S. Gral. núm. 438).

Será contestada en la sesión siguiente.

3.2.2.3.2.2.3.2.2.3.2.2.3333....---- Pregunta formulada por doña doña doña doña JosefaJosefaJosefaJosefa LLLLUZARDO UZARDO UZARDO UZARDO RRRROMANOOMANOOMANOOMANO, del Grupo Municipal Popular, relativa a “El arrecife de las Músicas” (R. E. S. Gral. núm. 439).

Será contestada en la sesión siguiente. 3.2.2.3.2.2.3.2.2.3.2.2.4444....---- Pregunta formulada por doña doña doña doña JosefaJosefaJosefaJosefa LLLLUZARDO UZARDO UZARDO UZARDO RRRROMANOOMANOOMANOOMANO, del Grupo Municipal Popular, relativa a “Contrato de personal eventual” (R. E. S. Gral. núm. 440).

Será contestada en la sesión siguiente.

3.2.2.3.2.2.3.2.2.3.2.2.5555....---- Pregunta formulada por doña doña doña doña JosefaJosefaJosefaJosefa LLLLUZARDO UZARDO UZARDO UZARDO RRRROMANOOMANOOMANOOMANO, del Grupo Municipal Popular, relativa a “sueldos de los Directores Generales” (R. E. S. Gral. núm. 442).

Será contestada en la sesión siguiente. 3.2.2.3.2.2.3.2.2.3.2.2.6666....---- Pregunta formulada por doña doña doña doña JosefaJosefaJosefaJosefa LLLLUZARDO UZARDO UZARDO UZARDO RRRROMANOOMANOOMANOOMANO, del Grupo Municipal Popular, relativa a “Guía de las instalaciones deportivas” (R. E. S. Gral. núm. 443).

Será contestada en la sesión siguiente. 3.2.2.3.2.2.3.2.2.3.2.2.7777....---- Pregunta formulada por doña doña doña doña JosefaJosefaJosefaJosefa LLLLUZARDO UZARDO UZARDO UZARDO RRRROMANOOMANOOMANOOMANO, del Grupo Municipal Popular, relativa a “Obras del FEILE” (R. E. S. Gral. núm. 444).

Será contestada en la sesión siguiente. 3.2.2.3.2.2.3.2.2.3.2.2.8888....---- Pregunta formulada por doñdoñdoñdoña a a a JosefaJosefaJosefaJosefa LLLLUZARDO UZARDO UZARDO UZARDO RRRROMANOOMANOOMANOOMANO, del Grupo Municipal Popular, relativa a “Publicidad colocada por la Sociedad de Promoción” (R. E. S. Gral. núm. 445).

Será contestada en la sesión siguiente. 3.2.2.3.2.2.3.2.2.3.2.2.9999....---- Pregunta formulada por doña doña doña doña JosefaJosefaJosefaJosefa LLLLUZARDO UZARDO UZARDO UZARDO RRRROMANOOMANOOMANOOMANO, del Grupo Municipal Popular, relativa a “Relación de

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operarios municipales y contratados a través de empresas externas de limpieza” (R. E. S. Gral. núm. 446).

Será contestada en la sesión siguiente.

3.2.2.3.2.2.3.2.2.3.2.2.11110000....---- Pregunta formulada por doña doña doña doña JosefaJosefaJosefaJosefa LLLLUZARDO UZARDO UZARDO UZARDO RRRROMANOOMANOOMANOOMANO, del Grupo Municipal Popular, relativa a “Ayudas a la vivienda” (R. E. S. Gral. núm. 447).

Será contestada en la sesión siguiente.

3.2.2.3.2.2.3.2.2.3.2.2.11111111....---- Pregunta formulada por doña doña doña doña JosefaJosefaJosefaJosefa LLLLUZARDO UZARDO UZARDO UZARDO RRRROMANOOMANOOMANOOMANO, del Grupo Municipal Popular, relativa a “Absentismo Escolar” (R. E. S. Gral. núm. 448).

Será contestada en la sesión siguiente.

3.2.2.3.2.2.3.2.2.3.2.2.11112222....---- Pregunta formulada por doña doña doña doña JosefaJosefaJosefaJosefa LLLLUZARDO UZARDO UZARDO UZARDO RRRROMANOOMANOOMANOOMANO, del Grupo Municipal Popular, relativa a “Solicitudes de ayuda a domicilio” (R. E. S. Gral. núm. 450).

Será contestada en la sesión siguiente.

3.2.2.3.2.2.3.2.2.3.2.2.11113333....---- Pregunta formulada por doña doña doña doña JosefaJosefaJosefaJosefa LLLLUZARDO UZARDO UZARDO UZARDO RRRROMANOOMANOOMANOOMANO, del Grupo Municipal Popular, relativa a “Trabajadores sociales de la ciudad” (R. E. S. Gral. núm. 451).

Será contestada en la sesión siguiente.

3.2.2.13.2.2.13.2.2.13.2.2.14444....---- Pregunta formulada por doña doña doña doña JosefaJosefaJosefaJosefa LLLLUZARDO UZARDO UZARDO UZARDO RRRROMANOOMANOOMANOOMANO, del Grupo Municipal Popular, relativa a “Sistema operativo Optenet” (R. E. S. Gral. núm. 453).

Será contestada en la sesión siguiente. 3.2.2.13.2.2.13.2.2.13.2.2.15555....---- Pregunta formulada por doña doña doña doña JosefaJosefaJosefaJosefa LLLLUZARDO UZARDO UZARDO UZARDO RRRROMANOOMANOOMANOOMANO, del Grupo Municipal Popular, relativa a “Campaña de

sensibilización turística” (R. E. S. Gral. núm. 455).

Será contestada en la sesión siguiente. 3.2.2.13.2.2.13.2.2.13.2.2.16666....---- Pregunta formulada por doña doña doña doña JosefaJosefaJosefaJosefa LLLLUZARDO UZARDO UZARDO UZARDO RRRROMANOOMANOOMANOOMANO, del Grupo Municipal Popular, relativa a “Biblioteca Viera y Clavijo” (R. E. S. Gral. núm. 456).

Será contestada en la sesión siguiente.

3.2.3.3.2.3.3.2.3.3.2.3.---- PREGUNTAS DE FORMULACIÓN ORAL PREGUNTAS DE FORMULACIÓN ORAL PREGUNTAS DE FORMULACIÓN ORAL PREGUNTAS DE FORMULACIÓN ORAL 3.2.3.1.3.2.3.1.3.2.3.1.3.2.3.1.---- ElElElEl señor señor señor señor AFONSO EL JABERAFONSO EL JABERAFONSO EL JABERAFONSO EL JABER ( ( ( (ConcejalConcejalConcejalConcejal del G. M. Popular): del G. M. Popular): del G. M. Popular): del G. M. Popular): el miércoles, señor Alcalde, salió en el B.O.P. un anuncio del Servicio de Personal con diversas resoluciones de nombramientos y ceses, dando informe a los ciudadanos. Y las cosas son bastante lógicas. Antes nombraban a un técnico asesor y se cesaba al que estaba; antes nombraban a un director general de gabinete, se cesaba al que estaba; antes nombraban a un director general y se cesaba al que estaba, y es todo correcto.

Pero hace algunas semanas se publica un anuncio, bueno y en la intranet también, de una resolución de 27 de abril donde las cosas no son así de lógicas. Aquí se nombra sin cesar. En todo el mundo mundial antes de nombrar a alguien para una determinada concejalía delegada, para una determinada tenencia de alcaldía, para una determinada área, primero hay que cesar al que estaba. Pero si hay una tenencia de alcaldía que está ocupada, no se puede nombrar a otra, y que esto implícitamente se entiende que la otra persona está cesada, pero jurídicamente no es así. Primero hay que cesar y después nombrar, en todo el mundo.

Por lo tanto, yo sé que los políticos a veces somos un poco cabezotas y no nos gusta enmendar, rectificar, parece que nos sacan los colores, pero creo que por la propia seguridad jurídica vale más por estar cinco minutos que a uno le digan algo, pero

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esto creo que hay que rectificarlo. Creo que sería conveniente por la propia seguridad jurídica, y que se haga un decreto aclaratorio subsanando todo esto. No vale decir nombro esto y todo lo que se oponga a esto, decaiga, no. Antes de nombrar a alguien en una determinada silla, esa silla tiene que estar vacante. Es previo. Yo no puedo nombrar a un ministro de economía si hay otro nombrado previamente…Antes de nombrar a un presidente del gobierno hay prepararle una moción de censura o presentarse a unas elecciones; antes de nombrar a un director general se cesa al anterior. No puedo nombrar a una persona y que el otro se dé por cesado. Hay que notificarle el cese. Es lo que se hace en todo el mundo.

No puedo entender, repito, ese defecto tan político de no subsanar. Creo que es mejor, de verdad, señor Alcalde, por la seguridad jurídica de todos los acuerdos y de todas las resoluciones, que se subsanen y no hagamos un invento, porque esto es un invento del Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria.

El señor Presidente:El señor Presidente:El señor Presidente:El señor Presidente: muchas gracias.

Señor Navarro…. El señor Concejal de Gobierno dEl señor Concejal de Gobierno dEl señor Concejal de Gobierno dEl señor Concejal de Gobierno del Área el Área el Área el Área

de Organización e Innovación, Empleo y de Organización e Innovación, Empleo y de Organización e Innovación, Empleo y de Organización e Innovación, Empleo y Recursos Humanos (Navarro Cardoso)Recursos Humanos (Navarro Cardoso)Recursos Humanos (Navarro Cardoso)Recursos Humanos (Navarro Cardoso): muchas gracias, señor Alcalde.

Por un mismo decreto del Alcalde por el que se conforma una estructura de gobierno, ese mismo decreto del Alcalde hace una nueva estructura de gobierno. Nada sospechoso, nada alegal y en cualquier caso, por si hubiese alguna duda, ese decreto contiene una cláusula de cierre derogatorio de cuantos decretos pudiesen contradecir al anterior. Luego total seguridad jurídica, total transparencia. ¿Que se aparta de la fórmula clásica? Sí, nada más eso, una mera cuestión estética.

El señor El señor El señor El señor AAAAFONSO FONSO FONSO FONSO EEEEL L L L JJJJABERABERABERABER: : : : pero es que eso no es lo que han hecho ustedes aquí.

El señor El señor El señor El señor PPPPRESIDENTERESIDENTERESIDENTERESIDENTE: : : : señor Felipe, pero si

ya formuló la pregunta, ya se ha entendido perfectamente lo que ha dicho.

El señor El señor El señor El señor AAAAFONSO FONSO FONSO FONSO EEEEL L L L JJJJABERABERABERABER: pero estamos

intentando convencerlos para que arreglen el problema, de verdad…

El señor El señor El señor El señor PPPPRESIDENTERESIDENTERESIDENTERESIDENTE: : : : pero aquí no

estamos en una clase de una facultad de Derecho entre un catedrático de Derecho Administrativo y otro de Derecho, si quiere lo traemos…y ser originales me parece que para la ciencia jurídica es bueno.

El señor El señor El señor El señor AAAAFONSO FONSO FONSO FONSO EEEEL L L L JJJJABERABERABERABER: bueno, pues

ustedes dirán…, esperemos que no traiga consecuencia en el futuro un simple empecinamiento de no dar un brazo a torcer, la política es una cosa mucho más seria que no dar un simple brazo a torcer…

El señor El señor El señor El señor CCCCONCEJAL DE ONCEJAL DE ONCEJAL DE ONCEJAL DE GGGGOBIERNO DEL OBIERNO DEL OBIERNO DEL OBIERNO DEL ÁÁÁÁREA REA REA REA

DE DE DE DE OOOORGANIZACIÓN E RGANIZACIÓN E RGANIZACIÓN E RGANIZACIÓN E IIIINNOVACIÓNNNOVACIÓNNNOVACIÓNNNOVACIÓN,,,, EEEEMPLEO Y MPLEO Y MPLEO Y MPLEO Y

RRRRECURSOS ECURSOS ECURSOS ECURSOS HHHHUMANOSUMANOSUMANOSUMANOS (Navarro Cardoso) (Navarro Cardoso) (Navarro Cardoso) (Navarro Cardoso): y en Derecho más.

El señor El señor El señor El señor AAAAFONSO FONSO FONSO FONSO EEEEL L L L JJJJABERABERABERABER: por eso…

3.2.3.2.3.2.3.2.3.2.3.2.3.2.3.2.---- LaLaLaLa señorseñorseñorseñoraaaa GARCÍA BOLTA GARCÍA BOLTA GARCÍA BOLTA GARCÍA BOLTA (Concejala (Concejala (Concejala (Concejala del G. M. Popular):del G. M. Popular):del G. M. Popular):del G. M. Popular): muchas gracias, señor Alcalde, la pregunta es para usted.

¿Cuántos días han estado los discapacitados sin ser atendidos por el servicio de la telebiblioteca? Parece ser que por no haber pagado el servicio de mensajería que llevaba y traía los libros. Muchas gracias.

El señor El señor El señor El señor PPPPRESIDENTERESIDENTERESIDENTERESIDENTE: : : : para el próximo

Pleno se le contestará por escrito. Gracias.

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3.2.3.3.3.2.3.3.3.2.3.3.3.2.3.3.---- La señora La señora La señora La señora VIERA FERNÁNDEZVIERA FERNÁNDEZVIERA FERNÁNDEZVIERA FERNÁNDEZ (Concejala del G. M. Popular):(Concejala del G. M. Popular):(Concejala del G. M. Popular):(Concejala del G. M. Popular): gracias, señor Alcalde. Buenas tardes.

Hasta el 21 de mayo, doña Marcela, se han concedido ayudas por valor de 238.000 euros en la totalidad a 465 personas. Teniendo en cuenta que hay 50.000 ciudadanos en situación de desempleo en nuestra Ciudad, cuántas personas han solicitado ayudas de emergencia y no se les ha concedido. Gracias.

La señora La señora La señora La señora CCCCONCEJALA DE ONCEJALA DE ONCEJALA DE ONCEJALA DE GGGGOBIERNO DEL OBIERNO DEL OBIERNO DEL OBIERNO DEL

ÁÁÁÁREA DE REA DE REA DE REA DE SSSSERVICIOS ERVICIOS ERVICIOS ERVICIOS SSSSOCIALESOCIALESOCIALESOCIALES,,,, EEEEDUCACIÓNDUCACIÓNDUCACIÓNDUCACIÓN,,,, TTTTURISMO Y URISMO Y URISMO Y URISMO Y DDDDEPORTESEPORTESEPORTESEPORTES (Delgado García): (Delgado García): (Delgado García): (Delgado García): sí, personas que se les ha concedido, es porque tienen derecho a ella. Si se archivan es porque no tienen derecho siquiera. No tengo el dato de cuántas se archivan porque no tengan derecho, se supone que porque no se cumple la baremación ni los datos. Y se lo comunicaré si quiere, si me dan el dato de solicitudes. Le puedo decir que ahora mismo hay seiscientas y pico registradas para dar. 3.2.4.3.2.4.3.2.4.3.2.4.---- PREGUNTAS DE FORMULACIÓN PREGUNTAS DE FORMULACIÓN PREGUNTAS DE FORMULACIÓN PREGUNTAS DE FORMULACIÓN ESCRITA FORMULADAS EN SESIONES ESCRITA FORMULADAS EN SESIONES ESCRITA FORMULADAS EN SESIONES ESCRITA FORMULADAS EN SESIONES ANTERIORES:ANTERIORES:ANTERIORES:ANTERIORES:

Sesión Sesión Sesión Sesión 24.0424.0424.0424.04.09.09.09.09

3.2.4.1.3.2.4.1.3.2.4.1.3.2.4.1.---- Pregunta formulada por dodododon Ángeln Ángeln Ángeln Ángel SSSSABROSO RAMÍREZABROSO RAMÍREZABROSO RAMÍREZABROSO RAMÍREZ, del Grupo Municipal Popular, relativa a “Plazas para las actividades infantiles de verano” (R. E. S. Gral. núm. 343).

““““¿Cuántos niños podrán acudir a las ¿Cuántos niños podrán acudir a las ¿Cuántos niños podrán acudir a las ¿Cuántos niños podrán acudir a las actividades de verano?actividades de verano?actividades de verano?actividades de verano?””””

LaLaLaLa señor señor señor señoraaaa CCCCONCEJALONCEJALONCEJALONCEJALAAAA DE DE DE DE GGGGOBIERNO DEL OBIERNO DEL OBIERNO DEL OBIERNO DEL

ÁÁÁÁREA DE REA DE REA DE REA DE SERVICIOS SOCIALESSERVICIOS SOCIALESSERVICIOS SOCIALESSERVICIOS SOCIALES,,,, EDUCACIÓN EDUCACIÓN EDUCACIÓN EDUCACIÓN,,,, TURISMO TURISMO TURISMO TURISMO

Y DEPORTESY DEPORTESY DEPORTESY DEPORTES ( ( ( (Delgado GarcíaDelgado GarcíaDelgado GarcíaDelgado García):):):): 1.820 niños/as aproximadamente.

3.2.4.2.3.2.4.2.3.2.4.2.3.2.4.2.---- Pregunta formulada por don Ángeldon Ángeldon Ángeldon Ángel SABROSO RAMÍREZSABROSO RAMÍREZSABROSO RAMÍREZSABROSO RAMÍREZ, del Grupo Municipal Popular, relativa a “Actividades para niños” (R. E. S. Gral. núm. 344).

“¿Cuántos colegios van a estar abiertos “¿Cuántos colegios van a estar abiertos “¿Cuántos colegios van a estar abiertos “¿Cuántos colegios van a estar abiertos este verano con actividades para niños?”este verano con actividades para niños?”este verano con actividades para niños?”este verano con actividades para niños?”

LaLaLaLa señor señor señor señoraaaa CCCCONCEJALONCEJALONCEJALONCEJALAAAA DE DE DE DE GGGGOBIERNO DEL OBIERNO DEL OBIERNO DEL OBIERNO DEL

ÁÁÁÁREA DE REA DE REA DE REA DE SERVICIOS SOCIALESSERVICIOS SOCIALESSERVICIOS SOCIALESSERVICIOS SOCIALES,,,, EDUCACIÓN EDUCACIÓN EDUCACIÓN EDUCACIÓN,,,, TURISMO TURISMO TURISMO TURISMO

Y DEPORTESY DEPORTESY DEPORTESY DEPORTES ( ( ( (Delgado GarcíaDelgado GarcíaDelgado GarcíaDelgado García):):):): 19 colegios estarán abiertos para llevar a cabo actividades con niños/as.

3.2.4.3.3.2.4.3.3.2.4.3.3.2.4.3.---- Pregunta formulada por don Ángel don Ángel don Ángel don Ángel SABROSO RAMÍREZSABROSO RAMÍREZSABROSO RAMÍREZSABROSO RAMÍREZ, del Grupo Municipal Popular, relativa a “Vigilantes de seguridad de las canchas deportivas” (R. E. S. Gral. núm. 345).

““““¿¿¿¿Cuántos vigilantes de seguridad se han Cuántos vigilantes de seguridad se han Cuántos vigilantes de seguridad se han Cuántos vigilantes de seguridad se han quitado y en qué canchas deportivas de la quitado y en qué canchas deportivas de la quitado y en qué canchas deportivas de la quitado y en qué canchas deportivas de la ciudad en los últimos 10 meses? ciudad en los últimos 10 meses? ciudad en los últimos 10 meses? ciudad en los últimos 10 meses?

ElElElEl señor señor señor señor CCCCONCEJAL DEONCEJAL DEONCEJAL DEONCEJAL DELEGADO DELEGADO DELEGADO DELEGADO DE DEPORTESDEPORTESDEPORTESDEPORTES ((((Díaz FuentesDíaz FuentesDíaz FuentesDíaz Fuentes):):):): El servicio de seguridad y vigilancia requería de 10 vigilantes de lunes a viernes, y otros 16 para los fines de semana, que cubrían un total de 16 instalaciones. De éstas, 15 eran campos de fútbol y sólo una, Las Alcaravaneras, no lo era. En todas se contaba con un vigilante, menos en la Ballena que se disponía de dos, uno de 24 horas, reforzado en horario nocturno con otro vigilante.

A partir del mes de Marzo de 2009 se suprimió el servicio de vigilancia y seguridad en la cancha de Las Alcaravaneras.

Desde Marzo de 2009 no se ha contratado vigilancia en los campos de fútbol, Manuel Naranjo Sosa, Juan Guedes, López Socas, Marzagán, El Batán, Mundial 82, San José, Pepe Gonçalves, Jardín de Infancia, Porto Pí, Casablanca III, Hoya de La Plata, Pedro Hidalgo y Las Rehoyas, manteniéndose un servicio en las instalaciones de La Ballena.

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Excmo. Ayuntamiento Pleno de Las Palmas de Gran Canaria. Acta núm. 7, de fecha 29.05.09. Página 37 de 90

3.2.4.4.3.2.4.4.3.2.4.4.3.2.4.4.---- Pregunta formulada por don Ángel don Ángel don Ángel don Ángel SABROSO RAMÍREZSABROSO RAMÍREZSABROSO RAMÍREZSABROSO RAMÍREZ, del Grupo Municipal Popular, relativa a “Vigilantes de seguridad de los parques” (R. E. S. Gral. núm. 346).

““““¿Cuántos vigilantes de seguridad se han ¿Cuántos vigilantes de seguridad se han ¿Cuántos vigilantes de seguridad se han ¿Cuántos vigilantes de seguridad se han quitado y en qué parques de la ciudad en los quitado y en qué parques de la ciudad en los quitado y en qué parques de la ciudad en los quitado y en qué parques de la ciudad en los últimos 10 meses?últimos 10 meses?últimos 10 meses?últimos 10 meses?””””

La señora La señora La señora La señora CCCCONCEJALA DE ONCEJALA DE ONCEJALA DE ONCEJALA DE GGGGOBIERNO DEL OBIERNO DEL OBIERNO DEL OBIERNO DEL ÁÁÁÁREA REA REA REA

DE DE DE DE PARQUES Y JARDINESPARQUES Y JARDINESPARQUES Y JARDINESPARQUES Y JARDINES,,,, LJMPIEZA LJMPIEZA LJMPIEZA LJMPIEZA,,,, SALUD SALUD SALUD SALUD

AMBIENTAL Y PLAYASAMBIENTAL Y PLAYASAMBIENTAL Y PLAYASAMBIENTAL Y PLAYAS ( ( ( (Medina MontenegroMedina MontenegroMedina MontenegroMedina Montenegro):):):): Únicamente se quitó la seguridad del Parque de La Ballena (2 vigilantes) el 14 de diciembre de 2008, ya que se trataba de un parque sin vallado y abierto. Solamente se ha dejado seguridad en los parques vallados.

3.2.4.5.3.2.4.5.3.2.4.5.3.2.4.5.---- Pregunta formulada por don Ángeldon Ángeldon Ángeldon Ángel SABROSO RAMÍREZSABROSO RAMÍREZSABROSO RAMÍREZSABROSO RAMÍREZ, del Grupo Municipal Popular, relativa a “Declaraciones públicas de la señora Ruiz” (R. E. S. Gral. núm. 347).

““““¿A qué se refería la Sra. Ruiz cuando ¿A qué se refería la Sra. Ruiz cuando ¿A qué se refería la Sra. Ruiz cuando ¿A qué se refería la Sra. Ruiz cuando dijo públicamente que hay que eliminar toda dijo públicamente que hay que eliminar toda dijo públicamente que hay que eliminar toda dijo públicamente que hay que eliminar toda la podredumbre del Mercado de Vegueta?la podredumbre del Mercado de Vegueta?la podredumbre del Mercado de Vegueta?la podredumbre del Mercado de Vegueta?””””

El señorEl señorEl señorEl señor CCCCONCEJALONCEJALONCEJALONCEJAL DE DE DE DE GGGGOBIERNO OBIERNO OBIERNO OBIERNO DEL DEL DEL DEL ÁÁÁÁREA REA REA REA

DE DE DE DE ORDENACIÓN DEL TERRIORDENACIÓN DEL TERRIORDENACIÓN DEL TERRIORDENACIÓN DEL TERRITORIOTORIOTORIOTORIO,,,, VIVIENDA VIVIENDA VIVIENDA VIVIENDA,,,, MEDIO MEDIO MEDIO MEDIO

AMBIENTE Y AGUAAMBIENTE Y AGUAAMBIENTE Y AGUAAMBIENTE Y AGUA ( ( ( (Hernández LópezHernández LópezHernández LópezHernández López): ): ): ): A proceder a modernizar las instalaciones del Mercado de Vegueta para que la basura (residuos orgánicos) que genera esté no se pudran en los pasillos de dicho mercado, ni en calles colindantes, ya que los vecinos no tiene que padecer la corrupción material de esta basura.

El proceder a la modernización significa adecuar un lugar en el interior del Mercado para depositar dichos residuos orgánicos.

3.2.4.6.3.2.4.6.3.2.4.6.3.2.4.6.---- Pregunta formulada por don Ángel don Ángel don Ángel don Ángel SABROSO RAMÍREZSABROSO RAMÍREZSABROSO RAMÍREZSABROSO RAMÍREZ, del Grupo Municipal Popular, relativa a “Certificaciones del

Ayuntamiento de Emalsa, S.A.” (R. E. S. Gral. núm. 348).

““““¿Qué certificaciones ha pedido el ¿Qué certificaciones ha pedido el ¿Qué certificaciones ha pedido el ¿Qué certificaciones ha pedido el Ayuntamiento a Emalsa S.A. por el Ayuntamiento a Emalsa S.A. por el Ayuntamiento a Emalsa S.A. por el Ayuntamiento a Emalsa S.A. por el mantenimiento del saneamientmantenimiento del saneamientmantenimiento del saneamientmantenimiento del saneamiento de la o de la o de la o de la ciudad y cuál es el informe a fecha de abril ciudad y cuál es el informe a fecha de abril ciudad y cuál es el informe a fecha de abril ciudad y cuál es el informe a fecha de abril de 2009?de 2009?de 2009?de 2009?””””

El señorEl señorEl señorEl señor CCCCONCEJALONCEJALONCEJALONCEJAL DE GOBIERNO DEL ÁREADE GOBIERNO DEL ÁREADE GOBIERNO DEL ÁREADE GOBIERNO DEL ÁREA DE DE DE DE

ORDENACIÓN DEL TERRIORDENACIÓN DEL TERRIORDENACIÓN DEL TERRIORDENACIÓN DEL TERRITORIOTORIOTORIOTORIO,,,, VIVIENDA VIVIENDA VIVIENDA VIVIENDA,,,, MEDIO MEDIO MEDIO MEDIO

AMBIENTE Y AGUAAMBIENTE Y AGUAAMBIENTE Y AGUAAMBIENTE Y AGUA ((((Hernández LHernández LHernández LHernández Lópezópezópezópez):):):): como Vd. debería saber, y tal y como se viene tramitando desde hace muchos años, el Ayuntamiento no pide certificaciones a EMALSA. Las certificaciones correspondientes a la contraprestación económica por la gestión del saneamiento, son elaboradas por la Unidad Administrativa del Ciclo Integral del Agua y posteriormente firmadas por la Empresa Mixta de Aguas de Las Palmas, S.A.

Por lo que respecta al "informe de abril de 2009", se desconoce a qué se refiere. Afropesca S.L.

3333.2..2..2..2.4444....7777....---- Pregunta formulada por don Ángel don Ángel don Ángel don Ángel SABROSO RAMÍREZSABROSO RAMÍREZSABROSO RAMÍREZSABROSO RAMÍREZ, del Grupo Municipal Popular, relativa a “Remodelación del Grupo de Gobierno” (R. E. S. Gral. núm. 349).

““““¿Cuándo va a realizar los cambios en su ¿Cuándo va a realizar los cambios en su ¿Cuándo va a realizar los cambios en su ¿Cuándo va a realizar los cambios en su

Grupo de Gobierno el Sr. Alcalde?”Grupo de Gobierno el Sr. Alcalde?”Grupo de Gobierno el Sr. Alcalde?”Grupo de Gobierno el Sr. Alcalde?” El señor El señor El señor El señor CONCEJAL CONCEJAL CONCEJAL CONCEJAL DE GOBIERNO DEL ÁREADE GOBIERNO DEL ÁREADE GOBIERNO DEL ÁREADE GOBIERNO DEL ÁREA DE DE DE DE

ORDENACIÓN DEL TERRIORDENACIÓN DEL TERRIORDENACIÓN DEL TERRIORDENACIÓN DEL TERRITORIOTORIOTORIOTORIO,,,, VIVIENDA VIVIENDA VIVIENDA VIVIENDA,,,, MEDIO MEDIO MEDIO MEDIO

AMBIENTE Y AGUAAMBIENTE Y AGUAAMBIENTE Y AGUAAMBIENTE Y AGUA ( ( ( (Hernández LópezHernández LópezHernández LópezHernández López)))):::: los realizó en el momento que creyó oportuno tal y como le corresponde según sus competencias.

3333.2..2..2..2.4444....8888....---- Pregunta formulada por don Ángel don Ángel don Ángel don Ángel SABROSO RAMÍREZSABROSO RAMÍREZSABROSO RAMÍREZSABROSO RAMÍREZ, del Grupo Municipal Popular, relativa a “Colegio San Roque” (R. E. S. Gral. núm. 350).

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Excmo. Ayuntamiento Pleno de Las Palmas de Gran Canaria. Acta núm. 7, de fecha 29.05.09. Página 38 de 90

¿Qué destino¿Qué destino¿Qué destino¿Qué destino va a tener el colegio San va a tener el colegio San va a tener el colegio San va a tener el colegio San Roque, que lleva cerrado todo el curso?Roque, que lleva cerrado todo el curso?Roque, que lleva cerrado todo el curso?Roque, que lleva cerrado todo el curso?

LaLaLaLa señor señor señor señoraaaa CCCCONCEJALONCEJALONCEJALONCEJALAAAA DE DE DE DE GGGGOBIERNO DEL OBIERNO DEL OBIERNO DEL OBIERNO DEL

ÁÁÁÁREA DE REA DE REA DE REA DE SERVICIOS SOCIALESSERVICIOS SOCIALESSERVICIOS SOCIALESSERVICIOS SOCIALES,,,, EDUCACIÓN EDUCACIÓN EDUCACIÓN EDUCACIÓN,,,, TURISMO TURISMO TURISMO TURISMO

Y DEPORTES Y DEPORTES Y DEPORTES Y DEPORTES ((((DelgadoDelgadoDelgadoDelgado): ): ): ): actualmente se encuentra desalojado por Orden de la Consejería de Educación, Universidades, Cultura y Deportes del Gobierno de Canarias con fecha 29 de octubre de 2008, al existir un informe que así lo determina, debido a la inseguridad por su deterioro arquitectónico. El solar sigue teniendo la calificación de uso educativo.

3333.2..2..2..2.4444....9999....---- Pregunta formulada por don Ángel don Ángel don Ángel don Ángel SABROSO RAMÍREZSABROSO RAMÍREZSABROSO RAMÍREZSABROSO RAMÍREZ, del Grupo Municipal Popular, relativa a “Alumbrado de Vegueta en Semana Santa” (R. E. S. Gral. núm. 351).

“¿Quién revisó el alumbrado de Vegueta “¿Quién revisó el alumbrado de Vegueta “¿Quién revisó el alumbrado de Vegueta “¿Quién revisó el alumbrado de Vegueta para que en Semana Santa permanecieran para que en Semana Santa permanecieran para que en Semana Santa permanecieran para que en Semana Santa permanecieran todas las farolas enctodas las farolas enctodas las farolas enctodas las farolas encendidas y no se endidas y no se endidas y no se endidas y no se oscureciera la calle de San Agustín?”oscureciera la calle de San Agustín?”oscureciera la calle de San Agustín?”oscureciera la calle de San Agustín?”

LaLaLaLa señor señor señor señoraaaa CCCCONCEJALONCEJALONCEJALONCEJALAAAA DE DE DE DE GGGGOBIERNO DEL ÁREA DE OBIERNO DEL ÁREA DE OBIERNO DEL ÁREA DE OBIERNO DEL ÁREA DE

FOMENTO Y SERVICIOS FOMENTO Y SERVICIOS FOMENTO Y SERVICIOS FOMENTO Y SERVICIOS PÚBLICOSPÚBLICOSPÚBLICOSPÚBLICOS ((((Barrios Barrios Barrios Barrios CurbeloCurbeloCurbeloCurbelo):):):): como todos los años las Concejalías de Distrito de Vegueta, Cono Sur y Tafira y Distrito Centro nos remiten con antelación los recorridos de las procesiones de Semana Santa y desde este Servicio por la sección de mantenimiento se revisa el alumbrado público de esas calles y sus inmediaciones (en general todo el barrio de Vegueta, así como el de Triana).

Todas las solicitudes que nos llega de apagado de una calle o plaza durante el paso de una procesión, encuentro de varias u otra circunstancia se atiende desde la sección de actos culturales y fiestas. Consultado el archivo no figura para la Semana Santa última ninguna solicitud de que la calle San Agustín se apagase con motivo de algún acto.

3333.2..2..2..2.4444....10101010....---- Pregunta formulada por don don don don Ángel Ángel Ángel Ángel SABROSO RAMÍREZSABROSO RAMÍREZSABROSO RAMÍREZSABROSO RAMÍREZ, del Grupo Municipal Popular, relativa a “Procesión del Viernes Santo” (R.E.S. Gral. núm. 352).

““““¿Quién revisó el ¿Quién revisó el ¿Quién revisó el ¿Quién revisó el recorrido de la recorrido de la recorrido de la recorrido de la Procesión del Viernes Santo parar evitar que Procesión del Viernes Santo parar evitar que Procesión del Viernes Santo parar evitar que Procesión del Viernes Santo parar evitar que algún cable afectara a los pasos de Semana algún cable afectara a los pasos de Semana algún cable afectara a los pasos de Semana algún cable afectara a los pasos de Semana Santa?”Santa?”Santa?”Santa?”

El señor El señor El señor El señor CCCCONCEJAL ONCEJAL ONCEJAL ONCEJAL DE DE DE DE GGGGOBIERNO DEL OBIERNO DEL OBIERNO DEL OBIERNO DEL ÁÁÁÁREA REA REA REA

DE DE DE DE ORDENACIÓN DEL TERRIORDENACIÓN DEL TERRIORDENACIÓN DEL TERRIORDENACIÓN DEL TERRITORIOTORIOTORIOTORIO,,,, VIVIENDA VIVIENDA VIVIENDA VIVIENDA,,,, MEDIO MEDIO MEDIO MEDIO

AMBIENTE Y AGUAAMBIENTE Y AGUAAMBIENTE Y AGUAAMBIENTE Y AGUA ( ( ( (Hernández LópezHernández LópezHernández LópezHernández López):):):): una parte lo fue por el Comisario Zenón Sánchez, con el responsable de Protección Civil y la otra por el propio Concejal de Seguridad.

3333.2..2..2..2.4444....11111111....---- Pregunta formulada por doña doña doña doña JosefaJosefaJosefaJosefa LLLLUZARDO UZARDO UZARDO UZARDO RRRROMANOOMANOOMANOOMANO, del Grupo Municipal Popular, relativa a “Afirmación del Consejero de Agricultura” (R. E. S. Gral. núm. 353).

“El Consejero de Agricultura afirmó que “El Consejero de Agricultura afirmó que “El Consejero de Agricultura afirmó que “El Consejero de Agricultura afirmó que

la construcción del nuevo matadero tiene la construcción del nuevo matadero tiene la construcción del nuevo matadero tiene la construcción del nuevo matadero tiene que pagarla el Ayuntamiento de Las Palmas que pagarla el Ayuntamiento de Las Palmas que pagarla el Ayuntamiento de Las Palmas que pagarla el Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria ¿En qué situación se de Gran Canaria ¿En qué situación se de Gran Canaria ¿En qué situación se de Gran Canaria ¿En qué situación se encuentra este asunto?”encuentra este asunto?”encuentra este asunto?”encuentra este asunto?”

LaLaLaLa señor señor señor señoraaaa CCCCONCEJALONCEJALONCEJALONCEJALAAAA DELEGADADELEGADADELEGADADELEGADA DE DE DE DE

AGRICULTURAGRICULTURAGRICULTURAGRICULTURAAAA,,,, GANADERÍA Y COOPERA GANADERÍA Y COOPERA GANADERÍA Y COOPERA GANADERÍA Y COOPERACIÓN AL CIÓN AL CIÓN AL CIÓN AL

DESARROLLO DESARROLLO DESARROLLO DESARROLLO ((((Torrent NavarroTorrent NavarroTorrent NavarroTorrent Navarro):):):): no tenemos constancia de esa propuesta con esos términos. 3333.2..2..2..2.4444....12121212....---- Pregunta formulada por doña doña doña doña JosefaJosefaJosefaJosefa LLLLUZARDO UZARDO UZARDO UZARDO RRRROMANOOMANOOMANOOMANO, del Grupo Municipal Popular, relativa a “Aumento de los ingresos directos” (R. E. S. Gral. núm. 354).

“¿Cómo se piensa aumentar los ingresos “¿Cómo se piensa aumentar los ingresos “¿Cómo se piensa aumentar los ingresos “¿Cómo se piensa aumentar los ingresos directos este Ayuntamiento?”directos este Ayuntamiento?”directos este Ayuntamiento?”directos este Ayuntamiento?”

El señor El señor El señor El señor DIRECTOR DE GOBIERNODIRECTOR DE GOBIERNODIRECTOR DE GOBIERNODIRECTOR DE GOBIERNO DEL ÁREA DE DEL ÁREA DE DEL ÁREA DE DEL ÁREA DE

HACIENDA Y ECONOMÍAHACIENDA Y ECONOMÍAHACIENDA Y ECONOMÍAHACIENDA Y ECONOMÍA ((((Cabrera FigueroaCabrera FigueroaCabrera FigueroaCabrera Figueroa):):):):

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Excmo. Ayuntamiento Pleno de Las Palmas de Gran Canaria. Acta núm. 7, de fecha 29.05.09. Página 39 de 90

En relación a su solicitud recibida relativa a la justificación del “aumento de los ingresos directos” le informo:

Primero.Primero.Primero.Primero.---- Se entiende que se hace

referencia a los ingresos de la partida primera de los presupuestos que tal y como se refleja en el propio INFORME ECONÓMICO FINANCIERO, afectan a los ingresos procedentes de los siguientes impuestos:

- El Impuesto sobre Bienes

Inmuebles - El Impuesto sobre Vehículo de

Tracción Mecánica - El Impuesto sobre el Incremento

del Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana (Plusvalías)

- El Impuesto sobre Actividades Económicas

Segundo.Segundo.Segundo.Segundo.---- Efectivamente existe un

aumento de 5.631.030 € del ejercicio 2009, respecto al 2008 en dicha partida, dado que en el 2008 asciende a 86.407.733 € y en el 2009 a 92.035.767 €.

Tercero.- Este aumento se debe a los

siguientes motivos: AAAA----1. Aumento en el Impuesto B1. Aumento en el Impuesto B1. Aumento en el Impuesto B1. Aumento en el Impuesto Bienes ienes ienes ienes

Inmuebles.Inmuebles.Inmuebles.Inmuebles. El aumento de los ingresos procede: a) El aumento del 2% del Valor

Catastral, lo cual asciende a 890.000€. b) El aumento de 6.200 nuevas altas

incorporadas al padrón de 2009, respecto al 2008, lo cual asciende a 535.575€.

c) El aumento de nuevas liquidaciones por altas que pasan de 3.100 en el 2008 a 14.000 en el 2009, con una diferencia de 1.475.000€.

En total asciende a 2.900.575€, lo que equivale al 53% del aumento de los ingresos.

AAAA----2. Aumento en el Impuesto sobre 2. Aumento en el Impuesto sobre 2. Aumento en el Impuesto sobre 2. Aumento en el Impuesto sobre Vehículos de Tracción Vehículos de Tracción Vehículos de Tracción Vehículos de Tracción Mecánica.Mecánica.Mecánica.Mecánica.

La diferencia entre presupuestos del 2008 y 2009, asciende a 2.334.428€.

Como de todos es sabido ya se ha emitido el padrón del 2009 y se ha cumplido lo presupuestado.

Esto significa sobre el 41% del aumento de los ingresos.

AAAA----3. Aumento cesión 3. Aumento cesión 3. Aumento cesión 3. Aumento cesión I.R.P.F.I.R.P.F.I.R.P.F.I.R.P.F. Según datos del Ministerio de Hacienda

el aumento por este concepto es de 1.184.440€, lo que equivale al 10% del aumento de los ingresos.

AAAA----4. Aumento por otros conceptos.4. Aumento por otros conceptos.4. Aumento por otros conceptos.4. Aumento por otros conceptos. Tal y como se puede comprobar en el

cuadro resumen final de los aumentos por IBI Rústico, IBI repercusión, IBI especial e IAE, asciende a un aumento de 602.587€, lo que significa el 11% del aumento de los ingresos.

B. Disminución de ingresos.B. Disminución de ingresos.B. Disminución de ingresos.B. Disminución de ingresos. Disminuye el Impuesto sobre el

Incremento del Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana (Plusvalías) en 1.391.000€, lo que equivale al 25% del aumento de los ingresos.

Cuarto.Cuarto.Cuarto.Cuarto.---- Resumen final.Resumen final.Resumen final.Resumen final. El aumento de ingresos reflejado en el

apartado 3-A, asciende a 7.022.030€ y la disminución de ingresos reflejada en el apartado 3-B, asciende a 1.391.000€, de lo que se deriva un aumento de ingresos de 5.631.030€.

Por último se adjunta cuadro resumen:

CONCEPTOCONCEPTOCONCEPTOCONCEPTO PRESUPUESTO 2008PRESUPUESTO 2008PRESUPUESTO 2008PRESUPUESTO 2008 PRESUPUESTO 2009PRESUPUESTO 2009PRESUPUESTO 2009PRESUPUESTO 2009 DIFERENCIA 2008DIFERENCIA 2008DIFERENCIA 2008DIFERENCIA 2008----2009200920092009

Cesión del I.R.P.F 6.804.610 7.989.050 1.184.440

IBI Rústico 7.845 8.278 433

IBI Urbana 45.028.727 47.929.302 2.9005.75

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Excmo. Ayuntamiento Pleno de Las Palmas de Gran Canaria. Acta núm. 7, de fecha 29.05.09. Página 40 de 90

IBI Repercusión 27.650 28.202 552

IBI Especial 1.339.001 1.460.429 121.428

I.V.T.M. 13.505.572 15.840.000 2.334.428

T.I.V.T.N.URB

(Plusvalías)

9.981.968 8.590.968 -1.391.000

I.A.E. 9.709.364 10.189.538 480.174

TTTTOTALOTALOTALOTAL 86.404.73786.404.73786.404.73786.404.737 92.035.76792.035.76792.035.76792.035.767 5.631.0305.631.0305.631.0305.631.030

3333.2..2..2..2.4444....13131313....---- Pregunta formulada por doña doña doña doña JosefaJosefaJosefaJosefa LLLLUZARDO UZARDO UZARDO UZARDO RRRROMANOOMANOOMANOOMANO, del Grupo Municipal Popular, relativa a “Ayudas de emergencia” (R. E. S. Gral. núm. 355).

““““¿Cuántas ayudas de emergencia han ¿Cuántas ayudas de emergencia han ¿Cuántas ayudas de emergencia han ¿Cuántas ayudas de emergencia han sido tramitadas desde el 1 dsido tramitadas desde el 1 dsido tramitadas desde el 1 dsido tramitadas desde el 1 de enero y por e enero y por e enero y por e enero y por qué importe total?”qué importe total?”qué importe total?”qué importe total?”

LaLaLaLa señor señor señor señoraaaa CCCCONCEJALONCEJALONCEJALONCEJALAAAA DE GOBIERNO DEL ÁREADE GOBIERNO DEL ÁREADE GOBIERNO DEL ÁREADE GOBIERNO DEL ÁREA

DE DE DE DE SERVICIOS SOCIALESSERVICIOS SOCIALESSERVICIOS SOCIALESSERVICIOS SOCIALES,,,, EDUCACIÓN EDUCACIÓN EDUCACIÓN EDUCACIÓN,,,, TURISMO Y TURISMO Y TURISMO Y TURISMO Y

DEPORTESDEPORTESDEPORTESDEPORTES:::: a fecha 21 de mayo se han tramitado 465 ayudas por un importe total de 238.000 €.

3333.2..2..2..2.4444....14141414....---- Pregunta formulada por doña doña doña doña JoseJoseJoseJosefafafafa LLLLUZARDO UZARDO UZARDO UZARDO RRRROMANOOMANOOMANOOMANO, del Grupo Municipal Popular, relativa a “Lugares cerrados recogidos en la libreta con los 50 sitios a visitar” (R. E. S. Gral. núm. 356).

“¿Sabe el señor Concejal cuántos “¿Sabe el señor Concejal cuántos “¿Sabe el señor Concejal cuántos “¿Sabe el señor Concejal cuántos lugares de los que aparecen en la “libreta” lugares de los que aparecen en la “libreta” lugares de los que aparecen en la “libreta” lugares de los que aparecen en la “libreta” con los 50 sitios a vcon los 50 sitios a vcon los 50 sitios a vcon los 50 sitios a visitar se encuentran a día isitar se encuentran a día isitar se encuentran a día isitar se encuentran a día de hoy cerrados?de hoy cerrados?de hoy cerrados?de hoy cerrados? 3333.2..2..2..2.4444....15151515....---- Pregunta formulada por doña doña doña doña JosefaJosefaJosefaJosefa LLLLUZARDO UZARDO UZARDO UZARDO RRRROMANOOMANOOMANOOMANO, del Grupo Municipal Popular, relativa a “Procedimiento de adjudicación de la libreta de los 50 lugares a visitar” (R. E. S. Gral. núm. 357).

“¿Quién“¿Quién“¿Quién“¿Quién ha realizado la libreta que ha realizado la libreta que ha realizado la libreta que ha realizado la libreta que

recomienda los 50 lugares para visitar y por recomienda los 50 lugares para visitar y por recomienda los 50 lugares para visitar y por recomienda los 50 lugares para visitar y por qué procedimiento ha sido adjudicado?”qué procedimiento ha sido adjudicado?”qué procedimiento ha sido adjudicado?”qué procedimiento ha sido adjudicado?” 3333.2..2..2..2.4444....16161616....---- Pregunta formulada por doña doña doña doña JosefaJosefaJosefaJosefa LLLLUZARDO UZARDO UZARDO UZARDO RRRROMANOOMANOOMANOOMANO, del Grupo

Municipal Popular, relativa a “Coste de la libreta con 50 lugares a visitar” (R. E. S. Gral. núm. 358).

““““¿Cuánto ha costado la libreta editada ¿Cuánto ha costado la libreta editada ¿Cuánto ha costado la libreta editada ¿Cuánto ha costado la libreta editada

por el Ayuntamiento con fondos europeos, por el Ayuntamiento con fondos europeos, por el Ayuntamiento con fondos europeos, por el Ayuntamiento con fondos europeos, en la que se recomiendan en inglés y en la que se recomiendan en inglés y en la que se recomiendan en inglés y en la que se recomiendan en inglés y alemán 50 lugares para visitar en nuestra alemán 50 lugares para visitar en nuestra alemán 50 lugares para visitar en nuestra alemán 50 lugares para visitar en nuestra capital?capital?capital?capital?

Cuestión de Orden:Cuestión de Orden:Cuestión de Orden:Cuestión de Orden: El señor Concejal Delegado de Empleo y

Recursos Humanos da respuesta oral a las preguntas formuladas con los números de Registro Entrada en Secretaría General 356, 357 y 358

ElElElEl señoseñoseñoseñorrrr CCCCONCEJALONCEJALONCEJALONCEJAL DELEGADO DE DELEGADO DE DELEGADO DE DELEGADO DE EMPLEO Y EMPLEO Y EMPLEO Y EMPLEO Y

RECURSOS HUMANOS RECURSOS HUMANOS RECURSOS HUMANOS RECURSOS HUMANOS ((((Hidalgo MacarioHidalgo MacarioHidalgo MacarioHidalgo Macario):):):): el que las haga de forma verbal es entre otras cosas, porque hay una cuestión de fondo que sí quería advertirles, después se los comentaré al final, porque se ha producido esto en varias ocasiones.

Aquí hay 3 preguntas que van en cadena y además, con un procedimiento que utilizan en algunas ocasiones que son sobre el mismo tema y hacen 3 concadenadas como si fuera procedimiento testifical y que lilteralmente dicen lo siguiente:

La primera pregunta es cuánto costó la libreta editada por el Ayuntamiento con fondos europeos en la que se recomienda en inglés y en alemán 50 lugares para visitar de nuestra capital. Esta para ser una pregunta normal y habitual dentro del

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control de la oposición; se suma otra siguiente pregunta que es quién realizó la libreta que recomienda los 50 lugares para visitar y porqué procedimiento ha sido adjudicado. Esta es ya una pregunta con segunda intención, evidentemente, pero no dentro de los lógicos parámetros de la oposición.

La tercera pregunta es sabe el señor Concejal cuántos lugares de los que aparecen en la libreta de los 50 lugares a visitar se encuentran ya cerrados. Esta es una pregunta ya con “retranca”, no, como se suele decir.

Permítanme que les responda a las tres de la manera más sucinta posible. Bueno, a la primera, evidentemente, cuánto costó la libreta editada por el Ayuntamiento con fondos europeos, les diré que ha costado 4.800 € la redacción y 10.032,75 € la impresión de la misma.

¿Quién ha realizado la libreta? Pues les diré que don Juan José Laforet Hernández, que lo conocen todos, y la empresa Tegrarte, S.L., que es una empresa de impresión.

¿Y por qué procedimiento ha sido adjudicado? Por las cantidades, evidentemente, ha sido el procedimiento de adjudicación directa.

Y a la última pregunta que es la del trivial, y es cuántos lugares están cerrados al respecto. La verdad es que las libretas estas la hemos estado mirando, yo le echo un cálculo aproximado de que hay unos 8 lugares cerrados, aunque algunos como el Castillo de San Cristóbal, no sé si lo abriremos algún día para visitar, sólo se visita por fuera.

Sinceramente, yo no hacía la respuesta verbal por esto, sino por el hecho de que ustedes se preguntarán porqué responde el Concejal de Empleo y Recursos Humanos de un tema que es de turismo y de cultura, y es precisamente que todo esto que me han preguntado lo hicieron ustedes, es decir, la adjudicación, el determinar qué personas redactaban el documento, la

impresión del documento. Lo único que hemos hecho nosotros es pagar la factura. Por tanto, resulta bastante increíble y no es es la primera vez, que nos hacen preguntas con “retranca” que van relacionadas con acciones de gobierno de ustedes, que hicieron ustedes, que adjudicaron ustedes.

Entonces, al margen de que yo les pueda decir que, efectivamente, yo también me preguntaba qué podía hacer un proyecto de cultura y de turismo en el IMEF, que sólo generó un puesto de trabajo en 2 años, la administrativa que estaba trabajando a 2 metros de mí, hasta que se fue, creo como consejera del Partido Popular, eso imagino que fue una casualidad. Pero vamos, que me resulta realmente increíble que nos pregunten estas cuestiones cuando los compañeros que han hecho esto además se sientan con ustedes en la misma bancada porque ni siquiera se trata de concejales que han pasado a otras actividades.

Cualquier otra cuestión de estas yo creo que se trata más bien de falta de coordinación interna aunque digan lo contrario, y antes dijeran que están muy bien coordinados. Permítanme que lo dude y espero que hayan sido contestadas con claridad las tres preguntas que plantean.

El señor El señor El señor El señor PPPPRESIDENTERESIDENTERESIDENTERESIDENTE:::: muchas gracias,

señor Hidalgo.

3333.2..2..2..2.4444....17171717....---- Pregunta formulada por doña doña doña doña JosefaJosefaJosefaJosefa LLLLUZARDO UZARDO UZARDO UZARDO RRRROMANOOMANOOMANOOMANO, del Grupo Municipal Popular, relativa a “Alquileres abonados por el Ayuntamiento” (R. E. S. Gral. núm. 359).

¿Cuántos alquile¿Cuántos alquile¿Cuántos alquile¿Cuántos alquileres y qué importe total res y qué importe total res y qué importe total res y qué importe total ha abonado por este concepto el ha abonado por este concepto el ha abonado por este concepto el ha abonado por este concepto el Ayuntamiento a los propietarios desde el 1 Ayuntamiento a los propietarios desde el 1 Ayuntamiento a los propietarios desde el 1 Ayuntamiento a los propietarios desde el 1 de enero al 30 de abril de 2009?de enero al 30 de abril de 2009?de enero al 30 de abril de 2009?de enero al 30 de abril de 2009?

La señora La señora La señora La señora CCCCONCEJALA ONCEJALA ONCEJALA ONCEJALA DDDDELEGADA DE ELEGADA DE ELEGADA DE ELEGADA DE

VVVVIVIENDAIVIENDAIVIENDAIVIENDA (Ruiz Saavedra): (Ruiz Saavedra): (Ruiz Saavedra): (Ruiz Saavedra): desde el 01 de

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enero al 30 de abril de 2009 se han abonado los alquileres correspondientes a 92 contratos suscritos por el Ayuntamiento, y han representado un importe total 158.154,64 euros. 3333.2..2..2..2.4444....18181818....---- Pregunta formulada por doña doña doña doña JosefaJosefaJosefaJosefa LLLLUZARDO UZARDO UZARDO UZARDO RRRROMANOOMANOOMANOOMANO, del Grupo Municipal Popular, relativa a “Turno de Semana Santa” (R. E. S. Gral. núm. 360).

““““¿Qué va hacer el Concejal de Policía ¿Qué va hacer el Concejal de Policía ¿Qué va hacer el Concejal de Policía ¿Qué va hacer el Concejal de Policía ante la situación que se está dando en la ante la situación que se está dando en la ante la situación que se está dando en la ante la situación que se está dando en la que los efectivos de la Policía Local tienen que los efectivos de la Policía Local tienen que los efectivos de la Policía Local tienen que los efectivos de la Policía Local tienen que trabajar por turno, tal y como pasó el que trabajar por turno, tal y como pasó el que trabajar por turno, tal y como pasó el que trabajar por turno, tal y como pasó el viernes, sábado y domingo de Semana viernes, sábado y domingo de Semana viernes, sábado y domingo de Semana viernes, sábado y domingo de Semana Santa?Santa?Santa?Santa?””””

El señor El señor El señor El señor CCCCONCEJALONCEJALONCEJALONCEJAL DE DE DE DE GGGGOBIERNO DEL OBIERNO DEL OBIERNO DEL OBIERNO DEL ÁÁÁÁREA REA REA REA

DE DE DE DE SSSSEGURIDAD Y EGURIDAD Y EGURIDAD Y EGURIDAD Y MMMMOVILIDAD OVILIDAD OVILIDAD OVILIDAD CCCCIUDADANAIUDADANAIUDADANAIUDADANA (González Dumpiérrez):(González Dumpiérrez):(González Dumpiérrez):(González Dumpiérrez):

La Policía Local, desde siempre viene trabajando por turnos de mañana, tarde y noche los 365 días del año. En Semana Santa, concretamente el Viernes Santo se producen en esta ciudad una acumulación de procesiones de tal magnitud que ha hecho necesario establecer una coordinación operativa entre el Obispado y el Ayuntamiento, con la finalidad de limitar el número de procesiones ya que se carece del número suficiente de policías locales que garanticen la seguridad y el normal desarrollo de este tipo de eventos, que llegaron a ser 12.

El resto del año no se produce circunstancias que desvirtúen el trabajo por turnos pero, si fuera necesario, se puede cambiar de turno a los policías, con una indemnización de 30 Euros que establece el Convenio.

Durante cualquier fin de semana, si las previsiones de los servicios requirieran un aumento de efectivos de los que realmente están designados, se solicitan voluntarios para incrementar las dotaciones policiales que se abonan con cargo al presupuesto de horas extras, sistema que hasta la

actualidad no ha creado ningún problema y ha resuelto todas las necesidades del servicio.

3333.2..2..2..2.4444....19191919....---- Pregunta formulada por doña doña doña doña JosefaJosefaJosefaJosefa LLLLUZARDO UZARDO UZARDO UZARDO RRRROMANOOMANOOMANOOMANO, del Grupo Municipal Popular, relativa a “Datos de Emalsa” (R. E. S. Gral. núm. 361).

““““Ante sus reiterados silencios en torno a Ante sus reiterados silencios en torno a Ante sus reiterados silencios en torno a Ante sus reiterados silencios en torno a las preguntas que venimos realizando desde las preguntas que venimos realizando desde las preguntas que venimos realizando desde las preguntas que venimos realizando desde prácticamente el inicio del actual mandato prácticamente el inicio del actual mandato prácticamente el inicio del actual mandato prácticamente el inicio del actual mandato corporativo en relación a las compras de corporativo en relación a las compras de corporativo en relación a las compras de corporativo en relación a las compras de agua extagua extagua extagua extra a su producción propia realizadas ra a su producción propia realizadas ra a su producción propia realizadas ra a su producción propia realizadas por Emalsa S.A, le solicitamos.por Emalsa S.A, le solicitamos.por Emalsa S.A, le solicitamos.por Emalsa S.A, le solicitamos.

---- Relación de compras realizadas , con Relación de compras realizadas , con Relación de compras realizadas , con Relación de compras realizadas , con detalle de fechas, cantidades de m3, detalle de fechas, cantidades de m3, detalle de fechas, cantidades de m3, detalle de fechas, cantidades de m3, importes económicos, proveedores que la importes económicos, proveedores que la importes económicos, proveedores que la importes económicos, proveedores que la suministraron y certificaciones de la calidad suministraron y certificaciones de la calidad suministraron y certificaciones de la calidad suministraron y certificaciones de la calidad de ese agua desde el 1 dede ese agua desde el 1 dede ese agua desde el 1 dede ese agua desde el 1 de enero de 2008 enero de 2008 enero de 2008 enero de 2008 hasta el día de hoy.hasta el día de hoy.hasta el día de hoy.hasta el día de hoy.””””

El señor El señor El señor El señor CCCCONCEJAL DE ONCEJAL DE ONCEJAL DE ONCEJAL DE GGGGOBIERNO DEL OBIERNO DEL OBIERNO DEL OBIERNO DEL ÁÁÁÁREA REA REA REA

DE DE DE DE OOOORDENACIÓNRDENACIÓNRDENACIÓNRDENACIÓN,,,, VVVVIVIENDAIVIENDAIVIENDAIVIENDA,,,, MMMMEDIO EDIO EDIO EDIO AAAAMBIENTE Y MBIENTE Y MBIENTE Y MBIENTE Y

AAAAGUAGUAGUAGUA (Hernández López): (Hernández López): (Hernández López): (Hernández López): Se adjunta cuadro en el que se relacionan lo metros cúbicos comprados desde enero de 2008 hasta abril de 2009. Respecto a los proveedores, EMALSA no informa cumpliendo con la confidencialidad a que obligan las normas en materia de protección de datos.

El Gestor al no disponer de lo estipulado en el artículo 7.2 del RD 140/2003, realiza un control de las aguas de compra y vigila la conformidad de la calidad de las mezclas que entran en los depósitos y conducciones de acuerdo con el RD 140/2003.

3333.2..2..2..2.4444....20202020....---- Pregunta formulada por doña doña doña doña JosefaJosefaJosefaJosefa LLLLUZARDO UZARDO UZARDO UZARDO RRRROMANOOMANOOMANOOMANO, del Grupo Municipal Popular, relativa a “Tarifas de Emalsa, S.A.” (R. E. S. Gral. núm. 362).

““““Teniendo en cuenta que el Pleno del Teniendo en cuenta que el Pleno del Teniendo en cuenta que el Pleno del Teniendo en cuenta que el Pleno del Ayuntamiento el órgano competente para Ayuntamiento el órgano competente para Ayuntamiento el órgano competente para Ayuntamiento el órgano competente para aprobar las tarifas de la empresa Emalsa aprobar las tarifas de la empresa Emalsa aprobar las tarifas de la empresa Emalsa aprobar las tarifas de la empresa Emalsa

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Excmo. Ayuntamiento Pleno de Las Palmas de Gran Canaria. Acta núm. 7, de fecha 29.05.09. Página 43 de 90

S.A., a pesar de algunas declaraciones S.A., a pesar de algunas declaraciones S.A., a pesar de algunas declaraciones S.A., a pesar de algunas declaraciones contradictorias en este sentido por parte del contradictorias en este sentido por parte del contradictorias en este sentido por parte del contradictorias en este sentido por parte del Concejal responsable,Concejal responsable,Concejal responsable,Concejal responsable, Sr. Hernández, Sr. Hernández, Sr. Hernández, Sr. Hernández, ¿piensa proponer al Pleno una reducción ¿piensa proponer al Pleno una reducción ¿piensa proponer al Pleno una reducción ¿piensa proponer al Pleno una reducción urgente de la tarifa del agua con carácter urgente de la tarifa del agua con carácter urgente de la tarifa del agua con carácter urgente de la tarifa del agua con carácter general tanto en cuanto no se garantice general tanto en cuanto no se garantice general tanto en cuanto no se garantice general tanto en cuanto no se garantice totalmente la calidad del agua de abasto?totalmente la calidad del agua de abasto?totalmente la calidad del agua de abasto?totalmente la calidad del agua de abasto?””””

El señor El señor El señor El señor CCCCONCEJAL DE ONCEJAL DE ONCEJAL DE ONCEJAL DE GGGGOBIERNO DEL OBIERNO DEL OBIERNO DEL OBIERNO DEL ÁÁÁÁREA REA REA REA

DE DE DE DE OOOORDENACIÓNRDENACIÓNRDENACIÓNRDENACIÓN,,,, VVVVIVIENDAIVIENDAIVIENDAIVIENDA,,,, MMMMEDIO EDIO EDIO EDIO AAAAMBMBMBMBIENTE Y IENTE Y IENTE Y IENTE Y

AAAAGUAGUAGUAGUA (Hernández López): (Hernández López): (Hernández López): (Hernández López): Como usted debería saber, la tramitación que ha de llevarse a cabo para la modificación de la tarifa de abastecimiento de agua a propuesta del grupo de gobierno, sería:

· Informe de la Asesoría Jurídica. · Informe de Intervención. · Aprobación por la Junta de

Gobierno de la Ciudad del proyecto de modificación de las tarifas.

· Informe favorable de la propuesta de modificación de tarifas, por la Comisión de Pleno de Desarrollo Sostenible.

· Informe favorable de la propuesta de modificación de tarifas, por el Pleno.

· Remisión del acuerdo plenario a la Comisión Territorial de Precios de Las Palmas.

· Publicación en el Boletín Oficial de La Provincia, del acuerdo plenario.

· Publicación en el Boletín Oficial de La Provincia del anuncio de aprobación definitiva de las tarifas (una vez transcurrido el plazo de un mes, sin que se hayan producido reclamaciones o sugerencias al respecto).

· Escrito de la Dirección General de Comercio, de la Consejería de Industria, Comercio y Nuevas Tecnologías, comunicando la aprobación de las tarifas.

Por tanto la calificación de “urgente” no parece muy viable, y ya que su pregunta reza:

“¿Piensa proponer al Pleno una reducción urgente de la tarifa del agua con

carácter general tanto en cuanto no se garantice totalmente la calidad de agua de abasto?”

Es de suponer que antes de la terminación de todo el trámite, ya estará subsanada la restricción de uso del agua.

3.2.5.3.2.5.3.2.5.3.2.5.---- PREGUNTAS DE FORMULACIÓN ORAL PREGUNTAS DE FORMULACIÓN ORAL PREGUNTAS DE FORMULACIÓN ORAL PREGUNTAS DE FORMULACIÓN ORAL FORMULADAS EN SESIONES ANTERIORES:FORMULADAS EN SESIONES ANTERIORES:FORMULADAS EN SESIONES ANTERIORES:FORMULADAS EN SESIONES ANTERIORES:

SesiónSesiónSesiónSesión 27.0 27.0 27.0 27.03333.09.09.09.09

3.2.5.3.2.5.3.2.5.3.2.5.1111---- Pregunta oral formulada por doña doña doña doña Mª IsabelMª IsabelMª IsabelMª Isabel GARCÍA BOLTA GARCÍA BOLTA GARCÍA BOLTA GARCÍA BOLTA, del Grupo Municipal Popular, relativa a “Razones por las que no se contrató servicio de intérpretes en las galas del Festival de Cine”.

El señor El señor El señor El señor CONCEJAL DELEGADO D CONCEJAL DELEGADO D CONCEJAL DELEGADO D CONCEJAL DELEGADO DE TURISMO E TURISMO E TURISMO E TURISMO

((((RuRuRuRuiz Santanaiz Santanaiz Santanaiz Santana):):):): por motivos económicos. Sesión 24.04.09Sesión 24.04.09Sesión 24.04.09Sesión 24.04.09

3.2.5.23.2.5.23.2.5.23.2.5.2---- Pregunta oral formulada por doña doña doña doña MMMMª ª ª ª IIIISABEL SABEL SABEL SABEL GGGGARCÍA ARCÍA ARCÍA ARCÍA BBBBOLTAOLTAOLTAOLTA, Concejala del Grupo Municipal Popular, relativa a “Cuántos días precisa el Concejal de Turismo (Aday Ruiz) para responder a los escritos formulados por el Grupo Popular”.

El señor El señor El señor El señor CCCCONCEJAL DEONCEJAL DEONCEJAL DEONCEJAL DELEGADO DE TURISMO LEGADO DE TURISMO LEGADO DE TURISMO LEGADO DE TURISMO

((((Ruiz SantanaRuiz SantanaRuiz SantanaRuiz Santana):):):): los necesarios para reunir la documentación.

PARTICIPACIÓN CIUDADANAPARTICIPACIÓN CIUDADANAPARTICIPACIÓN CIUDADANAPARTICIPACIÓN CIUDADANA No fue solicitado por ninguna

asociación ni vecinos participar en el Pleno.

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Excmo. Ayuntamiento Pleno de Las Palmas de Gran Canaria. Acta núm. 7, de fecha 29.05.09. Página 44 de 90

Y no habiendo más asuntos de que tratar, la Presidencia levanta la sesión, siendo las quince horas y diez minutos, de todo lo cual, como Secretaria, doy fe.

LA SECRETARIA GENERAL DEL PLENO,LA SECRETARIA GENERAL DEL PLENO,LA SECRETARIA GENERAL DEL PLENO,LA SECRETARIA GENERAL DEL PLENO, (P. S. Decreto núm. 6782/2009, de 2 de abril)(P. S. Decreto núm. 6782/2009, de 2 de abril)(P. S. Decreto núm. 6782/2009, de 2 de abril)(P. S. Decreto núm. 6782/2009, de 2 de abril)

Felipe Mba Ebebele.

DILIGENCIADILIGENCIADILIGENCIADILIGENCIA

De conformidad y a los efectos del art. 43.4, RFPCP, las intervenciones habidas en los debates de los distintos asuntos tratados en esta sesión quedan reflejadas literalmente en el Diario de Sesiones.

LA SECRETARIA GENERAL DEL PLENO,LA SECRETARIA GENERAL DEL PLENO,LA SECRETARIA GENERAL DEL PLENO,LA SECRETARIA GENERAL DEL PLENO,

(P. S. Decreto núm. 6782/2009, de 2 de abril)(P. S. Decreto núm. 6782/2009, de 2 de abril)(P. S. Decreto núm. 6782/2009, de 2 de abril)(P. S. Decreto núm. 6782/2009, de 2 de abril)

Felipe Mba Ebebele.

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Excmo. Ayuntamiento Pleno de Las Palmas de Gran Canaria. Acta núm. 7, de fecha 29.05.09. Página 45 de 90

ANEXO AL PANEXO AL PANEXO AL PANEXO AL PUNTO 20UNTO 20UNTO 20UNTO 20 DEL ORDEN DEL DÍA DEL ORDEN DEL DÍA DEL ORDEN DEL DÍA DEL ORDEN DEL DÍA BASES DE EJECUCIÓN DEL BASES DE EJECUCIÓN DEL BASES DE EJECUCIÓN DEL BASES DE EJECUCIÓN DEL

PRESUPUESTO GENERAL PARA EL AÑO PRESUPUESTO GENERAL PARA EL AÑO PRESUPUESTO GENERAL PARA EL AÑO PRESUPUESTO GENERAL PARA EL AÑO 2009200920092009

TÍTTÍTTÍTTÍTULO DISPOSICIONES GENERALESULO DISPOSICIONES GENERALESULO DISPOSICIONES GENERALESULO DISPOSICIONES GENERALES

Capítulo Único: NORMAS Y PRINCIPIOS Capítulo Único: NORMAS Y PRINCIPIOS Capítulo Único: NORMAS Y PRINCIPIOS Capítulo Único: NORMAS Y PRINCIPIOS GENERALESGENERALESGENERALESGENERALES

BASE 1ª.BASE 1ª.BASE 1ª.BASE 1ª.---- Bases de ejecución del Bases de ejecución del Bases de ejecución del Bases de ejecución del PresupuestoPresupuestoPresupuestoPresupuesto

Las presentes Bases contienen la adaptación de las disposiciones generales en materia presupuestaria a la organización y circunstancias del Ayuntamiento de Las Palmas de G.C., así como aquellas otras necesarias para su acertada gestión, y constituyen la Norma General en materia económico-financiera, de obligado cumplimiento en la ejecución del Presupuesto General de esta Entidad.

Todas las personas vinculadas a la gestión de la Administración municipal, cualquiera que sea su condición y categoría tienen la obligación de conocerlas y cumplirlas en el ámbito de gestión y responsabilidad que a cada uno corresponda.

En la ejecución del Presupuesto, el Sr. Concejal de Gobierno de Hacienda podrá adoptar las medidas necesarias con objeto de gestionar los recursos municipales con eficacia y eficiencia.

Con objeto de unificar criterios de actuación, el Sr. Alcalde y, por su delegación, el Concejal o responsable político en materia de Hacienda, podrán dictar instrucciones en materia presupuestaria y contable a los Organismos Autónomas y Sociedades Mercantiles Municipales, a iniciativa del Servicio Municipal competente y mediante

propuesta del Órgano de Gestión Presupuestaria.

BASE 2ª.BASE 2ª.BASE 2ª.BASE 2ª.---- Normativa aplicable Normativa aplicable Normativa aplicable Normativa aplicable

La aprobación, gestión y liquidación del Presupuesto, habrá de regirse por:

1) En primer término, por la Legislación de Régimen Local:

a) Ley 7/85, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, modificada por la Ley 57/2003, de 16 de diciembre, de Medidas para la Modernización del Gobierno Local.

b) Texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo.

c) R.D 500/90, de 20 de abril, Reglamento Presupuestario.

d) O.M. de Economía y Hacienda, de 20 de septiembre de l.989, por la que se establece la estructura presupuestaria de las Entidades Locales.

e) Orden EHA/4041/2004, de 23 de noviembre, por la que se aprueba la Instrucción del Modelo Normal de Contabilidad Local.

f) Demás disposiciones reglamentarias en materia local.

2) En segundo término, por la legislación sobre Estabilidad Presupuestaria:

a) Real Decreto Legislativo 2/2007, de 28 de diciembre por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General de Estabilidad Presupuestaria

b) Ley Orgánica 5/2001, de 13 de diciembre, complementaria a la Ley General de Estabilidad Presupuestaria, reformada por la Ley Orgánica 3/2006, de 26 de mayo.

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c) Real Decreto 1463/2007, de 2 de noviembre, por el que se aprueba el reglamento de desarrollo de la Ley 18/2001, de 12 de diciembre, de Estabilidad Presupuestaria, en su aplicación a las Entidades Locales.

3) Complementariamente, por lo previsto en estas Bases.

4) Con carácter supletorio, por la legislación del Estado:

a) Ley 47/2003 de 26 de noviembre, por la que se aprueba la Ley General Presupuestaria.

b) Leyes Anuales de Presupuestos Generales del Estado.

c) Demás disposiciones concordantes.

BASE 3ª.BASE 3ª.BASE 3ª.BASE 3ª.---- Ámbito de aplicación Ámbito de aplicación Ámbito de aplicación Ámbito de aplicación

1.- Las presentes Bases serán de aplicación, al Presupuesto del Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria y a los de sus Organismos Autónomos, teniendo en cuenta, en el caso

de estos últimos, las especificidades recogidas en sus propias Bases.

Las Sociedades Mercantiles en las que la Corporación tenga participación total o mayoritaria estarán sometidas al régimen de contabilidad pública, sin perjuicio de que se adapten a las disposiciones del Código de Comercio y demás legislación Mercantil y al Plan de Contabilidad vigente.

2.- Las presentes Bases tendrán la misma vigencia que el Presupuesto y, en su caso, que su prórroga legal.

BASE 4ª.BASE 4ª.BASE 4ª.BASE 4ª.---- Del Presupuesto General Del Presupuesto General Del Presupuesto General Del Presupuesto General

El Presupuesto General para el ejercicio de 2009 está integrado por el Presupuesto del propio Ayuntamiento, los de sus Organismos Autónomos y por los Estados de previsión de gastos e ingresos de las Sociedades Mercantiles cuyo capital social pertenezca íntegramente al mismo. Su importe es el que a continuación se detalla:

INGRESOSINGRESOSINGRESOSINGRESOS GASTOSGASTOSGASTOSGASTOS

AYUNTAMIENTO ................................................................................. 309.463.740,06 309.463.740,06

INSTITUTO MPAL. DEPORTES.............................................................. 5.545.248,00 5.545.248,00

INSTITUTO MPAL. EMPLEO Y FORMACIÓN ......................................... 2.274.752,15 2.274.752,15

AGENCIA LOCAL GESTORA ENERGÍA ................................................... 500.412,00 500.412,00

GUAGUAS MUNICIPALES, S.A.............................................................. 46.422.365,00 46.422.365,00

SAGULPA ............................................................................................. 4.347.412,94 4.245.999,34

GEURSA ............................................................................................... 27.259.107,30 27.259.107,30

ERELPA, S.A. ........................................................................................ 2.816.500,00 2.816.500,00

PROM. LAS PALMAS DE GRAN CANARIA, S.A. .................................... 9.600.000,00 9.600.000,00

HOTEL SANTA CATALINA, S.A. ............................................................. 693.053,89 645.506,97

TOTALTOTALTOTALTOTAL 408.922.591,34408.922.591,34408.922.591,34408.922.591,34 408.773.630,82408.773.630,82408.773.630,82408.773.630,82

BASE 5ª.BASE 5ª.BASE 5ª.BASE 5ª.---- Estructura presupuestaria Estructura presupuestaria Estructura presupuestaria Estructura presupuestaria

1.- El Presupuesto del Ayuntamiento y de sus Organismos Autónomos se

estructura de acuerdo con las clasificaciones establecidas en la Orden del Ministerio de Economía y Hacienda de 20 de septiembre de 1.989.

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2.- Los créditos incluidos en los Estados de Gastos se clasifican según los siguientes criterios:

a) Atendiendo a la asignación y gestión del gasto, por Centros Gestores que se corresponden con las Delegaciones por Áreas de actuación conferidas por el Sr. Alcalde a los Sres. Concejales de Gobierno, Directores de Gobierno, Concejales Delegados, Concejales de Distrito y otros Órganos Directivos de la Administración Municipal; y por las Unidades Gestoras administrativas que integran las distintas Áreas y Distritos.

b) Atendiendo a la finalidad de los créditos y los objetivos que con los mismos se pretenden alcanzar, por grupo de función, función, subfunción y programa.

c) Atendiendo a su naturaleza económica, por capítulos, artículos, conceptos y subconceptos.

La partida presupuestaria, definida por la conjunción de las clasificaciones orgánica, funcional y económica, constituye la unidad elemental de información sobre la que se efectuará el control contable de los créditos y sus modificaciones. El control fiscal se realizará al nivel de vinculación que se establece en la Base Octava.

3.- Los ingresos se clasifican, atendiendo a la naturaleza económica de los mismos, en capítulos, artículos, conceptos y subconceptos.

BASE 6ª.BASE 6ª.BASE 6ª.BASE 6ª.---- Control y fiscalización Control y fiscalización Control y fiscalización Control y fiscalización

De conformidad con lo dispuesto en los artículos 133 y 136 de la Ley 7/1985 de Bases de Régimen Local, en los artículos 213 y 214 del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales y en el art. 4 del R.D. 1174/1987 de 18 de septiembre, regulador del Régimen Jurídico de los Funcionarios de Admón. Local con Habilitación Nacional:

1.- Se realizará el control interno respecto de la gestión económica del Ayuntamiento, de sus Organismos Autónomos y de las Sociedades Mercantiles que de él dependan.

2.- Todos los actos, documentos, expedientes de la Administración Municipal y de sus Organismos Autónomos, sea cual fuese su naturaleza jurídica, de los que deriven derechos y obligaciones de contenido económico o que puedan tener repercusión financiera o patrimonial, estarán sujetas al control y fiscalización interna por la Intervención General Municipal.

Los Secretarios de los Órganos Colegiados de Gobierno del Ayuntamiento y de sus Organismos Autónomos remitirán a la Intervención General copia certificada de los Acuerdos que se adopten, susceptibles de generar derechos u obligaciones de contenido económico.

Los Secretarios de los Consejos de Administración y Juntas Generales de las Sociedades Mercantiles Locales remitirán a la Intervención General copia certificada de los Acuerdos que se adopten, susceptibles de generar derechos u obligaciones de contenido económico.

3.- Corresponderá a la Intervención General Municipal la función pública de control y fiscalización interna de la gestión económico-financiera y presupuestaria, respecto del Ayuntamiento y sus Organismos Autónomos. En las Sociedades Mercantiles y en el resto de las Entidades ejercerá las funciones de control financiero, así como la realización de las comprobaciones por procedimientos de auditoría interna, conforme a las normas de auditoría del sector público.

4.- La Intervención General procederá a la comprobación material del gasto en contratos de obras y suministros cuyo importe sea superior a 50.000 euros y

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18.000 euros respectivamente, igic excluido.

5.- En relación con lo dispuesto en el artículo 216.2.c) del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales sobre los reparos que suspenden la tramitación del expediente, se consideran requisitos o trámites esenciales los siguientes:

a) Los documentos contables, debidamente cumplimentados.

b) En los expedientes de contratación:

- La calificación del contrato en función del contenido de la prestación, según lo dispuesto en el Capítulo II del Título Preliminar de la Ley de de Contratos del Sector Público.

- La competencia del órgano de contratación.

- La capacidad del contratista adjudicatario.

- La determinación del objeto del contrato.

- La fijación del valor estimado y el precio del contrato

- La existencia de crédito adecuado y suficiente, si del contrato se derivan obligaciones de contenido económico para la Administración.

- La tramitación de expediente, al que se incorporarán los pliegos en los que la Administración establezca las cláusulas que han de regir el contrato a celebrar o, en su caso, documento descriptivo al que se refiere el artículo 165 de la Ley de Contratos del Sector Público, y el importe del presupuesto del gasto, si se derivan obligaciones de contenido económico.

- La fiscalización previa de los actos de contenido económico, relativos a los contratos, en los términos previstos en las normas presupuestarias.

- La aprobación del gasto, en su caso, por el órgano competente para ello.

- La formalización del contrato.

- El fraccionamiento del contrato cuando implique eludir los requisitos de publicidad o los relativos al procedimiento de adjudicación que corresponda.

c) En el otorgamiento de subvenciones, justificación de los gastos relativos a subvenciones anteriormente percibidas por el beneficiario, siempre que el plazo establecido para su presentación hubiera finalizado.

d) En la fase de autorización de gasto deberán acreditarse que se cumplen, en su caso, los requisitos del artículo 173.6 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales.

e) En el reconocimiento de obligaciones, los documentos referidos en la Base 22ª.

f) El informe de Asesoría Jurídica, cuando fuera preceptivo.

BASE 7ª.BASE 7ª.BASE 7ª.BASE 7ª.---- Gastos no sometidos a Gastos no sometidos a Gastos no sometidos a Gastos no sometidos a fiscalización previa.fiscalización previa.fiscalización previa.fiscalización previa.

1. No estarán sometidos a fiscalización previa los gastos de material no inventariable, contratos menores, así como los de carácter periódico y demás de tracto sucesivo, una vez intervenido el gasto correspondiente al periodo inicial del acto o contrato del que deriven o sus modificaciones, así como otros gastos menores de 3.000 euros que se hagan efectivos a través del sistema de anticipos de caja fija.

2. En los contratos menores se exigirá, como mínimo, la siguiente documentación:

a) Memoria justificativa del gasto, donde se hará constar, entre otros, la capacidad de obrar según lo establecido en el artículo 61 de la Ley de Contratos del Sector Público.

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b) En los contratos de obra: presupuesto conformado por el técnico, sin perjuicio de que deba existir el correspondiente proyecto cuando normas específicas así lo requieran.

c) Documento contable de Autorización-Disposición-Reconocimiento de la Obligación (ADO) o de Autorización-Disposición (AD) de acuerdo con lo establecido en las presentes Bases.

d) Certificación, cuando proceda y, en todo caso, factura con los requisitos exigidos en el Real Decreto 1496/2003, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento que regula las obligaciones de facturación, y en la Base 22ª.

3. No estarán sometidos a fiscalización previa las concesiones de ayudas económicas para emergencias que se tramiten conforme a lo dispuesto en la Ordenanza Reguladora de Prestaciones económicas para situaciones de especial necesidad o emergencia social.

TÍTULO II: DE LOS CRÉDITOS Y SUS TÍTULO II: DE LOS CRÉDITOS Y SUS TÍTULO II: DE LOS CRÉDITOS Y SUS TÍTULO II: DE LOS CRÉDITOS Y SUS

MODIFICACIONESMODIFICACIONESMODIFICACIONESMODIFICACIONES Capítulo I: CRÉDITOS INICIALESCapítulo I: CRÉDITOS INICIALESCapítulo I: CRÉDITOS INICIALESCapítulo I: CRÉDITOS INICIALES BASE 8ª.BASE 8ª.BASE 8ª.BASE 8ª.---- Nivel de Nivel de Nivel de Nivel de vinculación jurídica de vinculación jurídica de vinculación jurídica de vinculación jurídica de

los créditoslos créditoslos créditoslos créditos

1.- Los créditos consignados en el presupuesto tienen carácter limitativo dentro del nivel de vinculación jurídica.

2.- No podrán adquirirse compromisos de gasto ni obligaciones, por cuantía superior al importe de los créditos autorizados en el Estado de Gastos, siendo nulos de pleno derecho los actos administrativos y disposiciones que, dictados por órganos superiores de este Ayuntamiento, incumplan esta limitación, sin perjuicio de las responsabilidades a que hubiese lugar.

3.- Sin perjuicio de lo previsto en los apartados siguientes, con carácter general se establecen los siguientes niveles de vinculación:

a) Respecto a la clasificación orgánica: la unidad gestora (cinco dígitos).

b) Respecto de la clasificación funcional: el programa (cinco dígitos), excepto para los créditos correspondientes a retribuciones del personal al servicio de esta Corporación, para los que será el grupo de función (primer dígito).

c) Respecto de la clasificación económica: el capítulo (primer dígito).

3.- Los niveles de vinculación de los créditos correspondientes a las aplicaciones presupuestarias de los subconceptos que a continuación se detallan serán:

a) Respecto de la clasificación orgánica: la unidad gestora (cinco dígitos).

b) Respecto de la clasificación funcional: el grupo de función (primer dígito).

c) Respecto de la clasificación económica:

CATEGORÍA ECONÓMICACATEGORÍA ECONÓMICACATEGORÍA ECONÓMICACATEGORÍA ECONÓMICA CÓDIGOCÓDIGOCÓDIGOCÓDIGO NIVEL DE VINCULACIÓNNIVEL DE VINCULACIÓNNIVEL DE VINCULACIÓNNIVEL DE VINCULACIÓN

SUBCONCEPTO 121.02 SUBCONCEPTO (CINCO DÍGITOS)

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CONCEPTO 150 CONCEPTO ( TRES DÍGITOS)

CONCEPTO 151 CONCEPO (TRES DÍGITOS)

4.- Los niveles de vinculación de los créditos correspondientes a las aplicaciones presupuestarias 0101B/111.00/226.02 y 0101B/121.00/226.02, serán:

a) Respecto de la clasificación orgánica: la unidad gestora (cinco dígitos).

b) Respecto de la clasificación funcional: el grupo de función (primer dígito).

c) Respecto de la clasificación económica: el subconcepto (cinco dígitos).

5.- Serán vinculantes en sí mismos, los créditos de las siguientes aplicaciones presupuestarias:

CÓDIGOCÓDIGOCÓDIGOCÓDIGO DENOMINACIÓNDENOMINACIÓNDENOMINACIÓNDENOMINACIÓN

0101A 11100 48912 OTRAS TRANSFERENCIAS, ASOC. REFLEX. ESTRATÉGICA

0105A 45100 48901 OTRAS TRANSFERENCIAS, AUDITORIO ALFREDO KRAUS

0105A 45100 48906 OTRAS TRANSFERENCIAS, TEATRO PÉREZ GALDÓS

0105A 45100 48913 OTRAS TRANSFERENCIAS, MUSEO NÉSTOR

0105A 45100 48922 OTRAS TRANSFERENCIAS, ROMERÍA DEL ROSARIO

0105A 45100 48923 OTRAS TRANSFERENCIAS, AMIGOS DE LA ÓPERA

0105A 45100 48924 OTRAS TRANSFERENCIAS, MUSEO CANARIO

0105A 45100 48925 OTRAS TRANSFERENCIAS, ESCUELA LUJÁN PÉREZ

0105A 45100 48926 OTRAS TRANSFERENCIAS, R. S. ECONÓM. AMIGOS DEL PAIS

0105A 45100 48927 OTRAS TRANSFERENCIAS, GABINETE LITERARIO

0105A 45100 48928 OTRAS TRANSFERENCIAS. SOCIEDAD FILARMÓNICA L.P.G.C.

0105A 45100 48929 OTRAS TRANSFERENCIAS. AMIGOS CANARIOS ZARZUELA

0201A 11100 48905 OTRAS TRANSFERENCIAS, CASA DE ÁFRICA

0401B 43200 48910 OTRAS TRANSFERENCIAS, DERRIBOS Y CONSERV. MUROS

0701A 42200 44400 APORTACIÓN A EMPRESAS DEL AYUNTAMIENTO

0701A 42200 48914 OTRAS TRANSFERENCIAS, FUNDACIÓN U.L.P.G.C.

0701A 42200 48915 OTRAS TRANSFERENCIAS, FUNDACIÓN U.N.E.D.

0705B 31300 44400 APORTACIÓN A EMPRESAS DEL AYUNTAMIENTO

0805C 31302 48916 OTRAS TRANSFERENCIAS, CASA MUJERES MALTRATADAS

0805C 31302 48920 OTRAS TRANSFERENCIAS, ORG. CIUDADANAS IGUALDAD

0305B 61100 62500 MOBILIARIO Y ENSERES

0501C 12100 62600 EQUIPOS INFORMÁTICOS

0410B 43100 78900 OTRAS TRANSF. CAPITAL, VIVIENDA

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0701A 42200 78900 OTRAS TRANSFERENCIAS CAPITAL, FUNDACIÓN UNED

6.- Los créditos declarados ampliables tendrán carácter vinculante al nivel de desagregación de la partida presupuestaria.

7.- En los proyectos de gasto con financiación afectada se tendrá en cuenta la vinculación del propio proyecto que, salvo que el Centro Gestor solicite otra cosa diferente y, previo informe de la Intervención General, en la apertura del proyecto será “vinculante en sí mismo”.

8.- En los créditos extraordinarios y suplementos que se concedan en el ejercicio debe tenerse en cuenta que los mismos se autorizan para un gasto específico y determinado, cuya realización no puede demorarse al año siguiente, lo que se garantizará mediante su vinculación a ese gasto concreto.

9.- La vinculación jurídica supone un límite máximo de gasto. No obstante, cuando se realice un gasto que exceda de la consignación de la partida presupuestaria, sin superar el nivel de vinculación jurídica, deberá, junto con la tramitación del expediente de gasto, justificarse la insuficiencia de la consignación y la necesidad del gasto, señalando su imputación con cargo a la “bolsa” de vinculación. Ello podrá implicar la imputación a subconceptos que no figuren abiertos en el Estado de Gastos sin necesidad de modificación presupuestaria. En este caso, en el primer documento contable que se tramite con cargo al nuevo subconcepto se hará constar esta circunstancia mediante diligencia firmada por la Dirección del Órgano de Gestión Presupuestaria que indique “creación de partida, primera operación imputada al subconcepto”, y se dará cuenta de ello a la Intervención General.

En todo caso, la creación de partidas corresponde al Órgano de Gestión Presupuestaria y deberá ajustarse a la orden de 20 de septiembre de 1989.

Capítulo II: MODIFICACIONES Capítulo II: MODIFICACIONES Capítulo II: MODIFICACIONES Capítulo II: MODIFICACIONES PRESUPUESTARIASPRESUPUESTARIASPRESUPUESTARIASPRESUPUESTARIAS

BASE 9ª.BASE 9ª.BASE 9ª.BASE 9ª.---- Insuficiencia de los créditos Insuficiencia de los créditos Insuficiencia de los créditos Insuficiencia de los créditos

Cuando haya de realizarse un gasto que no tenga suficiente crédito dentro de la “bolsa” de vinculación jurídica, deberá tramitarse previamente el oportuno expediente de modificación de créditos.

BASE 10ª.BASE 10ª.BASE 10ª.BASE 10ª.---- De las modificaciones de De las modificaciones de De las modificaciones de De las modificaciones de créditocréditocréditocrédito

Toda modificación presupuestaria se iniciará con la propuesta por el Servicio interesado en la que se acredite la necesidad de la misma y los demás requisitos necesarios según la modificación de que se trate. Esta propuesta, que incluirá como mínimo una ficha resumen y una memoria explicativa, firmada por los responsables técnico y político del Servicio, se acompañará de los documentos justificativos precisos y será remitida al Órgano de Gestión Presupuestaria para informe y tramitación del correspondiente expediente.

Se exceptúan de esta norma general las modificaciones presupuestarias que afecten a créditos correspondientes a retribuciones del personal al servicio de esta Corporación, las cuales serán propuestas y firmadas por los responsables técnico y político del código orgánico 0505B: “Administración de Recursos Humanos”. Las que afecten a retribuciones del personal del Órgano Especial de Limpieza lo serán por los responsables del

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código orgánico 1010A, con el visto bueno del Concejal competente en materia de personal.

Toda modificación presupuestaria con carácter previo a su aprobación será informada por la Intervención General.

BASE 11ª.BASE 11ª.BASE 11ª.BASE 11ª.---- Créditos extraordinarios y Créditos extraordinarios y Créditos extraordinarios y Créditos extraordinarios y suplementos de créditossuplementos de créditossuplementos de créditossuplementos de créditos

1.- Si en el ejercicio ha de realizarse un gasto específico y determinado que no pueda demorarse hasta el ejercicio siguiente, y para el que no existe crédito o el consignado es insuficiente y no ampliable, puede acordarse la habilitación o suplemento de crédito que corresponda.

2.- De acuerdo con lo establecido en el art. 36 del R.D. 500/1.990, de 20 de Abril, se podrán financiar, indistintamente, con alguno o algunos de los siguientes recursos:

a) Remanente Líquido de Tesorería.

b) Nuevos o mayores ingresos efectivamente recaudados sobre los totales previstos en algún concepto del presupuesto corriente, previa acreditación de que el resto de los ingresos viene efectuándose con normalidad, salvo que aquéllos tengan carácter finalista.

Excepcionalmente, podrá recurrirse a operaciones de crédito para financiar nuevos o mayores gastos por operaciones corrientes, a tenor de lo previsto en el apartado 5 del art. 177 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, y de acuerdo con las formalidades que se establecen en el art. 36.3 del R.D. 500/1.990, de 20 de Abril.

c) Mediante anulaciones o bajas de créditos de otras partidas del Presupuesto no comprometidas, cuyas

dotaciones se estimen reducibles sin perturbación del correspondiente Servicio.

d) Si se trata de gastos de Inversión, podrán financiarse, además de con los recursos indicados en los apartados anteriores, con los procedentes de operaciones de crédito.

3.- A la propuesta se acompañará memoria justificativa de la necesidad del gasto, en la que quede constancia de:

- Gasto específico y determinado a realizar, teniendo en cuenta que la autorización Plenaria será sólo para este gasto.

- Necesidad de realizar el gasto en el ejercicio, justificando la imposibilidad de demorarlo al siguiente.

- Inexistencia o insuficiencia de crédito en el nivel de vinculación jurídica que corresponde.

4.- Los expedientes, aprobados inicialmente por el Pleno Municipal, se expondrán al público quince días hábiles, durante los cuales los interesados podrán presentar reclamaciones. Si en el citado período no se presentasen, la modificación quedará definitivamente aprobada y, en otro caso, deberá resolver el Pleno en el plazo de un mes contado desde la finalización de la exposición al público.

5.- Cuando la causa del expediente fuera calamidad pública u otras de excepcional interés general, la modificación presupuestaria será ejecutiva desde la aprobación inicial y, en consecuencia, a partir de este momento podrá afrontarse el gasto.

BASE 12ª.BASE 12ª.BASE 12ª.BASE 12ª.---- Transferencias de crédito Transferencias de crédito Transferencias de crédito Transferencias de crédito

1.- Transferencia de Crédito es aquella modificación del Presupuesto de Gastos mediante la que, sin alterar la cuantía total del mismo, se imputa el importe total o parcial de un crédito a otras partidas

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presupuestarias con diferente vinculación jurídica.

Las transferencias de crédito podrán conllevar la creación de partidas presupuestarias.

2.- Las Transferencias de Crédito de cualquier clase estarán sujetas a las siguientes limitaciones:

a) No afectarán a los créditos ampliables ni a los extraordinarios concedidos durante el ejercicio.

b) No podrán minorarse los créditos que hayan sido incrementados con suplementos o transferencias, salvo cuando afecten a créditos de personal, ni los créditos incorporados como consecuencia de remanentes no comprometidos procedentes de Presupuestos cerrados.

c) No incrementarán créditos que, como consecuencia de otras transferencias, hayan sido objeto de minoración, salvo cuando afecten a créditos de personal.

Las anteriores limitaciones no afectarán a las transferencias de créditos que sean consecuencia de reorganizaciones administrativas aprobadas por el Pleno, ni a las relativas al subconcepto 226.88.

3.- La aprobación de los expedientes de Transferencias de Crédito corresponden, previo informe de la Intervención General:

a) Al Pleno, cuando se trate de transferencias entre créditos de distinto grupo de función, excepto

cuando las altas y las bajas se refieran a gastos de personal.

b) A la Junta de Gobierno Local, el resto de las transferencias.

c) Al Alcalde, cuando se trate de transferencias que afecten a créditos de personal (Capítulo I).

4.- En la tramitación de los expedientes de Transferencia de Crédito autorizados por el Pleno de la Corporación, serán de aplicación las mismas normas de información, reclamaciones y publicidad del Presupuesto General. (Ver Base 10, apartado 4).

5.- En los expedientes figurará certificación del Órgano competente en materia de contabilidad acreditativa de la existencia de crédito disponible a nivel de la partida que se pretende disminuir e informe del Servicio Gestor que acredite la necesidad de la transferencia, su procedencia y legalidad, haciendo mención expresa de que el crédito a transferir no esté financiado con un ingreso finalista distinto al del destino de la partida a que se transfiera.

BASE 13ª.BASE 13ª.BASE 13ª.BASE 13ª.---- Ampliaciones de crédito Ampliaciones de crédito Ampliaciones de crédito Ampliaciones de crédito

Ampliación de crédito es la modificación al alza del Presupuesto de Gastos que se concreta en el aumento de crédito en alguna de las partidas ampliables relacionadas a continuación, previo cumplimiento de los requisitos señalados en el artículo 39 del RD 500/90, de 20 de abril.

Partidas ampliables:Partidas ampliables:Partidas ampliables:Partidas ampliables:

PartidaPartidaPartidaPartida DenominaciónDenominaciónDenominaciónDenominación Cpto ingresosCpto ingresosCpto ingresosCpto ingresos DenominaciónDenominaciónDenominaciónDenominación

0401B/432.00/227.900401B/432.00/227.900401B/432.00/227.900401B/432.00/227.90 Ejecuciones subsidiarias, Urbanismo y Arquitectura

381.01381.01381.01381.01 Reintegro de obra instalaciones a cargo de particulares.

0901D/434.00/227.900901D/434.00/227.900901D/434.00/227.900901D/434.00/227.90 Ejecuciones Subsidiarias. Alumbrado

381.01381.01381.01381.01 Reintegro de obra instalaciones a cargo de particulares.

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PartidaPartidaPartidaPartida DenominaciónDenominaciónDenominaciónDenominación Cpto ingresosCpto ingresosCpto ingresosCpto ingresos DenominaciónDenominaciónDenominaciónDenominación

1025B/121.00/830.001025B/121.00/830.001025B/121.00/830.001025B/121.00/830.00 Préstamos corto plazo, Admón. Financiera. Anticipos al personal.

830.00830.00830.00830.00 Reintegros de préstamos y anticipos de personal.

Los expedientes de ampliación de crédito serán aprobados por resolución de la Alcaldía, previo informe de la Intervención General, siendo inmediatamente ejecutiva la resolución de los mismos.

Base 14ª.Base 14ª.Base 14ª.Base 14ª.---- Generaciones de crédito por Generaciones de crédito por Generaciones de crédito por Generaciones de crédito por ingresosingresosingresosingresos

1.- Podrán generar crédito en el Presupuesto de Gastos los siguientes ingresos de naturaleza no tributaria:

a) Aportaciones o compromisos firmes de aportación de personas físicas o jurídicas, para financiar, junto con el Ayuntamiento o con alguno de sus Organismos Autónomos, gastos que, por su naturaleza, sean de la competencia de éstos.

Será preciso que se haya reconocido el derecho o, en su defecto, que obre en el expediente copia del acuerdo formal de compromiso firme de aportación.

b) Enajenación de bienes municipales:

Será preciso que se haya producido el reconocimiento del derecho.

c) Prestación de servicios:

Será necesario el reconocimiento del derecho para generar crédito, si bien su disponibilidad quedará condicionada a la efectiva recaudación de aquél.

d) Reembolso de préstamos.

También será necesario el reconocimiento del derecho, si bien su disponibilidad estará condicionada a la efectiva recaudación del derecho.

e) Los importes procedentes de reintegros de pagos indebidos con cargo al presupuesto corriente, en cuanto a la reposición de crédito en la correspondiente partida presupuestaria.

En este caso será preciso la efectividad del cobro del reintegro.

2.- Los expedientes de generación de créditos serán aprobados por resolución de la Alcaldía, previo informe de la Intervención General, siendo inmediatamente ejecutivos, sin que les sea de aplicación, por tanto, ninguna norma específica sobre información, reclamación y publicidad.

3.- Cuando la generación de crédito suponga la existencia de un ingreso afectado (ejemplo: subvenciones otorgadas por otra Entidad) que haga necesaria la apertura de un proyecto de gasto con financiación afectada para posibilitar su seguimiento y control en los términos previstos en las Reglas de la Instrucción de Contabilidad para la Administración Local, el Centro gestor facilitará los siguientes datos necesarios para la apertura del proyecto:

- Fecha de inicio y finalización estimada del proyecto.

- Importe de los gastos a efectuar, desglosados por aplicaciones presupuestarias y anualidades.

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- Importe de los ingresos que se prevean recibir, desglosados también por anualidades y aplicaciones presupuestarias.

- Otros datos que condicionen la ejecución del proyecto y la percepción de los fondos previstos.

4.- Cuando los ingresos provengan de la venta de bienes o prestaciones de servicios, las generaciones se efectuarán únicamente en aquellos créditos destinados a cubrir gastos de la misma naturaleza que los que se originaron por la adquisición o producción de los bienes enajenados o por la prestación del servicio.

Cuando la enajenación se refiera al inmovilizado, la generación únicamente podrá realizarse en los créditos correspondientes a operaciones de la misma naturaleza económica.

Los ingresos procedentes de reembolsos de préstamos únicamente podrán dar lugar a generaciones en aquellos créditos destinados a la concesión de nuevos préstamos.

BASE 15ª.BASE 15ª.BASE 15ª.BASE 15ª.---- Incorporación de remanentes Incorporación de remanentes Incorporación de remanentes Incorporación de remanentes de créditode créditode créditode crédito

1.- Los expedientes de incorporación de remanentes de créditos se iniciarán por el Órgano de Gestión Presupuestaria, notificándose el inicio del expediente a todos los servicios.

2.- Recibida la notificación precedente por parte de los responsables de cada centro gestor se formulará propuesta razonada de incorporación de remanentes, que deberá acompañarse de proyectos o documentos acreditativos de la certeza de ejecución de la actuación correspondiente a lo largo del ejercicio, para acreditar la procedencia de la incorporación de los créditos del ejercicio anterior, tal y como dispone el Art. 182 del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales aprobado por Real

Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo y artículos 47 y 48 del RD 500/1990.

3.- Si existieran recursos suficientes para financiar la incorporación en su totalidad, el Órgano de Gestión Presupuestaria completará el expediente al que se unirá informe de la Intervención General, siendo todo ello elevado al Concejal de Gobierno de Hacienda para su conformidad.

4.- Si los recursos financieros no alcanzaran a cubrir el volumen de gasto dimanante de la incorporación de remanentes, este Concejal, previo informe de la Intervención General, establecerá la prioridad de actuaciones, a cuyo fin se tendrá en cuenta la necesidad de atender en primer lugar el cumplimiento de obligaciones resultantes de compromisos de gastos aprobados en el año anterior.

5.- Los créditos que amparen proyectos financiados con ingresos afectados deberán incorporarse aunque hayan sido objetos de incorporación en ejercicios anteriores, salvo que se desista total o parcialmente de iniciarlos o continuarlos.

6.- La incorporación de remanentes será aprobada por la Alcaldía.

7.- La incorporación de remanentes podrá aprobarse antes que la liquidación del presupuesto, previo informe de la Intervención General, en los siguientes casos:

a) Cuando se trate de gastos con financiación afectada.

b) Cuando correspondan a gastos urgentes, caso en el que se habrá de declarar expresamente la urgencia del gasto a realizar.

En ambos casos, el informe de Intervención General evaluará las repercusiones que la incorporación puede producir en el Remanente de Tesorería de

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la Corporación, recomendando las medidas procedentes. En especial se tendrá en cuenta la posibilidad de disminuir créditos del presupuesto en vigor en caso de que de la liquidación del presupuesto del ejercicio anterior no resultasen suficientes recursos financieros.

BASE 16ª.BASE 16ª.BASE 16ª.BASE 16ª.---- Bajas por anulación Bajas por anulación Bajas por anulación Bajas por anulación

1.- En los expedientes que se eleven al Pleno de la Corporación para acordar las bajas a que se refieren los artículos 49 a 51 del RD 500/1990, ha de acreditarse mediante certificación del Órgano competente en materia de contabilidad, la existencia de crédito disponible que cubra el importe de la baja en la partida presupuestaria. Asimismo se acompañará informe de los Jefes de Servicio en los que se estime reducible o anulable la dotación presupuestaria, sin perturbación del respectivo servicio.

2.- De la misma manera que es competencia del Pleno la resolución de este tipo de expedientes, el mismo órgano puede acordar, a propuesta de la Alcaldía y con el informe de Intervención General, la revocación de los acuerdos de reducción o anulación, cuando las circunstancias que dieron lugar a aquéllas y el desarrollo normal del presupuesto lo consintiese. Unos y otros acuerdos no están sometidos a aplicación de normas sobre información, reclamaciones y publicidad, salvo las relacionadas con los expedientes de créditos extraordinarios o suplementos de créditos, y sólo en la medida en que éstos la precisen.

3.- En particular, se recurrirá a esta modificación de créditos si de la liquidación del ejercicio anterior hubiere resultado remanente de tesorería negativo, o insuficiente para financiar las incorporaciones que, en su caso, se hubiesen realizado de conformidad con lo previsto en el apartado 7 de la Base anterior.

TÍTULO III: DTÍTULO III: DTÍTULO III: DTÍTULO III: DE LOS GASTOSE LOS GASTOSE LOS GASTOSE LOS GASTOS Capítulo I: NORMAS GENERALES Y DE Capítulo I: NORMAS GENERALES Y DE Capítulo I: NORMAS GENERALES Y DE Capítulo I: NORMAS GENERALES Y DE

GESTIÓN PRESUPUESTARIAGESTIÓN PRESUPUESTARIAGESTIÓN PRESUPUESTARIAGESTIÓN PRESUPUESTARIA

BASE 17ª.BASE 17ª.BASE 17ª.BASE 17ª.---- Situación de los créditos Situación de los créditos Situación de los créditos Situación de los créditos

1.- Los Créditos para gastos podrán encontrarse, con carácter general, en cualquiera de las siguientes situaciones:

a) Créditos Disponibles.

b) Créditos Retenidos.

c) Créditos No Disponibles.

2.- En la apertura del Presupuesto todos los créditos se encontrarán en la situación de Disponibles. Ello no obstante, la disponibilidad de los créditos quedará condicionada a:

a) La existencia de documentos fehacientes que acrediten compromisos firmes de aportación, en caso de gastos que hayan de financiarse mediante recursos afectados.

b) La concesión, en su caso, de las autorizaciones previstas en el artículo 53 del texto refundido de la Ley de Haciendas Locales, en caso de gastos financiados con operaciones de crédito a largo plazo.

3.- La declaración de no disponibilidad de créditos, así como su reposición a disponible, corresponde al Pleno. En este sentido, en el acuerdo de aprobación inicial o, en su caso, definitiva, del Presupuesto, se entenderá realizada la declaración de no disponibilidad de los créditos a que se refieren las letras a) y b) del apartado anterior. Estos créditos quedarán en situación de disponibles, no siendo necesario para ello nuevo acuerdo plenario de declaración de disponibilidad:

- En el caso previsto en el apartado 2-a) anterior, a propuesta del Órgano de Gestión Presupuestaria, previa solicitud del centro gestor, una vez que éste aporte la

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documentación acreditativa de la existencia de compromisos firmes de aportación de tales recursos.

- En el supuesto contemplado en el apartado 2-b), cuando sea concedida la autorización prevista en el mismo.

De conformidad con lo dispuesto en la Instrucción de Contabilidad, será necesaria la apertura de un proyecto de gasto con financiación afectada para el control del destino de los gastos afectados.

4.- Con cargo al saldo declarado no disponible no podrán acordarse autorizaciones de gastos ni transferencias y su importe no podrá ser incorporado al presupuesto del ejercicio siguiente.

BASE 18ª.BASE 18ª.BASE 18ª.BASE 18ª.---- Retención de crédito Retención de crédito Retención de crédito Retención de crédito

1.- Consiste en la reserva de crédito generada por una certificación de existencia de crédito con saldo suficiente para una autorización de gasto o para una transferencia de crédito. Esta certificación de existencia de crédito corresponde al Órgano de Gestión Económico-financiera, y en la misma deberá hacerse referencia a un importe concreto perfectamente determinado.

2.- Si el motivo de la retención es la existencia de crédito suficiente para una Autorización de gasto, la misma habrá de verificarse al nivel en que esté establecida la vinculación jurídica del crédito. Cuando el motivo sea la tramitación de un expediente de transferencia de crédito, además deberá existir crédito disponible al nivel de la propia partida presupuestaria.

3.- El registro contable de esta situación de los créditos de gastos se generará automáticamente a partir de la expedición de la certificación de existencia de crédito antes aludida.

4.- En todo caso, en la solicitud de certificación de existencia de crédito deberá

constar la conformidad del servicio gestor del crédito a que se refiera.

BASE 19ª.BASE 19ª.BASE 19ª.BASE 19ª.---- Fases en la gestión del gasto Fases en la gestión del gasto Fases en la gestión del gasto Fases en la gestión del gasto

La gestión del presupuesto de gastos de la Corporación se realizará en las siguientes fases:

a) Autorización del gasto: es el acto mediante el cual se acuerda la realización de un gasto, por una cuantía cierta o aproximada, reservando a tal fin la totalidad o parte de un crédito presupuestario.

b) Disposición del gasto: es el acto mediante el que se acuerda la realización de gastos, previamente autorizados, por un importe y acreedor exactamente determinados. Cuando, en el inicio del expediente de gasto, se conozca su cuantía exacta y el nombre del perceptor, se acumularán las fases de autorización y disposición.

c) Reconocimiento de la obligación: es el acto mediante el cual se declara la existencia de un crédito exigible contra esta Entidad, derivado de un gasto autorizado y comprometido.

d) Ordenación del pago: es el acto mediante el cual el ordenador de pagos, en base a una obligación reconocida y liquidada, expide la correspondiente orden de pago. La ordenación de pagos es competencia del Alcalde.

Las normas contenidas en este Capítulo, así como las que se recogen en las Bases del Capítulo II del presente Título, son de aplicación a todos los gastos que se ejecuten con cargo a los créditos del presupuesto del propio Ayuntamiento, y a los de los Organismos Autónomos, incluso a aquéllos que se realicen mediante encargo tanto del Ayuntamiento a sus Organismos Autónomos y Sociedades Municipales, como de los Organismos Autónomos a las Sociedades Municipales.

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Capítulo II: PROCEDIMIENTO Capítulo II: PROCEDIMIENTO Capítulo II: PROCEDIMIENTO Capítulo II: PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVOADMINISTRATIVOADMINISTRATIVOADMINISTRATIVO

BASE 20ª.BASE 20ª.BASE 20ª.BASE 20ª.---- Tramitación general de los Tramitación general de los Tramitación general de los Tramitación general de los expedientes de gastoexpedientes de gastoexpedientes de gastoexpedientes de gasto

1.1.1.1.---- Propuesta de Gasto.Propuesta de Gasto.Propuesta de Gasto.Propuesta de Gasto.

Todo expediente de gasto comenzará con una propuesta, suscrita por los responsables de la unidad gestora correspondiente que, necesariamente y como mínimo, deberá contener:

a) Exposición de la necesidad y fin del gasto a realizar.

b) Importe exacto o, al menos, máximo del mismo.

c) Aplicación presupuestaria a la que ha de imputarse el gasto.

d) Disposiciones que dan cobertura legal a la actuación a realizar.

e) Si el gasto fuera a realizarse con cargo a una reserva de crédito efectuada previamente, se señalará su número de referencia.

f) Si el gasto fuera imputable a un proyecto, se señalará éste y, en su caso, su código.

g) En el caso de acumulación de fases de gasto, se tendrá en cuenta:

- Si la acumulación afecta a la autorización y compromiso del gasto, se harán constar los datos identificativos del perceptor, para lo cual deberá acompañarse el documento “alta de terceros” debidamente cumplimentado. En todo caso, los datos referentes al número de cuenta bancaria deberán cumplimentarse previamente a la expedición de la orden de pago, como requisito de la misma, salvo excepciones debidamente motivadas y así apreciadas por el Ordenador de Pagos previo informe de la Intervención General y del Órgano de Gestión Económico-Financiero.

- Si la acumulación lo es de las fases de Autorización, Disposición y Reconocimiento de la Obligación, además de lo anterior, deberán constar las posibles incidencias que afecten al reconocimiento de la obligación, como puede ser la existencia de endosatarios o de posibles descuentos que afecten a la orden de pago, señalando, en este caso, los importes brutos y líquidos de la operación.

A estos efectos las unidades gestoras de los créditos consignados para retribuciones del personal al servicio de esta Corporación serán: la correspondiente al código orgánico 1010A: “Órgano Especial de Limpieza”, para las retribuciones del personal propio y la relativa al código 0505A: “Administración de Recursos Humanos” para el resto de ellas.

2.2.2.2.---- Intervención previa.Intervención previa.Intervención previa.Intervención previa.

Esta propuesta, acompañada del expediente tramitado por la unidad gestora en el que se contendrán los documentos exigibles legalmente según el tipo de gasto a realizar, será enviada a Intervención General para su fiscalización previa, de conformidad con el art. 214.2) del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo.

La fiscalización podrá ser:

a) de conformidad, tras lo cual la propuesta será elevada al Órgano competente para su resolución, por la que el gasto quedará autorizado.

b) de disconformidad, en cuyo caso la Intervención General deberá formular sus reparos por escrito, debiendo seguirse la tramitación señalada en los artículos 215 y ss. del citado texto refundido.

3.3.3.3.---- Autorización.Autorización.Autorización.Autorización.

Una vez intervenida, la propuesta será devuelta al Centro Gestor para que la eleve al órgano competente para su Resolución

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que, en los casos de Autorización o Disposición del gasto o de acumulación de ambas fases, será el Pleno, el Sr. Alcalde, la Junta de Gobierno Local, o, por delegación, los miembros de la Junta de Gobierno Local, otros Concejales y Órganos Directivos de la Administración Municipal.

Si se acumularan las fases de Autorización y Disposición del gasto y de Reconocimiento de la Obligación, la Resolución se adoptará sobre la base de relaciones contables. En este caso resolverá el Sr. Alcalde y, por su delegación, los miembros de la Junta de Gobierno Local,

otros Concejales y Órganos Directivos de la Administración Municipal (salvo casos especiales en que deba resolver el Pleno).

Durante el año 2009, las autorizaciones de gastos para reparar cualquier elemento de transporte y arrendar equipos informáticos, precisarán que las respectivas propuestas se formulen conjuntamente por el responsable político del código orgánico con cargo a cuyos créditos vaya a tramitarse el gasto, y el responsable político del Área de Gobierno que a continuación se indica:

CLASIFICACIÓN ECONÓMICACLASIFICACIÓN ECONÓMICACLASIFICACIÓN ECONÓMICACLASIFICACIÓN ECONÓMICA CONCEPTO DEL GASTOCONCEPTO DEL GASTOCONCEPTO DEL GASTOCONCEPTO DEL GASTO ÁREA DE GOBIERNOÁREA DE GOBIERNOÁREA DE GOBIERNOÁREA DE GOBIERNO

206 Arrendamientos equipos informáticos. Organización, Recursos Humanos y Participación Ciudadana (*)

214 Reparación y mantenimiento material de transporte.

Seguridad y Movilidad Ciudadana (*)

(*). Excepto para el código orgánico 0420D, para el que sólo será precisa la firma del responsable político de la Concejalía Delegada de Desarrollo Sostenible.

Igualmente precisarán de la firma conjunta reseñada en el apartado anterior para cualquier modificación de crédito que pretenda disponer de los créditos asignados a los gastos citados, incluso cuando se pretenda utilizar el saldo disponible para autorizar otros gastos con cargo a su vinculación jurídica.

4.4.4.4.---- Disposición o compromiso del Disposición o compromiso del Disposición o compromiso del Disposición o compromiso del gasto.gasto.gasto.gasto.

Una vez autorizado el gasto, cuando se conozca quien haya de ser el perceptor, la propuesta de resolución para comprometer el gasto seguirá el mismo trámite que se señala: intervención previa, resolución y contabilización, emitiéndose el documento

“D”, de disposición o compromiso del gasto.

5.5.5.5.---- Reconocimiento de la obligación.Reconocimiento de la obligación.Reconocimiento de la obligación.Reconocimiento de la obligación.

Posteriormente, según se acredite la realización de la prestación, se reconocerán las obligaciones por el importe del gasto efectivamente realizado, emitiéndose los documentos contables “O”, de reconocimiento de la obligación. La competencia para el reconocimiento de obligaciones corresponde, salvo excepciones en que haya de resolver el Pleno, a el Sr. Alcalde y por su delegación, a miembros de la Junta de Gobierno Local, a otros Concejales y Órganos Directivos de la Administración Municipal, quienes resolverán sobre la base de relaciones contables intervenidas por el Interventor General, que correspondan a cada una de las fases del gasto.

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6.6.6.6.---- Contabilización.Contabilización.Contabilización.Contabilización.

Una vez adoptada la resolución que corresponda a cada una de las fases del gasto por el Órgano competente, será remitida al Órgano Municipal encargado de la contabilidad para que las unidades contables correspondientes emitan el documento contable “A”, de autorización del gasto, “D”, de disposición o compromiso del gasto, o el “O” de reconocimiento de la obligación. Si estuviésemos ante un supuesto de acumulación de fases los documentos a emitir serán “AD”, en el caso de autorización y compromiso del gasto o “ADO” si, además, se acumula el reconocimiento de la obligación.

En cumplimiento de la Regla 89 de la Instrucción de Contabilidad se dispone que el formato de los documentos contables que soporten los justificantes de las referidas operaciones serán los previstos en la Orden EHA/4041/2004, de 23 de noviembre, por la que se aprueba la Instrucción del Modelo Normal de Contabilidad Local. Por Resolución del Concejal de Gobierno del Área de Hacienda y Economía, a propuesta del órgano de Gestión Económico-financiera y previo informe de la Intervención General y, en su caso, del órgano de Gestión Presupuestaria, se aprobarán los modelos de documentos contables a que se refiere la mencionada Regla 89.

BASE 21ª.BASE 21ª.BASE 21ª.BASE 21ª.---- Autorización y disposición Autorización y disposición Autorización y disposición Autorización y disposición

1.- En aquellos gastos que han de ser objeto de un expediente de contratación, se tramitará al inicio del expediente documento “A”, por importe igual al coste del proyecto o presupuesto elaborado por los Servicios Técnicos.

2.- Conocido el adjudicatario y el importe exacto del gasto, se tramitará documento “D”.

3.- Sucesivamente, y en la medida en que efectivamente tenga lugar la realización de la obra, prestación del servicio, o suministro, se tramitarán los correspondientes documentos “O”.

4.- Pertenecen a este grupo los gastos que se detallan:

- Realización de obras de inversión o de mantenimiento.

- Adquisición de inmovilizado.

- Otros, cuya naturaleza aconseja la separación entre los actos de autorización y disposición.

BASE 22ª.BASE 22ª.BASE 22ª.BASE 22ª.---- Reconocimiento de la Reconocimiento de la Reconocimiento de la Reconocimiento de la obligaciónobligaciónobligaciónobligación

1.- La fase de reconocimiento de obligaciones exige la tramitación del documento contable "O" a no ser que por la naturaleza del gasto, sean simultáneas las fases de autorización-disposición-reconocimiento de la obligación, en cuyo caso podrán acumularse, tramitando el documento contable “ADO”.

2.- Las facturas originales expedidas por los contratistas se presentarán en la oficina gestora correspondiente, debiendo ajustarse a lo establecido en el Real Decreto 1.496/ 2003, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento en el que se regulan las obligaciones de facturación.

Contenido mínimo de las facturas:

- Identificación del Ayuntamiento u Organismo Autónomo correspondiente, en la que se contendrá expresamente el Número de Identificación Fiscal, en adelante NIF, de éste o del correspondiente Organismo Autónomo.

- Identificación del contratista, señalando el nombre y apellidos o

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denominación social, el NIF y el domicilio completo.

- Número, y en su caso, serie.

- Descripción del gasto, contraprestación total, tipo tributario y cuota.

- Centro gestor que efectuó el encargo.

- Recibí y conforme de los responsables político y técnico de la Oficina Gestora, implicando dicho acto que el servicio o suministro se ha efectuado de acuerdo con las condiciones contractuales. En las certificaciones de obra, deberá constar la conformidad por parte de los Servicios Técnicos. Cuando se expida certificaciones de obras o servicios realizados, las facturas deberán coincidir necesariamente con los importes certificados.

- Periodo a que corresponda.

3.- Al objeto de hacer factible el cumplimiento del plazo de sesenta días, que fija el apartado 4 del artículo 200 de la Ley de Contratos del Sector Público, para el abono de las facturas o certificaciones, se deberá actuar de la siguiente forma:

Una vez recibidas las facturas o certificaciones por la Oficina Gestora, la misma dispondrá de un plazo máximo de 10 días para proceder a su conformidad o poner de manifiesto los reparos que considere convenientes, debiéndose en este último caso subsanar lo antes posible.

Aquellas que hayan sido objeto de conformidad deberán presentarse, en el plazo adicional y máximo de 5 días, en la Intervención General o en la Oficina de Gestión Económica Financiera, según proceda o no su fiscalización.

Las facturas o certificaciones que se tramiten fuera de los plazos mencionados anteriormente deberán acompañarse de

informes justificativos de las causas que han motivado dicho retraso.

Con carácter general deberán tramitarse, dentro de cada año natural, las facturas o certificaciones correspondientes a gastos realizados en ese período e imputables al presupuesto correspondiente.

4.- La aprobación de facturas se materializará mediante diligencia y firma que constarán en la relación elaborada por Contabilidad.

5.- En cuanto a los documentos necesarios para el reconocimiento de la obligación, se observarán estas reglas:

a) Gastos de personal (capítulo I).

a1) Las nóminas tienen la consideración de documento “O”.

a2) Las cuotas de Seguridad Social quedan justificadas mediante las liquidaciones correspondientes, que tendrán la consideración de documento “O”.

a3) En otros conceptos, cuyo gasto está destinado a satisfacer servicios prestados por un agente externo serán preciso la presentación de factura, según lo previsto en esta Base.

b) En los gastos del Capítulo II, en bienes corrientes y servicios, con carácter general se exigirá la presentación de factura.

c) En los gastos financieros (Capítulo III y IX) se observarán estas reglas:

c1) Los gastos por intereses y amortización que originan un cargo directo en cuenta bancaria se habrán de justificar con la conformidad del Órgano de Gestión Económico-

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Financiero respecto a su ajuste al cuadro financiero. Se tramitará documento “O” por dicho Órgano.

c2) Del mismo modo se procederá por parte del correspondiente Centro Gestor, respecto a otros gastos financieros, si bien la justificación será más completa. y el documento “O” deberá soportarse con la copia de los documentos formalizados, o la liquidación de intereses.

d) En las transferencias, corrientes o de capital, que el Ayuntamiento haya de satisfacer, se tramitará documento “O” cuando se acuerde la transferencia, siempre que el pago no estuviera sujeto al cumplimiento de determinadas condiciones. Si el pago de la transferencia estuviera condicionado, la tramitación de documento “O” tendrá lugar al cumplirse las condiciones fijadas.

e) En los gastos de inversión, el contratista deberá presentar certificación de obras y/o factura, como se señala en el punto 3, según los casos. En este caso el Servicio remitirá además de los originales, copia de estos documentos a la que se habrá de incorporar los datos que exige el artículo 20 y siguientes del Reglamento de Bienes aprobado por R.D. 1372/1986, de 13 de junio, para las distintas clases de bienes y derechos adquiridos. Mediante Instrucción del Concejal de Gobierno de Hacienda y Economía, a propuesta de las Direcciones Generales de Patrimonio y Contratación y Hacienda, se determinará el procedimiento para el alta en inventario y en el inmovilizado contable de los bienes

que hayan de serlo, estableciendo el procedimiento de comunicación de datos entre el inventario contable y el jurídico de esta Entidad.

6.- El reconocimiento de las obligaciones es competencia del Sr. Alcalde, siempre que sean consecuencia de compromisos de gastos legalmente adquiridos.

7.- Las aportaciones a Organismos Autónomos, con cargo al Capítulo IV y VII del Presupuesto, se librarán conforme a la ejecución del gasto que financian, a propuesta del Concejal de Gobierno del Área correspondiente y del Concejal de Gobierno de Hacienda, procediendo en el último trimestre a su anulación en proporción a los remanentes de créditos no utilizados en el transcurso del ejercicio.

Los apuntes contables de estas Entidades, donde figure como deudor al Ayuntamiento, han de estar soportados por el correspondiente documento “ADO” u “O”, que reconozca previamente la misma obligación en el Presupuesto del Ayuntamiento.

8.- El reconocimiento de las obligaciones de gastos del ejercicio corriente, realizados sin el preceptivo informe de fiscalización, corresponderá a la Junta de Gobierno de la Ciudad.

9.- La tramitación de aquellos gastos realizados sin haber sido fiscalizados previamente a su autorización y compromiso se realizará de conformidad con el siguiente procedimiento:

a) Todo Centro Gestor de gasto que tramite una factura correspondiente a un gasto realizado sin el preceptivo informe de fiscalización de la Intervención General Municipal, redactará un informe explicativo de la causa o motivo de su omisión.

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b) Se remitirá el expediente al Órgano de Gestión Económico-financiera para la expedición del correspondiente documento contable de reserva de crédito.

c) Acreditada la existencia de crédito suficiente y adecuado para el gasto realizado se remitirá a la Intervención General Municipal para su informe, que no tendrá carácter de fiscalización.

Si no se acreditara el crédito suficiente o correspondiera a un gasto realizado en ejercicios anteriores se deberán tramitar los expedientes de modificación de crédito o reconocimiento de crédito que procedan ante el Órgano de Gestión Presupuestaria.

d) El Centro Gestor, recibido el informe de la Intervención General Municipal, formulará propuesta a la Junta de Gobierno Local de la Ciudad de Autorización y Disposición del Gasto realizado, así como del Reconocimiento y Liquidación de la Obligación a favor de quien hubiera realizado la obra, el suministro o prestado el servicio.

e) Adoptado acuerdo por la Junta de Gobierno Local de la Ciudad, se unirá certificación acreditativa del mismo al expediente para el pago de la factura correspondiente.

BASE 23ª.BASE 23ª.BASE 23ª.BASE 23ª.---- Ordenación del Pago Ordenación del Pago Ordenación del Pago Ordenación del Pago

1.- La expedición de las órdenes de pago habrá de acomodarse al plan de disposición de fondos de la tesorería que se establezca por el Alcalde o por su delegación en el Concejal de Gobierno de Hacienda, que, en todo caso, deberá recoger la prioridad de los gastos de personal y de las obligaciones contraídas en ejercicios anteriores.

En los OOAA, deberá cumplirse lo establecido en el párrafo anterior siendo el órgano competente para la aprobación del plan de disposición de fondos, el señalado en sus Estatutos respectivos.

2.- El acto administrativo de la ordenación se materializará en relaciones de órdenes de pago que recogerán, como mínimo y para cada una de las obligaciones en ellas incluidas, sus importes bruto y líquido, la identificación del acreedor y la aplicación o aplicaciones presupuestarias a que deban imputarse las operaciones.

Asimismo, la ordenación del pago puede efectuarse individualmente respecto de obligaciones específicas y concretas.

BASE 24ª.BASE 24ª.BASE 24ª.BASE 24ª.---- Acumulación de las fases del Acumulación de las fases del Acumulación de las fases del Acumulación de las fases del gastogastogastogasto

Autorización Autorización Autorización Autorización –––– Disposi Disposi Disposi Disposición.ción.ción.ción.

1.- Aquellos gastos que respondan a compromisos legalmente adquiridos por la Corporación, originarán la tramitación de documento “AD” por el importe del gasto imputable al ejercicio.

2.- Pertenecen a este grupo los que se detallan:

- Gastos plurianuales, por el importe de la anualidad comprometida.

- Arrendamientos.

- Trabajos realizados por Empresas (limpieza, recogida de basuras, mantenimiento, alumbrado, etc.).

- Intereses de préstamos concertados.

- Cuotas de amortización de préstamos concertados.

- Adquisiciones o servicios en los que, desde un principio, es conocido el adjudicatario (así, por ejemplo, contratos menores).

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3.- Los documentos "O" se tramitarán cuando sea efectiva la realización de la obra, la prestación del servicio, o la adquisición del bien contratado, siendo suficiente la presentación de facturas, o el cargo efectuado en cuenta bancaria.

4.- En cuanto a los gastos del Capítulo I, se observarán las siguientes reglas:

a) Deberán contabilizarse en fase de Autorización y Compromiso del gasto (AD) los importes de las retribuciones fijas y periódicas que se prevean percibir por los empleados municipales, que a 1 de enero ocupen el puesto de trabajo y no hayan causado baja, de conformidad con los datos que figuren en el Anexo de Personal del Presupuesto o de las Relaciones de Puestos de Trabajo.

b) El nombramiento de Concejales, funcionarios, la contratación de personal laboral y el nombramiento de personal directivo y personal eventual originará la tramitación, por el Servicio de Recursos Humanos, de sucesivos documentos AD por importe igual a las nóminas que se prevé satisfacer en el ejercicio. Las posibles bajas originarán documentos de signo inverso.

c) Respecto a las cuotas por Seguridad Social, al inicio del ejercicio se tramitará documento AD por importe igual a las cotizaciones previstas hasta el 31 de diciembre. Las posibles variaciones originarán documentos complementarios o inversos, que se tramitaran por el Servicio de Recursos Humanos.

d) Las modificaciones del Anexo de Personal o la Relación de Puestos de Trabajo, así como de la Plantilla de Personal, incluyendo la de los organismos autónomos, que supongan incremento de las plazas o modificación de puestos, serán informadas previamente a su aprobación por el Órgano de Gestión Presupuestaria a

efectos presupuestarios y por la Intervención a efectos de fiscalización.

BASE 25ª.BASE 25ª.BASE 25ª.BASE 25ª.---- Acumulación de las fases Acumulación de las fases Acumulación de las fases Acumulación de las fases del gastodel gastodel gastodel gasto

AutorizaciónAutorizaciónAutorizaciónAutorización----DisposiciónDisposiciónDisposiciónDisposición----Obligación.Obligación.Obligación.Obligación.

1.- Dentro de los gastos corrientes, las adquisiciones de bienes, nunca diferentes a los necesarios para el normal funcionamiento de los servicios, no sujetos a proceso de contratación y en los casos en que la exigibilidad de la obligación pueda ser inmediata, originarán la tramitación del documento ADO.

2.- Pertenecen a este grupo, entre otros, los siguientes gastos:

- Adquisiciones inferiores a 3.000,00 €.

- Dietas.

- Gastos de locomoción.

- Intereses de demora.

- Otros gastos financieros.

- Anticipos reintegrables a funcionarios.

TÍTULTÍTULTÍTULTÍTULOOOO IV IV IV IV OTROS ASPECTOS OTROS ASPECTOS OTROS ASPECTOS OTROS ASPECTOS PRESUPUESTARIOS DE INGRESOS Y GASTOSPRESUPUESTARIOS DE INGRESOS Y GASTOSPRESUPUESTARIOS DE INGRESOS Y GASTOSPRESUPUESTARIOS DE INGRESOS Y GASTOS

BASE 26ª. BASE 26ª. BASE 26ª. BASE 26ª. –––– Retribuciones del personal Retribuciones del personal Retribuciones del personal Retribuciones del personal

1.- De conformidad con lo dispuesto en el artículo 22 de la Ley 2/2008, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para 2009:

a) Con efectos de 1 de enero del año 2009, las retribuciones del personal al servicio del sector público local, incluidas en su caso, las diferidas y las que en concepto de pagas extraordinarias correspondieran en aplicación del artículo 21.Tres de la Ley 42/2006, de 29 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para 2007, en los términos de lo recogido en el

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apartado DOS del artículo 22 de la Ley 51/2007, de 26 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para 2008, no podrán experimentar un incremento global superior al 2 por 100 con respecto a las del año 2008, en términos de homogeneidad para los dos periodos de la comparación tanto por lo que respecta a efectivos de personal como a la antigüedad del mismo.

b) Adicionalmente a lo previsto en el apartado a) anterior, la masa salarial de los funcionarios en servicio activo a los que resulte de aplicación el régimen retributivo de la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública, en los términos de la Disposición Final Cuarta de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público o en las respectivas leyes de función pública que se dicten como consecuencia de dicha normativa básica, así como la del resto del personal sometido a régimen administrativo y estatutario, experimentará un incremento del 1 por 100 que, con el objeto de lograr, progresivamente, una acomodación de las retribuciones complementarias, excluidas aquéllas a las que se refieren los apartados c) y d) del artículo 24 de la Ley 7/2007, o la productividad y gratificaciones por servicios extraordinarios en caso de no haberse desarrollado dicha Ley, que permita su percepción en catorce pagas al año, doce ordinarias y dos adicionales, una en el mes de junio y otra en el de diciembre.

Asimismo, la masa salarial del personal laboral experimentará el incremento necesario para hacer posible la aplicación al mismo de una cuantía anual equivalente a la que resulte para los funcionarios

públicos, de acuerdo con lo dispuesto en el párrafo anterior del presente apartado.

Estos aumentos retributivos se aplicarán al margen de las mejoras retributivas conseguidas en los pactos o acuerdos previamente firmados por esta Entidad Local en el marco de sus competencias.

c) Además del incremento general de retribuciones previsto en los párrafos precedentes, el Ayuntamiento, sus Organismos Autónomos y las Sociedades Municipales, podrán destinar hasta un 0,5 por 100 de la masa salarial a financiar aportaciones a planes de pensiones de empleo o contratos de seguro colectivos que incluyan la cobertura de la contingencia de jubilación, para el personal incluido en sus ámbitos respectivos, de acuerdo con lo establecido en la disposición final segunda del texto refundido de la Ley de Regulación de los Planes y Fondos de Pensiones.

La asignación individual de las aportaciones correspondientes al personal funcionario y estatutario se determinará en relación con el grupo o subgrupo de clasificación al que pertenezcan y con su antigüedad, de acuerdo a lo establecido en cada plan de pensiones o contrato de seguro.

La asignación individual de las aportaciones correspondientes al personal laboral se determinará de forma que resulte equivalente a la del personal funcionario, de acuerdo con lo establecido en cada plan de pensiones o contrato de seguro.

Las cantidades destinadas a financiar aportaciones a planes de pensiones o contratos de seguro,

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conforme a lo previsto en este apartado, tendrán a todos los efectos la consideración de retribución diferida.

d) Para el cálculo de los límites a que se refieren los apartados anteriores, para el personal funcionario se aplicará el porcentaje sobre el gasto correspondiente al conjunto de las retribuciones básicas y complementarias devengadas por el dicho personal; y para el personal sometido a legislación laboral el porcentaje se aplicará sobre la masa salarial, sin computar a estos efectos los gastos de acción social, salvo en el caso del incremento previsto en el apartado a) de esta base.

No computará, a los efectos de lo señalado en el párrafo anterior, la indemnización por residencia.

e) Las retribuciones a percibir en el año 2009 por los funcionarios a los que resulta de aplicación el artículo 76 del Estatuto Básico del Empleado Público, incluidos en el ámbito de aplicación de la Ley 30/1984, de 2 de agosto, en los términos de la Disposición Final Cuarta del citado Estatuto Básico, en concepto de sueldo y trienios, serán las que se establecen en el artículo 22 de la Ley de Presupuestos Generales del Estado para 2009.

f) Lo dispuesto en los apartados anteriores debe entenderse sin perjuicio de las adecuaciones retributivas que, con carácter singular y excepcional, resulten imprescindibles por el contenido de los puestos de trabajo, por la variación del número de efectivos asignados a cada programa o por el grado de consecución de los objetivos fijados al mismo, siempre

con estricto cumplimiento de lo dispuesto en la normativa vigente.

g) Los acuerdos, convenios o pactos que impliquen crecimientos retributivos superiores a los que se establecen en la presente base o en las normas que, en su caso, la desarrollen deberán experimentar la oportuna adecuación, deviniendo inaplicables en caso contrario las cláusulas que se opongan al mismo.

2.- Las reclasificaciones, en su caso, de puestos de trabajo correspondientes a los Organismos Autónomos municipales y las correspondientes adecuaciones retributivas, requerirán acuerdo previo de la Junta de Gobierno de la Ciudad.

BASE 27ª.BASE 27ª.BASE 27ª.BASE 27ª.---- Régimen de retribuciones e Régimen de retribuciones e Régimen de retribuciones e Régimen de retribuciones e indemnizaciones indemnizaciones indemnizaciones indemnizaciones

El régimen de retribuciones e indemnizaciones, por asistencia a sesiones, de los miembros de la Corporación y Directores de Gobierno será el que se fije por el Pleno, a propuesta del Sr. Alcalde-Presidente, dentro de la consignación global contenida a tal fin en el Presupuesto, con arreglo, en todo caso, a lo dispuesto en los Art. 75 de la Ley 7/85, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, modificada por la Ley 57/2003, de 16 de diciembre de 2003, de Medidas para la Modernización del Gobierno Local, y en el 13 del RD. 2.568/86, de 28 de noviembre, debiendo observarse, en materia de altas y cotización al Régimen General de la Seguridad Social, lo preceptuado en la Orden de 12 de marzo de 1.986.

Conforme a lo previsto en el mencionado Art. 13 del RD. 2.568/86, todos los miembros de la Corporación y Directores de Gobierno tendrán derecho a ser resarcidos del importe de los gastos necesarios y efectivamente realizados en el ejercicio del cargo, que justifiquen documentalmente.

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Excmo. Ayuntamiento Pleno de Las Palmas de Gran Canaria. Acta núm. 7, de fecha 29.05.09. Página 67 de 90

BASE 28ª.BASE 28ª.BASE 28ª.BASE 28ª.---- Oferta de empleo público Oferta de empleo público Oferta de empleo público Oferta de empleo público

1.- De conformidad con lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley de Presupuestos Generales del Estado para 2009:

a) Durante el año 2009, el número total de plazas de nuevo ingreso del personal del sector público será, como máximo, igual al 30 por 100 de la tasa de reposición de efectivos y se concentrarán en los sectores, funciones y categorías profesionales que se consideren prioritarios o que afecten al funcionamiento de los servicios públicos esenciales y, en especial, para el desarrollo de la Ley 39/2006, de 14 de diciembre, de promoción de la autonomía personal y atención a las personas en situación de dependencia. Dentro de este límite, la oferta de empleo público incluirá todos los puestos y plazas desempeñados por personal interino, contratado o nombrado en el ejercicio anterior al que se refiere la letra a) del apartado 1 del artículo 10 de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público, excepto aquellos sobre los que existe una reserva de puesto o estén incursos en procesos de provisión.

La limitación a que hace referencia el párrafo anterior no será de aplicación al personal de la Policía Local, ni al de los servicios de Prevención y Extinción de Incendios. Para estos colectivos el límite máximo será del cien por cien de la tasa de reposición de efectivos.

b) Durante el año 2009 no se procederá a la contratación de personal temporal, ni al nombramiento de funcionarios interinos del artículo 10.1 de la Ley 7/2007, en el ámbito del sector

público local, salvo en casos excepcionales y para cubrir necesidades urgentes e inaplazables. En cualquier caso, las plazas correspondientes a los nombramientos a que se refiere el artículo 10.1.a) de la Ley 7/2007 y contrataciones de personal interino por vacante computarán a efectos de cumplir el límite máximo de la tasa de reposición de efectivos en la oferta de empleo público correspondiente al mismo año en que aquellos se produzcan y, si no fuera posible, en la siguiente oferta de empleo público, salvo que se decida su amortización.

2.- Todas las contrataciones de personal laboral que se realicen con arreglo a lo establecido en la normativa de aplicación y en las presentes Bases de Ejecución, serán suscritas con el visto bueno del Concejal Delegado o responsable político en materia de Personal, previo expediente tramitado por el Servicio de Personal que acredite que la contratación a realizar no vulnera las normas de aplicación.

BASE 29ª.BASE 29ª.BASE 29ª.BASE 29ª.----Personal Laboral del sector Personal Laboral del sector Personal Laboral del sector Personal Laboral del sector público localpúblico localpúblico localpúblico local

1.- En los treinta días siguientes a la entrada en vigor del Presupuesto de 2009, los Organismos Autónomos, las Sociedades Mercantiles de capital íntegramente municipal y el Órgano de administración especial del Servicio Municipal de Limpieza deberán solicitar de la Concejalía de Hacienda la correspondiente autorización de masa salarial, aportando al efecto la certificación de retribuciones salariales satisfechas y devengadas en 2008. La masa salarial autorizada se tendrá en cuenta para determinar los créditos correspondientes a las retribuciones del personal laboral que deba prestar servicios en el año 2009. Con cargo a ella deberán satisfacerse la

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totalidad de las retribuciones del personal laboral y todas las que se devenguen a lo largo del año expresado.

Cuando se trate de personal no sujeto a convenio colectivo, cuyas retribuciones vengan determinadas en todo o en parte mediante contrato individual, deberán comunicarse a la Concejalía de Hacienda las retribuciones satisfechas y devengadas durante 2008 y los que se fijen para el año 2009.

Las indemnizaciones o suplidos del personal laboral, que se regirán por su normativa específica, no podrán experimentar crecimientos superiores a los que se establezcan con carácter general para el personal no laboral del Ayuntamiento.

2.- Requisitos para la determinación o modificación de retribuciones del personal laboral y no funcionario.

Será preciso informe favorable conjunto del Área de Hacienda y del Área de Recursos Humanos para proceder a determinar o modificar las condiciones retributivas del personal laboral y no funcionario.

Se entenderá por determinación o modificación de condiciones retributivas del personal no funcionario, las siguientes actuaciones:

a) Determinación de las retribuciones de puestos de nueva creación.

b) Firma de convenios colectivos, así como sus revisiones y las adhesiones o extensiones a los mismos.

c) Fijación de retribuciones mediante contrato individual, ya se trate de personal fijo o contratado por tiempo determinado, cuando no vengan reguladas en todo o en parte mediante convenio colectivo, con excepción del personal temporal sujeto a la relación laboral de carácter especial regulada en el artículo 2, apartado 1, letra

e), del Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores.

d) Otorgamiento de cualquier clase de mejoras salariales de tipo unilateral, con carácter individual o colectivo.

BASE 30ª.BASE 30ª.BASE 30ª.BASE 30ª.----Contratación de personal Contratación de personal Contratación de personal Contratación de personal laboral con cargo a los créditos de laboral con cargo a los créditos de laboral con cargo a los créditos de laboral con cargo a los créditos de inversionesinversionesinversionesinversiones

Durante el año 2009 se podrán formalizar con cargo a los respectivos créditos de inversiones, contrataciones de personal de carácter temporal, para la realización de obras o servicios, siempre que se dé la concurrencia de los siguientes requisitos:

a) Que la contratación tenga por objeto la ejecución de obras o la realización de servicios que tengan la naturaleza de inversiones.

b) Que tales obras o servicios correspondan a inversiones previstas y aprobadas en el Presupuesto de esta Corporación.

c) Que las obras o servicios no puedan ser ejecutadas con el personal fijo de plantilla y no exista disponibilidad suficiente en el crédito presupuestario destinado a la contratación de personal temporal.

BASE 31ª.BASE 31ª.BASE 31ª.BASE 31ª.----

Se podrán descontar de los haberes líquidos a percibir por el personal funcionario y laboral al servicio del Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria y sus Organismos Autónomos Administrativos y Sociedades Municipales, las cantidades que se deduzcan por el incumplimiento horario en su cómputo de la jornada laboral anual.

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BASE 32ª.BASE 32ª.BASE 32ª.BASE 32ª.----

El Concejal que, por designación de la Alcaldía, desempeñe las funciones de la Secretaría de la Junta de Gobierno Local, percibirá una retribución adicional de 3.000 euros anuales, incrementados en la misma cuantía que fije la Ley de Presupuestos Generales del Estado para las retribuciones de los funcionarios para el año 2008, a incluir en el complemento específico fijado en el acuerdo plenario de fecha 20 de junio de 2007.

BASE 33ª.BASE 33ª.BASE 33ª.BASE 33ª.----

Los funcionarios eventuales que a la fecha de su nombramiento percibieran trienios o concepto de antigüedad en las administraciones de origen tendrán derecho a percibirlos en el Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria mientras permanezcan en el puesto para el que fueron nombrados.

BASE 34ª.BASE 34ª.BASE 34ª.BASE 34ª.---- Subvenciones Subvenciones Subvenciones Subvenciones

Las subvenciones, y ayudas procedentes de fondos municipales o de otras Administraciones, tramitadas a través de la Administración municipal, se regularan, con carácter general por la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, su Reglamento 887/2006, de 21 Julio de 2006, y hasta tanto se apruebe la Ordenanza Municipal reguladora de las mismas, específicamente por las siguientes normas:

1.-CONCESIÓN DE SUBVENCIONES EN RÉGIMEN DE CONCURRENCIA COMPETITIVA:

Por medio de la oportuna Ordenanza, se establecerán las bases para la concesión y justificación de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva a asociaciones y entidades sin ánimo de lucro, con sede o delegación en el Municipio de Las Palmas de Gran Canaria.

2.-CONCESIÓN DE SUBVENCIONES DE FORMA DIRECTA:

2.1.- Podrán concederse de forma directa las siguientes subvenciones:

- Las previstas nominativamente en el Presupuesto del Ayuntamiento, en los términos recogidos en los convenios y en la normativa reguladora de estas subvenciones.

- Aquellas cuyo otorgamiento o cuantía venga impuesto a la Administración por una norma de rango legal, que seguirán el procedimiento de concesión que les resulte de aplicación de acuerdo con su propia normativa.

- Con carácter excepcional, aquellas otras subvenciones en que se acrediten razones de interés público, social, económico o humanitario, u otras debidamente justificadas que dificulten su convocatoria pública.

2.2.- Subvenciones previstas nominativamente en los Presupuestos y cuyo objeto, dotación presupuestaria y beneficiario aparecen determinados expresamente en el estado de gastos del Presupuesto.

2.2.1.-Para su inclusión en Presupuesto deberá aportarse:

a) Memoria justificativa de las razones que acreditan su asignación nominativa en éste.

b) Informe que contenga los siguientes puntos:

- Determinación del objeto de la subvención y de sus beneficiarios, de acuerdo con la asignación presupuestaria.

- Crédito presupuestario al que se impute el gasto y cuantía de la subvención, individualizada, en su

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caso, para cada beneficiario si fuesen varios.

- Compatibilidad o incompatibilidad con otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos para la misma finalidad, procedentes de cualesquiera Administraciones o entes públicos o privados, nacionales, de la Unión Europea o de organismos internacionales.

- Plazos y modos de pago de la subvención, posibilidad de efectuar pagos anticipados y abonos a cuenta, así como el régimen de garantías que, en su caso, deberán aportar los beneficiarios.

- Plazo y forma de justificación por parte del beneficiario del cumplimiento de la finalidad para la que se concedió la subvención y de la aplicación de los fondos percibidos.

- Obligación de proceder al reintegro de los fondos percibidos, en los supuestos contemplados en el artículo 37 de la Ley de Subvenciones.

- Sometimiento expreso al control de la Intervención General.

2.2.2.- El Pleno, motivadamente, podrá suprimir las subvenciones nominativas que figuren en el Presupuesto o reducir su importe, a propuesta del responsable político del centro gestor del gasto que corresponda.

2.3.- Subvenciones de concesión directa por razones de interés público, social, económico o humanitario, u otras debidamente justificadas que dificulten su convocatoria pública.

El Expediente contendrá como mínimo los siguientes extremos:

a) Una memoria del órgano gestor de las subvenciones, competente por razón de la materia, justificativa del carácter singular de las subvenciones, de las razones que acreditan el interés público, social, económico o humanitario, y otras que justifican la dificultad de su convocatoria pública.

b) Régimen jurídico aplicable.

c) Beneficiarios y modalidades de ayuda.

d) Procedimiento de concesión y pago, régimen de justificación de la aplicación dada a las subvenciones por los beneficiarios, y procedimiento de reintegro de fondos percibidos.

e) Los demás requisitos que se prevén en el siguiente apartado “Convenios”.

2.4.-CONVENIOS:

2.4.1.- Los convenios serán el instrumento habitual para canalizar las subvenciones previstas nominativamente y aquellas otras en que se acrediten razones de interés público, social, económico o humanitario, u otras debidamente justificadas que dificulten su convocatoria pública.

2.4.2.- El convenio deberá contener, como mínimo, los siguientes extremos:

a) Partes concertantes, con indicación de los datos identificativos del beneficiario o beneficiarios.

b) Definición del objeto de las subvenciones, con indicación del carácter singular de las mismas y de las razones que acreditan el interés público, social, económico, educativo, cultural, científico, humanitario, u otras debidamente justificadas que por razón del

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destinatario excluyan la posibilidad de concurrencia pública, por existir únicamente un beneficiario o grupo de beneficiarios capacitado para realizar el objeto de la subvención.

c) Actuaciones previstas y compromisos de las partes.

d) Crédito presupuestario al que se imputa la subvención.

e) Importe de la subvención y tanto por ciento del presupuesto del proyecto a financiar por el beneficiario o grupo de beneficiarios, bien por financiación propia o a través de otras subvenciones.

f) Forma de justificación, plazo de presentación de la correspondiente documentación y extremos a incluir en la memoria evaluativa.

g) Documentación a aportar por el beneficiario, en su caso.

h) Plazo de vigencia, requisitos y condiciones.

i) Compatibilidad o incompatibilidad con otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos para la misma finalidad, procedentes de cualesquiera Administraciones o entes públicos o privados, nacionales de la Unión Europea o de organismos internacionales.

j) Mecanismos de seguimiento de la ejecución del convenio.

k) Régimen jurídico.

l) Carácter administrativo del convenio y sometimiento a la jurisdicción contencioso-administrativa de las posibles cuestiones litigiosas surgidas sobre su contenido y aplicación.

2.4.3.- Como contenido adicional, el Convenio podrá incluir, entre otros, los extremos siguientes:

a) Posibilidad de subcontratación hasta un porcentaje que no exceda del 50% del importe de la actividad subvencionada.

b) Fijación y justificación, en su caso, de la posibilidad de efectuar pagos a cuenta y pagos anticipados.

c) En su caso, especificidades que supongan excepción a las reglas generales establecidas en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre de General de Subvenciones.

d) En su caso, y atendiendo a la naturaleza de la subvención indicación de si se podrá, de oficio, proceder a saldar las deudas pendientes de cobro de los beneficiarios a las subvenciones, mediante compensación de dichas subvenciones con las entidades adeudadas.

e) Régimen de garantía, medios de constitución, depósito y cancelación que, en su caso, se establezca que deban constituir los beneficiarios.

f) En su caso, la condición de que en toda la documentación y propaganda escrita o gráfica de la actividad subvencionada se haga constar que la misma se halla subvencionada por este Ayuntamiento.

2.4.4.- En caso de que la subvención no se instrumente mediante convenio, la Resolución de concesión deberá recoger los requisitos previstos en los apartados 2 y 3 anteriores.

2.5 OTORGAMIENTO Y PAGO DE LA SUBVENCIÓN:

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2.5.1.- Será requisito previo para el otorgamiento de subvenciones la existencia de crédito adecuado y suficiente.

2.5.2.- Si para atender las obligaciones de contenido económico que se deriven de la concesión de las subvenciones fuese preciso una previa modificación presupuestaria, el correspondiente expediente se tramitará en la forma legalmente establecida y no será ejecutivo hasta la aprobación definitiva del mismo.

2.5.3.- Con carácter previo a la convocatoria de la subvención o a la firma del convenio, deberá autorizarse el gasto por el órgano competente, tramitándose para ello el documento contable de Autorización del gasto.

La propuesta de concesión al beneficiario concreto y determinado conllevará la tramitación y aprobación de la Disposición del gasto, por el importe de la subvención que se concede.

Cuando se trate de concesión directa de subvenciones, se aportará al expediente el documento contable AD, en el que figurará el beneficiario y el importe a conceder.

Todo ello sin perjuicio de la adopción de los acuerdos relativos a la convocatoria, concesión, justificación y, en su caso, reintegro de las subvenciones, que serán realizados por el órgano competente, según los acuerdos de delegación de competencias.

Los expedientes de otorgamiento de subvenciones, previamente a los correspondientes acuerdos relativos a la convocatoria o a la concesión, serán sometidos a informe del Órgano de Gestión Presupuestaria y a fiscalización por la Intervención General.

2.5.4.- Los perceptores de ayudas o subvenciones deberán:

1.- Acreditar como mínimo y con carácter previo a la percepción de las mismas, estar al corriente de las obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social, con arreglo al siguiente procedimiento:

a) Mediante certificación expedida por el órgano que ostente la gestión recaudatoria, Agencia Tributaria y Tesorería General de la Seguridad Social, o bien mediante la obtención de certificados digitales vía telemática.

b) Mediante declaración jurada del beneficiario, solo y exclusivamente, cuando la modalidad anterior no sea factible, habida cuenta de las circunstancias específicas del caso.

Quedan exceptuados de la obligación contemplada en este epígrafe los perceptores de ayudas económicas no periódicas, ayudas económicas familiares y ayudas económicas para alquiler de viviendas tramitadas por el Área de Bienestar Social, previo informe justificativo y motivado del Área, correspondiendo a éste realizar los seguimiento que procedan, en orden a la correcta aplicación de los fondos percibidos por los perceptores de las referidas ayudas, debiendo emitirse informe por la citada Área, con periodicidad mensual, especificando perceptores, importe de la ayuda, cuota y finalidad, con el Vº Bº del Concejal o Director de Gobierno.

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2.- Justificar con carácter previo al pago de la subvención, la realización de la actividad, proyecto, objetivo o adopción del comportamiento para el que se concedió, salvo que en el convenio o acuerdo de concesión se recoja la posibilidad de efectuar pagos anticipados o abonos a cuenta. Si el pago fuese, total o parcialmente anticipado a la ejecución del proyecto o actividad, deberá presentarse garantía por el beneficiario, salvo que el propio convenio o el acuerdo de concesión dispensen de esta obligación.

3.- Proceder al reintegro de las cantidades percibidas, así como al pago del interés de demora desde el momento del abono de la subvención hasta la fecha en que se acuerde la procedencia del reintegro, en los casos contemplados en el artículo 37 de la Ley 38/2003, General de Subvenciones.

2.5.5.- El centro gestor, previamente a la propuesta de concesión, deberá emitir informe en el que se acredite que el beneficiario cuya subvención se propone no tiene cantidad alguna de anteriores subvenciones pendiente de reintegro a la Tesorería municipal de conformidad en lo dispuesto en el artículo 13.2.9) de la Ley General de Subvenciones.

2.5.6.- Con carácter general, por la Intervención General Municipal se practicarán fiscalizaciones, por muestreo, de las subvenciones y ayudas concedidas a Entidades Privadas, Instituciones y Asociaciones sin ánimo de lucro, con el fin de comprobar la correcta aplicación de los fondos públicos y su equivalencia con la memoria y acuerdo de concesión debiéndose facilitar por las Áreas la

documentación original, requerida en plazo al beneficiario.

2.5.7.- En todo lo no regulado específicamente en esta Base, o en la propia convocatoria de la subvención, se estará a lo dispuesto con carácter general en la Ley 38/2003 General de Subvenciones y su Reglamento de Julio de 2006.

2.6 INFORMACIÓN SOBRE SUBVENCIONES:

Al objeto de dar cumplimiento a la obligación de suministrar información a la Base Nacional de Subvenciones impuesta por el artículo 20 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, desarrollado en los artículos 35 y siguientes del Real Decreto 887/2006, de 21 julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley General de Subvenciones, el Órgano que se designe dictará las instrucciones oportunas con el fin de establecer el procedimiento mediante el cual los órganos obligados (órganos gestores de las subvenciones) remitan la información a dicha Órgano.

BASE 35ª.BASE 35ª.BASE 35ª.BASE 35ª.---- Destino del patrimonio Destino del patrimonio Destino del patrimonio Destino del patrimonio público del suelopúblico del suelopúblico del suelopúblico del suelo

El destino de los bienes integrantes del patrimonio público del suelo, incluidos los ingresos procedentes de la enajenación de terrenos, y cualesquiera otros ingresos especificados en el artículo 74.3 del Texto Refundido de las Leyes de Ordenación del Territorio de Canarias y de Espacios Naturales de Canarias, aprobado por Decreto Legislativo 1/2000, de 8 de mayo, se realizará conforme a lo previsto en el artículo 76 del citado texto refundido, según la nueva redacción del mismo dada por la Ley 1/2006, de 7 de febrero, por la que se modifica la Ley 2/2003, de 30 de enero, de Vivienda de Canarias.

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BASE 36ª.BASE 36ª.BASE 36ª.BASE 36ª.---- Contrataciones Contrataciones Contrataciones Contrataciones

Todas las contratacionescontratacionescontratacionescontrataciones de suministros, obras y servicios, se efectuarán de conformidad con lo previsto en de la Ley de Contratos del Sector Público y demás disposiciones aplicables, y con arreglo a los circuitos administrativos que tenga establecidos o establezca esta Corporación, así como a las normas que, para el debido desarrollo y aplicación de los indicados circuitos, sean dictadas por la Alcaldía, a propuesta del Concejal de Gobierno de Hacienda y Economía.

En las propuestas de gastos, se prohíbe la inclusión de partidas alzadas. En casos excepcionales, debidamente justificados, se podrá autorizar la inclusión de alguna cantidad alzada pero siempre con el carácter de “a justificar”.

Las contrataciones de nuevos servicios u obras, o aquéllas que impliquen ampliación de otras ya existentes, requerirán informe previo del Órgano de Gestión Presupuestaria, salvo que el Concejal de Gobierno de Hacienda considere no necesario este informe. En este informe se analizará la existencia de crédito en el vigente Presupuesto, la coherencia del expediente objeto del mismo con los objetivos presupuestarios y, en especial, se evaluará el grado en que la nueva contratación, modificación o prórroga suponga un compromiso de gasto para ejercicios posteriores.

BBBBASEASEASEASE 37ª. Comprobación material del 37ª. Comprobación material del 37ª. Comprobación material del 37ª. Comprobación material del gasto.gasto.gasto.gasto.

Antes del reconocimiento de la obligación se procederá a verificar materialmente la efectiva realización del gasto y su adecuación al contenido del correspondiente negocio jurídico.

El resultado de la comprobación material del gasto, se reflejara en un acta que será suscrita por todos los que concurran al acto de recepción o, en su

caso, a la ocupación efectiva de que se trate. En dicha acta se harán constar las deficiencias que pudieran haberse apreciado y las medidas a adoptar para subsanarlas así como los hechos y circunstancias relevantes del acto de recepción. Asimismo, en informe ampliatorio al acta, podrán los concurrentes, de forma individual o colectiva, expresar las opiniones que estimen pertinentes.

En caso de desacuerdo con las deficiencias reflejadas por el representante de la Intervención en el acta, el órgano gestor podrá plantear su discrepancia, motivada con cita de los preceptos legales y reglamentarios en los que sustente su criterio.

La Intervención General procederá a la comprobación material del gasto en contratos de obras y suministros cuyo importe sea superior a 50.000 euros y 18.000 euros respectivamente, igic excluido. A estos efectos deberá solicitarse a la Intervención General la designación de un representante para la comprobación material del gasto, con una antelación mínima de quince días a la celebración del acto de comprobación material.

Designado el representante, el centro gestor solicitante deberá remitir al mismo, con una antelación no inferior a diez días a la celebración del acto, la documentación que se establezca por la Intervención General.

La Intervención General podrá ser asistida por personal cualificado designado por el Interventor de entre funcionarios del Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria que no hayan intervenido en la preparación, adjudicación o ejecución del contrato.

La Intervención General podrá acordar la realización de comprobaciones

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materiales de la inversión durante la ejecución de la misma.

BASE 38ª.BASE 38ª.BASE 38ª.BASE 38ª.---- Convenios y aportaciones a Convenios y aportaciones a Convenios y aportaciones a Convenios y aportaciones a ConsorciosConsorciosConsorciosConsorcios

1.-Los expedientes que a continuación se relacionan serán fiscalizados por la Intervención General siempre que den lugar al reconocimiento de derechos y/u obligaciones de contenido económico, previo informe del Órgano de Gestión Presupuestaria, salvo que el Concejal de Gobierno de Hacienda considere no necesario este informe, para la adopción del acuerdo pertinente:

a) Convenios o conciertos a suscribir por el Ayuntamiento y/o sus OOAA

b) Aportaciones a los consorcios en los que esté integrado o se pueda integrar el Ayuntamiento.

c) Convenios o Acuerdos Colectivos que afecten al régimen retributivo del personal funcionario o laboral del Ayuntamiento y sus Organismos Autónomos, respecto a la correspondiente autorización de masa salarial que cuantifique el límite máximo de las obligaciones que puedan contraerse como consecuencia de dichos acuerdos.

d) Contratos de personal no sujeto a Convenio Colectivo, siempre que sus retribuciones se determinen en todo o en parte en el clausulado del mismo.

BBBBASEASEASEASE 39ª. 39ª. 39ª. 39ª.---- Cumplimiento de la Cumplimiento de la Cumplimiento de la Cumplimiento de la Estabilidad PresupuestariaEstabilidad PresupuestariaEstabilidad PresupuestariaEstabilidad Presupuestaria

De acuerdo con lo establecido en el art. 6.2 del Real Decreto Legislativo 2/2007, de 28 de diciembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General de Estabilidad Presupuestaria, las disposiciones reglamentarias, en su fase de elaboración y aprobación, los actos administrativos, los contratos y los

convenios de colaboración y cualquier otra actuación de los sujetos a que se refiere el artículo 2 de dicha ley( Ayuntamiento, OOAA, Sociedades Mercantiles y demás entes pertenecientes al Sector Público Local) que afecte a los gastos públicos, deberán valorar sus repercusiones y efectos, y supeditarse de forma estricta al cumplimiento de las exigencias del principio de estabilidad presupuestaria.

Todo proyecto de ordenanza, reglamento, resolución o acuerdo, cuya aprobación y aplicación pudiera suponer un incremento del gasto público o una disminución de los ingresos del Ayuntamiento o de sus Organismos Autónomos, respecto de los autorizados y previstos en el Presupuesto correspondiente, o que pudiera comprometer fondos de ejercicios futuros, irá acompañado de una Memoria económica, en la cual se detallarán las posibles repercusiones presupuestarias de su aplicación, y se remitirán al Órgano de Gestión Presupuestaria para que informe, con carácter preceptivo, en un plazo de diez días, sin perjuicio de su fiscalización por la Intervención General.

En el caso de Organismos Autónomos, se remitirán con carácter previo a su aprobación por el Consejo Rector.

BBBBASEASEASEASE 40ª. 40ª. 40ª. 40ª.---- Especialidades en la Especialidades en la Especialidades en la Especialidades en la tramitación de determinados tramitación de determinados tramitación de determinados tramitación de determinados procedimientos de gastoprocedimientos de gastoprocedimientos de gastoprocedimientos de gasto

1.1.1.1.---- Gastos plurianuales y expedientes de Gastos plurianuales y expedientes de Gastos plurianuales y expedientes de Gastos plurianuales y expedientes de contratación de tramitación anticipada.contratación de tramitación anticipada.contratación de tramitación anticipada.contratación de tramitación anticipada.

1.-La competencia para autorizar y comprometer gastos que hayan de extender sus efectos económicos a ejercicios futuros corresponde a la Junta de Gobierno, en los términos establecidos por la legislación vigente, sin perjuicio de las delegaciones realizadas. Para su aprobación requerirán, con carácter previo, informe favorable del Órgano de Gestión

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Presupuestaria. Una vez recaído acuerdo de adjudicación se comunicará de inmediato al Órgano de Gestión Presupuestaria, así como cualquier circunstancia que modifique el importe o anualidades de los créditos reservados tales como, a título enunciativo, bajas, licitaciones desiertas o desistimiento de contratistas.

Será necesario, asimismo, el informe previo del Órgano de Gestión Presupuestaria, en los expedientes de inversión por contratación anticipada, incluso aunque su imputación se efectúe a un único ejercicio presupuestario. En cualquier caso, los citados expedientes estarán sujetos a la condición suspensiva de existencia de crédito adecuado y suficiente para hacer frente a las obligaciones derivadas del contrato.

No obstante lo dispuesto en los párrafos anteriores, se autoriza al Concejal de Gobierno de Hacienda, para que, mediante resolución dictada al efecto, excepcione del requisito de informe aquellos expedientes que por su naturaleza y/o cuantía no requieran del mismo.

La Intervención General no tramitará ningún expediente de gastos plurianuales en el que no figuren los citados informes, con la salvedad establecida en el párrafo anterior.

2. Corresponde a la Junta de Gobierno la competencia para, en casos excepcionales, ampliar el número de anualidades así como elevar los porcentajes a que se refiere el artículo 174 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, con los mismos informes y requisitos del apartado 1 anterior.

3. El cumplimiento de los límites a los compromisos de gastos de ejercicios futuros que se pueden adquirir, tanto referidos a la cuantía como al número de

anualidades, será informado de forma expresa y específica por la Intervención General. La propuesta que a tal efecto se realice contendrá como mínimo la debida justificación del motivo de la misma y de sus circunstancias excepcionales.

4. La tramitación de autorizaciones y compromisos de gastos plurianuales deberá acompañarse del documento contable específico en el que deberá consignarse, tanto el crédito imputable al ejercicio presupuestario corriente (o inicial) como el importe estimado para los ejercicios futuros a los que extiende sus efectos económicos el acuerdo.

2.2.2.2.---- Expedient Expedient Expedient Expedientes de contratación es de contratación es de contratación es de contratación condicionados a una modificación condicionados a una modificación condicionados a una modificación condicionados a una modificación presupuestaria.presupuestaria.presupuestaria.presupuestaria.

La propuesta de resolución deberá expresar que la aprobación del expediente queda condicionada a la existencia del crédito suficiente y adecuado, una vez entre en vigor la modificación presupuestaria solicitada.

En ningún caso podrán adoptarse acuerdos de compromiso de gasto y adjudicación de los contratos, en tanto no haya entrado en vigor la modificación presupuestaria.

3.3.3.3.---- Gastos de representación. Gastos de representación. Gastos de representación. Gastos de representación.

1. Se consideran gastos de protocolo y representación imputables al subconcepto 226.01 “Atenciones protocolarias y representativas” aquellos que, redundando en beneficio o utilidad de la Administración y no suponiendo retribuciones en metálico o en especie, el Alcalde, miembros de la Junta de Gobierno y Concejales delegados, tengan necesidad de realizar en el desempeño de sus funciones.

2. Todos los gastos imputables a la citada partida de “Atenciones protocolarias y representativas” deberán cumplir los

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siguientes requisitos:

a) Que se produzcan como consecuencia de actos de protocolo y representación.

b) Que redunden en beneficio o utilidad de la Administración.

c) Que no supongan retribuciones en especie o en metálico.

3. Todos los gastos deberán acreditarse con facturas u otros justificantes originales, formando la cuenta justificativa y deberán acompañarse de una Memoria, conjunta o individual, suscrita por el órgano gestor del gasto, en la que se contenga expresión de que el gasto se produce como consecuencia de actos de protocolo o de representación.

4.4.4.4.---- De las Certificaciones de Obras De las Certificaciones de Obras De las Certificaciones de Obras De las Certificaciones de Obras

1.-El día inicial para el cómputo del plazo de sesenta días establecido en el apartado 4 del artículo 200 de la Ley de Contratos del Sector Público, para el pago del precio al contratista sin incurrir en intereses de demora, será la fecha de expedición de los correspondientes documentos que acrediten la realización total o parcial del contrato, o a la fecha de expedición de las certificaciones de obras. No obstante lo anterior, en el supuesto de que el contratista presentara la factura con posterioridad a las referidas fechas de acreditación de la realización total o parcial del contrato o, en el caso de las obras, con posterioridad a la finalización del plazo para la emisión de la correspondiente certificación de obras establecido en la Ley de Contratos del Sector Público, el cómputo del plazo comenzará a contarse a partir del momento de la presentación de la factura en el registro municipal.

2.- El contratista podrá desarrollar los trabajos con mayor celeridad que la prevista para que las obras se ejecuten en el plazo o plazos contractuales, salvo que, a

juicio de la Dirección de las obras, existiesen razones para estimarlo inconveniente. Sin embargo, no tendrá derecho a percibir en cada año, cualquiera que sea el importe de lo ejecutado o de las certificaciones expedidas, mayor cantidad que la consignada en la anualidad correspondiente. Las certificaciones así expedidas sólo devengarán intereses por demora desde la fecha señalada en el artículo 152 del Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas.

BASE 41ª.BASE 41ª.BASE 41ª.BASE 41ª.----

Conforme a lo regulado en el Art. 187 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, el plan de disposición de Fondos de la Tesorería se establecerá por el Sr. Alcalde-Presidente de la Corporación, y por su delegación, por el Concejal de Gobierno de Hacienda, a propuesta del titular del Órgano de Gestión Económico-Financiero.

BASE 42ª.BASE 42ª.BASE 42ª.BASE 42ª.----

Al Servicio de Inspección de Rentas se le retribuye su labor de conformidad con lo establecido en los acuerdos plenarios de 28.06.85, 5.12.85, 12.02.86, 7.05.86 y 30.01.87 y por los Decretos del Ilmo. Sr. Alcalde núm. 5.307 del 17.12.87, nº 429 del 9.02.88, nº 1.1.12 del 14.03.89 y posteriores.

En la cláusula undécima del Pacto de Condiciones Generales Retributivas del Personal Funcionario de este Excmo. Ayuntamiento, se establece que el Servicio de Inspección de Rentas acredita desde aquel momento su capacidad de devengar el Complemento de Productividad, conforme establece el Art. 50 del R D. 861/86, de 25 de abril. En su virtud, el citado personal percibirá en concepto de complemento de productividad las cuantías fijadas en los acuerdos plenarios y Decretos

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al principio expresados con arreglo a las bases y criterios en los mismos establecidos.

BASE 43ª.BASE 43ª.BASE 43ª.BASE 43ª.---- Reconocimiento extrajudicial Reconocimiento extrajudicial Reconocimiento extrajudicial Reconocimiento extrajudicial de créditos y convalidaciónde créditos y convalidaciónde créditos y convalidaciónde créditos y convalidación

1.1.1.1.---- Reconocimiento extrajudicial de Reconocimiento extrajudicial de Reconocimiento extrajudicial de Reconocimiento extrajudicial de créditos:créditos:créditos:créditos:

1.1 Con cargo a los créditos del estado de gastos sólo podrán contraerse obligaciones derivadas de gastos realizados en el ejercicio. Se excepcionan de esta regla (principio de anualidad) las siguientes obligaciones de ejercicios anteriores.

a) atrasos al personal.

b) gastos debidamente comprometidos en ejercicios anteriores, previa incorporación de los créditos en el supuesto establecido en el art. 182.3 del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales.

c) los Concejales de Gobierno de cada Área podrán autorizar, previo informe favorable de la Dirección General de Hacienda, la imputación a los créditos del ejercicio corriente de obligaciones generadas en el ejercicio anterior como consecuencia de compromisos de gastos adquiridos de conformidad con el ordenamiento jurídico, para los que hubiera crédito disponible en el ejercicio de procedencia. La decisión de la Concejalía de Gobierno dejará constancia, en cualquier caso, de las causas por las que no se procedió a la imputación a Presupuesto en el ejercicio en que se generó la obligación.

d) las que tengan su origen en resoluciones judiciales.

e) gastos derivados de contratos válidamente celebrados, de tracto sucesivo y periódicos.

1.2.- En otros supuestos, para la imputación al Presupuesto de un gasto realizado en ejercicios anteriores se requerirá la tramitación de expediente de reconocimiento extrajudicial de crédito.

1.3.- También se requerirá la tramitación de expediente de reconocimiento extrajudicial de créditos para la imputación al Presupuesto, de gastos realizados en el ejercicio corriente prescindiendo del procedimiento establecido.

1.4.- El reconocimiento extrajudicial de créditos exige:

a) Reconocimiento de la obligación mediante explicación circunstanciada de todos los condicionamientos que han originado la actuación irregular, motivando la necesidad de proponer una indemnización sustitutiva a favor del tercero interesado, exclusivamente por el valor de los gastos ocasionados por la realización de la prestación.

b) Existencia de dotación presupuestaria específica, adecuada y suficiente para la imputación del referido gasto, sin que pueda utilizarse el crédito disponible a nivel de vinculación jurídica.

Esta imputación del gasto no podrá producir perjuicio ni limitación para la realización de los gastos corrientes previsibles y necesarios en el presente año.

De no existir dotación presupuestaria o ésta fuera insuficiente, se deberá tramitar el oportuno expediente de modificación de créditos, que será previo o simultáneo al reconocimiento de la obligación.

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1.5.- La competencia para el reconocimiento extrajudicial de créditos corresponde al Pleno.

1.6.- El expediente para el reconocimiento extrajudicial de créditos, que será tramitado por el Órgano de Gestión Presupuestaria, deberá contener, como mínimo, los siguientes documentos:

a) Memoria justificativa suscrita por el Técnico responsable del Servicio y conformada por el Responsable Político correspondiente, sobre los siguientes extremos:

- Justificación de la necesidad del gasto y causas por las que se ha incumplido el procedimiento jurídico-administrativo correspondiente.

- Fecha o período de su realización.

- Importe de la prestación realizada.

- Garantías que procedan o dispensa motivada de las mismas.

b) Informe técnico de valoración que acredite que los precios aplicados son correctos y adecuados al mercado.

c) Factura detallada con todos los datos o requisitos legales, o documento acreditativo del derecho del acreedor de la realización de la prestación, debidamente conformados.

d) Informe del Jefe del Servicio o Unidad Administrativa, en los supuestos de imputación a los créditos del Presupuesto de 2.009, de que no existe impedimento ni limitación alguna a esta aplicación

del gasto en relación con las necesidades que deban atenderse durante todo el año con la correspondiente partida presupuestaria.

e) Informe del Jefe del Servicio o de la Unidad Administrativa, cuando no exista dotación o ésta fuera insuficiente en el Presupuesto inicial, sobre la tramitación de la modificación de crédito necesaria.

f) Documento contable.

g) Cuadro resumen por partidas presupuestarias, con indicación para cada una de ellas del concepto o conceptos que motivan el expediente, importe correspondiente a cada uno de ellos, responsable técnico y responsable político.

h) Informe de la Intervención General

i) Cualquier otro documento que se estime necesario para la mejor justificación del gasto.

1.7.- El expediente será completado por el Centro Gestor correspondiente y coordinado e impulsado por el Órgano de Gestión Presupuestaria.

2.2.2.2.---- Convalidaciones: Convalidaciones: Convalidaciones: Convalidaciones:

Podrán ser objeto de convalidación, con los mismos requisitos y formación del expediente indicados en el apartado anterior, los gastos realizados en el ejercicio corriente prescindiendo del procedimiento establecido, tanto en relación con su tramitación administrativa como con los aspectos presupuestarios de la ejecución del gasto. La competencia para la convalidación de gastos corresponde a la Junta de Gobierno.

Cuando la convalidación hubiera sido motivada por la falta de fiscalización del

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gasto se aplicará lo establecido en la Base nº 22ª.

BASE 44ª.BASE 44ª.BASE 44ª.BASE 44ª.---- Pagos a justificar Pagos a justificar Pagos a justificar Pagos a justificar

En las órdenes de pago "a justificar"órdenes de pago "a justificar"órdenes de pago "a justificar"órdenes de pago "a justificar", ya se trate de las anteriores o cualquier otra cuya expedición pudiera ser ordenada por la Alcaldía, se observarán las reglas establecidas con carácter general en el art. 190 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, y art. 69 y siguientes del R.D. 500/90, de 20 de abril y, con carácter particular, lo establecido en la presente Base, según el siguiente desarrollo:

1.1.1.1.---- Ámbito de aplicación y forma de Ámbito de aplicación y forma de Ámbito de aplicación y forma de Ámbito de aplicación y forma de expedición de los pagos a justificar. expedición de los pagos a justificar. expedición de los pagos a justificar. expedición de los pagos a justificar.

DEFINICIÓN: Tienen la consideración de órdenes de pago “a justificar” aquéllas cuyos documentos justificativos no se puedan acompañar en el momento de su expedición.

CARÁCTER EXCEPCIONAL: Dado el carácter excepcional que la legislación atribuye a esta fórmula de pago, se utilizará de forma restrictiva.

FORMA DE EXPEDICIÓN: Se expedirán, previa petición justificada en impreso normalizado y debidamente cumplimentado --firmado por el perceptor del mandamiento, el Jefe del Servicio y el Concejal de Gobierno, Concejal Delegado, Concejal de Distrito, Director de Gobierno u Órgano Directivo correspondiente, en base a resolución de la Autoridad competente para autorizar el gasto a que se refieran y se aplicarán a los correspondientes créditos presupuestarios.

La orden de pago deberá identificarse como “A justificar”, sin que pueda hacerse efectiva sin el cumplimiento de esta condición.

2.2.2.2.---- Requisitos y límites paRequisitos y límites paRequisitos y límites paRequisitos y límites para su ra su ra su ra su expedición.expedición.expedición.expedición.

La expedición de órdenes de pago a justificar habrá de acomodarse al Plan de Disposición de Fondos de la Tesorería, que se establezca por el Alcalde, o por su delegación, por el Concejal de Gobierno de Hacienda.

No podrán expedirse nuevas órdenes de pago a justificar, si el perceptor tuviere alguno pendiente de justificación por el mismo concepto presupuestario, o bien si ha transcurrido el plazo de tres meses sin justificar cualquier petición anterior.

3.3.3.3.---- Límites cuantitativos. Límites cuantitativos. Límites cuantitativos. Límites cuantitativos.

La cuantía de estas órdenes de pago, sin perjuicio de una regulación más detallada en cualquier momento, será la que resulte de acreditar el gasto necesario en los términos más exactos posibles.

4.4.4.4.---- Conceptos presupuestarios a los Conceptos presupuestarios a los Conceptos presupuestarios a los Conceptos presupuestarios a los que son aplicables. que son aplicables. que son aplicables. que son aplicables.

- Material de oficina no inventariable, suscripciones a boletines oficiales, revistas, libros y otras publicaciones, así como el pago de reembolsos.

- Dietas, locomociones, gastos de inscripciones en cursos.

- Y aquellos en que, por razones debidamente ponderadas, se considere necesario agilizar la gestión de los créditos y así se acuerde en la resolución aprobatoria del gasto.

Con cargo a las cantidades libradas a justificar, únicamente podrán satisfacerse obligaciones del ejercicio económico a que se refieran.

Los responsables de los Servicios tendrán en cuenta, en todo caso, la obligación de dar cumplimiento a las normas de la contratación administrativa,

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la de efectuar las retenciones tributarias debidas, y la prohibición de realizar contrataciones de personal con cargo a estos fondos.

5.5.5.5.---- Perceptores. Perceptores. Perceptores. Perceptores.

Podrán entregarse cantidades a justificar al Sr. Alcalde-Presidente, a los miembros de la Junta de Gobierno Local y demás miembros de la Corporación y al personal de la misma.

Los perceptores responderán de la custodia de los fondos y, en su caso, de los reintegros, estando sujetos al régimen de responsabilidades que establece la normativa vigente.

Superado el plazo de justificación, sin que se hubiera procedido a la plena justificación de la misma, se podrá descontar automáticamente de la nómina la cantidad pendiente de justificación, o se procederá a promover expediente de reintegro de la anterior cantidad y su interés legal.

Los perceptores de fondos a justificar no podrán contraer obligaciones cuyo importe sobrepase el de las sumas libradas con este carácter, siendo personalmente responsables de las deudas que pudieran contraer por dar mayor extensión a los servicios encomendados.

6.6.6.6.---- Plazo a justificar.Plazo a justificar.Plazo a justificar.Plazo a justificar.

En el plazo de dos mesesdos mesesdos mesesdos meses, ampliable excepcionalmente hasta el máximo legal de tres, y en todo caso, antes de la finalización del ejercicio, los perceptores de estos fondos habrán de presentar en Intervención General la justificación de los pagos realizados conforme se dispone en el apartado siguiente, reintegrando las cantidades no invertidas.

El plazo de justificación quedará reducido a 10 días10 días10 días10 días, cuando se trate de gastos de viaje y dietas (alojamiento y gastos de viaje y dietas (alojamiento y gastos de viaje y dietas (alojamiento y gastos de viaje y dietas (alojamiento y manutención)manutención)manutención)manutención).

Los mandamientos de pago que correspondan al último mes del ejercicio, habrán de tenerse justificados a 31 de enero del ejercicio siguiente, reintegrándose, en su caso, la totalidad del saldo no justificado.

7.7.7.7.---- Justificación de los pagos.Justificación de los pagos.Justificación de los pagos.Justificación de los pagos.

a) La Cuenta Justificativa:

Se rendirá cuenta que contendrá los siguientes extremos:

- Relación numerada de las facturas presentadas y abonadas, con sus respectivos importes, y suma total, conformada por el perceptor del mandamiento “a justificar” y el responsable técnico del Servicio.

- Las facturas, originales y sin enmiendas, ordenadas en función del número de orden dado en la relación, deberán cumplir los requisitos que se establecen en el Real Decreto 1.496/ 2003, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento en el que se regulan las obligaciones de facturación y en la Base 22.2ª.

Deben contener, igualmente, el “recibido y conforme” del perceptor del mandamiento “a justificar”, y el “recibí” del proveedor, perfectamente identificado (firma y NIF o CIF correspondiente).

Asimismo, se deberá aportar justificante del reintegro, en su caso, del importe no gastado, y de las retenciones ingresadas.

b) Aprobación de la Cuenta Justificativa:

El Centro Gestor, previo informe de la Intervención General, propondrá al órgano competente la aprobación mediante Resolución de aquellas cuentas justificativas que reúnan los requisitos establecidos en estas Normas.

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8.8.8.8.---- Contabilidad y control. Contabilidad y control. Contabilidad y control. Contabilidad y control.

La expedición y pago de las órdenes a justificar, se contabilizará conforme a las normas establecidas en la nueva Instrucción del Modelo Normal de Contabilidad Local, aprobada por Orden EHA/4041/2004, de 23 de noviembre.

El Órgano de gestión Económico-Financiera llevará un libro registro de las órdenes de pago expedidas con el carácter de “a justificar”, la cantidad pagada y las fecha máxima para su justificación, debiendo comunicar a la Intervención General el vencimiento de dicho plazo con el fin de que se requiera al perceptor para que proceda a su inmediata justificación. Transcurrido el plazo de justificación se incoará el correspondiente procedimiento administrativo de reintegro por alcance en los fondos públicos.

BASE 45ª.BASE 45ª.BASE 45ª.BASE 45ª.---- Anticipos de caja fija. Anticipos de caja fija. Anticipos de caja fija. Anticipos de caja fija.

1.1.1.1.---- ConceptoConceptoConceptoConcepto

Los anticipos de caja fija son provisiones de fondos de carácter no presupuestario y permanente que se realizan a cajas habilitadas al efecto para la atención inmediata y posterior aplicación al presupuesto del año en que se realicen de gastos corrientes que no estén sometidos a fiscalización previa y que tengan carácter periódico o repetitivo como los de dietas, gastos de locomoción, material no inventariable, conservación, tracto sucesivo y otros de similares características. Sólo podrá pagarse con cargo a los anticipos de caja fija los gastos descritos anteriormente cuando exista crédito adecuado y suficiente dentro del nivel de vinculación jurídica de la partida correspondiente.

2.2.2.2.---- Ámbito de aplicación.Ámbito de aplicación.Ámbito de aplicación.Ámbito de aplicación.

La presente base será de aplicación al Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria y a sus Organismos Autónomos.

3.3.3.3.---- Límites.Límites.Límites.Límites.

1.- La cuantía de los anticipos de caja fija concedidos a cada centro gestor será por un importe fijo que no podrá exceder del 5 por ciento de los créditos cuya gestión les corresponda del capítulo 2, “Gastos en Bienes Corrientes y Servicios” del presupuesto vigente en el momento de su constitución. El límite global de anticipos de caja fija constituidos en el Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria no podrá exceder de 1.000.000 de euros. Las bases de ejecución del Presupuesto de cada ejercicio regularán este límite que, como máximo, podrá alcanzar el 5 por cien del total de los créditos iniciales destinados a gastos en bienes corrientes y servicios, del Presupuesto vigente cada año. Si, una vez aprobado el presupuesto anual, fuera necesario disminuir el importe de un anticipo ya establecido se hará según lo dispuesto en el punto 4.2 de esta base.

2.- Una vez establecido el sistema de anticipos de caja fija, el centro gestor afectado no podrá tramitar órdenes de pago presupuestarias a favor de perceptores directos respecto de los gastos para cuya atención se creó el anticipo, por importe inferior a 400 €.

3.- Por otro lado, no podrán realizarse con cargo al anticipo pagos individualizados superiores a 3.000 euros. Quedan exceptuados los gastos por publicación de anuncios en boletines oficiales, en los que el límite será la propia liquidación.

4.- A efectos de la aplicación de los límites señalados en los párrafos 2 y 3 de este apartado, no podrán acumularse en un solo justificante pagos que se deriven de diversos gastos, ni fraccionarse un único gasto en diversos pagos.

5.- La Resolución por la que se constituya el anticipo podrá establecer limitaciones al gasto máximo asignado para

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conceptos y / o períodos determinados. Igualmente, en atención a las necesidades concretas del centro gestor, podrá establecer excepciones al límite recogido en el apartado 2 de este punto, así como disminuir o aumentar el mismo. En ella podrá contemplarse, excepcionalmente, la posibilidad de elevar el límite al que se refiere el apartado 3 hasta los 5.000 euros.

4.4.4.4.---- Creación de la habilitación y Creación de la habilitación y Creación de la habilitación y Creación de la habilitación y concesión de los anticipos de cajaconcesión de los anticipos de cajaconcesión de los anticipos de cajaconcesión de los anticipos de caja fija. fija. fija. fija.

1.- El procedimiento para la creación de un anticipo de caja fija se iniciará mediante propuesta razonada del Titular del Área de Gobierno o Concejal Delegado responsable de la gestión de los créditos a los que afecte. La propuesta hará referencia, al menos, a los siguientes aspectos:

a) Justificación de la solicitud del Anticipo de Caja Fija.

b) Gastos para los que se solicita, motivando el carácter periódico o repetitivo de los mismos y las partidas presupuestarias que quedarían afectadas, así como el importe solicitado, que debe ser igual o inferior al establecido en esta base. En su caso, cuantificación del gasto máximo. Con carácter general sólo serán susceptibles de tramitación por este sistema gastos imputables al capítulo 2, si bien, con la debida motivación, podrán tenerse en cuentas gastos imputables a los artículos 16 y 48 de la clasificación económica del presupuesto de gastos.

c) La propuesta de designación de funcionario del propio servicio municipal como Habilitado.

d) Aquellas otras especificaciones que se consideren necesarias para el mejor funcionamiento de la Habilitación.

2.- Corresponderá al Alcalde Presidente y, por su delegación, si así procediera, al Titular del Área con competencias en materia de Hacienda, acordar la creación de la habilitación de que se trate y de su correspondiente anticipo de caja fija. En el ámbito de los organismos autónomos esta competencia la ejercerá su Presidente.

3.- La Resolución contendrá, como mínimo, los siguientes datos:

a) Nombre del Habilitado, cuyo nombramiento deberá ser informado favorablemente por el Órgano de Gestión Económico-financiera, del que dependerá funcionalmente. Con iguales requisitos podrá contemplarse la existencia de sustituto para los casos de ausencia o enfermedad.

b) Nombre de la persona que firmará mancomunadamente las disposiciones de la cuenta en los términos que se recogen en el punto 6 de esta base. En su caso, nombre del sustituto que no podrá coincidir con el sustituto del Habilitado. Los sustitutos obran bajo la responsabilidad del titular a menos que, previa a la actuación de aquél, se haya realizado acta de entrega de la situación del anticipo en ese momento, conformada por la Intervención General.

c) Límites a los que se refiere el punto 3.

d) Partidas presupuestarias afectadas por el anticipo y, en su caso, gasto máximo.

e) Importe máximo de efectivo que se autoriza. En ningún caso podrá ser superior a 500 €.

f) Aquellas otras especificaciones que se consideren necesarias para el mejor funcionamiento de la

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Habilitación.

4.- Cuando, una vez aprobado el presupuesto del ejercicio, en aplicación de lo dispuesto en el punto 3 de esta base, sea necesaria la disminución de un anticipo de caja fija ya establecido, el Alcalde-Presidente y, por su delegación, si así procediera, el Titular del Área con competencias en materia de Hacienda dictará Resolución en este sentido, previo informe-propuesta del Área Gestora que dispondrá de siete días desde la aprobación inicial de aquél para su emisión. Si transcurrido este plazo no se hubiera emitido informe, el Titular del Área de de Hacienda resolverá lo que estime procedente.

La obligación de reintegro se comunicará al habilitado y se efectuará de oficio y por compensación, sin salida material de fondos, por el Órgano de Gestión Económico-financiera en la primera reposición de fondos que solicite la Habilitación afectada.

5.- Las resoluciones por las que se constituyan, modifiquen o cancelen anticipos de caja fija deberán ser previamente informadas por el Órgano de Gestión Económico-financiera y fiscalizadas por la Intervención General.

5.5.5.5.---- Situación de los fondosSituación de los fondosSituación de los fondosSituación de los fondos

1.- El importe de las órdenes de pago no presupuestarias que se expidan se abonará mediante transferencia a una cuenta corriente, designada por el Órgano de Gestión Económico-financiera, que la habilitación tenga abierta para tal fin bajo la denominación "Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria Habilitación de (nombre de la habilitación), provisión de fondos por anticipo de caja fija". En los organismos autónomos, el nombre de la Entidad sustituirá al del Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria. El control de estas cuentas le corresponde a la

Habilitación, sin perjuicio de las competencias y funciones del Órgano de Gestión Económico-financiera en cuanto responsable de la Tesorería Municipal de la que estas cuentas forman parte.

2.- Las entidades financieras en que se abran estas cuentas estarán obligadas a proporcionar al Órgano de Gestión Económico-financiera y a la Intervención General la información que se les solicite.

3.- En todo caso, los fondos librados tendrán el carácter de fondos públicos y formarán parte integrante de la Tesorería del Ayuntamiento (o del organismo autónomo de que se trate).

4.- Estas cuentas solo podrán admitir ingresos de la Tesorería de la Entidad, salvo los que se puedan producir por el propio habilitado en concepto de reintegro y los que, en su caso, efectúe la propia entidad en concepto de liquidación de intereses.

6.6.6.6.---- Procedimiento para la disposición Procedimiento para la disposición Procedimiento para la disposición Procedimiento para la disposición de fondos.de fondos.de fondos.de fondos.

1.- Las disposiciones de fondos se harán mediante cheques nominativos o transferencias bancarias, autorizados con la firma mancomunada del Habilitado y la del Titular del Área de Gobierno, Concejal Delegado o Director General responsable del Servicio Gestor o funcionario designado por éstos.

2.- En la Resolución de creación del anticipo podrá autorizarse la existencia de pequeñas cantidades de efectivo para atender necesidades imprevistas y gastos de menor cuantía. De la custodia de estos fondos será directamente responsable el Habilitado pagador.

3.- Los gastos cuyos pagos se atiendan con cargo a los anticipos de caja fija deberán seguir la tramitación establecida legalmente para cada caso, de lo cual deberá quedar constancia documental. El “Páguese” del órgano gestor (responsables político y técnico, en su caso, del gasto)

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dirigido al Habilitado, deberá figurar, como mínimo, en las facturas, recibos o cualquier otro justificante que refleje la reclamación o el derecho del acreedor.

4.- Su registro se realizará por los habilitados o empleado municipal que éstos indiquen, con la conformidad del responsable político y técnico (si distinto del habilitado) del centro gestor afectado, en el módulo de gestión de anticipos de caja fija del sistema de información contable municipal. El alta como usuarios del sistema se realizará mediante los documentos normalizados al efecto, requiriendo la conformidad del Órgano de Gestión Económico-financiera, Servicio de Contabilidad, que, como propietario del recurso, asignará los permisos correspondientes.

5.- En el caso de pago directo a terceros, con carácter previo al pago deberán cumplimentarse obligatoriamente en el sistema de información contable municipal:

� Los datos completos del tercero (nombre, dos apellidos o denominación social, NIF o CIF y domicilio, así como los datos bancarios).

� Datos completos de la factura del tercero.

Estos datos serán introducidos por la persona que, dentro del centro gestor, tenga autorización para ello, que podrá ser distinta del habilitado. Si fuera necesario dar de alta al tercero en la correspondiente base de datos del sistema de información contable se requerirá, en todo caso, la validación por el Órgano de Gestión Económico-financiera.

6.- Si se trata de provisiones de fondos que deban realizarse exclusivamente al personal municipal para gastos gestionados con cargo a los anticipos de caja fija deberán cumplimentarse previamente los

datos del perceptor de los fondos, motivo por el que se le entregan e importe.

7.- Tendrán la consideración de suplidos los pagos que, en nombre y por cuenta del Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria o del Organismo Autónomo de que se trate, realicen en el ejercicio de su cargo público las autoridades y personal al servicio del mismo, para satisfacer prestaciones de escasa cuantía directamente relacionadas con los fines del servicio público correspondiente. Los habilitados reintegrarán a las autoridades y personal que haya realizado el suplido por el importe exacto del mismo, previa acreditación mediante factura, que deberá estar expedida a nombre del Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria u organismo autónomo dependiente, y declaración formal responsable de haber satisfecho el pago personalmente. A todos los efectos se considerará que el destinatario de la operación es el Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria o, en su caso, el Organismo Autónomo. Si en el centro gestor afectado no existiera anticipo de caja fija, el suplido se reintegrará por la Tesorería Municipal, tras la tramitación del expediente de gasto que proceda.

8.- Desde el subsistema de anticipos de caja fija se emitirá el documento “orden interna de pago” o “relación de órdenes internas de pago” el cual, una vez suscrito por quien tenga competencia para autorizar el gasto de que se trate, constituye la orden de pago al habilitado para atenderlo con los fondos del anticipo.

9.- La acreditación del pago se realizará mediante la toma de razón del habilitado y firma del perceptor de los fondos o mediante la orden de transferencia debidamente diligenciada por la entidad financiera.

10.- Quienes reciban fondos procedentes de un anticipo de caja fija de acuerdo con lo señalado en el apartado 6

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de este punto deberán justificar su empleo en el plazo de 20 días naturales y siempre antes del 15 de diciembre.

11.- No podrá realizarse el pago por los habilitados de cantidades correspondientes a las operaciones que se relacionan a continuación, salvo que se autorice expresamente:

a) Pagos a favor de terceros contra los que se haya iniciado procedimiento administrativo de apremio o cualquier otro procedimiento de ejecución judicial o no judicial mientras el mismo no haya terminado o se encuentre suspendido

b) Pagos de prestaciones respecto de las que el acreedor haya cedido el derecho de cobro.

c) Pagos de operaciones en las que se produzca la inversión del sujeto pasivo del Impuesto General Indirecto Canario.

7.7.7.7.---- Reposición de fondos e imputación Reposición de fondos e imputación Reposición de fondos e imputación Reposición de fondos e imputación presupuestaria.presupuestaria.presupuestaria.presupuestaria.

1.- Por el importe de los pagos realizados con cargo al anticipo de caja fija, los habilitados rendirán cuentas a medida que sus necesidades de tesorería aconsejen la reposición de los fondos utilizados. Será obligatoria la rendición de cuentas a 30 de junio y a 15 de diciembre de cada año.

2.- Las cuentas justificativas, acompañadas de las facturas y demás documentos originales que justifiquen la aplicación de los fondos, debidamente relacionados, serán aprobados por el órgano gestor autorizante de los gastos. Tales cuentas se ajustarán al total del anticipo concedido, sumando los gastos a reponer el saldo de la cuenta corriente, debidamente acreditado y conciliado, así como las posibles existencias en metálico.

3.- Una vez examinada la cuenta, la Intervención General emitirá informe en el

que pondrá de manifiesto su conformidad con la cuenta o los defectos o anomalías observados y lo remitirá al órgano gestor para su conocimiento o, en su caso, subsanación. En el plazo de ocho días el órgano gestor procederá a subsanar los defectos o a formular las correspondientes alegaciones, en su caso. En el caso de que se formularan alegaciones a las anomalías observadas por la Intervención General, ésta emitirá informe definitivo en el plazo de diez días desde la recepción de las mismas, elevando el expediente al Alcalde-Presidente para que decida lo procedente.

En el caso de que las anomalías detectadas se refieran tan sólo a algún justificante en concreto, la Intervención General podrá excluir el mismo de la cuenta justificativa, haciéndose constar tal circunstancia en el expediente, continuando la tramitación de la reposición de fondos del anticipo con el resto de las propuestas relacionadas. El justificante excluido se devolverá al centro gestor para que subsane los reparos que se le hayan formulado.

Una vez fiscalizada de conformidad la cuenta justificativa o solventados los reparos de la Intervención General, el Órgano de Gestión Económico-financiera contabilizará las operaciones de gestión del presupuesto de gastos con imputación a los conceptos presupuestarios que corresponda.

4.- La expedición de las órdenes de pago se ajustará a la normativa general de la Corporación, debiendo efectuarse la reposición de fondos, necesariamente, mediante transferencia a la cuenta abierta a tal efecto y por el importe líquido de las órdenes de pago.

8.8.8.8.---- Contabilidad y control.Contabilidad y control.Contabilidad y control.Contabilidad y control.

1.- Las habilitaciones llevarán contabilidad auxiliar detallada de todas las

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operaciones que realicen en la gestión de los anticipos de caja fija.

2.- A efectos de control, durante los 15 primeros días de los meses de enero, abril, julio y octubre, se formularán por los habilitados estados de situación de tesorería referidos al último día hábil de cada trimestre natural, de los que se enviarán copias al Órgano de Gestión Económico-financiera y a la Intervención General. En el ámbito de cada organismo autónomo, los habilitados remitirán los estados de situación a la Tesorería y a la Intervención Delegada de aquél.

3.- Con independencia de lo señalado en el párrafo anterior, podrán formularse, con carácter extraordinario, estados de situación referidos a fechas determinadas. La Intervención General y el Órgano de Gestión Económico-financiera, por sí o por medio de funcionarios que al efecto designen, podrán realizar en cualquier momento las comprobaciones que estimen oportunas y recabar, con este fin, la documentación que estimen precisa

9.9.9.9.---- Funciones de los habilitadosFunciones de los habilitadosFunciones de los habilitadosFunciones de los habilitados

1.- Las habilitaciones dependen funcionalmente del Órgano de Gestión Económico-financiera y jerárquicamente de las respectivas unidades administrativas a las que se hayan concedido los anticipos de caja fija a administrar y se situarán en las sedes de aquéllas.

2.- Al frente de cada habilitación habrá un Habilitado, con nombramiento expreso para el ejercicio de las funciones inherentes a dicho cargo.

3.- Son funciones de los habilitados:

a) Registrar las operaciones en el subsistema de anticipos de caja fija del sistema de información contable municipal. Este registro podrá realizarlo materialmente una persona autorizada por el Habilitado, en los

términos del apartado 4 del punto 6 de esta base, responsabilizándose el Habilitado de las anotaciones que se hagan mediante la firma de los oportunos documentos contables.

b) Verificar que los comprobantes facilitados para la justificación de los gastos y pagos consiguientes, sean documentos auténticos y originales, que cumplen los requisitos exigidos en la normativa vigente y que en ellos figure el “páguese” de la unidad administrativa correspondiente.

c) Verificar la personalidad y legitimación de los perceptores mediante la documentación procedente en cada caso, haciendo constar el medio de identificación y su documento.

d) Efectuar los pagos que se ordenen según los preceptos de esta base.

e) Tramitar la solicitud de reposición de fondos, rindiendo la correspondiente cuenta justificativa. Facilitar los estados de situación de Tesorería según dispone el punto 8 de esta base.

f) Custodiar con la debida diligencia las existencias en efectivo de que dispongan y los cheques que posean. En su caso, cuidar de cobrar los intereses que procedan y de su posterior ingreso en Tesorería.

g) Custodiar y conservar los talonarios de cheques y los justificantes de transferencias.

h) Practicar los arqueos y conciliaciones bancarias necesarias de acuerdo con las instrucciones que a tal efecto reciban del Órgano de Gestión Económico-financiera o, en

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su caso, de la Intervención General.

i) Colaborar con la Intervención General y con el Órgano de Gestión Económico-financiera en la justificación y control de los fondos que manejen.

j) Cumplir las obligaciones materiales y formales de carácter tributario que se deriven de los pagos que realicen, sin perjuicio de las que correspondan al Órgano de Gestión Económico-financiera.

k) Las demás que les atribuya la normativa vigente y aquellas otras que se les encomiende para llevar a cabo lo establecido en la presente base.

BASE 46ª.BASE 46ª.BASE 46ª.BASE 46ª.---- De los Ingresos y su gestión De los Ingresos y su gestión De los Ingresos y su gestión De los Ingresos y su gestión

1º.- El Presupuesto de ingresos del Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria será ejecutivo conforme a los preceptos establecidos en la Legislación de Régimen Local, al Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, las Ordenanzas Fiscales aprobadas por el Ayuntamiento, las Normas reguladoras de los Precios Públicos, y por la Ordenanza General de Recaudación de Tributos y otros ingresos de Derecho Publico de este Ayuntamiento.

2º.- Los ingresos del Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria son de Derecho Público y de Derecho Privado.

2.1 Ingresos de Derecho Público. Las Unidades Administrativas con competencia en la exacción, liquidación, recaudación, tanto en voluntaria como en ejecutiva, así como la inspección de los tributos, tasas y precios públicos cuidaran de la correcta aplicación de las Ordenanzas Fiscales y de Precios Públicos dentro del ámbito de sus competencias.

2.2 Ingresos de Derecho Privado. Las Unidades administrativas con competencias en la gestión de derechos de naturaleza privada, cuidaran de la correcta liquidación de dichos derechos de conformidad con los contratos que los generen, facilitando a los órganos liquidadores en tiempo y forma cuantos datos sean necesarios para su correcta liquidación.

3º.-El Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria, podrá recibir las subvenciones y transferencias de terceros que estime convenientes y que financien total o parcialmente gastos de la competencia municipal. Para la aceptación de subvenciones y transferencias de terceros por el órgano compete, será necesario la tramitación del correspondiente expediente en el que deberá informar, con carácter previo, el Órgano de Gestión Presupuestaria y estarán sometidos a fiscalización por la Intervención General.

4º.- El Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria, a través de los órganos competentes podrá formalizar los convenios con entidades publicas o privadas que estime convenientes y que financien total o parcialmente gastos de competencia municipal o que supongan una colaboración en actividades organizadas por el Ayuntamiento. Dichos convenios deberán ser informados previamente por el Órgano de Gestión Presupuestaria y estarán sometidos a fiscalización por la Intervención General.

BBBBASEASEASEASE 47 47 47 47ª.ª.ª.ª.---- De la fiscalización de De la fiscalización de De la fiscalización de De la fiscalización de Derechos del AyuntamientoDerechos del AyuntamientoDerechos del AyuntamientoDerechos del Ayuntamiento

La fiscalización de Derechos del Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria, se realizará de conformidad con lo aprobado por el Ayuntamiento Pleno en su sesión de 25 de mayo de 2001. La Intervención General, establecerá las actuaciones comprobatorias posteriores de

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control financiero que al afecto se tengan que realizar.

BBBBASEASEASEASE 48ª. 48ª. 48ª. 48ª.---- De la Devolución de De la Devolución de De la Devolución de De la Devolución de Ingresos.Ingresos.Ingresos.Ingresos.

La devolución de ingresos indebidos se realizará de conformidad con el procedimiento legalmente establecido y se abonará mediante transferencia bancaria. En todo caso, previa fiscalización de conformidad por la Intervención General.

Su tramitación requerirá la cumplimentación del oportuno documento contable establecido al afecto, el cual se considerará requisito esencial del expediente.

BASE 49ª.BASE 49ª.BASE 49ª.BASE 49ª.---- Derechos de Dudoso Cobro Derechos de Dudoso Cobro Derechos de Dudoso Cobro Derechos de Dudoso Cobro

El remanente de Tesorería se cuantificará de acuerdo con la normativa vigente que resulte de aplicación, deduciendo, en concepto de derechos pendientes de cobro de difícil o dudosa recaudación, como mínimo, el 95 % de todos los derechos pendientes de cobro por impuestos, tasas y precios públicos con antigüedad de devengo igual o superior a cinco años, el 70 % de los de antigüedad de cuatro años o inferior a cinco, y el 40% de los de tres años o inferior a cuatro contados a partir del 31 de diciembre del ejercicio al que se refiere la liquidación.

BASE 50ª.BASE 50ª.BASE 50ª.BASE 50ª.---- Fianzas y Depósitos Fianzas y Depósitos Fianzas y Depósitos Fianzas y Depósitos

Con carácter general, las fianzas y depósitos que a favor del Ayuntamiento deban constituir los contratistas u otros obligados a ello, tendrán el carácter de operaciones no presupuestarias.

Las garantías que se constituyan para responder de obligaciones derivada de la contratación administrativa deberán cumplir los requisitos establecidos en la Ley de Contratos del Sector Público.

BASE 51ª.BASE 51ª.BASE 51ª.BASE 51ª.---- Operaciones de Tesorería Operaciones de Tesorería Operaciones de Tesorería Operaciones de Tesorería

De conformidad con lo dispuesto en el Art. 51 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, para la gestión del Presupuesto se podrán concertar Operaciones de Tesorería y conceder avales a los Organismos Autónomos y sociedades Mercantiles Municipales dependientes, para operaciones de esta naturaleza, por plazo no superior a un año, con cualesquiera entidades financieras, para atender necesidades transitorias de tesorería hasta un máximo conjunto del 30 por 100 de los ingresos liquidados por operaciones corrientes en el ejercicio anterior, salvo que la operación haya de realizarse en el primer semestre del año sin que se haya producido la liquidación del Presupuesto de tal Ejercicio, en cuyo caso se tomará en consideración la liquidación del ejercicio anterior a éste.

BASE 52ª.BASE 52ª.BASE 52ª.BASE 52ª.---- Refinanciación de la deuda Refinanciación de la deuda Refinanciación de la deuda Refinanciación de la deuda

De conformidad con lo dispuesto en el art. 50 y siguientes del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, se podrá refinanciar toda clase de operaciones de crédito a largo plazo con entidades financieras de cualquier naturaleza.

Los acuerdos para la concertación de este tipo de operaciones de crédito serán competencia de la Junta de Gobierno Local o, por su delegación, del Concejal de Gobierno de Hacienda.

BASE 53ª.BASE 53ª.BASE 53ª.BASE 53ª.---- Información sobre ejecución Información sobre ejecución Información sobre ejecución Información sobre ejecución presupuestariapresupuestariapresupuestariapresupuestaria

1.- El Órgano de Gestión Económico-Financiera remitirá a la Comisión de Pleno en materia presupuestaria y económico-financiera, por conducto de la Alcaldía-Presidencia, información de la ejecución de los presupuestos y del movimiento de la

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Tesorería por operaciones presupuestarias y extrapresupuestarias, así como de su situación, referida al propio Ayuntamiento, con periodicidad trimestral. Esta información será también remitida al Pleno.

2.- Asimismo, el Órgano de Gestión Económico-Financiera enviará a la Comisión de Pleno en materia presupuestaria y económico-financiera, por conducto de la Alcaldía-Presidencia, la misma información y con la misma periodicidad, referida a los Organismos Autónomos de carácter administrativo y a las Sociedades Municipales. A tales efectos, tanto unos como otras deberán entregar la correspondiente documentación al citado Órgano en los treinta días siguientes al vencimiento del trimestre natural.

3.- La información relativa al último trimestre se presentará cuando sea aprobada la liquidación del Presupuesto del ejercicio.

BASE 54.BASE 54.BASE 54.BASE 54.---- Reorganizaciones Reorganizaciones Reorganizaciones Reorganizaciones administrativasadministrativasadministrativasadministrativas

Las adaptaciones presupuestarias que sean precisas como consecuencia de reorganizaciones administrativas, serán aprobadas por Resolución de la Alcaldía.

Estas adaptaciones no implicarán incremento de los créditos totales del Presupuesto.

BASE 55ª.BASE 55ª.BASE 55ª.BASE 55ª.

A efectos de lo dispuesto en el art. 128.2 de la Ley 7/1985 de Bases del Régimen Local, modificada por la Ley 57/2003, de 16 de diciembre, de Medidas para la Modernización del Gobierno Local, y en el art. 31 del Reglamento Orgánico de los Distritos de Las Palmas de Gran Canaria, los expedientes de gastos referentes a las partidas presupuestarias 04.01B/432.07/601.00 y 09.01B/511.00/601.00 con carácter previo

a su inicio, serán sometidos, por un plazo de siete días, a informe del Distrito o Distritos en que vaya a tener lugar la ejecución de las obras o servicios.

Transcurrido dicho plazo sin pronunciamiento expreso, el expediente seguirá su curso.

BASE 56ª.BASE 56ª.BASE 56ª.BASE 56ª.

La utilización de los créditos consignados en el subconcepto de gastos 226.88, se regulará por el Sr. Concejal de Gobierno del Área de Hacienda y Economía, previo informe del Órgano de Gestión Presupuestaria y de la Intervención General.

BASE 57ª.BASE 57ª.BASE 57ª.BASE 57ª.

La gestión del presente Presupuesto se regirá, en todo aquello que no estuviera especificado en los anteriores preceptos, por las normas legales de general aplicación.

Las dudas que puedan suscitarse en la aplicación de las presentes Bases serán resueltas por el Sr. Concejal de Gobierno del Área de Hacienda y Economía.

Igualmente, el titular del Área de Hacienda y Economía podrá dictar instrucciones en las que se concrete la aplicación de las presentes Bases, siempre que no impliquen modificación de las mismas.

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