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ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPÚBLICA DE COSTA RICA DEPARTAMENTO DE COMISIONES LEGISLATIVAS Comisión con Potestad Legislativa Plena Primera Acta sesión ordinaria N.º 15 31 de octubre de 2012 TERCERA LEGISLATURA 1º de mayo de 2012 — 30 de abril de 2013 SEGUNDO PERÍODO DE SESIONES ORDINARIAS 1º de setiembre de 2012 — 30 de noviembre de 2012

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ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPÚBLICA DE COSTA RICA

DEPARTAMENTO DE COMISIONES LEGISLATIVAS

Comisión con Potestad Legislativa Plena Primera

Acta sesión ordinaria N.º 1531 de octubre de 2012

TERCERA LEGISLATURA1º de mayo de 2012 — 30 de abril de 2013

SEGUNDO PERÍODO DE SESIONES ORDINARIAS1º de setiembre de 2012 — 30 de noviembre de 2012

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Acta de la sesión N. º 15 de 31 de octubre de 2012

Comisión con Potestad Legislativa Plena Primera-2-

INDICE

A. DISCUSIÓN Y APROBACIÓN DEL ACTA.............................................................5Aprobada. 5

B. ASUNTOS RÉGIMEN INTERNO ............................................................................5No hay. 5

C. PRIMEROS DEBATES ...........................................................................................51. EXPEDIENTE N.º 18.105. DECLARATORIA DE LAS ESFERAS INDÍGENAS PRECOLOMBINAS COMO SÍMBOLO PATRIO....................................6Moción de Dispensa de Lectura de la Diputada Delgado Ramírez: ......................6Aprobada. 6Moción de Orden N.º 1-15 del Diputado Pérez Gómez: ..........................................7Aprobada. 8Moción de Orden N.º 2-15 de la Diputada Pérez Hegg: ..........................................8Rechazada...................................................................................................................9Moción de Orden N.º 3-15 de la Diputada Pérez Hegg: ..........................................9Rechazada...................................................................................................................9Moción de Orden N.º 4-15 de la Diputada Pérez Hegg: ..........................................9Aprobada. 9Moción de Orden N.º 5-15 de la diputada Pérez Hegg: .........................................10Aprobada. 10Moción de Orden N.º 6-15 de varios diputados:....................................................10Rechazada.................................................................................................................10Moción de Orden N.º 7-15 de la Diputada Pérez Hegg: ........................................10Rechazada.................................................................................................................11Moción de Orden N.º 8-15 de la Diputada Pérez Hegg: ........................................11Aprobada. 11Moción de Orden N.º 9-15 de la Diputada Pérez Hegg: ........................................12Rechazada.................................................................................................................12Moción de Orden N.º 10-15 de la Diputada Pérez Hegg: ......................................12Rechazada.................................................................................................................13Moción de Orden N.º 11-15 de varios señores diputados: ...................................13Rechazada.................................................................................................................13Moción de Orden N.º 12-15 de varios diputados:..................................................13Aprobada. 13Moción de Orden N.º 13-15 de varios diputados:..................................................14Rechazada.................................................................................................................14Moción de Orden N.º 14-15 de varios diputados:..................................................14Aprobada. 14

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Acta de la sesión N. º 15 de 31 de octubre de 2012

Comisión con Potestad Legislativa Plena Primera-3-

2. EXPEDIENTE Nº 17561. REFORMA DEL SISTEMA DE PENSIONES Y JUBILACIONES DEL MAGISTERIO NACIONAL.....................................................15Moción de Orden N.º 1-15 de la Diputada Delgado Ramírez: ...............................15Aprobada. 15“Informe de subcomisión ........................................................................................15

E. CORRESPONDENCIA .........................................................................................30

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Acta de la sesión N. º 15 de 31 de octubre de 2012

Comisión con Potestad Legislativa Plena Primera-4-

DIRECTORIO

Rita Gabriela Chaves Casanova Carolina Delgado Ramírez Presidenta Secretaria

ASISTENCIA

Diputadas y diputados presentes:

Rita Gabriela Chaves Casanova (Presidenta)Carolina Delgado Ramírez (Secretaria)María Jeannette Ruiz DelgadoMirna Patricia Pérez HeggJorge Alberto Gamboa CorralesVíctor Hernández CerdasErnesto Enrique Chavarría RuizJosé María Villalta Flórez-EstradaManuel Hernández RiveraVíctor Emilio Granados CalvoSianny Villalobos ArgüelloJosé Roberto Rodríguez QuesadaLuis Fernando Mendoza JiménezLuis Alberto Rojas ValerioPilar Porras ZúñigaMaría Julia Fonseca SolanoAlfonso Pérez GómezAnnie Alicia Saborío Mora

Asistieron además:

Lic. Tatiana Martínez, Asesora, Departamento de Servicios Técnicos

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Acta de la sesión N. º 15 de 31 de octubre de 2012

Comisión con Potestad Legislativa Plena Primera-5-

Presidenta:

Se inicia la sesión a las diecisiete horas y siete minutos. Señoras y señores diputados, damos inicio a la sesión del día de hoy.

A. DISCUSIÓN Y APROBACIÓN DEL ACTA

En discusión el acta N.º 14. Suficientemente discutida. Discutida.

Aprobada.

B. ASUNTOS RÉGIMEN INTERNO

No hay.

C. PRIMEROS DEBATES

Vamos a dar un receso hasta por cinco minutos.

Receso.

Se reanuda la sesión.

Tenemos señores dieciocho diputados presentes, les ruego a las señoras y señores diputados, a los asesores que nos acompañan en esta sesión, mantener el orden para poder escucharnos.

En el uso de la palabra por el orden la diputada María Jeannette Ruiz.

Diputada Ruiz Delgado:

Muchas gracias señora Presidenta.

Es para llamar a esta Plena, a esta Sala al orden. Da vergüenza, tenemos una gran cantidad de personas en la barra del público y aquí parece que estamos en un mercado.

Si queremos saber qué se está votando me parece que lo mínimo que tenemos que hacer es ponerle atención a la señora Presidenta y a la Secretaria para poder tomar decisiones o dar respuestas a lo que ya se discutió entre asesores.

Así que por favor compañeros, les solicito a todos y a todas que mantengamos el orden porque la verdad que da vergüenza.

Gracias señora Presidenta.

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Acta de la sesión N. º 15 de 31 de octubre de 2012

Comisión con Potestad Legislativa Plena Primera-6-

Presidenta:

Gracias señora diputada. Le agradezco su manifestación.

1. EXPEDIENTE N.º 18.105. DECLARATORIA DE LAS ESFERAS INDÍGENAS PRECOLOMBINAS COMO SÍMBOLO PATRIO.

Para este expediente se han presentado varias mociones de consulta, de previo hay una moción de dispensa de lectura que le ruego a la señora Secretaria se sirva leer.

Secretaria:

Moción de dispensa de lectura de la diputada Delgado Ramírez:

Hace la siguiente moción:

Para que se dispense de lectura las mociones del expediente N.º 18.105.

Presidenta:

En discusión la moción de dispensa de lectura.

Suficientemente discutida. Discutida.

Los señores y señoras diputadas que estén de acuerdo con la moción de dispensa de lectura a las mociones del expediente 18.105, sírvanse manifestarlo levantando la mano.

Dieciocho diputados presentes. Dieciocho diputados han votado a favor de la moción. La moción ha sido aprobada por unanimidad.

Aprobada.

Se dispensa de lectura las mociones.

Vamos a indicar que en el orden correspondiente se seguirán votando las mociones y esta Presidencia indicará cuáles son las mociones que se han declarado de consenso por parte de las señoras y señores Asesores en previa reunión de asesores.

Vamos a entrar a discusión.

En discusión la moción 1-15 al expediente 18.105:

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Acta de la sesión N. º 15 de 31 de octubre de 2012

Comisión con Potestad Legislativa Plena Primera-7-

Moción de Orden N.º 1-15 del Diputado Pérez Gómez:

Hace la siguiente moción:

Para que el expediente en mención, sea consultado al Consejo de Ancianos de la Zona de Térraba.

Señores diputados ¿algún diputado quiere hacer uso de la palabra por el orden?

Vamos a someter a discusión la moción, moción N.º1, de consulta al Consejo mayores de zona Térraba. En discusión la moción.

En el uso de la palabra el señor diputado José Roberto Rodríguez.

Diputado Rodríguez Quesada:

¿La moción es suya don Alfonso? Un poco para que me indiquen cómo funciona ese Consejo de ancianos. ¿Desde cuándo existe ese Consejo de ancianos?

Presidenta:

En el uso de la palabra el diputado Alfonso Pérez.

Diputado Pérez Gómez:

Gracias Presidenta, buenas tardes. Compañeras y compañeros. Creo que la Comisión normalmente trabaja con mucha seriedad, y tratando de hacerlo con la mayor certeza antes de votar por el fondo un proyecto.

En ese sentido tres antecedentes. En primer lugar, ha sido una discusión desde que llegamos aquí el tema de fondo sobre la autonomía indígena, sí o no y los derechos de los indígenas. Ha sido discutido bastante en Plenario, hay muchas actas que hablan también del impacto o no impacto sobre la consulta indígena indicada por Naciones Unidas en el Proyecto hidroeléctrico Diquis. Y de la misma manera, del respeto que casi creo todos los que estamos aquí, prácticamente creo que tenemos por los indígenas. Don José Roberto en particular trabaja mucho, vivencialmente, él, personalmente por los indígenas en Cartago, en la zona nuestra.

En ese sentido, digamos yo pido un respeto profundo por las organizaciones indígenas y no podemos votar algo que es parte de su cultura, algo que les puede afectar sin escucharlos y en ese sentido hay dos mociones. Y no voy a hablar en cada una solo en esta que he presentado para votación esta tarde.

Una para escuchar al Consejo de ancianos porque dentro de la cultura indígena costarricense en las diferentes etnias, los ancianos son la voz de la sabiduría y para ellos representan la figura de mayor respeto. En ese sentido, en la zona sur existe un grupo, un Consejo de ancianos, que de alguna manera para decirlo así, da guía,

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Comisión con Potestad Legislativa Plena Primera-8-

alumbra, a los indígenas más jóvenes y que me parece a mí, que debe ser consultado.

También he presentado otra moción para la Mesa Nacional Indígena porque es una organización formal como las que conocemos según la Ley de Asociaciones de los indígenas pero en realidad ellos también no solo tienen varias etnias sino que también dentro de las organizaciones formales están bastante divididos pero también hacen un gran respeto por el valor de la edad y la experiencia y sabiduría de los ancianos.

En ese sentido creo yo que deben ser escuchados sobre todo cuando estamos hablando sobre un proyecto de ley que tiene una connotación historicista, o sea que tiene que ver con la historia y en ese sentido pido la aprobación de la moción.

Es en ese sentido, diputado José Roberto que la he presentado.

Presidenta:

Gracias señor Diputado.

¿Algún otro diputado que quiera hacer uso de la palabra en discusión de la moción?

Suficientemente discutida. Los señores y señoras diputadas que estén de acuerdo con la moción de consulta al Consejo de mayores de la zona de Térraba, sírvanse manifestarlo levantando la mano.

Dieciocho diputados presentes, dieciocho han votado la moción. Se aprueba por unanimidad.

Aprobada.

La siguiente moción, esta moción no es parte de las mociones de consenso.

Moción de Orden N.º 2-15 de la Diputada Pérez Hegg:

Hace la siguiente moción:

Para que se posponga el conocimiento del proyecto de ley en discusión por 2 sesiones.

En discusión la moción.

Suficientemente discutida. Discutida.

Los señores y señoras diputadas que estén de acuerdo con la moción N.º 2 al expediente 18.105, sírvanse manifestarlo levantando la mano.

Dieciocho diputados presentes. La moción ha sido rechazada por unanimidad.

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Acta de la sesión N. º 15 de 31 de octubre de 2012

Comisión con Potestad Legislativa Plena Primera-9-

Rechazada.

Siguiente moción. Tampoco pertenece a las mociones de consenso.

Moción de Orden N.º 3-15 de la Diputada Pérez Hegg:

Hace la siguiente moción:

Para que el proyecto de ley en discusión sea enviado a estudio de una subcomisión por el plazo de 30 días, con el fin de que estudie las mociones presentadas.

En discusión la moción.

Suficientemente discutida. Discutida.

Los señores y señoras diputadas que estén de acuerdo con la moción N.º 3 al expediente 18.105, sírvanse manifestarlo levantando la mano.

La moción ha sido rechazada por unanimidad.

Rechazada.

Siguiente moción.

Moción de Orden N.º 4-15 de la Diputada Pérez Hegg:

Hace la siguiente moción:

Para que el proyecto en discusión sea consultado a todas las Municipalidades del país y a todos los Concejos Municipales de Distrito.

En discusión la moción.

Suficientemente discutida. Discutida.

Los señores y señoras diputadas que estén de acuerdo con la moción de consulta al expediente 18.105, sírvanse manifestarlo levantando la mano.

La moción ha sido aprobada por diecisiete señoras y señores diputados. Un voto en contra.

Aprobada.

La siguiente moción.

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Comisión con Potestad Legislativa Plena Primera-10-

Moción de Orden N.º 5-15 de la diputada Pérez Hegg:

Hace la siguiente moción:

Para que el proyecto en discusión sea consultado al Instituto Costarricense de Electricidad (ICE), en relación al impacto del Proyecto Hidroeléctrico Diquis en las zonas arqueológicas de la zona sur.

En discusión la moción.

Suficientemente discutida. Discutida.

Los señores y señoras diputadas que estén de acuerdo con la moción N.º 5, sírvanse manifestarlo levantando la mano.

Dieciocho diputados presentes, la moción ha sido aprobada por unanimidad.

Aprobada.

La siguiente moción.

Moción de Orden N.º 6-15 de varios diputados:

Hacen la siguiente moción:

Para que el expediente N.º 18.105, Declaratoria de las Esferas Indígenas Precolombinas como Símbolo Patrio, sea consultado al Instituto Costarricense de Electricidad.

En discusión la moción.

Suficientemente discutida. Discutida.

Los señores y señoras diputadas que estén de acuerdo con la moción N.º 6, sírvanse manifestarlo levantando la mano.

La moción ha sido rechazada por unanimidad.

Rechazada.

Siguiente moción.

Moción de Orden N.º 7-15 de la Diputada Pérez Hegg:

Hacen la siguiente moción:

Para que el proyecto de ley en discusión sea consultado al Museo Nacional de Costa Rica y se refiera al impacto del Proyecto Hidroeléctrico Diquis en las zonas arqueológicas de la zona sur.

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Acta de la sesión N. º 15 de 31 de octubre de 2012

Comisión con Potestad Legislativa Plena Primera-11-

En discusión la moción.

Suficientemente discutida. Discutida.

Los señores y señoras diputadas que estén de acuerdo con la moción N.º 7, sírvanse manifestarlo levantando la mano.

La moción ha sido rechazada por unanimidad.

Rechazada.

Siguiente moción.

Moción de Orden N.º 8-15 de la Diputada Pérez Hegg:

Hace la siguiente moción:

Para que el proyecto de ley en discusión sea consultado al Museo Nacional de Costa Rica y determine la Cantidad de esferas de piedra precolombinas que podrían verse afectadas en los cantones de Buenos Aires, Pérez Zeledón y Osa por el Proyecto Hidroeléctrico Diquis.

En discusión la moción.

Suficientemente discutida. Discutida.

Los señores y señoras diputadas que estén de acuerdo con la moción de consulta N.º 8, sírvanse manifestarlo levantando la mano.

Dieciocho diputados presentes. Dieciocho diputados han votado a favor.

La moción ha sido aprobada por unanimidad.

Aprobada.

Por el orden señor diputado Villalta Flórez-Estrada.

Diputado Villalta Flórez-Estrada:

Gracias señora Presidenta. He votado esta moción porque me interesa mucho y la otra de consulta al ICE porque a mí me interesa mucho conocer sobre el impacto del proyecto hidroeléctrico Diquis en general, pero sí hago notar que la moción en sí misma no tiene mucha relación concretamente con el proyecto de ley puesto que el impacto del proyecto Diquis se daría, sean o no sean símbolo patrio las esferas. Es decir, esta ley que estamos discutiendo aquí no trata sobre el proyecto hidroeléctrico Diquis sino sobre una declaratoria de patrimonio, de símbolo patrio, etc. Y si un proyecto hidroeléctrico va a impactar las esferas, ese impacto se va a dar con o sin declaratoria.

Entonces hago nada más esa anotación para que tengamos claro lo que estamos aprobando aquí, pero bueno a mí todo lo que sea investigar los impactos de estos

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Acta de la sesión N. º 15 de 31 de octubre de 2012

Comisión con Potestad Legislativa Plena Primera-12-

proyectos hidroeléctricos pues me parece positivo que aquí nos preocupemos por ese tema que de pronto surja esa preocupación en la Asamblea, esa consciencia ambiental y por el patrimonio arqueológico.

Gracias.

Presidenta:

¿Si algún otro diputado quiere hacer uso de la palabra? Era por el orden.

Vamos a continuar entonces con la discusión de mociones.

Moción de Orden N.º 9-15 de la Diputada Pérez Hegg:

Hace la siguiente moción:

Para que el proyecto de ley en discusión sea consultado a las siguientes instituciones:

Ministerio de Educación PúblicaMinisterio de la PresidenciaUniversidad de Costa RicaUniversidad Nacional de Costa Rica

En discusión la moción.

Suficientemente discutida. Discutida.

Los señores y señoras diputadas que estén de acuerdo con la moción de consulta N.º 9, al expediente 18.105, sírvanse manifestarlo levantando la mano.

Ningún diputado a favor.

La moción ha sido rechazada por unanimidad.

Rechazada.

Siguiente moción.

Moción de Orden N.º 10-15 de la Diputada Pérez Hegg:

Hace la siguiente moción:

Para que el proyecto de ley en discusión sea consultado a las siguientes instituciones:

Municipalidad de Pérez ZeledónMunicipalidad de OsaMunicipalidad de Buenos Aires

En discusión la moción.

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Acta de la sesión N. º 15 de 31 de octubre de 2012

Comisión con Potestad Legislativa Plena Primera-13-

Suficientemente discutida. Discutida.

Los señores y señoras diputadas que estén de acuerdo con la moción de consulta, sírvanse manifestarlo levantando la mano.

La moción ha sido rechazada por unanimidad.

Rechazada.

Siguiente moción.

Moción de Orden N.º 11-15 de varios señores diputados:

Hacen la siguiente moción:

Para que el expediente N.º 18.105, Declaratoria de las Esferas Indígenas Precolombinas como Símbolo Patrio, sea consultado al Ministerio de Cultura.

En discusión la moción.

Suficientemente discutida. Discutida.

Los señores y señoras diputadas que estén de acuerdo con la moción N.º 11 de consulta, sírvanse manifestarlo levantando la mano.

La moción ha sido rechazada por unanimidad.

Rechazada.

Siguiente moción.

Moción de Orden N.º 12-15 de varios diputados:

Hacen la siguiente moción:

Para que el expediente N.º 18.105, Declaratoria de las Esferas Indígenas Precolombinas como Símbolo Patrio, sea consultado a la Mesa Nacional Indígena.

En discusión la moción.

Suficientemente discutida. Discutida.

Los señores y señoras diputadas que estén de acuerdo con la moción de consulta a la Mesa Nacional Indígena, sírvanse manifestarlo levantando la mano.

La moción ha sido aprobada por unanimidad. Dieciocho diputados presentes.

Aprobada.

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Acta de la sesión N. º 15 de 31 de octubre de 2012

Comisión con Potestad Legislativa Plena Primera-14-

Vamos a continuar con la siguiente moción.

Moción de Orden N.º 13-15 de varios diputados:

Hacen la siguiente moción:

Para que el expediente N.º 18.105, Declaratoria de las Esferas Indígenas Precolombinas como Símbolo Patrio, sea consultado al Director del Museo Nacional.

En discusión la moción.

Suficientemente discutida. Discutida.

Los señores y señoras diputadas que estén de acuerdo con la moción N.º 13 al expediente 18.105, sírvanse manifestarlo levantando la mano.

La moción ha sido rechazada por unanimidad.

Rechazada.

Siguiente moción.

Moción de Orden N.º 14-15 de varios diputados:

Hacen la siguiente moción:

Para que el expediente N.º 18.105, Declaratoria de las Esferas Indígenas Precolombinas como Símbolo Patrio, sea consultado al Consejo Superior de Educación.

En discusión la moción.

Suficientemente discutida. Discutida.

Los señores y señoras diputadas que estén de acuerdo con la moción N.º 14 al expediente 18.105, sírvanse manifestarlo levantando la mano.

Dieciocho diputados presentes. La moción ha sido aprobada por unanimidad.

Aprobada.

De acuerdo con lo consensuado por las señoras y señores asesores, hemos decidido suspender la discusión de mociones porque estas son las que pertenecían al acuerdo previo a la reunión, mociones de consulta. Se indica que estas mociones de consulta tienen un plazo de ocho días hábiles y vamos a continuar entonces con la agenda en discusión como previo habíamos acordado.

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Acta de la sesión N. º 15 de 31 de octubre de 2012

Comisión con Potestad Legislativa Plena Primera-15-

2. EXPEDIENTE N.º 17561. REFORMA DEL SISTEMA DE PENSIONES Y JUBILACIONES DEL MAGISTERIO NACIONAL.

Vamos a dar un receso hasta por tres minutos en este momento.

Receso.

Se reanuda la sesión.

Se amplía el receso hasta por 10 minutos más.

Se reanuda la sesión.

Señoras y señores diputados, respecto del expediente 17.561 Reforma de Ley de Pensiones y Jubilaciones del Magisterio Nacional, se ha presentado un informe de subcomisión a este Pleno y hay una moción de dispensa de lectura. A la señora Secretaria le ruego hacer lectura.

Secretaria:

Moción de Orden N.º 1-15 de la Diputada Delgado Ramírez:

Hace la siguiente moción:

Para que se dispense de lectura el informe de subcomisión del expediente N.º 17.561.

En discusión la moción de dispensa de lectura.

¿Si algún diputado quiere hacer uso de la palabra?

Suficientemente discutida. Discutida.

Los señores y señoras diputadas con la moción de dispensa de lectura al informe de subcomisión, sírvanse manifestarlo levantando la mano.

Dieciséis diputados a favor, un diputado en contra, la moción ha sido aprobada. Aprobada.

“Informe de subcomisiónExpediente N° 17.561

“Reforma del Sistema de Pensiones y Jubilaciones del Magisterio Nacional”

Las suscritas diputadas Carolina Delgado Ramírez, Patricia Pérez Hegg y Rita Chaves Casanova, integrantes de la subcomisión encargada de analizar el proyecto: “Reforma del Sistema de Pensiones y Jubilaciones del Magisterio Nacional”, tramitado bajo el expediente Nº 17.561, el cual, se encuentra en conocimiento de la Comisión con Potestad Legislativa Plena Primera, rendimos el presente informe para que sea sometido al conocimiento y discusión del referido órgano legislativo.

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Acta de la sesión N. º 15 de 31 de octubre de 2012

Comisión con Potestad Legislativa Plena Primera-16-

a) Sobre la tramitación del proyecto.

-El proyecto fue presentado el 21 de setiembre de 2009, por el ex Diputado José Rosales Obando.-Se asignado a la Comisión Permanente Ordinaria de Asuntos Sociales el 16 de noviembre de 2009.-Fue trasladado a la Comisión Permanente Especial de Ciencia Tecnología y Educación el 5 de julio de 2010.-Se dictaminó afirmativamente por unanimidad el 23 de noviembre de 2010. -Ingreso al orden del día del Plenario Legislativo el 09 de noviembre de 2011.-Fue delegado a la Comisión con Potestad Legislativa Plena Primera el 13 de setiembre de 2012.-Ingreso al orden del día de la Comisión con Potestad Legislativa Plena Primera el 17 de setiembre de 2012.

-Fue asignado a una subcomisión el 11 de octubre de 2012.

b) Sobre el objeto del proyecto.

El principal objetivo de este proyecto de ley es reformar los artículos 4 y 31 de la “Ley Reforma Integral del Sistema de Pensiones y Jubilaciones del Magisterio” Nº 7531 de 10 de julio de 1995 y adicionar un transitorio a los artículos supracitados, que le permita a los trabajadores que se trasladaron al régimen de Invalidez, Vejez y Muerte (IVM) de la Caja Costarricense del Seguro Social (CCSS), efectuar su traslado al régimen de Pensiones y Jubilaciones del Magisterio Nacional.

c) Sobre las instituciones consultadas por la Comisión dictaminadora.

c.1) Caja Costarricense del Seguro Social, Junta Directiva, oficio Nº 52782 de fecha 13 de diciembre de 2010.

-Violación del principio de seguridad jurídica

“El Proyecto en consulta genera una evidente situación de inseguridad jurídica, pues al recurrir a la figura de los mal llamados “transitorios” se busca perpetuar la posibilidad de regresar al Régimen del Magisterio y permitir el regreso masivo de un número indeterminado de cotizantes que desde 1995 se han trasladado al Régimen de Invalidez, Vejez y Muerte (IVM) desde los regímenes del Magisterio. Tal situación podría comprometer seriamente la sostenibilidad y existencia del Régimen de Invalidez, Vejez y Muerte (IVM).”

“Obligaría a la Caja a revisar las proyecciones actuariales vigentes mediante la realización de nuevos estudios, los cuales podrían arrojar la necesidad de modificar los requisitos y condiciones vigentes para lo obtención de una pensión, en perjuicio del resto de cotizantes.

-Violación de la autonomía de la CCSS

“Además, roza con la autonomía del artículo 73 constitucional la obligación que de impone a la Caja Costarricense de Seguro Social de suscribir un convenio con el Ministerio de Hacienda en representación del Estado, para reintegrarle los montos correspondientes por concepto de la cuota obrera, patronal y el Estado como tal, en el caso de todos los funcionarios que opten por devolverse al Régimen de Magisterio Nacional (reparto).”

c.2) Ministerio de Hacienda, Despacho del Ministro, oficio Nº 3617-2010 de fecha 13 de setiembre de 2010.

-Violación del principio de seguridad jurídica

“El Proyecto de Ley violenta el principio de Seguridad Jurídica, al pretender que los trabajadores que no manifestaron su oposición al traslado al Régimen de IVM administrado por la CCSS, en el plazo ya vencido de dos meses; cuenten con un nuevo término de 18 meses a partir de la vigencia de la nueva Ley para ejercer ese derecho, pues se estarían comprometiendo recursos del Presupuesto Nacional, debido a que se incurriría en un doble gasto, ya que a través de este se tendría que financiar las pensiones de estos servidores, a pesar de que en su oportunidad, ya se había realizado el traslado

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de las cuotas a la CCSS y de las diferencias de los interesado. Correlativamente, se afectarían procesos ya concluidos o muy avanzados, pues se abre la opción de que en los 11.000 expedientes de traslado de cuotas iniciados desde 1995, se puedan trasladar cuotas del Régimen de IVM a cualquiera de los Regímenes del Magisterio Nacional, activando de nuevo un trámite complejo, que involucra a varias instituciones.”

d) Sobre el informe del Departamento de Servicios Técnicos, oficio Nº ST.226-2010-J de fecha 6 de octubre de 2010.

-Desnaturalización de la norma transitoria

“…esta asesoría considera necesario advertir a las señoras y señores Legisladores, que el transitorio que se pretende incluir con esta iniciativa no cumple la función de retroactividad ni ultraactividad que caracteriza a esta figura, pues la materia que se regula en esta norma no es derecho transitorio, en virtud de que lo que se pretende es consolidar “un derecho de pertenencia” al régimen de pensión del Magisterio Nacional, para algunos servidores a través de la reapertura de un régimen que ya fue objeto de regulación en los artículos 4 y 31 de la Ley titulada “Reforma Integral del Sistema de Pensiones y Jubilaciones del Magisterio, Nº 7531 de 10 de julio de 1995”, la cual da la opción por una sola vez del traslado del sistema de reparto de Invalidez Vejez y Muerte que administra la Caja Costarricense del Seguro Social al régimen de pensiones y jubilaciones del Magisterio Nacional.”

-Violación del principio de inderogabilidad singular de la norma

“…incluir una norma que va en contra de lo que expresamente establecen los artículos 4 y 31 de la supracitada ley, violenta el principio de inderogabilidad singular de la norma.

Dicho principio es de rigurosa observancia en el proceso de formación de la ley, implica que la ley que disciplina el funcionamiento de la Asamblea Legislativa para el ejercicio de su competencia también constitucional la vincula en los casos concretos en que haya de ejercerla, lo cual no es más que aplicación del principio general de la inderogabilidad singular de la norma para el caso concreto, como derivación y a la vez condición del Estado de Derecho en su integridad.”

-Violación del principio de seguridad jurídica

“…el proyecto violenta uno de los principios fundamentales de todo orden constitucional democrático como lo es el de la seguridad jurídica, entendido éste como la confianza que los ciudadanos pueden tener en la observancia y respeto de las situaciones derivadas de la aplicación de normas válidas y vigentes”

e) Sobre el dictamen rendido por la Comisión Permanente Especial de Ciencia Tecnología y Educación

El dictamen unánime afirmativo rendido por la Comisión Permanente Especial de Ciencia Tecnología y Educación, además de incorporar una sistematización de los criterios manifestados por los instituciones consultadas y los señalamientos realizados por el Departamento de Servicios Técnicos, se limitaron a realizar un recuento histórico respecto a la motivación de la propuesta y respecto al fondo del proyecto se limitaron a señalar:

“Esta Comisión considera que la posibilidad de regreso ha sido ya implementada en otras oportunidades, de modo que la discusión sobre la pertinencia o no del proyecto, no debe estar razonada sobre la narración de lo que significa el trámite administrativo o implicaciones del trámite, sino sobre la base legal y de justicia que se pretende resguardar.

Recordemos que el proyecto obliga solamente a los trabajadores que voluntariamente soliciten (en el tiempo establecido por el transitorio) su inclusión al régimen de Pensiones y Jubilaciones del Magisterio Nacional, cancelar los montos resultantes de la diferencia en la cotización obrera efectivamente cancelada al régimen de IVM de la CCSS.

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Esto quiere decir que los beneficiarios de este proyecto de ley tendrán que asumir la cotización mensual del régimen de Pensiones y Jubilaciones del Magisterio Nacional, que va de un 12% a un 16%, más su aporte mensual a la deuda de las cotizaciones que se han acumulado durante los años que pertenecieron al régimen de la Caja Costarricense del Seguro Social, tal y como se estableció en el decreto Nº 26069-H- MTSS.

El mayor interés y estímulo para estos funcionarios de la educación recae en que el Sistema de Pensiones y Jubilaciones del Magisterio Nacional es un sistema solidario, ya que permite la jubilación a los 33.3 años de servicio, lo que significa menos deterioro físico, psicológico y una mayor calidad de vida.

En términos actuariales a un régimen de pensiones que se le excluya un colectivo que está a punto de pensionarse (dado el grado de madurez con que cuentan la mayoría de las personas interesadas en este proyecto de ley) y, que retiene las cotizaciones generadas por estos cotizantes en cuestión es totalmente rentable.”

f) Información recopilada por la subcomisión, constituida por la Comisión con Potestad Legislativa Plena Primera

f.1) Informe presentado por el Lic. Octavio Carrillo Mena, Presidente a.i., Junta de Pensiones y Jubilaciones del Magisterio Nacional, oficio Nº JD-PRE-038-10-2012.

“El número de traslados del Régimen del Magisterio Nacional al Seguro de Invalidez, Vejez y Muerte (IVM) que administra la Caja Costarricense del Seguro Social (CCSS) corresponde a 7.228 del Régimen de Capitalización Colectiva.

Sobre la población que queda cubierta por el Convenio 102 de la OIT y se trasladaron suma aproximadamente 894 que corresponde a la Ley 2248 y 1106 a la Ley 7268, los restantes 5228 estarían cubiertos por la Ley 7531.”

f.2) Informe presentado por el Lic. Luis Guillermo Lopez, Director Actuarial, Caja Costarricense del Seguro Social.

“El proyecto genera un impacto negativo para el Régimen de Invalidez, Vejez y Muerte (RIVM) que administra la CCSS, por cuanto se trata de un grupo de personas (7918) cuyo salario promedio es mayor al salario promedio global del resto de los asegurados. En efecto, mientras que el salario promedio del grupo bajo análisis es de 940 mil colones, el salario promedio del resto de cotizantes del RIVM que administra la CCSS es de aproximadamente 420 mil colones, es decir, 2.2 veces mayor; de tal suerte que sus aportes coadyuvan para financiar el pago de pensiones de asegurados de menos ingresos, quienes se ven beneficiados, por ejemplo, con la existencia de una pensión mínima.

De realizarse el traslado, el 0,53% de la población cotizante para la CCSS, se llevaría el 5,3% de la reserva, es decir 91 mil millones de colones.”

Rubro Total Afiliados al IVM Grupo Trasladable Proporción

Población 1.487.213 7.918 0,53%

Salario Promedio 427.018 939.598 2,20*Elaborado por la Dirección Actuarial de la CCSS.

f.3) Informe presentado por el Lic. José Luis Araya Alpizar, Viceministro, Ministerio de Hacienda, oficio Nº DM-1242-12 de 11 de octubre de 2012.

“El proyecto de ley bajo el expediente 17561 denominado “Reforma del Sistema de Pensiones y Jubilaciones del Magisterio Nacional” tiene un impacto negativo para las finanzas públicas. El valor presente de los costos (netos contribuciones y de recursos que se trasladaría a Hacienda) asociados

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a este proyecto es de 414 mil millones. Las erogaciones netas asociadas al proyecto serán crecientes hasta el 2027, alcanzando el 0,12% del PIB en ese año.

Impacto Fiscal de la Reforma del Sistema de Pensiones y Jubilaciones del Magisterio Nacional

En colones del 2012

414.255.007.974

Valor presente de pensiones brutas (a) 701.421.000.408

Valor presente de ingresos totales (b) 287.165.992.434

Ingresos por Contribuciones 150.665.992.434Contribuciones pensionados a valor actual 72.052.229.432Contribuciones activos a valor actual 78.613.763.002

Ingresos por Traslados de fondos 136.500.000.000Devolución de fondos de las OPC a valor actual 45.500.000.000Devolución de fondos de la CCSS a valor actual 91.000.000.000

Valor presente de pensiones neto de contribuciones y traslado de recursos (a-b)

*Elaborado por el Ministerio de Hacienda.

*Elaborado por el Ministerio de Hacienda.

Aunado a lo anterior, debe señalarse que con la inminente aprobación del proyecto Nº 17402 de “Ley de reforma al artículo 70 de la Ley de Pensiones del Magisterio Nacional N° 7531”, el valor presente del costo del proyecto de ley Nº 17.561, sería aún mayor en cerca de ¢45 mil millones, dado que dicha iniciativa plantea una reducción de las cotizaciones de pensiones y activos del régimen. Lo cual, reducción que también deberá ser asumida por el Presupuesto Nacional.”

g) Consideraciones de la subcomisión

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g.1) Consideraciones de orden metodológico

De previo a entrar a las consideraciones de fondo de la iniciativa de ley en cuestión, es menester señalar algunos elementos de orden metodológico que orientaron el trabajo de la subcomisión.

Una vez que el proyecto fue asignado a la subcomisión, procedimos a la revisión de la documentación incorporada en el expediente, lo que nos llevo a la conclusión que el mismo carecía de estudios de impacto financiero.

Siendo criterio de esta subcomisión, que la estimación del impacto financiero del proyecto en las reservas del Régimen de IVM que administra la CCSS y en la Hacienda Pública, constituyen la variable que mayor ponderación respecto a la viabilidad de la iniciativa.

Partiendo de ello, nos dimos a la tarea de recopilar la información correspondiente. Para lo cual, se convocó a los representantes del Ministerio de Hacienda, la Caja Costarricense del Seguro Social y la Junta Pensiones y Jubilaciones del Magisterio Nacional y se les solicitó que aportarán sus estimaciones financieras respecto del proyecto.

En dicha reunión se acordó nombrar un equipo de trabajo integrado por los señores Cristian Torres, funcionario de la Dirección Actuarial de la CCSS, Luis Guillermo Fernández actuario de JUPEMA y Manrique Sáenz, asesor del Ministerio de Hacienda, con el propósito de cotejar la información de la CCSS y Hacienda con la de JUPEMA.

La necesidad de constituir este equipo de trabajo, surge a partir de los señalamientos realizados por JUPEMA respecto a las supuestas inconsistencias de la base de datos que maneja la Gerencia de Pensiones de la CCSS, en relación a las personas que se trasladaron del Régimen del Magisterio al Régimen de IVM de la CCSS en el marco de la Ley Nº 7531, misma que fue utilizada por la Dirección Actuarial de la CCSS y el Ministerio de Hacienda para realizar las estimaciones financieras respecto del proyecto.

Con el propósito de cotejar la información dicha, JUPEMA aportó una base de datos que incorporaba el nombre, en algunos casos el número de cédula de identidad, lugar de trabajo y fecha en la que se trasladaron del Régimen del Magisterio al Régimen de IVM de la CCSS. No obstante, omitió incorporar las variables de edad actual y salario, indispensables para realizar las estimaciones económicas.

Esta subcomisión realizó varios requerimientos a JUPEMA con el propósito de suministraran la información apuntada. Sin embargo, sus representantes manifestaron no contar con esa información. Con el ánimo de transparentar el proceso de análisis del expediente, poner en conocimiento la información recopilada al pleno de la Comisión con Potestad Legislativa Plena Primera y abrir el espacio para que JUPEMA aportara la información faltante, esta subcomisión promovió la realización de una sesión de trabajo.

Esta sesión de trabajo, si bien, fue importante para clarificar entre los miembros de la Comisión con Potestad Legislativa Plena Primera el impacto financiero de la iniciativa en cuestión, lo cierto, es que no le generó información adicional a la subcomisión para el análisis de expediente. En razón de ello, al no contarse con información completa distinta de la aportada por la CCSS y Hacienda, se continuó con el análisis del expediente sobre la base de esta información.

g.2) Consideraciones de fondo

Aunque existe conciencia que las valoraciones de orden constitucional y financieras no son las únicas que pueden considerarse en el análisis de este proyecto, es criterio de esta subcomisión, que estas valoraciones constituyen las de mayor relevancia para determinar la viabilidad técnica y jurídica del proyecto en cuestión.

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g.2.1) Consideraciones de orden constitucional

El artículo 105 de la Constitución Política establece que la potestad de legislar no se encuentra sujeta a limitaciones, salvo las establecidas en los tratados, de conformidad con los principios del derecho internacional y aquellas contenidas, en forma expresa o implícita, en el derecho de la Constitución (valores, principio y normas). Indica la Procuraduría General de la República al respecto:

“Cuando no se da una ni una ni otra situación, podemos afirmar que el legislador resulta competente para regular la materia en ejercicio de la potestad de legislar. Más aún, cuando existe duda al respecto, dada la importancia del Parlamento en nuestro sistema, la cual deviene de su legitimidad democrática y de la envergadura de las potestades que ejerce, debe optarse por la competencia del legislativo. Es decir, dentro de un correcto concepto del sistema democrático toda limitación al ejercicio de los poderes parlamentarios tiene que interpretarse restrictivamente, debido, principalmente, a que la legitimidad democrática que posee el Parlamento no la tiene ningún otro órgano fundamental del Estado1”.

Tal como lo refiere la Procuraduría General de la República, mediante dictamen C-212-2010 de 19 de octubre de 2010 alusivo al dictamen C-130-2000 de 9 de junio de 2000, la autonomía de la CCSS es absoluta en cuanto a la administración y el gobierno de los seguros sociales, en el sentido de que las actividades o acciones que se subsumen en esos dos conceptos son de competencia única de los máximos órganos de la CCSS por aplicación del artículo 73 constitucional. Sin embargo, dicha autonomía administrativa y de gobierno no aplica a otras actividades o fines diferentes a los seguros sociales:

“Desde esta perspectiva, el asignar una determina competencia constitucional a un ente – como es el caso de la CCSS- y, además, garantizarle una autonomía administrativa y política para que cumpla su cometido, constituye una barrera infranqueable para el legislativo. En este supuesto, existe un compartimento inmune a la potestad de legislar, de donde resulta que lo referente a la administración y el gobierno de los seguros sociales solo puede ser definido por los máximos órganos del ente. En otras palabras, lo que entraña la administración y el gobierno de los seguros sociales es una competencia que solo puede ser ejercida por los máximos órganos de la CCSS, de donde resulta la incompetencia del legislativo para normar aquellas actividades o acciones que se subsumen en esos dos conceptos. Si esto resulta claro en relación con los seguros sociales, no lo es en cuanto a las otros fines que el legislador le asigna a ese ente.

Considera el órgano asesor que la autonomía administrativa y de gobierno que la Constitución Política le garantiza a la CCSS está en función de los seguros sociales, no así en relación con las otras actividades o fines que el legislador le impone a esa entidad, por lo que la autonomía es parcial, aunque absoluta en el ámbito de la especialización. Lo anterior obedece, en primer término, a que la autonomía que le garantiza la Constitución Política a la CCSS está en función del fin y no del sujeto. Es decir, el grado de autonomía no se le concede por el hecho de que sea un tipo de ente (institución autónoma), sino para que cumpla un cometido especial asignado por el Constituyente. Cuando no estamos en presencia de este fin no se justifica la autonomía política”. Ahora bien, existen casos específicos que han sido analizados tanto por la Sala Constitucional de la Corte Suprema de Justicia como por la Procuraduría General de la República que ilustran lo anterior.

Sobre la imposibilidad del legislador de intervenir en la definición específica de las condiciones, beneficios, requisitos, aportes, entre otros, del régimen de invalidez, vejez y muerte de la CCS

“… el Constituyente sustrajo la regulación del régimen general de invalidez, vejez y muerte, del alcance del legislador ordinario, por lo que este último no puede intervenir en la definición específica de las condiciones, beneficios, requisitos, aportes, etc., pues esos aspectos son propios de la administración del régimen2”.

1 Dictamen N° C-130-2000 de 9 de junio del 2000 citado en el Dictamen Nº C-130-2006 de 30 de marzo de 2006.2 Opinión Jurídica OJ-021-2007 de 9 de marzo de 2007.

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“De acuerdo con la jurisprudencia constitucional, la Caja Costarricense de Seguro Social no solo no puede ser regulada sino que es a ese Ente a quien le corresponde regular con carácter exclusivo y excluyente las prestaciones propias de los seguros sociales, incluyendo las condiciones de ingreso del régimen, los beneficios otorgables y demás aspectos que fueren necesarios. Este límite se impone en relación con el Régimen de Invalidez, Vejez y Muerte a cargo de la CCSS3”.

Partiendo del marco jurídico expuesto, es claro para esta subcomisión que la propuesta planteada mediante el expediente 17.561 “Reforma del Sistema de Pensiones y Jubilaciones del Magisterio Nacional” constituye una violación al régimen de autonomía de gobierno y administración de la CCSS respecto de los seguros sociales. Esto por cuanto la aprobación del proyecto de ley supondría una intromisión en la administración y gobierno del Régimen de IVM, al imponer a la CCSS suscribir un convenio con el Ministerio de Hacienda en representación del Estado, para reintegrarle los montos correspondientes por concepto de la cuota obrera, patronal y el Estado como tal, en el caso de todos los funcionarios que opten por devolverse al Régimen de Magisterio Nacional. Lo cual, generaría una fuerte reducción de las reservas del Régimen de IVM y violentaría el principio de solidaridad que rige el Régimen de IVM.

g.2.2) Consideraciones de orden financiero

Tal y como ha quedado de demostrado, a partir de las estimaciones realizadas por la Dirección Actuarial de la CCSS, la incidencia negativa sobre las reservas del IVM rondan los 91 mil millones de colones al año 2012. Lo cual, supone una reducción del 5.3% de las reservas del Régimen de IVM, las cuales ascienden a un monto total de 1.6 billones de colones.

Por otra parte, de aprobarse la iniciativa en cuestión, se estaría generando el riesgo que un 0.53% de la población cotizante (7918 personas de un total de 1.487.213) consuman un 5.3% de las reservas del Régimen de IVM.

Situación que se origina a partir de los altos ingresos de la población que potencialmente podría trasladarse, ya que según la información suministrada por la CCSS, esta población tiene un salario promedio de 940 mil colones, siendo que el salario promedio del resto de cotizantes del Régimen de IVM es de aproximadamente 420 mil colones, es decir, que está población tiene un ingreso 2.2 veces mayor al promedio.

Otro elemento que se debe considerarse respecto del impacto financiero de la propuesta es la incidencia sobre la Hacienda Pública.

El proyecto en cuestión permite el traslado de una población del Régimen de IVM al Régimen de reparto del Magisterio Nacional, que está con cargo al Presupuesto Nacional.

Al permitirse el traslado de esta población, Hacienda debe asumir las obligaciones, es decir, las pensiones de las personas que se trasladen en ocasión de esta propuesta deberán cubrirse en el Presupuesto Nacional.

De conformidad con las estimaciones realizadas por el Ministerio de Hacienda, el valor presente de los costos asociados a este proyecto es de 414 mil millones. Asimismo, las erogaciones netas asociadas a este proyecto serán crecientes hasta el 2027, alcanzando el 0,12% del PIB en ese año.

Respecto a las estimaciones financieras que se señalan, es importante establecer que aunque existe la posibilidad que el traslado no se materialice en muchos de esos casos porque la diferencia a pagar por el cotizante activo no le resulte factible dentro de sus posibilidades económicas. La potencialidad del traslado debe considerarse para efectos de realizar las estimaciones financieras, siendo que existe la posibilidad que los cotizantes accedan a créditos que les permitan hacer frente a la diferencia por concepto de la cotización obrera efectivamente cancelada al Régimen de IVM, que se derive del traslado de dicho Régimen al Régimen de reparto del Magisterio Nacional.

3 Dictamen C-212-2010 de 19 de octubre de 2010.

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Es decir, la potencialidad del traslado hace necesario que las estimaciones económicas se realicen sobre la totalidad de los trasladados del Régimen del Magisterio Nacional al Régimen de IVM, con excepción de aquellos que han fallecido o se han pensionado.

De hecho, las 7918 personas sobre las que se realizaron las estimaciones financieras -de la CCSS y el Ministerio de Hacienda- son cotizantes activos. Se excluyeron 583 personas que fallecieron o se pensionaron, pues el total de personas trasladadas originalmente era de 8501.

Aún más, se presenta el riesgo que el número de personas que se traslade al Régimen de reparto del Magisterio Nacional sea mayor que las 7.918 que en este momento registra la Gerencia de Pensiones de la CCSS, como se indicó este dato se limita a identificar los cotizantes activos, no así quienes fallecieron o quienes se acogieron a la pensión, habiéndose trasladado del Régimen del Magisterio Nacional al Régimen de IVM.

Al respecto, es importante considerar que existe la posibilidad que personas que se hayan pensionado habiéndose trasladado del Régimen del Magisterio Nacional al Régimen de IVM decidan reintegrarse a trabajar, por lo que estando nuevamente activos podrían optar por el traslado del Régimen de IVM al Régimen del Magisterio Nacional. Es decir, los potenciales traslados podrían superar las 7918 personas identificadas.

Por otra parte, siendo que esta subcomisión reconoce el interés de las señoras y señores de diputados de tener estimaciones financieras que partan de la coincidencia entre las bases de datos de JUPEMA y de la Gerencia de Pensiones de la CCSS, se solicitó a la Dirección Actuarial de la CCSS que determinara el porcentaje de coincidencia entre las bases de datos de JUPEMA y de la Gerencia de Pensiones de la CCSS, respecto de la población potencialmente trasladable.

Según la información suministrada sobre el particular, al día de hoy la coincidencia entre dichas bases es de 51%, es decir, 4061 personas. Porcentaje que constituiría el mínimo de afectación estimable a partir del cruce de las referidas bases, tanto para las reservas del Régimen de IVM como para la Hacienda Pública.

A grosso modo, sobre la base del porcentaje de coincidencia apuntado, la afectación al año 2012, sobre las reservas del Régimen de IVM representaría 46 mil millones de colones y la afectación para la Hacienda Pública representaría 211 mil millones de colones.

Sobre ésta estimación, es importante recalcar que los montos señalados constituyen un piso en el cálculo, ya que tenderían a aumentar en la medida que se concilien las bases de datos de JUPEMA y de la Gerencia de Pensiones de la CCSS. Siendo que a la fecha falta de conciliar un 49% (3857 personas) de la base de datos de la CCSS y un 23% (1167 personas) de la base de JUPEMA.

Es decir, indistintamente de los parámetros que utilicemos para realizar las estimaciones financieras respecto a la incidencia del proyecto en las reservas del Régimen de IVM y en la Hacienda Pública, indiscutiblemente, las consecuencias financieras del mismo resultan insostenibles.

Finalmente, conviene hacer mención que establecer parámetros tendientes a restringir el retorno de las personas que se trasladaron del Régimen del Magisterio al Régimen de IVM en el marco de la Ley Nº 7531, con el propósito de darle viabilidad financiera a la propuesta, a criterio de esta subcomisión, es absolutamente discriminatorio. Siendo que todas estas personas están en igualdad de condiciones y no existen elementos objetivos que permitan realizar una diferenciación entre unos y otros. Por lo que toda propuesta tendiente a establecer parámetros que restrinjan el traslado para algunos y lo posibiliten para otros, como un mecanismo para disminuir el impacto negativo en el Régimen de IVM y en la Hacienda Pública, es igualmente inviable.

En razón de las consideraciones constitucionales y financieras expuestas, esta subcomisión recomienda al pleno de la Comisión con Potestad Legislativa Plena Primera votar negativamente el proyecto de ley y se proceder al archivo definitivo del expediente.

Carolina Delgado Ramírez Patricia Pérez HeggRita Chaves Casanova”

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Vamos entonces a someter a discusión el Informe de Subcomisión a partir de este momento. Les ruego a las señoras y señores diputados que quieran hacer uso de la palabra, en el uso de la palabra el diputado Víctor Hernández Cerdas.

Diputado Hernández Cerdas:

Gracias señora Presidenta. Iba a entrar ya por el fondo pero efectivamente sería importante que las personas, las compañeras que formaron parte de la subcomisión, pudieran explicar el informe para luego quedarme, no sé si me lo permite, abrir espacio y continuar siempre en el uso de la palabra inmediatamente que termina.

Presidenta:

Por supuesto señor Diputado, lo correspondiente sería aquí que alguno de los miembros de la subcomisión hiciera el uso de la palabra.

En el uso de la palabra, la diputada Carolina Delgado.

Diputada Delgado Ramírez:

Un poco, yo creo que hemos hecho la explicación del trabajo que hizo la Subcomisión, creo que ahora se habló cuando esto se dictaminó en la Comisión, se hizo un análisis más descriptivo e histórico, de las diferentes condiciones del proyecto y no se hizo un análisis financiero y de impacto financiero que se tenía, no solamente para la Hacienda Pública sino también en el tema de la Caja.

De ahí que cuando se conformó la subcomisión, se hizo el análisis especialmente financiero y se habló con la Caja, que nos trajo, nos dio una información para que en el momento que se pudieran trasladar las siete mil novecientas dieciocho personas, de las cuales ellos tenían información, pues eso iba a traer un impacto de noventa y un mil millones de traslado de la Caja hacia Hacienda en ese sentido. Luego el Ministerio de Hacienda pues nos hizo todo un análisis en cuanto a lo que a valor presente representarían esas pensiones por un monto de más de setecientos mil millones de colones, devolviendo los recursos que devolvería la Caja a las OPC y a otras contribuciones pues le tocaría a Hacienda…

Presidenta:

Simplemente para llamar a las señoras y señores diputados. Creo que todos tenemos que conversar pero es difícil escuchar a la compañera diputada, y estoy segura que los compañeros que están afuera quieren tener mejor posibilidad de escuchar.

Les ruego que si deben tener una conversación paralela hacerla en bajo tono.

Gracias.

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Diputada Delgado Ramírez:

Si es importante que esto hubiera traído un impacto fiscal de más de cuatrocientos catorce mil millones de colones a la Hacienda, para poder hacer rentable el proceso de traslado y de jubilaciones de lo que podría ser las siete mil novecientas dieciocho personas trasladadas.

Parte del impacto alto que tiene este proyecto de ley es que el salario o los ingresos de la gente que podría ser trasladada es en promedio dos puntos dos veces mayor de lo que en general y en promedio tienen los otros pensionados.

Eso haría que se trasladara un punto cincuenta y tres por ciento de la población cotizante de la Caja y representaría un cinco punto tres por ciento de la reserva, eso son los noventa y un mil millones de colones.

Sí es importante y lo que hicimos nosotros fue tratar de recopilar la información, tratar de buscar con Jupema la información en ese momento por lo cual al no entregarnos la información, la información oficial era la de la Caja Costarricense de Seguro Social y de ahí los ingresos, los años de laborar y toda la información que nosotros teníamos. De ahí fue que se sacó la información.

El otro elemento importante que también se hizo en la consideración es la parte constitucional, cuando Hacienda hace la primera referencia al proyecto, cuando no hace las consideraciones financieras supera objeción es la parte constitucional en cuanto a la autonomía de la Caja, en cuanto a su administración y gobierno de los seguros sociales.

En ese sentido, estaríamos rozando con la aplicación del artículo 73 Constitucional, es otra de las consideraciones que se tuvo a la hora de realizar el informe y por lo cual, nosotros hemos dado un informe negativo, en esencia eso sería.

Otro tema importante que también se tuvo presente a la hora de ser lo que en algún momento se mencionó, la posibilidad de achicar la población meta y decir que podríamos tener ciertos parámetros para que no fueran siete mil novecientas dieciocho personas, sino se redujera esa población -es que podría ser discriminatorio y eso también vendría a afectar de alguna manera la posibilidad de volver lo que en algún momento se pensó con este proyecto de ley- la posibilidad que la gente se trasladara de manera abierta y que gran parte del conflicto era que se había abierto una ventana muy corta y que aquellos que en algún momento pudieron haberse devuelto no tuvieron el tiempo suficiente para devolverse.

Se consideró que achicar esa población y determinar otros parámetros para definir quiénes se podían devolver no era lo correcto, porque eso realmente podría ser discriminatorio.

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Acta de la sesión N. º 15 de 31 de octubre de 2012

Comisión con Potestad Legislativa Plena Primera-26-

Presidenta:

Si alguna de las otras compañeras miembros de la Subcomisión quisieran hacer uso de la palabra.

Me veo obligada a realizar un planteamiento muy breve sobre mi participación en la Subcomisión.

Evidentemente como todos han conocido por parte de esta servidora, incluso, estuvo cien por ciento destacado y empleado en la Subcomisión el compañero diputado Martín Monestel, quien es educador y ha sido muy cercano al sector.

Lo cierto es que, -así como ya lo explicó muy detalladamente la compañera- no logramos concluir lamentablemente las respuestas que deberíamos de haber tenido para poder sacar un informe positivo en este sentido.

Eso no quiere decir y es importante también a como nosotros hemos manifestado en diferentes ocasiones el apoyo al sector; no quiere decir que en este momento no se está dando al sector.

El informe está conforme al expediente tal y como estaba planteado, no es posible poder darle aprobación. Estaríamos cometiendo un acto de irresponsabilidad por el cual tampoco estaríamos dispuestos a apostar.

Sí está de nuestro interés en la siguiente discusión del expediente que todavía le quedan períodos de mociones que hoy se abren esos períodos, a partir de hoy hay tres días más, para encontrar la posibilidad mediante un texto sustitutivo o alguna otra propuesta, verdaderamente, un camino positivo para darle un desenlace en positivo al expediente.

El hecho que hoy se esté votando este informe como tal, porque es el trabajo responsable de tres compañeros diputados miembros de esta Comisión. No quiere decir, que no exista dentro de nosotros la apertura para recibir y revisar alguna de las otras propuestas que de última hora puedan plantearse.

Tenía el deber de hacer esta descarga como miembro de la Subcomisión que está presentando el Informe el día de hoy. Así el Informe discutido por los proponentes.

Si algún otro Diputado quiere hacer uso de la palabra por el Informe de Subcomisión.

El diputado Víctor Hernández Cerdas tiene el uso de la palabra.

Diputado Hernández Cerdas:

Gracias, señora Presidenta.

Como lo dije anteriormente, el trabajo que han realizado las compañeras diputadas es un trabajo muy laborioso y lo vimos acá cuando estuvieron las tres bases de datos diríamos que vinieron: la Caja Costarricense de Seguro Social, Jupema y el

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Acta de la sesión N. º 15 de 31 de octubre de 2012

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Ministerio de Hacienda. Incluso, en ese día las presentaciones que se dieron vimos perfectamente que había incongruencias entre una base de datos y otra. Eso hace que sea más difícil hacer un estudio de esto.

Yo considero a las compañeras tratando de amalgamar datos tan incoherentes y tan dispares para llegar a conclusiones, como las que se han llegado en este informe.

Ciertamente que cuando uno agarra los números gruesos se da cuenta que tiene un impacto importante en las finanzas públicas. De ahí entonces que, sin menoscabo del trabajo que han hecho las compañeras de Subcomisión me reuní el día lunes con la gente de Jupema para analizar con más detenimiento dado que ya el Informe había sido dado a conocimiento de todos nosotros. Y para buscarle una salida, pensando en resarcir, así como un Diputado señalaba que había un voto moral ―una deuda moral― yo considero que también hay una deuda moral para muchas personas que en aquel entonces y lo he dicho acá y lo reitero hoy con total conocimiento fue un bum a voces, así a boca abierta, que se mencionaba que había que trasladarse del Fondo del Magisterio a la Caja porque el Fondo del Magisterio estaba en quiebra, porque se iba a universalizar el proceso de las pensiones a nivel nacional. Incluso, se iban a unificar todos los regímenes de pensión.

Eso hace que la propuesta que se está presentando hoy firmado por muchos diputados acá presentes es que, se acepte un texto sustitutivo que analice y que va a quedar en manos de ustedes para el estudio, para que en estos ocho días sea estudiado y yo les haría una gentil y respetuosa invitación a que ojalá podamos darle una vida más a este proyecto de ley, con el propósito de que se le resarciría a un grupo de gentes ese concepto de pertenencia.

Si nosotros consideramos que esas personas y el proyecto de ley así lo indica, la moción de fondo, que aquellas personas que en el año noventa y cinco en ese proceso tenían ya diez años de estar formando parte de un régimen, que les da el sistema de pertenencia o el sentido de pertenencia, los abogados sobran cómo expresarlo mejor.

En consecuencia les daban ese basamento, de ahí entonces, que han trascurrido diecisiete años hasta el momento donde tuvieron que salir por esas condiciones. De manera que si uno establece que ese grupo de personas en ese momento debieron de haber tenido empezando el régimen veinticuatro años. Hoy día son gente que está por encima de los cincuenta años con condiciones posibles a pensionarse.

No quiere decir, que se pensionen en un año, dos años, no, en el tiempo en que se cumpla su período de trabajo. Lo que está recuperándose es derechos en alguna medida que se les está resarciendo a esas personas, y por otro lado, que no se estarían saliendo del régimen del Magisterio a sabiendas que tal como lo presenta la moción siguen las mismas condiciones.

La persona al hacerse el regreso tiene que hacer un reintegro un traslado de recursos propios al Magisterio. Igualmente tiene que aumentar lógicamente la cuota para el régimen de pensión por los años que le falten.

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De manera, entonces, que yo les propondría que acojamos esta moción con el propósito que se vote y si es que algunos compañeros en verdad no la conocen, como lo han dicho los compañeros principalmente del Partido de Liberación Nacional, que efectivamente tienen razón, no han visto la moción, que la pudiéramos dejar en consulta, en estudio y de hoy en ocho días estar votando este texto sustitutivo. De esta forma, creo que haríamos por lo menos el esfuerzo todas las señoras diputadas y todos los señores diputados acá presentes de no dejar morir el proyecto de ley.

Me parece que está a este nivel, creo que devolver este proyecto de ley a nivel de Comisión si se hizo un voto moral que a mí me hubiera gustado escuchar a don Ernesto que estuvo formando parte de, lástima que el diputado Martín Monestel no esté aquí para que hubieran dado un poco de razonamiento. Porque de los que firmaron en aquel momento este dictamen unánime de mayoría no indican que haya sido un voto por deuda moral. Si no, uno esperaría que en cualquier Comisión este tipo de estudio de impacto actuarial y de impacto financiero debió de haberse estudiado. Pero bueno, no vamos a entrar a ese detalle y lo mismo podríamos llegar a darle más largas a un proyecto de estos, que al haber un texto sustitutivo lo que procede es mandarlo a consulta otra vez a Jupema, a la Caja Costarricense de Seguro Social y al Ministerio de Hacienda y a cualquiera otra instancia que las mismas diputadas y diputados así lo determinaran.

Por esa razón, estoy haciendo esa moción y ha sido acompañada por muchos otros diputados.

Gracias.

Presidenta:

Gracias, señor Diputado.

Ha hecho solicitud del uso de la palabra el diputado Jorge Gamboa.

Diputado Gamboa Corrales:

Gracias, señora Presidenta.

Muy buenas tardes compañeras diputadas y compañeros diputados, buenas noches en realidad y un saludo a los señores educadores que están aquí con su debido derecho.

Yo voy a permitir en realidad, en esta intervención a leer los argumentos que hemos traído para referirnos, digamos, sobre este proyecto de ley.

Quiero reiterar que la ley N°7531 fue una norma que dejó a los y las educadoras en un total estado de incertidumbre, y tuvo en ese sentido varias consecuencias: los dividió en dos regímenes, se generó el rumor de quiebra de JUPEMA y se estableció una cuota de cotización tan alta, casi el doble que el del Régimen de Invalidez, Vejez

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y Muerte, imposible de pagar para algunos y estos tres aspectos llevaron a los educadores a tomar la decisión de trasladarse a la Caja.

En el año de 1997, se firmó el decreto “Reglamento para el traslado de trabajadores y el traspaso de cuotas del régimen de Reparto al régimen de Capitalización del sistema de pensiones del Magisterio Nacional y del sistema de pensiones del Magisterio Nacional al Seguro de Invalidez, Vejez y Muerte de la Caja Costarricense del Seguro Social N.º 26069-H- MTSS”, que resultó ser como una salida que tuvo el Poder Ejecutivo para “tapar la torta” en que había metido a los educadores, únicamente por un período de dos meses, que resultó a todas luces ser insuficiente. Este proyecto de ley, basándose en este decreto, únicamente extiende el plazo a dieciocho meses.

Por otra parte, conviene tener presente que el informe de subcomisión que brindó esta Plena I, alude a que el dictamen que rindió la Comisión de Ciencia, Tecnología y Educación se limitó a realizar un recuento histórico de la iniciativa, en una forma casi descalificante. En ese sentido, hay que decir que este proyecto lo que trata es de solventar una deuda moral que tiene el Estado costarricense con el sector del Magisterio ante la precipitación de la decisión que tomó y la historia tiene una importancia fundamental. Pero además, habría que agregar acá, que en el momento en que esta iniciativa se dictaminó de forma unánime, ni el Ministerio de Hacienda ni la Caja Costarricense del Seguro Social emitieron datos concretos.

Ahora, lamentamos que en esta ocasión, en la Plena I, el proyecto no haya contado por parte de Jupema, con los datos necesarios para que el expediente pueda realmente ser sopesado en el alcance económico. Si no, que pareciera que a Jupema únicamente le interesa la aprobación de la modificación del artículo 70 de la Ley N.°7531. Esto lo reafirmamos porque no ha presentado un informe que de cuenta de una consulta a los educadores que están en la Caja y, que eventualmente se podrían trasladar, tarea que puede realizar a partir de sus propios registros. Entenderíamos que efectivamente esos educadores, siendo educadores, no los ven como de su régimen, sino del régimen de la Caja.

En esa línea, y en apego a los datos que da Jupema, que no son ni por apego cercanos a la realidad, uno puede deducir que tanto la Caja y Hacienda están partiendo de una totalidad de maestros que suman 7918, y se parte de la premisa falsa que los 7918 estarían en condiciones de endeudarse para pagar la diferencia de cotización de ambos regímenes y volver a Jupema. Lo que es más grave, se ha dicho acá, que educadores pensionados con el régimen de la Caja podrían devolverse al Magisterio, o que educadores del régimen de capitalización laboral podrían pasarse al régimen de reparto una vez trasladados a Jupema, cuando eso no es lo que plantea el proyecto.

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Acta de la sesión N. º 15 de 31 de octubre de 2012

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Entonces, partiendo de ese supuesto falso, los datos resultan alarmantes, porque efectivamente 91 mil millones de colones resultan muchísimo dinero. Y eso no es así. Esa es la tarea que Jupema no ha hecho, y tiene que quedar claro que tiene que hacerla, porque la Caja y Hacienda presentan los datos con base en ese número de educadores. Pero si Jupema nos dice, no mire es que a mi régimen se van a pasar “tantos” educadores entonces tendríamos datos reales.

Por otro lado, hay una segunda premisa falsa al asumir que si estos educadores se pasaron por la imposibilidad que tenían de asumir una cotización tan alta de Jupema, ahora se esté diciendo que un retiro de los educadores de la Caja desfinanciaría las pensiones de personas que ganan menos que esos educadores, cuando ni siquiera sabemos cuántos se trasladarían y con cuáles rubros de pensión.Estos serían los puntos para justificar que este proyecto antes de ser votado por el fondo, pueda contar para su registro y trámite definitivo, con el dato exacto solicitado a Jupema para que la Plena I tenga esa información y pueda darle un trámite justo, ya que sería sumar otra injusticia a la que ya se dio.

Presidenta:

Señor Diputado.

Diputado Gamboa Corrales:

Para terminar nada más, por favor, porque…bueno.

Presidenta:

Señor Diputado, aun le quedan once minutos en el uso de la palabra.

Usted queda en el uso de la palabra.

Vamos a levantar la sesión de conformidad con el tiempo.

Es un proyecto de ley que requiere de buena discusión y todavía hay señoras diputadas y señores diputados apuntados en el uso de la palabra.

E. CORRESPONDENCIA

1. Oficio P.E. 51-560-12 del 25 de octubre de 2012, suscrito por la Dra. Ileana Balmaceda, Presidenta Ejecutiva de la C.C.S.S., relacionado con el Proyecto de Ley 17561. Da respuesta a varias preguntas hechas por los señores diputados y en su párrafo final indica que “De lo anterior se desprende que al considerar el efecto neto del traslado de los funcionarios del Magisterio, en los términos previstos en el proyecto y considerando que se traslada la totalidad de la población, así como la totalidad del aporte –Devolución de aportes, Ingresos futuros dejados de percibir y gastos futuros dejados de realizar- el resultado final se muestra negativo a los intereses del Seguro de Invalidez, Vejez y Muerte, lo que por sí solo implica perjuicio.”

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Acta de la sesión N. º 15 de 31 de octubre de 2012

Comisión con Potestad Legislativa Plena Primera-31-

2. Se recibe por parte de la Secretaría del Directorio, una copia de una moción de avocación de la Diputada Patricia Pérez Hegg al expediente 18.105, en la cual la señora diputada hace retiro de la citada moción de avocación.

Al ser las dieciocho horas y tres minutos, se levanta la sesión.

Rita Gabriela Chaves Casanova Carolina Delgado Ramírez Presidenta Secretaria

Elabora: Guiselle y Grenz Revisa: Melania