aproximacion al nuevo curriculo def

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Decreto 82/2014, de 28 de agosto, por el que se regula y establece el currículo de la Educación Primaria en el Principado de Asturias

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Decreto 82/2014, de 28 de agosto, por el que se regula y establece el currículo de la Educación Primaria en el

Principado de Asturias

� Decreto 82/2014, de 28 de agosto, por el que se regula y establece el currículo de la Educación Primaria en el Principado de Asturias.

� Currículo Educación Primaria y relación entre criterios de evaluación y estándares de aprendizaje evaluables.

� Decreto de evaluación(pendiente de publicar)

� Ley Orgánica 8/2013, de 9 de diciembre, para la mejora de la calidad educativa. (LOMCE) que modifica la Ley Orgánica 2/2006, de 3 demayo, de Educación. (LOE)

� Real Decreto 126/2014, de 28 de febrero, por el que se establece el currículo básico de la Educación Primaria.

� La Orden de relación de los elementos del currículo

� Objetivos de la etapa. � Alguna matización.

� Organización de la etapa.� 6 Cursos.

�Objetivos del área. � Desaparecen.

� Las áreas. � 3 Bloques de asignaturas.

� Elementos del currículo. � Estándares de aprendizaje evaluables.

� Competencias. � 7 competencias.

�Horario.� Mínimo el 50% para las áreas troncales.

� Evaluación:� por cursos � referentes los criterios y los estándares de aprendizaje evaluables.

� calificación numérica.

� Evaluaciones.� 3º EP y 6º EP

� Evaluación de la práctica docente. � Indicadores de logro.

� “1. A los efectos de lo dispuesto en esta Ley Orgánica, se entiende por currículo la regulación de los elementos que determinan los procesos de enseñanza y aprendizaje para cada una de las enseñanzas.”

Gobierno:� “e) El diseño del currículo básico, en relación con los objetivos, competencias, contenidos, criterios de evaluación, estándares y resultados de aprendizaje evaluables, con el fin de asegurar una formación común y el carácter oficial y la validez en todo el territorio nacional de las titulaciones a que se refiere esta Ley Orgánica.”

LOMCE LOE

� Los objetivos.� Las competencias.� Los contenidos.� La metodología didáctica.

� Los estándares y resultados de aprendizaje evaluables.

� Los criterios de evaluación .

� Los objetivos.� Las competencias básicas.

� Los contenidos.� Los métodos pedagógicos.

� Los criterios de evaluación.

Respecto a los bloques de asignaturas

Respecto a los bloques de asignaturas

DECRETO 82/2014, de 28 de agosto , por el que se regula la ordenación y establece el currículo de la Educación Primaria en el Principado de Asturias.

Artículo. 3.- Principios pedagógicos.� Énfasis en:

� la atención a la diversidad del alumnado, � la atención individualizada, � la prevención de las dificultades de aprendizaje y � la puesta en práctica de mecanismos de refuerzo.

� Se trabajarán en todas las áreas:� comprensión lectora,� la expresión oral y escrita, � la comunicación audiovisual, las tecnologías de la información y la comunicación, el emprendimiento y la educación cívica y constitucional.

� PLEI : potenciar la comprensión lectora, la expresión escrita y el interés investigador del alumnado.

a) Conocer y apreciar los valores y las normas de convivencia, aprender a obrar de acuerdo con ellas, prepararse para el ejercicio activo de la ciudadanía y respetar los derechos humanos, así como el pluralismo propio de una sociedad democrática.

b) Desarrollar hábitos de trabajo individual y de equipo, de esfuerzo y responsabilidad en el estudio así como actitudes de confianza en sí mismo o misma, sentido crítico, iniciativa personal, curiosidad, interés, creatividad en el aprendizaje y espíritu emprendedor.

c) Adquirir habilidades para la prevención y para la resolución pacífica de conflictos, que les permitan desenvolverse con autonomía en el ámbito familiar y doméstico, así como en los grupos sociales con los que se relacionan.

d) Conocer, comprender y respetar las diferentes culturas y las diferencias entre las personas, la igualdad de derechos y oportunidades de hombres y mujeres, y la no discriminación de personas con discapacidad.

e) Conocer y utilizar de manera apropiada la lengua castellana y, en su caso, la lengua asturiana y desarrollar hábitos de lectura.

f) Adquirir la competencia comunicativa básica en una lengua extranjera que les permita expresar y comprender mensajes sencillos y desenvolverse en situaciones cotidianas.

Artículo. 4.- Objetivos de la Educación Primaria. Asturias

g) Desarrollar las competencias matemáticas básicas e iniciarse en la resolución de problemas que requieran la realización de operaciones elementales de cálculo, conocimientos geométricos y estimaciones, así como ser capaces de aplicarlos a las situaciones de su vida cotidiana.

h) Conocer los aspectos fundamentales de las Ciencias de la Naturaleza, las Ciencias Sociales, la Geografía, la Historia y la Cultura, incluida, en su caso, la Cultura asturiana.

i) Iniciarse en la utilización, para el aprendizaje, de las Tecnologías de la Información y la Comunicación desarrollando un espíritu crítico ante los mensajes que reciben y elaboran.

j) Utilizar diferentes representaciones y expresiones artísticas e iniciarse en la construcción de propuestas visuales y audiovisuales.

k) Valorar la higiene y la salud, aceptar el propio cuerpo y el de los otros y las otras, respetar las diferencias y utilizar la educación física y el deporte como medios para favorecer el desarrollo personal y social.

l) Conocer y valorar los animales más próximos al ser humano y adoptar modos de comportamiento que favorezcan su cuidado.

m) Desarrollar sus capacidades afectivas en todos los ámbitos de la personalidad y en sus relaciones con las demás personas, así como una actitud contraria a la violencia, a los prejuicios de cualquier tipo y a los estereotipos sexistas.

n) Fomentar la educación vial y actitudes de respeto que incidan en la prevención de los accidentes de tráfico.

Artículo. 4.- Objetivos de la Educación Primaria. Asturias

� d),i), j) y l) Cambios de matiz.

� “h) Conocer los aspectos fundamentales de las Ciencias de la Naturaleza, las Ciencias Sociales, la Geografía, la Historia y la Cultura, incluida, en su caso, la Cultura asturiana.”

� “h) Conocer y valorar su entorno natural, social y cultural, así como las posibilidades de acción, cuidado y mejora del mismo, con especial atención a las singularidades de Asturias.”

Artículo. 4.- Objetivos de la Educación Primaria.

Artículo. 5.- Organización general de la Etapa.

“1. La educación primaria tiene carácter obligatorio y gratuito. Comprende seis cursos académicos, que se cursarán ordinariamente entre los seis y los doce años de edad. “

Artículo. 5.- Organización general de la Etapa.

Áreas del bloque de asignaturas:

Artículo. 6.- Concepto y elementos del currículo.

2.

“a) Objetivos de la educación primaria, entendidos como los referentes relativos a los logros que el alumnado debe alcanzar al finalizar el proceso educativo como resultado de las experiencias de enseñanza-aprendizaje intencionalmente planificadas para tal fin. “

Artículo. 6.- Concepto y elementos del currículo.

2.

“b) Competencias, entendidas como las capacidades para aplicar de forma integrada los contenidos de la educación primaria, con el fin de lograr la realización adecuada de actividades y la resolución eficaz de problemas complejos.“

Artículo. 6.- Concepto y elementos del currículo.

“c) Contenidos, o conjunto de conocimientos, habilidades, destrezas y actitudes que contribuyen al logro de los objetivos de la educación primaria y a la adquisición de las competencias. “

Artículo. 6.- Concepto y elementos del currículo.

“d) Estándares de aprendizaje evaluables. Son las especificaciones de los criterios de evaluación que permiten definir los resultados de aprendizaje y que concretan lo que el alumno o la alumna debe saber, comprender y saber hacer en cada una de las áreas. Deben ser observables, medibles y evaluables y permitir graduar el rendimiento o logro alcanzado.“

Artículo. 6.- Concepto y elementos del currículo.

“e) Criterios de evaluación, que serán el referente específico para evaluar el aprendizaje del alumnado. Describen aquello que se quiere valorar y que el alumnado debe lograr, tanto en conocimientos como en competencias; responden a lo que se pretende lograr en cada una de las áreas. “

Artículo. 6.- Concepto y elementos del currículo.

“f) Metodología didáctica o conjunto de estrategias, procedimientos y acciones organizadas y planificadas por el profesorado, de manera consciente y reflexiva, con la finalidad de posibilitar el aprendizaje del alumnado y el logro de los objetivos planteados.”

Artículo. 7.- Competencias del currículo.

a) Comunicación lingüística.b) Competencia matemática y competencias básicas en ciencia y tecnología.

c) Competencia digital.d) Aprender a aprender.e) Competencias sociales y cívicas.f) Sentido de iniciativa y espíritu emprendedor.g) Conciencia y expresiones culturales.

COMPETENCIAS BÁSICAS LOE

COMPETENCIAS LOMCE

a) Competencia en comunicación lingüística.

b) Competencia matemática.c) Competencia en el conocimiento y

la interacción con el mundo físico.

d) Tratamiento de la información y competencia digital.

g) Competencia para aprender a aprender.

e) Competencia social y ciudadana.h) Autonomía e iniciativa personal.f) Competencia cultural y artística.

a) Comunicación lingüística.b) Competencia matemática y

competencias básicas en ciencia y tecnología.

c) Competencia digital.d) Aprender a aprender.e) Competencias sociales y cívicas.f) Sentido de iniciativa y espíritu

emprendedor.g) Conciencia y expresiones

culturales.

Artículo. 8.- Áreas del bloque de asignaturas troncales.

“1. Los contenidos comunes, los estándares de aprendizaje evaluables y los criterios de evaluación de las áreas del bloque de asignaturas troncales son los fijados para cada una de ellas en el anexo I del Real Decreto 126/2014, de 28 de febrero.

2. Los contenidos comunes y los criterios de evaluación de las áreas del bloque de asignaturas troncales se complementan y se distribuyen para cada curso, con el fin de graduar la progresión del aprendizaje, en el anexo I del presente decreto.”

Artículo. 9.- Áreas del bloque de asignaturas específicas.

“1. Los contenidos de las áreas del bloque de asignaturas específicas son los establecidos y distribuidos por cursos para cada una de ellas en el anexo II.

2. Los estándares de aprendizaje evaluables de las áreas del bloque de asignaturas específicas son los establecidos para cada área específica en el anexo II del Real Decreto 126/2014, de 28 defebrero.

3. Los criterios de evaluación de las áreas del bloque de asignaturas específicas son los establecidos para cada área específica en el anexo II del Real Decreto 126/2014, de 28 de febrero, complementados y distribuidos para cada curso, con el fin de graduar la progresión del aprendizaje, en el anexo II del presente decreto.”

Artículo. 10.- Áreas del bloque de asignaturas de libre configuración autonómica.

“Los contenidos, los criterios de evaluación y los estándares de aprendizaje evaluables de las áreas del bloque se asignaturas de libre configuración autonómica son los establecidos en el anexo III.”

Artículo. 11.- Metodología didáctica.

“1. Los métodos de trabajo favorecerán la contextualización de los aprendizajes, el aprovechamiento del entorno y la participación activa del alumnado en la construcción de los aprendizajes y la interacción con las personas adultas y entre iguales para potenciar su autoestima e integración social.”

Artículo. 11.- Metodología didáctica.

Deberán diseñarse actividades de aprendizaje integradas para una adquisición eficaz de las competencias, su integración efectiva en el currículo y desarrollar más de una competencia al mismo tiempo.“Se potenciará el desarrollo de las competencias comunicación lingüística, competencia matemática y competencias básicas en ciencia y tecnología.

Artículo. 11.- Metodología didáctica.

� Anexo IV.� Recomendaciones generales aplicables a todas las áreas.

� En cada área se hacen referencias metodológicas específicas para la misma.

Artículo. 11.- Metodología didáctica.

“4. Los centros docentes, en el ejercicio de su autonomía pedagógica, diseñarán y aplicarán sus propios métodos didácticos y pedagógicos teniendo en cuenta lo dispuesto en los apartados anteriores.”

Artículo. 13.- Calendario y horario escolar.

� 175 días lectivos.� 25 horas semanales.� Sesiones: mínimo 45’ y máximo 60’.

� Posibilidad de 2 sesiones 45’ seguidas

� Anexo V� Se especifican el número de horas por área y curso.

Artículo. 14.- Evaluación del alumnado de la etapa.

� Evaluación continua y global. � Tendrá en cuenta su progreso en el conjunto de las áreas.

� Carácter formativo.� La evaluación se llevará a cabo por cursos.� “…los referentes para la comprobación del grado de adquisición de las competencias y del logro de los objetivos de la etapa son los criterios de evaluación y estándares de aprendizajes evaluables …”

Artículo. 14.- Evaluación del alumnado de la etapa.

� Adecuarla para el alumnado con necesidades específicas.

� Reuniones periódicas del equipo docente.� El tutor o tutora transmite la información a las familias.

� “Al final de la etapa, el tutor o la tutora les informarápor escrito sobre el grado de adquisición de las competencias y de los objetivos de la etapa, además del nivel obtenido en la evaluación final de etapa .”

Artículo. 15.- Resultados de la evaluación.

� “…se expresarán en los términos Insuficiente (IN) para las calificaciones negativas, Suficiente (SU), Bien (BI), Notable (NT) o Sobresaliente (SB) para las calificaciones positivas.”

� Acompañados de calificación numérica.� Hay nota media de la etapa.

Artículo. 16.- Evaluación de tercer curso y evaluación final de etapa.

� “…según lo que disponga la Consejería competente en materia de educación, se comprobará, al menos, el grado de dominio de las destrezas, capacidades y habilidades en expresión y comprensión oral y escrita, cálculo y resolución de problemas en relación con el grado de adquisición de la competencia en comunicación lingüística y de la competencia matemática.”

Artículo. 16.- Evaluación de tercer curso y evaluación final de etapa.

� “…en la que se comprobará el grado de adquisición de la competencia en comunicación lingüística, de la competencia matemática y de las competencias básicas en ciencia y tecnología, así como el logro de los objetivos de la etapa. Dicha evaluación se realizará de acuerdo con las características generales de las pruebas que establezca elGobierno.”

� “…se utilizarán como referentes los criterios de evaluación y estándares de aprendizaje evaluables que figuran en los anexos I y II del Real Decreto 126/2014…”

Artículo. 19.- Evaluación de la práctica docente.

� El profesorado evaluará:� los procesos de enseñanza � su propia práctica docente � establecerán indicadores de logro en las programaciones didácticas.

� El profesorado realizará:� las modificaciones pertinentes de la programación didáctica o de la concreción curricular , si fuera necesario.

Artículo. 19.- Evaluación de la práctica docente.

� El profesorado también evaluará:� la concreción del currículo,� la programación didáctica y el desarrollo real del currículo

� La Consejería proporcionará al profesorado las orientaciones, los apoyos y la formación pertinentes.

Capítulo V Autonomía de los centros docentes.Artículo. 24.- Concreción del currículo.

a) La adecuación de los objetivos de etapa al contexto socioeconómico y cultural del centro y a las características del alumnado…

b) La distribución del total de horas de las áreas en cada uno de los cursos.

c) La contribución de cada área a la consecución de las competencias.

d) Las decisiones sobre métodos pedagógicos y didácticos y su contribución a la consecución de las competencias del currículo.

Capítulo V Autonomía de los centros docentes.Artículo. 24.- Concreción del currículo.

e) Los materiales curriculares.f) Las directrices generales sobre la evaluación y los criterios de promoción.

g) Las directrices generales y decisiones referidas a la atención a la diversidad del alumnado.

h) El plan de lectura, escritura e investigación.”

Capítulo V Autonomía de los centros docentes.Artículo. 25.- Programación didáctica.

a) Organización y secuenciación del currículo en unidades de programación.

b) Instrumentos, procedimientos de evaluación y criterios de calificación del aprendizaje del alumnado, de acuerdo con los criterios de evaluación establecidos para cada área y las directrices generales fijadas en la concreción curricular.

c) Medidas de refuerzo y de atención al alumnado y, en su caso, las adaptaciones curriculares para el alumnado con necesidades educativas especiales o con altas capacidades intelectuales.

Capítulo V Autonomía de los centros docentes.Artículo. 25.- Programación didáctica.

d) La concreción de los planes, programas y proyectos acordados y aprobados, relacionados con el desarrollo del currículo, entre los que deberá contemplarse, en todo caso, el plan de lectura, escritura e investigación.

e) El desarrollo de las actividades complementarias de acuerdo con lo establecido en la programación general anual del centro.

f) Los recursos didácticos y los materiales curriculares.g) Los indicadores de logro y procedimiento de evaluación de la

programación didáctica.

� Introducción al área y bloques de contenido de la misma.

� Las capacidades que deberá desarrollar el área.

� Contribución del área al desarrollo de las competencias.

� Metodología específica del área.

CONTENIDOS DEL ÁREA

CRITERIOS DEL ÁREA Y ESTÁNDARES DE APRENDIZAJE EVALUABLES

� Total de horas por área para la etapa.

OPCIÓN. A) OPCIÓN. B)

� LOE mayo 2006http://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-2006-7899

� LOMCE diciembre 2013http://www.boe.es/diario_boe/txt.php?id=BOE-A-2013-12886

� LOE con modificaciones LOMCE. Consolidadahttp://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2006-7899

� Real Decreto de Currículo LOE para EPhttp://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-2006-21409

� Real Decreto de Currículo modificado LOMCE para EPhttp://www.boe.es/diario_boe/txt.php?id=BOE-A-2014-2222