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APOYO TÉCNICO A LA GESTION SOCIOPREDIAL PARA ESTABLECER LAS
ALTERNATIVAS DE TRASLADO MÁS ADECUADO PARA LA RESTITUCION
DE CONDICIONES DE VIDA DE LAS FAMILIAS QUE DEBEN SER
REASENTADAS, EN CONDICIONES IGUALES EN CUMPLIMIENTO DEL
CONTRATO 009 DEL 10 DE DICIEMBRE DEL 2014, PARA LA UNIDAD
FUNCIONAL 2 TRAMO VARIANTE VIA ZARAGOZA-CAUCASIA
MELISSA SANTANA BARRIOS
20062025103
TRABAJO DE GRADO EN LA MODALIDAD DE PASANTÍA PARA OPTAR POR
EL TITULO DE INGENIERA CATASTRAL Y GEODESTA
UNIVERSIDAD DISTRITAL FRANCISCO JOSE DE CALDAS
FACULTAD DE INGENIERIA
PROYECTO CURRICULAR INGENIERIA CATASTRAL Y GEODESIA
BOGOTA D.C.
2016
2
APOYO TÉCNICO A LA GESTION SOCIOPREDIAL PARA ESTABLECER LAS
ALTERNATIVAS DE TRASLADO MÁS ADECUADO PARA LA RESTITUCION
DE CONDICIONES DE VIDA DE LAS FAMILIAS QUE DEBEN SER
REASENTADAS, EN CONDICIONES IGUALES EN CUMPLIMIENTO DEL
CONTRATO 009 DEL 10 DE DICIEMBRE DEL 2014, PARA LA UNIDAD
FUNCIONAL 2 TRAMO VARIANTE VIA ZARAGOZA-CAUCASIA
TRABAJO DE GRADO
MODALIDAD PASANTIA: EN LA CONCESION AUTOPISTAS DEL NORDESTE
S.A.S
PASANTE:
MELISSA SANTANA BARRIOS
COD: 20062025103
DIRECTOR INTERNO
DOCENTE DE TIEMPO COMPLETO
HECTOR JAVIER FUENTES
ECONOMISTA
DIRECTORA EXTERNA
ALBA STELLA GARCIA HENAO
TRABAJADORA SOCIAL
DIRECTORA SOCIAL
UNIVERSIDAD DISTRITAL FRANCISCO JOSE DE CALDAS
FACULTAD DE INGENIERIA
PROYECTO CURRICULAR INGENIERIA CATASTRAL Y GEODESIA
BOGOTA D.
3
Contenido INTRODUCCIÓN .............................................................................................................................. 7
1. PLANTEAMIENTO DEL PROBLEMA ............................................................................... 9
2. JUSTIFICACIÓN ................................................................................................................. 11
3. ANTECEDENTES .............................................................................................................. 12
4. OBJETIVOS ........................................................................................................................ 13
a. OBJETIVO GENERAL ...................................................................................................... 13
b. OBJETIVOS ESPECÍFICOS ............................................................................................ 13
5. MARCO TEORICO ............................................................................................................. 14
5.1. MARCO ESPACIAL ........................................................................................................... 16
5.2. MARCO CONCEPTUAL .................................................................................................. 17
5.3. MARCO LEGAL ................................................................................................................. 19
5.4. MARCO HISTÓRICO ......................................................................................................... 21
6. ALCANCES Y LIMITACIONES ........................................................................................ 23
a. ALCANCES ......................................................................................................................... 23
b. LIMITACIONES .................................................................................................................. 23
7. METODOLOGÍA ................................................................................................................. 24
7.1. Identificación de etapas y actividades del proyecto .............................................. 24
7.2. Áreas de Influencia del Proyecto ................................................................................ 25
7.3. Identificación de los impactos a compensar ............................................................ 26
7.4. Actividades del proyecto en el Plan de Compensación Social ............................ 26
7.5. Cuadro Conceptual de Metodología ............................................................................ 27
8. PLAN DE COMPENSACIONES SOCIALES ................................................................. 28
8.1. Metodología de Levantamiento de Información: ..................................................... 31
8.2. Estimación de las Compensaciones Socioeconómicas ........................................ 32
8.3. Unidad Funcional UF2- Zaragoza-Caucasia ............................................................. 33
8.4. FACTORES DE COMPENSACION ECONOMICA APLICABLES ............................ 34
8.4.1. Factor al Apoyo al Restablecimiento ....................................................................... 34
8.4.2. Factor de Apoyo a Moradores ................................................................................... 36
8.4.3. Factor de Apoyo por Movilización ............................................................................ 37
8.4.4. Factor de Apoyo al Restablecimiento de Servicios Sociales Básicos ........... 38
4
8.4.5. Factor de Apoyo para Restablecimiento de Medios Económicos. .................. 39
8.4.6. Factor de Apoyo a Arrendadores .............................................................................. 41
9. RESULTADOS ................................................................................................................... 43
9.1. ESTIMADO DEL PLAN DE COMPENSACION SOCIOECONOMICO DE LA
UNIDAD FUNCIONAL 2 –VARIANTE .................................................................................... 43
Matriz DOFA .................................................................................................................................... 55
10. CONCLUSIONES ............................................................................................................... 56
11. BIBLIOGRAFIA ................................................................................................................... 58
PAGINAS WEB................................................................................................................................ 58
12. ANEXOS .............................................................................................................................. 59
5
Lista de Ilustraciones
Ilustración 1. Mapa de Localización del Proyecto .................................................. 17
Ilustración 2. Vía Objeto de la Concesión ............................................................. 24
Ilustración 3. Total, de Predios Identificados en la Variante .................................. 43
Ilustración 4. Tipo de Unidades Sociales .............................................................. 46
Ilustración 5. Factores de Compensación ............................................................. 48
6
Lista de Tablas
Tabla 1. Características de la Vía ......................................................................... 25
Tabla 2. Predios Requeridos en la Unidad Funcional Total .................................. 34
Tabla 3. Predios Requeridos en el Tramo Variante ............................................... 45
Tabla 4. Cantidad de Unidades Sociales Identificadas y el tipo de cada uno para el
Tramo de la Variante ............................................................................................. 45
Tabla 5. Valores proyectados para las Compensaciones Socioeconómicas
correspondientes al Tramo Variante ..................................................................... 47
7
INTRODUCCIÓN
La Constitución Política de 1991, en su artículo 1 y 2, establece que: "Colombia
como Estado Social de derecho, está fundada en el respeto de la dignidad
humana, en el trabajo y la solidaridad de las personas que la integran y en la
prevalencia del interés general, y tiene entre sus fines asegurar la convivencia
pacífica y la vigencia de un orden justo; estando sus autoridades instituidas
para proteger a todas las personas residentes en el país, en su vida, honra,
bienes, creencias, y demás derechos y libertades, y para asegurar el
cumplimiento de los deberes sociales del Estado y de los particulares”.1
“Que, en desarrollo de la gestión social adelantada por concesionarios de la
Agencia Nacional de Infraestructura, se ha evidenciado que las unidades
sociales ocupantes irregulares de terrenos requeridos para el desarrollo de
proyectos de infraestructura, ven afectadas sus condiciones de vida por
residir o desarrollar sus actividades productivas, en el entorno geográfico de
ejecución de los proyectos.”.2
Que en virtud del Decreto 4165 del 3 de noviembre de 2011, articulo 17 numeral 12,
la Agencia Nacional de Infraestructura debe “Establecer metodologías y
estrategias de manejo, y dirigir y/o supervisar la gestión social, predial y
ambiental en cumplimiento de los contratos, permisos y licencias, incluidos
los procesos de expropiación que se requieran en el desarrollo de los
proyectos a cargo de la Agencia.”.3
AUTOPISTAS DEL NORDESTE S.A.S., entidad encargada de dar cumplimiento a
todas y cada una de las obligaciones de diseño, mejoramiento y rehabilitación,
construcción, operación y mantenimiento en las vías objeto del contrato número 009
de 2014 suscrito con la Agencia Nacional de Infraestructura –ANI, en el marco de
las obligaciones programáticas, técnicas, económicas, y financieras allí definidas,
garantizando en cumplimiento del mismo, la satisfacción de los usuarios de la vía,
de la ANI, de los accionistas y del equipo humano de la concesión.
Las vías objeto de la concesión “Autopista Conexión Norte”, tiene una longitud total
estimado origen destino de 145 kilómetros y su recorrido discurre íntegramente en
el departamento de Antioquia.
1 Constitución Política de Colombia 1991, articulo 1 y 2. 2 Resolución 077 de 2012. 3 Decreto 4165 del 3 de noviembre de 2011, articulo 17 numeral 12
8
La Autopista Conexión Norte une los municipios de Remedios, Zaragoza y
Caucasia. El objetivo de esta concesión es conectar el sur occidente y centro
occidente del país de forma directa con el Puerto de Cartagena y el norte del país y
el nordeste de Antioquia con la concesión Ruta del Sol a través de Puerto Berrio,
proyectando que se convierta en uno de los corredores viales más importantes del
país.
Las obras objeto de esta concesión consisten en la construcción de una nueva vía
en calzada sencilla entre Remedios y Zaragoza, el mejoramiento de la calzada
actual del tramo Zaragoza-Caucasia y la construcción de una nueva variante en
calzada sencilla en Caucasia.
La concesión Autopistas de Nordeste en busca de cumplir a cabalidad su función y
objetivo articuló la Gestión Predial y social, para llevar a cabo el Plan de
Reasentamiento de la población afectada, para establecer las alternativas de
traslado más adecuadas para la restitución de condiciones de vida de las familias
que deban ser reasentadas, en condiciones iguales o mejores.
Gracias a la fundamentación que la carrera brinda a los profesionales en Ingeniería
Catastral y Geodesia, estos son reconocidos en el país como los administradores
del recurso tierra, ya que manejan temas como ordenamiento territorial,
valorización, estratificación socioeconómica, legislación catastral, topografía,
cartografía, Sistemas de Información Geográfica (SIG.), entre otros, por esta razón
se considera que el Ingeniero Catastral y Geodesta cuenta con las capacidades,
destrezas, aptitudes, y conocimientos para brindar el apoyo técnico que requiere
Autopistas del Nordeste s.a.s.
Este proceso de la pasantía está encaminado a prestar apoyo técnico al equipo
predial y social de la Concesión Autopistas del Nordeste s.a.s, con el fin de realizar
Apoyo al proceso de Reasentamiento de la población afectada por la
implementación de la variante en la Unidad Funcional II tramo Zaragoza-Caucasia.
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1. PLANTEAMIENTO DEL PROBLEMA
“El Reasentamiento es el proceso mediante el cual se apoya a las personas
desplazadas para establecer los niveles de vida que tenían antes del
desplazamiento; un desplazamiento involuntario se presenta cuando una
persona, familia, grupo o actividad económica debe trasladarse
obligatoriamente a otro lugar, por una decisión que es impuesta por un agente
externo, sin que exista posibilidad de permanecer en el lugar donde habita. En
el caso de este proyecto, el desplazamiento se presentará para las personas
que residen en los predios que se requerirán para la construcción y
mejoramiento de las obras de infraestructura, así como para las actividades
económicas que allí se desarrollan”.4
Antes del año 2008 el Estado Colombiano no contaba en su cuerpo normativo con
un procedimiento reglamentado para formular y ejecutar planes de reasentamiento,
como si lo tiene para la adquisición de predios, existen norma internacionales y
constitucionales que servían de base para ello.
La declaración de Derechos Humanos de la Naciones Unidas en su principio 6 dice
que “Todo ser humano tendrá derecho a la protección contra reasentamientos
arbitrarios de su hogar o de su lugar de residencia habitual, se encuentran
prohibidos internacionalmente los reasentamientos arbitrarios en casos de
proyectos de desarrollo en gran escala, que no estén justificados sobre un
interés público superior o primordial El Reasentamiento es el proceso
mediante el cual se apoya a las personas desplazadas para establecer los
niveles de vida que tenían antes del desplazamiento; un desplazamiento
involuntario se presenta cuando una persona, familia, grupo o actividad
económica debe trasladarse obligatoriamente a otro lugar, por una decisión
que es impuesta por un agente externo, sin que exista posibilidad de
permanecer en el lugar donde habita. En el caso de este proyecto, el
desplazamiento se presentará para las personas que residen en los predios
que se requerirán para la construcción y mejoramiento de las obras de
infraestructura, así como para las actividades económicas que allí se
desarrollan”.5
Con el fin de reglamentar los planes de reasentamiento, se introdujo la Resolución
545 de 2008, el cual consiste en el catálogo de reconocimientos que se otorga a
4 Proyecto nacional de transporte urbano, marco de la política de reasentamiento 5 Declaración de los derechos humanos, principio 6
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unidades sociales para mitigar los impactos socioeconómicos específicos,
causados por razón de la ejecución de un proyecto.
Los factores de compensación socioeconómica son:
factor de apoyo al restablecimiento de vivienda
factor de apoyo a moradores
factor de apoyo para tramites
factor de apoyo por movilización
factor de apoyo al restablecimiento de servicios sociales básicos
factor de apoyo al restablecimiento de medios económico
factor de apoyo a arrendadores.
La pasante de Ingeniería Catastral y Geodesia hará parte del equipo socio-predial,
aportando los conocimientos adquiridos durante el paso por la academia, para tratar
de buscar una adecuada compensación a un problema de la realidad, qué para este
caso es la elaboración del plan de Compensaciones para el tramo la variante en la
Unidad Funcional 2, vía Zaragoza-Caucasia, regido mediante la resolución 545 de
2008
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2. JUSTIFICACIÓN
La Gestión social y predial es una función que ejercen las Concesiones, las cuales
mediante la alianza público-privada llevan a cabo la ejecución de grandes obras de
infraestructura, para el progreso del país.
Autopistas de Nordeste s.a.s., es la encargada de llevar a cabo la gestión socio
predial para la ejecución de la vía que comunicara a los municipios de Remedios,
Segovia, Zaragoza y Caucasia, en el Bajo Cauca.
Se realizó un convenio entre la Concesión Autopistas del Nordeste S.A.S. y la
Estudiante Melissa Santana Barrios de la Universidad Distrital Francisco José de
Caldas en el cual la estudiante de la misma puede hacerse partícipe en la labor que
realiza la Concesión como pasantes con el fin de optar por el título de Ingeniería
Catastral y Geodesta.
Dicha pasantía busca enriquecer la formación académica del estudiante mediante
la aplicación de los conocimientos adquiridos durante el desarrollo de su vida
académica. Además, contribuye a la formación profesional del estudiante
articulándolo con los problemas cotidianos y reales de la sociedad. Permitir al
estudiante conocer la realidad en la cual se va a desempeñar como profesional y a
la vez aportar a la solución efectiva de problemas relacionados con la vida
profesional.
Al participar en proceso de elaboración del plan de compensaciones bajo los
lineamientos de la Resolución 545 del 2008, se está buscando una adecuada
compensación para la comunidad con el fin de que pueden tener un lugar de
vivienda justo, Todo con el fin de hacer más equitativo el bienestar de las familias
que hacen parte del corredor vial.
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3. ANTECEDENTES
La concesión Autopistas del Nordeste S.A.S, fue creada como una asociación
publico privada reglamentada por la ley 1508 del 10 de enero de 2012 la cual en el
artículo 1 la define como “las asociaciones público privadas son instrumentos
de vinculación de capital privado, que se materializan en un contrato entre una
entidad estatal y una persona natural o jurídica de derecho privado, para la
provisión de bienes públicos y de sus servicios relacionados, que involucra
la retención y transferencia de riesgos entre las partes y mecanismos de pago,
relacionados con la disponibilidad y el nivel de servicio de la infraestructura
y/o servicio”.6
La sociedad Autopistas del Nordeste SAS, es una sociedad por acciones
simplificada, de objeto único y existente de acuerdo con las leyes colombianas,
constituida mediante documento privado del 10 de noviembre de 2014,
debidamente inscrito el 25 de noviembre de 2014 bajo el número 001887618 libro
IX y con domicilio en la ciudad de Bogotá D.C.
Su objeto social único es la celebración y ejecución del contrato adjudicado
mediante resolución 1387 de fecha 17 de octubre de 2014 de la Agencia Nacional
de Infraestructura en virtud del proceso licitatorio N° VJ-VE-IP-LP-005-2013, cuyo
objeto es la elaboración de los estudios y diseños definitivos, financiación, gestión
ambiental, predial y social, construcción, mejoramiento, rehabilitación, operación,
mantenimiento y reversión de la concesión autopistas conexión norte, del proyecto
“Autopistas para la Prosperidad”
A partir de la firma del convenio entre la Concesión Autopistas del Nordeste la
estudiante de Ingeniería Catastral y Geodesia se ha hecho participes de este
proceso por medio de la modalidad de pasantía, brindando apoyo técnico al grupo
socio predial.
Este convenio permite el acercamiento del aspirante al título de Ingeniero Catastral
y Geodesta, con las entidades de orden Público-Privado y con los problemas y
procesos que se deben llevar a cabo en las vías 4G, los pasantes pueden realizar
aportes por medio de los conocimientos aprendidos durante su transcurso por la
universidad, para la resolución de problemas que presenta en la construcción de las
vías.
6 Ley 1508 del 10 de enero de 2012, articulo 1.
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4. OBJETIVOS
a. OBJETIVO GENERAL
Prestar apoyo, acompañamiento y soporte técnico a la concesión Autopistas del Nordeste sas, a la gestión socio-predial para establecer las alternativas de traslado más adecuado para la restitución de condiciones de vida de las familias basándonos en la resolución 545 del 2008, en cumplimiento del contrato 009 del 10 de diciembre de 2014 para la unidad funcional 2 tramo variante vía Zaragoza-Caucasia.
b. OBJETIVOS ESPECÍFICOS
Realizar una socialización para informar el alcance del proyecto y los
beneficios que con lleva la construcción del mismo.
Determinar la localización de la cantidad de predios que se verán afectados
por la construcción de la variante, teniendo en cuenta el uso permitido por el
Plan de Ordenamiento Territorial POT del Municipio de Caucasia.
Efectuar una visita a cada uno de los predios para verificar el tipo de
titularidad que tiene cada uno de los propietarios, mejoratarios o poseedores.
Realizar una visita a cada uno de los predios afectados para realizar el debido
censo predial en el cual se determinará el tipo de construcción, junto con su
debido uso y destinación.
Realizar una metodología para restablecer las alternativas de traslado más
adecuado para la restitución de condiciones de vida de las familias que deben
ser reasentadas.
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5. MARCO TEORICO
Corresponde a la definición de una serie de conceptos relacionados con la función
que desarrolla la Concesión Autopistas de la Nordeste S.A.S, en la celebración del
contrato 009 del 10 de diciembre de 2014.
Además, se analizarán una serie de normas que rigen el contrato para la
elaboración del plan de compensaciones.
Como se había mencionado en Capítulos anteriores “Autopistas del Nordeste sas
tiene como objeto la elaboración de los estudios y diseños definitivos,
financiación, gestión ambiental, predial y social, construcción, mejoramiento,
rehabilitación, operación, mantenimiento y reversión de la concesión
autopistas conexión norte, del proyecto Autopistas para la Prosperidad.” 7
En su manual del Buen Gobierno Corporativo y su objeto de la misión y la visión de
la concesión Autopistas del Nordeste establece “La misión de la sociedad es dar
cumplimiento a todas y cada una de las obligaciones derivadas del contrato,
incluidas las de diseño, mejoramiento y rehabilitación, construcción,
operación y mantenimiento de vías objeto intervención, en el marco de las
obligaciones programática, técnicas, económicas y financieras allí definidas,
garantizando en cumplimiento del mismo, la satisfacción de los usuarios de
la vía, de la ANI, de los accionistas y del equipo humano de la sociedad.”8
en síntesis, Autopistas del Nordeste es la encargada de la Elaboración de la vía que
comunicara los Municipios de Caucasia, Zaragoza, Segovia y Remedios con la
costa y centro del país, de la ejecución de la misma y el mantenimiento por 20 años.
Para ejercer el plan de Compensaciones de una manera eficaz y eficiente, la
Concesión Autopistas de la Nordeste S.A.S dispone de una sectorización, es decir
se organiza en Direcciones especializadas por sectores específicos.
Dentro de estas Direcciones especializadas se encuentra la Dirección Social y
predial, en las cuales se va a llevar a cabo la mencionada pasantía. Tiene como
función estas Direcciones ejecutar vigilar la gestión socio predial del proyecto.
“La Dirección Técnica de Predios, como parte de sus funciones principales
está encargada de realizar la gestión predial de la entidad, y su objetivo
principal es la de brindar un acompañamiento integral a los ciudadanos que
se ven afectados por la compra de los predios afectados según el trazado de
7 Resolución 1387 del 17 de octubre de 2014 Agencia Nacional de Infraestructura. 8 Manual de Buen Gobierno Corporativo, Autopistas del Nordeste s.a.s
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la obra y en coherencia con la reserva vial aprobada teniendo en cuenta tres
momentos principales:
Levantamiento de insumos
Adquisición predial
Reasentamiento integral.” 9
Partiendo de la definición anterior podríamos decir que la Gestión Predial es una
serie de actividades y procedimientos tendientes a identificar, cuantificar,
caracterizar y gestionar los predios, que deben ser adquiridos total o parcialmente,
para la ejecución de proyectos inmobiliarios o de ingeniera en cualquiera de sus
etapas (prefactibilidad, factibilidad, ejecución o la que se requiera).
El Plan de Gestión Social es el conjunto de programas, actividades y acciones
tendientes a abordar integralmente a las unidades sociales a reasentar a fin de
minimizar los efectos negativos del desplazamiento voluntarios.
“El Reasentamiento integral de la población de la zona de intervención de un
proyecto determinado se realiza para prevenir, mitigar corregir y/o compensar
los impactos generados por el traslado y reubicación de cada una de las
Unidades Sociales afectadas; la entidad diseña y pone en marcha un Plan de
Gestión Social con el fin de evaluar las condiciones sociales, legales y
económicas de las familias y de las unidades económicas que residen u
ocupan los inmuebles objeto de intervención, así como de los propietarios
que hacen uso económico de los predios sin residir de ellos.
El despliegue del componente inmobiliario se realiza con el acompañamiento
y apoyo a todas las personas en sus diferentes condiciones de tenencias:
propietarios, arrendatarios o poseedores procurando encontrar el lugar ideal
para la reposición de la casa, local, lote, oficina o bodega y así lograr el
efectivo reasentamiento; esto se logra con la puesta en marcha de estrategias
como elaboración de portafolios inmobiliarios que cubran las necesidades de
la Unidad Social US.” 10
Los planes de compensaciones normalmente contemplan:
Las responsabilidades organizacionales y los arreglos institucionales entre
las entidades participantes, incluyendo disposiciones para la financiación del
reasentamiento.
La evaluación del marco legal de reasentamiento, incluso en lo relativo a
ocupaciones irregulares y derechos de comunidades tradicionales.
9 Manual de adquisición predial Instituto de Desarrollo Urbano- IDU 10 Manual de adquisición predial Instituto de Desarrollo Urbano- IDU
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La planificación de catastros físicos y socioeconómicos
Las políticas y metodologías de valoración de terrenos y construcciones.
Los procedimientos para la compensación por pérdida de renta
La definición de opciones de reasentamiento y tipos de proyecto
La planificación de los procedimientos de consulta pública y participación de
las comunidades afectadas.
La aplicación del Plan de Compensaciones Socioeconómicas, definido en la
Resolución 545 de 2008 del Instituto Nacional de Concesiones INCO (hoy agencia
Nacional de Infraestructura ANI), propende el mantenimiento o la mejora de la
condición de calidad de vida iniciales de las personas que como consecuencia de
la adquisición predial requerida por el proyecto deban trasladarse.
Dependiendo de las condiciones en las que se encuentren las unidades familiares,
se aplicarán los factores sociales establecido en la Resolución 545 de 2008.
5.1. MARCO ESPACIAL
El Municipio de Caucasia se encuentra localizado al norte del departamento de
Antioquia, en la subregión Antioqueña del Bajo Cauca, su territorio de una extensión
de 1483 km2, es plano con pequeñas ondulaciones al norte y al occidente y sur es
quebrado. Es uno de los municipios más importantes de la zona debido a su
privilegiada ubicación geográfica, cerca de la confluencia de importantes afluentes
colombianos como el Rio Cauca y el Rio Nechi.
Es considerado capital y principal ciudad de la región del Bajo Cauca del
departamento de Antioquia. Limita por el norte con los Municipios de Montelibano,
La Apartada y Ayapel departamento de Córdoba, por el este con los municipios
Antioqueños de Nechi y El Bagre, por el sur con el Municipio de Zaragoza, y por el
oeste con el Municipio de Cáceres, su cabecera municipal dista 270 km de la Ciudad
de Medellín por la Troncal de Occidente, con el interior del país y la Costa Atlántica,
vía que atraviesa la cabecera municipal de norte a sur, entendiendo la conectividad
básicamente como la capacidad de un territorio para ser accesible y relacionarse
con otros lugares a través de los diversos medios de transporte y comunicaciones.
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Ilustración 1. Mapa de Localización del Proyecto
Fuente: Plan de Ordenamiento Territorial de Caucasia.
5.2. MARCO CONCEPTUAL
La Dirección Social y predial es la encargada de elaborar una estimación del Plan
de Compensaciones Socioeconómicas, para la totalidad del proyecto. Esta
estimación constituirá una herramienta de planeación y seguimiento de las
Compensaciones Socioeconómicas a que hubiere lugar, sin que en sí mismo
constituya una decisión definitiva respecto de las Compensaciones
Socioeconómicas.
Como resultado del Plan de Compensaciones Socioeconómicas se busca mitigar y
compensar los impactos causados por el desplazamiento involuntario cuando este
sea inevitable, restablecer las condiciones socioeconómicas de la población
desplazada, convertir el reasentamiento en una oportunidad para contribuir al
mejoramiento del ordenamiento territorial y urbanístico de las ciudades.
Para efectuar un Plan de Compensación Socioeconómico se definen los siguientes
conceptos referentes al tema:
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I. DESPLAZAMIENTO INVOLUNTARIO
Se presenta cuando una persona, familia, grupo o actividad económica debe
trasladarse obligatoriamente a otro lugar, por una decisión que es impuesta por un
agente externo, sin que exista la posibilidad de permanecer en el lugar donde habita.
II. REASENTAMIENTO
Es el proceso mediante el cual se apoya a las personas desplazadas para
restablecer los niveles de vida que tenían antes del desplazamiento.
III. POBLACION DESPLAZADA
Son los grupos, comunidades o poblaciones, que residen o trabajan en las áreas requeridas por las obras y que deben trasladarse obligatoriamente.
IV. INMUEBLE
Unidad individual de terreno con o sin mejoras, físicas y catastralmente identificable.
V. NIVEL DE AFECTACION
Total: cuando un predio se afecta totalmente y todas las unidades sociales que allí
residen o realizan una actividad económica deben trasladarse. Parcial:
cuando un predio se afecta parcialmente y el área remanente puede seguir
utilizándose para vivienda o actividad económica. Loa afectación parcial puede
implicar el desplazamiento de una o más unidades sociales.
VI. UNIDAD SOCIAL
Se entiende por Unidad Social las personas que tiene derechos sobre un inmueble
residan o no en él, las personas que residen y las industrias, comercios y
establecimientos de servicio que desarrollan su actividad económica en un predio.
Las Unidades Sociales pueden ser clasificadas por tenencia (propietario,
arrendatario, usufructuario, tenedor, ocupante), uso (vivienda, industria, comercio,
servicio) y residencia (si habita o no en el inmueble). En un inmueble puede habitar
más de una unidad social.
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5.3. MARCO LEGAL
El Marco de Política de Reasentamiento se desarrolla bajo las normas aplicables de
carácter internacional ratificadas por el Gobierno de Colombia, por las normas
nacionales, así como por los principios generales del derecho, jurisprudencia y
doctrina que brindan pautas para la adquisición de predios y protección de los
derechos fundamentales de personas desplazadas por proyectos de desarrollo.
I. Normas Constitucionales
Constitución Política Articulo 1 “Colombia es un Estado Social de Derecho,
organizado en forma de Republica unitaria, descentralizada, con autonomía
de sus entidades territoriales, democrática, participativa y pluralista, fundada
en el respeto de la dignidad humana, en el trabajo y la solidaridad de las
personas que la integran y en la prevalencia de interés general…”
Artículo 2 “…Las autoridades de la Republica están constituidas para proteger
a todas las personas residentes en Colombia, en su vida, honra, bienes,
creencias, y demás derechos y libertades y para asegurar en cumplimiento de
los deberes sociales del estado y de los particulares.”
Artículo 5 “El Estado reconoce, sin discriminación alguna, la primacía de los
derechos inalienables de la persona y ampara a la familia como institución
básica de la sociedad.”
Artículo 90 “El Estado responderá patrimonialmente por los daños antijurídicos
que le sea imputables causados por la acción u omisión de las autoridades
públicas…”
Artículo 287 “Las entidades territoriales gozan de autonomía para la gestión de
sus intereses, y dentro de los límites de la Constitución y la Ley…”
Artículo 42, 43, 44, 46, 51, 58, 79, 80. Los cuales consagran los derechos sociales,
económicos y culturales. El derecho a la vivienda se debe reconocer en condiciones
de dignidad, es decir en condiciones materiales y espirituales de existencia que
permitan vivir con calidad y tener un espacio para el libre desarrollo de la
personalidad
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II. Normas Legales
Ley 388 de 1997
Art. 1, num. 3. “Garantizar que la utilización del suelo por parte de sus
propietarios se ajusta a la función social de la propiedad y permita hacer
efectivos los derechos constitucionales a la vivienda y a los servicios públicos
domiciliarios, y velar por la creación y la defensa del espacio público, así
como por la protección del medio ambiente y la prevención de desastres…”
Art. 2 “El Ordenamiento del territorio se fundamenta en los siguientes
principios:
la función social y ecológica de la propiedad
la prevalencia del interés general sobre el particular
la distribución equitativa de cargas y beneficios”
Art. 3 “propender por el mejoramiento de la calidad de vida de los habitantes,
la distribución equitativa de las oportunidades y los beneficios del desarrollo.”
Art. 4 “participación democrática. En ejercicio de las diferentes actividades que
conforman la acción urbanística, las administraciones municipales, distritales
y metropolitanas deberán fomentar la concertación entre los intereses
sociales, económicos y urbanísticos, mediante la participación de los
pobladores y sus organizaciones.”
Art. 119 señala que en caso de propietarios o poseedores de vivienda de interés
social que no acepten la forma de pago o el derecho de preferencia previstos en
este artículo, la administración municipal o distrital que participe en proyectos de
renovación correspondientes le garantizara el acceso a una solución de vivienda del
mismo tipo, para lo cual otorgara los subsidios municipales de vivienda.
Ley 3ª de 1991
La Ley 3ª de 1991 y sus decretos reglamentarios 706 de 1995 y 824 de 1999 fijan
la cuantía del subsidio y el valor de la vivienda de interés social.
Ley 99 de 1993 Art. 57.
“Del estudio de Impacto Ambiental. Se entiende por estudio de Impacto
Ambiental el conjunto de la información que deberá presentar ante la
autoridad ambiental competente el peticionario de una Licencia Ambiental.
21
El estudio de Impacto Ambiental contendrá información sobre la localización
del proyecto, y los elementos abióticos, bióticos y socioeconómicos del
medio que puedan sufrir deterioro por la respectiva obra o actividad…”
Ley 546 de 1999.
Artículo 2° “objetivos y criterios de la presente ley. El gobierno Nacional
regulara el sistema especializado de financiación de vivienda de largo plazo
para fijar las condiciones necesarias para hacer efectivo el derecho
constitucional a la vivienda digna, de conformidad (entre otros) con los
siguientes objetivos: proteger el patrimonio de las familias representado en
vivienda…”
RESOLUCION 545 DE 2008
Con el fin de reglamentar los planes de reasentamiento, se introdujo la Resolución
545 de 2008 el cual consiste en el catálogo de reconocimientos que se otorga a
unidades sociales para mitigar los impactos socioeconómicos específicos,
causados por razón de la ejecución de un proyecto.
Los factores de compensación socioeconómica son: factor de apoyo al
restablecimiento de vivienda; factor de apoyo a moradores; factor de apoyo para
tramites; factor de apoyo por movilización; factor de apoyo al restablecimiento de
servicios sociales básicos; factor de apoyo al restablecimiento de medios
económicos; factor de apoyo a arrendadores.
5.4. MARCO HISTÓRICO
TRAYECTORIA DE LOS REASENTAMIENTOS
La política del Banco Mundial con respecto al tema de reasentamiento involuntario,
OP-710, fue aprobada por el directorio Ejecutivo en julio de 1998 y está disponible
como una publicación separada. Su aprobación representa un importante avance
en el desarrollo del enfoque del Banco, que ha ido evolucionando desde 1984, año
en que por primera vez los departamentos de Análisis de Proyectos y Operaciones
prepararon unas listas de verificación para hacer frente a una variedad de aspectos
socioculturales, el reasentamiento entre ellos, que surgían durante la preparación y
el análisis de los proyectos. Para facilitar una revisión más sistemática de los temas
de reasentamiento, en 1990 el Comité del Medio Ambiente (CMA) incluyo este
aspecto en su campo de acción. La importancia de la consideración de los aspectos
de reasentamiento quedo de manifiesto en dos documentos, titulados
Procedimientos para la Clasificación y Evaluación de los Impactos Ambientales en
las operaciones del Banco y Estrategias y Procedimientos para temas
Socioculturales en relación con el medio ambiente. Entre otros temas, estos
22
documentos se refieren a la necesidad de que el banco se ciña a prácticas
adecuadas al tratar aspectos de reasentamiento. Desde que estos documentos
fueron aprobados, el banco, al igual que otras organizaciones internacionales, ha
considerado necesario preparar lineamientos más concretos sobre este complejo
asunto, en lugar de decidir en cada caso concreto de proyectos que con llevan
reasentamientos que criterio se va a aplicar. El primer borrador de los principios y
los lineamientos sobre reasentamientos se preparó en 1993. En el documento del
Octavo Aumento General de Recursos, aprobado en 1994, se reafirmó la necesidad
de preparar cuanto antes planes adecuados de reasentamiento y se solicitó al
Banco que siguiera actualizando sus procedimientos y lineamientos en la materia.
El aumento progresivo de reasentamientos involuntarios, como denomina el Banco
Mundial a lo que no es más que desalojos forzados de poblaciones que viven en
áreas de influencia o impacto de los intereses de las empresas privadas, ha sido
una constante en Colombia. Y ahora con la bonanza de la minería o la “locomotora
del desarrollo” cruzando las montañas colombianas la preocupación es cada vez
mayor.
De las distintas formas de desplazamiento, uno de los más comunes y menos
atendido en Colombia es el ocasionado por las actividades relacionadas con
programas de desarrollo que contemplen expropiación de tierras; este
desplazamiento se ha denominado “desplazamiento involuntario o por desarrollo”.
La mayoría de los proyectos hidroeléctricos, extractivos, y algunos de los proyectos
urbanos, industriales y de transporte, son realizables solamente si se desplaza a la
gente de las tierras requeridas para el proyecto.
23
6. ALCANCES Y LIMITACIONES
a. ALCANCES
Apoyo técnico a las siguientes actividades:
Acompañamiento a la socialización inicial para determinar el alcance del proyecto tanto social como técnico.
Apoyo en la localización de los predios que se verán afectados por la
construcción de la variante.
Levantamiento de información en campo y toma de fotografías de los predios afectados.
Análisis de la documentación de titularidad que se obtenga en campo.
Análisis del Plan de Ordenamiento Territorial POT, para asignar un adecuado
uso a cada uno de los predios afectados.
Realización de la ficha predial y plano cartográfico con las características constructivas encontradas en campo.
Apoyo en la elaboración del Plan de Reasentamiento con los lineamientos en
la resolución 545 de 2008.
b. LIMITACIONES
Carencia de experiencia en acompañamiento social.
Problemas de orden público, por tratarse de una zona roja.
24
7. METODOLOGÍA
La labor a desempeñar como pasante interinstitucional del proyecto curricular de
Ingeniería Catastral y Geodesia, se fundamenta en un apoyo técnico al Equipo
Socio-predial, siguiendo una metodología de trabajo la cual se definió con el fin de
alcanzar los objetivos planteados
7.1. Identificación de etapas y actividades del proyecto
Descripción
a. Las vías objeto de la concesión “Autopista Conexión Norte”, tienen una
longitud total estimado origen destino de 145 kilómetros y su recorrido
discurre íntegramente en el departamento de Antioquia.
b. La Autopista Conexión Norte une los Municipios de Remedios,
Zaragoza y Caucasia; El objetivo de esta concesión es conectar el sur
occidente y centro occidente del país de forma directa con el Puerto
de Cartagena y el norte del país y el Nordeste de Antioquia con la
Concesión de Ruta del Sol a través de Puerto Berrio, proyectando que
se convierta en uno de los corredores viales más importantes del país.
c. Las obras objeto de esta concesión consisten en la Construcción de
una nueva vía en calzada sencilla entre Remedios y Zaragoza, el
mejoramiento de la calzada actual del tramo Zaragoza -Caucasia y la
construcción de una nueva variante en calzada sencilla en Caucasia.
Ilustración 2. Vía Objeto de la Concesión
Fuente: página web Autopistas del Nordestes
25
7.2. Áreas de Influencia del Proyecto
Las vías que hacen parte de la presente concesión, se han sectorizado por
Unidades Funcionales (UF), basadas en los diseños realizados con anterioridad por
parte de Interconexión Eléctrica, S.A. (ISA). Sin embargo, debe resaltarse que el
alcance de las concesiones se ha visto modificado con respecto a los mencionados
diseños. En concreto, la diferencia fundamental reside en que en ellos se contempló
la construcción de doble calzada por fases de tres bloques constructivos de cinco
años a lo largo de todo el recorrido, mientras que la concesión a la que hace
referencia el presente documento comprende únicamente la construcción de una
calzada, quedando fuera del alcance la ejecución de la segunda. No obstante, el
concesionario deberá realizar el diseño de ambas fases de Construcción, y adquirirá
los predios necesarios para la plataforma completa de dos calzadas. Para efectos
de la adquisición de los predios de la primera calzada, el concesionario deberá
adquirir mínimo una franja de treinta (30) metros y respecto a los predios de la
segunda calzada, estos no harán parte del 40% de la longitud efectiva requerida
para el inicio de la etapa de Construcción de la primera unidad funcional, pero el
concesionario los deberá adquirir de acuerdo a lo definido en el contrato.
Siguiendo el criterio descrito anteriormente, cada una de las unidades funcionales
de la concesión cuenta con las siguientes características generales:
Tabla 1. Características de la Vía
UF SECTOR ORIGEN
(NOMBRE,
ABSCISA,
COORDEN
ADAS)
DESTINO (NOMBRE,
ABSCISA,
COORDENADAS)
LONGITUD
APROXIMADA
ORIGEN
DESTINO
INTERVENCION
PREVISTA
OBSERVACION
UF1 REMEDIOS-
ZARAGOZA
REMEDIOS
K0+000
(929.684;
1.269.383)
ZARAGOZA K57+573
(973.737; 1.319.026)
58 CONSTRUCCION
DE CALZADA
NUEVA
SE INCLUYE 1
TUNEL
UF2 ZARAGOZA
-CAUCASIA
ZARAGOZA
K0+000
(913.737;1.3
19.026)
CAUCASIA SUR
K82+226 (CALZADA.
DERECHA)
(876.447;1.373.720)
82 MEJORAMIENTO
DE LA VIA
EXISTENTE
SE INCLUYEN UN
INTERCAMBIADO
R A DISTINTO
NIVEL EN
ZARAGOZA
UF2 CAUCASIA CAUCASIA
SUR
K5+375
(876.447,
1.373.720)
CAUCASIA OESTE
K0+000
(872.749;1.376.642)
5 CONSTRUCCION
DE CALZADA
NUEVA
VARIANTE DE
CAUCASIA PARA
CONEXIÓN CON
EL GRUPO 4
NORTE,
INCLUYENDO
DOS
INTERCAMBIADO
RES A DISTINTO
NIVEL
26
7.3. Identificación de los impactos a compensar
1. Los factores de compensación socioeconómica se aplicarán con base en las
condiciones particulares existentes al momento del levantamiento de la ficha
social correspondiente, tomándose este momento como la fecha de
referencia para el conteo de tiempos establecidos para la aplicación de cada
compensación.
2. Los Factores de Compensación Socioeconómica no serán aplicables a
unidades sociales que en cualquier tiempo hayan sido beneficiarias de los
mismos, salvo cuando las condiciones generadoras de impacto como el
establecimiento de la residencia o el desarrollo de actividades productivas se
hayan efectuado con anterioridad a la ejecución del nuevo proyecto y la
unidad social no hubiere podido prever que se vería afectada nuevamente.
3. Cuando el análisis de la documentación presentada para la aplicación de un
Factor de Compensación Socioeconómica y su comparación con información
y documentación presentada por otras unidades sociales, así como de
aquella que se pudiere recolectar en el trabajo de campo, se establezca la
falsedad en los documentos aportados se dará aviso a las autoridades
administrativas correspondientes y el hecho constituirá perdida de
reconocimiento. Cuando se trate de simples inconsistencias en los datos
aportados, se apremiará al aportante para la corrección que corresponda, so
pena de pérdida del reconocimiento.
4. Los factores de compensación socioeconómica aplicaran solo cuando el
traslado de la unidad social o la suspensión de la actividad productiva de ser
el caso, se efectué de manera voluntaria y su reubicación no se realicen
zonas requeridas para la ejecución del mismo u otro proyecto de
infraestructura de que trata la presente resolución.
7.4. Actividades del proyecto en el Plan de Compensación Social
Identificar los predios en los que procede la aplicación del Plan de
Compensaciones Socioeconómicas.
Identificar los factores de compensación socioeconómica potencialmente
aplicable a cada predio.
Determinar el valor estimado de las compensaciones socioeconómicas.
Elaborar un cronograma para la obtención de acuerdos de compensación
económica.
27
7.5. Cuadro Conceptual de Metodología
A continuación, se muestran las actividades a realizar:
Análisis de vulnerabilidad “Aplicación
de la normatividad vigente resolución
545 de 2008 del INCO actualmente
ANI”
1. ESTRATEGIAS CONTEMPLADAS EN EL PROCESO DE
TRASLADO DE POBLACION POR COMPENSACION
INFORMACION A LA
COMUNIDAD
Alcances de la gestión predial
Soporte Jurídico
Documentación Requerida
Responsable de la Gestión Predial.
Centros de Atención e información
Visitas domiciliarias
Identificación de los predios y unidades
familiares a requerir
Población ubicada en los predios a adquirir
Identificar medios de subsistencia y estratificación de la unidad familiar.
Acceso a servicios básicos
Identificación de la tenencia del predio
Entorno comunitario
Impacto del traslado en la unidad familiar, en sus condiciones económicas y sociales
Determinación de la vulnerabilidad de cada familia
Identificación de expectativas y disposición de traslado de la unidad familiar.
Plan de Compensaciones socioeconómicas de UF2 variante vía Caucasia
Zaragoza
28
8. PLAN DE COMPENSACIONES SOCIALES
Consiste en el catálogo de reconocimientos que se otorga a unidades sociales para
mitigar los impactos socioeconómicos específicos, causados por razón de la
ejecución de un proyecto, de acuerdo con las definiciones establecidas en el artículo
9º de la resolución 545 de 2008, correspondiente a los siguientes factores
Factor de apoyo al restablecimiento de Vivienda
Factor de apoyo a moradores
Factor de apoyo para tramites
Factor de apoyo por Movilización
Factor de apoyo al restablecimiento de servicios sociales básicos
Factor de apoyo al restablecimiento de medios económicos
Factor de apoyo a arrendadores
Artículo 9º Resolución 545 de 2008 DEFINICIONES
Para la aplicación de factores de compensación económica se tendrá en cuenta las
siguientes definiciones:
a) Proyecto: Entiéndase como la obra de infraestructura de transporte,
ejecutada en desarrollo de un contrato suscrito para el efecto con
participación de capital privado, bajo vigilancia y control del Instituto Nacional
de Concesiones.
b) Inmueble o Predio: Entiéndase como la unidad física constituida por terreno
y/o mejoras. Cuando no se detente la propiedad sobre el terreno, entiéndase
la noción de inmuebles limitada a las mejores adheridas a este.
c) Mejora: Constituye uno o más atributos adheridos de manera permanente al
terreno y no susceptibles de remoción, que le agregan valor como producto
de una intervención antrópica, entre las que se encuentran las edificaciones,
entendidas como construcciones cubiertas y adecuadas estructuralmente
para su destinación a vivienda, comercio, institucional o industrial. Una
edificación puede encontrarse adecuada estructuralmente para uno o más
usos contemplados en la presente definición.
El concepto de vivienda se refiere concretamente a la edificación adecuada
estructuralmente para el uso como lugar de habitación. Cuando una parte de
29
la vivienda se encuentre adecuada para el desarrollo de otros usos, se
entenderá que dichas estructuras hacen parte de la misma.
También se consideran mejoras los corrales, estanques, tanques para
almacenamiento de agua, pozos profundo, portales de entrada, vías
privadas, cercas de piedra superpuestas o fijas con concreto, muros de
cerramiento en piedra o ladrillo o malla eslabonada, vallados, sistemas de
riego con especificaciones técnica, pozos sépticos, mejoras piscícolas,
jagüeyes, cocheras o marranera, establos, silos, beneficiaderos, trapiches,
hornos y/o cualquier tipo de obra de infraestructura o construcción
adicionalmente adherida de manera permanente al predio, así como los
cultivos permanentes, semipermanentes, plantaciones y los cultivos
transitorios en el caso que por efectos de la obra no pueden ser cosechados.
El valor de estas mejoras se considera dentro del avaluó comercial de qué
trata el decreto 1420 de 1998, razón por la cual no se tienen en cuenta para
los efectos de la presente resolución.
Para efectos de la presente definición entiéndase como mejoratario a quien
se adquiere, realiza o construye a su costa y riesgo mejoras en terreno ajeno.
El mejoratario puede considerarse a su vez como poseedor, cuando se
atribuya la posesión del terreno sobre el que asientan las mejoras con ánimo
de señor y dueño. No obstante, la calidad de poseedor excluye la posibilidad
de reconocimiento de titularidad en el dominio del terreno.
La condición de mejoratario es demostrable mediante la presentación de
documentos de adquisición de mejoras o, a falta de medio probatorio más
idóneo, mediante la presentación de por lo menos dos (2) declaraciones extra
proceso prestadas por personas domiciliadas en el mismo municipio que de
fe de la condición señaladas.
d) Unidades Sociales: entiéndase por Unidad Social, las personas que
guardan una relación de dependencia legal, física o económica con relación
a un inmueble, las cuales pueden ser o no susceptibles de reconocimientos
de compensaciones socioeconómica, de acuerdo con las condiciones
establecidas en la presente resolución. Los empleados que presten sus
servicios de apoyo a una unidad social de las contempladas en el presente
literal no constituyen una unidad social diferente. Constituye Unidades
Sociales, las siguientes.
e) Unidad Social Residente: la constituye una persona sola, o aquellas unidas
o no por lazos de parentesco, según se determine en la aplicación de la
correspondiente Ficha Social, que habitan una vivienda, entendiendo por
30
Habitación la residencia permanente para la satisfacción de necesidades
básicas como alojamiento y consumo de al menos una de las comidas.
según su condición de tenencia con relación al inmueble una vivienda social
residente puede ser Propietaria, cuando detenta la propiedad del terreno y
de la vivienda que habita; mejorataría, cuando sin detentar la propiedad
sobre el terreno demuestre haber adquirido la propiedad o construido a su
costa y riesgo la vivienda en que habita; o moradora, cuando habite la
vivienda a cualquier título (arrendamiento, comodato, usufructo, entre
otros)sin ser propietaria o mejorataria titular de la misma.
f) Unidad Social Productiva: corresponde a la persona natural o jurídica que
desarrolla de manera permanente Actividades Productivas, entendidas
como aquellas relacionadas con la producción y/o comercialización de bienes
y servicios generadores de ingresos, dentro de un inmueble especifico,
contando con una infraestructura mínima para su funcionamiento, como
equipos o estanterías.
g) Otras Unidades Sociales: asimismo constituyen unidades sociales para
efectos de la presente Resolución los propietarios, especialmente aquellos
de áreas a adquirir cuyo valor sea inferior a tres (3) salarios mínimos
mensuales legales vigentes, así como los propietarios y mejoratarios que,
siendo o no residentes, obtienen ingresos provenientes del arrendamiento de
una parte o la totalidad del inmueble para habitación o desarrollo de
actividades productivas.
h) Traslado: entiéndase como el desplazamiento efectivo de la unidad social
que ve obligada a reubicarse por causa de la ejecución del proyecto, ante la
imposibilidad de permanecer en el inmueble donde se habita o desarrolla
actividad productiva de manera permanente.
i) Impacto Socioeconómico: corresponde a la alteración en las condiciones
de vida de las unidades sociales que detenten derechos reales, residen o
desarrollan sus actividades productivas en un inmueble, por causa de la
ejecución del proyecto.
un impacto socioeconómico genera Vulnerabilidad Susceptible de
aplicación de factores sociales cuando implica una disminución en la
capacidad de la unidad social para enfrentar, asimilar o manejar la alteración
de las condiciones de vida relacionadas con aspectos tales como la perdida
de la vivienda, afectación de los servicios sociales básicos, la suspensión de
las actividades productivas, entre otras, de acuerdo con el análisis de
31
variables como arraigo, capacidad de gestión, capacidad de adaptación,
afectación total o parcial de los ingresos, etc.
j) Factores de Compensación Socioeconómica: también denominados
Factores Sociales corresponden a los Reconocimientos Socioeconómicos
con destinación específica, que se otorgan a unidades sociales para mitigar
los impactos socioeconómicos, cuando se cumplan las condiciones y
requisitos establecidos en la presente resolución.
k) Ficha Social: es el documento levantado por el profesional social con el cual
se da inicio al estudio para la aplicación de Factores de Compensación
Socioeconómica a unidades sociales, el cual contiene la caracterización
general de cada inmueble, así como las unidades sociales relacionadas con
este.
l) Diagnostico Socioeconómico: es el documento complementario de la
Ficha Social elaborado por el profesional social, en el cual se efectúa el
análisis particular por cada unidad social relacionada en la ficha social, se
recomienda o no el otorgamiento de los factores de compensación
socioeconómica y se proyecta la propuesta de aplicación, sujeta al
cumplimiento de las condiciones generales y particulares establecidas para
cada caso.
m) Acuerdo de Reconocimiento de Compensaciones Socioeconómicas: es
el documento que se suscribe entre el ejecutor del proyecto y el responsable
de la unidad social beneficiaria, con base en las recomendación establecida
en el Diagnostico Socioeconómico y una vez allegada la totalidad de los
requisitos documentales exigidos, en el que se define el valor integral a
reconocer y las partes acuerdan la forma de pago, sujeta al compromiso de
destinar los recursos al cumplimiento de los fines específicos para los cuales
son reconocidos.
8.1. Metodología de Levantamiento de Información:
El equipo de gestión socio predial realizo la identificación de las unidades
sociales existentes en el área requerida de cada uno de los predios que se
encuentran dentro del plan de adquisición, y que probablemente serán
trasladadas por la ejecución del proyecto.
Durante la visita de reconocimiento se indago a las personas que se encontraban
en los predios, sobre la titularidad y las condiciones socioeconómicas de los
mismos, identificando las unidades sociales existentes y determinando los
posibles factores de compensación socioeconómica que implica a cada unidad
social.
32
8.2. Estimación de las Compensaciones Socioeconómicas
Para la estimación de las compensaciones socioeconómicas se realizó la
identificación de todas las unidades sociales existentes en el corredor vial,
identificando su relación con el predio, el tipo de unidad social, su condición
socioeconómica.
Los valores estimados son producto del análisis efectuado a cada unidad social y el
cumplimiento de las condiciones generales establecidas en la resolución 545 de
2008 del INCO. Para la determinación del factor de apoyo de restablecimiento de
vivienda se tuvo en cuenta el valor estimado en cada municipio para VISP y un valor
estimado para la construcción constitutiva de vivienda.
Es preciso señalar que, para la estimación del factor de apoyo de restablecimiento
de vivienda, se tomó un valor general para todos los mejoratarios y otro para
propietarios, teniendo en cuenta que a la fecha no se cuenta con el avaluó comercial
de los inmuebles este valor fue determinado teniendo en cuenta el tipo de materiales
que predominan en la construcción de las viviendas de la región.
La relación con el inmueble se determinó teniendo en cuenta la información
suministrada por las personas que atendieron la visita y la información catastral
existente sobre los predios requeridos.
33
8.3. Unidad Funcional UF2- Zaragoza-Caucasia
La unidad funcional 2 corresponde al tramo entre Zaragoza –Caucasia incluida la
variante de Caucasia la cual requiere una adquisición total de 439 predios en los
dos costados de la vía.
Esta unidad funcional dividida en dos subsectores, el primero corresponde el tramo
entre Zaragoza-Caucasia, el cual tiene un requerimiento total de 388 predios y el
segundo corresponde a la variante de Caucasia que tiene un requerimiento de 51
predios.
De los 439 predios requeridos en esta unidad funcional, se identificó que en 104
predios existen unidades sociales y los 335 predios restantes son predios que no
cuentan con unidades sociales.
Para la ejecución del proyecto Concesión Autopista Conexión Norte, se requiere
adelantar la adquisición de un total de 638 predios, en los cuales se identificó un
34
total de 152 predios que cuentan con una unidad social y los 486 restantes no se
evidencia la existencia de unidades sociales.
Tabla 2. Predios Requeridos en la Unidad Funcional Total
ITEM TOTAL
Predios con unidades sociales 152
Predios sin unidades sociales 486
Total, predios requeridos 638
8.4. FACTORES DE COMPENSACION ECONOMICA APLICABLES
La aplicación de factores de compensación socioeconómica se encuentra sujeta al
cumplimiento de las condiciones generales establecidas en la resolución 545 del
2008.
No obstante, cuando se adelante adquisición de predios mediante el procedimiento
de expropiación administrativa establecido en el capítulo VIII de la ley 388 de 1997,
sin que se llegue a un acuerdo para el traslado voluntario de la unidad social o la
suspensión de la actividad productiva de ser el caso, las compensaciones
socioeconómicas podrán aplicarse siempre que se cumplan las demás condiciones
generales y particulares establecidas en la presente resolución, en cumplimiento de
lo establecido por la sentencia C-1074 de 2007, emitidas por la honorable corte
constitucional.
Los factores de compensación según la resolución 545 de 2008 son:
8.4.1. Factor al Apoyo al Restablecimiento
Se reconocerá a Unidades Sociales Residentes propietarias o mejoratarias, que
deban trasladarse y adelanten el proceso de enajenación voluntaria asegurando la
entrega libre de ocupantes y moradores, siempre que se cumplan las siguientes
condiciones:
1. Que, en el caso de propietarios, se establezca la plena titularidad del derecho
del dominio en el estudio de títulos elaborado para dar inicio al procedimiento
de adquisición del inmueble.
Que en caso de mejoratarios, demuestren haber construido o adquirido a su
costa y riesgo la vivienda como único bien de habitación que posean, que
35
dicha situación no se encuentre debatida por personas que aleguen derechos
reales con base en documentos legales, y que hayan residido en ella por un
periodo mayor a dos (2) años, mediante la presentación de documentos de
adquisición de mejoras o, a falta de medio probatorio más idóneo, mediante
la presentación de por lo menos dos (2) declaraciones extra proceso
prestadas por personas domiciliadas en el mismo municipio que den fe de
las condiciones señaladas.
2. Que el avaluó comercial elaborado para adelantar para adelantar el proceso
de adquisición predial establezca por la totalidad del terreno requerido más
la edificación constitutiva de vivienda, un valor inferior al de la vivienda de
interés social prioritario (VISP) estimado para el respectivo municipio. En el
caso de mejoratarios, no se tendrá en cuenta el valor de terreno, sobre el que
no detentan derecho de dominio.
i. Que demuestren no detentar propiedad sobre inmueble distinto
al requerido para la ejecución del proyecto, o que, en caso de
si contar con un inmueble distinto, la condición patrimonial del
beneficiario y el valor reconocido dentro del proceso de
adquisición predial no permitan hacer reposición, situaciones
de las cuales dará fe mediante la presentación de declaración
extra proceso.
ii. Que del análisis de la documentación presentada, así como de
aquella obrante en el expediente de adquisición predial, y sin
perjuicio del análisis de información o documentación adicional
que se pudiere recolectar en el trabajo de campo, el
Diagnostico Socioeconómico determine que el traslado por si
solo implica la imposibilidad de reubicarse en la condiciones
mínimas exigidas constitucionalmente generando una
condición de vulnerabilidad sobreviniente, y en consecuencia
recomienda la aplicación del factor con el fin de asegurar el
restablecimiento de una vivienda digna.
Aplicación del factor. El Factor de Apoyo al Restablecimiento de Vivienda
corresponde al monto resultante de descontar el valor de la VISP el valor reconocido
dentro del proceso de enajenación voluntaria por los siguientes conceptos: A
propietarios Residentes por la totalidad del terreno requerido más la edificación
constitutiva de vivienda y a mejoratarios.
Residentes, por la edificación constitutiva de vivienda sin tener en cuenta el valor
de terreno, sobre el que no detentan propiedad.
36
El valor de la Vivienda de Interés Social Prioritario (VISP) se determinara por zonas
geoeconómicas homogéneas, con base en la certificación que para el efecto
establezca la oficina de planeación municipal correspondiente y/o en al menos tres
(3) estudios contratados con tres (3) diferentes lonjas domiciliadas en el área de
influencia del proyecto o a falta de estas, en el área más cercana en caso de existir
la cuales calcularan los costos de la VISP para la respectiva zona, cuyo resultado
se registrara en forma de certificado discriminando el valor del terreno y el valor de
la construcción, anexando la memoria técnica del proceso realizando, en cuyo caso
se preferirá el menor valor estimado, que no podrá exceder lo contemplado en el
Plan Nacional de Desarrollo para este tipo de vivienda.
Como mecanismo para asegurar que el beneficiario destine los recursos al fin de
restablecimiento de una vivienda digna, en el documento de promesa de
compraventa que se suscriba dentro del procedimiento de enajenación voluntaria,
se incluirá la obligación del prometiente vendedor de destinar dichos recursos como
parte de pago inicial para la adquisición de vivienda propia.
Asimismo, en el acuerdo de reconocimiento de Compensaciones Socioeconómicas
se establecerá como condición, que el reconocimiento se efectuara solo cuando
realizado un pago inicial dentro del proceso de adquisición predial el beneficiario
demuestre haber suscrito promesa de compraventa para la adquisición de vivienda
de reposición, y se comprometa a dar pleno cumplimiento a dicho compromiso con
los recursos que se le entreguen para el efecto mediante el posterior aporte de la
Escritura Pública correspondiente y el folio de matrícula inmobiliaria a su favor, para
lo cual se incluirá como condición resolutoria la obligación de culminar el proceso
de adquisición de la vivienda, se efectuara el acompañamiento de gestión
inmobiliaria y se harán verificaciones documentales y físicas a que haya lugar,
hasta asegurar la reubicación efectiva en vivienda propia, de lo cual se llevara el
correspondiente registro.
Cuando del análisis de la documentación presentada y de aquella que se pudiere
recolectar en el trabajo de campo se establezca la falsedad o inconsistencia en los
datos aportados, se perderá el reconocimiento, dando lugar a las acciones legales
que correspondan.
8.4.2. Factor de Apoyo a Moradores
Se reconocerá a Unidades Sociales Residentes, moradoras que deban trasladarse,
siempre que se cumplan las siguientes condiciones:
Que demuestren haber residido en la vivienda por un término superior a un
(1) año, mediante la presentación de contrato de arrendamiento de vivienda,
uso, habitación o cualquier documento equivalente que dé cuenta de las
37
condiciones de habitación consentida, o en su defecto, mediante la
presentación de la declaración extra proceso prestada por el propietario o
mejoratarios titular de la vivienda que de fe de la habitación consentida por
el termino mencionado.
Que demuestren la imposibilidad de restablecer las condiciones iniciales de
habitación, mediante la presentación de una declaración extra proceso en la
que manifieste no tener la posibilidad de reubicarse nuevamente en
condiciones similares a aquellas con las que contaba antes del traslado y no
gozar de ingresos o medios de subsistencia para pagar arriendo en
condiciones del mercado inmobiliario de la zona, así como su compromiso
de destinar el reconocimiento económico al pago de arrendamiento de
vivienda que le permita la satisfacción de sus necesidades básicas para el
restablecimiento de las condiciones iniciales de habitación.
Que, a partir de la documentación presentada, y sin perjuicio del análisis de
información o documentación adicional que se pudiere recolectar en el
trabajo de campo, el diagnostico socioeconómico determine la condición de
vulnerabilidad y recomiende el reconocimiento como apoyo para restablecer
las condiciones iniciales de habitación.
Aplicación del factor: El Factor de Apoyo a Moradores se reconocerá a razón de
un (1) reconocimiento por cada Unidad Social Moradora y corresponderá al pago de
tres (3) salarios mínimos legales mensuales se trate de unidades sociales
constituidas por una persona y seis (6) salarios mínimos mensuales cuando se trate
de unidades sociales conformadas por dos o más personas.
8.4.3. Factor de Apoyo por Movilización
Se reconocerá a las unidades sociales residentes y unidades sociales productivas
que deban trasladarse, siempre que se cumplan las siguientes condiciones:
Que demuestren haber habitado en la vivienda, o desarrollado sus
actividades productivas en el inmueble, según el caso, por un término
superior a seis (6) meses, mediante la presentación de contrato de
arrendamiento de vivienda o local comercial, uso, habitación o cualquier
documento equivalente, o en su defecto, mediante certificación de la Alcaldía
Municipal, o de la personería municipal, o de la presidente de la Junta de
Acción Comunal, o a falta de medio probatorio más idóneo, mediante la
presentación de por lo menos dos Declaración extra proceso prestadas por
personas domiciliadas en el mismo municipio que den fe del tiempo de
permanencia.
38
Que demuestren, por lo menos mediante declaración extra proceso, que los
ingresos sumados de los integrantes de la unidad social no exceden tres (3)
salarios mínimos mensuales legales.
Que previa verificación de la documentación presentada, y sin perjuicio del
análisis de información o documentación adicional que se pudiere recolectar
en el trabajo de campo, el diagnostico socioeconómico recomiende el
reconocimiento como apoyo para sufragar los gastos de mudanza.
Aplicación de Factor: Como factor de Apoyo por Movilización se reconocerá el
valor equivalente a un (1) salario mínimo mensual legal vigente.
Cuando una misma unidad social que deba trasladarse resida en la vivienda y
desarrolle a su vez actividades productivas en el inmueble, se efectuará solo un
reconocimiento de apoyo por movilización.
8.4.4. Factor de Apoyo al Restablecimiento de Servicios Sociales Básicos
Se reconocerá a Unidades Sociales Residentes que deban trasladarse fuera de la
localidad, vereda o municipio en que habitan y a consecuencia de ello pierdan la
prestación de cualquiera de los siguientes servicios sociales de que gozan, teniendo
que incurrir en gastos adicionales para restablecerlos.
Acceso a servicio de guardería infantil (menores). Acceso a servicio de restaurante
escolar (menores) acceso a servicios de transporte escolar (menores) acceso a
educación básica primaria y secundaria. Acceso a servicio de rehabilitación. Acceso
a servicios de apoyo geriátrico.
El factor de apoyo al restablecimiento de servicios sociales básicos, se reconocerá
a las unidades sociales residentes que cumplan las siguientes condiciones.
Que demuestren haber habitado en la vivienda por un término superior a un
(1) año, mediante la presentación de contrato de compraventa,
arrendamiento de vivienda, uso, habitación o cualquier documento
equivalente, o en su defecto, mediante certificación de la Alcaldía Municipal,
o de la Personería Municipal, o del Presidente de la Junta de Acción
Comunal, o a falta de medio probatorio más idóneo, mediante la presentación
de por lo menos dos (2) declaraciones extra proceso prestadas por personas
domiciliadas en el mismo municipio que den fe del tiempo de permanencia.
Que demuestren, por lo menos mediante declaración extra proceso, que los
ingresos sumados de los integrantes de la unidad social no exceden seis (6)
salarios mínimos mensuales legales.
39
Que el servicio haya sido prestado por una institución legalmente reconocida,
la cual certifique en forma escrita haber prestado servicios en sus
instalaciones al beneficiario, especificando el término de prestación y el valor
mensual de los servicios prestados.
Que previa verificación de la documentación presentada, y sin perjuicio del
análisis de información o documentación adicional que se pudiere recolectar
en el trabajo de campo, el diagnostico socioeconómico recomiende el
reconocimiento como apoyo al restablecimiento de servicios sociales
básicos.
Aplicación del Factor. Como Factor de Apoyo al Restablecimiento de Servicios
Sociales Básicos s e reconocerá el valor equivalente a la totalidad de los costos
sufragados por la prestación de los servicios desde un término no superior a 12
meses y sin excederse un (1) salario mínimo mensual legal vigente por la totalidad
de cada servicio debidamente certificado y dejado de percibir. En todo caso los
servicios se contarán por unidad social beneficiaria y no por persona, de manera
que el máximo de servicios posibles a reconocer corresponde a seis (6), sin exceder
el monto de ingresos mensuales demostrados.
8.4.5. Factor de Apoyo para Restablecimiento de Medios Económicos.
Se reconocerá como apoyo a las Unidades Sociales Productivas que deban
suspender sus actividades de manera temporal o definitiva, generando con ello una
disminución de ingresos, siempre que se cumplan las siguientes condiciones:
Que presenten los siguientes documentos para determinar la condición de
formalidad de la actividad productiva y la correspondiente determinación de
la utilidad mensual neta.
Certificado de Cámara de Comercio
Registro Único Tributario
Registro de Inscripción de Industria y Comercio
Copia de las Declaraciones Tributarias (Renta, IVA, ICA) de los
periodos necesarios para la determinación del promedio de la utilidad
mensual neta.
Licencia de funcionamiento registrada ante la alcaldía, cuando
aplique. Balance y Estado de resultados, en caso de contar con este.
Que demuestren el tiempo de desarrollo de la actividad productiva mediante
la presentación de la Licencia de Funcionamiento, cuando aplique, o en su
defecto , mediante la presentación del título de propiedad sobre el in mueble,
contrato de arrendamiento de local comercial o cualquier documento
equivalente, o certificación de la Alcaldía Municipal, o de la personería
municipal, o del Presidente de la Junta de Acción Comunal, o a falta de medio
40
probatorio más idóneo, mediante la presentación de por los menos dos (2)
declaraciones extra proceso prestadas por personas domiciliadas en el
mismo municipio con quienes hayan sostenido relaciones comerciales y que
den fe del tiempo de desarrollo de la actividad productiva en el inmueble.
Que, a partir del análisis de la Ficha Predial, de la Ficha Social y de la
documentación de soporte, el diagnostico Socioeconómico establezca el
impacto generado por la suspensión definitiva de actividades productivas
ante la imposibilidad de resumirlas en el mismo inmueble o por la suspensión
temporal cuando puedan ser reasumidas posteriormente en el mismo
inmueble, y en consecuencia recomiende el reconocimiento como apoyo
para el restablecimiento de la obtención de ingresos.
Aplicación del Factor Como factor de apoyo para restablecimiento de medios
económicos se reconocerá hasta seis (6) veces el promedio de la utilidad mensual
neta en caso de suspensión definitiva, y hasta tres (3) veces el promedio de la
utilidad neta en caso de suspensión temporal de la actividad productiva.
Cuando la unidad social haya ejercido la actividad productiva durante un término
inferior a seis (6) meses, en el caso de suspensión definitiva, o de tres (3) meses en
el caso de suspensión temporal, el reconocimiento no podrá exceder el valor
equivalente a la suma del ingreso neto obtenido durante el periodo demostrado.
La determinación del promedio de utilidad mensual neta, será efectuada por un
contador público con tarjeta profesional vigente que preste su apoyo al equipo social
del ejecutor del proyecto, a partir del análisis de las declaraciones tributarias (Renta,
IVA, ICA)a que haya lugar, en estricto cumplimiento de las disposiciones legales
que regulen la materia, y corresponde al promedio de las utilidades mensuales netas
registradas durante el tiempo de ejercicio de la actividad, hasta un periodo máximo
de doce (12) meses; la base se limitara a veinte (20) salarios mínimos mensuales
vigentes cuando dicho promedio supere este valor.
Cuando se trate de una sucursal u otra modalidad equivalente de ejercicio de
actividad productiva en el inmueble, tanto los requisitos como la determinación de
la utilidad mensual neta y la aplicación del Factor Social se referirán a las
actividades desarrolladas solamente en el inmueble.
El reconocimiento contemplado en el presente artículo no aplicara cuando,
tratándose de un inmueble requerido para la ejecución del proyecto, el avaluó
elaborado para el proceso de adquisición predial contemple reconocimiento por
concepto de disminución de ingresos a causa de la suspensión temporal o definitiva
de la actividad productiva, o cuando la actividad se derive de cultivos cuyo valor se
considera dentro del avaluó comercial de qué trata el decreto 1420 de 1998.
41
Tampoco aplicara cuando la actividad consista en la sola comercialización de
productos a domicilio, o cuando el traslado no sea impedimento para continuar su
ejecución.
El factor de Restablecimiento de medios económicos se hará extensivo a unidades
sociales productiva que hayan desarrollado durante un periodo mínimo de seis (6)
meses actividades productivas informales, entendidas como aquellas que no
cuenten con un registro formal ante una Cámara de Comercio, sus ingresos no
estén claramente definidos y/o no lleven contabilidad.
Aplicación extensiva del Factor. En el caso de Actividades Productivas
informales, se reconocerá a la Unidad Social un apoyo consistente en seis (6)
salarios mínimos legales vigentes en caso de suspensión definitiva, y tres (3)
salarios mínimos legales vigentes en caso de suspensión temporal de la actividad
productiva informal siempre que se cumplan las condiciones establecidas.
8.4.6. Factor de Apoyo a Arrendadores
Se reconocerá a propietarios y mejoratarios de inmuebles requeridos para la
ejecución del proyecto, que obtengan ingresos provenientes del arrendamiento de
una parte o la totalidad del inmueble para habitación o desarrollo de actividades
productivas, siempre que se cumplan las siguientes condiciones:
Que se trate de un contrato de arrendamiento escrito, que haya sido suscrito
con antelación no menos a seis (6) meses.
Que la adquisición del área requerida para la ejecución del proyecto impida
continuar de manera definitiva la ejecución del contrato de arrendamiento.
Que adelanten el proceso de enajenación voluntaria asegurando la entrega
libre de arrendatarios, ocupantes y moradores.
Que previa verificación de la documentación presentada, y sin perjuicio del
análisis de información o documentación adicional que se pudiere recolectar
en el trabajo de campo, el diagnostico socioeconómico recomiende el
reconocimiento como apoyo al arrendador para compensar la renta dejada
de percibir.
Aplicación del Factor. El reconocimiento será equivalente al valor establecido en
la cláusula de indemnización por terminación anticipada o a la suma de los cánones
42
pendientes para la terminación del contrato cuando su monto total resulte inferior al
establecido en dicha cláusula, sin recuperar en todo caso en tres (3) veces el canon
de arrendamiento mensual pactado.
Cuando el contrato de arrendamiento no contenga cláusula de indemnización por
terminación anticipada del contrat5o, el reconocimiento será equivalente a tres (3)
veces el canon de arrendamiento mensual pactado, o a la suma de los cánones
pendientes para la terminación del contrato cuando su monto total resulte inferior a
aquel
43
9. RESULTADOS
A continuación, se muestra los resultados del trabajo realizado por más de tres
meses en el Municipio de Caucasia, para la realización del plan de compensaciones
socioeconómicas correspondientes al tramo de la Variante, cabe aclarar que se
tomó como zona de estudio la Variante ya que es el primer tramo que se va a
intervenir para la construcción de la vía.
9.1. ESTIMADO DEL PLAN DE COMPENSACION SOCIOECONOMICO DE LA
UNIDAD FUNCIONAL 2 –VARIANTE
Para la ejecución del plan de compensaciones de la variante se identificaron
catastral y cartográficamente un total de 51 predios los cuales solo 34 cuenta con
cedula catastral y folio de matrícula es decir que están legalmente constituidos, de
esos 51 predios identificados en terreno pero algunos sin documentos se tiene que
43 no tiene compensaciones socioeconómicas ya que en la franja de afectación y
compra del proyecto de la variante no cuenta con ningún tipo de unidad social para
aplicar a las compensaciones socioeconómicas y el único dinero que se recibiría
para estos 43 es el avaluó comercial que se realiza una vez se haya elaborado la
visita de equipo predial y la elaboración de la ficha predial con su respectivo plano
con franja de afectación y registro fotográfico.
Ilustración 3. Total, de Predios Identificados en la Variante
33%
17%
42%
8%
Total de Predios de la Variante
Con Documentos
Sin Documentos
Sin Compensaciones
Con Compensaciones
44
De los 8 predios restantes que cuentan con uno o más tipo de unidades sociales,
se encontró que en un predio resultan 10 mejoratarios y que cada uno cuenta con
una compensación social, esto quiere decir que en la franja de afectación y compra
de proyecto para la construcción de la variante de Caucasia, se encontraron que de
los 8 predios, 3 cuentan con mejoras en sus terrenos para adicionar a la cantidad
que de esos tres surgen 19 mejoras en terreno, como ya se digo anteriormente solo
se le pagaran las compensaciones sociales que sean necesarias si cumplen con los
requisitos para poder acceder a ellas.
Ya con esto tendríamos un total de 24 predios entre mejoras y predios que cuentan
con uno o más compensaciones económicas.
Para cuestiones de identificación se dio una numeración interna y una externa para
cuestiones de interventoría y un mejor identificador al momento de que se hizo la
visita, para el tramo de la variante se número de la siguiente forma:
VCC- variante Caucasia-Caucasia, ya que este tramo lo que busca es conectar la
vía con la concesión encargada del tramo Caucasia- Barranquilla, adicional a eso
se busca que los carros que vienen de esta vía no ingresen al pueblo como tal y
acorten la distancia del tramo ya que al ingresar al pueblo se tiene que disminuir la
velocidad.
001 hasta 0034- es la numeración que se utilizó en la variante esta es la cantidad
de predios que cuenta con matricula inmobiliaria y folio de matricula
00-01- Este se utilizó para cuando de un mismo predio encontrábamos un
englobe des englobe de un predio pero que aún no se ha realizado en el
catastro correspondiente uno o más mejoratarios.
Es decir que el código que manejamos para la identificación de los predios queda
de la siguiente forma
VCC-0001-00 para la identificación del predio cuando cuenta con folio de matricula
VCC-0001-01 Para cuando en terreno se encuentren cosas como englobes o
desenglobes
Cuando se inició la identificación de los predios se contaba solo con la numeración
VCC-0001-00, está teniendo en cuenta los registros 1 y 2 que fueron solicitados a
catastro Antioquia, ya con la visita a campo se pudo determinar la numeración VCC-
0001-01, con esta información encontrada en campo se sacó la cantidad de predios
que se van a ver afectados sus propietarios y mejoratarios y se llevó a cabo el plan
de compensaciones de la variante junto al equipo social
45
Tabla 3. Predios Requeridos en el Tramo Variante
ITEM TOTAL
Predios Con Unidades Sociales 8
Predios Sin Unidades Sociales 43
Total, Predios Requeridos 51
En el siguiente cuadro se relacionan la cantidad de unidades sociales identificadas
y el tipo de cada una:
Tabla 4. Cantidad de Unidades Sociales Identificadas y el tipo de cada uno para el Tramo de la Variante
ÍITEM TOTAL
Unidades Sociales Residentes 20
Unidades Sociales Productivas 5
Otras Unidades Sociales 0
Total, Unidades Sociales 25
46
Ilustración 4. Tipo de Unidades Sociales
En el siguiente cuadro se relacionan el valor estimado de las compensaciones
socioeconómicas para la ejecución del proyecto en la variante:
unidades sociales
productivas 20%
unidades sociales
residentes 80%
TIPO DE UNIDADES SOCIALES
47
Tabla 5. Valores proyectados para las Compensaciones Socioeconómicas correspondientes al Tramo Variante
FACTOR SOCIOECONOMICO VALOR PROYECTADO
Factor de Apoyo al Restablecimiento de
Vivienda
$ 1.120.896.000,00
Factor de Apoyo a Moradores -
Factor de Apoyo por Movilización $ 5.515.632,00
Factor de Apoyo a Trámites $ 1.378.908,00
Factor de Apoyo Para el Restablecimiento
de Medios Económicos
$ 107.598.300,00
Factor de Apoyo al Restablecimiento de
Servicios Sociales Básicos
-
Factor de Apoyo a Arrendadores -
Total, Compensaciones Económicas $ 1.235.388.840
El valor estimado para las compensaciones socioeconómicas es de MIL MILLONES
DOSCIENTOS TREINTA Y CINCO MILLONES TRESCIENTOS OCHENTA Y
OCHO MIL OCHOCIENTOS CUARENTA PESOS MONEDA CORRIENTE
($1.235.388.840 M/CTE.)
48
Ilustración 5. Factores de Compensación
Como se puede observar en la gráfica el factor que más se aplicará en el tramo de
la variante será el factor de apoyo al restablecimiento de vivienda, seguido de factor
de apoyo para el restablecimiento de medios económicos.
Es preciso señalar que las proyecciones de las compensaciones socioeconómicas
se realizaron con el salario mínimo del año 2016, razón por la cual el valor puede
cambiar, por cuanto el pago de los factores sociales se liquida con el valor del salario
mínimo vigente en el momento de la firma del acuerdo de reconocimiento.
A continuación, se muestra la matriz de proyección del Plan de Compensaciones
Socioeconómicas donde se discrimina predio a predio las unidades sociales
identificadas y el valor estimado de los Factores de Compensación Socioeconómica
aplicables a cada unidad social.
$0 $400.000.000 $800.000.000 $1.200.000.000
FACTOR APOYO AL RESTABLECIMIENTO DE VIVIENDA
FACTOR DE APOYO POR MOVILIZACION
FACTOR DE APOYO A TRAMITES
FACTOR DE APOYO PARA EL RESTABLECIMIENTO DE MEDIOS ECONOMICOS
FACTORES DE COMPENSACION
49
SI NO USR USP OUS
1 VCC-0001-00 51540101010100000000000000000CR 20 N 3A-26 COLISEO BENITO A.
GONZALEZDE CAUCASIA MUNICIPIO X 0 0 0 N/A N/A N/A
2 VCC-0002-00 51540101010900000000000000000 CR 20 N 4-76 L101 S. A. DAES X 0 0 0 N/A N/A N/A
3 VCC-0003-00 51540101010900000000000000000 CR 20 N 4-26 LT DE CAUCASIA MUNICIPIO X 0 0 0 N/A N/A N/A
4 VCC-0004-00 51540101010500100000000000000 CR 20 N 04-29DARIO ANTONIO ROLDAN
BUILESX 1 0 0
DARIO ANTONIO
ROLDANPROPIETARIO 8.000.000,00$
0 1 0CERVEZAS DE
CAUCASIA LTDAPROPIETARIO N/A
0 1 0CERVEZAS DE
CAUCASIA LTDAPROPIETARIO N/A
6 VCC-0006-00 51540101010500100000000000000 CL 4 N 20-162 LTJUAN WALBERTO ABAD
CURISX 0 0 0 N/A N/A N/A
7 VCC-0007-00 51540101010500000000000000000 CL 4 PROY. TRONCAL PAZ DE CAUCASIA MUNICIPIO X 0 0 0 N/A N/A N/A
0 1 0 SIN DATO MEJORATARIO N/A
0 1 0 SIN DATO MEJORATARIO N/A
9 VCC-0009-00 51540101010500000000000000000 CL 4 20-97 LTNUBIA LUCIA SERNA DE
MELO Y OTROSX 0 1 0 NUBIA SERNA PROPIETARIO N/A
10 VCC-0010-00 51540101010500000000000000000 CL 4 N 20-163 LTDE CAUCASIA S. A.
TERMINAL DE TRANSX 1 0 0
DE CAUCASIA S. A.
TERMINAL DE TRANSPROPIETARIO 8.000.000,00$
11 VCC-0011-00 51540101010500100000000000000 CL 4 N 20-252 LTMARTHA CECILIA MELO
SERNA Y OTROSX 0 0 0 N/A N/A N/A
12 VCC-0012-00 51540101010500000000000000000 CL 4 N 20-253 LTCARLOS FERNANDO MELO
SERNA Y OTROSX 0 0 0 N/A N/A N/A
13 VCC-0013-00 51540101010500000000000000000 TV 25 X CR 20 ADRIANA VELASQUEZ PAEZ X 0 0 0 N/A N/A N/A
14 VCC-0013-01 51540001010600000000000000000 CL 4C N 24A-09 LT DAGOBERTO LOPEZ LAZA X 0 0 0 N/A N/A N/A
15 VCC-0013-02 51540001010600000000000000000 CL 4B N 27-03 LTMARTIN JOSE ARRIETA
FIGUEROAX 0 0 0 N/A N/A N/A
16 VCC-0013-03 51540001010600000000000000000 CL 5 N 28A-11YARITAMILENA DORIA
SAENZX 0 0 0 N/A N/A N/A
17 VCC-0014-00 51540101010600000000000000000 CL 4A N 3-15 LTANDREA VELASQUEZ
ALVAREZX 0 0 0 N/A N/A N/A
1 0 0MARIA LUISA
MENDOZAMEJORATARIO 5.000.000,00$
1 0 0 ANA ISABEL PEREZ MEJORATARIO 5.000.000,00$
1 0 0 ENEIDA CERVANTEZ MEJORATARIO 5.000.000,00$
1 0 0 MARUCILA GUTIERREZ MEJORATARIO 5.000.000,00$
1 0 0DAYANIS ISABEL
HERNANDEZMEJORATARIO 5.000.000,00$
1 0 0 ALVARO HERNANDEZ MEJORATARIO 5.000.000,00$
1 0 0 MARCOS TERAN MEJORATARIO 5.000.000,00$
19 VCC-0016-00 51540101010600000000000000000CR 31 N 3B-04 LT URB
HORIZONTES
ESTEBAN VELASQUEZ
ALVAREZX 0 0 0 N/A N/A N/A
20 VCC-0017-00 51540101010600000000000000000CR 31 N 3B-10 LT URB
HORIZONTES
MARIA CRISTINA
VELASQUEZ ECHEVERRIX 0 0 0 N/A N/A N/A
21 VCC-0018-00 51540101010600000000000000000CR 31 N 3B-16 LT URB
HORIZONTES
ANDREA VELASQUEZ
ALVAREZX 0 0 0 N/A N/A N/A
RESPONSABLE DE LA
UNIDAD SOCIAL
RELACIÓN CON
EL PREDIO
TIPO DE UNIDAD SOCIAL
CERVEZAS DE CAUCASIA
LTDA
NOMBRE PROPIETARIO
¿TIENE
UNIDADES
SOCIALES?
18 VCC-0015-00 DE CAUCASIA MUNICIPIO X51540101010600000000000000000 CL 3B N 31A-21 LT
N°
5
8 VCC-0008-00 51540101010500000000000000000 CR 20 N 3A-55DISTRIBUCIONES LTDA.
VEHIMOTOSX
XVCC-0005-00 51540101010500100000000000000 CL 04 N 20-44 VIHICAUCASIA LTDA
CÓDIGO SIG. CEDULA CATASTRAL NOMBRE PREDIO VALOR ESTIMADO DE
LA VIVIENDA
50
SI NO USR USP OUS
RESPONSABLE DE LA
UNIDAD SOCIAL
RELACIÓN CON
EL PREDIO
TIPO DE UNIDAD SOCIALNOMBRE PROPIETARIO
¿TIENE
UNIDADES
SOCIALES?N° CÓDIGO SIG. CEDULA CATASTRAL NOMBRE PREDIO
VALOR ESTIMADO DE
LA VIVIENDA
22 VCC-0018-01 51540001010600000000000000000CR 31 N 3B-22 LT URB
HORIZONTES
LUIS FERNANDO VELASQUEZ
ECHEVERRIX 0 0 0 N/A N/A N/A
23 VCC-0018-02 51540001010600000000000000000 CR 31 N 3B-28 URB HORIZONTESALBA LUCIA VELASQUEZ
ECHEVERRIX 0 0 0 N/A N/A N/A
24 VCC-0018-03 51540001010600000000000000000CR 31 N 3B-34 LT URB
HORIZONTES
LUZ EUGENIA VELASQUEZ
ECHEVERRIX 0 0 0 N/A N/A N/A
25 VCC-0018-04 51540001010600000000000000000 CR 31 # 3B-40AGROPPECUARIA VELAR S.A
Y OTROSX 0 0 0 N/A N/A N/A
1 0 0 SOBEIDA DURÁN MEJORATARIO 5.000.000,00$
1 0 0LUZ MARINA
MARQUEZMEJORATARIO 5.000.000,00$
1 0 0 ROCIO DIAZ MEJORATARIO 5.000.000,00$
1 0 0FELIZ ANTONIO
VILLEGASMEJORATARIO 5.000.000,00$
1 0 0GLADYS ISABAEL
HERNANDEZMEJORATARIO 5.000.000,00$
1 0 0 CELIS YANETH CONDE MEJORATARIO 5.000.000,00$
1 0 0 LUZ MARINA PEREZ MEJORATARIO 5.000.000,00$
1 0 0 ROSA ORDOÑEZ MEJORATARIO 5.000.000,00$
1 0 0ARACELI MARIA
HOYOSMEJORATARIO 5.000.000,00$
1 0 0BLANCA ROSA
AGUIRREMEJORATARIO 5.000.000,00$
27 VCC-0020-00 51540101010600000000000000000 CR 31 ENTRE CL 3A Y CL 4 DE CAUCASIA MUNICIPIO X 0 0 0 N/A N/A N/A
28 VCC-0021-00 51540101010600000000000000000CL 3B N 31-12 Z.V URB
HORIZONTESDE CAUCASIA MUNICIPIO X 0 0 0 N/A N/A N/A
29 VCC-0021-01 51540001010600000000000000000CR 31 N 3B-27 LT URB
HORIZONTES
ESTEBAN VELASQUEZ
ALVAREZX 0 0 0 N/A N/A N/A
30 VCC-0021-02 51540001010600000000000000000 CR 31A N 3B-26 LTMARTHA INES VELASQUEZ
ECHEVERRIX 0 0 0 N/A N/A N/A
31 VCC-0021-03 51540001010600000000000000000CR 31 N 3B-33 LT URB
HORIZONTES
GUSTAVO VELASQUEZ
ECHEVERRIX 0 0 0 N/A N/A N/A
32 VCC-0021-04 51540001010600000000000000000CR 31A N 3B-32 LT URB
HORIZONTES
ALVARO VELASQUEZ
ECHEVERRIX 0 0 0 N/A N/A N/A
33 VCC-0022-00 51540101010600000000000000000 CR 31A ENTRE CL 3A Y CL 4 DE CAUCASIA MUNICIPIO X 0 0 0 N/A N/A N/A
34 VCC-0023-00 51540001010000000000000000000CR 31A N 3B-03 LT URB
HORIZONTES
ALBA LUCIA VELASQUEZ
ECHEVERRIX 0 0 0 N/A N/A N/A
35 VCC-0024-00 51540101010600000000000000000CR 31A N 3B-09 LT URB
HORIZONTES
MARTHA INES VELASQUEZ
ECHEVERRIX 0 0 0 N/A N/A N/A
36 VCC-0025-00 51540101010600000000000000000CR 31A N 3B-15 LT URB
HORIZONTES
ALBA LUCIA VELASQUEZ
ECHEVERRIX 0 0 0 N/A N/A N/A
37 VCC-0025-01 51540001010600000000000000000CR 31A N 3B-21 LT URB
HORIZONTES
ALVARO VELASQUEZ
ECHEVERRIX 0 0 0 N/A N/A N/A
38 VCC-0025-02 51540001010600000000000000000CR 31A N 3B-27 LT URB
HORIZONTESVELAR S. A. AGROPECUARIA X 0 0 0 N/A N/A N/A
39 VCC-0025-03 51540001010600000000000000000CR 31A N 3B-33 LT URB
HORIZONTES
MARTA MERCEDES OROZCO
CUELLOX 0 0 0 N/A N/A N/A
40 VCC-0026-00 51540101010600000000000000000CR 32 N 3B-02 LT URB
HORIZONTES
MARIA CRISTINA
VELASQUEZ ECHEVERRIX 1 0 0 LUZ MARINA COGOLLO MEJORATARIO 5.000.000,00$
41 VCC-0027-00 51540101010600000000000000000CR 32 N 3B-02 LT URB
HORIZONTES
ALVARO VELASQUEZ
ECHEVERRIX 0 0 0 N/A N/A N/A
42 VCC-0028-00 51540101010600000000000000000CR 32 N 3B-14 LT URB
HORIZONTES
ALVARO VELASQUEZ
ECHEVERRIX 0 0 0 N/A N/A N/A
43 VCC-0028-01 51540001010600000000000000000CR 32 N 3B-20 LT URB
HORIZONTES
LUZ EUGENIA VELASQUEZ
ECHEVERRIX 0 0 0 N/A N/A N/A
44 VCC-0028-02 51540001010600000000000000000CR 32 N 3B-26 LT URB
HORIZONTES
ANDREA VELASQUEZ
ALVAREZX 0 0 0 N/A N/A N/A
45 VCC-0028-03 51540001010600000000000000000CR 32 N 3B-32 LT URB
HORIZONTES
ANDREA VELASQUEZ
ALVAREZX 0 0 0 N/A N/A N/A
46 VCC-0029-00 51540101010600000000000000000 CR 32 ENTRE CL 3A Y CL 5 DE CAUCASIA MUNICIPIO X 0 0 0 N/A N/A N/A
47 VCC-0030-00 51540101012200900000000000000 EL TRIANGULOLUIS FERNANDO ECHEVERRI
Y OTROSX 0 0 0 N/A N/A N/A
48 VCC-0031-00 51540002010000000000000000000 EL TRIANGULOCOLOMBIA S.A OLEODUCTO
CENTRAL DEX 0 0 0 N/A N/A N/A
49 VCC-0032-00 51540002010000000000000000000 SANTA HELENAJUAN GABRIEL USUGA
NOREÑAX 0 0 0 N/A N/A N/A
50 VCC-0033-00 51540002010000000000000000000 LOTE 2JHON FREDY ARIAS HENADO
Y OTROX 0 0 0 N/A N/A N/A
51 VCC-0034-00 51540002010000000000000000000 LOTE 1JHON FREDY ARIAS HENADO
Y OTROX 0 0 0 N/A N/A N/A
X26 VCC-0019-00 51540101010600000000000000000 CL 3A ENTRE CR 31 Y CR 32 DE CAUCASIA MUNICIPIO
51
FARV ($) FAMOR ($) FAMOV ($) FAT ($) FARME ($) FASS ($) FARR ($)
-$ -$ -$ -$ -$ -$ -$
-$ -$ -$ -$ -$ -$ -$
-$ -$ -$ -$ -$ -$ -$
37.104.500,00$ -$ 644.350,00$ 644.350,00$ -$ -$ -$
-$ -$ 644.350,00$ -$ 48.000.000,00$ -$ -$
-$ -$ -$ -$ 48.000.000,00$ -$ -$
-$ -$ -$ -$ -$ -$ -$
-$ -$ -$ -$ -$ -$ -$
-$ -$ 644.350,00$ -$ 3.866.100,00$ -$
-$ -$ -$ -$ 3.866.100,00$ -$ -$
-$ -$ 644.350,00$ -$ 3.866.100,00$ -$ -$
37.104.500,00$ -$ 644.350,00$ 644.350,00$ -$ -$ -$
-$ -$ -$ -$ -$ -$ -$
-$ -$ -$ -$ -$ -$ -$
-$ -$ -$ -$ -$ -$ -$
-$ -$ -$ -$ -$ -$ -$
-$ -$ -$ -$ -$ -$ -$
-$ -$ -$ -$ -$ -$ -$
-$ -$ -$ -$ -$ -$ -$
40.104.500,00$ -$ 644.350,00$ -$ -$ -$ -$
40.104.500,00$ -$ -$ -$ -$ -$ -$
40.104.500,00$ -$ -$ -$ -$ -$ -$
40.104.500,00$ -$ -$ -$ -$ -$ -$
40.104.500,00$ -$ -$ -$ -$ -$ -$
40.104.500,00$ -$ -$ -$ -$ -$ -$
40.104.500,00$ -$ -$ -$ -$ -$ -$
-$ -$ -$ -$ -$ -$ -$
-$ -$ -$ -$ -$ -$ -$
-$ -$ -$ -$ -$ -$ -$
FACTORES DE COMPENSACIÓN SOCIOECONÓMICA APLICABLES
52
FARV ($) FAMOR ($) FAMOV ($) FAT ($) FARME ($) FASS ($) FARR ($)
FACTORES DE COMPENSACIÓN SOCIOECONÓMICA APLICABLES
-$ -$ -$ -$ -$ -$ -$
-$ -$ -$ -$ -$ -$ -$
-$ -$ -$ -$ -$ -$ -$
-$ -$ -$ -$ -$ -$ -$
40.104.500,00$ -$ 644.350,00$ -$ -$ -$ -$
40.104.500,00$ -$ -$ -$ -$ -$ -$
40.104.500,00$ -$ -$ -$ -$ -$ -$
40.104.500,00$ -$ -$ -$ -$ -$ -$
40.104.500,00$ -$ -$ -$ -$ -$ -$
40.104.500,00$ -$ -$ -$ -$ -$ -$
40.104.500,00$ -$ -$ -$ -$ -$ -$
40.104.500,00$ -$ -$ -$ -$ -$ -$
40.104.500,00$ -$ -$ -$ -$ -$ -$
40.104.500,00$ -$ -$ -$ -$ -$ -$
-$ -$ -$ -$ -$ -$ -$
-$ -$ -$ -$ -$ -$ -$
-$ -$ -$ -$ -$ -$ -$
-$ -$ -$ -$ -$ -$ -$
-$ -$ -$ -$ -$ -$ -$
-$ -$ -$ -$ -$ -$ -$
-$ -$ -$ -$ -$ -$ -$
-$ -$ -$ -$ -$ -$ -$
-$ -$ -$ -$ -$ -$ -$
-$ -$ -$ -$ -$ -$ -$
-$ -$ -$ -$ -$ -$ -$
-$ -$ -$ -$ -$ -$ -$
-$ -$ -$ -$ -$ -$ -$
40.104.500,00$ -$ 644.350,00$ -$ -$ -$ -$
-$ -$ -$ -$ -$ -$ -$
-$ -$ -$ -$ -$ -$ -$
-$ -$ -$ -$ -$ -$ -$
-$ -$ -$ -$ -$ -$ -$
-$ -$ -$ -$ -$ -$ -$
-$ -$ -$ -$ -$ -$ -$
-$ -$ -$ -$ -$ -$ -$
-$ -$ -$ -$ -$ -$ -$
-$ -$ -$ -$ -$ -$ -$
-$ -$ -$ -$ -$ -$ -$
-$ -$ -$ -$ -$ -$ -$
53
-$
-$
-$
38.393.200,00$
El valor fue estimado de acuerdo a
la utilidad manifestada por el
responsable de la unidad social, se
requiere el estudio de la
documentación contable para
determinar la utilidad neta
mensual
48.644.350,00$
El valor fue estimado de acuerdo a
la utilidad manifestada por el
responsable de la unidad social, se
requiere el estudio de la
documentación contable para
determinar la utilidad neta
mensual
48.000.000,00$
El valor fue estimado de acuerdo a
la utilidad manifestada por el
responsable de la unidad social, se
requiere el estudio de la
documentación contable para
determinar la utilidad neta
mensual
-$
-$
4.510.450,00$
3.866.100,00$
4.510.450,00$
38.393.200,00$
El valor fue estimado de acuerdo a
la utilidad manifestada por el
responsable de la unidad social, se
requiere el estudio de la
documentación contable para
determinar la utilidad neta
mensual
-$
-$
-$
-$
-$
OBSERVACIONESVALOR TOTAL DE LA
COMPENSACIÓN
54
-$
-$
40.748.850,00$
40.104.500,00$
40.104.500,00$
40.104.500,00$
40.104.500,00$
40.104.500,00$
40.104.500,00$
-$
-$
-$
-$
-$
-$
-$
40.748.850,00$
40.104.500,00$
40.104.500,00$
40.104.500,00$
40.104.500,00$
40.104.500,00$
40.104.500,00$
40.104.500,00$
40.104.500,00$
40.104.500,00$
-$
-$
-$
-$
-$
-$
-$
-$
-$
-$
-$
-$
-$
40.748.850,00$
-$
-$
-$
-$
-$
-$
-$
-$
-$
-$
-$
55
Finalmente se decidió realizar una matriz DOFA que nos mostrara un diagnostico
general de todo lo que se encontró en la realización del Plan de Compensaciones
Socioeconómicas, ya que no solo el objetivo era mostrar la cifra que cuesta realizar
un movimiento de población, para generar una mejor alternativa de vida.
Adicional a eso, aunque el objetivo es la construcción, mejoramiento y marcha de la
vía, la oportunidad que le genera este tipo de compensaciones a la comunidad es
muy positivo, aun así, realice la matriz DOFA pues encontré algunas inconsistencias
que podrían a ser tenidas en cuenta al momento de la realización de los planes de
compensaciones socioeconómicas:
Matriz DOFA
Matriz DOFA
DEBILIDADES FORTALEZAS
Falta de control por parte de las entidades encargadas de realizar el seguimiento para la compra de terrenos
Brindar al municipio de Caucasia la oportunidad de realizar un adecuado uso de la norma para el área a intervenir
falta de conocimiento de la norma por parte de los mejoratarios para la compra en zona rural
crecimiento desmedido y sin control de invasores al momento de enterarse del proyecto
AMENAZAS
falta de ofertas con las características que se encuentran actualmente las viviendas de intervención
OPORTUNIDADES
Mejorar las condiciones de vida de las personas brindándole un acompañamiento adecuado para la adquisición de vivienda en iguales o mejores condiciones
los grupos armados al margen de la ley los cuales podrían generar amenazas al saber del dinero a recibir y con ello no poder cumplir a cabalidad el plan de compensaciones
56
10. CONCLUSIONES
El gran auge que tiene las vías 4g en Colombia el último año nos hace pensar el
papel que se puede desempeñar como Ingeniera Catastral y Geodesta, aunque se
piensa que su colaboración en este tipo de proyectos es meramente técnica por
medio de la pasantía pude observar que la Gestión Predial para un excelente
resultado tiene que ir acompañado de un gran equipo conformado por abogados,
trabajadores sociales, psicólogos, sociólogos, ingenieros catastrales, ingenieros
topógrafos, aunque todos con diferentes profesiones todos tienen el mismo objetivo
la liberación de la franja de afectación y aunque se pude pensar que podíamos mirar
todo desde el lado técnico, estar acompañado del grupo social hace que se
interactúe mucho más con la población afectada y se puede observar que este tipo
de proyectos trae progreso para ellos pues siempre se busca una mejor condición
de vida y en una zona marcada por el conflicto armado y el desplazamiento las
grandes obras de infraestructura traen mejores condiciones para la población.
Cabe resaltar que la Gestión Predial cumple y es tan importante en las vías, ya que
sin ella no se podría liberar los predios que sean necesarios para la construcción de
la vía.
Es ahí donde también miramos que como Ingeniera Catastral y Geodesta nos
podemos basar solo en la parte técnica cuando el trabajo que se realiza en campo
es más de interactuar con la comunidad y colaborarles con los conocimientos
adquiridos en la academia.
Colaborar en el Plan de Compensaciones socioeconómicas sirvió para verificar las
leyes que se tienen en las vías de nueva generación, adicional a eso cabe resaltar
que, aunque al principio se determinó que para las compensaciones se realizaría
un plan de reasentamiento basándonos en las resoluciones 077 del 2012, la
resolución 548 del 2008 hacia que la gestión que se iba a realizar por parte del
equipo predial fuera un poco más fácil y rápida para la ejecución del proyecto.
A modo conclusión se puede determinar que:
La concesión Autopistas del Nordeste sas determino que solo se utilizaría la
resolución 077 del 2012 en el momento en que se encontraran predios
baldíos y en ellos encontramos vivienda o mejoras en este tipo de casos si
tendríamos en cuenta el reasentamiento, como en el tramo que se realizó la
pasantía no se encontró esa excepción, no fue necesario realizar un
reasentamiento, ni la utilización de la resolución.
57
No solo se realizó un acompañamiento de identificación y precios, se tuvo
que prestar apoyo en con el conocimiento de las normas de ordenamiento
territorial aplicables a los municipios del Área de Influencia Directa del
Proyecto.
Junto al equipo social se acompañó a la evaluación de la oferta y demanda
de bienes inmuebles en el municipio.
También cabe resaltar que este tipo de proyectos pueden servir para realizar un
mejor aprovechamiento del espacio ya que al movilizar las familias afectadas y
predios se puede realizar un adecuado uso de la norma o plan de ordenamiento
territorial, ya que en el momento en que se llevan a cabo la ubicación de una familia
en lugares inadecuados o donde realmente no se pueden ubicar están haciendo
una falta al POT, el proyecto con su amplio equipo de profesionales al servicio de la
comunidad hace posible que esto sea visto desde esta manera.
Y aunque en muchos casos la parte técnica no tenga en cuenta la comunidad, con
esta pasantía se observó que la parte humana cumple el papel más importante para
la construcción de la vía como en este caso, ya que hacen parte de todo el proceso
que se va a realizar.
Finalmente fue muy grato para mi haber sido parte del equipo interdisciplinario que
se encargará de la realización de la obra que traerá progreso y mejores
comunicaciones con el resto del país a los municipios de Caucasia, Zaragoza,
Segovia y Remedios municipios que en algún momento hicieron parte del conflicto
armado que por muchas décadas ha azotado a este país
Para mí como futura Ingeniera Catastral y Geodesta fue muy gratificante poder
colaborar con el equipo predial, apoyando técnicamente las labores sociales y
prediales realizadas durante el Plan de Compensaciones Socioeconómicas y el
desarrollo de esta pasantía en un tema que para muchos es totalmente nuevo pero
que cumple un papel muy importante para el desarrollo del país. Me queda la
satisfacción de haber aportado mi granito de arena, con el conocimiento adquirido
para la resolución y ejecución de este proyecto en el municipio de Antioquia.
58
11. BIBLIOGRAFIA
Constitución Política 1991
Resolución 077 de 2012
Resolución 545 de 2008
Decreto 4165 de 2011
Ley 1508 de 2012
Ley 388 de 1997
Ley 3ª de 1991
Ley 99 de 1993
Ley 546 de 1999
Apéndice 7 Gestión Predial ANI
Apéndice 8 Gestión Social ANI
Reasentamiento involuntario en los proyectos de BID “principios y
lineamientos” noviembre de 1999 Washington DC
Proyecto nacional de transporte urbano, marco de la política de
reasentamiento. Ministerio de transporte urbano. Noviembre 2010
Declaración de los derechos humanos.
Minería y comunidades. Bogotá. diciembre 2010.
PAGINAS WEB
http://www.autopistasdelnordeste.com
https://www.idu.gov.co/html/ftpidu/entidad/manual_adquisicion_predial_06-
04-15_final.pdf
59
12. ANEXOS
ANEXO 1.
FICHA SEGUIMIENTO DE UNIDADES SOCIALES TRASLADADAS
60
61
62
ANEXO 2
PLANO DE DISEÑO DE LA VIA Y AREA DE AFECTACION
63
64
65
66