aportes momento inicial administracion publica

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CONCEPTO DE ADMINISTRACIÓN El maestro Jorge Olivera Toro citando al tratadista Herbert A. Simon Donald señala que cuando dos hombres se ayudan a mover una piedra que ninguno de los dos puede mover por sí solo, han aparecido los rudimentos de la administración, toda vez que existe un propósito y hay una acción conjunta; y que por eso la administración puede definirse como “las actividades de grupos que cooperan para alcanzar determinados objetivos” En el Diccionario de la Lengua Española, administrar equivale a gobernar, regir o cuidar. En nuestro lenguaje, el verbo “administrar” proviene del latín ad, traducible como hacía, en sentido de movimiento, y ministrare, compuesto de manus (mano) y trahere (traer); por tanto, ad manus trahere puede interpretarse como servir, ofrecer algo a otro o servirle alguna cosa. Por otra parte, el término administración desde el punto de vista jurídico hace alusión en general a un mandato conferido a una persona para que ejerza la dirección, gobierno y cuidado de bienes ajenos, ya sea de una herencia, de un menor, de un incapaz, de una sociedad, Estado, entre otros. El tratadista Serra Rojas, siguiendo el pensamiento de Georges Langrond señala que “La administración es un proceso necesario para determinar y alcanzar un objetivo o meta, por medio de una estructura que nos lleva a una acción efectiva o esfuerzo humano coordinado y eficaz, con la aplicación de adecuadas técnicas y aptitudes humanas. Siguiendo al tratadista Bielsa, citado en la Enciclopedia Jurídica Omeba, se puede decir que “administración” es ante todo “organización y administrar en el sentido común del vocablo, es ordenar económicamente los medios de que dispone y usar convenientemente de ellos para proveer a las propias

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CONCEPTO DE ADMINISTRACIN El maestro Jorge Olivera Toro citando al tratadista Herbert A. Simon Donald seala que cuando dos hombres se ayudan a mover una piedra que ninguno de los dos puede mover por s solo, han aparecido los rudimentos de la administracin, toda vez que existe un propsito y hay una accin conjunta; y que por eso la administracin puede definirse como las actividades de grupos que cooperan para alcanzar determinados objetivosEn el Diccionario de la Lengua Espaola, administrar equivale a gobernar, regir o cuidar. En nuestro lenguaje, el verbo administrar proviene del latn ad, traducible como haca, en sentido de movimiento, y ministrare, compuesto de manus (mano) y trahere (traer); por tanto, ad manus trahere puede interpretarse como servir, ofrecer algo a otro o servirle alguna cosa. Por otra parte, el trmino administracin desde el punto de vista jurdico hace alusin en general a un mandato conferido a una persona para que ejerza la direccin, gobierno y cuidado de bienes ajenos, ya sea de una herencia, de un menor, de un incapaz, de una sociedad, Estado, entre otros. El tratadista Serra Rojas, siguiendo el pensamiento de Georges Langrond seala que La administracin es un proceso necesario para determinar y alcanzar un objetivo o meta, por medio de una estructura que nos lleva a una accin efectiva o esfuerzo humano coordinado y eficaz, con la aplicacin de adecuadas tcnicas y aptitudes humanas.Siguiendo al tratadista Bielsa, citado en la Enciclopedia Jurdica Omeba, se puede decir que administracin es ante todo organizacin y administrar en el sentido comn del vocablo, es ordenar econmicamente los medios de que dispone y usar convenientemente de ellos para proveer a las propias necesidades.3 Por su parte, el tratadista Isacc Guzmn seala que la Administracin debera adjetivarse como administracin humana o administracin social, ya que as quedaran automticamente fuera de su radio de accin todos los problemas y cuestiones de la administracin antigua, cargada tradicionalmente de implicaciones econmicas y de fines o propsitos utilitarios, en su ms vulgar acepcin, como es la del dineroEn ese orden del pensamiento, una buena administracin supone el establecimiento o mandamiento de una relacin armnica entre la satisfaccin de las necesidades y los medios disponibles. En su aspecto dinmico, la administracin se puede explicar cmo la serie de etapas concatenadas y sucesivas dirigidas a obtener metas y objetivos predeterminados de un conjunto social, mediante el aprovechamiento racional de sus elementos disponibles. Tambin se puede considerar a la administracin como un arte por tratarse de una virtud, disposicin o habilidad de servir bien; en otra acepcin se le entiende como una tcnica, habida cuenta que implica el empleo y aplicacin de un acervo de procedimientos y recursos, y desde luego, tambin es una ciencia: la ciencia de la administracin, y como tal es un conjunto sistematizado de conocimientos relativos a la organizacin y funcionamiento de los servicios.

El concepto de administracin ha evolucionado con amplitud, hasta significar, de manera general, a la accin tcnica subordinada a determinados principios, encaminada a cumplir con un fin o propsito particular o pblico. La administracin y los grupos sociales cooperan para alcanzar determinados objetivos. Tratndose de la administracin pblica, estos objetivos se refieren a fines de inters general.

CONCEPTO DE ADMINISTRADOREl vocablo administrador proviene del latn administrador, compuesto de los vocablos ad, manus y tractum, con el sentido del que trae o lleva en la mano alguna cosa, hace algo o presta algn servicio.En el Derecho civil y comercial, es la persona que realiza actos de administracin los que en sntesis se concretan a la conservacin, incremento, custodia o promocin de determinados bienes o intereses patrimoniales ajenos. En el Derecho pblico, es la designacin de los funcionarios encargados de la administracin de un territorio, establecimiento o servicio; en sentido amplio y por oposicin a legislador o juez, se da esta designacin a todo el que ejerce una funcin administrativa. En ese contexto, las clases de administradores se determinan segn el origen de su ttulo; as, es voluntario, cuando el cargo le ha sido conferido por acto jurdico (mandato) o es ejercido espontneamente (gestin de negocios); legtimo cuando ejerce su cargo por disposicin legal (el marido respectivo de los bienes del matrimonio, el padre respecto a los bienes de sus hijos); judiciales, cuando son designados por decisin del juez (como en la quiebra, en el concurso, en la testamentaria, etc.).Sin duda esta institucin debe ser correlacionada con la materia de la Administracin, porque, de acuerdo a las modalidades jurdicas que se presenten en ella, se dan las distintas acepciones de esta palabra, mltiple en el Derecho pblico y privado; basta pensar que toda administracin supone una persona encargada de realizarla; de ah la vitalidad del vocablo en el campo del Derecho.

CONCEPTO ADMINISTRADOPor su parte el trmino administrado implica aquella persona respecto de la cual se ejercen actos de administracin; es decir, toda administracin puede recaer sobre bienes propios o sobre bienes ajenos; en consecuencia, cuando sucede lo primero, los trminos de la relacin quedan limitados a dos elementos: la cosa administrada y la persona que administra.En efecto, entre el Estado y el individuo sometido a su jurisdiccin, sea o no ciudadano, se establece una relacin cuyas caractersticas varan a travs de los tiempos y segn sea la organizacin del propio Estado. Claro es que al establecer entre individuo y Estado una relacin no de subordinacin de aqul a ste sino de tipo jurdico con reciprocidad de derechos y obligaciones, la posicin del ciudadano no tiene un carcter pasivo, sino tambin activo, como seala Zaboni. El individuo, entonces, no slo es la fuente de las facultades administradoras, sino que manifiesta su actividad eligiendo por sufragio los administradores, o desempeando l mismo, funciones administradoras, bien el carcter representativo, o bien el ejercicio de la funcin pblica. Ahora bien, hablar de administracin es hablar de dos personajes fundamentales en lo que se conoce como administracin cientfica: Frederick W. Taylor y CharlesJean Baptise Bonnin.

Frederick W. Taylor. Seguramente la participacin de Taylor en la historia de la administracin tiene una gran importancia, ya que fue un hombre de su tiempo, un ingeniero cuya mentalidad estaba concentrada en un solo punto, la mxima eficiencia; esta preocupacin tena un objeto muy preciso y determinado, el trabajo del hombre en la produccin.Taylor quera obtener de los obreros un trabajo eficiente en el grado ms alto posible. Taylor inici la corriente humanista en la administracin, con una extrema ligereza, se pretende fundar tal opinin en el hecho simple de haber considerado al trabajo de los obreros como el centro de sus investigaciones. Lamentablemente se comete as una terrible equivocacin. La principal aportacin de Taylor es su obra intitulada Principios de la Administracin Cientfica en la que consta cual fue en realidad su pensamiento. El plan de Taylor -que es prcticamente su doctrina- consiste en los puntos bsicos siguientes:

1. En primer lugar, era preciso desligar al trabajo del trabajador. El trabajo deberaser tratado objetivamente, como una cosa, susceptible de ser planeado, calculado,medido, estandarizado.

2. Al convenirse el trabajo en una tarea, independiente de quien la realizara, losjefes tomaban la iniciativa planeando y organizando esas actividadesdeshumanizadas. Ellos seran los que dijesen: cmo, dnde y cundo deberanllevarse a cabo. Ellos indicaran quien o quienes las efectuasen.

3. Los trabajadores seran contratados para una labor puramente operativa, mecnica, rutinaria, esencialmente repetitiva. Y su nico incentivo -porque no necesitaran otro- sera de carcter econmico.4. Este plan contiene lo ms importante de la administracin cientfica.

Por su parte, Charles-Jean Baptise Bonnin contribuy a la administracin con su obra Principios de Administracin la cual es considerada de las ms importantes porque establece la cientificidad de la administracin al retomar principios primitivos de doctrina, principios fundamentales y reglas generales y universales comunes a la legislacin de todos los pueblos. Los principios de Bonnin son los siguientes:

Principios de Bonnin1.- La administracin, en general, es una consecuencia del gobierno del queforma parte.2.- Su carcter es la accin.3.- Se divide en administracin Pblica y en administraciones especiales.4.- La administracin pblica tiene la aplicacin de las leyes en cada parte del territorio.5.- En administracin, la ejecucin de las leyes est en la accin, el examen y eljuicio.6.- Las funciones administrativas son por naturaleza temporales y revocables.7.- Los actos administrativos no pueden ser intitulados decretos, reglamentos niproclamas; llevan el nombre de decisiones.8.- Toda persona tiene derecho a enviar peticiones individuales a toda autoridadconstituida.9.- La administracin tiene por objeto especial la aplicacin de las leyes delEstado en las materias generales y comunes a todos.

CONCEPTO DE ADMINISTRACIN PBLICAPor su parte la expresin administracin pblica es un concepto perteneciente a la literatura jurdica y en especfico al derecho pblico, en esta expresin adjetivada el sustantivo ofrece el gnero propio, y el adjetivo la diferencia especfica.Por administracin pblica se entiende, generalmente aqulla parte del Poder Ejecutivo a cuyo cargo est la responsabilidad de desarrollar la funcin administrativa. De esta manera, la administracin pblica puede entenderse desde dos puntos de vista, uno orgnico, que se refiere al rgano o conjunto de rganos estatales que desarrollan la funcin administrativa y desde el punto de vista formal y material, segn el cual debe entenderse como la actividad que desempean este rgano o conjunto de rganos.Cabe puntualizar que con frecuencia, suele identificarse a la funcin administrativa, como la actividad de prestacin de servicios pblicos a satisfacer las necesidades de la colectividad, esto quiere decir que la Administracin Pblica es la parte ms dinmica de la estructura estatal, que acta en forma permanente, sin descanso y sin horario.Es un hecho que la Administracin Pblica, da a da acrece sus agencias, oficinas, departamentos o unidades administrativas, el personal de stas y los medios materiales con que cuenta para ello; en ese sentido sociolgicamente podemos considerar que el aumento de poblacin, el avance tecnolgico y cientfico y las bsquedas de metas de progreso y bienestar dentro de la sociedad, han provocado que la Administracin Pblica actu en campos que hasta hace poco tiempo eran desconocidos.Ahora bien, para hacer frente a esas actividades el Estado tiene que crear agencias o unidades administrativas que se encarguen precisamente de cumplir con los nuevos cometidos; y en razn de ello es que surgen estructuras administrativas, que antes eran desconocidas como la descentralizacin, la desconcentracin, las empresas pblicas y el fideicomiso pblico.Es as, como la Administracin Pblica moderna, tiene que enfrentarse a una problemtica distinta y aplicar mtodos y sistemas acordes con la poca, para realizar con eficacia su funcin y lograr una coordinacin entre la multitud de rganos que la integran, as como los rganos de los otros poderes y de las entidades federativas y municipales, en un sistema federal como el nuestro.Es conveniente sistematizar la estructura de la Administracin Pblica, sus relaciones entre s y con los otros poderes y rganos del Estado y, sobre todo, regular con mayor precisin lo que denominan sector descentralizado, constituido por una diversidad enorme de organismos pblicos que no tienen una estructura perfectamente definida.Otro sector muy importante de la moderna administracin, es el elemento humano denominado burocracia.

Existen diversas definiciones sobre la nocin de la Administracin Pblica:El tratadista Miguel Acosta Romero, seala que la Administracin pblica es la parte de los rganos del Estado que dependen directa o indirectamente del Poder Ejecutivo, tiene a su cargo toda la actividad estatal que no desarrollan los otros poderes (Legislativo y Judicial), su accin es continua y permanente, siempre persigue el inters pblico, adopta una forma de organizacin jerarquizada y cuenta con: a) Elementos personales; b) elementos patrimoniales; c) estructura jurdica, y d) Procedimientos tcnicos.

Para el doctrinario emrito Gabino Fraga, la Administracin pblica debe entenderse desde el punto de vista formal como el organismo pblico que ha recibido del poder poltico la competencia y los medios necesarios para la satisfaccin de los intereses generales y que desde el punto de vista material es la actividad de este organismo considerado en sus problemas de gestin y de existencia propia tanto en sus relaciones como organismos semejantes como con los particulares para asegurar la ejecucin de su misin.

Por su parte, el maestro Serra Rojas define a la Administracin pblica como una organizacin que tiene a su cargo la accin continua encaminada a la satisfaccin de las necesidades de inters pblico, con elementos tales como: un personal tcnico preparado, un patrimonio adecuado y mediante procedimientos administrativos idneos o con el uso, en caso necesario de las prerrogativas del poder pblico que aseguren el inters estatal y los derechos de los particulares.

ADMINISTRACIN PRIVADA Y ADMINISTRACIN PBLICAPor supuesto que las diferencias entre la administracin pblica y la administracin privada pueden precisarse, en el sentido de que la institucin privada persigue un propsito de lucro y la satisfaccin de un inters particular, en tanto que la administracin pblica slo se justifica por los intereses generales que la ley le confiere.En la literatura jurdica administrativa se sealan, entre otras caractersticas de la Administracin pblica, las siguientes:1) La tarea gubernamental es enorme, compleja, difcil. El tamao de las operaciones, la multiplicidad de los propsitos y la complejidad de los programas exigen formas especiales de administracin.2) La universalidad y soberana del gobierno suponen que ste ha de resolver los conflictos de intereses privados, tratando de alcanzar el mximo posible de bienestar general. Para esta funcin hay requisitos de imparcialidad y equidad que condicionan la conducta administrativa, distinguindola de las empresas privadas. Son evidentes las manifestaciones de este rasgo caracterstico.3) El gobierno es responsable ante el pueblo. Sus actuaciones estn constantemente expuestas a la publicidad y a la crtica. Cualquier asunto puede convenirse en un ingrediente explosivo para la opinin pblica. Sin duda, la administracin gubernamental tiene que adaptarse a tales exigencias con mayor apego que la privada. En un sistema democrtico el carcter representativo del gobierno acenta esta peculiaridad.4) Los gobernantes, desde los ms altos en la jerarqua hasta los de nivel inferior, representan a un poder inmenso de coaccin, frente al cual se requieren protecciones especiales. Sus actuaciones deben estar controladas por la supervisin de sus colegas, del pueblo y sobre todo, de su propio sentido de responsabilidad. Esto presupone procedimientos, actitudes y formas de organizacin especiales que limiten la autoridad evitando su abuso.5) La eficiencia de una entidad gubernamental no debe medirse por la maximizacin de sus ingresos o la minimizacin de sus gastos, sino por la calidad e intensidad con que realice los propsitos pblicos. Es una equivocacin comn la de juzgar al gobierno en trminos de sus ganancias y prdidas como si fuese una empresa comercial con el empeo de que gaste poco, no incurra en deudas y mantenga sus presupuestos equilibrados. A menos que el gobierno sea un negocio de los gobernantes, su eficiencia siempre debe juzgarse con arreglo a cmo contribuye a la satisfaccin de las necesidades y los ideales del pueblo.

Diferencias entre administracin en general y Administracin Pblica:Administracin en GeneralAdministracin Pblica

1. Es el Gnero.1. Constituye la especie.

2. Tiene un rango de aplicacin a cualquiertipo de organizacin.2. Est vinculada a la funcin administrativa del Estado.

3. El tamao de sus estructuras y procedimientoses menor.3. El tamao de sus estructuras y procedimientos es mayor y ms complejo.

4. El nmero de personal es menor.4.- El nmero de personal generalmente es mayor.

5. Las presiones de grupo se da en menor proporcin.5. Las presiones de grupo se dan enmayor proporcin.

6. Predomina el nimo de lucro y conello la bsqueda del inters particular.6. Tiene como finalidad el inters pblico

7. Menor rigidez legal y reglamentaria.7. Mayor rigidez legal y reglamentaria.

8. Menor dinamismo.8. Mayor dinamismo.

9. Los medios con los que cuenta sonms limitados.9. Diversidad de medios.

10. Mando es ms restringido.10. Mando mltiple.

REFERENCIAS BIBLIOGRFICAS ACOSTA ROMERO, Miguel, Teora general del derecho administrativo,3. ed., Mxico, Porra, 1979, p. 60.

FRAGA, GABINO, Derecho Administrativo. 36. ed., Mxico,Porra, 1997.

GUZMAN VALDIVIA, Isaac, La ciencia de la administracin, 1. ed.,Limusa-Wiley, Mxico, 1967, p.11.

OLIVERA TORO, Jorge. Manual del Derecho Administrativo, 1ed. Mxico, editorial Jurdica Mexicana, 1963.

SERRA ROJAS, Andrs. Derecho Administrativo, T. I, 6. ed., Mxico,Porra, 1974.

DICCIONARIOS JURDICOS

ENCICLOPEDIA JURDICA OMEBA, Buenos Aires, Driskill, S.A.1979, tomo I.