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“ANÁLISIS DE GESTIÓN” 6.3.1.- PLANEAMIENTO ESTRATEGICO La Caja Rural de Ahorro y Crédito es aquella que capta recursos del público y cuya especialidad consiste en otorgar financiamiento preferentemente a la mediana, pequeña y micro empresa del ámbito rural. Las cajas rurales de ahorro y crédito, pueden realizar las operaciones señaladas en los incisos 2, 3b), 6, 8, 9, 11, 12, 15, 23, 25, 28, 29 y 39 del artículo 221º de la Ley de Bancos. A) Tipo de Empresa La empresa de acuerdo a la actividad que cumple se encuentra clasificada en el sector servicios, de acuerdo al sector que pertenece se encuentra clasificada en el sector privado, y por la forma de organización del capital se encuentra clasificada como microempresa. B) FILOSOFIA Veremos dentro de este todo lo relacionado a la misión, visión, estrategias empresariales, principios y valores. C) Objetivos Estratégicos Dentro de los objetivos estratégicos veremos, Penetración del Mercado, Posicionamiento del Mercado, y Liderazgo de le intermediación financiera. Asimismo, en el futuro incrementar su participación y presencia en el mercado, innovando y ofreciendo nuevos productos CAPÍTULO ANÁLISIS DE GESTIÓN

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“ANÁLISIS DE GESTIÓN”

6.3.1.- PLANEAMIENTO ESTRATEGICOLa Caja Rural de Ahorro y Crédito es aquella que capta recursos del público y cuya especialidad consiste en otorgar financiamiento preferentemente a la mediana, pequeña y micro empresa del ámbito rural. Las cajas rurales de ahorro y crédito, pueden realizar las operaciones señaladas en los incisos 2, 3b), 6, 8, 9, 11, 12, 15, 23, 25, 28, 29 y 39 del artículo 221º de la Ley de Bancos.

A) Tipo de EmpresaLa empresa de acuerdo a la actividad que cumple se encuentra clasificada en el sector servicios, de acuerdo al sector que pertenece se encuentra clasificada en el sector privado, y por la forma de organización del capital se encuentra clasificada como microempresa.

B) FILOSOFIAVeremos dentro de este todo lo relacionado a la misión, visión, estrategias empresariales, principios y valores.

C) Objetivos EstratégicosDentro de los objetivos estratégicos veremos, Penetración del Mercado, Posicionamiento del Mercado, y Liderazgo de le intermediación financiera. Asimismo, en el futuro incrementar su participación y presencia en el mercado, innovando y ofreciendo nuevos productos financieros en ahorros, créditos y prestación de servicios, con ello lograr el liderazgo del mercado financiero Regional.

D) Misión

CAPÍTULO IIANÁLISIS DE GESTIÓN

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La Caja Rural de Ahorro y Crédito xxx, apertura al desarrollo integral de la Región Ayacucho y especialmente a la provincia de Huamanga, brindando servicios integrales de calidad con tecnología y herramientas modernas, satisfaciendo las exigencias de nuestros clientes.

E) Visión Ser una de las primeras Cajas Rurales de intermediación financiera sólida y auto suficiente de referencia en el Perú, ofreciendo servicios de excelente calidad y alta competitividad en beneficio para sus clientes, tener empleados eficientes y eficaces en un óptimo ambiente de trabajo y un elevado compromiso de bienestar para con la sociedad.

F) ESTRATEGIAS DE DIFERENCIACIONPenetración del MercadoEn la penetración del mercado buscamos quitar clientes a la competencia mediante una mejor publicidad, mayor distribución, reducciones de porcentajes.En el desarrollo del mercado tratamos de captar nuevos clientes sin modificar el servicio, por ejemplo abrir agencias en nuevas zonas, buscando nuevos clientes.Posicionamiento del MercadoEl posicionamiento se refiere a las estrategias orientadas a crear y mantener en la mente de los clientes un determinado concepto del servicio de la Cooperativa en relación con la competencia.El posicionar correctamente un servicio en el mercado consiste en hacerlo más deseable, compatible, aceptable y relevante para el segmento meta, diferenciándolo del ofrecido por la competencia; es decir, ofrecer un servicio que sea efectivamente percibido como "único" por los clientesLiderazgoAfianzar el liderazgo de la institución dentro del ámbito nacional de Caja de Ahorro y Crédito, con la eficiencia como nuestro referente de trabajo y la satisfacción de clientes como nuestra finalidad de servicioFomentar el cambio de mentalidad y de comportamiento de la gente para afrontar desafíos, asumir transformaciones y vencer resistencias al cambio

G) ESTRATEGIA EMPRESARIALCLASIFICACIÓN SUB CLASIFICACIÓN APLICACIÓNDESARROLLO Penetración al

MercadoCubrir las necesidades de la demanda insatisfecha

CRECIMIENTO Posicionamiento del Mercado

Posicionamiento en el Mercado con la difusión del servicio

COMPETITIVIDAD Líderazgo Ser la Principal Entidad micro financiera en la Región Ayacucho

Las estrategias que se adoptaran es la participación en el mercado, capacitación del personal, posicionamiento del mercado y estrategia de marketing.1.- Dimensión Geográfica

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La CRAC xxxx durante el primer año realizar la apertura de nuevas agencias de atención en importantes sectores poblacionales en los que la banca privada no llega es así que al inicio de sus operaciones se tendrá una agencia principal en l ciudad de Ayacucho y como parte de su estretgia de crecimiento estar presente en toda la parte sur de la Región y el parte de VRAE. Si embrago es importante resaltar que a pesar de que es una empresa cuyo dueño y accionista se encuentran dentro del Región Ayacucho se espera que la presencia de la CRAC CCCC en otras regiones incluso en la capital de la república.(MAPA DE LA REGIÓNES A INTERVENIR Y UN MAPA DE LAS PROVINCIAS A INTERVENIR)Sobre su estrategia de crecimiento, se tiene previsto a mediano plazo abrir nuevas agencias en Lima en el distrito de ……., en el centro de Lima. En la Región de Ayacucho queremos abrir en el Distrito de Pampa Cangallo y San Francisco y en la Región Apurímac en la Provincia de Andahuaylas . También se piensa aperturar un centro de información en la provincia de Sucre de acuerdo a las evaluaciones de la cartera que se llevara a cabo y del mismo modo a raíz de los microcréditos que se otorgara con el crédito emprendedor que es para pequeños productores de la zona rural2.- Dimensión económicaUna de las estrategias que se utilizara por la CRAC-XXX, para continuar con su crecimiento, es incrementar la capitalización de las utilidades. En ese sentido, desde el primer año 2014, se capitalizara el 75 % de las utilidades, logrando con ello que la CRAC- XXX se convierta en la primera entidad financiera regional. La CRAC- XXX no desviara su sentido de entidad financiera que ofrece productos destinados a los segmentos no bancarizables, pequeñas y medianas empresas. Ya que estos segmentos por décadas no han tenido acceso al sector financiero porque la banca tradicional no se lo permitía. De esta manera, la estrategia de CRAC- XXX será reducir el monto mínimo de crédito a 100 dólares, hecho que permitirá penetrar al mercado micro financiero.Su estrategia de crecimiento económico se orienta a la rentabilidad por cliente, ya que el volumen no es una estrategia privilegiada por la empresa. Por ello, para esta empresa los sectores D y E no son rentables por el volumen sino por la rentabilidad por cliente a largo plazo.

3.- Dimensión SocialLa dimensión social de la estrategia de la empresa tiene una ventaja comparativa frente a sus competidores, ya que la CRAC- XXX tiene a los accionistas como principal agente promotor social. Pues, como su principal accionista, invierte el 25 % de las utilidades, aproximadamente 750 mil, en acciones de interés públicos y social. Se realizara el apoyo a las comunidades como producto de la identificación regional, dado que la CRAC- XXX será una de las entidades microfinanciera líder que capta y coloca sus recursos económicos en la región.Nuestro principal reto para el apoyo a las comunidades rurales será superar la barrera geográfica debido a la variedad geográfica de la Región (Valle, Selva. Sierra), pues la dispersión de las comunidades en zonas rurales será un obstaculo para que la CRAC- XXX llegue a todos los lugares rurales de la región. Por ello, la estrategia para permitir la accesibilidad geográfica fue la apertura de agencias rurales y el acercamiento de productos financieros en el idioma propio de las comunidades. Esta política de acceso a las comunidades rurales permitira ubicar a la CRAC- XXX entre una de las tres primeras empresas micro financieras en el ámbito nacional.

4.- MarketingLas estrategias de marketing implican que los diferentes elementos de la mezcla de marketing se formulen y ejecuten con los objetivos de esas estrategias muy claras en la mente. Las decisiones sobre precios no

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REVISAR SI SE ENCUENTRA DENTRO DE SUS PLANES INETREVNIR DICHOS LUGARES DESCRITOS
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son ninguna excepción a este principio. Al fijar los objetivos de porcentajes para servicios deben tenerse en cuenta varios factores. Los más importantes son: producto, precio, plaza, promoción.

i) ProductoEl servicio como producto y la comprensión de las dimensiones de las cuales está compuesto es fundamental para el éxito de cualquier organización.ii) PrecioLas decisiones sobre precio son de una importancia capital en la estrategia de marketing tanto para las de consumo como para serviciosiii) PromociónLa promoción en los servicios puede ser realizada formas tradicionales, de tal manera de poder influir en las ventas de los servicios como productos.iv) PlazaTodas las organizaciones, ya sea que produzcan tangibles o intangibles, tienen interés en las decisiones sobre la plaza (también llamada canal, sitio, entrev) Capacitación de PersonalCon la finalidad de contribuir al desarrollo de la cooperativa de ahorro y crédito se ha diseñado Talleres de Capacitación sistemáticos de mediano plazo, dirigido a los Funcionarios y Directivos, esto permitirán el impulso, del nivel de desempeño y la gobernabilidad institucional, a través del fortalecimiento de sus conocimientos y experiencias. Contribuir al crecimiento y desarrollo de la cooperativa de ahorro y crédito, fortaleciendo sus conocimientos y experiencias en temas contables, financieros y de dirección.Productos financieros que ofrece la Caja Rural XXXXDentro de los distintos productos que brinda la CRAC- XXXX, se encuentran los siguientes:

Crédito Comercial. Dirigido a personas naturales o jurídicas que cuenten con una actividad de comercio, producción o servicios. El monto de crédito varía entre 5 000 y 500 000 sóles

Crédito Micro y Pequeña Empresa o crédito MES. Dirigido a familias que tienen actividad económica. El monto del crédito varía entre 5 00 y 50 000 soles.

Crédito Agropecuario. Dirigido a familias dedicadas a la actividad agrícola o ganadera. El monto de crédito varía entre 300 y 1 500 soles.

Crédito Hipotecario. Destinado para la compra o edificación de una casa. Crédito Personal. Otorgado a personas naturales. El monto mínimo es 300 dólares. Crédito Institucional. Este crédito está dirigido a trabajadores con cuyas empresas se haya suscrito

algún convenio. El monto del crédito entre 500 y 30 000 soles. Crédito Prendario. Crédito dirigido a prestatarios con entrega física de objetos de oro. El monto

mínimo de crédito es el equivalente al valor de un gramo de oro de 24, 21, 18 y 14 k y no más del 70% del valor de tasación.

Crédito Campaña. Campaña dirigida al público en general que tenga necesidades de invertir en capital de trabajo, activo fijo y consumos personales, aprovechando la Campaña Escolar, fiestas patrias y navidad.

Paga Diario. Este crédito está dirigido a personas dedicadas al comercio en un mercado de abastos. El monto del crédito puede variar entre 100 y 5 000 soles.

Cartas Fianza Se otorgas a personas y jurídicas que realizan actividades de comercio, servicio y producción para garantizar el cumplimiento de una obligación con terceros

Perfil del cliente de la Caja Rural XXX

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Revisar si están bien estos productos a brindar para poder comenzar a realizar su ficha técnica
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La CRAC- XXX tendrá dos tipos de clientes, aquellos que utilizan las líneas de crédito y aquellos que utilizan las líneas de ahorro. Por un lado, entre aquellos de la línea de crédito, se considera a los clientes de las líneas de créditos vistos páginas arriba. Por otro, entre aquellos que utilizan la línea de ahorro se consideran a los clientes de cuentas de ahorro corriente, clientes de cuentas de ahorro con órdenes de pago y a los clientes de depósitos a plazo fijo. Según las clasificadora de riesgo.En el caso particular de la agencia de Pampa Cangallo, que es la unidad en la que se ha centrado la investigación, sus clientes son pequeños y medianos agricultores. En esa provincia, el 90% de la población está vinculada directa o indirectamente a la actividad agrícola.En todos los casos, la unidad de análisis para la evaluación de los créditos, en general, es la familia, ya que se considera que todos los miembros de la familia contribuyen a una canasta común en el manejo de la economía familiar. Para el caso de las microempresas, se hace un análisis de los ingresos y egresos del negocio.6.3.2.- ORGANIZACIÓNSu estructura orgánica estará regulada por la Superintendencia de Banca y Seguros, que establece que los órganos de gobierno de las cajas rurales de ahorro y crédito son el Directorio y la Gerencia. (Aquí Va el Organigrama)

6.3.3 .- POLITICAS Y PROCEDIMIENTOS GENERALES1.- POLITICAS Y PORCEDIMIENTOS GENERALES DE IDENTIFICACION Y ADMINISTRACIÓN DE RIESGOS 2.- POLITICAS Y PROCEDIMIENTOS GENERALES DE CONTROL INTERNO Y AUDITORIA INTERNA3.- POLITICAS PARA LAS OPERACIONES VINCULADOS, ACCIONISTAS, DIRECTORES Y PRINCIPALES FUNCIONARIOS.4.- POLÍTICAS DE TRNASPARENCIA Y DE CONTRATACIÓN CON EL PÚBLICO USUARIO5.- POLÍTICAS DE PROCEDIMIENTOS GENERALES RESPECTO DE LAS OPERACIONES Y SERVICIO QUE LA EMPRESA CONSIDERA BRINDAR3.- POLITICAS DE PREVENCIÓN DE LAVADO DE ACTIVOS Y FINANCIAMIENTO AL TERRORISMOEl personal de CRAC xxx asume como compromiso institucional las políticas y principios establecidos en este punto, así como los lineamientos y disposiciones establecidos en el Código de Conducta. La suscripción de la carta de compromiso o formulario para este fin implica la aceptación por parte del personal que laborara CRAC xxx de todas las políticas que se detallan y el compromiso de estos de velar por la prevención contra el lavado de activo y/o financiamiento del terrorismo.Estas políticas y principios tienen por finalidad mejorar el cumplimiento de las obligaciones y deberes de todos y cada uno de los funcionarios de CRAC xxx para evitar que en el desarrollo de cualquiera de las actividades y operaciones autorizadas a CRAC xxx, la empresa y sus trabajadores puedan ser utilizados para ocultar y/o transferir fondos provenientes de actividades ilícitas. Estas políticas son las siguientes:a) Cumplir y respetar las leyes, los reglamentos, Manuales Internos, el Manual para la Prevención y el Código de Conducta:Los funcionarios de CRAC xxx cumplirán y respetaran estricta y rigurosamente las normas legales, los reglamentos, Manuales Internos, el Manual para la Prevención y el Código de Conducta de CRAC xxx.b) Relación directa con los clientes:El Gerente General y los demás funcionarios de CRAC xxx que tengan relación directa o indirecta con los clientes, aplicarán las medidas de control y los procedimientos señalados para la Prevención, además de las medidas de control y procedimientos complementarios, dirigidos a evitar que en la ejecución de las

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TENE EN CUENTA TODAS LAS POLÍTICAS CONJUNTAMENTE CON EL ARMADO DEL ORGANIGRAMA
TRABAJO, 26/02/14,
Tener en cuenta primero las políticas a adoptar
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órdenes y realización de operaciones por cuenta de clientes, se pueda llevar a cabo cualquier operación con fondos y valores provenientes del lavado de activos y/o del financiamiento del terrorismo, así como también se sujetarán a los programas de capacitación respecto al tema del lavado de activos y/o financiamiento del terrorismo, las veces que le sean aplicables de acuerdo a las normas vigente y a los establecido en un futuro manual. Los funcionarios de CRAC xxx que tengan razones fundamentadas y verificables sobre la actividad de algún cliente que puedan conducir a sospechar que eventualmente se está utilizando a CRAC xxx para el lavado de activos y/o financiamiento del terrorismo, deberán actuar conforme a lo indicado en párrafos más bajo. Los funcionarios quedan obligados a suspender la relación comercial con el cliente sea de quien se trate.c) Sanciones:CRAC xxx aplicará medidas conducentes para sancionar a los funcionarios que directa o indirectamente faciliten la utilización de CRAC xxx como instrumento para la realización de operaciones ilícitas, sin perjuicio de la responsabilidad penal, civil o administrativa a la que se encuentren sujetos. Las mismas que se detallarán más adelante.d) Capacitación:CRAC xxx incentiva la capacitación de sus funcionarios para el mejor conocimiento y aplicación de sus políticas y procedimientos, adoptando programas de capacitación periódicos según la necesidad establecida por el tipo de relación directa o indirecta que tenga el receptor de la misma con el cliente, así como la antigüedad de los mismos en CRAC xxx.e) Conocimiento de los clientes:CRAC xxx realizará todos los esfuerzos con el objeto de obtener un adecuado conocimiento de sus clientes habituales y ocasionales, ejerciendo las operaciones necesarias para realizar las verificaciones a los datos otorgados por el mismo a CRAC xxx.f) Rechazar cualquier operación ilícita:CRAC xxx rechazará conforme a los procedimientos consagrados en esta política cualquier operación o servicio requerido por terceros, que considere proviene de actividades ilícitas.g) Colaboración del personal:El personal de CRAC xxx colaborará con el Oficial de Cumplimiento, Comité de Cumplimiento, Gerente General y el Directorio, con el propósito de evitar conductas delictivas dentro de la empresa.h) Colaborar con las autoridades competentes:CRAC xxx colaborará con las autoridades competentes suministrando la información en cumplimiento de las disposiciones legales sobre la materia.i) Implementar y divulgar las políticas para la Prevención:El Oficial de Cumplimiento será el responsable de difundir el conocimiento y cumplimiento del contenido de las políticas para la Prevención. Los procedimientos de control, registro y análisis que se practiquen a las operaciones de los clientes, así como de los informes que se envíen a las autoridades competentes, son considerados como información reservada. CRAC xxx deposita la confianza en sus funcionarios, por lo tanto éstos deben desarrollar sus actividades con honestidad, integridad, transparencia, lealtad y competencia.De igual forma CRAC xxx tiene como políticas internas las siguientes: Seleccionar cuidadosamente a sus funcionarios, requiriendo sus referencias sobre su experiencia laboral y actividades profesionales anteriores y/o actuales. Así como, obtener información sobre sus antecedentes personales y patrimoniales.Vigilar de manera especial a los funcionarios que tienen cargos relacionados con el manejo de usuarios y atención de clientes, recepción de fondos y manejo de información confidencial y reservada.

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MECANISMOS DE PREVENCIÓNLas políticas que se aplicarán en CRAC xxx , a efectos de prevenir el lavado de activos y/o financiamiento del terrorismo, son las siguientes:

a) CONOCIMIENTO DEL CLIENTE:Esta constituirá una de las primeras normas básicas para entablar la lucha contra la utilización del sistema financiero para el blanqueo de capitales de origen criminal. CRAC xxx adopta como política principal en el desarrollo de sus actividades la política de “conocer bien al cliente”, a fin de que las personas que quieran acceder a los servicios que la empresa ofrece, sean plenamente identificadas previamente a la formalización de su relación.¿Qué significa “Conocimiento del Cliente”?El conocimiento del cliente implica tener un perfil detallado de la persona a la que estamos ingresando como nuevo cliente de la CRAC xxx . Para ello debemos tener la siguiente información:- ¿Quién es y a qué se dedica?- ¿Dónde realiza su actividad?- ¿Qué tipos de clientes tiene?- ¿Quiénes son los beneficiarios o verdaderos dueños?- ¿Es una Persona Políticamente Expuesta (PEP)?- ¿Son clientes ocasiones o habituales?- ¿Su negocio/medio económico de vida está dentro de la legalidad?Para ello debemos contar con la siguiente documentación:- Personas naturales: Documento de identidad (DNI, CE, Pasaporte u otro), ficha de cliente debidamente completada y firmada donde indique la licitud de los fondos.- Personas Jurídicas: Denominación social o razón social, Ruc, domicilio legal, nombre y apellidos del/de los representante/s, directores, accionistas, gerente general y administrador, poderes, balances, pagos de impuestos y demás. Más la ficha de cliente debidamente completada y firmada donde indique la licitud de los fondos.- Patrimonios Autónomos: Denominación social, Ruc, domicilio legal, nombre y apellidos del administrador del Patrimonio Autónomo, poderes y demás. Más la ficha de cliente debidamente completada y firmada donde indique la licitud de los fondos.Registro y verificación de la información proporcionada por el cliente:

Toda persona que quiera acceder a los servicios que CRAC xxx ofrece, previamente deberá cumplir los requisitos establecidos para el registro y formalización como cliente.

Toda documentación tiene que estar actualizada y debidamente archivada. El conocimiento de un cliente no se limita a recabar la información y mantener un archivo

ordenado. Se requiere verificar, actualizar la información recaudada permanentemente. Esta tarea la hará el Oficial de Cumplimiento conjuntamente con el gestor o funcionario a cargo del cliente.

El conocimiento del cliente es una labor connatural a la actividad financiera y cumple una doble función; comercial (mientras más conozcan a su cliente más servicios le pueden ofrecer) y de control (con el propósito de cumplir lo que dicta la ley a efectos de no estar incursos en problemas legales, como empresa y a manera personal).

Debemos abstenernos de establecer relación alguna o prestar servicios a personas cuya identificación está incompleta o dudosa, o cuando no logremos la verificación financiera con el perfil del cliente, preparado con los datos suministrados por éste.

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Permite establecer operaciones inusuales y sospechosas o, simplemente determinar “perfiles de riesgo”, al facilitar la comparación de la transacción financiera con el perfil del cliente, preparado con datos suministrados por éste.

Por ello, se debe tener presente lo siguiente:a) En relación a los clientes de CRAC xxx , se deberá contar con toda la información que identifique a las personas, ya sean naturales y jurídicas. En el caso de las personas Naturales: sus documentos de identidad, domicilio, profesión, patrimonio, entre otros; en el caso de personas jurídicas: Estatutos, documentos de constitución, poderes de representación actualizados (copia literal o vigencia de poderes con una antigüedad de no más de 30 días calendario), domicilio, documentos de identidad de los representantes o apoderados, RUC, de ser el caso, patrimonio, entre otros.b) Declaración escrita de que el dinero u otro activo que transfiere a las cuentas de CRAC xxx son de naturaleza lícita, y que no es su intención ni objetivo infringir las normas sobre lavado de activos y/o financiamiento del terrorismo en el mercado dichos activos.c) CRAC xxx , sin perjuicio de lo indicado precedentemente, buscará información complementaria a la presentada por el cliente, en lo posible, a fin de cruzar la misma y verificar su autenticidad.d) En relación a las operaciones que puedan realizar los clientes de CRAC xxx , ésta hará un seguimiento continuo y periódico de las mismas, verificando que no se está infringiendo las normas sobre lavado de activos y/o financiamiento del terrorismo.En la política conozca a su cliente, se deberán adoptarán bajo su buen criterio según las circunstancias las siguientes medidas de prevención:Al momento de la vinculación del cliente:

o Confirmar la información suministrada en el proceso de apertura.o Verificar que los documentos de apertura contengan toda la información necesaria

para aproximar el conocimiento del cliente.o Registrar los datos completos en el sistema de soporte.o De ser necesario y requerido por el Oficial de Cumplimiento, solicitar referencias

bancarias y/o comerciales que permitan conocer al cliente.o Revisar y confirmar los datos que tuviera el cliente.o Visitar al cliente en su sede comercial para obtener una percepción directa de sus

actividades económicas.o Conocer adecuadamente la actividad económica que desarrollan los clientes, la

magnitud y las características básicas de sus transacciones habituales (origen y destino).

o Conocer el volumen y movimiento de los fondos de los clientes, de forma que guarden relación con el giro ordinario de los negocios que efectúen.

Además de la información y documentación requerida al cliente que se señala en el presente manual, la Gerencia General, alguna otra gerencia, el gestor o funcionario encargado de la cuenta, se reunirá con el potencial cliente, de ser necesario, previo a la suscripción de los documentos, a fin de conocerlo personalmente. Dependerá del perfil del potencial cliente, la información y documentación presentada y de los resultados de la reunión con éste para decidir si dicha persona será cliente.

Luego de ello, la persona que realizó la visita deberá presentar al Oficial de Cumplimiento la

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Ficha de Visita o Seguimiento que se encuentra en el Anexo II. Una vez que el Oficial deCumplimiento cuente con toda la información del potencial cliente, efectuará una búsquedade información en las centrales de riesgo y otros mecanismos de modo que le permitirátener un mayor conocimiento del potencial cliente. La verificación de dicha información y sucomparación será efectuada periódicamente. Es el Oficial de Cumplimiento quien ejercerádichas funciones.

Durante la relación comercial:

Mantener contacto permanente con el cliente. Solicitar actualizaciones permanentes de los datos y la documentación, al cliente. Realizar visitas periódicas para establecer la marcha de sus negocios. Actualizar permanentemente el conocimiento del mercado. Prestar atención a las señales de alerta que surjan para cada operación Establecer en lo posible patrones de comportamiento, frecuencia, volumen y

características de las transacciones que realiza.

Verificar la información proporcionada por el cliente:

Los empleados de CRAC xxxx, deben registrar y verificar por medios fehacientes, laidentidad, representación, domicilio, capacidad legal, ocupación y objeto social de laspersonas, así como otros datos de identidad de las mismas, sean éstos clientes ocasionaleso habituales, a través de documentos tales como documentos de identidad, pasaporte,partida de nacimiento, licencia de conducir, contratos, estatutos, o cualesquiera otrosdocumentos oficiales o privados, cuando establezcan relaciones comerciales.

Al iniciarse el vínculo entre el cliente y la empresa, la identificación de los clientes, sean personas naturales o jurídicas, ya sean titulares o apoderados, se realizarán mediante la presentación de la documentación acreditativa oficial, original, completa y exigida para cada caso por la normativa interna establecida para la apertura de cuentas/productos, que tendrá en cuenta la legislación vigente.

No se abrirán o mantendrán cuentas anónimas, ni con nombres ficticios o inexactos.

Durante la vigencia del vínculo comercial, las transacciones financieras significativas que hicieran los clientes habituales y ocasionales de CRAC xxxx serán registradas y verificadas mediante la presentación del documento de identidad oficial acreditativo.

En ambos casos se recomienda obtener una fotocopia del documento de identificación aportado, la misma que se conservará junto a la ficha de cliente con la que se formaliza la operación.

Los empleados de CRAC xxxx que se encuentren atendiendo al cliente deben establecer las visitas a estos, lo cual constituye la mejor oportunidad para verificar y llevar de una manera consistente la información obtenida al abrir una cuenta o al

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iniciar una relación. Es importante visitar a los clientes en su lugar de negocio para poder así constatar la naturaleza y el volumen de sus actividades, así como la fuente de los ingresos.

Medidas para obtener información acerca de la identidad de las personas:

CRAC xxxx debe adoptar medidas razonables para obtener y conservar información acercade la verdadera identidad de las personas en cuyo beneficio se abra una cuenta o se lleve acabo una transacción, cuando exista alguna duda acerca de que tales clientes puedan noestar actuando en su propio beneficio, especialmente en el caso de personas jurídicas queno lleven a cabo operaciones comerciales, financieras o industriales en el lugar dondetengan su sede o domicilio.

La documentación que se deberá de solicitar a los clientes es la siguiente:

Personas naturales:

Documento de identidad (sea nacional o extranjero)Ficha del conocimiento del clienteRecibo de algún servicio (luz, agua o teléfono) con el proósito de verificar sudirección.

Personas jurídicas

Escritura pública de constitución e inscripción en Registros Públicos en la que se indique su denominación, forma jurídica, domicilio y objeto social.

Poderes de las personas que actúen en su nombre, inscritos en Registros Públicos (copia literal o vigencia de poder, con una antigüedad no mayor a 30 días calendarios).

Documento de identidad de la/s persona/s autorizada/s que firmará/n el contrato con el cliente. Ficha de Conocimiento del Cliente Recibo de algún servicio (luz, agua o teléfono) con el proósito de verificar su dirección.

CRAC xxxx deberá de abstenerse de recibir a clientes como participes cuando sean personaspúblicamente vinculadas o con actividades delictivas. Para el caso de los PEPs, CRAC xxxxpodrá hacer excepciones siempre y cuando el Oficial de Cumplimiento considere, a sucriterio, que la operación que se pretenda realizar se encuentra justificada, para lo cualsolicitará la documentación de sustento.

Formulario de Conocimiento al Cliente:

El formulario o ficha debidamente firmado por la persona que realiza la operación seráentregado al personal de CRAC xxxx con el que vio la operación, esta es la personaencargada de proporcionale dicho formulario al Oficial de Cumplimiento para su revisión ycorrecto archivo.

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Los formularios de conocimiento al cliente permiten un adecuado control de la identidad delas personas que actuan como clientes de CRAC xxxx.

De no cumplirse con el correcto llenado de dicho formulario o ficha se procederá aconsiderar la operación como una operación inusual pudiendo desencadenar en unasospechosa que se comunicará a la autoridad competente, la UIF – Perú.

Personas Naturales:

a) Suscripción y firma de la Ficha de Registro de cliente. El representante verificará queel cliente llene todos los rubros solicitados a efectos de obtener un adecuadoconocimiento del cliente.

b) Presentación del original y copia del Documento de Identidad: El representanteexigirá el Documento Nacional de Identidad (DNI) del cliente y para el caso depersonas no domiciliadas y/o extranjeras se solicitará la entrega de copia dedocumentos de identidad como el Carnet de Extranjería (C.E.), Pasaporte u otrodocumento de identificación extendido por autoridad competente.

c) El cliente deberá contar con una cuenta bancaria y preferentemente con una cuentacustodia administrada por un tercero especializado en custodia de valores, quecentralice sus operaciones en CRAC xxxx, para lo cual el cliente deberá deproporcionar el nombre de la entidad financiera y del custodio, con indicación de serel caso de los números de cuentas respectivas.

d) En caso el cliente cuente con representantes o apoderados deberá presentar lossiguientes documentos a CRAC xxxx: copia del Documento de Identidad delrepresentante o apoderado, copia de la escritura pública que contenga el poderotorgado por el cliente con la respectiva constancia de inscripción en los RegistrosPúblicos o copia literal del poder inscrito en los Registros Públicos, debidamenteactualizados. CRAC xxxx podrá exigir al cliente una constancia de vigencia de poderde su representante expedida por los Registros Públicos.

e) Esta documentación será remitida por el gestor o funcionario asignado a la cuentadel cliente, al Oficial de Cumplimiento conjuntamente con la Ficha de Registro decliente y toda la documentación pertinente, a fin de que esta área evalúe si losrepresentantes y mandatarios cuentan con poderes suficientes para representar alcliente; así como para efectuar operaciones de compra y venta valores y/oinstrumentos financieros por cuenta y en representación del cliente. Para tal efectose seguirán complementariamente los procedimientos establecidos en el Manual deProcedimientos Operativos.

f) El cliente deberá suscribir declaraciones juradas a solicitud de CRAC xxxx, de ser elcaso. En función al tipo de transacción, montos involucrados y a la información que

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el cliente brinde al momento de su registro, CRAC xxxx a través del representanteasignado a la cuenta del cliente, podrá solicitar declaraciones juradas especificasrespecto a la procedencia y origen de los fondos y/o valores materia de la operacióna ser realizada. Así también, podrá solicitar información adicional respecto a susingresos mensuales promedio, tipo y características de las operaciones usuales querealiza en el mercado, debiendo el cliente indicar los montos, monedas, cuentasinvolucradas, lugares de realización, fechas, periodicidad y otra información que seconsidere relevante antes de efectuar alguna operación.

g) Toda declaración y/o información que el cliente remita a CRAC xxxx deberá constarpor escrito, las cuales se anexaran a los archivos y documentación del Registro declientes que forma parte del Archivo Individual por cliente, bajo custodia delAdministrador de Documentos.

Personas Jurídicas y Patrimonios Autónomos:

a) Suscripción y firma de la Ficha de Registro de cliente. El gestor o funcionarioverificará que el cliente llene todos los rubros solicitados a efectos de obtener unadecuado conocimiento del cliente.

b) El cliente presentara copia de la Ficha del Registro Único de Contribuyentes (RUC) odocumentación que acredite la existencia de la empresa ante SUNAT o autoridadcompetente.

c) Presentación de la copia de los testimonios de constitución social y estatutosactualizados, modificación y nombramiento de representantes con la respectivaconstancia de inscripción en los Registros Públicos, poderes de la empresa (copialiteral o vigencia de poderes con una antigüedad máxima de 30 días calendario).Esta documentación será remitida por el representante asignado a la cuenta delcliente al Oficial de Cumplimiento, conjuntamente con la Ficha de Registro de clientey toda la documentación pertinente, a fin de que esta área evalúe su conformidad; ydetermine si dentro de las actividades del objeto social de la persona jurídica opatrimonio autónomo se encuentra comprendida expresamente la inversión,financiamiento y/o la compra y venta de valores y/o instrumentos financieros. Para talefecto se seguirán complementariamente los procedimientos establecidos en elManual de Procedimientos Operativos.

d) El representante del cliente deberá remitir copia literal de la Ficha Registral originalde la persona jurídica o del administrador del patrimonio autónomo. Estadocumentación también se remitirá al Oficial de Cumplimiento para su evaluación.

e) Presentar copia de los Documentos de Identidad de los representantes legales oapoderados, copia de la escritura pública que contenga los poderes otorgados con larespectiva constancia de inscripción en los Registros Públicos o copia literal de lospoderes inscritos en los Registros Públicos, debidamente actualizados. CRAC xxxx

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podrá exigir al cliente una constancia de vigencia de poder de su representanteexpedida por los Registros Públicos con una antigüedad no mayor a 30 díascalendarios de expedida.

f) Esta documentación será remitida por el representante asignado a la cuenta delcliente, al Oficial de Cumplimiento conjuntamente con la Ficha de Registro de clientey toda la documentación pertinente, a fin de que esta área evalúe si losrepresentantes legales y apoderados cuentan con poderes suficientes pararepresentar al cliente; así como de efectuar operaciones de compra y venta devalores y/o instrumentos financieros por cuenta y en representación del cliente. Paratal efecto se seguirán complementariamente los procedimientos establecidos en elManual de Procedimientos Operativos.

g) El cliente deberá contar con una cuenta bancaria y preferentemente con una cuentacustodia administrada por un tercero especializado en custodia de valores, quecentralice sus operaciones en CRAC xxxx, para lo cual el cliente deberá deproporcionar el nombre de la entidad financiera y del custodio, con indicación de serel caso de los números de cuentas respectivas.

h) El cliente deberá suscribir declaraciones juradas a solicitud de CRAC xxxx, de ser elcaso. En función al tipo de transacción, montos involucrados y a la información queel cliente brinde al momento de su registro, CRAC xxxx a través del representanteasignado a la cuenta del cliente, podrá solicitar declaraciones juradas especificasrespecto a la procedencia y origen de los fondos y/o valores materia de la operacióna ser realizada. Así también, podrá solicitársele información adicional respecto a susingresos mensuales promedio, tipo y características de las operaciones usuales querealiza en el mercado, debiendo el cliente indicar los montos, monedas, cuentasinvolucradas, lugares de realización, fechas, periodicidad y otra información que seconsidere relevante antes de efectuar alguna operación.

i) Toda declaración y/o información que el cliente remita a CRAC xxxx deberá constarpor escrito, las cuales se anexaran a los archivos y documentación del Registro declientes que forma parte del Archivo Individual por cliente, bajo custodia delAdministrador de Documentos.

Relación entre los representantes y el cliente:

Los representantes son los responsables del conocimiento de las personas que acuden asolicitar los servicios de intermediación de valores e instrumentos financieros a CRAC xxxx. ElOficial de Cumplimiento será el encargado de decidir sobre la aceptación o no del clienteluego de obtenida y evaluada la información remitida por este y de haberse cumplido con losprocedimientos del presente Manual para la Prevención y del Manual de ProcedimientosOperativos.

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“ANÁLISIS DE GESTIÓN”

Verificación de la información del cliente:

a) Si el Oficial de Cumplimiento no ha revisado la operación, verificado ladocumentación y dado su visto bueno, no se podrá entablar una relación comercialcon el cliente. Si el gestor o funcionario actuará de manera contraria a lo aquíestipulado, dar lugar a las sanciones contenidas en el presente MANUAL y en elCódigo de Conducta.

b) CA PERÚ realizará verificaciones de la información y datos que los clientes hayanbrindado al momento de su registro y formalización de su relación con CRAC xxxx. Deser el caso, antes de que las personas puedan ser aceptadas como clientes, CRAC

xxxx podrá verificar la información inicialmente proporcionada por los mismos.

c) La verificación posterior de los datos del cliente se podrá efectuar mediante terceros.Los resultados de estas verificaciones se adjuntarán al Archivo Individual de cadacliente.

d) Asimismo, CRAC xxxx, a través de sus gestores o funcionarios, podrá realizar visitas alos domicilios de sus clientes u oficinas, llevar a cambio entrevistas personales orealizar otros procedimientos que le permiten obtener seguridad de que sus clienteshan sido debidamente identificados y alcanzar un conocimiento de sus clientes,dejando constancia documental de ello en el archivo individual de cada cliente, y enla cual se indicará, la fecha, hora y lugar de los mismos, así como su resultado. Caberesaltar que aquella información otorgada por los clientes que no pueda serverificada constituiría una señal de alerta para la detección de operacionessospechosas.

e) Para efectos de la verificación CRAC xxxx actuará con la debida diligencia prestandomayor atención en el caso que alguno de los clientes muestre un patrón deoperaciones que no corresponde a su perfil o giro del negocio, o que se tengaconocimiento de que están siendo investigados por lavado de activos y/ofinanciamiento del terrorismo por las autoridades competentes o que estánvinculados con personas naturales o jurídicas sujetas a investigación o procesosjudiciales relacionados con los mismos.

f) CRAC xxxx ingresará en sus sistemas la información incluida en los reportes remitidospor la SMV y autoridades competentes sobre la relación de personas impedidas deefectuar transacciones a través de los agentes de intermediación en el mercado devalores por encontrarse siendo investigados o con sentencias vigentes por delitos delavado de activos, financiamiento del terrorismo y otros delitos conexos.

g) El Oficial de Cumplimiento dispondrá el ingreso de esta información a los sistemasde CRAC xxxx.

h) Es importante que los documentos sean adecuadamente cumplimentados y

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“ANÁLISIS DE GESTIÓN”

firmados, con el fin de evitar retrasos innecesarios en el registro de cliente. A tal fin,el gestor o funcionario debe conocer con detalle los formularios y sus apartados, detal manera que pueda ayudar al cliente, o candidato a cliente, a realizar tales tareasde manera distendida y sin errores. Periódicamente se realizarán accionesformativas específicamente destinadas a los gestores.

Actualización de la información del cliente:

a) Conforme al Manual de Procedimientos Operativos de CRAC xxxx, los datos de laFicha de Registro de clientes podrán ser actualizados anualmente conforme alprocedimiento establecido en dicho manual.

b) En caso no se encuentre la información actualizada deberá requerírsele a los clienteshacerlo antes de que soliciten realizar operaciones, como condición previa paraejecutarlas.

Personas que no podrán ser clientes de CRAC xxxx:

CRAC xxxx ha determinado que las siguientes personas no pueden ser clientes:

a) Personas que tengan honestidad cuestionable, especialmente aquellas de quienesse tenga conocimiento que están vinculadas o hayan participado en actividades yconductas calificadas como punibles en la legislación penal como el narcotráfico,corrupción de funcionarios, secuestro, proxenetismo, tráfico de menores,defraudación tributaria, lavado de activos, terrorismo, crimen organizado y delitosconexos.

b) Personas que tengan negocios cuya naturaleza haga imposible la identificación ydocumentación sobre la legitimidad o licitud de las actividades que desarrolla en elmercado.

c) Personas que se rehúsen o no accedan a proveer la información o la documentaciónrequerida al momento de su Registro.

d) Accionistas, socios y/o administradores de sociedades de lotería, casinos de juego oentidades de apuestas no autorizadas oficialmente.

e) Casas de cambio, transmisores de dinero u otras entidades similares, respecto de lascuales no se tenga plena seguridad de que sus actividades sean absolutamentelegales. Esta relación es enunciativa y referencial, sin perjuicio de otros supuestosque se presenten en función a las nuevas conductas y prácticas que se presenten enel mercado de valores.

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“ANÁLISIS DE GESTIÓN”

Personas sujetas a evaluación especial para ser clientes:

CRAC xxxx ha determinado que las siguientes personas podrán ser clientes luego deefectuarse una evaluación que constará en un informe conjunto del Oficial de Cumplimientoy la Gerencia General con la opinión favorable del representante a quien se le asignará lacuenta. Estas personas son:

Personas vinculadas con la producción o distribución de armas y otros productos similares.

Personas expuestas políticamente (PEP) nacionales o extranjeras, que accede directamente a los servicios de CA PERÚ. Incluye también a miembros de las fuerzas armadas, funcionarios y servidores públicos.

Personas políticamente expuestas (PEPs):Se entenderán como PEPs los individuos nacionales o extranjeros que cumplen o hancumplido funciones públicas destacadas.

Se deben considerar como PEPs a las siguientes personas:

PEPs en función de su jerarquía

Jefes de Estado, jefes de gobierno o personas que encabecen los órganos ejecutivos provinciales, regionales, locales o sus equivalentes (estados federados, provincias autónomas, cantones…), así como los asimilables.

Ministros, consejeros de gobiernos regionales o provinciales, así como los cargos equivalentes.

Diputados, senadores, miembros de las cámaras legislativas federales, nacionales, provinciales, supranacionales o sus equivalentes.

Altos funcionarios como, por ejemplo, secretarios de estado, directores generales y sus equivalentes.

Magistrados de altos tribunales de justicia como, por ejemplo, Corte Suprema, Tribunal Constitucional o sus equivalentes.

Altos miembros de las jerarquías eclesiásticas y militares. Miembros de los Altos Cuerpos Consultivos como, por ejemplo, Consejo de Estado y órganos equivalentes. Altos cargos de las denominadas “administraciones independientes” como, por

ejemplo, superintendencias, bancos centrales u otras agencias, u órganos asimilables. Altos cargos de los partidos políticos y asociaciones de análogo objeto. Los funcionarios públicos, sea cual sea su nivel jerárquico, en la medida en que

tengan competencias directas de disposición de fondos, serán incluidos en el presente procedimiento.

Los funcionarios públicos, sea cual sea su nivel jerárquico, en la medida en que tengan competencias directas de ordenación territorial y urbana, serán incluidos en el presente procedimiento.

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“ANÁLISIS DE GESTIÓN”

Los funcionarios públicos, sea cual sea su nivel jerárquico, en la medida en que la jurisdicción de cuya Administración Pública forman parte, sea calificada como un territorio con riesgo país elevado, serán objeto de inclusión en la categoría objeto del presente procedimiento.

Familiares próximos

Se debe detallar el nombre de sus parientes hasta el segundo grado de consanguinidad y segundo de afinidad y del cónyuge o concubino de ser el caso.

Se consideran familiares próximos y, en consecuencia, asimilables a las citadas personas físicas:

El cónyuge, o persona asimilable, incluidos los separados y divorciados, del correspondiente PEP.

Las personas que, de acuerdo con la legislación vigente en cada momento, sean asimilables al anterior,

Los hijos del correspondiente PEP, así como los cónyuges de dichos hijos, y las personas asimilables, y

Los padres y hermanos, o medios hermanos, del PEP.

Allegados

Se consideran personas reconocidas como allegados de un PEP:

Las personas físicas de las que exista información pública disponible que conjuntamente con cualquiera de los anteriores ostente la propiedad, o el control, de cualesquiera personas jurídicas o vehículos asimilables,Las personas físicas de las que exista información pública disponible que permita afirmar que mantienen relaciones empresariales estrechas con el correspondiente PEP, yLas personas físicas que ostenten la propiedad de una persona jurídica, o vehículo asimilable, que haya sido constituida, o lo haga de facto, para beneficiar a un PEP, y de las que exista información disponible.

En el Anexo I se encuentra una lista con los cargos PEPs considerados por la SBS, estostambién deberán ser considerados.

Asimismo, cuando un PEPs cuente cuando menos con el 5% del capital social, aporte o participación de personas jurídicas o patrimonios autónomos deberá también consignar su información personal.

Conocimiento y seguimiento de clientes que sean personas expuestas políticamente(PEP’s) y otros clientes:

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“ANÁLISIS DE GESTIÓN”

a) Conforme a la política asumida por CRAC xxxx de “Conocer bien al cliente” las Fichasde Registro de Persona Natural, Persona Jurídica y Patrimonio Autónomo cuentancon apartados que permiten a CRAC xxxx establecer grupos de clientes.

b) Por otro lado, a partir de la información proporcionada por el cliente es posibleidentificar y clasificar a clientes PEP´s, clientes personas naturales y personas jurídicas o patrimonios autónomos a fin de efectuar seguimiento al desarrollo de susoperaciones.

Registro del cliente:

Una vez verificado el cumplimiento de los anteriores procedimientos; así como de losprocedimientos establecidos en el Manual de Procedimientos Operativos y de obtener elvisto bueno del oficial de Cumplimiento para el registro del cliente, se procederá a registrara este en el Sistema de CRAC xxxx.

CONOCIMIENTO DEL PERSONAL DE CRAC xxxx:

¿Qué implica el conocimiento del empleado?

Los sujetos obligados deben asegurarse:

• Que sus trabajadores permanentes tengan un alto nivel de integridad, recabandoinformación sobre antecedentes personales.

• Contar con un legajo personal de cada trabajador, que estará a disposición de laUIF-Perú cuando lo solicite.

• Qué el personal esté bien seleccionado, capacitado, motivado, controlado yconsciente de su responsabilidad. No deben emitir los controles respectivos seaquien sea el cliente.

• Las faltas en el control de Lavado de Activos, según su gravedad ameritará hasta ladesvinculación laboral bajo la forma de terminación unilateral con justa causa(destitución o despido) sin excluir las sanciones legales pertinentes.

• Se está terminantemente prohibido proporcionar cualquier información sobre lasoperaciones de los clientes, salvo exista expresa autorización escrita por parte delgerente del área a cargo. Si este se encuentra de vacaciones la autorización lapuede emitir el Sub Gerente del área o Gerente General. Salvo excepciones queserán consideradas por el Gerente General y con autorización expresa de esté.

CRAC xxxx requerirá la información necesaria de su personal y de toda aquella persona queforma parte de la misma, a dicho efecto mantendrá actualizada la documentación, siendoesta: su documento de identidad, declaración patrimonial, currículum vital documentado,dirección de su domicilio, declaración de antecedentes personales y laborales, entre otrosque el Oficial de Cumplimiento pueda solicitar.

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“ANÁLISIS DE GESTIÓN”

CRAC xxxx en todo momento verificará el cumplimiento por parte de todo su personalrespecto de las normas contenidas en el Código de Conducta.

Con carácter previo a la contratación de cualquier empleado, y de manera adicional acualesquiera pruebas, entrevistas, etc. destinadas a valorar su pericia profesional, elcandidato a empleado deberá justificar de manera fehaciente que no ha incurrido en suactuación profesional previa en ilícitos graves o, alternativamente, en ilícitos leves perorecurrentes. A tal fin, se podrá solicitar el documento de antecedentes policiales o penalesen el que conste la inexistencia de tales ilícitos.

Reglas Generales De Actuación:

Los empleados de CRAC xxxx están obligados a mantener, en todo momento, los mayoresestándares de adhesión a las exigencias legales, reglamentarias y éticas establecidas enPerú. En particular, los empleados de CRAC xxxx están obligados a:

Poner en conocimiento del Oficial de Cumplimiento cualquier irregularidad de terceros relacionada con sus actividades laborales, calificable, siquiera tentativamente, como ilícita, cualquiera que sea su aparente naturaleza y cualquiera que sea la persona que hubiera sido la actuante, basta con tener la ligera sospecha.

Poner en conocimiento del Oficial de Cumplimiento que se encuentra sujeto –en su caso- a procedimientos civiles, administrativos o penales, en materias que pudieran tener una relación directa o indirecta, con el ámbito de sus actividades profesionales en CRAC xxxx.

Abstenerse de ejecutar transacción alguna que presente indicios de poder ser utilizada por personas, u organizaciones, con propósitos criminales.

Prohibiciones:

Queda prohibido a todos los empleados realizar transacciones con familiares naturales opolíticos, en la medida en que tales transacciones no hayan sido puestas en conocimientoprevio del Oficial de Cumplimiento, y éste las haya autorizado de manera escrita y expresa.

Por las mismas razones, queda prohibido a todos los empleados realizar transacciones conpersonas vinculadas de manera comercial o profesional, en la medida en que talestransacciones no hayan sido puestas en conocimiento previo del Oficial de Cumplimiento, yéste las haya autorizado de manera escrita y expresa.

Como máximo anualmente, el Oficial de Cumplimiento revisará el estado legal y patrimonialde los empleados, de acuerdo con su propio análisis de vulnerabilidad y de acuerdo conprocedimientos escalados según responsabilidades.

Sistema de evaluación para personas que ingresan a laborar a CRAC xxxx:

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“ANÁLISIS DE GESTIÓN”

La evaluación del personal de la empresa se debe tener en consideración desde el procesode selección y posterior ingreso a la empresa; se debe analizar su conducta y que cuentecon una elevada calidad moral, en especial aquellos que van a desempeñar cargosrelacionados con la atención a clientes, recepción de dinero y control de información.

El objetivo es tener pleno conocimiento de los siguientes aspectos de cada persona quemantiene relaciones laborales con CRAC xxxx:

- Antecedentes personales- Antecedentes laborales- Antecedentes patrimoniales

Se podría considerar como parte de las relaciones que existen, la pregunta: “¿Sabes conquien trabajas?”.

Ello es importante y una evaluación debe tener en cuenta las consideraciones siguientes:

- CRAC xxxx, con el objeto de velar por su imagen institucional, conservando lamás alta calidad moral de sus empleados, deberá seleccionarloscuidadosamente y vigilar su conducta

- En cuanto a conductas sospechosas del personal, CRAC xxxx debe prestarespecial cuidado con:

a) Empleados cuyo estilo de vida no corresponda a su nivel de remuneración

b) Empleados renuentes a tomar vacaciones, sin razón aparente

c) Empleados asociados directa o indirectamente con desaparición de fondos deCRAC xxxx, u otras conductas negativas o sospechosas en su trabajo y en su vidapersonal, basado en los siguientes aspectos:

Situación legal, familiar Entorno social, político, cultural Situación patrimonial, bienes muebles, inmuebles, cuentas, etc.

CRAC xxxx solicitará a todos y cada uno de sus trabajadores su currículum vital, referenciaspersonales, de ser el caso, declaración patrimonial y laboral. Asimismo, los trabajadoresestarán obligados a declarar cualquier modificación a la información presentada. CRAC xxxx,de considerarlo conveniente verificará dicha información.

CRAC xxxx toma conocimiento de las operaciones que realiza su personal y/o vinculados através de la revisión de los clientes y de sus fondos, lo cual se hace de manera diaria, por loque de observarse inversiones atípicas comparadas con la declaración patrimonial y deingresos de sus trabajadores llevará a una investigación a ser llevada a cabo por el Oficialde Cumplimiento. Esto a su vez permite llevar un efectivo control de las operaciones que serealicen dentro o fuera de los mecanismos centralizados de negociación.

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“ANÁLISIS DE GESTIÓN”

En este sentido, CRAC xxxx debe mantener un archivo actualizado con la siguienteinformación:

Hoja de Vida Actualizada. Copia de los diplomas que acrediten sus grados académicos. Copia de documentos que acrediten los estudios, cursos y declaraciones

efectuadas en su Hoja de Vida. Ficha de Antecedentes Personales. Ficha de Antecedentes Laborales. Ficha de Antecedentes Patrimoniales. Constancia de recepción del MANUAL y Código de Conducta. Referencias personales y profesionales, de ser el caso.

Los Formatos mediante los que el empleado debe plasmar sus antecedentes personales,laborales y patrimoniales se encuntra adjunto mediante Anexo II.

CONOCIMIENTO DEL MERCADO:

El conocimiento del mercado es un complemento del conocimiento del cliente, que permite alos sujetos obligados determinar los rangos dentro de los cuales se ubican las operacionesusuales que realizan estos, según las características del mercado. En este sentido, CRAC xxxx debe estar en la capacidad de detectar operaciones que salen de los perfiles deactividad de los clientes o de los parámetros de normalidad vigente en el mercado en el quese desenvuelven, comparando las operaciones realizadas por clientes con perfiles deactividad similares, deviniendo en inusuales o sospechosas. Esta función la deberán aplicarademás del Oficial de Cumplimiento, los gestores o funcionarios responsables del cliente.

El conocimiento del mercado es una herramienta útil para la prevención del lavado deactivos. Nos permite comparar las transacciones realizadas por clientes con perfilessimilares y visualizar tendencias de comportamiento financiero de los mismos, basadas en lafrecuencia, volumen y demás características usuales compartidas por ese segmentoeconómico.Podemos determinar las características usuales y la racionalidad económica de lastransacciones del cliente en comparación con el comportamiento del sector al que éstepertenece.

TRABAJO, 26/02/14,
ADJUNTAR EL ANEXO II ES DECIR EL CUADRO DEL PERSONAL PARA Q PLASME SUS ANTECEDENTES PERSONALES
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“ANÁLISIS DE GESTIÓN”

La segmentación del mercado consiste en un conjunto de criterios que nos sirven comoelemento de selección para el seguimiento de operaciones de clientes que por suscaracterísticas, al realizar operaciones que se apartan de su mercado presentan “Perfiles deRiesgo”.

PERFIL DE RIESGO:

Se denomina Perfil de Riesgo a las diversas situaciones o señales de alerta que, en formaindividual o combinada, se presentan con respecto a un Cliente o a las operaciones que ésterealiza con CRAC xxxx. Los perfiles de riesgo son definidos y compuestos por cada sujetoobligado, con base al escenario de su país y actividad que desarrolla.

A continuación se detallan algunos criterios a modo ilustrativo más no limitativo de losperfiles de riesgo:

a) Segmentación por clase o producto.

b) Segmentación por país, ciudad, regiones, etc.

c) Segmentación por actividades económicas.

d) Segmentación por empresas o regiones de alto riesgo de lavado de activos ovulnerables a ello.

e) Se comparan comportamientos por segmentos económicos o zonas geográficasdel interior y exterior del país, identificadas de alto riesgo.

CRAC xxxx en materia de monitorización, gestión y seguimiento del riesgo de clientes losclasifica en tres niveles de riesgo. Para ello existe los niveles bajo, medio y alto, siendoestos los siguientes:

Los calificados en el nivel de riesgo bajo serán objeto de normas simplificadas de diligencia, con independencia de que las reglas de monitorización manual que se aplicarán sobre la totalidad de sus operaciones.

Los calificados como de riesgo medio serán objeto de diligencia estándar, con independencia de que las reglas de monitorización manual que se aplicarán sobre la totalidad de sus operaciones.

Los clientes calificados como de riesgo alto , serán objeto de diligencia reforzada, con independencia de las reglas de monitorización manual que se aplicarán sobre la totalidad de sus operaciones.

Asimismo, la monitorización tiene como objetivo privilegiado indirecto, la detección decualesquiera transacciones en las que pudieran concurrir factores de inusualidad osospecha.

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“ANÁLISIS DE GESTIÓN”

La monitorización y clasificación de los clientes en alguna de las tres categorías de riesgo sehará cada vez que un cliente contrate los productos que ofrece CRAC xxxx. Es importantetener en cuenta que la categoría de un cliente ya registrado puede cambiar y puede serrecategorizado en función a los productos y transacciones que realice una vez iniciada larelación comercial con CRAC xxxx.

Clientes de riesgo alto:

Los clientes clasificados en el nivel de riesgo alto deberán justificar documentalmente susituación económica, origen de rentas y/o patrimonio, y el origen de los fondos.Necesariamente, además de la declaración que realicen al gestor o funcionario (y de la queéste dejará constancia escrita en su informe), aportarán documentos fehacientes emitidospor terceros en los que se incluya evidencia suficiente, razonable e indubitable de lalegitimidad, licitud y legalidad de los fondos que aporta para la apertura de la relacióncomercial, y del origen de dichos importes.

Los clientes calificados como de riesgo alto, serán objeto de diligencia reforzada, conindependencia de que las reglas de monitorización automatizadas se aplicarán sobre latotalidad de sus operaciones.

a) En el caso de negocios jurídicos bilaterales, tales como compraventas, permutas otransacciones asimilables con bienes y derechos, inmobiliarios o no, el propiocontrato de compraventa, permuta o asimilable. En caso de que la inscripciónregistral sea condición necesaria de validez del anterior negocio jurídico, se aportarátambién documento acreditativo de tal hecho (registro de entrada o sello, o copia enel que conste la citada inscripción).

b) En el caso de negocios jurídicos unilaterales, por ejemplo, donaciones, el documentoformal en que conste el acto y, en su caso, la inscripción registral, de resultarnecesaria para la validez jurídica del acto (registro de entrada o sello, o copia en elque conste la citada inscripción).

c) En el caso de constitución de legados, otorgamiento de herencia o asimilables, eldocumento público (en su caso, privado, de acuerdo con la legislación de aplicación)que acredite fehacientemente y erga omnes tal hecho.

d) En el caso de concesiones administrativas o asimilables, acta de resolución emitidapor la Administración Pública, u organismo público, correspondiente. Se consideraráque un documento público de comunicación del acto, en la medida en que haya sidoimpreso en el diario El Peruano, es un documento equivalente al anterior.

e) En el caso de acreditación de patrimonios, documento bancario, de un mercado devalores, de un intermediario autorizado a operar por las Autoridades de unajurisdicción o asimilable con constancia del hecho, haciéndose la necesariaaclaración de que la acreditación patrimonial (o de rentas) es un acto diferente de laacreditación del origen de los fondos que integraron tal patrimonio. Documentosemitidos por Catastros, Registros Públicos o emisores privados a los que unaAdministración Pública competente haya otorgado facultades de emisión de tales, se

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“ANÁLISIS DE GESTIÓN”

consideran suficientes para la acreditación de un patrimonio, sin perjuicio de que laaclaración realizada en el párrafo anterior también resulta de aplicación.

f) En el caso de acreditación de rentas, son documentos acreditativos los contratos detrabajo, las certificaciones salariales (cartas de trabajo, comprobantes de planilla,etc.), los documentos que el potencial cliente o cliente hubiera entregado a lasAdministraciones Públicas en los que se realizaran declaraciones juradas, como porejemplo las declaraciones de renta, o manifestaciones asimilables, en los que elcitado potencial cliente o cliente hubiera incluido las cantidades correspondientes asu cifra de ingresos y constara acreditación adicional de la persona jurídica, onegocio, con el que estuviera contractualmente ligado.

g) Excepcionalmente, en el caso de personal al servicio de empresas cotizadas, ysiempre que en la web de dicha entidad, figure la inclusión de dicho potencial clienteo clientes sus órganos de dirección y/o control, la copia de tal web deberá seracompañada de una llamada que acredite el mantenimiento del lazo laboral o de altadirección, a los efectos de la acreditación de la citada relación. Se consideraráequivalente a un documento de acreditación de renta, la existencia de copia de lacitada web, con confirmación del mantenimiento del lazo laboral más una estimaciónrazonable del nivel de ingresos del potencial cliente o cliente, de acuerdo con fuentesprofesionales independientes, en la medida en que obre, adicionalmente, declaraciónjurada del potencial cliente o cliente.

h) Aquellos que el Oficial de Cumplimiento considere adecuados, de acuerdo con lamotivada solicitud del gestor.

Clientes de riesgo medio:

En el caso de clientes categorizados en el nivel medio de riesgo, se aportarán documentosoriginales y veraces del origen de fondos y de patrimonio/renta del potencial cliente o cliente,tales como los señalados para los clientes de riesgo alto en la medida que estos seanrequeridos por el Oficial de Cumplimiento.

Los calificados como de riesgo medio serán objeto de diligencia estándar, conindependencia de que las reglas de monitorización automatizadas se aplicarán sobre latotalidad de sus operaciones.

Clientes de riesgo bajo:

En el caso de clientes categorizados en el nivel bajo de riesgo, se aportarán documentosoriginales y veraces del origen de fondos y de patrimonio/renta del potencial cliente o cliente,tales como los señalados para los clientes de riesgo alto en la medida que estos seanrequeridos por el Oficial de Cumplimiento.

Los calificados en el nivel de riesgo bajo serán objeto de normas simplificadas de diligencia(que, en ningún caso, serán inferiores a las exigidas por la legislación aplicable) conindependencia de que las reglas de monitorización automatizadas se aplicarán sobre la

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“ANÁLISIS DE GESTIÓN”

totalidad de sus operaciones.

¿Cómo funciona la categorización del registro de clientes por tipos de riesgo?

Todos los clientes serán categorizados en la fecha que registren las primeras operacionescon CRAC xxxx a través de una plantilla de Excel que determinará el nivel de riesgo al quepertenecen. Dicha plantilla deberá constar en el archivo de cada cliente, al igual que lamonitorización por operaciones futuras que pueda realizar. La monitorización será anual yse registrarán las operaciones por año.

Existen varios criterios para ser desarrollados como edad, nacionalidad, monto invertido,ubicación geográfica, fondos a ingresar, productos y servicios contratados, entre otros. Cadacategoría estará registrada con un puntaje, la sumatoria final del mencionado puntaje dará lacategoría de riesgo de un cliente o potencial cliente.

Un cliente con una categoría de riesgo ya determinada puede ser recategorizado a unacategoría de riesgo mayor en función a los montos que invierta en un año calendario.

DE LA CAPACITACIÓN INTERNA:

Es obligación del Oficial de Cumplimiento encargarse de la capacitación del personal de CAPERÚ para que cumplan con un adecuado control de las normas contempladas en elpresente manual. Asimismo, el Oficial de Cumplimiento debe adoptar, desarrollar y ejecutarprogramas, normas, procedimientos y controles internos para prevenir y detectar los delitosde Lavados de Activos y Financiamiento del Terrorismo.

CRAC xxxx promueve la participación de sus representantes y funcionarios en los programasde capacitación que sobre la materia realicen las entidades calificadas del sistema y; losorganismos reguladores y/o encargados de normarlo.

El Oficial de Cumplimiento tendrá a su cargo la capacitación interna de todo el personal deCRAC xxxx que corresponda. Para ello se desarrollará un programa de capacitación anualcon el fin de instruir a los trabajadores de CRAC xxxx sobre las normas vigentes en materiade prevención del lavado de activos y/o financiamiento del terrorismo, así como respecto delas políticas, mecanismos y procedimientos establecidos por CRAC xxxx. Los trabajadoresque tengan contacto directo con los clientes, considerando las características particulares dela labor que desempeñen, requerirán de mayor capacitación, por lo menos, dos veces alaño, de acuerdo con los productos y/o servicios ofrecidos por los sujetos obligados.

Sin perjuicio de lo establecido, el nuevo personal de CRAC xxxx deberá ser informado sobrelos alcances del sistema de prevención del lavado de activos y/o financiamiento delterrorismo, de acuerdo con las funciones que les correspondan, a más tardar dentro de lostreinta días calendario siguientes a la fecha de ingreso, lo que deberá realizarse en

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“ANÁLISIS DE GESTIÓN”

coordinación con el Oficial de Cumplimiento.

Los programas de capacitación deben ser constantemente revisados y actualizados por elOficial de Cumplimiento, con la finalidad de evaluar su desarrollo y efectividad, así comoadoptar las me

TIPOS OPERACIONES

Dentro del lavado de activos existen los siguientes tipos de operaciones:

OPERACIONES INSUALES:

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“ANÁLISIS DE GESTIÓN”

Son aquellas transacciones cuya cuantía, característica y periocidad no guardan relacióncon la actividad económica del cliente, salen de los parámetros de normalidad vigentes en elmercado o no tienen un fundamento legal evidente.

Son operaciones inusuales las que por su naturaleza salen de lo común y deben serinvestigadas con la finalidad de que se encuentren dentro de la legalidad.

La evaluación comparará si la operación detectada como inusuales en función a su cuantía,características particulares y periodicidad no guardan relación con la actividad económicadel cliente o salen de los parámetros de normalidad vigente en el mercado o no tienen unfundamento legal evidente. Además, se considerará si las operaciones objeto de análisistienen una magnitud o velocidad de rotación inusual, o condiciones de complejidad inusitadao injustificada, y que, en base a la información con que cuenta CRAC xxxx del cliente, lo llevea presumir que los fondos utilizados en esa operación proceden de alguna actividad ilícita, oque, por cualquier motivo, no tengan un fundamento económico o lícito aparente; y quepodrían estar vinculados al lavado de activos y/o financiamiento del terrorismo.

Si cliente modifique su operativa a lo declarado inicialmente, no da lugar automático a unaoperación sospechosa, más puede ser catalogada como inusual. Las transaccionesinusuales pueden ser detectadas por varias vías. Si la misma es anticipada por el gestor ofuncionario, el mismo deberá inmediatamente pedir las explicaciones y documentacionesjustificativas, de ser necesario

El hecho que una operación sea calificada como inusual, no significa que esté vinculada conactividades ilícitas. Por esta razón, es necesario estudiar cada una de las operaciones con elfin de verificar si califica como inusual.

Detección de operaciones inusuales:

Los funcionarios de CRAC xxxx, en función a su Buen Criterio, que detecten algunaconducta u operación de clientes efectuada o que se pretenda efectuar a través deCRAC xxxx que podría encontrarse relacionada con el lavado de activos y/ofinanciamiento del terrorismo o delitos conexos, deberán poner en conocimiento detal hecho al Oficial de Cumplimiento.

Los funcionarios remitirán al Oficial de Cumplimiento por correo electrónico ladescripción del hecho identificando al cliente, la fecha de la operación, tipo deoperación, servicios y productos solicitados y cualquier otra información queconsidere relevante y tenga conocimiento respecto de la operación y/o conductadetectada para realizar la evaluación.

El proceso de evaluación de una operación inusual, estará a cargo del Oficial deCumplimiento quien solicitará a las demás áreas de la empresa información adicionaly su colaboración a fin de determinar si la operación califica como sospechosa.

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“ANÁLISIS DE GESTIÓN”

CRAC xxxx llevará un registro físico y/o informático denominado Registro deOperaciones Inusuales en el cual se registrarán y documentarán todas lasoperaciones calificadas como inusuales comunicadas por los funcionarios y/oanalizadas por el Oficial de Cumplimiento. Dicho registro identificará correlativamenteel número de la operación inusual, la fecha de realización de la operación, tipo deoperación, monto involucrado en la operación, fecha de detección de la operacióncomo inusual y los criterios por los cuales no se consideraron sospechosas.

¿Cuál es el trámite de una operación inusual?

¿A quién se reporta?

• Cualquier empleado de la empresa que tome conocimiento de una transacción que asu criterio sea inusual, deberá de enviar una comunicación escrita al Oficial deCumplimiento, para lo cual tiene el plazo de 10 días después de ocurrido el suceso.El empleado lo podrá comunicar vía correo electrónico especificando una descripciónde lo ocurrido, nombre del cliente, fecha y monto involucrado de haberlo.

• En la mayoría de los casos no se puede determinar que exista un delito, basta contener la LIGERA SOSPECHA de que existe una actividad ilegal. Un reporte deoperación sospechosa no constituye denuncia penal.

• Lo que exige la Ley es transmitir a la autoridad operaciones que a criterio de laInstitución Financiera o Bursátil pudieran ser sospechosas, no se está pidiendo queactuemos como investigadores policiales y determinemos si efectivamente los bieneso dinero son de origen ilícito y si provienen de un específico delito.

OPERACIONES SOSPECHOSAS:

Operaciones inusuales que derivan en sospechosas:

Son las operaciones sospechosas las que luego de una evaluación se envidencia que nohay una justificación apartente por lo que se debe empliar la investigación. De no existirjustificación, estas serán comunicadas a la Unidad de Inteligencia Financiera (UIF – Perú).

Es importante señalar que en las situaciones sospechosas que se les presenten no debentener certeza del delito ni del origen de los recursos para poder reportar a la UIF. Basta quese PRESUMA que se trata de un origen ilegal. La comunicación no constituye violación dela reserva bancaria ni implica responsabilidad civil, administrativa o penal, para elfuncionario bancario o bursátil que reporta o para la institución

¿Debo reportar toda operación inusual de mi cliente? No, solo aquellas que después deanalizarlas y de haber solicitado la justificación respectiva al cliente, aparentemente notienen explicación legal o económica.

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“ANÁLISIS DE GESTIÓN”

Conforme al numeral anterior en base a la detección de operaciones inusuales CA PERÚefectuará análisis para calificar como sospechosas aquellas operaciones que correspondany ser informadas a la UIF-Perú.

La información que contienen los reportes de operaciones sospechosas e informesque emita el Oficial de Cumplimiento tiene carácter confidencial.

¿Qué sucede si no comunico internamente una operación sospechosa?

• Bajo el aspecto penal, en el Perú, esta conducta puede ser considerada equivalentea la comisión del delito. Por lo tanto, puedes ser acusado de “Lavado de Activos”.

En el Perú, las empresas deben comunicar inmediatamente, en un plazo no mayor de treinta(30) días calendario de haber detectado las transacciones, aquellas que a su buen criteriosean calificadas como sospechosas. Esta comunicación la realiza el Oficial de Cumplimientoy lo hace mediante de un ROS (Reporte de Operación Sospechosa) la cual se dirige a la UIFPerú.

REPORTE DE OPERACIONES SOSPECHOSAS EN LÍNEA (ROSEL):

Reportes de operaciones sospechosas:

CRAC xxxx comunicará a la UIF-Perú las operaciones realizadas o que se hayan intentadorealizar que, según su Buen Criterio sean consideradas sospechosas sin importar losmontos involucrados, en un plazo no mayor de treinta (30) días calendario de haberlasdetectado.

Se considerará detectada una operación sospechosa cuando, luego del análisis yevaluación realizados por el Oficial de Cumplimiento se determine que una operaciónidentificada como inusual resulta ser sospechosa, para lo cual el Oficial de Cumplimientodeberá dejar constancia documental del análisis y evaluaciones realizadas para lacalificación de operaciones sospechosas, en el registro correspondiente.

CA PERÚ atenderá, las solicitudes de información o de ampliación de información de la UIF-Perú u otra autoridad competente dentro de los plazos establecidos, de conformidad con lasnormas de prevención del lavado de activos y/o financiamiento del terrorismo.

La comunicación de operaciones sospechosas tiene carácter confidencial y privado, deacuerdo al deber de reserva, entre CRAC xxxx y la UIF-Perú; conforme a lo dispuesto en elartículo 12° de la LEY y en el artículo 13° del REGLAMENTO.

Mediante Resolución SBS Nº 9810-2011 se determiné que el Sistema de OperacionesSospechosas en Línea (ROSEL) es una herramienta tecnológica desarrollada por la SBS

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“ANÁLISIS DE GESTIÓN”

para permitir que, de acuerdo a la normativa vigente, los sujetos obligados remitan a la UIF-Perú el reporte de operaciones sospechosas (ROS) por medios electrónicos, bajoestándares que aseguran que la información sea transmitida con un adecuado nivel deseguridad.El ROSEL se enviará por medio de una plantilla que se encuentra publicada en el portalhabilitado por la SBS para tal efecto.

El Oficial de Cumplimiento es el responsable del correcto uso del Sistema ROSEL y de todala información contenida en la plantilla y anexos, debiendo adoptar las medad necesariaspara asegurar la veracidad de la información, su reserva y confidencialidad.

De la Comunicación de Operaciones Sospechosas:

a) CRAC xxxx tiene la obligación de comunicar a la UIF-Perú, sobre las operaciones queconsidere sospechosas sin importar los montos involucrados, en un plazo no mayorde 30 días calendario de haberlas detectado, a dicho efecto deberá observar loseñalado en el inciso 1 del artículo 14º de LAS NORMAS.

b) En el caso que la UIF-Perú o cualquier otra Institución pública autorizada por la LEY,requiera información o ampliación de información, CRAC xxxx deberá remitirla en losplazos solicitados por éstas, salvo que por la magnitud y/o complejidad de la mismano sea posible remitirla en dicho plazo, para lo cual solicitará un plazo adicional.

c) El Oficial de Cumplimiento deja constancia documentada del análisis y evaluaciónrealizada para la calificación de operaciones sospechosas, en el registro y filecorrespondiente del cliente.

d) La comunicación y documentación que se remita a la UIF-Perú respecto del cliente ylas operaciones sospechosas, tienen carácter confidencial y privado, de acuerdo aldeber de reserva establecido por la LEY, por lo que la misma se debe remitir a laUIF-Perú en sobre cerrado.

e) CRAC xxxx llevará un registro de control numerado, denominado “Registro deOperaciones Sospechosas”, que contendrá la fecha de realización de la operación,tipo de operación, monto involucrado en la operación, fecha de detección comoinusual, fecha de detección como sospechosa, y fecha de comunicación a la UIF-Perú.

f) Los reportes de operaciones sospechosas deben contener como mínimo lainformación a que se refiere el numeral 15.1 del artículo 15º de LAS NORMAS;asimismo, el formulario que se utilizará para el reporte de operaciones sospechosases el ROSEL (Reporte de Operación Sospechosa en Línea), aprobado por la UIF.

g) La relación de señales de alerta que CRAC xxxx observará y tendrá en cuenta con lafinalidad de detectar operaciones sospechosas, se encuentra en la “Guía de

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“ANÁLISIS DE GESTIÓN”

Operaciones Inusuales o Sospechosas” que se señalan en el Anexo I de LASNORMAS.

REGISTRO DE OPERACIONES

Es el registro que debe ser llenado por todos los sujetos obligados en el cual se deberáregistrar la información respecto a las operaciones que realicen sus clientes habituales uocasionales cuando excedan los umbrales establecidos en el artículo 6º del D.S. Nº 018-2006-JUS, Reglamento de la Ley que crea la UIF- Perú. Estos son por importes iguales osuperiores a US$ 10,000.00 en una operación o US$ 50,000.00 acumulado en un mes o suequivalente en Nuevos Soles. En el caso de empresas de transferencia de fondos, casinos,sociedades de lotería y casas de juego, incluyendo bingos, hipódromos, y sus agencias,deberán registrar las transacciones a partir de US$ 2,500.00 en una operación o US$10,000.00 acumulado en un mes o equivalente en moneda nacional.

No existe la obligación de enviar el Registro de Operaciones a la UIF-Perú, salvo que ésta losolicite al Sujeto Obligado.

• El Registro de Operaciones no implica que haya una transacción inusual osospechosa.

• No debe ser reportado o enviado a la UIF – Perú, salvo que este sea solicitado.• Se deben Registrar aquellas operaciones que sobrepasen el umbral establecido por

Ley.• Puede llevarse mediante sistemas manuales o informáticos, y contendrá la siguiente

información mínima; fecha de la operación, monto y moneda de la operación, formade pago, nombre del cliente, número de documento nacional de identidad, dirección,nacionalidad.

CRAC xxxx llevará el registro de operaciones de manera electrónica, con los criterioscontenidos en el Anexo II de LAS NORMAS, el mismo que se adjunta al presente MANUALcomo Anexo V.

TRABAJO, 26/02/14,
Poner el tipo de registros a llevar
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“ANÁLISIS DE GESTIÓN”

DE LAS OPERACIONES Y SU REGISTRO:

a) CRAC xxxx mantendrá en su sistema y base de datos toda la información relacionadaa sus clientes, dentro de la cual se encuentra la información sobre si mismo, comode las operaciones de acuerdo al giro del negocio al que pertenece.

b) CRAC xxxx registrará sus operaciones de conformidad con lo señalado en LASNORMAS. Debido a las características de CRAC xxxx y de sus operaciones, esteregistro es el mismo del registro de operaciones que CA PERÚ, el mismo quecontiene y genera la información requerida por la norma.

c) CRAC xxxx evalúa a través de sus registros, las operaciones que realizan sus clienteshabituales u ocasionales por importes iguales o mayores a US$ 10,000 (Diez mildólares americanos) o su equivalente en moneda nacional.1

d) CRAC xxxx evalúa a través de sus registros, las operaciones que realice un clientedurante un mes calendario y que en suma sean mayor o igual a US$ 50,000(Cincuenta mil dólares americanos) o su equivalente en moneda nacional,registrándose éstas como una sola operación.

e) CRAC xxxx evaluará y hará un seguimiento de las operaciones que realizan losclientes a través de los registros de operaciones.

f) Los registros de operaciones (manuales o electrónicos) son mantenidos por lomenos 5 años, utilizándose medios informáticos; asimismo, la informacióndocumentaria se mantendrá cuando menos por el mismo plazo.

g) CRAC xxxx mantendrá una copia de seguridad de la información, la misma que estaráa disposición de SMV y la UIF-Perú, dentro de las 48 horas de solicitada, sinperjuicio de que dichas instituciones públicas lo requieran en un plazo menor.

h) CRAC xxxx dentro de los 15 días calendarios siguientes al cierre de cada trimestredeberá presentar a la UIF – Perú, en el medio que establezca, una relación de lasoperaciones en efectivo que hayan consignado en el Registro de Operaciones. Paratales efectos, se entiende por operaciones en efectivo aquellas que se realicen en lossujetos obligados como consecuencia del desarrollo del giro ordinario de losnegocios de los clientes, que involucren entrega o recibo de dinero en billetes o enmonedas, nacional o extranjera, según corresponda.

Conservación de la información y disponibilidad del registro:

1 El tipo de cambio aplicable para fijar equivalencias en moneda nacional será el promedio de los tipos de cambio venta diario,correspondiente al mes anterior a la operación, publicado por la Superintendencia de Banca y Seguros.

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“ANÁLISIS DE GESTIÓN”

CRAC xxxx mantendrá el registro de operaciones en forma precisa y completa a partir del díaen que se realizó la operación y por un plazo de cinco (5) años. Para tal efecto, utilizarámedios informáticos, microfilmación o medios similares que permitan su conservación y fácilrecuperación de la información contenida en el registro para su consulta y reporte interno oexterno a las autoridades competentes conforme a LEY, los mismos que tienen el carácterde confidencial de acuerdo con el artículo 12 de la LEY y el artículo 13 del REGLAMENTO.

Los sujetos obligados deben mantener una copia de seguridad, la cual deberá estar adisposición de la SMV, de la UIF-Perú, y/o del Ministerio Público, conforme a la LEY LMV yla normatividad vigente que resulte aplicable, dentro de las cuarenta y ocho (48) horas deser requerida, sin perjuicio de la facultad de la SMV y de la UIF-Perú, de solicitar estainformación en un plazo menor, cuando lo consideren conveniente.

EXCLUSIÓN DEL REGISTRO:

a) CRAC xxxx podrá excluir a determinados clientes habituales del registro deoperaciones, teniendo en cuenta sus perfiles de actividad, y el conocimientosuficiente, actualizado y debidamente justificado que se tenga de dichos clienteshabituales que permita considerar que sus actividades son lícitas, siempre y cuandocumplan como mínimo con las siguientes condiciones:

El cliente debe ser residente en el país. No debe tener registrado antecedentes por operaciones sospechosas. Tener como mínimo dos (2) años como cliente habitual en el sistema

financiero y del mercado de valores o en empresas de la misma naturaleza y un (1) año en CRAC xxxx antes de ser excluidos del registro.

b) El Oficial de Cumplimiento realizará una evaluación y revisión de las actividades delos clientes habituales de forma previa a la exclusión del registro de operaciones y,adicionalmente, en forma periódica, una vez excluidos de dicho registro.

c) CRAC xxxx diseñará un formulario o registro informático que permita documentar elproceso de autorización y revisión periódica de los criterios considerados para laexclusión de cada cliente.

d) El procedimiento para la exclusión del registro de operaciones de clientes se iniciarácon una solicitud fundamentada del gestor o funcionario asignado a la cuenta delcliente indicando los motivos que a su criterio explican las razones por las cualescorresponde la exclusión del registro de operaciones. El análisis que se realizaevaluará la exposición y riesgo del perfil de actividad que presente el cliente,teniendo en cuenta los fines descritos en las normas aplicables y se dejará evidenciade ello en el formulario o registro. La autorización debe incluir cuando menos lasopiniones favorables del Gerente General, Auditor Interno o funcionario de ControlInterno y el representante encargado de contactarse directamente con el cliente.

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“ANÁLISIS DE GESTIÓN”

Adicionalmente, la relación de clientes excluidos del registro deberá contar con laaprobación del Oficial de Cumplimiento.

e) Por lo menos, dos veces al año, CRAC xxxx efectuará una revisión formal de larelación de clientes excluidos del registro para verificar si los mismos continúansatisfaciendo los criterios aplicados para su exclusión, debiendo dejar evidencia ycomentarios de ello en el formulario o registro correspondiente.

f) Para efectos de la exclusión del registro, CRAC xxxx deberá proceder de la siguientemanera:

(i) Se documentará el proceso de autorización y revisión periódica de loscriterios considerados para la exclusión de cada cliente, a través de unformulario, el mismo que será archivado por CRAC xxxx.

(ii) Se realizará una evaluación previa individual de la exposición y riesgo delperfil de actividad que presente cada cliente, dejando evidencia de ello enel formulario mencionado precedentemente. La autorización de dichaexclusión deberá ser suscrita por el Gerente General y el Gerente deOperaciones o quien haga sus veces.

(iii) La relación de los clientes excluidos debe tener la aprobación del Oficialde Cumplimiento.

(iv) Se efectuará por lo menos 2 revisiones en el año de la relación de losclientes excluidos, a fin de verificar que estos continúan satisfaciendo loscriterios aplicados para su exclusión. Los comentarios y evidencia deestas revisiones deben constar en el formulario de exclusión.

PROCEDIMIENTOS PARA ATENDER LOS REQUERIMIENTOS DE INFORMACIÓN SOLICITADA POR LAS AUTORIDADES COMPETENTES:Todos los requerimientos que reciba CRAC xxxx, serán atendidos a través del Oficial deCumplimiento quien determinará dependiendo de la información solicitada a que áreafuncional le compete. Una vez determinada el área encargada, el Oficial de Cumplimientosolicitará al encargado del área correspondiente la información requerida.Una vez lista la información, esta le será entregada al Oficial de Cumplimiento quiencanalizará la respuesta a la autoridad competente.

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“ANÁLISIS DE GESTIÓN”

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“ANÁLISIS DE GESTIÓN”

SEÑALES DE ALERTA

TIPOS DE SEÑALAES DE ALERTA:

Señales de alerta para la detección de transacciones inusuales de los clientes:

A continuación se indican las principales señales de alerta en los diferentes tipos deoperaciones que ayudan a detectar las inusuales:

Loss que se abstienen de proporcionar información completa, necesaria o se rehúsan,como principales relaciones o referencias bancarias y/o comerciales, su ocupación oen caso de empresas, el objeto del negocio, nombre de empleados y representanteslegales e incluso su localización.

Cuando presentan documentos falsos.

Clientes cuya información no concuerda, no existe o es difícil de verificar y/o que alllamarlo por teléfono, la información que se obtenga no concuerde con la informacióninicialmente suministrada.

Empresas que presenten estados financieros con resultados muy diferentes a lasotras personas del sector y actividad similar.

Empresas que se abstienen de proporcionar información completa sobre el propósitodel negocio, relaciones bancarias previas, su ubicación, o nombres de directores yfuncionarios.

Clientes que se niegan a dar información para el registro de transacciones(documento donde se señala el origen y destino de los fondos).

Varias operaciones en el mes.

Clientes que se apersonan a CRAC xxxx con grandes sumas de dinero en efectivo enlugar de canalizar las operaciones a través de las cuentas bancarias que CRAC xxxxmantiene en las diferentes instituciones del sistema financiero.

Clientes que son vehementes para suscribir los contratos con CRAC xxxx y noesperan a que los controles internos sean cumplidos.

Clientes que no actúan en su propio nombre y que no quieren revelar la verdaderaidentidad del beneficiario.

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“ANÁLISIS DE GESTIÓN”

Clientes que en lapsos de tiempo muy cortos abonan importantes sumas de dineroen las cuentas de CRAC xxxx con el propósito de aumentar su participación en losproductos que ofresca la empresa en cuestión y que estos depósitos no tenganjustificación apartente debido a que el perfil del cliente no lo permite.

Clientes que se oponen a dar la información necesaria.Resistencia a facilitar la información normal al abrir una cuenta, facilitando unainformación mínima o falsa o facilitar información que es difícil o cara de verificarpara nuestra entidad.

Clientes que luego de colocar dinero, lo retiran en poco tiempo sin justificaciónapartente y luego de ello quieren volver a colocar.

Representantes de las empresas que evitan el contacto con la oficina.

Clientes que no desean informar antecedentes personales cuando quieren colocardinero.

Clientes que no tienen historial de empleo en el pasado o en el presente, pero quesin embargo quien hacer un fuerte aporte de dinero para adquirir los productos queCRAC xxxx gestiona.

Señales de alerta respecto a los empleados:

Cambios en las características del empleado, por ejemplo, forma de vida suntuosaque evita disfrutar vacaciones.

Cualquier trato con un representante en el que la identidad del último beneficiario opersona que corresponda permanece oculta, contrariamente al procedimiento normalpara el tipo de negocios de que se trate.

Se rehusan a tomar vacaciones.

Se rehusan a disfrutar su refirgerio.

Evitan proporcionar información de los clientes.

Los que son flexibles con los clientes o potenciales clientes y que omite registrar losdatos de estos.

Los que se rehúsan a llevar un control de las visitas que realizan a los clientes opotenciales clientes, a través del Formulario de Visita y Seguimiento (Anexo II).

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“ANÁLISIS DE GESTIÓN”

Los que se rehúsan a colaborar con el Oficial de Cumplimiento, Comité deCumplimiento, Gerente General o Directorio de CRAC xxxx.

Métodos usados para el Lavado de Activos:

Para poder controlar y prevenir el Lavado de Activos es importante conocer las modalidadeso procedimientos más utilizados para el blanqueo de activos.

Métodos usados por los delincuentes para lavar activos.

• Estructuración de operaciones, pitufeo o trabajo de hormiga (Consiste en larealización de pequeños depósitos para evadir el registro).

• Complicidad con un funcionario• Complicidad de la empresa o entidad financiera• Utilización de banca extraterritorial• Garantías de préstamos• Venta de valores a través de falsos intermediarios• Compras de bienes o instrumentos monetarios• Transferencias telegráficas o electrónicas• Cartas de crédito stand-by• Seguros• Fiduciarias o fideicomisos• Mezclas de productos ilícitos con fondos legítimos• Compañías fachada• Establecimiento de compañías de papel• Compra de bienes con el producto de la actividad criminal• Transferencias entre matriz y filial o entre corresponsales• Intercambio global de bienes o servicios financieros con recursos provenientes de

capitales ilícitos• Ventas o exportaciones ficticias• Falsas facturas de importación/exportación o “doble facturación”• Ventas fraudulentas de bienes inmuebles• Contrabando y compra – venta de arte• Compra de empresas quebradas o en dificultades• Contrabando de efectivo• Casinos• Compra de billetes de lotería• Sector inmobiliario• Fundaciones o corporaciones sin ánimo de lucro• Donaciones• Cambistas de divisas• Hoteles• Grifos• Compañías de transporte y otras

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“ANÁLISIS DE GESTIÓN”

OFICIAL DE CUMPLIMIENTO

Los estándares internacionales y la legislación peruana recomiendan la designación de unapersona responsable que lidere o coordine internamente la adecuada observancia de lasnormas sobre la materia. Dicha persona recibe el nombre de Oficial de Cumplimiento.

El Oficial de Cumplimiento es la persona nombrada por el Directorio de CRAC xxxx, quientiene nivel gerencial y ejerce sus funciones a dedicación exclusiva2, siendo estosresponsables conjuntamente, de vigilar el cumplimiento del sistema para detectaroperaciones sospechosas de lavado de activos y/o financiamiento del terrorismo, dentro deCRAC xxxx.

El Oficial de Cumplimiento depende jerárquicamente del Directorio de CRAC xxxx, y goza deabsoluta autonomía e independencia en el ejercicio de las responsabilidades y funcionesque le corresponden de acuerdo a las normas que le son aplicables, e informaperiódicamente sobre su gestión al Presidente del Directorio. Los informes que el Oficial deCumplimiento deberá remitir a las entidades supervisoras, se encuentran especificados encuanto a su contenido mínimo, periodicidad y forma en las normas aplicables vigentes.

En consecuencia, es la persona que verifica la existencia, suficiencia y eficacia de losmecanismos diseñados para prevenir el ingreso de dinero proveniente de actividadesdelictivas y la utilización indebida de la institución. Su función general es vigila y verificarque, dentro de la entidad, se adopten y se apliquen mecanismos de prevención yprocedimientos adecuados y suficientes para disminuir la exposición de la entidad bancariao bursátil al riesgo del lavado.

2 El Oficial de Cumplimiento podrá no estar a dedicación exclusiva, requiriendo para ello la aprobación de la Gerencia General de SMV, ante solicitud de la sociedad debidamente sustentada.

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“ANÁLISIS DE GESTIÓN”

Es designado por el Directorio u órgano equivalente del Sujeto Obligado, el que deberáremitir a su correspondiente Órgano Supervisor (en nuestro caso SMV) y a la UIF Perú, unacopia del Acta de sesión de Directorio u órgano equivalente en la que conste la decisión desu nombramiento. Asimismo, deberá informar por lo menos: nombre completo y número desu documento de identidad, nacionalidad, domicilio y datos de contacto, impedimentoslegales establecidos en las normas.

Los sujetos obligados, que conforman un mismo grupo económico, podrán nombrar un soloOficial de Cumplimiento denominado Oficial de Cumplimiento Corporativo, para lo cualdeberán contar con la aprobación expresa de los titulares de los organismos supervisorescorrespondientes de la Unidad de Inteligencia Financiera del Perú. Su designación deberáser comunicada a la Superintendente Adjunto de la UIF Perú en un plazo no mayor de 5días de producida, adjuntando la documentación respectiva.

La identificación del Oficial de Cumplimiento estará circunscrita única y exclusivamente auna clave o código secreto otorgado por la UIF Perú, el que deberá ser utilizado para todaslas comunicaciones y reportes a la UIF Perú. La identidad del Oficial de Cumplimiento debeser manejado con estricta confidencialidad.

En general, el Oficial de Cumplimiento, vigila el cumplimiento del sistema para detectaroperaciones sospechosas del Lavado de Dinero y verifica la aparición de las políticas yprocedimientos implementados para el conocimiento del cliente y el trabajador. Ademásanaliza las operaciones inusuales detectadas, con la finalidad de determinar las operacionesque podrían ser calificadas como sospechosas, llevando control de ellas. Adopta lasmedidas necesarias que aseguren su capacitación, la del personal y del sujeto obligado.Emite informes anuales y custodia los registros y demás documentos. Es el interlocutor antela UIF Perú

Las funciones del Oficial de Cumplimiento son las siguientes:

a) Vigilar el cumplimiento del sistema para detectar operaciones sospechosas dellavado de activos y/o financiamiento del terrorismo.

b) Verificar la aplicación de las políticas y procedimientos implementados por CRAC xxxxpara el conocimiento del cliente, conocimiento del mercado, así como losprocedimientos necesarios para asegurar el nivel de integridad de los trabajadores,respecto de los cuales se verificará además que se cumpla con recabar lainformación necesaria dentro del marco establecido en el REGLAMENTO.

c) Revisar periódicamente las evaluaciones realizadas sobre los clientes excluidos delregistro de operaciones, así como respecto de los procedimientos implementadospara la exclusión de clientes del registro de operaciones.

d) Verificar la adecuada conservación y custodia de los documentos requeridos para laprevención del lavado de activos y/o financiamiento del terrorismo.

e) Promover la definición de estrategias del sujeto obligado para prevenir el lavado deactivos y/o financiamiento del terrorismo.

f) Tomar las acciones necesarias, para asegurar que el personal de CRAC xxxx,

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“ANÁLISIS DE GESTIÓN”

considerando las funciones específicas de cada uno, cuente con el nivel decapacitación apropiado que le permita detectar operaciones inusuales y/osospechosas, así como para la adecuada difusión del Código de Conducta y delMANUAL.

g) Proponer señales de alerta para la prevención del delito de lavado de activos y/ofinanciamiento del terrorismo a ser incorporados en la políticas a tomar.

h) Llevar un control de las operaciones comunicadas por el personal como inusuales.i) Analizar las operaciones inusuales detectadas, con la finalidad de determinar las

operaciones que podrían ser calificadas como sospechosas.j) Elaborar los reportes de operaciones sospechosas para la UIF-Perú, en

representación del sujeto obligado.k) Ser el interlocutor de la UIF-Perú frente al sujeto obligado.l) Emitir informes semestrales sobre el funcionamiento y nivel de cumplimiento del

sistema de detección del lavado de activos y/o financiamiento del terrorismo porparte de CRAC xxxx, conteniendo como mínimo, lo establecido en el artículo 27º y 28º,de LAS NORMAS, sea éste el primero o segundo informe, respectivamente. Estosinformes deben ser presentados al Directorio de CRAC xxxx dentro del mes calendariosiguiente al vencimiento del semestre respectivo, y serán presentados a SMV y a laUIF-Perú dentro de los quince días calendarios siguientes a su puesta enconocimiento del Directorio de CRAC xxxx.

m) Presentar informes trimestrales sobre su gestión al Presidente del Directorio de CRAC xxxx, dentro de los 15 días calendarios siguientes al vencimiento de cada trimestre.n) Verificar la adecuada aplicación de los procedimientos específicos diseñados por CRAC xxxx para prevenir y detectar operaciones ilícitas.o) Actuar como interlocutor válido ante las autoridades competentes, colaborando y

contactándose con éstas.p) Estar actualizado y mantener informado al resto de la empresa, sobre las normas

internas, leyes y reglamentos vigentes aplicables, acuerdos internacionales suscritospor el país y toda la información relevante, acerca de prevención contra el lavado dedinero.

q) Informar al directorio de CRAC xxxx sobre su actuación en esta materia y proponersistemas de control adecuados.

r) Servir de fuente de información en consultas relacionadas con la prevención dellavado de dinero y cumplimiento de leyes que regulan la materia.

s) Recibir los informes de comunicación de operativa inusual que le reporten losempleados de CRAC xxxx.

t) En caso de identificar operaciones sospechosas reportar a los niveles superiorescorrespondientes para la toma de decisiones.

u) Las demás que sean necesarias para vigilar el funcionamiento y nivel decumplimiento del sistema de prevención y de detección de operacionessospechosas.

Para el debido cumplimiento de sus funciones, el Oficial de Cumplimiento elabora unPrograma Anual de Trabajo que deberá ser aprobado por el Directorio de CA PERÚ para suoportuna aplicación; en dicho programa se señalan las actividades, metodología y plazospara la ejecución de las funciones descritas.

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“ANÁLISIS DE GESTIÓN”

La comunicación dentro de CRAC xxxx respecto de la detección de operacionessospechosas o indicios de las mismas, que no sean detectadas directamente por elOficial de Cumplimiento serán desde el funcionario que ha observado éstas,directamente al Oficial de Cumplimiento.Las consultas que realice el Oficial de Cumplimiento al personal de CRAC xxxx serándirectas, no existirá en este caso, las consultas a los jefes o gerentes de CRAC xxxx.Las consultas de operaciones sospechosas al interior de CRAC xxxx serán realizadaspor el Oficial de Cumplimiento, el mismo que tendrá acceso al sistema automatizadosobre las operaciones y clientes; asimismo, tendrá acceso directo a los files de cadauno de los clientes. El Oficial de Cumplimiento analizará, verificará, consultará ycomunicará las operaciones que considere sospechosas a la UIF-Perú dentro de losplazos que señala la norma, a dicho fin, podrá coordinar con el Presidente delDirectorio, el Gerente General y personal de CRAC xxxx, quienes podrán sugeriraspectos relacionados a la investigación y comunicación, sin que ello impliquerestringir la función que tiene el Oficial de Cumplimiento otorgada por ley.El Oficial de Cumplimiento es el encargado de proporcionar a la UIF-Perú o a lasinstituciones que señala la ley, en el plazo solicitado o en el plazo adicional que éstesolicite, en razón a la magnitud o dificultad que implique proporcionarla en el plazosolicitado.

En los archivos de CRAC xxxx se conservarán los documentos y registros relativos alcumplimiento de las normas sobre prevención del lavado de activos y/o financiamiento delterrorismo, documentos relacionados con las operaciones reportadas como sospechosas,así como toda la información, referente a los procedimientos para la prevención del lavadode activos, serán guardados en el archivo central de CRAC xxxx.

Las comunicaciones que efectúe CRAC xxxx deberán observar las garantías deconfidencialidad y seguridad del caso a fin de proteger la reserva de identidad del Oficial deCumplimiento, de acuerdo con el numeral 2 del artículo 10-A de la LEY.

Mecanismos de consulta entre el Oficial de Cumplimiento y todas las áreas de laempresa:

Cualquier consulta o información referida a los alcances y aplicación de las normas sobreprevención del lavado de activos y/o financiamiento del terrorismo, los procedimientos delManual para la Prevención; así como las referidas con la naturaleza de una operacióninusual o sospechosa, serán absueltas por el Oficial de Cumplimiento de CRAC xxxx.

COMITÉ DE CUMPLIMIENTO

El Comité de Cumplimiento se encuentra denominado por la Resolución CONASEV Nº 033-

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“ANÁLISIS DE GESTIÓN”

2011-EF/94.01.1 como Comité para la Prevención del Lavado de Activos y delFinanciamiento del Terrorismo. Se encuentra conformado por funcionarios de primer nivelgerencial y será presidido por el Oficial de Cumplimiento.

FUNCIONES DEL COMITÉ DE CUMPLIMIENTO:

- Asistir al Oficial de Cumplimiento en el análisis y evaluación necesaria paradeterminar si una operación inusual es sospechosa o no. Sin embargo, el Oficial deCumplimiento es el único que puede calificar una operación como sospechosa yproceder con la comunicación a la UIF conforme a la LEY.

- Servir de apoyo al Oficial de Cumplimiento en la adopción de políticas yprocedimientos necesarios para el buen funcionamiento del sistema de prevención,incluidas metodologías de supervisión y gestión de riesgos.

- Asistir en el análisis de la determinación de clientes sensibles y de clientes excluidos,entre otros.

- Evaluar las conductas del personal que actúan en contra de las normas de laempresa y la normativa nacional.

- Evaluar de ser el caso y a solicitud del Oficial de Cumplimiento, a los clientesclasificados con nivel de riesgo alto.

- El Comité resolverá casos en los que el Oficial de Cumplimiento no obtengasuficiente sustento o tenga dudas respecto a una posible aceptación odesvinculación de un potencial cliente o cliente (de ser el caso).

- Otras que decida el Oficial de Cumplimiento.

CONVOCATORIAS Y FORMALIZACIÓN DE ACUERDOS:

- El Comité de Cumplimiento se deberá reunir por lo menos dos (2) veces al año,pudiendo incrementar la cantidad de reuniones si lo considera necesario.

- Será convocado con al menos 3 días calendario de anticipación antes de sucelebración.

- La convocatoria deberá ser simple y podrá ser realizada por correo electrónico,indicando únicamente la fecha y hora de reunión.

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“ANÁLISIS DE GESTIÓN”

- Para iniciar la sesión se deberá contar con al menos dos de los tres miembros delComité de Cumplimiento. El Oficial de Cumplimiento siempre deberá estar presente ydeberá ser quien convoque.

- Los acuerdos que adopte el Comité de Cumplimiento se deberán formalizar a travésde un libro de actas, el que se deberá encontrar debidamente legalizado por NotarioPúblico para tal fin. Las actas deberán contener lo siguiente:

Lugar, fecha y hora en que se realizó. Nombre del que actúe como Presidente y Secretario. Resultados de la votación y los acuerdos adoptados. Relación de observaciones o incidentes ocurridos. Firma de los asistentes.

- Únicamente asistirán a las sesiones los miembros del Comité de Cumplimiento. Deser necesario que asista alguna persona externa a este para brindar susdeclaraciones sobre cierto tema, asistirá por invitación con voz pero sin derecho avoto.

- Todas las deliberaciones y acuerdos que tome el Comité de Cumplimiento tendráncarácter de confidenciales, no pudiendo sus miembros o asistentes a las mismasrevelar a potenciales cliente, clientes o terceros, las actuaciones que esténrealizando.

10.3 MIEMBROS DEL COMITÉ DE CUMPLIMIENTO:

El Comité de Cumplimiento estará integrado por los siguientes miembros:

El Oficial de Cumplimiento quien lo presidirá,El Gerente de División de Inversiones Financieras Globales quien actuará comosecretario; y,El Oficial de Cumplimiento de Crèdito.

De no poder asistir el Gerente General, quien lo reemplazará en sus funciones comosecretario será el Presidente del Directorio.

En este sentido, los miembros del Comité de Cumplimiento son las siguientes personas:

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“ANÁLISIS DE GESTIÓN”

FUNCIÓN DENTRO DELCARGO COMITÉ DE

CUMPLIMIENTOOficial de Cumplimiento Presidente

Gerente de División deInversiones Financieras

GlobalesOficial de Cumplimiento

de CAP

Secretario

Miembro

AUDITORÍA

11.1 AUDITORÍA INTERNA3:

De acuerdo a lo contemplado por LAS NORMAS, el diseño y aplicación de prevención dellavado de activos y financiamiento del terrorismo es responsabilidad de cada sujeto obligadoy debe ser evaluado por su Auditoría Interna a fin de verificar el cumplimiento de dichosistema. Aquellos sujetos obligados que no cuenten con Auditoría Interna, pero que deacuerdo con la SMV cuente con un funcionario u órgano que ejerza las atribuciones yresponsabilidad respecto al control interno del sujeto obligado, deberán cumplir con lasfunciones de la Auditoría Interna, caso contrario estarán exceptuados de dichasobligaciones.

La evaluación del sistema de prevención debe presentarse a la SMV y a la UIF mediante uninforme como anexo al segundo informe semestral del oficial de cumplimiento.

Sin perjuicio de las funciones establecidas en el REGLAMENTO, LAS NORMAS y las otrasnormas de prevención del lavado de activos y/o financiamiento del terrorismo las funcionesprincipales del Auditor Interno o funcionario de Control Interno incluyen las descritas en elartículo 31º LAS NORMAS.

Siendo estas las siguientes:

a) Ejecutar las acciones necesarias para la verificación del cumplimiento del sistema deprevención del lavado de activos y del financiamiento del terrorismo en formaoportuna, permanente y documentada, incluyendo la evaluación del diseño yadecuado funcionamiento del sistema.

b) Verificar el cumplimiento de las disposiciones establecidas en la LEY, el

3 De no contarse con auditor interno, dicha función deberá ser efectuada por el funcionario de control interno en caso hubiere.

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“ANÁLISIS DE GESTIÓN”

REGLAMENTO, LAS NORMAS y demás disposiciones relacionadas con laprevención de lavado de activos y del financiamiento del terrorismo.

c) Realizar el seguimiento permanente de la implementación de las observaciones yrecomendaciones formuladas como resultado de la evaluación del sistema deprevención.

d) Diseñar un Plan Anual de Auditoría Especial del sistema de detección del lavado deactivos y del financiamiento del terrorismo, con el contenido mínimo que seestablecen LAS NORMAS y que se detallan a continuación, así como cumplir con loseñalado en dicho Plan Anual.

e) Presentar al Directorio de CRAC xxxx los informes que elabore y una copia de losmismos al Oficial de Cumplimiento.

El Auditor Interno o Funcionario de Control Interno deberá elaborar un Plan Anual deAuditoría Especial del sistema de detección del lavado de activos y/o financiamiento del

terrorismo, orientado a mejorar el sistema de control interno para la prevención, el cual debeser aprobado por el Directorio antes del 31 de diciembre de cada año y remitido a la UIF ySMV dentro del mismo plazo de presentación del informe del Oficial de Cumplimientocorrespondiente al segundo semestre del año, para lo cual deberá ser entregadooportunamente al Oficial de Cumplimiento. Dicho Plan Anual debe considerar como mínimo:

a) Referencias a las tareas de evaluación necesarias para cumplir con la función deverificar el cumplimiento del sistema de prevención del lavado de activos y/ofinanciamiento del terrorismo, así como para evaluar el diseño y adecuadofuncionamiento de dicho sistema de prevención. Para lo cual deberán poner mayoratención en los siguientes aspectos:

Establecimiento de políticas y procedimientos que aseguren el adecuado conocimiento del cliente, así como el conocimiento del mercado.

Existencia del Manual conforme a las disposiciones legales vigentes, así como el alcance del cumplimiento del mismo.

Desarrollo de programas de capacitación que abarque a todo el personal del sujeto obligado.

Nivel de cumplimiento de las disposiciones establecidas en la Ley, el Reglamento y las demás disposiciones legales sobre la materia.

Implementación del Registro de Operaciones conforme a las disposiciones establecidas en la Ley, el Reglamento y demás disposiciones legales sobre la materia.

Oportunidad de la comunicación de operaciones sospechosas a la UIF-Perú, lo cual no implica acceso a información protegida por el deber de reserva previsto en el artículo 12° de la LEY y el numeral 13.1 del artículo 13° del REGLAMENTO.

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“ANÁLISIS DE GESTIÓN”

Evaluación de los criterios aplicados por el Oficial de cumplimiento para no considerar sospechosa una determinada operación.

Opinión respecto de la designación del Oficial de Cumplimiento a dedicación exclusiva o no, considerando el tamaño de la organización, complejidad y volumen de operaciones, según corresponda.

Otras acciones necesarias para el cumplimiento debido de sus funciones.

b) Procedimientos y técnicas de auditoría específicamente diseñados con la finalidad deevaluar y verificar el cumplimiento del sistema de prevención del lavado de activos y/ofinanciamiento del terrorismo implementado por los sujetos obligados.

c) Objetivos que se pretenden alcanzar en el mejoramiento del sistema de control internoespecíficamente para la evaluación del cumplimiento del sistema de prevención.

d) Cronograma de tareas.

Asimismo, el Auditor Interno o el Funcionario de Control interno deberá elaborar un Informede Auditoría Interna que deberá presentarse a la SMV y a la UIF-Perú como anexo alinforme semestral del Oficial de Cumplimiento, que deberá contener como mínimo:

a) Objetivo y descripción del alcance de la evaluación realizada.b) Base de evaluación, especificando el periodo evaluado.c) Procedimientos y técnicas de auditoría aplicados para la verificación del

cumplimiento del sistema de prevención de lavado de activos y/o financiamiento delterrorismo implementado en el sujeto obligado, así como del cumplimiento de lasnormas sobre la materia.

d) Descripción de los resultados obtenidos en la verificación del cumplimiento delsistema de prevención de lavado de activos y/o financiamiento de terrorismo,especialmente las deficiencias observadas.

e) Cumplimiento de las tareas programadas para el periodo respectivo, de acuerdo alPlan Anual de Auditoria Especial.

f) Informar sobre las acciones tomadas por el sujeto obligado respecto de lasobservaciones y recomendaciones de las auditorías internas o externas.

g) Conclusiones y Recomendaciones.

Es importante mencionar que cuando se trate de sujetos obligados que integran un mismogrupo económico, y cuenten con una Auditoría Interna dependiente de la matriz, ésta podrárealizar la labor de Auditoría Interna de dichos sujetos obligados siempre y cuando emita uninforme diferenciado de cada uno de los sujetos obligados supervisados por la SMV. Copiasde los informes de Auditoría Interna se entregarán al Oficial Cumplimiento Corporativo, a finde que sea anexado y remitido con el informe semestral del oficial de cumplimiento.

AUDITORIA EXTERNA:

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“ANÁLISIS DE GESTIÓN”

Los auditores externos deberán emitir, a requerimiento de CRAC xxxx un informe especial nocomplementario a los estados financieros auditados anuales, denominado “InformeIndependiente de Cumplimiento Anual”, sobre la evaluación y cumplimiento de las normasdel sistema de prevención del lavado de activos y/o financiamiento del terrorismo de CRAC xxxx.

El Informe Independiente de Cumplimiento Anual será realizado por una firma de auditoríaexterna distinta o, en su caso, por un equipo auditor distinto del que emita el dictamen de losestados financieros anuales de CRAC xxxx. Asimismo, en el caso de ser un equipo distinto,éste debe ser distinto, a su vez, del que realizó el examen de los estados financierosanuales durante los dos últimos años.

SMV podrá requerir a CRAC xxxx que se realice además del Informe Independiente deCumplimiento Anual, informes especiales independientes de cumplimiento del sistema deprevención del lavado de activos y/o financiamiento del terrorismo de CRAC xxxx,denominado “Informe Independiente de Cumplimiento Especial”.

Ambos informes deberán contener como mínimo los resultados de la evaluación de losaspectos señalados en el artículo 23º del REGLAMENTO. Asimismo, deberá contener lasobservaciones, recomendaciones, conclusiones y opiniones que se formulen sobre laevaluación del sistema de prevención del lavado de activos y/o financiamiento delterrorismo, y de cada uno de los aspectos evaluados.

La presentación a SMV, del Informe Independiente de Cumplimiento Anual de CRAC xxxx,deberá realizarse dentro del plazo regulado por dicha institución pública, para lapresentación anual de los estados financieros auditados4.

El referido Informe deberá considerar cuando menos:

a) Controles internos implementados por los Sujetos Obligados a informar paraprevenir o detectar el lavado de activos y/o financiamiento del terrorismo.

b) Señales de alerta para la detección de operaciones inusuales.

c) Registro de operaciones inusuales y criterios por no haber sido consideradassospechosas.

d) Registro de operaciones sospechosas y procedimientos seguidos para lacomunicación a la UIF-Perú.

e) Clientes exceptuados del registro de operaciones y su justificación.

4 No obstante, la UIFPerú puede requerir a la sociedad o a la sociedad auditora el informe en mención, el cual deberá ser remitido dentro de los 5 días hábiles de solicitado.

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“ANÁLISIS DE GESTIÓN”

f) Procedimientos para el aseguramiento de la idoneidad del personal de losSujetos Obligados a informar.

g) Conocimiento y capacitación del personal del programa de prevención del lavadode activos y/o financiamiento del terrorismo.

h) Procedimientos de seguridad en el almacenamiento de la información física yelectrónica correspondiente al registro de operaciones.

i) Plan y procedimientos de trabajo del Oficial de Cumplimiento.

j) Plan, procedimientos y papeles de trabajo de auditoría interna.

k) Sanciones internas por incumplimiento del Código de Conducta o de lasdisposiciones establecidas en la Ley y el presente Reglamento.

l) Otras que establezca el órgano supervisor, previa solicitud o conformidad de laUIF-Perú. En el caso de aquellos Sujetos Obligados a informar que carezcan deente supervisor, esta facultad corresponderá exclusivamente a la UIF-Perú.

LA UNIDAD DE INTELIGENCIA FINANCIERA (UIF):

• Son organismos estatales de apoyo y control, encargados de recibir, solicitar,analizar y elevar a las autoridades competentes los informes financieros referidos alas operaciones relacionadas con activos sobre cuya procedencia ilícita existansospechas y/o las relacionadas con obligaciones de reporte impuestas por las leyeso reglamentos nacionales.

• En forma general, puede señalarse que la función principal de las unidades deinteligencia financiera, es analizar la información sobre transacciones sospechosassuministradas por los entes obligados al reporte.

• Este organismo emite informes de Inteligencia financiera de carácter reservado alMinisterio Público, en caso se presuma que las operaciones están vinculadas aactividades de Lavado de Activos y Financiamiento del Terrorismo (LAFT).

• La UIF no actúa de oficio.• La SBS a través de la UIF – Perú es el Coordinador Nacional del sistema anti lavado

y contra el financiamiento del terrorismo ante GAFISUD.• La información que maneja la UIF es de carácter confidencial.

Sujetos obligados a reportar a la UIF:

• Bancos• Financieras

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“ANÁLISIS DE GESTIÓN”

• Empresas de seguros• AFPs• Empresas del sector microfinanzas• Empresas de transferencias de fondos• Sociedades Agentes de Bolsa (SAB)• Sociedades Agentes de Productos (SAP)• Sociedades Intermediarias de Valores (SIV)• Soc. Administradoras de fondos mutuos de inversión en valores• Soc. Administradoras de fondos de inversión• Soc. Titulizadoras• Bolsas de valores• Instituciones de compensación• Liquidación de valores• Empresas administradoras de fondos colectivos• Bolsa de productos• Casinos• Salas de máquinas tragamonedas• Agencias de viajes• Hoteles• Restaurantes• Notarios• Empresas de servicio postal• Empresas de transporte• Casas de Cambio• Empresas dedicadas a la compraventa de vehículos

• Empresas de construcción e inmobiliarias• Empresas dedicadas al comercio de antigüedades y joyas• Empresas de préstamos y empeño• Otros

Actuación de la UIF:

• Una vez que la UIF Perú recibe el Reporte de Operación Sospechosa en Línea(ROSEL), inicia una investigación y solicita información de la persona natural ojurídica materia de la investigación, a los diferentes entes obligados, a la Sunat uotros. Asimismo, puede recurrir al intercambio de información con otros países parallegar al fondo de la investigación.

• Una vez que la UIF determina que no existe justificación económica en el dineromovilizado, esta entidad presenta la documentación pertinente ante el MinisterioPúblico con el propósito de que este inicie una investigación más formal y puedalevantar el secreto bancario de ser el caso.

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“ANÁLISIS DE GESTIÓN”

ORGANISMOS SUPERVISORES

Se consideran organismos de supervisión y control de la prevención del Lavado de Activosy Financiamiento del Terrorismo a aquellos que, de acuerdo a su normalidad, ejercenfunciones de supervisión respecto de los Sujetos Obligados a informar. En este sentido:

La Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos

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“ANÁLISIS DE GESTIÓN”

de Pensiones (SBS) es el ente supervisor de los bancos, financieras, empresas deseguros, empresas administradoras de fondos de pensiones, empresas del sectormicrofinanzas, empresas de transferencia de fondos, entre otras.

La Superintendencia del Mercado de Valores (SMV), es el ente supervisor de lassociedades agentes de bolsa, las sociedades agentes de productos, las sociedadesintermediarias de valores, las sociedades administradoras de fondos mutuos deinversión en valores, las sociedades administradoras de fondos de inversión, lassociedades titulizadoras, las bolsas de valores, las instituciones de compensación yliquidación de valores, las empresas administradoras de fondos colectivos y bolsa deproductos.

El Ministerio de Comercio Exterior y Turismo (MINCETUR), es el ente supervisorde los casinos, salas de máquinas tragamonedas, agencias de viajes, hoteles yrestaurantes.

El Consejo del Notariado, es el ente supervisor de los Notarios Públicos.

El Ministerio de Transportes y Comunicaciones, es el ente supervisor de

POLÍTICAS DE ACTUACIÓN PARA LA EMPRESA

¿Cómo debemos actuar todas las personas que trabajamos para CRAC xxxx?

• Siempre de acuerdo a la legalidad y a las normas y políticas internas de la empresa.

• Teniendo una conducta intachable.

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“ANÁLISIS DE GESTIÓN”

• Solicitándole al cliente lo que nos requiere la norma pero siempre de una maneracordial.

• Colaborar con el Oficial de Cumplimiento cuando este nos solicite determinada tareao documento personal de acuerdo a lo que dicta la Ley.

• Mantener un archivo ordenado, completo y actualizado con toda la documentacióndel cliente que nos requiera la Ley y el Oficial de Cumplimiento. Guardarlo por elplazo que dicta la Ley.

• Colaborar con el Registro de Operaciones de acuerdo a lo que dicta la norma.

• Registrar a los clientes nuevos y antiguos en una base de datos que seráproporcionada por el Oficial de Cumplimiento con el propósito de llevar un registroordenado de los clientes habituales u ocasionales.

• Acatar cualquier política que sea señalada por los Jefe, Gerentes, Socios u Oficial deCumplimiento según sea el caso.

¿Qué debemos tener siempre presente?

• A los lavadores no les importa perder dinero, es un costo del negocio.

• La detección, prevención y control del Lavado de Activos es deresponsabilidad de todos los empleados.

• Otros nombres usados para nombrar al Lavado de Activos lo son, blanqueo decapitales, legitimación de capitales, lavado de dinero, reciclaje de dinero sucio,lavado de capitales ilícitos, legalización, ocultamiento de bienes provenientes deactividades ilegales, money laundering, entre otros.

• Los documentos de sustento deben estar debidamente archivados y conservadospor un plazo no menor de diez (10) años.

• La Resolución SBS-Nº 477-2001, obliga al registro de toda operación individual(única) por importe igual o superior a US$ 10,000 y de todas aquellas operaciones enforma acumulativa, que en el periodo de un mes, tengan un importe igual o superiora US$ 50,000.

• El principio “conozca a su cliente” es una de las más importantes herramientas paracombatir el “Lavado de Activos”.

• Clientes son todas las personas naturales (físicas) o jurídicas (morales) con las quese establece, de manera ocasional o permanente, una relación contractual de

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“ANÁLISIS DE GESTIÓN”

carácter financiero.

• Los gestores o funcionarios deberán entregar a los clientes o posibles clientes todoslos documentos necesarios para su contratación siguiendo lo contemplado por lasnormas internas y el presente MANUAL.

• Todas las personas comprendidas en el presente MANUAL deben actuar siguiendolas reglas aquí contempladas, las normas internas y la normativa nacional.

• Debemos colaborar con el Oficial de Cumplimiento en la prevención del lavado deactivo y/o financiamiento del terrorismo y las conductas delictivas dentro de laempresa.

• Debemos asistir a cuando capacitación sea programada y coordinada por el Oficialde Cumplimiento, la inasistencia injustificada podrá dar lugar a una sanción de lascontempladas en el presente MANUAL.

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“ANÁLISIS DE GESTIÓN”

SANCIONES

15.1 RÉGIMEN INTERNO DE SANCIONES:

Todos los funcionarios de CRAC xxxx tienen la obligación de cumplir con la totalidad de lasobligaciones y procedimientos contenidos en el Código de Conducta, Manual para laPrevención y las normas legales sobre prevención del lavado de activos y/o financiamientodel terrorismo. Cualquier incumplimiento deliberado u omisión de los controles establecidosacarrearán desde sanciones de carácter administrativo como la amonestación verbal oescrita, la suspensión temporal, hasta la terminación de la relación contractual o laboral conel funcionario; sin perjuicio de las responsabilidades civiles, penales y administrativas que sederiven frente a la inconducta.

El Oficial de Cumplimiento será el encargado de evaluar y efectuar las investigaciones a lastransgresiones al Manual para la Prevención y al Código de Conducta, a fin de determinar elgrado de responsabilidad del funcionario.

a) Son sujetos pasibles de sanción el Oficial de Cumplimiento, y demás funcionarios deCRAC xxxx que, directa o indirectamente contravengan lo establecido en el Código deConducta, el presente Manual, y el sistema de prevención de lavado de activos y/ofinanciamiento del terrorismo en su conjunto, así como de las disposiciones legalesvigentes.

b) Las sanciones internas que CRAC xxxx imponga tomarán en cuenta los antecedentesdel infractor, las circunstancias de la comisión de la infracción, el perjuicio causado alos clientes y/o terceros y/o a CRAC xxxx, clasificándose como Muy Graves, Graves yLeves.

b.1. Muy Graves: todas aquellas que impliquen dolo, ocultamiento de informaciónque pueda ser sospechosa, contactar a personas y permitir que sean clientes,con conocimiento de que éstas tienen antecedentes penales, judiciales o estánrelacionados a actividades ilícitas; otras que impliquen una afectación a CRAC xxxx y a las normas de prevención del lavado de activos y/o financiamiento delterrorismo.

b.2. Graves: todas aquellas acciones cometidas por el infractor sin que hayan sidopremeditadas, o que por desconocimiento hayan sido efectuadas.

b.3. Leves: Aquellas acciones que hayan sido cometidas por el infractor pordesconocimiento, pero que no afectan sustancialmente el sistema de prevenciónde lavado de activos y/o financiamiento del terrorismo, la no actualización de

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“ANÁLISIS DE GESTIÓN”

información exigida por la norma respecto de su legajo que mantiene en CRAC xxxx, no entrega oportuna de la información o documentación a los órganosgerenciales o directivos de CRAC xxxx, habiendo sido requeridos por éstos, o porsu propia labor dentro de CRAC xxxx.

c) Las sanciones internas que CRAC xxxx impondrá serán: amonestación verbal óescrita, descanso sin goce de haber, y el despido conforme lo establece la ley de lamateria.

d) Las infracciones y sanciones, de acuerdo a su clasificación serán:

d.1. Por la comisión de infracción Muy Grave se impondrá la sanción desde 7 díascalendario sin goce de haber, hasta el despido;

d.2. Cuando la infracción sea Grave se impondrá como sanción el descanso sin gocede haber desde 1 día calendario hasta 5 días calendario; y

d.3. Cuando la infracción sea leve se impondrá la sanción de amonestación verbal oescrita, en este último caso una copia de la misma formará parte del legajo deltrabajador.

e) El órgano sancionador es la gerencia general, quien tendrá la responsabilidad detipificar y graduar la sanción. Sin embargo, es el Directorio de CRAC xxxx, quien enúltima instancia y a solicitud del infractor, resuelve el caso, pudiendo éste, porrazones fundamentadas, modificar la sanción, pudiendo aún dejarla sin efecto. Antesde que el gerente general proceda a graduar la sanción, el Comité de Cumplimientodeberá efectuar una revisión de lo ocurrido.

Las políticas y procedimientos indicados en el código de conducta y demás disposicioneslegales relacionadas son de obligatorio cumplimiento y se incorporan a las funciones yresponsabilidades asignadas a cada empleado; en consecuencia, su incumplimientoacarreará las consecuencias previstas en el reglamento interno de trabajo, sin perjuicio delas sanciones administrativas, civiles y penales que correspondan.

Las instrucciones que se imparten, son para el control de todas las operaciones realizadaspor los clientes, exclusivamente para prevenir el lavado de dinero y no guardar relaciónalguna con otras instrucciones internas relativas a los diversos controles y exigencias sobremárgenes de crédito, autonomías de firmas, riesgos, etc, las que deberán seguircumpliéndose según las normativas vigentes.

Los funcionarios y todo el personal en general, deberán cumplir estas instrucciones en formaestricta y efectuarán los controles con la mayor rigurosidad por tratarse de un tema de

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“ANÁLISIS DE GESTIÓN”

especial importancia y cuidado.

15.2 LAS SANCIONES LEGALES EN EL PERÚ:

El Lavado de Activos es un delito autónomo, definido y sancionado mediante la Ley 27765,Ley Penal contra el Lavado de Activos (26-06-2002).

• Artículo 1 .- El que convierte o transfiere dinero, bienes, efectos o ganancias, cuyoorigen ilícito conoce o puede presumir, con la finalidad de evitar la identificación desu origen, su incautación o decomiso, será reprimido con pena privativa de la libertadno menor de ocho ni mayor de quince años y con ciento veinte a trescientoscincuenta días de multa.

• Artículo 2.- El que adquiere, utiliza, guarda, custodia, recibe, oculta o mantiene ensu poder dinero, bienes, efectos o ganancias, cuyo origen ilícito conoce o puedepresumir, con la finalidad de evitar la identificación de su origen, su incautación odecomiso, será reprimido con una pena privativa de la libertad no menor de ocho nimayor de quince años y con ciento veinte a trescientos cincuenta días de multa.

• Artículo 3.- La pena será privativa de la libertad no menor de diez ni mayor de veinteaños y trescientos sesenta y cinco días de multa, cuando:a. El agente utilice o se sirva de su condición de funcionario público o de agente delsector inmobiliario, financiero, bancario o bursátil.b. El agente cometa delito en calidad de integrante de una organización criminal.

• La pena será privativa de la libertad no menor de veinticinco años cuando los actosde conversión o transferencia se relacionen con dinero, bienes, efectos o gananciasprovenientes del tráfico ilícito de drogas, el terrorismo o el narcoterrorismo.

• Artículo 4.- El que incumple sus obligaciones funcionales o profesionales, omitecomunicar a la autoridad competente, las transacciones u operaciones sospechosasque hubiere detectado, según las leyes y normas reglamentarias, será reprimido conpena privativa de la libertad no menor de tres ni mayor de seis, con ciento veinte adoscientos cincuenta días de multa, e inhabilitación no mayor de seis años deconformidad con los incisos 1,2 y 4 del artículo 36 del Código Penal.

En este sentido, incurrirían en responsabilidad penal los empleados, funcionarios,directores u otros representantes autorizados de empresas del sistema financiero,bancario o bursátil que, actuando en tal calidad, deliberadamente no cumplan con losprogramas de prevención de “Lavado de Activos” o que falseen o adulteren losregistros e informes.

En conclusión, los empleados bancarios o bursátiles que incurran en faltas graves en laaplicación adecuada de los controles diseñados por las autoridades y las mismas entidadescontra el Lavado de Activos, pueden ser:

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“ANÁLISIS DE GESTIÓN”

Sanciones Laborales.- De acuerdo a la gravedad de la falta será la magnitud de la sancióna imponer y esta irá desde una amonestación hasta la terminación del contrato de trabajo.

Sanciones Administrativas.- En los sectores financiero y bursátil debe de ser claro en quefaltas en materia de controles al “Lavado de Activos”, revisten una particular gravedad. Deahí que se contemplen sanciones drásticas: destitución del funcionario bancario o bursátilimplicado, cuantiosas multas, suspensión y hasta prohibición de actividades´.

Sanciones Penales.- Como hemos podido apreciar, el Lavado de Activos contempla muyseveras penas de prisión. Asimismo, el juez puede imponer cuantiosas multas al implicadoen las prácticas relacionadas con el Lavado de Activos.

ORGANISMOS INTERNACIONALES Y GRUPOS DE TRABAJO QUE SE OCUPAN DEL TEMA DE PREVENCIÓN CONTRA EL LAVADO DE ACTIVOS Y FINANCIAMIENTO DEL TERRORISMO

Los organismos supervisores en materia de lavado de activos y financiamiento delterrorismo son los siguientes:

• La Organización de Naciones Unidas (ONU)• Convención de Viena• Convención de Palermo• El Grupo de Acción Financiera Internacional - GAFI (Financial Action Task Force –

FATF)• El GAFISUD (Grupo de Acción Financiera Sudamericano)• El Grupo de Acción Financiera del Caribe (GAFIC) (Caribean Financial Action Task

Force CFATF)• La INTERPOL – FOPAC• El Consejo de Europa• La Convención de Estrasburgo• La Directiva Europea para el Sistema Financiero• La Declaración de Principios del Comité de Basilea• La Organización de Estados Americanos (OEA)• La Comisión Interamericana para el Control del Abuso de Drogas (CICAD)

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“ANÁLISIS DE GESTIÓN”

• La Federación Latinoamericana de Bancos (FELABAN)• El Grupo Egmont

El GAFI es un Grupo de Trabajo que adoptó Cuarenta Recomendaciones para prevenir ellavado de dinero, la colaboración internacional para enfrentar el problema y su armonizacióna escala mundial. Estas recomendaciones sobre el Lavado de Dinero y el ReglamentoModelo de la CICAD-OEA, son los documentos más relevantes contra el lavado de dinero.

POLITICA SOBRE REFERENCIADORES

En caso CRAC xxxx decida celebrar contratos con personas ajenas a la empresa para queestos refieran clientes (en adelante los referenciadores) se regirán por la presente política; lacual regula las reglas de actuación en materia de aceptación, conocimiento y seguimiento deeste tipo de negocios, en este sentido, y a continuación se detallan los controles quedeberán cumplir:

Ámbito de Aplicación:

Esta norma resultará de aplicación a las relaciones comerciales con personas físicas y/ojurídicas que vayan a actuar como referenciadores de negocios CRAC xxxx, cualquiera quesea su ámbito territorial de actuación. Los candidatos a referenciador cumplirán con lascondiciones establecidas en el presente MANUAL, no sólo en el origen de la contrataciónsino de manera permanente a lo largo de su relación comercial con CRAC xxxx.

Conocimiento del Referenciador Persona Natural:

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“ANÁLISIS DE GESTIÓN”

Todas las personas calificadas como referenciadores serán objeto de análisis antes defirmar el contrato respectivo. Se solicitarán del referenciador los siguientes documentos:

Documento de identidad (sea nacional o extranjero)Ficha de Antecedentes personalesFicha de Antecedentes laboralesFicha de Antecedentes patrimonialesFicha de constancia de recepción del MANUAL y del Código de ConductaRecibo de algún servicio (luz, agua o teléfono) con el proósito de verificar sudirección.De ser considerado necesario, se podrá pedir referencias bancarias y/o comerciales,certificado de antecedentes policiales o penales.Declaración Jurada donde se comprometen a no referir clientes de dudosareputación o donde se pueda presumir el origen ilícito de sus fondos. (ver Anexo VI)Contrato con CRAC xxxx debidamente firmado, el mismo que será elaborado en cadacaso en particular).

Conocimiento del Referenciador Persona Jurídica:

Para el caso de las personas jurídicas se aplicarán las siguientes condiciones:

Escritura pública de constitución e inscripción en Registros Públicos en la que seindique su denominación, forma jurídica, domicilio y objeto social.Poderes de las personas que actúen en su nombre, inscritos en Registros Públicos(copia literal o vigencia de poder, con una antigüedad no mayor a 30 díascalendarios).Documento de identidad de la/s persona/s autorizada/s que firmará/n el contrato conel cliente.Ficha de Antecedentes personales (del gerente general, administrador, directores yaccionistas)Ficha de Antecedentes laborales (del gerente general, administrador, directores yaccionistas)Ficha de Antecedentes patrimoniales (del gerente general, administrador, directoresy accionistas)Ficha de constancia de recepción del MANUAL y del Código de Conducta (delgerente general, administrador, directores y accionistas)Recibo de algún servicio (luz, agua o teléfono) con el proósito de verificar sudirección.De ser considerado necesario, se podrá pedir referencias bancarias y/o comerciales,certificado de antecedentes policiales o penales.Declaración Jurada donde se comprometen a no referir clientes de dudosareputación o donde se pueda presumir el origen ilícito de sus fondos. (ver Anexo VI)Contrato con CRAC xxxx debidamente firmado, el mismo que será elaborado en cadacaso en particular).

TRABAJO, 26/02/14,
Poner la DJ en anexo
TRABAJO, 26/02/14,
Poner el formato de DJ
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“ANÁLISIS DE GESTIÓN”

Obligaciones del Referenciador, sea Persona Natural o Jurídica:

a) Todo referenciador, sea persona natural o jurídica deberá cumplir con completarcorrectamente la ficha de Visita del Gestor o Referenciador (ver Anexo II) cada vezque su cliente o potencial cliente inicie una relación comercial con CA PERÚ,contrate nuevos productos o simplemente cumpla las visitas de rigor.

b) Se compromete a entregar al cliente o pontencial cliente todos los documentosnecesarios para que pueda contratar con CRAC xxxx .

c) A colaborar con CRAC xxxx en el cumplimiento del presente MANUAL y de las normasinternas de la empresa.

d) Velar por la prevención del lavado de activos y las conductas delictivas.

e) Colaborar con CRAC xxxx para obtener del cliente o pontencial cliente cualquierinformación adicional que sea solicitada.

f) No revelar al cliente o potencial cliente que es materia de una investigación poroperación sospechosa.

g) Entiende que no solo se le aplican las políticas contenidas en el presente capítulo,sino en todo el MANUAL, las normas internas de la empresa y la normativa nacional.

h) De ser invitados a participar en capacitacitaciones en la prevención contra el lavadode activio y/o financiamiento del terrorismo por parte del Oficial de Cumplimiento,deberán asistir y suscribir el registro de asistencia.

i) El incumplimiento de lo pactado en el contrato, normas internas de la empresa,normativa nacional y el presente MANUAL podrá dar lugar a las sanciones aquíestipuladas y la resolución del contrato.

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“ANÁLISIS DE GESTIÓN”

4.- POLITICAS CONTABLES SIGNIFICATIVAS

Los estados financieros se preparan y presentan de acuerdo con las disposicioneslegales y los principios de contabilidad generalmente aceptados en el Perúaplicables a entidades financieras, los cuales comprenden las normas y prácticascontables autorizadas por la SBS en uso de sus facultades delegadas conforme alo dispuesto en la Ley General. Las normas señaladas están contenidas en elManual de Contabilidad para Empresas del Sistema Financiero (en adelante elManual de Contabilidad) aprobado por Resolución SBS N°895-98 del 1° de setiembre de 1998, vigente a partir del 1 de enero de 2001 ynormas complementarias.

La SBS ha establecido que en caso de existir situaciones no previstas en dichasnormas, se aplica lo dispuesto en los Principios de Contabilidad GeneralmenteAceptados (PCGA) en Perú y, en aquellos casos no contemplados por éstos, seaplican los PCGA vigentes en Estados Unidos de América, emitidos por laFinancial Accounting Standard Board (FASB).

Los PCGA en Perú comprenden: (a) las Normas e Interpretaciones emitidas oadoptadas por el Consejo de Normas Internacionales de Contabilidad (IASB), lascuales incluyen las Normas Internacionales de Información Financiera (NIIF), lasNormas Internacionales de Contabilidad (NIC), y las Interpretaciones emitidas porel Comité de Interpretaciones de las Normas Internacionales de InformaciónFinanciera (CINIIF), o por el anterior Comité Permanente de Interpretación (SIC)adoptadas por el IASB, oficializadas por el Consejo Normativo de Contabilidad(CNC) para su aplicación en Perú.; y (b) mantener la aplicación en Perú delMétodo de Participación Patrimonial para la Valuación de la inversión enSubsidiarias.

Para la emisión de estados financieros correspondientes al ejercicio 2007, el CNCoficializó la aplicación en el Perú de las NIC 1 a la 41, de las NIIF 1 a la 6 y de lasSIC 1 a la 33. Posteriormente, mediante Resolución No. 040-2008-EF/94.01 demarzo 2008, el CNC aprobó oficializar para su aplicación en el Perú: (a) a partirdel ejercicio 2008, las Interpretaciones 1 a la 12 del CINIIF, y (b) a partir delejercicio 2009, las NIIF 7 y 8, la nueva versión de la NIC 32 modificada en 2006,así como las Interpretaciones 13 y 14 del CINIIF. En la indicada Resolución, elCNC también acordó dejar sin efecto la NIC 14, la NIC 30 y la versión anterior dela NIC 32.

Las NIIF, NIC e Interpretaciones antes mencionadas serán aplicables a la CRAC XXX

cuando la SBS lo disponga, o cuando se presenten situaciones no previstas en elManual de Contabilidad, o bien a través del Proceso de armonización a NIIF queviene desarrollando la SBS, recogiendo sus lineamientos en dicho Manual.

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“ANÁLISIS DE GESTIÓN”

(b) Moneda funcional y moneda de presentación

La CRAC XXX prepara y presenta sus estados financieros en nuevos soles, quees la moneda funcional. La moneda funcional es la moneda del entornoeconómico principal en el que opera.

(c) Uso de estimaciones

La preparación de los estados financieros requiere que la Gerencia realice estimaciones y supuestos para la determinación de saldos de activos, pasivos y montos de ingresos y gastos, y para revelación de activos y pasivos contingentes, a la fecha de los estados financieros. Si más adelante ocurriera algún cambio en las estimaciones o supuestos debido a variaciones en las circunstancias en las que estuvieron basadas, el efecto del cambio sería incluido en la determinación de la utilidad o pérdida neta del ejercicio en que ocurra el cambio, y de ejercicios futuros de ser el caso. Las estimaciones significativas relacionadas con los estados financieros corresponden a la determinación del valor razonable de las inversiones negociables disponibles para la venta y permanentes, la provisión para incobrabilidad de colocaciones, otros activos y créditos contingentes, la provisión para las cuentas por cobrar incluida en otros activos, la provisión para bienes adjudicados y realizables, la vida útil asignada a inmuebles, mobiliario y equipo, el registro de pasivos contingentes, el impuesto a la renta y participación de los trabajadores diferido y de los instrumentos financieros derivados.

(d) Provisión para la cartera de colocaciones y otros activos

La provisión para incobrabilidad de la cartera de colocaciones se determina deacuerdo con los criterios y porcentajes establecidos en la Resolución SBS Nº 808-2003 "Reglamento para la Evaluación y Clasificación del Deudor y la Exigencia deProvisiones”, y demás normas modificatorias y complementarias.

La SBS ha establecido criterios para clasificar por tipo y por categorías la carterade créditos directos e indirectos. Los tipos de créditos se dividen en: comerciales,a microempresas (MES), de consumo e hipotecarios para vivienda. Los deudores comprendidos se clasifican y se provisionan de acuerdo con las siguientescategorías: normal, con problemas potenciales, deficiente, dudoso y pérdida.

La provisión para incobrabilidad de colocaciones incluye una porción específica yotra genérica. La provisión específica sobre créditos comerciales es calculada enbase a porcentajes establecidos por la SBS, que varían en función de laclasificación del cliente y el tipo de garantía recibida. En el caso de créditos MES,de consumo e hipotecarios para vivienda, la provisión específica es calculada

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“ANÁLISIS DE GESTIÓN”

sobre la base de porcentajes establecidos por la SBS en función a la categoría deldeudor y de acuerdo al número de días de atraso en el pago de su deuda.

La CRAC XXX utiliza los criterios señalados anteriormente para constituir laprovisión específica de cuentas por cobrar por cartera de créditos cedida, incluidaen el rubro Cuentas por Cobrar (Nota 9).

Las provisiones genéricas incluyen las constituidas de manera preventiva sobredeudores clasificados en categoría normal según requerimientos de la SBS, asícomo provisiones voluntarias. Conforme a sus políticas internas, permitidas por laSBS, la Corporación constituye provisiones genéricas voluntarias para la carterade colocaciones, cuyo nivel depende de la evaluación que realiza la Gerenciasobre las condiciones de las variables macroeconómicas del país y su impacto enlas IFIs y deudores en general (Nota 6 (c)).

De conformidad con normas vigentes, la Gerencia efectúa revisiones y análisis dela cartera de colocaciones, clasificando a los deudores de acuerdo con laevaluación de sus flujos de caja, endeudamiento global frente a tercerosacreedores y su nivel de cumplimiento en el pago de dichas deudas para sucartera comercial y de acuerdo a la cantidad de días de atraso en el pago de sudeuda para sus otros créditos.

Adicionalmente, en cumplimiento de las Resoluciones SBS N° 041-2005, laCRAC XXX evalúa la exposición al riesgo cambiario crediticio para lascolocaciones en moneda extranjera y constituye provisiones determinadas segúnrequerimiento de la SBS.

La Resolución SBS N° 11356-2008 aprobó un nuevo reglamento para laEvaluación y Clasificación del Deudor y la Exigencia de Provisiones. Entre lasprincipales modificatorias tenemos: el establecimiento de factores de conversióncrediticios de los créditos indirectos, la ampliación de los tipos de créditos y laconstitución obligatoria de provisiones genéricas procíclicas. Esta Resoluciónentrará en vigencia plenamente a partir del 1° de enero de 2010, y parcialmente apartir 1 de diciembre de 2008 en los siguientes aspectos:

Disminución de la tasa de provisión genérica obligatoria del 1% al 0.7% paralos créditos comerciales e hipotecarios para vivienda con Categoría de Riesgo Normal, manteniéndose el 1% para los créditos MES y de consumo comprendidos en dicha Categoría. Adición del componente procíclico a la tasa de provisión genérica obligatoria correspondiente a los deudores clasificados en la Categoría de Riesgo Normal, toda vez que se active la denominada regla procíclica y la SBS autorice su registro. Dicha regla es una medida periódica de variaciones porcentuales

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“ANÁLISIS DE GESTIÓN”

anualizadas –en promedios móviles- del Producto Bruto Interno Real del Perú (PBI) publicado por el Banco Central de Reserva del Perú (BCRP). En general,

la activación se produce cuando se supera el umbral de crecimiento del 5% yla SBS autorice el registro de la provisión procíclica. Está prevista ladesactivación de la regla procíclica cuando la medición periódica indicada delPBI esté por debajo del umbral señalado y la SBS autorice la desactivación dedicha regla. Las provisiones procíclicas registradas antes de la desactivaciónautorizada por la SBS no podrán ser reversadas para su registro en ingresospudiendo ser utilizadas en la constitución de otras provisiones obligatorias. Elcomponente procíclico establecido por tipo de crédito. se muestra en elsiguiente cuadro:

Componente Prociclico (adicional)

Sin Con garantías

Categoría de Riesgo garantias autoliquidable

Revolventes

% % %

Normal

- Creditos Comerciales 0.45 0.30 0.00

- Creditos MES 0.50 0.00 0.00

- Creditos de Consumo 1.00 0.00 1.50

- Creditos Hipotecarios 0.40 0.30 0.00

(e) Cartera de créditos de arrendamiento financiero

Las operaciones de arrendamiento financiero, que provienen de los convenios decesión de cartera suscritos antes del 31 de diciembre de 2000 (Nota 6 (f)), soncontabilizadas según las normas vigentes de la SBS y la NIC 17, como créditos. Elregistro contable inicial de las operaciones se efectúa por el valor bruto de lacolocación, comprendiendo el capital, los intereses, comisiones y otros conceptos definanciamiento que se hayan acordado con el cliente, y la diferencia entre el valorbruto de la colocación y el valor del bien, se registra como “Intereses y comisionesno devengados”, se presenta neta de las colocaciones y se reconoce como ingresode acuerdo con su devengamiento.

(f) Instrumentos financieros derivados

COFIDE clasifica y registra contablemente los instrumentos financieros derivadoscontratados de acuerdo con lo dispuesto en la Resolución SBS N°1737-2006 y susmodificatorias; siendo la última la correspondiente a la Resolución SBS N° 1349-2008, que CRAC XXX ha aplicado a partir de su vigencia en el 2008. El tratamientocontable previsto por la SBS recoge aspectos esenciales establecidos por la NIC39.

Son los instrumentos financieros que cumplen con las siguientes condiciones: (a)su valor razonable fluctúa en respuesta a cambios en el nivel o precio de un activo

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“ANÁLISIS DE GESTIÓN”

subyacente, (b) no requieren una inversión inicial neta o sólo obligan a realizaruna inversión inferior a la que se requeriría en contratos que responden demanera similar a cambios en las variables de mercado y (c) se liquidan en unafecha futura.

En el momento de su registro inicial, los productos financieros derivados debenclasificarse en una de las siguientes dos categorías para su registro contable: (a)instrumentos financieros derivados para negociación o (b) instrumentosfinancieros derivados con fines de cobertura. En el caso de los instrumentos financieros derivados con fines de cobertura, se debe cumplir con ciertosrequisitos establecidos por la SBS en materia de procedimientos, técnicas aaplicar y documentación adecuada y oportuna que sustente la estrategia decobertura.

Las operaciones de intercambio de moneda y de tasas de interés (“Swaps”) y loscontratos de intercambio obligatorio de monedas a futuro a un tipo de cambiopreviamente pactado entre las partes (“Forwards”) -clasificados como productosfinancieros derivados con fines de cobertura- son contabilizadas inicialmente a suvalor razonable. Posteriormente, todo cambio en el valor razonable se registrarádependiendo del tipo de cobertura (valor razonable o de flujo de efectivo).

Para el caso de una cobertura de flujo de efectivo, el valor razonable de unproducto financiero derivado es determinado y reconocido afectando el patrimonioo el estado de ganancias y pérdidas. La parte efectiva de los ajustes al valorrazonable del producto financiero derivado se reconoce en la cuenta patrimonial“Resultados no realizados por coberturas de flujo de efectivo” teniendo comocontrapartida las cuentas por cobrar o por pagar, según corresponda a unaganancia o pérdida potencial. La parte inefectiva del instrumento derivado debereconocerse en el estado de ganancias y pérdidas, teniendo como contrapartidalas cuentas por cobrar y por pagar.

(g) Inversiones

A partir del presente año, la cartera de inversiones de la CRAC xxxx será clasificada y valorizada de cuerdo con lo establecido por la SBS en la ResoluciónSBS N° 10639-2008 que aprueba el Nuevo “Reglamento de Clasificación yValorización de las Inversiones de las Empresas del Sistema Financiero”.

En todos los casos, el registro contable inicial se realiza al costo de adquisición,sin considerar los gastos de adquisición, tales como impuestos, honorarios deagentes de bolsa, derechos y comisiones varias.

(i) Inversiones a Valor Razonable con cambios en Resultados.

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“ANÁLISIS DE GESTIÓN”

Comprende los instrumentos representativos de capital deuda adquiridos con la intención de negociarlos en el corto plazo.

La valorización de las inversiones a valor razonable con cambios enresultados se efectuará a valor razonable. En el caso de los instrumentosrepresentativos de deuda, previamente a la valorización a valor razonable,se debe actualizar contablemente el costo amortizado aplicando lametodología de la tasa de interés efectiva y a partir del nuevo valor se debereconocer las ganancias y pérdidas por la variación a valor razonable.

Las fluctuaciones en la valorización se reconocerán en el resultado delejercicio, cuando el valor razonable exceda al valor contable, se reconoceuna ganancia por fluctuación de valores, cuando el valor razonable seainferior al valor contable, se reconoce una pérdida por fluctuación de valores.

Las ganancias o pérdidas por diferencias de cambio en instrumentosrepresentativos de capital y deuda se reconocerán en el resultado delejercicio.

Los rendimientos de estas inversiones se reconocen cuando se devengan ylos dividendos cuando se declaran.

Los instrumentos de inversión a valor razonable con cambios en resultadosque sean entregados en garantía y sean reportados o transferidos medianteuna operación de reporte o pacto de recompra, que representen unpréstamo garantizado; deberán ser reclasificados a disponibles para laventa. Finalizadas dichas operaciones, los referidos instrumentos deberánser reclasificados a su categoría inicial, transfiriéndose los resultados norealizados a resultados del ejercicio.

(ii) Inversiones Disponibles para la Venta.

Comprende los valores adquiridos con la intención de negociarlos y generarbeneficios por su comercialización antes de su vencimiento. La valuación deestas inversiones se efectuará a valor razonable.

La ganancia o pérdida originada de la variación del valor razonable delinstrumento, no afectan los resultados del ejercicio, sino que se reconocerádirectamente en cuentas patrimoniales, hasta que el instrumento seavendido o realizado.

Cuando los títulos son vendidos, las pérdidas originadas por el deterioro ensu valor razonable, previamente reconocidas como parte del patrimonio, se

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“ANÁLISIS DE GESTIÓN”

incluirán en el resultado del ejercicio. Del mismo modo, cuando se consideraque haya sufrido un descenso en su valor razonable y la pérdida haya sidoreconocida en el patrimonio, y adicionalmente se verifique que ha sufrido undeterioro de su valor, la pérdida acumulada que haya sido reconocidadirectamente en el patrimonio deberé ser eliminada y ser reconocida en elresultado del ejercicio aunque dichos instrumentos no hayan sido realizadoso dados de baja del balance.

En el caso del valor de un instrumento de capital no cotizado, la pérdida pordeterioro será la diferencia entre el importe en libros y el valor presente delos flujos de efectivo futuros estimados, descontados con la tasa actual derentabilidad del mercado para activos similares

Las ganancias o pérdidas por diferencias de cambio en instrumentosrepresentativos de capital se reconocerán en cuentas patrimoniales y losinstrumentos de deuda se reconocerán en el resultado del ejercicio.

Los rendimientos de estas inversiones se reconocen cuando se devengan ylos dividendos cuando se declaran.

Tratándose de valores representativos de deuda, las empresas deberánactualizar mensualmente el valor contable de dichos instrumentos medianteel devengo del descuento a prima de capital.

(iii)Inversiones a Vencimiento.

Comprenden valores adquiridos con la intención de mantenerlos a vencimiento y se registran a su costo de adquisición. Las inversiones que se planifica mantener por un período indeterminado no pueden ser incluidas en esta categoría. Estas inversiones devengan mensualmente el descuento o prima del capital amortizado. No se afecta el resultado del ejercicio para reconocer ganancias por el aumento en el precio de los valores clasificados dentro de esta categoría.

Las pérdidas por deterioro de valor se registran directamente al resultado delejercicio por cambios en la capacidad crediticia del emisor de maneraindividual, análogamente al tratamiento de las colocaciones directas. Estecambio en la capacidad crediticia se refleja en un descenso en laclasificación de riesgo del valor.

No se afecta el resultado del ejercicio por las fluctuaciones en el precio demercado de los valores clasificados dentro de esta categoría, salvo cuandose produzca una significativa disminución en el precio del valor, en cuyo

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“ANÁLISIS DE GESTIÓN”

caso la SBS podrá exigir una provisión.

Asimismo, no podrá clasificar ningún instrumento de inversiónen

inversiones a vencimiento durante el año de ejercicio en que vendió, cedió, oreclasificó, ni por los dos (2) ejercicios siguientes. Finalizado este período,se podrá reclasificar los instrumentos de inversión que posee, siempre que

dichos instrumentos de inversión cumplan con los requisitos establecidospara ser clasificados como inversiones a vencimiento.

(iv) Inversiones en Subsidiarias y Asociadas.

Comprende valores representativos de capital adquiridos con el fin departicipar patrimonialmente y tener control o vinculación con otras empresaso instituciones. Las inversiones registradas en esta categoría se contabilizanaplicando el método de participación patrimonial; es decir, se reconoce en elestado de ganancias y pérdidas las utilidades o pérdidas proporcionalesgeneradas por dichos valores.

Cuando las variaciones en el patrimonio de la participada no se deban avariaciones en el resultado del ejercicio, la porción que corresponda alinversor será reconocida directamente en cuentas patrimoniales.

El valor patrimonial debe estar determinado a satisfacción de la SBS. En elcaso de valores que cotizan en mecanismos centralizados de negociación,cuando su valor de mercado muestre una tendencia hacia la baja por causasconsideradas no temporales, la SBS podrá requerir provisiones porfluctuación de valores por la diferencia entre el valor de mercado y el valorpatrimonial.

Las diferencias de cambio surgidas en una partida monetaria que formeparte de la inversión neta en un negocio extranjero, se reconocerán encuentas patrimoniales. Posteriormente serán reconocidas en los resultadosdel ejercicio, cuando se desapropie el negocio en el extranjero, afectándosea los resultados del ejercicio. .

De acuerdo con las normas de la SBS, en caso se realicen cambios de categoríade clasificación, estos cambios deben registrarse contablemente como una ventaa valor razonable, registrándose en ese momento las ganancias o pérdidas quese generen en el mencionado cambio y el extorno de las provisiones constituidasa la fecha de reclasificación. No está permitido el traspaso de una inversiónclasificada como a vencimiento a otra categoría.

La diferencia entre los ingresos recibidos por la enajenación de las inversiones en

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“ANÁLISIS DE GESTIÓN”

valores y su valor en libros se reconoce en el estado de ganancias y pérdidas.

(h) Inmuebles, mobiliario y equipo

Los inmuebles, mobiliario y equipo se registran al costo, que incluye losdesembolsos atribuibles a su adquisición, y se presentan netos de depreciación

acumuladas. El valor en libros de un activo se castiga inmediatamente a su valorrecuperable si el valor en libros del activo es mayor que su valor de uso. Losterrenos no se deprecian La depreciación anual se reconoce como gasto y sedetermina sobre el costo una vez deducido su valor residual, siguiendo el métodode línea recta con base a la vida útil estimada de los activos, representada portasas de depreciación equivalentes, según la siguiente tabla:

Edificios e Instalaciones 33 -10 añosMuebles y enseres 10 añosUnidades de transporte 5 añosEquipos diversos 4 años

Los desembolsos incurridos después que un activo fijo ha sido puesto en uso secapitalizan como costo adicional de ese activo únicamente cuando pueden sermedidos confiablemente y es probable que tales desembolsos resultaran enbeneficios económicos futuros superiores al rendimiento normal evaluadooriginalmente para dicho activo. Los desembolsos para mantenimiento yreparaciones se reconocen como gasto del ejercicio en el que son incurridos.

Cuando un activo fijo se vende o es retirado del uso, su costo y depreciaciónacumulada se eliminan y la ganancia o pérdida resultante se reconoce comoingreso o gasto.

La Gerencia revisa en forma periódica la vida útil estimada de los activos y sucorrespondiente valor residual, sobre la base de los beneficios previstos para loscomponentes de los inmuebles, mobiliario y equipo.

Las ganancias o pérdidas por la venta de estos activos se imputan en el estado deganancias y pérdidas del ejercicio en el que se devengan y corresponden a ladiferencia entre los ingresos de cada transacción y el valor en libros de dichosactivos.

(i) Bienes realizables, recibidos en pago y adjudicados

Los bienes adjudicados y recibidos en pago se registran al menor importe queresulte de la comparación entre el valor de adjudicación o valor pactado en elcontrato de dación en pago, y el valor neto de realización. Los bienes recuperadospor resolución de contrato, en caso de existir, se registran inicialmente por el

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“ANÁLISIS DE GESTIÓN”

importe que resulte menor de la comparación entre el valor insoluto de la deuda yel valor neto de realización. Si el saldo insoluto de la deuda es mayor al del bienrecuperado, la diferencia se reconoce como una pérdida, siempre que no existanprobabilidades de recuperación.

Asimismo, de acuerdo con las normas de la SBS, sobre estos bienes CRAC xxxx debe constituir las siguientes provisiones:

20% del valor en la fecha de adjudicación o recupero para todos los bienesrecibidos.

Para bienes diferentes a inmuebles, se provisiona el saldo restante en un plazono mayor de 18 meses.Adicionalmente, para los bienes inmuebles se registra una provisión mensualpor desvalorización a partir del 18vo mes de su adjudicación o recupero, la cualdeberá ser constituida en un plazo máximo de 42 meses, en base al valor netoobtenido en el 18vo mes. Asimismo, anualmente el valor neto en libros de losbienes inmuebles es comparado con el valor de realización determinado por unperito independiente y, en el caso que este valor sea menor, se constituirá unaprovisión adicional.

(j) Activos intangibles

Las licencias de los programas de cómputo adquiridas se capitalizan sobre la basede los costos incurridos para adquirir o poner en uso el programa de cómputoespecífico. Estos costos se amortizan siguiendo el método de línea recta durantesu vida útil estimada.

Los costos vinculados al desarrollo o mantenimiento de programas de cómputo, sereconocen como gastos cuando se incurren. Los costos incurridos en el desarrollode programas de cómputo reconocidos como activos se amortizan durante susvidas útiles estimadas.

(k) Pérdida por deterioro

Cuando existen acontecimientos o cambios económicos que indiquen que el valorde un activo de larga vida pueda no ser recuperable, la Gerencia revisa a cadafecha de balance el valor en libros de estos activos. Si luego de este análisisresulta que su valor en libros excede su valor recuperable, se reconoce unapérdida por deterioro en el estado de ganancias y pérdidas. Los importesrecuperables se estiman para cada activo.

(l) Adeudos y obligaciones financieras - Valores, títulos y obligaciones encirculación

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“ANÁLISIS DE GESTIÓN”

Los pasivos en concepto de Adeudos y obligaciones financieras y por la emisiónde valores (bonos corporativos), son registrados Aplicando el método del costoamortizado, reconociéndose los intereses devengados en los resultados delejercicio a su tasa efectiva.Los descuentos otorgados en la colocación de bonos son diferidos y se amortizandurante su vigencia.

(m) Provisiones

Las provisiones se reconocen cuando CRAC xxxx tiene una obligación presente(legal o implícita) como resultado de un evento pasado y es probable que serequieran recursos para liquidar la obligación, y se puede estimar confiablementeel monto de la obligación. Las provisiones se revisan en cada ejercicio y seajustan para reflejar la mejor estimación que se tenga a la fecha del balance

general. Cuando el efecto del valor del dinero en el tiempo es importante, el montode la provisión es el valor presente de los gastos que se espera incurrir paracancelarla.

(n) Pasivos y activos contingentes

Los pasivos contingentes no se reconocen en los estados financieros, sólo serevelan en nota a los estados financieros a menos que la posibilidad de una salidade recursos sea remota.

Los activos contingentes no se reconocen en los estados financieros, sólo serevelan en nota a los estados financieros cuando es probable que se produzca uningreso de recursos.

Las partidas tratadas previamente como pasivos o activos contingentes, seránreconocidas en los estados financieros del período en el cual ocurra el cambio deprobabilidades, esto es, cuando en el caso de pasivos se determine que esprobable, o virtualmente seguro en el caso de activos, que se produzca una salidao un ingreso de recursos, respectivamente.

(o) Provisiones para beneficios de los trabajadores

Participación en las utilidades

La CRAC xxxx reconoce un pasivo y un gasto por participación de lostrabajadores en las utilidades sobre la base del 5% de la materia imponibledeterminada de acuerdo con la legislación tributaria vigente.

Vacaciones y otros beneficios al personal

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“ANÁLISIS DE GESTIÓN”

Las vacaciones anuales del personal, las ausencias remuneradas y otrosbeneficios al personal se reconocen sobre la base del devengado. Laprovisión por la obligación estimada por vacaciones anuales, las ausenciasremuneradas y otros beneficios del personal resultantes de serviciosprestados por los empleados se reconoce a la fecha del balance general.

Compensación por tiempo de servicios

La provisión para compensación por tiempo de servicios del personal seconstituye por el íntegro de los derechos indemnizatorios de acuerdo con lalegislación vigente. Los pagos efectuados con carácter cancelatorio sondepositados en la institución bancaria elegida por el trabajador.

(p) Reconocimiento de ingresos y gastos

Los ingresos y gastos por intereses son registrados en los resultados del ejercicioa medida que se devengan, en función al tiempo de las operaciones que losgeneran.

Los intereses generados por créditos vencidos, refinanciados, reestructurados, encobranza judicial, así como de los créditos clasificados en las categorías dedudoso y pérdida, se reconocen en el estado de ganancias y pérdidas cuando secobran. Cuando se determina que la condición financiera del deudor ha mejoradoa tal punto que desaparece la incertidumbre sobre la recuperabilidad del principal,se reestablece la contabilización de los intereses sobre la base de lo devengado.

Las comisiones por servicios bancarios se reconocen como ingresos cuando seperciben.

Los otros ingresos y gastos son registrados en el ejercicio en que se devengan.

(q) Ganancias y pérdidas por diferencia de cambio

Las transacciones en moneda extranjera se convierten a la moneda funcional altipo de cambio vigente establecido por la SBS, a la fecha en que ocurren.

Las ganancias y pérdidas por diferencia de cambio provenientes de la cancelaciónde partidas monetarias denominadas en moneda extranjera, o del ajuste de losactivos y pasivos por variaciones en el tipo de cambio después de su registroinicial, se reconocen como un ingreso o un gasto, en el estado de ganancias ypérdidas, en el ejercicio que se producen.

(r) Impuesto a la renta y participación de los trabajadores diferido

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“ANÁLISIS DE GESTIÓN”

El pasivo por impuesto a la renta y participación de los trabajadores diferido sereconoce por todas las diferencias temporales gravables entre el valor en libros delos activos y pasivos y su base tributaria, sin tener en cuenta el momento en quese estime que las diferencias temporales que le dieron origen, serán reversadas.El activo por impuesto a la renta y participación de los trabajadores diferido sereconoce por las diferencias temporales deducibles entre el valor en libros de losactivos y pasivos y su base tributaria, en la medida en que sea probable que en elfuturo, la CRAC xxxx dispondrá de suficiente renta gravable contra la cual puedaaplicar las diferencias temporales que reviertan dentro del plazo establecido, deser el caso. El pasivo y activo se miden a la tasa de impuesto a la renta y alporcentaje de participación de los trabajadores, que se espera aplicar a la rentagravable en el año en que este pasivo sea liquidado o el activo sea realizado,usando la tasa de impuesto a la renta y el porcentaje de participación de lostrabajadores vigente o sustancialmente vigente en la fecha del balance general.

El impuesto a la renta y participación de los trabajadores diferido se reconocecomo gasto o ingreso del ejercicio, o se carga o abona directamente al patrimoniocuando se relaciona con partidas que han sido cargadas o abonadas directamenteal patrimoni

(s) Distribución de dividendosLa distribución de dividendos se reconoce como pasivo en los estados financierosen el año en el que los dividendos son aprobados por los accionistas de laCorporación.

(t) Actividad fiduciaria

Los activos mantenidos por la CRAC xxxx en su calidad de fiduciario por encargode clientes o entidades del Estado, no se incluyen en el balance general. Dichosactivos se controlan en estados financieros por separado y se presentan encuentas de orden de la Corporación.

(u) Estado de flujos de efectivo

El efectivo presentado en el estado de flujos de efectivo es equivalente al rubro Fondos Disponibles. Según lo establecido por la SBS, la CRACxxxx prepara y presenta este estado aplicando el método indirecto.

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