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Universidad de Chile Facultad de Derecho Departamento de Derecho Económico ANÁLISIS COMPARADO DE LA SITUACIÓN DE LA MICRO, PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA ESPECIALMENTE EN RELACIÓN A LA NORMATIVA Y BARRERAS DE INSTALACIÓN DE LAS EMPRESAS Memoria para optar al grado de Licenciado en Ciencias Jurídicas y Sociales de la Universidad de Chile Autor : Eloisa Constanze Kuschel Presas Profesor Guía : Rafael Cruz Fabres - Otoño 2008 -

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Universidad de Chile Facultad de Derecho Departamento de Derecho Económico

ANÁLISIS COMPARADO DE LA SITUACIÓN DE

LA MICRO, PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA

ESPECIALMENTE EN RELACIÓN A

LA NORMATIVA Y BARRERAS DE INSTALACIÓN

DE LAS EMPRESAS

Memoria para optar al grado de Licenciado

en Ciencias Jurídicas y Sociales de la Universidad de Chile

Autor: Eloisa Constanze Kuschel Presas

Profesor Guía: Rafael Cruz Fabres

- Otoño 2008 -

II

A todos quienes en mi vida, no han querido pasar desapercibidos.

III

AGRADECIMIENTOS

Quiero agradecer a todos quienes estuvieron ahí de alguna u otra forma

apoyándome en mi tesis y en todo los que ha significado, su elaboración a

través de los años: profesores, padre, madre, padrastro, pololo, amigos y

otros familiares. En especial a mi profesor guía quien, luego de una

búsqueda incesante, aceptó concretar mi proyecto y llevarlo hasta el final.

IV

RESUMEN

El presente trabajo tiene como objeto, el análisis de la situación jurídica,

económica y práctica de un sector empresarial que reúne a las empresas de

menor tamaño: la micro, pequeña y mediana empresa (MIPYME),

enfatizando la importancia de este sector para un país, específicamente

desde el punto de vista de las normas y barreras de entrada. Para estos

efectos se realiza un estudio comparativo de la situación actual de la

MIPYME en tres estados o agrupación de estados occidentales, con

distintos niveles de avance y desarrollo socioeconómico. Se incluye un

análisis de la situación de Chile, Canadá y La Unión Europea, donde se

demuestra la tendencia común de incluir políticas para la reducción de los

trámites burocráticos y costes que significan la creación de una empresa,

circunstancia que beneficia especialmente a aquellos emprendedores con

menos recursos y por tanto, con más dificultades para tomar la iniciativa de

concretar un negocio. Ese tipo de emprendedores son los que constituyen

las empresas más pequeñas, reuniendo, en su conjunto, a la mayor cantidad

de personas y generalmente a la mayor cantidad de empleos en un país, lo

que permite más allá de un beneficio económico, un beneficio social.

V

INDICE

I. INTRODUCCIÓN ................................................................................................... 1

II. LA PEQUEÑA EMPRESA EN CHILE ................................................................. 3

a) CARACTERIZACIÓN DE LA MIPYME EN CHILE ............. ..................................................... 3

b) SITUACION DE LA MIPYME EN CHILE ................... ................................................................ 4 i. Estadísticas y análisis general de su situación ................................................................................ 4 ii. Políticas e iniciativas del Gobierno a favor de la MIPYME: ........................................................ 6 iii. Antecedentes Históricos. Implementación del Estatuto de Fomento y Desarrollo de la Micro y

Pequeña Empresa y del Estatuto PYME. ........................................................................................ 9

c) NORMAS Y BARRERAS DE INSTALACION DE UNA EMPRESA EN CHILE .................. 17

III. LA PEQUEÑA EMPRESA EN LA UNIÓN EUROPEA ............................... 32

a) CARACTERIZACIÓN DE LA MIPYME EN LA UE ............. .................................................... 32

b) SITUACIÓN GENERAL DE LAS MIPYME EN LA UE .......... ................................................. 34 i. Estadísticas y Análisis General de la Situación ............................................................................ 34 ii. Políticas e Iniciativas de Gobierno a favor de las empresas en general y MIPYMEs en particular

en la Unión Europea ...................................................................................................................... 37 iii. Antecedentes Históricos de las Políticas en favor de las MIPYMEs en la UE ............................. 43 iv. Síntesis explicativa de los Informes anuales llevados acerca de las PYMEs en la UE ................. 46 v. Resultados concretos y perspectivas futuras de la política a favor de las PYMEs en la UE ......... 47 vi. Estatuto PYME en la UE .............................................................................................................. 49

c) NORMAS Y BARRERAS DE INSTALACION DE UNA EMPRESA EN LA UE ................... 51

d) ANÁLISIS DE LA SITUACIÓN DE LAS PYMES EN UN ESTADO DE LA UNIÓN EUROPEA: ESPAÑA. ......................................................................................................................... 55 i. Estadísticas y Análisis General de la Situación en España .......................................................... 55 ii. Normas y Barreras de Instalación de una PYME en España ........................................................ 56

IV. LA PEQUEÑA EMPRESA EN CANADA ...................................................... 66

a) CARACTERIZACIÓN DE LA PYME EN CANADA: ............ .................................................. 66

b) SITUACION DE LA PYME EN CANADA .................................................................................. 67 i. Estadísticas y análisis general de su situación ............................................................................. 67 ii. Políticas e iniciativas del Gobierno a favor de la PYME en Canadá ............................................ 71 iii. Tramitación burocrática o Red Tape ............................................................................................. 73 iv. Proyecto “Biz Pal” ........................................................................................................................ 77 v. Otras iniciativas a favor de las PYMEs canadienses ..................................................................... 80

c) NORMAS Y BARRERAS DE INSTALACION DE UNA EMPRESA EN CANADA. ............. 82

VI

V. ESQUEMA COMPARATIVO: SITUACIÓN MIPYME EN CHILE, CANADÁ Y LA UE ...................................................................................................... 91

VI. CONCLUSIONES .............................................................................................. 91

VII. BIBLIOGRAFÍA ................................................................................................ 98

1

I. INTRODUCCIÓN

La micro, pequeña y mediana empresa (MIPYME), denominada también, en términos

generales, pequeña y mediana empresa (PYME), constituye un sector que incluye

todas las empresas de menor tamaño bajo un criterio de clasificación universal,

normalmente según nivel de ventas y número de trabajadores.

La idea en este trabajo es describir a este grupo empresarial, y analizarlo en su

situación actual en diferentes países del mundo occidental, para enfatizar su

trascendencia en la política estatal. Para estos efectos se incluyeron, dentro del

estudio, tres países, partiendo por Chile, como país en vías de desarrollo, cuya

tendencia es a copiar los métodos y experiencias de otros países, donde han obtenido

buenos resultados. El otro país analizado es Canadá, considerando que, desde el

punto de vista burocrático es uno de los que tiene menos trámites y barreras, a la hora

de crear una empresa. El tercer país, o más bien, el tercer ordenamiento jurídico que

se incluye en este estudio es la Unión Europea, como ejemplo de modernidad y

desarrollo, en un contexto distinto, pero en el que la diversidad y desarrollo de sus

miembros obliga a buscar las soluciones más conciliadoras y más vanguardistas.

Las empresas, mientras más pequeñas sean, les cuesta más surgir y subsistir,

especialmente teniendo en cuenta el marco económico vigente, el libre mercado y la

integración económica, factores propios de los últimos tiempos, pero que dificultan en

gran medida el desarrollo de las entidades económicas más pequeñas.

Este sector de las empresas más pequeñas es un sector de enorme magnitud humana,

considerando la cantidad de personas (empresarios) que se benefician, en la medida

que logran surgir y mantenerse como empresas rentables, lo cual además beneficia a

los trabajadores, al crear nuevos puestos de trabajo.

Es importante que cuando una persona opta por iniciar su propio negocio, lo haga

conforme a los requerimientos y normativas de su país u ordenamientos jurídicos

aplicables, pero para ello no deben haber barreras ni costos excesivos, especialmente

en el caso de las empresas más pequeñas, en que cualquier gasto adicional es

determinante al momento de decidir instalar la empresa formalmente y en la

subsistencia de dicha empresa en el tiempo.

2

En este trabajo se quiere evidenciar que una política orientada al beneficio de este

sector empresarial, por la cual se fomente y facilite su ingreso formal en el mercado,

hace posible que no sólo se beneficien las personas o protagonistas directamente

implicados en la empresa, sino también que se beneficie, en último término, la

economía en su totalidad.

3

II. LA PEQUEÑA EMPRESA EN CHILE

a) CARACTERIZACIÓN DE LA MIPYME EN CHILE

La micro, pequeña y mediana empresa (MIPYME), denominada también, en términos

generales, pequeña y mediana empresa (PYME), constituye un sector que incluye

todas las empresas de menor tamaño bajo un criterio de clasificación universal,

normalmente según nivel de ventas y número de trabajadores.

En Chile, la definición atiende principalmente a los niveles de ventas anuales. Ello para

efectos tributarios, financieros y en la generalidad de los casos. El origen y fundamento

de la definición se encuentra en la diferenciación que se hace entre los contribuyentes

al Servicio de Impuestos Internos, para efectos de aplicar, por el gobierno, ayudas

crediticias especiales al sector MIPYME1. Se considera también, en función de un

concepto más exacto, pero de forma no tan usual, el número de trabajadores2.

La definición, de acuerdo a cada categoría de empresa, según estos parámetros, es:

Microempresa : aquélla cuyas ventas son inferiores a UF 2400 al año y el número de

trabajadores no supera los cuatro en los sectores de Servicios, Comercio, Transporte y

Almacenamiento y en el sector de Industria Manufacturera y Construcción, no supera

los nueve3.

Pequeña Empresa : aquélla cuyo nivel de ventas es superior a UF 2400 e inferior o

igual a UF 25.000. El número de trabajadores es de cinco o diez, según el sector, a

cuarenta y nueve.

Mediana Empresa : aquélla cuyo volumen de ventas supera los UF 25.000 hasta UF

100.000. El número de trabajadores va desde cincuenta a 199.

1 Pequeñas y medianas (PYME). Servicio de Impuestos Internos on line. Gobierno de Chile. Chile. 7 abril 2006. <http://www.sii.cl/contribuyentes/empresas_por_tamano/pymes.htm>. (1) 2 La definición que obedece al nivel de ventas anuales proviene del Ministerio de Economía. En cambio, el INE, en su Encuesta Industrial Anual (ENIA) establece como criterio el número de trabajadores, tal como se señala en este trabajo. 3 Ministerio de Planificación y Cooperación (MIDEPLAN) División de Planificación, Estudios e Inversión. Departamento de Planificación y Estudios Económicos. Caracterización de las Microempresas. Santiago, Chile. 1998. 41p. (2)

4

Gran empresa : aquélla cuyas ventas superan las UF 100.000 y cuyo número de

trabajadores excede 200.

b) SITUACION DE LA MIPYME EN CHILE

i. Estadísticas y análisis general de su situación De acuerdo a un Informe del Comité de Fomento de la Micro y Pequeña Empresa4,

existirían en el año 2003, en Chile, 1,2 millones de empresas. De ellas, un gran

porcentaje (46%) corresponde a empresas informales, o sea, empresas constituidas

sin todos los requisitos legales vigentes. Según información del Servicio de Impuestos

Internos y la encuesta CASEN 20005, el número total de empresas es mayor

(1.303.388), y la proporción de empresas informales también (50,4%). Alcanzando sólo

el 49,6% las empresas constituidas formalmente.

Del total de empresas formales, considerando la primera estadística, de un universo de

1,2 millones de empresas y 652.445 empresas formales, el 82% son microempresas,

15% son pequeñas empresas y sólo un 3% corresponden a empresas medianas y

grandes. Pero, estas últimas, a pesar de su escaso volumen, en relación a la cantidad

de empresas de las restantes categorías, concentran más del 87% de las ventas

anuales. En concreto, las microempresas sólo participan en un 3,3%, las pequeñas

empresas en un 9,5%, las medianas 8,9% y las grandes 78, 3% de las ventas

anuales6.

La informalidad es una característica que abunda en las empresas más pequeñas. La

gran mayoría de empresas informales corresponde a microempresas. El fundamento

de esta situación, viene de las dificultades que tiene el empresario pequeño de cumplir

con la normativa vigente (normas tributarias, ambientales, urbanísticas, etc.),

principalmente por los costos y largos procedimientos que ello implica.

4 La Situación de la Micro y Pequeña Empresa en Chile. Comité de Fomento de la Micro y Pequeña Empresa. Gobierno de Chile. Chile. Marzo 2003. (3) 5 Ob. Cit. 5 Ob. Cit. Respecto a una encuesta del año 2001.

5

Por ello, se mantienen en un ámbito oscuro de ilegalidad, ocultando sus faltas y delitos

derivados del incumplimiento de las leyes, sin poder abrirse libremente a los negocios,

con un campo de actuación reducido a ciertos clientes y proveedores de mayor

confianza. En este ámbito, las limitaciones de una empresa informal, trascienden,

además, al acceso al sistema de financiamiento bancario. Limitándose a la obtención

de créditos sólo como persona natural. Créditos que, en relación a los obtenidos por

personas jurídicas (empresas formales), tienden a ser menos accesibles y más caros.

Por otro lado, a pesar de la escasa contribución económica del sector de la micro y

pequeña empresa (menos del 13% de las ventas anuales). Tiene una importancia

capital en la contribución al empleo, concentrando en Chile el 55% del empleo total7.

Por lo tanto, si bien las utilidades económicas para el micro y pequeño empresario no

son altas, el beneficio social asociado, en cuanto al número de personas beneficiadas,

ya sean empresarios o trabajadores, es mucho mayor que en la mediana y gran

empresa. Pero esto no implica que las condiciones en que se encuentran, aquellos que

integran las empresas más pequeñas, sean las mejores. De hecho, su posición es

bastante menguada, tratándose tanto de trabajadores como empleadores. Todo ello

relacionado con la fragilidad misma del negocio que se emprende, especialmente en

Chile o países de bajo desarrollo, donde la tasa de sobrevivencia es bastante baja.

Uno de cada 3 fracasa, de acuerdo al Informe del Comité de Fomento de la Micro y

Pequeña Empresa8.

La baja productividad y el inminente riesgo al fracaso, se ven asociados a una baja

capacidad de inversión y condiciones precarias de trabajo, con escasa calificación,

bajas remuneraciones y desprotección. Desprotección que podría palearse con un

mayor nivel de asociatividad o participación en actividades sociales, gremiales o

sindicales, no sólo de parte de los trabajadores, sino también de los empleadores.

Logrando, de esa forma, fortalecer sus puntos débiles y obtener mejores resultados en

la consecución de sus objetivos. En ese ámbito nuestro país, así como los países

menos desarrollados, encuentra una gran falencia en el sector MIPYME,

especialmente respecto de los microempresarios.

7 Ob. cit. 8 Ob. cit. 9 Ob. cit.

6

ii. Políticas e iniciativas del Gobierno a favor de la MIPYME: 9 El Gobierno, consiente de la situación que rodea a las empresas más pequeñas,

especialmente en el sector MIPE, ha tomado ciertas medidas. El objetivo es hacer

frente a los obstáculos y debilidades que conlleva la actividad empresarial con menos

recursos e incentivar su desarrollo y sobrevivencia junto con su formalización.

Las medidas tomadas en su beneficio consideran, entre otros aspectos, financiamiento

para asesoría y capacitación, transferencia tecnológica, facilidades de acceso al

crédito formal, reprogramaciones de deuda, etcétera. Se busca un mayor y más fácil

acceso a la formalidad, simplificando ciertos trámites de instalación. Es el caso de las

microempresas familiares y las empresas individuales de responsabilidad limitada, que

cuentan con una regulación especial10.

Destaca la labor de los organismos como CORFO, SERCOTEC, INDAP, FOSIS,

SENCE.

El aporte de CORFO se traduce en proyectos asociativos de fomento (PROFOS),

fondos de asistencia técnica (FAT). En general, asistencia financiera y técnica a gran

número de empresas que lo necesitan.

SERCOTEC es una filial de CORFO que se especializa en el fomento productivo de las

empresas más pequeñas. Tiene diversos programas: de apoyo directo a las empresas,

y en forma indirecta, orientados a mejorar su entorno, su financiamiento, programas de

fomento a la asociación gremial, etcétera.

INDAP se centra en la promoción y generación de capacidades técnicas y de gestión

de los pequeños agricultores y en el fomento del desarrollo productivo sustentable de

la agricultura familiar campesina y sus organizaciones

FOSIS utiliza de diversas vías con el objeto de combatir la pobreza, por medio de

determinados proyectos de Desarrollo Social, Reinserción Laboral, Desarrollo de

Competencias, Promoción y Desarrollo Productivo. Proyectos a favor del surgimiento y

desarrollo de actividades micro empresariales y de autoempleo.

10 Ley 19.749, de agosto de 2001 sobre Microempresas Familiares y Ley 19.857 de febrero 2003 sobre Empresas Individuales de Responsabilidad Limitada. Ver capítulo siguiente de este trabajo, sobre Normas y Barreras de Instalación de una Empresa en Chile.

7

SENCE constituye una fuente de fondos asignados a la capacitación, por medio de

franquicias tributarias para todo tipo de empresas. Pero de los recursos considerados

sólo se utiliza un 15, 4% para el sector MIPE11.

Dentro de las iniciativas gubernamentales, tiene lugar, el Programa para facilitar el

acceso al crédito a favor de las microempresas, administrado por SERCOTEC desde el

2002. Para ello, se lleva a cabo un subsidio directo a las instituciones financieras

adheridas por cada crédito otorgado. El subsidio cubre el costo de transacciones de

operaciones crediticias de bajo monto, para clientes sin historial y escasos registros

contables.

Existe, además, una política de Reprogramación de deudas bancarias tributarias y

provisionales que junto con la facilitación de acceso al crédito, constituyeron un apoyo

a los problemas de liquidez de más de 100.000 micro y pequeños emprendedores.

Las políticas de fomento se concentran en el programa denominado “Chile Emprende”,

con la participación del Ministerio de Economía (División de Desarrollo Productivo), la

SUBDERE (División de Desarrollo Regional), SERCOTEC, FOSIS, INDAP, SENCE,

CORFO. “Chile Emprende” constituye una estrategia de cooperación entre entidades

públicas y privadas, para el desarrollo conjunto y coordinado de la MIPE en Chile, en

los ámbitos de administración local, territorial y nacional12.

La Ley de Presupuestos es otro instrumento de política pública a favor de las MIPYME,

que en el año 2006 incluye, por primera vez, fondos destinados al fomento productivo y

capacitación para ser aplicados según criterios territoriales, bajo la orientación del

Directorio Nacional de Chile Emprende.

Los diversos objetivos e iniciativas a favor del sector, se traducen normativamente en

el Estatuto de la MIPE, de enero de 2001. Una regulación que sirve de base a la

promulgación de leyes especiales, para el mejor desenvolvimiento y concreción de la

política sectorial. Se incluyen dentro de las leyes que favorecen al sector MIPYME y

que forman parte del Estatuto MIPE, las siguientes:

11 MIPE es la denominación que se le da al sector más pequeño de las empresas, sólo incluye a las micro y pequeñas empresas. 12 La Situación de la Micro y Pequeña Empresa en Chile. Chile Emprende. Gobierno de Chile. Chile. Diciembre 2005. <http://www.sercotec.cl/archivos/publicaciones/archivos/Libro%20Chile%20Emprende.pdf> (4)

8

a. Nueva Ley General de Cooperativas: Ley 19.832 del 4 noviembre 2002,

modifica La Ley General de Cooperativas13. “La nueva legislación, revaloriza el

papel que la cooperación puede jugar como instrumento de articulación de los

actores económicos, como factor de desarrollo de micro, pequeñas y medianas

empresas y como instrumento eficaz de generación de empleo y solución de

problemas sociales”14. “(…) Tuvo como uno de sus principales objetivos, dotar

al sector cooperativo de una normativa moderna, que les permitiera a las

empresas del sector cooperativo, competir en igualdad de condiciones y al

Estado disponer de un marco regulatorio y un sistema de control (supervisión y

fiscalización) que resguardara los intereses de los asociados”15.

b. Ley de Microempresas Familiares.

c. Ley de Empresa Individual de Responsabilidad Limitada.

d. Ley de Procedimientos Administrativos: Nº 19.880, publicada el 29 mayo 2003.

Establece y regula las bases del procedimiento administrativo, los plazos,

procedimientos de reclamación y el principio del silencio administrativo por el

que se entiende que se accede a la solicitud si no hay respuesta en el plazo.

Con ello se beneficia a los micro y pequeños empresarios con procedimientos

más expeditos y mejores posibilidades de reclamación.

e. Ley sobre Contratos Administrativos y Compras al Sector Público. Nº 19.880.

Rige desde el 29 agosto 2003. Su Reglamento fue publicado el 24 de

septiembre de 2004. Se establecen nuevas instituciones: Dirección de Compras

y Contratación Pública, el Tribunal de Contratación Pública y el Sistema

Electrónico de Compras y Contratación (www.chilecompra.cl). Con esta Ley y

su Reglamento se logra mayor transparencia e igualdad entre los distintos

participantes del sector público y privado, permitiendo un mayor acceso a los

empresarios más pequeños. Según las estadísticas16, tanto el número de

participantes como las licitaciones asignadas a micro y pequeños empresarios

han aumentado progresivamente.

13 Ley 19.832, Modifica Ley General de Cooperativas. Diario Oficial. Santiago, Chile.4 noviembre 2002. 14 La Situación de la Micro y Pequeña Empresa en Chile. Comité de Fomento de la Micro y Pequeña Empresa. Gobierno de Chile. Chile. Marzo 2003. Página 47. (3) 15 Ob. cit., página 62. 16 Ob. cit. 16 Ob. cit.

9

f. Ley 19.911, Crea el Tribunal de Defensa de la Libre Competencia. Del 14

noviembre 2003. Un medio más rápido y eficaz, que los empresarios tienen,

para defender sus intereses en el libre mercado.

g. Ley sobre Perterechos Militares: Nº 19.924, del 9 enero 2004. Con ella se

elimina la exención al IVA y derechos de aduana de las Fuerzas Armadas y de

orden, permitiendo una mayor igualdad de condiciones en la venta a esas

instituciones en relación con los bienes importados.

h. Ley sobre Cláusulas de Aceleración: Nº 19.951, del 16 de junio de 2004.

Modifica la Ley 18.010, permitiendo que, en los contratos de préstamos de

dinero, al hacerse efectiva la cláusula de aceleración, la liquidación de la deuda

se haga con los intereses atrasados y no los futuros. Rebajando, además, en

un 50% las comisiones de prepago.

i. Ley de Factura con Título Ejecutivo: Nº 19.983, del 15 diciembre 2004. Permite

que las empresas pequeñas accedan a mayor financiamiento mediante la

cesión de crédito (factura). Con un procedimiento rápido y que hace simple el

cobro por vía ejecutiva.

El Gobierno ha invertido tiempo, preocupación y dinero por el sector empresarial más

débil. Una política pública emergente manifestada en los diversos instrumentos y

programas antes explicitados. Sus gastos destinados al fomento de la MIPE superan

los US$100 millones anuales, considerados los años 2001 y 200217. Una política fuerte,

pero insuficiente si la comparamos con los países más desarrollados, de acuerdo a lo

que se explicará, a lo largo de este trabajo.

iii. Antecedentes Históricos. Implementación del Es tatuto de Fomento y Desarrollo de la Micro y Pequeña Empresa y del Es tatuto PYME.

Las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas han constituido un tema de preocupación

creciente en la última década.

La preocupación se ha visto manifestada explícitamente en los programas de Gobierno

del último tiempo (Aylwin, Frei, Lagos y Bachelet) por medio de compromisos 17 Ob. cit.

10

gubernamentales que enfatizan la necesidad de fomento de las empresas más

pequeñas.

El programa de Aylwin pone énfasis en la institucionalidad del Fomento Productivo,

con un fortalecimiento técnico, operativo y financiero de los organismos encargados

(CORFO, INDAP, SERCOTEC). Entre sus propuestas destaca la creación del FOSIS y

una política integral de apoyo a la economía informal y al desarrollo de la pequeña

empresa18.

En los siguientes Gobiernos, el tema institucional, respecto a los programas de Frei y

Lagos, se trata de manera bastante general.

Los programas de Aylwin, Frei y Lagos remarcan la importancia del mejoramiento del

acceso al crédito al sector MIPE, por medio de incentivos a instituciones privadas de

micro crédito y la labor del Banco Estado.

Lagos incluye en su programa un aumento de los fondos públicos para el fomento del

sector MIPYME, destacando su preocupación por el marco legal y normativo que

permitan mejores resultados en la política de fomento.

En la práctica, los Gobiernos dan una considerable importancia a las empresas

pequeñas, incluyéndolas en las diversas áreas de manejo e implementación

macroeconómica.

Entre 1990 y 2004 se multiplicó por más de 20 veces el monto de los recursos públicos

destinados al fomento productivo para la MIPE. Además se crearon instituciones

relevantes en la materia: FOSIS, FONCAP-MIPE, instaurándose un programa

económico empresarial de amplia envergadura: Chile Emprende19.

Además en ese período hubo avances en la formalización de las MIPEs. Aumentando

el número de empresas formalizadas en 160 mil unidades, entre 1995 y 200320. Junto

con ello aumentó el acceso al crédito formal y la cobertura a los programas de

capacitación en favor de las microempresas. Todo esto con la participación de SENCE,

INDAP, FOSIS, SERCOTEC y un gran número de entidades privadas de fomento con

capacitación, asistencia técnica, crédito, etcétera.

18 Diario Pyme. Políticas de fomento y Pymes. Zoom Programático Fomento Productivo (Fp) y Micro y Pequeña Empresa. <http://www.diariopyme.cl/documentacion/concertacionpyme.doc> (5) 19 Ob. cit. 20 Id.

11

El Presidente Lagos, ya desde su candidatura, planteó doce compromisos con la

MIPE21. De ellos, gran parte se cumplió durante su gobierno. Pero la tarea sigue como

política emergente durante el gobierno de Michelle Bachelet.

En los inicios del Gobierno de Lagos, se creó un Consejo de Ministros del Desarrollo

Productivo, presidido por el Ministro de Economía, cuya finalidad es coordinar y

sancionar políticas a favor de las pequeñas empresas.

Para estos efectos, se lanzó en abril de 2003, el libro “Situación de la Micro y Pequeña

empresa en Chile”, que describe la realidad de esta categoría de empresas y cuyo

texto fue actualizado en diciembre de 2005, con los nuevos avances y modificaciones.

En noviembre de 2001, el gerente general de SERCOTEC y los directores ejecutivos

de FOSIS y de PRORURAL impulsaron la creación de un programa de gestión pública

para el fomento productivo y laboral, principalmente de la MIPE. El año 2002 se

incorpora INDAP al programa y a la directiva y PRORURAL deja su participación.

21 Compromisos señalados por el Presidente de la República Ricardo Lagos Escobar, con motivo de su primer discurso a la Nación, el 21 mayo 2000. Los 12 compromisos son: 1. Creación de una mesa de diálogo con la pequeña empresa; 2. Fortalecimiento de la asociatividad gremial;

3. Duplicación de los recursos destinados a los programas de fomento a la pequeña empresa y extensión de dichos programas a todos los sectores de la actividad económica;

4. Creación de un fondo de promoción de exportaciones especialmente dirigido a las empresas de menor tamaño; 5. Acercamiento de la universidad y centros tecnológicos a la pequeña empresa; 6. Facilitar el acceso al crédito promoviendo la especialización del Banco del Estado en pequeña empresa; 7. Creación de nuevos mecanismos de financiamiento (fondos de garantías regionales, instituciones de microcrédito y fondos de capital de riesgo); 8. Envío al Parlamento de un proyecto de ley para evitar el abuso de las grandes empresas contra pequeños subcontratistas y proveedores; 9. Masificación del acceso de las pequeñas empresas a Internet; 10. Reducción de los trámites de constitución de una empresa a una semana y adecuación de las normativas sanitarias, ambientales y de planos reguladores a la realidad de la pequeña empresa; 11. Defensa de la producción nacional frente a la competencia desleal y aplicación a los productos importados de las normas de calidad obligatorias para productos nacionales; 12. Desarrollo de programas de prevención de la delincuencia.

(FUENTE: Análisis de la Política de Fomento a las Pequeñas y Medianas Empresas. Marco Dini. Giovanni Stumpo (19 abril). Red de Reestructuración y Competitividad. Unidad de Desarrollo Industrial y Tecnológico. División de Desarrollo Productivo y Empresarial. Santiago Chile, diciembre 2002. Naciones Unidas, CEPAL, ECLAC. <http://www.cepal.org/publicaciones/DesarrolloProductivo/8/LCL1838/LCL1838.pdf>) (7)

12

Luego (2003) se incluye SENCE y empiezan a participar SUBDERE y CORFO. La

iniciativa pasa a denominarse “Chile Emprende” 22.

“(…) El elemento definitorio de la propuesta inicial era que estos servicios junto con los

gobiernos regionales, los municipios y las redes MIPE de determinados territorios

complementaran capacidades y recursos para gestionar conjuntamente su proceso de

desarrollo económico; aprovechando oportunidades reales de negocios y empleo por

parte del tejido empresarial y laboral de dichos territorios”23.

“(…) El propósito de este programa fue el de lograr, en los territorios en que opera, un

mejoramiento de los niveles de ingreso y de las condiciones de trabajo en el tejido

empresarial y laboral.”24

En diciembre 2004, se formaliza la iniciativa mediante un decreto Supremo del

Presidente Lagos y se imparte un Instructivo Presidencial para su inclusión en los

diversos territorios del país. Ese año se incorporan al Directorio, el Ministerio de

Economía (División de Desarrollo Productivo), la SUBDERE (División de Desarrollo

Regional) y la CORFO. Se crean mesas de trabajo, denominadas Consejos Públicos

Privados de Desarrollo, donde se proponen y discuten los planes de desarrollo

concretos. Participan ahí, los empresarios, sus redes, gremios, alcaldes o asociaciones

territoriales involucradas y los directores regionales de los servicios públicos vinculados

al fomento productivo.

En concreto, en el Gobierno de Lagos, principalmente en relación con sus doce

compromisos, se han logrado, entre otros, los siguientes avances25:

a. Generación de una mesa permanente de diálogo, a través de los Consejos

Públicos Privados de Desarrollo antes mencionados.

22 La Situación de la Micro y Pequeña Empresa en Chile. Chile Emprende. Gobierno de Chile. Chile. Diciembre 2005. <http://www.sercotec.cl/archivos/publicaciones/archivos/Libro%20Chile%20Emprende.pdf> (4) 23 Ob. cit. Pág. 61 24 Gobierno de Chile. Programa Chile Emprende. Resumen Ejecutivo, Informe de Evaluación. Septiembre 2005. Página 7. <http://www.sercotec.cl/archivos/publicaciones/archivos/Resumen_Ejecutivo_Informe_Evaluacion Chile_Emprende.pdf> (7) 25 Extracto del artículo del Diario Pyme. Políticas de fomento y Pymes. Zoom Programático Fomento Productivo (Fp) y Micro y Pequeña Empresa (9) y del artículo de la División de Coordinación Interministerial. Ministerio Secretaría General de la Presidencia. Gobierno de Chile. Apoyo a La Pequeña Empresa/ Logros Gobierno Marzo 2000- Septiembre 2004 (7)

13

b. Aumento de los recursos públicos para fomento público de $112 mil millones

(año 1990) a 282 mil millones (año 2004).

c. Creación Por Decreto Supremo del Programa Chile Emprende (2004).

d. Generación y modificación de leyes que benefician a las PYME, como se

señaló.

e. Creación de un nuevo fondo de promoción de las exportaciones exclusivamente

para PYME. Durante 2003 se refinanciaron préstamos para Inversión y

Exportación en PYMEs por US$ 62,45 millones26.

f. Se agregaron 8 intermediarios financieros durante el 2004, en relación con las

Líneas de Factoring (Banco HNS, Factotal S:A, SMB Factoring S.A.) y

Microcrédito (Cajas de Compensación La Araucanía, loas Andes, Los Héroes y

las Cooperativas Copeumo Ltda., y Chilolac Ltda.)27.

g. Establecimiento del Régimen de Ayudas y el Sistema de Gestión del Plan de

Consolidación y Competitividad de la PYME (Decreto del Ministerio de

Economía Nº 582/2001). Vigente en los años 2000 a 2006.

h. Creación y operación de un Programa de Acceso al Crédito para

Microempresas (FOSIS-SERCOTEC), mediante incentivo a las instituciones

financieras En agosto de 2004, CORFO realizó la primera licitación de Fondos

para PYME por $2000 millones, adjudicándose al Banco de Crédito e

Inversiones la prestación de créditos con la menor tasa de interés (4%) y sin

comisión28

i. SERCOTEC durante el 2003 y 2004 ha atendido programas de fomento en

beneficio de más de 22 mil MIPEs. Beneficiando además a miles de

empresarios a través del portal REDSERCOTEC y la Red de Infocentros MIPE

que entregan capacitación y servicios de información en línea29.

26 División de Coordinación Interministerial. Ministerio Secretaría General de la Presidencia. Gobierno de Chile. Apoyo a La Pequeña Empresa/ Logros Gobierno Marzo 2000- Septiembre 2004 <http://www.gobiernodechile.cl/logros/apoyo_pequena_emp.asp> (visto 20 abril 2006) (8) 27 Ob. Cit. 28 Ob. Cit. 29 Id.

14

j. CORFO, en mayo de 2004 facultó a los bancos para extender el plazo de los

créditos reprogramados hasta por 8 años a la Pequeña y Mediana Empresa30.

k. Generación de una iniciativa público privada: la Agenda Digital. Constituye una

estrategia de fomento en el ámbito de las tecnologías de información y

comunicación. Su actuación permite la concreción de políticas en esos ámbitos

a favor de las empresas, especialmente las PYMES. Incluye, entre otros

aspectos, la masificación de la factura electrónica, la consolidación y expansión

del uso de Chile Compra, simplificación y puesta en línea de trámites

empresariales, boleta electrónica de honorarios e inicio de actividades en línea,

desarrollo de medios de pago para el comercio electrónico e impulso y

consolidación del Portal de Pagos del Estado, ventanilla electrónica y

marketplace de comercio exterior31.

l. El Ministerio de Economía hace un par de años creó el portal

www.sitioempresa.cl, el cual pretendió operar como “ventanilla única”, siendo

posible acceder a más de 40 trámites del Estado. Hoy los trámites posibles se

han incrementado, pudiendo llevarse a efecto a través de una nueva página en

internet: www.tramitefasil.cl.

m. Establecimiento de un Estatuto de fomento de la MIPE, con las leyes y

modificaciones legales indicadas en el capítulo anterior.

El programa de la actual Presidenta de la República, Michelle Bachelet, vuelve a

enfatizar la necesidad de potenciación de las PYMEs. Su idea es apoyarlas,

garantizándoles condiciones equitativas para competir y expandirse.

Bachelet propone intensificar la labor sobre los objetivos propuestos en el anterior

gobierno, expandiendo los programas en curso, especialmente en el campo del acceso

al financiamiento y el emprendimiento. Plantea la existencia de algunas deficiencias en

las políticas hacia las PYMEs: la falta de coordinación, cierta duplicidad de esfuerzos, y

excesiva burocracia y centralización en la gestión de las instituciones de fomento

existentes. En concordancia con las políticas del gobierno de Lagos, Bachelet

30 Id. 31 Gobierno de Chile. Grupo de Acción Digital. Agenda Digital. Desarrollo Digital de las Empresas. Plan de Acción 2004-2006. <http://www.agendadigital.cl/aws00/Estatico/repositorio/Y/z/E/YzEzY2I1MGI1OWEzNjNkNDlkMDkxMjgyNTc1OWNlNzBjYTJhMWI0Yg==.pdf> (9)

15

pretende continuar y ampliar la utilización de los instrumentos de fomento MIPYME.

Incluye, entre otros aspectos, un mayor acceso a las tecnologías, capacitación,

asesoría, incentivos a las exportaciones, a la asociatividad, acceso al financiamiento,

etcétera32.

Específicamente, las propuestas de Bachelet a favor del sector MIPYME incluyen33:

• Centrar el trabajo de las instituciones de fomento (CORFO, SERCOTEC, etc.)

en el segmento de las MIPES.

• Crear una Subsecretaría de Pequeña y Mediana Industria en el Ministerio de

Economía, a cargo de coordinar las políticas de fomento.

• Pagar a proveedores en 30 días por la administración pública, permitiendo a los

prestadores subir su capital y disminuir su endeudamiento.

• Impulsar proceso de revisión de normas que afectan al sector para modificar

aquellas que no están bien diseñadas para funcionar a pequeña escala.

• Simplificar requisitos para la creación, modificación y cierre de las MIPYMEs.

• Continuar con la implementación de la ventanilla única de atención. De esa

forma, bastará que concurra a un solo lugar, para realizar sus trámites y hacer

las consultas necesarias para la instalación y mantenimiento de sus negocios.

Lo que permitirá más rapidez y menos costos.

• Desarrollar programas de capacitación, asesoría y asistencia técnica,

potenciando a los emprendedores por tipo de actividad y por nivel de

experiencia en el mundo de los negocios.

• Concretar alianzas estratégicas con universidades, institutos de formación

técnica e instituciones de capacitación.

• Perfeccionar el impuesto de timbres y estampillas eximiendo del pago a las

reprogramaciones de cualquier tipo de crédito.

32 Michelle Bachelet. Programa de Gobierno 2006-2010. El Salto Al Desarrollo. 18 octubre 2005, página 35 a 55. <http://www.gobiernodechile.cl/programa_bachelet/programa.pdf> (11) 33 Propuestas contempladas en el Programa de Gobierno de Michelle Bachelet y en el artículo del diario La Nación: Aire fresco en la discusión sobre las PYMES. Plan para las PYMES del Próximo Gobierno. 2 de febrero 2006. (10)

16

• Iniciar un programa a nivel nacional que comprenderá el rediseño y

masificación de los instrumentos diseñados para el apoyo de nuevos

emprendimientos como el capital semilla y líneas de financiamiento especiales.

• Potenciar el desarrollo de incubadoras de nuevas empresas ligadas a centros

universitarios que fomentará la innovación tecnológica a nivel regional y

municipal.

• Crear un Servicio País para MIYMEs, a través del cual profesionales jóvenes

entregarán asesorías técnicas a estas empresas.

• Establecer el Fondo de emprendedores que entregará recursos a para la

creación de empresas a egresados de educación superior.

A fines del año 2006 se crea en el Gobierno una Comisión Interministerial, mediante la

cual se coordina un nuevo marco regulatorio a favor de las MIPYMEs, denominado

Estatuto MIPYME34. Con este estatuto se pretende revisar la regulación que afecta a

las pequeñas empresas, los costos y beneficios de la regulación, logrando normas que

permitan la igualdad de oportunidades para emprender.

El día 4 de enero de 2008, Michelle Bachelet presentó formalmente su iniciativa

(mensaje) del Estatuto MIPYME, ante las cámaras del Congreso Nacional, para lo cual

se pediría un trámite legislativo especial, a través del trabajo de comisiones unidas, por

las cuales se haría más expedita su discusión35.

Dentro de las modificaciones en la regulación actual, por parte del Estatuto MIPYME,

se encuentran la ampliación de facultades para otorgar permisos provisorios,

incluyendo los sanitarios, permitiendo a los municipios dar facilidades de pago o eximir

el pago de las patentes provisorias a las empresas que las solicitan por primera vez.

Además se extiende el incentivo tributario para la inversión al 8% y se disminuyen las

multas laborales cursadas a las MIPYMEs, que eran de 1 a 20 UTM y pasan a ser de

1 a 10 UTM, entre otras medidas a favor del sector.

34 Gobierno de Chile. Estatuto MIPYME. Proceso del Proyecto de Creación del Estatuto MIPYME <http://www.estatutomipyme.cl/content/view/35599/Proceso_del_proyecto_de_creacion_del_Estatuto_Mipyme.html>. 23 de mayo de 2007. (12) 35 Alejandro Ferreiro. “Bachelet firma Estatuto Pyme reconociendo falta de normas”. Noticias. Diario Pyme.4 / enero / 2008. <http://www.diariopyme.cl/newtenberg/1929/article-80575.html#h2_1> (13)

17

Pero, a la hora de aplicar el Estatuto PYME, existe un inconveniente por su falta de

exigibilidad. De acuerdo a lo señalado por Iván Vuskovic, presidente de la

Confederación de la Pequeña Industria (CONUPIA),"Lo que si falta es una

institucionalidad que haga exigible el Estatuto. Una super intendencia, observatorio,

subsecretaria da lo mismo el nombre, el tema es definir quién se hará cargo del

tema"36.

c) NORMAS Y BARRERAS DE INSTALACION DE UNA EMPRESA EN CHILE37

La normativa que regula la instalación de una empresa es fundamental. Una normativa

muy rigurosa, que establezca muchos procedimientos o elevados costos, desincentiva

la creación de nuevas empresas. Si bien, existe libertad para desarrollar cualquier

actividad económica, conforme a la ley, que no sea contra la moral, el orden Público o

la seguridad nacional, según precepto constitucional38, el potencial empresario debe

tener en cuenta los obstáculos que contemplan las regulaciones legales o

administrativas. Obstáculos que en ciertos casos dificultan enormemente sus

propósitos.

La situación de Chile no es muy positiva, considerando el tiempo y costo en la

instalación de una empresa. Un documento de trabajo de la Oficina Nacional de

Investigación Económica de los Estados Unidos (National Bureau of Economic

Research) acerca de la “Regulación a la entrada” 39, ubica a Chile en el lugar 51 de 75

países en cuanto a los trámites y costos para crear una empresa. En dicho estudio se

midieron tres parámetros: procedimientos, días de demora y costos. Los

procedimientos en Chile, según el estudio, son 12, los días de demora, 78. El costo

36 Iván Vuskovic. “Bachelet firma Estatuto Pyme reconociendo falta de normas”. Noticias. Diario Pyme. 04 de enero de 2008. <http://www.diariopyme.cl/newtenberg/1929/article80575.html#h2_1>(14) 37 Basado en los apuntes de la profesora Alicia Bobadilla Pinto: La Normativa que Regula La Instalación y Puesta en Marcha de una Empresa en Chile. Normas Tributarias, Normas de Administración Municipal, Normas Sanitarias, Normas Ambientales. Cínica Asesoría Jurídica a la Gestión de Empresas (MIPYME). Facultad de Derecho, Universidad de Chile. Sept. 2005. (15) 38 Constitución política de la República de Chile, artículo 19 Nº 21, inciso 1º: “La Constitución asegura a todas las personas: El derecho a desarrollar cualquiera actividad económica que no seacontraria a la moral, el orden público o a la seguridad nacional, respetando las normas legales que la regulen” 39 Estudio comentado en Diario El Mercurio, “La Burocracia está a dieta”. Álvaro Meckleburg. Enfoques. Pág. D4, 1º diciembre 2001. (16)

18

total de instalación, se estimaría en US $ 612. Sobre Chile se encuentra, en primer

lugar, Canadá, con 2 procedimientos, 2 días de trámites y un costo de US$ 280,9. Más

abajo que Canadá, pero por sobre Chile se encuentran: Irlanda, Reino Unido,

Alemania, España. La diferencia de Chile con España es mínima. Este último país se

ubica en el Nº 44 de la tabla. Requiere 11 procedimientos, 83 días de trámite y un

costo de US$ 1713.

Existen diversos organismos que intervienen al momento en que una empresa quiere

iniciar sus actividades y que implican barreras para su instalación inmediata. Dentro de

dichos organismos encontramos a las Municipalidades, al Servicio de Impuestos

Internos y a los Servicios de Salud.

Los requisitos y trámites para la instalación de una empresa dependen del rubro o

actividad40. Un negocio o local comercial donde no se vendan alimentos toma una a

tres semanas: basta con el inicio de actividades comerciales y tributarias y, si se trata

de una persona jurídica, la formación previa de la sociedad.

Otros negocios41, se encuentran muy regulados por la autoridad: la Banca, las

Administradoras de Fondos de Pensiones, las Isapres y las Compañías de Seguros,

dependen de su discrecionalidad. Se requieren muchos antecedentes y documentos

para que la Superintendencia correspondiente apruebe el proyecto.

El rubro más complicado es el que requiere de autorización sanitaria para funcionar,

como las empresas que venden alimentos. Deben presentar Estudio de Impacto

Ambiental o más aún, una certificación del Servicio de Salud del Ambiente. En el caso

de Santiago (SESMA), los plazos en la tramitación del Estudio o certificación, van

desde 3 meses a un año.

Las Municipalidades son las encargadas de otorgar la autorización para realizar la

actividad económica que corresponda en la comuna. La autorización se concede por

medio de una patente municipal, previo pago de una determinada suma.

40 Álvaro Meckleburg. Abogado. En reportaje del diario El Mercurio “La Burocracia está a dieta”. Enfoques. Pág. D4, 1º diciembre 2001. (16) 41 Id.

19

El Decreto Ley Nº 3.063, de 1979, sobre Rentas Municipales, en su Título IV,

establece, entre los impuestos municipales, la contribución de la patente municipal42.

De acuerdo al artículo 23, toda actividad lucrativa se sujeta al pago de patente

municipal43.

El valor de la patente equivale a un monto que va entre dos y medio por mil y el cinco

por mil del capital propio de cada contribuyente, con un tope mínimo de 1 UTM y

máximo de 4000 UTM. La norma entiende como capital propio, el inicial declarado por

el contribuyente si se tratare de actividades nuevas, o el registrado en el balance,

terminado el 31 de diciembre, inmediatamente anterior a la fecha en que debe

presentarse la declaración. Respecto de los contribuyentes que no están legalmente

obligados a demostrar sus rentas mediante un balance general, el monto de la patente

corresponde a 1 UTM44.

42 Decreto Ley Nº 3.063, sobre Rentas Municipales, publicado en el Diario Oficial el 29 diciembre de 1979. Cuyo Texto Refundido y Sistematizado fue fijado por el Decreto Nº 2.385, del Ministerio del Interior, publicado el 20 noviembre de 1996. Ultima modificación por Ley 20.033 del 1 de julio de 2005. 43 Artículo 23, Decreto Ley Nº 3.063: “El ejercicio de toda profesión, oficio, industria, comercio, arte o cualquier otra actividad lucrativa secundaria o terciaria, sea cual fuere su naturaleza o denominación, está sujeta a una contribución de patente municipal, con arreglo a las disposiciones de la presente ley. Asimismo, quedarán gravadas con esta tributación municipal las actividades primarias o extractivas en los casos de explotaciones en que medie algún proceso de elaboración de productos, aunque se trate de los exclusivamente provenientes del respectivo fundo rústico, tales como aserraderos de maderas, labores de separación de escorias, moliendas o concentración de minerales, y cuando los productos que se obtengan de esta clase de actividades primarias, se vendan directamente por los productores, en locales, puestos, kioscos o en cualquiera otra forma que permita su expendio también directamente al público o a cualquier comprador en general, no obstante que se realice en el mismo predio, paraje o lugar de donde se extraen, y aunque no constituyan actos de comercio los que se ejecuten para efectuar ese expendio directo. El Presidente de la República reglamentará la aplicación de este artículo”. 44 Artículo 24, DL Nº 3.063: La patente grava la actividad que se ejerce por un mismo contribuyente, en su local, oficina, establecimiento, kiosco o lugar determinado con prescindencia de la clase o número de giros o rubros distintos que comprenda. Tratándose de sociedades de inversiones o sociedades de profesionales, cuando éstas no registren domicilio comercial, la patente se deberá pagar en la comuna correspondiente al domicilio registrado por el contribuyente ante el Servicio de Impuestos Internos. Para estos efectos, dicho Servicio aportará esta información a las municipalidades, por medios electrónicos, durante el mes de junio de cada año. El valor por doce meses de la patente será de un monto equivalente entre el dos y medio por mil y el cinco por mil del capital propio de cada contribuyente, la que no podrá ser inferior a una unidad tributaria mensual ni superior a ocho mil unidades tributarias mensuales. Sin perjuicio del ejercicio de la facultad municipal, se considerará la tasa máxima legal para efectos de calcular el aporte al Fondo Común Municipal, que corresponda realizar a las municipalidades aportantes a dicho Fondo por concepto de las patentes a que se refiere el artículo precedente. Al efecto, el alcalde, con acuerdo del concejo, podrá, dentro del rango señalado, fijar indistintamente una tasa única de la patente para todo el territorio comunal, como asimismo tasas diferenciadas al interior de la comuna, en aquellas zonas definidas en el respectivo instrumento de planificación urbana, mediante la dictación del correspondiente decreto alcaldicio, el cual deberá publicitarse debidamente al interior de la comuna.

20

El pago de la patente municipal tiene una vigencia de doce meses, que van desde el 1º

de julio del año de la declaración, al 30 de junio del año siguiente. Su pago debe

efectuarse al contado o en dos cuotas iguales, dentro de los meses de julio y enero45.

En cuanto a la exención del pago de patente municipal, sólo tiene lugar respecto de las

personas jurídicas sin fines de lucro que realicen acciones de beneficencia, de culto

Para los efectos de este artículo se entenderá por capital propio el inicial declarado por el contribuyente si se tratare de actividades nuevas, o el registrado en el balance terminado el 31 de diciembre inmediatamente anterior a la fecha en que deba prestarse la declaración, considerándose los reajustes, aumentos y disminuciones que deben practicarse de acuerdo con las normas del artículo 41.- y siguientes de la Ley sobre Impuesto a la Renta, contenida en el Decreto Ley N° 824.-, de 1974. Para lo anterior, los contribuyentes deberán entregar en la municipalidad respectiva una declaración de su capital propio con copia del balance del año anterior, presentado en el Servicio de Impuestos Internos, dentro de los 10 días hábiles siguientes al vencimiento del plazo que fije esa repartición para cumplir con esta exigencia tributaria. En los casos en que el contribuyente no declarare su capital propio en las fechas estipuladas, la municipalidad hará la estimación respectiva. En los casos de los contribuyentes que no estén legalmente obligados a demostrar sus rentas mediante un balance general pagarán una patente por doce meses igual a una unidad tributaria mensual. Para modificar la tasa de la patente vigente en la respectiva comuna, las municipalidades deberán dictar una resolución que deberá ser publicada en el Diario Oficial con una anticipación, de a lo menos, seis meses al del inicio del año calendario en que debe entrar en vigencia la nueva tasa. En la determinación del capital propio a que se refiere el inciso segundo de este artículo, los contribuyentes podrán deducir aquella parte de dicho capital que se encuentre invertida en otros negocios o empresas afectos al pago de patente municipal, lo que deberá acreditarse mediante contabilidad fidedigna. El Presidente de la República reglamentará la aplicación de este inciso. 45 Artículo 29, DL Nº 3.063: El valor fijado conforme al artículo 24.- corresponde a la patente de doce meses comprendidos entre el 1° de julio del año de la declaración y el 30 de junio del año siguiente. Estarán exentos de todo impuesto o derecho municipal, los instrumentos que los contribuyentes deben presentar para el otorgamiento de patentes, tales como declaraciones, copias de balances, quedando, por tanto, prohibido cualquier cobro distinto del valor fijado en el artículo 24. La patente se podrá pagar al contado o en dos cuotas iguales, en la municipalidad respectiva, dentro de los meses de julio y enero de cada año. Si la patente se pagare en dos cuotas, el valor de la segunda se reajustará en la misma proporción en que haya variado el Indice de Precios al Consumidor en el período comprendido entre el 1° de junio y el 30 de noviembre inmediatamente anterior. Si un contribuyente se estableciere después del 31 de diciembre pagará el cincuenta por ciento del valor de la patente. Asimismo, los contribuyentes, con excepción de los señalados en el artículo 32, que cambien de domicilio su casa matriz o sucursal, pagarán la respectiva patente comercial en la municipalidad correspondiente al nuevo domicilio, a contar del semestre siguiente al de su instalación. Para tal efecto, deberán comunicar dicha situación a la municipalidad del nuevo domicilio, dentro de los 30 días corridos siguientes al de la instalación, exhibiendo la patente pagada en la municipalidad de origen por el período semestral respectivo y un certificado emitido por la misma, en donde conste que no mantiene deuda pendiente por este concepto. En el caso de existir deuda, no se otorgará patente definitiva o provisoria, mientras no se regularice dicha situación ante la municipalidad respectiva.

21

religioso, culturales, de ayuda mutua de sus asociados, artísticas o deportivas no

profesionales y de promoción de intereses comunitarios46.

La persona que desea iniciar una actividad gravada con patente municipal, debe

presentar junto a la autorización para funcionar en un lugar determinado, una

declaración jurada simple acerca del monto del capital propio del negocio. Frente a

estos requisitos, la Municipalidad debe otorgar la patente, pero dichas limitaciones y

autorizaciones no tienen cabida respecto de la microempresa familiar.

En este tipo de empresa se requiere, por el interesado, una inscripción en la

municipalidad correspondiente, acompañando una declaración jurada en que afirme

ser legítimo ocupante de la vivienda donde se desarrollará la actividad empresarial y

que su actividad no produce contaminación47.

46 Artículo 27, DL 3.063, que señala: Sólo están exentas del pago de la contribución de patente municipal las personas jurídicas beneficencia, de culto religioso, culturales, de ayuda mutua de sus asociados, artísticas o deportivas no profesionales y de promoción de intereses comunitarios. 47 Artículo 26, DL 3.063, modificado por el artículo único Nº 1 B) D.O. 25.08.2001, Ley 19749, cuyo texto señala: Toda persona que inicie un giro o actividad gravada con patente municipal presentará, conjuntamente con la solicitud de autorización para funcionar en un local o lugar determinado, una declaración jurada simple acerca del monto del capital propio del negocio, para los efectos del artículo 24. Asimismo, en los casos que corresponda deberán efectuar la declaración indicada en el artículo anterior. La municipalidad estará obligada a otorgar la patente respectiva, sin perjuicio de las limitaciones relativas a la zonificación comercial o industrial que contemplen las respectivas ordenanzas municipales y a las autorizaciones que previamente deben otorgar en ciertos casos las autoridades sanitarias u otras que contemplen las leyes. Las limitaciones y autorizaciones señaladas no se aplicarán a la microempresa familiar. Con todo, sus actividades deberán sujetarse a lo dispuesto por el D.S. Nº 977, de 1997, del Ministerio de Salud, que aprobó el Reglamento Sanitario de los Alimentos. Se entenderá por microempresa familiar aquella que reúna los siguientes requisitos: a) Que la actividad económica que constituya su giro se ejerza en la casa habitación familiar; b) Que en ella no laboren más de cinco trabajadores extraños a la familia, y c) Que sus activos productivos, sin considerar el valor del inmueble en que funciona, no excedan las UF 1.000. Sin embargo, las municipalidades podrán otorgar patentes provisorias, en cuyo caso los establecimientos podrán funcionar de inmediato. Estos contribuyentes tendrán el plazo de un año para cumplir con las exigencias que las disposiciones legales determinen. Sino lo hicieren, la municipalidad podrá decretar la clausura del establecimiento. Para otorgar este tipo de patentes, se exigirá sólo la comprobación de requisitos de orden sanitario y de emplazamiento según las normas sobre zonificación del Plan Regulador. La microempresa familiar señalada en el inciso segundo podrá desarrollar cualquier actividad económica lícita, excluidas aquellas peligrosas, contaminantes o molestas. Para acogerse a los beneficios señalados, a los contemplados en los artículos 22 y 84 del D.L. Nº 824, de 1974, Ley sobre Impuesto a la Renta, en los artículos 29 y siguientes del D.L. Nº 825, de 1974, Ley sobre Impuesto a las Ventas y Servicios, y demás que favorezcan a la microempresa, el interesado deberá inscribirse en la municipalidad respectiva y acompañará una declaración jurada en la que afirme que es legítimo ocupante de la vivienda en que se desarrollará la actividad empresarial y que su actividad no

22

Las microempresas familiares no requieren, entre las autorizaciones que necesitan

para obtener la patente, el permiso de construcción ni la recepción definitiva de las

obras que corresponden a la casa habitación familiar donde se ejerce la actividad

económica de su giro48.

Basta con que presenten al SII, al momento de iniciar actividades, una copia del

formulario entregado a la Municipalidad, por el cual se obtuvo la patente. Esto viene de

una política de incentivo a la creación de estas empresas, con cumplimiento de los

requisitos formales, tal como se señaló en el capítulo anterior. La política tiene lugar,

también, respecto de las empresas individuales de responsabilidad limitada cuyos

trámites de instalación se simplifican conforme la Ley que las regula.

Conforme a lo establecido en los artículos 26 y 28 del DL 3.063, existen cuatro tipos de

patentes:

1. Patentes definitivas: Aquella que requiere toda persona, por regla general, para

iniciar sus actividades.

2. Patentes provisorias: Patente otorgada provisoriamente por la Municipalidad,

mientras se cumplen los requisitos legales, previa comprobación del

cumplimiento de los de orden sanitario y de emplazamiento, conforme al Plan

Regulador. El contribuyente tiene un año para cumplir con los requisitos, sino

podrá tener lugar la clausura del establecimiento.

3. Patentes temporales: Se establecen claramente en el artículo 2849.

4. Patentes profesionales: Artículo 3250.

produce contaminación. Si la vivienda es una unidad de un condominio, deberá contar con la autorización del Comité de Administración respectivo. 48 Artículo único de la LEY 20.031, publicada el 08.07.2005. Su texto señala: “Declárase que, entre las autorizaciones que las microempresas familiares deben obtener de acuerdo al artículo 26 del decreto ley Nº 3.063, de 1979, modificado por el artículo único de la ley Nº 19.749, para los efectos de obtener una patente municipal, no se incluye ni se ha debido incluir previamente el permiso de construcción ni la recepción definitiva de las obras constitutivas de la casa habitación familiar en la cual se ejerce la actividad económica que constituye su giro". 49 Artículo 28, DL 3.063: “En aquellas comunas en que se encuentren ubicados balnearios o lugares de turismo, las municipalidades podrán otorgar patentes temporales hasta por cuatro meses para el funcionamiento de negocios o actividades gravadas conforme al artículo 23.- de esta ley, incluidas las de expendios de bebidas alcohólicas. El valor de las patentes, por el período en que se otorguen en cada año o temporada, será del cincuenta por ciento del valor de la patente ordinaria. El Presidente de la República determinará los balnearios y lugares de turismo, en que se podrá otorgar esta clase de patente para el expendio de bebidas alcohólicas.”

23

El trámite de obtención de patente se realiza llenando un Formulario de Declaración y

Trámites Municipales, el cual se entrega en la Municipalidad respectiva. En el

Formulario aparecen los antecedentes y documentos requeridos. Luego de su entrega

conforme a lo que el Formulario establece, la Municipalidad debe entregar la Patente,

en forma provisoria o definitiva cumpliéndose con las autorizaciones establecidas para

el tipo de empresa o conforme a las ordenanzas municipales.

La Municipalidad requerirá, para otorgar la patente, la declaración de inicio de

actividades, la acreditación de domicilio y si es una persona jurídica, la escritura de

constitución de la sociedad o empresa individual de responsabilidad limitada

El tiempo que demora la tramitación para obtener una patente, es de aproximadamente

15 a 30 días.

La obtención de la patente depende de la actividad económica o giro del negocio,

como antes se mencionó, y del lugar físico donde se pretende instalar la empresa. Esto

último debe conformarse a las Ordenanzas Municipales. El Departamento de

Patentes, específicamente la Dirección de Obras Municipales, la Secretaría Municipal y

el Alcalde se encargan de informar si la empresa se puede desarrollar en determinado

lugar.

La Ley General de Urbanismo y Construcciones junto a su Ordenanza, establecen la

Planificación Urbana51. Planificación que debe tenerse en cuenta, al momento de

instalar una empresa. Específicamente en atención a la comuna donde se quiere

ubicar la empresa.

La Planificación Urbana, de acuerdo a los espacios geográficos que correspondan,

tiene lugar por medio de Planes Reguladores. Existe por lo tanto, un Plan Regional de

50 Artículo 32, DL 3.063: “Las personas que ejerzan profesiones liberales o cualquier otra profesión u ocupación lucrativa de acuerdo con la definición del artículo 42.-, N° 2 del Decreto Ley N° 824.-, de 1974, pagarán su patente anual sólo en la comuna donde tengan instalada su consulta, estudio u oficina principal. Dicha patente las habilitará para ejercer en todo el territorio nacional. Las personas a que se refiere este artículo pagarán como patente única anual el equivalente a una unidad tributaria mensual”. 51 Ley General de Urbanismo y Construcciones, DFL 458, del 13 abril 197. El Artículo 27, inciso 1º, señala: Se entenderá por Planificación Urbana para los efectos de la presente ley , el proceso que se efectúa para orientar y regular el desarrollo de los centros urbanos en función de una política nacional, regional y comunal de desarrollo socio-económico”

24

Desarrollo Urbano52, un Plan Regulador Intercomunal o Metropolitano53, un Plan

Regulador Comunal54 y un Plan Seccional55.

Estos Planos constituyen instrumentos de planificación territorial y contienen una

descripción de los usos de los suelos de cada zona. Usos que pueden ser de tipo

residencial, equipamiento (colegios, clínicas, consultorios), actividades productivas,

infraestructura, espacio público, área verde.

En la Dirección de Obras Municipales, se puede obtener la información acerca del Plan

Regulador que corresponde, para saber si es posible el desarrollo de la actividad

empresarial en una determinada comuna. De otra manera podría ocurrir que la

Municipalidad no otorgue la patente, por no conformarse la actividad o ubicación de la

empresa, a la planificación anteriormente descrita.

Para que la Municipalidad determine si el lugar es adecuado para la instalación de la

empresa, se necesita acompañar los Certificados de:

52 El artículo 31 de la Ley General de Urbanismo y Construcciones, señala: “La Planificación Urbana Regional se realizará por medio de un Plan Regional de Desarrollo Urbano, que fijará los roles de los centros urbanos, sus áreas de influencia recíproca, relaciones gravitacionales, metas de crecimiento, etc.” 53 De acuerdo al artículo 34 de la Ley General de Urbanismo y Construcciones, incisos 1º,2º y 3º, “Se entenderá por Planificación Urbana Intercomunal aquella que regula el desarrollo físico de las áreas urbanas y rurales de diversas comunas, que, por sus relaciones, se integran en una unidad urbana. Cuando esta unidad sobrepase los 500.000 habitantes, le corresponderá la categoría de área metropolitana para los efectos de su planificación. La Planificación Urbana Intercomunal se realizará por medio de un Plan Regulador Intercomunal o del Plan Regulador Metroplitano, en su caso, instrumentos constituidos por un conjunto de normas y acciones para orientar y regular el desarrollo físico del área correspondiente” 54 El artículo 41 de la Ley General de Urbanismo y Construcciones, señala: “Se entenderá por Planificación Urbana Comunal aquella que promueve el desarrollo armónico del territorio comunal, en especial de sus centros poblados, en concordancia con las metas regionales de desarrollo económico-social. La Planificación Urbana Regional se realizará por medio de un Plan Regulador Comunal. El Plan Regulador Comunal es un instrumento constituido por un conjunto de normas sobre adecuadas condiciones de higiene y seguridad en los edificios y espacios urbanos, y de comodidad en la relación funcional entre las zonas habitacionales, de trabajo, equipamiento y esparcimiento. Sus disposiciones se refieren al uso del suelo o zonificación, localización del equipamiento comunitario, estacionamiento, jerarquización de la estructura vial, fijación de límites urbanos, densidades y determinación de prioridades en la urbanización de terrenos para la expansión de la ciudad, en función de la factibilidad de ampliar o dotar de redes sanitarias o energéticas, y demás aspectos urbanísticos”. 55 El artículo 46 de la Ley General de Urbanismo y Construcciones, señala: “En los casos en que, para la aplicación del Plan Regulador Comunal, se requiera de estudios más detallados, ellos se harán mediante Planos Seccionales en que se fijarán con exactitud los trazados y anchos de las calles, zonificación detallada, las áreas de construcción obligatoria, de remodelación, conjuntos armónicos, terrenos afectados por exportaciones, etcétera. En las comunas en que no exista Plan Regulador podrán estudiarse Planes Seccionales…”

25

• Informaciones Previas. Determina si la actividad a desarrollar puede realizarse

físicamente en el lugar

• No Expropiación. Informa si la propiedad se encuentra sujeta a expropiación

• Factibilidad

• Uso de Suelo e Índice de Constructibilidad,

• Recepción Final de las construcciones del inmueble

Es necesario verificar en la Dirección de Obras Municipales, si la construcción tiene el

destino correspondiente: industrial, comercial o habitacional. Ello dependiendo del

porcentaje de la propiedad destinada a una u otra función. Por lo que puede ocurrir que

la proporción que corresponda a un determinado destino sea superior al 50% del

destino originario. En ese caso debe modificarse el destino de la propiedad por

intermedio del organismo recién señalado, requiriéndose para ello: Certificado de

Informaciones Previas, Plano de Habilitación, Recepción de la habilitación para el

cambio de destino.

La Municipalidad correspondiente debe requerir el pronunciamiento de otros

organismos, como es el caso de la Autoridad Sanitaria, solicitando una resolución de

dicha entidad, previo otorgamiento de la patente para que la empresa pueda empezar

a funcionar.

El Código Sanitario encarga la reglamentación de las normas relativas a las

condiciones de higiene y seguridad que deben reunir las empresas, señalando en su

artículo 83, inciso 1º, que las municipalidades no podrán otorgar patentes definitivas

para la instalación, ampliación o traslado de industria, sin previo informe de la autoridad

sanitaria sobre los efectos que ésta pueda ocasionar en el ambiente56. Existe un

“Reglamento sobre Condiciones Sanitarias y Ambientales Básicas en los lugares de

trabajo” que debe tomarse en cuenta al establecer una empresa57.

La Autoridad Sanitaria se encarga del otorgamiento de permisos sanitarios, por medio

de un Informe Sanitario si el rubro de la empresa consiste en un taller, industria o

56 Código Sanitario, DFL 725, publicado el 31 de enero de 1968, última modificación por Ley 20.029 del 13 de julio 2005. 57 Decreto 594 del 29 abril de 2000, contiene el Reglamento sobre Condiciones Sanitarias y Ambientales en los Lugares de Trabajo.

26

bodega o por medio de una Autorización sanitaria, requerida para el caso de empresas

del rubro de elaboración o expendio de alimentos u otros.

El permiso se otorga previa solicitud del interesado ante dicha Autoridad, la cual debe

pronunciarse en un plazo de 30 días hábiles. La duración del permiso concedido es de

3 años, prorrogables automáticamente por el mismo tiempo, si expresamente no se

deja sin efecto.

Todo aquél que desee instalar una industria, luego de obtener el permiso para su

localización según el Plan Regulador, debe obtener ciertos certificados o permisos de

la Autoridad Sanitaria (Servicio de Salud)58:

• Calificación técnica de actividades industriales (Servicio de Salud

Regional).

• Permiso Municipal de Edificación (Municipalidad).

• Informe Sanitario (Servicio de Salud Regional).

En primer término, es necesario que la empresa solicite la calificación técnica de su

actividad al Servicio de Salud59. El documento donde se efectúa la calificación debe

presentarse junto al proyecto al pedir el permiso de edificación60. El interesado debe

solicitar y llenar un formulario en el Servicio de Salud. Conforme al formulario, el

proyecto y antecedentes que se soliciten, se determinará, en el Servicio de salud, si la

actividad es peligrosa, insalubre o contaminante, molesta o inofensiva.

El “Informe Sanitario”61 deja constancia del cumplimiento de las medidas de índole

sanitario-ambiental a que el empresario se comprometió. El Servicio de Salud regional

entrega este informe. Para ello realiza previamente una inspección en terreno de la

empresa ya instalada.

58 PYMES, Trámites para la instalación o Industria. Centro de Orientación Ambiental al Inversionista. CONAMA, Gobierno de Chile. 2 de abril 2006. <http://www.conama.cl/coain/article-15962.html>. (17) 59 Calificación Técnica. Centro de Orientación Ambiental al Inversionista. CONAMA, Gobierno de Chile. 1 de abril de 2006. <http://www.conama.cl/coain/article-27862.html> (18) 60 Permiso Municipal de Edificación. Centro de Orientación Ambiental al Inversionista. CONAMA, Gobierno de Chile. 1 de abril 2006. <http://www.conama.cl/coain/article-27867.html> (19) 61 Informe Sanitario. Centro de Orientación Ambiental al Inversionista. CONAMA, Gobierno de Chile. 1 de abril 2006. <http://www.conama.cl/coain/article-27868.html> (20)

27

El informe tendrá un contenido favorable a la instalación de la empresa, si tiene control

sobre los riesgos relacionados con su actividad y su ubicación física se ajusta a los

Planos Reguladores62.

El SESMA (Servicio de Salud Metropolitano) establece una herramienta en pro de la

comprobación del cumplimiento de los objetivos sanitarios. Esta herramienta se

denomina Lista de chequeo y constituye una síntesis de los requerimientos exigidos,

para las diferentes actividades. Esos requerimientos son verificados en esta lista al

momento de la inspección en terreno. Ello “como una forma de difundir los

procedimientos de fiscalización y las normativas aplicables a actividades

potencialmente generadoras de impactos al Medio Ambiente y la Salud de la

Población”63.

En la Región Metropolitana, la Autoridad Sanitaria se ha comprometido, desde fines del

2001, a un procedimiento llamado “Trámite Cero” 64, por el cual se reducen los tiempos

de respuesta en el otorgamiento de autorizaciones sanitarias, informes sanitarios y

certificados de destinación aduanera a una hora promedio. Esta política fue diseñada

para empresas de bajo riesgo sanitario y ambiental, cuya actividad se conforme con el

Plan Regulador, de no más de 10 trabajadores, capital inicial igual o inferior a 200 UF.

La Ley de Bases Generales del Medio Ambiente65, establece que determinadas

actividades o proyectos sólo pueden ejecutarse o modificarse previa evaluación de su

impacto ambiental66.

62 “(…) El Informe Sanitario tiene carácter de obligatorio para todas las empresas, y se debe solicitar una vez iniciada las actividades de producción de la industria, es decir, cuando la industria ya se encuentra operativa. En el caso de tener Informe Sanitario desfavorable, es preciso regularizar la situación (arreglar las falencias) lo más rápido posible y solicitarlo nuevamente, ya que de lo contrario el Servicio de Salud Regional tiene la facultad de dar permiso de no funcionamiento, en forma indefinida, hasta que se apruebe el Informe Sanitario”. Informe Sanitario. Centro de Orientación Ambiental al Inversionista. CONAMA, Gobierno de Chile. 1 de abril 2006. <http://www.conama.cl/coain/article-27868.html> 63 SESMA. Centro de Orientación Ambiental al Inversionista. Gobierno de Chile. 1 de abril 2006. http://www.conama.cl/coain/article-13217.html (21) 64 Trámite Cero. Autoridad Sanitaria, Secretaría Regional Ministerial Región Metropolitana, Gobierno de Chile. 1 de abril de 2006. < http://www.asrm.cl/sitio/pag/tramcero/indexjs3tramcero.asphttp> (22) 65 Ley 19.300 sobre Bases Generales del Medio Ambiente. Diario Oficial de la República de Chile. Santiago, Chile, 9 de marzo de 1994. 66 Artículo 8, Ley citada.

28

Las actividades que requieren esta evaluación se detallan en el artículo 10 de la misma

Ley67. Las demás actividades o proyectos no la requieren y basta con los permisos y

procedimientos anteriormente vistos.

La evaluación del impacto ambiental se realiza a través de dos vías:

• Declaración de Impacto Ambiental

• Estudio de Impacto Ambiental.

67 Art. 10, ley cit. Señala: “Los proyectos o actividades susceptibles de causar impacto ambiental, en cualesquiera de sus fases, que deberán someterse al sistema de evaluación de impacto ambiental, son los siguientes: a) Acueductos, embalses o tranques y sifones que deban someterse a la autorización establecida en el artículo 294 del Código de Aguas, presas, drenaje, desecación, dragado, defensa o alteración, significativos, de cuerpos o cursos naturales de aguas; b) Líneas de transmisión eléctrica de alto voltaje y sus subestaciones; c) Centrales generadoras de energía mayores a 3 MW; d) Reactores y establecimientos nucleares e instalaciones relacionadas; e) Aeropuertos, terminales de buses, camiones y ferrocarriles, vías férreas, estaciones de servicio, autopistas y los caminos públicos que puedan afectar áreas protegidas; f) Puertos, vías de navegación, astilleros y terminales marítimos; g)Proyectos de desarrollo urbano o turístico, en zonas no comprendidas en alguno de los planes a que alude la letra siguiente; h) Planes regionales de desarrollo urbano, planes intercomunales, planes reguladores comunales, planes seccionales, proyectos industriales o inmobiliarios que los modifiquen o que se ejecuten en zonas declaradas latentes o saturadas; i) Proyectos de desarrollo minero, incluidos los de carbón, petróleo y gas comprendiendo las prospecciones, explotaciones, plantas procesadoras y disposición de residuos y estériles, así como la extracción industrial de áridos, turba o greda; j) Oleoductos, gasoductos, ductos mineros u otros análogos; k) Instalaciones fabriles, tales como metalúrgicas, químicas, textiles, productoras de materiales para la construcción, de equipos y productos métalicos y curtiembres, de dimensiones industriales; l) Agroindustrias, mataderos, planteles y establos de crianza, lechería y engorda de animales, de dimensiones industriales; m) Proyectos de desarrollo o explotación forestal en suelos frágiles, en terrenos cubiertos de bosque nativo, industrias de celulosa, pasta de papel y papel, plantas astilladoras, elaboradoras de madera y aserraderos, todos de dimensiones industriales; n) Proyectos de explotación intensiva, cultivo, y plantas procesadoras de recursos hidrobiológicos; ñ) Producción, almacenamiento, transporte, disposición o reutilización habituales de sustancias tóxicas, explosivas, radioactivas, inflamables, corrosivas o reactivas; o) Proyectos de saneamiento ambiental, tales como sistemas de alcantarillado y agua potable, plantas de tratamiento de aguas o de residuos sólidos de origen domiciliario, rellenos sanitarios, emisarios sub-marinos, sistemas de tratamiento y disposición de residuos industriales líquidos o sólidos; p) Ejecución de obras, programas o actividades en parques nacionales, reservas nacionales, monumentos naturales, reservas de zonas vírgenes, santuarios de la naturaleza, parques marinos, reservas marinas o en cualesquiera otras áreas colocadas bajo protección oficial, en los casos en que la legislación respectiva lo permita, y q) Aplicación masiva de productos químicos en áreas urbanas o zonas rurales próximas a centros poblados o a cursos o masas de agua que puedan ser afectadas”.

29

Declaración de Impacto Ambiental. La primera vía es aquella que se requiere cuando

la actividad o proyecto no conlleva un riesgo de gran alcance, para ello, basta con una

declaración jurada del interesado de que el proyecto o actividad cumple con la

legislación ambiental vigente68. Por el contrario, se requiere un Estudio de Impacto

Ambiental de parte del interesado, si la actividad presenta rasgos que la hacen

riesgosa ambientalmente, según los criterios indicados en el art. 11 de la Ley69.

El Estudio de Impacto Ambiental debe incluir70, entre otros aspectos, una descripción

del proyecto o actividad, una descripción de los efectos o circunstancias que originaron

la necesidad de efectuar el Estudio, una predicción del impacto ambiental, las medidas

que se adoptarán para mitigar los daños, etc.

La Autoridad Sanitaria, específicamente, la Comisión Regional o Nacional del Medio

Ambiente (COREMA o CONAMA) tiene un plazo de 120 días para pronunciarse sobre

el Estudio de Impacto Ambiental71. Transcurrido el plazo, sin que exista

pronunciamiento, el Estudio se entenderá calificado favorablemente.

En el caso de una Declaración de Impacto Ambiental, el pronunciamiento de la

autoridad tiene un plazo de 60 días, después de los cuales, la COREMA o CORAMA, a

68 Art. 18, Ley cit.

69 Art. 11, Ley cit. Señala: Los proyectos o actividades enumerados en el artículo precedente requerirán la elaboración de un Estudio de Impacto Ambiental, si generan o presentan a lo menos uno de los siguientes efectos, características o circunstancias:

a) Riesgo para la salud de la población, debido a la cantidad y calidad de efluentes, emisiones o residuos;

b) Efectos adversos significativos sobre la cantidad y calidad de los recursos naturales renovables, incluidos el suelo, agua y aire;

c) Reasentamiento de comunidades humanas, o alteración significativa de los sistemas de vida y costumbres de grupos humanos;

d) Localización próxima a población, recursos y áreas protegidas susceptibles de ser afectados, así como el valor ambiental del territorio en que se pretende emplazar;

e) Alteración significativa, en términos de magnitud o duración, del valor paisajístico o turístico de una zona, y

f) Alteración de monumentos, sitios con valor antropológico, arqueológico, histórico y, en general, los pertenecientes al patrimonio cultural.

Para los efectos de evaluar el riesgo indicado en la letra a) y los efectos adversos señalados en la letra b), se considerará lo establecido en las normas de calidad ambiental y de emisión vigentes. A falta de tales normas, se utilizarán como referencia las vigentes en los Estados que señale el reglamento 70 Art 12, Ley cit. 71 Art. 15, Ley cit.

30

solicitud del interesado, requerirá al organismo responsable para que emita el permiso

o pronunciamiento correspondiente en 30 días. Después de ese plazo, si no existe

pronunciamiento, éste se entenderá favorable72.

El pronunciamiento de la Autoridad Sanitaria (COREMA o CORAMA), se lleva a cabo

mediante una resolución que califica ambientalmente el proyecto o actividad73. Su

contenido puede ser de aprobación plena o con condiciones para llevar a cabo la

actividad o proyecto, o de rechazo. Ninguna autoridad u organismo puede desconocer

esta autorización o permiso, ya sea en sentido favorable o desfavorable.

Además existen ciertas actividades que requieren de permisos especiales. Es el caso

de los establecimientos educacionales y de los jardines infantiles, que necesitan de

un permiso del Ministerio de Educación y la Junta Nacional de Jardines Infantiles

(JUNJI), para funcionar.

La Municipalidad, antes de otorgar patente definitiva, exige la declaración de inicio de

actividades ante el Servicio de Impuestos Internos (SII). El SII autoriza el inicio de

actividades económicas como contribuyente, asignándole a la empresa un Rol Único

Tributario. Para ello, se debe retirar en cualquier oficina del SII, el formulario 4415 y

entregarla, una vez completados los datos, en la oficina con jurisdicción (del domicilio

del contribuyente). Es necesario realizar esta declaración dentro de los dos meses

siguientes al inicio de actividades.

Al efectuar la declaración de inicio de actividades ante el SII, se deben proporcionar

datos de la persona natural y, si tiene lugar, de la persona jurídica. Ello incluye,

nombres, apellidos, domicilio o casa matriz, giros o actividades a desarrollar, etc.

El trámite de declaración de inicio de actividades ante el SII puede llevarse a cabo

cómodamente por medio de Internet. Caso contrario, se acude a la oficina

correspondiente del SII, se hace la declaración y se solicita el timbraje de documentos,

especialmente, facturas y boletas previamente confeccionadas por una imprenta.

En resumen, los trámites para la instalación y puesta en marcha de una empresa se

reducen a los requisitos que exige la Municipalidad para conceder la Patente Definitiva.

Esto es:

72 Art 18, inc. 2º y 3º, Ley cit. 73 Art. 24, Ley cit.

31

• Permiso para la localización de la Industria , en conformidad con el Plan

Regulador.

• Calificación técnica de actividades industriales (Servicio de Salud

Regional), para determinar si requieren de la elaboración de una Evaluación de

Impacto Ambiental o Declaración Jurada y las medidas a tomar.

• Permiso Municipal de Edificación (Municipalidad).

• Informe Sanitario (Servicio de Salud Regional).

• Patente Municipal definitiva (Municipalidad).

Actualmente es posible realizar varios trámites en Internet, no sólo relacionados con el

SII. Para ello se ha ido implementando un sistema denominado “Ventanilla Única”. La

idea es realizar todos o prácticamente todos los trámites por el computador,

accediendo a una página web donde se lleven a cabo. Hoy existe la página

www.tramitefasil.cl, donde se realizan varios de los trámites requeridos para la

instalación de una empresa, con asesorías y explicaciones didácticas. Con ello se

ahorran trámites y costos, facilitando considerablemente la gestión.

32

III. LA PEQUEÑA EMPRESA EN LA UNIÓN EUROPEA

a) CARACTERIZACIÓN DE LA MIPYME EN LA UE

La Unión Europea tiene un Diario Oficial donde se contempla la legislación,

comunicaciones, recomendaciones e informaciones jurídicas respecto de la

Comunidad.

Específicamente en el área que nos interesa, aparecen definiciones de empresas,

microempresas, pequeñas y medianas empresas, entre otros aspectos. Dando

uniformidad a este tema desde el ámbito comunitario.

De acuerdo a una Recomendación de la Comisión de 6 de mayo de 2003 sobre la

definición de microempresas, pequeñas y medianas empresas74, podemos encontrar

en primer término, en su artículo 1, lo que la Unión Europea considera como empresa:

Artículo 1: Empresa. Se considerará empresa toda entidad, independientemente de su

forma jurídica, que ejerza una actividad económica. En particular, se considerarán

empresas las entidades que ejerzan una actividad artesanal u otras actividades a título

individual o familiar, las sociedades de personas y las asociaciones que ejerzan una

actividad económica de forma regular.

De acuerdo al mismo documento antes señalado con respecto a la empresa75,

podemos extraer una definición genérica de MIPYME (micro, pequeña y mediana

empresa), aplicable a la Unión Europea, en función del número de sus efectivos y el

volumen de sus negocios o balance general76.

74 RECOMENDACIÓN DE LA COMISIÓN de 6 de mayo de 2003 sobre la definición de microempresas, pequeñas y medianas empresas. Notificada con el número C(2003) 1422.Texto pertinente a efectos del EEE (2003/361/CE).Notificada con el número C(2003) 1422.Diario Oficial de la Unión Europea del 20/05/2003, L124, página 39. Página Web: <http://europa.eu.int/eurlex/pri/es/oj/dat/2003/l_124/l_12420030520es00360041.pdf > (23) 75 Artículo 2, Ob. cit. (23) 76 Los efectivos se miden en unidades de trabajo anual (UTA), es decir, el número de personas que trabajan en la empresa en cuestión o por cuenta de dicha empresa a tiempo completo durante todo el año de que se trate. El trabajo de las personas que no trabajan todo el año, o trabajan a tiempo parcial, se cuenta como fracciones de UTA. No se contabilizan ni los aprendices o alumnos de formación profesional ni la duración de los permisos de maternidad. Pág. 9, Actividades de la Unión Europea. Síntesis de la Legislación. Empresas. Entorno Empresarial. <http://europa.eu/scadplus/leg/es/s25001.htm>, página visitada el 18 abril 2007. (24)

33

Por lo cual, se puede definir a la MIPYME como aquel conjunto de empresas

conformado por todas aquéllas empresas que cuentan con menos de 250 personas y

cuyo volumen de negocios anual no excede de 50 millones de euros o cuyo balance

general anual no excede de 43 millones de euros.

Dentro de la categoría MIPYME, antes enunciada, se incluyen las siguientes

definiciones:

Microempresa: empresa que ocupa a menos de 10 personas y cuyo volumen de

negocios anual o cuyo balance general anual no supera los 2 millones de euros.

Pequeña empresa: empresa que ocupa a menos de 50 personas y cuyo volumen de

negocios anual o cuyo balance general anual no supera los 10 millones de euros.

Mediana empresa: empresa que ocupa a menos de 250 personas y cuyo volumen de

negocios anual no excede de 50 millones de euros o cuyo balance general anual no

excede de 43 millones de euros.

Estas definiciones entraron en vigencia a contar de junio de 2005, y han buscado

reflejar la realidad económica de la Unión Europea, teniendo en cuenta la evolución de

la economía desde 1996 (inflación y crecimiento de la productividad). Con esta

clasificación se refuerza la eficacia de los programas y las políticas comunitarios

destinados a estas empresas. Se trata de evitar que las empresas cuyo poder

económico sea superior al de una verdadera PYME puedan aprovecharse de los

mecanismos de apoyo destinados específicamente a éstas.

El uso de estas definiciones es voluntario, para los estados miembros. Sólo es

vinculante para determinadas materias, como las ayudas estatales y la aplicación de

fondos estructurales o de los programas comunitarios, especialmente el Programa

marco de Investigación y Desarrollo Tecnológico77. Pero la Comisión Europea, invita y

recomienda, junto con el European Investment Bank (EIB) y el European Investment

Fund (EIF) a aplicar dicha definición lo más ampliamente posible78, con ello habrá más

coherencia y eficacia en las medidas que se adopten a favor de las PYMEs.

77 Actividades de la Unión Europea. Síntesis de la Legislación. Empresas. Entorno Empresarial. Definición de microempresas, pequeñas y medianas empresas (última modificación 27 de noviembre de 2006) <http://eurpoa.eu/scadplus/leg/es/s25001.htm> Página visitada el 18 de abril de 2007. (24) 78 Comisión Europea. Enterprise and Industry Publications. The new SME definition. User guide and model declaration. <http://ec.europa.eu/enterprise/enterprise_policy/sme_definition/sme_user_guide.pdf> (25)

34

b) SITUACIÓN GENERAL DE LAS MIPYME EN LA UE

i. Estadísticas y Análisis General de la Situación La gran mayoría de las empresas en la UE corresponde a empresas de pequeño y

mediano tamaño, representando el 99,8% (25 millones) del total de las empresas en la

UE en 200379.

En concreto, el porcentaje que representa cada categoría, de acuerdo a estadísticas

del año 200180, en el universo de empresas en la UE, es de: 0,2% de grandes

empresas, 1,2% de empresas medianas, 7,3% de pequeñas empresas y 91,3 de

microempresas.

El sector PYME aporta los 2/3 de la fuerza de trabajo en la UE. Cantidad que es

aportada en un 29,8% por las microempresas, 20,8% por las pequeñas empresas y

16,5% por las medianas empresas, restando un 32,9% que aportan las empresas

grandes81. En conjunto las PYMEs, llegan a aportar, hasta el 80% del empleo en

determinados sectores industriales, como el textil82.

Al igual que lo señalado para el caso de Canadá, existe también en la UE, la categoría

especial de empresarios denominada “self-employed” (auto-empleados), quienes

ganan ingresos directamente de su propia empresa, comercio o profesión, más allá de

un sueldo u honorarios específicos, trabajando por su propia cuenta.

79 Euroean Comision. Eurostat Homepage. European Business. Special Topics. Small and Medium Sized Enterprises (SMEs). <http://epp.eurostat.ec.europa.eu/portal/page?_pageid=2293,59872848,2293_61474735&_dad=portal&_schema=PORTAL#SME>

(26) 80 EU-25, 2001. Source: Structural Business Statistics, Eurostat (estimates based on incomplete country data), en texto: European Comission. SME Envoy Report. The activities of the European Union for small and medium-sized enterprises (SMEs). Commission Staff Working Paper {Sec(2005) 170}. Enterprise And Industry Directorate-General. <http://www.bookshop.europa.eu/eubookshop/FileCache/PUBPDF/NB6304901ENC/NB6304901ENC_002.pdf> (43)

81 EU-25, 2003. Source: Eurostat SBS size class, en texto: Statistics in focus. Industry, Trade and Services. Business Demography: SMEs and entrepreneurship in the EU. 24/2006. Author Manfred Schiemann. <http://epp.eurostat.ec.europa.eu/cache/ITY_OFFPUB/KS-NP-06-024/EN/KS-NP-06-024-EN.PDF>. (46) 82 Actividades de la Unión Europea. Síntesis de la Legislación. Empresas. Entorno Empresarial. <http://eurpoa.eu/scadplus/leg/es/s25001.htm> Página visitada el 18 de abril de 2007. (24)

35

O sea, trabajan en su propio negocio, del cual reciben directamente un ingreso, a costa

de su trabajo, sin trabajadores que los asistan. El “auto-empleo” o “self-employment”

provee el 16% del total del empleo en la UE83.

De acuerdo a una encuesta europea del año 200484, una mayor proporción de

ciudadanos europeos declaran su preferencia por ser empleados (50%), en

comparación con el 45%, que prefieren ser auto-empleados (self-employed) y 5% que

no sabe. Hecho que contrasta con otros países como Estados Unidos y Canadá. En

EEUU, la misma estadística antes señalada, muestra un 61% de inclinación a favor del

auto-empleo, y, en el Canadá, la preferencia por el auto-empleo se puede ver

claramente por el alto incremento del auto-empleo en ese país, en mayor proporción

que el incremento del empleo común, en los últimos años.

Las PYMEs generan más de la mitad del valor agregado (57,3%)85. Específicamente,

en el sector no financiero (non-financial business economy)86, las grandes empresas

aportan el 42,7%, las empresas medianas aportan 17,8%, las pequeñas el 19,1% y las

microempresas el 20,5% del valor agregado en la UE.

Las empresas grandes concentran normalmente, la mayor proporción de industria, por

el contrario, la mayor proporción de empresas pequeñas se sitúa en los sectores de

servicios y comercio87.

Las PYMEs europeas predominan en los sectores de construcción, comercio de

distribución (distributive trades) (19,4%), hoteles y restaurantes, y en bienes raíces

(31,8%), arrendamientos y actividades comerciales (20,6%)88.

83 European Commission. DG Enterprise and Industry. “Putting Smes First. Europe is good for SMEs, SMEs are good for Europe”. European Communities 2007. Pág. 23. <http://ec.europa.eu/enterprise/entrepreneurship/docs/sme_pack_en.pdf.> (32) 84 Eurobarometer survey held within the European Economic Area and the United States. April 2004 en texto: Statistics in focus. Industry, Trade and Services. Business Demography: SMEs and entrepreneurship in the EU. 24/2006. Author Manfred Schmiemann. http://epp.eurostat.ec.europa.eu/cache/ITY_OFFPUB/KS-NP-06-024/EN/KS-NP-06-024-EN.PDF. (27) 85 European Commission. DG Enterprise and Industry. “Putting Smes First. Europe is good for SMEs, SMEs are good for Europe”. European Communities 2007. Pág. 23. http://ec.europa.eu/enterprise/entrepreneurship/docs/sme_pack_en.pdf. (32) 86 EU-25, 2003. Source: Eurostat SBS size class, en texto: Statistics in focus. Industry, Trade and Services. Business Demography: SMEs and entrepreneurship in the EU. 24/2006. Author Manfred Schiemann. http://epp.eurostat.ec.europa.eu/cache/ITY_OFFPUB/KS-NP-06-024/EN/KS-NP-06-024-EN.PDF. (27) 87 Ministerio de Industria, Turismo y Comercio. Secretaría General de Industria. Dirección General de Política de la Pequeña y Mediana Empresa. Estadísticas. Publicaciones. Retrato de las Pyme 2006. España. Subdirección General de Apoyo a las PYME. Área de Estadísticas y Publicaciones. http://www.ipyme.org/NR/rdonlyres/D86BB6D9-EB28-4DFC-BCC7-F10F5008E787/0/retrato2006.pdf (41)

36

Las empresas de menor tamaño, fueron las conductoras principales del crecimiento del

empleo, en la economía de los negocios no financieros de la UE (“EU´s non-financial

business economy”), entre los años 2001 y 200389.

En la UE, de acuerdo a estadísticas extraídas del año 200390, había 1,2 millones de

empresas recién nacidas. La tasa de natalidad empresarial, conforme a la misma

fuente estadística, era de 9,2% en promedio del total de empresas activas en 2003. La

tasa de sobrevivencia era de 78,3%, para las empresas nacidas en 2001, que

superaban los dos años de existencia. En cambio la tasa de sobrevivencia para las

empresas que superaban los cinco años, era de 47, 5%.

La tasa de mortalidad de las empresas era en 2003, de 7,8%, lo que nos deja

porcentaje neto de, apenas, un 1, 4%91 de sobrevivencia empresarial.

Se pueden encontrar altas tasas de natalidad en países con alto desempleo. Es el caso

de España, donde las tasas de desempleo y natalidad de empresas son generalmente

altas92. La tasa de natalidad de las empresas en España, ha superado el promedio de

la UE con un 9, 1%, a lo cual se le resta una tasa de mortalidad de 7,1% y queda un

porcentaje neto de sobrevivencia de 2%93.

Hecho que demuestra, de manera más intensa que el promedio de la UE, la

persistencia de este país en crear y mantener nuevas empresas, frente a las

condiciones preocupantes de desempleo.

88 Las cifras de los porcentajes fueron obtenidos del texto: Statistics in focus. Industry, Trade and Services. SMEs and entrepreneurship in the EU. 24/2006. Autor Manfred SCHMIEMANN. http://epp.eurostat.ec.europa.eu/cache/ITY_OFFPUB/KS-NP-06-024/EN/KS-NP-06-024-EN.PDF. (27) 89 Ob. cit. 90 Statistics in focus. Industry, Trade and Services. Business Demography: Growth in the Population of Enterprises. 48/2007. Autor Hartmut Schrör. http://epp.eurostat.ec.europa.eu/cache/ITY_OFFPUB/KS-SF-07-049/EN/KS-SF-07-049-EN.PDF (29) 91 Ob. cit. 92 European Commission. Directorate-General for Enterprise and Industry. Cordis. Euroabstracts, 3/03. Articles on innovation. To be or not to be in business.Europa, 13-06-2003. http://cordis.europa.eu/aoi/article.cfm?article=859&lang=EN (42) 93 Ministerio de Industria, Turismo y Comercio. Secretaría General de Industria. Dirección General de Política de la Pequeña y Mediana Empresa. Estadísticas. Publicaciones. Retrato de la Pyme 2006. España. Subdirección General de Apoyo a las PYMEs. Área de Estadísticas y Publicaciones. <http://www.ipyme.org/NR/rdonlyres/D86BB6D9-EB28-4DFC-BCC7-F10F5008E787/0/retrato2006.pdf> (41)

37

ii. Políticas e Iniciativas de Gobierno a favor de las empresas en general y MIPYMEs en particular en la Unión Europea

Una de las mayores preocupaciones en la Unión Europea, es y ha sido siempre, el

desarrollo económico de sus Estados. Desarrollo promovido, mediante una política de

coordinación y cooperación interestatal, dirigida a todas las personas, instituciones,

agrupaciones o entes que puedan influir de una u otra manera en el tema. Dentro de

las agrupaciones o entes capaces de incidir en el desarrollo económico, ocupan un

lugar muy primordial, las empresas.

Por ello es que, promoviendo el desarrollo de las empresas, se promueve el desarrollo

del mercado, de la competencia, del flujo de bienes, servicios y capital, de la

innovación, tecnología, entre muchas otras cosas para llegar finalmente al desarrollo

de la economía en general. Un desarrollo que se enmarca en una visión

integracionista e incluye los rasgos del sistema económico de libre mercado, por el cual

se ha hecho posible llegar a un mercado común. Aspectos establecidos como

prioridades, expresamente, desde los primeros tratados, que se apodan en conjunto

“Tratados de Roma”94.

Aparece además y con mayor énfasis, en el Tratado de la Unión Europea o Tratado de

Maastricht95, el cual, amplió los objetivos económicos y logró abolir las fronteras

interiores y fortalecer la cohesión económica y social, haciendo posible la unión

económica y monetaria. Unión representada, dirigida y concretada a través de tres

instituciones: Parlamento Europeo, Consejo de la Unión Europea y Comisión Europea.

94 Tratados de Roma, que comprenden:

� Tratado constitutivo de la Comunidad Europea del Carbón y del Acero (CECA), que se firmó el 18 de abril de 1951 en París, entró en vigor el 23 de julio de 1952 y expiró el 23 de julio de 2002;

� Tratado constitutivo de la Comunidad Económica Europea (EEC);

� Tratado constitutivo de la Comunidad Europea de la Energía Atómica (Euratom), que se firmó (junto con el Tratado CEE) en Roma, el 25 de marzo de 1957 y entró en vigor el 1 de enero de 1958.

A menudo, se hace referencia a estos Tratados como los "Tratados de Roma". Cuando se utiliza el término "Tratado de Roma", se significa solamente el Tratado CEE; (Portal del la Unión Europea: Tratados europeos, página web: http://europa.eu.int/abc/treaties_es.htm) (45) 95 Tratado de la Unión Europea, que se firmó en Maastricht el 7 de febrero de 1992 entró en vigor 1 de noviembre de 1993.

38

Instituciones que fueron los tres pilares de esta estructura a la que se denominó Unión

Europea”96.

Los Tratados antes señalados se denominan, en conjunto, “Tratados Fundacionales”

porque dieron origen a la Unión Europea y señalaron sus principales objetivos y bases

de donde surgió esta entidad. En nuestra área podemos destacar, el Tratado de Niza

de 200197 que introduce nuevas normas al Tratado Constitutivo de la Unión Europea,

dando lugar a su versión consolidada. Versión en la que se incluye, expresamente, en

su artículo 157, el compromiso de la Comunidad y los Estados a favor de la

competitividad y la Industria98.

El artículo157 del Título XVI del Tratado CE99, “consagra oficialmente el compromiso

de la Unión Europea de crear un clima en el que empresa, industria e innovación

puedan prosperar”100, dando origen al objetivo jurídico de la política de empresa.

Para alcanzar el objetivo de la política empresarial, se alude a un “clima” o “entorno”,

que se busca favorecer. Entorno dado por determinadas condiciones, de

competitividad. Un sistema de mercados abiertos y competitivos, respaldado por

políticas que resguarden y fomenten el desarrollo y crecimiento de la empresa. Pero no

todas las empresas se encuentran en la misma condición. No todas son iguales, ni se

van a ver favorecidas por las mismas medidas. Es necesario ver la realidad

96 Portal de la Unión Europea: Tratados Europeos. <http://europa.eu.int/abc/treaties_htm> (Página Web visitada en junio 2007) (45) 97 Tratado de Niza, firmado el 26 de febrero del 2001, entró en vigor el 1 de febrero del 2003. 98 Portal de la Unión Europea, Empresas: Introducción Pág. Web: <http://europa.eu.int/scadplus/leg/es/lvb/n25000.htm> (45) 99 Portal de la Unión Europea. Empresas: Introducción Página Web: <http://europa.eu.int/scadplus/leg/es/lvb/n25000.htm> (45) 100 Versión consolidada del Tratado Constitutivo de la Comunidad Europea. Publicado en el Diario Oficial de la UE del 24-12-2002, C325/33, página 103, Título XVI, titulado: “INDUSTRIA” artículo 157, modificado por el Tratado de Niza. Señala Lo siguiente:

1. La Comunidad y los Estados miembros asegurarán la existencia de las condiciones necesarias para la competitividad de la industria comunitaria.

2. A tal fin, dentro de un sistema de mercados abiertos y competitivos, su acción estará encaminada a: � acelerar la adaptación de la industria a los cambios estructurales � fomentar un entorno favorable a la iniciativa y al desarrollo de las empresas en el conjunto de la Comunidad,

y, en particular, de las pequeñas y medianas empresas � fomentar un entorno favorable a la cooperación entre empresas

3. Los Estados miembros se consultarán mutuamente en colaboración con la Comisión y, siempre que sea necesario, coordinarán sus acciones. La Comisión podrá adoptar cualquier iniciativa adecuada para fomentar dicha coordinación.

4. La Comunidad contribuirá a alcanzar los objetivos estipulados en el apartado 1 mediante las políticas y actividades que lleva a cabo en virtud de otras disposiciones del presente Tratado. El Consejo, de conformidad con el procedimiento previsto en el artículo 251 y previa consulta al Comité Económico y Social, podrá tomar medidas específicas destinadas a apoyar las acciones que se lleven a cabo en los Estados miembros a fin de realizar los objetivos contemplados en el apartado 1.

5. Este título no constituirá una base para el establecimiento por parte de la Comunidad de medidas que puedan falsear la competencia o incluyan disposiciones fiscales o relativas a los derechos e intereses de los trabajadores asalariados.

<http://europa.eu.int/scadplus/leg/es/s26000.htm> (45)

39

empresarial desde distintas perspectivas, para así buscar las medidas adecuadas para

las distintas realidades. Aportando un trato diferencial entre aquellas empresas que

necesitan de un poco más de ayuda y aquéllas que no necesitan de esa ayuda

realmente.

La política de empresa comunitaria abarca todo tipo de empresas, cualquiera sea su

tamaño, rubro o forma jurídica. Busca el desarrollo y crecimiento de la actividad

empresarial, considerando para ello como objetivos genéricos: el fomento y facilitación

a la creación de nuevas empresas, incentivar el crecimiento y capacidad de innovación

y garantizar un acceso efectivo a los mercados dentro y fuera de Europa.

El órgano ejecutivo, encargado de colaborar, proponer y ejecutar las iniciativas

relacionadas con la coordinación de la política de empresa es la Comisión de las

Comunidades Europeas. A su actuación se suma la participación de todos los entes

relacionados con el ámbito empresarial, de todos los Estados miembros. El Consejo

Europeo, previa consulta al Comité Económico y social, puede tomar las medidas

específicas para apoyar a los Estados miembros en la concreción de los objetivos

contemplados en el artículo 157, a favor de la política empresarial.

En términos generales, podemos reducir los objetivos de la política empresarial de la

UE, a los a los siguientes:101

- Fomentar el espíritu empresarial.

- Impulsar la innovación.

- Mejorar el entorno financiero.

- Reforzar la competitividad de las empresas europeas.

- Crear un entorno administrativo y normativo favorable.

- Mejorar el acceso a los mercados: comercio electrónico.

En relación al entorno administrativo y normativo favorable, podemos destacar la

incorporación del estatuto de la sociedad anónima europea102, por el cual se hace

posible la creación de una sociedad europea, con su propio marco jurídico, extensiva a

todos los Estados de la UE, en la medida que la empresa opere en más de un estado

101 Portal de la Unión Europea. Página Web <http://europa.eu.int/scadplus/leg/es/s26000.htm>, visitada en junio de 2007. (45) 102 Reglamento del Consejo (CE) nº 2157/2001, de 8 de octubre de 2001, por el que se aprueba el estatuto de la Sociedad Anónima Europea y Directiva del Consejo 2001/86/CE, de 8 de octubre de 2001, por la que se completa el estatuto de la Sociedad Anónima Europea en lo que respeta a la implicación de los trabajadores.

40

miembro. Ello permite que las sociedades constituidas en diferentes Estados miembros

puedan fusionarse, o formar una sociedad de cartera o una filial común, evitando las

obligaciones jurídicas adicionales provenientes de los distintos ordenamientos jurídicos

estatales de la UE. Esta medida implica además un potencial mejoramiento de la

competitividad y del acceso a los mercados.

Dentro de los objetivos de política empresarial de la UE, se pueden distinguir tres áreas

políticas clave:

- Pequeñas y medianas empresas.

- Innovación.

- Competitividad y mercado único.

La política empresarial se ha enfocado, en su actuar, sobre esas tres áreas

enumeradas. Áreas que han servido como temas contingentes al momento de

plantearse los objetivos a través de comunicaciones, recomendaciones, programas y

normas de todo tipo emanadas de las diversas instituciones y órganos representantes

de la comunidad europea y de los distintos sectores a que van dirigidos.

La Unión Europea ha contemplado en forma particular a las pequeñas y medianas

empresas dentro de sus áreas políticas clave. La atención que ha destinado la UE a las

PYMEs emana de la gran relevancia de dichas empresas en el contexto de la

economía comunitaria y global y la influencia que sobre ellas ha tenido el

establecimiento del Mercado Único.

El establecimiento del Mercado Único ha generado en Europa una unidad desde el

ámbito económico y monetario que influye de manera directa sobre las PYMEs,

quienes deben hacer frente a un mercado mucho más amplio, con mayor competencia,

mayores exigencias tecnológicas, financieras y humanas.

Todo ello ha hecho necesaria la instauración en la UE de un plan de acción

especialmente orientado a las PYMEs con la finalidad de que dichas empresas logren

superar las dificultades y aprovechar los beneficios que genera la integración

económica.

41

El Parlamento Europeo, en sus fichas técnicas103, ha establecido, cuales son los

objetivos prioritarios de un programa de acción orientado a las PYMEs. Conforme a

ello, ha establecido los siguientes tres objetivos:

- La creación de un ambiente favorable a las PYMEs desde el punto de vista de simplificaciones administrativas;

- Ofrecer servicios con el fin de garantizar su flexibilidad;

- Mejorar la aportación de capital para su desarrollo y acceso a las nuevas tecnologías.

“Las pequeñas empresas son las más sensibles a los cambios en el entorno

empresarial. Son las que más sufren cuando se las abruma con una burocracia

excesiva. Y son las primeras en prosperar gracias a las iniciativas para acabar con el

papeleo y recompensar el éxito”104.

Por ello es importante que las regulaciones estatales y comunitarias favorezcan a estas

empresas, desde un punto de vista administrativo, financiero y de accesibilidad a los

servicios que les sirvan de apoyo.

La idea, en general, es mejorar el entorno en que se desenvuelven estas empresas,

para así, estimular su creación, desarrollo y mantenimiento. Objetivos que constituyen

una forma de obtener finalidades a un nivel más amplio y global, al utilizarse a las

PYMEs como medios para lograr un mayor desarrollo y mejores perspectivas de

crecimiento económico. Un crecimiento al que confluyen un sin número de factores,

dentro de los cuales no se podrá excluir a las PYMEs, cuya incidencia se pretende

evidenciar.

Para alcanzar los objetivos a nivel de empresas y, por consiguiente, incidir en el logro

de los objetivos a nivel de economía global, se han establecido determinados planes

de acción. Planes en que se determina el modo a proceder para alcanzar los objetivos,

en este caso, de la PYMEs. Diseñados a partir del procedimiento BEST.

103 Parlamento Europeo: Fichas técnicas: 4.14.0. Las pequeñas y medianas empresas (PYMEs). Procedimientos de consulta: CSA0973, CSA0983. Página Web:

<http://www.europarl.eu.int/factsheets/4_14_0_es.htm#text0> 104 “Carta Europea de la Pequeña Empresa” del Consejo Europeo de Santa María da Feira, 19 y 20 de junio de 2000. Conclusiones de la presidencia. Anexo III.

42

El procedimiento BEST105, permite tener una idea de la actividad empresarial y sus

problemas, por medio de estudios, investigaciones, actividades de evaluación

comparativa, seminarios, conferencias, revisiones paritarias, etcétera, logrando, con

ello, una mejora del entorno empresarial.

El procedimiento BEST, parece ser, hasta ahora, el mejor método para determinar las

directrices, medios, circunstancias y factores en general que se deben tomar en cuenta

al momento de elaborar los planes de acción comunitarios, en relación con el quehacer

de empresarial. Parte de hechos concretos, para después, buscar las soluciones más

aptas, a los problemas que se enfrentan en este medio. Siempre desde una óptica que

mira a la simplificación del entorno de la empresa. Buscando que la normativa y todo lo

que la rodea, sea, más que un obstáculo, un fomento para su desarrollo.

Otro instrumento necesario para alcanzar las metas fijadas de la política de empresa,

es el financiamiento. El financiamiento viene, de distintas fuentes, especialmente y de

forma principal del Programa plurianual de la empresa y el espíritu empresarial para

2001-2005106. Se incluyen además otras fuentes dirigidas más directamente a las

empresas: Fondos Estructurales y el Banco Europeo de Inversiones (BEI), entre otras.

La empresa, en cuanto a su financiamiento directo, ha tenido ciertos inconvenientes y

disparidades en su trato. Especialmente en relación con la empresa de menor tamaño.

Para las empresas más pequeñas resulta particularmente difícil acceder a una

financiación adecuada ya que los agentes financieros no desean asumir los riesgos

propios de estas empresas. Ello se traduce en una insuficiencia del mercado, que

dificulta el proceder de los empresarios y con ello, el crecimiento de la Unión. Los

Estados miembros son los que se hayan mejor situados para suprimir algunas

105 Business Environment Simplification Task Force, o, en castellano, Grupo Operativo para la Simplificación del Entorno Empresarial. El término «BEST», proviene de una Cumbre del Consejo Europeo de Amsterdam del 16 y 17 de junio de 1997, en el cual se buscó simplificar la normativa empresarial. BEST se refiere específicamente a un grupo de trabajo que se formó en dicha cumbre para la simplificación del entorno empresarial, grupo conformado por “expertos procedentes del mundo de la empresa, la administración y el ámbito universitario, con buenos conocimientos prácticos”, encargados de redactar las recomendaciones que pasaron a ser parte de un informe final, publicado en 1998. El procedimiento BEST, que se puso en marcha en diciembre de 2000, es la respuesta de la Comisión Europea al llamamiento del Consejo Europeo de Lisboa de 2000 para introducir un método abierto de coordinación en materia de mejora del entorno empresarial. Más información en: Portal de la Unión Europea, Procedimiento BEST: 2001-2002: Simplificación legislativa y normativa. http://europa.eu.int/scadplus/leg/es/lvn/n26038.htm. (45) 106 Programa plurianual en favor de la empresa y el espíritu empresarial, en particular para las pequeñas y medianas empresas. Página web: <http://europa.eu.int/scadplus/leg/es/lvb/n26006.htm> (45)

43

insuficiencias del mercado. La Unión Europea completa y aporta una mayor amplitud a

los mecanismos nacionales, al ofrecer a las empresas europeas apoyo financiero,

especialmente indirecto (instrumentos financieros y fondos estructurales), y, a veces

también directo (otras formas de apoyo financiero). El apoyo se materializa de distintas

formas, tales como subvenciones, préstamos, y, en algunos casos, garantías. A estos

fondos se accede directamente o a través de programas regionales o nacionales, como

los señalados Fondos Estructurales de la UE o por medio de una serie de instrumentos

de carácter no financiero, en forma de programas y servicios de apoyo a las

empresas107.

iii. Antecedentes Históricos de las Políticas en fa vor de las MIPYMEs en la UE

La preocupación por las MIPYMEs tiene sus orígenes en la década de los setenta,

antes que se firmara el Acta Única. En 1974 y 1982 se llevaron a cabo los primeros

estudios sobre las condiciones y las posibilidades de desarrollo de las PYMEs,

realizados por el Comité Económico y Social108. En 1983 se declaró a ese año por el

Parlamento Europeo como Año Europeo de la Pequeña y mediana empresa y la

Artesanía109.

Más tarde la preocupación se hizo más sistemática, global y continua, con el

establecimiento por la Comisión de programas de acción para las PYMEs, programas

cuyo objeto viene determinado por sus debilidades y necesidades dentro del marco de

la integración europea.

Las políticas destinadas a favorecer a las PYMEs tienen sus inicios con el Primer

Programa de Acción dirigido especialmente a ellas, aprobado en 1983 en la Clausura

del año Europeo de la PYMEs y el artesanado. Luego tuvo lugar un Segundo Programa

107 Para más información, ver: Programas de Apoyo a las PYMES de la Unión Europea. Presentación general de los principales planes comunitarios de financiación para PYMES. Noviembre de 2006. <http://ec.europa.eu/enterprise/smes/download/sp_2007_es.pdf> (47) 108 María del Carmen Pérez Gonzáles, “Las PYMEss españolas en la Unión europea”, del texto “La pequeña y mediana empresa desde una perspectiva jurídica, económica y laboral”, pág. 124 109 Portal de la Unión Europea. Programa Plurianual a favor de la empresa y el espíritu empresarial, en particular para las pequeñas y medianas empresas. Página Web.

<http://europa.eu.int/scadplus/leg/es/lvb/n25000.htm> (45)

44

de Acción, en 1987110. Dichos programas fueron el punto de partida, pero no

sobresalieron en lo substancial.

En 1993 se fijaron objetivos relacionados con el ámbito empresarial en el Libro

Blanco111, en base a lo cual se elaboró un Programa Integrado en favor de las PYMEs

y el Artesanado.

Los Libros Blancos, son documentos que incluyen programas de acción comunitaria

orientados a un sector específico, en este caso, el Libro Blanco de 1993 recae sobre

crecimiento, competitividad y empleo112. Su primera prioridad la constituye el empleo,

su protección, promoción y desarrollo. Incluyendo en su enfoque, además del derecho

laboral, el desarrollo de la salud, seguridad, libre circulación e igualdad de trato entre

hombres y mujeres. En general, versa sobre la política social europea que incide en las

instituciones de la Unión, los Estados miembros, los empresarios, sindicatos,

instituciones públicas y particulares. “El libro blanco está destinado a reforzar y

desarrollar la acción futura de la Unión en materia de política social. “…pone de

manifiesto que queda aún un largo camino que recorrer en el ámbito de la política

social”

En 1994 la Comisión, con el objeto de darle aplicación a los objetivos establecidos en

el Libro Blanco, adoptó el Programa Integrado en favor de las PYMEs y del artesanado.

De acuerdo con las fichas técnicas del parlamento europeo113, este programa refuerza

la coordinación de las intervenciones comunitarias, nacionales y regionales en favor de

estas empresas. Da lugar a dos tipos de acciones: Acciones Concertadas, para

favorecer una consulta mutua de los Estados Miembros y una coordinación entre ellos;

y Contribuciones de la Unión, acciones específicamente en el marco de la política

empresarial.

110 Empresas: introducción. Portal UE. Pág. Web.:http://europa.eu.int/scadplus/leg/es/lvb/n25000.htm (45) 111 Libro Blanco sobre crecimiento, competitividad y empleo, aprobado por el Consejo de Bruselas en diciembre de 1993. Libro Blanco: política social europea, un camino que la Unión debe seguir. Portal de la UE. <http://europa.eu.int/scadplus/leg/es/cha/c10112.htm> (45) 112 Libro Blanco: política social europea, un camino que la Unión debe seguir. Portal de la UE. <http://europa.eu.int/scadplus/leg/es/cha/c10112.htm> (45) 113 Parlamento Europeo: Fichas técnicas: 4.14.0. Las pequeñas y medianas empresas (PYMES). Procedimientos de consulta: CSA0973, CSA0983. <http://www.europarl.eu.int/factsheets/4_14_0_es.htm#text0> (45)

45

En 1997 tiene lugar el Tercer Programa Plurianual dedicado a las PYMEs, cuya

vigencia se remontó hasta el año 2000. Dicho programa fue adoptado conforme a una

Decisión del Consejo de fecha 9 de diciembre de 1996114, la cual incluyó dentro de sus

objetivos, la simplificación y mejoramiento del entorno financiero, administrativo y

reglamentario de las empresas, con especial énfasis en las PYMEs, sobre las cuales

de buscó el mejoramiento de los instrumentos de política a su favor.

El 19 y 20 de junio del año 2000, dentro de las Conclusiones de la Presidencia del

Consejo europeo de Santa María da Feira, se redactó, la Carta Europea de la

Pequeña Empresa115. En ella se fijaron los objetivos primordiales que guiaron, guían y

guiarán a la política de la Unión dirigida a las pequeñas, medianas empresas y

artesanado. Se busca el fomento del espíritu empresarial y el entorno en que operan

dichas empresas.

En la carta, los jefes de estado o de gobierno de la UE, junto con la Comisión Europea,

establecieron diez líneas de actuación.

1. Educación y formación en el espíritu empresarial

2. Puesta en marcha menos costosa y más rápida

3. Mejorar la legislación y la reglamentación

4. Disponibilidad de habilidades

5. Mejorar el acceso en línea

6. Sacar más provecho del Mercado Único

7. Fiscalidad y cuestiones financieras

8. Promoción de la capacidad tecnológica de las pequeñas empresas

9. Modelos de empresa electrónica próspera y apoyo de alto nivel a la pequeña empresa

10. Potenciar y hacer más eficaz la representación de los intereses de la pequeña empresa a escala nacional y de la Unión.

En el año 2000 se adoptó un Programa Plurianual en favor de la empresa y el espíritu

empresarial, en particular para las pequeñas y medianas empresas. Este Programa fue

114 Artículo 2 de la DECISION DEL CONSEJO de 9 de diciembre de 1996 relativa al tercer programa plurianual en favor de las pequeñas y medianas empresas (PYMES) de la Unión Europea (1997-2000) 115 Consejo Europeo, “Carta Europea de la Pequeña Empresa”. Conclusiones de la presidencia. Anexo III. Santa María da Feira, 19 y 20 de junio de 2000. (48)

46

establecido en la decisión del Consejo de 20 de diciembre de 2000116, en el cual se

reiteran los objetivos de fomento del espíritu empresarial, mejoramiento del entorno

financiero, crecimiento y competitividad de las empresas, con la atención enfocada en

las PYMESS, considerando como medios para lograr dichos objetivos, la facilitación y

simplificación del marco administrativo, reglamentario y de apoyo comunitario.

La fecha de entrada en vigor de este Programa tuvo lugar el 1º de enero del 2001, y de

acuerdo a su artículo 3º, sus objetivos se llevarán a cabo mediante ámbitos de acción

descritos en el anexo del documento117 y conforme a los objetivos planteados en la

Carta Europea de la Pequeña empresa

Además se han llevado a cabo informes sobre las PYMEs, elaborados por organismos

independientes, a partir de la creación del Observatorio Europeo en 1992, el cual tiene

por objeto la redacción de informes sobre la materia. Estos informes señalan los

hechos destacados respecto de las PYMEs, en los ejercicios de cada año118.

Aparte de esos informes se han elaborado informes anuales sobre la aplicación de la

carta europea de las pequeñas empresas de los años 2001, 2002, 2003 y 2004, cuya

síntesis podremos ver en el próximo apartado.

iv. Síntesis explicativa de los Informes anuales ll evados acerca de las PYMEs en la UE

Se han llevado a cabo siete informes anuales sobre la aplicación de la Carta europea

de la pequeña empresa119, a contar del año 2001.

116 Decisión del Consejo, de 20 de diciembre de 2000 (2000/819/CE), relativa al Programa plurianual en favor de la empresa y el espíritu empresarial, en particular para las pequeñas y medianas empresas (PYMES) (2001-2005) Diario Oficial n° L 333 de 29/12/2000, pág..85. 117 Anexo I, descripción de los ámbitos de acción. Decisión del Consejo, de 20 de diciembre de 2000 (2000/819/CE), relativa al Programa plurianual en favor de la empresa y el espíritu empresarial, en particular para las pequeñas y medianas empresas (PYMES) (2001-2005) Diario Oficial n° L 333 de 29/12/20001. Página 87. 118 Para más información ver: European Comision. Enterprise and Industry. Policy Areas. Enterprise Policy. The Observatory of European SMEs.

<http://ec.europa.eu/enterprise/enterprise_policy/analysis/observatory_en.htm>. Pág. visitada 25 abril 2007. (30)

119 Consejo Europeo, “Carta Europea de la Pequeña Empresa”. Conclusiones de la presidencia. Anexo III. Santa María da Feira, 19 y 20 de junio de 2000. (48)

47

Los aspectos fundamentales que se han tomado en cuenta incluyen las diez líneas de

actuación de la mencionada Carta120, que, en resumen, contemplan, el fomento del

espíritu empresarial, la legislación, la instalación de nuevas empresas, el desarrollo

tecnológico, la cooperación, la representación, el aprovechamiento del mercado único y

las ayudas estatales. Se evidencia la necesidad de avanzar en materia de formación,

disponibilidad y regímenes fiscales, al igual que en el ámbito de las cuestiones

financieras. Los principales avances se han producido en el ámbito de la reducción de

las cargas administrativas de las empresas a la hora de darse de alta por primera vez,

así como en la simplificación de la legislación en general. Además son considerables

los avances en los sectores siguientes: inclusión del fomento del espíritu empresarial

en los planes de estudios escolar y universitario, fomento de la innovación tecnológica,

prestación de servicios de ayuda a las empresas por parte de los organismos públicos,

utilización de las tecnologías de la información y la comunicación para disminuir los

gastos de coordinación y administración, y representación de la pequeña empresa en

el proceso de decisión política121.

Todo ello orientado a las pequeñas y medianas empresas, para que sus condiciones

mejoren y se vean protegidas en sus debilidades y fortalecidas en sus ventajas.

v. Resultados concretos y perspectivas futuras de l a política a favor de las PYMEs en la UE

Como antes se señaló, se han producido avances en los diversos aspectos incluidos

en las diez líneas de actuación de la Carta, pero en este apartado, se tomará en cuenta

el tema que nos interesa, relativo a las normas de instalación de las empresas,

específicamente enfocadas a las PYMEs. Para ello, se buscó mejorar y simplificar la

legislación y reglamentación, estableciendo por medio de la participación y consulta de

representantes de este sector empresarial, en el proceso de creación de ley, normas

orientadas a su beneficio.

120 Ver en este trabajo: Antecedentes de la Política empresarial enfocada a las PYMESS, respecto de las diez líneas de actuación propuestas en la Carta Europea de la Pequeña Empresa. 121 Actividades de la Unión Europea. Síntesis de la Legislación. Empresas. Entorno Empresarial. Carta europea de las pequeñas empresas (última modificación 24 junio 2004)

<http://europa.eu/scadplus/leg/es/s25001.htm> Página visitada el 18 abril 2007. (48)

48

Dentro de las materias que han sido objeto de reglamentación especial e innovadora

destaca, la quiebra, la disminución del costo y mayor rapidez en el registro, el

financiamiento y la ayuda fiscal.

Los mayores avances se obtuvieron en el tema de la instalación de nuevas empresas,

puesto que se tomaron medidas concretas para facilitar la creación de empresas

pequeñas y medianas. Ello principalmente mediante la reducción de los costos y

simplificación de los trámites administrativos, en el caso, por ejemplo, de los países

que han implementado el registro en línea. A ello se suma la posibilidad que tienen

estas empresas de un mayor y mejor acceso al comercio electrónico, que les permite

publicitarse y expandir más sus mercados y campo de acción.

Queda en evidencia la necesidad de simplificación de los trámites que requieren llevar

a cabo las empresas en su iniciación y consecución de su actividad, por ello los

objetivos en esta vía, pueden reducirse a cuatro aspectos122:

a) Clarificación y mejora de la legibilidad de la legislación ya que al trasponer las

directivas de la UE en legislación nacional, se genera cierta incertidumbre

jurídica.

b) Actualización y modernización del marco regulador: muchos de los textos

jurídicos tienen definiciones que no se ajustan a la realidad técnica, económica

y sectorial, esto mismo sucede con algunos procedimientos.

c) Reducción de los costes administrativos: factores como problemas de rigidez,

complejidad innecesaria, la excesiva burocracia de los procedimientos etc.,

perjudican seriamente a las PYMEs por su falta de recursos humanos.

d) Mejora de la coherencia del acervo: la incoherencia se produce como resultado

de la coordinación insuficiente entre los actos de la legislación europea.

e) Mejora de la proporcionalidad del acervo ya que muchas disposiciones son

excesivamente preceptivas, desproporcionadas y costosas en relación con sus

objetivos.

122 Simplificación Administrativa para a Creación de Empresas. Proyecto dirigido por Ramón Lasanta (CESGA). Unión Europea. Diciembre 2006. http://ichnos.e-negociogalicia.com/component/option,com_docman/task,doc_download/gid,27/Itemid,27/lang,ga/ (34).

49

En la Cumbre Europea celebrada en la primavera europea de 2006, los líderes de la

UE defendieron el establecimiento de un entorno jurídico “sencillo, transparente y fácil

de aplicar” para las PYMEs123. Acordaron la apertura de una ventanilla única en cada

país, para que, antes del término de 2007, la creación de una empresa en cualquier

país, pueda llevarse a cabo en el plazo de una semana, con un coste y esfuerzo

mínimos. Esta iniciativa nace a propuesta de la Comisión Europea, como “…una

solución que asistiera a los empresarios potenciales y permitiera que las empresas

cumplieran con todas las obligaciones administrativas en un lugar único

(preferentemente de manera electrónica) y en plazos reducidos”124.

La recomendación de la Comisión fue que, para la puesta en marcha de una empresa

debería existir: un único centro de registro, un único documento de registro, un único

documento de identificación y una comunicación expedita de la información entre los

poderes públicos que participen en el registro 125.

Se determinó que la Comisión estará muy atenta frente a los avances que se vayan

dando sobre la “Ventanilla Única”, en cuanto a la simplificación en la creación de

empresas en Europa.

Así es como encontramos, dentro de los temas del período 2006-2007, la fijación de

procedimientos más baratos y rápidos para la creación de nuevas empresas, objetivo

que forma parte de la Carta Europea de las Pequeñas Empresas.

vi. Estatuto PYME en la UE En 2002, la Comisión Europea y el Comité Social incentivaron a la creación de un

estatuto para las PYMEs en la UE126.

En 2005 se hizo un estudio sobre la viabilidad de poner en marcha el estatuto para las

PYMEs. El estudio se hizo tomando en cuenta la opinión de los empresarios de las 123 European Comision. Enterprise and Industry. Policy Areas. Enterprise Policy. SME Policy. Guide to SME Policy. Europe is good for SMEs and SMEs are good for Europe. Junio 2006. Versión en español. http://ec.europa.eu/enterprise/entrepreneurship/docs/facts_es.pdf (35) 124 Maud Skaringer. Ob. cit. 125 Ob. cit. 126 European Comision. Enterprise and Industry. Policy Areas. Enterprise Policy. Entrepreneurship. Statute. A European statute for SMEs. Año 2007. Pág. visitada 31 mayo 2007.

<http://ec.europa.eu/enterprise/entrepreneurship/sme_statute.htm>. (44)

50

PYMEs, considerando las ventajas y desventajas de la adopción del estatuto para ese

sector empresarial y analizando el impacto en los aspectos fiscales, económicos y

sociales para las PYMEs a lo largo de la UE127.

Entre las ventajas en la creación del Estatuto PYME en la UE, se encuentran, la

posibilidad de que las PYMEs logren una ayuda más eficiente para potenciar su

competitividad internacional, la simplificación de los procedimientos de registro y

reducción de costos para iniciar una compañía, la promoción del emprendimiento, la

creación de nuevas actividades empresariales para las PYMEs, etcétera.

Se destacó como objetivo128, el asegurar que el estatuto fuera abierto, accesible,

simple y flexible para adaptarse a las distintas necesidades y sectores empresariales.

Finalmente, el estudio demostró que las PYMEs se encuentran muy interesadas y en

posición demandante de un estatuto europeo propio, de acuerdo a las iniciativas

mencionadas.

Para ello, siguiendo los resultados del estudio de viabilidad de un Estatuto PYME en la

UE, en febrero de 2007, el Parlamento Europeo, formalmente solicitó a la Comisión

Europea, la elaboración de una propuesta legislativa para dicho estatuto.

Actualmente, la Comisión Europea está trabajando en la elaboración de una propuesta

del estatuto, fijando las necesidades específicas de las empresas pequeñas.

Específicamente, en este momento, se encuentra elaborando una evaluación del

impacto, para luego hacer efectiva la propuesta legislativa, que debiera concretarse a

mediados de 2008129.

127 The aim was to ensure that any statute should be (Ob. cit.):

• Open and easily accessible, to both natural and legal persons;

• Simple, flexible and able to be tailored to specific businesses, including being flexible enough to adapt to changes in any company’s structure or environment they work in. Moreover, when such a company grows it should be simple to convert it into a European company (SE);

• Truly European, i.e. it should not be linked to national company law, but should not claim privilege or preferential treatment over national statute.

128 Ob. cit. 129 Ob. cit.

51

c) NORMAS Y BARRERAS DE INSTALACION DE UNA EMPRESA EN LA UE

La UE, tal como se señaló en los capítulos anteriores, acerca de las políticas a favor de

las PYMEs, tiene dentro de sus más importantes objetivos, la reducción de trámites

burocráticos o “red tape”, concepto al que aluden los países de habla inglesa. Estos

trámites afectan a las PYMEs a la hora de iniciar o pretender iniciar su negocio

formalmente. Por ello, se han eliminado normas inútiles e innecesarias para simplificar

la burocracia a la que las PYMEs se ven enfrentadas. Está claro que la burocracia

representa una carga proporcionalmente mucho mayor, para las PYMEs que para las

empresas más grandes. Hecho evidente por el gran esfuerzo humano y financiero que

representan los trámites burocráticos para empresas con recursos limitados, situación

que afecta más fuertemente mientras más pequeña sea la empresa.

La Comisión Europea ha manifestado claramente su intención de contribuir con el

mejoramiento de la legislación y con ello, cumplir con la Estrategia de Lisboa para el

crecimiento y empleo130. Para ello, se han tomado como medidas el retiro de sesenta y

ocho textos todavía no aprobados, durante 2006, y planea el retiro de 10 más durante

2007. Además, se pretende la simplificación, en un periodo de tres años, de 1400 leyes

ya vigentes, con la concreta idea de simplificar la vida de las PYMEs. En total, se han

propuesto revisar 220 leyes y 1400 leyes secundarias, en el período 2005-2008, de lo

cual ya se ha avanzado más de la mitad de lo planeado, a inicios de 2007131. En este

proceso se ha dado prioridad a sectores altamente regulados, como la gestión de

residuos, la fabricación de automóviles y la construcción.

En total la Comisión plantea, con la ayuda de los Gobiernos nacionales, reducir en un

25%, antes del 2012, la carga burocrática de origen comentario que pesa sobre las

empresas132.

Para el cumplimiento de estos objetivos, como ya se adelantó en el capítulo anterior,

en la Cumbre Europea de 2006, los líderes de la UE acordaron la apertura de una

130 European Comision. Enterprise and Industry. Policy Areas. Enterprise Policy. SME Policy. Guide to SME Policy. Europe is good for SMEs and SMEs are good for Europe. Junio 2006. Versión en español. http://ec.europa.eu/enterprise/entrepreneurship/docs/facts_es.pdf (31) 131 European Commission. DG Enterprise and Industry. “Putting Smes First. Europe is good for SMEs, SMEs are good for Europe”. European Communities 2007. http://ec.europa.eu/enterprise/entrepreneurship/docs/sme_pack_en.pdf (32) 132 Ob. cit. (31)

52

“Ventanilla Única” en cada país. Esta Ventanilla, como antes se señaló, permite que las

empresas puedan cumplir con todos los trámites administrativos requeridos para su

instalación, en un sólo lugar, principalmente por vía electrónica y en un pequeño plazo,

que debiere llegar a una semana, con mínimo coste y esfuerzo.

Los antecedentes y fundamentos de la creación de la iniciativa denominada “Ventanilla

Única”, vienen de la situación desigual existente en los diversos países de la UE. Un

estudio del año 2002133, sobre la situación de la Europa de los 15, en ese entonces,

evidenció que el tiempo medio que se requería para constituir una sociedad anónima

era de unos veinticuatro días, oscilando entre siete días (Reino Unido) y treinta y cinco

(Italia). En cuanto al costo de creación de la sociedad anónima, la media era de 830

euros, pudiendo llegar hasta 2.232 euros en países como Austria, en cambio, en

Dinamarca, por ejemplo, no existían gastos134.

Una situación especial es el caso de la sociedad anónima europea (SE). En términos

generales se trata de una sociedad con personalidad jurídica propia, cuya actividad se

desarrolla entre dos o más estados miembros, con un capital por acciones,

responsabilidad limitada de sus socios, administrada por una Junta General de

Accionistas y domicilio social en el lugar donde se encuentre su administración central.

Surge a partir de dos o más sociedades pertenecientes a distintos estados miembros

de la UE, una persona natural de un estado miembro y una sociedad de otro, o, a partir

de una sociedad anónima nacional con una filial en otro estado miembro135.

Su creación sólo puede tener lugar cuando ya existe una sociedad anónima formada

de acuerdo a la legislación del país en cual reside y luego se constituyen en SE

mediante fusión, mediante la creación de una SE holding, mediante la constitución de

una SE filial o mediante la transformación de una sociedad anónima existente en una

SE, según sus características y su origen136. En principio esta forma jurídica implica

133 Maud Skaringer. Comisión Europea. Empresa e Industria. Publicaciones. Empresa Europa en línea. Espíritu Empresarial. Ventanilla Única para la Constitución de Nuevas Empresas. Pág. visitada 1 de mayo 2007. http://ec.europa.eu/enterprise/library/ee_online/art07_es.htm (33) 134 Ob. cit. 135 GÁBILOS SOFTWARE, S.L. 2001-2008. ¿Cómo se hace? Formas Jurídicas de Empresas. Sociedad Anónima Europea.<http://www.gabilos.com/comosehace/FormasJuridicas/textoSociedadAnonEuropea.htm> (49) 136 Ob. cit.

53

mayores solemnidades para su formalización, pero con ella finalmente se llega a un

avance en la eliminación de barreras y unificación de criterios a la hora de crear y

mantener una empresa en el ámbito comunitario, con una regulación clara y unificada.

Quienes defienden la instauración de la Sociedad Anónima Europea afirman que “estas

sociedades permiten mejorar las economías de escala, aumentan la rapidez y

flexibilidad en la toma de decisiones y en el aspecto estratégico y publicitario ofrece a

las empresas una “bandera” europea que pueden enarbolar frente a barreras

nacionalistas”137.

A pesar de que en la práctica, quienes se ven mayormente beneficiados con la

posibilidad de creación de una SE, son la empresas más grandes, las PYMEs

exportadoras también pueden encontrar beneficios en esta nueva forma jurídica, con la

cual pueden ampliar sus horizontes, reduciendo costes y mejorando su rentabilidad.

Volviendo a la distinción por tipo de empresa, en el caso de una empresa individual, los

plazos de su creación, iban de 1 a 35 días hábiles, con un tiempo medio de 12 días138.

Actualmente, el plazo necesario para crear una empresa puede ir de 5 hasta 60 días

de un país a otro139. Además, cabe notar que los costes administrativos también varían

entre los distintos países de la UE, de cero a varios miles de euros.

En cuanto a los trámites o papeleo, la media de los trámites que deben realizar las

sociedades anónimas es de 16, y llega hasta 26 trámites. Deben dirigirse hasta 10

lugares distintos, presentar hasta 20 formularios y documentos oficiales, solicitar hasta

9 licencias y ponerse en contacto con hasta 13 organismos públicos y privados140.

En la situación actual de la “Ventanilla Única”, cabe destacar el caso de Portugal. Este

país se encontraba en el 2002 un poco por encima de la media comunitaria, con 26

días en la creación de una sociedad anónima. Pero de ese entonces los Ministerios de 137 Mauricio Crea. “A Examen” (046-047). Sociedades Anónimas Europeas. Empresas sin Barreras. Revista Ideas y Negocios. España, 19 de Septiembre de 2007.

<http://portalideasynegocios.com/portadas/pdf/046-047Aexamen-n57.pdf> (50) 138 Maud Skaringer. Comisión Europea. Empresa e Industria. Publicaciones. Empresa Europa en línea. Espíritu Empresarial. Ventanilla Única para la Constitución de Nuevas Empresas. Pág. visitada 1 de mayo 2007. http://ec.europa.eu/enterprise/library/ee_online/art07_es.htm (33) 139 GÁBILOS SOFTWARE, S.L. 2001-2008. ¿Cómo se hace? Formas Jurídicas de Empresas. Sociedad Anónima Europea.

<http://www.gabilos.com/comosehace/FormasJuridicas/textoSociedadAnonEuropea.htm> 140 Ob. cit.

54

Justicia, Hacienda, Trabajo y Seguridad Social y Economía e Innovación han logrado

obtener desde julio de 2005, que una sociedad anónima se constituya en un tiempo

medio de 75 minutos, por medio de un mostrador único de acceso con enlaces

electrónicos141.

Otra iniciativa de la Comisión ha sido el proponer una nueva legislación para que las

PYMEs puedan, sobre la base normativa de su país de origen, calcular los impuestos

que deben pagar por sus filiales en otros Estados de la UE. Además ha propuesto la

creación de una ventanilla única para facilitar el pago del IVA para las PYMEs en

operaciones multinacionales142.

Por otro lado, existe un proceso denominado normalización, con normas que debieren

ser seguidas por las PYMEs, para poder funcionar, al momento de instalarse e iniciar

sus actividades, acorde con las exigencias comunitarias, dentro del mercado único

europeo. Este proceso es de carácter voluntario, y opera por medio de la creación de

normas a través del consenso técnico entre diversos agentes económicos (industria,

PYMEs, consumidores, trabajadores, ONG y poderes público) y con la participación de

organizaciones europeas de normalización (CEN, CENELEC Y ETSI)143. Con ello, se

crea un “idioma común” para el comercio, un marco estable para el funcionamiento de

las empresas, que facilita su expansión fuera de las fronteras de su país de origen. Por

medio de estas normas se garantiza la compatibilidad de los componentes producidos

en los diversos países y se reducen los costes de fabricación y almacenamiento.

Además permiten disminuir los esfuerzos de los organismos reguladores que velan por

la salud, la seguridad y el medio ambiente144.

141 Ob. cit 142 Ob. cit. 143 European Comision. Enterprise and Industry. Policy Areas. Enterprise Policy. SME Policy. Guide to SME Policy. Europe is good for SMEs and SMEs are good for Europe. Junio 2006. Versión en español. http://ec.europa.eu/enterprise/entrepreneurship/docs/facts_es.pdf (35) 144 Ob. cit.

55

d) ANÁLISIS DE LA SITUACIÓN DE LAS PYMES EN UN ESTADO DE LA UNIÓN EUROPEA: ESPAÑA.

i. Estadísticas y Análisis General de la Situación en España 145 En España, al 1 de enero de 2003, según el Directorio Central de Empresas (DIRCE),

el porcentaje de PYMEs ascendió al 99,87% del total de empresas españolas146.

La actividad que ejercen mayoritariamente estas empresas, son los servicios. El mayor

crecimiento se ha percibido en la construcción. Específicamente, las PYMEs se

concentran en las actividades de construcción general de inmuebles, transporte

terrestre y establecimientos de expendio de bebidas147. Las nuevas empresas que se

han ido creando tienden más hacia las actividades de restauración, hostelería,

enseñanza, salud y servicios sociales. Luego tienen lugar, la construcción, el

transporte, la transformación manufacturera, la venta al por mayor y las

comunicaciones.

La creación de pequeñas y medianas empresas en España entre los años 1995 y 2000

fue bastante grande. El porcentaje de nacimiento de nuevas PYMEs en España, entre

esos años, fue superior al de la UE en un 2,2%148. Ello tiene como contrapartida, el

hecho de que, en España, el porcentaje de supervivencia de las empresas recién

creadas, es inferior al de la UE. Por lo cual, España, queda finalmente, con un índice

de nacimiento inferior en un 1,1% en relación con la UE.

En el 2003 las PYMEs españolas han tenido mayor ingerencia que en el promedio de

la UE, con una mayor ocupación de trabajadores y de participación en el valor añadido.

145 Datos extraídos del informe de la Subdirección General de Apoyo a las PYMEs, Área de Estadísticas y Publicaciones, Madrid, 4 de enero de 2004. “Retrato de las PYMEs”.Pág. 1 a 5. (41) 146 Tomado del documento: “Retrato de las PYMEs” de la Subdirección General de Apoyo a las PYMES, Área de Estadísticas y Publicaciones, Madrid, 4 de enero de 2004. Pág. 1.

<http://www.ipyme.org/estadisticas_pyme/retrato_pyme_2.pdf> (41) 147 Según estadísticas de la Clasificación Nacional de Actividades (CNAE-93). España, 1 enero 2003. 148 De acuerdo con el Observatorio de las PYMEs entre los años 1995-2000, en España la tasa de nacimiento de PYMEs bordea el 13,3% y en la UE el 11,1%. (30)

56

Sin embargo, España ha tenido y tiene un valor añadido y productividad en general

inferior a la de la UE-15149.

El hecho que la productividad española sea baja en relación con la UE, sumado al bajo

nivel de exportación que se da en ese país, constituye uno de los principales

problemas de las PYMEs en España. Problemas que iremos abordando, con más

detalle, dentro de los párrafos siguientes.

Por otro lado, al igual que ha ocurrido en Chile, la condición de persona natural a enero

del 2003, es la forma predominante en la constitución de una PYME. En segundo lugar

se encuentra, como forma predominante, la sociedad limitada (en Chile: de

responsabilidad limitada) y en tercer lugar, la sociedad anónima.

La primacía de la condición de persona natural es un fenómeno decreciente, por las

desventajas que conlleva, en términos de responder ilimitadamente de las obligaciones

de la empresa, incluyendo los bienes personales. Esto viene de no existir una

separación entre el patrimonio de la empresa y el patrimonio personal, que si existe en

el caso de las sociedades limitadas. Por ello es que se ha fomentado esta segunda

forma de constitución. El fomento de la conformación como sociedad limitada se ha

llevado a cabo por medio de una simplificación de los trámites, menores plazos de

constitución y un asesoramiento e información al futuro empresario.

ii. Normas y Barreras de Instalación de una PYME en España En España se ha avanzado bastante en el tema de la simplificación administrativa o

disminución de las barreras de entrada de las empresas, acorde con las políticas de

crecimiento económico enfocadas en las empresas y en particular en las PYMEs de la

UE.

El legislador, en España, ha modificado la normativa vigente con el propósito de

adaptarse a las necesidades de los emprendedores en las condiciones actuales. Se

crea la Ley de Sociedad Limitada Nueva Empresa o SNLE [7/ 2003], cuyo objeto es “la

creación de empresas, basándose en el uso intensivo de las tecnologías de

149 La UE, incluyendo a los quince países que la conforman a esa fecha.

57

información y las modificaciones que supone la puesta en marcha de una forma mas

rápida y menos costosa”150.

En la disposición adicional octava de esta ley, se incluye el concepto de Documento

Único Electrónico [D.U.E.] : “aquél en que se incluyen todos los datos referentes a la

sociedad Nueva Empresa que, de acuerdo con la legislación aplicable, deben remitirse

a los registros jurídicos y las Administraciones Públicas competentes para la

constitución de la sociedad”151. Esta herramienta se remitirá mediante técnicas

electrónicas, informáticas y telemáticas, permitiendo que el registro mercantil, los

notarios y registradores y hacienda, estén conectados entre si telemáticamente152.

Con esta ley se busca principalmente la simplificación administrativa, con el fin de

ahorrar tiempo a los nuevos emprendedores al constituir su empresa. Ello gracias a

que se crea una nueva estructura, de información y asesoramiento, que facilita la

agilización de papeles y el desplazamiento, “la SLNE prepara todos los tramites y

recopila toda la información electrónicamente, pero también depende de intervenciones

humanas”153. Las intervenciones humanas constituyen pequeños obstáculos que

distorsionan en cierta medida el proceso, haciéndolo mas impredecible a consecuencia

de los errores o lagunas, que con el tiempo se irán subsanando.

Otra Ley fundamental en el tema de la instalación de empresas en España es la Ley

19/2005, de 14 de noviembre, sobre sociedad anónima europea (SE) domiciliada en

España. Mediante esta Ley se incorpora la SE al Registro Mercantil español,

permitiendo la aplicabilidad de este tipo de empresa y la efectividad de las normas

comunitarias en territorio español.

La SE se constituye a partir de154:

1. Fusión: por absorción entre empresas de distintos Estados de la UE.

2. Constitución de una nueva sociedad holding: compuesta por dos o más

sociedades de la UE que conservan su personalidad jurídica 150 Simplificación Administrativa para la Creación de Empresas. Proyecto dirigido por Ramón Lasanta (CESGA). Unión Europea. Diciembre 2006. Pág. 51. <http://ichnos.e-negociogalicia.com/component/option,com_docman/task,doc_download/gid,27/Itemid,27/ lang,ga/> (34) 151 Ob. cit. Pág. 52. 152 Ob. cit. 153 Ob. cit. Pág. 52. 154 Mauricio Crea. “A Examen” (046-047). Sociedades Anónimas Europeas. Empresas sin Barreras. Revista Ideas y Negocios. España, 19 de Septiembre de 2007. <http://portalideasynegocios.com/portadas/pdf/046-047Aexamen-n57.pdf> (50)

58

3. Creación de una filial, siempre que, al menos dos de las sociedades que participan en la operación estén sujetas al ordenamiento jurídico de distintos estados miembros o tengan una filial o una sucursal que se rija por un ordenamiento jurídico distinto a la matriz (desde por lo menos dos años antes)

4. Transformación de la empresa, cuando la empresa haya tenido una filial sujeta al ordenamiento jurídico de otro estado miembro durante, al menos, dos años. Por este medio se mantiene la misma personalidad jurídica.

Para la constitución de la SE se requiere un capital mínimo de 120.000 euros. Al igual

que cualquier sociedad anónima española, su constitución debe inscribirse en el

Registro Mercantil y publicarse. Además, debe publicarse su inscripción en el Diario

Oficial de las Comunidades Europeas. Por tanto, implica ciertas formalidades

adicionales para su constitución, pero, en la práctica significa facilitar y fomentar el

desenvolvimiento de una sociedad anónima en el ámbito comunitario.

Por otro lado, en cuanto a la simplificación del proceso de constitución de una empresa

en general, en España ya ha comenzado a implementarse la iniciativa denominada

“Ventanilla Única Empresarial”, “programa de simplificación administrativa de las

condiciones para la creación de empresas, impulsado conjuntamente por todas la

Administraciones Públicas (Administración General del Estado, Comunidades

Autónomas, Administraciones Locales) y las Cámaras de Comercio”155, apuntando con

ello al logro de varios de los objetivos de la política empresarial comunitaria. En

especial en relación con una puesta en marcha menos costosa y más rápida.

La Cámaras de Comercio constituyen centros integrados de tramitación y

asesoramiento al empresario. En una primera fase, las Cámaras, orientan sobre el

proyecto empresarial, los medios de financiación, las posibles formas jurídicas, ayudan

a crear una empresa, señalando los requisitos y trámites necesarios para su creación.

Luego, en una segunda fase, se incorpora Internet, permitiendo el acceso al

asesoramiento y tramitación a través de la Ventanilla Única Empresarial Virtual156.

El programa Ventanilla Única, en España, se ha desarrollado a través de acuerdos

plurales de colaboración entre las Administraciones e Instituciones participantes a

contar de abril de 1999, hasta la fecha. Actualmente se sigue implementando este

programa para lograr de mejor manera sus objetivos. Ya se han inaugurado 26 155 Gobierno de España. Administración General del Estado. Ventanilla Única Empresarial Virtual. Información sobre Ventanilla Única Empresarial Virtual http://www.vue.es/. Pág. visitada 7 mayo 2007. (36) 156 Ob. cit.

59

Ventanillas Únicas Empresariales en 12 Comunidades Autónomas, y se ha previsto la

futura incorporación del resto de Comunidades y la ampliación de la red de oficinas de

servicio del emprendedor157.

En España existe una página Web158 especialmente destinada a las PYMEs,

promovida por el Ministerio de Industria, Turismo y Comercio, la Secretaría General de

la Industria, la Dirección general de Política de las PYMEs y otras sociedades

colaboradoras159. Es un medio accesible a cualquier persona e implica una vía de

apoyo informativo a quienes desean formar o ya forman parte de una PYME. Esto

constituye un aporte, que fomenta el espíritu empresarial, promoviendo los objetivos de

la UE, especialmente los establecidos en la Carta de las pequeñas Empresas,

mencionada anteriormente en este trabajo.

Por este medio, se hacen posibles, metas específicamente enumeradas en la Carta:

mejoramiento de acceso en línea, disponibilidad de habilidades por medio de la

formación y consultoría, promoción de la capacidad tecnológica, modelos de empresa

electrónica próspera y apoyo de alto nivel. Siempre en relación con la pequeña y

mediana empresa.

La página Web antes descrita contiene la información necesaria para orientar a aquella

persona que deseare crear una PYME o ya la tuviese, en cuanto al procedimiento de

constitución, financiación, contratación, cooperación, innovación, estadísticas y toda la

asesoría que requiriere para poder instalarse o mantenerse, conociendo las distintas

posibilidades y oportunidades a las que puede optar.

Concretamente, para iniciar una empresa en España, hay que distinguir si se trata de

una persona natural o física (empresario individual, una comunidad de bienes, una

sociedad civil) o una sociedad mercantil (sociedad anónima, comandita, de

responsabilidad limitada)160.

157 Ob. cit. 158 <http://www.ipyme.org/> 159 Compañía Española de Reafianzamiento (CERSA), Empresa Nacional de Innovación. ENISA, Sociedad Estatal para el Desarrollo del Diseño y la Innovación. DDI. 160 Para más información, ver texto de la Comisión Europea: Empresa e Industria. Publicaciones. Empresa Europa en línea. Espíritu Empresarial. Ventanilla Única para la Constitución de Nuevas Empresas. Descargas. Descarga de Documentos. Guía General Completa. <http://www.vue.es/vuev/Antes.nsf/crear?openFrameset> (37)

60

El empresario individual, no debe realizar ningún trámite previo para adquirir su

condición de empresario individual. Sólo requiere iniciar sus actividades, con las

declaraciones necesarias para regularizar su situación tributaria, ante el Fisco, más la

afiliación al Sistema de Seguridad Social con un número que se le asignará para estos

efectos161.

En el caso de la Comunidad de bienes sólo requiere la celebración del contrato por el

cual se constituye y las declaraciones fiscales y afiliaciones en la Seguridad Social

correspondiente, al igual que la persona natural.

La sociedad colectiva comercial, la sociedad de responsabilidad limitada y

comanditaria, siguen similares pasos de declaración y afiliación más los trámites de

constitución, registro y publicidad que culminan con la inscripción de la escritura

pública de constitución en el Registro Mercantil.

La sociedad anónima, de responsabilidad limitada y comanditaria requieren

adicionalmente un desembolso bancario mínimo exigido por la Ley a nombre de la

sociedad.

Se incluyen dentro de los trámites de toda empresa, la inscripción en el Registro de

Propiedad Inmobiliaria y/o Registro Industrial y la adquisición de la Licencia Municipal

de Obras y de la Licencia Municipal de Apertura (orden de comprobación de que la

solicitud del administrado es conforme con las normas de uso previstas en los planes

de urbanismo), para la realización de cualquier tipo de obras en locales, naves,

edificios, etcétera162. La inscripción en el Registro de Propiedad Inmobiliaria se hace

respecto de los derechos reales que la empresa tenga sobre un inmueble y la

inscripción en el Registro Industrial, junto a la autorización de puesta en marcha de la

actividad industrial, en caso que se trate de una Propiedad Industrial.

161 El Régimen especial de Autónomos de la Seguridad Social es obligatorio para empresarios individuales y comunidades de bienes y opcional para trabajadores de cooperativas. La afiliación y alta se harán dentro de los 30 días naturales siguientes al alta en el IAE. De acuerdo al texto del Gobierno de España. Ministerio de Turismo, Industria y Comercio. Secretaría General de Industria. Dirección General de Política de la Pequeña y Mediana Empresa. Emprendedores Empresas. Creación de Empresas. Proceso de Constitución y trámites a seguir para la puesta en marcha de una empresa.

<http://www.ipyme.org/IPYME/es-ES/EmprendedoresCreacionEmpresas/CreacionEmpresas/> (38) 162 Gobierno de España. Ministerio de Turismo, Industria y Comercio. Secretaría General de Industria. Dirección General de Política de la Pequeña y Mediana Empresa. Emprendedores Empresas. Creación de Empresas. Proceso de Constitución y trámites a seguir para la puesta en marcha de una empresa. (38)

61

A modo de síntesis, en España, los trámites administrativos que debe hacer una

empresa para establecerse y poder iniciar sus actividades formalmente, no difieren

sustancialmente de la situación de Chile, y, en ambos casos la tendencia es a

simplificar y facilitar la burocracia, por medio del mecanismo de ventanilla única y la

utilización de Internet163.

163 Los trámites administrativos de apertura y formalización de una empresa, incluyen:

a. Declaración previa, ante la Administración de Hacienda, del inicio de operaciones. b. Obtención de Licencia de Obras Mayores y Menores, de acuerdo a la Ley de Suelo y reglamentos

urbanísticos. Los procedimientos y la documentación necesaria varían dependiendo del municipio, lo cual deberá consultarse en el Ayuntamiento correspondiente en España. En el caso que, para la puesta en marcha de la empresa, sea preciso llevar a cabo obras en los locales o terrenos en los que va a ejercer su actividad, será preciso solicitar del Ayuntamiento correspondiente la Licencia de Obras. La concesión de esta Licencia supone el reconocimiento, por parte del Ayuntamiento correspondiente, de la adecuación de las obras que se proyectan realizar con la normativa urbanística vigente. Se requerirá la Licencia de Obras mayores cuando las obras a realizar supongan una modificación o alteración de la estructura del local. Para ello se deberán adjuntar: un ejemplar del proyecto visado por el Colegio Oficial de Arquitectos y una presentación ante el registro del Ayuntamiento de la Instancia Oficial de Solicitud de licencia y de la liquidación provisional del pago de tasas. Para las obras menores (aquéllas que no suponen alteración de la estructura local), se deberá acompañar, a la solicitud de la Licencia de Obras, un presupuesto de la obra a realizar y la liquidación provisional del pago de tasas.

c. Obtención de Licencia de Actividad Clasificada y no Clasificada. A través de esta licencia, se faculta la puesta en uso de los edificios, locales o instalaciones, previa constatación por parte de los Servicios Técnicos de Ayuntamiento en cuanto a que dichas construcciones han sido efectuadas de conformidad y y se encuentran debidamente terminadas y aptas, según las condiciones urbanísticas, ambientales y de seguridad de su destino específico. Se requiere licencia de actividad para el ejercicio de toda actividad económica en un local de negocio, excepto cuando se realiza una actividad profesional, artesanal o artística en despacho o consulta establecida en la propia vivienda del titular, siempre que no disponga de maquinaria u otros elementos susceptibles de originar molestias y no se ejerza la venta directa al público. Para estos efectos, las actividades clasificadas son aquellas que, por sus características, originan molestias o peligros para la tranquilidad, seguridad o salubridad generales. Esta licencia de actividad debe solicitarse por los titulares de la actividad económica previamente al ejercicio o puesta en marcha de la misma, debiendo acreditarse la liquidación de las tasas mediante la oportuna carta de pago.

d. Declaración y pago del Impuesto de Actividades Económicas (I.A.E). Impuesto anual, derivado del mero ejercicio de actividades empresariales, profesionales o artísticas, en el territorio nacional. Los coeficientes e índices a aplicar sobre las cuotas mínimas municipales de las tarifas del impuesto, son fijadas por los Ayuntamientos y son diferentes en cada municipio.

e. Declaración Censal de Inicio de Actividad. Debe presentarse por empresas y profesionales, con anterioridad al inicio de la actividad, en la Administración de Hacienda correspondiente a su domicilio fiscal.

f. Afiliación a la Seguridad Social. Se hace en la Tesorería General de la Seguridad Social, la cual, mediante la afiliación, reconoce a quien por primera vez realiza una actividad determinante de su inclusión, la condición de incluida en el Sistema de la Seguridad Social. Toda persona que cause alta en el Impuesto de Actividades Económicas para ejercer una actividad comercial, industrial o de servicios, deberá inscribirse en el Régimen Especial de los Trabajadores Autónomos. Además de solicitar el alta en el Régimen Especial de Autónomos, los empresarios individuales que contraten trabajadores a su servicio deberán inscribirse como empresa en la Seguridad Social y dar de alta a dichos trabajadores en el Régimen General. La afiliación se llevará a cabo en la provincia donde se ejerza la actividad, dentro de los treinta días naturales siguientes al de

62

Todos estos trámites, similares en términos genéricos a la tramitación que debe

realizar todo futuro empresario para constituir su empresa, conforme a los países que

se han estudiado en este trabajo, se ven enormemente simplificados en el caso de La

Sociedad Limitada Nueva Empresa (SLNE) 164.

nacimiento de la obligación. La solicitud de afiliación se efectuará en la Administración de la Seguridad Social correspondiente.

g. Inscripción de la empresa en la Seguridad Social. Esta inscripción la debe realizar toda persona física o jurídica por cuya cuenta trabajen personas incluidas en el Régimen General, previamente al inicio de la prestación de sus servicios. Mediante la inscripción, la Tesorería General de la Seguridad Social asigna un número único de inscripción por cada provincia en la cual el empresario tenga centros de trabajo o por cada actividad distinta, aunque se encuentre en la misma provincia.

h. Formalización de los Contratos de Trabajo, los cuales, una vez escriturados, deben registrarse en la Oficina de Empleo.

i. Comunicación de apertura de Centro del Trabajo. Comunicación a la autoridad laboral correspondiente, cuando el empresario tiene trabajadores a su cargo, de la apertura de un centro de trabajo o la reanudación de su actividad después de alteraciones, ampliaciones o transformaciones de importancia. La comunicación debe efectuarse dentro de los treinta días siguientes a la apertura de un centro de trabajo o reanudación de la actividad en los casos descritos.

j. Adquirir y sellar, en la Dirección Provincial del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, el Libro de Visitas, que deberá tener la empresa a disposición de la autoridad laboral en cada Centro de Trabajo, independientemente si tiene o no trabajadores a su servicio.

Síntesis extraída del texto de la Comisión Europea. Empresa e Industria. Publicaciones. Empresa Europa en línea. Espíritu Empresarial. Ventanilla Única para la Constitución de Nuevas Empresas. Descargas. Descarga de Documentos. Guía General Completa. (37) 164 La Sociedad Limitada Nueva Empresa (SNLE) es una sociedad de responsabilidad limitada con las siguientes características:

- La denominación social se compone de los dos apellidos y el nombre de uno de los socios fundadores, seguido de un código alfanumérico y de la mención "Sociedad Limitada Nueva Empresa" o las siglas "SLNE".

- El capital social no podrá ser inferior a 3.012 euros ni superior a 120.202 euros, y sólo podrá ser desembolsado mediante aportaciones dinerarias.

- El objeto social es genérico para permitir una mayor flexibilidad en el desarrollo de las actividades.

- Sólo podrán ser socios de una S.L.N.E. las personas físicas. En la constitución, el número de socios no podrá ser superior a 5.

- Los miembros del Órgano de Administración deberán ser socios.

- Para su constitución existe la posibilidad de realizar los trámites de constitución y puesta en marcha por medios telemáticos mediante el Documento Único Electrónico (DUE).

- Puede cumplir con las obligaciones contables y fiscales mediante un procedimiento simplificado a través de técnicas electrónicas, informáticas y telemáticas.

Texto: Gobierno de España. Ministerio de Industria, Turismo y Comercio. Secretaría General de Industria. Dirección General de Política de la Pequeña y Mediana Empresa. Interés Invest in Spain. Invertir en España. Establecerse en España. Sociedad Limitada Nueva Empresa. <http://www.interes.org/icex/cda/controller/interes/0,5464,5296169_5314224_5329169_0,00.html.>

63

Como se adelantó al inicio de este capítulo, la SLNE puede ser constituida por medios

telemáticos (utilizando Internet), mediante el Documento Único Electrónico (DUE),

donde, como se señaló anteriormente, se incluyen los datos importantes a la SLNE que

deben remitirse a los registros jurídicos y las Administraciones Públicas

correspondientes, de acuerdo a la ley vigente.

Esta forma de constitución, sustancialmente menos demorosa y menos costosa que la

constitución por la vía tradicional (debiendo acudir personalmente a las instituciones y

organismos correspondientes), se extiende a las Sociedades de Responsabilidad

Limitada en General (SRL) 165.

Lo primero que debe hacer el emprendedor de una SLNE o un SRL, es dirigirse a un

Punto de Asesoramiento e Inicio de Tramitación (PAIT).

El Punto de Asesoramiento e Inicio de Tramitación (PAIT)166 es el lugar en donde se

asesora al empresario para que inicie su proyecto empresarial, por medios telemáticos.

Para este efecto se utiliza el Sistema de Tramitación Telemática (STT) del Centro de

Información y Red de Creación de Empresas (CIRCE), un sistema informático de

tramitación de expedientes electrónicos, que, a través del Documento Único

Electrónico (DUE), llevará a cabo el intercambio de la documentación necesaria para

la creación de empresas167.

Página visitada el 14 de mayo de 2007. (39) 165 España. Real Decreto 1332/2006, de 21 de noviembre de 2006. 166 Puntos de Asesoramiento e Inicio de Tramitación (PAIT): oficinas dependientes de las Administraciones Públicas y entidades públicas y privadas, (Ley 30/2006 de 29 de diciembre) así como de colegios profesionales, organizaciones empresariales y cámaras de comercio (Real Decreto 682/2003, de 7 de junio). Para estos efectos, pueden realizar funciones de PAIT los centros de Ventanilla Única Empresariales (VUE).

“El PAIT tiene una doble misión: 1º Prestar servicios presenciales de información y asesoramiento a los emprendedores en la definición y tramitación telemática de sus iniciativas empresariales, así como durante los primeros años de actividad de la sociedad limitada Nueva Empresa. 2º Iniciar el trámite administrativo de constitución de la sociedad a través del Documento Único Electrónico (DUE)”. la Pequeña y Mediana Empresa. CIRCE. Pasos a seguir para la constitución telemática de sociedades. <http://www.circe.es/Circe.publico.web/articulo.aspx?titulo=Informacion.> Página visitada el 17 de mayo de 2007 (40). 167 Gobierno de España. Ministerio de Industria, Turismo y Comercio. Secretaría General de Industria. Dirección General de Política de la Pequeña y Mediana Empresa. Interés Invest in Spain. Invertir en España. Establecerse en España. Sociedad Limitada Nueva Empresa. Página visitada 14 de mayo 2007. <http://www.interes.org/icex/cda/controller/interes/0,5464,5296169_5314224_5329169_0,00.html >(39).

64

Los pasos a seguir para la constitución telemática de una empresa (SLNE o SRL),

son168:

a. Contactar con el PAIT más cercano para obtener la información necesaria y

rellenar el DUE. En el caso de la SRL, además debe reservar la denominación

social en el Registro Mercantil.

b. Obtener la documentación necesaria169.

c. Abrir una Cuenta Bancaria para el depósito del Capital Social Inicial. El banco emitirá un certificado para acreditar el cumplimiento de este requisito.

d. Acudir a la cita con el notario, previamente concertada en el PAIT, donde todos los socios deberán firmar la escritura de constitución.

e. Recoger la escritura inscrita en la notaría.

f. Recibir el CIF definitivo en el domicilio. Previamente existe la posibilidad de obtener el CIF provisional en la notaría, el mismo día que firman todos los socios.

g. Obtener el DUE definitivo, al cual se puede acceder y ser descargado del área restringida del portal CIRCE.

Todos estos pasos implican una tramitación muy simple, en que el empresario sólo

debe acudir a dos organismos: el PAIT y el notario, sin tener que utilizar formularios de

papel. El Sistema de Tramitación Telemática del Centro de Información y Red de 168 Gobierno de España. Ministerio de Industria, Turismo y Comercio. Secretaría General de Industria. Dirección General de Política de la Pequeña y Mediana Empresa. CIRCE. Pasos a seguir para la constitución telemática de sociedades. Página visitada 17 mayo 2007. <http://www.circe.es/Circe.publico.web/articulo.aspx?titulo=Informacion.> (40) 169 Documentos necesarios para la constitución telemática de una empresa: a) Fotocopia y original DNI de todos los socios (Extranjeros: NIE Comunitario, NIE y permiso de residencia y trabajo por cuenta propia o NIE por asuntos económicos para socios únicamente capitalistas). b) Fotocopia y original DNI de todos los trabajadores (Extranjeros: NIE Comunitario o NIE y permiso de residencia y trabajo). c) Fotocopia y original Tarjeta de la Seguridad Social de los socios administradores o trabajadores, u otro documento que acredite el nº de afiliación a la Seguridad social, en el caso de que ya estén afiliados. d) Fotocopia y original Tarjeta de la Seguridad Social de todos los trabajadores, u otro documento que acredite el nº de afiliación a la Seguridad social, en el caso de estar afiliados. Epígrafe A.E. (Actividades Económicas) (preguntar el la Agencia tributaria que AE corresponde). e) Datos personales de los socios (Y cónyuges: DNI y Régimen matrimonial). f) Datos del domicilio de la empresa y de la Actividad (Incluido: metros cuadrados del lugar de la actividad, Código Postal y Teléfono). g) Porcentajes de participación en el capital social y Administradores. h) Para adscripción al Régimen Especial de Trabajadores Autónomos: Base de Cotización elegida y Mutua de IT (Incapacidad Temporal). i) Nº de Cuenta Bancaria (particular), para la domiciliación del ITP-AJD (Impuesto de Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados) en caso de aplazamiento y para el pago al RMP (Registro Mercantil Provincial), en el caso de que opte por esta modalidad. j) Tarjeta de crédito, si elije este sistema para realizar el pago del RMP y el RMC. k) En el caso de la SRL, si se elije la opción de prepago al RMC (Registro Mercantil Central) para la reserva de denominación social, se deberá aportar el justificante del pago realizado de 13,94€. Dicho importe deberá ingresarse, con anterioridad a la tramitación, en la siguiente cuenta:Nº de Cuenta RMC: 0049 5119 17 2317030510.- Banco Santander Central Hispano. En el documento de pago debe constar: Nombre, apellidos y DNI del Socio que aporta el Nombre a la Denominación Social. Concepto: Denominación SLNE. Beneficiario: Registro Mercantil Central. l) Para contratación de trabajadores: Contrato o acuerdo de contratación o autorización para cursar el alta en la Seguridad Social. m) Una dirección de correo electrónico si decide contratar los servicios de registro de Dominio y un número de tarjeta si se opta por esta forma de pago. Ob. cit. <http://www.circe.es/Circe.publico.web/articulo.aspx?titulo=Informacion.>

65

Creación de Empresas (STT-CIRCE) se hace cargo de la información vertida por el

futuro empresario para que constituya jurídicamente su empresa170.

170 Trámites específicos que se hace cargo el STT-CIRCE: 1) Cumplimentación del Documento Único Electrónico (DUE). 2) Reserva de la Denominación Social (Sólo SLNE). 3) Otorgamiento de la Escritura de constitución. 4) Solicitud del NIF provisional. 5) Liquidación del Impuesto de Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados. 6) Inscripción en el Registro Mercantil Provincial (RMP). 7) Trámites en la Seguridad Social. 8) Expedición de la Escritura inscrita. 9) Solicitud del CIF definitivo. Ob. cit. <http://www.circe.es/Circe.Publico.Web/Articulo.aspx?titulo=Como+realizar+un+tramite>

66

IV. LA PEQUEÑA EMPRESA EN CANADA

a) CARACTERIZACIÓN DE LA PYME EN CANADA: 171

Tal como ocurre en Chile y el mundo, la definición de Pequeña Empresa en Canadá,

puede obedecer a diversos criterios: el nivel de sus ventas o cargamentos, su ingreso

neto o bruto, el tamaño de sus activos o el número de sus trabajadores.

La Asociación de Banqueros de Canadá172, acorde a sus propios requerimientos,

califica como pequeña empresa, a aquélla que se le concede autorización para un

préstamo, inferior a 250.000 dólares canadienses173.

La Corporación de Desarrollo de la Exportación174, en Canadá, define como pequeña o

exportadora emergente a aquélla empresa cuya exportación no alcanza el millón de

dólares canadienses.

En cambio, la Industria de Canadá, utiliza generalmente una definición basada en el

número de trabajadores. Considera como micro empresa, aquélla con menos de 5

trabajadores. Como pequeña, a las empresas de bienes con menos de 100

trabajadores, y, a las empresas de servicios con menos de 50 trabajadores. Por sobre

esas cantidades y hasta 499 trabajadores, la empresa es considerada mediana175.

A pesar de lo señalado anteriormente, en la práctica, rara vez, las empresas adhieren a

alguna definición estrictamente, coincidiendo con los criterios de una definición, pero

no de otra, para catalogarse como micro, pequeña o mediana empresa.

171 Key Small Business Statics. Industry Canada. Multimedia and Editorial Services Section. Communications and Marketing Branch. Industry Canada Room 252D, West Toser 235 Queen Street Ottawa ON K1A 0H5. Julio 2005. Página 3. <www.strategis.gc.ca/sbstatistics> (1) 172 Canadian Bankers’Association (1) 173 Un dólar canadiense, equivale aproximadamente a $467 chilenos. En la base de datos del Banco Central, el tipo de cambio nominal, de un dólar canadiense, a marzo del 2008, equivale a $467,0500 chilenos. <http://si2.bcentral.cl/Basededatoseconomicos/951_455.asp?f=M&s=TCN_DOLAR_CANAD&idioma=&c=n&d=4> 174 Export Development Corporation (1) 175 El término que reúne a las pequeñas y medianas empresas es “SME” (small and medium-sized enterprise), incluye a todas las empresas con menos de 500 trabajadores, según la Industria de Canadá. (1)

67

b) SITUACION DE LA PYME EN CANADA

i. Estadísticas y análisis general de su situación 176 El Registro de Estadísticas Comerciales de Canadá (Business Register of Statistics

Canada)177 mantiene una cuenta de los establecimientos comerciales y publica sus

resultados dos veces al año. Algunas empresas establecidas pueden pertenecer a la

misma compañía y cada compañía tiene al menos un establecimiento de negocios.

Para que una empresa individual sea incluida en la estadística (Statistics Canada’s

Business Register)178, la compañía debe al menos tener uno de los siguientes criterios

mínimos: Tener al menos un empleado pagado (con descuentos por planilla remitidas a

Canada Revenue Agency o Renta Québec), tener rentas anuales de 30.000 dólares

canadienses, o ser incorporado y tener archivado el retorno de impuestos de la

corporación federal al menos una vez en los tres años anteriores.

De acuerdo con la estadística antes citada, desde junio de 2005 hay más de 2.2

millones de empresas establecidas en Canadá. Cerca de la mitad de los

establecimientos son llamadas empresas empleadoras (employer businesses) porque

mantienen a lo menos una planilla de al menos una persona (posiblemente el dueño).

La otra mitad es clasificada como “indeterminada”, ya que ellos no tienen ningún

trabajador registrado en Canada Revenue Agency.

176 Key Small Business Statics. Industry Canada. Multimedia and Editorial Services Section. Communications and Marketing Branch. Industry Canada Room 252D, West Toser 235 Queen Street Ottawa ON K1A 0H5. Julio 2005. Página 7. <www.strategis.gc.ca/sbstatistics>. (51) 177 Ob. cit. How many businesses are there in Canada. Página 3. Estadísticas Canadá (Statics Canada) usa cuatro unidades de negocios estándares para compilar estadísticas. Los establecimientos cuya información se publica son las unidades o grupos más pequeños y deben producir un conjunto homogéneo de bienes y servicios, no deben cruzar los límites provinciales y deben proporcionar información sobre el valor de la producción que sale en conjunto con el costo de las principales contribuciones introducidas, junto con el costo y cantidad de recursos laborales utilizados para producir las salidas.

“Statistics Canada uses four standard statistical business units for purposes of compiling statistics. Establishments are the smallest unit/grouping for which data are published. Establishments must:

a) produce a homogeneous set of goods or services; b) not cross provincial boundaries; and c) provide data on the value of output together with the cost of principal intermediate inputs used, along with the cost and quantity of labour resources used to produce the output”. 178 Ob. Cit.

68

Tales empresas pueden, en efecto, no tener fuerza de trabajo (puede tratarse de

simplemente de entidades de papel, que, no obstante, tienen uno de los criterios que

las hacen reconocerse como empresa establecida) o ellos pueden tener como

trabajadores contratados, a miembros de la familia y/o sólo a los propios dueños de la

empresa. La categoría indeterminada (indeterminate category) fue creada por la falta

de acceso a la información acerca de la fuerza de trabajo.

El Registro de Estadísticas Comerciales de Canadá (Business Register of Statistics

Canada)179 usa cuatro unidades de negocios estándares para compilar estadísticas.

Los establecimientos cuya información se publica son las unidades o grupos más

pequeños y deben producir un conjunto homogéneo de bienes y servicios, no deben

cruzar los límites provinciales y deben proporcionar información sobre el valor de la

producción que sale en conjunto con el costo de las principales contribuciones

introducidas, junto con el costo y cantidad de recursos laborales utilizados para

producir las salidas.

Dentro de las 1.048.286 empresas empleadoras (employer businesses), un poco

menos de 3000 o cerca del 0.3% tiene más de 500 trabajadores. La gran mayoría de

las empresas empleadoras (98%) tienen menos de 100 trabajadores, cerca del 74%

tienen menos de 10 y 57% tiene sólo 1 a 4 trabajadores180.

Las empresas en Canadá, incluyen a quien trabaja por su propio negocio, con o sin

trabajadores. En este aspecto, podemos incluir una categoría especial de empresarios,

denominados self-employment o auto-empleados. Los self-emplyment o auto-

empleados son personas que ganan directamente de sus propias empresas, comercio

o profesión, más que un sueldo u honorarios específicos, pero que no incluyen

trabajadores sin remuneraciones, como en el caso de una microempresa familiar181.

Hay que distinguir entre “auto-empleado” y empresa establecida182. La denominación

"auto-empleado" es más comúnmente usada tal como es definida en el Stadistics

Canada's Labour Force Survey, donde es considerada como la fuerza de trabajo. Los

establecimientos o empresas establecidas (businesses stablishments) constituyen el

sujeto de estudio en esta estadística.

179 Ob. cit. 180 Ob. cit. 181 Ob. cit., pág. 25, “Who is self empleyed?”. 182 Ob. cit., pág. 7, “Where are the self-employed un this count of businesses”

69

Es fácil confundir a ambas, por la percepción de sentido común de que los trabajadores

auto-empleados operan sus propias empresas.

Por lo general, la tendencia hacia el incremento del auto-empleo se ha mantenido junto

con el crecimiento del empleo total. Existen contribuciones positivas al crecimiento del

nivel total de empleo en el sector privado. El porcentaje de contribución del auto-

empleo al empleo total, varía de 9% a 52% por año entre 1995 y 2005183.

En Canadá, un cuarto de todos los negocios, produce bienes y el resto provee

servicios. Las Pequeñas empresas (con menos de 100 trabajadores) proporcionan el

97% de los bienes y el 98% de todos los servicios. Considerando la definición de

pequeñas empresas, en el sector de los servicios, como aquéllas que cuentan con

menos de 50 trabajadores, el porcentaje que ocupan en relación con todas las

empresas de esta área, es de 95%.184

De acuerdo a la información proporcionada por SEPH data185, en cuanto a la

proporción y número de trabajadores186, en promedio, sólo 5 millones de empleados

con planilla de pagos o 48% del total de la fuerza laboral del sector privado, trabaja

para empresas pequeñas (con menos de 100 empleados). Cerca de 1,7 millones o

16% trabaja para empresas medianas (con menos de 499 y más de 100 trabajadores).

En total, los trabajadores de las PYMEs o SMEs canadienses ocupan el 64% del sector

de trabajadores del sector privado cubierto por SEPH data, lo que corresponde a 6,7

millones de trabajadores. Dentro de los trabajos que proporcionan las firmas más

pequeñas, la mayor cantidad se concentra en el comercio minorista, administrativo,

servicios de recolección de basura y re-intermediación y servicios de alojamiento y

comida. Las pequeñas empresas ocupan 2/3 del empleo en cinco industrias: sector de

salud no-institucional (89%), construcción (77 %), otros servicios (73 %), hotelería

(accomodation) y comida (68 %) y forestal (67%).

183 Ob. cit., pág. 29, “How has self-employment contributed to job creation?” 184 Estadística que considera las empresas que cuentan con trabajadores, descartando aquéllas en que el dueño es a la vez el único trabajador. Página 5. Ob. Cit. 185 SEPH data, año 2005. Banco de datos canadiense, conforme al texto: Key Small Business Statics. Industry Canada. Multimedia and Editorial Services Section. Communications and Marketing Branch. Industry Canada Room 252D, West Toser 235 Queen Street Ottawa ON K1A 0H5. Julio 2005. Página 12. <www.strategis.gc.ca/sbstatistics>.(51) 186 Ob. cit., pág. 12, How many people work for small businesses?

70

En sentido genérico, la contribución de las PYMEs canadienses a la creación de

empleo por medio del crecimiento empresarial, es importante, aportando alrededor del

50% de los nuevos empleos.

Otro aspecto a considerar es la remuneración de los trabajadores en las PYMEs

canadienses, en general, los trabajadores ganan menos en empresas más pequeñas.

Las empresas pequeñas (menos de 100 trabajadores) tienen una remuneración

promedio de 650 dólares canadienses. Las empresas medianas 759 dólares

canadienses y las grandes empresas 785.

La contribución de las pequeñas empresas en el producto interno de crecimiento en

Canadá, denominado en ese país Gross Domestic Product o GPD, ha sido

determinado por el Servicio de estadísticas del Gobierno de Columbia Británica

(Government of British Columbia’s statistical service o BC stats). La contribución de las

Pequeñas empresas constituye, en promedio, el 22% del GPD en Canadá.

La contribución económica de las empresas más pequeñas en Canadá, incluye su

aporte en las exportaciones y en la innovación. En 2002187, el 85% de las empresas

exportadoras son empresas pequeñas (con menos de 100 empleados) lo que

cuantitativamente, equivale al 20% del valor exportado. El promedio de exportación por

las empresas pequeñas es de 2,3 millones. Sólo el 1,4% del total de estas empresas,

exportan. En cambio el 27% de las empresas medianas son exportadoras y constituyen

el 15% de las empresas exportadoras, aportando 11,8 millones de dólares

canadienses.

En cuanto a la supervivencia de las pequeñas y medianas empresas, Sólo hay datos

del conjunto de ambas (PYMEs o SMEs), con 1 a 499 empleados. El número de

entradas de las empresas pequeñas y medianas va de 135.000 a 146.000 entre los

años 1991 y 1993, y el de salidas va desde 135.000 a 143.000, bajando a 125.000 en

el año 2003. En promedio, hay 8800 entradas netas (restando las salidas) al año

(Datos extraidos entre los años 1991 y 2003)188.

Estadísticamente, el porcentaje de micro y pequeñas empresas nuevas que sobreviven

o, en concreto, continúan operando después de cumplir con determinada antigüedad,

varía. Ambos tipos de empresas tienen, en conjunto, una tasa de sobrevivencia muy

187 Ob. cit., pág. 40 What is the contribution of small businesses to Canada’s exports? 188 Ob. cit., pág. 8, “How many businesses appear and disappear each year?”

71

baja (72% en un año, 46% en dos años y 46% en tres años, a contar de 1993). En los

años siguientes el porcentaje de declinación es más lento. Las microempresas son

más capaces de durar su primer año completo, a diferencia de las pequeñas

empresas. Las microempresas del sector público tienden a durar más en los primeros

dos años, y a mantener tasas altas de sobrevivencia después. Las empresas

dedicadas a los bienes tienden a durar menos que las dedicadas a los servicios189.

ii. Políticas e iniciativas del Gobierno a favor de la PYME en Canadá La Industria de Canadá y la Industria de Portfolio190 tienen variados programas e

iniciativas para proporcionar ayuda relacionada con distintas áreas, como el comercio

Aborigen, consumidores, industrias, regiones, pequeñas empresas, investigación,

ciencia y juventud.

De acuerdo al Resumen Ejecutivo del Gobierno de Canadá191, del año 2002, dentro de

las prioridades del Gobierno, se encuentra proveer mayores incentivos a las PYMEs

(SMEs) canadienses para que adopten y desarrollen innovaciones con tecnología de

vanguardia. Dicho documento señala que el Gobierno de Canadá considerará

proporcionar apoyo al Programa canadiense: “National Research Council Canada’s

Industrial Research Asistanse Program” para ayudar a las PYMEs (SMEs) canadienses

en su evaluación y acceso a la tecnología global.

Las prioridades del Gobierno de Canadá, conforme al texto “Industry Canada: Making a

Difference. Our Priorities for 2001–02”192, incluyen, el mejoramiento de la posición de

Canadá como un lugar preferente para la inversión doméstica y extranjera. Objetivo

que se reduce a un mejoramiento del clima de dicha inversión, el reconocimiento de

189 Ob. cit., pág. 8, “How long do small businesses survive?” 190 La Industria de Portfolio es un conjunto de once departamentos y agencias federales, unidas para promover los objetivos del gobierno canadiense de construir una economía basada en el conocimiento, en todas las regiones de Canadá y avanzar en las tareas del Gobierno y desarrollo de su agenda. Para más información ver Industry Canadá. Programs and Initiatives. Industry Portfolio.

<http://www.ic.gc.ca/cmb/welcomeic.nsf/ICPages/Portfolio> (65) 191 Goverment of Canada. Achieving Excellence. Investing in people, knowledge and opportunity. Canada’ s innovation strategy. Executive Summary. Febrero 2002. http://www.innovationstrategy.gc.ca (52)

192 Gobierno de Canadá. Industria de Canadá. Industry Canada: Making a Difference. Our Priorities for 2001–02 <www.ic.gc.ca/priorities> (53)

72

Canadá, como la opción al momento de elegir el lugar para invertir, el incremento de la

atracción y retención de la inversión multinacional en Canadá y el incremento de la

inversión por las PYMEs (SMEs) y por las empresas aborígenes.

Está claro que las PYMEs (SMEs) canadienses contribuyen a la inversión en Canadá,

y para que la inversión se incremente, es evidente la necesidad del Gobierno, de

centrar sus esfuerzos en facilitar la inserción y acceso de estas pequeñas empresas al

mercado.

Entre los países del G7193, Canadá ha tenido el crecimiento más veloz, en términos de

formalización de patentes externas y de trabajadores dedicados a R&D (research and

development).

Más aún, los gastos en R&D han sido incrementadas a un ritmo impresionante

logrando el segundo puesto entre los G7. Desde 1981, la capacidad innovativa de

Canadá ha crecido más rápido que la de Estados Unidos. –Pero, en tanto Canadá

partió desde una base inferior que la mayoría de los G7, habrá necesidad de mayores

esfuerzos para la innovación posterior.

Dos de las prioridades del Gobierno canadiense para su futuro son crear una cultura

innovativa e instalar la marca Canadá como líder mundial en innovación.

Los objetivos estratégicos en innovación están focalizados completamente sobre el

fortalecimiento de elementos necesarios para el logro de estas metas.

193De acuerdo a la enciclopedia web denominada Wikipedia, G7 significa: “a group of seven industrialized nations of the world, formed in 1976 when Canada joined the Group of Six (United States of America, France, Germany, Italy, Japan, United Kingdom)”. Actualmente se han ido sumando más empresas, llegando a G15: “The G15 is an informal group of nations composed by the current 15 leading economies of the world: USA, China, India, Japan, Germany, UK, Brazil, France, Russia, Italy, Spain, South Korea, Mexico, Canada and Indonesia. In 2008 these countries together comprised 73,33% of the world Gross Domestic Product (GDP) by Purchasing Power Parity (PPP). The number of members is not arbitrary. Every year some of the nations in this group trade positions among them in the GDP by PPP ranking. However, there is a huge gap between between the 15th and the 16th positions. In 2008 the economy of Indonesia (15th) was 44,377% larger than that of Taiwan (16th). Therefore, it is very unlikely that the economy of some of the lower ranked nations will surpass that of some of the G15 members in the next years. For this reason the G15 must remain being representative of the most relevant nations in the world economic scenario for long. The list below portrays the members of the G15 and their respective GDP by PPP in 2008 as estimated by the International Monetary Fund in 2007. All of the figures are in millions of International Dollars”. Wikipedia, The Free Encyclopedia. 10 de febrero de 2008. <http://en.wikipedia.org/wiki/G15>

73

iii. Tramitación burocrática o Red Tape En diversos estudios y en diversos organismos públicos y privados, se destaca la

importancia de reducir la tramitación burocrática o “Red Tape” para los países de habla

inglesa. Red Tape es una frese que se utiliza para referirse a las excesivas

regulaciones gubernamentales contra-productivas194.

El Red tape de hoy provoca una variedad de frustraciones, incluyendo el tener que

cumplir con reglas que no parecen tener sentido o que aportan poco en cuanto a

beneficios y sí mucho en cuanto a costos, como el hecho de perder tiempo esperando

en una fila para obtener el timbraje de un formulario o esperar indicaciones en el

teléfono; tener que meterse en un complicado lenguaje para comprender la forma de

cumplir las obligaciones; llenar rumas de innecesario papeleo y sufrir la incertidumbre

y demora que acarrea el estar esperando permisos y licencias, aspectos que

constituyen un fenómeno latente en todos los países estudiados en este trabajo.

En el caso de Canadá, la Federación de Empresarios Independientes (CFIB: Canadian

Federation of Independent Business) hace hincapié en esta situación, por medio del

texto “Prosperity Restricted by Red Tape“195, en el que enfatiza que si bien la

regulación es la herramienta dominante, además de los impuestos, que los Gobiernos

usan para provocar cambio y amoldar el comportamiento, excesiva regulación tiene

serias y negativas consecuencias para la prosperidad canadiense. Las nocivas

consecuencias incluyen, una limitación de las opciones de los consumidores,

incremento en los precios, empresarios frustrados, reducción en la productividad y

niveles de vida más bajos.

Como lo señala el texto antes señalado, aludiendo a una opinión del Comité de Trabajo

para las Pequeñas Empresas196, muchas regulaciones son desarrolladas y

194 En principio, Red Tape se refiere a la práctica tradicional en Inglaterra, de atar rollos de papeles legales con un cordón rojo, la cual inspira la expresión –del siglo XVII- "alfombra roja". Laura Jones, Tom Charette, Leanne Hachey, Shannon Martin, Pierre Emmanuel Paradis and Robert Taylor. Rated “R”. Prosperity Restricted by Red Tape. Canadian Federation of Independent Business. 2005 (54) 195 Ob. cit. Laura Jones, Tom Charette, Leanne Hachey, Shannon Martin, Pierre Emmanuel Paradis and Robert Taylor. Rated “R”. Prosperity Restricted by Red Tape. Canadian Federation of Independent Business. 2005 (54) 196 Small Business Working Committee Report to Ministers, Breaking Through Barriers, 1994. “Too many regulations are developed and administered with little consideration given to their impact on the competitiveness of small businesses. Government must regulate less, simplify paperwork, limit information requirements and get out of the way so that small business can focus on creating wealth and jobs. Reducing regulatory burden will save the government money and will yield tremendous benefits in terms

74

administradas con pequeña consideración de su impacto sobre las pequeñas

empresas y su competitividad. El Gobierno debe regular menos, simplificar el papeleo,

limitar los requerimientos de información y salir del camino para que las pequeñas

empresas puedan enfocarse en la creación de riqueza y trabajo.

Reduciendo las cargas de la regulación, el Gobierno salvará dinero y proporcionará

tremendos beneficios para la productividad y competitividad de las pequeñas

empresas.

Frente a esta situación, el Comité recomienda que el Gobierno Federal remueva las

regulaciones innecesarias, inefectivas o que impiden la competencia equitativa,

racionalizando la existencia de dichas regulaciones a través de departamentos y

animándose a una flexibilización de la regulación.

Pero en este aspecto, Canadá se encuentra en una situación afortunada, tal como se

ha querido enfatizar en este trabajo, un lugar que cuenta con pocos obstáculos, costos

y limitaciones gubernamentales, federales, provinciales y locales para realizar algún

acto o negocio que requiera autorización, como es el caso de la instalación de una

empresa.

A pesar de ello, como aquí se señala, la CFIB, sigue concentrando sus esfuerzos por

reducir la burocracia y tramitación innecesaria dentro del terreno industrial o comercial.

Esta federación de empresarios está trabajando junto a los gobiernos de Terranova y

Labrador, Nuevo Brunswick, Nueva Escocia, Québec, Ontario, Columbia Británica y

Ciudad de Winnipeg para reformar las prácticas regulares y para simplificar y reducir el

cumplimiento de cargas sobre las PYMEs o SMEs.

CFIB e Industry Canada están, a un nivel Federal, co-presidiendo el “Advisory Comitee

on Paperwork Burden Reduction” (comité sobre la reducción de las cargas del papeleo:

paperwork burden), compuesto de dueños de empresas y funcionarios de Gobierno

que buscan disminuir estas cargas sobre las PYMEs o SMEs e influir en el Gobierno

para que desarrolle métodos para la reducción sustancial del “Red Tape”.

of small business productivity and competitiveness. The Committee recommends that the federal government remove unnecessary, ineffective or uncompetitive regulations, rationalize existing regulations across departments and encourage regulatory flexibility.”

75

En el Presupuesto de 2004, el Gobierno canadiense se comprometió a trabajar con

grupos de pequeños empresarios para hacer reducciones moderadas al papeleo

burocrático.

El CFIB recomienda a los gobiernos seguir ciertos principios para lograr consistentes,

eficientes, sustentables y sistemáticos cambios de regulación en Canadá. Para ello,

indica un plan de diez puntos para una reforma de regulación efectiva. La propuesta

de la CFIB, de los 10 puntos para una Reforma Efectiva de las Regulaciones (Effective

Regulatory Reform) incluye197:

1. Medir la carga regulatoria actual.

2. Institucionalizar las medidas, para que éstas sean reportadas al público regularmente.

3. Imponer restricciones a los reguladores

4. Asegurar comunicación adecuada de las regulaciones actuales y las propuestas.

5. Focalizarse en áreas que lograrán mayor productividad.

6. Hacer de la regulación responsable (accountability) una prioridad política.

7. Considerar cuidadosamente la necesidad de nuevas regulaciones y considerar su impacto en las pequeñas empresas.

8. Mantener el cumplimiento flexible, proveyendo ejemplos básicos y lineamientos respecto a lo que –en lo fundamental- constituye cumplimiento y no cumplimiento.

9. Mejorar el Servicio al Cliente del gobierno.

10. Instituir la responsabilidad inversa (desde el gobierno hacia el Usuario) por puntualidad y comunicación.

Frecuentemente hay poca o ninguna flexibilidad para los empresarios, cuando ellos

van a cumplir sus obligaciones de papeleo. Sin embargo, los organismos reguladores

usualmente no especifican plazos para ellos mismos, en cuanto a la fecha de entrega

de las autorizaciones o de emisión de sus resoluciones, menos aún, establecen

castigos para sus fallas en cumplir esos plazos.

Esta asimetría debiera ser cambiada, de modo tal que los reguladores tengan también

plazos y sufran consecuencias cuando no los cumplen.

197 Laura Jones, Tom Charette, Leanne Hachey, Shannon Martin, Pierre Emmanuel Paradis and Robert Taylor. Rated “R”. Prosperity Restricted by Red Tape. Canadian Federation of Independent Business. 2005 (54)

76

En Canadá se han hecho variados intentos por parte del mismo Gobierno para palear

los efectos nocivos de la regulación excesiva que genera el Red Tape. Dentro de esos

intentos para palear los efectos del Red Tape, se incluyen: las numerosas revisiones

de las regulaciones de los gobiernos provinciales (numerous provincial government

regulation reviews); el Foro Federal Conjunto sobre Reducción de la Carga de Papeleo

(1994-1997) (The federal joint forum on paper burden reduction); los procesos de

revisión de regulaciones al comercio interno (the internal trade regulatory review

process) (1994-al 2005); la revisión de la recuperación federal de costos (the federal

cost recovery review) (1995-2005); el reporte de regulaciones especiales (the Smart

Regulations Report) (2004); entre otras medidas198.

Pero, lamentablemente, estas iniciativas no han sido fundamentadas ni sistematizadas

como para permitir un monitoreo continuo.

En concreto, en Canadá existen determinadas áreas que observan mayores

restricciones o regulaciones. Para ello se debe considerar el nivel de gobierno al que

se alude: federal, provincial o municipal, los departamentos, ministerios dentro de esos

gobiernos, las autoridades administrativas delegadas, las materias sobre licencias. Los

resultados de encuestas demuestran que en el nivel federal, las cinco mayores

dificultades, en cuanto al Red Tape, son: los requerimientos de los GST/HST (71%),

planilla de impuestos (CPP/QPP y El), impuestos a la renta (personales y de

corporación), Registro de Empleos (39%) y Estadísticas del Comercio Canadá

(Statistics Canada) (29%)199.

Como se puede apreciar, la mayoría de las áreas afectadas en el nivel federal, son las

relacionadas con los impuestos.

Los estudios de CFIB demuestran que el desarrollo de Canada Revenue Agency

(Agencia de Renta de Canadá), sobre categorías, incluyendo la disponibilidad de la

información, la simplicidad de la información y la buena disposición para proporcionar

interpretaciones, son materias que declinaron en los pasados cinco años200. De

acuerdo al mismo estudio, el tiempo gastado por las pequeñas empresas para cumplir

198 Ob. cit. 199 Ob. cit. 200 Ob. cit., la cual se remite al texto: Bruce, Doug. Canada’s Revenue Agency Five Years After: A Small Business Audit of the CRA.Toronto: Canadian Federation of Independent Business, 2005.

77

con las auditorías de Canada Revenue Agency (CRA)201, se ha incrementado desde

6.6 días en 2001 hasta 8.9 días en 2004.

Las materias más comúnmente citadas, en cuanto al Red Tape, a nivel provincial, son

las compensaciones de los trabajadores (59%), el PST/HST (54%) y los estándares en

el empleo (33%). Existen variaciones entre las diversas provincias de Canadá.

A nivel municipal, los asuntos más afectados o preocupaciones más citadas, son: la

administración de la propiedad y los impuestos de las empresas (56%); la renovación

de construcciones y permisos o licencias (44%) y las evaluaciones de la propiedad

(33%)202.

Conforme a todo lo señalado anteriormente, podemos ver una política que se dirige a

la reducción de la burocracia o Red Tape, impulsada en mayor medida por la

Federación Canadiense de Empresarios Independientes (CFIB). Por lo que se busca

reducir los costos y trámites para las empresas, a pesar que dicho objetivo se va

haciendo cada vez más difícil de acuerdo a las nuevas contingencias y necesidades

gubernamentales. Si bien a veces existe la necesidad de regular más de acuerdo con

una nueva contingencia, la tendencia es a la desregulación, en la medida de lo posible.

Una tendencia que favorece a los empresarios y, aún en mayor medida a los pequeños

empresarios.

iv. Proyecto “Biz Pal” En un esfuerzo de reducir la carga empresarial de cumplir con regulaciones multi-

jurisdiccionales, la Industria Canadiense (Industry Canada), en colaboración con otros

gobiernos, desarrollaron un proyecto denominado BizPal203.

Lanzado en la primavera de 2005, BizPal es una herramienta informática, basada en la

web (web-based tool) para identificar los permisos y licencias que las empresas

requieren, para los tres niveles de gobierno canadiense.

201 Auditorías de Canadá Revenue Agency, programas requeridos por dicha entidad. 202 Laura Jones, Tom Charette, Leanne Hachey, Shannon Martin, Pierre Emmanuel Paradis and Robert Taylor. Rated “R”. Prosperity Restricted by Red Tape. Canadian Federation of Independent Business. 2005 (54)

203 BizPal Bussiness Permits and Licences. http://www.bizpal.ca/. Página visitada entre marzo y abril 2007. (55)

78

BizPal es un servicio on-line que simplifica los procesos regulatorios para la

obtención de permisos, licencias y otros trámites, tanto desde el punto de vista

de los empresarios, como de los gobiernos y terceros proveedores de servicios

empresariales.

Fácil y conveniente, BizPal provee -a los empresarios o interesados en formar una

empresa en Canadá- acceso de una parada (one-stop) a la información de permisos y

licencias, en todos los niveles de gobierno.

Las principales metas del Servicio son, disminuir el tiempo de estudio de documentos y

ayudar a los emprendedores a iniciar actividades más rápido.

Para el Gobierno, BizPal da la seguridad de que las empresas-cliente (business client)

tendrán la información que necesitan para encontrarse con todos los permisos y

licencias, rápida y eficientemente.

También provee un modo de mejorar la experiencia de servicio (service experience) a

los empresarios (business client), ganando un margen competitivo por sobre otras

jurisdicciones que no cuentan con esta herramienta.

Actualmente, BizPal funciona como un proyecto de Industry Canada, en colaboración

con varios gobiernos locales y provinciales204.

El Servicio BizPal fue diseñado específicamente para las necesidades empresariales

de cada parte, y está siendo expandido rápidamente a través de Canadá205.

204 Jurisdicciones participantes del BizPal: Gobierno de Canadá (Industry Canada, Natural Resources Canada), Gobierno de Alberta, Gobierno de Columbia Británica (Kamloops, Kelowna), Gobierno de Manitoba (Brandon, Morden, Rural Municipality of Thompson, Rural Municipality of Stanley, Winkler, Winnipeg), Gobierno de Ontario (Ottawa, Regional Municipality of Halton, Regional Municipality of York), Gobierno de Saskatchewan (Arcola, Broadview, Canora, Carlyle, Churchbridge, Davidson, Dundurn, Esterhazy, Grenfell, Kindersley, Kipling, Langenburg, Melville, Moose, Jaw, North Battleford, Outlook, Oxbow, Prince Albert, Regina Rosetown, Saskatoon, Swift Current, Whitewood, Weyburn, Wolseley, Yorkton) Gobierno de Yukon (Carmacks Dawson City, Faro, Haines Junction, Mayo, Teslin, Watson Lake, Whitehorse). Ob. cit.

205 De acuerdo a la información obtenida en la página web oficial del proyecto Biz Pal: http://www.bizpal.ca, con el tiempo se han ido incluyendo las siguientes ciudades: BROCKVILLE (Gobierno de Ontario), GUELPH (Gobierno de Ontario), EDMONTON (Gobierno de Alberta), NORTH BATTLEFORD (Gobierno de Saskatchewan),YELLOWKNIFE (Gobierno de Northwest Territories, el cual se incluye con esta ciudad) WAWA (Gobierno de Ontario), TORONTO (Gobierno de Ontario), NEW TECUMSETH (Gobierno de Ontario),SUMMERLAND (Gobierno de Columbia Británica), ARMSTRONG (Gobierno de Columbia Británica), Columbia Británica (Gobierno de Columbia Británica). (55)

79

BizPal ayuda a generar una lista personalizada de los documentos que el interesado

necesite para los niveles de gobierno –local, provincial/territorial y federal- con los

cuales actuar, en orden a hacer crecer o empezar empresas.

Y si la empresa ya está operando, BizPal podrá ayudar a verificar que tiene todos los

permisos y licencias debidas.

El interesado puede acceder a BizPal presionando el vínculo correspondiente a la

página denominada “websites of participating governments” (portal de gobiernos

participantes).

Allí el interesado encontrará una ventana o panel que lo acompañará a través del

proceso de licencias y permisos empresariales.

Simplemente se deben responder las preguntas allí formuladas y BizPal proveerá la

información específica para la empresa.

Diseñada para la máxima conveniencia, BizPal reduce notablemente la cantidad de

tiempo que el interesado habría gastado en otra forma de averiguación de los trámites

a seguir.

BizPal tiene como beneficios principales, el ahorro de tiempo y energía, ya que permite

encontrar en una sola fuente todo lo necesario para construir e instalar adecuadamente

una empresa, y, por tratarse de un servicio on line, es posible acceder a éste, las 24

horas del día206.

BizPal contribuye a los esfuerzos gubernamentales de impulsar la eficiencia y ampliar

el servicio al cliente, permitiendo a los empresarios hacer muchos de los trámites por sí

mismos, previo a contactar al gobierno.

BizPal puede reducir significativamente el involucramiento del gobierno –y los gastos

asociados- mientras mejora la experiencia de servicio de los clientes, dando a la

municipalidad, región o provincia participante, los márgenes de competitividad que son

necesarios para atraer y mantener a las empresas en su área. Hechos que permiten

conseguir ventajas comparativas dentro de los distintos niveles de gobierno,

beneficiando directamente a la economía.

206 Ob. cit.

80

v. Otras iniciativas a favor de las PYMEs canadiens es Existen diversas otras iniciativas a favor de las PYMEs o SMEs canadienses. Entre

estas iniciativas, se encuentran:

1. Canadá Business, un servicio (storefront) de nivel nacional, lanzado en abril de

2005, es el primer lugar a donde los emprendedores debieran ir cuando

necesiten información, consejos y apoyo del gobierno, para la construcción de

sus empresas. Este servicio ofrece abundancia de importantes ofertas en

servicio a las empresas o negocios, desde los gobiernos federales, provinciales

y territoriales, a través de Canadá. Existen oficiales administrativos (officers)

que ayudan a los clientes a localizar servicios, averiguar reglas y regulaciones,

encontrar formularios, buscar grupos de financiamiento (funding) o de intereses

símiles, y más.

2. Canada Network of Wireless Centres (CWCnet), fundado en septiembre de

2003 por los cinco mayores centros inalámbricos, y liderada por el

Communications Research Centre Canada (centro de estudios

comunicacionales canadiense). El CWCnet aprovisiona a las PYMEs (SMEs)

con una infraestructura para mostrar y probar sus productos o servicios en el

mundo real (real-life enviroment). Esta etapa es esencial para asegurar la

calidad y la comercialización exitosa.

3. Industry Canada lanzó en abril de 2002 el Capital Leasing Pilot Project

(proyecto piloto de leasing), bajo el Acta denominada, Canada Small Business

Financing Act. Este proyecto piloto, de 5 años, tuvo por objeto financiar el

leasing (capital leasing) para costear la adquisición de varios tipos de equipos,

nuevos y usados, requeridos para el funcionamiento de una empresa. La meta

del Piloto es hacer el leasing más accesible para las empresas PYMEs (SMEs)

elegibles, especialmente aquéllas de empresarios nuevos y más jóvenes.

4. El acta Canada Small Business Financing Act (CSBFA) facilita el

financiamiento de deuda basado en evaluación (asset-based debt financing)

hasta por 250.000 dólares canadienses, para SMEs que tengan entradas hasta

por 5 millones de dólares canadienses al año. El objetivo del Programa CSBF

es incrementar la disponibilidad de aportes para establecer y expandir

modernización y mejoras varias, en las SMEs. Esto permite estimular a las

instituciones financieras a hacer sus servicios disponibles a las empresas

81

pequeñas. Industry Canada administra el Programa CSBF a través de una red

de alrededor de 1450 instituciones financieras (lenders) del sector privado, con

cerca de 15.200 puntos de servicio en todas las provincias y territorios.

5. La carga de papeleo –o Red Tape- sigue siendo un problema importante para la

pequeña industria. La iniciativa denominada Paperwork Burden Reduction

(PBRI / iniciativa para la reducción de la carga de papeleo) responde al

propósito del Presupuesto 2004 del Gobierno de Canadá, de crear un grupo de

trabajo de oficiales administrativos y representantes de las pequeñas empresas,

para medir el impacto de las regulaciones sobre los empresarios y lograr

reducciones verificables del papeleo.

6. Industry Canada, Statistic Canada y el Department of Finance Canada, están

trabajando juntos en un esfuerzo para obtener datos de financiamiento de las

SME. A este punto, los tres departamentos han establecido la SME-FDI, la

colección de datos más actual y comprehensiva sobre el financiamiento de las

SME.

7. SourceCAN. Lanzado en Junio de 2001, como un acuerdo colaborativo entre

Industry Canada, la Canadian Commercial Corporation y HyperNet Inc. Es un

mercado electrónico gratuito, que junta productos canadienses con cientos de

oportunidades de negocios desde los gobiernos y corporaciones domésticas y

extranjeras.

8. Strategis. Iniciada el 27 de marzo de 1996, es un programa de Industry Canada

para proporcionar un portal (website) para empresarios y consumidores. Ofrece

una amplia gama de productos de información.

9. Student Connections. Iniciada en marzo de 1996, provee entrenamiento

práctico para e-business (comercio o mercado electrónico) y uso de Internet,

para introducir a las SMEs a las oportunidades de negocios on-line. Student

Connections ayuda a las SMEs a fortalecer sus ventajas competitivas, local y

globalmente, creando una exitosa presencia en Internet. Una iniciativa de

Industry Canada, fundada desde la Youth Employment Strategy (estrategia para

el empleo de jóvenes), Student Connections lleva a los estudiantes a

prepararse como empresarios.

82

c) NORMAS Y BARRERAS DE INSTALACION DE UNA EMPRESA EN CANADA.

La creación de una nueva empresa puede tener correspondencia con la recepción de

un número de registro, o con la contratación de los trabajadores o con el primer

impuesto pagado. Pero la distribución de estos números en el registro de comercio

puede diferir sustancialmente entre distintos países, así como los procesos, trámites y

costos que significa poner en marcha una empresa, desde la idea en la mente del

emprendedor hasta el momento en que comienza a funcionar la empresa oficialmente,

con el registro y los requisitos legales exigidos según el país207. Lo importante, al

momento de iniciar una empresa, es que el empresario, partiendo de su idea, logre

poner en marcha su negocio y lograr los objetivos que ha tenido en mente: la recepción

del mercado para su producto o servicio, las utilidades, etcétera. Dichos objetivos son

los que lo incentivan a iniciar su empresa, pero que, en el caso de que existan muchas

dificultades, muchas restricciones y/o costos para lograr el inicio de actividades,

implican un desincentivo que detiene al emprendedor en la consecución de su

proyecto.

Canadá es uno de los países con menos restricciones a la hora de iniciar una empresa.

De acuerdo a un estudio internacional208, en que se comparan países de Norteamérica,

Asia-Pacífico y Europa, Canadá ocupa el segundo lugar en cuanto a los costos de la

actividad empresarial. El análisis hace referencia a los mayores o menores costos en

relación con Estados Unidos, país que se toma como patrón. Se incluyen en este

estudio los costos derivados de la instalación física de la empresa, costos laborales

(sueldos, prestaciones obligatorias y otras prestaciones que se dan a los trabajadores),

de transporte, energía y otros servicios e impuestos. El país que tiene menor costo de

instalación, considerando los diversos aspectos antes señalados, es Singapur, con una

ventaja del 22,3% en relación con Estados Unidos. Le sigue Canadá, con un 5,5% de

ventaja por un menor costo en relación con Estados Unidos. El país cuyo costo es

207 John R. Baldwin, Desmond Beckstead and Andrée Girard. The Importance of Entry to Canadian Manufacturing with an Appendix on Measurment Issues. Micro-Economic Analysis Division 24-B R.H. Coats Building, Ottawa K1A 0T6. Telephone: 1 613 951-3962. Fax: 1 613 951-5403. Catalogue No. 11F0019MIE — No. 189. ISSN: 1205-9153. ISBN: 0-662 32222-3 (56). 208 Competitive Alternatives. Opciones Competitivas, Guía de KGM sobre costes Internacionales de las Empresas. Edición 2006. www.CompetitiveAlternatives.com (visitado el 19 de noviembre de 2006). El estudio envuelve nueve países industrializados de Norteamérica, Asia del Pacífico y Europa: Alemania, Canadá, Estados Unidos, Finlandia, Francia, Italia, Japón, Reino Unido y Singapur (57)

83

mayor, es Alemania, cuyo porcentaje es de -7,4%, de desventaja, por costos

superiores, en relación a EEUU.

Para instalar una empresa e iniciar un negocio en Canadá, se requiere seguir varios

pasos, por medio distintos ministerios gubernamentales, en que se incluye, en el caso

de Québec, el registro de la empresa en el Ministerio de Renta de Québec y Canadá

(Ministries for the Income of Quebec and Canada), en la Comisión de Normas del

trabajo y la Comisión de Salud y Seguridad en el trabajo (Commission des normes du

travail y Commission de la santé et de la sécurité au travail)209.

Resumidamente, los pasos a seguir para instalar una empresa en Canadá,

específicamente en Québec, son210.

1. Decidir la jurisdicción: Federal, provincial, Americana o diferente.

2. Escoger el nombre de la compañía o empresa que sea distintivo, disponible y en conformidad con las normas legales vigentes.

3. Llevar afuera el chequeo de la disponibilidad del nombre seleccionado y del nombre dominante con los resultados de esto.

4. Reservar el nombre de la empresa cerca de la jurisdicción seleccionada y la jurisdicción en la cual se quieren concretar los negocios.

5. Registrar el nombre dominante (domain name).

6. Redactar los estatutos constitutivos de la compañía, las variadas formas y apéndices para maximizar las posibilidades.

7. Proceder al depósito de los estatutos de la compañía.

8. Obtener un registro corporativo: minutos de entrega (delivers minutes).

9. Organizar jurídicamente la compañía: nombrando a los administradores, los funcionarios, emitiendo acciones, etc.

10. Registrar la compañía cerca del gobierno de Québec.

Los pasos que siguen luego son, la obtención de los números de impuestos,

empleados, etc.

Para el registro de la empresa o compañía en la Agencia de Renta de Canadá, Nuevo

Brunswick, Nueva Escocia y Ontario (Canada Revenue Agency, New Brunswick, Nova

209 Datos extraídos del texto: Le petit guide juridique du nouvel entrepreneur. Reseau juridique du Québec.Canadá. Canadá, 15 ocubre 2001. Página visitada el 26 noviembre 2006. <http://www.avocat.qc.ca/affaires/iigentrepreneur.htm> (58). 210 Reserva Jurídica de Québec. Luc Audet. Les 28 avantages et inconvénients de l`incorporation. 31 de marzo de 2006. < http://www.avocat.qc.ca/affaires/iiavanageinc.htm > (59)

84

Scotia and Ontario) se puede utilizar de manera rápida y conveniente el servicio en

línea (Business Registration On-line)211. El servicio en línea permite al empresario

registrar de una vez el número correspondiente al negocio (Business Number) y los

cuatro programas principales del CRA (Corporation Income Tax, GST/HST: Goods and

Services/ Harmonized Sales Tax, Payroll Deductions, Import/Export accounts).

Programas destinados al pago de impuestos, armonizaciones de los impuestos a las

ventas, deducciones por planilla y contabilización de las importaciones y exportaciones.

También es posible registrarse o inscribirse para los programas de cuentas de Ontario,

Nueva Escocia, Nuevo Brunswik y Columbia Británica.

En el caso de Nueva Escocia, junto con los programas CRA, señalados anteriormente,

uno puede inscribirse en el Registro de Accionistas (Joint Stocks), en la cuenta de

Abordaje de Compensación de los Trabajadores de Nueva Escocia (Nova Scotia

Workers' Compensation Board account) y para adquirir variadas licencias y permisos

en Nueva Escocia.

En Ontario, junto con los programas CRA señalados, el empresario puede registrarse o

renovar el nombre del negocio con el Ministerio de los Servicios del Consumidor y

Empresario (Ministry of Consumer and Business Services). Puede además inscribirse

en las cuentas de Impuestos a las Ventas al Detalle (Ontario Retail Sales Tax),

Impuestos a la Salud del Empleador (Ontario Employer Health Tax) y en el Seguro

sobre el Lugar de Trabajo (Ontario Workplace Safety and Insurance Board) de Ontario.

En Columbia Británica, además de los programas CRA señalados, el empresario se

inscribe en la cuenta de Impuesto a las Ventas de Provincia (Provincial Sales Tax

account), en la cuenta de Impuesto Habitación de Hotel (Hotel Room Tax account), en

la cuenta Trabajo Seguro (WorkSafeBC account) y en la cuenta de Incorporación de

las Compañías BC (Incorporation of BC Companies account)212.

Es importante tener en cuenta que el registro en línea, por medio de Internet, de la

empresa o negocio (BRO: Business Registration On-Line) está diseñado para los

pequeños y medianos empresarios, quienes no necesitan de complejos requerimientos

para su registro.

211 Goverment of Canada. Canada Business. Services for Entrepreneurs. Goverment of Canada Online forms. Business Start-Up <http://canadabusiness.gc.ca/gol/cbec/site.nsf/en/bg00254.html> (60) 212 Ob. Cit.

85

Otras formas de efectuar el registro, además del BRO (Business Registration On-Line),

es directamente en la Agencia de Renta de Canadá (Canadá Revenue Agency), en la

cual se llena un formulario de registro y se lleva a cualquier Oficina de Servicios de

Impuestos (Tax Services Offices)213.

Específicamente, en el caso de Québec, para registrarse en los archivos administrados

por Renta Québec (Revenu Quebec), se debe completar el formulario para registro

“Application for Registration form LM-1-V” 214. Hay que distinguir si la empresa es

individual, es una sociedad colectiva o anónima215.

Para el empresario individual (persona natural) y las sociedades de personas (sociedad

colectiva o partnership), la constitución es hecha mediante el depósito de la

Declaración de Registro con el Secretario de la Suprema Corte, con el Inspector

General de las Instituciones Financieras o con Renta Québec (Revenu Québec). Dicha

declaración contiene la información enumerada bajo el título “Declaración de registro

de la empresa individual” o “Declaración de registro de la compañía” (“Déclaration

d'immatriculation des entreprises individuelles” o “Déclaration d'immatriculation des

sociétés”). El depósito debe ser hecho en 60 días a contar del inicio de actividades en

Québec, con el pago de los derechos requeridos.

Para las personas jurídicas216 sujetas a las leyes canadienses sobre sociedades

anónimas, el registro es automático. Se entiende realizado mediante el depósito del

acto constitutivo de la sociedad de personas, en el registro del empresario individual,

de las compañías y personas jurídicas. La declaración de registro es depositada con el

Inspector General en los 60 días, a contar de la constitución de la compañía, si la

213 Govermentof Canada. Canada Business. Services for Entrepreneurs. Goverment of Canada Online forms. Business Start-Up. Other Ways to Register. <http://www.cra-arc.gc.ca/tax/business/topics/bn/bro/alternate-e.html> (60). 214 Gobierno de Canadá. Québec. Revenu Québec. Guide to Registration. Required Documents. <www.revenu.gouv.qc.ca> (61) 215 Le petit guide juridique du nouvel entrepreneur. Reseau juridique du Québec.Canadá. Canadá, 15 octubre 2001. Página visitada el 26 noviembre 2006. <http://www.avocat.qc.ca/affaires/iigentrepreneur.htm> (58)

216 En francés se hace alusión a “personnes morales”, cuya traducción, de acuerdo al traductor en red WordLingo, es "personas jurídicas". < http://www.worldlingo.com/> (66)

86

Oficina de Registro está ubicada en Québec, o en los 60 días del inicio de actividades

con Québec217.

Para la certificación, o autorización del registro218, se requiere que el formulario sea

firmado por una persona autorizada, quien certifica que la información provista es

exacta.

Un formulario no firmado –o firmado por alguien no autorizado- no es válido y le será

devuelto, sin procesar.

El empresario podrá firmar el formulario de registro si es un individuo/persona natural,

un propietario individual (sole proprietor), o un socio (partner) de una sociedad

(partnership).

En todos los demás casos, quien firma debe presentar un documento que indique que

está autorizado para hacerlo en representación del individuo o sociedad.

En el caso de una corporación u otra entidad, el formulario puede ser firmado por el

presidente, el vicepresidente, secretario o tesorero –o por cualquier otro signatario

(signee) debidamente autorizado por el directorio (en este último caso, presentando

una copia de la resolución del directorio, para el efecto).

Revenu Quebec espera que el signatario sea capaz de responder preguntas acerca de

la identificación de su empresa, su registro para varios archivos o el procesamiento de

su formulario de registro.

Ciertas empresas pueden ser sujeto de requerimientos diferentes a los señalados

precedentemente. Es el caso de la empresa dedicada al combustible o tabaco, se

requiere un registro especial en otros archivos administrados por Revenu Quebec. Se

debe poseer un Certificado de Registro QST y completar el Formulario de Permiso

(Permit Application form: CA-27.1-V) para ser registrado con respecto a la Fuel Tax Act

y el Formulario de Permiso (Permit Application form TA-6.1-V) para ser registrado con

respecto a la Tobacco Tax Act y obtener el permiso específico requerido para su

actividad.

217 Le petit guide juridique du nouvel entrepreneur. Reseau juridique du Québec.Canadá. Canadá, 15 octubre 2001. Página visitada el 26 noviembre 2006. <http://www.avocat.qc.ca/affaires/iigentrepreneur.htm> (58) 218 Gobierno de Canadá. Québec. Revenu Quebec. Guide to Registration. Information abaut fuel and Tobacco. <www.revenu.gouv.qc.ca> (61)

87

El certificado de registro debe ser exhibido en la principal ubicación de su empresa y

una copia de ésta debe ser exhibida en cada uno de sus otros establecimientos. Para

el permiso de inicio o continuación el Ministerio puede requerir cierta seguridad como

condición.

Los combustibles principales son: petróleo crudo, combustible almacenado (bunker

fuel), gasolina, combustible de petróleo coloreado, combustible de petróleo no-

coloreado y combustible de aviones.

En el caso del Tabaco, el empresario está sujeto al Acta Impositiva del Tabaco

(Tobacco Tax Act) si, en Québec, vende, transporta, almacena, manufactura o importa

tabaco que vende o distribuye en Québec.

Como norma, quienes desarrollan cualquiera de estas actividades deben poseer un

Certificado de Registro QST y –en todos los casos- un permiso para cada actividad en

desarrollo y completar el Formulario de Permiso [Permit Application] (form TA-6.1-V)

para ser registrado con respecto a la Tobacco Tax Act.

Otro formulario relacionado al proceso de registro es la Solicitud para obtener licencias

(formulario CA-500-V), (“Application for a Licence and Decaes (form CA-500-V)”). Se

requiere conseguir una Licencia IFTA si el empresario está en un carrier establecido en

una provincia –tal como Québec, por ejemplo, o en un estado firmante del tratado

International Fuel Tax Agreement (IFTA/ acuerdo internacional sobre impuestos al

combustible) y opera algún vehículo motorizado especial usado, diseñado o mantenido,

para transporte de pasajeros o para fletes (y que no es exclusivamente para propósitos

recreativos).219

Se requiere además el registro en el formulario FP-2074-V para acogerse al Método

Rápido de Contabilidad para Pequeñas Empresas (“Election Resoecting the Quick

Method of Accounting for small Business). Bajo los sistemas GST/HST y QST, las

empresas pequeñas pueden usar el Quick Method of Accounting (QMA / método rápido

de contabilidad) para sus ventas imponibles anuales totales (mundiales).

219 Gobierno de Canadá. Québec. Revenu Quebec. Guide to Registration. Other forms relating to registration. <www.revenu.gouv.qc.ca> (61).

88

Empresas que califiquen pueden usar el QMA como un atajo para calcular el monto de

GST/HST y QST a remitir220.

Para las provincias de Ontario y Columbia Británica, luego del registro vía Internet, se

requieren permisos y licencias de acuerdo a los requerimientos de cada localidad.

En Columbia Británica existe un servicio considerablemente útil para el registro de la

empresa, el cual se denomina OneStop Services (Servicios de una sola parada)221.

El OneStop Business Registry (Registro de Empresas de 1 sola detención), es una

comunidad sectorial pública (public sector partnership) que ofrece un servicio integrado

de Registro de Empresas y Cambio de Dirección de Empresas, basado en un Número

de Empresa. El servicio obedece al interés que han tenido los empresarios por

décadas, de reunir a la gente de todos los niveles de gobierno en Canadá para trabajar

juntos hacia la reducción de la maraña burocrática (red tape) que implica la iniciación

de actividades empresariales. El OneStop Business Registry está haciendo justamente

dicha labor, de hecho es el primer servicio en Canadá que facilita el registro de

empresas en los tres niveles de gobierno (federal, provincial y municipal), permitiendo

de esta forma, por primera vez, el uso de la tecnología informática para la

transformación y mejoramiento de los servicios públicos.

El servicio de Registro de Empresas permite a éstas ser registradas simultáneamente

en agencias de múltiples sectores públicos y de gobierno local, en una sola etapa222.

220 Election Respecting the Quick Method of Accounting for Small Businesses (form FP-2074-V). Under the GST/HST and the QST systems, small businesses may use the Quick Method of Accounting if their total annual taxable sales (worldwide), including those of their associates, do not exceed $200,000 (GST/HST included) for the purposes of the GST/HST, and $215,000 (GST/HST and QST included) for the purposes of the QST. Amounts relating to the sale of capital real property (“immovable property” under the QST system), capital assets or eligible capital property (as defined by the Income Tax Act), or to the sale of financial services or of the goodwill of a business are not to be taken into account in the calculation of the total annual taxable sales of small businesses. Qualifying businesses may use the Quick Method as a shortcut for calculating the amount of GST/HST and QST to be remitted. Rather than calculating the amount to be remitted by subtracting input tax credits (ITCs) and input tax refunds. (ITRs) from the tax collected, you merely have to multiply your total taxable sales by the prescribed rate. Different rates have been established based on businesses’ general expenditures. Note that if you use the Quick Method, you may not claim ITCs and ITRs in respect of goods and services (other than capital assets). As a rule, you must use one rate for the GST/HST and a different rate for the QST. The rates to use are determined by the type of activities you carry on. However, if you make sales or have a permanent establishment in one of the provinces in which the HST applies, you may have to use more than one rate for the GST/HST. If you elect to use the Quick Method of Accounting, you must file the Election Respecting the Quick Method of Accounting for Small Businesses (form FP-2074-V). (61) 221 Canadá. Provincia de Columbia Británica. One Stop Services. <http://www.bcbusinessregistry.ca/introduction/services.htm >(62)

89

El servicio de Cambio de Dirección de Empresas (Business Address Change) permite a

la empresa notificar a agencias de múltiples sectores públicos y del gobierno local –

sobre un cambio de dirección- en una sola etapa.

El servicio de Número de Empresa (Business Number / BC) provee la habilidad, a cada

empresa BC (BC business) de interactuar con el sector público para que le sea

asignado un BN -un identificador único que hace más simple, fácil y conveniente el

trabajar con el sector público.

Entre otros beneficios, estos servicios hacen posible que la información empresarial

básica sea proveída solamente una vez, al relacionarse con dos o más agencias del

sector público en conjunto.

Si el empresario (“entrepreneur”) da permiso explícito para ello, la información provista

a la primera agencia es automáticamente transferida a la segunda agencia, sin tener

que re-ingresarla.

También, entre otros beneficios, los servicios on-line son agrupados lógicamente, de

acuerdo a las necesidades empresariales, aunque éstas provengan de diferentes áreas

del sector público.

Desde agosto de 2006, el Ministerio de Seguridad Pública y Autorización General para

el Control del Alcohol y Marcas Registradas (Public Safety and Solicitor General’s

Liquor Control and Licensing Branco) adoptó el BN (Business Number o número de

negocio) como común identificador. Los propietarios de licencias de alcohol actuales

pueden ahora renovar sus permisos on-line, usando el OneStop Business Registration

service.

Entre otras iniciativas, el servicio OneStop Business Registration está promoviendo el

BN como la base para la interacción de todo el sector público con las empresas; está

trabajando para integrar las nuevas cuentas empresariales del sector público (new

public sector business accounts) con los servicios y está motivando la adopción de un

mecanismo de autenticación para el beneficio de los empresarios.

Como se señaló en el capítulo precedente acerca de “Políticas e Iniciativas del

Gobierno a favor de las PYMEs en Canadá”, existe además, un proyecto de Industry

222 The Business Registration service enables a business to register with multiple public sector agencies and local government in one step. Ob. Cit.

90

Canada, que se ha ido expandiendo entre los distintos gobiernos locales y provinciales

del país. Un servicio informático que simplifica el cumplimiento de los procesos que

requieren las empresas para adquirir licencias y permisos. Es el servicio BizPal, el cual

proporciona al interesado la información necesaria para iniciar su empresa en Canadá,

por medio de un acceso en una sola parada (one-stop access)223. Biz Pal ayuda a

generar una lista personalizada de los documentos necesarios para que el empresario

aumente o inicie su negocio, en los tres niveles de gobierno. En caso que el

empresario ya esté operando, BizPal lo ayuda a verificar si tiene los permisos y

licencias correctamente.

Para acceder a BizPal se requiere entrar a la página de Internet correspondiente al

gobierno participante, donde un asistente informático Q&A, encaminará al usuario a

través del procedimiento requerido para obtener permiso y licencia con sólo responder

las preguntas concernientes al negocio específico.

BizPal constituye un mecanismo que permite reducir considerablemente los tiempos de

demora en los procedimientos para el cumplimiento de permisos y licencias,

beneficiando tanto a los empresarios, gobiernos y proveedores de servicios como a las

terceras partes en el negocio.

223Business Permits & Licences. Streamline business permits and licences with BizPaL <http://www.bizpal.ca/index_e.shtml> (63)

91

V. ESQUEMA COMPARATIVO: SITUACIÓN MIPYME EN CHILE, CANADÁ Y LA UE 224

DDAATTOOSS EESSTTAADDÍÍ SSTTII CCOOSS ((ppoorr sseeccttoorr eemmpprreessaarriiaall))

MMIIPPYYMMEE EENN CCHHIILLEE MMIIPPYYMMEE EENN CCAANNAADDÁÁ MMIIPPYYMMEE EENN LLAA UUEE

DEFINICIONES

(de acuerdo a volúmenes de ventas o servicios y/o

número de trabajadores)

MICROEMPRESA: con ventas inferiores a UF 2400 al año y número de trabajadores no supera los 4 en los sectores de Servicios, Comercio, Transporte y Almacenamiento y en el sector de Industria Manufacturera y Construcción, no supera los 9.

PEQUEÑA EMPRESA: con ventas superiores a UF 2400 e inferiores o iguales a UF 25.000. El número de trabajadores es de cinco o diez, según el sector, a cuarenta y nueve.

MEDIANA EMPRESA: con ventas superiores a los UF 25.000 hasta UF 100.000. El número de trabajadores va desde cincuenta a 199.

GRAN EMPRESA: con ventas superiores a UF 100.000 y número de trabajadores sobre 200.

MICROEMPRESA con menos de 5 trabajadores.

PEQUEÑA EMPRESA: empresas de bienes con 5 o más trabajadores y menos de 100 trabajadores, y, a las empresas de servicios con 5 o más trabajadores y menos de 50 trabajadores.

En términos monetarios, se define como pequeña empresa (incluyendo a la microempresa y a la mediana empresa), aquélla que sólo puede obtener un préstamo inferior a 250.000 dólares canadienses.

MEDIANA EMPRESA: con más de 50 o 100 trabajadores, según si se trata de empresas de bienes o servicios, hasta 499 trabajadores.

GRAN EMPRESA: Con 500 o más trabajadores.

MICROEMPRESA: con menos de 10 trabajadores y volumen de negocios anual o balance general anual igual o inferior a 2 millones de euros.

PEQUEÑA EMPRESA: con más de 10 y menos de 50 trabajadores y volumen de negocios anual o balance general anual sobre 2 millones de euros e inferior o igual a 10 millones de euros.

MEDIANA EMPRESA: de 50 a 249 trabajadores y Volumen de negocios anual superior a 10 millones de euros e igual o inferior a 50 millones de euros o cuyo balance general anual no excede de 43 millones de euros.

GRAN EMPRESA:

Empresa con 250 o más trabajadores y volumen de negocios anual sobre 43 millones de euros.

224 Este cuadro resume los hallazgos del estudio. Éstos son discutidos a continuación, en las Conclusiones.

92

DDAATTOOSS EESSTTAADDÍÍ SSTTII CCOOSS ((ppoorr sseeccttoorr eemmpprreessaarriiaall))

MMIIPPYYMMEE EENN CCHHIILLEE MMIIPPYYMMEE EENN CCAANNAADDÁÁ MMIIPPYYMMEE EENN LLAA UUEE

CANTIDAD DE EMPRESAS

TOTAL: 1.200.000.

MICROEMPRESAS: 82% PEQUEÑAS EMPRESAS:15% MEDIANAS Y GRANDES EMPRESAS: 3%

TOTAL: 1.048.286 (empresas empleadoras)

MICROEMPRESAS: 57%

PEQUEÑAS EMPRESAS: 41% MEDIANAS EMPRESAS: 1,7

GRANDES EMPRESAS: 0,3%

TOTAL: 25.000.000.

MICROEMPRESAS: 91,3% PEQUEÑAS EMPRESAS: 7,3% MEDIANAS EMPRESAS: 1,2

GRANDES EMPRESAS: 0,2%

CAPACIDAD PRODUCTIVA

MICRO Y PEQUEÑA EMPRESA: concentra menos del 13% de las ventas anuales.

MEDIANA Y GRAN EMPRESA: concentra más del 87% de las ventas anuales.

MICRO Y PEQUEÑA EMPRESA DEDICADA A SERVICIO (con menos de 50 trabajadores): proporcionan el 95% de los servicios.

MICRO Y PEQUEÑAS EMPRESAS DEDICADAS A BIENES: 97% de los bienes.

MEDIANAS EMPRESAS DEDICADAS A SERVICIOS: 98% de todos los servicios.

MEDIANA EMPRESA DEDICADA A BIENES Y GRAN EMPRESA: 3% de los bienes.

GRAN EMPRESA DEDICADA A SERVICIOS: 2% de los bienes.

MICROEMPRESA: 20,5% del valor agregado en la UE.

PEQUEÑA EMPRESA: 17,8% del valor agregado en la UE.

MEDIANA EMPRESA: 17,8% del valor agregado en la UE.

GRAN EMPRESA: 42,7% del valor agregado en la UE.

PROPORCIÓN DE APORTE EN EL

EMPLEO

MICRO Y PEQUEÑA EMPRESA: 55% del empleo total.

MEDIANA Y GRAN EMPRESA: 45%

SECTOR PYME: 50% de los nuevos empleos.

GRAN EMPRESA: 50%

MICROEMPRESA: 29,8%

PEQUEÑA EMPRESA:20,8% MEDIANA EMPRESA: 16,5%

GRAN EMPRESA: 32,9%

93

DDAATTOOSS EESSTTAADDÍÍ SSTTII CCOOSS ((ppoorr sseeccttoorr eemmpprreessaarriiaall))

MMIIPPYYMMEE EENN CCHHIILLEE MMIIPPYYMMEE EENN CCAANNAADDÁÁ MMIIPPYYMMEE EENN LLAA UUEE

RIESGO / TASAS DE SOBREVIVENCIA

Tasa de sobrevivencia de 66% (una de cada 3 micro y pequeñas empresas fracasa). El fracaso está dado por no lograr nunca una rentabilidad que le permita subsistir, independiente del tiempo que resistan dicha situación.

Las micro y pequeñas empresas tienen una tasa de sobrevivencia de 72% en un año, 46% en dos años y 46% en tres años (datos a contar de 1993).

Tasa de sobrevivencia de las empresas 78,3%, (para las empresas nacidas en 2001 que superaban los dos años de existencia). Tasa de sobrevivencia de 47, 5% (para las empresas nacidas el 2001 que superaban los cinco años de existencia)

El estudio en este caso radica en las empresas en general, pero hay que considerar que la mayoría de las empresas que nacen, debieran estar en la categoría de MIPYMEs.

POLÍTICAS PÚBLICAS A SU

FAVOR (TENDENCIAS)

- Acceso al financiamiento para su instalación, asesoría y capacitación.

- Transferencia tecnológica.

- Mayor tolerancia a las deudas, lo que incluye reprogramaciones de deuda.

- Simplificación de trámites para el acceso al mundo empresarial formal.

- Mayor y más fácil acceso al financiamiento.

- Capacitación e implementación tecnológica.

- Reducción de la carga burocrática para el establecimiento y regularización de la empresa.

- Acceso a la información relevante para su desarrollo y subsistencia.

- La creación de un ambiente favorable para el nacimiento y desenvolvimiento de las PYMEs, principalmente desde el punto de vista de simplificaciones administrativas.

- Ofrecer servicios que garanticen la flexibilidad estructural y funcional de la empresa, para adaptarse a la contingencia.

- Mejorar la aportación de capital para su desarrollo y acceso a las nuevas tecnologías.

94

DDAATTOOSS EESSTTAADDÍÍ SSTTII CCOOSS ((ppoorr sseeccttoorr eemmpprreessaarriiaall))

MMIIPPYYMMEE EENN CCHHIILLEE MMIIPPYYMMEE EENN CCAANNAADDÁÁ MMIIPPYYMMEE EENN LLAA UUEE

PROCEDIMIENTOS Y COSTOS DE INSTALACIÓN

(PROMEDIO AÑO 2001)

- Procedimientos: 12

- Días de demora: 78

- Costo total: US$ 612.

- Procedimientos: 2

- Días de trámites: 2

- Costo total: US$ 280,9

En la UE la tendencia es a menos procedimientos, trámites y costos que en Chile

En particular, en el caso de España, se requieren: 11 procedimientos, 83 días de trámite y un costo de US$ 1713.

INICIATIVAS QUE

PROMUEVEN LA

REDUCCIÓN DE TRÁMITES

DE INSTALACIÓN

- Internet: www.tramitefacil.cl

- Estatuto de fomento de la MIPE (Ley de Microempresas Familiares, Ley de Empresa Individual de Responsabilidad Limitada)

- Agenda Digital.

- Programa Chile Emprende.

- Proyecto Bizpal.

- Advisory Comitee on Paperwork Burden Reduction.

- The federal joint forum on paper burden reduction.

- Smart Regulations Report.

- Canadá Business.

- Strategis.

- Student Connections.

- SourceCAN

- Estatuto de la Sociedad Anónima Europea (SE).

- Business Environment Simplification Task Force (BEST).

- Proyecto de Simplificación Administrativa para a Creación de Empresas.

- Estatuto PYME UE.

- Ventanilla Única Empresarial.

- Ley de Sociedad Limitada Nueva Empresa o SNLE (España)

95

VI. CONCLUSIONES

Luego de un análisis acabado de la situación de las MIPYMEs en Chile, Canadá y la UE,

especialmente en atención a las políticas y normas para la instalación de una empresa, es

importante hacer presente que los datos obtenidos y las estadísticas consideradas en

cada caso, no alcanzan a ser completas ni toman en cuenta todos los factores, de forma

homogénea, pero sirven para obtener información relevante a la hora de establecer las

prioridades y los enfoques económicos primordiales en atención con las distintas

categorías empresariales y sus distintas realidades.

El caso de Chile se aparta cuantitativamente de los demás, partiendo por la definición de

MIPYME, donde los volúmenes de ventas que corresponden a esta categoría y el aporte

económico que significa este sector para el país, constituyen cantidades proporcional-

mente muy inferiores en relación con la situación canadiense y europea en general.

Claramente parte de la explicación es el nivel de desarrollo del país, con Chile como único

país no desarrollado, dentro de los tres casos estudiados. En Chile la diferencia en la

distribución de la riqueza se demuestra indudablemente en el poco aporte económico que

representa la mayoría de las empresas (MIPYMEs) y la enorme concentración de esta

riqueza en unas pocas empresas (las más grandes).

La definición de micro, pequeña y mediana empresa en Chile y la UE considera los

mismos factores, pero la gran diferencia es el monto total de ventas o volumen de

negocios que califica para diferenciar cada categoría. Las microempresas en la UE

equivalen, en términos de volumen de ventas o negocios, a las micro, pequeñas y gran

parte de las medianas empresas en Chile. Pero, en el otro factor a considerar en la

definición, esto es, el número de trabajadores por categoría, coinciden casi totalmente.

Hecho que acentúa aun más las diferencias económicas de ambas realidades.

El análisis de la UE ha requerido consideraciones especiales, por tratarse de un conjunto

de países y estados unidos en sus objetivos e intereses, de acuerdo a valores que

marcan una tendencia propia de la sociedad actual, con un énfasis a mantener ciertas

restricciones para el beneficio del medio ambiente, los trabajadores y, en general,

regulaciones o desregulaciones a favor de los sectores más débiles, como el caso de la

MIPYME, que es objeto de un trato especial.

96

Por otro lado, en Canadá, más que en cualquiera de los casos analizados, la tendencia es

clara en el tema de la simplificación burocrática. Se encontraron innumerables estudios y

artículos referentes al tema, siempre enfatizando los perjuicios de una regulación excesiva

o “Red Tape”.

La definición de MIPYME en Canadá incluye una diferenciación por número de

trabajadores equivalente a las definiciones de Chile y la UE, salvo en cuanto al tope de la

mediana empresa y mínimo de la gran empresa, ya que la empresa mediana en Canadá

incluye a empresa grande en los otros dos casos. En términos de volúmenes de ventas o

negocios, no se encontró clasificación, sino sólo ciertas diferenciaciones para ciertos

efectos.

En los tres casos analizados es muy relevante el beneficio social asociado a la

empleabilidad de las MIPYMEs. En Chile y la UE proporcionan más del 50% del empleo y

en Canadá, el 50%.

Por todo lo señalado, se hace necesario recalcar que, a pesar de las diferencias entre los

distintos gobiernos, las empresas más pequeñas, independientemente a su definición

estricta por categoría, en cuanto a volúmenes de ventas, de bienes o servicios o de

trabajadores que ocupan, son un sector objeto de preocupación estatal e interestatal. Las

políticas tendientes a favorecer el establecimiento, desarrollo y mantención de estas

empresas más pequeñas, son una realidad, un factor común en los tres casos estudiados.

Es evidente el aporte que representan las MIPYMEs, y la importancia de su inclusión

dentro de las políticas para el desarrollo económico y social de un país, teniendo en

cuenta que se trata de un sector que requiere un trato especial de protección y apoyo,

para su surgimiento y desenvolvimiento como factor determinante en el entorno

económico de un país o conjunto de países. El enfoque de las políticas empresariales, de

acuerdo a los datos obtenidos en todos los casos del estudio, se centra en el

financiamiento, acceso a la tecnología e información y disminución de las barreras de

entrada y trámites para el normal e ideal desenvolvimiento. Ese último aspecto es el que

se ha querido destacar en este trabajo, realzando lo relevante que es la simplificación, por

sobre la obstaculización o excesiva regularización, para el cumplimiento de algunos fines.

Y los fines u objetivos, en este caso, son, fomentar el nacimiento de nuevas empresas,

facilitar su establecimiento formal, especialmente tomando en cuenta al sujeto beneficiado

por estas medidas: un sujeto con pocos recursos iniciales, con altas probabilidades de

fallar en su emprendimiento, que necesita más que una buena idea para seguir adelante.

97

Por ello se demuestra claramente la tendencia a la des-regularización, disminuyendo

costos y trámites. Un elemento común, para el logro de dichos fines, es la utilización de la

tecnología, incluyendo la herramienta más útil que se ha creado para la simplificación

administrativa: Internet, junto a la intencionalidad cierta de los estados de incluir la

limitación de las barreras y la eficiencia y precisión de las regulaciones dentro de sus

objetivos de gobierno.

Desde el punto de vista de las políticas empresariales, el objetivo al que se inclina este

trabajo está claro: buscar en las normas un instrumento eficiente y no paralizador del

progreso, lo cual se cumple con la eliminación de las trabas innecesarias y la potenciación

de quienes necesitan más apoyo. Lo que implica, económicamente, un beneficio global

lento, estratificado, pero ascendente positivamente.

98

VII. BIBLIOGRAFÍA

1. Pequeñas y medianas (PYME). Servicio de Impuestos Internos on line. Gobierno

de Chile. Chile. <http://www.sii.cl/contribuyentes/empresas_por_tamano/pymes.htm>.

2. Ministerio de Planificación y Cooperación (MIDEPLAN) División de Planificación,

Estudios e Inversión. Departamento de Planificación y Estudios Económicos. Caracterización de las Microempresas. Santiago, Chile. 1998. 41p.

3. La Situación de la Micro y Pequeña Empresa en Chile. Comité de Fomento de la

Micro y Pequeña Empresa. Gobierno de Chile. Chile. Marzo 2003.

4. La Situación de la Micro y Pequeña Empresa en Chile. Chile Emprende. Gobierno de Chile. Chile. Diciembre 2005. <http://www.sercotec.cl/archivos/publicaciones/archivos/Libro%20Chile%20Emprende.pdf>

5. Diario Pyme. Políticas de fomento y Pymes. Zoom Programático Fomento

Productivo (Fp) y Micro y Pequeña Empresa. http://www.diariopyme.cl/documentacion/concertacionpyme.doc

6. Análisis de la Política de Fomento a las Pequeñas y Medianas Empresas. Marco

Dini. Giovanni Stumpo. Red de Reestructuración y Competitividad. Unidad de Desarrollo Industrial y Tecnológico. División de Desarrollo Productivo y Empresarial. Santiago Chile, diciembre 2002. Naciones Unidas, CEPAL, ECLAC. <http://www.cepal.org/publicaciones/DesarrolloProductivo/8/LCL1838/LCL1838.pdf>

7. Gobierno de Chile. Programa Chile Emprende. Resumen Ejecutivo, Informe de

Evaluación. Septiembre 2005. Página 7. <http://www.sercotec.cl/archivos/publicaciones/archivos/Resumen_Ejecutivo_Informe_Evaluacion_CHile_Emprende.pdf>

8. División de Coordinación Interministerial. Ministerio Secretaría General de la

Presidencia. Gobierno de Chile. Apoyo a La Pequeña Empresa/ Logros Gobierno Marzo 2000- Septiembre 2004 <http://www.gobiernodechile.cl/logros/apoyo_pequena_emp.asp>

99

9. Gobierno de Chile. Grupo de Acción Digital. Agenda Digital. Desarrollo Digital de

las Empresas. Plan de Acción 2004-2006. <http://www.agendadigital.cl/aws00/Estatico/repositorio/Y/z/E/YzEzY2I1MGI1OWEzNjNkNDlkMDkxMjgyNTc1OWNlNzBjYTJhMWI0Yg==.pdf>

10. Propuestas contempladas en el Programa de Gobierno de Michelle Bachelet y en

el artículo del diario La Nación: Aire fresco en la discusión sobre las PYMES. Plan para las PYMES del Próximo Gobierno.

11. Michelle Bachelet. Programa de Gobierno 2006-2010. El Salto Al Desarrollo. 18

octubre 2005, página 35 a 55. <http://www.gobiernodechile.cl/programa_bachelet/programa.pdf>

12. Gobierno de Chile. Estatuto MIPYME. Proceso del Proyecto de Creación del

Estatuto MIPYME <http://www.estatutomipyme.cl/content/view/35599/Proceso_del_proyecto_de_creacion_del_Estatuto_Mipyme.html>. Página visitada el 23 de mayo de 2007.

13. Alejandro Ferreiro. “Bachelet firma Estatuto Pyme reconociendo falta de normas”.

Noticias. Diario Pyme. 04 de enero de 2008. <http://www.diariopyme.cl/newtenberg/1929/article-80575.html#h2_1>

14. Iván Vuskovic. “Bachelet firma Estatuto Pyme reconociendo falta de normas”.

Noticias. Diario Pyme. 04 de enero de 2008. <http://www.diariopyme.cl/newtenberg/1929/article-80575.html#h2_1>

15. Alicia Bobadilla Pinto: La Normativa que Regula La Instalación y Puesta en Marcha

de una Empresa en Chile. Normas Tributarias, Normas de Administración Municipal, Normas Sanitarias, Normas Ambientales. Clínica Asesoría Jurídica a la Gestión de Empresas (MIPYME). Facultad de Derecho, Universidad de Chile. Septiembre 2005.

16. Álvaro Meckleburg. Abogado. En reportaje del diario El Mercurio “La Burocracia

está a dieta”. Enfoques. Pág. D4, 1º diciembre 2001.

17. PYMES, Trámites para la instalación o Industria. Centro de Orientación Ambiental al Inversionista. CONAMA, Gobierno de Chile. 2 de abril 2006. <http://www.conama.cl/coain/article-15962.html>

18. Calificación Técnica. Centro de Orientación Ambiental al Inversionista. CONAMA,

Gobierno de Chile. 1 de abril de 2006. <http://www.conama.cl/coain/article-27862.html>

19. Permiso Municipal de Edificación. Centro de Orientación Ambiental al

Inversionista. CONAMA, Gobierno de Chile. 1 de abril 2006. <http://www.conama.cl/coain/article-27867.html>

20. Informe Sanitario. Centro de Orientación Ambiental al Inversionista. CONAMA,

Gobierno de Chile. 1 de abril 2006. <http://www.conama.cl/coain/article-27868.html>

100

21. SESMA. Centro de Orientación Ambiental al Inversionista. Gobierno de Chile. 1 de

abril 2006. <http://www.conama.cl/coain/article-13217.html>

22. Trámite Cero. Autoridad Sanitaria, Secretaría Regional Ministerial Región Metropolitana, Gobierno de Chile. 1 de abril de 2006. <http://www.asrm.cl/sitio/pag/tramcero/indexjs3tramcero.asphttp>

23. RECOMENDACIÓN DE LA COMISIÓN de 6 de mayo de 2003 sobre la definición

de microempresas, pequeñas y medianas empresas. Notificada con el número C(2003) 1422.Texto pertinente a efectos del EEE (2003/361/CE).Notificada con el número C(2003) 1422.Diario Oficial de la Unión Europea del 20/05/2003, L124, página 39.

24. Actividades de la Unión Europea. Síntesis de la Legislación. Empresas. Entorno

Empresarial. <http://europa.eu/scadplus/leg/es/s25001.htm>

25. Comisión Europea. Enterprise and Industry Publications. The new SME definition. User guide and model declaration. <http://ec.europa.eu/enterprise/enterprise_policy/sme_definition/sme_user_guide.pdf>

26. European Comisión. Eurostat Homepage. European Business. Special Topics.

Small and Medium Sized Enterprises (SMEs). <http://epp.eurostat.ec.europa.eu/portal/page?_pageid=2293,59872848,2293_61474735&_dad=portal&_schema=PORTAL#SME>

27. Statistics in focus. Industry, Trade and Services. Business Demography: SMEs and

entrepreneurship in the EU. 24/2006. Author Manfred SCHMIEMANN. http://epp.eurostat.ec.europa.eu/cache/ITY_OFFPUB/KS-NP-06-024/EN/KS-NP-06-024-EN.PDF.

28. Statistics in focus. Industry, Trade and Services. Business Demography: The

Impact on Employment. 49/2007. Autor Hartmut Schrör. <http://epp.eurostat.ec.europa.eu/cache/ITY_OFFPUB/KS-SF-07-049/EN/KS-SF-07-049-EN.PDF>

29. Statistics in focus. Industry, Trade and Services. Business Demography: Growth in

the Population of Enterprises. 48/2007. Autor Hartmut Schrör. <http://epp.eurostat.ec.europa.eu/cache/ITY_OFFPUB/KS-SF-07-049/EN/KS-SF-07-049-EN.PDF>

30. European Comision. Enterprise and Industry. Policy Areas. Enterprise Policy. The

Observatory of European SMEs. <http://ec.europa.eu/enterprise/enterprise_policy/analysis/observatory_en.htm>

31. European Comision. Enterprise and Industry. Policy Areas. Enterprise Policy. SME

Policy. Guide to SME Policy. Europe is good for SMEs and SMEs are good for Europe. Junio 2006. Versión en español. <http://ec.europa.eu/enterprise/entrepreneurship/docs/facts_es.pdf>

101

32. European Commission. DG Enterprise and Industry. “Putting Smes First. Europe is good for SMEs, SMEs are good for Europe”. European Communities 2007. http://ec.europa.eu/enterprise/entrepreneurship/docs/sme_pack_en.pdf

33. Comisión Europea. Empresa e Industria. Publicaciones. Empresa Europa en línea.

Espíritu Empresarial. Ventanilla Única para la Constitución de Nuevas Empresas. <http://ec.europa.eu/enterprise/library/ee_online/art07_es.htm>

34. Simplificación Administrativa para a Creación de Empresas. Proyecto dirigido por

Ramón Lasanta (CESGA). Unión Europea. Diciembre 2006.http://ichnos.e-negociogalicia.com/component/option,com_docman/task,doc_download/gid,27/Itemid,27/lang,ga/

35. European Comision. Enterprise and Industry. Policy Areas. Enterprise Policy. SME

Policy. Guide to SME Policy. Europe is good for SMEs and SMEs are good for Europe. Junio 2006. Versión en español. <http://ec.europa.eu/enterprise/entrepreneurship/docs/facts_es.pdf>

36. Gobierno de España. Administracion General del Estado. Ventanilla Unica

Empresarial Virtual. Información sobre Ventanilla Unica Empresarial Virtual. Pág. visitada 7 mayo 2007. <http://www.vue.es/>.

37. Comisión Europea. Empresa e Industria. Publicaciones. Empresa Europa en línea.

Espíritu Empresarial. Ventanilla Única para la Constitución de Nuevas Empresas. Descargas. Descarga de Documentos. Guía General Completa. <http://www.vue.es/vuev/Antes.nsf/crear?openFrameset>

38. Gobierno de España. Ministerio de Turismo, Industria y Comercio. Secretaría

General de Industria. Dirección General de Política de la Pequeña y Mediana Empresa. Emprendedores Empresas. Creación de Empresas. Proceso de Constitución y trámites a seguir para la puesta en marcha de una empresa. <http://www.ipyme.org/IPYME/esES/EmprendedoresCreacionEmpresas/CreacionEmpresas/>

39. Gobierno de España. Ministerio de Industria, Turismo y Comercio. Secretaría de

Estado de Turismo y Comercio. Interés Invest in Spain. Invertir en España. Establecerse en España. Sociedad Limitada Nueva Empresa. <http://www.interes.org/icex/cda/controller/interes/0,5464,5296169_5314224_5329169_0,00.html>

40. Gobierno de España. Ministerio de Industria, Turismo y Comercio. Secretaría

General de Industria. Dirección General de Política de la Pequeña y Mediana Empresa. CIRCE. Pasos a seguir para la constitución telemática de sociedades. <http://www.circe.es/Circe.publico.web/articulo.aspx?titulo=Informacion>.

41. Gobierno de España. Ministerio de Industria, Turismo y Comercio. Secretaría

General de Industria. Dirección General de Política de la Pequeña y Mediana Empresa. Estadísticas. Publicaciones. Retrato de las Pyme 2006. España. Subdirección General de Apoyo a las PYME. Área de Estadísticas y Publicaciones. <http://www.ipyme.org/NR/rdonlyres/D86BB6D9-EB28-4DFC-BCC7-F10F5008E787/0/retrato2006.pdf>

102

42. European Commission. Directorate-General for Enterprise and Industry. Cordis.

Euroabstracts, 3/03. Articles on innovation. To be or not to be in business.Europa, 13-06-2003. <http://cordis.europa.eu/aoi/article.cfm?article=859&lang=EN>

43. European Comission. SME Envoy Report. The activities of the European Union for

small and medium-sized enterprises (SMEs). Commission Staff Working Paper {Sec(2005) 170}. Enterprise And Industry Directorate-General. <http://www.bookshop.europa.eu/eubookshop/FileCache/PUBPDF/NB6304901ENC/NB6304901ENC_002.pdf>

44. European Comision. Enterprise and Industry. Policy Areas. Enterprise Policy.

Entrepreneurship. Statute. A European statute for SMEs. Año 2007. Pág. visitada 31 mayo 2007. <http://ec.europa.eu/enterprise/entrepreneurship/sme_statute.htm.>

45. El Portal de la Unión Europea. Pág. Web.: <http://europa.eu/>

46. EU-25, 2003. Source: Eurostat SBS size class, en texto: Statistics in focus.

Industry, Trade and Services. Business Demography: SMEs and entrepreneurship in the EU. 24/2006. Author Manfred Schiemann. <http://epp.eurostat.ec.europa.eu/cache/ITY_OFFPUB/KS-NP-06-024/EN/KS-NP-06-024-EN.PDF>.

47. Programas de Apoyo a las PYMES de la Unión Europea. Presentación general de

los principales planes comunitarios de financiación para PYMES. Noviembre de 2006. <http://ec.europa.eu/enterprise/smes/download/sp_2007_es.pdf>

48. Consejo Europeo, “Carta Europea de la Pequeña Empresa”. Conclusiones de la

presidencia. Anexo III. Santa María da Feira, 19 y 20 de junio de 2000.

49. GÁBILOS SOFTWARE, S.L. 2001-2008. ¿Cómo se hace? Formas Jurídicas de Empresas. Sociedad Anónima Europea.<http://www.gabilos.com/comosehace/FormasJuridicas/textoSociedadAnonEuropea.htm>

50. Mauricio Crea. “A Examen” (046-047). Sociedades Anónimas Europeas. Empresas

sin Barreras. Revista Ideas y Negocios. España, 19 de Septiembre de 2007. <http://portalideasynegocios.com/portadas/pdf/046-047Aexamen-n57.pdf>

51. Key Small Business Statics. Industry Canada. Multimedia and Editorial Services

Section. Communications and Marketing Branch. Industry Canada Room 252D, West Toser 235 Queen Street Ottawa ON K1A 0H5. Julio2005. Página 3. <www.strategis.gc.ca/sbstatistics>

52. Government of Canada. Achieving Excellence. Investing in people, knowledge and

opportunity. Canada’ s innovation strategy. Executive Summary. Febrero 2002. <http://www.innovationstrategy.gc.ca>

53. Gobierno de Canadá. Industria de Canadá. Industry Canada: Making a Difference.

Our Priorities for 2001–02 <www.ic.gc.ca/priorities>

103

54. Laura Jones, Tom Charette, Leanne Hachey, Shannon Martin, Pierre Emmanuel

Paradis and Robert Taylor. Rated “R”. Prosperity Restricted by Red Tape. Canadian Federation of Independent Business. 2005

55. BizPal. Business permits and licences. <http://www.bizpal.ca/>.

56. John R. Baldwin, Desmond Beckstead and Andrée Girard. The Importance of Entry

to Canadian Manufacturing with an Appendix on Measurment Issues. Micro-Economic Analysis Division 24-B R.H. Coats Building, Ottawa K1A 0T6. Telephone: 1 613 951-3962. Fax: 1 613 951-5403. Catalogue No. 11F0019MIE — No. 189. ISSN: 1205-9153. ISBN: 0-662 32222-3.

57. Competitive Alternatives. Opciones Competitivas, Guía de KGM sobre costes

Internacionales de las Empresas. Edición 2006. <www.CompetitiveAlternatives.com> (visitado 19 nov 2006). El estudio envuelve nueve países industrializados de Norteamérica, Asia del Pacífico y Europa: Alemania, Canadá, Estados Unidos, Finlandia, Francia, Italia, Japón, Reino Unido y Singapur

58. Le petit guide juridique du nouvel entrepreneur. Reseau juridique du

Québec.Canadá. Canadá, 15 ocubre 2001. <http://www.avocat.qc.ca/affaires/iigentrepreneur.htm>

59. Reserva Jurídica de Québec. Luc Audet. Les 28 avantages et 4 inconvénients de

l'incorporation. 31 marzo 2006. <http://www.avocat.qc.ca/affaires/iiavantageinc.htm>

60. Goverment of Canada. Canada Business. Services for Entrepreneurs. Goverment

of Canada Online forms. Business Start-Up <http://canadabusiness.gc.ca/gol/cbec/site.nsf/en/bg00254.html>

61. Gobierno de Canadá. Québec. Revenu Quebec. Guide to Registration. Required

documents. <www.revenu.gouv.qc.ca>

62. Canadá. Provincia de British Columbia. One Stop Services. <http://www.bcbusinessregistry.ca/introduction/services.htm>

63. Business Permits & Licences. Streamline business permits and licences with

BizPaL <http://www.bizpal.ca/index_e.shtml>

64. Statistics in focus. Industry, Trade and Services. Business Demography: The Impact on Employment. 49/2007. Autor Hartmut Schrör. <http://epp.eurostat.ec.europa.eu/cache/ITY_OFFPUB/KS-SF-07-049/EN/KS-SF-07-049-EN.PDF>

65. Industry Canadá. Programs and Services. Programs and Initiatives.

<http://www.ic.gc.ca/cmb/welcomeic.nsf/icPages/Programs>

104

66. Traductor en red “WordLingo”. < http://www.worldlingo.com/>. Copyright 2007 WorldLingo Translations LLC. All rights reserved. Página web visitada el 29 de marzo de 2007.

67. NORMAS JURÍDICAS CHILENAS:

� Constitución Política de la República de Chile. � Código Sanitario, DFL 725, publicado el 31 de enero de 1968, última modificación

por Ley 20.029 del 13 de julio 2005. � Ley 19.300 sobre Bases Generales del Medio Ambiente. Diario Oficial de la

República de Chile. Santiago, Chile, 9 de marzo de 1994 � Decreto 594 del 29 abril de 2000, contiene el Reglamento sobre Condiciones

Sanitarias y Ambientales en los Lugares de Trabajo � Ley General de Urbanismo y Construcciones, DFL 458, del 13 abril 197 � Decreto Ley Nº 3.063, sobre Rentas Municipales, publicado en el Diario Oficial el

29 diciembre de 1979. Cuyo Texto Refundido y Sistematizado fue fijado por el Decreto Nº 2.385, del Ministerio del Interior, publicado el 20 noviembre de 1996. Ultima modificación por Ley 20.033 del 1 de julio de 2005.

� Ley 19.749, de agosto de 2001 sobre Microempresas Familiares y Ley 19.857 de febrero 2003 sobre Empresas Individuales de Responsabilidad Limitada.

� Ley 19.832 del 4 noviembre 2002, modifica La Ley General de Cooperativas � Ley 19.857 de Empresa Individual de Responsabilidad Limitada. � Ley de Procedimientos Administrativos: Nº 19.880, publicada el 29 mayo 2003 � Ley sobre Contratos Administrativos y Compras al Sector Público. Nº 19.880. Rige

desde el 29 agosto 2003. � Ley 19.911, Crea el Tribunal de Defensa de la Libre Competencia. Del 14

noviembre 2003. � Ley sobre Perterechos Militares: Nº 19.924, del 9 enero 2004. � Ley sobre Cláusulas de Aceleración: Nº 19.951, del 16 de junio de 2004. � Ley de Factura con Título Ejecutivo: Nº 19.983, del 15 diciembre 2004.