modelo de solicitud de gasto no homologado
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SUBDIRECCIÓN GENERAL DE SISTEMAS DE INFORMACIÓN SECTORIALES
Nº Expte.: 300/2010/00028Título: Mantenimiento de PLATEA y Archivo Electrónico
Doc.: PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS PARTICULARES
PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS PARTICULARES PARA LA
CONTRATACIÓN DE SERVICIOS INFORMÁTICOS PARA EL MANTENIMIENTO
CORRECTIVO, ADAPTATIVO Y EVOLUTIVO DE LA PLATAFORMA DE TRAMITACIÓN
DE EXPEDIENTES ADMINISTRATIVOS Y DEL ARCHIVO ELECTRÓNICO LIGADO A LA
MISMA DEL AYUNTAMIENTO DE MADRID
Firmado por: JAVIER DELGADO BERMEJOFecha: 23-05-2012 09:36:02 Autor
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SUBDIRECCIÓN GENERAL DE SISTEMAS DE INFORMACIÓN SECTORIALES
Nº Expte.: 300/2010/00028Título: Mantenimiento de PLATEA y Archivo Electrónico
Doc.: PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS PARTICULARES
ÍNDICE
1. OBJETO DEL CONTRATO. .............................................................................................................. 4
2. CARACTERÍSTICAS TÉCNICAS QUE HA DE REUNIR EL OBJETO DEL CONTRATO. ............... 4
2.1. INTRODUCCIÓN. ..................................................................................................................................... 4 2.2. TAREAS. ............................................................................................................................................. 4 2.2.1. Mantenimiento Correctivo. ............................................................................................................ 5 2.2.2. Mantenimiento Adaptativo. ........................................................................................................... 5 2.2.3. Mantenimiento Evolutivo. .............................................................................................................. 6 2.2.4. Apoyo al desarrollo de aplicaciones ............................................................................................. 6 2.3. MÓDULOS IMPLANTADOS. ........................................................................................................................ 6 2.3.1. Módulos funcionales de PLATEA. ................................................................................................ 7 2.3.2. Arquitectura de la plataforma. ..................................................................................................... 12 2.3.3. Infraestructura Tecnológica ........................................................................................................ 14 2.3.4. Documentación Técnica Complementaria .................................................................................. 14 2.4. EQUIPO DE TRABAJO. ........................................................................................................................... 14 2.4.1. Categorías profesionales ............................................................................................................ 15 2.4.2. Lugar de prestación del servicio. ................................................................................................ 17 2.4.3. Precio de unidades en que se descompone el presupuesto. ..................................................... 17 3. CONSTITUCIÓN Y MODIFICACIONES DEL EQUIPO DE TRABAJO ........................................... 18
3.1. CONSTITUCIÓN INICIAL DEL EQUIPO DE TRABAJO .......................................................................................... 18 3.2. MODIFICACIONES EN LA CONSTITUCIÓN DEL EQUIPO DE TRABAJO. ................................................................... 18 3.3. DISPONIBILIDAD DE MEDIOS. ................................................................................................................... 19 4. METODOLOGÍA EN LA ELABORACIÓN DE LOS TRABAJOS. ................................................... 19
4.1. METODOLOGÍA A EMPLEAR. .................................................................................................................... 19 4.2. CALIDAD. .......................................................................................................................................... 20 4.2.1. Entorno tecnológico y metodológico. .......................................................................................... 20 4.2.2. Aseguramiento de la calidad. ...................................................................................................... 20 5. EJECUCIÓN Y GESTIÓN DEL PROYECTO. .................................................................................. 21
5.1. SEGUIMIENTO Y CONTROL DE TRABAJOS. ................................................................................................... 21 5.2. CUANTIFICACIÓN DE TRABAJOS. .............................................................................................................. 22 5.3. ACUERDOS DE NIVELES DE SERVICIO PARA EL SOPORTE Y MANTENIMIENTO CORRECTIVO. ....................................... 23 6. TRANSFERENCIA DE LA INFORMACIÓN Y DOCUMENTACIÓN. ............................................... 24
7. PROPIEDAD INTELECTUAL, SEGURIDAD Y CONFIDENCIALIDAD. .......................................... 26
7.1. PROPIEDAD INTELECTUAL DE LOS TRABAJOS. ............................................................................................. 26 7.2. SEGURIDAD Y CONFIDENCIALIDAD DE LA INFORMACIÓN. ................................................................................. 26 8. GARANTÍA DE LOS TRABAJOS. ................................................................................................... 31
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1. OBJETO DEL CONTRATO.
El objeto de esta contratación es la prestación de servicios de carácter informático necesarios para desarrollar las tareas de soporte y mantenimiento correctivo, adaptativo y evolutivo de la Plataforma Tecnológica de Tramitación de Expedientes Administrativos (PLATEA) y del archivo electrónico del Ayuntamiento de Madrid.
Las empresas licitantes deberán ofrecer un servicio integral de mantenimiento, evolución y mejora de los sistemas objeto del contrato, que permita disponer de los recursos técnicos necesarios en cada momento para poder dar respuesta, con los niveles de calidad requeridos y dentro de los plazos exigidos en el correspondiente Acuerdo de Nivel de Servicio (ANS), a las necesidades de actualización, mejora y evolución funcional de la Plataforma Tecnológica de Tramitación de Expedientes Administrativos y del archivo electrónico del Ayuntamiento de Madrid.
2. CARACTERÍSTICAS TÉCNICAS QUE HA DE REUNIR EL OBJETO DEL CONTRATO.
2.1. Introducción.
El Ayuntamiento de Madrid dispone de una nueva Plataforma Tecnológica de Tramitación de Expedientes Administrativos (en adelante, PLATEA) sobre la que se pueden sustentar las aplicaciones específicas de usuarios que gestionan y explotan la información de los diferentes tipos de expedientes que las distintas Unidades Gestoras del Ayuntamiento de Madrid tramitan en el ámbito de sus competencias.
PLATEA consta de una serie de módulos que permiten la definición de los procedimientos específicos, proveen de un marco de trabajo común para el desarrollo de las aplicaciones que gestionan los distintos procedimientos del Ayuntamiento y se integra con otros módulos de software corporativos necesarios para unificar la gestión municipal en esos ámbitos. Algunos ejemplos de estos módulos proveedores de servicios para la plataforma son el módulo de Interesados, Base de Datos Ciudad, Estructura Municipal, Plataforma de firma y Archivo Electrónico. Toda esta infraestructura está desarrollada en una Plataforma BPM, SOA.
2.2. Tareas.
Lo servicios a contratar se desglosan en las siguientes tareas:
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2.2.1. Mantenimiento Correctivo.
El mantenimiento correctivo incluye la resolución de incidencias detectadas por los usuarios durante el manejo del sistema y que requieren la modificación/adaptación de alguna de las aplicaciones en mantenimiento.
También se incluyen en este apartado los trabajos de análisis y resolución de incidencias de usuario que, una vez analizadas, no requieran cambios o modificaciones de la aplicación, pudiendo requerir actuaciones técnicas, revisión de datos, interfaces, etc.
La corrección de los defectos funcionales y técnicos de las aplicaciones cubiertas por el servicio de mantenimiento incluye:
Diagnóstico del error/problema. Análisis funcional y técnico de la solución. Desarrollo de las modificaciones a los sistemas (programación y/o configuración),
incluyendo pruebas unitarias documentadas. Pruebas documentadas del sistema en conjunto. Detección de problemas recurrentes, identificación, análisis, diseño y ejecución de
las correcciones necesarias para la resolución de dichos problemas. Soporte a las áreas usuarias en la resolución de incidencias derivadas de una
incorrecta operativa de usuario, y que requieren intervención para la restauración de la información.
Mantenimiento de la documentación funcional y técnica del sistema. Mantenimiento de la documentación de usuario del sistema en caso necesario.
Este mantenimiento se aplicará a aquellos módulos de la aplicación cuya garantía, incluida en el contrato de implantación ha terminado, así como a las incidencias derivadas de los propios desarrollos objeto de este servicio, los cuales estarían en todo caso cubiertos por el periodo de garantía.
2.2.2. Mantenimiento Adaptativo.
La aparición de nuevas versiones del Software de Base (Gestores de base de Datos, Servidor de Aplicaciones, Documentum®, etc.) precisa de evoluciones en las aplicaciones para ir adaptándolas a estás, sin que el servicio en las aplicaciones se vea afectado y de manera que las aplicaciones no se queden obsoletas y puedan evolucionar con mayor facilidad y beneficiarse de las mejoras que aportan estas nuevas versiones de software.
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2.2.3. Mantenimiento Evolutivo.
En relación a las peticiones de mejora o nuevas funcionalidades que el Ayuntamiento de Madrid formule cuyo origen sea funcional o de adaptación a la normativa vigente, el adjudicatario deberá realizar las siguientes actividades asociadas al servicio de mantenimiento evolutivo objeto de este contrato:
Estudio del impacto en las aplicaciones de los cambios. Proponer la realización de los cambios y sus posibles alternativas Análisis y diseño detallado de los desarrollos a medida necesarios en sistema con
las nuevas funcionalidades a implantar. Identificación de los datos a tratar, y su repercusión en el modelo de datos del
sistema. Carga inicial o migración de los datos que fueran necesarios, en su caso. Elaboración y ejecución de los planes de prueba necesarios para la implantación
de las nuevas funcionalidades. Implantación de la funcionalidad desarrollada. Planificación e impartición de la formación necesaria en aquellas funcionalidades
que la requieran. Elaboración de la documentación técnica detallada, así como de las
consideraciones necesarias para la correcta explotación del sistema.
En el caso del Archivo Electrónico, también se incluyen las tareas de análisis y generación de nuevos tipos documentales para los distintos sistemas que se integren con dicha plataforma.
2.2.4. Apoyo al desarrollo de aplicaciones
Uno de los principales objetivos de la plataforma es la creación de una infraestructura de desarrollo productiva de aplicaciones relacionada con los distintos procedimientos administrativos del Ayuntamiento de Madrid.
Para conseguir este objetivo es necesario y, además, es objeto de este contrato realizar las acciones de apoyo y soporte a los equipos de desarrollo de aplicaciones a los que Informática del Ayuntamiento de Madrid (en adelante, IAM) encomiende la tarea de construcción de nuevos procedimientos y aplicaciones sobre la plataforma.
2.3. Módulos implantados.
Los servicios de mantenimiento incluidos en el contrato se realizarán sobre los módulos implantados actualmente en PLATEA, así como sobre los componentes de integración con otras aplicaciones del Ayuntamiento de Madrid. Asimismo, serán objeto de estos servicios
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las nuevas funcionalidades que se definan y se desarrollen tanto en el marco del presente contrato como aquellas desarrolladas en otros ámbitos, pero que se hayan integrado en la infraestructura de PLATEA.
2.3.1. Módulos funcionales de PLATEA.
ESQUEMA FUNCIONAL DE LA PLATAFORMA
Los módulos que integran PLATEA son los siguientes:
Administración y Control de Acceso de Usuarios y Tablas Comunes.
Provee el Mantenimiento de Usuarios, roles, permisos. Asignación de permisos y ámbitos organizativos a los usuarios para las
distintas aplicaciones y procedimientos. Módulo parametrizable de mantenimiento de tablas maestras. Se integra con los siguientes módulos corporativos:
o UWEB (Sistema de administración de usuarios corporativo).o Estructura Organizativa.
Bandejas de Trabajo (personales o de grupo).
Bandeja de Tareas. Bandeja de Avisos.
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Anotaciones de Registro. Bandeja de Expedientes.
Módulo de Gestión de Comunicaciones, Notificaciones y Acuses de Recibo.
Implementaciones de flujos realizadas como componentes reutilizables en la mecanización de los distintos expedientes administrativos del Ayuntamiento de Madrid con lo que se consigue una mayor rapidez y seguridad en el desarrollo de los mismos.
Sistema de Archivo Electrónico.
Basado en Documentum®, proporciona los servicios necesarios para la generación y almacenamiento de los expedientes electrónicos asociados a los procedimientos o de los documentos electrónicos pertenecientes a otros sistemas ajenos a la plataforma.
Es objeto de este contrato el mantenimiento de las funcionalidades ofrecidas por los servicios Web de Gestión de Expedientes y Manejo documental que comprenden las siguientes funcionalidades:
Funcionalidades documentales Básicas:
1 Gestión de Objetos.a) Operaciones con Documentos. Importar, editar, ver, borrar, generar copia
imprimible, Verificar, Convertir a PDF y generar copia imprimible extendida.b) Operaciones con Carpetas. Crear carpeta de Expediente, modificar y eliminar.c) Operaciones de Relación. Crear y eliminar.
2 Control de Versiones.d) Borrar versión.e) Checkin de un Documento.f) Checkout de un Documento.g) Cancelar el Checkout de un Documento.
3 Búsqueda.h) Búsqueda por metadatos y/o contenido.i) Búsqueda por carpetas.j) Búsqueda por COVE.k) Recuperar copia en PDF de un documento.
4 Administración.l) Gestión de ACL’S.
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m) Gestión de grupos.n) Gestión de Registros de tablas externa.
Funcionalidades Específicas asociadas a expedientes:
1 Creación de Expediente.
Crea una carpeta de expediente a partir del Código, asignándole los datos mínimos de Código de Expediente, Subfase (estado de tramitación), Fecha de Alta y Tipo de Expediente.
La carpeta se almacena en una ruta lógica de carpetas vinculada al tipo de expediente o procedimiento y organizado por año, mes y día.
2 Modificación de Expedientes.
Permite modificar los distintos metadatos / atributos de un expediente existente en Archivo Electrónico, a excepción del dato correspondiente al código de expediente.
3 Consulta de documentos de Expediente.
Permite la recuperación de los documentos de un expediente, tanto documentos principales (sujetos al modelo de procedimiento) como los documentos libres (documentos aportados por el usuario) y derivados (copias imprimibles, firmas, notas marginales, documentos de validación, etc.).
Permite además devolver la lista de documentos obligatorios asociados al tipo de expediente, indicándose los que han sido aportados y los pendientes de aportar en cada subfase del expediente.
Devuelve la lista de documentos (código de documento, tipo de documento, versión, nombre y título) del expediente asociado al código de expediente que se envía como parámetro.
4 Servicio de cambio subfase de expediente.
Servicio que permite realizar la transición de subfase de un expediente.
El servicio comprobará si la subfase en la que se encuentra el expediente tiene todos los documentos marcados como obligatorios.
Si algún documento requiere validación, el servicio verificará si se ha aportado el documento de validación correspondiente.
Si algún documento requiere de firma, el servicio verificará si se ha aportado la firma.
Se genera en automático el Documento de Transición de Subfase.
Se almacena el histórico de la acción.Firmado por: JAVIER DELGADO BERMEJOFecha: 23-05-2012 09:36:02 Autor
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5 Servicio de retrotracción del expediente.
El servicio permite retrotraer un expediente a una subfase anterior a la que se encuentre, indicando los documentos que se anulan en el proceso.
6 Servicio de consulta de histórico de expediente.
Servicio que permite listar las distintas acciones realizadas sobre un expediente concreto, como TRANSICIÓN DE SUBFASE o RETROTRACCIÓN.
Los datos que devuelve la lista, ordenados por fecha en modo descendente son los siguientes:
o Código del expediente, Fecha en la que se realiza la acción, Autor responsable de la acción realizada sobre el expediente, Tipo de acción realizada sobre el expediente (Transición, Retrotracción, etc.), Nueva Subfase a la que se ha cambiado, Comentarios y anotaciones que se hicieron para llevar a cabo la acción.
7 Servicio de parametrización de Expedientes.
Servicio para alta y bajas de registros en las tablas de parametrización del Modelo, donde se almacenan los siguientes datos: Tipos de Expediente, Tipos de Documento, Subfases de los Expedientes, Documentos obligatorios en cada subfase, documentos que requieren validación y los propios documentos.
8 Gestión de liquidaciones.
Integración con el Sistema de Ingresos del Ayuntamiento de Madrid que se utiliza en aquellos expedientes administrativos que generan durante su instrucción un derecho de ingreso para el Ayuntamiento.
Este módulo realiza la generación y el cálculo de la tasa o tributo.
9 Gestor de plantillas.
Sistema de administración de plantillas de documentos que queda disponible para su utilización de los equipos desarrolladores de los distintos expedientes administrativos. Este módulo está integrado con el modelo de datos de la plataforma, genera plantillas base de uso común o específico por procedimiento o familia de procedimientos y puede personalizar los atributos de seguridad, presentación, formas de envío de cada plantilla.
Tipos de procedimientos a desarrollar sobre la plataforma.Firmado por: JAVIER DELGADO BERMEJOFecha: 23-05-2012 09:36:02 Autor
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B) PROCEDIMIENTO GENERAL SIMPLIFICADO PURO.
El Procedimiento General Simplificado es una “Plantilla de Procedimientos” incluida en las facilidades de desarrollo de PLATEA que puede reutilizarse para generar nuevos procedimientos mediante parametrización.
C) PROCEDIMIENTO GENERAL SIMPLIFICADO.
Cuando el procedimiento necesita datos o trámites específicos que no están en la “Plantilla de Procedimientos” se utiliza y configura es plantilla pero, además, el grupo de desarrollo del procedimiento debe realizar las siguientes operaciones:
- Desarrollo de las clases resolutorias de los datos específicos del expediente.
- Creación de tablas de datos específicos y sus correspondientes pantallas de gestión.
- Desarrollo de los trámites específicos en los puntos de tramitación que lo requieran.
D) PROCEDIMIENTO CON FLUJO DE TRABAJO CABLEADO.
La Plataforma provee las herramientas necesarias para la definición y desarrollo de procedimientos cuyo flujo está totalmente cableado y que, por lo tanto, debe de ser modelado íntegramente por el equipo de desarrollo encargado de su implementación utilizando las herramientas de modelado y componentes comunes que la plataforma pone a su disposición.
E) MENÚ DE PLATEA.
Aplicación independiente que centraliza la conexión de los usuarios desde Uweb a los procedimientos y aplicaciones a los que tiene autorización de acceso en el Módulo de Administración de usuarios arriba descrito.
F) COMPONENTES COMUNES.
Los diferentes procedimientos, dependiendo de su complejidad, pueden crearse sobre PLATEA directamente por parametrización o pueden necesitar desarrollos específicos. En todo caso, tendrán la posibilidad de utilizar una serie de componentes comunes provistos por la plataforma:
FLUJOS DE TAREAS: Elaborar y Firmar. Notificar. Resolución. Subsanación.
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Audiencia.
INTEGRACIONES: Gestión de Interesados. Bases de Datos Ciudad. Registro de Entrada/Salida. Plataforma de firma digital.
Base de datos de situación de tramitación. Estructura orgánica y funcional. Censo de locales y Actividades. Archivo Electrónico Corporativo. Sistemas de Gestión de Ingresos.
ENCAPSULACIÓN DE CLASES DE ACCESO A ARQUITECTURA: Archivo Electrónico. TIBCO.
TAREAS: Elaborar Documentación. Aportar Documentación. Inicio y Fin de Suspensión. Reasignar Tarea. Reabrir Expediente. Vuelta Atrás de Expediente. Traslado de Expediente.
2.3.2. Arquitectura de la plataforma.
La arquitectura de la plataforma y su interrelación con las aplicaciones que sustenta se refleja en la siguiente figura:
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CORE DE PLATEA
Las clases y componentes visuales (facelets) de PLATEA se han agrupado en cuatro componentes, creando librerías que se distribuyen en cada versión que se genera de PLATEA y que todos los procedimientos construidos sobre Platea deben integrar en su Código.
Los componentes Java de la arquitectura se distribuyen en las siguientes capas:
Platea Web. Clases Java que contienen la parte de presentación de la plataforma.
Platea Core. Conjunto de clases Java que gestionan la integración con otras aplicaciones y la lógica de negocio general como trámites, avisos y acuses de recibo.
Parametrizador. Clases Java relacionadas con la parametrización de procedimientos. Platea ofrece múltiples funcionalidades genéricas que cada procedimiento puede particularizar mediante parametrización en Base de Datos. De esta forma, la flexibilidad de la plataforma se incrementa ostensiblemente.
Platea Común. Software que incluye funcionalidad transversal común a todos los procedimientos.
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2.3.3. Infraestructura Tecnológica
PLATAFORMAS: Java 1.5 TIBCO iProcess 11.0.2 Documentum 6.5 Base de Datos SQL Server 2005
DESARROLLO: JSF (Icefaces 1.8.2) Spring Core, Spring AOP (2.5.6) Spring Security (2.0.6) Hibernate (3.4)
GESTIÓN DE CONFIGURACIÓN: Maven 2.2.1 Archiva. SVN
2.3.4. Documentación Técnica Complementaria
En caso de ser requerido por los licitadores, se facilitará bajo petición una copia de los “Libros Blancos” de PLATEA y Archivo Electrónico, en donde figuran las descripciones completas e instrucciones de trabajo para cada uno de dichos sistemas.
2.4. Equipo de trabajo.
En la proposición correspondiente, el licitador presentará un equipo de trabajo integrado por técnicos que cubra al completo el alcance funcional del sistema detallado en el presente documento, pudiendo ser una de las configuraciones indicativas la descrita en la tabla siguiente:
Categoría Horas(2012)
Horas(2013)
TotalHoras
JEFE DE PROYECTO 200 200 400CONSULTOR 733 1.027 1760ANALISTA 733 1.027 1760ANALISTA PROGRAMADOR 1.467 2.053 3520TÉCNICO DE SISTEMAS SENIOR 400 600 1000
TOTAL 3.533 4.907 8.440
Los licitantes deberán concretar, en memoria que acompañe a sus respectivas ofertas, el equipo técnico ofrecido que, ajustándose a lo solicitado en este pliego, se considere idóneo
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para atender las necesidades en éste especificadas. De este modo, las compañías licitantes deberán dirigir sus proposiciones técnicas hacia un enfoque orientado al servicio y no a los recursos.
No podrán ofertarse perfiles con dedicación anual superior a las 1.760 horas de trabajo.
El equipo técnico que se incorporará tras la formalización del contrato, para la prestación del servicio objeto del mismo, deberá estar formado por los componentes relacionados en la oferta, salvo causa de fuerza mayor.
El equipo humano que se ofrezca para la prestación de estos servicios deberá cumplir con los requisitos mínimos requeridos, sobre categorías profesionales, descritos en el punto 2.4.1 de este pliego.
El contratista se compromete a cubrir la totalidad del alcance funcional y técnico indicado en el presente documento con el equipo propuesto.
2.4.1. Categorías profesionales
Las categorías profesionales requeridas para la prestación del servicio objeto de este contrato son las siguientes:
Jefe de Proyecto
a) Funciones:Aportará los conocimientos inherentes a su actividad, coordinando con el responsable del contrato de IAM las acciones requeridas y los recursos necesarios en cada momento. Será el interlocutor del contratista para el seguimiento del proyecto, siendo además el responsable del cumplimiento de los ANS y de la planificación de recursos.
Participará en las reuniones de seguimiento, donde presentará los informes de seguimiento.
b) Requerimientos:Titulación Superior o equivalente (licenciado, arquitecto o ingeniero). Según las nuevas denominaciones de la enseñanza universitaria reglada, estar en posesión del título de Master.
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Experiencia mínima de 5 años como jefe de proyecto de implantación y/o mantenimiento de proyectos de Administración Electrónica en la Administración Pública.
Consultores
a) Funciones:Elaboran los diseños técnicos, resuelven incidencias, dan soporte funcional a usuarios clave y técnicos de IAM, toman requerimientos y elaboran estudios de viabilidad y análisis funcionales, actualizan la parametrización del sistema, se responsabilizan de los pasos a producción y documentan los desarrollos y modificaciones.
b) Requerimientos:Titulación Superior o equivalente (licenciado, arquitecto o ingeniero). Según las nuevas denominaciones de la enseñanza universitaria reglada, estar en posesión del título de Master.
Experiencia mínima de 2 años en la implantación y/o mantenimiento de soluciones TIBCO® o Documentum® en el ámbito de proyectos de Administración Electrónica en la Administración Pública.
Analistas
a) Funciones:Realizan el análisis y diseño técnico de las adaptaciones a realizar en el sistema, así como una prevaloración de los mismos. También coordinará al equipo de trabajo en aquellas actuaciones que afecten al BPM o al sistema de Archivo Electrónico.
b) Requerimientos:Titulación Superior o equivalente (licenciado, arquitecto o ingeniero). Según las nuevas denominaciones de la enseñanza universitaria reglada, estar en posesión del título de Master.
Tendrán experiencia mínima de tres años como analista, y de tres en programación J2EE en proyectos de Administración Electrónica en la Administración Pública.
Analistas Programadores
a) Funciones:Realizan la programación y pruebas unitarias, y proporcionan cualquier soporte requerido para la consecución de los objetivos del proyecto.
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b) Requerimientos:Titulación Media o equivalente (tres años de carrera universitaria equivalente a diplomatura, arquitecto técnico, ingeniero técnico, etc.). Según las nuevas denominaciones de la enseñanza universitaria reglada: estar en posesión del Grado.
Tendrán experiencia mínima de dos años en programación J2EE en proyectos de Administración Electrónica en la Administración Pública.
Técnicos Sistemas Senior
a) Funciones:Elaboran los diseños de arquitectura física de los sistemas, realizan pruebas de implantación y rendimiento, optimizan el rendimiento de los SS.II., actualizan la parametrización de los sistemas, establecen los requisitos mínimos de capacidad de los equipos, y establecen las métricas y controles de rendimiento necesarios.
b) Requerimientos:Titulación Superior o equivalente (licenciado, arquitecto o ingeniero). Según las nuevas denominaciones de la enseñanza universitaria reglada, estar en posesión del título de Master.
Experiencia mínima de 3 años en el diseño y optimización de arquitecturas multicapas con subsistemas BPM y/o Sistemas de Gestión de Bases de Datos Documentales.
2.4.2. Lugar de prestación del servicio.
Este servicio se prestará directamente en las dependencias del Ayuntamiento de Madrid, bajo la supervisión técnica del responsable del proyecto de la empresa adjudicataria (ver punto 3.1), salvo el trabajo correspondiente al perfil de técnico de sistemas senior que podrá realizarse en las dependencias del adjudicatario.
2.4.3. Precio de unidades en que se descompone el presupuesto.
El presupuesto está basado en precios/hora de las diferentes categorías profesionales del equipo técnico que se ofertará. Los precios/hora máximos para cada categoría se recogen en la siguiente tabla:
CategoríaPrecio /hora máximo
(sin IVA)
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JEFE DE PROYECTO 55,45 €CONSULTOR 62,07 €ANALISTA 38,90 €ANALISTA PROGRAMADOR 33,10 €TÉCNICO DE SISTEMAS SENIOR 45,51 €
3. CONSTITUCIÓN Y MODIFICACIONES DEL EQUIPO DE TRABAJO
3.1. Constitución inicial del equipo de trabajo
Con carácter previo, Informática del Ayuntamiento de Madrid (en adelante, IAM) designará un Responsable del contrato, cuyas funciones en relación con el objeto del presente pliego serán las de velar por el cumplimiento de los trabajos exigidos y ofertados y emitir las certificaciones parciales de recepción de los mismos.
Existirá un director del proyecto por parte de la empresa adjudicataria que tratará con el responsable del contrato de IAM para el proyecto y que realizará el seguimiento global.
Corresponderá al Jefe de Proyecto las tareas de gestión inmediata y diaria del proyecto, incluyendo el control y seguimiento de las actuaciones desarrolladas, estableciendo plazos y prioridades en los trabajos a realizar, efectuando el seguimiento de las mismas, e informando a IAM del estado de sus peticiones.
3.2. Modificaciones en la constitución del equipo de trabajo.
La introducción de cambios puntuales en la composición del equipo de trabajo habrá de solicitarse previamente a IAM y requerirá el cumplimiento de las siguientes condiciones para ser aceptado en su caso:
1. Justificación escrita, detallada y suficiente, explicando el motivo que suscita el cambio, con al menos un mes de antelación.
2. Presentación de perfiles de cualificación técnica igual o superior al que se pretende sustituir.
3. Incorporación del nuevo perfil en paralelo con el perfil que suscita el cambio, al menos un mes de antelación y sin coste adicional para IAM.
4. El nuevo perfil estará al menos quince días más a partir del cese del anterior sin coste para IAM.
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La aceptación del cambio requerirá de las mismas condiciones exigidas en la constitución del equipo inicial, siendo en todo caso, a costa del adjudicatario el tiempo de solapamiento entre el personal saliente y el entrante requerido para la adquisición de conocimiento del nuevo miembro del equipo.
3.3. Disponibilidad de medios.
La disponibilidad de los técnicos será la que figura en la siguiente tabla (excepto sábados, domingos y festivos):
Periodo Jornada MesesDel 1 de enero al 15 de junio y del 16 de septiembre al 31 de diciembre
7 horas y media 9
Del 16 de junio al 15 de septiembre 6 horas 3
La jornada laboral mencionada deberá en todo caso llevarse a efecto dentro del rango horario que va de de las 8:00 a las 17:00 horas. A petición expresa del Ayuntamiento de Madrid se podrá exigir la prestación del 5% de este horario fuera de la jornada establecida en el Ayuntamiento.
La empresa aportará los medios materiales precisos para el desempeño de las tareas objeto del contrato.
La presente contratación no creará vinculación laboral alguna entre el personal que se destine a la ejecución del contrato y el IAM. Dicho personal estará expresamente sometido al poder direccional y de organización de la empresa adjudicataria en todo ámbito y orden legalmente establecido, siendo por tanto ésta la única responsable y obligada al cumplimiento de cuantas disposiciones legales resulten aplicables.
A la extinción de los contratos de servicios no podrá producirse, en ningún caso, la consolidación de las personas que hayan realizado los trabajos objeto del contrato como personal del Ayuntamiento de Madrid y/o del IAM.
4. METODOLOGÍA EN LA ELABORACIÓN DE LOS TRABAJOS.
4.1. Metodología a emplear.
Todos los trabajos se ejecutarán siguiendo la metodología Métrica V3. Como soporte a la metodología y a la ejecución de los trabajos, se utilizarán las herramientas de gestión de
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ciclo de vida de software y de gestión de incidencias y peticiones que determine el Ayuntamiento para la correcta prestación y gestión de los servicios requeridos.
4.2. Calidad.
Durante el desarrollo de los trabajos la Administración podrá establecer controles de calidad sobre la actividad desarrollada y los productos obtenidos, de acuerdo con lo establecido en la “Guía de Estándares” de Informática del Ayuntamiento de Madrid publicada en la Web corporativa municipal.
4.2.1. Entorno tecnológico y metodológico.
El documento “Guía de Estándares” (publicada en www.madrid.es) vigente a fecha de publicación de las condiciones del presente pliego describe en detalle el hardware y software a utilizar por el adjudicatario, tanto a nivel de puesto de trabajo, como a nivel de servidores de datos y aplicaciones. Se incluye además información sobre la metodología aplicable a los proyectos de desarrollo y mantenimiento, a la prestación de servicio y a la gestión de Proyectos en general.
La Guía de Estándares se publica junto con un conjunto de Anexos técnicos y plantillas de entregables, también de obligado cumplimiento.
El adjudicatario se compromete a proporcionar a sus equipos los medios necesarios para poder realizar las entregas en los formatos de las herramientas indicadas en la Guía, especialmente en el caso de aquellas entregas que deban realizarse mediante herramientas de puesto (entorno de desarrollo, clientes de pruebas de rendimiento/funcionales, cliente genérico de SVN y demás herramientas de puesto). IAM proporcionará la infraestructura para el uso de todas las herramientas centralizadas (vía web).
4.2.2. Aseguramiento de la calidad.
IAM se reserva el derecho a auditar el nivel de cumplimiento de los criterios y estándares que, en caso de realizarse, serán vinculantes, no considerándose los trabajos a realizar finalizados hasta que se adapte a los estándares y entornos proporcionados por IAM. Estas actividades incluyen la comprobación de la calidad del producto entregado, la entrega en los formatos y herramientas establecidos en la metodología corporativa, así como de supervisar los procesos y actividades realizadas por el adjudicatario.
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En caso de llevar a cabo dicho control, IAM se encargará de reportar al adjudicatario un informe con las deficiencias detectadas en el entregable, que tendrá que ser corregido para poder considerarse finalizado.
En caso de realizarse desarrollos o mantenimientos de Aplicaciones o Sistemas de Información, la planificación, análisis, diseño, construcción e implantación también se ajustarán al contenido de la “Guía de Estándares” facilitada por IAM.
En caso de tratarse de prestación de servicios, se definirán las características del servicio de acuerdo a la metodología IAM (capacidad, disponibilidad, Acuerdo de Nivel de Servicio, etc.), y se podrá someter a auditoría el cumplimiento de dichas condiciones. En todo caso, las labores de gestión de proyectos deberán ser realizadas de acuerdo a los criterios indicados, no dándose por iniciado el proyecto hasta haber entregado la planificación inicial, que deberá ser actualizada según el grado de avance, al menos, semanalmente.
Para realizar el trabajo diario y las entregas a IAM, el adjudicatario deberá utilizar las herramientas de desarrollo y control de versiones, que deberá ser utilizado como repositorio de trabajo, y para el que IAM le asignará los usuarios y contraseñas pertinentes.
5. EJECUCIÓN Y GESTIÓN DEL PROYECTO.
5.1. Seguimiento y control de trabajos.
Corresponde a la Subdirección General de Sistemas de Información Sectoriales de IAM, (en adelante, SGSIS), la supervisión y control de los trabajos a realizar en el marco del contrato, con el objetivo de:
Velar por el cumplimiento de los trabajos exigidos y ofertados en los plazos establecidos.
Realizar un seguimiento continuo de la evolución del proyecto y de los servicios asociados al mismo.
Tras las revisiones técnicas, de las que se levantará acta, el Responsable del contrato podrá rechazar en todo o en parte los trabajos realizados, en la medida que no respondan a lo especificado en las reuniones de planificación o no superasen los controles de calidad acordados.
La SGDSIS podrá determinar los procedimientos y herramientas a utilizar para poder llevar a cabo la planificación, seguimiento y control del proyecto.
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La empresa facilitará mensualmente, un informe de progreso del proyecto en el que se detallarán los trabajos realizados y las horas empleadas por cada uno de los integrantes del equipo de trabajo.
5.2. Cuantificación de trabajos.
El procedimiento a seguir para el mantenimiento evolutivo será el siguiente: IAM realizará la petición de la modificación/evolución a través de la herramienta
corporativa de gestión de proyectos o bien en las reuniones de seguimiento del proyecto.
El prestador del servicio analizará la modificación e impacto de la misma. Como resultado de este análisis se le proporcionará a la herramienta corporativa de IAM la siguiente documentación: descripción de la solución, funcionalidad, módulos afectados, impacto a usuarios, unidades afectadas, planificación en tiempo y recursos, coste del desarrollo e implantación y plan de pruebas.
Se procederá a aprobar o rechazar la modificación/evolución por parte del IAM. Se desarrollará e implantará la modificación/evolución (cuando esta haya sido
aprobada).
El procedimiento a seguir para el mantenimiento adaptativo será el siguiente: Se realizará la comunicación del error o del cambio de algún producto del software
de base a través de la herramienta de gestión de proyectos o reunión de seguimiento.
El prestador del servicio analizará impacto y procederá a su análisis. El prestador del servicio analizará la modificación e impacto de la misma. Como
resultado de este análisis se le proporcionará a IAM a través de la herramienta corporativa la siguiente información: descripción de la solución, funcionalidad, módulos afectados, impacto a usuarios, unidades afectadas, planificación en tiempo y recursos, coste del desarrollo e implantación y plan de pruebas.
Se procederá a aprobar o rechazar la modificación/adaptación por parte del IAM. Se desarrollará e implantará la modificación/evolución (cuando ésta haya sido
aprobada).
El procedimiento a seguir para el mantenimiento correctivo será el siguiente:
Se realizará la comunicación del error a través de la herramienta corporativa de gestión de proyectos, reunión de seguimiento o por CAU.
El prestador del servicio analizará el error y procederá a su resolución. Se cuantificará el coste de recursos dedicados a la resolución del error, y se incluirá
en la herramienta de gestión de proyectos al menos la siguiente información: descripción de la solución, funcionalidad, módulos afectados, impacto a usuarios,
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unidades afectadas, planificación en tiempo y recursos, coste del desarrollo e implantación y plan de pruebas.
A efectos de facturación de las tareas de mantenimiento de los desarrollos específicos del Ayuntamiento de Madrid, el adjudicatario desglosará los costes dedicados a cada uno de los mantenimientos: correctivo, adaptativo y evolutivo.
5.3. Acuerdos de niveles de servicio para el soporte y mantenimiento correctivo.
La realización de las tareas de mantenimiento correctivo y soporte, requieren el cumplimiento de determinados niveles de servicio. Para ello se parte de un ámbito de 2.500 usuarios y el equipo previsto, con el horario de lunes a viernes: de 8:00 h. a 17:00 h.
Tal y como se indica en el apartado 3.3, y a petición expresa de IAM, se podrá exigir que se preste un 5% de este horario fuera de la jornada establecida.
Los niveles de acuerdo de servicio son los que se relacionan a continuación:
Prioridaddel caso(*)
Tiempo deRespuesta
Tiempo deComunicación
Tiempo deResolución
Crítica 2 horas 8 horas 12 horasSeria 2 horas 18 horas 24 horas
Moderada 2 horas 24 horas Por prioridad en una lista
(*) Niveles de prioridad de los casos:- Crítica. No se puede realizar ninguna operación sobre el sistema.- Seria. No se puede realizar ninguna operación sobre un expediente o módulo del
sistema.- Moderada. Se puede trabajar con alguna dificultad y el caso no se puede clasificar
dentro de ninguna de las anteriores.
Descripción de los Tiempos:
Tiempo de Respuesta. Es el tiempo transcurrido entre la notificación del caso por parte del usuario y la asignación de un consultor para su análisis.
Tiempo de Comunicación. Es el tiempo que transcurre en alguna de estas situaciones:o Desde la asignación del caso a un consultor de soporte, hasta que éste
comunica un diagnóstico o solicita más información al usuario.
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o Desde la respuesta del usuario ante una petición de más información por parte del consultor y una nueva comunicación aportando el diagnóstico o solicitando nuevamente información al usuario.
En los casos en los que se sucedan varias comunicaciones justificadas de este tipo (solicitud de informaciónrespuesta de usuario), se computará únicamente el transcurrido desde la última comunicación por parte del usuario y no el acumulado desde la asignación de dicha incidencia.
Las necesidades de consultas sucesivas sobre el mismo caso se justificarán posteriormente ante el Responsable del Contrato de IAM.
Tiempo de Resolución. Es el tiempo que transcurre entre el diagnóstico del problema y una de las siguientes actuaciones:o Una notificación indicando que el comportamiento del aplicativo es el
adecuado y no es necesaria una intervención por parte de la empresa adjudicataria.
o La notificación de una solución alternativa para dar continuidad a la operativa del usuario.
o Escalado del caso al Responsable del Contrato de IAM por discrepancia en la categorización del caso planteado como error.
La definición y requerimientos mínimos de las diferentes categorías profesionales de este pliego están recogidos en el Anexo I.
6. TRANSFERENCIA DE LA INFORMACIÓN Y DOCUMENTACIÓN.
Durante la ejecución de los trabajos objeto de la prestación del servicio, el adjudicatario se compromete, en todo momento, a facilitar al responsable del contrato designado por la Subdirección General de Sistemas de Información Sectoriales toda la información y documentación que soliciten para disponer de un pleno conocimiento de las circunstancias en que se desarrollan los trabajos, así como de los eventuales problemas que puedan plantearse y de las tecnologías, métodos y herramientas utilizadas.
Los trabajos a realizar deberán ser convenientemente documentados, para ello el adjudicatario se compromete a generar por cada producto obtenido, toda la documentación que sea aplicable. Toda la documentación, planificación y costes se irá incorporando en la herramienta corporativa de gestión de proyectos. La documentación generada durante la
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ejecución del servicio es propiedad exclusiva de IAM sin que el contratista pueda conservarla ni obtener copia de la misma o facilitarla a terceros sin la expresa autorización de IAM que, en su caso, la daría previa petición formal del contratista con expresión del fin.
Toda la documentación se entregará en español. Asimismo, se entregará dicha documentación en medios electrónicos, compatibles para su tratamiento electrónico con la herramienta ofimática Microsoft Office 2003. En el caso de cierta documentación (modelo de datos, diagrama de clases, etc.) está será suministrada, en formatos adecuados para su consulta (Visio, Rational Rose), que se indicarán en su momento por el responsable técnico del proyecto por parte de IAM, además de proporcionarse en formato texto junto con el resto de documentación.
La empresa adjudicataria realizará por sus propios medios, dentro del ámbito del trabajo, la edición en papel de al menos una copia de la documentación final del proyecto, y dos soportes electrónicos con la documentación íntegra del proyecto.
Se deberá incorporar toda la documentación en la herramienta corporativa utilizada para gestión del ciclo de vida del proyecto, Polarion o cualquiera que considere IAM.
En todos los trabajos que se entreguen no deberá aparecer ninguna referencia o logotipo de la empresa adjudicataria ni de ninguna otra, sino solamente el de IAM o el que éste indique.
El adjudicatario deberá suministrar a la Subdirección General de Sistemas de Información Sectoriales las nuevas versiones de la documentación que se vaya produciendo. También se entregará, en su caso, los documentos sobre los que se ha basado el desarrollo de los trabajos, documentos de trabajo previos, etc. en idéntico soporte a los anteriores.
Asimismo, se entregará copia en el formato adecuado de los productos o servicios que se instalen y /o configuren, incluyendo el código fuente, así como cualquier licencia de producto ó componente aportado, debidamente homologado por los responsables técnicos de IAM para la plataforma tecnológica existente.
En caso de cese o finalización de contrato, el adjudicatario estará obligado a proporcionar toda la información y documentación requerida por IAM al objeto de gestionar el traspaso de la gestión de los servicios. Este traspaso se realizará antes de la finalización o rescisión del contrato, para lo que previamente se hará un estudio y planificación de esta tarea.
El adjudicatario deberá realizar el proceso de reversión, asegurando que se mantienen los servicios al Ayuntamiento durante el traspaso del control de servicios, y deberá colaborar activamente con IAM durante este proceso, para facilitar la transición de los servicios sin causar perjuicios. Para asegurar que el retorno de los conocimientos es completo, el adjudicatario proporcionará como mínimo las siguientes horas por perfiles, adicionales a las
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ya fijadas para la ejecución del servicio y sin coste adicional para el Ayuntamiento de Madrid:
Categoría Nº HorasAnalista 150Consultor 80Analista programador 150
7. PROPIEDAD INTELECTUAL, SEGURIDAD Y CONFIDENCIALIDAD.
7.1. Propiedad intelectual de los trabajos.
Sin perjuicio de lo dispuesto por la legislación vigente, en materia de propiedad intelectual y de protección jurídica de los programas de ordenador, el contratista aceptará expresamente que la propiedad de los trabajos específicos que se desarrollen para Informática del Ayuntamiento de Madrid es de dicho organismo, con exclusividad y a todos los efectos, así como la propiedad de toda la documentación generada.
7.2. Seguridad y confidencialidad de la información.
La empresa adjudicataria y el personal a su servicio en la prestación del contrato, tal y como se define en la letra g) del artículo 3 de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, están obligados en su calidad de encargados de tratamiento de datos personales por cuenta de Informática del Ayuntamiento de Madrid al cumplimiento de lo dispuesto en la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, la Ley 8/2001, de 13 de julio, de Protección de Datos de Carácter Personal de la Comunidad de Madrid, el Real Decreto 1720/2007, de 21 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, así como de las disposiciones que en materia de protección de datos se encuentren en vigor a la adjudicación del contrato o que puedan estarlo durante su vigencia.
La empresa adjudicataria se obliga especialmente a lo siguiente:
1. Deberá guardar la debida confidencialidad y secreto sobre los hechos, informaciones, conocimientos, documentos y otros elementos a los que tenga acceso con motivo de la prestación del servicio (art. 10 LOPD), sin que pueda conservar copia
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o utilizarlos para cualquier finalidad distinta a las expresamente recogidas en el presente pliego, incurriendo en caso contrario en las responsabilidades previstas en la legislación vigente (art. 12.4 LOPD). Igualmente, deberá informar a sus empleados de que sólo pueden tratar la información del Ayuntamiento para cumplir los servicios objeto de este pliego y también de la obligación de no hacer públicos, ceder o enajenar cuantos datos conozcan (artículo 9 LOPD). Esta obligación subsistirá aún después de la finalización del contrato.
2. Asimismo, deberá incluir una cláusula de confidencialidad y secreto en los términos descritos (art. 10 LOPD) en los contratos laborales que suscriban los trabajadores destinados a la prestación del servicio objeto del presente pliego.
La empresa adjudicataria, al igual que su personal, se someterán a los documentos de seguridad vigentes en el Ayuntamiento de Madrid para cada uno de los ficheros a los que tengan acceso, e igualmente a las especificaciones e instrucciones de los responsables de seguridad en materia de protección de datos de cada una de las dependencias municipales afectadas.
3. Dicho compromiso afecta tanto a la empresa adjudicataria como a los participantes y colaboradores en el proyecto y se entiende circunscrito tanto al ámbito interno de la empresa como al ámbito externo de la misma. El Ayuntamiento de Madrid se reserva el derecho al ejercicio de las acciones legales oportunas en caso de que bajo su criterio se produzca un incumplimiento de dicho compromiso.
4. Únicamente tratará los datos personales a los que tenga acceso para la prestación del contrato conforme al contenido de este pliego de prescripciones técnicas y a las instrucciones que IAM le pueda especificar en concreto y que se incluirían como una Adenda al presente contrato. No aplicará o utilizará los datos personales indicados con fin distinto al previsto en el contrato, ni los comunicará, ni siquiera para su conservación, a otras personas salvo autorización expresa por parte del responsable del fichero en los términos previstos en el artículo 21 del Reglamento de desarrollo de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal.
5. Según la ubicación de la prestación de los servicios y de los equipos se derivan las siguientes obligaciones:
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a) En caso de que el adjudicatario preste sus servicios en sus propios locales y utilizando los sistemas de información del Ayuntamiento, a cumplir todas y cada una de las medidas de seguridad (nivel básico, medio o alto) que sean de aplicación en función de la tipología de datos que se utilicen y traten para la prestación del servicio objeto del presente contrato y que vienen previstas en el Título VIII del Reglamento de desarrollo de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal. A este respecto no se registrarán datos de carácter personal en ficheros que no reúnan las condiciones determinadas en el referido Titulo VIII respecto a su integridad y seguridad y a las de los Centros de tratamiento, locales, equipos, sistemas y programas. (Artículo 9.2. LOPD).
Para el tratamiento y acceso a los datos por parte del adjudicatario se velará específicamente por el cumplimiento de lo previsto en los artículos 92, 97, 101 y 108 del Real Decreto 1720/2007, de 21 de diciembre, que aprueba el Reglamento de desarrollo de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, referentes a la gestión y distribución de soportes y documentos. Durante la realización de los servicios que se presten como consecuencia del cumplimiento del presente contrato, el adjudicatario y su personal se someterán al estricto cumplimiento de los documentos de seguridad vigentes para los ficheros de datos de carácter personal a los que tengan acceso.
El acceso a las bases de datos del Ayuntamiento de Madrid necesarias para la prestación del servicio se autorizará al adjudicatario para el exclusivo fin de la realización de las tareas objeto de este contrato, quedando prohibido para el adjudicatario y para el personal encargado de su realización su reproducción por cualquier medio y la cesión total o parcial a cualquier persona física o jurídica. Lo anterior se extiende asimismo al producto de dichas tareas.
El adjudicatario se compromete a formar e informar a su personal en las obligaciones que de tales normas dimanan, para lo cual programará las acciones formativas necesarias.
El personal prestador del servicio objeto del contrato tendrá acceso autorizado únicamente a aquellos datos y recursos que precisen para el desarrollo de sus funciones.
b) En caso de que el adjudicatario preste sus servicios en locales del Ayuntamiento de Madrid y utilizando los sistemas de información del Ayuntamiento, a cumplir todas y cada una de las medidas de seguridad (nivel básico, medio o alto) que sean de aplicación en función de la tipología de datos que se utilicen y traten para la prestación del servicio objeto del presente contrato
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y que vienen previstas en el Título VIII del Reglamento de desarrollo de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal. A este respecto no se registrarán datos de carácter personal en ficheros que no reúnan las condiciones determinadas en el referido Titulo VIII respecto a su integridad y seguridad y a las de los Centros de tratamiento, locales, equipos, sistemas y programas. (Artículo 9.2. LOPD).
Durante la realización de los servicios que se presten como consecuencia del cumplimiento del presente contrato, el adjudicatario y su personal se someterán al estricto cumplimiento de los documentos de seguridad vigentes para los ficheros de datos de carácter personal a los que tengan acceso, así como a las instrucciones de los responsables de seguridad de las dependencias municipales en las que desarrollen su trabajo.
El acceso a las bases de datos del Ayuntamiento de Madrid necesarias para la prestación del servicio se autorizará al adjudicatario para el exclusivo fin de la realización de las tareas objeto de este contrato, quedando prohibido para el adjudicatario y para el personal encargado de su realización su reproducción por cualquier medio y la cesión total o parcial a cualquier persona física o jurídica. Lo anterior se extiende asimismo al producto de dichas tareas.
El adjudicatario se compromete a formar e informar a su personal en las obligaciones que de tales normas dimanan, para lo cual programará las acciones formativas necesarias.
El personal prestador del servicio objeto del contrato tendrá acceso autorizado únicamente a aquellos datos y recursos que precisen para el desarrollo de sus funciones.
c) En caso de que el adjudicatario preste sus servicios en sus propios locales y utilizando sus sistemas de información, a cumplir todas y cada una de las medidas de seguridad (nivel básico, medio o alto) que sean de aplicación en función de la tipología de datos que se utilicen y traten para la prestación del servicio objeto del presente contrato y que vienen previstas en el Título VIII del Reglamento de desarrollo de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal. A este respecto no se registrarán datos de carácter personal en ficheros que no reúnan las condiciones determinadas en el referido Titulo VIII respecto a su integridad y seguridad y a las de los Centros de tratamiento, locales, equipos, sistemas y programas. (Artículo 9.2. LOPD).
Para el tratamiento y acceso a los datos por parte del adjudicatario se velará específicamente por el cumplimiento de lo previsto en los artículos 92, 97, 101 y 108 del Real Decreto 1720/2007, de 21 de diciembre, que aprueba el Reglamento de desarrollo de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de
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Protección de Datos de Carácter Personal, referentes a la gestión y distribución de soportes y documentos.
6. Los diseños, desarrollos o mantenimientos de software deberán, con carácter general, observar los estándares que se deriven de la normativa de seguridad de la información y de protección de datos, y en concreto lo relativo a la identificación y autenticación de usuarios, estableciendo un mecanismo que permita la identificación de forma inequívoca y personalizada de todo aquel usuario que intente acceder al sistema de información y la verificación de que está autorizado, limitando la posibilidad de intentar reiteradamente el acceso no autorizado al sistema de información.
7. El Ayuntamiento de Madrid se reserva el derecho de efectuar en cualquier momento los controles y auditorias que estime oportunos para comprobar el correcto cumplimiento por parte del adjudicatario de sus obligaciones, el cual está obligado a facilitarle cuantos datos o documentos le requiera para ello.
8. Todos los datos personales que se traten o elaboren por la empresa adjudicataria como consecuencia de la prestación del contrato, así como los soportes del tipo que sean en los que se contengan son propiedad del Ayuntamiento de Madrid.
9. Una vez cumplida la prestación contractual, los datos de carácter personal deberán ser destruidos o devueltos al Ayuntamiento de Madrid conforme a las instrucciones que haya dado, al igual que cualquier soporte o documento que contenga algún dato de carácter personal objeto del tratamiento y en caso de que el adjudicatario preste sus servicios en sus propios locales y utilizando sus sistemas de información, en la medida que el adjudicatario aporta equipos informáticos para la prestación del servicio objeto del contrato, una vez finalizadas las tareas, el adjudicatario previamente a retirar los equipos informáticos, deberá borrar toda la información utilizada o que se derive de la ejecución del contrato, mediante el procedimiento técnico adecuado, o proceder a su entrega al responsable del fichero. La destrucción de la documentación de apoyo, si no se considerara indispensable, se efectuará mediante máquina destructora de papel o cualquier otro medio que garantice la ilegibilidad, efectuándose esta operación en el lugar donde se realicen los trabajos. Igualmente, deberá adoptar las medidas necesarias para impedir la recuperación posterior de información almacenada en soportes que vayan a ser desechados o reutilizados.
10. De conformidad con lo que establece el artículo 12.4 de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, en relación con el artículo 9.4 de la Ley 8/2001, de 13 de julio de Protección de Datos de Carácter Personal de la Comunidad de Madrid, el incumplimiento por parte del adjudicatario de las estipulaciones del presente contrato lo convierten en responsable del tratamiento respondiendo directamente de las infracciones en que hubiera incurrido, así como del
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pago del importe íntegro de cualquier sanción que, en materia de protección de datos de carácter personal, pudiera ser impuesta al Ayuntamiento de Madrid, así como de la totalidad de los gastos, daños y perjuicios que sufra el Ayuntamiento de Madrid como consecuencia de dicho incumplimiento (art. 12.4 LOPD).
11. Aportará una memoria descriptiva de las medidas que adoptará para asegurar la confidencialidad e integridad de los datos manejados y de la documentación facilitada. Asimismo, el adjudicatario deberá comunicar al organismo contratante antes de transcurridos siete días de la fecha de comunicación de la adjudicación definitiva, la persona que será directamente responsable de la puesta en práctica y de la inspección de dichas medidas de seguridad, adjuntando su perfil profesional.
8. GARANTÍA DE LOS TRABAJOS.
El adjudicatario deberá garantizar los trabajos derivados de la presente contratación por un plazo de dos años, a contar desde la finalización del contrato, obligándose a realizar durante dicho periodo los cambios necesarios para solventar las deficiencias detectadas imputables a la firma adjudicataria.
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