instituto cientÍfico y tecnologico del ejÉrcito...
Post on 07-Aug-2021
6 Views
Preview:
TRANSCRIPT
INSTITUTO CIENTÍFICO Y TECNOLOGICO DEL EJÉRCITO
ESCUELA DE POS GRADO
MAESTRIA EN GESTION E INNOVACION TECNOLOGICA
“GRAL DIV EDGARDO MERCADO JARRIN”
TESIS
“GESTION DEL CONOCIMIENTO DEL MARCO LEGAL VIGENTE APLICADO A LA
PRIMERA BRIGADA DE FUERZAS ESPECIALES Y SU RELACIÓN CON EL APOYO A
LA SEGURIDAD CIUDADANA CHORRILLOS 2017”
PARA OPTAR EL GRADO ACADÉMICO DE:
MAESTRO
PRESENTADO POR:
Bach. Ulises Enrique REYNEL CHAVEZ
LIMA – 2017
1
TITULO DE LA TESIS:
“GESTION DEL CONOCIMIENTO DEL MARCO LEGAL VIGENTE APLICADO A LA
PRIMERA BRIGADA DE FUERZAS ESPECIALES Y SU RELACIÓN CON EL APOYO A
LA SEGURIDAD CIUDADANA CHORRILLOS 2017”
2
DEDICATORIA
A Dios por darme la capacidad y oportunidad de poder
alcanzar una meta más en mi vida.
A mis Hijas Jazmín y Emily, a mi Esposa Esmeralda y a
mis padres por ser el motivo de mi esfuerzo y el motor
principal para seguir adelante, gracias por brindarme
su amor, comprensión y apoyo para alcanzar esta gran
meta.
3
AGRADECIMIENTOS
Agradezco a Dios por acompañarme día a día e iluminarme en los momentos difíciles
para salir adelante.
Agradezco A mis Hijas Jazmín y Emily, a mi Esposa Esmeralda y a mis padres por ser el
motivo de mi esfuerzo y el motor principal para seguir adelante, gracias por brindarme su
amor, comprensión y apoyo para alcanzar esta gran meta.
Agradezco a todos los profesores que me brindaron su valiosa enseñanza y su apoyo
académico. ¡Gracias!
Agradezco a las personas que laboran en el Instituto Científico y Tecnológico del Ejército,
por ser parte de mi vida y por brindarme enseñanzas invaluables, que han hecho de mí
una mejor persona.
A mis amigos, por el apoyo y motivación que de ellos he recibido.
A los Revisores por su dedicación y apoyo en la revisión y recomendaciones del presente
trabajo.
4
ÍNDICE
Páginas
TITULO ii
DEDICATORIA iii
AGRADECIMIENTO iv
INDICE v
RESUMEN vii
ABSTRACT viii
LISTA DE TABLAS ix
LISTA DE FIGURAS xi
INTRODUCCIÓN xii
CAPÍTULO I: PLANTEAMIENTO DEL ESTUDIO 14
1.1. Descripción de la realidad problemática 141.2. Formulación del problema 17
1.2.1. Problema principal 181.2.2. Problemas específicos 18
1.3. Objetivos 181.3.1. Objetivo principal 181.3.2. Objetivos específicos 18
1.4. Justificación e importancia de la Investigación 191.5. Delimitación de la investigación 21
1.5.1. Delimitación espacial 211.5.2. Delimitación temporal 221.5.3. Delimitación social 221.5.4. Delimitación conceptual 22
1.6. Limitaciones 22
CAPÍTULO II: MARCO TEÓRICO 24
2.1. Antecedentes 242.2. Bases teóricas o teoría sustantiva 402.3. Glosario de términos 722.4. Formulación de las hipótesis 77
2.4.1. Hipótesis Global o principal 772.4.2. Hipótesis Específicas 77
2.5. Identificación y clasificación de las variables 772.6. Operacionalización de variables 78
CAPÍTULO III: METODOLOGÍA DE LA INVESTIGACIÓN 80
3.1. Tipo, Diseño y Nivel de la investigación 803.2. Población y muestra 80
5
3.2.1. Población 803.2.2. Muestra 80
3.3. Técnicas e Instrumentos de Recolección de datos. 813.4. Procesamiento de los datos 82
CAPÍTULO IV: ANÁLISIS Y PRESENTACIÓN DE RESULTADOS 83
4.1 Presentación, análisis e interpretación de Resultados 85
4.2 Contrastación de hipótesis 99
4.3 Discusión de los resultados 111
CONCLUSIONES 114
RECOMENDACIONES 115
REFERENCIAS 117
ANEXOS:
Anexo Nº 01: Matriz de consistencia 119
Anexo Nº 02: Instrumento de recolección de datos 121
RESUMEN
En esta investigación se planteó el objetivo principal de: Determinar la Gestión del
conocimiento del marco legal vigente en la Primera Brigada de Fuerzas Especiales como
se relaciona con el apoyo a la seguridad ciudadana; con el propósito de identificar las
causas que las generan y proponer el uso de Normas, nuevos conocimientos para que las
Fuerzas Armadas puedan apoyar en la seguridad ciudadana amparándose en nuevas
normas legales.
6
La muestra total de la población censal, de 593 personas entre la población Civil del
Distrito de Chorrillos y personal militar de la Primera Brigada de Fuerzas Especiales, y se
aplicó la prueba estadística de Alfa de Konbrach, para lo cual se ha tenido que
dicotomizar todas las variables del Marco Referencial y las variables de la Realidad; dado
que el tamaño del estrato se ha fijado teniendo en cuenta la población censal total (593)
informantes, que conforman el estudio de investigación. Se aplicó una encuesta a toda la
muestra censal, para recoger la información y medir la sumatoria de datos de los dominios
de todas las variables que se indican, señalados en el numeral 2.5 del Capítulo II MARCO
TEORICO de la presente investigación, sobre identificación y clasificación de las
variables:
Los resultados obtenidos fueron analizados en el nivel explicativo con el diseño No
experimental. Con la estadística se ha desarrollado la contrastación de las hipótesis, se
realizó con la Prueba Chi-Cuadrado a determinar la distribución teórica
Palabras clave: Marco legal vigente - seguridad ciudadana
ABSTRACT
In this investigation, the main objective of: Determine the Knowledge Management of the
current legal framework in the First Brigade of Special Forces as it relates to the support to
the citizen security; with the purpose of identifying the causes that generate them and
proposing the use of Norms, new knowledge so that the Armed Forces can support citizen
security based on new legal norms.
The total sample of the census population, of 593 people among the Civilian population of
the District of Chorrillos and military personnel of the First Brigade of Special Forces, and
7
the statistical test of Alpha of Konbrach was applied, for which it has been necessary to
dichotomize all the variables of the Reference Framework and the variables of the Reality;
given that the size of the stratum has been fixed taking into account the total census
population (593) informants, who make up the research study. A survey was applied to the
entire census sample, to collect the information and measure the data summation of the
domains of all the indicated variables, indicated in section 2.5 of Chapter II THEORETICAL
FRAMEWORK of the present investigation, on identification and classification of the
variables:
The results obtained were analyzed at the explanatory level with the non-experimental
design. With statistics has been developed the testing of the hypothesis, was performed
with the Chi-square test to determine the theoretical distribution
Keywords: Current legal framework - citizen security
8
LISTA DE TABLAS
Tablas:
1. TABLA N° 01 : Resultados de la evaluación del cuestionario 83
2. TABLA N° 02 : Resultados de la Prueba estadística “Alfa de Cronbach 85
3. TABLA N° 03 : Resultados de la Prueba estadística ”Alfa de Cronbach 88
4. TABLA N° 04 : Análisis e interpretación de resultados de la Pregunta 1 89
5. TABLA N° 05 : Análisis e interpretación de resultados de la Pregunta 2 89
6. TABLA N° 06 : Análisis e interpretación de resultados de la Pregunta 3 90
7. TABLA N° 07 : Análisis e interpretación de resultados de la Pregunta 4 91
8. TABLA N° 08 Análisis e interpretación de resultados de la Pregunta 5 91
9. TABLA N° 09 : Análisis e interpretación de resultados de la Pregunta 6 92
10. TABLA N° 10 : Análisis e interpretación de resultados de la Pregunta 7 92
11. TABLA N° 11 : Análisis e interpretación de resultados de la Pregunta 8 92
12. TABLA N° 12 : Análisis e interpretación de resultados de la Pregunta 9 93
13. TABLA N° 13 : Análisis e interpretación de resultados de la Pregunta 10 93
14. TABLA N° 14 : Análisis e interpretación de resultados de la Pregunta 11 93
15. TABLA N° 15 : Análisis e interpretación de resultados de la Pregunta 12 94
16. TABLA N° 16 Análisis e interpretación de resultados de la Pregunta 13 94
17. TABLA N° 17 : Análisis e interpretación de resultados de la Pregunta 14 95
18. TABLA N° 18 : Análisis e interpretación de resultados de la Pregunta 15 95
19. TABLA N° 19 : Análisis e interpretación de resultados de la Pregunta 16 95
20. TABLA N° 20 : Análisis e interpretación de resultados de la Pregunta 17 96
21. TABLA N° 21 : Análisis e interpretación de resultados de la Pregunta 18 96
22. TABLA N° 22 : Análisis e interpretación de resultados de la Pregunta 19 97
23. TABLA N° 23: Análisis e interpretación de resultados de la Pregunta 20 97
24. TABLA N° 24: Análisis e interpretación de resultados de la Pregunta 21 97
25. TABLA N° 25 Análisis e interpretación de resultados de la Pregunta 22 97
26. TABLA N° 26 Análisis e interpretación de resultados de la Pregunta 23 98
27. TABLA N° 27 Análisis e interpretación de resultados de la Pregunta 24 98
28. TABLA N° 28 Análisis e interpretación de resultados de la Pregunta 25 98
29. TABLA N° 29 Análisis e interpretación de resultados de la Pregunta 26 99
30. TABLA N° 30 Análisis e interpretación de resultados de la Pregunta 27 99
31. TABLA Nº 31 Dimensiones relacionadas en la hipótesis de investigación 101
32. TABLA N° 32 Prueba de Cronbach para la Hipótesis Especifica N° 1 104
9
33. TABLA N° 33 Prueba de Cronbach para la Hipótesis Especifica N° 2 106
34. TABLA N° 34: Prueba de Cronbach para la Hipótesis Especifica N° 3 108
35. TABLA N° 35 Prueba de Cronbach para la Hipótesis Especifica N° 3 109
10
LISTA DE FIGURAS
1. Figura Nº 1: Análisis e interpretación de resultados de la Pregunta 1 89
2. Figura Nº 2: Análisis e interpretación de resultados de la Pregunta 2 90
3. Figura Nº 3: Análisis e interpretación de resultados de la Pregunta 5 91
4. Figura Nº 4: Análisis e interpretación de resultados de la Pregunta 13 94
5. Figura Nº 5: Análisis e interpretación de resultados de la Pregunta 16 95
11
INTRODUCCIÓN
El presente trabajo de investigación titulado “GESTION DEL CONOCIMIENTO DEL
MARCO LEGAL VIGENTE APLICADO A LA PRIMERA BRIGADA DE FUERZAS
ESPECIALES Y SU RELACIÓN CON EL APOYO A LA SEGURIDAD CIUDADANA
CHORRILLOS 2017”, tiene por objetivo determinar las dificultades que podría ocasionar
en una eventual participación de las Fuerzas Armadas participen en apoyo a la Seguridad
Ciudadana junto con la Policía Nacional del Perú para el control del orden interno en el
territorio nacional; con el propósito de identificar cuáles serían los problema básicos que
les podrían generar; de tal manera que tengamos base para proponer nuevos
conocimientos que contribuyan a la Participación de las Fuerzas Armadas y por ende la
Primera Brigada de Fuerzas Especiales acantonadas en el Distrito de Chorrillos
En la investigación se analizó las dificultades que impiden al Personal de las Fuerzas
Armadas en participar apoyando a la Policía Nacional en la seguridad Ciudadana ya que
este flagelo está azotando y ocasionando muertes en todo el Territorio Nacional ya que la
Policía Nacional no se abastece para cumplir esta función y asimismo hacer partícipe a
las Fuerzas Armadas en Nuevos roles innovando así nuevas normas y nuevos
conocimientos que amparen al Personal Militar en el empleo de La fuerza ,enmarcado en
la normatividad vigente, durante el ejercicio de la función militar, dicho personal sujeta su
accionar y conducta a lo previsto en la Constitución Política del Perú, y en estricta
observancia de los Derechos Humanos y el Derecho Internacional Humanitario.
En tal sentido, se consideró oportuno el desarrollo de la presente tesis, ante la creciente
amenaza de la delincuencia común que enfrentan la Población del Distrito de Chorrillos y
la participación del personal militar de la Primera Brigada de Fuerzas Especiales en
apoyo a la Policía Nacional siendo originados entre otros por factores externos a la propia
dinámica de la Participación de las Fuerzas Armadas, como por ejemplo las limitaciones
del Marco Legal Vigente, La capacitación del Personal y la Revisión del Marco legal
vigente por las carencias de normas legales para que amparen a este personal.
La presente de tesis consta de los siguientes capítulos:
12
El capítulo I: Planteamiento del estudio. Contiene la descripción y formulación del
problema; los objetivos de la investigación; la justificación; la delimitación y limitaciones.
El capítulo II: Marco Teórico, Se desarrolló los antecedentes de la investigación; las bases
teóricas de las dos variables en estudio, glosario de términos, la formulación de hipótesis,
identificación y la operacionalización de variables.
El capítulo III: Metodología de la investigación. Se desarrolló el tipo de investigación; el
diseño y nivel de investigación; la población y muestra, los instrumentos de recolección de
datos y procesamiento de los datos.
El capítulo IV: Análisis y Presentación de Resultados. Contiene la presentación, análisis e
interpretación de resultados; contrastación de hipótesis y discusión de los resultados.
Finalmente en las conclusiones, se indica los dominios en que se expresan las variables
en la Gestión del Conocimiento del Marco Legal Vigente y el Apoyo a la Seguridad
Ciudadana, según la percepción y conocimientos de los entrevistados; en las
recomendaciones, éstas se plantean como producto del estudio realizado. Finalmente,
luego de las referencias bibliográficas, en los anexos, revisada, se presenta los
instrumentos utilizados en el presente estudio de investigación que tuvo viabilidad positiva
para su aplicación.
13
CAPÍTULO I:
PLANTEAMIENTO DEL ESTUDIO
1.1 Descripción de la realidad problemática.
El actual gobierno conducido por el Economista Pedro Pablo Kuczynski ha tomado
como uno de sus pilares y como una política de estado el combatir y eliminar la
inseguridad ciudadana, habiéndose puesto él a la cabeza de esta actividad; sin
embargo, contrario a su opositora de la segunda vuelta electoral, la señora Keiko
Fujimori, ha tomado la decisión de no utilizar a las Fuerzas Armadas para lograr
este propósito político. Quedando en medio la actividad a desempeñar por esta
Brigada como una nueva relación de apoyo contra la ya existente corrupción
política interna, por lo cual acarrearía nueva modalidades de inseguridad donde
dicha gran unidad no estaría contando con el apoyo de medios para su buen
desenvolvimiento de optimizar y contrarrestar las acciones venideras a futuro.
Teniendo en consideración que el problema de la inseguridad ciudadana se ha
venido agudizando en los últimos años, mostrando un avance incontrolable, pese a
los esfuerzos de los gobiernos de turno, las Fuerzas Armadas, entre ellas el
Ejército del Perú con su gran Unidad la Primera Brigada de Fuerzas Especiales,
deben estar alertas y preparadas para afrontar misiones, para contribuir a combatir
esta lacra de la sociedad, pues la escasa posibilidad de que exista un conflicto
bélico contra un enemigo exterior, hará que la sociedad en su conjunto reclame su
accionar ante esta amenaza, por lo que se tiene orientar el esfuerzo a nuevos
escenarios a nivel nacional, tales como la vigilancia y control de penales, brindar
seguridad a los servicios públicos esenciales, y otros puntos críticos de las
ciudades (eje de la economía de la región), hasta el patrullaje en las calles
apoyando a la PNP
Esta investigación me he basado en la problemática que existe en el Distrito de
Chorrillos que es el incremento de la Delincuencia como otros desordenes
antisociales , lo que ha provocado un malestar social en este distrito y un aumento
de la presencia policial en la zona que no es suficiente para poder enfrentar a estos
14
desordenes antisociales a pesar del número significativo de muertos, heridos y
damnificados en general por este auge de las conductas antisociales
protagonizadas por algunos grupos locales que no cumplen con la ley.
El barrio de Los Chorrillos constituye un área degradada de la ciudad, habitado
mayoritariamente por poblaciones inmigrantes de origen rural que se han ido
estableciendo durante los últimos tiempos en algunos de los barrios tradicionales
del centro urbano.
Los porcentajes de población juvenil son muy elevados y se calcula que en torno a
un 25% de los habitantes del barrio tienen entre 15 y 24 años, todos en edad Militar
Hay muchas de las razones que la mayoría de los jóvenes de Chorrillos pertenecen
a esto grupos antisociales como por ejemplo:
1. Cuentan con unos ingresos escasísimos o carecen completamente de ellos.2. Las empresas de la zona no muestran un interés especial en contratar a
trabajadores jóvenes, alegando su falta de experiencia y de seriedad. 3. Muchos jóvenes apenas tienen información sobre el mercado laboral y
desconocen sus posibilidades de contratación.4. Debe señalarse que la deficiente capacitación laboral del colectivo juvenil
provoca el subempleo o el paro de muchos de ellos. 5. Falta de una formación específica de valores dentro y fuera de su casa6. Padres separados 7. Ausencia de una formación laboral específica pero, también, a los muy bajos
niveles de escolaridad que tienen muchos de estos jóvenes.8. Malos hábitos de vida de los jóvenes del barrio son muy poco saludables y que
el consumo de drogas, el alcoholismo o las relaciones sexuales de riesgo son
mucho más comunes de lo que en principio podía suponerse.
Esta investigación estará enfocada en la Gestión del conocimiento del marco legal
vigente en la Primera Brigada de Fuerzas Especiales y su relación con el apoyo a
la seguridad ciudadana Chorrillos 2017 en donde existen carencias de normas
legales que amparen el accionar del personal militar para poder enfrentar a estos
grupos antisociales existente en Chorrillos por lo cual resulta necesaria la
consideración de algunos aspectos:
15
Que esas manifestaciones deben ser observadas, específicamente, como
hechos de carácter delictivo y comprendido, como tales, por la legislación penal
correspondiente. La condición nacional que las puede distinguir o, en otras
palabras, de perpetrarse ilegítimamente y el hecho de atentar, en menor o
mayor grado, contra la seguridad de las sociedad que lo constituyen y/o los
individuos que las conforman, en modo alguno las desvinculan de tal regulación
pese a la posibilidad de evidenciarse como agresiones contra las personas. Las herramientas que dispone el estado para estos casos son, precisamente,
las diferentes instancias judiciales según la peculiar circunstancia y naturaleza
del presunto delito.
En ese orden, también suele especularse sobre la supuesta falta de
preparación, compromiso, coordinación y hasta de falta de medios del Personal
Militar para que cumplan satisfactoriamente sus roles ante asuntos criminales
de la complejidad y dimensión propias de la Policía Nacional. De hecho que la
natural solución será, por parte del estado, incrementar los esfuerzos para
lograr el mejor funcionamiento de las instituciones responsables de enfrentar la
citada problemática.
El Personal Militar deben estar preparadas para contribuir a la disuasión y,
eventualmente, estar en capacidad para hacer frente a cualquier agresión que
pueda alcanzar dimensión militar.
Cabe ahora plantearse la hipótesis de que la dimensión y el aumento de estos
grupos antisociales, como ya ha sucedido en otros distritos, adquiriera una
relevancia y grado de amenaza tal que, mediante la revisión de la normativa
legal que actualmente fija la divisoria entre defensa y seguridad, pudiera
contemplarse la posibilidad de involucrar al Personal Militar en la lucha contra
los mismos.
Al respecto es interesante establecer algunas cuestiones. En primer término,
que la revisión del rol del Personal Militar no sea resultado de la búsqueda de
nuevas misiones y funciones para recrear o reforzar el sentido de la propia
institución militar o que se invoque la incapacidad de los instrumentos estatales
16
responsables de enfrentar estos grupos sociales cuando, en realidad, lo que
debiera apuntalarse es, justamente, el eficiente desempeño de esta Unidad.
Cabe agregar por otra parte que, tanto en actuales como futuras
circunstancias, cualquier intento de revisión de tal régimen a favor de
comprometer al instrumento militar en asuntos de delincuencia juvenil y otras ,
supondría, por parte de quienes pudieran impulsar tal propósito, la percepción
de que se está en presencia de un proceso de desborde del sistema
responsable de ese ámbito, debido a un desmedido incremento de la
inseguridad asociado a una manifiesta incapacidad de los instrumentos propios
de ese sistema.
Debiera considerarse el hecho de que, en modo alguno, el sistema legal
vigente excluye la actual posibilidad de intervención militar, frente a cuestiones
de seguridad interna del estado, sino que las habilita en situaciones
particulares y excepcionales.
En tal sentido, resulta evidente que Personal Militar no está preparado, bajo ningún
aspecto, para hacer frente a competencias como las ya mencionadas. Considerar
su empleo en el marco interno significara entrenarlas y equiparlas para atender una
problemática de corte netamente policial, con todas las exigencias que ello significa
además de sujetar su accionar, en cuanto al personal militar, al plexo legal
correspondiente. Lo planteado precedentemente no resulta una cosa menor.
Significaría involucrar al Personal Militar, previa modificación de la legislación
existente, en roles que son de naturaleza totalmente ajena a sus presentes
responsabilidades.
1.2 Formulación del problema.
1.2.1 Problema principal
¿En qué medida la Gestión del conocimiento del marco legal vigente en la
Primera Brigada de Fuerzas Especiales se relaciona con el apoyo a la
seguridad ciudadana Chorrillos 2017?
1.2.2 Problemas específicos
17
¿Cómo el marco legal vigente aplicado a la Primera Brigada de Fuerzas
Especiales se relaciona con el apoyo a la seguridad ciudadana Chorrillos
2017?
¿De qué manera la capacitación al Personal Militar sobre su
comportamiento y accionar en este tipo de misiones aplicado a la Primera
Brigada de Fuerzas Especiales se relaciona con el apoyo a la seguridad
ciudadana Chorrillos 2017?
¿De qué manera la revisión del marco legal vigente aplicado a la Primera
Brigada de Fuerzas Especiales se relaciona con el apoyo a la seguridad
ciudadana Chorrillos 2017?
1.3 Objetivos.
1.3.1 Objetivo principal
- Determinar la Gestión del conocimiento del marco legal vigente en la
Primera Brigada de Fuerzas Especiales se relaciona con el apoyo a la
seguridad ciudadana Chorrillos 2017
1.3.2 Objetivos específicos
- Determinar el marco legal vigente aplicado a la Primera Brigada de
Fuerzas Especiales se relaciona con el apoyo a la seguridad ciudadana
Chorrillos 2017.
- Determinar la capacitación al Personal Militar sobre su comportamiento y
accionar en este tipo de misiones aplicado a la Primera Brigada de
Fuerzas Especiales se relaciona con el apoyo a la seguridad ciudadana
Chorrillos 2017.
- Determinar la revisión del marco legal vigente aplicado a la Primera
Brigada de Fuerzas Especiales se relaciona con el apoyo a la seguridad
ciudadana Chorrillos 2017.
18
1.4. Justificación e Importancia de la investigación
IMPORTANCIA DE LA INVESTIGACIÓN
Actualmente se debate en nuestro país sobre la posibilidad de que los militares
participen en el control del orden interno y la seguridad ciudadana.
Las Fuerzas Armadas sí están facultadas para prestar apoyo a la Policía Nacional
en el control del orden interno ante delitos como tráfico ilícito de drogas y
terrorismo, así como para proteger instalaciones estratégicas para el
funcionamiento del país, incluso cuando no se ha declarado estado de excepción.
Además, las Fuerzas Armadas también pueden intervenir en “los demás casos
constitucionalmente justificados”, tal como establece el numeral 3 del artículo 4 del
Decreto Legislativo N° 1095, norma que fija las reglas de empleo y uso de la fuerza
por parte de las Fuerzas Armadas en el territorio nacional. Dicha expresión fue
precisada por el Tribunal Constitucional en una sentencia expedida en el sentido de
que tales casos solo pueden ser aquellos en los que peligra la vida, integridad,
salud o seguridad de las personas, de todo o parte de la población, asimismo
estipula no puede exceder de los 60 días que la Constitución prevé para la
duración del estado de emergencia.
Entonces, a todo esto si es posible que las Fuerzas Armadas y en especial La
Primera Brigada de Fuerzas Especiales acantonadas en el Distrito de Chorrillos se
dediquen a combatir la delincuencia común, tenemos entendido que las Fuerzas
Armadas intervienen en los conflictos armados (sean internos o internacionales) y,
como se dijo en el párrafo, es posible que presten apoyo a la Policía Nacional
cuando se ha declarado un estado de excepción.
En circunstancias normales y según lo establecido, su participación se rige por una
lógica de excepcionalidad y temporalidad. Además, señala que las reglas
establecidas por el Decreto Legislativo N° 1095 deben armonizarse con las
restricciones que impone el Derecho Internacional Humanitario.
19
Por lo tanto, las Fuerzas Armadas sí pueden intervenir apoyando a la Policía para
mantener o restablecer el orden interno, incluso cuando no se ha declarado un
estado de excepción. Sin embargo, ello solo será posible en casos excepcionales y
durante períodos limitados.
Por ello, para evitar posibles arbitrariedades y de tal manera que las Fuerzas
Armadas y por ende la Primera Brigada de Fuerzas Especiales acantonadas en el
Distrito de Chorrillos participen activamente es que debería modificarse y/o
complementarse el Decreto Legislativo Nº 1095 mediante un reglamento que
precise la intervención del mismo cuando no exista estado de excepción. De esta
forma se precisaría qué situaciones específicas que presenten riesgos para la vida,
integridad, salud o seguridad de las personas, de todo o parte de la población
(entre las que podría incluirse la seguridad ciudadana), podrán autorizar la
intervención de las Fuerzas Armadas en el control del orden interno
Todo ello con la finalidad de poder contrarrestar ese flagelo que incomodad a toda
la población y en especial al distrito de chorrillos en el cual baso mi investigación
JUSTIFICACION DE LA INVESTIGACION:
Relevancia Institucional:
El trabajo de investigación estará orientado a una metodología de investigación a
un enfoque cuantitativo, tomando un tema que es muy álgido por la complejidad del
mismo, pues hasta ahora los gobiernos de turno no dan solución al problema de la
inseguridad ciudadana, problema que toda la sociedad peruana en su conjunto
reclama a voces su solución.
Esta situación abarca a todo el país, pues un país en crecimiento económico como
el nuestro, trae como consecuencia la delincuencia común y delincuencia
organizada, que amenaza a todo persona.
Una de las soluciones que pide el pueblo peruano para esta lacra de la sociedad es
la intervención de las Fuerzas Armadas pero teniendo en cuenta un marco legal
20
que proteja dicha intervención para lo cual no se descarta que el actual gobierno, al
ver fracasados sus esfuerzos tenga que acudir a las Instituciones castrense como
solución de este problema. Por tal motivo, esta investigación se tomará como
unidad de análisis a la Primera Brigada de Fuerzas Especiales ubicada en el
Distrito de Chorrillos.
Por su utilidad.
Se hace prioritario realizar un estudio basado en los problemas que tendría que
afrontar la Primera Brigada de Fuerzas Especiales para cumplir con este tipo de
misión, entre ellos la situación de recursos humanos, la infraestructura logística
(vehículos y materiales) y por último el aspecto legal.
Justificación Metodológica:
La investigación considera pues de gran importancia este trabajo, esperando que
su aporte, producto de un exhaustivo estudio sirva de modelo o sea una base para
iniciar otros estudios relacionados con el tema
1.5. Delimitación de la investigación
1.5.1 Delimitación Espacial:
En el ámbito del distrito de CHORRILLOS y la Primera Brigada de Fuerzas
Especiales quien es el ente ejecutor de la presente investigación.
1.5.2Delimitación temporal:
Se realiza en el periodo de Mayo a Noviembre del año 2017.
1.5.3Delimitación Social:
Se realizara encuesta mediante la técnica del cuestionario a la Primera
Brigada de Fuerzas Especiales y Ciudadanos de Chorrillos.
21
1.5.4 Delimitación conceptual:
Gestión del conocimiento del Marco Legal vigente
Nos proporciona las bases sobre las cuales las instituciones construyen y
determinan el alcance y naturaleza de la participación política. El marco legal
de una elección, y especialmente los temas relacionados con la integridad
de la misma, regularmente se encuentran en un buen número de provisiones
regulatorias y leyes interrelacionadas entre sí
Seguridad Ciudadana
Es una situación social, donde predomina la sensación de confianza,
entendiéndosela como ausencia de riesgos y daños a la integridad física y
psicológica, donde el Estado debe garantizar la vida, la libertad y el
patrimonio ciudadano.
1.6. Limitaciones
Esta investigación visualiza tener limitaciones en la obtención de información, pues
es un tema un poco novedoso y particular, no tocado mucho por otros
investigadores; asimismo se espera tener limitaciones en la información clasificada
de la Primera Brigada de Fuerzas Especiales estudiada, por el compartimentaje
que siempre reserva el personal militar encargada de la custodia y manejo de la
misma; sin embargo esta limitación se superará con la Iniciativa del suscrito para
poder superarlas.
22
CAPÍTULO II: MARCO TEÓRICO
2.1. Antecedentes de la investigación
2.1.1. Trabajos Internacionales
ONU, (1945) La Carta de las Naciones Unidas: el documento constitutivo de la
Organización de las Naciones Unidas fue firmado el 26 de junio de 1945 en San
Francisco por 50 países miembros y entró en vigor el 24 de octubre de 1945. Al ser
firmante de dicha Carta, el Perú se ha convertido en un miembro fundador del
Sistema de las Naciones Unidas. Se basa en “la fe en los derechos fundamentales
del hombre, en la dignidad y el valor de la persona humana, en la igualdad de
derechos de hombres y mujeres y de las naciones grandes y pequeñas, a crear
condiciones bajo las cuales puedan mantenerse la justicia y el respeto a las
obligaciones emanadas de los tratados y de otras fuentes del derechos
internacional”. Preámbulo de la Carta de las Naciones Unidas firmada el 26 de junio
de 1945.
Martínez, F. (2010). Investigación Aplicada: Uso de la Fuerza. Instituto de Asuntos
Públicos de la Universidad de Chile. Entre las principales conclusiones plantea:
1. Una primera cuestión que aparece de la revisión efectuada en este estudio, es la
importancia de que la policía cuente con una política institucional sobre uso de
la fuerza. Dicha política pública debe estar integrada por varios componentes,
entre ellos un marco normativo de tipo legal y reglamentario que desarrolle el
tema del uso de la fuerza. Las normas de tipo legal deben estar orientadas a
sentar las bases jurídicas que permiten a la policía, en circunstancias de
excepcionalidad, hacer uso de la fuerza, así como las limitaciones que para tal
facultad supone el respeto de los derechos humanos y, particularmente, la no
discriminación respecto del derecho de igualdad al momento de su empleo.
2. Complementariamente, la política sobre uso de la fuerza no debe agotarse en la
determinación del marco jurídico en que su empleo se considerará justificado y
aquel en que no se estimará así, sino que la obligación del Estado y de las
23
policías en esta materia se extiende a la necesidad imperiosa de traducir el
marco de justificación en orientaciones operativas (básicamente a través de
manuales de procedimientos para el uso de la fuerza), entrenamiento y
equipamiento que supongan un nivel de preparación idónea para hacer uso de
la fuerza.
3. De esta forma, tanto la regulación normativa del uso de la fuerza como sus
necesarios complementos, el entrenamiento y equipamiento, deben constituir
los pilares fundamentales de una política pública que esté dirigida a prevenir el
uso excesivo o mal uso de la fuerza, ya sea que ésta aparezca en casos
aislados (entendiendo por tal aquellas situaciones que suelen calificarse como
excesos de la policía, entre cuyas causas es posible identificar la falta de
conocimiento teórico sobre los límites jurídicos del ejercicio de la fuerza, así
como la insuficiente preparación -habilidades, destrezas- de parte de quien la
ejerce) o como resultado de políticas que abusan sistemáticamente de la
posibilidad de empleo de la fuerza, dando lugar a situaciones de violación
institucional de los derechos humanos.
4. Asimismo, el desarrollo de la institución policial en materia de uso de la fuerza
requiere la existencia de reglas claras y transparentes para la evaluación y
control de la conducta funcionaria, no sólo para aquellos casos en que el uso
de la fuerza aparezca injustificado o excesivo, sino para la revisión permanente
de todas las situaciones que ameriten empleo de la fuerza, sobre todo aquellas
vinculadas a la utilización de armas de fuego.
5. La participación de la sociedad civil en la elaboración de normas y
orientaciones operativas sobre uso de la fuerza, así como en la supervisión que
contribuya a su control posterior (oversight), aparece como esencial en una
policía que actúe con transparencia y que pretenda fortalecer su legitimidad
ante la población. Un ejemplo claro de ello, en el caso del Departamento de
Policía de Seattle, lo constituye el Grupo de Investigación sobre Opciones en el
Uso de la Fuerza, el cual se encuentra integrado por personas interesadas en
el trabajo policial, pero que no ostentan la calidad de funcionarios de la
institución.
24
CABALLERO D (2014) En su Tesis Doctoral LA INTERVENCIÓN DEL EJÉRCITO
EN LA SEGURIDAD PÚBLICA INTERIOR “LA ALTERNATIVA ADOPTADA PARA LA
SALVAGUARDA DE LOS DERECHOS Y PATRIMONIO DE LAS PERSONAS EN
MÉXICO de la UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DE NUEVO LEÓN FACULTAD DE
DERECHO Y CRIMINOLOGÍA DIVISIÓN DE ESTUDIOS DE POSGRADO entre
sus principales conclusiones dice :
Para considerar una verdadera evaluación de la intervención del ejército mexicano
y fuerzas armadas en el combate a la delincuencia en el interior de las ciudades y
centros poblacionales del territorio nacional, es necesario realizar un análisis claro,
congruente y orientado a metas y objetivos claros.
Si bien la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y las leyes
reglamentarias prevén como facultades del Ejecutivo solicitar al ejército y fuerzas
armadas el apoyo para cualquier cuestión que involucre una alteración grave de la
paz pública o emergencia por desastres naturales, no debemos olvidar que la
persecución del delito y su investigación deben efectuarse exclusivamente por las
autoridades civiles como lo es la vocación original del texto constitucional. Más aún,
la persecución y combate al delito corresponden a la autoridad civil, tanto que ni
siquiera existen instrumentos jurídicos adjetivos que regulen éstas cuestiones para
el caso de autoridades militares; que en todo caso siguen una lógica como la
planteada en la Ley de Seguridad Nacional.
En la a Teoría del Derecho Procesal se refiere que la jurisdicción es una función
pública encomendada a los órganos del Estado para la actuación del derecho
objetivo mediante la aplicación de la norma general al caso concreto. De la
aplicación de la norma general al caso concreto puede deducirse, a veces, la
necesidad de ejecutar el contenido de la declaración formulada por el juez, y
entonces, la actividad jurisdiccional es no sólo declarativa, sino también ejecutiva y
la competencia se ha tratado de definir como “la aptitud del juez para ejercer su
jurisdicción en un caso determinado” y como “la facultad y el deber de un juzgado o
tribunal para conocer de determinado asunto” lo cual, a todas luces, nos indica que
la intervención de las fuerzas armadas en la seguridad pública interior está sujeta
apenas, por una disposición, si bien constitucional, precariamente reglamentada en
25
aspectos de normas adjetivas. Desafortunadamente en época actual, nos
encontramos en la disyuntiva de tener que decidir emplear las fuerzas armadas en
el combate al crimen organizado al interior del país, debido a la falta de
infraestructura, equipo, capacitación, preparación y rezago de las corporaciones
policiacas y de investigación; ya que hoy en día las circunstancias rebasan a las
policías establecidas y no son capaces de obtener resultados a corto y mediano
plazos. Las autoridades civiles no se encuentran en condiciones propicias para
hacer las labores que realiza actualmente el ejército, tal y como las estadísticas en
el crecimiento de la delincuencia y las constantes depuraciones de los cuerpos de
seguridad, nos lo indican.
Las instituciones de policía no son las únicas que necesitan una reestructura
organizacional y reingeniería en sus procesos. También los
resultados entregados cuando menos por la Secretaría de la Función Pública; la
Procuraduría General de la República mediante su Unidad Especializada en Delitos
por Servidores Públicos y contra la Administración de Justicia; la Secretaría de
Hacienda y Crédito Público por conducto de la Unidad de Inteligencia Financiera; y
el Consejo de la Judicatura Federal (por citar algunos ejemplos), no tienen
cercanos resultados a los obtenidos por el Ejército, pues si comparamos las
acciones que ellos realizan en la detención de presuntos delincuentes y el
aseguramiento de armas y narcóticos, contra los procedimientos instaurados en
contra de servidores públicos o contra particulares lavadores de dinero, no llegan ni
a la mitad de los números tan sólo del ejército y fuerza aérea, sin incluir a la
marina-armada nacional.
El trabajo de la lucha contra la delincuencia y crimen organizado es una lucha que
debe verse simultáneamente desde todos los frentes. Las bandas y organizaciones
criminales tienen estructuras complejas, recursos económicos bastos, procesos
definidos en su operación y miembros estratégicamente posicionados en lugares
clave de la administración pública de los tres niveles de gobierno y en empresas
privadas de distintos giros, que brindan servicios diversos a las redes criminales y
mantienen los canales abiertos de la información para conocer de antemano los
movimientos de la autoridad Desarticular una banda u organización criminal
requiere de un esfuerzo de inteligencia y coordinación entre todos los organismos
26
de gobierno especializado en sus tres niveles, realizándose dicha tarea por
funcionarios públicos capacitados, con alta preparación y equipo técnico, táctico e
informático; para así trabajar de manera focalizada y evitar en lo menor posible
cometer errores como los que se han incurrido por las fuerzas armadas (sin
descalificar su actuar) cuando confunden a delincuentes por particulares. En este
sentido y desde mi punto de vista particular, aunque el ejército se encuentre
facultado para intervenir en las cuestiones ya comentadas, la preparación que tiene
el personal militar es preponderantemente belicosa. Considero igualmente que con
un buen trabajo de inteligencia y de control de confianza, coordinado entre las
autoridades civiles y contando con el equipo e instrumentos necesarios, se podría
minimizar las bajas civiles y controlar al mismo tiempo al crimen organizado.
Entre tanto se lleven a cabo las tareas comentadas, deben también llevarse
trabajos simultáneos en capacitación, adiestramiento, controles de confianza y
reingeniería de las corporaciones, con el fin de estar en posibilidades de obtener
resultados en el menor tiempo posible.
Concluyendo, consideramos que mientras el ejército lleve a cabo labores conjuntas
de seguridad con las autoridades civiles, es oportuno el que sus miembros sean
capacitados en tácticas de intervención urbana, propias de las policías civiles, con
esquemas más nobles que las que cotidianamente emplearían en tiempos de
combate u operaciones aéreas o en altamar Por otro lado y de manera simultánea,
es necesario trabajar en políticas públicas articuladas que generen un real
bienestar en la población, que desaliente la práctica de actividades criminógenas
por causas exógenas con origen en la incapacidad y desinterés de algunos; pero
por supuesto, que esto no es tema de nuestro estudio, sino que lo que se aborda
primordialmente en este trabajo, es la necesidad de contar con instrumentos
jurídicos de vanguardia que procuren la congruencia en el actuar conjunto de las
autoridades civiles y militares en el combate a la delincuencia, si es que,
finalmente, esta estrategia será empleada ya de manera definitiva por parte de la
autoridad Lo que sí es imprescindible en todo caso, es el hecho de que cualquier
cuestión que refiera a la actuación del ejército en la seguridad interior, debe contar
necesariamente con una legislación adecuada, sistematizada y congruente a la
27
realidad del entorno y en donde se privilegie la salvaguarda de los derechos
fundamentales de los individuos
2.1.2. Trabajos nacionales
Villanueva, P. (2015). Fuerza pública y derechos humanos: Fundamentos
del empleo estatal del arma de fuego en operaciones destinadas a hacer
cumplir la ley. Para optar el grado académico de magister. Pontifica
Universidad Católica del Perú, Lima. Entre las principales conclusiones
plantea:
1. Derechos humanos y empleo de la fuerza estatal son dos conceptos
histórica y jurídicamente vinculados. Si bien uno surge como límite a la
arbitrariedad del otro, ambos se encuentran en la esencia constitutiva del
Estado y favorecen el cumplimiento de dos de sus roles principales:
promover los derechos fundamentales de las personas y garantizar el
orden y la seguridad de la sociedad.
2. Si los Estados, a través del empleo de la fuerza, asumen el orden y la
seguridad como un fin en sí mismo, los derechos esenciales de las
personas se relativizan, abriéndose el camino a la arbitrariedad y a la
posibilidad de incurrir en violaciones de derechos humanos. Sin
embargo, si los Estados se abstienen de emplear la fuerza, la seguridad
y el orden se debilitan, la ley pierde fuerza coactiva y se allana el camino
de la afectación de otros tantos derechos fundamentales que la sociedad
valora. Por ello, al tratarse de roles complementarios e irrenunciables,
los Estados, más allá de optar por privilegiar uno en detrimento del otro,
deben procurar un balance en su vigencia y desarrollo.
3. La seguridad en un estado democrático tiene al ser humano como eje
central de su definición. No puede limitarse al aseguramiento del orden,
la estabilidad política o la persecución del delito, pues estas estrategias
solo inciden en los derechos de las personas de modo indirecto. Además
de la obligación clásica de abstenerse de incurrir en excesos en el
28
empleo de la fuerza, una noción de seguridad basada en derechos
humanos supone por parte del Estado la obligación de adoptar medidas
positivas de prevención, disuasión y represión del delito y, en general, de
toda amenaza contra los derechos de las personas proveniente de
terceros.
4. Si la fuerza es el medio coercitivo a través del cual el Estado garantiza la
seguridad, y ésta última, a su vez, debe orientarse al pleno ejercicio de
los derechos de las personas, entonces, el uso del arma de fuego, por
ser la expresión coercitiva más extrema del Estado, debe restringirse al
máximo. El daño que el arma de fuego puede causar en derechos tan
esenciales como la vida o integridad lleva a afirmar la absoluta
excepcionalidad de este recurso y la imperiosa necesidad de reducir al
mínimo indispensable el margen de discrecionalidad en su empleo.
5. La normativa peruana en materia de empleo del arma de fuego es
insuficiente y contradictoria. Teniendo en cuenta la trascendencia de los
derechos que tal empleo afecta, resulta urgente proporcionar a los
Funcionario Encargado de Hacer Cumplir la Ley y operadores de justicia
peruanos una norma con rango de ley que establezca con claridad y
certeza los criterios y circunstancias del recurso a la fuerza y las armas
de fuego y que, además, resulte plenamente compatible con los
estándares internacionales de empleo de la fuerza y derechos humanos
reseñados en este trabajo.
6. Es fundamental que el análisis de la pertinencia del empleo del arma de
fuego se centre cada vez más en los procedimientos y las circunstancias
particulares del caso y menos en el perfil criminal, cultural, ideológico o
socioeconómico del presunto infractor.
C7. El uso de armas de fuego con el fin de realizar la detención de un
individuo que se da a la fuga no puede justificarse salvo que éste
exponga, durante su huida, a un inminente riesgo de muerte o lesiones
29
graves a los funcionarios encargados de hacer cumplir la ley o a
terceros.
8. El empleo del arma de fuego no se encuentra proscrito en las
operaciones de mantenimiento y restablecimiento del orden público. Si
bien se trata de situaciones en las que puede resultar mucho más viable
un uso progresivo de la fuerza, lo cierto es que si las circunstancias
degeneran en hechos de violencia que llegan a poner en riesgo la vida
de las personas, el arma de fuego se encontrará justificada bajo los
mismos exactos criterios que se han venido explicando a lo largo de este
trabajo.
Morales y Longa (2013), en su tesis titulada “Rol del Ejército del Perú en el
desarrollo Nacional y su influencia en la inclusión social en el Perú. 2103”,
presentada en la Escuela Superior de Guerra, para obtener el grado de Maestro
en Ciencias Militares, concluyeron:
a. De los resultados obtenidos como producto del estudio se ha podido establecer
que un Ejército con aportes técnicos al desarrollo Nacional, tiene implicancia
favorable en el libre ejercicio de los derechos ciudadanos en el Perú, existen
factores coyunturales como estructurales en los cuales el Ejército viene
participando de forma acertada con aportes técnicos al desarrollo de seguridad
social del País.
b. De los datos obtenidos se ha podido determinar que un Ejército con actividades
productivas de bienes y servicios tiene implicancia favorable en los acuerdos
con el sector privado para la inversión en el Perú, y puede competir con
empresas privadas con ejercicio calificado, ya que las instituciones Armadas
tiene estructuras de costos de producción con rubros subsidiados.
Caro, Arias y Gonzales (2011) en su tesis titulada. ”Doctrina para el
Planeamiento y conducción de Operaciones Militares en el Frente Externo y
Frente Interno de las Unidades del Ejército (GUB, GUC, UU)”, presentada en la
ESGE para optar el grado de Maestro en Ciencias Militares, concluyen:
30
Las Unidades (GGUUBB; GGUUCC; UU) toman en cuenta de manera
referencial los procedimientos doctrinarios difundidos por el COEDE, en el
planeamiento y conducción de las operaciones en el frente externo y frente
Interno.
La metodología empleada en la producción de doctrina de guerra en el Ejército,
para Guerra Convencional y Guerra No Convencional, no incorpora las
experiencias institucionales.
La evidente incompetencia militar en el tema, tiene relación directa en
desempeño de los mandos que descuidan de sobremanera un aspecto de vital
importancia en la preparación de la fuerza, el cual es la producción y difusión
de doctrina propia; en cuanto a presupuesto, personal, entre otros
Arce, G. (2011). La Herencia del Pasado: Fuerzas Armadas, Derechos Humanos
y seguridad interior en el Perú contemporáneo. Para optar el Título de Licenciado
en Ciencia Política y Gobierno. Pontifica Universidad Católica del Perú, Lima.
Entre las principales conclusiones plantea:
1. En cuanto a las Fuerzas Armadas fue la aprobación de la ley de Reglas de
Empleo de la Fuerza, que otorgaba a la fuerza armada el marco legal para su
intervención en el control del orden interno, tanto en el control de protestas
sociales, como en la lucha contrainsurgente en el VRAE, y que buscaba evitar
–según sus propios autores– que se produzcan nuevas denuncias por
violaciones de derechos humanos, brindado amparo legal a las acciones del
personal militar, e intentando que dichas denuncias sean vistas por la justicia
militar, en vez de la justicia civil.
Vallovera, A. (2008). En su tesis Realidad operativa del Ejercito Paraguayo. Tesis
para optar el grado académico de Maestro. Su implicancia en la defensa nacional.
Una propuesta de reestructuración y despliegue. Señala que el propósito de este
trabajo de investigación, fue el de contribuir con la Institución Militar, presentando
a las más altas autoridades militares, Señores Oficiales, Generales, Superiores,
31
Subalternos, compañeros/as cursantes no uniformados y en general a quienes
pudiera interesar, un modelo nuevo del Ejército Paraguayo, organizado,
adiestrado y equipado acorde a los nuevos desafíos que impone el Siglo XXI y la
globalización, siendo consciente y teniendo en cuenta nuestra realidad nacional,
que nos obliga a adaptar las tendencias militares del nuevo milenio, a nuestra
situación actual, proporcionándole las condiciones y los medios apropiados para
el cumplimiento de su misión constitucional y legal.
Comenzó esta investigación, con una descripción del marco legal, que le da el
soporte fundamental requerido, expresando algunos artículos de la Constitución
Nacional referente a la Misión de las Fuerzas Armadas, que tienen incidencia
directa en la organización de las Fuerzas Singulares. Así también se tuvo en
cuenta la Política de Defensa, Directivas de Defensa y la Política Militar vigente,
aprobada en reunión del Consejo de la Defensa Nacional en el año 1999, que
consagra la evolución de la Expresión Militar de la Nación hasta el año 2020,
dando aún más fuerza al presente trabajo.
Luego se describió, la organización actual del Ejército, su realidad operativa, sus
fortalezas y debilidades, presentando finalmente un modelo adaptado a la realidad
paraguaya, y las etapas del proceso de reestructuración y modernización.
Se realizó un trabajo de investigación no experimental, de tipo descriptivo, cuya
unidad de análisis fue el Ejército Paraguayo, tomando como muestra específica a
una División de Infantería y sus elementos de maniobras. Se recolectó datos
mediante observaciones, entrevistas, encuestas, fuentes bibliográficas y medios
de Internet.
Se concluyó, que el Ejército no está en condiciones de realizar operaciones
militares en cumplimiento de su misión constitucional, en las condiciones actuales
y que en tiempo de paz, cumple con sus misiones constitucionales y
complementarias, no en las mejores condiciones.
Se resaltó la falta de una cultura de la Defensa Nacional por parte de la sociedad
toda, en especial de la clase decisoria, para comprender que la defensa no es
monopolio de las Fuerzas Armadas sino una tarea de todos los paraguayos que
32
amamos esta Nación y que la expresión militar, para que sea garante de la
Independencia y soberanía del Paraguay, requiere de recursos mínimos básicos
indispensables.
Sansó-Rubert P (2013), en su tesis “La seguridad ciudadana y las Fuerzas
Armadas: ¿despropósito o último recurso frente a la delincuencia organizada?,
presentada en la Universidad de Angostela-España, para obtener el grado de
Doctor, entre otros concluyó:
a. Hasta la fecha, la justificación para el incremento de los roles de los ejércitos en
la lucha contra la delincuencia organizada, ha sido habitualmente vaga e
imprecisa, cincelada sobre grandes conceptos etéreos, como la seguridad
nacional o la soberanía.
b. A ello hay que añadir el hecho de que detractores y defensores de la inmersión
de las fuerzas armadas en la prestación de seguridad ciudadana y en la lucha
contra la delincuencia organizada se han volcado en colmar el debate con
argumentos de diversa índole, sin que ni a priori (que sería lo adecuado), pero
ni tan siquiera a posteriori, exista una evaluación profunda de los resultados
empíricamente obtenidos y las consecuencias derivadas del intervencionismo
castrense en un área de máxima sensibilidad político-social. Por esto, resulta
en exceso prematuro afirmar con contundencia si la participación de las fuerzas
armadas es una medida positiva o no en el combate a la criminalidad.
c. Ante la dicotomía planteada en el título de este análisis, a tenor de lo expuesto,
queda claro que la participación militar en la esfera de la seguridad interna
obedece a unas necesidades perentorias del estado (último recurso), y que
debiera limitarse solo a los supuestos en los que la circunstancia así lo
requieran. Por lo tanto tiene perfecta cabida en democracia, pero su empleo
debe ser articulado en forma conveniente bajo premisas claras (aplicación del
modelo integral, preservando un mínimo de criterios para que el empleo de las
tropas tenga legitimidad: que se asegure la gravedad de la amenaza; que el
propósito del uso de la fuerza militar sea correcto; que exista una
proporcionalidad de los medios; que se formule un balance de las
33
consecuencias), que eviten otorgar erráticamente a las fuerzas armadas una
primacía que conlleve el riesgo de militarizar la seguridad interior.
d. Por otro lado, afirmar la militarización de la lucha contra la delincuencia
organizada (Bobbea, 2014), como procesos generales e irreversibles, es
otorgarles una característica de la que efectivamente carecen (al menos por
ahora). Hoy, el principal desafio para los régimenes democráticos y las políticas
de defensa y seguridad obedece a la superposición de funciones entre las
fuerzas armadas y la policía, en el contexto de una aún débil conducción civil
(Rojas, 2008).
Grupo de Trabajo en Seguridad Regional (2013), en su artículo titulado “Los
militares en la seguridad interna: realidad y desafíos para Ecuador”, escrito en la
Revista Perspectivas N° 1- 2013, concluyen:
a. Dado que la realidad social contemporánea es una sociedad cambiante,
compleja y asimétrica en la dinámica de la relación global-local, las dinámicas y
estrategias de seguridad generan importantes consecuencias para la Política
Criminal, especialmente para aquella encaminada a dar soluciones en materia
de seguridad ciudadana y, en este ámbito, las acciones cooperativas de las
Fuerzas Armadas en materia de seguridad interna parecen ser una de las
posibles alternativas.
b. Las políticas de seguridad ante el delito transnacional y el crimen organizado,
consideradas como dispositivos prioritarios de estabilización y cohesión social,
tienen que encontrar soluciones ante el desafío de construir mensajes de
garantía y protección, razón por la cual, se intenta gestionar la inseguridad
ciudadana con nuevos actores de fuerza como las Fuerzas Armadas.
c. Los medios de comunicación que priorizan una semántica de la representación
de la inseguridad, sin duda, contribuyen a generar una desproporción entre la
entidad objetiva de los peligros y la sensación subjetiva en el imaginario de la
población, todo lo cual genera un discurso estereotipado respecto de la
34
inseguridad ciudadana con nuevos actores de fuerza como las Fuerzas
Armadas.
c. Los medios de comunicación que priorizan una semántica de la representación
de la inseguridad, sin duda, contribuyen a generar una desproporción entre la
entidad objetiva de los peligros y la sensación subjetiva en el imaginario de la
población, todo lo cual genera un discurso estereotipado respecto de la
inseguridad ciudadana.
d. La seguridad ciudadana puede ser vista como un iceberg, en cuya parte superior
aparecen los índices de criminalidad, la problemática que aparece en los medios
de comunicación, la construcción discursiva respecto de la violencia. Pero es en
la parte inferior y la más grande en donde aparecen problemáticas socio
criminales, político-penales, político-criminales y de precariedad institucional; y
es precisamente en esta parte del iceberg donde realmente está el problema de
la seguridad ciudadana que demanda estrategias que rebasen la visión simplista
y coyuntural y tengan un diseño de largo plazo. Habrá que determinar en este
sentido si es oportuna la colaboración de las Fuerzas Armadas en seguridad
ciudadana e interna.
e. Se evidencia una preocupante incapacidad de respuesta del Estado ante el
incremento del crimen organizado, a pesar de la cooperación de las Fuerzas
Armadas en tareas de seguridad interna en Ecuador.
Desde la perspectiva doctrinaria de la seguridad integral y la configuración de
reformas legales y marcos normativos, priorizados por el actual Gobierno desde
el 2009, no se perciben evidencias reales de reducción en las tasas de violencia.
f. La intención de utilizar a los militares en operativos para garantizar la seguridad
interna es visibilizar la legitimación de autoridad del Estado y la credibilidad del
actual Gobierno, en un ámbito en el que los resultados esperados son aún
deficientes, porque el impacto en el control del crimen es reducido.
g. Se corre el riesgo de que las Fuerzas Militares se contaminen de corrupción en
la exposición permanente al crimen organizado y sus actos ilícitos conexos.
35
h. La pérdida de identidad debido a la poli funcionalización de las Fuerzas Armadas
es un riesgo inminente, dentro de un contexto de desmilitarización de la Policía
(nueva misión constitucional), que conlleva una desprofesionalización progresiva
hacia la mutación a otra institucionalidad: Guardia Civil o Gendarmería, que bien
puede ser utilizada con criterios clientelares y/o político-coyunturales, en suma
con respuestas inmediatistas contrarias a una orientación estratégica Estatal de
largo plazo.
Cano (2015), en su artículo titulado “Presencia de las fuerzas armadas en tareas
de seguridad nacional. Criterios de la Corte Interamericana de Derechos Humanos”
sostiene
a. Es obligación del Estado determinar las razones y motivos que llevan a las
autoridades internas a declarar un estado de emergencia y corresponde a éstas
ejercer el adecuado y efectivo control de esa situación y que la suspensión
declarada se encuentre, conforme a la Convención, “en la medida y por el
tiempo estrictamente limitados a las exigencias de la situación”. Los Estados no
gozan de una discrecionalidad ilimitada y corresponderá a los órganos del
sistema interamericano, en el marco de sus respectivas competencias, ejercer
ese control en forma subsidiaria y complementaria. En este caso, la Corte
analiza la conformidad de los actos estatales en el marco de las obligaciones
consagradas en el artículo 27 de la Convención, en relación con las otras
disposiciones de la Convención objeto de la controversia.
b. Es importante destacar que en el presente caso la Corte estimó que, una vez
determinada una intervención militar con tan amplios alcances y en función de
objetivos a su vez tan amplios y difusos, la suspensión de garantías que en
efecto operó en este caso, y que el Estado ecuatoriano reconoció al allanarse a
la alegada violación del artículo 27 de la Convención, sobrepasó la facultad
reconocida a los Estados por la Convención en el primer inciso de esta
disposición.
36
La Junta Interamericana de Defensa (2012), en su artículo “Pesquisa sobre el
involucramiento de las fuerzas armadas del Continente Americano en actividades
de seguridad pública”, establece:
a. El escenario de la seguridad ha sufrido variaciones, debido al carácter cada vez
más difuso entre lo interno y lo externo en la vida de los Estados, como efecto de
la internacionalización y globalización.
El empleo de las Fuerzas Armadas para tareas de seguridad pública se ha
convertido en una realidad en diversos países de la región. Lo cierto es que los
resultados obtenidos por los sistemas policiales, judiciales y de rehabilitación en
la seguridad no han sido los esperados, razón por la cual se ha actualizado el
debate sobre el uso de los militares en el plano interno.
b. La gravedad de las amenazas ha llevado a los gobiernos y a diversos sectores
de la sociedad a proponer el uso de las fuerzas armadas en tareas de seguridad
pública como son la lucha contra el crimen organizado y el narcotráfico, hoy
conocidas como nuevas amenazas o amenazas irregulares.
c. Las nuevas amenazas fueron reconocidas oficialmente en el Tratado de
Seguridad Democrática de Centroamérica del Sistema de la Integración
Centroamericana (SICA), en 1995, y en la Declaración sobre Seguridad en las
Américas de la Organización de los Estados Americanos (OEA), en 2003.
Ambos instrumentos contienen agendas que incluyen tanto temas tradicionales
como los llamados “nuevos”.
d. La realidad actual del crimen organizado de la manera transnacional que opera
obligan a los países a tomar medidas legales y a reorganizar sus estrategias
tendientes a neutralizar este fenómeno que está afectando la gobernabilidad,
democracia y desarrollo de los Estados.
En ese contexto se analiza el empleo de las fuerzas armadas en la seguridad
interna. La aparición de amenazas, que tienen rasgos duales de seguridad
externa e interna, ha impulsado una revisión de la estricta separación entre las
funciones militares y policiales.
37
e. Esta política se puede entender como producto de la decisión del Estado de
recurrir a todos los medios a su disposición ante la imposibilidad de establecer
seguridad. Además, la población ha percibido que las fuerzas armadas son
idóneas para colaborar en la lucha contra las amenazas públicas más
angustiantes.
En algunos países pesquisados, hay una profundización de las
responsabilidades de las Fuerzas Armadas en la seguridad pública. Sin que
disminuya el nivel de adiestramiento para la defensa del territorio, existen
respuestas en el terreno de la Defensa Nacional en relación al narcotráfico.
f. En otros países, en los que los aparatos policiales cuentan con altos niveles de
confianza, capacidad operativa y aprobación ciudadana, sólo en ocasiones
excepcionales las fuerzas armadas han participado en el mantenimiento del
orden público. Así, los roles de las fuerzas armadas y de las policías en asuntos
vinculados a la seguridad interna están más delimitados.
g. Hay una tendencia general en la mayor parte de los países para elaboración de
una Política de Defensa Nacional, lo que comúnmente se conoce como Libro
Blanco.
Este documento es un instrumento para definir y orientar el funcionamiento del
sistema de defensa nacional y al mismo tiempo fortalecer las medidas de
confianza entre Estados, mejorar la relación cívico-militar y cooperar con la
preservación de la estabilidad y la paz hemisféricas.
h. La reestructuración de las Fuerzas Armadas ha sido un proceso político
derivado de la decisión a nivel Ejecutivo, como responsable de la
determinación de la Política de la Defensa Nacional y de las decisiones
militares institucionales. Esta cooperación ha sido decisiva para elevar el nivel
profesional y fortalecer la institucionalidad de las Fuerzas Armadas y de la
democracia. El documento de la OEA llamado “Lineamientos para la
38
Elaboración de Documentos sobre Políticas y Doctrinas de Defensa” ha sido un
referente para el diseño de las nuevas políticas.
2.2 Bases teóricas o teoría sustantiva.
2.2.1 Para la variable Gestión del conocimiento del Marco Legal Vigente
2.2.1.1 Marco legal vigente
Para este tema de interés nacional tenemos el conocimiento de dos (02)
marcos legales regidos en nuestra nación:
El Decreto Legislativo N° 1095, del Congreso de la República, publicado
el 10 de julio del 2,010, tiene por objeto establecer el marco legal que
regula los principios, formas, condiciones y límites para el empleo y uso de
la fuerza por parte de las Fuerzas Armadas en cumplimiento de su función
constitucional, mediante el empleo de su potencialidad y capacidad
coercitiva para la protección de la sociedad, en defensa del Estado de
Derecho y a fin de asegurar la paz y el orden interno en el territorio
nacional.
En su artículo 4, establece la finalidad de la intervención de las Fuerzas
Armadas en defensa del Estado de Derecho y protección de la sociedad:
Hacer frente a un grupo hostil, conduciendo operaciones militares, previa
declaración del Estado de Emergencia, cuando las Fuerzas Armadas
asumen el control del orden interno; o Proporcionar apoyo a la Policía
Nacional, previa declaración del Estado de Emergencia, con la finalidad de
restablecer el orden interno ante otras situaciones de violencia; o Prestar
apoyo a la Policía Nacional, en casos de tráfico ilícito de drogas, terrorismo
o protección de instalaciones estratégicas para el funcionamiento del país,
servicios públicos esenciales y en los demás casos constitucionalmente
justificados cuando la capacidad de la Policía sea sobrepasada en su
capacidad de control del orden interno, sea previsible o existiera peligro de
que ello ocurriera.
39
Asimismo, establece en su artículo 5, que cuando la actuación de las
Fuerzas Armadas en Estado de Emergencia se orienta a conducir
operaciones militares para enfrentar la capacidad de un grupo hostil o
elemento de éste, rigen las normas del Derecho Internacional Humanitario.
De igual modo, cuando la actuación de las Fuerzas Armadas en Estado de
Emergencia se orienta a realizar acciones militares en apoyo a la Policía
Nacional para el control del orden interno, rigen las normas del Derecho
Internacional de los Derechos Humanos. Éstas también rigen cuando se
orientan a realizar acciones militares distintas a enfrentar un grupo hostil.
Por tanto, el presente Decreto Legislativo, en su Artículo 6, establece que el
empleo de la fuerza ante acciones de un grupo hostil en zonas declaradas
en estado de emergencia, es el Presidente de la República quien autoriza
la intervención de las Fuerzas Armadas frente a un grupo hostil, para
conducir operaciones militares, previa declaración del Estado de
Emergencia, encargándoles el control del orden interno.
Todo ello, se enmarca dentro de los principios rectores que rigen antes,
durante y después del empleo de la fuerza, reconocidos por las normas del
Derecho Internacional Humanitario:
Humanidad.- Las personas puestas fuera de combate y aquellas que no
participan directamente de las hostilidades son respetadas, protegidas y
tratadas con humanidad. En el mismo sentido, las personas que participan
directamente de las hostilidades no son objeto de sufrimientos
innecesarios.
Distinción.- Es la diferenciación que se debe realizar entre quienes
participan y quienes no participan directamente de las hostilidades. La
población civil no puede ser objeto de ataque.
Debe distinguirse entre los objetivos militares y aquellos que no lo son.
Sólo los objetivos militares pueden ser objeto de ataque.
Limitación.- Los medios y métodos de empleo de la fuerza en el
enfrentamiento no son ilimitados, El Derecho Internacional Humanitario
40
prohíbe el empleo de aquellos que pudiesen causar daños o sufrimientos
innecesarios.
Necesidad militar.- Es aquella que justifica el empleo de la fuerza y que
permite obtener la legítima y concreta ventaja militar esperada. Este
principio no constituye excusa para conducta alguna que esté prohibida por
el Derecho Internacional Humanitario.
Proporcionalidad.- Autoriza una operación militar cuando sea previsible que
no causará daños incidentales entre la población civil o daños a bienes de
carácter civil, que sean excesivos en relación con la ventaja militar concreta
y prevista. (Decreto Legislativo 1095).
De igual modo, el Decreto Legislativo en mención, en su artículo 8, expresa
que los miembros de las Fuerzas Armadas deberán observar como mínimo,
que las personas que no participan directamente en las hostilidades o que
han depuesto las armas así como las personas puestas fuera de combate
por enfermedad, herida, detención o por cualquier otra causa son, en todas
las circunstancias, tratadas con humanidad, sin distinción alguna de índole
desfavorable basada en la raza, el color, la religión o la creencia, el sexo, el
nacimiento, la condición socio-económica o cualquier otro criterio análogo.
De igual modo, las condenas dictadas y las ejecuciones sin previo juicio
ante un tribunal legítimamente constituido, con garantías judiciales los
heridos y los enfermos son recogidos y asistidos.
Requisitos y condiciones para el empleo de la fuerza
El Artículo 10.- Empleo de la fuerza ante un grupo hostil, establece que “El
empleo de la fuerza por parte de las Fuerzas Armadas, procede luego de la
declaración del Estado de Emergencia, disponiendo que éstas asuman el
control del orden interno para enfrentar a un grupo hostil”.
El Artículo 12 establece el control del orden interno, que establece que,
durante la vigencia del Estado de Emergencia, el Comando Conjunto de las
Fuerzas Armadas designa al Comando Operacional para el control del
orden interno, con la participación de la Policía Nacional, la que previa
coordinación, cumple las disposiciones que dicta el Comando Operacional.
41
Reglas de enfrentamiento y empleo de la fuerza.
A continuación se transcriben literalmente los artículos 13 y 14, que norman
las Reglas de Enfrentamiento:
Artículo 13.- Reglas de enfrentamiento
13.1 Son aquellas órdenes de mando que determinan como y contra quien
se emplea la fuerza durante una operación militar. Refieren las
instrucciones que da el Estado para trazar claramente las
circunstancias y los límites en los que sus fuerzas terrestres, navales
y aéreas pueden emprender o proseguir operaciones militares contra
grupos hostiles.
13.2 El empleo de la fuerza por las Fuerzas Armadas contra un grupo hostil
durante el Estado de Emergencia se sujeta a las reglas de
enfrentamiento, ejecutándose las operaciones de conformidad con el
Derecho Internacional Humanitario.
13.3 Las operaciones se ejecutan con la finalidad de proteger la vida de la
población y la integridad física y la vida de los miembros de las
Fuerzas Armadas, defender el Estado, doblegar la capacidad del
grupo hostil y proteger el patrimonio público y privado.
Artículo 14.- Empleo de la fuerza
El empleo de la fuerza procede contra objetivos militares, conforme a los
principios establecidos en el artículo 7 del presente Decreto Legislativo y
debe estar previsto en un plan u orden de operaciones.
Niveles de intensidad del uso de la fuerza
18.1 Preventivo
a. Presencia Militar.- Es la demostración de autoridad, en la que los
miembros de las Fuerzas Armadas están uniformados, equipados, en
actitud diligente y de alerta, actuando preventiva y disuasivamente a fin
de mantener o restablecer el orden interno.
42
b. Contacto Visual.- Es el dominio visual sobre una persona, grupo de
personas, vehículos, áreas o instalaciones, que permite ejercer un
cierto control sobre la situación.
c. Verbalización.- Es el uso de la comunicación oral, utilizando el tono y
los términos necesarios que sean fácilmente comprendidos, con miras
a mantener o restablecer el orden interno.
18.2 Reactivo
Agotadas las acciones del nivel preventivo y antes de usar la fuerza
en el nivel reactivo, se realiza la advertencia correspondiente,
procediendo al uso de la fuerza gradualmente, siempre y cuando la
situación lo permita, de la manera siguiente:
a. Control físico.- Es la acción militar que utiliza técnicas de fuerza
corporal, con el fin de controlar, reducir, inmovilizar o conducir ante
la autoridad que corresponda a quienes se encuentren alterando el
orden interno.
b. Medios no letales. – Se refiere al empleo de equipamiento y armas
con bajo potencial de daño, para contrarrestar o superar la
amenaza existente.
c. Medios letales. – Excepcionalmente, se puede proceder al empleo
de armas de fuego, de acuerdo a lo previsto en el Artículo 19 del
presente Decreto Legislativo.
Uso de armas de fuego
Excepcionalmente, los miembros de las Fuerzas Armadas en
cumplimiento de la misión asignada pueden usar armas de fuego en
defensa propia o de otras personas, en caso de peligro inminente de
muerte o lesiones graves, o con el propósito de evitar la comisión de
un delito particularmente grave que entrañe una seria amenaza para
la vida, o con el objeto de detener a una persona que represente ese
peligro y oponga resistencia a su autoridad, o para impedir su fuga, y
43
sólo en caso de que resulten insuficientes las medidas menos
extremas para lograr dichos objetivos.
Si como consecuencia del uso de las armas de fuego se produjeran
heridos, los miembros de las Fuerzas Armadas habilitan la atención
médica inmediata, sin discriminación. En caso de que se registren
personas fallecidas se adoptan los protocolos correspondientes para
el tratamiento de los restos humanos. En ambos casos, se procede a
informar a los familiares.
Informe sobre el uso de armas de fuego
En el Artículo 20 del Decreto Legislativo 1095, establece:
Los miembros de las Fuerzas Armadas que hagan uso de armas de fuego
presentan en el término de la distancia un informe por escrito a su superior,
dando cuenta de los siguientes aspectos: fecha, hora y lugar del incidente,
unidad o elemento que participó en el incidente, hechos que condujeron a
su participación, la causa por la cual se abrió fuego, el tipo y la cantidad de
armas y municiones empleadas, daños personales o materiales causados,
número de eventuales detenidos, heridos o muertos, debiendo acompañar,
en lo posible, registros fílmicos o fotográficos existentes.
Si como consecuencia del uso de las armas de fuego se produjeran daños
personales o materiales, el superior o la autoridad competente proceden a
la indagación correspondiente, a fin de establecer las circunstancias de la
acción.
Principios, niveles y excepcionalidad
El Artículo 22 del presente Decreto Legislativo, establece que las Fuerzas
Armadas pueden actuar en apoyo a la Policía Nacional en los siguientes
casos:
a. Tráfico ilícito de drogas
b. Terrorismo.
c. Protección de instalaciones estratégicas para el funcionamiento del país
y servicios públicos esenciales.
44
d. En otros casos constitucionalmente justificados en que la capacidad de
la Policía sea sobrepasada en el control del orden interno, sea previsible
o existiera el peligro de que esto ocurriera.
Solicitud y autorización
La autoridad política o policial del lugar en que se producen los hechos
descritos en el artículo 21 del presente Decreto Legislativo debe solicitar la
intervención de las Fuerzas Armadas al Ministro del Interior, quien una vez
evaluados los hechos, formaliza el pedido al Presidente de la República.
El Presidente de la República autoriza la actuación de las Fuerzas
Armadas, mediante Resolución Suprema, refrendada por los Ministros de
Defensa e Interior. (Artículo 25 del DL 1095. P- 10).
Instrucción
Los Institutos de las Fuerzas Armadas incorporan en sus planes de
instrucción y entrenamiento las previsiones necesarias a efectos de impartir
a su personal la instrucción, preparación y entrenamiento apropiados para
el cumplimiento del presente Decreto Legislativo.
Jurisdicción y competencia
Artículo 27.- Competencia del Fuero Militar Policial
Las conductas ilícitas atribuibles al personal militar con ocasión de las
acciones realizadas, en aplicación del presente Decreto Legislativo o en
ejercicio de su función, son de jurisdicción y competencia del Fuero Militar
Policial, de conformidad al artículo 173 de la Constitución Política.
Responsabilidad
EL Artículo 28 establece que el incumplimiento del presente Decreto
Legislativo y su Reglamento es investigado y sancionado, según
corresponda.
Asimismo, establece que el superior asume la responsabilidad
correspondiente cuando hubiera tenido conocimiento de que sus
45
subordinados infringieron las disposiciones del presente Decreto Legislativo
y su Reglamento, y no hubiera adoptado oportunamente las medidas
preventivas o correctivas a su disposición.
Artículo 30.- Exención de responsabilidad penal
Los supuestos de exención de responsabilidad penal derivados del empleo
y uso de la fuerza en aplicación del presente Decreto Legislativo son
regulados conforme a lo establecido en los numerales 3, 8 y 11 del Artículo
20 del Código Penal y en la Ley Nº 27936, en materia de legítima defensa y
cumplimiento del deber.
Informe operacional
Artículo 31.- Presentación de informe
Concluidas las operaciones o acciones previstas en el presente Decreto
Legislativo, el comandante de la fuerza militar presenta un informe por
escrito a su superior, dando cuenta de los siguientes aspectos: fecha, hora
y lugar de las operaciones o acciones, unidad o elemento participante,
hechos que condujeron a su participación, las operaciones o acciones
efectuadas, sus resultados y otros aspectos de relevancia.
Comentario.
Este Decreto Legislativo regula el marco legal de la actuación de las
fuerzas armadas en apoyo a la Policía Nacional, teniendo muy en cuenta
que es una decisión política neta del presidente de la República, el
disponer su empleo para la protección de la sociedad, en defensa del
Estado de Derecho y a fin de asegurar la paz y el orden interno en el
territorio nacional.
Otorga la posibilidad que las fuerzas armadas tengan que intervenir en este
tipo de misiones, cuando en su artículo 22 establece que Por lo que se
concluye que si es posible constitucionalmente hacer uso de las fuerzas
armadas para proteger a la sociedad peruana, en casos de control del
orden interno.
46
Sin embargo, existiría un vacío legal más específico en caso de que las
fuerzas armadas tuvieran que intervenir para apoyar a combatir la
delincuencia común y organizada, pues si se toma en cuenta que estas
bandas actúan organizadas, la posibilidad de su empleo es mucho mayor,
pero el grupo investigador es de opinión que el Poder Legislativo tendría
que proponer y aprobar algún Decreto legislativo más específico con el fin
de evitar que el personal militar que intervenga, evite estar involucrado de
oficio en delitos contra los derechos humanos o contra la normativa legal
del aparato estatal.
Constitución Política del Perú
El Artículo 171 de la Constitución Política, señala que las Fuerzas Armadas
participan en el desarrollo económico y social del país, así como en la
defensa civil de acuerdo a ley; siendo las acciones de apoyo a la
comunidad, una de las formas en que las fuerzas armadas contribuyen
directamente a integrar a aquellas poblaciones donde el Estado tiene
limitaciones objetivas para desarrollar sus actividades.
La intervención de las Fuerzas Armadas se basa en la defensa del Estado
de Derecho y protección de la sociedad dentro del territorio nacional, se
rige por los principios señalados y definidos en el Título I y II de los
artículos 7° y 16° del Decreto Legislativo N° 1095
a. Hacer frente a un grupo hostil, conduciendo operaciones militares, previa
declaración del Estado de Emergencia, cuando las Fuerzas Armadas
asumen el control del orden interno.
b. Proporcionar apoyo a la Policía Nacional, previa declaración del Estado de
Emergencia, con la finalidad de restablecer el orden interno ante otras
situaciones de violencia; o,
c. Prestar apoyo a la Policía Nacional, en casos de tráfico ilícito de drogas,
terrorismo o protección de instalaciones estratégicas para el
funcionamiento del país, servicios públicos esenciales y en los demás
47
casos constitucionalmente justificados cuando la capacidad de la Policía
sea sobrepasada en su capacidad de control del orden interno, sea
previsible o existiera peligro de que ello ocurriera.
2.2.1.2 Capacitación del Personal Militar
Instrucción
El Método de instrucción militar (1996) menciona en las consideraciones
básicas en la instrucción militar la necesidad de integrar en la formación del
personal militar el desarrollo de la iniciativa individual y la creación de un
estado Que conciencia colectiva. La coexistencia de disciplinas de contenido
diverso, humanístico, técnico, social, científico, con las exigencias de la
carrera militar. La necesidad de proporcionar una preparación física
adecuada al desempeño profesional. La posibilidad de que las condiciones
en que ha de desenvolverse la actividad profesional pueden ser en
ocasiones de carácter extraordinario, tanto en el aspecto colectivo como en
el individual.
La dificultad de llevar a la práctica las enseñanzas teóricas de las disciplinas
comprendidas en el área militar, ya que difícilmente se podrá actuar dentro
de una completa realidad bélica. El permanente concepto de disciplina que
preside toda actividad militar. La relevante importancia que se concede a la
formación y preparación para el ejercicio de la función de mando.
Entrenamiento
Organización, conducción y control de la instrucción y entrenamiento (1999),
en el capítulo I menciona que el objeto de la instrucción y entrenamiento
militar, es preparar al personal del Ejército para obtener la victoria en caso
de guerra, es decir:
a. Instruir y entrenar los efectivos del Ejército Activo, a fin de mantenerlo
en las mejores condiciones operativas, cualquiera que fuera la
situación, para obtener la victoria en caso de guerra.
48
b. Disponer de oficiales, personal auxiliar y especialista, tropa de armas
y personal civil al servicio del Ejército, altamente capacitados, para
desempeñarse eficientemente en cumplimiento de la misión principal
del Ejército.
c. Preparar al personal militar de acuerdo a las necesidades de
instrucción de los planes de operaciones existentes.
2.2.1.3 Revisión del Marco Legal Vigente
ESTABLECE LAS REGLAS DE EMPLEO Y USO DE LA FUERZA POR
PARTE DE LAS FUERZAS ARMADAS Y PNP
Según el DL N° 1095 la intervención de las fuerzas armadas en el control
del orden interno se va a desarrollar en tres escenarios:
PRIMER ESCENARIO: Cuando previa declaración del estado de
emergencia, se encarga a las fuerzas armadas el control del orden interno,
a quienes se les faculta a utilizar “operaciones militares” en contra de
“grupos hostiles”. Rigen las normas del derecho internacional humanitario.
En este escenario las fuerzas armadas actúan controlando el orden interno
por si solas (es decir no están respaldadas por la Policía Nacional)
desarrollarán operaciones militares en contra de “grupos hostiles”, definidos
como grupos de individuos en el territorio nacional que reúnen 3
condiciones (literal f) del art. 3):
a) Están mínimamente organizados.
b) Tienen capacidad y decisión de enfrentar al estado, en forma prolongada
por medio de armas de fuego, punzocortantes o contundentes en cantidad.
c) Participan en las hostilidades o colaboran en su realización
Estas tres condiciones son excesivamente amplias, y fácilmente aplicable
a quienes participan en cualquier protesta social, por lo tanto pueden
intervenir en todos los actos en donde se desarrollen tensiones o
disturbios, esto aunado a que la norma no ha definido que se entiende por
49
hostilidades. Por lo tanto cualquier disturbio realizado en el interior del
país como por ejemplo las realizadas en contra del precio del balón del
gas, fácilmente podrían encuadrarse en lo que este decreto entiende por
“grupo hostil”.
La norma criminaliza las actuaciones de las los defensores y defensoras
de derechos humanos, al considerar como grupo hostil a la personas que
colaboran en la actuación de grupos hostiles.
La norma señala que en este supuesto será de aplicación las normas del
Derecho Internacional Humanitario, norma que de acuerdo a los tratados
internacionales solo se aplica en los casos de conflictos armados
internaciones o conflictos armados internos, es decir en situaciones de
guerra y no en contextos de tensiones y disturbios internos como es el
caso de las protestas sociales.
Se asumen supuestos de situaciones de guerra como:
a) Daño incidental (colateral): La norma señala que “es la consecuencia
no intencionada de operaciones militares en las que se puede
ocasionar daño a personas civiles…” y cuya calificación de excesiva se
evaluará respecto a la necesidad militar y proporcionalidad. En ese
sentido los daños a personas o bienes no involucrados en los disturbios
pueden ser admitidos si es que permiten obtener una ventaja militar, sin
establecerse quién determina los criterios de necesidad militar y
proporcionalidad. (literal b) del art. 3)
b) Objetivo militar: Es aquel que por su naturaleza, ubicación, finalidad o
utilización contribuye a la actuación del grupo hostil pudiéndolo destruir
si se obtiene una ventaja militar. Se estaría avalando la destrucción de
cualquier lugar donde se pueda reunir personas previo a una marcha e
incluso instalaciones donde se encuentren refugiados.(literal j) del art.
3)
50
c) Comando operacional: este comando es designado por las fuerzas
armadas y está a cargo del control del orden interno. La policía está
también bajo su dirección. (art. 12)
d) Uso de la fuerza letal: se puede utilizar contra los manifestantes,
aunque estos no supongan una amenaza para la vida, si con ello se
obtiene una ventaja militar (literal d) y e) del art 7).
Se da un uso abusivo del estado de emergencia, en cuanto está
previsto en la Constitución para situaciones extremas, como
perturbación de la paz o del orden interno, así como una grave
circunstancia que afecte la vida de la nación. Sin embargo muchas
veces se declara estado de emergencia en previsión a protestas
sociales con las que el régimen de turno está en desacuerdo haciendo
uso innecesario del Estado de Emergencia en situaciones de
conflictividad social.
SEGUNDO ESCENARIO: Cuando se ha decretado un estado de
emergencia, pero las fuerzas armadas no asumen el control del orden
interno, sino que apoyan a la Policía Nacional del Perú en su control.
Desarrollando para tal fin “acciones militares” contra otras “situaciones de
violencia”. Rige el Derecho Internacional de los Derechos Humanos.
Aquí la Policía tiene el control del orden interno con apoyo de las Fuerzas
Armada, en cuanto a las “otras” situaciones de violencia no se especifica
cuáles son estas, en ese sentido la norma sigue siendo imprecisa y hasta
puede caer en un doble discurso respecto al tratamiento de los disturbios
o tensiones internas.
Respecto a la necesidad del uso de la fuerza por parte de las fuerzas
armadas se atiende a dos supuestos (literal b) art. 16):
a) Haber agotado el despliegue de medidas que no impliquen el uso de la
fuerza y que permitan alcanzar el “resultado esperado”.
51
b) Llegar a la conclusión de que un eventual uso de la fuerza resulta
“inevitable para alcanzar dicho resultado”.
En otras palabras siempre se justifica el empleo de la fuerza para
obtener una “ventaja militar” o el “resultado esperado”.
Se permite el uso de armas de fuego en situaciones donde a todas luces
no es racional ni necesario, por ejemplo se permite el uso con el objeto de
detener a una persona que representa un peligro y oponga resistencia a
la autoridad, o para impedir su fuga, siempre que resulten insuficientes
otras medidas. (art. 19)
TERCER ESCENARIO: Cuando las fuerzas armadas no asumen el
control del orden interno, pero apoyan a la Policía Nacional del Perú,
desarrollando “acciones militares” en casos de tráfico ilícito de drogas,
terrorismo, o protección de instalaciones estratégicas y en los demás
“casos constitucionalmente justificados” cuando la capacidad operativa de
la Policía sea sobrepasada, o existe peligro de que ello ocurra. Rige el
Derecho Internacional de los Derechos Humanos.
Se permite que el ejército intervenga en apoyo de la policía sin previa
declaración de un estado de emergencia ni ningún otro requisito preciso,
solo se menciona que la autoridad política o policial solicita la intervención
de las fuerzas armadas al ministerio del interior, quién formaliza el pedido
ante el Presidente quién finalmente autoriza dicha intervención mediante
resolución suprema. (Art. 25)
El supuesto de “casos constitucionalmente justificados” constituye una
expresión excesivamente general lo que podría generar situaciones de
arbitrariedad en la participación de las Fuerzas Armadas, además de que
la norma no establece mecanismos de control políticos ni jurídicos, ni
criterios en los que la policía requiera el apoyo de las fuerzas armadas.
52
2.2.2 Para la variable Apoyo a la Seguridad Ciudadana.
2.2.2.1 Seguridad
Según la real Academia de la Lengua (RAE), seguridad viene del latín
securitas, es decir, realza la propiedad de algo donde no se registran
peligros, daños ni riesgos. Una cosa segura es algo firme, cierto e
indubitable. La seguridad, por lo tanto, puede considerarse como una
certeza.
Clasificación de la Seguridad
Existen muchas taxonomías de seguridad; para el grupo de investigación se
tomarán en cuenta las siguientes:
Seguridad personalSeguridad ciudadanaSeguridad jurídicaSeguridad industrialSeguridad alimentariaSeguridad informáticaSeguridad militarSeguridad policialSeguridad laboral
Seguridad Ciudadana
Basándonos en la definición anterior, se puede definir como seguridad
ciudadana, como la sensación de estabilidad integral de que una determinada
sociedad o grupo humano que experimenta de un lugar o ambiente seguro,
luego de adoptar una serie de medidas para lograr el statu quo de tranquilidad
que se respira o se siente en todo lo que lo que lo rodea.
Según la Ley No 27933, Ley del Sistema Nacional de Seguridad Ciudadana,
se entiende por Seguridad Ciudadana a “la acción integrada que desarrolla el
Estado, con la colaboración de la ciudadanía, destinada a asegurar su
convivencia pacífica, la erradicación de la violencia y la utilización pacífica de
las vías y espacios públicos. Del mismo modo, contribuir a la prevención de la
comisión de delitos y faltas”
53
2.2.2.2 Experiencia de países que militarizaron la seguridad ciudadana (01 Oct.15).
A continuación se muestran casos de países de América Latina y el Caribe,
donde se ha experimentado el empleo de la las fuerzas armadas, en
circunstancias particulares de cada uno de ellos, extraídos del Diario La
República, el 1 de octubre del 2015, en base a las experiencias de los países
de República Dominicana, El Salvador, México y Argentina. Resultados no tan
alentadores por cierto:
1. La experiencia de la República Dominicana
En su artículo "Encarando al Jano bifronte: ¿reforma o militarización
policial?", la investigadora Lilian Bobea, cuenta que encontró que la tasa de
muertes violentas en este país pasó de registrar 13.9 por 100 000
habitantes en el 2000 a casi duplicarla a una tasa de 26.7 muertes en el
2005, en la región evidencia que en la última década se registró un
incremento de la criminalidad que en parte importante está asociada al
tráfico de drogas, debido a la sofisticación de las pandillas armadas que en
muchos casos le disputan a los Estados el monopolio de la violencia legal.
Igualmente afectada se vio la percepción de la seguridad ciudadana. Según
la encuesta Demo del año 2004 y LAPOP de 2006, el porcentaje de
ciudadanos que afirmaban sentirse seguros pasó del 42 % en 1994 al 79 %
para el año 2006.
Ante este fenómeno regional (El Caribe pasó de registrar las tasas más
bajas de homocidios en Latinoamérica a tener las más altas en menos de
una década) el entonces presidente Leonel Fernández impulso en el año
2005 una reforma de seguridad pública cuyo fin era desmilitarizar a la
policía. En el primer año de la implementación de esta reforma la tasa de
muertes violentas decreció de 26.7 por cada 100 000 habitantes a tan solo
17 muertes. Asimismo por primera vez en su historia, la conducción de la
política pública de seguridad estuvo a cargo de una instancia civil.
2. La seguridad en retroceso: El Salvador
54
Un caso diferente es el de El Salvador, un país que vivió una de las etapas
más duras de su historia por el conflicto armada de la década de 1980. En
aquella época la seguridad pública se encontraba bajo responsabilidad de
las Fuerzas Armadas; y la ejecución de la política criminal, por parte del
Ministerio de Defensa.
En 1996 se constituyó el Consejo Nacional de Seguridad Pública (CNSP),
se dispuso la constitución de la Policía Nacional Civil (PNC), la Academia
Nacional de Seguridad Pública (ANSP) y la Procuraduría para la Defensa
de los Derechos Humanos (PDDH), entre otras instituciones, para ponerle
fin a la militarización de la seguridad ciudadana.
Sin embargo, se dejó la respuesta a las llamadas "amenazas emergentes"
o "irregulares" a la seguridad pública (en particular el caso de las maras,
pandillas relacionadas al narcotráfico) a los militares. Esta política fue
fortalecida cuando el 2003, el presidente Francisco Flores implanta el "Plan
Mano Dura" permitiendo la colaboración de la PNC y la Fuerzas Armadas.
Un año después el presidente Elías Antonio Saca continúa con el "Plan
Súper Mano Dura" y en el 2006 el entonces Viceministro de Gobernación
reveló el "Plan Antidelincuencial", de la misma corriente.
Pero para que todos estos planes sean posibles, el Poder Ejecutivo tuvo
que promulgar varios decretos excepcionales, abusando de este recurso
constitucional y borrando las distinciones entre seguridad pública y la
defensa nacional y debilitando a la institución policial, la justicia penal y el
control civil. Así lo explicó el investigador Oscar Bonilla.
3. Guerra contra el narcotráfico: el error de México
De acuerdo con los investigadores Gaston Chillier y Laurie Freeman, en el
caso de México la militarización de la seguridad ciudadana respondió
principalmente a dos factores: la lucha contra las drogas y la asignación de
militares en labores sociales, protección ecológica y en casos de desastres
naturales.
55
Sin embargo, los resultados en torno al combate al narcotráfico dejan mucho
que desear. Pese al alto grado de autonomía en las decisiones con la que
cuentan los militares en este país (o quizás justamente por eso), lo cierto es
que hasta ahora este país sigue sufriendo los estragos de una guerra
antinarcotráfico que parece que no va a acabar nunca (solo hasta el 2011 se
contaron 50 mil muertos producto de esta).
A la falta de supervisión civil a las Fuerzas Armadas se suma la falta de una
participación activa por parte del gobierno mexicano en la organización de
esquemas de seguridad internacional para atacar en conjunto el narcotráfico
y el lavado de dinero desde su ruta: que comienza en los andes (Colombia,
Perú y Bolivia) y continúa hasta los territorios de consumo (Estados Unidos,
Europa). Un caso similar es el que vive respecto a la entrada ilegal de armas
del sur de Estados Unidos que ha alimentado las actividades criminales del
país.
4. La creciente militarización en Argentina
Un caso interesante es el que se vive en Argentina, en donde la creciente
percepción de inseguridad en la población conllevó al apoyo a un mayor
involucramiento de la Gendarmería Nacional en la seguridad ciudadana (esta
institución, por su estructura y su doctrina, es más similar a una institución
castrense que a un órgano policial) así como la creación de políticas
restrictivas de la libertad (el decrecimiento de la imputabilidad de 16 a 14 años
es un buen ejemplo).
El problema con este enfoque es que al igual que los otros casos se busca
solucionar un problema complejo formado por diversas aristas con una
política represiva que en la práctica se muestra no solo ineficiente en la
aplicación de la justicia sino también contraproducente (aumenta el nivel de
"inseguridad" así como el número de asesinatos violentos).
El investigador Flabián Nievas explica que esta política (y su aprobación por
parte de la población) crea las condiciones para que la violencia estatal se
56
ejerza con mayor fluidez, poniendo en peligro la institucionalidad del país y la
democracia.
Actualmente un gran conjunto de investigadores concuerdan en que la
integración de los militares en la seguridad ciudadana suele ser un desastre.
La investigadora Lilian Bobea resume los principales peligros de esta
propuesta: la penalización de los sectores más vulnerables de la sociedad, la
puesta en peligro de las reformas de la seguridad, la banalización de un
problema altamente complejo siguiendo una lógica simplista y el alejamiento
de los ciudadanos del control de la seguridad.
Con las elecciones del 2016 a la vuelta de la esquina, muchos candidatos
buscan ganarse el favor de la población con propuestas como estas por lo
que es necesario que la población este al tanto de lo que significaría su
implementación para que luego no se sorprendan cuando descubran que el
remedio sea más caro que la enfermedad. (Recuperado de hhtp/La
República. Com del 01 Oct 2015).
2.2.2.3 Caso peruano (Participación del Ejército)
Rivas y Chicoma (2016), escriben en el Diario el Comercio del 29 Set 16, en
donde realizan un análisis de la situación de la inseguridad ciudadana en el
Perú y la factibilidad de emplear a las fuerzas armadas en la lucha contra este
flagelo, razón por la que el grupo investigador ha creído conveniente citarlo:
La reciente encuesta de El Comercio hecha por Ipsos revela que los limeños
consideran que la participación del Ejército Peruano sería una solución contra
la inseguridad ciudadana. Según el sondeo, el 87% cree que los militares
deberían patrullar las calles; el 94%, que debería declararse estado de
emergencia en zonas críticas de la capital; y el 86%, que se debería imponer
el toque de queda en las zonas más peligrosas de la ciudad.
Asimismo, la encuesta señala que, en todos los casos, las cifras no muestran
variaciones mayores al 5% tanto en los distintos niveles socioeconómicos
57
(NSE) como en la edad ni el sexo de los entrevistados. Por ello, es plausible
sostener que la opinión de los limeños refleja casi unánimemente una
profunda desconfianza en las capacidades de la policía para resolver los
problemas de inseguridad.
Reglas diferentes.
La intervención del Ejército para resguardar la seguridad de las calles
implicaría ampliar su marco de acción. “El mismo está restringido a la lucha
contra la subversión y a la defensa de recursos estratégicos para el Estado
cuando la policía se ve superada, según Alonso Gurmendi, especialista en
derecho internacional humanitario.
Gurmendi (2015), sostiene: “Tratar de forzar el ingreso de militares en las
funciones netamente policiales sería jugar con fuego, porque cambiar la
mentalidad de un soldado no es sencillo”.
Por otro lado, Federico Tong, experto en temas de seguridad ciudadana,
calificó de irresponsables a los alcaldes que azuzan a los ciudadanos al
insistir con el pedido de que las Fuerzas Armadas deben ingresar a sus
distritos para velar por la seguridad.
Tong explicó que la encuesta de El Comercio-Ipsos demuestra que hay una
actitud poco responsable de los burgomaestres al contribuir a un clima de
alarma en sus afanes por buscar soluciones.
Asimismo, puntualizó que las medidas que solicitan algunos alcaldes
distritales son efectistas y no solucionarán el problema de inseguridad. Para
hacer valer su argumento, citó como ejemplos a Brasil y El Salvador, países
donde se movilizó a los militares en las ciudades con un buen resultado
momentáneo, pero no duradero.
Estado débil
58
Patricia Zárate, especialista en gobernabilidad democrática del Instituto de
Estudios Peruanos (IEP) expresa: “La baja confianza en las instituciones que
administran justicia y seguridad es un serio problema para el asentamiento de
la democracia en el Perú, de acuerdo”
Zárate (2016) también sostiene:
Tradicionalmente, los militares siempre han sido mejor vistos que el resto de
instituciones del Estado en el Perú, lo cual no significa que la gente entienda
cuáles son las reales implicancias de la participación militar en el control del
orden interno
Tanto en el Perú como en el resto de América Latina la alta aprobación de los
militares parece estar más relacionada con una antigua falsa percepción –viva
hasta hoy– de que durante los distintos regímenes autoritarios que existieron
en la región no hubo ni crimen ni desorden en las ciudades.
Las Fuerzas Armadas que gobernaron las principales ciudades hace muchos
años no estaban sujetas a ningún tipo de control democrático que
contrapesara sus acciones. Tampoco fueron autoridades elegidas, por lo que
no se les podía exigir que sus medidas fueran transparentes. Su participación
siempre significó un riesgo de vulneración de los derechos humanos de los
ciudadanos”.
Violencia delictiva
Arriagada (2015), en su obra “Seguridad ciudadana y violencia en América
Latina”, sostiene que:
Existen dos teorías básicas para el estudio de la violencia y de la conducta
delictiva, que se presentan en diversas combinaciones: la teoría de las formas
de socialización y la teoría de la ruptura o de la anomia. En el primer caso, el
énfasis se coloca en la socialización, es decir la violencia comprendería
dimensiones organizativas, institucionales y culturales que pueden conducir a
la selección de estrategias violentas por parte de ciertos actores sociales. En
59
esa línea, la teoría de Sutherland afirma que las causas primarias del delito se
derivarían de la existencia de grupos ‘sub culturales’ de delincuentes (grupo de
amigos, familia, cárcel), que traspasan los conocimientos delictuales (ILPES
1997).
En el segundo caso, privilegiando como factores explicativos las dimensiones
estructurales y sociales, la violencia surgiría de la ruptura o desajuste del orden
social, es decir, de cambios sociales acelerados como efecto de la
industrialización o la urbanización, por ejemplo, que disuelven los mecanismos
tradicionales de control social y generan una brecha entre aspiraciones y los
medios social y culturalmente aceptados para hacer realidad esas aspiraciones
(Martínez 1990). En esa línea, la teoría de Maltón sostiene que la conducta
delictiva depende de la capacidad de los individuos para alcanzar las metas-
éxitos de acuerdo a su entorno social y a la importancia asignada al éxito
económico (ILPES 1997). Por tanto, desde esta perspectiva, existiría una
correlación importante entre pobreza y delincuencia.
Que opinan los expertos sobre la inseguridad ciudadana y el empleo de las
fuerzas armadas, es preciso recolectar la siguiente información del Diario el
Comercio del 30 de noviembre del 2015, titulado: VERSUS: ¿Fuerzas Armadas
para la seguridad ciudadana?
Arteta e Hidalgo.
Cómo combatir la inseguridad ciudadana será uno de los puntos claves en las
propuestas de los distintos candidatos durante sus campañas rumbo a
las elecciones 2016. A poco más de cuatro meses para los comicios
presidenciales, un tema sobre el tapete es el uso de las Fuerzas Armadas para
contrarrestar el alto índice de criminalidad en el país. Algunos partidos, como
Alianza Para el Progreso, se han mostrado en contra de esta idea. En la vereda
opuesta, se ha parado el Partido Aprista, viendo con buenos ojos esta
iniciativa.
En contra
60
General PNP (r) Guillermo Arteta (jefe del Comité Consultivo en materia de
seguridad ciudadana de Alianza Para el Progreso)
Nosotros vamos a implementar el programa de servicio policial comunitario. En
una primera fase, realizaremos una selección de 50 mil policías comunitarios a
nivel nacional. Para ello hemos conformado una alianza con licenciados de las
Fuerzas Armadas y con la Confederación Nacional de Ronderos del Perú.
Estos policías comunitarios patrullarán a pie centros educativos, comerciales y
las principales calles de todos los distritos a nivel nacional. Otra de las
funciones que se les va a asignar es la atención al público en las comisarías,
reemplazando las tareas administrativas de los policías. Se les brindará un
seguro integral de salud, un sueldo que se ajuste a las necesidades de su
canasta familiar, incentivos de ingreso a las escuelas de formación de las
Fuerzas Armadas y de la Policía Nacional, y a las universidades nacionales del
país. Estos agentes van a pertenecer a la institución por un máximo de 2 años,
situación por la cual se les está otorgando estos incentivos.
Conformaremos una red de inteligencia vecinal en un trabajo conjunto con la
Policía Nacional. Vamos a crear todo un sistema mediante el cual el ciudadano,
de forma voluntaria, se comprometa en construir su propia seguridad.
No somos de la idea de que las Fuerzas Armadas salgan a las calles a realizar
funciones de policía porque es personal que no está preparado para cumplir
estas labores. Las Fuerzas Armadas han sido preparadas para defender la
soberanía nacional en una contienda bélica y estamos hablando del tratamiento
a la población.
Otra de las propuestas que tenemos en nuestro plan es la modernización de
las comisarías en el ámbito nacional. Este proceso consiste en establecer un
sistema de comunicación troncalizado, enlazando las comisarías a nivel
nacional. Se ha previsto especializar al personal policial de las comisarías en
tareas de protección de las personas y atención e investigación de denuncias.
Contaremos con un servicio de vigilancia fija móvil de electrónica e
implementaremos un call center que permita atender y evaluar la productividad
61
y focalización de las ocurrencias policiales. Es decir, tener acceso a una base
de datos y a un mapa del delito. Vamos a utilizar un sistema de GPS para las
unidades policiales de patrullaje. Mejoramiento de las infraestructuras, que
incluye armas, vehículos, celulares.
Asimismo, crearemos el proyecto nacional de sistema integral de gestión de
atención de llamadas de emergencia, al cual estamos denominando ‘Perú
Seguro 911’. Buscamos integrar los servicios que brindan la Policía Nacional,
los bomberos, unidades de serenazgo, Defensa Civil, Cruz Roja, servicios de
salud y Fuerzas Armadas, en un solo número telefónico que esté reconocido
como única señal de emergencia. Para lograrlo pensamos invertir 25 mil
millones de soles en los próximos cinco años.
A favor
General PNP (r) Miguel Hidalgo (responsable del tema de seguridad ciudadana
del equipo de Plan de Gobierno del Partido Aprista)
El Partido Aprista Peruano apuesta por una política criminal del Estado, que
tenga bien definido el tema de la prevención, el combate a la delincuencia,
tanto al delito callejero como a la criminalidad organizada, y del sistema
penitenciario en el Perú. Fundamentalmente nos concentraremos en la
prevención para evitar que los jóvenes se involucren en delitos en el futuro.
Trabajaremos con una serie de programas sociales desde el colegio, la
comunidad y el Estado, con varias ONG, que tienen muy buenos programas.
Vamos a masificar las juntas vecinales, en alianza con los municipios y la
Policía Nacional. Es importante la participación de la comunidad organizada.
Utilizaremos la tecnología y un sistema de comunicaciones entrelazados con
bomberos, seguridad privada y emergencias, que nos permita ser más
eficientes en la respuesta ante actos delictivos.
Proponemos también el empleo de las Fuerzas Armadas. Si el Estado atiende
las necesidades de las Fuerzas Armadas, que tiene recursos humanos,
transporte, comunicaciones, armas, logística e infraestructura, en una
propuesta democrática y legal, por qué no podemos emplearlas bajo una serie
62
de criterios como temporalidad, solo por un periodo, en áreas demográficas
definidas, en operaciones de patrullaje que serán conducidas por la Policía
Nacional.
Utilizaremos tanquetas, jamás tanques. Podemos colocar esas tanquetas con
personal militar y policial en zonas de alta incidencia delictiva para que sean
elementos disuasivos. Podemos emplearlos de una manera racional,
planificada y técnica en la seguridad de los peruanos. Todos esos vehículos
han sido del Ejército y la Policía Nacional los ha repotenciado para utilizarlos.
Las Fuerzas Armadas tendrán una presencia inminentemente disuasiva en la
parte de la prevención.
La idea no es sacar tropas, el objetivo es sacar oficiales y suboficiales del
Instituto de Educación Superior Tecnológico del Ejército (ETE), que tienen una
preparación de tres años, que saben cuál es la potencia de fuego de un fusil,
que no se va a utilizar. Buscamos sacar gente profesional para que apoye a la
Policía Nacional.
Habrá sumo cuidado en el respeto de los derechos humanos. No hay que
pensar que esto es una medida de emergencia. Lo que queremos que se
entienda es que las Fuerzas Armadas no van a salir a las calles a matar.
En un periodo provisorio de un año, con una inversión de tres millones de
soles, como ha mencionado nuestro líder Alan García, y con el apoyo de las
Fuerzas Armadas a la Policía Nacional, creemos que podemos ir recuperando
la confianza de la población. Nuestro programa también está orientado a
fortalecer las condiciones de seguridad de los peruanos que viven en las partes
altas del país y en la selva.
2.2.2.5 Accionar de la delincuencia común
Hernández, W. (2017), de la Universidad de Lima, se hace la pregunta ¿Qué
metas? :
Prevenir y controlar la delincuencia común.
63
Victimización y percepción de inseguridad; reducir a 20% la victimización por
cualquier tipo de delito asociado a la delincuencia común (robos al paso,
arrebatos, cogoteos, hurtos, etc.), con especial énfasis en los que afectan a
las mujeres y menores de edad. Disminuir a 60% la percepción de inseguridad ciudadana, especialmente en
mujeres y quienes han sido previamente victimizados, a niveles tales que los
ciudadanos no vean afectadas sus rutinas diarias, sus decisiones de
inversión y en general su calidad de vida. Desarrollo en menores de edad: Reducir los factores de riesgo criminógenos
que afectan a menores de edad (violencia familiar, consumo de drogas y/o
alcohol y deserción escolar). Aumentar las oportunidades económicas y
sociales de niños, niñas y adolescentes en situación de riesgo. Disminuir la cantidad de robos y hurtos cometidos por menores de edad.
Gestión local y comunidad: Fortalecer los Comités Distritales de Seguridad
Ciudadana promoviendo el liderazgo, el uso de información de calidad y la
gestión orientada a resultados. Promover las condiciones para una ciudadanía más informada y participativa
en los Comités Distritales de Seguridad Ciudadana. Gestión policial. Fortalecer la capacidad de acción local de las comisarías
mediante la modernización de su gestión, el uso de más y mejor información
y el desarrollo de competencias para su personal. Mejorar la confianza que la población tiene en la Policía, generando un
mayor sentido de trabajo en comunidad.
Hernández sostiene que el cumplimiento de estas metas requiere la puesta
en marcha de iniciativas diversas, señaladas más adelante.
Pero previamente también requiere de la atención de carencias y problemas
estructurales en una institución tan importante como la Policía Nacional del
Perú, tales como remuneraciones, personal suficiente, corrupción,
infraestructura y logística en comisarías, educación policial, tecnología e
información, entre otros aspectos señalados también por la Defensoría del
Pueblo (2009).
En el Perú, 3 de cada 10 personas han sido víctimas de algún hecho
delictivo mayormente ligado a la delincuencia común (robos al paso,
64
arrebatos, cogoteos, hurtos, etc.), según la Encuesta Nacional de Programas
Estratégicos (ENAPRES - INEI). Este tercio de victimizados nos reafirma
como el país con mayor victimización en América Latina. De las encuestas
que cada 2 años ha hecho la Universidad de Vandervilt (Barómetro de las
Américas) entre el 2004 y el 2014, solo en una ocasión no ocupamos ese
lugar. (Ibid.)
La percepción de riesgo es más alta de lo que debería ser para nuestro nivel
de victimización. De cada 10 peruanos, 8 cree que será víctima de algún
delito, inseguridad que afecta en mayor proporción a las mujeres y los
previamente victimizados.
Es ese miedo el que se ha convertido en nuestra función de demanda de
seguridad ciudadana. El alto miedo al delito ha hecho que vivamos bajo la
sensación permanente que todo tipo de delincuencia –organizada y no
organizada–, ha aumentado. Ello, pese a que mes a mes desde el 2010
hasta el 2014, las estadísticas de victimización (ligadas a delincuencia
común) se han reducido en forma constante, también según datos de la
ENAPRES, aplicada a 90,000 personas cada año. (Ibidem).
El mismo autor considera que la delincuencia común: organización y actores
Frente a la criminalidad organizada, la delincuencia común se muestra
menos estructurada y más artesanal.
De acuerdo con la clasificación del Ministerio de Justicia y Derechos
Humanos, en el Perú la delincuencia común equivale a la criminalidad de
organización baja, siendo los ejemplos más comunes los robos al paso,
arrebatos, cogoteos, hurtos con víctimas individuales, ejecutados en una
cobertura geográfica limitada. No siempre son hechos violentos y el uso de
armas de fuego tampoco es la regla. Según la misma institución, el consumo
de drogas puede ser común entre quienes la ejercen, sustancias que actúan
como motivadores del acto delictivo. Los montos robados suelen ser
relativamente bajos.
65
Entre el total de reos en el Perú, la mediana por robo fue de 480 dólares
(PNUD, 2014). Se trata, por tanto, de un fenómeno extenso pero al mismo
tiempo atomizado y por tanto difícil de estudiar. La delincuencia común es
una fuente para el desarrollo de la criminalidad organizada, enafatiza
Hernández.
2.2.2.6 Accionar del Crimen organizado
Según la Oficina de las Naciones Unidas Contra la Droga y el Delito –
UNODOC (2014), la delincuencia (crimen) organizada y otros delitos
graves representan una seria amenaza para el desarrollo de un país.
Sus efectos tienen profundo impacto sobre las estructuras del Estado
porque reducen su capacidad para proveer servicios, proteger a las
personas y mantener la confianza de los ciudadanos e inversionistas
en el gobierno y en la democracia, así como para la aplicación de la ley.
Esta situación empeora cuando se trata de estructuras de gobierno que
afrontan grandes retos en un marco de desigualdad, pobreza, bajo
capital humano y falta de oportunidades.
El quehacer criminal no solo viene aumentando en escala y recurriendo
a medios cada vez más violentos (especialmente cuando se asocia a
movimientos guerrilleros o terroristas), sino que desafía al Estado
valiéndose de métodos altamente evolucionados para evadir la justicia
y lavar el dinero proveniente de sus actividades. En este sentido, ha ido
pasando de un modus operandi donde el cabecilla de la organización
era el dueño y manejaba todo personalmente, a uno donde ejerce el
control mediante testaferros y últimamente, con empaquetamientos
financieros difíciles de rastrear. (UNODOC).
Para combatir la delincuencia organizada y otros delitos graves, el
Estado debe servirse de una serie de instituciones y dependencias que
actúan en los ámbitos jurídico, operativo (prevención, represión, control
y rehabilitación) y de investigación. Asimismo, los demás agentes
económicos, como las familias y las empresas, utilizan parte de sus
66
recursos para evitar situaciones de victimización (gastos en seguridad
privada, infraestructura y equipos para restringir el acceso a
desconocidos, entre otros).
El crimen organizado tiene diversas modalidades de acción, para el
presente estudio se mencionarán los más comunes que están
golpeando al país, no solo en la capital sino en diversas ciudades de
provincias, entre los cuales se citan los siguientes:
CorrupciónLavado de activosTráfico de drogasTerrorismoTráfico de migrantesMinería ilegalTrata de personas.Tala ilegal de árboles.Etc.
Referirse específicamente de cada uno de ellos, sería motivo de otros
estudios, pues cada uno de estos flagelos merece la atención del
Estado y de la sociedad en su conjunto, pues los daños que causan al
hombre y al medio ambiente son cuantiosos. Lamentablemente, los
casos de estas modalidades de crimen organizado van en aumento,
por lo que las autoridades y las organizaciones del estado
responsables de combatir estas lacras, deben adoptar políticas y
estrategias más agresivas, partiendo desde una purga desde sus
mismas instituciones, llámese Policía Nacional, poder judicial,
Ministerio público, Congreso de la República y los mismos ministerios
del Ejecutivo.
2.2.2.7 Tráfico ilícito de drogas
Ruda, J. y Novak, F. (2009) sostienen que la expresión tráfico ilícito de
drogas resulta más apropiada para calificar lo que comúnmente se
denomina narcotráfico.
67
En primer lugar, porque no todo tráfico es ilícito, pues hay muchas
drogas que se venden legalmente en las farmacias; en segundo lugar,
porque no toda droga traficada ilegalmente es un narcótico. Por otro
lado, cuando hablamos de drogas, nos referimos a “toda sustancia
natural o sintética que al ser introducida en el organismo humano por
cualquier medio, produce en menor o en mayor grado, estimulación,
depresión o disturbios en la personalidad del usuario, modificando las
percepciones sensoriales y creando una necesidad continua de su
uso”. (p-2).
El tema de las drogas y su tráfico es complejo en el Perú y en otros
países de la región andina. Al respecto se han desarrollado una serie
de políticas para afrontarla, así como diversas medidas; entre ellas las
de materia penal.
En lo que respecta a las normas penales, además de las disposiciones
contenidas en el Código Penal que regulan el delito de tráfico de
drogas (que a su vez han sido objeto de modificaciones e incorporación
de nuevos tipos penales), está vigente el Decreto Legislativo No. 824,
que aprueba la ley de lucha contra el narcotráfico y que declara de
interés nacional la lucha contra el consumo de drogas en todo el
territorio y que para tal efecto constituye la Comisión de lucha contra el
consumo de drogas "CONTRADROGAS" (artículo I ° del Decreto
Legislativo No. 824).
El Perú ha suscrito casi la totalidad de los tratados internacionales de
carácter vinculante en materia de sustancias controladas que se
encuentran vigentes:
La Convención Única de 1961 sobre Estupefacientes (suscrita en
Nueva York, 1961), y su Protocolo Modificatorio (1972). El Convenio sobre Sustancias Sicotrópicas (suscrito en Viena, 1971). El Acuerdo Sudamericano sobre Estupefacientes y Psicotrópicos,
suscrito en Buenos Aires, 1973.
68
La Convención de las Naciones Unidas contra el Tráfico Ilícito de
Estupefacientes y Sustancias Sicotrópicas (suscrita en Viena, 1 978).
En cuanto al bien jurídico protegido se considera que es "la salud
pública enmarcada en el concepto de seguridad común de la sociedad.
La acepción expuesta es admitida por la doctrina comparada, y por la
legislación penal en materia de drogas".
Políticas de Estado según el Acuerdo Nacional
Promoción de la ética, la transparencia y erradicación de la
corrupción, lavado de dinero, evasión tributaria y el contrabando.Erradicación de la producción, el tráfico y el consumo ilegal de drogas.
2.2.2.8 Seguridad Ciudadana según el Plan de Gobierno del actual
Presidente de la República del Peú. PPK.
La Seguridad ciudadana es uno de los cuatro grandes objetivos del Plan
de Gobierno del actual presidente de la República, don Pedro Pablo
Kucinski (PPK), el mismo que no contempla la intervención de las
fuerzas armadas en la lucha contra este flagelo, política distinta a su
opositora de la segunda vuelta electoral presidencial, Fuerza Popular
(FP), cuya líderesa Keiko Fujimori proponía el empleo de las mismas
para enfrentar la delincuencia organizada y común.
En la actualidad, al gobierno de turno, el Congreso de la República le ha
otorgado 90 días de facultades legislativas, con el fin de que el Ejecutivo
pueda legislar en varias materias, dentro de ellas está la Seguridad
Ciudadana, como una alternativa para que se puedan plantear medidas
de corto plazo como solución a los problemas del país. Esta situación ha
creado muchas expectativas en la sociedad en general, pues todos se
sienten hartos con no encontrar (por parte del gobierno saliente) una
solución a tan álgido problema.
69
Se espera pues, que el gobierno actual, el cual goza de un 60% de
simpatía y aceptación por parte de la población, encuentre solución a la
situación de inseguridad que se vive en la mayor parte del territorio
nacional.
El primer de los cuatro objetivos del Plan de Gobierno de PPK, sostiene:
Seguridad ciudadana. Mejorar sustancialmente la seguridad ciudadana
desde los dramáticos niveles a los cuales ha llegado en los últimos años.
Sin seguridad no hay inversión y no prospera el bienestar y la actividad
económica y social. La seguridad de los ciudadanos abarca todo lo que
ocurre en su día a día, incluyendo la tranquilidad de la vida cotidiana, la
estabilidad jurídica, el derecho de vivir en paz en una sociedad
democrática y que respeta los derechos humanos.
(Plan de Gobierno de PPK, P-4).
2.3 Glosario de términos.
2.3.1 Delincuencia ComúnEs un fenómeno muy cercano a nuestra sociedad, puesto que desde
nuestros familiares hasta los conocidos han sido víctimas de sus alcances
2.3.2 Violencia Delictiva
Es el ejercicio de fuerza física, real o mediante amenaza, legalmente no
permitida, de una persona directamente contra una o varias personas, con el
propósito de asegurar algún fin contra el deseo o sin el consentimiento de la
otra persona o personas.
2.3.3 Estado débil
Es un nivel de falta de estatalidad y como nivel de falta de funciones para
actuar en el territorio. La estatalidad en los autores es la medida en la cual
cumple el Estado con sus funciones jurídicas y de seguridad básica, y de
funcionalidad como la capacidad del Estado en interceder en la vida
cotidiana en el país.
70
2.3.4 Crimen Organizado
Es toda aquella organización compuesta por un grupo de personas con
determinadas jerarquías, roles y funciones, cuyo principal objetivo es la
obtención de beneficios materiales o económicos mediante la comisión de
delitos.
2.3.5 Corrupción
La palabra corrupción dentro de un enfoque social y legal se encuentra
definida como la acción humana que transgrede las normas legales y los
principios éticos. La corrupción puede darse en cualquier contexto, en este
caso se analizará la corrupción en el sentido administrativo y político.
2.3.6 Lavado de activos
Es una figura que busca darle apariencia de legalidad a unos dineros de
origen ilegal. Los delincuentes mediante el movimiento de activos y dinero
buscan crear esa apariencia legal de sus ganancias, o por lo menos buscan
que sea difícil seguir o rastrear el origen ilícito de sus ganancias ilícitas.
2.3.7 Tráfico de drogas
Es un delito consistente en facilitar o promocionar el consumo ilícito de
determinadas sustancias estupefacientes y adictivas que atentan contra la
salud pública con fines lucrativos
2.3.8 Terrorismo
Forma violenta de lucha política, mediante la cual se persigue la destrucción
del orden establecido o la creación de un clima de terror e inseguridad
susceptible de intimidar a los adversarios o a la población en general
2.3.9 Minería ilegal
Es una actividad económica que consiste en la explotación de minerales
metálicos (como el oro), y no metálicos (arcilla, mármoles, entre otros),sin
control ni regulación social y ambiental de parte del Estado peruano
2.3.10 Trata de personas
71
La trata de personas es un delito que consiste en el secuestro, el traslado o
la acogida de seres humanos por medio de la amenaza, la violencia u otros
mecanismos coercitivos (estafa, abuso de una posición dominante, etc.).
2.3.11 Tala ilegal de árboles
Es cuando las madereras cortan árboles, los transportan, los venden o
compran violando las leyes nacionales de cada país. El proceso en sí puede
ser ilegal, incluyendo corrupción para lograr acceso a los bosques, o
extrayendo madera de bosques protegidos, o cortando especies en peligro
de extinción, o simplemente extrayendo madera en exceso
2.3.12 Constitución Política
Es la máxima ley, la ley fundamental y la de mayor jerarquía. En ella se
establecen los derechos y obligaciones de los ciudadanos, la estructura y
organización del Estado y bajo sus lineamientos se aprueban las demás
normas que rigen la vida del país
2.3.13 Decreto Legislativo
Es una norma jurídica con rango de ley, emanada del poder ejecutivo (en el
caso de España, el Gobierno) en virtud de delegación expresa efectuada por
el poder legislativo (es decir, mediante ley ordinaria)
2.3.14 Seguridad
La palabra Seguridad proviene del latín securitas, que a su vez deriva
de securus (sin cuidado, sin precaución, sin temor a preocuparse), que
significa libre de cualquier peligro o daño, y desde el punto de vista
psicosocial se puede considerar como un estado mental que produce en
los individuos (personas y animales) un particular sentimiento de que se
está fuera o alejado de todo peligro ante cualquier circunstancia. La
seguridad es la garantía que tienen las personas de estar libre de todo
daño, amenaza, peligro o riesgo; es la necesidad de sentirse protegidas,
contra todo aquello que pueda perturbar o atentar contra su integridad
física, moral, social y hasta económica.
72
2.3.12 Disturbios internos
Expresiones de violencia, latentes o manifiestas, en forma de graves
alteraciones del orden público. (DL 1095).
2.3.13 Fuerza letal
Es el mayor nivel de intensidad de la fuerza, por el cual resulta probable
causar el deceso de los miembros del grupo hostil. En operaciones militares,
su empleo es regulado por el Derecho Internacional Humanitario. En
acciones militares, es el último recurso que tiene el personal militar. (DL
1095).
2.3.14 Fuerza no letal
Es el medio compulsivo por el cual el personal militar hace que una
persona o grupo de personas cumpla la ley aún en contra de su voluntad.
(DL 1095).
2.3.15 Grupo hostil
Pluralidad de individuos en el territorio nacional que reúnen tres condiciones:
(i) están mínimamente organizados; (ii) tienen capacidad y decisión de
enfrentar al Estado, en forma prolongada por medio de armas de fuego,
punzo cortantes o contundentes en cantidad; y, (iii) participan en las
hostilidades o colaboran en su realización. (DL 1095).
2.3.16 Medio no letal
Equipamiento y armas, cuya utilización representan un bajo potencial de
daño. (Diario El Comercio)
2.3.17 Objetivo militar
Es aquel que por su naturaleza, ubicación, finalidad o utilización contribuye
a la actuación del grupo hostil y cuya destrucción total o parcial, captura o
neutralización ofrece una ventaja militar. (DL 1095)
2.3.18 Acciones militares
73
Acciones que realizan las Fuerzas Armadas, diferentes a las operaciones
militares. Se refieren a aquellas enfocadas al mantenimiento o
restablecimiento del orden interno. (DL 1095).
2.3.19 Instrucción Militar
Conocimientos que se imparten a los individuos y a las unidades de las
Fuerzas Armadas para capacitarlos en el cumplimiento de su misión.
(Diccionario de términos militares – 2004).
2.3. 20 Entrenamiento
Conjunto de ejercicios intelectuales, síquicos y físicos, progresivamente
creciente, a que se someten los individuos y las unidades militares con el fin
de alcanzar una capacidad suficiente para la ejecución de una función
determinada. Puede ser individual, de unidad o de gran unidad. (Diccionario
de términos militares – 2004).
2.4 Formulación de las hipótesis.
2.4.1 Hipótesis Global o principal
- La Gestión del conocimiento del marco legal vigente en la Primera
Brigada de Fuerzas Especiales se relaciona significativamente con el
apoyo a la seguridad ciudadana Chorrillos 2017
2.4.2 Hipótesis Específicas
- El marco legal vigente aplicado a la Primera Brigada de Fuerzas
Especiales se relaciona significativamente con el apoyo a la seguridad
ciudadana Chorrillos 2017.
- La capacitación al Personal Militar sobre su comportamiento y accionar
en este tipo de misiones aplicado a la Primera Brigada de Fuerzas
Especiales se relaciona significativamente con el apoyo a la seguridad
ciudadana Chorrillos 2017.
- La revisión del marco legal vigente aplicado a la Primera Brigada de
Fuerzas Especiales se relaciona significativamente con el apoyo a la
74
seguridad ciudadana Chorrillos 2017.
2.5 Identificación y clasificación de las variables.
Variable Independiente
Gestión del conocimiento del Marco Legal Vigente
Variable Dependiente
Apoyo a la Seguridad Ciudadana
75
2.6 Operacionalización de variables.
VARIABLE DIMENSIONES INDICADORESIndependiente: X
Gestión del conocimiento del marco
legal vigente
Definición conceptual
Nos proporciona las bases sobre las
cuales las instituciones construyen y
determinan el alcance y naturaleza de
la participación política. El marco legal
de una elección, y especialmente los
temas relacionados con la integridad de
la misma, regularmente se encuentran
en un buen número de provisiones
regulatorias y leyes interrelacionadas
entre sí
X 1: Marco legal vigente
- % de conocimiento de la norma de la
Constitución respecto al accionar de las FFAA
en estado de emergencia- Conocimiento del articulo 137 y 171 de la
Constitución Política del Perú- Conocimiento del Decreto Legislativo 1095
X2:Capacitación del Personal Militar- Aprendizaje de la norma- Reglas de Enfrentamientos- Preparación de la fuerza
X3: Revisión del marco legal vigente
- Nivel de actuación de las FFAA sin estado de
Emergencia - Nivel de contenido del Decreto Legislativo 1095- Nuevos roles de las Fuerzas Armadas ante las
amenazas actuales
Dependiente : YApoyo a la Seguridad Ciudadana
Definición conceptual
Es una situación social, donde
predomina la sensación de confianza,
entendiéndosela como ausencia de
Y1: Accionar de la Delincuencia
común.
- Número de actos delincuenciales de robos y
asaltos a mano armada.- Planeamiento con PNP y Serenazgo en
operativos contra la delincuencia común.- Cantidad de bandas que,. actúan en la zona de
responsabilidad de la Primera Brigada de
Fuerzas Especiales
76
riesgos y daños a la integridad física y
psicológica, donde el Estado debe
garantizar la vida, la libertad y el
patrimonio ciudadano
Y2: Accionar del crimen organizado.- Cantidad de actos de sicariato en el año 2017.- Casos de Trata de personas. - Casos de vendedores de Droga.
Y3: Tráfico ilícito de drogas. - Cantidad de acciones policiales contra los
vendedores de droga.- Armamento y equipo empleado por las bandas.- Apoyo de la 1era Brig. FFEE. a la PNP en
labores de patrullaje antidrogas.
77
CAPÍTULO III: METODOLOGÍA DE LA INVESTIGACIÓN
3.1 Tipo, Diseño y Nivel de la investigación.
3.1.1. TIPO: Es de tipo Básica porque no se pretende resolver el problema
propuesto sino simplemente estudiarlo y analizarlo en vista que es
necesario la participación de las FFAA para contribuir a la solución
de este problema que afecta al Distrito de Chorrillos.
3.1.3. DISEÑO: Es No Experimental porque no se manipulan la variable
independiente en estudio simplemente se le observa tal como se
presenta en la realidad analizada
3.1.3. NIVEL DE LA INVESTIGACION: Es Explicativo porque se trata de
explicar la relación que existe entre las variables en estudios, es
correlacional porque se analiza dicha relación entre las variables y
es transversal porque se sujeta a un momento único del estudio (AF
2017)
3.2 Población y muestra.
3.2.1 Población
La población objeto de estudio, está conformado por 450 Personas de
procedencia militar de la Primera Brigada de Fuerzas especiales y por
330 756 habitantes del distrito de chorrillos según lo señala el Instituto
Nacional de Estadística e Informática, Directorio Nacional de
Municipalidades Provinciales, Distritales y de Centros Poblados
(Población Proyectada al 30/06/2016).
3.2.2 Muestra
La muestra será aleatoriamente estratificada la cual será determinada
por la fórmula de la estimación de la proporcional en un nivel de
confianza del 95% y margen de error del 5%.
3.2.2.1 PRIMER CASO:
83
Muestra representativa de la Población objetivo militar 450
Personas de Procedencia militar
2
n = N Z p q
---------------------------
2 2
(N-1) E + Z p q
2
n = (450) (1.96) (0.5) (0.5)
__________________________
2 2
(449) (0.05) + (1.96) (0.5) (0.5)
n = 432.18
_______________ _ 432.18
1.1225 + 0.9604 2.0829
n = 207.49 = > N1 = 208 Personas
3.2.2.2. SEGUNDO CASO:
Muestra representativa de la Población objetivo del distrito de
chorrillos de 330, 756 Habitantes
Como 330,756 es un Valor muy grande:
n2 = 385
Luego: n = n1 + n2 = 208 + 385 = 593 personas
3.3 Técnicas e Instrumentos de Recolección de datos.
Técnicas
- Análisis documental
- Encuesta
84
Instrumentos
- Cuestionario
3.4 Procesamiento de los datos
3.4.1 Pruebas estadísticas CHI CUADRADO para la contratación de las
Hipótesis.
3.4.2 Pruebas Alfa de CRONBACH para la medición de la confiabilidad
(Validez interna) de la encuesta de Opinión.
CAPÍTULO IV: ANÁLISIS Y PRESENTACIÓN DE RESULTADOS
4.1 Presentación, análisis e interpretación de Resultados.
4.1.1 Presentación de los resultados de la encuesta de Opinión
TABLA N° 01 : Resultados de la evaluación del cuestionario
PREGUNTAN°
ESCALA DE LIKERT DEL 1 AL 5PERCEPCIÓN DEL
PERSONAL MILITARPERCEPCIÓN DE LOS
CIUDADANOS DE CHORRILLOS1 2 22 1 23 2 24 1 25 1 36 1 27 1 28 1 39 1 210 1 211 1 312 1 213 5 414 5 415 5 416 5 517 5 418 5 5 19 1 2
85
20 1 221 1 222 1 223 1 324 1 225 5 526 5 427 5 5
FUENTE: Elaboración Propia
4.1.2 La Prueba de “alfa de Cronbach
Empleando el software estadístico MINITAB, se obtienen los siguientes
resultados:
a) Percepción del Personal Militar
- Media Aritmética : X 1 = 2.4074 unidades escala Likert
- Moda : Mo = 5 Unidades escala Likert
- Varianza: S1 = 3.558405
2
b) Percepción de los Ciudadanos de Chorrillos
- Media Aritmética : X 2 = 2.9630 unidades escala Likert
- Moda : Mo = 2 Unidades escala Likert
- Varianza: S 2 = 1.364337
2
86
c) Percepción del Personal Militar
- Media Aritmética : X 1 = 5.3704 Unidades
- Moda : Mo = 3
- Varianza: S2 = 8.857550
t
TABLA N° 02 : Resultados de la Prueba estadística”Alfa de Cronbach
PREGUNTAN°
ESCALA DE LIKERT DEL 1 AL 5
TOTALPERCEPCIÓN DELPERSONAL
MILITAR
PERCEPCIÓN DELOS CIUDADANOSDE CHORRILLOS
1 2 2 42 1 2 33 2 2 44 1 2 35 1 3 46 1 2 37 1 2 38 1 3 49 1 2 310 1 2 311 1 3 412 1 2 313 5 4 914 5 4 915 5 4 916 5 5 1017 5 4 918 5 5 10 19 1 2 320 1 2 321 1 2 322 1 2 3
87
23 1 3 424 1 2 325 5 5 1026 5 4 927 5 5 10
TOTAL 65 80 145
FUENTE: Elaboración Propia
Calculando la suma de las Varianzas individuales:
∑Vi = 3.358405+1.364337 = 4.922742
El Numero de estratos a considerar es: k =2 estratos
Teniendo presente que la fórmula de Cronbach es:
α =
Sustituyendo valores ya determinados
α =
α = (2) (1-0.555768)
α = (2) (0.444232) = 0.888464
88
k------k -1
1 - ∑Vi ------
S2
t
2------2 -1
1 - 4.922742 --------------
8.857550
Este resultado obtenido, implica que el cuestionario de la encuesta tiene muy
buena validez interna; lo que quiere decir que es confiable, puesto que mide lo que
se ha querido medir.
4.1.3 Conversión de los valores obtenidos en el cuestionario en la Escala de
Likert a valores porcentuales
Esta conversión la ejecutamos para poder facilitar las interpretaciones
correspondientes de lo obtenido en la encuesta de opinión ejecutadas
Para llevar a cabo esta conversión, empleamos métodos de interpolación
lineal para obtener ecuaciones de conversión en los casos siguientes:
a) Si 1 ≤ valor en la escala likert < 2:
Valor porcentual = 12.5% + (fracción decimal de Likert) x 12.5%
b) Si 2 ≤ valor en la escala likert < 3:
Valor porcentual = 25% + (fracción decimal de Likert) x 25%
c) Si 3 ≤ valor en la escala likert < 4:
Valor porcentual = 50% + (fracción decimal de Likert) x 25%
d) Si 4 ≤ valor en la escala likert < 5:
Valor porcentual = 75% + (fracción decimal de Likert) x 25%
Así entonces, aplicando estos casos a los resultados que se indican en la sección
4.1.1, las conversiones se indican en el cuadro siguiente:
89
TABLA N° 03 : Resultados de la Prueba estadística ”Alfa de Cronbach
PRE N°
PERCEPCION DELPERSONAL MILITAR
PERCEPCION CIUDADANA PROMEDIO GENERAL
PROMEDIO(LIKERT)
FRECUENCIAABSOLUTA
PROMEDIO(LIKERT)
FRECUENCIAABSOLUTA
LIKERT %
1 2 208 2 385 2.0000 25.00002 1 208 2 385 1.6492 20.61503 2 208 2 385 2.0000 25.00004 1 208 2 385 1.6492 20.61505 1 208 3 385 2.2985 32.46256 1 208 2 385 1.6492 20.61507 1 208 2 385 1.6492 20.61508 1 208 3 385 2.2985 32.46259 1 208 2 385 1.6492 20.6150
10 1 208 2 385 1.6492 20.615011 1 208 3 385 2.2985 32.462512 1 208 2 385 1.6492 20.615013 5 208 4 385 4.3508 83.770014 5 208 4 385 4.3508 83.770015 5 208 4 385 4.3508 83.770016 5 208 5 385 5.0000 100.000017 5 208 4 385 4.3508 83.770018 5 208 5 385 5.0000 100.0000 19 1 208 2 385 1.6492 20.615020 1 208 2 385 1.6492 20.615021 1 208 2 385 1.6492 20.615022 1 208 2 385 1.6492 20.615023 1 208 3 385 2.2985 32.462524 1 208 2 385 1.6492 20.615025 5 208 5 385 5.0000 100.000026 5 208 4 385 4.3508 83.770027 5 208 5 385 5.0000 100.0000
FUENTE: ELABORACION PROPIA
90
4.1.4 TABLA N° 04 : Análisis e interpretación de resultados de la Pregunta 1
PERCEPCION DEL PERSONAL MILITAR PERCEPCION CIUDADANAPromedio
(Lkert)FrecuenciaAbsoluta
FrecuenciaRelativa %
Promedio(Likert)
FrecuenciaAbsoluta
FrecuenciaRelativa %
2 208 35.08% 2 385 64.92%
- Media Aritmética : 2 Unidades escala likert
- Moda : 2 Unidades escala likert
- Gráfica : Diagrama de Barras Verticales
(Pregunta N° 1)
FUENTE:
Elaboración Propia
Figura 1.
La Totalidad de los encuestados opinan eligiendo la opción en desacuerdo; lo que
significa, que perciban que el Marco Legal Vigente, NO permite reducir el número
de robos y asaltos a mano armada en el distrito de Chorrillos.
4.1.5 TABLA N° 05 : Análisis e interpretación de resultados de la Pregunta 2
PERCEPCION DEL PERSONAL MILITAR PERCEPCION CIUDADANAPromedio
(Lkert)FrecuenciaAbsoluta
FrecuenciaRelativa %
Promedio(Likert)
FrecuenciaAbsoluta
FrecuenciaRelativa %
1 208 35.08% 2 385 64.92%- Media Aritmética : 1.642 UNIDADES ESCALA LIKERT
- Moda : 2 UNIDADES ESCALA LIKERT
91
ESCALA DE LIKERT
- Gráfica : Diagrama de Barras Verticales
(Pregunta N° 2)
FUENTE PROPIA: Elaboración Propia
Figura 2
La percepción militar opina totalmente en desacuerdo, mientras que la percepción
ciudadana opina en desacuerdo; lo que implica que la mayoría de encuestado
percibe que el Marco Legal vigente , no contribuye en efectuar acciones de
planeamiento con la Policía Nacional del Perú y el Serenazgo Municipal para que
participen junto con las Fuerzas Armadas en operativos contra la delincuencia
común
4.1.6 TABLA N° 06 : Análisis e interpretación de resultados de la Pregunta 3
PERCEPCION DEL PERSONAL MILITAR PERCEPCION CIUDADANAPromedio
(Lkert)FrecuenciaAbsoluta
FrecuenciaRelativa %
Promedio(Likert)
FrecuenciaAbsoluta
FrecuenciaRelativa %
2 208 35.08% 2 385 64.92%
Es semejante a lo señalado en la sección 4.1.4. Entonces en este caso, la totalidad
de los encuestado opinan eligiendo la opción en desacuerdo; lo que significa, que
perciben que el Marco Legal Vigente, no contribuye en reducir la cantidad de
bandas delincuenciales que actúan dentro de la zona de responsabilidad de la
Primera Brigada de Fuerzas Especiales.
92
4.1.7 TABLA 07 : Análisis e interpretación de resultados de la Pregunta 4
PERCEPCION DEL PERSONAL MILITAR PERCEPCION CIUDADANAPromedio
(Lkert)FrecuenciaAbsoluta
FrecuenciaRelativa %
Promedio(Likert)
FrecuenciaAbsoluta
FrecuenciaRelativa %
1 208 35.08% 2 385 64.92%
Es semejante a lo señalado en la sección 4.1.5. De este modo, en este caso, la
gran mayoría de encuestado opinan que los Artículos 137 y 171, no permite reducir
el número de robos y asaltos a mano armada, mediante la participación de las
Fuerzas Armadas
4.1.8 TABLA N° 08 Análisis e interpretación de resultados de la Pregunta 5
PERCEPCION DEL PERSONAL MILITAR PERCEPCION CIUDADANAPromedio
(Lkert)FrecuenciaAbsoluta
FrecuenciaRelativa %
Promedio(Likert)
FrecuenciaAbsoluta
FrecuenciaRelativa %
1 208 35.08% 3 385 64.92%
- Media Aritmética : 2.2985 UNIDADES ESCALA LIKERT
- Moda : 3 UNIDADES ESCALA LIKERT
- Gráfica : Diagrama de Barras Verticales (Pregunta N° 5)
FUENTE: Elaboración Propia
Figura 3.
La percepción militar opina totalmente en desacuerdo, mientras que la percepción
ciudadana opina ni de acuerdo ni en desacuerdo. Como la media aritmética es
93
ESCALA DE LIKERT
menor que 3. Esto implica que la opinión general, se enfoca en estar en
desacuerdo aproximadamente.
De este modo, la percepción conjunta tiende a señalar que los artículos 137 y 171,
no permiten efectuar acciones de planeamiento con la Policía Nacional y el
Serenazgo Municipal, para participar en Operativos conjuntos con las Fuerzas
Armadas contra la delincuencia común
4.1.9 TABLA N° 9 : Análisis e interpretación de resultados de la Pregunta 6
PERCEPCION DEL PERSONAL MILITAR PERCEPCION CIUDADANAPromedio
(Lkert)FrecuenciaAbsoluta
FrecuenciaRelativa %
Promedio(Likert)
FrecuenciaAbsoluta
FrecuenciaRelativa %
1 208 35.08% 2 385 64.92%
Los resultados son semejantes a lo incluido en la sección 4.1.5. De modo, la gran
mayoría de encuestado opina que los Artículos 137 y 171, no permiten reducir la
cantidad de bandas delincuenciales que actúan en la zona de responsabilidad de la
Primera Brigada de Fuerzas Especiales.
4.1.10 TABLA N° 10 : Análisis e interpretación de resultados de la Pregunta 7
PERCEPCION DEL PERSONAL MILITAR PERCEPCION CIUDADANAPromedio
(Lkert)FrecuenciaAbsoluta
FrecuenciaRelativa %
Promedio(Likert)
FrecuenciaAbsoluta
FrecuenciaRelativa %
1 208 35.08% 2 385 64.92%
Son semejantes a lo señalado en la Sección 4.1.5. Así entonces, la gran mayoría
de encuestado opina que el Decreto Legislativo N° 1095 no permite contribuir con
la reducción de bandas delincuenciales, que actúan en la zona de responsabilidad
de las Primera Brigada de Fuerzas Especiales.
4.1.11 TABLA N° 11 : Análisis e interpretación de resultados de la Pregunta 8
PERCEPCION DEL PERSONAL MILITAR PERCEPCION CIUDADANAPromedio
(Lkert)FrecuenciaAbsoluta
FrecuenciaRelativa %
Promedio(Likert)
FrecuenciaAbsoluta
FrecuenciaRelativa %
94
1 208 35.08% 3 385 64.92%
Es semejante a lo incluido en la sección 4.1.8. De esta manera, la percepción
conjunta de ambos estratos encuestados tiende a incluir que el Decreto Legislativo
N° 1095, no permite que las Fuerzas armadas puedan ejecutar acciones de
Planeamiento con la Policía Nacional y el Serenazgo Municipal, para participar en
operativos contra la delincuencia común.
4.1.12 TABLA N° 12 : Análisis e interpretación de resultados de la Pregunta 9
PERCEPCION DEL PERSONAL MILITAR PERCEPCION CIUDADANAPromedio
(Lkert)FrecuenciaAbsoluta
FrecuenciaRelativa %
Promedio(Likert)
FrecuenciaAbsoluta
FrecuenciaRelativa %
1 208 35.08% 2 385 64.92%
Es semejante a lo señalado en la sección 4.1.5. Así entonces, la percepción
conjunta de ambos estratos encuestados tiende a indicar que el Decreto Legislativo
N° 1095, no permite contribuir con la reducción de bandas delincuenciales, que
actúan en la zona de responsabilidad de las Primera Brigada de Fuerzas
Especiales.
4.1.13 TABLA N° 13 : Análisis e interpretación de resultados de la Pregunta 10
PERCEPCION DEL PERSONAL MILITAR PERCEPCION CIUDADANAPromedio
(Lkert)FrecuenciaAbsoluta
FrecuenciaRelativa %
Promedio(Likert)
FrecuenciaAbsoluta
FrecuenciaRelativa %
1 208 35.08% 2 385 64.92%
Es semejante a lo señalado en la sección 4.1.5. De esta manera, la gran mayoría
de encuestado opina que la Normativa Vigente , no permite reducir la cantidad de
actos de sicariato que existe actualmente.
4.1.14 TABLA N° 14 : Análisis e interpretación de resultados de la Pregunta 11
PERCEPCION DEL PERSONAL MILITAR PERCEPCION CIUDADANAPromedio
(Lkert)FrecuenciaAbsoluta
FrecuenciaRelativa %
Promedio(Likert)
FrecuenciaAbsoluta
FrecuenciaRelativa %
1 208 35.08% 3 385 64.92%
95
Es semejante a lo señalado en la sección N° 4.1.8. Así entonces, la percepción
conjunta de los estratos de Personas encuestada tiende a señalar que la Normativa
Vigente, no contribuye en reducir la cantidad de casos de Trata de Personas que
existe actualmente.
4.1.15 TABLA N° 15 : Análisis e interpretación de resultados de la Pregunta 12
PERCEPCION DEL PERSONAL MILITAR PERCEPCION CIUDADANAPromedio
(Lkert)FrecuenciaAbsoluta
FrecuenciaRelativa %
Promedio(Likert)
FrecuenciaAbsoluta
FrecuenciaRelativa %
1 208 35.08% 2 385 64.92%
Es semejante a lo señalado en la sección 4.1.5. De este modo, la gran mayoría de
encuestado percibe que la Normativa Vigente, no contribuye en la reducción de
casos de vendedores de droga que existen actualmente.
4.1.16 TABLA N° 16 Análisis e interpretación de resultados de la Pregunta 13
PERCEPCION DEL PERSONAL MILITAR PERCEPCION CIUDADANAPromedio
(Lkert)FrecuenciaAbsoluta
FrecuenciaRelativa %
Promedio(Likert)
FrecuenciaAbsoluta
FrecuenciaRelativa %
5 208 35.08% 4 385 64.92%
- Media Aritmética : 4.3508 Unidades escala de Likert
- Moda : 4 Unidades escala Likert
- Grafica N° : Diagrama de Barras Verticales (pregunta N° 13)
FUENTE: Elaboración Propia
96
Figura 4
Dado que la media aritmética es mayor que 3 ; entonces se deduce que la gran
mayoría de los encuestados, perciben que se debe establecer un Marco Jurídico
más adecuado , para que el empleo de la Fuerza Armada , pueda contribuir en la
reducción de actos de sicariato que existe actualmente
4.1.17 TABLA N° 17 : Análisis e interpretación de resultados de la Pregunta 14
PERCEPCION DEL PERSONAL MILITAR PERCEPCION CIUDADANAPromedio
(Lkert)FrecuenciaAbsoluta
FrecuenciaRelativa %
Promedio(Likert)
FrecuenciaAbsoluta
FrecuenciaRelativa %
5 208 35.08% 4 385 64.92%
Es semejante a lo señalado en la sección 4.1.16. Así entonces, la gran mayoría de
los encuestados, perciben que se debe establecer un Marco jurídico más
Adecuado, para el empleo de la Fuerza Armada, pueda contribuir en la reducción
de casos de trata de Personas que existen actualmente
4.1.18 TABLA N° 18 Análisis e interpretación de resultados de la Pregunta 15
PERCEPCION DEL PERSONAL MILITAR PERCEPCION CIUDADANAPromedio
(Lkert)FrecuenciaAbsoluta
FrecuenciaRelativa %
Promedio(Likert)
FrecuenciaAbsoluta
FrecuenciaRelativa %
5 208 35.08% 4 385 64.92%
Es semejante a lo señalado en la sección 4.1.16. De este modo, la gran mayoría de
los encuestados, perciben que se debe establecer un Marco Jurídico más
adecuado, para que el empleo de la Fuerza Armada, pueda contribuir en la
reducción de casos de vendedores de droga que existen actualmente.
4.1.19 TABLA N° 19 :Análisis e interpretación de resultados de la Pregunta 16
PERCEPCION DEL PERSONAL MILITAR PERCEPCION CIUDADANAPromedio
(Lkert)FrecuenciaAbsoluta
FrecuenciaRelativa %
Promedio(Likert)
FrecuenciaAbsoluta
FrecuenciaRelativa %
5 208 35.08% 5 385 64.92%
97
- Media Aritmética : 5 Unidades escala de Likert
- Moda : 5 Unidades escala Likert
- Grafica N° : Diagrama de Barras Verticales (pregunta N° 16)
FUENTE: Elaboración Propia
Figura 5
El total de los encuestados están totalmente de Acuerdo, en que el personal de las
Fuerzas armadas tenga una preparación adecuada, para que conjuntamente con la
Policía Nacional y el Serenazgo Municipal, actúan coordinadamente para reducir la
cantidad de actos de sicariato que existen actualmente
4.1.20 TABLA N° 20 : Análisis e interpretación de resultados de la Pregunta 17
PERCEPCION DEL PERSONAL MILITAR PERCEPCION CIUDADANAPromedio
(Lkert)FrecuenciaAbsoluta
FrecuenciaRelativa %
Promedio(Likert)
FrecuenciaAbsoluta
FrecuenciaRelativa %
5 208 35.08% 4 385 64.92%Es semejante a lo señalado en la sección 4.1.16. De este modo, la gran mayoría de
los encuestados, perciben que el Personal de las Fuerzas Armadas tenga una
preparación adecuada, para que conjuntamente con la Policía Nacional del Perú y
el Serenazgo Municipal, actúen coordinadamente para reducir la cantidad de casos
de trata de Personas que existen actualmente
4.1.21 TABLA N° 21 : Análisis e interpretación de resultados de la Pregunta 18
PERCEPCION DEL PERSONAL MILITAR PERCEPCION CIUDADANAPromedio
(Lkert)FrecuenciaAbsoluta
FrecuenciaRelativa %
Promedio(Likert)
FrecuenciaAbsoluta
FrecuenciaRelativa %
98
5 208 35.08% 5 385 64.92%Es semejante a lo señalado en la sección 4.1.19. Asi entonces el total de
encuestados están totalmente de acuerdo, en que el Personal de las Fuerzas
Armadas tengan una preparación adecuada, para que conjuntamente con la Policía
Nacional del Perú y el Serenazgo Municipal, actúen coordinadamente para reducir
la cantidad de casos de vendedores de droga que existen actualmente
4.1.22 TABLA N° 22 : Análisis e interpretación de resultados de la Pregunta 19
PERCEPCION DEL PERSONAL MILITAR PERCEPCION CIUDADANAPromedio
(Lkert)FrecuenciaAbsoluta
FrecuenciaRelativa %
Promedio(Likert)
FrecuenciaAbsoluta
FrecuenciaRelativa %
1 208 35.08% 2 385 64.92%Es semejante a lo señalado en la sección 4.1.5. De este modo, la gran mayoría de
los encuestados, opina que el Nivel de actuación de las Fuerzas Armadas
actualmente, no es adecuado para actuar conjuntamente con la Policía Nacional
del Perú, para contribuir con la reducción de la cantidad de casos de vendedores
de droga.
4.1.23 Tabla N° 23: Análisis e interpretación de resultados de la Pregunta 20
PERCEPCION DEL PERSONAL MILITAR PERCEPCION CIUDADANAPromedio
(Lkert)FrecuenciaAbsoluta
FrecuenciaRelativa %
Promedio(Likert)
FrecuenciaAbsoluta
FrecuenciaRelativa %
1 208 35.08% 2 385 64.92%Es semejante a lo señalado en la sección 4.1.5. Así entonces, la gran mayoría de
los encuestados opina que el Nivel de actuación de las Fuerzas Armadas
actualmente, no es el adecuado para combatir el armamento y equipo empleados
por las bandas delincuenciales.
4.1.24 TABLA N° 24: Análisis e interpretación de resultados de la Pregunta 21
PERCEPCION DEL PERSONAL MILITAR PERCEPCION CIUDADANAPromedio
(Lkert)FrecuenciaAbsoluta
FrecuenciaRelativa %
Promedio(Likert)
FrecuenciaAbsoluta
FrecuenciaRelativa %
1 208 35.08% 2 385 64.92%Es semejante a lo señalado en la sección 4.1.5. De esta manera, la gran mayoría
de los encuestados opina que el Nivel de actuación de las Fuerzas Armadas
actualmente, no es el adecuado para combatir en la lucha contra las drogas,
mediante labores de Patrullaje.
99
4.1.25 TABLA N° 25 Análisis e interpretación de resultados de la Pregunta 22
PERCEPCION DEL PERSONAL MILITAR PERCEPCION CIUDADANAPromedio
(Lkert)FrecuenciaAbsoluta
FrecuenciaRelativa %
Promedio(Likert)
FrecuenciaAbsoluta
FrecuenciaRelativa %
1 208 35.08% 2 385 64.92%Es semejante a lo señalado en la sección 4.1.5. De este modo, la gran mayoría de
los encuestados opina que el contenido actual del Decreto Legislativo N° 1095, no
permite a las Unidades de Brigada de Fuerzas Especiales trabajar conjuntamente
con la Policía Nacional del Perú, en los Operativos contra los vendedores de droga.
4.1.26 TABLA N° 26 Análisis e interpretación de resultados de la Pregunta 23
PERCEPCION DEL PERSONAL MILITAR PERCEPCION CIUDADANAPromedio
(Lkert)FrecuenciaAbsoluta
FrecuenciaRelativa %
Promedio(Likert)
FrecuenciaAbsoluta
FrecuenciaRelativa %
1 208 35.08% 3 385 64.92%Es semejante a lo señalado en la sección 4.1.8. Así entonces, la percepción
conjunta de los estratos encuestado tienden a señalar que el Decreto Legislativo N°
1095, no permite a las Fuerzas Armadas, combatir adecuadamente el Armamento y
equipo empleado por las Bandas de delincuentes
4.1.27 TABLA N° 27 Análisis e interpretación de resultados de la Pregunta 24
PERCEPCION DEL PERSONAL MILITAR PERCEPCION CIUDADANAPromedio
(Lkert)FrecuenciaAbsoluta
FrecuenciaRelativa %
Promedio(Likert)
FrecuenciaAbsoluta
FrecuenciaRelativa %
1 208 35.08% 2 385 64.92%
Es semejante a lo señalado en la sección 4.1.5. De esta manera, la gran mayoría
de los encuestados percibe que el contenido actual del Decreto Legislativo N°
1095, no permite la Cooperación entre las Fuerzas Armadas y la Policía Nacional
del Perú, para las labores de Patrullaje antidrogas.
4.1.28 TABLA N° 28 Análisis e interpretación de resultados de la Pregunta 25
PERCEPCION DEL PERSONAL MILITAR PERCEPCION CIUDADANAPromedio
(Lkert)FrecuenciaAbsoluta
FrecuenciaRelativa %
Promedio(Likert)
FrecuenciaAbsoluta
FrecuenciaRelativa %
5 208 35.08% 5 385 64.92%
100
Es semejante a lo señalado en la sección 4.1.19. De este modo, el total de los
encuestados están totalmente de acuerdo, que dentro del Marco Legal futuro
existan normas que amparen las acción es de las Fuerzas Armadas, para que al
enfrentar sus nuevos roles, puedan permitir la cooperación eficaz con la Policía
Nacional del Perú, en la Lucha contra los Vendedores de Droga.
4.1.29 TABLA N° 29 Análisis e interpretación de resultados de la Pregunta 26
PERCEPCION DEL PERSONAL MILITAR PERCEPCION CIUDADANAPromedio
(Lkert)FrecuenciaAbsoluta
FrecuenciaRelativa %
Promedio(Likert)
FrecuenciaAbsoluta
FrecuenciaRelativa %
5 208 35.08% 4 385 64.92%Es semejante a lo señalado en la sección 4.1.16. Así entonces, la gran mayoría de
los encuestados perciben que dentro del Marco Legal futuro existen normas que
amparen las acciones de las Fuerzas armadas, que permitan el combate eficaz
contra el Armamento y Equipo empleados por las bandas de delincuentes
4.1.30 TABLA N° 30 Análisis e interpretación de resultados de la Pregunta 27
PERCEPCION DEL PERSONAL MILITAR PERCEPCION CIUDADANAPromedio
(Lkert)FrecuenciaAbsoluta
FrecuenciaRelativa %
Promedio(Likert)
FrecuenciaAbsoluta
FrecuenciaRelativa %
5 208 35.08% 5 385 64.92%
Es semejante a lo señalado en la sección 4.1.19. De esta manera, el total de los
encuestados están totalmente de acuerdo, que dentro del Marco Legal Futuro
existan normas que amparen las acciones de las Fuerzas Armadas, que permitan
lograr un apoyo eficaz para labores de Patrullaje antidroga.
4.2 CONTRASTACIÓN DE LA HIPOTESIS
4.2.1 Las Variables de Investigación
Independiente: X= Gestión del Conocimiento del Marco Legal
Vigente.
Dependiente: Y= Apoyo a la Seguridad Ciudadana
4.2.2 Dimensiones de la variable Independiente.
101
X1= Marco legal vigente
X2= Capacitación del Personal Militar
X3= Revisión del marco legal vigente
4.2.3 Dimensiones de la Variable dependiente
Y1= Accionar de la Delincuencia común
Y2= Accionar del crimen organizado.
Y3= Tráfico ilícito de drogas.
4.2.4 Indicadores de la dimensión de la variable independiente
X11= % de conocimiento de la norma de la Constitución respecto al
accionar de las FFAA en estado de emergencia.
X12= Conocimiento del articulo 137 y 171 de la Constitución Política
del Perú.
X13= Conocimiento del Decreto Legislativo 1095
X21= Aprendizaje de la norma.
X22= Reglas de Enfrentamientos.
X23= Preparación de la fuerza.
X31= Nivel de actuación de las FFAA sin estado de Emergencia.
X32= Nivel de contenido del Decreto Legislativo 1095
X33= Nuevos roles de las Fuerzas Armadas ante las amenazas
actuales.
4.2.5 Indicadores de las dimensiones de la Variable Dependiente
Y11= Número de actos delincuenciales de robos y asaltos a mano
armada.
Y12= Planeamiento con PNP y Serenazgo en operativos contra la
delincuencia común.
102
Y13= Cantidad de bandas que actúan en la zona de responsabilidad
de la Primera Brigada de Fuerzas Especiales
Y21= Cantidad de actos de sicariato en el año 2017.
Y22= Casos de Trata de personas.
Y23= Casos de vendedores de Droga
Y31= Cantidad de acciones policiales contra los vendedores de
droga.
Y32= Armamento y equipo empleado por las bandas.
Y33= Apoyo de la 1era Brig. FFEE. a la PNP en labores de patrullaje
antidrogas.
4.2.6 Las Preguntas del Cuestionario de la Encuesta de Opinión y la relación
con los indicadores de las Dimensiones ambas variables.
TABLA Nº 31 DIMENSIONES RELACIONADAS EN LA HIPÓTESIS DE
INVESTIGACIÓN
PREGUNTA N° DIMENSIONES RELACIONADAS
HIPOTESIS DE INVESTIGACONI
1 X11 con Y11
HIPOTESISESPECIFICA N° 1
HIPOTESISPRINCIPAL O
GENERAL
2 X11 Con Y123 X11 con Y134 X12 con Y115 X12 con Y126 X12 con Y137 X13 con Y118 X13 con Y129 X13 con Y1310 X21 con Y21
HIPOTESISESPECIFICA N° 2
11 X21 con Y2212 X21 con Y2313 X22 con Y2114 X22 con Y2215 X22 con Y2316 X23 con Y2117 X23 con Y2218 X23 con Y2319 X31 con Y3120 X31 con Y32
103
HIPOTESISESPECIFICA N° 3
21 X31 con Y3322 X32 con Y3123 X32 con Y3224 X32 con Y3325 X33 con Y3126 X33 con Y3227 X33 con Y33
FUENTE: ELABORACION PROPIA
4.2.7 Selección de la Prueba estadística para la contrastación de las
Hipótesis del Trabajo de Investigación
Con el objeto de seleccionar la Prueba estadística, que sea la más
adecuada para la contrastación de hipótesis de investigación, se tomara
en cuenta las consideraciones siguientes
a) El Titulo del tema de Investigación del trabajo es: “GESTION DEL
CONOCIMIENTO DEL MARCO LEGAL VIGENTE APLICADO A LA
PRIMERA BRIGADA DE FUERZAS ESPECIALES Y SU RELACIÓN
CON EL APOYO A LA SEGURIDAD CIUDADANA CHORRILLOS
2017”
b) En dicho título, el tema de investigación se refiere a la relación o
asociación entre las variables involucradas, pero enfocándose en la
tendencia a la concordancia de las opiniones o percepciones que
tienen las personas encuestadas, con respecto a los dos estratos
considerados: personal Militar y Ciudadanos de chorrillos.
c) En la teoría estadística existen varios enfoques , cuando se trata de
relacionar variables de investigación
d) Por ejemplo cuando se trata estudiar la relación entre las variables,
bajo el criterio de bondad del ajuste o la dependencia o independencia
entre ellas, se emplea la Prueba Chi – cuadrada clásica de Pearson.
Este no es el caso de nuestro Trabajo de Investigación.
e) Por otro Lado, cuando se trata de estudiar la relación entre las
variables en estudio, bajo el punto de vista de la concordancia entre
los valores numéricos en la escala Likert (o en otros casos) de las
opiniones o percepciones de los encuestados se suelen usar la
Prueba de concordancia (w) de Kendall. Estrictamente hablando,
tampoco es el caso de nuestro trabajo de investigación.
104
f) Además, cuando se trata de estudiar la relación entre las variables en
estudio, bajo el punto de vista de la concordancia entre las opiniones
de los encuestados (de acuerdo o en un desacuerdo, se aplica una
variante de la Prueba de Chi Cuadrado adaptado a este caso, que se
conoce como la prueba de Cronbach. Dado esta situación es
coincidente con el enfoque de nuestra investigación; entonces ,
emplearemos de las Prueba de Cronbach para la contratación, tanto
de las Hipótesis específicas como de la Hipótesis principal o global del
presente trabajo de investigación
4.2.8 La Prueba de Cronbach
Como se mencionó anteriormente, se trata de una adaptación de la
Prueba de Chi Cuadrado de Pearson, para estudiar la concordancia de las
Opiniones de los encuestados (de acuerdo o en desacuerdo) que
provienen del cuestionario de una encuesta.
Se trata de una prueba estadística muy útil, pero muy poco difundida. Una
aplicación de dicha prueba estadística puede observarse en la Página N°
145 de la Tesis: El paradigma de los Círculos de Aprendizaje significativo y
su influencia en la gestión del Mejoramiento del rendimiento académico de
los Alumnos del Instituto Científico y Tecnológico del Ejército (ICTE) en el
Periodo 2010 -2011 del profesor Investigador y Docente Emérito del ICTE,
Geraldo SCHABAUER PICASSO para obtener el Grado de Magister en
Gestión e Innovación Tecnológica.
En nuestro estudio, consideramos éxito” , asignándole el vlaor de 1 en los
siguientes casos :
- Concordancia “en desacuerdo” que corresponde a las opciones 1y 2 de la
escala de Likert en los estratos evaluados.
- Concordancia “ de acuerdo “ que comprende a las Opciones 4 y 5 de la
Escala de Likert en los estratos evaluados
- Coincidencia entre las magnitudes de las opiniones de los estratos
encuestados en la escala de Likert( ambos estratos contestan los mismo :
1,2,3,4,o 5 )
105
En cualquier otro caso distinto de los anteriores, se consideran “fracaso” y
su valor será Cero
4.2.9 Contrastación de las Hipótesis Especifica N° 1
El Marco Legal Vigente aplicado dentro de la Primera Brigada de Fuerzas
Especiales se relaciona significativamente con el apoyo a la seguridad
ciudadana Chorrillos 2017.
La Hipótesis Especifica N° 1 adaptada a la Prueba de Cronbach, se
convierte en la siguiente: No existen diferencias significativas entre las
opiniones del Personal Militar y los Ciudadanos encuestados, con respecto
a lo que se afirma en las Hipótesis Especifica N° 1
De este modo, se tienen las Hipótesis estadísticas siguientes:
Nula; H0: No existen diferencias significativas entre las Opiniones del
Personal Militar y los Ciudadanos encuestados, con respecto a
lo que se afirma en la hipótesis Especificas N° 1.
Alterna; H1: Si existe diferencias significativas entre las Opiniones del
Personal Militar y los ciudadanos encuestados, respecto a lo que
se afirma en la Hipótesis Estadística N° 1.
Enseguida aplicamos el procedimiento para la contrastación de la hipótesis
TABLA N° 32 Prueba de Cronbach para la Hipotesis Especifica N° 1
Pregunta N°1Personal
MilitarCiudadanos
ChorrillosSumatoria en Cada Pregunta H j
2 H
j 1 1 1 2 4
2 1 1 2 4
3 1 1 2 4
4 1 1 2 4
5 1 0 1 1
6 1 1 2 4
7 1 1 2 4
8 1 0 1 1
106
9 1 1 2 4
Sumatoria deéxitos en elcuestionario
(G i)
9 7 16 30
2 G i
81 49 130 Totales
FUENTE: ELABORACION PROPIA
La Fórmula de Cochran :
Q = ( K-1 ) (K) ( ∑ G i ) – (∑ G i )
( K-1 ) (K) ( ∑ H j ) – (∑ H j )
Teniendo presente que K=2 estratos considerados; entonces:
Q = ( 2-1 ) (2) ( 130 ) – (16 )
= 4 = 2
( 2 ) (16 ) – (30 ) 2
Q = 2 (Estadístico de Prueba)
Grados de libertad: gl = K-1 = 2- 1 = 4
Nivel de riesgo: α= 5% =0.05 Tabla de Chi - Cuadrado
Prueba de dos colas (exceso o por defecto)
Con los valores anteriores consultamos la Tabla de Chi Cuadrado; encontrándose:
Critico = 3.84
107
2
2
2
Como el estadístico de prueba 2 es menor que 3.84, se acepta Hipótesis nula y se
rechaza la Hipótesis alternativa (H1). Con lo cual, queda verificada la veracidad de
la Primera Hipótesis especifica del presente trabajo de investigación
4.2.10 Contrastación de las Hipótesis Especifica N° 2
La Capacitación al personal militar sobre su comportamiento y accionar en
este tipo de misiones aplicado a la Primera Brigada de Fuerzas Especiales
se relaciona significativamente con el apoyo a la seguridad ciudadana
Chorrillos 2017.
La Hipótesis Especifica N° 2 adaptada a la Prueba de Cronbach, se
convierte en la siguiente: No existen diferencias significativas entre las
opiniones del Personal Militar y los Ciudadanos encuestados, con respecto a
lo que se afirma en las Hipótesis Especifica N° 2
De este modo, se tienen las Hipótesis estadísticas siguientes:
Nula; H0: No existen diferencias significativas entre las Opiniones del
Personal Militar y los Ciudadanos encuestados, con respecto a
lo que se afirma en la hipótesis Especificas N° 2.
Alterna; H1: Si existe diferencias significativas entre las Opiniones del
Personal Militar y los ciudadanos encuestados, respecto a lo que
se afirma en la Hipótesis Estadística N° 2.
Luego aplicamos el procedimiento para la Contrastación de las hipótesis
TABLA N° 33 Prueba de Cronbach para la Hipótesis Especifica N° 2
Pregunta N°1Personal
Militar
Ciudadanos
Chorrillos
Sumatoria enCada Pregunta H j
2 H
j
10 1 1 2 4
11 1 0 1 1
12 1 1 2 4
13 1 1 2 4
14 1 1 2 4
15 1 1 2 4
108
16 1 1 2 4
17 1 1 2 4
18 1 1 2 4
Sumatoria deéxitos en elcuestionario
(G i)
9 8 17 33
2 G I
81 64 145 Totales
FUENTE: ELABORACION PROPIA
La Fórmula de Cochran :
Q = ( K-1 ) (K) ( ∑ G i ) – (∑ G i )
( K-1 ) (K) ( ∑ H j ) – (∑ H j )
Teniendo presente que K=2 estratos considerados; entonces:
Q = ( 2-1 ) (2) ( 145 ) – (17 )
= 1 = 1
( 2 ) (17 ) – (33 ) 1
Siguiendo el procedimiento señalado en la sección 4.2.9; como ocurre que:
1 < 3.841, se acepta la hipótesis nula y se rechaza la alternativa. Con lo
cual, queda verificada la hipótesis especifica N° 2
4.2.11 Contrastación de las Hipótesis Especifica N° 3
109
2
2
2
La Revisión del Marco Legal Vigente aplicado a la Primera Brigada de
Fuerzas Especiales se relaciona significativamente con el apoyo a la
seguridad ciudadana Chorrillos 2017.
La Hipótesis Especifica N° 3 adaptada a la Prueba de Cronbach, se
convierte en la siguiente: No existen diferencias significativas entre las
opiniones del Personal Militar y los Ciudadanos encuestados, con respecto a
lo que se afirma en las Hipótesis Especifica N° 3
De este modo, se tienen las Hipótesis estadísticas siguientes:
Nula; H0: No existen diferencias significativas entre las Opiniones del
Personal Militar y los Ciudadanos encuestados, con respecto a
lo que se afirma en la hipótesis Especificas N° 3.
Alterna; H1: Si existe diferencias significativas entre las Opiniones del
Personal Militar y los ciudadanos encuestados, respecto a lo que
se afirma en la Hipótesis Estadística N° 3.
Luego aplicamos el procedimiento para la Contrastación de las hipótesis
TABLA N° 34: Prueba de Cronbach para la Hipótesis Especifica N° 3
Pregunta N°1 Personal
Militar
Ciudadanos
Chorrillos
Sumatoria enCada Pregunta H j
2 H
j
19 1 1 2 4
20 1 1 2 1
21 1 1 2 4
22 1 1 2 4
23 1 0 1 4
24 1 1 2 4
25 1 1 2 4
26 1 1 2 4
27 1 1 2 4
Sumatoria deéxitos en elcuestionario
9 8 17 33
110
(G i)
2 G I
81 64 145 Totales
FUENTE: ELABORACION PROPIA
Sustituyendo valores en la Formula de Cochran y teniendo magnitudes
iguales que los valores ocurridos en la sección 4.2.10; queda comprobada la
veracidad de la Hipótesis Especifica N° 3
4.2.11 Contrastación de las Hipótesis Principal
La Gestión del Conocimiento del Marco Legal Vigente aplicado a la Primera
Brigada de Fuerzas Especiales se relaciona significativamente con el apoyo
a la seguridad ciudadana Chorrillos 2017.
La Hipótesis Principal de Investigación adaptada a la Prueba de Cronbach,
se convierte en la siguiente: No existen diferencias significativas entre las
opiniones del Personal Militar y los Ciudadanos encuestados, con respecto a
lo que se afirma en las Hipótesis principal
De este modo, se tienen las Hipótesis estadísticas siguientes:
Nula; H0: No existen diferencias significativas entre las Opiniones del
Personal Militar y los Ciudadanos encuestados, con respecto a
lo que se afirma en la hipótesis principal
Alterna; H1: Si existe diferencias significativas entre las Opiniones del
Personal Militar y los ciudadanos encuestados, respecto a lo que
se afirma en la Hipótesis Principal
Luego aplicamos el procedimiento para la Contrastación de las hipótesis
TABLA N° 35 Prueba de Cronbach para la Hipótesis Especifica N° 3
Pregunta N°1Personal
Militar
Ciudadanos
Chorrillos
Sumatoria enCada Pregunta H j
2 H
j
1 1 1 2 4
2 1 1 2 4
3 1 1 2 4
111
4 1 1 2 4
5 1 0 1 1
6 1 1 2 4
7 1 1 2 4
8 1 0 1 1
9 1 1 2 4
10 1 1 2 4
11 1 0 1 1
12 1 1 2 4
13 1 1 2 4
14 1 1 2 4
15 1 1 2 4
16 1 1 2 4
17 1 1 2 4
18 1 1 2 4
19 1 1 2 4
20 1 1 2 4
21 1 1 2 4
22 1 1 2 4
23 1 1 2 4
24 1 1 2 4
25 1 1 2 4
27 1 1 2 4
Sumatoria deéxitos en elcuestionario
(G i)
9 8 17 33
2 G I
81 64 145 Totales
FUENTE: ELABORACION PROPIA
112
Sustituyendo valores en la Formula de Cochran y teniendo magnitudes
iguales que los valores ocurridos en la sección 4.2.10; queda comprobada la
veracidad de la Hipótesis Especifica N° 3
La Fórmula de Cochran :
Q = ( K-1 ) (K) ( ∑ G i ) – (∑ G i )
( K-1 ) (K) ( ∑ H j ) – (∑ H j )
Teniendo presente que K=2 estratos considerados; entonces:
Q = ( 2-1 ) (2) ( 1305 ) – (51 )
= 9 = 3
( 2 ) (51 ) – (99 ) 3
Siguiendo el procedimiento señalado en la sección 4.2.9; como ocurre que:
3 < 3.841, se acepta la hipótesis nula y se rechaza la alternativa. Con lo
cual, queda verificada la hipótesis principal
4.3 DISCUSION DE RESULTADOS
De todo lo señalado y establecido en las secciones 4.1 y 4.2, se puede
deducir los siguientes hechos:
a. La Prueba de Alfa de Cronbach nos permitió calcular que: α=0.888464; lo
que implica que el cuestionario de preguntas de la encuesta de Opinión
ejecutada, tiene muy buena validez interna, lo que significa que es
confiable, porque mide lo que ha pretendido medir.
113
2
2
2
b. De Los resultados obtenidos en la pregunta N° 1; 2 y 3, se deduce que en
la totalidad en unos casos y la gran mayoría de encuestados en otros
casos, opinan que el Marco Legal Vigente, no permiten reducir el número
de robos y asaltos a mano armada, ni tampoco contribuyen a efectuar
acciones de planeamiento con la Policía Nacional del Perú y el Serenazgo
Municipal, para participar conjuntamente con las Fuerzas Armadas en
Operativos contra la delincuencia común, ni tampoco contribuye en
reducir la cantidad de bandas delincuenciales que actúan en la zona de
responsabilidad de la Primera Brigada de Fuerzas Especiales, en el
distrito de Chorrillos.
c. De las Preguntas 4,5 y 6, se deduce que la totalidad o la gran mayoría de
encuestados, opinan que los artículos 137 y 171, no permiten reducir el
número de robos y asaltos a mano armada mediante la participación de
las Fuerzas Armadas, ni tampoco efectuar acciones de planeamiento con
la Policía Nacional del Perú y el Serenazgo Municipal para participar en
operativos conjuntos con las Fuerzas Armadas contra la delincuencia
común, ni menos reducir la cantidad de bandas de delincuentes que
actúan en la zona de responsabilidad de la Primera Brigada de Fuerzas
Especiales, en el distrito de Chorrillos.
d. De las preguntas 7,8 y 9 se deduce que la totalidad o la gran mayoría de
encuestados opinan que el Decreto Legislativo N° 1095, no contribuye en
la reducción de robos y asaltos a mano armada, ni tampoco permite que
las Fuerzas Armadas puedan ejecutar acciones de planeamiento con la
Policía Nacional del Perú y el Serenazgo Municipal para participar en
operativos contra la delincuencia común, ni menos contribuir con la
reducción bandas delincuenciales que actúan en la zona de
responsabilidad de la Primera Brigada de Fuerzas Especiales, en el
distrito de Chorrillos
e. De las preguntas 10,11 y 12, se deduce que la totalidad o la gran mayoría
de encuestados, opinan que la Normativa Vigente, no permite reducir la
cantidad de actos de sicariato que hay actualmente, ni tampoco
contribuye en reducir la cantidad de casos de trata de personas, ni menos
114
contribuir con la reducción de casos de vendedores de droga que exista
actualmente, en el distrito de Chorrillos.
f. De las preguntas 13,14 y 15 se deduce que la totalidad o la gran mayoría
de encuestados opinan que se debe establecer un marco Jurídico más
adecuado, para que el empleo de la Fuerza Armada, pueda contribuir en
la reducción de actos de sicariato que existen actualmente, también
puedan contribuir en la reducción de casos de trata de Personas que
existen actualmente y además pueda contribuir en la reducción de casos
de vendedores de droga que existen actualmente, en el Distrito de
Chorrillos.
g. De las preguntas 16,17 y 18 se deduce que la totalidad o la gran mayoría
de encuestados , opinan que el personal de las Fuerzas Armadas tengan
una preparación adecuada , para que conjuntamente con la Policía
Nacional del Perú y el Serenazgo Municipal, actúan coordinadamente
para reducir la cantidad de actos de sicariato que existen actualmente,
además , para reducir la cantidad de casos de trata de Personas que
existen actualmente , en el Distrito de Chorrillos
h. De las preguntas 19,20 y 21, se deduce que la totalidad o la gran mayoría
de encuestados, opinan que el nivel de actuación de las Fuerzas Armadas
actualmente, no es el adecuado para actuar conjuntamente con la Policía
Nacional del Perú, para contribuir con la reducción de casos de
vendedores de droga , ni tampoco para combatir el armamento y equipo
empleado por las bandas de delincuentes , ni menos , para efectuar
labores de patrullaje en la lucha contra las drogas, en el Distrito de
Chorrillos.
i. De las Preguntas 22,23 y 24 se deduce que la totalidad o la gran mayoría
de encuestados , opinan que el contenido actual del Decreto Legislativo
N° 1095 no permiten a las Unidades de las Fuerzas Armadas trabajar
conjuntamente con la Policía Nacional del Perú, para aumentar operativos
contra los vendedores de droga , ni tampoco , combatir adecuadamente el
armamento y equipo empleado por las bandas de delincuentes ni menos
115
, la cooperación entre las Fuerzas Armadas y la Policía Nacional del Perú
para labores de patrullaje antidrogas , en el Distrito de Chorrillos.
j. De las preguntas 25,26 y 27 , se deduce que la totalidad o la gran
mayoría de encuestados , opinan que dentro del Marco Legal futuro
existan normas que amparen las acciones de las Fuerzas Armadas, para
que al enfrentar sus nuevos roles , puedan permitir la cooperación eficaz
con la Policía Nacional del Perú en la lucha contra los vendedores de
droga , también , permiten el combate eficaz contra el armamento y
equipos empelados por las bandas de delincuentes , y además , permitan
lograr un apoyo más eficaz para las labores de patrullaje antidrogas , en
el Distrito de Chorrillos.
k. De lo actuado en la contrastación de la Hipótesis especifica N° 1 , quedo
verificado que : El Marco Legal Vigente aplicado a la Primera Brigada de
Fuerzas Especiales se relaciona significativamente con el apoyo a la
seguridad ciudadana Chorrillos 2017 con un nivel de confianza del 95%
l. De lo actuado en la contrastación de la Hipótesis especifica N° 2 quedo
verificado que : La Capacitación al personal militar sobre su
comportamiento y accionar en este tipo de misiones aplicado a la Primera
Brigada de Fuerzas Especiales se relaciona significativamente con el
apoyo a la seguridad ciudadana Chorrillos 2017. Con un nivel de
confianza del 95%.
m.De lo actuado en la contrastación de la Hipótesis especifica N° 2 quedo
verificado que: La Revisión del Marco Legal Vigente aplicado a la Primera
Brigada de Fuerzas Especiales se relaciona significativamente con el
apoyo a la seguridad ciudadana Chorrillos 2017. Con un nivel de
confianza del 95%.
n. De lo actuado en la contrastación de la Hipótesis Principal quedo
verificado que: La Gestión del Conocimiento del Marco Legal Vigente
aplicado a la Primera Brigada de Fuerzas Especiales se relaciona
116
significativamente con el apoyo a la Seguridad Ciudadana Chorrillos 2017.
Con un nivel de confianza del 95%
CONCLUSIONES:
Son las siguientes:
a. El Marco Legal Vigente aplicado a la Primera Brigada de Fuerzas Especiales
se relaciona significativamente con el apoyo a la seguridad ciudadana
Chorrillos 2017 con un nivel de confianza del 95%
b. La Capacitación al personal militar sobre su comportamiento y accionar en este
tipo de misiones aplicado a la Primera Brigada de Fuerzas Especiales se
relaciona significativamente con el apoyo a la seguridad ciudadana Chorrillos
2017. Con un nivel de confianza del 95%.
c. La Revisión del Marco Legal Vigente aplicado a la Primera Brigada de Fuerzas
Especiales se relaciona significativamente con el apoyo a la seguridad
ciudadana Chorrillos 2017. Con un nivel de confianza del 95%.
d. La Gestión del Conocimiento del Marco Legal Vigente aplicado a la Primera
Brigada de Fuerzas Especiales se relaciona significativamente con el apoyo a
la Seguridad Ciudadana Chorrillos 2017. Con un nivel de confianza del 95%
117
RECOMENDACIONES
Son las siguientes:
1. Propiciar ante las entidades del Gobierno del Perú a quien corresponda una
propuesta de los Artículos 137 y 171 de la Constitución Política del Perú para
que amparen la participación eficaz de las Fuerzas Armadas en la Lucha
contra la delincuencia común y el crimen organizado , en provecho de los
ciudadanos y del desarrollo sostenible del Perú.2. Generalizar la recomendación anterior en el sentido de que la Constitución
Política del Perú, tenga artículos necesario que permitan amparar las acciones
de las Fuerzas Armadas en favor de la seguridad Ciudadana , como parte de
los Nuevos Roles que deberán asumir , para contribuir con la paz que se
requiere en favor del desarrollo del Perú. 3. Proponer a las Organizaciones que sean necesarias , para que las Fuerzas
Armadas puedan planificar y ejecutar acciones conjuntas con la Policía
Nacional y los Serenazgo Municipales en provecho de la seguridad Ciudadana
en el Perú4. Capacitar a las Unidades de las Fuerzas Armadas para que puedan actuar
eficazmente en la Lucha contra la delincuencia común y el crimen organizado,
basándose en las recomendaciones señaladas anteriormente en provecho de
la Seguridad Ciudadana en el Perú, como parte de sus nuevos roles, como ya
ocurre en otros casos; por ejemplo, en la Participación ante los desastres
naturales en sus etapas de prevención, reacción y respuesta en esos casos.
118
REFERENCIAS
BIBLIOGRAFÍA
Constitución Política del Perú (1993). Artículo 171°.- Fuerzas Armadas, PNP y el
Desarrollo del país.
Decreto Legislativo N° 1095 (2010), que establece reglas de empleo y uso de la
fuerza por parte de las Fuerzas Armadas en el territorio nacional.
Decreto Legislativo N° 1136, (2012). Del Comando Conjunto de las Fuerzas
Armadas. Segunda Disposiciones Complementarias Finales.
http://www.ccffaa.mil.pe/menuCCFFAA/legal.htm
Martínez, F. (2010). Investigación Aplicada: Uso de la Fuerza. Instituto de
Asuntos Públicos de la Universidad de Chile.
Ley N° N° 29166 (2007), que establece reglas de empleo de la fuerza por parte del
personal de las fuerzas armadas en el territorio nacional.
ONU, (1945) La Carta de las Naciones Unidas.
TESIS:
Caballero J (2014) En su tesis doctoral la intervención del Ejército en la Seguridad
pública interior “la alternativa adoptada para la salvaguarda de los derechos y
patrimonio de las personas en méxico
119
Cano (2015), en su artículo titulado “Presencia de las fuerzas armadas en tareas
de seguridad nacional. Criterios de la Corte Interamericana de Derechos Humanos”
Caro, Arias y Gonzales (2011) en su tesis titulada. ”Doctrina para el Planeamiento
y conducción de Operaciones Militares en el Frente Externo y Frente Interno de las
Unidades del Ejército (GUB, GUC, UU)”
Sansó-Rubert P (2013), en su tesis “La seguridad ciudadana y las Fuerzas
Armadas: ¿despropósito o último recurso frente a la delincuencia organizada?
Vallovera, A. (2008). En su tesis Realidad operativa del Ejercito Paraguayo
Arce, G. (2011). La Herencia del Pasado: Fuerzas Armadas, Derechos Humanos y
seguridad interior en el Perú contemporáneo
Morales y Longa (2013), en su tesis titulada “Rol del Ejército del Perú en el
desarrollo Nacional y su influencia en la inclusión social en el Perú. 2103”
Villanueva, P. (2015). Fuerza pública y derechos humanos: Fundamentos del
empleo estatal del arma de fuego en operaciones destinadas a hacer cumplir la ley.
Para optar el grado académico de magister. Pontifica Universidad Católica del
Perú, Lima.
Arce, G. (2011). La Herencia del Pasado: Fuerzas Armadas, Derechos Humanos y
seguridad interior en el Perú contemporáneo. Para optar el Título de Licenciado en
Ciencia Política y Gobierno. Pontifica Universidad Católica del Perú, Lima.
La Junta Interamericana de Defensa (2012), en su artículo “Pesquisa sobre el
involucramiento de las fuerzas armadas del Continente Americano en actividades
de seguridad pública”
Grupo de Trabajo en Seguridad Regional (2013), en su artículo titulado “Los
militares en la seguridad interna: realidad y desafíos para Ecuador”, escrito en la
Revista Perspectivas N° 1- 2013.
120
Anexo 01: MATRIZ DE CONSISTENCIA
Título: GESTION DEL CONOCIMIENTO DEL MARCO LEGAL VIGENTE APLICADO A LA PRIMERA BRIGADA DE FUERZAS ESPECIALES Y SU
RELACION CON EL APOYO A LA SEGURIDAD CIUDADANA CHORRILLOS 2017
PROBLEMAS DEINVESTIGACION
OB JETIVOS DE LAINVESTIGACION
HIPÓTESIS DE LAINVESTIGACION
VARIABLESPOBLACION Y
MUESTRA
METODOLOGÍADE
INVESTIGACIONProblema Principal ¿En qué medida la gestióndel conocimiento del marcolegal vigente aplicado a laPrimera Brigada de FuerzasEspeciales se relaciona conel apoyo a la seguridadciudadana Chorrillos 2017?Problemas Secundarios a. ¿Cómo el marco legalvigente aplicado a la PrimeraBrigada de FuerzasEspeciales se relaciona conel apoyo a la seguridadciudadana Chorrillos 2017?b. ¿De qué manera laCapacitación al personalmilitar sobre sucomportamiento y accionaren este tipo de misionesaplicado a la PrimeraBrigada de FuerzasEspeciales se relaciona conel apoyo a la seguridadciudadana Chorrillos 2017?c. ¿ De qué manera larevisión del marco legalvigente aplicado a la PrimeraBrigada de FuerzasEspeciales se relaciona conel apoyo a la seguridadciudadana Chorrillos 2017?
Objetivo General: Determinar la gestión delconocimiento del marco legalvigente aplicado a la PrimeraBrigada de FuerzasEspeciales se relaciona conel apoyo a la seguridadciudadana Chorrillos 2017. Objetivos Específicos:
a. Determinar el marco legalvigente aplicado a laPrimera Brigada deFuerzas Especiales serelaciona con el apoyo a laseguridad ciudadanaChorrillos 2017
b. Determinar la Capacitaciónal personal militar sobre sucomportamiento y accionaren este tipo de misionesaplicado a la PrimeraBrigada de FuerzasEspeciales se relacionacon el apoyo a la seguridadciudadana Chorrillos 2017.
c. Determinar la revisión delmarco legal vigenteaplicado a la PrimeraBrigada de FuerzasEspeciales se relacionacon el apoyo a la seguridadciudadana Chorrillos 2017.
Hipótesis Principal La gestión del conocimiento delmarco legal vigente aplicado ala Primera Brigada de FuerzasEspeciales se relacionasignificativamente con el apoyoa la seguridad ciudadanaChorrillos 2017. Hipótesis Especificas: a. El marco legal vigente
aplicado a la PrimeraBrigada de FuerzasEspeciales se relacionasignificativamente con elapoyo a la seguridadciudadana Chorrillos 2017.
b. La Capacitación al personalmilitar sobre sucomportamiento y accionaren este tipo de misionesaplicado a la PrimeraBrigada de FuerzasEspeciales se relacionasignificativamente con elapoyo a la seguridadciudadana Chorrillos 2017.
c. La revisión del marco legalvigente aplicado a la PrimeraBrigada de FuerzasEspeciales se relacionasignificativamente con elapoyo a la seguridadciudadana Chorrillos 2017
XV. Independiente Gestión delconocimiento delMarco legal Dimensión: - Marco Legal
Vigente - Capacitación del
Personal Militar - Revisión del
Marco LegalVigente
Y V. Dependiente: Apoyo a laSeguridadCiudadanaDimensión: - Incremento de la
Delincuencia - Accionar del
Crimenorganizado
- Trafico Ilícito deDrogas
Población: La población objeto deestudio, estáconformado por 450Personas deprocedencia militar dela Primera Brigada deFuerzas especiales ypor 330 756 habitantesdel distrito de chorrillossegún lo señala elInstituto Nacional deEstadística eInformática, DirectorioNacional deMunicipalidadesProvinciales,Distritales y deCentros Poblados(Población Proyectadaal 30/06/2016). Muestra La muestra seráaleatoriamenteestratificada la cualserá determinada porla fórmula de laestimación de laproporcional en unnivel de confianza del95% y margen de errordel 5%.
Tipo : Básica Diseño: No Experimental
NIVEL- Explicativo - Transversal - Correlacional
Método: Inductivo
Técnicas Análisis
documental Encuesta
Instrumentos - Cuestionario
119
ANEXO 02: INSTRUMENTOS DE RECOLECCION DE DATOS : ENCUESTAS
TRABAJO DE CAMPO SOBRE
“GESTION DEL CONOCIMIENTO DEL MARCO LEGAL VIGENTE
APLICADO A LA PRIMERA BRIGADA DE FUERZAS ESPECIALES Y
SU RELACION CON EL APOYO A LA SEGURIDAD CIUDADANA
CHORRILLOS 2017”
120
INTRODUCCIÓN
Buenos días (tardes):
Quien les habla es un investigador que está trabajando en un estudio que servirá para elaborar una tesis profesional acerca
de la “GESTION DEL CONOCIMIENTO DEL MARCO LEGAL VIGENTE APLICADO A LA PRIMERA BRIGADA DE FUERZAS
ESPECIALES Y SU RELACION CON EL APOYO A LA SEGURIDAD CIUDADANA CHORRILLOS 2017”.
Se le solicita su ayuda para que responda algunas preguntas que no llevarán mucho tiempo. Sus respuestas serán
confidenciales y anónimas, las conclusiones que se obtengan permitirán planificar las mejoras de este proceso.
Las opiniones de todos los encuestados serán sumados e incluidas en la tesis profesional, pero nunca se comunicarán datos
individuales.
Les pido que contesten este cuestionario con la mayor sinceridad posible. No hay respuestas correctas ni incorrectas.
Hay cinco (05) opciones de respuesta. Marque con una “X” la respuesta que Ud. crea conveniente.
Lea las instrucciones cuidadosamente, sólo hay una sola opción de marcar cada pregunta.
De antemano, ¡GRACIAS POR SU COLABORACIÓN!
121
Encuesta realizada al personal de Oficiales del Estado Mayor y de las Unidades de la 1ra Brigada de FFEE así como a los
ciudadanos de chorrillos.
CUESTIONARIO
ESCALA DE CALIFICACIÓN
N° PREGUNTATotalmente endesacuerdo
Endesacuerdo
Ni de Acuerdo ,Ni en
DesacuerdoDe acuerdo
Totalmente deacuerdo
1 2 3 4 5
01
El Marco legal Vigente de la Constitución
Política del Perú que regula el empleo de la
Fuerza Armada en misiones de asegurar la
paz y el orden interno en el Territorio
Nacional permiten reducir el número de
robos y asaltos a mano armada
02
El Marco legal Vigente de la Constitución
Política del Perú que regula el empleo de la
Fuerza armada en misiones de asegurar la
paz y el orden interno en el Territorio
nacional permite efectuar acciones de
planeamiento con la Policía Nacional y el
Serenazgo para participar en operativos
contra la delincuencia común
122
03
El Marco legal Vigente de la Constitución
Política del Perú que regula el empleo de la
Fuerza Armada en misiones de asegurar la
paz y el orden interno en el Territorio
Nacional permiten reducir la cantidad de
bandas delincuenciales que actúan en la
zona de responsabilidad de la Primera
Brigada de Fuerzas Especiales
04
Los Artículos 137 y 171 de la Constitución
Política del Perú, que regula el empleo de
la Fuerza Armada en misiones de asegurar
la paz y el orden interno en el territorio
nacional , permiten reducir el número de
robos y asaltos a mano armada
05
Los Artículos 137 y 171 de la Constitución
Política del Perú, que regula el empleo de
la Fuerza armada en misiones de asegurar
la paz y el orden interno en el territorio
nacional , permite efectuar acciones de
planeamiento con la Policía Nacional y el
Serenazgo para participar en operativos
contra la delincuencia común06 Los Artículos 137 y 171 de la Constitución
Política del Perú, que regula el empleo de
123
la Fuerza Armada en misiones de asegurar
la paz y el orden interno en el territorio
nacional , permiten reducir la cantidad de
bandas delincuenciales que actúan en la
zona de responsabilidad de la primera
Brigada de Fuerzas especiales
07
El Decreto Legislativo N° 1095 que regula
el empleo de la Fuerza Armada en
situaciones de emergencia permiten
reducir el número de robos y asaltos a
mano armada
08
El Decreto Legislativo N° 1095 que regula
el empleo de la Fuerza Armada en
situaciones de emergencia permite
efectuar acciones de planeamiento con la
Policía Nacional y el Serenazgo para
participar en operativos contra la
delincuencia común
09
El Decreto Legislativo N° 1095 que regula
el empleo de la Fuerza Armada en
situaciones de emergencia permiten reducir
la cantidad de bandas delincuenciales que
actúan en la zona de responsabilidad de la
Primera Brigada de Fuerzas Especiales
124
10
La Normativa vigente que regula la
actuación de la Fuerza Armada en misiones
de asegurar la paz y el orden interno en el
Territorio Nacional permiten reducir la
cantidad de actos de sicariato que existe
actualmente
11
La Normativa vigente que regula la
actuación de la Fuerza Armada en misiones
de asegurar la paz y el orden interno en el
Territorio Nacional permite reducir la
cantidad casos de trata de personas que
existe actualmente
12
La Normativa vigente que regula la
actuación de la Fuerza Armada en misiones
de asegurar la paz y el orden interno en el
Territorio Nacional permiten reducir la
cantidad de casos de vendedores de droga
que existe actualmente
13
Está usted de acuerdo en que se debe
establecer un Marco Jurídico más
adecuado para el empleo de la Fuerza
Armada, que permite reducir la cantidad de
actos de sicariato que existen actualmente14 Está usted de acuerdo en que se debe
125
establecer un Marco Jurídico más
adecuado para el empleo de la Fuerza
Armada, que permite reducir la cantidad de
casos de trata de personas que existen
actualmente
15
Está usted de acuerdo en que se debe
establecer un Marco Jurídico más
adecuado para el empleo de la Fuerza
Armada, permitan reducir la cantidad de
casos de vendedores de droga que existe
actualmente
16
Está usted de acuerdo en que el personal
de las Fuerzas Armadas tenga una
preparación adecuada para que junto con
la Policía Nacional y el Serenazgo
actuando coordinadamente, que permite
reducir la cantidad de actos de sicariato
que existen actualmente17 Está usted de acuerdo en que el personal
de las Fuerzas Armadas tenga una
preparación adecuada para que junto con
la Policía Nacional y el Serenazgo
actuando coordinadamente, que permite
reducir la cantidad de casos de trata de
126
personas que existen actualmente
18
Está usted de acuerdo en que el personal
de las Fuerzas Armadas tenga una
preparación adecuada para que junto con
la Policía Nacional y el Serenazgo
actuando coordinadamente, permitan
reducir la cantidad de casos de vendedores
de droga que existe actualmente
19
Está usted de acuerdo en que el nivel de
actuación de las Fuerzas Armadas en la
actualidad es el adecuado para accionar
conjuntamente con la Policía Nacional de
modo que contribuyan con la reducción de
la cantidad de vendedores de drogas
20
Está usted de acuerdo en que el nivel de
actuación de las Fuerzas Armadas en la
actualidad les permite combatir
adecuadamente el armamento y equipo
empleado por las bandas delincuenciales21 Está usted de acuerdo en que el nivel de
actuación de las Fuerzas Armadas en la
actualidad a través de sus unidades
correspondientes, como por ejemplo la
Primera Brigada de Fuerzas Especiales,
127
contribuyan en la lucha contra las drogas,
mediante labores de patrullaje adecuados
22
Está usted de acuerdo que el contenido
actual del Decreto Legislativo N° 1095 le
permite a las Unidades de las Fuerzas
Armadas, como es el caso de la primera
Brigada de Fuerzas especiales, aumentar
las acciones policiales contra los
vendedores de droga
23
Está usted de acuerdo que el contenido
actual del Decreto Legislativo N° 1095 le
permite a las Unidades de las Fuerzas
Armadas, como es el caso de la primera
Brigada de Fuerzas especiales, combatir
adecuadamente el armamento y equipo
empleado por las bandas delincuenciales
24
Está usted de acuerdo que el contenido
actual del Decreto Legislativo N° 1095 le
permite a las Unidades de las Fuerzas
Armadas, como es el caso de la primera
Brigada de Fuerzas Especiales, cooperar
con la Policía Nacional en las labores de
patrullaje antidrogas25 Está usted de acuerdo que dentro del
128
Marco Legal futuro existen normas que
amparen las acciones de las Fuerzas
Armadas para que al enfrenta nuevos roles,
permitan la cooperación eficaz con la
Policía Nacional, en la lucha contra los
vendedores de droga
26
Está usted de acuerdo que dentro del
Marco Legal futuro existen normas que
amparen las acciones de las Fuerzas
Armadas para que al enfrenta nuevos roles,
permitan facilitar el combate eficaz contra
el armamento y equipo empleado por las
bandas delincuenciales
27
Está usted de acuerdo que dentro del
Marco Legal futuro existen normas que
amparen las acciones de las Fuerzas
Armadas para que al enfrenta nuevos roles,
permitan a sus Unidades, como es el caso
de la Primera Brigada de Fuerzas
Especiales, apoyar más eficazmente las
labores de patrullaje antidrogas TOTAL FRECUENCIAS:
%:
129
MUCHAS GRACIAS!!
130
top related