resoluciÓn directoral nº 00259-2022-produce
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Esta es una copia autenticada imprimible de un documento electrónico archivado por el MINISTERIO DE LA PRODUCCIÓN, aplicando lo dispuesto por el Art. 25 del D.S. 070-2013- PCM y la Tercera Disposición Complementaria Final del D.S. 026-2016-PCM. Su autenticidad e integridad pueden ser contrastadas en la siguiente dirección web: "https://edocumentostramite.produce.gob.pe/verificar/" e ingresar clave: 26QPQVF3
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RESOLUCIÓN DIRECTORAL
Nº 00259-2022-PRODUCE/DGAAMI
17/06/2022
Visto, el Informe N° 00000049-2022-RVALENCIA, a través del cual, la Dirección de Evaluación
Ambiental recomienda aprobar la Declaración de Adecuación Ambiental de la Planta Industrial, ubicada
en el Jirón Zapallal N° 271, distrito de Puente Piedra, provincia y departamento de Lima; de titularidad de la empresa MALUPLAST SOCIEDAD ANÓNIMA CERRADA; y,
CONSIDERANDO:
Que, el literal e) del artículo 115 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de
la Producción (en adelante, ROF PRODUCE), aprobado por Decreto Supremo N° 002-2017-PRODUCE, establece entre las funciones de la Dirección General de Asuntos Ambientales de Industria (en adelante, DGAAMI), emitir actos administrativos para la adecuación ambiental; sobre la evaluación de los
instrumentos de gestión ambiental para las actividades industriales manufactureras y de comercio interno;
Que, el Reglamento de Gestión Ambiental para la Industria Manufacturera y Comercio Interno (en adelante, Reglamento Ambiental Sectorial), aprobado por el Decreto Supremo N° 017-2015-PRODUCE, tiene como objetivo promover y regular la gestión ambiental, la conservación y
aprovechamiento sostenible de recursos naturales en el desarrollo de las actividades de la industria manufacturera y de comercio interno, así como regular los instrumentos de gestión ambiental, los procedimientos y medidas de protección ambiental aplicables a éstas ;
Que, el literal a) del numeral 53.1 del artículo 53 del citado Reglamento Ambiental Sectorial,
define a la Declaración de Adecuación Ambiental (en adelante, DAA) como el instrumento de gestión
ambiental correctivo que considera los impactos ambientales negativos reales y potenciales caracterizados como leves, generados o identificados en el área de influencia de la actividad en curso de la industria manufacturera o comercio interno;
Que, de acuerdo a lo informado por la Dirección de Evaluación Ambiental (en adelante, DEAM),
la empresa MALUPLAST SOCIEDAD ANÓNIMA CERRADA cuenta con una Planta Industrial dedicada
a la actividad de fabricación de bolsas y mangas de plástico, ubicada en el Jirón Zapallal N° 271, distrito de Puente Piedra, provincia y departamento de Lima; en atención a lo cual, la citada empresa ha solicitado la evaluación de su DAA, de conformidad con lo previsto por el artículo 56 del Reglamento
Ambiental Sectorial;
Que, revisada la solicitud de evaluación de la DAA presentada por la empresa MALUPLAST
SOCIEDAD ANÓNIMA CERRADA, la DEAM, en el marco de sus funciones asignadas en el literal a) del artículo 118 del ROF PRODUCE, elaboró el Informe N° 00000049-2022-RVALENCIA de fecha 16.06.22, en el cual se recomienda aprobar la DAA para la Planta Industrial dedicada a la actividad de fabricación
de bolsas y mangas de plástico, ubicada en el Jirón Zapallal N° 271, distrito de Puente Piedra, provinc ia y departamento de Lima, de titularidad de la empresa en mención;
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Que, de acuerdo al numeral 6.2 del artículo 6 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444 - Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por Decreto Supremo N° 004-2019-JUS, la presente Resolución Directoral se sustenta en los fundamentos y conclusiones del Informe N° 00000049-
2022-RVALENCIA, por lo que, éste y sus anexos forman parte integrante del presente acto administrativo;
De conformidad con el Decreto Legislativo N° 1047, que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción; el Decreto Supremo N° 004-2019-JUS, que aprueba el Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444 - Ley del Procedimiento Administrativo General; el Decreto Supremo
N° 017-2015-PRODUCE, que aprueba el Reglamento de Gestión Ambiental de la Industria Manufacturera y Comercio Interno; el Decreto Supremo N° 002-2017-PRODUCE, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción, y demás normas
reglamentarias y complementarias;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Aprobar la Declaración de Adecuación Ambiental (DAA) para la Planta Industrial dedicada a la actividad de fabricación de bolsas y mangas de plástico, ubicada en el Jirón Zapallal N°
271, distrito de Puente Piedra, provincia y departamento de Lima, de titularidad de la empresa MALUPLAST SOCIEDAD ANÓNIMA CERRADA, de conformidad con el Informe N° 00000049-2022-RVALENCIA y sus anexos, el mismo que forma parte integrante del presente acto administrativo y, por
los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución Directoral. Artículo 2.- La empresa MALUPLAST SOCIEDAD ANÓNIMA CERRADA asume la
responsabilidad por la implementación y cumplimiento de lo establecido en la DAA para la Planta Industrial, ubicada en el Jirón Zapallal N° 271, distrito de Puente Piedra, provincia y departamento de Lima, así como cada una de las obligaciones y compromisos que se indican en las conclusiones,
recomendaciones y anexos del Informe N° 00000049-2022-RVALENCIA.
Artículo 3.- Se ha determinado que, al no encontrar evidencia de contaminación en la
identificación de sitios contaminados, que fuera presentada por la empresa MALUPLAST SOCIEDAD ANÓNIMA CERRADA como parte de la evaluación de la DAA para la Planta Industrial, no le corresponde a aquella realizar la fase de caracterización ni la posterior elaboración de un Plan dirigido a la
Remediación (PdR), para la referida instalación productiva. Artículo 4.- La aprobación de la Declaración de Adecuación Ambiental (DAA), no constituye el
otorgamiento de permisos, autorizaciones u otros requisitos que se requieran, conforme a la actual normativa, para la operación y mantenimiento del negocio de la empresa MALUPLAST SOCIEDAD ANÓNIMA CERRADA.
Artículo 5.- Remitir copia de la presente Resolución Directoral y del Informe Técnico Legal que la sustenta a la empresa MALUPLAST SOCIEDAD ANÓNIMA CERRADA y al Organismo de Evaluación
y Fiscalización Ambiental (OEFA), en su calidad de entidad de fiscalización ambiental de la actividad que realiza el administrado.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
LUIS ALBERTO GUILLÉN VIDAL DIRECTOR GENERAL (s)
DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS AMBIENTALES DE INDUSTRIA
Viceministerio de MYPE e Industria
Firmado digitalmente por GUILLEN VIDAL LuisAlberto FAU 20504794637 hardEntidad: Ministerio de la ProducciónMotivo: Autor del documentoFecha: 2022/06/20 09:28:24-0500
| DIRECCIÓN DE EVALUACIÓN AMBIENTAL
“Decenio de la Igualdad de Oportunidades para Mujeres y Hombres”
"Año del Fortalecimiento de la Soberanía Nacional”
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INFORME Nº 00000049-2022-RVALENCIA
Para : GUILLÉN VIDAL, LUIS ALBERTO DIRECTOR DIRECCIÓN DE EVALUACIÓN AMBIENTAL De : VALENCIA ZÚÑIGA, RUBEN DARÍO DIRECCIÓN DE EVALUACIÓN AMBIENTAL Asunto : Evaluación de la Declaración de Adecuación Ambiental (DAA) de
la Planta Industrial de la empresa MALUPLAST SOCIEDAD ANÓNIMA CERRADA, ubicada en el distrito de Puente Piedra,
provincia y departamento de Lima. Referencia : 00041129-2021 - E Fecha : 16/06/2022 Nos dirigimos a usted en relación al documento de la referencia, a fin de informar lo siguiente:
1. ANTECEDENTES
A continuación, se presentan los actuados en el marco de la atención del registro de la referencia:
Tabla 1. Antecedentes N° Documento Número Fecha Emitente Asunto
01 Registro 00041129-2021 28.06.20211
MALUPLAST SOCIEDAD ANÓNIMA CERRADA
Se presentó el instrumento de gestión ambiental (IGA) del asunto.
02 Oficio 00004420-2021-PRODUCE/DGAAMI
08.11.2021 PRODUCE (DGAAMI)
Se identificaron observaciones al IGA a través del Informe N° 00000079-2021-RVALENCIA (12.10.21).
03 Registros 00072555-2021 00073067-2021
22.11.2021
MALUPLAST SOCIEDAD ANÓNIMA CERRADA
Se solicitó ampliación de plazo para la subsanación de observaciones.
04 Oficio 00004714-2021-
PRODUCE/DGAAMI 22.11.2021
PRODUCE (DGAAMI)
Se otorgó la ampliación de plazo solicitada.
05 Registro 00077150-2021 07.12.2021
MALUPLAST SOCIEDAD ANÓNIMA CERRADA
Se presentó el Informe de Levantamiento de Observaciones.
06 Oficio 00000082-2022-
PRODUCE/DGAAMI 10.01.2022
PRODUCE (DGAAMI)
Se reiteraron observaciones al IGA no subsanadas, a través del Informe 00000005-2022-PRODUCE/DEAM-jbardalez (10.01.22).
07 Registro 00004651-2022 24.01.2022 MALUPLAST SOCIEDAD
Se presentó el Informe de Levantamiento de
1 Expediente con Registro N° 00041129-2021 de la empresa MALUPLAST S.A.C. ingresó al ministerio el 28-06-2021 a las 16:27 horas.
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N° Documento Número Fecha Emitente Asunto
ANÓNIMA CERRADA
Observaciones no subsanadas.
08 Registro 00011763-2022 24.02.2021
MALUPLAST SOCIEDAD ANÓNIMA CERRADA
Se presentó información complementaria al levantamiento de observaciones.
2. BASE LEGAL:
2.1. Ley N° 28611, Ley General del Ambiente. 2.2. Ley N° 27446, Ley del Sistema Nacional de Evaluación de Impacto Ambiental. 2.3. Decreto Legislativo N° 1047, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la
Producción. 2.4. Decreto Supremo N° 019-2009-MINAM, que aprueba el Reglamento de la Ley del
Sistema Nacional de Evaluación de Impacto Ambiental. 2.5. Decreto Supremo N° 017-2015-PRODUCE, que aprueba el Reglamento de
Gestión Ambiental para la Industria Manufacturera y Comercio Interno, y su modificatoria.
2.6. Decreto Supremo N° 002-2017-PRODUCE, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción.
2.7. Decreto Supremo N° 004-2019-JUS, que aprueba el Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.
2.8. Decreto Supremo N° 002-2009-MINAM, que aprueba el Reglamento sobre Transparencia, Acceso a la Información Pública Ambiental y Participación y Consulta Ciudadana en Asuntos Ambientales.
2.9. Decreto Supremo N° 010-2015-PRODUCE, que aprueba el Texto Único de Procedimientos Administrativos del PRODUCE, modificado por Decreto Supremo N° 011-2016-PRODUCE y por Resolución Ministerial N° 010-2018-PRODUCE.
2.10. Resolución Ministerial N° 426-2016-PRODUCE, la cual dispone la gratuidad de los derechos de tramitación de los procedimientos administrativos del Texto Único de Procedimientos Administrativos del Ministerio de la Producción.
3. ANÁLISIS
Aspectos Normativos
3.1. El Decreto Legislativo N° 1047, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de
la Producción (en adelante, PRODUCE), señala como ámbito de competencia del Sector Producción a las materias de pesquería, acuicultura, industria y comercio interno. Asimismo, el artículo II del Título Preliminar de la Ley N° 23407, Ley General de Industrias, señala que se encuentran bajo su ámbito, las actividades consideradas como industrias manufactureras, actualmente clasificadas en la Sección C de la Gran División 4 de la Clasificación Industrial Internacional Uniforme (CIIU)2, excluyéndose las actividades de transformación primaria de productos naturales que se regirán por las leyes que regulan la actividad extractiva que les da origen.
3.2. De conformidad con el literal e) del artículo 115 del Reglamento de Organización
y Funciones del Ministerio de la Producción, aprobado por Decreto Supremo N° 002-2017-PRODUCE (en adelante, ROF del PRODUCE), la Dirección General de
2 Desde enero de 2010, rige en el Perú la mencionada nuev a clasif icación, según lo dispuesto por el Instituto Nacional de Estadística
e Inf ormática (INEI) en la Resolución Jef atural Nº 024-2010-INEI.
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Asuntos Ambientales de Industria (DGAAMI) del PRODUCE tiene, entre otras funciones, emitir actos administrativos para la adecuación ambiental, sobre la evaluación de los instrumentos de gestión ambiental. Asimismo, el literal d) del artículo 118 de dicha norma, establece que la Dirección de Evaluación Ambiental (DEAM) de la DGAAMI, la función de proponer y conducir, según corresponda, la adecuación ambiental de las actividades industriales manufactureras y de comercio interno.
3.3. Actualmente se encuentra vigente el Reglamento de Gestión Ambiental para la Industria Manufacturera y Comercio Interno, aprobado por Decreto Supremo N° 017-2015-PRODUCE (en adelante, RGA), con el objetivo de promover y regular
la gestión ambiental, la conservación y aprovechamiento sostenible de recursos naturales en el desarrollo de las actividades de la industria manufacturera y de comercio interno, así como regular los instrumentos de gestión ambiental, los procedimientos y medidas de protección ambiental aplicables a éstas.
3.4. En cuanto al tipo de instrumento de gestión ambiental correctivo que corresponde a las actividades en curso, de conformidad con el artículo 53 del RGA3, su determinación depende del nivel de impactos ambientales identificados; teniéndose que, cuando los impactos ambientales negativos reales y potenciales sean caracterizados como leves, corresponderá una Declaración de Adecuación Ambiental (DAA); mientras que, cuando estos sean caracterizados como relevantes, corresponderá un Programa de Adecuación y Manejo Ambiental (PAMA).
3.5. Respecto al contenido de los instrumentos de gestión ambiental correctivos, los mismos deben ser elaborados conforme a lo señalado en los Anexos correspondientes de la Resolución Ministerial N° 466-2019-PRODUCE4, que aprobó los Términos de Referencia para la elaboración de los instrumentos de gestión ambiental correctivos de la industria manufacturera y de comercio interno, tomando en cuenta las guías o lineamientos en el marco del SEIA, aprobados por el MINAM, y conforme a la estructura que en la referida Resolución Ministerial se indica.
3.6. En ese sentido, de acuerdo a la información declarada por la empresa MALUPLAST SOCIEDAD ANÓNIMA CERRADA, a través del documento de la
referencia, se advierte que la actividad en curso que viene realizando, corresponde a una actividad de la INDUSTRIA MANUFACTURERA de competencia de este Sector, descrita en el numeral 3.25 del artículo 3 del RGA:
3 Reglamento de Gestión Ambiental para la Industria Manufacturera y Comercio Interno, aprobado con Decreto Supremo N°
017-2015-PRODUCE. 53.1 El titular que viene ejecutando sus actividades sin contar con el instrumento de gestión ambiental aprobado, debe solici tar a la autoridad competente, en los plazos y condiciones que ésta establezca, la adecuación ambiental de sus actividades en curso, a través
de:
a) Declaración de Adecuación Ambiental (DAA)
Instrumento de gestión ambiental correctivo que considera los impactos ambientales negativos reales y potenciales caracterizados como leves, generados o identificados en el área de influencia de la actividad en curso.
b) Programa de Adecuación y Manejo Ambiental (PAMA)
Instrumento de gestión ambiental correctivo que considera los impactos ambientales negativos reales y/o potenciales caracterizados
como relevantes, generados o identificados en el área de influencia de la actividad en curso. (…)
4 Dicha norma entró en v igencia el v iernes 01 de nov iembre del 2019, en tanto f ue publicado en el Diario Of icial El Peruano el día
juev es 31 de octubre de 2019. 5 Reglamento de Gestión Ambiental para la Industria Manufacturera y Comercio Interno, aprobado por Decreto Supremo
N° 007-2015-PRODUCE
“Artículo 3.- Ámbito de aplicación (...)
3.2. Para efectos del presente reglamento, se considera actividades de la indus tria manufacturera a aquellas comprendidas en la
Clasificación Industrial Internacional Uniforme (CIIU) vigente de las Actividades Económicas de las Naciones Unidas o aquella que la
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Tabla 2. Actividad de la empresa
Actividad declarada por el administrado en el IGA
Clase CIIU Rev. 4
La fabricación de bolsas y mangas de plástico.
El administrado precisa que pertenece a la Clase 2220: “Fabricación de productos de plástico” de la Sección C de la CIIU, 4ta Revisión.
3.7. De lo mencionado, se tiene que la evaluación de impactos ambientales formulada
por la empresa MALUPLAST SOCIEDAD ANÓNIMA CERRADA, la cual es
materia de análisis en el presente Informe, ha caracterizado a los impactos ambientales negativos reales y potenciales generados por el desarrollo de su actividad industrial como leves. Asimismo, se observa que la empresa ha sustentado técnicamente la calificación asignada a los mismos, mediante la presentación de las matrices de valoración respectivas, así como mediante la indicación de la metodología empleada, la cual es una metodología de evaluación aceptada internacionalmente. Siendo así, se aprecia que se ha cumplido con el supuesto legal previsto en el precitado artículo 53 del RGA, por lo que, resulta conforme la revisión del estudio ambiental presentado como una DAA.
3.8. Cabe señalar que, en cuanto a los aspectos formales, se tiene que la solicitud
presentada por la empresa MALUPLAST SOCIEDAD ANÓNIMA CERRADA,
cumple con los requisitos establecidos en el Procedimiento N° 164 del TUPA de PRODUCE, correspondiente a: “Evaluación de la Declaración de Adecuación Ambiental (DAA) para las actividades en curso de la Industria Manufacturera o Comercio Interno”, así como con los señalados en el artículo 57 del RGA.
3.9. Debe tenerse en cuenta que, conforme al artículo 60 del RGA, que el plazo máximo general para la implementación de las medidas de adecuación ambiental es de un (01) año para el caso de la DAA, sin perjuicio de que el titular mantenga las medidas de manejo ambiental permanentes que correspondan durante el desarrollo de la actividad en curso.
3.10. Finalmente, de conformidad con el numeral 19.1 del artículo 19 del RGA, en
concordancia con el Principio de Presunción de Veracidad, consagrado en el numeral 1.7 del Artículo IV del Título Preliminar del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por Decreto Supremo N° 004-2019-JUS, se tiene que las declaraciones vertidas en todo instrumento de gestión ambiental presentado ante el PRODUCE tienen el carácter de declaración jurada6. En ese sentido, toda la información que ha sido proporcionada por la empresa MALUPLAST SOCIEDAD ANÓNIMA CERRADA cuenta con dicho carácter; por lo que, de acuerdo a la información presentada en el instrumento de gestión ambiental, se tiene lo siguiente:
Aspectos técnicos7
sustituya, con exclusión de aquellas actividades que, conforme a las normas de la materia, están comprendidas bajo la competencia de otros sectores. No están comprendidas las actividades de transformación primaria de productos naturales, que se rigen por las
leyes que regulan la actividad extractiva que les da origen.
(…)” 6 En la misma línea, tenemos al numeral 1.7 del Artículo IV del Título Preliminar del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del
Procedimiento Administrativ o General, aprobado por Decreto Supremo N° 004-2019-JUS (TUO de la Ley N° 27444) el cual establece
que, en la tramitación del procedimiento administrativ o, se presume que los documentos y declaraciones f ormulados por los
administrados en la f orma prescrita por esta Ley , responden a la v erdad de los hechos que ellos af irman. Esta presunción admi te prueba en contrario.
7 La inf ormación que se presenta a continuación ha sido declarada por el administrado en el estudio ambiental.
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Tabla 3. Datos generales de la empresa
Razón Social Datos Registrales
RUC Partida Registral Zona Registral Sede
MALUPLAST SOCIEDA D ANÓNIMA
CERRA DA 11985302
Lima Lima 20515444808
Representante Legal CATO CUNIBERTI, MARÍA LEONOR GLACIANA (DNI: 25627632)
Domicilio procedimental electrónico
El administrado se encuentra inscrito en el Sistema de Notificación Electrónica (SNE) del PRODUCE, por lo que, se le notificarán electrónicamente por dicho medio los actos administrativos que pudieran corresponder, de conformidad con el Decreto Supremo N° 007-2020-PRODUCE, que aprobó la obligatoriedad de la notificación vía casilla electrónica de todos los actos y actuaciones administrativas realizadas por el Ministerio de la Producción8.
Rango empresarial Pequeña empresa
Dirección de la Planta Distrito Provincia Departamento
Jirón Zapallal N° 271 Puente Piedra Lima Lima
Actividad: La fabricación de bolsas y mangas de plástico, perteneciente a la Clase 2220:
“Fabricación de productos de plástico” de la Sección C de la CIIU Rev. 4.
Sub Sector Industria Manufacturera
Documento
por el cual la
autoridad
municipal
indica la
conformidad
en la
zonificación9
Documento
Municipal
Licencia de Funcionamiento N° 000708 del 15.04.2010,
en la cual se precisa que el giro autorizado es para
“Procesamiento y comercialización de plásticos
laminados de polietileno (bolsas)”, también menciona
que el área del local es de 500 m2. Folio N° 216 del
Registro N°
00041129-2021 en
el cual se encuentra
desarrollado la
presente DAA
Entidad otorgante Municipalidad Distrital de Puente Piedra
Ubicación y
horario Autorizado
Jirón Zapallal N° 271, en el distrito de Puente Piedra,
provincia y departamento de Lima.
El administrado precisa que su horario es de lunes a
viernes de 7:00 am a 7:00 pm, los sábados 8:00 am a
5:00 pm.
La Planta se encuentra dentro de la zonif icación RDM
(Residencial de Densidad Media) la cual fue aprobado
mediante la Ordenanza N° 1105-2007-MML del distrito
de Puente Piedra.
Área Total
La empresa MALUPLAST es propietaria del predio de 1000 m2, conforme
indica en el folio 13 del Registro N° 00041129-2021; asimismo, precisa que
solo usan 500 m2 como está indicada en su licencia de funcionamiento N°
000708, y los 500 m2 restantes se encuentra alquilado a la empresa SOCOLA
S.A.C. la cual está fuera del alcance de la evaluación de la presente DAA.
Vías de acceso
Para llegar a la Planta MALUPLAST desde la Plaza de Armas de Puente Piedra
se cuenta con diferentes rutas, siendo una de ellas la siguiente: en la Plaza de
Armas de Puente Piedra tomar la Antigua Panamericana hacia la Calle Rollin
Thorne Sologuren, y dirigirse a la Av. Copacabana. Posteriormente ingresar
por la Calle Las Viñas hacia la Av. Los Ficus, continuar por la Calle La Alameda
y dirigirse a la Calle 10 hasta su cruce con la Auxiliar a la Panamericana Norte,
girar a la mano derecha e ingresar. Luego girar a la mano derecha en la Calle
Santa Rosa, continuar en dirección al Jr. Zapallal hasta llegar a la Planta
MALUPLAST.
Consultora ambiental
ENVIROPROY ECT S.R.LTDA. autorizada mediante Resolución Directoral N°
464-2020-PRODUCE/DV MY PE- I/DGAAMI, para elaborar estudios
ambientales de la Industria Manufacturera y de Comercio Interno.
8 Decreto Supremo N° 007-2020-PRODUCE, dispone la obligatoriedad de la notificación vía casilla electrónica del Ministerio
de la Producción y aprueba su reglamento “Artículo 1.- Obligatoriedad de la notificación vía casilla electrónica
Dispóngase la obligatoriedad de la notificación vía casilla electrónica de los actos administrativos y actuaciones administra tivas emitidas por el Ministerio de la Producción, que deban ser notificadas de acuerdo a la normatividad vigente”.
9 Se precisa que en la presente ev aluación ambiental, los actos administrativ os emitidos por las autoridades municipales se sujetan a
lo indicado por el artículo 50 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativ o General, aprobado por Decreto Supremo N° 004-2019-JUS, mediante el cual se indica que salv o por norma especial, en la tramitación de procedimientos
administrativ os las entidades no pueden cuestionar la v alidez de actos administrativ os emitidos por otras entidades que son
presentados para dar cumplimiento a los requisitos de los procedimientos administrativ os a su cargo. No obstante, ello no exime al administrado de acreditar que su proy ecto y /o actividad económica cuenta con la compatibilidad de la zonif icación asignada, la misma
que deberá coincidir entre lo declarado por la autoridad municipal y lo señalado en el Instrumento de gestión ambiental a ev aluar.
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Tabla 4. Coordenadas de ubicación de la planta
Vértices Coordenadas UTM (WGS84 – 18S)
Este Norte
A 271293 8689918
B 271307 8689905 C 271276 8689865
D 271262 8689877
Tabla 5. Descripción técnica del proceso productivo de la actividad Activ idad Activ idades
Producción de productos
plásticos
Recepción de Materia Prima e insumos químicos: La materia prima (Polietileno de baja y alta densidad) l lega a la planta semanalmente, mientras que los insumos químicos (Tintas flexográficas, Alcohol isopropílico)
l legan una vez al mes, en camiones que se ubican en la Zona de Despacho y Recepción; la m ateria prima viene en presentación a granel en sacos de 20 a 50 kg.
La materia prima (principalmente pellets de plástico), es trasladada desde los almacenes del Proveedor a la Planta, donde la materia prima es descargada e inmediatamente ingresa en el pro ceso de Pre calentado
(Secado), donde se reduce la humedad presente en los pellets, los insumos químicos se trasladan hacia el almacén de productos inflamables o Almacén de Suministros (productos de limpieza), conforme corresponda.
Como resultado de la recepción de materias primas e insumos químicos se generan residuos como paletas de madera (parihuelas), stretch fi lm y baldes.
Dosificación de Materia Prima a la Mezcladora: La materia prima es colocada cerca a la máquina de mezclado; las bolsas de pellet de polieti leno son de 25 kg, y son trasladadas por el operador a la máquina de
mezclado directamente luego de su ingreso a Planta. Aquí se mezcla el pellet con masterbach (colorante plástico), de acuerdo a las indicaciones programadas. Luego la mezcla pasa por la máquina de pre secado,
donde a una temperatura de 60° C, se procede a la eliminación de la humedad que hubiera en la mezcla. Luego de forma automática, la mezcla ingresa a la extrusora.
En esta actividad no se genera material particulado, debido a la presentación de la materia prima (pellets). Extrusión: Es un proceso continuo de transformación de la resina en una manga de polieti leno (burbuja)
util izando máquinas extrusoras. La extrusión consiste en someter a la resina a altas temperaturas para forzar su pase a través de un dado (también denominado cabezal), por medio de un empuje generado por un tornillo,
que le proporciona una forma y medidas definidas de manera predeterminada, formando así la manga de polietileno que posteriormente se embobina en rollos, esta bobina es enfriada por la misma máquina extrusora
para evitar deformaciones permanentes, después de haber formado el rollo. De acuerdo a las exigencias de nuestros clientes puede ser necesario que se agreguen colorantes, para ello
se mezcla la resina con aditivos de color l lamados masterbach (plástico sólido en forma de pellet con pigmentos el cual no contiene compuestos orgánicos volátiles) como único aditivo para darle color al producto.
Se extruye mangas de polietileno en Baja y Alta densidad en los colores requeridos. Al respecto, el funcionamiento de la máquina extrusora, consta de tres zonas de calentamiento las que se
encuentran encapsuladas, las cuales trabajan a temperaturas variables, ello es controlado mediante los pirómetros, en los que se observa que la temperatura de trabajo va de 160 a 170 °C, esta temperatura no
representa la temperatura del plástico (110° C – 120°C), sino la de los tornil los; en este proceso, tanto la materia prima, como el masterbach empleado como colorante, que no generan COVs a temperatura ambiente,
no llegan a una temperatura de ebullición ni se combustionan, por lo que no existe generación de COVs y adicional a esto se precisa que el tornil lo está dentro de una cámara encapsulada como se muestra en la
siguiente figura:
Tornil lo, con tres estaciones de temperatura, controlada x pirómetros, el tornillo está
dentro de una cámara encapsulada
Respecto a humos que puedan generarse, es de mencionar que el politetileno solo desprende humos en la
combustión de este, mas no en su temperatura de fusión. Impresión: El proceso se inicia con la adición de tintas se realiza en las bandejas de impresión y mediante el
proceso mediante el cual se hace llegar la tinta flexográfica a la superficie de la bobina de polietileno pa sándola a través una Máquina Impresora, esta máquina cuenta con un portador de imágenes porosos o clisses de
fotopolímeros para uso exclusivo en impresión flexográfica en polieti leno, que utiliza tintas líquidas diluidas en alcohol isopropílico según el diseño definido por los clientes. La máquina impresora puede realizar impresiones
de hasta seis (06) colores, además se cuenta con equipos especializados para medir y controlar el color, manteniendo un registro de impresión preciso y una tensión uniforme en impresiones de calidad fotográfica.
Los cil indros de cerámica o acero cubiertos por una gran cantidad de huecos son los que reciben la tinta, al girar este cil indro entra en contacto directo con la plancha o clisse proporcionando tinta a la lámina de
polietileno. No todos los productos pasan por este proceso, solo por pedidos. Cabe indicar que el área donde se encuentra esta máquina cuenta con una campana extractora el cual absorbe el aire a través de ventiladores
(extractores), también se precisa que dentro de esta campana extractora no se realiza ningún tratamiento dado
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PRODUCCIÓN, aplicando lo dispuesto por el Art. 25 del D.S. 070-2013- PCM y la Tercera Disposición Complementaria Final del D.S. 026-2016-PCM. Su autenticidad e integridad pueden ser contrastadas
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Activ idad Activ idades
de este proceso es esporádico, ya que se realiza 2 o 3 veces por semana veces por semana debido a que las cantidades generadas son mínimas, pues la actividad de impresión solo se realiza eventualmente; por lo que,
se consume en tintas 15 kg/mes y de alcohol isopropílico 25 kg/mes y de acuerdo a lo precisado por el administrado en el folio 14 del informe de levantamiento de observaciones (exp: 00077150-2021) se considera
imperceptible en el área de estudio la presencia de los COVs, pero como medida de manejo ambiental se propone instalar un sistema de fi ltración de carbón activado, el cual retenga los COVs , pero esta campana
extractora desfoga al medio ambiente a través de un pequeño punto de desfogue en el techo como se muestra en la figura.
Punto de desfogue del extractor de aire
Adicional a esto se precisa toda el área de impresiones se encuentra pavimentada, lo cual impide el contacto
directo con el suelo en caso de derrame y también se cuenta con un kit antiderrames en el área, el cual se usará inmediatamente ocurra algún derrame, los residuos generados serán almacenados como residuos
peligrosos y serán dispuestos mediante una EO-RS autorizada. Preparación de tintas y dosificación: Precisa que la mezcla de las tintas es según formulación, la
transferencia se realiza a través del rodil lo dosificador de tinta, el cual realiza la transferencia de las películas de tinta.
Se siguen las siguientes actividades para la dosificación de tintas: 1. Pesaje de pintura en los colores requeridos de acuerdo al fondo a imprimir.
2. Medir y separar el alcohol a utilizar colocando en un envase dosificador de acuerdo a la cantidad requerida para la pintura pesada,
3. Se coloca la pintura y el alcohol en un balde limpio. 4. Mezclar manualmente con una paleta (no se util izan máquinas ni equipos)
5. Finalmente se vierte la pintura mezclada a las bandejas de la máquina impresora. Los equipos y materiales que emplean para esta actividad son: Balanza para pesaje de pintura envase
dosificador para medición del alcohol y un balde para la mezcla de la pintura. Sellado: Se cuenta con una moderna maquinaria que permite realizar diversos tipos de sellado como: Sello
Fondo, Sello Lateral, Sello Reforzado, etc. Además, se le puede dar al producto final acabados como: Asa Parche, Troquel T-Shirt, Troquel Asa Riñón y otros troqueles.
Las máquinas selladoras contienen barras de acero dentro de las cuales se introducen las bobinas que salieron de Extrusión, la película se pasa por unos rodillos hasta que llega a un cabezal, el cual funciona en base al
calor y lo hace como si fuera una guillotina. Al momento en que el cabezal choca contra un rodo, corta y sella la película plástica, esta es jalada por unas bandas que conducen al operario y son depositadas de acuerdo a
la cantidad programada por la máquina hasta que una alarma suena para que el operario las retire e inicie el nuevo conteo.
Empacado: Los Productos terminados son contenidos en paquetes de 10 hasta 100 unidades a la vez, estos se agrupan y forman los fardos con los cuales se emiten las Notas de Ingreso, documento con el que son
ingresados al Almacén de Productos Terminados, esta actividad es realizada por la empresa Sacola con los equipos y maquinarias de Maluplast.
Despacho: Los despachos se programan de acuerdo a las indicaciones de los clientes, se emiten las Guías de Remisión, y se arman los pallets en el área de despacho por el personal de Almacén, luego se verifica la
conformidad de la Guía con los pallets armados y se procede a subir los mismos al camión con ayuda del apilador y quedan los camiones listos para el despacho, esta actividad es administrada por la empresa Sacola.
Producto no conforme: Materia prima: Se cuenta con procedimiento de control de calidad, el cual consiste en una inspección visual
de los pellets que se compran (en sacos de 25 kg), en este proceso se busca detectar impurezas que puedan perjudicar el proceso de extrusión y en caso de encontrarse materia prima o insumos no conformes, estos son
devueltos al proveedor. Producto terminado no conforme: el producto terminado que no cumple con los requisitos de calidad o presenta
fallas, es manejado como material de descarte y es enviado al proveedor de materia prima para el servicio de pelletizado, luego de ello este vuelve a ingresar al proceso de extrusión de la Planta.
Actividades
Complementarias
Control de Calidad: Estas actividades se encargan de detectar productos no conformes, identificados en las
diferentes etapas del proceso productivo y reportándolo al responsable del proceso involucrado, esto se realiza diariamente.
Vigilancia: La vigilancia de la planta está a cargo de un agente de seguridad de la empresa COR.PRIV. SEG LOS HALCONES S.A.C., este personal de seguridad patrimonial se encarga del ingreso y salida de los
trabajadores, verificando el cumplimiento de su horario de trabajo, control de visitas debidam ente identificadas, revisión de las pertenencias e informa cualquier falta de los compromisos de los trabajadores.
Campana extractora: Se precisa que solo se cuenta con un extractor de aire, el cual se encuentra en el área de impresiones para extraer los vapores generados por el alcohol isopropílico y las tintas empleadas, esta
campana extractora es para la emisión de olores por lo cuenta con un ventilador (extractor) que se encuentra dentro de la campana que realiza la evacuación del aire para garantizar un área libre de olores también precisa
que la campana no realiza un tratamiento del aire extraído, debido a que las cantidades generadas son mínimas, pues la actividad de impresión solo se realiza eventualmente entre 2 a 3 días a la semana debido a
que las cantidades generadas son mínimas, pues la actividad de impresión solo se realiza eventualmente, adicional a esto la campana extractora tiene un pequeño punto de desfogue en el techo por el cual descarga
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Activ idad Activ idades
el aire extraído al medio ambiente, pero como medida de manejo se propone implementar un sistema de tratamiento de aire en la campana extractora, el cual constará de fi ltros de carbón activado para la retención
de los COVs. Preparación de tinta: La tinta flexográfica se diluye con alcohol isopropílico luego es vertida en las bandejas
de la máquina impresora. Donde previamente se han montado clisses que les dan la forma, el color y el diseño requerido, al ser presionados estos clisses, humedecidos en tinta, sobre la lámina de polietileno previamente
tratada, para adherir la tinta y lograr secado rápido. La preparación de la tinta se realiza en el área de producción.
Mantenimiento de la Planta MALUPLAST: Mantenimiento de los equipos y maquinarias: Se realiza según la frecuencia indicada en el Programa Anual
de Mantenimiento Preventivo de la Planta MALUPLAST, esta actividad es realizada por un personal técnico especializado propio de la empresa.
La limpieza de las áreas administrativas y de producción: Esta se realiza con una frecuencia diaria, uti l izando para ello implementos de limpieza y de seguridad, tales como: cepillos, espátulas de acero, paños
absorbentes, baldes, mascaril la, guantes, lentes, entre otros. Esta actividad es realizada por la empresa PROMOTORA INTERAMERICANA DE SERVICIOS S.A.
Limpieza de las maquinarias y equipos de producción: La limpieza de las maquinarias y equipos con los cuales se va a trabajar, así como sus accesorios se limpian con una frecuencia diaria. Esta actividad es
realizada por el personal de mantenimiento.
Tabla 6. Producción y capacidad instalada
Producto elaborado
Cantidad
promedio
(UND/mes)
Cantidad
promedio Subproducto obtenido
Cantidad
promedio mensual/ anual de
subproducto (t)
Aprovechamiento del subproducto
Manga de poliet b/d color negro Kg / mes 36.8 No aplica - No aplica
Manga cristal r1 56cm x 3.3 Kg / mes 34.7 No aplica - No aplica
Bolsa superbag 25 lts x 10 unid negra PQT / mes 12 563.3 No aplica - No aplica
Bolsa superbag desglosable x 10 unid negra PQT / mes 4 095.4 No aplica - No aplica
Bolsa basura metro x 10 unid negra PQT / mes 16 915.7 No aplica - No aplica
Bolsa basura Wong x 10 unid negra PQT / mes 8 749.0 No aplica - No aplica
Bolsa superbag packx2 35 lts x 10 unid negra PQT / mes 3 962.8 No aplica - No aplica
Bolsa negra boreal x 10 unid PQT / mes 23 250.0 No aplica - No aplica
Bolsa superbag packx2 50 lts x 10 unid negra PQT / mes 1 399.6 No aplica - No aplica
Bolsas negras x 100 unid UND / mes 583.3 No aplica - No aplica
Bolsa basura metro 140 lts x 10 unid negra PQT / mes 1 545.8 No aplica - No aplica
Bolsa basura Wong 220 lts x 10 unid negra PQT / mes 331.3 No aplica - No aplica
Bolsa negra boreal 140 lts x 10 unid PQT / mes 2 489.6 No aplica - No aplica
Bolsa basura metro 220 lts x 10 unid negra PQT / mes 682.7 No aplica - No aplica
Bolsas negras 140 lt x 100 unid UND / mes 1 283.3 No aplica - No aplica
Bolsa basura Wong 25 lts x 10 unid negra PQT / mes 2 099.8 No aplica - No aplica
Bolsa basura metro 25 lt x 10 unid negra PQT / mes 1 331.3 No aplica - No aplica
Bolsa negra boreal 25 lts x 10 unid PQT / mes 5 950.0 No aplica - No aplica
Bolsa basura Wong packx2 50 lts x 10 unid
negra
PQT / mes 2 792.0 No aplica - No aplica
Bolsa basura metro packx2 35 lts x 10 unid
negra
PQT / mes 1 518.3 No aplica - No aplica
Bolsa metro rollo x 10 unid negra RL / mes 3 574.5 No aplica - No aplica
Bolsa Wong rollo x 10 unid negra RL / mes 6 165.8 No aplica - No aplica
Bolsa b/d negro en rollo x 70 und RL / mes 79.2 No aplica - No aplica
Bolsa basura p/baño metro x 10 unid blanca PQT / mes 1 812.5 No aplica - No aplica
Bolsa basura p/baño Wong x 20 unid blanca PQT / mes 2 979.2 No aplica - No aplica
Bolsa basura p/baño boreal 15 lts x 10 unid PQT / mes 3 958.3 No aplica - No aplica
Bolsa basura p/baño boreal 30 lts x 10 unid PQT / mes 2 129.2 No aplica - No aplica
Bolsa ecológica 50 lt x 10 unid v erde PQT / mes 562.8 No aplica - No aplica
Bolsa basura Wong 140 lts x 10 unid negra PQT / mes 1 641.3 No aplica - No aplica
Bolsa superbag 220 lts x 10 unid negra PQT / mes 1 344.6 No aplica - No aplica
Bolsa boreal rollo 25 lts x 40 unid negra RL / mes 4 320.0 No aplica - No aplica
Bolsa metro p/basura x 100 und negra PQT / mes 2.1 No aplica - No aplica
Bolsa metro rollo 80 und negra RL / mes 5.0 No aplica - No aplica
Bolsa superbag rollo x 100 und RL / mes 159.1 No aplica - No aplica
Bolsa boreal p/basura de x 50 unid PQT / mes 244.2 No aplica - No aplica
Bolsa superbag plana x 50 unid. PQT / mes 145.8 No aplica - No aplica
Bolsa negra para basura pead 100 lt
31"x38"x1.5
UND / mes 4 583.3 No aplica - No aplica
Bolsa superbag rollo 75 lt x 100 und RL / mes 5.3 No aplica - No aplica
Bolsa bca superbag p/baño y cocina 30 lt PQT / mes 433.3 No aplica - No aplica
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Tabla 7. Cantidad de trabajadores y horario laboral
N° trabajadores Horario laboral
10 administrativos Lunes a viernes de 8:30 am a 5:30 pm, los sábados 8:30 am a 1:00 pm
3 operativos extrusora Lunes a viernes de 7:00 am a 7:00 pm, los sábados 8:00 am a 5:00 pm
6 operativos selladores Lunes a viernes de 7:00 am a 5:00 pm, los sábados 8:00 am a 5:00 pm
1 limpieza (tercero) Lunes a viernes de 7:00 am a 7:00 pm, los sábados 8:00 am a 5:00 pm
2 vigilancia (tercero) Toda la semana 24 horas al día
Tabla 8. Materia prima
Tabla 9. Insumos químicos.
Tabla 10. Equipos y maquinaria
Tipo de recurso (Materia prima) Cantidad
Unidad Dotación de suministro
Polietileno Peletizado A/D Blanco 97,00 kg/mes SGM IMPORTACIONES S.A.C.
Polietileno Peletizado A/D Color 205,00 kg/mes SGM IMPORTACIONES S.A.C.
Polietileno Peletizado B/D Blanco 2 476,00 kg/mes SGM IMPORTACIONES S.A.C.
Polietileno Peletizado B/D Color 39 108,00 kg/mes SGM IMPORTACIONES S.A.C.
Polietileno Peletizado B/D Cristal R1 200,00 kg/mes SGM IMPORTACIONES S.A.C.
Polietileno Peletizado Lineal (Reciclado) 5 510,00 kg/mes SGM IMPORTACIONES S.A.C.
Polietileno Virgen Alta 350,00 kg/mes CORPORACIÓN PLÁSTICA E.I.R.L.
Polietileno Virgen Lineal 495,00 kg/mes CORPORACIÓN PLÁSTICA E.I.R.L.
Polietileno Virgen Uso General 1 005,00 kg/mes CORPORACIÓN PLÁSTICA E.I.R.L.
Proceso en el que se utiliza
el insumo químico
Insumo Químico Nombre comercial CAS#
Cantidad
mensual (kg./mes)
Criterio de Peligrosidad
Infl
am
ab
le
Co
rro
siv
o
Re
ac
tiv
o
Ex
plo
siv
o
Tó
xic
o
Extrusión
Deshumedecedor Deshumedecedor Granic 321 No aplica 180,00 - - - - -
Biodegradable Oxo Biodegradable D2w 93224
No aplica 10,00 - - - - -
Aditivo Aditivo Ayuda Proceso No Aplica 5,00 - - - - -
Aditivo de coloración
Masterbach Blanco No aplica 21,00 - - - - -
Masterbach Negro No aplica 1 351,00 - - - - -
Masterbach Verde Hoja No aplica 5,00 - - - - -
Purgador Purga Mas 890LL No Aplica 5,00 - - - - -
Grasa Sintética de
alta temperatura Permatherm 68037-01-4 0.2 gal - - - X -
Impresiones
Flexo BCM Flexo BCM-1000 No aplica 15 X - - X -
Alcohol Isopropílico Alcohol Isopropílico (IPA) 67-63-0 25 X - - X -
Tinta LINEA TINTUFLEX 109-60-4 15 X - - X -
Maquinaria y/o equipo Proceso en el que se utiliza
Cantidad Tipo y cantidad de combustible
que requiere
Capacidad (Potencia)
Antigüedad del equipo
Uso permanente
o temporal Máquina Selladora
Dobladora Sellado 1 Eléctrica
20,000
UND bolsas
7 años
Permanente
Máquina Selladora Sellado 1 Eléctrica 12,000
UND bolsas
5 años Permanente
Máquina Selladora Sellado 1 Eléctrica 12,000
UND bolsas
5 años Permanente
Máquina Selladora Rollomatiq 1
Sellado 1 Eléctrica 20,000
UND bolsas
7 años Permanente
Máquina Extrusora Extrusión 1 Eléctrica 400 kg 9 años Permanente
Máquina Extrusora Extrusión 1 Eléctrica 400 kg 9años Permanente
Selladora Manual Sellado 3 Eléctrica 10,000
UND bolsas
5 años Permanente
Balanza Industrial Extrusión 1 Eléctrica 2000 kg 7 años Permanente
Refiladora De Bolsas Sellado 1 Eléctrica 10,000
UND bolsas
8 años Permanente
MÁQUINA SELLADORA CHINA LATERAL
Sellado 1 Eléctrica 15,000
UND bolsas
7 años Permanente
MÁQUINA SELLADORA Sellado 1 Eléctrica 10,000
UND bolsas
7 años
Permanente
MÁQUINA SELLADORA ROLLOMATIQ 2
Sellado 1 Eléctrica 25,000 UND
7 años Permanente
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Requerimiento de servicios
Tabla 11. Requerimiento de agua
Fuente Consumo
Tipo de Uso Mensual (m3) Anual (m 3)
SEDAPAL 97.9 1174.8 Uso doméstico
El administrado en el folio 53 del presente DAA (exp: 00041129-2021) precisa que el consumo de agua es solo para el uso doméstico, ya que en el proceso industrial no se emplea agua. Tabla 12. Requerimiento de energía eléctrica
Proveedor Unidad Consumo
Enel 84 517,67 KWh al mes
Tabla 13. Requerimiento de combustible
Combustible Consumo Volumen (gal) Especificaciones sobre
almacenamiento Proveedor
Mensual Anual
No consume combustible en la etapa de operaciones
-- -- -- --
Descargas al ambiente
Tabla 14. Emisión de gases y características de la emisión
Fuente de generación
Ubicación / Actividad
Tipo de emisión Cantidad de flujo (m3/h)
Altura chimenea
(m) Tratamiento
Tintas de impresión Área de Impresión
Compuestos Orgánicos Volátiles
No continuo -- No tiene tratamiento
El administrado precisa que la campana extractora que se encuentra en el área de impresión cuenta con un ducto de desfogue del aire, también se precisa que el consumo mensual de tintas es de 15 kg/mes y de alcohol isopropílico es de 25 kg/mes, lo cual es poco significativo y el funcionamiento del área impresión solo se realiza eventualmente entre 2 a 3 días a la semana debido a que las cantidades generadas son mínimas, pues la actividad de impresión solo se realiza eventualmente, adicional a esto, esta actividad se realiza dentro de las instalaciones de la planta, la cual cuenta con paredes de concreto y se encuentra techada, asimismo, se precisa que la planta no cuenta con chimeneas, por otro lado, precisa que actualmente en la campana extractora no realiza algún tipo de tratamiento, pero como medida de manejo ambiental se propone la implementación de un filtro de carbono activado dentro de la campana extractora, ello con el fin de retener los COVs que puedan generarse en el área de impresión. Tabla 15. Fuentes difusas y/o fugitivas.
MÁQUINA EXTRUSORA
4 Extrusión 1 Eléctrica 500 kg 9 años Permanente
MÁQUINA EXTRUSORA 3
Extrusión 1 Eléctrica 400 kg 8 años Permanente
MÁQUINA EXTRUSORA 2
Extrusión 1 Eléctrica 320 kg 9 años Permanente
MÁQUINA EXTRUSORA 1
Extrusión 1 Eléctrica 360 kg 8 años Permanente
IMPRESORA
FLEXOGRÁFICA Impresión 1 Eléctrica
10,000 uds
bolsas 7 años Permanente
SELLADORA MANUAL Sellado 4 Eléctrica 10,000
bolsas 5 años Permanente
BALANZA INDUSTRIAL Extrusión 1 Eléctrica 500 t 6 años Permanente
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Fuente de generación Ubicación / Actividad Tipo de
emisión
Medida de Manejo Ambiental o Tratamiento
(descripción)
Tintas de Impresión Alcohol Isopropílico
Área de impresión Itinerante - Se emplea una campana extractora de aire, para evitar la concentración de vapores en el área de trabajo.
- El funcionamiento del área impresión solo se realiza eventualmente entre 2 a 3 días a la semana debido a que las cantidades
generadas son mínimas, pues la actividad de impresión solo se realiza eventualmente
El administrado precisa que utiliza el extractor de aire para evitar la concentración de vapores en el área de trabajo, asimismo, actualmente en la campana extractora no realiza algún tipo de tratamiento, pero como medida de manejo ambiental se propone la implementación de un filtro de carbono activado dentro de la campana extractora, ello con el fin de retener los COVs que puedan generarse en el área de impresión. Tabla 16. Generación de efluentes
Fuente de generación Ubicación Lugar de descarda
Caudal
Tratamiento Disposición
final Alcantarillado
Curso de agua
Otros Sí No
servicios higiénicos y lavaderos
Oficinas / SSHH /
Vestuarios
x -- -- No se puede
calcular
-- x Red alcantarillado público de
SEDAPAL
El administrado precisa que en su proceso productivo no emplea agua, ya que es un proceso en seco. Tabla 17. Generación de ruido ambiental
Fuente de generación Intensidad de la fuente (dB) Medida de control
Ingreso de Materia Prima
61.6
Solicitar a los vehículos que ingresan (con materia prima e insumos químicos) a la Planta MALUPLAST, la Constancia de Inspección Técnica Vehicular o su Certif icado de conformidad de operatividad de Vehículos.
Proceso de Extrusión 63.0 Continuar con el mantenimiento preventivo y correctivo de los equipos y maquinarias, a f in de asegurar su óptimo
funcionamiento y mantener al mínimo la generación de Ruido.
Sellado 61.6 Continuar con el mantenimiento preventivo y correctivo de los equipos y maquinarias, a f in de asegurar su óptimo funcionamiento y mantener al mínimo la generación de Ruido
Impresión 61.6 Continuar con el mantenimiento preventivo y correctivo de los equipos y maquinarias, a f in de asegurar su óptimo
funcionamiento y mantener al mínimo la generación de Ruido
Empacado 61.6 Continuar con el mantenimiento preventivo y correctivo de los equipos y maquinarias, a f in de asegurar su óptimo funcionamiento y mantener al mínimo la generación de Ruido
Despacho de producto terminado
61.6 Se implementará señalética de prohibición de uso de sirenas y claxon al ingreso de la Planta.
El administrado precisa que, sí genera ruido debido al funcionamiento de equipos, pero sus actividades se realizan dentro de sus instalaciones de la planta que cuenta con muros de más de 3 metros y está debidamente techada los cuales funcionan como barreras acústicas. Tabla 18. Generación de vibraciones
Fuente de generación Medida de control
El administrado precisa que en sus procesos no se generan vibraciones --
Tabla 19. Generación de residuos sólidos
Nombre del residuo
Fuente de generación
Cantidad (Kg/mes)
Clasificación dentro de los Anexos III o V del RLGIRS
Característica de peligrosidad
Aprovechable Valorización
material o energética
No aprovechable Tratamiento previo a la disposición final
Residuos de papel y cartón
Of icinas Administrativas,
Of icinas de Producción, y afines
100 B3020 No peligroso Comercialización --
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El administrado precisa que genera material de descarte el cual es devuelto al proveedor para que éste produzca los pellets; por lo que, se precisa la cantidad
que se genera de material de descarte, en el siguiente cuadro:
Descripción Unidad Cantidad promedio al mes
Scrap baja color negro Kg 2270
Scrap baja color blanco Kg 113
Scrap baja color Kg 566
Bobinas Kg 93
Tabla 20. Almacenamiento de residuos sólidos
Almacén de residuos sólidos Descripción
RESIDUOS SÓLIDOS
PELIGROSOS
Actualmente el almacenamiento de residuos sólidos peligrosos se
realiza en las áreas de generación (área de impresiones), en
contenedores plásticos rotulados y con tapas, cabe resaltar que todas
las instalaciones cuentan con una losa de concreto de 20 cm de espesor
el cual protege el suelo y en un ambiente techado. También precisa que
va implementar un almacén central de residuos sólidos peligrosos de
acuerdo a lo indicado en el D.S. N° 014-2017-MINA M.
RESIDUOS SÓLIDOS NO
PELIGROSOS
Actualmente MALUPLAST solo cuenta con almacenamiento primar io
para los residuos sólidos no peligrosos, los cuales se almacenan en el
área de generación (área de producción N° 1 y almacén de producto
terminado y área de producción N° 2). Cabe resaltar que, todas las
instalaciones de la planta MALUPLAST cuentan con una losa de
concreto de 20 cm de espesor y en un ambiente techado. También
precisa que se implementará un almacén central de residuos sólidos no
peligrosos.
Residuos plásticos
Of icinas Administrativas,
Of icinas de Producción, y afines
6000 B3010.1 No peligroso Comercialización --
Residuos orgánicos
Of icinas Administrativas,
Of icinas de Producción, y afines
210 -- No peligroso -- Transporte al relleno sanitario
Residuos No Aprov echables (residuos sanitarios y de aseo personal, Env olturas de snacks)
Of icinas Administrativas,
Of icinas de Producción, y afines
120 -- No peligroso -- Transporte al relleno sanitario
Cartuchos y/o tóneres de tinta para impresión
Of icinas Administrativas,
Of icinas de Producción, y afines
5 -- Peligroso -- Transporte al relleno sanitario
RAEE
Of icinas Administrativas,
Of icinas de Producción, y afines
10 -- Peligroso -- Transporte al relleno sanitario
Env ases vacíos de pintura que emplea en su proceso de impresión
Áreas de Producción 20 -- Peligroso -- Transporte al relleno sanitario
Trapos contaminados
Áreas de Producción 40 -- Peligroso -- Transporte al relleno sanitario
EPPs contaminados Áreas de Producción 3 -- Peligroso -- Transporte al relleno sanitario
Residuos de parihuelas de madera contaminados
Áreas de Producción 5 -- Peligroso -- Transporte al relleno sanitario
Residuos de plástico contaminados
Áreas de Producción 15 -- Peligroso -- Transporte al relleno sanitario
Fluorescentes en desuso
Áreas de Producción 2 -- Peligroso -- Transporte al relleno sanitario
Env ases vacíos de los productos de limpieza
Áreas de Producción 5 -- Peligroso -- Transporte al relleno sanitario
Extintores en desuso
Of icinas Administrativas,
Áreas de Producción y af ines
10 -- Peligroso -- Transporte al relleno sanitario
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Medio físico, biológico y social
Por otro lado, remitió información sobre la zona respecto a Medio físico: geología, geomorfología, suelos, meteorología y capacidad de uso mayor, hidrología, hidrogeología, así como Medio social, tales como indicadores socio- económicos.
Tabla 21. Delimitación del área de influencia ambiental Área de
Influencia Criterios para determinar el AI
Radio / Extensión
Grupos de interés que abarca (empresas, población u otros)
Directa (AID)
Las Áreas de Influencia Ambiental fueron determinadas teniendo en cuenta los siguientes criterios:
- Jurisdicción política
- Tipo de Zonif icación
- Densidad demográfica
- Accesibilidad a la planta
- Aspectos socioeconómicos y culturales
- Empresas aledañas o actividades del entorno
- Dirección predominante del viento
4242,00 m2
La empresa colinda con - Frente de la Planta MALUPLAST: Colinda con una
empresa de terceros dedicada al almacén de productos.
- Lateral Derecho Planta MALUPLAST: Se ubica un local comercial (bodega), propiedad de terceros.
- Lateral Izquierdo Planta MALUPLAST: Se ubican viviendas, propiedades de terceros.
- Parte Posterior Planta MALUPLAST: Colinda con un taller de mantenimiento de vehículos.
Los grupos de interés del área de influencia directa
son los siguientes: Predio Vecino N° 1, Hostal Parada 34, Bodega, Área No Identif icada N° 1 y Jr. Zapallal.
Indirecta (AII)
5813,00 m2
Los grupos de interés del área de influencia indirecta son los siguientes:
Predio Vecino N° 2, Academia ADUNI y César Vallejo, Empresa de Fabricación de Plásticos No Identif icada, Área No Identif icada N° 2 y N° 3, Tienda de Repuestos para autos, Taller de Mantenimiento y Grifo Sagrado
Corazón de Jesús.
Tabla 22. Medio biológico.
Especies identificadas (Flora) En estado de amenaza o vulnerabilidad* (si/no)
Se encontró vegetación arbustiva principalmente: Boungainvilea, Amarantus, Sandía, Sábila, Laurel rosa, Crásula, San Pedro, Plumbago, Papelillo,
Meijo
De acuerdo al D.S. Nº 043-2006-AG, en el que se categorizan las especies amenazas de f lora silvestre, en el área de influencia no se ha encontrado ninguna especie en peligro crítico o situación vulnerable, no
hay especies protegidas.
Especies identificadas (Fauna) En estado de amenaza o vulnerabilidad* (si/no)
Se identif icó por observación directa a perros y cuculí.
De acuerdo el D.S. Nº 004-2014-AG, normas internacionales de la CITES y la IUCN, también las especies endémicas en el área de influencia del proyecto no se ha encontrado ninguna especie en peligro crítico o situación vulnerable, no habiendo especies protegidas.
Tabla 23. Área de interés Detalle SI NO
En el área de influencia zonas arqueológicas. -- X
La actividad se realiza dentro de un ANP o zona de amortiguamiento. -- X
La actividad se realiza a una distancia menor o igual de 250 m de ecosistemas frágiles. -- X
La actividad se realiza dentro de comunidades campesinas, nativas o pueblos indígenas. -- X
La ubicación del predio es una zona urbanizada; por lo que, no se encuentran áreas de interés cerca al predio de la planta industrial de la empresa MALUPLAST SOCIEDAD ANÓNIMA CERRADA
Monitoreo ambiental
Tabla 24. Resultados del monitoreo ambiental de línea base.
Componente
ambiental Puntos de control
¿La ubicación de los puntos
son correctos?
Parámetros
Norma de comparac
ión
¿El monitoreo se realizó conforme al
artículo 15 del RGA?
¿Los resultados se encuentran dentro de los parámetros de comparación?
Observaciones
Si No Si No Si No Calidad de
aire CA-01 (Barlovento) X --
PM10 NO2
DS N° 003-2017-MINAM -- X10 X --
Todos los parámetros se encuentran por
10 El administrado realizó el monitoreo de calidad de aire por 1 día (del 18 al 19 de junio del 2021), por lo que no realizó de acuerdo al
protocolo aprobado por el DS 010-2019-MINAM que lo solicita por 5 días continuos.
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Componente
ambiental Puntos de control
¿La ubicación de los puntos
son correctos?
Parámetros
Norma de comparac
ión
¿El monitoreo se realizó conforme al
artículo 15 del RGA?
¿Los resultados se encuentran dentro de los parámetros de comparación?
Observaciones
Si No Si No Si No Sobre el techo del
Predio Vecino E 271234
N 8689911 CA-02 (Sotavento) Sobre el techo de
las Of icinas Administrativas.
E 271303 N 8689909
CO SO2
debajo de los v alores establecidos en el ECA de aire.
Ruido Ambiental
RA-01 Parte f rontal
izquierda de la planta
E 271311 N 8689916
RA-02 Parte f rontal
derecha de la planta E 271311
N 8689925
X --
LAeqT Para horario diurno y nocturno.
DS. Nº 085-2003-PCM
“zona Residencial”
X -- -- X
Los resultados del monitoreo de ruido están por debajo de los v alores establecidos en el ECA de ruido para la zonif icación residencial en horario diurno y nocturno.
El administrado en los folios 5 y 6 de la información complementaria al informe de levantamiento de observaciones no subsanadas (exp: 00011763-2022) precisa que ha realizado monitoreos de ruido ambiental con la planta industrial en funcionamiento y con la planta parada dando los siguientes resultados:
Punto Descripción Fecha/ Hora Niveles de ruido (dBA) ECA Residencial
(dBA) Máximo Mínimo LAeqt
Ruido Ambiental Diurno con la “PLANTA EN PARA”
RA-01 Parte frontal izquierda de la
planta 14-02-2022 / 10:20 h. 87.2 51.5 67.6 60
RA-02 Parte frontal derecha de la
planta 14-02-2022 / 10:37 h. 97.26 53.4 75.4 60
Ruido Ambiental Diurno con la “PLANTA EN FUNCIONAMIENTO”
RA-02 Parte frontal izquierda de la
planta 14-02-2022 / 12:58 h. 85.0 53.5 68.7 60
RA-02 Parte frontal derecha de la
planta 14-02-2022 / 13:15 h. 82.7 51.9 66.0 60
Por lo señalado de dichos resultados del monitoreo de ruido, éstos son producto de agentes externos a MALUPLAST, tales como la circulación de vehículos (tránsito de vehículos por el Jr. Zapallal, ya que los vehículos que circulan por la Panamericana Norte utilizan esta calle como vía auxiliar y por actividades industriales cercanas a la planta.
Tabla 25. Identificación de Sitios Contaminados.
Consideraciones conforme a la normatividad vigente
Descripción
Uso Histórico
Antes del 2010 el predio que ocupa MALUPLAST era un lugar descampado sin presencia de actividad productiva (Folio 99 del presente DAA exp: 00041129-2021) 2010: entra en funcionamiento de la planta MALUPLAST
2016: MALUPLAST debido al aumento de producción, se realizó la ampliación del área de producción. 2019: MALUPLAST debido al aumento de producción, se realizó el techado del patio de maniobras.
Eventos signif icativos que hayan representado contaminación al suelo (si/no)
No
Fuentes Potenciales de Contaminación
Las fuentes potenciales de contaminación de suelos son:
- Zonas de insumos químicos
- Áreas de almacenamiento de sustancias y residuos
- Zona de carga y descarga (patio de maniobras) Se precisa que las áreas antes mencionadas cuentan con piso de concreto de 20 cm de espesor aproximadamente
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Focos Potenciales de Contaminación
Los focos potenciales de contaminación de suelos son:
- Zonas de insumos químicos
- Áreas de almacenamiento de sustancias y residuos
- Zona de carga y descarga (patio de maniobras) Pero éstos presentan riesgo mínimo ya que estas áreas cuentan con piso de concreto de 20 cm de espesor.
Conclusión
De la evaluación realizada, la investigación histórica y levantamiento técnico
del sitio concluyen que no es necesario pasar a la fase de caracterización de sitios contaminados, esto debido a que durante la fase de identif icación no se identif icó la presencia de sitios contaminados, esto en concordancia al Artículo
N° 6 del D.S. N° 012-2017-MINAM, “Aprueban Criterios para la Gestión de Sitios Contaminados” que menciona lo siguiente: “Si como resultado de la evaluación preliminar no se presentan indicios o evidencias de contaminación en el sitio, se concluye con la fase de identif icación, no siendo necesario
continuar con el muestreo de identif icación y las siguientes fases de evaluación”, teniendo en cuenta lo antes mencionado se concluye la FASE DE IDENTIFICACIÓN DE SITIOS CONTAMINADOS.
Participación Ciudadana
Tabla 26. Mecanismos de participación ciudadana
Mecanismo de participación implementado Fecha de implementación Principales resultados obtenidos
Realización de la encuesta: Las encuestas se realizaron
en la zona de influencia del proyecto (4 personas) 18-06-2021
El 10 % de la población encuestada precisa que la contaminación es originada por el transporte vehicular, el
25 % de la población encuestada precisa que conoce las actividades de la empresa MALUPLAST.
Buzón de sugerencias: Se publicó en el frontis un afiche informativo y al costado el buzón de sugerencias
18-06-2021 No se presentó ninguna sugerencia por parte de la población
Cartel informativo: Se publicó en el frontis un afiche informativo sobre la realización de la DAA, el cual se colocó un correo electrónico administracion@maluplast.com para
que envíen sus consultas, observaciones o sugerencias.
18-06-2021 No se presentó ninguna sugerencia por parte de la población
Sobre este aspecto es importante precisar que la evaluación ambiental efectuada al instrumento de gestión ambiental presentado por la empresa MALUPLAST SOCIEDAD ANÓNIMA CERRADA ha contemplado la realización de dos (02) mecanismos de
participación ciudadana (encuestas y buzón de sugerencias) y un (01) mecanismo de difusión de información11 (cartel informativo), en el marco del Decreto Supremo N° 002-2009-MINAM y el Decreto Legislativo N° 150012, los cuales se estiman conformes para efectos de posibilitar la efectiva participación de la población interesada, en la evaluación del instrumento de gestión ambiental correctivo.
Identificación y caracterización de los impactos ambientales Tabla 27. Metodologías empleadas
Metodología empleada para la identificación de impactos ambientales
Metodología empleada para la evaluación de impactos ambientales
Matriz de Causa - Efecto Matriz de Importancia-Conesa
Tabla 28. Identificación, caracterización de impactos y estrategia de manejo ambiental
11 Los mecanismos como: la publicación de av isos, la distribución de Resúmenes Ejecutiv os y el acceso público al texto completo del
estudio ambiental, son considerados como mecanismos de acceso a la inf ormación ambiental y no como mecanismos participativ os;
toda v ez que el derecho a la participación ciudadana tiene como contenido esencial el integrar a los ciudadanos en la toma de decisiones, a trav és de la consideración de sus aportes, comentarios y /o sugerencias. A may or abundamiento, v éase el Inf orme de
Adjuntía Nº 03-2020-DP/AMASPPI.MA, “Participación ciudadana ambiental en tiempos de COVID-19. Recomendaciones para
garantizar la protección de derechos en la evaluación del impacto ambiental de proyectos de inversión” Págs. 10-14. 12 Decreto Legislativ o que establece medidas especiales para reactiv ar, mejorar y optimizar la ejecución de los proy ectos de inv ersión
pública, priv ada y público priv ada ante el impacto del Cov id-19.
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Impacto ambiental
(solo negativ o) Fuentes impactantes
Calificación
propuesta
Medida ambiental propuestas por el
administrado
Afectación de la
calidad de aire por material particulado
Se genera material particulado durante la recepción de materia
primas e insumos químicos y el despacho de producto terminado.
Leve
(-20)
- Continuar con el mantenimiento preventivo y correctivo de los equipos y maquinarias, a fin de asegurar su óptimo funcionamiento y
mantener al mínimo la generación de gases de combustión.
Afectación de la
calidad de aire por emisiones gases de
combustión
Se genera gases de combustión
durante la recepción de materia primas e insumos químicos y el
despacho de producto terminado.
Leve (-20)
- Solicitar a los vehículos que ingresan (con materia prima e insumos químicos) a la Planta
MALUPLAST, la Constancia de Inspección Técnica Vehicular o su Certificado de
Conformidad de Operatividad de Vehículos.
Alteración de la
calidad de aire debido a generación de COVs
Área de impresión (tintas y alcohol
isopropílico)
Leve
(-20) - Se implementarán fi ltros de carbón activado
en el extractor de aire.
Incremento del nivel
de ruido ambiental
El ruido se genera por en la recepción de materia primas e insumos
químicos, los procesos de extrusión, impresión, sellado, empacado y el
despacho de producto terminado.
Leve
(-20)
- Solicitar a los vehículos que ingresan (con materia prima e insumos químicos) a la Planta
MALUPLAST, la Constancia de Inspección Técnica Vehicular o su Certificado de
Conformidad de Operatividad de Vehículos.
- Colocar un cartel en la puerta principal del predio que prohíban el uso de sirenas u otro tipo de fuentes de ruido innecesarias a todos
los vehículos que ingresen al predio.
- Continuar con el mantenimiento preventivo y correctivo de los equipos, maquinarias y
unidades vehiculares, a fin de asegurar su óptimo funcionamiento y mantener al mínimo
la generación de ruido.
Generación de
Residuos sólidos peligrosos y no
peligrosos
Se genera residuos sólidos peligroso y no peligrosos durante la recepción
de materia primas e insumos químicos y durante la realización del
mantenimiento de equipos y maquinarias.
Leve (-20)
- Realizar la segregación en la fuente de los residuos sólidos peligrosos y no peligrosos generados, mediante el uso de contenedores
de colores ubicados estratégicamente en el predio, de acuerdo a la NTP 900.058.2019.
- Implementación de un Almacén Central de Residuos Sólidos No Peligrosos, el cual
contará con las siguientes características: contenedores de colores con tapa en buen
estado, área con piso de concreto y ventilada, además se colocará un cartel que indique el
tipo de residuos que se debe colocar en los contenedores.
- Implementación del Almacén Central de Residuos Sólidos Peligrosos, en base a lo indicado en el artículo 54 del D.S. N° 014-
2017-MINAM.
- Disponer de los residuos sólidos peligrosos con una EO-RS debidamente inscrita ante la
autoridad competente (ante DIGESA y/o MINAM), el tiempo de almacenamiento no
superará los dos (02) años.
- Comercializar los residuos sólidos con una EO-RS debidamente inscrita ante la autoridad competente (ante DIGESA y/o MINAM).
- Realizar una (01) capacitación al año al personal de MALUPLAST acerca del manejo adecuado de residuos sólidos, así como de
las acciones de respuestas en caso de derrames de sustancias peligrosas.
Tabla 29. Programas y planes específicos
Planes / Programas específicos Contenido
Plan de Manejo Ambiental y cronograma de implementación
Adjuntó el Plan de Manejo Ambiental y el cronograma de implementación.
Plan de Minimización y Manejo de Residuos Sólidos
La empresa presentó el Plan de Minimización y Manejo de Residuos Sólidos acorde a la Ley de Gestión Integral de Residuos Sólidos, D. L. Nº 1278, y su Reglamento, aprobado mediante D.S. Nº 014-2017-MINAM.
Plan de Contingencia Presentó el plan de contingencia de acuerdo a las emergencias ambientales que se
origen en sus operaciones y/o que tengan origen natural.
Plan de Cierre Conceptual Describió las acciones que comprenderá el cierre desde la realización de un inventario de materiales, equipos, desmontaje de equipos limpieza del sitio, retiro de residuos sólidos, entre otros.
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Programa de mantenimiento Adjuntó el programa de mantenimiento.
Tabla 30. Plan de seguimiento y control propuesto por la empresa
4. APLICACIÓN DE LAS CONDICIONES GENERALES Y ESPECÍFICAS
INDICADAS EN EL ANEXO DEL DECRETO SUPREMO N° 006-2019-PRODUCE
Conforme fuera indicado en los aspectos normativos del presente informe, y considerando lo dispuesto en el Anexo del Decreto Supremo N° 006-2019-PRODUCE, por el cual se modifica el RGA, corresponde analizar las siguientes condiciones generales y/o específicas de la actividad que declaró la empresa MALUPLAST SOCIEDAD ANÓNIMA CERRADA en el registro de la referencia.
En ese sentido, se debe precisar que el mencionado Anexo, establece que se requiere contar con un IGA correctivo para la actividad de fabricación de bolsas y mangas de plástico, perteneciente a la Clase 2220: “Fabricación de productos de plástico”, de la Sección C, de la CIIU, Revisión 4, siempre que cumplan con las siguientes condiciones generales y/o específicas:
Tabla N° 31. Condiciones Generales y Específicas aplicables a la Actividad señalada según el Anexo del DS N° 006-2019-PRODUCE
Actividad desarrollada por el Administrado Rango
Empresarial Fabricación de bolsas y mangas de plástico
PEQUEÑA
EMPRESA Actividad conforme al D.S. N° 006-2019-PRODUCE 2220: Fabricación de productos de plástico
N° Condiciones generales Evaluación Tipo de
Instrumento
correctivo
1 Los ef luentes (de procesos industriales) son v ertidos a un cuerpo / curso natural de agua o
que generen licor negro como ef luentes.
El administrado declara que en su proceso productiv o no emplea agua
y a que es un proceso en seco. Con respecto a los ef luentes domésticos,
éstos son v ertidos directamente a la red de alcantarillado público
administrado por SEDAPAL.
No cumple con
esta condición
2
La activ idad se realiza:
a) Dentro de una ANP o zona de
amortiguamiento. b) A una distancia menor o igual de 250 m de
ecosistemas f rágiles. c) Dentro de comunidades campesinas nativas
o pueblos indígenas.
De la rev isión de la inf ormación presentada por la empresa, así como
de la rev isión de los sistemas de consulta online del Serv icio Nacional de Áreas Naturales Protegidas por el Estado (SERNANP), el Serv icio
Nacional Forestal y de Fauna Silv estre (SERFOR) y el Ministerio de
Cultura (MINCUL), se pudo v erif icar lo siguiente:
Mediante el geo portal del SERNANP, http://geo.sernanp.gob.pe/geoserv er/principal.php se v erif icó que no se
encuentra dentro de un área protegida o zona de amortiguamiento.
Asimismo, mediante la página web https://bdpi.cultura.gob.pe/mapa-
interactiv o se v erif icó que no se localiza dentro de comunidades campesinas nativ as o pueblos indígenas.
Finalmente, tanto de las declaraciones del administrado como de la
v erif icación en la página web: https://geo.serf or.gob.pe/visor/ se pudo v erif icar que no se encuentra a una distancia menos o igual de 250
metros de ecosistemas f rágiles.
En consecuencia, se ha ev idenciado que la activ idad industrial no se
ubica dentro de un Área Natural Protegida (ANP), ni en una zona de amortiguamiento de alguna de éstas, ni se encuentra ubicado a una
distancia menor o igual a 250 de un ecosistema f rágil, ni tampoco se
sitúa dentro del territorio de una comunidad campesina, nativ a o de un
pueblo originario.
No cumple con
esta condición
3
Se realizan procesos mecanizados (no
manuales) que generan emisiones dif usas o f ugitiv as de material particulado y emisiones
gaseosas (no incluy e f uentes f ijas ni móv iles)
El administrado precisa que sí cuenta con procesos mecanizados tales
como el proceso de extrusión y el proceso de impresión, donde se generan en bajas proporciones compuestos orgánicos v olátiles (COVs),
estas labores se realizan dentro de la planta industrial, la cual cuenta
Cumple con esta condición
Componente Estación
Ubicación Parámetros Frecuencia
Normas y valores de comparación
Calidad de Aire
CA-01 (Barlov ento) Sobre el techo del Predio Vecino
E 271234 / N 8689911 COVs
(Benceno
Anual
DS N° 003-2017-
MINAM CA-02 (Sotav ento)
Sobre el techo de las Of icinas Administrativ as
E 271303 / N 8689909
Ruido
RA-01
Parte f rontal izquierda de la planta
E 271311 / N 8689916
LAeqT
Horario diurno
“zona
residencial”
DS N° 085-2003-PCM RA-02
Parte f rontal derecha de la planta
E 271311 / N 8689925
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Actividad desarrollada por el Administrado Rango
Empresarial
Fabricación de bolsas y mangas de plástico PEQUEÑA
EMPRESA Actividad conforme al D.S. N° 006-2019-PRODUCE
2220: Fabricación de productos de plástico
N° Condiciones generales Evaluación
Tipo de
Instrumento
correctivo colindantes con v iv iendas y no están
encapsulados.
con paredes de concreto y se encuentra techada. Asimismo, precisa
que el proceso de extrusión se realizan en una máquina encapsulada,
y en el área de impresión se cuenta con una campana extractora en la cual no se realiza ningún tratamiento debido a que en esta labor se
tiene un consumo mensual de tintas de 15 kg/mes y el consumo de
alcohol isopropílico es de 25 kg/mes, lo cual es poco signif icativo ya
que esta activ idad solo se realiza de 2 a 3 v eces por semana debido a que las cantidades generadas son mínimas, pues la activ idad de
impresión solo se realiza ev entualmente; sin perjuicio de ello, como
medida de manejo ambiental propone instalar un f iltro de carbón activ ado para mitigar los COVs. Finalmente, se precisa que la planta
colinda con v iv iendas.
4
El proceso productiv o usa agua de una f uente natural y no cuenta con la Autorización de la
Autoridad de Recursos hídricos
correspondientes.
El administrado precisa que la empresa que se prov ee de agua es a
trav és del sistema de agua potable de SEDAPAL.
No cumple con
esta condición
5
Genera ruido de los procesos mecanizados sin
contar con alguna medida de mitigación
(barreras acústicas, encapsulamiento u otros) y
colindan con v iv iendas.
El administrado precisa que sí genera ruido debido al f uncionamiento
de equipos, pero sus activ idades se realizan dentro de sus
instalaciones de la planta que cuenta con muros de más de 3 metros y está debidamente techada los cuales f uncionan como barreras
acústicas.
Adicional a esto, se realizó monitoreos de ruido con la planta parada y
en f uncionamiento, siendo que de los resultados se pueden apreciar que el ruido externo a la planta (producto del tránsito v ehicular y
activ idades industriales cercanas a la planta) son la principal Fuente de
ruido de la zona. Asimismo, precisa que la planta colinda con v iv iendas.
No cumple con
esta condición
6
Utiliza combustibles sólidos o líquidos sin contar
con sistema de control de emisiones (f iltros de
manga, lav ador Venturi, precipitador electrostático u otros).
Los equipos y maquinarias que emplea en sus procesos industriales no requieren de combustibles sólidos o líquidos y a que éstos f uncionan a
energía eléctrica.
No cumple con
esta condición
7
Genera emisiones atmosf éricas de procesos
industriales sin contar con sistemas de
tratamiento de partículas y /o gases.
El administrado precisa que no cuenta con f uentes de emisiones f ijas;
sin embargo, en el área de impresión se cuenta con una campana extractora en la cual no se realiza ningún tratamiento debido a que en
esta labor se tiene un consumo mensual de tintas de 15 kg/mes y el
consumo de alcohol isopropílico es de 25 kg/mes, lo cual es poco signif icativ o y a que esta activ idad solo se realiza de 2 a 3 v eces por
semana debido a que las cantidades generadas son mínimas, pues la
activ idad de impresión solo se realiza ev entualmente; sin perjuicio de
ello, como medida de manejo ambiental propone instalar un f iltro de carbón activ ado para mitigar los COVs.
Cumple con
esta condición
Evaluación DEAM:
De la evaluación técnica realizada por esta Dirección, se precisa que según la evaluación de los impactos ambientales realizada por el administrado y que ha sido resumido en la Tabla N° 28 del presente informe, los mismos han sido calificados y sustentados como impactos negativos irrelevantes, encuadrándose así en el nivel más bajo según la escala utilizada, de acuerdo al análisis de la matriz de importancia desarrollada por el titular industrial conforme a la Metodología de Evaluación de Impactos de Vicente Conesa – Vitora; la cual es aceptada en el ámbito de la evaluación de impacto ambiental (fuente bibliográfica), por lo que se encuentra dentro de los alcances de la Única Disposición Complementaria Transitoria del Decreto Supremo N° 011-2016-PRODUCE13. Es importante señalar que el administrado ha considerado los impactos ambientales sobre calidad de aire, ruido, emisiones y suelo. Asimismo, en el marco
13 En tanto no se apruebe las metodologías a que se refiere la Novena Disposición complementaria Final del
Reglamento de Gestión Ambiental para la Industria Manufacturera y Comercio Interno, aprobado por el Decreto
Supremo N° 017-2015-PRODUCE, los titulares de proyectos de inversión y actividades en cuso podrán emplear metodologías de evaluación aceptadas internacionalmente u otras técnicamente sustentadas.
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PRODUCCIÓN, aplicando lo dispuesto por el Art. 25 del D.S. 070-2013- PCM y la Tercera Disposición Complementaria Final del D.S. 026-2016-PCM. Su autenticidad e integridad pueden ser contrastadas
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de lo indicado en el numeral 58.1 del artículo 5814 del RGA, se aprecia que la DAA tomó en consideración los siguientes aspectos de la actividad desarrollada por el titular industrial: i) presenta una fuente de emisión la cual funciona de 2 a 3 veces por semana, esta fuente es el ducto de salida de la campana extractora que extrae los vapores y gases del área de impresión los cuales no reciben ningún tratamiento antes de ser descargado al medio ambiente; ii) los equipos con que cuenta funcionan a corriente eléctrica; iii) no se generan efluentes industriales; iv) los efluentes domésticos generados son dispuestos a la red de alcantarillado público; v) la generación de ruido se da al interior de las instalaciones, en áreas cerradas (hechas de material noble, el cual actúa como barrera acústica),no teniendo repercusión al exterior de la planta; asimismo, se realizaron monitoreos de ruido con la planta en funcionamiento y con la planta parada, de los cuales se aprecia que el principal generador de ruido son los agentes externos a la planta (tránsito vehicular y actividades industriales cercanas a la planta). En base a ello y considerando lo indicado en la Tabla 31 del presente informe, se evidencia que la actividad en curso motivo de la presente evaluación cumple con una (01) de las condiciones para su adecuación, lo que llega a determinar que los impactos generados son equivalentes a impactos leves, conforme al literal a) del numeral 53.1 del artículo 53 del RGA; por lo que, se justifica la presentación de la Declaración de Adecuación Ambiental - DAA. Por otro lado, el administrado precisa que cuenta con una campana extractora la cual se emplea para extraer los vapores que se generan en el área de impresión para disponerlos al medio ambiente a través de un ducto de salida, sin embargo, en esta campa extractora no se realiza ningún tipo de tratamiento a los vapores extraídos, por lo que, para prevenir que estos vapores provenientes del área de pintura afecten al medio ambiente, el titular propone implementar como medida de manejo ambiental un filtro de carbono activado dentro de la campana extractora, ello con el fin de retener los vapores que puedan generarse en el área de impresión. Plan de Manejo Ambiental
En relación a la propuesta de medidas ambientales, formulada por la empresa MALUPLAST SOCIEDAD ANÓNIMA CERRADA, se debe precisar que, ésta
contiene medidas y programas específicos que tienen relación directa con cada uno de los impactos ambientales descritos en la Tabla N° 31 del presente informe; los cuales, considerando que los impactos ambientales más representativos han sido calificados como leves, resultan conformes, a efectos de controlar, mitigar o eliminar los mismos. No obstante, se han excluido las siguientes medidas al no tratarse de medidas ambiental: No se considerarán medidas de carácter ocupacional, toda vez que no se
circunscriben a la evaluación del impacto ambiental, y su fiscalización
14 Reglamento de Gestión Ambiental para la Industria Manufacturera y Comercio Interno, aprobado por
Decreto Supremo N° 017-2015-PRODUCE Artículo 58.- Evaluación del instrumento de gestión ambiental correctivo 58.1 La autoridad competente evaluará el instrumento de gestión ambiental propuesto por el titular, a fin de
determinar si éste corresponde a los impactos ambientales que su actividad genera. (...)
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corresponde a la autoridad administrativa de trabajo y promoción del empleo. No se considerarán medidas referidas a la realización de monitoreos
ambientales, toda vez que los monitoreos ambientales forman parte del programa de monitoreo ambiental, cuya evaluación se realiza en el siguiente ítem del presente Informe.
No se tomarán en cuenta las medidas generales referidas al cumplimiento de la Ley de Gestión Integral de Residuos Sólidos, emitida mediante Decreto Legislativo N° 1278, y su Reglamento, aprobado con Decreto Supremo N° 014-2017-MINAM, en tanto las mismas corresponden a mandatos de tipo general establecidos en la normativa vigente, cuyo cumplimiento es de carácter obligatorio y no está supeditado a la aprobación de la presente DAA.
Cabe precisar que, se procede a realizar precisiones en la redacción de algunos compromisos asumidos (sin variar su contenido), con la finalidad de generar mayor predictibilidad en su cumplimiento y evitar con ello la consignación de medidas condicionadas, ambiguas o poco claras, toda vez que los mismos se constituyen en fuente de obligaciones fiscalizables, de conformidad con lo señalado por el literal b), del artículo 13 y numeral 19.1 del artículo 19 del RGA. En ese entendido, conforme a los artículos 55 y 60 del RGA, el plazo máximo general para la implementación de las medidas de adecuación ambiental de carácter correctivo es de un (01) año para el caso de la DAA, sin perjuicio de que el titular mantenga las medidas de manejo ambiental permanentes que correspondan durante el desarrollo de la actividad en curso, siendo que ambas medidas deberán ser cumplidas conforme al cronograma de implementación y el presupuesto asignado, devenidas de la aprobación del IGA en mención. En ese sentido, el Plan de Manejo Ambiental se encuentra descrito en el Anexo Nº 02 del presente Informe. Programa de Monitoreo Ambiental
Sobre la propuesta del programa de monitoreo ambiental, se considera que esta se mantendrá de acuerdo a la propuesta formulada por la empresa con la frecuencia anual para el monitoreo de calidad de aire y el monitoreo de ruido ambiental, teniendo en cuenta que la empresa colinda con viviendas y considerando las fuentes de generación de ruido en los procesos de fabricación de bolsas y mangas de plástico, y por el funcionamiento de la campana extractora en el área de impresión para el control de la calidad de aire. En ese sentido, el programa de monitoreo ambiental que deberá ser implementado por la empresa MALUPLAST SOCIEDAD ANÓNIMA CERRADA, se encuentra recogido en el
Anexo N° 3 del presente informe. Finalmente, se menciona que la empresa deberá cumplir con lo señalado en el artículo 62 del vigente RGA, debiendo remitir los Reportes Ambientales conteniendo los resultados de los monitoreos ambientales, así como los informes que dan cuenta del cumplimiento o avance en la implementación de los compromisos asumidos en el instrumento de gestión ambiental aprobado, ante el Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental (OEFA), conforme a la frecuencia establecida en el Anexo N° 4 del presente Informe.
5. OPINIONES TÉCNICAS
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Tomando en cuenta la naturaleza del proyecto propuesto, los componentes de la planta, la ubicación de la instalación, el área de influencia identificada y la evaluación de los impactos ambientales que se generan, no se han identificado aspectos y/o componentes que por sus características generen impactos ambientales cuya evaluación esté atribuida o relacionada a otro sector; por tal motivo, no se han solicitado opiniones técnicas a otras entidades , en el marco de la presente DAA.
6. OBSERVACIONES FORMULADAS A LA DAA
Luego del análisis de la información presentada por el titular, se concluye que las observaciones formuladas mediante los Informes N° 00000079-2021-RVALENCIA (12.10.21) y N° 00000005-2022- PRODUCE/DEAM-jbardalez (10.01.2022), han sido subsanadas en su totalidad a través del Registro N° 00077150-2021 (07.12.2021), el Registro N° 00004651-2022 (24.01.2022) y el Registro N° 00011763-2022 (24.02.2022), tal como se detalla en el Anexo N° 1 del presente informe.
7. CONCLUSIONES Y RECOMENDACIONES
7.1. De la evaluación efectuada, se determina que los impactos ambientales generados por la actividad en curso de la empresa MALUPLAST SOCIEDAD ANÓNIMA CERRADA, califican como leves, conforme al literal a) del numeral
53.1 del artículo 53 del Reglamento de Gestión Ambiental para la Industria Manufacturera y Comercio Interno, aprobado por Decreto Supremo N° 017-2015-PRODUCE, lo cual sustenta la correspondencia de una Declaración de Adecuación Ambiental (DAA) para su Planta Industrial dedicada a la actividad de fabricación de bolsas y mangas de plástico, ubicada en el Jirón Zapallal N° 271, distrito de Puente Piedra, provincia y departamento de Lima; en ese sentido, se recomienda su aprobación y la respectiva emisión de la resolución directoral.
7.2. La empresa MALUPLAST SOCIEDAD ANÓNIMA CERRADA deberá cumplir con las obligaciones ambientales establecidas en los Anexos Nros 2, 3 y 4 del presente Informe Técnico Legal, sin perjuicio de las demás obligaciones establecidas en las normas ambientales vigentes, que le resulten aplicables a su actividad productiva.
7.3. La empresa MALUPLAST SOCIEDAD ANÓNIMA CERRADA deberá
implementar las medidas de adecuación ambiental, contenidas en el presente informe, en un plazo máximo de un (01) año; asimismo, deberá mantener las medidas de carácter permanente durante el desarrollo de su actividad industrial, ello en cumplimiento con lo estipulado en el artículo 60 del Reglamento de Gestión Ambiental para la Industria Manufacturera y Comercio Interno, aprobado por Decreto Supremo N° 017-2015-PRODUCE.
7.4. La empresa MALUPLAST SOCIEDAD ANÓNIMA CERRADA deberá cumplir con
las obligaciones ambientales señaladas en la Ley de Gestión Integral de Residuos Sólidos, aprobada por Decreto Legislativo N° 1278, y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 014-2017-MINAM, y aquellas obligaciones ambientales aplicables contenidas en el artículo 13 del Reglamento de Gestión Ambiental para la Industria Manufacturera y Comercio Interno, aprobado por Decreto Supremo N° 017-2015-PRODUCE, en tanto le sean aplicables a su actividad productiva. Del mismo modo, deberá observar lo regulado en la Ley que regula el plástico de un solo uso y los recipientes o envases descartables, aprobada por Ley N° 30884, y
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su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 006-2019-MINAM, en cuanto le sean aplicables a su actividad productiva.
7.5. De la evaluación realizada a la información relacionada a la identificación de sitios
contaminados, presentada como parte de la solicitud de evaluación de la DAA de la Planta Industrial de la empresa MALUPLAST SOCIEDAD ANÓNIMA CERRADA, se colige que no se ha advertido la presencia de contaminación al
suelo dentro de la referida instalación, ubicada en el Jirón Zapallal N° 271, distrito de Puente Piedra, provincia y departamento de Lima; por tal motivo, no le correspondería realizar la fase de caracterización ni la posterior elaboración de un Plan dirigido a la Remediación (PdR) para la instalación objeto de adecuación ambiental.
7.6. Lo resuelto, no exime a la empresa MALUPLAST SOCIEDAD ANÓNIMA
CERRADA de la obtención y mantenimiento en vigor de las licencias, permisos y
autorizaciones que se requieran conforme a la normativa vigente, para el ordinario funcionamiento de su instalación productiva. Asimismo, la aprobación de la DAA no subsana o convalida los incumplimientos a la normativa ambiental, general o sectorial, en los que haya podido incurrir la referida empresa en el desarrollo de sus actividades industriales, salvo pronunciamiento en contrario del Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental (OEFA) en el marco de sus competencias.
7.7. Se recomienda remitir el presente informe y la respectiva resolución directoral a la empresa MALUPLAST SOCIEDAD ANÓNIMA CERRADA y al Organismo de
Evaluación y Fiscalización Ambiental (OEFA), para su conocimiento y fines pertinentes.
Es cuanto tenemos que informar a usted. VALENCIA ZÚÑIGA, RUBEN DARÍO DIRECCIÓN DE EVALUACIÓN AMBIENTAL RODRIGUEZ SULLCA, ALEXANDER GILBER DIRECCIÓN DE EVALUACIÓN AMBIENTAL Visto, el presente informe, que esta Dirección hace suyo, se dispone remitir a la Dirección General de Asuntos Ambientales de Industria - DGAAMI para su conformidad y fines correspondientes. LUIS ALBERTO GUILLÉN VIDAL DIRECTOR DIRECCIÓN DE EVALUACIÓN AMBIENTAL
Firmado digitalmente por GUILLEN VIDAL LuisAlberto FAU 20504794637 hardEntidad: Ministerio de la ProducciónMotivo: Autor del documentoFecha: 2022/06/17 10:19:24-0500
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ANEXO N° 1
Evaluación al Levantamiento de Observaciones a la Declaración de Adecuación Ambiental (DAA), de la Planta Industrial de la empresa MALUPLAST SOCIEDAD ANÓNIMA CERRADA
N° Observación Evaluación de la observación Estado
01
a. El administrado deberá precisar en qué rango empresarial (micro, pequeña, mediana o gran empresa) se ubica su empresa y también deberá justificar su respuesta.
b. El administrado debe presentar algún documento emitido por la autoridad competente (municipalidad) en la cual se autorice el horario de funcionamiento de la planta industrial.
c. El administrado debe precisar técnicamente en qué zonificación se ubica el predio, debe ser sustentada su respuesta.
d. El administrado debe aclarar porque existe una diferencia de áreas ya que en el DAA se precisa un área total de 1000 m 2 y en la licencia de funcionamiento N° 000708 que fue presentada se autoriza un área de 500 m 2, por lo que deberá precisar cuál es el área total que le corresponde al predio y adicional a lo mencionado deberá presentar un certificado de compatibilidad de uso de del área restante (el área restante que no está consignada en la licencia de funcionamiento).
e. El administrado deberá aplicar lo dispuesto por Decreto Supremo Nº 006-2019-PRODUCE y su anexo, y determinar el cumplimiento de las condiciones generales y específicas que sustentan la presentación de la DAA para su actividad, teniendo en cuenta el rango empresarial y la clasificación CIIU de su actividad o sus actividades que realiza y están descritas en el presente DAA. Asimismo, precisar la medida de manejo ambiental respecto a las condiciones que le correspondan. Dichas medidas de manejo ambiental que permita la adecuación ambiental deberán ser incluidas en el Plan de Manejo Ambiental. La evaluación y sustento debe ser por cada condición general y/o especifica. Puede usar como referencia la tabla 31 del presente informe para que brinde la información la cual se muestra a continuación:
Actividad desarrollada por el Administrado Rango Empresarial
Clasificación CIIU
N° Condiciones generales /
Especificas Sustento
Tipo de Instrumento correctivo
De acuerdo a las condiciones del
a. Precisó que pertenece al rango empresarial de pequeña empresa, en el Anexo N° 1 del presente levantamiento de observaciones de la DAA (exp: 00077150-2021) se adjunta la Consulta del Registro Nacional de la Micro y Pequeña Empresa.
b. Precisó que la empresa MALUPLAST cumple con todo lo establecido en el Texto Único Ordenado del Decreto Legislativo Nº 854 - Ley de Jornada de trabajo, horario y trabajo en sobretiempo aprobado con D.S. N° 007-2002 TR, y el horario de trabajo es de lunes a viernes de 7:00 am a 7:00 pm, los sábados 8:00 am a 5:00 pm.
c. Precisó que la Planta se encuentra dentro de la zonificación RDM (Residencial de Densidad Media) la cual fue aprobado mediante la Ordenanza N° 1105-2007-MML del distrito de Puente Piedra.
d. Precisó que la empresa MALUPLAST es propietaria de un predio 1000 m 2, pero solo usa 500 m2 tal como se indica en su licencia de funcionamiento N° 000708, los 500 m2 restantes es alquilado a una empresa SACOLA la cual está fuera del alcance de la presente DAA.
e. Precisó la información y se completó la tabla N° 31 del presente informe. Absuelta
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Anexo del D.S. 006-209-
PRODUCE.
1 Condición 1
2 Condición 2
3 Condición n
02
a. El administrado debe describir como es el tratamiento que se da a la materia prima o insumos que no pasan los controles de calidad y donde serán dispuestos estos.
b. El administrado debe describir cuales son las características de las zonas de almacenamiento de materia prima e insumos y también debe precisar qué medidas de manejo ambiental implemento o piensa implementar para los diversos impactos ambientales (material particulado, generación de res iduos sólidos, Ruido) que se generen en esta área.
c. El administrado debe describir como se realiza el proceso de dosificación de la materia prima en las maquinas extrusoras, precisar si este proceso es manual o mecanizado, también precisar si en esta actividad se genera material particulado y de generarse esté debe precisar qué medidas de manejo ambiental implemento o piensa implementar para controlarlo.
d. El administrado debe preciar cual es la temperatura con la que
funciona la máquina extrusora e indicar s i se generan emisiones de gases (como ejemplo COVs) de este proceso de derretimiento del polietileno y los colorantes, también deberá describir técnicamente cual es el tratamiento se les da o se les dará.
e. El administrado debe describir como realiza le proceso de pigmentación de la materia prima (para darle color al producto), precisar que insumos químicos emplea, que equipos y maquinarias interviene en esta actividad, también debe precisar qué medidas de manejo ambiental implemento o piensa implementar para los diversos impactos ambientales (material particulado, generación de residuos sólidos, gases, COVs, ruido) que se generen en esta actividad.
f. El administrado debe describir como realiza la adición de la tinta a las maquinas impresoras y también debe precisar qué medidas de manejo ambiental implemento o piensa implementar para los diversos impactos ambientales (generación de residuos sólidos, residuos líquidos, vapores, gases, COVs, ruido) y las medidas de ante la ocurrencia de prevención de derrames que s e puedan generar en esta actividad.
a. Precisó que se cuenta con procedimiento de control de calidad, el cual consiste en una inspección visual de los pellets que se compran (en sacos de 25 kg), en este proceso se busca detectar impurezas que puedan perjudicar el proceso de extrusión y en caso de encontrarse materia prima o insumos no conformes, éstos son devueltos al proveedor.
b. Precisó que MALUPLAST no almacena su materia prima, sino que ésta tiene un ingreso Directo, a continuación, se detalla el proceso.
Ingreso de Materia Prima: La Materia Prima (principalmente pellets de plástico), es trasladada desde los almacenes del Proveedor a la Planta, donde la materia prima es descargada e inmediatamente ingresa en el proceso de Pre calentado (Secado), donde se reduce la humedad presente en los pellets, en esta actividad se genera ruidos por el tránsito de vehículos y como medida de manejo ambiental se solicita el certificado de mantenimiento o de inspección técnica a los vehículos que vayan a ingresar a la planta y se tiene señales de avisos de prohibido activar sirenas o tocar el claxon al ingreso de la Planta.
c. Precisó que la materia prima es colocada cerca a la máquina de mezclado; las bolsas de pellet de polietileno son de 25 kg, y son trasladadas por el operador a la máquina de mezclado directamente luego de su ingreso a Planta. Aquí se mezcla el pellet con masterbach (colorante plástico), de acuerdo a las indicaciones programadas. Luego la mezcla pasa por la máquina de pre secado, donde a una temperatura de 60° C, se procede a la eliminación de la humedad que hubiera en la mezcla. Luego de forma automática, la mezcla ingresa a la extrusora, también se precisa que en esta actividad no se genera material particulado, debido a la presentación de la materia prima (pellets).
d. Precisó que la temperatura de funcionamiento de la máquina extrusora, las cuales trabajan a temperaturas variables, tienen un promedio de 210 °C; en este proceso, tanto la materia prima como el masterbach empleado como colorante, no generan compuestos orgánicos volátiles porque no se llega a una temperatura de ebullición ni se combustionan, por lo que, no existe generación de COVs y con respecto a humos que puedan generarse, es de mencionar que el polietileno solo desprende humos en la combustión de éste, mas no en su temperatura de fusión, siendo que la energía que se emplea es eléctrica, adicional a esto se precisa que el tornillo está dentro de una cámara encapsulada.
e. Precisó que la pigmentación a través de un mezclado físico (pellets de polietileno y masterbach), luego de ello se realiza un pre secado y finalmente la mezcla entra en la extrusora, donde ocurre la pigmentación de la materia prima, también se
Absuelta
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g. El administrado debe describir cual es el tratamiento que se le da a los residuos de tinta que se genera en la máquina impresora, también deberá precisar donde son dispuestos estos.
h. El administrado debe describir técnicamente como es el funcionamiento de campana extractora que se encuentra en el proceso de impresión, con que equipos o maquinarias cuenta esta campana y cuáles son sus características técnicas, también deberá precisar qué áreas cubre de la zona de impresión, asimismo deberá precisar cómo es evacuado el aire extraído y si estos tienen un tratamiento (como filtros u otro) en la actualidad, o requiere la implementación de un tratamiento, para ambos casos el administrado deberá describir técnicamente como se realiza este tratamiento, en caso no requiera tratamiento deberá precisar la justificación técnica porque no requiere.
i. El administrado debe describir cual es el tratamiento que se le da a los vapores o humos que se generan producto de los corte y sellado para la elaboración de bolsas en el proceso de sellado.
j. El administrado debe describir como es el tratamiento que se le da a los residuos de plástico que se generan en la actividad de corte y sellado del proceso de sellado, también debe precisar donde son dispuestos estos.
k. El administrado debe describir como realiza la actividad de preparación de tintas (precisar como realiza la dosificación de los insumos y tintas, precisar que equipos y maquinarias emplean) y también debe precisar qué medidas de manejo ambiental implemento o piensa implementar para los diversos impactos ambientales (generación de residuos sólidos, residuos líquidos, vapores, gases, COVs, ruido) y las medidas de ante la ocurrencia de prevención de derrames que se puedan generar en esta actividad.
l. El administrado debe describir como es el tratamiento que se le da al producto terminado que no cumple con los requisitos de control de calidad, también debe precisar donde son dispuestos estos.
m. El administrado debe describir como es el tratamiento que se le da a los clisses que se rompen, que ya no se emplean, los vienen o presentan fallas, también debe precisar donde son dispuestos estos.
precisó que el masterbach (colorante plástico) es un plástico s ólido en forma de pellet con pigmentos, el cual no contiene compuestos orgánicos volátiles, cuya ventaja es que no produce compuestos orgánicos volátiles, adicional a esto se precisó que el masterbach contiene como pigmento al negro de humo, el cual es una sustancia estable no volátil, que no genera COVs.
f. Precisó que el proceso de adición de tintas se realiza en las bandejas de impresión, la mezcla de las tintas es según formulación, la transferencia se realiza a través del rodillo dosificador de tinta, el cual realiza la transferencia de las películas de tinta y como medida de manejo ambiental implementada, se cuenta con una campana extractora, la cual extrae los COVs, evitando que éstos se acumulen en el área, además de ello se asegura que el ambiente se encuentre ventilado y que no se permita la acumulación de olores, también se precisó que, a la fecha, no se realiza ningún tratamiento en la campana extractora dado de este proceso es esporádico ya que se realiza 2 o 3 veces por semana debido a que las cantidades generadas son mínimas, pues la actividad de impres ión solo se realiza eventualmente, sin embargo, como medida de manejo ambiental se propone instalar un sistema de filtración de carbón activado, el cual retenga los COVs, adicional a esto se precisó que toda el área de impresiones se encuentra pavimentada, lo cual impide el contacto directo con el suelo en caso de derrame y se cuenta con un kit antiderrames en el área, el cual se usará inmediatamente ocurra algún derrame, los residuos generados serán almacenados como residuos peligrosos y serán dispuestos mediante una EO-RS autorizada.
g. Precisó que los residuos de tinta son almacenados como residuos peligrosos en la misma área de generación, estos residuos serán dispuestos como peligrosos mediante una EO-RS autorizada para la disposición final de los residuos peligrosos a un Relleno de Seguridad.
h. Precisó que la campana extractora es para la emisión de olores, que cuenta con un ventilador (extractor) que se encuentra dentro de la campana que realiza la evacuación del aire para garantizar un área libre de olores , también precisó que la campana no realiza un tratamiento del aire extraído, debido a que las cantidades generadas son mínimas, pues la actividad de impresión solo se realiza eventualmente entre 2 a 3 días a la semana, adicional a esto, la campana extractora tiene un pequeño punto de desfogue en el techo por el cual descarga el aire extraído al medio ambiente, sin embargo, como medida de manejo se propone implementar un sistema de tratamiento de aire en la campana extractora, el cual constará de filtros de carbón activado para la retención de los COVs, asimismo, presentó la ficha técnica del filtro de carbón activado en el anexo N° 2 informe de levantamiento de observaciones no subsanadas (exp: 00004651-2022).
i. Precisó que, en el proceso de sellado, no se generan vapores o humos, por lo que no se han implementado medidas o tratamiento para ese aspecto ambiental, y esto debido a que se emplea energía eléctrica para el funcionamiento de los equipos.
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n. El administrado debe describir realiza el cómo el transporte de las bobinas producidas en las máquinas extrusoras a las maquinas impresoras y máquinas selladoras.
o. El administrado debe precisar con cuantas chimeneas cuenta la planta, también deberá precisar de qué proceso provienen y si cuentan con algún tipo de tratamiento interno (dentro de la chimenea) a las emisiones antes de ser descargadas al medio ambiente o cuales piensan implementar y describir técnicamente cómo se realiza este tratamiento y que equipos intervienen en este.
p. El administrado debe precisar con cuantos extractores de aire cuenta la planta, también deberá precisar en qué procesos están ubicados, si cuentan con algún tipo de tratamiento interno (dentro del extractor o en los ductos, tales como filtros de carbón activado u otro que permita disminuir o mitigar la toxicidad de los gases y aire extraído previo a ser evacuado al medio ambiente) a las emisiones antes de ser descargadas al medio ambiente o cuales piensan implementar y describir técnicamente cómo se realiza este tratamiento y que equipos intervienen en este.
q. El administrado debe precisar y describir cuáles cuales son las actividades que realiza la empresa SACOLA y también deberá describir como se relacionan estas con las actividades que realiza la planta de MALUPALST.
j. Precisó que los residuos plásticos generados en la actividad de corte y sellado, son manejados como material de descarte, estos residuos son enviados al proveedor de materia prima para el proceso de pelletizado, luego este producto ingresa nuevamente al proceso como materia prima para la actividad de extrusión de la Planta.
k. Precisó que la mezcla de las tintas es según formulación, la transferencia se realiza a través del rodillo dosificador de tinta, el cual realiza la transferencia de las películas de tinta. Se siguen las siguientes actividades para la dosificación de tintas: 1. Pesaje de pintura en los colores requeridos de acuerdo al fondo a imprimir. 2. Medir y separar el alcohol a utilizar colocando en un envase dosificador de
acuerdo a la cantidad requerida para la pintura pesada, 3. Se coloca la pintura y el alcohol en un balde limpio. 4. Mezclar manualmente con una paleta (no se utilizan máquinas ni equipos) 5. Finalmente se vierte la pintura mezclada a las bandejas de la máquina
impresora. Los equipos y materiales que emplean para esta actividad son: Balanza para pesaje de pintura envase dosificador para medición del alcohol y un balde para la mezcla de la pintura. Para el manejo de los residuos sólidos peligrosos generados en esta actividad, se propone implementar un almacén central de residuos sólidos, que cumpla las condiciones establecidas en el D.S. N° 014-2017- MINAM. Finalmente, se realizará la contratación de una EO-RS autorizada, para la disposición final de los residuos peligrosos en un Relleno de Seguridad. Para el manejo ambiental de los COVs generados por esta actividad se implementará un filtro de carbón activado en la campana extractora. Como medida de manejo para la ocurrencia de derrames, toda el área de impresiones se encuentra pavimentada, lo cual impide el contacto directo con el suelo en caso de derrame. También se cuenta con un kit antiderrames en el área, el cual se usará inmediatamente ocurra algún derrame, los residuos generados serán almacenados como residuos peligrosos y serán dispuestos mediante una EO-RS autorizada.
l. Precisó que el producto terminado que no cumple con los requisitos de calidad o presenta fallas, también es manejado como material de descarte y es enviado al proveedor de materia prima para el servicio de pelletizado, luego de ello éste vuelve a ingresar al proceso de extrusión de la Planta.
m. Precisó que los clisses rotos son almacenados como residuos peligrosos, en el área de impresiones, luego serán dispuestos con una EO-RS autorizada para la disposición final de los residuos peligrosos a un Relleno de Seguridad.
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n. Precisó que el transporte de las bobinas producidas en las máquinas extrusoras a las máquinas impresoras y a las máquinas selladoras se realizá a través de estocas o apiladores manuales.
o. Precisó que la planta no cuenta con chimeneas; pero la campana extractora tiene un pequeño punto de desfogue en el techo que descarga al medio ambiente.
p. Precisó que solo se cuenta con un extractor de aire, el cual se encuentra en el área de impresiones para extraer los vapores generados por el alcohol isopropílico y las tintas empleadas, también se precisa que la actividad de impresión solo se realiza eventualmente entre 2 a 3 días a la semana debido a que las cantidades generadas son mínimas, pues la actividad de impresión solo se realiza eventualmente. El extractor instalado no cuenta con un tratamiento interno para gases. El extractor consta de ductos, un ventilador de succión y un punto de desfogue, sin embargo, como medida de manejo se propone instalar un filtro de carbón activado en la campana extractora, ello con el fin de retener los COVs .
q. Precisó que a la empresa SACOLA S.A.C. solo arrienda 500 m2 del terreno de MALUPLAST; por lo que, el terreno ocupado por la empresa SACOLA está fuera del alcance de la presente DAA.
03
a. El administrado debe precisar si genera sub producto y deberá completar la información en el siguiente cuadro:
Producto
elaborado
Cantidad
promedio (Kg./mes)
Subprodu
cto obtenido
Cantidad
promedio
mensual/ anual de subproducto
(t)
Aprovechamiento
del subproducto
b. El administrado en la tabla 5.16 del folio 48 del presente DAA exp: 00041129-2021 precisa las materias primas que emplea en sus procesos incluyendo insumos quimos que utiliza, por loque debe separar las materias primas de los insumos químicos que emplea en sus procesos.
c. El administrado deberá precisar el nombre de las materias primas, cual es el consumo mensual de estas y deberá precisar el nombre de cada uno de sus proveedores, esta información deberá completarla de acuerdo a lo requerido en el siguiente cuadro:
Tipo de recurso
(Materia prima) Cantidad Unidad
Dotación de
suministro
d. El administrado debe precisar el nombre de los insumos químicos incluido las pinturas que emplea en sus procesos, precisar en qué parte de sus procesos lo emplea, la cantidad de estos y el criterio
a. Precisó la información solicitada en el cuadro. b. Precisó por separado las materias primas e insumos químicos que emplea en sus
procesos. c. Precisó la información de acuerdo al cuadro solicitado de la observación. d. Precisó la información de acuerdo al cuadro solicitado de la observación. e. Precisó la información de acuerdo al cuadro solicitado de la observación.
Absuelta
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de peligrosidad, completar esta información de acuerdo a lo solicitado en el siguiente cuadro:
Proceso en el
que se utiliza el
insumo químico
Insumo
Químic
o
Nombr
e
comercial
CAS
#
Cantid
ad
mensu
al (kg./me
s)
Criterio de
Peligrosidad
Infl
am
ab
le
Co
rro
siv
o
Reacti
vo
Exp
losiv
o
Tó
xic
o
e. El administrado debe precisar en todos los equipos y maquinarias, donde se emplean, la capacidad o potencia de los equipos o maquinarias empleados, su antigüedad y si su uso es permanente o temporal, completar esta información de acuerdo a lo solicitado en el siguiente cuadro:
Maquinaria
y/o equipo
Proceso en
el que se utiliza
Canti
dad
Tipo y
cantidad de
combustibl
e que requiere
Capacidad
(Potenc
ia)
Antigüe
dad del equipo
Uso permane
nte o
temporal
04
a. El administrado preciso que cuenta con una campana extractora la cual debe contar con una fuente fija para el desfogue de gases, vapores prevenientes de la zona de impresión y también debe precisar si cuenta con otras chimeneas o fuentes de fijas de desfogue de material particulado, gases, vapores etc. provenientes de los procesos de recepción de la materia prima, darle color a la materia prima, el proceso de extrusión, el proceso de impresión, el proceso de sellado y la preparación de tintas en su planta, por lo que deberá precisar las cuales son estas fuentes de la generación de las emisiones o el particulado, la ubicación, el tipo de emisión, la cantidad de flujo, la altura de la chimenea y cuál es la media de tratamiento que se le da a estas emisiones, para lo cual deberá presentar la información en el siguiente cuadro:
Fuente de
generació
n
Ubicació
n / Activida
d
Tipo
de emisió
n
Cantidad de flujo (m3/h)
Altura
chimenea
(m)
Tratamiento
b. El administrado debe precisar e identificar las fuentes de emisiones difusas y/o fugitivas (particulado, vapores, COVs, humos, etc.) que se genera a lo largo de sus diferentes actividades de sus procesos productivos (recepción de la insumos químicos, darle color a la
a. Precisó la información de acuerdo al cuadro solicitado de la observación, Fuente de
generación
Ubicación /
Actividad Tipo de emisión
Cantidad de
flujo (m3/h)
Altura
chimenea (m)
Tratamient
o
Tintas de impresión
Área de Impresión
Compuestos Orgánicos Volátiles
No continuo -- No tiene tratamiento
El administrado precisa que la campana extractora, que se encuentra en el área de impresión, cuenta con un ducto de desfogue del aire, también precisó que la actividad en el área de impresión no es constante (funciona 2 o 3 veces por semana), adicional a esto, precisó que la planta no cuenta con chimeneas , por otro lado precisó que actualmente en la campana extractora no realiza algún tipo de tratamiento, sin embargo, como medida de manejo ambiental se propone la implementación de un filtro de carbono dentro de la campana extractora, ello con el fin de mitigar los COVs que puedan generarse en el área de impresión. b. Precisó la información de acuerdo al cuadro solicitado de la observación:
Fuente de generación Ubicación / Actividad
Tipo de emisión
Medida de Manejo Ambiental o Tratamiento (descripción)
Tintas de Impresión Alcohol Isopropílico
Área de impresión
Itinerante - Se emplea una campana extractora de aire, para ev itar la concentración de
v apores en el área de trabajo.
- El f uncionamiento del área impresión solo se realiza ev entualmente entre 2 a
3 días a la semana debido a que las
cantidades generadas son mínimas,
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materia prima, el proceso de extrusión , el proceso de impresión, el proceso de sellado y la preparación de tintas, entre otras) y esta tiene que estar debidamente sustentado, también deberá describir las características técnicas del sistema de tratamiento emisiones difusas y/o fugitivas que corresponda, para lo cual deberá presentar la información en el siguiente cuadro:
Fuente de
generación
Ubicación /
Actividad
Tipo de
emisión
Medida de Manejo
Ambiental o Tratamiento (descripción)
c. El administrado deberá identificar cuáles son la fuentes de generación de ruido y deberá precisar de cuánto es la intensidad de ruido (dB) generado en las actividades de recepción de la insumos químicos, darle color a la materia prima, el proceso de extrusión , el proceso de impresión, el proceso de sellado y también de la entrada y salida de vehículos, también deberá precisar cuáles son medidas de control que se aplicaran a estas fuentes de generación de ruido, cómo será el funcionamiento de estas y las características dichas medidas de control, para lo cual se recomienda presentar la información en el siguiente cuadro:
Fuente de generación
Intensidad de la fuente (dB) Medida de control
d. El administrado evaluar y demostrar técnicamente si producto de sus actividades se generan vibraciones también deberá precisar cuáles son medidas de control que se aplicaran a estas fuentes de generación de vibración, cómo será el funcionamiento de estas y las características dichas medidas de control, para lo cual se recomienda presentar la información en el siguiente cuadro:
Fuente de generación Medida de control
pues la activ idad de impresión solo se
realiza ev entualmente.
El administrado precisó que el extractor de aire no realiza algún tipo de tratamiento, también se precisó que el consumo mensual de tintas es de 15 kg/mes y de alcohol isopropílico es de 25 kg/mes, lo cual es poco significativo y el funcionamiento del área impresión solo se realiza eventualmente entre 2 a 3 días a la semana debido a que las cantidades generadas son mínimas, pues la actividad de impresión solo se realiza eventualmente, adicional a esto, esta activad se realiza dentro de las instalaciones de la planta la cual cuenta con paredes de concreto y se encuentra techada, sin embargo, como medida de manejo ambiental se propone la implementación de un filtro de carbono dentro de la campana extractora, ello con el fin de mitigar los COVs que puedan generarse en el área de impresión. c. Precisó la información de acuerdo al cuadro solicitado de la observación:
Fuente de
generación
Intensidad de la
fuente (dB) Medida de control
Ingreso de Materia
Prima 61.6
Solicitar a los v ehículos que ingresan (con materia prima e
insumos químicos) a la Planta MALUPLAST, la Constancia de
Inspección Técnica Vehicular o su Certif icado de conf ormidad
de operativ idad de Vehículos.
Proceso de
Extrusión 63.0
Continuar con el mantenimiento prev entiv o y correctivo de los
equipos y maquinarias, a f in de asegurar su óptimo f uncionamiento y mantener al mínimo la generación de Ruido.
Sellado 61.6
Continuar con el mantenimiento prev entiv o y correctivo de los
equipos y maquinarias, a f in de asegurar su óptimo f uncionamiento y mantener al mínimo la generación de Ruido
Impresión 61.6 Continuar con el mantenimiento prev entiv o y correctivo de los equipos y maquinarias, a f in de asegurar su óptimo
f uncionamiento y mantener al mínimo la generación de Ruido
Empacado 61.6 Continuar con el mantenimiento prev entiv o y correctivo de los equipos y maquinarias, a f in de asegurar su óptimo
f uncionamiento y mantener al mínimo la generación de Ruido
Despacho de
producto terminado 61.6
Se implementará señalética de prohibición de uso de sirenas
y claxon al ingreso de la Planta.
El administrado propone como medidas de control continuar con los mantenimientos preventivo y correctivo, también se precisó que la planta cuenta con muros de más de 3 metros y está debidamente techada. También se precisó que el administrado realizó monitoreos de ruido con la planta parada y con la planta en funcionamiento:
Punto Descripción Fecha/ Hora
Niveles de ruido (dBA) ECA
Residencial
(dBA) Máximo Mínimo LAeqt
Ruido Ambiental Diurno con la “PLANTA EN PARA”
RA-01 Parte f rontal
izquierda de la planta 14-02-2022 /
10:20 h. 87.2 51.5 67.6 60
RA-02 Parte f rontal derecha
de la planta 14-02-2022 /
10:37 h. 97.26 53.4 75.4 60
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Ruido Ambiental Diurno con la “PLANTA EN FUNCIONAMIENTO”
RA-02 Parte f rontal
izquierda de la planta 14-02-2022 /
12:58 h. 85.0 53.5 68.7 60
RA-02 Parte f rontal derecha
de la planta
14-02-2022 /
13:15 h. 82.7 51.9 66.0 60
Fuente: Inf ormes de Ensay o N°: IE-22-2038 (para la planta parada) y IE-22-2036 (para la planta en
f uncionamiento) del Laboratorio ALAB y la cadena de custodia (donde se precisa que la planta se encuentra en f uncionamiento o en para) presentado en el Anexo N° 1 de la inf ormación complementaria del
lev antamiento de observ aciones de la DAA (EXp: 00011763-2022)
Por lo que, se concluye que los resultados del monitoreo de ruido, estos son producto de agentes externos a MALUPLAST, tales como la circulación de vehículos y actividades industriales cercanas a la planta. d. Precisó que no generan vibraciones en sus procesos debido a que sus equipos no
cuentan con motores de alta potencia.
05
Generación de residuos sólidos a. El administrado debe precisar cuál es tratamiento que se le va
dar a los residuos sólidos peligrosos, residuos sólidos líquidos peligrosos y donde serán dispuestos estos.
b. El administrado debe describir en qué consistirá las actividades de reciclaje de residuos de papel/cartón y en qué consistirá el reciclaje de residuos plásticos.
c. El administrado debe precisar cómo es el tratamiento de los residuos líquidos peligrosos que provenientes de las maquinas imprentas y preparación de tintas, por lo que deberá completar la información solicitada en el siguiente cuadro:
Nombre
del residuo
Fuente de
generac
ión
Cantidad
(Kg/
mes)
Clasific
ación
dentro de los
Anexos
III o V del
RLGIRS
Caracte
rística
de peligros
idad
Aprovec
hable
Valorización
material
o energéti
ca
No
aprovecha
ble Tratamient
o previo a
la disposició
n final
d. El administrado debe describir como es la forma de almacenamiento de RRSS peligros, los residuos peligrosos líquidos y los RRSS no peligrosos en la actualidad, precisar cuál es la ubicación de estos almacenes, también debe describir como son las instalaciones del almacenamiento de residuos sólidos peligrosos u no peligrosos, esta información deberá precisarla de acuerdo al siguiente cuadro. Almacén de residuos sólidos Descripción
a. Precisó que se va implementar un almacén central de residuos sólidos peligrosos de acuerdo a lo indicado en el D.S. N° 014-2017-MINAM, con respecto a los residuos líquidos peligrosos, precisó que éstos no se generan ya que los insumos empleados se usan en su totalidad.
b. Precisó que no se realizaran actividades de reciclaje de papel/cartón, si no que realizará la comercialización de estos residuos a través de una OE-RS, para el caso de material de descarte (residuo de plástico), estos serán entregados a la empresa (S.G.M. IMPORTACIONES S.A.C.) que abastece de pellets de polietileno (materia prima), donde transformarán los plásticos entregados en materia prima, con el objetivo de que pueda iniciar nuevamente el proceso dentro de las instalaciones de la planta.
c. Precisó que no se generan residuos líquidos peligrosos en sus procesos, puesto que se emplea la totalidad de los productos líquidos, y se utilizan trapos industriales para la limpieza, evitando la generación de este tipo de residuos.
d. Precisó la siguiente información de acuerdo a lo solicitado en el cuadro de la observación: Almacén de residuos
sólidos Descripción
RESIDUOS SÓLIDOS
PELIGROSOS
Actualmente el almacenamiento de residuos sólidos peligrosos se realiza en
las áreas de generación (área de impresiones), en contenedores plásticos
rotulados y con tapas, cabe resaltar que todas las instalaciones cuentan con una losa de concreto de 20 cm de espesor el cual protege el suelo y en un
ambiente techado. También precisa que v a implementar un almacén central
de residuos sólidos peligrosos de acuerdo a lo indicado en el D.S. N° 014-
2017-MINAM
RESIDUOS SÓLIDOS
NO PELIGROSOS
Actualmente MALUPLAST solo cuenta con almacenamiento primario para los
residuos sólidos no peligrosos los cuales se almacenan en el área de generación (área de producción N° 1 y almacén de producto terminado y área
de producción N° 2), cabe resaltar que todas las instalaciones de la planta
MALUPLAST, cuenta con una losa de concreto de 20 cm de espesor y en un
ambiente techado. También precisa que se implementará un almacén central de residuos sólidos no peligrosos.
Absuelta
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06
El administrado debe precisar con quienes colida la planta industrial, asimismo, precisar si son viviendas.
Precisó que el predio colinda con:
- Frente de la Planta MALUPLAST: Colinda con una empresa de terceros dedicada al almacén de productos.
- Lateral Derecho Planta MALUPLAST: Se ubica un local comercial (bodega), propiedad de terceros.
- Lateral Izquierdo Planta MALUPLAST: Se ubican viviendas, propiedades de terceros.
- Parte Posterior Planta MALUPLAST: Colinda con un taller de mantenimiento de vehículos.
Absuelta
07
a. El administrado debe sustentar técnicamente de acuerdo a sus procesos productivos, materia prima e insumos que emplea y las medidas de control ambiental con las que cuenta en la actualidad, porque son necesarios los parámetros de calidad de aire que fueron monitoreados y los parámetros que propone realizar como parte del seguimiento, también debe precisar e identificar cuáles son las fuentes dentro de sus procesos donde se generan los parámetros monitoreados para la calidad de aire.
b. El administrado debe precisar porque no realizo el monitoreo de lo COVs, que se generan en el extrusión, impresión, sellado y preparación de tintas.
c. El administrado debe justificar porque le corresponde la zonificación industrial al predio donde se encuentra la planta, asimismo tener en cuenta si colinda con viviendas.
a. Precisó lo siguiente: Parámetro Propuesta Sustento
COVs
(Benceno)
Considerar
en el
programa de
monitoreo
En el ECA actual (D.S. N° 003-2017-MINAM), el parámetro Benceno, es
considerado para monitoreo de compuestos orgánicos v olátiles.
MALUPLAST emplea alcohol isopropílico y tintas en el proceso de impresión,
por lo que se considerará el presente parámetro.
Material
Particulado (PM10)
No incluir
en el programa
de
monitoreo
Al interior de la Planta MALUPLAST no se genera la emisión de Materia l
Particulado (PM10), debido a que la totalidad del predio se asienta sobre una
plataf orma de concreto de 20 cm de espesor, la empresa no utilizan materia
prima en polv o, además de que no se realiza ninguna activ idad de trituración
o chancado que pudiera generar material particulado; lo prev iamente mencionado se ev idenció en los resultados del monitoreo ambiental, cuy os
v alores salieron por debajo de la normativ a con la que f ueron comparadas.
Dióxido de
Nitrógeno
NO incluir
en el
programa de
monitoreo
El NO2, prov iene de las activ idades antropogénicas, particularmente por la
quema de combustibles f ósiles; sin embargo, las principales f uentes son los
incendios f orestales y de pastos, y la activ idad v olcánica (Fuente: Inf orme Nacional de la Calidad del Aire 2013-2014: MINAM), lo prev iamente
mencionado se ev idenció en los resultados del monitoreo ambiental, cuy os
v alores salieron por debajo de la normativ a con la que f ueron comparadas.
Dióxido de
Azuf re
No se
incluy e en el programa
de
monitoreo
El SO2, prov iene de las activ idades antropogénicas, particularmente por la
combustión del carbón y petróleo; sin embargo, las principales f uentes son f undiciones y siderúrgicas (Fuente: Inf orme Nacional de la Calidad del Aire
2013-2014: MINAM), ello se ev idenció en los resultados del monitoreo
ambiental, donde los v alores salieron por debajo del Límite Máximo de
Detección del laboratorio.
Monóxido
de Carbono
No se
incluy e en
el programa de
monitoreo
El monóxido de carbono (CO) prov iene principalmente del proceso de
combustión que se realiza en los v ehículos y /o generadores eléctricos. También debemos indicar que, existe una gran af luencia v ehicular en las
calles aledañas al predio en estudio, los cuales inf luencian en la
concentración de este parámetro, por lo que la Planta Industrial no contribuy e
con la generación de CO. Asimismo, las bajas concentraciones se ev idenciaron en los resultados del monitoreo ambiental, donde los v alores
salieron por debajo del Límite Máximo de Detección del laboratorio.
Sulf uro de Hidrogeno
No se incluy e en
el programa
de monitoreo
Este parámetro es generado por reacciones bioquímicas en tratamientos de
agua residual, por lo que, no tiene relación con las activ idades del proy ecto.
No tiene relación con las activ idades.
Absuelta
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Adicional a esto se modificó el programa de monitoreo ambiental de calidad de aire propuesto en la DAA, debido a los sus tentos presentados anteriormente.
Estacion
es de monitore
o
Coordenad
as UTM WGS 84 –
Zona 18L
Descripción
de la ubicación
Frecuencia
Parámetros
Valor de
comparación
Norma de referencia
Calidad de aire
CA-01
(Barlov ento)
8 689 911 N
0 271 234 E
Sobre el techo
del Predio Vecino
Anual COVs
(Benceno) 2 µg/m3 D.S. N° 003-2017-
MINAM.
CA-02 (Sotav ento)
8 689 909 N 0 271303 E
Sobre el techo de las Of icinas
Administrativ as
b. Precisó que no se realizó el monitoreo de COVs (Benceno) en la línea base, debido a que el proceso de impresión es esporádico (1 o 2 veces por semana) y se considera imperceptible en el área de estudio; sin embargo, en el programa de monitoreo se considerará el parámetro COVs (Benceno) con una frecuencia anual, debido al uso de tintas.
c. Precisó que debido a que colinda con viviendas se considera la zonificación residencial, por lo que, en el monitoreo de ruido se considera dicha zonificación para la comparación con los ECA.
08
a. El administrado debe precisar cuáles son las fuentes de generación de los impactos ambientales y describir que medidas ambientales propuestas implemento o piensa implementar para el tratamiento de la generación de material particulado, emisiones gaseosas, efluentes, ruidos, vibraciones, y residuos sólidos peligrosos y no peligrosos, por lo que deberá precisar dicha información en el siguiente cuadro:
Impacto ambiental
(solo negativo)
Fuentes
impactantes
Calificación
propuesta
Medida ambiental propuestas por el
administrado
b. El administrado debe evaluar y valorizar los impactos ambientales generados por la generación de emisiones difusas y/o fugitivas (particulado, vapores, COVs, humos, etc.) que se generan en los procesos de extrusión, impresión, sellado y preparación de tintas, también deberá precisar con qué medidas de manejo ambiental cuenta para tratar estos efluentes o cuales son las medidas que piensa implementar, por lo que deberá precisar dicha información en el cuadro de la observación 08a.
c. El administrado debe evaluar y valorizar los impactos ambientales generados por la generación de residuos sólidos peligrosos, los residuos líquidos peligrosos y no peligrosos en todos sus procesos, también deberá precisar con qué medidas de manejo ambiental
a. Precisó la información solicitada en el cuadro de la observación. b. Precisó la información solicitada en el cuadro de la observación 8a. c. Precisó la información solicitada en el cuadro de la observación 8a. d. Precisó que no se genera vibraciones en sus procesos. e. Precisó que no se genera material particulado en sus procesos.
Absuelta
| DIRECCIÓN DE EVALUACIÓN AMBIENTAL
“Decenio de la Igualdad de Oportunidades para Mujeres y Hombres”
"Año del Fortalecimiento de la Soberanía Nacional”
“Año del Bicentenario del Congreso de la República del Perú”
Esta es una copia autenticada imprimible de un documento electrónico archiv ado por el MINISTERIO DE LA PRODUCCIÓN, aplicando lo dispuesto por el Art. 25 del D.S. 070-2013- PCM y la Tercera Disposición
Complementaria Final del D.S. 026-2016-PCM. Su autenticidad e integridad pueden ser contrastadas
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cuenta para tratar estos residuos (peligrosos y no peligrosos) o cuales son las medidas que piensa implementar, por lo que deberá precisar dicha información en el cuadro de la observación 08a.
d. El administrado debe evaluar y valorizar los impactos ambientales generados por la generación de vibraciones, también deberá precisar con qué medidas de manejo ambiental cuenta para tratar estos efluentes domésticos o cuales son las medidas que piensa implementar, por lo que deberá precisar dicha información en el cuadro de la observación 08a.
e. El administrado debe precisar y describir técnicamente que medidas de control ambiental va implementar o piensa implementar para el material particulado que se genera por la dosificación de la materia prima en las maquinas extrusoras y para la pigmentación de la materia prima, por lo que deberá precisar dicha información en el cuadro de la observación 08a.
09
a. El administrado deberá justificar técnicamente de acuerdo a los
procesos que realiza, las materias primas e insumos que emplea
en sus procesos, los resultados de los monitores ambientales de
calidad de aire, las medidas de control implementadas y las que
piensa implementar, porque va realizar los monitores de calidad de
aire, también debe justificar técnicamente cada uno de los
parámetros que propone monitorear.
b. El administrado debe justificar técnicamente porque en su plan de
seguimiento y control de la tabla N° 30, este no requiere realizar el
monitorear los otros parámetros del ECA de aire como por el
ejemplo el Benceno.
c. El administrado deberá justificar técnicamente de acuerdo a los
procesos que realiza, los resultados de los monitores ambientales
de calidad de ruido, las medidas de control implementadas y las
que piensa implementar, porque va realizar los monitores de
calidad de ruido.
a. Precisó que de acuerdo a los resultados de los monitoreos de calidad aire y a los
procesos que realiza la empresa, ésta no se genera SO2, NO2, CO y material
particulado, por lo que, no se van a monitorear estos parámetros en los monitoreos
de calidad de aire.
b. Precisó que sí se está considerando al Benceno (C6H6) debido a que se genera
en la actividad de impresión del proceso productivo, motivo por el cual se presenta
el Programa de Monitoreo Ambiental. Estaciones
de
monitoreo
Coordenadas
UTM WGS 84
– Zona 18L
Descripción de la
ubicación
Frecuenc
ia Parámetros
Valor de
comparaci
ón
Norma de referencia
Calidad de aire CA-01
(Barlov ento)
8 689 911 N
0 271 234 E
Sobre el techo del
Predio Vecino
Anual
Compuestos
Orgánicos Volátiles
(Benceno)
2 µg/m3 D.S. N° 003-2017-MINAM CA-02
(Sotav ento)
8 689 909 N
0 271303 E
Sobre el techo de
las Of icinas
Administrativ as
Parámetros meteorológicos
EM-01
(Meteorología)
8 689 909 N
0 271303 E
Sobre el techo de
las Of icinas Administrativ as
Anual
Humedad, Temperatura,
Presión,
Velocidad y
Dirección del Viento
--- ---
Niveles de ruido ambiental (Diurno y Nocturno)
RA-01 8 689 906 N 0 271 311 E
Parte f rontal del
predio, lado
Sureste. Anual
Niv el de presión
sonora con
f iltro de ponderación
Zona
Residencial: 60 dB(A) –
Diurno
D.S. N° 085-2003–PCM,
RA-02 8 689 920 N
0 271 297 E
Parte f rontal del
predio, lado
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Noroeste. “A”
c. Precisó que se realizaron monitoreos de ruido con la planta parada y con la planta en funcionamiento, los cuales dieron como resultados lo siguiente:
Punto Descripción Fecha/ Hora Niveles de ruido (dBA) ECA
Residencial
(dBA) Máximo Mínimo LAeqt
Ruido Ambiental Diurno con la “PLANTA EN PARA”
RA-01 Parte f rontal
izquierda de la planta
14-02-2022 /
10:20 h. 87.2 51.5 67.6 60
RA-02 Parte f rontal derecha
de la planta
14-02-2022 /
10:37 h. 97.26 53.4 75.4 60
Ruido Ambiental Diurno con la “PLANTA EN FUNCIONAMIENTO”
RA-02 Parte f rontal
izquierda de la planta
14-02-2022 /
12:58 h. 85.0 53.5 68.7 60
RA-02 Parte f rontal derecha
de la planta 14-02-2022 /
13:15 h. 82.7 51.9 66.0 60
Fuente: Inf ormes de Ensay o N°: IE-22-2038 (para la planta parada) y IE-22-2036 (para la planta en f uncionamiento) del Laboratorio ALAB y la cadena de custodia (donde se precisa que la planta se encuentra
en f uncionamiento o en para) presentado en el Anexo N° 1 de la inf ormación complementaria del
lev antamiento de observ aciones de la DAA (EXp: 00011763-2022).
Por lo que, se concluye que dichos resultados del monitoreo de ruido son producto de agentes externos a MALUPLAST, tales como la circulación de vehículos y actividades industriales cercanas a la planta, pues los procesos productivos que se desarrollan en la Planta Puente Piedra no generan ruido perceptible en el ambiente del área de estudio, sin embargo, precisó que realizará el monitoreo de ruido de acuerdo a la nueva propuesta del programa de monitoreo ambiental realizada en la observación 9b.
10
Presentar un Cronograma de implementación de las medidas de
prevención, mitigación o corrección de los impactos ambientales
propuestos en la DAA, incluyendo las medidas de manejo ambiental
que se incluyan producto del levantamiento de observaciones,
conforme al siguiente cuadro. Proceso o activ idad
que genera el impacto
Impacto Ambiental
Medidas de
Manej o Ambiental
Fase (1)
Cronograma (2) Tipo de medida
M, P o C **
Frecuencia
***
Indicador ****
Responsable del
seguimiento
Costo Aprox.
(S/.) 1 2 3 4
(1) Operación o cierre. (2) Plazo de implementación hasta 5 años.
** P: Prevención, C: Correctivo, M: Mitigación. *** La frecuencia puede ser Permanente (diario, mensual, trimestral, semanal, etc.) o puntual (única vez)
****Precisar el indicador que permita medir la efectividad de la medida de manejo ambiental .
Presentó la información solicitada y se completó el cuadro de la observación.
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Anexo Nº 2 Cronograma de implementación de las medidas de prevención, mitigación o corrección de los impactos ambientales
Proceso o activ idad que
genera el impacto
Impacto
Ambiental Medidas de Manejo Ambiental Fase (1)
Cronograma (2) Tipo de medida
M, P o C
*
Frecuencia
**
Indicador
***
Responsable
del seguimiento
Costo Aprox.
(S/.) 1er.
Trim.
2do.
Trim.
3er.
Trim.
4to.
Trim
Área de Impresión
Alteración de la
calidad de aire
Implementar un fi ltro de carbón
activado en la campana extractora de aire en el área de impresión.
Operación -- -- -- X C Puntual
Implementación
del fi ltro de carbón activado
Jefe de
producción
Costo por definir
Alteración de
calidad de suelo
Implementar un Kit de derrame de
sustancias químicas. Operación
X X X X M Permanente
Implementación
del KIT
Jefe de
producción
Costo por definir
Ingreso de Materia Prima
Alteración de la calidad de ruido
Colocar un cartel en la puerta principal del predio que prohíba el
uso de sirenas u otro tipo de fuentes de ruido innecesarias a todos los
vehículos que ingresen a la Planta.
Operación -- X -- -- C Puntual Instalación de
carteles
Jefe de
producción S/ 300.00
Solicitar a los vehículos que
ingresan (con materia prima e insumos químicos) a la Planta
MALUPLAST, la Constancia de Inspección Técnica Vehicular o su
Certificado de Conformidad de Operatividad de Vehículos.
Operación
X X X
X C Permanente
Numero de
constancias revisadas al
mes
Jefe de producción
Sin costo
Operación
(Todos los procesos)
Alteración de
calidad de Ruido
Continuar con el mantenimiento
preventivo y correctivo de los equipos, maquinarias y unidades
vehiculares, a fin de asegurar su óptimo funcionamiento y mantener
al mínimo la generación de ruido.
Operación
X X X
X P Permanente
Numero de mantenimiento
s realizados al mes
Jefe de
producción
Costo por definir
Alteración de
calidad de suelo
Implementar contenedores de colores, según la NTP
900.058.2019, éstos se ubicarán estratégicamente en el predio, con
el objetivo de realizar la segregación en la fuente de los residuos sólidos
peligrosos y no peligrosos.
Operación -- -- -- X M Puntual Implementació
n de
contenedores
Jefe de producción
S/ 2500.00
Implementar un Almacén Central de
Residuos Sólidos No Peligrosos, el cual contará con las siguientes
características: Contenedores de colores con tapa en buen estado,
área con piso de concreto y ventilada, además se colocará un
cartel que indique el tipo de residuos
Operación -- X -- -- M
Puntual
Implementació
n del almacén de RRSS no
peligrosos.
Jefe de
producción
S/ 4000.00
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Proceso o activ idad que
genera el impacto
Impacto
Ambiental Medidas de Manejo Ambiental Fase (1)
Cronograma (2) Tipo de medida
M, P o C
*
Frecuencia
**
Indicador
***
Responsable
del seguimiento
Costo Aprox.
(S/.) 1er.
Trim.
2do.
Trim.
3er.
Trim.
4to.
Trim
que se debe colocar en los
contenedores.
Implementar un Almacén Central de Residuos Sólidos Peligrosos, en
base a lo indicado en el artículo 54 del D.S. N° 014- 2017-MINAM
Operación -- -- X -- M
Puntual Implementación del almacén
de RRSS peligrosos
Jefe de producción
S/ 2000.00
Capacitar al personal acerca del
manejo adecuado de residuos sólidos, así como de las acciones de
respuestas en caso de derrames de sustancias peligrosas.
Operación -- -- -- X P Anual Número de
capacitaciones
realizadas
Jefe de
producción S/ 400.00
* M: Mitigación, P: Preventivo, C: Correctivo ** La frecuencia puede ser permanente (diario, mensual, trimestral, semanal, etc.) o puntual (única vez) ***Precisar el indicador que permita medir la efectividad de la medida de manejo ambiental. (1) Operación o cierre (2) Plazo de implementación hasta 1 año, de acuerdo al artículo 60 del RGA.
Anexo N° 3
Programa de Monitoreo Ambiental
Componente Estación Estación
Ubicación Coordenadas
Parámetros Número de mediciones
Frecuencia Normas y valores de
comparación Este Norte
Calidad de Aire
CA-01 (Barlovento)
Sobre el techo del Predio Vecino
271234 8670983 COVs
(Benceno)
01 Anual DS N° 003-2017-MINAM
CA-02 (Sotavento)
Sobre el techo de las Oficinas Administrativas.
271303 8689909 01
RUIDO AMBIENTAL
R-01 Parte frontal izquierda de la
planta 271311 8689916
LAeqt (diurno)
01 Anual
D.S. N° 085-2003 PCM Zona Residencial
R-02 Parte frontal derecha de la
planta 271311 8689925 01
Nota1: Los monitoreos ambientales se realizarán durante la vida útil de la planta industrial. Nota2: Los monitoreos ambientales deben ser efectuados conforme a lo indicado en el artículo 15 del RGA.
Nota3: El número de mediciones y procedimientos a seguir se encontrará determinado por los protocolos de monitoreo aplicables vigentes.
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Anexo Nº 4 Frecuencia para la presentación del reporte ambiental
Etapa Fecha de presentación del reporte ambiental*
Operación Presentación del Reporte Ambiental (Informe de Implementación del Plan de Manejo Ambiental -PMA e Informe de Monitoreo Ambiental) al décimo tercer (13°) mes de notificada la Resolución Directoral que apruebe la presente DAA, y en adelante de manera anual.
(*) El titular debe presentar el Reporte Ambiental al ente f iscalizador, informando los resultados de las acciones de monitoreo, seguimiento y control consignados
en el Anexo N° 3 del presente informe, y la evidencia de la implementación de las obligaciones ambientales referidas a las medidas de prevención, mitigación o corrección de los impactos ambientales señaladas en el Anexo N° 2 del presente informe. La presentación del Reporte Ambiental deberá contener documentos justif icados de las acciones de implementación y podrán ser presentados de acuerdo al Formato de seguimiento indicado en el Anexo N° 5 del presente informe.
Una vez culminada la implementación de medidas de manejo ambiental puntuales (1 año), se deberá continuar, durante toda la vida útil de la actividad con la implementación de las medidas de manejo permanentes en la frecuencia establecida en el cronograma de medidas de manejo ambiental (Anexo N° 2 del presente informe), asimismo, los monitoreos deben realizarse durante toda la vida útil de la actividad en la frecuencia establecida en el Anexo N° 3 del presente
informe. Los Reportes Ambientales deberán ser presentados durante toda la vida útil de la actividad industrial, los cuales deberán ser presentados siguiendo la frecuencia establecida en el presente Anexo N° 4.
Anexo N° 5 Formato Sugerido para el Reporte Ambiental1
N° Actividad General
Actividad Específica
Fecha Inicio
Fecha Conclusión
Inversión Total (S/.)
Acciones Implementadas
Inversión a la fecha (S/.)
Nota: La ejecución de las actividades deben estar validadas adjuntando fotos, recibos, contratos, entre otra información de sustento.
1 Corresponde al Organismo de Ev aluación y Fiscalización Ambiental (OEFA) determinarlo, pero en tanto ello no suceda, el administrado puede utilizar el f ormato mencionado para la presentación del reporte
ambiental.
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