clase 1 m2 legislacion ambiental
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Clase 1 2015
Mdulo 2
Gestin Ambiental Paula Bustamante
Ing. Prevencin de Riesgos y Medio Ambiente
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Introduccin a la Legislacin Ambiental
DERECHO A VIVIR EN UN MEDIO AMBIENTE LIBRE DE CONTAMINACIN
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POLTICAS AMBIENTALES u CONJUNTO DE PRINCIPIOS, DIRECTRICES Y OBJETIVOS TENDIENTES A UN
DESARROLLO AMBIENTALMENTE SUSTENTABLE. u DEBE DEFINIR LOS PRINCIPIOS RECTORES Y OBJETIVOS BASICOS ACERCA DE
LO QUE EL PAIS SE PROPONE ALCANZAR EN MATERIA AMBIENTAL
LEGISLACION AMBIENTAL u ESTATUTO JURIDICO QUE DEFINE EL CARACTER Y CONTENIDO DE LAS
POLITICAS AMBIENTALES, FIJANDO LAS PRERROGATIVAS, ATRIBUCIONES Y LIMITES DE LA GESTION AMBIENTAL, Y REGULA LOS ELEMENTOS ORGANICOS, FUNCIONALES Y PROCEDIMENTALES DE LA INSTITUCIONALIDAD AMBIENTAL.
INSTITUCIONALIDAD AMBIENTAL u ESTRUCTURA DE ORGANIZACION EN EL SENO DEL ESTADO CUYO OBJETIVO ES
PONER EN PRACTICA LA GESTION AMBIENTAL.
INSTRUMENTOS DE GESTIN AMBIENTAL u MECANISMOS Y HERRAMIENTAS OPERATIVAS QUE PERMITEN PONER EN PRACTICA LAS POLITICAS AMBIENTALES. u INSTRUMENTOS TCNICOS, ECONMICOS, ETC.
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Poltica Ambiental
FUNDAMENTOS DE LA POLTICA AMBIENTAL CALIDAD DE VIDA DE LAS PERSONAS. COMPLEMENTARIEDAD ENTRE EL DESARROLLO
SOCIOECONMICO Y LA SUSTENTABILIDAD AMBIENTAL.
EQUIDAD SOCIAL Y SUPERACIN DE LA POBREZA.
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OBJETIVO GENERAL PROMOVER LA SUSTENTABILIDAD AMBIENTAL
DEL PROCESO DE DESARROLLO, CON MIRAS A MEJORAR LA CALIDAD DE VIDA DE LOS CIUDADANOS, GARANTIZANDO UN MEDIO AMBIENTE LIBRE DE CONTAMINACIN, LA PROTECCIN DEL MEDIO AMBIENTE, LA PRESERVACIN DE LA NATURALEZA Y LA CONSERVACIN DEL PATRIMONIO AMBIENTAL.
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OBJETIVOS ESPECFICOS
RECUPERAR Y MEJORAR LA CALIDAD AMBIENTAL PREVENIR EL DETERIORO AMBIENTAL FOMENTAR LA PROTECCIN DEL PATRIMONIO AMBIENTAL
Y EL USO SUSTENTABLE DE LOS RECURSOS NATURALES INTRODUCIR CONSIDERACIONES AMBIENTALES EN EL
SECTOR PRODUCTIVO INVOLUCRAR A LA CIUDADANA EN LA GESTIN
AMBIENTAL. FORTALECER LA INSTITUCIONALIDAD AMBIENTAL A NIVEL
NACIONAL Y REGIONAL PERFECCIONAR LA LEGISLACIN AMBIENTAL Y
DESARROLLAR NUEVOS INSTRUMENTOS DE GESTIN
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Legislacin Ambiental
PANORAMA GENERAL ANTES DE LA LEY 19.300: APROXIMADAMENTE 1200 NORMAS JURIDICAS DE
RELEVANCIA AMBIENTAL, VIGENTES DESDE APROXIMADAMENTE 1916 HASTA EL 2001. LEYES, DECRETOS LEYES, DECRETOS CON FUERZA DE LEY, REGLAMENTOS, RESOLUCIONES DE SERVICIOS PUBL ICOS , ORDENANZAS MUN IC I PALES E INSTRUMENTOS INTERNACIONALES RATIFICADOS POR CHILE.
REGULACIONES PREFERENTEMENTE DE CARCTER SECTORIAL
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PRINCIPALES CARACTERISTICAS DE ESTA LEGISLACION u MULTIPLICIDAD Y DISPERSION DE TEXTOS NORMATIVOS
(FALTA DE ORGANICIDAD) u DUPLICIDADES Y SUPERPOSICION DE NORMAS RESPECTO
DE UNA MISMA MATERIA CAUSAS PRINCIPALES
AUSENCIA DE OBJETIVOS COMUNES DISTINTAS POCAS DE DICTACIN
(FALTA DE UN MARCO CONCEPTUAL DE POLITICA AMBIENTAL)
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EFECTOS DESCONOCIMIENTO DE SUS ALCANCES
N O R M A T I V O S , T A N T O P O R L O S A D M I N I S T R A D O S C O M O P O R L O S OPERADORES DE ESTA LEGISLACION.
INCERTIDUMBRE SOBRE LA VIGENCIA DE LOS TEXTOS ORIGINALES
ALTO GRADO DE INCUMPLIMIENTO DE LA LEGISLACION
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TITULO I Disposiciones Generales TITULO II De los Instrumentos de Gestin Ambiental TITULO III De la Responsabilidad por Dao Ambiental TITULO IV De la Fiscalizacin TITULO V Del Fondo de Proteccin Ambiental TITULO FINAL De la Comisin Nacional del Medio Ambiente
LEY 19.300
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Objetivos de la Ley 19.300
1. Darle un contenido concreto y un desarrollo j u r d i c o a d e c u a d o a l a g a r a n t a constitucional que asegura a todas las personas el derecho a vivir en un medio ambiente libre de contaminacin.
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Objetivos de la Ley 19.300
2. Crear una institucionalidad que permita a nivel nacional solucionar los problemas ambientales existentes y evitar la creacin de otros (CONAMA)
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Objetivos de la Ley 19.300
3. Crear los instrumentos para una eficiente gestin del problema ambiental, de modo que se pueda dar una adecuada proteccin de los recursos naturales.
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Objetivos de la Ley 19.300
4. Disponer un cuerpo legal general, al cual se pueda referir toda la legislacin ambiental sectorial.
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Principios
Preventivo: se pretende evitar que se produzcan los problemas ambientales. No superar los problemas ambientales una vez producidos.
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Principios
El qu contamina paga: el particular que actualmente contamina, o que lo haga en el futuro, debe incorporar a sus costos de produccin, todas las inversiones necesarias para evitar la contaminacin.
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Principios
Responsabilidad: los responsables por los daos ambientales deben reparar a las vctimas de todo dao. Adems, se busca reparar materialmente el dao causado al medio ambiente, obligando al causante del dao a restaurar el paisaje deteriorado. "responsabilidad por dao ambiental".
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Principios
Participativo: Este principio es de vital importancia en el tema ambiental, puesto que para lograr, una adecuada proteccin del med io amb iente se requ iere de l a concurrencia de todos los afectados en la problemtica
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Principios
Eficiencia. las medidas a adoptar por la autoridad para enfrentar los problemas ambientales, sean del menor costo social posible.
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Caractersticas Generales y Estructura de la Ley 19.300
Durante mucho tiempo el deterioro ambiental era aceptado como un mal necesario y ni el Estado ni el sector productivo lo tenan entre sus prioridades, ya que stas estaban enfocadas principalmente hacia el aumento de las exportaciones e incremento de la produccin.
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ENTONCES APARECE LA LEY 19.300
Aparece como un cuerpo legal bsicamente instrumental con alcance o p e r a c i o n a l , e n c u a n t o a l a s herramientas que crea y pone a disposicin de la comunidad, e institucional por la estructura de gestin que establece y desarrolla.
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Carcter operacional
Se manifiesta por contener, entre otros, definiciones y procedimientos para la dictacin de normas primarias y secundarias de calidad, educacin ambiental, planes de manejo, prevencin y descontaminacin.
El principal instrumento de gestin ambiental que se crea y desarrolla es el Sistema de Evaluacin de Impacto Ambiental (SEIA).
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Carcter institucional
Se manifiesta en la creacin de la Comisin Nacional del Medio Ambiente (CONAMA), como servicio pblico descentralizado, con personalidad jurdica y patrimonios propios.
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CONAMA
proponer e implementar polticas ambientales
coordinar el aparato pblico para una acertada gestin de las polticas
ambientales
promover la participacin de la ciudadana.
promover la participacin del sector privado
en la gestin ambiental
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Principales Instrumentos de Gestin Ambiental
Algunos de ellos corresponden a la adecuacin de instrumentos previamente existentes que han sido tradicionalmente utilizados en las gestin sectorial:
dictacin de normas sistemas nacional de reas silvestres protegidas
Otros son absolutamente nuevos:
sistemas de evaluacin de impacto ambiental sistema nacional de informacin ambiental.
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Clasificacin Instrumentos de Gestin Ambiental, segn su naturaleza
Instrumentos para la Fijacin de Condiciones Ambientales
Instrumentos Preventivos Instrumentos de Correccin Instrumentos de Cumplimiento Instrumentos Econmicos Instrumentos de Educacin e Investigacin Instrumentos de Participacin Ciudadana Instrumentos para la Generacin de Informacin
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La LBGMA dota al Estado de diversos instrumentos de gestin que pueden ser
utilizados en la implementacin de la POLTICA AMBIENTAL.
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LEY 20.417: NUEVA INSTITUCIONALIDAD
AMBIENTAL
CRTICAS A LA ANTIGUA INSTITUCIONALIDAD
Ins t i tuc iona l idad t ransversa l en una administracin vertical
Gestin ambiental desequilibrada: mucho SEIA
Fiscalizacin dispersa, inorgnica y con escasa coordinacin
Amplia discrecionalidad y crtica a la politizacin de decisiones
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Carencia de polticas y normas Falta de apoyo a la gestin ambiental local
(municipal)
Falta de una autoridad ambiental con peso poltico!
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Objetivos Ley 20.417
Corregir problemas detectados en la aplicacin de ley 19.300 desde 9/3/1994, para lo cual se la modifica.
Instalar el tema de medio ambiente en el mximo nivel poltico, para lo cual se crea el Ministerio del Medio Ambiente.
Despolitizar la Evaluacin de Impacto Ambiental y aumentar la eficiencia en los procedimientos, para lo cual se crea el Servicio de Evaluacin Ambiental con nfasis tcnico.
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Racionalizar y centralizar la fiscalizacin ambiental, para lo cual se crea a la Superintendencia del Medio Ambiente
Se aumenta el monto de las multas de manera significativa.
Instalar la Evaluacin Ambiental Estratgica (EAE)
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Consejo de Ministros para la Sustentabilidad
Servicio de Evaluacin Ambiental
Justicia Ambiental
Aprobacin de Polticas y Regulacin
Administracin del SEIA Informacin de lneas de base
Bases del Modelo
Superintendencia
Ministerio
Gestin de un sistema integrado de fiscalizacin ambiental
Sanciones
Tribunal Ambiental
Definicin de Polticas Diseo de la regulacin
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Ampla la Participacin Ciudadana
La nueva institucionalidad establece el derecho de los
ciudadanos a conocer materialmente la informacin ambiental, el derecho a formular observaciones y a recibir respuestas fundadas de la autoridad.
Si los proyectos se modifican sustantivamente, la nueva ley obliga a realizar una nueva etapa de participacin ciudadana.
Abre la participacin ciudadana en las Declaraciones de Impacto Ambiental, cuando los proyectos produzcan cargas ambientales.
El ciudadano adquiere un protagonismo fiscalizador, puede denunciar y participar activamente en el proceso que emprende la Superintendencia del Medio Ambiente.
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Sistema de Evaluacin de Impacto Ambiental (Art. 8 Ley 19300 y 20417 BGMA)
Proyectos o actividades tipificados en el Art. 10 de la LGBMA solo podrn ejecutarse o modificarse previa evaluacin de su impacto ambiental.
Corresponde al Servicio de Evaluacin Ambiental la
administracin del Sistema de Evaluacin de Impacto Ambiental, as como la coordinacin de los organismos del Estado involucrados en el mismo
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CRONOLOGIA
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REGLAMENTO SEIA DS 40/2013
Titulo I: Disposiciones Generales Titulo II: De la generacin o presencia de efectos,
caractersticas o circunstancias que dan origen a la necesidad de presentar un Estudio de Impacto Ambiental
Titulo III: De los contenidos de los Estudios y Declaraciones de impacto ambiental
Titulo IV: Del procedimiento de Evaluacin de Impacto Ambiental
Titulo V: De la participacin de la comunidad en el proceso de Evaluacin
de Impacto Ambiental Titulo VI: De los planes de medidas, seguimiento y fiscalizacin
ambientales. Titulo VII: De los permisos y pronunciamientos ambientales
sectoriales
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TITULO I: DISPOSICIONES GENERALES
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TITULO II: NECESIDAD DE UN EIA
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TITULO III: CONTENIDOS DE UN EIA o DIA
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TITULO III: CONTENIDOS DE UN EIA o DIA
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TITULO III: CONTENIDOS DE UN EIA o DIA
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TITULO III: CONTENIDOS DE UN EIA o DIA
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TITULO III: CONTENIDOS DE UN EIA o DIA
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TITULO IV: PROCEDIMIENTO DE EIA
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TITULO V: PARTICIPACIN DE LA CIUDADANIA
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TITULO VI: PLANES Y MEDIDAS DE SEGUIMIENTO
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TITULO VII: PERMISOS Y PRONUNCIAMIENTOS
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Declaracin de Impacto Ambiental
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Declaracin de Impacto Ambiental
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Declaracin de Impacto Ambiental
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Si no presenta errores
Si no presenta ADENDA
Declaracin de Impacto Ambiental
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Estudio de Impacto Ambiental
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Estudio de Impacto Ambiental
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Estudio de Impacto Ambiental
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-Si no tiene errores -Si no presenta ADENDA -Se evala la Participacin ciudadana
Estudio de Impacto Ambiental
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Plazos que rigen el Sistema de Evaluacin de Impacto Ambiental
120 das para pronunciarse sobre EIA, puede ser ampliado por una sola vez hasta 60 das
60 das para pronunciarse sobre DIA, puede ser
ampliado por una sola vez hasta 30 das.
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Reclamaciones
Reclamaciones del titular: v En contra de una RCA que rechace o establezca
condiciones o exigencias a una DIA procede reclamacin ante Director Ejecutivo del SEA.
v En contra de una RCA que rechace o establezca condiciones o exigencias a un EIA procede reclamacin ante el Consejo Directivo del Servicio de Evaluacin de Impacto Ambiental.
Plazos: v Presentacin de recurso: 30 das desde notificacin
de RCA. v Respuesta: 30 das DIA y 60 EIA. v Reclamacin ante Tribunal de Justicia: 30 das.
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