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Madrid22 Junio 2019

CAPACIDAD Y REPRESENTACIÓNMENOR DE EDADDISCAPACIDADINCAPACITACIÓN

CONFLICTOS ÉTICOS

Madrid22 Junio 2019

Madrid22 Junio 2019

CAMBIO RELACIÓN MÉDICO-PACIENTEEXIGE AL MÉDICO:

Adaptarse a la realidad social y legislativa del momento

Conocer y aplicar los aspectos legales que atañen a la lex artis de su profesión

ALLÍ DONDE HAY DERECHO NO DEBE ENTRAR LA ÉTICA

Madrid22 Junio 2019

CAPACIDAD JURÍDICACAPACIDAD DE OBRAR

STC 174/2002: “El derecho a la PERSONALIDAD JURÍDICA del ser humano, lleva implícito el reconocimiento del derecho a la CAPACIDAD JURÍDICA de la persona, por lo que toda restricción o limitación de su CAPACIDAD DE OBRAR afecta a la dignidad de la persona y a los derechos inviolables que le son inherentes, así como al libre desarrollo de la personalidad ...” (10,1 CE)

CAPACIDAD Y REPRESENTACIÓN

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5 SITUACIONES DE LA PERSONA(ESTATUTOS CIVILES)

1.CAPACIDAD DE OBRAR PLENA2.EMANCIPACIÓN3.PATRIA POTESTAD4.SITUACIÓN DE INCAPACIDAD “PRESUNTA”5.INCAPACITACIÓN POR SENTENCIA

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1. CAPACIDAD OBRAR PLENA

12 CE: 18 años

presunción capacidad iuris tantum

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2. EMANCIPACIÓN

> 16 años = Habilita al menor para regir su persona y sus bienes

Por el matrimonio del menor (16 años)

Por concesión de los que ejerzan la patria potestad

Por concesión judicial

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3. PATRIA POTESTAD162 CC

Padres: representación legal hijos menores no emancipados

EXCEPTO

Los actos relativos a los derechos de la personalidad que el hijo, de acuerdo con su madurez, pueda ejercitar por sí mismo

No obstante, los responsables parentales intervendrán en estos casos en virtud de sus deberes de cuidado y asistencia

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4. INCAPACIDAD PRESUNTA199 CC: Nadie puede ser declarado incapaz sino por sentencia judicial en virtud de las causas establecidas en la Ley

200 CC: Son causas de incapacitación: enfermedades o deficienciaspersistentes de carácter físico o psíquico que impidan a la persona gobernarse por sí misma

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5. INCAPACITACIÓN JUDICIAL

ANTEPROYECTO MODIFICACIÓN CC Y LEC: NOV 2018Eliminación Incapacitación = muerte civil

759 LECEn los procesos de incapacitación … Nunca se decidirá sobre laincapacitación sin previo dictamen pericial médico

757 LECCualquier persona facultada para poner en conocimiento MF

Autoridades y funcionarios públicos, si conocieran posible causa deincapacitación, deberán comunicar al MF

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FALTA CAPACIDAD ----> SISTEMAS DE APOYO REPRESENTACIÓN

5 LAP. Titular del derecho a la información asistencial

1. El titular del derecho a la información es el paciente.===> CAPACIDAD OBRAR PLENA

2. El paciente será informado, incluso en caso de incapacidad, ===> CAPACIDAD MODIFICADA POR SENTENCIA JUDICIAL

3. Cuando el paciente, según el criterio del médico que le asiste, carezca de capacidad para entender la información

===> INCAPACIDAD “PRESUNTA”

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FUNCIONES TUTELARES

lTUTELA = sustituye lCURATELA = complementalPATRIA POTESTAD = representalGUARDA HECHO = apoya

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REPRESENTANTESlTUTOR (Sentencia)lCURADOR (Sentencia)lPADRES/PROGENITORES (Edad, Reg. C.)lFAMILIARES/ALLEGADOS (No papeles)

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MENOR DE EDAD

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MENOR DE EDAD

lCAMBIO PARADIGMA: CDN (1989) CDPD (2006)

De modelo exclusivamente protector

A titular DDFF y ejercerlos con capacidad

Interés superior del menor

Capacidad progresiva del individuo

Transición: rígida separación entre mayoría y minoría de edad

A progresiva autodeterminación

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9 LOPJMlderecho a ser oído y escuchado

ltener debidamente en cuenta sus opiniones

ldeberá recibir la información que le permita el ejercicio del derecho a ser oído en lenguaje comprensible, formatos accesibles y adaptados

lla madurez habrá de valorarse por personal especializado

len todo caso, suficiente madurez 12 años cumplidos

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9.3.c) LAPlpaciente menor de edadlno sea capaz intelectual ni emocionalmente decomprender el alcance de la intervención–--> representante legal del menorldespués de haber escuchado su opiniónl9 LOPJM

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MENOR MADUROl16 AÑOS = MAYORÍA EDAD SANITARIA

lEXCEPCIONES = LEGISLACIÓN ESPECIAL

l14 AÑOS = MAYORÍA PROTECCIÓN DATOS

l12 AÑOS = SUFICIENTE MADUREZ

–-> FGE: edad no determinante madurez

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CONFLICTOS REPRESENTACIÓN MENOR

EJERCICIO PATRIA POTESTADde acuerdo a la personalidad del hijo: 154 CC

Interpretación restrictiva limitaciones capacidad obrar: 2 LOPJM

representación legal, excepto para los actos relativos a los derechos dela personalidad, de acuerdo con su madurez, pueda ejercitar por sí mismo:162 CC

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DISCAPACIDAD

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CAMBIO PARADIGMA: CDPD (2006)

SUPERACIÓN DEL MODELO TRATAMIENTO DISCAPACIDAD:

lDE MODELO MÉDICO-REHABILITADOR: 49 CE

lA MODELO TOMA DECISIONES CON APOYOS/HABILIDADES CONSERVADAS

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PRINCIPIOSAjustes razonablesToma decisiones con apoyoNo limitar capacidades ---> determinar su

alcance y extensiónCURATELA RESPONSABLEGarantía dº vida sexual y reproductiva

Proscripción:l ABORTO COERCITIVOl ESTERILIZACIÓN FORZOSA 156 CP

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CONFLICTOS ÉTICOS REPRESENTACIÓN 9 LAP

Siempre atendiendo al mayor beneficio para la vida o salud pacienteSi conflicto médico-representante ==> JUZGADO/MFURGENCIA ==> medidas necesarias salvaguarda de la vida o salud del pacienteMédicos amparados CAUSAS JUSTIFICACIÓN:

cumplimiento de un deberde estado de necesidad

REPRESENTACIÓN adecuada/proporcionada Siempre en favor del paciente RESPETO DIGNIDADPARTICIPACIÓN PACIENTEtoma decisiones a lo largo del proceso sanitarioMEDIDAS APOYO PERSONA CON DISCAPACIDAD

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