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que consta de los siguicnres Capltulos Y Ar- ticulos: Capitulo I: Disposiciones Generales, Articulos 1° alSo, Capitulo II: De las Obligaciones v Dcrechos de 105 Usuarios de Agua, Artfculos al 7°, REGLAMENTO DE ORGANIZACION DE USUARIOS DEAGUA DECRETO SUPREMO W 037-89-AG EL PRESIDENTE DELAREPUBLICA CONSIDERANDO: Que, el Ministcrio de Agriculrura, en aplicacion de 105 nuevas lincamicntos de politica agraria, ha claborado un nuevo Re- glamento de Organizaci6n de Usuaries de Agua, orientado al establecimicnto de orga- ni:aciones ade cuadas a la r eal idud hidrologica de cada Centra de Desarrollo Rural, aSI como dcrnocratizar tales organiza- ciones a travcs de una mayor y efectiva par- ticipaci6n de los usuaries en 1'1 designaci6n de sus Directives yen la torna de decisiones, concertadarnentc con los Ingenieras jefe de la Unidad de Aguas y Riege, en 10 referente a las acciones de Operacion y conservaci6n de 1'1 infraestructura del sistema de riego; De conformidad con 10dispuesto en el Articulo 211 o( inc. 11) de la Constituci6n Politic, del Peru; DECRETA: Articulo 1°._ Apruebasc cl Reglarnen- to de Organicacion de Usuarios de Agua, cl 264 Capitulo Ill: De [a Comisi6n de Re gantcs, Articulo So '11 9°, Capitulo IV: De los Organos de Gobierno de 1'1 Comisi6n de Regantes, Articulo 100ai 21 0, Capitulo V: Dc La Junta de Usuarios, Artfculos 22° al 23°, Capitulo VI: De los Organos de Gobicrno de la Junta de Usuarios, Articulos 24° '11 34,° Capitulo VII: De Reconocimiento e lnscripcion. Capitulo VIII: Del Regimen Econ6mico, Artfculos 3So a144°, Capitulo IX: De los Libras, Artfculos 43° a144°, Capitulo X: De las Elecciones de las Juntas Directivas. Capitulo XI: De las Sanciones v de la Remoci6n, Artfculos 60° al 63°, Capitulo XII: Del Cornite de Honor, Articulos 64° a169°,

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que consta de los siguicnres Capltulos Y Ar­ticulos:

Capitulo I: Disposiciones Generales,Articulos 1° alSo,

Capitulo II: De las Obligaciones vDcrechos de 105 Usuarios deAgua, Artfculos 6° al 7°,

REGLAMENTO DEORGANIZACION DE USUARIOS

DEAGUA

DECRETO SUPREMOW 037-89-AG

EL PRESIDENTE DELAREPUBLICA

CONSIDERANDO:

Que, el Ministcrio de Agriculrura, enaplicacion de 105 nuevas lincamicntos depolitica agraria, ha claborado un nuevo Re­glamento de Organizaci6n de Usuaries deAgua, orientado al establecimicnto de orga­ni:aciones ade cuadas a la real idudhidrologica de cada Centra de DesarrolloRural, aSIcomo dcrnocratizar tales organiza­ciones a travcs de una mayor y efectiva par­ticipaci6n de los usuaries en 1'1 designaci6nde sus Directives yen la torna de decisiones,concertadarnentc con los Ingenieras jefe dela Unidad de Aguas y Riege, en 10 referentea las acciones de Operacion y conservaci6nde 1'1 infraestructura del sistema de riego;

De conformidad con 10 dispuesto en elArticulo 211 o(inc. 11) de la Constituci6nPolitic, del Peru;

DECRETA:

Articulo 1°._ Apruebasc cl Reglarnen­to de Organicacion de Usuarios de Agua, cl

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Capitulo Ill: De [a Comisi6n de Regantcs, Articulo So '11 9°,

Capitulo IV: De los Organos deGobierno de 1'1 Comisi6n deRegantes, Articulo 100ai21 0,

Capitulo V: Dc La Junta de Usuarios,Artfculos 22° al 23°,

Capitulo VI: De los Organos deGobicrno de la Junta deUsuarios, Articulos 24° '1134,°

Capitulo VII: De Reconocimiento elnscripcion.

Capitulo VIII: Del Regimen Econ6mico,Artfculos 3So a144°,

Capitulo IX: De los Libras, Artfculos 43°a144°,

Capitulo X: De las Elecciones de lasJuntas Directivas.

Capitulo XI: De las Sanciones v de laRemoci6n, Artfculos 60° al63°,

Capitulo XII: Del Cornite de Honor,Articulos 64° a169°,

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-DISPOSICIONES

COMPLEMENTARIAS,

Artfculos 70° al 73°.DISPOSICIONES TRANSITORIAS,

Artfculos 74° al 79°.

Articulo 2D.~ Der6gase el Reglamentode Organi:aciCm de Usuarios de Agua apro­bado por Decreto Supremo N° 005- 79-AAde fecha 08 de Febrero de 1979, y los dernasdispositivos que se opongan al Reglamenromateria de aprobacion.

Articulo 3D.~ EI prescnte Decrero Su­premo sera rcfrendado por el Minisrerio deAgricultura.

Dado en laCasa de Gobierno, en Lima,a los veintiseis dfas del mes de mayo de milnovecientos ochenta y nueve.

LUIS ALBERTO SANCHEZ S,INCHE7..Primer vice-Presidente tie III Republica.Enrargado del D,'sl'w:110 l'residencial.

JUAN M. CORONADO I3ALMACED,I.Ministro de Agricultura.

REGLAMENTO DEORGANIZACION DE USUARIOS

DEAGUA

CAPITULO IDISPOSICIONES GENERALES

Articulo 10. _ Para los efecros del pre­

serite Reglarncnto, sc dcnornina usuario deagua a roda persona natural 0 jurtdica quehace usn de agua bajo cl regimen de liccnciay que se cncuentra rcgistrado en cl respccti­\'0 Padron de Uses de Agua.

Articulo 2D.~ Los usuarios de Agua seorganizanin en Comisioncs de Regantes y

Juntas de Usuaries. Solo se organizanin Jun­tas de Usuaries cuando la Fuente de riego escorruin a mas de una Cornision de Regantes.Dichas agrupaciones persiguen fin no lucra­tivo, son de duracion indefinida y tendrandornicilio en la Circunscripcion territorialdonde operan.

Articulo 3D.~ La finalidad de las orga­nizaciones de usuaries de agua, es lograr laparticipacion activa y perrnanente de susintegrantes en el desarrollo, conservacion,preservaci6n y usa raciona] de los recursosagua y suelo, en concordancia con las dispo­siciones ernanadas de la Autoridad de Aguas,de acuerdo con la Ley General de Aguas ysus Rcglamentos.

Articulo 4D.~ La Auroridad Local deAguas rcconocer.i por Resoluei6n a las or­ganizacioncs de usuarios, sicndo el Presidcntede su Junta Directiva el represcntante legalante el Ministcrio de Agricultura, Aurori­dad de Aguas y dermis cntidades puhlicas.Asimisrno, cstas organizaciones son sujctosde crediro del Banco Agrario y de otras fucn­res de financiamiento para la cjccucion deacetones de desarrollo del sistema de Riegoy las dennis que eI prescnte Rcglarnento lesscfiala,

Articulo 5D.~ La denominaci6n de lascornisioncs de regantcs, se forrnar.i Llgregan­do el respective nombre generico, el nom­bre de la Fuente de ugua 0 del canal de riegodel sector 0 sub-sector de riego respective.Para el caso de las Juntas de Usuaries, clnornbre gencrico, se agregar;i b dcnomina­cion del correspondienrc .imbito de lu uni­dad de aguas y riego.

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CAPITULO IIDE LAS OBLIGACIONES Y

DERECHOS DE LOS USUARIOS DEAGUA

Articulo 6°._ Son obligacioncs de los

usu.i-rio- Je agu;l, bs siguicnrcs :

6.1 Cumpl ir las disposiciones que dine

la Autllrid~d Local de Aguas, de contorrni­

Jael ~l Lt Ley General de Aguas Ysus Rccla­

mentes.

6.2 Consrruir, manrcncr y mcjorar lasobras e insr.ilacioncs del sistema de ricgo de

Sll prcdio en condiciones adccuadas para cluso, cvacuacion y avcnamicnto de las aguus.

6.3 Usar cl aglla en forma rncional,cco-nornica y eficicntc en cl lugar y para c]objcro que lc tucra otorgado, de acucrdo alintcrcs social, evirando intcrfcrcncias deorros usos y sujcnindosc a las rcgulacioncs y

limimciones que por cl canicrcr alcatorio delrccurso prcvc la lcgislacion de b materia.

6.4 Contribuir proporcionalrncnre a laconsrruccion, mejorarniento y mantcnimicn­to de las obras de infraestrucrura mayor y

mcnor de riego y drcnaje, de las fajas margi­nail'S, caminos de vigilancia, defe nsa

ribercnas Y dermis obras e instalaciones deusn cornun.

6.5 Contribuir proporcionalmente parala adquisicion de rnaquinaria, cquipo pesa­

do para la construccion del parque de rna­quinaria, aSI como para la adquisicion de

equipos de ingenierfa y autornotric, para los

fines del incise que anrccede.

6.6 Asistir y parricipar en las rcunioncs

Yasambleas convocadas por los directives desus organizuciones rcprescntarivas 0 por b

<lutl)ridaJ local de Aguas, <10'1 como curnpiir

con los acucrdos ;Idl)pt,l,los en a'juellas, de

contorrnida.] con Lis disposiclOnes legalesvigcntes,

6.7 Esr.u al di,l en cl pago de las taritnsY cuoras que aprucbc Ia AlItorilbJ local deAguas, sin cuvo rcquisito no poJr;i cjcrccr cl

dcrccho de elc.gir a sus rcprcsentantcs, ni l1"rccibir su doracion de agua.

6.8 Elegit a su:; rcprcscntuntcs.

6.9 Dar aviso oportuno a los rcsponsa­bles ,1c Ia disrribucion del agua, cuando pur

cualquicr causa justificada no ur ilicc total 0

Flrci;dmente, rransitoria 0 pcnu.mcnrcrncn­rc las aguas owrgadas.

6.10 Curnplir las disposicioncs que sa­

brc conservacion de suclos Yaguas clicrc laAutoridaJ Local de Aguas, Y cjccutar laspr.icticas conscrvacionisras corrcspondicn­res.

6,11 Apoyar a sus organizacioncs en laejecucion de sus planes y programas aproba­dos, para cl curnplirnienro de sus objctivos ymctas.

6.12 Denunciar ante sus organizaciones

las irregularidadcs que observcn en la distri­bucion de agua de riego.

Articulo 7°., Son derecho, de los usua-nos:

7.1 Tiene vo; y voro en las asaml:--lcas y

reuniones a las que se havan cOlwocaJo.

7.2 Recibir la dotacion de ~lgua que lccorresponde de acucrdo al rol de ricuo est~l­

blccido y las condiciones de displ1nihilidaJde auua.

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Lt:glslacion de A.'::uas-7.3 Elegir y scr elegido para conforrnur

los \lrganos de Gobierno de sus oruanizacio­nes respcctivas, con las limitacioncs previs­ras en el presente Reglarnento.

7.4 Tener igualdad de oportunidad delos progrurnas de cupacitacion tccnica y engene-ral rccibir los beneficios de su organi­zacion de usuaries que establczca.

7.5 Recibir periodicamcnte de sus Di­rectivos, informacion sobre la marcha adrni­nistrariva, economica y financicra, teneracceso a los libros, balances e invcntarios desu Orgaruzacion, 'lSI como informacion so­brc la operacion y manrerumicnto del siste­ma de ricgo.

7.6 Orros dcrechos que la nonuatividady los cstatutos de su Organizacion lc sefia­len.

CAPITULO IIIDE LA COMISION DE REGANTES

Articulo S°" La Comision de Rcguntescs laoruanizacion rcprcscnrativa de los usua­rios de agua con fines ugrfcolas y pccuarios.

Su Junta Dircctiva es clcgida por votouniversal y secrete.

Articulo 9°._ Son [uncioncs de las co­misioncs de Rcuanrcs:

9.1 Purricipur en la torrnulacion, cjccu­

cion y control de los Planes lie Cultivo yRiego.

9.2 Ejccutar y controlnr la disrribuciondel ~lgua en su circunscripcion rerriroriul, enconcordancia con cl rol de ricgo uprobudopot la Autoridud Local de Aguus y conccr­rado con b Junta de Usu~lrios correspondien­te, en III que fuera ;lplicahlc.

9.3 Participur en la forrnulacion, ejccu­cion y control de los planes de conservaciony mantenirniento de la infraestructura ma­yor 0 menor de riego, drenaje, vias de cornu­nicaci6n, edificaciones, asf como obras dedcfensa ribercfias de su circunscripcion, deacuerdo a las disposiciones dadas pot la Au­toridad Local de Aguas, quedando exceptua­das las obras de regulucion de riego.

9.4 Financiar estudios y obras autoriza­das por lu Autoridad Local de Aguas ten­dicntes al desarrollo ya Ia rnejor utilizacionde los rccursos agua y suelo.

9.5 Contribuir proporcionalrnenre alfuncionarniento de lu conscrvacion y man­tcnimicnto de las obras de rcgulacion yconexas.

9.6 Apoyar a la junta de Usuarios a lacobranzu por tarifa por uso de agua con finesagrarios aprobado por laAutoridad de Aguas.

9.7 Contribuir proporcion.il y obligato­riamcntc con cl pago de los adcudos con­traidos por la Junta de Usuaries en la adqui­sicion de bicnes de capital y cjecucion deobras, sicmprc y cuando hayan cxisrido apro­bucion mayoriraria Je las comisiones dercgantcs para Jicha adquisicion 0 ejecucionde obras.

9.8 Concertur creditos para los fines quescnulc cl prescnte Rcglamenro y otras dis­posiciones cspccificas propcndicndo a la ad­quisicion de muquinuriu para el rnanrcru­

micnto de Ia intraestructura de riego, drcnu­jc y detensas ribercfias existentcs en su .irn­biro; asirnismo, participar en cl rcernbolsode dichos crcdiros.

9.9 Prornover lu asisrencia y participa­ci\)n de sus miembros a las reuniones yasam­hIeas que convLlque su Junta Din:ctiva.

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9.10 Participar en cl 'desarrollo de losProyecros de conservacion de la forcstariberefia para prevcnir cl cfccto erosive delas aguas, mediante trabajo de forcstacion yreforcstacion: asf como colaborar con laAutoridad Local de Aguas para el ororga­

micnro de pcrrnisos para la ocupacion decauccs y tibcras con cultivos rcrnporalcs.

9.11 Apoyar .1 la Autoridad de Aguasen cl cumplirnienro de las disposicioncs quedicre can rclacion a la conservacion de sue­los y proreccion de cuencas.

9.12 Promover y ejccutnr curses de ca­

paciracion en materia de aguas y suclos.

CAPITULO IVDE LOS ORGANOS DE GOBIERNODE LA COMISION DE REGANTES

Articulo 10°.- Son organos de gobicr­no de las Cornision de Rcganrcs, Ia Asarn­blea General de Rcgantcs y la Junta Dirccri-va.

Articulo 11°., La Asarnblea Generales la autorizacion maxima de la Cornisionde Rcganres, la misrna que cstara inregradapor todos los micrnbros que la conforrnan.Estara presidida par eI Presidcnte de la Jun­ta Directive y en su ausencia por el Prcsi­dcnte. Sus acucrdos obligan a rodos losreganres que sean adoptados legalmente.

Articulo 12°., La Asarnblea Generalsera ordinaria y exrraordinaria. La primerase reali-zara cuando menos dos veces al anay la segunda las veces que sean necesarias.

Articulo 13°., La convocatoria aAsamblea General sea ordinaria a cxtraor­dinaria, se hara por 10 menos con die: deanticipacion, empleando el media de comu­nicaci6n m.is adecuado. La citaeion deber8scnalar el lugar, dla y how de la rrimcra y

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segunda convocatoria, agenda a rrntarsc, fc­cha y firma del que la convoca.

Articulo 14°._ La Asumblca Generalqucdani kgalmente consrituida si despucs de30 minutes de la hora indicnda en la cita­cion para la primera convocaroria se conta­se con l'! quorum cstablecido seglll1 esratu­ros. Si no sc nlcantara cstc porccnr.ijc a lahora scfialada para la ..;egunJa convocaroria,la Asumblca quedarriaurom.iticarncnrc com­rituida con cl nurncro de asisrcnrcs.

Articulo 15°.,Corrcsponde ala Asarn­hka General OrJinaria :

15.1 Aprobar la gcstilln udministrativa

YeCOnl'1I11iGI de la Junta Dircctiva, median­rc cl an.ilisis y aprobacion del balance gene'ral de ingresos v gastos.

15.2 Aprobar cl Prourarna Anual deTrahajo y cl corrcspondicnre prcsupucsto queproponga la Junta Dirccrivn.

Articulo 16°._ Corresponde a la Asarn­blea General Exrraordinaria :

16.1 Aprobar y autorizar la gcstion deprcstarnos y su financiacion, requiricndoscpara tal efccto el voto aprobatorio de las dosrerccras panes de los reganrcs cxisrcnres.

16,2Dar conformidad £II valor de la cuo­ta propuesta por la Junta Dircctiva, que de­ben abonar los reganres, para su posterioraprobacion por 13 Auroridad Local de Agu3S.EI acuerdo adoptado obliga a todos los inre­grantes de la Comision.

16.3 Aprobar y rnodificar los esrarutoscon el veto aprobatorio de las dos tcrceraspartes de los regantes cxistcntes.

16.4 Esrablecer la responsahilid'ld ad­ministrati\'a de los miembros de la Junta

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legblacian de Aguas

Dircctiva, autorizando al Presidente, 0 a otromiembro de la Cornision, para que inicie lasacciones civiles 0 penales a que hubiere [u-

(13[.~

16.5 Acordar la rernocion de miembros

de la Junta Dircctiva por razones debidamen­re justificadas y con el voto aprobatorio delas dos rcrceras partes de los regantes asis­

tcnres.

Articulo 17°.~ Los acuerdos de laAsamblea General constaran en el libro deaetas legalizado. EI Acta sera suscrira par losasistentes y forrnara parte de ella la relacionsuscrita par los usuarios al incorporarse a laAsamblea.

Articulo 18°.~ En caso de que la JuntaDirectiva no citani a Asamblca GeneralOrdinaria, dcntro de los plazos prcvisros enlos respcctivos cstaturos, Ia Autoridad Localde Aguas queda obligada a convocarla deoficio 0 a solicirud firrnada de par 10 rnenosel 10% de los miernbros de la Cornision deRcgantes. Dicha convocatoria se hani en clterrnino de los 15 dias posrcriorcs a lu fecha

prcvista, quedando obligados los micrnbros

de la Junta Dirccriva a asisrir a csta Asarn­

blea.

Articulo 19°.~ La Junta Dircctiva est~i

int euradu por un Pr cs idc n tc, unVice- Prcsidcntc, un Sccrctario, un Tcsorc­ro, un Pro-Tesorero y dos Vocnlcs. Uno delos Voculcs rccmplazarti '11 Sccrctario en cnso

de ausencia, los estaturos fijar.in las ntribu­ciones Yobligacioncs de cada cargo, en con­cord.mcia con cl prescnrc Rcglamcnto, asfcomo los cusos de vacancia de cargos.

La Junta Dircctiva cligc ,1 uno 0 dos desus micmbros scgun sea al caso, para que con­formcn la Dirccnva de la Junta de Usuurios

respective, segun 10 indicado en el Articulo57° del presente Reglamcnto.

La Junta Dircctiva de la Comision deReganres se renovara cada des afios, pudien­do scr reelegidos par un s610 perfodo mas.

Los miembros cesantes estrin obligados,bajo la responsabilidad penal, a entregar den­tro de los trcinta dfas posteriores al cese, a lanueva Junta Dircctiva, el balance financie­ro y economico de sus ejercicios y dernasdocumentos y libros contables de la organi­:aci6n.

Articulo 20°._ Son atribuciones y obli­gaciones de la Junta Dircctiva :

20.1 Curnplir y hacer cumplir los acucr­dos de la Asamblea.

20.2Administrar los rccursos econorni­cos que rcprcscntan, en armenia con sus fi­nes.

20.3 Dar cucnta a la Junta de Usuariessobrc la cjecucion de sus planes y prograrnas,

asf como del corrcspondicnte rnancjoprcsupucstal. Asimismo, clcvani docurncn­tacion rclativa a las tareas y jornalcs cmplca­Jos en [as [ahores de manrenimiento de lainfracstructura de sus sistemas de ricgo y dela ejccucion y control de la distribucion delugua de rcgadlo.

20.4 Convocar a Asarnblca GeneralOrdinaria scrncstralmente y a la AsambleaGeneral Exrraordinaria las veces que fueranncccsarias,

20.5 Inrerponcr, bajo rcsponsabilidad,las acetones administrativas y/a judiciulcsque fucran necesarias, en curnplimicnto desu tuncion propia a por encargo de la Asarn­blca.

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20.6 Poncr a la Asamblca cxtraordinu­

ria, la rcrnocion de sus micrnbros por estur

incursos en las disposiciones del capitulo XIdel presentc Reglarnento.

20.7 Prescntar a la Asamblca General

Ordinaria la memoria anual, el balance ge­

neral, esrados de cucnra I' ancxos: asi comocl provccro de su prcsupuesto y plan de tra­

bajo.

20.0 Llcvar y mantencr al dia los librosde aetas, conrabilidad, inventario I' roda

.locumcnrncion de su cnridad rcprcscntari­vn,

20.9 Recibir de la junta Dircctiva cc­

snnrv, hlJll cargo c invcnrario, cl patriruo­

nio de lu insritucion.

20.10 Apoyar a la Autoridad Local deAguas, vcl.mdo por cl curnplimicnto de las

dirccrivus que sc dictcn con rclacion a laaplicacion de la Ley General de Aguas l' susRcglarncnros.

20.11 Ejecurar las acciones adminisrra­

tivas inhercntcs al mancjo prcsupuesral 1'/0

de los trubajos.

20.12 Dar cucnta del curnplirniento de

los acuerdos a la Asarnblea.

20.13 Proponer a la Asarnblea General

extraordinaria cl valor de las cuotas.

20.14 Promover 1'/0 realizar actividadcsde capacitacion 1'/0 extension.

20.15 En general, realizar rodas las ac­

clones tecnico-administrativas necesariaspara el mcjor curnplimiento de sus fines,

cifiendose estrictarnente a las norrnas tecni­cas Yreglarncntos existenres sohre la mate­ria.

270

Articulo 21°._ La junta Dirccriva de­

bcr.i sesionar por III menos una vcz al mcs en

forma ordinaria, I' en forma cxrraordinaria

cuando 10 decida el prcsidenre de la junta 0

10 p ida la mitad mas uno de sus

micmbros.torruindose acucrdos por mayorfa

simple, siendo cl quorum mfnimo de cuarromiembros. En sesiones cxrraordinarias, solo

se trararrin el asunto 0 asunros que las rnoti­

vuron.

Las ci raciones para las scsiones ordina­rias, sc haran por escrito.

CAPITULO VDE LA JUNTA DE USUARIOS

Articulo 22°._ La Junta de Usuarios cs

la O~ganizaciCm rcprcscntariva de todos losusuarios de agua y csta consriruida por un

rcprescntantc de las cmprcsas de car.icrcrasociativo, par uno 0 dos rcprescntanrcs decada Direetiva de las Corn isioric s deReganrcs que la integran, scgun 10 indicado

en cl Articulo 57°; par dos dclcgados a Asarn­

blca cl eg idos para cada Corni s i on deRegantes, por un representante del Serviciode agua potable y alcantanllado: y, pur undclcgado clegido por los usuaries de los de­m,IS usos no agrfcolas.

Articulo 23°._ Constituyen funcionesde la junta de Usuaries;

23.1 Representar a las Organizaciones

que la integran en cuestiones de indole ge­neral y por delegaci6n en casos especfficos,

ante la autoridad de aguas I' otros del sectorpublico I' privado, con relacion a 10 dispues­to en este Rcglarnento.

23.2 Vigilar que las organizaciones que

la integran, cumplan con las obligaciones

que scfialan la Ley General de Aguas y susRcglamcntos, asi como el estricro cumpli­

rnicnro del pago de las tarifas.

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Lel?;islacian de Agllas

23.3 Ejecutar y controlar los planes, pro­gramas y presupuesro aprobados por la Au­toridad Local de Aguas referenre a :

a. Conservacion y mantenimiento dela intraesrrucrura mayor del sistema de rie­go, can excepcion de las de regulacion yobras conexas a estas.

b. Estudios y obras de desarrollo del sis­tema de riego.

c. La operacion y distribucion del aguade regadfo.

d. Mantenirniento de equipo, vehfcu­10 y maquinaria requeridas para laopernciony conscrvacion del sistema de riego.

e. Consrruccion y conscrvacion decdificaciones,

f. Asistencia tccnica, capacitacion,extension, investigacion y forncnto en lainteruccion agua-suclo-planra y rnanejo decuencas.

g. Las dermis que scan de su cornpc­tencia.

2.3.4 Consolidar los planes y programasde las actividades de las Cornisioncs deRcganres que la intcgran, aSI como apoyar ysupervisar su ejccucion.

23.5 Efectuar cl control presupuestal,contuble y financicro de las Cornisioncs deRcgunres que la intcgran,

23.6 Sorncrer a consideracion y apro­bacion de [a Autoridad Local de Aguas, losplanes y prograrnas a que se rcfieren losincisos 23.3 y

23.7 Nombrar y contrarar y rcnovar losscrvicios del Gercnre tecnico y dermis per-

sonal, requerido para el cumplimiento de susfunciones.

23.8 Concertar creditos para adquirirbienes, equipos y rnaquinarias a fin deimplementar un parque autornotor que per­mita atender las actividades de conservaciony desarrollo en el ambito de su jurisdiccion,asf como ejecutar estudios y obras pertinen­tes.

23.9 Realizar Convenios con organis­mos nacionales e inrernacionales para Pro­yectos de desarrollo, asistencia tccnica y ca­pacitacion.

23.10 Forrnular scmesrralmcntc infor­me contable del descnvolvirnicnro ccono­mico, asf como el balance anual para la apro­bacion en sesion ordinaria.

23.11 Intcgrar el cornitc de coordina­cion de aguas y riego de su jurisdiccion, paratratar asunros inhcrentes a su campo de ac­cion,

CAPITULO VIDELOS ORGANOS DE GOBIERNO

DE LA JUNTA DE USUARIOS

Articulo 24°.~ Constituyen organos degobierno de In Junta de Usuarios, lu Asarn­blea General y la Junta Dircctiva.

Articulo 25°.~ La Asarnblca Generalcs el Organo supremo de 1a insritucion, yesni constituida por rodos los rniernbros a quese rcfierc cl Artfculo 22° del prcscnre Rc­glarnento.

Articulo 26°.~ La Asamblea Generalsed Ordinaria y Extraordinaria, urnbas pre­sididas por el Presiente de la Junta Directi­va, en su uuscncia por el Vicc-Presidenrc.La primcra se rcalizani cuando rncnos dosvcces al ana y 1a segunda cuantus vcccs sea

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le!~isLacian de A~uas

necesario, sus acucrdos obl igan a todos susintcgrantes en cuanto sean adoptados legal­mente.

Articulo 27°.- La ciracion a la Asarn­blea General se hara por 10 mcnos con 10dias de anricipacion, mediante notificacionen la que dcbera sefialarse lugar, dfa y horade la primera y segunda convocatoria, agen­da a rratarse y firma del que la convoca.

Para la realizacion de la Asamblea Ge­neral se requiere en prirnera convocatoria laconcurrcncia de mas de la rnitad de los inte­grantes; en la scgunda convocatoria, bastala presencia de cualquier numcro de inre­granrcs. Los acuerdos sc adoptan con el vorode m,15 de la mitad de los rniernbros concu­rrcntcs. Para autorizar la gcstion de presta­mas y aprobar su conccrtacion, para modifi­car c] csrudio y para resolver otros asuntosque comprornetan la cconornia de la insti­tucion, se requicre la asisrencia de mas de lamirad de sus integrantes,

Articulo 28°._ Corresponde a la Asam­blea General:

28.1 Aprobar en Enero y Julio de cadaafio el Balance General y Sernestral de In­gresos y Egresos.

28.2 Aprobar la gesti6n adrninistrativay econ6mica de la Junta Dircctiva.

28.3 Aprobar el Programa Anual deTrabajo y el correspondiente presupuesto queproponga la Junta Directiva.

28.4 Autorizar la gesti6n de prestamo yaprobar su concertaci6n asf como modificarsus estatutos de conformidad can 10 dispues­to en cl Articulo precedente.

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28.5 Establccer la responsabilidad ad­miriistrativa de los miembros de la JuntaDirectiva, autorizando al Presidenre 0 a otrapersona de la institucion para que inicie lasacciones civiles a pcnalcs a que hubierc lu­gar.

28.6 Proponer a la corrcspondicnteComision de Rcgantes 0 Insrirucion de usnde agua no agrario, la rcrnocion de sus rcprc­senranrcs ante la Junta de Usuaries. por cs­tar incursos en cualquicra de las disposicio­nes del Capitulo Xl del presentc Rcglarncn­to.

Los acucrdos de la Asarnblca General,cons-tanin en cl Libra de Aetas de Asarn­blea General, lcgalizado, EI Acta sera sus­crira por cl Presidcnte y el Sccrerario de laJunta Directiva, y forrnara parte del Acta 1arelacion suscrita por los rnicmbros intcgran­res al incorporarse a Ja Asamblca. En casoque los acucrdos vcrscn sobre aprobacionesy contrataciones de prcstarnos y su financia­cion, estes deberan contar con la aprobacionprevia y mavoritaria, de las Comisiones deReganres y el Acta sera suscrita por rodoslos concurrentes.

Articulo 29°._ La Asamblea Generales convocada por el Presidente de la JuntaDirectiva 0 cuando 10 acuerde dicha junta,o cuando 10 soliciten no menos del 10% delos miernbros integrantes de la Asarnblea. Sila solicitud no es atendida dentro de los 15dias de presentada 0 es denegada, la convo­catoria es hecha por la Auroridad Local deAguas de Oficio 0 a solicitud de los mismospeticionantes. La convocatoria se hani en elterrnino de IO dias, quedando obligados losmiernbros de la junta Directiva a asistir, Asi­mismo, la Auroridad Local de Aguas con­vocara a la Primera Asamblea General paraelegir ala [unta Direcriva,

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Legislacion de Aguas

Articulo 30°._ La Junta Directiva estaintegrada por un Pres ide ntc, unVice-Presidente, un Tesorero unPro-Tesarera y Vocales: uno de los vocalesreemplazara al Secrctario en su ausencia,

Los miembros de la Junta Directiva ce­sante, estrin obligados bajo responsabilidadpenal, a entrcgar dentro de los 30 dfas pos­reriores a su cese, a la Junta Directiva quelos reemplace, el balance financiero y ceo­n6mico de su ejercicio, y dernas docurncn­tos y libras contables de la organizaci6n.

En los estatutos se especificanin cadauno de los miembros de la Junta Directiva.

Articulo 31°._ Son arribuciones y obli­gaciones de la Junta Directiva:

31.1 Curnplir y hacer cumplir los acuer­dos adoptados en Asamblea General, dan­dole cucnta.

31.2 Administrar los recursos economi­cos de la organizacion que representa en ar­rnorua can sus fines.

31.3 Convocar a Asarnblca General,ordinaria 0 extraordinaria.

31.4 Presenrar a la Asarnblea Generaly dcntro del term ina esrablecido en el esta­tuto, el Balance General cargado de cuentay anexos, asi como el provecto de presupuestoy plan de trabajo,

31.5 Conservar y llevar al dfu los librosde aetas, contabilidad y toda la documents­cion pertinente,

31.6 Rccibir bajo cargo el inventario,de los micmbros cesantes cl patrirnonio dela institucion,

31.7 Apoyar a la Auroridad Local deAguas en el cumplimiento de las directivasque sc dicten con relacion a la aplicacion dela Ley General de Aguas y sus reglamcntos.

31.8 Irnponer, bajo responsabilidad, lasaccioncs adrninistrarivas y/o judiciales quefueran necesarias, acordadas en sesion deDirective.

31.9 Ejecutar acciones administrativasinherentes al manejo presupuestal y de suplan de trabajo.

31.10 Haccr cl seguirniento de los acuer­dos adoptados, para su fiel cumplirniento.

31.11 En general, realizar todas las uc­clones tecnlco-adminisrrativas nccesariaspara el mejor cumplimiento de sus fines, enconcordancia a sus tunciones inhercnres ala Junta de Usuaries.

Articulo 32°._ La Junta Directive de­bed reunirse en Sesion Ordinaria por 10menos una vez al rnes, y en Sesion Extraor­dinaria las veccs que el caso 10 requiem, to­rruindose los acuerdos por mayorfa; cl quorumsed la mitad m.is uno de sus intcgrantcs.

Las citaciones para las sesiones sc hartinpor escrito, por 10 rnenos con 10 dfus de an­ticipacion, indicandose la agenda a trarar, ellugar, fecha y hora de la primera y segundoconvocatoria,

Articulo 33°._ Las sesiones scnin pre­sididas por cl Presidcnte y en su ausencia porcl Vicc-Presidemre.

Articulo 34°._ Las sesiones de JuntaDircctiva, constarrin en Libras de Aetas de­bidumente legali:adas. EI Acta sera suscrirapor todos los asistentes,

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CAPITULO VIIDEL RECONOCIMIENTO E

INSCRIPCION

Articulo 35°._ Las Juntas de Usuarioso Comisiones de Rcgantes, que a la fecha deaprobaci6n del prcsente Rcglamcnto no con­tascn con rcconocimiento de la AutoridadLocal de Aguas 0 se consti tuycsen posterior­mente, ser.in rcconocidas por la rcferidaAutoridad mediante Resolucion expedida,bajo responsabilidad, a mas tardar al segun­do dia de la presentacion del acta de elec­cion de los miernbros de su primera JuntaDirectiva, 1'1 que dcbcra estar acornpafiadade los correspondicntes Estatutos y Aetas deaprobacion de los mismos, En caso de incurn­plirnicnro de la Autoridad Local de Aguns,eI Director del respective Centro de Desa­rrollo Rural procedera, bajo responsabilidad,a cxpedir la Rcsolucion de reconocirnicntopertincnte.

Articulo 36°._ Las Juntas Directivasscriin rcconocidus, bajo rcsponsabil idad,mediante Resolucion expcdida por la Auto­ridad Local de Aguas, a mas tardar al segun­do dla de presentaci6n del Acta de Elecci6n.

Articulo 370.- Las organizaciones a quese refiere el presente Reglarnenro, podraninscribirse en los Registros Publicos - Librode Asociaciones, para 10cual presentaran laResoluci6n Adrninistrativa de reconoci­rniento, el Acta de Aprobacion de los Esta­ruros y los Estatutos.

En caso que las organizaciones de usua­rios estuvieren inscritas en el Registro, cadavez que se produzcan cam bios en los Estatu­tos 0 en las Directivas, estos se inscribiranen el referido Registro a s610 merito de larespectiva Resolucion de aprobaci6n 0 dereconocirniento, segiin sea el caso; se inscri­biran asimismo, los podercs concedidos a suspersoneros.

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CAPITULO VIIIDEL REGIMEN ECONOMICO

Articulo 38°._ Constituyen RecursosEcon6micos de las organizaciones de Usua­rios, segun corresponda :

a. Las tarifas por uso de agua con finesagrarios - cornponcnte "Ingresos Junta deUsuarios"; y las cuoras,

b. Los prcstarnos que se obrcngan.

c. Las donaciones, legados, inrcrcses quedevcngan su capital y arras ingrcsos diver­sos.

d. Los aurogravarncncs aprobados enAsamblea General.

e. Las multas a que se rcficre el Capfru­10XI "De las Sanciones y de la Rcmocion",del prescnte Reglamenro, Articulo 60°y 61°.

Articulo 39°._ Los Rccursos Econ6mi­cos de las organizaciones de Usuaries se des­tinaran, bajo responsabilidad penal, a sus fi­nes especfficos y scran rnancjados por 13 juntaDirectiva respecriva.

La supervision del manejo de los recur­sos econ6micos sera de responsabilidad dela Autoridad Local de Aguas, y la fiscaliza­cion sera responsabilidad del Organa deControl Interno de la correspondiente Uni­dad Agraria Departamental.

Articulo 40°._ Las Tarifas par uso deagua con fines agrarios, Componente "Ingre­sos Junta de Usuarios" constituyen recursosdel Estado que adrninistran las juntas deusuarios en arrnonfa con sus fines.

Las cuotas son aportaciones pecuniariasque deben obligatoriamente los Usuarios de

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Lel?;islaci6nde Aguas

las Comisiones de Regantes para elfinanciamiento de obras de emergencia eimprevistos.

Articulo 41°._ Las cuotas seran mane­jadas por el Presidente y Tesorero de la res­pectiva Comisi6n de Regantes debiendo darcuenta, bajo responsabilidad, a la AsambleaGeneral respectiva, la que aprobara el ejer­cicio econornico.

Articulo 42°._ La amortizaci6n de losprestamos la efectuara la organizacion deusuarios que los haya contrafdo,

CAPITULO IXDE LOS LIBRaS

Articulo 43°._ Las Juntas Directivas delas Comisiones de Regantes y Juntas deUsuarios, llevaran los siguicntes libros:

• De Aetas;

· De Contabilidad;

· De Inventario; y

- Otros que requieran para cl rnejorcurnplimiento de sus fines y/o que establez­ca la Autoridad Local de Aguas,

Asimismo, contaran con la relacion deusuarios elaborado en base al Padron actua­lizado que proporcionani la Autoridad Lo­cal de Aguas.

Articulo 44°._ Los libros de aetas, decontabilidad y de inventario a que se refiereel artfculo precedence, deberan ser legaliza­dos por el [uez de Primera Instancia del lu­gar, 0 por su defecto por el [uez de Paz; notendran valor las aetas, registros 0 asientosinscritos en libros no legalizados.

CAPITULO XDE LAS ELECCIONES DE LAS

JUNTAS DIRECTIVAS

Articulo 45°._ Las elecciones para JuntaDirectiva y Delegados de las Comisiones deRegantes a Asamblea de Junta de Usuarios,se realizaran bajo responsabilidad de la Au­toridad Local de Aguas, en el ana anterioral de renovacion de cargos y hasta las fechastopes siguientes :

- Para Directiva de Comisiones deRegantes y Delegados a Asamblea de Juntade Usuarios, asf como para constitucion deCornite de Honor, hasta ellS de Setiembre.

- Para Directiva de Junta de Usuaries,hasta el 15 de Octubre,

Articulo 46°._ La Autoridad Local deAguas es rcsponsabie de fijar fecha, dia yhera, y de prcparar el cronograma del procc­so electoral, para la renovacion de la JuntaDirectiva de las Comisiones de Reganres yde Delegados a la Asamblea de Junta deUsuaries, asf como para la constitucion delCornicede Honor.

Articulo 47°.- Con no rncnos de 30 dfasde anticipaci6n a las elccciones, se rcalizaraAsarnblea General Extraordinaria de Corni­sian de Reganres, para la eleccion de losmiembros del Cornite Electoral, que estaraconstituido por un Presidente, Secretario yVocal.

Articulo 48°._ Las elecciones se reali­zanin en Domingo 0 dia fcriado.debicndo elCornite Electoral con 10 dfas de anticipa­cion, convocar a elecciones por medio deldiario de mayor circulacion a de otro mediade comunicaci6n de la localidad, asf comomediante carteles fijados en las oficinas, lo­cales del Ministerio de Agricultura y de lasOrganizaciones de Usuarios.

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Articulo 49°., EI Padron Electoral, seelaborani en base al Padron de Usuaries, quela Autoridad Local de Aguas proporcionarapara su depuraci6n al Cornite Electoral, conuna anricipacion no menor de 25 dfas a lafecha fijada para las clccciones.

Los usuaries inhabilitados podr.in sub­sanar esta siruacion ante el Comire Electo­ral, hasta el momenta de las elecciones.

Articulo 50°., Para ser candidate serequiere estar inscrito en el Padron de Usua­rios de la circunscripcion de la organizacion:estar al dfa en el pago de las tarifas, cuotas 0

haber conrribuido con los jornales de traba­jo, segun corresponda; rcner capacidad ci­vil; prirnaria complcta: tener como minimotres afios de residcncia en el Sector de Ric,go; y no haber sido sancionado por infringirla ley General de Aguas, dentro de los docerncscs antcriores a las eleccioncs.

Articulo 51°., La Junta Direcriva de laComisi6n de Regantes, y los dos Delegadosante la Asamblea de Junta de Usuarios, scelegiran par lista cornpleta en la que estaranrepresenrados obligatoriamente los pequefiosy rnedianos agriculrorcs, las ernpresas agri­colas asociativas y las comunidades campe­sinas, si fueran usuarias de agua; asf mismopor lista aparte, se e leg inin a losEx-Presidenres que conforrnaran el Comitede Honor.

Estas listas seran presentadas al corniteelectoral, con 15 dias de anticipacion a laselecciones.

Dentro de los 5 dfas siguientes, el co­mite electoral procedera a la recepci6n detachas y depuraci6n de listas.

Articulo 52°., Las tachas a las listas decandidates deberan presentarse hasta 5 dfas

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antes del proccso electoral, a fin de que seanresucltas por el Comito electoral, sobrc cuyadecision no procede rccurso impugnativoalguno.

Articulo 53°., Prcvio al acto electo­ral, cl cornitc electoral exhibira en lugar vi­sible, las listas de candidates Yla relacion devorantes habilcs, e insralani las mesas Y

anforas selladas de sufragios. La votacion cspersonal; en caso de Emprcsas Asociativas10 hara el Presidcntc del Consejo de Adrni­nistraci6n 0 de vigilancia de la Empresa de­bidarnente acredirada .

Elusuario despues de huber emitido suvote, firrnara y pondra su huella digital en clpadron corrcspondicnte.

Articulo 54°., ConcluiJa la voracion,antes de procedcr al recucnto de votes, scverificara si el numcro de vorantcs cortes­pondc por 10 mcnos ados rcrcios de los usua­rios habiles; de ser asi, se procedcr.i a abrir cl,infora y al recuento de votos,

En caso de no alcanzar los dos terciosde los usuarios habiles, los miembros esranfacultados para ampliar el proceso hasta doshoras mas; vencido el nuevo plaza, se procc­dera a la apertura del anfora y al recuento devoros.

Articulo 55°., En cad a mesa electoralse levantara Acta en la que debe cons tar elnumero de votos escrutados, el numero devotes obtenidos por los candidates: la horaen que empezo y terrnino el acto electoral,la indicacion de si los votos escrutados, in­cluyendose los anulados, coincide can elmimero de usuarios votanres: las tachas y lasreclamaciones forrnuladas, asf como la for­ma como fueron resueltas; las firrnas de losintegrantes de 1a mesa electoral y de lospersoneros de listas si 10 hubiere.

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Le,..;isLacion de Agu:ls

Articulo 56°._ El Presidente del CorniteElectoral, elevani copia del Acta dcbidarnen­te autenticada, a la Autoridad Local deAguas, quien dentro de dos dfas de su recep­cion, expedira la Resolucion de reconoci­rniento.

Articulo 57°.- Instalada la Directiva,esta designata entre los miembros, rcpresen­tante para que conforme la Directiva de laJunta de Usuarios, en la que necesariamen­te habra un representante de las ernpresasde caracter asociativo, Un representante, silas Comisiones de Regantes que integran laJunta de Usuarios fueren siete 0 mas; en casocontrario, designanin dos representantes porCornision.

La Autoridad Local de Aguas fijara fe­cha, dfa y hera para el proceso electoral derenovacion de la Directiva de Junta de Usua­rios; con 10dfas de anticipacion a la fechacstablecida, cl Presidente de la Directiva delaJunta de Usuaries en ejcrcicio, convocania los rcprcscnrantes y dclegados clectos delas Comisiones de Regantes as! como a losre-prescntantes de los usos no agrarios paraelegir a la respect iva Dircctiva,

Articulo 58°._ Los convocados clcgi­ran entre los rcprcsentantcs de las Cornisio­nes de Regantcs, y de los usos no agrarios,cargo por cargo, por voto verbal 0 secreta,scgun acuerdo, a la nueva Dircctiva.

Los cargos de Prcsidcntc, Tesorero, for­zosarnente rccueran en rcprcscntuntcs deComisiones de Reganres.

Lo actuado se ascntara en acta, cuya

copia uurenricuda por el Presidente en cjer­cicio, se clevara a la Autoridad Local de

Aguas para que dentro de los dos dias de surecepcion expida, la correspondiente Rcso­lucien de Reconocimiento.

Articulo 59°._ Los nuevos Directivosde las Organi:aciones de Usuaries, despuesde ser reconocidos por la Autoridad Localde Aguas, se integraran a partir del 12 deNoviembre, a las sesiones de las Juntas Di­rectivas en funcionarnienro, para efecto decoordinar acciones necesarias para la trans­ferencia de cargos, que se efectuara el 2 deEnero,

CAPITULO XIDE LAS SANCIONES Y DE LA

REMOCION

Articulo 60°._ Los usuaries intcgran­

tes de las Cornisiones de Regantes y Juntasde Usuaries, que no concurran al acto elec­toral ni a las sesioncs de Asamblea General,sean cstas ordinarius 0 extraordinarias, se­ran sancionadas por su respective Cornite deHonor con rnulra no mayor Jel 10% de laUnidad Impositiva Tributaria (UI.T.) vigen­te al rnes de Enero del afio de la comision dela falra, siempre y cuando no medic razonesde fucrza mayor dcbidarncnre justificadas.

L<J inasistencia de los Directives de lasorganizaciones de usuaries, a las asambleasGenerales, ordinarius 0 cxtraordinarias 0 alas scsioncs de laJunta Directive. scnin san­cionadas con rnulta igual al doble de 10 se­naludo en el parrafo preccdente.

Articulo 61°._ Los micmbros de lasDirectives que no cumplan con presentar los

prcsupuestos, balances, esrado de cucntas yotros documenros contables dentro de losplazos cstublccidos en cl prcsente Rcglurncn­

to 0 en los correspondicnres Estatutos, pre­via notificacion bajo apercibimiento de laAutoridad Local de Aguas dando plazo de30 dias calendarios, ser.in sancionados pordicha Autoridad, para que responda salida­riumcnte con una multa no mayor ala Uni­dad lmpositiva Tnbutaria (UIT) vigente alrues de Enero del afio de la Cllmision de la

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Legislacion de Agl!aS

falta, sin perjuicio de tcner que representar

los documenros requeridos.

Articulo 62°.• Las multas a que se re­fiere el Articulo 60° del presente Reglamen­to, incrernentaran el Fondo de Reserva de la

respcctiva organizacion.

Articulo 63°.• Son causales de rerno­

cion de alguno 0 todos los miembros de la

Junta Directiva:

63.1 Aprovecharse del cargo para obte­ncr ventajas personales.

63.2 Faltar injustificadarnente a las re­unioncs de la organizaci6n de usuarios, du­

rante su mandata.

63.3 Ser condcnado a pena privativa de

libertad 0 haber devenido en incapacidadcon arreglo al Codigo Civil.

63.4 La perdida definitiva de sus condi­ciones de usuario.

63.5 Para transgredir la legislacion de

aguas y haber sido sancionado por la Auto­

ridad de Aguas.

63.6 Par reorganizacion total 0 parcialdel ambito de su jurisdiccion, decretada por

la Autoridad de Aguas.

CAPITULO XIIDEL COMITE DE HONOR

Articulo 64°._ El Comite de Honor es

un organo encargado de velar por la buenamarcha de las Comisiones de Regantes y por

honestidad y la moralidad de sus miembros.Esta constituido por no menos de 3 ni masde 5 Ex-Presidentes de Corn isi on de

Regantes, uno de los cuales 10 presidira, y

por el Presidente en ejercicio 0 su represen­tante de la respectiva Cornision de Regantes,

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quien tiene derecho a su voz pero no a votoy hace las veces de fiscal.

Articulo 65° .• EI Cornite de Honor se

revocara cada dos afios y sera e legido segun

10 dispuesto en eI Articulo 51° del prescnteReglamento.

Articulo 66°.• EI Comite de Honor tie­

ne como funcion determinar la responsabi­lidad de los usuarios que transgredan el rol

de riego establccido por la Autoridad Localde Aguas, en cuanto se refiere a variar el re­

gimen de las aguas, irnpedir, alterar, rnodifi­car 0 perturbar el uso legitime de las aguas;

no mantener sus canales de riego en condi­

ciones apropiadas para el servicio de riego,aSI como los de evacuacion de aguas sobran­tes de riego, dafiar la infraestructura de ric­go y, sobre regar causando dafios a prediosvecinos 0 a vias de transite por inundacion,EI Comite de Honor pedira y propondra a laAutoridad Local de Aguas, aplique la san­cion correspondiente.

Articulo 67°.· EI Presidente en ejerci­cio 0 su representante de la respectiva Co­mision de Regantes, que hace las veces defiscal, sera el encargado de exponer el caso ainvestigarse.

Articulo 68°._ De determinarse la

respon-sabilidad del usuario el Cornite deHonor forrnular a el correspondiente

expedientillo para ser elevado a la Autori­dad Local de Aguas, a fin de que por Resolu­

cion aplique la sancion correspondienre.Todo 10 actuado debera contar con la nibri­ca de los miembros del Comite de Honor.

Articulo 69° .• En el correspondiente

Estatuto se explicitaran la organizacion, atri­buciones y obligaciones especfficas del Co­

mite de Honor, aSIcomo los procedirnientosa seguirse para eI cumplimiento de sus fun­

ciones.

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DISPOSICIONESCOMPLEMENTARIAS

legislad6n de Aguas

DISPOSICIONESTRANSITORIAS

Articulo 70°._ Las organizaciones deusuarios a que se refiere el presente Regla­mento, estan sujetas a la supervision de laAutoridad Local de Aguas, y a la fiscaliza­cion del Organa de Control Interno de larespectiva Unidad Agraria Departamental.

Articulo 71°._ Las' organizaciones deusua-rios a que se refiere el presente Regla­rnento, gozaran de derecho de credito, suje­randose a los requisitos legales que sefiale laentidad crediticia publica a privada.

Articulo 72°._ La Autoridad Local deAguas puede asistir tanto a las reuniones deJuntas Direcrivas, como a las de AsambleasGenerales de las Organizaciones de Usua­rios, can derecho a voz pero sin voto.

Articulo 73°._ Para el curnplimiento desus funciones las organizaciones de usuariospueden cantar con personal tecnico-adrni­nistrativo para la ejecucion de las activida­des tecnicas y adrninistrativas que le dele­gue la Autoridad Local de Aguas.

La Junta de Usuaries obligadamente, ylas Comisiones de Regantes que 10 cons ide­ren necesarios pueden contratar un Geren­tc, cl cual debcra ser ingeniero can cspecia­lizacion agraria, para jefaturar las activida­des que se le asigne.

El personal a que se refiere los incisosprecedenrcs sera seleccionado con la inter­vencion local de aguas 0 del representanreque expresarnente ella designe para este fin.

En los Estatutos y/oen elcorrespondien­te Manual de Organizaciones y Funciones,se especificaran las funciones y requisitospara cada cargo.

Articulo 74°._ Las acruales organiza­ciones se adecuaran a 10 esrablecido en elpresente Reglamento y a la estructuracionde sus ambiros jurisdiccionales .

Articulo 75°._ Los acuerdos adoptadosy actos suscritos legalmente por las actualesorganizaciones represcntativas de los usua­rios, senin asurnidos par la nueva organiza­cion que se origine en aplicacion del pre­sente Rcglarnento.

Articulo 76°._ En las organizaciones deusuaries en las que por cualquier motivo nose hubieran renovado sus Juntas Directives,cstas continuanin autorruiticamente en ejer­cicio basta el 31 de Dicicrnbre de 1989. Lacorrcspondicntc clcccion de cargos se efcc­tuani durante eIana de 1989 de acucrdo a 10estipulado en el presente Rcglarncnto.

Articulo 77°._ La Dircccion Generalde Aguas y Suclos del Minisrcrio de Agri­cultura rcsolvcr.i en cad a caso la situacionde las Juntas Dircctivas de las organizacio­nes de usuaries clcgidas y que no se encuen­tren.

Articulo 78°._ Las organizaciones deusuaries que no contascn con los cstatutos ala fecha de aprobacion del presente Rcglu­mento, estrin obligadas a claborarlos en elplaza de 30 dfas conrados a partir de la fechade la dacion del prescnte Rcglamento, paraser presentados a la Autoridad Local deAguas para su aprobacion mediante Resolu­cion.

Articulo 79°._ Los Comites de Riego yDrenaje y los Comites de Administracion delas areas rehabilitadas creadas par DecretoSupremo N° 067 -85-AG, cesartin en sus fun­cioncs en lu fecha de aprobacion del presen-

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te Reglarnento, adccuandosc a las disposi­clones del mismo y debicndo hacer entrcgade los bienes parrirnoniales a las Cornisio­nes de Regantes correspondiences.

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