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Control Fiscal Preventivo, Proactivo y Participativo Gobernación de Santander Calle 37 No. 10-30 Tel. 6306420 Fax (7) 6306416 Bucaramanga Colombia. www.contraloriasantander.gov.co CONTRALORÍA GENERAL DE SANTANDER CÓDIGO: RECF-16-01 INFORME DEFINITIVO SUBCONTRALORÍA DELEGADA PARA ELCONTROL FISCAL Página 1 de 63 ALCALDIA MUNICIPAL SABANA DE TORRES - SANTANDER ( No. 000050 08 Abril 2014 ) INFORME DEFINITIVO DE AUDITORÍA GUBERNAMENTAL CON ENFOQUE INTEGRAL MODALIDAD REGULAR No. 00050 DEL 8 DE ABRIL DE 2014 REPRESENTANTE LEGAL JAIRO RIVERA ARCINIEGAS Alcalde Municipal 2012-2015 VIGENCIA 2012 BUCARAMANGA, MARZO DE 2014

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ALCALDIA MUNICIPAL

SABANA DE TORRES - SANTANDER

( No. 000050 08 Abril 2014 )

INFORME DEFINITIVO DE AUDITORÍA GUBERNAMENTAL CON ENFOQUE INTEGRAL MODALIDAD REGULAR

No. 00050 DEL 8 DE ABRIL DE 2014

REPRESENTANTE LEGAL

JAIRO RIVERA ARCINIEGAS Alcalde Municipal 2012-2015

VIGENCIA 2012

BUCARAMANGA, MARZO DE 2014

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ALCALDIA MUNICIPAL

SABANA DE TORRES-SANTANDER

EQUIPO DIRECTIVO

ARGEMIRO CASTRO GRANADOS Contralor General de Santander

CARLOS FERNANDO PEREZ GELVEZ Contralor Auxiliar de Santander

SONNIA YANETH GARCIA BENITEZ Sub Contralora Delegada Para el Control Fiscal

Equipo Auditor

LUZ MIREYA MACHUCA RANGEL

Auditora Fiscal Coordinadora de Auditoría

MERCEDES LEON ROJAS Profesional Especializado

ELVENY PABON VILLABONA Profesional Especializado

MABEL CONSUELO GONZÁLEZ JAIMES

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Profesional Especializado

TABLA DE CONTENIDO

Pág.

1 RESULTADOS DE LA AUDITORIA 4 1.1 CONTROL DE GESTION 4 1.1.1 Factores Evaluados 4 1.1.1.1 Ejecución Contractual 4 1.1.2 Resultado Evaluación Rendición de Cuenta 16 1.1.3 Gestión Ambiental 19 1.1.4 Resultado Seguimiento Plan de Mejoramiento 24 1.1.5 Control Fiscal Interno 26 1.2 CONTROL DE RESULTADOS 29 1.2.1 Control Financiero y Presupuestal 29 1.2.1.1 Estados Contables 29 1.2.1.2 Gestión Presupuestal 41 1.3 OTRAS ACTUACIONES 48 1.3.1 Seguimiento a controles de Advertencia 48 1.3.2 Atención a Quejas y Denuncias 48 1.4 CUADRO DE TIPIFICACION DE HALLAZGOS 59 1.5 CUADRO DE HALLAZGOS DETECTADOS Y COMUNICADOS 62 1.6 DICTAMEN DE AUDITORIA 62

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1. RESULTADOS DE LA AUDITORIA

1.1. CONTROL DE GESTION El concepto sobre el Control de Gestión se determina como consecuencia de la evaluación de los siguientes factores: 1.1.1 Factores evaluados 1.1.1.1 Ejecución Contractual

En la ejecución de la presente auditoría y de acuerdo con la información suministrada por la ALCALDÍA MUNICIPAL DE SABANA DE TORRES, se determinó que la entidad celebró la siguiente contratación:

Ssuscribió 385 Contratos durante la vigencia 2012, por un valor total de NUEVE MIL QUINIENTOS DIEZ Y NUEVE MILLONES TRES MIL CUARENTA Y CINCO PESOS MCTE ($9.519.003.045), distribuidos así:

TIPOLOGIA CANTIDAD VALOR

CONTRATO DE PRESTACION DE SERVICIOS

276 $ 1.338.647.000

CONTRATOS DE MINIMA CUANTIA

46 $ 407.414.516

CONTRATOS DE OBRA PUBLICA 10 $ 1.858.228.419

CONTRATOS DE APOYO 10 $ 1.202.972.895

CONTRATOS INTERADMINISTRATIVO Y OTROS

25 2.159.960.130

CONTRATOS DE COMPRAVENTA Y SUMINISTROS

12 $ 2.019.559.897

CONTRATO DE ALQUILER 1 $ 53.699.739

SERVICIO DE VIGILANCIA 1 $ 47.200.000

CONTRATO SERVICIO DE SALUD 1 $ 129.363.000

CONTRATO DE CONSULTORIA 2 $ 99.337.449

CONVENIO DE COOPERACION 1 $ 202.620.000

TOTAL $ 9.519.003.045

Fuente: Municipio de Sabana de Torres

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Del total de la contratación, se tomó una muestra de 15 contratos de la vigencia 2012 correspondiente aproximadamente al 3% del número total de contratos, por valor de CUATRO MIL NOVECIENTOS CATORCE MILLONES SEISCIENTOS CUARENTA MIL SETENTA Y UN PESOS MCTE ($4.914.640.071) correspondiente aproximadamente al 52% del valor total de la contratación de la vigencia, seleccionados según la clase, la cuantía y la fecha de suscripción, así:

Fuente: Aplicativo SIA- Vigencia 2012

Así mismo, en la muestra seleccionada por el equipo auditor de la vigencia 2012, no se evidenció que el MUNICIPIO DE SABANA DE TORRES hubiese realizado publicaciones de lujo, como lo señala el artículo 10 de la Ley 1474 de 2011, modificado por el artículo 232 del Decreto 19 de 2012 que advierte “En ningún caso las entidades

objeto de esta reglamentación podrán patrocinar, contratar o realizar directamente publicidad oficial que no esté relacionada con las funciones que legalmente debe cumplir, ni contratar o

patrocinar Ia impresión de ediciones de lujo”. HALLAZGO No. 01 CONTRATOS PRESTACION DE SERVICIOS DESCRIPCION DE HALLAZGO:

Durante la vigencia 2012, El Municipio de Sabana de Torres, suscribió doscientos setenta y seis (276) contratos de prestación de servicios que ascendieron a la suma de $1.338.647.000, equivalente al 72% de la totalidad de la contratación como se registró en el cuadro de antecedencia.

72%

12% 3% 3%

6% 3%

0% 0%

0%

1%

0%

CONTRATACIÓN VIGENCIA 2012

CONTRATO DE PRESTACION DE SERVICIOS

CONTRATOS DE MINIMA CUANTIA

CONTRATOS DE OBRA PUBLICA

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Este ente de control considera importante mencionar la Circular 8 del 2013, emanada por la Procuraduría General de la Nación en la cual recordó a los jefes de las entidades públicas la normativa y jurisprudencia que les prohíbe celebrar contratos de prestación de servicios para atender funciones de carácter permanente y que impliquen subordinación. Así mismo, el organismo citó la Sentencia C-614 del 2009 de la Corte Constitucional, según la cual, a pesar de dicha prohibición, se ha implantado como práctica usual en las relaciones laborales con el Estado la reducción de las plantas de personal, el aumento de contratos de prestación de servicios para el desempeño de funciones permanentes de la administración y la suscripción de “nóminas paralelas”, situación irregular y abiertamente contraria a la Constitución. Por tanto es importante revisar este tipo de contratación para no incurrir en faltas en la contratación que ejecuten en la vigencia 2014, teniendo en cuenta que en el 2013 ya se realizó este tipo de contratación. Es así, nos encontramos frente un hallazgo de tipo administrativo para que se realicen los correctivos pertinentes a través de un Plan de Mejoramiento. Tipo De Hallazgo : Administrativo Presunto Responsable : Jairo Rivera Arciniegas

Alcalde

RESPUESTA DEL ENTE AUDITADO: “La administración municipal de sabana de torres, durante la vigencia 2012 efectivamente suscribió 276 contratos de prestación de servicios en atención a que no se cuenta con personal suficiente y que reúna….es por ello que en atención a la naturaleza del contrato de prestación de servicios….”

CONCLUSION EQUIPO AUDITOR: A través de un Plan de mejoramiento éste de control realizará seguimiento a fin de evitar el aumento de Contratos de Prestación de Servicios en el desempeño de funciones permanentes. HALLAZGO No. 02 NO SE CUENTA CON MANUAL DE CONTRATACIÓN DESCRIPCION DEL HALLAZGO:

Teniendo en cuenta que con la contratación pública se busca el cumplimiento de los fines estatales, es imperioso que las entidades públicas cuenten con instrumentos que les faculten lograr la selección adecuada de los contratistas que les permitirán la consecución de los mismos. De igual manera requiere armonizar las directrices impartidas en materia de gestión contractual con el fin de establecer unas reglas precisas y claras sobre los procedimientos que rigen la celebración de los contratos o convenios y estandarizar las labores que deben adelantar los funcionarios que intervienen en la contratación, logrando que los proponentes, la comunidad en general y los servidores públicos, tengan total claridad sobre las normas que aplican para los procesos de selección.

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Es así, nos encontramos frente un hallazgo de tipo administrativo para que la administración elabore el correspondiente Manual de Contratación. Tipo De Hallazgo : Administrativo Presunto Responsable : Jairo Rivera Arciniegas

Alcalde

RESPUESTA DEL ENTE AUDITADO: “…se ha establecido plazo hasta el 31 de julio de 2014 conforme a circular externa No. 9 del 17 de enero de 2014 emitida por la agencia nacional de contratación pública- Colombia compra eficiente para la expedición o adecuación de manuales de contratación, por tanto, la administración municipal, se acoge a dichos términos”

CONCLUSION EQUIPO AUDITOR: Con el plan de mejoramiento se realizará el seguimiento al cumplimiento de lo acá establecido. HALLAZGO No. 03 PRESUNTA TRASGRESION PRINCIPIO DE PUBLICIDAD DESCRIPCIÓN DEL HALLAZGO:

El equipo auditor realizó un análisis de los procesos contractuales suscritos en la vigencia 2012, adelantados por el Municipio de Sabana de Torres, los cuales deben ser publicados en la página del Secop; sin embargo al realizar la correspondiente verificación de la totalidad de los procesos contractuales, se evidencia que no se sube a la plataforma del Secop la totalidad de los contratos, así mismo, en algunos de los procesos contractuales que se encuentran publicados en la página del Secop, no se encuentran publicadas todas las actuaciones contractuales, como se relaciona en cada uno de los contratos analizados por este organismo de control en el presente informe, lo que contraviene lo estipulado en el artículo 2.2.5. “Publicidad del procedimiento en el

Secop. La entidad contratante será responsable de garantizar la publicidad de todos los procedimientos y actos asociados a los procesos de contratación, salvo los asuntos

expresamente sometidos a reserva”.

De igual manera, el artículo 209 de la Constitución Política señala: “La función

administrativa está al servicio de los intereses generales y se desarrolla con fundamento en los principios de igualdad, moralidad, eficacia, economía, celeridad, imparcialidad y publicidad, mediante la descentralización, la delegación y la desconcentración de funciones”.

Es así que para el equipo auditor, se estaría trasgrediendo el principio de publicidad, por la omisión de la publicación de todos los contratos en el Secop, constituyéndose un hallazgo disciplinario, por lo cual se dará traslado al Ministerio Público para lo de su competencia y hallazgo administrativo a fin de que se corrija este tipo de actuaciones.

Tipo De Hallazgo : Disciplinario Y Administrativo Presunta Norma Vulnerada: Numeral 31 del art. 48 de la Ley 734 de 2002,

artículo 209 Constitución Política

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Presuntos Responsables: JAIRO RIVERA ARCINIEGAS Alcalde

RESPUESTA DEL ENTE AUDITADO: “La alcaldía ha procurado la publicación integral de todas las actuaciones surgidas en el proceso contractual… sin embargo en la práctica, se ha encontrado con inconvenientes al publicar los contratos… con lo anterior la administración municipal ha iniciado la aplicación de medidas correctivas, que permitan dar cumplimiento con el principio de publicidad…”

CONCLUSION EQUIPO AUDITOR: Con el reconocimiento de las falencias sobre la publicación en el Secop, este organismo de control mantiene el hallazgo y dará traslado al organismo competente, para que tomen las decisiones a que haya lugar y a través del plan de mejoramiento se hará el seguimiento respectivo. HALLAZGO No. 04 FALENCIAS CONTRACTUALES DESCRIPCIÓN DEL HALLAZGO:

El equipo auditor, realizó un análisis de cada uno de los contratos seleccionados aleatoriamente en la muestra, en los cuales se pueden evidenciar algunas debilidades contractuales y a fin de evitar posibles faltas que podrían ocasionar detrimentos patrimoniales o hallazgos de diversas connotaciones, el equipo auditor exhorta al Municipio de Sabana de Torres a tener en cuenta los siguientes aspectos que lograrían tener incidencia en el cumplimiento de las funciones constitucionales y legales en el desarrollo de la gestión contractual. El Municipio de Sabana de Torres lleva varias numeraciones; sólo se debe

manejar una sola numeración a fin de ejercer un mejor control de la contratación en general.

En el Municipio de Sabana de Torres, no adjuntan en los expedientes contractuales, el correspondiente Plan de Compras, para ejercer control fiscal se requiere, toda vez que es un instrumento de programación y planificación, que se convierten en una herramienta para apoyar el control de gestión para el uso racional y estratégico de los recursos públicos.

A los expedientes contractuales no se les adjunta Hoja de Ruta, a fin de verificar que la documentación esté completa, por lo cual a través del Plan de Mejoramiento se debe corregir esta falencia.

En este orden de ideas, estaríamos frente a un hallazgo de tipo Administrativo que con las recomendaciones generales aquí plasmadas, buscarían no solo facilitar el trabajo del ordenador del gasto o de las áreas que participan en el proceso de contratación, sino además, se aspira a evitar prácticas indebidas y se tomen las acciones correctivas pertinentes a través de un Plan de Mejoramiento. Tipo de Hallazgo : Administrativo Presunto Responsable : Jairo Rivera Arciniegas -Alcalde

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RESPUESTA DEL ENTE AUDITADO: “Si bien es cierto existen contratos realizados en la misma vigencia con numeración igual, éstos se pueden diferenciar por el tipo de contrato según el objeto a contratar… el documento correspondiente al plan de compras no se adjunta al expediente, su ausencia no genera violación a normatividad alguna….. no se le adjunta la hoja de ruta me permito señalar que la ausencia de dicho documento hace caso a que ese tipo de documentos hace parte de los correspondientes procesos….”

CONCLUSION EQUIPO AUDITOR: Si bien es cierto los ítems que componen el presente hallazgo no generan violación a normatividad alguna, su implementación facilitan el trabajo no solo de la administración municipal, sino de las autoridades de control, por lo cual el hallazgo se mantiene para que a través del plan de mejoramiento se efectúen dichas acciones. HALLAZGO No. 05 CONTRATOS DE OBRA

TIPO DE

CONTRATO

CONTRATISTA SUPERVISOR OBJETO VALOR FUENTE

DEL

RECURSO

PLAZO ANTICIPO

DE OBRA NO. 003 DEL 14 DE MAYO DE 2012

CONSORCIO RIO LEBRIJA

CARLOS AUGUSTO PIESCHACON

VARGAS

RECUPERACION DEL DIQUE CARRETEABLE SOBRE EL RIO LEBRIJA

$278.530.018 PROPIOS 60 DIAS

NO

CONTRATO DE OBRA No. 010 Del 11 DE DICIEMBRE DE 2012

CONSTRUSANTANDER

LTDA

SNEYDER

AUGUSTO PINILLA ALVAREZ

MANTENIMIENTO Y

REPARACION DE LUMINARIAS PARA EL ALUMBRADO PUBLICO EN EL CASCO

URBANO

$355.153.016 PROPIOS 45

DIAS

NO

DESCRIPCION DEL HALLAZGO: El primer contrato relacionado, estipula en la cláusula de garantías, que el contratista deberá constituir una póliza, entre otros, con el amparo de responsabilidad civil extracontractual por daños a terceros “equivalente al 20% del valor del contrato (incluido

iva) extensible por el término de su vigencia y un año más”, contraviniendo lo señalado en el decreto 734 de 2012 que establece en su artículo 5.1.7.9 “Responsabilidad

extracontractual. El valor asegurado en las pólizas que amparan la responsabilidad extracontractual que se pudiera llegar a atribuir a la administración con ocasión de las actuaciones, hechos u omisiones de sus contratistas o subcontratistas, no podrá ser inferior al cinco por ciento (5%) del valor del contrato, y en ningún caso inferior a doscientos salarios

mínimos mensuales legales vigentes (200 smlmv) al momento de la expedición de la póliza”; ya que el 20% del valor del contrato exigido en la póliza no alcanza a cumplir con los 200 slmv establecidos en la norma.

De igual manera, en la misma cláusula del contrato la entidad exige “dentro de los diez

(10) días hábiles siguientes al del perfeccionamiento del contrato el contratista se compromete

a constituir a favor del municipio la garantía única de cumplimiento”, evento éste que no sucedió, toda vez que el contratista expidió la póliza con fecha 4 de junio de 2012, es decir fecha posterior a lo convenido. Así las cosas, nos encontramos frente a un hallazgo administrativo para la entidad corrija este tipo de actuaciones.

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Tipo de Hallazgo : Administrativo Presunto Responsable : Jairo Rivera Arciniegas -Alcalde RESPUESTA DEL ENTE AUDITADO: “Al respecto me permito señalar que por error involuntario el valor asegurado para el amparo de responsabilidad….aprobó las pólizas en razón a que por razones de tramitología el contratista no logró la expedición de la póliza dentro del término establecido..”

CONCLUSION EQUIPO AUDITOR: A través del plan de mejoramiento se realizará el seguimiento de las correcciones de las falencias acá señaladas y aceptadas por la administración. HALLAZGO No. 06 CONTRATO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS

TIPO DE CONTRATO CONTRATISTA SUPERVISOR OBJETO VALOR FUENTE

DEL

RECURSO

PLAZO ANTICIPO

PRESTACIÓN DE SERVICIOS No. 001 del 13 de Enero de 2012

SANDRA

LEGUIZAMO PEÑA

EDGAR NIÑO

ALVAREZ

PRESTAR SERVICIOS

PROFESIONALES COMO CONTADOR PUBLICO

$10.920.000 PROPIOS 2 MESES

18 DIAS

NO

DESCRIPCION DEL HALLAZGO: En los estudios previos y en el contrato presente, no se establece lo relacionado con la cláusula de indemnidad; trasgrediendo el artículo 5.1.6 del decreto 734 de 2012 que señala “Las entidades estatales deberán incluir en sus contratos una cláusula de indemnidad,

conforme a la cual se pacte la obligación del contratista de mantenerla libre de cualquier daño o perjuicio originado en reclamaciones de terceros y que se deriven de sus actuaciones o de las de sus subcontratistas o dependientes, salvo que justifiquen en los estudios y documentos previos, que atendiendo el objeto y las obligaciones contenidas en cada contrato y las circunstancias en que este deberá ejecutarse, no se requiere la inclusión de dicha cláusula”.

En el expediente contractual, no se evidenció los informes o certificaciones del supervisor, sobre el cumplimiento del objeto contractual, faltando a sus deberes como supervisor.

Es así que para el equipo auditor, se estaría frente a un hallazgo administrativo a fin de que se corrija este tipo de actuaciones.

Tipo de Hallazgo : Administrativo Presunto Responsable : Jairo Rivera Arciniegas -Alcalde

RESPUESTA DEL ENTE AUDITADO: “Para la época de suscripción del contrato, esto es, el 13 de enero de 2012, aún se encontraba vigente el decreto 2474 de 2008….solo hasta el 13 de abril de 2012 con la expedición del

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decreto 734 de 2012, por consiguiente no existe trasgresión alguna al artículo 5.1.6 del decreto 734 de 2012…la administración implementó las actas de recibo parcial, como el resultado de la revisión que el supervisor realiza al cumplimiento del objeto contractual en sus aspectos técnico, administrativo y financiero y la forma de expresar el cumplimiento de lo contratado, quedando en firme mediante la firma y aceptación por las partes en ella intervinientes”

CONCLUSION EQUIPO AUDITOR: Razón le asiste al sujeto de control en sus argumentos, por lo cual el hallazgo se desvirtúa en su totalidad.

HALLAZGO No. 07 CONVENIOS DE APOYO

No. TIPO DE

CONTRATO

CONTRATISTA SUPERVISOR OBJETO VALOR FUENTE

DEL

RECURSO

PLAZO ANTICIPO

1 APOYO No. 001 DEL 1 DE MARZO DE 2012

FUNDACION PARA EL

DESARROLLO HUMANO Y EMPRESARIAL

LILIA NASLY

LESSYN PEÑALOSA

AUNAR ESFUERZOS ENTRE

LAS PARTES PARA DESARROLLAR EL PROYECTO DE INTERÉS

PÚBLICO

$108.346.575 PROPIOS 300

DIAS

SI 30%

2 APOYO No. 003 DEL 22 DE JUNIO DE 2012

ASOCIACIÓN

CENTRO DE VIDA

YENNI GALVAN

PLATA- SECRETARÍA DE DESARROLLO

APOYO AL PROGRAMA DE

INTERES PUBLICO ENTRE EL MUNICIPIO DE SABANA DE TORRES Y LA

ASOCIACION CENTRO DE VIDA

$134.020.000 PROPIOS 4

MESES

SI

3 APOYO No. 005 DEL 9 DE AGOSTO DE 2012

CABILDO VERDE SABANA DE TORRES

EDGAR NIÑO ALVAREZ

PROTECCION Y MANEJO DEL AREA DE RECARGA HIDRICA DEL ACUEDUCTO

MUNICIPAL

$396.696.565 PROPIOS 4 MESES

SI- 50%

4 APOYO No. 019 DEL 13 DE DICIEMBRE DE 2012

ASOCIACIÓN

CENTRO DE VIDA

YENNI GALVAN

PLATA- SECRETARÍA DE DESARROLLO

APOYO AL PROGRAMA DE

INTERES PUBLICO ENTRE EL MUNICIPIO DE SABANA DE TORRES Y LA

ASOCIACION CENTRO DE VIDA

$189.309.050 PROPIOS 4

MESES

NO

DESCRIPCION DEL HALLAZGO:

El primer contrato relacionado (001) se estipula en la cláusula décima tercera, que el contratista deberá constituir una póliza, entre otros, con el amparo de “cumplimiento por

el 20% del valor del contrato por la vigencia del contrato y 4 meses más”, es decir por $21.669.315, pero en la póliza se constituyó por $16.669.315; “calidad por el 20% del

valor del contrato“ es decir por $19.669.315, pero no se hizo por ese valor; “pago de

salarios y prestaciones sociales por el 10% del valor del contrato”, es decir por $10.834.658 y lo hacen por $9.834.658 y “correcto manejo del anticipo, por el 100% del valor entregado en

calidad de anticipo” es decir por $32.503.973 y la constituyen por $29.503.973; no obstante a pesar de que el valor asegurado no son los correctos como lo solicitó la entidad, la póliza se aprueba por el alcalde encargado, Iván Lorenzo Quintero con fecha 5 de marzo de 2012. Por otra parte, el contrato se suscribió el 1 de marzo de 2012 y se liquidó el 28 de diciembre de 2012; pero dichos actos fueron publicados en el Secop, en el mes de abril de 2013; trasgrediendo así el artículo 2..2.5 del decreto 734 de 2012 que señala “La falta de publicación en el Secop de la información señalada en el

presente artículo constituirá la vulneración de los deberes funcionales de los responsables, la que se apreciará por las autoridades competentes de conformidad con lo previsto en el Código Disciplinario Único. La publicación electrónica de los actos y documentos a que se refiere el presente artículo deberá hacerse en la fecha de su expedición, o, a más tardar dentro de los tres (3) días hábiles siguientes”

Por otra parte, en el contrato 005 del 9 de agosto de 2012, se estipula en la cláusula de garantías, que el contratista deberá constituir una póliza, entre otros, con el amparo de el buen manejo y correcta inversión del anticipo “por la vigencia del contrato y 4 meses

más”, contraviniendo lo señalado en el decreto 734 de 2012 que establece en su

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artículo 5.1.7.2 “Buen manejo y correcta inversión del anticipo. El valor de esta garantía

deberá ser equivalente al ciento por ciento (100%) del monto que el contratista reciba a Título de anticipo, en dinero o en especie, para la ejecución del contrato y, su vigencia se extenderá hasta la liquidación del contrato”; la norma citada además señala que “la suficiencia de esta garantía será verificada por la entidad contratante al momento de la evaluación de las

propuestas”, circunstancia que no se evidenció, en el proceso contractual. Ahora bien, se estipula en la cláusula décima tercera, que el contratista deberá constituir una póliza, entre otros, con el amparo de “cumplimiento por el 10% del valor del contrato por la vigencia del contrato y 4 meses más”, es decir por $39.669.657, pero en la póliza se constituyó por $5.123.500; “calidad por el 10% del valor del contrato“ es decir por $39.669.657, pero se constituyó por $25.614.500; “pago de salarios y prestaciones sociales por el 10% del valor del contrato”, es decir por $39.669.657 y lo hacen por $5.123.500 y “correcto manejo del anticipo, por el 100% del valor entregado en calidad de anticipo” es decir por $198.348.283 y la constituyen por $25.614.500; no obstante a pesar de que el valor asegurado no son los correctos como lo solicitó la entidad, la póliza se aprueba el 14 de agosto de 2012.

En los estudios previos del cuarto contrato (019) se señala que el plazo de ejecución es de tres (3) meses y la propuesta presentada también lo señala; no obstante en el contrato se estableció por cuatro (4) meses, el cual se suscribió el 13 de diciembre y se publicó en el Secop el 24 de abril de 2013, el acta de inicio se suscribió el 17 de diciembre de 2012 y se publicó el 3 de mayo de 2013 y el acta de único pago suscrita el 17 de diciembre se publicó el 3 de mayo de 2013. De igual manera, tampoco se estableció en el contrato lo relacionado con la cláusula de indemnidad; trasgrediendo el artículo 5.1.6 del decreto 734 de 2012 que señala “Las entidades estatales deberán incluir

en sus contratos una cláusula de indemnidad, conforme a la cual se pacte la obligación del contratista de mantenerla libre de cualquier daño o perjuicio originado en reclamaciones de terceros y que se deriven de sus actuaciones o de las de sus subcontratistas o dependientes, salvo que justifiquen en los estudios y documentos previos, que atendiendo el objeto y las obligaciones contenidas en cada contrato y las circunstancias en que este deberá ejecutarse,

no se requiere la inclusión de dicha cláusula”. En la cláusula décima cuarta del contrato se establece “liquidación: el supervisor del contrato procederá a realizar su liquidación cuando se

hayan cumplido o ejecutado las obligaciones del mismo”, evento que a pesar de haberse agotado el plazo para ello, en el expediente contractual no se evidenció. Tampoco se evidenció en el expediente contractual los informes de ejecución del contrato.

Es así que para el equipo auditor, se estaría trasgrediendo el principio de publicidad, por la omisión de la publicación de las actuaciones contractuales en el Secop y por faltar a los deberes como ordenador del gasto y como supervisor, constituyéndose un Hallazgo disciplinario, por lo cual se dará traslado al Ministerio Público para lo de su competencia y Hallazgo administrativo a fin de que se corrija este tipo de actuaciones.

Tipo De Hallazgo : Disciplinario y Administrativo Presunta Norma Vulnerada : Numeral 31 del art. 48 de la Ley 734 de 2002,

artículo 2.2.5, 5.1.7.2, 5.1.6 del decreto 734 de 2012

Presuntos Responsables : Disciplinario Jairo Rivera Arciniegas – Alcalde Iván Lorenzo Quintero - Alcalde (e) Yenny Galván Plata –Supervisora : Administrativo Jairo Rivera Arciniegas – Alcalde

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RESPUESTA DEL ENTE AUDITADO: “Los contratos de apoyo a un programa de interés público, con contratos celebrados con entidades sin ánimo de lucro…. Por su parte el artículo 355 de la CN…. Por su parte el decreto 777 de 1992……me permito aclarar que las diferencias en los montos asegurados..el valor del contrato responden a dos aportes económicos: un aporte de carácter económico que lo realiza el contratista, en atención a la naturaleza del contrato señalada anteriormente y un segundo aporte de carácter económico realizado por el Municipio, es por ello que, en cuanto a la expedición de la póliza debe asegurar únicamente los recursos aportados por el Municipio…Contrato 005 de 2012: manifiesto que por error involuntario de archivo, en el expediente…por lo anterior me permito allegar copia de la póliza que corresponde…Contrato 019 de 2012: sin embargo es innegable que los estudios previos contienen por error involuntario de digitación en dicho plazo… respecto a los informes de jecución del contrato hacen parte de la labor realizada por el supervisor, es de su competencia pronunciarse al respecto”

CONCLUSION EQUIPO AUDITOR: El equipo auditor no comparte las explicaciones dadas por el sujeto de control, toda vez que el valor del contrato es uno solo, independiente de los aportes que realizan cada uno de los aportantes; sobre los errores involuntarios sobre la ausencia de informes de ejecución, se dará traslado al organismo competente para que realice las averiguaciones y tome las decisiones a que haya lugar; y a través del plan de mejoramiento se realizará por este organismo de control el seguimiento correspondiente.

HALLAZGO No. 08 CONVENIO DE APOYO No. 007 DEL 13 DE AGOSTO DE 2012

TIPO DE CONTRATO CONTRATISTA SUPERVISOR OBJETO VALOR FUENTE

DEL

RECURSO

PLAZO ANTICIPO

APOYO

INTERINSTITUCIONAL

CUERPO DE

BOMBEROS VOLUNTARIOS

EDGAR NIÑO

ALVAREZ

CONVENIO DE APOYO

INTERINSTITUCIONAL ENTRE EL MUNICIPIO DE SABANA DE

TORRES Y EL CUERPO DE BOMBEROS VOLUNTARIOS

$299.968.333 PROPIOS 30

DIAS

NO

DESCRIPCION DEL HALLAZGO: En los estudios previos y en el contrato presente, no se establece lo relacionado con la cláusula de indemnidad; trasgrediendo el artículo 5.1.6 del decreto 734 de 2012 que señala “Las entidades estatales deberán incluir en sus contratos una cláusula de indemnidad,

conforme a la cual se pacte la obligación del contratista de mantenerla libre de cualquier daño o perjuicio originado en reclamaciones de terceros y que se deriven de sus actuaciones o de las de sus subcontratistas o dependientes, salvo que justifiquen en los estudios y documentos previos, que atendiendo el objeto y las obligaciones contenidas en cada contrato y las circunstancias en que este deberá ejecutarse, no se requiere la inclusión de dicha cláusula”.

De conformidad con la cláusula sexta del presente convenio de apoyo, se estableció como obligación del Cuerpo de Bomberos voluntarios de Sabana de Torres, en el numeral 7 “acreditar el pago de aportes a los sistemas de salud y pensión”; no obstante al suscribir el convenio se allega el pago de la seguridad social de la representante legal y no el certificado que debe expedir el revisor fiscal (de acuerdo a la cámara de comercio, es Elsa Amaya Suárez) sobre la seguridad social y parafiscales de todos los funcionarios y/o bomberos voluntarios.

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De igual manera, a pesar de que el plazo del convenio ya venció no se evidenció el acta de liquidación correspondiente, a pesar de que en la cláusula decima cuarta se estableció “el supervisor del contrato procederá a realizar su liquidación cuando se hayan

cumplido o ejecutado las obligaciones del mismo”. En el expediente contractual tampoco se evidenció informes o certificaciones del supervisor sobre la ejecución del contrato. Así las cosas, estaríamos frente a un hallazgo administrativo para la entidad a fin de que se corrijan estas actuaciones. Tipo de Hallazgo : Administrativo Presunto Responsable : Jairo Rivera Arciniegas -Alcalde

RESPUESTA DEL ENTE AUDITADO: “Los contratos de apoyo a un programa de interés público, son contratos que hacen parte del régimen de contratación especial…se verificó el cumplimiento con los requisitos señalados en los términos de referencia de la invitación…los informes de ejecución del contrato hacen parte de la labor realizada por el supervisor y por consiguientes es de su competencia pronunciarse al respecto” CONCLUSION EQUIPO AUDITOR: A través de un plan de mejoramiento se realizará el seguimiento sobre el cumplimiento de cada uno de éstos ítems que componen el presente hallazgo.

HALLAZGO No. 009 CONTRATOS DE SUMINISTRO

TIPO DE

CONTRATO

CONTRATISTA SUPERVISOR OBJETO VALOR FUENTE

DEL

RECURSO

PLAZO ANTICIPO

SUMINISTRO No. 002 DEL 29 DE AGOSTO DE 2012

CAMPESA SA EDGAR NIÑO ALVAREZ

ADQUISICION DE CAMIONETAS CON DESTINO A LA POLICIA. SIJIN Y FISCALIA

$319.718.240 PROPIOS 45 DIAS

NO

SUMINISTRO No. 003 DEL 27 DE SEPTIEMBRE DE 2012

CODENCO EDGAR NIÑO

ALVAREZ

ADQUISICION DE TRES VEHICULOS

TIPO VOLQUETA PARA EL MEJORAMIENTO DE LAS VIAS URBANAS Y RURALES

$656.923.000 PROPIOS 45

DIAS

NO

DESCRIPCION DEL HALLAZGO: En los estudios previos y en los contratos presentes, no se establece lo relacionado con la cláusula de indemnidad; trasgrediendo el artículo 5.1.6 del decreto 734 de 2012 que señala “Las entidades estatales deberán incluir en sus contratos una cláusula de

indemnidad, conforme a la cual se pacte la obligación del contratista de mantenerla libre de cualquier daño o perjuicio originado en reclamaciones de terceros y que se deriven de sus actuaciones o de las de sus subcontratistas o dependientes, salvo que justifiquen en los estudios y documentos previos, que atendiendo el objeto y las obligaciones contenidas en cada contrato y las circunstancias en que este deberá ejecutarse, no se requiere la inclusión de dicha cláusula”.

En este orden de ideas, estaríamos frente a un hallazgo administrativo para que a través de un plan de mejoramiento se corrijan estas actuaciones contractuales. Tipo de Hallazgo : Administrativo Presunto Responsable : Jairo Rivera Arciniegas -Alcalde

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RESPUESTA DEL ENTE AUDITADO: “…tratándose de contratos netamente de suministro, los cuales de desarrollan bajo la figura de contraentrega, se omitió el deber de inclusión de la clausula de indemnidad… y las circunstancias de ejecución no cambian ni cambiarán por causa de la omisión de la justificación de no pactarse la clausula de indemnidad”

CONCLUSION EQUIPO AUDITOR: Teniendo en cuenta las explicaciones dadas por el sujeto de control y que sobre éste mismo ítem ya se pronunció el equipo auditor en el presente informe, el hallazgo administrativo se desvirtúa. HALLAZGO No. 010 CONTRATO No.012 DEL 9 DE NOVIEMBRE DE 2012

TIPO DE

CONTRATO

CONTRATISTA SUPERVISOR OBJETO VALOR FUENTE

DEL

RECURSO

PLAZO ANTICIPO

DE APOYO EMPSENAL

YENNY CAROLINA GALVAN PLATA

AUNAR ESFUERZOS PARA DESARROLLAR EL PROGRAMA DE ALIMENTACION ESCOLAR DURANTE LA JORNADA ESCOLAR

$131.011.200 PROPIOS 6 DIAS NO

DESCRIPCION DEL HALLAZGO:

La presente contratación se realizó mediante proceso de contratación directa, por contrato de apoyo a programas de interés público; no obstante el objeto contractual es “suministrar almuerzos escolares para los estudiantes del área rural y urbana”, lo que para este organismo de control la modalidad de selección de contratación directa no fue la apropiada, de conformidad con el objeto contractual y su cuantía, teniendo en cuenta que el numeral 1º del artículo 2 de la Ley 1150 de 2007 expresa que por regla general la selección del contratista se realizará por licitación pública, salvo las excepciones establecidas en los numerales 2, 3 y 4 del mismo artículo, además del procedimiento legal establecido en las normas vigentes, que corresponda a la ponderación de los elementos soportados en puntajes y fórmulas señaladas en el pliego de condiciones, por lo cual para este organismo de control se estaría frente a una presunta falta disciplinaria. Ahora bien, el convenio fue suscrito el 9 de noviembre de 2012 con un plazo de ejecución de seis (6) días, es decir, no entiende este organismo de control si en las mismas consideraciones del contrato, señala que se celebró finalizando el año escolar y con una ejecución de solo seis días? Es para este organismo de control demuestra una falta de planeación y de eficacia, por parte del ordenador del gasto, teniendo en cuenta que el artículo 209 de la Constitución Nacional así preceptúa: “la función

administrativa está al servicio de los intereses generales y se desarrolla con fundamento en los principios de igualdad, moralidad, eficacia, economía, celeridad, imparcialidad, y publicidad

mediante la descentralización, la delegación y al desconcentración de funciones….” Negrilla por fuera del texto. Es importante resaltar que en la vigencia 2013 a fin de cumplir con el “suministro de

almuerzos escolares para los estudiantes sisben 1-2 de las instituciones educativas área

urbana y rural del Municipio de Sabana de Torres, Santander 2013”, la entidad realizó el proceso de selección abreviada por subasta inversa SA-SI-012-2013 por valor de $586.759.853 con un plazo de treinta y seis (36) días calendario escolar. En este orden de ideas, estaríamos frente a un presunto hallazgo disciplinario por faltar a los deberes de servidor público; por lo cual se dará traslado a los organismos

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competentes para las averiguaciones y decisiones a que haya lugar y hallazgo administrativo para que a través de un plan de mejoramiento se corrijan estas actuaciones contractuales. Tipo De Hallazgo : Disciplinario Y Administrativo Presunta Norma Vulnerada : Numeral 31 del art. 48 de la Ley 734 de 2002,

artículo 2.2.5 del decreto 734 de 2012

Presuntos Responsables : Jairo Rivera Arciniegas Alcalde- Disciplinario y Administrativo RESPUESTA DEL ENTE AUDITADO: “El contrato en mención surgió como una necesidad improrrogable de darle continuidad al proyecto de alimentación escolar, que inicialmente venía ejecutando en el Municipio de Sabana de Torres, para la vigencia escolar 2012, el instituto colombiano de bienestar familiar… así las cosas no obstante la ejecución del programa de alimentación escolar venía ejecutándose de manera satisfactoria, éste finalizó con anterioridad a la terminación del calendario escolar, es decir, faltando seis días, a lo cual el Municipio de Sabana de Torres, con el fin de atender a la inmediatez que se requería para finalizar con el programa y para darle la continuidad y satisfactoria finalización, observó la necesidad de realizar un convenio de apoyo a un programa de interés público…es así que como a través del contrato cuestionado se dio la continuidad al programa de alimentación escolar, obteniendo un resultado satisfactorio para la comunidad beneficiada”

CONCLUSION EQUIPO AUDITOR: Las explicaciones dadas por el sujeto de control, no las comparte el equipo auditor, por cuanto el obtener un resultado satisfactorio para la comunidad beneficiada, ello no desmerece realizar el procedimiento contractual correspondiente como lo establece la normatividad vigente; no obstante se dará traslado al organismo competente para que sean ellos los encargados de realizar las averiguaciones y decisiones a que haya lugar y a través del plan de mejoramiento se realizará el seguimiento correspondiente. NOTA: El equipo auditor, realizó un análisis de cada uno de los contratos relacionados a continuación, en los cuales se puedo evidenciar el cumplimiento de las funciones constitucionales y legales en el desarrollo de la gestión contractual.

No. TIPO DE CONTRATO CONTRATISTA SUPERVISOR OBJETO VALOR FUENTE

DEL

RECURSO

PLAZO ANTICIPO

1 SUMINISTRO No. 001 DEL 27 DE JUNIO DE 2012

QUINTERO

AMADO LTDA.

EDGRA NIÑO

ALVAREZ

SUMINISTRO DE

COMBUSTIBLE (ACPM) PARA EL MANTENIMIENTO

DE 90 KM DE VIAS RURALES Y URBANAS

$282.734.348 PROPIOS 3

MESES NO

2

CONTRATO DE OBRA No. No. 006 DEL 30 OCTUBRE DE 2012

CONSORCIO PAVIMENTACIÓN

URBANA

NESTOR IVAN SANTAMARIA

RODRIGUEZ

MEJORAMIENTO Y

MANTENIMIENTO DE LA MALLA VIAL URBANA

PAVIMENTADA

$1.069.716.035 PROPIOS 4 MESES

SI

3 INTERADMINISTRATIVO

HOSPITAL

INTEGRADO SABANA DE

TORRES

LAURA

JIMENEZ HERRERA-

INTERVENTORA

APOYO AL

PROGRAMA DE ATENCIÓN PRIMARAIA EN

SALUD PARA PREVENIR Y CONTRARESTAR

LAS CAUSAS DE MORBILIDAD EN EL MUNICIPIO

DE SABANA DE

$209.475.000 PROPIOS 5 MESES

NO

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TORRES

1.1.2 Resultado Evaluación de la Rendición de Cuenta HALLAZGO No. 011 RENDICIÓN DE LA CUENTA La información rendida por el MUNICIPIO DE SABANA DE TORRES, a través del Sistema Aplicativo- SIA y tenida en cuenta como material de insumo para seleccionar la muestra de contratación (F-20 1A) no cumplió con los requisitos de confiabilidad y veracidad, dado que no se registró de manera correcta, hay contratos que se registraron doblemente (138), por un valor de $2.524.204.196 ocasionando una información errónea en su totalidad, así:

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De igual manera, se presentan otro tipo de falencias al publicar en la plataforma del SIA, como por ejemplo, señalan que algunos contratos y convenios no se les concedió anticipo, pero al revisar cada uno de los expedientes se encontró que si se otorgó el anticipo (convenio 001 del 1 de marzo de 2012); así mismo, en el convenio de apoyo 005 de 2012, se reporta el valor del contrato sin tener en cuenta el valor del aporte dado por la fundación. En fin, este organismo de control al requerir a la entidad sobre la totalidad de contratación en la vigencia 2013, éstos certifican que son 385 contratos los celebrados en la vigencia, por valor de $9.519.003.045; número de contratos y cuantía totalmente diferente a la publicada en el SIA; por lo cual es importante recalcar que el Municipio de Sabana de Torres, debe asumir con más responsabilidad lo correspondiente a la información que se registra en el Sistema Aplicativo SIA, en el sentido de designar un funcionario idóneo, capaz, responsable y comprometido, a fin de que la información que éste registre en el aplicativo SIA sea lo más exacta, confiable y veraz posible; ya que esta información es material importante de insumo para cualquier proceso auditor que se practique. De igual manera se está incumpliendo con el literal c, del artículo 26 de la Resolución No. 294 de 2009, que señala “El incumplimiento en la rendición de cuenta

e informes especiales en los siguientes casos, dará lugar a la iniciación de proceso sancionatorio por parte de la Contraloría General de Santander. a) Cuando no se rinde la cuenta: b) Cuando se rinde extemporánea la cuenta. c) Cuando se rinde la cuenta incompleta.”

Así las cosas, se configura un hallazgo de tipo administrativo con incidencia sancionatoria y hallazgo administrativo, para que se corrija y se evite este tipo de actuaciones, por lo cual se debe incluir dentro del plan de mejoramiento que suscriba la Entidad. Tipo De Hallazgo : Administrativo Y Sancionatorio Presunta Norma Vulnerada : Art. 26, Resolución 294 de 2009

Presuntos Responsables : JAIRO RIVERA ARCINIEGAS Alcalde

RESPUESTA DEL ENTE AUDITADO: No se recibió respuesta por parte del ente auditado al hallazgo No 011 CONCLUSION EQUIPO AUDITOR: En virtud de que no se recibió respuesta al presente hallazgo, se considera pertinente CONFIRMAR EL HALLAZGO ADMINISTRATIVO Y SANCIONATORIO, Por lo cual se dará el traslado correspondiente y deberá ser incluido en el Plan de mejoramiento, para el respectivo seguimiento.

1.1.2 Gestión Ambiental Presupuesto parte ambiental año 2012

Rubro Presupuestal Nombre Rubro Presupuestal Presupuesto Definitivo

Compromisos Pagos

0.5.38 SECTOR MEDIO AMBIENTE 206.043.691.5 206.043.498.70 96.459.640

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0.5.38.02.1.2 SGP- PROPOSITO GENERAL 0.00 0.00 0.00

0.5.38.02.1.2.01 Adquisición de predios Estrat medio ambiente

0.00 0 0

0.5.38.35.2.2 REGALIAS 15% MEDIO AMBIENTE 111,457,481 111,457,288 96.459.640

0.5.38.35.2.2.01

ImplemEstratRecupMedio Amb Ecoturismo ReforestEducacAmbFauna SilvAdqAreas EstratEstudio

111,457,481 111,457,288 96.459.640

0.5.38.91.02.1.2 RESERVAS 2011-SGP PROPOSITO GENERAL

66,452,579 66,452,579 0

0.5.38.91.02.1.2.01 Reservas 2011 - Adquisición Predios Estatreg medio Ambiente

66,452,579 66,452,579 0.00

0.5.38.91.35.5.1 RESERVAS 2011-RECURSOS DEPARTAMENTO

28,133,632 28,133,632 0.00

0.5.38.91.35.5.1.01 Reservas 2011 - Convenio 1232 de 2010 reforestación

28,133,632 28,133,632 0.00

0.5.41 SECTOR SANEAMIENTO BÁSICO Y AGUA POTABLE

532.169.040 531.642.005 531.642.005

0.5.41.32.2.1.01 Consrv Micro cuencas abastecen Acueducto Protección Reforestación

364,140,100 363,613,065 363,613,065

0.5.41.91.32.2.1.01 Reservas 2011 - Cons Microcuencas Acueducto Mpal

168,028,940 168,028,940 168,028,940

TOTAL 738.212.731.5 737.685.503.7 628.101.645.00

SERVICIOS DOMICILIARIOS La Empresa ESPUSATO de Servicios Púbicos es la encargada de prestar los servicios públicos domiciliarios de Acueducto, Alcantarillado y Aseo. COMPARENDO AMBIENTAL

Teniendo en cuenta que el comparendo ambiental es un instrumento de control y cultura ciudadana, que permite la imposición de sanciones pedagógicas y económicas a todas aquellas personas naturales o jurídicas, que infrinjan la normatividad existente en materia de residuos sólidos, y escombros previendo la afectación del medio ambiente y la salud pública. La administración municipal a través de la ONG Cabildo Verde trabaja de la mano con la Empresa prestadora del servicio de aseo, culturizando a la población en la conservación del medio ambiente. Sus principales proyectos son el cuidado de los manatíes presentes en las ciénagas aledañas del municipio, así mismo se han realizado campañas de educación ambiental dirigidas a generar una actitud favorable por parte de la comunidad, en donde se elaboró y distribuyo dentro del municipio un volante donde se plasma acciones para mejorar el manejo y clasificación de los residuos sólidos en la fuente. Por otra parte según lo manifestado por la administración, con la participación de los profesionales de Cabildo Verde se diseño una cartilla para la población juvenil del municipio, y a la vez una herramienta para los profesores y educandos para conseguir actitudes de cambio frente a comportamientos cotidianos que son nocivos del medio ambiente, y conozcan más sobre su municipio y profundicen en conocimientos de ecología, biología y en general de educación ambiental, para tomar conciencia sobre el papel y la responsabilidad que como Sabaneros tienen sobre este territorio, ya que se requiere muchas voces para hacer eco frente al deterioro constante que sufre el municipio. RECURSOS HIDRICOS:

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Respecto de la adquisición y mantenimiento de las áreas de importancia estratégica para la conservación de recursos hídricos que surte de agua al acueducto municipal (Articulo 111, Ley 99 DE 1993; artículo 106, ley 1151 de 2007, articulo 210, ley 1450 de 2011, durante la vigencia 2012 la administración municipal presupuesto un valor de $ 95.000.000, en la adquisición de áreas estratégicas para la conservación del recurso hídrico en fuentes nacientes de la quebrada San Isidro y la microcuenca la Gómez entre otros En cuanto a las acciones desarrolladas por la Administración Municipal en el programa de protección de microcuencas, en la vigencia 2012, en el Municipio de Sabana de Torres se ejecuto el contrato Interadministrativo No 5, celebrado con Cabildo Verde cuyo objeto fue: PROTECCION Y MANEJO DEL AREA DE RECARGA HIDRICA DEL

ACUEDUCTO MUNICIPAL EN LA SUBMICROCUENCA SAN ISIDRO Y LA RESERVA NATURAL MUNICIPAL PARA LA VIGENCIA 2012 EN EL MUNICIPIO DE SABANA DE

TORRES por valor de $ 363.613.065.00 El Municipio posee el siguiente inventario de predios adquiridos con anterioridad para la protección de las cuencas hídricas y que son administrados año a año a través de convenios interadministrativos de apoyo con el CABILDO VERDE DE SABANA DE TORRES, así:

En el año 1994, se adquiere la Finca la victoria, con una extensión de 212 has.

En el año 1998, se adquiere la Finca Acapulco con una extensión de 189has.

En el año 1998, se Adquieren los predios: Topacio (32HAS), El Tesoro (28has), Topacio 2 (34 has).

En el año 1999, se adquiere la Finca el Paraíso 45hs.

En el año 1999, el Concejo Municipal declara esta finca como Ecosistema de Importancia Estratégica, mediante acuerdo 005 de 1999

En el año 2004, se Adquiere la Finca La Isla con una extensión de 31 has.

En el año 2007, se adquiere las fincas Pedregosa (18 HAS) Y Pedregosa 2 (54has).

En el año 2008, el Concejo Municipal declara toda el área, que integrado todos los predios como un solo bloque suman más 630has, como Reserva Natural municipal, y dispone se adelanten todos los trámites para su manejo. HALLAZGO No.012

De lo anterior se deduce que la Administración Municipal de Sabana de Torres, desde el año 2008 no ha invertido en la adquisición de predios o áreas de importancia estratégica para la conservación de recursos hídricos que surten de agua a los acueductos municipales, y si bien manifiestan que están adelantando las gestiones pertinentes para ello las mismas deben surtirse en el corto plazo y en las condiciones favorables para el municipio. Por lo anterior se establece un hallazgo Administrativo.

Tipo de Hallazgo: Administrativo Presunto Responsable: Jairo Rivera Arciniegas - Alcalde RESPUESTA DEL ENTE DE CONTROL No se recibió respuesta por parte del ente auditado al hallazgo No 012. CONCLUSION EQUIPO AUDITOR

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En virtud de que no se recibió respuesta al presente hallazgo, se considera pertinente CONFIRMAR EL HALLAZGO ADMINISTRATIVO, para que sea incluido en un Plan de mejoramiento, al cual se le realizara el respectivo seguimiento. RESIDUOS SOLIDOS DISPOSICION DE BASURAS En el municipio de Sabana de Torres el sistema de barrido, limpieza, recolección, transporte, disposición final y aprovechamiento de los residuos y de basuras se esta ejecutando por la Empresa de Servicios Públicos ESPUSATO ESP, la recolección se realiza tres veces por semana a cada usuario, lo que traduce en 180 toneladas de residuos al mes. Para la elaboración del plan de gestión integral de residuos sólidos (PGIRS) del municipio de Sabana de Torres se organizo un grupo coordinador y técnico interesado en el desarrollo del proceso, que se compromete a cumplir con el programa y las actividades propuestas para el desarrollo del plan, bajo las funciones y obligaciones designadas a cada representante de las diferentes áreas involucradas consignadas. Para ello se realizo un diagnóstico de la situación actual del municipio en cada uno de los diferentes aspectos, para que permitiera plantear las alternativas de solución a la problemática actual El municipio dispone actualmente con un botadero a cielo abierto el cual no cuenta con las licencias ambientales que lo identificarían como relleno sanitario, también cumplió su ciclo de vida y debe ser clausurado y el nuevo sitio será ubicado en otros terrenos los cuales serán autorizados por las autoridades competentes (CAS).

Botadero a cielo abierto a clausurar

El nuevo sitio que está en proyecto y estudio para la disposición final, tratamiento y aprovechamiento de los residuos sólidos, por su ubicación no afecta asentamientos humanos; el cuerpo de agua más cercano se encuentra aproximadamente a 2km, por consiguiente, no se verá afectado por la disposición de los residuos o por lixiviados. Dando así cumplimiento a la norma estipulada en el literal F.6.2 del RAS – 2000, el nuevo sitio en el predio denominado el Refugio propiedad del señor JOSE DANILO ALZATE SALAZAR. el cual se encuentra en la vereda Provincia, municipio de Sabana de Torres Santander. El predio El Refugio cuenta con área de aprovechamiento de treinta y tres (33) hectáreas, a su vez se encuentra en la zona de vida de bosque

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Húmedo Tropical (bh-T), con biotemperatura media superior a 32°C y precipitación media anual de 2300 a 2500 mm, y está caracterizada por su área árida con poca presencia de bosques y ecosistemas estratégicos. Se encuentra en la vía que comunica del casco urbano de Sabana de Torres al Corregimiento de Provincia, a una distancia de cinco (5) km del casco urbano y a Kilometro y medio (1 ½) del corregimiento.

HALLAZGO No.013 El Municipio de los Sabana de Torres cuenta con Plan de Gestión Integral de Residuos Sólidos, pero no se reporta planes a corto y mediano plazo en la adecuación del sitio de disposición final de residuos sólidos, y la recuperación del material reciclable, teniendo en cuenta lo anterior se establece un hallazgo de carácter administrativo, para plan de mejoramiento. Tipo de Hallazgo: Administrativo Presunto Responsable: Jairo Rivera Arciniegas - Alcalde RESPUESTA DEL ENTE DE CONTROL No se recibió respuesta por parte del ente auditado al hallazgo No 013. CONCLUSION EQUIPO AUDITOR En virtud de que no se recibió respuesta al presente hallazgo, se considera pertinente CONFIRMAR EL HALLAZGO ADMINISTRATIVO, para que sea incluido en un Plan de mejoramiento, al cual se le realizara el respectivo seguimiento. PLANTA DE SACRIFICIO ANIMAL:

En el municipio existe una planta de Sacrificio Animal ( Matadero), operado por la Asociación de expendedores de carnes de Sabana de Torres, en el trabajo de campo realizado el grupo auditor verifico que la Planta de sacrificio se encuentra en funcionamiento y que presenta un concepto sanitario favorable condicionado, de acuerdo a las exigencias dejadas en el acta de visita del día 7 del mes de junio del

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2013 por parte del INVIMA, con el fin de realizar inspección para verificar las condiciones higiénico sanitarias a la planta de beneficio animal de este Municipio, además de observar en que esta planta no se haya realizado el beneficio de porcinos, dado que para esto se debe cumplir con lo establecido en el decreto 2278 de 1982 y decreto 1036 de 1991, cumplir con los requerimientos establecidos para mataderos clase IV , para lo cual se autorizo para el sacrificio de ganado bovinos, teniendo en cuenta la clasificación y la capacidad instalada de la planta de beneficio, toda vez que el numero de bovinos sacrificados por los días lunes a viernes 2 animales y sábado 20. HALLAZGO No.014 Producto de esta visita por parte de del INVIMA se hicieron algunas exigencias referentes a: 1)Instalaciones físicas y sanitarias, 2) Operaciones de Sacrificio, 3) Salas de proceso, 4) Almacenamiento, 5) personal manipulador,6) inspección sanitaria, 7) instalaciones sanitarias, 8) abastecimiento de agua, 9) manejo y disposición de residuos sólidos, 10) manejo y disposición de los residuos líquidos, 11) manejo de emisiones atmosféricas, 12) limpieza y desinfección, 13) control de plagas artrópodos, 14) roedores, aves etc.,15) transporte, 16) educación y capacitación y 17) salud ocupacional. A lo anteriormente mencionado este ente control deja para plan de mejora estos requerimientos para que se apliquen los correctivos del caso a fin de que se cumpla con las condiciones sanitarias y ambientales requeridas en el marco legal vigente, que le permita un adecuado funcionamiento y un proceso de faenado de ganado. Tipo de Hallazgo: Administrativo Presunto Responsable: Jairo Rivera Arciniegas – Alcalde RESPUESTA DEL ENTE DE CONTROL No se recibió respuesta por parte del ente auditado al hallazgo No 014. CONCLUSION EQUIPO AUDITOR En virtud de que no se recibió respuesta al presente hallazgo, se considera pertinente CONFIRMAR EL HALLAZGO ADMINISTRATIVO, para que sea incluido en un Plan de mejoramiento, al cual se le realizara el respectivo seguimiento.

1.1.3 Seguimiento al Plan de Mejoramiento Vigencia 2011

HALLAZGO No. 015 El plan de mejoramiento corresponde al informe de Auditoría Regular de la vigencia 2011, su fecha de terminación a Diciembre 31 de 2.013.

Se verificó que se ha adelantado sobre los hallazgos incluidos en el plan de mejoramiento, así:

N°. Hallazgo CONCEPTO Fecha limite Calificación

Auditoria

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1

Al analizar la cuenta de deudores aparece registrada en la subcuenta 1424 préstamos concedidos por valor de $1.990.069, al revisar su creación se pudo establecer que este valor es una cuenta del pasivo y que corresponde a las obligaciones que la alcaldía tiene con el fondo territorial de pensiones FONPET, lo que quiere decir que esta cuenta incrementa mas las obligaciones de la entidad.

15/02/13 2

2

Analizando el catalogo de cuentas y formato f-01gr correspondiente a la información general que el municipio de la cuenta de Bancos y Deudores que subió al SIA, se observó que las cifras no concuerdan con la realidad financiera del municipio, pues todas las cuentas bancarias quedan con saldo en rojo, pero al comparar con los informes que presenta la entidad se pudo comprobar que fue un error de digitalización pues al suprimir los centavos alteró las cifras.

31/12/13 2

3

En los Estados Financieros aparece la cuenta de inventarios representada por la subcuenta 1518 de materiales para la prestación del servicio contentiva de repuestos y llantas, siendo esta cuenta irreal puesto que al verificar los soportes se encontró que no existe tal inventario.

30/04/13 2

4

De la cuenta de propiedad planta y equipo se pudo observar que existe cantidad de elementos específicamente de equipo de transporte que se encuentra obsoleto y del cual la administración se encuentra en gestión para la realización de una subasta para enajenarlos con el fin de lograr recuperar algunos recursos para el municipio, de igual manera se debe actualizar los inventarios en cuento a traslados.

30/12/13 1

5

Se pudo verificar que el comprobante de egreso No. 002349 de dic. 31 de 2.011 se realizo un pago al señor Manuel Cabrera – Horacio Perdomo y abogados especialista con cheque no. 419530 del banco de Bogotá para cumplir con la sentencia de julio 28 de 2.009, se establece el hallazgo para iniciar acción de repetición.

30/04/13 1

6

En los contratos de obra pública No. 002, 006, 045, 025, 040, 047, 026, 024, 039, 035 y 027 de 2.011 así como en el convenio interadministrativo No. 02 de 2.011se evidencia la falta de planeación.

30/12/13 1

Método de evaluación del cumplimiento de los planes de mejoramiento. En la evaluación se determina el porcentaje de cumplimiento de las metas físicas propuestas, cuyo plazo de ejecución se encuentre cumplido a la fecha de evaluación. Para efectos de la evaluación del Plan de Mejoramiento se realizará un análisis cuantitativo. En este tipo de análisis, se utilizaron los factores como: acción de mejoramiento, estado actual del plan y fecha de vencimiento del plazo, los cuales se considerarán para obtener la medición del grado de cumplimiento. La metodología para el diseño de los indicadores se realiza tomando los siguientes criterios:

CRITERIO DE SEGUIMIENTO PUNTUACIÓN

Si cumplió con la acción de mejoramiento y fue efectiva

(solucionó la deficiencia)

Dos (2) puntos.

Si se cumplió con la acción de mejoramiento, pero su

resultado es parcialmente efectivo (solución parcial de la

deficiencia)

Un (1) punto.

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Si se cumplió con la acción de mejoramiento, pero ésta no

fue efectiva (no solucionó la deficiencia)

Cero (0) puntos

Si no se cumplió con la acción de mejoramiento Cero (0) puntos

La metodología utilizada para establecer estos criterios tuvo como base el hecho de considerar el cumplimiento de las acciones de mejoramiento cuyo plazo de ejecución se encuentre cumplido a la fecha de la evaluación, con un valor máximo de dos (2) puntos si cumplió la acción de mejoramiento y de cero (0) puntos si no la cumplió. Porcentaje de cumplimiento: El porcentaje de cumplimiento del Plan de Mejoramiento de la entidad, se calculará tomando como referencia las categorías anteriores en los papeles de trabajo de la auditoria y se obtiene de la siguiente manera:

Porcentaje de cumplimiento = Puntuación total de las acciones de mejoramiento / Número total de acciones de mejoramiento

Cumplimiento del Plan de Mejoramiento: Si el resultado oscila entre 1.41 y 2 “Cumplido” y si se encuentra entre 0 y 1.4 “No Cumplido”. Explicada la forma de evaluación del Plan de Mejoramiento, y teniendo como base los documentos revisados durante el trascurso de la auditoría, se comprobó que la Alcaldía Municipal de Sabana de Torres de las seis (06) acciones de mejoramiento suscritas para la vigencia 2011, obtuvo una calificación de nueve (9) puntos, que al aplicar la fórmula del porcentaje de cumplimiento arroja un resultado de 1.5, lo cual indica que el Plan de Mejoramiento suscrito para subsanar los hallazgos detectados en la vigencia 2.010 se encuentra CUMPLIDO PARCIALMENTE. En consecuencia, la Entidad debe replantear aquellas metas que no fueron cumplidas y consolidarlas en un solo Plan de mejoramiento, con las observaciones Administrativas en la presente auditoria, con metas a corto plazo que permitan el cabal cumplimiento del mismo en un 100%, pero se previene para que estas acciones estén completamente implementadas y subsanadas en el momento en que se efectué la auditoria de campo que se programe para la vigencia siguiente, por lo anterior se tipifica un hallazgo Administrativo con el fin de culminar con el cumplimiento del plan de mejoramiento. Tipo de Hallazgo: Administrativo Presunto Responsable: Jairo Rivera Arciniegas - Alcalde RESPUESTA DEL ENTE DE CONTROL No se recibió respuesta por parte del ente auditado al hallazgo No 015. CONCLUSION EQUIPO AUDITOR En virtud de que no se recibió respuesta al presente hallazgo, se considera pertinente CONFIRMAR EL HALLAZGO ADMINISTRATIVO, para que sea incluido en un Plan de mejoramiento, al cual se le realizara el respectivo seguimiento.

1.1.4 Control Fiscal Interno

EVALUACIÓN DEL SISTEMA DE CONTROL INTERNO.

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Control Interno debe dar cumplimiento a lo establecido en el Art. 9 de la Ley 1474 de 2011 y Art. 22 del Decreto Nacional 1737 de 1998, donde expone, “… Que las oficinas de Control Interno verificaran en forma mensual el cumplimiento de estas disposiciones como las de restricción del gasto que continúan vigentes, estas dependencias prepararan y enviaran al Representante Legal de la Entidad, entes u organizaciones respectivas y a los órganos de fiscalización, un informe mensual, que determine el grado de cumplimiento de estas disposiciones y las acciones que se deben tomar al respecto. Igualmente cada cuatro meses debe subir a la página web de la Entidad un Informe pormenorizado del estado de control Interno de dicha Entidad...”

El informe como se señala anteriormente pretende convertirse en un documento soporte, a partir del cual el Jefe de Control Interno o quien haga sus veces pueda monitorear los procesos de mejoramiento y establecer y utilizar adecuados instrumentos de gestión en cada una de las áreas de la Entidad. La evaluación del CI es un proceso permanente, mediante el cual, a partir de la información que se obtiene de diferentes fuentes, se emite un juicio de valor acerca del rendimiento o desempeño de un área; por lo tanto el sistema de control interno debe buscar la efectividad de los resultados establecidos por la Administración para el logro de la misión institucional, también busca asignar responsabilidades, definición de cronogramas, establecimiento de los recursos, capacitación del grupo de trabajo y socialización a directivos de la entidad.

ASPECTOS POSITIVOS Y NEGATIVOS: Durante el trabajo de campo realizado a la administración Municipal de Sabana de Torres se pudo corroborar que esta entidad cuenta con manuales de procedimientos para cada una de las áreas más representativas de la Entidad, como contratación, talento humano, almacén e inventarios entre otros, manual de funciones y se cuenta con el Código de Ética y Buen Gobierno, adoptado mediante acto administrativo este documento se socializo y fue a probado a través de reuniones del Comité de Control Interno, de la misma manera se creó el Comité de ética y de buen gobierno. Por otra parte se evidencio que la Alcaldía de este municipio, cuenta con la oficina de Control Interno y el funcionario que tiene asignas esta función figura como Asesor Control Interno, en cumplimiento a las normas legales. Dentro de las labores realizadas por la oficina de control Interno se encuentran:

Diligenciamiento y remisión vía Web, de la encuesta nivel de implementación MECI

nivel territorial remitida el 26 de enero de 2013, en cumplimiento de lo solicitado por la dirección de Control Interno y racionalización de trámites del DAFP.

Se han realizado jornadas de capacitación a los funcionarios sobre la importancia

de la aplicación de la Ley 594 de 2000, así mismo esta oficina ha realizado acompañamiento y seguimiento en la aplicación de las Tablas de Retención documental.

Se lidero la implementación de las tres primeras fases del programa de Gobierno en

línea, para lo cual se contrataron los servicios de una persona idónea en la materia ya que existían falencias para la recopilación de la información y el seguimiento de los servicios de interacción con los usuarios.

Se está implementando la ventanilla única como un sistema moderno de

información como mecanismo de descongestión administrativa y control.

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Organización de las carteleras Institucionales

OBSERVACIONES:

La entidad si tiene establecido el Mapa de Riesgos, pero no ha realizado ningún

seguimiento a este, por lo tanto no hay evidencias donde se pueda verificar que se hayan realizado algún tipo de acciones por parte de la oficina de Control Interno para mitigar estos riesgos.

También se debe fortalecer el comité coordinador de control Interno y a la alta

gerencia mediante charlas realizadas por el jefe de control interno relacionadas con valores, principio corporativo, administración pública y administración del riesgo

La administración municipal requiere de la actualización del manual de operaciones y procedimientos en los procesos de contratación, planeación y de la secretaría de hacienda.

Establecer un compromiso por parte de la Administración Municipal de Sabana de

Torres, no solamente con el Diseño e implementación, sino con el sostenimiento y mantenimiento del Modelo estándar de Control Interno interpretándolo como un mecanismo de retroalimentación permitiendo cumplir con eficiencia, eficacia, efectividad y transparencia los diferentes procesos y procedimientos al interior de la entidad.

Formular las recomendaciones necesarias para cada una de las falencias

encontradas

HALLAZGO No .016 ESTADO GENERAL DEL SISTEMA DE CONTROL INTERNO: La entidad debe mejorar este sistema, con el fin de identificar las debilidades en los diferentes procesos, e iniciar acciones de mejoramiento donde se puedan corregir lo anteriormente mencionado, lo cual indica que se debe seguir aunando esfuerzos para su verdadero ajuste e implementación. Esto se debe realizar mediante auditorías internas y seguimiento a los diferentes procesos en las áreas administrativas, financieras y presupuestal, contratación, planeación y desarrollo social entre otros, con el fin de llevar un mejor control sobre el manejo de cada área, y permitan un mejoramiento continuo el cual debe establecerse en la institución. Por lo anteriormente expuesto, la administración deberá realizar acciones de mejoramiento por procesos en cumplimiento de la función de la entidad que será una herramienta de gestión que busque unificar criterios en materia de control interno para el sector público, estableciendo una estructura para el control a la estrategia, la gestión y la evaluación.

Por lo anterior se establece un hallazgo de tipo administrativo para que sea incluido en un plan de mejoramiento.

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Tipo de Hallazgo: Administrativo Presunto Responsable: Jairo Rivera Arciniegas - Alcalde

RESPUESTA DEL ENTE DE CONTROL No se recibió respuesta por parte del ente auditado al hallazgo No 016. CONCLUSION EQUIPO AUDITOR En virtud de que no se recibió respuesta al presente hallazgo, se considera pertinente CONFIRMAR EL HALLAZGO ADMINISTRATIVO, para que sea incluido en un Plan de mejoramiento, al cual se le realizara el respectivo seguimiento.

1.2 CONTROL DE RESULTADOS 1.2.1 CONTROL FINANCIERO Y PRESUPUESTAL Como resultado de la auditoría realizada, el concepto sobre el control Financiero y Presupuestal, es consecuencia de la evaluación de las siguientes variables:

1.2.1.1 Estados Contables DICTAMEN A LOS ESTADOS FINANCIEROS En cumplimiento de las funciones inherentes al cargo, se llevó a cabo el proceso de revisión a los Estados Financieros Básicos, Balance General, Estado de Actividad Financiera, Económica y Social, y Notas a los Estados Financieros con corte al 31 de diciembre del 2012, de la ALCALDIA MUNICIPAL DE SABANA DE TORRES los cuales, según los documentos y anexos presentados en la rendición de cuenta, además de las constataciones y verificaciones efectuadas dentro del proceso auditor llevado a cabo sobre las vigencias 2012, generan el siguiente pronunciamiento del Contador Público de la entidad MERCEDES LEON ROJAS, portador de la tarjeta profesional número 68521 – T Opinión con Salvedad: En mi Opinión, atendiendo lo expresado en los párrafos precedentes, los Estados Contables de la ALCALDIA MUNICIPAL DE SABANA DE TORRES, no presentan razonablemente la situación financiera en sus aspectos más significativos por el año terminado a 31 de diciembre de 2012, ni los resultados del ejercicio económico del año terminado en la misma fecha, de conformidad con las normas y principios de contabilidad prescritos por la Contaduría General de la Nación, entre otros por los siguientes: Aspectos Relevantes:

1. Dentro de las deficiencias encontradas en el proceso Auditor está la falta de confiabilidad de la información reportada por la entidad, demostrándose deficiencia dentro del control interno contable.

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2. Las cifras reportadas en el Balance General en un 70% no corresponden a la realidad de la información, dado que no se ha realizado conciliación de cuentas mediante proceso de sostenibilidad contable.

3. A la propiedad planta y equipo no se le ha realizado la respectiva depreciación a

que hay lugar de acuerdo a la norma y a la técnica contable.

Salvedades:

1. Los saldos imputables en los Estados Financieros pueden tener modificaciones producto del proceso de Sostenibilidad Contable. SOFTWARE FINANCIERO HALLAZGO No. 017 El Municipio de Sabana de Torres para el manejo y control de sus ingresos y egresos financieros tiene el software TIMAX, software que no tiene el manejo de terceros y no integra todas las áreas financieras, tal como se evidencia en los saldos de cartera por concepto de impuesto predial, el cual arroja datos diferentes por contabilidad y datos diferentes por cartera por edades. Es conveniente que se consolide el software el cual debe ser integrado en todas las áreas tanto financieras, presupuestal y contable. El equipo auditor hace un hallazgo administrativo para que mediante metas propuestas se solucione esta falencia. Tipo de Hallazgo: Administrativo Presunto Responsable: Jairo Rivera Arciniegas - Alcalde RESPUESTA DEL ENTE DE CONTROL La Alcaldía Municipal no presenta contradicciones al hallazgo No. 017 CONCLUSION EQUIPO AUDITOR Teniendo en cuenta que la Administración Municipal no presento respuesta al comunicado del hallazgo, el equipo auditor confirma el hallazgo Administrativo, para ser incluido en Plan de Mejoramiento cuya meta es de cumplimiento inmediato. BALANCE GENERAL El Balance General a 31 de Diciembre de 2012, presentado por la administración Municipal en la rendición de cuenta, se encuentra clasificado y presentado de acuerdo con los parámetros establecidos por la Contaduría General de la Nación, donde la estructura de los activos deben conservar el orden de liquidez y solvencia, y los pasivos su grado de exigibilidad de acuerdo con el Plan General de Contabilidad, Normas Técnicas relativas a los estados, informes y reportes contables – Estados Contables Básicos - Balance General que dice : “Para efectos de su elaboración, los activos y pasivos

se clasifican en corriente y no corriente” y “Los Estados Contables Básicos deben presentarse en forma comparativa con los del período contable inmediatamente anterior.”

DESCRIPCIÓN Y ANÁLISIS DE LOS ESTADOS FINANCIEROS Para un mejor entendimiento las Cifras son reportadas en miles de pesos.

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Con base en los Estados Financieros de la Vigencia 2.012 firmados por el Alcalde Municipal de Sabana de Torres, el Contador Público, el Secretario de Hacienda y reportados en el aplicativo SIA, correspondiente a la rendición de cuenta de la vigencia 2012 y de acuerdo a información obtenida en trabajo de campo, encontramos la siguiente información financiera.

Fuente: Alcaldía de Sabana de Torres – Cifras en miles de pesos

ACTIVO La Alcaldía Municipal de Sabana de Torres presenta un activo total valorado en $45.042.531 a Diciembre 31 de 2.012, comparándolo con la vigencia anterior su incremento fue del 10%, donde quien tuvo la mayor relevancia por su incremento fue la de otros activos, por el registro realizado correspondiente a la actualización del cálculo actuarial. EFECTIVO y BANCOS HALLAZGO No. 018 En la Alcaldía Municipal de Sabana de Torres no ha realizado la depuración contable correspondiente y obligatoria sobre los saldos de las cuentas corrientes que se mantienen inactivas sin movimiento débito ni crédito. Para el manejo de sus recursos tiene aperturadas un total de 45 cuentas bancarias, algunas de sus conciliaciones bancarias presentan partidas conciliatorias, la conciliación bancaria es la forma como una entidad puede controlar el ingreso y giros

CUENTAS AÑO 2012 AÑO 2011 AÑO 2010 AÑO 2009 VARIACION %

CORRIENTE 34,358,527 31,315,751 26,048,834 20,183,421 3,223,874 9%

Efectivo 25,899,495 20,326,264 14,842,514 11,922,139 5,483,750 27%

Rentas Por cobrar 2,980,114 2,980,578 2,984,834 2,754,450 (464) NA

Deudores 5,478,918 7,738,330 7,950,907 5,236,253 (2,259,412) -41%

Inventarios 270,579 270,579 270,579 (270,579) NA

NO CORRIENTE 10,684,004 9,168,095 10,502,321 9,764,757 1,515,909 14%

Propiedades, Planta y Equipo 5,373,552 5,378,391 6,103,828 5,205,771 (4,839) 0%

Bienes de Beneficio y uso publico 978,038 978,050 978,050 978,050 (12) 0%

Inversiones 1,188,270 1,188,270 1,188,270 1,188,270 - 0%

Deudores 592,294 743,956 - NA

Otros Activos 3,144,144 1,623,384 1,639,879 1,648,710 1,520,760 48%

TOTAL ACTIVO 45,042,531 40,483,846 36,551,155 29,948,178 4,558,685 10%

CORRIENTE 31,270,353 35,398,472 11,718,627 10,415,764 (4,128,119) -13%

Deuda Publica 20,298,696 20,681,695 (382,999) -2%

Cuentas Por Pagar 10,490,818 14,337,610 11,092,914 10,078,936 (3,846,792) -37%

Obligaciones Lab. y de Seg. Social 305,578 378,630 302,944 (73,052) -24%

Otros Pasivos 175,261 537 322,769 336,828 174,724 100%

NO CORRIENTE - 93,409 1,832,871 805,347 (93,409) NA

Deuda Interna a LP 1,829,806 803,403 - NA

Otros Pasivos 93,409 3,065 1,944 NA

TOTAL PASIVO 31,270,353 35,491,881 13,551,498 11,221,111 (4,221,528) -14%

Hacienda Publica 13,772,178 4,991,965 22,999,657 18,727,067 8,780,213 64%

Total Patrimonio 13,772,178 4,991,965 22,999,657 18,727,067 8,780,213 64%

TOTAL PASIVO Y PATRIMONIO 45,042,531 40,483,846 36,551,155 29,948,178 4,558,685 10%

BALANCE GENERAL COMPARATIVO

CIFRAS EN MILES DE $

ALCALDIA MUNICIPAL DE SABANA DE TORRES

ACTIVOS

PATRIMONIO

PASIVOS

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de los recursos, por lo tanto es conveniente que las conciliaciones bancarias no presenten estas falencias. Así mismo durante el proceso auditor faltaron algunas conciliaciones bancarias por verificar, debido a que no fueron presentadas al equipo auditor. De acuerdo a lo comentado en párrafos anteriores, es necesario tipificar un hallazgo administrativo, para que se consoliden y depuren las conciliaciones Bancarias y de igual manera se revisen las cuentas inactivas y sin movimiento para proceder a su cancelación.

Tipo de Hallazgo: Administrativo Presunto Responsable: Jairo Rivera Arciniegas - Alcalde RESPUESTA DEL ENTE DE CONTROL La Administración Municipal no presento controversias al comunicado del Hallazgo No. 018 CONCLUSION EQUIPO AUDITOR Teniendo en cuenta que la Administración Municipal no presento respuesta al comunicado del hallazgo, el equipo auditor confirma el hallazgo Administrativo, para ser incluido en Plan de Mejoramiento cuya meta debe ser de cumplimiento inmediato. RENTAS POR COBRAR HALLAZGO No. 019 Impuesto predial Al realizar un comparativo de las rentas por cobrar de las vigencias 2009, 2010, 2011 y 2012, en relación con la deuda correspondiente a impuesto predial, no ha tenido variación o por el contrario ha sido muy mínima, como se ilustra a continuación: Para el equipo auditor la cartera por concepto de impuesto predial no corresponde a la realidad, se deduce que no han sido causadas las rentas por cobrar de algunas vigencias, lo que significa un valor de cartera incierto, que no corresponde a la realidad. De acuerdo a certificación emitida por el Contador del Municipio manifiesta lo siguiente del impuesto predial: Así las cosas si el valor de rentas por cobrar correspondiente a impuesto municipal no presenta variación, pero certifican que se causa y solo se recauda aproximadamente el 50% donde quedan los saldos pendientes de recaudar.

CUENTAS AÑO 2012 AÑO 2011 AÑO 2010 AÑO 2009 VARIACION %

Rentas Por cobrar 2,980,114 2,980,578 2,984,834 2,754,450 (464) NA

2009 2010 2011 2012

CAUSADO 1,146,303,292 1,153,091,719 1,164,854,032 1,201,740,742

RECAUDADO 627,298,925 604,869,504 665,965,205 654,305,670

POR RECAUDAR 519,004,367 548,222,215 498,888,827 547,435,072

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De igual manera la cartera por concepto de impuesto predial de acuerdo a certificación es la siguiente: Como se puede observar en la tabla anterior, no debe presentar diferencias, pues dado que los valores deben coincidir tanto en contabilidad como los valores reportados por edades de cartera. El de acuerdo a información suministrada durante el proceso auditor, el Municipio de Sabana de Torres presenta la siguiente cartera por edades: El equipo auditor aclara que si esta es la realidad de la cartera por concepto de impuesto predial, la gestión de cobro debe ser intensificada teniendo en cuenta que la mayoría ya estaría prescrita, pues de los $1.988.419 solo el 45% estaría vigente el cual corresponde a $889.855. Las observaciones anteriores, dejan entrever la deficiencia en la aplicación de mecanismos de control y herramientas que permitan realizar el seguimiento y control

2012

SEGÚN SEC. DE HDA 1,988,419

SEGÚN BALANCE 2,980,114

DIFERENCIA (991,695)

ALCALDIA MUNICIPAL DE SABANA DE TORRES

COMPARATIVO DE CARTERA

De 1 a 5 años 889,855

DE 6 A 10 AÑOS 333,706

DE 11 A 15 AÑOS 250,149

DE 16 A 20 AÑOS 197,846

DE 21 A 25 AÑOS 118,626

DE 26 A 30 AÑOS 167,453

Mayor de 30 años 30,784

Total 1,988,419

ALCALDIA MUNICIPAL DE SABANA DE TORRES

CARTERA POR EDADES

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de los recursos del Municipio, los cuales deben ser coordinados, conciliados y depurados, entre las dependencias de contabilidad, tesorería y recaudo de una manera efectiva, que permita reflejar y reportar la información fidedigna, precisa y confiable sobre este concepto. Tipo de Hallazgo: Administrativo Presunto Responsable: Jairo Rivera Arciniegas - Alcalde RESPUESTA DEL ENTE DE CONTROL La Administración Municipal no presento controversias al comunicado del Hallazgo No. 019 CONCLUSION EQUIPO AUDITOR Teniendo en cuenta que la Administración Municipal no presento respuesta al comunicado del hallazgo, el equipo auditor confirma el hallazgo Administrativo, para ser incluido en Plan de Mejoramiento cuya meta debe ser de cumplimiento inmediato. IMPUESTO DE INDUSTRIA Y COMERCIO HALLAZGO No. 20 En relación con el impuesto de industria y comercio, el cual es la fuente de mayor ingreso en el Municipio de Sabana de Torres, se conocen bases de datos y se tiene cartera pendiente de cobro así: Al igual que la cartera por concepto de impuesto predial, el 25% del total de cartera por concepto de impuesto de industria y comercio esta para prescribir si no se intensifica la gestión de cobro por parte de la Secretaria de Hacienda. El equipo auditor hace un Hallazgo administrativo, con el fin de que se presente mediante plan de mejoramiento metas a corto plazo que permitan la recuperación de cartera por concepto de impuesto de industria y comercio.

De 1 a 2 años 288,860

DE 3 A 4 AÑOS 93,794

Mayor de 5 años 693

Total 383,347

ALCALDIA MUNICIPAL DE SABANA DE

CARTERA POR EDADES IND. Y CIO

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Tipo de Hallazgo: Administrativo Presunto Responsable: Jairo Rivera Arciniegas - Alcalde RESPUESTA DEL ENTE DE CONTROL La Administración Municipal no presento controversias al comunicado del Hallazgo No. 020 CONCLUSION EQUIPO AUDITOR Teniendo en cuenta que la Administración Municipal no presento respuesta al comunicado del hallazgo, el equipo auditor confirma el hallazgo Administrativo, para ser incluido en Plan de Mejoramiento cuya meta debe ser de cumplimiento inmediato. INVERSIONES De acuerdo al Balance de Prueba de la Alcaldía Municipal de Sabana de Torres presenta un valor en inversiones de $ 1.188.270, el cual corresponde al aporte entregado por la Alcaldía Municipal para la creación de la Empresa de servicios públicos de Sabana de Torres “ ESPUSATO E.S.P. Se conoce por parte de la contadora del municipio que estas inversiones pertenecen a esta empresa pero no se tiene un titulo valor que las acredite. DEUDORES HALLAZGO No.021 El valor de los deudores a Diciembre 31 de 2.012 según el Balance General consolidado es de $ 5.478.918. En resumen lo encontrado en el Balance de Prueba detallado es lo siguiente:

Fuente: Alcaldía de Sabana de Torres – Cifras en miles de pesos

En el anterior cuadro podemos destacar la cuenta de Avances y Anticipos entregados en Administración, corresponden a los dineros pendientes de legalizar por parte de los contratistas que han sido entregados en calidad de anticipos para la ejecución de obras, culmina la vigencia 2.012 y la suma de $1.184.589 se encuentran sin legalizar lo cual afecta la razonabilidad de los Estados Financieros.

CUENTA CONTABLE

DENOMINACION SALDO

1401 Ingresos No Tributarios $ 347.904

1413 Transferencias por cobrar $ 3.017.694

1420 Avances y Anticipos entregados $ 1.184.589

1424 Recursos entregados en Admón. $ 330.478

1425 Depósitos Entregados $ 31.975

1470 Otros Deudores $ 572.801

1480 Provisión para Deudores $ -6.524

Total $ 5.478.917

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Otra cuenta por destacar es la de otros deudores, donde se encuentra incluida una partida cancelada a la DIAN por concepto de extemporaneidad e inexactitud en la presentación de información exógena del año gravable 2.009, la cual debió presentarse en el 2.010. La inconsistencia radica en que la Administración Municipal tenía como fecha límite para la presentación de la información exógena (Formato 1001 y 1002) el 8 de abril de 2.010 y solo fue presentado el 25 de Mayo de 2.010. Otra inconsistencia presentada en la presentación de esta información fue que debía reportar a la empresa JCP ASOCIADOS LTDA y reporto a GONZALEZ CENTENO LUIS MARIA. Por estas dos inconsistencias la DIAN impone una sanción al Municipio por valor de $ 368.325.000, la cual fue rebajada al 10% de la Sanción, la suma de $36.833.000, valor que fue cancelado por la Alcaldía Municipal en Enero 20 de 2.012 a la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales. De acuerdo a lo manifestado anteriormente el equipo auditor tipifica un hallazgo administrativo con alcance disciplinario y fiscal, dado que por negligencia en el cumplimiento de sus funciones de los funcionarios encargados de presentar esta información a la DIAN, el Municipio de Sabana de Torres se hace acreedor a la Sanción lo cual va en detrimento del patrimonio del municipio. Tipo de Hallazgo : Administrativo, Disciplinario y Fiscal Norma Vulnerada : Ley 734 de 2.002 Art. 34, Ley 610 de 2.000 Art. 6 Valor Fiscal : $36.833.000 Responsable : Administrativo : Jairo Rivera Arciniegas – Alcalde : Disciplinario y Fiscal : Uriel Velandia Rodríguez – Ex Alcalde : Jaime Niño Silva - Ex Secr. Gral y de Hacienda : Armando Bossio Robles - Contador RESPUESTA DEL ENTE DE CONTROL La Administración Municipal no presento controversias al comunicado del Hallazgo No. 021 CONCLUSION EQUIPO AUDITOR Teniendo en cuenta que la Administración Municipal no presento respuesta al comunicado del hallazgo, el equipo auditor confirma los hallazgos Administrativo, Disciplinario y Fiscal. En el plan de mejoramiento la meta debe ser de cumplimiento inmediato. PROPIEDAD PLANTA Y EQUIPO HALLAZGO No. 022

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La Propiedad Planta y Equipo no presento variación entre las vigencias 2.011 y 2.012, lo que significa que no se está realizando depreciación a los muebles e inmuebles de propiedad del Municipio.

En la vigencia 2012 no se encuentran registros detallados de los Activos Fijos en las cuentas del Balance, se tiene un archivo consolidado donde se puede evidenciar los mismos, pero Depreciación no se ha realizada mes a mes ni anual, lo que demuestra que la Depreciación de Propiedad Planta y Equipo no se realizó durante la vigencia 2.012, lo cual afectando la razonabilidad de los Estados Financieros con corte a 31 de diciembre de 2.012 en una cantidad incierta.

Así mismo se pudo evidenciar que el equipo de transporte no presentan revisión técnico mecánica en su totalidad, lo cual genera incumplimiento en lo concerniente a la normatividad de transito y transporte y detrimento patrimonial a futuro si llegase a suceder algún accidente de tránsito.

El equipo Auditor hace un Hallazgo de tipo Administrativo para la Administración Actual, con el fin de que se identifiquen claramente la totalidad de Activos Fijos, se realice la depreciación individual mes a mes, con el fin de conocer exactamente los inventarios del Municipio, que permitan establecer responsables de los mismos por dependencias con el fin de evitar posibles pérdidas o extravió de los mismos. Tipo de Hallazgo: Administrativo Presunto Responsable: Jairo Rivera Arciniegas - Alcalde RESPUESTA DEL ENTE DE CONTROL La Administración Municipal no presento controversias al comunicado del Hallazgo No. 022 CONCLUSION EQUIPO AUDITOR Teniendo en cuenta que la Administración Municipal no presento respuesta al comunicado del hallazgo, el equipo auditor confirma el hallazgo Administrativo, para ser incluido en Plan de Mejoramiento cuya meta debe ser de cumplimiento inmediato. EN EL PASIVO El pasivo total de la Alcaldía Municipal de Sabana de Torres de la vigencia 2.012 es de $31.270.353, presentando una disminución del 14%. INFORME DE DEUDA PÚBLICA HALLAZGO No. 023 La Alcaldía Municipal de Sabana de Torres, presenta deuda pública en la vigencia 2.012 así:

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Como se puede observar el Municipio de acuerdo a información entregada por la Administración municipal y confrontada con los Estados Financieros, presenta una diferencia entre los datos suministrados tanto en el Balance General como en el informe presentado en el trabajo de campo de la siguiente manera: Como se observa en la grafica anterior vemos que los datos reportados tanto a la Contraloría General de Santander, como al equipo auditor no coinciden con los reportados en el Balance General, por lo cual el equipo auditor hace un hallazgo administrativo con el fin de que se realice una conciliación de saldos para que la información concuerde con los datos reportados. Tipo de Hallazgo: Administrativo Presunto Responsable: Jairo Rivera Arciniegas - Alcalde RESPUESTA DEL ENTE DE CONTROL “…Por parte de la oficina de contabilidad se allegó a este Despacho Nota de Contabilidad No. 06000070 de fecha 20 de Junio de 2.013, mediante el cual se realiza el ajuste a la Nota de Contabilidad NC 0768 de Agosto de 2.012 por valor de $22.066.977, obrante en un (01) folio…”

CONCLUSION EQUIPO AUDITOR Al analizar la respuesta emitida por el ente de control, en relación al hallazgo No. 023, se observa que no se analizo la diferencia que presentaba los datos de deuda pública, simplemente se procedió a realizar el ajuste al valor referenciado por el equipo auditor. De igual manera el equipo auditor confirma el hallazgo Administrativo, para que mediante plan de mejoramiento se subsanen estas debilidades que presentan los ajustes que se le realizan a las cifras contables, las mismas deben estar soportadas mediante comité de sostenibilidad contable, con el fin de tener un soporte para la realización de los diferentes ajustes.

APROVACION DEL

ACUERDO

ENTIDAD

FINANCIERA

DESTINACION

RECURSOS

VALOR DEL

CREDITO

FECHA DE

CREDITO

NO. DEL

CONTRATOOBJETO

NOMBRE DEL

CONTRATIST

A

SALDO A DIC.

2.011SALDO A DIC. 2.012

20,681,981,321 20,276,629,241

Convenio

002/2011

Construcción

Plan de

Acantarillado

ESPUSATO

ESP

Reg. Min Hacienda No.

611514435

Banco Bogotá

Plan Maestro de

Acueducto y

Alcantarillado

586,772,633 14/04/2011Convenio

002/2011

Construcción

Plan de

Acantarillado

ESPUSATO

ESP

Reg. Min Hacienda No.

611514434

Banco Bogotá

Plan Maestro de

Acueducto y

Alcantarillado

9,324,683,790 14/04/2011

Reg. Min Hacienda No.

608504543

Banco BogotáSuministro Maquinaria

Pesada 1,412,914,800 22/09/2010 003/2010

Construcción

Plan de

Acantarillado

CODENCO 1,117,122,019 855,172,819

143,402,880 - Reg. Min Hacienda No.

611513575Banco Bogotá

Construcción Palacio

Municipal

Convenio

002/2011

Construcción

Plan de

Acantarillado

ESPUSATO

ESP

750,000,000 12/12/2007 059-2006Construcción

Palacio Mpal.

Reg. Min Hacienda No.

611514434

Banco Bogotá

Plan Maestro de

Acueducto y

Alcantarillado

9,499,999,999 14/04/2011

ASEDING LTDA

9,499,999,999 9,499,999,999

9,324,683,790 9,324,683,790

596,772,633 596,772,633

TOTAL

2012

CERTIFICACION 20,276,629,251

SEGÚN BALANCE 20,298,696,227

DIFERENCIA (22,066,976)

ALCALDIA MUNICIPAL DE

COMPARATIVO DEUDA PUBLICA

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INFORME DEFINITIVO

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VIGENCIAS FUTURAS La alcaldía Municipal de Sabana de Torres, reporta vigencias futuras por valor de $4.268.938, de acuerdo a la siguiente relación:

A pesar de haber sido reportadas en el aplicativo SIA, en la Alcaldía Municipal certifican en un principio que no existían y posteriormente manifiestan tener conocimiento de las mismas, por lo que se requiere que se lleve un control estricto sobre las mismas. Así mismo estas vigencias futuras terminan ejecución en la vigencia 2.013. ESTADO DE ACTIVIDAD FINANCIERA, ECONÓMICA Y SOCIAL

Fuente: Alcaldía de Sabana de Torres – Cifras en miles de pesos

En la gráfica que se presenta a continuación se observa el comportamiento que han tenido los diferentes rubros de ingresos de la Alcaldía del Municipio de Sabana de Torres.

(N) Año

Autorizac

ión

Vigencia

Futura

(Vf)

(N) Año

Inicial Vf

(N) Año

Final Vf

(F) Fecha

Autorización Vf

(C) Nivel

Gobierno

Que Ejecuta

Vf

(N)

No.Confis

Autoriza

Vf

(C)

Concepto

Previo

Confinanci

acion Vf

(C) Vf

Sobre

Proyect

o

Inversio

n

(N) No

Ordenanz

a O

Acuerdo

Vf (C) Tipo Vf

(C) Tipo

Gasto Vf

(C) Denominacion

Rubro Presupuestal

(D) Monto

Apropiado En La

Vigencia

(D) Monto Total

Autorizado Vf

(D) Monto

Comprometido

En La Vigencia

(D) Saldo Total

Por

Comprometer

Vf (C) Estado Vf

2012 2012 2013 11/30/2012 MUNICIPAL 6 SI SI 56 ORDINARIA INVERSION 0.5.35.03.2.2.02 1,126,410,884 563,205,442 563,205,422 563,205,442 LIBRE

2012 2012 2013 11/30/2012 MUNICIPAL 6 SI SI 56 ORDINARIA INVERSION 0.5.34.01.71.01 347,320,152 173,660,076 173,660,076 173,660,076 LIBRE

2012 2012 2013 11/30/2012 MUNICIPAL 6 SI SI 56 ORDINARIA INVERSION 0.5.35.03.13.1.01 3,700,000,000 1,850,000,000 1,850,000,000 1,850,000,000 LIBRE

2012 2012 2013 11/30/2012 MUNICIPAL 6 SI SI 56 ORDINARIA INVERSION 0.3.213.22.90.1.2.1 216,097,398 108,048,699 108,048,699 108,048,699 LIBRE

2012 2012 2013 11/30/2012 MUNICIPAL 6 SI SI 56 ORDINARIA INVERSION 0.5.34.03.10.1.01 390,000,001 195,000,001 195,000,001 195,000,001 LIBRE

2012 2012 2013 11/30/2012 MUNICIPAL 6 SI SI 56 ORDINARIA INVERSION 0.5.35.06.1.1.01 370,947,370 185,473,685 185,473,685 185,473,685 LIBRE

2012 2012 2013 11/30/2012 MUNICIPAL 6 SI SI 56 ORDINARIA INVERSION 0.5.44.90.6.1.01 969,888,624 484,944,312 484,944,312 484,944,312 LIBRE

2012 2012 2013 11/30/2012 MUNICIPAL 6 SI SI 56 ORDINARIA INVERSION 0.3.21.04 61,454,474 30,727,237 30,727,237 30,727,237 LIBRE

2012 2012 2013 11/30/2012 MUNICIPAL 6 SI SI 56 ORDINARIA INVERSION 0.5.47.03.2.2.01 129,326,660 64,663,330 64,663,330 64,663,330 LIBRE

2012 2012 2013 11/30/2012 MUNICIPAL 6 SI SI 56 ORDINARIA INVERSION 0.5.39.90.10.1.07 118,980,002 59,490,001 59,490,001 59,490,001 LIBRE

2012 2012 2013 11/30/2012 MUNICIPAL 6 SI SI 56 ORDINARIA INVERSION 0.5.36.06.2.1.01 148,926,922 74,463,461 74,463,461 74,463,461 LIBRE

2012 2012 2013 11/30/2012 MUNICIPAL 6 SI SI 56 ORDINARIA INVERSION 0.5.35.03.2.2.01 270,568,589 135,284,295 135,284,295 135,284,295 LIBRE

2012 2012 2013 11/30/2012 MUNICIPAL 6 SI SI 56 ORDINARIA INVERSION 0.5.36.05.2.1.01 104,108,986 52,054,493 52,054,493 52,054,493 LIBRE

2012 2012 2013 11/30/2012 MUNICIPAL 6 SI SI 56 ORDINARIA INVERSION 0.5.38.90.10.1.05 60,000,000 30,000,000 30,000,000 30,000,000 LIBRE

2012 2012 2013 11/30/2012 MUNICIPAL 6 SI SI 56 ORDINARIA INVERSION 0.5.41.2.1.01 110,000,000 55,000,000 55,000,000 55,000,000 LIBRE

2012 2012 2013 11/30/2012 MUNICIPAL 6 SI SI 56 ORDINARIA INVERSION 0.5.41.31.10.1.01 68,000,000 34,000,000 34,000,000 34,000,000 LIBRE

2012 2012 2013 11/30/2012 MUNICIPAL 6 SI SI 56 ORDINARIA INVERSION 0.5.35.03.2.2.01 236,961,504 118,480,752 118,480,752 118,480,752 LIBRE

2012 2012 2013 11/30/2012 MUNICIPAL 6 SI SI 56 ORDINARIA INVERSION 0.5.47.17.1.2.02 108,884,000 54,442,000 54,442,000 54,442,000 LIBRE

CUENTAS AÑO 2012 AÑO 2011 AÑO 2010 AÑO 2009 VARIACION %

INGRESOS OPERACIONALES 39,535,543 45,768,989 37,412,086 31,406,166 (6,233,446) -16%

Ingresos Fiscales 10,464,044 37,807,330 26,057,507 23,442,730 (27,343,286) -261%

Transferencias 29,071,499 7,961,659 11,354,579 7,963,436 21,109,840 73%

DEVOLUC Y DECTOS (29,062) NA

GASTOS OPERACIONALES 28,367,491 61,646,691 32,515,787 42,436,275 (33,279,200) -117%

De Administracion 4,032,440 3,592,872 2,979,501 3,296,552 439,568 11%

De Operación 141,296 129,582 147,638 2,674,654 11,714 8%

Transferencias 549,614 476,832 372,968 290,153 72,782 13%

Gasto Público Social 23,644,141 57,447,405 29,015,680 36,174,916 (33,803,264) -143%

EXCEDENTE (DÉFICIT) OPERAC. 11,168,052 (15,877,702) 4,896,299 (11,030,109) 27,045,754 242%

OTROS INGRESOS 545,091 367,677 417,104 586,595 177,414 33%

Otros Ingresos 545,091 367,677 417,104 586,595 177,414 33%

OTROS GASTOS 2,745,180 1,009,439 105,678 204,823 1,735,741 63%

Otros Gastos 2,745,180 1,009,439 105,678 204,823 1,735,741 63%

EXCEDENTES (DÉFICIT) 8,967,963 (16,519,464) 5,207,725 (10,648,337) 25,487,427 284%

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CIFRAS EN MILES DE $

ESTADO DE ACTIVIDAD FINANCIERA, ECONOMICA Y SOCIAL

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INFORME DEFINITIVO

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Como se puede evidenciar al definir los ingresos relacionados tanto en el Estado de la Actividad Económica y Financiera como en la gráfica, se evidencia la variación que han tenido los ingresos en las dos últimas vigencias, variación que ha sido de un 16% en general, pero sorpresivamente se observa la variación negativa que tuvieron los ingresos fiscales la cual fue de un 261%, debido a la disminución en los recursos por regalías, tal como se puede apreciar en el siguiente cuadro comparativo.

2012 2011 VARIACION

TRIBUTARIOS 6,171,677 5,564,137 607,540

IMPTO PREDIAL 1,209,946 1,168,136 41,810

IMPTO IND. Y CIO 2,617,053 2,247,447 369,606

IMPTO AVISOS Y TABLEROS 134,512 74,257 60,255

SOBRETASA A LA GASOLINA 874,066 863,855 10,211

IMPTO SOBRE EL SERV. 1,033,145 980,664 52,481

SOBRETASA BOMBERIL 203,126 82,422 120,704

OTROS 99,829 147,356 (47,527)

NO TRIBUTARIOS 4,493,050 32,272,256 (27,779,206)

MULTAS 199,026 176,978 22,048

INTERESES 320,395 318,067 2,328

ESTAMPILLAS 1,858,292 4,043,508 (2,185,216)

FPSYGA - Solidaridad 1,787,761 162,483 1,625,278

Regalias 26,673,991 (26,673,991)

otros 327,576 897,229 (569,653)

ALCALDIA MUNICIPAL DE SABANA DE TORRES

COMPARATIVO DE INGRESOS POR ITEM

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De igual manera y de acuerdo al registro contable realizado en el Municipio de Sabana de Torres, los ingresos por concepto de transferencias realizadas en el 2.012 y de acuerdo a la nueva reclasificación de cuentas dada por la contadora del Municipio es la siguiente: GASTOS OPERACIONALES La Alcaldía del Municipio de Sabana de Torres a 31 de Diciembre de 2012 refleja unos gastos operacionales de $28.367.491, los cuales se disminuyeron en un 117% al compararlos con la vigencia 2.011, en donde el total de gastos operacionales fue de $61.646.691, representados en gastos de administración y gasto público social, entre los más representativos. 1.2.1.2 GESTION PRESUPUESTAL

El Concejo Municipal de Sabana de Torres mediante Acuerdo No. 023 de 2006 estableció el Estatuto Orgánico de Presupuesto del municipio de Sabana de Torres. HALLAZGO No. 024

El Estatuto Orgánico de Presupuesto del municipio de Sabana de Torres se encuentra desactualizado, debido a los continuos cambios en la normatividad. Se hace necesaria su actualización mediante un plan de mejora.

Tipo de Hallazgo: Administrativo Presunto Responsable: Jairo Rivera Arciniegas - Alcalde RESPUESTA DEL ENTE DE CONTROL La Alcaldía Municipal no allegó controversia al presente Hallazgo. CONCLUSION EQUIPO AUDITOR Teniendo en cuenta que la Administración Municipal no presentó respuesta al presente hallazgo, se confirma el hallazgo Administrativo, para ser incluido en Plan de Mejoramiento que suscriba la entidad producto de la presente auditoria.

INTEM VALOR

SGP 7,408,992

SGP ASIGNAC.S DIRECTAS 14,310,631

SGP VIGENCIA ANTERIOR 376,530

SGP FOSYGA - SOLIDARIDAD 1,856

OTRAS TRANSFERENCIAS 6,973,490

TOTAL 29,071,499

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El Concejo Municipal de Sabana de Torres mediante Acuerdo No. 063 de noviembre 30 de 2011 aprobó el presupuesto de Ingresos y gastos para la vigencia 2012 por valor de $34.512.799.245. MODIFICACIONES PRESUPUESTALES

El siguiente cuadro presenta la totalidad de las modificaciones que se realizaron al Presupuesto General de Rentas y Gastos durante la vigencia 2012, así: (cifras en pesos)

Se observa que durante la vigencia analizada, la entidad inicia su presupuesto con $34.512´799.245, de los cuales presentó modificaciones por valor de $18´553.864.191, para un presupuesto definitivo de $53.066´663.436. EJECUCION DE INGRESOS

COMPORTAMIENTO HISTÓRICO DE LA EJECUCIÓN PRESUPUESTAL DE INGRESOS (cifras en miles)

VIGENCIA

PPTO INCIIAL ADICIONES REDUCCIONES PPTO DEFINITIVO PPTO RECAUDADO

% DE RECAUDO

2009 33.889.389 18.946.561 0 52.835.950 30.422.829 58%

2010 27.464.587 37.241.259 0 64.705.846 65.715.420 101.56%

2011 29.282.217 46.999.741 185.846 76.096.112 76.879.959 101.035

2012 34.512.799 38.153.927 19.600.063 53.066.663 54.419.750 102.55%

Fuente: Sria de Hacienda Municipal

De lo anterior se deduce, que del comportamiento histórico de su ejecución de Ingresos a lo largo del cuatrienio analizado, el presupuesto definitivo presentó ascenso en las vigencias 2009, 2010 y 2011 y un descenso en la vigencia 2012 del 29% con respecto a la vigencia inmediatamente anterior. En cuanto al presupuesto recaudado de las vigencias descritas, se observa que en los años 2010, 2011 y 2012 éstos superaron el presupuesto definitivo de su vigencia, correspondiendo al 101%, 101% y 102% respectivamente, cumpliendo con su objetivo de recaudo. COMPORTAMIENTO HISTÓRICO DE LAS RENTAS (cifras en pesos)

Fuente: Sria Hda Mpal

El comportamiento de los ingresos por rentas del Municipio de Sabana de Torres durante los últimos cuatro años presentó notorias variaciones, ya que para el 2010 aumentó considerablemente en un 46% comparado con el año 2009; sin embargo para

VIGENCIA PTO INICIAL PTO DEFINITIVO MODIFICACIONES

2.012 34.512.799.245,00 53.066.663.436,00 18.553.864.191,00

RENTAS 2.009 2.010 2.011 2.012

INGRESOS TRIBUTARIOS 5.252.351.637,00 5.678.699.618,00 9.096.264.771,00 7.388.839.836,00

INGRESOS NO TRIBUTARIOS 13.784.942.813,00 16.454.947.569,00 23.998.095.076,00 3.260.803.923,00

RECURSOS DEL SISTEMA GENERAL DE PARTICIPACIONES 5.937.758.390,00 8.739.525.533,00 10.701.574.128,00 9.627.464.856,00

OTROS APORTES 2.060.362.859,00 5.772.582.958,00 25.596.115.474,00 18.889.170.358,00

RECURSOS DE CAPITAL 3.387.414.145,00 29.069.665.103,00 7.487.909.946,00 15.253.471.685,00INGRESOS FONDOS ESPECIALES-LEY 56 DE 1981 ART. 4 - FONDO DE

HABITACIONES HIGIENICAS Y FONDO DE EDUCACION PARA EL TRABAJO

Y DESARROLLO HUMANO 0,00 0,00 0,00 0,00

TOTAL INGRESOS 30.422.829.844,00 65.715.420.781,00 76.879.959.395,00 54.419.750.658,00

COMPORTAMIENTO HISTÓRICO DE LAS RENTAS

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el 2011 su ascenso fue tan solo del 15% con respecto al año anterior (2010), disminuyendo el ingreso en el 2012 en un 29% con respecto a la vigencia 2011.

De otra parte se observa que los ingresos tributarios se incrementaron en las vigencias 2010 y 2011, para la vigencia 2012 dichos ingresos disminuyeron notoriamente; comportamiento similar también fue presentado tanto para los ingresos no tributarios como SGP. Al analizarse la ejecución presupuestal de ingresos vigencia 2012 se observa:

(cifras en pesos) RUBRO EJECUCION % PART. INGRESOS TRIBUTARIOS 7.388.839.836 13.58%

INGRESOS NO TRIBUTARIOS 3.260.803.923 5.99%

RECRUSOS DEL SISTEMA GENERAL DE PARTICIPACIONES

9.627.464.856 17.69%

OTROS APORTES 18.889.170.358 34.71% RECURSOS DE CAPITAL 15.253.471.685 28.03%

INGRESOS FONDOS ESPECIALES. 0 0

TOTAL INGRESOS 54.419.750.658 100% Fuente: Sria de Hacienda Municipal

El rubro más representativo de los ingresos por rentas del Municipio de Sabana de Torres durante el 2012 corresponde a otros aportes, con una participación del 34.71% del total de sus ingresos, le sigue recursos de capital con el 28.03%, luego el SGP con el 17.69%, ingresos tributarios con el 13.5% y el más bajo ingreso correspondió a los no tributarios con una participación del 5.9% con respecto al total de sus ingresos. De otra parte se observa que la entidad para la vigencia 2012 presupuestó un ingreso por valor de $53.066´663.436, recaudándose la suma de $54.419´750.658 que correspondió al 102%, como se evidencia en el siguiente cuadro: (cifras en pesos)

Fuente: Sria de Hacienda Municipal

EJECUCION DE GASTOS COMPORTAMIENTO HISTÓRICO DE LA EJECUCION PRESUPUESTAL DE GASTOS (cifras en pesos)

COMPORTAMIENTO HISTÓRICO DE LA EJECUCION PRESUPUESTAL DE GASTOS

DENOMINACION 2009 2010 2011 2012

PRESUPUESTO DE GASTOS DE FUNCIONAMIENTO

3.366.633.237 3.354.495.423 3.961.466.764 4.721.677.317

INGRESOS 2012 PRESUPUESTADO RECAUDADO

INGRESOS CORRIENTES DE LIBRE DESTINACION 9.577.475.745,00 9.467.927.689,00

RECURSOS PROPIOS CON DESTINACION ESPECIFICA 3.660.469.228,00 4.347.015.314,00

RECURSOS DEL SISTEMA GENERAL DE PARTICIPACIONES 10.014.364.246,00 9.627.464.856,00

TRANSFERENCIAS DE OTRAS ENTIDADES 0,00 0,00

RENDIMIENTOS FINANCIEROS 38.700.000,00 380.136.209,32

OTROS 29.775.654.217,00 30.597.206.590,00

TOTAL INGRESOS 53.066.663.436,00 54.419.750.658,32

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PRESUPUESTO SERVICIO DE LA DEUDA

470.376.161 486.680.656 1.523.551.010 3.599.705.949

PRESUPUESTO GASTOS DE INVERSION

36.352.336.265 31.263.106.547 63.519.305.788 27.503.046.717

TOTAL EJECUTADO 40.189.345.663 35.104.282.626 69.004.323.562 35.824.429.983

Fuente: Sria de Hacienda Municipal

Se observa en las vigencias analizadas que los gastos de funcionamiento y servicio a la deuda correspondiente a la Alcaldía de Sabana de Torres, presentaron un aumento significativo; así mismo se evidenció que mientras los gastos de inversión aumentaron en un 100% durante la vigencia 2011, para la vigencia 2012 disminuyeron en un 57%. De otra parte se observa en el siguiente cuadro que en el presupuesto ejecutado de gastos vigencia 2012, los rubros más comprometidos fueron el servicio a la deuda y gastos de funcionamiento con un 95% y 91% respectivamente del presupuesto definitivo asignado y por último gastos de inversión recursos propios y SGP. (cifras en pesos)

Fuente: Sria de Hacienda Municipal

HALLAZGO No. 25 En la vigencia 2012 se aprecia un bajo nivel de recursos comprometidos en inversión como lo es en el Plan de inversión aprobado, el cual quedó pendiente por ejecutar el valor de $16.161.400.103, que correspondió en gran parte al sector salud. Se configura un hallazgo administrativo para que la Administración tome los correctivos pertinentes mediante un plan de mejora.

Tipo de Hallazgo: Administrativo Presunto Responsable: Jairo Rivera Arciniegas - Alcalde

RESPUESTA DEL ENTE DE CONTROL La Administración Municipal no presento controversias al presente Hallazgo. CONCLUSION EQUIPO AUDITOR Teniendo en cuenta que la entidad no presentó respuesta al citado hallazgo, el equipo auditor lo confirma, para ser incluido en Plan de Mejoramiento que se suscribirá, con el fin de tomar los respectivos correctivos. ESTAMPILLAS

EJECUCIÓN DE LOS RECURSOS ESTAMPILLA PROCULTURA

DENOMINACION PPTO. DEFINITIVO COMPROMETIDO PAGADO

%

COMPROMET

IDO

% PAGO

% PAR.

COMPROMET

IDO

GASTOS DE FUNCIONAMIENTO 5.163.362.725,00 4.721.677.317,00 4.632.955.952,00 0,91 98,12% 13,18%

GASTOS DE INVERSION RECURSOS PROPIOS 8.164.331.851,00 5.514.243.349,00 4.739.297.693,00 0,68 85,95% 15,39%

GASTOS DE INVERSION SGP Y OTROS 35.940.689.022,00 21.988.803.369,00 15.774.713.624,00 0,61 71,74% 61,38%

SERVICIO DE LA DEUDA 3.798.279.838,00 3.599.705.949,00 2.315.026.111,00 0,95 64,31% 10,05%

TOTAL 53.066.663.436,00 35.824.429.984,00 27.461.993.380,00 100,00%

PRESUPUESTO EJECUTADO DE GASTOS 2012

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Por concepto de Estampillas Pro Cultura Municipal durante la vigencia fiscal 2012, se recaudó la suma de $568.474.980, y por gastos de Estampillas Pro Cultura Municipal durante la vigencia fiscal 2012, se ejecutaron $416.002.390de acuerdo al siguiente cuadro: (cifras en pesos)

Fuente: Sria de Hacienda Municipal

HALLAZGO No. 26

EJECUCION CON RECURSOS ESTAMPILLA PRO BIENESTAR DEL ADULTO MAYOR Los recaudos de recursos de Estampillas de Pro Bienestar del Adulto Mayor Municipal, a 31 de diciembre de 2012 fue de $ 2.055.693.013. El Gasto de Estampilla Pro Bienestar del Adulto Mayor Municipal, a 31 de diciembre de 2012 alcanzó solo la suma de $486.977.250 que corresponde al 23% del total recaudado, según lo relacionado en el siguiente cuadro: (cifras en pesos)

Fuente: Sria de Hacienda Municipal

Por lo anterior se configura un hallazgo administrativo con alcance disciplinario, ya que solo se ejecutó el 23% del total recaudado. Tipo De Hallazgo : Disciplinario Y Administrativo Presunta Norma Vulnerada: Numeral 1 del art. 34 de la Ley 734 de 2002.

Ley 1276 de 2009. Presuntos Responsables: JAIRO RIVERA ARCINIEGAS

Alcalde RESPUESTA DEL ENTE DE CONTROL La Alcaldía no presentó controversias al citado Hallazgo. CONCLUSION EQUIPO AUDITOR

FECHA DENOMINACION CONTRATISTA VALOR

01/03/2012 PC 3M000019 CONVENIO INTERADMINISTRATIVO No. 001 DE 2011 INDERCULTSA 170.178.480,00

14/08/2012 PC 8A000048 CONTRATO ADICIONAL 01 AL CONV 001 DE 2011 INDERCULTSA 119.388.630,00

09/10/2012 PC 1O000104 CONVENIO INTERADMINISTRATIVO No. 008 de 2012 INDERCULTSA 126.435.280,00

416.002.390,00

TIPO

VALOR TOTAL CONTRATADO

FECHA DETALLE CONTRATISTA VALOR

22/06/2012 PC 6J000033CONTRATO DE APOYO A UN PROGRAMA DE

INTERES PUBLICO No. 003 DE 2012

ASOCIACION CENTRO VIDA EL PARAISO

DE SABANA DE TORRES "VIDA SANA"134.020.200,00

11/10/2012 PC 1O000109MODIFICATORIO 01 CONTRATO DE APOYO

No. 008 de 2012

ASOCIACION DEL ADULTO MAYOR

PRIMAVERA PROVINCIA DE SABANA DE 121.648.000,00

13/12/2012 PC 1D000019CONTRATO DE APOYO A UN PROGRAMA DE

INTERES PUBLICO No. 019 DE 2012

ASOCIACION CENTRO VIDA EL PARAISO

DE SABANA DE TORRES "VIDA SANA"189.309.050,00

17/08/2012 PC 8A000055RESERVA 2011 - CONTRATO DE

CONSULTORIA NUMERO 009 DE 2011CONSTRUMARCA LTDA 42.000.000,00

486.977.250,00

TIPO

TOTALES

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Toda vez que la entidad no presentó respuesta al presente hallazgo, el equipo auditor confirma los hallazgos Administrativo y Disciplinario. Así mismo el hallazgo administrativo, debe ser incluido en el Plan de Mejoramiento que suscriba la entidad. FONDO DE SEGURIDAD CIUDADANA El Fondo de Seguridad Ciudadana presentó el siguiente comportamiento durante la vigencia 2012:

DETALLE VALOR

Ingresos $915.501.258

Gastos $748.599.957

Del anterior cuadro se observó que su ejecución fue del 82% del total de sus ingresos. CUMPLIMIENTO DE LÍMITES DE GASTOS LEY 617 DE 2000. SECTOR CENTRAL (cifras en miles)

Ingresos corrientes de Libre Destinación 7.687.879

Gastos de funcionamiento Administración Central ejecutados 2.670.000

Relación Gastos/ICLD 34.73%

Límite establecido por la Ley 617 80% Fuente: Certificación Contraloría General de la República

El nivel central durante la vigencia 2012 dio aplicación a la Ley 617 de 2000, a pesar que en solo OPS gastaron $1.338.647.000. CONCEJO MUNICIPAL (cifras en miles)

Ingresos Corrientes de Libre Destinación 2012 7.687.879

I.C.L.D * 1.5% 115.319

Honorarios Concejales 201.891

Total límite presupuestal según Ley 617 de 2000 317.210

Transferencias realizadas por el Municipio 229.329

Gastos ejecutados en la vigencia 2012 219.197

Porcentaje de ejecución frente al límite Ley 617 de 2000 96%

Fuente: Alcaldía Mpal

Las transferencias realizadas por el municipio al Concejo vigencia 2012 se ajustaron al límite presupuestal según la Ley 617 de 2000, ya que su ejecución fue del 96%. PERSONERÍA MUNICIPAL (cifras en miles) Ingresos Corrientes de Libre Destinación 2012 7.687.879

Límite Presupuestal Ley 617 de 2000 (150 smmlv) 85.005

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Transferencias realizadas por el Municipio 84.995

Gastos ejecutados en la vigencia 2012 92.061

Porcentaje de ejecución frente al límite Ley 617 de 2000 108%

Fuente: Alcaldía Mpal

Se observa que la Personería incumplió el art. 10 de la Ley 617 de 2000 durante la vigencia 2012, ya que sus gastos se ejecutaron por encima de lo autorizado (108%), debido a la adición de recursos de balance al presupuesto general de rentas y gastos por valor de $8´000.000 que realizó el señor Personero Municipal Dr. Juan Gabriel Hernández Peñaloza mediante Resolución No. P-002 de octubre 01 de 2012, los cuales se ejecutaron en la vigencia 2012. Situación que es contraria a las normas legales, pues los recursos que no se ejecutaron en la vigencia 2011 se debieron devolver al Municipio y no pueden servir para una adición al presupuesto de la Personería. Por lo anterior se observa que se vulneró el principio de anualidad contemplado en el art. 14 del Decreto 111 de 1996 el cual dice: “…ARTICULO 14. ANUALIDAD. El año fiscal comienza el lo. de enero y termina el 31 de diciembre de cada año. Después del 31 de diciembre no podrán asumirse compromisos con cargo a las apropiaciones del año fiscal que se cierra en esa fecha y los saldos de apropiación no afectados por compromisos caducarán sin excepción (Ley 38/89, artículo 10).

HALLAZGO No. 027 VULNERACION AL PRINCIPIO DE ANUALIDAD

La Personería del municipio de Sabana de Torres adicionó recursos de balance al presupuesto general de rentas y gastos por valor de $8´000.000, realizado por el señor Personero Municipal Dr. Juan Gabriel Hernández Peñaloza mediante Resolución No. P-002 de octubre 01 de 2012, los cuales se ejecutaron en la vigencia 2012. Por lo anterior se observa que se vulneró el principio de anualidad contemplado en el art. 14 del Decreto 111 de 1996. Se configura un hallazgo con alcance administrativo y disciplinario. Alcance del Hallazgo: Administrativo y Disciplinario Presunto responsable: JUAN GABRIEL HERNÁNDEZ PEÑALOZA. Personero. Norma Vulnerada. Art. 14 del Decreto 111 de 1996. RESPUESTA DEL ENTE DE CONTROL El Personero Municipal Juan Gabriel Hernández Peñaloza en su respuesta manifestó: 1.Que mediante acto Administrativo No. P-002-2012, se realizó la adición de los recursos de caja de la vigencia fiscal 2011 incorporados a la vigencia fiscal 2012, con el objeto de cumplir obligaciones laborales que no cumplieron afectación durante este periodo y que corresponde básicamente a la liquidación de la Personería saliente, en razón a que los Periodos de nombramiento de esta funcionaria que terminaba el 28 de febrero de 2012 y para darle cumplimiento en la vigencia 2011 no se afectó presupuestalmente pero de igual manera se garantizó el uso del recurso. 2.Por otra parte es importante mencionar que la Personería Municipal según u categoría corresponde un valor de Presupuesto Anual fijo y que para el manejo de sus recursos y su presupuesto este goza de total autonomía contemplado en el artículo 168 de la ley 136 de 1994, modificado por la ley 177 de 1994.

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3.Que la adicción de los recursos obedece a recursos de caja de la vigencia fiscal 2011 y que los recursos de la Personería Municipal no hacen unidad de caja con los recursos de la Administración central, toda vez, que se limita su autonomía presupuestal a que refiere la norma. Por lo anteriormente expuesto, espero haber dado cumplimiento y aclaración a la solicitud y en espera de tomar correctivos si hubiere lugar a ello. Para lo cual me permito anexar resolución No. P-002 del 01 de octubre del 2012, certificado del contador de la entidad.

CONCLUSION EQUIPO AUDITOR La respuesta dada por la Personería Municipal no es aceptada por el equipo auditor, toda vez que vulneró el principio de anualidad. Por lo anterior se confirman los hallazgos tanto administrativo como disciplinario. Alcance del Hallazgo: Administrativo y Disciplinario Presunto responsable: JUAN GABRIEL HERNÁNDEZ PEÑALOZA. Personero. Norma Vulnerada. Art. 14 del Decreto 111 de 1996. Arts.6 y 10 Ley 617 de 2000 SITUACION PRESUPUESTAL La Situación Presupuestal tiene como objetivo, establecer los factores determinantes del déficit o superávit presupuestal, generado de la diferencia entre los ingresos efectivamente recaudados y los gastos comprometidos con cargo a la respectiva vigencia. A continuación un histórico de la situación presupuestal del municipio: (cifras en pesos)

Se observa en las vigencias 2010, 2011 y 2012 un superávit presupuestal, reflejándose en la ejecución de compromisos presupuestales, con el respaldo del recaudo efectivo de sus fuentes de financiación, contrario a lo presentado en la vigencia 2009 que mostró déficit presupuestal por valor de -$9.766.515.819. Sin embargo, es preciso mencionar que si bien es cierto en la vigencia 2012 se aprecia una elevada cifra de superávit, esta obedeció a la no ejecución de la totalidad del presupuesto, dejándose de invertir recursos especialmente en el sector salud.

1.3 OTRAS ACTUACIONES

1.3.1 SEGUIMIENTO A CONTROLES DE ADVERTENCIA

Revisada las vigencias anteriores y la página Web de la Contraloría General de Santander, se evidencio por parte del equipo auditor que se han realizado Controles de Advertencia en general en lo referente a recursos correspondientes a la Estampilla Pro Anciano, Pro Cultura y demás tributos con destinación específica, del cual se hizo pronunciamiento en el presente informe de Auditoría.

1.3.2 ATENCION DE QUEJAS Y DENUNCIAS

DENOMINACION 2009 2010 2011 2012

INGRESOS RECAUDADOS 30.422.829.844,00 65.715.420.781,00 76.879.959.395,00 54.419.750.658,00

GASTOS O PRESUPUESTO COMPROMETIDO 40.189.345.663,00 35.104.282.626,00 69.004.323.562,00 35.824.429.983,00

SUPERAVIT O DEFICIT PRESUPUESTAL -9.766.515.819,00 30.611.138.155,00 7.875.635.833,00 18.595.320.675,00

ESTADO DE SITUACION PRESUPUESTAL

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Para el pronunciamiento de la vigencia 2012 analizada, se examinaran los siguientes componentes:

Quejas y Denuncias. Se expide certificación por la oficina de Políticas Institucionales, donde se exponen las quejas radicadas:

RADICADO MOTIVO DENUNCIA ESTADO

DPD-13-0067 Recursos Estampilla Pro Anciano Para evaluar en el trabajo de campo.

DPD-13-0096 Contrato 064 de 2013. Transporte escolar Para evaluar en el trabajo de campo

DPD-13-0127 INDERCULTSA Para evaluar en el trabajo de Campo.

DENUNCIA RADICADA DPD-13-0067

HECHOS DENUNCIADOS:

El quejoso LUCAS SALCEDO, Presidente junta de acción comunal Vereda Puerto Santos del municipio de Sabana de Torres, solicita se investigue lo que se refiere a los recursos que maneja la administración municipal para el adulto mayor en donde denuncia los siguientes hechos.

El municipio entrega un suplemento nutricional al adulto mayor, el cual durante el año 2012 solo lo recibieron en el mes de diciembre y por dos oportunidades en menos de 15 días.

Estos beneficiarios los maneja el despacho de la primera dama, donde dicen que son por cien mil pesos aproximadamente, los mercados que se entregaron al cotizarlos en el supermercado su valor es de $ 45.600 cada uno, y la calidad eran de estado lamentable.

Se habla de un contrato numero 004 de 2012 donde en su primera clausula habla de 1712 complementos nutricionales para población adulto mayor por valor de $167.397.302

La administración edita un diario el cual se denomina la Razón donde en su última edición solo hablo de la entrega de 856 suplementos alimenticios

Vi con curiosidad que este beneficio lo entregan al adulto mayor de 60 años y en las pasadas entregas recibieron desde los 55 años creando expectativas.

VERIFICACION DE LOS HECHOS Mediante la Auditoría Gubernamental con Enfoque Integral Modalidad Regular practicada al Municipio de Sabana de Torres, a través de requerimiento No 002 de fecha 5 de noviembre del 2013 se solicito a la Alcaldía de este municipio lo siguiente:

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El contrato No 004 del 2012, por valor de $167.397.302 celebrado con SURTIVIVERES LA 14 con todos los soportes.

Constancia o certificación donde se establezca de que la totalidad de los mercados comprados fueron entregados a sus beneficiarios, las fechas en que fueron entregados estos mercados, igualmente la descripción de los artículos entregados y el valor de cada uno de estos.

Qué criterios o requisitos se establecieron para clasificar los beneficiarios de estos mercados.

Como respuesta a lo anterior la administración de la Alcaldía de este municipio, suministro los documentos pertinentes a de dicho contrato en donde:

1. Existen las actas e informes del interventor de este contrato, firmadas por la Secretaría de Desarrollo e Industria de la Alcaldía de Sabana de Torres, YENNY CAROLINA GALVAN PLATA de recibido a satisfacción de los 1712 mercados por valor de $ 167.397.302.

2. Se evidencio que estos mercados fueron cancelados con cargo al numeral

0.5.44.90.2.2.02, Desarrollo comunitario- Regalías 15% -suministro de mercados tercera edad

3. Igualmente, mediante oficio de fecha Noviembre 13 del 2013, firmado por la

Secretaría de Desarrollo e Industria de la Alcaldía de Sabana de Torres YENNY CAROLINA GALVAN PLATA se certifica lo siguiente:

Que mediante contrato de suministro No 004 de 2012 el municipio contrato el suministro de mil setecientos doce (1712) complementos nutricionales, para la población de la tercera edad nivel 1 del Sisben del área urbana y rural del municipio de Sabana de Torres Santander por valor fiscal de ciento sesenta y siete millones trescientos noventa y siete mil trescientos dos pesos $ 167.397.302.

El término de ejecución fue de dos (2) meses.

En virtud de lo mencionado el contratista se obligó a entregar 1712 complementos nutricionales, los cuales evidentemente fueron entregados en dos eventos de entregas una en el mes de diciembre y otra en el mes de enero, para la población de la tercera edad nivel 1 del sisben del área urbana y rural del municipio de Sabana de Torres Santander.

Cada Kit entregado al adulto mayor, consto de los siguientes insumos:

PRODUCTO UNIDAD CANTIDAD POR

MERCADO

Arroz Libra 3 Panela Unidad 3 Aceite Litro 1 Chocolate Libra 0.50 Sal Libra 1 Pastas Libra 1

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Harina de Maíz Libra 1 Lata de Sardinas Unidad 2 Paquetacos de galletas de soda Unidad 1 Azúcar Libra 2 Harina de Trigo Libra 1 Tomate Libra 2 Cebolla Cabezona Libra 2 Plátano Libra 2 Papa Libra 5 Avena Libra 2 Frijol Libra 1 Lenteja Libra 1 Cebolla Larga Libra 2 Cartón de Huevos de 30 Unid Unidad 1

Se aclara que el contrato se cumplió a cabalidad, los 1712 complementos nutricionales fueron entregados en su totalidad a la población de la tercera edad del nivel I del Sisben, cumpliendo con el propósito que oriento el proyecto inscrito en banco de programas y proyectos del municipio.

PRONUNCIAMIENTO GRUPO AUDITOR Este grupo Auditor, dando merito a los documentos revisados y en virtud de la queja presentada a este ente de control el equipo auditor concluye que analizado tanto los hechos expuestos por el denunciante así como la respuesta suministrada por la Administración de la Alcaldía de Sabana de Torres en los hechos a los cuales hace alusión el quejoso, no se evidencia daño fiscal por cuanto la Administración según certifica la Jefe de desarrollo social YENNY CAROLINA GALVAN PLATA de la Alcaldía evidentemente fueron entregados 1712 Complementos nutricionales en dos eventos de entregas una en una en el mes de diciembre y otra en el mes de enero, para la población de la Tercera edad nivel 1 del Sisben del área urbana y rural del municipio de Sabana de Torres Santander. Igualmente se señala que el kit entregado a cada adulto mayor consto de 20 productos por un valor de $ 73.712. Es importante resaltar que los recursos ejecutados por este concepto fueron con cargo al numeral Desarrollo comunitario-Regalías 15%- Suministro de mercados tercera edad. HALLAZGO No. 028 A lo anterior este ente de control recomienda un control adecuado para la entrega de dichos mercados, donde se registre por separado lo suministrado a cada persona, toda vez que sólo se lleva planillas o formatos donde firman algunas personas beneficiarias de este programa, sin discriminar con exactitud qué productos fueron entregados a cada persona, por lo tanto se establece un hallazgo de carácter administrativo.

Tipo de Hallazgo: Administrativo Presunto Responsable: Jairo Rivera Arciniegas Alcalde

RESPUESTA DEL ENTE DE CONTROL No se recibió respuesta por parte del ente auditado al hallazgo No 028.

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CONCLUSION EQUIPO AUDITOR En virtud de que no se recibió respuesta al presente hallazgo, se considera pertinente CONFIRMAR EL HALLAZGO ADMINISTRATIVO, para que sea incluido en un Plan de mejoramiento, al cual se le realizara el respectivo seguimiento.

DENUNCIA RADICADA DPD-13-0096

HECHOS DENUNCIADOS:

Queja remitida por el Contralor Auxiliar para la Participación Ciudadana, Eneas Claudio Navas Uribe de la Contraloría Municipal de Bucaramanga, remite petición presentada, vía WEB, POR LA VEEDURIA CIUDADANA POR SANTANDER, relacionada con presuntas irregularidades en la celebración del contrato de Prestación de Servicios No 064 del 2013 suscrito entre el Municipio de Sabana de Torres y el contratista Transportes el Dorado, el cual fue firmado el 8 de mayo del 2013.

Se manifiesta que el proceso contractual fue adelantado mediante la modalidad de contratación directa violándose todos los principios rectores de la contratación estatal y en el contrato anexo se consagra que fue adelantado mediante procesos de Selección Abreviada Subasta Inversa.

VERIFICACION DE LOS HECHOS

Mediante la Auditoría Gubernamental con Enfoque Integral Modalidad Regular practicada al Municipio de Sabana de Torres, a través de requerimiento No 002 de fecha 5 de noviembre del 2013 se solicito a la Alcaldía de este municipio el contrato No 064 del 2013, relacionado con la prestación de servicios de transporte escolar por valor de $ 1.909.422.347,58 con todos los soportes legales. La Administración de la Alcaldía de este municipio, suministro los documentos de dicho contrato, en donde:

Existe contrato de prestación de servicios de transporte No 064 del 2013, cuyo objeto es el contratista se obliga con el municipio a la prestación del servicio de transporte escolar especial para estudiantes del sector rural del municipio de Sabana de Torres- Santander, donde en la minuta del contrato en el numeral 7 se describe “ Que se han cumplido los requisitos de orden jurídico, administrativo y

presupuestal que ordena el Estatuto de Contratación Ley 80 de 1993 y ley 1150 de 2007, y de SELECCIÓN ABREVIADA, SUBASTA INVERSA como establece el inciso 2° del literal a) del numeral 2 del artículo 2° de la Ley 1150 de 2007 y el Artículo 3.2.1.1.1°, de la Subsección 1, Sección 1 del Capítulo 2 del Decreto 734 de 2012 “

Existe resolución No OC -0184 DEL 23 DE Abril DE 2013, por cual el municipio ordena el inicio del proceso de selección abrevada subasta inversa No SA-SI-006-2013.

Que existe Acta de Subasta Inversa Presencial No. SA-SI -006-2013, cuyo objeto consiste en: “SERVICIO DE TRANSPORTE ESCOLAR ESPECIAL PARA

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LOS ESTUDIANTES DEL SECTOR RURAL DEL MUNICIPIO DE SABANA

DETORRES, SANTANDER” del día 8 de mayo de 2013.

Resolución No.oc-0216 del 8 de Mayo del 2013 por la cual se adjudica un contrato dentro del proceso de selección abreviada por subasta inversa presencial N.SA-SI-006-2013.

Que se ha publicado en el portal único de contratación SECOP, mediante el Proceso de Subasta

PRONUNCIAMIENTO GRUPO AUDITOR Este grupo Auditor, dando merito a los documentos revisados y en virtud de la queja presentada a este ente de control y analizado tanto los hechos expuestos por el denunciante y los documentos suministrados por la Administración de la Alcaldía de Sabana de Torres en los hechos a los cuales hace alusión el quejoso se concluye que el contrato de prestación de servicios No 064 del 2013 suscrito entre el municipio de Sabana de Torres y el contratista Transportes el Dorado S.A fue adelantado mediante el proceso de selección abreviada por subasta inversa y no a través la modalidad contratación directa, tal como se pudo evidenciar en la página del SECOP y los documentos antes mencionados, no se evidencia daño fiscal ni conducta de tipo disciplinario, toda vez que este proceso contractual no se llevo a cabo por la modalidad de contratación directa como lo manifiesta el quejoso.

DENUNCIA RADICADA DPD-13-00127

HECHOS DENUNCIADOS:

El quejoso JAIRO RIVERA ARCINIEGAS, Alcalde Municipal de este municipio, solicita se investigue posibles irregularidades contractuales, administrativas y financieras durante el periodo comprendido entre el 3 de enero de 2013 hasta el 24 de mayo de 2013 por parte del director de INDERCULTSA JESUS CONDE TORRES, teniendo en cuenta los siguientes hechos.

El 17 de julio de 2013 el señor JESUS CONDE TORRES presento informe ejecutivo de la gestión, ante solicitud del nuevo director el señor EDSON RIVEIRO HERMNANDEZ DIAZ, una vez analizado el informe de gestión referenciado se encontraron las siguientes anomalías: En lo referente a la parte contractual y administrativa se encontró lo siguiente:

No se hizo entrega de la relación de contratación del instituto, del periodo comprendido entre el 3 de enero de 2012 y el 24 de mayo de 2013, se encuentran carpetas incompletas, sin alguna documentación.

Se verifico que no existe un archivo histórico del instituto, es decir, no se encontró memoria institucional física, como lo establece la Ley 594 de 2000.

No se informo el listado de los procesos legales que existían en contra del Instituto y su estado actual.

Se encontró contrato de arrendamiento cuyo objeto es OTORGAR EN CALIDAD DE ARRENDAMIENTO EL GOCE Y USUFRUCTO DE UN ESPACIO DE 731.45

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METROS CUADRADOS QUE CORRESPONDE AL COSTADO DERECHO DEL ESTADIO RAFAEL JIMENEZ CARRIZOSA UBICADO EN LA CARRERA 16 ENTRE

CALLAES 14 Y 16 DEL MUNICIPIO DE SABANA DE TORRES, el cual se realizó sin el lleno de los requisitos legales señalados en el Decreto 734 de 2012, tales como la solicitud de avaluó, publicidad en el SECOP, la forma de pago se pacto tanto en especie como en dinero y no se registra pago alguno por concepto de cánones de arrendamiento.

No se realizó la publicación de ningún contrato, ni proceso contractual en el SECOP, tal como lo señala el Artículo 2.2.5 del Decreto 734 de 2012.

Se encontraron contratos que fueron adicionados en más del cincuenta por ciento (50%), contraviniendo lo señalado en el Parágrafo del Articulo 40 del estatuto general de contratación (LEY 80 DE 1993)

En lo referente a la parte financiera del Instituto se encontró:

En lo referente a las cuentas contables y retención en la fuente existe un

desfase y diferencias en los movimientos del mes de mayo y se observan saldos pendiente del mes de abril, se observa según lo señalado en el informe que hay meses pendientes de pago y no se señala cuales son.

En el informe se observa que se adeudan estampillas municipales y departamentales que fueron descontadas a los diferentes contratistas del Instituto por un valor de $55.532.779.76; no obstante en las cuentas bancarias no existen los recursos para el pago de las mismas.

No se realizo desglose de las cuentas por pagar, es decir, cuales obedecen a convenios y cuantas a recursos propios, por lo cual no existe claridad en este ítem.

El saldo en libros a 31 de mayo de 2013 por concepto de convenios es la suma de $ 2.562.043,46, sin embargo las cuentas que quedaron por pagar sobrepasan el efectivo generándose un déficit de $47.437.957

El presupuesto de gastos generales del Instituto quedo ejecutado en aproximadamente un 100%, toda vez que el valor que existe por comprometer a 31 de mayo de 2013, sin que quede recursos para cancelar rubros tales como servicios públicos del instituto, papelería, gastos de funcionamiento, ni eventos en el sector de cultura y deportes.

El Instituto al momento de la entrega del informe de gestión presentado se encuentra con un déficit de tesorería que asciende a la suma de $36.023.183,76.

VERIFICACION DE LOS HECHOS Mediante la Auditoría Gubernamental con Enfoque Integral Modalidad Regular practicada al Municipio de Sabana de Torres, a través de requerimiento No 002 de fecha 5 de noviembre del 2013 se solicito a la Administración de la Alcaldía de este municipio lo siguiente:

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Auxiliar de ingresos y gastos de presupuesto de enero a diciembre del 2012 y de enero a Junio del 2013, del INDERCULTSA.

Relación de contratos de enero a diciembre del 2012 y de enero a junio del 2013 celebrados por este Instituto.

Relación de Pagos enero a diciembre del 2012 de enero a junio del 2013.

Acto administrativo mediante el cual se creó este Instituto.

Listado de Procesos legales en contra del Instituto y el estado actual en el que se encuentran; así mismo que acciones a realizado la entidad para su defensa.

Contrato de arrendamiento, del inmueble de propiedad del municipio de Sabana de Torres, cuyo objeto es. Otorgar en calidad de arrendamiento el Goce y usufructo de un espacio de 731,45 metros cuadrados que corresponden al costado derecho del Estadio Rafael Jiménez Carrizosa.

Copia de título de propiedad del municipio

Registro o consignaciones de los pagos efectuados al municipio por concepto de arrendamiento

Acto administrativo por el cual se crea la estampilla pro deporte y pro cultura. Como respuesta a lo anterior, el Director del Instituto Municipal de Deporte, Recreación, Cultura y Turismo de Sabana de Torres; EDSON RIVEIRO HERNANDEZ DIAZ, aporto los correspondientes documentos solicitados en donde:

Se adjunto un listado de contratos por presupuesto de enero a diciembre 2012 y de enero a Junio del 2013, de este Instituto, en el cual se deja una nota por parte de la actual administración respecto a que la información fue extractada del sistema contable que se encuentra en el Instituto, ya que el listado como tal de la contratación del año 2012 y a junio 30 del 2013 no hay.

A lo anterior se señala, que en visita realizada a esta entidad, se pudo observar que existe un archivo de contratos celebrados por el Instituto.

Que estos no cuentan con la debida organización puesto que en las carpetas de

los contratos debe reposar la totalidad de los soportes necesarios y suficientes generados por los mismos, desde su etapa precontractual hasta culminar su ejecución.

No existe una relación de los contratos celebrados por la institución, en donde se registre el número de contrato, clase de contrato, valor, objeto y contratista entre otros.

HALLAZGO No 29

Es importante que la entidad se tenga en cuenta lo establecido en ley general de archivo, como es todos estos procesos de mejoramiento continuo, que más adelante pueden repercutir dentro de una buena gestión como es: la planificación, manejo, organización y conservación de la documentación

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producida y recibida por la Administración en sus distintas fases de archivo: de gestión, central e histórico, por lo que la Entidad debe contar con la debida numeración y clasificación de archivo de los documentos soportes de las actuaciones administrativas, como es el archivo de contratos, ordenes de prestación de servicios y hojas de vida entre otros.

Tipo de Hallazgo: Administrativo Presunto Responsable: Jairo Rivera Arciniegas - Alcalde

Edison Rivero Hernández Díaz – Director Indercultsa

RESPUESTA DEL ENTE DE CONTROL

No se recibió respuesta por parte del ente auditado al hallazgo No 029.

CONCLUSION EQUIPO AUDITOR

En virtud de que no se recibió respuesta al presente hallazgo, se considera pertinente CONFIRMAR EL HALLAZGO ADMINISTRATIVO, para que sea incluido en un Plan de mejoramiento, al cual se le realizara el respectivo seguimiento.

1. En cuanto no se encontró listado de los procesos legales que existían en contra del INDERCULTSA y su estado actual, la administración suministro al equipo auditor dos procesos relacionados con: o Proceso del menor Gonzalo Julio Delgado, obtener indemnización por

perjuicios materiales, morales y fisiológicos causados al menor y a todos y cada uno de los miembros de su familia afectada por hecho sucedido el día 15 de Julio del 2011 en el Municipio de Sabana de Torres, en donde fue programada una reunión de padres de familia de los menores inscritos en el programa del Instituto municipal de Deporte, Cultura, Recreación y Turismo del de Sabana de Torres “INDERCULTSA”, en el transcurso de la reunión de padres de familia que se llevaba a cabo en las graderías del Estadio de Futbol Rafael Jiménez Carrizosa, lo menores que asistían en compañía de sus Padres se dispusieron a jugar en sus instalaciones mientras transcurría la reunión de Padres de Familia y mientras jugaba con sus compañeros de academia le cayó un arco de futbol de hierro en su pierna derecha, causándole graves lesiones en el tobillo.

Respecto a este proceso la demanda fue contestada dentro de la oportunidad legal para ello y se encuentra pendiente que se cite para la primera audiencia de trámite. o Proceso de la menor Bleidy Danitza Angarita Contreras, acción de

reparación directa por daños y perjuicios de orden moral a la vida por lesiones sufridas por la menor el día 12 de agosto del 2010, durante la celebración de una actividad cultural (Obra de Teatro), a cargo de estas autoridades municipales, la cual se desarrolló en el parque principal del municipio de Sabana de Torres de 6 a 7 de la noche durante el desarrollo de la obra de teatro la niña Bleidy Danitza Angarita Contreras, tuvo que

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tomar por iniciativa del señor Rolando Salas, Coordinador de la casa de la cultura, funcionario de la alcaldía municipal de Sabana de Torres un buche de gasolina y lanzar una llamarada por su boca, con tan mala suerte que su carita, cuello y parte de su pecho, prendió en llamas y se le causaron quemaduras graves.

En cuanto a este proceso se contestaron las demandas INDERCULTSA llamo en garantía al que estaba en la época y al coordinador de la escuela teatral, el proceso se encuentra para notificar a los llamados. Actualmente el Instituto ni el municipio ha pagado suma alguna de dinero por estas demandas.

2. En relación al contrato de arrendamiento cuyo objeto fue OTORGAR EN

CALIDAD DE ARRENDAMIENTO EL GOCE Y USUFRUCTO DE UN ESPACIO DE 731.45 METROS CUADRADOS QUE CORRESPONDE AL COSTADO DERECHO DEL ESTADIO RAFAEL JIMENEZ CARRIZOSA UBICADO EN LA CARRERA 16

ENTRE CALLES 14 Y 16 DEL MUNICIPIO DE SABANA DE TORRES, que en la clausula segunda de este contrato se pacto de mutuo acuerdo que el precio valor del canon de arrendamiento será la suma de ($ 1.000.000) mensuales, pagaderos de la siguiente manera: el 50% equivalente a la suma de $ 500.000, en efectivo los cinco primeros días de cada mes anticipado a la cuenta del banco de ahorros del banco de Bogotá No 259026011 a nombre del Arrendador, y el otro 50%, es decir la suma de $ 500.000,oo en especie representados en adecuaciones locativas en los escenarios deportivos, podas de zonas verdes y vigilancia de los mismos, el incremento del canon se hará anualmente automáticamente de acuerdo con la ley.

A lo anterior el grupo auditor señala lo siguiente: Que este inmueble fue arrendado con base en un avaluó comercial, practicado

por el Ingeniero Civil ALFONSO RIVERA PEREZ con Matricula 68202-65949 STD registro nacional de evaluador No R.N.A./C.C-06-831, como se observa en el expediente contractual.

Que este contrato fue firmado el día 25 de octubre del 2012. HALLAZGO No 30 Que después de revisar los pagos realizados por el contratista al Instituto, se

observa que éste solo ha realizado la cancelación de tres cánones de arrendamiento uno realizado el 8 de agosto del 2013 por la suma de $ 1.000.000 y el otro por $ 500.000 realizado el día 13 de agosto del 2013, así las cosas el grupo auditor configura un hallazgo administrativo con el fin de que la entidad contratante inicie ante la jurisdicción ordinaria la acciones tendientes a la restitución del inmueble arrendado y el pago de los cánones de arrendamientos adeudados por el contratista, con el fin de evitar con posterioridad se configure un hallazgo con incidencia disciplinaria y fiscal.

Tipo de Hallazgo: Administrativo

Presunto Responsable: Jairo Rivera Arciniegas - Alcalde Edison Rivero Hernández Díaz – Director Indercultsa

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RESPUESTA DEL ENTE DE CONTROL

No se recibió respuesta por parte del ente auditado al hallazgo No 030.

CONCLUSION EQUIPO AUDITOR

En virtud de que no se recibió respuesta al presente hallazgo, se considera pertinente CONFIRMAR EL HALLAZGO ADMINISTRATIVO, para que sea incluido en un Plan de mejoramiento, al cual se le realizara el respectivo seguimiento.

3. No se realizo la publicación de ningún contrato, ni proceso contractual en el

SECOP, tal como lo señala el artículo 2.2.5 del Decreto 734 de 2012.

HALLAZGO No 031 En el desarrollo del proceso auditor, se realiza consulta en la pagina del Secop para efectos de verificar si algunos de los contratos suscritos en la vigencia 2012 por parte del Director se encontraban publicados, evidenciándose que no existe ningún contrato publicado en dicha pagina, por tal razón el grupo auditor considera que se configura un hallazgo administrativo con incidencia disciplinaria que recae en cabeza de Jesús Conde Torres director del Instituto, a evidenciarse la vulneración de la obligación contenida en el artículo 2.2.5 del decreto 734 del 2012

Tipo de Hallazgo: Administrativo y Disciplinario Presunto Responsable: Edison Rivero Hernández Díaz

Director INDERCULTSA (Administrativo)

Jairo Rivera Arciniegas – Alcalde (Administrativa)

Jesús Conde Torres Ex Director INDERCULTSA (Disciplinario)

RESPUESTA DEL ENTE DE CONTROL No se recibió respuesta por parte del ente auditado al hallazgo No 031. CONCLUSION EQUIPO AUDITOR En virtud de que no se recibió respuesta al presente hallazgo, se considera pertinente CONFIRMAR LOS HALLAZGOS tanto DISCIPLINARIO COMO ADMINISTRATIVO, para que sea incluido en un Plan de mejoramiento, al cual se le realizara el respectivo seguimiento.

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1.4 CUADRO DE TIPIFICACION DE HALLAZGOS

No

TIPO DE HALLAZGO DESCRIPCION DEL

HALLAZGO PRESUNTO

RESPONSABLE CUANTIA

PAGINA INFORME

A D P F S

1 X

Las entidades públicas la normativa y jurisprudencia que les prohíbe celebrar contratos de prestación de servicios para atender funciones de carácter permanente y que impliquen subordinación

Administrativo Jairo Rivera Arciniegas – Alcalde

5

2 x No se cuenta con manual de contratación.

Administrativo Jairo Rivera Arciniegas – Alcalde

6

3 x x Presunta Trasgresión al principio de publicidad

Administrativo y Disciplinaria Jairo Rivera Arciniegas - Alcalde

7

4 x Falencias Contractuales Administrativo Jairo Rivera Arciniegas – Alcalde

8

5 x

Expedición de pólizas con posterioridad a lo convenido. – Contratos de Obra

Administrativo Jairo Rivera Arciniegas – Alcalde

9

6

DESVIRTUADO

10

7 x x

En los convenios de apoyo se estaría trasgrediendo el principio de publicidad, por la omisión de la publicación de las actuaciones contractuales en el Secop y por faltar a los deberes como ordenador del gasto y como supervisor

Disciplinario Jairo Rivera Arciniegas – Alcalde, Ivan Lorenzo Quintero- Alcalde (e), Yenny Galvan Plata – Supervisora. Administrativo Jairo Rivera Arciniegas – Alcalde

11

8 x

En el Convenio de Apoyo No. 007, a pesar de que el plazo del convenio ya venció no se evidenció el acta de liquidación correspondiente, a pesar de que en la cláusula decima cuarta se estableció “el supervisor del contrato procederá a realizar su liquidación cuando se hayan cumplido o ejecutado las obligaciones del mismo”. En el expediente contractual tampoco se evidenció informes o certificaciones del supervisor sobre la ejecución del contrato.

Administrativo Jairo Rivera Arciniegas – Alcalde

13

9

DESVIRTUADO

14

10 x x

En el contrato No. 012 el cual se realizo mediante proceso de contratación directa, por contrato de apoyo a programas de interés público. Para este organismo de control la modalidad de selección de

Administrativo y Disciplinaria Jairo Rivera Arciniegas - Alcalde

15

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contratación no es apropiada.

11 x x

Inconsistencias en la información reportada a la Contraloría General de Santander

Administrativo y Sancionatorio Jairo Rivera Arciniegas - Alcalde

16

12 x

La administración municipal de Sabana de Torres, desde el año 2008, no ha invertido en la adquisición de predios o áreas de importancia estratégica para la conservación de recursos hídricos que surten de agua a los acueductos municipales, y si bien manifiestan que están adelantando las gestiones pertinentes para ello las mismas, deben surtirse en el corto plazo y en las condiciones más favorables para el municipio.

Administrativo Jairo Rivera Arciniegas – Alcalde

21

13 x

El Municipio de los Sabana de Torres cuenta con Plan de Gestión Integral de Residuos Sólidos, pero no se reporta planes a corto y mediano plazo en la adecuación del sitio de disposición final de residuos sólidos, y la recuperación del material reciclable

Administrativo Jairo Rivera Arciniegas – Alcalde

22

14 x

Producto de esta visita por parte de del INVIMA se hicieron algunas exigencias referentes a: 1)Instalaciones físicas y sanitarias, 2) Operaciones de Sacrificio, 3) Salas de proceso, 4) Almacenamiento, 5) personal manipulador,6) inspección sanitaria, 7) instalaciones sanitarias, 8) abastecimiento de agua, 9) manejo y disposición de residuos sólidos, 10) manejo y disposición de los residuos líquidos, 11) manejo de emisiones atmosféricas, 12) limpieza y desinfección, 13) control de plagas artrópodos, 14) roedores, aves etc.,15) transporte, 16) educación y capacitación y 17) salud ocupacional.

Administrativo Jairo Rivera Arciniegas – Alcalde

24

15 x Plan de mejoramiento cumplido parcialmente

Administrativo Jairo Rivera Arciniegas – Alcalde

24

16 x

La administración deberá realizar acciones de mejoramiento por procesos en cumplimiento de la función de la entidad que será una herramienta de gestión que busque unificar criterios en materia de control interno para el sector público, estableciendo una estructura para el control a la estrategia, la gestión y la evaluación.

Administrativo Jairo Rivera Arciniegas – Alcalde

28

17 x Software Timax sin manejo de terceros y sin integración.

Administrativo Jairo Rivera Arciniegas – Alcalde

30

18 x

Las conciliaciones Bancarias presentan partidas conciliatorias, no se ha realizado la depuración de cuentas bancarias.

Administrativo Jairo Rivera Arciniegas – Alcalde

31

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19 x

No se esta realizando la causación del impuesto predial, los valores de cartera no coinciden los que reporta Sec. Hda comparados con los de contabilidad, falta de gestión en el cobro de impuesto predial.

Administrativo Jairo Rivera Arciniegas – Alcalde

32

20 x Falta de gestión de cobro del impuesto de industria y comercio.

Administrativo Jairo Rivera Arciniegas – Alcalde

34

21 x x x

Por presentación extemporánea de medios magnéticos y por inexactitud en la presentación de la información a la DIAN.

Disciplinario y Fiscal Uriel Velandia Rodriguez – Ex Alcalde, Jaime Niño Silva - Ex Sec. Gral y de Hacienda, Armando Bossio Robles - Contador Administrativo Jairo Rivera Arciniegas – Alcalde

$36.833.000 35

22 x No se está realizando depreciación a los Activos Fijos.

Administrativo Jairo Rivera Arciniegas – Alcalde

36

23 x Inconsistencias en la información relacionada con Deuda Pública.

Administrativo Jairo Rivera Arciniegas – Alcalde

37

24 x

El Estatuto Orgánico de Presupuesto del municipio de Sabana de Torres se encuentra desactualizado.

Administrativo Jairo Rivera Arciniegas – Alcalde

41

25 x Bajo nivel de recursos en inversión

Administrativo Jairo Rivera Arciniegas – Alcalde

44

26 x x

El Gasto de Estampillas Pro Bienestar del Adulto Mayor Municipal, a 31 de diciembre de 2012 alcanzó solo la suma de $486.977.250 que corresponde al 23% del total recaudado.

Administrativo y Disciplinario Jairo Rivera Arciniegas – Alcalde

45

27 x X Vulneración al principio de Anualidad.

Administrativo Y Disciplinario Juan Gabriel Hernández Peñaloza

47

28

x

A lo anterior este ente de control recomienda un control adecuado para la entrega de dichos mercados, donde se registre por separado lo suministrado a cada persona, toda vez que sólo se lleva planillas o formatos donde firman algunas personas beneficiarias de este programa, sin discriminar con exactitud qué productos fueron entregados a cada persona, por lo tanto se establece un hallazgo de carácter administrativo.

Administrativo Jairo Rivera Arciniegas – Alcalde

51

29 x INDERCULTSA debe cumplir con la ley general de archivo.

Administrativo Jairo Rivera Arciniegas – Alcalde – Edison Rivera Hernández – Director Indercultsa.

55

30 x

El contratista solo ha registrado el pago de tres cánones de arrendamiento. Se debe solicitar la restitución del inmueble y la cancelación de los cánones de arrendamiento pendientes.

Administrativo Jairo Rivera Arciniegas – Alcalde – Edison Rivera Hernández – Director Indercultsa

57

31 x x No publican la contratación en el SECOP.

Administrativo Jairo Rivera Arciniegas – Alcalde – Edison Rivera Hernández – Director Indercultsa

58

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Disciplinario Jesús Conde Torres – Ex Director

1.5 CUADRO DE HALLAZGOS DETECTADOS Y COMUNICADOS

TIPO DE HALLAZGO CANTIDAD VALOR

ADMINISTRATIVOS 29

DISCIPLINARIOS 7

PENALES

FISCALES 1 $36.833.000

SANCIONATORIOS 1

TOTAL HALLAZGOS 38 $36.833.000

1.6 DICTAMEN DE AUDITORIA ESTADOS CONTABLES:

Los Estados Contables de la ALCALDIA MUNICIPAL DE SABANA DE TORRES, no presentan razonablemente la situación financiera en sus aspectos más significativos por el año terminado a 31 de diciembre de 2012, ni los resultados del ejercicio económico del año terminado en la misma fecha, de conformidad con las normas y principios de contabilidad prescritos por la Contaduría General de la Nación.

PRESUPUESTO Realizadas las pruebas de auditoría programadas, las evidencias resultantes brindan elementos de juicio para opinar que se debe hacer una mayor planeación del presupuesto para una adecuada y correcta identificación, clasificación y registro de la información presupuestal correspondiente a las vigencias a auditar; el manejo presupuestal no se efectuó estrictamente como lo estable la ley, si se tiene en cuenta que presento mala planeación presupuestal e inconsistencias en la información reportada en el SIA con el software de la entidad. La Contraloría General de Santander, invita a que se

tomen medidas que conduzcan a corregir las situaciones descritas en el presente Informe y que desdicen de la Función Administrativa y de la razón de ser de las entidades del Estado, en aras de lograr el fortalecimiento institucional.

Atendiendo las observaciones plasmadas en el presente Informe de Auditoría; estipulando que el concepto de gestión y de resultados de LA ALCALDIA MUNICIPAL SABANA DE TORRES no consultan adecuadamente con los principios de la administración Pública, la cuenta rendida sobre la vigencia 2012 cuyo responsable es, JAIRO RIVERA ARCINIEGAS – Alcalde, NO SE FENECE.

POR LA CONTRALORIA GENERAL DE SANTANDER

(ORIGINAL FIRMADO) (ORIGINAL FIRMADO) MERCEDES LEON ROJAS ELVENY PABON VILLABONA Profesional Especializada Profesional Especializado

(ORIGINAL FIRMADO) (ORIGINAL FIRMADO)

MABEL CONSUELO GONZALEZ JAIMES LUZ MIREYA MACHUCA RANGEL Profesional Especializado Auditor Fiscal

Coordinador de Auditoria

Page 63: ALCALDIA MUNICIPAL SABANA DE TORRES - …santander.gestiontransparente.com/institucional/Portals/...2014/04/08  · JAIRO RIVERA ARCINIEGAS Alcalde Municipal 2012-2015 VIGENCIA 2012

Control Fiscal Preventivo, Proactivo y Participativo Gobernación de Santander – Calle 37 No. 10-30 Tel. 6306420 Fax (7) 6306416 Bucaramanga Colombia.

www.contraloriasantander.gov.co

CONTRALORÍA GENERAL DE SANTANDER CÓDIGO: RECF-16-01

INFORME DEFINITIVO

SUBCONTRALORÍA DELEGADA PARA ELCONTROL FISCAL Página 63 de 63

(ORIGINAL FIRMADO)

SONNIA YANETH GARCIA BENITEZ Sub-contralora Delegada para el Control Fiscal