adquisiciÓn de tierras en brasil

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ADQUISICIÓN DE TIERRAS EN BRASIL

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Page 1: ADQUISICIÓN DE TIERRAS EN BRASIL

ADQUISICIÓN DE TIERRAS EN BRASIL

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1. ¿Puede un extranjero adquirir o arrendar tierras en Brasil?

Sí, tanto individuos como personas jurídicas pueden hacerlo, cumplidas las disposiciones legales

2. ¿Quién es considerado un extranjero en Brasil para asuntos concernientes a la adquisición o arriendo de tierras?

Individuos extranjeros no naturalizados, incluso si están casados con un ciudadano Brasileño bajo comunidad conyugal y con hijos brasileños. Nota: el titular del certificado de reciprocidad portugués no es un extranjero para los efectos de adquisición y arrendamiento de tierras en Brasil. Personas jurídicas: empresas extranjeras entendidas como aquellas cuyo capital es totalmente de orígenes extranjeros y autorizados para operar en Brasil. Empresas brasileñas cuya mayoría de capital está controlado por extranjero, ya sean personas naturales o jurídicas, residentes o con sede en Brasil o en el extranjero.

3. ¿Existe alguna restricción respecto a la cantidad de tierras que pueden ser adquiridas por extranjeros en Brasil? Sí. Existen restricciones de 2 órdenes: de acuerdo a la naturaleza de la persona extranjera. Personas naturales pueden adquirir hasta 50 MEI (módulos de explotación infinita), lo cual es equivalente a áreas que van desde 250 a 5.000 Hectáreas, de acuerdo al valor del MEI en cada municipalidad (véase el significado de MEI en cuestión). Las personas jurídicas pueden adquirir hasta 100 MEI, lo que equivale a áreas que abarcan entre 500 y 10.000 hectáreas, de acuerdo al valor del MEI en cada municipalidad. De acuerdo a la nacionalidad y la municipalidad: en concordancia con la ley federal 5709/1971, la suma total de las áreas de tierras adquiridas por extranjeros en una municipalidad no puede exceder el 25 % de su territorio. Los extranjeros de una misma nacionalidad no pueden poseer más del 10% del área total de un municipio. Nota: los extranjeros casados con ciudadanos brasileños bajo comunidad conyugal y con hijos brasileños no están sujetos a estas limitaciones, pudiendo ser objeto de otras restricciones legales. (La cantidad de hectáreas de cada MEI puede encontrarse en http://www.incra.gov.br/index.php/estrutura-fundiaria/regularizacao-fundiaria/aquisicaode-terras-por-estrangeiros/file/1114-modulo-de-exploracao-indefinida-mei

4. ¿Es posible adquirir tierras en Brasil más allá de esos límites?

Sí, pero solo una vez aprobado por el Congreso Nacional de Brasil.

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5. ¿Pueden los extranjeros arrendar tierras en Brasil?

Sí. El arrendamiento, de acuerdo al artículo 23, párrafo 1 de la ley 8629 del 25 de febrero de 1993 está sujeta a las mismas condiciones aplicables para la adquisición de tierras rurales por parte de extranjeros.

6. ¿Qué significa MEI?

El módulo de explotación infinita es una medida expresada en Hectáreas que se utiliza para establecer el límite de adquisición y arrendamiento de tierras por extranjeros en los municipios brasileños. El tamaño de cada MEI varía entre 5 y 100 hectáreas, dependiendo del municipio. Es definido por el INCRA (Instituto Nacional de Colonización y reforma agraria) teniendo en cuenta la dimensión territorial, la situación geográfica y la explotación económica de cada municipio.

7. ¿Cuáles son los principales requisitos para la adquisición y el arrendamiento de tierras por extranjeros en Brasil?

Para Personas naturales: ser residente permanente de Brasil inscrito en el Registro Nacional de extranjeros (RNE) bajo el status permanente. Proporcionar un proyecto de explotación (sólo para áreas superiores a 20 MEI). Véase la pregunta 9 para proyectos de explotación.

Para personas jurídicas: a) registro en la Cámara de comercio en el estado brasileño donde tiene su sede. En el caso de una empresa brasileña controlada por extranjeros ya sean personas naturales o jurídicas residentes o con sede en el extranjero. B) autorización oficial para operar en Brasil en el caso de una persona jurídica extranjera, es decir, empresas cuyo capital está controlado en su totalidad por extranjeros. C) clara disposición en sus estatutos en relación a actividades de agricultura, ganadería, silvicultura, turismo, industria o colonización. D) proporcionar un proyecto de explotación cualquiera sea el tamaño de la zona susceptible de adquisición o arriendo.

8. ¿Cómo iniciar una solicitud de autorización para adquirir o arrendar tierras en Brasil?

El extranjero, ya sea un individuo o una corporación debe presentar una solicitud de autorización para la adquisición o arrendamiento ante la superintendencia del INCRA en el estado donde se encuentre el área rural. El formulario de solicitud puede encontrarse en:

Personas naturales: http://www.incra.gov.br/index.php/estrutura-fundiaria/regularizacao-fundiaria/aquisicaode-terras-por-estrangeiros/file/1106-requerimento-pessoa-natural-estrangeir

Personas jurídicas: http://www.incra.gov.br/index.php/estrutura-fundiaria/

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9. ¿Qué es un proyecto de explotación?

El proyecto de explotación es un requisito para la aprobación de la adquisición de tierras por parte de extranjeros en Brasil (ver pregunta 10). En dicho documento, el solicitante de la adquisición o el arrendamiento debe especificar la siguiente información: Justificación de la proporcionalidad entre la cantidad de tierras a ser adquiridas y el tamaño del proyecto, cronograma financiero y físico de inversión e implementación, posible uso de crédito oficial para financiar parte o la totalidad del proyecto, factibilidad logística de su aplicación y en el caso de un proyecto industrial demostración de la compatibilidad entre la ubicación del terreno y el tipo de industria a instalar, demostración del cumplimiento de los criterios de la zonificación ecológica y económica de Brasil (ZEE). La ZEE establece cuáles cultivos son adecuados para cada zona económica del país, teniendo en cuenta las medidas y normas de protección del medio ambiente y la biodiversidad.

10. ¿En cuáles casos es requerida la solicitud de autorización y presentación de un proyecto de explotación para la adquisición y arrendamiento de tierras por parte de extranjeros en Brasil?

La solicitud de autorización y presentación de un proyecto de explotación está sujeta a la naturaleza del extranjero y el tamaño del área de propiedad:

Personas naturales: terrenos con una superficie equivalente de hasta 3 MEI, el solicitante sólo debe declarar no poseer otra propiedad rural en Brasil. Por tanto, los extranjeros no podrán adquirir varias fincas con áreas por debajo de 3 MEI cada uno con el fin de quedar exentos de la autorización del INCRA. Terrenos con una superficie de entre 3 y 20 MEI: se requiere autorización del INCRA pero los solicitantes están exentos de la presentación de un proyecto de explotación. Terrenos cuya superficie sea mayor a 20 MEI: se requiere tanto autorización del INCRA como la presentación de un proyecto de explotación. Territorios cuya superficie sea superior a 50 MEI: además de la autorización del INCRA y de la presentación de un proyecto de explotación se requiere de la autorización del Congreso Nacional.

Personas Jurídicas: se requieren tanto la autorización del INCRA como la presentación del proyecto de explotación, independientemente del tamaño del terreno. Para terrenos superiores a 100 MEI: además de la autorización del INCRA, la presentación de un proyecto de explotación y la aprobación por parte del Congreso Nacional también se requiere cuando se trate de un terreno situado en un territorio o región fronteriza considerado esencial para la seguridad nacional, es obligatorio el previo consentimiento de la Secretaría Ejecutiva del Consejo Nacional de Defensa.

11. ¿Existen restricciones legales en el caso de derechos sucesorales?

Todas las prerrogativas están garantizadas a los sucesores legítimos de Brasil, siempre y cuando residan en Brasil.