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https://www.dip-caceres.es/ D.L.CC-1-1958 JUEVES, 23 DE ABRIL DE 2015 NÚMERO 77 ADMINISTRACIÓN LOCAL DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE CÁCERES Procedimiento abierto expte. n.º 5/2015SV ................................... Página 4 Adjudicación procedimiento abierto expte. n.º 36/2014-AM ............. Página 7 AYUNTAMIENTOS Acehúche Desafectación bienes Granja Caprina y Centro de Desinfección......... Página 9 Alcuéscar Cuenta General ejercicio 2014...................................................... Página 10 Aldeacentenera Cuentas Generales ejercicio 2014 ................................................. Página 11 Aldeanueva del Camino Cuenta General ejercicio de 2014 ................................................ Página 12 Arroyomolinos Cuenta General correspondiente al ejercicio 2014........................... Página 13 Cáceres Resolución expediente administrativo PAT-CON-0009-2011 CI.......... Página 14 Collado de la Vera Cuenta General ejercicio 2014 .................................................... Página 23 Coria Reglamento de festejos taurinos .................................................. Página 24 Hoyos Presupuesto General definitivo para el ejercicio de 2015.................. Página 25 Cuentas Generales ejercicio de 2014 ............................................ Página 27 Jarilla Aprobación transferencia de créditos del Fondo de Contingencia de Ejecución Presu- puestaria a otras partidas 2015.................................................... Página 28

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Jueves,23 de abril de 2015 Número 77

ADMINISTRACIÓN LOCALDIpuTACIÓN pROvINCIAL De CáCeReS

Procedimiento abierto expte. n.º 5/2015SV ................................... Página 4Adjudicación procedimiento abierto expte. n.º 36/2014-AM ............. Página 7

AYuNTAMIeNTOSAcehúche

Desafectación bienes Granja Caprina y Centro de Desinfección......... Página 9

AlcuéscarCuenta General ejercicio 2014...................................................... Página 10

AldeacenteneraCuentas Generales ejercicio 2014 ................................................. Página 11

Aldeanueva del CaminoCuenta General ejercicio de 2014 ................................................ Página 12

ArroyomolinosCuenta General correspondiente al ejercicio 2014 ........................... Página 13

CáceresResolución expediente administrativo PAT-CON-0009-2011 CI .......... Página 14

Collado de la veraCuenta General ejercicio 2014 .................................................... Página 23

CoriaReglamento de festejos taurinos .................................................. Página 24

HoyosPresupuesto General definitivo para el ejercicio de 2015 .................. Página 25Cuentas Generales ejercicio de 2014 ............................................ Página 27

Jarilla Aprobación transferencia de créditos del Fondo de Contingencia de Ejecución Presu-puestaria a otras partidas 2015 .................................................... Página 28

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Número 77 / Jueves 23 de Abril de 2015 Página 2BOPCáceres

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JerteCuenta General ejercicio 2014 ..................................................... Página 30

Mata de AlcántaraCuenta General del ejercicio de 2014 ............................................ Página 31

Moraleja Rectificación error plantilla de personal 2015 ................................. Página 32

Navalmoral de la MataAprobación inicial del expediente de modificación de créditos n.º 4/2015 Página 33

palomeroCuenta General ejercicio 2014 ..................................................... Página 34

portezueloCuenta General ejercicio 2014 ..................................................... Página 35

Robledillo de TrujilloCuenta General ejercicio de 2014 ................................................. Página 36

RomangordoProcedimiento abierto contrato de obras........................................ Página 37

SerrejónCuenta General Ejercicio 2014 ..................................................... Página 39

TalayuelaAprobación provisional del desvío de un tramo del “Camino de San Marcos al Vado” ....................................................................................... Página 40

TrujilloConvocatoria Certamen de Teatro Iberoamericano Ciudad de Trujillo . Página 41

valdelacasa de TajoAprobación provisional del precio público y la Ordenanza sobre el Cementerio Muni-cipal ......................................................................................... Página 42Aprobación provisional de la Ordenanza Municipal Reguladora de los Residuos De Construcción Y Demolición ........................................................... Página 43

valencia de AlcántaraAprobación definitiva modificación de la “Ordenanza Fiscal número 15 Página 44

vegavianaAprobación definitiva del Reglamento Regulador del Registro Contable de Factu-ras.. ......................................................................................... Página 46

villasbuenas de GataNotificación pública de acuerdo de incoación de expediente de disciplina urbanística y de legalización ........................................................................ Página 51

MANCOMuNIDAD De AGuAS DeL AYueLAAlcuéscar

Cuenta General ejercicio 2014 ..................................................... Página 52

Mancomunidad de Municipios “Las Hurdes”vegas de Coria

Cuenta General ejercicio de 2013 ................................................. Página 53

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ADMINISTRACIÓN DeL eSTADOMINISTeRIO De AGRICuLTuRA, ALIMeNTACIÓN Y MeDIO AMbIeNTeConfederación Hidrográfica del TajoMadrid

Autorización de vertido de aguas residuales ................................... Página 54

MINISTeRIO De FOMeNTODemarcación de Carreteras del estado en extremadurabadajoz

Anuncio de la Demarcación de Carreteras del Estado en Extremadura por la que se convoca pago de intereses de demora ........................................... Página 56

MINISTeRIO De eMpLeO Y SeGuRIDAD SOCIALServicio público de empleo estatalCáceres

Resolución desestimatoria reclamación previa de régimen general de acuerdo con lo dispuesto en la Ley 30/92 ........................................................... Página 58

Resolución de desistimiento/archivo de la ayuda económica regulada en el programa de recualificación profesional ....................................................... Página 59

ADMINISTRACIÓN De JuSTICIAJuzGADO De LO SOCIAL - 1 De CáCeReS

Ejecución de Títulos No Judiciales 42 /2015 ................................... Página 61Ejecución de Títulos Judiciales 54 /2015 ........................................ Página 66

JuzGADO De LO SOCIAL - 3 De pLASeNCIADespido/Ceses en General 0000473 /2014-5 ................................. Página 72

JuzGADO De 1.ª INSTANCIA e INSTRuCCIÓN Nº 2 De CORIAExpediente de Dominio. Inmatriculación 115/2015 ......................... Página 74

ANuNCIOS eN GeNeRALCOMuNIDAD De ReGANTeS De eL TORNO

Convocatoria de Junta General Ordinaria ....................................... Página 75

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ADMINISTRACIÓN LOCAL

DIpuTACIÓN pROvINCIAL De CáCeReS

ANUNCIO. Procedimiento abierto expte. n.º 5/2015SV

1.- Entidadadjudicadora:Datosgeneralesydatosparalaobtencióndelainformación: a) Organismo: Diputación Provincial de Cáceres b) Dependencia que tramita el expediente: Servicio de Compras y Suministros. c) Obtención de documentación e información: 1) Dependencia: Negociado de Servicios y Suministros 2) Domicilio: Plaza de Santa María, s/n. 3) Localidad y código postal: Cáceres. 10071. 4) Teléfono:(927) 25-54-16 5) Correo electrónico: [email protected] 6) Dirección de Internet del perfil del contratante: www.dip-caceres.es (Suministros y Servicios) 7) Fecha límite de obtención de documentos e información: hasta el último día del plazo de presentación de ofertas. 8) Número de expediente: 5/2015-SV 9) Fecha de publicación del anuncio en el DOUE: 16 de abril de 2015

2.- Objetodelcontrato. a) Tipo: Servicio b) Descripción: “Contrato del servicio de vigilancia en las instalacio nes de la Excma. Diputación Provincial de Cáceres” que incluyen los servicios descritos en la cláusula primera del Pliego Adminis trativo. c) División por lotes y número de lotes/número de unidades: No d) CPV (referencia Nomenclatura):

• CPCprov: 87303, Servicios de vigilancia de sistemas de alar-mas.

87305, Servicios de guardas.• CPV: 79711000-1, Servicios de vigilancia de sistemas de alar-

mas. 79713000-5, Servicios de guardias de seguridad.• CPA-2002: 74.60.13, Servicios de vigilancia de sistemas de alar-

mas. 74.60.15, Servicios de guardas de seguridad.

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e) Modificaciones: Sí, hasta el 10 %, cuando por razones de inte réspúblico basadas en la organización de servicios o eventos extraordinarios en la actividad normal de la Diputación se detectaran necesidades puntuales de personal de seguridad para eventos o circunstancias excepcionales que no puedan cubrirse con el número de horas de servicio extraordinario de vigilancia para eventos y otras circunstancias que se regula en la cláusula1ª del pliego de condi-ciones.

3.- Tramitación,procedimiento a) Tramitación: Ordinaria b) Procedimiento: Abierto, sujeto a Regularización Armonizada. c) Subasta electrónica: No d) Criterios de adjudicación: - Oferta económica: hasta 80 puntos - Control de calidad en la prestación del servicio: hasta 20 pun-tos.

4.- PresupuestoBasedeLicitación:

Tipo de licitación 119.900,00 €Modificación 11.900,00 €Prórroga 119.900,00 €Valor estimado 251.700,00 €

5.- Garantíasexigidas: Provisional (importe): No procede. Definitiva: 5% del presupuesto base de licitación.

7.- Requisitos específicos del contratista: a) Clasificación (grupo, subgrupo y categoría) (en su caso):

• Grupo M) Servicios especializados. • Subgrupo 2. Servicios de seguridad, custodia y protección .• Categoría A, anualidad media inferior a 150.000 euros.

b) Solvencia económica y financiera y solvencia técnica y profesional: Las empresas no españolas de Estados miembros de la Unión Europea están exentas de la exigencia de clasificación según lo establecido en el artículo 67 del TRLCSP, sin embargo, se establecen como req-uisitos mínimos de solvencia certificado de conformidad del sistema de gestión profesional y deontológico de los servicios de seguridad privada.

c) Otros requisitos específicos: No d) Contratos reservados: No.

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8.- Presentacióndeofertasodesolicituddeparticipación: a) Fecha límite de presentación: 14,00 horas del día 22 de mayo

de 2015. b) Modalidad de presentación: Oficina receptora.c) Lugar de presentación: Diputación Provincial de Cáceres.1) Dependencia: Negociado Servicios y Suministros2) Domicilio: Plaza de Santa María s/n3) Localidad y código postal: 10071 Cáceres4) Dirección electrónica: [email protected]) Número previsto de empresas a las que se pretende invitar a presentar

ofertas (procedimiento restringido) No procede.e) Admisión de variantes o mejoras: No se admitirán variantes, sólo se

admitirán mejoras relativas a los controles de calidad en la prestación del servicio.

f) Plazo durante el cual el licitador estará obligado a mantener su oferta: Dos meses

9.- Aperturadelasofertas:a) Dirección: Diputación Provincial de Cáceres. Sala de Comisionesb) Localidad y código postal: 10071 Cáceresc) Descripción: Apertura sobre nº 2: 26 de mayo de 2015 a las 12,00

horas

10. Gastosdepublicidad: De cuenta del contratista, hasta un límite de 1.000,00 €.

Cáceres, 17 de abril de 2015.

LAVICESECRETARIA

AnadeBlasAbad2537

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DIpuTACIÓN pROvINCIAL De CáCeReS

ANUNCIO. Adjudicación procedimiento abierto expte. n.º 36/2014-AM

La Excma. Diputación Provincial de Cáceres, ha formalizado la celebración del siguiente Acuerdo Marco con las empresas seguidamente relacionadas:

1.- Entidadadjudicadora.a) Organismo: Diputación Provincial de Cáceresb) Dependencia que tramita el expediente: Servicio de Compras y

Suministrosc) Dirección de Internet del perfil del contratante: www.dip-caceres.es .(Compras y Suministros)

Expediente36/2014-AM

2.- Objetodelcontrato.a) Tipo: Privado b) Descripción: “Acuerdo Marco para la contratación de los seguros de la

Diputación de Cáceres, su Organismos Autónomo y Sociedad Agro-pecuaria Provincial“

c) Número de Expediente: 36/2014-AM División por lotes y número de lotes/número de unidades: Lote I: Seguros de Vida y Accidentes. Lote II: Seguros de Responsabilidad Civil y Patrimonial. Lote III: Seguros de Daños en edificios Lote IV: Seguro Obligatorio de Vehículosd) CPV (referencia Nomenclatura): CPCprov: 812, Los servicios de seguros (incluidos reaseguros) y fon-

dos de pensiones, salvo los servicios de seguridad social de afiliación obligatoria.

- CPV: 66510000-8, Servicios de seguros. CPA-2002: 66.0 “Servicios de seguros y planes de pensiones,

excepto los servicios de Seguridad Social obligatoria”.e) Medio de publicación del anuncio de licitación: DOUE -BOP -BOEf) Fecha de publicación del anuncio de licitación:

-Publicación de información previa DOUE: 7 de noviembre de 2014 -Publicación licitación DOUE: 22 de noviembre de 2014. -Publicación licitación BOE: 29 noviembre de 2014 -Publicación licitación BOP: 1 de diciembre de 2014

3.- Tramitaciónyprocedimientoadjudicación.

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a) Tramitación: Ordinariab) Procedimiento: Abierto

4.-Valormáximoestimadodeloscontratosderivados:2.000.000,00 €

5.- CelebracióndelAcuerdomarco: Lote I: NATIONALE-NEDERLANDEN VIDA COMPAÑÍA DE SEGUROS Y REASEGUROS SAE, 12 de enero de 2015. Lote II: Declarado desierto por resolución de fecha 19 de enero de 2015 Lote III: Mapfre Seguros y Helvetia Seguros, 4 de marzo de 2015. Lote IV: Helvetia Seguros, 4 de marzo de 2015

5.- Formalizacióndeloscontratosderivados

a) Contrato derivado 01/36/2014-CD: Seguro colectivo de vida de los empleados públicos de la Diputación. Adjudicatario: NATIONALE-NEDERLANDEN VIDA Fecha de adjudicación: 20 de febrero de 2015. Importe de adjudicación: 215.172,84 €. Lo que se hace público para general conocimiento

Cáceres, 21 de abril de 2015

LAVICESECRETARIAP.D.Resol.Pres.1-2-2012

AnadeBlasAbad2560

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AYuNTAMIeNTOS

ACeHúCHe

ANUNCIO. Incoación desafectación bienes Granja Caprina y Centro de Desinfección

Por Acuerdo del Pleno Municipal de fecha 26 de Marzo de 2015, se aprobó incoar el procedimiento para la alteración de la calificación jurídica [desafec-tación] de los bienes de Granja Caprina y Centro de Desinfección, dejando dichos bienes de ser destinados al uso o servicio público al que estaban destinados, y al que estaban afectos, cambiando su calificación de bienes de dominio público a bienes de carácter patrimonial.

El expediente queda sometido a información pública por plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de publicación del presente anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia y en el tablón de anuncios; a lo largo de este plazo, los interesados podrán presentar las alegaciones que estimen opor-tunas.

En Acehúche a 7 de abril de 2015.

El Alcalde,

Mariano Enrique Nolasco Julián2439

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ALCuéSCAR

ANUNCIO. Exposición al público la Cuenta General correspondiente al ejercicio 2014

En cumplimiento de cuanto dispone el artículo 212 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas locales aprobado por Real Decreto Legisla-tivo 2/2004, de 5 de marzo, y una vez que ha sido debidamente informada por la Comisión Especial de Cuentas, se expone al público la Cuenta General correspondiente al ejercicio 2014, por un plazo de quince días, durante los cuales y ocho más quienes se estimen interesados podrán presentar rec-lamaciones, reparos u observaciones que tengan por convenientes.

En Alcuéscar, a 17 de abril de 2015.

El Alcalde-Presidente.

Juan Caballero Jiménez2508

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ALDeACeNTeNeRA

EDICTO. Cuentas Generales ejercicio 2014

Rendidas las Cuentas Generales del Presupuesto y de la Administración del patrimonio correspondientes al ejercicio de 2.014, e informadas debidamente por la Comisión Especial de Cuentas de este Ayuntamiento, en cumplimiento y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 116 de la Ley 7/85 y 212 del Real Decreto Legislativo 2/2004 de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, quedan expuestas al público en la Secretaría de la Entidad, por plazo de quince días hábiles para que durante el mismo y ocho días más, puedan los interesados presentar por escrito los reparos, observaciones y reclamaciones que esti-men pertinentes.

En Aldeacentenera a veinte de abril de dos mil quince.

EL ALCALDE,

JUAN FRANCISCO MONTERROSO RUBIO2515

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ALDeANuevA DeL CAMINO

ANUNCIO. Cuenta General correspondiente al ejercicio de 2014

Informada por la Comisión Especial de Cuentas la Cuenta General de este Ayuntamiento, correspondiente al ejercicio de 2014, la cual se encuentra integrada por los Estados, Cuentas y documentación complementaria regu-lada en la Instrucción del Modelo Simplificado de Contabilidad Local, de conformidad con lo establecido en el artículo 212.3 del Real Decreto Legis-lativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, se expone al público por plazo de quince días, durante los cuales y ocho más, a partir del siguiente a la inserción de este Edicto en el Boletín Oficial de la Provincia, los interesados podrán presentar reclamaciones, reparos u observaciones.Lo que se hace público para general conocimiento.

Lo manda y firma el alcalde Presidente en Aldeanueva del Camino a 14 de abril de 2015.

EL ALCALDE,

2411

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Número 77 / Jueves 23 de Abril de 2015 Página 13BOPCáceres

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ARROYOMOLINOS

ANUNCIO. Exposición al público de la Cuenta General correspondiente al ejercicio 2014

En cumplimiento de cuanto dispone el artículo 212 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales aprobado por Real Decreto Legisla-tivo 2/2004, de 5 de marzo, y una vez que ha sido debidamente informada por la Comisión Especial de Cuentas, se expone al público la Cuenta General correspondiente al ejercicio 2014, por un plazo de quince días, durante los cuales y ocho más quienes se estimen interesados podrán presentar rec-lamaciones, reparos u observaciones que tengan por convenientes.

En Arroyomolinos, a 17 de abril de 2015.

El Alcalde,

Antonio Solís Balset2505

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Número 77 / Jueves 23 de Abril de 2015 Página 14BOPCáceres

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CáCeReS

ANUNCIO. Resolución expediente administrativo PAT-CON-0009-2011 CI

Intentada la notificación de la Resolución de la Alcaldía de fecha 5 de marzo de 2015, en el expediente administrativo PAT-CON-0009-2011 y no hubién-dose podido practicar; de conformidad con lo establecido en el art. 59 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se procede a notificar a la empresa NIZA MOVILES, SL, la mencionada Resolución, del siguiente tenor literal:

“En relación con el expediente tramitado en la Sección de Patrimonio del Excmo. Ayuntamiento de Cáceres, sobre la concesión del uso privativo de 20 locales destinados a despachos profesionales en el Edificio Embarcadero, de la ciudad de Cáceres, de titularidad municipal, y;

RESULTANDO: Que por Resolución de Alcaldía de fecha 27 de diciembre de 2012 se adjudicó a la empresa NIZA MOVILES, SL, el uso privativo de dos locales en dicho inmueble (locales 11 y 12); formalizándose el contrato de concesión en documento administrativo con fecha 28 de diciembre de 2012.

Asimismo, por Resolución de la Alcaldía de fecha 18 de junio de 2013, se acordó aceptar la renuncia del despacho n.º 12 y mantener el contrato de concesión del uso privativo despacho nº 11, sujeto a las mismas condiciones estipuladas en el documento administrativo suscrito anteriormente por los interesados, y las cuales se suscribieron nuevamente en documento ad-ministrativo formalizado con fecha 20 de junio de 2013, manteniéndoseel importedelagarantíadepositadainicialmente, condición que se establece a propuesta de la Concejalía del Área de Innovación, Desarrollo Tecnológico, Sección de Fondos Estratégicos y aceptada por la empresa NIZA MÓVILES S.L. mediante escrito de fecha 12 de junio de 2013.

RESULTANDO: Que a la vista de los recibos impagados remitidos por la Te-sorería Municipal, correspondientes a la adjudicación de la utilización privativa del despacho 11 del Bloque A (Nave de Innovación) del Edificio Embarcadero, por la empresa NIZA MÓVILES S.L.; la Concejalía de Innovación Fomento y Desarrollo Tecnológico, con fecha 18 de noviembre de 2014 propone que se proceda a la incoación y tramitación del procedimiento para la resolución del contrato referido.

CONSIDERANDO: Lo establecido en el contrato suscrito por la empresa EXTREMADURA MOBILE, SL y el Excmo. Ayuntamiento de Cáceres, antes reseñado, y en particular en las siguientes cláusulas:

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Número 77 / Jueves 23 de Abril de 2015 Página 15BOPCáceres

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CLÁUSULA 2.- DURACIÓN DE LA CONCESIÓN

… Al término de la concesión, independientemente de la causa que lo produz-ca, el dominio público ocupado, así como la totalidad de las instalaciones, revertirán automáticamente al Ayuntamiento con todas sus pertenencias y accesiones, y se entregarán en perfecto estado de conservación, libres de cargas y gravámenes, sin que este Ayuntamiento tenga que abonar cantidad o indemnización alguna por ello.

“CLÁUSULA 3.- EXTINCIÓN DE LA CONCESIÓN.- Se considerarán causas de resolución del contrato que se suscribe:

3) El incumplimiento de las condiciones de pago del canon, en los términos señalados en la cláusula 5ª del Pliego de Cláusulas Administrativas Particu-lares y siempre que la demora exceda de 3 meses.… La aplicación de las causas de resolución, sus efectos, así como el pro-cedimiento correspondiente, y la indemnización, en su caso de los daños y perjuicios que deba indemnizar el contratista, se ajustarán, según el caso, a lo previsto en los pliegos de condiciones y si fuere de aplicación a lo previsto en los artículos 207 y 208 de la LCSP y en los Arts. 109 a 113 del RGLCAP; o en las disposiciones legales de derecho patrimonial o administrativo.

Las indemnizaciones y responsabilidades se harán efectivas sobre los avales y garantías de este contrato y, en caso de ser insuficientes, sobre cualquiera de los bienes y derechos de titularidad del concesionario.

En todo caso, son CAUSASDEEXTINCIÓN de la concesión, conforme a lo establecido en el artículo 100 de la Ley de Patrimonio de las Administraciones Públicas, Ley 33/2003 de 3 de Noviembre, las SIGUIENTES:f) Falta de pago del canon o cualquier otro incumplimiento grave de las ob-ligaciones del titular de la concesión, declarados por el órgano que otorgó la concesión…

… Una vez que se extinga la concesión por cualquiera de las causas previstas en el Pliego de las Cláusulas Administrativas Particulares, el concesionario queda obligado a abandonar y dejar libres y vacuos, a disposición de este Excmo. Ayuntamiento, dentro del plazo que se determine, los bienes ob-jeto de la concesión, con todas sus pertenencias y accesiones, en perfecto estado de conservación. En caso de no hacerlo, se procederá a la ejecución subsidiaria por este Ayuntamiento.

El concesionario aceptará y reconocerá la potestad del Excmo. Ayuntamiento para acordar y ejecutar por sí mismo el lanzamiento.

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Número 77 / Jueves 23 de Abril de 2015 Página 16BOPCáceres

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CLÁUSULA 4.- CANON A SATISFACER.- El canon a satisfacer, que será la cuota de la Tasa correspondiente, constituido por el valor económico de la proposición en que ha recaído la adjudicación, se fija en la cantidad de 158,24 €/mensuales (CIENTO CINCUENTA Y OCHO EUROS CON VEINTICUATRO CÉNTIMOS MENSUALES).El pago del canon se abonará con carácter mensual en las oficinas del Organ-ismo Autónomo de Recaudación y Gestión Tributaria de la Excma. Diputación de Cáceres (OARGT); a cuyo efecto, los interesados podrán domiciliar el pago en cuenta bancaria si lo estiman oportuno.Se actualizará de forma anual con arreglo a los Índices de Precio al Consumo que publique el Instituto Nacional de Estadísticas para el periodo de los doce meses anteriores a la fecha de revisión.

CLÁUSULA 6.- OBLIGACIONES DERIVADAS DE LA CONCESIÓN

Además de… todas las que se derivan del clausulado del Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares y del de Prescripciones Técnicas, que serán de inexcusable cumplimiento, el concesionario está obligado:

4) El concesionario está obligado a abonar puntualmente el canon establecido, ingresándolo en las arcas municipales. En el caso de que no lo realizare po-drán llevarse a cabo por este Ayuntamiento las actuaciones previstas en las cláusulas 3ª (extinción), 15ª (sanciones) y demás concordantes del Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares.

El canon estipulado se abonará conforme se establece en la cláusula 5ª del Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares.

CLÁUSULA 8. - DERECHOS Y OBLIGACIONES DE LA ADMINISTRACIÓN

1. - El Ayuntamiento ostentará las potestades siguientes:

3.- Percibir puntualmente el canon y los tributos que le correspondan a cuenta del adjudicatario, y en su caso exigir el abono por vía de apremio.

4.- Imponer a los concesionarios las correcciones pertinentes, y, en su caso, las oportunas sanciones, por razón de las infracciones que cometieran.

CLÁUSULA 10.- REVERSIÓN

La concesión se regirá en cuanto al aspecto de reversión, por todo lo previsto en el Reglamento de Bienes de las Entidades Locales de 13 de Junio de 1.986 y en la Ley 33/2003 del Patrimonio de las Administraciones Públicas.

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La reversión de la porción de dominio público objeto de concesión, así como de las obras e instalaciones que se ejecuten, se producirá cuando la concesión se extinga por cualquiera de las causas previstas en el Pliego de Cláusulas Administrativas.

CLÁUSULA 13.- INFRACCIONES y SANCIONES:

3.- Faltas muy graves:6ª.- Demora en el pago del canon establecido a favor del Ayuntamiento, en la forma y condiciones señaladas en la cláusula 5ª del Pliego de Cláusulas Ad-ministrativas Particulares, y siempre que la demora exceda de tres meses.”

Las faltas muy graves se sancionan con multa de SETECIENTOS CINCUENTA Y UN EUROS a DOS MIL EUROS (751 € a 2.000 €), y/o con la resolución del contrato, que conllevará la incautación de la garantía depositada.

Aestosefectoshadetenerseencuentaquesegúnelinformeemiti-doporlaTesorería,lademoraenelpagodelcanonporlaempresaconcesionariaalAyuntamientoexcedeenvariasmensualidadesenmásdetresmeses;situaciónquesemantieneafechaactual,segúnsededucedellistadofacilitadoporelSr.RecaudadorMunicipalconfecha 29 de enero de 2015, y en el que figuran además las deudas devengadasporelcanoncorrespondientealosmesesdenoviembreydiciembredelaño2014yenerode2015.

CONSIDERANDO: Lo establecido en la cláusula 10 del Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares que rigen este procedimiento (GARANTÍAS), “… la garantía definitiva y la complementaria garantizarán la correcta utilización del local y de las instalaciones por el concesionario, el pago del canon anual, así como el correcto cumplimiento de las obligaciones que deriven de este Pliego de Condiciones.

De imponerse sanciones económicas se podrán ejecutar dichas garantías para la más pronta recaudación de dichas multas, debiendo el concesionario proceder a la reposición de las garantías ejecutadas.

No serán devueltas o canceladas hasta que se haya producido el vencimiento del plazo de vigencia del contrato de concesión y cumplido satisfactoriamente el contrato, o se haya resuelto éste sin culpa del concesionario”.

CONSIDERANDO: Que laLey 33/2003, de 3 de noviembre del Patrimonio de las Administraciones Públicas, en el artículo 100 f) establece que las concesiones se extinguen por “Faltadepagodelcanonocualquierotroincumplimientogravedelasobligacionesdeltitulardelaconcesión,declaradosporórganoqueotorgólaautorizaciónolaconcesión”.

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CONSIDERANDO: En cuanto a los aspectos procedimentales lo establecido en los artículos 207 y 208 de la Ley 30/07 de 30 de octubre de Contratos del Sector Público (LCSP), normativa aplicable a este contrato y en los Arts. 109 a 113 del Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre, por el que se aprobó, el Reglamento General de la anterior Ley de Contratos de las Administra-ciones Públicas (RGLCAP), al no haberse dictado uno nuevo de desarrollo del actual TRLCSP.

En este sentido el procedimiento para la resolución aparece previsto en el Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre por el que se aprueba el Regla-mento General de la Ley de Contratos de las Administraciones públicas, y en particular en los artículos:

- Art.109. Procedimiento para la Resolución de los contratos.

1.- La Resolución del contrato se acordará por el órgano de contratación de oficio o a instancia del contratista, y cumplimiento de los REQUISITOS siguientes:

a) Audiencia del contratista por plazo de diez días naturales, en el caso de propuesta de oficio.b) Audiencia, en el mismo plazo anterior, del avalista o asegurador si se propone la incautación de la garantía.c) Informe del Servicio Jurídico, salvo en los casos previstos en los artículos 41 y 96 de la Ley.d) Dictamen del Consejo de Estado u órgano consultivo equivalente de la Comunidad Autónoma respectiva, cuando se formule oposición por parte del contratista.

-Art.112.- 1) La Resolución por causas establecidas expresamente en el contrato tendrá las consecuencias que en éste se establezcan y en su de-fecto, se regularan por las normas de la Ley y de este Reglamento sobre efectos de la resolución se sean aplicables por analogía, en relación con el 111 g) de la LCAP.

-Art.18.-1 y 2.- La Competencia para la declaración de la prohibición de contratar en los supuestos previstos en el apartado c) del artículo 20 de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, corresponderá a la Ad-ministración contratante. Por su parte, en el artículo 207 de laLey 30/07 de 30 de octubre de Contratos del Sector Público (LCSP), en su apartado 1º, se dispone que “la resolución del contrato se acordará por el órgano de contratación, de oficio o a instancia del contratista, en su caso siguiendo el procedimiento que en las normas de desarrollo de esta ley se establezcan”.

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Asimismo, en el artículo 208del mismo texto legal en cuanto a los efectos de la resolución del contrato, establece:

4.Cuando el contrato se resuelva por incumplimiento culpable del contratista, este deberá indemnizar a la Administración los daños y perjuicios ocasiona-dos. La indemnización se hará efectiva, en primer término, sobre la garantía que, en su caso, se hubiese constituido, sin perjuicio de la subsistencia de la responsabilidad del contratista en lo que se refiere al importe que exceda del de la garantía incautada.

5. En todo caso, el acuerdo de resolución contendrá pronunciamiento expreso acerca de la procedencia o no de la pérdida, devolución o cancelación de la garantía que, en su caso, hubiese sido constituida.

CONSIDERANDO: Que la Ley 33/2003 de 3 de noviembre del Patrimonio de las Administraciones Públicas, y en concreto en los siguientes preceptos de carácter básico establece:

-Art.28,la obligación de protección y defensa del patrimonio de la Admin-istración.

-Art.41, que señala que “para la defensa de su patrimonio, las Adminis-traciones públicas tendrán las siguientes facultades y prerrogativas: (...)d) Desahuciar en vía administrativa a los poseedores de los inmuebles dema-niales, una vez extinguido el título que amparaba la tenencia”.

Esta potestad sobre los bienes y derechos de carácter publico, permite a las Administraciones Públicas, por sí mismas, sin necesidad de acudir a la Jurisdicción recuperar la posesión y plena disponibilidad sobre los bienes y derechos públicos que habían sido ocupados inicialmente de manera legitima, contando con el correspondiente título habilitante, una vez que el mismo se ha extinguido. Presupuesto de hecho que permite diferenciar esta prer-rogativa de la recuperación de oficio.

-Art.58, que determina que “las Administraciones públicas podrán recu-perar en vía Administrativa la posesión de sus bienes demaniales cuando decaigan o desaparezcan el título, las condiciones o las circunstancias que legitimaban su ocupación por terceros”.

La regulación de esta prerrogativa ya venía y viene recogida y desarrollada en los artículos 120 y ss. del Reglamento de Bienes de las Entidades Lo-cales de 13 de junio de 1986; el cual en su artículo Art. 120 señala que “Laextinción de los derechos constituidos sobre bienes de dominio público o comunales de las Entidades Locales, en virtud de autorización, concesión

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o cualquier otro título y de lasocupaciones a que hubiere dado lugar, se efectuará por las Corporaciones, en todo caso, por vía administrativa, me-diante el ejercicio de sus facultades coercitivas, previa indemnización o sin ella, según proceda, con arreglo a derecho”.

RESULTANDO: Que por Resolución de la Alcaldía, de fecha 2 de diciembre de 2014, acordó:

1.- Iniciar el correspondiente procedimiento para la resolución del contrato de concesión del uso privativo del local nº 11, destinado a despacho pro-fesional del Edificio Embarcadero, de titularidad municipal; adjudicada por Resolución de la Alcaldía de fecha a la empresa NIZA MOVILES, SL…

2.- Conceder a la empresa NIZA MOVILES, SL, como contratista adjudicatario de la concesión, un plazo de audiencia de diez días naturales, de acuerdo a lo previsto en el artículo 109) a) del Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre por el que se aprueba el Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas; a fin de que formule las alegaciones que estime pertinentes en defensa de sus derechos.Intentándose varias veces su notificación a los interesados en la dirección facilitada para ello, finalmente se publicó con fecha 2 de febrero de 2015, en el Boletín Oficial de la Provincia, así como en el tablón de anuncios del Ayuntamiento, la citada Resolución y plazo de audiencia, sin que hasta la fecha, se haya recibido comunicación alguna por parte de la empresa NIZA MOVILES, SL.

Y visto el informe jurídico emitido por la Sección de Patrimonio, con fecha 1 de diciembre de 2014, ESTA ALCALDÍA, en virtud de las atribuciones que le confieren las disposiciones legales vigentes RESUELVE:

PRIMERO.- AcordarlaResolucióndelcontratodeconcesióndel usoprivativo del local 11, destinado a despacho profesional del Edificio Embarcadero,formalizadoconfecha28dediciembrede2012,conlaEmpresaNIZAMOVILE,S.L.;porincumplimientoculpabledelcon-cesionario,por demora sin causa justificada en el pago del canon establecidoenlacláusula4delcontratoenmásdetresmensuali-dades; y consiguientemente por incumplimiento de las cláusulas 4 y 6 (4) del contrato de concesión; y ello de conformidad con lo establecido en las cláusula 3.3), apartado f) y cláusula 13.3. 6) del contrato de concesión, en relación con lo establecido en el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público (artículos 210 y 211), así como el Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre, por el que se aprobó, el Reglamento General de la anterior Ley de Contratos de las Administraciones Públicas (RGLCAP), al no haberse dictado uno nuevo de desarrollo del actual TRLCSP.

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SEGUNDO.- Requerira la Empresa NIZA MOVILE, S.L.para que en el plazo máximo de UNMES contado desde la notificación de la presente resolución, procedaaformalizarlareversiónaesteAyuntamientodelosbienesdedominiopúblicoocupados,con todas sus pertenencias y accesiones, y en consecuenciaaldesalojoyentregadel localnumero11desti-nado a despacho profesional del edificio embarcadero y todas sus instalaciones,libre de toda carga y gravamen; sin que este Ayuntamiento tenga que abonar cantidad o indemnización alguna por ello; formalizando el ACTAcorrespondiente, en la SeccióndeFondosEstratégicosdeesteAyuntamiento, en la que se acredite la recuperación de la posesión de los bienes de dominio público ocupados y la reversión de su plena propiedad y disponibilidad a este Ayuntamiento.

TERCERO.- Disponernoobstante,queNOseprocedaalaformaliza-cióndelACTADERECEPCIÓNdeCONFORMIDADdedichobienes, hasta que por parte de los Servicios Técnicos adscritos a la Sección de Fondos Estratégicos se revisen los bienes objeto de reversión y se compruebe su devolución en condiciones idóneas; valorándose en su caso por dichos Servi-cios Técnicos el importe de las actuaciones a realizar por este Ayuntamiento para la reparación de los desperfectos que en su caso se detecten; y ello a efectos de determinación de la indemnización de daños y perjuicios, que en su caso se reclamaría por este Ayuntamiento, por el incumplimiento por parte del concesionario de su obligación de entrega de la totalidad de los bienes objeto de concesión en perfecto estado de conservación; indemnización que en defecto de su abono por el interesado en el plazo que se le fije, se hará efectiva sobre la garantía complementaria de este contrato, y constituida el 21 de diciembre de 2012, por importe de 189,88 € que sería incautada; y en caso de ser insuficiente mediante procedimiento ejecutivo sobre cualquiera de los bienes y derechos de titularidad del concesionario.

CUARTO.-Apercibir a la Empresa NIZA MOVILE, S.L. de que si en el plazo de un MES que se le conceda conforme a lo reseñado en el punto segundo,NO se hubiese procedido a formalizar lareversiónaesteAyuntamientodelosbienesdedominiopúblicoocupados,con todas sus pertenencias y accesiones, y en consecuenciaaldesalojoyentregadellocalnumero11 destinado a despacho profesional del edificio embarcadero y to-dassusinstalaciones,libre de toda carga y gravamen;seprocederáalejerciciodelaaccióndeDESAHUCIOENVÍAADMINISTRATIVA,me-diantelautilizaciónsifuesenecesariodelasfacultadescoercitiva,quefuesenprocedentes;yensucasodelapotestaddeacordaryejecutarporsimismoellanzamiento. QUINTO.- Disponer la incautación de la garantía definitiva consti-tuidamediantecartadepagodefecha21dediciembrede2012,por

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importe de 189,88 € de conformidad con el artículo 225.4 del Real De-creto Legislativo 3/2011, de 14 de Noviembre por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público; y ello al producirse la resolución del contrato de concesión por incumplimiento culpable por parte del concesionario”.

Lo que notifico, para su conocimiento y efectos, significándole, que de con-formidad con lo establecido en los artículos 109 c), 116 y 117 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Ad-ministrativo Común según modificación efectuada por la Ley 4/99, y Art. 52.1 de la Ley Reguladora de las Bases del Régimen Local, según modificación efectuada por la Ley 11/99, contra el acto anteriormente expresado, que es definitivo en Vía administrativa, podrá interponer recurso de REPOSICIÓN potestativo ante esta ALCALDÍA, en el plazo de UN MES a contar desde el día siguiente al del recibo de esta notificación.

Asimismo, en el plazo de DOS MESES contados a partir del día siguiente al del recibo de esta notificación, podrá interponer recurso CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo, con-forme a lo dispuesto en el Art. 8.1 y 46 de la Ley 29/98, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa; según nueva redacción dada por la Ley Orgánica 19/03, de 1 de julio de modificación del Poder Judicial, sin perjuicio de poder utilizar cualquier otro recurso que estime conveniente.

Haciéndole constar, que en el supuesto de que se interpusiese el recurso de reposición potestativo, no se podrá interponer recurso Contencioso-Ad-ministrativo hasta que sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta el recurso de reposición interpuesto.

Cáceres a 15 de abril de 2015.

EL SECRETARIO GENERAL,

Manuel Aunión Segador2469

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COLLADO De LA veRA

ANUNCIO. Cuenta General correspondiente al ejercicio 2014

En cumplimiento de lo dispuesto en el apartado 3 del artículo 212 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, se halla expuesta al público en la Secretaría de este Ayuntamiento, por plazo de QUINCE días, la Cuenta General de esta Entidad Local correspondiente al ejercicio 2014, durante los cuales y OCHO más los interesados podrán presentar reclama-ciones, reparos u observaciones.

Collado de la Vera a quince de abril de dos mil quince.

LA ALCALDESA,

María Montserrat Fernández Castillo

2473

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CORIA

ANUNCIO. Reglamento de festejos taurinos

Por Resolución de la Alcaldía de fecha 9 de abril de 2015, se ha dispuesto lo siguiente:

“Examinado el Decreto 187/2010, de 24 de septiembre, por el que se aprueba el Reglamento de festejos taurinos populares.

Visto que el artículo 6 del indicado texto normativo regula la Presidencia de los festejos taurinos populares, que se atribuye al Alcalde del municipio donde se celebren aquéllos, si bien dicha presidencia podrá delegarse, de forma expresa, en un Concejal de la Corporación Municipal.

Considerando lo establecido en el artículo 13 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Proced-imiento Administrativo Común, que establece que los órganos de las diferentes Administraciones Públicas podrán delegar el ejercicio de las competencias que tengan atribuidas en otros órganos de la misma Administración.

Estando próxima la celebración de los festejos taurinos de las fiestas patro-nales de mayo de 2015 en Puebla de Argeme, esta Alcaldía-Presidencia, en virtud de las atribuciones que le confieren las disposiciones legales vigentes, HA RESUELTO delegar la Presidencia de los festejos taurinos que se celebren durante las próximas fiestas patronales de mayo de 2015 en Puebla de Ar-geme en el Concejal de este Ayuntamiento Don Juan José ALCÓN GAZAPO, con D.N.I., 28.956.562-E, con todas las atribuciones inherentes al desempeño del cargo recogidas por la normativa en vigor.”

Lo que se hace público para general conocimiento.

Coria, 14 de abril de 2015.

LA SECRETARIA GENERAL,

Alicia VÁZQUEZ MARTÍN

2444

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HOYOS

ANUNCIO. Presupuesto General definitivo para el ejercicio de 2015

En cumplimiento de lo dispuesto en el art. 169.3 del Real Decreto Legislativo 2/2004 de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, se hace público el Presupuesto General definitivo de esta Entidad, para el ejercicio de 2015, conforme al siguiente:

RESUMEN POR CAPITULOS

CAPITULOS INGRESOS EUROSA)OPERACIONESNOFINANCIERASA.1) OPERACIONES CORRIENTES

1 Impuestos Directos. 206.396,002 Impuestos Indirectos. 10.000,003 Tasas y Otros Ingresos. 209.905,004 Transferencias Corrientes. 278.018,005 Ingresos Patrimoniales. 39.991,00

A.2) OPERACIONES DE CAPITAL6 Enajenación de Inversiones Reales. 0,007 Transferencias de Capital. 248.500,00

B)OPERACIONESFINANCIERAS8 Activos Financieros. 0,009 Pasivos Financieros. 0,00

TOTALINGRESOS.... 992.810,00

CAPITULOS GASTOS EUROSA)OPERACIONESNOFINANCIERASA.1) OPERACIONES CORRIENTES

1 Gastos de Personal. 299.547,002 Gastos en Bienes Corrientes y Servicios. 282.831,003 Gastos Financieros. 8.000,004 Transferencias Corrientes. 150.600,005 Fondo de Contingencia. 32.200,00

A.2) OPERACIONES DE CAPITAL6 Inversiones Reales. 200.600,007 Transferencias de Capital. 0,00

B)OPERACIONESFINANCIERAS8 Activos Financieros. 0,009 Pasivos Financieros. 19.032,00

TOTALGASTOS.... 992.810,00

De conformidad con lo dispuesto en el art. 127 del R.D. Legislativo 781/86, de 18 de abril, así mismo se publica, la Plantilla de Personal de este Ay-untamiento:

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Personal Funcionario: - 1 Secretatrio-Interventor,en propiedad, Grupo A1/A2, Nive C. Desti-no:26 - 1 Auxiliar-administrativo, en propiedad, Grupo C2, Nivel C. Destino:18

Personal Laboral: - 1 Operario de Servicios Múltiples. Laborales eventuales:

- 2 Auxiliares de Hogar - 6 Operarios de Inserción Laboral - 2 Trabajadores del Centro de Educación Infantil

Contra la aprobación definitiva del Presupuesto, podrá interponerse recurso Contencioso-Administrativo ante el Tribunal correspondiente de la Comu-nidad Autónoma, en el plazo de dos meses, sin perjuicio de cualquier otro recurso.

Hoyos a de de

ALCALDE-PRESIDENTE,

JESUS MARCELO HERNANDEZ LOZANO

2407

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HOYOS

EDICTO. Cuentas Generales del presupuesto correspondiente al ejercicio de 2014

Rendidas las Cuentas Generales del Presupuesto y de Administración del Patrimonio, correspondiente al ejercicio de 2014, e informadas debidamente por la Comisión Especial de Cuentas de esta Entidad, en cumplimiento y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 116 de la Ley 7/85 y 212 del Real Decreto Legislativo 2/2004 de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, quedan expuestas al público en la Secretaría de esta Entidad, por plazo de quince días hábiles, para que durante el mismo y ocho días más, puedan los in-teresados presentar por escrito los reparos, observaciones y reclamaciones que estimen pertinentes.

Hoyos a 10 de abril de 2015.

El Alcalde – Presidente,

Jesús Marcelo Hernández Lozano.2448

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JARILLA

ANUNCIO. Aprobación transferencia de créditos del Fondo de Contingen-cia de Ejecución Presupuestaria a otras partidas 2015

En cumplimiento del artículo 169.1, por remisión del 179.4, del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, al no haberse presentado alegaciones durante el plazo de exposición al público, ha quedado automáti-camente elevado a definitivo el Acuerdo plenario de aprobación inicial del Ayuntamiento de Villar de Plasencia, adoptado en fecha 14 de abril de 2015, sobre transferencia de créditos del Fondo de Contingencia de Ejecución Pre-supuestaria a otras partidas.

Altasenaplicacionesdegastos

Partida Denominación Consign. Aumento TOTAL151

463.00 Aparejador. Mancomunidad. 996,87 14,74 1.011,61

161 210.00

Infraestructuras y bienes naturales. Abastecimiento agua. 800,00 1.000,00 1.800,00

161 213.00

Reparación y mantenimiento maquinaria. Abastecim. agua 500,00 500,00 1.000,00

161 227.06 Analítica de agua potable. 1.700,00 1.300,00 3.000,00

165 210.00

Infraestructuras y bienes naturales. Alumbrado público. 800,00 500,00 1.300,00

231 213.00

Reparación y mantenimiento maquinaria. Centro Día 500,00 700,00 1.200,00

920 165.02 Seguros personal. 795,00 157,78 952,58

920 210.00

Infraestructuras y bienes naturales en general. 0,00 1.500,00 1.500,00

920 220.00 Material de oficina. 300,00 300,00 600,00

920 226.99 Otros gastos diversos 200,00 300,00 600,00

TOTALES 6.591,87 6.272,32 12.864,19

Bajaenaplicacióndegastos

929 500.00 Fondo de Contingencia de Ejecución Presupuestaria. 6.272,32 €.

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Contra el presente Acuerdo, en virtud de lo dispuesto en el artículo 113 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, los interesados podrán interponer directamente recurso contencioso-adminis-trativo en la forma y plazos establecidos en los artículos 25 a 43 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de dicha Jurisdicción.

Sin perjuicio de ello, a tenor de lo establecido en el artículo 113.3 de la Ley 7/1985, la interposición de dicho recurso no suspenderá por sí sola la efec-tividad del acto o Acuerdo impugnado.

En Jarilla, a 15 de abril de 2015.

El Alcalde,

Calixto Sánchez Olmos.

2462

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JeRTe

Edicto. Cuenta General del Presupuesto correspondiente al ejercicio 2014

Rendida la Cuenta General del Presupuesto correspondiente al ejercicio 2014 e informada debidamente por la Comisión Especial de Cuentas de esta enti-dad en sesión de fecha 16.4.15; en cumplimiento con lo dispuesto en el Art. 116 de la Ley 7/85 y 212 del Real Decreto Legislativo 2/2004, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, queda expuesto al público por el plazo de quince días hábiles, para que du-rante el mismo y ocho días más puedan los interesados presentar por escrito los reparos, observaciones y reclamaciones que estimen pertinentes.

Jerte a 17 de abril de 2015

El Alcalde-Presidente,

Antonio García Santos2486

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MATA De ALCáNTARA

EDICTO. Información pública de la Cuenta General del ejercicio de 2014

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 212 del Real Decreto Legis-lativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, se somete a información pública la CUENTA GENERAL DEL EJERCICIO DE 2014, con sus justificantes y el in-forme de la Comisión de Cuentas, por término de quince días.

En este plazo y ocho días más, se admitirán los reparos que puedan formularse por escrito, los que serán examinados por dicha Comisión, que practicará cuantas comprobaciones crea necesarias, emitiendo nuevo informe.

En Mata de Alcántara, a 15 de abril de 2015.

EL ALCALDE,

Luis A. Galán Hernández2516

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MORALeJA

EDICTO. Rectificación error plantilla de personal 2015

El Sr. Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Moraleja, HACE SABER: Que el Ayuntamiento Pleno en sesión ordinaria celebrada el 1 de abril de 2015, aprobó la RECTIFICACIÓN ERROR PLANTILLA DE PERSONAL 2015, quedando la Plantilla de personal para los puestos relacionados como se indica a con-tinuación:

ADMINISTRACIÓN ESPECIAL/Subescala Servicios Especiales

N.º DENOMINACION GRUPO NIVEL OBSERVACIONES 1 Oficial Policía Local C1 22 2015: Pasa a segunda actividad 14 Policía Local C1 20 1 (segunda actividad)

1 (Comisión de servicio)2015: 2 pasan a segunda actividad

PERSONAL LABORAL FIJO/INDEFINIDO – LIMPIEZA Y CONSERJES DE CO-LEGIO

Nº DENOMINACION GRUPO NIVEL OBSERVACIONES-- Encargada de la

Limpieza-- -- No creada

3 Peones/as de Limpieza AP 141 Conserje de Colegio C2 18 2 Conserjes de Colegio AP 14 1 Contrato Relevo

1 Vacante

Lo que se hace público para general conocimiento.

Moraleja a 14 de abril de 2015.

EL ALCALDE,

Pedro Caselles Medina

2478

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NAvALMORAL De LA MATA

ANUNCIO. Aprobación inicial del expediente de modificación de créditos n.º 4/2015

El Pleno del Ayuntamiento, en sesión celebrada el día seis de abril de dos mil quince, acordó la aprobación inicial del expediente de modificación de créditos n.º 4/2015 en la modalidad de crédito extraordinario y suplemento de crédito, financiado mediante anulaciones o bajas de créditos de gastos de otras aplicaciones del Presupuesto vigente no comprometidos, con el siguiente resumen por capítulos:

Presupuestodegastos

CAPITULO DESCRIPCIÓN CONSIGNACIÓNBAJAS ALTAS

1 GASTOS DE PERSONAL 3.122,40 3.122,402 GASTOS CORRIENTES 9.453,454 TRANSFERENCIAS CORRIENTES 3.000,00 3.000,006 INVERSIONES REALES 9.453,45

TOTALES ……………………………………… 15.575,85 15.575,85

Y en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 169.1 por remisión del 177.2 del Real Decreto 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales y artículo 20.1 del Real Decreto 500/1990, de 20 de abril, se somete el expediente a exposición pública por el plazo de quince días hábiles a contar desde el día siguiente de la inserción de este anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia de Cáceres, para que los interesados puedan examinar el expediente y presentar las reclamaciones que estimen oportunas.

Si transcurrido dicho plazo no se hubiesen presentado alegaciones, se con-siderará aprobado definitivamente dicho Acuerdo.

Navalmoral de la Mata 7 de abril de 2015.

EL ALCALDE-PRESIDENTE,

D. RAFAEL MATEOS YUSTE.2474

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pALOMeRO

ANUNCIO. Cuenta General del Presupuesto para el ejercicio 2014

Por presentada la Cuenta General del Presupuesto de este Municipio, con los documentos justificativos de la misma, relativa al ejercicio 2014, y en cumplimiento de lo dispuesto en el art. 116 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local, y art. 212.2º del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, quedan expuestas al público en la Secretaría de este Ayuntamiento, por plazo de quince días hábiles, para que durante el mismo y ocho días más, puedan los interesados pre-sentar por escrito los reparos, observaciones y reclamaciones que estimen pertinentes.

Palomero a 13 de abril de 2015.

LA ALCALDESA,

Mª Antonia Puertas Moreno.

2440

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pORTezueLO

EDICTO. Cuenta General del Presupuesto de 2014

Formada la Cuenta General del Presupuesto de 2014, con sus estados y anexos anuales, e informada favorablemente por la Comisión Especial de Cuentas, se expone al público por espacio de quince días hábiles y ocho más, durante el cual los interesados podrán presentar por escrito las reclamaciones que consideren oportunas, de conformidad con lo dispuesto en el art. 193.3 de la ley 39788, de 28 de diciembre.

Portezuelo a 16 de abril de 2015.

LA ALCALDESA,

Mª. Ángeles Lancho Ginés.2484

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RObLeDILLO De TRuJILLO

EDICTO. Cuenta General correspondiente al ejercicio de 2014

Rendida la cuenta general de esta Entidad correspondiente al ejercicio de 2014, e informada favorablemente por la Comisión Especial de Cuentas, de conformidad con lo dispuesto en el art. 212 del Real Decreto Legislativo 2/2004 de 5 de marzo por el que se aprueba el Texto Refundido de la ley reguladora de las Haciendas Locales, se expone al público por espacio de quince días, durante el cual y ocho más, los interesados podrán formular reclamaciones, reparos u observaciones.

Robledillo de Trujillo 15 de abril de 2015.

El Alcalde.

Juan José Anes Tirado2454

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ROMANGORDO

ANUNCIO. procedimiento abierto contrato de obras

De conformidad con la Resolución de Alcaldía de fecha 31 de Marzo de 2015, por medio del presente anuncio se efectúa convocatoria del procedimiento abierto, con un único criterio de adjudicación, al precio más bajo, para la adjudicación del contrato de obras de Ampliación de Granja Escuela en Ro-mangordo, conforme a los siguientes datos:

1. Entidad adjudicadora: Datos generales y datos para la obtención de la información:a) Organismo: Ayuntamiento de Romangordob) Dependencia que tramita el expediente: Secretariac) Obtención de documentación e información:1. Dependencia: Secretaría2. Domicilio: Plaza de España, n.º 13. Localidad y Código Postal: Romangordo -103594. Teléfono: 927.57.65.815. Telefax: 927.57.65.256. Correo electrónico: [email protected]. Dirección de Internet del Perfil de Contratante: www.romangordo.org8. Fecha límite de obtención de documentación e información:26 días hábiles contados a partir del siguiente al de la publicación del pre-sente anuncio en el B.O.P.d) Número de expediente: 45 /2015

2. Objeto del contrato.a) Tipo: Obrasb) Descripción del objeto: La ampliación de la cocina, con inclusión de una cámara frigorífica y un almacén dentro de la misma y la conversión del ac-tual almacén de la cocina existente en botiquín de primeros auxilios del que la instalación carece, por ser requeridos por el Equipo de Atención Primaria de la Zona.c) División por lotes y número de lotes/unidades: No proceded) Lugar de ejecución /entrega:1. Domicilio: Plaza de España, n.º 12. Localidad y Código Postal: Romangordo 10359e) Plazo de ejecución/entrega: Tres mesesf) Admisión de Prórroga: Noi) CPV (Referencia de Nomenclatura): 45210000-2, 45212412-7

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3. Tramitación y procedimiento.a) Tramitación: Ordinariab) Procedimiento: Abierto, oferta económicamente más ventajosa, único criterio de adjudicación.c) Para la valoración de las proposiciones y la determinación de la oferta económicamente más ventajosa se atenderá exclusivamente al precio más bajo de las proposiciones presentadas.

4. Presupuesto base de licitación. a) Importe Neto 49.488,51 euros. IVA 21 % 10.392,59 euros Importe total 59.881,10 euros.

5. Garantía exigidas. Provisional: No se exige. Definitiva: 5% del importe de adjudicación.

6. Requisitos específicos del contratista:a) Clasificación: No se exigeb) Solvencia económica y financiera, y solvencia técnica y profesional.

7. Presentación de ofertas o de solicitudes de participación:a) Fecha límite de presentación. 26 días naturales, contados a partir del sigu-iente al de la publicación del presente anuncio en el B.O. de la Provinciab) Modalidad de presentación: Sobres cerradosc) Lugar de presentación: Ayuntamiento de Romangordo1. Dependencia: Oficina de Administración general2. Domicilio: Plaza de España, nº 13. Localidad y Código Postal. Romangordo 103594. Dirección electrónica: www.romangordo.orgd) Admisión de variante: No procede.f) Plazo durante el cual el licitador estará obligado a mantener su oferta: El máximo establecido por el TRLCSP.8. Apertura de ofertas:a) Dirección: Plaza de España, n.º 1b) Localidad y Código Postal: Romangordo 10359c) Fecha: Dentro de los quince días naturales siguientes a la fecha de final-ización de presentación de proposiciones.

En Romangordo, a 31 de Marzo de 2015.

La Alcaldesa,

ROSARIO CORDERO MARTIN2514

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SeRReJÓN

ANUNCIO. Cuenta General del Presupuesto del Ejercicio 2014

Formada la Cuenta General del Presupuesto del Ejercicio 2014, conforme a los artículos 208 y ss. del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, e informada favorablemente por la Comisión Especial de Cuentas, queda expuesta al público con sus justificantes por plazo de quince días a partir del siguiente a la publicación de este Anuncio en el Tablón de Anun-cios del Ayuntamiento, durante los cuales y ocho más los interesados podrán presentar ante este Ayuntamiento reclamaciones, reparos u observaciones, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 212 del propio Real Decreto. Serrejón 16 de abril de 2015.

LA ALCALDESA,

Nélida Martín Hernández

2476

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TALAYueLA

ANUNCIO. Aprobación provisional del desvío de un tramo del “Camino de San Marcos al Vado”

El Pleno del Ayuntamiento en sesión celebrada el día 9 de abril de 2015 adoptó por unanimidad aprobar provisionalmente el desvío de un tramo de 170 m. del camino denominado “Camino de San Marcos al Vado”, inscrito en el Catálogo de caminos u Pistas Forestales de Extremadura con el nº. 81, matrícula 04E00092809C.

Lo que se publica en el Boletín Oficial de la Provincia y en el Tablón de Anun-cios del Ayuntamiento, por el periodo de un mes a partir de la publicación de este anuncio en el BOP, a efectos de reclamaciones y alegaciones que se estimen oportunas por los interesados, haciendo constar que no formu-larse estas en el trámite de información pública, este desvío se considerará aprobado definitivamente.

Talayuela, 14 de abril de 2015.

EL ALCALDE,

Raúl Miranda Manzano2396

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TRuJILLO

Anuncio. Convocatoria Certamen de Teatro Iberoamericano Ciudad de Trujillo

Se convoca el tercer Certamen de Teatro Iberoamericano “Ciudad de Trujillo”, al que podrá concurrir cualquier compañía teatral, profesional o amateur, que se encuentre legalmente registrada.

Las solicitudes para participar se presentarán en el Excmo. Ayuntamiento de Trujillo, a partir del siguiente día de la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia y hasta el día 20 de mayo de 2015, ajustándose a las bases que regulan la convocatoria, que podrán ser consultadas en la página web del Ayuntamiento de Trujillo www.trujillociudad.es

Trujillo a 15 de abril de 2015.

El Alcalde,

Alberto Casero Ávila2468

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vALDeLACASA De TAJO

EDICTO. Aprobación provisional del precio público y la Ordenanza sobre el Cementerio Municipal

El Pleno del Ayuntamiento de Valdelacasa de Tajo, en sesión extraordinaria celebrada el día 13 de abril de 2015, acordó la aprobación provisional del establecimiento del precio público y la Ordenanza Fiscal Reguladora Del Pre-cio Público Por Cesión De Uso Privativo De Bienes De Dominio Público En El Cementerio Municipal De Valdelacasa De Tajo.

Y en cumplimiento de lo dispuesto en los artículos 49 y 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, y el artículo 56 del Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril, por el que se aprueba el Texto Refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de Régi-men Local, se somete el expediente a información pública por el plazo de treinta días a contar desde el día siguiente a la inserción de este anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia, para que los interesados puedan examinar el expediente y presentar las reclamaciones que estimen oportunas.

Si transcurrido dicho plazo no se hubiesen presentado reclamaciones, se considerará aprobado definitivamente dicho Acuerdo.

Valdelacasa de Tajo a 14 de abril de 2015.

EL ALCALDE-PRESIDENTE,

Pedro Espuela Tello2426

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vALDeLACASA De TAJO

EDICTO. Aprobación provisional de la Ordenanza Municipal Reguladora de los Residuos De Construcción Y Demolición

El Pleno del Ayuntamiento de Valdelacasa de Tajo, en sesión extraordinaria celebrada el día 13 de abril de 2015, acordó la aprobación provisional de la Ordenanza Municipal Reguladora De Los Residuos De Construcción Y Demolición.

Y en cumplimiento de lo dispuesto en los artículos 49 y 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, y el artículo 56 del Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril, por el que se aprueba el Texto Refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de Régi-men Local, se somete el expediente a información pública por el plazo de treinta días a contar desde el día siguiente a la inserción de este anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia, para que los interesados puedan examinar el expediente y presentar las reclamaciones que estimen oportunas.

Valdelacasa de Tajo a 14 de abril de 2015.

EL ALCALDE-PRESIDENTE

Pedro Espuela Tello2427

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vALeNCIA De ALCáNTARA

ANUNCIO. Aprobación definitiva de modificación de la “Ordenanza Fiscal número 15

Transcurrido el plazo de exposición al público del Acuerdo provisional de modificación de la “Ordenanza Fiscal número 15, reguladora de los servicios de las Residencias de Mayores, Centro de Día y comidas a domicilio” adoptado por el Pleno de esta Corporación en sesión celebrada el día 30 de enero de 2015, y no habiéndose presentado dentro del mismo reclamación alguna, se eleva a definitivo dicho acuerdo de conformidad con lo establecido en el artículo 17.3 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales.

Lo que se hace público a los efectos previstos en el artículo 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local y el artíc-ulo 17.4 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, publicándose el texto íntegro de la mencionada modificación:

ORDENANZAFISCALNÚMERO15,REGULADORADELOSSERVICIOSDELASRESIDENCIASDEMAYORES,CENTRODEDÍAYCOMIDASADOMICILIODELAYUNTAMIENTODEVALENCIADEALCÁNTARA.

Hechoimponible.

Artículo 3.- El hecho imponible de la tasa regulada por esta Ordenanza, está constituida por la prestación de un servicio o realización de una actividad administrativa consistente en el uso del Servicio de comidas a domicilio y la utilización y estancia en las Residencias de Mayores, Centros de Día y Hogares Clubes con pisos tutelados de titularidad municipal de Valencia de Alcántara.

Sujetopasivo.

Articulo 4.- Están sujetos al pago de la tasa por la utilización y estancia en las Residencias de Mayores, Centros de Día y Hogares Clubes con pisos tu-telados de titularidad municipal de Valencia de Alcántara los residentes que se beneficien de la prestación de dicho servicio.Igualmente estarán sujetos al pago de la citada tasa todos los usuarios del Servicio de comidas a domicilio del Ayuntamiento de Valencia de Alcán-tara.

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En el caso de beneficiarios, que se encuentren bajo la patria potestad de los padres o tutores, serán estos últimos los responsables del pago de la tasa, conforme a lo establecido en los artículos 55, 154 y 206 del Código Civil.Tarifa.

Artículo 5.- La cuantía de la tasa será fijada en la siguiente tarifa:

(…)

d) Por estancia en Plaza Residencial en Hogar Clubes con Piso Tutelado:

Por estancia en Hogar Clubes con Piso Tutelado, los residentes abonarán una cuota mensual: - El 65% de los ingresos del usuario, cuando su importe sea inferior al SMI. - El 75% de los ingresos del usuario, cuando su importe sea superior al SMI.

Para el cálculo de los ingresos totales de los usuarios se tendrán en cuenta las pagas extraordinarias de manera que los ingresos mensuales obtenidos por concepto de pensión se multiplicaran por 14 y se dividirán por 12.En el supuesto de usuarios unidos matrimonialmente o en análoga situación legalmente reconocida, servirá de base para el cálculo del precio público a satisfacer por el matrimonio, la suma de los ingresos de ambos y dividida esta cantidad entre dos, siempre y cuando el régimen económico matrimo-nial fuera el de gananciales.

Contra el presente Acuerdo definitivo, los interesados podrán interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Admin-istrativo del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Autónoma de Extremadura, en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia.

En Valencia de Alcántara, a 13 de abril de 2015.

EL ALCALDE.

Pablo Carrilho Reyes2443

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veGAvIANA

ANUNCIO. Aprobación definitiva del Reglamento Regulador del Registro Contable de Facturas

Al no haberse presentado reclamaciones durante el plazo de exposición al público, queda automáticamente elevado a definitivo el Acuerdo plenario inicial aprobatorio del Reglamento Regulador del Registro Contable de Fac-turas, cuyo texto íntegro se hace público, para su general conocimiento en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local.

REGLAMENTOREGULADORDELREGISTROCONTABLEDEFACTU-RASDELEXCMO.AYUNTAMIENTODEVEGAVIANA

Artículo1.Objeto. El presente reglamento tiene como objeto la regulación del Registro contable de facturas de acuerdo con la Ley 15/2010, de 5 de julio, de modificación de la Ley 3/2004, de 29 de diciembre, por la que se establecían medidas de lucha contra la morosidad en las operaciones comerciales, en cumplimiento de la Ley 25/2013, de 27 de diciembre, de impulso de la factura electrónica y creación del Registro contable de facturas en el Sector Público. Artículo2.Ámbitodeaplicaciónsubjetivo. Las disposiciones de este Reglamento serán de aplicación a todos los órganos, servicios y unidades administrativas del Ayuntamiento de Vegaviana.

Asimismo, el presente reglamento regulará las relaciones con los proveedores de bienes y servicios del Ayuntamiento de Vegaviana emitidas en el marco de sus relaciones jurídicas y que estén obligados legalmente a la present-ación de facturas.

Artículo3.Obligacióndepresentacióndefacturasenelregistro.La factura constituye el documento obligatorio emitido por el proveedor deri-vado de operaciones de compra-venta, prestación de servicios o suministros y/o realización de obras conforme al Reglamento por el que se regulan las ob-ligaciones de facturación (Real Decreto 1619/2012 de 30 de noviembre).

Todas las facturas deberán ser presentadas en el registro contable de fac-turas del Ayuntamiento de Vegaviana, con las excepciones que legalmente se contemplen, en el plazo de treinta días, desde la fecha efectiva de las mercancías o la prestación de servicios.

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En el caso de que la presentación se realice en un registro administrativo distinto del contable mencionado anteriormente, en los términos previstos en el artículo 38 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Ju-rídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, el registro administrativo en el que se reciba la factura la remitirá inmediatamente a la oficina contable competente para la anotación en el registro contable de la factura.

Artículo4.Integraciónorgánicaydependenciafuncionaldelregistrocontable.La gestión del registro contable de facturas corresponde al órgano o unidad que tiene atribuida la función de contabilidad.

Artículo5.UsodelafacturaelectrónicaenelAyuntamientodeVe-gaviana.Todos los proveedores que hayan entregado bienes o prestado servicios al Ayuntamiento de Vegaviana podrán expedir y remitir factura electrónica.

El Ayuntamiento de Vegaviana se ha adherido al Punto General de Entrada de Facturas electrónicas de la Administración General del Estado -FACe- tal y como consta en el acuerdo del Pleno de la Corporación de fecha 29 de mayo de 2014.

En todo caso, y tal y como determina la Ley 25/2013, de 27 de diciembre, de impulso de la factura electrónica y creación del registro contable de fac-turas, están obligados al uso de factura electrónica y a su presentación ante el FACe las entidades siguientes:

a) Sociedades anónimas.b) Sociedades de responsabilidad limitada.c) Personas jurídicas y entidades sin personalidad jurídica que carezcan de nacionalidad española.d) Establecimientos permanentes y sucursales de entidades no residentes en territorio español en los términos que establezca la normativa tributaria.e) Uniones temporales de empresas.f) Agrupación de interés económico, Agrupación de interés económico europea, Fondo de Pensiones, Fondo de capital riesgo, Fondo de Inversiones, Fondo de utilización de activos, Fondo de regularización del mercado hipotecario, Fondo de titulización hipotecaria o Fondo de Garantía de Inversiones.

No obstante, el Ayuntamiento de Vegaviana excluye de esta obligación de facturación electrónica si así lo desean, a las facturas cuyo importe sea de hasta 5.000,00 euros.

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Artículo 6. Formato factura electrónica, su firma. Requisitos técnicos y funcionalesdelPuntogeneraldeentradadefacturaselectrónicas.Con respecto al formato de la factura electrónica y su firma, estas se ajus-tarán al formato establecido en el artículo 5 y en la Disposición Adicional Segunda de la Ley 25/2013 (Facturae, versión 3,2, y de firma electrónica conforme a la especificación XMLAdvanced Electronic Signatures [XAdES]) hasta que se apruebe la Orden Ministerial prevista.

Las condiciones técnicas y funcionales del Punto General de Entrada de facturas serán las del FACe, en tanto en cuanto el Ayuntamiento de Vega-viana se ha adherido a dicho punto, y que figuran recogidas en la Orden HAP/1074/2014, de 24 de junio y en la Resolución de 25 de junio de 2014, de la Secretaría de Estado de Administraciones Públicas en lo que respecta a las condiciones de uso de la plataforma FACe.

Artículo7.Procedimientogeneralparalatramitacióndefacturas.1. Las facturas deberán ser presentadas en el registro contable de facturas del Ayuntamiento de Vegaviana, con las excepciones que legalmente se contemplen, en el plazo de treinta días, desde la fecha efectiva de las mer-cancías o la prestación de servicios.En el caso de que la presentación se realice en un registro administrativo distinto del contable mencionado anteriormente, en los términos previstos en el artículo 38 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Ju-rídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, el registro administrativo en el que se reciba la factura la remitirá inmediatamente a la oficina contable competente para la anotación en el registro contable de la factura.

2. Tal y como dispone la legislación vigente, todas las facturas tanto en sopo-rte papel como en soporte electrónico deben incluir los códigos de la Oficina contable, órgano gestor y unidad tramitadora, codificación que permitirá redirigir manual o electrónicamente la factura al órgano o unidad competente para su tramitación.

El listado de códigos de los órganos competentes en la tramitación de facturas del Ayuntamiento de Vegaviana, así como de la Oficina Contable, codificado de acuerdo con el Directorio DIR3 de unidades administrativas gestionado por la Secretaría de Estado de Administraciones Públicas se encuentra pub-licado en la página web del Ayuntamiento de Vegaviana.

Las facturas electrónicas presentadas en el punto general de entrada FACe serán remitidas electrónicamente al registro contable de facturas correspondiente. 3. La anotación de la factura en el registro contable de facturas dará lugar a la asignación del correspondiente código de identificación de dicha factura en el citado registro contable, código que será comunicado al FACe.

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4. El órgano o unidad que tiene atribuida la función de contabilidad la remitirá al órgano o unidad competente para su tramitación.

Es decir, si la factura desde el punto de vista formal, reúne los requisitos legalmente establecidos (Reglamento por el que se regulan las obligaciones de facturación, codificación DIR3), se remite al órgano competente para su conformidad, si procede, y remisión a la Intervención Municipal a efectos de la preceptiva intervención previa y resto de actuaciones relativas al expedi-ente de reconocimiento de la obligación.

No se anotarán en el registro contable las facturas que contuvieran datos incorrectos u omisión de datos que impidieran su tramitación, ni las que correspondan a otras administraciones públicas, las cuales serán devueltas al registro administrativo de procedencia expresando la causa de dicho re-chazo.

5. Reconocida la obligación por el órgano competente, la tramitación de la propuesta u orden de pago identificará la factura o facturas mediante los correspondientes códigos de identificación asignados en el registro contable de facturas.

Artículo8.Actuacionesdelórganocompetenteenmateriadeconta-bilidad.El órgano administrativo que tiene atribuida la función de contabilidad:1. Efectuará requerimiento periódico de actuación respecto a las facturas pendientes de reconocimiento de obligación, que serán dirigidos a los ór-ganos gestores y/o unidades tramitadoras. El citado requerimiento tendrá una cadencia quincenal desde la fecha de recepción por el órgano gestor y/o unidad tramitadora.

2. Elaborará un informe trimestral con la relación de facturas con respecto a las cuales haya transcurrido más de tres meses desde que fueron anotadas, y no se haya efectuado el reconocimiento de la obligación, dando traslado del informe a los órganos competentes.

Artículo9.Colaboracióncon laAgenciaEstataldeAdministraciónTributaria.Los registros contables de facturas remitirán a la Agencia Estatal de Admin-istración Tributaria, por vía telemática, aquella información sobre las facturas recibidas, para asegurar el cumplimiento de obligaciones tributarias y de facturación cuyo control le corresponda.

Disposición final primera. Aplicación y ejecución del reglamento.Lo dispuesto en el presente reglamento se adecuará a la legislación vigente en la materia, así como a las disposiciones reglamentarias, resoluciones y medidas acordadas por el Gobierno a través del Ministerio de Hacienda y

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Administraciones Públicas y el Ministerio de Industria, Energía y Turismo, en el ámbito de sus competencias.

Disposición final segunda. Publicación.El acuerdo de aprobación definitiva del presente Reglamento y el Reglamento mismo se publicarán en la página web del Ayuntamiento de Vegaviana y en el Boletín Oficial de la Provincia de Cáceres.

Disposición final tercera. Entrada en vigorEl presente Reglamento entrará en vigor una vez publicado íntegramente su texto en el Boletín Oficial de la Provincia y transcurrido el plazo de quince días hábiles desde dicha publicación.

La obligación de presentación de factura electrónica entrará en vigor el 15 de enero de 2015, tal y como se recoge en el artículo 4 de la Ley 25/2013, de 27 de diciembre, de impulso de la factura y creación del registro contable de facturas en el Sector Público, salvo disposición normativa de carácter estatal que disponga nueva fecha obligatoria de entrada en vigor.»

Contra el presente Acuerdo se podrá interponer recurso contencioso adminis-trativo, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Cáceres, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la publicación del presente anuncio, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso Administrativa.

Vegaviana a 7 de abril de 2015.

EL ALCALDE,

Juan Caro Dionisio2446

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vILLASbueNAS De GATA

ASUNTO. Notificación pública de acuerdo de incoación de expediente de disciplina urbanística y de legalización

De conformidad con lo dispuesto en los artículos 59.5 y 61 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, ya que habiéndose intentado la notificación en los últimos domicilios conocidos, estas no se han podido prac-ticar, se hace pública la notificación del acuerdo de incoación de expediente de disciplina urbanística y de legalización instruidos a Dª. Lorena Collado González. En virtud del artículo 61 de la Ley 30/1992, y por contener datos que afectan a la privacidad de la interesada, se hace constar que el expediente obra en las dependencias del Ayuntamiento de Villasbuenas de Gata, Plaza Palacio, n.º 1, donde podrá comparecer la interesada para conocimiento del contenido íntegro del mencionado acto y constancia de tal conocimiento, en el plazo de 10 días desde la publicación del presente anuncio.

En Villasbuenas de Gata, a 6 de abril de 2015.

El alcalde,

Luis Mariano Martín Mesa2394

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MANCOMuNIDAD De AGuAS DeL AYueLA

AlcuéscAr

ANUNCIO. Exposición al público la Cuenta General correspondiente al ejercicio 2014

En cumplimiento de cuanto dispone el artículo 212 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas locales aprobado por Real Decreto Legisla-tivo 2/2004, de 5 de marzo, y una vez que ha sido debidamente informada por la Comisión Especial de Cuentas, se expone al público la Cuenta General correspondiente al ejercicio 2014, por un plazo de quince días, durante los cuales y ocho más quienes se estimen interesados podrán presentar rec-lamaciones, reparos u observaciones que tengan por convenientes.

En Alcuéscar, a 17 de abril de 2015.

El Presidente.

David Valiente Gómez2507

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MANCOMuNIDAD De MuNICIpIOS “LA HuRDeS”

veGAS De CORIA

EDICTO. Cuenta General correspondiente al ejercicio de 2013

Habiendo sido informadas favorablemente, por la Comisión Especial de Cuentas, la Cuenta General correspondiente al ejercicio de 2013, quedan expuestas al público por plazo de quince días hábiles, durante los cuales y ocho más, los interesados que lo estimen pertinente pueden presentar las reclamaciones, reparos u observaciones, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 212.3 del R.D. Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales.

Vegas de Coria a 14 de abril de 2015.

LA PRESIDENTA,

Vanesa Martín Alonso

2451

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ADMINISTRACIÓN DeL eSTADO

MINISTeRIO De AGRICuLTuRA, ALIMeNTACIÓN Y MeDIO AMbIeNTe

confederAción HidrográficA del TAjo

ANUNCIO. Autorización de vertido de aguas residuales

En esta Confederación Hidrográfica del Tajo, se tramita a instancia de AY-UNTAMIENTO DE ALMARAZ, con N.I.F. P1001900H y domicilio social en Almaraz(Cáceres), Plaza de España, s/n, expediente relativo a autorización de vertido de aguas residuales, al arroyo Tinte, procedente del núcleo urbano de Almaraz, en el término municipal de Almaraz (Cáceres).

Lo que conforme al Real Decreto Legislativo 1/2001, de 20 de julio, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Aguas (B.O.E. nº 176, de 24 de julio de 2001), y el Real Decreto 606/2003 de 23 de mayo por el que se modifica el Real Decreto 849/1986 de 11 de abril, por el que se aprueba el Reglamento del Dominio Público Hidráulico, (B.O.E. nº 135, de 6 de junio), se hace público a fin de que en el plazo de TREINTA(30)DÍAS, puedan presentar reclamaciones quienes se consideren afectados por esta petición en la CONFEDERACIÓN HIDROGRÁFICA DEL TAJO, sita en la, Avenida de Portugal 81, 28071 Madrid, en cuyas oficinas se halla de manifiesto el ex-pediente de referencia 363.397/14.

NOTAEXTRACTO

Para el tratamiento de las aguas residuales se ha previsto la instalación de un sistema de depuración de las siguientes características:

CARACTERÍSTICASDELVERTIDO:

Urbano de 2.500 habitantes-equivalentes procedente de la aglomeración urbana de Almaraz.: Sólidos en suspensión ≤ 35 mg/l, DBO5 ≤ 25 mg/l, DQO ≤ 125 mg/l,

VOLUMENDEVERTIDO:

228.125 m3/año (Qdiario = 500 m3/día)

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DESCRIPCIÓNDELASINSTALACIONES:

• Reja de desbaste en canal y pozo de gruesos.• Desbaste de gruesos en canal de llegada (EXISTENTE) mediante la colocación de una reja automática.• Pozo de bombeo (ACONDICIONADO) mediante la inclusión de 1 bomba de Q 52 m3/h a 6 m.c.a,.• 1 Ud. de equipo compacto de tamizado-desengrasado-desarenado. • Reactor biológico de 13 mx 13 m. en planta y 4 m. de calado, (REFORMADO) transformado en un sistema de flujo- pistón • 1 Ud. Decantador secundario troncopiramidal (EXISTENTE).• 1 Ud. Decantador secundario circular (EXISTENTE) • Bombeo de recirculación de fangos.

Línea de fangos• Espesador de fangos en PRFV tipo gravedad.• Centrífuga para deshidratación de fangos de 2 m3/h.

PUNTODEVERTIDO: Arroyo del Tinte, margen izquierda. Coordenadas UTM (huso 30 – ETRS 89) X= 270.183, Y= 4.411.038 (m).

ELTÉCNICODEVERTIDOS

CarlosVillanuevaJiménez2405

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MINISTeRIO De FOMeNTO

deMArcAción de cArreTerAs del esTAdo en eXTreMAdurA

ANUNCIO DE LA DEMARCACIÓN DE CARRETERAS DEL ESTADO EN EXTREMA-DURA POR LA QUE SE COONVOCA PAGO DE INTERESES DE DEMORA

Relacióndeproyecto:

ObraClave: 12-CC-3070. “Autovía A-58. Tramo: Santa Marta de Magasca - Cáceres”. T.M: CACERESObraClave:12-CC-2950. “Autovía A-66 de la Plata. Tramo: Variante de Plasencia.”. T.M: MALPARTIDA DE PLASENCIAObraClave: 31-CC-0506. “Acondicionamiento N-110. Tramo: Navaconcejo-Tornavacas”. T.M: CABEZUELA DEL VALLE. JERTE, TORNAVACAS, NAVACON-CEJO, VALDASTILLASObraClave: 31-CC-0506.T “Acondicionamiento N-110. Tramo: Navaconcejo-Tornavacas”. T.M: CABEZUELA DEL VALLE. JERTE, TORNAVACAS, NAVACON-CEJO, VALDASTILLASObraClave: 12-CC-2940. “Autovía A-66 de la Plata. Tramo: Villar de Plas-encia - Plasencia.”. T.M: PLASENCIA

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 48 de la vigente Ley de Ex-propiación Forzosa, modificado por la Ley de 23 de diciembre de 1986, se pone en conocimiento de los interesados que figuran en la relación adjunta que se va a proceder al pago de los intereses adeudados a las fincas rela-cionadas, mediante transferencia bancaria.

En caso de que los interesados manifiesten su deseo de cobrar mediante cheque, se procederá al pago en el día y la hora que se señala en la precitada relación en las oficinas del Ayuntamiento respectivo

En este caso, deberán acudir los propietarios afectados, no admitiéndose rep-resentación sino por medio de poder debidamente autorizado, ya sea general o especial para este caso. Los interesados deberán identificarse mediante el D.N.I. y N.I.F. y, en caso de herederos, acreditar su calidad de tales, con los correspondientes documentos públicos (testamento, declaración de hered-eros, escritura de partición, etc.) y estar todos ellos presentes o contar con apoderamiento de los ausentes.

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Se notificará a cada uno de los interesados la presente convocatoria.

Término Municipal Fecha Hora

Plasencia 27/04/2015 10.30 Cáceres 27/04/2015 12.30 Valdastillas 28/04/2015 9.30 Navaconcejo 28/04/2015 10.30 Cabezuela del Valle 28/04/2015 11.30 Malpartida de Plasencia 29/04/2015 9.30 Jerte 29/04/2015 11.00 Tornavacas 29/04/2015 13.30

Badajoz, 14 de abril de 2015.

El Ingeniero Jefe de la Demarcación,

José Manuel Blanco Segarra.2442

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MINISTeRIO De eMpLeO Y SeGuRIDAD SOCIAL

servicio Público de eMPleo esTATAl

ANUNCIO. REMISIÓN DE NOTIFICACIÓN DE RESOLUCIÓN DESESTIMATORIA RECLAMACION PREVIA DE RÉGIMEN GENERAL DE ACUERDO CON LO DIS-PUESTO EN LA LEY 30/92

En virtud de lo establecido en el artículo 59 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Pro-cedimiento Administrativo Común, y por resultar desconocidos los domicilios de los solicitantes de Prestaciones por Desempleo, quedan notificados por este conducto la Resolución de Archivo de Solicitud de Prestaciones que a continuación se relacionan.

De acuerdo con lo dispuesto en el art. 61 de la Ley 30/92, de 26 de noviem-bre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, los expedientes reseñados, estarán de manifiesto por el mencionado plazo de un mes en la Dirección Provincial del SEPE.

Contra la presente resolución, conforme a lo previsto en el art. 71 de la Ley 36/2011 de 10 de octubre, Reguladora de la Jurisdicción Social, LRJS, podrá interponerse ante esta Dirección Provincial reclamación previa a la vía juris-diccional social, dentro del plazo de 30 días hábiles siguientes a la fecha de notificación de la presente resolución.

Cáceres, 20 de abril de 2015.

LA SUBDIRECTORA PROVINCIAL DE PRESTACIONES

M.ª- Concepción Díaz Fernández

Relación de Resolución de Desestimatoria de R.Previa de Prestaciones de acuerdo con lo dispuesto en la Ley 30/92 D.N.I. NOMBREY

APELLIDOSDOMICILIO LOCALIDAD MOTIVO

43104963 FERNANDEZ SAAVERA, VICTORIA

CL Jesús de Nazaret, nº 43, 4ºB

Cáceres Desestimatoria de R. Previa

28944595 BOTE FERNANDEZ, ANTONIO

CL Jesús de Nazaret, nº 43, 4ºB

Cáceres Desestimatoria de R. Previa

2472

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MINISTeRIO De eMpLeO Y SeGuRIDAD SOCIAL

servicio de Público de eMPleo esTATAl

ANUNCIO. ReSOLuCIÓN De DeSISTIMIeNTO/ARCHIvO De LA AYuDA eCONÓMICA ReGuLADA eN eL pROGRAMA De ReCuALIFICACIÓN pRO-FeSIONAL

El Real Decreto-Ley 1/2011, de 11 de febrero, de medidas urgente para promover la transición al empleo estable y la recualificación profesional de las personas desempleadas, que ha sido prorrogado por los Reales Decretos-Leyes 10/2011, 26 de agosto, 20/2011, de 30 de diciembre y 23/2012, de 24 de agosto sucesivamente, que de conformidad con el mandato contenido en los mismos, ha dado lugar a una serie de dis-posiciones de desarrollo por parte de la Dirección General del Servicio Público Estatal.

Finalmente, mediante el Real Decreto-Ley 1/2013, de 25 de enero, se prorroga nuevamente el programa de recualificación profesional de las personas desempleadas que agoten la prestación por desempleo regu-lado en el artículo 2 del Real Decreto-Ley 1/2011, de 11 de febrero. La Dirección General del Servicio Público de Empleo Estatal dictó Resolución de 13 de febrero de 2013, por la que se determina la forma y plazos de presentación de solicitudes y de tramitación de las ayudas, conforme a lo dispuesto en la disposición adicional cuarta del citado Real Decreto-Ley 1/2013, de 25 de enero.

Vista/s la/s solicitud/es presentada/s por los/las interesados/as en relación adjunta y habiéndose observado todos los trámites del procedimiento y examinados los requisitos para el otorgamiento de la ayuda que se recogen en las Resoluciones anteriormente citadas, esta Dirección Provincial, por delegación de la Directora General de este Organismo, conforme dispone el artículo octavo,n.º 2, de las mencionadas resoluciones, quedan notifi-cadas por este conducto LARESOLUCIÓNESDEDESISTIMIENTODELAAYUDAECONÓMICAREGULADAENELPROGRAMADERECUALI-FICACIÓNPROFESIONAL“PREPARA” que a continuación se relacio-nan, de conformidad con el artículo 71.1 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre , de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en relación con lo establecido en los artículos 90 y 91, del mismo texto legal.

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Se advierte a los interesados que contra la misma, que no pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada ante la Sra. Ministra de Empleo y Seguridad Social en el plazo de un mes, a partir del día siguiente al de su notificación, según lo establecido en los artículos 114 y 115 de la citada ley 30/1992, de 26 de noviembre.

Cáceres a 15 de febrero de 2015

EL DIRECTOR PROVINCIAL

Luis Miguel García Maldonado

RELACIÓN DE RESOLUCION DE DESISTIMIENTO/ARCHIVO DE LAAYUDAECONOMICAREGULADAENELPROGRAMADERECUALIFI-CACIONPROFESIONAL“PREPARA”

Apellidos y Nombre D.N.I.Ú l t i m o d o m i c i l i o conocido

Localidad

SERRANO CAMPA, JONAS 7246537P C/ PILAR, 5, 1º-B 10600

PLASENCIA

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ADMINISTRACIÓN De JuSTICIA

JuzGADO De LO SOCIAL - 1 De CáCeReS

EDICTO. Ejecución de Títulos No Judiciales 42 /2015

D. BEGOÑA PALACÍN FABREGAS, Secretario Judicial del Juzgado de lo Social nº 001 de CÁCERES, HAGO SABER:

Que en el procedimiento EJECUCIÓN DE TÍTULOS NO JUDICIALES 42 /2015 de este Juzgado de lo Social, seguidos a instancia de ELISA FERNANDEZ FERNANDEZ contra la empresa FORJADOS Y MATERIALES FORMA SA, sobre ORDINARIO, se ha dictado la siguiente resolución, cuya parte dispositiva se adjunta:

AUTO

Magistrado/a-JuezSr. D. MARIANO MECERREYES JIMÉNEZ

En CÁCERES, a trece de Marzo de dos mil quince.

ANTECEDENTESDEHECHO

ÚNICO.-ELISA FERNANDEZ FERNANDEZ ha presentado demanda de ejecución de Acta de Conciliación celebrada ante el UMAC con fecha 15 de Enero de 2.015 en el Expediente CC-1971/2014 frente a FORJADOS Y MATERIALES FORMA SA.

FUNDAMENTOSDEDERECHO

PRIMERO.- Este Juzgado ha examinado su jurisdicción, competencia ob-jetiva y territorial, y entiende que en la demanda de ejecución de Acta de Conciliación celebrada ante el UMAC con fecha 15 de Enero de 2.015 en el Expediente CC-1971/2014, procede despachar la misma por importe de TRESMILSEISCIENTOSCUARENTAYTRESEUROSCONONCECÉN-TIMOS (3.643,11.- €) de principal y de QUINIENTOSOCHENTAYTRESEUROS (583,00.- €) en concepto provisional de intereses de demora y costas calculadas según el criterio del 251.1 LJS, por lo que no excede, para los primeros, del importe de los que se devengarían durante un año y, para las costas, del 10 por 100 de la cantidad objeto de apremio en concepto de principal.

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SEGUNDO.- Si la parteejecutadacumplieraensuintegridad la obligación exigida contenida en el título, incluido en el caso de ejecución dineraria el abono de los intereses procesales, si procedieran, dentrodelplazodelosveintedíassiguientes a la fecha de firmeza de la sentencia o resolución judicial ejecutable o desde que el título haya quedado constituido o, en su caso, desde que la obligación declarada en el título ejecutivo fuese exigible, noseleimpondránlascostasdelaejecución que se hubiere instado, en aplicación de lo prevenido en el artículo 239.3 de la LJS.

En virtud de lo dispuesto en el artículo 551.3 de la LEC, dictado el auto por el/la Magistrado/a, el Secretario judicial responsable de la ejecución, en el mismo día o en el día siguiente hábil, dictará decreto con los contenidos previstos en citado precepto.

Vistos los preceptos legales citados y demás de general y pertinente apli-cación,

PARTEDISPOSITIVA

Dispongo: Despachar orden general de ejecución Acta de Conciliación cel-ebrada ante el UMAC con fecha 15 de Enero de 2.015 en el Expediente CC-1971/2014 a favor de la parte ejecutante, ELISA FERNANDEZ FERNANDEZ, frente a FORJADOS Y MATERIALES FORMA SA, parte ejecutada, por importe de TRES MIL SEISCIENTOS CUARENTA Y TRES EUROS CON ONCECÉNTIMOS (3.643,11.- €) de principal y de QUINIENTOSOCHENTAYTRES EUROS (583,00.- €) que se fijan provisionalmente en concepto de intereses que, en su caso, puedan devengarse durante la ejecución y las costas de ésta, sin perjuicio de su posterior liquidación.

El presente auto, junto con el decreto que dictará el/la Secretario/a judicial, y copia de la demanda ejecutiva, serán notificados simultáneamente a la parte ejecutada, tal y como dispone el artículo 553 de la LEC.

Contra este autopodráinterponerserecursodereposición, a interponer ante este órgano judicial, en el plazo de los TRESDÍAS hábiles siguientes a su notificación, en el que además de alegar las posibles infracciones en que hubiera de incurrir la resolución y el cumplimiento o incumplimiento de los presupuestos y requisitos procesales exigidos, podrádeducirselaopos-iciónalaejecucióndespachada, aduciendo pago o cumplimiento docu-mentalmente justificado, prescripción de la acción ejecutiva u otros hechos impeditivos, extintivos o excluyentes de la responsabilidad que se pretenda ejecutar, siempre que hubieren acaecido con posterioridad a su constitución del título, no siendo la compensación de deudas admisible como causa de oposición a la ejecución.

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Si el recurrente no tuviere la condición de trabajador o beneficiario del régi-men público de seguridad social deberá consignar la cantidad de 25 euros, en concepto de depósito para recurrir, en la Cuenta de Consignaciones de este Juzgado.

Así lo acuerda y firma SSª. Doy fe.

ELMAGISTRADO LASECRETARIAJUDICIAL

DECRETO

Secretario Judicial Dª BEGOÑA PALACÍN FABREGAS.

En CÁCERES, a diecisiete de Marzo de dos mil quince.

ANTECEDENTESDEHECHO

ÚNICO.- En esta EJECUCION DE TITULOS JUDICIALES 42/15 se ha dictado auto despachando ejecución a favor de la parte ejecutante, ELISA FERN-ANDEZ FERNANDEZ, frente a FORJADOS Y MATERIALES FORMA SA, parte ejecutada, por importe de TRESMILSEISCIENTOSCUARENTAYTRESEUROS CON ONCE CÉNTIMOS (3.643,11.- €) de principal y de QUINIEN-TOS OCHENTA Y TRES EUROS (583,00.- €) que se fijan provisionalmente en concepto de intereses que, en su caso, puedan devengarse durante la ejecución y las costas de ésta, sin perjuicio de su posterior liquidación.

FUNDAMENTOSDEDERECHO

ÚNICO.- Dispone el artículo 551.3 de la LEC, que dictado el auto que con-tiene la orden general de ejecución, el/la Secretario/a Judicial responsable de la misma, dictará decreto en el que se contendrán las medidas ejecutivas concretas que resulten procedentes, incluyendo el embargo de bienes, y las medidas de localización y averiguación de los bienes del ejecutado que procedan, conforme a lo previsto en los artículos 589 y 590 de la LEC, así como el requerimiento de pago que deba hacerse al deudor en casos que lo establezca la ley; dictándose de oficio las resoluciones pertinentes conforme al art. 237 LPL. Vistos los preceptos legales citados y demás de general y pertinente apli-cación,

PARTEDISPOSITIVA

En orden a dar efectividad a las medidas concretas solicitadas, acuerdo:

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Proceder al embargo de bienes y a las medidas de localización y averiguación de los bienes del ejecutado que procedan, conforme a lo previsto en los arts. 589 y 590 LEC.

Requerir a FORJADOS Y MATERIALES FORMA SA, a fin de que en el plazo de cinco días, manifieste relacionadamente bienes y derechos suficientes para cubrir la cuantía de la ejecución, con expresión, en su caso, de las cargas y gravámenes, así como, en el caso de inmuebles, si están ocupados, por qué personas y con qué título, bajo apercibimiento de que, en caso de no veri-ficarlo, podrá ser sancionado, cuando menos, por desobediencia grave, en caso de que no presente la relación de sus bienes, incluya en ella bienes que no sean suyos, excluya bienes propios susceptibles de embargo o no desvele las cargas y gravámenes que sobre ellos pesaren, y podrán imponérsele también multas coercitivas periódicas. Se acuerda el embargo de los saldos acreedores que tuviere el ejecutado en todas las entidades bancarias con convenio, para lo cual llévese a efecto a través del Punto Neutro Judicial. E, igualmente, se acuerda el embargo de las devoluciones que por todos los conceptos pudiere percibir de la Agencia Tributaria, remitiéndose al efecto comunicación telemática.

Y ello en cuanto sea suficiente para cubrir la suma de las cantidades rec-lamadas, a saber, 3.643,11 euros de principal, más 583,00 euros que se calculan prudencialmente para intereses y costas de ejecución, sin perjuicio de su posterior liquidación y tasación.

En virtud del art. 607 pto. 7 de la L.E.Civil, requiérase a la parte ejecutante a fin de que facilite número de cuenta, con objeto de proceder a transferir desde la cuenta de depósitos y consignaciones de este Juzgado las canti-dades embargadas en el presente procedimiento y, con las obligaciones que previene el artículo Citado.

Notifíquese a las partes.

MODO DE IMPUGNACIÓN: Contra la presente resolución cabe recurso directo de revisión que deberá interponerse ante el presente órgano judicial en el plazo de TRESDÍAS hábiles siguientes a la notificación de la misma con expresión de la infracción cometida en la misma a juicio del recur-rente, art. 186 LPL. El recurrente que no tenga la condición de trabajador o beneficiario de régimen público de la Seguridad Social deberá hacer un depósito para recurrir de 25 euros, en la cuenta nº 1144-0000-64-0042-15 abierta en BANCO SANTANDER, debiendo indicar en el campo concepto, la

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indicación recurso seguida del código “31 Social- Revisión”. Si el ingreso se hace mediante transferencia bancaria deberá incluir tras la cuenta referida, separados por un espacio con la indicación “recurso” seguida del “código 31 Social- Revisión”. Si efectuare diversos pagos en la misma cuenta deberá especificar un ingreso por cada concepto, incluso si obedecen a otros recur-sos de la misma o distinta clase indicando en el campo de observaciones la fecha de la resolución recurrida utilizando el formato dd/mm/aaaa. Quedan exentos de su abono en todo caso, el Ministerio Fiscal, el Estado, las Comu-nidades Autónomas, las Entidades locales y los Organismos Autónomos dependientes de ellos.

LASECRETARIOJUDICIAL Y para que sirva de notificación en legal forma a FORJADOS Y MATERIALES FORMA SA, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el Boletín Oficial de la Provincia de CACERES.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la Oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento.

En CÁCERES, a catorce de abril de dos mil quince.

LASECRETARIOJUDICIAL2441

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JuzGADO De LO SOCIAL - 1 De CáCeReS

EDICTO. Ejecución de Títulos Judiciales 54 /2015

Dª BEGOÑA PALACIN FABREGAS, Secretario Judicial del Juzgado de lo Social nº 001 de CACERES, HAGO SABER:

Que en el procedimiento EJECUCIÓN DE TÍTULOS JUDICIALES 54 /2015 de este Juzgado de lo Social, seguidos a instancia de JUAN JOSÉ INFANTE GAZAPO contra la empresa GLOBAL ENERGY MANTENIMIENTO SL, sobre DESPIDO, se ha dictado la siguiente resolución, cuya parte dispositiva se adjunta:

AUTO

Magistrado/a-JuezSr. D. MARIANO MECERREYES JIMÉNEZ

En CÁCERES, a diez de Abril de dos mil quince.

ANTECEDENTESDEHECHO

ÚNICO.-JUAN JOSE INFANTE GAZAPO ha presentado escrito solicitando la ejecución de la Sentencia núm.- 2/2.015 de fecha 7 de enero frente a GLO-BAL ENERGY MANTENIMIENTO SL.

FUNDAMENTOSDEDERECHO

PRIMERO.- Este JDO. DE LO SOCIAL N. 1 ha examinado su jurisdicción, com-petencia objetiva y territorial, y entiende que en la demanda de ejecución de la Sentencia núm.- 2/2.015 de fecha 7 de enero concurren los presupuestos y requisitos procesales exigidos por la Ley, y debe despacharse la misma de conformidad a lo dispuesto en el art. 237 LJS y concordantes.

SEGUNDO.-De conformidad con el mencionado título que se ejecuta, y la solicitud de ejecución presentada, la cantidad por la que se despacha ejecución es de CATORCEMILSEISCIENTOSNUEVEEUROSCONTREINTAYSIETECÉNTIMOS (14.609,37.- €) de principal y de DOSMILTRESCIENTOSTREINSTA Y SIETE EUROS (2.337,00.- €) en concepto provisional de intereses de demora y costas calculadas según el criterio del 251.1 LJS, por lo que no excede, para los primeros, del importe de los que se devengarían durante un año y, para las costas, del 10 por 100 de la cantidad objeto de apremio en concepto de principal, así como otros CIENTOEUROS(100,00.-€), correspondientes a las costas condenadas en Sentencia.

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TERCERO.- Dispone el artículo 251.2 de la LJS que, sinperjuicio de lo dispuesto en el artículo576delaLEC, subsidiariamente aplicable, tran-scurridostresmesesdeldespachodelaejecuciónsin que el ejecutado cumpliereensuintegridad la obligación, si se apreciase falta de diligencia en el cumplimiento de la ejecutoria, se hubiere incumplido la obligación de manifestar bienes o se hubieren ocultado elementos patrimoniales trascend-entes en dicha manifestación, podráincrementarseel interéslegal a abonar en dospuntos.

CUARTO.- Si la parteejecutadacumplieraensuintegridad la obligación exigida contenida en el título, incluido en el caso de ejecución dineraria el abono de los intereses procesales, si procedieran, dentrodelplazodelosveintedíassiguientes a la fecha de firmeza de la sentencia o resolución judicial ejecutable o desde que el título haya quedado constituido o, en su caso, desde que la obligación declarada en el título ejecutivo fuese exigible, noseleimpondránlascostasdelaejecución que se hubiere instado, en aplicación de lo prevenido en el artículo 239.3 de la LJS.

-En virtud de lo dispuesto en el artículo 551.3 de la LEC, dictado el auto por el/la Magistrado/a, el Secretario judicial responsable de la ejecución, en el mismo día o en el día siguiente hábil, dictará decreto con los contenidos previstos en citado precepto.

Vistos los preceptos legales citados y demás de general y pertinente apli-cación,

PARTEDISPOSITIVA

Dispongo: Despachar orden general de ejecución la Sentencia núm.- 2/2.015 de fecha 7 de enero a favor de la parte ejecutante, JUAN JOSE INFANTE GAZAPO, frente a GLOBAL ENERGY MANTENIMIENTO SL, parte ejecuta-da, por importe de CATORCEMILSEISCIENTOSNUEVEEUROSCONTREINTA Y SIETE CÉNTIMOS (14.609,37.- €) de principal y de DOSMILTRESCIENTOS TREINSTA Y SIETE EUROS (2.337,00.- €) que se fijan provisionalmente en concepto de intereses que, en su caso, puedan deven-garse durante la ejecución y las costas de ésta, sin perjuicio de su posterior liquidación, así como otros CIENTO EUROS (100,00.- €), correspondientes a las costas condenadas en Sentencia.

El presente auto, junto con el decreto que dictará el/la Secretario/a judicial, y copia de la demanda ejecutiva, serán notificados simultáneamente a la parte ejecutada, tal y como dispone el artículo 553 de la LEC, quedando la ejecutada apercibida a los efectos mencionados en los razonamientos jurídi-cos tercero y cuarto de esta resolución, y conforme disponen los artículos 251.2 y 239.3 de la LJS.

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Contra este autopodráinterponerserecursodereposición, a interponer ante este órgano judicial, en el plazo de los TRESDÍAS hábiles siguientes a su notificación, en el que además de alegar las posibles infracciones en que hubiera de incurrir la resolución y el cumplimiento o incumplimiento de los presupuestos y requisitos procesales exigidos, podrádeducirselaoposiciónalaejecucióndespachada, aduciendo pago o cumplimiento documentalmente justificado, prescripción de la acción ejecutiva u otros hechos impeditivos, extintivos o excluyentes de la responsabilidad que se pretenda ejecutar, siempre que hubieren acaecido con posterioridad a su constitución del título, no siendo la compensación e deudas admisible como causa de oposición a la ejecución.

Si el recurrente no tuviere la condición de trabajador o beneficiario del régi-men público de seguridad social deberá consignar la cantidad de 25 euros, en concepto de depósito para recurrir, en la Cuenta de Consignaciones de este JDO. DE LO SOCIAL N. 1 abierta en BANESTO, cuenta nº 1144 debiendo indicar en el campo concepto, “Recurso” seguida del código “30 Social-Repos-ición”. Si el ingreso se hace mediante transferencia bancaria deberá incluir tras la cuenta referida, separados por un espacio, el “código 30 Social- Re-posición”. Si efectuare diversos pagos en la misma cuenta deberá especificar un ingreso por cada concepto, incluso si obedecen a otros recursos de la misma o distinta clase indicando en el campo de observaciones la fecha de la resolución recurrida utilizando el formato dd/mm/aaaa. Quedan exentos de su abono en todo caso, el Ministerio Fiscal, el Estado, las Comunidades Autónomas, las Entidades locales y los Organismos Autónomos dependientes de ellos.

Así lo acuerda y firma SSª. Doy fe.

ELMAGISTRADO LASECRETARIAJUDICIAL

DECRETO

Secretario Judicial Dª BEGOÑA PALACIN FABREGAS.

En CÁCERES, a catorce de abril de dos mil quince.

ANTECEDENTESDEHECHO

ÚNICO.- En esta EJECUCION DE TITULOS JUDICIALES 54/15 se ha dictado auto despachando ejecución a favor de la parte ejecutante, JUAN JOSE INFANTE GAZAPO, frente a GLOBAL ENERGY MANTENIMIENTO SL, parte ejecutada, por importe de CATORCEMILSEISCIENTOSNUEVEEUROSCON TREINTA Y SIETE CÉNTIMOS (14.609,37.- €) de principal y de

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DOS MIL TRESCIENTOS TREINSTA Y SIETE EUROS (2.337,00.- €) que se fijan provisionalmente en concepto de intereses que, en su caso, puedan devengarse durante la ejecución y las costas de ésta, sin perjuicio de su posterior liquidación, así como otros CIENTO EUROS (100,00.- €), correspondientes a las costas condenadas en Sentencia.

FUNDAMENTOSDEDERECHO

ÚNICO.- Dispone el artículo 551.3 de la LEC, que dictado el auto que con-tiene la orden general de ejecución, el/la Secretario/a Judicial responsable de la misma, dictará decreto en el que se contendrán las medidas ejecutivas concretas que resulten procedentes, incluyendo el embargo de bienes, y las medidas de localización y averiguación de los bienes del ejecutado que procedan, conforme a lo previsto en los artículos 589 y 590 de la LEC, así como el requerimiento de pago que deba hacerse al deudor en casos que lo establezca la ley; dictándose de oficio las resoluciones pertinentes conforme al art. 237 LPL. Vistos los preceptos legales citados y demás de general y pertinente apli-cación,

PARTEDISPOSITIVA

En orden a dar efectividad a las medidas concretas solicitadas, acuerdo:

Proceder al embargo de bienes y a las medidas de localización y averiguación de los bienes del ejecutado que procedan, conforme a lo previsto en los arts. 589 y 590 LEC.

Requerir a GLOBAL ENERGY MANTENIMIENTO SL, a fin de que en el plazo de cinco días, manifieste relacionadamente bienes y derechos suficientes para cubrir la cuantía de la ejecución, con expresión, en su caso, de las cargas y gravámenes, así como, en el caso de inmuebles, si están ocupados, por qué personas y con qué título, bajo apercibimiento de que, en caso de no veri-ficarlo, podrá ser sancionado, cuando menos, por desobediencia grave, en caso de que no presente la relación de sus bienes, incluya en ella bienes que no sean suyos, excluya bienes propios susceptibles de embargo o no desvele las cargas y gravámenes que sobre ellos pesaren, y podrán imponérsele también multas coercitivas periódicas. Se acuerda el embargo de los saldos acreedores que tuviere el ejecutado en todas las entidades bancarias con convenio, para lo cual llévese a efecto a través del Punto Neutro Judicial.

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E, igualmente, se acuerda el embargo de las devoluciones que por todos los conceptos pudiere percibir de la Agencia Tributaria, remitiéndose al efecto comunicación telemática.

Y ello en cuanto sea suficiente para cubrir la suma de las cantidades recla-madas, a saber, 14609,37 euros de principal, más 2.337,00 euros que se calculan prudencialmente para intereses y costas de ejecución, sin perjuicio de su posterior liquidación y tasación así como 100,00 euros en concepto de costas reconocidos en Sentencia.

En virtud del art. 607 pto. 7 de la L.E.Civil, requiérase a la parte ejecutante a fin de que facilite número de cuenta, con objeto de proceder a transferir desde la cuenta de depósitos y consignaciones de este Juzgado las canti-dades embargadas en el presente procedimiento y, con las obligaciones que previene el artículo Citado.

Notifíquese a las partes.

MODO DE IMPUGNACIÓN: Contra la presente resolución cabe recurso directo de revisión que deberá interponerse ante el presente órgano judicial en el plazo de TRESDÍAS hábiles siguientes a la notificación de la misma con expresión de la infracción cometida en la misma a juicio del recur-rente, art. 186 LPL. El recurrente que no tenga la condición de trabajador o beneficiario de régimen público de la Seguridad Social deberá hacer un depósito para recurrir de 25 euros, en la cuenta nº 1144-0000-64-0054-15 abierta en BANCO SANTANDER, debiendo indicar en el campo concepto, la indicación recurso seguida del código “31 Social- Revisión”. Si el ingreso se hace mediante transferencia bancaria deberá incluir tras la cuenta referida, separados por un espacio con la indicación “recurso” seguida del “código 31 Social- Revisión”. Si efectuare diversos pagos en la misma cuenta deberá especificar un ingreso por cada concepto, incluso si obedecen a otros recur-sos de la misma o distinta clase indicando en el campo de observaciones la fecha de la resolución recurrida utilizando el formato dd/mm/aaaa. Quedan exentos de su abono en todo caso, el Ministerio Fiscal, el Estado, las Comu-nidades Autónomas, las Entidades locales y los Organismos Autónomos dependientes de ellos.

LASECRETARIOJUDICIAL

Y para que sirva de notificación en legal forma a GLOBAL ENERGY MANTEN-IMIENTO SL, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el Boletín Oficial de la Provincia de CACERES.

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https://www.dip-caceres.es/ D.L.CC-1-1958

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la Oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento.

En CÁCERES, a catorce de abril de dos mil quince.

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JuzGADO De LO SOCIAL - 3 De pLASeNCIA

EDICTO. Despido/Ceses en General 0000473 /2014-5

D.ªMª.AUXILIADORACASTAÑORAMOS,Secretario/aJudicialdelJuzgadodeloSocialnº003dePLASENCIA,HAGOSABER:

Que en el procedimiento DESPIDO/CESES EN GENERAL 0000473/2014-5deesteJuzgadodeloSocial,seguidosa instanciadeDªVERÓNICAMUÑOZENCINARcontra laempresaFUNDACIONPRE-MYSA,ADMINISTRACIONCONCURSAL,siendoparteFOGASA,sobreDESPIDO,sehadictadolasiguienteresolución,cuyapartedisposi-tivaseadjunta:

DECRETONº49/15

Secretario/a Judicial Dª Mª. AUXILIADORA CASTAÑO RAMOS.

En PLASENCIA, a diez de Abril de dos mil quince.

FUNDAMENTOSDEDERECHO

ÚNICO.-El art. 84 de la LJS establece que si las partes alcanzan una ave-nencia, siempre que no sea constitutiva de lesión grave a tercero, fraude de ley o abuso de derecho, se dictará decreto aprobándola y además se acordará el archivo de las actuaciones.

Vistos los preceptos legales citados y demás de general y pertinente apli-cación,

PARTEDISPOSITIVA

Acuerdo aprobarlaavenencia alcanzada entre las partes en el día de la fecha y archivar las actuaciones.

Incorpórese el original al Libro de Decretos, dejando certificación del mismo en el procedimiento de su razón.

Notifíquese a las partes, haciéndoles saber que en aplicación del mandato contenido en el artículo 53.2 de la LJS, en el primer escrito o comparecencia ante el órgano judicial, las partes o interesados, y en su caso los profesion-ales designados, señalarán un domicilio y datos completos para la práctica de actos de comunicación. El domicilio y los datos de localización facilitados

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con tal fin, surtirán plenos efectos y las notificaciones en ellos inten-tadassinefectoseránválidas hasta tanto no sean facilitados otros datos alternativos, siendo cargaprocesaldelaspartes y de sus representantes mantenerlos actualizados. Asimismo deberán comunicar los cambios relativos a su número de teléfono, fax, dirección electrónica o similares, siempre que estos últimos estén siendo utilizados como instrumentos de comunicación con el Tribunal.

MODODEIMPUGNACIÓN: Podrá interponerse recurso directo de revisión ante quien dicta esta resolución mediante escrito que deberá expresar la infracción cometida a juicio del recurrente, en el plazo de TRESDÍAS há-biles siguientes a su notificación. (Art. 188.2 de la LJS). El recurrente que no tenga la condición de trabajador o beneficiario de régimen público de la Seguridad Social deberá hacer un depósito para recurrir de 25 euros en la cuenta nº 3142/0000/ del BANESTO, debiendo indicar en el campo concepto, la indicación recurso seguida del código “31 Social- Revisión”. Si el ingreso se hace mediante transferencia bancaria deberá incluir tras la cuenta referida, separados por un espacio con la indicación “recurso” seguida del “código 31 Social- Revisión”. Si efectuare diversos pagos en la misma cuenta deberá especificar un ingreso por cada concepto, incluso si obedecen a otros recur-sos de la misma o distinta clase indicando en el campo de observaciones la fecha de la resolución recurrida utilizando el formato dd/mm/aaaa. Quedan exentos de su abono, en todo caso, el Ministerio Fiscal, el Estado, las Comu-nidades Autónomas, las Entidades locales y los Organismos Autónomos dependientes de ellos.

LASECRETARIOJUDICIAL

Y para que sirva de notificación en legal forma a FUNDACIÓN PRE-MYSA,enignoradoparadero,expidolapresenteparasuinserciónen el Boletín Oficial de la Provincia de .

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones seharán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la Oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación delasresolucionesquedebanrevestirformadeautoosentencia,ocuandosetratedeemplazamiento.

EnPLASENCIA,atrecedeabrildedosmilquince.

LASECRETARIOJUDICIAL2449

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JuzGADO De 1.ª INSTANCIA e INSTRuCCIÓN Nº 2 De CORIA

EDICTO. Expediente de Dominio. Inmatriculación 00115/2015

D. JOSÉ ALBERTO RUIZ GÓMEZ, SECRETARIO DEL JDO. 1A. INST. E IN-STRUCCION N.2 DE CORIA.

HAGOSABER: Que en este órgano judicial se sigue el procedimiento EX-PEDIENTE DE DOMINIO. INMATRICULACIÓN 0000115/2015 a instancia de D./Dª GABRIEL SIMÓN TABARES expediente de dominio de las siguientes fincas: URBANA.- Edificación sita en Moraleja (Cáceres), en la calle Núñez de Balboa, número 10 (hoy entrada por la calle Núñez de Balboa nº 2 y por la Calle Goya nº 13). Se asienta sobre un solar de doscientos setenta y nueve metros cuadrados (279 m2) de los que se encuentran ocupados por la edificación, doscientos treinta metros cuadrados (230 m2) siendo el resto hasta ocupar la totalidad del mismo patio situado en el centro y a la izquierda. Consta de una sola planta destinada a: una vivienda, distribuida en diversas dependen-cias propias para habitar, con una superficie construida de ciento cincuenta y nueve metros cuadrados (159 m2), y un almacén con una superficie construida de setenta y un metros cuadrados (71 m2), la total superficie construida es de doscientos treinta metros cuadrados (230 m2). Linda mirando desde la calle Núñez de Balboa; frente dicha calle; derecha calle Sebastián Elcano; izquierda calle Goya; y fondo Jesús Javier Lorenzo Gutiérrez y Antonio Rivero Bernardo. Referencia catastral 9577007PE9397N0001UA. Por el presente y en virtud de lo acordado en resolución de esta fecha se convoca a las personas ignoradas a quienes pudiera perjudicar la inscripción solicitada para que en el término de los diez días siguientes a la publicación de este edicto puedan comparecer en el expediente alegando lo que a su derecho convenga. En CORIA, a treinta y uno de marzo de dos mil quince.

ELSECRETARIOJUDICIAL2410

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ANuNCIOS eN GeNeRAL

COMuNIDAD De ReGANTeS De eL TORNO

ASUNTO. convocatoria de Junta General Ordinaria

ASAMBLEAGENERAL

Se convoca Junta General Ordinaria de la Comunidad de Regantes de El Torno en el Salón de Actos de la casa de cultura de la misma localidad, para las 20:30 horas del día 11 de mayo de 2015, en Primera Convocatoria; a las 21:00 del mismo día, en Segunda Convocatoria.

ORDENDELDÍA:1.- Lectura del Acta anterior y aprobación si procede.2- elección de vocales para jurado de Riegos 1 y 3 y suplentes3.- Ruegos y preguntas.

El Torno, 17 de abril de 2015.

EL PRESIDENTE

Antonio Berrocoso Vaquero2518

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