acta sesion plenaria nº 2/2014 fecha: lugar: hora: sesion

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Sant Joan d’Alacant - CP 03550 - Casa Consistorial: Plaça d’Espanya, 1 Telèfon 965 65 32 45 Fax 965 65 20 98 Oficines Generals: Plaça de l’Església, 2. Telèfon 966013100. CIF P-0311900-E. ACTA SESION PLENARIA Nº 2/2014 FECHA: 4 de marzo de 2014. LUGAR: Salón de Sesiones de la Casa Consistorial. HORA: 20:00. SESION: Ordinaria. ASISTEN: PARTIDO POPULAR (GM PP) 1. D. Manuel Aracil Llorens. Alcalde-Presidente 2. D. Víctor García Berenguer. 3. D. Rosario Tomás Rodríguez. 4. D. Santiago Román Gómez. Portavoz 5. D. Carmen Navarro Bascuñana. 6. D. Modesto Baeza Martínez. 7. D. María Aranzazu Maldonado Tejero. 8. D. Carolina Sala Quereda. Portavoz suplente 9. D. Francisco Javier Yebes Sánchez. 10. D. Almudena Rico Lull. 11. D. David Aracil Aracil. PARTIDO SOCIALISTA OBRERO ESPAÑOL (GM PSOE) 12. D. Edmundo Juan Seva García. Portavoz suplente 13. D. Baltasar Ortiz Gutiérrez. Portavoz 14. D. Consuelo Ferrándiz Bou. 15. D. Santiago Escudero Nohales. 16. D. Mª Isabel Palomares Blasco. 17. D. José Luis Olcina Hernández. 18. D. Gemma Sirvent Sánchez. BLOC - COMPROMÍS PER SANT JOAN (GM BC) 19. D. Albert Caturla Cardona. Portavoz 20. D. Francesc Sala Ivorra. Portavoz suplente ESQUERRA UNIDA DEL PAIS VALENCIÀ (GM EUPV) 21. D. César Vilar Antolí-Candela. Portavoz INTERVENTOR: D. Sebastián Guzmán Camuñas. SECRETARIO: D. Juan Bta. Mayor Pérez. ORDEN DEL DÍA 1. ACTAS CORRESPONDIENTES A LAS SESIONES Nº 11 de 19 DE DICIEMBRE, Nº 12 DE 30 DE DICIEMBRE, Nº 13 DE 30 DE DICIEMBRE DE 2013 Y Nº 1 DE 4 DE FEBRERO DE 2014: Aprobación. 2. DECRETOS DE ALCALDÍA NÚM. 237-372.37 y 373–469/2014: Dar cuenta. 3. DENOMINACIÓN DE CALLES: “Pedagoga Amelia Asensi Bevía” y Benefactora Josefina Campos Fernández”. 4. DENOMINACIÓN DE CALLES: “Presidente/President Adolfo Suárez”.

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Page 1: ACTA SESION PLENARIA Nº 2/2014 FECHA: LUGAR: HORA: SESION

Sant Joan d’Alacant - CP 03550 - ���� Casa Consistorial: Plaça d’Espanya, 1 ���� Telèfon 965 65 32 45 ���� Fax 965 65 20 98 ���� Oficines Generals: Plaça de l’Església, 2. ���� Telèfon 966013100. CIF P-0311900-E.

ACTA SESION PLENARIA Nº 2/2014 FECHA: 4 de marzo de 2014. LUGAR: Salón de Sesiones de la Casa Consistorial. HORA: 20:00. SESION: Ordinaria. ASISTEN: PARTIDO POPULAR (GM PP) 1. D. Manuel Aracil Llorens. Alcalde-Presidente 2. D. Víctor García Berenguer. 3. D. Rosario Tomás Rodríguez. 4. D. Santiago Román Gómez. Portavoz 5. D. Carmen Navarro Bascuñana. 6. D. Modesto Baeza Martínez. 7. D. María Aranzazu Maldonado Tejero. 8. D. Carolina Sala Quereda. Portavoz suplente 9. D. Francisco Javier Yebes Sánchez. 10. D. Almudena Rico Lull. 11. D. David Aracil Aracil. PARTIDO SOCIALISTA OBRERO ESPAÑOL (GM PSOE) 12. D. Edmundo Juan Seva García. Portavoz suplente 13. D. Baltasar Ortiz Gutiérrez. Portavoz 14. D. Consuelo Ferrándiz Bou. 15. D. Santiago Escudero Nohales. 16. D. Mª Isabel Palomares Blasco. 17. D. José Luis Olcina Hernández. 18. D. Gemma Sirvent Sánchez. BLOC - COMPROMÍS PER SANT JOAN (GM BC) 19. D. Albert Caturla Cardona. Portavoz 20. D. Francesc Sala Ivorra. Portavoz suplente ESQUERRA UNIDA DEL PAIS VALENCIÀ (GM EUPV) 21. D. César Vilar Antolí-Candela. Portavoz INTERVENTOR: D. Sebastián Guzmán Camuñas. SECRETARIO: D. Juan Bta. Mayor Pérez.

ORDEN DEL DÍA 1. ACTAS CORRESPONDIENTES A LAS SESIONES Nº 11 de 19 DE DICIEMBRE, Nº 12 DE 30 DE DICIEMBRE, Nº 13 DE 30 DE DICIEMBRE DE 2013 Y Nº 1 DE 4 DE FEBRERO DE 2014: Aprobación. 2. DECRETOS DE ALCALDÍA NÚM. 237-372.37 y 373–469/2014: Dar cuenta. 3. DENOMINACIÓN DE CALLES: “Pedagoga Amelia Asensi Bevía” y Benefactora Josefina Campos Fernández”. 4. DENOMINACIÓN DE CALLES: “Presidente/President Adolfo Suárez”.

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5. EXPEDIENTE DE CONTRATACIÓN CABALGATA REYES MAGOS: Reconocimiento extrajudicial de créditos. 6. MODIFICACIÓN DE CRÉDITOS 1/2014 DE TRANSFERENCIAS DE CRÉDITO ENTRE APLICACIONES PRESUPUESTARIAS PERTENECIENTES A LA MISMA ÁREA DE GASTO: Anulación. 7. DECLARACIÓ DE CONDEMNA A LES AMENACES REBUDES PEL PRESIDENT DE L’ACADEMIA VALENCIANA DE LA LLENGUA (GM BLOC-C). 8. SOLICITUT A LA GENERALITAT VALENCIANA PER A LA RESOLUCIÓ DELS PLANS INDIVIDUALS D’ATENCIÓ EN MATÈRIA DE DEPENDÈNCIA I RECONEIXEMENT DEL DRET AL COBRAMENT PELS HEREUS EN CASOS DE DEMORA (GM BLOC-C). 9. RECTIFICACIÓN Y ACTUALIZACIÓN DEL INVENTARIO DE BIENES: PERIODO 01 DE ENERO A 31 DE DICIEMBRE DE 2012. 10. DECRETO DE 19 DE FEBRERO SOBRE COMPARECENCIA EN CONTENCIOSO 01/07/2014 CONTRA EL PGM: Ratificación. 11. DECLARACIÓN EN RELACIÓN CON LA SITUACIÓN ACTUAL DE LOS ESPACIOS NATURALES VALENCIANOS Y LA FALTA DE RECURSOS (GM EUPV). 12. DECLARACIÓN EN TORNO AL 8 DE MARZO (GM EUPV). 13. DECLARACIÓ RE REBUTJ A LA RESOLUCIÓ DE 14 DE FEBRER DE 2014, DE LA CONSELLERÍA DE EDUCACIÓ, DE MODIFICACIÓ DEL CATÀLEG D’UNITATS I LLOCS DE TREBALL DOCENT. PARTICIPACIÓN Y CONTROL 14. DESPACHOS EXTRAORDINARIOS Y MOCIONES. 14.1. ORDENANZA REGULADORA DE LA CONCESIÓN DE AYUDAS PARA LA ADQUISICIÓN DE LIBROS DE TEXTO DIRIGIDAS AL ALUMNADO DE EDUCACIÓN PRIMARIA Y SECUNDARIA OBLIGATORIA, ESCOLARIZADO EN UN CENTRO PÚBLICO O PRIVADO CONCERTADO DEL MUNICIPIO DE SANT JOAN D’ALACANT. 14.2. DECLARACIÓN DE RECHAZO AL CIERRE DE LA RADIO TELEVISIÓN PÚBLICA VALENCIANA (GMBLOC-C): Modificación del acuerdo plenario 19 diciembre 2013. 14.3. DECLARACIÓN EN RELACIÓN CON LA ACTUACIÓN TERRITORIAL ESTRATÉGICA DE IKEA (GM EUPV). 14.4. DECLARACIÓN DE RECHAZO POR LA IMPUTACIÓN DE OCHO TRABAJADORES DE AIRBUS EN LA QUE SE SOLICITA LA PENA DE 66 AÑOS DE PRISIÓN (GM EUPV). 14.5. DECLARACIÓN DE APOYO A LA MARCHA ESTATAL POR LA DIGNIDAD DEL 22 DE MARZO (GM EUPV). 14.6. MOCIÓN RELATIVA AL DÍA 8 DE MARZO (GM PP PSOE Y BLOC). 14.7. DECLARACIÓN DE APOYO A LA GESTIÓN EDUCATIVA Y SANITARIA DE COLABORACIÓN PÚBLICO-PRIVADA (GM PP). 15. RUEGOS Y PREGUNTAS.

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Sant Joan d’Alacant - CP 03550 - ���� Casa Consistorial: Plaça d’Espanya, 1 ���� Telèfon 965 65 32 45 ���� Fax 965 65 20 98 ���� Oficines Generals: Plaça de l’Església, 2. ���� Telèfon 966013100. CIF P-0311900-E.

1. ACTAS CORRESPONDIENTES A LAS SESIONES Nº 11 de 19 DE DICIEMBRE, Nº 12 DE 30 DE DICIEMBRE, Nº 13 DE 30 DE DICIEMBRE DE 2013 Y Nº 1 DE 4 DE FEBRERO DE 2014: Aprobación. César Vilar Antolí-Candela (Portavoz GM EUPV): Solicita aclaración del motivo por el cual no se ha incluido la petición de la oposición de plantear recurso de inconstitucionalidad en el presente pleno ordinario. Manuel Aracil Llorens (Alcalde-Presidente): Responde que precisamente porque se trata de una petición de pleno extraordinario. Albert Caturla Cardona (Portavoz GM BLOC-C): Amb relació a l’acta del plenari de 19 de desembre de 2013 demana: - Es modifiqui a la pàgina 12 l’expressió a “les exempcions i

bonificacions de l'IBI afectades per l'anul·lació del Pla General” i es canviï per “la tramitació del pla general i les afeccions de l’autovia”.

- S’incorpori a la pàgina 22 la paraula “pressupostos” després de “als” a la part que diu “quan es té intenció de realitzar qualsevol cosa es posa als [pressupostos] amb 0 euros”.

Baltasar Ortiz Gutiérrez (Portavoz GM PSOE): Tras felicitar a la Alcaldía por su reciente alta médica, anuncia la abstención de su grupo respecto a las actas las que D. Manuel aparece como Alcalde durante su situación de baja médica, en coherencia con el voto del GM PSOE durante la última sesión, cuando consultaron qué consecuencias podría tener su actuación como Presidente durante el periodo de baja. Albert Caturla Cardona (Portavoz GM BLOC-C): Demana es quedi damunt la taula l’acta corresponent a la sessió de 30 de desembre relativa als pressupostos. Las actas quedan aprobadas de la manera siguiente:

- SESION Nº 11 DE 19 DE DICIEMBRE: Aprobada por unanimidad con la rectificación expuesta.

- SESION Nº 13 DE 30 DE DICIEMBRE: Aprobada por unanimidad.

- SESION Nº 1 DE 4 DE FEBRERO DE 2014: Aprobada por unanimidad.

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A instancias del GM BLOC-C, se acuerda por unanimidad que la SESION Nº 12 DE 30 DE DICIEMBRE quede sobre la mesa, pendiente de aprobación. 2. DECRETOS DE ALCALDÍA NÚM. 237-372.37 y 373–469/2014: Dar cuenta. El Secretario expone que tal y como se comunicó a los grupos municipales vía correo electrónico, la numeración siguiente al decreto 372 responde a los decretos en papel tramitados en el momento de incorporación a la plataforma de la Administración Electrónica, de modo que los que se formalizaron después del citado decreto, se numeraron de modo siguiente: 237.1, 237.2… informando asimismo que existe un decreto 237.38 que ha sido entregado en soporte informático a la Corporación, pero que no consta reflejado en el orden del día, debiendo quedar constancia de que está incluido en la relación sometida a esta sesión plenaria. El Pleno toma debida cuenta. 3. DENOMINACIÓN DE CALLES: “Pedagoga Amelia Asensi Bevía” y Benefactora Josefina Campos Fernández”. EXPRESIÓN SUCINTA DE OPINIONES E INCIDENCIAS RELEVANTES Albert Caturla Cardona (Portavoz GM BLOC-C): Anuncia el vot contrari del seu grup motivat per el trencament de la dinàmica passada de consensuar aquesta matèria. César Vilar Antolí-Candela (Portavoz GM EUPV): Anuncia su abstención. Baltasar Ortiz Gutiérrez (Portavoz GM PSOE): Expone que el nombrar las calles debe ser fruto del consenso para evitar que cada cambio de gobierno vaya acompañado de un cambio en el nombre de algunas calles. David Aracil Aracil (Concejal Delegado de Protocolo): Explica que el cambio de procedimiento no fue una decisión suya sino cuestión del Secretario, ya que en otro caso, hubiera traído la moción inicial a Pleno. Manuel Aracil Llorens (Alcalde): Concluye que la tramitación administrativa no obsta para que se busque previamente el consenso y expone que así se hará. ANTECEDENTES

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Sant Joan d’Alacant - CP 03550 - ���� Casa Consistorial: Plaça d’Espanya, 1 ���� Telèfon 965 65 32 45 ���� Fax 965 65 20 98 ���� Oficines Generals: Plaça de l’Església, 2. ���� Telèfon 966013100. CIF P-0311900-E.

1º. 12 de noviembre de 2013: Moción del GM PP R.E. 10288 proponiendo reconocer la tarea asistencial, filantrópica y/o pedagógica de Dña. Amelia Asensi Beviá y Josefina Campos Fernández mediante la rotulación de dos viales en la zona de Nou Nazareth como “Calle Hija Predilecta Amelia Asensi Beviá” y “Calle Benefactora Josefina Campos Fernández”. 2º. 26 de noviembre de 2013: Decreto nº 2013/3074 por el que se incoa expediente para el reconocimiento, a título póstumo, a Dña. Amelia Asensi Beviá y Josefina Campos Fernández con la distinción relativa a la denominación de dos viales en el municipio de Sant Joan. 3º. 9 de diciembre de 2013: Propuesta del Sr. Concejal de Protocolo e Instructor del expediente para denominar, en la zona de la Urbanización Nou Nazareth, dos viales como “Calle Hija Predilecta Amelia Asensi Beviá” y “Calle Benefactora Josefina Campos Fernández”. 4º. 9 de diciembre de 2013: Edicto de Alcaldía en el que se hace pública la propuesta contenida en el antecedente tercero. 5º. 18 de diciembre de 2013: Publicación del citado Edicto en el Boletín Oficial de la Provincia de alicante nº 240 y en el Diario Oficial de la Comunidad Valenciana nº 7175. 6º. 8 de enero de 2014: Informe de la funcionaria responsable del Registro General de este Ayuntamiento en el que consta que no se han presentado alegaciones. 7º. 27 de febrero de 2014: La Comisión Informativa de Hacienda dictamina el presente asunto de forma favorable con los votos a favor del GM PP y la abstención del resto de grupos. CONSIDERACIONES PRIMERA: La presente propuesta queda motivada en base a los datos recogidos en el escrito citado en el antecedente primero. SEGUNDA: Nuestro Reglamento de Honores y distinciones (artículos 24) dispone: “La propuesta del Juez Instructor se expondrá al público en el tablón de anuncios de la Corporación, en el Boletín Oficial de la Provincia, y en el Diario Oficial de la Generalitat Valenciana, durante el plazo de ocho días hábiles con tal de que los interesados puedan examinar el expediente y alegar cualquier argumentación sobre la

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propuesta.” Una vez acabado el plazo de exposición pública, se informa por la funcionaria responsable del Registro General que no se ha presentado ninguna alegación a la propuesta formulada por la Instructora del presente expediente.

TERCERA: El artículo citado en la consideración anterior también establece: “Acabada la práctica de todas las diligencias acordadas, el instructor formulará propuesta motivada, que pasará a la Comisión Informativa correspondiente para que, junto con su informe, lo eleve a La Alcaldía.

La Alcaldía, a la vista del expediente, podrá acordar la ampliación de diligencias o aceptar plenamente el informe, y en este caso elaborar el dictamen correspondiente con tal de someterlo en el Pleno de la Corporación para que acuerde la resolución que estime procedente, en la forma que se dispone en este Reglamento. En caso de ampliarse la diligencias, éstas se harán en el plazo más breve posible, y en ningún caso superarán los 30 días.” CUARTA: En relación con el honor relativo a Amelia Asensi Beviá y previa consulta con los promotores, se adecua la propuesta inicial al siguiente contenido: “Pedagoga Amelia Asensi Beviá”

ACUERDO Adoptado con los once votos a favor del GM PP, la abstención del GM EUPV y los nueve votos en contra de los GM PSOE y BLOC-C: PRIMERO: Denominar dos viales del municipio de Sant Joan d’Alacant en la zona de la Urbanización Nou Nazareth con la nomenclatura “Calle Pedagoga Amelia Asensi Beviá” y “Calle Benefactora Josefina Campos Fernández”. SEGUNDO: Notificar el presente acuerdo a la oficina de Correos de Sant Joan d´Alacant, a SUMA Gestión Tributaria y a las Comunidades de Propietarios afectadas. TERCERO: Comunicar al Negociado de Estadística, al Servicio de Urbanismo y al Sr. Notificador del Ayuntamiento. 4. DENOMINACIÓN DE CALLES: “Presidente/President Adolfo Suárez”. EXPRESIÓN SUCINTA DE OPINIONES E INCIDENCIAS RELEVANTES Baltasar Ortiz Gutiérrez (Portavoz GM PSOE): Anuncia el voto en contra de su grupo municipal dado que no ha habido previo consenso en la materia. A ello añade que un tramo de la calle San Juan

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Bautista cambia de nombre para poner otro que además se justifica sobre una interpretación histórica peculiar en la que se elimina toda mención a los movimientos sociales y fuerzas políticas que intervinieron en la transición pareciendo concluirse que hoy existe democracia gracias a Adolfo Suárez y al Rey. Afirma que la transición fue fruto de un consenso. César Vilar Antolí-Candela (Portavoz GM EUPV): Manifiesta que el Concejal de Protocolo se hubiera podido reunir previamente con independencia del procedimiento administrativo aplicado. Critica la justificación de la propuesta y la omisión en la misma de referencias a otros protagonistas y anuncia su voto en contra en coherencia con las posiciones de EUPV. Albert Caturla Cardona (Portavoz GM BLOC-C): Es manifesta en contra de la proposta per el procediment seguit i per el fons, perquè la figura política de Adolfo Suarez estima no està ben reflectida a la proposta. Estima important que l’Alcalde haja assumit que es consensuï. David Aracil Aracil (Concejal Delegado de Protocolo): Explica que la iniciativa relativa a Amelia Asensi Beviá y Josefina Campos Fernández tiene su origen en el año 2011, por lo que confiaba que se aprobara, puesto que entonces se dio nombre a una tercera persona dejando pospuesto el relativo a las dos que ahora se debaten. Explica que confió en el criterio del secretario porque él y nadie más es quien debe asesorarle y no era su intención atribuirle responsabilidad en esta cuestión como en otras ocasiones han hecho otros grupos. Precisa que la iniciativa relativa a Adolfo Suárez se planteó de cara a la celebración del día de la Constitución, puntualizando que invitó a la Corporación a asistir al acto de celebración y no tuvo apenas respuesta. Lee la exposición de motivos de la propuesta y afirma que es forzoso hablar de la persona y de los motivos que le hacen merecedora del honor sin necesidad de hablar de otros aspectos y de otros movimientos sociales. Concluye afirmando que hasta que Franco no falleció no llegó la democracia. En respuesta al Portavoz del GM PSOE, que se manifiesta en contra de esta última expresión, precisa que a nadie le gusta una dictadura, pero que de hecho fue necesario que aquello ocurriera para poder traer la democracia. Concluye que no se trajo antes a pleno por aplicar el Reglamento de Honores y Distinciones. Albert Caturla Cardona (Portavoz GM BLOC-C): Manifesta que com a part del protocol, deuria tenir-se present que es el Portaveu de l’equip de govern qui pacta amb els altres Portaveus i demana es

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torni al mecanisme habitual; consensuar prèviament la proposta sense prejuí de que Secretaria informe de les qüestions legals. Baltasar Ortiz Gutiérrez (Portavoz GM PSOE): Precisa que si bien nada tiene personalmente contra nadie, está dispuesto a defender determinadas cuestiones con firmeza. Considera que no hay que generar confusión pues es función de los portavoces con los que además precisa tener relación durante mucho tiempo y capacidad de entendimiento. César Vilar Antolí-Candela (Portavoz GM EUPV): Precisa que la transición se hizo a costa de los sacrificios de la izquierda y que en otros municipios como El Campello o Mutxamel, se convoca a la Junta de Portavoces para tratar estas cuestiones. Manuel Aracil Llorens (Alcalde-Presidente): Concluye afirmando que la transición fue un éxito porque todos entendieron que tenían que ceder en alguna parte. Por otro lado, explica que se podrán poner todos los apellidos a la transición, pero el Presidente de Gobierno que pilotó aquel proceso fue Adolfo Suárez que fue valiente al tomar decisiones importantes que le hubieran podido costar la cabeza. Concluye pidiendo el voto favorable de la propuesta. INCIDENCIA: Tras la votación, cuyo resultado se contiene más adelante, por parte de Baltasar Ortiz Gutiérrez (Portavoz GM PSOE) se precisa que no habiendo alcanzado la mayoría cualificada de 2/3 exigida en el Reglamento de Honores y Distinciones, la presente propuesta no puede entenderse aprobada. Por el Secretario se informa que no le consta esta exigencia y plantea a la Alcaldía la posibilidad de suspensión de la sesión durante unos minutos para comprobar tal extremo. Por la Alcaldía se concluye que el asunto queda sin aprobación, y se traerá a un próximo pleno sin perjuicio de que se efectúen las comprobaciones necesarias. ANTECEDENTES 1º. 12 de noviembre de 2013: Propuesta del Concejal Delegado de Protocolo, R.E. 10289, proponiendo reconocer mediante la rotulación del tramo de la calle San Juan Bautista comprendido entre Avda. Rambla de la Libertad y C/ José Lamaignere con el nombre de Calle/Carrer “Presidente/President Adolfo Suárez”. 2º. 27 de noviembre de 2013: Decreto nº 2013/3116 por el que se incoa expediente para el reconocimiento a D. Adolfo Suárez de la distinción relativa a la denominación de la Calle/Carrer “Presidente/President Adolfo Suárez”, al tramo comprendido entre Avda. Rambla de la Libertad y C/José Lamaignere.

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3º. 9 de diciembre de 2013: Propuesta del Sr. Concejal de Protocolo e Instructor del expediente para denominar como Calle/Carrer “Presidente/President Adolfo Suárez”, al tramo comprendido entre Avda. Rambla de la Libertad y C/ José Lamaigniere. 4º. 9 de diciembre de 2013: Edicto de Alcaldía en el que se hace pública la propuesta contenida en el antecedente tercero. 5º. 18 de diciembre de 2013: Publicación del citado Edicto en el Boletín Oficial de la Provincia de alicante nº 240 y en el Diario Oficial de la Comunidad Valenciana nº 7175. 6º. 8 de enero de 2014: Informe de la funcionaria responsable del Registro General de este Ayuntamiento en el que consta que no se han presentado alegaciones. 7º. 27 de febrero de 2014: La Comisión Informativa de Hacienda dictamina el presente asunto de forma favorable con los votos a favor del GM PP y la abstención del resto de grupos. CONSIDERACIONES PRIMERA: La presente propuesta queda motivada en base a los datos recogidos en el escrito citado en el antecedente primero. SEGUNDA: Nuestro Reglamento de Honores y distinciones (artículos 24) dispone: “La propuesta del Juez Instructor se expondrá al público en el tablón de anuncios de la Corporación, en el Boletín Oficial de la Provincia, y en el Diario Oficial de la Generalitat Valenciana, durante el plazo de ocho días hábiles con tal de que los interesados puedan examinar el expediente y alegar cualquier argumentación sobre la propuesta.” Una vez acabado el plazo de exposición pública, se informa por la funcionaria responsable del Registro General que no se ha presentado ninguna alegación a la propuesta formulada por la Instructora del presente expediente.

TERCERA: El artículo citado en la consideración anterior también establece: “Acabada la práctica de todas las diligencias acordadas, el instructor formulará propuesta motivada, que pasará a la Comisión Informativa correspondiente para que, junto con su informe, lo eleve a La Alcaldía.

La Alcaldía, a la vista del expediente, podrá acordar la ampliación de diligencias o aceptar plenamente el informe, y en este caso elaborar el dictamen correspondiente con tal de someterlo en el Pleno de la Corporación para que acuerde la resolución que estime

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procedente, en la forma que se dispone en este Reglamento. En caso de ampliarse la diligencias, éstas se harán en el plazo más breve posible, y en ningún caso superarán los 30 días.”

ACUERDO Adoptado con los once votos a favor del GM PP y los diez votos en contra del resto de grupos municipales (por tanto, sin alcanzar la mayoría de 2/3): ÚNICO: Rechazar la propuesta. 5. EXPEDIENTE DE CONTRATACIÓN CABALGATA REYES MAGOS: Reconocimiento extrajudicial de créditos. EXPRESIÓN SUCINTA DE OPINIONES E INCIDENCIAS RELEVANTES César Vilar Antolí-Candela (Portavoz GM EUPV): Estima que este asunto revela un mal funcionamiento de la Concejalía respectiva y anuncia su voto en contra. Albert Caturla Cardona (Portavoz GM BLOC-C): Anuncia l’abstenció del seu grup. Baltasar Ortiz Gutiérrez (Portavoz GM PSOE): Expone que por parte de Secretaria se informa que no procede adjudicar el contrato pues la prestación ya se había hecho y que además es un procedimiento habitual desde Servicios y Mantenimiento. Manuel Aracil Llorens (Alcalde-Presidente): Aclara que el día 27 de diciembre, la retención estaba preparada, pero la circunstancia personal de que el padre de la funcionaria responsable fuera ingresado en el hospital y dejase el asunto en manos de otro departamento, ha desembocado en esta situación. Puntualiza que en el próximo pleno se explicarán estos aspectos con todo el detalle necesario. Baltasar Ortiz Gutiérrez (Portavoz GM PSOE): Muestra su preocupación más allá de este expediente pues lo que concluye es que si el día tres de enero se detecta que el expediente no está localizado, debió buscarse en este momento, pero el problema no se solventa a su juicio por una falta de coordinación entre los compañeros del equipo de gobierno. David Aracil Aracil (Concejal Delegado de Protocolo): Manifiesta que no entiende la atribución de responsabilidades políticas en este tema pues es un tema de jefaturas administrativas, que no son de su

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responsabilidad. Respecto a los otros casos citados por el Secretario, precisa que se trató de asuntos que requerían modificaciones del crédito y por la diferencia de criterio acerca de si eran o no inversiones las operaciones previstas, el asunto se paralizó. A ello se unió el hecho de que se limitó la fecha de presentación de propuestas a fecha 15 de diciembre. Juan Bautista Mayor Pérez (Secretario): Informa que en los últimos tres años, estas situaciones expuestas por él mismo en el expediente han ocurrido en otras ocasiones, de modo que si las detecta, plantea que no se adjudique un contrato cuando la prestación ya está ejecutada y se tramite como reconocimiento extrajudicial comprobando los extremos exigibles para ello. Manuel Aracil Llorens (Alcalde-Presidente): Precisa que no se trata de un problema entre concejalías, sino de descoordinación funcionarial en unos días que además eran festivos. Carolina Sala Quereda (Concejala Delegada de Fiestas): Explica que nunca se había visto en una situación así y que se trata de un caso aislado en su Concejalía. Precisa que el 27 de diciembre está hecha la retención, surge el tema personal de la funcionaria correspondiente y el asunto se deja en manos de otra funcionaria. Afirma que entiende que toda la tramitación está hecha pues no se le comunicó que no se había firmado el decreto. Concluye que en el expediente el propio técnico asume su responsabilidad en los hechos. Baltasar Ortiz Gutiérrez (Portavoz GM PSOE): Agradece la explicación de la Concejalía y admite que pueda tratarse de un hecho aislado, pero precisa que al ver el expediente se ven otras cosas. Manuel Aracil Llorens (Alcalde-Presidente): Afirma que decir determinadas cosas en el papel sin explicarlo es gratuito pues a su juicio el papel es muy sufrido y que no ha habido un funcionamiento erróneo sino que esto ha ocurrido por un cambio de criterio del funcionario. Baltasar Ortiz Gutiérrez (Portavoz GM PSOE): Acepta las explicaciones, recordando que su labor como oposición es preguntar cuando algo les llama la atención. César Vilar Antolí-Candela (Portavoz GM EUPV): Manifiesta que el Alcalde es responsable político de lo que ocurre en el Ayuntamiento, así como los concejales con delegaciones genéricas y que pueden hacer un escrito manifestando su criterio político si no están de

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acuerdo con un funcionario. Concluye que en este caso ha habido una descoordinación y los que deben dar la cara son los políticos. Manuel Aracil Llorens (Alcalde-Presidente): Afirma que el motivo por el que ha ocurrido este extrajudicial es ajeno a la voluntad del equipo de gobierno y en concreto de la Concejal de Fiestas. Explica que él mismo se pregunta cómo es posible que llegue a Secretaría el 8 de enero si el 27 está preparado. Concluye que el equipo de gobierno no tramita y si bien entiende la fatalidad de un problema familiar, no asume la parte de culpa que no le toca. Albert Caturla Cardona (Portavoz GM BLOC-C): Afirma que ha hagut reconeixements extrajudicials mes greus que el present i no se’ls ha dedicant el temps que al present. Demana que el debat s’ordeni de manera proporcional a la importància del cas, manifestant que al seu entendre, el present cas no mereixia més de cinc minuts de debat.

ANTECEDENTES. 1º.- El expediente de contratación de la cabalgata de los Reyes Magos, prevista para el 5 de enero de 2014, fue tramitado por esta Jefatura de Servicios a petición de la Jefatura de Servicio encargada del Área de Fiestas, ya que la persona responsable de la misma se encontraba de vacaciones. 2º.- 2 de enero de 2014 se procedió, por la Jefatura del Área de Servicios y mantenimiento, a la preparación del expediente con el informe jurídico pertinente, así como el Decreto de la Concejalía delegada de Hacienda y sus Notificaciones, para la adjudicación del servicio a D. Juan Carlos Martín Bordera con DNI 21483621-B por importe de 12.039,50.-€ IVA incluido, siendo el mismo depositado en la bandeja de Secretaría para su traslado a dichas oficinas. 3º.- 5 de enero de 2013, D. Juan Carlos Martín Bordera, realizó el trabajo conforme al presupuesto presentado y con todos los requisitos exigidos legalmente. 4º.- 8 de enero de 2014, la Secretaría recibe el expediente y procede a no firmar el mismo por entender que el trabajo ya había sido realizado, desconociéndose por ambos departamentos donde estuvo el expediente los días intermedios entre el 2 y 8 de enero de 2014. 5º.- 29 de enero de 2014, la Jefatura del Área de Servicios y mantenimiento remite el expediente al departamento de Intervención, para que se proceda a realizar los trámites necesarios para el abono de la factura pertinente.

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Sant Joan d’Alacant - CP 03550 - ���� Casa Consistorial: Plaça d’Espanya, 1 ���� Telèfon 965 65 32 45 ���� Fax 965 65 20 98 ���� Oficines Generals: Plaça de l’Església, 2. ���� Telèfon 966013100. CIF P-0311900-E.

6º.- Consta en el expediente, informe de la Intervención Municipal de fecha 3 de febrero de 2014. 7º. 27 de febrero de 2014: La Comisión Informativa de Hacienda dictamina el presente asunto de forma favorable con los votos a favor del GM PP y la abstención del resto de grupos. CONSIDERACIONES JURÍDICAS I.- La Base 20ª de las de Ejecución del Presupuesto de este Ayuntamiento correspondientes al ejercicio 2013 (cuya vigencia se encuentra prorrogada mediante Decreto de Alcaldía 2013/3388, de 30 de diciembre) diferencia dos procedimientos distintos para la tramitación de gatos que correspondan a contratos menores, de modo que para los que superen la cuantía de 6.000 €:

a) Corresponde al Concejal titular de la Delegación genérica de atribuciones de gestión y resolución o Concejal Delegado de Contratación, en su defecto, la autorización y disposición de gastos, así como, la selección del contratista. b) Corresponde al Concejal Delegado de Hacienda el reconocimiento y liquidación de obligaciones.

II.- En este supuesto al tratarse de un gasto derivado de un contrato menor de cuantía superior a 6.000 €, la autorización y disposición de gastos así como la selección del contratista corresponde a la Concejalía Delegada de Bienestar Social, Familia, Residentes Extranjeros y Fiestas, conforme a la delegación genérica de facultades realizada mediante Decreto de Alcaldía 2013/2230, de 29 de agosto.

A falta de la fase previa de la adjudicación y compromiso del gasto, el Concejal delegado del Hacienda no puede aprobar el reconocimiento y liquidación de obligaciones, ni siquiera por el procedimiento abreviado “ADO” previsto en el apartado segundo de la Base 10ª, ya que están expresamente excluidos de este procedimiento los contratos menores que originen gatos de cuantía superior a 6.000 euros. Pero, aún en ausencia de delegación, tampoco el Alcalde puede aprobar el reconocimiento y liquidación de las obligaciones derivadas de la prestación, dado que no se trata de compromisos de gastos legalmente adquiridos (art. 185.2 del Texto refundido de la Ley reguladora de las Haciendas Locales). III.- La jurisprudencia ha entendido con cierta unanimidad que cuando el origen de la obligación no puede centrarse en el contrato, pues éste es nulo o inexistente, y se ha producido la prestación, el origen de la legalidad de las deudas reclamadas no se sitúa en aquel,

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sino que se basa en el hecho de que las prestaciones han sido efectivamente realizadas, de modo que si éstas no son satisfechas por la Administración se produciría un enriquecimiento injusto de la misma (STS de 3 de septiembre de 1999, 16 de noviembre de 1996, entre otras). Por tanto, aunque el contrato es inexistente o, si existe, está afectado de nulidad y no puede producir efectos, deberá acreditarse la existencia de una orden previa de la Administración, para evitar la posibilidad de decisiones unilaterales del contratista (STS de 28 d enero de 2000) y deben ser prestaciones útiles a la Administración. IV.- Cuando la prestación en que consiste el contrato anulado se encuentre terminada y la propuesta de nulidad surge ante la presentación de la factura, no parece necesario efectuar la revisión de oficio, pues nada hay que liquidar como tal, sino hacer frente a una obligación que no tiene como base el contrato -que al ser nulo o inexistente no puede vincular a la Administración- sino que esta obligación la constituye el enriquecimiento que le ha producido la actividad del contratista que no ha sido remunerada en base a la nulidad aducida. La jurisprudencia admite un salto cualitativo, propio de la conversión de los actos nulos, sin necesidad de efectuar una previa declaración de nulidad (STSJ de Castilla La Mancha de 17 de febrero de 2011). En consecuencia, la declaración de haber recibido la prestación y la existencia de un enriquecimiento que debe ser satisfecho no exige ningún acuerdo previo de declaración de nulidad del contrato nulo o inexistente. La Administración debe proceder al reconocimiento de la prestación realizada y posterior abono, teniendo al enriquecimiento injusto producido como fuente de la obligación del pago. V.- En términos presupuestarios, el “Reconocimiento extrajudicial de créditos”: En el artículo 60.2 del real decreto 500/1990, de 20 de abril, establece que “corresponderá al Pleno de la Entidad el reconocimiento extrajudicial de créditos siempre que no exista dotación presupuestaria…”. Por la referencia a este precepto contenida en el artículo 26.2 c) del mismo texto legal, el reconocimiento extrajudicial de créditos cabría entenderse limitado a “las obligaciones procedentes de ejercicios anteriores” y sólo en los supuestos en los que no exista “dotación presupuestaria “. No obstante, en sentido amplio, entendemos que la competencia para reconocer este tipo de obligaciones ha de residir necesariamente en el Pleno, y ello porque las facultades del Alcalde en materia de reconocimiento de obligaciones sólo pueden referirse a compromisos de gasto “legalmente adquiridos”, de modo que el enriquecimiento injusto puede admitirse como fuente legal subsidiaria de obligaciones aplicable en defecto de contrato, pero no como forma de adquirir un compromiso de forma ilegal.

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Artículo 67 del citado Real Decreto 500/1990, habilita la posibilidad genérica de que el acuerdo plenario, en su caso, abarque las fases de autorización, disposición y reconocimiento de la obligación. CONCLUSIONES

Teniendo en cuenta, que el trabajo ha sido realizado correctamente, siendo de utilidad máxima para la Corporación, ya que se trataba de un servicio necesario a los ciudadanos por la festividad de los Reyes Magos, y cuya valoración coincide con los precios de mercado. Si bien, la tramitación del expediente administrativo de adjudicación no ha sido el legalmente establecido por causa de un error en el envío del expediente de un departamento a otro, por lo que se entiende que D. Juan Carlos Martín Bordera, como contratista del servicio de realización de la Cabalgata de Reyes 2014, no ha de asumir las consecuencias de un fallo administrativo.

ACUERDO Adoptado con los once votos a favor del GM PP, el voto en contra del GM EUPV y las nueve abstenciones de los GM PSOE y BLOC-C: PRIMERO.- Estimar las causas que han motivado la prestación y aprobar la conversión del acto nulo de contratación en obligación derivada de la interdicción del reconocimiento injusto en los términos que se recogen en el presente expediente. SEGUNDO.- Autorizar, disponer y reconocer la obligación de los gastos por importe de 12.039,50.-€ IVA incluido, correspondiente al suministro consistente en el alquiler de 5 carrozas el día 5 de enero para celebrar la Cabalgata de Reyes Magos 2014, a favor de D. Juan Carlos Martín Bordera con DNI 21483621-B y domicilio en Partida la Escandella, 111, CP 03698 Agost (Alicante); con cargo al crédito previamente retenido en operación contable nº 220140000001 y con cargo a la aplicación presupuestaria 03.338.20400 “Arrendamiento de elementos de transporte. Fiestas”. 6. MODIFICACIÓN DE CRÉDITOS 1/2014 DE TRANSFERENCIAS DE CRÉDITO ENTRE APLICACIONES PRESUPUESTARIAS PERTENECIENTES A LA MISMA ÁREA DE GASTO: Anulación. EXPRESIÓN SUCINTA DE OPINIONES E INCIDENCIAS RELEVANTES

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César Vilar Antolí-Candela (Portavoz GM EUPV): Anuncia su abstención y solicita aclaración en relación con el Decreto de Alcaldía 2014/106 que aprueba el expediente de modificación de créditos 1/2014 por importe de 555.000 euros y a continuación, el 10 de febrero, consta informe de Intervención proponiendo la anulación de dicha modificación de créditos. No entiende que se haya pedido el asesoramiento a posteriori. D. Sebastián Guzmán Camuñas (Interventor accidental): A instancias de la Presidencia informa que en enero de dictó un decreto aprobando la modificación de crédito que ahora se anula dado que con la entrada en vigor del Presupuesto municipal es innecesaria.

ANTECEDENTES 1º. 30 de Diciembre de 2.013: El Ayuntamiento Pleno aprueba inicialmente el Presupuesto General correspondiente al ejercicio 2.014, sus Bases de Ejecución, la Plantilla de Personal y la Relación de Puestos de Trabajo. 2º. 17 de Enero de 2.014: Decreto de Alcaldía 2014/106 aprueba expediente de modificación de créditos 1/2014 por importe de 555.000 euros. 3º. 10 de Febrero de 2.014: Informe de Intervención 2014/032 de propuesta de anulación de la modificación de créditos 1/2014, dado que los créditos que se aumentaron están incluidos en el Presupuesto inicial por el mismo importe. 4º. 27 de febrero de 2014: La Comisión Informativa de Hacienda dictamina el presente asunto de forma favorable con los votos a favor del GM PP y la abstención del resto de grupos.

CONSIDERACIONES PRIMERA. El artículo 21.6 del Real Decreto 500/1990, de 20 de abril, establece que el Presupuesto definitivo se aprobará con efectos de 1 de Enero y los créditos en él incluidos tendrán la consideración de créditos iniciales. Asimismo, las modificaciones y ajustes efectuados sobre el Presupuesto prorrogado se entenderán hechas sobre el Presupuesto definitivo, salvo que el Pleno disponga en el propio acuerdo de aprobación de este último que determinadas modificaciones o ajustes se consideran incluidas en los créditos iniciales, en cuyo caso deberán anularse los mismos. SEGUNDA. El artículo 169.1 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales previene que el Presupuesto se considerará

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definitivamente aprobado si durante el plazo de exposición pública no se hubiesen presentado reclamaciones. En nuestro caso, en ausencia de reclamaciones durante la exposición pública, no existirá acto expreso de aprobación definitiva, al entenderse así la aprobación inicial acordada en sesión plenaria de 30 de Diciembre de 2.013. TERCERA. Después del acto de aprobación inicial del Presupuesto General se aprobó una modificación de créditos sobre el Presupuesto prorrogado que, por su naturaleza, debe anularse con motivo de la entrada en vigor de aquél, al estar incluidos los créditos en el Presupuesto definitivo.

ACUERDO

Adoptado con los dieciocho votos a favor del GM PP y PSOE y las tres abstenciones de los GM BLOC-C y EUPV: ÚNICO. Anular los créditos por los importes y en las aplicaciones presupuestarias que a continuación se relacionan, que fueron asignados en virtud de Decreto de Alcaldía 201/106, de 17 de Enero, mediante expediente de modificación de créditos 1/2014, al quedar incluidos en los créditos iniciales del Presupuesto Municipal correspondiente al ejercicio 2.014, y con efectos contables de la fecha de entrada en vigor de éste.

Aplicación Denominación Crédito a anular 11.340.12000 Sueldos. Polideportivo

Municipal 75.035,16

11.340.12006 Trienios. Polideportivo Municipal

11.134,20

11.340.12100 Complemento de destino. Polideportivo Municipal

42.555,80

11.340.12101 Complemento específico. Polideportivo Municipal

67.392,92

11.340.12103 Complementos personales y transitorios. Polideportivo

2.193,12

11.340.15100 Servicios extraordinarios. Polideportivo Municipal

1.000,00

11.340.16000 Seguridad Social. Polideportivo Municipal

52.310,47

11.340.22001 Prensa, revistas y libros. Polideportivo Municipal

500,00

11.340.22104 Vestuario del personal. Polideportivo Municipal

4.000,00

11.340.22106 Productos farmacéuticos y 500,00

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material sanitario. Polideportivo

11.340.22602 Publicidad y propaganda. Actividades deportivas

1.000,00

11.341.22606 Organización de actividades deportivas

17.000,00

11.341.22703 Escuelas deportivas 169.131,44 11.342.20300 Arrendamiento maquinaria

e instalaciones deportivas 8.000,00

11.342.21000 Mantenimiento césped artificial

3.000,00

11.342.21001 Mantenimiento zonas urbanas deportivas

1.000,00

11.342.21200 Reparaciones y mantenimiento edificios. Polideportivo

6.000,00

11.342.21300 Mantenimiento maquinaria e instalaciones. Polideportivo

13.000,00

11.342.21500 Mantenimiento mobiliario y enseres. Polideportivo

1.000,00

11.342.21900 Mantenimiento otro inmovilizado. Polideportivo

1.000,00

11.342.22100 Consumo energía eléctrica. Instalaciones deportivas

30.000,00

11.342.22101 Consumo de agua. Instalaciones deportivas

13.000,00

11.342.22103 Combustibles y carburantes. Polideportivo

15.000,00

11.342.22110 Productos de limpieza y aseo. Polideportivo

250,00

11.342.22199 Material deportivo y especial. Polideportivo

15.939,07

11.342.22200 Comunicaciones telefónicas. Polideportivo

1.057,82

11.342.22707 Desinfección e higienizaciones. Instalaciones deportivas

3.000,00

Total créditos a anular 555.000,00 7. DECLARACIÓ DE CONDEMNA A LES AMENACES REBUDES PEL PRESIDENT DE L’ACADEMIA VALENCIANA DE LA LLENGUA (GM BLOC-C).

INCLUSIÓN EN EL ORDEN DEL DÍA

Ex art. 116.2 LRL-CV.

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EXPRESIÓN SUCINTA DE OPINIONES E INCIDENCIAS RELEVANTES Albert Caturla Cardona (Portavoz GM BLOC-C): Presenta la propuesta. César Vilar Antolí-Candela (Portavoz GM EUPV): Espera que la Generalitat sea respetuosa con las posiciones de la Academia Valenciana de la Lengua y concluye que el idioma no debe utilizarse para fines políticos.

ANTECEDENTE

Único: 20 de febrero de 2014: Por parte de Albert Caturla Cardona (Portavoz del GM BLOC-C) se presenta propuesta de acuerdo (Nº RE 1834) con el contenido siguiente: “EXPOSICIÓ DE MOTIUS 1. La llei 7/1998, de 16 de setembre, de Creació de l’Acadèmia Valenciana de la Llengua (AVL) diu en els articles:

Art. 3: la AVL té per funció determinar i elaborar la normativa lingüística de l'idioma valencià. Així com vetllar pel valencià partint de la tradició lexicogràfica, literària, i la realitat lingüística genuïna valenciana, així com, la normativització consolidada, a partir de les anomenades Normes de Castelló.

Art. 5: les decisions de l’AVL, en l’exercici de les seues funcions hauran de ser observades per totes les institucions de la Generalitat, per tots els poders públics, per la resta d’Administracions públiques, el sistema educatiu i els mitjans de comunicació, les entitats, els organismes i empreses de titularitat pública o que compten amb finançament públic.

Art. 7b: la competència de determinar la normativa oficial del valencià en tots els seus aspectes correspon a la AVL.

A partir d’aquests articles es constata que la societat valenciana s’ha dotat d’una institució, que ve recollida en l’Estatut d’Autonomia, per tal de regular tot allò que afecta a la llengua pròpia dels valencians. D’altra banda, la mateixa llei estableix que entre els requisits que han de reunir les persones acadèmiques està el de ser experts en valencià amb una acreditada competència científica i acadèmica o destacades personalitats de les lletres o de l'ensenyament en matèria lingüística o una producció reconeguda en el camp del valencià o la cultura valenciana y també estableix la seua inamobilitat amb la finalitat de garantir la seua independència tant del poder legislatiu com de l’executiu.

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2. El Decret 158/2002, de 17 de setembre, pel qual s’aprova el Reglament de l’Acadèmia Valenciana de la Llengua diu en l’article 1 punt 1 que l’AVL exerceix les seues funcions amb autonomia orgànica, funcional i pressupostària per garantir la seua objectivitat i independència. 3. El dia 31 de gener de 2014 el ple de l’AVL va aprovar el Diccionari Normatiu Valencià (DNV) després de 12 anys de treball i més de 200 reunions de treball. L’obra ha aconseguit un ampli consens per part dels acadèmics i acadèmiques i, segons l’entitat, d’una banda “aborda amb normalitat la realitat lingüística per superar conflictes onomàstics” i de l’altra “marcarà un abans i un després per a tots aquells ciutadans que estimen el signe d'identitat més emotiu i potent d'un poble”. 4. La postura i les accions realitzades tant pel President del Consell, Alberto Fabra, com per la Consellera d’Educació, Cultura i Esport, Mª José Català i altres membres del Partit Popular en relació a la publicació del DNV contradiuen clarament tots els antecedent que hem fet constar tant pel que fa a la Llei 7/1998, de 16 de setembre, de Creació de l’Acadèmia Valenciana de la Llengua, com al Decret 158/2002, de 17 de setembre, pel qual s’aprova el Reglament de l’Acadèmia Valenciana de la Llengua. La postura del Consell, personalitzada en el President Fabra, i en la consellera Català, són una contradicció i oposició permanent a la postura de l’AVL, i també la del Consell Valencià de Cultura expressada en l’informe de 13 de juliol de 1998, previ a la creació de l’AVL, a més d’un flagrant incompliment de les normes legals que les Corts Valencianes han aprovat en relació a la realitat lingüística del nostre País. 5. Rebutgem i condemnem amb contundència les amenaces i accions violentes que s’han perpetrat recentment contra el president de l’AVL, Ramon Ferrer, i que són conseqüència de la condemna, que han manifestat alguns sectors extremistes al DNV, per constatar normativament la unitat de la llengua. Així mateix, convé recordar i advertir al Consell de la Generalitat que pel que fa a la definició de valencià, la sentència número 474/2006 del Tribunal Superior de Justícia de la Comunitat Valenciana (TSJCV) assenyala que “l’única raó de la posició de la Generalitat és l’obstinació de la ignorància i el rebuig dels criteris científics que avalen la unitat lingüística”. A més a més, els tribunals han generat suficient jurisprudència per afegir suport legal al reconeixement de la unitat lingüística entre el valencià i el català, com el Tribunal Constitucional va concloure en 1997 que la denominació estatutària de “valencià” en referir-se a la llengua no és una denominació excloent. Com també, l’última sentència del Tribunal Suprem, de 2012, on es reitera que el valencià i el català són la mateixa llengua. 6. El preàmbul de la Llei de Creació de l’AVL, transcrivint l’informe del CVC, diu que el valencià, la nostra llengua, és freqüentment utilitzat com un motiu de discòrdia entre valencians, en comptes de ser la característica comunitària desitjable d'identificació i d'unió. Des de

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Compromís coincidim amb la necessitat que s’expressa quant al sentit de desactivar aquest conflicte socialment esterilitzador perquè a més a més, al món que ens ha correspost viure, el món de la globalització, dels mass media, i de l'escolarització generalitzada, una llengua de baix abast demogràfic, envoltada de llengües potents, com és la nostra, corre el seriós perill de desaparèixer en breu termini si li afegim la dificultat gratuïta d'un conflicte greument pertorbador que es perllonga en el temps.

PROPOSTA DE RESOLUCIÓ 1.- L’Ajuntament de Sant Joan rebutja i condemna les amenaces i accions violentes rebudes per Ramon Ferrer en qualitat de president de l’Acadèmia Valenciana de la Llengua. 2.- L’Ajuntament de Sant Joan insta el Consell de la Generalitat perquè aplique la màxima vigilància i diligència per evitar la reproducció dels fets i, més encara, la seua potencial conversió en actes de més violència. 3.- L’Ajuntament de Sant Joan insta el Consell de la Generalitat a acatar els acords normatius i respectar la independència de les persones acadèmiques de l’Acadèmia Valenciana de la Llengua. 4.- L’Ajuntament de Sant Joan insta el Consell de la Generalitat a prendre les mesures oportunes per tal d’apartar les qüestions lingüístiques del debat polític i partidista i afavorisca que aquestes qüestions es debatisquen dins de l’àmbit científic. 5.- L’Ajuntament de Sant Joan insta el Consell de la Generalitat a, d’acord amb l’AVL, consensuar i aplicar les mesures polítiques que han de prendre's amb urgència per promocionar l'ús del valencià als més diversos nivells, per treure el valencià de la situació marginal en què es troba en l'esfera pública i faça efectiva l’aposta per incrementar l’ús social del valencià”.

ACUERDO

Adoptado por unanimidad: UNICO: Aprobar la propuesta de acuerdo.

8. SOLICITUT A LA GENERALITAT VALENCIANA PER A LA RESOLUCIÓ DELS PLANS INDIVIDUALS D’ATENCIÓ EN MATÈRIA DE DEPENDÈNCIA I RECONEIXEMENT DEL DRET AL COBRAMENT PELS HEREUS EN CASOS DE DEMORA (GM BLOC-C).

INCLUSIÓN EN EL ORDEN DEL DÍA

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Ex art. 116.2 LRL-CV.

EXPRESIÓN SUCINTA DE OPINIONES E INCIDENCIAS RELEVANTES Albert Caturla Cardona (Portavoz GM BLOC-C): Manifesta que este assumpte afecta ciutadans de Sant Joan i procedeix a llegir la proposta. César Vilar Antolí-Candela (Portavoz GM EUPV): Afirma que es duro que tengan que ser los tribunales de Justicia los que reconozcan estas cuestiones por encima del legislador. Anuncia su voto a favor. Baltasar Ortiz Gutiérrez (Portavoz GM PSOE): Anuncia su voto favorable y expone que es una cuestión de aplicación de uno de los pilares fundamentales del Estado de bienestar, la Ley de Dependencia del gobierno de Zapatero.

ANTECEDENTE

Único: 20 de febrero de 2014: Por parte de Albert Caturla Cardona (Portavoz del GM BLOC-C) se presenta propuesta de acuerdo (Nº RE 1831) con el contenido siguiente:

“Atés que una sentència recent del Tribunal Superior de Justícia de la Comunitat Valenciana (TSJCV) reconeix als hereus que puguen cobrar la prestació d’una persona dependent que va morir sense cobrar l’ajuda senta un precedent per a la Conselleria de Benestar Social.

Atés que la sentència posa de manifest que l’argument que havia exposat Conselleria: que no pagaven les ajudes perquè els dependents no havien tingut reconegut el dret de cobrar l’ajuda de la dependència perquè no s’havia aprovat el Pla Individual d’Atenció; no se sosté perquè el PIA va tardar massa a resoldre’s, molt més del sis mesos com a màxim que prediu la llei.

Atés que la sentència, a més a més, censura durament la Conselleria de Benestar Social per la demora en la resolució d’expedients i aplega a dir que l’administració valenciana abandona a la seua sort les persones dependents durant el procés de tramitació. per tot això ACORDEM Primer.- L’Ajuntament de Sant Joan insta a la Conselleria de Benestar Social que resolga els Plans Individuals d’Atenció dins dels terminis legals, i que es tinga dret a cobrar el PIA amb efectes retroactius si se sobrepassa el termini de sis mesos des de la sol·licitud . Segon.- L’Ajuntament de Sant Joan insta a la Conselleria de Benestar Social que reconega el dret a cobrar la prestació als hereus d’aquelles persones dependents que van morir abans de vore aprovat el seu PIA per la demora de la resolució, sense que calga recórrer al Tribunal del Contenciós Administratiu”.

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ACUERDO

Adoptado por unanimidad:

UNICO: Aprobar la propuesta de acuerdo.

9. RECTIFICACIÓN Y ACTUALIZACIÓN DEL INVENTARIO DE BIENES: PERIODO 01 DE ENERO A 31 DE DICIEMBRE DE 2012. ANTECEDENTES 1º.-21-06-2005. Acuerdo del Pleno del Ayuntamiento por el que se rectifica el Inventario de Bienes de esta Entidad desde 1992 a 31 de marzo de 2005. 2º.- El Inventario es un catálogo o relación de bienes, de cualquier clase, de los que sean titulares las Administraciones Locales. Constituye una garantía y es un soporte inapreciable para la conservación y defensa de los bienes y derechos en él incluidos. Pero lo cierto es que, pese a su evidente utilidad y a la constante exigencia de su formación primero, y de su rectificación y actualización después, dicha exigencia ha sido y es una obligación reiteradamente ignorada. Tras el esfuerzo que supuso la elaboración del Inventario a 31 de marzo de 2005, desde entonces se ha procedido a su revisión anual todos los ejercicios: Acuerdos de Pleno en las sesiones celebradas los días 09/05/2006; 08/05/2007; 13/05/2008; 05/11/2009, 09/09/2010 y 20/05/2011. 3º.- 31-07-2012 Acuerdo de Pleno de Rectificación del Inventario con las altas y bajas producidas desde el 01 de enero al 31 de diciembre de 2011. Cuyo resumen a continuación se detalla: RESUMEN GENERAL DEL INVENTARIO RECTIFICADO A 31/12/2011. EPÍGRAFE. DENOMINACIÓN IMPORTE 1. Bienes inmuebles 68.534.236,66 € 2. Derechos reales 200.000,00 € 3. Bienes históricos y artísticos 444.795,63 € 4. Valores mobiliarios 334.801,52 € 5. Vehículos 131.617,86 € 6. Semovientes 0,00 € 7. Bienes muebles 1.958.012,01 € 8. Bienes y derechos reversibles 0,00 € 9. Pasivo 0,00 € Importe total del Inventario Rectificado en 31 71.603.463,68 €

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de diciembre de 2011 4º- Consta en el expediente con valores referidos a fecha 31 de diciembre de 2012:

� Resumen General del Inventario rectificado. � Informe Patrimonio Público Municipal del Suelo. � Informe de los Bienes que constituyen el Patrimonio Municipal

del Suelo y su valoración. � Relación del Inventario por epígrafes y subepígrafes.

5º.- 4-12-2013. Informe favorable de la Jefa del Servicio Jurídico y Patrimonio a la aprobación de la rectificación del Inventario de Bienes y Derechos de este Ayuntamiento referida a 31 de diciembre de 2012 cuyo importe queda fijado en 74.463.590,65 €. 6º- 26-12-2013. Informe favorable de la Intervención Municipal. 7º- 29-01-2014. Informe favorable del Secretario de la Corporación salvo en lo referido al Epígrafe 8 las parcelas cedidas en propiedad a la Universidad Miguel Hernández las paecelas EQ1 A y B del Proyecto de Reparcelación Nou Nazareth. 8º- 10-02-2014. Informe de la Jefa del Servicio Jurídico al Informe de Secretaría del siguiente tenor: CONSIDERACIONES PRIMERA. En primer lugar, hacer constar que, respecto a las parcelas cedidas a la Universidad Miguel Hernández a las que alude el informe de Secretaría, en todo caso, habría que añadir la parcela EQ 2. La Homologación y el Plan Parcial las califica como dotacionales para uso universitario y son tres, y no dos, los inmuebles cuya titularidad se transfirió. SEGUNDA. En cuanto a la procedencia de la emisión del Informe por Secretaría, el titular de la misma la justifica en que entre las funciones que le asigna la Ley está la de llevar y custodiar el Inventario de Bienes de la Entidad. Y a continuación añade que dicha función se realiza sobre la labor llevada por el Departamento de Servicios Jurídicos.

Pues bien. A juicio de la que suscribe resulta ciertamente contradictorio los términos empleados por la Secretaría. Si tiene la obligación de “llevar el Inventario” la está incumpliendo. Difícilmente se “lleva” algo sobre la labor de una jefatura de Servicio o, si no, que se limite a supervisar si el expediente está concluso.

No obstante, y dado el importante volumen de trabajo que se lleva en este servicio con expedientes – recursos contenciosos, entre otros – y la responsabilidad que ello conlleva, se propone que se dé estricto cumplimiento a lo prevenido en el artículo 2.j del RD 1174/1987, y el Inventario se “lleve” desde la Secretaría.

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Sant Joan d’Alacant - CP 03550 - ���� Casa Consistorial: Plaça d’Espanya, 1 ���� Telèfon 965 65 32 45 ���� Fax 965 65 20 98 ���� Oficines Generals: Plaça de l’Església, 2. ���� Telèfon 966013100. CIF P-0311900-E.

TERCERA: Entrando en el fondo del asunto, las cesiones de titularidad de tres parcelas constan en el “histórico” del Programa del Inventario. Son dotacionales y existen garantías más que suficientes sobre el control de las condiciones de la cesión. Tanto los términos de del Reglamento de Bienes como de la Ley Valenciana de Régimen Local son equívocos en tanto parece interpretarse que deben incluirse las cesiones en propiedad con los datos de los inmuebles del Epígrafe 1. Aunque sean cesiones sujetas a condición, como no podía ser de otra manera, se ha transferido la propiedad por lo que difícilmente pueden seguir formando parte del Inventario. En cualquier caso, e insistiendo en que o por parte de la Secretaría se está incumpliendo con sus obligaciones legales, o se está extralimitando en sus funciones - en el bien entendido que este Servicio está sobregargado y entiende que el Inventario debe ser llevado por la Secretaría según el ordenamiento -, se procede a implementar el epígrafe 8 de acuerdo con los “consejos” del Secretario a fin de que no se posponga más el que el Pleno considere y vote la Propuesta de de la Concejalía informada por la que suscribe el pasado 4 de diciembre de 2013. 9º. 27 de febrero de 2014: La Comisión Informativa de Hacienda dictamina el presente asunto de forma favorable con los votos a favor del GM PP y la abstención del resto de grupos. CONSIDERACIONES PRIMERA: NORMATIVA APLICABLE

� Texto Refundido de Disposiciones Vigentes en materia de Régimen Local TRRL: Artículo 86.

� Reglamento de Bienes de las Entidades Locales: Artículos 17 y siguientes y DT 2ª.

� RD 1174/1978: Artículo 2.j � Texto Refundido de la Ley de Haciendas Locales: Artículos 200

y siguientes. � Instrucción del Modelo Normal de Contabilidad Local Regla 16 � Reglamento de la Ley Hipotecaria: Artículos 4 a 6. � Ley de Patrimonio Histórico Español: Artículos 26 a 39.

SEGUNDA: La rectificación del inventario se verifica anualmente sin perjuicio de su actualización continuada y en ella se reflejan las vicisitudes de toda índole de los bienes, derechos y obligaciones durante esa etapa. Desde el punto de vista cuantitativo las altas más reseñables las constituyen el Club de Convivencia de la Tercera Edad; obras de mantenimiento en colegios públicos- a destacar la inversión en CP Rajoletes” -; obras, instalaciones y mobiliario para las nuevas

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dependencias municipales; obras entorno del mercado municipal; honorarios Plan General y adquisición por expropiación parcela calificada como vial en Benimagrell. No obstante aparece la cesión de una paecela dotacional en la zona de “Princesa” cedida con reserva de aprovechamiento. Dicha finca va a procederse a dar de baja por haberse anulado el planeamiento del Plan Parcial por sentencia judicial con reversión a su propietario. Debe destacarse que han sufrido baja por cambio de subepígrafe sendos inmuebles por cambio de destino y calificación, como por ejemplo las antiguas dependencias municipales que han perdido su condición de demanial. Por último, se ha procedido a dar de baja los bienes bajo el epígrafe 3, Bienes Histórico Artísticos, subepígrafe 2, nº orden 261,263 y 265, correspondientes a la obra artística del premio joven de pintura y que no pasa a ser propiedad del Ayuntamiento habiéndose incluido en el Inventario por error. Asimismo, se ha completado el Epígrafe 8 de Bienes y Derechos revertibles pensado a los efectos de “recordatorio” de la fecha en la que finaliza la concesión, el arrendamiento u otros derechos sobre bienes municipales. TERCERA: Los inventarios son autorizados por el Secretario de la Corporación con el visto bueno del Alcalde, y una copia del mismo y sus rectificaciones se remitirán a la Administración del Estado y al órgano competente de la Comunidad Autónoma que tenga atribuida las competencias en esta materia. CUARTA: Procede, pues, rectificar el Inventario de Bienes a fecha 31 de diciembre de 2012 con el siguiente resumen: EPÍGRAFE. DENOMINACIÓN IMPORTE 1. Bienes inmuebles 71.088.184,76 € 2. Derechos reales 200.000,00 € 3. Bienes históricos y artísticos 447.745,63 € 4. Valores mobiliarios 334.801,52 € 5. Vehículos 131.617,86 € 6. Semovientes 0,00 € 7. Bienes muebles 2.261.240,88 € 8. Bienes y derechos reversibles 0,00 € 9. Pasivo 0,00 € Importe total del Inventario Rectificado en 31 de diciembre de 2012

74.463.590,65 €

QUINTA: El Patrimonio Público Municipal del Suelo a 31 de diciembre de 2012 es el siguiente: DESCRIPCIÓN VALOR (€) 1.1.15 Parcela edificable A-25 Finca Princesa 515.652,00 1.1.16 Parcela edificable A-11 Finca Princesa 814.526,40 1.1.17 Parcela uso residencial 3-bis Lloixa 314.400,00

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Sant Joan d’Alacant - CP 03550 - ���� Casa Consistorial: Plaça d’Espanya, 1 ���� Telèfon 965 65 32 45 ���� Fax 965 65 20 98 ���� Oficines Generals: Plaça de l’Església, 2. ���� Telèfon 966013100. CIF P-0311900-E.

1.1.18 Parcela uso residencial 35-bis Lloixa 116.000,00 1.1.26 Parcela uso residencial 5R UE 2 Belucha 138.950,00 1.1.29 Parcela residencial 1M1.0 PRI El Salt 11.510,98 1.1.30 Parcela residencial 3M1.1 PRI El Salt 95.184,28 1.1.42 Parcela D SUP-3 316.583,51 1.1.50 Parcela RU2-5 (F) Nou Nazareth 704.626,92 1.1.51 Parcela RC1-7 (A) Nou Nazareth 2.680.813,55 1.1.52 Parcela T1 Nou Nazareth 1.426.226,33 Importe Patrimonio Público Municipal de Suelo en 01 de enero de 2012

7.134.473.97 €

Aumentos durante el expresado ejercicio 2012 0,00 € Disminuciones (bajas) durante el expresado ejercicio 2012

0,00 €

Importe Patrimonio Público Municipal de Suelo en 31 de diciembre de 2012

7.134.473,97 €

SEXTA: El Pleno de la Corporación es el Órgano competente para acordar la aprobación del Inventario ya formado, su rectificación y comprobación según lo previsto en el art. 34 del Reglamento de Bienes de las Entidades Locales.

ACUERDO Adoptado con dieciocho votos a favor de los GM PP y PSOE y las tres abstenciones de los GM EUPV y BLOC-C: PRIMERO: Aprobar la rectificación del Inventario de Bienes y Derechos de este Ayuntamiento referida a 31 de diciembre de 2012 cuyo importe queda fijado en 74.463.590,65 € con las modificaciones del Epígrafe 8 sugeridas en el Informe de Secretaría no obstante el informe del Servicio Jurídico que no las considera necesarias y abunda en la obligación del Secretario de “llevar” el Inventario. SEGUNDA: Que una copia de la rectificación del Inventario, autorizado por el Secretario con el Visto Bueno del Presidente, se remita a la Administración del Estado y al órgano de la Comunidad Autónoma que tenga transferida la competencia en esta materia, conforme preceptúa el artículo 31 del Reglamento de Bienes de las Entidades Locales. 10. DECRETO DE 19 DE FEBRERO SOBRE COMPARECENCIA EN CONTENCIOSO 01/07/2014 CONTRA EL PGM: Ratificación.

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EXPRESIÓN SUCINTA DE OPINIONES E INCIDENCIAS RELEVANTES Manuel Aracil Llorens (Alcalde): Propone la retirada de este asunto pues está delegado por el Pleno en la Junta de Gobierno. Juan Bautista Mayor Pérez (Secretario): Informa que la inclusión en el orden del día se debe a un error propio y que en rigor, la retirada del mismo debe ser votada.

ANTECEDENTES 1º. 11-02-2014 (reg entr. 2014-E-RC-1260) Notificación de emplazamiento del Director General de Urbanismo a fin de que esta Entidad pueda comparecer en calidad de demandado dada su condición de interesado, en el plazo de nueve días, en el Procedimiento Ordinario nº 01/07/2014 TSJCV, Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sección Primera, relativo al recurso contencioso interpuesto por SOFIA NICORA ABAD Y OTROS acerca de la aprobación del Plan General de este municipio. 2º. 14-02-2014 Informe favorable de la Jefa del Servicio Jurídico de comparecer en el recurso interpuesto contra el PGOU por SOFIA NICORA ABAD Y OTROS. 3º. 19 de febrero de 2014: Decreto de Alcaldía resolviendo la comparecencia en el procedimiento citado en los términos siguientes: “PRIMERO.- Comparecer en calidad de parte demandada, dada la condición de interesado de esta Entidad, en el Procedimiento Ordinario nº 01/07/2014 TSJCV, Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sección Primera, relativo al recurso contencioso interpuesto por SOFIA NICORA ABAD Y OTROS acerca de la aprobación del Plan General de este municipio. SEGUNDO.- Confiar la representación de este Ayuntamiento a la procuradora Dña Mª Laura de los Santos Martínez y la defensa de los intereses municipales a Dña Belén San Miguel del Hoyo, funcionaria de carrera de esta Entidad, TAG y Jefa de los Servicios Jurídicos. TERCERO.- Expedir certificado del presente acuerdo a los efectos de la personación en el procedimiento de procedencia. CUARTO.- Dar cuenta al Pleno de la presente resolución en la primera sesión que se celebre para su ratificación”. 4º. 27 de febrero de 2014: La Comisión Informativa de Hacienda dictamina el presente asunto de forma favorable con los votos a favor de los GM PP y EUPV y la abstención del resto de grupos. CONSIDERACIONES

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Sant Joan d’Alacant - CP 03550 - ���� Casa Consistorial: Plaça d’Espanya, 1 ���� Telèfon 965 65 32 45 ���� Fax 965 65 20 98 ���� Oficines Generals: Plaça de l’Església, 2. ���� Telèfon 966013100. CIF P-0311900-E.

PRIMERA.- A tenor de los artículos 68.1 de la ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local y 220 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, aprobado por RD 2568/1986, de 28 de noviembre, éstas tienen la obligación de ejercer las acciones necesarias para la defensa de sus bienes y derechos y, por tanto, procede que al Ayuntamiento comparezca en el procedimiento de referencia. SEGUNDA.- Que conforme a lo dispuesto en el artículo 50.17 del ROF, antes citado, en relación con el artículo 21.1 k) de la Ley Reguladora de las Bases del Régimen Local, corresponde al Alcalde el ejercicio de las acciones judiciales y la defensa del Ayuntamiento en materias de su competencia. No obstante, y en caso de urgencia, en materias de la competencia del Pleno como es el caso, se podrá ejercitar las acciones en caso de urgencia dando cuenta al mismo en la primera sesión que celebre para su ratificación. La urgencia queda justificada dado que el plazo para comparecer y personarse en autos es de nueve días.

ACUERDO Adoptado por unanimidad: UNICO: Retirar el asunto del orden del día para su sometimiento a la Junta de Gobierno en virtud de delegación plenaria. 11. DECLARACIÓN EN RELACIÓN CON LA SITUACIÓN ACTUAL DE LOS ESPACIOS NATURALES VALENCIANOS Y LA FALTA DE RECURSOS (GM EUPV).

INCLUSIÓN EN EL ORDEN DEL DÍA

Ex art. 116.2 LRL-CV.

EXPRESIÓN SUCINTA DE OPINIONES E INCIDENCIAS RELEVANTES César Vilar Antolí-Candela (Portavoz GM EUPV): Explica el sentido de la moción.

ANTECEDENTE

Único: 11 de febrero de 2014: Por parte de César Vilar Antolí Candela (Portavoz del GM EUPV) se presenta documento (Nº RE 1288) con el

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contenido siguiente: “La riqueza medioambiental del País Valencià es una realidad reconocida desde todos los ámbitos sociales, políticos, científicos y conservacionistas. La gran biodiversidad que alberga el territorio valenciano está representada en los 22 espacios naturales protegidos de la red valenciana y en decenas de micro reservas, LICs, zonas ZEPA y otras figuras de protección, muchas de ellas incluidas en la Red Natura 2000 reconocidas por la Unión Europea. Desde los años 80 del siglo XX, los sucesivos gobiernos valencianos han redoblado esfuerzos para vertebrar una red de espacios protegidos coherente con la protección del medio haciendo compatible esta protección con un uso público sostenible. Al mismo tiempo se ha trabajado en la divulgación de los valores naturales valencianos a través de numerosas campañas, que con los años han sido referentes tanto en el ámbito estatal como internacional. Este esfuerzo ha tenido consecuencias positivas en un sector tan importante para la economía valenciana como es el turismo, pues a la tradicional oferta de sol y playa, se ha añadido la posibilidad de un turismo verde en auge capaz de desestacionalizar la afluencia de visitantes a nuestras comarcas, con las consecuencias de revitalización de las poblaciones del interior del país, tradicionalmente olvidadas por el turismo. Además, gracias a los programas de educación ambiental surgidos desde la Generalitat a través de la empresa pública VAERSA, la comunidad educativa, en todos sus niveles, ha tenido acceso a una formación en materia medioambiental que ha hecho posible que hoy por hoy los alumnos sean más respetuosos con el medio y más conscientes de las consecuencias de un uso desmedido de los recursos, llegando a conocer, valorar y apreciar la gran biodiversidad que atesora la naturaleza valenciana. Todo esto ha sido posible desde el ámbito público, desde la consolidación de un servicio público orientado a la conservación, protección y divulgación de nuestro patrimonio natural. En los últimos 25 años, ha conseguido poner en valor toda esta riqueza natural con las grandes consecuencias positivas para todos conocidas. La actual situación de crisis ha venido a alterar esta progresión positiva para poner en riesgo lo conseguido hasta ahora. En estos momentos, a pesar de las dificultades, no podemos permitir que lo que se ha logrado en materia de medio ambiente, tan positivo para la sociedad en su conjunto, se pare ni un solo segundo. Hoy, más que nunca, resulta necesario defender y mantener las conquistas adquiridas y seguir impulsando políticas que hagan efectivo el derecho a disfrutar de un medio ambiente en las mejores condiciones posibles. Para ello es necesaria una protección eficaz, pero también

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Sant Joan d’Alacant - CP 03550 - ���� Casa Consistorial: Plaça d’Espanya, 1 ���� Telèfon 965 65 32 45 ���� Fax 965 65 20 98 ���� Oficines Generals: Plaça de l’Església, 2. ���� Telèfon 966013100. CIF P-0311900-E.

continuar con el trabajo de educación, difusión y divulgación realizado hasta ahora. Por todo esto, resulta imprescindible seguir avanzando para lograr consolidar políticas medioambientales efectivas, más allá de intereses particulares, políticas que se encargan, sobre todo, de la conservación y de un uso compatible con su sostenibilidad. Las administraciones públicas tienen la obligación de promover acciones encaminadas a este fin. Esta corporación municipal entiende que la situación actual del medio ambiente valenciano se podría calificar de precaria tras el recorte tanto en inversiones como en personal, necesarios para llevar a cabo las actuaciones convenientes para seguir avanzando en los objetivos de conservación y mejora de nuestro entorno. Como consecuencia del despido de cerca de 200 trabajadoras y trabajadores de VAERSA a través de un ERE declarado nulo por el TSJ de Valencia y que en estos momentos se encuentra recurrido por la Generalitat ante el Tribunal Supremo , la situación de nuestros espacios naturales se ha visto deteriorada en todos los niveles de actuación , con las consecuencias negativas que está teniendo tanto para la conservación , protección y divulgación del patrimonio natural como para el turismo y para aquellos productores que en su momento se acogieron a la " MARCA PARQUES " como sello de calidad de sus productos. Tanto es así que muchos productores e incluso ayuntamientos que su término municipal se encuentra dentro de algunos de los parques naturales, están solicitando ser excluidos de los mismos. Esta corporación municipal manifiesta la necesidad de apostar por una política medioambiental encaminada a conseguir los objetivos ya expuestos, extensiva e integral. Para ello es necesario contar con el personal adecuado, tanto en formación como en número, por lo que pedimos a la Generalitat a través de la Conselleria de infraestructuras.... que tras el fallo de nulidad del ERE en Vaersa, reincorpore a los trabajadores afectados a sus puestos de trabajo y mantenga a pleno rendimiento las instalaciones asociadas a la red de espacios naturales para llevar a cabo programas realistas y efectivos en pro de un medio ambiente de calidad.”

ACUERDO Adoptado con los diez votos a favor de los GM PSOE, BLOC-C y EUPV y las once abstenciones del GM PP:

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UNICO: Aprobar la propuesta de acuerdo. 12. DECLARACIÓN EN TORNO AL 8 DE MARZO (GM EUPV).

INCLUSIÓN EN EL ORDEN DEL DÍA

Ex art. 116.2 LRL-CV.

EXPRESIÓN SUCINTA DE OPINIONES E INCIDENCIAS RELEVANTES César Vilar Antolí-Candela (Portavoz GM EUPV): Agradece la intención de la Concejalía de la Mujer de llegar a un acuerdo en esta materia. Justifica su propuesta exponiendo que es obligación de los gobiernos hacer realidad los anhelos de igualdad. Denuncia los recortes en esta materia. Reclama la retirada del proyecto de ley contra el aborto y concluye pidiendo el voto a favor de la moción estimando que no es excluyente esta propuesta con la que han presentado conjuntamente el resto de grupos. Albert Caturla Cardona (Portavoz GM BLOC-C): Estima positiva la voluntat de consens haguda en la moció presentada per els Grups PP, PSOE y BLOC-C i es manifesta a favor de les dos mocions. Conclou compartint les crítiques de EUPV en matèria de avortament. D. Santiago Román Gómez (Portavoz GM PP): Justifica su voto contrario a la moción pues no coinciden en la misma ni el fondo ni en la forma en la que se ha gestionado.

ANTECEDENTE

Único: 18 de febrero de 2014: Por parte de César Vilar Antolí Candela (Portavoz del GM EUPV) se presenta documento (Nº RE 1511) con el contenido siguiente:”Estamos asistiendo a uno de los momentos históricos de mayor ataque a los derechos de las mujeres. La derecha está agrediendo a los pilares más básicos de la democracia, como es la aspiración a la que tenemos derecho todas las personas a la libertad, a la autonomía personal, al acceso a los recursos y a la igualdad entre todos los seres humanos.

Esta grave regresión se manifiesta de manera categórica respecto a los derechos humanos de las mujeres, fruto del reforzamiento de las posiciones más retrógradas del sistema patriarcal, que, con la excusa de la crisis económica, ha visto las posibilidades abiertas para deconstruir todo lo conseguido.

El derecho de las mujeres a elegir sobre su maternidad, es decir, si quieren o no ser madres, es un derecho rotundo que debe estar presente en cualquier circunstancia. Es un derecho fundamental

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Sant Joan d’Alacant - CP 03550 - ���� Casa Consistorial: Plaça d’Espanya, 1 ���� Telèfon 965 65 32 45 ���� Fax 965 65 20 98 ���� Oficines Generals: Plaça de l’Església, 2. ���� Telèfon 966013100. CIF P-0311900-E.

y, como tal, no puede ser objeto de intercambio con los estamentos religiosos y sociales más reaccionarios.

Las normas segregadoras y sexistas como la de reforma laboral y la reciente ley de educación que se están adoptado, junto con los recortes en sanidad y en la asistencia en la dependencia, la provisionalidad en los empleos, la privatización de lo público... son medidas que están produciendo un impacto de género que está generando el incremento de la feminización de la pobreza y la intensificación de los valores represores de la autonomía de las mujeres.

La asignatura de religión en la escuela pública y la exclusión de la educación sexual y reproductiva de ella, no sólo es consecuencia de la injerencia del clero heredero del franquismo en las decisiones gubernamentales, sino que pretenden instaurar el modelo ya caducado, de mujeres obedientes y sumisas.

ACUERDOS: 1º) Elevar al Gobierno de España la solicitud/exigencia de que

no se atente contra los derechos fundamentales de las mujeres y que no tenga lugar la tramitación de del proyecto de ley contra el aborto.

2º) Que se amplíen los derechos reconocidos en el texto vigente para que el aborto deje de ser un delito y pueda practicarse libremente en la sanidad pública en todo el territorio español.

3º) El Pleno del Ayuntamiento de Sant Joan d´Alacant se adhiere a todas las manifestaciones del movimiento feminista y organizaciones de mujeres, que en reivindicación de los acuerdos suscritos se convoquen.

4º) El Ayuntamiento de Sant Joan d´Alacant se compromete a potenciar los valores de igualdad real, poniendo para ello todos los medios a su alcance, como es la defensa de la sanidad y la educación públicas y laicas y planes de empleo y formación igualitarios.”

ACUERDO Adoptado con los once votos del GM PP contrarios a la propuesta y los diez votos del resto de grupos municipales favorables a la misma: UNICO: Rechazar la propuesta de acuerdo. 13. DECLARACIÓ RE REBUTJ A LA RESOLUCIÓ DE 14 DE FEBRER DE 2014, DE LA CONSELLERÍA DE EDUCACIÓ, DE MODIFICACIÓ DEL CATÀLEG D’UNITATS I LLOCS DE TREBALL DOCENT.

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INCLUSIÓN EN EL ORDEN DEL DÍA

Ex art. 116.2 LRL-CV. EXPRESIÓN SUCINTA DE OPINIONES E INCIDENCIAS RELEVANTES Albert Caturla Cardona (Portavoz GM BLOC-C): Presenta la proposta. Francisco Javier Yebes Sánchez (Concejal Delegado de Educación): Anuncia el voto contrario de su Grupo pues entiende es forzoso entender las medidas de ajuste aplicadas por la Generalitat en la materia. Explica a título de ejemplo que este curso ha habido un descenso en infantil de 6.000 alumnos y que ello no impide que se haya previsto que si es necesario habilitar más unidades pues se trata de un modelo educativo dinámico que depende del número de alumnos. Albert Caturla Cardona (Portavoz GM BLOC-C): Critica que es planteje tota la ciutat com a zona única i que el sistema impliqui la supressió prèvia de places perquè al eliminar l’oferta, es condiciona anticipadament quins centres no van a tindre matriculacions i per tant això està en contra de la normalització del valencià perquè afecta a més centres en valencià que a altres. Francisco Javier Yebes Sánchez (Concejal Delegado de Educación): Expone que los inspectores pasan sus informes a la Dirección Territorial y que desde Consellería se están haciendo las cosas de manera coherente según los datos que recibe de cada uno de los centros, independientemente de que sea línea en castellano o en valenciano.

ANTECEDENTE

Único: 20 de febrero de 2014: Por parte de Albert Caturla Cardona (Portavoz del GM BLOC-C) se presenta propuesta de acuerdo (Nº RE 1632) con el contenido siguiente: “El DOCV de 18 de febrer publicava la RESOLUCIÓ de 14 de febrer de 2014, de la Conselleria d'Educació, Cultura i Esport, per la qual es modifica el catàleg d'unitats, els llocs de treball docent, la denominació i altres aspectes de determinats centres docents públics d'Educació Infantil, Educació Primària, Educació Infantil i Primària i educació especial de titularitat de la Generalitat resolució coneguda com arranjament escolar.

Segons l’arranjament definitiu s’han creat 6 unitats d’infantil, 112 de primària i 5 d’Educació Especial. En canvi, s’han suprimit 152 d’Infantil, 69 de Primària, 3 d’ESO i 5 d’Educació Especial.

En l’arranjament escolar d’enguany s’ha demostrat l’impacte negatiu que ha tingut el districte únic en l’escola pública, ja que hi ha centres que perdran unitats encara que tinguen demanda perquè

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Sant Joan d’Alacant - CP 03550 - ���� Casa Consistorial: Plaça d’Espanya, 1 ���� Telèfon 965 65 32 45 ���� Fax 965 65 20 98 ���� Oficines Generals: Plaça de l’Església, 2. ���� Telèfon 966013100. CIF P-0311900-E.

altres centres d’altres barris allunyats han perdut matrícula, segons Conselleria. Això demostra que la pretesa llibertat d’elecció de centres per part dels pares i mares és falsa i no s’aplica per als centres públics, on s’estan retallant unitats, encara que tinguem demanda. A més, enguany la Conselleria està desmantellant els centres que tenen barracots, no amb la construcció de nous centres educatius, sinó eliminant unitats, o directament els centres sencers.

L’arranjament és a l’hora un atac històric a l’ensenyament en valencià al estar 155 unitats en valencià afectades per al curs que ve amb l'arranjament escolar aprovat. D’un total de 136 escoles públiques afectades per la supressió d'unitats en valencià i 5 d'elles seran tancades. Hi ha 72 unitats en valencià suprimides d'Infantil i Primària i 83 més estan en centres amb doble línia educativa. En aquest segon cas queda resoldre quina unitat perden, si la de castellà o la de valencià. Amb aquesta resolució no s'ha respectat el context sociolingüístic de les escoles, en uns casos han matat directament als centres, en altres han assestat un colp duríssim a la normalització de la nostra llengua en les grans ciutats, Alacant, València i Castelló.

Per tot això presentem les següents propostes: 1. L’Ajuntament de Sant Joan insta la Conselleria d’Educació,

Cultura i Esport a rebutjar la RESOLUCIÓ de 14 de febrer de 2014, de la Conselleria d'Educació, Cultura i Esport, per la qual es modifica el catàleg d'unitats, els llocs de treball docent, la denominació i altres aspectes de determinats centres docents públics d'Educació Infantil, Educació Primària, Educació Infantil i Primària i educació especial de titularitat de la Generalitat.

2. L’Ajuntament de Sant Joan insta el Consell a renovar les negociacions amb els sindicats i representants de tots els sectors de la comunitat educativa per a arribar al consens necessari per a establir les noves condicions del arranjament escolar per al curs 2014-2015”.

ACUERDO

Adoptado con los once votos del GM PP contrarios a la propuesta y los diez votos del resto de grupos municipales contrarios a la misma: [NOTA: Se sustituye el texto tachado por el entrecomillado como resultado de la rectificación acordada en sesión plenaria de fecha 1 de abril de 2014] : “Adoptado con los once votos del GM PP contrarios a la propuesta y los diez votos del resto de grupos municipales favorables a la misma.” UNICO: Rechazar la propuesta de acuerdo.

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PARTICIPACIÓN Y CONTROL 14. DESPACHOS EXTRAORDINARIOS Y MOCIONES. 14.1. ORDENANZA REGULADORA DE LA CONCESIÓN DE AYUDAS PARA LA ADQUISICIÓN DE LIBROS DE TEXTO DIRIGIDAS AL ALUMNADO DE EDUCACIÓN PRIMARIA Y SECUNDARIA OBLIGATORIA, ESCOLARIZADO EN UN CENTRO PÚBLICO O PRIVADO CONCERTADO DEL MUNICIPIO DE SANT JOAN D’ALACANT.

DECLARACIÓN DE URGENCIA Aprobada con veinte votos a favor y la abstención del GM EUPV EXPRESIÓN SUCINTA DE OPINIONES E INCIDENCIAS RELEVANTES Juan Bautista Mayor Pérez (Secretario): A instancias de la Presidencia tras la petición de aclaración del GMEUPV, informa que esta propuesta no se ha incluido en el orden del día de la Comisión Informativa de Hacienda pues se presentó por un cauce no previsto por él tras la implantación de la Administración Electrónica. Francisco Javier Yebes Sánchez (Concejal Delegado de Educación): Explica que la gestión administrativa requería según asesoramiento del Secretario que se elaborara una ordenanza que ha sido consensuada con las AMPAS. Explica que será en cada convocatoria donde se concretarán las cantidades correspondientes dependiendo de los presupuestos. Albert Caturla Cardona (Portavoz GM BLOC-C): Planteja que el fons del assumpte es que aquestes ajudes pareixen ésser complementaries a les de la Generalitat. Francisco Javier Yebes Sánchez (Concejal Delegado de Educación): Responde que la experiencia nos dice que no puede saberse si la Generalitat va a convocar ayudas o no, por lo que la ordenanza queda abierta en este sentido y si son convocadas, el Ayuntamiento lo tendrá en cuenta. Albert Caturla Cardona (Portavoz GM BLOC-C): Exposa que si la Generalitat no convoca les ajudes, l’Ajuntament no pot convocar-les després de la modificació de la Llei de Bases del Règim Local. Recorda que l’educació deu ésser gratuïta i en canvi no es sap si haurà ajudes a primària. Estima sorprenent que la Generalitat en febrer encara no conega si va a donar ajudes de llibres. Per altra banda no estima raonable que s’excloga de les ajudes els menors absentistes, perquè entén que no s’ha de castigar els menors per

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faltes que són dels pares. Manifesta no entendre el sistema de valoració del IPREM, perquè el text no ho aclareix ni els criteris de valoració perquè per exemple tindre pares a la presó té el mateix valor que tindre una família nombrosa. Anuncia que faran al·legacions i sobretot li preocupa el que ha dit que no sap si el PP suprimirà les ajudes de llibres en tots els casos. Santiago Escudero Nohales (GM PSOE): Manifiesta su preocupación acerca de que la Generalitat pueda no convocar las ayudas para libros que en la práctica se reducen cada año. Recuerda que en el programa electoral el Equipo de Gobierno hablaba de gratuidad de libros y pone de manifiesto que se está incumpliendo tal promesa. Expone que se alegará a la ordenanza. Francisco Javier Yebes Sánchez (Concejal Delegado de Educación): Explica que el criterio relativo al absentismo ha salido de las comisiones técnicas de seguimiento del absentismo, donde se analizaron las ayudas y becas. Manifiesta que el niño no es el perjudicado en esta materia, sino sus padres, de modo que si no vigilan la escolarización de sus hijos, se verán obligados a pagar los libros. Aclara que se estudiarán los casos concretos. Pide que se tenga presente que en la actual situación económica la intención es mantener y regular estas ayudas recordando que durante el gobierno socialista, a pesar de tratarse de una época de bonanza, no se convocaban estas ayudas. Concluye manifestando que hubiera deseado que existieran recursos suficientes para cumplir con el programa electoral. Albert Caturla Cardona (Portavoz GM BLOC-C): Manifesta que es obligació de la administració facilitar material escolar als xiquets si no tenen recursos. Conclou afirmant que estima feridor castigar a un alumne per coses de les que no te culpa. [NOTA: Se añade el párrafo siguiente como resultado de la rectificación acordada en sesión plenaria de fecha 1 de abril de 2014] : “ No s’estima raonable castigar als menors per faltes comeses pels pares. Edmundo Juan Seva García (Portavoz suplente GM PSOE): Manifiesta que sabían que la gratuidad era una promesa electoral inalcanzable por lo que optaron por no ponerlo en el programa electoral. Afirma que si lo prometieron, deben cumplirlo. Recuerda que durante su gobierno, se hicieron obras en colegios que no era competencia municipal y que en la situación actual, muchos centros sobreviven gracias al dinero del comedor. Albert Caturla Cardona (Portavoz GM BLOC-C): Es posiciona a favor de la aprovació inicial de l’ordenança, però explicant que al·legarà a

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la mateixa. Lamenta que no se’ls haja consultat prèviament el text. Estima que lo greu es que la Generalitat no convoqui ajudes per a llibres. Demana s’emeti informe tècnic confirmant que es poden donar aquestes ajudes després de la modificació de la Llei de Bases del Règim Local. Francisco Javier Yebes Sánchez (Concejal Delegado de Educación): Puntualiza que no ha dicho en ningún momento que la Generalitat vaya a retirar estas ayudas. ANTECEDENTES. 1º. 17 de febrero de 2014, Providencia de la Concejalía Delegada de Educación por la que se dispone iniciar el expediente para llevar a cabo la aprobación de la Ordenanza Específica Reguladora de la Concesión de Ayudas Económicas para libros de texto y que por el Servicio Jurídico se emita informe sobre la legislación aplicable y el procedimiento a seguir. 2º. 19 febrero de 2014, borrador de Proyecto de Ordenanza. 3º. 19 febrero de 2014, Informe de la Jefa del Servicio de Educación y de la Jefa de Servicios Comunitarios en el que se informa favorablemente del proyecto de Ordenanza y se indica el procedimiento a seguir. 4º. 25 de febrero de 2014: Propuesta de acuerdo de la Concejalía para la aprobación de la Ordenanza.

CONSIDERACIONES. PRIMERA: Legislación aplicable: � Los artículos 4,22.2.d), 25.2.n), 49 y 70.2 de la Ley 7/1985, de 2

de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local. � El artículo 56 del Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de

abril, por el que se aprueba el Texto Refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de Régimen Local.

� La Ley 38/2003, 17 de noviembre, general de Subvenciones. � El Real decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el

Reglamento General de Subvenciones. � Ley 12/2008, de 3 de julio, de protección integral de la infancia y

la adolescencia de la Comunidad Valenciana: Art. 25.1 “La Generalitat y las Administraciones Locales establecerán ayudas de estudio, programas de becas, programas de gratuidad de libros de texto y material escolar, ayudas de comedor y transporte, que compensen las condiciones socioeconómicas adversas de menores que cursen enseñanzas en los niveles obligatorios.

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Sant Joan d’Alacant - CP 03550 - ���� Casa Consistorial: Plaça d’Espanya, 1 ���� Telèfon 965 65 32 45 ���� Fax 965 65 20 98 ���� Oficines Generals: Plaça de l’Església, 2. ���� Telèfon 966013100. CIF P-0311900-E.

SEGUNDA: Procedimiento: 1.- Se ha procedido a la redacción del proyecto de Ordenanza, que contiene la regulación del régimen jurídico de concesión de ayudas económicas atendiendo a los principios de igualdad y no discriminación, publicidad, transparencia, concurrencia, objetividad, eficacia y eficiencia, ajustado a las prescripciones de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento General de Subvenciones. 2.- De conformidad con lo establecido en el art. 48 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local, la aprobación de las Ordenanza locales se ajustará al siguiente procedimiento:

a) Aprobación inicial de la Ordenanza en el Pleno. b) Información pública y audiencia a los/as interesados/as por el

plazo mínimo de treinta días para la presentación de reclamaciones y sugerencias. Este trámite se realizará mediante inserción de anuncio del acuerdo de la aprobación inicial en el Boletín Oficial de la Provincia y en el tablón de anuncios del Ayuntamiento.

c) Resolución de todas las reclamaciones y sugerencias presentadas dentro del plazo de aprobación definitiva por el Pleno, incorporándose al texto de la Ordenanza las modificaciones derivadas de la resolución de alegaciones.

d) No obstante, en el supuesto de que no se hubiera presentado ninguna reclamación o sugerencia se entenderá definitivamente adoptado el acuerdo hasta entonces provisional.

3.- Aprobada definitivamente la Ordenanza, su texto íntegro deberá publicarse en el tablón de anuncios del Ayuntamiento y en el Boletín Oficial de la provincia, tal y como dispone el art. 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, y no entrará en vigor hasta que se haya publicado completamente su texto. TERCERA: La Constitución Española de 1978, en su artículo 39, considera la obligatoriedad de los poderes públicos de asegurar la protección social, económica y jurídica de la familia. Ley ORGÁNICA 1/1996, de 15 de enero, de protección jurídica del menor que incluye las situaciones de absentismo escolar entre las situaciones de desprotección de menores, y señala la obligación de las Administraciones públicas de garantizar el ejercicio del derecho a la educación, impulsando políticas compensatorias dirigidas a corregir las desigualdades sociales.

Dado que existe la necesidad por parte de algunas familias de este municipio de refuerzo económico, con el fin de sufragar los

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gastos de libros de texto. Es tarea de este Ayuntamiento, competente en intervención social mediante políticas sociales y educativas, su colaboración económica a los padres y madres que por falta de recursos económicos no pueden hacer frente al coste de los libros de texto, lo que va en detrimento también de los menores debido que al no disponer de estos medios educativos, pueden encontrarse en situación de riesgo o desigualdad social y educativa. CUARTA: el órgano competente es el Pleno de la Corporación, de conformidad con lo establecido en los artículos 22.2.d, y 49 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local.

ACUERDO

Adoptado con los trece votos a favor de los GM PP y BLOC-C y la abstención del resto de GM: PRIMERO: aprobar inicialmente la Ordenanza Específica Reguladora de la Concesión de Ayudas Económicas para libros de texto al alumnado de Educación Primaria y Secundaria, de los centros públicos y privados concertados del municipio, conforme al proyecto que obra en expediente . SEGUNDO: Someter la Ordenanza a un periodo de información pública dando audiencia a los/as interesados/as mediante publicación de anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia y tablón de anuncios del Ayuntamiento, por el plazo de treinta días para que puedan presentar alegaciones y sugerencias, que deberán ser resueltas por la Corporación. Si durante el indicado plazo no se produjeran alegaciones, la Ordenanza se considerará aprobada definitivamente sin que sea necesario adoptar nuevo acuerdo. 14.2. DECLARACIÓN DE RECHAZO AL CIERRE DE LA RADIO TELEVISIÓN PÚBLICA VALENCIANA (GMBLOC-C): Modificación del acuerdo plenario 19 diciembre 2013.

DECLARACIÓN DE URGENCIA Aprobada por unanimidad. ANTECEDENTE Único: 19 de diciembre de 2013. Sesión plenaria en la que se acuerda por unanimidad: DECLARACIÓN DE RECHAZO AL CIERRE DE LA RADIO TELEVISIÓN PÚBLICA VALENCIANA (GMBLOC-C). Dicha propuesta incluía la siguiente consideración: “… Molta gent va acabar deixant de costat Canal 9, per inútil, per parcial i poc atractiva…”

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Sant Joan d’Alacant - CP 03550 - ���� Casa Consistorial: Plaça d’Espanya, 1 ���� Telèfon 965 65 32 45 ���� Fax 965 65 20 98 ���� Oficines Generals: Plaça de l’Església, 2. ���� Telèfon 966013100. CIF P-0311900-E.

CONSIDERACIONES PRIMERA: En las intervenciones realizadas en dicho acuerdo, el Alcalde accidental manifiesta que no tiene problema en apoyar esta propuesta pero que no está de acuerdo con los adjetivos que aparecen en la misma, tales como “inútil” y “parcial” a lo que el Portavoz del GM BLOC-C indica que está dispuesto a quitarlos quedando, por tanto, aprobada dicha propuesta sin los mencionados adjetivos. SEGUNDA: Al tramitar el acta correspondiente, quedó reflejada la propuesta íntegra, sin incluir la precisión expuesta, por lo tanto es necesario modificar el texto de la misma eliminando del párrafo correspondiente los citados adjetivos y quedando como sigue: “La gestió política, però, de la nostra televisió pública, no ha estat encertada i les diferents direccions al llarg del temps l’han conduit a la desfeta econòmica, la caiguda d’audiència i de credibilitat. Molta gent va acabar deixant de costat Canal 9, per poc atractiva; sempre, però, quedava l'esperança que allò que s'havia pervertit des d’una gestió poc adequada es poguera revertir amb un nou model centrat en els objectius fundacionals de RTVV.”

ACUERDO Adoptado por unanimidad: ÚNICO: Modificar el acuerdo plenario de 19 de diciembre de 2013 conforme a la consideración Segunda y quedando aprobado dicho acuerdo con el texto siguiente: “La posada en marxa de la Ràdio Televisió Valenciana (RTVV), les primeres ràdio i televisió públiques estrictament valencianes, a l'any 1989, va representar una oportunitat històrica per tal de dotar al País Valencià d'una eina fonamental per a la normalització de la nostra llengua i cultura, que oferira un servei públic bàsic a la ciutadania i un mitjà informatiu plural i proper. Canal 9 i Ràdio 9 naixien amb aquesta voluntat legal i amb unes expectatives molt altes.

RTVV pretenia ser el mitjà de comunicació propi dels valencians i les valencianes, i des d’on poder informar a la ciutadania de la seua realitat més propera, dels municipis, comarques i a l’hora de la resta del món. Un del eixos centrals que donaven sentit a la creació d’una televisió pròpia, fou la projecció de la nostra llengua, cultura i tradicions, la difusió del nostre patrimoni natural , cultural, musical, gastronòmic,

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turístic, i alhora convertir-se en el motor de la indústria audiovisual valenciana.

Tindre una RTVV pròpia suposava un pas més en afermar l’autogovern dels valencians i donar un suport directe a les nostres senyes d’identitat. Així, en la Llei de creació del 1984 s’avalava esta decisió d’avançar en la consolidació autonòmica i la presa de consciència en la diferenciació com a poble, sent necessari la creació d’uns mitjans públics de comunicació social com a mostra inequívoca de la capacitat d’un poble d’avançar en els seu desenvolupament cultural propi.

La Plataforma “Sí a RTVV, la nostra”, creada en 2012 per diverses persones i entitats del sector audiovisual valencià, arran de la “Declaració de Burjassot”, va manifestar els principis que defensen una ràdio i televisió valenciana viable com a servei públic fonamental per a la defensa i l’ús de la nostra llengua, el coneixement de la realitat territorial i cultural valenciana i la cohesió social.

La gestió política, però, de la nostra televisió pública, no ha estat encertada i les diferents direccions al llarg del temps l’han conduit a la desfeta econòmica, la caiguda d’audiència i de credibilitat. Molta gent va acabar deixant de costat Canal 9, per poc atractiva; sempre, però, quedava l'esperança que allò que s'havia pervertit des d’una gestió poc adequada es poguera revertir amb un nou model centrat en els objectius fundacionals de RTVV.

El 9 de febrer de 2013, amb un forat econòmic brutal i uns índex d'audiència ínfims del 4%, el Consell va culminar un expedient de regulació de l'ocupació que va afectar a 1.183 treballadors i treballadores de RTVV. Un procés desautoritzat pels tribunals i que atempta fins i tot als drets fonamentals dels treballadors i treballadores. Sentència que ara vol utilitzar el Consell com a element per dur endavant el tancament d’una entitat que, segons els professionals dels mitjans audiovisuals és viable i necessària. En atenció a aquestes consideracions, i a proposta del Grup Municipal de Compromís, el Ple de l’Ajuntament de Sant Joan d’Alacant ACORDA: Primer.- Manifestar el rebuig absolut de la corporació a la decisió del Consell de tancar RTVV. Segon.- Donar ple suport als treballadors i les treballadores de RTVV. Tercer.- Instar al Consell a cercar alternatives de viabilitat per al manteniment d’una ràdio i televisió pública valenciana, propera, plural i imparcial com a servei públic fonamental per a al defensa i l’ús de la nostra llengua, el coneixement de la realitat territorial, cultural i de cohesió social. Quart.- Remetre la present moció i els seus acords a • President de la Generalitat • Portaveus dels grups parlamentaris en Les Corts valencianes • Directora de RTVV • Comitè d’Empresa de RTVV”.

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14.3. DECLARACIÓN EN RELACIÓN CON LA ACTUACIÓN TERRITORIAL ESTRATÉGICA DE IKEA (GM EUPV).

DECLARACIÓN DE URGENCIA Aprobada por unanimidad. EXPRESIÓN SUCINTA DE OPINIONES E INCIDENCIAS RELEVANTES César Vilar Antolí-Candela (Portavoz GM EUPV): Precisa que esta iniciativa se va a instalar en la comarca y que es una cuestión que puede tener efectos devastadores en el pequeño comercio local. Albert Caturla Cardona (Portavoz GM BLOC-C): Considera que afecta molt directament i de forma negativa a Sant Joan. Anuncia que votarà favorablement la moció. Baltasar Ortiz Gutiérrez (Portavoz GM PSOE): Estima extraño que en Alicante, sin Plan General Municipal y sin sentido común, la Generalitat vaya a aprobar un plan especial para que se implante en contra de la opinión de todos los comerciantes y representantes de los trabajadores. Estima que se trata de un problema grave puesto que el resultado será un macrocentro comercial en el que por ejemplo, el precio de los alquileres los pondrá la propia multinacional Ikea y en unas condiciones que sólo otras multinacionales podrán asumir. Precisa que el 85% del empleo lo generan los pequeños comercios y que la opinión de los comerciantes locales está en contra de ese macroproyecto comercial. Manuel Aracil Llorens (Alcalde-Presidente): Es un tema que se plantea a tres años vista aproximadamente, por lo que no estima que sea un tema tan urgente. Declara su apoyo a los comerciantes. Se manifiesta contrario acerca de que se pidan informes a unos servicios municipales con una importante carga de trabajo y manifiesta que estaría conforme si se pidieran a la Generalitat. ANTECEDENTE Único: 26 de febrero de 2014: D. César Vilar Antolí Candela (Portavoz del GM EUPV) presenta propuesta (Nº RE 1821) con el contenido siguiente: “EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

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La Actuación Territorial Estratégica (ATE), promovida por un grupo empresarial encabezado por la empresa Alicante Avanza, del empresario Enrique Ortiz, junto a entidades bancarias como Bankia o Caixabanc, para la implantación de una tienda de la multinacional Sueca IKEA, junto a un macrocentro comercial que la financia, es un nuevo golpe para el colectivo de comerciantes de Sant Joan d’Alacant.

La evidente amenaza que dicho proyecto comporta para el pequeño comercio de Sant Joan d’Alacant, no sólo en el sector del mueble, sino en todos los sectores, pues el macrocentro comercial que lleva aparejado permitirá la instalación de grandes superficies comerciales de alimentación y del resto de sectores comerciales, en un mercado ya saturado. Añadido a ello el ingente flujo de tráfico que dicha actuación necesariamente conlleva, en una zona asimismo completamente colmatada de tráfico –A-7. Cuestión sobre la cual ya se ha pronunciado nuestro Grupo Municipal en anteriores ocasiones-, provocaría un auténtico caos circulatorio que claramente degradaría la calidad de vida de nuestros vecinos.

ACUERDOS 1º) Que por los servicios técnicos municipales se elabore informe sobre el impacto de la citada ATE en el comercio de Sant Joan d’Alacant. 2º) Que el Ayuntamiento de Sant Joan d’Alacant, refrendado por el Pleno, presente alegaciones en contra de la ATE en el periodo de consulta y participación pública de la referida Actuación. 3º) Que el Ayuntamiento de Sant Joan d’Alacant remita el Informe de Impacto de la citada ATE en el comercio del Sant Joan d’Alacant a la Consellería de Economía solicitando su inclusión en el Informe de Impacto Económico que dicha administración esta elaborando”.

ACUERDO

Adoptado con los once votos del GM PP contrarios a la propuesta y los diez votos del resto de grupos municipales contrarios a la misma: [NOTA: Se sustituye el texto tachado por el entrecomillado como resultado de la rectificación acordada en sesión plenaria de fecha 1 de abril de 2014] : “Adoptado con los once votos del GM PP contrarios a la propuesta y los diez votos del resto de grupos municipales favorables a la misma.” ÚNICO: Rechazar la propuesta de acuerdo. 14.4. DECLARACIÓN DE RECHAZO POR LA IMPUTACIÓN DE OCHO TRABAJADORES DE AIRBUS EN LA QUE SE SOLICITA LA PENA DE 66 AÑOS DE PRISIÓN (GM EUPV).

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DECLARACIÓN DE URGENCIA Aprobada por unanimidad. EXPRESIÓN SUCINTA DE OPINIONES E INCIDENCIAS RELEVANTES César Vilar Antolí-Candela (Portavoz GM EUPV): Manifiesta que los recortes en derechos sociales dan lugar a movilizaciones y que la respuesta de la administración central del PP es tramitar un proyecto de ley que criminaliza la protesta social y un código penal propio de tiempos de guerra para perseguir las movilizaciones sociales. ANTECEDENTE Único: 26 de febrero de 2014: César Vilar Antolí-Candela (Portavoz GM EUPV) presenta propuesta de acuerdo (Nº RE 1822) en el sentido siguiente: “EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

El 29 de setiembre de 2010 los sindicatos mayoritarios del país, Comisiones Obreras y la Unión General de Trabajadores, convocaron huelga general para expresar su rechazo a las medidas que había adoptado el Gobierno de la Nación en materia laboral y que suponían un fuerte retroceso en los derechos de los trabajadores y trabajadoras.

El derecho de huelga es un derecho amparado en nuestro Ordenamiento Constitucional, que debe ser protegido especialmente cuando decide ejercerse.

Desde primeras horas de la mañana varios centenares de trabajadores y trabajadoras de la empresa EADS CASA AIRBUS se concentraron en la entrada de la fábrica como expresión pública de su adhesión a la huelga general. El ejercicio de la huelga y su expresión pública no puede considerarse “per se” como un comportamiento sospechoso de incurrir en prácticas delictivas.

La presencia en la puerta de la fábrica de un buen número de unidades policiales antidisturbios y su actitud ante los trabajadores y trabajadoras concentrados creó un clima de tensión. El comportamiento de la policía no contribuyó al normal desarrollo de la huelga, sino que propicio que se produjeran diversos incidentes que culminaron con el uso por parte de los agentes antidisturbios de sus armas, realizando al menos siete disparos.

Tras los graves incidentes producidos el día de la huelga general y la posterior denuncia de la policía se procede por el Juzgado de primera instancia e instrucción nº 4 de Getafe al inicio de la instrucción.

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La instrucción ha presentado graves deficiencias, entre las que destacamos la acusación al Presidente del Comité Interempresas, máximo responsable sindical en la Empresa, por el solo hecho de intentar impedir los incidentes que se estaban produciendo, dirigiéndose a los responsables policiales y propiciar una solución pacífica.

Igualmente fueron acusados otros dos sindicalistas a raíz de que acompañaron al Presidente del Comité Interempresas en su declaración ante el Juez Instructor. La acusación se amplió a otros once sindicalistas por el solo hecho de haber acudido a los servicios médicos de la empresa para ser atendidos de las heridas que les ocasionaron los policías antidisturbios durante la violenta carga policial.

Tras una instrucción realizada sin que se haya determinado la responsabilidad y participación de cada uno de los acusados y con graves deficiencias, el día 7 de enero de este año, el Juzgado de Instrucción procede a la apertura del juicio oral tras la acusación del Ministerio Fiscal contra ocho sindicalistas, en la que se solicita pena de prisión de ocho años y tres meses para cada uno de ellos y un total de sesenta y seis años de prisión, además de una fianza de 31.059.52 € de la que los acusados han de responder conjunta y solidariamente.

Si sorprendente fue la instrucción, no lo es menos la acusación formulada por el Ministerio Fiscal. Solicitar la misma pena para cada acusado sin identificar las conductas individuales de cada uno de los acusados, además de poner en evidencia la inconsistencia de la acusación, sitúa a éstos en un clara indefensión jurídica que no debiera permitirse en un estado de derecho.

Ante las deficiencias e irregularidades puestas de manifiesto en todo el proceso sería aconsejable y expresión de salud democrática que el Ministerio Fiscal retirase las acusaciones contra los ocho sindicalistas de EADS CASA AIRBUS, para despejar cualquier duda de que nos encontremos ante un juicio político que lo que intenta es criminalizar el ejercicio del derecho de huelga y la libertad sindical.

ACUERDOS 1. Poner de manifiesto que las deficiencias e irregularidades en la instrucción no deberían haberse producido en un estado de derecho. 2. Las acusaciones del Ministerio Fiscal carecen de fundamento y consistencia por lo que se solicita a dicho Ministerio Fiscal su retirada. 3. Expresar la solidaridad con los trabajadores y sindicalistas acusados en la confianza de su honradez y el reconocimiento de que su labor sindical a lo largo de los años ha reportado beneficios para los trabajadores y trabajadoras de EADS CASA AIRBUS”.

ACUERDO Adoptado con los diez votos a favor de los GM PSOE, BLOC-C y EUPV y las once abstenciones del GM PP:

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Sant Joan d’Alacant - CP 03550 - ���� Casa Consistorial: Plaça d’Espanya, 1 ���� Telèfon 965 65 32 45 ���� Fax 965 65 20 98 ���� Oficines Generals: Plaça de l’Església, 2. ���� Telèfon 966013100. CIF P-0311900-E.

ÚNICO: Aprobar la propuesta de acuerdo. 14.5. DECLARACIÓN DE APOYO A LA MARCHA ESTATAL POR LA DIGNIDAD DEL 22 DE MARZO (GM EUPV).

DECLARACIÓN DE URGENCIA Aprobada por unanimidad. EXPRESIÓN SUCINTA DE OPINIONES E INCIDENCIAS RELEVANTES César Vilar Antolí-Candela (Portavoz GM EUPV): Tras dar lectura a la propuesta, manifiesta que el Presidente Rajoy ha incumplido el programa por el que se presentó, por lo que pide su dimisión y convocatoria de elecciones. Baltasar Ortiz Gutiérrez (Portavoz GM PSOE): Expone que está de acuerdo con el fondo de la propuesta pero no puede admitir que se meta a todos los partidos en el mismo saco pues ello desmoviliza a los ciudadanos. Anuncia su votación en contra. César Vilar Antolí-Candela (Portavoz GM EUPV): Manifiesta que el art. 135 de la Constitución es demoledor y que fue cambiado por los dos partidos mayoritarios y la derecha económica, considerando que fue una traición a los electores. Critica las políticas económicas neoliberales las haga quien las haga. Baltasar Ortiz Gutiérrez (Portavoz GM PSOE): Se manifiesta en contra de ese cambio de la Constitución y de algunas decisiones tomadas por el último gobierno socialista. Explica que la posición actual del PSOE no es la misma que entonces. Lamenta la falta de consenso. Concluye que desea hablar de futuro, no del pasado. César Vilar Antolí-Candela (Portavoz GM EUPV): Critica que la prioridad de la gestión pública se destine a cubrir su déficit pues ello afecta al Estado del bienestar. Aclara que no ha dicho que PSOE y PP sean lo mismo, sino que la modificación de la Constitución se acordó precisamente por ambas formaciones. Manuel Aracil Llorens (Alcalde-Presidente): Manifiesta que no comparte la moción y que ni siquiera quienes la han presentado cuentan con respaldo. En tal sentido, comenta que convocaron una manifestación con esta base y apenas hubo asistentes.

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ANTECEDENTE Único: 26 de febrero de 2014: César Vilar Antolí-Candela (Portavoz GM EUPV) presenta propuesta de acuerdo (Nº RE 1823) en el sentido siguiente: “Sindicatos, plataformas y ciudadanos y ciudadanas han convocado una marcha estatal contra el paro, la precariedad, los recortes y la represión. El objetivo de la marcha es que diferentes columnas de personas provenientes de todo el territorio estatal inicien entre el 8 y el 10 de marzo una marcha hacia Madrid que desembocará en la capital el próximo 22 de marzo.

Se pretende que sea una movilización masiva y contundente que demuestre el rechazo del conjunto de la sociedad a las políticas sociales, laborales, económicas y de todo tipo que practiquen los gobiernos de la troika. Es decir, que haga visible el gran malestar que hay por todos lados por la situación que atravesamos.

Por la reforma laboral. Por los recortes sociales que afectan a la mayoría social. Por el crecimiento de la pobreza extrema y la precariedad. Por la represión que ya afecta más de mil activistas y sindicalistas y por la corrupción que afecta todas las instituciones.

La Marcha por la Dignidad pretende agrupar todas las luchas comprometidas con el cambio social. Todos y todas estamos sufriendo las políticas ejecutadas por el gobierno del PP al dictado de la troika (Fondo Monetario Internacional, Banco Central Europeo y Comisión Europea), consistente en la destrucción de derechos y en el empobrecimiento social. Estas políticas se fomentan en el pago de una deuda ilegítima y odiosa que no han contraído los ciudadanos y ciudadanas, sino que es producto de la especulación bancaria y los excesos de los gobiernos neoliberales. Nos están llevando hacia una catástrofe social.

Además, el gobierno de José Luis Rodríguez Zapatero, con el soporte del PP y de UPN, modificó el artículo 135 de la Constitución para que se priorizara el pago de la deuda en vez de los derechos y las necesidades de las personas.

Afirmaban que era la única salida a la crisis, que su política de austeridad era la única posible y que, por tanto, era imperativo recortar el déficit a costa de los derechos del conjunto de la población. Por el contrario, se ha estado inyectando dinero público, miles de millones de euros, a los bancos y a los especuladores. Los gobiernos y la patronal han aprovechado la crisis para recortar en derechos laborales y salariales y para convertir la deuda privada en deuda pública.

Mientras la banca y los poderes públicos mantienen sus beneficios a costa de los derechos de la ciudadanía las políticas de austeridad están causando sufrimiento, pobreza, hambre y muertes.

Aquí en el País Valencià sufrimos un doble recorte con las políticas de la Generalitat que se evidencia con datos como la tasa de paro que es una de las más altas del estado, o con unos salarios y

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Sant Joan d’Alacant - CP 03550 - ���� Casa Consistorial: Plaça d’Espanya, 1 ���� Telèfon 965 65 32 45 ���� Fax 965 65 20 98 ���� Oficines Generals: Plaça de l’Església, 2. ���� Telèfon 966013100. CIF P-0311900-E.

pensiones que están por debajo de la media española y europea, así como con una corrupción generalizada.

La Marcha por la Dignidad del 22 de marzo pretende agrupar todas las luchas, todas las organizaciones y a las personas que están comprometidas con la lucha contra las políticas neoliberales y con la defensa para el cambio social.

Por todo eso, trasladamos al pleno del Ayuntamiento de Sant Joan d´Alacant los siguientes ACUERDOS:

1. Apoyar públicamente a la Marcha por la Dignidad del 22 de marzo así como todas las movilizaciones.

2. Exigir la dimisión del presidente del gobierno y la convocatoria de elecciones anticipadas.

3. Instar al Congreso de los Diputados a modificar el artículo 135 de la Constitución española y la apertura de un nuevo proceso constituyente donde la voz la tenga la ciudadanía y no los servidores oficiales de la troika ni los mercados.

4. Dar traslado de los acuerdos a: - Al Presidente del Gobierno. - A los grupos parlamentarios del Congreso de los Diputados.”

ACUERDO

Adoptado con los once votos contrarios a la propuesta del GM PP, las siete abstenciones del GM PSOE y los tres votos a favor del GM BLOC-C y EUPV: ÚNICO: Rechazar la propuesta. 14.6. MOCIÓN RELATIVA AL DÍA 8 DE MARZO (GM PP PSOE Y BLOC).

DECLARACIÓN DE URGENCIA Aprobada por unanimidad. EXPRESIÓN SUCINTA DE OPINIONES E INCIDENCIAS RELEVANTES Carmen Navarro Bascuñana (Concejala Delegada de Mujer): Da lectura a la moción. Consuelo Ferrándiz Bou (GM PSOE): Manifiesta su satisfacción por el consenso y aprovecha para decir que el Concejal de Protocolo insinúa en la prensa local que las mujeres no son capaces de hacer escritos. Afirma que ese tipo de actitudes son fiel reflejo del machismo,

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incompatibles con la defensa de la libertad e igualdad de las mujeres. Concluye que no todas las mujeres han tenido el privilegio de alcanzar la formación que el citado Concejal ha obtenido y que la educación no se estudia; se tiene. Manuel Aracil Llorens (Alcalde-Presidente): Lamenta que tras el esfuerzo para consensuar una moción, se saque un tema que sólo interesa a quienes lo han planteado. David Aracil Aracil (Concejal Delegado de Protocolo): Responde que se limitó a contestar a un artículo en el que se le acusaba de inmadurez y falta de educación, lamentando que se saque una frase de contexto. Estima que es una falta de madurez y una demagogia hablar de esto en el debate de una propuesta sobre la mujer. Consuelo Ferrándiz Bou (GM PSOE): Recuerda que el día 8 de marzo se conmemora el día en que la mujer lucha por la igualdad y que en su escrito el Sr. David Aracil la llama tres veces Sr. Seva, por eso ahora plantea su queja. Precisa que no contesta a nada de lo que le dice en su escrito. David Aracil Aracil (Concejal Delegado de Protocolo): Manifiesta que no debería sentirse molesta porque hable de los dos anteriores alcaldes socialistas y que en su artículo, contesta punto por punto a la Concejala Socialista. Concluye que se siente afortunado por la educación recibida y que los “hechos son amores y no razones”. César Vilar Antolí-Candela (Portavoz GM EUPV): Explica que no ha suscrito esta moción si bien reconoce la actitud de la Concejala de la Mujer buscando consenso y anuncia se abstención, así como que fiscalizará el destino económico de las partidas destinadas a la mujer. ANTECEDENTE Único: Durante la sesión, la Concejala Delegada de la Mujer (Carmen Navarro Bascuñana) y los portavoces de los GM PSOE y BLOC-C (Baltasar Ortiz Gutiérrez y Albert Caturla Cardona) presentan propuesta de acuerdo en el sentido siguiente: “Les Declaracions institucionals sobre el 8 de marg han de ser una oportunitat conjunta per a ser sensibles als problemes de les dones en la societat actual i per a impulsar la causa de la igualtat entre dones i hómens. Perque la igualtat de tracte i d'oportunitats en condicions de lIibertat, entre dones i hómens, constitu'(x un valor essencial en la democracia.

Els partits polítics en una data com aquesta han de posar totes les mesures possibles per acordar mesures de solució als greus problemes que pateixen les dones a causa de la crisi económica que dura des de fa més de cinc anys.

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Parem atenció a les aportacions de la Comissió Permanent sobre Drets de la Dona i Igualtat deis Generes del Parlament Europeu que realitzara en el Dia Internacional de la Dona un debat conjunt sobre els efectes de la crisi económica en la igualtat entre hómens i dones, i en els drets de la dona i sobre I'eliminació deis estereotips de genere en la UE. El president de la Comissió, Mikael Gustafsson, ens advertix que, a pesar deis avangos realitzats, hi ha encara molts aspectes en totes les esferes de la vida (socials, culturals, polítics i económics), on les dones no són tractades en peu d'igualtat: les diferencies salarials, la pobresa en les dones, la subrepresentació de les dones en els poders de decisió, la tracta deis sers humans, i la violencia contra les dones i els menors.

Cal aconseguir acords polítics en cada institució perque I'austeritat no afecte programes decisius per a la vida de les persones, sinó a gastos superflus que només poden veure's com a balafiaments.

Malgrat que hui les dones són més que mai ames del seu destí i la seua participació en tots els ambits es considera ja decisiva per a aconseguir objectius prioritaris per a la nostra nació, com el creixement, I'ocupació i la cohesió social; malgrat que I'extraordinaria qualificació i I'enorme potencial de talent i treball de la població femenina es reconeixen com a grans actius en el món lliure i democratic en general i a Espanya, en especial; malgrat que sense elles, els recursos humans de la societat es veurien incapagos de respondre a les oportunitats de creixement, lamentablement són elles les que patixen en major grau les conseqüencies del decreixement i de polítiques que es fonamenten més en idearis religiosos que en programes socials i igualitaris.

I com que, per Llei i en Llei, dones i homens tenen els mateixos drets i lIibertats, l'Ajuntament de Sant Joan es compromet a remoure i véncer els obstacles que impedixen la igualtat efectiva entre les persones, sense discriminació per raó de sexe o altres circumstancies personals.

I perqué no dubtem que entre tots i totes aconseguirem un futur en qué la dignitat i el valor inherent a totes les persones, així com la igualtat de drets entre dones i homens i la participació decisiva de les dones en tots els ambits seran els principals senyals d'identitat d'una societat moderna, lIiure i democratica.

Per tot aixo l'Ajuntament de Sant Joan ACORDA

PRIMER. Que com que I'efectiva igualtat entre les persones només es pot aconseguir amb mesures de foment que tinguen la corresponent i justa partida pressupostaria en els pressupostos municipals i de la resta d'administracions publiques, posar els mitjans pertinents i demanar a les altres administracions que també ho facen.

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SEGON. Posar els mitjans pertinents perque a través de I'educació i la promoció pública els homens s'impliquen encara més del que hui ho fan en eixa lIuita per la igualtat i una societat millor.”

ACUERDO Adoptado con los veinte votos a favor de los GM PP, PSOE y BLOC-C y la abstención del GM EUPV: ÚNICO: Aprobar la propuesta. 14.7. DECLARACIÓN DE APOYO A LA GESTIÓN EDUCATIVA Y SANITARIA DE COLABORACIÓN PÚBLICO-PRIVADA (GM PP).

DECLARACIÓN DE URGENCIA Aprobada por unanimidad. EXPRESIÓN SUCINTA DE OPINIONES E INCIDENCIAS RELEVANTES Francisco Javier Yebes Sánchez (Concejal Delegado de Educación): Declara el apoyo del PP a la gestión sanitaria y educativa pública y privada. Apuesta por la enseñanza y sanidad públicas pero reforzando la gestión privada basado en materia educativa en la libertad de elección de enseñanza. César Vilar Antolí-Candela (Portavoz GM EUPV): Expone que los servicios públicos deben estar para satisfacer las necesidades públicas y que las formulas privadas acaban colonizándolo todo, si bien manifiesta no estar en contra de la iniciativa privada, sino de que lo público atienda a quienes no lo necesitan. Albert Caturla Cardona (Portavoz GM BLOC-C): Manifesta sorpresa pel fet que es demane suport al manteniment dels llocs de treball del sector concertat perquè el Ministre Wert deia que sobraven 20.000 professors, suposant que alguna part serà de l’esmentat sector. Precisa que es presenta aquest com un servei complementari, serà d’eixe d’on sobren. Recorda que des del 2011, s’han perdut 18.000 llocs de treball mentre ara se’ns demana que es blinden els llocs de la concertada. Estima que la col·laboració públic/privada no és millor ni pitjor, però recorda que aquest àmbit ha donat lloc a escàndols de corrupció; s’han blindat contractes que han portat al xantatge a futurs governs als que han clavat en un carreró sense eixida. Afirma que el model públic espanyol és a imitar per eficiència i cobertura, mentre que ara es vol implantar una gestió que qualifica de fosca en la que es vol traure les classes mitjanes de la pública per a portar-les a la concertada deixant la pública per a col·lectius desfavorits i la

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privada per als ben acomodats, reservant a la concertada millors condicions de finançament. Baltasar Ortiz Gutiérrez (Portavoz GM PSOE): Manifiesta su acuerdo con las manifestaciones del Portavoz del GM BLOC-C y estima que en su moción el GM PP denota ansiedad ante el oscuro futuro que les espera. Francisco Javier Yebes Sánchez (Concejal Delegado de Educación): Explica que esta iniciativa parte del hecho de que exista un sector concreto de la oposición que se manifiesta claramente contrario al modelo de elección libre en la educación, precisando asimismo que en materia sanitaria en la Comunidad Valenciana no hay más de cinco centros de dirección privada. Manuel Aracil Llorens (Alcalde-Presidente): Concluye que es un tema que debe tratarse con sensibilidad y que ambos son compatibles.

ANTECEDENTE Único: 26 de febrero de 2014: Carmen Navarro Bascuñana (Concejala Delegada de Sanidad) y Fco. Javier Yebes Sánchez (Concejal Delegado de Educación) presentan propuesta de acuerdo (Nº RE 1848) en el sentido siguiente: “JUSTIFICACIÓN

Estamos en un sistema político constitucional y administrativo donde la prestación de servicios públicos puede realizarse mediante gestión directa por parte de la Administración Pública, la llamada gestión indirecta. El sector privado así contemplado es complementario y favorece en su conjunto la oferta de servicios públicos, adelantando unas veces inversiones que la administración sola no podría acometer. En otras ocasiones el sector privado dispone de tecnología o de medios a los que de este modo puede acceder cualquier ciudadano. También subsidiariamente el sector privado puede completar la demanda en la red educativa o sanitaria por insuficiencia de plazas públicas, y además introduce elementos de competitividad y de flexibilidad en la demanda de los ciudadanos aumentando el componente de libertad de elección de los usuarios, siendo el acceso al servicio público más democrático que sólo con la oferta de la gestión pública.

La educación y la sanidad son los dos campos en los que mayor colaboración hay desde el sector privado en los servicios públicos, independientemente de otras actuaciones habituales por parte de las propias administraciones, como la gestión de residuos, el agua o la construcción de obra pública.

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Los partidos políticos en la Comunitat Valenciana comienzan a esbozar ya un programa de gobierno tri, cuatro o quintopartito. Tanto en declaraciones públicas como con iniciativas en les Corts Valencianes, están manifestando claramente su voluntad de suprimir en educación la colaboración con los colegios concertados, que representan un 25,2% de la demanda educativa satisfecha, por lo que eliminarían además el derecho a la libertad de elección de centro por parte de las familias.

En sanidad, estas fuerzas políticas también se han propuesto suprimir la colaboración público-privada, que está implantada en 5 de los 24 departamentos de salud. Las concesiones administrativas de los cinco departamentos con gestión indirecta representan el 15% de la asistencia sanitaria en la Comunitat Valenciana. En estos 5 departamentos el nivel de satisfación de los usuarios es muy alto y similar al resto de los departamentos de gestión pública directa.

Tanto en sanidad como en educación, en otras Comunidades Autónomas donde han gobernado PSOE, IU, Ezquerra Republicana y otras fuerzas similares, se han mantenido o impulsado conciertos educativos o sanitarios, por lo que no se entiende su planteamiento en la Comunitat Valenciana. En cualquier caso, esta línea política supone una amenaza directa a miles de puestos de trabajo y de las familias que viven gracias a la gestión de estas empresas, y también supone la generación de unos sobrecostes para la Generalitat por la anulación o revocación de los conciertos educativos o las concesiones sanitarias, que abocarían a los valencianos a tener que financiar unas indemnizaciones millonarias y a soportar la destrucción de miles de puestos de trabajo, sin la posibilidad de que la Generalitat esté en condiciones de financiar y ampliar los servicios con los funcionarios.

En nuestro municipio y comarca estos efectos se notarán en muchas familias por lo que es necesario manifestar nuestra oposición a esta política y sus nocivos efectos en la calidad de vida, la libertad de elección y en el mantenimiento de los puestos de trabajo.

PROPUESTA DE ACUERDO Por todo lo anteriormente expuesto, el Partido Popular solicita

al Ayuntamiento de Sant Joan d’Alacant la adopción de los siguientes acuerdos: Primero: Manifestar nuestro apoyo a la actual gestión educativa y sanitaria de colaboración público-privada. Segundo: Manifestar nuestro apoyo al mantenimiento de los puestos de trabajo de profesores y personal auxiliar en los colegios concertados y de profesionales sanitarios en los departamentos sanitarios con gestión concesional. Tercero: Comunicar al President de la Generalitat y a los Grupos Parlamentarios en las Cortes Valencianas este acuerdo, instándoles a mantener esta posición”.

ACUERDO

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Adoptado con los once votos a favor del GM PP y el voto en contra del resto de grupos: ÚNICO: Aprobar la propuesta. 15. RUEGOS Y PREGUNTAS. DECRETOS DADOS CUENTA EN LA SESIÓN: Baltasar Ortiz Gutiérrez (Portavoz GM PSOE): Solicita que los decretos que aprueban relaciones de pagos, incorporen la misma para poder consultarlos. Modesto Baeza Martínez (Concejal Delegado de Hacienda): Responde que serán escaneadas para hacer posible su consulta. Albert Caturla Cardona (Portavoz GM BLOC-C): Demana informació respecte al Decret 256 que aprova la proposta de gasto per les medicions al crematori contractades a la mercantil SGS Tecnos per import de 1210 euros més. Juan B. Mayor Pérez (Secretario): A instancias de la Presidencia informa que solicitó el cambio del carácter de la medición (de voluntaria a control externo derivado de una inspección administrativa) y la ampliación de la aplicación del sello ENAC hasta donde fuera posible. Albert Caturla Cardona (Portavoz GM BLOC-C): Exposa que demanarà més informació al respecte. César Vilar Antolí-Candela (Portavoz GM EUPV): Pregunta por qué en el Decreto Nº 2475 se desestima el abono de parte de la paga extra correspondiente al 2012 cuando hay sentencias que en este Ayuntamiento reconocen el derecho de los trabajadores municipales a percibirla. Modesto Baeza Martínez (Concejal Delegado de Régimen Interior): Explica que se trata de una resolución anterior a las sentencias citadas y que se ha convocado reunión con los empleados el día 7 para tratar sobre el tema del abono de la parte proporcional de la paga citada. RECURSO DE EUPV CONTRA LA DESESTIMACIÓN DE SUSPENSIÓN DE LA ACTIVIDAD DE CREMATORIO.

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César Vilar Antolí-Candela (Portavoz GM EUPV): Pregunta cuándo se tiene previsto dar respuesta al recurso de reposición presentado por el GM EUPV contra la suspensión cautelar del crematorio. Plantea que si se le dio respuesta a los recursos de Funeser, su Grupo tiene también derecho a respuesta y a que no se le aplique el silencio administrativo desestimatorio. Manuel Aracil Llorens (Alcalde): Explica que el informe de Secretaría está elaborado pero el decreto está pendiente de elaborar y se le facilitará. Santiago Escudero Nohales (GM PSOE): Tras manifestar su satisfacción ante el hecho de que el Ayuntamiento opte por abonar la parte proporcional de la paga extra a que se ha hecho referencia anteriormente, solicita información acerca de la modificación de crédito prevista en el Decreto 427 para el empleo mediante la prestación de trabajos de colaboración y su relación con el Plan de empleo conjunto con otras administraciones públicas. Manuel Aracil Llorens (Alcalde): Explica que esta iniciativa se realiza a través del SERVEF y está exclusivamente dirigida a quienes ya están percibiendo una prestación. Rosario Tomás Rodríguez (Concejala Delegada de Empleo): Aclara que esta iniciativa nada tiene que ver con el Plan de Empleo. PREGUNTAS Edmundo Juan Seva García (Portavoz suplente GM PSOE): Señala que el Sr. Alcalde estuvo acompañando al Conseller de Sanitat y pregunta si habló con él sobre el centro sanitario integrado. Manuel Aracil Llorens (Alcalde-Presidente): Responde que no. Edmundo Juan Seva García (Portavoz suplente GM PSOE): Pregunta: - Si se ha convocado este Pleno en tiempo y forma. - Cuántos recursos se han presentado sobre el Plan General. - Si se han contestado a los escritos presentados por el anterior

archivero Jorge Payá. - Señala que los vecinos de la Calle Magallanes le han comentado

que ha habido una tala de árboles y que se han plantado otros nuevos. Pregunta a qué ha sido debido.

- Si el equipo de gobierno conoce que se está usando agua potable para el baldeo y el riego.

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Baltasar Ortiz Gutiérrez (Portavoz GM PSOE): Pregunta si el establecimiento de karaoke al que se desplazaron parte de los asistentes a la celebración de la Gala del Deporte tiene licencia de actividad y solicita que se le facilite el Informe de Policía Local que actuó ese día. José Luis Olcina Hernández (Concejal del GM PSOE): Recuerda que solicitó información sobre la pista que se cerró en el polideportivo y que todavía no le ha llegado. Pregunta si dicha instalación cumple con las medidas reglamentarias según marca la legislación vigente en cuanto al fondo, altura, etc. En cuanto al pavimento, pregunta si cumple con los estándares europeos en cuanto a reacción al fuego y coeficiente de fricción. Además, pregunta si dicha instalación está reconocida por la ASOBAL, la Federación Internacional de Balonmano y la Federación Internacional de Volleyboll. Por último, se dirige al Sr. Alcalde para preguntar sobre la situación en que están las gestiones relativas al aparcamiento en Benimagrell. Víctor García Berenguer (Concejal de Deportes): Recuerda que fue al despacho del GM Socialista para hablar sobre la documentación solicitada. En cuanto al resto de preguntas, señala que son cuestiones técnicas pero que las medidas se ajustan a las normas establecidas por todas las federaciones. En cuanto al reconocimiento ISO, se le pedirá a la empresa que realizó los trabajos. José Luis Olcina Hernández (Concejal del GM PSOE): Pregunta donde están las bicicletas que en su día dijo el Sr. García Berenguer que eran chinas y en qué estado se encuentran. Víctor García Berenguer (Concejal de Deportes): Señala que está a disposición de los concejales y que todas las preguntas que se han formulado y cualquier otra se aclararán lo más rápidamente posible. Santiago Román Gómez (Concejal de Urbanismo): En relación al aparcamiento de Benimagrell, explica que, fruto de las negociaciones del anterior equipo de gobierno con el propietario de la parcela, se acordó que la misma se utilizara provisionalmente como aparcamiento mientras duraran las obras de Benimagrell. Indica que el actual equipo de gobierno ha conseguido que durante más de dos años esta parcela privada permanezca como parking. Informa que el propietario de la parcela ha insistido en que el Ayuntamiento tenía un compromiso de cerrarla y así se hizo finalmente. Informa asimismo que se ha llegado a un acuerdo con el propietario para que en momentos puntuales, como por ejemplo las fiestas de Sant Roc, se pueda utilizar como parking. Señala que en esa zona, lo que este

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equipo de gobierno ha hecho es tapar dos acequias que eran un peligro para los vecinos y ha creado cinco nuevas plazas de aparcamiento. Edmundo Juan Seva García (Portavoz suplente GM PSOE): Ruega que el Presidente de nuestra Comunidad, Sr. Fabra, no se gaste el dinero en fiestas para celebrar la llegada del primer avión al aeropuerto de Castellón sino en libros para los niños de Sant Joan. César Vilar Antolí-Candela (Portavoz GM EUPV): Señala que durante los meses de noviembre, diciembre y enero no se han contestado a varias de las peticiones de información formuladas. Indica que ha solicitado que se le expida certificado acreditativo de Falta de contestación. Ruega que se tramiten con celeridad las peticiones de información que está presentando el GM de EUPV.

Por otro lado, pregunta cuándo piensa el equipo de gobierno iniciar la elaboración de un plan para la prevención de la pobreza energética y así dar cumplimiento a lo acordado en sesión plenaria. César Vilar Antolí-Candela (Portavoz GM EUPV): Pregunta sobre la autovía A-70 exponiendo que hace casi año y medio se aprobó la resolución presentada el 30/10/2012 por el Grupo Municipal de Esquerra Unida sobre soluciones para la autovía A-70 y sus repercusiones en Sant Joan pero no han recibido respuesta sobre el estado de ejecución de los acuerdos que se aprobaron en la resolución mencionada a pesar de haber pedido explicaciones en varios plenos y en fecha 26 de febrero, hacerlo también por registro. Teniendo en consideración los últimos movimientos y gestiones del Ministerio de Fomento en torno a la constitución de una sociedad pública de autopistas de peaje dirigida a rescatar de la quiebra varias vías de pago, donde se encuentra incluida la segunda circunvalación de Alicante –AP-7-, considerando que nos afecta directamente en cuanto a gestionar las acciones necesarias para rescatar la vía muerta en que se encuentra la autovía A-70 y el túnel de Sant Joan d´Alacant. Pregunta a la Alcaldía por lo que considera un claro incumplimiento del acuerdo plenario correspondiente y solicita que se cumpla. Pregunta ¿Por qué no se ha cumplido el acuerdo cuarto de la mencionada resolución aprobada que contempla la constitución de una comisión representativa de administraciones y fuerzas políticas y ciudadanas, comisión cuya misión es coordinar las acciones e iniciativas que den cumplimiento al resto de acuerdos contenidos en la mencionada resolución y que en estos momentos sería importantísimo haber tenido constituida? Recuerda que la petición de soluciones para el túnel de la autovía A-70 ha sido avalada por más de 5.000 firmas de ciudadanos de Sant Joan y Mutxamel.

César Vilar Antolí-Candela (Portavoz GM EUPV): Pregunta sobre el crematorio exponiendo que el Grupo Municipal de Esquerra Unida

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pone en duda el actual proceso de mediciones que se está efectuando por parte del Ayuntamiento y en consecuencia no puede poner en plano de igualdad el Informe de Evaluación de Impacto en Salud de la Consellería de Sanidad, con el resultado que se obtenga de las nuevas mediciones.

Desde varios organismos y voces con más conocimientos técnicos que nosotros, léase Comisiones Obreras, Universidad Miguel Hernández, Plataforma Anticrematorio, varios catedráticos y profesores universitarios, etc., se nos está advirtiendo que estas mediciones, llámense “voluntarias sin uso de la marca ENAC”, como dice el contrato con SGS Tecnos SA, o derivadas de las potestades inspectoras administrativas como dice el informe de resolución de 31 de enero de 2014, pueden ser, y así lo consideramos desde Esquerra Unida, invalidadas por carecer de suficientes garantías que acreciente la no existencia de riesgo para la salud de los ciudadanos. Lo cierto es la marca ENAC garantiza en las mediciones y en especial en los niveles de dioxinas, furanos, etc., un tiempo mínimo de seis horas de medición para alcanzar el volumen mínimo establecido y la necesidad para ello de tres incineraciones completas. Con lo que se ha contratado por la Alcaldía todo esto no queda garantizado, lo que podría llevar a obtener un volumen menor de muestras del necesario que no aseguraría la concentración mínima detectable de estos gases. Por ello preguntamos: 1º ¿Qué significa para la Alcaldía que los controles tendrán carácter de medición voluntario y sin uso de la marca ENAC? 2º ¿Qué consecuencias tiene que los controles sean voluntarios en cuanto al soporte jurídico que darían a una posible paralización de la actividad, o en su validez para la elaboración de informes por parte de la Consellería de Medio Ambiente o de Sanidad? 3º ¿Siguen los estudios o están concluidos? ¿Qué se ha obtenido de dioxinas y furanos? ¿Cumple la empresa los condicionantes de su licencia ambiental en monóxido de carbono? Si el resultado de estos gases es alto, indica combustión incompleta y puede haber dioxinas y furanos aunque no se detecten. 4º ¿Se ha comprobado la temperatura en la cámara de combustión? En el contrato de SGS no dice que se vaya a comprobar y es un condicionante de la licencia de Medio Ambiente. 5º ¿La Alcaldía y su equipo de Gobierno daría por bueno y en pie de igualdad un informe de mediciones que contradiga o rebaje significativamente los niveles de lo contemplado en el de Evaluación de Impacto en Salud de la Consellería de Sanidad de 27 de junio de 2013? 6º Si se diese el caso de dos informes opuestos, y partiendo de que para nosotros no tiene el mismo valor uno que otro, sería evidente

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que no de los dos informes no sería cierto. ¿La alcaldía y su equipo de gobierno pediría un tercer informe? 7º ¿Hasta cuando piensa la Alcaldía y su equipo de Gobierno mantener la actividad incineratoria sin adoptar medidas cautelares suspensivas, a pesar de las cada día más numerosas quejas de ciudadanos manifestando afecciones respiratorias? 8º ¿Cómo piensa informar la alcaldía a los afectados de todas estas consecuencias?

Por otro lado, pregunta sobre la Resolución 2475/2013 de 25 de septiembre de la Concejalía delegada de Hacienda y Régimen Interior exponiendo que a pesar de que en los antecedentes de dicha Resolución (antecedente 5º Sentencia 307 en Procedimiento Abreviado 160/2013 del Juzgado de lo Contencioso Administrativo nº4 de Alicante) querría saber a través del señor concejal Modesto Baeza el porqué de la desestimación de la solicitud efectuada por los trabajadores relacionados en la Resolución, a pesar de la sentencia emitida por el Juzgado correspondiente.

Por otro lado, recuerda que les hizo llegar un Ruego en relación con una petición de información del pasado 29 de enero de 2014 (NRE 828) en la que pedía que se le permitiera el acceso diario o por voluntad de los Grupos Políticos al libro de Decretos.

Por otro lado, pregunta en relación con la Petición de Información registrada por el Grupo Municipal de EUPV el pasado 16 de enero de 2014 Número de Registro de Entrada 382. ¿Qué medidas de las previstas y propuestas citadas en el escrito en cuestión se han llevado a la práctica desde la concejalía delegada de Bienestar Social, Familia, Residentes Extranjeros y fiestas desde la presentación del escrito de la Plataforma PAH-STOP DESHAUCIOS DE SANT JOAN D´ALACANT Y MUTXAMEL? Manuel Aracil Llorens (Alcalde-Presidente): Responde que en el informe no consta que sean mediciones voluntarias. Informa que se rectificó en el contrato suscrito con SGS. Por otro lado, señala que las mediciones acabaron el jueves o viernes y están a la espera del informe que según dice el contrato estará en máximo treinta días. Indica que cuanto tengan el informe y lo valoren, se sabrá lo que se va a hacer. César Vilar Antolí-Candela (Portavoz GM EUPV): Pregunta si una vez obtenido el informe se les convocará a una reunión para informar a los grupos políticos y agentes sociales. Manuel Aracil Llorens (Alcalde-Presidente): Contesta que eso parece lo normal y así se hará. D. Francesc Sala Ivorra (Concejal GM BLOC-C): En primer lloc fa referència a la informació que van demanar en data d’entrada 18 de febrer (2014-E-RC-1541) Exposa que la empresa municipal del sòl,

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Personas y Ciudad està reclamant a alguns usuaris l’abonament del servei d’Atenció domiciliària i demana que se’ls informe de les següents qüestions: a) de la quantitat d’usuaris a qui està reclamant-ne el servei realitzat; b)de la quantitat d’hores realitzades i total del deute reclamat, individualment i el conjunt; c) del motiu pel qual es va començar el servei sense que la persona usuària haguera rebut la corresponent resolució administrativa d’haver segut aprovat el seu programa individual d’atenció; d) de si es va informar els usuaris que havien de comprometre’s a pagar el servei si no es feia càrrec esta o altra administració; e) de quines mesures es prendran si algun usuari es nega a pagar; i f) si la condonació del deute a un significarà la condonació a tots.

Demana que se’ls faciliten esta informació i accedir a la documentació doncs hi ha veïns que estan pagant el abonament fa mes d’un any.

Per altra banda, en relació a la informació sol·licitada el mes passat sobre la planta de tractament de Pedra Negra senyala que se’ls va dir que encara no tenien les dades sol·licitades. Fa referència a la falta de compliment de les obligacions de l'empresa d'arreplegada de fem perquè encara no està en funcionament l'Ecoparc, (una obligació del contracte). Indica que no es fa cap tasca de tractament en origen que podria fer que s’estalviaran part de les despeses actuals pel concepte d'abocador de residus a la planta de tractament de Pedra Negra. Manifesta que els sorprèn que, a pesar de no complir amb el contracte, l'Ajuntament es faça càrrec de despeses que hauria d'afrontar l'empresa de neteja i arreplegada de fem. Indica que és el cas del decret 372-14 en el que se li demana a Colònia Romana SL, propietària d'un solar, que netege la seva propietat. Assenyala que després d'acceptar, s'afirma que qui ha de córrer amb el gasto és l'ajuntament per un compromís verbal amb els propietaris a canvi de deixar que estiguen els contenidors utilitzats en el mercat del dissabte. Pregunta com és que, per ocupar menys del 5% del solar, l'ajuntament es faça càrrec de la neteja de tot el solar; com és que no es fa càrrec del gasto l'empresa de neteja, si és qui es beneficia amb esta ubicació. Indica que en el plec de condicions quedava clar que era l'empresa qui s'ocuparia de l'emmagatzemament de les ferramentes, contenidors, mitjans de transport i maquinària necessàries.

Per altra banda, fa referència al decret 672.7 sobre contratación de personal i demana els informes que fonamenten la contractació. Proposen que treballadors d’un departament puguen passar a complementar altres quan siga necessari.

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Notifica que no han rebut la informació que van demanar el mes passat sobre la memòria de activitat Fundació Soria, 2013, que ha rebut 75.000 euros.

A més pregunten sobre les queixes que hi ha hagut per la neteja, sorolls i carreres de motos i cotxes il·legals a l’Alqueria, i quines són les solucions que s’ha donat o pensa donar-se.

Finalment pregunta per què no es pot consultar el Document del Mes a la web de l’Arxiu Municipal. Baltasar Ortiz Gutiérrez (Portavoz del GM PSOE): Expresa su deseo de que se mejore Oscar Marín. Manuel Aracil Llorens (Alcalde-Presidente): Informa que el concejal se interesó, le visitó y parece que está mejor. David Aracil Aracil (Concejal de Atención Urbana): En relación a las preguntas formuladas por el GM BLOC-C sobre la empresa de limpieza y recogida de basuras responde que los técnicos están trabajando en el informe correspondiente.

En cuanto al solar de La Ordana informa que un hostelero de la zona se quejó del estado de la parcela; y que había un compromiso verbal con el propietario de la misma, que no lo conocía por que se hizo con anterioridad a su toma de posesión. Señala que se asumió el coste de la limpieza a cambio de que el propietario cediera la parcela para los contenedores, vallas y demás.

En cuanto a la nave de la Calle Foguerer García informa que se llegó a un acuerdo con el propietario para que la cediera al ayuntamiento y que allí se están guardando material de mantenimiento, contenedores antiguos, etc.

En cuanto al tema de L´Alquería, señala que ha tenido conocimiento de las quejas mencionadas y que para minimizar las molestias causadas a los vecinos, por lo que se refiere a los botellones, se ha puesto en conocimiento de la policía; que le han informado de que se reforzaría la vigilancia de la zona; y que se ha solicitado a la empresa que los fines de semana hagan una limpieza en profundidad.

Informa que en lo que se refiere a la jardinería en general, se ha puesto en marcha los sistemas de riego por goteo que hasta ahora no habían funcionado; que es complicado mantener en perfecto estado la jardinería porque se trata de una zona extensa en la que se producen actos de vandalismo.

En cuanto al tema de contratación de personal, informa que ha habido cuatro o cinco personas de baja y que por las circunstancias extraordinarias que se están dando y para no mermar la calidad de los servicios al ciudadano se ha estudiado las necesidades para dar respuesta a este problema.

En cuanto a las afirmaciones referidas a que la empresa de limpieza cobra mucho, señala que ésta colabora con el Ayuntamiento

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en actividades que por contrato no está obligada a prestar (recogida de poda). Francesc Sala Ivorra (Concejal GM BLOC-C): Señala que por contrato están obligados a dar ese servicio. David Aracil Aracil (Concejal de Atención Urbana): Responde que, según los técnicos, la empresa no está obligada a dar ese servicio en las áreas ajardinadas.

En cuanto al tema del agua para riego y limpieza, informa que se ha puesto en contacto con la empresa y que le han comunicado que se viene haciendo igual que cuando gobernaba el anterior equipo de gobierno. Señala que le han asegurado que se trata de agua depurada que se trae de Orgegia.

En cuanto al tema de los árboles de la Calle Magallanes, informa que estos daban muchos problemas porque eran árboles de grandes dimensiones y que el técnico de Medio Ambiente aconsejó eliminarlos. Señala que se han puesto otros árboles de un tamaño menor y se han arreglado todas las aceras que estaban levantadas.

Seguidamente tiene lugar el turno de participación ciudadana (arts. 88 y 228.2 ROF).

Tras ello y por orden del Señor Alcalde-Presidente se levanta la sesión a las 00:35 horas. Doy fe.

Secretario VºBº Alcalde-Presidente

Documento firmado electrónicamente (Ley 59/2003, de 19 de diciembre, de Firma Electrónica y Ley 11/2007, de 22 de junio, de Acceso Electrónico de los Ciudadanos a los Servicios Públicos).