acta de sesion ordinaria n.º 294 18/ 11/2019/ 2016-2020 · 2019. 11. 27. · acta de sesion...

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ACTA DE SESION ORDINARIA N.º 294 18/ 11/2019/ 2016-2020 1 Celebrada por el Concejo Municipal de Orotina, siendo las diecisiete horas con treinta minutos del día 18 NOVIEMBRE 2019 en el Salón de Sesiones de la Municipalidad de Orotina. DIRECTORIO MUNICIPAL NOMBRE FRACCIÓN MBA SILVIA E. ELIZONDO VÁSQUEZ PRESIDENTA PLN PRESENTE MARLON GUERRERO ÁLVAREZ. VICEPRESIDENTE AUSENTE REGIDORES PROPIETARIOS Y SUPLENTES DEYLY VARGAS CASTRO PROPIETARIA OROTINA PRESENTE C. FABIAN ESPINOSA AGUERO SUPLENTE AUSENTE RUBEN LEDEZMA VINDAS PROPIETARIO MASTATE PRESENTE VICKY SOLANO RAMOS SUPLENTE PRESENTE RONAL VILLALOBOS CAMBRONERO PROPIETARIO CEIBA PRESENTE CARLOS GONZÁLEZ SALAS PROPIETARIO PLN- AUSENTE CON LICENCIA XINIA ESQUIVEL AGÜERO PROPIETARIA PLN- PRESENTE DENNYSE MONTERO RODRÍGUEZ PROPIETARIA PUSC- PRESENTE MARVIN CASTILLO CASTRO. SUPLENTE PLN- PRESENTE FUNGE COMO PROPIETARIO MAYRA V. MURILLO ZUMBADO. SUPLENTE PLN- PRESENTE KELEFF TORRES MOLINA. SUPLENTE PLN-PRESENTE AGUSTIN G. ROJAS BALTODANO. SUPLENTE PUSC PRESENTE FUNGE COMO PROPIETARIO CRISTINA NAVARRO JIMÉNEZ. SUPLENTE PUSC-PRESENTE SÍNDICOS PROPIETARIOS Y SUPLENTES

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  • ACTA DE SESION ORDINARIA N.º 294

    18/ 11/2019/ 2016-2020

    1

    Celebrada por el Concejo Municipal de Orotina, siendo las diecisiete horas con treinta

    minutos del día 18 NOVIEMBRE 2019 en el Salón de Sesiones de la Municipalidad de

    Orotina.

    DIRECTORIO MUNICIPAL

    NOMBRE FRACCIÓN

    MBA

    SILVIA E. ELIZONDO VÁSQUEZ

    PRESIDENTA PLN

    PRESENTE

    MARLON GUERRERO

    ÁLVAREZ.

    VICEPRESIDENTE

    AUSENTE

    REGIDORES PROPIETARIOS Y SUPLENTES

    DEYLY VARGAS

    CASTRO

    PROPIETARIA OROTINA

    PRESENTE

    C. FABIAN ESPINOSA

    AGUERO

    SUPLENTE AUSENTE

    RUBEN LEDEZMA

    VINDAS

    PROPIETARIO MASTATE

    PRESENTE

    VICKY SOLANO RAMOS SUPLENTE PRESENTE

    RONAL VILLALOBOS

    CAMBRONERO

    PROPIETARIO CEIBA

    PRESENTE

    CARLOS GONZÁLEZ

    SALAS

    PROPIETARIO PLN- AUSENTE

    CON LICENCIA

    XINIA ESQUIVEL

    AGÜERO

    PROPIETARIA PLN- PRESENTE

    DENNYSE MONTERO

    RODRÍGUEZ

    PROPIETARIA PUSC- PRESENTE

    MARVIN CASTILLO

    CASTRO.

    SUPLENTE PLN- PRESENTE

    FUNGE COMO

    PROPIETARIO

    MAYRA V. MURILLO

    ZUMBADO.

    SUPLENTE PLN- PRESENTE

    KELEFF TORRES

    MOLINA.

    SUPLENTE PLN-PRESENTE

    AGUSTIN G. ROJAS

    BALTODANO.

    SUPLENTE PUSC PRESENTE

    FUNGE COMO

    PROPIETARIO

    CRISTINA NAVARRO

    JIMÉNEZ.

    SUPLENTE PUSC-PRESENTE

    SÍNDICOS

    PROPIETARIOS Y

    SUPLENTES

  • ACTA DE SESION ORDINARIA N.º 294

    18/ 11/2019/ 2016-2020

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    IVANNIA ARROYO

    BERROCAL

    SUPLENTE AUSENTE

    LIDIER HERNÁNDEZ

    MONTERO cc, CEDIER.

    PROPIETARIO

    HACIENDA VIEJA

    PRESENTE

    ANGELA M MORA

    MORALES

    SUPLENTE PRESENTE

    MANUELA HERNÁNDEZ

    AGUERO

    PROPIETARIA PRESENTE

    CHRISTIAN JIMÉNEZ

    GUERERO

    SUPLENTE AUSENTE

    ORDEN DEL DÍA

    1.-COMPROBACIÓN DEL QUÓRUM

    2.-ORACIÓN

    3.-AUDIENCIAS

    4.-DISCUSIÓN Y APROBACIÓN DE ACTAS ANTERIORES

    1- ORDINARIA 292

    2- EXTRA ORDINARIA 293

    -5.-TRÁMITE DE CORRESPONDENCIA URGENTE, A CRITERIO DE LA PRESIDENCIA

    6.-DICTÁMENES DE COMISIÓNES

    7.-INFORMES DE LA ALCALDÍA Y DEPENDENCIAS ADMINISTRATIVAS

    8.-INICIATIVAS DE LOS REGIDORES Y ALCALDÍA

    9.-TERMINA LA SESIÓN

    MBA MARGOT MONTERO JIMÉNEZ, ALCALDESA

    LIC. RANDALL MARÍN OROZCO, PRIMER VICEALCALDE

    LIC. MARJORIE CARVAJAL BARRANTES, ASESORA JURIDICA

    LIC. ANDRES HERNANDEZ HERRERA-ASESOR PRESIDENCIA

    SRA. KATTIA MARÍA SALAS CASTRO, SECRETARIA DEL CONCEJO

    LIC. OMAR VILLALOBOS HERNÁNDEZ

  • ACTA DE SESION ORDINARIA N.º 294

    18/ 11/2019/ 2016-2020

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    1.-COMPROBACIÓN DEL QUÓRUM

    Una vez comprobado el quórum, la señora presidenta da inicio a la sesión.

    2.-ORACION

    Se lleva a cabo oración

    3.-AUDIENCIAS

    4- APROBACIÓN DE ACTA ANTERIOR

    1.- ACTA ORDINARIA 292.

    Conforme los NUMERALES 26 y 48 del Código Municipal, los Regidores Propietarios, que

    conforman el Cuerpo Colegiado, proceden aprobar el acta 286. ------------------

    2.- ACTA EXTRA ORDINARIA 293.

    POR ASUNTOS DE FUERZA MAYOR NO SE PRESENTA, QUEDANDO SU

    APROBACIÓN PARA EL ACTA ORDINARIA SIGUIENTE.

    ARTÍCULO 5. TRÁMITE DE CORRESPONDENCIA URGENTE, A CRITERIO DE

    LA PRESIDENCIA

    1.- OFICIO FNO 0008-10-2019 FIRMADO POR GUSTAVO GONZÁLEZ MÉNDEZ,

    ADMINISTRADOR, COMITÉ AUXILIAR EN OROTINA, CRUZ ROJA COSTARRICENSE,

    ASUNTO: Coordinación Festival Navideño Orotina 2019

    En primera instancia, se le brinda un cordial saludo, deseándole el exitoso desempeño de sus funciones

    diarias y la vez se aprovecha el oficio para poder plantearle a su instancia, que la Cruz Roja

    Costarricense, mediante acuerdo que consta en acuerdo IV-5-D, en sesión ordinaria 12-2019 de

    fecha del 23 de agosto del 2019, concede la autorización al Comité Auxiliar de Cruz Roja en

    Orotina por primer año consecutivo, a realizar un Festival Navideño en Orotina.

    Sírvase la presente para saludarlos y la vez presentarles formalmente la confirmación de los puestos a

    remate y explotación en el Festival Navideño Orotina 2019.

    NUMERO PUESTO PRECIO

    1 1 Puesto de Pollo Frito 1.000.000

    2 1 Puesto de Pizza 1,000,000

    3 1 Puesto Comida China 1.000.000

    4 1 Puesto Comida China 1.000.000

    5 1 Puestos de Dulcería 500.000

    6 1 Puestos de Dulcería 500.000

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    7 1 Puestos de Carne Asada 300.000

    8 1 Puestos de Carne Asada 300.000

    9 1 Chispero 3.000.000

    10 1 Puesto de Heladerías 300.000

    11 1 Puestos Habilidades 800.000

    12 1 Inflables 400.000

    13 1 Juegos Mecánicos 6.000.000

    14 1 Toro Mecánico 300.000

    15 1 Puestos de Tiliches 75.000

    16 1 Puestos de Tiliches 75.000

    17 1 Tatuajes Temporales 50.000

    18 1 Puesto de Bisutería 100.000

    19 1 Puesto de Bisutería 100.000

    20 1 Zapatos 100.000

    21 1 Zapatos 100.000

    22 1 Miel de Abeja 35.000

    23 1 Helado Sorbetera 50.000

    24 1 Agua Pipa 50.000

    25 1 Helado Mango 50.000

    26 1 Cevicheras 50.000

    27 1 Granizados 50.000

    28 1 Puesto de Gallos 200,000

    29 1 Vigorones 200.000

    30 1 Puesto de Sándwich 100.000

    31 1 Puesto de Pollo Achotado 100.000

    32 1 Comida Típica 200.000

    33 1 Puesto de Comida Rápida 200.000

    34 1 Spot y Crepas 100.000

    35 1 Casa del Camarón 200.000

    36 1 Vivero 100.000

    37 4 Stand Publicitario 200.000

    38 10 Emprendedora 25.000 C/U 250.000

    01.-SE ACUERDA: Trasladar a la Administración para que se dé la orientación respectiva para el

    cumplimiento de los requisitos requeridos para la realización del Festival Navideño 2019.

    APROBADO.

    2.- OFICIO FNO 0016-10-2019 FIRMADO POR GUSTAVO GONZÁLEZ MÉNDEZ,

    ADMINITRADOR, COMITÉ AUXILIAR EN OROTINA, CRUZ ROJA COSTARRICENSE,

    ASUNTO: Coordinación Festival Navideño Orotina 2019

    En primera instancia, se le brinda un cordial saludo, deseándole el exitoso desempeño de sus funciones

    diarias y la vez se aprovecha el oficio para poder plantearle a su instancia, que la Cruz Roja

    Costarricense, mediante acuerdo que consta en acuerdo IV-5-D, en sesión ordinaria 12-2019 de

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    fecha del 23 de agosto del 2019, concede la autorización al Comité Auxiliar de Cruz Roja en

    Orotina por primer año consecutivo, a realizar un Festival Navideño en Orotina.

    Sírvase la presente para saludarlos y la vez solicitarle el respectivo aval para la comercialización de 1ª

    patente de licor temporal para el Festival Navideño Orotina 2019, a realizarse los días del 06 al 23 de

    diciembre 2019.

    Los horarios a explotarse las licencias serian de las 11:00 horas hasta las 01:00 los fines de semana y de

    las 11:00 horas hasta las 12:00 horas entre semana.

    02.-SE ACUERDA

    Trasladar a la Administración para que se dé la orientación respectiva para el cumplimiento de los

    requisitos requeridos para la realización del Festival Navideño 2019. APROBADO.

    3.- OFICIO FNO 0018-10-2019 FIRMADO POR GUSTAVO GONZÁLEZ MÉNDEZ,

    ADMINSTRADOR, COMITÉ AUXILIAR EN OROTINA, CRUZ ROJA COSTARRICENSE,

    ASUNTO: Coordinación Festival Navideño Orotina 2019

    En primera instancia, se le brinda un cordial saludo, deseándole el exitoso desempeño de sus funciones

    diarias y la vez se aprovecha el oficio para poder plantearle a su instancia, que la Cruz Roja

    Costarricense, mediante acuerdo que consta en acuerdo IV-5-D, en sesión ordinaria 12-2019 de

    fecha del 23 de agosto del 2019, concede la autorización al Comité Auxiliar de Cruz Roja en

    Orotina por primer año consecutivo, a realizar un Festival Navideño en Orotina.

    Sirva la presente para saludarlos y a la vez realizar formalmente la solicitud de los espectáculos públicos

    adjuntos; para las fechas del 07 de Diciembre para una Cleteada Neón y el 21 de Diciembre para una

    cabalgata Navideña.

    03.-SE ACUERDA

    Trasladar a la Administración para que se dé la orientación respectiva para el cumplimiento de los

    requisitos requeridos para la realización del Festival Navideño 2019. APROBADO.

    4.- OFICIO FNO 0017-10-2019 FIRMADO POR GUSTAVO GONZÁLEZ MÉNDEZ,

    ADMINSTRADOR, COMITÉ AUXILIAR EN OROTINA, CRUZ ROJA COSTARRICENSE.

    ASUNTO: Coordinación Festival Navideño Orotina 2019

    En primera instancia, se le brinda un cordial saludo, deseándole el exitoso desempeño de sus funciones

    diarias y la vez se aprovecha el oficio para poder plantearle a su instancia, que la Cruz Roja

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    Costarricense, mediante acuerdo que consta en acuerdo IV-5-D, en sesión ordinaria 12-2019 de

    fecha del 23 de agosto del 2019, concede la autorización al Comité Auxiliar de Cruz Roja en

    Orotina por primer año consecutivo, a realizar un Festival Navideño en Orotina.

    Sirva la presente para saludarlos y a la vez solicitarle el respectivo aval para realizar un Festival

    Navideño en Orotina, los días del 06 al 23 de diciembre 2019 en Orotina Centro específicamente en la

    calle del costado este y norte del INA y la calle anche que inicia de correos de Costa Rica hasta el

    antiguo aserradero.

    04.-SE ACUERDA

    Trasladar a la Administración para que se dé la orientación respectiva para el cumplimiento de los

    requisitos requeridos para la realización del Festival Navideño 2019. APROBADO.

    5.- OFICIO CEPDA-100-19 FIRMADO POR ROCIO BARRIENTOS SOLANO,

    SUBDIRECTORA, DEPARTAMENTO COMISIONES LEGISLATIVAS, ASAMBLEA

    LEGISLATIVA.

    ASUNTO: Consulta Exp. 20.767

    Con instrucciones de la Presidencia de la Comisión Permanente Especial de Asuntos de

    Discapacidad y Adulto Mayor, y en virtud de la moción 18-17 aprobada, se solicita el criterio de esa

    institución en relación con el texto dictaminado del expediente 20.767 “LEY DE

    RECONOCIMIENTO Y PROMOCIÓN DE LA LENGUA DE SEÑAS COSTARRICENSE

    (LESCO) (anteriormente denominado: LEY DE RECONOCIMIENTO DE LA LENGUA DE

    SEÑAS COSTARRICENSE (LESCO)), el cual se anexa.

    05.-SE ACUERDA Brindar un voto de apoyo al expediente 20.767 “LEY DE RECONOCIMIENTO Y

    PROMOCIÓN DE LA LENGUA DE SEÑAS COSTARRICENSE (LESCO) (anteriormente

    denominado: LEY DE RECONOCIMIENTO DE LA LENGUA DE SEÑAS COSTARRICENSE

    (LESCO)

    SE SOMETE A VOTACION LA DISPENSA DE TRÁMITE DE COMISIÓN, APROBADA

    LA DISPENSA DE TRÁMITE DE COMISIÓN, CON EL VOTO DE LA UNANIMIDAD DE

    LOS PRESENTES. SE SOMETE A VOTACIÓN EL FONDO Y LA FIRMEZA DE ESTE

    ACUERDO. Y ES APROBADO CON EL VOTO DE LOS REGIDORES ESQUIVEL

    AGÜERO, CASTILLO CASTRO, ELIZONDO VÁSQUEZ, ROJAS BALTODANO Y

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    MONTERO RODRÍGUEZ. SE DECLARA ESTE ACUERDO DEFINITIVAMENTE

    APROBADO.

    6.-OFICIO AL-CJ-21645-OFI-2312-2019 FIRMADO POR DANIELLA ARGUELLO

    BRERMÚDEZ, JEFE DE ÁREA COMISIONES LEGISLATIVAS VII, ASAMBLEA

    LEGISLATIVA.

    ASUNTO: Consulta Proyecto Expediente N.° 21.645

    La Comisión Permanente de Asuntos Jurídicos, tiene para su estudio el Expediente N° 21.645,

    “LEY DE NEOPOTISMO PARA EL SECTOR PÚBLICO COSTARRICENSE Y

    CONTRATOS ACCESORIAS A LA GESTIÓN ADMINISTRATIVA”. Publicado el 21-10-

    2019, Gaceta 199, Alcance 229. De acuerdo con lo que establece el Artículo 126 del Reglamento

    de la Asamblea Legislativa, se procede a realizar consulta obligatoria a la institución que usted

    representa; para lo cual se adjunta el texto base.

    06.-SE ACUERDA Brindar un voto de apoyo al Expediente N° 21.645, “LEY DE NEOPOTISMO

    PARA EL SECTOR PÚBLICO COSTARRICENSE Y CONTRATOS ACCESORIAS A LA

    GESTIÓN ADMINISTRATIVA”. Publicado el 21-10-2019, Gaceta 199, Alcance 229. Cuyo objeto

    es evitar que la consanguineidad o afinidad sean criterio de decisión para Contratación Administrativa,

    por lo cual su implementación garantiza la objetividad en los procedimientos de selección de personal.

    SE SOMETE A VOTACION LA DISPENSA DE TRÁMITE DE COMISIÓN, APROBADA LA

    DISPENSA DE TRÁMITE DE COMISIÓN, CON EL VOTO DE LA UNANIMIDAD DE LOS

    PRESENTES. SE SOMETE A VOTACIÓN EL FONDO Y LA FIRMEZA DE ESTE ACUERDO. Y

    ES APROBADO CON EL VOTO DE LOS REGIDORES ESQUIVEL AGÜERO, CASTILLO

    CASTRO, ELIZONDO VÁSQUEZ, ROJAS BALTODANO Y MONTERO RODRÍGUEZ. SE

    DECLARA ESTE ACUERDO DEFINITIVAMENTE APROBADO

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    7.- OFICIO AL-CPEM-736-2019 FIRMADO POR MAUREN CHACÓN SEGURA, AREA DE

    COMISIONES LEGISLATIVAS II, ASAMBLEA LEGISLATIVA

    ASUNTO: Exp. 20.299

    La Presidencia de la Comisión Permanente Especial de la Mujer, ha dispuesto consultarles su

    criterio sobre el proyecto de ley: Expediente N° 20.299 “LEY CONTRA EL ACOSO SEXUAL

    CALLEJERO”, el cual me permito copiarles de forma adjunta.

    07.-SE ACUERDA Brindar un voto de apoyo al expediente Expediente N° 20.299 “LEY CONTRA

    EL ACOSO SEXUAL CALLEJERO”, cuyo objeto es garantizar el derecho a todas las personas de

    transitar o permanecer libres de acoso sexual en espacios públicos, privados de acceso público en

    medios de transporte remunerado de personas, públicos o privados.

    SE SOMETE A VOTACION LA DISPENSA DE TRÁMITE DE COMISIÓN, APROBADA LA

    DISPENSA DE TRÁMITE DE COMISIÓN, CON EL VOTO DE LA UNANIMIDAD DE LOS

    PRESENTES. SE SOMETE A VOTACIÓN EL FONDO Y LA FIRMEZA DE ESTE ACUERDO. Y

    ES APROBADO CON EL VOTO DE LOS REGIDORES ESQUIVEL AGÜERO, CASTILLO

    CASTRO, ELIZONDO VÁSQUEZ, ROJAS BALTODANO Y MONTERO RODRÍGUEZ. SE

    DECLARA ESTE ACUERDO DEFINITIVAMENTE APROBADO

    8.- CORREO ELECTRÓNICO ENVIADO POR LIZETH OROZCO BOLAÑOS,

    DIRECCIÓN NACIONAL DE JUSTICIA RESTAURATIVA

    ASUNTO: Invitación al lanzamiento de Campaña Justicia Restaurativa

    SE CONOCE

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    9.-OFICIO AL-21591-CPSN-OFI-0298-2019, FIRMADO POR DANIELLA AGÜERO

    BERMÚDEZ, JEFA DE AREA DE COMISIONES LEGISLATIVAS, ASAMBLEA

    LEGISLATIVA.

    ASUNTO: Consulta texto base 21.591

    La Comisión Permanente Especial de Seguridad y Narcotráfico tiene para su estudio el proyecto

    de ley: “REFORMA A LA LEY DE TRÁNSITO POR VÍAS TERRESTRES Y

    SEGURIDAD VIAL, LEY N.° 9078 DE 4 DE OCTUBRE DE 2012 PARA ESTABLECER

    NUEVOS REQUISITOS PARA LA IDENTIFICACIÓN DE LAS MOTOCICLETAS Y

    SUS CONDUCTORES” Expediente N.º 21.591. En la sesión N°14 del 31 de octubre de 2019,

    se aprobó una moción para consultar el texto base a su representada, publicado el 08 de agosto

    SE CONOCE Y SE TOMA NOTA.

    10.- OFICIO NO.OCT-001-2019 FIRMADO POR JORGE CHAVES LIZANO, CÉDULA

    103880086, REPRESENTANTE COMITÉ DE VECINOS

    ASUNTO: Solicitud de audiencia

    Por este medio solicitamos audiencia, de ese Honorable Concejo, para referirnos a:

    PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO NO.OCT-001-2019 DE LA Municipalidad de Orotina, Unidad de

    Centro Territorial.

    08.-SE ACUERDA

    Trasladar a la Administración para que se informe a este Concejo sobre el PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO NO.OCT-001-

    2019 que hace alusión el señor Jorge Chaves Lizano.

    APROBADO.

    2.-Se le comunique al señor Jorge Chaves Lizano, que vamos a esperar la respuesta de la

    Administración, ya que la nota es muy escueta y desconocemos el tema. APROBADO

    11.-OFICIO AL-21621-CPSN-OFI-0305-2019, FIRMADO POR DANIELLA AGÜERO

    BERMÚDEZ, JEFA DE AREA DE COMISIONES LEGISLATIVAS VII, ASAMBLEA

    LEGISLATIVA.

    ASUNTO: Consulta texto base 21.621

  • ACTA DE SESION ORDINARIA N.º 294

    18/ 11/2019/ 2016-2020

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    La Comisión Permanente Especial de Seguridad y Narcotráfico tiene para su estudio el

    proyecto de ley: “LEY PARA INUTILIZAR PISTAS DE ATERRIZAJE NO

    AUTORIZADAS” Expediente N.º 21.621. En la sesión N°14 del 31 de octubre de 2019,

    se aprobó una moción para consultar el texto base a su representada, publicado el 17 de

    octubre de 2019, en el Alcance N.° 224, La Gaceta N. ° 197, el cual se adjunta.

    SE CONOCE Y SE TOMA NOTA.

    12.- CORREO ELECTRÓNICO ENVIADO POR MARICELA HERNÁNDEZ, EJECUTIVA

    SENIOR, CONSEJO DE PROMOCIÓN DE LA COMPETIVIDAD.

    ASUNTO: Invitación al Desayuno Ejecutivo: Lanzamiento de Guías Ambientales.

    Reciban un cordial saludo. Por este medio, la empresa COCA-COLA, el Consejo de Promoción

    de la Competividad y Fundación Aliarse, le invitan al desayuno ejecutivo gratuito que se

    organiza para dar a conocer las Guías Educativas elaboradas con el fin de abordar temas

    relacionados con el Desarrollo Sostenible y la Gestión Integral de Residuos.

    SE CONOCE Y SE TOMA NOTA.

    13.-CORREO ELECTRONICO ENVIADO POR EL DEPARTEMENTO DE LA

    PRESIDENTA EJECUTIVA IFAM.

    SE CONOCE Y SE TOMA NOTA.

    14.- CORREO ELECTRÓNICO FIRMADO POR JOSE ANTONIO ARCE JIMENEZ,

    DIRECTOR EJECUTIVO, FUNDACION LIDERES GLOBALES PARA EL

    FOMENTO DE LOS GOBIERNOS LOCALES.

    La empresa Coca-Cola, el Consejo para la Promoción de la Competitividad (CPC), la

    Fundación ALIARSE y el Instituto de Fomento y Asesoría Municipal (IFAM) le invitan

    al:

    Lanzamiento de las guías metodológicas para el abordaje de contenidos vinculados a

    temas de Desarrollo Sostenible y Gestión Integral de Residuos

    Día: Jueves de noviembre de 2019

    Hora: 8:30 am a 11:30 am

    Lugar: Hotel Aurola Holiday Inn, San José (Frente a Parque Morazán)

    Agenda del Desayuno Ejecutivo:

    Palabras de bienvenida.

  • ACTA DE SESION ORDINARIA N.º 294

    18/ 11/2019/ 2016-2020

    11

    La Fundación Líderes Globales para el Fomento de los Gobiernos Locales, convoca e invita a las

    autoridades estatales y de gobiernos locales al “ENCUENTRO INTERNACIONAL DE GOBIERNOS

    LOCALES Y ESTATALES a realizarse en la República de Panamá del 20 al 26 de enero del 2020. El

    tema de este foro será: ´´El Poder Local y los Procesos de Descentralización Económica y de

    Competencias en los Municipios de América. ´´ Este Encuentro de líderes de Iberoamérica reunirá a

    Alcaldes, Alcaldesas, Concejales, Síndicos, funcionarios Municipales (de las áreas administrativas,

    gerencia, financiero) y Representantes de Gobiernos Nacionales, Diputados Provinciales o Estatales y de

    empresas públicas de América Latina. Hemos programado sesiones de trabajo con conferencias

    temáticas y reuniones con municipios de Panamá, quienes nos recibirán en sus respectivas ciudades para

    intercambiar experiencias sobre gestión y administración local y sobre las políticas aplicadas a la ley de

    descentralización. El programa incluirá visitas a proyectos municipales y observación de las buenas

    prácticas sobre desarrollo local, turístico e inversión local. También visitaremos el canal de Panamá y la

    zona libre de Colón donde podrán tener información relacionada a estas actividades comerciales y de

    inversión nacional. Le invitamos a participar con una delegación de su municipio, institución o empresa

    y agradecemos nos envíen los formularios de registro de cada participante antes del 10 de enero del

    2020.

    SE CONOCE Y SE TOMA NOTA.

    15.-OFICIO AL-CPAS-852-2019, FIRMADO POR MAUREEN CHACÓN SEGURA,

    DEPARTAMENTO DE COMISIONES LEGISLATIVAS II, ASAMBLEA LEGISLATIVA.

    ASUNTO: Consulta texto dictaminado Exp. 21.221

    La Comisión Permanente de Asuntos Sociales, ha dispuesto consultarles su criterio sobre el texto

    dictaminado del proyecto de Ley, Expediente N° 21.221, “LEY PARA FORTALECER EL

    COMBATE A LA POBREZA”, el cual me permito copiar de forma adjunta.

    09.-SE ACUERDA DAR UN VOTO DE APOYO AL Expediente N° 21.221, “LEY PARA

    FORTALECER EL COMBATE A LA POBREZA, y pretende aumentar la Base Imponible que se

    le cobra a las Moteles para fortalecer el combate a la pobreza. Para fortalecer el combate a la

    pobreza.

    SE SOMETE A VOTACION LA DISPENSA DE TRÁMITE DE COMISIÓN, APROBADA LA

    DISPENSA DE TRÁMITE DE COMISIÓN, CON EL VOTO DE LA UNANIMIDAD DE LOS

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    PRESENTES. SE SOMETE A VOTACIÓN EL FONDO Y LA FIRMEZA DE ESTE ACUERDO. Y

    ES APROBADO CON EL VOTO DE LOS REGIDORES ESQUIVEL AGÜERO, CASTILLO

    CASTRO, ELIZONDO VÁSQUEZ, ROJAS BALTODANO Y MONTERO RODRÍGUEZ. SE

    DECLARA ESTE ACUERDO DEFINITIVAMENTE APROBADO

    16.- OFICIO FNO 0020-10-2019 FIRMADO POR GUSTAVO GONZÁLEZ MÉNDEZ,

    ADMINISTRADOR, COMITÉ AUXILIAR EN OROTINA, CRUZ ROJA COSTARRICENSE.

    Asunto: Coordinación Festival Navideño Orotina 2019

    En primera instancia, se le brinda un cordial saludo, deseándole el exitoso desempeño de sus funciones diarias

    y a la vez se aprovecha el oficio para poder plantearle a su instancia, que la Cruz Roja Costarricense,

    mediante acuerdo que consta en acuerdo IV-5-D. en sesión ordinaria 12-2019 de fecha del 23 de

    Agosto del 2019, concede la autorización al Comité Auxiliar de Cruz Roja en Orotina por primer año

    consecutivo, a realizar un Festival Navideño en Orotina.

    Sirva la presente para saludarlos y a la vez hacer de su conocimiento qué significado tiene el

    realizar este Festival Navideño Orotina este 2019.

    El cantón de Orotina para estas fechas no cuenta con un lugar donde reunirse y disfrutar en familia

    y amigos de una forma sana, donde tengamos actividades propiamente de las fechas navideñas.

    El cronograma en su mayoría se enfoca en actividades que involucren la familia y amigos donde la

    participación es gratuita; solo el Ciclismo neón y la cabalgata nocturna se cobrara un monto

    simbólico el cual es para cubrir los gastos que requiere los mismos como pólizas, recuerdos y

    premios que se rifaran entre los participantes,

    Este festival navideño también tendrá un grupo de chinameros y un bar que asciende únicamente a

    10 puestos, los cuales son intercambiados por las actividades que se darán gratuitas a la comunidad.

    Si bien se aprecia este festival navideño se proyectó a revivir la navidad en nuestro pueblo y no

    necesariamente a lucrar del mismo del mismo; por lo cual solicitamos su ayuda en apoyarnos en

    esta iniciativa, igualmente a aconsejarnos como desarrollar este proyecto en beneficio de todos.

    10.-SE ACUERDA; Indicarles que toda actividad que une a las familias, sólo tiene son buenas

    iniciativas, sin embargo, debe realizarse los trámites administrativos correspondientes para esas

    actividades, al Concejo Municipal sólo le corresponde aprobar o improbar patentes temporales

    siempre y cuando siempre se cumpla con los requisitos correspondientes.

  • ACTA DE SESION ORDINARIA N.º 294

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    SE SOMETE A VOTACION LA DISPENSA DE TRÁMITE DE COMISIÓN, APROBADA LA

    DISPENSA DE TRÁMITE DE COMISIÓN, CON EL VOTO DE LA UNANIMIDAD DE LOS

    PRESENTES. SE SOMETE A VOTACIÓN EL FONDO Y LA FIRMEZA DE ESTE ACUERDO. Y

    ES APROBADO CON EL VOTO DE LOS REGIDORES ESQUIVEL AGÜERO, CASTILLO

    CASTRO, ELIZONDO VÁSQUEZ, ROJAS BALTODANO Y MONTERO RODRÍGUEZ. SE

    DECLARA ESTE ACUERDO DEFINITIVAMENTE APROBADO

    17.- OFICIO AGCE-234-2019 FIRMADO POR MAGISTER ISELA CORRALES MEJÍAS,

    DIRECTORA DE PROGRAMAS GERONTOLÓGICOS, MAGISTER ANDREA DOTTA

    BRENES, COOORDINADORA DE INCIDENCIA Y VIGILANCIA DE DERECHOS DE LA

    ASOCIACIÓN GERONTOLÓGICA COSTARRICENSE (AGECO)

    Reciban un cordial saludo de parte de la Asociación Gerontológica Costarricense (AGECO), cuya misión es:

    "Somos una organización no gubernamental que desarrolla programas sociales y servicios para las

    personas mayores, promovemos la incidencia política y la sensibilización acerca de la vejez y el

    envejecimiento".

    A pesar de los importantes avances en la defensa y exigibilidad de los derechos de las personas mayores,

    siguen siendo constantes las violaciones a diversos derechos que sufre esta población tal y como lo

    plantea el I Informe de estado de la situación de la persona adulta mayor en Costa Rica "El maltrato y la

    agresión contra las personas adultas mayores se manifiestan de maneras muy diversas que van desde el

    plano psicológico, patrimonial y la negligencia en su atención, hasta la violencia física y sexual" (2008,

    pg 193)

    Siendo así, desde AGECO se ha construido el siguiente material educativo o "afiche" sobre la violencia

    hacia las personas mayores, el cual denominamos: "Violentómetro".

    Respetuosamente solicitamos a la Municipalidad colocar este afiche en un lugar visible, como un

    llamado de atención con respecto a esta grave situación y a la sensibilización que como ciudadanía

    debemos tener, en cumplimiento de lo que estipula la Convención de los Derechos Humanos de las

    Personas Mayores, en su Artículo 9:

    Derecho a la seguridad y a una vida sin ningún tipo de violencia: Inciso e) los estados parte deberán

    "Informar y sensibilizar a la sociedad en su conjunto sobre las diversas formas de violencia contra la

    persona mayor y la manera de identificarlas y prevenirlas" siendo que "La persona mayor tiene derecho

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    a la seguridad y a una vida sin ningún tipo de violencia, a recibir un trato digno y a ser respetada y

    valorada, independientemente de la raza, color, el sexo, el idioma, la cultura, la religión, la opinión

    política o de otra índole, el origen social, nacional. Étnico, indígena e identidad cultural, la posición

    socioeconómica, discapacidad, la orientación sexual, el género, la identidad de género, su contribución

    económica o cualquier condición

    11.-SE ACUERDA: Trasladar a la Administración para que se coloquen en un lugar visible,

    APROBADO

    18.-NOTA FIRMADA POR SANDRA GÓMEZ CHINCHILLA, ADI, CEBADILLA

    La Asociación de Desarrollo de Cebadilla, les solicita respetuosamente la donación del material

    metálico de la estructura del puente peatonal que se retiró en nuestra comunidad y que se encuentra

    guardado en el terreno de la ASADA, esto para efectos de que el mismo podamos venderlo como

    chatarra y obtener recursos para nuestra asociación.

    12.-SE ACUERDA; Indicarle que este Concejo considera importante fundamentar La donación

    solicitada por la Asociación de Desarrollo Integral de Cebadilla, por lo que se les solicita copia del acta

    de la ADI de Cebadilla, donde acuerdan solicitar el material y el uso que se le va a dar al mismo. Se les

    comunica que existe una solicitud anterior de este material de parte de La Asociación de Desarrollo

    Integral de Cerro Bajo y vamos a esperar para decidir.

    SE SOMETE A VOTACION LA DISPENSA DE TRÁMITE DE COMISIÓN, APROBADA LA

    DISPENSA DE TRÁMITE DE COMISIÓN, CON EL VOTO DE LA UNANIMIDAD DE LOS

    PRESENTES. SE SOMETE A VOTACIÓN EL FONDO Y LA FIRMEZA DE ESTE ACUERDO. Y

    ES APROBADO CON EL VOTO DE LOS REGIDORES ESQUIVEL AGÜERO, CASTILLO

    CASTRO, ELIZONDO VÁSQUEZ, ROJAS BALTODANO Y MONTERO RODRÍGUEZ. SE

    DECLARA ESTE ACUERDO DEFINITIVAMENTE APROBADO

    13.-SE ACUERDA: Solicitarle a La Asociación de Desarrollo Integral de Cerro Bajo que, en vista

    de la solicitud de material de parte de la Asociación de Desarrollo Integral de Cebadilla, por lo que

    se les solicita copia del acta de la ADI de Cebadilla, donde acuerdan solicitar el material y el uso

    que se le va a dar al mismo. SE SOMETE A VOTACION LA DISPENSA DE TRÁMITE DE

    COMISIÓN, APROBADA LA DISPENSA DE TRÁMITE DE COMISIÓN, CON EL VOTO DE

    LA UNANIMIDAD DE LOS PRESENTES. SE SOMETE A VOTACIÓN EL FONDO Y LA

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    FIRMEZA DE ESTE ACUERDO. Y ES APROBADO CON EL VOTO DE LOS REGIDORES

    ESQUIVEL AGÜERO, CASTILLO CASTRO, ELIZONDO VÁSQUEZ, ROJAS BALTODANO

    Y MONTERO RODRÍGUEZ. SE DECLARA ESTE ACUERDO DEFINITIVAMENTE

    APROBADO

    6.- INFORME DE COMISIONES

    NO HAY-

    1.-AUDITORIA

    1-COPIA DE OFICIO AL-183-2019, FIRMADO PORMLIC. OMAR VILLALOBOS

    HERNÁNDEZ. AUDITOR INTERNO, MUNICIPALIDAD DE OROTINA

    ASUNTO: Solicitud de información presupuestaria y modificaciones al manual de puestos.

    Con el propósito de actualizar el Archivo Permanente de esta Auditoría Interna, se le agradece que en

    adelante se copie a esta Auditoría los acuerdos Municipales que se generan por concepto de:

    Acuerdos tomados por el Concejo Municipal en relación con la aprobación de Presupuestos Ordinarios,

    Presupuestos Extraordinarios y Modificaciones presupuestarias.

    Notas remitidas por la Alcaldía Municipal relacionadas con modificaciones presupuestarias aprobadas

    por la Alcaldía Municipal.

    Adiciones, trasformaciones, reasignaciones o supresión de Plazas a las que se vea expuesto el Manual de

    Puestos de la Institución.

    14.- SE ACUERDA: Indicarle que la información solicitada, se encuentra dentro de cada acta, a las cuales

    su persona tiene acceso. Aprobado

    2.--ALCALDÍA

    1.- COPIA DE OFICIO MO-A- 1020 -19-2016-2020 FIRMADO POR MBA MARGOT

    MONTERO JIMÉNEZ, ALCALDESA MUNICIPALIDAD DE OROTINA,

    DIRIGIDO A

    Licenciada

    Marielos Cordero Rojas

    Directora de Hacienda

    Municipalidad de Orotina

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    Asunto: Seguimiento al Informe INF-AI-005-

    2019

    En seguimiento a lo expuesto en el oficio MO-DHM-12-2019 que versa sobre las recomendaciones

    4.5 y 4.6 del Informe denominado Auditoría de la actualización de libros legales de la Junta Vial de

    Orotina, el Departamento de Contabilidad y Tesorería de la Municipalidad, le solicito me presente

    un informe de avance de las mismas, por cuanto ya se publicó en el diario oficial La Gaceta el

    reglamento respectivo y se enviaron los estados financieros del tercer trimestre.

    SE CONOCE Y SE DISPONE A TOMAR NOTA.

    2.- OFICIO MO-A- 1031 -19-2016-2020 FIRMADO POR MBA MARGOT

    MONTERO JIMÉNEZ, ALCALDESA MUNICIPALIDAD DE OROTINA

    Asunto: Traslado el oficio MO-VA-0021-19-2016-2020

    Reciba un cordial saludo, para su conocimiento y fines consiguientes, le remito el oficio

    MO-VA-0021-19-2016-2020 del Lic. Randall Marín Orozco, Vicealcalde Municipal, donde

    solicitan información sobre la situación registral de la plaza de Marichal

    OFICIO MO-VA-0021-19-2016-2020

    Conforme con lo instruido, rindo el presente informe en torno a lo planteado por varios vecinos de

    Marichal de Orotina, en carta recibida el 05 de noviembre de este año; en particular, respecto del

    punto 6, en el que indican que no han recibido respuesta a la nota entregada el 17 de setiembre de

    2018, en la que solicitaron información sobre la situación registral de la plaza de Marichal.

    Sobre el particular valga reseñar que mediante oficio MO-A-1100-18-2016-2020 del 04 de

    diciembre de 2018, la Alcaldía solicitó a la Coordinación de Asesoría Legal y a la Dirección de

    Planificación y Desarrollo Territorial, ambos de la Municipalidad de Orotina, tramitar la

    información posesoria para inscribir la plaza de Marichal a nombre de la Municipalidad. Lo anterior

    considerando que dicho inmueble ha sido usado como plaza de deportes y administrado por el Sub

    Comité Comunal de Deportes de Marichal. Valga considerar también que el Comité Cantonal de

    Deportes y Recreación de Orotina, en la sesión extraordinaria No. 029-2017-2019 celebrada el 12

    de noviembre de 2018, acordó solicitar a la Municipalidad que inscriba ese terreno a su nombre

    para que continúe siendo aprovechada en la recreación y práctica del deporte por los vecinos.

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    En los términos descritos, la nota del 17 de setiembre fue atendida según esos antecedentes, estando

    claro los vecinos de Marichal que participaron en las reuniones de entonces, que la plaza constituye

    parte del patrimonio municipal.

    A lo anterior valga adicionar que solo en razón de su uso, la plaza de deportes de Marichal

    constituye un bien demanial, el cual no puede inscribirse a nombre de ninguna asociación,

    correspondiendo a la Municipalidad su custodia y administración en forma directa o a través de las

    instancias regentes del deporte a nivel local establecidas en la legislación, como son los Comités

    Cantonales de Deportes y los Comités Comunales e Deportes.

    Téngase así atendido el planteamiento en cuestión.

    15.-SE ACUERDA: TRASLADAR el oficio MO-VA-0021-19-2016-2020 del Lic. Randall Marín

    Orozco, Vicealcalde Municipal, A LOS VECINOS DE MARICHAL CON RELACIÓN A LA

    SOLICITUD DE información sobre la situación registral de la plaza de Marichal

    APROBADO

    3.- OFICIO MO-A- 1032 -19-2016-2020 FIRMADO POR MBA MARGOT

    MONTERO JIMÉNEZ, ALCALDESA MUNICIPALIDAD DE OROTINA

    Asunto: Traslado de expediente de Patentes de

    Licores

    Reciba un cordial saludo, para su conocimiento y fines consiguientes, le remito el Expediente de la

    Licencia de Licores Tipo C a nombre de Yalile Sánchez Rojas, Cédula de Identidad 1 – 1368 -

    0900, del Restaurante con Venta de Licor Las Palmas, comunicado mediante el Estudio Técnico #

    18-MO-PAT-MB-C. L-2019 firmado por la Licda. Mariela Berrocal Jiménez, Encargada de

    Patentes a.i.

    RESOLUCION DE ESTUDIO TÉCNICO #18-MO-PAT-MB-C. L-2019

    LICENCIA DE EXPENDIDO DE BEBIDAS CON CONTENIDO ALCOHOLICO

    La Encargada de Patentes a.i. de la Municipalidad de Orotina, de conformidad con la Ley 9047 Regulación y

    Comercialización de bebidas con contenido alcohólico. Al ser las 10:39 horas del 14 de noviembre de 2019,

    conoce la solicitud de licencia para expendio de licor y realiza el siguiente estudio:

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    CONSIDERANDO

    1. -Que la señora: YALILE SANCHEZ ROJAS, cédula identidad:1-13680900, presentó

    solicitud de Licencia para EXPENDIDO DE BEBIDAS CON CONTENIDO ALCOHOLICO, para la actividad

    de “RESTAURANTE CON VENTA DE LICOR COMO ACTIVIDAD SECUNDARIA”, para el

    establecimiento comercial denominado: “RESTAURANTE LAS PALMAS”, según tramite N°5972-019,

    presentado en Plataforma de Servicios el 04 de noviembre de 2019.

    2. - Que el inmueble con número de finca 385167, plano N°A- 0186519-1994, donde se pretende

    explotar la licencia de licor, se encuentra ubicado en Orotina, ¡detrás de! restaurante Cactus, y es propiedad de

    INVERSIONES GEOORA DE ORO S.A., cédula jurídica 3-101-227510.

    3. - Que, la licencia solicitada cumple los requisitos dispuestos en el artículo 8 de Ley 9047

    Regulación y Comercialización de bebidas con contenido alcohólico, verificados en Plataforma de Servicios de

    esta Municipalidad.

    4. -Que según acta de Inspección N° 025, con fecha 06 de noviembre de 2019 e informe contenido

    en el oficio MO-DH-ISP-028-2019, del mismo día, suscrito por el señor Alian Miguel Ramírez Brenes, Inspector

    Municipal, se logró constatar que el establecimiento denominado: “RESTAURANTE LAS PALMAS”

    cuenta con un área total 338m2, posee una cocina debidamente equipada, un salón comedor con sus respectivas

    mesas, vajilla y cubertería, y menú de comidas con al menos diez opciones alimenticias disponibles para el

    público, durante todo el horario de apertura del negocio.

    5. - Que al tratarse de una licencia clase C, (restaurante), según la Ley Regulación y

    Comercialización de bebidas con contenido alcohólico, N° 9047, la venta de bebidas con contenido alcohólico

    será la actividad comercial secundaria del establecimiento, siendo la actividad principal la gastronómica.

    6.-- Que el negocio donde se pretende el expendio de licor, no le afecta la prohibición dispuesta en

    el artículo 9 inciso b) de la citada ley, dado que no se a una distancia menor de cien metros de centros educativos

    públicos o privados, centros infantiles de nutrición, instalaciones donde se realicen actividades religiosas que

    cuenten con el permiso de funcionamiento correspondiente, centros de atención para adultos mayores, hospitales,

    clínicas y Ebais.

    7.- Que el artículo 9, inciso f) de la referida ley prohíbe la comercialización y el consumo de bebidas con contenido

    alcohólico en vías públicas y sitios públicos

    8.--Que el citado artículo en su inciso g) prohíbe la comercialización o el otorgamiento gratuito de bebidas con

  • ACTA DE SESION ORDINARIA N.º 294

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    contenido alcohólico a menores de edad, a personas con limitaciones cognoscitivas y volitivas, a personas en

    evidente estado de ebriedad y a personas que estén perturbando el orden público.

    9.-Que de conformidad con el artículo 9, inciso k) de la referida ley, está prohibida la comercialización de bebidas

    con contenido alcohólico fuera de los horarios establecidos en el artículo 11 de la presente ley, los establecimientos

    que exploten licencias clase C podrán comercializar bebidas con contenido alcohólico entre las 11:00 horas y hasta

    las 2:30 horas del siguiente día.

    10.-Que, de igual forma, el artículo 9, inciso I) de dicha ley, queda prohibida la venta, el canje, el arrendamiento, la

    transferencia, el traspaso y cualquier forma de enajenación o transacción de licencias, entre el licenciado directo y

    terceros, sean los licenciados de naturaleza física o jurídica.

    11.-Que el artículo 14) inciso c) de la referida ley, establece como sanción una multa de entre uno y diez salarios

    base a quien: Venda, canjee, arriende, transfiera, enajene, traspase o subarriende de forma alguna la licencia o por

    cualquier medio permita su utilización indebida por terceros en contravención de lo dispuesto en el artículo 3 de

    esa ley.

    12.-Que en caso de finalización de la actividad el licenciado deberá tramitar, en Plataforma de Servicios de esta

    Municipalidad, la renuncia de su licencia, de lo contrario la misma seguirá activa de acuerdo con las consecuencias

    de ley del artículo 88 del Código Municipal, el cual establece que el impuesto de patente se pagará durante todo el

    tiempo en que se haya ejercido la actividad lucrativa o por el tiempo que se haya poseído la licencia, aunque la

    actividad no se haya realizado.

    13.- Que según el artículo 3 de la referida ley, la licencia podrá suspenderse por falta de pago, o bien, por

    incumplimiento de los requisitos y las prohibiciones establecidos por esta ley y su reglamento, que regulan el

    desarrollo de la actividad. Así mismo, el pago extemporáneo de los derechos trimestrales está sujeto a una multa

    de entre un uno por ciento (1%) hasta un máximo de veinte por ciento (20%) sobre el monto no pagado. El pago

    extemporáneo de los derechos trimestrales está sujeto al pago de intereses.

    14.-Que, de conformidad con la Ley 9047 Regulación y Comercialización de bebidas con contenido alcohólico y

    valorados todos los requisitos legales y formales para su autorización, se determina que el monto a cancelar por

    concepto de la licencia para expendio de licores solicitada es de 0167.325,00 según lo establece el artículo 10 de

    la Ley N° 9384 del salario base a partir del momento de su aprobación.

    15.--Que los negocios que se estén iniciando en la comercialización de bebidas con contenido alcohólico y todavía

    no hayan declarado en el último período fiscal pagarán los patentados el monto establecido en la categoría

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    correspondiente y el rubro establecido en la subcategoría 1, establecida en el artículo 10 de dicha ley.

    16.-Esta resolución puede ser revocada por razones de mérito, orden, oportunidad y conveniencia sin

    responsabilidad para la administración de acuerdo a los artículos, 11, 113, 153, 154 de la Ley General de la

    Administración Pública. De encontrarse alguna anomalía en la solicitud de Patente o requisitos, la Licencia será

    suspendida de inmediato

    POR TANTO:

    La oficina de Licencias Municipales de Orotina, una vez cumplidos y revisados los requisitos considera la

    posibilidad de otorgar la LICENCIA DE COMERCIALIZACION DE LICORES, como actividad secundaria

    para ser desarrollada en el establecimiento denominado “RESTAURANTE LAS PALMAS”.

    16.-SE ACUERDA: De acuerdo a lo establecido por La oficina de Licencias Municipales de

    Orotina, en la RESOLUCION DE ESTUDIO TÉCNICO #18-MO-PAT-MB-C.L-2019

    LICENCIA DE EXPENDIDO DE BEBIDAS CON CONTENIDO ALCOHOLICO, se otorga

    LICENCIA DE COMERCIALIZACION DE LICORES a YALILE SANCHEZ ROJAS, cédula

    identidad:1-13680900, para la actividad de “RESTAURANTE CON VENTA DE LICOR COMO

    ACTIVIDAD SECUNDARIA”, en el establecimiento comercial denominado: “RESTAURANTE LAS

    PALMAS.

    SE SOMETE A VOTACION LA DISPENSA DE TRÁMITE DE COMISIÓN, APROBADA LA

    DISPENSA DE TRÁMITE DE COMISIÓN, CON EL VOTO DE LA UNANIMIDAD DE LOS

    PRESENTES. SE SOMETE A VOTACIÓN EL FONDO Y LA FIRMEZA DE ESTE ACUERDO.

    Y ES APROBADO CON EL VOTO DE LOS REGIDORES ESQUIVEL AGÜERO, CASTILLO

    CASTRO, ELIZONDO VÁSQUEZ, ROJAS BALTODANO Y MONTERO RODRÍGUEZ. SE

    DECLARA ESTE ACUERDO DEFINITIVAMENTE APROBADO

    4.- OFICIO MO-A- 1033 -19-2016-2020 FIRMADO POR MBA MARGOT

    MONTERO JIMÉNEZ, ALCALDESA MUNICIPALIDAD DE OROTINA

    Asunto: Traslado de expediente de Patentes de

    Licores

    Reciba un cordial saludo, para su conocimiento y fines consiguientes, le remito el Expediente de la

    Licencia de Licores Tipo D a nombre de Tres E y R Inversiones S.A., Cédula Jurídica 3 – 101 -

  • ACTA DE SESION ORDINARIA N.º 294

    18/ 11/2019/ 2016-2020

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    531544, de Minisúper con Venta de Licor La Ceiba, comunicado mediante el Estudio Técnico # 19-

    MO-PAT-MB-C. L-2019 firmado por la Licda. Mariela Berrocal Jiménez, Encargada de Patentes

    a.i.

    RESOLUCION DE ESTUDIO TÉCNICO #19-MO-PAT-MB-C. L-2019

    LICENCIA DE EXPENDIDO DE BEBIDAS CON CONTENIDO ALCOHOLICO

    La Encargada de Patentes a.i. de la Municipalidad de Orotina, de conformidad con la Ley 9047

    Regulación y Comercialización de bebidas con contenido alcohólico. Al ser las 14:42 horas del 18 de

    noviembre de 2019, conoce la solicitud de licencia para expendio de licor y realiza el siguiente estudio:

    CONSIDERANDO

    1.-- Que, TRES E Y R INVERSIONES S.A., cédula jurídica 3-101-53154, por medio de su

    apoderado, el señor: RAFAEL TORRES QUESADA, cédula 1-790-320, con dirección: San José,

    diagonal a torre Scottia Bank, presentó solicitud de Licencia para EXPENDIDO DE BEBIDAS CON

    CONTENIDO ALCOHOLICO, para actividad de “MINISUPER”, para el establecimiento

    comercial denominado: en el establecimiento denominado: “TIENDA LA CEIBA”, según tramite

    NT5784-019, recibido en Plataforma de Servicios, trasladado a esta oficia el 11 de noviembre de 2019.

    2.-- Que, dicho establecimiento se encuentra ubicado en, distrito Ceiba, Orotina, Gasolinera Delta

    La Ceiba, con número de finca 98697, piano catastro A-0800539-1989, propiedad de Petróleos

    Delta Costa Rica S.A, cédula jurídica 3-101-028782.

    3.-- Que, la licencia solicitada cumple los requisitos dispuestos en el artículo 8 de Ley 9047 Regulación y

    Comercialización de bebidas con contenido alcohólico, verificados en Plataforma de Servicios de esta

    Municipalidad.

    4.--Que según acta de Inspección N° 045, con fecha 15 de noviembre de 2019 e informe contenido en el

    oficio MO-DH-ISP-050-2019, del 18 de noviembre de 2019, suscrito por el señor Alian Miguel Ramírez

    Brenes, Inspector Municipal, se logró constatar que en dicha visita se realizaron las mediciones del área

    donde se ubicará el licor dentro del establecimiento, al igual que las áreas destinadas para la venta de

    mercancías, alimentos y productos de consumo diario, productos de la canasta básica.

    5.-- Que al tratarse de un mini super, su licencia de licor es de categoría D, por lo que no le aplican

    prohibiciones en cuanto a las distancias dispuestas en el artículo 9 de la Ley de Regulación y

    Comercialización de bebidas con contenido alcohólico, ISP 9047.

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    6.-- Que el artículo 9, inciso f) de la referida ley prohíbe la comercialización y el consumo de bebidas con

    contenido alcohólico en vías públicas y sitios públicos.

    8.--Que el citado artículo en su inciso g) prohíbe la comercialización o el otorgamiento gratuito de

    bebidas con contenido alcohólico a menores de edad, a personas con limitaciones cognoscitivas y

    volitivas, a personas en evidente estado de ebriedad y a personas que estén perturbando el orden público.

    - Que, los establecimientos que exploten licencias clase D podrán comercializar bebidas con contenido

    alcohólico entre las 08:00 horas y hasta las 0 horas del siguiente día, por lo que está prohibida la

    comercialización de bebidas con contenido alcohólico fuera de los horarios establecidos en el artículo 11

    de la presente ley,

    - Que, de igual forma, el artículo 9, inciso l) de dicha ley, queda prohibida la venta, el canje, el

    arrendamiento, la transferencia, el traspaso y cualquier forma de enajenación o transacción de licencias,

    entre el licenciado directo y terceros, sean los licenciados de naturaleza física o jurídica.

    - Que el artículo 14) inciso c) de la referida ley, establece como sanción una multa de entre uno y diez

    salarios base a quien: Venda, canjee, arriende, transfiera, enajene, traspase o subarriende de forma alguna

    la licencia o por cualquier medio permita su utilización indebida por terceros en contravención de lo

    dispuesto en el artículo 3 de esa ley.

    - Que en caso de finalización de la actividad el licenciado deberá tramitar, en Plataforma de Servicios de

    esta Municipalidad, la renuncia de su licencia, de lo contrario la misma seguirá activa de acuerdo con las

    consecuencias de ley del artículo 88 del Código Municipal, el cual establece que el impuesto de patente se

    pagará durante todo el tiempo en que se haya ejercido la actividad lucrativa o por el tiempo que se haya

    poseído la licencia, aunque la actividad no se haya realizado.

    Que según el artículo 3 de la referida ley, la licencia podrá suspenderse por falta de pago, o bien, por

    incumplimiento de los requisitos y las prohibiciones establecidos por esta ley y su reglamento, que

    regulan el desarrollo de la actividad. Así mismo, el pago extemporáneo de los derechos trimestrales está

    sujeto a una multa de entre un uno por ciento (1%) hasta un máximo de veinte por ciento (20%) sobre el

    monto no pagado. El pago extemporáneo de los derechos trimestrales está sujeto al pago de intereses.

    - Que, de conformidad con la Ley 9047 Regulación y Comercialización de bebidas con contenido

    alcohólico y valorados todos los requisitos legales y formales para su autorización, se determina que el

    monto a cancelar por concepto de la licencia para expendio de licores solicitada es de ► ¢55.775,00

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    según lo establece el artículo 10 de la Ley N° 9384 del salario base a partir del momento de su

    aprobación.

    -Que los negocios que se estén iniciando en la comercialización de bebidas con contenido alcohólico y

    todavía no hayan declarado en el último período fiscal pagarán los patentados el monto establecido en la

    categoría correspondiente y el rubro establecido en la subcategoría 1, establecida en el artículo 10 de

    dicha ley.

    - Esta resolución puede ser revocada por razones de mérito, orden, oportunidad y conveniencia sin

    responsabilidad para la administración de acuerdo a los artículos, 11, 113, 153, 154 de la Ley General de

    la Administración Pública. De encontrarse alguna anomalía en la solicitud de Patente o requisitos, la

    Licencia será suspendida de inmediato

    POR TANTO:

    La oficina de Licencias Municipales de Orotina, una vez cumplidos y revisados los requisitos considera la

    posibilidad de otorgar la LICENCIA DE COMERCIALIZACION DE LICORES, como actividad

    secundaria para ser desarrollada en el establecimiento denominado “TIENDA LA CEIBA”.

    17.-SE ACUERDA:

    De acuerdo a lo establecido por La oficina de Licencias Municipales de Orotina, en la

    RESOLUCION DE ESTUDIO TÉCNICO #19-MO-PAT-MB-C. L-2019

    se otorga LICENCIA DE COMERCIALIZACION DE LICORES, como actividad secundaria a TRES

    E Y R INVERSIONES S.A., cédula jurídica 3-101-53154, para actividad de “MINISUPER”, en el

    establecimiento denominado: “TIENDA LA CEIBA.

    SE SOMETE A VOTACION LA DISPENSA DE TRÁMITE DE COMISIÓN, APROBADA LA

    DISPENSA DE TRÁMITE DE COMISIÓN, CON EL VOTO DE LA UNANIMIDAD DE LOS

    PRESENTES. SE SOMETE A VOTACIÓN EL FONDO Y LA FIRMEZA DE ESTE ACUERDO.

    Y ES APROBADO CON EL VOTO DE LOS REGIDORES ESQUIVEL AGÜERO, CASTILLO

    CASTRO, ELIZONDO VÁSQUEZ, ROJAS BALTODANO Y MONTERO RODRÍGUEZ. SE

    DECLARA ESTE ACUERDO DEFINITIVAMENTE APROBADO

    5.- OFICIO MO-A- 1034 -19-2016-2020 FIRMADO POR MBA MARGOT MONTERO JIMÉNEZ,

    ALCALDESA MUNICIPALIDAD DE OROTINA

    Asunto: Respuesta al oficio MO-SCM-0505-19-2016-2020

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    Reciba un cordial saludo, en respuesta al acuerdo tomado por el Concejo Municipal en la Sesión

    Ordinaria N° 290, celebrada el día 28/10/2019, comunicado mediante el oficio MO-SCM-0505-19-

    2016-2020, le remito los oficios MO-DHM-146-2019 firmado por Licda. Marielos Cordero Rojas,

    Dirección de Hacienda y MO-PAT-0157-2019 Sra. Ileana Desanti Sánchez, Asistente de Patentes,

    donde solicita información de las actividades financieras que cuentan con Licencia para ejercer en

    el cantón.

    18.-SE ACUERDA: Solicitar a la Administración

    se realicen las gestiones correspondientes para que se cobren las patentes a las casas comerciales.

    SE SOMETE A VOTACION LA DISPENSA DE TRÁMITE DE COMISIÓN, APROBADA LA

    DISPENSA DE TRÁMITE DE COMISIÓN, CON EL VOTO DE LA UNANIMIDAD DE LOS

    PRESENTES. SE SOMETE A VOTACIÓN EL FONDO Y LA FIRMEZA DE ESTE ACUERDO.

    Y ES APROBADO CON EL VOTO DE LOS REGIDORES ESQUIVEL AGÜERO, CASTILLO

    CASTRO, ELIZONDO VÁSQUEZ, ROJAS BALTODANO Y MONTERO RODRÍGUEZ. SE

    DECLARA ESTE ACUERDO DEFINITIVAMENTE APROBADO

    6.- OFICIO MO-A- 1035 -19-2016-2020 FIRMADO POR MBA MARGOT MONTERO

    JIMÉNEZ, ALCALDESA MUNICIPALIDAD DE OROTINA

    Asunto: Traslado el oficio MO-DPDT-SP-842-019

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    Para su conocimiento y aprobación, le remito el oficio MO-DPDT-SP-842-019 firmado por el Ing.

    Adrián Laurent Solano, Coordinador de Servicios Públicos y se le adjunta el Expediente original del

    Estudio Tarifario del Servicio de Parques y Obras de Ornato 2019.

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    SE TRASLADA A LA COMISION DE HACIENDA Y PRESUPUESTO, Y SE CONVOQUE

    AL ING. ADRIANLAURENT A REUNION EL DIA MARTES 26 DE NOVIEMBRE A LAS

    4.00 P.M.

    7.- OFICIO MO-A- 1036 -19-2016-2020 FIRMADO POR MBA MARGOT MONTERO

    JIMÉNEZ, ALCALDESA MUNICIPALIDAD DE OROTINA

    Asunto: Traslado el Convenio Específico entre el Instituto

    de Desarrollo Rural (Inder) y Municipalidad de

    Orotina

    Para su conocimiento y aprobación correspondiente, le remito el “Convenio Específico entre el

    Instituto de Desarrollo Rural (Inder) y Municipalidad de Orotina para la ejecución del proyecto

    “Centro de Formación, capacitación y actualización del Territorio OSME y su área de influencia -

    CEFOCA”

    19.--SE ACUERDA 1.-APROBAR “Convenio Específico entre el Instituto de Desarrollo Rural

    (Inder) y Municipalidad de Orotina para la ejecución del proyecto “Centro de Formación,

    capacitación y actualización del Territorio OSME y su área de influencia - CEFOCA”

    SE SOMETE A VOTACION LA DISPENSA DE TRÁMITE DE COMISIÓN, APROBADA LA

    DISPENSA DE TRÁMITE DE COMISIÓN, CON EL VOTO DE LA UNANIMIDAD DE LOS

    PRESENTES. SE SOMETE A VOTACIÓN EL FONDO Y LA FIRMEZA DE ESTE ACUERDO.

    Y ES APROBADO CON EL VOTO DE LOS REGIDORES ESQUIVEL AGÜERO, CASTILLO

    CASTRO, ELIZONDO VÁSQUEZ, ROJAS BALTODANO Y MONTERO RODRÍGUEZ. SE

    DECLARA ESTE ACUERDO DEFINITIVAMENTE APROBADO.

    2.-SE AUTORIZA A LA SEÑORA MARGOT MONTERO JIMÉNEZ, ALCALDESA DE

    ESTA MUNICIPALIDAD A FIRMAR

    “Convenio Específico entre el Instituto de Desarrollo Rural (Inder) y Municipalidad de Orotina para

    la ejecución del proyecto “Centro de Formación, capacitación y actualización del Territorio OSME

    y su área de influencia - CEFOCA”

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    SE SOMETE A VOTACION LA DISPENSA DE TRÁMITE DE COMISIÓN, APROBADA LA

    DISPENSA DE TRÁMITE DE COMISIÓN, CON EL VOTO DE LA UNANIMIDAD DE LOS

    PRESENTES. SE SOMETE A VOTACIÓN EL FONDO Y LA FIRMEZA DE ESTE ACUERDO.

    Y ES APROBADO CON EL VOTO DE LOS REGIDORES ESQUIVEL AGÜERO, CASTILLO

    CASTRO, ELIZONDO VÁSQUEZ, ROJAS BALTODANO Y MONTERO RODRÍGUEZ. SE

    DECLARA ESTE ACUERDO DEFINITIVAMENTE APROBADO

    Convenio Específico entre el Instituto de Desarrollo Rural (Inder) y Municipalidad de

    Orotina para la ejecución del proyecto “Centro de Formación, capacitación y actualización

    del territorio OSME y su área de influencia - CEFOCA”

    Quienes suscribimos, HARYS REGIDOR BARBOZA, mayor, casado, Costarricense, Politólogo

    y Máster en Diplomacia, vecino de Coronado, San José, portador de la cédula de identidad uno-mil

    veintiséis-cero quinientos ochenta y cinco; en mi calidad de PRESIDENTE EJECUTIVO con

    facultades de Apoderado Generalísimo sin límites de suma del INSTITUTO DE DESARROLLO

    RURAL, Cédula Jurídica número cuatro-cero cero- cero cuarenta y dos mil ciento cuarenta y tres-

    once, según acuerdo del Consejo de Gobierno, Artículo segundo del Acta de la Sesión Ordinaria

    número uno, celebrada el ocho de mayo del dos mil dieciocho, publicado en el Diario Oficial La

    Gaceta, Alcance número Noventa y Ocho del lunes catorce de mayo del dos mil dieciocho, de

    conformidad con el artículo mil doscientos cincuenta y tres del Código Civil y artículo veinticinco

    de la Ley nueve mil treinta y seis, poder que rige del ocho de mayo del dos mil dieciocho al ocho de

    mayo del año dos mil veintidós; en adelante denominado INDER y MARGOT MONTERO

    JIMENEZ, mayor, divorciada, costarricense, Licenciada en Educación, Maestría en

    Administración de Empresas, portadora de la cédula de identidad dos-cero cuatrocientos cinco –

    cero novecientos treinta y seis, vecina de Orotina centro, en mi condición de ALCALDESA DE

    LA MUNICIPALIDAD DE OROTINA, cédula jurídica tres-cero catorce-cero cuatro dos cero

    setenta, según lo establecido en el artículo 17 inciso n del Código Municipal, Resolución N° 1309-

    E11-2016, emitida por el Tribunal Supremo de Elecciones, para el período constitucional

    comprendido entre el primero de mayo de dos mil dieciséis y el treinta de abril de dos mil veinte y

    se encuentra vigente al día de hoy, ostentando la representación legal de LA MUNICIPALIDAD

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    DE OROTINA, convenimos en celebrar el presente Convenio Específico para realizar labores

    relacionadas con el proyecto denominado “Centro de Formación, Capacitación y Actualización

    del Territorio OSME y su área de influencia - CEFOCA”, el cual se regirá por la normativa que

    regula la materia y por las siguientes cláusulas.

    CONSIDERANDO

    1. Que, por Acuerdo de Junta Directiva del Instituto, en Artículo número 10 de la Sesión

    Ordinaria 016-2012, celebrada el 07 de Mayo del 2012 y acuerdo del Concejo Municipal de la

    Municipalidad de Orotina, tomado en el Artículo N° 7, de la Sesión Ordinaria número 172 de

    fecha 24 de Abril del 2012, se suscribió CONVENIO MARCO DE COOPERACIÓN

    INTERINSTITUCIONAL ENTRE EL INSTITUTO DE DESARROLLO RURAL y la

    MUNICIPALIDAD DE OROTINA, el cual tiene como objetivo establecer relaciones de

    Cooperación entre el INDER y La Municipalidad de Orotina, que se encuentra vigente.

    2. Que la Estrategia Centroamericana de Desarrollo Rural Territorial, 2010-2030(ECADERT),

    en el apartado de Definiciones, también describe el concepto de Desarrollo Rural, definiendo el

    mismo como:

    11. Desarrollo Rural Territorial: Es un proceso de transformación paralelo y

    entrelazado de las dimensiones económica, institucional, social, cultural y ambiental

    de los territorios rurales, en función de políticas públicas concertadas y del esfuerzo

    mancomunado entre las diversas organizaciones de la sociedad civil e instancias

    públicas nacionales y locales, contribuyendo a la cohesión social y territorial, tanto

    nacional como transfronteriza, y al bienestar social y económico de la gente

    vinculada a los territorios.

    3. Que el Instituto de Desarrollo Rural, como ente ejecutor de las políticas del Sector

    Agropecuario y de Desarrollo Rural Territorial, debe velar por el cumplimiento de sus fines,

    objetivos y principios establecidos en la Ley número 9036, algunos de ellos indicados en el artículo

    5, tales como

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    a) Promover y fomentar el bienestar económico y social en los territorios rurales, mediante el

    apoyo económico a la diversificación y la generación de ingresos, empleo y prestación de

    servicios públicos.

    j) Promover el arraigo e integración de la población habitante de los territorios rurales del

    país, reconociendo y respetando la diversidad rural en un enfoque con participación de

    todos los sectores, para contribuir, coordinando con las instituciones competentes, al

    desarrollo de sus capacidades y su inclusión en los procesos de desarrollo económico,

    social, ambiental e institucional, mediante la generación de opciones agroproductivas y el

    impulso de planes de desarrollo rural territorial y los servicios de vivienda, salud y

    educación.

    l) Fortalecer el sistema institucional rural y su articulación en los procesos de desarrollo

    mediante la ejecución de los planes de desarrollo rural territorial, diseñados con la

    participación de los campesinos sin tierra, las familias de los micros, pequeños y medianos

    productores, las dependencias públicas territoriales y los representantes de la sociedad

    civil, creando las condiciones para responder, de manera eficaz, a las necesidades y

    demandas territoriales y a la creación de las condiciones para que los actores locales sean

    gestores de su propio desarrollo.

    4. Que dentro de las funciones del Inder, se encuentran en el artículo 15 de la Ley 9036, las

    siguientes:

    h) Promover el bienestar y el arraigo de la población en los territorios rurales del país, el

    desarrollo humano de sus habitantes, el disfrute de sus derechos ciudadanos y su

    participación en los procesos de desarrollo económico, social, ambiental e institucional, en

    un marco de equidad y sostenibilidad, contemplando criterios de género, integración de la

    población de personas con discapacidad y personas de la tercera edad.

    5. Que dentro de las competencias y potestades del Inder, se encuentra el inciso b del artículo

    16 de la Ley número 9036, que establece lo siguiente:

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    b) El suministro o la contratación de servicios y celebración de cualquier convenio, contrato

    y alianzas con personas de derecho público o privado, nacionales o internacionales

    6. Que dentro de los objetivos y servicios del Fondo de Desarrollo Rural del Inder, se

    encuentran establecidos los artículos 74 y 75, respectivamente, los cuales indican en lo que interesa

    lo siguiente:

    ARTÍCULO 74.- Objetivos del Fondo de Desarrollo Rural

    a) Gestionar los recursos financieros y servicios integrales de apoyo necesarios para la

    ejecución de los planes territoriales de desarrollo rural, lo cual hará mediante la

    asignación presupuestaria por parte del Inder, una vez descontados los gastos fijos,

    inversión y aportes de ley que se establezcan, todo de conformidad con los recursos

    disponibles.

    b) Gestionar el acceso por parte de los productores rurales a los conocimientos, la

    información, el desarrollo tecnológico y los servicios de apoyo requeridos para innovar

    productos y procesos, en procura del mejoramiento de sus empresas y su calidad de vida.

    d) Fomentar la calidad de los procesos productivos y de los servicios y la inocuidad de los

    productos, para el incremento de la competitividad, rentabilidad de las empresas rurales y

    la preservación de la salud de los consumidores.

    f) Impulsar y promover la correcta adopción e implementación de proyectos de desarrollo

    en los territorios rurales.

    ARTÍCULO 75.- Servicios del Fondo de Desarrollo Rural

    Para el cumplimiento de sus objetivos, el Fondo de Desarrollo Rural brindará los

    siguientes servicios:

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    a) Brindar los servicios de asistencia técnica e innovación, capacitación, infraestructura

    económica y social, comercialización, estudios básicos en las fases de preinversión e

    inversión y gestión de inversiones.

    f) Establecer los mecanismos de coordinación para la participación interinstitucional en

    la elaboración, ejecución y evaluación de las acciones estratégicas para el desarrollo

    rural.

    g) Asesorar y colaborar con los gobiernos locales para incluir temas de desarrollo rural

    en los planes reguladores, así como fortalecer su capacidad de gestión y liderazgo.

    h) Apoyar los procesos de organización económica y social de los integrantes de los

    territorios rurales en coordinación con las instituciones responsables.

    7. Que la Ley 9036 en su Artículo 8, inciso c) establece que "El Inder facilitará, con

    fundamento en la Ley N° 8801, Ley General de Transferencia de Competencias del Poder Ejecutivo

    a las MUNICIPALIDADES, la coordinación con los gobiernos locales y las diferentes

    instituciones gubernamentales y no gubernamentales, las acciones que se realizarán en cada cantón

    del País, lo que permitirá la eficacia y la eficiencia en la utilización de los recursos disponibles."

    Norma que es desarrollada más adelante en los artículos 15 incisos j) y n) y 16 incisos g) y m) de

    dicha Ley.

    8. Que ambas entidades se encuentran unidas por intereses y objetivos comunes, en el campo

    del desarrollo económico y social del país, con especial relación en la dotación a las poblaciones

    rurales de los medios para su desarrollo, entre ellos las estrategias de promoción, capacitación,

    ejecución y financiamiento de diversos proyectos, construcción, reparación y mantenimiento de

    obras de infraestructura rural básica, obras y actividades en temas de interés común para ambas

    instituciones, relacionadas con la producción agropecuaria y agroindustrial, agroturismo y el

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    desarrollo integral de las comunidades; por lo que acuerdan unir esfuerzos en procura de mejorar el

    acceso a la producción y la calidad de vida de los habitantes del Territorio de la Región de

    Desarrollo Pacífico Central.

    9. Que, para el proyecto total, se ha determinado el aporte de los recursos según el componente

    necesario para su operación y el actor ejecutante de cada uno de éstos, siendo que el detalle de los

    recursos necesarios para la ejecución del proyecto, así como el responsable en cada uno, se indica a

    continuación, aportando el Instituto un 15.6%, de ese total.

    CUADRO DE APORTES

    Descripción Costo

    Terrenos Municipales folio real 2-211144-000 plano catastrado y visado con un área de 67.708,66 m2

    ₡592,550,775.00

    1° etapa: Finiquito de Sitapio ₡67,306,107.00

    2° etapa: Elaboración de Anteproyecto ₡1,700,000.00

    3° etapa: Remodelación del sitio, sector A1 ₡17,000,000.00

    4° etapa: Remodelación del sitio, sector A2 ₡12,220,000.00

    5° etapa: Compra de una parte de mobiliario. ₡760,800.00

    6° etapa: Aporte de funcionarios: guarda, misceláneo y Director (costo anual de la planilla)

    ₡36,239,718.75

    7° etapa: Obras Complementarias ₡24,902,582.34

    9° etapa: Compra de mobiliario. ₡60,000,000.00

    Aporte de la Municipalidad de Orotina ₡812,679,983.09

    8° etapa: Construcción del sector B ₡150,000,000.00

    Aporte del INDER ₡150,000,000.00

    Costo total del proyecto ₡962,679,983.09

    10. Que, en Asamblea General Extraordinaria del Consejo Territorial Orotina - San Mateo –

    Esparza, del 30 de agosto de 2016, se aprobó el plan de desarrollo rural territorial 2016-2021 dentro

    del cual, en la matriz de proyectos de la dimensión de Infraestructura, en el artículo No. 8 se

    encuentra incluido el presente proyecto. Apoyo que fue ratificado por el Comité Directivo del

    Consejo Territorial de Desarrollo Rural en Sesión extraordinaria No.6 del 31 de mayo de 2018 en el

    artículo 4.

    11. Que conforme las consideraciones anteriores, ambas entidades mediante acuerdos de Junta

    Directiva del INDER, artículo número ________, de la sesión ________ celebrada el ___ de _____

    del año dos mil diecinueve, se aprobó el proyecto propuesto y autorizó la suscripción del presente

    Convenio, y el Concejo Municipal, mediante Acuerdo número ____, de la sesión número ____

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    celebrada el ___ de _____ del año dos mil diecinueve, aprueba la suscripción del presente

    Convenio.

    POR TANTO

    Con fundamento en las anteriores consideraciones, entre nosotros el Inder y la Municipalidad

    de Orotina acordamos suscribir el presente Convenio Específico para realizar labores

    relacionadas con la Ejecución del Proyecto denominado “Centro de Formación, Capacitación

    y Actualización del Territorio OSME y su área de influencia - CEFOCA”, en el cantón de

    Orotina de la Provincia de Alajuela, en la Región de Desarrollo Pacífico Central y que se regirá

    por las siguientes clausulas.

    PRIMERA: DEL OBJETO.

    El presente Convenio Específico tiene por objeto el trabajo conjunto entre el Inder y la

    Municipalidad de Orotina, para realizar labores relacionadas con la ejecución del proyecto

    denominado “Centro de Formación, capacitación y actualización del territorio OSME y su

    área de influencia - CEFOCA”, en el cantón de Orotina de la Provincia de Alajuela, en la Región

    de Desarrollo Pacífico Central. Específicamente se contempla la construcción del módulo B del

    Centro de Formación, Capacitación y Actualización conocido como CEFOCA, mediante la

    construcción de dos talleres para computo, ocho aulas modulares para talleres de idiomas, dos

    aulas sencillas, área de recepción, batería de baños, comedor y oficina administrativa.

    SEGUNDA: OBLIGACIONES DE LA PARTES

    RESPONSABILIDADES DE LA MUNICIPALIDAD DE OROTINA

    Con los recursos otorgados por el Inder por un monto de ¢ 150.000.000.00, (ciento cincuenta

    millones de colones), la Municipalidad de Orotina, procederá a realizar el respectivo proceso de

    contratación correspondiente para la ejecución del proyecto “Centro de Formación, capacitación

    y actualización del territorio OSME y su área de influencia - CEFOCA”, específicamente se

    contempla la construcción del módulo B del Centro de Formación Capacitación y Actualización

    conocido como CEFOCA, que en general contempla la construcción de dos talleres para computo,

    ocho aulas modulares para talleres de idiomas, dos aulas sencillas, área de recepción, batería de

    baños, comedor y oficina administrativa. Actividades que se contemplan y se realizarán de

    conformidad con lo indicado en el siguiente cuadro N°1:

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    CUADRO N°. 1. Aporte Inder

    PRESUPUESTO DE OBRA CIVIL POR ACTIVIDADES

    No. ACTIVIDAD UNID

    AD CANTID

    AD PRECIO UNIT.

    TOTAL

    APORTE ERT APORTE INDER

    1

    OBRAS PRELIMINARES

    Limpieza de terreno m2 1309 600,00 ₡ 785.400,00

    2 Bodega Gl 1 1.126.585,82 ₡1.126.585,82

    3 Trazado m2 1309 1.300,00 ₡ 1.701.700,00

    4 Excavaciones y Cimentaciones

    gl 1 12.681.093,52 ₡12.681.093,52

    5 Lastre compactado m3 261,8 23.250,00 ₡ 6.086.850,00

    6

    OBRA GRIS

    Paredes en Mamposteria (Block 15x20x40)

    m2 264 27.314,00 ₡ 7.210.896,00

    7 Vigas corona ml 58,5 10.200,00 ₡ 596.700,00

    8 Pedestales de Concreto und 12 51.213,00 ₡ 614.556,00

    9 CERRAMIENTO Ventanería de aluminio con marco de aluminio

    m2 170 149.800,00 ₡25.466.000,00

    10

    ELEMENTOS DE ACERO

    Columnas Tipo I (Tubo Industrial 10x15 cm)

    unid 12 82.500,00 ₡ 990.000,00

    11 Columnas Tipo II (Tubo Industrial 10x15 cm)

    unid 20 82.500,00 ₡ 1.650.000,00

    12 Arriostres (Tubo industrial diámetro 7.5 cm)

    unid 24 46.523,00 ₡ 1.116.552,00

    13 REPELLOS Repellos afinados y lujados

    m2 264 2.050,00 ₡ 541.200,00

    14

    ESTRUCTURA DE TECHO EN

    GENERAL

    Estructura de techo m2 864 19.547,00 ₡16.888.608,00

    15 Malla electrosoldada # 1 y aislante térmico

    m2 864 3.215,00 ₡ 2.777.760,00

    16 Cubierta de techo HE # 26

    m2 864 9.570,00 ₡ 8.268.480,00

    17 Hojalatería "cumbrera y botaguas" HE # 24

    ml 95 4.597,00 ₡ 436.715,00

    18 Tapichel m2 64 2.325,00 ₡ 148.800,00

    19 Precintas ml 90 2.445,00 ₡ 220.050,00

    20 Cerramiento en malla jordomex

    m2 60 5.387,00 ₡ 323.220,00

    21 Canoas ml 90 8.600,00 ₡ 774.000,00

    22 Bajantes unid 12 61.041,60 ₡ 732.499,20

    23

    PISOS Y ENCHAPES

    Contrapiso y piso lujado

    m2 550 43.161,14 ₡23.738.627,00

    24 Acera y Rampas m2 45 35.874,00 ₡ 1.614.330,00

    25 Piso Porcelanato m2 550 9.100,00 ₡ 5.005.000,00

    26 Azulejo en baños 1.80 m altura

    m2 63 9.200,00 ₡ 579.600,00

    27 INSTALACION

    MECANICA

    Sistema de agua potable

    Gl 1 987.000,00 ₡ 987.000,00

    28 Sistema de aguas negras

    Gl 1 5.204.151,00 ₡ 5.204.151,00

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    29 Registros y ceniceros Gl 1 468.236,49 ₡ 468.236,49

    30 Trampa de grasas Gl 1 559.800,00 ₡ 559.800,00

    31 CIELOS Cielo raso en tablilla plástica PVC

    m2 600 5.516,00 ₡ 3.309.600,00

    32 VENTANERIA

    Ventanería Gl 1 17.225.000,00 ₡17.225.000,00

    33 Rejas Metálicas Gl 1 6.500.000,00 ₡ 6.500.000,00

    34 PUERTAS

    Puertas de oficinas y acceso

    unid 14 115.847,00 ₡ 1.621.858,00

    35 Puerta de Servicios Sanitarios y Ducha

    unid 5 84.925,00 ₡ 424.625,00

    36

    PIEZAS SANITARIAS Y ACCESORIOS

    Inodoro tipo Ecológico Salvagua II y accesorios

    gl 4 188.400,00 ₡ 753.600,00

    37 Mingitorio tipo Seco Salvagua F-4000 y accesorios

    unid 2 168.300,00 ₡ 336.600,00

    38 Lavatorios del tipo Colony y accesorios

    unid 4 135.000,00 ₡ 540.000,00

    39 TANQUE SEPTICO Y DRENAJE

    Tanque séptico gl 1 840.800,00 ₡ 840.800,00

    40 Drenaje séptico gl 1 328.000,00 ₡ 328.000,00

    41

    ACABADO

    Pintura: paredes y tapicheles

    m2 656 2.230,00 ₡ 1.462.880,00

    42 Pintura: estructura metálica, verjas y jordomex

    gl 1 1.228.600,00 ₡ 1.228.600,00

    43 MUEBLES Mueble de cocina y fregadero

    gl 1 840.560,00 ₡ 840.560,00

    44 SEGURIDAD Extintor tipo ABC unid 6 120.000,00 ₡ 720.000,00

    45

    OBRA

    ELECTRIC

    A

    TOTTEN

    Estructura de mamposteria, base de medidor, acometida y malla de tierras

    gl 1 845.000,00 ₡ 845.000,00

    46 Tablero principal, circuitos y ramales

    gl 1 288.900,00 ₡ 288.900,00

    47 TOMAFUERZA Salidas de tomafuerza gl 1 382.500,00 ₡ 382.500,00

    48 ILUMINACION Salidas de iluminación gl 1 255.000,00 ₡ 255.000,00

    49 AIRES Aires acondicionados gl 1 1.557.663,00 ₡1.557.663,00

    50 VOZ Y DATOS Salidas de voz y datos dobles

    gl 1 1.629.300,00 ₡1.629.300,00

    51 Costo más porcentaje (3%) gl 1 4.517.686,31 ₡ 4.517.686,31

    TOTAL ₡ 24.902.582,34 ₡ 150.000.000,00

    1. Ejecutar los recursos comprometidos, por parte de la Municipalidad y que se encuentran

    pendientes de ejecución, correspondientes a un monto de ¢24.902.582,34 (veinticuatro millones

    novecientos dos mil cuatrocientos ochenta y dos colones con treinta y cuatro céntimos) en obras

    complementarias, tanque séptico, acabados, muebles, salida de datos y aire acondicionado,

    indicados éstos últimos en el presupuesto de la obra constructiva y ¢60.000.000,00 (sesenta

    millones de colones cero céntimos) requeridos para la compra de mobiliario y equipo que serán

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    instalados en el área a construir, ambos presupuestos serán ejecutados para el periodo 2020 (ver

    anexo 2).

    2. Las actividades comprendidas en este convenio, la Municipalidad de Orotina las va a

    realizar mediante la modalidad de Contratación Administrativa según la Ley de Contratación

    Administrativa y su Reglamento, tanto lo que corresponde a los aportes del Inder y lo que

    corresponde a su contrapartida, de acuerdo al siguiente cronograma. (ver anexo 1).

    3. Conservar en forma exclusiva y separada su cuenta corriente N° 100-01-016-003731-0,

    cuyo número de cuenta IBAN es N° CR26015101610010037313 del Banco Nacional de Costa

    Rica, para el depósito y administración de los recursos que el Inder transfiera para la ejecución del

    Proyecto propuesto. Esta cuenta será independiente de las demás cuentas que administre la

    Municipalidad de Orotina.

    4. Así mismo llevar registros contables del empleo de la cuenta, independiente de la

    contabilidad general de la organización o de otro fondo de su propiedad, de tal manera que sea

    fácilmente identificado para las auditorias correspondientes. Los intereses de estos recursos, que

    se generen en dicha cuenta corriente no forman parte de este fondo y no podrán ser incluidos

    dentro del presupuesto por parte de la Municipalidad de Orotina sin previo acuerdo entre las

    partes.

    5. A NO UTILIZAR los recursos otorgados y transferidos por parte de este Instituto, en

    obras u otras inversiones, gastos, entre otros. Que no sean las indicadas en el objeto del presente

    convenio.

    6. La Municipalidad de Orotina se compromete que los trabajos a realizar cumplirán con lo

    establecido en la Ley de Construcciones Nº 833, Ley de Planificación Urbana Nº 4240 y Ley

    Igualdad de Oportunidades para las Personas con Discapacidad Nº 7600, en donde se realizará una

    matriz de control de calidad, la cual la empresa adjudicada deberá de cumplir.

    7. A gestionar y facilitar los trámites relativos a la obtención de permisos necesarios y demás

    requisitos requeridos para la correcta ejecución del objeto de este convenio (las obras, adquisición

    de bienes, entre otros).

    8. Una vez otorgados los recursos la Municipalidad de Orotina, esta debe presentar al Inder

    un informe inicial en un plazo de diez días hábiles, posterior al giro de los recursos, el cual

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    contendrá el cronograma de actividades actualizado y descripción detallada de las mismas, de

    igual forma debe actualizar el respectivo cronograma de actividades, al momento de la

    presentación de los informes mensuales si ha tenido variación en algunas de las actividades.

    9. Presentar mensualmente, en los primeros diez días de cada mes, a la Oficina de Desarrollo

    Territorial del Inder en Orotina, la conciliación bancaria de la cuenta corriente y su respectivo

    estado de cuenta, en la que el Inder depositó los recursos financieros objeto de este Convenio

    Específico, así como presentar los respectivos informes técnicos, sobre el avance cada una de las

    actividades contenidas en el cronograma actualizado mensualmente, o bien cuando el fiscalizador

    técnico del Inder lo requiera. Para tales efectos se aplican los instrumentos diseñados por el Inder.

    10. Presentar al INDER, previo a la recepción a conformidad de la liquidación de los recursos,

    en un plazo no mayor a treinta días hábiles, después de finalizado el proyecto:

    a) Un informe técnico final, detallado de conclusión del proyecto, firmado por la persona

    responsable, representante de la organización, donde se indicará explícitamente, que el proyecto

    se efectúo bajo las condiciones pactadas, detallando todos los aspectos relevantes de conformidad

    con el objeto de este convenio, cronograma por actividades, plan de inversión, si hubo retrasos

    indicando causas y ajustes que fueron necesarios, fotografías y cualquier otra documentación que

    respalde la ejecución del objeto contractual.

    b) Un informe de liquidación presupuestaria, previamente aprobado por la Concejo Municipal,

    que contendrá un amplio detalle de cada uno de los giros realizados en relación con el

    cumplimiento de metas alcanzadas, en concordancia con la información financiera presupuestaria

    reflejada en los informes mensuales, detalle de servicios especiales contratados, si existen, detalle

    de origen y aplicación de fondos para los recursos con finalidad específica (cifras reales), en casos

    de los sobrantes, deberá constar copia del depósito bancario al Inder, donde se reintegra el monto

    más los intereses generados.

    c) Un acta de recepción final del proyecto. Lo anterior de conformidad con el oficio N° DFOE-

    188, del dieciocho de diciembre del dos mil unos, de la Contraloría General de la República

    d) Transcripción del acuerdo del Concejo Municipal, donde se conoce y aprueban los informes de

    ejecución presupuestaria con toda la información señalada en los puntos anteriores.

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    11. Una vez finalizada la ejecución del objeto de este Convenio Específico, la Municipalidad de

    Orotina, deberá presentar a la Oficina de Desarrollo Territorial Orotina, informe cualitativo y

    cuantitativo de las obras construidas, para realizar labores relacionadas con la “Centro de

    formación, capacitación y actualización del territorio OSME y su área de influencia -

    CEFOCA”., anexando a éste la respectiva acta de verificación de conclusión de obras por parte de

    la Oficina de Desarrollo Territorial Orotina. Este informe debe ajustarse mínimo a las guías

    entregadas por el Inder, y contener la información gráfica y documental correspondiente.

    12. El informe de liquidación financiera debe contener: La liquidación de gastos ejecutados, las

    copias de las facturas de conformidad con la guía entregada por el Inder. Deberá reembolsar al

    Inder las sumas que no hayan sido utilizadas para la ejecución del presente Convenio; así como los

    intereses que hayan generado dicho monto, debiendo realizar el depósito de las mismas a la cuenta

    del Instituto de Desarrollo Rural, del Banco Nacional de Costa Rica que se indica N° 100-01-000-

    019735-0. Dicho informe deberá contener la liquidación presupuestaria y estados bancarios de la

    cuenta corriente N° 100-01-016-003731-0 y cuyo número de cuenta IBAN es N°

    CR26015101610010037313 del Banco Nacional de Costa Rica, así como el comprobante de

    depósito al Inder, por concepto de devolución de los intereses generados en la cuenta corriente N°

    100-01-016-003731-0 del Banco Nacional de Costa Rica.

    13. Presentar, en un plazo no mayor de cinco días, cuando se requiera, aclaración o adición a

    informe técnico o financiero, cuando el Inder lo solicite por escrito.

    14. Facilitar el acceso en cualquier momento y sin previa comunicación a los funcionarios del

    Inder, de la Auditoría Interna o de la Contraloría General de la Republica, a sus sistemas de

    información contable, financieros y presupuestarios con fines de fiscalización, evaluación y control

    del proyecto que se financia con recursos que son otorgados por el Inder, con la finalidad de

    verificar el adecuado uso de los mismos. Así mismo, cuando se requiera por parte de estas

    autoridades información ya sea de manera verbal o por escrito, la Municipalidad de Orotina se

    compromete a entregar la misma en un plazo no mayor a cinco días, después de solicitada, salvo

    que, por la naturaleza de lo solicitado, se requiera de un plazo mayor, para lo cual el Inder, fijara el

    mismo de manera prudencial.

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    15. Abstenerse de beneficiar directa o indirectamente con los recursos económicos otorgados

    por el Inder, a sus miembros, debiendo entenderse que éstos son única y exclusivamente para

    cumplir con el objeto del presente Convenio y las actividades detalladas en el mismo.

    16. De conformidad con lo establecido por la Contraloría General de la República mediante el

    cual se aprueba el presupuesto extraordinario Nº 1-2019 de la Municipalidad de Orotina, la

    Municipalidad de Orotina se compromete a “Velar por el cumplimiento de las cláusulas contenidas

    en los convenios, según cada transferencia de recursos que se incluya en este presupuesto, así como

    por el establecimiento y verificación de las mecanismos de control que garanticen el manejo de las

    recursos involucrados en los proyectos".

    17. También le corresponde a la Municipalidad de Orotina, según lo indicado por la Contraloría

    General de la República "la individualización de la aprobación presupuestaria a casos concretos, es

    una responsabilidad primaria, directa y exclusiva de la Municipalidad, en tanto es a esta a quien le

    corresponde la ejecución presupuestaria, así como la obligación de verificar que la decisión a

    ejecutar el contenido económico aprobado de manera genérica por la Contraloría General se ajusta

    al ordenamiento Jurídico".

    18. La persona responsable por parte de la Municipalidad de Orotina, para la ejecución del

    presente Proyecto es el señor El señor Juan Paulo González Calderón, cédula 1-1348-0230, carnet

    IC-22823, Director de Planificación y Gestión Territorial.

    RESPONSABILIDADES DEL INDER: Por su parte el Inder se compromete a:

    1. Otorgar una contrapartida de ₵ 150.000.000.00 (ciento cincuenta millones con cero

    céntimos), el cual será utilizada para la construcción del módulo B del Centro de Formación

    Capacitación y Actualización conocido como CEFOCA, que en general contempla la construcción

    de dos talleres de computo, ocho aulas modulares para talleres de idiomas, dos aulas sencillas, área

    de recepción, batería de baños, comedor y oficina administrativa. Dicha suma de dinero, será

    depositada en la cuenta corriente N° 100-01-016-003731-0 y cuyo número de cuenta IBAN es N°

    CR26015101610010037313 del Banco Nacional de Costa Rica a nombr