2.1- antecedentes de la investigacion
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2.1- ANTECEDENTES DE LA INVESTIGACION. Los antecedentes de la investigación se refieren a la revisión de otros
trabajos efectuados (trabajos especiales de grado), en directa o indirecta
relación con esta actividad (Fuenmayor, Pereira y Rizquez, 1999). Ahora
bien, con relación a los antecedentes del Arrendamiento financiero como
actividad mercantil, es imposible no mencionar, la escasa cantidad de
trabajos de investigación realizados como la presente, debido a la relativa
novedad del tema en cuestión, y más aun, a las distintas aplicaciones que
hoy en día puede realizar este contrato mercantil, ya que en otrora no
gozaba de la versatilidad que los juristas contemporáneos le han sabido
impregnar.
Con respecto a los trabajos de investigación en materia de arrendamiento
financiero, por demás aislados, se presentan los siguientes:
La investigación realizada por FERNANDEZ PINEDA Elsa, en el año 2000
en la Universidad Rafael Belloso Chacin, titulado “ EL ARRENDAMIENTO
FINANCIERO COMO INSTRUMENTO MERCANTIL PARA EL
FORTALECIMIENTO PATRIMONIAL DE LA MEDIANA EMPRESA
VENEZOLANA”. Este trabajo de investigación tuvo como fundamento
principal, analizar el contexto jurídico-mercantil del contrato de arrendamiento
financiero venezolano como una herramienta de intermediación financiera
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idónea para alcanzar la satisfacción de los requerimientos de bienes de
capital en el desarrollo de las actividades productivas de las empresas de
medianas dimensiones. La metodología aplicada en esta investigación fue
aplicada, descriptiva y de campo, siendo su diseño de características no
experimentales.
La muestra sustraída de la población fue constituida por cinco (5)
arrendadoras financieras y 55 medianas empresas del país. El instrumento
de recolección de datos fueron dos encuestas de actitud, para lograr
identificar y determinar en relación con la variable arrendamiento financiero,
el resultado del análisis situacional, las garantías existentes, los alegatos de
las empresas arrendadoras para ofrecer este servicio, calificaciones
establecidas sobre las arrendatarias financieras en potencia y para proponer
nuevas pautas que dirigieran el mejoramiento cualitativo de la rama del
derecho mercantil en esta materia.
De igual manera, sirvió para determinar la condición de la variable
fortalecimiento patrimonial de las empresas medianas en Venezuela, las
condiciones y elementos que las llevan a la contratación del servicio
mencionado anteriormente y a su vez, analizar los elementos inhibidores en
tal interacción. En cuanto a la validez y contabilidad del instrumento aplicado,
se estableció la validez de construcción a través del método intrapruebas de
Cronbach, dando como resultado un rtt = 0.94 para el primer formato y un rtt
= 0.85 para el segundo. Con respecto a la confiabilidad, esta se logró
utilizando el método de las dos mitades con corrección de Spearman –
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Brown, obteniéndose un R = 0.90 y un R = 0.91 respectivamente, lo cual
concluyó que dichos instrumentos de recolección de datos resultaron
confiables en alto grado.
La interpretación de los datos se realizó a través de estadísticas
descriptivas e ilustradas mediante gráficos de barras. Los resultados
arrojados indicaron que existe la necesidad de perfeccionar a corto plazo la
normativa jurídica mercantil existente en la nación con respecto al rango de
operación del arrendamiento financiero como instrumento de intermediación,
considerando la presencia de fragilidades de carácter práctico, lagunas en
materia de normas, instructivos en la materia, junto con los requerimientos
planteados por las arrendadoras financieras como inversionistas acerca de
un mayor tratamiento de sus componentes representativos en su fundamento
legal.
Finalmente, Fernández en su investigación recomienda a los legisladores
mercantiles nacionales realizar una planificación a corto plazo para
perfeccionar un mayor numero de leyes en miras a la aplicación de
condiciones especificas del arrendamiento financiero, o una implementación
al contenido material de la Ley General de Bancos y Otras Instituciones
Financieras.
Como segundo antecedente de esta investigación se presenta la tesis de
grado realizada por Payares en el año de 1994. Este autor, proveniente de la
Universidad Simón Bolívar de Caracas, realizó una investigación titulada
“FINANCIAMIENTO DE LA INDUSTRIA TRANSFORMADORA DEL
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ALUMINIO”, cuya finalidad principal fue la de analizar la implementación de
diversas Políticas eficientes dentro de radio de acción de la ingeniería
empresarial y financiera para la consecución de un mayor desarrollo de la
Industria Transformadora del Aluminio, de igual manera, el esfuerzo
sostenido de la inversión que se necesita para la implementación de nuevos
establecimientos de carácter industrial como para su respectivo
mantenimiento y expansión de los mismos, tomando en consideración la
evaluación de indicadores que permitan detectar los requerimientos en
materia de financiamiento de la industria.
Esta investigación se dio a la tarea de realizar un concienzudo análisis de
todo el ordenamiento jurídico del sistema financiero venezolano, el cual
incluyó una serie de disposiciones que se dirigieron a presentar y propulsar
el desarrollo de la industria manufacturera, como es la posibilidad de
desarrollar mercado de capitales, posicionándose la imperiosa necesidad de
consolidar en igualdad de condiciones, otros sectores productivos de la
nación un diagnóstico de la industria dedicada a la metalmecánica y a la
metalurgia.
La metodología que aplicó Payares fue de tipo descriptiva, realizando una
estratificación del universo de estudio en concordancia con sus dimensiones
para alcanzar una mayor representatividad de la muestra, seleccionando
como indicador el personal ocupado de la empresa, para la conformación de
los estratos. Su instrumento de recolección de datos fue un cuestionario
diseñado especialmente para la ocasión, elaborado con la finalidad de
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registrar las apreciaciones que manifiestan los 27 empresarios de su
muestra, sobre los diversos elementos de operación de sus respectivas
compañías.
Con respecto al análisis de la información, las estadísticas descriptivas
fueron las herramientas principales, ya que a través de ellas, se obtuvo el
calculo y clasificación en dos categorías a saber, los estimadores de la
distribución porcentual de las respuestas y un índice de clasificación.
En líneas generales, los resultados arrojados indicaron que es superior la
inversión realizada en activos fijos, maquinarias, equipos y construcción de
nuevas plantas por la mediana y pequeña empresa que por la grande. Sin
embargo existe un mayor nivel de complejidad para las empresas de
reducidas dimensiones en accesar a las fuentes tradicionales y no
tradicionales de financiamiento, lo cual ha repercutido, en que tales
empresas busquen apoyo en distintas instituciones tales como FONCREI,
dándole este organismo mayor prioridad a las grandes empresas en
particular.
En tal sentido, Payares concluye que la mayoría de las empresas del
país manifiestan necesidades de financiamiento, sobre todo las pequeñas y
medianas industrias. La falta de financiamiento que azota a las empresas ya
mencionadas repercute infaliblemente en una lógica reducción de futuras
posibilidades de expansión, una progresiva descapitalización,
complementada con una baja inversión de actividades atípicas para las
empresas en general.
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Por lo tanto, este estudio aborda las variables que contempla la presente
investigación, ya que describe la actuación del arrendamiento financiero
como instrumento de planificación para las finanzas y la inversión de tales
empresas.
Como tercera y última referencia del tema en cuestión, se encuentra el
trabajo especial de grado titulado “ ANALISIS DE LOS MECANISMOS
REALES DE FINANCIACIÓN PARA EL INICIO DE EMPRESAS EN CALI”,
realizada por García en 1991 en la Universidad del Valle en Colombia. Dicha
investigación estudió el problema relacionado con el espíritu empresarial y la
creación de las mismas, formulando que la financiación institucional no es
tan prioritaria para el inicio de nuevos negocios como para el
desenvolvimiento económico de los ya existentes, ya que un empresario
demuestra sus habilidades al hallar fuentes de financiamiento adecuadas a
sus objetivos.
García, llevo a cabo esta investigación, relacionada con los medios de
financiación, con una muestra de 142 pequeñas y medianas empresas del
sector formal manufacturero, de servicios y comercio en la ciudad de Cali,
Colombia.
El marco metodológico del estudio fue enmarcado en el tipo descriptivo,
haciendo uso de un cuestionario de 28 preguntas, diseñadas de acuerdo con
el fundamento general sobre el diseño y aplicación de encuestas y el
conocimiento general de las pequeñas y medianas empresas, con el fin de
identificar las fuentes típicas y atípicas que utilizan los empresarios para dar
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los primeros pasos en sus respectivas empresas, detectar las características
de las mismas, sus conocimientos de cómo obtener financiación y los
instrumentos para tal fin que estén a su alcance.
Dentro de los resultados más importantes de este estudio, se pueden
mencionar los siguientes, los empresarios dedicados a esta actividad, oscilan
entre los 30 y mayores de 50 años de edad aproximadamente, teniendo
como predilección, la creación de empresas manufactureras, comercio y
servicios. Tales dueños de empresas, se encuentran en el rango de clase
media y alta, y con un considerable grado de educación superior.
Con respecto a las formas de financiamiento, la investigadora determinó
que los dueños de las empresas recurrían a formas mixtas de financiamiento
para el desarrollo comercial de sus compañías, por lo tanto el ahorro, el
mecanismo socio capitalista, y el crédito, fueron los mas usados por estos
personajes de negocios. Solo un pequeño porcentaje de la muestra
estudiada recurrió al crédito bancario, debido a las fuertes tasas activas y
demás requerimientos exigidos por los Bancos u organismos similares.
En conclusión, las dificultades que agobian a tales empresas, nacen en la
falta de recursos económicos y en las escasas garantías, el alto interés de
las tasas activas, la falta de acceso al mercado de capitales, y una carencia
galopante de información y cultura acerca de otros instrumentos de
financiamiento para promover el fortalecimiento de las empresas recién
constituidas.
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Por lo tanto, si los empresarios lograran dar un uso eficiente al
arrendamiento financiero como una herramienta de carácter financiero, no
tendrían que recurrir a otras instancias económicas, de mayor peso para el
correcto desarrollo de la recién creada empresa, y le permitiría a su vez,
diseñar una planificación financiera más idónea y acorde con el objetivo
primordial de las sociedades mercantiles como lo es el lucro, con un menor
esfuerzo, y mayor dividendos al finalizar el ejercicio comercial anual.
2.2. BASES LEGALES Y DOCTRINALES.
•• RESEÑA HISTORICA DEL ARRENDAMIENTO FINANCIERO
El término Anglosajón Leasing deriva del verbo To Lease, que en idioma
Inglés, significa Arrendar y se utilizaba, en el campo económico, para
distinguir un tipo de arrendamiento con características especiales, ya que el
sinónimo de Leasing en lenguaje común, o sea renting, equivale a
arrendamiento puro y simple.
En diferentes lugares donde funciona el Leasing, y pese a la aceptación
general de este término, se ha pretendido darle una denominación
nacionalizada, acorde con el idioma de cada país. Así, en Francia, se le
llama Credit – Bail; en Bélgica, se habla de Location – Financement; en
España se han intentado varios términos, tale como Préstamos - Arriendo,
Alquiler – Financiación, Préstamo Locativo y Arrendamiento financiero, en
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Alemania, luego de ensayar varias expresiones como Mietfinanzierung, se ha
llegado a los anglicismos Mobilien–Leasing; en Argentina se le dice Location
financiera y en Venezuela aún cuando con frecuencia se hace uso
del término Leasing, legalmente se le denomina Arrendamiento
Financiero.
El Leasing, en su sentido más amplio, ya se practicaba en las antiguas
culturas del Oriente Medio hace cinco mil años, entre el pueblo sumerio; los
propietarios de las tierras, es decir, los dioses con diversos grados de
divinidad, reyes, príncipes y otros magnates, que por su rango no podían
cultivarlas bajo su propia administración, cedían el uso de ellas contra el
precio de un canon que iba de un séptimo u octavo de la cosecha anual
hasta un tercio de ésta.
En Babilonia, sobre el año 1800 las leyes de Hammurabi contenían
numerosas disposiciones de tierras, de barcos y, concretamente del leasing
de animales.
En Persia, hacia el año 538 a.c. la familia Murashu, a quien Livjn califica
de especialistas del leasing, aplicó, en su época, diferentes contratos de este
tipo para la agricultura, presas o canales de riego, para las tierras de cultivo y
para las grandes máquinas.
En Grecia, Demóstenes, el gran orador y abogado de negocios, a través
de sus discursos, dejó pruebas evidentes del leasing de esclavos, minas,
barcos, etc.
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Como importantes resultados económicos, al punto que Jenofonte
discípulo de Sócrates, propuso un interesante proyecto de leasing para
que los ciudadanos no tuvieran que trabajar para vivir, mediante la
compra de 1.200 esclavos a ser arrendados a las minas de plata de
Libración.
En los Estados Unidos es el lugar donde fueron llevadas a cabo las
primeras operaciones de leasing a través de las compañías explotadoras de
los grandes ferrocarriles, a fines del siglo XIX, en negociaciones que
constituían arrendamientos puros de bienes, como nueva formula comercial y
financiera.
La creación del Leasing se atribuye a D.P. Boothe Jr. Estadounidense
fabricante de productos alimenticios, quien, durante, el año de 1950, urgido,
pero carente de maquinaría especial para la elaboración de ciertos alimentos
objeto de un pedido especial del Ejército, tuvo la ocurrencia de tomarla en
arrendamiento, por no disponer de los recursos necesarios para comprarla, o
quizá por estimar excesivo el costo de adquisición, habida cuenta del
volumen y posibilidades de renovación del pedido, el arrendamiento
financiero o leasing son compradoras y vendedoras de dinero; es decir; su
propósito es la intermediación financiera, tal como se conoce en la
actualidad.
Posteriormente, ya en el siglo XX y hacia 1920 la Bell Telephone Sytem
decidió alquilar sus teléfonos en lugar de venderlos, mecanismos que otras
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empresas como la United States Shoe Machinery y la IBM, aplicaron a partir
de 1945, dando origen a lo que se denomina Renting o Leasing Operativo.
Boothe y otros tres socios, fundaron la United States Leasing Corporation,
primera Compañía De Leasing, con un capital inicial de US$ 20.000 y
convenciendo al Bank of América para que le concediera un crédito de
$500.00 que necesitaba para adquirir dicha maquinaría.
Dos años mas tarde, la United States Leasing Corporation venía a
constatar que otras muchas empresas necesitaban del mismo tipo de
servicio, lo que se manifiesta en los contratos que tenía firmados con
sociedades como Ampex, Raytheon y otras muchas empresas electrónicas,
que totalizaban un importante global de US $ 3.000.000. Esto presentaba
para la Compañía Leasing Corporation una desproporcionada cifra de
negocios, dada su débil estructura de capital. Los gastos que implicaban los
contratos firmados superaban con creces a los ingresos provenientes de los
contratos realizados anteriormente.
Boothe, teniendo presente esta situación, intentó persuadir a los socios
sobre la necesidad de realizar una ampliación de capital mediante un
ofrecimiento público de acciones; y, ante la negativa de estos, vendió su
parte y con ella fundó en San Francisco una nueva Compañía de Leasing de
su propiedad, la Boothe Leasing Corporation, con un capital de $400.000; y
cuando necesito más dinero puso sus acciones al público.
En muy poco tiempo el Leasing adquirió espectacular importancia y
grandes grupos bancarios constituyeron nuevas arrendadoras financieras
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con un excelente resultado económico al punto que durante los primeros diez
años se creaba una compañía de leasing por mes.
En Europa, Gran Bretaña, Francia, Italia, España, Alemania, Suiza,
Bélgica, Holanda, Dinamarca y otros países, diversas sociedades de leasing,
unas vinculadas a sectores financieros internos y otras unidas por afiliación a
grupos internacionales. Todas ellas, pese a iniciales dificultades legales en la
adaptación a la normativa jurídica de cada país, funcionan con gran éxito en
el mercado europeo y muestran importantes cifras en el resultado de
sus balances, habiéndose en una organización continental denominada
Federación Europea de Asociaciones de Empresas de Leasing.
Formas refinadas de impulsar las ventas comerciales han aparecido en
este siglo; los comerciantes han hecho galas, una vez más de su inagotable
ingenio, ahora demostrado mediante la creación de mecanismos de
seductora presentación; uno de ellos, el Arrendamiento con promesa de
venta, también conocido como Arrendamiento Financiero, y en ocasiones
como Leasing, que permite a las empresas industriales, agrícolas y
comerciales de todo tipo, así como a los no comerciantes, el disponer de
equipo, maquinaría, aparatos y automóviles, sólo durante su vida útil, sin
necesidad de pagar su precio de contado, ni de acudir a préstamos o
créditos para tal fin.
El otro es la tarjeta de crédito, que permite a su tenedor que
prácticamente, puede serlo persona física o moral; adquirir sin necesidad de
llevar dinero consigo ni de acudir a otras formas de pago momentáneo,
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mercaderías y hacer uso de servicios de una amplísima variedad, a tal punto
que abarca casi todos los bienes de uso o consumo personal, domestico y en
otras oficinas, así como numerosas servicios, principalmente de transporte y
en forma de suministros (Acedo,1984).
•• NATURALEZA JURÍDICA DEL ARRENDAMIENTO FINANCIERO
Como lo menciona Lavalle y Pinto (1982) la doctrina sobre la materia en el
derecho comparado, e incluso, en la legislación de los diferentes países,
mantienen criterios divergentes y orientaciones básicas distintas sobre las
características fundamentales del Leasing, coincidiendo al respecto sobre las
siguientes:
- Es Consensual; porque se establece por el consentimiento
de las partes y se perfecciona en la oportunidad en que
haya acuerdo de voluntades.
- Es Conmutativo; con cargas y beneficios previamente
evaluados, no aleatorios.
- Es Bilateral; porque impone obligaciones y beneficios para
cada parte.
- Es a tiempo determinado; porque se estipula una duración.
- Es Atípico; porque origina una situación jurídica compleja en
la cual se dan distintos mecanismos jurídicos que, sin peder
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su autonomía conceptual, se desenvuelve dentro del fin e
intereses que constituyen el objeto del contrato.
- Es Intuitu Personae; porque para ser arrendador financiero
se requieren cumplir con determinados requisitos; y el
arrendatario, por su parte, debe obstentar determinadas
cualidades en virtud de las cuales se contrata con él.
• CONCEPTUALIZACION DEL ARRENDAMIENTO FINANCIERO
Según la Ley General de Bancos y Otras Instituciones Financieras (1993)
el arrendamiento financiero contemplado dentro de la actividad bancaria
como instrumento de intermediación financiera, se define en los artículos 80
y 81 de dicha Ley de la siguiente manera:
Artículo 80: Se considera Arrendamiento Financiero la operación mediante la cual una arrendadora financiera adquiere un bien mueble o inmueble conforme a las especificaciones indicadas por el interesado, quien lo recibe para su uso, por un periodo determinado, cambio de una contraprestación dineraria que incluye amortización del precio, intereses, comisiones y recargos previstos en el contrato. Parágrafo Primero: En los contratos respectivos se establecerá que el arrendatario puede optar, durante el transcurso o el vencimiento del mismo, por devolver el bien, sustituirlo por otro, renovar el contrato o adquirir el bien, de acuerdo con las estipulaciones contractuales. A los contratos y operaciones de arrendamiento financiero no
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les es aplicable el último aparte del artículo 1579 del Código Civil. Parágrafo Segundo: Los intereses estarán incluidos en las contraprestaciones dinerarias de arrendamiento financiero y deberán calcularse tomando en cuenta las amortizaciones del precio del precio pagado por la arrendadora, al adquirir el bien objeto del contrato. En caso de mora en el pago de cuotas de arrendamiento financiero, los intereses moratorios se calcularán sobre el monto que resultare de restar a las respectivas cuotas, los intereses compensatorios, incluidos en las mismas. Artículo 81: La amortización del precio pagado por la empresa arrendadora al adquirir el bien deberá ser incluida dentro del monto de la contraprestación dineraria que se pagará durante el plazo de arrendamiento por la cesión del uso del bien. El precio de la venta, en caso de que se ejerza la opción de compra al vencimiento del contrato, no podrá exceder del valor del rescate, el cual deberá fijarse en el Contrato de Arrendamiento Financiero; si se trata de ejercer opción de compra sobre los bienes inmuebles, los derechos de registro del documento de compraventa se calcularán sobre el precio de venta que resulte de los limites establecidos en este artículo. El precio pagado por la adquisición del bien, así como los derechos y obligaciones que corresponden a la arrendadora según el contrato de arrendamiento financiero, constituyen una inversión financiera que la arrendadora amortizará, a medida que se recupere dicha inversión por vía de contraprestaciones dinerarias.
Adicionalmente, es oportuno destacar que en el artículo 1° de la citada
ley se incluyen las arrendadoras financieras dentro de las instituciones
financieras especializadas. De cualquier modo, el arrendamiento financiero
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se distingue del arrendamiento normal, porque en esta primera clase de
operación el arrendatario tiene la facultad a la terminación del contrato en
otro momento durante el transcurso del mismo, o de adquirir el bien
arrendado por un precio sumamente bajo, muchas veces hasta inferior al
valor residual o valor de salvamento.
De manera similar, para Rodner (1997) el arrendamiento consiste en
transferir el uso de un bien mueble duradero a un tercero contra el pago de
una cuota o canon. Para este autor el arrendamiento industrial, también
denominado por el uso de la palabra en inglés como Leasing, refiere al
alquiler de bienes duraderos normalmente bienes de producción
(Industriales, equipos con naves, aeronaves y camiones, entre otros), dentro
del cual, se distinguen el arrendamiento operativo y financiero.
Considerando el propósito de esta investigación, el autor Rodner (1997,
Pág. 1062) comenta que “como una forma de alquiler, este tipo de
arrendamiento representa una técnica de créditos, por la cual, el
prestamista ofrece al prestatario potencial el arrendamiento de un bien,
conjuntamente con la promesa unilateral de vendérselo al final del periodo de
arrendamiento por un valor nominal, cuyos cánones de arrendamiento,
incluyen intereses, a amortizaciones del precio, comisiones y recargos”.
En este tipo de arrendamiento, el arrendatario siempre tiene la opción
para comprar la cosa arrendada al final del contrato de arrendamiento y lo
que sucede es que el prestamista, en lugar de una suma de dinero prestada
al prestatario (deudor de la operación) para la adquisición de una maquinaria
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o equipo, se lo alquila y calcula las cuotas de arrendamiento en forma tal que
ellas incluyan los componentes de capital para la amortización de lo que
hubiere sido el préstamo para la compra, mas los componentes de interés y,
por supuesto, el margen de utilidad para el prestamista.
Por ello, la intención fundamental en el arrendamiento financiero es que el
bien arrendado le pertenezca al arrendatario, que no es más que su
comprador. Por otro lado, el arrendador es un intermediario financiero que
toma dinero prestado y lo utiliza para comprar una máquina, que a su vez
alquila a un tercero.
Al final de la contratación de las partes (arrendador y arrendatario), por
disposición legal el precio de venta no puede exceder el valor de rescate, y
por ello, se reconoce que el espíritu de este contrato es proteger los
intereses de ambas partes. También el arrendatario tiene la posibilidad de
devolver el bien sustituirlo por otro o renovar el contrato durante o después
de financiamiento del mismo, siempre de acuerdo con los términos pactados.
Finalmente señala Rodner (1997, pp. 1063 –1064) que el arrendamiento
financiero “ha tenido en los últimos años un gran desarrollo, tanto en el
mercado nacional como internacional, en el cual, se ha aplicado para ciertos
tipos de equipos, especialmente de transporte, siendo los bienes que mas
frecuentemente aparecen en el arrendamiento financiero, las naves,
aeronaves, camiones en los transportes continentales, tanto en Europa como
en los Estados Unidos, contenedores (containers) utilizados para los
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transportes de mercancías y otros”. En Venezuela, actualmente operan seis
(6) compañías muy reconocidas de este tipo.
Según Rodner (1997) el flujo de operaciones en un arrendamiento
financiero puede expresarse bajo las relaciones descritas en la figura 1.
Mediante esta esquematización, es posible reconocer que la operación de
arrendamiento financiero en su carácter de instrumento de intermediación
financiera, estimula el flujo de recursos financieros que da inicio el
arrendador una vez que acuerda con el arrendatario el tipo de bien a ser
arrendado.
Como inversionista, el arrendador financiero inicia los trámites para la
adquisición del bien tratando con el fabricante sobre sus especiales
características, para lo cual aplica su propio capital o, en su defecto, asumirá
un crédito ante el cual cumplirá con las respectivas mensualidades e
intereses. En este sentido, una vez vendido el bien por parte del fabricante,
el arrendador podrá hacer la entrega formal del bien al arrendatario
financiero, quien en definitiva lo recibe para su uso, posesión y disfrute a
cambio de realizar lo estipulado en el correspondiente contrato, el pago
puntal de los cánones de arrendamiento.
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Figura 1. Flujo de Operaciones en un Arrendamiento Financiero
Fuente primaria Fabricante de fondos mensualidades vende máquina
+ intereses
capital paga el precio
Arrendador
Recibe uso de la máquina paga cánones de arrendamiento
Arrendamiento FUENTE: Rodner (1997, p. 197) Explica Acedo (1984, p.35) que “el término crédito – arriendo identifica al
Leasing como una operación de prestamos. En estas operaciones de alquiler
de bienes de capital o inmobiliarios de usos profesional, los bienes son
comprados por empresas especialmente para ser alquilados, quedando
estas como propietarias, pero dando al arrendatario la posibilidad de adquirir
en todo o en parte los bienes alquilados a precios previamente convenidos
que tienen en cuenta las entregas o pagos hechas a titulo de alquiler”.
De tal modo, constituyen operaciones de arriendo financiero aquellas
operaciones que, cualquiera que sea su denominación consistan en el
arrendamiento de bienes de equipos, capital productivo y vehículos
adquiridos exclusivamente para dicha finalidad por empresas constituidas a
este fin y según las especificaciones señaladas por el futuro usuario. Las
mencionadas operaciones deberán incluir una acción de compras a favor del
usuario al termino del arrendamiento.
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Por otra parte, Araujo define el Leasing de dos maneras: Una restringida
y otra amplia; en el primer sentido expresa que se trata de “un contrato en
virtud del cual una sociedad especializada adquiere, a petición de su cliente,
determinados bienes que le entrega a título de alquiler, mediante el pago de
una remuneración y con la opción para el arrendatario que al vencimiento del
plazo de continuar el contrato con nuevas condiciones o, adquiriendo los
bienes arrendados en propiedad”.
En sentido amplio, “es un contrato por cual una empresa a solicitud de un
tercero, adquiere o cede bienes o equipos para uso profesional de una
sociedad productora de la misma empresa arrendada o del mismo contra el
pago periódico de una remuneración con la posibilidad de rescatar el bien
tomado en arrendamiento y devenir, en consecuencia, en propietario, contra
el pago de un precio – pre – establecido, o bien prorrogar el contrato de
arrendamiento de nuevas condiciones”.
En resumen, el arrendamiento financiero, como su nombre lo indica, es
en esencia una técnica financiera que permite realizar una inversión
amortizable con la rentabilidad producida por la explotación económica de un
bien.
Por este motivo, el arrendador es una entidad financiera que actúa como
intermediaria y cuya finalidad de financiar el bien objeto del contrato que ha
sido previamente seleccionado por su cliente, pues este, dada su vocación
técnica y el conocimiento que tiene de su negocio, es quien en mejores
condiciones esta para determinar sus necesidades.
Capítulo II. Marco Legal y Doctrinal.
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Pero, es de advertir que el arrendatario es quien generalmente soporta
todos los riesgos técnicos de la operación, como son el mantenimiento,
reparaciones, seguros y afines.
• CARACTERÍSTICAS DEL ARRENDAMIENTO FINANCIERO
El arrendamiento financiero es una fuente importante de financiamientos
de equipos. Van Horne (1997, p.243) indica que “es un contrato por el cual el
propietario de un activo (el arrendador) concede a la otra parte (el
arrendatario) el derecho exclusivo para utilizar el activo a cambio del pago de
la renta. Para propósitos financieros, existe una obligación de efectuar pagos
periódicos de renta, usualmente por mes o trimestre”.
Aún cuando, los tipos de leasing guardan una personalidad mercantil
describen una serie de características que se relacionan con la
especificación de la forma de ejecutar pagos adelantados o atrasados, las
responsabilidades en el mantenimiento del activo y sobre la cancelación del
contrato.
Por último, el contrato de arrendamiento financiero suele especificar
alguna clase de opción para el arrendatario a su vencimiento, es decir, suele
tratarse la renovación y la compra del activo al vencimiento del contrato,
entre otras. Casi todos los arreglos financieros caen en uno de estos tres
tipos de principales, los cuales se explican a continuación: un arreglo de
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venta y retroarrendamiento, la adquisición directa de un activo arrendado y el
arrendamiento apalancado.
•• VENTA Y ARRENDAMIENTO DE BIENES ADQUIRIDOS
Bajo un arreglo de venta y renta de bienes adquiridos, una compañía
vende un activo a otra y ésta le otorga en arrendamiento de vuelta (leasing
back) a la primera compañía. Por lo general, el activo se vende a su valor
aproximado en el mercado.
Precisamente, la compañía recibe el precio de venta en efectivo y el uso
económico del activo durante el periodo básico del arrendamiento. A su vez,
contrata la realización de pagos periódicos sobre el arrendamiento y entrega
sus derechos sobre el activo. Como resultado, el arrendador recibe cualquier
valor residual que pudiera tener el activo al final del periodo de
arrendamiento, mientras que antes este valor era obtenido por la compañía.
•• ARRENDAMIENTO DIRECTO
Es un arrendamiento directo, una empresa adquiere el uso de un activo
que antes no era de su propiedad.
Una empresa puede arrendar un activo del fabricante, como lo hace la
IBM con las computadoras.
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En la actualidad, los bienes de capital se pueden obtener mediante el
financiamiento por arriendo. Por ello, existe una gran variedad de arreglos de
arrendamiento directo para satisfacer diversas necesidades de las empresas.
Los tipos principales de arrendadoras son los fabricantes, las compañías
financieras, los bancos, las compañías arrendadoras independientes, las
compañías arrendadoras para propósitos especiales y las sociedades.
Para aquellos arreglos de arrendamiento que involucran a todos los
anteriores excepto a los fabricantes, el vendedor vende el activo al
arrendador quien a su vez, lo arrienda al arrendatario. En algunos casos, el
arrendador puede lograr economías de escala en la compra de activo de
capital y puede pasarlas al arrendatario en forma de menores pagos sobre el
arrendamiento.
•• ARRENDAMIENTO APALANCADO
En ocasiones, se utiliza una forma especial de arrendamiento para
financiar activos que requieren grandes desembolsos de capital. A está, se le
conoce como arrendamiento apalancado.
En contraste con las dos partes involucradas en las formas de
arrendamiento que antes se describieron, hay tres partes involucradas en las
formas de arrendamiento apalancado: el arrendatario; el arrendador o
participante de capital y el prestamista.
Capítulo II. Marco Legal y Doctrinal.
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Van Horne (1997, p. 247) explica desde el punto de vista del arrendatario
“no hay diferencias entre un arrendamiento apalancado y algún otro tipo de
arrendamiento. Este contrata la realización de pagos periódicos durante el
periodo básico del arrendamiento y, a su vez, tiene derecho al usufructo del
activo durante ese mismo periodo”.
Sin embargo, el papel del arrendador ha cambiado. Este, adquiere el
activo de acuerdo con los términos del arrendamiento y financia la
adquisición en parte mediante una inversión de capital, la parte restante es
proporcionada por un prestamista (s) de largo plazo. En fin, el préstamo
suele asegurarse con una hipoteca sobre el activo , lo mismo que por la
asignación del arrendamiento y los pagos del mismo.
Como propietario del activo, el arrendador tiene derecho a deducir todos
los cargos por la depreciación asociados con el activo. El patrón del flujo de
efectivo para el arrendador generalmente involucra: un egreso del efectivo en
el momento de la adquisición del activo, en el cual presenta su participación
en el capital; un periodo de ingresos de efectivo representados por los pagos
del arrendamiento y los beneficios fiscales, menos los pagos sobre la deuda
(principal e intereses); y, un periodo de egresos de efectivo neto durante el
cual, a causa de los beneficios fiscales decrecientes, la suma de los pagos
del arrendamiento y de los beneficios fiscales cae por debajo de los pagos
vencidos de la deuda.
Si hay un valor residual al final del periodo de arrendamiento, este por
supuesto, representa un ingreso de efectivo para el arrendador. Desde su
Capítulo II. Marco Legal y Doctrinal.
38
punto de vista, la reversión de signos de los flujos de efectivo, de negativo a
positivo a negativo, da lugar a la posibilidad de múltiples tasas internas de
arrendamiento. Por esta razón, para el arrendador es mejor utilizar un
enfoque de valor presente neto a evaluar la situación.
Aunque al principio pudiera parecer que el arrendamiento apalancado es
más complicado que los acuerdos de ventas y retroarrendamiento o
arrendamiento directo, este se reduce a determinados conceptos básicos
que, desde el punto de vista del arrendatario, se puede analizar en la misma
forma que cualquier arrendamiento (Van Horne, 1997).
•• CLASES DE ARRENDAMIENTO
Señala Acedo (1984) que existen diferentes clases de arrendamiento o
leasing, los cuales se tratan a continuación:
LEASING FINANCIERO: Es a aquel contrato en virtud del cual el
arrendador siguiendo las indicaciones de sus clientes, se comprometen
exclusivamente a poner a su disposición la maquinaria especifica que este
ha elegido previamente, contra el pago de una cuota de arrendamiento
mutuamente convenida, que en total, superan su precio de compra y
fraccionadas de tal modo que generalmente coinciden con el tiempo de vida
económica y fiscal del bien.
Capítulo II. Marco Legal y Doctrinal.
39
Este contrato es irrevocable y los riesgos y gastos corren por cuenta del
arrendatario, quien al finalizar el contrato puede concertar otro, comprar el
material por un valor residual pre establecido o devolverlo al arrendador.
LEASING INMOBILIARIO: Es un contrato en virtud del cual la
arrendadora sede en arrendamiento un bien destinado preferentemente al
uso personal, comercial o industrial, comprando o construido por su cuenta,
concediendo al arrendatario la facultad de adquirirlo al finalizar el contrato.
Esta modalidad se asemeja al leasing financiero, pero dada la naturaleza del
bien arrendado la operación se hace más compleja ya que pueden surgir
problemas imprevistos que no se presentan cuando el alquiler versa sobre
maquinarias y equipos.
LEASING OPERATIVO: Es considerado como arriendo de explotación; lo
practica directamente las empresas industriales o comerciales que
encuentran en esta formula una manera segura y eficaz de dar salidas a sus
productos. En el leasing operativo, el arrendador es el mismo proveedor de
los equipos y no un intermediario financiero. La empresa arrendadora
requiere, en este caso, tener grandes existencias de equipos, almacenes,
personal calificado para la reparación y mantenimientos de maquinarias entre
otras condiciones.
Para Rodner (1997, Pág. 193) en el arrendamiento operativo, “el
arrendatario toma la cosa en alquiler con el propósito de usarla
Capítulo II. Marco Legal y Doctrinal.
40
temporalmente. No es realmente un mecanismo financiero, sin una forma de
alquiler de maquinarias o equipos”. Agrega el autor, que este arrendamiento,
“se presenta tanto en el ámbito nacional como internacional y cubre toda una
gama de tipo de maquinaria y equipos (camiones, grúas, naves, aeronaves,
hasta automóviles) que lo hace una gestión común en todas las partes del
mundo”.
BACK - LEASING O RETROARRIENDO: En algunos países, como
Estados Unidos de Norteamérica y Canadá, se usa para transacciones sobre
inmuebles, sin que por ellos, hayan de excluirse los bienes muebles; la
operación se realiza así: El propietario de un bien lo vende a una sociedad
financiera e inmediatamente procede a tomarlo en arrendamiento. La
ventaja de esta operación es la poner en funcionamiento capitales
inmovilizados, los cuales pueden ser reinvertidos en bienes de más rápida
circulación y en inversiones más productivas (Acedo,1984).
•• LAS PARTES DEL ARRENDAMIENTO FINANCIERO.
Tal como lo indica Lavalle y Pinto (1982) el arrendamiento financiero
posee dos partes directas: La arrendadora financiera y el arrendatario; cuyos
principales aspectos se describen a continuación de acuerdo a la relación
jurídica que las relaciona.
Capítulo II. Marco Legal y Doctrinal.
41
LA ARRENDADORA FINANCIERA.
Para ejercer su rol de empresa de Leasing la arrendadora financiera debe
cumplir con los requisitos que establece la Ley General de Bancos y Otras
Instituciones Financieras, la cual fué reformada por decreto ejecutivo No.
3228 de fecha 28 / 10 /1993, publicada por gaceta oficial No. 4641
Extraordinario de fecha 19/11/1993, esta rige las normas de las actividades
que realizan los institutos de crédito.
En este sentido los requisitos exigidos por la mencionada Ley para las
arrendadoras financieras , son los siguientes:
1. Autorización previa del Ejecutivo Nacional para su funcionamiento, a
través de la Superintendencia de Bancos (Art. 78 de LGBOIF).
2. Contar con un capital mínimo pagado en efectivo no menor de
CUATROCIENTOS MILLONES DE BOLIVARES (Bs.
400.000.000,oo), no obstante, si tiene su asiento principal fuera del
área metropolitana de Caracas y ha obtenido de la Superintendencia
la calificación de arrendadora financiera regional, solo se requerirá un
capital pagado, en dinero en efectivo no menor de DOSCIENTOS
MILLONES DE BOLIVARES ( Bs. 200.000.000,oo).
3. La empresa deberá esta constituida bajo la forma de compañía
anónima con acciones nominativas de una misma clase, con cinco ( 5)
socios como mínimo y una junta administradora de tres ( 3) miembros
principales.
Capítulo II. Marco Legal y Doctrinal.
42
La Ley General de Bancos y Otras Instituciones Financieras otorga a la
arrendadora tres obligaciones fundamentales:
1. Adquirir el bien escogido o seleccionado por el arrendatario.
2. Cumplir con el contrato en los términos contraídos.
3. Entregar el bien seleccionado en buen estado y con todos sus
accesorios.
Así mismo existen una serie de condiciones dictadas por la ley que deben
ser consideradas; las cuales son :
1. Adquirir acciones y obligaciones privadas por montos que en un
conjunto excedan el 20% de su capital pagado y de reserva. Se excluyen
de este porcentaje las obligaciones emitidas por los bancos y demás
instituciones financieras, cuando se trate de la colocación de excedentes
en operaciones de tesorería, hasta el porcentaje que determine la
Superintendencia.
2. Recibir depósitos a la vista, de ahorros o a plazos.
3. Tener investida o colocada en moneda o valores extranjera una
cantidad que exceda del limite que fije el Banco Central de Venezuela.
(Art. 85 de la LGBOIF).
Capítulo II. Marco Legal y Doctrinal.
43
LA ARRENDATARIA .
Según Lavalle y Pinto (1982), explican que la arrendataria financiera en
principio presenta como requisito los mismos exigidos al arrendatario para
contratar y ser titular de derechos y obligaciones.
Con respecto a sus derechos, el arrendatario adquiere los siguientes
derechos:
1. Exigir la entrega del bien seleccionado.
2. Dar al bien arrendado su uso determinado en el contrato.
3. Pagar todos los gastos generales y de mantenimiento, tasas y
contribuciones que establezcan las partes.
4. Colocar una placa identificatoria sobre el bien arrendado.
5. Mantener asegurado el equipo y cancelar las primas
correspondientes.
6. Comunicar a la arrendadora financiera a la brevedad posible, toda
usurpación o novedad dañosa que otra persona haya efectuado.
•• OBJETO DEL ARRENDAMIENTO FINANCIERO.
Según Van Horne ( 1981, Pág. 215), “todo bien material mueble o
inmueble susceptible de apropiación, que esté dentro del comercio y que sea
propiedad privada puede ser objeto de Leasing”. Por otra parte Lavalle y
Capítulo II. Marco Legal y Doctrinal.
44
Pinto (1982,Pág. 120), sostienen que en el derecho venezolano el Leasing
conceptualmente puede referirse a toda clase de bienes, incluso,
inmateriales. Sin embargo, apuntan los autores que en todo caso esos
bienes deben estar destinados a fines profesionales, es decir, han de formar
parte de lo que desde el punto de vista económico se conocen como bienes
de capital, lo que se traduce que estos bienes se caracterizan
fundamentalmente por su rentabilidad.
Acedo (1984,Pág. 41), afirma que “el Leasing tiene por objeto bienes
de consumo durables, pero deben reunir ciertas características, que por una
parte, hagan la operación compatible con el contrato de alquiler, que puedan
usarse sin consumirse y, por la otra, cumplan con algunos requisitos de
índole económico tendientes a lograr el resultado financiero esperado por
este tipo de negocios”.
La Ley General de Bancos y Otras Instituciones Financieras prevé
expresamente en su articulo 80 “ Se considera arrendamiento financiero la
operación mediante la cual una arrendadora financiera adquiere un bien
mueble o inmueble...”. Por consiguiente, se estima que cualquier bien
mueble o inmueble puede ser objeto de Leasing, incluso los derechos de
tecnología, patentes y marcas, aunque es notorio resaltar el caso de los
bienes fungibles, ya que estos por su naturaleza intrínseca, son individuales.
Capítulo II. Marco Legal y Doctrinal.
45
• VENTAJAS Y DESVENTAJAS QUE OFRECE EL CONTRATO
DE LEASING.
En concordancia con lo estipulado por Rodner ( 1997) el contrato de
leasing presenta diversas ventajas a la hora de fundamentar el
financiamiento y demás operaciones propias de el aspecto mercantil y
empresarial. Sin duda alguna, este contrato ofrece una gran gama de
bondades en comparación con los medios de financiamiento tradicionales,
pero sobre todo en los aspectos contables, garantías, y en el ámbito fiscal.
En el aspecto contable, el contrato de leasing, presenta la ventaja de que
la deuda potencial que tiene el arrendatario frente al arrendador en un
principio no se reportaba dentro de los estados financieros del arrendador, lo
que se traducía en que todas sus relaciones de endeudamiento aparecían
mejor de lo que hubieren sido de haber tomado la suma en carácter de
préstamo.
En el ejercicio fiscal, en relación al arrendamiento financiero, el
arrendador sigue siendo el propietario de la cosa, lo que significa que este
tiene la potestad de depreciar el valor de la cosa dada en arrendamiento
dentro de sus declaraciones fiscales. De igual forma, muchos países poseen
incentivos fiscales para la adquisición de equipos y maquinarias industriales.
En el arrendamiento financiero, este incentivo fiscal lo tiene el arrendador y
no el arrendatario. Su efecto es que el arrendador pueda manejar un mayor
flujo de efectivo en los primeros años del arrendamiento.
Capítulo II. Marco Legal y Doctrinal.
46
Con respecto a las garantías que ofrece el arrendamiento financiero, el
arrendador sigue siendo el propietario pleno de la cosa dada en alquiler, lo
que permite que la cosa objeto de arrendamiento, al haber conservado al
arrendador el titulo de propiedad sirva como garantía del monto del pago del
préstamo; si el arrendatario no cumple con el pago de el precio convenido, el
arrendador simplemente se reposesiona la cosa en cuestión.
Las desventajas de el servicio podrían decirse que son mas de carácter
relativo. Estas desventajas están íntimamente ligada a las políticas tributarias
de cada estado y al deficiente uso que el arrendatario pueda darle al contrato
que suscribió con alguna institución financiera proveedora de servicios de
arrendamiento financiero. Si el arrendatario no coloca en movimiento y
producción los bienes adquiridos a través del leasing, los intereses y demás
cuotas que tenga que cancelar al arrendador, mermará significativamente su
capital y demás ganancias, convirtiéndose esto en una amenaza potencial
para el administrador perezoso.
• PLANIFICACION FINANCIERA.
Como finalidad fundamental, las empresas siempre deben mirar hacia
delante, por lo tanto, siempre deben comprometerse con una planeación o
planificación a largo plazo, pero sin dejar de lado a una operación empapada
de eficiencia.
Capítulo II. Marco Legal y Doctrinal.
47
Esta tendencia empresarial es cada vez mas necesaria a medida que
prolifera la globalización de los mercados y su obvia y natural interrelación de
las economías presentes en el Concierto de Naciones. Por lo anteriormente
descrito, un indeterminado número de variables afecta a las industrias
inmersas dentro de la economía nacional, variables estas que se confluyen
en un incremento de la turbulencia de los medios económicos y políticos, lo
cual a redundado en la perentoria necesidad de que las empresas adopten
distintas herramientas, como el caso del Leasing o arrendamiento financiero,
como parte estructural de una visión de futuro.
La planificación financiera es un procedimiento de carácter estratégico y
extraordinario dentro de las empresas. En este proceso se analizan distintas
variables de estudio inherentes al presente y futuro comercial y financiero de
la empresa en cuestión. Este profundo y concienzudo análisis no puede
obviar ciertos elementos, tales como, la realidad circunstancial, el ambiente
que rodea a la empresa, el ordenamiento legal vigente, la proyección de la
misma, y principalmente, las estrategias a tomar, para el idóneo
funcionamiento financiero de esta.
Según Weston (1989), los elementos esenciales del proceso de
planificación financiera son los siguientes:
• Evaluación de cambios ambientales.
• Evaluación de las capacidades y de las limitaciones de la empresa.
Capítulo II. Marco Legal y Doctrinal.
48
• Evaluación de las expectativas de los integrantes de la empresa
(accionistas, Trabajadores, Consumidores, etc.).
• Análisis de la compañía, de los competidores, de la industria, de la
economía nacional y de las economías internacionales.
• Formulación de las misiones, de las metas, y de las políticas para la
estrategia maestra.
• Desarrollo de la sensibilidad hacia los cambios importantes en el
medio ambiente.
• Formulación de mediciones internas para el desempeño de la
organización.
• Formulación de programas y estrategias a largo plazo.
• Formulación de programas a plazo mediano y de planes a corto plazo.
• Organización, financiamiento y demás métodos para la implantación
de los aspectos anteriores.
• Sistema para agilizar el flujo y retroalimentación de la información
encaminado al logro de una repetición continua de lo anterior y
aplicable a los ajustes y los cambios correspondientes a cada fase.
• Revisión y evaluación de los procesos anteriores. (Copeland y
Weston,1997. Pág. 279).
Como se observa, los autores incluyen al financiamiento como uno de los
elementos estratégicos de la planificación financiera. En estas
circunstancias, el Leasing o Arrendamiento financiero surge como un pilar
Capítulo II. Marco Legal y Doctrinal.
49
fundamental de la planificación, ya que dentro de sus bondades se
encuentran, la eliminación del estrangulamiento de efectivo, y la letal
descapitalización de la empresa, lo cual desemboca en un incremento del
desempeño de las divisiones individuales de la compañía, y un mejoramiento
sensible de la rentabilidad comercial (Copeland y Weston.1995).
Inmerso en la planificación financiera, la administración financiera posee
ciertas responsabilidades fundamentales que debe desempeñar,
específicamente en las áreas de planeación y control financieros. Dicha
planeación y control, implican el uso de proyecciones que toman como eje
las normas y el desempeño de un proceso de retroalimentación y de ajuste,
para lograr un incremento en el desempeño o performance. Tal proceso
comentado anteriormente lleva implícita la preparación de pronósticos y la
utilización de varios tipos de presupuestos y de medios de financiación. Por
lo tanto, es recomendable desde todo punto de vista, el idóneo desarrollo de
sistemas presupuestarios para todas y cada una de las áreas significativas
de estas empresas en cuestión. (Copeland y Weston.1995).
La planificación de los entes financieros, incluye un presupuesto de
producción, siendo la finalidad del mismo, el análisis del empleo de
materiales, de partes, de mano de obra y de las demás instalaciones que
contiene la empresa. De forma similar, es posible que cada uno de sus
fundamentales elementos posea su propio presupuesto, es decir, un
presupuesto de materiales, un presupuesto de personal y un presupuesto de
instalaciones. El logro de las ventas de los productos elaborados requiere de
Capítulo II. Marco Legal y Doctrinal.
50
la diagramación de un presupuesto de mercadotecnia, así como también se
debe desarrollar un presupuesto para cubrir los requerimientos generales de
las oficinas y demás áreas ejecutivas.
Los resultados que son obtenidos de la proyección de todos estos
elementos del costo, se reflejan en el estado de resultados presupuestados.
Las ventas anticipadas permiten considerar los diversos tipos de inversiones
que son de real necesidad para la elaboración de los productos. Tales
inversiones, mas el balance general de inicio, puede proporcionar la
información necesaria para desarrollar la columna de los activos del balance
general.
Los activos según Copeland y Weston deben ser financiados, pero de
igual manera se requiere de flujo de efectivo, flujo que no existiría sin una
herramienta financiera que permitiera la no-descapitalización de la empresa.
El presupuesto de efectivo indica los elementos combinados de las
operaciones presupuestadas sobre los flujos de dinero liquido de la empresa.
El Estado de flujo efectivo, también es de gran importancia. Un flujo
efectivo neto y positivo refleja un financiamiento suficiente de la empresa. Sin
embargo, un aumento del volumen de las operaciones conduce a un flujo de
efectivo negativo, por lo cual sé necesitará de un financiamiento adicional.
Por lo tanto, mientras mas dilatado sea el plazo que se estipule para
acordar el financiamiento requerido, mayor será la ocasión para cumplir con
la documentación y recaudos solicitada y concertar los arreglos y convenios
Capítulo II. Marco Legal y Doctrinal.
51
pertinentes con las fuentes de financiamiento y los mecanismos que estas
puedan ofrecer (Copeland y Weston.1995).
• EL PUNTO DE EQUILIBRIO Y LOS MODELOS GENERALES DE
PLANIFICACION FINANCIERA.
El análisis de punto de equilibrio es un clásico modelo para el control y
planeación financiera. Las distintas relaciones existentes entre la proporción
de los desembolsos de la inversión, y las dimensiones que se requiere para
lograr con éxito la rentabilidad, se denominan con el nombre de análisis de
punto de equilibrio o planeación de actividades.
El análisis del punto de equilibrio es “Un instrumento que se utiliza para
determinar un punto en el cual las ventas cubrirán en forma exacta los
costos” (Copeland y Weston,1995. Pag 283). Si todos los costos de una
empresa fueran de naturaleza variable – aquellos que varían directamente
según el nivel de producción- la importancia de este punto de equilibrio sería
meramente relativa. En vista de que el nivel de costos totales pude ser
importantemente influenciado por la fuerza de las inversiones fijas que la
empresa realice, los costos fijos resultantes, colocaran a la empresa en una
posición de saldo negativo, o con la excepción de que se logre un atractivo y
suficiente volumen de ventas.
Capítulo II. Marco Legal y Doctrinal.
52
Con respecto a los modelos generales de planificación financiera, estos
modelos proporcionan un amplio marco de referencia que permite analizar e
internalizar las relaciones fundamentales entre la planeación y el control
financiero. Existen diversos tipos de modelos, sin embargo, todos giran
alrededor de las siguientes variable financieras: ventas, activos totales,
Ingreso neto, Ventas, Capital contable, Número de acciones, Dividendos,
Dividendos pagados, por acción, etc.
Otro de los modelos ya referidos anteriormente, es el sistema Du Pont, el
cual es de carácter amplio, y tiene aplicaciones tanto a nivel empresarial
general, como a nivel divisional o de segmento. La ventaja principal de este
modelo de planificación financiera es su idoneidad para la preparación
estratégica de pronósticos a plazos mas prolongados, es decir, entre los diez
y quince años aproximadamente, y también es capaz de adecuarse a
pronósticos más inmediatos, como aquellos que sean de seis meses o de
carácter anuales e incluso mensuales.
En vista de lo expuesto, el contrato de arrendamiento financiero surge
como la opción mas perfecta para la planificación financiera a corto, mediano
y largo plazo, muy especialmente a la que a largo plazo se refiere. A través
de ella, los empresarios pueden adquirir la posesión de un bien mueble o
inmueble, pagando un canon de alquiler mensual, de forma tal, que puedan
mantener un eficaz y permanente flujo de liquidez y caja chica, sin afectar de
forma galopante su capital. Esto redunda en el hecho de que tales empresas,
Capítulo II. Marco Legal y Doctrinal.
53
podrán disponer de esos fondos para otras actividades inherentes a la
actividad comercial que las identifica.
Bien es sabido por los tratadistas en materia económica y financiera, que
el estrangulamiento de capital, es uno de los elementos de saldo negativo en
las operaciones comerciales, por lo tanto, es innegable la asistencia
económica del leasing en estos menesteres, siempre y cuando se cumpla la
condición de que el empresario, sepa utilizar sabiamente este contrato (Van
Horne, 1997).
• 2.3 JURISPRUDENCIA.
Después de un exhaustivo arqueo bibliográfico, y de revisar distintas
fuentes, aunado al hecho de que el Arrendamiento Financiero es una
herramienta mercantil de data reciente, los autores no lograron encontrar
ninguna jurisprudencia en razón del tema en estudio.
• 2.4 DEFINICION DE TERMINOS BASICOS.
- ACTIVO: Contablemente, se conoce como Activo a la parte izquierda del
balance de una empresa o persona en donde están registrados todos sus
bienes y derechos contra otras personas o empresas (Estévez Arria,1986).
Capítulo II. Marco Legal y Doctrinal.
54
- ACTIVO CIRCULANTE: Esta constituido por el dinero, los inventarios, las
cuentas por cobrar, inversiones temporales, y gastos prepagados. La idea de
este activo implica que esos activos se realizan o liquidan en el ejercicio
normal y el giro de los negocios de la empresa (Estévez Arria,1986).
- ACTIVO FIJO: También llamado Activo Inmovilizado, está constituido por
las maquinarias de la empresa, mobiliarios, terrenos, edificaciones,
inversiones a largo plazo, etc. (Estévez Arria,1986).
- ACTIVO FINANCIERO: En economía se conoce como un Activo
Financiero, aquellos derechos de un individuo o de una empresa en contra
de otra empresa o individuo. Su característica es que constituyen un pasivo
de otro (Estévez Arria,1986).
- AMORTIZACION: La palabra Amortización viene del francés, “ A mort” que
significa “ ha muerto”, en este sentido amortizar equivale a extinguir una
deuda mediante pagos parciales. También tiene otro significado, que es el
proceso mediante el cual se van apartando fondos en varios años para
cancelar un activo previamente adquirido, en esta acepción el concepto
Amortización mas bien tiene que ver con la acepción de depreciación de un
activo fijo (Estévez Arria,1986).
- ARRENDAMIENTO: De acuerdo al Código Civil venezolano, se entiende
al Arrendamiento como un contrato por el cual, unas de las partes se obliga a
Capítulo II. Marco Legal y Doctrinal.
55
hacer gozar (utilizar) a la otra de un bien mueble o inmueble, por un
determinado tiempo y mediante el pago de un canon o tarifa determinada
(Estévez Arria,1986).
- ARRENDAMIENTO FINANCIERO: Se considera Arrendamiento Financiero
la operación mediante el cual una empresa de esta naturaleza adquiere un
bien mueble o inmueble conforme a las especificaciones indicadas por el
interesado, quien lo recibe para su uso por un periodo determinado a cambio
de una contraprestación dineraria que incluya amortización del préstamo,
intereses, comisiones y recargos previstos en el contrato, puede optar
durante el transcurso o vencimiento del contrato por devolver el bien,
sustituirlo por otro, renovar el contrato o adquirir el bien de acuerdo con las
estipulaciones contractuales (Estévez Arria,1986).
- CAPITAL: En economía financiera se denomina Estructura de Capital a
como la empresa emplea sus fuentes o recursos de capital a largo plazo. Así
la empresa puede emitir acciones comunes, acciones preferidas o bonos u
obligaciones para financiar sus bienes de producción (Estévez Arria,1986).
- CIRCULANTE: De acuerdo a la teoría monetaria, el Circulante es un
agregado monetario que incluye las monedas y los billetes emitidos mas los
posibles depósitos a la vista en los bancos comerciales. Generalmente, se le
llama M1 (Estévez Arria,1986).
Capítulo II. Marco Legal y Doctrinal.
56
- CREDITO: Proviene del latín “ CREDERE” tener fe y confianza en la
persona. Económicamente hablando crédito significa la transferencia de los
derechos de propiedad de un objeto (dinero) a cambio de un derecho sobre
ese determinado objeto en el tiempo M1 (Estévez Arria,1986).
- EFECTIVO: Se llama así al dinero en forma de billetes y monedas
acuñadas de curso legal (Estévez Arria,1986).
- EMPRESARIO: Es aquel al que se le asigna un papel protagónico en el
desarrollo y la economía de mercado, puesto que es el quien crea súper
beneficios en la empresa, mediante la introducción de innovaciones
tecnológicas u organizativas, las cuales se esparcen en toda la economía al
ser imitadas (Estévez Arria,1986).
- FINANZAS: Es el conjunto de actividades relacionadas con el dinero de los
negocios, los bancos y la bolsa. En un sentido mas restringido, es la ciencia
de la economía que estudia el valor del dinero en el tiempo y su aplicación a
la inversión productiva entre sus alternativos (Estévez Arria,1986).
- GANANCIA: También llamada utilidad, provecho o beneficio. La ganancia
es el fin primordial de toda empresa, la cual debe hacer uso de la
combinación óptima de factores de producción para reducir sus costos en la
medida de lo posible, y así atraer demandantes para su producción al vender
esta al mas bajo precio posible (Estévez Arria,1986).
Capítulo II. Marco Legal y Doctrinal.
57
- ILIQUIDEZ: Falta o ausencia de liquidez. Cuando se refiere a un activo
expresa su difícil conversión en efectivo. Cuando se aplica en términos
macroeconómicos, se define como un rezago de la oferta monetaria en
relación a la demanda de dinero (Estévez Arria,1986).
- INTERMEDIARIO: Es la persona que interviene en el proceso de
comercialización ya sea entre el producto primario y el industrial o entre este
y el consumidor. En finanzas, el intermediario es el que pone en contacto al
proveedor de fondos junto con el demandante de fondos (Estévez
Arria,1986).
- INTERMEDIARIO FINANCIERO: Son instituciones que intermedian entre
las personas naturales o jurídicas con fondos excedentarios para las
personas jurídicas o naturales con requerimientos de fondos para invertir, o
gastos que deben ser cancelados con ingresos futuros, tales como, los
bancos comerciales, las asociaciones de ahorro y préstamo, las cooperativas
de ahorro, las uniones de crédito, u otras instituciones en el medio (Estévez
Arria,1986).
- INVERSIÓN: La inversión es formación de capital, esto es, la adquisición o
creación de recursos para ser usados en la producción (Estévez Arria,1986).
- LIQUIDEZ: En teoría monetaria se llama liquidez a la capacidad de un
activo para transformarse en dinero. Los cuales van desde, edificios y
Capítulo II. Marco Legal y Doctrinal.
58
plantas de producción pasando por los inventarios de productos terminados,
y llegando a letras de cambio, pagarés y otros efectos de comercio hasta los
depósitos bancarios (Estévez Arria,1986).
- NEGOCIO: Proviene del latín “negotium” que significa ocupación, quehacer
o puesto a “otium” que significa reposo. En castellano negocio es el nombre
genérico que se le da a cualquier operación comercial (Estévez Arria,1986).
- OBLIGACION: Son títulos de crédito, uniformes, negociables e indivisibles,
emitidos en masa por una empresa con fines de lucro, que representan
fracciones idénticas de un préstamo importante, a largo plazo, y que confiere
a su titular derecho al cobro de intereses y al reembolso de su valor nominal,
al menos en determinadas fechas (Estévez Arria,1986).
- PROPIEDAD: De acuerdo al Código civil venezolano en su Art. 545 es el
derecho de usar, gozar y disponer de una cosa de manera exclusiva, con las
restricciones establecidas por la ley (Estévez Arria,1986).
- SISTEMA FINANCIERO: Se denomina así al conjunto de instituciones
públicas y probadas que proporcionan los medios de pago a la economía
para el desarrollo de sus actividades. También estas instituciones actúan
como intermediarias entre las unidades de ahorro y las de inversión,
movilizando los recursos de las primeras hacia las segundas (Estévez
Arria,1986).
Capítulo II. Marco Legal y Doctrinal.
59
- SUPERINTENDENCIA DE BANCOS: Es el organismo estatal encargado
de la fiscalización, inspección y vigilancia a los bancos, a fin de verificar si se
esta cumpliendo con la ley (Estévez Arria,1986).
- TRIBUTACIÓN: La palabra Tributación viene de imponer tributos
(impuestos). Así se habla de cuestiones impositivas o tributarias (Estévez
Arria,1996).
• 2.5 SISTEMA DE CATEGORIAS
DEFINICIÓN CONCEPTUAL DEL ARRENDAMIENTO FINANCIERO:
“ Se considera arrendamiento financiero la operación mediante la cual una
arrendadora financiera adquiere un bien mueble o inmueble conforme a las
especificaciones indicadas por el interesado quien lo recibe para su uso, por
un periodo determinado, a cambio de una contraprestación dineraria que
incluye amortización del precio, intereses, comisiones y recargos previstos en
el contrato” ( Ley General de Bancos y Otras Instituciones
Financieras.1994).
DEFINICIÓN OPERACIONAL DEL ARRENDAMIENTO FINANCIERO:
“ Contrato de naturaleza mercantil que permite el uso, posesión y disfrute
de un bien mueble o inmueble a cambio de el pago de cánones de
Capítulo II. Marco Legal y Doctrinal.
60
arrendamiento, evitando la drástica reducción de capital, y agilizando otras
operaciones de carácter financiero, convirtiéndose a su vez en un fuerte pilar
de la planificación financiera de los entes empresariales”. ( Hidalgo y Puche.
2001).
DEFINICIÓN CONCEPTUAL DE LA PLANIFICIACIÓN FINANCIERA:
La planificación financiera es un procedimiento de carácter estratégico y
extraordinario dentro de las empresas. En este proceso se analizan distintas
variables de estudio inherentes al presente y futuro comercial y financiero de
la empresa en cuestión. Este profundo y concienzudo análisis no puede
obviar ciertos elementos tales como, la realidad circunstancial, el ambiente
que rodea a la empresa, el ordenamiento legal vigente, la proyección de la
misma, y principalmente las estrategias a tomar para el idóneo
funcionamiento financiero de esta (Copeland y Weston, 1995).
DEFINICIÓN OPERACIONAL DE LA PLANIFICACIÓN FINANCIERA:
La planificación financiera es aquel procedimiento estratégico financiero
que tiene como finalidad teleológica el sano y dinámico desenvolvimiento
comercial de los entes empresariales a través de la planeación a corto,
mediano y largo plazo, convirtiéndose esta estrategia en una herramienta
Capítulo II. Marco Legal y Doctrinal.
61
financiera de grandes ventajas dentro del ámbito económico. (Hidalgo y
Puche, 2001).
A continuación se presenta el cuadro de categorías de este trabajo, el
cual contiene las dimensiones del estudio, sus categorías, y las distintas
unidades de análisis donde los autores analizaron y sustentaron el desarrollo
de la presente investigación. El cuadro se muestra en la página a
continuación.
CUADRO DE CATEGORÍAS
OBJETIVO GENERAL.
OBJETIVOS ESPECIFICICOS.
CATEGORIA. SUB / CATEGORIA.
UNIDAD DE ANALISIS.
ANALIZAR EL
ARRENDAMIENTO
FINANCIERO COMO
MEDIO DE
PLANIFICACION
FINANCIERA .
• IDENTIFICAR EL MARCO
LEGAL QUE RIGE LA
OPERACIÓN DE LAS
ARRENDADORAS
FINANCIERAS EN
VENEZUELA.
_____________________________
• DETERMINAR LAS
VENTAJAS Y
DESVENTAJAS QUE
OFRECE EL
ARRENDAMIENTO
FINANCIERO COMO MEDIO
DE PLANIFICACION
FINANCIERA, TANTO PARA
EL ARRENDADOR COMO
PARA EL ARRENDATARIO
_____________________________
• IDENTIFICAR LOS
ELEMENTOS
ESTABLECIDOS POR LAS
ARRENDADORAS
FINANCIERAS PARA LA
OPERACIÓN EFECTIVA DE
ESTE SERVICIO
EN EL AMBITO FINANCIERO
NACIONAL.
_____________________________
• ESTABLECER EL ROL DEL
ARRENDAMIENTO
FINANCIERO ACTUAL EN
VENEZUELA.
EL ARRENDAMIENTO
FINANCIERO COMO
MEDIO DE
PLANIFICACION
FINANCIERA .
MARCO LEGAL QUE RIGE LA
OPERACIÓN DE LAS
ARRENDADORAS FINANCIERAS
EN VENEZUELA.
_____________________________
VENTAJAS Y DESVENTAJAS QUE
OFRECE EL ARRENDAMIENTO
FINANCIERO TANTO PARA EL
ARRENDADOR COMO PARA EL
ARRENDATARIO.
ELEMENTOS ESTABLECIDOS
POR LAS ARRENDADORAS
FINANCIERAS PARA LA
PRESTACIÓN DEL SERVICIO.
_____________________________
ROL ACTUAL DEL
ARRENDAMIENTO EN
VENEZUELA.
.
LEY GENERAL DE BANCOS Y
OTRAS INSTITUCIONES
FINANCIERAS.
CONCEPTO.
CARACTERÍSTICAS.
CAPITAL,
ACTIVIDADES Y OPERACIONES.
LEY DEL I.V.A.
________________________________
INEXISTENTE DESCAPITALIZA-
CION DEL ARRENDATARIO.
DIVERSIFICACIÓN DE LAS
ACTIVIDADES FINANCIERAS POR
PARTE DE LOS BANCOS.
OPCIONES DE FINANCIAMIENTO.
ASPECTOS TRIBUTARIOS.
INESTABILIDAD ECONOMICA.
_____________________________
ESTABLECIMIENTO DE
GARANTIAS.
REQUERIMIENTOS BANCARIOS:
FACTURAS PROFORMAS.
ACTAS CONSTITUTIVAS
IMPUESTO SOBRE LA RENTA.
REFERENCIAS BANCARIAS Y
PERSONALES.
APLICACIÓN ACTUAL .DEL
CONTRATO.
ROL DE LAS ARRENDADORAS Y
ARRENDATARIOS.
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