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CÓDIGO: PLAN DE VIGILANCIA, PREVENCIÓN Y CONTROL COVID-19
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PLAN DE VIGILANCIA, PREVENCIÓN Y CONTROL COVID-19 PARA TRABAJADORES Y ADMINISTRADOS DE LA
MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE COMAS
FECHA DE APROBACIÓN:
PLAN DE VIGILANCIA, PREVENCIÓN Y
CONTROL COVID-19 PARA
TRABAJADORES Y ADMINISTRADOS DE
LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE
COMAS
2020
MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE COMAS
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PLAN DE VIGILANCIA, PREVENCIÓN Y CONTROL COVID-19 PARA TRABAJADORES Y ADMINISTRADOS DE LA
MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE COMAS
FECHA DE APROBACIÓN:
“PROTOCOLOS DE SEGURIDAD DE SERVIDORES Y ADMINISTRADOS FRENTE AL COVID-19 EN
LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE COMAS”
1. OBJETIVO
Establecer lineamientos para la implementación de medidas de seguridad para los
administrados y para la continuidad o retorno laboral de los servidores en la Municipalidad
Distrital de Comas, como acciones excepcionales y temporales, que permitan a los servidores
continuar prestando servicios, evitando el riesgo de contagio del COVID-19.
2. FINALIDAD
Contar con un documento que establezca las pautas que permitan un retorno laboral seguro
para los servidores y administrados el cual minimice cualquier posibilidad de contagio del
COVID-19, garantizando la continuación de los servicios públicos que la Municipalidad Distrital
de Comas debe brindar al distrito en su calidad de Gobierno Local.
3. BASE LEGAL
• Constitución Política del Perú.
• Decreto Supremo Nº 094-2020-PCM - Medidas que debe observar la ciudadanía hacia
una nueva convivencia social y a su vez, prorroga el Estado de Emergencia Nacional
por las graves circunstancias que afectan la vida de la Nación a consecuencia del
COVID-19
• Ley N° 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades.
• Ley N° 29783 – Ley de Seguridad y Salud en el Trabajo.
• Decreto Supremo N° 005-2012-TR – Reglamento de la Ley de Seguridad y Salud en el
Trabajo.
• Decreto Supremo Nº 008-2020-SA que declara Emergencia Sanitaria a nivel nacional por
el periodo de 90 días calendario (contados desde 12.03.2020) por la existencia del
COVID-19.
• Decreto Supremo Nº 044-2020-PCM que declara Estado de Emergencia nacional por las
graves circunstancias que afectan la vida de la Nación a consecuencia del brote del
COVID-19.
• Decreto de Urgencia N° 026-2020, que establece medidas excepcionales y temporales
para prevenir la propagación del Coronavirus (COVID-19) en el territorio nacional.
• Decreto de Urgencia N° 029-2020, que establece medidas complementarias destinadas
al financiamiento de la micro y pequeña empresa y otras medidas para la reducción del
COVID 19 en la economía peruana.
• Decreto Legislativo Nº 1456 que establece la medida excepcional de cooperación laboral
entre entidades públicas.
• Resolución Ministerial N° 039-2020/MINSA, que aprueba Documento Técnico: Plan
Nacional de Preparación y Respuesta frente al riesgo de introducción del Coronavirus
2019-nCOV.
• Resolución Ministerial Nº 193-2020-MINSA, que aprueba el Documento Técnico:
Prevención, Diagnóstico y Tratamiento y Atención de Personas Afectadas por COVID-19
en el Perú.
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MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE COMAS
FECHA DE APROBACIÓN:
• Resolución Ministerial Nº 239-2020-MINSA, que aprueba el documento técnico:
“Lineamientos para la vigilancia de la salud de los trabajadores con riesgo de exposición
a COVID-19”
• Resolución Ministerial Nº 244-2020-MINSA, que aprueba la Directiva Sanitaria Nº 96-
MINSA/2020/DGIESP: “Directiva Sanitaria para el seguimiento clínico de personas
afectadas por COVID-19 en el Perú.”
• Decreto Supremo Nº 010-2020-TR, que desarrolla disposiciones para el Sector Privado,
sobre el trabajo remoto previsto en el Decreto de Urgencia N° 026-2020, Decreto de
Urgencia que establece medidas excepcionales y temporales para prevenir la
propagación del COVID – 19.
• Decreto Supremo Nº 080-2020-PCM, que aprueba la reanudación de actividades
económicas en forma gradual y progresiva dentro del marco de la declaratoria de
Emergencia Sanitaria Nacional por las graves circunstancias que afectan la vida de la
Nación a consecuencia del COVID-19.
• Resolución Ministerial N° 103-2020-PCM, que aprueba los “Lineamientos para la
atención a la ciudadanía y el funcionamiento de las entidades del Poder Ejecutivo,
durante la vigencia de la declaratoria de emergencia sanitaria producida por el COVID-
19, en el marco del Decreto Supremo N° 008-2020-SA”
• Resolución de Alcaldía N° 182-2020-AL/MC que conforma el Comité COVID-19 para el
Distrito de Comas, con el objetivo de implementar, ejecutar, controlar y evaluar el
proceso de atención en la jurisdicción del Distrito de Comas, de los casos de COVID-19 y
las acciones a tomar frente a la pandemia.
• Ordenanza Municipal Nº 584/MDC, que aprueba el Reglamento de Organización y
Funciones (ROF) de la Municipalidad Distrital de Comas.
4. RESPONSABILIDADES
4.1. Los Gerentes, Sub Gerentes y Jefes inmediatos de los Órganos y Unidades Orgánicas son
responsables de velar el cumplimiento del presente documento.
4.2. La Subgerencia de Informática y Gobierno Electrónico es responsable de proporcionar las
herramientas informáticas y medios de acceso disponibles para la continuidad en la
prestación de los servicios públicos de responsabilidad de la Municipalidad Distrital de
Comas, garantizando la efectiva comunicación entre las Unidades Orgánicas.
4.3. La Gerencia de Administración y Finanzas a través de la Subgerencia de Abastecimiento,
previo requerimiento de las áreas usuarias, será responsable de coordinar y ejecutar las
actividades de adquisición de los elementos de protección para los servidores necesarios
para la prestación de los servicios en la etapa de retorno laboral durante el estado de
emergencia sanitaria y ampliaciones, de ser el caso.
4.4. La Gerencia de Gestión Ambiental es responsable de la limpieza y desinfección en los
locales municipales, en prevención al riesgo de contagio del COVID 19 supervisando la
eficiencia de los servicios de limpieza y mantenimiento en todas las unidades orgánicas.
4.5. Los Gerentes, Sub Gerentes y Jefes inmediatos de los Órganos y Unidades Orgánicas son
responsables de:
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FECHA DE APROBACIÓN:
Proponer los horarios y turnos para evitar concentración de servidores durante la
jornada laboral, así como en el horario de ingreso y salida de los mismos, la misma que
debe ser autorizada por la Subgerencia de Recursos Humanos.
Brindar a la Subgerencia de Recursos Humanos la relación de servidores que se
incorporará o continuará sus labores en la modalidad presencial o de trabajo remoto
para los fines pertinentes.
Informar a la Subgerencia de Recursos Humanos la reasignación de funciones a los
servidores durante estado de emergencia sanitaria, si fuera el caso.
Efectuar el requerimiento a la Subgerencia de Abastecimiento de los elementos de
protección personal necesarios para la prestación de los servicios de los servidores que
retornarán a las labores bajo la modalidad presencial.
Proponer protocolos, procesos o procedimientos que coadyuven al cumplimiento de
los lineamientos establecidos en el presente documento.
4.6. El servidor que se encuentra laborando o se incorpore a sus labores durante el estado de
emergencia sanitaria debe cumplir estrictamente con los lineamientos consignados en el
presente documento.
5. CONSIDERACIONES GENERALES
En atención a las medidas dadas por el Gobierno Central, el proceso de incorporación de los
servidores debe realizarse de forma progresiva, garantizando la seguridad y la salud de los
mismos, priorizándose la modalidad de trabajo remoto siempre que sea posible de acuerdo a la
naturaleza de las funciones y optándose por el retorno a las labores en la modalidad presencial
únicamente en aquellos casos en los que de ningún modo se pueda efectuar trabajo remoto y
cuyas actividades se encuentren directamente relacionadas a las que el Gobierno Central
considere como prioritarias para reactivar la economía, siendo el grupo de riesgo o personal
vulnerable el último para incorporarse a las actividades presenciales, únicamente cuando el
gobierno declare las condiciones sanitarias para su retorno.
6. CONSIDERACIONES ESPECÍFICAS
6.1 CLASIFICACIÓN DE LOS PUESTOS DE TRABAJO
Considerando la Resolución Ministerial N°239-2020-MINSA, de fecha 28 de Abril de 2020, que
resolvió aprobar el Documento Técnico de Vigilancia de la Salud de los Trabajadores inciso
6.1.14, precisados en el 6.1.19 referido al tipo de actividad que realiza, se ha determinado que la
Institución cuenta con puestos de trabajo de:
- Riesgo Bajo de Exposición o de precaución; aquellos que no requieren contacto con
personas que se conoce o se sospecha que están infectados con COVID-19 ni tienen
contacto cercano frecuente a menos de 2 metros de distancia con el público en general. Los
trabajadores en esta categoría tienen un contacto ocupacional mínimo con el público y otros
compañeros de trabajo, trabajadores de limpieza de centros no hospitalarios, trabajadores
administrativos, trabajadores de áreas operativas que no atienden clientes.
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FECHA DE APROBACIÓN:
- Riesgo Mediano de Exposición; Los trabajos con riesgo medio de exposición incluyen
aquellos que requieren un contacto frecuente y/o cercano (por ej. menos de 2 metros de
distancia) con personas que podrían estar infectadas con COVID-19, pero que no son
pacientes que se conoce o se sospecha que portan el COVID-19. Por ejemplo: policías y
fuerzas armadas que prestan servicios en el control ciudadano durante la emergencia
sanitaria, trabajadores de limpieza de hospitales de áreas no consideradas áreas COVID-19;
trabajadores de aeropuertos, trabajadores de educación, mercados, seguridad física
(vigilancia) y atención al público, puestos de trabajo con atención a clientes de manera
presencial como recepcionistas, cajeras de centros financieros o de supermercados, entre
otros.
6.2 VIGILANCIA DE LA SALUD DEL TRABAJADOR PREVIO AL REGRESO DE LAS LABORES
PRESENCIALES:
6.2.1. ATENCIONES OBLIGATORIAS:
a) Todos los servidores sin excepción deben suscribir una Declaración Jurada de Salud (Anexo
01) y presentarla ante el responsable de su unidad orgánica; quien deberá otorgar su visto
bueno y remitir a la Subgerencia de Recursos Humanos, quien derivara según corresponda
AL COMTE RESPONSABLE DE LA SALUD.
b) El Servidor que MANIFIESTA VOLUNTARIAMENTE CONCURRIR A TRABAJAR, deberá
presentar en un plazo mínimo de cuarenta y ocho horas previo al inicio de labores
presenciales, el documento aprobado y denominado “Declaración Jurada” (Anexo 2) a que
se refiere el numeral 8.3 del Artículo 8 del D.S. N°083-2020-PCM, publicado en el Diario el
Peruano en fecha 27 de Mayo de 2020.
6.2.2. CONSIDERACIONES NORMATIVAS
a) Conforman el Grupo de Riesgo para desarrollo de cuadros clínicos por el COVID-19, según lo
determinado por el Ministerio de Salud, que incluye a:
Personas mayores de 65 años o con comorbilidades: hipertensión arterial, enfermedades
cardiovasculares, cáncer, diabetes, obesidad, asma, enfermedad pulmonar crónica,
insuficiencia renal crónica, enfermedad o tratamiento inmunosupresor.
Este grupo de servidores tendrá la opción de la modalidad de trabajo remoto en esta
corporación edil, o en otras entidades públicas al amparo del Decreto Legislativo Nº 1456
que establece la medida excepcional de cooperación laboral entre entidades públicas,
estando a cargo de la Subgerencia de Recursos Humanos la supervisión al personal que opte
por esta modalidad a fin que se cumpla lo dispuesto por dicha norma y por consiguiente las
labores efectuadas por dichos servidores dentro de esta opción sean consideradas como
cumplimiento efectivo de labores.
Para el retorno a las labores presenciales de este grupo de riesgo, la Subgerencia de
Recursos Humanos efectuará el seguimiento respectivo, requiriéndoles de ser el caso, los
informes médicos que acrediten su estado de salud estable y tratamiento de su
enfermedad.
b) Que, presenten algún síntoma de COVID-19 tales como tos, malestar general, dolor de
garganta, fiebre, congestión nasal, dificultad para respirar o algún otro síntoma asociado a la
enfermedad dentro de los 14 días previos al inicio de labores en cuyo caso, deberá
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FECHA DE APROBACIÓN:
comunicarse mediante las vías dispuestas por el gobierno para el descarte de COVID-19 (113
- MINSA, 117 - ESSALUD, https://www.gob.pe/coronavirus). Además, deberá comunicar a su
jefe inmediato y a la Subgerencia de Recursos Humanos para las justificaciones y el
seguimiento que corresponda conforme las disposiciones del Ministerio de Salud para el
retorno al trabajo.
c) Haber estado cerca de personas afectadas por la enfermedad COVID-19 dentro de los 14
días previos al inicio de labores y no haberse tomado la prueba de descarte o no contar con
los resultados de la misma, en cuyo caso deberá comunicar a su jefe inmediato y a la
Subgerencia de Recursos Humanos para las justificaciones y el seguimiento que corresponda
para el retorno al trabajo.
d) Que en el ejercicio de sus labores presente algún síntoma de COVID-19, en cuyo caso la
Municipalidad gestionará el test de descarte, y su diagnóstico fuere positivo se procederá
con lo dispuesto por la Resolución Ministerial Nº193-2020-MINSA para lo cual el servidor
deberá cumplir con aislamiento y recibirá el seguimiento clínico respectivo. Para el retorno a
las labores presenciales de este grupo de servidores, la Subgerencia de Recursos Humanos
efectuará el seguimiento, requiriendo el informe médico que acredite el alta
epidemiológica.
6.3 SERVIDORES QUE PODRÁN RETORNAR A LAS LABORES PRESENCIALES:
Aquellos servidores que no se encuentren en alguna de las situaciones descritas en el inciso
6.2.2 literal a) del presente documento y cuyas funciones coadyuven al reinicio de
actividades señaladas por el Gobierno Central, y que de ningún modo puedan cumplirse en
la modalidad de trabajo remoto, reanudarán labores en la modalidad presencial siempre y
cuando previamente hayan cumplido con:
- Llenar la ficha (ANEXO 1) del presente Plan de Vigilancia denominada “DECLARACIÓN
JURADA DE SALUD PREVIA AL INICIO DE ACTIVIDADES Y PARA TODOS LOS QUE
ESTÁN LABORANDO”, señalando que no se encuentran dentro del grupo de
personas de alto riesgo.
- Haber enviado en un plazo mínimo de cuarenta y ocho horas previo al inicio de labores
presenciales, el documento aprobado y denominado “Declaración Jurada” (ANEXO 2) a
que se refiere el numeral 8.3 del Artículo 8 del D.S. °083-2020-PCM, publicado en el
Diario el Peruano en fecha 27 de Mayo de 2020.
- Haber recibido la validación del médico responsable o quien haga sus veces de que se
encuentra APTO para prestación de labores presenciales.
- Llenar y Firmar en el momento del reingreso, la DECLARACIÓN JURADA DE
SINTOMATOLOGÍA Y NO CONTAGIO (ANEXO 3) del presente plan de vigilancia.
Subsecuentemente, cada Gerencia, Subgerencia o Jefe inmediato deberá evaluar al personal
de acuerdo a las funciones que cada servidor realiza o pueda realizar mediante una
reasignación de funciones, con conocimiento a la Subgerencia de Recursos Humanos, y
únicamente mientras dure el estado de emergencia sanitaria dispuesto por el Gobierno
Central.
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FECHA DE APROBACIÓN:
En el caso de los servidores que hubieren presentado algún síntoma asociado a COVID-19 o
se les haya confirmado dicha enfermedad, se reincorporarán a las labores presenciales
únicamente cuando se haya efectuado el alta epidemiológica verificada mediante informe
médico según los criterios establecidos por el Ministerio de Salud.
Para el cumplimiento de las labores, la Municipalidad Distrital de Comas a través de las
unidades orgánicas responsables, señaladas en el numeral 4 del presente documento,
adoptará las siguientes medidas:
6.3.1 Medidas Organizativas
a) la Subgerencia de Salud y Programas Sociales en conjunto con la Subgerencia de
Recursos Humanos, solicitaran si lo creen necesario el tamizaje respectivo, al
retorno de las labores presenciales, a fin que los servidores observen buen estado
de salud ante la posible detección de síntomas de COVID 19, dicho examen deberá
realizarse con los más altos estándares de bioseguridad para los servidores y
confidencialidad de los resultados. Sin perjuicio de ello y ante el caso que se
presente o advierta algún caso sospechoso, no podrá ingresar o continuar laborando
en modo presencial, debiendo acudir a una evaluación médica, para diagnóstico y
tratamiento el cual procederá con lo dispuesto por la Resolución Ministerial Nº193-
2020-MINSA efectuando al mismo tiempo el seguimiento clínico respectivo hasta
que su retorno sea saludablemente seguro para el servidor así como para todo el
personal con el que tendría contacto al incorporarse a sus labores.
b) El primer día, adicional a su declaración Jurada de Salud enviada previamente,
deberá firma la Declaración Jurada ANEXO 2, donde advierte o indica no tener
familiar o haber estado cerca de personas afectadas por la enfermedad COVID -19,
bajo responsabilidad funcional de detectarse lo contrario.
c) La Municipalidad Distrital de Comas, en la medida de sus posibilidades y recursos,
gestionará periódicamente las pruebas de descarte para el personal que se
encuentra prestando servicios durante el Estado de Emergencia nacional, así como
al personal que retorne a las labores presenciales.
d) Si reiniciadas las labores presenciales algún servidor presenta algún síntoma
asociado a la enfermedad COVID-19, sea leve o grave, deberá reportarlo a su jefe
inmediato para que en coordinación de la Subgerencia de Recursos Humanos y la
Subgerencia de Salud y Programas Sociales se prosiga con los protocolos y las
medidas de prevención y control establecidos por el Ministerio de Salud – MINSA.
e) El control de asistencia hasta que termine el estado de emergencia se realizara
audiovisualmente u otro medio que no ponga en riesgo de contagio al servidor, para
lo cual la institución coordinara con la Subgerencia de Informática y Gobierno
Electrónico a obtener la data necesaria para su control.
f) Todos los órganos y unidades orgánicas, deberán hacer una reorganización de sus
dinámicas internas de trabajo, priorizando el trabajo remoto, siempre que sea
posible; o la combinación de modalidad presencial y trabajo remoto de manera
alternada durante la semana laboral, sin que se pierda la efectividad y eficiencia en
el cumplimiento de los objetivos y fines institucionales. Para el caso de los
servidores que por la naturaleza de sus funciones deban realizar actividades
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FECHA DE APROBACIÓN:
presenciales diarias, se establecerán horarios de ingreso y salida diferenciados de
manera que se evite la concentración de servidores durante la jornada laboral,
previa autorización de la Subgerencia de Recursos Humanos. Para la gestión de los
cambios administrativos antes referidos, los Gerentes y Subgerentes de las distintas
unidades orgánicas deberán tener en cuenta criterios como: si el servidor pertenece
al grupo de riesgo o vulnerable, naturaleza de las labores que realiza, la cantidad de
servidores en un solo ambiente, el traslado que efectúa al centro de labores (rutas y
modo de transporte del personal), condiciones de la oficina tales como: ventilación,
ubicación de escritorios, etc. En aquellas oficinas en las que no se cumpla las
condiciones de ventilación o no se pueda respetar la distancia interpersonal tendrá
que evaluarse el traslado a otros ambientes que permitan respetar el
distanciamiento social recomendado y una adecuada ventilación; caso contrario
deberá obligatoriamente variar la modalidad de trabajo a uno remoto,
establecimiento de turnos (combinación de modalidad presencial y trabajo remoto)
o reasignación de funciones a fin de evitar factores de riesgo de contagio entre los
servidores.
g) Para la modalidad presencial previa coordinación podrá efectuarse el ingreso y
salida del centro de trabajo por turnos; inclusive la posibilidad de acuerdo a la
necesidad de servicio, la asistencia interdiaria,
h) La ubicación física de los servidores debe guardar el distanciamiento mínimo de
1.50m (un metro y medio) establecido para ambientes adecuadamente ventilados
según lo establecido por MINSA, En las oficinas donde no se pueda aplicar el mismo,
se modificará la ubicación de los escritorios, entre los cuales deberá haber la
distancia mínima establecida.
i) Aquellos servicios abiertos al público en los que se dé una interrelación con el
ciudadano, deberán reducir el contacto físico entre los servidores y el público
general, maximizando al mismo tiempo las medidas de prevención, de acuerdo a las
siguientes pautas:
Implementación de canales virtuales de consulta para el trámite documentario.
Ampliación de horarios de atención al público para disminuir la posibilidad de
aglomeraciones.
Evaluación y de ser el caso modificación de los distintos procesos a fin que de
ser posible se simplifiquen los pasos para una gestión evitando que el vecino
acuda nuevamente a las instalaciones de la municipalidad o digitalizar la
presentación de documentos para el uso de la plataforma virtual.
Implementación de barreras físicas a través de separadores de acrílico o
cubiertas protectoras plásticas transparentes para prevenir el contacto con los
usuarios.
Cambios en los sistemas de ventilación otorgándole exclusividad de uso a la
ventilación natural por sobre los sistemas de ventilación mecánica. El aforo
máximo deberá permitir cumplir con el requisito de distanciamiento
interpersonal, caso contrario se deberá solicitar la reducción de este aforo.
Se implementarán medidas de seguridad para el acceso de los ciudadanos a las
instalaciones tales como control de temperatura, desinfección de manos y
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FECHA DE APROBACIÓN:
calzados, así como provisión de implementos de protección personal de
conformidad con la norma.
Tanto servidores como el público, en general, deberán guardar la distancia
interpersonal mínima de un (01) metro y medio.
Implementar la señalética necesaria para la ubicación de sillones para el público
que cumpla con la distancia interpersonal requerida, incluyendo la distancia
hacia las ventanillas de los Operadores de la Plataforma.
j) Para aquellas actividades de coordinación o consultas entre los servidores, se
deberá dar prioridad a las reuniones a través de medios no presenciales (e.g. medios
telefónicos, herramientas de mensajería, correo institucional, conferencias virtuales,
etc.) con el apoyo de la Subgerencia de Informática y Gobierno Electrónico; salvo
que la naturaleza de la consulta y/o reunión exija que se realice de manera
presencial, en cuyo caso el aforo de las salas de reuniones será de menos del 50% de
lo determinado, para poder cumplir con el distanciamiento social debiendo
otorgarse ventilación natural al ambiente de reunión.
k) La Subgerencia de Recursos Humanos con el apoyo de la Subgerencia de Salud y
Programas Sociales efectuará charlas de sensibilización, capacitaciones y
adiestramiento continuos y actualizados a todos los servidores respecto a los
factores de riesgo de contagio de la enfermedad COVID-19, comportamientos de
protección (buenos hábitos de higiene, uso y limpieza de los equipos de trabajo,
entre otros), y protocolo a seguir en caso algún servidor presente síntomas del
COVID-19; implementando asimismo medios para responder dudas por parte de los
servidores así como para la recepción de sugerencias y opiniones del personal para
una mejora continua de las medidas de prevención.
l) En caso se tome conocimiento que un trabajador ha sido contagiado por la
enfermedad COVID-19, se adoptaran las siguientes medidas:
Supervisar que se cumpla con la desinfección del lugar de trabajo del servidor
contagiado.
Monitorear y tomar pruebas de descarte a los compañeros de trabajo del
servidor contagiado.
Disponer medidas de aislamiento temporal de la zona afectada.
Disponer de otras medidas necesarias para garantizar la salud en el centro de
labores.
m) Si una vez reiniciadas las labores algún familiar del servidor contrajere la
enfermedad COVID-19 el servidor no asistirá a laborar debiendo informar
inmediatamente a su jefe inmediato y a la Subgerencia de Recursos Humanos para
el otorgamiento de la licencia y el seguimiento clínico que correspondan,
coordinando de ser el caso la variación de la modalidad de trabajo presencial a
trabajo remoto.
6.3.2 Medidas de Prevención de Aplicación Colectiva
a) Proveer a todos los servidores materiales de protección y de seguridad, de
conformidad con el Memorando N°46-2020-SGSPS-GDS/MC y de acuerdo a las
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MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE COMAS
FECHA DE APROBACIÓN:
características establecidas en la Resolución Ministerial Nº 239-2020-MINSA o las
que se emitan a posterioridad.
b) El personal de la Subgerencia de Abastecimiento en coordinación con la Gerencia
de Gestión Ambiental, fumigará los distintos ambientes de la Municipalidad Distrital
de Comas, según el cronograma previamente establecido, así como la limpieza y
desinfección exhaustiva a todas las oficinas municipales, siguiendo los protocolos
que previamente establezcan y considerando las pautas que se detallan a
continuación:
La limpieza de las oficinas (puertas, paredes, pisos, ventanas, manijas,
pasamanos de escaleras, interruptores) deberá efectuarse en húmedo y
empleando productos de limpieza que cuenten con el registro sanitario
respectivo.
Se deberá evitar barrer o sacudir a fin de no levantar polvo. Durante los horarios
de trabajo se limpiará con paños humedecidos con soluciones desinfectantes.
La desinfección de las superficies como escritorios, mesas de trabajo,
computadoras, impresoras, teléfonos, etc. se deberá efectuar con alcohol al
96% y otros implementos que aseguren una correcta limpieza.
Retiro de alfombras en las sedes que cuenten con este acabado de piso.
c) Se deberá hacer uso de las escaleras, guardando el distanciamiento social de 1.5
metros equivalente a 6 escalones de distancia, considerando que la circulación en
las escaleras es por el lado derecho.
d) En aquellas sedes en las que existan áreas comunes como kitchenettes, ambientes
para refrigerio (comedor), áreas de fotocopiadoras, áreas de dispensadores de
alimentos y bebidas, salas de espera y/o reuniones, entre otros, se adoptaran las
medidas necesarias para mantener el distanciamiento social así como, de ser
posible, la ventilación natural.
e) En caso sea necesario el traslado del personal a otras sedes municipales u otras
entidades se deberá priorizar el uso unidades de transporte municipales,
manteniendo la adecuada ventilación y siguiendo un aforo seguro así como
adecuado distanciamiento social.
f) Aumentar los índices de ventilación en todas las oficinas o ambientes de sus
distintas sedes institucionales, suspendiendo de ser posible el uso del aire
acondicionado caso contrario instalando filtros de aire de alta eficiencia.
g) Se deberá proveer en cada una de las sedes institucionales lo siguiente:
Jabón liquido
Desinfectantes de manos para alentar la higiene respectiva.
Papel higiénico o pañuelos desechables
Tachos de basura de ser necesario diferenciados para aquellos desechos
probablemente biocontaminados como guantes y mascarillas, y para los demás
residuos.
6.3.3 Medidas de Prevención de Aplicación Particular
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Todos los servidores sin excepción deberán acatar las medidas que sus superiores
inmediatos dispongan como medidas organizativas así como las que a continuación se
detallan:
a) Al ingresar al lugar de trabajo y continuamente durante la jornada laboral deberán
lavarse las manos. En dicha práctica deberán tener en cuenta cerrar los caños con
papel desechable. Asimismo, el personal de limpieza luego de culminadas sus
labores deberá efectuar un correcto lavado de mano.
b) Practicar protocolos de higiene respiratoria al toser y estornudar debiendo hacerlo
sobre la flexura de su codo o en papel desechable.
c) Para realizar sus labores, todos los servidores sin excepción alguna, deberán utilizar
los implementos de protección que le corresponda de acuerdo a sus funciones y
según las características establecidas en la Resolución Ministerial Nº 239-2020-
MINSA o las que se emitan a posterior. Asimismo, deberán tener en cuenta que en
el caso de las mascarillas, éstas deberán ser desechadas al término de la jornada
laboral o cuando se ensuciaren debiendo ser reemplazadas de inmediato.
d) Evitar el contacto físico en todo momento, sea en saludos, conversaciones o en el
desempeño diario de sus labores.
e) No compartir utensilios, insumos, ni material de trabajo; y, en el caso que dicha
medida sea inevitable deberán utilizar guantes simples los cuales deberán ser
desechados al término de la tarea.
f) Facilitar el trabajo al personal de limpieza dejando los escritorios y oficinas
despejados al máximo.
7. PARA EL ESTABLECIMIENTO MUNICIPAL
7.1. Señalizar con círculos el distanciamiento para el ingreso al local de un metro (1.00 m) de distancia
entre cada uno de ellos.
7.2. Disponer la desinfección con Hipoclorito de Sodio al 0.1% (20 ml de hipoclorito de sodio al 5% en
980ml de agua), de todas las superficies de contacto en el establecimiento, diariamente.
7.3. Disponer la desinfección de elementos manipulables (útiles y/o artículos de oficina, mobiliario,
etc.) en el proceso de atención a los clientes.
7.4. Disponer el control de la temperatura corporal con termómetro infrarrojo a todas las personas
que ingresen al establecimiento municipal.
7.5. Disponer de elementos para la desinfección de calzado antes de ingresar al establecimiento
municipal.
7.6. Disponer de un personal que dispensará alcohol gel desinfectante a los administrados al ingreso
del establecimiento municipal.
7.7. Disponer de servicios higiénicos provistos con dispensadores de jabón líquido, gel desinfectante y
toallas de papel, para el uso de los administrados.
7.8. Colocar afiches impresos que enseñen la técnica de lavado correcto de manos con agua y jabón,
en los servicios higiénicos y en lugares visibles del establecimiento municipal.
7.9. Difusión de afiches informativos acerca de las medidas sanitarias de prevención ante el COVID-19.
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7.10. Disponer el Control de aforo máximo permitido que será 50% del señalado en el certificado ITSE
el cual deberá ser regulado progresivamente durante el horario de atención del establecimiento
municipal.
8. PARA EL ADMINISTRADO
8.1. El Personal municipal deberá controlar que se cumpla con el distanciamiento social
debidamente señalizada mínimo de un metro (1.00 m) entre cada uno de las personas.
8.2. Control de Ingreso: La medida de temperatura con un termómetro infrarrojo, Control de los
elementos de Bioseguridad que deben portar como mascarillas y el suministro del Gel
desinfectante. Se verificará la desinfección del calzado.
8.3. Respeto del aforo (máximo el 50% del aforo autorizado en el certificado ITSE).
9. MEDIDAS DE DIFUSIÓN Y SEÑALIZACIÓN
Se deberán exhibir en un lugar visible al ingreso del establecimiento Afiches o avisos visibles a
fin de promover las medidas de bioseguridad (limpieza, desinfección y protección personal).
10. ACONDICIONAMIENTO DE INFRAESTRUCTURA EN MÓDULOS DE ATENCIÓN AL
ADMINISTRADO EN LAS SEDES MUNICIPALES
De conformidad con el Informe 005-2020-DNFON-SGGRD-GGTYDE/MC, que recomienda
protocolos de seguridad y bioseguridad para la atención al administrado en las sedes de la
municipalidad de comas, se implementaran de acuerdo a la disponibilidad presupuestaria y
financiera de la Institución.
11. CONSIDERACIONES COMPLEMENTARIAS:
11.1. Aquellos servidores que, por ser parte del grupo de riesgo, previa coordinación con sus jefes
inmediatos, se evaluará según necesidad de servicios sus jornadas de trabajo a la modalidad
remoto ya sea de manera diaria o alternadamente, deberán dar cumplimiento estricto a las
indicaciones y someterse a la supervisión de sus actividades por parte de sus supervisores o
jefes inmediatos, a través de los mecanismos disponibles y los que serán implementados con el
apoyo de la Subgerencia de Informática y Gobierno Electrónico.
11.2. Los servidores que no tengan impedimento alguno para retornar a laborar presencialmente y
que por la naturaleza de sus funciones no puedan efectuar trabajo remoto ni optar por la
reasignación de funciones o la cooperación laboral entre entidades públicas, serán evaluados
por sus jefes inmediatos a efectos de determinar la modalidad que resulte pertinente para el
cumplimiento de sus funciones.
11.3. El presente lineamiento no exime a los servidores del cumplimiento de las demás medidas que
el Gobierno Central a través de sus Ministerios u Organismos apruebe a fin de prevenir el
contagio de la enfermedad COVID-19 en el ámbito laboral.
11.4. En caso se advierta que algún trabajador deliberadamente incumpla alguna de las
disposiciones expuestas anteriormente, su conducta será considerada falta administrativa
pasible de sanción previo inicio de las investigaciones pertinentes por parte de la Secretaria
Técnica de los Procedimientos Administrativos Disciplinarios de la Municipalidad Distrital de
Comas, para la apertura del procedimiento sancionador que corresponda.
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11.5. En aplicación a lo dispuesto por el Gobierno Central deberán continuar prohibidas las
actividades municipales que impliquen aglomeración de personas tales como talleres,
exposiciones, capacitaciones, campañas, asambleas sindicales, entre otros bajo la modalidad
presencial.
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MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE COMAS
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ANEXO 1 DECLARACIÓN JURADA DE SALUD PREVIA AL INICIO DE ACTIVIDADES Y PARA TODOS LOS QUE
ESTÁN LABORANDO
Apellidos y Nombres
Unidad Orgánica / Oficina
Nº Celular Obre. Empl. CAS Func. OTRO
Domicilio
DNI EDAD
Contacto en caso de
Emergencia
Grado de Parentesco Nº Celular
Por medio de la presente, DECLARO BAJO JURAMENTO, que:
Aspecto a evaluar
Marque lo
correspondiente: Observaciones: tratado y/o
controlado SI NO
1 Hipertensión arterial
2 Enfermedades cardiovasculares (*)
3 Diabetes Mellitus
4 Obesidad (**)
5 Asma
6 Enfermedad Pulmonar Crónica
7 Insuficiencia Renal crónica
8 Enfermedad o tratamiento
Inmunosupresor (Ejem: Cáncer, VIH,
enfermedades reumatológicas, etc.) (*)
9 Gestación
10 Otros (***)
11 DECLARO que SI NO me encuentro dentro del grupo de riesgo, para empezar a
laborar.
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MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE COMAS
FECHA DE APROBACIÓN:
(*) En caso la respuesta (2), (8) y (10) sean afirmativas, la SGGRH se contactará con usted para mayor detalle. (**) Ante duda de sobrepeso u obesidad, puede acudir al servicio médico para orientación.
(***) Si manifiesta otros síntomas comprobables no señalados en los puntos; detallar.
Acepto y doy consentimiento para que la institución se comunique con la persona señalada solo
en caso de emergencia y/o envié toda información o comunicación relacionada con el vínculo
laboral que mantengo con la institución o de mi salud, de ser necesario, al correo consignado en el
inicio de la presente declaración jurada y viceversa, con el fin de ser más expeditivo en las
gestiones.
La información proporcionada en la presente Declaración Jurada es verdadera, en consecuencia,
asumo la responsabilidad que pudiera devenir de la comprobación de su falsedad o inexactitud, así
como la presentación de los documentos que acrediten tal condición a solicitud de la
Municipalidad Distrital de Comas a través de sus áreas competentes.
Comas, ______ de ________________ del 2020.
___________________________________
FIRMA
D.N.I.
LA PRESENTE DECLARACIÓN JURADA DEBERÁ SER REMITIDA O
PRESENTADA A SU JEFATURA INMEDIATA QUIEN TOMANDO
CONOCIMIENTO Y CON EL VºBº RESPECTIVO, EN EL DÍA SERÁ
ENVIADA A LA SUBGERENCIA DE RECURSOS HUMANOS AL
CORREO [email protected]
HUELLA
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MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE COMAS
FECHA DE APROBACIÓN:
ANEXO N°2
DECLARACIÓN JURADA A QUE SER REFIERE EL NUMERAL 8.3 DEL DECRETO SUPREMO N° 083-2020-PCM
Mediante el presente documento, yo, _____________________________________________
Identificado (a) con Documento Nacional de Identidad N° ____________________ , domicilio en
_________________________________________ Distrito de _______________________ teléfono fijo,
__________________________ celular, _________________ correo electrónico
_________________________________________________; declaro lo siguiente:
1. Soy trabajador/a de la Municipalidad Distrital de Comas, identificada con Registro Único de
Contribuyente 20168737565, en la que actualmente ocupo el cargo/puesto de:
_________________________________ realizando las siguientes funciones
_________________________________________________________________
2. Estoy enterado/a y tengo pleno conocimiento que formo parte integrante del grupo con factores de
riesgo para COVID-19, conforme a lo establecido en las normas sanitarias emitidas por la Autoridad
Nacional Sanitaria.
3. Cuento con el certificado de aptitud de mi estado de salud validado por el/la médico responsable de la
vigilancia de la salud de los/as trabajadores/as o quien haga sus veces en el centro de labores de la
empresa o entidad, el que deja expresa constancia que me encuentro APTO para la prestación de
labores presencial a favor de la empresa.
4. Asimismo, el empleador y/o el/la médico responsable de la vigilancia de la salud o el que de los/as
trabajadores/as o quien haga sus veces me ha informado que la realización de labores presencial que
me asignen no incrementa mi exposición a riesgo.
5. Voluntariamente deseo concurrir a trabajar a mi centro de labores.
6. Mi empleador me ha informado sobre la identificación del peligro, la valoración del riesgo y aplicación
de jerarquía de controles sobre mi puesto de trabajo ante el riesgo de contagio por COVID-19.
7. Mi empleador me ha informado y remitido información sobre las medidas preventivas que se han
tomado en el centro de trabajo y en mi puesto.
8. Mi empleador me ha informado de los signos y síntomas característicos del SARV CoV2-COVID-19
señalados en el ANEXO 2 del Documento Técnico “Lineamientos para vigilancia, prevención y control
de la salud de los trabajadores con riesgo de exposición a COVID-19" contenido en la Resolución
Ministerial N° 239-2020-MINSA que a la fecha del retorno al trabajo no presento.
9. Mi empleador me ha informado que cumple la Ley N° 29783, Ley de Seguridad y Salud en el Trabajo y
modificatorias; su Reglamento y modificatorias; las disposiciones legales emitidas para la vigilancia,
prevención y control del COVID-19, según la Resolución Ministerial N° 239-2020-MINSA y
modificatorias; y las demás normas sanitarias que emita la Autoridad Nacional Sanitaria.
10. Mi empleador me ha informado que garantiza la entrega, capacitación sobre su uso adecuado,
conservación y eliminación de los equipos de protección personal requeridos para mi cargo/puesto de
trabajo.
Firmado en la ciudad de Lima, Distrito de Comas el día _____el mes de ___________de 2020.
_____________________________
Nombre completo y firma del trabajador/a
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MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE COMAS
FECHA DE APROBACIÓN:
ANEXO N° 03:
DECLARACIÓN JURADA DE NO CONTAGIO Y DE SINTOMATOLOGÍA COVID-19 PARA REGRESO
AL TRABAJO DECLARACIÓN JURADA
He recibido explicación del objetivo de esta evaluación y me comprometo a responder con la
verdad:
Apellidos y Nombres
Unidad Orgánica / Oficina
FECHA
DIA MES AÑO Condición Laboral
Obre. Empl. CAS Func. OTRO
2020
Para tal efecto, DECLARA BAJO JURAMENTO, que; EN LOS ÚLTIMOS 14 DÍAS CALENDARIO AFIRMA O
NIEGA HABER TENIDO ALGUNO DE LOS SIGUIENTES SÍNTOMAS.
Aspecto a evaluar
Marque lo
correspondiente: Observaciones: tratado y/o
controlado SI NO
1 Sensación de alza termina o fiebre
2 Tos, estornudos o dificultad para respirar
3 Expectoración o flema amarilla o verdosa
4 Contacto con persona(s) confirmada de
COVID -19
5 Contactos con personas presuntamente
positivas para COVID -19
6 He tomado en los últimos 14 días la siguiente medicación (detallar cual o cuales)
Todos los datos expresados en esta ficha constituyen declaración jurada de mi parte.
He sido informado que de omitir o falsear información puedo perjudicar la salud de mis
compañeros y la mía propia, lo cual constituiría una falta grave a la salud pública, como tal asumo
sus consecuencias.
FIRMA