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1. INTRODUCCIÓN…………………………………………………………………………………………………………………1

2. JUSTIFICACIÓN…………………………………………………………………………………………………………………..2

3. ANTECEDENTES HISTÓRICOS……………………………………………………………………………………………..3

4. MARCO JURÍDICO APLICABLE…………………………………………………………………………………………….4

Marco Legal Federal.

Marco Legar Estatal.

Marco Legal Municipal

5. OBJETIVO…………………………………………………………………………………………………………………………..5

Específicos.

Misión.

Visión.

Valores.

6. ORGANIGRAMAS ESPECÍFICOS, OBJETIVOS, MARCO JURÍDICO Y FUNCIONES……………………6

7. HONORABLE AYUNTAMIENTO……………………………………………………………………………………………7

8. REGIDORES............................................................................................................................8

9. PRESIDENCIA MUNICIPAL…………………………………………………………………………………………………..9

Secretaria “D” y “G”

Secretario Particular.

Coordinación de Transparencia y Acceso a la Información Pública.

Coordinación de Comunicación Social.

Coordinacion de Atencion al Migrante.

Juzgado Cívico

Auxiliar de Atención Ciudadana.

Dirección de Control Interno.

10. SECRETARIA DEL AYUNTAMIENTO……………………………………………………………………………………10

Secretaria “I” Y “G”.

Auxiliar del Archivo Municipal.

Asesor Jurídico.

11. DIRECCIÓN DE TESORERÍA MUNICIPAL. …………………………………………………………………………..11

Secretaria “C”

Auxiliar administrativo.

Coordinador de Inspección y Comercio.

Coordinador de Egresos.

Coordinación de Contabilidad Gubernamental.

Asistente Contable.

Promotor de Desarrollo comercial “A”

Auxiliar de ingresos.

12. DIRECCIÓN DE SECRETARÍA DE GOBIERNO………………………………………………………………………12

Oficial del Registro Civil.

Coordinación de Concertador Politica y Social (Desarrollo Público)

Coordinación Juridica.

Delegaciones y Subdelegaciones Municipales.

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13. DIRECCIÓN DE OFICIALÍA MAYOR…………………………………………………………………………………….13

Coordinación de Recursos Humanos.

Coordinación de Adquisiciones y Servicios Internos.

Coordinación de Eventos Especiales.

Coordinación de Mantenimiento Vehicular.

Coordinación de Informática y Control Patrimonial.

14. DIRECCIÓN DE DESARROLLO URBANO Y OBRAS PÚBLICAS………………………………………………14

Subdirector de Desarrollo Urbano y Obras Públicas.

Coordinación de Desarrollo Urbano.

Coordinación de Construcción y Supervisión

Coordinación de Administración

15. DIRECCIÓN DE EDUCACIÓN, DESARROLLO SOCIAL Y HUMANO………………………………………..15

Coordinación de Organización Social.

Coordinación de la Juventud y Deportes.

Coordinación Administrativo del CCD

Coordinación de Educación.

16. DIRECCIÓN DESARROLLO RURAL Y SUSTENTABLE……………………………………………………………16

Coordinación de Desarrollo Rural

Coordinación de Ecologia

Coordinación de Turismo

17. DIRECCIÓN DE SERVICIOS PÚBLICOS MUNICIPALES………………………………………………………….17

Coordinación de Mantenimiento e Infraestructura

Coordinación de Aseo Público

18. COORDINACIÓN MUNICIPAL DE CULTURA ……………………………………………………………………..18

Director de Casa de la Cultura Landa

Director de Casa de la Cultura Agua Zarca

Director de Casa de la Cultura Tilaco

Centro Cultural Comunitario de Neblinas

19. DIRECCION DE SEGURIDAD PÚBLICA Y TRÁNSITO MUNICIPAL……………………………………......19

Comandante Operativo

Subcomandante

Agente de Policia y Transito Municipal

Coordinación de Protección Civil

20. SMDIF MUNICIPAL………………………………………………………………………………………………………….20

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La Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en el artículo 115 establece que «Los Estados adoptarán...

como base de su segmentación territorial y de su organización política y administrativa, el Municipio libre…»

2. Que la Ley Orgánica Municipal del Estado de Querétaro regula el ejercicio de las competencias que corresponden a los municipios del Estado, dotándoles de la facultad para «Aprobar los bandos de policía y gobierno, reglamentos,

circulares y disposiciones administrativas de observancia general dentro de sus respectivas jurisdicciones, que

organicen la administración pública municipal, que regulen las materias, procedimientos, funciones y servicios públicos de su competencia y que aseguren la participación ciudadana y vecinal.»

3. Que la organización administrativa es la estructura orgánica que ordena a la parte operativa en sus puestos de trabajo,

con la finalidad de que se realicen las tareas y alcance las metas impuestas que consistente en las siguientes etapas:

• Planeación: Establece los objetivos que se pretenden alcanzar. Así mismo, se define: qué, cómo, cuándo, dónde, porqué,

para qué, para quién, cuánto, quiénes.

• Organización: Precisan: la estructura de la organización, puestos y funciones y responsabilidades concretas.

• Integración ó Ejecutivo: Lleva a la práctica los objetivos definidos en la planeación, allegando los recursos materiales, técnicos, financieros y humanos, reclutando al personal que cuente con el perfil definido a su área de trabajo.

• Dirección: En la que se coordinan las actividades, se encamina a la organización, para obtener los objetivos definidos.

• Control: En la que se verifican las actividades realizadas contra las planeadas, así como los resultados obtenidos, a fin de comprobar si se cumplieron los objetivos.

4. Que en sentido estricto, la gestión municipal comprende el conjunto de las acciones que planean, programan, ejecutan,

controlan y evalúan las dependencias, órganos y unidades de la Administración Pública Municipal; encaminadas al logro de objetivos y el cumplimiento de metas establecidas en el Plan Municipal de Desarrollo, los planes sectoriales y programas

operativos de trabajo; estableciendo sus interrelaciones, así como los requerimientos en materia de: recursos humanos,

materiales y financieros.

5. Que, por lo tanto, es necesario que exista una organización administrativa adecuada para que el Gobierno Municipal tenga mayores posibilidades de éxito en la realización de su gestión, en beneficio de la comunidad municipal.

9. El Manual General de Organización del Municipio de Landa de Matamoros, Qro., se compone de los siguientes fases:

I. Presentación e Introducción: Se refieren a la exposición y el preámbulo que el Titular de la Administración Pública Municipal dirige al lector, sobre el contenido del documento, de su utilidad y de los fines y propósitos

generales que se pretenden cumplir a través de él. II. Antecedentes Históricos: Alude a una descripción del origen, antecedentes o hechos pasados sobresalientes

acerca de la existencia del Municipio y su Administración Pública. III. Marco Legal: Se relacionan los principales ordenamientos jurídicos vigentes que regulan la operación y

funcionamiento de la Administración Pública Municipal.

IV. Atribuciones: Desde el punto de vista jurídico, las atribuciones representan el medio para alcanzar los fines, se constituyen además en la facultad de obrar o derecho de hacer, asignada a la Administración Pública Municipal -y

sus dependencias y unidades- mediante un instrumento jurídico o administrativo. V. Misión, Visión y Valores: La misión describe el propósito que pretende alcanzar el Gobierno Municipal, en el

cumplimiento de sus competencias y atribuciones legalmente conferidas; mientras que la visión, representa el escenario de futuro hacia donde aquel se propone dirigir -de manera estratégica- sus esfuerzos. Por último, los

valores son el conjunto de principios éticos que orientan el desempeño de la Administración Pública Municipal,

con motivo de sus funciones y actividades institucionales. VI. Estructura Orgánica: Este apartado se refiere a la descripción ordenada de las dependencias, órganos y unidades

administrativas adscritas a la Administración Pública Municipal. En este sentido, permite advertir los niveles de jerarquía y las relaciones de coordinación existentes entre ellas.

VII. Organigrama: Es la representación gráfica de la estructura orgánica y refleja en forma esquemática, la ubicación de las dependencias, órganos y unidades administrativas que la conforman.

VIII. Objetivo y Funciones: El primero, describe de forma operativa, el modo en que se propone realizar la

competencia, facultad o función que recae, por delegación del H. Ayuntamiento, en la Dependencia, Órgano o Unidad Administrativa correspondiente.

IX. Las segundas, constituyen el conjunto de acciones clave, a través de las cuales se alcanzará el objetivo planteado. Las funciones han sido ordenadas en:

Funciones Sustantivas.- Son las que se encuentran alineadas con las materias de competencia legal del

Gobierno Municipal; donde destacan las de naturaleza exclusiva, concurrente y de colaboración, para el cumplimiento de sus fines generales.

De apoyo o adjetivas.-Son aquellas que facilitan y contribuyen al logro de las funciones sustantivas. Por su naturaleza técnico administrativa, son de carácter obligatorio y de aplicación general hacia el conjunto de la

Administración Pública Municipal.

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El presente manual tiene como objetivo; establecer y dar a conocer la estructura y funciones de las áreas de trabajo que integran la administración pública del Municipio de Landa de Matamoros, Querétaro. La cual busca en todo momento

brindar un servicio a la ciudadanía de manera eficiente y de calidad, por lo tanto, una de esas exigencias consiste en establecer una organización estructural que permita atender de manera pronta, justa y ordenada la necesidad de servicios

que requiere la ciudadanía

Es por ello, que la Administración Municipal de Landa de Matamoros, en la búsqueda de lograr un equilibrio en el desempeño de las funciones de cada departamento, se dio a la tarea de generar un diagnóstico institucional, para así

reconocer de manera pertinente cuál es el estado actual de desarrollo del quehacer administrativo, y así comenzar a

generar las diferentes propuestas de intervención para el buen funcionamiento de las direcciones, coordinaciones y todo el personal que conforma la estructura de nuestro municipio.

En el presente documento, encontraremos una descripción de los valores con los cuales todo servidor público del h.

Ayuntamiento del Municipio de Landa de Matamoros debe conducirse, con el único fin de cumplir con su loable tarea de servir a la ciudadanía, así como los diferentes marcos normativos, jurídicos; municipal, estatal y federal que deberán

acatar. A demás de dar a conocer la nueva estructura organizacional y operativa mediante la cual se conforma el Ayuntamiento.

Por tal razón, el presente manual es una oportunidad de desarrollo para el justo equilibrio del poder público para el

conocimiento de nuestras ciudadanas y ciudadanos, y además de estar perfectamente ordenado y ajustado a la realidad social que vive la gente del Municipio de Landa de Matamoros.

El vocablo «Landa» proviene del chichimeca Lan-há que significa "cenagoso". Se considera que el actual poblado de Landa de Matamoros fue fundado en el siglo XVII por una tribu de tarascos de Michoacán que emigraron hacia el norte del país.

En 1919 se le agrega «Matamoros» en honor a Mariano Matamoros, patriota insurgente que vivió en la localidad

de 1807 a 1808.

El pueblo de Landa es mejor conocido por tener una de las 5 Misiones Franciscanas de la Sierra Gorda, la cual fue declarada Patrimonio de la Humanidad en 2003. Esta misión está dedicada a Nuestra Señora de la Inmaculada

Concepción. Junto con otras, destaca su decorado barroco en las fachadas, la cual contiene artefactos indígenas. Fueron construidas bajo la dirección de Junípero Serra a mediados del siglo XVII, La construcción finalizó a finales de 1760.

Marco Legal Federal • Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos • Código de Comercio

• Código Civil Federal • Código Federal de Procedimientos Civiles

• Código Penal Federal

• Código Federal de Procedimientos Penales • Código Fiscal de la Federación

• Ley Agraria • Ley de Aguas Nacionales

• Ley de Asistencia Social • Ley de Asociaciones Religiosas y Culto Público

• Ley de Coordinación Fiscal

• Ley de Desarrollo Rural Sustentable • Ley de Fiscalización y Rendición de Cuentas de la Federación

• Ley de Ingresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2010 • Ley de los Derechos de las Personas Adultas Mayores

• Ley de Obras Públicas y Servicios relacionados con las mismas • Ley de Planeación

Ley de Vivienda

• Ley de Seguridad Nacional • Ley de Sociedades de Solidaridad Social

• Ley del Impuesto Empresarial a Tasa Única • Ley del Impuesto al Valor Agregado

• Ley del Impuesto Sobre la Renta • Ley del Instituto Nacional de las Mujeres

• Ley del Servicio Militar

• Ley Federal de Armas de Fuego y Explosivos • Ley Federal de Juegos y Sorteos

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• Ley Federal de Sanidad Animal

• Ley Federal de Sanidad Vegetal • Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental

• Ley Federal del Trabajo • Ley Federal para Prevenir y Eliminar la Discriminación

• Ley Federal sobre Monumentos y Zonas Arqueológicas, Artísticas e Históricas

• Ley General de Cultura Física y Deporte • Ley General de Desarrollo Social

• Ley General de las Personas con Discapacidad • Ley General de Protección Civil

• Ley General de Salud • Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente

•Ley General de Educación

•Ley General de Turismo • Ley General para la Prevención y Gestión Integral de los Residuos

• Ley General del Sistema Nacional de Seguridad Pública • Ley General para la Igualdad entre Mujeres y Hombres

• Ley sobre el Escudo, la Bandera y el Himno Nacional

Marco Legal Estatal. • Constitución Política del Estado de Querétaro

• Ley que Reforma la Ley Electoral del Estado • Ley de Planeación del Estado de Querétaro

• Ley Orgánica Municipal del Estado de Querétaro • Ley Estatal de Acceso a la Información Gubernamental del Estado de Querétaro

• Ley de Hacienda del Estado de Querétaro

• Ley de Hacienda de los Municipios del Estado de Querétaro • Ley de Coordinación Fiscal

• Código Fiscal del Estado de Querétaro • Ley que Aprueba la Incorporación del Estado de Querétaro y sus Municipios a la Coordinación en Materia

Federal de Derechos • Ley del Impuesto Predial

• Ley de Catastro del Estado de Querétaro

• Ley que fija Bases, Montos y Plazos 2010 • Ley de Ingresos del Estado de Querétaro para el Ejercicio Fiscal 2010

• Ley de Fomento a la Actividad Artesanal en el Estado de Querétaro • Ley Industrial del Estado de Querétaro

• Ley de Fomento y Desarrollo Pecuario del Estado de Querétaro • Ley de Prevención y Gestión Integral de Residuos del Estado de Querétaro

• Ley Estatal del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente

• Ley de Turismo del Estado de Querétaro • Ley de Seguridad Pública para el Estado de Querétaro

• Ley de Tránsito del Estado de Querétaro • Ley de Protección Civil para el Estado de Querétaro

• Ley de Transporte Público del Estado de Querétaro • Ley del Registro Civil del Estado de Querétaro

• Código Civil del Estado de Querétaro

• Código de Procedimientos Civiles para el Estado de Querétaro • Código Penal del Estado de Querétaro

• Código de Procedimientos Penales para el Estado de Querétaro • Ley que Regulariza la Titulación de Bienes Inmuebles, comprendidos en el Patrimonio de los Poderes del

Estado de Querétaro, de los Municipios, de las Entidades Paraestatales y las Paramunicipales • Ley para Regularizar la Titulación de Predios Urbanos y Semiurbanos del Estado de Querétaro

• Ley para la Regularización de la Pequeña Propiedad de Predios Rústicos en el Estado de Querétaro

• Ley de Salud del Estado de Querétaro • Ley sobre Bebidas Alcohólicas del Estado de Querétaro

• Ley Estatal de Protección Animal • Ley de Educación del Estado de Querétaro

• Ley para la Cultura y las Artes del Estado de Querétaro • Ley del Deporte del Estado de Querétaro

• Ley de la "Comisión Estatal de Derechos Humanos", Reglamentaria del Artículo 9º de la Constitución Política del Estado

Libre y Soberano de Querétaro de Arteaga • Ley sobre el Sistema Estatal de Asistencia Social

• Ley que Crea el Sistema para el Desarrollo Integral de la Familia del Estado de Querétaro • Ley de Tratamiento para Menores Infractores para el Estado de Querétaro

• Ley de Personas Adultas Mayores del Estado de Querétaro • Ley que Atiende, Previene y Sanciona la Violencia Intrafamiliar en el Estado de Querétaro

• Ley para la Integración al Desarrollo Social de las Personas con Discapacidad en el Estado de Querétaro

• Ley de Adquisiciones, Enajenaciones, Arrendamiento y Contratación de Servicios del Estado de Querétaro • Ley para el Manejo de los Recursos Públicos del Estado de Querétaro

• Ley de Obra Pública del Estado de Querétaro • Código Urbano para el Estado de Querétaro

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• Reglamento de Construcción para el Estado de Querétaro

• Ley de los Trabajadores del Estado de Querétaro •Ley de Responsabilidad de los Servidores Públicos del Estado de Querétaro

• Ley de Procedimientos Administrativos del Estado de Querétaro • Ley de Enjuiciamiento de lo Contencioso-Administrativo del Estado de Querétaro

• Ley de Entrega Recepción del Estado de Querétaro

• Ley de Fiscalización Superior del Estado de Querétaro • Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Querétaro

• Ley Orgánica del Tribunal de lo Contencioso-Administrativo del Estado de Querétaro

Instrumentos Internacionales. I. Convenio sobre los Trabajadores Migrantes.

II. Convenio sobre las Migraciones en Condiciones Abusivas y la Promoción de la Igualdad de Oportunidades y de

Trato de los Trabajadores Migrantes. III. Protocolo Contra el Tráfico Ilícito de Migrantes por Tierra, Mar y Aire.

IV. Convención sobre el Estatuto de los Refugiados.

V. Protocolo sobre el Estatuto de los Refugiados. VI. Opinión Consultiva OC-21/14 Corte Interamericana en Derechos Humanos.

Marco Legal Municipal I. Reglamento Interno del Honorable Ayuntamiento del Municipio de Landa de Matamoros, Qro.

II. Reglamento Interno de la Administración Pública Municipal del Municipio de Landa de Matamoros, Qro.

III. Ley de Responsabilidad de los Servidores Públicos del Estado de Querétaro.

IV. Ley de Ingresos del Municipio de Landa de Matamoros, Qro., parar el Ejercicio Fiscal 2016.

.-Establecer y dar a conocer la estructura y funciones de las áreas de trabajo que integran la administración

pública del Municipio de Landa de Matamoros, Querétaro, que el servidor y los comisionados en turno conozcan el manual

de organización del Municipio de Landa de Matamoros, que la ciudadanía reconozca las funciones que los servidores deben de desempeñar en cada una de las áreas que componen la estructura Municipal y poder exigir el cumplimiento de las

mismas.

Ser un municipio con una organización ejemplar, donde todos los servidores reconocen y ejecutan sus acciones de acuerdo a los requerimientos de la sociedad.

Establecer y ejecutar acciones en función de los requerimientos de la sociedad landence: todo en base a la generación

previa de estudios de diagnóstico los cuales marcarán la pauta para priorizar y establecer planes de acción o resolución de conflictos.

Respeto;

Responsabilidad;

Compromiso;

Tolerancia;

Transparencia;

Igualdad;

Legalidad;

Sencillez.

Las organizaciones deben contar con una estructura organizacional de acuerdo a todas las actividades o tareas a realizar,

todo a partir de una correcta estructura que le permita establecer sus direcciones, coordinaciones y departamentos con la finalidad de brindar un servicio digno, mediante un orden y un adecuado control para alcanzar sus metas y objetivos.

“La estructura organizacional es la división de todas las actividades de una empresa que se agrupan para formar

áreas o departamentos, estableciendo autoridades, que a través de la organización y coordinación buscan alcanzar objetivos”.

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Las señaladas por la Constitución Política de los Estado Unidos Mexicanos en su Artículo 115, Fracción II: “Los municipios estarán investidos de personalidad jurídica y manejarán su patrimonio conforme a la ley. Los ayuntamientos tendrán

facultades para aprobar, de acuerdo con las leyes en materia municipal que deberán expedir las legislaturas de los Estados, los bandos de policía y gobierno, los reglamentos, circulares y disposiciones administrativas de observancia general dentro

de sus respectivas jurisdicciones, que organicen la administración pública municipal, regulen las materias, procedimientos, funciones y servicios públicos de su competencia y aseguren la participación ciudadana y vecinal.”

El H. Ayuntamiento de Landa de Matamoros, Qro., es el órgano colegiado de representación popular, donde se deposita la función pública municipal la cual tiene por objeto reunir y atender las necesidades sociales y

colectivas dentro de su jurisdicción.

-Gestionar y tomar de decisiones para marcar el rumbo del quehacer de la administración en turno del municipio

de Landa de Matamoros.

I.-Aprobar los Bandos de Policía y Gobierno Municipal, Reglamentos, Circulares y disposiciones administrativas de

observancia general dentro de sus respectivas jurisdicciones, que organicen la Administración Pública Municipal, que

regulen las materias, procedimientos, funciones y servicio Públicos de su competencia y que aseguren la participación

ciudadana y vecinal;

II. En los términos de las leyes federales y estatales relativas, estarán facultados para:

A.-Aprobar la zonificación y el Plan de Desarrollo Urbano Municipal;

B.-Participar en la creación y administración de sus reservas territoriales;

C.-Participar en la Formulación de Planes de Desarrollo Regional, los cuales deberán estar en concordancia con los

Planes Estatales y Federales de la materia;

D.-Autorizar y vigilar la utilización del suelo, en el ámbito de su competencia, en sus jurisdicciones territoriales;

E.-Intervenir en la regularización de la tenencia de la tierra urbana y rural;

F.-Participar en la creación y administración de zonas de reservas ecológicas y en la elaboración y aplicación de

programas de ordenamiento en esta materia;

G.-Intervenir en la formulación y aplicación de programas de transporte público de pasajeros cuando aquellos

afecten su ámbito territorial; y

H.-Celebrar convenios para la administración y custodia de las zonas federales;

III. Otorgar a los centros de población la categoría política que les corresponda, de conformidad con el procedimiento

respectivo;

IV. Autorizar la contratación y concesión de obras y servicios públicos municipales, en los términos de los reglamentos;

V. Crear las Secretarías, Direcciones y Departamentos que sean necesarios para el despacho de los negocios del orden

administrativo y la eficaz prestación de los servicios públicos municipales;

VI. Crear y suprimir las delegaciones y subdelegaciones municipales necesarias para el efectivo cumplimiento de

sus funciones administrativas y la provisión de servicios;

VII. Aprobar y evaluar el cumplimiento de los planes y programas municipales;

VIII. Solicitar a través del Presidente Municipal la comparecencia de los Servidores Públicos de la Administración

Pública Municipal, así como la información necesaria para el proceso de evaluación y seguimiento de los planes y

programas;

IX. Solicitar al Ejecutivo del Estado la expropiación de bienes por causa de utilidad pública;

X. Formular la iniciativa de Ley de Ingresos del Municipio para cada año fiscal y remitirla, para su estudio y aprobación, a la Legislatura del Estado;

XI. Formular y aprobar el Presupuesto de Egresos del Municipio para cada año fiscal, con base en sus ingresos

disponibles y sujetándose para ello a las normas contenidas en la Orgánica Municipal del Estado de Querétaro y en las

demás leyes aplicables;

XII. Administrar el patrimonio del Municipio conforme a la ley y vigilar, a través del Presidente Municipal y de los Órganos

de Control Interno del propio Ayuntamiento, la correcta aplicación del Presupuesto de Egresos;

XIII. Remitir la Cuenta Pública al titular de la Entidad Superior de Fiscalización del Estado, dentro de los 45 días

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contados a partir del último día de los meses de Junio y Diciembre. En el año en que haya elecciones deberán presentar la

cuenta pública en el periodo comprendido del 1º de Julio al 30 de Septiembre, en el último día de este periodo. En el caso de que el Municipio inicie funciones en el año de elecciones, deberán de presentar la cuenta pública en el periodo

comprendido del 1º de Octubre al 31 de Diciembre en el plazo señalado anteriormente.

XIV. Organizar el Registro Civil, de conformidad con las bases dictadas por la Dependencia Estatal del ramo y lo

previsto en la legislación de la materia;

XV. Conocer de la renuncia de los Regidores del Ayuntamiento y citar a los suplentes para que los sustituyan en

sus funciones;

XVI. Conocer de la solicitud de licencia de los miembros del Ayuntamiento;

XVII. Designar, de entre los Regidores Propietarios, a quien deba suplir al Presidente Municipal en sus faltas

temporales o absolutas, en los términos de la Constitución Política del Estado de Querétaro

XVIII. Citar a los Regidores Suplentes o al Síndico suplente, según sea el caso, para que, en caso de falta temporal o

absoluta de los propietarios, sustituyan a éstos en sus funciones;

XIX. Celebrar en los términos que señala la Ley Orgánica Municipal del Estado de Querétaro, convenios con otros

Municipios, con el Estado y con los particulares, a fin de coordinarse y asociarse para la más eficaz prestación de los

servicios públicos ó el mejor ejercicio de las funciones que le correspondan, ó para cualquier otro aspecto de índole

administrativo de auxilio técnico u operativo;

XX. Vigilar que se imparta la instrucción cívica y militar que los mantenga aptos en el ejercicio de los derechos de ciudadano, diestros en el manejo de las armas y conocedores de la disciplina militar.

XXI. Participar con la Federación y el Estado en la impartición de la educación primaria y secundaria en los términos

del artículo 3º de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos;

XXII. Ejercer sus atribuciones en materia de asociaciones religiosas y culto público en los términos de la ley

reglamentaria respectiva;

XXIII. Aprobar la adquisición de bienes y valores que incrementen el patrimonio del Municipio mediante cualquiera de

las formas previstas por la ley;

XXIV. Aprobar la constitución y participación en empresas, asociaciones, sociedades y fideicomisos, siempre que el

objeto sea el mejoramiento de los servicios públicos municipales;

XXV. Supervisar el ejercicio de las atribuciones que en materia de Seguridad Pública, Policía Preventiva y Protección Civil,

corresponden al Municipio;

XXVI. Supervisar el ejercicio de las atribuciones de Tránsito municipal, en los términos de la ley en la materia y los

reglamentos municipales;

XXVII. Promover el bienestar social y cultural de la población municipal mediante programas y acciones que

propicien el desarrollo integral de la familia y la integración social de las distintas comunidades del Municipio;

XXVIII. Proponer a la Legislatura del Estado, las cuotas y tarifas aplicables a impuestos, derechos, contribuciones de mejora y las tablas de valores unitarios de suelo y construcciones que sirvan de base para el cobro de

las contribuciones sobre la propiedad inmobiliaria; XXIX. Presentar ante la Legislatura del Estado, iniciativas de Leyes o decretos.

XXX. Promover la participación de los habitantes del Municipio en el ejercicio del gobierno municipal;

XXXI. Proponer y coordinar la celebración de consultas a la población cuando lo juzgue necesario para tomar

decisiones que por su naturaleza afecten el interés de la comunidad;

XXXII. Nombrar y remover a los Titulares de las Dependencias Administrativas previstas en el artículo 44 de la Ley

Orgánica Municipal del Estado de Querétaro;

XXXIII. Conocer de los asuntos derivados del ejercicio de la Acción Popular; y

XXXIV. Conocer de las sanciones aplicables a los miembros del Ayuntamiento por omisión de sus obligaciones, siempre y cuando dichos actos no sean causa de la Inhabilitación, Suspensión y Revocación de su mandato.

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Representar política y administrativamente al Municipio, así como establecer las bases generales de la Administración Pública Municipal y del Procedimiento Administrativo; apegándose a los principios de

igualdad, publicidad, audiencia y legalidad. Con base en la Ley Orgánica Municipal del Estado de Querétaro, el Presidente Municipal como órgano ejecutivo de la Administración Pública Municipal, tiene

las siguientes facultades y obligaciones en materia administrativa:

I. Dar publicidad a las leyes, reglamentos y decretos de carácter federal, estatal y municipal, y a las diversas disposiciones de observancia general que afecten la vida municipal;

II. Cumplir y hacer cumplir las disposiciones contenidas en las leyes, reglamentos y decretos federales, estatales y municipales, y aplicar, en su caso, las sanciones correspondientes;

III. Convocar por conducto del Secretario del Ayuntamiento a sesiones del mismo, coordinar su

desarrollo y clausurarlas en los términos del reglamento respectivo; IV. Nombrar y remover libremente aquellos servidores públicos cuyo nombramiento o remoción no

este determinado de otro modo; V. V. Autorizar, mancomunadamente con el Titular de la Dependencia Encargada del las Finanzas

Públicas Municipales, las erogaciones del Ayuntamiento, en los términos de las partidas en su Presupuesto de Egresos. Dicha autorización podrá delegarse en los términos del Acuerdo que

emita el ayuntamiento y fije los montos, bases y mecanismos para la emisión de documentos y

títulos de valor, así como las responsabilidades y sistemas de control para el ejercicio del gasto público;

VI. VI. Vigilar la correcta recaudación de los ingresos municipales y que su erogación se realice con estricto apego al Presupuesto de Egresos;

VII. VII. Enviar a la Entidad Superior de Fiscalización del Estado, dentro de los primeros quince días naturales de cada mes, el informe que contenga los estados financieros relacionados al e jercicio

presupuestal del mes inmediato anterior. Asimismo, realizar un informe de la Cuenta Pública

Municipal, el cual deberá presentarse en los mismos términos que establece la Ley de Fiscalización Superior del Estado de Querétaro.

VIII. Celebrar a nombre y por acuerdo del ayuntamiento, los actos, convenios y contratos necesarios para el mejor desempeño de las funciones municipales y la eficaz prestación de los servicios,

ajustándose a la normatividad aplicable;

PRESIDENTE MUNICIPAL

SECRETARÍA PARTICULAR

SECRETARIA TECNICA

JUZGADO CIVICO

SECRETARIA (D) Y (G)

COORDINACION DE

COMUNICACIÓN SOCIAL

CHOFER DE

PRESIDENCIAB

H. AYUNTAMIENTO

COORDINADOR DE ATENCION AL

MIGRANTE

AUXILIAR

ADMINISTRATIVO

UNIDAD DE

ACCESO A LA INFORMACION

SECRETARIA I

AUXILIAR DE ATENCION

CIUDADANA

DIRECCIÓN DE CONTRALORÍA

MUNICIPAL

AUXILIAR DE CONTROL INTERNO

A Y B

JEFE DE AREA1

JEFE DE AREA 3

JEFE DE AREA 4

JEFE DE AREA 5

JEFE DE AREA 2

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IX. Vigilar y verificar la actuación de las dependencias municipales para cerciorarse de su correcto

funcionamiento y dictar las medidas pertinentes para el mejoramiento de la administración municipal;

X. Determinar las políticas para autorizar las órdenes de pago en los términos del Presupuesto de

Egresos; XI. Informar en sesión pública y solemne sobre, el estado que guarda la administración pública

municipal; XII. Tener bajo su mando los cuerpos de seguridad pública y tránsito municipal en los términos que

establezcan las leyes y dictar las medidas administrativas tendientes para mejorar su organización y funcionamiento, en los términos del reglamento correspondiente;

XIII. Formular y proponer al ayuntamiento la política de planeación, desarrollo urbano y obras

públicas del municipio de conformidad con la legislación aplicable; XIV. Rendir la protesta de Ley y tomar la protesta a los integrantes del ayuntamiento que preside;

XV. Comunicar a los Poderes del Estado la legal instalación del ayuntamiento; XVI. Disponer de la fuerza pública municipal para preservar, mantener y restablecer la tranquilidad,

la seguridad y la salubridad públicas; XVII. Avisar al Ayuntamiento su ausencia por más de tres días consecutivos del territorio del

municipio y solicitar al mismo su autorización para hacerlo por más de treinta

XVIII. Ejercer el control y vigilancia sobre los servidores públicos de su administración, denunciando aquellas conductas que pudieren constituir un delito o desprender otras responsabilidades, así

como aplicar o en su caso ejecutar las sanciones que deriven de ellas; XIX. Participar en las sesiones del ayuntamiento, votar en las mismas y en caso de empate, ejercer el

voto de calidad; XX. Coadyuvar con las autoridades federales y estatales en el ejercicio de sus atribuciones;

XXI. Nombrar y remover a los titulares de la Dependencia Encargada de la Seguridad Pública, Policía

Preventiva y el Tránsito Municipal, de la Administración de Servicios Internos, Recursos Humanos, Materiales y Técnicos del Municipio, de la Encargada de la Ejecución y Administración

de Obras Públicas, así como la Encargada de las Finanzas Públicas Municipales. XXII. Asimismo podrá remover a los titulares de la Dependencia Encargada de la Prestación de

Servicios Públicos Municipales y de la Secretaría del Ayuntamiento; XXIII. Proponer al Ayuntamiento a la persona que habrá de ocupar la titularidad de la Dependencia

Encargada de la Prestación de los Servicios Públicos Municipales y la Secretaría del

Ayuntamiento; en caso de que esta no sea aprobada, el presidente municipal propondrá una terna al ayuntamiento, de la cual se designará al titular.

XXIV. Integrar y promover los Consejos Municipales de Participación Social; XXV. Integrar y presidir las Comisiones de Gobernación, Hacienda, Patrimonio y Cuenta Pública,

Obras y Servicios Públicos, Seguridad Pública, Tránsito y Policía Preventiva y Desarrollo Urbano y Ecología, que se encuentran señaladas en el artículo 38, fracciones I, II, III, IV y VIII de la

presente Ley;

XXVI. Nombrar a los delegados y subdelegados, así como señalar y decidir el método para su nombramiento, en los términos establecidos por el artículo 52 de la presente Ley.

XXVII. Las demás que señale esta Ley y las demás disposiciones aplicables.

Secretaria “D” y “G”

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.-Desarrollar actividades administrativas de apoyo secretarial, así como orientar e informar con

calidad y calidez a los ciudadanos, dependencias y asociaciones civiles, sociales y privadas, respecto a las

audiencias u orientación solicitadas directamente al Presidente Municipal.

I. Recibir, canalizar y dar seguimiento a la correspondencia dirigida al Presidente Municipal.

II. Coordinar con el Secretario Particular la agenda del Presidente Municipal. III. Orientar a la ciudadanía, dependencias y asociaciones civiles, sociales y privadas, respecto a los

asuntos de atención directa con el Presidente Municipal a los que se atienden a través de las Dependencias del Municipio.

IV. Elaborar oficios y memorandos requeridos por el Presidente Municipal.

V. Colaborar en la organización de reuniones del Presidente Municipal. VI. Participar en los eventos de formación de servidores Públicos Municipales que organicen los

gobiernos Estatal y federal, con incidencia en la materia su competencia.

Secretaría Particular.

Organizar la agenda y promover las relaciones públicas e internas del Presidente Municipal, que

fortalezcan sus alianzas de trabajo, compromiso y afecto.

I. Elaborar y dar seguimiento al programa de audiencias públicas del Presidente Municipal; II. Promover una adecuada comunicación entre el Presidente Municipal y sus homólogos, así como

los funcionarios públicos estatales y federales. III. Promover la comunicación continua del Presidente Municipal con los funcionarios de la

Administración Pública Municipal, así como con los representantes de los sectores social y privado; que permitan la atención oportuna y eficaz de sus asuntos.

IV. Realizar el seguimiento de los compromisos adquiridos por el Presidente Municipal, informando

con oportunidad a las áreas implicadas de su cumplimiento. V. Establecer y controlar – en el ámbito municipal- el protocolo formal para la realización de eventos

oficiales en los que participe el Presidente Municipal. VI. Coordinar las invitaciones que realice el Gobierno Municipal para los eventos oficiales que así lo

requieran; VII. Las demás que le encomiende el Presidente Municipal.

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Auxiliar de Atención Ciudadana. Informar a la ciudadanía sobre las solicitudes que no son de competencia municipal; orientándolo sobre

el procedimiento a seguir e Informar y orientar a la ciudadanía acerca del catálogo de trámites y servicios municipales. Además de orientar a la ciudadanía en el módulo de quejas y sugerencias con los formatos

específicos.

Vinculo de la ciudadanía y sus necesidades, con el municipio, a través de recepción y atención

de solicitudes de la sociedad para ser atendidas de conformidad con las normas aplicables.

I. Recibir todo tipo de solicitudes que la sociedad demande. II. Canalizar las peticiones a las diferentes direcciones y áreas de gobierno pertinentes para la

resolución de la petición. III. Recibir a la ciudadanía con calidez.

IV. Dar a conocer los trámites y servicios que presta el municipio.

V. Solicitar la documentación para la realización de cualquier trámite (Solicitudes). VI. Orientar a los ciudadanos sobre el proceso de gestión al cual es sometida su solicitud.

VII. Vincular al ciudadano al área pertinente para solución de su petición.

Secretaría Técnica.

. Analizar y emitir opinión técnica sobre los programas y proyectos de interese generales o

especial que le encomienden el Presidente Municipal o el H. Ayuntamiento.

I. Analizar los programas y proyectos que le sean encomendados por el Presidente Municipal o el

Ayuntamiento, y emitir opinión sobre su factibilidad técnica, económica y social. II. Establecer por disposición del Presidente Municipal o del Ayuntamiento, la coordinación técnica

con los titulares de las Dependencias del Municipio, a efecto de apoyarles en la definición, diseño, desarrollo y evaluación de proyectos especiales de importancia estratégica para el

Gobierno Municipal. III. Participar en las reuniones del Gabinete Administrativo e informar sobre los avances y resultados

de los proyectos a su cargo.

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IV. Coordinar las reuniones de trabajo con los titulares de dependencias del Municipio o externas

para la revisión de proyectos técnicos a su cargo. V. Participar en los eventos de formación de Servidores Públicos Municipales que organicen los

Gobiernos Estatal y Federal, con incidencia en la materia de su competencia.

Coordinación de Transparencia y Acceso a la Información Pública.

I. Transparentar la gestión pública municipal, a través de la información pública de oficio, así como la información reservada y confidencial en sus modalidades de versiones públicas;

II. Mejorar la organización, clasificación y manejo de la información y documentos públicos municipales;

III. Fomentar la rendición de cuentas municipal, de manera que la ciudadanía pueda conocer

incluso sin necesidad de requerirlo- los resultados de las actividades que realice el municipio; IV. Promover una cultura de transparencia y acceso a la información entre la ciudadanía y el

personal al servicio público; V. Recabar y difundir la información pública de carácter fundamental, además de la que sea

competencia del sujeto obligado, así como propiciar la actualización periódica de los archivos de las entidades que conformen la estructura orgánica del Ayuntamiento;

VI. Remitir al Comité las solicitudes que contengan información que no haya sido clasificada

previamente; VII. Recibir y dar trámite a las solicitudes de acceso a la información; Auxiliar a los particulares en

la elaboración de solicitudes y, en su caso, orientarlos sobre los sujetos obligados que pudieran tener la información que solicitan;

VIII. Realizar los trámites internos necesarios para entregar la información solicitada, además de efectuar las notificaciones a los particulares;

IX. Capacitar al personal necesario de los sujetos obligados para recibir y dar trámite a las

solicitudes de acceso a la información;

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X. Establecer los procedimientos internos que aseguren la mayor eficiencia en la gestión de las

solicitudes de acceso a la información; XI. Informar al Instituto sobre la negativa de entrega de información por parte de algún

servidor público o personal de los sujetos obligados;

XII. llevar un registro de las solicitudes de acceso a la información, sus resultados y costos; y Las demás necesarias para garantizar y agilizar el flujo de información entre el sujeto obligado y

los particulares.

Coordinación de Comunicación Social.

Los medios de comunicación permiten a los gobiernos democráticos, recibir e intercambiar

opiniones con la ciudadanía, estas acciones enriquecen y orientan la acción pública hacia un futuro con

estabilidad y paz social; mantener un diálogo permanente con los medios y reconocer su importancia es el nuevo estilo de gobernar.

I. Difundir los acontecimientos relevantes de la administración pública municipal en forma objetiva, clara, oportuna y veraz a la sociedad a través de los medios de comunicación.

II. Coordinar con los medios locales de comunicación la difusión de los programas del Gobierno

Municipal. III. Cuidar la imagen del H. Ayuntamiento en su conjunto y dar a conocer a través de los medios de

comunicación acciones, planes y proyectos. IV. Ser el enlace adecuado para la comunicación entre el Gobierno Municipal y la Sociedad, para que

ésta conozca las obras y acciones de Gobierno enfocado hacia el bienestar de la población. V. Una coordinación con responsabilidad entre el Municipio y la sociedad, proporcionando y

recibiendo información oportuna, precisa y valiosa, a través de los medios de comunicación

social, de los logros y avances de la administración municipal, en base a una planificación para satisfacer las necesidades gráficas y visuales de nuestras direcciones y coordinaciones,

mostrando a nuestros habitantes una identidad clara, constante y bien definida. VI. Desarrollar estrategias de Comunicación Social, para dar a conocer los programas y acciones que

estén realizando el gobierno municipal y su impacto social.

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VII. Coordinar la organización, promoción y difusión de eventos oficiales, sociales y culturales que se

realicen por parte del gobierno municipal. VIII. Coordinar con el equipo de trabajo en la cobertura de los eventos con grabación de video,

fotografías, grabación de voz, logística y recepción de medios de comunicación.

IX. Dar seguimiento administrativo de pago a proveedoras y proveedores relacionado con la Coordinación.

X. Convocar a ruedas de prensa de la administración. XI. Difundir la información pública gubernamental, clasificada como obligatoria, a través de los

medios que determine el Ayuntamiento. XII. Difundir campañas publicitarias de las relacionadas con protección civil, salud, procuración de

justicia, y orientación de los derechos y obligaciones de los ciudadanos.

XIII. Proveer con boletines e información de las diferentes dependencias el portal Web de la administración con la información oportuna que hagan llegar a la coordinación de las diferentes

dependencias. XIV. Actualizar espacios en redes que contienen información gubernamental, información de acciones

y obras de la administración municipal, información turística; a efecto de garantizar oportunamente su difusión para la consulta.

XV. Las demás que le encomiende el Presidente Municipal, con base en las normas y disposiciones

aplicables.

Juzgado Cívico

.

Supervisar y vigilar el funcionamiento del Juzgado Cívico Municipal, a fin de que realicen sus funciones

conforme al presente reglamento, a las disposiciones legales aplicables y a los criterios y lineamientos que

al efecto se establezcan.

I. Supervisar y vigilar el funcionamiento del Juzgado Cívico Municipal, a fin de que realicen sus

funciones conforme al presente reglamento, a las disposiciones legales aplicables y a los criterios y lineamientos que al efecto se establezcan;

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II. Recibir para su guarda y destino correspondiente, los objetos y/o valores que le remitan los

Jueces Cívicos Municipales en ejercicio de sus funciones, con base en lo que establece el presente reglamento;

III. Elaborar el registro de infractores derivado de los informes recibidos de los Jueces Cívicos

Municipales, a fin de informar al Presidente Municipal, sobre las novedades ocurridas en el Juzgado Cívico Municipal;

IV. Corregir en cuanto tenga conocimiento, las calificaciones que considere irregulares de las infracciones o la aplicación indebida de sanciones impuestas por los Jueces Cívicos Municipales,

en los términos previstos por el presente reglamento; V. Tomar conocimiento de las quejas sobre demoras, excesos o deficiencias en asuntos que son

competencia del Juzgado Cívico Municipal;

VI. Hacer del conocimiento a las autoridades competentes de los hechos del personal del Juzgado Cívico Municipal que por deficiencias o excesos en el cumplimiento del presente reglamento

puedan dar lugar a responsabilidad penal o administrativa en los términos de las leyes aplicables;

VII. Organizar programas de actualización y profesionalización del personal que labore en los Juzgados Cívicos Municipales, así como de los aspirantes a ocupar cargos en estos;

VIII. Evaluar el desempeño del personal que labore en los Juzgados Cívicos Municipales;

IX. Cubrir turnos por ausencias de los Jueces de Juzgados Cívicos Municipales por motivos de vacaciones, incapacidades y/o permisos autorizados por el jefe inmediato; y en caso de que este

se encuentre imposibilitado podrá designar al secretario del Juzgado Cívico Municipal a que cubra al Juez en carácter de suplencia;

X. Solicitar al Director de Seguridad Pública y Tránsito Municipal el número de elementos que considere necesario que se asignen para el buen funcionamiento del Juzgado Cívico, los cuales

fungirán como custodios.

Secretaria I. Persona encargada de recibir los asuntos que tengan relación con el Juzgado de Cívico municipal, así

como auxiliar del coordinador en eventos propios de esta área.

•Atención puntual de las actividades inherentes a su puesto.

• Cumplimiento de las instrucciones que le sean asignadas por su Jefe inmediato. • Atención y canalización de los servicios de concertación que solicite el público, de una manera pronta y

eficiente. • Recepción y entrega de documentos.

• Redacción y presentación correcta de informes, comunicados, correspondencia.

• Preparación de la información de manera adecuada y confidencial. • Atención de las llamadas telefónicas.

• Mantenimiento, organización y control del archivo. • Programación y control de la Agenda de actividades del Juzgado Cívico.

• Elaboración de oficios, citatorios, recibos, y documentos que se le encomienden. • Recepción, radicación y remisión oportuna de la correspondencia relacionada con la oficina y control del

recibo correcto por parte del destinatario.

• Controlar la existencia y racionalidad de materiales de oficina.

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Coordinación de Atención al Migrante.

Tramitar y hacer la gestión administrativa para el trámite de pasaporte a la ciudadanía, y brindar asesoría legal sobre los derechos del Migrante.

Brindar atención, asesoría y seguimiento a todos los migrantes y sus familias.

I. Gestionar y vincular a los migrantes y sus familias con las instituciones pertinentes para el

trámite de pasaporte. II. Apoyar a los migrantes y sus familias para repatriación de ciudadanos mexicanos del municipio.

III. Apoyar y orientar a los migrantes y sus familias para realizar los trámites necesarios para el traslado de fallecidos, enfermos y menores; gestionar los recursos económicos para facilitar los

trámites. IV. Canalizar a los migrantes y sus familias con las diferentes sectores; públicos, privamos y de la

sociedad civil, según la situación a tender.

V. Asistir y participar en foros y convenciones para salvaguardar los derechos laborales de los migrantes, ilegales y sus familias.

VI. Dar a conocer programas, foros, convocatorias, convenios y acuerdos que benefician a los migrantes y sus familias.

VII. Generan proyectos y acuerdos con los migrantes y sus familias en pro del desarrollo del municipio o sus comunidades de origen.

VIII. Dar seguimiento a las solicitudes de las familias de los migrantes e indocumentados

desaparecidos o extraviados en los Estados Unidos. IX. Asesorar a los migrantes y sus familias; vincular con las agencias de abogados de cualquier

ciudad de Los Estados Unidos y el interior de la república. X. Elaborar oficios y documentos relacionados con el departamento.

XI. Recibir la documentación necesaria y realizar el trámite de Pasaportes dentro de la Oficina de Enlace de la Secretaría de Relaciones Exteriores.

XII. Ordenar e integrar la información necesaria para la generación de informes.

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XIII. Llevar el control del archivo de los oficios creados y recibidos en este departamento de Atención

al Migrante y Secretaria de Relaciones Exteriores. XIV. Crear el plan de trabajo y el manual de organización del Departamento de Atención al Migrante.

Dirección de Control Interno.

Ofrecer a la ciudadanía, la certeza de la correcta supervisión, prevención, vigilancia, control, fiscalización

y evaluación de la gestión pública, así como, garantizar a la sociedad un ejercicio eficiente y transparente

del manejo de los recursos públicos, a través de una clara y permanente rendición de cuentas.

I. Verificar que la Administración pública municipal ajuste sus actos a las normas y disposiciones en materia del sistema de registro y contabilidad; contratación de personal, servicios, obra pública,

adquisiciones, arrendamientos, conservación, uso, destino, afectación, baja y alta de bienes muebles e

inmuebles, demás activos y recursos materiales de la administración, sin perjuicio de lo que dispongan otros ordenamientos a favor de otras autoridades;

II. Comprobar el cumplimiento de las obligaciones derivadas de las disposiciones en materia de planeación, programación, presupuestación, ingreso, financiamiento, inversión, deuda, patrimonio,

valores, control y evaluación de la administración pública;

III. Revisar y comprobar el correcto ejercicio del gasto público y su congruencia con el presupuesto de egresos, así como la correcta aplicación de la Ley de Ingresos;

IV. Proponer acciones tendientes a transparentar el manejo de los recursos y bienes que utiliza la

administración;

V. Vigilar el uso correcto de los recursos públicos del Municipio y de los que la Federación y el Estado

le transfieran para su ejercicio y administración.

VI. Emitir disposiciones con base en las leyes y reglamentos para el mejor aprovechamiento de los

recursos humanos y financieros;

VII. Observar el cumplimiento de las normas y disposiciones en materia de obras públicas por parte de

las dependencias y organismos descentralizados de la administración pública;

VIII. Verificar que se cumpla con la normatividad establecida y con las especificaciones de construcción de obra que se realicen en el Municipio ya sea por parte de este o por contratista del mismo;

IX. Realizar auditorías técnico financieras a la obra pública con el objeto de determinar si los recursos

fueron ejercidos conforme a lo programado;

X. Dar respuesta oportuna a las quejas, denuncias y sugerencias de la ciudadanía;

XI. Propiciar transparencia, honestidad y eficiencia en el manejo de los recursos humanos, materiales y

financieros del Municipio;

XII. Impulsar una gestión pública municipal ágil y transparente mediante la instrumentación de sistemas y procedimientos de control;

XIII. Verificar que los programas de trabajo se ajusten a la normatividad financiera y administrativa

establecida por los Gobiernos Federal y Estatal;

XIV. Proponer la colaboración, implementación y actualización de instrumentos y mecanismos que

permitan el cumplimiento de las atribuciones encomendadas;

JEFE DE

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XV. Elevar la eficiencia y la productividad de la gestión pública municipal, mediante la modernización y

simplificación de los procedimientos en trámite.

XVI. Investigar los actos ilícitos u omisiones en el cumplimiento de las funciones y obligaciones de los funcionarios y/o servidores públicos de la administración municipal, conocer y ejecutar los

procedimientos administrativos que al efecto se instauren e imponer las sanciones correspondientes de

acuerdo con la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos.

XVII. Revisar y promover reformas a su marco normativo en materia de control y evaluación

gubernamental.

XVIII. Presentar al Ayuntamiento, en sesión ordinaria dentro del mes de octubre de cada año, el programa anual de actividades que contenga las políticas, planes, sistemas y acciones que ejecutará para

su aprobación.

XIX. Rendir al Ayuntamiento, un informe semestral de las actividades realizadas, que contendrá los

avances y logros del programa a que se refiere el punto anterior.

XX. Informar al Ayuntamiento, el resultado de las revisiones administrativas o auditorías realizadas a las

dependencias, Organismos Descentralizados y entidades municipales.

XXI. Hacer del conocimiento del Ayuntamiento, las observaciones y recomendaciones derivadas de las

revisiones o auditorías que realice, velando el seguimiento y corrección de ellas.

XXII. Vigilar que dentro de las dependencias y Organismos Descentralizados de la Administración Pública Municipal no se contraten a funcionarios y/o servidores públicos inhabilitados.

XXIII. Desempeñar y ejecutar los acuerdos de cabildo en los que se determine el inicio de juicios de

responsabilidad administrativa y la probable sanción de un funcionario y/o servidor público municipal.

XXIV. Conocer y resolver en el ámbito de su competencia los procedimientos de inconformidad que

establece la Ley de Adquisiciones, Enajenaciones, Arrendamientos y Contratación de Servicios.

XXV. Vigilar el cumplimiento de todos los acuerdos emitidos por el H. Ayuntamiento.

XXVI. En términos de la Ley de Obras Públicas del Estado de Querétaro, emitir los lineamientos de registro y control del Padrón de Contratistas de Obra Pública Municipal y en su caso determinar la

suspensión temporal o cancelar el registro de un contratista por causas motivadas y fundadas.

XXVII. De acuerdo a lo que establece la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado de Querétaro, deberá proponer para su aprobación al Ayuntamiento de Colón, Qro., el proyecto de

resolución y propuesta de sanción, relativa a los cuadernos de investigación, procedimientos

administrativos de responsabilidad y quejas que se persiga en contra de cualquier funcionario y/o servidor público.

XXVIII. Intervenir en la entrega recepción de las áreas administrativas del Municipio cuando cambien de

titular.

XXIX. Auxiliar al ayuntamiento en la revisión de los informes financieros que rinda la tesorería

municipal, verificando que se rindan en tiempo y forma ante la Legislatura del Estado.

XXX. Las demás que expresamente le confieran las Leyes y Reglamentos o le sean asignadas por el Ayuntamiento.

JEFE DE AREA 1 y 2:

• Elaborar y Proponer el programa anual de Auditorias. En coordinación con el contralor, auditor de obra y el asesor jurídico;

• Proponer al Contralor Municipal las áreas, dependencias o entidades paramunicipales susceptibles de evaluación;

• Coordinar, Evaluar y Practicar Auditorias a las dependencias de la Administración Pública Municipal; • Revisión de la Cuenta Pública de Ingresos y Egresos;

• Análisis de Estados Financieros de la cuenta pública;

• Revisión de conciliaciones bancarias; • Arqueos a fondos fijos o revolventes de diversas dependencias;

• Arqueos a módulos de recaudación o cajas; • Revisión a la integración de la nómina del personal de base y eventual, contra lo aprobado por el H.

Ayuntamiento; • Evaluar el ejercicio del presupuesto asignado a cada dependencia o entidad municipal, para detectar la

eficiencia, efectividad y economía con relación a sus programas, metas y objetivos;

• Promover la simplificación administrativa y el mejoramiento de la calidad en el servicio, en las supervisiones, visitas y auditorias que realice;

• Revisión a la aplicación de lo normatividad en materia de ingresos por diversos conceptos;

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• Revisión al control interno administrativo y aplicación normativa en los procesos de inspección y

fiscalización de reglamentos de seguridad municipal, alcoholes, permisos para fiestas, decomisos y otros;

JEFE DE AREA 3 y 4:

•Sustanciar los procedimientos de responsabilidad administrativa en el ámbito de su competencia, y en su caso, aplicar las sanciones que corresponda para fomentar la ética y erradicar la corrupción.

• Denunciar los hechos probablemente constitutivos de delito en los que incurran los servidores públicos en ejercicio de sus funciones, independientemente de la responsabilidad administrativa que pudiera

resultar, a fin de dar seguimiento a la aplicación de sanciones penales. • Recibir y atender las quejas y denuncias relacionadas con la probable responsabilidad administrativa,

en que pudieran incurrir los servidores públicos en el ejercicio de sus funciones, a fin de iniciar la

investigación o procedimiento a que haya lugar. • Radicar cuaderno administrativo de investigación, que permita recabar los elementos suficientes para

determinar una probable conducta de responsabilidad y un probable responsable. • Radicar procedimiento administrativo de responsabilidad, para determinar la existencia de

incumplimiento a las disposiciones legales y en su caso imponer una sanción. • Practicar y desahogar las diligencias derivadas de los procedimientos administrativos de responsabilidad

a servidores públicos, para su integración al expediente.

• Atender impugnaciones a las resoluciones emitidas la contraloría, dando el seguimiento que corresponda a fin de revisar o defender las mismas.

• Presentar al Contralor, los proyectos de acuerdo de las promociones que se exhiban dentro de los procedimientos de responsabilidad administrativa, así como los proyectos de resoluciones administrativas

para su autorización. JEFE DE AREA 5:

• Revisión a los procesos de integración de los programas anuales de ejecución de obra pública. • Verificación del cumplimiento de la normativa en el establecimiento de un padrón municipal de

contratistas.

• Verificación del control interno administrativo de los procesos de aplicación normativa en materia de adjudicación de obras.

• Revisar del proceso de ejecución física de las obras públicas y de comprobación del gasto. • Seguimiento aleatorio al proceso de cierre administrativo y entrega – recepción de las obras;

• Promover un programa de capacitación y actualización orientada a los comités ciudadanos de control y vigilancia para elevar su eficiencia en lo que se refiere a la supervisión y control de obra pública.

• Realizar Auditorías de obra pública, de acuerdo con el programa anual.

• Asesorar a las Dependencias y Entidades encargadas de la elaboración y ejecución de Programas de Inversión de Obra Pública, para la observancia de las normas y procedimientos de control que regulen su

ejecución. • Evaluar, a través de auditorías la observación de las normas, políticas, programas, presupuestos,

procedimientos y lineamientos, con el fin de verificar el cumplimiento y apego a la ley de obra pública para el estado y los Municipios de Querétaro, y en su caso a la normativa federal cuando exista este tipo

de inversión.

• Vigilar a través de auditorías que los Programas de Inversión autorizados contemplen que las obras cuenten con los estudios, proyectos y/o anteproyectos así como el Presupuesto Base correspondiente.

• Comprobar que los procesos de adjudicación de Obra Pública, se apeguen a la normatividad establecida para tal efecto.

• Verificar que las modificaciones a los contratos de Obra Pública que sean remitidos a la Contraloría

para su verificación se hayan autorizado.

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.

Tener a su cargo el cuidado y dirección de la oficina y archivo del H. Ayuntamiento además de apoyar en

la organización y desarrollo de las sesiones de Cabildo, coadyuvar el buen desempeño de las Comisiones Permanentes de dictamen y demás asuntos inherentes a las atribuciones legales de los Regidores y del

Dar fe pública, cuidar y dirigir la oficina y archivo del H. Ayuntamiento.

• Citar, previo acuerdo con el Presidente Municipal, a los miembros del H. Ayuntamiento a las sesiones del mismo, mencionando en el citatorio, por lo menos, el lugar, día y hora de la sesión. Si la sesión fuera

ordinaria la citación deberá hacerse con por lo menos setenta y dos horas de anticipación y si fuera

extraordinaria con veinticuatro horas; • Estar presente en todas las sesiones del H. Ayuntamiento, sólo con voz informativa y levantar el acta

correspondiente a fin de someterla a la firma de los participantes en la sesión de cabildo posterior • Expedir las copias, credenciales, nombramientos y demás certificaciones de los archivos municipales;

• Suscribir todos los documentos oficiales emanados del H. Ayuntamiento, sin cuyo requisito no serán válidos;

• Organizar y mantener actualizada la colección de leyes, decretos, reglamentos, periódicos oficiales del

Estado, circulares y órdenes relativas a los distintos ramos de la administración pública municipal, debidamente ordenada;

• Atender todo lo relativo a la remisión de acuerdos del H. Ayuntamiento que deban conocer la Legislatura o el Ejecutivo del Estado;

• Cumplir y hacer cumplir los acuerdos, órdenes y circulares que el H. Ayuntamiento apruebe y que no estén encomendadas a otra dependencia.

• Integrar, con la participación de los titulares de las dependencias del Municipio, el Plan de Desarrollo

Municipal. • Auxiliar al Presidente Municipal en las relaciones con los Poderes del Estado y con otras autoridades

Municipales y Federales. • Dar cuenta en la primera sesión de cada mes, del número y contenido de los expedientes turnados a las

comisiones, especificando los que hayan sido resueltos y los que estén pendientes. • Las demás que le encomiende el H. Ayuntamiento, con base en las normas y disposiciones aplicables.

• Tener a su cargo el cuidado y dirección inmediata de la Oficina y archivo del H. Ayuntamiento.

• Organizar y administrar la publicación de la gaceta municipal; y • Las demás que le encomienden las leyes, reglamentos y manuales de organización respectivos.

Secretaria “I” Y “G”.

Colaborar con las diversas actividades correspondientes a la Secretaría del H. Ayuntamiento debido a la

carga laboral.

• Elaborar las constancias relacionadas con la Secretaría.

• Oficios y demás documentos relacionados con la Secretaría.

• Auxiliar a la Secretaría en la elaboración de informes y entrega de resultados

Auxiliar del Archivo Municipal.

Organizar y controlar, conforme a las normas y procedimientos establecidos, los documentos oficiales que integran el Archivo Municipal.

I. Compilar, organizar, clasificar y controlar la información municipal que forma parte del archivo

Municipal.

II. Elaborar el procedimiento para la disposición y consulta del material que integra el Archivo Municipal.

III. Entregar documentos para su consulta conforme al procedimiento establecido. IV. Orientar a la ciudadanía y especialistas sobre el acervo documental que integra el Archivo

Municipal.

Asesor Jurídico.

Garantizar la legalidad de los actos de Gobierno Municipal, así como la defensa de sus intereses y la resolución de controversias surgidas por actos de autoridad en el ejercicio de la gestión municipal.

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I. Elaborar dictámenes sobre los Acuerdos de Cabildo.

II. Elaborar los anteproyectos de reglamentos de competencia municipal y su actualización periódica.

III. Participar en las reuniones de trabajo de las Comisiones del Ayuntamiento cuando así se le

requiera. IV. Elaborar y dar contestación a las demandas civiles y administrativas que sean interpuestas en

contra del Gobierno Municipal. V. Dar seguimiento a los litigios del fuero común y federal ante Juzgados, Tribunales y Agencias del

Ministerio Público que involucre al Gobierno Municipal. VI. Elaborar y revisar los convenios o contratos solicitados por las dependencias y organismos del

Municipio.

La Tesorería Municipal tiene como objetivo fundamental Recaudar y administrar los ingresos

municipales, con base en las disposiciones y normas jurídicas, reglamentarias y administrativas

aplicables, así como en los planes y programas aprobados por el Ayuntamiento, garantizando la correcta aplicación de los Recursos Financieros y Patrimoniales del H. Ayuntamiento, en base a las disposiciones

legales, cumpliendo los objetivos proyectados en el Plan de Desarrollo Municipal 2015 – 2018

El titular de esta dirección tiene las funciones, atribuciones, obligaciones y competencias que estable el

artículo 30 del Reglamento Interno de la Administración Pública Municipal de Landa de Matamoros, Querétaro, asimismo las contenidas en el artículo 48 de la Ley Orgánica Municipal del Estado de

Querétaro.

I. Recaudar los impuestos, derechos, productos, aprovechamientos y contribuciones que

correspondan al Municipio.

DIRECTOR DE TESORERIA MUNICIPAL

PRESIDENTE MUNICIPAL

AUXILIAR

ADMINISTRATIVO

SECRETARIA C

COORD. DE

CONTABILIDAD GUBERNAMENTAL

COOR. DE

INSPECCION Y COMERCIO

COORD. DE INGRESOS

ASISTENTE CONTABLE

AUXILIAR DE INGRESOS

PROMOTOR DE DESARROLLO COMERCIAL A

AUXILIAR DE

INSPECCION Y COMERCIO

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II. Proponer al Presidente Municipal los proyectos de iniciativa de ley, reglamentos y políticas de

control que se requieran para la mejor administración financiera, tributaria y contable del Municipio.

III. Proponer al Ayuntamiento las cuotas y tarifas aplicables a: impuestos, derechos, contribuciones

de mejoras, así como: tablas de valores unitarios de suelo y construcciones sobre la propiedad inmobiliaria en el ámbito municipal.

IV. Ejercer las atribuciones en materia tributaria, derivadas de los convenios celebrados con la Federación y el Gobierno del Estado.

V. Establecer las políticas, normas y procedimientos administrativos sobre: ingresos, liquidaciones y comprobación de las cuentas de ingresos y egresos del Municipio.

VI. Tener al día los libros o registros electrónicos que consignen la información referente a: caja,

diario, cuentas corrientes, auxiliares y de registro; necesarios para la debida comprobación de los ingresos y egresos municipales.

VII. Organizar e integrar, en coordinación con las áreas implicadas, los proyectos de iniciativa de Ley de Ingresos y Presupuesto de Egresos del municipio.

VIII. Definir el procedimiento para la integración y ejercicio del Presupuesto de Egresos. IX. Ingresar a la Tesorería Municipal, conforme a los procedimientos establecidos, el cobro

económico derivado de las multas impuestas por las autoridades municipales a los particulares.

X. Asesorar y capacitar a los Delegados para la eficiente y eficaz recaudación de las contribuciones municipales encomendadas.

XI. Glosar de forma correcta y oportuna la Cuenta Pública del Ayuntamiento. XII. Elaborar mensualmente un informe sobre los estados financieros del municipio y turnarlos al

Ayuntamiento para su análisis y aprobación. XIII. Establecer los criterios generales y procedimientos administrativos para la integración y

actualización del Padrón de Contribuyentes de la Hacienda Municipal.

XIV. Participar en la formulación, seguimiento y evaluación del Plan Municipal de Desarrollo. XV. Las demás que le encomiende el Presidente Municipal, el Ayuntamiento y la Comisión de

Hacienda, Patrimonio y Cuenta Pública del Municipio, con base en las normas y disposiciones legales y administrativas aplicables.

Secretaria “C”

I. Informar a la Ciudadanía sobre los trámites a seguir para la realización de pagos y cobros en el

Municipio, así como la documentación requerida. II. Integrar el control y dar seguimiento de la emisión de recibos y comprobantes de pago al Municipio.

III. Archivar y controlar los expedientes de los asuntos a cargo de la Dependencia.

IV. Controlar la agenda del Director de Finanzas Municipales. V. Elaborar los oficios y documentación requeridos por el titular de la dependencia.

VI. Controlar: Llamadas telefónicas y Números de oficio

Auxiliar administrativo. Encargado de la recepción de los asuntos relacionados con la Dirección de Finanzas Públicas Municipales, así como auxiliar directa del Director en sus actividades.

I. Elaborar y recibir oficios y documentos relacionados con la Dirección

II. Dar seguimiento a las solicitudes realizadas por la Dirección

III. Elaborar informes y entrega de resultados IV. Canalizar las solicitudes que recibe a quien corresponda y orientar a quienes las realizan

V. Elaborar retenciones VI. Controlar el archivo (relativo a la Dirección de Finanzas)

VII. Resguardar los formatos y recibos de los enteros de las retenciones de los derechos por los servicios de inspección y vigilancia de los recursos del 5 al millar y del 2% de supervisión de obra pública

Coordinador de Contabilidad Gubernamental.

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Lleva a cabo el control de las participaciones y recursos otorgados por diversas dependencias para la

ejecución de programas.

• Controlar y supervisar los pagos de programas especiales

• Controlar la entrega de participaciones, préstamos, pagos anticipados para obras, etc., a las juntas, comisarías y delegaciones municipales

• Observar y autorizar los ajustes presupuestales necesarios durante la ejecución de los programas

• Realizar las conciliaciones necesarias con las diferentes dependencias municipales para el control y cumplimiento de los presupuestos

• Coordinar la atención al personal de las dependencias encargadas de llevar a cabo auditorías al Municipio

• Atender y solventar tanto las recomendaciones como las observaciones contables que son resultado de las fiscalizaciones aplicadas a la dependencia

• Dar seguimiento a los procedimientos de fiscalización, de las entidades tanto internas como externas

• Coordinarse con las demás Direcciones para la compilación de la información que sea requerida por las entidades fiscalizadoras

• Coordinar la recepción, armado y envío de información y documentación al departamento de contraloría para la atención de los requerimientos de las Entidades Fiscalizadoras, observando la concordancia entre

lo requerido y lo enviado • Informar a la SHCP sobre la aplicación, avance y metas de los recursos de los Fondos federales que

ejecuta el Municipio

• En coordinación con el departamento de ingresos, elaborar la propuesta de la ley de ingresos • Elaborar el proyecto del presupuesto de egresos

• Coordinar y supervisar la elaboración de los estados financieros • Observar que exista concordancia entre la información producida y la registrada

• Supervisar y dar seguimiento a la entrada y registro de las aportaciones tanto de las diferentes dependencias federales, estatales, etc., como de beneficiarios para los diferentes programas que se

ejecutan en el municipio

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• Prever, solicitar y supervisar las transferencias de recursos necesarias para dar cumplimiento con los

diferentes convenios en los que el Municipio se haya comprometido a colaborar • Informar a las demás Direcciones cuando el presupuesto autorizado para la ejecución de algún

programa haya sido ejecutado en su totalidad o éstos hayan sido rebasados

• Proporcionar a la contraloría interna la cédula con los datos de entero y recaudación por los servicios de inspección y vigilancia de los recursos.

• Coordinar y supervisar que se realicen los enteros de las retenciones de los derechos por los servicios de inspección y vigilancia de los recursos de supervisión de obra pública

• Realizar el flujo de efectivo y lo envía a la Dirección de Planeación de Gobierno del Estado, así como a las diferentes Direcciones y coordinaciones del Municipio

• Elaborar los informes de avance en las metas de ahorro y demás informes financieros

• Colaborar con el Titular en las demás tareas que son propias de la Dirección.

•Distribuye, registra y controla los egresos municipales, con base en el presupuesto autorizado y lo

establecido en la Ley. Cuida que la asignación de los recursos para cada una de las dependencias del

Municipio esté orientada al cumplimiento del Plan Municipal de Desarrollo. • Revisar, supervisar y registrar los pagos que hace el Gobierno Municipal:

Nómina

Proveedores Contratistas

Fondos revolventes Gastos fijos

Programas federales • Elaborar cheques para pago de proveedores de la cuenta de gasto corriente y de ser necesario, de las

cuentas de los diferentes programas

• Conciliar diariamente las cifras en libros para evitar sobre giros en las diferentes cuentas de bancos destinadas para la totalidad de los programas que ejecuta el Municipio

• Elaborar, revisar y emitir formatos que forman parte del estado financiero • Concentrar los saldos acumulados de proveedores y acreedores para conocer el importe que se adeuda

• Participar en la elaboración del presupuesto de Egresos

• Depurar las cuentas de deudores y acreedores diversos • Registrar los pagos por concepto de caja chica, codificando la documentación pagada

• Llevar el registro y elaborar la relación de cheques y pólizas que han sido expedidos para el pago de: Proveedores

Nómina Contratistas

fondos revolventes

gastos fijos

AUXILIAR CONTABLE:

Es el encargado de Conciliar y revisar los estados financieros y de resultados producidos por la Dirección.

• Realizar las conciliaciones bancarias (comparar la información registrada en el sistema contable y la proporcionada por las instituciones bancarias en los estados de cuenta)

• Identificar y localizar: Depósitos pendientes de registro en libros, Cheques en circulación o pendientes

de registro, Cargos en estado de cuenta no registrados en libros (comisiones bancarias, intereses generados por las cuentas, etc.), Errores de registro en libros o por parte de la institución bancaria,

Elaborar formatos para la entrega de los estados financieros, Balance general, Estado de ingresos y egresos, Estado de origen y aplicación de recursos, Ejercicio presupuestal.

• Elaborar la Cuenta Pública, lo cual consiste en el llenado de formatos que integran los ingresos y egresos de los programas Federales FISM y FORTAMUN así como de recursos propios, además del

consolidado

• Conciliar los Saldos en chequeras con lo registrado en el sistema contable • Realizar la Conciliación de recursos para mejorar el control referente a los ingresos y los egresos

• Elaborar, emitir e integrar los formatos para los estados financieros • Acudir a las instituciones bancarias ya sea para realizar depósitos, entrega de oficios o recibir

chequeras • Agrupar la información del sistema contable para la realización e informe del flujo de efectivo a las

diferentes Direcciones de la Administración, así como para la Dirección de Planeación de Gobierno del

Estado

• Colabora con las actividades que le sean designadas

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Coordinación de Inspección y Comercio.

La Coordinación de Inspección Fiscal realizará, con base en las disposiciones legales, reglamentarias y

normativas de competencia municipal, la inspección y vigilancia de establecimientos comerciales. El

titular de dicha Coordinación tendrá las funciones siguientes:

I. Vigilar el correcto funcionamiento de los establecimientos comerciales, según el giro autorizado, y de acuerdo a las normas y disposiciones reglamentarias vigentes; informando oportunamente sobre

los casos de violación a las mismas.

II. Realizar conforme al procedimiento establecido, el registro de las infracciones cometidas; turnándola al titular de la Dependencia para la aplicación de la sanción que corresponda.

III. Realizar y entregar, conforme a las normas y al procedimiento de ejecución establecidos, las notificaciones y requerimientos a que haya lugar por adeudos fiscales no federales que tengan los

contribuyentes de la Hacienda Municipal.

IV. Recibir, validar y autorizar, con base en las normas y disposiciones aplicables, las solicitudes relativas a las licencias de funcionamiento de: locales comerciales y mercados públicos, así como

de puestos fijos, semifijos y ambulantes en la vía pública del municipio. V. Integrar, controlar y actualizar, con la participación del titular de Servicios Públicos Municipales, el

padrón de locatarios de los mercados públicos, así como de los puestos fijos, semifijos y ambulantes en la vía pública del municipio.

VI. Efectuar la supervisión e inspección del pago de derechos de uso de piso y ejercicio del comercio,

de forma correcta y oportuna. VII. Asesorar y capacitar a los Delegados Municipales sobre las políticas, normas y procedimientos

relativos al registro y pago de derechos por concepto de licencias y permisos a establecimientos comerciales que otorga el Municipio.

VIII. Las demás que le encomiende el Director de Tesorería Municipal, con base en las normas y disposiciones administrativas aplicables.

PROMOTOR DE DESARROLLO COMERCIAL: La realización de las visitas a los giros mercantiles establecidos en el municipio con el fin de inspeccionar, vigilar, verificar y comprobar el cumplimiento de las disposiciones del reglamento y ley sobre bebidas

alcohólicas, además la regulación del comercio establecido, ambulante, los horarios de funcionamiento y la reubicación en caso necesario.

• Llevar a cabo las visitas de verificación o inspección a los establecimientos y lugares en compañía del

encargado del área de inspección.

• Auxiliar en la redacción de actas circunstanciadas o reportes de infracción a los establecimientos y lugares en los que se haya practicado la visita de verificación o inspección.

• Apoyar en el aseguramiento de mercancías cuando se trate de clandestinaje. • Apoyar en la inspección y vigilancia que el comercio ambulante cuente con el permiso correspondiente

expedido por la autoridad municipal. • Apoyar en la reubicación del comercio ambulante en las zonas permitidas de acuerdo a las necesidades

de la población.

• Auxiliar en todas y cada una de las notificaciones que sean ordenadas dentro de los procedimientos administrativos que se instauren en contra de los probables infractores.

• Auxiliar en la verificación del cumplimiento de los horarios establecidos para el funcionamiento de todo tipo de comercio.

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• Apoyar en realizar el reporte diario de actividades por escrito al Director de Gobierno Municipal.

AUXILIAR DE INSPECCIÓN Y COMERCIO

Encargado de realizar las visitas a los contribuyentes para corroborar el buen manejo de su licencia

municipal de funcionamiento, así como para diversas notificaciones.

• Realizar las notificaciones y requerimientos a que haya lugar por adeudos fiscales no federales

• Vigilar que los comercios funcionen según el giro autorizado y de acuerdo a las normas y disposiciones vigentes

• Conciliar con el área de Ingresos, el padrón de contribuyentes con licencias vigentes

• Entregar las notificaciones correspondientes a los contribuyentes acreedores a una sanción • Registrar los establecimientos encontrados en funcionamiento que no cuentan con la licencia para ello o

no la han actualizado • Orientar a los interesados en cuanto al trámite para la obtención de la licencia de alcoholes

• Colaborar con el Titular de la coordinación de Ingresos con las diversas actividades del área

Coordinador de Ingresos

Encargado de recaudar y administrar los diversos ingresos del Municipio establecidos en la normatividad

así como mantener actualizada la información requerida para ello.

• Planear, coordinar y controlar el sistema de recepción de las contribuciones

• Integrar y mantener actualizado el padrón de contribuyentes en cada una de sus ramas • Mantener actualizado el sistema de recepción, registro y custodia de las contribuciones

• Recibir y registrar los fondos, garantías a terceros y valores fiduciarios

• Orientar e informar al público en materia de pago de contribuciones fiscales municipales

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• Revisar y contabilizar en el sistema, la póliza generada de las actividades propias del departamento

• Reportar a la Entidad Superior de Fiscalización del Estado los importes obtenidos de la recaudación del Predial, a fin de que se pueda determinar la susceptibilidad del Municipio para determinadas

Aportaciones.

• Conciliar las aportaciones recibidas (por Gobierno del Estado, la Federación, etc.) y lo registrado en el sistema contable

• Recibir, controlar y validar la caja de diario • Expedir constancias de no adeudo de predial

• Elaborar la propuesta de la ley de ingresos • Orientar y apoyar a los demás departamentos respecto al cobro de los ingresos

• Acudir a las delegaciones del Municipio a realizar la cobranza del impuesto predial

• Controlar y dar seguimiento a los recibos de ingresos que son proporcionados al personal del municipio a fin de conocer el estatus de cada uno

• Recibir, validar y autorizar las solicitudes relativas a las licencias del funcionamiento de locales en los mercados públicos y puestos fijos, semifijos y ambulantes del Municipio

• Llevar el registro de licencias otorgadas, así como de los parámetros y lineamientos para su autorización • Revisar las características de cada solicitante a fin de estudiar si cumple con los requisitos, de tal

manera que no se afecten las líneas de acción del Gobierno municipal

• Proponer las actualizaciones necesarias a los lineamientos, de tal manera que los costos y requisitos para licencias correspondan a la realidad del Municipio

• Informar al área de Fiscalización de las licencias otorgadas para su posterior seguimiento • Autorizar y registrar los cambios de giro comercial

• Realizar, en coordinación con el área de fiscalización, un recorrido por el municipio a fin de renovar, actualizar, empadronar y registrar el mayor número de licencias posible

• Generar y enviar los requerimientos necesarios a comerciantes que no se han registrado o no han

renovado su licencia una vez vencidos los plazos, además, dar seguimiento al procedimiento hasta que cada uno de ellos haya pagado su refrendo

• Proporcionar mensualmente tanto al departamento de acceso a la Información como a la Secretaría de Desarrollo Sustentable, un informe con los movimientos que se haya registrado

• Recaudar la renta mensual de los locatarios del Mercado Municipal • Dar seguimiento a la recaudación de las rentas de los bienes inmuebles propiedad del Municipio

ocupados por particulares

• Otorgar orientación y asistencia a los contribuyentes que así lo requieren, para que puedan realizar el pago de todas sus contribuciones, ya sean Municipales, Estatales o Federales.

• Tramitar citas de los contribuyentes con la SHCP • Coordinar y difundir la asistencia en el Municipio del servicio de Administración Tributaria (mediante

módulo temporal de atención al Contribuyente) • Apoyar en el desarrollo de la feria Regional como recaudador de cuotas de los locatarios que participen

en dicho evento, así como demás labores que le sean encomendadas

• Compilar, elaborar y proporcionar la información concerniente a la Dirección, para la obtención de los certificados de la Agenda Desde Lo Local

• Las demás que le sean encomendadas por el titular de la dependencia

Auxiliar de Ingresos Encargado directo del cobro, registro y control de los ingresos municipales.

• Atender a la ciudadanía que acude a realizar sus pagos • Llevar el registro de pagos y realizar el cálculo de multas y recargos

• Realizar el registro y calendarización de pagos así como el de descuentos y condonaciones

• Actualizar el sistema del predial • Actualizar los índices que reflejan los accesorios correspondientes

• Recibir, aplicar e imprimir las transferencias del predial que envía la delegación de Catastro

• Buscar en archivos de años anteriores los recibos que fueron pagados anteriormente y que son el respaldo para la expedición de constancias de no adeudo de predial

• Imprimir los requerimientos a los contribuyentes que no están al corriente del pago de predial, en base

a lo registrado en la base del sistema de predial • Imprimir bases catastrales

• Acudir a las delegaciones del Municipio a realizar la cobranza del impuesto predial • Generar un estadístico en el sistema de predial para identificar los cargos realizados durante el mes de

los diferentes conceptos • Realizar una póliza de diario con el registro de todos los cobros realizados, en la cual, se identifican y

separan los derechos, impuestos, aprovechamientos y productos

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• Generar y emitir del sistema de predial, el reporte de recaudación diario con los datos necesarios para

realizar la póliza de predial correspondiente • Elaborar semanalmente póliza de Obras Públicas, separando derechos, impuestos y aprovechamientos

• Realizar la póliza de aportaciones federales

• Hacer el corte de caja de diario • Manejar, controlar y distribuir al área de fiscalización, los boletos para el cobro de piso (del mercado)

• Expedir licencias de funcionamiento y tarjetones municipales • Orientar y apoyar a toda la población que lo requiere, en los trámites de constancias únicas de

propiedad ante el Registro Público de la propiedad para que puedan ser beneficiados con los descuentos que están inscritos en la Ley del Impuesto Predial

• Colaborar con el responsable de ingresos en las actividades correspondientes del área.

Promover y garantizar la gobernabilidad, el estado de derecho y la paz social en el municipio, a través de la prestación de servicios tales como: orientación, asesoría y gestión a la ciudadanía, relativas a la

observancia de disposiciones jurídicas y reglamentarias de aplicación municipal.

SECRETARÍA DE GOBIERNO

PRESIDENTE MUNICIPAL

OFICIAL DEL

REGISTRO CIVIL

AUXILIAR DE REGISTRO CIVIL

A Y B

SECRETARIA F(5)

SECRETARIA (I)

SECRETARIA J

SECRETARIA (H)

COORDINACION JURIDICA

SECRETARIA E

Secretaria I (2)

COORDINACIÓN CONCERTADOR POLITICA Y SOCIAL (DESARROLLO

PUBLICO)

CONCERTADOR 2(C)

DELEGACIONES

MUNICIPALES DE:

AGUA ZARCA

EL LOBO

LA LAGUNITA

TRES LAGUNAS

TILACO

SANTA INES

ACATITLA DE ZARAGOZA

NEBLINAS

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• Revisar, depurar y protocolizar los proyectos de reglamentos municipales que le sean turnados por el

Presidente Municipal, así como asesorar al H. Ayuntamiento sobre los asuntos de carácter legal que involucren a la Administración Pública Municipal.

• Establecer y coordinar la vigilancia del cumplimiento a los ordenamientos jurídicos municipales.

• Informar a la comunidad sobre las disposiciones legales de cumplimiento general, establecidas por el H. Ayuntamiento.

• Coordinar el Sistema del Registro Civil Municipal. • Establecer la estrategia institucional para la identificación, interacción, seguimiento y evaluación de las

organizaciones sociopolíticas en el municipio. • Organizar y fortalecer un esquema de orientación y asesoría jurídica gratuita a la ciudadanía.

• Integrar diagnósticos, directorios y registros de las gestiones que realizan las organizaciones

sociopolíticas en el municipio, ante las autoridades municipales y estatales. • Realizar acciones de concertación preventiva y seguimiento de las demandas planteadas por las

organizaciones sociopolíticas del municipio. • Apoyar al Instituto Federal Electoral e Instituto Electoral de Querétaro, en la organización y desarrollo

pacífico de los procesos electorales que se realicen en el territorio municipal. • Informar a la ciudadanía solicitante sobre disposiciones y procedimientos relativos al otorgamiento de

permisos y licencias en todo tipo de eventos así como sobre regulación del almacenamiento y uso de

explosivos. • Orientar a la ciudadanía sobre asuntos relacionados con: internos recluidos en el Centro Preventivo de

Readaptación Social; programas de regularización de predios; programas a cargo de la Procuraduría General de Justicia y la Procuraduría General de la República, así como programas a cargo del poder

Judicial del Estado. • Impulsar los Consejos de Concertación Ciudadana en el municipio; integrándolos en los procesos de

planeación, programación, seguimiento y evaluación de los proyectos sectoriales que se realicen en el

municipio. • Participar en eventos sobre temas demográficos que fortalezcan las estrategias y programas de

desarrollo municipal. • Elaborar y dar seguimiento a los resultados del programa Operativo Anual de la Dependencia;

informando al Presidente Municipal de sus resultados. • Atender las audiencias del Presidente Municipal, por delegación expresa de éste.

• Imponer sanciones por violación a los reglamentos municipales en los términos de los mismos.

• Proponer, previo estudio de factibilidad social, económica y territorial, la reubicación de asentamientos humanos irregulares dentro del Municipio.

• Intervenir en la tramitación de los recursos administrativos de revocación, revisión y reconsideración; promovidos ante las autoridades municipales y conforme a lo establecido en la Ley para la Orgánica

Municipal, el Código Fiscal del Estado y la Ley de Asentamientos Humanos del Estado. • Apoyar al Síndico Municipal en la substanciación de los recursos de reconsideración y revisión de su

competencia.

• Asesorar, Intervenir y Validar los documentos en todos los juicios que impliquen a las autoridades municipales o al H. Ayuntamiento.

• Acordar con el Presidente Municipal los asuntos que le sean encomendados y establecer coordinación con las dependencias o unidades administrativas y órganos desconcentrados de la Administración

Pública Municipal para el desarrollo de sus funciones. • Preparar y soportar jurídicamente las solicitudes de expropiación por causa de utilidad pública que

sean presentadas ante el Gobierno del Estado y la Federación.

• Las demás que le encomiende el Presidente Municipal, con base en las normas y disposiciones aplicables.

• Implementar un programa de difusión para el conocimiento de los derechos y obligaciones gobierno–ciudadanía en materia de acceso a la información pública gubernamental.

• Atender las solicitudes de información que sean presentadas ante la unidad Municipal de Acceso a la Información Pública.

• Recibir de las unidades administrativas del Gobierno municipal, la información pública a que hace

referencia la Ley de Acceso a la Información Gubernamental del Estado de Querétaro, y turnarla al departamento de comunicación social, para difundirla por los medios que en la misma se establecen.

Secretaria I (2)

Recibir y atender los asuntos relacionados con la Dirección de Gobierno y auxiliar de manera directa con el Director en sus actividades.

• Atención puntual de las actividades inherentes a su puesto.

• Cumplimiento de las instrucciones que le sean asignadas por su Jefe inmediato. • Recepción e información de asuntos que tengan que ver con el departamento correspondiente, con el fin

de canalizar la información a la oficina de que se trate.

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• Atención y orientación al público que solicite los servicios, de una manera pronta y eficiente.

• Recepción y entrega de documentos. • Redacción y presentación correcta de informes, comunicados, correspondencia.

• Preparación de la información de manera adecuada y confidencial.

• Atención de las llamadas telefónicas, y en su caso su canalización a las áreas administrativas que correspondan.

• Mantenimiento, organización y control del archivo. • Programación y control de la Agenda de actividades dela Dirección de Gobierno.

• Elaboración de oficios y documentos que se le encomienden. • Realización de las gestiones necesarias para asegurar la ejecución de solicitudes enviadas por la

Dirección de Gobierno, a otra Dependencia o Departamento.

• Recepción, radicación y remisión oportuna de la correspondencia relacionada con la oficina y control del recibo correcto por parte del destinatario.

• Dar trámite a la respuesta en forma oportuna y veraz a las solicitudes presentadas ante la Dirección. • Poner en conocimiento de su superior inmediato las irregularidades o anomalías relacionadas con los

asuntos o documentos de la Dirección.

• Controlar la existencia y racionalidad de materiales de oficina.

Oficial del Registro Civil.

Organizar y controlar la inscripción de todos los actos referentes al estado civil de las personas que

habitan en el municipio, así como la compilación y emisión de actas y permisos a su cargo.

• Establecer los mecanismos de coordinación y apoyo con el Gobierno Estatal, a efecto de contribuir a la

modernización administrativa y tecnológica de los procesos de inscripción, control y emisión de actas y permisos a cargo del Registro Civil en el municipio.

• Aplicar los criterios y lineamientos establecidos legalmente en materia de: inhumaciones, exhumaciones, mantenimiento y apertura de fosas, así como para la expedición de permisos de

construcción y refrendo en los panteones municipales. • Participar en la elaboración, aplicación, seguimiento, evaluación y actualización del reglamento de

Panteones.

• Elaborar los informes estadísticos y estudios técnicos relativos a la prestación y mejoramiento de los programas municipales a su cargo.

• Las demás que, conforme a las normas y disposiciones administrativas aplicables, le encomiende el director de Gobierno.

Auxiliar del Registro Civil A y B

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• Elaborar oficios y demás documentos que estén relacionados con el Departamento. • Auxiliar en la captura de inscripción de actos referentes al estado civil de las personas de acuerdo a lo

establecido en la Legislación Civil, vigente en el Estado de Querétaro.

• Ayudar a elaborar los informes estadísticos y estudios técnicos relativos a la prestación y mejoramiento de los programas municipales a su cargo.

• Auxiliar en atención a la ciudadanía respecto a su estado civil. • Apoyar en la búsqueda de actas en los libros del archivo de este Departamento que aun no estén

capturadas en el sistema eléctrico.

Secretarias F, I, J, H y E.

Auxiliar en la organización y control de inscripción de todos los actos referentes al estado civil de las

personas que habitan en el municipio, así como asistir en la elaboración de actas y atención a la ciudadanía.

: • Inscribir todas las actas del registro Civil

• Expedición de CURP

• Expedición de certificaciones de todas las actas del Registro Civil • Búsqueda de actas en el archivo del Registro Civil

• Expedición de inexistencias de nacimientos • Archivar todos los documentos necesarios del Registro Civil

• Acudir a capacitaciones para el mejoramiento del servicio en el Departamento.

Coordinación de Concertación Política y Social

La Coordinación de concertación ciudadana, es la encargada de promover la participación organizada,

efectiva e influyente de la comunidad en la gestión, planeación, colaboración, seguimiento y evaluación

de la obra pública que ejecuta el gobierno municipal. El titular de esta Coordinación tiene las

funciones, atribuciones, obligaciones y competencias siguientes:

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I. Promover en el ámbito de la comunidad y de manera coordinada con la Autoridad Auxiliar

Municipal, un programa de información y capacitación a las organizaciones ciudadanas de las comunidades del municipio.

II. Impulsar la formación de grupos de trabajo; que permitan la interacción continua de la comunidad

con las dependencias y órganos del gobierno municipal; basados en principios de: representatividad, iniciativa y corresponsabilidad social.

III. Promover la participación comunitaria en la realización de acciones de bienestar, asociadas a la creación de infraestructura social.

IV. Promover mecanismos de gestión y concertación entre las organizaciones sociales comunitarias y las instituciones de los sectores público, privado y social; que constituyen áreas de oportunidad

para la atención de necesidades sociales, específicas de infraestructura.

V. Promover la ampliación de los espacios institucionales de planeación municipal y sectorial, a la participación ciudadana organizada, democrática, influyente e informada de las comunidades del

municipio. VI. Proporcionar orientación para la realización de convenios y acuerdos entre los comités

comunitarios de obra pública y la autoridad municipal; que favorezca la integración de esfuerzos para el logro del bienestar común en las comunidades.

VII. Las demás que le confiera el Presidente Municipal, el Ayuntamiento, el Director de Desarrollo

Urbano y Obras Públicas, las leyes y los reglamentos, en el ámbito de su competencia.

Coordinación Jurídica:

De igual manera, el Presidente Municipal contará con una Unidad Jurídica, la cual lo apoyará en la

atención de los asuntos de carácter legal y reglamentario, relativos a la actuación del Ayuntamiento y de

la Administración Pública Municipal. El titular de dicha unidad tendrá las funciones, competencias,

atribuciones y obligaciones siguientes:

I. Coordinar, ejecutar y controlar los asuntos de carácter litigioso que en materia administrativa, laboral,

civil, penal y juicios de Amparo, fiscal o de cualquier otra índole que involucren al Ayuntamiento y a la Administración Pública Municipal.

II. Elaborar: los proyectos de reglamentos, reglamentos, convenios, contratos, y demás instrumentos de

carácter jurídico requeridos para el eficaz funcionamiento de la Administración Pública Municipal, y turnarlos a las instancias que corresponda para su análisis, dictamen, aprobación y publicación.

III. Programar, organizar y realizar las actividades de asesoría jurídica a la población, en base a los lineamientos establecidos para tal fin.

IV. Diseñar, en coordinación con los responsables involucrados, un sistema de orientación al público sobre las disposiciones legales en materia de licencias y permisos municipales.

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Delegaciones Municipales

De la Delegación y Subdelegación Municipal es fortalecer la gestión administrativa desconcentrada del

Gobierno Municipal; impulsando la participación ciudadana en la planeación, programación, ejecución y

evaluación de los planes, programas y proyectos en el ámbito delegacional. El titular de la Delegación y en

su caso de la Subdelegación.

Integrar en coordinación con las áreas implicadas, los diagnósticos y propuestas sobre obras y servicios

públicos prioritarios en su circunscripción territorial.

I. Participar en la organización y prestación de los servicios públicos en la delegación municipal que le

corresponde.

II. Colaborar en la programación y seguimiento de las acciones de seguridad pública, a efecto de

preservar el orden y la paz social en su jurisdicción territorial.

III. Apoyar el proceso de recaudación de contribuciones fiscales municipales cuando así lo determinen el

Ayuntamiento, el Presidente Municipal y el Director de la Tesorería Municipal.

IV. Realizar, de manera coordinada, acciones de información y orientación a la ciudadanía sobre las

normas relativas al registro, funcionamiento y control de comercios.

V. Informar al Presidente Municipal y al Ayuntamiento, a través del Secretario del Ayuntamiento, sobre

los resultados de su gestión y las prioridades sociales existentes.

VI. Participar en el Sistema de Consejos Municipales de Participación Social del Comité de Planeación

para el Desarrollo Municipal.

VII. Ejecutar los acuerdos que expresamente les ordenen el Ayuntamiento y el Presidente Municipal, en

la demarcación territorial de que se trate. La rebeldía a cumplir con las órdenes que reciba será causa de remoción;

VIII. Vigilar y mantener el orden público en su jurisdicción;

IX. informar al Presidente Municipal de los acontecimientos que afecten el orden, la tranquilidad pública y

la salud de su delegación o subdelegación, por conducto de la dependencia que coordine a los Delegados

y en su caso a los Subdelegados;

X. Promover el establecimiento y conservación de los servicios públicos en su jurisdicción;

XI. Actuar como conciliador en los asuntos que sometan a su consideración los habitantes de su adscripción; y

XII. Las que les confieran y asignen el Presidente Municipal y el Ayuntamiento, con base en las normas y disposiciones aplicables en la materia, así como las demás que les señalen la Ley Orgánica Municipal del

Estado de Querétaro, otras leyes, reglamentos, bandos municipales y acuerdos del Ayuntamiento.

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La Dirección de Oficialía Mayor se encargará de planear y programar los recursos humanos, materiales

y técnicos del Municipio, así como las adquisiciones, enajenaciones y contratación de bienes y servicios

internos de la Administración Pública Municipal. Además de las atribuciones y obligaciones señaladas

en la Ley Orgánica Municipal del Estado de Querétaro, en la Ley de Adquisiciones, Enajenaciones,

Arrendamientos y Contratación de Servicios del Estado de Querétaro y en el Reglamento de

Adquisiciones, Enajenaciones, Arrendamientos y Contratación de Servicios para el Municipio de Landa

de Matamoros, Qro. y demás disposiciones legales y normativas de la materia.

I. Asesorar a los titulares de las Dependencias del Municipio para la elaboración de sus manuales de Organización y de Procedimientos Administrativos.

II. Integrar, aplicar y actualizar con base en las disposiciones legales y reglamentarias aplicables, los procedimientos administrativos relativos a: nombramientos, remociones, renuncias, licencias,

pensiones y jubilaciones de los empleados del Municipio.

III. Aplicar las disposiciones legales y reglamentarias que rigen las relaciones laborales entre el Gobierno Municipal y los trabajadores al servicio del Municipio.

IV. Planear, programar, presupuestar y contratar las adquisiciones, arrendamientos de bienes muebles e inmuebles y en general, la contratación de servicios requeridos por la Administración Pública

Municipal.

V. Coordinar el Comité de Adquisiciones, Enajenación, Arrendamiento y Contratación de los bienes y servicios requeridos por la Administración Pública Municipal.

VI. Proveer, con base en el programa anual correspondiente, las adquisiciones, bienes y servicios requeridos por las dependencias, órganos y áreas de la Administración Pública centralizada del

Municipio. VII. Administrar el control y actualización del inventario general de los bienes muebles e inmuebles

propiedad del Municipio, así como del eficiente funcionamiento del almacén.

VIII. Establecer las normas y procedimientos para el mantenimiento, cuidado y uso de los bienes muebles e inmuebles arrendados para la Administración Pública Municipal, así como los que son

de su propiedad. IX. Programar y realizar la conservación y mantenimiento del patrimonio municipal.

X. Verificar el cumplimiento de los contratos de: Adquisiciones, Enajenación, Arrendamiento y Contratación de los bienes y servicios, así como el aseguramiento, protección y custodia de sus

existencias, almacenamiento y mercancía en tránsito, tanto en términos físicos como jurídicos.

XI. Participar, conforme a lo dispuesto por la Ley de Entrega Recepción del Municipio, en los actos de entrega y recepción de las dependencias y órganos de la Administración Pública Municipal.

DIRECTOR DE

OFICIALIA MAYOR

PRESIDENTE MUNICIPAL

COORDINADOR DE ADQUISICIONES Y

SERVICIOS INTERNOS

COORDINADOR DE

RECURSOS HUMANOS

COORDINADOR DE

EVENTOS ESPECIALES

COORDINADOR DE MANTENIMIENTO

VEHICULAR

COOR. DE INFORMATICA

Y CONTROL PATRI MONIAL

AUXILIAR DE RECURSOS

HUMANOS A

AUXILIAR DE

EVENTOS A (2)

AUXILIAR DE

EVENTOS B (2)

CHOFER B

CHOFER C (2)

AUXILIAR DE OFICIALIA B (1),C(1),D(1)

SECRETARAIA

G

ASISTENTE

ADMINISTRATIVO DE OFICIALIA

AUXILIAR DE ADQUISICIONES

VELADOR C y B

CHOFER E

MANTENIMIENTO

A

AUXILIAR DE

INFORMATICA Y CONTROL PATRIMONIAL

AUXILIAR DE MANT. VEHICULAR

ALMACENISTA C

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XII. Proveer de manera programada los servicios internos básicos, requeridos por las Dependencias y

Órganos de la Administración Pública Municipal. XIII. Administrar, conforme a las disposiciones y procedimientos administrativos vigentes, el Archivo

Histórico Municipal.

XIV. Participar en la formulación, seguimiento y evaluación del Plan Municipal de Desarrollo. XV. Las demás que le encomienden el Presidente Municipal, el Ayuntamiento, y la Comisión de

Hacienda, Patrimonio y Cuenta Pública del Municipio, así como las demás que le otorgue la Ley de Adquisiciones, Enajenaciones, Arrendamientos y Contratación de Servicios del Estado de Querétaro

y las demás disposiciones aplicables de la materia, con base en las normas y disposiciones aplicables, así como las demás establecidas en otras leyes y reglamentos.

Auxiliar de Oficialía

• Elaborar y actualizar los contratos del personal del gobierno municipal. • Archivar los contratos del personal del gobierno municipal.

• Elaborar y archivar los convenios y comodatos de combustible contraídos con instituciones y particulares.

• Realizar los pagos de luz y agua de los espacios propiedad del gobierno municipal y archivarlos. • Elaborar la lista de raya de los trabajadores del gobierno municipal.

Secretaria G:

Llevar el control de las llamadas telefónicas y canalizarlas a las áreas correspondientes para brindar una buena atención a la ciudadanía.

• Llevar el registro diario de la agenda telefónica. • Recibir y dar seguimiento para el pago de los recibos telefónicos fijos de la administración.

• Recibir y dar seguimiento para el pago de los recibos del Internet satelital de delegaciones y

comunidades.

Asistente Administrativo

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Recibir los asuntos relacionados con la dirección de administración y auxiliar de manera directa al director en sus actividades.

• Elaborar oficios y demás documentos que estén relacionados con la dirección.

• Dar seguimiento a las solicitudes enviadas por la dirección de administración o alguna otra dependencia

y viceversa. • Auxiliar al director en la elaboración de informes y entrega de resultados.

• Canalizar las solicitudes que correspondan a la dirección de administración y orientar a quien las realice.

Coordinación de Adquisiciones y Recursos Materiales

Programar, Controlar y Supervisar, con base en las disposiciones legales y Procedimientos vigentes: el

sistema de Adquisiciones, Enajenaciones y Arrendamiento de Bienes y Servicio del Municipio.

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Participar, en la programación, control y supervisión de los Procedimientos de Adquisiciones y

arrendamientos de bienes materiales y Servicios que requieran las dependencias del Municipio.

Suministrar, con base en las Políticas, procedimientos y Programas establecidos, los bienes materiales y

servicios que requieran las dependencias del Municipio.

Integrar y actualizar periódicamente el catálogo de proveedores del Gobierno Municipal.

Las demás que le encomiende el Oficial Mayor, con base en las normas y disposiciones administrativas

aplicables de disposiciones jurídicas y reglamentarias de aplicación municipal.

Coordinación de Recursos Humanos:

Realizar la contratación, capacitación, evaluación de desempeño, permanencia del personal, así como la

coordinación en la selección del personal; llevar el control del archivo administrativo correspondiente al personal del gobierno municipal.

• Coordinar la elaboración y actualización de los manuales de organización y procedimientos.

• Realizar los procesos de selección y contratación de los recursos humanos.

• Organizar y coordinar los programas de inducción, capacitación y desarrollo del personal. • Instrumentar, en coordinación con las áreas implicadas y con base en las políticas normas y

procedimientos establecidos, la evaluación del desempeño de los servidores públicos municipales. • Aplicar las normas y procedimientos relativos a contrataciones, bajas, vacaciones, incapacidades,

renuncias e indemnizaciones del personal. • Administrar el sistema de pago relativo a remuneraciones y estímulos a personal.

• Integrar, controlar y actualizar el catálogo general de puestos, así como el tabulador de sueldos.

• Programar, coordinar y supervisar las acciones de seguridad e higiene de los trabajadores. • Difundir y aplicar en coordinación con los titulares de las direcciones, el reglamento interior de trabajo.

• Diseñar y difundir el catálogo de trámites y servicios de las direcciones municipales.

Auxiliar de Recursos Humanos:

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• Elaborar y actualizar los contratos del personal del gobierno municipal.

• Archivar los contratos del personal del gobierno municipal. • Elaborar y archivar los convenios y comodatos de combustible contraídos con instituciones y

particulares.

• Realizar los pagos de luz y agua de los espacios propiedad del gobierno municipal y archivarlos. • Elaborar la lista de raya de los trabajadores del gobierno municipal.

Coordinador de Eventos Especiales:

Proporcionar apoyo Logístico para la realización de Eventos Internos y Externos del H. Ayuntamiento, desarrollar e implementar la logística necesaria para las Giras y Reuniones del Presidente Municipal y

llevar las Relaciones Públicas al día para una mejor comunicación y relación del Presidente hacia adentro y afuera de la misma presidencia.

:

• Recibe cada una de las solicitudes que ingresan a la coordinación para apoyar logísticamente las actividades que se generen durante la administración, cumpliendo de manera puntual con las actividades

propias del municipio y en segundo término con las solicitudes Interinstitucionales.

• Organizar los eventos de la agenda pública del Presidente Municipal, así como los Eventos Oficiales y públicos a realizarse.

• Realizar el análisis y presentación de propuestas de necesidades de apoyo logístico en giras y eventos. • Programar con dependencia Federales, Estatales, Municipales, Militares, Sector Social y Privado, las

acciones coordinadas en la realización de eventos. • Proporcionar el apoyo logístico para los Eventos, Públicos y Cívicos.

• Coordinar la organización de los eventos, supervisando que se realicen conforme al programa

establecido. • Tramitar y suministrar herramientas y materiales, necesarios para la realización de los eventos oficiales

e institucionales.

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• Las demás que le encomiende el Presidente Municipal por sí o a través de la Secretaría Particular, con

base en las normas y disposiciones administrativas aplicables.

Auxiliar de Eventos A1 • Responsable de armar escenarios con las características necesarias para cada evento u ocasión.

• Responsable de trasladar, movilizar y acomodar, las sillas, escenarios, tarimas, tablas, y todo aquello que se requiera para la realización de los eventos.

Auxiliar de Eventos B2 • Responsable de sonorizar cada uno de los eventos solicitados para las actividades del H. Ayuntamiento;

acomodo y ambientación de plantas así como materiales que ayuden a una mejor imagen del evento a

realizarse. • Responsable de mantener en orden la bodega y almacén, así como elaboración de letras y escenografías

y dar mantenimiento al material de eventos.

Coordinación de Mantenimiento Vehicular

Prestar de manera eficiente y eficaz los servicios básicos internos requeridos para el adecuado

funcionamiento de las dependencias y áreas de la Administración Publica.

Aplicar las políticas, normas y procedimientos en materia de: asignación, resguardo, uso,

mantenimiento y control del parque vehicular propiedad del Municipio.

Integrar y mantener actualizado el Padrón Vehicular del Gobierno Municipal con sus correspondientes

resguardos.

Tramitar el pago de tenencia y derechos de los vehículos propiedad del Municipio.

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Programar y supervisar el mantenimiento preventivo y correctivo del parque vehicular propiedad del

Municipio.

Gestionar ante las instancias correspondientes la adquisición de seguro automotriz para vehículos

propiedad del Municipio y vehículos en comodato.

Auxiliar de Mantenimiento:

Auxiliar en el control y mantenimiento de las unidades vehiculares con que cuenta el gobierno municipal.

: • Auxiliar en el control del mantenimiento correctivo realizado y necesario para cada vehículo

• Auxiliar en los trámites para adquisición, enajenación y venta de unidades o demás bienes necesarios.

Mantenimiento:

• Llevar el control y las cargas del combustible y el kilometraje de cada vehículo. • Realizar el control de mantenimiento preventivo realizado y programado para el parque vehicular.

• Auxiliar en el control de placas, tenencias, verificaciones y demás documentación relacionada con

Las unidades.

CHOFER B

• Entregar mensajería a Direcciones, particulares e instituciones

• Entregar oficios a direcciones, particulares e instituciones • Entregar oficios y mensajería de otras direcciones de la administración municipal previo oficio de

solicitud, a la Dirección de Administración. • Trasladar documentación al archivo muerto a bodega.

• Apoyar a Control Patrimonial con la identificación de bienes muebles.

CHOFER C2 y 5 :

• Conducir y manejar los vehículos que integran la plantilla vehicular del municipio, asignados a la Dirección de Oficialía Mayor, además de los recibidos en comodato.

• Dar mantenimiento a la plantilla vehicular. • Velar por el buen uso, manejo y conservación de los vehículos.

• Cumplir con las normas de seguridad para que los vehículos funcionen en condiciones normales.

• Llevar a cabo el adecuado control del combustible. • Las demás que le encomiende la Dirección de Oficialía Mayor, con base en las normas y disposiciones

administrativas aplicables

Coordinación de Informática y Control Patrimonial

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• Definir, coordinar y gestionar, los requerimientos de servicios informáticos con todas las unidades que

lo requieran en el municipio. • Desarrollar, implementar y resguardar la política de seguridad informática del municipio (Reglamento

interno del uso Web y de los equipos de cómputo.

• Administración y control de la Red local así como la red de las diferentes instalaciones dependientes de la presidencia municipal.

• Definir, evaluar, desarrollar y controlar proyectos del área de informática y tecnologías. Instalaciones de nuevas áreas donde se necesita implementar nuevas redes o instalación de equipos de cómputo.

• Mantener y soportar la infraestructura tecnológica del municipio. El Mantenimiento necesario para el

buen funcionamiento de los equipos de cómputo, reparación, corrección de problemas de software y hardware.

• Asegurar que todos los sistemas, comunicaciones y telecomunicaciones funcionen correctamente. • Emitir opinión técnica a las diferentes áreas del municipio en lo que se refiere a la adquisición de

equipos, integración a redes y capacitación. Administrar y controlar la operación de equipos, herramientas y materiales como son materiales de conectividad

• Investigar nuevas tecnologías de sistema de software y hardware y evaluar el impacto de éstas en la

tecnología actual. • Asesorar al Personal del Municipio en el manejo de programas, operación de equipos de cómputo para

que exista una cohesión entre ambas entidades, esto coadyuvará en la optimización y obtención de resultados

AUXILIAR DE INFORMÁTICA

• Auxiliar al Personal del Municipio en el manejo de programas, operación de equipos de cómputo para que exista una cohesión entre ambas entidades, esto coadyuvara en la optimización y obtención de

resultados. • Proporcionar el correcto mantenimiento preventivo y correctivo al equipo de cómputo, con la finalidad de

que la adquisición de equipos nuevos solo se haga en los momentos necesarios, esto se trasladará en una conservación de los recursos financieros del municipio.

• Instalación de equipo de cómputo. Cambio de ubicación del equipo de cómputo.

• Asistir en la configuración de los diferentes elementos de la red local para permitir el correcto funcionamiento de las comunicaciones, evitando las posibles colisiones de datos, aplicando directivas de

seguridad, actualizaciones. • Configuración de equipo en la red interna, permitiendo compartir recursos, transmisión de la señal de

Internet, envió de datos. • Instalación y reemplazo de refacciones de equipo de cómputo que resultan dañadas ya sea por desgaste

o por el tiempo de funcionamiento de las mismas.

• Configuración de programas y sistemas operativos para lograr la mayor transparencia entre la interfaz y el usuario final, proporcionando en todo momento la asistencia técnica necesaria en caso de que se

requiera. AUXILIAR DE CONTROL PATRIMONIAL

Llevar el control de todos los bienes con que cuenta el gobierno municipal.

• Mantener actualizada la relación de bienes muebles e inmuebles.

• Verificar que las condiciones de los bienes sean óptimas. • Conocer a detalle el uso que se le da a cada uno de los bienes.

• Realizar los pagos y mantenimientos necesarios derivados del uso de los bienes.

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Promover las obras de infraestructura básica, requeridas para el desarrollo económico y -social del

Municipio, desde una perspectiva de sustentabilidad respetando los recursos naturales y desarrollo

urbano.

Mejorar la imagen urbana del Municipio proporcionando los servicios públicos con eficiencia y

eficacia, para mantener e incrementar la cobertura en la mayor parte de las comunidades del Municipio,

en los espacios públicos dedicados a: educación, agua potable, drenaje y alcantarillado, plazas públicas, parques y jardines, vialidades, panteones, manejo de residuos sólidos, centros culturales, recreativos y

turísticos.

Formular los planes y programas en materia de desarrollo urbano

Aportar la información técnica correcta y necesaria para la formulación y adecuación de la propuesta

de valores unitarios del suelo en el ámbito municipal.

Administrar el sistema de expedición de licencias en materia de construcción en el territorio de este

municipio

Promover programas de infraestructura, orientados al mejoramiento de las condiciones del espacio

urbano rural

Proyectar, programar, diseñar, validar y ejecutar obras públicas

Participar en la formulación, seguimiento y evaluación del Plan Municipal de Desarrollo.

Programar, controlar, dar seguimiento y evaluar los proyectos y acciones que, en materia de desarrollo

urbano e infraestructura,

Identificar los asentamientos humanos irregulares que se ubiquen en zonas de alto riesgo,

DIRECTOR DE DESARROLLO

URBANO Y OBRAS PUBLICAS

PRESIDENTE MUNICIPAL

SECRETARIA G

SUBDIRECTOR DE DES. URB. Y OBR.

PUB.

COORD. DE DES.

URBANO

COORD. DE

CONSTRUCCION Y SUPERVISION

COORD. DE ADMINISTRACION

RESIDENTE DE

OBRA A

OPERADOR DE

MAQUINARIA C (2)

OPERADOR DE MAQUINARIA B

RESIDENTE DE

OBRA C

CHOFER RECIDENTE

A, B Y C

CONCERTADOR

SOCIAL A

JEFE DE PROYECTOS

RESIDENTE DE

OBRA B

ALMACENISTAA

AUXILIAR DE PROYECTOS 3

AUXILIAR

ADMINISTRATIVO ASISTENTE

ADMINISTRATIVO

AUXILIAR DE DESARROLLO

URBANO

SECRETARIA B

SECRETARIA D

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Participar con las dependencias estatales y federales en los programas de regularización de la tenencia

de la tierra a implementarse en el territorio municipal;

Otorgar, autorizar y expedir licencias y/o permisos de construcción, rehabilitación y/o remodelación de viviendas, locales y edificios y, dictaminar la factibilidad de uso de suelo;

Supervisar que las obras públicas, sea por contrato y por administración, se ejecuten conforme a

las especificaciones, proyectos, precios unitarios, programas aprobados y, en su caso, conforme a lo estipulado en los contratos de obra;

Dar el adecuado seguimiento programático al avance físico y presupuestal de las obras públicas que

ejecuta el Municipio;

Recabar y resguardar la documentación necesaria para la integración de los expedientes técnicos de

las obras que realiza esta dirección o el Municipio;

Subdirector de Desarrollo Urbano y Obras Públicas:

Llevar a cabo el control y seguimiento administrativo y técnico–operativo de los programas de la

Dependencia.

• Coordinar los planes y programas en materia de obras públicas en el ámbito municipal.

• Integrar la información para mantener actualizado el catálogo y expedientes técnicos de las obras públicas a cargo del Municipio.

• Integrar la información técnica para la formulación de la propuesta anual de obras públicas municipales.

• Coordinarse con la Dirección de Desarrollo Social para aplicar los programas orientados al mejoramiento de la vivienda rural, así como al embellecimiento de la imagen urbana.

• Apoyar en la organización del Comité de Planeación y Desarrollo Municipal.

• Coordinar la supervisión del avance físico y financiero de las obras públicas. • Participar en los eventos de capacitación, con incidencia en la materia de su competencia.

• Establecer mecanismos de control que permitan promover la óptima utilización y aprovechamiento de los recursos materiales y equipo de construcción con que cuenta el Municipio.

• Vigilar que el correcto y transparente uso de los recursos, permita priorizar la atención inmediata de las poblaciones que viven en extrema pobreza.

• Autorizar el sistema de información (base de datos) del área y presentar al Director de Desarrollo

Urbano y Obras Públicas los informes y reportes periódicos establecidos. • Acordar periódicamente con el Director de Desarrollo Urbano y Obras Públicas los asuntos cotidianos y

extraordinarios del área. • Mantener una estrecha relación con los contratistas para darles a conocer los concursos de obra y las

licitaciones, al igual que la asignación de obra, estimaciones, expedientes técnicos y finiquitos. • Someter a la aprobación del comité de adquisiciones la contratación de investigaciones, asesorías y

consultorías especializadas que se requieran en el desarrollo de la obra pública, de acuerdo al programa y

presupuesto autorizado. • Someter a la aprobación del comité de adquisiciones la realización directa o por adjudicación a los

particulares, el desarrollo de las obras públicas autorizadas por los planes y programas respectivos. • Atender previo acuerdo del Director con el Presidente Municipal, los requerimientos de obra pública de

la población. • Supervisar y evaluar los avances de la obra a fin de que se ejecuten de acuerdo a lo establecido en el

contrato.

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• Realizar las acciones necesarias para el cumplimiento de las especificaciones de seguridad, calidad y

oportunidad, convenidas con las compañías constructoras, para la entrega de obras. • Proponer precios y volúmenes extraordinarios y adicionales, así como el cambio de metas de las obras

contratadas.

• Proyectar, ejecutar, mantener y operar en su caso, directamente o por adjudicación a particulares las obras públicas.

• Coordinar las acciones orientadas al proceso de supervisión, vigilancia, control y evaluación de la obra pública, de conformidad con los planes y programas autorizados por el Ayuntamiento, así como a los

contratos establecidos. • Las demás que le encomiende el Director de Desarrollo Urbano y Obras Públicas, con base en las

normas y disposiciones administrativas.

Secretaria G:

• Efectuar y atender llamadas telefónicas, así como concertar citas. • Recibir y transmitir los mensajes vía telefónica y electrónica.

• Atender al ciudadano que solicite el servicio y orientarlo. • Ejecutar actividades de recepción, clasificación, registro, distribución, archivo de solicitudes, así como

de documentos varios. • Elaborar, organizar, tramitar y archivar oficios.

• Recoger información y apoyar en labores secretariales.

• Velar por la seguridad y conservación de documentos. • Analizar, organizar y sistematizar la documentación.

• Proporcionar información y documentación necesaria al ciudadano sobre solicitudes de permiso de construcción, apertura de calles, subdivisión de predios, fusiones, anuncios publicitarios, alineamientos,

números oficiales, dictámenes de uso de suelo. • Elaborar los permisos autorizados para construcción, apertura de calles, subdivisión de predios,

fusiones, anuncios publicitarios, alineamientos.

• Elaborar las constancias de término de obra, números oficiales, dictámenes de uso de suelo, los informes de uso de suelo.

• Realizar un reporte mensual de permisos otorgados para construcción, para su remisión posterior a la Secretaría de Desarrollo Urbano y Obras Públicas del Estado.

• Preparar y ordenar la documentación para reuniones y conferencias. • Coordinar reuniones y preparar la agenda respectiva.

• Concertar citas para atención al público, previa autorización del Coordinador de Desarrollo Urbano.

• Las demás que le encomiende el Coordinador de Desarrollo Urbano, con base en las normas y

disposiciones administrativas aplicables.

CONCERTACIÓN SOCIAL:

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• Efectuar reuniones previas en comunidades.

• Llevar a cabo la Integración de Comités de Obra.

• Levantar las correspondientes actas de entrega de Obra. • Realizar el control de solicitudes de Obras.

• Efectuar la Integración de carpetas de comités. • Las demás que le encomiende el Director y Subdirector de Desarrollo Urbano y Obras Públicas, con

base en las normas y disposiciones administrativas aplicables.

Coordinador de Desarrollo Urbano:

Aplicar las políticas de Desarrollo Urbano con base en las disposiciones legales, planes, programas y

proyectos de la materia.

Efectuar los análisis y estudios técnicos sobre uso del suelo urbano en el municipio.

• Involucrar la participación de la ciudadanía en la formulación, revisión y control de los planes,

programas y proyectos de ordenamiento y desarrollo urbano del municipio. • Realizar, en coordinación con la Dirección de Catastro del Estado, el levantamiento, análisis y registro

de datos sobre la ubicación, características legales y técnicas de los predios municipales. • Coadyuvar con la Dirección de Catastro del Estado en la identificación, registro y valuación catastral en

el territorio municipal.

• Apoyar a la Dirección de Catastro estatal en la elaboración y actualización de planos catastrales; que permitan el registro gráfico de las áreas y conocimiento de las características de los predios y

construcciones existentes en el municipio. • Recibir, analizar y validar las solicitudes de permisos, licencias de construcción y anuncios que

presenten los particulares. • Difundir y supervisar la observancia de las normas técnicas de construcción y seguridad de

edificaciones, así como la correspondiente a la infraestructura y aprovechamiento del suelo municipal.

• Recibir, validar y dar seguimiento a la solicitud de permisos de cambio de uso de suelo que se presente ante la Dependencia.

• Aplicar los procedimientos legales establecidos, para la expedición de licencias y permisos en materia de: construcción, rehabilitación o remodelación de viviendas, locales y edificios, apertura de calles,

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subdivisión de predios, fusiones, anuncios publicitarios, alineamientos, números oficiales, dictámenes de

uso de suelo. • Emitir opinión técnica sobre: licencias de ejecución de obras de urbanización, ventas provisionales,

autorización definitiva y recepción de fraccionamientos.

• Revisar y validar las propuestas de nomenclatura de calles y avenidas. • Proponer la expropiación de terrenos.

• Coordinar actividades de deslindes y subdivisiones de predios. • Las demás que le encomiende el Director y Subdirector de Desarrollo Urbano y Obras Públicas, con

base en las normas y disposiciones aplicables.

Secretaria B

• Efectuar y atender llamadas telefónicas, así como concertar citas.

• Recibir y transmitir los mensajes vía telefónica y electrónica. • Atender al ciudadano que solicite el servicio y orientarlo.

• Ejecutar actividades de recepción, clasificación, registro, distribución, archivo de solicitudes, así como de documentos varios.

• Elaborar, organizar, tramitar y archivar oficios. • Recoger información y apoyar en labores secretariales.

• Velar por la seguridad y conservación de documentos.

• Analizar, organizar y sistematizar la documentación. • Proporcionar información y documentación necesaria al ciudadano sobre solicitudes de permiso de

construcción, apertura de calles, subdivisión de predios, fusiones, anuncios publicitarios, alineamientos, números oficiales, dictámenes de uso de suelo.

• Elaborar los permisos autorizados para construcción, apertura de calles, subdivisión de predios, fusiones, anuncios publicitarios, alineamientos.

• Elaborar las constancias de término de obra, números oficiales, dictámenes de uso de suelo, los

informes de uso de suelo. • Realizar un reporte mensual de permisos otorgados para construcción, para su remisión posterior a la

Secretaría de Desarrollo Urbano y Obras Públicas del Estado. • Preparar y ordenar la documentación para reuniones y conferencias.

• Coordinar reuniones y preparar la agenda respectiva. • Concertar citas para atención al público, previa autorización del Coordinador de Desarrollo Urbano.

• Las demás que le encomiende el Coordinador de Desarrollo Urbano, con base en las normas y

disposiciones administrativas aplicables.

Auxiliar de Desarrollo Urbano:

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• Proponer y difundir las bases de las convocatorias para la celebración de los concursos de obra pública, a cargo del Municipio.

• Participar en la integración del comité de licitación de la obra pública del Municipio. • Recibir, analizar, validar y aprobar en el comité de licitación, los proyectos y presupuestos que hayan

sido registrados en el concurso correspondiente. • Participar en la formulación del programa sectorial de la dependencia y del programa operativo anual.

• Elaborar los informes sobre los resultados del programa de licitación de obras públicas a cargo del

municipio. • Revisar los expedientes de obra para verificar que cumpla con la documentación requerida.

• Elaborar, con base en los criterios establecidos, las convocatorias e invitaciones para los concursos de la obra pública a cargo del Municipio.

• Revisar las propuestas técnicas recibidas para el concurso de las obras públicas municipales. • Revisar con el comité de Adquisiciones, las propuestas económicas, actas de apertura y dictamen del

concurso de las obras públicas municipales.

• Participar e integrar las actas de las reuniones de concurso de las obras públicas. • Elaborar y someter para su validación, al área jurídica del Municipio, los contratos de obra pública que

se le encomienden. • Elaborar los convenios en materia de ejecución de obras públicas a cargo del Municipio.

• Realizar las bases para los concursos de obra pública municipal. • Elaborar y difundir el procedimiento para establecer de las bases, relativas a las licitaciones de obra

pública municipal.

• Integrar las actas de licitación de obras, junta de aclaraciones y apertura de recepción de documentos. • Levantar el acta de fallo para la asignación de la obra pública municipal.

• Turnar a Control Presupuestal la documentación de los ganadores del concurso de obras públicas municipales, para su validación presupuestal.

Coordinador de Construcción y Supervisión:

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Coordinar la programación, ejecución, control y supervisión de la obra pública a cargo del Municipio.

• Coordinar la construcción de obra pública por administración o por contrato, conforme a la programación establecida, y en apego a la normatividad y procedimientos vigentes.

• Participar en la integración de los Comités de Licitación de la obra pública municipal. • Promover la participación de la comunidad beneficiaria en la ejecución o ampliación de metas de las

obras públicas municipales.

• Participar en la formulación de las bases de las convocatorias para los concursantes de obras públicas municipales.

• Proponer las normas y procedimientos para la supervisión de la ejecución de las obras públicas a cargo del Municipio.

• Participar en las reuniones del Comité de Licitación de la obra pública municipal. • Llevar el control físico y presupuestal de los insumos necesarios para cada obra.

• Programar y organizar el calendario de supervisión de la obra pública municipal para su adecuada y

eficaz ejecución. • Verificar la información relativa a los volúmenes de obra que se reportan en los expedientes técnicos

respecto a las obras en proceso. • Solicitar e integrar un informe ejecutivo de los avances en las obras en proceso de ejecución.

• Revisar y dar seguimiento a las bitácoras de ejecución de las obras públicas municipales. • Verificar en campo los reportes de avances y calidad de las obras públicas municipales.

• Participar en la elaboración del Programa Operativo Anual de la Dependencia.

• Elaborar los informes relativos a los reportes de ejecución de obras. • Realizar los reportes de obra, que incluyan las observaciones y recomendaciones del Comité Social de

Obras para su atención oportuna. • Participar en la integración de los Comités Sociales de Obra.

• Elaborar y entregar de manera completa y oportuna, los reportes de obra en bitácora. • Promover los acuerdos sociales que permitan una adecuada supervisión y control de la ejecución de las

obras públicas municipales, con la participación directa e informada de la ciudadanía beneficiaria.

• Llevar un adecuado control de la maquinaria y equipo de trabajo otorgado en comodato. • Las demás que le encomiende el Director y Subdirector de Desarrollo Urbano y Obras Públicas, con

base en las normas y disposiciones administrativas aplicables.

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Auxiliar Administrativo

• Efectuar y atender llamadas telefónicas, así como concertar citas.

• Recibir y transmitir los mensajes vía telefónica y electrónica • Elaborar, organizar, tramitar y archivar oficios.

• Recoger información y apoyar en labores secretariales. • Velar por la seguridad y conservación de documentos.

• Analizar, organizar y sistematizar la documentación.

• Las demás que le encomiende el Coordinador de Obra Pública y Supervisión, con base en las normas y disposiciones administrativas aplicables.

Choferes A, B y C.

• Conducir y manejar los vehículos que integran la plantilla vehicular del municipio, asignados a la

Dirección de Desarrollo Urbano y Obras Públicas, además de los recibidos en comodato. • Dar mantenimiento a la plantilla vehicular.

• Velar por el buen uso, manejo y conservación de los vehículos.

• Cumplir con las normas de seguridad para que los vehículos funcionen en condiciones normales. • Llevar a cabo el adecuado control del combustible.

• Las demás que le encomiende el Coordinador de Obra Pública y Supervisión, con base en las normas y disposiciones administrativas aplicables.

Residente de Obra A, B

• Designar labores a cada uno de los trabajadores según el plan de trabajo.

• Reportar oportunamente a sus inmediatos superiores sobre cualquier problema derivado del funcionamiento de su área.

• Atender oportunamente los problemas que se generen en el lapso de construcción de obra.

• Efectuar la supervisión de las obras asignadas. • Llevar el control de Bitácoras.

• Llevar a cabo el levantamiento de Obras por semana. • Dar seguimiento a una obra desde su inicio hasta su término para concluir en tiempo y forma.

• Administrar los suministros de la obra y reportar oportunamente cuando se hayan agotado. • Las demás que le encomiende el Coordinador de Obra Pública y Supervisión, con base en las normas y

disposiciones administrativas aplicables.

Residente de Obra C

• Efectuar el levantamiento de datos de campo para ser entregados al departamento de proyectos y ser procesados para la generación de volúmenes de obra.

• Coordinarse con el encargado del área de operadores de maquinaria y equipo en las labores que así lo requiera.

• Aplicar con eficiencia los recursos humanos y materiales que le sean asignados para las tareas

encomendadas. • Atender oportunamente a los problemas generados en el lapso de construcción de la obra.

• Establecer mecanismos de apoyo en la adquisición de insumos para la obra. • Las demás que le encomiende el Coordinador de Obra Pública y Supervisión, con base en las normas y

disposiciones administrativas aplicables.

Jefe de Proyectos: Elaborar proyectos de obra civil, conforme a los criterios y procedimientos técnicos establecidos.

• Coordinar la elaboración de los expedientes técnicos, relativos a los proyectos de obra pública

municipal. • Turnar a la coordinación de Administración de Obras y Control Presupuestal los documentos necesarios

de los proyectos de obras públicas para su validación técnica. • Determinar los costos para realizar, regularizar presupuestos.

• Coordinar los presupuestos y supervisión de proyectos.

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• Formular proyectos viables: económica, técnica y socialmente; derivados de las prioridades, objetivos y

estrategias del Plan de Desarrollo Municipal, validándolos, a través del Comité de Planeación de Desarrollo Municipal.

• Validar y turnar al Director para su autorización y aprobación oportunas, los expedientes técnicos de

los proyectos de obra pública; que forman parte de los recursos convenidos entre el Estado y la Federación, y entre el Estado y el Municipio.

• Instrumentar, en coordinación con el Órgano de Control Interno y la Contraloría del Estado, un sistema de información, seguimiento, supervisión y control de la obra pública que se ejecute en el Municipio.

• Participar en la formulación del programa sectorial de la Dependencia, y del Programa Operativo Anual. • Integrar el Informe Ejecutivo sobre los avances físicos de las obras que se encuentran en ejecución.

• Elaborar, con base en la validación técnica y económica de la demanda social, proyectos de obra pública

municipal. • Realizar el cronograma de ejecución de obra pública municipal.

• Las demás que le encomiende el Director y Subdirector de Desarrollo Urbano y Obras Públicas, con base en las normas y disposiciones administrativas aplicables.

Auxiliar de Proyectos

• Replantear los planos de obras ejecutadas para la liquidación de obra. • Controlar y custodiar el equipo de topografía.

• Elaborar borradores de trabajo topográfico y complementar con el dibujo técnico. • Dibujar y/o desarrollar planos diversos de arquitectura, ingeniería y otros, interpretando croquis,

documentos técnicos y diagramas.

• Efectuar trabajos de dibujo topográficos, interpretando datos técnicos, así como la creación de dibujos artísticos, análisis de costos en opus.

• Modificar escalas de diferentes gráficos, elaboración de Generadores de Proyectos. • Llevar a cabo levantamientos de campo.

• Las demás que le encomiende el Coordinador de Costos y Proyectos, con base en las normas y

disposiciones administrativas aplicables.

Operador de Maquinaria B y C2

• Conducir y manejar la maquinaria pesada, tractores, palas mecánicas, motos niveladoras, aplanadoras,

vibradores y otros equipos pesados. • Dar el mantenimiento necesario a la maquinaria pesada.

• Procurar el buen uso, manejo y conservación de la maquinaria pesada a su cargo. • Cumplir con las normas de seguridad para que la maquinaria pesada funcione en condiciones

normales.

• Llevar a cabo el adecuado control de combustible. • Llevar a cabo el control del reporte semanal.

• Las demás que le encomiende el Coordinador de Obra Pública y Supervisión, con base en las normas y disposiciones administrativas aplicables.

Almacenista

• Llevar el control de entradas y salidas de los materiales e insumos resguardados bajo su custodia,

mediante vales de entrada y salidas de materiales.

• Notificar al coordinador sobre cualquier situación irregular detectada. • Llevar el control de los materiales que se utilizan y supervisar su adecuado uso.

• Las demás que le encomiende el Coordinador de Obra Pública y Supervisión, con base en las normas y disposiciones administrativas aplicables. Coordinación de Administración

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Coordinar, con base en la normatividad aplicable, los procedimientos y trámites administrativos para el

registro de expedientes técnicos, así como dar seguimiento a los oficios de autorización, aprobación y liberación de los recursos correspondientes a la obra pública municipal ante las Dependencias y

Organismos competentes.

• Coordinar los procedimientos y trámites administrativos para el registro de expedientes técnicos, así como dar seguimiento a los oficios de autorización, aprobación y liberación de los recursos

correspondientes a la obra pública municipal ante las Dependencias y Organismos competentes. • Elaborar el informe mensual de los avances físico y financiero del programa anual de obras públicas del

Municipio. • Elaborar las solicitudes de recibos para la liberación oportuna de los recursos, para la ejecución de las

obras públicas municipales programadas.

• Integrar la lista de raya para el pago de personal eventual, contratado para la ejecución de las obras públicas municipales.

• Elaborar las órdenes de pago a contratistas. • Elaborar las conciliaciones con la Dirección de Finanzas Públicas Municipales.

• Las demás que le encomiende el Director y Subdirector de Desarrollo Urbano y Obras Públicas, con base en las normas y disposiciones administrativas aplicables.

Secretaria:

• Efectuar y atender llamadas telefónicas, así como concertar citas.

• Recibir y transmitir los mensajes vía telefónica y electrónica

• Elaborar, organizar, tramitar y archivar oficios. • Recoger información y apoyar en labores secretariales.

• Velar por la seguridad y conservación de documentos. • Analizar, organizar y sistematizar la documentación.

• Ejecutar actividades de recepción de facturas, verificar que la información contenida sea la correcta. • Expedir contra recibos a los proveedores con la información correcta de facturación.

• Tramitar ante la Dirección de Finanzas Públicas Municipales el pago de facturas a los proveedores.

• Llevar el registro de la información contenida en las facturas en trámite y en su caso la actualización respectiva.

• Apoyar en la elaboración de reportes e informes correspondientes. • Realizar conciliaciones de ingresos y egresos de recursos de obras con la Dirección de Finanzas

Públicas Municipales. • Concertar citas para atención a proveedores que así lo requieran, previa autorización con el

Coordinador.

• Elaborar las listas de raya y tramitarlas ante la Dirección de Finanzas Públicas Municipales. • Las demás que le encomiende el Coordinador de Obra Pública y Supervisión, con base en las normas y

disposiciones administrativas aplicables.

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Planear, programar, gestionar, implementar, dar seguimiento y evaluar una estrategia integral para el

desarrollo Social y Humano, con la participación organizada de la sociedad civil y comunitaria

I. Impulsar esquemas y procesos institucionales que fortalezcan la participación de los sectores

público, social y privado, en la integración de diagnósticos y la implementación de programas de

Desarrollo Social y Humano en el ámbito municipal. II. Fortalecer la participación ciudadana en los Consejos Municipales de Participación Social, para

realizar los programas y proyectos de Desarrollo Social y Humano, con criterios de prioridad, pertinencia, factibilidad e impacto social.

III. Fortalecer la gestoría social, a efecto de incorporar las iniciativas ciudadanas a los programas

municipales, estatales y federales de empleo; con especial atención a las familias y personas en situación de pobreza extrema.

IV. Diseñar y evaluar la implementación de programas de Desarrollo Social y Humano en el municipio, atendiendo a los principios de equidad de Género.

V. Proponer proyectos de convenios o acuerdos de colaboración en materia de: Vivienda, Deporte y Recreación.

VI. Promover con las dependencias federales y estatales implicadas, así como con las organizaciones

sociales y comunitarias, los programas y proyectos para la mejor comprensión, eficaz prevención y combate permanente al fenómeno de las adicciones.

VII. Las demás que le confiera el Presidente Municipal, el Ayuntamiento, las leyes y los reglamentos, en el ámbito de su competencia.

DIRECTOR DE

EDUCACION,DESARROLLO SOCIAL Y

HUMANO

AUXILIAR DE

DESARROLLO SOCIAL A Y B

SECRETARIAG Y C

COORDINADOR DE

ORGANIZACIÓN SOCIAL

COORDINACION

DE LA JUVENTUD Y DEPORTE

PROMOTOR DE CCA´S 8 Categoria:

A (3)B (1)C (1)D (2)E(1)

PRESIDENTE MUNICIPAL

CONCERTADOR SOCIAL B

ENLACE DE

PROGRAMAS SOCIALES

COORDINADOR DE EDUCACION

ENLACE DE SERVICIO NACIONAL DE EMPLEO

AUXILIARES DE DEPORTES A(3)

AREA DE ASUNTOS DE LA JUVENTUD

AREA DE

DEPORTES

COORDINADOR

ADMINISTRATIVO DEL CCD

ENCARGADO DEL CENTRO DE COMPUTO DE

ACATITLAN

AUXILIARES DE DEPORTES B (2)

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• Coordinar y supervisar las funciones específicas de cada área de responsabilidad, haciendo uso de sus

facultades para la toma de decisiones. • Atender personalmente las solicitudes recibidas

• Dar seguimiento a las diversas solicitudes recibidas

ENLACE DE PROGRAMAS SOCIALES

• integrar reestructurar y en su caso ratificar los beneficiarios de las acciones y obras que se realizan, en

cada uno de los programas sociales, • Realizar la promoción, difusión y logística de los eventos en los pagos de los programas sociales en

general en las diferentes comunidades y delegaciones, a través de los vocales de las organizaciones. • Efectuar los reportes necesarios de seguimiento de las solicitudes y asistencia de los beneficiarios de los

programas sociales.

Coordinación de la Juventud y Deporte

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Programar y coordinar la implementación de acciones institucionales en materia de fomento al Deporte y

la Recreación, con la participación organizada de la ciudadanía, Ejecutar los programas y acciones del Instituto y coordinar los programas y acciones que se realicen conjuntamente con otras dependencias del

Gobierno Municipal

I. Apoyar en la ejecución de los programas de Deporte y Recreación, con particular énfasis en los niños, jóvenes y adultos mayores; y atendiendo a la equidad de género.

II. Fomentar la implementación de disciplinas deportivas, así como la organización de eventos y torneos a nivel comunitario, delegacional y municipal.

III. Promover con organismos públicos y privados el mejoramiento de la infraestructura deportiva en el territorio municipal.

IV. Gestionar el otorgamiento de estímulos a ciudadanos y agrupaciones deportivas que se destacan

por su organización, así como por su compromiso con la promoción al deporte y el fomento de acciones a favor de una vida saludable entre la población.

V. Las demás que le confiera el Presidente Municipal, el Ayuntamiento, las leyes y los reglamentos, en el ámbito de su competencia.

Auxiliar de Deportes

• Llevar las estadísticas de los torneos de futbol que se realizan en la dirección

• Atender solicitudes de mantenimiento de canchas deportivas y darles mantenimiento. • Apoyar en la realización de los torneos de futbol en sus modalidades que organiza el municipio.

• Efectuar la planeación (convocatorias de los torneos dentro del municipio)

Área de Asuntos de la Juventud Servir de soporte a la Coordinación General y ejecutar los planes y acciones que la Coordinación ha

creado para el desarrollo e integración de los jóvenes en los diferentes ámbitos, sociales, culturales y deportivos.

Funciones:

• Redactar oficios de la Coordinación cuidando las formas oficiales y legales para el trámite de todos y cada uno de los documentos que emita la Coordinación.

• Manejar la agenda de trabajo de la Coordinación General y presentar oportunamente recordatorios de todos y cada uno de los asuntos de competencia de las funciones de la Coordinación.

• Tomar la recepción de llamadas telefónicas y recados de los asuntos de la Coordinación. • Apoyar la creación de programas y actividades en beneficio de los jóvenes.

• Colaborar en la elaboración del Plan Municipal de de la Juventud y de los programas trienal y anual de

trabajo • Difundir y promover las convocatorias.

• Revisar con la Coordinación los instrumentos de evaluación y seguimiento para conocer y medir la cobertura e impacto social de las acciones y programas que se lleven a cabo por el Instituto.

• Recabar la información y elementos estadísticos sobre la cobertura e impacto social de las acciones y programas.

• Apoyar en la realización del informe anual de actividades que se deberá rendir ante Presidente

Municipal

COORDINADOR DE EDUCACIÓN

Promover que la cultura educativa alcance a todos los habitantes del municipio, a través de programas y

acciones específicas en esta materia.

• Elaborar el Programa Operativo Anual de Educación.

• Dar seguimiento a los resultados del Programa Operativo Anual de la dependencia; informando al Presidente Municipal de sus resultados.

• Analizar, valorar e integrar los alumnos al programa de becas municipales.

• Revisar y vigilar las nóminas y los pagos de becas estatales, municipales y el programa de hospedaje y alimentación, para ejercer la transparencia y el uso de recursos públicos.

• Coordinar los programas derivados de acuerdos establecidos con las dependencias del ramo a nivel estatal o federal.

• Organizar, planear y ejecutar los programas de promoción para la educación. • Atender y resolver solicitudes de instituciones educativas de los diferentes niveles

• Proponer programas especiales para alumnos en riesgo de fracaso escolar.

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• Proponer y apoyar en obras de infraestructura a escuelas del municipio, trabajando en coordinación con

Consejo Nacional de Fomento Educativo. • En coordinación con obras públicas proponer y gestionar ante instancias federales recursos para

infraestructura en materia de educación.

• Atender las peticiones de infraestructura educativa que realicen las instituciones, darle seguimiento y respuesta.

• Elaborar o gestionar programas para promover el uso de las tecnologías de la información en los centros educativos.

• Organizar los eventos con las instituciones educativas del municipio, dando seguimiento al calendario cívico municipal planeado.

• Coordinar al personal adscrito a esta área de manera que se cumplan las funciones de la misma, para

que el trabajo sea eficaz y eficiente. • Analizar, valorar y proponer alumnos para recibir beca municipal.

• Coordinar los programas entre el Ayuntamiento y la USEBEQ. • Atender y dar respuesta a solicitudes de instituciones educativas de nivel inicial, secundaria, y nivel

superior. • Revisar y proponer convenios de combustible para trasladar alumnos de instituciones educativas que

estén retiradas de sus hogares.

• Coordinar la planeación y seguimiento de obras de infraestructura educativa dentro del Ayuntamiento, Gobierno federal y Estatal.

• Elaborar o gestionar programas para promover el uso de las tecnologías de la información en centros educativos.

Tendrá a su cargo planear, gestionar e implementar programas y proyectos productivos, concertados

institucional y socialmente, que fortalezcan el desarrollo rural sustentable y el mejoramiento integral del

bienestar de la población; asegurando la conservación de los recursos naturales, la biodiversidad y los

servicios ambientales en el municipio.

I. Participar de los mecanismos de coordinación y seguimiento de los programas federales y estatales

del sector agropecuario y forestal que concurren en el ámbito municipal.

II. Integrar y mantener actualizado el inventario de la infraestructura agropecuaria y forestal existente en el municipio.

DIRECTOR DE

DESARROLLO RURAL SUSTENTABLE

PRESIDENTE MUNICIPAL

SECRETARIAC

COORDINADOR DE

TURISMO

AUXILIAR DE TURISMO

A (2)

COORD. DE DES. RURAL

AUXILIAR DE DESARROLLO

AGRICOLA

AUXILIAR DE DESARROLLO

PECUARIO Y PESCA

RESIDENTE DE

OBRA

COORDINADOR DE ECOLOGIA

AUXILIAR DE ECOLOGIA

AUXILIAR DE DES. RURAL SUSTENTABLE

(A)

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III. Fortalecer la organización así como la participación social y económica de los productores del

campo, a través del Consejo Municipal del Desarrollo Rural Sustentable. IV. Administrar el sistema de recepción, gestión y seguimiento de solicitudes, para la consecución de

recursos federales y estatales en la materia.

V. Impulsar, en coordinación con el Gobierno del Estado, esquemas de información y asistencia técnica sobre: sanidad, producción, innovación tecnológica, financiamiento a la producción,

comercialización y capacitación a productores del campo. VI. Formular, gestionar, promover, dar seguimiento y evaluar los programas y proyectos productivos

de desarrollo agropecuario, forestal y turístico que se implementen en el Municipio. VII. Emitir dictámenes técnicos sobre proyectos relacionados con el ámbito de su competencia.

VIII. Las demás que le confiera el Presidente Municipal, el Ayuntamiento, las leyes y los reglamentos,

en el ámbito de su competencia.

SECRETARIA C

SECRETARIA

Recibir y atender los asuntos relacionados con la Dirección de Desarrollo Agropecuario.

• Atender las llamadas telefónicas y la documentación relacionada con la Dirección.

• Orientar a la ciudadanía que acuda a la Dirección. • Elaborar, organizar y archivar, los oficios y demás documentación que derive de las actividades

correspondientes a la Dirección. • Llevar el control de la papelería y proporcionarla a quien lo requiera perteneciente a la misma dirección.

• Preparar reuniones y preparar la agenda del Director. • Auxiliar al Director en las actividades que desempeña.

• Control y cuidado, del mobiliario perteneciente a la Dirección, en coordinación con el personal

encargado de Dirección Administrativa. • Elaboración y seguimiento de expedientes de solicitudes de particulares y comunidades de viajes de

agua potable.

Coordinador de Desarrollo Rural

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Promover la participación social e institucional para definir las prioridades productivas y de inversión en

la zona rural del municipio.

• Actualizar el diagnóstico de Desarrollo Rural • Actualizar el Plan de Desarrollo Rural Sustentable y empatar los trabajos con el Plan Municipal de

Desarrollo.

• Organizar a grupos de productores o de cualquier sector para su conformación jurídica legal, y tener representación dentro del consejo.

• Dar seguimiento a los acuerdos tomados dentro de cada sesión de consejo.

Coordinador de Desarrollo Agrícola Elaborar los proyectos productivos agrícolas del Municipio de Landa de Matamoros, Querétaro,

encaminados para el fortalecimiento y desarrollo del sector agrícola y al mejoramiento de las comunidades.

Funciones: • Elaborar proyectos productivos de índole agrícola.

• Apoyo en la gestión de recursos ante entidades federales y estatales, mediante la elaboración de los

expedientes técnicos necesarios. • Actualizar los proyectos productivos.

• Apoyo para el trabajo en campo.

Auxiliar de Desarrollo Rural Sustentable A Realizar las visitas necesarias a las comunidades del municipio para la recopilación de datos emanados

desde lo local para la correcta elaboración de los proyectos. Funciones:

• Medición de corrales e instalaciones solicitadas en los proyectos productivos.

• Apoyar las campañas de vacunación • Medición de superficies (agrícolas)

• Apoyo en la entrega de documentación y oficios en las delegaciones y con representantes de organizaciones, asociaciones y grupos.

• Apoyo a las actividades de cada una de las áreas en campo.

Auxiliar de Desarrollo Pecuario y Pesca

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Coordinar los programas de asistencia técnica y capacitación a los productores agropecuarios; apoyando

en la gestión y promoviendo su organización y vinculación con las dependencias Estatales y Federales

del sector.

I. Integrar, coordinar y dar seguimiento a la ejecución del Programa de Desarrollo Rural Sustentable

en el municipio. II. Atender las demandas de las organizaciones y comunidades rurales del municipio, a través de la

coordinación y promoción de programas en materia de desarrollo rural sustentable.

III. Orientar y apoyar a los productores del campo en la gestión de servicios, insumos y créditos necesarios para el desarrollo rural sustentable.

IV. Elaborar los expedientes técnicos para la ejecución de proyectos y recursos correspondientes a programas en la materia de su competencia.

V. Integrar los anexos técnicos de autorización y los expedientes de las obras propuestas para su aprobación y asignación de recursos en materia agropecuaria.

VI. Organizar y coordinar la formación de comités sociales para las obras aprobadas en coordinación

con los gobiernos federal y estatal. VII. Finiquitar y hacer entrega de las actas entrega y recepción de las obras ejecutadas en coordinación

con los gobiernos federal y estatal. VIII. Integrar el informe mensual del avance físico y financiero de las obras en proceso de ejecución.

IX. Valorar y autorizar el pago de estimaciones de obras por contrato, en proceso de ejecución.

X. Participar en las reuniones de asistencia técnica y capacitación relacionadas con la materia de su competencia.

XI. Las demás que le confiera el Presidente Municipal, el Ayuntamiento, las leyes y los reglamentos, en el ámbito de su competencia.

Coordinación de Ecología:

Dar seguimiento y evaluar, con base en los objetivos y prioridades del Plan de Desarrollo Municipal, la

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implementación de acciones institucionales socialmente concertadas, en materia forestal; que favorezcan

el empleo y el desarrollo rural sustentable del municipio.

I. Elaborar y mantener actualizado, con el apoyo de las áreas y dependencias competentes, el

inventario del sector forestal y del suelo en el municipio.

II. Participar, en coordinación con la federación en la zonificación forestal, comprendiendo las áreas

forestales permanentes de su ámbito territorial.

III. Participar en la planeación y ejecución de la reforestación, forestación, restauración de suelos y

conservación de los bienes y servicios ambientales forestales.

IV. Fortalecer la organización social de los productores forestales, a través del Consejo Municipal de Desarrollo Rural Sustentable y vincularla al Comité de Planeación para el Desarrollo Municipal.

V. Llevar a cabo, en coordinación con el Gobierno del Estado, acciones de saneamiento forestal.

VI. Impulsar, en coordinación con el Gobierno del Estado, esquemas de información y asistencia

técnica sobre: sanidad, producción, innovación tecnológica forestal, financiamiento a la producción, comercialización y capacitación a productores forestales del municipio.

VII. Diseñar un sistema de recepción, gestión, seguimiento y control de solicitudes para la consecución de recursos derivados de los programas de Empleo Temporal, Produce y Alianza para el Campo.

VIII. Elaborar los expedientes técnicos relativos a obras y proyectos de desarrollo forestal, así como supervisar, dar seguimiento y evaluar la ejecución de las acciones correspondientes.

IX. Participar en el ámbito de sus atribuciones, en el establecimiento de sistemas y esquemas de ventanilla única de atención eficiente para los usuarios del sector.

X. Expedir, previo a su instalación, las licencias o permisos para el establecimiento de centros de almacenamiento o transformación de materias primas forestales; conforme a la normatividad en la materia.

XI. Hacer del conocimiento a las autoridades competentes y en su caso, denunciar las infracciones o delitos que se cometan en materia forestal.

XII. Participar y coadyuvar con la Federación y el Gobierno del Estado, en los programas integrales de prevención y combate a la extracción ilegal y a la tala clandestina de los recursos forestales.

XIII. Participar y coadyuvar en las acciones de prevención y combate de incendios, así como de emergencias y contingencias forestales, en coordinación con los gobiernos federal y estatal.

XIV. Emitir dictámenes técnicos sobre proyectos relacionados con el ámbito de su competencia.

XV. Realizar estudios que permitan el conocimiento de los recursos renovables y no renovables del municipio.

XVI. Promover y participar en campañas de reforestación, así como de prevención y control de incendios forestales.

XVII. Las demás que le confiera el Presidente Municipal, el Ayuntamiento, las leyes y los reglamentos, en el ámbito de su competencia.

AUXILIAR DE ECOLOGÍA

Estructurar programas municipales para la conservación, manejo y restauración de los recursos

naturales del municipio, abarcando principalmente los mayores impactos a la naturaleza que realiza la

Población.

• Realizar reuniones comunitarias • Realizar acciones de sensibilidad sobre el cuidado ambiental.

• Realizar eventos especiales enfocados al cuidado ambiental • Realizar acciones de conservación, manejo y restauración de los recursos naturales.

• Recibir, formular y transferir las denuncias a las instancias estatales y federales competentes.

• Elaborar y coordinar la implementación de un programa de prevención y combate de incendios forestales

• Elaborar y coordinar la implementación de un programa de control de fauna doméstica o nociva. • Participar en la aplicación de los reglamentos

Coordinación de Turismo

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:

Promover y coordinar programas y proyectos para el desarrollo turístico del municipio. El titular de

ésta Coordinación tiene las funciones, atribuciones, obligaciones y competencias siguientes:

I. Formular, coordinar y evaluar los proyectos turísticos del Gobierno Municipal, con las

dependencias estatales y federales implicadas para su apoyo técnico y financiero. II. Gestionar ante las autoridades federales y estatales, organismos, asociaciones, patronatos y

grupos de la sociedad civil, la dotación de infraestructura básica y servicios colaterales que se requieran para consolidar el desarrollo turístico rural del municipio.

III. Gestionar con organismos privados y sociales, esquemas de cooperación técnico financiera para el

desarrollo de proyectos turísticos productivos en el municipio. IV. Promover y apoyar a las asociaciones, patronatos y comités que coadyuven a la promoción y

desarrollo turístico sustentable del municipio. V. Atraer y coordinar programas de capacitación, asistencia técnica y estímulos para los prestadores

de servicios turísticos rurales del municipio. VI. Difundir los programas y proyectos turísticos rurales exitosos del municipio, en foros estatales,

regionales y nacionales.

VII. Elaborar y actualizar periódicamente el catálogo de prestadores de servicios turísticos en el ámbito rural municipal.

VIII. Proponer el proyecto del reglamento de Atención al Turista, así como el de Establecimientos de Servicios al Turismo.

IX. Las demás que le confiera el Presidente Municipal, el Ayuntamiento, las leyes y los reglamentos, en el ámbito de su competencia.7

X. la organización y prestación de los servicios públicos que determine el Ayuntamiento, en su

circunscripción territorial.

UXILIAR DE TURISMO

• Apoyar en el desarrollo de eventos turísticos, búsqueda de patrocinadores y logística. • Apoyar en el desarrollo de proyectos turísticos y la capacitación de los grupos de trabajo encargados de

su implementación.

• Auxiliar en los programas de capacitación para los prestadores de servicios turísticos del municipio.

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• Realizar las invitaciones a los cursos de capacitación y jornadas turísticas así como el seguimiento a los

mismos. • Difundir las actividades y programas turísticos.

• Elaborar y actualizar periódicamente el catálogo de prestadores de servicios turísticos en el ámbito

municipal. • Capturar los reportes de afluencia turística en el municipio.

• Recabar la información de ocupación hotelera en puentes y días festivos. • Apoyar en la promoción de artesanías y atractivos turísticos del municipio.

• Mantener actualizada la base de datos de los guías de turistas así como la de prestadores de servicios turísticos.

• Elaborar los proyectos en materia turística que sean solicitados por particulares.

• Todas las demás que le sean encomendadas para el buen funcionamiento del departamento.

Se encarga de planear y proporcionar de manera eficiente, oportuna y con calidad los servicios públicos

que presta el Gobierno Municipal a la Sociedad; optimizando los recursos disponibles e involucrando la

participación de la ciudadanía en su previsión, mantenimiento y evaluación. El titular de esta Dirección

tiene las funciones, atribuciones, obligaciones y competencias siguientes:

I. Planear, dirigir y evaluar la organización, prestación y mantenimiento de los servicios públicos de: jardines, mercados, panteones, calles, acopio y procesamiento de la basura, drenaje,

alcantarillado y alumbrado público.

II. Establecer las normas, políticas y procedimientos administrativos de: programación, control, inspección, seguimiento y evaluación de los servicios públicos a cargo del Municipio.

III. Promover esquemas de participación y colaboración de los sectores privado y social para ampliar la cobertura y calidad de los servicios públicos básicos del Municipio.

DIRECTOR DE

SERVICIOS PUBLICOS MUNICIPALES

PRESIDENTE MUNICIPAL

SECRETARIAA

COORDINADOR DE MANTENIMIENTO E INFRAESTRUCTURA

COORDINADOR DE

ASEO PUBLICO

ELECTRICISTAA

AUXILIAR DE ELECTRICISTA B

COORDINADOR DE

LIMPIA

COORDINADOR DE SERVICIO DE LIMPIA

FONTANEROA

PANTEONEROB

INTENDENTEA (7)

INTENDENTEB (4) Herrero

CHOFERC (6)

CHOFERD (2)

PEON DE LIMPIAA (5)

PEON DE LIMPIA B (30)

PEON DE LIMPIAC (20)

PEON DE LIMPIA D (15)

ENCARGADO DE LA UNIDAD DEPORTIVA B

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IV. Fomentar la participación y colaboración ciudadana en la prestación y mantenimiento de los

servicios públicos a cargo del Municipio. V. Organizar y supervisar la prestación de los servicios de: iluminación, limpieza, pintura, sanitarios,

excavación de fosas y agua potable que se requieren para el adecuado funcionamiento de los

panteones municipales. VI. Programar y dar mantenimiento a las redes primarias del drenaje pluvial y sanitario en las

principales localidades del municipio. I. Las demás que le confiera el Presidente Municipal, el Ayuntamiento, las leyes y los reglamentos, en

el ámbito de su competencia.

Se encarga de planear y proporcionar de manera eficiente, oportuna y con calidad los servicios públicos

que presta el Gobierno Municipal a la Sociedad; optimizando los recursos disponibles e involucrando la

participación de la ciudadanía en su previsión, mantenimiento y evaluación

VII. Planear, dirigir y evaluar la organización, prestación y mantenimiento de los servicios públicos de: jardines, mercados, panteones, calles, acopio y procesamiento de la basura, drenaje,

alcantarillado y alumbrado público. VIII. Establecer las normas, políticas y procedimientos administrativos de: programación, control,

inspección, seguimiento y evaluación de los servicios públicos a cargo del Municipio. IX. Promover esquemas de participación y colaboración de los sectores privado y social para ampliar

la cobertura y calidad de los servicios públicos básicos del Municipio.

X. Fomentar la participación y colaboración ciudadana en la prestación y mantenimiento de los servicios públicos a cargo del Municipio.

XI. Organizar y supervisar la prestación de los servicios de: iluminación, limpieza, pintura, sanitarios, excavación de fosas y agua potable que se requieren para el adecuado funcionamiento de los

panteones municipales. XII. Programar y dar mantenimiento a las redes primarias del drenaje pluvial y sanitario en las

principales localidades del municipio.

II. Las demás que le confiera el Presidente Municipal, el Ayuntamiento, las leyes y los reglamentos, en el ámbito de su competencia.

Coordinación de Mantenimiento e Infraestructura:

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Programar y realizar de manera oportuna y eficiente, el mantenimiento de la infraestructura de

Servicios Públicos a cargo del Municipio.

I. Con base en las prioridades existentes, dar mantenimiento preventivo y correctivo a: plazoletas,

jardines, paradores, mercados, auditorios, espacios culturales y deportivos, así como de las

luminarias del alumbrado público municipal. II. Programar, ejecutar y supervisar el mantenimiento de guarniciones y bancas públicas; así como:

poda de árboles; aseo de plazoletas, monumentos, fachadas públicas, paradores y kioscos. III. Realizar estudios de aprovechamiento de luminarias, así como campañas sociales para el uso

óptimo y el ahorro de energía eléctrica. IV. Fomentar, en coordinación con las áreas e instancias involucradas, la participación ciudadana en

la revisión y mantenimiento de la infraestructura de servicios públicos a cargo del municipio.

V. Las demás que le confiera el Presidente Municipal, el Ayuntamiento, el Director de Servicios Públicos Municipales, las leyes y los reglamentos, en el ámbito de su competencia.

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Coordinar y prestar de manera programada, oportuna y eficiente el servicio público de limpia, así como

el de: recolección, acopio, traslado y confinamiento de la basura.

I. Programar, ejecutar y supervisar el servicio público de limpia en: plazoletas, jardines, mercados,

auditorios y espacios deportivos a cargo del Municipio. II. Programar y coordinar los servicios de: recolección, acopio, traslado y confinamiento de la basura

en la cabecera y centros urbanos de las Delegaciones del municipio. III. Elaborar los informes estadísticos relativos a la prestación de los servicios públicos municipales a

su cargo.

III. Las demás que le confiera el Presidente Municipal, el Ayuntamiento, el Director de Servicios Públicos Municipales, las leyes y los reglamentos, en el ámbito de su competencia.

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Es la encargada de planear, dar seguimiento y evaluar estrategias de fomento y apoyo a la educación y la

cultura, con la participación organizada y comprometida de la Sociedad.

I. Impulsar esquemas y procesos institucionales que fortalezcan la participación de los sectores público, social y privado, en la integración de diagnósticos educativos y culturales del ámbito municipal.

II. Promover y difundir, en coordinación con organismos del sector público, social y privado, los programas y proyectos encaminados a la detección, desarrollo y difusión de la educación y la cultura del

municipio.

III. Promover con las dependencias federales y estatales implicadas, así como las organizaciones sociales comunitarias, las tradiciones y costumbres, así como el rescate de espacios con valor cultural y

artístico. IV. Fortalecer la participación ciudadana en los Consejos de Participación Social, para realizar los

programas y proyectos educativos y culturales con criterios de prioridad, pertinencia, factibilidad e impacto social.

V. Establecer convocatorias y procedimientos para otorgar subvenciones y apoyos a creadores

individuales, grupos de artistas, artesanos y grupos de la sociedad civil. VI. Formular la normatividad para la organización y funcionamiento de las Casas de la Cultura de la red

de Bibliotecas y de los Centros Comunitarios de Aprendizaje en las Delegaciones Municipales. VII. Dirigir, dar seguimiento y evaluar la administración y desarrollo de los programas de trabajo, a cargo

de las Casas de la Cultura, de la red de Bibliotecas y de los Centros Comunitarios de Aprendizaje del Municipio.

VIII. Recibir y registrar las solicitudes que se realicen a las Casas de la Cultura para la programación y

realización de eventos en los que intervenga el personal a su cargo. IX. Promover a través de los Museos Comunitarios, investigaciones y exposiciones permanentes sobre las

tendencias históricas y socio-culturales de las comunidades humanas en el municipio. X. Fomentar la profesionalización del personal a su cargo, a través de cursos de actualización técnica,

artística y pedagógica.

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XI. Proponer y poner a consideración del Presidente Municipal, los proyectos de convenios o acuerdos de

colaboración interinstitucional en materia de educación y cultura. XII. Las demás que le confiera el Presidente Municipal, el Ayuntamiento, las leyes y los reglamentos, en

el ámbito de su competencia.

SUBCOORDINACIÓN DE CULTURA:

La Coordinación de Cultura es la encargada de coordinar y apoyar la implementación de programas

institucionales encaminados a la promoción, gestión y fomento a la cultura; que contribuyan al desarrollo

de capacidades y la diversificación de espacios públicos, así como a la preservación de las tradiciones y

manifestaciones culturales de las comunidades y grupos de la sociedad.

I. Elaborar, con base en un diagnóstico de necesidades, un programa Cultural cuyo propósito sea el

rescate, preservación y difusión de la cultura y la historia del municipio; y someterlo al director del

Instituto para su aprobación. II. Promover la creación, rescate, conocimiento y valoración del quehacer literario de los pobladores del

municipio. III. Coordinar, dar seguimiento, supervisar y controlar el desarrollo de los programas pedagógicos que se

implementen en las Casas de la Cultura del municipio. IV. Realizar el registro, conservación y difusión del Patrimonio Cultural del municipio.

V. Coordinar la organización y los programas de trabajo de los Museos Comunitarios, en el municipio.

VI. Participar en la integración de Programa Operativo Anual del Instituto. VII. Las demás que le confiera el Presidente Municipal, el Ayuntamiento, las leyes y los reglamentos, en

el ámbito de su competencia.

Auxiliar de Casa de la Cultura Llevar el control de las finanzas a cargo de esta dirección.

• Elaborar los oficios para el trámite y comprobación de Finanzas. • Informe de las actividades que se llevan a cabo.

• Archivo visual de los eventos realizados. • Colaborar con las diversas actividades que designe el Director.

• Atender y apoyar en sus peticiones a las personas que acuden a esta Dirección.

• Asistente del Director en las actividades que desempeña. • Realización de cursos de Papiroflexia y experimentos científicos en las escuelas primarias del Municipio.

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La cultura es el conjunto de todas las formas, modelos o patrones implícitos o explícitos, a través de los

cuales una sociedad regula el comportamiento de las personas que la conforman, incluyendo costumbres, practicas, códigos, normas y reglas de la manera de ser, dando seguimiento y evaluando las estrategias

de participación de todos los habitantes de nuestro municipio y desea implementar más el arraigo de nuestras costumbres y tradiciones.

• Impulsar esquemas y procesos institucionales que fortalezcan la participación de los sectores público, social y privado, en la integración del diagnóstico y programas educativos y culturales.

• Promover con las áreas y dependencias federales, estatales y organizaciones sociales, programas y proyectos para la mejor comprensión, eficaz prevención y combate permanente al fenómeno de las

adicciones. • Coadyuvar a rescate, preservación y difusión de la cultura e historia del municipio

• Proponer proyectos, convenios o acuerdos de colaboración en materia de educación y cultura.

• Proponer el proyecto de reglamento en materia de participación social municipal. • Formular el programa trianual, los programas operativos anuales y los programas especiales en materia

de desarrollo sociocultural del Municipio. • Coordinar, fomentar y ejercer acciones tendientes a fortalecer la educación y cultura.

• Formular y coordinar con las áreas implicadas, los proyectos orientados al rescate, preservación y

difusión local, nacional e internacional, de los valores, tradiciones autóctonas, costumbres y cultura del Municipio.

• Apoyar a las autoridades educativas estatales y federales para el desarrollo y fortalecimiento de los programas educativos en sus diversos niveles.

• Integrar programas y difundir calendarios mensuales y semanales para la realización de festividades y verbenas en las comunidades, barrios y colonias populares del Municipio.

• Promover programas culturales para los habitantes de todas las edades.

Bibliotecaria A y B

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Es el responsable de promover la lectura en las diferentes instituciones educativas y a la sociedad

Landense, así como organizar, preservar su acervo bibliográfico y gestionar con las autoridades estatales y municipales las necesidades de la biblioteca.

Es el responsable de promover la lectura en las diferentes instituciones educativas y a la sociedad Landense así como organizar, preservar su acervo bibliográfico y gestionar con las autoridades estatales y

municipales las necesidades de la biblioteca. • Gestionar e informar ante la Coordinación Estatal de Bibliotecas, actividades relacionadas con la

biblioteca. • Informar al director periódicamente sobre el desarrollo y resultados de actividades realizadas.

• Cubrir al personal bibliotecario en días y horarios que por cuestiones personales o de salud no se

pueden presentar a laborar. • Coordinar a los compañeros bibliotecarios para asistir a capacitaciones y actualizarnos, para dar un

mejor servicio a los usuarios. • Promover los servicios de la biblioteca a toda la Sociedad en general y en Instituciones Públicas.

• Dar visitas guiadas a los grupos escolares. • Asistir a capacitaciones para el uso adecuado de la biblioteca, que la dirección general de bibliotecas

nos otorga.

• Coordinar y realizar actividades de fomento a la lectura • Coordinar que el espacio este limpio, que el acervo bibliográfico estén en buen estado y de forma

ordenada. • Registro préstamo a domicilio, elaboración de credenciales, colocación de libros la estantería y

reparación de libros • Coordinar y realizar cursos de verano.

Instructor de Danza Folklorica Promover y enseñar los bailes tradicionales y representativos de la región.

• Presentar a sus superiores el programa de actividades del taller.

• Dar seguimiento a los objetivos propuestos por la coordinación y Dirección.

• Mantener en buen estado el vestuario. • Respetar los horarios en los que se imparte el taller.

• Informar a sus superiores sobre los resultados o problemática del taller. • Coordinarse con otras instancias para la realización y participación en eventos.

• Promover la participación de la ciudadanía en el curso de danza. • El instructor se responsabiliza del vestuario.

INSTRUCTOR DE MANUALIDADES

Impartir cursos de diseño de artículos de artesanía de manera profesional y responsable.

• Presentar a sus superiores e interesados el programa de actividades del taller. • Dar seguimiento a los objetivos propuestos por la Coordinación y Dirección.

• Mantener en buen estado los materiales y equipo disponible.

• Respetar los horarios en los que se imparte el taller. • Informar a sus superiores sobre los resultados o problemática del taller.

• Coordinarse con otras instancias para la realización y participación en eventos. • Promover la participación de la ciudadanía en el taller de manualidades.

• Realizar inventarios para mantener el almacén de materiales y equipo con todo lo necesario para llevar a cabo las actividades.

• La instructora se hace responsable de participar en exposiciones y se responsabiliza de sus trabajos

manuales. INSTRUCTOR DE MÚSICA.

Impartir cursos tendientes a la enseñanza de instrumentos musicales de origen romántico.

• Presentar a sus superiores e interesados el programa de actividades del taller.

• Dar seguimiento a los objetivos propuestos por la Coordinación y Dirección.

• Mantener en buen estado los instrumentos musicales con los que cuenta. • Respetar los horarios en los que se imparte el taller.

• Informar a sus superiores sobre los resultados o problemática del taller. • Coordinarse con otras instancias para la realización y participación en eventos.

• Promover la participación de la ciudadanía en el curso.

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• El instructor se responsabiliza de los instrumentos musicales con los que trabaja.

DIRECTOR DE CASA DE LA CULTURA AGUA ZARCA

Lleva a cabo las diferentes actividades culturales en el ámbito municipal, a través de eventos públicos y

talleres que ofrece la casa de la cultura.

• Administra representa y proyecta al Centro Cultural o Casa Municipal de la Cultura.

• Procura la optimización e incremento de los recursos económicos, físico y humanos con que cuente. • Participa en las diferentes reuniones que se vinculen con el quehacer cultural, artístico, plástico y el

desarrollo en beneficio del Centro Cultural o Casa Municipal de Cultura en su Municipio. • Presentar su programa anual de actividades de acuerdo al plan de desarrollo.

• Gestionar ante el Municipio y otras instancias los apoyos necesarios para el desempeño de las labores del Centro Cultural o Casa Municipal de la Cultural.

• Para la realización de sus funciones el coordinar tendrá todas las facultades y atribuciones inherentes a

su cargo. • Coordinar a los diferentes instructores en la realización de sus distintos cursos o capacitaciones.

• Coordinarse con otras direcciones o subdirecciones para la realización de eventos culturales. • Entregar informe de actividades a sus superiores.

• Apoyar en eventos culturales que organiza su jefe directo.

SECRETARIA G:

Cubrirá todas las funciones de su competencia y apoyar a la coordinador (a) en todas sus actividades y

acciones.

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• Realizar inscripciones. • Brinda atención al alumnado y ciudadanía cuando lo requiere.

• Elaborar lista de asistencia de los alumnos.

• Elaborar control de asistencia de los maestros. • Elaborar credenciales y reconocimientos cuando sean requeridos.

• Elaborar informes tanto mensual como anual. • Elaborar constancias.

• Todo lo relacionado al archivo y elaboración de oficios y vales (documentación). • Organizar reuniones cuando sean requeridas por la coordinación o en conjunto con dirección.

• Apoyar en todas las actividades culturales que realice la coordinación.

INTENDENTE

Sus funciones son: • Debe cumplir con los horarios establecidos que le asignen.

• Mantener limpio y en buen estado el edificio y sus instalaciones, aparatos y bienes materiales con los que cuenta.

• Reportar a la Dirección cualquier anomalía que observe o detecte para prevenir o reparar.

• Espacios a su cargo, etc.

Bibliotecaria B y D

Es el responsable de promover la lectura en las diferentes instituciones educativas y a la sociedad

Landense, así como organizar, preservar su acervo bibliográfico y gestionar con las autoridades estatales y municipales las necesidades de la biblioteca.

Es el responsable de promover la lectura en las diferentes instituciones educativas y a la sociedad

Landense así como organizar, preservar su acervo bibliográfico y gestionar con las autoridades estatales y municipales las necesidades de la biblioteca.

• Gestionar e informar ante la Coordinación Estatal de Bibliotecas, actividades relacionadas con la

biblioteca. • Informar al director periódicamente sobre el desarrollo y resultados de actividades realizadas.

• Cubrir al personal bibliotecario en días y horarios que por cuestiones personales o de salud no se pueden presentar a laborar.

• Coordinar a los compañeros bibliotecarios para asistir a capacitaciones y actualizarnos, para dar un mejor servicio a los usuarios.

• Promover los servicios de la biblioteca a toda la Sociedad en general y en Instituciones Públicas.

• Dar visitas guiadas a los grupos escolares. • Asistir a capacitaciones para el uso adecuado de la biblioteca, que la dirección general de bibliotecas

nos otorga. • Coordinar y realizar actividades de fomento a la lectura

• Coordinar que el espacio este limpio, que el acervo bibliográfico estén en buen estado y de forma ordenada.

• Registro préstamo a domicilio, elaboración de credenciales, colocación de libros la estantería y

reparación de libros • Coordinar y realizar cursos de verano.

Director de Casa de la Cultura Tilaco.

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Lleva a cabo las diferentes actividades culturales en el ámbito municipal, a través de eventos públicos y

talleres que ofrece la casa de la cultura.

• Administra representa y proyecta al Centro Cultural o Casa Municipal de la Cultura. • Procura la optimización e incremento de los recursos económicos, físico y humanos con que cuente.

• Participa en las diferentes reuniones que se vinculen con el quehacer cultural, artístico, plástico y el desarrollo en beneficio del Centro Cultural o Casa Municipal de Cultura en su Municipio.

• Presentar su programa anual de actividades de acuerdo al plan de desarrollo.

• Gestionar ante el Municipio y otras instancias los apoyos necesarios para el desempeño de las labores del Centro Cultural o Casa Municipal de la Cultural.

• Para la realización de sus funciones el coordinar tendrá todas las facultades y atribuciones inherentes a su cargo.

• Coordinar a los diferentes instructores en la realización de sus distintos cursos o capacitaciones. • Coordinarse con otras direcciones o subdirecciones para la realización de eventos culturales.

• Entregar informe de actividades a sus superiores.

• Apoyar en eventos culturales que organiza su jefe directo.

Instructor de Teatro. Impartir clase de teatro de manera profesional y responsable.

• Impartir clase en los horarios establecidos. • Presentar a sus superiores e interesados el programa de actividades del taller.

• Dar seguimiento a los objetivos propuestos por la coordinación y dirección. • Tener a su cargo el grupo de teatro de la casa de la cultura.

• Coordinar los eventos en los que participe el grupo de teatro.

• Mejorar con nuevas técnicas el desempeño del taller de teatro. • Informar a sus superiores acerca de los resultados obtenidos en su taller.

• Promover la participación de la ciudadanía en el aprendizaje del taller.

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Centro Cultural de Neblinas

Promover y enseñar los bailes tradicionales y representativos de la región.

• Presentar a sus superiores el programa de actividades del taller.

• Dar seguimiento a los objetivos propuestos por la coordinación y Dirección. • Mantener en buen estado el vestuario.

• Respetar los horarios en los que se imparte el taller. • Informar a sus superiores sobre los resultados o problemática del taller.

• Coordinarse con otras instancias para la realización y participación en eventos. • Promover la participación de la ciudadanía en el curso de danza.

• El instructor se responsabiliza del vestuario.

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Preservar y garantizar las libertades y derechos de las personas, el orden y la paz públicos, la seguridad

pública y el tránsito vehicular, en el territorio de este municipio, en base a las leyes, reglamentos, planes

y programas establecidos.

I. Formular el programa de Seguridad Pública y Tránsito Municipal de acuerdo a lo establecido en el Plan

Estatal de Desarrollo, Plan Municipal de Desarrollo y el Programa Estatal de Seguridad Publica, en el que deben considerarse las estrategias, indicadores y recursos necesarios para el año en cuestión, así como

formular y dirigir los planes y programas en materia de Seguridad Pública y Tránsito, fortaleciendo la

participación directa y permanente de la ciudadanía en su diseño, ejecución y evaluación. II. Impulsar la participación del cuerpo de Seguridad Pública y Tránsito del Municipio en los programas

de Profesionalización, de manera coordinada con las instancias Estatales y Federales competentes. III. Ejecutar los acuerdos y las disposiciones que en uso de sus facultades dicte el Ayuntamiento y el

Presidente Municipal, relacionados con la materia de su competencia, así como las recomendaciones

emitidas por el Consejo Estatal de Seguridad Publica o el Consejo Municipal de Seguridad Publica. IV. Proponer las políticas, normas y procedimientos para el eficaz funcionamiento de los cuerpos de

Seguridad Pública y Tránsito de este Municipio. V. Emitir opinión técnica respecto al mejoramiento de los planes y programas de Seguridad Pública y

Tránsito municipal que promuevan el gobierno Estatal y Federal. VI. Derogada. (P. O. No. 17, 5-IV-13)

VII. Diseñar e implementar programas de información, vigilancia y denuncia ciudadana, relativos a las

materias de su competencia. VIII. Participar en la formulación, seguimiento y evaluación del Plan Municipal de Desarrollo.

IX. Preservar y garantizar el orden, la seguridad pública y el tránsito vehicular, en el territorio de este municipio, en base a las leyes, reglamentos, planes y programas relacionados con la materia y

establecidos. X. Ejecutar los programas y acciones diseñadas para garantizar la Seguridad Pública y Tránsito

Municipal y la prevención de delitos en este Municipio.

XI. Coordinar, supervisar, organizar, operar y controlar el adecuado y eficiente desempeño de todos y cada uno de los agentes de policía y tránsito municipal y de todo el personal adscritos a esta Dirección de

Seguridad Pública y Tránsito Municipal, así como vigilar que la actuación de los mandos y elementos del personal operativo adscritos a esta Dirección se ejecute con pleno sentido de responsabilidad, eficiencia,

profesionalismo, honradez y bajo el principio de legalidad.

DIRECTOR DE

SEGURIDAD PUBLICA Y TRANSITO MUNICIPAL

PRESIDENTE MUNICIPAL

COMANDANTE

OPERATIVO

SUBCOMANDANTE

ADMINISTRATIVO

AGENTE DE POLICIA Y TRANSITO MUNICIPAL

(43)

SUPERVISOR DE C4

COORDINADOR

DE PROTECCION CIVIL

ELEMENTO DE PROTECCION

CIVIL (A)

ELEMENTO DE PROTECCION

CIVIL (B)

ELEMENTO DE PROTECCION

CIVIL 3(C)

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XII. Efectuar en los términos y condiciones previstos por las leyes, los reglamentos y disposiciones

legales en la materia, la detención de personas que violen el Bando de Policía y Gobierno Municipal vigente en este Municipio o el Reglamento de Policía y Buen Gobierno del Municipio de Landa de

Matamoros, Qro., o que sean descubiertas en flagrante delito, poniéndolas a disposición inmediata de la

autoridad competente. Tanto las funciones, atribuciones y obligaciones mencionadas en esta fracción, como las señaladas en la

fracción IX de este artículo, también las ejercerán el Subdirector de Seguridad Publica y Transito, Jefes

de Sector, responsables de turno, los elementos o agentes de policía y tránsito, todos adscritos a la

Dirección de Seguridad Publica y Transito de este Municipio.

XIII. Instrumentar con la participación organizada y apoyo de la ciudadanía, así como de las autoridades auxiliares municipales, un programa de seguridad preventiva en delegaciones,

subdelegaciones, barrios y localidades de este municipio.

XIV. Promover y programar en base al diagnóstico correspondiente, la capacitación técnica y práctica del personal que integra el cuerpo de Seguridad Publica y Transito de este Municipio, a efecto de

fortalecer sus competencias y desarrollo profesional. XV. Coordinar la aplicación y mejora del programa de Policía y Tránsito Municipal.

XVI. Supervisar el desempeño del cuerpo de Policía y Tránsito Municipal. XVII. Aplicar las sanciones por infracciones o violaciones cometidas al Reglamento de Tránsito de este

Municipio o a la Ley de Tránsito del Estado de Querétaro; turnándolas a la Tesorería Municipal de este

Municipio, para su registro y el correspondiente cobro de las multas impuestas. XVIII. Efectuar el registro sistematizado de las infracciones cometidas por los particulares al Reglamento

de Tránsito de este Municipio o a la Ley de Tránsito del Estado de Querétaro, así como de los accidentes de tránsito vehicular que ocurran en el territorio municipal.

XIX. Programar en base al diagnóstico correspondiente, la capacitación del personal que integra el cuerpo de Policía y Tránsito Municipal, así como mediante acciones encaminadas al desarrollo profesional

en su Puesto y Área de trabajo.

XX. Conocer del estado que guardan las armas, vehículos, equipo y demás instrumentos técnicos necesarios para el cumplimiento de las funciones de la Dirección y de todo el personal adscrito a ella,

procurando su debido uso y mantenimiento. XXI. Vigilar que la presentación de personas detenidas por el Director de esta Dirección, por el

Subdirector de Seguridad Publica y Transito, por el Jefe o Jefes de Sector, por los responsables de turno, por alguno o algunos de los elementos o agentes de policía y tránsito, todos adscritos a esta Dirección, se

realice con apego a la legalidad, garantizando en todo momento el respeto a los derechos humanos.

XXII. Determinar los cambios de adscripción de los elementos o agentes de Policía y Tránsito Municipal, de los responsables de turno y, jefes de sector de esta dirección, atendiendo a las políticas internas y a las

necesidades en la prestación del servicio. XXIII. Asignar las jornadas de servicio, rol de vacaciones, horarios y periodos de descanso para todo el

personal adscrito a esta Dirección. XXIV. Aplicar las directrices que conforme a sus atribuciones expresas dicten las autoridades federales,

estatales y municipales para la prestación del servicio, coordinación, funcionamiento, normatividad

técnica y disciplina de la corporación. XXV. Integrar la estadística delictiva y efectuar la supervisión de las acciones de seguridad pública y

tránsito municipal, por sí o a través del funcionario que él designe. XXVI. Rendir al Presidente Municipal un parte de novedades diario de los acontecimientos sucedidos en

el Municipio dentro del ámbito de su competencia. XXVII. Aplicar las normas y políticas relacionadas con la evaluación, depuración, ingreso, capacitación,

profesionalización, desarrollo y sanción del personal que desempeña funciones de seguridad pública y

tránsito municipal. XXVIII. Imponer las sanciones de amonestación o arresto al Subdirector de Seguridad Pública y Tránsito,

Jefes de Sector, a los elementos o Agentes de Policía y Tránsito y, responsables de turno, todos adscritos a esta Dirección, por infracciones o violaciones al Reglamento de Tránsito de este Municipio, a la Ley de

Tránsito del Estado de Querétaro, al o los Reglamentos en la materia y, a las disposiciones legales de la

materia, en el ámbito de su competencia. XXIX. Ejecutar los programas y acciones diseñadas para garantizar la seguridad pública y tránsito de

este municipio y la prevención de delitos en esta Municipalidad. XXX. Instrumentar acciones de modernización de la infraestructura, equipo y recursos técnicos.

XXXI. Informar al Consejo Estatal de Seguridad Publica de los movimientos de altas y bajas del personal operativo, así como de vehículos, armamentos, municiones y equipo de las Corporaciones de Policía, para

efectos de coordinación con el Sistema Nacional de Seguridad Publica.

XXXII. Denunciar oportunamente ante las autoridades competentes el extravío o robo de armamento a su cargo, y comunicar de inmediato estos hechos a la Secretaria de Seguridad Ciudadana y al Consejo

Estatal de Seguridad Publica, para todos los efectos legales correspondientes. XXXIII. Promover y gestionar ante las instancias y autoridades competentes, la obtención de licencias

para portación de armas de fuego del Subdirector de Seguridad Publica y Transito, Jefes de Sector,

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Responsables de Turno, Agentes de Policía y Tránsito y de cualquier Agente, elemento o personal adscrito

a esta Dirección que de acuerdo a sus funciones inherentes que le son propias, la requiera. XXXIV. Proporcionar al Consejo de Seguridad Publica los informes que le sean solicitados.

XXXV. Auxiliar a las autoridades estatales y federales cuando sea requerido para ello.

XXXVI. Ordenar la liberación de vehículos detenidos dentro del depósito municipal cuando haya un mandato de autoridad competente.

XXXVII. Las demás que le encomienden, otorguen o concedan el Presidente Municipal y el Ayuntamiento, así como las leyes, reglamentos o disposiciones legales relacionados con la materia.

Comandante Operativo

Brindar tranquilidad y seguridad a todos los ciudadanos, tanto en su integridad física como en su

patrimonio y coordinar al personal operativo de tránsito municipal para el adecuado desempeño de sus funciones.

• Coordinar y supervisar los servicios de vigilancia que realice el personal bajo sus órdenes. • Auxiliar al Director en las actividades que desempeña.

• Vigilar que el personal bajo su mando acuda puntualmente a todos los actos de servicio, debidamente uniformado y con el equipo necesario para realizar sus funciones.

• Procurar la formulación oportuna de los partes informativos y partes de accidentes que rindan los elementos a su mando, responsabilizándose de la canalización adecuada de dichos documentos.

• Informar de manera inmediata al Director de Seguridad Pública y Tránsito Municipal de los hechos

consignados en los partes informativos o de accidentes que por su naturaleza o gravedad lo ameriten, procurando el envío de la documentación y pruebas correspondientes, en un plazo de 24 horas, después

de realizado el informe. • Procurar que el mobiliario y equipo asignado a las jefaturas a su cargo, sea utilizado de manera

exclusiva en comisiones de servicio y se le mantenga en las mejores condiciones de operación. • Entregar a los Policías Preventivos los uniformes, armas, municiones y equipo diverso.

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• Realizar recorridos periódicos para verificar que los elementos se encuentren en su puesto.

• Imponer sanciones a sus subordinados en los términos establecidos en las Leyes y Reglamentos correspondientes.

• Resolver las quejas que le presente el personal a su mando y turnar a los superiores las que no sean de

su competencia. • Coadyuvar en la planeación de las actividades inherentes al Tránsito Municipal, proponiendo las

medidas técnicas, administrativas y operativas para optimizar el desarrollo de las funciones de la corporación.

• Coordinarse con las autoridades correspondientes para el mantenimiento del orden y observancia de la seguridad pública en la jurisdicción Municipal.

• Elaborar los roles de servicio.

Administrativo Recibir los asuntos relacionados con la Dirección de seguridad pública y tránsito municipal

Sus funciones son: • Atender las llamadas telefónicas.

• Recibir, archivar y dar seguimiento a la documentación relacionada con la dirección.

• Turnar con el área correspondiente, las peticiones de la ciudadanía que acude a la dirección. • Elaborar oficios para trámites administrativos y darles seguimiento.

• Elaborar y turnar para su revisión el reporte de horas extras de los elementos de Seguridad Publica. • Elaborar el reporte diario de novedades para conocimiento del Presidente Municipal, previa revisión del

Director. • Llevar el control de la papelería y proporcionarla a quién lo requiera.

• Preparar reuniones y organizar la agenda del Director

Supervisor de C4

Sus funciones son: • Coordinar la telefonía de emergencias y ayudar a la ciudadanía a realizar un reporte, lo más claro y

preciso. • Canalizar los servicios de emergencia de acuerdo al reporte.

• Retransmitir las órdenes de los mandos jerárquicos al personal señalado.

• Elaborar bitácora de servicios para control de personal. • Elaborar, organizar y archivar, los oficios y demás documentación que derive de Las actividades

correspondientes de la Dirección.

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Velar por los asuntos relacionados con el tránsito y vialidad, procurando que la ciudadanía y los

automovilistas se ajusten a las normas establecidas, a fin de que en el Municipio de Landa de Matamoros, Querétaro, exista orden y respeto vial y de peatones.

• Cumplir y hacer cumplir la normatividad en la materia.

• Efectuar el servicio en el lugar o zona que al efecto haya sido señalado por su superior jerárquico. • Responder por la conservación, custodia y mantenimiento de los inmuebles, instalaciones, vehículos y

enseres que reciba para su guardia.

• Mantener actualizada la base de datos para el control de los documentos del área. • Atender, informar y orientar al público sobre todo lo relacionado con las funciones del departamento.

• Recibir de los Policías los reportes de actas de infracción elaborados y partes de accidentes e informativos.

• Ejercer vigilancia de la circulación de vehículos y peatones. • Intervenir en la investigación de los hechos de tránsito.

DE LA COORDINACIÓN DE PROTECCIÓN CIVIL

Organizar y coordinar las tareas de prevención y auxilio a la población en casos de siniestro y desastre, a

efecto de dar seguridad a las personas y a sus familias.

I. Coordinar la ejecución y seguimiento del Plan Municipal de Protección Civil.

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II. Coordinar con organismos estatales y federales las acciones de prevención y capacitación relativas al

Plan Municipal de Protección Civil.

III. Verificar e inspeccionar periódicamente los registros de seguridad que deben cumplir los comercios,

industrias, centros educativos y recreativos, así como aquellas instalaciones que por su naturaleza requieran garantizar estándares de seguridad, tanto para los usuarios como para la población.

IV. Llevar a cabo visitas de inspección, levantando en su caso, las actas correspondientes y reportándolos, a efecto de determinar por el Ayuntamiento, las medidas que legalmente procedan.

V. Promover la cooperación y solidaridad de la comunidad, a través de la organización del trabajo de grupos voluntarios antes, durante y después de situaciones de emergencia.

VI. Las demás que le encomiende el Secretario del Ayuntamiento, el Ayuntamiento, con base en las normas y demás disposiciones administrativas aplicables.

Decreto por el que se crea el Sistema Municipal para el Desarrollo Integral de la Familia (DIF)