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Órgano de Difusión del Gobierno del Distrito Federal
DÉCIMA OCTAVA ÉPOCA 31 DE AGOSTO DE 2015 No. 166 TOMO I
Í N D I C E
ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DEL DISTRITO FEDERAL
Secretaría de Finanzas
Aviso por el cual se da a conocer el Manual Administrativo de la Secretaría de Finanzas, con
Número de Registro MA-25/240715-D-SF-17/2013 3
Aviso 350
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2 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 31 de Agosto de 2015
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ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DEL DISTRITO FEDERAL
SECRETARÍA DE FINANZAS
LIC. EDGAR ABRAHAM AMADOR ZAMORA, Secretario de Finanzas, con fundamento en el artículo 30 de la Ley
Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal, 11 de la Ley de Procedimiento Administrativo del Distrito
Federal, 18 y Noveno Transitorio, este último de fecha 28 de diciembre de 2000, del Reglamento Interior de la
Administración Pública del Distrito Federal, numeral 2.4.6.7 de la “Circular Contraloría General para el Control y
Evaluación de la Gestión Pública; el Desarrollo, Modernización, Innovación y Simplificación Administrativa, y la Atención
Ciudadana en la Administración Pública del Distrito Federal”, publicada en la Gaceta Oficial del Distrito Federal de fecha
25 de enero de 2011 y de conformidad con el Dictamen 17/2013 vigente a partir del 01 de diciembre de 2013 y registro
MA-25/240715-D-SF-17/2013, emitidos por la Oficialía Mayor, emito el siguiente:
AVISO POR EL CUAL SE DA A CONOCER EL MANUAL ADMINISTRATIVO DE LA
SECRETARÍA DE FINANZAS, CON NÚMERO DE REGISTRO MA-25/240715-D-SF-17/2013
CONTENIDO
I. Marco Jurídico de Actuación
II. Atribuciones
III. Misión, Visión y Objetivos Institucionales
IV. Organigrama de la Estructura Básica
V. Organización y Procedimientos
Oficina de la Secretaría de Finanzas
Organigrama específico
Misión, Objetivos y Funciones del puesto
Procedimientos
Subsecretaría de Egresos
Organigrama específico
Misión, Objetivos y Funciones del puesto
Procedimientos
Tesorería del Distrito Federal
Organigrama específico
Misión, Objetivos y Funciones del puesto
Procedimientos
Procuraduría del Distrito Federal
Organigrama específico
Misión, Objetivos y Funciones del puesto
Procedimientos
Dirección General de Informática
Organigrama específico
Misión, Objetivos y Funciones del puesto
Procedimientos
Subsecretaría de Planeación Financiera
Organigrama específico
Misión, Objetivos y Funciones del puesto
Procedimientos
Unidad de Inteligencia Financiera en el Distrito Federal
Organigrama específico
Misión, Objetivos y Funciones del puesto
Procedimientos
VI. Glosario
VII. Aprobación del Manual Administrativo
I. Marco Jurídico de Actuación
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Constitución
1. Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos Promulgada el 05 de febrero de 1917. Última reforma
publicada en el Diario Oficial de la Federación el 10 de julio de 2015.
Estatuto
2. Estatuto de Gobierno del Distrito Federal, Publicado en el Diario Oficial de la Federación del 26 de Julio de 1994.
Última reforma publicada el 27 de junio de 2014.
Leyes
3. Ley Aduanera, publicada el 15 de diciembre de 1995 en el Diario Oficial de la Federación. Última reforma publicada
el 29 de diciembre de 2014.
4. Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, publicada en el Diario Oficial de la Federación
el 4 de enero de 2000. Última reforma publicada el 11 de Noviembre de 2014.
5. Ley de Amparo, reglamentaria de los artículos 103 y 107 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos,
publicada en el Diario Oficial de la Federación 02 de abril de 2013. Última reforma publicada 14 de julio de 2014.
6. Ley de Archivos del Distrito Federal, publicada en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 8 de octubre de 2008.
Última reforma publicada el 28 de noviembre de 2014.
7. Ley de Coordinación Fiscal, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 27 de diciembre de 1978. Última
reforma publicada el 11 de agosto de 2014.
8. Ley de Firma Electrónica para el Distrito Federal, publicada en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 4 de
noviembre de 2009. Última reforma publicada el 8 de octubre de 2014.
9. Ley de Fiscalización Superior de la Ciudad de México, publicada en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 9 de julio
de 2014. Última reforma publicada el 24 de junio de 2014.
10. Ley de Ingresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2015, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 13
de noviembre de 2014. Publicación anual.
11. Ley de Ingresos del Distrito Federal para el Ejercicio Fiscal de 2005, publicada en la Gaceta Oficial del Distrito
Federal el 22 de diciembre de 2014. Publicación anual.
12. Ley de Instituciones de Seguros y Fianzas, publicada el 4 de abril de 2013 en el Diario Oficial de la Federación.
Última reforma publicada el 10 de enero de 2014.
13. Ley de Planeación del Desarrollo del Distrito Federal, publicada en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 27 de
enero del 2000. Última reforma publicada el 28 de junio de 2013.
14. Ley de Planeación, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 5 de enero de 1983. Última reforma publicada el
6 de mayo de 2015.
15. Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente del Distrito Federal, publicada en la Gaceta Oficial de Distrito Federal el 31 de
diciembre de 2009. Última reforma publicada el 22 de diciembre de 2014.
16. Ley de Procedimiento Administrativo del Distrito Federal, publicada en la Gaceta Oficial del Distrito Federal 21 de
diciembre de 1995. Última reforma publicada el 28 de noviembre de 2014.
17. Ley de Propiedad en Condominio de Inmuebles para el Distrito Federal, publicada en la Gaceta Oficial del Distrito
Federal el 27 de enero de 2011. Última reforma publicada el 13 de enero de 2015.
18. Ley de Protección de Datos Personales para el Distrito Federal, publicado en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 3
de octubre de 2008. Última reforma publicada el 18 de diciembre de 2014.
19. Ley de Transparencia y Acceso a la Información pública del Distrito Federal, publicada en la Gaceta Oficial del
Distrito Federal el 28 de marzo de 2008. Última reforma publicada el 18 de diciembre de 2014.
20. Ley del Impuesto al Valor Agregado, Publicada en el Diario Oficial de la Federación el 29 de diciembre de de 1978.
Última reforma publicada el 11 de diciembre de 2013.
21. Ley del Impuesto Especial Sobre Producción y Servicios, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 30 de
diciembre de 1980. Última reforma publicada el 11 de diciembre de 2013.
22. Ley del Impuesto Sobre la Renta, Publicada en el Diario Oficial de la Federación el 01 de enero de 2002, publicada en
el Diario Oficial de la Federación el 11 de diciembre de 2013.
23. Ley del Impuesto Sobre Tenencia o Uso de Vehículos. Publicada en el Diario Oficial de la Federación el 30 de
diciembre de 1980. Última reforma publicada el 31 de diciembre de 2008.
24. Ley del Notariado para el Distrito Federal, publicada en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 28 de marzo de 2000.
Última reforma publicada el 18 de diciembre de 2014.
25. Ley del Régimen Patrimonial y del Servicio Público, publicada en el Diario Oficial de de la Federación el 23 de
diciembre de 1996. Última reforma publicada el 27 de enero de 2015.
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26. Ley del Servicio de Administración Tributaria, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 09 de abril de 2012.
27. Ley Federal de Derechos, Diario Oficial de la Federación 31 de diciembre de 1981. Última reforma 30 de diciembre de
2014.
28. Ley Federal de Instituciones de Seguros y Fianzas, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 4 de abril de
2013.
29. Ley Federal de los Derechos del Contribuyente, publicada el 23 de junio de 2005 en el Diario Oficial de la Federación.
30. Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 30 de
marzo de 2006. Última reforma publicada el 11 de agosto de 2014.
31. Ley Federal de Procedimiento Administrativo, publicada el 4 de agosto de 1994. Última reforma publicada el 9 de
abril de 2012.
32. Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo, publicada en el Diario Oficial de la Federación 01 de
diciembre de 2005. Última reforma 24 de diciembre de 2013.
33. Ley Federal de Responsabilidades de los Servidores Públicos, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 31 de
diciembre de 1982. Última reforma publicada el 24 de diciembre de 2013.
34. Ley Federal del Impuesto sobre Automóviles Nuevos, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 30 de
diciembre de 1996. Última reforma publicada el 09 de enero de 2014.
35. Ley General de Contabilidad Gubernamental, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 31 de diciembre de
2008. Última reforma publicada 9 de diciembre de 2013.
36. Ley General de Deuda Pública, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 31 de diciembre de 1976, Última
reforma publicada el 11 de agosto de 2014.
37. Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 27 de agosto de
1932. Última reforma publicada el 13 de junio de 2014.
38. Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 29
de diciembre de 1998. Última reforma publicada en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 23 de junio de 2015.
39. Ley Orgánica del Tribunal Contencioso Administrativo del Distrito Federal, publicada en la Gaceta Oficial del Distrito
Federal el 10 de septiembre de 2009. Última reforma publicada el 28 de noviembre de 2014.
40. Ley para la Celebración de Espectáculos Públicos en el Distrito Federal, publicada en el Diario Oficial de la
Federación el 14 de enero de 1998. Última reforma publicada en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 28 de
noviembre de 2014.
Códigos
41. Código Civil para el Distrito Federal, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 26 de Mayo de 1928. Última
reforma publicada en Gaceta Oficial del Distrito Federal el 10 de marzo de 2015.
42. Código de Procedimientos Civiles para el Distrito Federal, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 21 de
septiembre de 1932. Última reforma publicada en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 02 de junio de 2015.
43. Código de Procedimientos Penales para el Distrito Federal, publicado en la Gaceta Oficial del Distrito Federal 29 de
agosto de 1931. Última reforma publicada el 10 de enero de 2014.
44. Código Fiscal de la Federación, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 31 de diciembre de 1981. Última
reforma publicada el 7 de enero de 2015.
45. Código Fiscal del Distrito Federal, publicado en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 29 de diciembre de 2009.
Última reforma publicada el 29 de enero de 2015.
46. Código Nacional de Procedimientos Penales, publicado en el Diario Oficial de la Federación 05 de marzo de 2014.
Última reforma publicada el 29 de diciembre de 2014.
47. Código Penal para el Distrito Federal, publicado en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 16 de julio de 2002.
Última reforma publicada el 18 de diciembre de 2014.
Reglamentos
48. Reglamento de la Ley Aduanera, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 6 de junio de 1996. Última reforma
publicada el 20 de abril de 2015.
49. Reglamento de la Ley de Adquisiciones para el Distrito Federal, publicado en la Gaceta Oficial del Distrito Federal del
23 de septiembre de 1999, Última reforma publicada el 16 de octubre de 2007.
50. Reglamento de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios al Sector Publico, publicado en el Diario Oficial
de la Federación el 26 de enero de 1990. Última reforma publicada el 28 de julio de 2010.
51. Reglamento de la Ley de Extinción de Dominio para el Distrito Federal, publicado en la Gaceta Oficial del Distrito
Federal del 24 de marzo de 2009. Última reforma publicada el 7 de abril de 2011.
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52. Reglamento de la Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente del Distrito Federal, publicado en la Gaceta Oficial de Distrito
Federal el 8 de marzo de 2010.
53. Reglamento de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública de la Administración Pública del Distrito
Federal, publicado en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 15 de Septiembre de 2008. Última reforma publicada el
25 de noviembre de 2011.
54. Reglamento de la Ley del Impuesto al Valor Agregado, Publicado en el Diario Oficial de la Federación el 4 de
diciembre de 2006. Última reforma publicada el 25 de septiembre de 2014.
55. Reglamento de la Ley del Impuesto Sobre la Renta, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 17 de octubre de
2003. Última reforma publicada el 4 de diciembre de 2006.
56. Reglamento de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, publicado en Diario Oficial de la
Federación el 28 de junio de 2006. Última reforma publicada el 31 de octubre de 2014.
57. Reglamento del Artículo 9º de la Ley de Coordinación Fiscal en Materia de Registro de Obligaciones y Empréstitos de
Entidades Federativas y Municipio, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 15 de octubre de 2001.
58. Reglamento del Artículo 95 de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas, para el Cobro de Fianzas Otorgadas a Favor
de la Federación, del Distrito Federal, de los Estados y de los Municipios, distintas de las que garantizaban
obligaciones fiscales federales a cargo de terceros, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 15 de enero de
1991.
59. Reglamento del Código Fiscal de la Federación, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 2 de abril de 2014.
60. Reglamento Interior de la Administración Pública del Distrito Federal, publicado en la Gaceta Oficial del Distrito
Federal del 28 de diciembre de 2000. Última reforma publicada el 19 de noviembre de 2014.
61. Reglamento Interior del Servicio de Administración Tributaria, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 22
de octubre de 2010. Última reforma publicada el 30 de diciembre de 2013.
Reglas
62. Reglas Generales de Comercio Exterior para 2015 y su Anexo 22, publicadas en el Diario Oficial de la Federación el
07 de abril de 2015; Anexos Glosario de definiciones y acrónimos, 4, 7, 8, 9, 10, 11, 12, 15, 16, 17, 19, 21, 23, 24, 25,
26, 27, 28, 29, 30 y 31 de las Reglas Generales de Comercio Exterior para 2015, publicados el 16 de abril de 2015;
Anexo 1 de las Reglas Generales de Comercio Exterior para 2015, publicado el 17 de abril de 2015; Primera
Resolución de Modificaciones a las Reglas Generales de Comercio Exterior para 2015 y sus anexos Glosario de
Definiciones y Acrónimos, 1, 4, 22 y 27 publicada el 05 de junio de 2015. Publicación Anual.
63. Reglas de carácter general para determinar la participación de la Administración Pública del Distrito Federal en
Proyectos de Coinversión, publicadas en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 10 de abril de 2009.
64. Reglas de carácter general relativas a la Autorización de Sistemas Electrónicos Alternos de Control, para la Emisión de
Boletos de Espectáculos Públicos que se Realicen en el Distrito Federal, publicadas en la Gaceta Oficial del Distrito
Federal el 12 de diciembre de 2005.
65. Reglas para Autorización y Control de los Ingresos de Aplicación Automática, publicadas en la Gaceta Oficial del
Distrito Federal el 20 de enero de 2014. Publicación anual.
66. Reglas para realizar los proyectos y contratos de prestación de servicios a largo plazo para la Administración Pública
del Distrito Federal, publicadas en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 17 de marzo de 2010.
Decretos
67. Decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal Vigente, publicado en el Diario Oficial de
la Federación el 3 de diciembre de 2014. Publicación anual.
68. Decreto del Presupuesto de Egresos del Distrito Federal para el Ejercicio Fiscal Vigente, publicado en Gaceta Oficial
del Distrito Federal el 22 de diciembre de 2014. Publicación anual.
Convenios
69. Convenio de Colaboración Administrativa en Materia Fiscal Federal, que Celebran el Gobierno Federal, por Conducto
de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público y el Gobierno del Distrito Federal, publicado en el Diario Oficial de la
Federación el 24 de julio de 2009 y el 19 de agosto de 2009 en la Gaceta Oficial del Distrito Federal. Sin modificación.
Lineamientos
70. Lineamientos para el Registro en la Cartera de Programa y Proyectos de Inversión que Integra y Administra la
Secretaría de Hacienda y Crédito Público, de las Obras Contempladas en el Presupuesto de Egresos del Distrito
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Federal a ser Financiadas con Endeudamiento Autorizado por el Artículo III de la Ley de Ingresos de la Federación
para el Ejercicio Fisca 2015, emitidos el 9 de marzo de 2015, por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público. Emisión
Anual.
71. Lineamientos para la Elaboración del Análisis Costo-Beneficio para los Proyectos de Prestación de Servicios a Largo
Plazo y sus Anexos, publicados en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 21 de enero de 2008.
Acuerdos
72. Acuerdo por el que se crea el Consejo de Armonización Contable del Distrito Federal, publicado en la Gaceta Oficial
del Distrito Federal el 20 de junio de 2011.
73. Acuerdo por el que se da a Conocer el Calendario Mensual de Recaudación por Concepto de Ingreso, de conformidad
con lo Establecido en la Ley de Ingresos del Distrito Federal para el Ejercicio Fiscal Vigente, publicado en la Gaceta
Oficial del Distrito Federal el 30 de enero de 2015. Publicación anual.
74. Acuerdo por el que se dan a conocer la fórmula, variables, fuentes de información, metodología y distribución que
corresponde a las Demarcaciones Territoriales del Gobierno Distrito Federal respecto del Fonodo para la
Infraestructura Social Municipal y de las Demarcaciones Territoriales del Distrito Federal, para el Ejercicio 2015,
publicado en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 30 de enero de 2015. Publicación anual.
75. Acuerdo por el que se dan a conocer las variables y fórmula para determinar los montos que corresponden a cada
Demarcación Territorial del Distrito Federal por Concepto del Fondo de Aportaciones para el Fortalecimiento de los
Municipios y de las Demarcaciones Territoriales del Distrito Federal, así como el Calendario de Ministraciones
Vigente, publicado en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 30 de enero de 2015. Publicación anual.
76. Acuerdo que crea la Comisión de Gobierno Electrónico del Distrito Federal, publicado en la Gaceta Oficial del Distrito
Federal el 31 de diciembre de 2010.
Circulares
77. Circular Contraloría General para el Control y Evaluación de la Gestión Pública: el Desarrollo, Modernización,
Innovación y Simplificación Administrativa, y la Atención Ciudadana en la Administración Pública del Distrito
Federal, publicada en Gaceta Oficial del Distrito Federal el 13 de abril de 2011.
78. Circular Uno “Normatividad en Materia de Administración de Recursos”, publicada en la Gaceta Oficial del Distrito
Federal el 12 de abril de 2007. Última Reforma publicada el 28 de mayo de 2014.
Documentos Normativos- Administrativos
79. Manual de Procedimientos y Lineamientos Técnicos de Valuación Inmobiliaria, así como de la Autorización y
Registro de Personas para Practicar Avalúos, publicado en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 30 de mayo de
2005. Última reforma publicada el 6 de diciembre de 2013.
80. Manual de Reglas y Procedimientos para el Ejercicio Presupuestario de la Administración Pública del Distrito Federal,
publicado en la Gaceta Oficial el 4 de diciembre de 2012.
Otras Disposiciones
81. Anexo N o. 1 al Convenio de Colaboración Administrativa en Materia Fiscal Federal celebrado el Gobierno Federal,
por Conducto de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público y el Gobierno del Distrito Federal, publicado en el Diario
Oficial de la Federación el 3 de marzo de 2008 y el 23 de julio de 2008 en la Gaceta Oficial del Distrito Federal.
82. Anexo No. 2 al Convenio de Colaboración Administrativa en Materia Fiscal Federal celebrado el Gobierno Federal,
por Conducto de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público y el Gobierno del Distrito Federal, publicado en el Diario
Oficial de la Federación el 5 de febrero de 2008.
83. Anexo No. 5 al Convenio de Colaboración Administrativa en Materia Fiscal Federal celebrado entre la Secretaría de
Hacienda y Crédito Público y el Gobierno del Distrito Federal, publicado en el Diario Oficial de la Federación 24 de
julio de 2009. Última reforma publicada el 15 de abril de 2014.
84. Clasificación Administrativa del Distrito Federal, publicada en la Gaceta Oficial Del Distrito Federal el 2 de
septiembre de 2013.
85. Clasificador por Objeto del Gasto del Gobierno del Distrito Federal, publicado en la Gaceta Oficial del Distrito Federal
el 19 de octubre de 2010. Última reforma publicada el 22 de junio de 2012.
86. Criterios y metodología de evaluación de la información pública de oficio que deben dar a conocer los Entes
Obligados en sus portales de internet, emitidos en septiembre de 2014.
87. Disposiciones vigentes emitidas por el Consejo Nacional de Armonización Contable publicadas en
www.conac.gob.mx.
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88. Normas Generales para el Destino de Bienes Embargados y/o Adjudicados por el Gobierno del Distrito Federal en
términos del Anexo No. 1 del Convenio de Colaboración Administrativa en Materia Fiscal Federal, publicadas en la
Gaceta Oficial del Distrito Federal el 04 de noviembre de 2013.
89. Normas Generales que deberán de observarse en Materia de Seguridad de la Información de la Administración Pública
del Distrito Federal, publicadas en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 09 de julio de 2007.
90. Normas y Metodología para la Determinación de los Momentos Contables de los Egresos del Distrito Federal, de fecha
7 de noviembre de 2011.
91. Oficio donde se establecen las disposiciones para la contratación y ejercicio de créditos, empréstitos y otras formas de
crédito público para el Distrito Federal, emitido por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, número 101-16, de
fecha 9 de marzo de 2015. Emisión anual.
II. Atribuciones
Reglamento Interior de la Administración Pública del Distrito Federal
Título Segundo de la Administración Pública Centralizada.
CAPÍTULO I. De las atribuciones generales de los titulares de las secretarias y de la Jefatura de la Oficina del Jefe
de Gobierno.
Artículo 26.- Corresponden a los titulares de las Secretarías, además de las atribuciones que expresamente les confiere la
Ley, las siguientes:
I. Desempeñar las comisiones que el Jefe de Gobierno les encomiende y mantenerlo informado sobre el desarrollo de sus
actividades;
II. Coordinarse entre sí, con los titulares de la Oficialía Mayor, Contraloría General, y Consejería Jurídica y de Servicios
Legales, y con los titulares de los Órganos Político-Administrativos, Órganos Desconcentrados, y Entidades para el mejor
desempeño de sus respectivas actividades;
III. Formular los anteproyectos de presupuesto que les correspondan; con apoyo de la Dirección General, Ejecutiva o de
Área encargada de la administración en su sector;
IV. Elaborar y expedir su Manual Administrativo estableciendo las facultades de sus Unidades Administrativas de Apoyo
Técnico-Operativo, las cuales se entenderán delegadas;
V. Dictar las medidas necesarias para el mejoramiento administrativo de las Unidades Administrativas y Unidades
Administrativas de Apoyo Técnico-Operativo a ellos adscritas y proponer al Jefe de Gobierno, la delegación de atribuciones
distintas a las delegadas a través de este Reglamento y el Manual Administrativo correspondiente, en servidores públicos
subalternos;
VI. Recibir en acuerdo ordinario a los servidores públicos responsables de las Unidades Administrativas y, en acuerdo
extraordinario, a cualquier otro servidor público subalterno, así como conceder audiencia al público, de conformidad con las
disposiciones jurídicas y administrativas aplicables;
VII. Proporcionar la información y la cooperación técnica que les sean requeridas por las Dependencias o Entidades del
Ejecutivo Federal, cuando así lo establezcan los ordenamientos jurídicos y administrativos aplicables;
VIII. Hacer estudios sobre organización de las Unidades Administrativas y Unidades Administrativas de Apoyo Técnico-
Operativo a su cargo y proponer las medidas que procedan;
IX. Adscribir al personal de las Unidades Administrativas y Unidades de Apoyo Técnico-Operativo que de ellos dependa y
cambiarlo de adscripción entre las mismas;
X. Vigilar que se cumpla estrictamente con las disposiciones jurídicas y administrativas, en todos los asuntos a ellos
asignados;
XI. Proporcionar la información, y la cooperación técnica que les sean requeridas por el Jefe de Gobierno y los titulares de
las demás Dependencias, cuando así corresponda;
XII. Ejercer, reembolsar, pagar y contabilizar el ejercicio del presupuesto autorizado, para sus Unidades Administrativas y
Unidades Administrativas de Apoyo Técnico-Operativo, con apoyo de la Dirección General, Ejecutiva o de Área encargada
de la administración en su sector, de conformidad con lo que señalen las disposiciones jurídicas y administrativas
aplicables;
XIII. Adquirir y vigilar la correcta utilización de los artículos de consumo, así como del mobiliario y equipo que requieran
las Unidades Administrativas y Unidades Administrativas de Apoyo Técnico-Operativo a su cargo, con apoyo de la
Dirección General, Ejecutiva o de Área encargada de la administración en su sector, de conformidad con lo que señalen las
disposiciones jurídicas y administrativas aplicables;
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XIV. Proyectar y supervisar la ejecución de obras de mantenimiento, remodelación y reparación de los bienes señalados en
la fracción anterior, así como autorizar la contratación de los servicios generales y los que requieran las Unidades
Administrativas y Unidades Administrativas de Apoyo Técnico-Operativo a su cargo, con la colaboración de la Dirección
General, Ejecutiva o de Área encargada de la administración en su sector, de conformidad con lo que señalen las
disposiciones jurídicas aplicables;
XV. Formalizar, salvo que el Jefe de Gobierno establezca disposición distinta, la contratación conforme a la Ley de
Adquisiciones y la Ley de Obras Públicas, para la adecuada operación de las Unidades Administrativas y Unidades
Administrativas de Apoyo Técnico -Operativo a su cargo, con el apoyo de la Dirección General, Ejecutiva o de Área
encargada de la administración en su sector, de conformidad con lo que señalen las disposiciones jurídicas y administrativas
aplicables;
XVI. Celebrar aquellos convenios y contratos que se relacionen directamente con el despacho de los asuntos encomendados
a la Dependencia a su cargo; y
XVII. Las demás que le señalen las disposiciones jurídicas y administrativas o el Jefe de Gobierno.
CAPÍTULO V. De las atribuciones generales de los Titulares de las Subsecretarías, la Tesorería del Distrito Federal,
la Procuraduría Fiscal del Distrito Federal y la Unidad de Inteligencia Financiera del Distrito Federal.
Artículo 30.- Son atribuciones generales de los titulares de las Unidades Administrativas a que se refiere el presente
Capítulo:
I. Coadyuvar con el titular de la Dependencia correspondiente, en la atención de los asuntos de su competencia;
II. Coordinar las acciones tendientes a la elaboración del anteproyecto de presupuesto para la Dependencia de que se trate,
así como supervisar su correcta y oportuna ejecución por parte de las Unidades Administrativas y Unidades de Apoyo
Técnico-Operativo a ellas adscritas;
III. Desempeñar los encargos o comisiones oficiales que el titular de la Dependencia de que se trate, o en su caso el Jefe de
Gobierno les encomienden, manteniéndolos informados sobre el desarrollo de los mismos;
IV. Planear, programar, organizar, dirigir, controlar y evaluar el desempeño de las labores encomendadas a las Unidades
Administrativas y Unidades Administrativas de Apoyo Técnico-Operativo que les estén adscritas;
V. Expedir copias certificadas de los documentos que obren en sus archivos y de aquellos que expidan, en el ejercicio de sus
funciones, los servidores públicos que les estén adscritos;
VI. Elaborar y proponer las normas administrativas que regulen el funcionamiento de las Unidades Administrativas y
Unidades Administrativas de Apoyo Técnico-Operativo a ellos adscritas;
VII. Acordar con el titular de la Dependencia a la que se encuentren adscritos los asuntos de su competencia;
VIII. Vigilar que se cumplan las disposiciones legales y administrativas en todos los asuntos de la competencia de las
Unidades Administrativas y Unidades Administrativas de Apoyo Técnico-Operativo a ellas adscritas, y coordinar entre éstas
el adecuado desempeño de sus labores;
IX. Acordar con los titulares de las Unidades Administrativas a ellos adscritas el trámite, la solución y el despacho de los
asuntos competencia de éstos;
X. Someter a la consideración del titular de la Dependencia que corresponda, sus propuestas de organización, programas y
presupuesto así como de las Unidades Administrativas y Unidades Administrativas de Apoyo Técnico-Operativo a ellos
adscritas;
XI. Coadyuvar en la adquisición y correcta utilización de los recursos materiales que requieran, de conformidad con las
disposiciones jurídicas y administrativas aplicables;
XII. Proponer al titular de la Dependencia de su adscripción los proyectos de iniciativas de leyes, reglamentos, decretos,
acuerdos, así como sus reformas y adiciones, sobre los asuntos de su competencia; y
XIII. Las demás que les atribuyan expresamente los demás ordenamientos jurídicos y administrativos correspondientes.
Capítulo VII. De las atribuciones generales de los titulares de las Direcciones Generales, Coordinaciones Generales,
Procuraduría de la Defensa del Trabajo, Subtesorerías, Subprocuradurías y Direcciones Ejecutivas.
Artículo 37.- Son atribuciones generales de los titulares de las Unidades Administrativas a que se refiere el presente
Capítulo:
I. Acordar con el titular de la Dependencia o de la Subsecretaría, Tesorería del Distrito Federal o Procuraduría Fiscal del
Distrito Federal a la que estén adscritos, según corresponda, el trámite y resolución de los asuntos de su competencia;
II. Planear, programar, organizar, dirigir, controlar y evaluar, el desempeño de las labores encomendadas y a las Unidades
Administrativas y Unidades de Apoyo Técnico-Operativo a su cargo;
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10 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 31 de Agosto de 2015
III. Supervisar el desempeño de las labores encomendadas a Unidades Administrativas y Unidades Administrativas de
Apoyo Técnico-Operativo adscritos a ellos, conforme a los planes y programas que establezca el titular de la Dependencia
correspondiente;
IV. Recibir en acuerdo ordinario a los Directores de Área y Subdirectores y, en acuerdo extraordinario, a cualquier otro
servidor público subalterno;
V. Formular dictámenes, opiniones e informes que le sean solicitados por la Dependencia o Subsecretaría, Tesorería del
Distrito Federal o Procuraduría Fiscal del Distrito Federal a la que estén adscritos, o por cualquier otra Dependencia,
Unidad Administrativa y Órgano Desconcentrado de la Administración Pública, en aquellos asuntos que resulten de su
competencia;
VI. Ejecutar las acciones tendientes a la elaboración de los anteproyectos de presupuesto que les correspondan, con apoyo
de las Unidades Administrativas y Unidades Administrativas de Apoyo Técnico-Operativo encargadas de la administración
de su sector;
VII. Elaborar proyectos de creación, modificación y reorganización de las Unidades Administrativas y Unidades
Administrativas de Apoyo Técnico-Operativo adscritos a ellos y someterlos a la consideración del titular de la Dependencia,
Subsecretaría, Tesorería del Distrito Federal o Procuraduría Fiscal del Distrito Federal que corresponda;
VIII. Asesorar técnicamente en asuntos de su competencia, a los servidores públicos del Distrito Federal;
IX. Substanciar y resolver los recursos administrativos que conforme a las disposiciones jurídicas deban conocer;
X. Tramitar ante las Direcciones Generales, Ejecutivas o de Área encargadas de la administración en sus respectivos
sectores, los cambios de situación laboral del personal a ellos adscrito, o a sus Unidades Administrativas y Unidades
Administrativas de Apoyo Técnico-Operativo, así como acordar, ejecutar y controlar los demás asuntos relativos al
personal, de conformidad con lo que señalen las disposiciones jurídicas y administrativas aplicables;
XI. Coordinar y vigilar, con apoyo de Direcciones Generales, Ejecutivas o de Área encargadas de la administración en sus
respectivos sectores, las prestaciones de carácter social y cultural, así como las actividades de capacitación del Personal, de
acuerdo a las normas y principios establecidos por la autoridad competente;
XII. Promover programas de excelencia y calidad, tendientes a incrementar la productividad de sus Unidades
Administrativas y Unidades Administrativas de Apoyo Técnico-Operativo y mejorar la calidad de vida en el trabajo;
XIII. Formular los planes y programas de trabajo de Unidades Administrativas y Unidades Administrativas de Apoyo
Técnico-Operativo a su cargo, considerando en ellos las necesidades y expectativas de los ciudadanos, así como mejorar los
sistemas de atención al público;
XIV. Conceder audiencia al público, así como acordar y resolver los asuntos de la competencia de las Unidades
Administrativas y Unidades Administrativas de Apoyo Técnico-Operativo a su cargo;
XV. Ejercer sus atribuciones coordinadamente con las demás Dependencias, Unidades Administrativas, Órganos Político-
Administrativos, Órganos Desconcentrados y Unidades Administrativas de Apoyo Técnico-Operativo de la Administración
Pública para el mejor despacho de los asuntos de su competencia;
XVI. Expedir, en su caso, copias certificadas de los documentos que obren en sus archivos sobre asuntos de su competencia;
XVII. Proponer al titular de la Dependencia de su adscripción, la celebración de convenios en el ámbito de su competencia,
para el mejor ejercicio de sus atribuciones, con apoyo en los lineamientos generales correspondientes; y
XVIII. Las demás que les atribuyan expresamente los ordenamientos jurídicos y administrativos aplicables; las que sean
conferidas por sus superiores jerárquicos y las que les correspondan a las Unidades Administrativas y Unidades
Administrativas de Apoyo Técnico-Operativo que les adscriban.
Capítulo Único.- De las atribuciones generales de los titulares de las Direcciones de Área, Subdirecciones, Jefaturas
de Unidad Departamental, así como de los titulares de los puestos de Líder Coordinador de Proyectos y de los de
Enlace en toda unidad administrativa y unidad administrativa de apoyo técnico-operativo de las Dependencias,
Órganos Desconcentrados y Órganos Político-Administrativos.
Artículo 119 A.- Las atribuciones generales que por virtud de este Reglamento se establecen, se realizarán sin perjuicio de
aquellas que les confieran otras disposiciones jurídicas y administrativas.
Artículo 119 B.- A los titulares de las Direcciones de Área de las unidades administrativas, corresponde:
I. Acordar con el titular de la Unidad Administrativa a la que estén adscritos los asuntos de su competencia;
II. Supervisar la correcta y oportuna ejecución de recursos económicos y materiales de las Unidades de Apoyo Técnico-
Operativo que les correspondan conforme al dictamen de estructura respectivo;
III. Desempeñar los encargos o comisiones oficiales que el titular de la Unidad Administrativa o el Titular de la
Dependencia, del Órgano Político-Administrativo o del Órgano Desconcentrado correspondiente les asignen,
manteniéndolos informados sobre su desarrollo;
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31 de Agosto de 2015 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 11
IV. Participar en la planeación, programación, organización, dirección, control y evaluación de las funciones de las
Unidades Administrativas de Apoyo Técnico-Operativo correspondientes;
V. Dirigir, controlar, evaluar y supervisar al personal de las Unidades Administrativas de Apoyo Técnico-Operativo que les
correspondan, en términos de los lineamientos que establezcan el superior jerárquico o el Titular de la Dependencia, del
Órgano Político-Administrativo o del Órgano Desconcentrado;
VI. Decidir sobre la distribución de las cargas de trabajo de las Unidades Administrativas de Apoyo Técnico-Operativo
respectivas, para su mejor desempeño, en términos de los lineamientos que establezcan el superior jerárquico o el Titular de
la Dependencia, del Órgano Político-Administrativo o del Órgano Desconcentrado;
VII. Llevar el control, administración y gestión de los asuntos que les sean asignados conforme al ámbito de atribuciones;
VIII. Preparar y revisar, en su caso, conforme al ámbito de sus atribuciones, la documentación que deba suscribir el superior
jerárquico;
IX. Informar sobre el desarrollo de las labores del personal a su cargo en los términos que les solicite su superior jerárquico;
X. Proponer normas y procedimientos administrativos para el funcionamiento de las Unidades Administrativas de Apoyo
Técnico-Operativo que les correspondan;
XI. Coadyuvar con el titular de la Unidad Administrativa correspondiente, en la atención de los asuntos de su competencia;
XII. Vigilar que se cumplan las disposiciones legales y administrativas en los asuntos de la competencia de las Unidades
Administrativas de Apoyo Técnico-Operativo respectivas y coordinar el adecuado desempeño de sus funciones;
XIII. Acordar con los titulares de las Unidades Administrativas de Apoyo Técnico-Operativo a ellos adscritas el trámite,
atención y despacho de los asuntos competencia de éstos;
XIV. Someter a la consideración del titular de la Unidad Administrativa que corresponda, sus propuestas de organización,
programas y presupuesto de las Unidades Administrativas de Apoyo Técnico-Operativo a ellos adscritas;
XV. Tener trato con el público, exclusivamente cuando por las funciones de su unidad deban hacerlo;
XVI. Conocer y observar las disposiciones que regulan las relaciones con el personal adscrito directamente a su unidad, y
XVII. Las demás atribuciones que el titular de la Unidad Administrativa y el Titular de la Dependencia, del Órgano
Político-Administrativo o del Órgano Desconcentrado les asignen, conforme a la normativa aplicable.
Artículo 119 C.- A los titulares de las Subdirecciones de las unidades administrativas, corresponde:
I. Acordar con el Director de Área o su superior jerárquico inmediato al que estén adscritos, según corresponda en términos
del dictamen de estructura, el trámite y resolución de los asuntos de las Unidades Administrativas de Apoyo Técnico-
Operativo a su cargo;
II. Participar, según corresponda, con el Director de Área o su superior jerárquico inmediato, en la dirección, control y
evaluación de las funciones de las Unidades de Apoyo Técnico-Operativo a su cargo;
III. Vigilar y supervisar las labores del personal de las unidades Administrativas de Apoyo Técnico-Operativo, que les
correspondan, en términos de los planes y programas que establezca el titular de la Unidad Administrativa correspondiente;
IV. Dirigir, controlar y supervisar al personal de las Unidades Administrativas de Apoyo Técnico-Operativo respectivas, en
términos de los lineamientos que establezca el superior jerárquico o el Titular de la Dependencia, del Órgano Político-
Administrativo o del Órgano Desconcentrado;
V. Decidir sobre la distribución de las cargas de trabajo de las Unidades Administrativas de Apoyo Técnico-Operativo que
les estén adscritas, para su mejor desempeño, conforme a los lineamientos que establezca el superior jerárquico o el Titular
de la Dependencia, del Órgano Político-Administrativo o del Órgano Desconcentrado;
VI. Llevar el control, administración y gestión de los asuntos que le sean asignados conforme al ámbito de atribuciones;
VII. Preparar y revisar, en su caso, conforme al ámbito de sus atribuciones, la documentación que deba suscribir el superior
jerárquico;
VIII. Informar sobre el desarrollo de las labores del personal a su cargo en los términos que les solicite su superior
jerárquico;
IX. Formular dictámenes, opiniones e informes que les sean solicitados por los titulares de la Dirección de Área, de la
Unidad Administrativa o de la Dependencia, del Órgano Político-Administrativo o del Órgano Desconcentrado a la que
estén adscritos;
X. Acordar, ejecutar y controlar los asuntos relativos al personal técnico-operativo a su cargo, de conformidad con lo que
señalen las disposiciones jurídicas y administrativas aplicables;
XI. Participar en la coordinación y vigilancia de las prestaciones de carácter social y cultural, así como las actividades de
capacitación del personal a su cargo, de acuerdo con las normas y principios establecidos por la autoridad competente;
XII. Proponer programas de excelencia y calidad, tendientes a incrementar la productividad y mejorar la calidad de vida en
el trabajo de su unidad;
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12 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 31 de Agosto de 2015
XIII. Formular, cuando así proceda, proyectos de planes y programas de trabajo de su unidad y demás Unidades
Administrativas de Apoyo Técnico-Operativo a su cargo, considerando las necesidades y expectativas de los ciudadanos y
la mejora de los sistemas de atención al público;
XIV. Tener trato con el público, exclusivamente cuando por las funciones de su unidad deban hacerlo;
XV. Ejercer sus atribuciones coordinadamente con las demás Unidades Administrativas de Apoyo Técnico-Operativo para
el mejor despacho de los asuntos de su competencia, y
XVI. Las demás atribuciones que les sean conferidas por sus superiores jerárquicos conforme a las funciones de la unidad
administrativa a su cargo.
Artículo 119 D.- A los titulares de las Jefaturas de Unidad Departamental de las unidades administrativas, corresponde:
I. Acordar, según corresponda, con el Subdirector de Área o su superior jerárquico inmediato, el trámite y resolución de los
asuntos de su competencia;
II. Participar con el Subdirector de Área que corresponda o su superior jerárquico en el control, planeación y evaluación de
las funciones de la unidad de Apoyo Técnico-Operativo a su cargo;
III. Dirigir, controlar y supervisar al personal de la Unidad Administrativa de Apoyo Técnico-Operativo a su cargo,
conforme a los lineamientos que establezca el superior jerárquico;
IV. Decidir sobre la distribución de las cargas de trabajo del personal a su cargo, para su mejor desempeño, conforme a los
lineamientos que establezca el superior jerárquico;
V. Llevar el control y gestión de los asuntos que les sean asignados conforme al ámbito de atribuciones;
VI. Preparar y revisar, en su caso, la documentación que deba suscribir el superior jerárquico;
VII. Informar sobre el desarrollo de las labores del personal a su cargo en los términos que les solicite su superior
jerárquico;
VIII. Llevar a cabo con el personal a su cargo, las labores encomendadas a su unidad conforme a los planes y programas
que establezca el titular de la Unidad Administrativa correspondiente;
IX. Acudir en acuerdo ordinario con el Subdirector de Área y en caso de ser requeridos, con el titular de la Dirección de
Área, de la Unidad Administrativa o Titular de la Dependencia, del Órgano Político-Administrativo o del Órgano
Desconcentrado que corresponda;
X. Formular dictámenes, opiniones e informes que les sean solicitados por sus superiores jerárquicos;
XI. Acordar, ejecutar y controlar los asuntos relativos al personal a ellos adscrito, de conformidad con lo que señalen las
disposiciones jurídicas y administrativas aplicables;
XII. Participar en la coordinación y vigilancia de las prestaciones de carácter social y cultural, así como las actividades de
capacitación del personal, de acuerdo a las normas y principios establecidos por la autoridad competente;
XIII. Proponer programas de excelencia y calidad, tendientes a incrementar la productividad y a mejorar la calidad de vida
en el trabajo en su unidad;
XIV. Formular proyectos de planes y programas de trabajo de su unidad, considerando las necesidades y expectativas de los
ciudadanos y la mejora de los sistemas de atención al público;
XV. Tener trato con el público, exclusivamente, cuando por las funciones de su unidad deban hacerlo;
XVI. Ejercer sus atribuciones coordinadamente con las demás Unidades Administrativas de Apoyo Técnico-Operativo para
el mejor despacho de los asuntos de su competencia, y
XVII. Las demás atribuciones que les sean conferidas por sus superiores jerárquicos y que correspondan a la jefatura de
unidad departamental, a su cargo.
Artículo 119 E.- A los titulares de los puestos de líder coordinador de proyectos y a los de enlace de las unidades
administrativas, corresponde:
I. Acordar con el titular de la Unidad Administrativa de Apoyo Técnico-Operativo a la que estén adscritos, el trámite y
resolución de los asuntos encomendados y de aquellos que se turnen al personal de base bajo su vigilancia;
II. Participar conforme a las instrucciones de su superior jerárquico inmediato, en la inspección y fiscalización del
desempeño de las labores de personal de base de la unidad técnico operativa a la cual estén adscritos;
III. Informar periódicamente de las labores encomendadas, así como las asignadas al personal de base a su cargo, conforme
a los planes y programas que establezca el titular de la Unidad correspondiente;
IV. Brindar asesoría al titular de la Unidad Administrativa o titular de la Dependencia, del Órgano Político- Administrativo
o del Órgano Desconcentrado a requerimiento de éstos;
V. Elaborar proyectos relacionados con el marco de actuación de la unidad administrativa a la que estén adscritos, y en su
caso, ejecutarlos, y
VI. Vigilar la correcta utilización de recursos materiales por parte del personal de la unidad de apoyo técnico operativo a la
que se encuentren adscritos, informando periódicamente de ello al titular de la unidad.
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31 de Agosto de 2015 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 13
III. Misión, Visión y Objetivos Institucionales
Misión Contribuir al desarrollo económico del Distrito Federal y al fortalecimiento de sus finanzas, a través de
la implementación oportuna de políticas de ingresos y egresos adecuadas, de una administración
tributaria eficiente, de una correcta defensa del interés fiscal y con una programación y presupuestación
del gasto público mesurada; acciones que conllevan a que la Ciudad de México tenga una economía
sustentable.
Visión
Ser una dependencia que logre, un servicio integral al ciudadano con eficiencia y buena calidad,
mediante la implementación de procesos expeditos que, provean de recursos suficientes a la
Administración Pública Local para sufragar el gasto público de forma equitativa.
Objetivos
1. Realizar la planeación, programación y presupuestación permanente de sus acciones dentro de los
lineamientos que establece el Programa General de Desarrollo del Distrito Federal, el cual contiene las
directrices generales del desarrollo social, del desarrollo económico y del ordenamiento territorial de la
entidad.
2. Mantener finanzas públicas sanas, que permitan el financiamiento de todas y cada una de las
acciones descritas en el Programa General de Desarrollo del Distrito Federal.
3. Vincular de manera oportuna y adecuada, el contenido del Programa General de Desarrollo del
Distrito Federal con los objetivos de la Secretaría de Finanzas con la intención de garantizar el
cumplimiento de los cinco ejes rectores del Programa:
1. Equidad e inclusión social para el desarrollo humano.
2. Gobernabilidad, seguridad y protección ciudadana.
3. Desarrollo económico sustentable.
4. Habitabilidad y servicios, espacio público e infraestructura.
5. Efectividad, rendición de cuentas y combate a la corrupción
IV. Organigrama de la Estructura Básica
SECRETARIA DE FINANZAS
N-48.5
DIRECCION GENERAL DE
POLITICA PRESUPUESTAL
N-46.5
DIRECCION
GENERAL DE CONTABILIDAD,
NORMATIVIDAD
Y CUENTA PUBLICA
N-46.5
DIRECCION
GENERAL DE EGRESOS "A"
N-46.5
SUBSECRETARIA
DE EGRESOSN-47.5
DIRECCION
GENERAL DE EGRESOS "B"
N-46.5
TESORERIA DEL DISTRITO FEDERAL
N-47.5
SUBTESORERIA
DE POLITICA FISCALN-46.5
SUBTESORERIA DE
ADMINISTRACION TRIBUTARIA
N-46.5
SUBTESORERIA
DE FISCALIZACION
N-46.5
SUBTESORERIA DE CATASTRO Y
PADRON TERRITORIAL
N-46.5
PROCURADURIA
FISCAL DEL
DISTRITO FEDERAL
N-47.5
SUBSECRETARIA DE PLANEACION
FINANCIERAN-47.5
DIRECCION GENERAL
DE ENLACE INTERINSTITUCIONAL
N-46.5
DIRECCION GENERAL
DE ADMINISTRACION FINANCIERA
N-46.5
UNIDAD DE
EVALUACION DEL INGRESO GASTO
N-45.5
DIRECCION GENERAL DE
INFORMATICAN-46.5
UNIDAD DE
INTELIGENCIA FINANCIERA EN
EL DISTRITO
FEDERALN-47.5
V. Organización y Procedimientos
OFICINA DE LA SECRETARÍA DE FINANZAS
ORGANIGRAMA ESPECÍFICO
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14 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 31 de Agosto de 2015
SECRETARIA DE FINANZAS
N-48.5
ASESOR
N-45.5
SECRETARIA PARTICULAR
N-45.5
DIRECCION
EJECUTIVAJURIDICA
N-44.5
DIRECCION DE GESTION BASADA
EN RESULTADOSN-41.5
COORDINACION
DE CONTROL DE GESTION
N-34.5
SUBDIRECCION DE
INFORMACIONPUBLICA
N-29.5
J.U.D. DE
GESTION Y TRAMITE DE
INFORMACION
PUBLICAN-25.5
J.U.D. DE ATENCION A AUDIENCIAS
N-25.5
ADICIONALMENTE CUENTA CON PUESTOS LIDER COORDINADOR DE PROYECTOS "B" ADSCRITOS A:
4 SECRETARIA DE FINANZAS N-85.6
ADICIONALMENTE CUENTA CON PUESTO DE ENLACE "C" ADSCRITOS A:1 SECRETARIA DE FINANZAS N-22.5
MISIÓN, OBJETIVOS Y FUNCIONES DE LOS PUESTOS
Puesto: Secretaría de Finanzas
Misión: Contribuir al desarrollo económico del Distrito Federal y al fortalecimiento de sus finanzas, a través de la
implementación oportuna de políticas de ingresos y egresos adecuadas, de una administración tributaria
eficiente, de una correcta defensa del interés fiscal y con una programación y presupuestación del gasto
público mesurada; acciones que conllevan a que la Ciudad de México tenga una economía sustentable.
Objetivos: 1. Realizar la planeación, programación y presupuestación permanente de sus acciones dentro de los
lineamientos que establece el Programa General de Desarrollo del Distrito Federal, el cual contiene las
directrices generales del desarrollo social, del desarrollo económico y del ordenamiento territorial de la
entidad.
2. Mantener finanzas públicas sanas, que permitan el financiamiento de todas y cada una de las
acciones descritas en el Programa General de Desarrollo del Distrito Federal.
3. Vincular de manera oportuna y adecuada, el contenido del Programa General de Desarrollo del
Distrito Federal con los objetivos de la Secretaría de Finanzas con la intención de garantizar el
cumplimiento de los cinco ejes rectores del Programa:
1. Equidad e inclusión social para el desarrollo humano.
2. Gobernabilidad, seguridad y protección ciudadana.
3. Desarrollo económico sustentable.
4. Habitabilidad y servicios, espacio público e infraestructura.
5. Efectividad, rendición de cuentas y combate a la corrupción.
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ATRIBUCIONES ESPECÍFICAS
Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal.
Artículo 30.- A la Secretaría de Finanzas corresponde el despacho de las materias relativas a: el desarrollo de las políticas
de ingresos y administración tributaria, la programación, presupuestación y evaluación del gasto público del Distrito
Federal, así como representar el interés del Distrito Federal en controversias fiscales y en toda clase de procedimientos
administrativos ante los tribunales en los que se controvierta el interés fiscal de la Entidad.
Específicamente cuenta con las siguientes atribuciones:
I. Elaborar el Programa Operativo de la Administración Pública del Distrito Federal, para la ejecución del Programa General
de Desarrollo del Distrito Federal;
II. Elaborar el presupuesto de ingresos de la Entidad que servirá de base para la formulación de la iniciativa de Ley de
Ingresos del Distrito Federal;
III. Formular y someter a la consideración del Jefe de Gobierno el proyecto de los montos de endeudamiento que deben
incluirse en la Ley de Ingresos, necesarios para el financiamiento del presupuesto;
IV. Recaudar, cobrar y administrar los impuestos, derechos, contribuciones de mejoras, productos, aprovechamientos y
demás ingresos a que tenga derecho el Distrito Federal en los términos de las leyes aplicables;
V. Ordenar y practicar visitas domiciliarias para comprobar el cumplimiento de las obligaciones establecidas en el Código
Financiero y demás disposiciones legales aplicables;
VI. Determinar, recaudar y cobrar los ingresos federales coordinados, con base en las leyes, convenios de coordinación y
acuerdos que rijan la materia, así como ejercer las facultades de comprobación que las mismas establezcan;
VII. Imponer las sanciones que correspondan por infracciones a disposiciones fiscales y demás ordenamientos fiscales de
carácter local o federal, cuya aplicación esté encomendada al Distrito Federal;
VIII. Ejercer la facultad económico coactiva, para hacer efectivos los créditos fiscales a favor del Distrito Federal;
IX. Vigilar y asegurar en general, el cumplimiento de las disposiciones fiscales;
X. Formular las querellas y denuncias en materia de delitos fiscales y de cualquier otro que represente un quebranto a la
hacienda pública del Distrito Federal;
XI. Representar en toda clase de procedimientos judiciales o administrativos los intereses de la hacienda pública del Distrito
Federal, y los que deriven de las funciones operativas inherentes a los acuerdos del Ejecutivo Federal en materia de ingresos
federales coordinados;
XII. Dictar las normas y lineamientos de carácter técnico presupuestal a que deberán sujetarse las dependencias, órganos
desconcentrados y entidades, para la formulación de los programas que servirán de base para la elaboración de sus
respectivos anteproyectos de presupuesto;
XIII. Formular el Proyecto de Presupuesto de Egresos y presentarlo a consideración del Jefe de Gobierno, considerando
especialmente los requerimientos de cada una de las Delegaciones;
XIV. Controlar el ejercicio del presupuesto de egresos del Distrito Federal y evaluar el resultado de su ejecución;
XV. Formular la cuenta anual de la hacienda pública del Distrito Federal;
XVI. Intervenir en la autorización y evaluación de los programas de inversión de las dependencias y entidades de la
Administración Pública del Distrito Federal;
XVII. Emitir opinión sobre los precios y tarifas de los bienes y servicios de la Administración Pública del Distrito Federal;
XVIII. Formular los proyectos de leyes y disposiciones fiscales del Distrito Federal, así como elaborar las iniciativas de Ley
de Ingresos y Decreto de Presupuesto de Egresos del Distrito Federal;
XIX. Llevar y mantener actualizados los padrones fiscales;
XX. Expedir las reglas de carácter general en materia de hacienda pública a que se refiere el Código Financiero del Distrito
Federal, y
XXI. Las demás que le atribuyan expresamente las leyes y reglamentos.
Puesto: Líder Coordinador de Proyectos “B” (4)
Misión: Realizar informes, reportes y análisis que le sean requeridos en relación a trabajos o proyectos asignados,
necesarios para el desarrollo de las actividades de la Oficina de la Secretaría de Finanzas.
Objetivo 1: Integrar la información para la elaboración, durante el año, de los informes, reportes y análisis requeridos para
mantener actualizada la información del proyecto que se esté realizando.
Funciones vinculadas al Objetivo 1:
Dar seguimiento a los asuntos relacionados con el desarrollo de los programas y proyectos, e informar oportunamente sobre
el avance y el cumplimiento de los mismos.
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Realizar, recabar y consolidar los reportes que den cuenta de las actividades realizadas en la Oficina de la Secretaría de
Finanzas.
Colaborar en la determinación de los alcances de los trabajos presentados.
Objetivo 2: Generar, actualizar y dar seguimiento permanente a la información estadística generada por la Secretaría de
Finanzas.
Funciones vinculadas al Objetivo 2:
Procesar documentos y estadísticas con información básica en materia de ingresos, gasto y deuda.
Procesar documentos y estadísticas con información básica de las variables económicas y sociales del Distrito Federal.
Informar periódicamente de la información procesada, conforme a los planes y programas.
Objetivo 3: Analizar mensualmente las fuentes de información para la elaboración de informes, documentos e
investigaciones del proyecto en curso.
Funciones vinculadas al Objetivo 3:
Recabar y mantener actualizada la información relacionada con la Secretaría de Finanzas y aquellos de interés del Titular de
la Secretaría de Finanzas.
Identificar informes sobre las finanzas públicas del Distrito Federal y otros temas relacionados.
Colaborar y atender de manera oportuna las solicitudes de información requeridas por el Titular de la Secretaría de
Finanzas.
Objetivo 4: Apoyar a la Subdirección de Información Pública en la integración de información pública y atención a
solicitudes.
Funciones vinculadas al Objetivo 4:
Coadyuvar con la actualización semestral de la información pública de oficio trimestralmente.
Realizar proyectos de respuesta a las solicitudes de información pública que son no competentes para la Secretaría de
Finanzas.
Elaborar y presentar el reporte interno semanal de registro de solicitudes de información pública y de datos personales.
Presentar proyectos de oficios competencia de la Subdirección de Información Pública.
Recabar la información para la elaboración e integración de las carpetas presentadas en las sesiones del Comité de
Transparencia de la Secretaría de Finanzas.
Puesto: Enlace “C”
Misión: Apoyar en la distribución, control y seguimiento de documentación e información recibida en la Oficina de la
Secretaría de Finanzas.
Objetivo 1: Dar seguimiento permanente a la documentación e información cuya atención se clasifica como pendientes de
resolución.
Funciones vinculadas al Objetivo 1:
Recibir la documentación e información pendientes con el fin de registrarlos y distribuirlos a las áreas correspondientes para
su atención.
Elaborar notas informativas sobre el seguimiento de asuntos, documentación e información pendiente de respuesta.
Compilar en archivos electrónicos o físicos la información obtenida de la atención proporcionada a los asuntos asignados.
Objetivo 2: Asegurar el adecuado resguardo del archivo en trámite de la Oficina del Titular de la Secretaría de Finanzas.
Funciones vinculadas al Objetivo 2:
Compilar en archivos electrónicos o físicos los documentos e información que le sea entregada para este fin.
Realizar el adecuado resguardo de los archivos electrónicos o físicos de los documentos e información que le sea entregada
para este propósito.
Resguardar el control de los archivos electrónicos o físicos de los documentos e información recibida.
Puesto: Secretaría Particular
Misión: Establecer un canal de comunicación directo con el Titular de la Secretaría de Finanzas, que permita hacer más
eficientes los conductos de mando y agilizar los trabajos requeridos.
Objetivo 1: Coordinar de manera permanente las reuniones de trabajo del Titular de la Secretaría de Finanzas.
Funciones vinculadas al Objetivo 1:
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31 de Agosto de 2015 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 17
Acordar con el Titular de la Secretaría de Finanzas el programa de trabajo correspondiente.
Organizar la agenda personal del Titular de la Secretaría de Finanzas.
Organizar las sesiones de trabajo del Titular de la Secretaría de Finanzas con las unidades administrativas.
Registrar, para su control y seguimiento, los acuerdos derivados de las reuniones de trabajo del Titular de la Secretaría de
Finanzas.
Objetivo 2: Dar atención oportuna a los asuntos relevantes que se reciben en la Oficina de la Secretaría de Finanzas.
Funciones vinculadas al Objetivo 2:
Seleccionar la documentación que deberá ser del conocimiento del Titular de la Secretaría de Finanzas.
Controlar la correspondencia oficial y particular del Titular de la Secretaría de Finanzas.
Distribuir a las unidades administrativas, en el ámbito de su competencia, la correspondencia dirigida al Titular de la
Secretaría de Finanzas para su atención.
Objetivo 3: Dar seguimiento a las instrucciones giradas por el Titular de la Secretaría de Finanzas a las unidades
administrativas para asegurar su cumplimiento.
Funciones vinculadas al Objetivo 3:
Coordinar a las diferentes unidades administrativas para realizar en tiempo y forma tareas específicas encomendadas por el
Titular de la Secretaría de Finanzas.
Informar al Titular de la Secretaría de Finanzas sobre el avance y cumplimiento de los asuntos turnados para su atención a
las unidades administrativas.
Elaborar reportes y notas informativas sobre asuntos encomendados por el Titular de la Secretaría de Finanzas.
Puesto: Asesor
Misión: Asesorar al Titular de la Secretaría de Finanzas en los asuntos relacionados con el ejercicio de las atribuciones
establecidas para Secretaría de Finanzas en la normatividad aplicable que le sean delegados.
Objetivo 1: Coordinar las actividades que permitan la planeación, programación e instrumentación, de los asuntos
encomendados correspondientes, del programa de trabajo del Titular de la Secretaría de Finanzas.
Funciones vinculadas al Objetivo 1:
Programar las acciones necesarias que el Titular de la Secretaría de Finanzas le encomiende para la elaboración de
proyectos y actividades establecidas en el programa de trabajo.
Analizar y asesorar respecto a la viabilidad de los proyectos encomendados por el Titular de la Secretaría de Finanzas.
Requerir a las unidades administrativas de la Secretaría de Finanzas atender los asuntos específicos que solicite el Titular de
la Secretaría de Finanzas.
Supervisar la integración de los documentos que conforman el apartado correspondiente a los resultados obtenidos por la
Secretaría de Finanzas en los informes de Gobierno.
Supervisar la integración de la información y los documentos para la comparecencia del Titular de la Secretaría de Finanzas
ante la Asamblea Legislativa del Distrito Federal.
Asesorar al Titular de la Secretaría de Finanzas en la toma de decisiones sobre aspectos económicos, presupuestales, de
planeación y demás relacionados con las atribuciones de la Secretaría de Finanzas, para el buen funcionamiento de la
Dependencia.
Objetivo 2: Informar al Titular de la Secretaría de Finanzas respecto de la atención de los asuntos encomendados,
relacionados con el ejercicio de las atribuciones de la Secretaría de Finanzas.
Funciones vinculadas al Objetivo 2:
Elaborar los documentos sobre los asuntos encomendados por el Titular de la Secretaría de Finanzas.
Solicitar, integrar y presentar al Titular de la Secretaría de Finanzas los resultados del seguimiento de los asuntos
encomendados.
Asistir en representación del Titular de la Secretaría de Finanzas a las reuniones de trabajo que convoquen los distintos
entes de la Administración Pública Federal, del Distrito Federal, de las diversas Entidades Federativas y autoridades
Municipales.
Elaborar notas informativas sobre los asuntos planteados en las reuniones de trabajo a las que asiste como representante del
Titular de la Secretaría de Finanzas.
Puesto: Jefatura de Unidad Departamental de Atención de Audiencias
Misión: Apoyar en la coordinación de reuniones de trabajo del Titular de la Secretaría de Finanzas.
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18 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 31 de Agosto de 2015
Objetivo 1: Facilitar la organización de la agenda del Titular de la Secretaría de Finanzas.
Funciones vinculadas al Objetivo 1:
Enviar las convocatorias de las reuniones de trabajo programadas.
Confirmar la asistencia de las personas convocadas y preparar la información requerida.
Realizar las gestiones necesarias para que se lleven a cabo las audiencias programadas.
Objetivo 2: Informar, a quien designe el Titular de la Secretaría de Finanzas, sobre el seguimiento de acuerdos celebrados
en las audiencias.
Funciones vinculadas al Objetivo 2:
Integrar los acuerdos derivados de las audiencias realizadas.
Dar seguimiento a las tareas encomendadas derivadas de la atención de audiencias.
Presentar documento que integre los acuerdos celebrados en las audiencias realizadas.
Puesto: Coordinación de Control de Gestión
Misión: Controlar permanentemente la gestión de los documentos dirigidos al Titular de la Secretaría de Finanzas y
Secretaría Particular, para su distribución a las unidades administrativas correspondientes, para la atención
procedente de los peticionarios.
Objetivo 1: Distribuir oportunamente los documentos, a las unidades administrativas correspondientes, en un plazo no
mayor a cinco días hábiles a partir de recibir el documento correspondiente.
Funciones vinculadas al Objetivo 1:
Recibir y revisar los documentos dirigidos al Titular de la Secretaría de Finanzas y la Secretaría Particular, para su registro y
distribución a las unidades administrativas correspondientes.
Llevar a cabo el registro en el Sistema de Control de Gestión, de la información necesaria de los documentos dirigidos al
Titular de la Secretaría de Finanzas y la Secretaría Particular, asignando por cada asunto un número de folio en secuencia.
Turnar el documento correspondiente, los folios generados mediante el Sistema de Control de Gestión, a las unidades
administrativas de la Secretaría de Finanzas correspondientes, para su atención procedente.
Objetivo 2: Monitorear permanentemente a la atención que proporcionen las Unidades administrativas competentes de la
Secretaría de Finanzas sobre los folios turnados mediante el Sistema de Control de Gestión.
Funciones vinculadas al Objetivo 2:
Analizar la atención proporcionada por las unidades administrativas competentes de la Secretaría de Finanzas, a los folios
generados y turnados mediante el Sistema de Control de Gestión.
Verificar permanentemente la conclusión de los folios generados mediante el Sistema de Control de Gestión y turnados a las
Unidades Administrativas de la Secretaría de Finanzas.
Administrar el archivo de los documentos inherentes a los folios registrados mediante el Sistema de Control de Gestión.
Objetivo 3: Elaborar permanentemente los proyectos de respuestas de los asuntos encomendados por el titular de la
Secretaría de Finanzas.
Funciones vinculadas al Objetivo 3:
Analizar la información de los asuntos encomendados por el Titular de la Secretaría de Finanzas para su atención
procedente.
Controlar el requerimiento de información necesaria, a las Unidades Administrativas de la Secretaría de Finanzas, para
atender los asuntos encomendados por el Titular de la Secretaría de Finanzas.
Comunicar al Titular de la Secretaría de Finanzas, los proyectos de respuesta de los asuntos encomendados.
Puesto: Dirección de Gestión Basada en Resultados
Misión: Establecer, impulsar, promover e instrumentar estrategias para la implementación y operación de la Gestión basada
en Resultados en el Gobierno del Distrito Federal, necesaria para contar con un medio de monitoreo y regulación
que facilite a los servidores públicos la toma de decisiones para un manejo del gasto eficiente y eficaz.
Objetivo 1: Generar oportunamente las propuestas de modificación y/o adecuación necesarias y suficientes al marco
normativo que regula la implementación, y en su caso la operación del Presupuesto basado en Resultados para
su adecuado funcionamiento.
Funciones vinculadas al Objetivo 1:
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la normatividad local y federal relacionada a regular el Presupuesto basado en Resultados, para proponer las adecuaciones a
la normatividad local en la materia.
Coordinar la integración y publicación de las adecuaciones en la normatividad aplicable.
Presentar las propuestas de modificación y adecuación a los manuales e instrumentos que regulan la planeación anual del
presupuesto, de manera que integren lo relativo al presupuesto basado en Resultados.
Objetivo 2: Expedir oportunamente reportes y estadísticas que den cuenta del avance en la implementación y operación del
Presupuesto basado en Resultados.
Funciones vinculadas al Objetivo 2:
Consolidar la información relativa a la implementación del Presupuesto basado en Resultados en las Unidades Ejecutoras
del Gasto.
Verificar que la información relativa a la implementación del Presupuesto basado en Resultados se encuentra actualizada en
los espacios de difusión correspondientes.
Planear, esquematizar y presentar la información del avance en la implementación al Titular de la Secretaría de Finanzas.
Objetivo 3: Planear y coordinar las estrategias para avanzar sólidamente en la implementación de la Gestión para
Resultados, las cuales deberán ser presentadas al Titular de la Secretaría de Finanzas por lo menos una vez al
mes para su visto bueno y posterior instrumentación.
Funciones vinculadas al Objetivo 3:
Determinar y dirigir las acciones a instrumentar para avanzar de manera ordenada y sólida en la implementación de la
Gestión para Resultados.
Establecer las acciones de capacitación y fortalecimiento institucional, para avanzar en la consolidación de la Gestión para
Resultados.
Desarrollar el plan de trabajo anual a instrumentar para avanzar en la implementación del Presupuesto basado en
Resultados.
Puesto: Dirección Ejecutiva Jurídica
Misión: Dirigir, organizar e instrumentar acciones que permitan atender de manera eficaz y eficiente los asuntos jurídicos
para dar cumplimiento a las funciones legales del Titular de la Secretaría de Finanzas.
Objetivo 1: Garantizar que los asuntos y documentos que emita y reciba el Titular de la Secretaria de Finanzas cumplan con
la normatividad establecida.
Funciones vinculadas al Objetivo 1:
Revisar que los asuntos remitidos por otros titulares de la Administración Pública Centralizada, Desconcentrada o
Paraestatal del Distrito Federal para firma del Titular de la Secretaría de Finanzas y los recibidos para refrendo sean
competencia de la Secretaría de Finanzas.
Verificar que los documentos que someten las Unidades Administrativas a firma del Titular de la Secretaría de Finanzas,
estén apegados a derecho y cumplan con las formalidades que la normatividad establece.
Determinar los asuntos que requieren la participación obligatoria del Titular de la Secretaría de Finanzas señalando aquellos
que correspondan a otras Unidades Administrativas de la Secretaría.
Asegurar que los documentos emitidos por el Titular de la Secretaría de Finanzas estén apegados a derecho y cumplan con
las formalidades que la normatividad establece.
Emitir opinión jurídica al Titular de la Secretaría de Finanzas sobre los asuntos que le encomiende.
Objetivo 2: Coordinar la atención oportuna al ejercicio del derecho de petición por parte de los contribuyentes.
Funciones vinculadas al Objetivo 2:
Solicitar a las Unidades Administrativas de la Secretaría de Finanzas la información requerida por los contribuyentes para
emitir el acuerdo respectivo.
Emitir los acuerdos correspondientes en respuesta a las peticiones de los contribuyentes.
Integrar y enviar el informe mensual que solicita la Coordinación General de Atención Ciudadana de Jefatura de Gobierno
respecto a las peticiones de contribuyentes.
Canalizar a las autoridades gubernamentales competentes los asuntos dirigidos al Titular de la Secretaría de Finanzas que no
sean competencia de la misma.
Objetivo 3: Atender los requerimientos de los Órganos Garantes y Fiscalizadores para cumplir con la normatividad
correspondiente.
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Funciones vinculadas al Objetivo 3:
Dirigir a las Unidades Administrativas de la Secretaría de Finanzas la atención de los asuntos que en materia de juicios
corresponda por competencia a cada una de ellas.
Enviar a las Unidades Administrativas de la Secretaría de Finanzas las quejas presentadas ante la Comisión de Derechos
Humanos del DF para su atención inmediata.
Remitir los requerimientos de la Contraloría Interna a las Unidades Administrativas de la Secretaría de Finanzas
correspondientes para que sean solventados.
Objetivo 4: Dirigir las acciones para el cumplimiento de las obligaciones en materia de transparencia de la Secretaría de
Finanzas.
Funciones vinculadas al Objetivo 4:
Verificar la atención en la gestión y trámite de los asuntos en materia de transparencia y protección de datos personales.
Proponer al Titular de la Secretaría de Finanzas las acciones requeridas para cumplir con lo establecido en la Ley de
Transparencia y Acceso a la Información Pública del Distrito Federal, Ley de Protección de Datos Personales para el
Distrito Federal y demás normatividad aplicable en la materia.
Notificar al Titular de la Secretaría de Finanzas las vistas emitidas por el Instituto de Acceso a la Información Pública y
Protección de Datos Personales.
Puesto: Subdirección de Información Pública
Misión: Garantizar el efectivo acceso a la información pública, a toda persona solicitante así como el ejercicio de los
derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición de los datos personales (derechos ARCO) en posesión
de la Secretaría de Finanzas.
Objetivo 1: Integrar diariamente la información para que la Secretaría de Finanzas cumpla con lo estipulado en la
normatividad en materia de transparencia y protección de datos personales.
Funciones vinculadas al Objetivo 1:
Recibir y analizar las solicitudes de información y de datos personales que ingresan a la Secretaría.
Turnar las solicitudes a los Enlaces de las Unidades Administrativas de la Secretaría de Finanzas a fin de que se emita la
respuesta correspondiente.
Organizar y dirigir reuniones de trabajo, con los Enlaces de las Unidades Administrativas de la Secretaría de Finanzas para
verificar la correcta atención a las solicitudes.
Recibir y analizar la clasificación para restringir el acceso a la información que proponen las Unidades Administrativas, y
convocar al Órgano Colegiado para que de conformidad con sus atribuciones confirme, modifique o revoque dicha
clasificación.
Objetivo 2: Atender cotidianamente los recursos de revisión notificados a la Secretaría de Finanzas a fin de cumplir con lo
establecido en la normatividad correspondiente.
Funciones vinculadas al Objetivo 2:
Recibir y notificar a los Enlaces de las Unidades Administrativas que correspondan el ingreso de los recursos de revisión
interpuestos ante el Instituto de Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales.
Verificar que las Unidades Administrativas cumplan con los plazos y términos para la substanciación de los recursos de
revisión.
Notificar a los Enlaces de las Unidades Administrativas la resolución que emita el Instituto de Acceso a la Información
Pública y Protección de Datos Personales.
Informar al superior jerárquico las vistas que emita el Instituto de Acceso a la Información Pública y Protección de Datos
Personales por incumplimiento a las obligaciones establecidas en la normatividad aplicable de la materia.
Objetivo 3: Publicar y actualizar trimestralmente la información pública de oficio en el Portal de Internet de la Secretaría de
Finanzas.
Funciones vinculadas al Objetivo 3:
Elaborar y dar a conocer a las Unidades Administrativas de la Secretaría de Finanzas el calendario para la actualización y
validación de la información pública de oficio.
Recibir y verificar que los formatos que remitan las Unidades Administrativas, contengan la información pública de oficio
de conformidad con los criterios que emita el Instituto de Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales
del Distrito Federal.
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Instrumentar los mecanismos necesarios para la publicación de la información pública de oficio en el portal de transparencia
en coordinación con la Dirección General de Informática.
Puesto: Jefatura de Unidad Departamental de Gestión y Trámite de Información Pública
Misión: Asegurar la atención de las solicitudes de información pública y de acceso, rectificación, cancelación y oposición
de datos personales (ARCO) que se reciben en la Secretaría de Finanzas.
Objetivo 1: Asegurar que las solicitudes de información pública y derechos ARCO sean atendidas por las Unidades
Administrativas correspondientes.
Funciones vinculadas al Objetivo 1:
Orientar a las personas sobre la elaboración de solicitudes de información, trámites y procedimientos que deben realizarse
para solicitar información y/o de derechos ARCO.
Dar seguimiento a las solicitudes que la Subdirección de Información Pública envía a los Enlaces de las Unidades
Administrativas.
Analizar los pronunciamientos de competencia que los Enlaces de las Unidades Administrativas emitan respecto de las
solicitudes de información pública y de datos personales en los plazos y términos que les hayan sido turnadas.
Recepcionar y analizar las respuestas a las solicitudes de información pública en los plazos y términos establecidos por la
ley de la materia.
Cargar al Sistema INFOMEXDF las respuestas recaídas a las solicitudes de información pública y de datos personales,
emitidas por las Unidades Administrativas que integran la Secretaría de Finanzas.
Recibir en el Sistema INFOMEXDF, las solicitudes de ampliación de plazo para atender las solicitudes por parte de los
Enlaces de las Unidades Administrativas.
Generar en el Sistema INFOMEXDF las propuestas de pago para los solicitantes en relación con el costo de reproducción
de la información requerida.
Dar seguimiento a las notificaciones y avisos del INFOMEXDF y, en su caso, informar a los Enlaces de las Unidades
Administrativas.
Elaborar las Actas de las Sesiones del Comité de Transparenica de la Secretaría de Finanzas y dar seguimiento a los
Acuerdos tomados.
Objetivo 2: Asegurar que todas las solicitudes de información pública y derechos ARCO recibidas en la Secretaría de
Finanzas sean atendidas por los Entes Obligados competentes.
Funciones vinculadas al Objetivo 2:
Elaborar respuesta a las solicitudes que no sean competencia de la Secretaría de Finanzas para canalizar al solicitante al
Ente Obligado que por atribuciones corresponda.
Elaborar respuesta a las solicitudes en las que la Secretaría de Finanzas sea parcialmente competente, para orientar al
solicitante hacia el Ente Obligado que por atribuciones corresponda complementar la información.
Procedimientos
1. Recepción y gestión de documentos dirigidos al Titular de la Secretaría de Finanzas; a su Secretaria Particular, y la
Coordinadora de Control de Gestión de su Oficina.
2. Atención y trámite de solicitudes de Información Pública y Datos Personales.
3. Inexistencia de la Información Pública solicitada.
4. Clasificación de la información pública en sus modalidades de reservada y confidencial.
5. Recursos de Revisión.
6. Incumplimiento de las Resoluciones.
7. Actualización de la Información Pública de Oficio.
8. Sistemas de datos personales.
9. Capacitación y de la Cultura de la Transparencia.
SUBSECRETARÍA DE EGRESOS
ORGANIGRAMA ESPECÍFICO
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SECRETARIA
PARTICULARN-42.5
DIRECCION DE ANALISIS
PROGRAMATICO DE EQUIDAD Y
GENERON-41.5
DIRECCION DE ANALISIS
PRESUPUESTALN-41.5
DIRECCION DE ANALISIS
PROGRAMATICON-42.5
DIRECCION DE ANALISIS JURIDICO
N-42.5
SUBDIRECCION DE ANALISIS
N-29.5
SUBSECRETARIA DE EGRESOS
N-47.5
ADICIONALMENTE CUENTA CON PUESTOS DE LIDER COORDINADOR DE PROYECTOS "B" ADSCRITOS A:
11 SUBSECRETARIA DE EGRESOS N-85.6
ADICIONALMENTE CUENTA CON PUESTOS DE ENLACE "C" ADSCRITOS A:6 SUBSECRETARIA DE EGRESOS N-22.5
MISIÓN, OBJETIVOS Y FUNCIONES DE LOS PUESTOS
Puesto: Subsecretaría de Egresos
Misión: Emitir las normas y lineamientos a aplicar por las Unidades Responsables del Gasto para el diseño, ejecución y
registro del Presupuesto de Egresos del Gobierno del Distrito Federal, con estricto apego a los derechos humanos, a
la legalidad y transparencia, con el objeto de incrementar el bienestar de la Ciudad de México y sus habitantes.
Objetivo: Dirigir el desarrollo continuo, uniforme, transparente y eficaz de las Áreas adscritas a la Oficina, para el mejor
cumplimiento de los objetivos y metas de tipo programático-presupuestal del Gobierno del Distrito Federal.
ATRIBUCIONES ESPECÍFICAS
Reglamento Interior de la Administración Pública del Distrito Federal
Artículo 34.- Corresponde al titular de la Subsecretaría de Egresos:
I. Se deroga.
II. Emitir las normas y lineamientos que deberán observar las Dependencias, Unidades Administrativas, Órganos
Desconcentrados, Delegaciones y Entidades de la Administración Pública, para la elaboración del Programa
Operativo de la Administración Pública del Distrito Federal, programa operativo anual, anteproyecto de Presupuesto
de Egresos del Distrito Federal y de la Cuenta Pública del Distrito Fed