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Doc. No: 50.31-002-680-030CEI S.A.

Hoja A-2 Rey.: 1

1. COMPONENTE E.1 PROGRAMA DE GESTIÓN EN SEGURIDAD Y SALUDOCUPACIONAL

El presente documento tiene por finalidad establecer los lineamientos relacionados con laseguridad y salud ocupacional que se desarrollarán durante la ejecución del proyecto de

construcción de LA AVENIDA LONGITUDINAL DE OCCIDENTE con el objetivo de identificar ycontrolar aquellas situaciones riesgosas que pongan en peligro la integridad física tanto de los

empleados, habitantes e infraestructura del sector.

1.1 APLICABILIDAD

Los lineamientos establecidos en el presente documento serán aplicables para las etapas depreconstrucción, construcción, operación y mantenimiento del proyecto, se ha incluido la

normatividad vigente al momento de la ejecución del presente documento, no obstante, elcontratista es responsable de cumplir con la normatividad vigente en el momento de la ejecución

de las obras o actividades de mantenimiento de las mismas.

1.2 LINEAMIENTOS GENERALES

Durante el desarrollo de la obra, el constructor debe ejecutar e implementar su Programa deGestión en Seguridad y Salud Ocupacional considerando una adecuada planeación de objetivos,

metas, políticas, sistemas de evaluación, personal responsable, cronograma con fechas de

cumplimiento, identificación de peligros, evaluación y control de riesgos, elaboración de normasy procedimientos, programas de inducción, entrenamiento y disponibilidad de recursos, siendo

parte importante la divulgación, motivación y registros. Así como también la evaluación periódicaa través de indicadores.

1.3 NORMATIVIDAD APLICABLE

Durante el desarrollo de la obra, el constructor debe dar cumplimiento a la siguiente

normatividad aplicable en materia de Seguridad y Salud Ocupacional y toda la demás que seencuentre vigente:• Ley 9 de 1979. Normas para preservar, conservar y mejorar la salud de los individuos en

sus ocupaciones.

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Doc. No : 50.31-002-680-030CEI S.A.

Hoja A-3 Rey.: 1

• Resolución 2400 de 1979. Disposiciones sobre vivienda, higiene y seguridad industrial en

los establecimientos de trabajo.

• Resolución 2413 de 1979. Reglamento de Higiene y Seguridad industrial para la industria

de la construcción.

• Decreto 614 de 1984. Bases para la organización de administración de salud ocupacional

en el país.

• Resolución 2013 de 1986. Reglamentación de la organización y funcionamiento de los

comités de medicina, higiene y seguridad industrial en los lugares de trabajo. En cuanto a

nombre y vigencia se debe acatar el Art. 63 del Decreto 1295 de 1994.

• Resolución 1016 de 1989. Reglamentación de la organización, funcionamiento y forma de

los programas de salud ocupacional que deben desarrollar los patronos o empleadores en

el país.

• Resolución 1792 de 1990. Valores límites permisibles para la exposición ocupacional a

ruido.

• Resolución 7515 de 1990. Licencias de prestación de servicios de salud ocupacional.

• Resolución 6398 de 1991. Procedimientos en materia de salud ocupacional (exámenes de

ingreso a la empresa). Decreto 614 de 1984 (literal b) del artículo 30), Resolución 1016 de

1989 (numeral 1 del artículo 10) y Circular 001 de 2003 (numeral 7).

• Resolución 1075 de 1992. Actividades en materia de salud ocupacional incluye

farmacodependencia, alcoholismo y tabaquismo en los programas de salud ocupacional.

• Decreto 1281 de 1994. Reglamenta las actividades de alto riesgo.

• Decreto 1295 de 1994. Determina la organización y administración del sistema general de

riesgos profesionales.

• Decreto 676 de 1995. Por el cual se reglamenta parcialmente el Decreto 1295 de 1994 y se

aclaran y modifican unos artículos del Decreto 1893 de 1994.

• Circular 001 de 1998. Actividades de cametización, divulgación y tasa de accidentalidad,

balance social, operativo y guías técnicas.

• Decreto 806 de 1998. Afiliación al Régimen de Seguridad Social en Salud.

• Ley 776 de 2002. Normas sobre la administración, organización y prestaciones del sistema

general de riesgos profesionales.

• Decreto 2800 de 2003. Se reglamenta parcialmente el literal b) del artículo 13 del Decreto-

ley 1295 de 1994

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Doc. No : 50.31-002-680-030CEI S.A.

Hoja A-4 Rey.: 1

• Circular 001 de 2003. Vigilancia y control para la afiliación, promoción y prevención enriesgos profesionales.

• Circular Unificada de 2004. Unifica las instrucciones para la vigilancia, control yadministración del sistema general de riesgos profesionales.

• Ley 100 de 1993. Por la cual se crea el sistema de seguridad social integral y se dictan

otras disposiciones• Resolución 2318 de 1996. Se delega y reglamenta la expedición de licencias de salud

ocupacional para personas naturales o jurídicas, su vigilancia y control por las direccionesseccionales y locales de salud.

• Decreto 1530 de 1996. Reglamenta parcialmente la ley 100 de 1993 y el decreto 1295 de1994.

• Decreto 3075 de 1997. Por el cual se reglamenta la ley 09 de 1979 y se dictan otras

disposiciones.• Decreto 1607 de 2002. Se modifica la tabla de clasificación de actividades económicas para

el sistema general de riesgos profesionales y se dictan otras disposiciones.• Resolución 1401 de 2007 Por la cual se reglamenta la investigación de accidentes e

incidentes.

• Resolución 2346 de 2007 Por la cual se regula la práctica de evaluaciones médicas

ocupacionales y el manejo y contenido de las historias clínicas ocupacionales.

• Resolución 2527 de 2007 Por la cual se establece el procedimiento de autoliquidación ypago a través de los aportes y pago a través de la Planilla integrada de liquidación de

aportes patronales regulados mediante el Decreto 1636 de 2006.

• Y las demás que apliquen al momento de ejecución del proyecto.

1.4 ASPECTOS BÁSICOS LEGALES

1.4.1 Política de Salud Ocupacional. Circular 001 de 1998 Numeral 2.

El constructor debe tener su Política de Salud Ocupacional, la cual debe:

• Ser apropiada para la naturaleza y escala de los riesgos de seguridad y salud ocupacional

de la empresa.• Incluir un compromiso de mejoramiento continuo.

• Mencionar el compromiso de cumplimiento con la legislación vigente aplicable.

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Doc. N

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50.31-002-680-030CEI S.A.

Hoja A-5 Rey.: 1

• Estar implementada, documentada, mantenida y ser revisada periódicamente.

• Estar firmada por el gerente general, presidente de la empresa o representante legal.

• Estar publicada en un lugar visible de las instalaciones temporales y puntos CREA.

El constructor debe dar a conocer a todos los trabajadores la Política de Salud Ocupacional, los

derechos y deberes en el Sistema de Riesgos Profesionales y dejar evidencia de dicha

divulgación.

Adjuntar Política de Salud Ocupacional.

1.4.2 Reglamento de Higiene y Seguridad Industrial. Art. 349 del Código Sustantivo del

Trabajo, Art. 8 del Decreto 614 de 1984.

El constructor debe tener su Reglamento de Higiene y Seguridad Industrial, el cual debe estar

escrito, publicado en un lugar visible de las instalaciones temporales y puntos CREA, ser dado a

conocer a todos los trabajadores y dejar evidencia de dicha divulgación.

Adjuntar Reglamento de Higiene y Seguridad Industrial.

1.4.3 Comité Paritario de Salud Ocupacional / Vigía de Salud Ocupacional.

Decreto 614 de 1984, El constructor debe permitir la conformación ó elección del Comité

Paritario de Salud Ocupacional, el cual debe estar registrado ante en el Ministerio de la

Protección Social. Este comité deberá funcionar bajo los lineamientos establecidos en la

Resolución 2013 de 1986 y el Art. 63 del Decreto 1295 de 1994.

El Comité deberá reunirse en forma mensual, contar con el cronograma de reuniones, dejar

constancia del plan de trabajo mensual y hacer seguimiento mensual al mismo.

Adjuntar formato de inscripción del COPASO con radicación ante el Ministerio de la Protección

Social y Acta No. 1.

Funciones del Comité• Proponer a la Administración de la Empresa o establecimiento de trabajo la adopción de

medidas y el desarrollo de actividades que procuren y mantengan la salud en los lugares y

ambientes de trabajo.

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• Proponer y participar en actividades de capacitación en salud ocupacional dirigidas a

trabajadores, supervisores y directivos de la empresa.

• Colaborar con los funcionarios de entidades gubernamentales de salud ocupacional en

actividades que estos adelanten en la empresa y recibir por derecho propio los informes

correspondientes.

• Vigilar el desarrollo de las actividades que en materia de medicina preventiva, medicina del

trabajo, higiene industrial y seguridad industrial debe realizar la empresa, de acuerdo con

el Reglamento de Higiene y Seguridad Industrial y las normas vigentes; promover su

divulgación y observancia.

• Colaborar con el análisis de las causas de los accidentes de trabajo y enfermedades

profesionales y proponer al empleador las medidas correctivas a que haya lugar para evitar

la ocurrencia. Evaluar los programas que se hayan realizado.

• Visitar periódicamente los lugares de trabajo e inspeccionar los ambientes, máquinas,

equipos, aparatos y las operaciones realizadas por el personal de trabajadores en cada

área o sección de la empresa e informar al empleador sobre la existencia de factores de

riesgo y sugerir las medidas correctivas y control.

• Estudiar y considerar las sugerencias que presenten los trabajadores en materia de

medicina preventiva, medicina del trabajo, higiene industrial y seguridad industrial.

• Servir como organismo de coordinación entre el empleador y los trabajadores en la

solución de los problemas relativos a la salud ocupacional. Tramitar los reclamos de los

trabajadores relacionados con la salud ocupacional.

• Solicitar periódicamente a la empresa informes sobre accidentalidad y enfermedades

profesionales con el objeto de dar cumplimiento a lo estipulado en la Resolución 2013 de

1986.

• Elegir al secretario del Comité.

• Mantener un archivo de las actas de cada reunión y demás actividades que se desarrollen,

el cual estará en cualquier momento a disposición del empleador, los trabajadores y las

autoridades competentes.

• Las demás funciones que le señalen las normas sobre salud ocupacional.

Funciones del Presidente• Presidir y orientar las reuniones en forma dinámica y eficaz.

• Llevar a cabo los arreglos necesarios para determinar el lugar y sitio de las reuniones.

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Doc. N o : 50.31-002-680-030CEI S.A.

Hoja A-7 Rey.: 1

• Notificar por escrito a los miembros del comité sobre convocatoria a las reuniones por lo

menos una vez al mes.

• Preparar los temas que van a tratarse en cada reunión.

• Tramitar ante la administración de la empresa las recomendaciones aprobadas en el seno

del Comité y darle a conocer todas sus actividades.

• Coordinar todo lo necesario para la buena marcha del Comité e informar a los trabajadores

de la empresa acerca de las actividades del mismo.

Funciones del Secretario• Verificar la asistencia de los miembros del comité a las reuniones programadas.

• Tomar nota de los temas tratados, elaborar el acta de cada reunión y someterla a la

discusión y aprobación del Comité.

• Llevar el archivo referente a las actividades desarrolladas por el comité y suministrar toda

la información que requieren el empleador y los trabajadores.

Obligaciones del empleador• Proporcionar la elección de los representantes de los trabajadores al comité, garantizando

la libertad y oportunidad de las votaciones.

• Designar sus representantes al Comité Paritario de Salud Ocupacional.

• Designar al presidente del comité.

• Proporcionar los medios necesarios para el normal desempeño de las funciones del comité.

• Estudiar las recomendaciones emanadas del comité y determinar la adopción de las

medidas más convenientes e informarle las decisiones tomadas al respecto.

Obligaciones de los trabajadores• Elegir libremente sus representantes al Comité.

• Informar al comité las situaciones de riesgo que se presenten y manifestar sus sugerencias

para el mejoramiento de las condiciones de salud ocupacional en la empresa.

• Cumplir con las normas de medicina preventiva, medicina del trabajo, higiene industrial y

seguridad industrial en el trabajo y con los reglamentos e instrucciones de servicio

ordenados por el empleador.

1.4.4 Afiliación al Sistema de Seguridad Social. Ley 100 de 1993.

Todo el personal que labore para la obra (administrativo y operativo) debe estar afiliado a:

• Administradora de Riesgos Profesionales. ARP (mínimo un (1) día antes del ingreso a la

obra)

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Doc. No : 50.31-002-680-030CEI S.A.Hoja A-8 Rey.: 1

• Entidad Promotora de Salud. EPS

• Administradora de Fondo de Pensiones. AFP

• Caja de compensación familiar.

El constructor debe velar por que el pago de la seguridad social se encuentre al día. Para

garantizar lo anterior entregará registro diario de afiliaciones al sistema del personal nuevo y los

soportes de pagos al sistema de seguridad social y parafiscales mensualmente a la Interventoría

dentro de los primeros diez días de cada mes.

1.5 ORGANIZACIÓN, RESPONSABILIDADES Y RECURSOS. ART. 4 PARÁGRAFO 1 Y 2DE LA RESOLUCIÓN 1016 DE 1989.

El contratista debe designar el recurso humano, financiero y físico indispensable para eldesarrollo e implementación de su Programa de Gestión en Seguridad y Salud Ocupacional.

El contratista debe adjuntar el organigrama general de la empresa para el proyecto y el

específico de Seguridad y Salud Ocupacional.Las responsabilidades del personal son las siguientes:

1.5.1 Gerencia

La Gerencia del contratista debe participar en forma activa, como mínimo de la siguiente

manera:• Establecer un presupuesto anual para el adecuado funcionamiento del Programa de

Gestión en Seguridad y Salud Ocupacional.

• Responder por la ejecución del programa de Gestión Seguridad y Salud Ocupacional.• Comprobar ante las autoridades competentes de salud ocupacional si fuere necesario,

mediante estudios evaluativos, que cumple con las normas de medicina, preventiva,medicina del trabajo, higiene industrial y seguridad industrial.

• Permitir la constitución y funcionamiento del Comité Paritario de Salud Ocupacional en los

lugares de trabajo y auspiciar su participación en el desarrollo del programa.• Notificar a las autoridades competentes los accidentes de trabajo y las enfermedades

profesionales que se presenten.• Informar a los trabajadores sobre los riesgos a los cuales están sometidos, sus efectos y

las medidas preventivas correspondientes.

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Hoja A-9 Rey.: 1

• Facilitar a los trabajadores la asistencia a cursos y programas educativos, que realicen las

autoridades para la prevención de los riesgos profesionales.

• Permitir que representantes de los trabajadores participen en las visitas de inspección e

investigación que practiquen los encargados de la salud ocupacional en los sitios de

trabajo.

• Proporcionar a las autoridades competentes la información necesaria sobre procesos y

sustancias para la adecuada identificación de los problemas de salud ocupacional.

1.5.2 Director de Obra

• Cotizar ante la Administradora de Riesgos Profesionales el valor de cotización, con el objeto

de amparar las contingencias de accidente de trabajo y enfermedad profesional.

• Notificar a la Administradora de Riesgos Profesionales, los accidentes de trabajo y

enfermedades profesionales que se presenten.

• Facilitar el tiempo necesario para la capacitación del personal.

• Atender las observaciones generales del personal en cuanto a las condiciones inseguras y

posibles accidentes de trabajo.

• Participar en la investigación de los accidentes de trabajo que se presenten en el proyecto.

1.5.3 Residente en Seguridad y Salud Ocupacional

La jerarquía del programa depende de esta Supervisión, por lo tanto, es responsable de su

organización y funcionamiento.

Algunas de las responsabilidades entre otras son:

• Ser representante de la Gerencia, cuando fuere necesario.

• Participar en las reuniones de los comités internos para evaluar los resultados del

desarrollo del programa.

• Conocer y participar de las investigaciones de accidentes e incidentes para tomar las

medidas preventivas definidas.

• Estudiar las recomendaciones emanadas de los comités y determinar la adopción de las

medidas convenientes e informar a los comités las decisiones tomadas.

• Motivar a los empleados por medio de comunicaciones, cartas o circulares, para el

cumplimiento del programa en todos los niveles.

• Dirigir todas las actividades educativas que hagan referencia a Seguridad y Salud

Ocupacional.

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Doc. No : 50.31-002-680-030CEE s

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Hoja A-10 Rey.: 1

• Participar en el proceso de selección de los trabajadores, diseñando los procedimientos

para la realización de los exámenes médicos de ingreso y las pruebas psicotécnicas con el

fin de verificar la capacidad de los aspirantes para realizar la labor para la cual se lecontrata.

• Diseñar los procedimientos para la realización de los exámenes médicos periódico con el

fin de detectar lesiones incipientes de origen profesional o no profesional.• Realizar vigilancia en la empresa, identificando todos los factores que pueden afectar la

salud y la seguridad de los trabajadores y asesorar a la empresa y a los trabajadores en

esta materia.

• Formar y capacitar a las personas encargadas de los primeros auxilios, así como lavigilancia y conservación del material en cada frente de trabajo.

• Realizar visitas de inspección, buscando detectar los riesgos existentes debidos a

condiciones, materiales peligrosas o prácticas inseguras.• Coordinar el levantamiento del Panorama de Riesgos que facilite el seguimiento, y análisis

de los grados de peligrosidad y repercusión de los riesgos existentes por puesto y área de

trabajo.

• Establecer comunicación permanente con las empresas contratistas y subcontratistas para

el cabal cumplimiento de los requerimientos en lo relacionado con la Seguridad y Salud delos trabajadores.

• Cumplir con las disposiciones que en materia de Seguridad y Salud Ocupacional seanencomendadas por la Gerencia General.

• Vigilar que a todo nuevo trabajador le sea practicado examen médico de ingreso.

• Las demás incluidas en los pliegos de condiciones.

1.5.4 Trabajadores

• Informarse sobre los factores de riesgo de su oficio y puesto de trabajo, los efectos

derivados de la exposición y las medidas preventivas y de protección.• Informar toda condición peligrosa y práctica insegura, recomendando medidas de

prevención y control para los factores de riesgo.

• Participar activamente de las actividades de prevención y promoción en Salud Ocupacionalfomentadas por la empresa, en especial, en el comité paritario, las comisiones y programas

de inspección que se aseguren.

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Doc. No : 50.31-002-680-030CEI S.A.

Hoja A-11 Rey.: 1

• Cumplir las normas y reglamentos de Salud Ocupacional, además de los procedimientos

seguros de operación, para su protección, la de sus compañeros y los bienes de la

empresa.

El contratista debe evaluar y hacer seguimiento al cumplimiento de las responsabilidades en

materia de Seguridad y Salud Ocupacional.

1.6 IDENTIFICACIÓN DE PELIGROS Y EVALUACIÓN DE RIESGOS

1.6.1 Panorama de Factores de Riesgo. Art. 11 Numeral 1, Resolución 1016 de 1989.

El constructor debe contar con un inventario de las actividades a desarrollar durante la obra, un

Panorama de Factores de Riesgos con su priorización y un plan de acción resultante con las

medidas de intervención.La identificación de riesgos debe incluir aquellos que puedan afectar a los trabajadores, la

infraestructura y a terceros.El constructor debe definir y aplicar una metodología específica para la elaboración del panorama

de factores de riesgo.Para efectos de la construcción de la Avenida Longitudinal de Occidentes ALO, se plantea lametodología basada en la Guía Técnica Colombiana GTC 45 (Ver Procedimiento para la

elaboración del Panorama de Factores de Riesgo) y se incluye un Pre Panorama de Factores deRiesgo, según puestos de trabajo, el cual debe ser ajustado y actualizado por el constructor

según las condiciones reales de la obra (Ver Pre Panorama de Factores de Riesgo).

Con los resultados obtenidos de la valoración de riesgos, el contratista debe elaborar un Plan de

Acción definitivo teniendo en cuenta la evaluación y priorización, de tal forma que se programeny ejecuten las actividades tendientes a prevenir, mitigar y controlar los riesgos identificados.

El contratista debe actualizar el panorama de factores de riesgos una vez por mes, integrandonuevos frentes de trabajo, actividades constructivas, maquinaria, campamentos, áreas de

almacenamiento, materias primas, etc; y generando un nuevo Plan de Acción.

En el Anexo C.10 se presenta el procedimiento para la elaboración del panorama de factores deriesgo ocupacionales.

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1.6.2 Identificación de Tareas Críticas

El constructor debe definir y aplicar una metodología específica para la identificación de tareas

críticas.

Para efectos de la construcción de la Avenida Longitudinal de Occidente ALO, se plantea una

metodología específica y un modelo de formato (Ver Procedimiento para la Identificación deTareas Críticas y Modelo de Formato Anexo C.8)

1.6.3 Análisis de Trabajo Seguro

El constructor debe ajustar el procedimiento para Análisis de Trabajo Seguro — ATS (Anexo C.19

cual incluye un modelo del mismo EN EL Anexo C.19.1) si la actividad lo requiere y seráobligatorio implementarlos para las tareas críticas, estos se elaborarán antes de iniciar las tareasteniendo en cuenta las condiciones reales de la labor.

El Análisis de Trabajo Seguro es una herramienta que permite visualizar los riesgos inherentes auna actividad y tomar las medidas adecuadas para garantizar la seguridad y salud de quienes la

van a ejecutar.

Los riesgos de una actividad se derivan de los peligros presentes en cada una de las etapas del

procedimiento para realizar una labor específica.

1.6.4 Permisos de Trabajo para Tareas de Alto Riesgo

El constructor debe implementar los permisos de trabajo para las tareas identificadas como

críticas, el cual es una autorización y aprobación por escrito que específica la ubicación y el tipode trabajo- que- se- va- a- realizar. Además los permisos certifican que- los peligros han sido

evaluados por personas capacitadas y que se han tomado las medidas de protección necesariaspara que el trabajador que los realice no sufra ningún accidente de trabajo.

1.7 SUBPROGRAMA DE MEDICINA PREVENTIVA Y DEL TRABAJO. ART. 10NUMERALES 1 A 16. RESOLUCIÓN 1016 DE 1989.

Los Subprogramas de Medicina Preventiva y del Trabajo tienen como finalidad principal la

promoción, prevención y control de la salud del trabajador, protegiéndolo de los factores de

riesgos ocupacionales; ubicándolo en un sitio de trabajo acorde con sus condiciones sico-fisiológicas (En el Anexo C.15 se presenta el Pre-Panorama de factores de riesgos

ocupacionales).

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Doc. No : 50.31-002-680-030CEI S.A.

Hoja A-13 Rey.: 1

El contratista debe cumplir las siguientes actividades:

• Definir y cumplir el protocolo de exámenes médicos ocupacionales (Ver Modelo Protocolo

de Exámenes Ocupacionales en el Anexo C.12).• Realizar exámenes médicos, clínicos y paraclínicos de ingreso, periódicos ocupacionales,

cambios de ocupación, reingreso al trabajo, retiro y otras situaciones que alteren o puedan

traducirse en riesgos para la salud del personal, ubicando a los trabajadores en los puestos

de trabajo según sus aptitudes, además cumplir con los lineamientos establecidos en el

Art. 2. de la Resolución 6398 de 1991, en lo referente a la c

o

n

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d

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n

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de las historiasclínicas.

• Elaborar el diagnostico de condiciones de salud.

• Los exámenes médicos de ingreso, periódicos y de egreso deben ser realizados por un

médico ocupacional con licencia en salud ocupacional o por una entidad que tenga dicha

licencia para funcionar. Los gastos a que conlleven dichos exámenes serán a cargo delcontratista. Esta información debe ser registrada en el F

o

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9

-

I

D

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- Control deExámenes Médicos Ocupacionales.

• Realizar exámenes periódicos ocupacionales según los factores de riesgo de cada cargo. La

periodicidad de los exámenes debe ser mínimo cada seis meses, exceptuando los casos de

cambios de ocupación y de reingreso al trabajo, donde se deberán realizar nuevamente losexámenes.

• Citar a examen médico de retiro a todo trabajador que termine su contrato de trabajo, esteexamen debe incluir valoraciones clínicas y paraclínicas según los factores de riesgo a los

que estuvo expuesto. En caso que el trabajador no esté interesado en el examen de retiro

debe quedar constancia por escrito con la firma del trabajador renunciando a practicasedicho examen.

• Desarrollar actividades de prevención de enfermedades profesionales, accidentes detrabajo y educación en salud, presentando a la Interventoría una programación de estas

actividades durante el desarrollo del proyecto.

• Organizar e implementar un servicio oportuno y eficiente de primeros auxilios.

• Desarrollar actividades de vigilancia epidemiológica, que incluyan como mínimo accidentes

de trabajo, enfermedades profesionales y panorama de factores de riesgo.• Llevar estadísticas de morbilidad y ausentismo mensualmente y presentarlas a la

Interventoría en el informe mensual con el análisis correspondiente.

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Doc. N°: 50.31-002-680-030CEI s

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A

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Hoja A-14 Rey.: 1

• Tener identificados y mantener actualizados los riesgos de salud pública.

• De acuerdo con la Resolución 1075 de 1992, el contratista debe contar con un programa

para la prevención del alcoholismo, tabaquismo y farmacodependencia.

1.8 SUBPROGRAMA DE HIGIENE INDUSTRIAL. ART. 11 DE LA RESOLUCIÓN 1016.

ESTRUCTURA DEL PROGRAMA DE SALUD OCUPACIONAL.

El contratista debe desarrollar el Subprograma de Higiene Industrial, teniendo en cuenta que

debe mantener un enfoque preventivo identificando, evaluando y controlando los factores de

riesgo presentes en el desarrollo de las actividades, evitando así que se presenten efectos

nocivos para la salud de los trabajadores.

El Subprograma de Higiene Industrial debe incluir:

• Resultados obtenidos del panorama de riesgos, respecto a los riesgos que producen

enfermedades profesionales y acciones a implementar.

• Evaluaciones y mediciones ocupacionales si se requieren a los factores de riesgo

identificados como altos, para determinar el grado de riesgo real y compararlo con los

valores límites permisibles (TLV). Dichas evaluaciones deben incluir por lo menos

mediciones de ruido, material particulado y gases. La frecuencia de monitoreo será cada

seis (6) meses siempre y cuando las emisiones permanezcan en condiciones normales

según los TLV.

• Plan de acción con las medidas de control a implementar para disminuir el grado de

exposición de acuerdo con el resultado del panorama de factores de riesgos y de las

mediciones ocupacionales.

1.9 SUBPROGRAMA DE SEGURIDAD INDUSTRIAL. ART. 11 DE LA RESOLUCIÓN

1016. ESTRUCTURA DEL PROGRAMA DE SALUD OCUPACIONAL.

En este subprograma el contratista debe desarrollar acciones de Seguridad Industrial que

minimicen y mitiguen los efectos de los factores de riesgo inherentes a las actividades de la obra

y que puedan afectar la integridad física, mental y social de los trabajadores, la infraestructura o

que se llegara a afectar a terceros.

Por lo anterior, el consultor debe incluir los siguientes aspectos dentro del subprograma:

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Hoja A-15 R

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1

1.9.1 Reporte e Investigación de Accidentes e Incidentes. Art. 21 del Decreto 1295 de 1994,

Art. 11 Numeral 14 de la Resolución 1016 de 1989.

El contratista debe reportar a la ARP a la cual se encuentre afiliado, los accidentes de trabajo y

enfermedades profesionales, así como investigar y analizar las causas de los mismos con el fin

de aplicar las medidas correctivas necesarias, para lo cual debe documentar e implementar un

procedimiento para reporte e investigación de accidentes e incidentes de trabajo que incluya el

manejo del plan de acción.

El contratista debe reportar a la interventoría la ocurrencia de todo accidente o enfermedad

profesional a través del formato 2

0

-

I

D

U

,

adicionalmente, debe Investigar todos los accidentes de

trabajo, accidentes a terceros y aquellos que ocasionen daños a la propiedad; presentar a la

interventoría la respectiva investigación. Diligenciar formato 21-IDU.

El contratista debe reportar a la interventoría semanalmente un consolidado de todos los

incidentes que se presenten dentro del desarrollo de las actividades y en los sitios de trabajo,

entendiéndose Incidente como todo casi-accidente que no genera lesión al trabajador, pero que

pudo haber ocasionado un accidente con algún tipo de daño, dicho consolidado debe elaborarse

mediante el diligenciamiento del formato 22-IDU.

Para efectos del proyecto, se plantea una metodología (Ver Procedimiento para Reporte e

Investigación de Accidentes e Incidentes Anexo C

.

1

)

1.9.2 Estadísticas de Accidentalidad. Art. 11 Numeral 16 de la Resolución 1016 de 1989.

El contratista debe elaborar, actualizar y analizar mensualmente la caracterización y las

estadísticas de los accidentes e incidentes ocurridos tanto a trabajadores como a terceros y tener

en cuenta:

• Índices de Frecuencia, Severidad y Lesión Incapacitante derivados de accidentes de

trabajo.

• Tasa de ausentismo general por accidente de trabajo, enfermedad profesional y común.

• Tasa de accidentalidad y enfermedad profesional.

CALCULO DE INDICADORES* Índice de Frecuencia = (I.F.)

No. De accidentes de trabajo reportados en el periodo * KHoras hombre trabajadas en el periodo

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Doc. No : 50.31-002-680-030CEI S.A.

Hoja A-16 Rey.: 1

CALCULO DE INDICADORES

* Índice de severidad = (

I

.

S

.

)

No. De días de incapacidad o c

a

r

g

a

d

o

s

p

o

r

AT en el periodo * KHoras hombre trabajadas en el periodo

* Índice de Lesiones Incapacitantes = (I.L.I)

Índice de Frecuencia * Índice de Severidad1000

K = 200.000Periodo = Mensual

Horas hombre trabajadas = ( HHT)

Horas hombre trabajadas = ( HHT)

HHT = (

X

T

*HTD *DTM) + NHE - NHA)

XT = No. promedio de trabajadores en el período.HTD = No. De horas hombre trabajadas al día.

DTM = Días trabajados en el período.NHE = No. Total de horas extras y otro tiempo suplementario laborado durante el

período.NHA = No. Total de horas de ausentismo durante el período.

* Tasa de ausentismo general = (T.A.g.)

T.A.g. = No. de días perdidos por E.C. +A. x 100No. de Horas - Hombre trabajadas en el periodo

E.C.: Enfermedad comúnA.T.: Accidente de Trabajo

E.P.: Enfermedad Profesional

* Tasa de accidentalidad = (

T

.

A

.

)

Page 20:  · El Comité deberá reunirse en forma mensual, contar con el cronograma de reuniones, dejar constancia del plan de trabajo mensual y hacer seguimiento mensual al mismo

Doc. No : 50.31-002-680-030CEI S.A.

Hoja A-17 Rey.: 1

CALCULO DE INDICADORES

T

.

A

:

No. De accidentes de trabajo x 100No. De trabajadores promedio en el periodo

1.9.3 Inspecciones de Seguridad. Art. 11 Numerales 5 y 11 de la Resolución 1016 de 1989.

Se define como el procedimiento que permite la detección, valoración, prevención y corrección

de los distintos factores de riesgo o causas de accidentes para evitar que estos se materialicen.

La detección oportuna de estas condiciones inseguras facilitará la aplicación de acciones

preventivas o correctivas eficaces.

El contratista debe realizar los diferentes tipos de inspecciones así:

• Inspecciones planeadas y periódicas: Abarcan los riesgos identificados en el panorama,

saneamiento básico, orden y aseo, suministro, uso y recambio de los elementos de

protección personal, cilindros que contengan gases comprimidos, maquinaria, equipo

menor, herramientas, vehículos, equipos contra incendio e instalaciones locativas y frentes

de trabajo. Se debe dejar un registro de las condiciones detectadas, acciones correctivas a

ejecutar y tiempo de ejecución,

• Inspecciones continuas: Donde se realizarán ajustes y seguimiento a acciones correctivas.

• Inspecciones de áreas críticas.

• Inspección a instalaciones eléctricas.

• Inspecciones de elementos y dispositivos de emergencia.

• Inspecciones a sistemas de control implementados.

• Inspecciones de seguridad vial.

De todas las inspecciones el contratista debe dejar registro y elaborar un plan de acción para la

implementación de las medidas preventivas y correctivas.

Para efectos del proyecto, se adjunta propuesta de procedimiento y modelo de cronograma de

actividades (Ver Procedimiento para la realización inspecciones y Cronograma de Actividades),

sin embargo el contratista debe actualizar y ajustar estos modelos según las condiciones reales

del proyecto.

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Doc. No : 50.31-002-680-030CEI S

.

A

.

Hoja A-18 Rey.: 1

1.9.4 Elementos de Protección Personal. Art. 94 al 104 de la Resolución 2413 de 1979.

Numeral 12 de la Circular 001 de 2003.

Este es un método de control que no elimina el riesgo pero si mitiga sus efectos. El contratista

está en la obligación de proporcionar a cada trabajador, sin costo para éste, elementos deprotección personal en cantidad y calidad acordes con los riesgos reales o potenciales existentes

en los lugares de trabajo y así mismo llevar un control de entrega y uso de la dotación y

elementos de protección personal y dejar evidencia.El contratista debe entregar a cada trabajador la dotación institucional correspondiente,

uniformes y chalecos de acuerdo al manual de identidad visual vigente del I

D

U

.

Esta dotacióndebe ser reemplazada cada ves que se requiera, lo indique la interventoría o el IDU y mínimo

una vez cada 4 meses. Al ingreso del trabajador a la obra.El contratista debe garantizar que durante el desarrollo de la obra todo el personal porte los

elementos de protección personal según la matriz de EPP aprobada en el PIPMA.

Así mismo, el contratista debe capacitar y entrenar al personal en el uso y mantenimientoadecuado de los elementos de protección personal y llevar un control del estado y uso de los

EPP (Elementos de Protección Personal) y tener documentada dicha información.Para efectos del proyecto se adjunta modelo de procedimiento para entrega de EPP, matriz de

elementos de protección personal y formatos de entrega y uso de EPP. (Ver Procedimiento para

suministro, reposición e inspección de EPP (Anexo C.9), Matriz de EPP (Anexo C.13), Formato

para entrega de EPP, Formato para uso de EPP (Anexos C.9.1 y C.9.2)

1.9.5 Normas, Procedimientos y Estándares para Trabajo Seguro. Art. 11 Numeral 22 de laResolución 1016 de 1989.

El contratista debe documentar e implementar normas, procedimientos y estándares de

seguridad para el desarrollo de las actividades objeto del contrato, según las características del

proyecto y al resultado del panorama de factores de riesgo y su priorización.

Los procedimientos a desarrollar deben ser definidos en el primer comité socio ambiental y estosdeben ser verificados mediante las listas de chequeo.

Para efectos del proyecto y según el Pre-Panorama de Factores de Riesgo, se adjunta el modelode los siguientes procedimientos y programas, los cuales deben ser actualizados y ajustados por

el contratista según las condiciones reales del proyecto:

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Doc. N o : 50.31-002-680-030CEI S.A.

Hoja A-19 Rey.: 1

Trabajo en alturas (Anexo C.5).

Excavaciones (Anexo C.2).

Demoliciones (Anexo C.7).

Programa de manejo de Maquinaria, equipos y vehículos (Constituye el Componente

E2, contenido en la segunda parte del presente Anexo).

Abastecimiento de combustible (Anexo C.11).

Cargue y descargue de materiales (Anexo C.16).

Izaje de Cargas (Anexo C.3).

Reporte e investigación de accidentes e incidentes (Anexo C.1)

Inducción al personal (Anexo C.6)

Procedimiento para establecer un sistema de inspecciones planeadas (Anexo CA).

Procedimiento para suministro, reposición e inspección de EPP (Anexo C.9).

Si del análisis de riesgos se identifican necesidades de procedimientos diferentes a los realizados

inicialmente, o la interventoría o el IDU lo consideran pertinente, el contratista deberá elaborar

los procedimientos adicionales respectivos.

1.9.6 Señalización. Art. 11 Numeral 17 de la Resolución 1016 de 1989.

El contratista debe delimitar y demarcar las áreas de trabajo de acuerdo con las disposiciones

legales vigentes y considerando:

• Señalización de áreas de trabajo con señales prohibitivas, de obligación, de advertencia y

de salvamento, tanto para las instalaciones temporales, como para los frentes de trabajo.

• Las Instalaciones temporales pueden ser campamentos, acopios temporales de materiales,

bodegas, puntos de almacenamiento de combustible y productos químicos, vestieres y

puntos provisionales para almacenamiento de herramientas y otros. Dichas instalaciones

deberán tener como mínimo:

Ubicación de oficinas.

Señalización y demarcación de extintores.

Señalización de baños.

Rutas de evacuación, salidas de emergencia y puntos de encuentro.

Señalización de almacenamientos de combustible y en general de cualquier sustancia

peligrosa.

Demarcación de áreas de acopio de materiales.

Señalización de botiquín y áreas de primeros auxilios.

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Doc. N

°

:

50.31-002-680-030CEI S

.

A

.

Hoja A-22 Rey.: 1

Limpiador PVC

Aceite Hidráulico

Acetileno

Agua Bateria

Diesel

Nitrógeno

Oxígeno

Pintura Anticorrosiva

Pintura Esmalte en Aerosol

Removedor de Esmalte

Varsol

Adicionalmente, se adjunta una copia de las hojas de seguridad de dichos productos. (Ver Anexo

C.14 Hojas de Información de Seguridad de los Materiales)

El personal debe recibir capacitación en temas como manejo de sustancias químicas,

almacenamiento, p

í

c

t

o

g

r

a

m

a

s

y simbología de identificación, etc.

Estas hojas deben ser suministradas por el fabricante y/o distribuidor de los productos y

contener como mínimo la siguiente información:

Identificación de la sustancia.

Pictograma de acuerdo a norma de clasificación de sustancias de las naciones unidas.

Riesgos y precauciones.

Propiedades físico-químicas importantes.

Medidas de primeros auxilios.

Medidas en caso de incendio.

Medidas para actuar ante derrames accidentales.

Almacenamiento y manejo (protección personal).

Disposición final.

Parámetros de control y exposición.

Estabilidad y reactividad.

Información toxicológica.

Información ecológica.

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Doc. N o : 50.31-002-680-030CEI s

.

A

.

Hoja A-23 Rey.: 1

- Transporte.

- Bibliografía.

El contratista debe respetar y cumplir las recomendaciones y consideraciones incluidas en las

hojas de seguridad, de tal forma que se tengan en cuenta restricciones para el almacenamiento,incompatibilidad de productos, manipulación, entre otros.

1.9.8 Plan de emergencia y contingencias. Art. 11 Numeral 18 de la Resolución 1016. Art.

234 Decreto 222 de 1993

El contratista debe implementar un Plan de Emergencia y Contingencias orientado a preservar la

vida e integridad de todas las personas que por cualquier circunstancia estén relacionadas con la

obra, incluyendo trabajadores, visitantes -y comunidad. También -debe -propender por preservar

los bienes y activos de los daños que se les puedan causar como consecuencia de accidentes ycatástrofes, teniendo en cuenta no solo su valor económico, sino también su valor estratégicopara la obra y para la comunidad en general.

Para efectos del proyecto, se adjunta un modelo de Plan de Emergencias y Contingencias (Ver

Plan de Emergencias y Contingencias).

1.9.9 Cronograma de actividades. Art. 4 de la Resolución 1016 de 1989.

El Programa de Gestión en Seguridad y Salud Ocupacional debe tener el cronograma incluyendo

todas las actividades a desarrollar en los Subprogramas de Medicina Preventiva, Medicina del

Trabajo, Higiene Industrial y Seguridad Industrial, el cual debe estar firmado por el

representante legal y el encargado de la implementación y seguimiento del mismo.El contratista debe entregar a la interventoría antes de iniciar las labores constructivas un

cronograma de actividades en donde involucre todas aquellas actividades derivadas del

panorama de riesgos, plan de emergencias y contingencias, y todas aquellas que deba ejecutar

para llevar a cabo y cumplir con el desarrollo del Programa de Gestión en Seguridad y Salud

Ocupacional. Este cronograma debe ser revisado y actualizado mensualmente para verificar sucumplimiento y de ser necesario hacer modificaciones.

Page 27:  · El Comité deberá reunirse en forma mensual, contar con el cronograma de reuniones, dejar constancia del plan de trabajo mensual y hacer seguimiento mensual al mismo

Doc. N

°

:

50.31-002-680-030CEI S.A.

Hoja A-24 Rey.: 1

El contratista debe realizar un monitoreo mensual del cumplimiento del cronograma de

actividades derivado del programa de Gestión en Seguridad y Salud Ocupacional, realizando losajustes necesarios.

Se adjunta un modelo de cronograma (Ver Cronograma de actividades Anexo C.17)

1.9.10 Programa de inducción, motivación y entrenamiento. Decreto 614 de 1984. Art. 11

Numeral 20 de la Resolución 1016 de 1989.

El contratista debe diseñar e implementar un programa de Inducción en Seguridad y SaludOcupacional al momento de ingreso de los trabajadores a la obra.

El programa de inducción debe contener como mínimo:

Instructivo informativo general de la empresa.

Política de Seguridad Integral y Salud Ocupacional.

ARP - EPS - AFP cuales son y que cubren, en que casos utilizar cada una.

- Cajas de compensación.• Presentación del reglamento de Higiene y Seguridad Industrial.

Qué es COPASO y quienes lo conforman.

Qué es el Programa de Gestión en Seguridad y Salud Ocupacional y en que consiste:actividades de medicina preventiva y del trabajo y de higiene y seguridad industrial.

Presentación del Panorama de Riesgos General.

Notificación de Riesgos por puesto de trabajo a través de una ficha que incluya: los

riesgos, EPP y normas generales de seguridad. (Todos los trabajadores deben ser

notificados de los riesgos de acuerdo al cargo a ocupar, esta notificación se debe hacer

antes del ingreso a la obra y se debe contar con los soportes de ejecución de la

actividad).-Qué hacer en caso de accidente.

Responsabilidades del empleador.Responsabilidades del trabajador.

▪ Plan de emergencias (puntos de encuentro, identificación de brigadistas, que hacer en

caso de emergencia).- Evaluación del curso de inducción y dejar registro.

Para efectos del proyecto, se adjunta un modelo de Procedimiento (Ver Procedimiento deInducción, Capacitación y Entrenamiento).

Page 28:  · El Comité deberá reunirse en forma mensual, contar con el cronograma de reuniones, dejar constancia del plan de trabajo mensual y hacer seguimiento mensual al mismo

Doc. No : 50.31-002-680-030

C

E

I

S.A.Hoja A-25 Rey.: 1

1.9.11 Programa de Campamentos y almacenes.

Establece las condiciones mínimas de seguridad para los campamentos y almacenes de acopiode materiales. El contratista deberá ajustar este programa incluido en el Anexo C.18 de este

documento, de acuerdo a las condiciones particulares de seguridad encontradas durante el

desarrollo de las actividades de instalación y operación de los mismos.

1

.

- 9

.

1

2

-Programa de capacitación. Art. 84 -

L

e

y

- 9 de 1979.1 Titulo I

I

I

.

El contratista debe establecer un programa de capacitación y entrenamiento para todo el

personal que labora en la obra.

El programa de capacitación debe incluir como mínimo los siguientes ternas:

Medicina preventiva.

Medicina del trabajo.Higiene Industrial.

Seguridad Industrial.

Prevención de Riesgos.Primeros Auxilios.

Manejo de emergencias.Los demás obtenidos del panorama de factores de riesgo.

Para llevar un control de las inducciones, capacitaciones o entrenamientos realizados se deberá

diligenciar mensualmente el formato 24-IDU.

1.9.13 Evaluación. Art. 15 de la Resolución 1016 de 1989.

El contratista debe tener indicadores de cumplimiento del Programa de Gestión en Seguridad y

Salud Ocupacional de acuerdo con el cronograma de actividades.

El contratista debe implementar indicadores de gestión para evaluar el desempeño en Seguridad

y Salud Ocupacional que estén acorde con la política y los objetivos trazados.Para efectos del proyecto, se incluyen a continuación algunos de los indicadores que debe

implementar, analizar y reportar el contratista.

ASPECTOS BÁSICOS

• POLÍTICAS 3 Total de trabajadores con política socializada x 100Total de trabajadores en el periodo

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Page 32:  · El Comité deberá reunirse en forma mensual, contar con el cronograma de reuniones, dejar constancia del plan de trabajo mensual y hacer seguimiento mensual al mismo

Doc. No : 50.31-002-680-030CEI S.A.

Hoja A-29 Rey.: 1

Formato 024 Registro de inducciones, capacitaciones y entrenamiento

Formato 025 Consolidado control de vehículos en obra

Formato 026 Registro p

r

e

o

p

e

r

a

c

i

o

n

a

l

de vehículos

Formato 027 Verificación y operación de maquinaria y equipo

Formato 029 Registro de abastecimiento de combustible

1.10 ANEXOS DEL COMPONENTE E.1

Anexo C.1 Procedimiento para reporte e investigación de accidentes e incidentes

Anexo C.1.1 Matriz de causas raíces.

Anexo C.2 Procedimiento para excavaciones.

Anexo C.3 Procedimiento para izaje de cargas

Anexo C.4 Procedimiento para establecer un sistema de inspecciones planeadas.

Anexo C.5 Procedimiento para trabajo en alturas.

Anexo C.6 Procedimiento para inducción.

Anexo C.7 Procedimiento para demoliciones.

Anexo C.8 Procedimiento para identificación de tareas críticas.

Anexo C.9 Procedimiento para el suministro, reposición e inspección de elementos de

protección personal.

Anexo C.9.1 Formato de entrega de EPP

Anexo C.9.2 Formato de inspección de EPP

Anexo C.10 Procedimiento para la elaboración del panorama defactores de riesgos

ocupacionales.

Anexo C.11 Procedimiento para el abastecimiento de combustible.

Anexo C.12 Protocolo de examen ocupacional.

Anexo C.13 Matriz de EPP.

Anexo C.14 Hojas de información de seguridad de los materiales MSDS.

Anexo C.15 Pre-panorama de factores de riesgos ocupacionales.

Anexo C.16 Programa para el cargue y descargue de materiales.

Anexo C.17 Cronograma de actividades del PSO.

Anexo C.18 Programa de campamentos y almacenes.

Anexo C.19 Procedimiento para la elaboración de ATS .

Anexo C.19.1 Modelo de ATS

Anexo C.20 Procedimiento para la implementación de permisos de trabajo.

Page 33:  · El Comité deberá reunirse en forma mensual, contar con el cronograma de reuniones, dejar constancia del plan de trabajo mensual y hacer seguimiento mensual al mismo

Doc. N

o

:

50.31-002-680-030CEI S.A.

Hoja A

-

3

0

Rey.: 1

2. COMPONENTE E.2 MANEJO DE MAQUINARIA, EQUIPOS Y VEHÍCULOS

2.1 O

B

J

E

T

I

V

O

S

Establecer medidas para el manejo de la maquinaria, equipo y vehículos dentro y fuera del

frente de obra, que van a intervenir en el desarrollo del proyecto para mitigar y controlar losimpactos generados por su movilización y uso. Así mismo establecer los procedimientos

necesarios para la operación, mantenimiento, movilidad y seguridad de los equipos deconstrucción, maquinaria, y vehículos de transporte de carga en el desarrollo de la construcción

de la Avenida Longitudinal de Occidente.

2.2 IMPACTOS A MITIGAR.• A

c

c

i

d

e

n

t

e

s

de trabajo al personal y a terceros

• Generación de ruido

• Emisión de gases y partículas a la atmósfera• Derrame de grasas y aceites• Alteración de la transito peatonal y vehicular

• Incremento del riesgo de accidentalidad• v

i

b

r

a

c

i

ó

n

en viviendas aledañas generadas por el paso de la maquinaria pesada

2.3 MEDIDAS DE MANEJO Y ACCIONES A SEGUIR.

2.3.1 Etapa de construcción.

El contratista debe elaborar los programas para ser aprobados por la Interventoría antes delinicio de las obra, las medidas que se incluyan en los programas deben estar dirigidas a mitigar y

prevenir los riesgos que se generan por el manejo de la m

a

q

u

i

n

a

r

í

a

y vehículos. Losrequerimientos mínimos s

o

n

:

2.3.1.1 Requerimientos para el traslado de Maquinaria al frente de obra y condiciones depermanencia.

Se debe dar cumplimiento a la normatividad vigente para el transporte de maquinaria pesada

normal y extradimensionada.

Page 34:  · El Comité deberá reunirse en forma mensual, contar con el cronograma de reuniones, dejar constancia del plan de trabajo mensual y hacer seguimiento mensual al mismo

Doc. N

°

:

50.31-002-680-030CEI S

.

A

.

Hoja A-31 R

e

v

.

:

1

Se debe contar con un plan de contingencia exclusivo para el traslado de maquinaria tanto en el

frente de obra como entre los diferentes frentes.

El Contratista debe delimitar y señalizar las zonas de trabajo de las maquinas con colombinas y

tres lineas de cintas reflectivas.

Cuando la maquina no este operando, la cuchara debe permanecer tocando el suelo y freno de

mano aplicado. Ninguna parte de la maquina será utilizada como andamio o apoyo para subir

personas.

Se debe elaborar un procedimiento de seguridad con respecto a distancias mínimas para

trabajos en proximidades a líneas energizadas, tanto aéreas como enterradas, en el cual se

tenga en cuenta la revisión previa de planos y con autorización previa del respectivo residente

del frente (si aplica). Se debe dar aviso a la empresa de energía encargada del servicio.

El Contratista deberá presentar para aprobación de la Interventoría, un programa de inducción,

capacitación y entrenamiento del manejo seguro de maquinas para el movimiento de tierra, que

incluya prevención de maniobras seguras en circunstancia peligrosas, inspección de áreas de

trabajo, delimitación y señalización, inspección de la maquinaria, riesgos, elementos de

protección personal, entre otros.

Durante el tiempo de desarrollo de las obras, todos los vehículos del tipo Diesel deben disponer

de tubos de escape para emitir tos gases a la atmósfera cuya altura debe cumplir con t

a

normatividad vigente y con la Resolución 1552/00 o la que sustituya y disponer de los Formatos

de Registro preoperacional de vehículos.

Los sitios de parqueo de maquinaria deben ser delimitados con colombianas (plásticas que evitan

accidentes) y tres líneas de cinta reflectiva plástica. Se debe llevar el registro de los sitios de

parqueo. Los sitios de parqueo deben ser autorizados previamente por la I

n

t

e

r

v

e

n

t

o

r

í

a

Ambiental.

2.3.1.2 Programa de mantenimiento preventivo y correctivo de la Maquinaria, equipos y

vehículos.

Se debe utilizar maquinaria y equipo de modelos superiores a 1992. Para modelos superiores a

1992 el mantenimiento preventivo debe realizarse cada 200 horas. El Contratista debe dar

cumplimiento al procedimiento presentado en la etapa de preconstrucción. El Contratista debe

entregar quincenalmente los registros de este mantenimiento.

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Doc. No : 50.31-002-680-030CEI s

.

A

.

Hoja A-32 Rey.: 1

El Contratista debe contar con un inventario actualizado de maquinaria, vehículos y equipos que

contenga como mínimo: tipo de equipo, año de fabricación, fecha de ingreso a la obra y fecha

de retiro si aplica y el propietario. Una semana antes de entrar la maquinaria y/o equipo a la

obra, se debe entregar el respectivo registro a la Interventoría para revisión y autorización

previa. Se deben incluir dicho inventario en el informe semanal de gestión S

o

c

i

o

a

m

b

i

e

n

t

a

l

,

anexando copia legible de la tarjeta de propiedad de la máquina y/o equipo.

Se debe implementar un programa de manejo seguro de maquinaria y equipo, el cual debe

contener como mínimo: Perfil del operador de la maquinaria, requisitos mínimos, certificados o

prueba de habilidades básicas de conducción, operación, manejo y conocimientos de la revisión

básica del equipo, entre otros. Este programa deberá ser presentado por el Contratista y

aprobado por la Interventoría.

Se debe tener una programación y especificación de las inspecciones y revisiones periódicas, que

se deban realizar a cada maquina, vehículo y equipo, especificando quien (operadores,

ingenieros residentes, residente S&SO o el personal especializado), donde y cuando se va hacer.

Se identificarán los elementos de las máquinas o equipos que requieren inspecciones periódicas,

ajuste, limpieza y lubricación, teniendo en cuenta la hoja de vida de la máquina y las

especificaciones técnicas del fabricante. Para esta labor se implementara el formato

p

r

e

o

p

e

r

a

c

i

o

n

a

t

para maquinaria que funcione como una lista de chequeo p

r

e

o

p

e

r

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c

i

o

n

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L

Toda la maquinaria pesada (niveladoras, r

e

t

r

o

e

x

c

a

v

a

d

o

r

a

s

,

compresores, compactadoras, entre

otros) deben estar sometidas a un programa de mantenimiento preventivo/correctivo. El

programa de mantenimiento debe ser presentado a la Interventoría un (1) mes antes de iniciar

la construcción. Dentro de este programa se incluirán las siguientes actividades:

Se debe llevar un registro de la maquinaria pesada empleada en la obra que indique el tipo de

mantenimiento realizado. El programa de mantenimiento preventivo/correctivo debe ser

actualizado mensualmente. Se deben entregar los registros correspondientes en el informe

mensual.

La bitácora del programa de mantenimiento preventivo/correctivo de la maquinaria y equipo

empleada en la obra debe estar disponible en el campamento. En el evento de que no esté

disponible al momento de la inspección de la Interventoría, el Contratista deberá justificar y de

todos modos entregarla para revisión en un plazo máximo de una (1) hora.

Todos los vehículos (excluyendo la maquinaria pesada) que laboran en la obra deben ser

sometidos a revisión diaria de: luces, frenos, pito de reversa, certificado de emisiones, extintor,

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Doc. No : 50.31-002-680-030CEI S.A.

Hoja A-33 Rey.: 1

estado físico de las llantas e identificación (inspección preoperacional). Se implementara el

registro en la bitácora.

• Se debe establecer el cronograma de mantenimientos preventivos de acuerdo a las

especificaciones de cada equipo.

• No se permite el lavado, reparación y mantenimiento correctivo de vehículos y maquinaria en

la obra, se realizará en centros autorizados para tal fin.

• Disponer de un listado de sitios autorizados en donde se realizarán los mantenimientos

preventivos y los posiblemente utilizados (en caso de mantenimiento de fuerza mayor),

teniendo en cuenta las medidas ambientales respectivas que minimicen los impactos que esta

actividad pueda generar.

• La información de los mantenimientos debe ser registrada en un formato en donde se

especifique como mínimo: fecha, horómetro de la máquina, qué tipo de mantenimiento se

realiza y la fecha probable para realización del próximo mantenimiento.

• El contratista debe comunicar a la Interventoría cualquier intervención de mantenimiento

correctivo o preventivo que sea obligatoria su ejecución en el sitio de la obra, y se deben

tomar las medidas para controlar y/o minimizar los riesgos de esta actividad.

• El Contratista debe cumplir con el programa de mantenimiento preventivo de maquinaria,

equipo y vehículos, así como con las inspecciones de rutina para garantizar el buen

funcionamiento de los mismos. El mantenimiento preventivo no debe realizarse dentro del

corredor de la obra.

2.3.1.3 Requerimientos de la maquinaria y equipos

• Los trabajos nocturnos deben contar con el permiso de la Alcaldía Local, el cual debe estar

disponible en el campamento. En los trabajos nocturnos se prohíbe utilizar equipo ruidoso

como compresores, taladros, vibro compactadores, etc. a distancias inferiores a 200 m de

zonas de tranquilidad y silencio. El ruido no debe causar molestias a la comunidad. En

jornadas nocturnas en el evento que se presenten más de dos (2) quejas por ruido de parte

de vecinos de la obra, se debe suspender inmediatamente los trabajos. Frente a la queja

interpuesta se debe efectuar inmediatamente un muestreo del ruido generado por la obra en

la vecindad (mínimo 1 metro) del predio del vecino que interpuso la queja, de tal forma que

en el evento que se evidencia que se superaron las normas, se deben suspender

definitivamente los trabajos nocturnos en ese sector. Los trabajos nocturnos deben ser

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Doc. No : 50.31-002-680-030CEI s

.

A

.

Hoja A-34 Rey.: 1

informados con una (1) semana de anticipación a la Interventoría en el informe semanal de

gestión socioambiental. Se debe implementar el formato de registro de los trabajos

adelantados en horario.

• En el ingreso de la maquinaria se debe presentar registro del último mantenimiento de la

misma, en donde certifique el buen estado de la máquina.• Toda la maquinaria debe contar con alarma de reversa, a excepción de la retroexcavadora de

oruga.• En cercanías de centros institucionales (educativos) la operación de la maquinaria debe

limitarse a 2 horas continuas de trabajo, seguidas de 1 hora de descanso. Previamente lainstitución deberá ser informada y en caso que se presente alguna queja, deberán plantearse

medidas para minimizar el ruido generado.• Los vehículos sin excepción en todo momento deben contar con los equipos de seguridad

reglamentados por el Código Nacional del transporte, Equipo completo de carretera

(herramientas, botiquín, extintor, llanta de repuesto), señalización de acuerdo a la carga atransportar, permiso especial (si aplica) por la autoridad competente, uso de escoltas

(cuando aplique).• Los vehículos de carga deben atender los horarios de circulación establecido por la ley; las

restricciones parciales en algunas vías, en los tramos y sentidos que estén establecidos en la

zona; y las disposiciones especiales para los días domingos y festivos.• Para los vehículos diesel se vigilará para verificar que la altura mínima de los tubos de escape

sean de 3 metros, así como lo exige la Ley

• Se deben mantener las certificaciones de emisiones atmosféricas de vehículos utilizados en la

obra mínimo con vigencia de expedición inferior a un (1) año. Así mismo deberán contar conSOAT y licencia de conducción.

• Al ingreso de las volquetas se debe presentar el registro del último mantenimiento del

vehículo para evitar inconvenientes en el cumplimiento de las actividades en la obra.• Periódicamente se debe realizar una inspección de los vehículos que laboren en el proyecto,

en donde se corrobore el estado y buen funcionamiento del vehículo. Así mismo poderdetectar posibles fugas, piezas suelas, derrame de aceite y/o combustibles.

• Todos los vehículos que laboren en el proyecto deben tener alarma de reversa, extintor y

botiquín.

• La velocidad máxima para transitar en el frente de obra es de 20 Km/h.

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Hoja A-35 R

e

v

.

:

1

2.3.1.4 Abastecimiento de combustible y lubricantes a maquinaria y equipo menor

En caso de requerirse abastecimiento de combustible para la maquinaria y/o equipos en el frente

de obra, éste se realizará mediante la utilización de un carrotanque (carro cisterna) que cumpla

con la norma NTC para transporte de sustancias peligrosas y las disposiciones contenidas en el

Decreto 1521 de 1.998 del Ministerio de Minas y Energía, o aquel que lo sustituya o modifique.

Durante el abastecimiento de combustible se seguirá el siguiente procedimiento:

> Parquear el carrotanque donde no cause interferencia, de tal forma que quede en

posición de salida rápida.

> Garantizar la presencia de un extintor en el sitio donde se realiza el abastecimiento.

> Verificar que no haya fuentes de ignición en los alrededores, tales como cigarrillos

encendidos, llamas, etc.

• Verificar el correcto acople de las mangueras

> El operador debe ubicarse donde pueda ver los puntos de llenado y en posición de

rápido acceso a la bomba.

> En caso de derrame o incendio seguir los procedimientos del plan de contingencia.

• Se debe verificar que la empresa prestadora del servicio cuente con un plan de contingencia

debidamente aprobado por la Autoridad Ambiental que contemple todo el sistema de

seguridad, prevención, organización de respuesta, equipos, personal capacitado y

presupuesto para la prevención y control de emisiones contaminantes y reparación de daños.

• Se prohíbe el vertimiento de aceites usados y demás materiales a las redes sanitarias o de

alcantarillado, así como disponerlos directamente sobre el suelo.

• La disposición de aceites usados se hará con los contratistas autorizados para dicha finalidad.

• Se prohíbe el vertimiento de aguas contaminadas con mezclas, acelerantes, etc., si se

presentan derrames accidentales de aceites, acelerantes, se recogerán inmediatamente con

sorbentes sintéticos, trapos, aserrín, arena, etc. En la limpieza final se puede emplear agua y

detergente normal.

• No se permite el almacenamiento temporal de combustibles en los frentes de obra.

• Se prohíbe la utilización de aceites usados como combustibles de mecheros, antorchas, etc.,

ya que su uso está prohibido por la legislación protectora del recurso aire.

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Doc. No : 50.31-002-680-030CEI S.A.

Hoja A-36 Rey.: 1

• Se debe llevar un registro de todos los derrames presentados, indicando la fecha, el sitio y la

medida correctiva aplicada.Cada uno de los programas anteriormente relacionados, deberán contener:

• Medidas de cumplimiento de la normatividad legal vigente en movilidad vial, seguridad

industrial y manejo ambiental necesarias para llevar a cabo las actividades.

• Lineamientos establecidos en la Guía de Manejo Ambiental del IDU.

• Registros de cumplimiento tales como registro fotográfico y formatos de acuerdo con losestablecidos en la Guía de Manejo Ambiental, si es necesario registrar alguna información que no

esté incluida en los formatos, el contratista deberá diseñar el formato de registro para que la

Interventoría lo apruebe.Se deben programar capacitaciones al ingreso de las volquetas y de la maquinaria para informar

acerca de las medidas que contienen todos los programas, dirigidas a operarios que trabajenpara el contratista directamente o subcontratistas

2.3.2 Etapa de mantenimiento.

2.3.2.1 Traslado de Maquinaria al frente de obra

El contratista deberá establecer el procedimiento para trasladar la maquinaria que se vaya a

utilizar en el proyecto.

2.3.2.2 Programa de mantenimiento preventivo y correctivo de la Maquinaria y equipos

■ Se evitará el lavado, reparación y mantenimiento correctivo de vehículos y maquinaria en la

obra. Esto se realizará en centros autorizados para tal fin.

■ La información de los mantenimientos deberán ser consignadas en un formato en donde se

especifique fecha, horómetro de la máquina, qué tipo de mantenimiento se realizó y la fechaprobable para realización del próximo mantenimiento.

■ El contratista deberá comunicar a la Interventoría cualquier intervención de mantenimientocorrectivo o preventivo que sea obligatoria su ejecución en el sitio de la obra, y se deberán

tomar las medidas para controlar y/o minimizar los riesgos de esta actividad.

■ El Contratista deberá cumplir con el programa de mantenimiento preventivo de maquinaria,equipo y vehículos, así como con las inspecciones de rutina para garantizar el buen

funcionamiento de los mismos. El mantenimiento preventivo no deberá realizarse dentro delcorredor de la obra.

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Doc. No : 50.31-002-680-030CEI S.A.

Hoja A-37 Rey.: 1

2.3.2.3 Requerimientos de la maquinaria y equipos

■ Los vehículos sin excepción en todo momento deben contar con los equipos de seguridad

reglamentados por el Código Nacional del transporte, Equipo completo de carretera

(herramientas, botiquín, extintor, llanta de repuesto), señalización de acuerdo a la carga a

transportar, permiso especial (si aplica) por la autoridad competente, uso de escoltas

(cuando aplique).

■ Los vehículos de carga deben atender los horarios de circulación establecido por la ley; las

restricciones parciales en algunas vías, en los tramos y sentidos que estén establecidos en la

zona; y las disposiciones especiales para los días domingos y festivos.

■ Para los vehículos diesel se vigilará para verificar que la altura mínima de los tubos de

escape sean de 3 metros, así como lo exige la Ley

■ Se tratará de emplear en las obras, vehículos de modelos recientes, con el objeto de evitar

emisiones atmosféricas que sobrepasen los límites permisibles y cumplir con el decreto 948

del 9

5

.

■ Se mantendrán las certificaciones de emisiones atmosféricas de vehículos utilizados en la

obra mínimo con vigencia de expedición inferior a un (1) año. Así mismo deberán contar con

SOAT y licencia de conducción.

■ Todos los vehículos que laboren en el proyecto deberán tener alarma de reversa.

■ La velocidad para transitar en el frente de obra es de 20 Km/h.

■ Se deberá realizar una capacitación a los operarios de las volquetas en cuanto a las rutas

establecidas en el PIPMA para transporte de escombros y materiales de construcción.

■ Se prohibirá el vertimiento de aceites usados y demás materiales a las redes sanitarias o de

alcantarillado, así como disponerlos directamente sobre el suelo.

■ La disposición de aceites usados se hará con los contratistas autorizados para dicha

finalidad.

■ Se prohibirá el vertimiento de aguas contaminadas con mezclas, acelerantes, etc., si se

presentan derrames accidentales de aceites, acelerantes, se recogerán inmediatamente con

sorbentes sintéticos, trapos, aserrín, arena, etc. En la limpieza final se puede emplear agua y

detergente normal.

■ Se llevará un registro de todos los derrames presentados, indicando la fecha, el sitio y la

medida correctiva aplicada.

Page 41:  · El Comité deberá reunirse en forma mensual, contar con el cronograma de reuniones, dejar constancia del plan de trabajo mensual y hacer seguimiento mensual al mismo

Doc. No : 50.31-002-680-030CEI S.A.Hoja A-38 Rey.: 1

2.4 RESPONSABLE DE LA EJECUCIÓN.

El responsable de la ejecución de las medidas durante las etapas de preconstrucción y

construcción es el Contratista encargado de la construcción de la Avenida longitudinal de

Occidente (Residente Ambiental, Residente de Seguridad y Salud ocupacional y los inspectores

SISOMA).

2.5 RESPONSABLE DEL SEGUIMIENTO.

El responsable de verificar la implementación y cumplimiento de las medidas contempladas

dentro de la presente ficha es la Interventoría ambiental. (Residente Ambiental, Residente de

Seguridad y Salud ocupacional y los inspectores SISOMA).

2.6 INDICADORES DE SEGUIMIENTO MENSUAL.

Indicador de mantenimiento de maquinaria

Cumplimiento IMto M = 100

NHT x TTMO

IM

t

o

M

c

i

m

a

q

u

i

n

a

N

o

.

M

x T

T

T

O

c/maquina

N

H

T

:

Número de horas de trabajo después del último mantenimiento. (Cambio de aceite ylimpieza de filtros) realizado a cada maquina.

TTMO: Tiempo de trabajo de cada maquina en la obra.

No.M: Número de retroexcavadoras + No. Motoniveladoras + No. Cilindros + No. Finisher

TITO: Sumatoria del trabajo total de cada maquina en la obra

2.7 PROCEDIMIENTOS Y FORMATOS.Los documentos que deberá implementar el Contratista son los siguientes:

• Programa de manejo seguro de maquinaria y equipo.

Los formatos que deberá diligenciar para el control de la ficha son los siguientes:

• Formato 06, Listado de maquinaria y equipo.

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Doc. N

°

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50.31-002-680-030

C

E

Z

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A

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Hoja A-39 R

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v

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:

1

• Formato 025, Listado de vehículos.

• Formato 026, Registro preoperacional de vehículos.

2.8 ANEXOS DEL COMPONENTE E.2

Anexo C.21 Seguridad en la operación de las máquinas